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EL PARTIDO DE ICOD
Al limo. SI. D . Manuel Polo y Pérez.
III
Mientras tanto tenían lugar los sucesos que concisamente hemos venido
relatando en estos artículos, las plumas de las personas doctas que en aquellos
tiempos se destacaban en nuestros pueblos no permanecieron Ociosos, produciendo
diversas representaciones ó exposiciones a los Poderes públicos, poi
una parte, y por otra, dirijiéndose al pais con folletos de propaganda y poesías
alusivas, más ó menos intencionadas que avivaban el fuego de la contienda
que sostenían, principalmente, las dos poblaciones más importantes del antigüe
Partido de Daute.
Entre todos estos trabajos literarios destacóse en primer término la razo
nada y documentada representación que elevó al Gobierno de S. M. el Ayun
tamiento de Icod, redactada por el erudito M. R. P. Maestro Fr. Andrés Del-í*
gado Cáceres, del Orden de Predicadores, cumpliendo el encargo que le confiara
el Cabildo abierto celebrado el día 2 de Abril de 1814, en defensa de loí
derechos y aspiraciones de esta población. El concejo municipal premió la la
bor meritísima de tan amante e ilustrado hijo de Icod, aprobando por unani
midad dicho trabajo en todas sus partes y acordando imprimirlo por cuenta d»
los fondos comunales para su mayor divulgación y distribución, entre los Mi
nistros que habían de ver y fallar el negocio, y además entre las personas qu^
habían ayudado con sus noticias y sus luces, conservando el original con 1;
carta dedicatoria del Autor en el archivo municipal, en justa memoria y agrá
decimento (1) En la expresada exposición se encuentra trazada a grandes ras
gos la historia política de Icod desde los tiempos de la Conquista y població'
de Tenerife, por lo que es muy útil a los amantes de las cosas pasadas, y aun
que escrita en estilo sencillo y desprovisto de galas del lenguage, se eleva algu
ñas veces, no descendiendo nunca a las pequeneces y estridencias de expresió
que tanto caracterizaron los escritos análogos de aquella época.
Más tarde, D. Luis de León Huerta y Domínguez, también hijo ilustre d
Irod y amante de sus glorias, aprovechando su estancia en la Corte, en cuy
Universidad cursaba la carrera de Derecho, y varón ilustre que, andando <
tiempo llegó a ser una de las personalidades de mas relieve en la política c
Tenerife, dio a luz un interesante folleto, defendiendo los derechos y las a;
(I) Libro I." de Acuerdos del Ayuntaiuiento de Icod.
20 REVISTA DE HISTORIA
piraciones de su pueblo natal a la Capitalidad del nuevo Partido judicial (1) y
atacando valientemente, con lógica inflexible y gran caudal de datos y antecedentes,
las opiniones sostenidas en el Congreso de la Nación por los representantes
de estas Islas,, Echevarría y Cabeza, deshizo toda su labor, y llevó al
ánimo de los competentes de aquella Asamblea el convencimiento del mejor
derecho que asistía a Icod en el embrollado pleito de la jurisdicción exenta,
con tanto tesón sostenida.
Don José Martínez Ocampo, en otro folleto, también editado en Madrid,
y escrito con pluma fácil y galana, impugnó el de León Huerta con virulencia
inusitada, por lo que, a pesar del ropaje de su estilo ágil y castizo, descendió a
crudezas de lenguage y detalles localistas, que amenguaron la importancia de
su obra, dictada por la pasión de la lucha, con tanto ardor sostenida por una y
otra parte litigante.
Llegó por fin el anciado día de la resolución final de este dilatado pleito,
en el que se hallaban interesadas otras poblaciones de Tenerife, y al Sr. D. José
Murphi, Diputado por esta Isla é hijo de Santa Cruz, cupo la gloria, con su
afortunada intervención parlamentaria, de obtener el favorable acuerdo del Soberano
Congreso de la Nación, que puso fin al tan debatido asunto de la división
judicial de esta Isla.
El Sr. Murphi, descendiente de noble familia irlandesa, emigrada, y muy
conocido y popular en Santa Cruz de Tenerife, era liberal y demócrata, militando
en las filas del partido Constitucional que acaudillaba D. Rafael del Riego,
y tenía en este asunto de la división judicial de esta Isla, gran interés y empeño,
por ser también una legítima aspiración de su pueblo natal, la entonces
naciente Capital de la Provincia de Canarias.
Icod celebró con gran regocijo y extraordinarios festejos tan grata nueva.
En la sesión celebrada por su Ayuntamiento el dia 1." de Julio de 1822 se dio
:uenta de la Real Orden con inserción del Decreto de las Cortes, en que se
declaró a Icod Capital del Partido judicial de su nombre. (2)
(I) Impugnación que hace el Ciudadatto Luis de León Huerta a las equivo-
:adas ideas que el 24 de Mayo de 1821 produjeron en el Congreso los ex-DiptUa'
ios Echevarría y Cabeza.
Madiid: Imprenta de E. Aguado, calle de Hortateta — Ig22.
(2) El Excmo. Sr. Secretario de Eatado y del Despacho de la Gobernacitfn
le la Península é islas adyacentes con fecha veinte y dos de Mayo último me di-re
lo que copio:—«Con fecha veinte del corriente me dicen los S. S. Diputados
secretarios de las Cortes lo siguiente—Las Cortes habiendo tomado nuevamen-e
en consideración la división provisional de partidos de la provincia de Cana-
'iu por lo relativo a la isla de fenerife a consecuencia de una proposición del
>r. Diputado D. José Murñ, y de una exposición del Ayuntamiento de Icod, han
enido ha bien resolver que los partidos de judicatura de la isla de Tenerife se
istablezcao en el modo y forma que los propusieron las Diputaciones provincia-es
de los affos de mil ochocientos trece y mil ochocientos catorce, y la de mil
•choeientos veinte, a isaber: primero, Santa Cruz de Tenerife; segundo. Laguna,
ercero, Orotava; cuarto Icod; con los pueb'os que aquellas designan y son los
iguieates: Partido de Santa Cruz, Santa Crui con sus pagos, Taganana Sna,
EL PARTIDO DE ICOD 21
En 1." de Febrero de 1823 se designó para desempeñar el Juzgado d<
1.* instancia del Partido de la ya Villa de Icod al letrado D. Manuel Díaz de
Arce, quien obtubo prórroga para posesionarse de dicho cargo.
No queremos pasar en silencio el hecho de que en la sesión del día 3 de
Diciembre de aquel año 1823 el Ayuntamiento de Icod acordó nombrar Procuradores
del nuevo Juzgado a los Sres. D. José Gutiérrez de Lugo y D. Pedro
Baute, que lo tenían solicitado, y ese acuerdo nos dá una idea de las prerrogativas
que disfrutaban las Corporaciones municipales en aquella época. En
el dia 5 de aquel último mes del año de ig^j, recibieron en la Sala Capitular
los individuos del Ayuntamiento a D. Manuel Díaz de Arce, primer Juez de
1 .* instancia del Partido de Icod, que exhibió el certificado del Secretario del
Gobierno de estas islas en que constaba haber prestado el juramento de su empleo
en manos del Jefe buperior político, en fuerza de dispensa que por S. M.
le fué concedido.
Aquietáronse los ánimos en los pueblos de Tenerife hasta que volvieron
nuevamente a dar la batalla algunos, produciendo instancias la Ciudad de la
Laguna y los pueblos de Oajachico, Guia, Tanque, Buenavista, Silos, Adeje y
Santiago, que resolvió S. M. Don Fernando VII en su Real Carta dada en Madrid
a 2¿ de Agosto de i883, por la cual extendió a siempre ó perpetua la calidad
de interina con que por su Real Provisión de lo de i4gosto de 1326 se
fijó en el pueblo de Icod la Capitalidad del partido de Daute, é impuso perpetuo
silencio sobre este asunto a los pueblos querellosos.
E. Gatérrez López
Marzo de 1930
Andrés, Ximénes, la parte dnl pago del Rosario q. caiga sobre el mar haata media
legua de su orilla conforma al amojonamiento que se hará con el objeto de
que toda la linea de costa hasta el lucrar del rio se halle sin interrupci<^n en este
partido, Candelaria, Arafo, Guimar, Fasnia y Arico. Partido de La Laguna, La
Laguna con sus pagos excepto Ximénes; Tegueste, Tejina, Tacoronte, Sauzal,
Matania y Victoria. Partido de Oroíava, Villa de la Orotava con sus pagos,
Puerto de la Orotava, Realejos de abajo y de arriba, Rambla y Santa Urtula.
Partido de Icod, Icod con sus pagos, Garachico, Guanch», Tanque, Silos, Buenavista,
Santiago, Gula, Adeje, Arona, Chasna y Granadilla De acuerdo las Cortea
lo comunican a V. E para su inteligencia, y que se sirva disponer su cumplimiento
y devolvernos adjunto el expediente sobre el particular, el cual nos dirigió
V. E. en veinte y tres de Abril último—Lo traalado a V S, de Real Orden para
au inteligencia y cumplimiento en la parte que le corresponda, previniéndole me
remita una relacitSn exacta y circanstanciada de los pueblos que comprende
cada partido, y del número de almas de que cada uno const»; con twdas las demás
noticias estadísticas que procurará V. 5. adquirir.—Y lo tras'ado a V. para
inteligencia de ese ayu itamientn y loa demás de ese distrito a quienes lo circulará
excepto a los de Garachicd y Granadilla, a quienes se les ba comunicado en
derechura por este Gobierno y de su recibo me dará y aviso oportnno —8> Dios
Santa Crui de Tenerife Junio veinte y «eia de mil ochocientos veinte y dos.—
Juan Bautista Antequera.—Libro S * de Acuerdos del Ajrantamiento de Icod.