Revista de Estudios Generales de la Isla de La Palma, Núm. 2 (2006) 689
ISSN 1698-014X
La elección del pregonero en 1505. Noticias sobre el primer cabildo de La Palma...
LA ELECCIÓN DEL PREGONERO EN 1505.
NOTICIAS SOBRE EL PRIMER CABILDO DE LA PALMA
PROVENIENTES DE UN EXTRACTO DEL DESAPARECIDO
LIBRO PRIMERO DE ACUERDOS DEL CONCEJO.
DOCUMENTOS ANTIGUOS DE LA PALMA (I)
Mariano Gambín García1
1. EL DOCUMENTO: UNA CARTA PRESENTADA EN LA CORTE EN 1516
A principios de 1516 se presentaba en la Corte Real, por entonces asentada en
Madrid, Gonzalo Fernández de Sevilla, vecino de la isla de La Palma, solicitando que
se le confirmase la elección vitalicia que como pregonero del concejo de dicha isla
le había sido otorgada en enero de 1505. Apoyaba su pretensión en una escritura que
contenía el acuerdo original del cabildo y los testimonios de los mandamientos y
sucesivos traslados efectuados por las autoridades y escribanos públicos de la isla. La
petición fue aceptada, como consta en el folio de guarda del documento, y gracias a
ella se ha conservado una serie de noticias, que, a pesar de no ser abundantes, son
preciosas para el conocimiento de los primeros años de funcionamiento del cabildo
palmero tras la conquista.
El 26 de diciembre de 1505, aprovechando una estancia del adelantado Alonso
Fernández de Lugo en la isla de La Palma, se celebró una sesión de cabildo en la que
asistieron los miembros del regimiento palmero. En esta reunión se planteó la nece-sidad
de nombrar pregonero del concejo, para lo cual se propuso y eligió a Gonzalo
Fernández de Sevilla, «el qual era vezino e onbre de buena conçençia e presona esperta
para el dicho ofiçio», quien a su vez aceptó el cargo inmediatamente después.
El elegido desempeñó su oficio sin problemas durante los años siguientes, y sólo
en 1512, posiblemente a raíz de la llegada de Cristóbal Lebrón como primer teniente
de gobernador designado por los monarcas, decidió solicitar una copia del acuerdo
que lo legitimaba en el oficio como medida de precaución.
Hay que recordar que tras el fracaso del juicio de residencia comenzado por el
gobernador de Gran Canaria Lope de Sosa contra el Adelantado Alonso de Lugo y
sus oficiales de Tenerife y La Palma, los reyes decidieron cambiar de táctica y con-trolar
a Lugo a través de un teniente de gobernador elegido por ellos, que tendría la
1 Universidad de La Laguna.
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Mariano Gambín García
responsabilidad de la administración de justicia y a quien había que consultar en casos
de gobernación. No es nuestro propósito extendernos sobre los conflictos que se ge-neraron
entre los sucesivos tenientes de gobernador designados por los monarcas y
el adelantado2, pero cabe deducir que la solicitud por parte de Gonzalo Fernández
de que se trasladase en escritura pública el acuerdo de su elección pudo obedecer al
hecho de que la autoridad de Alonso de Lugo quedara en entredicho con la llegada
del nuevo teniente con tan amplios poderes y los oficiales elegidos por el goberna-dor
temieran verse amenazados en sus prerrogativas.
El 16 de junio de 1512 el pregonero presentó al escribano del cabildo Luis de
Belmonte el mandamiento emitido el día anterior por el alcalde mayor de La Palma
Francisco López, que dependía directamente del primer teniente de gobernador, Cris-tóbal
Lebrón. El escribano buscó el otorgamiento del oficio de pregonero3 a favor de
Gonzalo Fernández de Sevilla, encontrándolo en el acta del cabildo celebrada en la
fecha citada de 1505, acuerdo que trasladó en la correspondiente escritura en cum-plimiento
de lo mandado, por lo que se conservó su contenido.
Según parece, el pregonero Fernández de Sevilla no utilizó el documento, y años
después, en 1515, aprovechando la estancia de otro nuevo teniente de gobernador de
designación real en La Palma, Cristóbal de Valcárcel, decidió solicitar de nuevo que
se emitiera escritura pública con el mismo contenido.
El licenciado Valcárcel, teniente de gobernador en Tenerife y La Palma emitió un
mandamiento a tal fin el 16 de octubre de 1515, presentado por el interesado al es-cribano
Juan Ruiz de Berlanga el 15 de diciembre del mismo año. El documento fue
expedido por Berlanga días después y, aunque no tengamos otro datos, se puede in-ferir
que Fernández de Sevilla lo llevó en persona a la Corte para la confirmación real
del oficio. Este trámite tenía gran importancia, pues sancionaba de forma definitiva
lo acordado en La Palma años atrás, fuesen cuales fuesen las vicisitudes políticas pos-teriores
en el Archipiélago. Se ha conservado el “fiat” de puño y letra de uno de los
consejeros reales en el folio de guarda del documento, por lo que sabemos que la
gestión del pregonero fue exitosa.
2. EL PRIMITIVO CONCEJO DE LA PALMA
Uno de los problemas que más desasosiego causa en un historiador es el de la falta
de documentación que aclare puntos oscuros sobre un problema histórico concreto.
2 De ello nos hemos ocupado en dos trabajos: Gambín García, M.: “El juicio de residencia de Lope
de Sosa a Alonso de Lugo en 1508. Una visión de conjunto”, Revista de Historia Canaria, 184 (2002),
pp. 71-120; y La Vara y la Espada. Control y descontrol de los oficiales reales de Canarias después de la
conquista (1480-1526), La Laguna, 2004, pp. 189 y ss.
3 En el texto se dice en una ocasión, evidentemente por error, portero en vez de pregonero.
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En el caso de La Palma, en los años del tránsito al siglo XVI, se llega a la exaspera-ción.
La falta de datos es tal, que cualquier noticia se convierte en una revelación,
un destello de luz en la inmensa oscuridad en la que se ve inmersa la historia pal-mera
de aquellos años. Afortunadamente, de forma periódica aparecen nuevos docu-mentos
que poco a poco van llenando las lagunas históricas que padecemos en rela-ción
a esa isla4.
La historia de La Palma viene unida a la del resto del Archipiélago, pero de una
manera muy especial con la de Tenerife. El hecho de que ambas fueran conquistadas
por el mismo capitán, a quien se le otorgó posteriormente la gobernación vitalicia y
conjunta de ellas, fue determinante a la hora de su tratamiento político desde la Corte.
La presencia del gobernador Alonso Fernández de Lugo, que aunque tenía su ve-cindad
en la villa tinerfeña de La Laguna, se sentía fuertemente en la isla, bien por
las frecuentes visitas que hacía, bien por la presencia de sus tenientes de gobernador,
durante muchos períodos elegidos por él y que obedecían sus consignas. Detrás de
todo acontecimiento político o económico en La Palma en los primeros veinticinco
años del siglo XVI se atisba la larga sombra del Adelantado. Lugo tenía una parti-cular
percepción del desempeño de la gobernación, entendida casi como un peque-ño
señorío, en el que la voluntad del señor, esto es, la suya, primaba sobre cualquier
otra circunstancia. Sin embargo, el tiempo y los reveses le harían ver lo equivocado
que estaba frente al poder real, aunque siempre intentó, hasta el final de su vida,
medrar y dominar en la esfera política de las islas bajo su gobernación.
Como es sabido, Alonso de Lugo, tras la conquista de La Palma, decidió empren-der
la de Tenerife, «dejando el presidio necesario, pasó a Tenerife, y quedando en la isla
de La Palma gobernador, para mantenerlos en justicia»5. Lugo dejó en la isla recién
conquistada un representante suyo, que no era un “gobernador” estricto senso, y al que
no se le nombra por ningún otro cargo de los usuales en la época. Este representan-te,
según Abreu Galindo, no fue capaz de hacer frente a una sublevación de los abo-rígenes
palmeses, una vez que Alonso de Lugo estuvo fuera de la isla en la empresa
de la conquista de Tenerife. El texto de Abreu Galindo dice que Lugo envió «para
que la quietase, a Diego Rodríguez de Talavera, hombre plático y cursado en la guerra y
conocido de los palmeros»6. Al frente de un pequeño grupo de soldados, Talavera, no
sin resistencia, logró hacer fracasar la intentona de rebelión, quedando «la isla en paz
y sosiego». Este Rodríguez de Talavera, un capitán, es la primera persona de que ten-
4 Como ejemplo, un importante documento de la reformación que Lope de Sosa realizó en 1508 en
La Palma. Véase Poggio Capote, M.: “Descripción y transcripción de una reformación de Lope de Sosa
en la isla de La Palma (1508-1509), Revista de Historia Canaria, 185 (2003).
5 Abreu Galindo, Juan: Historia de la conquista de las siete islas de Canaria (1632), edic. de Alejandro
Cioranescu, Santa Cruz de Tenerife, 1977, p. 288.
6 Abreu Galindo, Juan: Historia de la conquista de las siete..., op. cit., p. 289.
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gamos constancia, que ostentó el poder político en La Palma en los momentos in-mediatamente
posteriores al final de la campaña militar de conquista. Hasta la crea-ción
del concejo palmero, la rudimentaria administración del territorio tuvo que es-tar
en manos de estos militares, ocupados más en conservar lo ganado que en
desarrollar infraestructuras económicas y sociales, por lo menos hasta que Lugo ter-minara
su campaña en Tenerife, lo que aconteció en 1496.
Muy pocas noticias contienen las fuentes sobre lo ocurrido en La Palma entre los
años 1493 a 1500. Por deducción de documentos posteriores se sabe que el primer
asentamiento castellano fue el de Apurón. Los pobladores bajaron al llano costero,
donde comenzaron a levantar casas que conformarían la villa del Apurón, posterior-mente
denominada Santa Cruz de La Palma.
Como ocurrió en el resto de islas del Archipiélago, administrativamente la Palma
se conformó en un único concejo, con capital en el caserío de Santa Cruz. Por vía
tradicional, que no documental, nos han llegado los nombres de los componentes del
primer regimiento de La Palma, que se conformaron a imagen y semejanza de su
vecino grancanario: gobernador, seis regidores, dos jurados y escribano.
Al frente y como titular gobernador, aparece el propio Alonso Fernández de Lugo.
Tradicionalmente, la lista de los primeros seis regidores se componía por Diego de
Corvalán, Marcos Roberto de Montserrat, Diego Bermúdez, Francisco Mondoño,
Martín Jáimez y Antón de Brito. Los jurados fueron Gómez Martín y Luis de Bel-monte.
El escribano, Alonso Márquez7.
En la práctica, Alonso de Lugo sólo podía ser gobernador nominalmente. Su au-sencia
continua de la isla obligaba a poner un representante suyo al frente del regi-miento
palmero. El elegido fue una persona de su entera confianza, su sobrino Juan
Fernández de Lugo Señorino, conocido por Juan de Lugo, que lo había acompaña-do
en sus empresas guerreras.
Los regidores y demás oficiales fueron elegidos por Lugo entre los conquistado-res
y otros pobladores que se quedaron a vivir en la isla. En los años posteriores se
irían incorporando a los oficios municipales más personas con relación directa con
el Adelantado, ya sea parientes, criados, amigos e incluso socios comerciales, lo que
evidencia el ascendiente que sobre las decisiones municipales tenía Alonso de Lugo,
aunque viviera en Tenerife8.
7 Esta lista fue elaborada a finales del siglo XIX por Juan B. Lorenzo Rodríguez, como dice él mis-mo,
tomándolos de «varias datas de fechas aproximadas a la conquista». A falta de otros documentos,
siempre se ha dado por buena. Véase Lorenzo Rodríguez, J.B.: Noticias para la historia de La Palma,
tomo III, Santa Cruz de La Palma, 2000, p.367.
8 Había en el concejo dos sobrinos de Lugo, Juan Fernández de Lugo y Francisco de Lugo; criados como
Lope de Vallejo, amigos, como Francisco de Mondoño y Juan de Fraga; socios comerciales como Ga-briel
de Socarrás y Rafael de Espíndola, etc. La mayoría no eran conquistadores, sino pobladores lle-gados
a la isla en años posteriores.
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Cuenta también la tradición que los primeros cabildos se celebraron en las llama-das
cuevas de Carias, en el barranco de Las Nieves, donde se supone que vivía el jefe
aborigen Bentacayse, jefe del bando de Tedote9. Una vez levantadas las casas de la
futura villa, las reuniones se trasladarían a alguna de ellas, presumiblemente, la del
propio teniente de gobernador en la isla o en la de algún vecino relevante.
No creemos que el concejo de La Palma se creara antes que el de Tenerife, sobre
todo por la ausencia del gobernador, que estuvo en 1495 enfrascado en la lucha contra
los guanches y su posterior viaje a la corte castellana en el año siguiente10. De he-cho,
las primeras noticias que tenemos del concejo tinerfeño se refieren a finales del
año 149711, con lo que estimamos que difícilmente el Regimiento palmero se cons-tituiría
mucho antes de esa fecha. Una pista sobre este asunto nos la da un docu-mento
contenido en el Archivo de Simancas, en la sección de Registro del Sello. El
2 de enero de 1505 los monarcas ordenaban a Alonso de Lugo que relevara a su
sobrino del cargo de teniente de gobernador, indicando que estaba desempeñando el
cargo desde hacía ocho años, es decir, desde 1496 ó 149712. Si partimos de que el
cabildo fue conformado al mismo tiempo que la designación del teniente, podemos
deducir que su composición se haría en torno a esos años, aún cuando la base en
que nos apoyamos no sea todo lo firme que desearíamos. Lo que sí es seguro es que
ell primer documento de la época que hemos encontrado citando a Juan de Lugo
como teniente de gobernador es de 5 de febrero de 1500, por lo que, obviamente,
su elección tuvo que hacerse forzosamente con anterioridad a esa fecha13.
El principal incentivo para que los conquistadores se quedaran a poblar las islas
recién conquistadas no era otro que el de reparto de tierras y aguas en propiedad,
unido, en ciertos casos, a licencias para crear algún tipo de industria o aprovecha-miento
especial el entorno. Sin embargo, no se puede decir que los repartos fueran
equitativos en La Palma. Quien tenía poder de los monarcas para realizar los deno-minados
“repartimientos” era el gobernador, que repartió las mejores tierras entre su
sobrino Juan de Lugo, en la parte oeste de la Isla, y uno de los mercaderes que le
prestaron ayuda financiera a sus empresas de conquista, Pedro de Benavente, con
9 Lorenzo Rodríguez, J.B.: Noticias para la historia de La Palma, tomo I, La Laguna-Santa Cruz de La
Palma, 1987, p. 138.
10 La fecha tradicional de 26 de abril de 1495 nos parece un poco prematura, ya que era necesaria la
presencia de Alonso de Lugo para conformarlo, y en esas fechas estaba en marcha la segunda entrada
que realizó sobre Tenerife.
11 Serra Ráfols, E., y Rosa Olivera, L. de la: Acuerdos del Cabildo de Tenerife, Vol. I (1497-1507). La
Laguna (2ª edición), 1996, p. 201.
12 Archivo General de Simancas (en adelante AGS), Registro General del Sello (en adelante RGS), 2 de
enero de 1505. Los reyes a Alonso de Lugo«me fue fecha relaçion diziendo que vos teneys puesto por te-niente
de governador en la dicha ysla de San Miguel de ocho años a esta parte a Juan de Lugo, vuestro
sobrino».
13 AGS, RGS, 5 de febrero de 1500.
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quien compartió las vegas fértiles de la zona este de La Palma. También hubo tie-rras
para los demás, pero de una calidad muy diferente14.
3. LA ELECCIÓN DEL PREGONERO EN 1505
Alonso de Lugo todavía estaba en Tenerife el 21 de enero de 1505, nombrando
a Alonso de Belmonte teniente de gobernador de Tenerife, La Palma, La Gomera y
El Hierro. El mando sobre las dos últimas islas provenía por su carácter de curador
de los hijos menores de su esposa, Beatriz de Bobadilla, y herederos del señorío de
ambas islas. Sin embargo, a pesar de esta elección, no hemos constatado la actuación
de Belmonte en La Palma como teniente de gobernador.
A finales de ese mes partió el adelantado de Tenerife hacia La Palma para reali-zar
la “visitación” de la Isla15. Consistía esta actividad en una revisión de lo actuado
por su teniente de gobernador en aquella isla y por parte del Regimiento palmero
durante su ausencia, así como la toma de decisiones que sólo le competían a él. Una
de ellas era la de la elección de los oficiales componentes del concejo, entre los que
estaba el pregonero, que era el encargado de dar publicidad a los acuerdos del cabil-do
y a otras noticias de interés publico.
Como dijimos, los regidores, reunidos en cabildo con el Adelantado en las casas
de Diego de Madrid el 26 de enero de 1505, propusieron a Gonzalo Fernández de
Sevilla para ocupar el cargo, lo que fue aprobado y posteriormente aceptado por el
interesado. Es de notar que el cargo se otorgaba con carácter vitalicio, algo extraor-dinario
por parte del adelantado, ya que era remiso a este tipo de nombramien-tos,
aunque lo mismo ocurrió con el alguacil mayor del concejo palmero, Lope de
Vallejo16.
El 10 de febrero de 1505 el Adelantado todavía estaba en La Palma, o eso al
menos podemos inferir de una diligencia de recepción de una carta real por la que
se notificaba la muerte de la reina Isabel, ya «que andaba al presente visitando» las otras
islas, por lo que no se enteró del luctuoso suceso hasta su vuelta a Tenerife17.
14 Un estudio imprescindible sobre los repartos de tierra en La Palma en Viña Brito, A.: Conquista y
repartimiento de la isla de La Palma, Santa Cruz de Tenerife, 1997.
15. Véase en Serra Ráfols, E.: Acuerdos del Cabildo de Tenerife, vol. I, 1497-1507, op. cit., p. 80.
16 Así se hace constar en la confirmación del alguacilazgo vitalicio que hicieron los Reyes a su favor
en 1510. AGS, RGS, 6 de abril de 1510. También en Lorenzo Rodríguez, J. B.: Noticias para la histo-ria...,
op. cit., tomo III, p. 43, Vallejo llegó a un acuerdo en 1522 con Pedro Fernández de Lugo,
gobernador provisional de La Palma por el que éste se comprometía, en caso de destitución del cargo
de alguacil, a pagarle los salarios derivados de tal oficio «durante todos los dias de mi vida».
17 Serra Ráfols, E., y Rosa Olivera, L. de la: Acuerdos del Cabildo de Tenerife, vol. II, 1508-1513, La
Laguna, 1996 (1ª edición 1952), pp. 234 y 235.
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4. NOTICIAS DE LA SESIÓN DEL CABILDO DE 26 DE ENERO DE 1505
Destacan de forma especial los datos referidos a la conformación del cabildo en
1505. Se trata del documento más antiguo encontrado hasta la fecha en que se hace
referencia a las personas que lo componían. En La Palma, lo usual era que el teniente
de gobernador presidiera las reuniones del cabildo, pero en esta ocasión, dado que
Alonso de Lugo estaba en la isla, le correspondía por derecho la presidencia de la
sesión. Se hace constar que lo acompaña el teniente de gobernador, aunque no se
especifica si se trataba de Juan de Lugo, su sobrino, o el recientemente nombrado
Alonso de Belmonte. Dada la ausencia de Belmonte en Tenerife al mismo tiempo que
el Adelantado, da la impresión de debió tratarse de éste. Pero lo realmente novedoso
es la lista de regidores presentes en la reunión: «Diego Gonzales Cochino, e Antonio
de Brito, e Gonçalo Matheo Camacho, e Gomez Martinez, e Fernando de Cabrera, re-gidores,
e Martin Jaymes, jurado, e Juan de Yniesta, fiel exsecutor».
De la lista tradicional elaborada por Juan B. Lorenzo Rodríguez sólo encontramos
tres coincidencias: Gómez Martínez, Antón de Brito y Martín Jáimez; el primero
actúa como regidor y no como jurado, y el tercero al revés, actúa como jurado, y no
como regidor.
Antón de Brito era portugués de Madeira y participó en la conquista de la isla18.
Gómez Martínez aparece como testigo junto al anterior, y actuando como jurado, en
el acta de nombramiento de escribano para el reparto de tierras y aguas en los Sau-ces
en enero de 150219. Martín Jáimez también es conocido, actuando como regidor
en varios documentos de la época20. Gonzalo Mateo Camacho también está referen-ciado
como regidor en 1508 y 1509, donde actúa como testigo en la reformación de
Lope de Sosa en la Isla21. Juan de Iniesta, fiel ejecutor, fue adjudicatario de tierras
en repartimiento en el lugar de Puntallana en 1503, y debe ser el mismo que reci-bió
otras en Aguacencio en 150822. Sin embargo, Diego González Cochino y Fernan-do
de Cabrera nos son desconocidos.
También es de notar el detalle de que el cabildo se realizó en la casa de un veci-no,
Diego de Madrid, de lo que se desprenden dos circunstancias. Por un lado, que
el concejo todavía no tenía casa consistorial propia en 1505, lo que no es de extra-ñar,
ya que en Tenerife ocurría lo mismo. Y por otro, que el propio adelantado tam-poco
la tenía, ya que se alojaba en casa ajena.
18 Pérez García, J.: Fastos biográficos de La Palma, tomo II, Santa Cruz de La Palma, 1990, p. 34.
19 Lorenzo Rodríguez, J. B.: Noticias para la historia..., op. cit., tomo III, p. 367.
20 Como testigo en una confirmación de tierras a Juan Vizcaíno, en 5 de enero de 1508. Pérez Gar-cía,
J.: Fastos biográficos de La Palma, tomo III, Santa Cruz de La Palma, 1998, p.133.
21 Poggio Capote, M.: “Descripción y transcripción...”, op. cit., p.293.
22 Viña Brito, A.: Conquista y repartimiento..., op. cit., pp. 44y 45.
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Gonzalo Fernández de Sevilla, o bien no ejerció el oficio en 1508, o había otro
pregonero en la isla, ya que en octubre de 1508 actuaba como tal Simón Pérez en
el edicto de la reformación de repartimientos que Lope de Sosa hizo en ese año. La
petición de Fernández de Sevilla de 1512, renovada en 1515 demuestra que ejerció
el cargo en esos años, por lo que su ausencia en 1508 tuvo que ser provisional a falta
de más datos23.
El escribano del concejo en 1505 era Bartolomé Sánchez, quien tenía a su cargo
el desaparecido libro primero de acuerdos del cabildo, del cual extractó con poste-rioridad,
en 1512, Luis de Belmonte el acuerdo que hacía referencia al nombramiento
de pregonero24.
Vecinos de la isla que figuran como testigos en junio de 1512 son Fernando de
Ponferrada, Juan de la Barrera y Juan de Belmonte, posiblemente amanuenses del
escribano Luis de Belmonte. Ponferrada, que aparece aquí por primera vez en la do-cumentación
histórica, sería con posterioridad a su vez escribano público de La Pal-ma
en 151925 y procurador del hacendado flamenco Jácome de Monteverde y otros
vecinos palmeros ante la Corte26.
En octubre de 1515 aparecen como testigos los vecinos Bartolomé Arvallo, San-cho
de Paredes y Pedro Donis, y en diciembre de 1515 figuran como testigos del
traslado de la anterior escritura los vecinos Diego Boniel, Miguel de Guadarrama y
Jorge Fernández, actuando como escribano Juan Ruiz de Berlanga.
Estos datos novedosos aportados por este documento de 1505 nos indican que la
lista tradicional de regidores del concejo palmero debe revisarse, y la ausencia de
nombres significativos en el documento que presentamos, como Corvalán, Mondo-ño
y otros que tradicionalmente se consideran fundadores del primer Regimiento de
La Palma muy bien pudiera obedecer, como ha ocurrido en otros lugares, a que se
incorporaran más tarde y que el hacer tradicional les atribuyera esos méritos. Sin
embargo, para afirmarlo con rotundidad, habrá que esperar a que salgan a la luz
nuevos documentos.
23 Poggio Capote, M.: “Descripción y transcripción ...”, op. cit., p.290.
24 Bartolomé Sánchez fue desposeído de la escribanía por el teniente de gobernador Juan de Lugo, e
hizo llegar su queja a la Corte en torno a 1511. El otro escribano, Luis de Belmonte era hermano de
Alonso de Belmonte, el otro teniente nombrado por Lugo en 1505 y desempeñaba el oficio con ante-rioridad
a 1507. Véase al respecto: Viña Brito, A.: “La conflictividad en el acceso del oficio de escri-bano
en La Palma en la primera mitad del XVI”, en Anuario del Instituto de Estudios Canarios, XL-VIII
(2003), La Laguna, 2005, p. 172.
25 Precisamente por renuncia en él de Bartolomé Sánchez, que había recuperado el oficio. AGS, RGS,
30 de agosto de 1519.
26 Lo era desde 1517. AGS, RGS, 10 de enero de 1518.
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5. DOCUMENTO
Archivo General de Simancas, Cámara de Castilla. Legajo 5, nº. 98.
27En la villa de Santa Cruz, que es en esta ysla de San Miguel de La Palma, a quinze
dias del mes de dezienbre, año del nasçimiento de nuestro Salvador Ihesuchristo de mil e
quinientos e quinze años, por ante mi, Juan Ruyz de Berlanga, escrivano de camara de
su alteza e publico del numero e consejo de esta dicha ysla, paresçio presente Gonzalo
Fernandez, pregonero del concejo de esta ysla e me dio e presento un mandamiento conpul-sorio
firmado del noble señor liçençiado Christoval de Valcarçel, juez de resydençia por
mandado de la reyna nuestra señora en esta dicha ysla e en la ysla de Tenerife por el muy
manifico señor don Alonso Fernandez de Lugo, adelantado de las yslas de Canaria, go-vernador
e justiçia mayor de estas dichas yslas por la reyna nuestra señora, e de Pedro
Gallego, escrivano publico de esta dicha ysla segund por el paresçia. Su tenor del qual es
este que sygue:
Juan Ruyz de Berlanga, escrivano publico e del consejo de esta ysla, yo vos mando que
una merçed que el señor adelantado hizo a Gonçalo Fernandez, pregonero del ofiçio de
la pregoneria de esta ysla, que diz que está en vuestro poder, la deys originalmente al dicho
Gonçalo Fernandez dexando en su lugar un traslado corregido e conçertado, porque diz
que la quiere tener en su poder para guarda de su derecho. Lo qual fazed e conplid pa-gando
vos vuestro justo e devido salario que el termino de la ley e so la pena de ella. Fecho
a diez e seys de otubre de mil e quinientos e quinze años. Sy le pertenesçe.
Liçençiado Pedro Gallego, escrivano publico.
E el dicho mandamiento asy presentado en la manera que dicha es, luego el dicho
Gonzalo Fernandez pidio a mi, el dicho escrivano, lo cunpla en todo e por todo, segund
en el dicho mandamiento se contiene.
Testigo Bartolome Carvallo, e Sancho de Paredes, e Pedro Donis, vecinos de esta di-cha
ysla.
Yo, el dicho Juan Ruyz de Berlanga, escrivano susodicho, en cunplimiento del dicho
mandamiento busqué la dicha merçed de que de yuso en el dicho mandamiento se haze
minçion, e la fize sacar de bervo ad bervund, segund en ella se contiene. Su tenor del
qual es este que se sygue:/
En la villa de Santa Cruz, que es en la ysla de San Miguel de La Palma, en diez e
seys dias del mes de junio, año del nasçimiento de nuestro Salvador Ihesuchristo de mil e
quinientos e doze años, en presençia de mi, Luys de Belmonte, escrivano publico e del
27 En la parte superior del documento, abreviado: Gonzalo Fernández.
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cabildo de esta dicha ysla e de los testigos de yuso escritos paresçio Gonçalo Fernandes,
pregonero, vezino de esta dicha ysla, e me presentó un mandamiento firmado del muy
virtuoso señor Francisco Lopez, alcalde mayor e de la justiçia de esta dicha ysla por el
noble e muy virtuoso señor liçençiado Christoval Lebron, teniente de governador en esta
dicha ysla e en la ysla de Tenerife por mandado de la reyna nuestra señora en lugar e
por el muy magnifico señor don Alonso Fernandez de Lugo, adelantado de las yslas de
Canaria, governador e justiçia mayor de estas dichas dos yslas por su alteza, e de Mar-tin
de Ybarra, escrivano publico de esta dicha ysla, segund por el paresçia. Su tenor del
qual es este que se sygue:
Luys de Belmonte, escrivano publico e del concejo de esta dicha ysla de San Miguel de
La Palma, sabed que ante mi paresçio Gonçalo Fernandez de Sevilla e me hizo relaçion
diziendo que a él le fue fecha merçed por el dicho señor adelantado, como gevernador de
esta dicha ysla, por el poder que tiene de su alteza del ofiçio de portero28 de esta dicha ysla,
el qual diz que está en los registros del cabildo que pasaron ante Bartolome Sanchez, es-crivano
publico de esta dicha ysla, como ante escrivano del cabildo que hera en el dicho
tiempo, el qual ha menester para tener en su poder e presentallo a donde a su derecho
convenga. El qual vos mando que saqueys de berbo ad verbund en publica forma en manera
que haga fe, synado e firmado de vuestro syno e firma, e lo dad e entregad al dicho Gonça-lo
Fernandez, pagando vos vuestro justo e devido salario. Fecho a quinze de junio de mil
e quinientos e doze años. E mando se lo dar sy de derecho le pertenesçe.
Francisco Lopez, alcalde mayor. Martin de Ybarra, escrivano publico.
El dicho mandamiento asy presentado en la manera que dicha es, luego el dicho Gonça-lo
Ferrandes dixo que pedia e pidio a mi, el dicho escrivano, lo cunpliese en todo e por
todo, segund que en él se contiene, e en conpliendolo, buscase la merçed en el dicho man-damiento
contenida e la fiziese sacar en publica/ forma e se la diese, segund que por el
dicho mandamiento es mandado.
Testigos: Juan de Belmonte e Fernando de Ponferrada.
E luego yo, el dicho Luys de Belmonte, escrivano publico susodicho, de pedimiento del
dicho Gonçalo Fernandez de Sevilla, pregonero, e por virtud del dicho mandamiento del
dicho señor alcalde mayor que de suso va encorporado, busqué en los registros del cabildo
que en mi poder están que pasaron ante el dicho Bartolome Sanchez, escrivano publico,
e en un registro hallé la merçed que al dicho Gonzalo Fernandez fue fecha segund que
por el dicho Gonçalo Fernandez me fue señalado, que paresçe que fue fecha en lunes ve-ynte
e seys dias del mes de henero del año pasado del señor de mil e quinientos e çinco
años. Su tenor del qual es este que se sigue:
28 Sic, debe decir pregonero.
Revista de Estudios Generales de la Isla de La Palma, Núm. 2 (2006) 699
ISSN 1698-014X
La elección del pregonero en 1505. Noticias sobre el primer cabildo de La Palma...
E despues de lo susodicho, este dicho dia el dicho señor adelantado, e el
dicho señor teniente, e Diego Gonzales Cochino, e Antonio de Brito, e
Gonçalo Matheo Camacho, e Gomez Martinez, e Fernando de Cabrera,
regidores, e Martin Jaymes, jurado, e Juan de Yniesta, fiel exsecutor; e es-tando
juntos ayuntados en cabildo dentro de las casas que dizen que son de
Diego de Madrid, que son en esta villa de Santa Cruz, posada del señor
adelantado.
E luego en este cabildo por los dichos regidores fue puesto en platica e
dicho a su señoria en como en esta ysla no ay pregonero ni presona que
enplaze ni pregone las cosas que publicamente es menester pregonarse ni
hazerse saber publicamente. Por ende, que suplicavan a su señoria proveye-se
del dicho ofiçio a Gonçalo Ferrandes de Sevilla, vezino de esta dicha ysla,
el qual era vezino e onbre de buena conçençia e presona esperta para el dicho
ofiçio, e que suplicavan a su señoria le proveyese de él.
E luego el dicho señor adelantado dixo que mandava venir ante sy al
dicho Gonçalo Fernandez, e que estava presto de lo prover/ del dicho ofiçio.
El qual luego fue llamado e paresçió ante su señoria en el dicho cabildo, e
asy paresçido, luego el dicho señor adelantado e los dichos regidores e jura-dos
le preguntaron sy querya açebtar el dicho ofiçio de pregonero, el qual
dixo que sy.
E luego el dicho señor adelantado dixo que él, en nonbre de sus altezas
por virtud del poder que tenia, el qual mandó aqui encorporar, dixo que
hazia e hizo merçed del dicho ofiçio de pregonero de toda esta ysla al di-cho
Gonçalo Fernandez de Sevilla, para que en todos los dias de su vida sea
pregonero de esta ysla e lleve los salarios anexos e pertenesçientes al dicho
ofiçio, e que otra persona alguna no use del dicho ofiçio salvo el dicho
Gonçalo Fernandez. El qual luego hizo la solenidad del juramento que en
tal caso se requiere de derecho, etc.
E luego los dichos señores adelantado e regidores e jurados, constituyeron
de salario para cada un año para en todos los dias de su vida tres mil
maravedis, los quales mandan que le sean pagados de las rentas de los pro-pios
por terçios de cada un año.
Fecho e sacado fue este dicho traslado del dicho registro en el dicho dia e mes e año
susodichos. Testigos que fueron presentes a lo ver corregir e conçertar con el original, Fer-nando
de Ponferrada e Juan de la Barrera e Juan de Belmonte, estantes en esta dicha ysla
e yo, Luys de Belmonte, escrivano publico e del cabildo de esta dicha ysla del señor San
Miguel de La Palma que en uno con los dichos testigos presente fuy al corregir e conçer-
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Mariano Gambín García
tar de este traslado con el original, e de mandamiento del dicho señor alcalde mayor e
de pedimiento del dicho Gonzalo Ferrandes lo fize escrevir. E por ende fiz aqui (el) mio
sygno, e so testigo Luys de Belmonte, escrivano publico y conçejo.
Fecho e sacado fue este dicho traslado de la dicha carta e escritura e titulo de suso en
él encorporada en la villa de Santa Cruz, que es en esta ysla de San Miguel de La Pal-ma
en el escritorio de Juan Ruyz de Berlanga, en diez e syete dias del mes de dezienbre
año del nas/çimiento de nuestro Salvador Ihesuchristo de mil e quinientos e quinze años.
Testigos que fueron presentes que lo vieron corregir e conçertar con la dicha escritura, Diego
Boniel e Miguel de Guadarrama e Jorge Ferrandes, vecinos de esta dicha ysla.
Va escrito sobre raydo, o diz de esta valga, e no le enpezca. Va testado o diz dicha, e
o diz dicho, nichil, e o diz en, nichil.
Yo, el dicho Juan Ruyz de Berlanga, escrivano de camara de la reyna nuestra señora,
escrivano publico e del conçejo susodicho, por dicha escritura fiz sacar de la dicha escri-tura
en ella encorporada, e en presençia de los dichos testigos, con ella la corregy e conçerté.
E a pedimiento e ruego del dicho Gonçalo Fernandez, pregonero, la fyz escribir, e por ende,
en testimonio de verdad, fiz aqui este mio signo que es a tal.
Juan Ruyz de Berlanga29.//
(En el folio de guarda del documento, viene escrito lo siguiente)
Año 1515. 2630. Gonçalo Fernandez de Sevylla.
Dize que el adelantado de Canaria, por virtud del poder que de vuestra magestad
tiene, le proveyó del ofiçio de pregonero de aquella ysla como pareçe por este testimonyo
que presenta. Suplica a vuestra magestad ge le mande confirmar.
LXXII.
Carvajal Dotor.
Fiat. Ramires31.//
29 Firma autógrafa.
30 Tachado: 1522.
31 Rubricado.