Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
LA HACIENDA DE LA IGLESIA EN CANARIAS
DURANTE EL ANTIGUO RÉGIMEN.
ENSAYO DE SÍNTESIS
Dr. D. Santiago de Luxán Meléndez
Profesor ULPGC
l. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA HACIENDA DE LA
IGLESIA: MARCO GENERAL
Durante el Antiguo Régimen la Iglesia constituyó una instancia fiscal
diferenciada1
• El estudio de la Hacienda eclesiástica, sin embargo, debe atender
esta realidad y, a la vez, su vinculación con la Hacienda real.
Efectivamente, en primer lugar, era una institución que gozaba de un
sistema fiscal propio, desarrollado históricamente con prontitud, que tenía su
soporte fundamental en el diezmo, un impuesto directo que gravaba el producto
agrario bruto, basado en la mayor o menor aceptación del mismo por los
propietarios agrarios en estrecha relación con el peso de la comunidad eclesial
en la sociedad de la época. Dada la importancia de su volumen, no cabe duda
que esta capacidad recaudatoria y de gasto de la Iglesia tuvo una importante
repercusión económica. La contribución de la Iglesia a las rentas de la Corona
en el siglo XVI estaría en torno al12,5 %2
• Desde otra óptica, según una esti-
1 ARTOLA (1982: 13-14). Las otras dos instituciones eran la Corona y el Reino (Cortes). Como tal, sin
embargo, no creemos que la Hacienda de la Iglesia pueda ser analizada en el ámbito de la contabilidad
privada, como proponen algunos historiadores de la Contabilidad (cf. CALVO CRUZ, 2000: 55 ó CASTRO
PÉREZ, 2005: 10).
2 ARTOLA (1982: 90).
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72
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
mación de 1630, muy imperfecta según Domínguez Ortiz3
, la riqueza de la
misma en Castilla significaría algo más del 10% de la renta total. Martínez Ruiz
considera, teniendo en cuenta el progreso de la amortización durante el siglo
XVII, que aquella pudo llegar a ser entre el 16 y 17% del conjunto de la riqueza,
aunque mediatizada, como indicamos más adelante, por las cargas estatales
y las obras benéficas4
• Bemal y López Martínez valoraron, sin embargo, para el
siglo XVII que la cuota de participación de la Iglesia se aproximaría al 11% de
la riqueza total, incrementándose al 14,62% en la centuria siguiente5
•
En segundo lugar, no podemos olvidar la participación de la Iglesia en
la financiación de la Monarquía, a través del trasvase de una parte de sus
ingresos a la Administración central e, incluso, local. Estaríamos contemplando
una situación de transferencias fiscales desde la Hacienda eclesiástica a la
caja del Estado. La política financiera6 de este último se orientó, desde los
Reyes Católicos, a través del Patronato Regio, reforzado por las diversas negociaciones
con los pontífices, a recabar mayores entradas procedentes de las
arcas de la Iglesia -que, como acabamos de exponer, incrementan su participación
en la riqueza general durante el siglo XVIII-, a mejorar su administración
con un sistema recaudatorio más eficiente, o a utilizar expedientes
extraordinarios, entre los que destaca la desamortización llevada a cabo durante
el reinado de Carlos IV7
• No obstante, puede observarse una cierta estabilidad
en la aportación de la Iglesia a lo largo de la Edad Moderna.
La cesión por parte de los Papas de una parte de las rentas percibidas por
la Iglesia se tradujo en la existencia de unos ingresos permanentes, entre los
que destacan: la Cruzada8
, el Subsidio del clero -prorrateado entre los titulares
de prebendas eclesiásticas9
-, y la participación en la riqueza agraria de la Iglesia
a través de las Tercias reales (2/9 del diezmo), el Excusado10
, o el Noveno
(Breve de Pío VII de 3-X-1800t. Por otro lado, la mayor parte de las mesas
3 DOMÍNGUEZ ORTIZ (1970: 268-9).
4 MARTÍNEZ RUIZ (1994).
5 BERNAL y LÓPEZ MARTÍNEZ (1992: 24).
6 La política financiera es el conjunto de medidas fiscales. monetarias o crediticias, dispuestas por el
Estado para cubrir sus gastos. Cf. TEDDE DE LORCA (1989: 139).
7 HERR (1974 y 1991).
8 GOÑI (1958).
9 ULLOA (1963).
10 ITURRIOZ (1987).
11 El Noveno se aplicaría desde 1801 a la extinción de los vales reales.
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Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
episcopales estaban cargadas con pensiones que oscilaban entre un 25 y un
33% de sus ingresos12
• La renta de Expolias y Vacantes era otro modo de transferencia
de los ingresos de la Iglesia. Este es el sentido último que tienen las
"auditorías" que se producían en las diócesis en situación de ausencia del prelado,
sobre los últimos cinco años del obispado concluido13
• Además, hay que
tener presente que el Clero no estaba exento de la contribución de millones,
medias annatas, encomiendas militares, mesada eclesiástica etc., y que estuvo
sujeto a donativos y otros medios extraordinarios, como antes señalábamos.
Aún nos quedaría referirnos a la Hacienda de una institución, como la
Inquisición, integrada dentro de la Hacienda real, pero gobernada por eclesiásticos,
financiada en parte con rentas de la Iglesia -a través, por ejemplo, de
prebendas eclesiásticas que compensaban a sus funcionarios por los retrasos
en el cobro de sus haberes14
-, e integrada en las funciones de la misma Iglesia
de velar por la pureza de la religión.
11. LA IGLESIA EN CANARIAS.
l. Marco institucional
Los balances historiográficos de que disponemos, principalmente los de
Hernández González15 y Bethencourt Massieu16
, insisten en la importancia de
rellenar un vacío en nuestros conocimientos de Historia de la Iglesia en el
Archipiélago, acometiendo el estudio de su Hacienda17
• A través de los
Coloquios de Historia Canaria americana de la Casa de Colón, de la realización
de las Jornadas de Historia de la Iglesia en Canarias por el Centro
Teológico de Las Palmas y de la labor de las universidades del archipiélago,
ciertamente se ha producido, en estos últimos veinticinco años, un progreso
considerable en materias relacionadas con el tema que nos ocupa, aunque
todavía estemos lejos de poder ofrecer una síntesis18 que abarque todos los
12 BERNAL y LÓPEZ MARTÍNEZ (1992: 28).
13 Ibídem. GIL y ANTÓN SOLÉ (1985) y CALVO CRUZ (2000).
14 MARTÍNEZ MILLÁN (1984).
15 HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (1990).
16 BETHENCOURT(l994ayb).
17 Para BERNAL y LÓPEZ MARTÍNEZ (1992: 15), en el ámbito de la historiografía española, son
muchas las publicaciones dedicadas al estudio del patrimonio eclesiástico, pero muchas menos las consagradas
al análisis de sus rentas, es decir, a la función y significado económico de dicho patrimonio.
18 En una entrevista, realizada poco antes de su muerte, Felipe Ruiz Martín, recordando a Braudel, plan-teaba
la necesidad de emprender el ejercicio de realizar síntesis en el estudio de la Historia Económica.
Reproducida en RUIZ MARTÍN (2005: 33).
Almogaren 38 (2006) 71-129 73
74
Santiago de Luxán Me1éndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
aspectos que el análisis del sistema financiero de la iglesia canaria requiere.
En todo caso, es mucho más lo que sabemos de la época anterior a la división
de la Diócesis Canariense en el siglo XIX, de ahí que restrinjamos el marco
cronológico de nuestra exposición al Antiguo Régimen.
Una indagación acerca del marco institucional en el que se desarrolla la
Hacienda, y la historia de la Iglesia en general, en las Islas, debe comenzar por
el análisis del Real Patronato19
• Peraza de Ayala en un trabajo pionero20
, que ha
tenido continuación en diversas publicaciones de Bethencourt Massieu21
,
caracterizó la merced pontificia de dicho derecho por su carácter universal y
por la novedad que supuso su concesión, en el mismo momento que a Granada
y Puerto Real (Inocencia VIII, Bula Ortodoxia Fidei de 12-XII-1486). El
Patronato de Canarias habría comenzado su andadura en sintonía con el de
Indias pero, al contrario que este, habría evolucionado hacia la uniformidad
eclesiástica con la Península, donde se alcanzaba el patronato universal por el
Concordato de Fernando VI con la Santa Sede en 1753. Debe recordarse la
coincidencia de esta nueva regulación con el intento de administración directa
por parte de la Monarquía de la "gracia" del Excusado.
Esta ordenación que afecta de modo directo a la organización administrativa
y económica de las Islas no se extendió a las ermitas y conventos, pese a la
interpretación interesada de los teóricos regalistas del siglo XVIII, entre los que
destaca Álvarez Abreu22
• Nuestro ensayo de síntesis va a ceñirse, en consecuencia,
a la Iglesia secular, dejando fuera de nuestra óptica el mundo de las órdenes
religiosas23
, que competirán muchas veces con las parroquias por un ingreso
fundamental para su fábrica, como son las limosnas y donaciones pías24
•
El estudio de la financiación de la Diócesis de Canarias abarca sm
embargo la totalidad del archipiélago. Estamos ante una Institución vertical,
en la que debemos distinguir tres escalones básicos y otras subdivisiones
menores: la renta de la mesa episcopal, la del Cabildo Catedral y la de las
Parroquias. Desde el punto de vista hacendístico su funcionamiento basculaba
19 Como referencia genera11a obra de HERMANN (1988).
20 PERAZA (1960 y 1982-86).
21 BETHENCOURT (1973-6, 1992, 1993 y 1996).
22 HERA (1979).
23 HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (1984).
24 RODRÍGUEZ SUÁREZ (s.f.).
A1mogaren 38 (2006) 71-129
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
sobre el Cabildo Catedral, organismo que centralizaba la administración del
ingreso más sustancioso que era el diezmo. Este modelo, escribe Peraza, se
dará en toda Castilla, con la especificidad en el caso canario de que el Cabildo
asumirá dicha función por derecho25
• En cualquier caso, conviene estudiar por
separado dichos niveles y distinguir los distintos ingresos y su utilización.
2. Las rentas de la diócesis canariense
En esta síntesis vamos a tener presente no la riqueza patrimonial de la
Iglesia, sino principalmente sus rentas no patrimoniales. Es decir, básicamente
la carga fiscal que representaba la Iglesia para la sociedad canaria.
2.1. Los ingresos de la mesa episcopal
De los ingresos episcopales tenemos algunas noticias, extraídas de la
Sección de Patronato Regio de Simancas, hace ya tiempo, por el Padre Femández
Martírr6
• Últimamente Calvo Cruz realizó un estudio sobre la contabilidad de
Expolias y Vacantes, que nos iluminan principalmente sobre la forma de la gestión
de sus bienes en época de sede vacante durante la Crisis del Antiguo Régimen27
•
En el documento de 1630 al que antes aludíamos, publicado por
Domínguez Ortiz28 -del que hay una versión anterior en el Diccionario de
Hacienda de Canga Argüelles (Madrid, 1826-1827)-, se registran las 36 diócesis
que formaban la Corona de Castilla en aquellos momentos, distinguiendo
entre las rentas episcopales, el total de las rentas eclesiásticas y el monto global
de las rentas civiles y religiosas. De este modo, podemos hacemos una idea
del peso de la Iglesia en el conjunto de la economía, pese a las imperfecciones
de su cálculo, no olvidándonos de que la sociedad isleña entre los siglos XVXIX,
como la mayor parte del territorio peninsular, se define por su carácter
agrario y sumamente religioso29
•
En este ranking de diócesis, la canariense -entendida ahora como el
archipiélago canario en su conjunto-, estaría en el furgón de cola, ocupando
25 PERAZA (1982-86: 279).
26 FERNÁNDEZ MARTÍN (1975).
27 CALVO CRUZ (2000).
28 DOMÍNGUEZ ORTIZ (1970: 268-269 y 1988: 75-126). Cf. igualmente, ALDEA.
29 SUÁREZ GRIMÓN (2003). "Prólogo" al libro de QUINTANA ANDRÉS, P. (2003): A Dios rogando y
con el mazo dando. Fe poder y jerarquía en la Iglesia canaria. El Cabildo Catedral de Canarias entre
1483-1820. Las Palmas de Gran Canaria, Ediciones del Cabildo de Gran Canaria, pp. 13-17.
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Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda
Antiguo Régimen.
el número 28 por el volumen total
en Canarias durante el
rentas civiles y
( 11.000.000 de vellón). Su vl"!J"""v, de 220.000 rs. vn., aunque
entrada, estaría sin
to 21, con el 1
en un escalón intermedio, figurando en el pues-del
total del los prelados . Quizá
la peculiaridad que se rentas eclesiásticas
de Canarias es una proporción mucho mayor, en torno al doble, que el resto
de castellanas en el monto la renta totaL El conjunto de estos
en el archipiélago la quinta parte la Renta Insular
(Cf. cuadro 1 y lA y lB).
Cuadro 1: Valor de los Obispados, de las rentas eclesiásticas y civiles
en 1630, en ducados
Castilla
Canarias
Gráfico lA
Rentas
episcopales
1.162.000
20.000
Rentas eclesiásticas y totales en Canarias (1630)
Rentas civiles y
eclesiásticas
Rentas
eclesiásticas
Fuente: Cuadro 1
30 Toledo y Sevilla se saldrían por la cúspide por la importancia de sus rentas; un segundo nivel lo formarían
Santiago, Plasencia, Cuenca, Burgos. Granada, Córdoba, Sigücnza, Jaén y Málaga (entre 60.000 y
40.000 ducados); vendría después un tercer nivel constituido por Cartagena. Pamplona, Coria, Palencia,
Segovia, Salmanca, Burgo de Osma, Zamora Canarias (en torno a Jos 20.000 ducados); y, por
debajo de esta cantidad, Calahorra, Badajoz, Valladolid, León, Astorga, Oviedo, Cádiz, Orensc, Ciudad
Rodrigo, Tuy, Oríhuela. Lugo, Guadix, Mondoñedo y Almería.
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Santiago de Luxán Meléndcz: La hacienda de
Antiguo Régimen.
Gráfico lB
durante
Rentas eclesiásticas y totales en Castilla en 1630 en %
Rentas totales
Rentas
eclesiásticas
Fuente: Cuadro l
Antiguo Régimen, en el conjunto de la carga tributaria de
de Macias de , la
del total, en cualquier caso un porcentaje
tres veces mayor que en 1630, circunstancia, que ser esta ultima
valoración, nos indicaría un crecimiento muy fuerte de la carga fiscal
sial, -acorde con el incremento de las rentas generales, el tabaco y otras rentas
y con el aumento del peso los en la totalidad de
los junto a una posible
del siglo XVII. La importancia de la Hacienda
taría si consideramos que sus
igualmente el lugar.
se acrecena
la caja real ocupaban
31 MACÍAS (!987). 7.324.495 rs. sobre un total de !2.521.28! rs. Conviene recordar que el Catastro de
Ensenada no tuvo en cuenta al Archipiélago canario. por lo que nos la referencia de comparación
global de mediados del XVUL HERNÁNDEZ (1983).
Gráfico 2
Gráfico 3
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante
Antiguo Régimen. Ensayo de
Carga fiscal de Canarias 1800-1804 en%
1%
Fuente: Macías ( 1987)
Distribución de las Rentas Reales en Canarias
(1800-1804)
m
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¡"¡'¡ :
!e.
~·
"'
o
Q
¡¡¡
o
"'
Fuente: Macías ( 1987)
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda la iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
Para el período comprendido entre 1570-1 , poseemos algunos
datos sueltos del valor del obispado de Canarias33
, que se recogen en el cuadro
siguiente, que nos indican un fuerte monetario de sus rentas
durante los últimos años del siglo XVI-primeras décadas del XVII, aunque las
rentas reales por efecto de la inflación se estanquen34
:
Cuadro 2: Valor del Obispado de Canarias en rs.
Años 1 Promedio anual en rs.
1570171 183.131
1575177 180.731
1585/87 158.117
1592/94 226.345
1626/27 242.000
1649 217.821
Fuente: Fernández Martín (1975), Aranda Doncel (1993 y 1994) y Sánchez Herrero (1994)
Gráfico 4
Valor del Obispado de Canarias 1570-1649 en rs.vn.
1570/71 1575177 1585187 1592194 1626127 1649
Fuente: Cuadro l
32 FERNÁNDEZ MARTÍN ( 1975) para los datos comprendidos entre 1570-1594; la estimación de 1607 se ha realizado
sobre la infonnación sobre pensiones que proporcionaAJV\NDA DONCEL ( 1993: 231-232): la de 1626-
1627 de SÁNCHEZ HERRERO (1994: 461-480) y de ARANDA DONCEL ( 1994: 487-489); por último, la de
1649, es tma estimación realizada sobre datos de pensiones en ARAN DA DONCEL (1994: 1994: 492).
33 El valor del obispado estaría constituido por la cantidad global de ingresos de la Mesa episcopal. CF.
FERNÁNDEZ MARTÍN (1975: 95).
34 ARANDA DONCEL (!993: 228).
\.lm<Jf!aren 38 (2006) 71-129
80
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
Con la propia información, tomada por Fernández Martín de la Sección
Patronato Regio del Archivo General de Simancas, podemos descomponer el
origen de los ingresos de la mesa episcopal, procedentes principalmente del
diezmo, para el período comprendido entre 1575-1585. El valor de esta aportación
se acrecienta, si tenemos en cuenta que la serie de la Contabilidad decimal
del Cabildo Catedral no empieza hasta 1595.
Debe recordarse que el obispo se reservaba una tercera parte de la percepción
del diezmo, una vez descontados los gastos de administración del
mismo y la parte que le correspondía al Rey; los otros dos tercios se dividían
entre el Cabildo Catedral y los gastos de Fábrica, -tanto de la Catedral como
de las parroquias-, añadiéndose, a este último tercio, los beneficios curados,
que eran los que tenían derecho a diezmd5
•
Hemos agrupado los ingresos procedentes del diezmo, atendiendo a su
importancia monetaria. Ocuparían el primer lugar los "Menudos" (miel, cera,
parrales y huertas), que suponían a fines del siglo XVI la parte más sustancial
de la masa decimal.
Cuadro 3: Ingresos detallados del Obispo en% 1575-1585
Años Menudos Azúcares Cereales Agüimes Otros Total
1575 56 8 34 1,5 99,5
1576 60 9 29 2 96
1577 52 8 39 1 100
1583 45 14 34 3 4 100
1584 39 9 47 4 1 100
1585 43 7 44 4 1 99
Fuente:Fernández Martín (1975: 99-105)
35 Ibídem, p. 280.
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Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de
Antiguo Régimen. Ensayo
durante el
Gráfico 5
Cereales
41%
Distribución de los ingresos del Obispo 1575-1585
Otros
2%
Azúcares
10%
Menudos
43%
Fuente: Cuadro 3
Cuadro 4: Menudos por Islas en% 1575-1585
Años Canaria La Palma Lte. Fuetva Total
Menudos
1575 19 48 24 1 lOO
1576 18 47 24 2 ...,
""
1577 22 44 22 0,5 0,5 100
l 20 44 24 0,5 1,5
1584 19 44 25 1 2 lOO
1585 17 46 23 2 3 100
Fuente: Fernández Martín ( 1975:
Obsérvese la dominante la isla de Tenerife, cercana en
momento al 50% del total, de La Palma.
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Gráfico 6
Santiago de Luxán Mcléndez: La hacienda de la en Canarias durante el
La Palma
24%
Antit,'llo Régimen Ensayo síntesis
Menudos por Islas 1575-1585
Hierro
5%
Gomera
3%
Lte.
1 1%
Fuetva
2%
Tenerife
46%
Fuente: Cuadro 4
El segundo lugar estaría ocupado por los cereales, que bascularían más
hacía las islas orientales. Lo mismo sucede con los azúcares, que en la década
que nos ocupa, se recogían básicamente en Gran Canaria y La Palma.
Cuadro 5: Azúcares por Islas en % 1575-1585
Años Canaria Tenerife La Palma Gomera Total azúcares
1575 61 16 22,5 0,5 100
1576 56 24 16 4 100
1577
1583 52 17 30 1 lOO
1584 43 17 37 1 100
1585 48 17 34 1 100
Fuente: Fernández Martín (197 5: 99-1 05)
Gráfico 7
Santiago de Luxán Meléndcz: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
Distribución de los azúcares del Obispo 1575-1585
La Palma
28%
Gomera
2%
Canaria
52%
Fuente: Cuadro 5
Por último hay que fijarse en el pequeño porcentaje que representaba el
Señorío episcopal de Agüimes36 -en Canarias no hubo apropiación señorial del
diezmo, pero hubo una excepción con el Señorío de Agüimes, donde era
cobrado íntegramente por el prelado-, y el apartado de otros, entre los que se
incluyen el ganado y sus derivados.
La documentación de Espolios y Vacantes nos permite conocer el valor
de las rentas del Obispado en la segunda mitad del siglo XVIII. Calvo Cruz37
nos proporciona estas cantidades para los vacantes de Delgado ( 1763-1767),
Cervera (1772-1777), Herrera (1778-1782) y Verdugo ( 1803-1812), en la que
alcanzaron una media de 587.774 rs.vn. Obsérvese que el valor líquido de la
mitra durante el período de Verdugo, si lo comparamos con los datos de
Macias representaría el 10,6% del total de las rentas eclesiásticas, es decir,
unos valores semejantes a los estimados en 1630.
36 CAZ ORLA ( !984), SUÁREZ GRlMÓN y QUINTANA ANDRÉS (2003) CASTRO PÉREZ (2005).
37 CALVO CRUZ (2000: 409).
Aln1og¡¡ren38 (2006) 71-129
Gráfico 8
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda
Régimen.
durante
Valor líquido anual de los ingresos de los obispos de Canarias
1763-1812 en rs.vn.
Ahora bien el marco del Patronato al que antes nos referíamos,
daba la posibilidad al monarca de gravar con pensiones las rentas de los obispos
canarios, además de otras prebendas. Para el conjunto de la Monarquía estas
oscilaron entre el 25 y el durante el Antiguo Régimen38
• En el caso de
Canarias, para el período comprendido entre 1566-1 fluctuaron entre el
9,5% (1575) y el23% (1570), lo que significa un promedio de 28.478 rs., a
del s. XVI, que se incrementa a 45.100 rs. en el XVII (cf. el cuadro siguiente).
38 BERNAL y LÓPEZ MARTÍNEZ ( 1992: 28).
Almogaren 38 (2006) 71-!29
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
Cuadro 6: El peso de las pensiones en las rentas de la Mesa Episcopal
canaria 1566-1649 en rs.vn.
Años Valor del obispado ( 1) Pensiones (2) %2/1
1566 37.400
1570 196.720 45.100 22,92
1571 169.541
1575 209.808 19.800 9,43
1576 175.111
1577 157.775
1580 27.500
1583 27.500
1585 157.850 22.000 13,94
1586 159.500 22.000 13,79
1587 157.000 33.000 21,01
1590 22.000
1592 234.695
1593 218.521
1594 224.626
1607 44.000
1608 19.800
1609 66.000
1614
1621 26.400
1626
1627 209.000 41.800 20,00
1649 72.600
Fuente: Fernández Martín (1975), Aranda Doncel (1993 y 1994) y Sánchez Herrero (1994)
Almogaren 38 (2006) 71-129 85
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia Canarias durante el
Antiguo Régimen Ensayo de síntesis
Gráfico 9
Valor anual de las pensiones sobre el obispado de Canarias
en rs.vn
50.000
45.000
40.000
35.000
30.000
25.000
20.000
15.000
10.000
5.000
o
1566-1590 1607-1649
Fuente: Cuadro 6
Por la Contabilidad de Espolios y Vacantes conocemos igualmente el
valor de las pensiones desde mediados del siglo XVIII. El Real Decreto de 7-VI-
1746 establecía el modo de pagar los prelados las pensiones impuestas sobre la
tercera parte del valor de las mitras39
• En la diócesis de Canarias durante este
período continuó siendo, como en épocas anteriores, la cuarta parte del valor
líquido de las rentas. El promedio de las mismas entre 1763-1812 fue de 146.935
rs. vn. De las pensiones , o eu vigor, se deducía el sobrante que quedaba a
disposición del Rey para ser aplicado en usos píos o de beneficencia.
Cuadro 7: El peso de las pensiones sobre la mesa episcopal1763-1812
(25%) en rs. vn.
Períodos Líquido anual 25% de pensión Pensiones vivas Sobrante
1763-67 427.531 106.882 47.014 59.868
1772-76 559.318 139.829 52.720 87.109
1778-82 584.310 146.077 97.820 48.257
1803-12 779.820 194.955 82.786 112.169
Fuente: Calvo Cruz (2000: 409)
39 CALVO CRUZ 405 y ss.). En esta obra se hace un análisis exhaustivo del procedimiento de liqui-dación
de las
40 Una relación de las mismas en CALVO CRUZ (2000: 414 y 422-23).
Santiago de Luxán Mcléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
Considerando únicamente pensiones vivas, con los datos disponibles,
podemos considerar que entre 1566-90 y 1607-49 se produciría un incremento
del 58%, que prácticamente se mantendría con relación a 1766-1812 (55%).
Gráfico 10
Valor anual de las Pensiones vivas de
Canarias en rs. vn.
80.000 -.-~-~---~-----------------~
70.000
60.000
50.000
40.000
30.000
20.000
10.000
o
1566-1590 1607-1649 1763-1812
Fuente: Cuadro 6 y 7
2.2. La hacienda del Cabildo Catedral y la percepción de los diezmos
Nuestro conocimiento del Cabildo Catedral es mucho mejor después de
las investigaciones de Quintana Andrés o Miranda Calderín. El primero además
de realizar un estudio exhaustivo de esta institución41
, se ha preocupado
de los aspectos patrimoniales de los miembros de la mesa cabildicia42
• El
segundo, de una de las escasas inversiones no especulativas realizadas por el
Cabildo Catedral: los pozos de nieve de la cumbre de Gran Canaría43
•
Esta institución, que llegó a formar una entidad socialmente aislada del
resto del clero, según Quintana Andrés, además de administrar el diezmo,
velar por el cumplimiento de las mandas pías y gestionar la Fábrica de la
Catedral de Las Palmas, controlaba una parte sustancial de la riqueza urbana
de esta última ciudad y ejercía una relevante función financiera como prestamista
a través de los censos etc.44
•
41 QUINTANA ANDRÉS (2003).
42 QUINTANAANDRÉS(1995, 1996a, 1997ayb, 199!\y 1999ayb).
43 MIRANDA CALDERÍN (2005).
44 QUINTANA ANDRÉS (1995, 1996, 1997 a b, 1998 y 1999 a).
88
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
Quintana Andrés consagra un largo capítulo de su obra sobre el Cabildo
al estudio de sus rentas45
, principalmente el diezmo. En el estudio de este
impuesto directo hay que destacar, con anterioridad, la obra de Macias, que
insiste en la rígida centralización de la gestión del mismo a través de la
Contaduría Decimal del Cabildo, que cubre el período cronológico comprendido
entre 1595-181946
• En 1535, Gran Canaria y Tenerife, quedaron divididas
en tres beneficios respectivamente, con sus correspondientes áreas decimales.
Tanto en los diezmos recogidos en especie (cereales), como en los percibidos
en dinero (el resto), la estructura de gestión se hizo más compleja en torno a
1660 y en la 2a mitad del XVIII47
• Debe por último tenerse en cuenta que los
párrocos rurales solamente participarían en los hacinamientos o hacimientos
-momento fundamental de la percepción del diezmo- como asesores.
Se han realizado, además, aportaciones parciales relacionadas con la
gestión del diezmo: es el caso de la publicación de la tazmía, o padrón del
diezmo, de Tenerife de 1514 por F. Moreno48
; las referencias a las tazmías realizadas
por el Cabildo de Fuerteventura en el siglo XVIII49
, o el de los diezmos
de Lanzarote (1620-1630), que estudian Bruquetas y Toledo50
•
El sistema de percepción del diezmo51 se mantendría estable hasta
mediados del siglo XVIII, cuando, en aras de una mayor eficacia, la Corona
intentó administrar directamente la Renta del Excusadd2
, a la que nos referiremos
más adelante, cuando analicemos la contribución de la Iglesia a la fiscalidad
del Estado.
Una de las primeras cuestiones que afloran de la lectura de la obra de
Quintana Andrés es la desigual aportación de las distintas islas a las rentas
decimales, de las que se beneficiaba, según todos los indicios, mucho más la
ciudad de Las Palmas, donde radicaba la Catedral y, por tanto, la sede del obispo
y del propio cabildo. Dos botones de muestra, para apreciar en contrapartida
como no procedían de la isla de Gran Canaria los principales ingresos,
45 QUINTANA ANDRÉS (2003: 325-477).
46 MACÍAS (1986: 294-302).
47 MACÍAS (317-318).
48 MORENO (1979).
49 ROLDÁN VERDEJO (1966, 1, 35 Y 11, 15).
50 BRUQUETAS y TOLEDO (1994).
51 MACÍAS (1986: 302-317) Y QUINTANA ANDRÉS (2003. 329-344).
52 MACÍAS (1986: 299-302).
Almogaren 38 (2006) 71-129
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda
Régimen
Gráfico 11
Fianzas de hacinamientos por Islas (s. XVII) en
rs.vn.
100.000
80.000
60.000
40.000
20.000
Gráfico 12
Rentas decimales por islas en %
Almogaren 38 (2006) 71-129
90
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
En la lectura del gráfico de los hacinamientos debe tenerse presente que
las fianzas de Tenerife y Gran Canaria solo cubrían entre el 1 O y el 25% del
valor de los mismos.
Como puede apreciarse la contribución de Tenerife desciende casi 19 puntos
en el siglo XVIII, que se compensan por el incremento de la aportación grancanaria.
Precisamente ese descenso relativo de las rentas de Tenerife se convertirá
en el centro de las preocupaciones del Cabildo por su gestión: impagos de la
renta, dilatado cobro de las partidas vendidas, corrupción, cargas impuestas
sobre dichas rentas, control por parte de los comerciantes ingleses, etc.
Mientras que con los diezmos de Tenerife se realizaban parte de las
transferencias fiscales a la Corona (Subsidio y Excusado), con los de Gran
Canaria se atendía a los sueldos de los curas rurales y otros gastos. Por último,
con los del azúcar y la orchilla se cubrían las necesidades del "Fondo de distribuciones"
y el Servicio del Culto (dividiéndose la renta, mitad por mitad,
entre el obispo y la Mesa capitularY3
•
La titularidad en la percepción de los diezmos originó conflictos a fines
del siglo XV. Diego de Herrera e Inés Peraza serían obligados por decisión
real (Julio de 1487) a satisfacer los diezmos, pero en contrapartida el clero
quedó obligado a pagar los derechos de quintos en las Islas de Señoríd4
• Por
otro lado, la fiscalidad eclesiástica en la Gomera era semejante a la del resto
del Archipiélago y estaba basada en la percepción de diezmos, con la única
peculiaridad de que durante cierto tiempo los señores percibieron dicho ingreso
a su favor. Esta parece ser, que fue la situación entre 1484-14935
\ según ha
estudiado Aznar.
Los documentos básicos de los litigios iniciales entre los señores y el
clero han sido publicados por el citado E. Aznar y un grupo de profesores de
la Universidad de La laguna56
•
El diezmo afectó a la producción agraria en general con el mismo tipo
(1 0% ), excepto al azúcar ( 4,5% ), cuya percepción originaría un largo pleito al
que puso punto y final el Breve papal de Paulo III Ad hoc nos Deus Constituit
53 QUINTANA ANDRÉS (2003: 326).
54 MACÍAS (1994: 290-294).
55 AZNAR (1985).
56 AZNAR (1981) y AZNAR y otros (1991).
Almogaren 38 (2006) 71-129
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
(15-11-1543), que anulaba toda la costumbre anterior en el pago del diezmo,
por la que quedaban fuera del mismo los dueños de ingenios y sus operarios;
a partir del Breve Papal, este impuesto se abonaría sobre toda la producción,
sin distinción entre labradores y dueños de ingenios, con una tasa del 5% del
azúcar blanco y del resto un 4%57
• Quedaban, por último, fuera del mismo,
desde 151 7, el sector artesanal y las pesquerías 5
8
•
La presentación que hacemos de la información por promedios decenales
(Cuadro 8 A y gráfico 13), suaviza enormemente las variaciones de la
curva y nos ofrece una caída de la renta general entre 1615-1624; a partir de
ese momento, siempre por debajo de los valores iniciales, la renta de los prebendados
tiende a estancarse, con una inflexión hacia abajo en los momentos
finales del siglo y primeros compases de la Centuria siguiente. El siglo XVIII
presenta en general un perfil anodino, solo roto en la coyuntura final, en la que
por primera vez se superan los promedios de fines del siglo XVI-primeros
años del XVII, con un crecimiento de más de 100 puntos entre 1775-1814.
Situación, esta última, que se explicaría en parte por la espiral inflacionaria
derivada de la reforma monetaria de 177659
•
En esta dinámica la curva del diezmo sin los cereales (básicamente los
procedentes del vino) marcan la tendencia general. Como puede observarse
los cereales presentan una evolución mucho más vigorosa, con relación al
punto de partida del siglo XVI especialmente entre 1635-1684 y, sobre todo,
en la primera mitad del siglo XVIII (es especialmente brillante el crecimiento
durante la Guerra de Sucesión); la segunda mitad del XVIII, de modo significativo
a partir de 1785, nos presenta el hundimiento del diezmo de los cereales,
ocasionado en gran medida por la creciente ocultación, tanto por los productores,
como por los recaudadores60 y, por otro lado, la aparición de los rendimientos
decrecientes en las tierras puestas en cultivo a partir de la liberalización
de la circulación de los granos en 176561
•
57 CASTAÑEDA (1979), AZNAR (19922: 163-4) y MACÍAS (1986: 333-334).
58 AZNAR (1981).
59 QUINTANA ANDRÉS (2003: 462).
60 QUINTANA ANDRÉS (2003: 475).
61 MACÍAS (1984).
Almogaren 38 (2006) 71-129 91
92
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
Cuadro 8 A: Rentas de cada prebenda del Cabildo Catedral de Las
Palmas (1595-1814), promedios decenales (1595-1604= 100)
Decenios Diezmos sin cereal Cereal* Otras rentas Total general
1595-1604 100 100 100 lOO
1605-1614 102,28 100,52 95,84 101,53
1615-1624 50,84 59,19 50,45 52,52
1625-1634 60,36 81,35 60,55 64,86
1635-1644 68,13 104,65 78,15 78,24
1645-1654 62,05 111,58 59,93 72,07
1655-1664 79,54 101,35 84,28 85,29
1665-1674 78,97 122,04 74,76 87,13
1675-1684 80,48 113,77 69,58 84,98
1685-1694 63,5 92,68 62,18 69,38
1695-1704 68,78 82,43 80,64 74,5
1705-1714 74 161,35 103,43 98,77
1715-1724 58,19 142,55 71,73 79,29
1725-1734 53,74 141,55 58,57 73,52
1735-1744 63,53 130,58 69,97 79,28
1745-1754 75,43 101,84 46,48 81,06
1755-1764 83,21 62,74 71,33 76,06
1765-1774 105,52 86,76 68,8 92,88
1775-1784 149,28 102,42 76,87 122,49
1785-1794 195,79 39,67 99,27 139,89
1795-1804 276,67 19,05 89,59 178,43
1805-1814 305,64 25,74 133,18 205,57
Fuente: Qumtana Andrés (2003: 451-455 y 466-471)
*Los valores del cereal son también monetarios.
En los momentos finales del diezmo, durante la Crisis del Antiguo
Régimen, la aceptación del pago de la contribución directa sobre la tierra que
se entregaba al Clero, se relajó en toda España y de modo muy significativo
en Canarias. Comparando los datos del Censo frutos y manufacturas de 1799
y el caudal ingresado por diezmos en 183 7-183 8, en cada una de las diócesis
Almogaren 38 (2006) 71-129
e1 caso
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda
Antiguo Régimen.
mayor fraude. % de
1799 arrojaba un
más en el 1 ,96
Los cálculos
más
rical mucho mayor y por tanto una
temucho
mayor en
yen La
Gráfico 13
Canarias durante el
"''"'"''"'""'¡" a su pago. Para
UL'"''-''-'"L0 de
1837-38 por
"""'"'"' mientras que
Fuerteventura y
Rentas por prebenda del Cabildo Catedral de las Palmas
1595-1814 (1595-1604= 100)
350
300
250
200
150
100
50
o
...,.. ... ..... .... ... ..... .....
'".f.'.' '"o.f.".' '."..f.."..'. '.""f."'.' '.""f."'.' '""f""' '""f"'' ..... ....
~ .".".. ~ "' ~ "' "" "" ~ "" ~ ~ .,_ Diezmos sin cereal
....
'""f"'' ....
"~"
62 CANALES (1982) y MACÍAS (1986),
... ....
""4' "<lO'
'.f..' '.f..'.
~ "<"o ""
.... .... ... ... ..... ... ..... ... .... ... .... .....
"' ~ -..¡ i::l ~ ~ ~ "4 "4 ¡;j ~ O>
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~ "4 "4 ~ ~ ~ ~ "4 ~ ~ ..... O> O> ~ ~ ~ ....
"" "" "" "" Otras rentas Total general
Fuente: Cuadro 8
(2006) 29
94
Santiago de Luxán Me1éndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
Cuadro 8 B: Rentas de cada prebenda del Cabildo Catedral de Las
Palmas (1595-1814), en %del total
Decenios Diezmos sin cereal Cereal Otras rentas Total general
1595-1604 55,19 21,22 23,19 lOO
1605-1614 55,6 22,13 22,27 100
1615-1624 53,43 23,92 22,65 100
1625-1634 51,37 26,62 22,01 100
1635-1644 48,06 28,39 23,55 100
1645-1654 47,53 32,87 19,6 100
1655-1664 51,47 24,68 23,85 100
1665-1674 50,03 29,73 20.24 100
1675-1684 52,27 28,42 19,31 100
1685-1694 50,51 28,35 21,14 100
1695-1704 50,96 23,48 25,56 100
1705-1714 41,35 34,67 23,98 100
1715-1724 40,51 38,16 21,33 100
1725-1734 40,34 40,86 18,8 100
1735-1744 44,23 34,96 20,81 100
1745-1754 51,36 26,66 21,98 100
1755-1764 60,38 17,51 22,11 100
1765-1774 62,7 19,82 17,46 100
1775-1784 67,26 17,75 14,99 100
1785-1794 77,25 6,02 16,72 100
1795-1804 85,89 2,26 11,85 100
1805-1814 82,06 2,65 15,29 100
Fuente: Quintana Andrés (2003: 451-455 y 466-471)
A1mogaren 38 (2006) 71-129
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Zrslesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen Ensavo de síntesis
Gráfico 14
90
80
70
60
50
40
30
20
10
Rentas por prebenda del Cabildo Catedral
de Canarias 1595-1814 en%
Fuente: Cuadro 88
Cuadro 9: Censos al quitar del Cabildo Catedral de las Palmas durante
el Antiguo Régimen
años No de censos ( 1)
Capital Capital redimido
otorgado(2) en% del principal
1500-1555 4 378.750 94.687 3,96
1566-1605 22 1.089.377 49.517 68,77
1606-1655 132 8.986.672 68.080 23,17
1656-1705 243 21.661.442 89.141 60,19
1706-1755 54 11.980.755 221.865 90,47
1756-1805 24 36.744.172 1.531.007 69
1806-1820 7 18.333.102 2.619.014 75,01
Totales 486 99.174.270
Promedio 667.616 55,79
Fuente: Quintana Andrés (2003: 389-390)
La de la mesa cabildícia como prestamista puede a
través del cuadro 9 y los 15 y 16, en que hemos agrupado los datos
en períodos de la final ( 1806-1820).
Almogaren 38 (2006) 71-129
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia Canarias durante
Antiguo Régimen.
Gráfico 15
Censos y capital otorgado por el Cabildo Catedral1500-1820
en mrvds.
300 ..... --------------------------
250
100
50
centrado, en
"v•vn ..... w,u insular64
•
conde
la
del capital redJmldo
odo comprendido entre
para el Cabildo como
Quinientos y la del que menos expec-
63 QUINTANA ANDRÉS (2003: 391 ). Este autor observa un estancamiento en las posibilidades prestatarias
del Cabildo en el primer tercio del siglo XVII por la reconstrucción y Jos socorros a los damnificados
de la peste.
64 QUINTANA ANDRÉS (2003: 393 ). Es el caso por ejemplo de F. M. de León y Matos a quién se conce-dió
un !00.000 mrdvds. sobre propiedades tasadas en 16.320.000 mrvds. hipotecadas con
unas cargas censales de 3.264.000 mrvds. (64%, préstamo).
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante
Antiguo Régimen. Ensayo de
generarían, figurando en una posición intermedia la mitad del
y del XIX. El del que se nutrían los cen-y
funda-fundamentalmente).
Otra cosa es el valor que en el conjunto de rentas del Cabildo
se esta actividad. Quintana entre 1624-1700, por
otro lado, uno
Gráfico 16
Capital redimido en % del principal en Canarias 1500-1820
100
90
80
70
60
50
40
30
20
10
o
~ "o' 5:
""'' "'
Un caso
constituido por la
~ "' en en "" o ~ ~ ~"'
"o ' ""'' "o"
"' "' "'
la cumbre Gran Canaria. La mesa "a~Jltu'"u
instituciones básicas el Comunal
acudieron los capitulares para
a devolver los que generase y a
:::J o
.~..,
""''
Fuente: Cuadro 9
estuvo
'"e''""''""" se utilizaban en actividades Miranda nos has
mostrado que fueron 4 censos, que no se redimieron hasta 1774 -
cuando hubo en la llamada "Prebenda de pleitos"-, al in te-del
doble la (3 .250 rs. vn
65 QUINTANA ANDRÉS (2003: 388).
Almogaren 38 (2006) 71-129
98
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
establecía el Derecho Canónico entre la personalidad del Comunal y el propio
Cabildo, pudo actuar de censualista y censatario66
•
2.3. La economía parroquial
El ámbito, hasta hace poco abandonado de las parroquias, en su vertiente
financiera, cuyos archivos67 habían sido objeto de encuestas demográficas,
está empezando a ser explotado entre nosotros desde esta óptica. Un buen
ejemplo son los estudios clásicos de Bethencourt Massieu, o los más recientes
de Suárez Grimón y Quintana Andrés, Castro Pérez o Rodríguez Suárez68
• No
podemos hacer una valoración de conjunto de la economía parroquial isleña,
por lo que nos limitaremos a presentar ordenadamente la información de la
parroquial de Agüimes y de las iglesias rurales de Gran Canaria.
Según el censo de la Corona de Castilla de 1587 (Impreso en Madrid en
1829) había en Canarias 45 parroquias, distribuidas del modo siguiente
Cuadro 10: Parroquias de Canarias (1587)
Islas Pilas Vecinos
Tenerife 16 4.070
Gran Canaria 11 1.709
La Palma 13 1.170
Lanzar o te 2 120
Fuerteventura 1 219
Gomera 1 253
Hierro 1 200
Total 45 7.741
La visita del Obispo Guillén a mediados del siglo XVIII, nos muestra
que las parroquias se habían incrementado hasta 74, siendo el número de beneficios
curados, con derecho en consecuencia a una parte de los diezmos, de 52,
de los que 5 pertenecían a Gran Canaria, a diferencia de Tenerife que tenía 28
y La Palma que sumaba 11 (Cf. Cuadro 11). En 1778 el número de parroquias
66 MIRANDA CALDERÍN (2005: 32-45).
67 Estamos necesitados de instrumentos de trabajo como el que nos han proporcionado para el Archivo
Parroquial de Telde ACOSTA BRITO y RODRÍGUEZ CALLEJA (1999).
68 BETHENCOURT MASSIEU ( 1992 y 2002), SUÁREZ GRIMÓN y QUINTANA ANDRÉS (2003, II,
1.229-1.299). CASTRO PÉREZ (2005) y RODRÍGUEZ SUÁREZ (s.f.).
Almogaren 38 (2006) 71-129
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
llegaba a 7569
• El informe del Intendente Sierra Pambley de 1818, después de
una afirmación de regalismo explícito al referirse a la Iglesia de las Islas y a
la institución del Real Patronato70
, destaca la existencia de 93 parroquias, de
las que el Rey debía proponer 41 a propuesta del diocesano, que se había apropiado
2, restando 52 curatos de libre disposición de la diócesis.
Cuadro 11: Parroquias y beneficios curados en Canarias durante la
visita del Obispo Guillén 1742-174771
Canaria Fuerteventura Lanzarote Tenerife La Palma Gomera Hierro Total
(1742) (1744) (1744) (1744-1747) (1745) (1745) (1745)
Poblaciones 172 33 38 192 50 49 31 565
y pagos
Pilas o 15 3 3 33 13 6 1 74
parroquias
Beneficiados 5 2 2 28 11 2 2 52
Curatos 12 2 2 16 3 5 o 40
Clérigos in 71 19 12 215 29 18 8 372
sacris
Familias 8.720 1.653 1.627 13.624 3.874 1.515 856 31.869
Personas 33.864 7.382 7.210 60.218 17.580 6.251 3.687 137.092
Fuente: Archivo Acialcazar, Estadística.
El caso de Agüimes
La tesis doctoral de Castro Pérez es una aportación de gran interés para
el conocimiento de la organización administrativa de la parroquia, si bien se
centra en la iglesia singular de Agüimes, como ya hemos puesto de manifies-
69 BETHENCOURT MASSIEU (2002: 151).
70 MORENO ALONSO (1985: 592): "Por cuanto toca a S. M. por este título de provisión quantos beneficios
en ella vacan incluso al episcopado sin restricción ni limitación alguna".
71 "Exacta y puntual noticia del número de poblaciones , o pagos, pilas, beneficiados, curas, clérigos in
sacris, familias, personas, hombres de armas obligados por lista, Colegios de jesuitas, Conventos de
monjas, de Franciscos, Dominicos, Agustinos, con el número de Religiosas y Religiosos, hospitales, hermitas
y sagrarios que tienen en común y particular las siete Islas Canarias: y asimismo de los confirmados
en ellas por el Ilustrísimo Señor Don Juan Francisco Guillén, Su Dignísimo Obispo en la Santa y
General Visita que hizo de todos sus lugares en los años 1742, 44, 45, 46 y 1747. Y de los Sermones de
misión que dicho Señor Ilustrísimo predicó en la dicha su Santa Visita, y de los del R.P. Francisco Valero,
de la Compañía de Jesús; y de las Pláticas, que privadamente assi su Ilustrísima, como dicho Padre tienen
hechas a Párrocos y Sacerdotes, y a los más de las Comunidades Religiosas, dándoles los Exercicios
de San Ignacio y también de la latitud, longitud, y circunferencia de terreno que tiene cada una de las
islas, y todas juntas, con la elevación del Polo y longitud meridional expuesto por leguas, grados y minutos;
como todo con separación y claridad demuestra la tabla: Dispuesta por Don Miguel Lobera, Sobrino
y Caudatario de dicho Señor Ilustrísimo".
Almogaren 38 (2006) 71-129 99
100
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
to Señorío del Obispo de la diócesis (creado en 1486 y confirmado ellO-IV-
1491). De un lado, no constituía un beneficio curado, sino amovible -cuyo
nombramiento, al margen del Patronato regio, recaía en los prelados- y por
tanto, sin derecho a financiarse a través de los diezmos. Pero, por otro, al formar
parte del señorío episcopal, la novena parte del diezmo iba a parar a su
"Fábrica", gozando de una parte mayor de la que recibían las parroquias que
gozaban del status de Beneficio curado72 y en las que el Rey, a través de la
Cámara de Castilla, designaba a sus propietarios. Esta peculiaridad financiera
de la parroquial Agüimes, considerada una de las más boyantes de la isla
de Gran Canaria73
, la dejaba -según Castro Pérez74
- también al margen del
pago de las tercias reales y otros derechos. Aznar considera sin embargo que
el Señorío de Aguimes estaba incluido en el pago de las tercias (6-VII-
1518f5. Lo que si parece cierto es que los obispos se negaron a hacer frente
a este derecho76
•
Pese a ser una parroquia bastante visitada y, por tanto, sujeta su administración
a control, Suárez Grimón y Quintana Andrés no dudan en valorar el
poco acierto de la misma, especialmente en los años finales del siglo XVII,
situación que no se enderezaría durante el XVIII. Frente a la valoración anterior,
Rodríguez Suárez, considera -por lo menos para el primer tercio del siglo
XVII- que esta parroquia fue la mejor administrada. Efectivamente, Castro
Pérez contabilizó un total de 84 visitas ( 43 en el siglo XVI, 24 en el XVII y
solamente 17 en el XVIII).
El análisis de las Cuentas de Fábrica77
, que es el documento fundamental
para el estudio de las parroquias le lleva, a esta última, a valorar de
modo positivo la rendición de cuentas por parte del mayordomo, que solamente
en 16 ocasiones se convirtió en acreedor de la institución parroquial.
Los alcances negativos se producían por razones diversas: plagas, malas
cosechas, gastos excesivos en el mantenimiento del templo y, de modo muy
especial, los atrasos en el pago de los tributos etc. En el siglo XVIII esta
72 CASTRO PÉREZ (2005: 63-64). Un 39,76% más, según los cálculos de VIERA y CLAVIJO
(1982: 658 y ss.).
73 SUÁREZ GRIMÓN y QUINTANA ANDRÉS (2003, II, 1.232).
74 CASTRO PÉREZ (2005: 64).
75 AZNAR (19922: 146).
76 QUINTANA ANDRÉS (2003: 346).
77 La fábrica parroquial está constituida por el conjunto de ingresos y gastos de la misma.
Almogaren 38 (2006) 71-129
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
situación condujo a la decisión episcopal de no admitir partidas en las
Cuentas de Fábrica por no cobradas, si el mayordomo no demostraba haber
realizado las diligencias oportunas 78
•
Entre los ingresos fijos (Cuadro 1279
) de la parroquia se encontraban
los diezmos, los derechos por administrar los sacramentos, las rentas procedentes
del agua (Heredamiento de Aguatona, Pago de las Leonas) y otras
propiedades (la casa de Abades) y los correspondientes a los censos o tributos
(En 179380
, por ejemplo, en el Fondo de fábrica había 33 censos sin
redimir, siendo el principal de estos tributos 43.296 rs, que proporcionaban
una renta anual de 1.298 rs), pudiendo considerarse eventuales los procedentes
de donaciones y legados. Entre estos últimos, se han señalado las
capellanías, figurando entre las más significativas la fundada por el canónigo
de la Catedral Juan Bautista Espino (1611) o la del también presbítero,
avecindado en Caracas, Lucas Betancourt sobre un censo en el molino
principal de Guayadeque. Hay que reseñar, por último, un incremento considerable
de las limosnas y donaciones de los prelados a fines del siglo
XVIII, con el objetivo de poder acometer la construcción del nuevo templo
parroquial.
En la data de las cuentas figuraban los gastos ordinarios (cera, aceite,
ornamentos, hostias etc.), los correspondientes a los salarios del personal fijo
(mayordomo, sacristán etc.) o eventual (relojero, carpintero etc.), los rezagos
de los diezmos (es decir, los ingresos pendientes de cobrar) y otros menores.
78 CASTRO PÉREZ (2005: 160).
79 las fechas elegidas son las que ofrece CASTRO PÉREZ.
80 SUÁREZ GRIMÓN y QUINTANA ANDRÉS (2003).
Almogaren 38 (2006) 71-129 101
102
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
Cuadro 12: Distribución del Cargo y data de las cuentas de fábrica de la
Parroquia de Agüimes (s. XVI-XVIII) en %
1552-1555 1630-1638 1725-1728
CARGO
Diezmo 49 50
Alcance anterior 37*
Tributos 25
Rentas de tierras 1,5
Renta del agua 12 25
Alquileres
Sepulturas 0,13
Limosnas 0,36
Deudas atrasadas
DATA
Rezago diezmos 8
Personal 18 15
Ornamentos 31 9
Cera 20 15
Otros*** 22,8 28,5
Subsidio y
3
Excusado
Alcance anterior 29,5**
Tributos
Nuevo templo
*Rentas de tierra y agua contra el mayordomo
**Figuraba en la Data
21
2,3
17
6
0,7
53
52
18,7
6
9,5
13,1
0,7
1799-1813 Promedio
67,4 47
5,7 18,62
8,6 16,8
4,4 2,95
5,8 12,2
1%
0,3 0,37
4,3 2,33
2,5
9,5 23,1
22,8 18,6
3,6 12,4
5,8 12,57
3,5 16,97
1 1,56
1,2**
52,6
***Entierros, Aniversarios, Monumentos, Derechos de visita, sermones
y litigios;
Almogaren 38 (2006) 71-129
Sepulturas 10,37
Alquileres
Rentas de tierras
Alcance anterior 1111111111111111.'18,!;2
el
en
Diezmo 1111111111111111111111111111111111111111111147
Fuente: Cuadro 12
Gráfico 18
Gran
Gastos de la Parroquia de Agüimes (promedio de
varias fechas) en °/o
Subsidio y Excusado
Otros***
Cera 11111111111111111111111
Ornamentos
Personal
Rezago diezmos
Fuente: Cuadro 12
Las
38 (2006) 71-
104
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
ingresos de la isla81
- pero restringe el período histórico de análisis al reinado
de Felipe III y algunos años de su sucesor. Sin embargo, su aportación
puede ser significativa para que comprendamos las dificultades de las
parroquias para financiarse durante el Antiguo Régimen en Canarias.
Como en el trabajo anteriormente citado, la fuente fundamental son los
Libros de Cuentas de Fábrica, completados por la documentación emanada
de las Visitas pastorales.
Cuadro 13: Ingresos potenciales totales de las parroquias rurales de
Gran Canaria en rs 1596-1628 en rs.vn.
Agaete Agüimes Arucas Gáldar Guía La Vega Moya Teror Totales
Deudas sin
5.103 66.078 1.336 43.045 7.964 375 715 3.358 127.964
cobrar
Censos 2.230 12.182 2.775 2.880 10.683 472 839 4.947 37.008
Diezmo 6.964 28.321 23.517 58.802
Arrendamientos
1.026 6.693 804 1.494 243 146 10.406
y alquileres
Sepulturas 1.330 439 1.190 417 1.945 1.672 84 741 7.818
Limosnas 191 1.016 1.521 104 3.287 431 365 9.390 16.306
Otras 57 60 3.462 96 7.200 216 305 9.355 20.751
Totales 16.901 114.789 11.088 71.553 31.322 3.166 2.454 27.791 279.065
Fuente: Rodríguez Suárez (sf), Elaboración propia.
Durante el Antiguo Régimen Gran Canaria contará con 11 parroquias,
de las que 8 serán beneficios curados y el resto amovibles, entre
ellos, la parroquia del Sagrario cuyo curato era cubierto por el Cabildo
Catedral y otros cinco curatos amovibles que también dependían la Catedral
(La Vega, Teror, Arucas82
, Moya y Tirajana), pese a los esfuerzos por que se
81 RODRÍGUEZ SUÁREZ (sf.). Para esta historiadora la isla de Gran Canaria contaba en el siglo XVII
con 8 Beneficios curados, frente a los 5 que aparecen en la plantilla de la visita del Obispo Guillén. A
comienzos del siglo XIX esta preeminencia de Telde seguía manteniéndose, y lo que es más importante
su Beneficio era el que más renta proporcionaba en todo el Archipiélago:
82 Para Caballero Mújica, Arucas era jurídicamente Beneficio curado según el Plan beneficia! del Obispo
Vázquez de Arce. Cf. CABALLERO MÚJICA, F. (1992).
Renta de los beneficiados curados a comienzos del siglo XIX en rs vn.
Parroquias Renta anual
San Juan de Telde (máxima) 2.900
Na s• del Pilar de SC de T (mínima) 899
Media 1.610
Fuente: Bethencourt (1992: 171)
Almogaren 38 (2006) 71-129
Cuadro 14: totales de las rurales de
Gráfico 19
Distribución en
duran/e
sobre el total 1596-1628
);> Gl Gl ¡pi );> );> r en S: lll' e <O 2 lll o "' 0: 55' Q lll o ~ '< 3 ~ * lll "' (!) (/) <O
(/) "'
Fuente:
RODRÍGUEZ SUÁREZ
38 (2006) -129
Strntiago de
21
Deudas sin cobrar 1598-1621
22
La
Censos de las
los
Fuente:
en del total de
1596-1628
7 -l
Suárez (sf)
rentas
La
• Agaete • o
;¡; ;¡; ~ Gl
m "'' m- " a: ¡"¡'; 3 m !!l "' (/¡
"'
Gl
e
¡¡¡'
en °/o del total de las
1596-1628
,- S: rol ;"¡'; Sm! Q
""
Fuente.
(2006) 71-1
el
Gráfico 25
60
50
40
30
lturas en % de las rentas totales de las
parroquias 1596-1628
Fuente:
el
la Hadcnda Real. AZNAR
(2006)
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
decir que descontada su participación en los gastos del Estado, la Iglesia disfrutaba
de una renta que suponía el 44,5% de la carga fiscal del archipiélago.
3.1. Las "Tres Gracias"
Antes de analizar por separado, cada uno de estos conceptos, nos interesa
destacar que el Subsidio y el Excusado, dieron liquidez al Cabildo
Catedral -al retrasarse con frecuencia en sus pagos a las arcas reales- para realizar
préstamos a las autoridades locales, destinados a financiar los gastos de
defensa, a socorrer a la isla en situaciones de desabastecimiento e, incluso,
para ayudar a los miembros de la mesa capitular en los gastos de sus litigios,
que muchas veces llevaban aparejados el traslado a la Corte. Este empleo de
los recursos financieros que pertenecían al Estado, ocasionó también problemas
y desajustes en el entendimiento con las autoridades políticas87
•
De la Bula de Cruzada tenemos alguna información en un trabajo de
Aznar, que también se ocupa de las tercias reales de la Isla de la Gomera en
los años en que dicho ingreso fue percibido por la Corona entre 1525-1527.88
En los años finales del reinado de Felipe 11 seguía idénticas reglas que
en el resto de España, estando sujeta en consecuencia a las mismas tarifas.
Entre 1589-95, prorrogada la Cruzada por Sixto V, se encargó de la predicación
en España, Baleares, Canarias y Cerdeña, el financiero burgalés Juan
Ortega de la Torre con una comisión de 6 mrvds por cada 2 rs. de todo lo que
recaudase. En 1594, por ejemplo, se habían enviado a las Islas 24.500 bulas de
2 rs y 20 de 8 rs. Durante el quinquenio siguiente de 1596-1601, le sustituirían
los banqueros genoveses Sinibaldo Fiesco y Juan Bautista Justiniano89
•
Cuadro 15: Valor de la Renta de Cruzada en Canarias 1589-1594 en rs.vn.
Años Canarias
1591-92 165.784
1594-95 44.118
1596-97 38.748
1597-98 40.567
Media 72.203
87 QUINTANA ANDRÉS (2003: 356-358).
88 AZNAR (1985 y 1987).
89 ULLOA (1963: 383).
España
7.804.424
8.080.646
8.254.027
8.202.906
8.085.501
A1mogaren 38 (2006) 71-129
%
2,12
0,45
0,46
0,49
0,89
Fuente:: Ulloa (1963: 386)
111
112 1
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
Como puede observarse un comportamiento muy irregular en el bienio
1591-92 que nos daría unos valores excesivamente altos en Canarias (cuatro veces
más que en los períodos posteriores), que no volverán a alcanzarse a lo largo de la
década y, a la inversa, unos valores relativamente más bajos en el resto de España.
El subsidio eclesiástico, prorrateado entre los titulares de prebendas
eclesiásticas, se concertó en 1540-42 -prorrogándose en el bienio posterior-,
con la aceptación en ambos casos del Obispado de Canarias, en 500.000 ducados90.
En el cuadro siguiente hemos tratado de reflejar la escasa información
que poseemos de esta Gracia
Cuadro 16: Cuota del Subsidio Eclesiástico en Canarias durante el
Antiguo Régimen en rs. vn.
Años Canarias España % de Canarias
1533-36 17.280 4.103.038 0,42
1544-46 22.060 5.514.707 0,4
1565 16.026 3.860.294 0,41
1649-52 8.241 1.516.534 0,54
1770 13.907 3.160.884 0,44*
1782-85 19.735 4.485.408 0,44
1786-90 24.228 5.506.557 0,44
1793-97 24.301 5.523.042 0,44
1800-04 26.093 5.930.289 0,44
Fuente: Ulloa (1963: 394 y 407) y Artola (1982: 107, 273 y 367)
*Los valores de 1770 a 1800-04 los hemos estimado sobre un % del 0,44
Las cifras de 1649-52 reflejan la crisis que atravesaba la península (un
montante 2,5 veces inferior). En el caso de Canarias puede observarse un ligero
aumento de su participación, pese a que su aportación descienda en torno
al 50%. Con posterioridad las cantidades globales entregadas a la Iglesia se
recuperarían, para incrementarse notablemente en términos monetarios en los
últimos compases del siglo.
El Excusado fue una forma de participación de la Hacienda real en el
impuesto directo sobre la tierra que percibía la Iglesia a través de los diezmos.
90 ULLOA (1963: 394). Durante el reinado de Carlos V la Bula de Cruzada se renovaría tres ves más: en
1551, 1552-54 y 1555-57).
Almogaren 38 (2006) 71-129
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
Su percepción y gestión, como la gracia del Subsidio, estuvo en manos del
Cabildo Catedral hasta que en 1761 se intentó infructuosamente la administración
directa por la Corona. A comienzos del siglo XIX el Cabildo delegó en la
sociedad Grijalva, Arroyo y Ventoso, que con una comisión del lO%, se hicieron
cargo de su recaudación91
•
Durante el período de 1572-76, que es cuando se empezó a cobrar, rendiría
cada año 2.757.354 rs. vn. de los que correspondían al Obispado de
Canarias 13.176 rs.vn, situándose entre los últimos de España. Si relacionamos
este derecho sobre el diezmo con la posición relativa de la diócesis en el
reparto del Subsidio, podemos comprobar un descenso dell7,79% en el peso
de Canarias en el total de esta Gracia. En esta percepción, como en el caso del
Subsidio, se siguió el sistema de repartimientos que debían liquidarse cada
cinco años ( 6 pagas durante el reinado de Felipe II). Igualmente debía haber
sido utilizado para financiar las guerras, pero se destinó en su mayor parte a
consignaciones de los hombres de negocios92
•
Cuadro 17: Participación de Canarias en la Gracia del Excusado
durante el Antiguo Régimen en rs. vn. (promedios anuales)
Años % sobre el total
1572-1598 13.176 0,48
1648-1652 15.602 0,6
1672-1682 15.602 0,6
1696-1706 12.204
1752 17.838 0,5
1783-1790 31.562
1793* 28.519
Fuente: Ulloa (1963), Artola (1982) y Macías (1986)
Por la comunicación de Moreno Alonso al V Coloquio de Historia
Canario-Americana93
, tenemos constancia de la comisión a las islas del
Intendente F. de Sierra Pambley9
\ con el fin de actualizar y revisar las ren-
91 MORENO ALONSO (1985: 601-2).
92 ULLOA (1963).
93 MORENO ALONSO (1985).
94 La atribución del informe al Intendente citado es de MACÍAS (1986).
A1mogaren 38 (2006) 71-129 113
114
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
tas reales, en el ramo del Excusado y Noveno decimal (R. O. de
23-I-1818). La investigación del Intendente sacó a relucir que algo más de
la mitad de las parroquias -curatos amovibles- al ser considerados filiales
no contribuían a la formación del caudal transvasable a la Hacienda Real.
Según Sierra Pambley, en consecuencia, deberían incrementarse en 52 el
número de casas dezmeras del archipiélago, produciéndose de este modo
un aumento muy considerable del Excusado. Pero lo que ahora nos interesa
es el valor que para el decenio 1801-181 O consignó el comisionado. Los
207.621 rs correspondientes a las 41 casas excusadas, sin que entremos en
más consideraciones, suponían un incremento impresionante de este derecho
respecto a los últimos decenios del siglo XVIII. Sobre unos resultados
medios aproximados de 25.973 rs. vn. (1752-1793), la cantidad recaudada
se había multiplicado por 8. Si a esto añadimos que Sierra Pambley no
estaba satisfecho con su encuesta, estamos en condiciones de suponer un
fraude considerable con respecto a las normas establecidas en este derecho.
Sus conclusiones no podían ser más demoledoras:
"Porque presentan menores cantidades de las que en realidad debieron
ser producidas, si los administradores principales de esta renta hubiesen cuidado
de que se subastasen todas las casas excusadas de la diócesis, si hubieran
cumplido con exigir las tazmías de instrucción para fijar los presupuestos
de cada una y verificar con arreglo a ello sus rentas; y finalmente, si no
hubiesen tolerado o acaso consentido fraudulentamente que sus encargados
subalternos en cada isla fuesen al mismo tiempo rematadores de unas casas
y administradores de otras como resulta de los expedientes respectivos formados
de cada cuenta"95
Finalmente, la resolución del Cabildo-Catedral de ofrecer al Rey un
acuerdo por 10 años de 85.000 rs.vn anuales, era claramente un fraude, pues
descontando los gastos de administración, quedaban todavía a su favor
101.859 rs.rs.
3.2. Las Tercias reales
Dada la complejidad de la percepción del diezmo, el de las tercias (el
22,2% del total de los diezmos) -escribe Artola- debía resultar aún más dificiP6.
En Castilla se administraron junto a las Alcabalas.
95 MORENO ALONSO (1985: 601).
96 ARTOLA (1982: 59).
Almogaren 38 (2006) 7!-!29
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
Las tercias decimales del archipiélago fueron concedidas a los Reyes
Católicos por Bula de Alejandro VI de 16-XI-150P7
• En el caso de Canarias
su gestión también fue asociada a renglones impositivos diferentes. En los primeros
años del siglo XVI, se intentó su encabezamiento junto a los almojarifazgos.
Este ensayo estuvo protagonizado por el Cabildo de Gran Canaria
entre 151 7-1519. Era el momento en que todavía se percibían las alcabalas en
las islas. Después lo harían Tenerife y La Palma98
• Durante el XVII las tercias
se arrendaban al por menor en Tenerife a agricultores acomodados e, incluso,
a mercaderes extranjeros, mientras que en La Palma y Gran Canaria estaban a
cargo de los almojarifes. En el caso concreto de Gran Canaria su gestión recaía
directamente en el Cabildo CatedraP9
• En el siglo XVIII, la encontramos
asociada en su gestión, cuando la Hacienda real asuma la administración
directa, con los ingresos procedentes de las aduanas y la orchilla100
•
Como ya hemos avanzado en La Gomera, que producía básicamente
cereales, azúcar y orchilla, se recaudaron las Tercias reales entre 1525-27, resultando
un promedio para el trienio de 1525-27 de 754 rs.vn, aproximadamente,
el 2,3 % de las tercias de realengo101
• Lo relevante en la composición de las tercias
gomeras fue el distinto peso relativo de la ganadería (17,19% del total),
frente al rendimiento bastante menor de la misma en las Islas de realengo.
Cuadro 18: Rendimiento de las Tercias reales en la Gomera y las Islas de
realengo (1524-1527) en%
Gomera
Pan y vino 33,12
Cereales
Azúcar 17,5
Menudos y otros* 46,4
* Menudos, Quesos, lanas, ganadería y orchilla
97 PERAZA DE AYALA (1982-86: II, 279).
98 AZNAR (1992: 143-147).
99 ANAYA (1981: 377-378).
100 MORENO ALONSO (1980).
Islas de realengo
56
17
27
Fuente: Aznar (1985, 11: 407)
101 AZNAR (1985: II, 407). Aznar publica las Cuentas de Tercias de Payo Romero (1525-1527): Archivo
General de Simancas, Escribanía Mayor de Rentas, leg. 144 moderno.
Almogaren 38 (2006) 71-129 115
116
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
El cobro de las tercias ocasionó largos litigios entre la Iglesia y la
Corona. Quizá el más importante fue el correspondiente a los 2/9 de los diezmos
de la orchilla y rentas de las islas de señorío, que dio comienzo en el XVI,
se reavivó en la Centuria siguiente y, una vez más, en el XVIII, teniendo que
esperarse a la Real Orden de 8-VI-1796 para que la Corona anulase las exenciones
de las islas de señorío102
•
Con relación a las islas de realengo, su administración fue una competencia
asociada a la gestión del diezmo por el Cabildo Catedral. En el
último tercio del siglo XVII, sin embargo, la Corona intentó asumir dicha
función dando poderes para ello al Capitán General (Disposición del
Consejo de Hacienda de 17-XII-1763 y Real Cédula de 19-X-1688), que
centralizaría su recaudación con el ramo de adunas y con la renta de la
orchilla. La situación se empantanaría hasta mediados del siglo XVIII, en
que hubo otro intento infructuoso por parte de los capitanes generales de
solucionar el problema103
•
Cuadro 19: Tercias reales en Canarias en algunos años
Años Valor en rs. Valor en rs. Valor en rs. Valor total %total
Tenerife La Gomera Gran Canaria en rs. nacional
1504 31.811 0,4
1524 35.294 0,38
1525-27 754
1641-2 74.028
1777-82 183.941
Diversas fuentes
En el caso de Gran Canaria, con la ayuda de Hermosilla104 (1779),
podemos conocer el peso de las tercias en el total de los ingresos reales
(Cuadro 19 y gráfico 26).
102 QUINTANA ANDRÉS (2003: 346-351).
103 Ibídem.
104 HERMOSILLA (1779).
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4. La
por la
Hasta
Tercias reales
23%
Aduanas
6%
!9
Santíago de Luxán Meléndez:
Antiguo Régimen.
nos
do
Gráfico
el
el XVII y en el transcurso
La
Hacienda de la Inquisición canaria 1644-1667
100000
90000
80000
70000
J 06 MARTÍNEZ M!LLAN ( 1985¡.
de
Fuente: Martíncz Millán (
en
(2006) 1-129
Santiago de Luxán Mcléndez: en Canarias durante
Régimen. Ensavo de
28
Hacienda de la Inquisición de Canarias 1701-1735
180.000
160.000
140.000 !
120.000
100.000
80.000
60.000
40.000
20.000
o
Fuente: Martínez Millán
canaria 1765-1808
Fuente: Martínez Millán (1985)
(2006) 71-129
120
Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
111. CONCLUSIONES
Como hemos señalado a lo largo de la presente exposición es todavía aventurado
el intento de realización de una síntesis que recoja la evolución de las finanzas
de la Iglesia secular en Canarias. No obstante hemos creído que el mejor camino
para realizar un balance historiográfico del camino recorrido era precisamente
presentar sus resultados de esta forma. En este sumario final pretendemos dar
cuenta brevemente de las cuestiones que han ido surgiendo con la esperanza de
que este campo de investigación no sea abandonado por la historiografia canaria.
l. El marco institucional del Real Patronato y las sucesivas negociaciones
y acuerdos de la Monarquía con la Santa Sede y con la jerarquía eclesiástica
española, mediatizarán el funcionamiento de la Hacienda de la Iglesia en
Canarias durante el Antiguo Régimen.
2. El estudio de los ingresos y gastos de la Iglesia tuvieron que tener una
repercusión muy importante en la economía canaria. De un lado, estamos ante
una institución de carácter regional, que abarca a todo el conjunto insular. De
otro, su principal ingreso, el diezmo, como han mostrado algunos historiadores,
es un indicador fundamental de la evolución de la producción agraria
canaria. Desde esta perspectiva el organismo fundamental en la captación y
distribución de este impuesto fue el Cabildo Catedral, que por derecho monopolizó
la gestión y distribución del mismo.
3. En el estudio de los ingresos y gastos de la Iglesia secular hay que
distinguir tres niveles: la mesa episcopal, la institución cabildicia y las
parroquias. Estas últimas participarán directamente del diezmo (Beneficios
curados) o de modo indirecto al ser financiadas, en parte, por los obispos o
el propio cabildo.
4. No tenemos posibilidad de tener unos resultados agregados del valor
de las rentas eclesiásticas en su conjunto para el período estudiado. Se han realizado
algunas aproximaciones. A principios del siglo XVI la carga fiscal de
la Iglesia podría suponer el doble que la de la Hacienda real, que no olvidemos
dio al archipiélago un tratamiento mucho más moderado que al resto de la
Monarquía. La tendencia sin embargo en aquella Centuria parece que fue
hacia un mayor equilibrio entre ambas Haciendas autónomas. A la altura de
1630, si hemos de hacer caso de la estimación que disponemos las rentas eclesiásticas
de Canarias, en términos relativos tenían un peso mucho mayor que
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Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
el resto de las diócesis de Castilla, pero se habrían reducido a la quinta parte
de los ingresos fiscales totales. Por las estimaciones que tenemos de comienzos
del siglo XIX, el peso de la carga fiscal de la Iglesia estaría muy por encima
de la mitad del monto total, lo que nos conduce a valorar un crecimiento
relativo importante durante el siglo XVIII, junto a una posible infravaloración
de los datos del XVII.
5. De las rentas de la mesa episcopal solamente tenemos un conocimiento
fragmentario sostenido sobre algunas informaciones de la Cámara de
Castilla, de las Visitas ad limina (1570-1526) y de los Espolios y Vacantes
(1763-1812). Para el primer período conocido se detecta un crecimiento de las
rentas a fines del XVI - primeras décadas del XVII. Tenemos igualmente la
posibilidad de valorar el equilibrio existente entre el cereal y el vino en estos
momentos, en lo que se refiere a su renta principal, con una presencia mucho
menor del azúcar. Gran Canaria aporta en este último renglón más que La
Palma y Tenerife juntas. Los valores medios alcanzados por los ingresos episcopales
que nos proporcionan los Espolios casi serán tres veces mayores los
del período anterior.
6. Tenemos un conocimiento mucho mejor del Cabildo Catedral. Los
datos de la evolución de los ingresos decimales (80% del total), nos invitan a
constatar dos desigualdades básicas. De un lado, el peso mayor de Tenerife
-amortiguado en parte en el XVIII- en la generación de los mismos. Y de otro,
aunque no pueda constatarse cuantitativamente, la mayor repercusión de estas
rentas en la sede de la diócesis. Igualmente es importante considerar las dificultades
que generaron los hacinamientos o hacimientos, especialmente en
Tenerife. En la evolución general de los ingresos -medidos por prebendallama
la atención que los niveles de 1614 no se superen hasta 1775. En la geografía
del fraude -incrementado durante la Crisis del Antiguo Régimen- que
parece que siempre ha acompañado a este producto, estarían más significados
las islas señoriales y La Palma. Desconocemos sin embargo la fuerza sancionadora
de la Iglesia ante el impago. El Cabildo ejerció una interesante actividad
como censualista, muy importante en cuanto al número de censatarios en
el XVII y más importante en cuanto al capital prestado en el XVIII. Si estimamos
el porcentaje de capital redimido, la segunda mitad del XVI y el período
comprendido entre 1656-1755, serían las más favorables a la recuperación del
capital prestado y, por tanto, las de mayor disponibilidad del mismo.
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Santiago de Luxán Meléndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
Antiguo Régimen. Ensayo de síntesis
7. Hemos avanzado también de modo considerable en nuestro conocimiento
de la economía financiera de las parroquias, si bien todavía es restringido
a la Isla de Gran Canaria y a períodos históricos limitados. Las Cuentas
de fábrica, exhaustivamente analizadas, nos muestran unas parroquias con una
debilidad estructural considerable, derivada de los incobrables. El porcentaje
que en el cargo de la muestra analizada presentan las "deudas atrasadas", junto
a los rezagos de los diezmos, que a efectos contables se registran en la Data,
confirma esta valoración. En aquellas parroquias que no tenían derecho a la
percepción del terzuelo del diezmo, las limosnas surgen como un ingreso por
el que hay que competir frente al clero regular.
8. La falta de investigaciones sobre la Hacienda real en Canarias durante
el Antiguo Régimen nos presentan, por último, un panorama en el que la
contribución de la Iglesia a las arcas reales sigue siendo un campo sin desbrozar.
Se ha estimado que a comienzos del siglo XIX el38% de las rentas reales
eran transferencias de la Iglesia. Tenemos alguna información sobre las pensiones
que se cargaban sobre el obispado y las prebendas de la diócesis, que
nos indican el crecimiento cuantitativo de las mismas. Recuérdese que en
época de sede vacante, el sobrante de las pensiones vivas se destinaba a gastos
sociales. De las tres Gracias poseemos datos sueltos de la Cruzada (1591-
1598) y del Subsidio (1533/1649-52); es desde luego mucho mejor nuestro
conocimiento del Excusado, del que disponemos de una serie aproximada,
pero que gracias al Informe del Intendente Sierra Pambley, nos permite valorar
el grado de fraude en este derecho que la Monarquía se reservaba de la
cuota decimal. Nuestro conocimiento de las Tercias reales también deja que
desear y se limita a informaciones parciales y restringidas a determinadas Islas
(La Gomera a principios del XVI y Gran Canaria a fines del XVIII).
9. Finalmente, en términos relativos, nuestro conocimiento de los mecanismos
financieros del Tribunal del Santo Oficio son considerables.
Santiago de Luxán Meléndez
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Santiago de Luxán Me1éndez: La hacienda de la Iglesia en Canarias durante el
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