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Número68 fi HHEtMMEtRhOi üTEtCu A ^;^ i^ »H. ,I ' ^ Íj Octubre-Oiclembred. 1944
FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE U LAGUNA
REVISTA DE HISTORIA
Director el Decano, DR. ELIAS SERRA RAFOIS
Tomo X La Laguna da Tanarifa (lalaa Canariaa) Ano XVII
T a g a n a n a
rOB ELf AS SERRA RÁFOLS
A fines del pasado agosto un grupo de profesores y alumnos de esta Facultad,
de los que ni aun en plenas vacaciones olvidan que su conidici6n exige (Ulnia
actitud constante de curiosidad y de estudio, realizaron una agradable excursión
a Ta.ganana, apartado distrito de esta isla, que por más que haya «ido modernamente
agregado al término municipal de Santa Cruz de Tenerife, aigme
separado de todas partes por las cimas de Anaga y sus vertiginosas caídas sobre
la costa norte. Aunque breve y hecha más con fines de deporte físico y
espiritual que de estudio, la excursión fué también científicamente provechosa.
Enrique Marco Dorta, el joven catedrático de la Universidad de Sevilla, que nos
acompañaba, estudió la iglesia parroquial, acaso la más antigua de las conservadas
sin aliteración en Tenerife. Vimos famlbién su archivo, cuyos registros remontan
a la segunda mit-ad del siglo XVI, y contemplamos e intentamos foto^
grafiar la taibla central del interesante tríptico flamenco que en ella se conserva
y conocíamos d* referencias.
De todos modos lo que aquí vamos a hacer es, más que resultado de este grato
viaje, aprovecharlo como motivo ocasional para dar a conocer juntos aíl'gunos
documentos curiosos de varias procedencias, que hemos reunido, soibre el origen
del pueblo de Taganana.
El más antigTio recuerdo documenta! del valle de Taganana parece ser la
Data a favor de un futuro ingenio de azíicar otorgada por el Adelantado en 1600
y que ya dimos a conocer en -otra ocasión. Aun así la reproducimos ahora
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para no dejar failta de su primer ©slaibóni la cadena que queremos tejer. Hela
aquí:
[in iinargine: "Jaime Joiben—^Pedro de Campos"] = Por la presente en
ncimlbre de sus Aitezas por virtud de su poder que para ello tengo, hago merced
é donadón a vos Jayme Joben e a Pedro de CampOiS, mercaderes veainos
de Thenerife, o a cualquiera de vosotros, de treinta anegas de tierra de regadío
•en el inejor lugar questovieren en Taganaina e Tafar, ques en el reyno dé
Anaga, para que sea vuestro propio e de vos o de cualquiera de vos para siempre
jamás y esto e« porque seáis obligados de hacer un yngenio de acucar e
jwrque hajbeis .prometido de hacer el dicho yngenio ques en servicio de sus Altezas.
= Ddigo que qualquiera merced o mercedes que yo hecho (sic) de Has
dichas tierras por alvalaes o escripturas a cualquiera o cualesquiera p.ersonas,
lo doy por inseigniro e digo que no valga salvo esta dicha merced que a vosotros
hago, y asimismo de las tierras de sequero para sembradura que vos doy a
vos los susodichos en repartimiento, tres cayces de lo mejor que sepades, y asi-mismto
podades tomar toda la madera que ovieredes menester ipara beneficio
de casas e yngenio e de cualquier otro arteficio, y por esta mando al escrivano
del Repartimiiento que vos lo asiente así y que vos haga una escriptura tan
fuerte como vos convenga. Fecho en Thenerife a cuatro del mes de mayo de
M € quinientos años. = Letra del Gobernador = Que digo que puesto que a
otros lo haya dado p>ara viñas que no valga sailvo esto que sea para yngenio porque
es más servicio de sus Altezas e más pro e bien de las Yslas. = Alonso de
Lugo".
Datas 11 testimonios, f. 7 v?.
Parece en contradicción con esta donación particular a estos dos- emipresa-riofl
la oibra colectiva a todo un gru^yo de vecinos como pabladores nuevos, concedida
apenas transcurrido un año de la anterior y, lo mismo que ésta, con re-vocaci6n
de cualquier donación ante'? otorgada. Esta Data, que puede considerarse
verdaderamente fundacional del pueblo de Taganana, acaso se conserve
en los Jibros correspondientes del archivo del Cabildo, pero por el momento sólo
la conocemos a través de una copia que reproduce un traslado de mano notarial,
de 1776, que se conserva celosamente, y se transmite áe mano en mano, en poder
d« la Alcaldía rural del pueblo. Este traslado es deficientísimo, plagado de errores;
pero si estos errores son algunas veces fácilmente enmendables, otras no es
poañibl« conjeturar el texto verdadero, y por ello preferimos reprodlicimlo tal
cual.
Comienza copiando el conocido pirivilegio real autorizando a Alonso de Lugo
•paira eü reparto de la isla de Tenerife (1). Yuxtapuesta sigue la Data proipia-mente
dlciha:
"Yo Alonso de Lugo, govemador de las Islas de Tenerife e de la isla de la
(1) Esta copia da al privilegio la fecha de Burgos a 5 de noviembre de 1497,
igual que Núñez de Ip, Peña y a diferencia del registro de Reales Cédulas del ar-diivo
capitular. Vide sobre esto un trabajo dfe Emilio Hardisson, de aparición
próxima.
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Palma, e Capitán general de la Berveria por los reyes nuestros señores, como repartidor
de las tierras de las Islas de Tenerife e por el poder que tengo de sus altezas,
do a vosotros los vecinos que estáis en esta Isla de que havedes benido de
la Isla de Puerteventura e algunos que vinieron de Langarote los quales son Gregorio
Tavordo e Juan Perdomo e Gerónimo, VOP do e hago merced de un lugar que
36 llama Taganana con sus tierras e aguas de la comarca asi de riego como de sequero,
rebocando qualquier alvalá o alvalaez o carta o cartas de que yo obiese
dado, que no valan por que no han edificado en la dicha tierra, esto se entiende
Ja Data de la tierra para los que sois casados». Fecha a diez e seis días de mayo
año de mil e quinientos e un años. Son los a quien se da la tierra Pedro Hei>
nández e su hijo Pedro d« Vera e Gonzalo Mexía e Francisco Guillama e
Picar e Juan Delgado e Rubín Dumpiérrez e Andrés Sánchez e Pedro Negrfn e
Alonso Sánchez e los dichos de Lanzarote. Con esta alvalá está escrito del Señor
Govemador lo siguiente = E digo que vos do el valle de Taganana con el agua
e tierras de riego para cañaverales y latadas para todos los de las Islas que son
rasados y benidos hasta hoy de la presente que son diez y seis de mayo de mil
e quinientos e un años = AIOBSO de Lugo = Por ende yo el dioho Adelantado
Dn. Alonso Fernández de Lugo, repartidor de las dichas tierras e aguas e otros
heredamientos de la dicha Isla de Tenerife según que dicho es por virtud del
dioho poder e facultad que de sus Altezas tengo que de suso va incorporado en las
personas que de suso son declaradas e por quanto vosotros Gregorio Tavordo e
Juan Perdomo e Gerónimo Hernández e Pedro Hernández e Pedro de Vera e Gonzalo
Mexfa e Francisco Guillama e Pedro Picar el viejo e Juan Delgado e Rubín
Dumpiérrez e Andrés Sánchez e Pedro Negrín e Alonso Sánchez benistes a vivir
e avesindar a la dicha Isla de Tenerife con vuestras mugeres e hijos e con todos
vuestros bienes donde agora vivís e moráis y en vos así ibenir a vivir a la ddoha
Ma pasasteis asaz travajos e por que la intención e voluntad de sus Altezas
es que en los tales pobladores se hajiran los semejantes repartimientos e ansí por
esrto como por que en la dicha Taganana haveis mucho trabajo por ser la tierra
yerma y estéril en despedregar y desmontar y haser caminos e otras lavóles
e edeficios en lo qual servistes al Rey e Reyna nuestros señores por virtud
de lo cual e de ila posesión que hasta hoy día tenéis labrado e plantado en las
dichas tierras Es haciendo asequias para sacar las aguas en la dicha Taganana;
todas las cuajes dichas tierras e aiguas con todo lo que en la diidha albailá
se contiene vos confirmo e apruevo por bien dadas e repartidas agora de presente
e de aquí adelante para sienpre jamás a vosotros los • sObredicho'S e a o&da
uno de vosotros e para vuestros hijos y herederos e succesores e para quien
vos o dellos lo obiere de haber, con todps sus entradas e salidas, fueros y derechos,
usos e costumbres e desde el día e mez e año en el dicího alvalá contenido
según que le pertenese o puede perteneser sin contradicción
alguna guardando la condición de la vesindad que hasta ser pasados cinco años
no podáis hender ni bendais las dichas tierras la qual corre e comienza desde
la fecha de la dicha alvalá que desuso va incorporada
En testimonio de lo qiual vos di la presente firmada de mi nombre e sójína-da
del escribano pifihlico y del repartimiento dé la dicha Isla de Tenerife.
Dada en la villa de San Christoval ques en la didia Isla de Tenerife lu-
320
nes tres díaa del mes de hebrero año del nacimiento de nuestro Salvador Jesu-christo
diC mil e quinientos e treinta años = El Adelantado = E yo Antón de
Ballejo escribano público e del Cavildo de la dicha Isla de Tenerife, presente
fui en uno con su señoría del di<"ho Adelantado a todo lo contenido en esta carta
donde el diono señor Adelantado firmo su nombre, e por ende fise aquí este
mío signo atal en testimonio de verdad = Antón de Ballejo escrivano público
;' del Concejo = enmendado Andrés, sobre renglones, mercedes, vale Dn. mi
otros no vale = Es copia de lo que se me ha señalado del testimonio citado que
queda en mi registro a que me remito el qual párese está autorizado de Juain
Lopes de Asoca, escribano público que fué y del Consejo y en virtud de didh»
mandato la doi en esta ciudad de la Laguna a catorce de octubre de mil setei-cientos
setenta y seis años — En testimonio de verdad Santiago Antonio Pene-do,
escrivano público /Signo/" (2).
Verosímilmente hay que pensar que loa majoreros y lanzaroteños (naturales
d« las islas, se decía entonces) beneficiarios de la Data habrían ya ocupado
la comarca de Taganana sin título expreso y que la donación de la mismla
a Jaime Joven y Pedro de Campos sería lo que les estimuló a gestionar y obtener
del mismo Adelantado la concesión en forma y revocación de la otra, cosa
frecuenite en la vacilante administración de entonces y aún de mucho después...
Por lo demás Joven y Campos no se habrían dado mucha prisa en establecer su
ingenio para el que todavía tenían que plantar las cañas y antes preparar la
tierra y el agua para ello. Así que su proyecto debió quedar en tal y si Taganana
tuvo, en efecto, luego un próspero ingenio de azúcar no se debió a ellos
sino al conjunto de vecinos que se valieron de un portugués, que, suponemos,
es quien ha dejado el nombre de Portugal a uno de los barrios o pagos del
piueblo.
Deducimos esto de interesantes contratos notariales pasados ante Sebastián
Páez por Diego Sardirtha (evidentemente portugués, aunque en uno de los contratos
se estropee su nombre en Diego Saldaña) y un albañil y un carpintero
(tamlbién éste portugués) para hacerle un ingenio en Taganana. Estos documentos
importan además por los datos que dan siobre tales ingenios y bien merecen
ser ampliamente extractados. Son de agosto y septiembre de 1506 e imaginamos
que aunque el empresario es solamente el mentado Sardinha no serían ajenos
a ello los vecinos que ya conocemos, que por este tiempo tendrían sus cañaverales
en buena producción. He aquí los contratos:
"Sepan quantos esta carta vieren como yo Alonso Martín, albañil, e como
yo Diego Saldaña, amibos vezinos que somos de la isla de Tenerife, otorgamos
e conocemos que s-omos convenidos e concertados e igualados en esta manera:
que yo el dicho Diego Saldaña doy p vos el dicho Alonso Martín a hacer una
(2) La fecha de la confirmación de la Data, lunes tres de hebrero de 1530,
fts distparatada, pues entonces ya había muerto Alonso de Lugo, al que se atribuye
el acto y. además, tal día no fué lunes sino jueves. Se tratará de un error
de copia y conieturamos que el original diría "lunes trece de hebrero de 1508",
pues por el texto se deduce que no habían transcurrido cinco años desde la Data
originaria.
821
casa de yngemio en la acequia del agua en sytio que yo alli tengo n8ftiibrado e
señalado, de la forma e manera que yo vos la diere tragada e señalada e ibien...
las... a .mi costa e misión para que de tal anchor, lonigor e compás me haigades
la dicha casa de yngenio, toda de piedra en tanta altura como yo vos mandare,
bien heóha ripiada e regada e vi.S'ta de maestros, dándovos yo todos los materiales
que fueran nescesarios e si alguna cosa faltare que vos el dicho Alonso Martín
níie apercibays dello tres días antes para que yo lo remedie e que hagays
vos la diciha casa de yngenio, segund dicho es, a vuestra costa e misiión poniendo
vos vuestro tralbajo e todos los maestros e obreros que fueren nescesarios
de se meter en la dicha obra a vuestro propio mantenimiento, misión e costa.
E me obligo a vos dar e pagar por la hechura de la dicha casa de yngenio, desde
donde pusierdes la primera piedTa de cimiento fasta que sea toda techa e
acabada, ciento mrs. por cada una tapia de marca, asy de las altas como de las
bajas, e que la dicha medida de las dichas tapias sea por de dentro e por de
fuera de manera que yo sea obligado e me obligo de vos niandar e pagar por
cada una tapia de quantas en el dicho ymgenio ovyera en la manera que dicha
es ciento e diez mrs. pagados en esta manera, cinco mili e quinientos mrs. que
vos di e pagué luego en presencia del escrivano e testigos de la carta e que en
faciendo la mitad de la obra que vos dó e paque otros cinco mili e quinientos
mrs., en acaibando de fazer toda la dicha oibra que vos dé e pague todos los
mxs. restantes que montare en toda la dicha oibra; e me oibligo que si por mi
negligencia o ¡pofr no tener materiales vos e los dichos maestros e obreros dexa-des
de fazer e trabajar en la dicha obra que vos dé e pague una dobla de oro por
cada día. Que comenceys de fazer la dicha casa de yngenio desde el jueves próximo
que vemá, que será treze días deste presente mes que oy estamos, e de no
aljar la mano de la dicha obra fasta la dar toda fecha e acabada e puesta en
perfición fasta donde yo os mandare e que se faga so pena que a vuestra propia
costa e misión sy asy no lo fazieredes e cumplieredes que cogays maestros
alibañil... presoio que hallare que fagan la diciha obra; con las quales dichas condiciones
yo el dicho Alonso Martín, albañil, me obligo de fazer a vos el dicho
Diego de Saldaña la dicha casa de yngenio de la forma e manera e por el préselo
e contia de m,ris. de suso por vos dicho le otorgado e me obligo de comentar
e fazer la dicha obra a mi propia costa e misión desde el jueves 'primero que
verná que será treze días de este mes de agosto en que estamos e de no alear
la mano dello faste dar fecha e acabada la dicha casa de yngenio en perfición
a vyista d« maestros... En la villa de San Oristóval que es en la dicha isla de
Tenerife, dentro del escritorio de Se'bastián Páez, esorivano público, en domingo
liueva días del mes de agosto... 1506 años" (3).
Para nada se m,enciona a Taganana en este contrato y el cointratante es
llamada Saldaña en lugar de Sardina. Pero el contrato siguiente parece tan claramente
afectar a la misma obra que no dudamos en suplir estos errores, tan
comunes en nuestros descuidados escribanos. Veamos el otro contrato:
(3) Archivo de Protocolos Notariales de Tenerife. S. Páez, libro 2? de
1506, fol. 47 V.
322
"Sepan quantos esta carta vyeren como yo Luya Afonso, carpintero portugués,
estante que soy en esta ysla de Tenerife otorgo e oonosco que tomo a fa-zer
de vos Diego Sardina, vecino que soys desta dicha ysla, que soys presente,
un yngenio que vos aveys de fazer en el lugar e sytio de Taganana ques término
desta ysla en las casas que vos agora hazeys en el dicho logar de Taganana
para lo que he de fazer Ibien hecho de carpintería con mis oficiales e ques la
rueda e exes e prensa e cúrenos e todas las otras cosa» anexas al dicho yngenio,
e las canales para el yngenio, todo fasta lo dar moliente e corriente, bueno
e ibien fecho, a vista de dos oficiales que dello sepan, dándome vos el dicho Diego
Sardina toda la madera que fuere menester puesta en el logar donde se ha de
facer el dicho yngenio a vuestra costa e misión? e me obligo de enpecar a poner
mano e facer el dicho yngenio el martes próximo que verná, ques a veynte e dos
días deste mes en que estamos, e de lo dar fecho e acabado fasta tres meses
•conplidos los parimeros syguientos, que será a veynte e dos días del mes de di-ziemJbre
próximo que verná, todo por prescio de treynta e un mili e quinientos
mrs. desta moneda de Canaria. E más que aveys de dar onbres que me ayuden
a levantar los palos para faser los hoyos e a asentar las antenas e más que me
aveys de dar a mi e a todos los onbres questuvieren conmigo a faser el dicho
yngenio, de comer e de toever, como es uso e costumbre en esta ysla de dar a
los oficiales; los quales dichos treynta e un mili mrs. me aveys de dar e pagar
la mitad estando la rueda del dicho yngenio montada en los exes e asentada en
su cabuco e la otra mitad después de ser fecho el dicho yngenio en quinze días
próximos siguientes..." 17 de setiembre de 1506. Finnado autógrafo Diego Sar-dynha
(4).
Este Sardiilha, tan evidentemente portugués, sería proibablemente uno de
los maestros de azúcar, que de la Madera vinieron a implantar aquí esta industria.
Por las Datas conocíamos ya algunos, todos portugueses (5). De Sardinha
sabemos además que poseía casas (esto es, una casa con varias estancias) en
La Laguna, acaso en la calle Real (hoy San Agustín) y de sus actividades industriales
en Taganana es rastro el contrato que hace en noviembre del mismo año
1606 para que le suministren 3.O0O cargas de "leña buena e gruesa como es co-tumibre
cortar para los ingenios, en Taganana en la montaña de dicho valle por
prescio de quatro maravedís por cada canga" (6). Se trata, pues, junto con los
mencionados en la Data del Adelantado, de uno de los destacados fundadores
del pueblo.
Tamhién el conjunto de vecinos nos ha dejado memoria de sus trabajos iniciales
para hacer habitable el valle. En 16 de septiembre del mismo año 1506 s€
otorgó ante Sebastián Páez el siguiente contrato (7): ,
"Sepan quantos esta carta vyeren como yo Cristoval Rodríguez de León vecino
desta ysla de Tenerife otorgo e conosco que tomo de todos ios vecinos de
(4) ídem, id«m, fol. 111.
(5) Serra, "Las Datas en Tenerife", Revista de Historia, IX, 1943, pég.
(6) Archivo de Protocolos Notariales de Tenerife. S. Páez, libro 29 de 1506,
fols. 155, 202 V. y 189 v., respectivamente.
(7) ídem, ídem, foJ. 109.
S23
Taiganana a bien hacer el camino que va desta villa para Taiganana con las condiciones
sygiiientes. Que tenga seis pies de bivo e de la. parte de arriba un ¡palmo
más baxo que de abaxo e que donde estoviere montaña de parte de arriba
que la desfaga de manera que pueda llegar a ella bestias con serones e cargas
e que todo el monte questoviere sobre el camino que lo descubra e lo corte para
que no llueva de los árboles e que todas las bueltas del camino que lo he de hacer
por donde me fuere señalado; e ha de ser fecho el dicho camino desde la casa
de Juan Delgado fasta llegar a La Laguna por préselo de diez e seis mili e
quinientos mrs. pagados en tres tercios".
¡Aquí tenemos el origen de las famosas vueltas de Taganana! Y que el
trabajo debió avanzar rápidamente debe deducirse de que en contratos de fines
del año o comienzos del siguiente, sabré huertas en el Valle del Obispo, se se-ñalia
como una de las afrontaciones "el camino real que va para el valle de Taganana"
(8). Del ganado que los vecinos criaban hay noticia más temprana como
que debió ser primer medio de vida, mientras roturaban la tierra arable y
conducían las aguas para las huertas de cañas. En 12 de noviembre de 1501 al
establecer el Cabildo la dehesa de Anaga bajo ciertas línutes menciona especialmente
entre los ganados que no delben entrar en ellos sin licencia, los de los vecinos
de Taganana (9).
En fin, no faltan menciones individuales que nos muestran las transacciones
y trabajos de los vecinos fundadores cuyos nomlbres ya conocemos, y alguno
más que se les junta por Data especial del Adelantado conquistador. De 16 de
miarzo de 1603 es la de "un caiz y medio de tierra de sequero en la comarca de
Taganana'en la lomada de arriba de vuestras tierras de regadío linde con Pedro
de Vera... porque aveis partido con Andrés Sanche» vuestro cuñado" (10) a favor
de Juan d'Armas, que no está en la Data colectiva. En 19 noviembre de
1506 Antón Franco y Juana Mexía su mujer venden al bacihiller Pedro Fernández
"suerte y media de tierra de trigo en el valle de Taganana que tienen por
hnderos de la una parte la media suerte de dos fanegas de buena medida de
sembradura de trigo que es a la Madre del Agua que hoy día tiene puesta y
plantada Antón BUÍK, mercader, que ha por linderos de la una parte tierras de
Juan Delgado e de la parte de arriba el acequia e de baxo el barranco, e la otra
media suerte es en la caibezada del Cardonal, de la misma medida, que oy día
tiene puesta y plantada Rodrigo Alonso, xastre, que ha por linderos el barranco,
€ la otra media suerte questa por poner que es junto a esta media suerte
del Cardonal que ha por linderos tierras de Robín Dumipiérrez y un pedazo de
tierra questa entre ambas suertes por préselo de quarenta mili mrs. desta moneda
de Canaria" (11).
En 9 de septiembre del propio año, Juan Delgado y su mujer María, hija
de Juan Berriel, venden a Juan Perdomo una suerte de tierras de regadío con su
(8) ídem, ídem, fols. 229 y 231 v.
(9) Archivo del Cabildo de Tenerife, propiedad del Ayuntamiento de La
Laguna, su sucesor. Acuerdos. Número 250 de la edición que de ellos i)ir«pa-ramos.
(10) Archivo del Cabildo, Libro de Datas originales, II, 13, 48.
(11) Archivo de Protocolos. S. Páez, lib. 29 de 1606, fol. 199.
324
agua en el valle de Taganana por 30 mil mrs., (12); en 21 de octubre Rubindo
Pinez y su mujer Isabel Sánchez venden a Alonso de Cabrera, vecino de Taco-ronte,
una suerte de tierras de riego en el valle de Taganana, linde con Pedro
de Vera, por 35 mil mrs.; en 15 de diciemibre Diego Rodríguez, cantero, y Alonso
de Córdova se obligan a Antón Ruiz, el mercader antes mencionado, para limpiarle
y despedregarle un pedazo de tierra que tiene en Taganana, en el Cardonal
"donde se nos señalare por vos Francisco Guillama", por precio de cinco doblas
de oro, de dos fanegas de trigo y un cuartenón de higos. Esta tierra es acaso
la que quedaba por "poner" en la compra que a Antón Franco y su mujer
hizo el bachiller Fernández (13).
En fin, Catalina Perdomo, mujer de Gonzalo Mexía, con licencia de este su
marido otorga a Antón Franco que le vendió unas tierras de riego en Taganana,
de lo cual no pudo hacer antes legítima carta de venta por faltarle la licencia
que hoy posee (14). Estas referencias a las actividades económicas de los
pobladores del valle seguramente se podrán multiplicar al infinito, hasta el punto
de hacer imposible su mención. "Afortunadamente" por el momento no contamos
más que con las citadas, pero son suficientes para sugerimos una vida
campesina próspera, que atraía nuevos pobladores o por lo menos nuevos capitales,
esto en un momento en que el ingenio de azúcar no era más que una próxima
promesa. Los conocedores de la topografía tan fragosa del valle de Taganana
podrán segfuiramente identificar muchos de los lugares y haciendas referidas
en las actas notariales (15).
Hoy el valle de Taganana con sus múltiples pagos, cuyas casas se levantan
en las estrechas aristas rocosas que separan la confluencia de los barrancos, acaso
para aprovechar hasta la última fanega de la tierra labrantía que hay en la
falda de los montes, tiene una vida probablemente más tranquila que en aquellos
febriles momentos de la colonización. Únicamente espera un camibio de la suspirada
y difícil carretera que ha de traerla el resoplido de los motores. Económicamente
no es posible dudar de los beneficios de ella; pero otras muchas cosas
perderá Taganana cuando la polvorienta guagua descienda hasta el fondo de los
abismos que la cercan.
Avaloramos este trabajo con la siguiente nota toponímica de nuestro compañero
Juan Alvarez:
Taganana
En "Toponimia Tinerfeña" expongo el parecer siguiente respecto de la Etimología
de Taganana.
Taganana presenta ese prefijo T- frencuentísimo en el guanche como deter-
(12) Id«m, Ídem, fol. 83.
(13) ídem, ídem, fols. 166 v. y 226 v.
(14) ídem, idem, fol. 243, de 30 dic. 1507, que corresponde a nuestro 1.606.
(15) Debo todas estas copias y extractos del protocolo de Sebastián Páez
a má colega la Srta. Guadalupe de Lorenzo-Cáceres.
326
minativo <1« excelencia, colectivo o artículo neutro, de que hablamos en otra
ocasión.
El elemento agen o agana significa, a lo /que parece, "roque", "tajo" o "cerro",
como parece a vista no solo del nombre Agan-eye = "el manco", "brazo
cortado", sino de otros topónimos como roque y degollada de Agondo (Gomera),
y los demás aportados en mi estudio sobre Gando y Gara (Revista de Historia
n'úm«ro 65), Aganá, roque de Haría (L.); Guara-agana, "sierra de la G(omet-ra",
etc.
Si agán es "roque", aganán, con el sufijo ya conocido de plural ^uandie será
"los roques", y Taganán significará, por tanto, "la zona de los roques, o "los
roques por excelencia".
La -a final de Taganania podrá ser tanto paragoge hispánica como un sufijo
especial indígena hasta hoy desconocido.
Se ve, pues, que a los indígenas el accidente geográfico, aún para nosotros
más importante, sirvió para designar el primitivo y actual lugar de habitación
o poblado, sitiiado al pie de aiquellos notables roques de las Animas, del Medio
y de Atmogoje, que tantas huellas de habitación primitiva tienen.