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EL PROCESO DE DEPURACIÓN FRANQUISTA DE FULGENCIO
EGEA ABELENDA, CATEDRÁTICO DE FILOSOFÍA DEL INSTITUTO
DE LA LAGUNA
THE DEBUGGING PROCESS FRANCO OF FULGENCIO EGEA
ABELENDA, PROFESSOR OF PHILOSOPHY AT THE INSTITUTE OF LA
LAGUNA
Olegario Negrín Fajardo
RESUMEN
Dentro de nuestra línea de investigación en torno a la
depuración y represión franquista del profesorado de
los institutos canarios, entre el comienzo de la guerra
civil española de 1936 y 1942, esta aportación se
ocupa del profesor gallego Egea Abelenda, que fue
acusado por la Comisión Depuradora tinerfeña en
1937 de haber apoyado al Frente Popular y ser
miembro del Socorro Rojo. Su proceso depurador
concluyó, en una primera fase, con la separación
definitiva del servicio e inhabilitación para cargos
directivos y de confianza.
En enero de 1940 Egea Abelenda pidió la revisión de
su expediente alegando que no había sido oído por
encontrarse ausente de la isla en su momento. Después
del proceso, que analizamos en nuestra comunicación,
fue sancionado con el traslado forzoso fuera de las
islas e inhabilitación para cargos directivos y de
confianza en instituciones culturales y de enseñanza.
Con posterioridad, fue también cancelada la sanción
anterior.
PALABRAS CLAVE: depuración, represión,
franquismo, Egea Abelenda, institutos de segunda
enseñanza, Canarias.
ABSTRACT
Inside our line of research concerning the purification
and pro-Franco repression of the professorship of the
Canary institutes, between the beginning of the
Spanish civil war of 1936 and 1942, this contribution
deals with the Galician teacher Egea Abelenda, which
was accused by the Comisión de Depuración of
Tenerife, on April 30, 1937, of having supported the
Popular Front and of being a member of the Socorro
Rojo. Your debugger process concluded in the first
phase, with the definitive separation of service and
incapacitation for managerial charges and of
confidence.
In January 1940, Egea Abelenda asked for the review
of his process invoking that had not been an ear for
being absent of the island in his moment. After the
process, discussed in our communication, was
punished with forced relocation outside the islands and
incapacitation for managerial charges and of
confidence in cultural and educational institutions.
Finally, was also canceled the previous sanction.
KEYWORDS: Cleansing, repression, Franco's regime,
Egea Abelenda, institutes of the secondary education,
Canary Islands.
INTRODUCCIÓN
Teniendo en cuenta nuestras publicaciones anteriores acerca del Magisterio1 y sobre los profesores
de los institutos de segunda enseñanza canarios2 y españoles en su conjunto,3 los objetivos que nos
planteamos lograr con esta comunicación son los siguientes: 1. Avanzar un paso más dentro del
estudio de la depuración franquista del profesorado de los institutos de segunda enseñanza canarios. 2.
Analizar y valorar los principales argumentos esgrimidos en el escrito de cargo que la comisión
depuradora envía al profesor Egea Abelenda y en su escrito de descargo. 3. Establecer algunas
conclusiones relativas a este proceso depurador.
Las fuentes documentales principales para esta aportación proceden del Archivo General de la
Administración y del Archivo Central del Ministerio de Educación, ambos situados en Alcalá de
Henares, Madrid. También hemos revisado en el Archivo Histórico Provincial de Las Palmas, los
Catedrático de Teoría e Historia de la Educación. Departamento de Historia de la Educación y Educación Comparada.
Facultad de Educación de la UNED. Calle Juan del Rosal, 14. 28040. Madrid. España; Teléfono: +34913988886; Correo
electrónico: onegrin@edu.uned.es
XX Coloquio de Historia Canario-Americana
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fondos del Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas, el Archivo Histórico sección de la
Guerra Civil de Salamanca (Centro Documental de la Memoria Histórica) y el Archivo Histórico de
Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda. Para este tipo de trabajo son también fuente
imprescindible el Boletín Oficial del Estado y el Boletín Oficial de la Provincia.
Sabemos que el profesor Egea aprobó la oposición a cátedras de Filosofía en 1930 ante un tribunal
presidido por un clérigo apellidado Martínez, que entonces era consejero de Instrucción Pública y fue
destinado al Instituto de La Laguna en la provincia de Santa Cruz de Tenerife. Era habitual en aquella
época, y lo siguió siendo durante mucho tiempo, que los profesores pudieran trasladarse cuando
reunieran una serie de requisitos a otro establecimiento semejante de su interés en otra provincia y, a
veces, dentro de la misma. Igual ocurría con sus ascensos en el escalafón para lo que tenía que esperar
un tiempo para cubrir las vacantes que se fueran produciendo por jubilación o fallecimiento. Egea,
antes de ser nombrado catedrático de Instituto, fue premio extraordinario del doctorado en Filosofía e
hizo la traducción del alemán y redactó el prólogo de la obra Algunos opúsculos de Arturo
Schopenhauer.4
Detenido al finalizar la Guerra Civil, se le siguió procedimiento sumarísimo de urgencia por
rebelión militar en 1939, del que fue absuelto libremente con toda clase de pronunciamientos
favorables y fue puesto en libertad a finales del mismo año. Este hecho puede explicar que no pudiera
pedir antes la reapertura del expediente que le habían abierto en ausencia en 1937 condenándole a ser
separado del servicio con carácter permanente.
EL PROCESO DE DEPURACIÓN DE UN PROFESOR DE FILOSOFÍA
Fulgencio Egea Abelenda fue citado a través del Boletín Oficial de la Provincia5 junto a otros
compañeros profesores del Instituto de La Laguna6 (www.pedromedinasanabria.wordpress.
com:2/10/2008), a comparecer en el Gobierno civil tinerfeño para recoger el pliego de cargos que le
planteaba la comisión depuradora provincial. Se le daba un plazo de diez días para acudir al citado
organismo oficial o pedir que le fuera enviado por escrito a su domicilio. Sin embargo, difícilmente
podía acudir a la llamada del Boletín puesto que se encontraba fuera de las islas en aquellos
momentos.7
Pero no por su ausencia de un encausado se paraba la maquinaria burocrática ya que estaba previsto
que “pasado el término sin recibir noticias del emplazado en este requisito, se seguirá el expediente
como si se hubiese oído…” Así que, una vez pasado el plazo, la comisión depuradora provincial
propuso a la Comisión de Cultura y Enseñanza de la Junta Técnica del Estado el Ministerio de
Educación Nacional: “…procede a la separación definitiva del servicio del catedrático numerario del
Instituto de La Laguna Fulgencio Egea Abelenda”. No obstante, hay que resaltar que, de forma
excepcional, dos miembros de la comisión isleña, Luis Gogorza Azpiazu e Isidra Ruiz Ochoa,
discrepan de la decisión y optan por proponer “la jubilación forzosa del encartado si tuviese años de
servicio necesarios para ello”.8
Pero, ¿cuáles fueron los cargos que se le imputaban al profesor Egea? Para la Comisión depuradora
tinerfeña quedaba probado que había pertenecido al Socorro Rojo Internacional9 y había contribuido a
“sostener y propagar el ideario e instituciones socialistas avanzadas que integraron en el llamado
Frente Popular que traicionó la unidad, entregó al extranjero y arruinó la Patria Española”. Para llegar
a tan graves acusaciones, los miembros de la Comisión se basaban en los testimonios del director del
Instituto Nacional de Segunda Enseñanza de La Laguna, de la Alcaldía y del comandante del puesto
de Guardia Civil de la misma localidad, todos ellos figuran en el expediente del AGA citado10 que no
pudieron ser discutidos puesto que el encausado no se defendió por hallarse ausente de Canarias. Una
vez más, se daba por hecho que los informes recogidos por las autoridades eran de máxima fuerza
probatoria, existiera o no documentación fehaciente que lo demostrara. Habría que esperar a la
segunda parte de este expediente para comprender en qué medida se pudieran confirmar ambos cargos,
una vez escuchados los diversos testimonios requeridos, incluyendo el del propio acusado.
No obstante, cuando ya la Comisión había enviado a Madrid su escrito de resolución de propuesta,
llegó a sus manos el 2 de julio de 1937 un interesante escrito del entonces director y profesor del
Colegio San Isidro de La Orotava, incorporado al Instituto Nacional de Segunda Enseñanza de La
Laguna. El firmante del escrito, el hermano Apolinar11 de la congregación de los Hermanos de las
Escuelas Cristianas,12 afirmaba actuar de manera espontánea y recuerda a la Comisión que Egea
El proceso de depuración…
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siempre fue para este Colegio de Religiosos de una corrección exquisita, sin rozar en lo más
mínimo con los dogmas católicos como lo demuestran los hechos siguientes: 1º, el dejar al
libre criterio del profesor de filosofía de este Colegio la adopción del texto para sus
explicaciones a los alumnos, más en consonancia con las ideas de aquél; y 2º que en los
exámenes nunca demostró sectarismo ni prejuicios contrarios a la religión católica,
inclinándose en todo momento a una benevolencia y comprensión bien entendida con los
alumnos. (AGA, Expediente de Egea Abelenda).
Una cuestión que surge de forma razonable ante la fecha del escrito es: ¿por qué tardó tanto en
enviarlo? ¿Quizás tuvo información del expediente a Egea cuando ya estaba realizado el informe de la
Comisión? Tampoco queda clara la razón por la que esta, a la vista del informe, no lo envió a Madrid
para que sirviera de contrapeso a las versiones que apuntaban a considerar a Egea un frente populista.
Es de suponer que a la Comisión depuradora y a los representantes del nuevo régimen no les debió
gustar demasiado el escrito de Apolinar, pero no ha quedado registrada información alguna en tal
sentido.13
El asunto de Egea tomará otro sesgo cuando en enero de 1940 (AGA, Expediente de Egea
Abelenda) el profesor sancionado decide elevar una petición al Ministerio de Educación Nacional
solicitando que su expediente fuera nuevamente abierto y revisado, teniendo en cuenta que en su
momento no había sido oído y que tenía datos en su poder que podían demostrar su inocencia.14 Es
decir, el profesor encausado solo estuvo en condiciones de pedir la revisión de su expediente bastantes
meses después de finalizada la Guerra Civil y casi tres años después de haber sido separado del
servicio de forma definitiva. Salvo que tuviese apoyo familiar o de amistades pudientes, no es fácil de
entender cómo había salido adelante depuesto de su actividad profesional principal.15
De hecho, en su instancia de solicitud de reapertura del expediente que le había separado del
servicio que venía desempeñando en el Instituto de La Laguna, que lleva fecha de de enero de 1940,
Fulgencio Egea Abelenda no hace alusión a dificultades económicas y sí a su “penosa situación moral,
por el dolor que le produce no poder colaborar desde el puesto que vocacionalmente eligió, en la
reconstrucción de nuestra amada España (…)”. Además de mostrarse convencido que de ser oído el
resultado hubiera sido diferente, acude Egea a un argumento que, en aquellos tiempos, debía ser muy
importante:
Suplico, se sirva ordenar sea nuevamente abierto y revisado dicho expediente de separación,
en la seguridad, Excmo. Sr., que ello sería también el fervoroso ruego de mi único hermano,
el heroico oficial de la Armada Española, don Antonio, quien, por Dios y por la Patria, rindió
su vida en Mahón, vilmente asesinado, el día 3 de agosto de mil novecientos treinta y seis.
(AGA, Expediente de Egea Abelenda).
La Oficina Técnica Administrativa para la depuración del personal del Ministerio de Educación
Nacional se mostró de acuerdo en que se revisara el expediente y se pasó de nuevo a la Comisión
depuradora de la provincia de Santa Cruz de Tenerife (AGA, Expediente de Egea Abelenda). El
presidente de la Comisión tinerfeña era en ese momento, por razones del cargo, el gobernador civil
Javier Saldaña que ordenó el envío del pliego de cargos a través del Instituto Cardenal Cisneros de
Madrid por hallarse el interesado residiendo en la capital de España (AGA, Expediente de Egea
Abelenda).16
La respuesta al pliego de cargos que hace Fulgencio Egea, que lleva fecha de 24 de junio de 1940,
es un escrito bien redactado y con argumentaciones sólidas en el que se defiende de las acusaciones
que se le hacen17 y al que acompaña con diversos avales de personas significativas cercanas al nuevo
régimen que le conocían, algunas de ellas antes de desempeñar su labor profesional en el Instituto de
La Laguna.
El primer cargo que se le hizo fue: “Haber contribuido a sostener y propagar el ideario e
instituciones socialistas avanzadas…”. Su respuesta fue contundente:
Afirmo por mi honor que jamás he pertenecido a ningún partido político ni organización
sindical, afirmación que puede comprobarse con la inspección de ficheros policiales que, sin
duda, obrarán en poder de las autoridades de esa provincia... Si puede comprobarse que no
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he militado en ningún partido, no puede sostenerse que he contribuido a la propagación de
los mismos, al no cotizar y no habiendo ostentado cargos políticos(...) He discrepado,
pública y sistemáticamente de todo aquello que ha amenazado la unidad de la Patria, ha
pretendido manchar su augusta independencia o no ha exaltado suficientemente el
sentimiento de lo español, doliéndome las afrentas que en nombre de intereses políticos
particulares se han hecho a la Madre Patria (...). (AGA, Expediente de Egea Abelenda).18
Para reforzar su argumento recuerda que el “Glorioso Alzamiento” le sorprendió en Cartagena,
zona republicana, y sin embargo no apoyó la causa republicana porque
me sentí desde el primer momento solidario a la España de Franco, hondamente dolido por el
asesinato de innumerables queridos amigos y de mi único hermano, D. Antonio, Capitán de
Intendencia de la Armada, vilmente asesinado en la Base Naval de Mahón. Prueba de lo cual
es la sentencia que en juicio sumarísimo de urgencia fue dictada en 9 de noviembre de 1939,
y donde fui absuelto con toda clase de pronunciamientos favorables. (AGA, Expediente de
Egea Abelenda).19
La segunda parte del cargo era la sospecha de que había apoyado económicamente al Socorro Rojo
Internacional. Ante tal acusación, se remite a sus explicaciones anteriores y manifiesta desconocer
dicha asociación y encontrarse inclinado a ayudar al sostenimiento de organizaciones de caridad
religiosa y de beneficencia. Para avalar su trayectoria personal adjunta las declaraciones juradas de
Eutropio Rodríguez Benítez (Delegado Regional de Trabajo de Canarias), Ángela Clara Roda Aguirre
(catedrática del Instituto de Enseñanza Media Isabel la Católica de Madrid), José Rogerio Sánchez
(director y catedrático del Instituto San Isidro de Madrid), Antonio Marín Sebastián (canónigo de la
catedral de La Laguna) y Andrés Coll Pérez (profesor especial de religión y secretario del Instituto
Isabel la Católica de Madrid).20 Sugiere también Egea se recaben informes de Santiago y Juan Pérez
Izquierdo, José Escobedo y Heraclio Sánchez, los dos primeros comerciantes y los otros dos
profesores de la Universidad de La Laguna (AGA, Expediente de Egea Abelenda).21
Todos los informes enviados a la Comisión son bastante favorables al acusado y, como solía
ocurrir, destacaban la valía y profesionalidad de Egea y, especialmente, su cercanía a la ideología de la
nueva España surgida del golpe militar de 1936. Destacamos a continuación algunos de los apoyos
recibidos por el encausado. Rogerio Sánchez, entonces director y catedrático de Instituto en el San
Isidro de Madrid da garantía del informado porque “no se apartó de las enseñanzas de la filosofía
católica, pues recomendaba como libros de texto los de filosofía (Psicología, Ética) publicados con
licencia eclesiástica por el declarante”. Andrés Coll, profesor especial de religión y secretario del
Instituto Isabel la Católica de Madrid, informa que Egea fue su profesor en la Universidad de La
Laguna y en el momento del examen recibió de él
extremadas atenciones de trato, a pesar de serle conocida al citado profesor la condición
sacerdotal del examinado, con el agravante de que elementos de la F.U.E. asistían, como
público, al examen con la piadosa intención de ver cómo se comportaba el profesor con el
examinando, para luego utilizar su conducta para fines persecutorios. (AGA, Expediente de
Egea Abelenda).
También es muy significativa la defensa que hace Eutropio Rodríguez y Benítez del profesor Egea;
el informante, con el carnet número 2674 de las Hermandades de Cautivos de España y Delegado
Regional de Trabajo en Canarias, reconoce que le conocía bien de cuando coincidían con frecuencia
en reuniones de tipo cultural y literario, y que tenía de él la mejor opinión:
(...) Me consta por esa persuasión que da el diario trato, que el referido catedrático jamás se
expresó en su charla en el sentido marxista ni tan siquiera de izquierda política. Me consta
que siempre guardó el máximo respeto para las instituciones sagradas de la patria y para
aquellas ideas fundamentales que significan orden y autoridad. Asimismo me consta que en
todo momento guardó respeto y la más alta consideración a las ideas religiosas y para sus
El proceso de depuración…
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ministros, con los que en diversas ocasiones los vi en trato y relación reiterada (...) (AGA,
Expediente de Egea Abelenda).
Es muy posible que resultará determinante para la Comisión que Rodríguez Benítez no tuviera
noticias de la existencia en Santa Cruz del Socorro Rojo Internacional ya que, al estar al tanto de la
vida cotidiana de la ciudad como periodista de la Gaceta de Tenerife, era improbable que no
conociera, de haber existido, una asociación de tales características: “Jamás tuve noticia de que allí
estuviera establecido sesión alguna del “Socorro Rojo Internacional” y que por lo tanto mal podía
cotizarse allí”. El propio Fulgencio Egea amplía su pliego de descargo pidiendo el 11 de julio de 1940
que se llamara a declarar a la hermana superiora de las Hermanas del Buen Consejo de La Laguna.
La Comisión de depuración tinerfeña, al analizar el conjunto del expediente, observa informes
contradictorios que, básicamente, venían a ser de los favorables ya mencionados frente a los de las
instituciones oficiales (AGA, Expediente de Egea Abelenda) que eran negativos para los intereses de
Egea.22 En realidad, una vez más, se obviaba por el régimen autocrático la aplicación del principio
jurídico de en caso de duda, cuando faltan pruebas, se beneficia al reo: in dubio pro reo. A cualquier
observador imparcial es posible que le parecieran suficientes los argumentos y avales de Egea pero no
así a la Comisión depuradora que ante la duda abrió de nuevo una investigación que generaría un
nuevo cargo igual de temerario que los otros.
El gobernador civil de Santa Cruz de Tenerife y presidente de la Comisión envía un escrito al
coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de la provincia instándole a que abriese una
ampliación de la información dada en 1937 por la Guardia Civil de La Laguna en la que, recogiendo y
citando el informe de la Comisión de depuración tinerfeña de mayo de 1937 afirmaba que Egea:
En la actualidad se halla ausente ignorándose su paradero, durante su residencia en esta
localidad perteneció al Socorro Rojo(…) Siendo conveniente informar sobre la existencia de
precitada institución del Socorro rojo en La Laguna, sus directivos, componentes y listas de
cotizantes o cualquiera otra prueba documental que pudiera haber servido de base al informe
a que nos referimos, o consignando en su caso cuáles fueron los motivos y fundamentos de
dicha información. (AGA, Expediente de Egea Abelenda).23
En otro escrito de la misma fecha,24 ordena que se averigüe acerca de la posible existencia de dicha
asociación marxista en La Laguna, quiénes eran sus componentes y qué relación pudiera haber tenido
con la misma el repetido catedrático, así como de la veracidad de existir listas de cotizantes a dicha
organización.
En menos de un mes, el gobernador civil tenía encima de su mesa el informe de la Guardia Civil25
que resulta bastante esclarecedor respecto a la supuesta vinculación de Egea al denominado Socorro
Rojo Internacional. El primer entrevistado fue el sargento Pablo Martín Martín que había sido el autor
del primer informe y que en esta ocasión, al ser preguntado dónde había adquirido los informes
emitidos, qué personas los facilitaron o si conservaba algún documento que lo acreditara, respondió:
Que los informes de referencia le fueron facilitados por dos funcionarios del Estado de
reconocida honradez y honorabilidad, cuyos nombres se reserva por estar ya fallecidos, que
no tiene documento alguno más que lo registrado en el escrito de referencia y que obran en el
puesto que en aquel momento desempeñaba”. Reconocía, además, no saber nada en cuanto al
Socorro Rojo, “que únicamente podía decir que en algunas ocasiones habían subido mujeres
de la capital postulando en beneficio del Socorro Rojo, no tomándose determinación en
aquellos momentos por ser esta postulación autorizada por el Gobierno del Frente Popular.
(AGA, Expediente de Egea Abelenda).
¿Por qué el juez instructor del caso entrevistó a Arturo Salazar y Suárez, auxiliar y maestro de la
Normal de Maestros de La Laguna? ¿Se ofreció voluntariamente como testigo o había razones para
pedirle que testificara? Fuera como fuera, Salazar informa para acusarle de “ideas netamente
izquierdistas haciéndolo todo con afán partidario o figurón asistiendo a muchos actos como banquetes,
inauguración del paseo de la Avenida de la República, hoy Primo de Rivera, etc. y haciéndose
presente a muchos personajes con el solo afán de figurar”. En otro momento de su declaración, Salazar
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reconoce la honradez y amabilidad de Egea cuando “encontrándolo en un pasillo de dicho Instituto, se
le acercó y felicitó por haber salido de la cárcel considerándolo una injusticia y protestando
airadamente de tales hechos que originaron perjuicio al discente”.
El informe más equilibrado, en realidad el único del expediente no acusatorio, fue el que hizo
Agustín Cabrera Díaz, entonces director del Instituto de Enseñanza Media de Santa Cruz de Tenerife
al dividirse por un tiempo la enseñanza según el género de los estudiantes. Cuando se le pregunta por
su inclinación política afirmaba: “Que no le conoció ninguna política, que únicamente se limitaba a las
explicaciones de su cátedra en la enseñanza”. Con referencia al Socorro Rojo afirma que “tanto una
cosa como la otra la ignora”.
El cura párroco de la Concepción de La Laguna, Maximiliano Darias Montesinos, informó que “lo
conceptuaba como socialista por cuanto intervenía en todos los actos de esa índole, como por ejemplo,
uno de los que prepararon el recibimiento y acompañaron durante su estancia en la isla a Fernando de
los Ríos”. Añadía, además, como nueva acusación que no aparecía en el primer pliego de cargos:
Fue también uno de los promotores de que se quitase el cuadro de la Virgen que se hallaba
de tiempo inmemorial en la portería del Instituto y al que se le veneraba bastante, por otra
parte no le conceptuaba como exaltado perseguidor de la religión y personas de estas
creencias, por cuanto sé que invitó a unas monjas franciscanas, sitas en la avenida de San
Diego de esta ciudad, a que, en caso de persecución pudiesen alojarse en su casa y también
por el hecho de que a su señora no le impedía el ejercicio y práctica de la Religión. (AGA,
Expediente de Egea Abelenda).
En la misma acusación del cura Darias insiste el siguiente testigo, Manuel González López:
“…Este señor fue el que propuso se retirara de la entrada del Instituto una imagen que existía desde
tiempo inmemorial (…)”. Como se puede observar, ambos testigos utilizan los mismos argumentos e
incluso coinciden en los calificativos.26 Para corroborar los informes realizados, el instructor hacía
alusión al contenido de un informe existente en las dependencias oficiales de investigación e
información de Falange de La Laguna: “Se significó dentro de la cátedra que explicaba por su
significación de extrema izquierda y ordenó durante el Frente Popular, fuese retirada la Imagen que
existía en la entrada del Instituto de Segunda Enseñanza de La Laguna. Se distinguió por sus ideas
rabiosamente izquierdistas (...)” (AGA, Expediente de Egea Abelenda).
Pocos días después llegaba también el informe pedido a la comisaría de investigación y vigilancia
de Santa Cruz de Tenerife, en el que se hacía constar que había sido directivo de la sección de deportes
de la FUE, director del “Ateneo de esta capital que se consideraba libertario y organizador de la
universidad Proletaria que no llegó a fundarse”. Se le acusaba también de haber sido derechista en
tiempos de Gil Robles e izquierdista con el Frente Popular, recomendando a autores de tendencia de
izquierda y, cómo no, de haber influido en que quitaran de la entrada del Instituto “la tradicional
Virgen del Socorro”. Se afirmaba, además, que había sido muy amigo del profesor Montero que,
según el informe, dirigía el Socorro Rojo, y que había manifestado en diversas ocasiones que “le
gustaba por el carácter humanitario que tenia” (AGA, Expediente de Egea Abelenda).27
Con tales antecedentes, era de suponer que la Comisión depuradora tinerfeña no tendría dificultad
en mantener la postura que había manifestado en 1937. Pero la intervención del vocal Luis Gogorza
también catedrático del Instituto lagunero, sería fundamental porque echaba por tierra los cargos
fundamentales: negó que el Ateneo de Santa Cruz fuera libertario “como lo prueba el hecho de haber
pertenecido a su Junta personas de absoluto orden y afectas desde el primer momento al Glorioso
Movimiento Nacional (…)” y sobre todo, afirmó que:
la virgen del Socorro fue trasladada a la iglesia de San Agustín por orden y resolución
exclusiva de la dirección del Centro en evitación de que sufriera daños y en cuya Iglesia se le
rindió culto y fue conservada hasta que con motivo de la primera inauguración de curso,
luego del Glorioso Alzamiento Nacional, fue procesionalmente trasladada de nuevo al
pórtico del Instituto. (AGA, Expediente de Egea Abelenda).
Con esta última intervención quedaba sin fuerza el argumento más sólido que era su supuesta
permanencia al Socorro Rojo que había llevado a la Comisión a resolver su baja en el escalafón del
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profesorado en 1937. Pero, a pesar de todo, apoyándose en que Egea era un profesor veleidoso y
cambiante se le sancionó por su “carácter voluble”, para que sirviera de ejemplo a la juventud, al
traslado forzoso fuera de las dos provincias canarias, la prohibición de solicitar vacante durante un
periodo de cinco años, la suspensión de empleo y sueldo durante dos años con pérdida de los haberes
no percibidos durante ese tiempo que estuvo separado del servicio, así como la inhabilitación para el
desempeño de cargos directivos o de confianza en instituciones culturales y de enseñanza.
Finalmente, el Ministerio decidió sancionarle con el traslado forzoso fuera de las Islas y la
inhabilitación para cargos directivos y de confianza en instituciones culturales y de enseñanza. No
hemos podido averiguar mucho más sobre el desarrollo posterior de su carrera docente; sabemos, eso
sí, que fue juzgado por el Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo en la
tardía fecha de 1947, cuando era catedrático del Instituto de Salamanca y se le condena a no poder
ocupar puestos de mando o confianza.28 Finalmente, por una orden ministerial de diciembre de 1952 se
decidió cancelar la sanción de inhabilitación para cargos directivos y de confianza y su orden de
traslado.29
ALGUNAS CONCLUSIONES
En esta ocasión, nuestra aportación, “El proceso de depuración franquista de Fulgencio Egea
Abelenda, catedrático de filosofía del instituto de La Laguna”, va en la línea de seguir profundizando
en el conocimiento de las características del proceso depurador del profesorado de los institutos
canarios, a través de estudios específicos que confirmen o corrijan las apreciaciones y valoraciones
generales que hemos hecho en otros trabajos.
El profesor de origen gallego, catedrático de Filosofía del Instituto Nacional de Segunda Enseñanza
de La Laguna, fue acusado por la Comisión Depuradora del Profesorado Letra C de la provincia de
Santa Cruz de Tenerife, el 30 de abril de 1937, de “haber contribuido a sostener y propagar el ideario e
instituciones socialistas avanzadas que integraron en el llamado Frente Popular que traicionó la
unidad, entregó al extranjero y arruinó a la Patria española, siendo también cotizante del Socorro Rojo
Internacional”. Comenzaba así su proceso depurador que se extendería durante bastante tiempo y que
concluiría, en una primera fase, con la sanción de separación definitiva del servicio e inhabilitación
para cargos directivos y de confianza.
Con esta comunicación se confirman las precarias condiciones en las que se encontraban los
profesores depurados en el momento de iniciarse los procesos represivos en una situación de guerra
civil. En el caso del profesor Egea se da la circunstancia de encontrarse fuera de las islas cuando
recibió el pliego de cargos y tuvo que ser citado a través del Boletín Oficial de la Provincia. Como
estaba previsto en esos casos, fue juzgado en ausencia y dado por hecho la veracidad de los cargos.
Es de destacar en este caso que la Comisión depuradora provincial no toma su decisión por
unanimidad, como era costumbre, porque el vocal Luis Gogorza Azpiazu, también catedrático del
Instituto y la secretaria Isidra Ruiz Ochoa, profesora de la Escuela Normal, mostraron su desacuerdo
con la sanción y propusieron la jubilación forzosa porque sabían que los cargos eran inciertos y
estaban basados en rumores.
Con posterioridad, en enero de 1940 Egea Abelenda pide la revisión de su expediente alegando
especialmente que no había siso oído por no encontrarse en la isla en su momento y el Ministerio
accede a ello; después de un largo proceso que analizamos en nuestra comunicación, fue sancionado
en mayo de 1941 con el traslado forzoso fuera de las islas e inhabilitación para cargos directivos y de
confianza en instituciones culturales y de enseñanza. Finalmente, en enero de 1953 fue cancelada la
sanción anterior, a pesar de que tenían constancia de que había sido miembro de la masonería.
Pero ya el Instituto había perdido a un notable profesor, bien valorado por los alumnos y padres de
familia, que siendo muy joven había prologado y traducido del alemán Algunos opúsculos del filósofo
Arturo Schopenhauer. Con el agravante que el profesor depurado sabía perfectamente que los cargos
que se le hacían eran falsos y tuvo que soportar una larga e injusta persecución.
XX Coloquio de Historia Canario-Americana
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WWW.PEDROMEDINASANABRIA.WORDPRESS.COM, de fecha 2/10/2008, consultado por nosotros el 10 de julio
de 2012.
El proceso de depuración…
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NOTAS
1 NEGRÍN (1999); (2003); (2004); (2006); (2008); (2009); (2010a); (2010b).
2 NEGRÍN (2004); (2006a), (2006c).
3 NEGRÍN (2006b); (2007); (2010c).
4 EGEA ABELENDA (1921).
5 B.O.P., nº. 68:3.
6 Los otros profesores que figuraban citados en la orden eran: José María Montero Araco, José María Gil Vázquez, Tomás
Quintero Guerra y Constantino Aznar Acevedo, todos ellos profesores de instituto de diferentes categorías
administrativas. El primero de ellos era también, como Egea, catedrático numerario en el Instituto de Segunda
Enseñanza de la Laguna. Pedro Medina explica en su blog (www.pedromedinasanabria.wordpress.com) que Santiago
Albertos Hernández era “Natural de La Laguna. De la Agrupación Socialista. Luego Secretario de la Casa del Pueblo-
UGT en Santa Cruz de Tenerife y Concejal socialista con el Frente Popular. Organizador de la Universidad Proletaria
en la Primavera de 1936, en la Casa del Pueblo, de la que fue fundador el Catedrático de Matemáticas del Instituto de
La Laguna, Auxiliar en la Universidad, José María Montero Araco, natural de Talavera de la Reina, muerto en la Casa
de Campo, formando parte del Batallón Canarias en Noviembre de 1936”.
7 Esta situación de ausencia tenía que ver con que el golpe de Estado, y el comienzo de la Guerra Civil, se produjo en
verano, coincidiendo con el periodo vacacional del profesorado. Por esta razón, fueron muchos los profesores y
maestros juzgados en ausencia lo que venía ser, en la práctica, sanción asegurada si existía algún tipo de cargo
significativo, fuera éste real o inventado.
8 En esta decisión podría influir en primera instancia la pertenencia al mismo cuerpo de profesores de segunda enseñanza
y conocerse personalmente todos ellos pero, como veremos más tarde, al menos en la posición de Gogorza, influyó
mucho su conocimiento directo de varios episodios que los informadores enemigos de Egea pondrán años más tarde
como elementos inculpatorios. ARCHIVO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN (AGA), Caja 18404, folio3.
9 BRANCIFORTE (2012). El Socorro Rojo Internacional fue una organización comunista creada en 1922 en la Unión
Soviética y que luego se difundió por el mundo a través de sus secciones nacionales. En España, el Socorro Rojo fue en
sus comienzos, desde 1923, un organismo clandestino con fines sobre todo de propaganda política en el adverso clima
de la dictadura militar de Primo de Rivera. Durante la Guerra Civil constituyó la verdadera base del sistema sanitario
militar republicano y fue cuando se empezó a conocer más extensamente la acción que desarrollaba.
10 AGA (1937), Expediente de Fulgencio Egea Abelanda. El 3 de marzo de 1937, el director del Instituto de La Laguna,
A. Cabrera Díaz, afirmaba en su informe a la Comisión depuradora: “Que según comentario público, otro catedrático,
Fulgencio Egea Abelenda, persona correctísima pero de una debilidad de carácter extraordinario, aparece en las listas
del Socorro Rojo, hecho que puede disculparse además por su desmedido afán de sobresalir y figurar, aceptando
siempre el primer puesto directivo que se le ofreciera (...)”.
11 El hermano Apolinar, miembro de la congregación de las Escuelas Cristianas, fue un profesor e investigador recordado
en el Valle de La Orotava por su apoyo al desarrollo de la agricultura, sus experiencias científicas agronómicas y haber
sido uno de los principales profesores del colegio “San Isidro”, donde se formó buena parte de la clase media villera de
la época.
12 NEGRÍN (1988), pp. 647-670.
13 No nos ha sido posible encontrar los fondos propios de la Comisión depuradora tinerfeña. En algunas otras provincias
se han conservado y suelen ofrecer muchos datos complementarios en forma de correspondencia, informes anotados,
comentarios, que nunca llegaron a los expedientes de los interesados que se conservan en el AGA de Madrid.
14 El escrito está fechado en Madrid, a 11 de enero de 1940 y su domicilio estaba en la calle General Porlier, 16.
15 Esta es otra de las tantas dimensiones de la represión franquista del profesorado por investigar; se trata de averiguar qué
fue de los docentes separados de sus funciones de manera permanente, a qué se dedicaban desde el momento en que se
les daba de baja en el escalafón, en el caso de los funcionarios, o simplemente se les inhabilitaba para el desempeño de
la enseñanza, en el caso de los interinos que aún no habían alcanzado el estatus de funcionarios. Sabemos que los
profesores de ciencias, especialmente los que tenían formación química, se solían integrar en empresas relacionados
con dicha materia, otros llevaban contabilidades y actividades semejantes o se dedicaban a la enseñanza particular
esquivando la prohibición existente para hacerlo.
16 El expediente, dirigido al director general de Enseñanza Superior y Media, lleva fecha de 20 de febrero de 1940, y va
firmado por el encargado de negocios, Manuel Serrano R., y el jefe de la Oficina, A. Palencia. Si bien, la orden
ministerial correspondiente lleva la fecha de 22 de abril. El escrito se le envía al director del Instituto Cardenal
Cisneros el 29 de mayo de 1940, aunque el interesado lo recibió el 12 de junio.
17 Como se puede observar, el sistema de investigación era típicamente inquisitorial y el acusado sabía el cargo pero no
quien lo acusaba, ni que pruebas podía tener, y no tenía posibilidad de defenderse adecuadamente.
18 Su escrito de descargo escrito a máquina pero con firma manuscrita fue enviado al presidente de la comisión depuradora
tinerfeña con fecha 24 de junio de 1940.
19 Salvo en los depurados más definidos políticamente, se observa que los encausados utilizan términos y expresiones
propias de la época seguramente porque era lo “políticamente correcto” porque personas que habían defendido la
República, demócratas convencidos, no podían aceptar una dictadura militar. Parece obvio que, por otra parte, se
trataba de hacerse simpático al nuevo régimen para tratar de recibir la menor sanción posible.
20 La contraparte de los cargos eran los avales o apoyos de personas cercanas al nuevo régimen. Algunos avales eran muy
tibios, muy cuidadosos con lo que estaban en condiciones de afirmar, pero otros se manifestaban abiertamente
favorables a la persona encausada por las razones que fuera. Algunos avalan y disculpan desviaciones sindicales o
XX Coloquio de Historia Canario-Americana
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políticas de sus protegidos y otros realizan informes de apoyo sin fisuras. También existen dobles informes, uno
privado y otro público, uno elaborado en un momento y otro con posterioridad, diferentes ambos.
21 Los informes principales que recibían las comisiones depuradoras en la primera fase del proceso depurador eran los
procedentes de la Guardia Civil, Falange, Alcaldía, algún representante de los padres de familia y del departamento
ministerial encargado de la masonería, clérigos y otros varios pedidos o enviados voluntariamente, a veces de forma
anónima. La situación nacional y el propio sistema de depuración se prestaba a la delación, los informes falsos y el
desencadenamiento de los más bajos instintos frente a los enemigos del nuevo régimen.
22 Escrito de 31 de julio de 1940, dirigido al coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de la provincia.
23 Finalizaba el escrito con el ya tradicional: “Por Dios, España y su Revolución Nacional Sindicalista. Dios guarde a V. S.
muchos años” y la fecha de 31 de julio de 1940. Firmaba el gobernador-presidente y se le enviaba el escrito al
comisario jefe de Investigación y Vigilancia de la provincia.
24 El encargado del informe, que lleva fecha de 21 de agosto de 1940, fue Avelino Calvo Fernández, entonces alférez de la
Guardia Civil y jefe de línea de dicha institución en La Laguna. El documento, escrito a máquina, se lee con cierta
dificultad aunque se entiende perfectamente.
25 Este hecho se da con frecuencia en bastantes expedientes lo que revela que la connivencia entre los diversos grupos que
apoyaban a los golpistas era grande y se aceptaban informes que copiaban los contenidos de otros. Ocurría bastante con
los clérigos y sus seguidores.
26 Este informe está fechado el 17 de agosto de 1940 en Santa Cruz de Tenerife y fue firmado, por autorización, por Rafael
González. El “profesor Montero” era también catedrático numerario del Instituto lagunero y, como hemos señalado en
la nota 4 de este trabajo, murió en el frente luchando junto a los republicanos.
27 Madrid, 1 de mayo de 1941, escrito al director general de Enseñanza Superior y Media. En realidad, el traslado fuera de
las islas ya se había producido y Egea era catedrático en el Instituto de Salamanca, así que fue un castigo más bien
simbólico. Tampoco era tan grave la otra sanción, salvo que se deseara ocupar cargos burocráticos o de gestión.
28 ARCHIVO HISTÓRICO DE LA GUERRA CIVIL (1951, 8 de noviembre). En el Archivo Histórico de la Guerra Civil
de Salamanca figura un escrito de la Comisaría General Político-social de la Dirección General de Seguridad del
Ministerio de la Gobernación, pidiendo al director general de Servicios Documentales información sobre antecedentes
masónicos de Egea. En la respuesta se hace constar que perteneció a la logia Tolstoy nº. 3 de Cartagena con el nombre
simbólico de Leibnitz, iniciado el 2 de mayo de 1925, pero que había causado baja en una fecha indeterminada
29 B.O.E. (1953, 24 de enero). Es fácil de imaginar que la razón más profunda de este tipo de peticiones tardía era borrar
una “mancha” del expediente aunque también podría Egea en ese momento aspirar a dirigir alguna institución cultural
o educativa, para lo que era imprescindible no tener antecedentes de ese tipo.