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EL CONTRABANDO EN CANARIAS EN LA ÉPOCA DE
FELIPE V, SEGÚN LAS FUENTES CONSULARES
FRANCESAS PROCEDENTES DE CANARIAS
Josette Chanel-Tisseau Des Escotais
En la primera mitad del siglo XVIII, las Islas Canarias eran una escala idónea entre las
colonias hispano-americanas y Europa. Francia había implantado un consulado en Tenerife
con el motivo declarado de impulsar su comercio marítimo y controlar el tráfico de sus
naves. En realidad, tenía el propósito más secreto de vigilar el tráfico de las otras naciones:
sus representantes lo comunicaban todo mediante la correspondencia que mantenían con la
jerarquía. Sin ambigüedad alguna, mencionan el contrabando realizado en la zona a pesar
de las normas estrictas dictadas para proteger el monopolio español. Cabe pues preguntarse
en qué consistía el fraude. Luego, habrá que ver en qué medida intervenían los
funcionarios metropolitanos, habilitados por la Corte para vigilar que nadie cometiera actos
ilegales. Por último, convendrá mencionar a los beneficiarios y determinar si los isleños se
encontraban en la necesidad inmediata de favorecer sus propios intereses contrarrestando
los del rey, Felipe V.
Antes de nada, digamos que esa correspondencia redactada por los cónsules de la época,
iba dirigida, por lo general, al Consejo o al Ministro de Marina y Comercio en París y se
halla conservada en los Archivos Nacionales de París.1
Varios eran los métodos para practicar el contrabando. El primero de ellos atañía la
cantidad autorizada de mercancías expedidas de Canarias a Indias o de América al
archipiélago. En 1714, les correspondían a las islas 600 toneladas de mercancías, repartidas
de la manera siguiente: 300 otorgadas a Tenerife, 200 a La Palma y 100 a Gran Canaria.
Un nuevo Reglamento o Real Proyecto del 6 de diciembre de 1718 modificó la concesión:
se le concedió al archipiélago un permiso cuya cuantía global ascendió a las 1.000
toneladas anuales.2 Con el fin de vigilar el cumplimiento de las normas, el Juez del
Contrabando controlaba los “barcos de registro” en los cuales se embarcaba la cantidad
concedida. Pero, muy diferente era la realidad ya que las naves transportaban mucho más
que lo declarado: así, antes del año 1718, el flete no debía superar las 600 toneladas cuando
ya solía llegar a 1.000.
El fraude atañía también el tipo de mercancías enviadas: aunque los canarios sólo tenían
derecho a comercializar en Indias los vinos y frutas producidas en el archipiélago, añadían
a la expedición numerosos artículos prohibidos procedentes de los demás países europeos.3
A la vuelta, sólo podían transportar géneros americanos autorizados con excepción de la
plata, prohibición que no solían respetar. Éste era el uso o más bien “la moda en aquellas
tierras”4 según el representante francés.
En ambos casos, cargaban las mercancías disimuladamente contando con la
complicidad del funcionario que procedía al control, o interrumpiendo la ruta de la nave ya
registrada: en este último caso, las transbordaban de un barco a otro, a oscuras,5 o se
El contrabando en Canarias en la época de Felipe V, según las fuentes…
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detenían en la caleta en donde las habían depositado.6 A la vuelta de las colonias
americanas, pasaba lo mismo, aunque al contrario. Una vez arribada la nave al puerto, el
oficial acudía a controlar la carga: de una manera u otra, ésta correspondía a la declarada.
Encontrar las mercancías europeas prohibidas requeridas por la América española, no
era un problema: bastaba que las trajera un barco extranjero en el momento adecuado. Tras
despedir a la tripulación, se procedía a la venta de la nave con su contenido a un isleño
cómplice; el nuevo propietario contrataba a marinos españoles, pedía el registro para poder
ir a comerciar los productos autorizados y el barco, provisionalmente canario, tomaba la
ruta de Indias con la carga declarada además de la otra, ilegal. Para el tornaviaje, se
procedía a la misma estafa administrativa, pero al revés; al final, tras otra venta ficticia, la
nave recuperaba el pabellón de origen.7 La estafa era tan usual que, durante la Guerra de
Sucesión, incluso los barcos enemigos, ingleses, eran vendidos legalmente a insulares
cómplices para efectuar el recorrido de ida y vuelta entre ambos continentes. Antes de
llegar, izaban el pabellón de una nación neutral como Suecia. Gracias a la complicidad
local y una buena anticipación de los diferentes trámites, la tripulación despedida montaba
en el acto en otra nave que tomaba la ruta del norte de Europa. El disfraz permitió que no
se interrumpieran las actividades comerciales durante el conflicto.8 El procedimiento se
repitió en conflictos posteriores, tan frecuentes en el siglo XVIII.9
Aunque ciertos puertos como Veracruz y Cartagena, estaban rotundamente prohibidos a
los canarios, los isleños no vacilaban en entrar en ellos y practicaban un intercambio muy
fructífero. Sin embargo, el mercado se agotó rápidamente a partir de 1713: los ingleses se
apoderaron de él, con la coartada del Asiento.
En lo que se refiere a la comercialización de productos y artículos africanos, se había
llegado a tal confusión en las islas que nadie sabía si era lícita o no, de tal forma que todos
se dedicaban abiertamente a su importación y exportación. El abuso llegó a ser tan
importante que, a mediados del siglo, la Administración tuvo que intervenir recordando la
prohibición.10
Por último, según el uso muy común en los puertos de aquella época, la población se
aprovechaba de las arribadas de los extranjeros para adquirir lo que les proponían las
tripulaciones; la práctica disminuirá luego con la creación de algo parecido a una aduana
en donde se registraba a los que desembarcaban. Notemos un intento previo en 1716 que
abortó rápidamente tras motivar el descontento insular.11
Para resumir, los insulares dominaban perfectamente las técnicas del fraude portuario de
la época, adaptándolo al caso específico de Canarias. Conviene subrayar que cuando no se
podía cargar un barco que venía de Europa con un valor idéntico de mercancías a la ida y a
la vuelta, se compensaba la diferencia con dinero, es decir, con las piastras que procedían
de Indias y los reales de plata. Los extranjeros que habían contratado a una tripulación
mínima -lo que hacía bajar los gastos de transporte- adquiría así cargas sin demora, sin
cruzar el Atlántico rumbo al oeste -con los riesgos que se pueden suponer- y a precios más
bajos, eliminando los derechos exigidos en la metrópoli y los gastos adicionales de flete
hacia la península española, y se llevaban el dinero del archipiélago. Eran éstos los
alicientes que les impulsaban a comerciar en el archipiélago.
Resulta difícil evaluar las proporciones del contrabando realizado. En lo que se refiere a
los protocolos exigidos para el viaje, podemos suponer que en ellos sólo se anotaban los
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géneros oficialmente expedidos, en particular en las cartas de flete y de conocimiento de
embarque.12 Dudamos que fuera posible descubrir la consignación de las mercancías
ilegales en los libros oficiales de los negociantes implantados en las islas. En efecto,
temían que los controlaran funcionarios motivados por un celo inesperado, lo que ocurría
hasta con los mercaderes extranjeros protegidos por las leyes internacionales.13 Bien se
podría imaginar que los contratos destinados a asegurar los barcos o las mercancías
pudiesen representar una fuente de datos sobre esa actividad. Sin embargo, los cónsules de
la época -y a la vez negociantes,14 conviene subrayarlo-, nunca mencionaron en sus
memorias las primas relativas a un seguro cualquiera aunque solían pormenorizar todos los
gastos inherentes a los envíos.15 Además, parece que las expediciones de mercancías se
efectuaban muy a menudo sin pedido global previo y en función de los arribos: por lo
tanto, si existía un contrato escrito relativo al valor de lo registrado, no había ninguno
referente a lo ilícito, de tal forma que se determinaba la carga de “buena fe”. En 1715, los
funcionarios de la Administración cobraban un 10% del flete concedido y un 6% del
importe correspondiente a la venta de lo excedente, es decir, de lo prohibido, que
guardaban para sí.16 En 1732, cobraban el 5% por el permiso y la mitad en la estimación de
lo demás.17
Sin embargo, los oficiales de la nación francesa intentaron evaluar los fraudes
cometidos en el archipiélago,18 en particular en los años 1713-1714. Gracias a sus
estimaciones, es posible deducir más o menos el porcentaje del contrabando referente a las
mercancías expedidas a Indias en dicha fecha y, a continuación, la proporción de lo
introducido de forma ilícita en las islas:
Año Porcentaje19
1714 40 % del valor total de las mercancías expedidas
1715 75 % del valor total de las mercancías expedidas
Evaluación de las cantidades exportadas ilegalmente desde Canarias
hacia las colonias españolas de América
Un análisis del cuadro permite observar que en poco más de un año, se invirtieron los
porcentajes, un fenómeno debido a la paz de Utrecht (1713) que acababan de firmar las
grandes potencias del momento. Gracias a la nueva coyuntura política, el panorama de los
intercambios evolucionaba muy favorablemente: los barcos podían navegar de nuevo sin
temer a los corsarios enemigos. Los isleños reanudaban oficialmente las relaciones
comerciales con sus corresponsales del continente europeo para exportar sus vinos de
malvasía y vender los productos americanos almacenados en sus puertos. Los ingleses que
habían obtenido el monopolio del comercio de los esclavos africanos, tenían permiso para
tratar libremente en ciertos puertos coloniales y en todos los del archipiélago, lo que les
permitía introducir sus mercancías sin que intervinieran eficazmente las autoridades
españolas. Los holandeses aprovechaban la posibilidad de arribar a Canarias para llevarse
los caldos locales y las mercancías que procedían de Indias porque no estaban habilitados
para entrar en los puertos de las colonias americanas. Los franceses, a quienes se les
acababa de conceder el derecho de implantarse oficialmente en España, montaban casas
comerciales protegidas por los tratados internacionales. Estos nuevos parámetros
permitieron que el tráfico ilícito, menos importante que el oficial en 1713, lo superara en
pocos meses, hasta el punto de casi duplicarse.
Los beneficios realizados, una vez eliminados los diversos gastos y la inversión
correspondiente a la adquisición de los caldos cargados a bordo, eran enormes:
El contrabando en Canarias en la época de Felipe V, según las fuentes…
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correspondían al 60 o 70% del valor de las mercancías procedentes de Europa, en tiempos
de paz y más aún en tiempos de guerra. Esto explica la implantación, a principios de los
años 1730, de cuatro importantísimas casas comerciales extranjeras, tres de ellas
holandesas y una genovesa, cada una respaldada por la casa matriz ubicada en el país de
origen, además de las inglesas ya montadas desde hacía tiempo. ¿A quién se le ocurriría
dejar de lado una actividad tan provechosa?
En vano se nombraron ministros y funcionarios para impedir ese tráfico y defender los
intereses del Rey Católico. Cabe pues interrogarse sobre la índole de sus actividades.
Primero, aquellos hombres se afanaban solucionando los problemas inherentes a cargos
mal delimitados y cuyo número era tan exagerado que se estorbaban unos a otros:20 si uno
quería demostrar un celo inesperado, usurpaba parte de las competencias de los demás. Tal
situación motivaba cierto malestar, cuando no provocaba enfrentamientos e incluso actos
de violencia. A modo de ejemplo, citemos el arresto injusto e ignominioso de Don Gaspar
de Biondy de Conti, Visitador General de Renta Real y de la Renta del Tabaco, en marzo
de 1725, ordenado por Don Martín de Loynas, Administrador General de la Renta del
Tabaco.21
Esta incoherencia permitía toda clase de abusos en la gestión política y económica del
archipiélago: a unos se les concedían favores que se les negaban a otros. Por tanto, cada
uno se las arreglaba para sacar provecho de la situación: solucionaba los impedimentos con
dinero, esa “llave de oro” a la cual se referirá el Cónsul Etienne Porlier, repetidas veces.22
Si ya a finales del siglo anterior, los representantes de la nación francesa se quejaban de la
codicia de los funcionarios “tan hambrientos que no les bastaban las manos para agarrar lo
que estaba a su alcance”,23 sus sucesores denunciaron con más fuerza aún el afán por las
riquezas que, por lo general, motivaba a las autoridades.24
Muy a menudo, los ministros y oficiales empleados en la Administración de Aduanas o
de Control, empezaban su carrera en el archipiélago: era la etapa para conseguir, al cabo de
unos años, una colocación más representativa y lucrativa en las colonias americanas o en la
metrópoli. Cuando no iban a aprender el oficio, consideraban que su nombramiento en las
islas era un destierro provisional. ¿Para qué complicarse la vida y agotarse luchando contra
un contrabando tan bien organizado y de tanta envergadura? Se trataba de un combate
vano, infructuoso, peligroso y sin gloria; resultaba más rentable cooperar con la población
para que nadie manifestara abiertamente un descontento que pudiese llegar hasta Madrid.
Notemos que la misma corrupción vigente en Canarias existía en las colonias americanas.
Esperaban la impunidad considerando que se quedaban poco tiempo en las islas (tres o
cinco años según los cargos) y lejos de las esferas peninsulares habilitadas para
controlarlos. En vez de defender los intereses del rey y de administrar la zona con la
formalidad esperada, los metropolitanos destinados a las islas se preocupaban, antes de
nada, por sus propios beneficios y preferían dedicarse a la gestión de sus bienes que
fructificaban gracias a una venalidad inconmensurable.25
Es de recordar que, en aquella época, se compraban muchos cargos: los metropolitanos
los adquirían casi sin saber en qué consistía el trabajo al cual pretendían y sin tener la
formación y las competencias adecuadas.26 En ciertos casos, invertían todo lo que poseían
para obtener el puesto codiciado, hasta el punto de recurrir a préstamos: así es como el
Señor Chaves consiguió que le nombraran Capitán General.27 Para recobrar lo más
XIV Coloquio de Historia Canario Americana
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rápidamente posible el dinero gastado, la solución más sencilla era dejarse corromper y
sobornar.
Con el objetivo de rentabilizar con creces su estancia en las islas, solían acumular los
cargos. Ciertos Capitanes o Comandantes Generales eran al mismo tiempo Jueces
Conservadores y/o arrendatarios de la aduana, de tabacos, del arancel, etc. De forma que
llegaban a ser a la vez, jueces y partes en un mismo asunto, un abuso denunciado por todos
los cónsules de las naciones extranjeras: una buena oportunidad para imponer sus
exigencias y ejercer chantajes sin dejar huellas escritas.
Eso explica que, en tan pocas ocasiones, intervinieran oficialmente para evidenciar y
condenar los abusos28 y que los investigadores no encuentren hoy documentos relativos a
los fraudes cometidos.29 Cuando se producía el caso, era por delitos mínimos y porque las
autoridades podían acometer a inexperimentados indefensos: así, durante la Guerra de
Sucesión en la cual se habían levantado los ánimos canarios en contra de los franceses,30
un tendero parisiense recién emigrado, Etienne Porlier, fue acusado de contrabando por un
valor de 500 escudos y multado:31 ¡poca cosa pues! Conviene subrayar la prudencia, por no
decir la cobardía de aquellos metropolitanos: nunca atacaban a los grandes negociantes que
manejaban bien las triquiñuelas del oficio ni a los protegidos por la población local que era
capaz de sublevarse contra las autoridades. Lo demostró el motín de 1718 contra el Juez
Privativo de Tabacos, Don Diego de Navarro, o los alborotos de la Orotava, el
levantamiento del pueblo de Agüimes en Gran Canaria,32 o en 1720, la rebelión de los
habitantes de Lanzarote,33 e inmediatamente después, la revuelta contra el Intendente
Cevallos, al que lincharon los tinerfeños. En vez de armar escándalos locales tomando
medidas e imponiendo multas destinadas a llenar las arcas reales, los ministros y
funcionarios preferían aumentar sigilosamente sus propios ingresos vendiendo su silencio,
incluso participando en el negocio con América por su propio interés. El mismo Porlier,
que vivía en Canarias desde 1706, constataba en 1732 que “nunca aconteció alguna
confiscación de importancia en estos barcos de registro”.34
Los sobornos se concretaban mediante “regalos”, es decir, retribuciones, anuales a
veces, que los negociantes más activos concedían a los españoles de manera informal. El
ingreso, que no tenía nada que ver con lo que les asignaba el gobierno español, ascendía a
cantidades tan impresionantes que la colonia inglesa implantada en el archipiélago,
consciente de que tenía que ganarse los favores de las autoridades, imponía una tasa
adicional a sus miembros con el fin de satisfacer a las exigencias de los españoles.
Basándose en un privilegio concedido por el Parlamento londinense, la contribución,
creada por propia iniciativa, no tenía nada que ver con los otros derechos, reglamentados,
que tenían que pagar.35 El Cónsul sólo les rendía cuentas a sus administrados; en el cálculo
consideraba todos los gastos del contencioso que pudieran surgir y el importe anual de la
gratificación prevista para cada oficial español, según su rango y las tareas que despachaba
y repartía el dinero para comprar su complicidad o intervención, como se puede descubrir
en el cuadro siguiente:36
El contrabando en Canarias en la época de Felipe V, según las fuentes…
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Oficiales concernidos en 1714 en 1718
Comandante General 1.600 1.600
Familia del Comandante General 200
Secretario del Cte. General 250
Procuradores 100 125
Juez Conservador del Puerto en Tenerife 275
Juez Conservador de Gran Canaria 275
Juez Conservador de La Palma 137 y 4 reales
Juez Conservador de Madrid y Agente 275
Y otros ??? 412 y 4 reales
TOTAL en piastras 1.900* 3. 350
Importe de las gratificaciones anuales (en piastras de plata)
concedidas por la comunidad inglesa a los oficiales que actuaban en Canarias37
Con el cuadro descubrimos que, en un plazo de cuatro años, se habían diversificado las
gratificaciones y que el importe total había aumentado cuantiosamente, lo que demuestra la
progresión del tráfico comercial realizado por los británicos y, por consiguiente, del
contrabando entre Canarias e Inglaterra. Los fraudes no se localizaban ya en Tenerife sino
que atañían todas las islas cerca de las cuales las naves podían anclar a salvo, de suerte que
los jueces de Tenerife, Gran Canaria y La Palma cobraban un “regalo” en 1718. Gracias a
él,38 los ingleses obtenían favores inestimables para comerciar a sus anchas.
Los otros extranjeros les envidiaban, especialmente los franceses, incapaces de montar
el mismo tipo de artificio por ser poco numerosos y practicar un comercio insuficiente. Los
cónsules franceses no perdían ninguna oportunidad de mencionar dichos “regalos”, con el
importe y su destinatario, esperando que el gobierno francés interviniese denunciando los
sobornos a sus homólogos españoles o concediera algo para proteger a sus administrados.39
Cabe preguntarse quiénes se dedicaban al contrabando. En primer lugar, los extranjeros
instalados en las islas y principalmente, los ingleses, que consiguieron apoderarse del
comercio en Canarias y de casi todo el negocio internacional de la zona, en la primera
mitad del siglo XVIII. Tras la obtención del Asiento, despreciaron los vinos canarios y
actuaron como si el comercio fuera libre en las islas,40 inundando el archipiélago de
artículos ingleses de baja calidad.41
En lo que se refiere a los negociantes franceses, poco sabemos de ellos en la primera
mitad del siglo. Podemos mencionar la casa comercial de Jean de La Luz, Cónsul interino
en 1706, sin duda montada por la familia navarro-genovesa de su esposa.42 Le sucedió su
yerno, el ya mencionado Etienne Porlier, quien alude, con mucha parquedad, a sus
actividades de negociante exitoso; notemos que logró casar a sus dos hijas con los
herederos de las familias más principales de Canarias.43 Dominaba tanto la ciencia del
contrabando -aunque le cogieron al principio- que redactó distintas memorias sobre el
asunto, documentos dirigidos al rey de Francia y a los ministros de Marina y Comercio.
Otra casa comercial se dio a conocer, la de la familia Casalon. Con ayuda de los Porlier, la
montó François Casalon, mencionado por primera vez en 1723. En ella, se negociaban
artículos prohibidos, procedentes de Holanda y Hamburgo. Al cabo de veinte años,
François Casalon era un hombre adinerado, con un capital estimado a más de veinte mil
piastras. Existían otros comerciantes y tenderos franceses: en 1723, treinta y nueve
franceses, sin contar a sus esposas e hijos, se activaban en el archipiélago. ¿En qué medida
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participaban en el contrabando? No sabemos nada de ellos, a excepción de Jean Dufau y
Pierre Martin, que residieron varios decenios en el archipiélago y conocieron la ruina: el
primero la debió al estanco de tabacos de 1717 y el otro, al incendio que destruyó su casa y
almacenes en 1731. Los cónsules preferían centrarse en los fraudes que no dependían de la
legislación francesa, evocando la actuación de genoveses, británicos y holandeses quienes
amontonaban fortunas fabulosas en pocos años.
El contrabando no era una especialidad exclusiva de los extranjeros: parece que algunos
metropolitanos nombrados en la zona, invertían disimuladamente sus ahorros en los
intercambios comerciales efectuados entre Canarias y América como muestran por ejemplo
las acusaciones formuladas en 1719 contra el General Landaeta, según las cuales ganó una
cuantiosa fortuna gracias a aquel tráfico.44
Pero los extranjeros necesitaban la complicidad de la población local, sobre todo en lo
que se refería a los barcos de registro. Los insulares obtenían el permiso con la condición
de que les perteneciera la nave y las mercancías fueran canarias. Su imprescindible
cooperación les proporcionaba ganancias que, lógicamente, no desdeñaban: la licencia
concedida a las islas, por ser demasiado estricta e insuficiente, no les permitía sobrevivir
decentemente.
Cabe subrayar que tuvieron que enfrentarse en la primera parte del siglo XVIII con
diversas fatalidades.45
En primer lugar, varias y duraderas hambrunas (1703, 1708, 1711, de 1720 a 1722,
1748, etc.) debidas primero a la mala explotación de las tierras cultivables: la producción
de trigo resultaba totalmente insuficiente por el abuso del monocultivo de la vid en las
zonas más ricas. A veces, las cosechas locales apenas bastaban para sustentar a la
población tres meses al año; el resto del tiempo, los canarios tenían que importar grano de
la península o de los demás países europeos.
Luego, numerosas catástrofes climáticas. El diluvio de 1713 anegó parte de La Laguna.
El huracán de 1722 arruinó el archipiélago derribándolo todo, destruyendo edificios y
hundiendo barcos, en particular en Tenerife. Se produjeron sequías tan intensas que la
tierra quedó totalmente improductiva y se murió el ganado: la peor acaeció entre 1720 y
1722 y las zonas quemadas por la ausencia de agua y el calor inhabitual permanecieron
definitivamente estériles.
El resultado fue que la gente abandonó el campo con la esperanza de encontrar algún
socorro; en vano, ya que las ciudades no podían sustentar, sin los abastos habituales, a una
población que había crecido repentinamente: en ellas ya sólo vagaban pobres y reinaba la
miseria.46 Tales circunstancias eran muy propicias a enfermedades y contagios: se difundió
el tabardillo del cual murió, por ejemplo, el obispo de Tenerife, en 1721.47
Y como colofón, varias erupciones de volcanes asolaron la región: de las más
devastadoras, mencionaremos las que aniquilaron el puerto de Garachico en 1706 o las
zonas de cultivo de Lanzarote en 1729.48
Hay que añadir las plagas específicas, como las invasiones de langostas, o los incendios
que, periódicamente, se declaraban en las ciudades: su rápida progresión provocaba
El contrabando en Canarias en la época de Felipe V, según las fuentes…
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inevitablemente la destrucción de varios edificios, como pasó en 1731, cuando nueve casas
ardieron en Santa Cruz sin que nadie pudiera salvar nada.
Otras desgracias llegaban del mar: los saqueos de los piratas de África y las
intervenciones intempestivas de los corsarios que impedían los intercambios comerciales,
atacando los barcos cargados de mercancías, incluso en los puertos, y cañoneando la costa.
Durante el reinado de Felipe V, los británicos trataron de apoderarse repetidas veces del
archipiélago, invadiendo una de las islas. Bombardearon el puerto de Santa Cruz de
Tenerife bajo el mando de Genings en 1716; intentaron desembarcos en Lanzarote y La
Palma49 en 1740; encabezados por Charles Windon, atacaron a La Gomera en 1743; luego
organizaron diferentes bloqueos de las principales islas y sitiaron la isla de Tenerife.
No podemos dejar de lado los estragos provocados por la megalomanía de ciertos
ministros. Se acumularon denuncias contra sus abusos en la primera mitad del siglo XVIII,50
pero el pueblo, amordazado por la distancia, por los grandes gastos que suponía cualquier
querella y convencido de su incapacidad para sacar a la luz los abusos cometidos,
aguantaba hasta desesperarse y manifestar violentamente su descontento. Citemos los tres
episodios más característicos.
Diego Navarro, Juez Factor de tabacos, acompañado por un séquito de diecinueve
parientes y nombrado para organizar y administrar nuevos estancos de tabaco, se apoderó
de todas las hojas importadas de las colonias o producidas en el país, hasta el punto de
mandar que se quitaran las de consumo personal o que se arrancaran los tabacales
silvestres. Se negó luego a indemnizar a los desposeídos; fuera de sí, los canarios se
levantaron en 1718 y le expulsaron de Tenerife sin más demora, lo que no evitó la ruina de
varios comerciantes y negociantes. Cevallos, Intendente General de la provincia, cometió
tantos abusos que provocó un motín en Tenerife en 1720: murió lapidado. El Marqués de
Valhermoso, Comandante General de Canarias durante tres quinquenios (1723-1735)
presionó a la gente multiplicando los impuestos arbitrarios en el comercio sin referir a la
Corona y permitiendo la entrada de vinos y aguardientes extranjeros, contraviniendo las
ordenanzas reales. La población, desesperada, ni siquiera se atrevió a intervenir por temor
a las represiones tan rigurosas que habían apagado los brotes de violencia anteriores.
Como si no fuera suficiente, el embargo del tabaco de 1717 correspondía a la
reorganización de un monopolio real que quitaba a los isleños un mercado importante. Las
autoridades les indemnizaron con gran demora, de hasta cuatro años, y a mitad de precio.
Bien hubiera podido ser el contrabando el estímulo que contrarrestara aquella serie de
catástrofes, proporcionando a los naturales cierto alivio económico e incentivando los
intercambios internacionales, gracias a los permisos concedidos en exclusiva. Pero pagaron
muy caro una indolencia observada por sus contemporáneos:51 dejaron que los extranjeros,
cuya presencia pudo representar una fuente de ingresos, se apoderaran del negocio
internacional e interinsular y por último del comercio local.
Al manipular el dinero que circulaba por el archipiélago, se sustrajeron las monedas de
plata de ley y empezaron a propagarse bambas falsas. En 1720, habían inundado el
archipiélago de tal forma que los tenderos decidieron rechazarlas. El resello impuesto por
las autoridades para identificar las monedas legales no bastó y los reales de plata que
circulaban por las islas o las piastras americanas siguieron desapareciendo a manos de los
negociantes extranjeros, de tal forma que, en 1734, sólo quedaba la moneda provincial, es
XIV Coloquio de Historia Canario Americana
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decir, realillos con un valor inferior a los reales de plata, que nadie quería y que existían en
cantidades insuficientes. La población arruinada no podía comprar lo necesario para su
sustento: “el país se encuentra en un estado de indigencia completa” constató el
representante de los franceses.52
Miserables, psicológicamente hundidos y de remate víctimas expiatorias de un
contrabando que a primera vista les hubiera podido salvar, los naturales abandonaron su
tierra emigrando masivamente a las colonias cuando podían embarcar en los barcos de
registro,53 o reclutándose en los regimientos, especialmente en 1721, 1727 y 1735. Tanto
se despoblaron las islas que se asolaron definitivamente zonas rentables del archipiélago.
Así pues, en la primera mitad del siglo XVIII, al igual que en América, el contrabando en
Canarias era una realidad que se puede valorar aproximadamente gracias a la
correspondencia consular francesa. No obstante, si el fraude permitió el enriquecimiento de
las naciones extranjeras y de ciertos ministros o funcionarios metropolitanos, los naturales,
manipulados, poco ganaron con él aunque pensaban que era el recurso adecuado para
contrarrestar los efectos de la fatalidad y del mal gobierno de la Administración española.
A la postre, el contrabando resultó ser uno de los factores más determinantes que arruinó la
región: quedó tan devastada que, en los años treinta, el mismo Cónsul de Francia
recomendaba a su gobierno que sus compatriotas no vinieran a comerciar allí. Para mejor
autentificar nuestras conclusiones, sería interesante comparar lo descrito por los
representantes de Francia, con los documentos redactados por sus homólogos de las demás
naciones.
El contrabando en Canarias en la época de Felipe V, según las fuentes…
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NOTAS
1 Esta correspondencia, compuesta por cartas, memorias, informes, actas, etc. proviene de los Archivos de
Asuntos Exteriores y de los de Marina. Está catalogada, por lo que se refiere a nuestro tema, bajo las
referencias siguientes: AE B/1/1072, 1073, 1074, 1075, 1076 - B/III/340. Algunos de los manuscritos
inéditos figuran en los anexos de la tesis de Josette CHANEL–TISSEAU des ESCOTAIS: Les Iles
Canaries et les Colonies Espagnoles d’Amérique dans la Correspondance des Consuls de France à
Ténériffe (1650-1755), París X, Nanterre, 1985, Tomo II.
N.B.: la grafía, puntuación, ortografía y sintaxis de las citas han sido respetadas cuando era posible.
2 Intervinieron algunas ligeras modificaciones sobre las modalidades o las cuantías otorgadas a cada isla
en 1725, 1729, 1737 aunque no alteraron la globalidad del permiso: Vicente SUÁREZ GRIMÓN,
“Incidencias en el registro de Indias –1730-1765”, en II Coloquio de Historia Canario Americana
(1977), Sevilla, Ed. del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, 1979.
3 AE-B/1/10: E. Porlier, carta del 1/9/1714. El 7/9/1714, evoca el caso de un barco que acababa de zarpar
con la documentación oficial referente al Registro, como si estuviera llevando exclusivamente
productos canarios: en realidad, quitando unos pocos vinos y aguardiente del país, todo el resto de la
carga consistía en mercancías inglesas.
4 Memoria del l/12/1715 de E. Porlier, AE-B/1/1072, nota 1, T. II, p. 95.
5 E. Porlier, quien espera fomentar el comercio entre su nación y las islas, explica cómo proceder: carta del
10/11/1714, AE-B/1/1072.
6 Véase nota 1, T. I, p. 307 y T. II, doc. n° 63, p. 84 y n° 73, p. 104.
7 Tras describir los trámites, Porlier aconseja prudencia y disimulación a los que se proponen montar una
casa de negocios en las islas: carta del 1/12/1714, AE-B/1/1072.
8 Hély lamenta esos procedimientos y denuncia al Juez de Contrabando de Tenerife, sobornado por los
ingleses: carta del 24/12/1706, AE-B/1/1072.
9 Manuel RIVERO RODRÍGUEZ, Diplomacia y relaciones exteriores en la Edad Moderna. De la
cristiandad al sistema europeo, 1453-1794, Madrid, Ed. Alianza Editorial, Col. Historia y Geografía,
2000, pp. 161 a 193.
10 Véase nota 1: T. II, doc. 282, p. 376.
11 Por lo que se refiere a 1716, véase nota 1, T. I, p. 307. Por lo que concierne a la segunda mitad del siglo,
véase carta de H. Casalon del 16/12/1753, AE-B/1/1077, f. 183 à 185.
12 Manuel LOBO CABRERA supone que gracias a estos documentos, es posible encontrar las anomalías
de expedición, si las hay: “Comercio y burguesía mercantil en Canarias en la Edad Moderna”, en El
comercio en el antiguo régimen. III Reunión científica, Volumen II, Asociación española de Historia
Moderna (1994), Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, 1995, Ed. Manuel Lobo Cabrera y
Vicente Suárez Grimón, p. 148.
13 Artículo 31 del Tratado de 1667 y Cédula de 1695, AE-B/III/340.
14 J. CHANEL-TISSEAU des ESCOTAIS: “Le Consulat de France aux Canaries, au XVIIIe siècle: une
affaire de familles (les Porlier et les Casalon)”, Acta del Coloquio de la Universidad de Toulouse-Le
Mirail del 5 al 7/12/2.000: Famille de pouvoir, pouvoirs des Familles.
15 Desgraciadamente, los cónsules franceses no mencionan nada sobre el tema.
16 Véase nota 1: T. II, p. 95.
XIV Coloquio de Historia Canario Americana
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17 Informe de E. Porlier del 2/5/1732, AE-B/III/340.
18 Hély redacta una memoria muy explícita sobre los fraudes cometidos: 15/3/1714, AE-B/1/1072.
También E. Porlier los describe en su informe sobre el comercio inglés en Canarias (1/12/1715): véase
del Pr. Charles MINGUET, “Documentos inéditos sacados del Archivo Nacional de Francia y relativos
al comercio canario-americano (1713-1785)”, en IV Coloquio de Historia Canario-Americana. 1980.
Salamanca, Ed. del Exmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, 1982.
19 Se trata de un porcentaje evaluado a partir del importe total de las mercancías expedidas. Hemos
realizado el cálculo basándonos en los datos de los documentos mencionados en la nota anterior.
20 E. Porlier describe el ambiente en la Memoria del 9/1/1725. Véase nota 1, T. II, pp. 242 a 247.
21 El arresto y la detención sin juicio, financiados personalmente por el Superintendente, resultaron tan
rigurosos que el hombre pensó morir como consecuencia de los malos tratamientos sufridos.
22 Tema desarrollado por el Pr. Charles MINGUET, véase nota 18.
23 Imagen utilizada por el Cónsul Thierry, carta del 10/10/1670, véase nota 1, T. II, doc. 1, p. 2.
24 E. Porlier, carta del 1/9/1714, AE-B/1/1072.
25 véase nota 20 (f. 7).
26 Cuenta E. Porlier que un día, el Marqués de Valhermoso discutiendo con un caballero, le quiso
demostrar que él era un hombre experimentado por haber estado al mando de las galeras españolas en
Nápoles durante más de veinte años. Mordaz, el protagonista le aseguró que estaba plenamente
satisfecho con la explicación dada y que de eso deducía que el General iba a tratar a los insulares como
si fueran galeotes: carta del 11/3/1735, AE-B/1/1076, f. 149-150.
27 Véase nota 1 (T. I, p. 211): este hombre pidió mil escudos a un amigo suyo que se los prestó para
obtener la colocación, mientras se encontraba en Madrid, sin tener ni dónde dormir.
28 Informe de E. Porlier del 2/5/1732, AE-B/1/340.
29 Ángel LÓPEZ CANTOS, “El Tráfico Comercial entre Canarias y América durante el siglo XVII”, en II
Coloquio Canario-americano (véase nota 2): “Durante la época que examinamos todos los efectos que
las Afortunadas enviaron a Indias y que nosotros hemos encontrado en la documentación fueron frutos
naturales, elaborados o semi-elaborados en las islas, puesto que les estaba prohibido embarcar otros
géneros que no fueron aquéllos. Y así, comprobamos que tal sucedió. No en vano este trabajo tiene por
base papeles oficiales y cualquier anomalía hubiese fácilmente localizada y rechazada”.
30 Por culpa de los corsarios de esa nacionalidad que impedían los intercambios con los ingleses, enemigos
del Rey de España en la época considerada.
31 Carta de Hély del 26/8/1706, AE-B/1/1072: le confiscaron a E. Porlier mercancías prohibidas que
pretendía haber adquiridas para su uso personal.
32 No menciona el hecho José VIERA Y CLAVIJO, Noticias de la Historia de Canarias, Ed. del Dr.
Alejandro CIORANESCU, Madrid, Cupsa Editorial, 1978 (v. nota 1, T. I, p. 207).
33 Acababan de crear una tasa en la isla que no estaba gravada con impuestos. VIERA Y CLAVIJO no
describe el acontecimiento de la misma manera que el Cónsul francés (nota 1, T. I, p. 206).
34 Véase nota 28.
35 E. Porlier, carta del 10/11/1714, AE-B/1/1072.
El contrabando en Canarias en la época de Felipe V, según las fuentes…
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36 Numerosos documentos franceses pormenorizan las cantidades remitidas y mencionan el cargo de los
beneficiarios. Véase nota 1 (T. I, pp. 220 a la 226).
37 Datos mencionados en la tesis evocada en la nota 1 (T. I, pp. 223 y 224).
38 No tenía nada que ver con el importe que tenía que desembolsar una casa comercial condenada por
haber cometido un delito.
39 E. Porlier, carta del 10/11/1714, AE-B/1/1072.
40 E. Porlier, carta del 27/5/1716, AE-B/1/1073, f. 30.
41 Memoria de E. Porlier -31/12/1732, AE-B/1/1076, f. 178-179.
42 Los Cibo de Sopranis y Dutari.
43 Además del trabajo mencionado en la nota 14, véanse de J. CHANEL-TISSEAU des ESCOTAIS:
- “Etienne Porlier ou la résistance à une nouvelle identité culturelle” en Identités, cultures. Résistances,
Coloquio del 31 de mayo y 1° de junio de 1996, Cahiers du CICC N° 4, Centre de recherches sur les
civilisations et identités culturelles comparées des sociétés européennes et occidentales, Université de
Cergy-Pontoise. 1997, de la página 137 a 151.
- “La famille Porlier: trois générations, trois visions d’une intégration réussie” en Vision de l’Autre dans
une Europe des cultures aux XVIIIe, XIXe et XX siècles,–Cergy-Pontoise, Les Cahiers du CICC, Centre
de recherches sur les civilisations et identités culturelles comparées des sociétés européennes et
occidentales, Cahier n° 3, 1997, pp. 114 a 123.
44 La evaluaron a quinientas mil piastras lo que parece muy exagerado a E. Porlier: carta del 15/12/1719,
AE-B/1/1073, f. 358 y 359.
45 Véase nota 1, pp. 185 a la 195.
46 Véase nota 1, T. II, doc. 146, p. 187.
47 Don Juan de Mur.
48 Según el Cónsul. VIERA Y CLAVIJO sitúa el acontecimiento en 1730.
49 No lo menciona VIERA Y CLAVIJO.
50 Una situación que admite VIERA Y CLAVIJO a pesar de su “untuosa deferencia y especie
de indulgencia universal” subrayada por A. CIORANESCU, T. I, p. 15.
51 Louis FEUILLEE: “Histoire ancienne et moderne des Isles Canaries” (42 folios), manuscrito incluido en
Voyage aux isles Canaries ou journal des observations physiques, mathématiques, botaniques et
historiques, faites par ordre de Sa majesté, par le père Louis Feuillée, religieux Minimes,
mathématicien et botaniste du roy. Obra depositada en los Archivos de la Biblioteca del Museum de
Historia Natural de París.
52 E. Porlier, carta del 11/3/1735, véase nota 1, T. II, p. 316 (f. 149-150).
53 En vez de cargar productos locales.