XXIII Coloquio de Historia Canario-Americana
ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2018), XXIII-110, pp. 1-12
ALGUNAS NOTAS SOBRE LA CONTABILIDAD DE LA HEREDAD DE AGUAS DE ARUCAS Y FIRGAS1
SOME NOTES ON THE ACCOUNTING OF THE ARUCAS AND FIRGAS WATER DEMESNE
Mercedes Calvo Cruz
Cómo citar este artículo/Citation: Calvo Cruz, M. (2020). Algunas notas sobre la contabilidad de la Heredad de Aguas de Arucas y Firgas. XXIII Coloquio de Historia Canario-Americana (2018), XXIII-110. http://coloquioscanariasamerica.casadecolon.com/index.php/CHCA/article/view/10506
Resumen: El agua ha sido y sigue siendo un bien imprescindible para todos y las heredades de agua son instituciones clave en el repartimiento de las aguas. Existen trabajos con enfoques diversos y basados en diferentes fuentes primarias y secundarias.
El presente trabajo trata de poner de manifiesto la importancia de la Heredad de Aguas de Arucas y Firgas y de la riqueza de su patrimonio documental, sobre todo la documentación contable que guarda su archivo. Por ello, los registros contables constituirán la principal fuente primaria para analizar e interpretar los datos más antiguos que custodia la Heredad y nos revelarán las actividades que desarrolló y como se interactuó con el entorno físico y social. El estudio que se presenta es la primera muestra para emprender la historia de esta Heredad a través de la vía privilegiada de la contabilidad.
Palabras clave: agua, heredades, contabilidad, historia, economía, sociedad.
Abstract: Water has been and continues to be an essential asset for all and the water demesnes are key institu-tions for the distribution of water. There are works addressed from different perspectives and based on primary and secondary sources.
The present work tries to show the importance of the Arucas and Firgas Water Demesne and the richness of its documentary heritage, especially the accounting documentation kept by its archive. Therefore, the accounting records will be the main primary source for analyzing and interpreting the oldest data held by the Demesne and they will reveal to us the activities that they developed and how it interacted with the physical and social envi-ronment. The study presented is the first sample to elaborate the history of this Demesne through the privileged path of accounting.
Keywords: wáter, demesne, accounting, history, economy, society.
INTRODUCCIÓN
Acercarse a las heredades de agua implica realizar un ejercicio de análisis historiográfico de la situación para cualquier tema que se quiera acometer en torno a ellas. Por ello, ha sido necesario emprender la búsqueda de información sobre las heredades en general y en particular sobre la Heredad de aguas de Arucas y Firgas (HAAF), que constituye nuestro objeto de estudio y cuyo resultado es el trabajo que presentamos.
Facultad de Economía, Empresa y Turismo. Edificio Departamental Módulo D. Campus de Tafira. 35017. Las Palmas de Gran Canaria. España. Teléfono: +34 928452830; correo electrónico: merce-des.calvo@ulpgc.es
1 Mi más sincero agradecimiento a la Heredad de Aguas de Arucas y Firgas por permitirme el acceso a su Archivo para emprender esta investigación.
© 2019 Cabildo de Gran Canaria. Este es un artículo de acceso abierto distribuido bajo los términos de la licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional.
MERCEDES CALVO CRUZ
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En este primer acercamiento a las fuentes secundarias que aportan información sobre las heredades, hemos observado diversos trabajos que se centran en el origen de estas instituciones desde la perspectiva jurídica, como el estudio de los alumbramientos de agua de Orozco Batista2 y sobre el derecho que nació con la conquista de las islas de Benítez Inglott3. También, los trabajos de Guimerá Peraza4 en torno al concepto, las características y el régimen jurídico de los heredamientos. Por otra parte, el trabajo de Jiménez Sánchez5 hace referencia a los primeros repartimientos de tierras y aguas en Gran Canaria, tras la conquista castellana.
Otros trabajos se centran en la Heredad de Aguas de Arucas y Firgas (HAAF), que, desde la perspectiva de un aruquense y cronista oficial de Arucas, Rosales Quevedo6 , nos relata el proceso de constitución y formación de esta institución, el particular reparto de las aguas y la medida de este bien tan preciado y detalla las diferentes funciones desempeñadas por las personas implicadas y las actividades desarrolladas por la Heredad. Este trabajo constituye una valiosa herramienta como base y guía para conocer la Heredad.
La función social de la HAAF es analizada por Rizkallal Santana7, quién fue vicepresidente y encargado del Archivo de la Heredad de Aguas de Arucas y Firgas (AHAAF). Desde la perspectiva técnica de las Heredades destacan los trabajos de González Gonzálvez8 sobre las construcciones de la heredad, concretamente, las presas. Los estudios sobre el agua en Canarias y su aprovechamiento de Díaz Cruz9 también aportan datos relevantes.
Un trabajo más reciente, es el realizado por Quintana Andrés (2015) con un análisis de las reformas implantadas en Gran Canaria por Lope de Sosa en la primera década del siglo XVIII y las controversias en las distribuciones de tierras y aguas. Además, son reseñables los datos que aporta la propia HAAF en su web, la Biblioteca de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en su sección de Memoria digital de Canarias (MDC) y la web del Ayuntamiento de Arucas.
Nuestra propuesta trata de abordar la historia de la HAAF desde una nueva perspectiva a través una nueva fuente primaria, la que nos proporciona la contabilidad, como “vía privilegiada de aproximación metodológica a la historia económica y, en general, a la historia de toda clase de hechos y actividades que hayan generado registros contables”, como así denomina Hernández Esteve10 a la Historia de la Contabilidad.
El objetivo que nos marcamos es analizar los datos contables más antiguos, tanto cualitativamente como cuantitativamente, mostrando su aspecto formal, el método contable aplicado y sus peculiaridades. Todo ello, nos llevará a conocer la gestión del agua en todas sus vertientes, como elemento imprescindible para la vida, tanto en el pasado como en el presente y algunas características de la organización contable y económica de esta Heredad.
Partimos de la hipótesis de que toda actividad realizada por la Heredad constará en sus registros contables y demás documentación necesaria para su gestión y administración. Por ello, centramos nuestra atención en las fuentes primarias procedentes de las anotaciones contables más antiguas custodiadas en su Archivo, las denominadas “Cuentas Viejas”, que abarcan el período temporal de 1855 a 1882. También, las actas de las Juntas Generales y las
2 OROZCO BATISTA (1926).
3 BENÍTEZ INGLOTT (1950).
4 GUIMERÁ PERAZA (1957, 1960, 1963 y 1967).
5 JIMÉNEZ SÁNCHEZ (1940).
6 ROSALES QUEVEDO (1977).
7 RIZKALLAL SANTANA (1990).
8 GONZÁLEZ GONZÁLVEZ (2004 y 2013).
9 DÍAZ CRUZ (2008, 2012, 2013, 2014, 2016 y 2017).
10 HERNÁNDEZ ESTEVE (2010), p. 25. ALGUNAS NOTAS SOBRE LA CONTABILIDAD...
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actas de las Juntas de Gobierno internas formarán parte de las fuentes primarias para abordar este trabajo.
Finalmente, señalar que con este estudio pretendemos contribuir al conocimiento de las heredades de aguas y en especial la HAAF, con una visión integral al tratarse de un trabajo multidisciplinar, toda vez, que supone la intersección de diversas disciplinas, como la contable, la economía, la jurídica, la política, la historia y la geografía.
LAS HEREDADES DE AGUAS. LA HEREDAD DE AGUAS DE ARUCAS Y FIRGAS
En este apartado no pretendemos realizar un análisis exhaustivo del origen de las heredades de agua, pero si una breve reseña pues se hace imprescindible conocer los orígenes de estas instituciones y su evolución para analizar los datos que de ellas se desprenden, concretamente los arrojados por la contabilidad. Conocer el contexto en el cual surgen y se mueven las heredades es tarea ineludible, dado que justificaran los hechos y los cambios que tuvieron lugar.
Hoy en día la HAAF es una institución de derecho privado, sin participación pública y sin ánimo de lucro « […]. Nació, y aún pervive, con la función primordial de captar agua, trasladarla, almacenarla y repartirla11».
Las heredades de agua tienen su origen en los repartimientos de tierras y aguas que se realizaron tras la conquista castellana de las Islas Canarias. Las heredades de agua son instituciones surgidas a finales del siglo XV en Gran Canaria, La Palma y Tenerife. Las tres islas fueron “cedidas por Diego García de Herrera e Inés Peraza a los Reyes Católicos, mediante escritura otorgada en Sevilla ante el escribano Bartolomé Sánchez de Porras el 15 de octubre de 147712”. Estas islas se encontraban sin conquistar y tras casi 20 años se incorporan finalmente a la Corona de Castilla, Gran Canaria en 1483, La Palma en 1493 y Tenerife en 149613 .
Cedidas las tres islas a los Reyes Católicos comenzó la conquista de Gran Canaria en 1478 y terminó el 29 de abril de 1483. Pero antes de terminar la conquista de esta isla, los Reyes dieron a su gobernador Pedro de Vera la Real Cédula de 4 de Febrero de 148014, fechada en Toledo, mediante la cual autorizaba al gobernador para repartir tierras y aguas entre las personas que hubieran contribuido a la conquista de la isla15, como puede leerse en la citada Real Cédula16 que transcribimos a continuación:
Por ende nos vos mandamos que repartades todos los exidos y dehesas y heredamientos de la dicha Ysla entre los Caballeros e escuderos e marineros e otras personas que en la dicha Ysla están y estuvieren y en ella quisieren vivir e morar.
En 1483 quedó totalmente sometida pero no se incorporó a la Corona de Castilla hasta el 20 de enero de 1487, por Real Cédula expida por los Reyes Don Fernando y Doña Isabel. Además, como indica Benítez Inglott: “con solemne promesa de conservar siempre la isla y no enajenarla jamás17”. También, esta Real Cédula confirma la propiedad y distingue:
“entre los que la obtienen de inmediato por ser aquellas tierras y aguas dadas en pago de sueldos adeudados desde la Conquista, y los que sólo podrán disponer libremente
11 ALEMÁN, ARENCIBIA, HIDALGO Y MELIÁN (2017), p. 2.
12 GUIMERÁ PERAZA (1960), p. 1.
13 GUIMERÁ PERAZA (1960), p. 1.
14 Para más información pueden consultarse los trabajos de BENÍTEZ INGLOTT (1950) Y GUIMERÁ PERAZA (1960).
15 GUIMERÁ PERAZA (1960), p. 2.
16 En Apéndice de la obra de GUIMERÁ PERAZA (1960), pp. 109-110.
17 BENÍTEZ INGLOTT (1950), p. 96. MERCEDES CALVO CRUZ
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de ellas a partir del sexto año después de disfrutarlas, porque sólo han venido como colonos18”.
El sistema de heredamientos tuvo lugar entre 1506 y 1508, “pues quedó confirmado por Cédula de 3 de enero de 1508, en la cual se especifica que los Heredamientos se han de regir por Juntas y el acuerdo de los partícipes, bajo la vigilancia superior de la Real Audiencia de Canarias19”. Más tarde, por Real Cédula de 22 de diciembre de 1529 se regulan las atribuciones de la Real Audiencia y se establecen los alcaldes de aguas con jurisdicción sobre los heredamientos y sometidos a la vigilancia de la citada institución20. Este texto detalla por primera vez las funciones de los alcaldes de aguas y por ello constituye un referente para entender las actividades que llevaron a cabo, aunque el período que vamos a estudiar sea posterior.
Respecto a la naturaleza de estas instituciones, tanto Benítez Inglott21 como Guimerá Peraza coinciden en que fue un verdadero apoderamiento, otorgado ante escribano en favor del gobernador. Lo que permite hablar de repartimientos reales dado que fueron hechos, jurídicamente, por sus Majestades.
Por otra parte, las heredades de aguas se caracterizan por ser aguas ya alumbradas, es decir, “que discurrían por el cauce de los barrancos y quizá de algún riachuelo. Procedía esta agua de nacientes o manantiales situados más altos”22. Además, se trata de aguas privadas, como se reconoce en el artículo 1º de la ley canaria de 27 de diciembre de 1956, y señala este autor23 “pues las aguas fueron repartidas por los Reyes junto con las tierras sin limitación alguna”.
Otra característica es que se trata de agua separada de la tierra, aunque inicialmente
el agua fue repartida con la tierra a la que regaba. […] En algún momento posterior, al adquirir el agua la enorme importancia que conserva acrecentada, al sustantivarse los Heredamientos con independencia de las tierras a las que fertilizaban, se produjo la absoluta separación de tierra y agua, que aún hoy perdura”24
Esto implica que el agua podía regar la finca a la que había estado adscrita pero también a otra de la misma zona o llevarla fuera de la cuenca y venderla, permutarla, arrendarla. Esta independencia, indica25 Guimerá Peraza “constituye una consecuencia del carácter de pleno dominio privado que ostenta el heredero respecto al agua”.
Estas características de las heredades de agua, el ser aguas alumbradas, privadas y separadas de la tierra, diferencia a las heredades de las comunidades de regantes que se constituyen para alumbrar agua, son aguas públicas y adscritas a las tierras o cuencas donde se riega.
Por lo que respecta a la HAAF señala Guimerá Peraza26 que “siempre conservó su forma típica, que es el prototipo de los heredamientos” y De Nana27 califica a esta Heredamiento
18 En la exposición de motivos del Proyecto de Ley concediendo la personalidad jurídica a las heredades de aguas de Canarias tal como la costumbre inveterada y los antiguos textos legales se la reconocían, en Apén-dice de la obra de GUIMERÁ PERAZA (1960), p. 140.
19 BENÍTEZ INGLOTT (1950), p. 96.
20 En Ordenanzas Municipales de Gran Canaria (Licenciado Francisco Ruiz de Melgarejo. Año de 1529), en Apéndice de la obra de GUIMERÁ PERAZA (1960), p. 117.
21 En GUIMERÁ PERAZA (1960), p. 13.
22 GUIMERÁ PERAZA (1960), p. 14.
23 GUIMERÁ PERAZA (1960), p. 15
24 GUIMERÁ PERAZA (1960), p. 17.
25 GUIMERÁ PERAZA (1960), p. 17
26 GUIMERÁ PERAZA (1960), p. 6.
27 NANA (1958), p. 9. ALGUNAS NOTAS SOBRE LA CONTABILIDAD...
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como “el más representativo”. También Guimerá Peraza28 afirma que el citado Heredamiento data “al menos, de una Real Provisión de 31 de agosto de 1505”, fecha en la cual los Monarcas enviaron en misión especial al Licenciado Juan Ortiz de Zárate29. Por su parte, Benítez Inglott30 alega que:
Zárate obligó a presentar la titulación de las propiedades y, usando de la especial jurisdicción que le estaba concedida, puso el orden debido en todas ellas. De esta visita de Ortiz de Zárate salió […] la confirmación de las Heredades de Aguas, únicas instituciones que desde entonces han logrado sobrevivir a los siglos.
Una vez realizada una breve exposición del origen de los heredamientos de aguas centramos nuestra atención en el contexto histórico, económico, social y político en el cual se desarrolló la actividad de la HAAF para el período que abarca este trabajo, la segunda mitad del siglo XIX.
La organización de la HAAF se basaba en su órgano central, las Juntas Generales que Rizkallal Santana31 califica como “Órgano Supremo de Gobierno”, donde se toman las decisiones y actuaciones de la Heredad. Por otra parte, estaban los Alcaldes de Aguas, con funciones de autoridad, establecidas en 1529 en las Ordenanzas de Melgarejo.
Estos Alcaldes de Aguas, señala Rosales Quevedo32 “presidían las Juntas, hacían ejecutar sus acuerdos y ejercían las funciones de policía de las aguas, con autoridad suficiente para prender, denunciar y aún castigar las infracciones que en tal materia se cometiesen “ hasta que la Constitución promulgada por las Cortes de Cádiz en 1812 se constituyen Ayuntamientos y “a partir de 1839 sus funciones le son encomendadas a los Alcaldes Constitucionales, siendo el primero para la Heredad de Aguas de Arucas y Firgas, Don Gregorio Domingo Barbosa”33 Más tarde, con la promulgación de la Ley de Aguas de 1866, desaparecen los Alcaldes Constitucionales y serán las Heredades quienes designen sus organismos para su administración.
De acuerdo con lo referido, en el período que analizamos se produce el cambio de los Alcaldes constitucionales a los alcaldes elegidos por la propia Heredad, que tomarán el nombre y cargo de presidentes de la institución. Otros hechos relevantes acaecidos en este período fueron la desamortización de Madoz (1855-1875), la Leyes de aguas de 1866 y de 1879, y la Ley sobre construcciones de canales de riegos y pantanos de 1870, entre otros.
Además de las Juntas Generales y las Juntas de Gobierno y los llamados Alcaldes de Aguas, intervinieron en la HAAF otros cargos relevantes que Rosales Quevedo (1977, pp. 27-49) nos ilustra y detalla, como: secretario, secuestrario, repartidor, comisionado de obras, celador de acequias, guardería jurado y acequieros. Respecto a todos estos cargos, no vamos a detenernos aquí en sus funciones si nos referiremos a ellos a medida que vayan surgiendo en la documentación contable.
REGISTROS CONTABLES DE LA HEREDAD DE AGUA DE ARUCAS Y FIRGAS, 1855-1882
28 Como señala DÍAZ CRUZ (2012), p. 1.006, en relación a las alusiones documentales y bibliográficas que GUIMERÁ PERAZA (1960), pp. 8-13 realiza de algunos heredamientos y, en concreto, sobre el HAAF no da la fuente de esta Real Provisión, y remite a la obra de ROSALES QUEVEDO (1977).
29 Puede consultarse el trabajo de QUINTANA ANDRÉS (2015) con un apartado específico a Ortiz de Zárate y su intento de solucionar los conflictos sobre repartimientos.
30 BENÍTEZ INGLOTT (1950), p. 98.
31 RIZKALLAL SANTANA (1990), p. 31.
32 ROSALES QUEVEDO (1977), p. 28.
33 RIZKALLAL SANTANA (1990), p. 78. MERCEDES CALVO CRUZ
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La reactivación de la declaración de bien de interés cultural (BIC) por el Cabildo de Gran Canaria, en materia de Patrimonio Histórico, del edificio de la sede de la HAAF en 2015, también promovió la digitalización de su fondo documental. En este expediente se pone en valor la relevancia de su Archivo Histórico que recoge documentación de diverso interés “más allá de los obvios repartimientos y escrituras de horas de aguas34”.
Estas acciones se materializaron en la “concesión de una subvención para estudio, valoración y digitalización de parte de los archivos de la institución, considerados de mayor riesgo de conservación”35. El resultado de estas acciones son la digitalización de dos series que recogen las actas de las Juntas Generales de 1694 a 1950 y las actas de las Juntas de Gobierno internas de 1868 a 1947, que se podrán consultar sin riesgo de deterioro.
No obstante, nuestro trabajo se va a centrar en la documentación contable, que no ha sido digitalizada. Como ya señalamos en la introducción de este trabajo, comenzamos nuestro estudio sobre la HAAF analizando la documentación recogida con la denominación de “Cuentas viejas” cuyo período abarca de 1855 a 1882 y constituyen los registros contables más antiguos que conserva su archivo. Pues ya es conocido el incendio que acabó con gran parte de los archivos municipales y de la Heredad el 5 de marzo de 1875, que se custodiaban en la casa del Pósito y Casas Consistoriales36.
En el proceso de lectura, organización y análisis de la documentación contable nos encontramos con anotaciones anteriores a ese período, como pagos realizados por diversos conceptos y gastos por pleitos que tiene la Heredad. A modo de ejemplo exponemos algunos de estos casos.
Pagos realizados por diversos conceptos en los siguientes años:
1846: construcción de la torre y compra del reloj de la Heredad, como así consta en 3 resguardos de pago fechados el 10 y 30 de mayo y 20 de junio, como ejemplo transcribimos el resguardo del 30 de mayo:
Como comisionados por la Junta de Heredad de esta Villa de Arucas para la construcción de una torre y compra de un reloj que poner en ella para el servicio de la propia Heredad, recibimos de los Sres. Claveros de la Arca de los fondos de la expresada Heredad la cantidad de trescientos pesos corrientes, para atender a los gastos de la obra de que ya queda hecha mención. Villa de Arucas treinta de mayo de mil ochocientos cuarenta y seis.-
Son 300 pesos corr. Miguel Déniz Miranda, Franco. Gonzalez y Rodriguez, Germán Muxica
Luis Ponce y Ponce
Por tanto, la Heredad dotó una cuantía total de 900 pesos corrientes para la construcción de la torre y la compra del reloj. El acuerdo de esta obra y la compra del reloj fue aprobado en la Junta General de 1 de marzo de 1846, como hemos podido verificar37.
34 Archivo digital de la Heredad de Aguas de Arucas y Firgas [online], p. 1.
ALEMÁN RUIZ y otros (2017), p. 3.
36 Puede encontrarse más información en ROSALES QUEVEDO (1977), pp. 55-60 y en ALEMÁN RUIZ y otros (2017), p. 3.
37 Imágenes 6 a 8 en Archivo digital de la HAAF. También mencionan esta Junta General ROSALES QUEVEDO (1977), pp. 102-103 y RIZKALLAL SANTANA (1990), p. 103. ALGUNAS NOTAS SOBRE LA CONTABILIDAD...
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Ilustración 1. Junta General del 1 de marzo de 1846.
Fuente: Archivo digital de la HAAF.
Asimismo, en esta acta se justifica la colocación del reloj en la iglesia parroquial, y no es otra que los perjuicios que se estaba causando a la agricultura.
1847: atender la miseria del pueblo:
Decimos nos los abajo firmados, que hemos recibido de los señores llaveros, de la Junta de la Heredad de este pueblo y el de Arucas, la cantidad de cincuenta pesos corrientes que dha heredad ha tenido a bien dar a este pueblo para el […] de la miseria que actualmte sufre; y para descargo de dhos Sres damos el presente como encargados al efecto en este pueblo de Firgas a once de marzo de mil ocho c. cuarenta y siete
Franco Medina Antonio Navarro Adrian Ramirez
1848: 2.000 reales de vellón corriente para construir las casas consistoriales, como transcribimos a continuación:
He recibido de los Sres. D. German Múgica, D. Ant. Jose Ponce y D. Franco. González Rodríguez llaveros del arca de la Heredad de Arucas, dos mil rs. v. mitad de los cuatromil rs, v, con que la dha. Heredad se ha servido ofrecer p. la obra de las Casas Consistoriales de esta Ciudad: y como Depositario que soy de los caudales destinados a la dha obra doy el prese.te por resguardo de los dhos. Sres.
Las Palmas de Cana _ 12 de abril de 1848. Miguel Massieu y Tello
1855: para construir el cementerio de Firgas, acordado en acta el 30 de julio de 1854 y firman el alcalde Juan María Guerra y el cura párroco José Quintana, como consta en el recibo que transcribimos:
Decimos nos los abajo firmados que recibimos de los SS. Llaveros del heredamiento de Firgas y Arucas la cantidad de mil quinientos r. von. que dha. Heredad hizo el honor de donar en acta de 30 de julio del año pasado de 54 para ayuda de un cementerio en Firgas: y para que sirva de resguardo a dhos. SS. damos el presente firmado. Pueblo de Firgas Abril veinte y siete de mil ochocientos cincuenta y cinco.
El Alcalde Juan Maria Guerra El cura Párroco José de Quintana
Algunos de estos gastos que tuvo la Heredad ya han sido difundidos por otros investigadores y por la propia Heredad, en nuestro caso aportamos la referencia contable que arroja su archivo, como justificantes de pago del dinero que salió de las arcas de la Heredad, su fecha concreta y las personas implicadas, como los llaveros y quienes recibían la donación. MERCEDES CALVO CRUZ
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Además, algunos pagos forman parte de la labor social y benéfica que realizó la Heredad manifestada por Rizkallal Santana38, y que nosotros también podemos constatar.
Respecto a los pleitos que la Heredad tuvo en fechas anteriores al período que abarcan las primeras cuentas que conserva su archivo, exponemos a continuación algunos de ellos.
1816: La cuantía de dos pesos, que pagó D. José Fernández Abad, canónigo de la Iglesia Catedral de las Islas, 1 peso por el poder que la Heredad le otorgó y otro peso por el testimonio dado e insertado en un certificado y firma este recibo Andrés Cabrera León. Este documento es el más antiguo que hemos encontrado por el momento entre las “Cuentas viejas”.
Se trata de un pleito que tenía la Heredad con el mayordomo principal de Nuestra Señora del Pino del Pueblo de Teror sobre aguas de Valsendero. Pero no será hasta el 20 de septiembre de 1824 cuando este apoderado de la Heredad, D. Jose Fernández Abad, presente la cuenta por la defensa del citado pleito. La cuenta se rinde mediante el sistema contable de Cargo y Data.
La contabilidad de Cargo y Data, señala Hernández Esteve39
(…) era una modalidad de anotación contable, perfectamente conocida y delimitada en la práctica, que se utilizaba, principalmente, en las organizaciones en las cuales las actividades económicas estaban confiadas a un administrador o a una serie de administradores y agentes”. También añade este autor que “era una contabilidad de carácter interno, pues solo registraba las operaciones realizadas por el agente por cuenta del principal, así como la relación recogida era exclusivamente la producida con este motivo entre ellos dos.
En este sentido, “la naturaleza y características de las Administraciones públicas y, en general, de una clase de organizaciones como la Iglesia, monasterios y órdenes religiosas, casas señoriales, hospitales y universidades, etc., que no estaban imbuidas de un ánimo de lucro de tipo agresivo o comercial, hacían que, en principios, este sistema contable se ajustara mejor a sus necesidades” 40. Y este también es el caso que nos ocupa, las heredades de agua, instituciones que tratan de distribuir el agua de la manera más eficiente y buscando el bien común de los herederos y de personas ajenas a la institución pero que forman parte de su entorno.
Esta contabilidad de Cargo y Data se suma a otras contabilidades desarrolladas en España por este sistema y que afortunadamente han sido conservadas y también en otros países europeos.
La estructura de la cuenta presenta dos partes diferenciadas, el cuerpo del asiento en la parte central, donde se anota la cuantía pagada y su concepto y al margen derecho se anota la cantidad a la que asciende el pago, en reales de vellón corriente y maravedís. Pero, no se numeran los asientos en el margen izquierdo, como suele ocurrir en otros casos y es habitual en el método de Cargo y Data.
También, en cada asiento se indica el número del recibo que lo justifica. Los recibos se adjuntan al final de la cuenta y de su auditoría, pues justificaban los pagos realizados por el apoderado y fueron 20 comprobantes. Mostramos a continuación uno de los asientos y su comprobante:
Por ciento sesenta rs. pagados al mismo Procurador
Lara, según recibo nº 10------------------------------------ 160”
38 RIZKALLAL SANTANA (1990), p. 101.
39 HERNÁNDEZ ESTEVE (2013), p. 90.
40 HERNÁNDEZ ESTEVE (2013), p. 90. ALGUNAS NOTAS SOBRE LA CONTABILIDAD...
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Comprobante, recibo nº 10:
Recibí de D. Francisco de los Ríos vecino desta Ciudad y pr. cuenta del Sr. Cano. Dn. Jose Abad ocho duros que importó el documento dado por el Escno. de Cámara D. Fernando Cambreleng para presentar en los autos que sigue el heredamiento de Arucas con el de Teror sobre aprovechamiento de aguas de que dho. Sr. Cano. es encargado. Y pa. abono del expresado D. Franco. de los Ríos doy este como Pror.. que soy en dho. Pleito en Cana. a 7 de julio de 1819”. El justificante viene firmado al pie por Diego de Lara.
Esta circunstancia de adjuntar los recibos era un rasgo propio de este sistema de Cargo y Data, pues como revela Hernández Esteve41 “la rendición de cuentas presentada por el agente frente a su principal se hacía siempre mediante la presentación de los oportunos documentos justificativos de cada partida”.
El total del cargo ascendió a 9.000 reales de vellón corriente y la data fue de 9.008 reales de vellón y 8 maravedís, resultando un alcance de 8 reales de vellón y 8 maravedís a favor del apoderado y en contra de la Heredad, final de la cuenta que transcribimos.
A continuación de la rendición de la cuenta, y en el mismo folio, se detalla su revisión que fue realizada por Domingo Suarez y Guerra y Miguel Ponce Medina, con sus firmas. La auditoría de la cuenta fue favorable, dado que no se encontró ningún error, como puede observarse en la transcripción:
Habiendosenos pasado estas cuentas para su revisión y no hallando reparo en ellas juzgamos debe recaer a continuación el acuerdo aprobándolas y mando satisfacer su alcance al Sr. q. las presenta y sirvió al Heredamiento sin interés alguno, y a pesar de sus muchas ocupaciones, Arucas nueve de Agosto de mil ochocientos veinte y seis.
Al pie de la auditoría firman Domingo Suárez y Guerra y Miguel Ponce Medina. Se puede observar que la auditoría se realizó casi dos años después de haber presentado la cuenta. Esta circunstancia era habitual en otras instituciones y sobre todo en la contabilidad de la administración pública.
Además, nos parece curiosa la nota que añaden: “Aunque se halla también nombrado el Capitán D. Tomás Ramirez para la revisión de estas cuentas este expresó q. las daba p. aprobadas, y que no entendía de cuentas”.
Finalmente, otra nota indica el corto alcance de la cuenta a favor del procurador y es firmada la nota por el propio procurardor, D. Jose Fernández Abad.
1849: Cuenta de los gastos que tuvo la Heredad en “la causa criminal contra José Guerra por sospechas de haber destrozado una cantonera nueva que se hizo en Firgas”. Esta cuenta la presenta el procurador Juan Melian y Caballero por los gastos que le ha ocasionado la defensa del citado pleito y abarca de mayo a diciembre de 1849, ascendiendo los gastos a un total de 2.440 reales y 20 maravedís. En la cuenta se van asentando cada uno de los gastos en la fecha que tienen lugar y al margen derecho se saca la cuantía. Al final de la cuenta se obtiene el total y se anota lo siguiente:
Importan las anteriores partidas dos mil cuatrocientos cuarenta reales veinte mrs. que he recibido de la Heredad pr medio de su comisionado el S. D. Luis Ponce a quien doi la presente en Las Palmas a 22 de Dic. de 1849.
A continuación, la cuenta está firmada por el procurador.
41 HERNÁNDEZ ESTEVE (2013), p. 92. MERCEDES CALVO CRUZ
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ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2018), XXIII-110, pp. 1-12
Debajo de la firma del procurador se añade: “Recibí de los Señores Llaveros de la misma Heredad cantidad que expresa la precedente cuenta de gastos para los efectos que convenga doy la presente que firmo comisionado en Arucas a 28 de Diciembre de 1849”. Y, a continuación, firma el comisionado de la Heredad D. Luis Ponce y Ponce.
Las cuentas de los pleitos que hemos analizado nos dan una pequeña muestra de los diferentes motivos que los causaban, bien por el uso indebido del agua o por abusos cometidos contra las instalaciones de la Heredad. Además, aportan el coste monetario que suponía para la Heredad afrontar los pleitos y, por otra parte, los costes de reparación de las instalaciones, que tendría que atender.
Quedaría ahora analizar las entradas monetarias que recibía la heredad y contrastarlas con los gastos en este período, anterior a las citadas “Cuentas viejas”, pero este será otro trabajo.
CONSIDERACIONES FINALES
Las heredades de aguas han ocasionado entre los investigadores y personas vinculadas a ellas una historiografía relevante, que nos muestra a las heredades desde perspectivas heterogéneas. Por nuestra parte, queremos contribuir al conocimiento de estas instituciones a través de una fuente primaria como es la contabilidad que aguarda dormida en sus archivos, concretamente, en el archivo de la Heredad de Arucas y Firgas.
Soy consciente de la pequeña muestra que constituye este trabajo, una gota de agua en el inmenso torrente que aportará la documentación contable de esta Heredad. Pero se han mostrado algunos ejemplos de las actividades realizadas por la Heredad, sobre todo aquellas que perseguían el bien común de su entorno, actividades sociales, y aquellas que iban más allá y constituían verdaderas obras de beneficencia cuando el poder público no suplía las necesidades. Ahora todas estas actividades cobran fuerza, toda vez que quedaron reflejadas en los registros contables.
También, se ha expuesto el sistema contable y sus características utilizado por la Heredad en estos años, donde encontramos algunas semejanzas con las cuentas de la administración pública, no sólo en el sistema contable utilizado sino también en la tardanza en el proceso de rendición y verificación de las cuentas. Esta circunstancia ocasionaba enormes dificultades a la hora de conocer la financiación de las instituciones. Aunque los casos presentados son puntuales y no se puede extrapolar a la generalidad. Por ello, queda aún un largo camino por recorrer para conocer de una manera más amplia la historia de la Heredad y sus actividades a través de su contabilidad.
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