JOSÉ MURPHY (1774-1841).
DEL RECONOCIMIENTO DE
LA INDEPENDENCIA DE AMERICA A
SU EXILIO Y MUERTE EN MÉXICO
MANUEL HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
Universidad de La Laguna
I. UNA FAMILIA VINCULADA AL COMERCIO fflSPANOAMERICANO
Uno de los aspectos más desconocidos de la vida y la obra de José Murphy
y Meade, dentro de su extensa y contumaz labor como diputado por Canarias
en las Cortes de los años 1822 y 1823, es su activa lucha por el reconocimiento
de la independencia de la América española. Durante esos años se convirtió
en uno de los escasos congresistas que defendió con tesón la inmediata
reanudación de las relaciones diplomáticas con las nuevas repúblicas independientes,
a la que se resistían de forma absurda la mayoría de los diputados
españoles. En este trabajo queremos abordar de forma sucinta dos aspectos de
su vida hasta la fecha desconocidos. Por una parte, su labor en pro del reconocimiento
de la independencia de América, y por otra la etapa final de su vida,
la de su exilio y muerte en México, donde ejerció la labor de Cónsul General
de España en este país.
Las peculiaridades y puntos de vista diferenciados del liberalismo canario
han sido frecuentemente incomprendidos por sus analistas. Como el mismo
Murphy defendió, desde Canarias se valoraba de forma diferente a la Península,
el bullir de los acontecimientos americanos. La actitud de las élites
sociales canarias ante los cambios sociopolíticos en el Nuevo Mundo era
esencialmente diferente. Murphy no era una excepción. Su trayectoria familiar
y su espectro social e intereses veían la realidad de forma diferente a las
celosas y proteccionislas clases dominantes peninsulares.
Nace en Santa Cruz de Tenerife, un puerto estrechamente ligado al comercio
con América, para el que las relaciones mercantiles con el Nuevo Mundo
prácticamente eran su razón de ser y el motivo de su esplendor económico^.
1. Una exhaustiva biografía de José Murphy en los aspectos relacionados con Canarias en
GUIMERA PERAZA, M.: José Murphy (1774-18...?). Su vida, su obra, sus incógnitas, Tenerife,
1974.
167
Su infancia transcurre en el seno de una familia de la burguesía comercial de
origen irlandés con fuertes conexiones económicas con Hispanoamérica,
como era común dentro de su sector social. Con una notable formación lingüística,
hablaba y escribía tanto en inglés como en francés, pudo desarrollar
una notable experiencia mercantil con el extranjero gracias a las amplias relaciones
comerciales que tenía el Archipiélago con los Estados Unidos, en una
época de fuerte pujanza en el tráfico portuario, como fue la del período comprendido
entre los años 1796 y 1814, definido por el bloqueo napoleónico. El
propio Murphy comerció con tabaco de Virginia, que entraba con absoluta
libertad en Canarias en esos años, a pesar de su prohibición legal, vendía barcos
apresados por corsarios franceses y exportaba vinos canarios e importaba
a su vez harinas norteamericanas^.
No pocos eran los comerciantes isleños que, establecidos en Venezuela,
apoyaron activamente la independencia. Los Eduardo, los Piar, los Soublette,
los Orea, los Sanz, los Medranda, los Molowny, los Vasallo, los Cambreleng,
los Key Muñoz, etc., contemporáneos suyos y en no pocos casos ligados por
parentesco y negocios, fueron certeros exponentes del apoyo mayoritario que
los comerciantes isleños dieron en Venezuela a la causa independentista.
Su padre, Patricio Murphy, era un comerciante irlandés dedicado fundamentalmente
al comercio canario-americano. Su madre, Juana Meade y Salí,
natural de Gran Canaria, procedía de una familia del mismo origen dedicada
al tráfico mercantil canario-venezolano. Sus hermanos Juan Diego, Ricardo y
Bartolomé constituyeron una de las más poderosas compañías de su tiempo
especializadas en tan productivo comercio. Precisamente uno de ellos, Juan
Diego, fue su padrino de bautismo. Bartolomé, que fue el que residió más
años en Venezuela, falleció en Puerto Cabello. Ilustrado decidido, poseía una
rica biblioteca con numerosos libros prohibidos, en su mayoría de lengua
inglesa.
La endogamia de grupo era consustancial a la colonia irlandesa en Canarias.
Juan Diego estaba casado con Isabel Power y Strickland, ligada familiarmente
a dos expansivas familias de la burguesía comercial tinerfeña, los
Power y los Blanco Strickland. Un miembro de esta última familia, Bernardo,
se establecería definitivamente en Venezuela en 1802, siendo su nieto el Presidente
de la República de Venezuela, Antonio Guzmán Blanco.
La endogamia formaba, pues, parte de su estrategia familiar. Su hermano
Patricio se casaría con su prima hermana Isabel Meade y Power. El mismo
también seguiría su ejemplo al contraer matrimonio en dos ocasiones, casándose
en la primera con Juana Anran y Meade, hija del comerciante irlandés
Santiago Anran y de su tía María Meade y Salí. El hermano de su mujer,
Patricio, socio comercial de los Meade, fue capitán del barco del que eran
propietarios, el Brillante, que navegó en varias ocasiones desde Santa Cruz a
La Guaira y en rutas internas del Caribe. Igual carrera mercantil desempeñó
2. Archivo Histórico Provincial de Tenerife (AHPT), leg. 1.303.
168
su hermano Juan, que llegaría a ser Alcalde de Santa Cruz. Con una hija de
irlandés contrae en 1821, tras enviudar, su segundo matrimonio. Era Juana
Creagh y Amat de Tortosa, hija del militar de origen irlandés Juan Creagh y
de Josefa Amat de Tortosa. Esta última era hija del ingeniero de reconocida
militancia ilustrada Andrés Amat de Tortosa, autor del primer periódico
impreso en Canarias, el Semanario Misceláneo Enciclopédico Elemental.
Para completar la endogamia, su hijo José se casó con la hermana menor de
su madrastra, Teresa, con lo que padre e hijo venían a ser, además, concuñados.
La estrecha relación con Hispanoamérica se completa con la de su primo
hermano y cuñado de su hermano, Juan Patricio Meade y Power, quien poseía
propiedades en Colombia y que residía en 1826 en ese país, en el que apoyó
la causa independentista'.
2. UNA VISION DIFERENTE SOBRE LA LIBERTAD DE COMERCIO
El libre comercio fue una de las causas y motores de la independencia de
América. Las clases dominantes españolas, estimuladas por las ansias monopolistas
de su burguesía comercial, se negaron en todo momento a abrir los
puertos hispanoamericanos a la entrada de buques de otras nacionalidades,
salvo períodos bélicos muy concretos, a partir de 1797, en los que se toleró el
comercio de los países neutrales, aunque dentro de un ambiente de abierta
corrupción y favoritismo en las concesiones.
El proteccionismo arancelario y la creación de un mercado nacional caracterizó
sus puntos de vista en este aspecto. América debería ser gobernada por
un régimen de comercio restringido. Sólo las fuertes presiones de las clases
dominantes cubanas llevaron al Parlamento a dar plena vigencia a sus libertades
comerciales, concedidas en 1816 en el gobierno absolutista de Femando
VII, tras el propósito inicial de derogarlas.
Pero la continuidad del dominio español sobre la América continental era
poco menos que una entelequia en el Trienio Liberal, un imposible al que los
gobiernos españoles, tanto liberales como absolutistas, se obcecaban en no
reconocer. Murphy, perteneciente a un grupo social ligado al comercio americano,
era consciente de la importancia capital que para el Archipiélago poseían
tales dominios. Canarias dependía de América no sólo por los intercambios
mercantiles, bastante mermados desde la paulatina generalización del Libre
Comercio en el último tercio del siglo XVIII, sino sobre todo por las remesas
de los emigrantes, que posibilitaban el mantenimiento de la balanza de pagos,
y la supervivencia de unas islas que utilizaban la plata americana como un
medio fundamental de pago de sus déficit comerciales en sus intercambios
mercantiles con Europa, y particularmente con Inglaterra.
3. GUIMERA PERAZA, M.. op. cit., p. 164.
169
La emancipación de las Américas tuvo unas consecuencias particularmente
graves para las Canarias. Murphy conocía el grave daño que estaba ocasionando
a la economía isleña la ruptura de relaciones con Venezuela y México,
y las serias dificultades que el corso americano ocasionaba a sus intercambios
y remesas de sus emigrantes en Cuba y Puerto Rico. Al hablar de su posición
librecambista refería que aun cesando «la guerra actual que subsiste con los
disidentes de la América y que tantos daños nos ha causado», la situación
seguiría difícil si se perseverase en los fuertes aranceles en las aduanas canarias,
dada la gravedad de la situación por la que atraviesa Canarias*.
El reconocimiento de la independencia americana era un paso esencial ansiado
desde el Archipiélago, pues la paz reanudaría la emigración y los lazos económicos.
La terquedad española era especialmente dañina para las Islas. Los
graves daños del corso americano los precisó en sus escritos: «Una guerra marítima
embaraza muchísimo la navegación de unas islas a otras, particularmente
de aquellas que se hallan a mayor distancia entre sí; el solo crucero de algunos
corsarios de las provincias insurreccionadas ha ocasionado muchas veces esta
interdicción. Un entorpecimiento de esta especie obstruiría él solo, como ha
sucedido en efecto, las mejores disposiciones por muchos meses seguidos»'.
Su punto de vista divergente de la política gubernamental española lo
expone abiertamente en el Congreso*. Se muestra conü-ario a las restricciones
del comercio en buques extranjeros, cuya entrada en vigor supondría una
grave limitación para el comercio canario: «Por proteger nuestra navegación
nominalmente, se arruinan de hecho nuestra industria e intereses mercantiles,
y no se logra el objeto, por manera que lo perdemos todo, y nuestros puertos
están como cerrados para los buques extranjeros por los enormes derechos
que se les exigen. Nadie está más dispuesto que yo a proteger nuestra bandera
nacional; deseo que ella sola sea la privilegiada, pero el tiempo no es oportuno;
circunstancias desagradables hacen que nuestra bandera esté en un estado
deplorable y que en nuestros buques no puedan emprender viajes beneficiosos
a mares lejanos.» Ante las críticas que se vertían contra su proposición,
replica que su intención «no fue decir que no era tiempo a propósito para
fomentar la marina nacional, sino que los medios que se han adoptado no son
los de fomentarla, y que por lo mismo no se consigue este objetivo, y sí el de
destruir nuestra agricultura e industria»''.
4. MURPHY, J.: Breves reflexiones sobre los nuevos aranceles de aduanas (1821), prólogo
y notas de Marcos Guimerá Peraza, Las Palmas, 1966, pp. 48-49.
5. Sobre el impacto del corso americano en Canarias véase DE PAZ SÁNCHEZ, M.: «Corsarios
insurgentes en aguas de Canarias (1816-1828)», VIH Coloquio de Historia Canario-Americana,
Las Palmas, 1988, pp. 679-694, y del mismo autor: «El corso argentino en Canarias
durante la emancipación americana», X/or/ujdaí de Esludios Canarias-América, Tenerife, 1989,
pp. 137 y ss.
6. MURPHY, J.: Observaciones presentadas a la Corrosión eclesiástica de las actuales Cortes
extraordinarias acerca de los perjuicios que se seguirían a los habitantes de aquellas islas de
suprimirse alguna de las diócesis que en el día hay en ellas, Madrid, 1823, p. 10.
7. Sesión de las Cortes de 11 de abril de 1822.
170
Su óptica era diferente a la de la burguesía española, en la medida que se
hacía portavoz de las especificidades canarias, en las que coincidían el conjunto
de las clases dominantes insulares. Una sensibilidad hacia América y
hacia las libertades isleñas de la que también haría gala el otro diputado por
Canarias, Graciliano Afonso, que, como Murphy, pasaría largos años exiliado
en tierras americanas*.
Las obstrucciones a un régimen de libertad comercial que se defendían
desde el Congreso Nacional para el territorio americano eran las mismas que
preocupaban en el Archipiélago. La incomprensión de la realidad canaria,
para Murphy, era la misma política miope con que se habían abordado las
demandas de la América española. El 18 de marzo de 1822 presenta en las
Cortes una proposición en la que se hace eco del sistemático entorpecimiento
de la comunicación oficial entre la Península y América. En su defensa se
lamenta de que la ausencia de comunicación nace de la inexistencia de «un
plan capaz de continuar con la correspondencia de un modo fijo. Se hubieran
evitado gran parte de los males que han afligido a la América». De forma irónica
expresaría que «otras naciones la tienen con sus colonias; no digo que
por eso nosotros las llamemos así; pero los ingleses las tienen en África y tienen
muy expedita su comunicación (...). De no tener esta comunicación, les
daremos lugar a decir que los miramos con indiferencia».
Su comprensión de los anhelos americanos parte, en definitiva, de la plas-mación
de su propio descontento: «La desgracia de las Islas Canarias estará
en que no se les crea de bastante importancia para merecer esta atención tan
particular; a que no se estime el asunto por bastante serio, sin embargo de que
en ello están interesadas más de doscientas mil almas.» La consideración de
las Canarias como islas adyacentes es fiel reflejo de esa indiferencia que
lamenta Murphy: «La felicidad de aquella provincia no podrá nunca conseguirse,
ni se le dará con mucho todo el valor posible, mientras se le comprenda
en todo y por todo en el régimen que adoptase para la Península y sus
posesiones realmente adyacentes, porque aquellas islas no lo son. Su situación
en el globo y las circunstancias que entorpecen las comunicaciones
aumentando moralmente su distancia de la Península, las constituyen una provincia
intermedia de Europa y América, suficientemente separada de una y
otra para reclamar un sistema de administración diferente de los discurridos
para ambas regiones. Los intereses agrícolas y mercantiles de las Islas Canarias
son por aquella razón diferentes de los de la Península, sin serles opuestos
»'.
El comerciante canario puntualiza bien, la distancia de la Península aumenta
moralmente. Sólo un régimen de franquicias aduaneras sancionaría sus
especificidades diferenciales, que se aproximan a las de América. Y en la
8. HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, M.: La política de los Estados Unidos ante las guerras de
independencia de la América Española, X Jomadas de Esludios Canarias-América, Tenerife,
1989.
9. MURPHY, J.: Breves reflexiones..., p. 61.
171
medida que la cerrazón de las autoridades españolas las nieguen, más se acercan
al Nuevo Mundo. Los diputados «verán en las Islas Canarias una provincia
remota de la península, que aunque pasa con el título de contigua a la
España no lo es en la realidad, estando a la gran distancia de doscientas y cincuenta
leguas; que no puede ni debe, por tanto, para ser bien gobernada serlo
en el concepto de tal, porque en muchas cosas más bien participa de la naturaleza
de una provincia americana que de una europea (...). Que de aquí ha
nacido que en todos tiempos hayan disfrutado aquellas islas de ciertas exenciones,
y hayan sido regidas en muchas cosas de distinto modo que las provincias
de la península, sin exceptuar la época actual»'".
3. LA DEFENSA ACTIVA DEL RECONOCIMIENTO DE LA INDEPENDENCIA
DE AMERICA
Los liberales y los absolutistas españoles se caracterizaron, en los períodos
en los que gobernaban, por una profunda incomprensión de lo que en la América
española estaba acaeciendo, y se resistieron con terquedad al reconocimiento
de la independencia de sus antiguas colonias. Murphy era plenamente
consciente de los graves daños que para las Canarias ocasionaba el seguir persistiendo
en la negativa a la firma de un armisticio. La reanudación de las
relaciones sobre la base de recíprocas ventajas era su objetivo. El corso americano
que hostigaba el comercio y la emigración canaria, la brusca interrupción
de las remesas indianas, la pérdida de considerables sumas de dinero por
los inmigrantes isleños en América, eran argumentos sólidos que hacían ver
el problema desde el punto de vista de las clases dominantes canarias de
forma bien diferente al evidenciado por las de la España peninsular.
El 8 de febrero de 1822 redacta de su puño y letra un voto adicional dentro
de la Comisión de Ultramar del Congreso Nacional, que secundan los diputados
Navarrete y Paúl. En él muestra su disconformidad con los obstáculos
que la aprobación de votos particulares han supuesto para el pronto restablecimiento
de la paz entre España y las provincias disidentes de Ultramar.
«Hubiéramos querido manifestase clara y expresamente a los Gobiernos establecidos
en las provincias de Ultramar que la España estaría dispuesta a convenir
en su emancipación siempre que las bases en que ésta se fundase ofreciesen
la garantía necesaria y el recíproco interés de unos y otros pueblos.
Esta es la declaración que correspondía hacer, obrando la Nación Española
con la magnanimidad propia de los principios liberales que ha proclamado.»
Sin embargo, la incomprensión gubernamental y la oposición de los diputados
piensan que ha contribuido a vaciar de contenido lo que debería ser «la
puerta a un pronto y general armisticio»i'.
10. Ibíd., Observaciones..., pp. 16-17.
11. Archivo de las Cortes Españolas (ACE), leg. n.^ 22, exp. n.** 19.
172
Esa posición obstruccionista, que parte del principio de no querer reconocer
que los privilegios monopolistas se han perdido ya para siempre, sólo
plantea perjuicios para tales relaciones: Se pierde la ocasión de sustituir «las
relaciones de dependencia en que antes unían a estas provincias con aquéllas,
las de amistad que pudieran unirlas en adelante de una manera más sólida y
durable, dando ocasión a que estas ventajas cedan en beneficio de los extranjeros,
que no las perderán para disfrutarlas». Se está poniendo el dedo sobre
la llaga, la cerrazón sólo trae perjuicios objetivos a los intereses hispanos:
«Un momento que se pierda en auxiliar a las Provincias de Ultramar para
organizar sus gobiernos sólidamente dará ocasión para que ellos los hagan
por sí con todos los riesgos que ofrece y sin las ventajas que podía sacar la
España.» Derechos mercantiles, como los que reconoce el Gobierno de México,
que «yo no podré ver jamás con indiferencia que se malogren y abandonen
unas ventajas que son a un tiempo justas y útiles a ambos pueblos»'^.
Sin embargo, tales peticiones fueron sólo un murmullo en el desierto de la
testarudez y la indiferencia. En la sesión del 2 de marzo de 1822 presentaría
en unión de Canga Arguelles una proposición en la que se pedía que «las
Cortes declararen si los señores diputados de las provincias ultramarinas que
han reconocido la independencia han de ser admitidos en el Congreso». El 26
de junio de ese mismo año expresaría que «los comisionados irán autorizados
para oír todas las proposiciones que se les hagan, sin excluir la de independencia;
pero no para reconocerla». También el 5 de agosto de 1823, con las
Cortes ya establecidas en Sevilla, a consecuencia de la invasión de los Cien
Mil Hijos de San Luis, sigue insistiendo en el reconocimiento de la independencia
de América. Pero era, a todas luces, una batalla perdida. Afirma que se
debe dar un paso previo, que se acepte la proposición de que se dé «a los
comisionados la base de la independencia, para que se pueda tratar con los
gobiernos de América. Varios de los señores preopinantes han reconocido la
posibilidad y aun la conveniencia de que, bajo ciertas condiciones, pueda
reconocerse la independencia; y, por consiguiente, bajo esta hipótesis no
puede combatirse el dictamen de la manera que se ha hecho, cuando en él no
se hace más que añadir un grado de facultad más a la autoridad que está conferida
al Gobierno. Se me dirá que esto podrá comprometer a las Cortes al
reconocimiento de la independencia, pero ¿no se dice que cualquier cosa que
se trate con los comisionados sobre esta materia venga a la aprobación de las
Cortes? Además, ¿qué inconveniente hay en que se varíe el sistema que
hemos seguido hasta aquí; que se lome un camino nuevo con objeto de zanjar
las diferencias que tenemos con las Provincias de Ultramar, y de poner fin a
una guerra tan desastrada por medio de tratados decorosos para España? Se
teme que los comisionados puedan abusar de esta facultad; pero ¿no se reserva
a las Cortes y al Gobierno la facultad de aprobar o desaprobar lo que aquéllos
hagan? No quiero se crea de ningún modo que yo estoy por la indepen-
12. ACE,ibíd.
173
dencia de América. Yo accedería o no a ella según que las condiciones que se
propusiesen por los Gobiernos de aquel país fuesen o no ventajosas para
España.»
Un Murphy pragmático y liberal, como era consustancial a los puntos de
vista del sector social del que procedía, nos ilustra de la lucha, casi en solitario,
que tuvo que realizar en unas Cortes y con un Gobierno marcadamente
hostil a toda negociación que pusiese, siquiera sobre el tapete, la posibilidad
del reconocimiento de la independencia de la América española.
Pocos días después caería el régimen liberal. Femando VII lo condena a
muerte, como a todos los diputados que en Sevilla habían votado a favor de
su incapacidad. Regresa a su tierra natal y de ahí marcha hacia el largo y definitivo
camino del destierro.
4. EL CAMINO DEL DESTIERRO: DE INGLATERRA A MÉXICO
Como relata su mujer, María Creagh, el diputado canario «salió para
Gibraltar, y habiendo vivido algún tiempo en Inglaterra, como consta, entre
otros muchos, a los señores don Agustín Arguelles, don Joaquín Ferrer y don
Alvaro Gómez Becerra, esperando en vano un cambio favorable a los por allí
emigrados, por las mismas causas políticas se decidió a venir a este país, con
su familia, obligado a ello por la dura necesidad»". Fue la penuria de su
situación económica la que le obligó a dirigirse a México y establecerse en su
capital.
Pero la vida allí fue dura y difícil, como reconoce María Creagh: «En él ha
permanecido sufriendo penalidades y pérdidas de bienes que sería largo referir,
siempre anhelando el día que le fuese permitido regresar a la Península.»
El 19 de mayo de 1837, una vez que se iniciaron unas tímidas relaciones
diplomáticas entre España y México, fue nombrado Cónsul General de España
en ese país, con carácter provisional y sin sueldo. La experiencia mercantil
del canario influyó en ese nombramiento, pues, como refiere, fue el convencimiento
de «los inconvenientes que podrían seguirse contra la legalidad y
buena fe en los contratos y expedientes mercantiles de los individuos d&
ambas naciones, de no haber agentes revestidos de la autorización necesaria
para proteger sus mutuos intereses y hacer observar las formalidades de costumbre.
» La designación le faculta para nombrar vicecónsules en los puertos
de la República donde lo juzgue necesario. Lo irónico del caso es que su propio
nombramiento estaba equivocado, pues se le designó como Juan Murphy,
lo que se prestaba a confusión, como refiere el propio Presidente del gobierno
mejicano, Anastasio Bustamante, al que se le presentó para hacerle el acatamiento
debido, habiendo recibido de su parte «todas las atenciones que podía
13. Archivo del Ministerio de Asuntos Exteriores de Madrid (AMAE). Expedientes personales,
leg. n.= 156, exp. n.= 8.063.
174
esperar y la expresión de los más cordiales deseos de cultivar la buena amistad
que se ha establecido entre la España y México»!*.
Transcurridos dos años de su nombramiento, la provisionalidad de su cargo
persistió sin serle abonado ningún sueldo por el desempeño de su oficio. El 3
de septiembre de 1830 solicita se le proporcione un salario, porque los emolumentos
que le proporcionan los derechos consulares son insuficientes para
sufragar sus gastos", pero su petición fue denegada.
El historiador y político mexicano Carlos Bustamante piensa, en su diario
inédito, sin embargo, que Murphy aprovechó su cargo de cónsul para vender
cartas de ciudadanía española a razón de diez pesos. Debemos de tener en
cuenta la gravedad de la situación política por la que atravesaba México por
aquellos años, en abierto conflicto con Francia y con los Estados Unidos.
Como sostiene el historiador mexicano, todos aspiran a ella, aunque lleven
muchos años en el país y estén casados y con hijos. Las solicitan porque
«quieren que se les considere como extranjeros, para que el día que sufran un
quebranto de asonada o guerra pedir tres o cuatro tantos de los que han perdido
por indemnización, como lo han hecho los franceses, de quienes son los
imitadores, y formados en sus mismas medidas»^*.
Era lógico que el comerciante isleño, arruinado y sin sueldo, se aprovechase
de su cargo para ganar algún dinero por esos procedimientos. El propio
Murphy habla, en septiembre de 1838, de la gravedad de la situación por la
que atraviesa México: «La cuestión que tiene pendiente con la Francia, lejos
de haberse mitigado, empeora de día en día y parece no tener remedio, sin
pasar por los últimos extremos, que están en Veracruz varios buques de guerra
y se aguardan por momentos mayor número de ellos. Todas las apariencias
son de que muy en breve se romperá a una guerra entre las partes contendientes
»".
Pero su salud empeora. El 23 de mayo de 1840 cesa como Cónsul General.
Su mujer solicita una pensión, pues carece de «medios de existencia, desven-tiuadamente
privado del uso de una pierna por un accidente y agobiado, en el
último tercio de su vida, de penas, de sufrimientos y de trabajos». Su empleo
no le ocasionaba sino quebrantos «en un país sumamente caro y en donde el
sueldo de dos mil pesos que está asignado al destino que a él no se le ha dado,
bastaría apenas para el pago de una casa decente». Califica su existencia
como «la horrorosa miseria que nos rodea», con un marido incapacitado y
una hija en su más tierna juventud. El embajador español. Calderón de la
Barca, con el que el canario tenía una gran amistad, como se refleja en el diario
de su esposa, la norteamericana Francisca Erskine Inglis, certifica, el 23
de enero de 1841, la verosimilitud de lo relacionado por María Creagh, que
14. AMAE,ibíd.
15. AMAE.ibíd.
16. Cit. en CALDERÓN DE LA BARCA, M.; U vida en México durante una residencia de
dos años en ese país, trad., prólogo y notas de Felipe Teixidor, México, 1976,1.1, notas p. 35.
17. AMAE.ibíd.
175
ratifican los médicos mexicanos Martínez del Río y Garriga, para los que
«José Juan Murphy, natural de las Islas Canarias, está padeciendo de una
luxación espontánea del fémur que le imposibilita el andar y de una enajenación
mental, efecto de los muchos trastornos y reveses que ha sufrido desde
su emigración desde la Península, considerando incurables ambas enfermedades
»'*.
Calderón de la Barca describe al isleño como un hombre maltratado últimamente
«por la fortuna y que por malogradas especulaciones ha perdido su
hacienda, está achacoso, paralítico y reducido a suma pobreza, con su mujer y
una hija casadera. Es un hombre entrado en años, de modales finos, de cierta
instrucción y de honradez conocida»".
Además de su ya referido hijo, José, nacido dentro del primer matrimonio,
se desprende que tuvo una hija, mucho más joven, engendrada en el
segundo. En su libro sobre el diputado canario, Marcos Guimerá refiere,
basándose en documentación fehaciente, que su hijo José, tras contraer
matrimonio, dejó el Archipiélago en 1824 y se estableció en el extranjero,
probablemente en Inglaterra, donde se hallaba su padre. Sin embargo, no
tenemos constancia de que marchara hacia México con anterioridad a la
muerte de su padre, porque toda la documentación sólo nos habla de una
única hija. Es posible que residiera en México de forma ya definitiva con
posterioridad, pues una caria fechada en 1844 explícita su residencia en la
referida capital^.
En su petición María Creagh alega también los méritos de Murphy, su condición
de diputado por Canarias, su cargo de vicepresidente de las Cortes y su
largo y penoso exilio. Pero todo fue infructuoso. El ex-diputado fallece el 4
de julio de 1841, tras una larga y penosa enfermedad. Su viuda intenta esta
vez que se le conceda una pensión de viudedad, pues, como refleja Calderón,
esta virtuosa familia ha quedado en la mayor pobreza»^!. Tampoco la obtuvo
María Creagh. Todas sus solicitudes fueron denegadas. La Secretaría de Estado
le rechaza su derecho a cobrar la viudedad y le indica que sólo las Cortes
pueden aprobarle una pensión. Pero el Congreso la niega, alegando que «no
aparecen méritos suficientes». El ministro Ramón María Calatrava, antiguo
compañero de lides políticas en el Trienio Liberal, la recomienda al Congreso
«por los méritos y compromisos de su esposo, aquejado de todas las penalidades
consiguientes a la honrosa emigración que sufrió por la causa de la libertad
». Pero todo fue en vano. El 11 de septiembre de 1842, finalmente, se afirma
escuetamente que «no hay mérito para darle pensión»^, lamentable
desconsideración a una trayectoria marcada por el compromiso político con
las ideas liberales.
18. AMAE.ibíd.
19. Cit. en CALDERÓN DE LA BARCA, M., op. cit., 1.1, notas, p. 33.
20. GUIMERA PERAZA, M., op. cit., pp. 160-169.
21. AMAE.ibíd.
22. AMAE.ibíd.
176
De forma tan triste transcurrieron los últimos años de la vida de José
Murphy, un liberal íntegro que supo defender con tesón las posiciones librecambistas
de su grupo social, y que trató de abrirse posiciones más realistas y
comprensivas hacia los profundos cambios que se estaban realizando al otro
lado del Atlántico, en medio del obstruccionismo, la terquedad y la indiferencia
de la clase política española.
177