El Plan Especial de
Protección Paisaiística
de Venteiís {El Hierro)
El Paisaje Protegido de
Ventejís está localizado en la
vertiente norte de la isla de El
Hierro, concretamente en el
borde nororiental de la meseta
de Nisdafe y rodeado por los
principales núcleos de población
de este sector de la isla,
entre los que se encuentra la
capital, Valverde. Su superficie,
únas 1.143 hectáreas, comprende
una muestra peculiar
del paisaje agropecuario de la
meseta de Nisdafe en el que se
combina un sector llano, al
Oeste, con los suaves perfiles
de las lomas en tomo al volcán
de Ventejís en el sector oriental
donde se alcanzan las máximas
alturas. En este sector
de topografía más contrastada
se ubican las cabeceras de numerosas
barranqueras que desaguan
hacia el Norte y Nores
te, destacando,· por las
dimensiones, la cuenca del
propio edificio de Ventejís. Las
particulares condiciones -orográficas
y ambientales de esta
zona la convierten en un lugar
privilegiado en los procesos de
captación de nieblas, fenómeno
que ha propiciado leyendas
y ha sido aprovechado históricamente
para el abastecimiento
de agua de la población del
entorno y los ganados, sobre
todo, en épocas difíciles de escasez
prolongada. El espacio
se encuentra atravesado de norte
a sur por la carretera que conecta
las poblaciones del arco
Medio Ambiente Canarias nº 15
Sector occidental del Paisaje
Protegido de Ventejís (El Hierro).
Moisés Simancas.
de Mocanal-Erese-Guarazoca
con el núcleo de San Andrés,
todas ellas fuera del espacio
aunque la influencia socioeconómica
sobre el mismo es
clave ya que son los habitantes
de esta periferia inmediata
los responsables de la actividad
agraria que se desarrolla
en el espacio y con ello de la
peculiar organización paisajística
que lo caracteriza.
Las principales características
que definen este paisaje
provienen de las continuas
transformaciones provocadas
por la intervención humana, ya
que desde muy antiguo ha sido
el soporte de intensas actividades
agrícolas y sobre.todo
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ganaderas, que ofrecen un escenario
rural bien conservado
a pesar de que el uso y la sobreexplotación
de sus recursos
han generado puntualmente algunos
conflictos. En la actualidad,
las actividad es económicas
que perviven tienden al
estancamiento y regresión,
manteniendo unas características
comunes a la agricultura
marginal de las medianías
canarias, sienqo el abandono
de los aprovechamientos una
amenaza para la conservación
del paisaje en la medida que
provoca la desaparición de funciones
y de contenido del mismo,
pérdida de suelos con potencialidad
agrícola y lleva
Carmen Eugenia Redondo Rojas
Técnico del Servicio de
Planificación de Recursos
Naturales.
51 r-- ·--
Diciembre 1999
Pl .. Hlcacl6n a.•lental
aparejado el deterioro de elementos
de interés cultural asociado
al uso del espacio.
Son valiosos los testimonios
de ocupación histórica y
formas tradicionales de aprovechamiento
representados pÓr
elementos arquitectónicos, arqueológicos
y de interés etnográfico
como son la red de
, caminos, muros, tipos de cultivos,
manejo de ganado, los
sistemas de almacenamiento
de agua, etc. El estado de conservación
es dispar dado que
muchos de ellos han perdido
su originaria función y con ello
·; ~ .. ~ el abandono y la falta de man-
.' tenimiento provocan un pro
·ceso de deterioro. No obstante,
constituyen una carga
cultural de primer orden y su
conservación es un objetivo
para perpetuar las características
del paisaje. A ello hay que
añadir la presencia del mítico
enclave· del Garoé, que posee
una carga patrimonial destacada
y constituye un reclamo
de frecuente visita que no hace
más que confirmar la potencialidad
recreativa, cultural y
didáctica presente como recurso
en el ámbito del paisaje.
En este marco y atendiendo
a los fundamentos que justifican
la protección del espacio
se ha elaborado el Plan
Especial de Protección Paisajística
para el paisaje cuya finalidad
de protección, según
dispone el anexo de la Ley
12/94, de 19 de diciembre, de
Espacios Naturales de Canarias,
está referida al "carácter
agropecuario del área libre de ·
edificaciones".
Los objetivos que desde el
documento se pretenden alcanzar
se resumen en conservar
los recursos del espacio y,
en la medida de lo posible, evitar
las transformaciones que
provoquenlapérdidadelosva-
Medio Ambiente Canarias n2 15
lores que fundamentan su protección.
Se da al mismo tiempo
apoyo y protección a la actividad
agrícola y ganadera
tradicional por el carácter
estratégico en su contribución
al mantenimiento de los elementos
patrimoniales del
espacio y, también, a aquellas
acciones encaminadas a la conservación
paisajística como es
la restauración de elementos
claramente antrópicos pero de
indudable carga cultural. Las
características de este espacio
suponen un reto para la planificación
y para la futura gestión
que ha de procurar orientar
la utilización del suelo con
fines agrícolas, forestales y ganaderos
· hacia el mantenimiento
del potencial biológico
y su capacidad productiva medianteacdones
respetuosas con
los ·ecosistemas del entorno.
Normativa y
Zonificación
Atendiendo a lo dispuesto
en el art. 31 de la Ley de Espacios
Naturales de Canarias,
a las características del espacio,
el estado de los recursos
y la capacidad para soportar
usos y actividades se han diferenciado
dos sectores. Una
zona de uso moderado, constituida
por la superficie que
permite la compatibilidad de
su conservación con el desarrollo
de actividades educativo-
ambientales y recreativas,
que ocupa la zona del espacio
de relieve más contrastado
-los lomos y la caldera de Ventejís-,
donde se concentran los
problemas de erosión más acusados
y se localizan los principales
reductos de monteverde.
Aquí se ubica además el
enclave del Garoé en tomo al
cual se articula una red de senderos
que permiten apreciar
en sus variados recorridos los
aspectos más relevantes del
paisaje en su conjunto. En esta
zona se permite el pastoreo de
ganado que se ha venido haciendo
tradicionalmente pero
están prohibidas las nuevas roturaciones
para la puesta en
cultivo, las alteraciones de perfiles
y desmontes de terrenos
así como la apertura de nuevas
pistas.
El otro sector diferenciado
se corresponde con la zona
de uso tradicional que se extiende
por la meseta de Nisdafe
hacia la periferia meridional
del enclave de Las
Montañeta~, incluyendo los
conos volcánicos de Tomillar,
la Torre y Tagasaste, igualmente
una franja al norte en
tomo a la Hoya del Barrio hacia
el Lomo, de la Gotera donde
~e concentra con cierta m-
. tensidad el aprove~!iamiento
agrícola en relación conJa cercanía
de fos núcleos de püblacióll'
próximos. E~ es.ta zona
se permiten pequeñas instalaciones
agrícolas~de apoyo a la
actividad, justificadas desde el
. punto de vista del aprovechamiento
así como la construcción
de nuevos muros y bancales
utilizando técnicas y
materiales tradicionales, o si
es el caso cerramientos vegetales
acordes con las especies
dela zona.
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Con carácter general, en
todo el espacio está prohibida
la nueva edificación con
fines residenciales y por el
contrario sí se permite la restauración,
consolidación o rehabilitación
de edificaciones
existentes siempre que se justifique
su vinculación a la actividad
agropecuaria o cuando
se prevea destinarla total o parcialmente
como alojamiento
temporal siempre, claro está,
acorde con la normativa específica.
Otras prohibiciones con
carácter general están referidas
a las extracciones de áridos
y tierras así como llevar a
cabo acciones que impliquen
degradación o pérdida de elementos
con valor tradicional o
cultural. El Plan aporta también
una serie de criterios
orientativos para las políticas
sectoriales que han de contemplarse
a la hora de definir
y ejecutar programas, proyectos
o planes con incidencia en
el área. Dichos criterios están
referidos a los usos y aprovechamientos
agropecuarios favoreciendo
el mantenimiento
de las actividades tradicionales
o técnicas agrícolas alternativas
interesantes desde el
punto de vista agroambiental.
Entre ellos se indica además la
necesidad de realizar estudios
específicos y de seguimiento
de la actividad ganadera que
permita aplicar medidas tendentes
a mejorar el manejo y
aprovechamiento de los recursos.
También se incluyen criterios
para actuaciones urbanísticas
referidos a las
características a las que han de
ajustarse las nuevas instalaciones
agrícolas o la rehabilitación
de construcciones preexistentes,
insistiendo en el respeto de
las tipologías tradicionales. Criterios
para · actuaciones de repoblación
y plantación, destacando
la preferencia de la
zona de uso moderado y los
conos de la meseta a efecto de
llevar a cabo actuaciones de revegetación
o reforestación que
palíen los efectos de la erosión.
Y, por último, se incorporan
criterios sobre instalaciones y
mantenimiento de infraestructura,
sobre actuaciones turístico-
recreativas e informativas
y criterios para actuaciones en
recursos patrimoniales.
Diciembre 1999