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XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 BATALLA POR UN CURA. ANÁLISIS HISTÓRICO DE LA DENOMINADA CAUSA DE BARLOVENTO (1819-1832) BATTLE FOR A PRIEST. HISTORICAL ANALYSIS OF THE DENOMINATED CAUSE OF BARLOVENTO (1819-1832) José Iván Rodríguez Macario* Cómo citar este artículo/Citation: Rodríguez Macario, J. I. (2017). Batalla por un cura. Análisis histórico de la cenominada causa de Barlovento (1819-1832). XXII Coloquio de Historia Canario-Americana (2016), XXII-008. http://coloquioscanariasmerica.casadecolon.com/index.php/aea/article/view/9962 Resumen: De entre la rica documentación perteneciente al Fondo Antonino Pestana Rodríguez, que se conserva en el archivo del Museo Canario de Las Palmas de Gran Canaria, destaca por su cantidad y amplio detalle todo lo relativo a la denominada “Causa de Barlovento”, acontecida en esta localidad de la isla de La Palma en los años veinte del siglo XIX. De esta manera, nos proponemos ofrecer un estudio histórico sobre el pleito que enfrentara a los clérigos Luis Rodríguez Casanova y Antonio María Sosa Falcón, durante los años 1819 y 1832, cuyas repercusiones sobrepasaron el ámbito de lo eclesiástico, puesto que llegaron a producirse varios tumultos públicos relacionados con esta disputa. Con la comprensión de estos acontecimientos esperamos obtener determinadas conclusiones más generales acerca de la sociedad en que se desarrolló, la psicología colectiva en un marcado entorno rural, y la respuesta del poder institucional a este conflicto. Palabras clave: Fondo Antonino Pestana, Causa de Barlovento, Luis Rodríguez Casanova, Antonio María Sosa Falcón, Iglesia, Alcalde mayor de La Palma, tumultos Abstract: Among the rich documentation of to the Antonino Pestana’s Colection, preserved in the archives of the Museo Canario, in Las Palmas de Gran Canaria, it’s the called “Cause of Barlovento”, known for its quantity and extensive detail, occurred in this village on the island of La Palma, in the twenties of the nineteenth century. Therefore we intend to offer an historical study about the lawsuit between two clerics, Luis Rodriguez Casanova and Antonio Maria Sosa Falcon, during the years 1819 and 1832, whose impact exceeded the realm of the church, since there were several public unrest related to this dispute. Understanding these events, we hope to get some general conclusions about that society, the collective psychology in a marked rural environment, and how the institutions answered to this conflict. Keywords: Antonino Pestana’s Colection, Cause of Barlovento, Luis Rodríguez Casanova, Antonio María Sosa Falcón, Church (institution), Mayor of La Palma, unrest Ningún freno impuesto a la insurgencia política podía detener la rebelión romántica; por el contrario, parecía como si las al-mas fogosas, a las que se había privado de la oportunidad de realizar sus sueños, se aplicaran con mayor intensidad a soñar sus acciones. Geoffrey BRUUN, La Europa del siglo XIX (1815-1914) * Historiador y archivero. Calle Manuel Alemán Álamo, 23. 35220. Telde (Gran Canaria). Canarias. Es-paña. Teléfono: +34 648741253; correo electrónico: ivanrodriguez1981@gmail.com JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 2 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 EL MOTÍN DE BARLOVENTO Barlovento, isla de La Palma1. Amanece el día 30 de diciembre de 1823, una jornada que a la postre tendría que convertirse en histórica, aunque curiosamente haya pasado desapercibida para los grandes anales de la Historia de Canarias, sólo quizá como un pequeño dato aislado.2 A veces sucede esto, que acontecimientos destacados luego se olvidan con el transcurso del tiempo, por más que en su época generaran una extensa documentación, fruto de una amplí-sima repercusión coetánea. Para nuestra suerte, el rico fondo recopilado por Antonino Pestana Rodríguez, que se conserva en el archivo del Museo Canario y que es parte fundamental para conocer el pasado de La Palma, alberga nada menos que diez legajos de la denominada “Cau-sa de Barlovento”, lo que habla bien a las claras de la magnitud de este proceso. Los ánimos se levantaban exaltados. Desde las siete de la mañana, en los alrededores de la casa beneficial del pueblo, se fueron congregando cada vez más vecinos, cincuenta, cien, dos-cientos, trescientos hombres, más las mujeres y niños. En total unas cuatrocientas personas, a voz en grito, en defensa de ciertos presos que habían sido arrestados la noche anterior por medio de una tropa encabezada por el subteniente Benito Macías, cumpliendo así las órdenes del Alcalde mayor de la isla, Domingo Román y Linares.3 Junto al citado subteniente comisionado, treinta militares, contando dos sargentos, cabos y soldados, de los destacamentos de Santa Cruz de La Palma y del propio Barlovento4, habían salido de San Andrés y Sauces el día 29, a las 21:30 horas, entrando en el municipio limítrofe dos horas después. Ahí, apresan en sus casas a cuatro individuos: José Brito Lorenzo y los hermanos José Montserrat, Antonio y Nicolás Rodríguez Martín, alias los Caldereros5, aunque 1 Este trabajo ha sido posible gracias a la ayuda de determinadas personas, que han colaborado gentilmen-te en la medida de sus posibilidades. El compañero Gustavo Alexis Trujillo, por sus comentarios sobre religiosi-dad popular. Fernando Betancor, por su atención archivística y personal en el Museo Canario. Fátima Cabrera, por la geografía y los mapas. La escritora Belén Lorenzo, por ponerme en la pista del archivero de Barlovento. Horacio Concepción, por los datos interesantes sobre estos acontecimientos, en espera del libro definitivo sobre la historia de su pueblo. Y Patricia Sánchez Ramos, por su amor constante y desinteresado. 2 De las poquísimas referencias encontradas, véase el blog de José Rodríguez Escudero, La Arqueta. Me-morias y tesoros de una isla, donde se afirma sin dar mayores detalles que “Un somatén en Barlovento se alzó contra su párroco Luis Rodríguez Casanova y contra la tropa que, «viéndose agredida, hace una descarga contra el pueblo, causando dos víctimas». (30 de diciembre de 1823)”. RODRÍGUEZ ESCUDERO (8 de mayo de 2011). Re: El Ojudo de Los Sauces (y II) [Mensaje en un blog]. Recuperado de http://elapuron.com/blogs/arqueta/824/el-ojudo-de-los-sauces-y-ii/ 3 “[…] siendo urgente progreso de esta causa, debía de dar y dio comisión en bastante forma a D. Benito Macías, condecorado con las cruces de Chiclana y del tercer Ejército, subteniente y juez comandante del Real Cuerpo de Artillería en esta isla, para que trasladándose al indicado lugar [de Barlovento] con la precaución debida realice los efectos de lo mandado en el citado auto de treinta de septiembre y demás que constan de la causa [deteniendo a los presos] […]”. Auto del Alcalde mayor de La Palma Domingo Román y Linares, con fecha 19 de diciembre de 1823, en: Archivo del Museo Canario (en adelante AMC), Colección Antonino Pesta-na, documento AP-01863, Autos del pleito promovido ante el alcalde mayor de La Palma entre el beneficiado Luis Rodríguez Casanova y el presbítero Antonio María Sosa Falcón, por desobediencia al vicario eclesiástico y complicidad en los tumultos públicos ocurridos en Barlovento (La Palma), folios 1654-1655. En dicho auto del 19 de diciembre también se solicita que el Gobernador militar de La Palma auxilie al referido Macías, para la conservación del orden público. 4 La expedición planeada en total estaba compuesta, entre otros, por: los sargentos José Rodríguez Aday, Bernardino Medina (50 años), Pedro de las Casas y Jerónimo Rodríguez, el cabo segundo Silvestre Martín (35 años), y los soldados Francisco Felipe (28 años), José Antonio Díaz (20 años), José Hernández Ventura, Juan José Carlos, José Perdomo, José Rambla Perdomo (40 años), Juan Gómez Brito, Julián Álvarez y Pedro Molina. 5 José Montserrat Rodríguez Martín (de 35 años, casado, de profesión herrero), hijo de Nicolás Rodríguez Melero y de Josefa Martín, declaró ante el Alcalde mayor de La Palma, Román y Linares, el 10 de febrero de 1824: “llamaron a la puerta de su casa el comisionado [Macías] y los soldados que iban con él, y el sargento Bernardino le dijo que se levantase y al momento el que declara abrió un postiguito de la puerta, diciéndole el comandante que se vistiera y saliese para afuera, y le pidió licencia para ponerse una camisa limpia, a lo que le BATALLA POR UN CURA... 3 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 no pueden hacerse con más prisioneros, tal y como estaba proyectado, como ocurre en el caso de Marcos Martín, quien, alertado de su presencia, consigue huir hasta un paraje cercano.6 En el ínterin, se produce un rocambolesco percance en la detención del citado José Brito, el cual también logra escaparse tras argüir unas necesidades fisiológicas; mas como su hijo estaba cerca de allí a esas horas –las seis y media de la mañana–, se le ató de una mano y fue condu-cido con el resto de presos hasta la casa del beneficio. También a esa misma hora se había enviado un escrito al alcalde de Barlovento, Marcial Ortega, sin que nadie del Ayuntamiento se presentara finalmente al requerimiento. La escandalera, pues, sigue en aumento. Amenazan con no cejar hasta que los detenidos recuperen su libertad. En vista de las circunstancias, Macías solicita al párroco José Plasencia que vaya a calmar a la gente, exhortándoles que obedezcan a la autoridad. Esto resulta en va-no, más bien sucede lo contrario, la situación se encrespa aún más. A las 11 horas los gritos dejan paso a la violencia física: se tiran piedras contra los militares, y se precipitan los hechos. Envalentonados, unos treinta barloventeros armados con lanzas y palos se dirigen a la puerta de la casa, momento en el que Benito Macías y el sargento José Rodríguez Aday ordenan que ocho de los diecisiete soldados que ahora están en la defensa salgan y amedrenten a los amo-tinados, obligándolos a retroceder unos pasos, retirándose éstos hasta la puerta y la esquina de la Iglesia de Nuestra Señora del Rosario, aunque sin marcharse completamente. Por lo tanto, como la sublevación persiste, se manda a continuación que un soldado dispare al aire, eje-cutándolo el miliciano José Antonio Díaz. Sin embargo, fruto del miedo que ya impera en ambos bandos, todo se aboca hacia la catástrofe. Entre la soldadesca hay quien carga su fusil con dos cartuchos –José Hernández Ventura–, otro que, temeroso, intenta escabullirse del grupo –José Rambla Perdomo– y otro más que pide la retirada para no morir en el acto –Juan José Carlos–. Es entonces cuando, bajo la lluvia de piedras, algunos tiros se realizan hacia los propios manifestantes, con el re-sultado final de dos muertos (Pedro González Francisco, de 23 años, y su cuñado Antonio Miguel Pérez Bernardino) y varios heridos, entre ellos Miguel alias Sirviente, que marcharía a la Ciudad para curarse de una extremidad. En este sentido, el cabo segundo Silvestre Martín declararía posteriormente que fue el mismo Macías quien ordenó disparar contra los amotina-dos. Además, “el declarante oyó decir a algunos milicianos de Barlovento, parte del motín, que iban [a] por los fusiles para acabar la partida; que cree que por esta causa, la de quedar muy pocas municiones, la de notar en los soldados una flojedad y temblor, incapaces de hacer fuego, y que de subsistir allí era la tropa víctima de aquel crecido motín, dispuso su merced [Benito Macías] reunir los centinelas a diecisiete hombres que tenía formados, entre ellos cuatro con los fusiles descargados por incapaces de hacer fuego, y verificado que fue, hace contestó dicho comandante que se vistiese pronto y si no que llevaba orden de hacer fuego, y que lo mataba en la misma casa, y habiendo salido el declarante le amarró, y fue con dicho comandante y soldados a buscar a su hermano Nicolás, y después a Antonio, a los que llevó a la Casa del beneficio, y los dejaron amarrados en un cuarto, que antes pasaron por la casa de Marcos Martín y no lo hallaron […]”. (AMC, Colección Antonino Pes-tana, doc. AP-01863, folios 1828v-1829r). 6 Marcos Martín (casado, 38 años, labrador y sochantre) realizó declaración como detenido el 12 de febre-ro de 1824, ante Domingo Román y Linares: aquella noche del día 29 él estaba en su casa, “muy de madrugada vio unos hachas y relucir escopetas, y aunque el declarante no estaba comprehendido en los reos, se separó un poquito de su casa a ver en qué paraba aquello, y después le contó su mujer que habían revuelto hasta las cajas a ver si estaba dentro, y después con el miedo se fue a unos barrancos a donde no había nadie, por lo que no vio lo que se pasó en ese día […]”. (Ibidem, folio 1840v) JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 4 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 ver a aquel pueblo [que] iba a colocarse en otro sitio hasta coger el camino que tomó dicho señor, [el] declarante y [la] tropa”.7 Así pues, viéndose que la algarada no cesa, a las 12 del mediodía el destacamento de Mac-ías se ve obligado a dejar a los tres reos y regresar a los Sauces, lugar seguro desde el que continuar las gestiones otorgadas por el Alcalde mayor. Y en efecto, en los días siguientes se llevan a cabo los escritos y las declaraciones de varios implicados, tanto civiles como milita-res. Juan Martín y Miguel Javier de la Concepción, vecinos de San Andrés, hablan sobre la existencia de una carta remitida desde Santa Cruz de La Palma por Hipólito Gómez, colabo-rador de los insurrectos, donde se alertaba al alcalde de Barlovento de la próxima salida de tropa, mientras que Santiago Martín, de 43 años, relata con detalle cómo ya el 29 de diciem-bre corrían los rumores sobre la pronta llegada de milicias, con los consecuentes preparativos para una asonada popular. Después del derramamiento de sangre, en la mañana del 2 de enero del año nuevo 1824, se presentan voluntariamente ante el comisionado Macías los cuatro hermanos Caldereros (José, Antonio, Nicolás y Miguel Rodríguez Martín), junto a José Brito, al alcalde Ortega y ahora también a Marcos Martín. Todos ellos, arrestados, partirán desde los Sauces rumbo a Santa Cruz de La Palma, por medio del sargento segundo Jerónimo Rodríguez y once soldados. Tam-bién se unirá a los cautivos el miliciano Francisco Felipe, que pasará a estar recluso por su ac-tuación imprudente en la detención de Brito. A eso de las 22:30 horas llegan a la Ciudad y que-dan a disposición del Alcalde mayor Domingo Román, encarcelándolos en el cuartel militar. Antes, a las tres y media de la tarde de ese mismo día 2, el subteniente Macías, acompañado por un sargento y ocho soldados, ha vuelto a Barlovento en comisión de investigación para esclare-cer todo lo ocurrido, haciéndose perentorio que el Ayuntamiento le dispense habitación y algu-na ropa para el tiempo en que estén allí. Una de sus primeras medidas es la de aceptar la elec-ción de Antonio González como nuevo alcalde, en sustitución de Marcial Ortega. EL ROBO DEL PÓSITO Ahora bien, ¿qué ha sucedido para llegar a esta extraordinaria situación? ¿Qué factores han generado la resistencia de un pueblo como Barlovento, o más bien el casi completo levanta-miento de su vecindario? Por extraño que parezca, un solo hombre capitaliza todas las iras del lugar, el cura párroco Luis Rodríguez Casanova, convertido en el gran causante del deterioro social. La complejidad del caso, que sobrepasa los límites de esta comunicación, nos exige que tratemos varios de los antecedentes, en espera tal vez de próximos estudios más extensos. Barlovento, el municipio del nordeste palmero, que había nacido en torno a La Punta de Los Dragos (o Punta Cumplida), comprendía en el siglo XVI desde La Fajana hasta el significativo barranco de La Herradura, es decir, con una marcada orografía y serias dificultades para el transporte terrestre. Como cruce de caminos de campesinos y ganaderos, creció a la sombra de la boyante villa de San Andrés y Sauces, lugar de establecimiento para las familias nobles tras la conquista. Algunos pagos propiamente barloventeros serían los de Gallegos, La Palmita, To- 7 Declaración del cabo segundo de las milicias provinciales Silvestre Martín (de 35 años), realizada el 1 de enero de 1824, ante el Sr. Benito Macías, en San Andrés y Sauces (Íbidem, folios 661v-662r). La precariedad del armas disponibles y la insuficiente munición para contrarrestar a los trescientos exaltados quedan confirma-das en el relato del sargento Bernardino Medina (de 50 años): Diecisiete hombre formaban la tropa, “de los cua-les cuatro tenían los fusiles descargados por inútiles, y que sólo estaba en formación por aparentar fuerza, y que la restante la tenía empleada en custodia de los presos, por dentro de la casa, fuera de ella y otros sitios indispen-sables”. (Ibidem, folio 657) Además, diez de los componentes de esta tropa pertenecían a las lomadas de la juris-dicción de los Sauces y seis a Santa Cruz de La Palma. Otro tenía sólo 15 años y por eso no siguió a los demás compañeros. BATALLA POR UN CURA... 5 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 paciegas, El Barranquito, Lomo Machín, la Lomada de Guerra o Las Cabezadas. Hasta el últi-mo tercio del siglo XIX, sus habitantes fueron mayormente simples jornaleros, dependientes de los grandes propietarios insulares: los Lugo-Viña, Poggio, Van de Walle o Fierro.8 El servicio religioso de la comunidad, vacante desde la muerte del párroco Rafael Ruiz Balboa, había recaído en 1810 en el susodicho Luis Rodríguez Casanova, natural de Agulo (La Gomera), nacido hacia 1784. De carácter fuerte y polémico, pronto se ve envuelto en va-rias refriegas que acabarán por generarle la animadversión pública. Sin duda, el hecho sustan-cial que define un antes y un después en su trayectoria será todo lo relacionado con el robo del pósito de Barlovento, ocurrido en la noche del 16 de noviembre de 1819, en el que se sustraje-ron unas 7 fanegas de trigo y 32 pesos, 2 reales de plata y 2 cuartos. A partir de entonces, la repulsa hacia su persona crece y se hace prácticamente general en el pueblo, si tenemos en cuenta lo que expresan las fuentes al respecto. El Ayuntamiento, regido entonces por Nicolás Rodríguez Melero, padre de los llamados Caldereros, practicó el correspondiente expediente informativo, del que resultó como princi-pal acusado el propio Rodríguez Casanova, ante los indicios que apuntaban que éste había estado buscando gente que la ayudara a perpetrar el robo, además de las ganzúas pertinentes. Como es lógico, estas averiguaciones encajaban en el entramado nudo de las relaciones per-sonales de un mundo rural y pequeño, donde los dimes y diretes eran cosa habitual. No es extraño, así, que el clérigo negara las acusaciones, pues eran producto de “la astucia infernal de unos enemigos capitales y bárbaros [que] han proyectado imputarme con el objeto de per-derme miserablemente, hallarme en la mayor angustia y consternación, tal que hubiese desfa-llecido mi ánimo, a no sostenerlo el testimonio de la conciencia, que no me arguye de seme-jantes atentados, y la esperanza de que Dios me dará medios para indemnizarme a pesar de las intrigas y ardides diabólicas de que se han valido […].”9 El asunto acarrea toda una estructura judicial para dictaminar las consecuencias penales del delito, lo que pone en solfa a las instituciones de la época, chocando entre sí las jurisdicciones civil y eclesiástica. Recordemos, aquí, que a esas alturas se vive inmersos en un periodo com-plejísimo de la Historia de España, en plena efervescencia tras la Guerra de Independencia de los años 1808-1814, y por tanto con el influjo de las ideas liberales en su lucha contra el abso-lutismo, encarnado en el rey Fernando VII. Justamente ese mismo año, 1819, había surgido la denominada “Conspiración del Palmar”, en las cercanías de Cádiz, cuando cientos de expedi-cionarios se opusieron a ir a América. Un tiempo después, el 1 de enero de 1820, Rafael del Riego proclama en las Cabezas de San Juan la Constitución de Cádiz, preámbulo del Trienio Liberal que comenzará el 13 de marzo hasta 1823. En La Palma, el rector de la parroquia de Santa Cruz y Vicario de ausencias, Manuel Díaz Hernández, que aglutinará al bando constitucionalista o patriótico10, nombra al sacerdote de San Andrés y Sauces, Domingo Rodríguez Pinto, como comisionado investigador, lo que ori- 8 CONCEPCIÓN GARCÍA, H. (2015). 9 Escrito de Luis Rodríguez Casanova dirigido al Vicario eclesiástico de La Palma Manuel Díaz, recibido en Santa Cruz en fecha 3 de diciembre de 1819. (AMC, Colección Antonino Pestana, doc. AP-01863, folio 272r) En el mismo documento también afirma que el domingo día 27 de noviembre no le dejaron salir de su casa, mientras el pueblo iba para la misa, algo comparable a los ataques “de los judíos contra nuestro Redentor Jesu-cristo”. (Íbidem) 10 Compuesto de personalidades como Felipe Massieu Tello de Eslava, José María Fierro, Francisco Fie-rro y Sotomayor, los burgueses David O’Daly, Manuel Buenamuerte González o Pedro Ramy Torres, a los que habría que añadir los clérigos José Joaquín Martín de Justa, José María Carmona, Francisco Morales, Saturnino Sáseta y Rafael Cabrera. Por su parte, el bando realista, tendente al absolutismo, contará con el marqués de Guis-la Guiselín, Luis Vandewalle y Llarena, el capitán Nicolás Massieu y Massieu, los presbíteros Juan José del Castillo Rocha y José Domingo Reyes, los comerciantes Manuel de Cáceres y Antonio de las Casas Álvarez, los propietarios Antonio Lemos Smalley, José Ana Valcárcel y Antonio López Monteverde, el teniente Antonio José Cabrera, etc. (PÉREZ HERNÁNDEZ (2007), p. 87-88). JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 6 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 gina la repulsa de Rodríguez Casanova. Además, insta al licenciado Gabriel León y Cordero, en ese momento Alcalde mayor de la isla y subdelegado de los pósitos, que comunique a la vicaría todo lo obrado a la mayor brevedad, “para evitar competencias que precisamente re-sultarían de lo contrario, y que entorpecerían la pronta averiguación del hecho”.11 Unos días antes, el 30 de noviembre de 1819, Díaz ha recibido al alcalde Nicolás Rodríguez, que está amenazado de muerte por el propio Casanova, después de que éste corriera tras él por el pueblo para agredirle; se manda que Casanova no abandone la capital –donde se encuentra ahora–, po-niéndose obstáculos a su posible fuga por mar.12 El pleito se va complicando de tal manera, que resulta prácticamente imposible seguir to-das las gestiones en profundidad. El cura Casanova, depuesto del ministerio pastoral y con los bienes embargados, se niega a nombrar un sustituto para Barlovento, por lo que se hace nece-saria la intervención del Provisor y Vicario general del nuevo Obispado de San Cristóbal de La Laguna, “a quien están reservadas las causas criminales, [que] es donde puede deducir las acciones que tenga por convenientes”.13 Esta nueva diócesis nivariense, erigida tras el Breve papal de Pío VII (del 1 de febrero de 1819), tendrá su ámbito de actuación sobre Tenerife, La Palma, El Hierro y La Gomera, desmembrándose por tanto el Obispado de Canarias en dos. Los testigos acuden a declarar, en varias semanas de interrogatorios y de pesquisas. El 20 de diciembre ha sido encarcelado el barloventero Juan Hernández Palomo (trabajador del campo, de unos 30 años, casado con Antonia Hernández, con hijos y con antecedentes)14, co-mo presunto cómplice del sacerdote en el robo del pósito, aunque existen serias dudas sobre dicha incriminación: ¿acompañó realmente a Casanova la noche del 16 de noviembre, o en cambio recibió presiones para declararse como culpable?15 Él argumenta que si no se ha pre-sentado antes ante la autoridad civil ha sido por consejo del mandatario de Barlovento, Ni-colás Rodríguez Melero, quien le conminó para que acusara a Casanova y para que se fugase, lo cual hizo guareciéndose en una cueva del Barranco de Felipe. Sin embargo, pasados unos días, decidió emprender el viaje a la capital, para aclarar los términos y confesar que realmen-te no había participado en el mencionado robo. La madeja continúa enredándose. Mientras, en el transcurso de las diligencias el recelo entre el Alcalde mayor Gabriel León y el Vicario Manuel Díaz va también en ascenso, tanto por las quejas de infidelidad institu-cional, que dilatan el proceso con múltiples autos, como por las discrepancias en cuanto a qué hacer con los bienes embargados de Rodríguez Casanova (trigo y vino que están estropeándo- 11 Declaración de Manuel Díaz ante el Alcalde mayor, realizada el 27 de noviembre de 1819. (AMC, Co-lección Antonino Pestana, doc. AP-01863, folios 260-263). 12 En auto del 1 de enero de 1819, Manuel Díaz Hernández ordena al beneficiado Rodríguez Pinto que nombre a un sacerdote del Convento de La Piedad para que dé los oficios en Barlovento, hasta que Casanova nombre a algún sustituto. También se le notifica a Francisco Fierro Sotomayor, subdelegado de marina, que impida la salida por mar del beneficiado. Éste, sobre las amenazas de muerte, responde que fue el alcalde quien entró en su casa acompañado de soldados, armados para registrarlo todo, llevándose cuanto había de valor, inten-tando saber si tenía armas para asesinarlo, las cuales no se encontraron, ni tampoco pruebas del robo en el pósito. 13 Decreto del 9 de diciembre de 1819 del Vicario eclesiástico de La Palma Manuel Díaz (Íbidem, folio 286v). 14 Uno de los testigos ofrece un retrato aproximado de este Hernández Palomo: natural de Barlovento, ce-rrado de barba, con unas medias negras y un chaleco de tiritaña azul teñido. 15 José Manuel González de Paz, vecino de San Andrés y Sauces, declara ante el Vicario Díaz el 30 de di-ciembre de 1819: que Hernández Palomo le contó una noche, quizá la del 13 de diciembre pasado, “que tenía dada una declaración ante el alcalde de aquel lugar de Barlovento, y otra ante el Sr. [Antonio Ignacio de Guisla] Pinto [gobernador militar de La Palma]; que en la primera dijo la verdad, que en la segunda se contradijo por haber sido aconsejado de Antonio Rodríguez, hijo del Alcalde, y aun de éste mismo, el cual vino a la cruz que llaman de Madrid a hablarle allí para el fin, haciéndole algunas personas, con tal que dijera que había acompaña-do al beneficiado Casanova en el robo del citado pósito, y que anduviera fugitivo algunos días hasta que el asun-to fuera para fuera, y se calmara dicho asunto, todo con el fin de que no viniera a la Ciudad a dar tercera declara-ción […]”. (Íbidem, folio 317). BATALLA POR UN CURA... 7 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 se): Díaz es partidario de su venta, mientras que el Alcalde mayor, junto al Comandante de armas Ignacio de Guisla Pinto, son contrarios a ésta. Para mayor resquemor aún, por lo visto León y Cordero ha empleado muy malos modos con varios declarantes, perjudicando con ello la resolución del problema.16 El 13 de enero de 1820 llega el momento cumbre de las diferencias jurisdiccionales. Unos días antes, el Alcalde mayor ha recibido una carta muy interesante de Juan Antonio del Casti-llo, franciscano del Convento de Predicadores de Santa Cruz de La Palma y confesor de Ca-sanova: Muy señor mío, bajo de confesión se me han entregado sesenta pesos corrientes, importe del robo hecho al pósito del lugar de Barlovento, así para su reintegro como para que constando esta restitución en las diligencias practicadas sobre su averiguación, cesen los procedimien-tos contra el venerable párroco D. Luis Rodríguez Casanova y Juan Hernández, vecino de dicho lugar, por no haber sido éstos los que cometieron el robo. Particípolo a Vm. para que se sirva disponer se verifique el exhibo en términos que conste haberlo yo verificado para la satisfacción del restituyente y demás efectos relativos al descargo de la conciencia.17 En consecuencia, el poder ordinario estima que los indicios contra el clérigo Luis Rodrí-guez Casanova se han desvanecidos y decreta su absolución, suspendiéndose el embargo de los bienes, pero no así la del ciudadano Juan Hernández Palomo, que tendrá que esperar hasta el día 20 para obtener la libertad bajo fianza o caución juratoria, tras la reclamación de su pro-curador José Manuel Lorenzo18. Esta intromisión de León y Cordero es considerada por el Vicario insular como algo totalmente “injurioso a las leyes y a los privilegios del fuero ecle-siástico”19, decidiéndose entonces que la causa pase ahora al Provisor y Vicario general del Obispado de La Laguna, sede vacante, para que enjuicie lo que crea conveniente. Lejos de acelerarse el final del pleito, aún habrán de pasar varios meses para vislumbrarse una resolución meridiana. En el intermedio, Casanova no ha podido ejercer como beneficiado propietario de Barlovento, teniendo que desplazarse al curato de Tejina, en Tenerife, para 16 Por ejemplo, el 8 de enero de 1820, Mateo Hernández y su esposa Francisca Rodríguez llegaron desde Barlovento a Santa Cruz de La Palma para declarar ante el Alcalde mayor. El trato hacia la mujer fue tan exalta-do, que ésta padeció un sofoco, a punto incluso de caer desmayada al suelo. No menos denigrante fue la declara-ción de Juan Rodríguez Sánchez, dedicándose León y Cordero a proferir gritos, embrollar y tergiversarlo todo. Con este modus operandi, no resultan extrañas las dudas del Vicario Manuel Díaz, quien observó en la declara-ción de Juan Hernández Palomo (21-XII-1819) que el “Sr. Alcalde mayor no procedía con la rectitud debida, pareciendo ya de acuerdo con el declarante sobre lo que había de decir”. (Íbidem, folio 298r). 17 Carta remitida por fray Juan Antonio del Castillo al Alcalde mayor de La Palma Gabriel de León y Cordero, con fecha 9 de enero de 1820. (Íbidem, folios 587v-588r). 18 Caución juratoria de Juan Hernández Palomo: “En la ciudad de La Palma, a veintisiete de enero de mil ochocientos veinte años, ante mí el escribano público y testigos infraescritos, Juan Hernández Palomo, vecino del lugar de Barlovento y preso en la cárcel real de esta ciudad dijo: que no siéndole posible hallar quien le fíe para salir de la prisión en que se halla, sin embargo de haber ofrecido fianza en sus anteriores pedimentos y cumpliendo lo que en el anterior auto se le mandó bajo de juramento que hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz en forma de derecho, promete y se obliga a no ausentarse de esta isla y volver a la prisión de que ahora se le rebaja siempre que se le mande por el señor juez que conozca de esta causa y a pagar lo que contra él fuere juzgado y sentenciado a lo que no se opondrá bajo la pena de ser habido por perjuro y demás que haya lugar en que desde ahora se da por condenado sin más sentencia ni declaración y a su cumplimiento quiere ser compelido por todo rigor y que no se le admita excepción aunque sea legal, pues la renuncia con todo lo demás que le sea propicio. Y así lo dijo, otorgó y no firma porque expresó no saber, de su ruego lo hace uno de los testigos, que lo fueron presentes José Gabriel González, Lázaro Álvarez y José Martín, todos vecinos de esta ciudad. Por testigo, Lázaro Álvarez. Ante mí, Gregorio José Medina, escribano público.” (Íbidem, folios 608v-609v) El reo será finalmente indultado de todos los cargos el 12 de mayo de 1821. 19 Íbidem, folios 341v-342r. JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 8 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 disfrutar de algunos emolumentos. Sus escritos de defensa siguen resaltando la malevolencia de sus rivales (las calumnias de Nicolás Rodríguez Melero, el seguidismo de los Caldereros, la prevaricación del vicario foráneo Díaz…), que tanto han hecho por mancillar sus intereses y herir su honor.20 El espaldarazo a sus reivindicaciones lo recibe de manos del fiscal general del Obispado, Alonso Ruiz, en su dictamen del 25 de abril de 1820: […] que lo obrado por el Ve. Vicario D. Manuel Díaz ha sido fuera de tiempo, sin autoridad suficiente respecto a no tenerla por derecho para entender y conocer en las causas criminales contra los eclesiásticos, sin comisión especial de este tribunal, que por lo mismo debe consi-derarse como atentado lo practicado desde el folio primero al ciento tres. […] que debe resti-tuirse la causa al principio del sumario, dando por nulo todo lo obrado por dicho Vicario y su comisionado D. Domingo Rodríguez Pinto, que se le prevenga a aquél en lo sucesivo ajuste sus procedimientos a las precisas atribuciones de su título para no dar lugar a estos declarato-rios tan desagradables, dando parte a este tribunal cuando ocurra algún caso del que se pre-suma criminalidad contra algún eclesiástico, para que de aquí se le expida la comisión que se estime conveniente a la buena administración de justicia, según la naturaleza del suceso. […] [Y con respecto al auto del Alcalde mayor que absolvió a Casanova] que se sobresea en ella y en su consecuencia que se proceda al desembargo de todos los bienes y efectos pertene-cientes al mismo Casanova, haciéndosele entrega de ellos.21 Tras ello, especial incidencia tiene la declaración que realiza el 22 de agosto el propio Luis Rodríguez Casanova, en el despacho del Vicario General de la Diócesis lagunera, Pedro José Bencomo, no sólo por lo que explica sobre el robo en cuestión, sino por lo que revela en cuan-to a su oficio como párroco, a las relaciones mantenidas en su desempeño e incluso a las men-talidades y psicología de la época. Lástima que no podamos detenernos demasiado aquí, pero sí digamos que sale al paso de las acusaciones infundadas sobre su autoría. Niega haber ame-nazado al alcalde, ni portar un cuchillo encima para matarlo, así como tampoco quebrantó los cerrojos del pósito, aunque sí fuera verdad que en jornadas anteriores había buscado una barra de tea para emplearla en el bardo de su huerta. No es cierto que en la noche de los hechos in-trodujera trigo en la despensa, ni tampoco abrió el cofre para meter o sacar dinero. A tenor de estas circunstancias, y oídos todos los testimonios, el 28 de septiembre de ese 1820 aparece finalmente la sentencia del Tribunal Superior eclesiástico. El Doctor Bencomo, analizadas las pruebas: Dijo que debía de mandar y manda se sobresea en la prosecución de esta causa, la que quede reservada para lo que haya lugar; y se amonesta al Venerable beneficiado D. Luis Rodríguez Casanova [que] procure ajustar su conducta en lo sucesivo a los fines de su ministerio, cui-dando fomentar la paz entre sus feligreses, y dirigiendo a estos con toda caridad, y conforme a la moral que inspira la religión, acordándose que es ministro de paz y no de discordia, apercibido que de lo contrario se procederá conforme a derecho. Levántese el embargo de los bienes del expresado Ve. Beneficiado D. Luis Rodríguez Casanova, a cuyo efecto se libre el 20 Valga como claro ejemplo su escrito de 26 de febrero de 1820, fechado en La Laguna: “hace más de tres meses [que] me hallo privado de las funciones parroquiales, con mis bienes embargados y sustituido en mi ministerio por otro eclesiástico, todo de mandato del venerable vicario foráneo de aquella isla”; se queja de las artimañas de “unos malévolos calumniadores que no han perdonado medio de perderme”, incluyendo que el propio Vicario le ha impuesto “las penas más severas que se conocen en el derecho eclesiástico”; “estoy pade-ciendo daños y perjuicios de muy grave trascendencia, tanto en mis intereses como en mi honor y reputación, que son bienes de superior estimación que aquéllos.” (Íbidem, folios 613v-617r). 21 Informe del 25 de abril de 1820, de Alonso Ruiz, fiscal general del obispado de San Cristóbal de La Laguna, en vista de los autos sobre el robo del pósito de Barlovento y contra el beneficiado Luis Rodríguez Ca-sanova, iniciados por el alcalde de dicho lugar, por el caballero Alcalde mayor y por el venerable Vicario forá-neo. (Íbidem, folios 610-613). BATALLA POR UN CURA... 9 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 correspondiente despacho; y se le condena en las dietas asignadas por el Venerable Vicario de la isla de La Palma a los eclesiásticos que han servido el beneficio, durante la ausencia del dicho Ve. beneficiado D. Luis Casanova, quien se restituirá inmediatamente al servicio de su beneficio de Barlovento.22 CLAMORES CONTRA UN CURA Sin embargo, agua de borrajas. Los barloventeros no estaban dispuestos a aceptar más a Luis Rodríguez Casanova como sacerdote, nunca permitirían su reintegración en el beneficio de la parroquia del Rosario. Comienza verdaderamente la insurrección del pueblo, un comple-jo proceso donde confluyen los enconos personales, la influencia de los potentados y sus in-tereses ocultos, la reacción espontánea de la masa. Pero, ¿acaso es tan acusada la gravedad de los hechos? En efecto, en estos instantes Casanova es asimilado como un lobo dentro del re-baño, ya que su conducta e imagen públicas (amenazando y corriendo tras el Alcalde, expre-sando palabras malsonantes, asustando a los niños en el confesionario, usando ropas inade-cuadas para los servicios, etc.)23 le han granjeado importantes enemistades, y su participación en el robo del pósito, que la mayoría de los vecinos da por confirmada, no hace más que forta-lecer este repudio. Para colmo, otro personaje entra en liza, el padre fray Antonio María Sosa Falcón, que ha estado ocupando interinamente el beneficio en sustitución del titular, y que moverá todos los hilos para permanecer sine die en dicho puesto, desobedeciendo las indica-ciones que lo obligan a volver a su convento de origen.24 En este contexto, el 10 de diciembre de 1820 tiene lugar el primer clamor contra Rodríguez Casanova, cuando, enterándose algunos que él está en Los Sauces para introducirse en Barlo- 22 Auto del Señor Provisor, Vicario capitular y general del Obispado de San Cristóbal de Tenerife, sede vacante, Pedro José Bencomo, realizado el 28 de septiembre de 1820. (Íbidem, folios 1228v-1229v). 23 Varias personas coinciden a lo largo de todo el proceso judicial en estas duras apreciaciones (David O’Daly, José Pedrianes Fernández, Antonio Asarta, etc.). Sin embargo, aun siendo enemigos declarados, es tan llamativa la denuncia que realizan el primer regidor José Montserrat Rodríguez y el procurador síndico del Ayuntamiento de Barlovento Antonio Rodríguez Martín (escrito del 28 de octubre de 1823), que merece la pena ser leída con mucha atención: “la mala educación y crianza que el dicho D. Luis [Rodríguez Casanova], con sus palabras y obras, ha causado en él, con grave escándalo de todos los ciudadanos que le habitan. […] Primero, haber roto el arca en donde se custodian los caudales públicos, que todavía no se han reintegrado. Seguir al al-calde con un cuchillo, lo que ha ejecutado con otros más vecinos, diciendo que más quería [quitar] la vida a alguien [de] ellas que entrar en el cielo. Desacreditar del púlpito en días de festividad en la misa conventual a las personas, nombrándolas por su nombre de aquel lugar. Estar en la parroquia cantando maitines [el] día de pascua de Resurrección, con la majestad manifiesta, y soltar la voz que tenía un sable diciendo «Carajo», con asombro de los concurrentes; llamando a las mujeres dentro de la misma iglesia, con el concurso de gente junta, por pas-cua de Navidad, «putas», ha mostrado que si las cogía por los cabellos las echaba fuera de la iglesia. Presentarse en la capilla revestido y con capa pronto al aparato para la procesión, y tirarse al que llevaba la cruz y sacándose-la de la mano. Negar el agua bendita a la Hermandad del Santísimo, echándola al demás pueblo, con grande escándalo, diciendo [que] no se la había echado por no querer, no por olvido. Atemorizar a los niños en el confe-sionario, y al tiempo de examen dándoles rempujones y cogiéndolos por los cabellos, amenazándoles de sacarles los sesos, por cuyo motivo unos se han ido sin confesar y otros sin examinar. Cogiendo un cuchillo y diciendo que lo que quería era rajetear a sus madres, haciendo la misma señal sobre de una mesa. Venir a la parroquia a traer los infantes a bautizar y negarle el bautismo hasta [en] tres ocasiones, y él en su casa. Castigar [a] las muje-res en público, confesar en su casa acostado en la cama sin ropa ninguna puesta, ultrajar de palabras a los que vienen [a] por sacramentos, con otros ultrajes que por él se han cometido en las ropas de la iglesia, todo como queda referido [con] escándalo, cautiverio que no se puede sufrir.” (Íbidem, folio 1645). 24 El 9 de diciembre de 1820, el ahora Vicario de ausencias Felipe Benicio Rodríguez Lorenzo promueve un auto rechazando que el padre Sosa no haya cumplimentado aún su traslado al convento de Santa Cruz de La Palma, por lo que se le acusa de desobediencia y desorden, condenándosele a las penas correspondientes. Se le suprime, suspende y priva del ministerio parroquial en Barlovento, sin embargo, veremos cómo pasarán todavía algunos años hasta que cumpla esta orden. JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 10 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 vento y recuperar el curato, los vecinos se reúnen al son de caracoles y caja de guerra en el barranco de La Herradura, en la Cruz de Aparicio y en las Cabezadas, incluso en la zona del Gamonal, para impedir su entrada en el municipio, cosa que finalmente consiguen. El júbilo se hace patente. Los congraciados vienen “cantando canciones en celebridad de la victoria que habían conseguido de no entrar el beneficiado Casanova, y enseguida pasaron a la iglesia, oyó tocar las campanas […] tocaron el órgano y cantaron el Te Deum”, descubrieron la imagen de la Virgen del Rosario, e incluso se vertieron algunas gotas de vino25. No contentos con eso, el día 13 se presentan unos cien barloventeros, con el alcalde Marcos Martín a la cabeza, en el despacho del Vicario Díaz en Santa Cruz de La Palma, para pedirle que Sosa Falcón siga ejer-ciendo, a lo que se aviene; y una comisión se embarca rumbo a Tenerife –donde está el Obis-pado– y a Gran Canaria –por la Real Audiencia– para defender el pleito contra Casanova. Al año siguiente, estas convulsiones permanecen y se incrementan. El nuevo Vicario gene-ral capitular y Gobernador interino de la diócesis, José Hilario Martinón, emite varios autos haciendo hincapié sobre el cumplimiento de la sentencia del 18 de septiembre pasado, para lo cual solicita los auxilios del Jefe Superior político de Canarias (Ángel José Soberón), del Co-mandante general de la provincia y de los ayuntamientos de Santa Cruz de La Palma y Barlo-vento. Con ese propósito, lamenta que aquel pueblo –o más bien quien lo seduce– quiera des-terrar a Rodríguez Casanova, haciendo imperar la fuerza por encima de la ley. Y sobre la ac-tuación de Manuel Díaz, afirma que éste no ha procedido conforme a derecho, asumiendo la autoridad a su antojo, así que insta a Felipe Benicio Rodríguez Lorenzo, teniente de vicario de La Palma, para que haga cumplir lo ya mandado. No obstante, ni con esas disminuye la indignación. El segundo clamor contra Casanova cobra una doble vertiente al comienzo del mes de junio de 1821. Entre los días 10 y 13, coin-cidiendo con la Pascua de Pentecostés y el día de San Antonio, se llevan a cabo varias juntas consentidas por el alcalde constitucional de Barlovento, en las que se debate sobre la insurrec-ción del vecindario, reforzándose en la idea de no consentir que aquél vuelva a ser el director de las almas, hasta tal punto que ni el mismísimo Rey podría hacer nada para contener dicha negativa. Este desplante a las autoridades se ejemplificará dos días más tarde, el 15 de junio, en la persona del notario Antonio Martín Ignacio, aliado de Casanova. Designado para llevar al Ayuntamiento un oficio sobre la restauración del cura, también hacía poco que había recibido de manos de Sosa Falcón las llaves de la casa beneficial de Barlovento. De esta manera, en la mañana de la citada fecha se presentaron ante él más de cien parroquianos, siguiendo a Mi-guel Herrera, quien le pide con cajas destempladas las referidas llaves, so pena de matarlo al instante. Martín Ignacio, no sin cierta meticulosidad –llegó a pedir hasta un recibo por la en-trega–, se va entonces en busca del alcalde Nicolás Rodríguez, hallándolo en la casa consisto-rial acompañado por los regidores Antonio Brito, Laureano García, Francisco Herrera y José Brito Lorenzo, y el fiel de fechos Marcos Martín. Mas, viendo que todos se desentienden del problema y que el alboroto aumenta, el notario pide a su hijo Juan que traiga las llaves, por-que no las posee encima. Cumpliendo el encargo, al atravesar la plaza es embestido por los levantiscos, que le arrancan las susodichas llaves. La vejación sobre el notario, empero, no 25 Declaración de Antonio Ortega (62 años) ante el Alcalde mayor, realizada el 5 de enero de 1824 (Íbi-dem, folio 689r). Una de aquellas canciones decía: «En este pueblo cristiano / más puede Dios que no el Diablo». En cuanto al descubrimiento de la Virgen, Gustavo Trujillo nos apunta que quizá estuviera tapada en señal de duelo, hasta que se resolviera el problema parroquial, o porque así lo mandaban ciertos preceptos canónicos, según el calendario religioso (estaban en el mes de diciembre, antes del periodo pascual). El asunto del vino también conlleva ciertas dudas, ya que algunos testigos afirmaron que si realmente hubo fue en poca cantidad, mientras que otros, como el notario Antonio Martín Ignacio, dijeron que hasta la puerta de la sacristía se trajeron muchos vasos para que todos bebieran, continuando después la jarana en casa del servidor Antonio Sosa Falcón. BATALLA POR UN CURA... 11 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 acabará aquí, sino que adquirirá tintes dramáticos posteriormente, cuando le den un golpe en la cabeza, le derriben la vivienda y lo echen a puntapiés del pueblo.26 El conflicto se expande. Antonio Ignacio de Guisla Pinto, gobernador de armas de La Pal-ma, pone a disposición del juez de primera instancia Domingo Román y Linares, arribado recientemente a su nuevo cargo, tres militares para que entreguen en Barlovento unos pliegos sobre la restitución de Rodríguez Casanova, pero éstos no son bien recibidos por el alcalde Nicolás Rodríguez Martín, entre otros, bajo el pretexto de que portan precisamente fusiles y bayonetas, cuando aquel es un lugar tranquilo y pacífico. Otra institución, el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, siendo su presidente Juan Nepomuceno Massieu Salgado, sale en defensa de la localidad nordeste, apreciando como justas las reivindicaciones barloventeras contrarias a Casanova.27 Por último, también desde la Vicaría insular, con Felipe Benicio Rodríguez al frente, se insiste en que Antonio Sosa debe abandonar aquella feligresía, nombrándose como solución temporal para el servicio al clérigo Tomás de Castro, de 49 años. Con esa intención acude a Barlovento el 13 de julio, aunque la jornada no le será nada hala-güeña. Nada más llegar, observa cómo la casa beneficial está maloliente, inundada de estiér-col y sin mobiliario. Busca luego un hospedaje para pasar la noche, pero pronto comienza a caldearse el ambiente, con amenazas incluidas, hasta el punto de verse obligado a dormir al raso, cerca de unos brezos, sin que desaparezcan los rumores y los desprecios. Al final acaba marchándose, temeroso de que puedan hacerle algún daño. Llegados a este término, el caso es que no podemos dejar de recordar la existencia de una maraña de gestiones múltiples, que complican sobremanera cualquier explicación plausible. Lo que sí parece evidente en el verano de 1821 es que algunas voces destacadas, como las de Guisla Pinto o Benicio Rodríguez, comienzan a decantarse por una actuación más enérgica en el cumplimiento de las leyes y de las órdenes, lo que viene a suponer una crítica abierta a los métodos usados por Domingo Román y Linares28. Éste, en respuesta, permite los adiestra- 26 Concretamente, el 23 de junio de 1821 el mencionado notario es expulsado de la Hermandad del Santí-simo, después de más de treinta años en ella. El 25 “le dieron un fuerte golpe en la cabeza y en la puerta de su casa, de que estuvo sin habla veinticuatro horas, de cuyo golpe se halla sordo, y todo fue a resultas de no ser del partido de los tumultuarios”. (Declaración de Antonio Martín Ignacio, realizada el 5 de enero de 1824, íbidem, folios 695v-696r) Su mujer le contaría más adelante que el golpe se lo había dado Antonio Rodríguez Martín, aunque también pudo haber sido el sobrino de éste, Antonio Brito, alias el Jaro. 27 Luis Rodríguez Casanova, como ya es habitual en él, reprobará este veredicto con un larguísimo a la par que interesante documento, remitido al juez Linares el 23 de julio de 1821. Ahí desarrolla varias ideas impor-tantes a tener en consideración: A) Que “La resistencia de Barlovento tiene un apoyo secreto, es un corifeo de la intriga e iniquidad, se toma la voz del pueblo para autorizar a pretexto de tranquilidad pública su criminal inobe-diencia y se quieren autorizar procedimientos que sólo pueden caber en cabezas destempladas y enajenadas del conocimiento de los deberes del hombre en la sociedad.” B) Que en realidad, los cabecillas del movimiento son: el actual alcalde Nicolás Rodríguez, su suegro Manuel López, sus tres hermanos Miguel, Antonio y José Rodrí-guez, sacristán de aquella parroquia; el sochantre Marcos Martín, alcalde en 1820 y cuñado del actual; Santiago Martín, su primo, José y Antonio Brito; y el marinero Miguel Herrera. C) Que si los caldereros son contrarios a su persona es porque no pueden manejar a su arbitrio la mayordomía de fábrica, la cofradía y la sacristía; de hecho, ha sido él quien ha expulsado a José Rodríguez Martín del servicio de sacristía. D) Que en Santa Cruz de La Palma, el problema viene por la comisión que aceptó en su día para comprobar las pruebas del pleito del divorcio “escandaloso” entre el coronel gobernador militar D. Antonio Pinto y Dª Josefa Narcisa Massieu Salga-do, “después de ser recusados trece comisionados [anteriores], y como la Massieu está emparentada con muchas familias, desde entonces se proyectó mi ruina”. E) Que un hombre bueno no pasa a ser malo de repente, pues él estuvo de párroco entre los años 1810 y 1816, en 1817, 1818 y 1819, “sin haberse oído ni reclamado los excesos que de repente presenta”. Así pues, todo es fruto de maquinaciones, venganzas y resentimientos. (Íbidem, folios 2401 y 2403). 28 El licenciado Domingo Román y Linares, abogado de la Audiencia territorial de Valladolid, subteniente de infantería retirado, Caballero de la Cruz del Norte, condecorado con la Medalla de sufrimiento por la Patria jura su cargo como juez de primera instancia de La Palma el 2 de junio de 1821. Su presunta tibieza en las dili-gencias quizá tenga que ver con los pocos conocimientos y experiencia práctica que tenía, tal y como se des- JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 12 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 mientos y ciertos preparativos para que una expedición militar se dirija hacia Barlovento29, con la subsiguiente alteración de la tranquilidad pública, tanto entre la población de Santa Cruz de La Palma como, sobre todo, en el aquel municipio. Así las cosas, el Ayuntamiento de Santa Cruz elabora una investigación sobre el particular, donde se determina que el objetivo principal de Román en esos planes pasa por favorecer el terror entre la ciudadanía, para hacer con ello odioso el sistema constitucional. Además, salen a la luz los amplios manejos que en el tema tiene un personaje como Luis Vandewalle Cer-vellón, que es quien controla directamente a Luis Rodríguez Casanova, a Domingo Román, al vicario de ausencias Felipe Benicio Rodríguez y al coronel Antonio Guisla, es decir, el autén-tico muñidor de todas estas intrigas. Finalmente, en esta ocasión la partida de soldados no desarrollará las actividades previstas, seguramente porque el juez de primera instancia ha recibido señales de peligro al respecto –hacia el 12 de agosto aparece en la puerta de su casa una porción de pólvora y azufre–, deci-diendo entonces suspender el expediente y enviárselo al Jefe superior político. Las cosas, por lo tanto, quedan más o menos como estaban: Rodríguez Casanova sin recuperar el beneficio y sin recursos, Barlovento sin un cura estable para oficiar las misas, y todo el mundo en un es-tado de agitación sin parangón –no existían precedentes de tamaña repulsa en ningún pueblo de la isla, por lo general siempre tan sumisa y respetuosa con clérigos e instituciones. Habrá que esperar hasta julio de 1822 a que el juez Linares se decida por fin a intervenir materialmente. Según su decreto del día 5, firmado en San Andrés y Sauces, avisa a los barlo-venteros de que “se retiren a sus casas con la tranquilidad y moderación debidas, apercibién-doles que serán castigados con las penas establecidas en las leyes, las cuales se ejecutarán en sus personas y bienes irremisiblemente en el caso de no cumplir desde luego con lo que se les manda”30. Esa misma tarde, de nuevo en el barranco de La Herradura, se vive el tercer clamor de los lugareños. […] al llegar a una vereda que llaman la Cruz del Pozo de esta jurisdicción, vio y oyó una porción de gente gritando «Ahí vienen, y ajunten piedras, que a nadie se dejará pasar», y habiendo llegado a la mitad de la bajada del barranco de la Herradura, volvieron a gritar di-ciendo “No bajen, que al que bajase muere, entonces el Sr. Juez les gritó por muchas veces que se retirasen a sus casas, y ellos respondían “Retírense V. mds. primero, y cuando íbamos bajando continuando ellos su gritería y tirando piedras al barranco, entonces el Sr. Juez mandó hacer alto a la escuadra y dispuso que el declarante soltase el fusil y fornitura, y fuese acompañado de Jerónimo Rodríguez, y subiese a la montaña de Oropesa y Cruz de Aparicio, y dijese a los amotinados que se retirasen a sus casas, y que bajase aquel alcalde31. Pero los agavillados, entre 150 y 200 individuos, negaron que su alcalde estuviera allí con ellos, y continuaron tirando piedras, y gritando que por allí no pasaba nadie a favor de Casa- prende de los propios informes realizados por la Real Audiencia de Canarias, donde se le considera “sujeto de probidad, juicio, desinterés, y de fina educación”, pero con una disposición limitada (véase GÓMEZ RIVERO (2006), p. 118 y 119). 29 Se nombra al teniente coronel Mariano Norma como responsable de la tropa, compuesta por soldados de la 7ª compañía de los Sauces, y aprontando la 8ª en su auxilio. De los arsenales se toman unos 1300 cartuchos de fusil y 60 piedras de chispa. Se le compran a Mariano Yánez unas porciones de pescado salado, y se acopia pan amasado para guarnecer varios barcos bobones, aunque también se cuente con los ganados y trigo de aque-llos lares. 30 AMC, Colección Antonino Pestana, doc. AP-01863, folios 2606v-2607. 31 Declaración del cabo Félix Felipe, de 26 años, ante el juez de primera instancia Román y Linares, reali-zada el 6 de julio de 1822. (Íbidem, folio 2586r) En el momento de la acción, Luis Rodríguez Casanova está sentado en la banda de los Sauces, viendo contrariado los acontecimientos. BATALLA POR UN CURA... 13 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 nova, ni siquiera el Rey32. La retirada de Linares se hace inminente. Los de Barlovento, per-maneciendo un tiempo más en la vigilancia de la zona, se apuntan otro tanto. Este fracaso del juez de primera instancia le acarreará la suspensión de empleo y sueldo por un año –a contar desde el 27 de julio33–, asumiendo sus funciones supletoriamente el alcalde primero de Santa Cruz de La Palma, Felipe Massieu Tello. No obstante, lo que sí se consiguió fue la detención en los Sauces del cabo Antonio Rodríguez Calderero (de 24 años), al ser llamado a revista por su superior, como uno de los instigadores de las revueltas barloventeras, y trasladado ipso facto al cuartel militar de la capital (el 9 de julio de 1822). Otros de los posibles cabecillas gozaron de mayor suerte, y aún tendrían la posibilidad de continuar al frente de la lucha. El proceso, a continuación, sin dejar de propiciar diligencias y una avalancha de documentos, sufre un relativo estancamiento, con perjuicio de todos los involucrados, ya que no se alcanza solución alguna. Buena muestra de ello es la libertad concedida al propio Antonio Rodríguez, a causa de contraer una enfermedad, sin que por el contrario se le eliminen los cargos, quedando todavía así bajo el punto de mira judicial. Domingo Román y Linares, al reponerse en el Juzgado, insuflará nuevos bríos desde agosto de 1823, para el desenvolvimiento de la causa. En varios despachos del mes de octubre, avisa al alcalde de Barlovento, en esos instantes Marcos Martín, para que envíe hasta su presencia a José Brito Lorenzo, a Marcial Ortega, al mandador José Manuel Martín, a An-tonio Pérez y a los cuatro hermanos Caldereros, como motores responsables de los alzamientos anteriores. El alcalde accede a la petición e intenta satisfacerla el día 15. Sin embargo, cuando estas personas van yendo por las afueras de Barlovento, se topan con cientos de conciudadanos, que les impiden la salida sacándoles las ropas, quitándoles los sombreros y, en suma, haciéndolos regresar a la plaza. De vuelta en el pueblo, se reúnen con el alcalde para informarle de todo lo ocurrido, y éste toma nota de los participantes, que le confiesan haber actuado de motu proprio. Es el cuarto y último clamor de defensa en Barlovento, antes de que las balas dejen dos muertos y varios heridos el 30 de diciembre de 1823.34 DE PRISIONEROS Y USURPACIONES ¿Cuáles son las consecuencias de esta aciaga fecha? Veamos cómo, desde el 2 de enero de 1824, se encuentran apresados en Santa Cruz de La Palma José Brito Lorenzo, Marcos Martín, 32 De la fiabilidad de estas palabras tuvieron constancia María Herrera y Antonio Pérez Afonso, quienes fueron atacados ese mismo día en el Lomo de Guerreros, por creerse que eran afines al cura y que lo iban a in-troducir disfrazado en Barlovento. A ella la empujaron, la desnudaron dejándola en camisa y con las enaguas blancas –por si llevaba una pistola encima–, le profirieron blasfemias y la llamaron indigna. Con su esposo Antonio hicieron lo mismo, poniéndole Miguel de la Concepción una lanza en el pecho, y diciéndole que era un perro, un Godoy, también un indigno. 33 En efecto, el 27 de julio de 1822 se recibió en Santa Cruz de La Palma la provisión sobre la suspensión de Domingo Román de Linares como juez de primera instancia, lo que suscitó una celebración esa misma noche, “con música, veladores, vivas desentonados, diciendo «muera la ignorancia y el ignorante», pasquines y másca-ras insultantes, colgar del bauprés del bergantín Gran Poder de Dios (que acababa de llegar de La Habana) una figura que representaba al vivo al dicho juez, y por último llenar de inmundicias el zaguán y puertas de sus casas, sin que la autoridad civil hubiese tratado de contenerlas”. (Escrito de Luis Rodríguez Casanova dirigido al alcal-de de Santa Cruz de La Palma y juez interino de la isla, con fecha 8 de agosto de 1822; Íbidem, folio 1609r). 34 Como aclaración, valga comentar que el juez de primera instancia Linares se había quejado de que el alcalde Marcos Martín no había cumplido con varios requerimientos anteriores, consintiendo que los inculpados permanecieran en libertad y que se fomentaran más asonadas. Este mismo alcalde, a la altura del 19 de diciembre de 1823, había traspasado sus poderes a Marcial Ortega, y por eso éste es el que figura como presidente munici-pal en los sucesos del día 30. Parece evidente que ambos, junto a los demás citados, estaban conchabados en un mismo objetivo. JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 14 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 Marcial Ortega y Miguel, Antonio, José y Nicolás Rodríguez Martín, acusados de ser los cabe-ceras del motín, en las diferentes fases que ya hemos analizado. Por su parte, en Barlovento, el comisionado que ha designado la autoridad civil, Benito Macías, acaba su investigación y acuerda el día 12 que igualmente se detenga en el pueblo a Miguel de la Concepción, Antonio Estanislao García, Laureano García, José Hernández del Rosario, Miguel Herrera, Manuel López, Marcelo Martín, Santiago Martín, Juan de Dios Ortega, Alonso Pérez, Laureano Pérez, Antonio Pérez Afonso, Antonio Pérez Brito, Antonio y José Rodríguez Sabina, como partici-pantes también de dichos incidentes, a los que se sumarán José Herrera Rodríguez, alias Zanca-dilla, y Antonio Rodríguez alias El Rey, cuando recuperen su estado de salud. En la capital palmera, todos ellos acaban distribuidos en tres centros penitenciarios (la Cárcel Real de la Ciudad, el Castillo de Santa Catalina y el cuartel militar), en donde el Alcal-de mayor Linares, en virtud de una real provisión de la Audiencia de Canarias, retomará las declaraciones para comprehender el alcance los delitos producidos. En este sentido, el desa-rrollo de esta nueva investigación adolecerá de una cierta mala praxis, pues se dilata durante semanas la permanencia de los reclusos en prisión, a veces sin las suficientes garantías, tal y como denuncia en abril el síndico personero José Pérez Afonso35, y sin quedar establecidas las penas y multas correspondientes. Se hará necesario esperar más de nueve meses para que co-miencen a diligenciarse soluciones realmente efectivas, si descontamos aquellos reos cuyo grado de involucración es menos significativo, o el muy especial caso de Marcial Ortega, caí-do enfermo en mayo.36 El 6 de septiembre de 1824, Domingo Román toma la trascendental decisión de otorgar la libertad bajo fianza para los hasta entonces principales autores del levantamiento barlovente-ro, esto es, para Marcos Martín y los cuatro Caldereros: José Montserrat, Antonio, Miguel y Nicolás, con la condición de no poder salir de la Ciudad y sus arrabales. Unos días después, entre el 13 y el 18 de septiembre, concede igual beneficio, bajo caución juratoria o fianza, a Santiago Martín, Miguel Herrera, Antonio Pérez Brito, Antonio Rodríguez Sabina, Manuel López, Laureano Pérez y José Manuel Martín; Antonio Estanislao García la obtendrá el día 26, siendo José Brito Lorenzo el último de los encausados en salir con libertad (9 de noviem-bre de 1824). Contrariamente a lo que parece, todavía estamos muy lejos de una finalización completa para la Causa de Barlovento. El carácter, no obstante, de los siguientes acontecimientos tendrá más bien un marcado tono jurídico, cruzándose escritos, provisiones y apelaciones entre todas las partes afectadas, entorpeciéndose el relato histórico. 35 En su recurso del 10 de abril de 1824, presentado al Tribunal Superior de la Real Audiencia, el síndico lamenta “la lentitud con que se sigue la citada causa, las vejaciones que sufren los presos por ella, no sólo por la insalubridad de los calabozos, los tormentos y apremios que se les hacen padecer, con grillos y cadenas, su falta de alimentos más precisos para sostener la vida, la incomunicación absoluta y dilatada que experimentan, sino también por la privación de todo género de auxilios para que puedan usar de su natural defensa”. (Íbidem, folios 1875v-1876r) En contrapartida, los militares José Rodríguez Aday, Jerónimo Rodríguez y Jerónimo González, responsa-bles del cuartel del regimiento, del Castillo de San Miguel y del Castillo de Santa Catalina respectivamente, salen al paso de las acusaciones negando la existencia de malas condiciones, de grilletes o la escasez de comida, y resaltan el celo y cariño demostrados por Domingo Román y Linares con los detenidos. (Íbidem¸ folios 1883v-1887r). Fi-nalmente, el regente de la Audiencia, Juan Nicolás Urdabeitia, acuerda el 13 de mayo que el Alcalde mayor debe garantizar de verdad la seguridad de los delincuentes, en sitios adecuados y bien comunicados. 36 Así, entre los días 24 y 27 de abril de 1824, el Alcalde mayor Linares concede la libertad bajo caución juratoria para Laureano García, Juan de Dios Ortega, Alonso Pérez, José Rodríguez Sabina, José Hernández del Rosario, Antonio Pérez Afonso y Marcelo Martín. En relación a Marcial Ortega (de 30 años), su caso es a todas luces más dramático, ya que cae enfermo desde el día 1 de mayo. El médico Francisco Jaubert le diagnostica una disentería biliosa aguda, con tenesmo, evacuaciones sanguinolentas y calenturas. El día 13 se acuerda su traslado hasta la casa de José Domingo Sotomayor Topete, en Santa Cruz, para que se restablezca, y finalmente el día 19 de julio se consiente que vuelva a Barlovento, ante la gravedad de su situación. BATALLA POR UN CURA... 15 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 Aún en julio de 1824, Luis Rodríguez Casanova no ha podido posesionarse de su benefi-cio, quedándose según afirma en un estado de mendicidad denigrante. Lo que no sabía enton-ces es que continuará pleiteando durante varios años más, sin conseguirlo de ninguna forma, hasta que en 1832 opte por volver a su Gomera natal, donde moriría en el año 1857. Sobre la persona de su oponente, Antonio María Sosa Falcón, pesan las sospechas de usur-pación del curato de Barlovento, por todos los esfuerzos –activos y pasivos– que labró para continuar al frente de ese servicio de animas. Su currículum no es para nada inmaculado, si tenemos en cuenta las estrechas relaciones que mantuvo con el grupo dirigente de los amoti-nados (los Caldereros, Marcos Martín, Marcial Ortega), las excusas y dilaciones que creó para no abandonar aquel lugar, su inhabilitación para el sacerdocio y los arrestos conventuales por desobediencia a la autoridad religiosa37, o incluso los rumores de que estuvo amancebado con una mujer casada, a la que cedió un cercado para sembrar lino en el llano de la parroquia. No es extraño, pues, que jamás volviera a ejercer como sacerdote, ni mucho menos en aquellos parajes. En lo que respecta a lo propiamente judicial, destacar que el 19 de diciembre de 1825, la Real Audiencia, por aprobación de los magistrados Nicolás de Urdabeitia, Francisco Mier y Terán y Félix Quevedo Bueno, declaró nulo todo lo actuado desde el día 17 de mayo de ese mismo año por el Alcalde mayor de La Palma, Domingo Román y Linares, al no querer con-tar con la colaboración de la jurisdicción eclesiástica, tal y como disponían las leyes. En vir-tud de esta sentencia, el Tribunal Superior mandó que los reos fuesen liberados definitivamen-te, gozando así de su libertad desde 1826. CONCLUSIONES El 30 de agosto de 1831, en el marco del expediente todavía abierto contra el padre Sosa Falcón, José de Gibaja, Alcalde mayor de la isla, y Antonio del Castillo Gómez, Vicario ecle-siástico en ella, definieron por bien probada la Causa de Barlovento, después de escuchar la ratificaciones de algunos testigos y de verificar las muertes y ausencias. En sus últimas pes-quisas se había corroborado la existencia de dos grupos claramente diferenciados: de una par-te, los favorables a Luis Rodríguez Casanova y su reposición como párroco (el propio benefi-ciado, Luis Vandewalle Cervellón, Román y Linares, Macías, Ignacio de Guisla…); del otro lado, los contrarios a su regreso, encabezados por aquellos barloventeros que controlaban las instituciones (los Caldereros, Marcos Martín, José Brito Lorenzo…), ayudados por sus conec-tores en Santa Cruz de La Palma (Manuel Díaz, José María Carmona, Rafael Cabrera, Fran-cisco Fierro Sotomayor, Hipólito Gómez, Antonio Vicente Fernández…). Queriéndolo o sin querer, estaban configurando las dos tendencias por antonomasia de principios del siglo XIX: los absolutistas frente a los liberales, con todas las reservas que di-cha categorización conlleva. Bajo esta interpretación, aparece como plausible que la respuesta a la agitación en Barlovento –con los dos fallecidos en diciembre de 1823– fuera tan contun-dente, cuando hacía sólo dos meses que Fernando VII había inaugurado su Década Ominosa, y que Riego fuera ejecutado el 11 de noviembre, fulminándose con él el Trienio Liberal. Como historia comparada, tampoco los sucesos de Barlovento deben verse como algo es-porádico o aislado, sino que tienen que englobarse dentro de un periodo más abierto y tenso, 37 Relacionado con este pleito de Barlovento, a fray Sosa Falcón se le abriría una causa separada por indi-cios de desobediencia a la Vicaría eclesiástica, desde los tiempos en que la tuvo de ausencias el presbítero Feli-pe Benicio Rodríguez Lorenzo, por las asonadas de los vecinos de Barlovento para la no restitución de Luis Rodríguez Casanova. De este largo expediente vino su internamiento en el Convento Real de la Inmaculada Concepción de Santa Cruz de La Palma, que no se resolvería hasta el año 1829, aunque en abril de 1831 se le volvería a declarar rebelde por no contestar a los requerimientos. JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 16 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 donde las insurrecciones estaban en boga, como se constata por los varios motines surgidos en toda Canarias, desde 1808 hasta aproximadamente 1840.38 Es decir, partir de los acontecimientos para llegar a comprender las fuerzas profundas de los hechos, construyendo una historia sustantiva y abandonando la simple narración de lo anecdótico. Éste, y no otro, ha sido el principal objetivo de la presente comunicación, que, ante la cortedad de espacio disponible, no puede más que aspirar a ser un análisis introducto-rio, a la espera de futuros estudios más concienzudos. ANEXO FOTOGRÁFICO Título: Mapa de Barlovento (La Palma) Autor: Elaboración propia Fuente: IDECanarias 38 Agustín Millares hace un recorrido sobre estos alzamientos: los sucedidos en el “Trienio tumultuario” (de septiembre de 1808 a noviembre de 1811), el motín de la Montaña de Doramas, el Motín de la Dehesa de Guriame (La Oliva, Fuerteventura), etc. (MILLARES CANTERO (2011)). BATALLA POR UN CURA... 17 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 Título: Plaza de Barlovento con vecinos Autor: Desconocido Fuente: http://www.palmerosenelmundo.com/fotograf%C3%ADas-antiguas-de-la-palma/ Título: Sacerdote Manuel Díaz (1774-1863) Autor: Rosendo Cutillas Hernández JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 18 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 Fuente: FEDAC, fotografía nº 21266 Título: Vista panorámica de Barlovento Autor: Desconocido Fuente: http://www.palmerosenelmundo.com/fotograf%C3%ADas-antiguas-de-la-palma/ BIBLIOGRAFÍA BLANCO, J. (1983). Breve noticia histórica de las Islas Canarias. Madrid: Editorial Rueda. CONCEPCIÓN GARCÍA, H. (2015). “Los orígenes de Barlovento”, en El Apurón. Disponible en http://elapuron.com/noticias/opinion/16499/los-orgenes-de-barlovento/ GÓMEZ RIVERO, R. (2006). Los jueces del Trienio Liberal, Madrid: Ministerio de Justicia. MILLARES CANTERO, A. (2011). “Terratenientes y campesinos del antiguo al nuevo régimen”, en Historia contemporánea de Canarias, en MILLARES CANTERO, A. MILLARES CANTERO, S.; QUINTANA NAVARRO, F. y SUÁREZ BOSA, M. (Dir.) (2011). Historia con-temporánea de Canarias, Las Palmas de Gran Canaria: Obra Social de La Caja de Canarias, pp. 59-101. PÉREZ HERNÁNDEZ, J. E. (2007). Las personas de valer. El mundo de la burguesía en La Palma en el si-glo XIX, Santa Cruz de La Palma: Excmo. Cabildo Insular de La Palma. RODRÍGUEZ ESCUDERO, J. (2011). “El Ojudo de Los Sauces (y II)”, en La Arqueta. Memorias y tesoros de una isla [blog]. Disponible en http://elapuron.com/blogs/arqueta/824/el-ojudo-de-los-sauces-y-ii/ FUENTES AMC: Archivo del Museo Canario.
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Título y subtítulo | Batalla por un cura: Análisis histórico de la denominada causa de Barlovento (1819-1832) |
Autor principal | Rodríguez Macario, José Iván |
Entidad | Cabildo de Gran Canaria |
Publicación fuente | XXII Coloquio Historia canario - americana |
Numeración | Coloquio 22 |
Sección | Historia social |
Tipo de documento | Congreso y conferencia |
Lugar de publicación | Las Palmas de Gran Canaria |
Editorial | Cabildo Insular de Gran Canaria |
Fecha | 2016 |
Páginas | pp. 0053-0070 |
Materias | Congreso ; Historia ; Canarias ; América ; La Palma ; Causa de Barlovento |
Enlaces relacionados | http://coloquioscanariasamerica.casadecolon.com/ |
Copyright | http://biblioteca.ulpgc.es/avisomdc |
Formato digital | |
Tamaño de archivo | 572773 Bytes |
Texto | XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 BATALLA POR UN CURA. ANÁLISIS HISTÓRICO DE LA DENOMINADA CAUSA DE BARLOVENTO (1819-1832) BATTLE FOR A PRIEST. HISTORICAL ANALYSIS OF THE DENOMINATED CAUSE OF BARLOVENTO (1819-1832) José Iván Rodríguez Macario* Cómo citar este artículo/Citation: Rodríguez Macario, J. I. (2017). Batalla por un cura. Análisis histórico de la cenominada causa de Barlovento (1819-1832). XXII Coloquio de Historia Canario-Americana (2016), XXII-008. http://coloquioscanariasmerica.casadecolon.com/index.php/aea/article/view/9962 Resumen: De entre la rica documentación perteneciente al Fondo Antonino Pestana Rodríguez, que se conserva en el archivo del Museo Canario de Las Palmas de Gran Canaria, destaca por su cantidad y amplio detalle todo lo relativo a la denominada “Causa de Barlovento”, acontecida en esta localidad de la isla de La Palma en los años veinte del siglo XIX. De esta manera, nos proponemos ofrecer un estudio histórico sobre el pleito que enfrentara a los clérigos Luis Rodríguez Casanova y Antonio María Sosa Falcón, durante los años 1819 y 1832, cuyas repercusiones sobrepasaron el ámbito de lo eclesiástico, puesto que llegaron a producirse varios tumultos públicos relacionados con esta disputa. Con la comprensión de estos acontecimientos esperamos obtener determinadas conclusiones más generales acerca de la sociedad en que se desarrolló, la psicología colectiva en un marcado entorno rural, y la respuesta del poder institucional a este conflicto. Palabras clave: Fondo Antonino Pestana, Causa de Barlovento, Luis Rodríguez Casanova, Antonio María Sosa Falcón, Iglesia, Alcalde mayor de La Palma, tumultos Abstract: Among the rich documentation of to the Antonino Pestana’s Colection, preserved in the archives of the Museo Canario, in Las Palmas de Gran Canaria, it’s the called “Cause of Barlovento”, known for its quantity and extensive detail, occurred in this village on the island of La Palma, in the twenties of the nineteenth century. Therefore we intend to offer an historical study about the lawsuit between two clerics, Luis Rodriguez Casanova and Antonio Maria Sosa Falcon, during the years 1819 and 1832, whose impact exceeded the realm of the church, since there were several public unrest related to this dispute. Understanding these events, we hope to get some general conclusions about that society, the collective psychology in a marked rural environment, and how the institutions answered to this conflict. Keywords: Antonino Pestana’s Colection, Cause of Barlovento, Luis Rodríguez Casanova, Antonio María Sosa Falcón, Church (institution), Mayor of La Palma, unrest Ningún freno impuesto a la insurgencia política podía detener la rebelión romántica; por el contrario, parecía como si las al-mas fogosas, a las que se había privado de la oportunidad de realizar sus sueños, se aplicaran con mayor intensidad a soñar sus acciones. Geoffrey BRUUN, La Europa del siglo XIX (1815-1914) * Historiador y archivero. Calle Manuel Alemán Álamo, 23. 35220. Telde (Gran Canaria). Canarias. Es-paña. Teléfono: +34 648741253; correo electrónico: ivanrodriguez1981@gmail.com JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 2 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 EL MOTÍN DE BARLOVENTO Barlovento, isla de La Palma1. Amanece el día 30 de diciembre de 1823, una jornada que a la postre tendría que convertirse en histórica, aunque curiosamente haya pasado desapercibida para los grandes anales de la Historia de Canarias, sólo quizá como un pequeño dato aislado.2 A veces sucede esto, que acontecimientos destacados luego se olvidan con el transcurso del tiempo, por más que en su época generaran una extensa documentación, fruto de una amplí-sima repercusión coetánea. Para nuestra suerte, el rico fondo recopilado por Antonino Pestana Rodríguez, que se conserva en el archivo del Museo Canario y que es parte fundamental para conocer el pasado de La Palma, alberga nada menos que diez legajos de la denominada “Cau-sa de Barlovento”, lo que habla bien a las claras de la magnitud de este proceso. Los ánimos se levantaban exaltados. Desde las siete de la mañana, en los alrededores de la casa beneficial del pueblo, se fueron congregando cada vez más vecinos, cincuenta, cien, dos-cientos, trescientos hombres, más las mujeres y niños. En total unas cuatrocientas personas, a voz en grito, en defensa de ciertos presos que habían sido arrestados la noche anterior por medio de una tropa encabezada por el subteniente Benito Macías, cumpliendo así las órdenes del Alcalde mayor de la isla, Domingo Román y Linares.3 Junto al citado subteniente comisionado, treinta militares, contando dos sargentos, cabos y soldados, de los destacamentos de Santa Cruz de La Palma y del propio Barlovento4, habían salido de San Andrés y Sauces el día 29, a las 21:30 horas, entrando en el municipio limítrofe dos horas después. Ahí, apresan en sus casas a cuatro individuos: José Brito Lorenzo y los hermanos José Montserrat, Antonio y Nicolás Rodríguez Martín, alias los Caldereros5, aunque 1 Este trabajo ha sido posible gracias a la ayuda de determinadas personas, que han colaborado gentilmen-te en la medida de sus posibilidades. El compañero Gustavo Alexis Trujillo, por sus comentarios sobre religiosi-dad popular. Fernando Betancor, por su atención archivística y personal en el Museo Canario. Fátima Cabrera, por la geografía y los mapas. La escritora Belén Lorenzo, por ponerme en la pista del archivero de Barlovento. Horacio Concepción, por los datos interesantes sobre estos acontecimientos, en espera del libro definitivo sobre la historia de su pueblo. Y Patricia Sánchez Ramos, por su amor constante y desinteresado. 2 De las poquísimas referencias encontradas, véase el blog de José Rodríguez Escudero, La Arqueta. Me-morias y tesoros de una isla, donde se afirma sin dar mayores detalles que “Un somatén en Barlovento se alzó contra su párroco Luis Rodríguez Casanova y contra la tropa que, «viéndose agredida, hace una descarga contra el pueblo, causando dos víctimas». (30 de diciembre de 1823)”. RODRÍGUEZ ESCUDERO (8 de mayo de 2011). Re: El Ojudo de Los Sauces (y II) [Mensaje en un blog]. Recuperado de http://elapuron.com/blogs/arqueta/824/el-ojudo-de-los-sauces-y-ii/ 3 “[…] siendo urgente progreso de esta causa, debía de dar y dio comisión en bastante forma a D. Benito Macías, condecorado con las cruces de Chiclana y del tercer Ejército, subteniente y juez comandante del Real Cuerpo de Artillería en esta isla, para que trasladándose al indicado lugar [de Barlovento] con la precaución debida realice los efectos de lo mandado en el citado auto de treinta de septiembre y demás que constan de la causa [deteniendo a los presos] […]”. Auto del Alcalde mayor de La Palma Domingo Román y Linares, con fecha 19 de diciembre de 1823, en: Archivo del Museo Canario (en adelante AMC), Colección Antonino Pesta-na, documento AP-01863, Autos del pleito promovido ante el alcalde mayor de La Palma entre el beneficiado Luis Rodríguez Casanova y el presbítero Antonio María Sosa Falcón, por desobediencia al vicario eclesiástico y complicidad en los tumultos públicos ocurridos en Barlovento (La Palma), folios 1654-1655. En dicho auto del 19 de diciembre también se solicita que el Gobernador militar de La Palma auxilie al referido Macías, para la conservación del orden público. 4 La expedición planeada en total estaba compuesta, entre otros, por: los sargentos José Rodríguez Aday, Bernardino Medina (50 años), Pedro de las Casas y Jerónimo Rodríguez, el cabo segundo Silvestre Martín (35 años), y los soldados Francisco Felipe (28 años), José Antonio Díaz (20 años), José Hernández Ventura, Juan José Carlos, José Perdomo, José Rambla Perdomo (40 años), Juan Gómez Brito, Julián Álvarez y Pedro Molina. 5 José Montserrat Rodríguez Martín (de 35 años, casado, de profesión herrero), hijo de Nicolás Rodríguez Melero y de Josefa Martín, declaró ante el Alcalde mayor de La Palma, Román y Linares, el 10 de febrero de 1824: “llamaron a la puerta de su casa el comisionado [Macías] y los soldados que iban con él, y el sargento Bernardino le dijo que se levantase y al momento el que declara abrió un postiguito de la puerta, diciéndole el comandante que se vistiera y saliese para afuera, y le pidió licencia para ponerse una camisa limpia, a lo que le BATALLA POR UN CURA... 3 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 no pueden hacerse con más prisioneros, tal y como estaba proyectado, como ocurre en el caso de Marcos Martín, quien, alertado de su presencia, consigue huir hasta un paraje cercano.6 En el ínterin, se produce un rocambolesco percance en la detención del citado José Brito, el cual también logra escaparse tras argüir unas necesidades fisiológicas; mas como su hijo estaba cerca de allí a esas horas –las seis y media de la mañana–, se le ató de una mano y fue condu-cido con el resto de presos hasta la casa del beneficio. También a esa misma hora se había enviado un escrito al alcalde de Barlovento, Marcial Ortega, sin que nadie del Ayuntamiento se presentara finalmente al requerimiento. La escandalera, pues, sigue en aumento. Amenazan con no cejar hasta que los detenidos recuperen su libertad. En vista de las circunstancias, Macías solicita al párroco José Plasencia que vaya a calmar a la gente, exhortándoles que obedezcan a la autoridad. Esto resulta en va-no, más bien sucede lo contrario, la situación se encrespa aún más. A las 11 horas los gritos dejan paso a la violencia física: se tiran piedras contra los militares, y se precipitan los hechos. Envalentonados, unos treinta barloventeros armados con lanzas y palos se dirigen a la puerta de la casa, momento en el que Benito Macías y el sargento José Rodríguez Aday ordenan que ocho de los diecisiete soldados que ahora están en la defensa salgan y amedrenten a los amo-tinados, obligándolos a retroceder unos pasos, retirándose éstos hasta la puerta y la esquina de la Iglesia de Nuestra Señora del Rosario, aunque sin marcharse completamente. Por lo tanto, como la sublevación persiste, se manda a continuación que un soldado dispare al aire, eje-cutándolo el miliciano José Antonio Díaz. Sin embargo, fruto del miedo que ya impera en ambos bandos, todo se aboca hacia la catástrofe. Entre la soldadesca hay quien carga su fusil con dos cartuchos –José Hernández Ventura–, otro que, temeroso, intenta escabullirse del grupo –José Rambla Perdomo– y otro más que pide la retirada para no morir en el acto –Juan José Carlos–. Es entonces cuando, bajo la lluvia de piedras, algunos tiros se realizan hacia los propios manifestantes, con el re-sultado final de dos muertos (Pedro González Francisco, de 23 años, y su cuñado Antonio Miguel Pérez Bernardino) y varios heridos, entre ellos Miguel alias Sirviente, que marcharía a la Ciudad para curarse de una extremidad. En este sentido, el cabo segundo Silvestre Martín declararía posteriormente que fue el mismo Macías quien ordenó disparar contra los amotina-dos. Además, “el declarante oyó decir a algunos milicianos de Barlovento, parte del motín, que iban [a] por los fusiles para acabar la partida; que cree que por esta causa, la de quedar muy pocas municiones, la de notar en los soldados una flojedad y temblor, incapaces de hacer fuego, y que de subsistir allí era la tropa víctima de aquel crecido motín, dispuso su merced [Benito Macías] reunir los centinelas a diecisiete hombres que tenía formados, entre ellos cuatro con los fusiles descargados por incapaces de hacer fuego, y verificado que fue, hace contestó dicho comandante que se vistiese pronto y si no que llevaba orden de hacer fuego, y que lo mataba en la misma casa, y habiendo salido el declarante le amarró, y fue con dicho comandante y soldados a buscar a su hermano Nicolás, y después a Antonio, a los que llevó a la Casa del beneficio, y los dejaron amarrados en un cuarto, que antes pasaron por la casa de Marcos Martín y no lo hallaron […]”. (AMC, Colección Antonino Pes-tana, doc. AP-01863, folios 1828v-1829r). 6 Marcos Martín (casado, 38 años, labrador y sochantre) realizó declaración como detenido el 12 de febre-ro de 1824, ante Domingo Román y Linares: aquella noche del día 29 él estaba en su casa, “muy de madrugada vio unos hachas y relucir escopetas, y aunque el declarante no estaba comprehendido en los reos, se separó un poquito de su casa a ver en qué paraba aquello, y después le contó su mujer que habían revuelto hasta las cajas a ver si estaba dentro, y después con el miedo se fue a unos barrancos a donde no había nadie, por lo que no vio lo que se pasó en ese día […]”. (Ibidem, folio 1840v) JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 4 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 ver a aquel pueblo [que] iba a colocarse en otro sitio hasta coger el camino que tomó dicho señor, [el] declarante y [la] tropa”.7 Así pues, viéndose que la algarada no cesa, a las 12 del mediodía el destacamento de Mac-ías se ve obligado a dejar a los tres reos y regresar a los Sauces, lugar seguro desde el que continuar las gestiones otorgadas por el Alcalde mayor. Y en efecto, en los días siguientes se llevan a cabo los escritos y las declaraciones de varios implicados, tanto civiles como milita-res. Juan Martín y Miguel Javier de la Concepción, vecinos de San Andrés, hablan sobre la existencia de una carta remitida desde Santa Cruz de La Palma por Hipólito Gómez, colabo-rador de los insurrectos, donde se alertaba al alcalde de Barlovento de la próxima salida de tropa, mientras que Santiago Martín, de 43 años, relata con detalle cómo ya el 29 de diciem-bre corrían los rumores sobre la pronta llegada de milicias, con los consecuentes preparativos para una asonada popular. Después del derramamiento de sangre, en la mañana del 2 de enero del año nuevo 1824, se presentan voluntariamente ante el comisionado Macías los cuatro hermanos Caldereros (José, Antonio, Nicolás y Miguel Rodríguez Martín), junto a José Brito, al alcalde Ortega y ahora también a Marcos Martín. Todos ellos, arrestados, partirán desde los Sauces rumbo a Santa Cruz de La Palma, por medio del sargento segundo Jerónimo Rodríguez y once soldados. Tam-bién se unirá a los cautivos el miliciano Francisco Felipe, que pasará a estar recluso por su ac-tuación imprudente en la detención de Brito. A eso de las 22:30 horas llegan a la Ciudad y que-dan a disposición del Alcalde mayor Domingo Román, encarcelándolos en el cuartel militar. Antes, a las tres y media de la tarde de ese mismo día 2, el subteniente Macías, acompañado por un sargento y ocho soldados, ha vuelto a Barlovento en comisión de investigación para esclare-cer todo lo ocurrido, haciéndose perentorio que el Ayuntamiento le dispense habitación y algu-na ropa para el tiempo en que estén allí. Una de sus primeras medidas es la de aceptar la elec-ción de Antonio González como nuevo alcalde, en sustitución de Marcial Ortega. EL ROBO DEL PÓSITO Ahora bien, ¿qué ha sucedido para llegar a esta extraordinaria situación? ¿Qué factores han generado la resistencia de un pueblo como Barlovento, o más bien el casi completo levanta-miento de su vecindario? Por extraño que parezca, un solo hombre capitaliza todas las iras del lugar, el cura párroco Luis Rodríguez Casanova, convertido en el gran causante del deterioro social. La complejidad del caso, que sobrepasa los límites de esta comunicación, nos exige que tratemos varios de los antecedentes, en espera tal vez de próximos estudios más extensos. Barlovento, el municipio del nordeste palmero, que había nacido en torno a La Punta de Los Dragos (o Punta Cumplida), comprendía en el siglo XVI desde La Fajana hasta el significativo barranco de La Herradura, es decir, con una marcada orografía y serias dificultades para el transporte terrestre. Como cruce de caminos de campesinos y ganaderos, creció a la sombra de la boyante villa de San Andrés y Sauces, lugar de establecimiento para las familias nobles tras la conquista. Algunos pagos propiamente barloventeros serían los de Gallegos, La Palmita, To- 7 Declaración del cabo segundo de las milicias provinciales Silvestre Martín (de 35 años), realizada el 1 de enero de 1824, ante el Sr. Benito Macías, en San Andrés y Sauces (Íbidem, folios 661v-662r). La precariedad del armas disponibles y la insuficiente munición para contrarrestar a los trescientos exaltados quedan confirma-das en el relato del sargento Bernardino Medina (de 50 años): Diecisiete hombre formaban la tropa, “de los cua-les cuatro tenían los fusiles descargados por inútiles, y que sólo estaba en formación por aparentar fuerza, y que la restante la tenía empleada en custodia de los presos, por dentro de la casa, fuera de ella y otros sitios indispen-sables”. (Ibidem, folio 657) Además, diez de los componentes de esta tropa pertenecían a las lomadas de la juris-dicción de los Sauces y seis a Santa Cruz de La Palma. Otro tenía sólo 15 años y por eso no siguió a los demás compañeros. BATALLA POR UN CURA... 5 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 paciegas, El Barranquito, Lomo Machín, la Lomada de Guerra o Las Cabezadas. Hasta el últi-mo tercio del siglo XIX, sus habitantes fueron mayormente simples jornaleros, dependientes de los grandes propietarios insulares: los Lugo-Viña, Poggio, Van de Walle o Fierro.8 El servicio religioso de la comunidad, vacante desde la muerte del párroco Rafael Ruiz Balboa, había recaído en 1810 en el susodicho Luis Rodríguez Casanova, natural de Agulo (La Gomera), nacido hacia 1784. De carácter fuerte y polémico, pronto se ve envuelto en va-rias refriegas que acabarán por generarle la animadversión pública. Sin duda, el hecho sustan-cial que define un antes y un después en su trayectoria será todo lo relacionado con el robo del pósito de Barlovento, ocurrido en la noche del 16 de noviembre de 1819, en el que se sustraje-ron unas 7 fanegas de trigo y 32 pesos, 2 reales de plata y 2 cuartos. A partir de entonces, la repulsa hacia su persona crece y se hace prácticamente general en el pueblo, si tenemos en cuenta lo que expresan las fuentes al respecto. El Ayuntamiento, regido entonces por Nicolás Rodríguez Melero, padre de los llamados Caldereros, practicó el correspondiente expediente informativo, del que resultó como princi-pal acusado el propio Rodríguez Casanova, ante los indicios que apuntaban que éste había estado buscando gente que la ayudara a perpetrar el robo, además de las ganzúas pertinentes. Como es lógico, estas averiguaciones encajaban en el entramado nudo de las relaciones per-sonales de un mundo rural y pequeño, donde los dimes y diretes eran cosa habitual. No es extraño, así, que el clérigo negara las acusaciones, pues eran producto de “la astucia infernal de unos enemigos capitales y bárbaros [que] han proyectado imputarme con el objeto de per-derme miserablemente, hallarme en la mayor angustia y consternación, tal que hubiese desfa-llecido mi ánimo, a no sostenerlo el testimonio de la conciencia, que no me arguye de seme-jantes atentados, y la esperanza de que Dios me dará medios para indemnizarme a pesar de las intrigas y ardides diabólicas de que se han valido […].”9 El asunto acarrea toda una estructura judicial para dictaminar las consecuencias penales del delito, lo que pone en solfa a las instituciones de la época, chocando entre sí las jurisdicciones civil y eclesiástica. Recordemos, aquí, que a esas alturas se vive inmersos en un periodo com-plejísimo de la Historia de España, en plena efervescencia tras la Guerra de Independencia de los años 1808-1814, y por tanto con el influjo de las ideas liberales en su lucha contra el abso-lutismo, encarnado en el rey Fernando VII. Justamente ese mismo año, 1819, había surgido la denominada “Conspiración del Palmar”, en las cercanías de Cádiz, cuando cientos de expedi-cionarios se opusieron a ir a América. Un tiempo después, el 1 de enero de 1820, Rafael del Riego proclama en las Cabezas de San Juan la Constitución de Cádiz, preámbulo del Trienio Liberal que comenzará el 13 de marzo hasta 1823. En La Palma, el rector de la parroquia de Santa Cruz y Vicario de ausencias, Manuel Díaz Hernández, que aglutinará al bando constitucionalista o patriótico10, nombra al sacerdote de San Andrés y Sauces, Domingo Rodríguez Pinto, como comisionado investigador, lo que ori- 8 CONCEPCIÓN GARCÍA, H. (2015). 9 Escrito de Luis Rodríguez Casanova dirigido al Vicario eclesiástico de La Palma Manuel Díaz, recibido en Santa Cruz en fecha 3 de diciembre de 1819. (AMC, Colección Antonino Pestana, doc. AP-01863, folio 272r) En el mismo documento también afirma que el domingo día 27 de noviembre no le dejaron salir de su casa, mientras el pueblo iba para la misa, algo comparable a los ataques “de los judíos contra nuestro Redentor Jesu-cristo”. (Íbidem) 10 Compuesto de personalidades como Felipe Massieu Tello de Eslava, José María Fierro, Francisco Fie-rro y Sotomayor, los burgueses David O’Daly, Manuel Buenamuerte González o Pedro Ramy Torres, a los que habría que añadir los clérigos José Joaquín Martín de Justa, José María Carmona, Francisco Morales, Saturnino Sáseta y Rafael Cabrera. Por su parte, el bando realista, tendente al absolutismo, contará con el marqués de Guis-la Guiselín, Luis Vandewalle y Llarena, el capitán Nicolás Massieu y Massieu, los presbíteros Juan José del Castillo Rocha y José Domingo Reyes, los comerciantes Manuel de Cáceres y Antonio de las Casas Álvarez, los propietarios Antonio Lemos Smalley, José Ana Valcárcel y Antonio López Monteverde, el teniente Antonio José Cabrera, etc. (PÉREZ HERNÁNDEZ (2007), p. 87-88). JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 6 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 gina la repulsa de Rodríguez Casanova. Además, insta al licenciado Gabriel León y Cordero, en ese momento Alcalde mayor de la isla y subdelegado de los pósitos, que comunique a la vicaría todo lo obrado a la mayor brevedad, “para evitar competencias que precisamente re-sultarían de lo contrario, y que entorpecerían la pronta averiguación del hecho”.11 Unos días antes, el 30 de noviembre de 1819, Díaz ha recibido al alcalde Nicolás Rodríguez, que está amenazado de muerte por el propio Casanova, después de que éste corriera tras él por el pueblo para agredirle; se manda que Casanova no abandone la capital –donde se encuentra ahora–, po-niéndose obstáculos a su posible fuga por mar.12 El pleito se va complicando de tal manera, que resulta prácticamente imposible seguir to-das las gestiones en profundidad. El cura Casanova, depuesto del ministerio pastoral y con los bienes embargados, se niega a nombrar un sustituto para Barlovento, por lo que se hace nece-saria la intervención del Provisor y Vicario general del nuevo Obispado de San Cristóbal de La Laguna, “a quien están reservadas las causas criminales, [que] es donde puede deducir las acciones que tenga por convenientes”.13 Esta nueva diócesis nivariense, erigida tras el Breve papal de Pío VII (del 1 de febrero de 1819), tendrá su ámbito de actuación sobre Tenerife, La Palma, El Hierro y La Gomera, desmembrándose por tanto el Obispado de Canarias en dos. Los testigos acuden a declarar, en varias semanas de interrogatorios y de pesquisas. El 20 de diciembre ha sido encarcelado el barloventero Juan Hernández Palomo (trabajador del campo, de unos 30 años, casado con Antonia Hernández, con hijos y con antecedentes)14, co-mo presunto cómplice del sacerdote en el robo del pósito, aunque existen serias dudas sobre dicha incriminación: ¿acompañó realmente a Casanova la noche del 16 de noviembre, o en cambio recibió presiones para declararse como culpable?15 Él argumenta que si no se ha pre-sentado antes ante la autoridad civil ha sido por consejo del mandatario de Barlovento, Ni-colás Rodríguez Melero, quien le conminó para que acusara a Casanova y para que se fugase, lo cual hizo guareciéndose en una cueva del Barranco de Felipe. Sin embargo, pasados unos días, decidió emprender el viaje a la capital, para aclarar los términos y confesar que realmen-te no había participado en el mencionado robo. La madeja continúa enredándose. Mientras, en el transcurso de las diligencias el recelo entre el Alcalde mayor Gabriel León y el Vicario Manuel Díaz va también en ascenso, tanto por las quejas de infidelidad institu-cional, que dilatan el proceso con múltiples autos, como por las discrepancias en cuanto a qué hacer con los bienes embargados de Rodríguez Casanova (trigo y vino que están estropeándo- 11 Declaración de Manuel Díaz ante el Alcalde mayor, realizada el 27 de noviembre de 1819. (AMC, Co-lección Antonino Pestana, doc. AP-01863, folios 260-263). 12 En auto del 1 de enero de 1819, Manuel Díaz Hernández ordena al beneficiado Rodríguez Pinto que nombre a un sacerdote del Convento de La Piedad para que dé los oficios en Barlovento, hasta que Casanova nombre a algún sustituto. También se le notifica a Francisco Fierro Sotomayor, subdelegado de marina, que impida la salida por mar del beneficiado. Éste, sobre las amenazas de muerte, responde que fue el alcalde quien entró en su casa acompañado de soldados, armados para registrarlo todo, llevándose cuanto había de valor, inten-tando saber si tenía armas para asesinarlo, las cuales no se encontraron, ni tampoco pruebas del robo en el pósito. 13 Decreto del 9 de diciembre de 1819 del Vicario eclesiástico de La Palma Manuel Díaz (Íbidem, folio 286v). 14 Uno de los testigos ofrece un retrato aproximado de este Hernández Palomo: natural de Barlovento, ce-rrado de barba, con unas medias negras y un chaleco de tiritaña azul teñido. 15 José Manuel González de Paz, vecino de San Andrés y Sauces, declara ante el Vicario Díaz el 30 de di-ciembre de 1819: que Hernández Palomo le contó una noche, quizá la del 13 de diciembre pasado, “que tenía dada una declaración ante el alcalde de aquel lugar de Barlovento, y otra ante el Sr. [Antonio Ignacio de Guisla] Pinto [gobernador militar de La Palma]; que en la primera dijo la verdad, que en la segunda se contradijo por haber sido aconsejado de Antonio Rodríguez, hijo del Alcalde, y aun de éste mismo, el cual vino a la cruz que llaman de Madrid a hablarle allí para el fin, haciéndole algunas personas, con tal que dijera que había acompaña-do al beneficiado Casanova en el robo del citado pósito, y que anduviera fugitivo algunos días hasta que el asun-to fuera para fuera, y se calmara dicho asunto, todo con el fin de que no viniera a la Ciudad a dar tercera declara-ción […]”. (Íbidem, folio 317). BATALLA POR UN CURA... 7 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 se): Díaz es partidario de su venta, mientras que el Alcalde mayor, junto al Comandante de armas Ignacio de Guisla Pinto, son contrarios a ésta. Para mayor resquemor aún, por lo visto León y Cordero ha empleado muy malos modos con varios declarantes, perjudicando con ello la resolución del problema.16 El 13 de enero de 1820 llega el momento cumbre de las diferencias jurisdiccionales. Unos días antes, el Alcalde mayor ha recibido una carta muy interesante de Juan Antonio del Casti-llo, franciscano del Convento de Predicadores de Santa Cruz de La Palma y confesor de Ca-sanova: Muy señor mío, bajo de confesión se me han entregado sesenta pesos corrientes, importe del robo hecho al pósito del lugar de Barlovento, así para su reintegro como para que constando esta restitución en las diligencias practicadas sobre su averiguación, cesen los procedimien-tos contra el venerable párroco D. Luis Rodríguez Casanova y Juan Hernández, vecino de dicho lugar, por no haber sido éstos los que cometieron el robo. Particípolo a Vm. para que se sirva disponer se verifique el exhibo en términos que conste haberlo yo verificado para la satisfacción del restituyente y demás efectos relativos al descargo de la conciencia.17 En consecuencia, el poder ordinario estima que los indicios contra el clérigo Luis Rodrí-guez Casanova se han desvanecidos y decreta su absolución, suspendiéndose el embargo de los bienes, pero no así la del ciudadano Juan Hernández Palomo, que tendrá que esperar hasta el día 20 para obtener la libertad bajo fianza o caución juratoria, tras la reclamación de su pro-curador José Manuel Lorenzo18. Esta intromisión de León y Cordero es considerada por el Vicario insular como algo totalmente “injurioso a las leyes y a los privilegios del fuero ecle-siástico”19, decidiéndose entonces que la causa pase ahora al Provisor y Vicario general del Obispado de La Laguna, sede vacante, para que enjuicie lo que crea conveniente. Lejos de acelerarse el final del pleito, aún habrán de pasar varios meses para vislumbrarse una resolución meridiana. En el intermedio, Casanova no ha podido ejercer como beneficiado propietario de Barlovento, teniendo que desplazarse al curato de Tejina, en Tenerife, para 16 Por ejemplo, el 8 de enero de 1820, Mateo Hernández y su esposa Francisca Rodríguez llegaron desde Barlovento a Santa Cruz de La Palma para declarar ante el Alcalde mayor. El trato hacia la mujer fue tan exalta-do, que ésta padeció un sofoco, a punto incluso de caer desmayada al suelo. No menos denigrante fue la declara-ción de Juan Rodríguez Sánchez, dedicándose León y Cordero a proferir gritos, embrollar y tergiversarlo todo. Con este modus operandi, no resultan extrañas las dudas del Vicario Manuel Díaz, quien observó en la declara-ción de Juan Hernández Palomo (21-XII-1819) que el “Sr. Alcalde mayor no procedía con la rectitud debida, pareciendo ya de acuerdo con el declarante sobre lo que había de decir”. (Íbidem, folio 298r). 17 Carta remitida por fray Juan Antonio del Castillo al Alcalde mayor de La Palma Gabriel de León y Cordero, con fecha 9 de enero de 1820. (Íbidem, folios 587v-588r). 18 Caución juratoria de Juan Hernández Palomo: “En la ciudad de La Palma, a veintisiete de enero de mil ochocientos veinte años, ante mí el escribano público y testigos infraescritos, Juan Hernández Palomo, vecino del lugar de Barlovento y preso en la cárcel real de esta ciudad dijo: que no siéndole posible hallar quien le fíe para salir de la prisión en que se halla, sin embargo de haber ofrecido fianza en sus anteriores pedimentos y cumpliendo lo que en el anterior auto se le mandó bajo de juramento que hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz en forma de derecho, promete y se obliga a no ausentarse de esta isla y volver a la prisión de que ahora se le rebaja siempre que se le mande por el señor juez que conozca de esta causa y a pagar lo que contra él fuere juzgado y sentenciado a lo que no se opondrá bajo la pena de ser habido por perjuro y demás que haya lugar en que desde ahora se da por condenado sin más sentencia ni declaración y a su cumplimiento quiere ser compelido por todo rigor y que no se le admita excepción aunque sea legal, pues la renuncia con todo lo demás que le sea propicio. Y así lo dijo, otorgó y no firma porque expresó no saber, de su ruego lo hace uno de los testigos, que lo fueron presentes José Gabriel González, Lázaro Álvarez y José Martín, todos vecinos de esta ciudad. Por testigo, Lázaro Álvarez. Ante mí, Gregorio José Medina, escribano público.” (Íbidem, folios 608v-609v) El reo será finalmente indultado de todos los cargos el 12 de mayo de 1821. 19 Íbidem, folios 341v-342r. JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 8 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 disfrutar de algunos emolumentos. Sus escritos de defensa siguen resaltando la malevolencia de sus rivales (las calumnias de Nicolás Rodríguez Melero, el seguidismo de los Caldereros, la prevaricación del vicario foráneo Díaz…), que tanto han hecho por mancillar sus intereses y herir su honor.20 El espaldarazo a sus reivindicaciones lo recibe de manos del fiscal general del Obispado, Alonso Ruiz, en su dictamen del 25 de abril de 1820: […] que lo obrado por el Ve. Vicario D. Manuel Díaz ha sido fuera de tiempo, sin autoridad suficiente respecto a no tenerla por derecho para entender y conocer en las causas criminales contra los eclesiásticos, sin comisión especial de este tribunal, que por lo mismo debe consi-derarse como atentado lo practicado desde el folio primero al ciento tres. […] que debe resti-tuirse la causa al principio del sumario, dando por nulo todo lo obrado por dicho Vicario y su comisionado D. Domingo Rodríguez Pinto, que se le prevenga a aquél en lo sucesivo ajuste sus procedimientos a las precisas atribuciones de su título para no dar lugar a estos declarato-rios tan desagradables, dando parte a este tribunal cuando ocurra algún caso del que se pre-suma criminalidad contra algún eclesiástico, para que de aquí se le expida la comisión que se estime conveniente a la buena administración de justicia, según la naturaleza del suceso. […] [Y con respecto al auto del Alcalde mayor que absolvió a Casanova] que se sobresea en ella y en su consecuencia que se proceda al desembargo de todos los bienes y efectos pertene-cientes al mismo Casanova, haciéndosele entrega de ellos.21 Tras ello, especial incidencia tiene la declaración que realiza el 22 de agosto el propio Luis Rodríguez Casanova, en el despacho del Vicario General de la Diócesis lagunera, Pedro José Bencomo, no sólo por lo que explica sobre el robo en cuestión, sino por lo que revela en cuan-to a su oficio como párroco, a las relaciones mantenidas en su desempeño e incluso a las men-talidades y psicología de la época. Lástima que no podamos detenernos demasiado aquí, pero sí digamos que sale al paso de las acusaciones infundadas sobre su autoría. Niega haber ame-nazado al alcalde, ni portar un cuchillo encima para matarlo, así como tampoco quebrantó los cerrojos del pósito, aunque sí fuera verdad que en jornadas anteriores había buscado una barra de tea para emplearla en el bardo de su huerta. No es cierto que en la noche de los hechos in-trodujera trigo en la despensa, ni tampoco abrió el cofre para meter o sacar dinero. A tenor de estas circunstancias, y oídos todos los testimonios, el 28 de septiembre de ese 1820 aparece finalmente la sentencia del Tribunal Superior eclesiástico. El Doctor Bencomo, analizadas las pruebas: Dijo que debía de mandar y manda se sobresea en la prosecución de esta causa, la que quede reservada para lo que haya lugar; y se amonesta al Venerable beneficiado D. Luis Rodríguez Casanova [que] procure ajustar su conducta en lo sucesivo a los fines de su ministerio, cui-dando fomentar la paz entre sus feligreses, y dirigiendo a estos con toda caridad, y conforme a la moral que inspira la religión, acordándose que es ministro de paz y no de discordia, apercibido que de lo contrario se procederá conforme a derecho. Levántese el embargo de los bienes del expresado Ve. Beneficiado D. Luis Rodríguez Casanova, a cuyo efecto se libre el 20 Valga como claro ejemplo su escrito de 26 de febrero de 1820, fechado en La Laguna: “hace más de tres meses [que] me hallo privado de las funciones parroquiales, con mis bienes embargados y sustituido en mi ministerio por otro eclesiástico, todo de mandato del venerable vicario foráneo de aquella isla”; se queja de las artimañas de “unos malévolos calumniadores que no han perdonado medio de perderme”, incluyendo que el propio Vicario le ha impuesto “las penas más severas que se conocen en el derecho eclesiástico”; “estoy pade-ciendo daños y perjuicios de muy grave trascendencia, tanto en mis intereses como en mi honor y reputación, que son bienes de superior estimación que aquéllos.” (Íbidem, folios 613v-617r). 21 Informe del 25 de abril de 1820, de Alonso Ruiz, fiscal general del obispado de San Cristóbal de La Laguna, en vista de los autos sobre el robo del pósito de Barlovento y contra el beneficiado Luis Rodríguez Ca-sanova, iniciados por el alcalde de dicho lugar, por el caballero Alcalde mayor y por el venerable Vicario forá-neo. (Íbidem, folios 610-613). BATALLA POR UN CURA... 9 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 correspondiente despacho; y se le condena en las dietas asignadas por el Venerable Vicario de la isla de La Palma a los eclesiásticos que han servido el beneficio, durante la ausencia del dicho Ve. beneficiado D. Luis Casanova, quien se restituirá inmediatamente al servicio de su beneficio de Barlovento.22 CLAMORES CONTRA UN CURA Sin embargo, agua de borrajas. Los barloventeros no estaban dispuestos a aceptar más a Luis Rodríguez Casanova como sacerdote, nunca permitirían su reintegración en el beneficio de la parroquia del Rosario. Comienza verdaderamente la insurrección del pueblo, un comple-jo proceso donde confluyen los enconos personales, la influencia de los potentados y sus in-tereses ocultos, la reacción espontánea de la masa. Pero, ¿acaso es tan acusada la gravedad de los hechos? En efecto, en estos instantes Casanova es asimilado como un lobo dentro del re-baño, ya que su conducta e imagen públicas (amenazando y corriendo tras el Alcalde, expre-sando palabras malsonantes, asustando a los niños en el confesionario, usando ropas inade-cuadas para los servicios, etc.)23 le han granjeado importantes enemistades, y su participación en el robo del pósito, que la mayoría de los vecinos da por confirmada, no hace más que forta-lecer este repudio. Para colmo, otro personaje entra en liza, el padre fray Antonio María Sosa Falcón, que ha estado ocupando interinamente el beneficio en sustitución del titular, y que moverá todos los hilos para permanecer sine die en dicho puesto, desobedeciendo las indica-ciones que lo obligan a volver a su convento de origen.24 En este contexto, el 10 de diciembre de 1820 tiene lugar el primer clamor contra Rodríguez Casanova, cuando, enterándose algunos que él está en Los Sauces para introducirse en Barlo- 22 Auto del Señor Provisor, Vicario capitular y general del Obispado de San Cristóbal de Tenerife, sede vacante, Pedro José Bencomo, realizado el 28 de septiembre de 1820. (Íbidem, folios 1228v-1229v). 23 Varias personas coinciden a lo largo de todo el proceso judicial en estas duras apreciaciones (David O’Daly, José Pedrianes Fernández, Antonio Asarta, etc.). Sin embargo, aun siendo enemigos declarados, es tan llamativa la denuncia que realizan el primer regidor José Montserrat Rodríguez y el procurador síndico del Ayuntamiento de Barlovento Antonio Rodríguez Martín (escrito del 28 de octubre de 1823), que merece la pena ser leída con mucha atención: “la mala educación y crianza que el dicho D. Luis [Rodríguez Casanova], con sus palabras y obras, ha causado en él, con grave escándalo de todos los ciudadanos que le habitan. […] Primero, haber roto el arca en donde se custodian los caudales públicos, que todavía no se han reintegrado. Seguir al al-calde con un cuchillo, lo que ha ejecutado con otros más vecinos, diciendo que más quería [quitar] la vida a alguien [de] ellas que entrar en el cielo. Desacreditar del púlpito en días de festividad en la misa conventual a las personas, nombrándolas por su nombre de aquel lugar. Estar en la parroquia cantando maitines [el] día de pascua de Resurrección, con la majestad manifiesta, y soltar la voz que tenía un sable diciendo «Carajo», con asombro de los concurrentes; llamando a las mujeres dentro de la misma iglesia, con el concurso de gente junta, por pas-cua de Navidad, «putas», ha mostrado que si las cogía por los cabellos las echaba fuera de la iglesia. Presentarse en la capilla revestido y con capa pronto al aparato para la procesión, y tirarse al que llevaba la cruz y sacándose-la de la mano. Negar el agua bendita a la Hermandad del Santísimo, echándola al demás pueblo, con grande escándalo, diciendo [que] no se la había echado por no querer, no por olvido. Atemorizar a los niños en el confe-sionario, y al tiempo de examen dándoles rempujones y cogiéndolos por los cabellos, amenazándoles de sacarles los sesos, por cuyo motivo unos se han ido sin confesar y otros sin examinar. Cogiendo un cuchillo y diciendo que lo que quería era rajetear a sus madres, haciendo la misma señal sobre de una mesa. Venir a la parroquia a traer los infantes a bautizar y negarle el bautismo hasta [en] tres ocasiones, y él en su casa. Castigar [a] las muje-res en público, confesar en su casa acostado en la cama sin ropa ninguna puesta, ultrajar de palabras a los que vienen [a] por sacramentos, con otros ultrajes que por él se han cometido en las ropas de la iglesia, todo como queda referido [con] escándalo, cautiverio que no se puede sufrir.” (Íbidem, folio 1645). 24 El 9 de diciembre de 1820, el ahora Vicario de ausencias Felipe Benicio Rodríguez Lorenzo promueve un auto rechazando que el padre Sosa no haya cumplimentado aún su traslado al convento de Santa Cruz de La Palma, por lo que se le acusa de desobediencia y desorden, condenándosele a las penas correspondientes. Se le suprime, suspende y priva del ministerio parroquial en Barlovento, sin embargo, veremos cómo pasarán todavía algunos años hasta que cumpla esta orden. JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 10 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 vento y recuperar el curato, los vecinos se reúnen al son de caracoles y caja de guerra en el barranco de La Herradura, en la Cruz de Aparicio y en las Cabezadas, incluso en la zona del Gamonal, para impedir su entrada en el municipio, cosa que finalmente consiguen. El júbilo se hace patente. Los congraciados vienen “cantando canciones en celebridad de la victoria que habían conseguido de no entrar el beneficiado Casanova, y enseguida pasaron a la iglesia, oyó tocar las campanas […] tocaron el órgano y cantaron el Te Deum”, descubrieron la imagen de la Virgen del Rosario, e incluso se vertieron algunas gotas de vino25. No contentos con eso, el día 13 se presentan unos cien barloventeros, con el alcalde Marcos Martín a la cabeza, en el despacho del Vicario Díaz en Santa Cruz de La Palma, para pedirle que Sosa Falcón siga ejer-ciendo, a lo que se aviene; y una comisión se embarca rumbo a Tenerife –donde está el Obis-pado– y a Gran Canaria –por la Real Audiencia– para defender el pleito contra Casanova. Al año siguiente, estas convulsiones permanecen y se incrementan. El nuevo Vicario gene-ral capitular y Gobernador interino de la diócesis, José Hilario Martinón, emite varios autos haciendo hincapié sobre el cumplimiento de la sentencia del 18 de septiembre pasado, para lo cual solicita los auxilios del Jefe Superior político de Canarias (Ángel José Soberón), del Co-mandante general de la provincia y de los ayuntamientos de Santa Cruz de La Palma y Barlo-vento. Con ese propósito, lamenta que aquel pueblo –o más bien quien lo seduce– quiera des-terrar a Rodríguez Casanova, haciendo imperar la fuerza por encima de la ley. Y sobre la ac-tuación de Manuel Díaz, afirma que éste no ha procedido conforme a derecho, asumiendo la autoridad a su antojo, así que insta a Felipe Benicio Rodríguez Lorenzo, teniente de vicario de La Palma, para que haga cumplir lo ya mandado. No obstante, ni con esas disminuye la indignación. El segundo clamor contra Casanova cobra una doble vertiente al comienzo del mes de junio de 1821. Entre los días 10 y 13, coin-cidiendo con la Pascua de Pentecostés y el día de San Antonio, se llevan a cabo varias juntas consentidas por el alcalde constitucional de Barlovento, en las que se debate sobre la insurrec-ción del vecindario, reforzándose en la idea de no consentir que aquél vuelva a ser el director de las almas, hasta tal punto que ni el mismísimo Rey podría hacer nada para contener dicha negativa. Este desplante a las autoridades se ejemplificará dos días más tarde, el 15 de junio, en la persona del notario Antonio Martín Ignacio, aliado de Casanova. Designado para llevar al Ayuntamiento un oficio sobre la restauración del cura, también hacía poco que había recibido de manos de Sosa Falcón las llaves de la casa beneficial de Barlovento. De esta manera, en la mañana de la citada fecha se presentaron ante él más de cien parroquianos, siguiendo a Mi-guel Herrera, quien le pide con cajas destempladas las referidas llaves, so pena de matarlo al instante. Martín Ignacio, no sin cierta meticulosidad –llegó a pedir hasta un recibo por la en-trega–, se va entonces en busca del alcalde Nicolás Rodríguez, hallándolo en la casa consisto-rial acompañado por los regidores Antonio Brito, Laureano García, Francisco Herrera y José Brito Lorenzo, y el fiel de fechos Marcos Martín. Mas, viendo que todos se desentienden del problema y que el alboroto aumenta, el notario pide a su hijo Juan que traiga las llaves, por-que no las posee encima. Cumpliendo el encargo, al atravesar la plaza es embestido por los levantiscos, que le arrancan las susodichas llaves. La vejación sobre el notario, empero, no 25 Declaración de Antonio Ortega (62 años) ante el Alcalde mayor, realizada el 5 de enero de 1824 (Íbi-dem, folio 689r). Una de aquellas canciones decía: «En este pueblo cristiano / más puede Dios que no el Diablo». En cuanto al descubrimiento de la Virgen, Gustavo Trujillo nos apunta que quizá estuviera tapada en señal de duelo, hasta que se resolviera el problema parroquial, o porque así lo mandaban ciertos preceptos canónicos, según el calendario religioso (estaban en el mes de diciembre, antes del periodo pascual). El asunto del vino también conlleva ciertas dudas, ya que algunos testigos afirmaron que si realmente hubo fue en poca cantidad, mientras que otros, como el notario Antonio Martín Ignacio, dijeron que hasta la puerta de la sacristía se trajeron muchos vasos para que todos bebieran, continuando después la jarana en casa del servidor Antonio Sosa Falcón. BATALLA POR UN CURA... 11 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 acabará aquí, sino que adquirirá tintes dramáticos posteriormente, cuando le den un golpe en la cabeza, le derriben la vivienda y lo echen a puntapiés del pueblo.26 El conflicto se expande. Antonio Ignacio de Guisla Pinto, gobernador de armas de La Pal-ma, pone a disposición del juez de primera instancia Domingo Román y Linares, arribado recientemente a su nuevo cargo, tres militares para que entreguen en Barlovento unos pliegos sobre la restitución de Rodríguez Casanova, pero éstos no son bien recibidos por el alcalde Nicolás Rodríguez Martín, entre otros, bajo el pretexto de que portan precisamente fusiles y bayonetas, cuando aquel es un lugar tranquilo y pacífico. Otra institución, el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, siendo su presidente Juan Nepomuceno Massieu Salgado, sale en defensa de la localidad nordeste, apreciando como justas las reivindicaciones barloventeras contrarias a Casanova.27 Por último, también desde la Vicaría insular, con Felipe Benicio Rodríguez al frente, se insiste en que Antonio Sosa debe abandonar aquella feligresía, nombrándose como solución temporal para el servicio al clérigo Tomás de Castro, de 49 años. Con esa intención acude a Barlovento el 13 de julio, aunque la jornada no le será nada hala-güeña. Nada más llegar, observa cómo la casa beneficial está maloliente, inundada de estiér-col y sin mobiliario. Busca luego un hospedaje para pasar la noche, pero pronto comienza a caldearse el ambiente, con amenazas incluidas, hasta el punto de verse obligado a dormir al raso, cerca de unos brezos, sin que desaparezcan los rumores y los desprecios. Al final acaba marchándose, temeroso de que puedan hacerle algún daño. Llegados a este término, el caso es que no podemos dejar de recordar la existencia de una maraña de gestiones múltiples, que complican sobremanera cualquier explicación plausible. Lo que sí parece evidente en el verano de 1821 es que algunas voces destacadas, como las de Guisla Pinto o Benicio Rodríguez, comienzan a decantarse por una actuación más enérgica en el cumplimiento de las leyes y de las órdenes, lo que viene a suponer una crítica abierta a los métodos usados por Domingo Román y Linares28. Éste, en respuesta, permite los adiestra- 26 Concretamente, el 23 de junio de 1821 el mencionado notario es expulsado de la Hermandad del Santí-simo, después de más de treinta años en ella. El 25 “le dieron un fuerte golpe en la cabeza y en la puerta de su casa, de que estuvo sin habla veinticuatro horas, de cuyo golpe se halla sordo, y todo fue a resultas de no ser del partido de los tumultuarios”. (Declaración de Antonio Martín Ignacio, realizada el 5 de enero de 1824, íbidem, folios 695v-696r) Su mujer le contaría más adelante que el golpe se lo había dado Antonio Rodríguez Martín, aunque también pudo haber sido el sobrino de éste, Antonio Brito, alias el Jaro. 27 Luis Rodríguez Casanova, como ya es habitual en él, reprobará este veredicto con un larguísimo a la par que interesante documento, remitido al juez Linares el 23 de julio de 1821. Ahí desarrolla varias ideas impor-tantes a tener en consideración: A) Que “La resistencia de Barlovento tiene un apoyo secreto, es un corifeo de la intriga e iniquidad, se toma la voz del pueblo para autorizar a pretexto de tranquilidad pública su criminal inobe-diencia y se quieren autorizar procedimientos que sólo pueden caber en cabezas destempladas y enajenadas del conocimiento de los deberes del hombre en la sociedad.” B) Que en realidad, los cabecillas del movimiento son: el actual alcalde Nicolás Rodríguez, su suegro Manuel López, sus tres hermanos Miguel, Antonio y José Rodrí-guez, sacristán de aquella parroquia; el sochantre Marcos Martín, alcalde en 1820 y cuñado del actual; Santiago Martín, su primo, José y Antonio Brito; y el marinero Miguel Herrera. C) Que si los caldereros son contrarios a su persona es porque no pueden manejar a su arbitrio la mayordomía de fábrica, la cofradía y la sacristía; de hecho, ha sido él quien ha expulsado a José Rodríguez Martín del servicio de sacristía. D) Que en Santa Cruz de La Palma, el problema viene por la comisión que aceptó en su día para comprobar las pruebas del pleito del divorcio “escandaloso” entre el coronel gobernador militar D. Antonio Pinto y Dª Josefa Narcisa Massieu Salga-do, “después de ser recusados trece comisionados [anteriores], y como la Massieu está emparentada con muchas familias, desde entonces se proyectó mi ruina”. E) Que un hombre bueno no pasa a ser malo de repente, pues él estuvo de párroco entre los años 1810 y 1816, en 1817, 1818 y 1819, “sin haberse oído ni reclamado los excesos que de repente presenta”. Así pues, todo es fruto de maquinaciones, venganzas y resentimientos. (Íbidem, folios 2401 y 2403). 28 El licenciado Domingo Román y Linares, abogado de la Audiencia territorial de Valladolid, subteniente de infantería retirado, Caballero de la Cruz del Norte, condecorado con la Medalla de sufrimiento por la Patria jura su cargo como juez de primera instancia de La Palma el 2 de junio de 1821. Su presunta tibieza en las dili-gencias quizá tenga que ver con los pocos conocimientos y experiencia práctica que tenía, tal y como se des- JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 12 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 mientos y ciertos preparativos para que una expedición militar se dirija hacia Barlovento29, con la subsiguiente alteración de la tranquilidad pública, tanto entre la población de Santa Cruz de La Palma como, sobre todo, en el aquel municipio. Así las cosas, el Ayuntamiento de Santa Cruz elabora una investigación sobre el particular, donde se determina que el objetivo principal de Román en esos planes pasa por favorecer el terror entre la ciudadanía, para hacer con ello odioso el sistema constitucional. Además, salen a la luz los amplios manejos que en el tema tiene un personaje como Luis Vandewalle Cer-vellón, que es quien controla directamente a Luis Rodríguez Casanova, a Domingo Román, al vicario de ausencias Felipe Benicio Rodríguez y al coronel Antonio Guisla, es decir, el autén-tico muñidor de todas estas intrigas. Finalmente, en esta ocasión la partida de soldados no desarrollará las actividades previstas, seguramente porque el juez de primera instancia ha recibido señales de peligro al respecto –hacia el 12 de agosto aparece en la puerta de su casa una porción de pólvora y azufre–, deci-diendo entonces suspender el expediente y enviárselo al Jefe superior político. Las cosas, por lo tanto, quedan más o menos como estaban: Rodríguez Casanova sin recuperar el beneficio y sin recursos, Barlovento sin un cura estable para oficiar las misas, y todo el mundo en un es-tado de agitación sin parangón –no existían precedentes de tamaña repulsa en ningún pueblo de la isla, por lo general siempre tan sumisa y respetuosa con clérigos e instituciones. Habrá que esperar hasta julio de 1822 a que el juez Linares se decida por fin a intervenir materialmente. Según su decreto del día 5, firmado en San Andrés y Sauces, avisa a los barlo-venteros de que “se retiren a sus casas con la tranquilidad y moderación debidas, apercibién-doles que serán castigados con las penas establecidas en las leyes, las cuales se ejecutarán en sus personas y bienes irremisiblemente en el caso de no cumplir desde luego con lo que se les manda”30. Esa misma tarde, de nuevo en el barranco de La Herradura, se vive el tercer clamor de los lugareños. […] al llegar a una vereda que llaman la Cruz del Pozo de esta jurisdicción, vio y oyó una porción de gente gritando «Ahí vienen, y ajunten piedras, que a nadie se dejará pasar», y habiendo llegado a la mitad de la bajada del barranco de la Herradura, volvieron a gritar di-ciendo “No bajen, que al que bajase muere, entonces el Sr. Juez les gritó por muchas veces que se retirasen a sus casas, y ellos respondían “Retírense V. mds. primero, y cuando íbamos bajando continuando ellos su gritería y tirando piedras al barranco, entonces el Sr. Juez mandó hacer alto a la escuadra y dispuso que el declarante soltase el fusil y fornitura, y fuese acompañado de Jerónimo Rodríguez, y subiese a la montaña de Oropesa y Cruz de Aparicio, y dijese a los amotinados que se retirasen a sus casas, y que bajase aquel alcalde31. Pero los agavillados, entre 150 y 200 individuos, negaron que su alcalde estuviera allí con ellos, y continuaron tirando piedras, y gritando que por allí no pasaba nadie a favor de Casa- prende de los propios informes realizados por la Real Audiencia de Canarias, donde se le considera “sujeto de probidad, juicio, desinterés, y de fina educación”, pero con una disposición limitada (véase GÓMEZ RIVERO (2006), p. 118 y 119). 29 Se nombra al teniente coronel Mariano Norma como responsable de la tropa, compuesta por soldados de la 7ª compañía de los Sauces, y aprontando la 8ª en su auxilio. De los arsenales se toman unos 1300 cartuchos de fusil y 60 piedras de chispa. Se le compran a Mariano Yánez unas porciones de pescado salado, y se acopia pan amasado para guarnecer varios barcos bobones, aunque también se cuente con los ganados y trigo de aque-llos lares. 30 AMC, Colección Antonino Pestana, doc. AP-01863, folios 2606v-2607. 31 Declaración del cabo Félix Felipe, de 26 años, ante el juez de primera instancia Román y Linares, reali-zada el 6 de julio de 1822. (Íbidem, folio 2586r) En el momento de la acción, Luis Rodríguez Casanova está sentado en la banda de los Sauces, viendo contrariado los acontecimientos. BATALLA POR UN CURA... 13 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 nova, ni siquiera el Rey32. La retirada de Linares se hace inminente. Los de Barlovento, per-maneciendo un tiempo más en la vigilancia de la zona, se apuntan otro tanto. Este fracaso del juez de primera instancia le acarreará la suspensión de empleo y sueldo por un año –a contar desde el 27 de julio33–, asumiendo sus funciones supletoriamente el alcalde primero de Santa Cruz de La Palma, Felipe Massieu Tello. No obstante, lo que sí se consiguió fue la detención en los Sauces del cabo Antonio Rodríguez Calderero (de 24 años), al ser llamado a revista por su superior, como uno de los instigadores de las revueltas barloventeras, y trasladado ipso facto al cuartel militar de la capital (el 9 de julio de 1822). Otros de los posibles cabecillas gozaron de mayor suerte, y aún tendrían la posibilidad de continuar al frente de la lucha. El proceso, a continuación, sin dejar de propiciar diligencias y una avalancha de documentos, sufre un relativo estancamiento, con perjuicio de todos los involucrados, ya que no se alcanza solución alguna. Buena muestra de ello es la libertad concedida al propio Antonio Rodríguez, a causa de contraer una enfermedad, sin que por el contrario se le eliminen los cargos, quedando todavía así bajo el punto de mira judicial. Domingo Román y Linares, al reponerse en el Juzgado, insuflará nuevos bríos desde agosto de 1823, para el desenvolvimiento de la causa. En varios despachos del mes de octubre, avisa al alcalde de Barlovento, en esos instantes Marcos Martín, para que envíe hasta su presencia a José Brito Lorenzo, a Marcial Ortega, al mandador José Manuel Martín, a An-tonio Pérez y a los cuatro hermanos Caldereros, como motores responsables de los alzamientos anteriores. El alcalde accede a la petición e intenta satisfacerla el día 15. Sin embargo, cuando estas personas van yendo por las afueras de Barlovento, se topan con cientos de conciudadanos, que les impiden la salida sacándoles las ropas, quitándoles los sombreros y, en suma, haciéndolos regresar a la plaza. De vuelta en el pueblo, se reúnen con el alcalde para informarle de todo lo ocurrido, y éste toma nota de los participantes, que le confiesan haber actuado de motu proprio. Es el cuarto y último clamor de defensa en Barlovento, antes de que las balas dejen dos muertos y varios heridos el 30 de diciembre de 1823.34 DE PRISIONEROS Y USURPACIONES ¿Cuáles son las consecuencias de esta aciaga fecha? Veamos cómo, desde el 2 de enero de 1824, se encuentran apresados en Santa Cruz de La Palma José Brito Lorenzo, Marcos Martín, 32 De la fiabilidad de estas palabras tuvieron constancia María Herrera y Antonio Pérez Afonso, quienes fueron atacados ese mismo día en el Lomo de Guerreros, por creerse que eran afines al cura y que lo iban a in-troducir disfrazado en Barlovento. A ella la empujaron, la desnudaron dejándola en camisa y con las enaguas blancas –por si llevaba una pistola encima–, le profirieron blasfemias y la llamaron indigna. Con su esposo Antonio hicieron lo mismo, poniéndole Miguel de la Concepción una lanza en el pecho, y diciéndole que era un perro, un Godoy, también un indigno. 33 En efecto, el 27 de julio de 1822 se recibió en Santa Cruz de La Palma la provisión sobre la suspensión de Domingo Román de Linares como juez de primera instancia, lo que suscitó una celebración esa misma noche, “con música, veladores, vivas desentonados, diciendo «muera la ignorancia y el ignorante», pasquines y másca-ras insultantes, colgar del bauprés del bergantín Gran Poder de Dios (que acababa de llegar de La Habana) una figura que representaba al vivo al dicho juez, y por último llenar de inmundicias el zaguán y puertas de sus casas, sin que la autoridad civil hubiese tratado de contenerlas”. (Escrito de Luis Rodríguez Casanova dirigido al alcal-de de Santa Cruz de La Palma y juez interino de la isla, con fecha 8 de agosto de 1822; Íbidem, folio 1609r). 34 Como aclaración, valga comentar que el juez de primera instancia Linares se había quejado de que el alcalde Marcos Martín no había cumplido con varios requerimientos anteriores, consintiendo que los inculpados permanecieran en libertad y que se fomentaran más asonadas. Este mismo alcalde, a la altura del 19 de diciembre de 1823, había traspasado sus poderes a Marcial Ortega, y por eso éste es el que figura como presidente munici-pal en los sucesos del día 30. Parece evidente que ambos, junto a los demás citados, estaban conchabados en un mismo objetivo. JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 14 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 Marcial Ortega y Miguel, Antonio, José y Nicolás Rodríguez Martín, acusados de ser los cabe-ceras del motín, en las diferentes fases que ya hemos analizado. Por su parte, en Barlovento, el comisionado que ha designado la autoridad civil, Benito Macías, acaba su investigación y acuerda el día 12 que igualmente se detenga en el pueblo a Miguel de la Concepción, Antonio Estanislao García, Laureano García, José Hernández del Rosario, Miguel Herrera, Manuel López, Marcelo Martín, Santiago Martín, Juan de Dios Ortega, Alonso Pérez, Laureano Pérez, Antonio Pérez Afonso, Antonio Pérez Brito, Antonio y José Rodríguez Sabina, como partici-pantes también de dichos incidentes, a los que se sumarán José Herrera Rodríguez, alias Zanca-dilla, y Antonio Rodríguez alias El Rey, cuando recuperen su estado de salud. En la capital palmera, todos ellos acaban distribuidos en tres centros penitenciarios (la Cárcel Real de la Ciudad, el Castillo de Santa Catalina y el cuartel militar), en donde el Alcal-de mayor Linares, en virtud de una real provisión de la Audiencia de Canarias, retomará las declaraciones para comprehender el alcance los delitos producidos. En este sentido, el desa-rrollo de esta nueva investigación adolecerá de una cierta mala praxis, pues se dilata durante semanas la permanencia de los reclusos en prisión, a veces sin las suficientes garantías, tal y como denuncia en abril el síndico personero José Pérez Afonso35, y sin quedar establecidas las penas y multas correspondientes. Se hará necesario esperar más de nueve meses para que co-miencen a diligenciarse soluciones realmente efectivas, si descontamos aquellos reos cuyo grado de involucración es menos significativo, o el muy especial caso de Marcial Ortega, caí-do enfermo en mayo.36 El 6 de septiembre de 1824, Domingo Román toma la trascendental decisión de otorgar la libertad bajo fianza para los hasta entonces principales autores del levantamiento barlovente-ro, esto es, para Marcos Martín y los cuatro Caldereros: José Montserrat, Antonio, Miguel y Nicolás, con la condición de no poder salir de la Ciudad y sus arrabales. Unos días después, entre el 13 y el 18 de septiembre, concede igual beneficio, bajo caución juratoria o fianza, a Santiago Martín, Miguel Herrera, Antonio Pérez Brito, Antonio Rodríguez Sabina, Manuel López, Laureano Pérez y José Manuel Martín; Antonio Estanislao García la obtendrá el día 26, siendo José Brito Lorenzo el último de los encausados en salir con libertad (9 de noviem-bre de 1824). Contrariamente a lo que parece, todavía estamos muy lejos de una finalización completa para la Causa de Barlovento. El carácter, no obstante, de los siguientes acontecimientos tendrá más bien un marcado tono jurídico, cruzándose escritos, provisiones y apelaciones entre todas las partes afectadas, entorpeciéndose el relato histórico. 35 En su recurso del 10 de abril de 1824, presentado al Tribunal Superior de la Real Audiencia, el síndico lamenta “la lentitud con que se sigue la citada causa, las vejaciones que sufren los presos por ella, no sólo por la insalubridad de los calabozos, los tormentos y apremios que se les hacen padecer, con grillos y cadenas, su falta de alimentos más precisos para sostener la vida, la incomunicación absoluta y dilatada que experimentan, sino también por la privación de todo género de auxilios para que puedan usar de su natural defensa”. (Íbidem, folios 1875v-1876r) En contrapartida, los militares José Rodríguez Aday, Jerónimo Rodríguez y Jerónimo González, responsa-bles del cuartel del regimiento, del Castillo de San Miguel y del Castillo de Santa Catalina respectivamente, salen al paso de las acusaciones negando la existencia de malas condiciones, de grilletes o la escasez de comida, y resaltan el celo y cariño demostrados por Domingo Román y Linares con los detenidos. (Íbidem¸ folios 1883v-1887r). Fi-nalmente, el regente de la Audiencia, Juan Nicolás Urdabeitia, acuerda el 13 de mayo que el Alcalde mayor debe garantizar de verdad la seguridad de los delincuentes, en sitios adecuados y bien comunicados. 36 Así, entre los días 24 y 27 de abril de 1824, el Alcalde mayor Linares concede la libertad bajo caución juratoria para Laureano García, Juan de Dios Ortega, Alonso Pérez, José Rodríguez Sabina, José Hernández del Rosario, Antonio Pérez Afonso y Marcelo Martín. En relación a Marcial Ortega (de 30 años), su caso es a todas luces más dramático, ya que cae enfermo desde el día 1 de mayo. El médico Francisco Jaubert le diagnostica una disentería biliosa aguda, con tenesmo, evacuaciones sanguinolentas y calenturas. El día 13 se acuerda su traslado hasta la casa de José Domingo Sotomayor Topete, en Santa Cruz, para que se restablezca, y finalmente el día 19 de julio se consiente que vuelva a Barlovento, ante la gravedad de su situación. BATALLA POR UN CURA... 15 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 Aún en julio de 1824, Luis Rodríguez Casanova no ha podido posesionarse de su benefi-cio, quedándose según afirma en un estado de mendicidad denigrante. Lo que no sabía enton-ces es que continuará pleiteando durante varios años más, sin conseguirlo de ninguna forma, hasta que en 1832 opte por volver a su Gomera natal, donde moriría en el año 1857. Sobre la persona de su oponente, Antonio María Sosa Falcón, pesan las sospechas de usur-pación del curato de Barlovento, por todos los esfuerzos –activos y pasivos– que labró para continuar al frente de ese servicio de animas. Su currículum no es para nada inmaculado, si tenemos en cuenta las estrechas relaciones que mantuvo con el grupo dirigente de los amoti-nados (los Caldereros, Marcos Martín, Marcial Ortega), las excusas y dilaciones que creó para no abandonar aquel lugar, su inhabilitación para el sacerdocio y los arrestos conventuales por desobediencia a la autoridad religiosa37, o incluso los rumores de que estuvo amancebado con una mujer casada, a la que cedió un cercado para sembrar lino en el llano de la parroquia. No es extraño, pues, que jamás volviera a ejercer como sacerdote, ni mucho menos en aquellos parajes. En lo que respecta a lo propiamente judicial, destacar que el 19 de diciembre de 1825, la Real Audiencia, por aprobación de los magistrados Nicolás de Urdabeitia, Francisco Mier y Terán y Félix Quevedo Bueno, declaró nulo todo lo actuado desde el día 17 de mayo de ese mismo año por el Alcalde mayor de La Palma, Domingo Román y Linares, al no querer con-tar con la colaboración de la jurisdicción eclesiástica, tal y como disponían las leyes. En vir-tud de esta sentencia, el Tribunal Superior mandó que los reos fuesen liberados definitivamen-te, gozando así de su libertad desde 1826. CONCLUSIONES El 30 de agosto de 1831, en el marco del expediente todavía abierto contra el padre Sosa Falcón, José de Gibaja, Alcalde mayor de la isla, y Antonio del Castillo Gómez, Vicario ecle-siástico en ella, definieron por bien probada la Causa de Barlovento, después de escuchar la ratificaciones de algunos testigos y de verificar las muertes y ausencias. En sus últimas pes-quisas se había corroborado la existencia de dos grupos claramente diferenciados: de una par-te, los favorables a Luis Rodríguez Casanova y su reposición como párroco (el propio benefi-ciado, Luis Vandewalle Cervellón, Román y Linares, Macías, Ignacio de Guisla…); del otro lado, los contrarios a su regreso, encabezados por aquellos barloventeros que controlaban las instituciones (los Caldereros, Marcos Martín, José Brito Lorenzo…), ayudados por sus conec-tores en Santa Cruz de La Palma (Manuel Díaz, José María Carmona, Rafael Cabrera, Fran-cisco Fierro Sotomayor, Hipólito Gómez, Antonio Vicente Fernández…). Queriéndolo o sin querer, estaban configurando las dos tendencias por antonomasia de principios del siglo XIX: los absolutistas frente a los liberales, con todas las reservas que di-cha categorización conlleva. Bajo esta interpretación, aparece como plausible que la respuesta a la agitación en Barlovento –con los dos fallecidos en diciembre de 1823– fuera tan contun-dente, cuando hacía sólo dos meses que Fernando VII había inaugurado su Década Ominosa, y que Riego fuera ejecutado el 11 de noviembre, fulminándose con él el Trienio Liberal. Como historia comparada, tampoco los sucesos de Barlovento deben verse como algo es-porádico o aislado, sino que tienen que englobarse dentro de un periodo más abierto y tenso, 37 Relacionado con este pleito de Barlovento, a fray Sosa Falcón se le abriría una causa separada por indi-cios de desobediencia a la Vicaría eclesiástica, desde los tiempos en que la tuvo de ausencias el presbítero Feli-pe Benicio Rodríguez Lorenzo, por las asonadas de los vecinos de Barlovento para la no restitución de Luis Rodríguez Casanova. De este largo expediente vino su internamiento en el Convento Real de la Inmaculada Concepción de Santa Cruz de La Palma, que no se resolvería hasta el año 1829, aunque en abril de 1831 se le volvería a declarar rebelde por no contestar a los requerimientos. JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 16 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 donde las insurrecciones estaban en boga, como se constata por los varios motines surgidos en toda Canarias, desde 1808 hasta aproximadamente 1840.38 Es decir, partir de los acontecimientos para llegar a comprender las fuerzas profundas de los hechos, construyendo una historia sustantiva y abandonando la simple narración de lo anecdótico. Éste, y no otro, ha sido el principal objetivo de la presente comunicación, que, ante la cortedad de espacio disponible, no puede más que aspirar a ser un análisis introducto-rio, a la espera de futuros estudios más concienzudos. ANEXO FOTOGRÁFICO Título: Mapa de Barlovento (La Palma) Autor: Elaboración propia Fuente: IDECanarias 38 Agustín Millares hace un recorrido sobre estos alzamientos: los sucedidos en el “Trienio tumultuario” (de septiembre de 1808 a noviembre de 1811), el motín de la Montaña de Doramas, el Motín de la Dehesa de Guriame (La Oliva, Fuerteventura), etc. (MILLARES CANTERO (2011)). BATALLA POR UN CURA... 17 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 Título: Plaza de Barlovento con vecinos Autor: Desconocido Fuente: http://www.palmerosenelmundo.com/fotograf%C3%ADas-antiguas-de-la-palma/ Título: Sacerdote Manuel Díaz (1774-1863) Autor: Rosendo Cutillas Hernández JOSÉ IVÁN RODRÍGUEZ MACARIO 18 XXII Coloquio de Historia Canario-Americana ISSN 2386-6837, Las Palmas de Gran Canaria. España, (2017), XXII-008, pp. 1-18 Fuente: FEDAC, fotografía nº 21266 Título: Vista panorámica de Barlovento Autor: Desconocido Fuente: http://www.palmerosenelmundo.com/fotograf%C3%ADas-antiguas-de-la-palma/ BIBLIOGRAFÍA BLANCO, J. (1983). Breve noticia histórica de las Islas Canarias. Madrid: Editorial Rueda. CONCEPCIÓN GARCÍA, H. (2015). “Los orígenes de Barlovento”, en El Apurón. Disponible en http://elapuron.com/noticias/opinion/16499/los-orgenes-de-barlovento/ GÓMEZ RIVERO, R. (2006). Los jueces del Trienio Liberal, Madrid: Ministerio de Justicia. MILLARES CANTERO, A. (2011). “Terratenientes y campesinos del antiguo al nuevo régimen”, en Historia contemporánea de Canarias, en MILLARES CANTERO, A. MILLARES CANTERO, S.; QUINTANA NAVARRO, F. y SUÁREZ BOSA, M. (Dir.) (2011). Historia con-temporánea de Canarias, Las Palmas de Gran Canaria: Obra Social de La Caja de Canarias, pp. 59-101. PÉREZ HERNÁNDEZ, J. E. (2007). Las personas de valer. 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