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307 EL CABILDO DE SANTO DOMINGO EN LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO XVII Y CREACIÓN DEL CABILDO DE SAN CARLOS DE TENERIFE EN LA ESPAÑOLA THE TOWN COUNCIL OF SANTO DOMINGO IN THE SECOND HALF OF THE 17TH CENTURY AND CREATION OF THE COUNCIL OF SAN CARLOS DE TENERIFE ON HISPANIOLA Mª Isabel Paredes Vera RESUMEN En las últimas décadas del siglo XVII, el cabildo de Santo Domingo era la más poderosa institución de gobierno local en La Española y la mayoría de sus miembros procedían de la élite criolla hispanodominicana. En respuesta a la política de repoblación de la Corona, un grupo de familias canarias llegó a la isla a fines de 1684 y fundó la villa de San Carlos de Tenerife en las proximidades de la capital. En 1685 su cabildo estaba ya constituido. Analizamos algunos aspectos de ambos cabildos, insistiendo en sus difíciles relaciones, y especialmente en las razones que empujaron a los regidores de Santo Domingo a solicitar al rey, sin lograrlo, el desalojo del asentamiento canario. El cabildo de San Carlos funcionó hasta 1911 y hoy en día la villa sancarleña es un barrio de la capital dominicana. PALABRAS CLAVE: cabildo, Santo Domingo, colonos canarios, San Carlos de Tenerife. ABSTRACT In the closing decades of the 17th century, the town council of Santo Domingo was the most powerful institution of local government on Hispaniola, and the majority of its members came from the creole elite. In response to the Crown´s policy of repopulation, a group of Canary families came to the island at the end of 1684 and founded the village of San Carlos de Tenerife near the capital. In 1685 the council was already constituted. We analize some aspects of both cabildos, emphasizing their difficult relationship and especially the reasons that led the Santo Domingo aldermen to ask the king, without success, to order the colonists to leave their settlement. San Carlos´ council functioned until 1911 and today the village is a neighborhood of the Dominican capital. KEYWORDS: Town council, Santo Domingo, San Carlos de Tenerife, Canary colonists. En un siglo, el XVII, en el que la decadencia y la crisis económica, agravadas por epidemias, descenso demográfico y guerras en diversos puntos del Imperio azotaban a la Corona de España, la isla de La Española padecía aún en mayor grado casi los mismos males que la metrópoli. Dentro de este marco cronológico analizaremos algunos aspectos de dos de las instituciones que destacan, por diferentes razones, en el gobierno insular, el cabildo de la ciudad de Santo Domingo, principal núcleo urbano de la colonia y el de la pequeña villa de San Carlos de Tenerife, fundada por los componentes del primer grupo de emigrantes canarios llevados a la isla caribeña en 1684 por el capitán y comerciante sevillano Ignacio Pérez Caro.1 Con raíces en la Castilla medieval, que para algunos se remontan al derecho romano, y aún más allá, al areópago griego, el cabildo es una de las instituciones de gobierno señeras de la época colonial en los territorios españoles de ultramar.2 La Corona llegó a recelar del poder que iban adquiriendo estos organismos a través de las múltiples funciones que desarrollaban, administrativas, de gobierno, y judiciales, entre otras de menor envergadura. Quizás su función más destacada fue la de poder establecer, pese a la lejanía, contacto directo con el rey. El propósito del presente trabajo es realizar un somero análisis, como base de un posterior estudio más amplio, de los referidos cabildos que coexistieron en proximidad geográfica pero con Dra. en Historia de América Profesora-Tutora de Historia Contemporánea. UNED. 29680 Estepona. Málaga. España; Teléfono: +34606647612; Correo electrónico: paredesvera@hotmail.com XX Coloquio de Historia Canario-Americana 308 hondas diferencias entre ambos, durante más de dos siglos. Los fundadores de San Carlos en cumplimiento de un proyecto de repoblación organizado por la Corona. El plan se llevó a cabo de acuerdo con las autoridades de las islas Canarias, donde también se vivían momentos difíciles a causa de la sequía, pérdida de cosechas, escasez de comercio, epidemias e incluso hambrunas, en especial entre los agricultores más desfavorecidos. Haremos hincapié en las difíciles relaciones entre los dos cabildos mencionados, tan cercanos en el espacio y a la vez de tan distintas características y evolución. Realmente se debería hablar más que de relación, en estos últimos años del siglo XVII, de oposición por parte de los capitulares de Santo Domingo a la existencia y expansión del municipio sancarleño al que veían, por motivos, que referiremos más adelante, como un peligro para la propia seguridad y una carga para la economía de los capitalinos. En épocas posteriores, hacia fines del segundo tercio del siglo XVIII, se produjo paulatinamente un acercamiento entre los habitantes de estos municipios. El de San Carlos conservó su carácter de Ayuntamiento independiente hasta 1911.3 En la actualidad constituye un barrio más de la capital dominicana, aunque conserva muchos de sus rasgos culturales propios y sus peculiaridades. NOTAS SOBRE EL CABILDO INDIANO Para el historiador dominicano Dantes Ortiz, los cabildos fueron las entidades más destacadas de todas las instituciones que España legó a América representaban a la comunidad y de esta misma emanó, en principio, su nombramiento; los demás nombramientos, en última instancia, eran obra del rey.4 Su importancia estribaba en su carácter de corporación social dedicada al gobierno de los vecinos, integrada en el complejo entramado jurídico institucional de la monarquía hispánica, con el rey en la cúspide y este delegaba parcialmente su soberanía en los cabildos, otorgándoles como extensión de esa soberanía determinadas funciones,5 y también en el hecho de que podían establecer contacto directo con el monarca. En su remoto origen castellano fueron instituciones democráticas, sus componentes pertenecían al pueblo y trataban de defender los intereses de sus paisanos. En la segunda mitad del XVII poco o nada quedaba de ese inicial carácter democrático en los cabildos americanos. Por la venta de cargos iniciada en el XVI y oficializada en la centuria siguiente los municipios cayeron en manos de una minoría acaudalada (en el caso de Santo Domingo eran muy escasas las grandes fortunas) que podía comprar los oficios públicos.6 Pronto se convirtieron los cabildos en instrumento al servicio de los intereses de las élites, integradas básicamente por los denominados beneméritos, descendientes de los conquistadores y primeros pobladores. A través de ellos intentaban, y lograban por lo general, alcanzar un alto grado de poder y control sobre el resto de la población del municipio, a la vez que mantenían su prestigio, o lo adquirían, en el caso más tardío de los no beneméritos, ascendiendo en la escala social y gozando de ciertos privilegios. Otro factor que reforzó la presencia de individuos de la élite en el cabildo y obstaculizó el acceso del pueblo llano a los cargos municipales, fue el afianzamiento del sistema de venta y renuncia o de beneficios de estos, oficializado con sendas cédulas reales en 1606 (para los cargos de carácter político) y 1674 (los de gobierno).7 Aunque los cabildos indianos fueron organismos que representaban a la comunidad, en la práctica no resultaron ser precisamente un instrumento de la voluntad popular. ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LOS CABILDOS Poseía esta institución municipal atribuciones que podemos distribuir en dos grupos; judiciales, y políticas o de gobierno a nivel local; intervenía en la distribución de tierras vacantes en los alrededores de la población o de solares en el núcleo urbano, lo que constituyó una de las bases más sólidas del poder que llegaron a alcanzar, podía imponer ciertos gravámenes, como la sisa de la carne. El cabildo, como organismo que regía directamente los asuntos administrativos de cada ciudad, reglaba los precios de algunos productos de primera necesidad y controlaba la calidad de los alimentos. Estaba también a cargo de esta institución el orden público y la seguridad local, pudiendo reclutar hombres entre los vecinos e integrarlos en las milicias ciudadanas, para la defensa de la ciudad o de su territorio. Así mismo podía dictar El Cabildo de Santo Domingo… 309 normas de edificación, inspeccionar y controlar los hospitales, el estado de los caminos y el abastecimiento local.8 Eran además obligaciones capitulares organizar los grandes festejos y ceremonias, como entronización de un monarca o recibimiento de un nuevo gobernador, velar por la limpieza y ornato de la ciudad, por el buen funcionamiento de los servicios públicos de la ciudad, como el del agua potable y ocuparse del cuidado de servicios esenciales para la comunidad, entre ellos los de medicina y farmacia. Las funciones políticas que desempeñaba el cabildo secular tenían como origen la costumbre, no la ley escrita. Respecto a su sostenimiento, los cabildos americanos no tuvieron muchos recursos. Contaban para este fin con los propios, que correspondían a los bienes comunales que les pertenecían y cuyo producto se invertía en solventar los gastos de la corporación. Otra fuente de recursos fue la de los tributos o impuestos ordinarios que se dedicaban a sufragar diversos gastos del cabildo y las obras públicas. A los arbitrios, medios extraordinarios de recaudación, recurría la corporación para solucionar problemas inmediatos, tales como las derramas, que el vecindario estaba obligado a pagar. Tarea de los cabildantes era regular el correcto funcionamiento de los asentamientos, lo que en el de Santo Domingo provocó las tensiones con el nuevo cabildo de San Carlos y la oposición a la existencia de este en algunas etapas. A través del cabildo ejercían los vecinos su derecho de representación, solicitando la directa intervención real en asuntos que afectasen a la comunidad. Como ente regulador, además, los cabildos administraban los terrenos fiscales, autorizando su uso comercial. Eran dueños del mercado, el matadero y los basurales y velaban por el funcionamiento de la cárcel pública. COMPOSICIÓN DEL CABILDO SECULAR Generalmente contaban los cabildos indianos con dos alcaldes ordinarios y un número variable de regidores. Los primeros constituían la cabeza del cabildo secular. Administraban justicia en primera instancia, hacían rondas por la ciudad, asumían el gobierno en ausencia o muerte del gobernador y presidían el cabildo en ausencia de aquel o de su teniente. No se hallaba el de alcalde ordinario entre los oficios vendibles. Eran elegidos anualmente por los regidores, y tenían que cumplir ciertos requisitos, como ser vecinos del municipio, mayores de edad, sin deudas con la Real Hacienda ni causas pendientes con la justicia y no ejercer oficios viles.9 Debían someterse al cesar en su cargo a juicio de residencia. Entre sus preeminencias estaba la de ocupar lugares preferentes en los actos públicos y el primer puesto en el recibimiento de los gobernadores. Gozaban del privilegio de conocer en primera instancia de los pleitos que afectasen a los intereses de sus familiares.10 Miembros esenciales de los cabildos indianos, siguiendo a los alcaldes ordinarios, eran los regidores. Se consideraban cargos vendibles y renunciables en los años objeto del presente estudio. Tenían voz y voto en el cabildo, pero si el asunto a tratar se refería a ellos o a su familia, debían abandonar la sesión. Podían desempeñar varios cargos a la vez, excepto el de alcalde. En sus manos se hallaba la administración y cuidado del núcleo urbano. Los requisitos para acceder a la regiduría eran casi los mismos que se les exigían a los alcaldes ordinarios. Además, no se permitiría el acceso al cargo de regidor a los oficiales reales, a religiosos, a los que ejercían oficios viles, tenderos, taberneros y regatones así como a parientes del gobernador o de miembros de la Real Audiencia. Otra prohibición para los regidores era la de remitir cartas al rey sin el conocimiento del cabildo secular. La figura del escribano en los ayuntamientos indianos, trabajo que califican de técnico, era imprescindible, sin él no se podía celebrar cabildo, y estaba obligado a someterse a juicio de residencia al abandonar el cargo. Tenía carácter de vendible y renunciable, y cobraban un salario. Sus funciones eran equivalentes a las actuales de secretario y notario; escribía las actas y las firmaba después de los cabildantes, llevaba el libro de acuerdos, custodiaba el archivo, redactaba licencias para ejercer oficios e industrias, asentaba depósitos, auxiliaba al fiel ejecutor, registraba contratos de compraventas, censos y similares, daba fe de testimonios sobre documentos capitulares, etc. Para optar a una escribanía en el cabildo secular tenían que pasar un examen y el cargo era compatible con el de regidor.11 XX Coloquio de Historia Canario-Americana 310 El procurador de la ciudad defendía los intereses del municipio y de los vecinos. González Muñoz señala que no se deben confundir estos procuradores con los que solían acudir a la metrópoli con sus informes y peticiones. Dado los elevados gastos que tal desplazamiento suponía, tan solo en casos excepcionales se nombraba un procurador comisionado, y podía defender los intereses de más de una población al mismo tiempo, así se repartía el coste del viaje a Madrid y la estancia. Al parecer, en algunas ocasiones el comisionado era algún vecino, que se desplazaba por su cuenta a la metrópoli por algún asunto particular, permitiendo al cabildo ahorrar ese gasto. Las condiciones de acceso al cargo no eran las mismas en todas las poblaciones, aunque sí coincidían en que los oficiales reales no podían ejercer de procuradores12. Un cargo por lo general muy deseado era el de alférez real. Custodiaba y portaba el estandarte del rey en procesiones, ceremonias, festejos y otros actos públicos. Tenía carácter honorífico y entre otros privilegios, tenía voz y voto en el cabildo, gozaba de las mismas preeminencias que los regidores, precedía a estos en asiento y voto, siendo el primero en votar. Sustituía a los alcaldes ordinarios en caso de ausencia o muerte. Si se organizaban expediciones militares, le competía regir la hueste, asignándosele el sueldo de un alférez de campaña. Otro privilegio inherente a este cargo era el de nombrar un sustituto que llevase el pendón por él. Al ser también regidor el alférez real debía someterse a juicio de residencia. Respecto a su provisión, en principio se otorgaba el cargo al regidor más antiguo, pero terminó adjudicándose por subasta.13 Además estaban los funcionarios auxiliares, como el fiel ejecutor. Su misión consistía en controlar pesos y medidas y examinar la calidad de géneros o productos siguiendo las ordenanzas municipales. Portaba vara de justicia; si recaía en una sola persona, tenía voz y voto en el cabildo, cobraba un salario, recibía una parte de las multas, y carne y pescado gratis. El fiel ejecutor no podía poseer granjerías ni bastimentos, ni tratar ni contratar, por la naturaleza de su tarea.14 Por limitaciones de espacio, no detallaremos otros oficios auxiliares de los cabildos, como mayordomos, maceros, alarifes, porteros, etc. EL CABILDO DE LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO EN LA SEGUNDA MITAD DEL XVII Al iniciar este estudio la mayor dificultad que hemos encontrado ha sido la ausencia de fuentes directas. Las más ricas de estas, en el tema que nos ocupa son sin duda las actas capitulares, en este caso desaparecidas. Las ordenanzas y los protocolos, documentos proveedores igualmente de valiosos datos emanados del cabildo, también desaparecieron, como los anteriores, por la acción del tiempo, las adversas condiciones climáticas, como la excesiva humedad, los insectos y la intervención humana (saqueos, invasiones e incendios, principalmente) Confiamos en que al menos parte de la documentación dirigida al rey y al Consejo de Indias, y quizás alguna copia de la remitida al cabildo, aparezca en legajos varios del AGI para ampliar el presente estudio. Sí hemos podido consultar directamente en este último archivo sevillano una serie de documentos entre los que ocupan lugar preferente, por lo directo de la información contenida al proceder del mismo cabildo secular, las cartas dirigidas al rey y al Consejo de Indias. Esta fuente de primera mano permite iniciar un estudio de carácter social, acercarnos a los más diversos aspectos de la vida de la capital dominicana, conocer los nombres de los componentes de su cabildo, los problemas que intentaban resolver y las peticiones que dirigían al rey y al Consejo de Indias, con datos que ilustran parte tanto de la vida oficial como de la cotidiana de la colonia.15 También emanados del cabildo y llevados ante el rey, a veces en persona, se encuentran entre la citada documentación del AGI numerosos informes de los procuradores de la ciudad de Santo Domingo. Exponían estos la situación de la ciudad, en nuestro caso, en la segunda mitad del siglo XVII, describiendo, en memoriales de carácter arbitrista, un panorama plagado de penuria, catástrofes naturales, aislamiento comercial, falta de moneda corriente, riesgos de ataques piráticos o de las potencias europeas enemigas o largos retrasos del situado, entre otros. Sin duda, aunque no se puede negar lo precario del estado en que se hallaba la colonia, tras su corto esplendor inicial en las primeras décadas del siglo XVI, algunos temas se exageraban para lograr atraer el favor real. Por otra parte, esperamos conseguir nuevos datos sobre el cabildo dominicano y sobre el de San Carlos de Tenerife en diversas El Cabildo de Santo Domingo… 311 secciones del mismo archivo, Contaduría, Contratación, Escribanía de Cámara o Indiferente General y la casi inagotable sección V o Audiencia de Santo Domingo, donde se hallan los certificados y provisiones, títulos y nombramientos, entre otros, sin olvidar el ramo eclesiástico, que abunda en referencias a las relaciones con los miembros del cabildo secular. Se debería completar la búsqueda en otros archivos españoles y dominicanos (estos últimos, el reorganizado, y en proceso de digitalización Archivo General de Nación y los archivos de la catedral). La sociedad dominicana en la segunda mitad del XVII, vivía momentos de extrema dificultad. Dependiente en su mayor parte la precaria economía insular de la irregular recepción del situado, contemplaron los habitantes de la ciudad de Santo Domingo como su cabildo se convertía en feudo de una clase social, que era consciente de que había perdido el poder económico tras la decadencia y casi desaparición de los ingenios, las devastaciones de Osorio, y más tarde la ruina de los incipientes cacaotales, entre otros. Todo ello llevó a este grupo social, los criollos hispanodominicanos que no dejaron La Española para pasar al continente, a aferrarse a sus antiguos privilegios e intentaron preservarlos, haciendo suya esta institución de gobierno local y equilibrar así el poder de la Audiencia. Esta, la más alta institución judicial, cuya jurisdicción abarcaba las Grandes Antillas hispanas, y parte considerable de las costas caribeñas, tenía su sede en Santo Domingo. Sus componentes, funcionarios procedentes casi sin excepción de la metrópoli, eran los oidores, el fiscal y su presidente, que era a la vez el gobernador y capitán general de la isla. El presidente-gobernador presidía las reuniones del cabildo. Esa circunstancia imprime un carácter especial al principal ayuntamiento dominicano; al tener a su cabeza un jefe judicial, político y militar. Se trataban en las sesiones o capítulos del cabildo, aparte de los asuntos varios relacionados con los ámbitos civiles ya descritos, otros de carácter militar o religioso, como podrían ser los referentes al cobro de impuestos para contribuir a la construcción de la muralla o a la actuación de los prelados, o a alguna petición de adjudicación de vacantes en parroquias o capellanías, entre otras. Gran relevancia alcanzó, al igual que en el resto de municipios indianos, el componente socio cultural de los cabildantes, que se deduce de las características y cualidades que la normativa al uso les exigía para desempeñar sus cargos. En Santo Domingo apenas aparece algún título de nobleza entre sus munícipes a lo largo de la época colonial (tal vez se encuentren más fácilmente en los primeros años de la colonia, antes de la emigración de muchas familias al continente, pero sí se pueden hallar hidalgos, caballeros de órdenes militares, propietarios de grandes extensiones de terreno, de hatos, ingenios, trapiches o estancias, que si bien no generaban importantes ganancias, debido al abandono y a la falta de mano de obra, esclava en particular, sí les permitía conservar su estatus social, aumentando este si lograba adquirir la condición de miembro del cabildo secular. Estos cargos, como hemos reiterado, conllevaban un alto grado de prestigio a los ojos de sus convecinos. Además de ciertos privilegios y preeminencias protocolarias, el ser miembro del cabildo les proporcionaba española (adjudicaban terrenos a sus familiares y amigos, incluso a ellos mismos, sobre todo en las cercanías de la capital).16 Dada la escasez de moneda corriente y la débil economía de La Española en estos años, a veces los regimientos y otros oficios vendibles del cabildo de Santo Domingo no encontraban comprador, y era el presidente-gobernador quien proponía sus candidatos al Consejo de Indias, y en ese caso, también recurría a miembros destacados de la sociedad insular, alejándose de este modo cada vez más del inicial carácter democrático de los cabildos castellanos. Pese al poder que a través de la institución capitular ostentaba la oligarquía criolla hispanodominicana se la puede considerar pobre comparada con las de los cabildos de ciudades como México, Guanajuato, Lima o Potosí, pero dentro de La Española siguen gozando de las características de este fenómeno social que convierte en élite a este escogido grupo humano con conciencia propia de su condición privilegiada aún dentro de la relativa pobreza, si se compara su situación con la de los restantes moradores de la colonia. Otro requisito que se exigía para ser regidor era la honorabilidad, y una moral “virtuosa”, pero como tantas otras normas incluso leyes, en Indias, difícilmente se cumplía con rigor, y en ocasiones, no se cumplía en absoluto. Tal sucede en el caso de regidores que hicieron fortuna dedicándose a la usura y aun al comercio ilícito. Entre estos, merece análisis especial la figura de don Rodrigo Pimentel, capitán de milicias, teniente XX Coloquio de Historia Canario-Americana 312 de gobernador por breve período de tiempo, regidor perpetuo, disponía a su antojo del situado, sumas incluso a la Real Hacienda. Procesado entre 1658 y 1660, sus bienes fueron embargados, fue condenado y enviado a la Corte junto con el otro acusado, el presidente-gobernador Zúñiga., pero sorprendentemente volvió de la metrópoli libre y con más poder que antes del procesamiento y destierro, reintegrándose a su vida normal en la capital dominicana. Reunió con sus argucias la mayor fortuna de La Española. Descendiente del contador don Álvaro Caballero, fundador y protector del convento de Santa Clara, como lo fue el mismo, don Rodrigo Pimentel, ya en su vejez entró en religión para escapar de los rigores de la justicia.17 Fueron muy frecuentes las quejas de los munícipes ante la Corona o el Consejo de Indias por no ver sus privilegios y preeminencias respetados por los miembros de la Audiencia, en cuestiones que nos parecen ahora intranscendentes, como ocupar los lugares de honor en ceremonias civiles o religiosas. Esta situación de enfrentamiento era común a todos los cabildos de las ciudades en las que tenía sede una Audiencia. En 1683, encontramos uno de los muchos casos de situaciones de fricción entre el cabildo secular y otras autoridades, en esta ocasión por causa del protocolo. La corporación municipal solicita al monarca, poder seguir gozando del privilegio de recibir la comunión el Jueves Santo, en la catedral, con la espada ceñida, ya que se les había prohibido desde el sínodo de 1683 (ningún seglar podría hacerlo, excepto los caballeros de las órdenes militares).18 Los miembros del cabildo de la ciudad de Santo Domingo llevaban los apellidos más ilustres de la isla. En la segunda mitad del siglo XVII, los Oviedo, Bastida, Torquemada, Cáceres, Quero, Pimentel, Jaén, Fernández de Castro, Castellano, Girón, Aliaga, Ponce de León,… integrados todos ellos de la institución que nos ocupa, se hallaban en la cúspide de la escala social, por su linaje, ya que el poder económico lo disfrutaron solo en la primera mitad del siglo XVI, con el auge de los ingenios azucareros y cuando las comunicaciones con la metrópoli eran mucho más fluidas. La mayoría de los cargos del cabildo eran compatibles con el de regidor, dentro del concejo, y una de las posibilidades que hacía este cargo más deseable era la de poder manejar en su propio beneficio o en el de sus allegados lo relativo a la propiedad de la tierra, en particular los terrenos de las proximidades de la capital. Se concentran en las manos de esta oligarquía y de sus allegados las propiedades más importantes. A partir del análisis de las cartas del cabildo dominicano comprobamos que los apellidos de sus componentes se repiten, unas cuantas familias de las más destacadas, acaparan el cabildo, pasando los cargos de padre a hijo, o a otros familiares, mediante el sistema de venta y renuncia. Establecían redes familiares concertando matrimonios entre los miembros de la oligarquía o élite, para preservar su estatus, adquirir más riquezas, mantener los cargos públicos dentro del mismo grupo social e incluso familiar. En el XVII se dan bastantes casos de apertura de esta élite capitalina a nuevos miembros, algunos de ellos peninsulares, como los integrantes de la Audiencia, los familiares de estos o militares de graduación. A los primeros, jueces, fiscales, oidores, así como a los más altos funcionaros de la Corona, no les estaba permitido contraer matrimonio con los naturales, aunque quebrantaron esta norma en bastantes casos. Más raramente, se introdujo de esta misma forma en la élite capitalina algún peninsular que otro, llegados posteriormente pero que habían logrado reunir una fortuna considerable, sobre todo en el comercio. Estos usos y sus consecuencias, se reflejan claramente en la composición del cabildo. En la primera etapa de este instrumento del gobierno colonial los regidores y demás componentes del cabildo eran nombrados por la Corona o por el Consejo de Indias. Como apuntábamos anteriormente, pronto los cargos capitulares se adjudicaron mediante elecciones, después fueron los mismos regidores los que designaban a sus sucesores y en las últimas décadas del siglo XVI surgió la posibilidad de la compra o beneficio de determinados oficios. Esto se hizo oficial, los de carácter político en 1606, y los de gobierno, en 1674, en cumplimiento de sendas cédulas reales que pretendían paliar la grave crisis económica que padecían los Austrias menores.19 Una muestra de la constante presencia de la élite en el cabildo secular dominicano entre 1650 y 1700, la constituye la repetición de los apellidos Cáceres y Carvajal, de ascendencia noble, llegados desde Extremadura, que a lo largo del siglo XVII aparecen reiteradamente como miembros del cabildo secular de Santo Domingo. Alonso de Cáceres Carvajal y Ovalle llegó a ser alférez real (desde 1635), por renuncia al cargo de su padre, Diego de Cáceres Carvajal, quien también fue regidor y alcalde de la Santa Hermandad. El Cabildo de Santo Domingo… 313 Se casó con Francisca Pimentel, hija de Alvaro Pimentel, renunció a su vez al oficio de alférez real en 1667, a favor de Alonso de Jaque Carvajal. Este, según Utrera fue capitán, “soldado muy benemérito”. También era regidor del cabildo de Santo Domingo. Miembro de la misma familia fue también Francisco Facundo de Carvajal, hijo ilegítimo del ya citado Diego de Cáceres Carvajal, ocupó los cargos de escribano de provincia, (1640), público (1643), de cámara (1647), del cabildo secular (1652-1653) y de las Reales Cajas (1657). Casó con doña Ana Jerónima de Quiñones y murió en 1676. Los apellidos de las esposas de Alonso de Cáceres y de Francisco Facundo de Carvajal, Pimentel y Quiñones formaban parte de la lista de cabildantes de Santo Domingo a lo largo del siglo XVII.20 SAN CARLOS DE TENERIFE, PRIMER MUNICIPIO CANARIO EN AMÉRICA La llamada contribución de sangre, migración oficialmente organizada desde las islas Canarias a las Indias, se inició en La Española en 1684, con la llegada de 97 familias tinerfeñas al puerto de Santo Domingo, en el navío San Joseph, del que era propietario y capitán el sevillano Ignacio Pérez Caro.21 A 1663 se remonta el primer proyecto de repoblar La Española con colonos de aquellas islas, obra del gobernador del archipiélago canario, Benavente y Quiñones. No se llevó a cabo, pero sirvió de simiente para futuros logros.22 En la segunda mitad del siglo XVII se dieron una serie de condicionamientos que determinaron las relaciones entre Canarias y el Nuevo Mundo. Tanto Tenerife, como La Palma o Gran Canaria veían en los puertos caribeños la única esperanza de dar salida a sus exportaciones, fundamentalmente de vino y aguardiente, una vez que habían casi perdido el mercado inglés, su principal comprador desde el siglo XVI y que en el último tercio del citado siglo apenas consumían sus famosas malvasías, muy apreciadas en la corte inglesa.23 Este fue uno de los motivos de que se pensase como solución en el trasvase humano desde Canarias al Caribe. Una real cédula de 16 de mayo de 1650, renovó a las Canarias la licencia para comerciar con América24. En 1678, quedó25 establecido que en los barcos que transportasen los productos del archipiélago para ser vendidos en Santo Domingo y otros puertos caribeños, embarcasen cinco familias canarias por cada 100 toneladas de mercancías Ese mismo año según Morales Padrón,26 en un memorial al Consejo de Indias, por Bernabé Tamariz, se exponían las difíciles condiciones en que se encontraba la población del archipiélago canario, empobrecida y aislada, con su tráfico naval disminuido notablemente, lo poco que producían sus tierras, no se podía casi exportar. Esta situación provocó el aceleramiento de los planes que había iniciado Quiñones, que coincidía con los intereses de La Española y respondía a su necesidad de repoblación, tras las consecuencias de las devastaciones de Osorio, a las que se sumaron las catástrofes naturales que asolaron la isla caribeña entre 1651 y 1673.27 En particular la desaparición de un gran número de esclavos, principal mano de obra en ingenios, hatos y estancias, víctimas de repetidas epidemias, fue una de las razones para trasladar a la isla a agricultores canarios. A su vez la motivación de estos, como adelantábamos, fue la crisis económica que atravesaban; escasez de tierras para cultivar, malas cosechas que arruinaron a pequeños agricultores, unido a epidemias, sequía y hasta una plaga de langosta. La población, excesiva para los escasos recursos con que contaban se estimaba en unos cien mil habitantes en1678.28 Después del intento de Benavente y Quiñones hubo otro proyecto para llevar cien familias canarias a Santo Domingo, a cargo del capitán Mateo de Palacios, que tampoco prosperó. La Corona y el Consejo de Indias continuaron con la idea de repoblar zonas del Caribe con colonos canarios, entre ellas La Española. Las mayores dificultades que obstaculizaban los planes de repoblación eran el reclutamiento de las familias en sus lugares de origen y el enorme gasto que suponía para la Real Hacienda su mantenimiento desde el momento en que se reclutaban y la llegada a su destino. La nueva licencia concedida al comercio canario con el Caribe en 1678, como ya apuntábamos, entre otras condiciones establecía que por cada cien toneladas se debían embarcar cinco familias: … y a la parte que fueren con sus navíos, concediéndoles la inmunidad y privilegio de no pagar alcabala ni otro impuesto los diez años primeros, haziéndoles todo el buen pasage y acogida que fuere posible, para que con la noticia que desto volviese a las XX Coloquio de Historia Canario-Americana 314 islas de Canarias apeteciesen otros hacer el mismo viage y que los vinos y otros frutos de la tierra que se cargasen en los navíos que han de ocupar las dichas seiscientas toneladas, fuesen libres de averías… Insistiendo en las dificultades que entrañaba el reclutamiento de colonos, subrayaremos que en 1681 solo una familia había embarcado hacia Santo Domingo en el navío Jesús, María y Joseph. En Canarias, incluso los obispos desde sus púlpitos habían difundido las exenciones de tasas y otras ventajas y privilegios que se ofrecían a los futuros repobladores. Hasta 1682 no hay noticias de que se llevase a la práctica el transporte de un grupo considerable de colonos a Santo Domingo. Según certificación expedida en La Laguna el 20 de marzo de 1683, se trató entonces de diez familias tinerfeñas, desconocemos donde se asentaron a su llegada a la isla, parece que se dispersaron en varias poblaciones, en las que recibieron ayuda de los lugareños. Finalmente, sería el capitán Ignacio Pérez Caro quien consiguiera transportar por primera vez un contingente considerable de labradores tinerfeños a La Española. Había logrado reclutar 97 familias que sumaban un total de 552 personas. Recibió un socorro de cuarenta reales por cada una de ellas y otros cuatro reales por el portazgo de sus ropas, también por cabeza. Los gastos del reclutamiento por los pueblos, el alojamiento en Santa Cruz a la espera de zarpar, alimentación y otros en los largos meses que duró la espera, ascendieron a 27.500 reales. Los 552 miembros de las familias que se contabilizaban al enrolarse, antes de salir se habían reducido a 543, ya que cinco murieron y cuatro no comparecieron. El 6 de diciembre del mismo año desembarcaron del navío San Joseph en Santo Domingo. Se entregó a los colonos canarios, en conjunto, veinticuatro azadas, otras tantas hachas de dos manos y veintinueve marranos. Con los hombres se formó una compañía, al modo de milicias dado su carácter civil y se les dio treinta y dos pesos de a ocho reales de plata con el fin de cubrir sus primeras necesidades. Por estas fechas, de los 543 colonos que salieron de Canarias solo quedaban 528. Poco alivio supuso esta entrega para la penosa situación a la que el grupo de canarios se enfrentó a su llegada a La Española y durante los primeros años de su establecimiento en la isla. No resultó ser esta la tierra prometida con la que habían soñado al dejar su archipiélago. El primer asentamiento de los canarios, en los terrenos que les asignaron, se levantó en la zona del Higüero o Higüerito, a seis leguas de la capital. Resultó un lugar húmedo e insalubre. Fue esta la primera localización del pueblo al que llamaron San Carlos de Tenerife, en honor del monarca español reinante, y de la isla de donde procedían.29 Apenas tenían recursos para sobrevivir y pronto una epidemia de viruelas acabó con la vida de 126 de ellos. Pese a la oposición del cabildo de Santo Domingo, consiguieron establecerse en su asentamiento definitivo, en un padrastro o pequeña colina junto a las murallas de la ciudad. Una de las primeras acciones que llevaron a cabo los canarios fue la de constituir un cabildo que rigiera y organizara la nueva población, que defendiera sus derechos y resolviera comunitariamente los problemas que surgieran. Por su parte, el cabildo capitalino, deseaba la distribución de los colonos entre los barrios de San Antón, San Miguel y San Lázaro, como se exponía en noviembre de 1685, en carta al rey. Mostraban los capitulares su contrariedad, ocultándola con el pretexto de buscar el bienestar de los isleños.30 En realidad no querían perder el control de las tierras que rodeaban Santo Domingo y para este propósito constituía un obstáculo la recién erigida población de San Carlos con los terrenos que el gobernador Robles, por orden real, les adjudicó. La fundada por los isleños fue la única localidad del contorno de la capital que contó con jurisdicción y cabildo propio. Haciéndose eco de los deseos de la Corona de proteger a los colonos tinerfeños, el presidente-gobernador y capitán general Robles, arbitró un medio de ayuda para ellos consistente en aplicar lo recaudado mediante el tributo de la sisa de la carne o renta de la res a mitigar las necesidades de los isleños.31 Robles también dedicó parte del importe de la citada sisa a reparar los cajas para arcabuces y mosquetes, deterioradas por la acción del comején y a otros gastos de carácter militar...32 En 1692 continuaba en vigor este tributo y según consta en los libros de cuentas de los oficiales reales de Hacienda de Santo Domingo, se seguía aplicando a la ayuda de las familias canarias de San Carlos. El cabildo de la capital, por medio de su procurador en la corte, Francisco Franco de Torquemada, solicitó del rey, dada la situación de extrema pobreza, la exención del pago de la sisa de la carne. Esta carga que recaía sobre los vecinos de la ciudad constituía un motivo más para que estos pidieran la El Cabildo de Santo Domingo… 315 desaparición del cabildo sancarleño y su población, que deseaban se distribuyese en distintos barrios de aquella y en otras poblaciones de la isla. Los munícipes de la capital, como representantes de los vecinos de esta se opusiesen a la continuidad del establecimiento de los canarios, ya que no querían que ocuparan unos terrenos tan próximos a la ciudad y que consideraban de su propiedad, aunque los tuviesen sin explotar. La realidad es que, cumpliendo órdenes del monarca, el gobernador don Andrés de Robles, en 1689, tramitó la compra de los terrenos sobre los que se levantó en su segunda fundación la villa de San Carlos de Tenerife. Esta transacción se confirma con la publicación efectuada por el historiador dominicano González de Peña sobre este tema. Da noticia de la existencia de dos cartas de venta incluidas en un expediente formado por el oidor y juez de realengos R.V. de Luyando, en 1767.33 Estos documentos de venta corresponden al año 1689, cuando se formalizó la compra por la Real Hacienda, aunque consta en uno de ellos que en esa fecha ya llevaban tiempo los colonos canarios asentados en esas tierras. El primero de los terrenos, de dos caballerías de extensión, se hallaba en la parte inmediata a la muralla, por la llamada puerta de Lemba, hasta la sabana por el oeste. Su propietario había sido el ya citado regidor y personaje más destacado de la colonia en gran parte del siglo XVII, Rodrigo Pimentel, de quien lo heredó Esteban de los Santos, quien a su vez lo vendió a la Real Hacienda en 1689. El otro terreno, de una caballería, perteneció al capitán Juan de Vera y fue comprado por la Compañía de Jesús, la cual, representada por su superior en Santo Domingo, el padre Francisco Cortés, lo vendió para el mismo fin que el primero. En este último documento se hace referencia a que los vecinos de la villa de San Carlos ya estaban labrando las tierras cedidas. Continúa González de Peña exponiendo el precio pagado por los citados terrenos; 25 pesos por caballería. No se les permitía a los canarios cultivar las tierras ni levantar sus casas en la zona comprada más próxima a las murallas, lo que originó repetidas quejas por parte del cabildo sancarleño. Sin embargo sí estaban cultivando las tierras del Alto de las Tres Cruces. Incluye este trabajo del citado historiador dominicano la transcripción del primero de los documentos, la escritura fechada el 12 de agosto de 1689 y firmada por el escribano público Antonio de Ledesma. En ella el último propietario, Esteban de los Santos afirma que la vende: … para Su Magestad, (que Dios Guarde) y para la población de San Carlos de Tenerife, extramuros de esta ciudad es a saber: dos cavallerías de tierra, los hornos de quemar cal y una noria de agua…; …cuyos linderos son desde la puerta y muralla que se ha desbaratado y que llaman de Lemba, toda la muralla así al poniente hasta dar a la sabana y por la parte de arriba las estancias contiguas según que más largamente consta y parece de las escrituras antiguas que mencionan los linderos… Para González de Peña, la localización actual del barrio de San Carlos es posible gracias a los linderos descritos en estas escrituras.34 La supervivencia de la villa de San Carlos de Tenerife desde su creación hasta los inicios del siglo XVIII estuvo plagada de obstáculos y dificultades, originadas por las maquinaciones y la presión que sobre los isleños ejercían los miembros del cabildo capitalino, representantes de la élite hispanodominicana. Rechazaban estos, así como los vecinos más destacados de la capital, la presencia tan próxima de un pueblo de labradores blancos, pobres, con su propio cabildo para la defensa de sus intereses ante la Corona. Pese a su oposición a los canarios asentados en las proximidades de la ciudad de Santo Domingo, pronto se hizo necesaria, o al menos muy útil, para los primeros, la presencia de los isleños, al convertirse estos en sus principales, y casi únicos, proveedores de alimentos y leña. El 18 de mayo de 1688, el cabildo de San Carlos de Tenerife, en carta al monarca Carlos II, exponían las dificultades extremas que padecían los supervivientes de las familias canarias llegadas en 1684 y a las que los vecinos de Santo Domingo solo habían podido proporcionar una ayuda de coste de dos pesos por cabeza y sustento durante dos meses, ya que también ellos se encontraban casi sin recursos. Los colonos tenían capellán, Jacinto Rodríguez de Torquemada, que les había asistido durante la epidemia de viruelas, sin cobrar la congrua, llevando a los hospitales a los afectados y llegando él mismo a caer enfermo durante cuatro meses, pero seguían sin medios para construir su iglesia. Presidía el citado cabildo en aquella fecha Juan Díaz Peña, en calidad de alcalde ordinario, Antonio Hernández Betancourt y Pedro XX Coloquio de Historia Canario-Americana 316 Hernández Márquez como regidores y Luis Pérez como procurador. El 27 del mismo mes era el gobernador Robles quien informaba al Consejo de Indias sobre la situación de los fundadores de San Carlos, exponiendo que disponían de buenas labranzas y que se esperaba la llegada de una nueva remesa de colonos.35 Desde Las Palmas, llegó el 12 de abril de 1689 un navío de registro propiedad de Miguel Jorge Roncales que en principio tenía como destino La Habana y transportaba 20 familias canarias, que por real orden se destinaron a aumentar la población de San Carlos. El buque llegó en tan malas condiciones que tuvo que quedarse en Santo Domingo y para cumplir su registro, se fletaron el 14 de abril unas balandras que llevaron a La Habana los caldos y el aguardiente procedentes de Canarias. El gobernador Robles distribuyó las familias recién llegadas entre los vecinos de San Carlos, entregándoles 300 pesos (tres pesos por cabeza), aportados por la ciudad, la tierra y tres herramientas (hacha, marraco y azada) a cada uno, con lo que “quedaron gustosos y empezaron a sembrar su maíz y yuca que cogerán ahora”. En 1693, el cabildo de San Carlos disponía de dos alcaldes ordinarios, Cristóbal Infante y Bartolomé González; un alguacil Mayor, Juan Alfonso; un procurador, Baltasar Hernández y varios regidores; Juan Rodríguez de la Cruz, Juan García Lagumbres (sic), Juan Díaz de la Peña, Juan Delgado Perdomo y Antonio Hernández de Betancurt. Todos ellos aparecen en las listas de los que embarcaron en Tenerife en 1684.36 Los miembros del cabildo de San Carlos protestaron ante el monarca por haberles obligado el gobernador Robles a trabajar en la construcción de dos baluartes, por lo que tenían sin atender sus cultivos y perdiéndose sus sementeras. También por el mismo motivo se retrasó la construcción de una iglesia de madera. Todo ello lo denunciaron en el juicio de residencia de Robles, y este resultó condenado a pagar a los isleños 400 pesos para la compra de sierras.37 Ya en 1699 el oidor Araujo y Ribera exponía en un informe dirigido al rey las infundadas pretensiones de los capitalinos referentes a la propiedad de las tierras que sin fundamento legal decían ser de su posesión y que cultivaban los colonos recién llegados y que: …habiéndolo hecho sin contradicción de persona alguna que tuviera derecho, en un pedazo de terreno inculto, después de poblado y que se experimentó que con su trabajo lograban muy buenos frutos, los inquietaron (los del cabildo de Santo Domingo) con diversos litigios sobre la propiedad de la tierra…38 Además de la posesión y explotación de la tierra, que los habitantes de Santo Domingo representados por su cabildo y alegando inexistentes derechos de propiedad, reclamaban a los canarios, quienes la cultivaban por expreso deseo y orden del monarca, otra cuestión causaba la animadversión de los capitalinos y provocaba enfrentamientos entre ambos cabildos. Era esta el peligro que afirmaban suponía para la posible defensa y seguridad de la ciudad de Santo Domingo el valor estratégico que tenía, en caso de ataque enemigo, la zona en la que se había erigido la villa de San Carlos, en un promontorio o padrastro susceptible de ser tomado por posibles fuerzas invasoras con cierta facilidad y que se hallaba junto a la puerta grande de la muralla, pero más elevado que esta. Esta situación se prolongó en un serio intento del gobernador Guillermo Morfi, en la primera década del nuevo siglo, que alegaba que el pueblo de los isleños “a un tiro de arcabuz de las murallas de la ciudad”, constituía una fuerte amenaza para la seguridad de aquella. Proyectaba Morfi que los vecinos de San Carlos lo abandonasen y fuesen a vivir a otro lugar por el Haina, y también intentó sobornar, lográndolo en unos pocos casos, a los canarios para que se integrasen en la ciudad o incluso les ofreció plaza en el presidio. El cabildo de San Carlos protestó ante el monarca, alegando entre otras razones que no podían así atender a sus labranzas, ni al cuidado de su iglesia.39 En esta situación se encontraban los habitantes de San Carlos al finalizar el siglo, coincidiendo con la muerte sin descendencia de Carlos II y el comienzo de la guerra de sucesión que llevaría a los borbones al trono de España. Contaban los canarios con pocos recursos, eran conscientes de la realidad encontrada en La Española distaba mucho de la que se les había prometido, pero estaban ya organizados y formaron una comunidad con carácter propio y bien definido, conservando sus costumbres y aún en el San Carlos actual prevalece buena parte de su El Cabildo de Santo Domingo… 317 herencia cultural. Demostraron gran capacidad de sacrificio, espíritu de trabajo y tesón. Algunos de ellos se establecieron en la capital, pero la mayoría continuaron en San Carlos. Para concluir, señalaremos algunas diferencias y similitudes entre ambos cabildos, destacando en primer lugar la singularidad de su proximidad. Recordemos que hoy es San Carlos un barrio más de la capital, aunque conservó su rango de municipio independiente hasta 1911. Mientras el cabildo secular de Santo Domingo funcionaba como tal desde el siglo XVI, el de los isleños se creó en los postreros años del siglo XVII. Los miembros del primero pertenecían en su mayoría, por no decir todos, a la élite de la sociedad dominicana, eran blancos en su mayoría, (no hay prueba documental, pero pudo haber habido algún mulato, dado la proporción tan elevada que había ya en la sociedad dominicana a fines del XVII) criollos y los más pudientes de ellos acumulaban las escasas fortunas de la isla. Como ya hemos dicho, pertenecían por lo general a las familias de mayor raigambre y linaje, desde los primeros años de la colonia salvo excepciones. Los isleños eran agricultores o ejercían oficios relacionados con el cultivo de la tierra y demás labores del campo, como labradores, herreros, etc. Aunque mantuvieron una considerable endogamia, también mezclaron su sangre con los hispanodominicanos, pero mantuvieron firmemente su carácter de comunidad eminentemente blanca, no por racismo, sino por conservar y reafirmar su identidad. A modo de testimonio, citemos tan solo un apellido, entre bastantes otros posibles, como ejemplo de continuidad y de enraizamiento de los canarios en la sociedad dominicana, el de los Fiallo, o Rodríguez Fiallo, de origen lagunero, llegados en la primera remesa de colonos de 1684.40 XX Coloquio de Historia Canario-Americana 318 BIBLIOGRAFÍA AVELLÁ VIVES, J. (1934). Los cabildos coloniales. Madrid. BAYLE, C. (1952). Los cabildos seculares en la América española. Madrid. BETHENCOURT MASSIEU, A. (1991). 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I, pp. 705-716; PAREDES VERA (1994), “El almirante Pérez Caro y la fundación de San Carlos de Tenerife en La Española”, en vol. 3, Actas del V Congreso Internacional de Historia de América, Granada, Diputación Provincial de Granada, pp. 323-342. Pérez Caro llegó a comprar el título de gobernador de La Española y fue nombrado almirante en recompensa por sus servicios. Véase también HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (2008), pp. 169-175; MORALES PADRÓN (1951), vol. 8. MORALES PADRÓN (1976), pp. 210-291. 2 MURO OREJÓN (1960), nº. 20, vol. 1, pp. 69-85. 3 TORRES AGUDO, R. (2011), pp. 75-108. Única monografía sobre el cabildo dominicano. Incluye datos sobre el cabildo indiano en general, composición, funcionamiento, se ocupa en especial del comportamiento de la élite capitular. 4 ORTIZ (2007), p. 18. 5 ZAPICO (2007), pp. 233-234. 6 ORTIZ (2007), p. 16.17. 7 Sobre la venta y renunciación de cargos en el siglo XVII, véase SANZ (2000), pp. 161-180; SANZ (2007). Entre los oficios electivos estaban los de los alcaldes ordinarios, los de la Santa Hermandad y el de procurador general. Los vendibles eran el de alférez real, regidores, el fiel ejecutor, el depositario general y el escribano del cabildo. 8 Sobre funcionamiento, composición y diferentes aspectos de los cabildos americanos; AVELLÁ VIVES (1934); BAYLE (1952); CAÑO (2009). 9 OTS CAPDEQUÍ, J. M. (1937). El régimen municipal hispanoamericano del período colonial, Valencia, p. 353 y Estudios del Derecho Español en las Indias, Bogotá, 1940, p. 187. De las normativas de esta institución trata el libro V de la Recopilación de Leyes de los Reinos de Indias, título III, (1680). 10 GONZÁLEZ (1994), pp. 26-28. 11 GONZÁLEZ (1994), pp. 62-80. 12 BAYLE (1952), pp. 225-251; AVELLÁ VIVES (1934), pp. 91-95. 13 GONZÁLEZ (1994), pp. 60-61. 14 BAYLE (1952), pp. 207-223; AVELLÁ VIVES (1934), pp. 87-91. 15 HEREDIA.HERRERA (1977), Vol. XXXIV, pp. 65-95. Consulta obligada para comprender el destacado papel que este tipo de documentos desempeña en el estudio de la institución de gobierno que nos ocupa, dada la ausencia de fuentes directas (actas y ordenanzas del cabildo). 16 GUTIÉRREZ (1984) pp. 61-62. 17 Este personaje, quizás el que aparece más repetidamente en los documentos de su época, ha sido ampliamente tratado en UGARTE (1998), vol. II, pp. 66-110; HERRERA (1995); Sobre actividades de contrabando y alianzas de R. Pimentel con diversas autoridades, usura, datos biográficos y otros, véase PEÑA PËREZ (1985), pp. 178, 248-250, 252-255 y 260-267. 18 RODRÍGUEZ MOREL (2007), vol. LXXX, Archivo General de la Nación, vol. XXXIV, pp. 406-407. En esta recopilación de cartas del cabildo al rey, fechadas entre 1580 y 1691, 51 corresponden al período que tratamos; en ellas predominan las peticiones de exención de impuesto o prórroga de las ya vigentes, incluso , de premios o concesión de mercedes, para los munícipes firmantes o para algún familiar, o sobre la compatibilidad de ciertos cargos del cabildo con otros como los del presidio, o solicitando mejoras en defensa de la plaza, como la continuación de las obras de la muralla o el arreglo de la plataforma del puerto, entre otros asuntos. 19 SANZ (2007), pp. 33-34; SANZ (2009). Incluye la venta del gobierno-presidencia de Santo Domingo, por 32.000 pesos, a Ignacio Pérez Caro quien también fue nombrado almirante por la Corona. 20 FERRER (2011), pp. 23-29, 31-32. Desde el siglo XVI, se encuentran los apellidos de este linaje extremeño en Santo Domingo. El primer Alonso de Cáceres, que pasó a Indias como criado de fray Alonso de Angulo (AGI, Contratación, 5537. L. 3 f. 4c; apud FERRER) y más tarde el segundo arzobispo de Santo Domingo, fray Andrés de Carvajal que llevó con él a sus hermanos Pedro y Alonso de Cáceres Carvajal. 21 PAREDES (1994), pp. 329-331. Lista de familias transportadas a Santo Domingo por Ignacio Pérez Caro; refleja las bajas que ya se habían producido a poco más de un mes de su llegada; contabilizan 95 familias, (512 personas, en 329-331. AGI, Contaduría 1060, Auto del presidente-gobernador Andrés de Robles, Santo Domingo, 25 de enero de 1685. Aún no habían pasado dos meses de su llegada a la isla y ya se habían producido bajas entre los colonos canarios. 22 PAREDES VERA (1983). 23 BETHENCOURT (1991), pp. 77-79 y 87-91. 24 MORALES PADRÓN (1955); pp. 167-196; PERAZA DE AYALA (1977), pp. 19-20. 25 Sobre funcionamiento, composición y diferentes aspectos de los cabildos americanos; AVELLÁ VIVES (1934); BAYLE (1952); CAÑO ORTIGOSA (2009). 26 MORALES PADRÓN (1951) p. 399. 27 UTRERA (1995), pp. 363-364. 28 AGI, Santo Domingo, 875, I. 29 GUTIÉRREZ ESCUDERO (1994), p. 462. 30 HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (2008), pp.170-171. El Cabildo de Santo Domingo… 321 31 PAREDES VERA (1994), pp. 332-333; Libro de Cuentas de los oficialrs reales de Hacienda, (entradas), AGI, Contaduría 1069. 32 AGI, SD 92, don Andrés de Robles al rey, 23 de marzo de 1688, Contaduría 1069 aplicación del producto del impuesto de la sisa de la carne. 33 GONZÁLEZ DE PEÑA (2011), pp. 56-59. 34 GONZÁLEZ DE PEÑA (2011), p. 57-58 y AGI,SD, 978, nº. 6; Carta de venta otorgada por Esteban de los Santos, vecino de Santo Domingo. SD, 12 de agosto de 1689. 35 HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (2008), pp.171-172. 36 PAREDES (1994), pp. 329-331; del cabildo de la villa de San Carlos de Tenerife con indicación del , número de familiares que les acompañaban a su llegada a Santo Domingo, en diciembre de 1684; Cristóbal Infante, con su mujer y cuatro hijos (tres varones y una hembra).—Bartolomé González Viera y seis hijos (un varón y cinco hembras). —Juan Alonso con su mujer y cuatro hijos (un varón y tres hembras). —Baltasar Hernández con su mujer y cinco hijos (un varón y cuatro hembras). —Juan Rodríguez de la Cruz con su mujer y cuatro hijos (dos varones y dos hembras). —Juan García Legume, con su mujer y dos hijos (un varón y una hembra). —Juan Díaz, con su mujer y un hijo varón. —Juan Delgado Perdomo con su mujer, cuatro hijos (tres varones y una hembra) y un sobrino. —Antonio Hernández de Betancurt con su mujer y siete hijos (tres varones y cuatro hembras). 37 AGI, Santo Domingo 91. 38 GUTIÉRREZ (1992), p. 712; HERNÁNDEZ (2008), pp. 175-176. 39 HERNÁNDEZ. (2008), p. 180. 40 PAREDES (1994), p. 329.
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Título y subtítulo | El Cabildo de Santo Domingo en la segunda mitad del siglo XVII y creación del cabildo de San Carlos de Tenerife en la Española = The town Council of Santo Domingo in the second half of the 17th Century and creation of the Council of San Carlos de Tenerife |
Autor principal | Paredes Vera, María Isabel |
Publicación fuente | XX Coloquio Historia canario - americana |
Numeración | Coloquio 20 |
Sección | Seminario Canarias-Sevilla-América |
Tipo de documento | Congreso y conferencia |
Lugar de publicación | Las Palmas de Gran Canaria |
Editorial | Cabildo Insular de Gran Canaria |
Fecha | 2012 |
Páginas | pp. 0307-0321 |
Materias | Congreso ; Historia ; Canarias ; América ; Cabildos ; Siglo 17 ; Santo Domingo |
Enlaces relacionados | http://coloquioscanariasamerica.casadecolon.com/ |
Copyright | http://biblioteca.ulpgc.es/avisomdc |
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Texto | 307 EL CABILDO DE SANTO DOMINGO EN LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO XVII Y CREACIÓN DEL CABILDO DE SAN CARLOS DE TENERIFE EN LA ESPAÑOLA THE TOWN COUNCIL OF SANTO DOMINGO IN THE SECOND HALF OF THE 17TH CENTURY AND CREATION OF THE COUNCIL OF SAN CARLOS DE TENERIFE ON HISPANIOLA Mª Isabel Paredes Vera RESUMEN En las últimas décadas del siglo XVII, el cabildo de Santo Domingo era la más poderosa institución de gobierno local en La Española y la mayoría de sus miembros procedían de la élite criolla hispanodominicana. En respuesta a la política de repoblación de la Corona, un grupo de familias canarias llegó a la isla a fines de 1684 y fundó la villa de San Carlos de Tenerife en las proximidades de la capital. En 1685 su cabildo estaba ya constituido. Analizamos algunos aspectos de ambos cabildos, insistiendo en sus difíciles relaciones, y especialmente en las razones que empujaron a los regidores de Santo Domingo a solicitar al rey, sin lograrlo, el desalojo del asentamiento canario. El cabildo de San Carlos funcionó hasta 1911 y hoy en día la villa sancarleña es un barrio de la capital dominicana. PALABRAS CLAVE: cabildo, Santo Domingo, colonos canarios, San Carlos de Tenerife. ABSTRACT In the closing decades of the 17th century, the town council of Santo Domingo was the most powerful institution of local government on Hispaniola, and the majority of its members came from the creole elite. In response to the Crown´s policy of repopulation, a group of Canary families came to the island at the end of 1684 and founded the village of San Carlos de Tenerife near the capital. In 1685 the council was already constituted. We analize some aspects of both cabildos, emphasizing their difficult relationship and especially the reasons that led the Santo Domingo aldermen to ask the king, without success, to order the colonists to leave their settlement. San Carlos´ council functioned until 1911 and today the village is a neighborhood of the Dominican capital. KEYWORDS: Town council, Santo Domingo, San Carlos de Tenerife, Canary colonists. En un siglo, el XVII, en el que la decadencia y la crisis económica, agravadas por epidemias, descenso demográfico y guerras en diversos puntos del Imperio azotaban a la Corona de España, la isla de La Española padecía aún en mayor grado casi los mismos males que la metrópoli. Dentro de este marco cronológico analizaremos algunos aspectos de dos de las instituciones que destacan, por diferentes razones, en el gobierno insular, el cabildo de la ciudad de Santo Domingo, principal núcleo urbano de la colonia y el de la pequeña villa de San Carlos de Tenerife, fundada por los componentes del primer grupo de emigrantes canarios llevados a la isla caribeña en 1684 por el capitán y comerciante sevillano Ignacio Pérez Caro.1 Con raíces en la Castilla medieval, que para algunos se remontan al derecho romano, y aún más allá, al areópago griego, el cabildo es una de las instituciones de gobierno señeras de la época colonial en los territorios españoles de ultramar.2 La Corona llegó a recelar del poder que iban adquiriendo estos organismos a través de las múltiples funciones que desarrollaban, administrativas, de gobierno, y judiciales, entre otras de menor envergadura. Quizás su función más destacada fue la de poder establecer, pese a la lejanía, contacto directo con el rey. El propósito del presente trabajo es realizar un somero análisis, como base de un posterior estudio más amplio, de los referidos cabildos que coexistieron en proximidad geográfica pero con Dra. en Historia de América Profesora-Tutora de Historia Contemporánea. UNED. 29680 Estepona. Málaga. España; Teléfono: +34606647612; Correo electrónico: paredesvera@hotmail.com XX Coloquio de Historia Canario-Americana 308 hondas diferencias entre ambos, durante más de dos siglos. Los fundadores de San Carlos en cumplimiento de un proyecto de repoblación organizado por la Corona. El plan se llevó a cabo de acuerdo con las autoridades de las islas Canarias, donde también se vivían momentos difíciles a causa de la sequía, pérdida de cosechas, escasez de comercio, epidemias e incluso hambrunas, en especial entre los agricultores más desfavorecidos. Haremos hincapié en las difíciles relaciones entre los dos cabildos mencionados, tan cercanos en el espacio y a la vez de tan distintas características y evolución. Realmente se debería hablar más que de relación, en estos últimos años del siglo XVII, de oposición por parte de los capitulares de Santo Domingo a la existencia y expansión del municipio sancarleño al que veían, por motivos, que referiremos más adelante, como un peligro para la propia seguridad y una carga para la economía de los capitalinos. En épocas posteriores, hacia fines del segundo tercio del siglo XVIII, se produjo paulatinamente un acercamiento entre los habitantes de estos municipios. El de San Carlos conservó su carácter de Ayuntamiento independiente hasta 1911.3 En la actualidad constituye un barrio más de la capital dominicana, aunque conserva muchos de sus rasgos culturales propios y sus peculiaridades. NOTAS SOBRE EL CABILDO INDIANO Para el historiador dominicano Dantes Ortiz, los cabildos fueron las entidades más destacadas de todas las instituciones que España legó a América representaban a la comunidad y de esta misma emanó, en principio, su nombramiento; los demás nombramientos, en última instancia, eran obra del rey.4 Su importancia estribaba en su carácter de corporación social dedicada al gobierno de los vecinos, integrada en el complejo entramado jurídico institucional de la monarquía hispánica, con el rey en la cúspide y este delegaba parcialmente su soberanía en los cabildos, otorgándoles como extensión de esa soberanía determinadas funciones,5 y también en el hecho de que podían establecer contacto directo con el monarca. En su remoto origen castellano fueron instituciones democráticas, sus componentes pertenecían al pueblo y trataban de defender los intereses de sus paisanos. En la segunda mitad del XVII poco o nada quedaba de ese inicial carácter democrático en los cabildos americanos. Por la venta de cargos iniciada en el XVI y oficializada en la centuria siguiente los municipios cayeron en manos de una minoría acaudalada (en el caso de Santo Domingo eran muy escasas las grandes fortunas) que podía comprar los oficios públicos.6 Pronto se convirtieron los cabildos en instrumento al servicio de los intereses de las élites, integradas básicamente por los denominados beneméritos, descendientes de los conquistadores y primeros pobladores. A través de ellos intentaban, y lograban por lo general, alcanzar un alto grado de poder y control sobre el resto de la población del municipio, a la vez que mantenían su prestigio, o lo adquirían, en el caso más tardío de los no beneméritos, ascendiendo en la escala social y gozando de ciertos privilegios. Otro factor que reforzó la presencia de individuos de la élite en el cabildo y obstaculizó el acceso del pueblo llano a los cargos municipales, fue el afianzamiento del sistema de venta y renuncia o de beneficios de estos, oficializado con sendas cédulas reales en 1606 (para los cargos de carácter político) y 1674 (los de gobierno).7 Aunque los cabildos indianos fueron organismos que representaban a la comunidad, en la práctica no resultaron ser precisamente un instrumento de la voluntad popular. ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LOS CABILDOS Poseía esta institución municipal atribuciones que podemos distribuir en dos grupos; judiciales, y políticas o de gobierno a nivel local; intervenía en la distribución de tierras vacantes en los alrededores de la población o de solares en el núcleo urbano, lo que constituyó una de las bases más sólidas del poder que llegaron a alcanzar, podía imponer ciertos gravámenes, como la sisa de la carne. El cabildo, como organismo que regía directamente los asuntos administrativos de cada ciudad, reglaba los precios de algunos productos de primera necesidad y controlaba la calidad de los alimentos. Estaba también a cargo de esta institución el orden público y la seguridad local, pudiendo reclutar hombres entre los vecinos e integrarlos en las milicias ciudadanas, para la defensa de la ciudad o de su territorio. Así mismo podía dictar El Cabildo de Santo Domingo… 309 normas de edificación, inspeccionar y controlar los hospitales, el estado de los caminos y el abastecimiento local.8 Eran además obligaciones capitulares organizar los grandes festejos y ceremonias, como entronización de un monarca o recibimiento de un nuevo gobernador, velar por la limpieza y ornato de la ciudad, por el buen funcionamiento de los servicios públicos de la ciudad, como el del agua potable y ocuparse del cuidado de servicios esenciales para la comunidad, entre ellos los de medicina y farmacia. Las funciones políticas que desempeñaba el cabildo secular tenían como origen la costumbre, no la ley escrita. Respecto a su sostenimiento, los cabildos americanos no tuvieron muchos recursos. Contaban para este fin con los propios, que correspondían a los bienes comunales que les pertenecían y cuyo producto se invertía en solventar los gastos de la corporación. Otra fuente de recursos fue la de los tributos o impuestos ordinarios que se dedicaban a sufragar diversos gastos del cabildo y las obras públicas. A los arbitrios, medios extraordinarios de recaudación, recurría la corporación para solucionar problemas inmediatos, tales como las derramas, que el vecindario estaba obligado a pagar. Tarea de los cabildantes era regular el correcto funcionamiento de los asentamientos, lo que en el de Santo Domingo provocó las tensiones con el nuevo cabildo de San Carlos y la oposición a la existencia de este en algunas etapas. A través del cabildo ejercían los vecinos su derecho de representación, solicitando la directa intervención real en asuntos que afectasen a la comunidad. Como ente regulador, además, los cabildos administraban los terrenos fiscales, autorizando su uso comercial. Eran dueños del mercado, el matadero y los basurales y velaban por el funcionamiento de la cárcel pública. COMPOSICIÓN DEL CABILDO SECULAR Generalmente contaban los cabildos indianos con dos alcaldes ordinarios y un número variable de regidores. Los primeros constituían la cabeza del cabildo secular. Administraban justicia en primera instancia, hacían rondas por la ciudad, asumían el gobierno en ausencia o muerte del gobernador y presidían el cabildo en ausencia de aquel o de su teniente. No se hallaba el de alcalde ordinario entre los oficios vendibles. Eran elegidos anualmente por los regidores, y tenían que cumplir ciertos requisitos, como ser vecinos del municipio, mayores de edad, sin deudas con la Real Hacienda ni causas pendientes con la justicia y no ejercer oficios viles.9 Debían someterse al cesar en su cargo a juicio de residencia. Entre sus preeminencias estaba la de ocupar lugares preferentes en los actos públicos y el primer puesto en el recibimiento de los gobernadores. Gozaban del privilegio de conocer en primera instancia de los pleitos que afectasen a los intereses de sus familiares.10 Miembros esenciales de los cabildos indianos, siguiendo a los alcaldes ordinarios, eran los regidores. Se consideraban cargos vendibles y renunciables en los años objeto del presente estudio. Tenían voz y voto en el cabildo, pero si el asunto a tratar se refería a ellos o a su familia, debían abandonar la sesión. Podían desempeñar varios cargos a la vez, excepto el de alcalde. En sus manos se hallaba la administración y cuidado del núcleo urbano. Los requisitos para acceder a la regiduría eran casi los mismos que se les exigían a los alcaldes ordinarios. Además, no se permitiría el acceso al cargo de regidor a los oficiales reales, a religiosos, a los que ejercían oficios viles, tenderos, taberneros y regatones así como a parientes del gobernador o de miembros de la Real Audiencia. Otra prohibición para los regidores era la de remitir cartas al rey sin el conocimiento del cabildo secular. La figura del escribano en los ayuntamientos indianos, trabajo que califican de técnico, era imprescindible, sin él no se podía celebrar cabildo, y estaba obligado a someterse a juicio de residencia al abandonar el cargo. Tenía carácter de vendible y renunciable, y cobraban un salario. Sus funciones eran equivalentes a las actuales de secretario y notario; escribía las actas y las firmaba después de los cabildantes, llevaba el libro de acuerdos, custodiaba el archivo, redactaba licencias para ejercer oficios e industrias, asentaba depósitos, auxiliaba al fiel ejecutor, registraba contratos de compraventas, censos y similares, daba fe de testimonios sobre documentos capitulares, etc. Para optar a una escribanía en el cabildo secular tenían que pasar un examen y el cargo era compatible con el de regidor.11 XX Coloquio de Historia Canario-Americana 310 El procurador de la ciudad defendía los intereses del municipio y de los vecinos. González Muñoz señala que no se deben confundir estos procuradores con los que solían acudir a la metrópoli con sus informes y peticiones. Dado los elevados gastos que tal desplazamiento suponía, tan solo en casos excepcionales se nombraba un procurador comisionado, y podía defender los intereses de más de una población al mismo tiempo, así se repartía el coste del viaje a Madrid y la estancia. Al parecer, en algunas ocasiones el comisionado era algún vecino, que se desplazaba por su cuenta a la metrópoli por algún asunto particular, permitiendo al cabildo ahorrar ese gasto. Las condiciones de acceso al cargo no eran las mismas en todas las poblaciones, aunque sí coincidían en que los oficiales reales no podían ejercer de procuradores12. Un cargo por lo general muy deseado era el de alférez real. Custodiaba y portaba el estandarte del rey en procesiones, ceremonias, festejos y otros actos públicos. Tenía carácter honorífico y entre otros privilegios, tenía voz y voto en el cabildo, gozaba de las mismas preeminencias que los regidores, precedía a estos en asiento y voto, siendo el primero en votar. Sustituía a los alcaldes ordinarios en caso de ausencia o muerte. Si se organizaban expediciones militares, le competía regir la hueste, asignándosele el sueldo de un alférez de campaña. Otro privilegio inherente a este cargo era el de nombrar un sustituto que llevase el pendón por él. Al ser también regidor el alférez real debía someterse a juicio de residencia. Respecto a su provisión, en principio se otorgaba el cargo al regidor más antiguo, pero terminó adjudicándose por subasta.13 Además estaban los funcionarios auxiliares, como el fiel ejecutor. Su misión consistía en controlar pesos y medidas y examinar la calidad de géneros o productos siguiendo las ordenanzas municipales. Portaba vara de justicia; si recaía en una sola persona, tenía voz y voto en el cabildo, cobraba un salario, recibía una parte de las multas, y carne y pescado gratis. El fiel ejecutor no podía poseer granjerías ni bastimentos, ni tratar ni contratar, por la naturaleza de su tarea.14 Por limitaciones de espacio, no detallaremos otros oficios auxiliares de los cabildos, como mayordomos, maceros, alarifes, porteros, etc. EL CABILDO DE LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO EN LA SEGUNDA MITAD DEL XVII Al iniciar este estudio la mayor dificultad que hemos encontrado ha sido la ausencia de fuentes directas. Las más ricas de estas, en el tema que nos ocupa son sin duda las actas capitulares, en este caso desaparecidas. Las ordenanzas y los protocolos, documentos proveedores igualmente de valiosos datos emanados del cabildo, también desaparecieron, como los anteriores, por la acción del tiempo, las adversas condiciones climáticas, como la excesiva humedad, los insectos y la intervención humana (saqueos, invasiones e incendios, principalmente) Confiamos en que al menos parte de la documentación dirigida al rey y al Consejo de Indias, y quizás alguna copia de la remitida al cabildo, aparezca en legajos varios del AGI para ampliar el presente estudio. Sí hemos podido consultar directamente en este último archivo sevillano una serie de documentos entre los que ocupan lugar preferente, por lo directo de la información contenida al proceder del mismo cabildo secular, las cartas dirigidas al rey y al Consejo de Indias. Esta fuente de primera mano permite iniciar un estudio de carácter social, acercarnos a los más diversos aspectos de la vida de la capital dominicana, conocer los nombres de los componentes de su cabildo, los problemas que intentaban resolver y las peticiones que dirigían al rey y al Consejo de Indias, con datos que ilustran parte tanto de la vida oficial como de la cotidiana de la colonia.15 También emanados del cabildo y llevados ante el rey, a veces en persona, se encuentran entre la citada documentación del AGI numerosos informes de los procuradores de la ciudad de Santo Domingo. Exponían estos la situación de la ciudad, en nuestro caso, en la segunda mitad del siglo XVII, describiendo, en memoriales de carácter arbitrista, un panorama plagado de penuria, catástrofes naturales, aislamiento comercial, falta de moneda corriente, riesgos de ataques piráticos o de las potencias europeas enemigas o largos retrasos del situado, entre otros. Sin duda, aunque no se puede negar lo precario del estado en que se hallaba la colonia, tras su corto esplendor inicial en las primeras décadas del siglo XVI, algunos temas se exageraban para lograr atraer el favor real. Por otra parte, esperamos conseguir nuevos datos sobre el cabildo dominicano y sobre el de San Carlos de Tenerife en diversas El Cabildo de Santo Domingo… 311 secciones del mismo archivo, Contaduría, Contratación, Escribanía de Cámara o Indiferente General y la casi inagotable sección V o Audiencia de Santo Domingo, donde se hallan los certificados y provisiones, títulos y nombramientos, entre otros, sin olvidar el ramo eclesiástico, que abunda en referencias a las relaciones con los miembros del cabildo secular. Se debería completar la búsqueda en otros archivos españoles y dominicanos (estos últimos, el reorganizado, y en proceso de digitalización Archivo General de Nación y los archivos de la catedral). La sociedad dominicana en la segunda mitad del XVII, vivía momentos de extrema dificultad. Dependiente en su mayor parte la precaria economía insular de la irregular recepción del situado, contemplaron los habitantes de la ciudad de Santo Domingo como su cabildo se convertía en feudo de una clase social, que era consciente de que había perdido el poder económico tras la decadencia y casi desaparición de los ingenios, las devastaciones de Osorio, y más tarde la ruina de los incipientes cacaotales, entre otros. Todo ello llevó a este grupo social, los criollos hispanodominicanos que no dejaron La Española para pasar al continente, a aferrarse a sus antiguos privilegios e intentaron preservarlos, haciendo suya esta institución de gobierno local y equilibrar así el poder de la Audiencia. Esta, la más alta institución judicial, cuya jurisdicción abarcaba las Grandes Antillas hispanas, y parte considerable de las costas caribeñas, tenía su sede en Santo Domingo. Sus componentes, funcionarios procedentes casi sin excepción de la metrópoli, eran los oidores, el fiscal y su presidente, que era a la vez el gobernador y capitán general de la isla. El presidente-gobernador presidía las reuniones del cabildo. Esa circunstancia imprime un carácter especial al principal ayuntamiento dominicano; al tener a su cabeza un jefe judicial, político y militar. Se trataban en las sesiones o capítulos del cabildo, aparte de los asuntos varios relacionados con los ámbitos civiles ya descritos, otros de carácter militar o religioso, como podrían ser los referentes al cobro de impuestos para contribuir a la construcción de la muralla o a la actuación de los prelados, o a alguna petición de adjudicación de vacantes en parroquias o capellanías, entre otras. Gran relevancia alcanzó, al igual que en el resto de municipios indianos, el componente socio cultural de los cabildantes, que se deduce de las características y cualidades que la normativa al uso les exigía para desempeñar sus cargos. En Santo Domingo apenas aparece algún título de nobleza entre sus munícipes a lo largo de la época colonial (tal vez se encuentren más fácilmente en los primeros años de la colonia, antes de la emigración de muchas familias al continente, pero sí se pueden hallar hidalgos, caballeros de órdenes militares, propietarios de grandes extensiones de terreno, de hatos, ingenios, trapiches o estancias, que si bien no generaban importantes ganancias, debido al abandono y a la falta de mano de obra, esclava en particular, sí les permitía conservar su estatus social, aumentando este si lograba adquirir la condición de miembro del cabildo secular. Estos cargos, como hemos reiterado, conllevaban un alto grado de prestigio a los ojos de sus convecinos. Además de ciertos privilegios y preeminencias protocolarias, el ser miembro del cabildo les proporcionaba española (adjudicaban terrenos a sus familiares y amigos, incluso a ellos mismos, sobre todo en las cercanías de la capital).16 Dada la escasez de moneda corriente y la débil economía de La Española en estos años, a veces los regimientos y otros oficios vendibles del cabildo de Santo Domingo no encontraban comprador, y era el presidente-gobernador quien proponía sus candidatos al Consejo de Indias, y en ese caso, también recurría a miembros destacados de la sociedad insular, alejándose de este modo cada vez más del inicial carácter democrático de los cabildos castellanos. Pese al poder que a través de la institución capitular ostentaba la oligarquía criolla hispanodominicana se la puede considerar pobre comparada con las de los cabildos de ciudades como México, Guanajuato, Lima o Potosí, pero dentro de La Española siguen gozando de las características de este fenómeno social que convierte en élite a este escogido grupo humano con conciencia propia de su condición privilegiada aún dentro de la relativa pobreza, si se compara su situación con la de los restantes moradores de la colonia. Otro requisito que se exigía para ser regidor era la honorabilidad, y una moral “virtuosa”, pero como tantas otras normas incluso leyes, en Indias, difícilmente se cumplía con rigor, y en ocasiones, no se cumplía en absoluto. Tal sucede en el caso de regidores que hicieron fortuna dedicándose a la usura y aun al comercio ilícito. Entre estos, merece análisis especial la figura de don Rodrigo Pimentel, capitán de milicias, teniente XX Coloquio de Historia Canario-Americana 312 de gobernador por breve período de tiempo, regidor perpetuo, disponía a su antojo del situado, sumas incluso a la Real Hacienda. Procesado entre 1658 y 1660, sus bienes fueron embargados, fue condenado y enviado a la Corte junto con el otro acusado, el presidente-gobernador Zúñiga., pero sorprendentemente volvió de la metrópoli libre y con más poder que antes del procesamiento y destierro, reintegrándose a su vida normal en la capital dominicana. Reunió con sus argucias la mayor fortuna de La Española. Descendiente del contador don Álvaro Caballero, fundador y protector del convento de Santa Clara, como lo fue el mismo, don Rodrigo Pimentel, ya en su vejez entró en religión para escapar de los rigores de la justicia.17 Fueron muy frecuentes las quejas de los munícipes ante la Corona o el Consejo de Indias por no ver sus privilegios y preeminencias respetados por los miembros de la Audiencia, en cuestiones que nos parecen ahora intranscendentes, como ocupar los lugares de honor en ceremonias civiles o religiosas. Esta situación de enfrentamiento era común a todos los cabildos de las ciudades en las que tenía sede una Audiencia. En 1683, encontramos uno de los muchos casos de situaciones de fricción entre el cabildo secular y otras autoridades, en esta ocasión por causa del protocolo. La corporación municipal solicita al monarca, poder seguir gozando del privilegio de recibir la comunión el Jueves Santo, en la catedral, con la espada ceñida, ya que se les había prohibido desde el sínodo de 1683 (ningún seglar podría hacerlo, excepto los caballeros de las órdenes militares).18 Los miembros del cabildo de la ciudad de Santo Domingo llevaban los apellidos más ilustres de la isla. En la segunda mitad del siglo XVII, los Oviedo, Bastida, Torquemada, Cáceres, Quero, Pimentel, Jaén, Fernández de Castro, Castellano, Girón, Aliaga, Ponce de León,… integrados todos ellos de la institución que nos ocupa, se hallaban en la cúspide de la escala social, por su linaje, ya que el poder económico lo disfrutaron solo en la primera mitad del siglo XVI, con el auge de los ingenios azucareros y cuando las comunicaciones con la metrópoli eran mucho más fluidas. La mayoría de los cargos del cabildo eran compatibles con el de regidor, dentro del concejo, y una de las posibilidades que hacía este cargo más deseable era la de poder manejar en su propio beneficio o en el de sus allegados lo relativo a la propiedad de la tierra, en particular los terrenos de las proximidades de la capital. Se concentran en las manos de esta oligarquía y de sus allegados las propiedades más importantes. A partir del análisis de las cartas del cabildo dominicano comprobamos que los apellidos de sus componentes se repiten, unas cuantas familias de las más destacadas, acaparan el cabildo, pasando los cargos de padre a hijo, o a otros familiares, mediante el sistema de venta y renuncia. Establecían redes familiares concertando matrimonios entre los miembros de la oligarquía o élite, para preservar su estatus, adquirir más riquezas, mantener los cargos públicos dentro del mismo grupo social e incluso familiar. En el XVII se dan bastantes casos de apertura de esta élite capitalina a nuevos miembros, algunos de ellos peninsulares, como los integrantes de la Audiencia, los familiares de estos o militares de graduación. A los primeros, jueces, fiscales, oidores, así como a los más altos funcionaros de la Corona, no les estaba permitido contraer matrimonio con los naturales, aunque quebrantaron esta norma en bastantes casos. Más raramente, se introdujo de esta misma forma en la élite capitalina algún peninsular que otro, llegados posteriormente pero que habían logrado reunir una fortuna considerable, sobre todo en el comercio. Estos usos y sus consecuencias, se reflejan claramente en la composición del cabildo. En la primera etapa de este instrumento del gobierno colonial los regidores y demás componentes del cabildo eran nombrados por la Corona o por el Consejo de Indias. Como apuntábamos anteriormente, pronto los cargos capitulares se adjudicaron mediante elecciones, después fueron los mismos regidores los que designaban a sus sucesores y en las últimas décadas del siglo XVI surgió la posibilidad de la compra o beneficio de determinados oficios. Esto se hizo oficial, los de carácter político en 1606, y los de gobierno, en 1674, en cumplimiento de sendas cédulas reales que pretendían paliar la grave crisis económica que padecían los Austrias menores.19 Una muestra de la constante presencia de la élite en el cabildo secular dominicano entre 1650 y 1700, la constituye la repetición de los apellidos Cáceres y Carvajal, de ascendencia noble, llegados desde Extremadura, que a lo largo del siglo XVII aparecen reiteradamente como miembros del cabildo secular de Santo Domingo. Alonso de Cáceres Carvajal y Ovalle llegó a ser alférez real (desde 1635), por renuncia al cargo de su padre, Diego de Cáceres Carvajal, quien también fue regidor y alcalde de la Santa Hermandad. El Cabildo de Santo Domingo… 313 Se casó con Francisca Pimentel, hija de Alvaro Pimentel, renunció a su vez al oficio de alférez real en 1667, a favor de Alonso de Jaque Carvajal. Este, según Utrera fue capitán, “soldado muy benemérito”. También era regidor del cabildo de Santo Domingo. Miembro de la misma familia fue también Francisco Facundo de Carvajal, hijo ilegítimo del ya citado Diego de Cáceres Carvajal, ocupó los cargos de escribano de provincia, (1640), público (1643), de cámara (1647), del cabildo secular (1652-1653) y de las Reales Cajas (1657). Casó con doña Ana Jerónima de Quiñones y murió en 1676. Los apellidos de las esposas de Alonso de Cáceres y de Francisco Facundo de Carvajal, Pimentel y Quiñones formaban parte de la lista de cabildantes de Santo Domingo a lo largo del siglo XVII.20 SAN CARLOS DE TENERIFE, PRIMER MUNICIPIO CANARIO EN AMÉRICA La llamada contribución de sangre, migración oficialmente organizada desde las islas Canarias a las Indias, se inició en La Española en 1684, con la llegada de 97 familias tinerfeñas al puerto de Santo Domingo, en el navío San Joseph, del que era propietario y capitán el sevillano Ignacio Pérez Caro.21 A 1663 se remonta el primer proyecto de repoblar La Española con colonos de aquellas islas, obra del gobernador del archipiélago canario, Benavente y Quiñones. No se llevó a cabo, pero sirvió de simiente para futuros logros.22 En la segunda mitad del siglo XVII se dieron una serie de condicionamientos que determinaron las relaciones entre Canarias y el Nuevo Mundo. Tanto Tenerife, como La Palma o Gran Canaria veían en los puertos caribeños la única esperanza de dar salida a sus exportaciones, fundamentalmente de vino y aguardiente, una vez que habían casi perdido el mercado inglés, su principal comprador desde el siglo XVI y que en el último tercio del citado siglo apenas consumían sus famosas malvasías, muy apreciadas en la corte inglesa.23 Este fue uno de los motivos de que se pensase como solución en el trasvase humano desde Canarias al Caribe. Una real cédula de 16 de mayo de 1650, renovó a las Canarias la licencia para comerciar con América24. En 1678, quedó25 establecido que en los barcos que transportasen los productos del archipiélago para ser vendidos en Santo Domingo y otros puertos caribeños, embarcasen cinco familias canarias por cada 100 toneladas de mercancías Ese mismo año según Morales Padrón,26 en un memorial al Consejo de Indias, por Bernabé Tamariz, se exponían las difíciles condiciones en que se encontraba la población del archipiélago canario, empobrecida y aislada, con su tráfico naval disminuido notablemente, lo poco que producían sus tierras, no se podía casi exportar. Esta situación provocó el aceleramiento de los planes que había iniciado Quiñones, que coincidía con los intereses de La Española y respondía a su necesidad de repoblación, tras las consecuencias de las devastaciones de Osorio, a las que se sumaron las catástrofes naturales que asolaron la isla caribeña entre 1651 y 1673.27 En particular la desaparición de un gran número de esclavos, principal mano de obra en ingenios, hatos y estancias, víctimas de repetidas epidemias, fue una de las razones para trasladar a la isla a agricultores canarios. A su vez la motivación de estos, como adelantábamos, fue la crisis económica que atravesaban; escasez de tierras para cultivar, malas cosechas que arruinaron a pequeños agricultores, unido a epidemias, sequía y hasta una plaga de langosta. La población, excesiva para los escasos recursos con que contaban se estimaba en unos cien mil habitantes en1678.28 Después del intento de Benavente y Quiñones hubo otro proyecto para llevar cien familias canarias a Santo Domingo, a cargo del capitán Mateo de Palacios, que tampoco prosperó. La Corona y el Consejo de Indias continuaron con la idea de repoblar zonas del Caribe con colonos canarios, entre ellas La Española. Las mayores dificultades que obstaculizaban los planes de repoblación eran el reclutamiento de las familias en sus lugares de origen y el enorme gasto que suponía para la Real Hacienda su mantenimiento desde el momento en que se reclutaban y la llegada a su destino. La nueva licencia concedida al comercio canario con el Caribe en 1678, como ya apuntábamos, entre otras condiciones establecía que por cada cien toneladas se debían embarcar cinco familias: … y a la parte que fueren con sus navíos, concediéndoles la inmunidad y privilegio de no pagar alcabala ni otro impuesto los diez años primeros, haziéndoles todo el buen pasage y acogida que fuere posible, para que con la noticia que desto volviese a las XX Coloquio de Historia Canario-Americana 314 islas de Canarias apeteciesen otros hacer el mismo viage y que los vinos y otros frutos de la tierra que se cargasen en los navíos que han de ocupar las dichas seiscientas toneladas, fuesen libres de averías… Insistiendo en las dificultades que entrañaba el reclutamiento de colonos, subrayaremos que en 1681 solo una familia había embarcado hacia Santo Domingo en el navío Jesús, María y Joseph. En Canarias, incluso los obispos desde sus púlpitos habían difundido las exenciones de tasas y otras ventajas y privilegios que se ofrecían a los futuros repobladores. Hasta 1682 no hay noticias de que se llevase a la práctica el transporte de un grupo considerable de colonos a Santo Domingo. Según certificación expedida en La Laguna el 20 de marzo de 1683, se trató entonces de diez familias tinerfeñas, desconocemos donde se asentaron a su llegada a la isla, parece que se dispersaron en varias poblaciones, en las que recibieron ayuda de los lugareños. Finalmente, sería el capitán Ignacio Pérez Caro quien consiguiera transportar por primera vez un contingente considerable de labradores tinerfeños a La Española. Había logrado reclutar 97 familias que sumaban un total de 552 personas. Recibió un socorro de cuarenta reales por cada una de ellas y otros cuatro reales por el portazgo de sus ropas, también por cabeza. Los gastos del reclutamiento por los pueblos, el alojamiento en Santa Cruz a la espera de zarpar, alimentación y otros en los largos meses que duró la espera, ascendieron a 27.500 reales. Los 552 miembros de las familias que se contabilizaban al enrolarse, antes de salir se habían reducido a 543, ya que cinco murieron y cuatro no comparecieron. El 6 de diciembre del mismo año desembarcaron del navío San Joseph en Santo Domingo. Se entregó a los colonos canarios, en conjunto, veinticuatro azadas, otras tantas hachas de dos manos y veintinueve marranos. Con los hombres se formó una compañía, al modo de milicias dado su carácter civil y se les dio treinta y dos pesos de a ocho reales de plata con el fin de cubrir sus primeras necesidades. Por estas fechas, de los 543 colonos que salieron de Canarias solo quedaban 528. Poco alivio supuso esta entrega para la penosa situación a la que el grupo de canarios se enfrentó a su llegada a La Española y durante los primeros años de su establecimiento en la isla. No resultó ser esta la tierra prometida con la que habían soñado al dejar su archipiélago. El primer asentamiento de los canarios, en los terrenos que les asignaron, se levantó en la zona del Higüero o Higüerito, a seis leguas de la capital. Resultó un lugar húmedo e insalubre. Fue esta la primera localización del pueblo al que llamaron San Carlos de Tenerife, en honor del monarca español reinante, y de la isla de donde procedían.29 Apenas tenían recursos para sobrevivir y pronto una epidemia de viruelas acabó con la vida de 126 de ellos. Pese a la oposición del cabildo de Santo Domingo, consiguieron establecerse en su asentamiento definitivo, en un padrastro o pequeña colina junto a las murallas de la ciudad. Una de las primeras acciones que llevaron a cabo los canarios fue la de constituir un cabildo que rigiera y organizara la nueva población, que defendiera sus derechos y resolviera comunitariamente los problemas que surgieran. Por su parte, el cabildo capitalino, deseaba la distribución de los colonos entre los barrios de San Antón, San Miguel y San Lázaro, como se exponía en noviembre de 1685, en carta al rey. Mostraban los capitulares su contrariedad, ocultándola con el pretexto de buscar el bienestar de los isleños.30 En realidad no querían perder el control de las tierras que rodeaban Santo Domingo y para este propósito constituía un obstáculo la recién erigida población de San Carlos con los terrenos que el gobernador Robles, por orden real, les adjudicó. La fundada por los isleños fue la única localidad del contorno de la capital que contó con jurisdicción y cabildo propio. Haciéndose eco de los deseos de la Corona de proteger a los colonos tinerfeños, el presidente-gobernador y capitán general Robles, arbitró un medio de ayuda para ellos consistente en aplicar lo recaudado mediante el tributo de la sisa de la carne o renta de la res a mitigar las necesidades de los isleños.31 Robles también dedicó parte del importe de la citada sisa a reparar los cajas para arcabuces y mosquetes, deterioradas por la acción del comején y a otros gastos de carácter militar...32 En 1692 continuaba en vigor este tributo y según consta en los libros de cuentas de los oficiales reales de Hacienda de Santo Domingo, se seguía aplicando a la ayuda de las familias canarias de San Carlos. El cabildo de la capital, por medio de su procurador en la corte, Francisco Franco de Torquemada, solicitó del rey, dada la situación de extrema pobreza, la exención del pago de la sisa de la carne. Esta carga que recaía sobre los vecinos de la ciudad constituía un motivo más para que estos pidieran la El Cabildo de Santo Domingo… 315 desaparición del cabildo sancarleño y su población, que deseaban se distribuyese en distintos barrios de aquella y en otras poblaciones de la isla. Los munícipes de la capital, como representantes de los vecinos de esta se opusiesen a la continuidad del establecimiento de los canarios, ya que no querían que ocuparan unos terrenos tan próximos a la ciudad y que consideraban de su propiedad, aunque los tuviesen sin explotar. La realidad es que, cumpliendo órdenes del monarca, el gobernador don Andrés de Robles, en 1689, tramitó la compra de los terrenos sobre los que se levantó en su segunda fundación la villa de San Carlos de Tenerife. Esta transacción se confirma con la publicación efectuada por el historiador dominicano González de Peña sobre este tema. Da noticia de la existencia de dos cartas de venta incluidas en un expediente formado por el oidor y juez de realengos R.V. de Luyando, en 1767.33 Estos documentos de venta corresponden al año 1689, cuando se formalizó la compra por la Real Hacienda, aunque consta en uno de ellos que en esa fecha ya llevaban tiempo los colonos canarios asentados en esas tierras. El primero de los terrenos, de dos caballerías de extensión, se hallaba en la parte inmediata a la muralla, por la llamada puerta de Lemba, hasta la sabana por el oeste. Su propietario había sido el ya citado regidor y personaje más destacado de la colonia en gran parte del siglo XVII, Rodrigo Pimentel, de quien lo heredó Esteban de los Santos, quien a su vez lo vendió a la Real Hacienda en 1689. El otro terreno, de una caballería, perteneció al capitán Juan de Vera y fue comprado por la Compañía de Jesús, la cual, representada por su superior en Santo Domingo, el padre Francisco Cortés, lo vendió para el mismo fin que el primero. En este último documento se hace referencia a que los vecinos de la villa de San Carlos ya estaban labrando las tierras cedidas. Continúa González de Peña exponiendo el precio pagado por los citados terrenos; 25 pesos por caballería. No se les permitía a los canarios cultivar las tierras ni levantar sus casas en la zona comprada más próxima a las murallas, lo que originó repetidas quejas por parte del cabildo sancarleño. Sin embargo sí estaban cultivando las tierras del Alto de las Tres Cruces. Incluye este trabajo del citado historiador dominicano la transcripción del primero de los documentos, la escritura fechada el 12 de agosto de 1689 y firmada por el escribano público Antonio de Ledesma. En ella el último propietario, Esteban de los Santos afirma que la vende: … para Su Magestad, (que Dios Guarde) y para la población de San Carlos de Tenerife, extramuros de esta ciudad es a saber: dos cavallerías de tierra, los hornos de quemar cal y una noria de agua…; …cuyos linderos son desde la puerta y muralla que se ha desbaratado y que llaman de Lemba, toda la muralla así al poniente hasta dar a la sabana y por la parte de arriba las estancias contiguas según que más largamente consta y parece de las escrituras antiguas que mencionan los linderos… Para González de Peña, la localización actual del barrio de San Carlos es posible gracias a los linderos descritos en estas escrituras.34 La supervivencia de la villa de San Carlos de Tenerife desde su creación hasta los inicios del siglo XVIII estuvo plagada de obstáculos y dificultades, originadas por las maquinaciones y la presión que sobre los isleños ejercían los miembros del cabildo capitalino, representantes de la élite hispanodominicana. Rechazaban estos, así como los vecinos más destacados de la capital, la presencia tan próxima de un pueblo de labradores blancos, pobres, con su propio cabildo para la defensa de sus intereses ante la Corona. Pese a su oposición a los canarios asentados en las proximidades de la ciudad de Santo Domingo, pronto se hizo necesaria, o al menos muy útil, para los primeros, la presencia de los isleños, al convertirse estos en sus principales, y casi únicos, proveedores de alimentos y leña. El 18 de mayo de 1688, el cabildo de San Carlos de Tenerife, en carta al monarca Carlos II, exponían las dificultades extremas que padecían los supervivientes de las familias canarias llegadas en 1684 y a las que los vecinos de Santo Domingo solo habían podido proporcionar una ayuda de coste de dos pesos por cabeza y sustento durante dos meses, ya que también ellos se encontraban casi sin recursos. Los colonos tenían capellán, Jacinto Rodríguez de Torquemada, que les había asistido durante la epidemia de viruelas, sin cobrar la congrua, llevando a los hospitales a los afectados y llegando él mismo a caer enfermo durante cuatro meses, pero seguían sin medios para construir su iglesia. Presidía el citado cabildo en aquella fecha Juan Díaz Peña, en calidad de alcalde ordinario, Antonio Hernández Betancourt y Pedro XX Coloquio de Historia Canario-Americana 316 Hernández Márquez como regidores y Luis Pérez como procurador. El 27 del mismo mes era el gobernador Robles quien informaba al Consejo de Indias sobre la situación de los fundadores de San Carlos, exponiendo que disponían de buenas labranzas y que se esperaba la llegada de una nueva remesa de colonos.35 Desde Las Palmas, llegó el 12 de abril de 1689 un navío de registro propiedad de Miguel Jorge Roncales que en principio tenía como destino La Habana y transportaba 20 familias canarias, que por real orden se destinaron a aumentar la población de San Carlos. El buque llegó en tan malas condiciones que tuvo que quedarse en Santo Domingo y para cumplir su registro, se fletaron el 14 de abril unas balandras que llevaron a La Habana los caldos y el aguardiente procedentes de Canarias. El gobernador Robles distribuyó las familias recién llegadas entre los vecinos de San Carlos, entregándoles 300 pesos (tres pesos por cabeza), aportados por la ciudad, la tierra y tres herramientas (hacha, marraco y azada) a cada uno, con lo que “quedaron gustosos y empezaron a sembrar su maíz y yuca que cogerán ahora”. En 1693, el cabildo de San Carlos disponía de dos alcaldes ordinarios, Cristóbal Infante y Bartolomé González; un alguacil Mayor, Juan Alfonso; un procurador, Baltasar Hernández y varios regidores; Juan Rodríguez de la Cruz, Juan García Lagumbres (sic), Juan Díaz de la Peña, Juan Delgado Perdomo y Antonio Hernández de Betancurt. Todos ellos aparecen en las listas de los que embarcaron en Tenerife en 1684.36 Los miembros del cabildo de San Carlos protestaron ante el monarca por haberles obligado el gobernador Robles a trabajar en la construcción de dos baluartes, por lo que tenían sin atender sus cultivos y perdiéndose sus sementeras. También por el mismo motivo se retrasó la construcción de una iglesia de madera. Todo ello lo denunciaron en el juicio de residencia de Robles, y este resultó condenado a pagar a los isleños 400 pesos para la compra de sierras.37 Ya en 1699 el oidor Araujo y Ribera exponía en un informe dirigido al rey las infundadas pretensiones de los capitalinos referentes a la propiedad de las tierras que sin fundamento legal decían ser de su posesión y que cultivaban los colonos recién llegados y que: …habiéndolo hecho sin contradicción de persona alguna que tuviera derecho, en un pedazo de terreno inculto, después de poblado y que se experimentó que con su trabajo lograban muy buenos frutos, los inquietaron (los del cabildo de Santo Domingo) con diversos litigios sobre la propiedad de la tierra…38 Además de la posesión y explotación de la tierra, que los habitantes de Santo Domingo representados por su cabildo y alegando inexistentes derechos de propiedad, reclamaban a los canarios, quienes la cultivaban por expreso deseo y orden del monarca, otra cuestión causaba la animadversión de los capitalinos y provocaba enfrentamientos entre ambos cabildos. Era esta el peligro que afirmaban suponía para la posible defensa y seguridad de la ciudad de Santo Domingo el valor estratégico que tenía, en caso de ataque enemigo, la zona en la que se había erigido la villa de San Carlos, en un promontorio o padrastro susceptible de ser tomado por posibles fuerzas invasoras con cierta facilidad y que se hallaba junto a la puerta grande de la muralla, pero más elevado que esta. Esta situación se prolongó en un serio intento del gobernador Guillermo Morfi, en la primera década del nuevo siglo, que alegaba que el pueblo de los isleños “a un tiro de arcabuz de las murallas de la ciudad”, constituía una fuerte amenaza para la seguridad de aquella. Proyectaba Morfi que los vecinos de San Carlos lo abandonasen y fuesen a vivir a otro lugar por el Haina, y también intentó sobornar, lográndolo en unos pocos casos, a los canarios para que se integrasen en la ciudad o incluso les ofreció plaza en el presidio. El cabildo de San Carlos protestó ante el monarca, alegando entre otras razones que no podían así atender a sus labranzas, ni al cuidado de su iglesia.39 En esta situación se encontraban los habitantes de San Carlos al finalizar el siglo, coincidiendo con la muerte sin descendencia de Carlos II y el comienzo de la guerra de sucesión que llevaría a los borbones al trono de España. Contaban los canarios con pocos recursos, eran conscientes de la realidad encontrada en La Española distaba mucho de la que se les había prometido, pero estaban ya organizados y formaron una comunidad con carácter propio y bien definido, conservando sus costumbres y aún en el San Carlos actual prevalece buena parte de su El Cabildo de Santo Domingo… 317 herencia cultural. Demostraron gran capacidad de sacrificio, espíritu de trabajo y tesón. Algunos de ellos se establecieron en la capital, pero la mayoría continuaron en San Carlos. Para concluir, señalaremos algunas diferencias y similitudes entre ambos cabildos, destacando en primer lugar la singularidad de su proximidad. Recordemos que hoy es San Carlos un barrio más de la capital, aunque conservó su rango de municipio independiente hasta 1911. Mientras el cabildo secular de Santo Domingo funcionaba como tal desde el siglo XVI, el de los isleños se creó en los postreros años del siglo XVII. Los miembros del primero pertenecían en su mayoría, por no decir todos, a la élite de la sociedad dominicana, eran blancos en su mayoría, (no hay prueba documental, pero pudo haber habido algún mulato, dado la proporción tan elevada que había ya en la sociedad dominicana a fines del XVII) criollos y los más pudientes de ellos acumulaban las escasas fortunas de la isla. Como ya hemos dicho, pertenecían por lo general a las familias de mayor raigambre y linaje, desde los primeros años de la colonia salvo excepciones. Los isleños eran agricultores o ejercían oficios relacionados con el cultivo de la tierra y demás labores del campo, como labradores, herreros, etc. Aunque mantuvieron una considerable endogamia, también mezclaron su sangre con los hispanodominicanos, pero mantuvieron firmemente su carácter de comunidad eminentemente blanca, no por racismo, sino por conservar y reafirmar su identidad. A modo de testimonio, citemos tan solo un apellido, entre bastantes otros posibles, como ejemplo de continuidad y de enraizamiento de los canarios en la sociedad dominicana, el de los Fiallo, o Rodríguez Fiallo, de origen lagunero, llegados en la primera remesa de colonos de 1684.40 XX Coloquio de Historia Canario-Americana 318 BIBLIOGRAFÍA AVELLÁ VIVES, J. (1934). Los cabildos coloniales. Madrid. BAYLE, C. (1952). Los cabildos seculares en la América española. Madrid. BETHENCOURT MASSIEU, A. (1991). 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I, pp. 705-716; PAREDES VERA (1994), “El almirante Pérez Caro y la fundación de San Carlos de Tenerife en La Española”, en vol. 3, Actas del V Congreso Internacional de Historia de América, Granada, Diputación Provincial de Granada, pp. 323-342. Pérez Caro llegó a comprar el título de gobernador de La Española y fue nombrado almirante en recompensa por sus servicios. Véase también HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (2008), pp. 169-175; MORALES PADRÓN (1951), vol. 8. MORALES PADRÓN (1976), pp. 210-291. 2 MURO OREJÓN (1960), nº. 20, vol. 1, pp. 69-85. 3 TORRES AGUDO, R. (2011), pp. 75-108. Única monografía sobre el cabildo dominicano. Incluye datos sobre el cabildo indiano en general, composición, funcionamiento, se ocupa en especial del comportamiento de la élite capitular. 4 ORTIZ (2007), p. 18. 5 ZAPICO (2007), pp. 233-234. 6 ORTIZ (2007), p. 16.17. 7 Sobre la venta y renunciación de cargos en el siglo XVII, véase SANZ (2000), pp. 161-180; SANZ (2007). Entre los oficios electivos estaban los de los alcaldes ordinarios, los de la Santa Hermandad y el de procurador general. Los vendibles eran el de alférez real, regidores, el fiel ejecutor, el depositario general y el escribano del cabildo. 8 Sobre funcionamiento, composición y diferentes aspectos de los cabildos americanos; AVELLÁ VIVES (1934); BAYLE (1952); CAÑO (2009). 9 OTS CAPDEQUÍ, J. M. (1937). El régimen municipal hispanoamericano del período colonial, Valencia, p. 353 y Estudios del Derecho Español en las Indias, Bogotá, 1940, p. 187. De las normativas de esta institución trata el libro V de la Recopilación de Leyes de los Reinos de Indias, título III, (1680). 10 GONZÁLEZ (1994), pp. 26-28. 11 GONZÁLEZ (1994), pp. 62-80. 12 BAYLE (1952), pp. 225-251; AVELLÁ VIVES (1934), pp. 91-95. 13 GONZÁLEZ (1994), pp. 60-61. 14 BAYLE (1952), pp. 207-223; AVELLÁ VIVES (1934), pp. 87-91. 15 HEREDIA.HERRERA (1977), Vol. XXXIV, pp. 65-95. Consulta obligada para comprender el destacado papel que este tipo de documentos desempeña en el estudio de la institución de gobierno que nos ocupa, dada la ausencia de fuentes directas (actas y ordenanzas del cabildo). 16 GUTIÉRREZ (1984) pp. 61-62. 17 Este personaje, quizás el que aparece más repetidamente en los documentos de su época, ha sido ampliamente tratado en UGARTE (1998), vol. II, pp. 66-110; HERRERA (1995); Sobre actividades de contrabando y alianzas de R. Pimentel con diversas autoridades, usura, datos biográficos y otros, véase PEÑA PËREZ (1985), pp. 178, 248-250, 252-255 y 260-267. 18 RODRÍGUEZ MOREL (2007), vol. LXXX, Archivo General de la Nación, vol. XXXIV, pp. 406-407. En esta recopilación de cartas del cabildo al rey, fechadas entre 1580 y 1691, 51 corresponden al período que tratamos; en ellas predominan las peticiones de exención de impuesto o prórroga de las ya vigentes, incluso , de premios o concesión de mercedes, para los munícipes firmantes o para algún familiar, o sobre la compatibilidad de ciertos cargos del cabildo con otros como los del presidio, o solicitando mejoras en defensa de la plaza, como la continuación de las obras de la muralla o el arreglo de la plataforma del puerto, entre otros asuntos. 19 SANZ (2007), pp. 33-34; SANZ (2009). Incluye la venta del gobierno-presidencia de Santo Domingo, por 32.000 pesos, a Ignacio Pérez Caro quien también fue nombrado almirante por la Corona. 20 FERRER (2011), pp. 23-29, 31-32. Desde el siglo XVI, se encuentran los apellidos de este linaje extremeño en Santo Domingo. El primer Alonso de Cáceres, que pasó a Indias como criado de fray Alonso de Angulo (AGI, Contratación, 5537. L. 3 f. 4c; apud FERRER) y más tarde el segundo arzobispo de Santo Domingo, fray Andrés de Carvajal que llevó con él a sus hermanos Pedro y Alonso de Cáceres Carvajal. 21 PAREDES (1994), pp. 329-331. Lista de familias transportadas a Santo Domingo por Ignacio Pérez Caro; refleja las bajas que ya se habían producido a poco más de un mes de su llegada; contabilizan 95 familias, (512 personas, en 329-331. AGI, Contaduría 1060, Auto del presidente-gobernador Andrés de Robles, Santo Domingo, 25 de enero de 1685. Aún no habían pasado dos meses de su llegada a la isla y ya se habían producido bajas entre los colonos canarios. 22 PAREDES VERA (1983). 23 BETHENCOURT (1991), pp. 77-79 y 87-91. 24 MORALES PADRÓN (1955); pp. 167-196; PERAZA DE AYALA (1977), pp. 19-20. 25 Sobre funcionamiento, composición y diferentes aspectos de los cabildos americanos; AVELLÁ VIVES (1934); BAYLE (1952); CAÑO ORTIGOSA (2009). 26 MORALES PADRÓN (1951) p. 399. 27 UTRERA (1995), pp. 363-364. 28 AGI, Santo Domingo, 875, I. 29 GUTIÉRREZ ESCUDERO (1994), p. 462. 30 HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (2008), pp.170-171. El Cabildo de Santo Domingo… 321 31 PAREDES VERA (1994), pp. 332-333; Libro de Cuentas de los oficialrs reales de Hacienda, (entradas), AGI, Contaduría 1069. 32 AGI, SD 92, don Andrés de Robles al rey, 23 de marzo de 1688, Contaduría 1069 aplicación del producto del impuesto de la sisa de la carne. 33 GONZÁLEZ DE PEÑA (2011), pp. 56-59. 34 GONZÁLEZ DE PEÑA (2011), p. 57-58 y AGI,SD, 978, nº. 6; Carta de venta otorgada por Esteban de los Santos, vecino de Santo Domingo. SD, 12 de agosto de 1689. 35 HERNÁNDEZ GONZÁLEZ (2008), pp.171-172. 36 PAREDES (1994), pp. 329-331; del cabildo de la villa de San Carlos de Tenerife con indicación del , número de familiares que les acompañaban a su llegada a Santo Domingo, en diciembre de 1684; Cristóbal Infante, con su mujer y cuatro hijos (tres varones y una hembra).—Bartolomé González Viera y seis hijos (un varón y cinco hembras). —Juan Alonso con su mujer y cuatro hijos (un varón y tres hembras). —Baltasar Hernández con su mujer y cinco hijos (un varón y cuatro hembras). —Juan Rodríguez de la Cruz con su mujer y cuatro hijos (dos varones y dos hembras). —Juan García Legume, con su mujer y dos hijos (un varón y una hembra). —Juan Díaz, con su mujer y un hijo varón. —Juan Delgado Perdomo con su mujer, cuatro hijos (tres varones y una hembra) y un sobrino. —Antonio Hernández de Betancurt con su mujer y siete hijos (tres varones y cuatro hembras). 37 AGI, Santo Domingo 91. 38 GUTIÉRREZ (1992), p. 712; HERNÁNDEZ (2008), pp. 175-176. 39 HERNÁNDEZ. (2008), p. 180. 40 PAREDES (1994), p. 329. |
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