EL ESTUDIO DE LOS CABILDOS INSULARES:
CARACTERÍSTICAS DE SU ANÁLISIS
A PRINCIPIOS DEL S. XX Y SUS INTERPRETACIONES
JURÍDICAS POSTERIORES
La creación de los cabildos insulares es, sin duda, el hecho político
más sobresaiiente de ias primeras décadas de este sigio en Canarias. La
coyuntura en la que surgen está caracterizada por la virulencia del enfren-tamiento
derivado del pleito insular en todos los ámbitos de la vida de las
islas, desde el político al cultural, lo que explica la proliferación de tra-bajos
que respecto a la conveniencia o no de la división de la provincia
y de la creación de dichos organismos insulares aparecen en estos momen-tos.
Por otra parte, la innovación que suponían dentro del marco legisla-tivo
español y, sobre todo, del Derecho Administrativo y la administración
local, nos explica la abundancia de estudios jurídicos que, tras su crea-ción,
aparecen. Pero si atendemos solamente a las obras que toman como
referente y apoyo de sus afirmaciones nuestra historia, observamos que
en todas había una finalidad política inmediata: la justificación a través
del contraste entre el pasado y el presente de la conveniencia de crear unas
instituciones a nivel insular que comenzaron a llamarse cabildos. ¿Cuál
fue la causa de ese nombre?, ¿por qué en todos se hacía un insistente
estudio de la «grandeza» de Canarias en el Antiguo Régimen?, ¿por qué
se vinculaban los nuevos cabildos a los antiguos concejos-isla?
Intentzmmr responder a estor interogant~ poniendo de manifies-to
las relaciones entre estas obras y la coyuntura que a nivel nacional y
regional se desarrollaba, una coyuntura caracterizada por la fuerza que
tomaba el tema de la reforma de la administración local, la influencia
del regeneracionismo en todos los órdenes y la emergencia de los
regionalismos. E! objetivo de esta comün;.c aci.o,n , por tanto, es ana!izaí ay~e!!as
obras que surgen en la coyuntura de principios del siglo xx, aproxima-damente
de 1900 a 1915, que a pesar de no ser de gran extensión, son
814 María Rosa Hernández Hernández
lo suficientemente abundantes Como para permitimos extraer algunas
conclusiones sobre el tipo de conocimiento histórico que construyen y
su concepción teórica y metodológica de la historia, por lo menos, nos
sirven para poner de manifiesto algunos rasgos comunes a todas ellas
tales como la reproducción que en todas se hace de la imagen que de sí
proyectaba el grupo social representado y la interpretación que de su ges-tión
política, del pleito insular, de los cabildos insulares, quería presentar
ante el resto de la sociedad. Un tipo de discurso que es consecuencia
de la concepción que este grupo tenía de la historia, como justificadora
o censora del presente a través del pasado.
La temática que desarrollan la podemos agrupar en tres grandes blo-ques.
Por un lado el estudio del problema que caracterizaba la vida
política del momento, el pleito insular. Por otra parte, el análisis de los ,,
cabildos que se debían crear como solución al pleito y a la vez como 0"
fuente de la que se derivaría la prosperidad de las islas. La historia es E
íiniií e! inqtriimmtn a! qw se recurre para demostrar la teorizaciones O
--e" --------a-- - sobre la conveniencia de los nuevos cabildos, el estudio de un Antiguo
-
m
O
Régimen próspero y pacífico gracias a la acción de los Concejos-Islas EE
es, en esta ocasión, el argumento utilizado. A su vez, en la parte dedi- 2
E
cada al análisis institucional de Canarias, para nuestro estudio conviene -
distinguir una doble vertiente: las teorizaciones que sobre la nueva 3
institución se hacían, su organización, funciones, etc., en gran medida, --
orientadas a presentarlos como los erradicadores de todos los vicios 0
m
E
políticos, corrupción, caciquismo, etc. En la otra vertiente encontramos O
que los proyectados cabildos insulares se estudian como prolongación 6
de los del Antiguo Régimen, se recurre a un estudio «romántico» de -
E aquel período que se caracteriza por la felicidad y el crecimiento fruto -
a
de la presencia de estos concejos-isla. l - Consideramos más apropiado comenzar estudiando que tipo de in- --
terpretación hacían de la dinámica política contemporánea y en concre-to
del pleito insular. Luego pasaremos a estudiar la interpretación del 3
O
Antiguo Régimen y analizaremos porqué se recurre a contraponer la
prosperidad de esa época con el infortunio decimonónico. Por último,
veremos la interpretación de los cabildos insulares como soiucion a to-dos
los problemas y como recuperación de la gloria pasada.
La explicación del Pleito Insular en ellas contenidas responde a
la imagen que de él quería proyectar la clase dominante al resto de la
sociedad. Para entender nuestra argumentación conviene señalar una
somera referencia a las causas y a los protagonistas del Pleito Insular.
La historia más reciente de Canarias se ha caracterizado políticamente
por la presencia de dicho pleito, que no era otra cosa que el enfrenta-
El estudio de los cabildos insulares: características ... 815
miento de los sectores dominantes de Santa Cruz y Las Palmas y en
cuyo origen estaban los intereses enfrentados de ambas burguesías, un
antagonismo que pasó por diferentes etapas y cuyos protagonistas fue-ron
extendiendo a todas las clases sociales y a todas las islas.
La revitalización que del pleito insular se produce a principios del
siglo xx fue la coyuntura que propició la creación de los cabildos in-sulares.
La reivindicación de su creación se convirtió en el único prin-cipio
que unía a divisionistas y antidivisionistas. Mientras los primeros
defendían que la única forma de vertebrar la región era a través de la
descentralización que se plasmaría en la división de la provincia -como
única forma de mejorar la administración en las islas orientales- y, a
su vez, en la creación de los cabildos insulares, como forma de com-pletar
la articulación del sistema administrativo canario garantizando a
las islas «menores» autonomía en una serie de funciones. Sin embargo,
los segundos defendían que la articulación de la región sólo se podía
conseguir sobre una única provincia porque la división sólo crearía otro
núcleo central más, mientras que la auténtica descentralización radicaría
en la creación de los Cabildos Insulares. Como vemos, en estas argu-mentaciones
no sólo se produce un falseamiento del concepto de región
y de sus fundamentos, sino de la misma problemática canaria '.
Teniendo en cuenta lo anterior pasemos a ver que tipo de argumen-tos
se utilizaban para explicar esta cuestión. Las referencias que se ha-cen
al mismo lo sitúan como un problema meramente derivado de la
administración centralizada que se impone con el liberalismo decimonó-nico.
Para esta línea de interpretación la única causa del pleito es la
existencia de una organización administrativa inadecuada, se elimina
cualquier referencia a las estructuras económicas en que se desarrolla
porque en su concepción de la historia no existe relación entre la estruc-tura
económica y social y los conflictos políticos. Forma parte de la hábil
presentación que de ese enfrentamiento hacen ante el resto de la sacie-dad
quienes lo protagonizan. No obstante, hemos de tener en cuenta que
dentro de su concepción de la política resulta una interpretación lógica.
Ante el pueblo identificaban gestión política y concesiones adminis-trativas,
lo que les servía para justificar la labor de los políticos cana-rios,
manipulación a la que servía muy bien el pleito insular. El axioma
puesto en juego era el siguiente: si se obtenían concesiones administrati-vas
entonces era una prueba del éxito de la gestión política de los
representantes canarios, sin embargo, si no se obtenían resultados visi-bles
entonces la culpa era del pleito insular y del enfrentamiento que
éste generaba entre los políticos canarios, luego era el sistema adminis-trativo
el origen de todos los males.
816 María Rosa Hernández Hernández
Las interpretaciones sobre los cabildos insulares están presididas por
la creación de dos falacias:
l." Se consideran como continuadores de los antiguos cabildos-con-cejos
con los cuales se quieren vincular. Por ello se hace hincapié en la
prosperidad del Antiguo Régimen, la cual se convierte en justificación
para la creación de los nuevos cabildos.
2." Se presentan como la panacea a todos los problemas, encarnando
la descentralización administrativa que se discutía en el resto del país.
Las interpretaciones del papel de los antiguos cabildos coinciden
todas en presentarlos como la base angular del entramado político-ad-
. . ministrativo de Canarias a partir del siglo XVI, afirmación que. es cierta.
Lo que resulta más cuestionable es que coincida ese período, además,
con el de mayor esplendor, progreso y felicidad. La explicación de esa
bonanza para ellos es sencilla,
«El regimen a que cada una de estas isias estaba sometida era
en extremo liberal, basado en sabias ordenanzas municipales dic-tadas
por los cabildos que te-nían a su cargo las más difíciles
funciones políticas y administrativas ... Esta clase de gobierno, no
sólo hizo crecer rápidamente la riqueza, sino que creó un fuerte
lazo de unión con la madre patria...)) 2.
Referencias como ésta abundan en otros autores,
«La historia de esta corporación ofrece páginas admirables,
que deberían ser recordadas para ejemplo de las modernas gene-raciones
... » 3.
«Las islas Canarias hubieran quedado sin régimen y en la
anarquía a tan gran distancia de la madre patria y hubiera sido
tal vez presa de los extranjeros. El poder municipal fue pues, su
salvación, el lazo que las unió invisiblemente a la Península Ibé-rica,
el que colocó al frente de los negocios públicos una multi-tud
de patricios desinteresados y el que arraigó en las islas ... » 4.
Frente a esa imagen idíiica del pasado, se contraponen las desdichas
del presente, causadas por la uniformidad implantada por el liberalismo,
«El afán de centralizar la administración y la política llevó al
desconcierto a la vida nacional, y a estas islas las fue sumiendo
en un semillero de discordias porque ei engranaje administrativo
marchaba mal y cada uno quería mezclarse en las atribuciones
de los otros» 5.
El estudio de los cabildos insulares: características ... 817
Estas afirmaciones constituyen el entramado de un determinado tipo
de interpretación: el pasado fue más feliz que el presente. La causa de
esa prosperidad se hace recaer en la existencia de un organismo
autonómo en cada isla, los cabildos-concejos. Sin embargo, la respon-sabilidad
última de esa prosperidad es de quienes gobernaban la institu-ción,
esa élite que desinteresadamente buscaba el bien del pueblo. Nos
encontramos ante la imagen que de sí tiene la clase dominante y ante la
explicación que los miembros de esa clase o sus representantes hacen
de su papel en la historia. En primer lugar, el relato es sólo político, no
hay referencias a crisis económicas, demográficas, sociales, etc., se eli-mina
cualquier alusión a la estructura económica y social que pondría
de manifiesto una realidad diferente. Era la forma de crear una historia
sin problemas que termina convirtiéndose en una visión romántica del
pasado. Es una historia protagonizada por la élite rectora que a través
del cabildo pretende convertirse en la dirigente de la historia.
La prospendad que de ellos se había derivado servía para justificar
el poder que en ellos habían tenido las clases dominantes tradicionales,
les legitimaba en el pasado y como prolongación de éste, también en el
control del poder ejercido en el presente. Esta intencionalidad queda
corroborada si tenemos en cuenta que como dice J. R. Núñez Pestano,
la naciente burguesía agraria de finales del siglo XVIII rompió con las
instituciones del Antiguo Régimen porque la excluían del poder. Sin em-bargo,
una vez que ésta se había integrado en los antiguos grupos rec-tores
de la sociedad no tiene inconveniente en revitalizar las viejas no-ciones
sobre el papel tutelar de la clase dominante y sus instituciones
que se manifestarán ahora en forma de caciquismo 'j. Se trata de una
historia donde las premisas que orientan su explicación del pasado par-ten
de la concepción paternalista de las relaciones sociales y de una
concepción factual y personalista de la historia. El paternalismo era la
fórmula de legitimación del poder detentado por una clase, por tanto,
forma parte de la ideología de la clase dominante en su definición de
las relaciones con el resto de la sociedad '. Por otra parte, la historia
concebida sólo como sucesión de hechos políticos donde los aconteci-mientos
son algo autonómo para explicar el cambio histórico era la
concepción de la historia propia de esa clase que como dirigente de las
instituciones y, por tanto, de los hechos políticos pasaba así a ser tam-bién
la protagonista y dirigente de la historia.
Al presentar una imagen idíiica del antiguo régimen en relación con
la existencia de los cabildos, prosperidad perdida con la deraparicicín
de éstos, insiste en el juicio de que el devenir de un pueblo depende de
una institución y su élite dirigente. De este modo se justificaba la crea-
818 María Rosa Hernández Hernández
ción de los cabildos insulares puesto que con ellos se volvería a recu-perar
la vieja prosperidad, es esa vinculación la que explica, además, el
nombre a dar al nuevo organismo que se pretende crear:
«Estos concejos insulares, con el nombre de cabildos, tienen
en esta provincia, larga, tradicional historia. Han funcionado
varios siglos, produciendo grandes beneficios político-sociales» 8.
Esta línea argumenta1 que iba desde el Antiguo Régimen hasta el
liberalismo de principios del siglo xx, hacía recaer la responsabilidad
de los problemas de las islas en la organización administrativa existente
y, por tanto, conducía a que la solución a todos los problemas fuesen "2 las reformas administrativas, en definitiva, la creación de esos cabil- -
dos insulares. La otra gran falacia que se construye en torno a los ca- E
bildos insulares consiste en presentarlos como los erradicadores del O
n -
caciquismo y de todos ios probiemas: -
m
O
E
E
«El problema canario consiste en descentralizar de Madrid y 2
E descentralizar de Tenerife ...S 9. -
«...con lo que se cortarían de raíz las luchas frarricidas que 3
envenenan a las islas mayores y esclavizan y anulan a las meno- - -
res ... Entonces sería el Archipiélago lo que debe ser; unidas sus 0
m
E islas por el amor y el trabajo; apoyadas en la base sólida de la
justicia...)) 'O.
O
n
Dentro de este esquema interpretativo los cabildos insulares encarna- a-£
rían la continuación natural del sistema administrativo constituido por l
los antiguos concejos. Evidentemente, este tipo de explicación sólo po- n
n
día surgir en una concepción de la historia como fruto de acciones in-dividuales,
donde era válida la explicación de que la simple creación de 5
O
una institución cambiase el rumbo de la historia. Una interpretación que
no se puede mantener si tenemos en cuenta que la historia no es fruto
de acciones individuales sino colectivas. Tampoco una concepción teó-rica
y filosófica de la historia que tenga en cuenta las estructuras eco-nómicas
y sociales nos permite hacer esa identificación, la causa es
evidente, los cabildos surgen en una organización económica y política
diferente a la del siglo XVI, simplemente hemos de tener en cuenta el
cambio administrativo que suponía la existencia de multitud de ayunta-mientos.
la separación de poderes en la institución, etc., para llegar a la
conclusión de que las nuevas instituciones poca relación iban a tener con
los concejos. Si tenemos en cuenta la argumentación antes apuntada,
El estudio de los cabildos insulares: características ... 819
tampoco resultaba factible que el rumbo histórico pudiese cambiar por
el simple hecho de crear una institución sin modificar otras estructuras,
esto sólo se podía explicar por su interpretación paternalista, ya que sería
la élite que controlase esa institución la que, «fruto de su labor desinte-resada~
nuevamente llevase a Canarias por el camino del progreso.
Mucho menos válida resulta esa interpretación si tomamos en conside-ración
que toda norma jurídica o de derecho es muestra de unas estruc-turas
económica-sociales en las que se crea ".
La idea del renacimiento de las antiguas instituciones forma parte
de la ideología paternalista de la clase dominante teñida de ciertas no-tas
regeneracionistas en lo referido a la reforma de la administración
como solución a los problemas que, en el caso de Canarias tomaron la
forma de los cabildos como panacea a todos los males. Podemos ras-trear
también algunas notas de regivnaiismo, sin embargo, bajo ese pie-tendido
regionalismo de reivindicación de los viejos tiempos gloriosos
con todos sus elementos o instituciones características, o de la pretendi-da
vinculación de los Cabildos con los concejos, lo que se escondía en
realidad era la defensa del poder ejercido por las clases dominantes a
través de ellos y la legitimación de su actuación en el pasado y en el
presente.
Fontana dice que a fines del siglo XIX se puede advertir una reac-ción
contra el evolucionismo que terminó presentando la sociedad como
un sistema de equilibrio estático, y que con ello se proporcionaba a la
clase dirigente el instrumental ideológico para conservar su dominio12.
En nuestro caso, observamos que la pretendida bonanza de la primera
etapa se convierte en la justificación del poder de la clase que lo ejer-ció,
luego también en el presente -principios del siglo xx- se con-vertía
en la legitimación del poder ejercido por esas clases. En esta argu-mentación
no sólo se hace evidente el método positivista de explicación
sino que niega cualquier posibilidad de plantear análisis que vayan más
-11' 1- 1- A-b-..-:--..:L- A, 1"" ,....", ,,,,,,..,, ,.:,, ,,+-, h,h," ,,m alla UG ld U G L G I I I ~ ~ L I ~ L IUUGI ~i a a cauaa-cui iaccur; I ic1aa c i i u ~IIG LIIUD c u i i -
cretos, se niega la presencia de las estructuras económicas y sociales,
del pueblo, como determinantes de la historia.
Es una histona política que subraya acontecimientos y personalismos,
cuyo protagonista son las élites, que olvida las estructuras económicas
y sociales y la dinámica interna de las sociedades. Pero es también una
histona que recrea rasgos culturales duraderos y que encarna en ias éiites
que protagonizan su discurso historiográfico, la histona de los ideales
políticos, culturales, etc. que defienden quienes la practican 13. El que
escribe, sea Ossuna, Schwartz o Pérez Díaz, eliminan de su historia la
presencia del pueblo, los desajustes económicos y sociales que las es-
820 María Rosa Hernández Hernández
tructuras de propiedad de la tierra, el agua o el nivel de alfabetización
engendraban, el caciquismo y la manipulación de las instituciones para
reducir todos los problemas de Canarias a un problema administrativo
como lo demuestra la existencia de un pasado próspero y feliz que te-nía
un régimen administrativo diferente.
Son las dos notas que han caracterizado la interpretación de nuestra
historia por la clase dominante: el patemalismo y el puertofranquismo.
El primero era la legitimación del poder ejercido por la clase dominante
que se reservaba el control de las instituciones debido a su destino para
ser la dirigente de la sociedad. El puertofranquismo ha sido el recurso
de esa misma clase presentado como panacea de los problemas econó-micos,
los puertos francos representaron el mismo papel en la economía
que el pleito insular en la política. En definitiva, responde a las notas
&fi_&j_ri_a~& 11 r j g ~hg .&Q & !gr ~ gme g t ejn~te .mrptativa~ &. !a Y""*"" ' ""
historia en Canarias, la historia como instrumento de la política, la recti-ficación
o validación del presente legitimándolo en el pasado.
Como mencionábamos al principio, tras la creación de los cabildos
insulares y el mito que sobre éstos se había creado de descentralización
y ruptura de la uniformidad legislativa estatal, proliferaron los estudios
sobre iüs ~ni~invisd. mayor parte hechos por juristas, entramos en una
etapa en la que cualquier obra que pretendiera aproximarse a los cabil-dos
insulares estaba enfocada desde la óptica del derecho. Entre ellos
podemos citar a L. de la Rosa, Bermejo Gironés, Nieto o Valle Benítez,
practicando todos un enfoque desde las perspectivas de su especialidad,
el Derecho Administrativo. Probablemente fue L. de La Rosa el que ha
dedicado mayor extensión de trabajos al estudio de los cabildos. En ellos
rompe con la visión romántica que de los cabildos-concejos había pro-liferado,
afirma que cuando desaparecen en el siglo XIx, la institución
de hecho se derrumbaba puesto que los seculares conflictos de compe-tencias
de que había sido escenario, la eliminación por parte de los
regidores de cualquier tipo de control vecinal que había hecho que las
corporaciones cayeran en manos de la oligarquía así como el desinterés
que por los cargos cabildicios aparece ya desde el siglo XVJII, son mues-tra
de que la institución apenas era una sombra de lo que había sido 14.
Sin embargo, en lo que nos interesa para nuestro estudio observamos
que recoge algunos aspectos, de los que caracterizaron a las obras que
o.,..rr-rr ni. ln ~#..>.irr+iirAn- A^ -:-1, c.. 1, ..:^^..l^^:L^ :--1! a u l o b i i b u la L U J U I I L U I ~UG ~ I L I I L I ~ I uU6~ J I ~ I U .L b la VlIILUICIbIuII I l l lpl l -
cita que hace de los modernos cabildos con los antiguos concejos o, por
lo menos, la consideración de los mismos como una línea de continui-dad
en la unidad insular tras la ruptura que había supuesto el liberalismo
en el siglo XIX. Así aparece implícito cuando afirma que
E1 estudio de los cabildos insulares: características ...
«al aplicarse en la primera mitad del siglo XIX las normas fruto
de las doctrinas de los constitucionalistas de 1812 sobre esta ma-teria,
aquellos lugares quedan convertidos en verdaderos Munici-pios,
rompiéndose la unidad administrativa insular hasta entonces
conservada ... hasta que un siglo mas tarde, la ley de 1912 restable-ce
aquella comunidad de definidos límites y sus Cabildos ... » 15.
Semejantes argumentaciones podemos encontrar en otras obras,
«Naturalmente nuestros políticos canarios de 1912, que habían
vuelto la cara al pasado, rememorando los antiguos cabildos
municipales isleños, y los veían, al menos en el nombre restable-cidos,
recordaron también que se nutrían aquellas corporaciones
del llamado «haber del peso» y, como no podía ser menos, pen-suron
en ia posibiiiúad de resrabiecerio ... » ".
Otras obras posteriores como las de Bermejo Gironés y Valle Benítez
también están dedicadas a hacer un estudio dentro del ámbito del dere-cho
administrativo. Entre las notas comunes de sus trabajos se pueden
destacar dos: Por un lado, la continuación en la línea interpretativa que
sitúa a íos cabiidos insulares como continuadores de los cabildos-con-sejos.
Una vinculación implícita en el hecho de que comiencen sus tra-bajos
estudiando los antiguos concejos y sus altas cotas de autonomía,
para continuar con su desaparición y la recuperación de esa autonomía
con los cabildos de 1912. Por otro lado, ambos conceden a la institu-ción
el grado de elevar la vida administrativa canaria a sus más altas
cotas de autonomía y de ser el elemento que marca la peculiaridad de
la administración canaria respecto del resto del país. En gran medida,
no se han desprendido de algunas teorías que se crearon sobre los ca-bildos
y que podemos explicar en función de la coyuntura en la que
surgían, pero no una permanencia tan larga a través del tiempo. Otros
rasgos comunes se ponen de manifiesto cuando tienen que hacer alguna
referencia al proceso que condujo a la creación de los Cabildos Insula-res.
Hacen una historia evenemencial, se limitan a narrar los aconteci-mientos
que fueron sucediéndose hasta que se crearon dichos cabildos
faltando un análisis que vaya más allá de la descripción de los hechos
y que profundice, por ejemplo, en la naturaleza del pleito insular, el cual
sigue siendn trztdn cnmn iina ciiertiSn de i n d ~ m! ~em rnmte udrri?nis-trativa
17.
La gran aportación que sobre el tema de los cabildos insulares apa-rece
en el campo jurídico probablemente sea la hecha por A. Nieto. En
822 María Rosa Hernández Hernández
primer lugar- observamos que se desmarca de la visión romántica de los
cabildos y denuncia las falacias que sobre los mismos se construyeron
a principios de siglo. Habla por ello de los «mitos políticos» y adminis-trativos,
«podría también hablarse en determinadas circunstancias de
"información psicológica", que también han cooperado, y en no
escasa medida ... Con ello me estoy refiriendo a la formación de
ciertos "mitos administrativos" que han venido a sustituir a los
antiguos "mitos políticos" con objeto de mantener la tensión psi-cológica
de los pueblos ... k '*.
Por otro lado, también observamos una sustancial diferencia en el
I r u t u ~ i e n kd e !u rr?mri;,uk st6ricu e:: e! cüa! es plenamente consciente
de la equivocación de estudiar la creación de los cabildos simplemente
como un problema administrativo y comenta,
<<ssie quieren entender las especialidades del ordenamiento ju-rídico-
administrativo canario, o si se quieren orientar en el futu-ro
hacia fines verdaderamente utlies, hay que analizar en sus
detalles la situación económica y social del Archipiélago; puesto
que sólo desde esta perspectiva podremos dominar su ordenamien-to
jurídico.. . » 19.
Pero, a pesar de esa valiosa aportación teórica y metodológica del
profesor Nieto, en general, todos los estudios jurídicos tienen como único
objetivo hacer el análisis administrativo de la institución.
A modo de conclusión podemos decir que las obras que hemos es-tudiado
las podemos separar en dos grupos. Por un lado, las que surgen
inmersas en la coyuntura de principios del siglo xx y que tienen por
objetivo justificar la necesidad de crear los czl'i!rlos insu!-f~s.P I ~es a
justificación recurren a presentar a la nueva institución como la conti-nuación
de los antiguos cabildos-concejos y, por tanto, la forma de re-cuperar
la paz y prosperidad que éstos supusieron, de modo que tras ellos
también se encuentra la legitimación del poder ejercida por las clases
dominantes en el pasado y en el presente y, especialmente, el que pre-
*,.A,. Aa",.......,.=-.. -- 1- -..--.- :--&:&.-:L- r-- -11- L 2- L - - - LGIIUGII UGsGlllpGll'll CII la IIUGVd llI~LILuLIUII. CI1 GllU IIClIIUS UT. Lwt;r en
cuenta que eran obras de divulgación de una determinada interpretación
de la realidad política. Por otro lado, lag obras dedicadas al estudio de
los cabildos una vez creados, lo hacen todas desde el punto de vista ju-rídico
y repitiendo, en algunos casos, las interpretaciones que aparecían
El estudio de los cabildos insulares: características ... 823
en las obras antes mencionadas, son, no obstante, estudios de obligada
consulta.
En definitiva, son muy pocas las obras hechas por historiadores de-dicadas
a la administración local desde unos planteamientos teóricos y
metodológicos propios del análisis histórico. Aún son menos abundan-tes
las obras dedicadas exclusivamente al estudio de los cabildos. Ello
forma parte del abandono general que los temas sobre la administración
local han sufrido por parte de los historiadores, al ser considerados tra-dicionalmente
como campo para juristas, error que sólo en los últimos
años ha comenzado a ser corregido.
María Rosa Hernández Hernández
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2. CAhlW.4 CFVVANTF, S.: E! p.rnb!~.mn rn.nnrio, Sta: Cruz de Tenerife, 1910;
pp. 22-23.
3. OSSUNA Y VAND E HEEDEM, .: El Regionalismo en las islas Canarias, Sta. CNZ
de Tenerife, tomo 1, 1905, pp. 62-63.
4. SCHWARTMZA TTOSP, .; CÁMARAC RUZ,M . de; y otros: Observaciones relati-vas
a una nueva organización de la provincia de Canarias, Madrid, 1910, p. 4.
5. CÁNOVAC ERVANTESS.:, Ob. Cit., p. 23.
6. NÚÑEz PESTANOJ,. R.: «Herencia historiográfica y renovación: consideraciones
sobre la caracterización de la historia social e institucional de Canarias durante el Anti-guo
Régimen», en Aproximación a la Historia de Canarias, Secretariado de publicacio-nes
de la Universidad de La Laguna, Madrid, 1989, p. 59.
7. NÚÑEz PESTANOJ,. R.: Ob. Cit., p. 58.
8. PÉREZ D~Az, P.: El Problema canario, Sta. Cruz de La Palma, 1910, p. 71.
9. MOROTEL, .: La tierra de los guanartemes, París, 1910, p. 402.
10. VELÁZQUEZM, .: Resumen histórico-documentado de la autonomía en Canarias,
Las Palmas, 1970, p. 5.
11. VILAR, P.. Economía, Derecho, Historia, Ed. Ariel, 1983.
12. FONTANAJ.,: Historia, Ed. Crítica, Barcelona, 1982.
13. HERNÁNDESZA NDOICAE,. : Los caminos de la historia, Ed. Síntesis, 1995,
pp. 162-163.
14. ROSAO LIVERAL,. de: Antecedentes históricos del régimen orgánico insular,
Sta. CNZ de Tenerife! 1967.
15. ROSAO LIVERAL,. de: Evolución del régimen local de las islas Canarias, Sta.
Cruz de Tenerife, 1946, p. 24.
16. ROSA OLIVERAL,. de: Las haciendas locales en las islas Canarias, Sta. Cruz
de Tenerife, 1967, p. 259.
17. ~Arguíase que el constituir las Islas Canarias una sóla provincia y estar or-ganizada
con arreglo a la Ley Provincial ... ofrecía serios inconvenientes, derivados de
la dificultad de comunicación de las otras islas con la de Tenerife, donde había que
acudir para solventar toda clase de asuntos» (BERMEJOG IRONÉSJ,. 1.: Los Cabildos
Insulares de Canarias, Las Palmas, 1952, p. 34).
Semejantes afirmaciones podemos encontrar en Valle Benítez,
El estudio de los cabildos insulares: características ... 827
((Toda esa lucha, inquietudes y protestas de la Gran Canaria son la consecuencia
de englobar todo el Archipiélago, con sus siete islas habitadas en el arquetipo, único,
rígido, ineludible de la demarcación provincial». (VALLEB EN~TEJZ.: , Los Cabildos In-sulares
de Canarias, Sta. Cruz de Tenerife, 1970, pp. 39 y SS. en las que hace una des-cripción
de la evolución del pleito insular siguiendo a Chova Cervantes, M. Velfizquez,
P. Pérez Díaz, etc.).
18. NIETO, A.: «La regi6n canaria», en Estudios de Derecho Administrativo espe-cial
canario, tomo 1, Sta. Cruz de Tenerife, 1967, p. 310.
19. NIETOA,. : Ob. Cit., pp. 20-21.