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NI SOLTERAS, NI CASADAS, NI VIUDAS…LAS MUJERES ANTE LA
EMIGRACIÓN MASCULINA A AMÉRICA (SIGLOS XVIII-XIX)
NOR SINGLE, NOR MARRIED, NOR WIDOWS... WOMEN TO MALE
EMIGRATION TO AMERICA (18TH - 19TH)
Mª Eugenia Monzón Perdomo
RESUMEN
Las investigaciones sobre la emigración canaria a
América se han especializado en el análisis de los
diversos aspectos que rodean la decisión de migrar.
Tradicionalmente los actores de la emigración fueron
los varones, las figuras femeninas desaparecían del
relato de la emigración.
Sin embargo, la emigración de los hombres marcaba
profundamente el entorno de las mujeres que quedaban
en los lugares de origen, recomponiendo la vida
cotidiana de la familia ante la ausencia del “ganador
del pan”. La existencia de estas mujeres, en cualquier
época histórica, ha estado marcada por la soledad, la
pobreza y el aislamiento.
La documentación notarial, rica en detalles sobre la
vida cotidiana de la sociedad del Antiguo Régimen,
nos permite rastrear a un puñado de mujeres, aquellas
que carecían de un estado civil definido, casadas con el
marido ausente, lo que les privaba de autonomía
jurídica para poder decidir libremente sobre sus
familias y sus bienes.
PALABRAS CLAVE: género, emigración, licencias,
pobreza, Canarias.
ABSTRACT
Research on Canarian emigration to America have
specialized in the analysis of the various issues
surrounding the decision to migrate. Traditionally the
actors of emigration were males, the female figures
disappeared from the story of the emigration.
However, the emigration of men deeply marked the
environment of women remaining in the places of
origin, recomposing the daily life of the family in the
absence of the “bread winner”. The existence of these
women, in any historical era, has been marked by
loneliness, poverty and isolation. Documentation
Attorney, rich in details about the daily life of the
society of the Ancien Régime, allows us track a
handful of women, those that lacked a defined marital
status married to her absent husband, which deprived
them of legal autonomy to decide freely about their
families and their property.
KEYWORDS: Gender, Emigration, Licenses, Poverty,
The Canary Island.
INTRODUCCIÓN
La emigración canaria a América ha sido y sigue siendo uno de los temas más relevantes de la
historiografía de las islas. Iniciar una aproximación a cualquier enfoque de la emigración tiene que
partir de una exhaustiva revisión de las numerosas actas del Coloquio de Historia Canario Americana,
a través de ellas los especialistas canarios han ido desgranando las diversas oleadas migratorias de las
islas, hecho que ha marcado a la población canaria desde la conquista hasta la actualidad.
En esta comunicación, que forma parte de un proyecto más amplio sobre la vida cotidiana en
Canarias en el siglo XVIII,1 abordaremos las consecuencias que las migraciones provocan en el
contexto familiar de origen.
Todos los estudios coinciden en presentar el siglo XVIII como una centuria desfavorable para las
islas. Las condiciones sociales y económicas de la mayor parte de la población, especialmente en
Tenerife y La Palma severamente afectadas por la crisis vitivinícola, se deterioraron rápidamente y el
éxodo a América se dibujó como un horizonte de esperanza para muchas familias canarias de la
centuria ilustrada. La caracterización del fenómeno migratorio en general y canario en particular
señala un perfil típico del emigrante, varones jóvenes, solteros o casados en edades tempranas, como
señala Macías Hernández.2
Miembro del Instituto Universitario de Estudios de las Mujeres. Departamento de Historia. Facultad de Geografía e Historia.
Universidad de La Laguna. Campus de Guajara. La Laguna. Tenerife. España; Correo electrónico: memonzon@ull.es
XX Coloquio de Historia Canario-Americana
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CONSECUENCIAS DE LA EMIGRACIÓN EN LA ESTRUCTURA FAMILIAR
Aunque la decisión de emigrar es individual y afecta preferentemente a la población masculina, las
consecuencias revierten en el conjunto de la sociedad. Son significativos los datos aportados por
Manuel Hernández sobre la estructura demográfica de las islas en el siglo XVIII donde destaca la alta
desproporción entre los efectivos femeninos y masculinos a favor de las primeras, justificado por la
alta tasa de emigración masculina.3
Pero más allá de las repercusiones demográficas queremos centrar la argumentación en las
alteraciones que se producen en la vida familiar con la ausencia de los miembros varones. La partida
de padres, hermanos y, sobre todo, maridos comportaba para el hogar del emigrante un periodo más o
menos largo marcado por la espera y las restricciones. Las precarias condiciones económicas de la
familia hacían de la emigración la alternativa preferida de quienes huyen de la miseria a probar fortuna
en una tierra que se prometía llena de riquezas al alcance de todos. Esta situación la expresan los
propios emigrados cuando señalan que la causa de marchar de las islas es “mejorar sus condiciones de
vida”, “buscar su vida porque su oficio es de jornalero” o “buscar su vida para mantener sus
obligaciones”.4 La primera secuela sobre el núcleo familiar es evidente, en palabras de Testón y
Sánchez, la estructura organizativa de la familia se modifica sustancialmente, por una parte se
fragmenta, y por otra pierde la nuclearidad predominante, por cuanto debe ampliar su composición
para poder acoger a niños, jóvenes y/o mujeres solas, pero también la familia altera su jerarquía
tradicional y debe mostrarse hacia el exterior como una anomalía a la norma vigente, la desaparición
del cabeza de familia obliga a asumir esa responsabilidad a otros parientes, o, en la mayor parte de los
casos, a las propias mujeres adoptando roles normativamente vedados al género femenino.5
No aportamos nada nuevo al conocimiento del pasado de las mujeres al señalar la situación de
desigualdad, en todos los ámbitos de la vida, en la que se han encontrado a lo largo de la historia. Una
desigualdad sancionada por las leyes civiles y eclesiásticas. A partir del Renacimiento la Iglesia y el
Estado intervendrán, con mayor determinación, en el control de la organización de la familia,
reforzando la autoridad de los padres y limitando la capacidad de obrar de las mujeres,
subordinándolas a la de sus familiares masculinos, padres o esposos.6
De esta manera se proclama la eterna minoría de edad de las mujeres, de la patria potestad de los
padres pasan directamente al control que ejercen los maridos sobre ellas y sus propiedades, a ellos
corresponde la gestión, sin ninguna limitación, de todos los bienes adquiridos tras la boda. Si ella se
reservaba la administración de su fortuna, esta quedaba prácticamente inmovilizada puesto que no
podía resolver contratos sin la expresa licencia del marido, con lo que indirectamente los esposos
también gobernaban sobre ellos.7
El matrimonio, eje sobre el que se vertebra la familia patriarcal, se constituye en la sociedad del
Antiguo Régimen en el fin último de las mujeres, la tabla de salvación que las protegía contra la
miseria y la pérdida de la honestidad. Entregarse al servicio de Dios y de la Iglesia era la única
alternativa al matrimonio, si querían dejar intacto el honor de la familia. Aquellas que no logran
organizar sus vidas bajo éstos parámetros se convierten en una anomalía para la comunidad.
Estos modelos sociales idílicos son poco reales en la vida diaria, las fracturas familiares fueron una
constante a lo largo de la historia, el arquetipo de familia nuclear se podía ver truncado por multitud de
factores. La desaparición de uno de los cónyuges por muerte, divorcio o emigración, convertía éstos
hogares en espacios al margen de las normas dictadas, máxime cuando la ausencia recaía en el
elemento masculino responsable del abastecimiento familiar.
Aparece en estos casos una figura carente de reconocimiento y autoridad para las instituciones del
Antiguo Régimen, pero no por ello menos tangible, las llamadas mujeres solas. Es curioso constatar
como el apelativo se empleará aun cuando esa supuesta soledad esté compartida con otros miembros
de la familia, hijos e hijas, hermanas, madres, etc. La soledad femenina, por tanto, solo se entiende en
ausencia de los hombres. Es una imagen interiorizada por las propias mujeres, no porque vivan solas,
sino porque son socialmente significadas como tales, al no estar sustentadas ni apoyadas por la
presencia y tutela de un varón.8
Ni solteras, ni casadas, ni viudas…
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MUJERES SOLAS
La presencia de mujeres erigidas circunstancialmente en “cabezas de sus familias” obedece a
diversas circunstancias.9
La primera de las categorías es la conformada por las viudas, la muerte, prematura o no, de sus
maridos las convierte en dirigentes de su hogar, amparadas por una legislación que advierte que con el
fallecimiento de los esposos, ellas asumen las competencias que los varones venían desempeñando.
Son reconocidas porque han cumplido con el ciclo vital que se esperaba de una mujer, contraer
matrimonio, tener descendencia, si Dios lo quiere, y finalmente afrontar la vida en soledad. La
viudedad puede desplazarlas a la pobreza más extrema ante la falta de los recursos económicos
aportados por el marido. Pero para las que gozan de mejores condiciones económicas, es un periodo de
libertad. En la España del siglo XVIII las mujeres viudas eran nombradas mayoritariamente tutoras
legales de sus hijos, quedaban responsables de ellos y de la gestión de su patrimonio.10
Las vemos acudir libremente, solas o en nombre de sus hijos menores sobre los que ejercen tutela y
curaduría, a solicitar la remisión de los bienes dejados por sus maridos, como María Theresa de Abila,
viuda de Joseph Antonio Peres, vecina de Santa Cruz:
…por si y como madre y legítima administradora de las personas y los bienes de Domingo
Antonio y Andrés Joseph Peres sus hijos legitimos y del expresado su difunto marido que
falleció en Monte Christo población de la isla de Santo Domingo, Indias de Su
Magestad…otorga su poder…para que en su nombre pueda haber, percibir y cobrar y llevar
a su poder toda la cantidad de frutos y efectos que hubieran quedado y le pertenezcan por
fallecimiento de su marido y paran en poder de Juan Alvarez…11
También la soltería prolongada aboca a las mujeres a la categoría de “solas”. Una vez sobrepasada
la edad de formar un nuevo hogar las solteras permanecen en el seno de la casa paterna, se incorporan
como un elemento más a las familias de sus hermanos o hermanas o pasan a ser el sostén económico
de sus padres o hermanos menores. Ejemplos de esta situación nos relata Margarita Ortega en su
trabajo sobre la violencia familiar en el Madrid del siglo XVIII, en su estudio describe lo sucedido a la
confitera Inés Sánchez, de 26 años, soltera, tenía que cuidar de sus padres mientras atendía el negocio
familiar. Decía no tener tiempo para juegos amorosos y ejercía en la práctica de verdadera cabeza de
familia en su entorno.12
Casos como el de Inés debía ser habitual en los tiempos modernos, no todos los hijos, sobre todo
las hijas, conseguían crear sus propios hogares y nada más adecuado para ellas que velar por los
padres enfermos y/o mayores, formaba parte de las obligaciones “esencialmente” femeninas.
Las solteras pueden actuar por sí mismas cuando alcanzan la mayoría de edad, Petra de Alcantara
Sidrón residente en Santa Cruz de estado moza libre, dice ser mayor de 25 años y no estar sujeta a
tutela ni curaduría por lo que manifiesta ante el escribano “…por hallarse próxima a embarcar hacia la
isla de Santo Domingo y es preciso haya persona que la represente…otorga su poder a Violanta
Sidrón, su hermana…”.13
La última categoría de las llamadas mujeres solas la forman las casadas con maridos ausentes. La
mayor parte de estas separaciones obedecen a la emigración masculina, la marcha de los esposos deja
a las casadas en un “limbo” jurídico, atadas de pies y manos para tomar decisiones sobre sus familias y
bienes.
Esta situación no solo comportaba problemas legales o de estabilidad económica, también suponía
la necesidad de adaptación a las nuevas circunstancias, a una identidad ajena a las mujeres del Antiguo
Régimen. Mientras las esposas convencionales no encuentran dificultades para el desarrollo de una
identidad coherente con el modelo cultural dominante, las mujeres solas tienen que conjugar una
identidad incompleta, defectuosa, con los rasgos definitorios de otra identidad, la masculina. Al
tiempo que afrontan el problema de la supervivencia, se enfrentan a la construcción de una identidad
propia como jefas de familia.14
XX Coloquio de Historia Canario-Americana
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MUJERES CON MARIDOS AUSENTES
La presencia de “casadas sin maridos” es más notoria en aquellos lugares donde las migraciones se
manifestaron con más fuerza. Los estudios que conocemos se han centrado en el análisis de la
situación en Andalucía, ciudades como Cádiz o Sevilla profundamente implicadas en la Carrera de
Indias, se convierten durante el Antiguo Régimen en espacios de confluencia de mujeres venidas de
toda la geografía española que esperan las noticias de los maridos que parten con destino al Nuevo
Mundo.15
Es evidente que el archipiélago canario vivió durante los tiempos modernos una situación similar,
el siglo XVIII conoció uno de los episodios más destacado de la expulsión de hombres con destino a
América.16 A juzgar por la abundante documentación generada desde diversas instancias manifestando
la preocupación por las consecuencias de la emigración, esta debió causar graves perjuicios a la
sociedad canaria y más concretamente a sus mujeres.
Las fuentes eclesiásticas insisten en transmitir una imagen desoladora a consecuencia de la
emigración. Las constituciones sinodales del obispo Dávila y Cárdenas, reseñadas por Manuel
Hernández17 o la carta enviada al monarca en 1793 por el obispo Tavira, tras una visita a la isla de
Tenerife, en la que hace hincapié en el terrible espectáculo que ofrecen las mujeres abandonadas por
sus maridos y el mal comportamiento de estos que una vez salen de las islas se olvidan de las
responsabilidades que han dejado en ellas.18
Son fuentes de indudable valor que resaltan interesadamente la situación de las mujeres casadas, no
podemos olvidar la importancia del sacramento del matrimonio como mecanismo de control sobre la
sexualidad femenina.
Sin negar la conflictiva situación que puede generar el abandono, no podemos por menos que
cuestionar la depravación generalizada que transmite la iglesia sobre el particular.
Las consecuencias inmediatas del desamparo femenino son los peligros que entraña: prostitución,
adulterio o bigamia, delitos y pecados, que acechaban a las mujeres solas y en absoluta precariedad
económica.19 El estado de desesperación vivido por muchas mujeres las puso en la tesitura de tener
que emprender el camino de la marginalidad, aunque no contamos con datos cuantitativos que nos
arroje algo más de luz sobre la incidencia en las casadas con maridos ausentes en Indias.
Podemos aportar una información colateral que hemos analizado en un estudio sobre la Casa de
Mujeres Arrepentidas ubicada en la ciudad de Las Palmas a fines del siglo XVIII, el establecimiento
creado para acoger/recoger a mujeres en situación de marginalidad o inadaptadas a las normas de
comportamiento establecidas para las féminas, contaba con un registro de ingresos en el que se
consignaba el estado civil de las reclusas, de un total de 826 asiladas en el periodo comprendido entre
1786 y 1812, el porcentaje de las que declararon tener el marido ausente en Indias fue del uno por
ciento, insignificante en el conjunto de la institución. Bien es verdad que la casa estaba en Las Palmas
donde la repercusión de la emigración fue menor que en otras islas del archipiélago, aun así es un
elemento que contrasta con las descripciones aludidas con anterioridad.20
La problemática realidad de las casadas con los maridos en el exterior no escapó a la mirada de los
legisladores que ya desde el siglo XVI establecieron normas que obligaban a los casados a solicitar la
licencia de sus esposas para poder emigrar, leyes que se repitieron en los sucesivos siglos y con mayor
insistencia en la segunda mitad del siglo XVIII.21
La aplicación de las leyes de Indias implicaba el regreso de los casados que permanecieran en
América sin autorización de sus mujeres. El mecanismo de reclamo se podía poner en marcha a
iniciativa de las autoridades eclesiásticas o de la propia interesada.22
La dureza de la legislación solo se explica por el reiterado incumplimiento de los emigrantes con
sus obligaciones matrimoniales. Lo que en principio se concebía como un viaje de exploración se
convertía en una salida sin retorno. La ausencia de los esposos podía ir desde los 3 años a los casos
extremos de más de 20, frecuentemente sin noticias de su paradero.23
Ante esta situación las autoridades eclesiásticas canarias formulan una solución drástica, el obispo
Tavira recomienda que la posibilidad de emigrar se permita solamente a los solteros y se prohíba
totalmente a los casados.24
La propuesta no tiene éxito, pero el permiso de las esposas para abandonar el hogar se mantiene
como requisito imprescindible para embarcar rumbo a América. Los Protocolos Notariales de las islas
nos aportan información acerca de las licencias que se otorgaban antes de iniciar el viaje, notamos una
Ni solteras, ni casadas, ni viudas…
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mayor presencia de esta tipología documental a finales del siglo XVIII e inicios del XIX, en etapas
anteriores parece que el referido trámite se eludía con mayor facilidad.
El permiso comportaba una explicación de la decisión adoptada “ha deliberado hacer viaje a la isla
de la Habana…a fin de su adelantamiento”,25 “…ha deliberado embarcarse para la isla de la
Habana…en solicitud de buscar su vida y ver si mejora de fortuna para poder cumplir con las
obligaciones a que está constituido y por no tener arbitrios para ello…”.26 Por su parte, las mujeres
acceden cuando sus maridos parece que han demostrado su buen comportamiento, este es el
testimonio de Antonia de Armas Marrero que acude con su esposo, Nicolás Hernández próximo a
hacer viaje a la Habana, en la escritura declara la interesada “…como está cierta y satisfecha de su
buena conducta y hombría de bien que hasta aquí ha manifestado atendiéndola y manteniendo sus
obligaciones sin olvidarse jamás de ellas…”.27
Las autorizaciones parecen transmitir un proyecto común en la emigración del esposo, la salida se
entiende por la búsqueda del bien común familiar y el compromiso implícito del cabeza de familia de
cumplir con los deberes matrimoniales. El tiempo autorizado puede ir de 4 a 6 años. Sin embargo, en
ocasiones no es suficiente para lograr los objetivos previstos, en estos casos las mujeres prorrogan la
estancia de sus esposos. Así se manifiesta María de la Concepción González, mujer de Pedro Peres,
este se encuentra en la Habana “…algún tiempo ha sin haber podido regresar a su casa por varias
enfermedades y atrasos que ha tenido le es preciso mantenerse en la enunciada isla algo más a fin de
conseguir algún adelantamiento…”,28 la causa de la demora es justificada, la enfermedad ha impedido
respetar los plazos establecidos inicialmente, pero además el marido ha dado muestras de buen
comportamiento ya que declara “…y conociendo la otorgante ser justo su intento y que ha cumplido
como hombre de bien executandoles remesas para su mantenimiento y el de su hija le es preciso
concederle algún tiempo más de demora…”.29
La ampliación de licencia suele ser por 2 o 3 años “…a fin de ver si en ellos se adelanta y hace su
regreso a estas islas con alguna comodidad…”,30 la esperanza de conseguir mejores resultados del
esfuerzo migratorio anima a las esposas a soportar la ausencia de sus maridos por más tiempo.
Evidentemente, no todas las partidas hacia América iban precedidas del consentimiento, así nos lo
manifiesta Mª José de la Pascua en su estudio sobre la ciudad de Cádiz y no todas fueron concedidas
libremente por las mujeres, algunas fueron golpeadas por sus maridos para que accedieran a su firma.31
Las cartas solían ser otro medio empleado por los esposos para solicitar autorización a sus mujeres,
éstas una vez conseguida la licencia la mandaban a vuelta de correo.32
Con independencia de los peligros que rondaban a las mujeres en la sociedad del Antiguo Régimen,
justificados por la reiterada supuesta incapacidad femenina para mantenerse sin la protección del
varón, las experiencias de muchas que padecieron la marcha de sus maridos nos demuestra que
buscaron estrategias de supervivencia eludiendo las imposiciones de género o aprovechando en su
favor los convencionalismos establecidos.
La partida de los cónyuges limita la capacidad de acción de las mujeres, en ausencia de ellos debían
comportarse según dictaban las normas del decoro, permanecer recogidas guardando ausencia al
cabeza de familia para evitar denuncias por comportamiento deshonesto.33 El recato se extendía a la
forma de vestir, se convertían en viudas, vestidas de negro, en tanto tenían noticias de la llegada de sus
maridos a los lugares de destino.34
Desde el punto de vista legal seguían sujetas a la autoridad del esposo, pero la necesidad de
resolver asuntos de diversa naturaleza hace que tengan que solicitar amparo a la justicia para actuar en
nombre propio o mostrar los poderes que dejaron sus cónyuges para formalizar actos legales ante los
escribanos. A partir de estas comparecencias van dejando un rastro que nos guía para reconstruir
algunos aspectos de sus existencias.
Se trata de una documentación de carácter judicial, solicitudes de licencia ante el alcalde mayor,
que cumplen con un formulismo legal que hace que los distintos testimonio parezcan uno solo, al
mismo tiempo que ofrecen pequeños relatos de vida, esbozos autobiográficos, provocados por la
necesidad de hacer comprender a las autoridades las peticiones y justificaciones de la demanda.35
La mayor parte de los hombres que emigran no dejan la autorización pertinente a sus mujeres para
que puedan actuar con su consentimiento. Hemos observado que esta precaución la adoptan aquéllos
que parecen tener más capital y actúan de común acuerdo con sus esposas en los asuntos mercantiles o
judiciales, adelantándose a las posibles eventualidades que se pudieran presentar en su ausencia.
XX Coloquio de Historia Canario-Americana
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Este es el caso de María Theresa Prieto, vecina de Santa Cruz, que comparece ante el escribano
exhibiendo el poder general que ha otorgado su marido antes de partir hacia América hace dos años, la
citada ha hecho uso del documento para vender unos bienes heredados de su padre.36 Por su parte Dña.
Francisca Xaviera Garson, aunque la ausencia del marido se prolonga por 4 años, le ha dejado
autorización y la usa para dar poder a procuradores que le defiendan en un juicio pendiente.37
Algunas escrituras se formalizan antes de emprender el viaje, destacamos la otorgada por el capitán
D. Juan Francisco y Castilla, regidor perpetuo de esta isla y vecino de La Laguna, próximo a hacer
viaje a La Habana y para que haya persona que le represente durante su ausencia en este viaje y otros
que pudiera hacer, “…ser preciso dejar persona de su mayor satisfacción y teniéndola como la tiene de
Dña. Josepha Phelipa Ramos, su legítima mujer, otorga le da y confiere licencia en toda forma y poder
general…”.38
Sin embargo, esta situación no es la más frecuente, lo habitual es que las mujeres queden al frente
de sus familias imposibilitadas para tomar decisiones que atañen a sus bienes y sus vidas. Las razones
pueden ser múltiples desde la falta de confianza que inspiran las esposas, pensar que la ausencia sería
breve o la premura en los preparativos del viaje.
Las circunstancias que conducen a las mujeres a la justicia en busca de autorización son de diversa
naturaleza. Antonia Manrique de Lara, vecina de Santa Cruz y mujer legítima de Antonio Marrero de
León ausente en Indias, comparece para solicitar licencia para comprar una casa, negocio que había
tratado con su marido antes de la partida “…digo que al tiempo de hacer viaje el dicho mi marido me
dejó encargado solicitara una casa en esta referida ciudad cómoda y en buen paraje para el ejercicio de
una tienda de mercería y habiéndola hallado…es necesario para otorgarlo en escritura de venta que de
ella me hicieren y obligarme a pagar el valor…me conceda la facultad y licencia necesaria para no
perder la ocasión…”.39
Los compromisos familiares, Dña. Mª del Pilar Torres y Perdomo declara ser dueña en unión de sus
hermanos de un pedazo de tierra en Candelaria, la que quieren vender todos de común acuerdo o Mª
de la Concepción González declara ser la administradora de los bienes de su hermano, ausente de
América, en el lugar de Granadilla, debido a la distancia debe dar poder a alguien que los administre.40
Las encontramos también siguiendo litigios que les obliga a dar poder a terceros para que les
representen, son los casos de María del Rosario de León quiere iniciar una demanda por la partición de
los bienes de sus padres,41 Mª Josefa Suárez demandada por un pajar que fabricó en tierras cercanas a
las de D. Domingo Vandemheede quien le quiere obligar a deshacerlo.42
El viaje emprendido por el marido no supone que la vida se detenga, bien al contrario, las mujeres
siguen con sus quehaceres cotidianos como demuestran los ejemplos anteriores.
Sin embargo, no todas lo pueden hacer en las mejores condiciones económicas, en la mayor parte
de los casos la razón para solicitar permiso ante las autoridades es la supervivencia. Los expedientes
señalan la pobreza como el escenario habitual de las mujeres con maridos en Indias.
Las ausencias de los esposos se pueden prolongar por largos periodos de tiempo de 3 a 10 años
declaran permanecer solas, otras sobrepasan este periodo con creces, Luisa Guillama, viuda desde
hace 8 años de Juan Febles, afirma que éste permaneció 24 años fuera del hogar “…sin haberme
socorrido con los alimentos a que estaba obligado…”,43 o María Francisca Manuel, mujer de
Bartholome Prieto ausente en Indias a más tiempo de 35 años y según declaran los testigos “…no ha
tenido remesas del dicho su marido, ni menos se sabe su paradero, si es vivo o muerto…”.44 Las
separaciones prolongadas agudizan la desconexión del emigrante con su familia, a pesar de no saber si
el marido ha fallecido o no, ellas siguen definiéndose como esposas y dependiendo de la autorización
de una figura cuasi fantasmal.
Es también habitual perder la noción del tiempo, son múltiples los casos como el de Margarita
Esperanza Landin, vecina de Santa Cruz que declara “…ser mujer legítima de Bernardo Montenegro
ausente en indias tiempo a…”.45
La situación de estas mujeres se complica cuando la desaparición del esposo se produce cuando ya
han tenido descendencia, hijos e hijas menores quedan bajo la tutela de sus madres, convertidas en
cabezas de familia pero despojadas de autoridad para tomar decisiones. Cathalina Cabrera acude a
solicitar licencia “…para poder celebrar escritura con el maestro D. Pedro Pérez que lo es de
peluquero para que enseñase el oficio a Gerónimo Francisco, su hijo…”.46
La determinación de emigrar podría sobrevenir por la falta de recursos para alimentar una familia
con varios miembros, muchas declaran tener hijos a su cargo, 3 es la cantidad más repetida en los
Ni solteras, ni casadas, ni viudas…
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documentos que hemos consultado, algunas expresiones utilizadas nos hacen pensar en un número
mayor, Dominga Francisca expone en sus alegaciones para obtener licencia “…hallándome con
cortedades y cargada de hijos para podernos mantener…”.47
El fenómeno de la emigración propicia la recomposición de las familias, no siempre son hijos
propios los que tienen las mujeres a su cargo, sobrinos o hermanos desamparados son acogidos para
formar nuevos hogares. María Guillerma, mujer legítima de Joseph Cruz, comparece con su sobrina
Josepha Guillerma, hija de su hermano Francisco, fallecido mientras hacía la travesía americana de
contramaestre en un “paquebote”, la joven de 14 años queda bajo la tutela de su tía. En circunstancias
similares se encuentra Juana García Machado, viuda, “…Juan García Machado mi padre se halla en la
provincia de Caracas a tiempo de 3 años dejándome a mi cargo 3 hermanitos y sin el remedio preciso
para alimentarlos…”.48
El fin último de la mayor parte de las licencias solicitadas es deshacerse de alguna propiedad con el
argumento de la falta de recursos para sostenerse ellas y sus familias.
A partir de los testimonios de las interesadas se observa por un lado el comportamiento de los
maridos en la distancia, si realmente contribuyen al sustento de su familia o, por el contrario, la han
olvidado, en cualquiera de los casos la situación que describen las mujeres es la pobreza y las
necesidades que están soportando.
Las que han recibido remesas para el mantenimiento de sus casas insisten en la escasez de las
mismas, María de Castro vecina de Santa Cruz, expone que su marido lleva 6 años ausente y “…han
sido tan cortas las remesas que me ha hecho que ni aun para mantenerme 6 meses me ha sido bastante
a causa de 3 hijos que tengo en mi poder…”.49 El flujo de los envíos no siempre fue escaso, así revela
Ángela Dias “…el dicho mi marido me ha hecho algunas remesas de dinero para alimentarme y con
ellas excusado algunos gastos precisos he podido fabricar una casa para mi habitación y de una hija
casada inmediata a ella…”,50 a pesar de ello en la actualidad se encuentra necesitada de ayuda.
Cuando los recursos no llegan de América también puede obedecer a circunstancias adversas que
aquejan a los emigrados, así le consta a Ángela Martin, vecina de Santa Cruz, su marido partió para el
puerto de Campeche hace ocho años donde “…ha sido preciso mantenerse por algunos quebrantos que
ha tenido…”, esta versión es corroborada por un testigo que lo encontró en Campeche hace seis meses
“…buscando su vida…”, la falta de remesas obedece a que “…al dicho su marido no le ayuda la
fortuna…”.51
Infortunado es también el caso de Francisca Martín, vecina del Valle de San Andrés, su marido
lleva 5 años ausente sin poder enviar recursos por “…haber sido apresado por los ingleses en la
guerra…”.52
Por otro lado están las mujeres que reconocen no haber tenido ayuda de sus maridos desde la
partida, Ignes de Vera, vecina de Santa Cruz y natural de Fuerteventura, declara “…que hace tiempo
de 13 años que mi marido se ausentó para la Habana…no he recibido en este tiempo el menor socorro
del susodicho mi marido, ni sabido de su paradero…”,53 Isabel María Rodríguez se encuentra en
similares condiciones ya que su marido, estante en Caracas, no le envía remesas para su sustento y sus
4 hijos.54
La situación se complica cuando las mujeres no solo no reciben remesas para el mantenimiento
sino que además tienen que satisfacer deudas contraídas por los esposos, Barbara Francisca, vecina de
La Laguna en el lugar que llaman la Cordillera, declara que su marido, ausente en indias, no le ha
socorrido con recurso alguno para mantener a sus 4 hijos así como “…para satisfacer 12 fanegas de
trigo que el dicho mi marido quedó debiendo a la alhóndiga del lugar de Tacoronte…”.55
Aunque la consecuencia más frecuente ante la falta de socorros es la pobreza algunas prosperaron
económicamente como Theresa Francisca Villarín a pesar de la ausencia de su marido durante 20 años
sin percibir remesas declara por sus bienes “…una casita terrera que tengo en el dicho puerto (Santa
Cruz) la que con mi industria y trabajo personal he adquirido y comprado en ausencia de mi
marido…”.56
La falta de recursos les hace recurrir al préstamo para salir del atolladero, muchas se acercan a
solicitar licencia para vender una propiedad para “…pagar a varios acreedores que tengo…”,
“…subvenir algunas necesidades y pagar algunas deudas a que me están apremiando…”.57
En el procedimiento de solicitud de licencia las mujeres deben aportar testigos que corroboren su
versión. Los testimonios de hombres y mujeres, actúan de acompañamiento de las demandantes, sus
relatos confirman la situación descrita por las peticionarias e incluso amplían la información de las
XX Coloquio de Historia Canario-Americana
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interesadas. Las declaraciones de los testigos aportados por Mª Guillerma y su sobrina afirman
conocer el entorno de las dos mujeres “…le consta la mucha pobreza en que se hallan las
mencionadas…desfavorecidas y muy pobres…”, las personas informantes suelen ser de la vecindad
por lo que señalan “…y por dicho conocimiento e inmediata vecindad que tiene la testigo con las
susodichas…”.58
La solidaridad del entorno también aparece reflejada en la solicitud de la viuda Luisa Guillama
afirma un testigo que “…en muchas ocasiones la ha visto la deponente pedir limosna para
mantenerse…”, todos coinciden en que Luisa está pasando mucha necesidad y opinan que de no
concederle licencia para vender “…quedaría expuesta a muchas penurias que trae consigo la solides de
una mujer viuda…se verá en la precisión de andar mendigando…es una mujer enferma de más de 60
años, es lo que puede decir…”.59
La claridad en las exposiciones de los declarantes demuestra el compromiso del vecindario con las
mujeres solas, relatan no solo la situación en la que se encuentran, también emiten su juicio acerca del
comportamiento y los peligros que acechan a éstas mujeres desprotegidas, “…con lo poco que gana
con su costura, trabajo mujeril, y de no vender el pedazo de tierra quedan expuestos a pasar muchas
necesidades…”,60 así se manifestaba Pedro Hernández, testigo del caso de Juana García Machado.
A través de los testimonios aportados por los particulares que se avienen a declarar a favor de las
demandantes intuimos el mundo de las relaciones vecinales, las solidaridades de estrato, el grado de
intimidad compartida y los círculos sociales en los que los problemas, los deseos y las dudas se
confiesan.61
No siempre las solicitudes de licencias para deshacerse de las propiedades obedecen a las
necesidades de alimentos, en ocasiones las ventas de los bienes tienen como objetivo juntar el capital
necesario para la reunificación familiar. Los maridos reclaman a sus esposas y éstas gestionan el
patrimonio para poder emprender el viaje hacia América, ejemplos de esta situación los hemos hallado
en la documentación consultada. El problema sigue siendo el mismo, el marido ha marchado sin dar
autorización a su esposa y ésta debe obtenerla de la justicia para ejecutar el plan trazado por la pareja,
Dña. María Peniche, vecina de La Laguna, residente en Santa Cruz, mujer legítima de Manuel Joseph
Ferrera pide licencia para poder vender una esclava de color negro que, por orden de su marido, la
envían desde la isla de Madeira para “…con su producto se alimentase y hacer viaje la otorgante a la
provincia de Caracas que es donde reside el dicho su marido…”.62 También Dña. Gabriela de
Mendoza, mujer legítima de D. Gregorio Dionisio Saavedra, está próxima a hacer viaje a La Habana
para “…de ir hacer vida maridable con el dicho mi marido…”, la interesada solicita se le conceda
licencia, hasta tanto su consorte la remita desde América, para otorgar poder a alguna persona que se
ocupe de sus asuntos en Tenerife, “…porque tengo algunos bienes en dicho lugar y fuera de él que
requiere persona que les cuide y les lleve…y que pueda practicar algunas diligencias judiciales…”.63
Los planes de recomposición familiar previstos por la pareja pueden truncarse, como le ocurrió a
Cathalina González, vecina del lugar de Tacoronte, su marido, Joseph Alvarez Ramos, envía a su hijo
Andrés Alvarez Ramos en busca de la madre y el resto de la familia, cuando estaban prestos a hacer
viaje, “…tuvimos carta en que manda a suspender la dicha ida…”, ante el inesperado arrepentimiento
la interesada quiere “…es preciso que el dicho mi hijo vaya a dar con su padre…”, la falta de caudal
para la nueva empresa obliga a Cathalina a coger a riesgo la cantidad suficiente para el viaje, para ello
tiene que comprometer los bienes propios heredados de sus padres y los que han conseguido durante el
matrimonio.64 Es evidente que no está dispuesta a asumir un cambio de planes tan repentino sin una
explicación del marido, aunque tenga que hipotecar su capital en el empeño.
Todas las licencias a las que hemos tenido acceso fueron concedidas por las autoridades en la
materia, en las disertaciones empleadas por las mujeres en las solicitudes aparecen deliberadamente
como víctimas de la situación, una narración levantada sobre argumentos comunes en el discurso
hegemónico, seguramente las mujeres actuaban de este modo persuadidas de que era la forma más
adecuada de presentar su caso, y de inclinar la justicia a su parte.65
En conclusión, una vez más constatamos la experiencia de unas mujeres que actúan en su propio
beneficio, desafiando las normas de género impuestas, haciendo uso de un lenguaje acomodaticio a las
circunstancias, pero demostrando que a pesar de la supuesta invalidez de las mujeres “solas”, son
capaces de sobrevivir y prosperar en una sociedad donde, cada vez más frecuentemente, las normas
contradicen a las prácticas.
Ni solteras, ni casadas, ni viudas…
1023
BIBLIOGRAFÍA
GONZÁLEZ DE CHÁVEZ, J. (1984). Notas para la historia de la emigración canaria a América. Cartas de emigrantes
canarios. Siglo XVIII, en MORALES PADRÓN, F. (Coord.). V Coloquio de Historia Canario Americana. Las Palmas
de Gran Canaria: Cabildo de Gran Canaria, pp. 111-140.
HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, M. (1990). “La emigración americana y su influencia sobre la vida conyugal en Canarias
durante el siglo XVIII”, en Anuario de Estudios Atlánticos, nº. 36 Las Palmas de G.C.: Cabildo de Gran Canaria,
pp. 353-376.
HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, M. (1996). La emigración canaria a América, (1765-1824). Santa Cruz de Tenerife: Taller
de Letras.
HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, M. (1997). “Noviazgo y vida matrimonial en Tenerife durante el siglo XVIII”, en, Anuario
de Estudios Atlánticos, nº. 43, Palmas de G.C.: Cabildo de Gran Canaria, pp. 315-418.
MACÍAS HERNÁNDEZ, A. (1992). La emigración canaria, 1500-1980. Barcelona: Ediciones JUCAR.
MÁRQUEZ MACÍAS, R. (1995). La emigración española a América (1765-1824). Oviedo: Universidad de Oviedo.
MÁRQUEZ MACÍAS, R. (2011). Cartas de mujeres emigrantes: nostalgias y recuerdos (siglos XVIII-XIX), en CHIVITE,
Mª J.; HERNÁNDEZ, B. y MONZÓN, Mª E. (Eds.). Frontera y género. En los límites de la interdisciplinariedad.
México: Plaza y Valdés, pp. 171-185.
MONZÓN PERDOMO, Mª. E. (2002). El recogimiento de mujeres a finales del siglo XVIII. La casa de mujeres
arrepentidas de Las Palmas (estudio estadístico), en MORALES PADRÓN, F. (Coord.). XIV Coloquio de Historia
Canario Americana. Las Palmas de Gran Canaria: Cabildo de Gran Canaria, pp. 1748-1762.
ORTEGA LÓPEZ, M. (2006). “Violencia familiar en el pueblo de Madrid durante el siglo XVIII”, en Cuadernos de
Historia Moderna, nº. 31. Madrid: Universidad Complutense, pp. 7-37.
PASCUA SÁNCHEZ, Mª. J. (1993-1994). “La cara oculta del sueño indiano: mujeres abandonadas en el Cádiz de la
Carrera de Indias”, en Chronica Nova, nº. 21. Granada: Universidad de Granada, pp. 441-468.
PASCUA SÁNCHEZ, Mª. J. (1998). Mujeres solas: historia de amor y de abandono en el mundo hispánico. Málaga:
Universidad de Málaga.
PASCUA SÁNCHEZ, Mª. J. (2005). “La recuperación de una memoria ausente: Demandas judiciales y relatos de vida en
la construcción de la historia de las mujeres”, en Arenal, Vol. 2, nº. 12. Granada: Universidad de Granada, pp. 211-234.
PASCUA SÁNCHEZ, Mª. J. (2010). Madres, mujeres y solas: el oficio de vivir en la España del siglo XVIII, en FRANCO
RUBIO, G. A. (Ed.). Debates sobre la maternidad desde una perspectiva histórica (siglos XVI-XX). Barcelona: AEIHM-Icaria,
pp. 231- 270.
RODRÍGUEZ VICENTE, E. (1980). Notas acerca del paso de canarios a América en el primer cuarto del siglo XIX, en
MORALES PADRÓN, F. (Coord.). Actas III Coloquio de Historia Canario Americana, T. II. Las Palmas de Gran
Canaria: Cabildo de Gran Canaria, pp.26-41.
TESTÓN NÚÑEZ, I. y SÁNCHEZ RUBIO, R. (2005). Para hacer una raya enviamos un sobrino. El papel de la familia
y el parentesco en las relaciones de la América española (siglo XVI), en SALINERO, G. (Ed.). Mezclado y sospechoso.
Movilidad e identidades, España y América (siglos XVI-XVIII). Madrid: Colección de la Casa Velázquez, 90, pp. 91-119.
XX Coloquio de Historia Canario-Americana
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NOTAS
1 Este trabajo se inscribe en el Proyecto de Investigación Arqueología Moderna. Familia, infancia y formas de vida en la
sociedad canaria del siglo XVIII (HAR 2011-27413) financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad.
Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
2 MACÍAS HERNÁNDEZ (1992), pp. 80-86.
3 HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (1990), pp. 353-357.
4 GONZÁLEZ DE CHÁVEZ (1984), pp. 114-115.
5 TESTÓN Y SÁNCHEZ (2005), p. 99.
6 PASCUA SÁNCHEZ (1988), p. 29.
7 PASCUA SÁNCHEZ (1993-1994), pp. 462-463.
8 PASCUA SÁNCHEZ (2005), p. 231.
9 El estudio de los hogares con mujeres al frente se ha convertido en una novedosa línea de investigación en el área de los
estudios de género en la historia. Ver PASCUA SÁNCHEZ (2010), pp. 231-270. En este texto encontramos un
exhaustivo repaso a las últimas publicaciones sobre el tema.
10 PASCUA SÁNCHEZ (2011), pp. 253-254.
11 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg.140, fol. 93r-94v.
12 ORTEGA LÓPEZ (2006), p. 10.
13 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 139, fol. 133v-135r, 1763.
14 PASCUA SÁNCHEZ (2010), p. 255.
15 La ciudad de Cádiz en el siglo XVIII es un observatorio privilegiado para el estudio de la emigración masculina y las
consecuencias de ésta sobre las mujeres, Mª José de la Pascua aporta un dato significativo centrado cronológicamente
en la segunda mitad del siglo XVIII sobre la procedencia de las mujeres que declaran tener el marido en Indias, aunque
el porcentaje más alto corresponde a las gaditanas, no faltan las nacidas en Cataluña, Galicia o Canarias, algunas
viajaron a Cádiz con la esperanza de tener noticias de sus esposos o, simplemente, es el lugar en el que se produjo el
abandono. PASCUA SÁNCHEZ (1993-1994), p. 452.
16 La abundante bibliografía centrada en la emigración canaria a América corrobora la importancia del fenómeno en el
suelo isleño: HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (1995), (1996); MACÍAS HERNÁNDEZ (1992).
17 “Lloran las infelices sin consuelo el retiro de sus maridos que, dejándolas sin temor de Dios desamparadas y cargadas
de hijos, se ausentan hasta las Indias sin esperanza de vuelta, quedando ellas como quedan expuestas a cometer,
compelidas de la necesidad, gravísimos pecados”, HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (1996), p. 68.
18 RODRÍGUEZ VICENTE (1980), T. II, pp. 31-32; HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (1996), p. 93; HERNÁNDEZ
GONZÁLEZ (1990), pp. 368-369.
19 HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (1996), p. 93; (1990), pp. 368-369 y (1997), pp. 315-418.
20 MONZÓN PERDOMO (2002), pp. 1755-1756.
21 MÁRQUEZ MACÍAS (2011), pp. 172-173.
22 PASCUA SÁNCHEZ (1995), pp. 34-35.
23 PASCUA SÁNCHEZ (2010), pp. 244-245.
24 RODRÍGUEZ VICENTE (1980), p. 32.
25 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 146, fol. 5 r y v, 1796.
26 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 149, fol 164r, 1799.
27 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 149, fol. 113v-114v, 1799.
28 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 145, fol. 103r-104r, 1795.
29 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 145, fol. 103r-104r, 1795.
30 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 146, fol. 174v-176r, 1796.
31 PASCUA SÁNCHEZ (1993-1994), p. 458.
32 MÁRQUEZ MACÍAS (1995), p. 257.
33 MÁRQUEZ MACÍAS (2011), p. 173.
34 HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (1996), p. 69.
35 PASCUA SÁNCHEZ (2005), p. 227.
36 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 139, fol. 390r-392r, 1763.
37 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg.145, fol. 188v-190v, 1795.
38 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 315, fol. 261r-263v, 1765.
39 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg.1592, fol. 539r-541r, 1752.
40 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 149, fol. 83r-85r, 1800; Leg. 1591, fol. 462r-465v. Leg. 145, fol. 104v-108r,
1795.
41 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg.146, fol.349v, 1796.
42 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 148, fol. 133v-135r, 1798.
43 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 137, fol. 258r-264r, 1760.
44 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 560, fol. 51r-51v, 1760.
45 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 551, fol. 295v-299r, 1790.
46 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 549, fol. 370r- 375v, 1758.
47 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 1592, fol. 503v-509r, 1752.
48 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 550, fol. 489r-492r, 1759; Leg. 1591, fol. 648r-655r, 1751.
49 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 146, fol. 164v-168r, 1796; Leg. 1592, fol. 280v-286r, 1752.
50 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 550, fol. 429r434r, 1759.
Ni solteras, ni casadas, ni viudas…
1025
51 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 551, fol. 390v-396v, 1760.
52 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 1591, fol. 294r-299r, 1751.
53 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 549, fol. 370r- 375v, 1758.
54 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 551, fol. 410v-412r, 1760.
55 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 315, fol. 509v-515v, 1765.
56 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 549, fol. 370r- 375v, 1758.
57 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 551, fol. 151r-159v, 1760; Leg. 137, fol. 258r-264r, 1760.
58 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 550, fol. 489r-492r, 1759.
59 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 137, fol. 258r-264r, 1760.
60 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 1591, fol. 648r-655r, 1751.
61 PASCUA SÁNCHEZ (1995), p. 31.
62 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 549, fol. 235r-241v, 1758.
63 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 551, fol. 196r-198v, 1760.
64 AHPSCTFE, Protocolo Notarial, Leg. 551, fol. 186r-188v., 1760
65 PASCUA SÁNCHEZ (1995), p. 30.