La Red Natura 2000
en Canarias
La Directiva Hábitats tiene por obieto garantizar
la biodiversidad en Europa
En 1992, la Unión Europea Aves (ZEPAs) y las mencio-publicó
la Directiva 92143/CEE nadas Zonas Especiales de
del Consejo, de 21 de mayo, Conservación (ZECs).
relativa a la conservación de Las primeras se establecie-los
hábitats naturales y de la ron al amparo de la Directiva
"fauna y flora silvestres. En su 79/409/CEE del Consejo, de 2
artículo 3, se establece la de- de abril, relativa a la conserva-claración
de una red ecológica ción de las aves silvestres, cuyo
europea coherente de zonas es- objetivo era la preservación,
peciales de conservación, cuya mantenimiento y restableci-denominación
final será Natu- miento de los biotopos y de los
ra 2000. La citada Red estará hábitats de las aves incluidas
coi:ipuesta por las Zonas de en el Anexo 1 de esa Directi-
Especial Protección para las va. Por lo que respecta a las
El monteverde constituye uno de los hábitats
prioritarios para la Red Natura 2000.
ZECs, su fin es albergar los ti-pos
de hábitats naturales y há-bitats
de especies p~a garan-tizar
el mantenimiento o, en su
caso, el restablecimiento de los
mismos.
·Obietivo
El objetivo de la Directiva
de Hábitats es contribuir a ga-rantizar
la biodiversidad en
Europa. Este objetivo conec-ta
con la conciencia ciudada-
Archivo.
3
Isabel García Fernández
Manuel Ángel Vera Galván
Técnicos de GESPIAN, S.A.
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Planificación Ambiental
Los cardonales en mejor estado de conservación
se han incluido en la Red.
na que propugna un cambio mitiendo que las generaciones
de comportamiento con el me- venideras puedan disfrutar de
dio y exige prestar mayor im- su beneficio.
portancia a la diversidad bio-
Marco Jurídico lógica y al mantenimiento de
los sistemas necesarios para la
El Estado español traspu-conservación
de la biosfera,
so al ordenamiento jurídico in-como
vía principal para al-temo
la Directiva a través del
canzar mejoras en la calidad
Real Decreto 1997/1995, de 7
de vida. de diciembre, por el que se
En este contexto, lo que establecen medidas para con-pretende
la Directiva es fo- tribuir a garantizar la biodi-mentar
la ordenación del te- versidad mediante la conser-rritorio,
la gestión de los ele- vación de los hábitats naturales
mentos del paisaje que revisten y de la fauna y flora silvestres.
importancia para la fauna y , Esta normativa, de carácter bá-flora
silvestres, y garantizar la sico, regula e instrumenta la
aplicación de un sistema de configuración de Natura 2000
vigilancia del estado de con- en nuestro país.
servación de los hábitats Así, se establece un pro-naturales
y de las especies. Se ceso (al igual que en la Direc-considera
que estas medidas · ti va) para la elaboración de la
contribuyen al uso sostenible Red, determinando que la
del medio y sus recursos, per- competencia para llevarlo a
Archivo.
cabo recae en las respectivas
Comunidades Autónomas.
Este proceso consta de dos fa-ses
bien diferenciadas: la pri-mera
consiste en la propues-ta
de lugares susceptibles de
ser considerados zonas espe-ciales
de conservación y la se-gunda
en la declaración como
zonas especiales de conserva-ción
de aquellos lugares que
habiendo sido propuestos por
Canarias sean aprobados por
la Comisión Europea.
En este marco, las Comu-nidades
Autónomas fijarán las
medidas de conservación ne-cesarias
a través de planes de
gestión y las medidas regla-mentarias,
administrativas y
contractuales adecuadas. És-tas
se plasmarán a través de las
acciones apropiadas para evi-tar
el deterioro de los hábitats
4
naturales y de los hábitats de
especies. Además, aquellos
planes o proyectos sin relación
directa con la gestión del lugar
serán sometidos a una adecuada
evaluación de sus repercusiones.
No obstante , cabe
la posibilidad de ejecución de
los planes o proyectos con
evaluación negativa cuando,
por razones imperiosas de interé~
público de primer orden,
fuese necesario' llevarlos a
cabo, tomando las medidas
compensatorias necesarias
para garantizar la coherencia
dela Red.
Procedimiento
seguido
A finales de 1992, y con
objeto de establecer un método
de coordinación entre las
Comunidades Autónomas y el
Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación (MAPA)
(actualmente estas competencias
son del Ministerio de Medio
Ambiente) para la elaboración
de la Lista Nacional de
Lugares de Interés Comunitario,
se mantuvieron reuniones
entre representantes de las distintas
administraciones, lo cual
permitió poner en marcha los
trabajos del Inventario Nacional
de Hábitats.
A su_ vez, se diseñó y acordó
la metodología de trabajo
a seguir, que requería la creación
de una base georeferenciada
del inventario y el apoyo
técnico en tareas específicas
de las distintas Comunidades
Autónomas. Éstas aportarían
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la cartografía digital de sus redes
de Espacios Naturales Protegidos
(ENPs) y μe Zonas de
Especial Protección para las
Aves (ZEPAs), y elaboraóan,
con todo el material recibido
de la Administración Central
y el suyo propio, una p~opuesta
de Lista Regional de
Lugares de Interés Comunitario
de su territorio (LICs).
El inventario de hábitats,
a escala 1 :50.000 en todo el territorio
nacional, ha supuesto
un enorme esfuerzo de trabajo,
realizado por treinta centros
(veintisiete universidades
y tres centros de investigación)
y casi trescientos investigadores,
encontrándose entre ellos
el Departamento de Botánica
d~ la Universidad de La Laguna,
quien elaboró la cartografía
de hábitats de nuestra
región.
Una vez finalizados los trabajos
de inventariación, grabación
y revisión de datos, la
tarea siguiente fue la de unificar
toda la información disponible
en un Sistema de Información
Geográfica (SIG), el
cual constituye la herramienta
de análisis de todo el proceso.
Este SIG consta fundamentalmente
de una base
cartográfica general y de los
diferentes mapas de información
temática a utilizar: inventario
de hábitats, inventario
' de taxones, espacios
naturales protegidos, zonas de
especial protección para las
aves y otros espacios de reconocido
interés natural.
Planificaci6n Ambiental
Paralelamente a la crea- portancia de los hábitats in-ción
del SIG de la Directiva cluidos en ellos, y aquéllos que
fue necesario definir con de- mostraban algún interés co-talle
la aplicación de los crite- munitario se seleccionaban
rios que establece el Anexo III para ir configurando la pro-de
la Directiva a cada una de puesta canaria. Por Acuerdo
las representaciones territo- del Gobierno Canario, en mar-riales
de hábitats y taxones. zo de 1996, se envió a la Co-
Ello permitió establecer una misión Europea la primera
jerarquía de tales representa- propuesta de LICs obtenida
ciones y, por tanto, una guía por este proceso.
para el proceso de selección Tras la finalización de los
de lugares. trabajos sobre hábitats, la Ad-
El método de análisis y se- ministración Central empezó
lección de espacios para con- a encargar los inventarios y la
feccionar la propuesta canaria cartografía de taxones de la
se basó en una lista previa de flora y fauna del Anexo II. Así,
lugares (los ENPs, las ZEPAs en mayo de 1997, se le entre-y
los Montes de Utilidad Pú- gó al Ministerio el trabajo que
blica -MUPs-), que suponían encargó al Departamento de
más del 40% del territorio del Botánica de la Universidad d~
archipiélago. Sobre esta lista La Laguna sobre "Inventario
de espacios se evaluó, en una y Cartografía de las especies
primera aproximación, la im- de la Flora Canaria incluidas
Las grandes superficies de pinar de las islas han
merecido especial atención en la propuesta canaria.
5 -
en el Anexo 11 de la Directi-va
92/43/CEE del Consejo".
Esto permitió que, junto con
el trabajo recibido por el De-partamento
de Biología de la
Universidad de Las Palmas de
Gran Canaria "Inventario de
los cetáceos de las aguas ca-narias.
Aplicación de la Di-rectiva
92/43/CEE" y otros en-cargados
a toda España sobre
mamíferos terrestres, anfibios,
reptiles, invertebrados y qui-rópteros,
se pudiera continuar
con el proceso de análisis y se-lección
de espacios.
Esta segunda fase se inició
examinando de nuevo las re-des
de ENPs, ZEPAs y MUPs,
para incluir de éstas aquellos
espacios que mostraran algún
interés comunitario desde el
punto de vista de las especies.
A continuación se reconocie-
Archivo.
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Planificación Ambiental
ron aquellos hábitats y taxones
9ue no quedaban suficientemente
representados en
las redes de espacios anteriormente
citadas, y se diferenciaron
aquellos territorios con
alta calidad de conservación
que los incluían y que, a la vez,
ya tenían algún grado d~ pr"O:.
tección (Planes Insulares, Planes
Municipales, etc.) obteniéndose
así la segunda
propuesta de LICs.
En este momento del proceso,
esta segunda propuesta
de Lugares de Interés Comunitario
ha sido enviada a diferentes
organismos públicos
(Cabildos, Patronatos Insulares
de Espacios Naturales Protegidos,
Consejerías del Gobierno
de Canarias y otros)
con el fin de recabar propuestas
adicionales de los mismos
para alcanzar un consenso. En
este sentido, la Viceconsejería
de Medio Ambiente, a través
de la Sección de Flora y Fauna,
ha realizado un importante
esfuerzo explicando el alcance
y co ntenido de la
propuesta mediante la elaboración
de un informe, así como
desplazando técnicos a dichos
organismos cuando fue preciso
.
Estado actual
A pesar del retraso que la
constitución de Natura 20 00
lleva respecto a los plazos previstos,
hay que destacar que
dentro .de las diferentes regiones
biogeográfi cas euro peas,
lo s territorios compren dido s
en la región macaronésica
(Azores, Canarias y Madeira)
son los que tienen más avanzada
la propuesta. En particular,
la Macaronesia portuguesa
ha realizado ya una
propuesta definitiva de Lugares
de Interés Comunitario susceptibles
de pertenecer a la
Red.
De las distintas regiones
biogeográficas del Estado español,
la alpina, la atlántica y
la mediterránea están comenzando
aún el proceso de selección
de lugares, mientras la
macaronésica (Canarias) se
encuentra en un momento más
avanzado del proceso, con una
propuesta casi definitiva de
Lugares de Interés Comunitario.
La Red recog e también im po rtantes
es paci os litorales y marinos de Cana rias. ·
Archivo.
OCABULARIO
HÁBITAT NATURAL: zonas terrestres o acuáticas diferenciadas
por sus características geográficas, abióticas y bióticas,
tanto si son enteramente naturales como seminaturales.
(Definición de la Directiva de Hábitats).
TAXÓN: nivel o rango de las subdivisiones que se aplican
en la sistemática biológica, desde la especie, que se toma
como unidad, hasta el reino .
DIRECTIVA: normativa europea que establece directrices
de obligado cumplimiento para los estados miembros de la
Unión Europea.
REGIÓN BIOGEOGRÁFICA: porción de territorio caracterizada
por la distribución geográfica de los seres vivos.
SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA: es una
base de datos automatizada que contiene información espacial,
siendo posible conocer la localización exacta de cada
elemento en el territorio.
MACARONESIA: región biogeográfica que comprende los
archipiélagos de Azores, Madeira, Canarias y, según algunos
autores, Cabo Verde.
6
Bibliografía
CONSEJO DE EUROPA 1992.
Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo ,
relativa a la conservación de los
hábitats naturales y de la fauna y flora
silvestres. Diario Oficial de las
Comunidades Europeas L 206: 7-50 .
CONSEJO DE EUROPA 1979.
Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril ,
relativa a la conservación de las aves
silvestres . Diario Oficial de las
Comunidades Europeas L 103/ l.
DELGADO LUZARDO, A et al . 1997 .
Dossier : Aplicación de la Directiva
Hábitats en Canarias . Propuestas
sucesivas de LICs. Constitución de
la Red Natura 2000 . Gobierno de
Canarias. Consejería de Política
Territorial y Medio Ambiente.
Servicio de Planificación de
Recurs~s Naturales. Sección de Flora
y Fauna. No publicado.
MINISTERIO DE AGRICULTURA ,
PESCA Y ALIMENTACIÓN. 1995.
Real Decreto 1997/1995, por el que
se establecen medidas para contribuir
a garantizar la biodiversidad mediante
la conservación de los hábitats
naturales y de la fauna y flora
silvestres. Boletín Oficial del Estado
310 : 37310-37333.
© Del documento, los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca Universitaria, 2016