«LOS QUINTOS DE GARAFÍA ANTE EL FUTURO»
ESTHER GONZÁLEZ GARCÍA
© Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009
Los Quintos de Garafía ante el Futuro, es una comunicación que
pretende ser una reflexión, dentro de un proyecto de investigación
más amplio, como es mi Tesis Doctoral; que sigue una de las líneas
de investigación del Departamento de Geografía de La Universidad
de La Laguna, y, que atiende a los cambios de uso del suelo, así
como a la dinámica seguida en los últimos años por los suelos, tanto
de cultivo como de erial.
Dentro de este planteamiento y considerando que el espacio
debe ser entendido como un producto social, abordamos el análisis
de Los Quintos de Garafía, en la Isla de La Palma, como un área
geográfica definida por caracteres diferenciales. Por un lado, el cambio
de uso del suelo, ha sido una realidad desde tiempo inmemorial,
cuando por una Real Cédula de Felipe 11, de 26 de Noviembre de
1578, se consiguió la autorización para la roturación de terrenos
montuosos, con el fin de dedicarlos al laboreo agrícola, habiendo de
satisfacer la quinta parte de los productos recolectados; y, por otro,
su uso futuro está por determinar ante el retroceso sufrido por la
zona, desde la década de los 50, con la llamada «Crisis de la Agricultura
de Subsistencia», además de darse en ella, en el momento
actual un cambio en su situación jurídica, y posiblemente socioeconómica,
por la Redención de los terrenos sometidos al Pago del
Quinto.
El conocimiento de esta realidad y su continuidad en el tiempo,
encajan con las palabras de Pierre George, cuando dice: «Es oportuno
poner de relieve la persistencia de formas de organización del
espacio, que no son sino herencia de un período anterior y que no
presentan más que inconvenientes en lo que respecta a las necesidades
de la explotación moderna. Subsistente en la medida en que se
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confunden con otros arcaismos, tales como el predominio de propiedades
exiguas y de explotaciones agrícolas mal equipadas, en un contexto
económico abandonado a la inercia».
A lo anterior podemos añadir, que es la organización productiva
tradicional de las zonas medias, la que no permite utilizar las
posibilidades potenciales de las mismas y la que ha determinado su
ruina, originando el actual distanciamiento económico de este municipio
con respecto al resto de La Isla; pues cabe perfectamente en
estas zonas medias y altas una agricultura de mercado que se plantease
como primer paso el abastécimiento de productos a núcleos
urbanos en claro proceso expansivo.
En el mundo actual, se ha puesto de manifiesto que una determinada
comarca será o no será apta para desarrollarse, atendiendo
a los recursos de que disponga, pero también a la voluntad y capacidad
de la población para emplearlos con eficacia. Y, Garafía, con
las ventajas e inconvenientes que le impone su propio medio natural,
ha desempeñado en otros tiempo un papel fundamental en la economía
de La Isla, a través de su desarrollo agrario, basado en una agricultura
de subsistencia, complementada con la explotación de sus
recursos forestales y con la ganadería. Como lo demuestra, las rentas
que se obtenían, de los terrenos de Quintos y de la explotación
forestal, ingresos que suponían una buena parte de los presupuestos
municipales, y que hacían que el Ayuntamiento de Garafía, fuera
uno de los primeros de La Isla por el volumen de ingresos. (Para una
mayor información y detalle, de estos aspectos puntuales, remito a
los diversos trabajos que se citan en la bibliografía).
Los Quintos alcanzaron su máximo esplendor en la decada de
1940-1950, con unos ingresos que para 1950 dan la cifra máxima de
1.752.000 pesetas del año 1979. En esta época Garafía, produce
alimentos y productos forestales para otras áreas del Archipiélago.
En la década de los 60, los quintos decaen, con rentas inferiores
a las de 1913, (916.666,00 pesetas de 1979), esta situación es el
resultado de la disminución de la producción; como consecuencia de
la emigración de la población, sobre todo a Venezuela y a otras
áreas del Archipiélago, ante los escasos rendimientos que se obtienen
de una agricultura de secano descapitalizada y con predominio
del minifundismo. En todo este proceso, jugó un papel fundamental
la construcción de la Pista Forestal, que constituye la única vía de
comunicación con el resto de La Isla. Por otro lado, también a partir
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de 1960, se produce la liberación de las importaciones de alimentos
(Ley Ullastres 1958) que afecta de modo particular a la agricultura
de subsistencia canaria, y muy especialmente a la de esta comarca,
pues Garafía, ocupó un lugar importante en el mercado de productos
para consumo interior (papas, vino, frutas, ganadería) unido a productos
forestales: carbon, varas, madera de pino, etc, que incluso se
exportaban a otras áreas del Archipiélago, especialmente a
Gran Canaria.
Con la pérdida de importancia económica y la menor presión
demográfica, se inicia un proceso de recuperación de la masa forestal,
al tiempo que los Terrenos de Quintos dejan de desempeñar el
papel que habían jugado hasta ese momento.
Toda esta situación adversa, llevo a la movilización de los
Quinteros, creándose en 1955, la Cooperativa de Propietarios de
Terrenos de Quintos, que en sus comienzos fue muy activa en la
lucha por la posesión de la propiedad de la tierra, llegando en una
Asamblea Extraordinaria de 22 de septiembre de 1957 a acordar
«cesar en el pago del Quinto, hasta que el Ayuntamiento
resuelva la redención».
El tema de la superficie de Quintos, constituye otro punto polémico,
pues difiere en los diversos documentos y estudios que se han
hecho de los mismos. Su extensión va de las 1.400 a 2.130 hectáreas,
cantidad objeto de reclamación por parte de la Cooperativa de
Quintos, que abarca unas 750 hectáreas de monte, aparte de las
1.380 hectáreas de cultivos.
La O. M. de 16 de noviembre de 1973, determina 1.380 hectáreas
de cultivos, que las excluye de la superficie de monte, y que ha
constituido el principal problema para redimir las propiedades.
Como resultado de todo ello y de la actitud del Ayuntamiento
en el tema de los Quintos, sin duda motivada por los ingresos que en
concepto de renta de quintos, obtenía la corporación municipal; ha
contribuido al empobrecimiento y al éxodo migratorio de la zona, no
sólo porque se cultiva menos, sino porque la población que aún permanece
en los terrenos, se dedica a la ganadería, con lo que ésta
supone de deterioro para el medio natural, aparte de crear un divisionismo
entre personas e instituciones que no es el mejor camino para
sacar a la comarca de su actual subdesarrollo.
Sin embargo, con la llegada de los primeros ayuntamientos
democráticos, y ante la degradación de las rentas de los quintos, que
ya praéticamente no constituyen ingresos algunos para el Ayunta-
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miento, el planteamiento dado al tema difiere con respecto a la actitud
de una minoría enemiga del problema legal por enfocarse
la situación como enajenación de bienes y no como redención del
censo, lo que tropezaba con La Ley de Régimen Local y de la Administración
Central; y, ha facilitado una nueva posibilidad de entendimiento
entre el Ayuntamiento y Los Quinteros. Entendimiento que
pasa por buscar soluciones rapidas, ante -el continuo y progresivo
empobrecimiento de la zona por los continuos tiras y aflojas de las
partes implicada: Ayuntamiento, Quinteros e Icona.
En este sentido, el Ayuntamiento en Sesión de 7 de agosto de
1979, acuerda remitir a Icona, un escrito en que solicita a este Organísmo
que procediese al estudio y realización de los trabajos necesarios
al objeto de excluir del Catálogo de Montes de los de Utilidad
Pública, las 700 hectáreas, incluidas aún, haciéndolo con arreglo al
deslinde realizado y aprobado por acta de 27 de septiembre de
1921.
El 5 de octubre de 1979, Icona, rechaza toda posibilidad de
excluir las 700 hectáreas. El ayuntamiento, en su intención de qar
solución al problema, mantiene durante este período una série de
reuniones y gestiones que quedarán plasmadas en el denominado
«Acuerdo Marco» firmado el 29/04/81. Donde se establece lo
siguiente:
1) Que la tenencia de la tierra por el sistema de Quintos afecta
aproximadamente al 50% de los vecinos de Garafía.
2) Entiende que la fórmula más inmediata y eficaz para la solución
del problema es el de la Redención, dada la naturaleza de la
Carga Censal de los mismos, por un importe global que se estima
justo (21 millones de pesetas), que los agricultores quinteros se comprometen
a pagar al Ayuntamiento como titular directo de la tierra
gravada en la proporción que a cada uno le corresponda por el
acceso a la plena propiedad de la tierra que cada uno viene poseyendo,
como titular del dominio útil.
3) Con este motivo se acuerda solicitar al IRYDA la fórmula
financiera oportuna para hacer efectiva las reformas y mejoras, que
podría ser un prestamo a largo plazo, bien mediante la adquisición
del dominio directo de las tierras por el IRYDA, para adjudicarlas
en plena propiedad a cada quintero a través del procedimiento de
concentración parcelaria, reintegrando los quinteros al IRYDA, a
largo plazo, el importe de la Redención.
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4) A la vez acuerda solicitar al IRYDA la Ordenación y
Mejora de las explotaciones de todo el término municipal.
5) Que siendo conscientes de la riqueza forestal de la zona,
estafan dispuestos a respetarla «... en armonía con lo que dispone la
Legislación de Montes, el Ordenamiento Jurídico y La Constitución
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Este «Acuerdo Marco» se transmitió al IRYDA Y por Orden
Ministerial 11/12/81, se declara de utilidad pública y de urgente
ejecución la concentración parcelaria de la zona. Concentración que
nunca se ha hecho efectiva a pesar de que los primeros trabajos se
acometieron por parte de técnicos del IRYDA.
Finalmente, en 1987 se ha suscrito un Convenio entre el Ayuntamiento
de Garafía y el Gobierno de Canarias para hacer efectiva
la Redención del Quinto, en los siguientes términos:
- Que la tenencia de la tierra por el sistema de «Quintos»,
afecta a un gran número de familias, lo cual representa un grave problema
e inconveniente para el desarrollo integral de la comarca y
corresponde a una estructura socieconómica no concordante con los
conceptos actuales de la sociedad.
- Que ambas administraciones conscientes de la necesidad de
liquidar esquemas pretéritos en el aprovechamiento de las tierras,
proceden por el presente convenio, a establecer una línea coordinada
de actuación, con sujección a las siguientes estipulaciones:
a) El Ayuntamiento procedefa a transmitir el dominio directo
de los terrenos censuados a los titulares del dominio útil sobre los
mismos, que debidamente se le soliciten.
b) El Ayuntamiento admitirá el Pago por terceros de las cantidades
destinadas a la redención de los censos, que realice el
Gobierno de Canarias.
c) En ningún caso la cantidad total que el Gobierno de Canarias
destine al pago de la redención, será superior a la cantidad consignada
a tales efectos en la sección de los Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Canarias.
d) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 1.610 del Código
Civil, en lo que se refiere al cálculo del precio de redención, este
queda fijado en la cantidad de 10.000 pesetas/hectárea.
e) El Ayuntamiento comunicará a la Consejería de Agricul-
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tura, Ganadería y Pesca, las solicitudes de redención, que en dicho
período hubieran sido presentadas. No se admitiran para el pago por
el Gobierno de Canarias, solicitudes presentadas con posterioridad
al 31/08/88.
f) En ningún caso el Gobierno de Canarias pagará la redención
de aquellos censos que hayan sido objeto de transmisión intervivos, a
partir de la fecha de la firma del presente Convenio.
Este breve repaso a ·la situación histórica de los Quintos, nos
lleva al punto de partida de la comunicación entendida como reflexión
hacia un futuro incierto.
Hemos de constatar que después de casi 30 años de lucha por la
redención de tierras, el objetivo está a punto de materializarse, pero
a costa del empobrecimiento y abandono de una zona potencialmente
rica en recursos, pero carente de los elementos fundamentales
en que se mueve el desarrollo actual. Además hemos de tener en
cuenta, que no siempre las medidas contenidas en los Acuerdos han
sido efectivas (caso de la Concentración Parcelaria), ni han
supuesto, el más mínimo progreso para el Municipio. Todo ello, quizás,
por no ver más alIa de la reivindicación por la redención del
suelo, sin haberse planteado otros propósitos, tales como la comercialización,
la producción y la mejora de las infraestructuras agrícolas
y ganaderas.
Omitiéndose, asímismo, otro aspecto fundamental, como son
las necesidades sociales del Municipio, lo que ha supuesto una
regresión significativa de sus efectivos humanos, así el censo de
1981, los cifra en 2.082 habitantes de hecho, población inferior a la
del siglo XIX.
Con todos estos elementos y teniendo en cuenta que el
momento presente, supone un período transitorio, al finalizar el 31
de agosto de 1988, el plazo para acogerse a la redención se nos plantean
una série de interrogantes que entendemos no se encuentran
recogidas en el Convenio suscrito entre el Gobierno Autónomo y el
Ayuntamiento de Garafía, y , que desde nuestro punto de vista
nos preocupan:
- Se sobreentiende que todos los quinteros, se acogerán a la
redención, pero ¿qué pasara con aquellas parcelas que no se rediman?,
seguirán bajo el régimen actual de censo o pasarán al Ayunta:..
miento, como titular directo de las mismas. ¿Se ha pensado en la
posibilidad de cederselos a otros para su explotación?
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Se ha tenido en cuenta, la capacidad económica de los habitantes
del Municipio, para hacer efectiva la Escritura de Titularidad
de la Propiedad, pues ello, ¿no puede constituir un handicap para
acogerse a la redención?
- Se ha establecido acaso algún requisito o claúsula para la
continuidad del uso agrario del suelo, fomentando y favoreciendo su
desarrollo. Atendiendo a las razones que justificaban la no inversión
en las explotaciones, como era no beneficiarse de los créditos oficiales
por no poder ofrecer la propiedad como garantía de los
préstamos.
- Se va a plantear de nuevo el tema de la Concentración
Parcelaria.
- Se ha valorado lo suficiente, el hecho de la recuperación de
la masa forestal, ante el abandono de las parcelas. Y, por tanto ¿una
salidad económica no sería, la explotación de estos recursos?, atendiendo
a su capacidad productiva implícita: leña, madera, pastos... ,
etc. Respetándose, el valor funci(mal de las masas forestales hacia la
recarga del acuífero, la limitación de la erosión y mejora en la
infiltración.
- Se ha pensado que el cambio de situación jurídica, puede
suponer, la revalorización de este espacio, así como un trasvase de
la propiedad (presencia extranjera).
- Existe alguna garantía de que efectivamente la redención
paliará y sacará del subdesarrollo al Municipio, o acaso, no llegará
con demasiado retraso, pensada como la panacea que resuelva todos
los males que el tiempo, la conflictividad de los intereses encontrados
y la voluntad de las partes implicadas, no acometieron cuando la
situación así lo exigía y entonces pudieron ser efectivas.
Son estos razonamientos, que surgen a medida que nos adentramos
en la investigación, pero que por ahora se quedan el aire, a la
expectativa, como durante mucho tiempo ha estado el pueblo de
Garafía, esperando que le resuelvan sus problemas; creemos que
una vez concluida la investigación, estas cuestiones quedarán dilucidadas,
solo nos mueve en nuestras pretensiones, que se conozca una
realidad proxima y que se atisbe un hilo de esperanza para aquellos
habitantes que con las adversidades han permanecido en el lugar,
pues quisieramos pensar en un futuro halagüeño, pero tenemos que
decir que mantenemos nuestras dudas al respecto.
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BIBLIOGRAFiA
Los quill/os de Garafia all/e el futuro 483
WLADIMIRO RODRÍGUEZ BRITO, INMACULADA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ.
«Una Situación Peculiar: Los Quintos de Garafía.» Revista
del Instituto de Estudios Canarios. 1982.
JOSE LEÓN GARCiA. «Emigración, Agricultura y Desarrollo Económico en
La Palma». Inédito.
CONSEJO ECONÓMICO-SOCIAL SINDICAL COMARCAL DEL NOROESTE DE
LA ISLA DE LA PALMA. VI Pleno Insular.
SANTAPAY y J. J. MARTiNEZ, bajo la dirección de Sanz Jarque en la «Valoración
Unitaria de los Terrenos de Quintos». Colegio Oficial de Ingeniero
Agrónomos de Madrid. Mayo 1962.
DIVERSOS DOCUMENTOS facilitados por la Consejería de Política territorial
y medio Ambiente del Gobierno de Canarias.
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