HISTORIA DEL ARTE
EL LAZARETO DEL ARSENAL EN LAS PALMAS
DE G. CANARIA
MARÍA GALLARDO PEÑA
1. INTRODUCCIÓN
Un Lazareto era un aislamiento de observación; se denominaba lazarinos
en G. Canaria a los habitantes de tal tipo de recintos sobre todo
los leprosos'; por lo que haremos un resumen de las vicisitudes de tal
tipo de construcciones desde su aparición hasta que se derriba el Convento
de las Bernardas. Asentado el primitivo Hospital de S. Lázaro en
Los Arenales de S. Catalina, fue destruido en 1599 cuando la Ciudad
fue invadida por los holandeses. Fabricando dentro de las murallas de
Las Palmas en 1614, al pie de las cuales defiende el Castillo de Casa
Mata-, pero este edificio amenazaba ruina por el mal estado de los
cimientos y por la humedad de las paredes'.
En 1836 el Ayuntamiento pidió el edificio del Convento de S. Bernardo,
pero ya en 1841-2 se solicitó que éste se dedicase a Hospital de
elefancíacos dado que "empezaron a caer cantos"".
En agosto de 1842 los lazarinos pasaron al Convento de S. Domingo,
siendo el informe médico favorable; pero desavenencias habidas entre
el Jefe Superior Político y el Ayuntamiento de Las Palmas, hizo que el
traslado de los elefancíacos a dicho cenobio se realizase con ayuda de
1. El término lazarino lo aplicó RIAL, José. Los Lazarinos. Sus cartas. L La Provincia,
Las Palmas, 12-8-1923.
RIAL, José. Los lazarinos. II. La Pravincia, Las Palmas, 19-8-1923.
RIAL, José. Los lazarinos. Un ensayo decisivo. La Provincia, Las Palmas, 25-8-1923.
Sobre Hospitales, véase: BOSCH MILLARES, J. Los Hospitales de S. Lázaro de Las
Palmas v de Curación de la Ciudad de Telde. El Museo Canario, CSIC, 1951.
ídem. El Hospital de S. Martín. Las Palmas de G. Canaria, 1940.
Sobre epidemias.véase; de las Fuentes PERDOMO, G. A. DÍAZ PÉREZ, A. M." Estudio
de las grandes epidemias en Tenerife, (s. XV-XX) A.C.T., 1990.
2. BOSCH MILLARES, J. Los leprosos en el Monasterio de S. Bernardo. El Museo
Canario, 1944, n." !2, p. 7.
3. Ibt'dein, p. 2.
4. Ibídein, p. 9.
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las fuerzas militares\ En 25 de enero de 1844 se derribó el Convento de
S. Bernardo.
La epidemia de fiebre amarilla de 1811 en Las Palmas hizo pensar
en la necesidad en 1812, de construir un Lazareto''.
En 1871 afirmaba D. Déniz Greck "han transcurrido 59 años, sin que
se haya hecho nada respecto a la disposición y trazado del edificio, debido
sobre todo a los problemas de la ubicación del mismo, si en la parte
Norte o Sud de Las Palmas"'.
Reiteraba Déniz Greck que "la Ley vigente de Sanidad, de 5 de noviembre
de 1855, en su artículo 29, distingue entre las precauciones sanitarias
de espurgo y ventileo, en Cuarentenas rigurosas y Cuarentenas
de observación".
Así, al referirse a las Cuarentenas rigurosas afirmaba "para ello se
han destinado los Lazaretos sucios, estableciéndose uno en la ronda de
Mahón, y otro en la de Vigo, apareciendo también en el Lazareto de
Tambo en la rada de Pontevedra".
Las Cuarentenas de observación, además de poderse practicar en los
Lazaretos sucios, la referida Ley de Sanidad al publicarse prevenía que
al Gobierno se le reservaba la facultad de crear en lo sucesivo Lazaretos
de observación, en todos aquellos puntos en que los creyese útiles.
Los primeros Lazaretos de observación creados fueron los de
Barcelona, Valencia, Alicante, Málaga, Cádiz y Santander, por R.D. de
6 de junio de ISóO**. Continuando Déniz Greck "conociendo la Dirección
de Sanidad Marítima de este Puerto los prejuicios que se irrogaban
al comercio, pues se obligaba a los buques extranjeros y a los nacionales
que no son de nuestro cabotaje a viajar a S.C. de Tenerife para someterse
a una Cuarentena de observación, por lo regular de tres días; inició
éste el pensamiento de que se solicitase del Gobierno Supremo la
creación de un Lazareto de observación en el Puerto de la Luz"^.
El 26 de julio de 1869 salió un Superior Decreto en los siguientes
términos: "En atención a las razones expuestas por el Ayuntamiento y
la Junta de Comercio de la Ciudad de Las Palmas, demostrando los graves
inconvenientes y perjuicios que se originan al comercio, por no haber-
5. Ibídem, p. 11-12.
6. Ibídem, p. l.'í.
7. DÉNIZ GRECK, D. Proyecta de un edificio de Lazarero de observación en el Puerto
de La Luz. entre el Muelle y el Castillo de S. Fernando. Dirección de Sanidad Marítima de
Las Palmas, Imp. La Verdad, 1871.
ídem. Estado demostrativo de los Fondos Asignados para el Lazareto de Observación
del Puerto de La Luz. Gran Canaria, Imp. La Verdad, 1874.
8. DÉNIZ GRECK, D. Op. cit. 1871.
9. Ibídem. 1871.
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se establecido en el Puerto de dicha Ciudad un Lazareto de observación,
teniendo por lo tanto los buques que emprender una difícil y larga travesía,
para cumplir en S. Cruz de Tenerife con las prescripciones sanitarias;
S.A. el Regente del Reino se sirvió decretar la creación de un
Lazareto de observación, sin descarga de efectos, en el Puerto designado
de "La Luz", dependiente de la Dirección Marítima de Las Palmas,
nombrándose al efecto el nuevo personal para este servicio"'".
De lo expuesto anteriormente en el Decreto citado, en cuanto a descarga
de efectos, pues el Gobierno sabía muy bien que aquí se carecía de
edificios a propósito para ello, las circunstancias especiales del país,
obligan para ello, a los Sres. comerciantes a solicitar descarga de géneros
y efectos, para los requisitos de espurgo y ventileo; y como no existe
edificio de Lazareto, pretenden e instan que se designa provisionalmente
esta o la casa, éste o el otro almacén de dominio particular, que
por su situación o por su disposición interior no puedan reunir las condiciones
que requieren las disposiciones cuarentenarias, para que sean
eficaces.
Considerando que por Decreto de 26 de julio de 1869 se decide:
1. Que el Lazareto se ha de establecer en el Puerto de la Luz.
2. Que la R.O. de 6 de junio de 1860, al dictar disposiciones relativas
al servicio sanitario disponiendo en la regla 14 que "los Gobernadores
de las Provincias marítimas, con Lazaretos de observación, exitará
al celo de las respectivas Juntas de Comercio, para que los auxilien como
directamente interesados en la existencia del Lazareto, a fin de que se
plantee con la brevedad posible, y las condiciones propias de los establecimientos
de esta clase".
Déniz Greck aseveraba "edificio iniciado ya hace más de medio siglo"
aún no se ha terminado.
2. SITUACIÓN DEL EDIFICIO
Se dirigieron entonces a la Junta de Comercio para poner en marcha
el proyecto siguiente para dar mayor extensión al Lazareto de observación
recientemente establecido.
Al observar el litoral del Puerto de la Luz de Las Palmas, se descubre
una llanura entre el Muelle de construcción, y el reducto de S. Fernando,
que reúne las siguientes condiciones:
1. Suficiente extensión.
10. Ibídem. 1871.
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2. Regular altura sobre la orilla del Puerto.
3. Inmediaciones al mar.
4. Conveniente distancia de la naciente población del Puerto de la
Luz.
5. Regular aproximación al Muelle que se está construyendo, y del
cual deberá servir de Lazareto, mientras no tenga desembarcadero propio.
6. Fácil y seguro tránsito sin temor de roces, contrarios a las reglas
sanitarias.
7. Posibilidad de construir con el tiempo un desembarcadero especial
y reservado al servicio del Lazareto; cuyo desembarcadero podrá
tomar fácilmente y a poca costa, si al sacar los materiales para la obra
hay la acertada prevención.
8. Suficiente aislamiento y sin temor de que en las proximidades se
formen caseríos".
3. DISPOSICIONES DEL MISMO EDIFICIO
Es un Lazareto de observación, con desembarcadero de pasajeros y
descarga de efectos.
Debe constar de planta baja. Debe construirse sobre dos gradas, para
su mejor salubridad, particularmente de las habitaciones destinadas a pasajeros,
empleados y sirvientes del Lazareto.
Ha de contener:
1. Cuatro dormitorios de 7 mts. y 4 1/2 de ancho.
2. Corredor de 8 mts. de largo y 4 1/2 de ancho.
3. Una cocina espaciosa.
4. Un aposento para el celador.
5. Una sala para los sirvientes del establecimiento, destinado a la carga
y conducción de efectos al Lazareto.
6. Excusados.
7. Un almacén de 25 mts. de largo y 5 de ancho.
8. Una galería claustral en el interior, descubierta por el lado que
mire al patio. Dicha galería tendrá por objeto: pasar de uno a otro aposento
sin estar expuestos al sol o al agua, que se puede practicar el venti-leo
de ropas y equipajes.
9. Un aljibe.
11, Ihídem. 1871.
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10. Un muro de circunvalación, con su correspondiente espacio neutral
de comunicación entre cuarentenarios y personas del exterior. Debe
tener una puerta y un arranque de dos tapias paralelas que pongan en
comunicación el Lazareto con la orilla del mar (elemento de aseo e higiene).
Para la planta del edificio, muro de circunvalación y fuera de éste
un vasto espacio para el más perfecto aislamiento del Lazareto, se necesita,
una extensión cuadrada o cuadrilonga, que abarque dos fanegadas de
tierra, partiendo de la orilla del mar hacia lo alto de la Isleta.
4. MEDIOS DE REALIZACIÓN
Lo puede realizar "bajo el inñujo y especial protección del comercio",
prestándose a ello la Junta local de este ramo que puede adoptar
los recursos que pueden suministrar impuestos indirectos'^.
El Ayuntamiento prometió prestarlo y el Subinspector civil convocó
una reunión de todos los comerciantes, navieros y armadores para que
en unión de la Junta Local de Comercio acordasen algo. Dicha Junta
acudió por conducto del Gobernador civil al Ministerio de Fomento solicitando
una corta gratis de 40 pinos de Mogán. Se decidió la construcción
se hiciese mediante la creación de un impuesto que gravase la
importación y la exportación de toda clase de artículos que entraran o
salieran por el Puerto de Las Palmas; nombrándose una Comisión para
que junto con la Junta de Comercio, examinara en los oficios del Puerto
los datos necesarios para la imposición de los referidos derechos, siendo
elegidos José Fid, Saturnino Morales y Domingo Melián, quienes
emitieron un dictamen el cual rezaba: "que procedía gravar las importaciones
con un cuartillo % y que se creara una Junta Directiva encargada
de la parte administrativa y económica formada por el Director de
la Sanidad como Presidente siendo éste Domingo Déniz Greck, el
comerciante J.B. Ripoche que actuara como recaudador y tesorero y el
de un individuo de la Junta de Comercio que prestará el servicio de contador
siendo éste Enoch González Corvo; percibiendo dicha Directiva
los ingresos y efectuando los pagos con arreglo al presupuesto del
Director de Sanidad consultando a la Junta Local del Comercio, en caso
necesario y rindiendo cuenta a la misma.
El 24 de marzo de 1871 se dio cuenta al Subgobernador civil del distrito
por la Dirección de Sanidad, del proyecto de Lazareto acogiendo
12. Ibidem. 1874.
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aquella autoridad la idea con entusiasmo, al igual que la Junta de Comercio
que acordó contribuir a la obra.
Según acuerdo de 27 de octubre de 1871 las obras se realizaron por
subasta, reiterándose la confianza a la Junta Directiva para que las llevase
a cabo. En 1 de abril de i 872 ante el notario Agustín Millares, Pedro
Bravo de Laguna, Coronel graduado del ejército dona para el servicio
del Lazareto, un trozo de terreno que mide 134 mts. con el fin de poner
en comunicación el Lazareto con la carretera del Estado, pudiendo afectar
al camino y conservar la propiedad del arbolado.
La subasta para la construcción del edificio se realizó por la Junta
Directiva adjudicándose a Francisco Alemán en 31 de octubre de 1873;
que admitió en 24 de abril anterior la obra del camino; y en 10 de septiembre
y 30 de diciembre de 1875 admitió el edificio y el muro de circunvalación,
acordándose ciertas reparaciones en 1878 y hacer la entrega
a la Junta de Comercio en 20 de diciembre de 1879'^
Después de hacerse cargo del edificio el Ayuntamiento en agosto de
1890 se hizo cesión del almacén mediante un módico alquiler a la
Sociedad de Depósito. En 21 de agosto de 1895 el Ayuntamiento cedió
varias dependencias del Lazareto para depósito de alcoholes'". Se transfirieron
los derechos a la Cia de Almacenes Grl. de Depósito de G. Canaria
el 24 de septiembre de 1895, por escritura ante D. José Benítez
Larena, después que por R.O. del Ministerio de Hacienda de 31 de octubre
de 1894 se le concedió el depósito comercial: dicha Cia solicitaba
el importe de la expropiación del Lazareto, del solar en que se hallaba
construido, y del terreno que lo une a la carretera del Estado; reconociendo
que el importe de la expropiación de las obras del Muelle pertenece
al Ayuntamiento, y el de los tres almacenes anexos pertenece a
la Cia Almacenes Grl. Depósito de G. Canaria".
Se señala el día 27 de octubre de 1917 a las 15 horas para el pago
de la expropiación del ex-Lazareto de la Isleta, almacenes y muelle anexo
al mismo, hecha por el Estado para fines militares a la Cia de
Almacenes Gr. de Depósito de G. Canaria según el artículo 51 del
Reglamento de expropiación forzosa de 10 de marzo de 1881: asistiendo
el Interventor del servicio del Gobierno Militar de esta Plaza Felipe
Ibáñez y Serrano; el Mayor de Intendencia Jefe de Propiedades Militares
de G. Canaria, Carlos Oliete y Fernández, el oficial primero de Intendencia,
Pagador de las mismas, Gustavo Navarro y Nieto, el Sr. Alcalde
accidental, Benardino del Valle y Gracia y el Secretario interino
13. Archivo Histórico Provincial de Las Palmas, Sanidad, Legajo 1, Expediente 17.
14. Ihídem.
15. Ihídem.
150
Guillermo Martinón, para pagar. Siendo publicado en el Boletín Oficial
de la Provincia n." 125, de 17 del corriente mes de octubre. Compareciendo
por dicha entidad, Luis Morales Sevil, a quien se entrega 122.240
ptas., importe de esa expropiación.
5. CONCLUSIÓN
Los lazarinos grancanarios pasaron a residir en el Convento de Sto.
Domingo, una vez derruido en el Convento de S. Bernardo; ignoramos
si el Lazareto de observación del Arsenal o de la Isleta se construyese
en la primitiva ubicación del Hospital de S. Lázaro situado también en
Los Arenales de S. Catalina. Ya hemos narrado el proceso de construcción
y su posterior destrucción por los militares; en la actualidad en el
Arsenal no se conserva ningún edificio de estas características.