XXII Coloquio de Historia Canario-Americana
ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-086b, pp. 1-12
TESIS DOCTORAL. EL AGUA EN CANARIAS: ESTUDIO DE LOS APROVECHAMIENTOS HÍDRICOS SUPERFICIALES BAJO LA LEY DE AGUAS DE 1879 (1879-1959)
THESIS. WATER IN CANARY: STUDY OF THE USES WATER UNDER THE SURFACE WATERS 1879 (1879-1959)
Pedro Luis Díaz Cruz*
Cómo citar este artículo/Citation: Díaz Cruz, P. L. (2017). Tesis doctoral. El agua en Canarias: estudio de los aprovechamientos hídricos superficiales bajo la Ley de Agua de 1879 (1879-1959). XXII Coloquio de Historia Canario-Americana (2016), XXII-086b.
http://coloquioscanariasmerica.casadecolon.com/index.php/aea/article/view/10031
Resumen: La presente tesis estudia las solicitudes y concesiones de aguas superficiales realizadas en las ocho décadas que transitan entre 1879 y 1959: ubicación, obras realizadas, extracción social de los peticionarios, conflictividad, venta y precio del agua, aproximándose a las especificidades de estos aprovechamientos en las distintas islas, a través de seis etapas relacionadas con la demanda de productos isleños por los mercados europeos: 1879-1901 [crisis de la cochinilla e implantación de nuevos cultivos de exportación (18 peticiones)]; 1902-1919 [consolidación de la nueva oferta de embarque (186 peticiones)]; 1920-1932 [etapa de expansión (242 requerimientos)]; 1933-1938 [crisis generalizada (37 peticiones)]; 1939-1947 [reactivación de solicitudes (121 peticiones)]; 1948-1959 [máximos niveles de solicitudes (333 peticiones)]. Entre 1879 y 1959 se realizaron 937 solicitudes, 389 para embalses, 470 de tomaderos y 78 nulas, centradas principalmente en Gran Canaria. Terminarían concediéndose 216 presas y 208 tomaderos; añadiéndose 165 peticiones de inscripción por carácter inmemorial.
Palabras clave: Agua. Canarias. Riego. Concesiones. Privatización. Plátano. Presas. Tesis
Abstract: This thesis examines applications and grants of surface water made within eight decades between 1879 and 1959: location, works made, social extraction of the petitioners, confliction, sale and price of water, approaching the specificities of these exploitations in various islands, through six stages related to the demand of island products for European markets: 1879-1901 [cochineal crisis and implementation of new export crops (18 requests)]; 1902-1919 [the new offer boarding (186 requests) consolidates]; 1920-1932 [expansion stage (242 requests)]; 1933-1938 [generalized crisis (37 requests)]; 1939-1947 [reactivation of applications (121 requests)]; 1948-1959 [moments of maximum levels of applications (333 requests)]. Between 1879 and 1959 937 applications for 389 reservoirs, 470 and 78 tomaderos zero, mainly focusing in Gran Canaria were made. They end up being granted 216 dams and 208 tomaderos; adding 165 applications for registration by immemorial character.
Keywords: Water. Canary Islands. Irrigation. Concessions. Privatization. Plantain. Thesis
INTRODUCCIÓN
La tesis doctoral “El agua en Canarias: Estudios de los aprovechamientos hídricos superficiales bajo la Ley de 1879 (1879-1959)” analiza el fenómeno de privatización en las Islas tanto de sus aguas continuas como discontinuas en las ocho décadas que se inician con la promulgación de la Ley de Aguas vigente en el Archipiélago hasta 1990. Indaga en los oríge-
* Doctorando de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Departamento de Ciencias Históricas. Profesor de CCSS Enseñanzas Medias. Las Palmas de Gran Canaria. España. Teléfono: +34928361678; +34636922302; Correo electrónico: pdiazcruz@gmail.com.
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nes de la su propiedad, su vinculación con la demanda europea, la ubicación de las solicitu-des, la extracción social de los peticionarios, las obras realizadas, la conflictividad, la venta y precio del agua.
JUSTIFICACIÓN
La carencia de un trabajo global al respecto, el interés mundial suscitado en las últimas décadas sobre la temática del agua y la constante actualidad en Canarias de los estudios sobre su hidrología parecen suficiente aval para acometer su estudio. La propuesta de investigación fue presentada por el Dr. Suárez Bosa durante el curso de doctorado que impartiera, “Canarias entre 1975 y 1984”, correspondiente al Bienio 1994/96, Historiografía de Canarias: Estado de la Cuestión y Perspectiva de Investigación. Y el compromiso fue aceptado tras su aceptación de la dirección de dicha investigación.
OBJETIVO-TÍTULO
El objetivo inicialmente trazado quedó recogido en el propio título de la tesis. La ley de 1879 distinguía en las aguas continentales entre superficiales, estancadas y subterráneas, lejos del concepto actual de ciclo global. Diferenciaba entre aguas vivas, de manantiales y corrientes, tratadas en el capítulo II, aguas muertas o estancadas (capítulo III) y aguas subterráneas (capítulo IV), precisando el dominio público o privado en cada caso. El objeto de este estudio son las primeras, que por el régimen de su caudal pueden distinguirse en remanentes, manantiales o continuas, y discontinua, estacionales o de lluvias, y lo en lo que pudieran verse afectadas de su estancamientos en embalses o represas. La práctica totalidad de las aguas discontinuas en Canarias se considerará de dominio público, así como parte de las continuas, y por ello susceptibles de concesión por la Administración del Estado1.
CUESTIONAMIENTOS PREVIOS
Una serie de interrogantes fueron orientando la configuración del estudio: ¿Supuso La Ley de 1879 un cambio en el proceso de privatización del agua? ¿Cómo afectó a la sociedad y la economía? ¿Se mantuvo una demanda constante de aprovechamientos? ¿Respondía a alteraciones en el modelo productivo? ¿Existen distintos momentos en la demanda de agua? ¿Presenta nuevos modos de acceso al agua? ¿Quiénes las realizaron? ¿Cómo afectó a la estructura de propiedad anterior? ¿Se vio afectado el régimen jurídico de la propiedad? ¿Dónde se ubicaron las solicitudes? ¿Qué grado de conflictividad originó? ¿Existió un comercio del agua y cuál fue el papel dinamizador de los precios? ¿Se distanció el paradigma de aprovechamiento de agua respecto al resto del Estado?
METODOLOGÍA
A partir de aquí el trabajo se bifurcó en dos acciones paralelas: estudio de la producción bibliográfica sobre el tema, con el doble propósito de presentar un Estado de la Cuestión
1 Será en el Capítulo XI de la mencionada normativa, en su sección primera, donde se aborde la concesión de aprovechamientos, y en la sección cuarta, la de aprovechamientos de las aguas públicas para riego. Por otra parte, estrechamente relacionado con el apartado anterior será el Capítulo XIII, sobre comunidades de regantes, sus sindicatos y los jurados de riego, beneficiarios de estas concesiones. TESIS DOCTORAL. EL AGUA EN CANARIAS...
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actualizado y una Hipótesis coherente que pudiera someterse a análisis posteriormente; a la vez que se iniciaba la búsqueda de bancos informativos y acopio documental para armar la propia investigación.
Estudio Bibliográfico: Estado de la Cuestión
En referencia al estudio bibliográfico la investigación hunde sus raíces y se levanta sobre este laborioso apartado que nos retrotrae a los momentos iniciales de la colonización. Es deudor de la amplia producción científica al respecto2, destacando la de Marco Guimerá Peraza (1960) y la dirigida por Alejandro Nieto (1969). La primera, por aportar muchas de las fuentes y autores sobre el asunto. La segunda, por abrir un nuevo replanteamiento interpretativo más crítico3.
Este estudio distingue entre una línea historiográfica tradicional, laudatoria a las Heredades de Aguas, que llega a mitificar sus orígenes y protagonismo, frente a otra corriente crítica, más reciente, y con vocación de rigurosidad científica que pone en duda los postulados apriorístico y aboga por un análisis y reinterpretación de las fuentes. En ambas aparecen autores partidarios y detractores de la propiedad privada del agua.
Hipótesis
Como respuesta a estos interrogantes previos, a los resultados de las pesquisas y como frutos del Estado del Arte se plantea la siguiente hipótesis que se someterá a verificación en el desarrollo analítico de la tesis: La Ley de 1879 significó en Canarias el último episodio de un proceso de privatización de las aguas, iniciado ya desde el mismo momento de la conquista y colonización. Superada la crisis de la cochinilla, Canarias inicia una constante e irregular alza de peticiones de aprovechamientos de aguas públicas motivada por la mayor exigencia hídrica del nuevo modelo productivo basado en la exportación del plátano, el tomate y la papa. Esto supuso un trasvase de caudales detraídos de las zonas de cumbres y medianías hacia las áreas costeras, contribuyendo al paulatino pero constante vaciado poblacional del interior y la reconfiguración entorno a las regiones agroproductoras costeras, a la vez que hacía posible la nueva alternativa económica. Durante este período pueden apreciarse distintas etapas en los requerimientos de agua relacionados estrechamente con la demanda que realizan los países europeos de la producción isleña. El acceso a la propiedad de las aguas superficiales se hará a través de concesiones administrativas o mediante el reconocimiento del uso inmemorial de un aprovechamiento. Esta última vía, que regularizaba los abastecimientos tradicionales, como los realizados por las Heredades de Aguas, aunque también todo aprovechamiento clandestino que viniera efectuándose durante veinte años de forma continuada y pacífica, se utilizará tardíamente debido a la resistencia de los usuarios a aceptar su carácter público y por carecer muchas de estas entidades de la personalidad jurídica que representase a la totalidad de sus
2 En Historia Prehispánica (Tejera Gaspar, del Arco Aguilar y Navarro Mederos, Hernández Marrero, Pais Pais, Perera Betancort, García Rodríguez, González Navarro), en Historia Medieval (Azanar Vallejo, de la Rosa Olivera, Viña Brito), Hª Moderna (Núñez Pestano, Suárez Grimón y Quintana Andrés), en Historiografía Contemporánea (Macia Hdez, Ojeda Quintana, Carnero Loronzo, Nuez Yánez, Suárez Bosa), visión general como Bergasa Perdomo y González Viéitez, Macía Hernández, Ojeda Cabrera, perspectiva jurídica como Sar-miento Acosta, de carácter multidisciplinar como la de Juan Hernández Ramos y Simón Benítez Padilla.
3 En ella distintos autores introducen nuevas líneas de reflexión: Leopoldo de la Rosa en su análisis de “Libros de Datas Originales” de Serra Ràfols, demuestra que no siempre el agua estaba ligada a la tierra; Alejan-dro Nieto en su “Evolución de los Heredamientos” afirma que son fruto de una usurpación de la titularidad pública; Peraza de Ayala en su “Heredamiento de El Río” plantea que su naturaleza recuerda privilegios medie-vales. Dentro de esta línea podemos citar obras como “El Agua en Canarias. Factor Polémico…” (1981) dirigida por de la Escalera Llorca y donde intervendría Leopoldo de la Rosa Olivera entre otros. PEDRO LUIS DÍAZ CRUZ
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miembros que la integraban. Finalmente, las Heredades y otras asociaciones análogas como Heredamientos de agua, Dulas y Acequias, propietarios tradicionales tanto de aguas subterráneas como superficiales en un régimen de copropiedad comunal privada, encontrarían en la Ley de 27 de diciembre de 1956 el reconocimiento de su personalidad jurídica. Simultáneamente, también se le reconocería a las modernas comunidades de aguas, nuevas sociedades tanto limitadas como anónimas, cuyo objetivo fundamental estribaba en la captación y gestión de los caudales de la corporación, así como otras semejantes que no se hubiesen constituido como asociación de interés particular en sociedades privadas o en sindicatos o comunidades de regantes. Estas últimas, cuyas aguas eran superficiales públicas, tenían como destino específico el riego de sus comuneros, y se encontraban reguladas en el capítulo XIII de la Ley de 1879; sin embargo, al transmutarse en Canarias muchas Heredades en éstas, se alteró su naturaleza. En el mismo momento (1956), el Decreto de 8 de diciembre de 1933 suspende las disposiciones sobre auxilios del Estado a la iniciativa privada en Canarias, paralizando el avance de la competencia en el sector e incentivando la legalización de los viejos aprovechamientos por prescripción.
La labor de programación, gestión, conducción, almacenaje y venta, hasta entrados los años treinta, sería protagonizada fundamentalmente por una nueva iniciativa privada, alejada generalmente de las tradicionales Heredades de Aguas, que se aplicaban en la defensa de sus caudales. Los peticionarios eran en su mayoría grandes productores para el embarque, de extracción social principalmente burguesa, junto a un sector latifundista y nobiliar, así como inversionistas de procedencia diversa en el mercado especulativo del agua, todos próximos a la estructura del poder insular o formando parte de ella. Durante gran parte del período, las solicitudes se requirieron principalmente para satisfacer el riego en la zona platanera del norte de las islas con la excepción de La Gomera. Muy tardíamente las peticiones se abrirán hacia el mediodía isleño.
La importante conflictividad a la que dio lugar el sistema de concesiones se fue incrementando a medida que las peticiones aumentaban. Muchas de ellas se solicitaban para la venta de sus caudales, destinadas a atender a un mercado del riego de precios variables, aunque siempre elevados.
Estudio documental e interpretativo
La labor de documentación y análisis se dirigió a examinar los expedientes de solicitudes de concesiones de los Consejos Insulares de Aguas de las islas, así como los (B)oletines (O)ficiales de la (P)rovincia; y estudiar fuentes explicativas, tanto bibliográficas como documentales, a través de bibliografía histórica acreditada, así como de otras inéditas, los resultados obtenidos.
Fuentes directas: expedientes de los Consejos Insulares y Boletines oficiales provinciales. Dificultades
El amplio trabajo de campo que facilitaron tanto los Archivos de los Consejos Insulares como los BOP (BOP de Canarias hasta finales de 1927 y BOP de Santa Cruz de Tenerife y BOP de Las Palmas a partir de la división provincial) dota al estudio de una base documental exhaustiva. Referente a los expedientes de solicitudes de Agua, las dificultades principales vinieron tanto por la omisión del registro de solicitudes en las islas occidentales como del estado de las fuentes y su dispersión. Se añadía, como señala la Comisión de Recursos Hidráulicos del Cabildo Insular de Gran Canaria (1991:21), la falta de control administrativo. Solo en la provincia de Las Palmas, donde el aprovechamiento de las aguas superficiales ha TESIS DOCTORAL. EL AGUA EN CANARIAS...
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tenido mayor importancia, cada solicitud presenta su expediente correspondiente. Por otra parte, en Tenerife no se consiguió consultar ningún expediente de esta tipología; sin embargo, sí se tuvo acceso al Libro de Registro de Concesiones, pero quedaban ocultas las peticiones no concedidas. Por ese motivo la investigación se vio abocada al estudio pormenorizado de los boletines provinciales, donde se hacía obligatoria la publicación tanto de la solicitud como de sus concesiones. Esta labor, iniciada con el vaciado de los BOP de Canarias (1879-1927) en la hemeroteca del Museo Canario, el Archivo Histórico Provincial de Las Palmas “Joaquín Blanco” y la Biblioteca Digital Jable, tuvo que ser completada en la sesión microfilmada de la Biblioteca del TEA (Tenerife Espacio de las Artes) y en la Biblioteca de la Universidad de La Laguna del Campus de Guajara. Fue en estas dos últimas donde se acometió el estudio de los BOP de Santa Cruz de Tenerife entre 1927 y 1959.
Las peticiones de la Provincia de Las Palmas se trabajaron principalmente a través de sus expedientes en los Archivos de los Consejos de Aguas de sus respectivas islas. Muchos se encuentran mutilados, a falta de determinadas diligencias cuando no de todas. Suele presentarse en el caso en los expedientes llamados “muertos”, que fueron sobreseídos en su momento y tan sólo conservan su valor de testimonio histórico. En ocasiones, sólo consta su referencia en el libro de registro o en las fichas de seguimiento. Sin embargo, algunos de los “activos” también tienen tramitaciones irregulares. Por otro lado, tan sólo pocos llevan adjuntos los preceptivos proyectos que actualmente en Gran Canaria se encuentra, en el mejor de los casos, en un archivo en proceso de reestructuración, con dificultades para ser consultados. Agrava la situación la dispersión de la documentación que obedece a distintos motivos: durante todo el período en estudio las tramitaciones se realizaron en las oficinas provinciales dependientes del Ministerio de Fomento y Obras Públicas de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria; no obstante, en determinados momentos estas peticiones se centralizaron en la última, encontrándose relacionadas no sólo solicitudes de las islas orientales sino también de La Palma, La Gomera e incluso de Tenerife. Mucho más acentuados serán los efectos producidos a partir de 1990 con la cesión de competencias en materia de aguas por parte del Gobierno de Canarias a los Cabildos Insulares. Los dos archivos provinciales fueron desmembrados remitiéndose los legajos a los respectivos Consejos Insulares.
Otros bancos informativos
Por otra parte, se contaba con la relación de aprovechamientos realizada por los profesores Macías Hernández y Ojeda Cabrera, aportada en el apéndice “solicitudes de aguas públicas continuas, discontinuas y subterráneas (1872-1914)” de su trabajo Acerca de la revolución burguesa y su reforma agraria. La desamortización del agua (1989), así como la relación de embalses que presenta Benítez Padilla (1958:205-208). También se recurrió a los bancos de información de SEPREM (Sociedad Española de Presas y Embalses), Embalses.net (Estado de los embalses y pantanos de España), y la información que arrojaban otros estudios específicos, como la bibliografía editada por los Consejos Insulares de Agua.
Fuentes indirectas inéditas
Para la interpretación de determinadas etapas el estudio tuvo acceso a Fuentes inéditas como La Memoria-Informe que las sucursales del Banco Bilbao remitían a la Central: Sucursales de Las Palmas y Tenerife (1931-1960), la de Telde (1947-1960); esta última presentó un listado pormenorizado de las cotizaciones del agua y su justificación. También se PEDRO LUIS DÍAZ CRUZ
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contó con un trabajo de Hernández Ramos (1936) donde el autor realiza un análisis de los factores de la crisis que acaecía en esos momentos en Canarias, apuntando soluciones.
Marco cronológico. Delimitación de etapas
Si bien cuando se acometió el estudio se marcó el preceptivo marco de distanciamiento de 50 años, aunque la toma de datos abarcó en las islas orientales sobre pasó el siglo XX, resultó más comprometido optar por un criterio que permita establecer las etapas exactas que se presentasen en el periodo en estudio (Cronológica, jurídica,…). La opción adoptada finalmente sería el propio ritmo de la demanda de aprovechamientos de aguas superficiales que se relevó a la postre vinculado a la coyuntura económica que en cada momento marcaban las exportaciones isleñas.
Tratamiento de la información: variables
Cada expediente o anuncio en los Boletines Provinciales se sometió al vaciado en una ficha informatizada en la que se registraron las variables significativas. La primera consistió en la propia solicitud, que permitió confirmar la existencia de momentos de activación de los requerimientos de agua. Así se pudo establecer hasta seis etapas en el período 1879-1959. Además, en un primer momento se registró: isla de actuación, revelando la tendencia a la concentración de este tipo de aprovechamiento en Gran Canaria; peticionario, que permitió indagar la extracción social de los solicitantes; barranco y término municipal, que posibilitó detectar el área y cultivo afectado; fecha de la solicitud y de concesión, si la hubo; número de expediente y la variable obras concluidas, que aproximó al grado de infraestructura del Archipiélago en cada momento. Las variables “peticiones” (Expedientes A) y “reconocimiento por prescripción” (Expedientes RA), recogidas en fichas de vaciado distintas, diferenciaron entre las nuevas solicitudes y los aprovechamientos tradicionales, como los detentados por las Heredades y los grandes tenedores de aguas, y las causas de la regulación tardía de estos últimos. Las escasas solicitudes que no fueron explícitamente denegadas pero cuya concesión no logró confirmarse, pasaron a engrosar junto a las no concedidas el componente “denegadas/no constan”. Un segundo planteamiento permitió la incorporación de las siguientes variables: “destino de las aguas solicitadas”, para riego o venta; “tipo de aprovechamiento”, discriminando entre presas y tomaderos; cantidad requerida que no correspondería con la finalmente otorgada; “oposición” y “competencia”, que, estudiadas a través de las apelaciones, permitirían analizar el grado de conflictividad; y las variables “venta” y “tarifa” que revelaron un comercio activo de aguas para riego, así como una aproximación a su precio.
Estructura
El trabajo se encuentra estructurado en una primera parte donde se presenta el marco teórico-contextual sobre el que se apoyarán las posteriores indagaciones. En el Capítulo I se presenta un actualizado Estado de la Cuestión del agua en Canarias desde la incorporación del Archipiélago a la Corona de Castilla hasta los momentos actuales de adaptación de la normativa canaria de aguas a la legislación europea. En el Capítulo II, El legado hispánico, se pretende dar una visión suscita de las innovaciones hidráulica que en distintos momentos se TESIS DOCTORAL. EL AGUA EN CANARIAS...
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efectúan en España, y que a la postre heredará Canarias. Por otra parte, en los primeros apartados de los posteriores capítulos se presenta el encuadre temporal que define cada momento no sólo como marco cronológico en el que se producen las distintas actuaciones en análisis sino como causa de las mismas.
El trabajo empírico de búsqueda, examen e interpretación de las tramitaciones a que dieron lugar los requerimientos de concesiones de aguas públicas superficiales se presenta en los seis capítulos posteriores que corresponden a las distintas etapas de demanda entre 1879 y 1959. Se inicia con el Capítulo III, intervalo 1879-1901, momento de escasas solicitudes motivado por la crisis de la producción de la cochinilla y la búsqueda e implantación del nuevo modelo productivo platanero. Entre 1902 y 1919, Capítulo IV, las peticiones de aguas superficiales aumentan debido a la consolidación de las exportaciones de plátano, tomate y papa, que acusarán la primera crisis de producción por la Primera Guerra Mundial. Tras el armisticio, la demanda europea se restablece dando lugar a una etapa de expansión en la producción agraria de embarque y, por consiguiente, en los requerimientos de agua entre 1920 y 1932 que se trata en el Capítulo V. El Capítulo VI aborda el momento de crisis que supondrán los años transcurridos entre los últimos de la IIª República y el final de la Guerra Civil, 1933 y 1938, que supondrán un retroceso de las peticiones aunque durante los primeros momentos se concluyera un importante número de proyectos. El inicio de autarquía franquista de posguerra (1939-1947) será el objeto del Capítulo VII donde los requerimientos de agua se reactivan, sin alcanzar los niveles de periodos anteriores, a pesar de las trabas gubernamentales y el aislamiento exterior. En el Capítulo VIII se tratará una segunda etapa autárquica (1948-1959) caracterizada por una cierta apertura hacia el exterior, reactivación de las exportaciones y unos niveles no alcanzados en la demanda de aguas superficiales. Finalmente se añade un último Capítulo IX de Conclusiones, tras el que se adjunta un apartado de Anexos, donde se aporta el vaciado de los datos obtenidos de solicitudes y concesiones por etapa, y otro de Apéndices de interés para el seguimiento de la investigación.
RESULTADOS
Proceso de privatización
El primer resultado que se desprende del estudio es que estamos ante un nuevo capítulo de privatización de recursos públicos, como explícitamente se expone en el Artículo 188 de la Ley de Aguas, donde se reconocía la concesión a perpetuidad de las solicitudes otorgadas a propietarios de tierras, y por 99 años a las sociedades para riego de tierras ajenas.
Etapas entre 1879 Y 1959
La demanda de agua mantiene un ritmo desigual, evidenciado seis etapas que se corresponderían con la demanda comercial europea: 1879-1901 (18 peticiones), 1902-1919 (186 peticiones), 1920-1932 (242), 1933-1938 (37), 1939-1947 (121) y 1948-1959 (333).
Distribución de solicitudes y concesiones
Durante el periodo analizado (1879-1959) se efectuarán 937 peticiones: 389 estaban destinadas a levantar presas (de las que se concedieron 216) y 470 para tomaderos (finalmente PEDRO LUIS DÍAZ CRUZ
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otorgados 208); 78 fueron consideradas nulas pues, aunque probablemente estaban haciendo referencia a tomaderos, sus peticiones no especificaron el tipo de aprovechamiento. Tanto las solicitudes como las concesiones se concentrarán principalmente en las islas productoras de plátanos, destacando entre todas Gran Canaria con 605 peticiones (65%), seguida de Tenerife, 245 solicitudes (26%), La Gomera 60 (6%), La Palma 22 (2%) y Fuerteventura 4 (0’4%). Igualmente, respecto a las concesiones Gran Canaria destaca con 337 (79%) de las 424 en total, seguida por Tenerife con 55 (13%).
Solicitudes en inscripción por prescripción
Aunque tardías, entre 1879-1959 se realizaron al menos 166 solicitudes de inscripción de aprovechamientos por prescripción, es decir por uso pacífico e ininterrumpido de un aprovechamiento durante más de 20 años. Si bien en la primera etapa no se realizaría ninguna y en las dos siguiente apenas dos y una respectivamente, será a partir de la cuarta etapa cuando adquiera cierta relevancia con 16 solicitudes, destacando las 77 efectuadas entre 1939-1947 y las 70 de los últimos momentos.
Ubicación de las solicitudes
La petición de aprovechamientos de aguas superficiales estuvo destinada preferentemente hasta 1939-1947 a atender el riego de las áreas plataneras del Norte del Archipiélago y Sur de La Gomera. Será tan solo en la última etapa cuando se abra decididamente hacia áreas más meridionales.
Obras concluidas
Durante el periodo se llegaron a concluir 108 presas, 70 en Gran Canaria que constituía el 65% del total, seguida por Tenerife con 21 presas (19%), y 16 en La Gomera (15%) y una en El Hierro (1%). De la realización de las dos de la primera etapa hay ciertas dudas; en las etapas posteriores se levantaron 12, 14 y 12 respectivamente. Será en la primera etapa de autarquía, con 22 embalses construidos, y entre 1948-59, con 46 muros levantados, cuando se alcancen las mayores realizaciones.
Respecto a los tomaderos concluidos fueron más de los 140 constatados los que se realizaron. Al ser obras de baja cuantía e impacto su seguimiento debió ser menor con lo que documentalmente tan solo disponemos evidencia de tan escaso número. Las siete concesiones de los primeros momentos debieron realizarse, y con gran probabilidad muchos de los 53 tomaderos aprobados entre 1920- y 1932; sin embargo, en este último caso se consta el reconocimiento final de obras de 34, aunque solo 10 realizados en la etapa: 8 en Gran Canaria y 2 en La Gomera. Destaca la etapa 1902-1919 con posiblemente 50 aperturas y la última etapa autárquica con 45. Sin embargo llama la atención las 17 realizaciones efectuadas entre 1933 y 1938 en unos momentos de grave crisis. La mayor parte de este tipo de aprovechamiento se encuentran en Gran Canaria con 103 realizaciones (73’5%)
Extracción social de los peticionarios
El trabajo evidencia la relación entre un patriciado nobiliario-burgués agro-productor y la demanda de agua. Dentro de los solicitantes distingue entre un sector nobiliar, en ocasiones TESIS DOCTORAL. EL AGUA EN CANARIAS...
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antiguorregimental que hunde sus raíces en la propia conquista, próximo a un estrato latifundista; un amplio componente burgués, distintas agrupaciones y actuaciones públicas. El primer componente social, aunque minoritario, se encuentra presente en todas las etapas tanto explícita como implícita, llegando a alcanzar el 17% y el 19% en la tercera y cuarta etapa.
No llegó nunca a sobrepasar el 30% las actuaciones realizadas por agrupaciones. Y las actuaciones públicas suponen el sector de menor presencia, en ocasiones insignificante o nula. Será el componente burgués el que signifique todo el periodo. Las peticiones de extranjeros son porcentualmente escasamente, pero muy localizadas y significativas: la compañía noruega The Norwegian Canary Agriculture Company Limited en La Gomera, Elder and Fyffes, principalmente en el sur de Tenerife, y Leacock en el norte de Gran Canaria.
Conflictividad
Distinguimos entre las apelaciones contra las solicitudes de aprovechamientos y las tramitaciones en competencias. Unas 450 solicitudes se vieron afectados por oposiciones lo que supone el 48%, así como 75 peticiones tramitadas en competencia, siendo cientos los apelantes, cuyos nombres quedan recogidos en el estudio. Destaca la etapa 1920-1932 con 110 peticiones afectadas y 15 tramitaciones en competencia. Pero sobre sale las etapa 1948-59 con 189 y 42 respectivamente.
Mercado del agua
Las solicitudes para la venta no sólo debían de explicitarlo sino que tenían que adjuntar la tarifa de precios. Aunque, ni siempre se adjuntó el listado de precios, ni estos reflejaban el valor del agua en cada momento, el estudio de tales solicitudes permite una aproximación al mercado del agua en Canarias, teniendo presente que las tarifas menores tenían prioridad en tramitaciones en competencia, y que, en última instancia, el precio real del agua lo dictaba la ley de la oferta y la demanda. Durante el periodo 1879- 1959 se efectuaron 293 (31%). Hasta la tercera etapa se mantiene una ascendencia vertiginosa (1-46-109), marcando este último momento el máximo nivel de peticiones para el mercado. La caída brusca entre 1933-1938 comienza a remontarse durante la autarquía sin llegar a alcanzar los niveles anteriores. Por otra parte presentaban una doble tarifa, una para el semestre de lluvias y otra para el de sequía.
La tarifa fijaba el precio de un metro cúbico. Dado que lo habitual era suministra 10 litros por segundo, en una hora se habrían suministrado 36.000 litros (es decir 36 m3) cuyo precio (36 por el precio del m3) nos servirá de referencia comparativa con el salario de un jornalero para valorar si el precio relativo era realmente elevado y si se apreciaba o devaluaba en las distintas etapas. El mercado del agua se centro en Gran Canaria con 253 peticiones (88’7%), seguido de Tenerife con 18 (6’3%) y La Gomera con 14 (5%)
PARADIGMA DIFERENCIADO DEL RESTO DEL ESTADO
Finalmente se constata un modelo distanciado del que en general pudo llevarse en el resto del país. La alternativa costistas suponía grandes inversiones en infraestructura hidráulica por parte del Estado. El Programa de embalses y canales del Ministro de Agricultura Rafael Gasset se aprobaría en 1902, pero su escaso presupuesto obligaría a presentarlo nuevamente en 1911 y 1916, constituyendo una etapa de escasas realizaciones que se prolongaría hasta 1923. Coincide con la Ley de Expansión del Regadío de 1911 en la que quedaba excluida PEDRO LUIS DÍAZ CRUZ
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Canarias de las subvenciones. En las Islas, donde se consolidaban los cultivos de plátano, tomate y papa, se mantiene la infraestructura de barrial heredada de momentos anteriores. Las doce presas realizadas y 50 tomaderos entre 1902-1919 las levantará la iniciativa privada.
Con Primo de Rivera y su asesor Manuel Lorenzo Pardo y gran parte de la República no se alteró la situación. Las 14 presas y 53 tomaderos realizados en la etapa 1920-1932 en Canarias no tendrán ayudas estatales. Será, con el Decreto de 1 de diciembre de 1933, de Guerra del Río cuando el Archipiélago se podrá acoger a la Ley de ampliación del regadío de 1911. Pero, aunque sus resultados se pudieron apreciar, hasta 11 presas y 17 tomaderos se realizarían, principalmente antes de la Guerra Civil, la etapa 1933-1938 transcurre en unos graves momentos de crisis general. Durante el período de Autarquía franquista la política hidráulica regeneracionista alcanzará su mayor desarrollo. En Canarias será el momento álgido, más de 67 presas y 48 tomaderos se efectuarían entre 1939 y 1959. Sin embargo, a partir de 1956 el Decreto de 8 de diciembre de 1933 quedó suspendido hasta la Ley de 59/1962, de 24 de diciembre de 1962.
CONCLUSIONES
El estudio concluye que la Ley de aguas de 1879 introduce en Canarias el último capítulo de un proceso continuado iniciado con la conquista de privatización de las aguas superficiales del Archipiélago, activado por el nuevo modelo de exportación cuya demanda exterrna marca las distintas etapas de solicitudes de aprovechamientos y motiva que, a excepción de la última etapa, las peticiones de agua se destinasen prioritariamente para atender el riego en las zonas plataneras del norte de las islas, menos en La Gomera donde tales cultivos se asienta también en el Sur. Estos requerimientos se tramitan por una clase social empresarial de procedencia burguesa, nobiliaria y de la terratenencia antiguorregimental tanto para sus propias explotaciones agrarias como para la venta, componente que iría aumentando según avanzaba el período; también será cobijo de capitales más modestos formando parte del accionariado de sociedades de aguas.
Cabe distinguir entre las nuevas solicitudes y las tardías peticiones de legalización de aprovechamientos de tenencia tradicional, siendo considerada la casi totalidad de las aguas superficiales públicas, aunque su uso privado. De las primeras se realizarían 937 peticiones (389 presas, 470 tomaderos y 78 nulos), concediéndose 424, 55% presas (216) y 44% tomaderos (208). Respecto a los aprovechamientos tradicionales, tan sólo 166 solicitarían la legalización, muchos de ellos ya con concesiones obtenidas.
De las 216 presas concedidas se realizaron durante el período al menos 105, el 66% en Gran Canaria, en Tenerife el 18%, 15% en La Gomera y no llega al 1% en El Hierro. Posteriormente se llevarán a cabo 35 proyectos más aprobados en esos momentos. Gran número de los 208 tomaderos otorgados se realizaron, aunque sólo constan 176.
El proceso trajo consigo una importante conflictividad, afectando al 48’5% de las tramitaciones, unas 455 peticiones, en dos intervalos ascendentes que concluyen y se inician en 1933 respectivamente. Por otra parte, las tramitaciones por competencias son tardías, se iniciarían en la etapa 1920-1932. Se diligenciaron hasta 66 peticiones de este tipo, de las que 42 se formularon en los últimos momentos.
Unas 329 peticiones se solicitaron para la venta posterior de sus aguas, siendo el momento máximo la etapa 1920-1932, tras la cual este comercio se quiebra, recuperándose durante la autarquía franquista. El precio del agua siempre fue elevado. Aunque desde la primera etapa ya se solicitase agua para su posterior puesta en el mercado, las primeras tarifas de referencia se encuentran en dos peticiones en Tenerife durante la primera década del siglo pasado, con un precio aproximado de 28’8 pesetas la hora, entre 10 y 23 jornales de un asalariado agrícola TESIS DOCTORAL. EL AGUA EN CANARIAS...
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del momento. A causa de la Gran Guerra el precio de la hora descendió a 18 pesetas, ocho jornales. Entre 1920 y 1932 la hora de agua recupera valor, basculando según el semestre seco o lluvioso entre 36 a 18 pesetas la hora, que vino a equipararse a 8’4 y 4’2 jornales; el precio absoluto que se mantendría entre 1933 y 1938, aunque con cierta recuperación relativa respecto a los salarios que tendieron a bajar. En las dos últimas etapas en estudio, aunque en términos absolutos el precio se mantuvo, los jornales tendieron a bajar produciéndose una cierta recuperación de su valor relativo; hasta 1945 se sostuvo con tendencia a depreciarse, pero a partir de esos momentos la hora duplica su precio, variando según la estación entre 72 y 18 pesetas, pero devaluándose su valor relativo, de ocho a dos peonajes de entonces. El precio absoluto del agua varió a lo largo del período, rebajándose en los momentos de crisis como en la Gran Guerra, la Guerra Civil y la 2ª Guerra Mundial; aunque el valor relativo respecto al salario de un jornalero del campo tendió a bajar, más acentuado en los primeros momentos, se mantuvo próximo a las ocho peonadas a lo largo de las cuatro últimas etapas. Este precio estimuló, a falta de mejores expectativas, la inversión de capitales de las más variadas procedencias en compañías hidráulicas en busca de altas y estables remuneraciones que no siempre respondieron a las expectativas que despertaba el sector.
El paradigma de privatización de aguas públicas seguido en Canarias respecto al resto del Estado presentó unas características muy personales: un protagonismo de la iniciativa privada al margen de los auxilios del Estado cuyas ayudas se restringieron a los intervalos 1934-1936 y 1939-1956. Este impulso inversor motivado por un modelo propio de exportación y el refugio de capitales en el mercado del agua se realiza por un empresariado capitalista tanto individualmente como en sociedades hidráulicas que supera viejas estructuras de posesión como Heredades, Heredamientos y Acequias. Estas últimas, con contadas excepciones, ralentizan la adaptación a la nueva Ley de agua demorando la inscripción de sus aprovechamientos de aguas superficiales en los registros provinciales. Por otra parte, la propia legislación general se vio necesitada de adaptación a las peculiaridades isleñas.
La nueva alternativa económica y su mayor exigencia hídrica supuso el detraimiento de los caudales de las zonas del interior, medianías y cumbres, hacia las regiones costeras productoras de plátanos y tomates, contribuyendo a la nueva reconfiguración demográfica en torno a estas zonas de labor. Por el camino fueron quedando olvidados con su cultura cientos de campesinos damnificados por la vorágine del torrente histórico, algunos de cuyos nombres quedan recogidos como homenaje en el presente estudio en las relaciones de opositores a las concesiones de las mismas aguas que los conducirán al más oculto anonimato.
EVALUACIÓN Y PERSPECTIVAS DE INVESTIGACIÓN
El estudio muestra en su apartado de Anexos el vaciado realizado de cada una de las solicitudes por etapas lo que permite su cuantificación, revisión de su información y replanteamiento a partir de nuevas indagaciones, consciente de que cualquier ejercicio está sometido a la servidumbre de provisionalidad frente a actualizaciones y novedosos replanteamientos. Por otra parte, presenta en su Apéndice un importante número de documentación sobre la que sostiene gran parte del entramado del trabajo.
Por otra parte, el estudio aporta, junto a sus conclusiones, siempre provisionales, un importante número de líneas de investigación como la profundización en el precio del agua y sus titulares, la necesidad de trabajos monográficos de Heredades, Comunidades de Aguas y contabilidades de agüeros (intermediarios en la venta del agua), investigaciones etnográficas sobre la cultura del agua en las islas, comportamiento climático y su repercusión histórica, estudios comparativos entre zonas, islas y entorno macaronesico y norteafricano… Dentro de este apartado habría que señalar la necesaria lectura del trabajo de investigación que sobre PEDRO LUIS DÍAZ CRUZ
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aguas subterráneas actualmente acomete el doctorando de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria Ángel García García.
BIBLIOGRAFÍA
BANCO DE BILBAO (1931-1960). Memoria-Informe Sucursal de Las Palmas de Gran Canaria (1931-1960); Sucursal de Santa Cruz de Tenerife (1931-1960); Sucursal de Telde (1947-1960).
BENÍTEZ PADILLA, S. (1958/59). Gran Canaria y sus obras hidráulicas. Las Palmas de Gran Canaria: Ca-bildo Insular de Gran Canaria.
COMISIÓN DE RECURSOS HIDRÁULICOS DEL CABILDO DE GRAN CANARIA (1991). Las aguas de Gran Canaria. Avance del Plan Hidrológico, Las Palmas de Gran Canaria: IMACO89, S.L.
DÍEZ-CASCÓN SAGRADO, J. Y BUENO HERNÁNDEZ, F. (2001b). Ingeniería de presas: Presas de fábrica II. Universidad de Cantabria.
Fuentes interpretativas inéditas:
GUIMERÁ PERAZA, M. (1960). Régimen jurídico de las aguas en Canarias. La Laguna: Concejo Superior de Investigaciones Científicas, Instituto de Estudios canarios en la Universidad de La Laguna, Cabildo In-sular de Tenerife.
HERNÁNDEZ RAMOS, J. (1936). Informe sobre el estado económico-social de la agricultura en Arucas. Causas determinantes y posibles remedios de la crisis actual.
MACÍAS HERNÁNDEZ, A. y OJEDA CABRERA, M.P. (1989). “Solicitudes de aguas públicas continuas, discontinuas y subterráneas (1872-1914)”, apéndice de “Acerca de la revolución burguesa y su reforma agraria. La desamortización del agua”, Anuario de Estudios Atlántico, nº 35.
NIETO GARCÍA, Alejandro (dir) (1969). Estudios de derecho administrativo especial canario (Heredamien-tos y comunidades de agua) III (Curso 1967-68), Santa Cruz de Tenerife: Cabildo Insular de Tenerife, Au-la de Cultura.
FUENTES DOCUMENTALES
Boletines Oficiales de la Provincia de Canarias (1879-1927).
Boletines Oficiales de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Archivos de los Consejos Insulares de cada Isla (Expedientes, libros de registro, fichas de seguimiento,…).
Archivo Museo Canario: Fondo documental sobre aguas.