El Plan Especial de
Protección Paisaiística
del Paisa¡e Protegido
de Timiiiraque ·
Las singularidades geológicas y de vegetación y
el potencial educativo, científico y recreativo que
encierra definen este espacio natural
Paisaje Protegido de 'ílmijiraque (El Hierro). Archivo.
El Paisaje Protegido de Tí- en el extremo noreste de la que se extienden, en la costa,
mijiraque se localiza en Val- isla. Abarca una pequeña ex- desde las inmediaciones del
verde, en la ladera de Aiofa, tensión de unas 383 hectáreas Puerto de la Estaca hasta la
5
tv\edio Ambienfe Canarias ng 18
Carmen Eugenia Redondo Rojas
Técnico del Servicio de Orde1U1Ci6n
de Espacios NoJura/es Protegidos.
--a .. = 51 :;:
I-·r -· CD
:.1.. -a
"a
•"-· :1
Octubra2000
Pla•lflc•cl6• a.111 .... 1
playa de Tllllijiraque. &te paisaje
de topografía consttastada
se estructura en torno a la
cuenca de los barrancos de Tíilor,
Balón y Honduras que
con su escaso desarrollo longirudinal
salvan, en apenas 2
kilómetros, unos 875 metros
de altirud. En el litoral, restos
de antiguos cantiles hacen de
frente a los erosionados interfluvios,
delante de los cuales
se sitúa una estrecha rampa
costera, testimonio-del retro-
. ¡ . ceso de los mismos por la di••
" 4 ~ námica erosiva marina.
La finalidad de protección
implfcita en la declaración
como paisaje de este espacio
está referida a los valores paisajísticos,
estéticos y culturales
siendo los principales fundamentÜs
de protección el que
albergue sectores representativos
de la geología insular y
geomorfológicarnente interesantes,
como son los afloramientos
por erosión de la serie
más antigua presente en la
isla. Es precisamente la combinación
de factores geológicos
y morfogenéticos lo que
ha propiciado que aquí se ubique
la red de drenaje de mayor
desarrollo en la isla. Cuenta
además con buenas poblaciones
de cardonales y otras especies
propias del piso basal,
así como algunas rarezas vegetales
que sobreviven en las
laderas y los sectores más escarpados,
lo que añade valor
al enclave dado el interés científico
de las mismas.
Las principales características
que definen a este espa-
Medio Ambienle Canarios n11 18
La protección de este espacio se basa en sus
valores paisajísticos, estéticos y culturales .
Archivo .
cio provienen pues de su contenido
paisajístico y escénico,
sus singularidades naturales
geológicas y de vegetación y
el potencial educativo, científico
y recreativo que encierra,
cuya contemplación y disfrute
es posible gracias a la existencia
de algunos senderos,
usados con mayor intensidad
en el pasado por los pastores,
ya que permitían el tránsito estacional
de los rebaños de
cumbre a costa siendo, hasta
no hace mucho, las únicas vías
de comunicación entre diferentes
wnas de este sector de
!aisla
En este marco y atendiendo
a los fundamentos que justifican
su protección, se ha elaborado
el Plan Especial de
Protección Paisajística para
este espacio. Dicho Plan ha
sido aprobado mediante Acuerdo
de la Comisión de Ordenación
del Territorio y Medio
Ambiente de Canarias (publicado
en elBOC. 21 de julio de
6
2000). En atención a lo previsto
(Disposición Transitoria
Segunda) en el Decreto Legislativo
1/2000, de 8 de
mayo, que aprueba el Texto
Refundido de las Leyes de Ordenación
del Territorio y de
Espacios Narurales de Canarias,
el Plan Especial tendrá
que adaptar su contenido, en
el plazo legalmente fijado, a
las determinaciones que el
nuevo contexto normativo
obliga.
·Los objetivos que se pretenden
alcanzar se resumen en
conservar los recursos del espacio
y, en la medida de lo posible,
armorizar los usos y los
aprovechamientos actuales con
otros potenciales como puede
ser el educativ<rrecreativo evitando,
en la medida de lo posible,
transformaciones que puedan
provocar la pérdida de los
valores que fundamentan la
protección del paisaje. Así,
además de garantizar la conservación
del paisaje, hábitat y
ecosistemas presentes y de los
elementos de interés geológico
y geomorfológico que d<r
tan de singularidad al espacio,
se pretende pro.mover la conservación
y mantenimiento de
aquellos elementos de interés
culrural ligados al uso tradicional
del mismo. Igualmente,
es objetivo favorecer el uso ordenado
del espacio, especialmente
en lo referente a las
ocupaciones url!anísticas, promoviendo
su adecuación y armonización
con el paisaje en
el que se inscribe y propiciando
los usos ligados al disfrute
del paisaje y la práctica de actividades
educativas y recreativas
al aire libre.
Normativa y
zonlfic.lón
Atendiendo a las características
del espacio, la fragilidad,
el estado de los recursos
y las capacidades para soportar
usos y actividades, se ha
llevado a cabo la zonificación
del paisaje diferenciando tres
sectores. Las reducidas dimensiones
y su gran homogeneidad,
a pesar de las transformaciones
más severas en
torno a la carretera y wna urbanizada
de la costa, justifican
el sencillo esquema en lo que
respecta a la asignación de
destinos y funciones. La zona
de uso moderado prácticamente
abarca la totalidad del
ámbito del espacio, tal y como
se define en la Ley está constituida
por la superficie que
permite la compatibilidad de
Odubre2000
El Paisaje Protegido de Timijiraque abarca
una extensión de 383 hectáreas.
Archivo.
ve de población junto a la playa
del Varadero (abarcando el
ámbito de un Plan Parcial
aprobado para la zona). Dicha
zona se prolonga hacia el sur,
en una banda estrecha paralela
a la carretera litoral, para incluir
las instalaciones de DISA
y UNELCO. En este sector se
Planlflcac16n Allllalenlal
que, está incluido como zona
de uso general que, tal y como
establece la legislación vigente,
está referido a sectores que
por sus características pueden
admitir una mayor afluencia
de visitantes y sirve para el
emplazamiento de instalaciones,
actividades o servicios
que redunden en beneficio de
la población próxima al espacio
protegido. En esta zona están
expresamente prohibidos
los cambios de uso que no
sean acordes con el destino
previsto y definido en el Plan,
ligado a equipamiento y servicios
de uso público. El Plan
señala algunos criterios para
actuaciones posibles en este
pequeño sector dirigidas hacia
equipamientó de uso público,
área de servicio o tareas
de acondicionamiento.
El Plan Especial contiene
ad,emás una serie de criterios
para las políticas sectoriales al
objeto de compatibilizar las
actuaciones que se autoricen
con la finalidad de conserva-ción
del espacio. Dichos cri-mitir
la revisión de la norrnativa
urbanística vigente del
área al objeto de volver a definir
perímetros y edificabilidades
para cons_eguir efectos
más integradores y soluciones
más acordes con las características
del paisaje. También
se recogen criterios referidos
a tareas de restauración vegetal
y ajardinamiento, donde se
indica el modo y tipo de material
vegetal a utilizar y los
objetivos de restauración y
plantación que se persiguen.
Otros criterios van dirigidos a
las instalaciones y mantenimiento
de infraestructuras
propiciando, siempre que sea
técnica y económicamente
viable, que la instalación de
nuevos tendidos sea subterránea
y las canalizaciones mimetizadas.
También se abordan
cuestiones como en el
caso de la aparición de un proyecto
de adecuación y mejora
de la actual carretera, señalando
que deberá contar con
informe favorable del Patro-terios
están referidos a las nato Insular de Espaeios Na-actuaciones
urbanísticas pro- turales Protegidos y preferen-piciando,
entre otras cosas, que · temente ejecutar el proyecto y
se elabore un Plan de adecuac¡
ión medioambiental, tal y
su conservación con el desa-
11Ullo de actividades educativo-
ambientales y recreativas.
En ella se permiten los usos
vinculados a aprovechamientos,
en concreto de pastoreo,
que se vienen desarrollando
de forma tradicional, así como
las actividades de apicultura.
No así las nuevas roturaciones,
ni las nuevas edificaciones
o construcciones con fines
residenciales o industriales, ni
la apertura de nuevas pistas.
permiten las actividades y usos • como estaba previsto en la
las obras sobre los trazados
preexistentes. Por último, el
Plan incluye algunos criterios,
como ya mencionamos, para
orientar las posibles actuaciones
que se desarrollen en la
zona de uso general que incluye
la localización de un
punto de información y un
área de aparcamiento junto a
la playa de Tunijiraque.
Otro sector diferenciado se
corresponde con Ja zona de
uso especial que se localiza al
norte, en el ámbito del encla-
N\edio Ambiente Canarios ~ 18
inherentes a su condición de
suelo como los residenciales,
productivos, de servicio y uso
público de acuerdo con lo que
la normativa urbanística y de
costa permite.
Un último sector, en la trasera
de la playa de Timijira-
7
Disposición adicional 4.a de
la Ley 12/94, de 19 de diciembre,
dirigido al enclave
de suelo urbano de El Varadero
y en extensión al ámbito de
la zona de uso especial que el
Plan recoge. El desarrollo de
dicha adecuación ha de per-
Octubre2000