mdC
|
pequeño (250x250 max)
mediano (500x500 max)
grande
Extra Large
grande ( > 500x500)
Alta resolución
|
|
DOCUMENTACION SOBRE CANARIAS EN EL ARCHIVO HISTORICO NACIONAL M. ARRIBAS PALAU © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Esta ponencia tiene por objeto dar a conocer la documentación relacionada con Canarias que se conserva en el Archivo Histórico Nacional de Madrid, sección de Estado. Con este fin se da cuenta de un expediente de 1693 sobre alborotos en La Orotava y de un legajo de 1693 y 1694 con la negociación del conde de Heril para una leva destinada a Flandes. No he encontrado más documentación hasta bien avanzado el siglo XVIII. Al iniciarse las negociaciones de paz entre España y Marruecos, Carlos III solicita autorización para crear un establecimiento en la costa occidental de Africa con objeto de que los canarios puedan salar allí su pesca. La autorización es denegada. En relación con este tema tenemos la traducción de un contrato de Jorge Glass, un extenso informe de Domingo Bernardi, las instrucciOnes para Fr. Bartolomé Girón de la Concepción, unas observaciones de Jorge Juan y unas aclaraciones del marqués de Grimaldi. Por mi parte, he utilizado diversos documentos del Archivo Histórico Nacional de dos estudios publicados en el «Anuario de Estudios Atlánticos», titulados Notas sobre el abastecimiento de granos a Canarias desde Marruecos (1769-1789) y El general López Fernández de Heredia; Canarias y Marruecos. Además a la documentación manejada en estos dos artículos, hay también otra que trata del rescate de canarios que habían quedado sometidos a cautiverio en Marruecos y de envío de granos a Canarias desde los puertos marroquíes. Hay también un expediente que recoge diversas reclamaciones cursadas por el capitán tinerfeño Pascual Rodríguez de Sossa. También se conserva algún legajo de los tiempos de la Guerra de Independencia que contiene correspondencia de la Junta de Canarias. Esta documentación abarca hasta el año 1809 Entre la copiosa documentación que he tenido ocasión de manejar en el Archivo Histórico Nacional, sección de Estado, me he tropezado en diversas oportunidades con textos que guardan relación con las islas © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 44 M. Arribas Palau Canarias. En vista de esto, me ha parecido que sería conveniente dar cuenta de ello a fin de que quienes se sientan interesados por estas cuestiones puedan encontrar los datos que les permitan acceder con la debida facilidad a la documentación que necesitan. Con este objeto la he relacionado por orden cronológico. Los materiales más antiguos que he podido encontrar son: - Un expediente del año 1693 acerca de unos alborotos en la villa de la Orotava, entre sus naturales y unos marineros ingleses. El expediente contiene la averiguación y proceso informativo del juez de la Audiencia Pedro Calderón Bernuevo respecto de estos alborotos y de los procedimientos del capitán general, que embarazaba la jurisdicción ordinaria. Este expediente se contiene en el legajo 5049, caja 2. - Y un legajo, 474, de los años 1693 y 1694, que contiene la negociación del conde de Neril, gobernador de Canarias, sobre una leva de mil hombres para Flandes. Estos dos legajos constituyen la única documentación del siglo XVII que se conserva en el citado Archivo Histórico Nacional, sección de Estado, relacionada con las islas Canarias. Después de esto, y ya avanzado el siglo XVIII, podemos consultar la traducción de las «Condiciones de ajuste celebradas, hechas, concluidas y convenidas este día 9 de agosto de 1764 entre Jorge Glass, al presentge comerciante en Londres (pero próximo a hacer viaje a la Africa en el navío nombrado Hilsboruough) de una parte, y de la otra Antonio Bacon Escudo y comp" de Londres, comerciantes y compañeros, y con Juan Sargent Escudo de Londres, comerciante, por otra parte »; que se halla en el legajo 4344, caja 1. En el mismo legajo y caja se encuentra una información de cinco pliegos, fechada en Santa Cruz de Tenerife el1 de abril de 1765, en la que el comerciante general de Canarias, Domingo Bernardi, «contexta a las prevenciones que se le han hecho sobre la pesca de aquellos naturales en la costa de Africa». En ella se refiere Domingo Bernardi a otras anteriores sobre el establecimiento de Jorge Glass en la costa occidental africana y responde a una carta del marqués de Grimaldi, primer secretario del Despacho Universal y de Estado, del 24 de enero del mismo año. Esta información permite que, cuando se redactan las instrucciones para el misionero franciscano Fr. Bartolomé Girón de la Concepción, que a finales de 1765 pasa a Marruecos para sondear los propósitos del soberano marroquí en relación con el establecimiento de la paz entre España y Marruecos, se incluya en ellas un texto que afecta a las © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 45 islas Canarias. Este texto, según una minuta aprobada por Carlos III el 15 de octubre de 1765, que puede verse en el legajo 4311, caja 2, es el siguiente: «Los abitantes de las Yslas de Canarias (que sabe V.R. son vasallos del Rey) están en la posesión de tiempo inmemorial de pescar en las inmediaciones de aquella parte de la costa de Africa que está frente a dichas Yslas, y frecuentemente han solido secar en tierra su pescado: experimentando unas veces el mejor trato de parte de los moros bravos que viven por allí y otras veces sufriendo de ellos varias hostilidades que los obligaban a abandonar su pesca y retirarse precipitadamente a sus navíos: con notable perjuicio suyo, porque la gente pobre de las Canarias se alimenta principalmente de aquel pescado. La Ynglaterra, que se ha apoderado de todos los ramos del comercio del mundo y que, con todo, mira con celos que qualquiera otra nación tenta un barco de pescar; no contenta con las famosas pesquerías que desfruta en el Mar del Norte y en Terranova, ha pensado ultimamente apropiarse la pesca que, según va dicho, hacen por necesidad los canarios en la costa de Africa. En seguimiento de esta idea, despachó el gobierno británico un navío al cargo de un tal Jorge Glass para que pasase a establecer una colonia y un fuerte en dicha costa azia el río Guedar; pero quiso la fortuna que, aunque llego a dar fondo en dicho río el expresado Glass, se le frustró su idea por entonces, saliebdo los moros bravos a impedirlo; de que resultó morir mucha de su gente y perderse el navío. También se hizo preciso arrestar en Canarias al mismo Glass, por haberle sorprehendido haciendo el contrabando en ellas y toman violentamente nuestros artesanos para que le ayudasen en su proyecto: de modo que, después de algún tiempo, se le puso en libertad y se restituyó a Ynglaterra. De la narrativa que acabo de hacer colejirá V.R. facilmente dos cosas: La primera, que nos es sumamente necesario un establecimiento en la costa de Africa para que nuestros canarios puedan sin riesgo secar y curar su pescado, que es para ellos alimento indispensable: Y la segunda, que, aunque no tubiesemos este motivo poderoso para solicitarlo, debiamos hacerlo antes que lo consigan los yngleses: Siendo evidente que la mira de esta nación ambiciosa es colocarse allí para tener en continio susto a nuestras Yslas y estar a mano de interceptar en tiempo de guerra nuestros navios de Yndias. Digo todo esto a V.R. para que se haga cargo de los motivos repetidos que tenemos para solicitar el establecimiento en aquella © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 46 M. Arribas Pa/au costa; pero, en las conferencias, sólo hablará V.R. de las primeras razones, que son: el no poder vivir los canarios sin aquel pescado y no poder hacer su pesca sin dicho establecimiento; pues éstas bastarán a convencer a aquel príncipe de que no llevamos miras perjudiciales a su soberanía; y antes conocerá que le resulta el beneficio del comercio que se podría fomentar entre dichos ysleños y los árabes de la misma costa. En quanto a los recelos que nos causan los yngleses, no dirá V.R. cosa alguna en Marruecos, porque por allí podría tener noticia la Ynglaterra de nuestra inquietud y doblar sus esfuerzos: Pero, como estamos informados de que aquel Emperador no gusta mucho de los yngleses, convendrá que V.R. le haga ver con maña que, si no han logrado hasta ahora el intento de establecerse donde va dicho, lo conseguirán en adelante y que, una vez puesto e"I pie, se estenderán infinito, como hacen en otros parages de Africa, Asia y América: de modo que, si el Emperador desea evitarlo, el medio más suave y natural es permitir que hagamos nosotros el establecimiento antes, ya que no hay riesgo de que nos estendamos más allá de lo que nos den. Finalmente V.R. expresará que lo que pedimos es que dé licencia a los abitantes de Canarias para formar un pequeño establecimiento en el río Guedar o en sus inmediaciones; y si esto no gustare al Emperador, en qualquiera otra parage que señale, como no diste mucho de nuestras Yslas: de modo que puedan los canarios hacer quieta y seguramente su maniobra de curar el pescado, sin riesgo de ser insultados por la parte de tierra por los moros bravos; y que asimismo les sea lícito tomar sus medidas para precaverse por el lado de la mar de las hostilidades que podría hacerles qualquiera embarcación de guerra de los enemigos de la España. Para que V.R. comprehenda el parage de que voy hablando y para que aquel Emperador se asegure de que nuestra solicitud no trae perjuicio a él ni a sus vasallos, pues que en todas aquellas inmediaciones no tiene pueblo alguno, acompaña a esta carta un mapa de las Yslas Canarias y de la parte de Africa que está enfrente: en el qual va señalado el río Guedar, que es donde arribó ultimamente Jorge Glass. Conviene también hacer a V.R. dos reflexiones sobre el asunto para que haga de ellas el mejor uso que pueda: La una es que este pequeño establecimiento que pide el Rey nuestro Señor al Emperador de Marruecos como favor y como una prueba de su amistad, han intentado hacerlo los yngleses de mano armada y sin el beneplácito de aquel principe: de que debe inferirse que lo bolverán a intentar hasta conseguirlo: La otra reflexión es que esto mismo que pedimos en el día lo estubo poseyendo la España por dilatados años, pues consta por documentos originales que, al © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 47 tiempo de la conquista de las Canarias, nos hicimos dueños de aquella parte de la costa de Berbería y tubimos constantemente una fortaleza en ella: Pero, sin atender el Rey a estas razones, quiere lograr el establecimiento por medios amistosos»l. En el mismo legajo y caja hay una nota de puño y letra del marqués de Grimaldi en que explica la forma en que debe redactarse la instrucción al P. Girón incluida la pesca de los canarios y la petición de un establecimiento en la costa atlántica. El 22 de febrero de 1766, por la tarde, el P. Girón celebró una extensa conferencia con Mawlay Idris b. al-Muntasir, primer ministro marroquí2 . En ella trató el misionero franciscano todos los puntos comprendidos en. la instrucción. El P. Girón da cuenta da esta conferencia al marqués de Grimaldi en una carta fechada en Mequínez el 27 de febrero, que se encuentra en el legajo 1344, caja 2. En ella figura este párrafo: «Con toda especificación le toqué el punto de nuestras Yslas Canarias, y me dixo que se concedería en la misrria forma que deseaba el rey de España». A pesar de estas seguridades, en otra reunión del P. Girón con el primer ministro marroquí, que tuvo lugar el 2 de marzo, Mawlay Idris comunicó al misionero español, «en lo respectivo a las Canarias, no tenía por conveniente acceder S.M.Y. en el consabido sitio, pero que frente a las dichas Yslas estaba Santa Cruz de Berbería y que aquí daría sitio para la pesca, pero no con las consabidas circunstancias». Así lo manifiesta el P. Girón al marqués de Grimaldi en carta fechada en Mequínez el 8 de marzo de 1766, que se halla también en el legajo 4344, caja 2. El P. Girón regresó a España en compañía del embajador marro- 1. En la transcripción de los documentos, he resuelto las abreviaturas, excepto en las fórmulas de tratamiento, he modernizado lo imprescindible la puntuación y he regularizado el empleo de las mayúsculas. El P. RAMON LOURIDO DIAZ, O.F.M., Los misioneros franciscanos ... pp. 148-151, publica en apéndice documental el texto integro de estas instrucciones de Estado, legajo 4308 y del A.G.S. (Archivo General de Simancas), sección de Guerra Moderna, supl., legajo 266. 2. Sobre este ministro puede verse la obra del P. RAMON LOURIDO DIAZ, O.F.M. Marruecos en la segunda mitad del siglo XVIII. Vida interna: ... pp. 287-291. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 48 M. Arribas Palau quí Ahmad al-Gazzal. El marqués de Grimaldi expuso a dicho embajador las diversas peticiones españolas, entre ellas la del establecimiento en la costa de Africa para que los canarios pudieran realizar allí la salazón de su pesca. El embajador se limitó a acusar recibo y a prometer que comunicaría a su soberano las peticiones españolas. Carlos 111 corresponde a la embajada marroquí con otra, al frente de la cual va el jefe de escuadra Jorge Juan y Santacilia, a quien se le dan unas instrucciones que, en lo que concierne a las islas Canarias, son similares a las'que llevaba el P. Girón. Cuando estas instrucciones llegan a manos de Jorge Juan, éste las estudia concienzudamente y expone su parecer en relación con el proyectado establecimiento en la costa de Africa en una carta fechada en Cádiz el 3 de febrero de 1767, de la que tenemos una minuta en el legajo 4308, con este texto: «He reflexionado sobre el establecimiento que pretendieron hacer en la costa de Africa los Yngleses y sobre la carta de D. Domingo Bernardi en que aparenta lo conveniente que será precaver el suceso y que el Rey lo haga para beneficio de la pesca de los canarios en aquellas costas; y. aunque por lo que se sirve prevenirme el Rey en la ynstrucción nunca se apartarán mis designios de solicitarlo con la sagacidad que se requiere, no quiero dexar de exponer a V.E. mis ydeas para que, reflexionadas, haga el uso que su conocida prudencia y conocimiento dictaren. No da más motivos Bernardi para las solicitaciones de Jorge Glass que las esperanzas de poder promover la pesca en las costas de Africa hasta el exceso de la que se hace en el banco de Terranova y establecer un comercio hasta lo más remoto de Africa. La pesca, en primer lugar, ni es ni puede ser como se pinta, porque ni es de la calidad ni de la abvundancia de la del banco de Terranova, a más de ser en mares muy profundos, lo que la otra sobre un banco, cuya circunstancia facilita mucho la pesca. Para mayor prueva de ello no es menester sino considerar que quantas costas hay desde Marruecos por España hasta Ynglaterra tienen la misma calidad y cantidad de pesca, y aun con más exceso las de más al Norte: en ninguna de ellas ha sido jamás posible conseguir semejantes establecimientos como los que se presume Bernardi, conque cómo puede ser posible que en la costa de Africa produzca más que las otras? Las pescas de allí son como las de estos alrededores de Cádiz, Lisboa, &".; se coge para mantener los lu- © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 49 gares circunvecinos, pero no para comercios de toda la Europa. El mismo Bernardi puede confesar que son muy pequeños y pocos barcos los que la hacen: no son navios, como en Terranova: toda la pesca de la costa que hacen los ysleños no montará quizas a la carga de un solo navio. No estribaba en la voluntad de Glass el aumentarla; es preciso que el mar dé el pescado, y no se han encontrado aún medios para obligarle a ello. Estas reflexiones debieran bastar para disuadirse de la ydea concebida; pero se dirá que, aunque la pesca sea poca e incapaz de aumento, siempre se hace precisa para los ysleños y, por consiguiente, la necesidad de un establecimiento donde poder salar. Es éste, sin embargo, un pensamiento equivocado, que resulta de lo que se practica en Terranova, y no porque allí se hagan precisos lo han de ser también en Africa. En Terranova se pesca en embarcaciones menores y se va salando y guadando hasta completar la carga del navío; y en Africa no hay sino el solo barquillo con que se pesca. Para prueva de la poca necesidad que tienen los ysleños de semejante establecimiento y que les basta para salar el mismo barco, es que, puesto que ellos salan ya sea al Norte o al Sur de sus Yslas, a 40 o 60 leguas de ellas tan fácil les es arribar a la costa de Berbería como al Lanzarote: no lo hacen a ésta, luego es evidente la ninguna necesidad. No pongo duda, sin embargo, que lo hayan hecho alguna vez, pero esto se havrá reducido a tal qual ocasión que hayan pescado en las inmediaciones de los parages donde podían aportar. No siempre pueden pescar en el mismo sitio; deben alargarse ya a un lado, ya a otro, ~ por consiguiente qualquier establecimiento que se les dé, será como si se les diera el de la ysla de Lanzarote. El mismo Bernardi lo confiesa, pues no está aún seguro de dónde deba ser; quiere que se examine la costa por yngenieros y que resuelvan lo que más convenga. Si ningunas ventajas se logran por establecer a los ysleños en Africa, tampoco, se puede por ello conseguir que los yngleses dexen de executarlo: hay varios parages donde poderlo poner en práctica, según el mismo Bernardi, conque, si no lo hacen en el puerto de Vared o de Santa Cruz del Mar Pequeño, porque los españoles lo hayan ocupado, lo harán en otro más o menos distante y el perjuicio siempre sería el mismo imaginado. No puede ser la pesca la que induxo a Glass a sus solicitaciones; más bien parece que lo sea el comercio interior de Africa; pero, siendo éste tan corto, más parece que el fin de él se reducía a establecerse un modo de vivir, como hacen muchos en Ynglaterra: quien se pierde es el comerciante que hace los préstamos; el que emprende la obra siempre sale ganancioso y pondera ventajas soñadas. Supongase, sin embargo, que fuese de alguna utilidad a los © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 50 M. Arribas Palau canarios el establecimiento pretendido en los términos expresados: de qué gasto no le setía al Re? Es preciso forticiarle: ponerle un governador y tropa que lo custodie, y en tiempo de guerra con mucha más fuerza. Yo creo que aun saliera más barato comprar el pescado en Terranova y llevárselo a los Ysleños. Todas estas razones preponderan mucho, y aun se agrega la de que el embaxador Sidy Ahmed el Gacel no contesta en la respuesta a la V.E. sobre el dicho establecimiento, y creré que sea por repugnarle. Si a S.M. le hicieren igual fuerza, se podría mudar la ydea en dar noticia a los moros de lo que pretendió hacer Glass, de la mala fe con que con ellos procedió y del cuydado con que deben vivir para no dexar establecer a los yngleses. Buelvo a repetir a V.E. que, no obstante todas estas reflexiones, me governaré por lo presente según las ynstrucciones de S.M. hasta que se sirva mandarme lo que fuere más de su real agrado.» El marqués de Grimaldi contesta desde El Pardo a Jorge Juan el 9 del mismo febrero, en carta que se encuentra en el legajo 4308, en la que dice: «He recibido varias cartas de V.E. de 3 del corriente, (... ) una trata de asunto mui serio, en que interesa el Real servicio. Esta es la que habla del artículo que se desea incluir en el tratado de paces con Marruecos sobre hacer un establecimiento en la costa de Africa para fomentar la pesca de los canarios en aquellos parages: Ya este propósito hace V.E. varias reflexiones, dirijidas a probar las cortas ventajas, o tal vez inconvenientes, que podrían seguirse de semejante establecimiento. Esté V.E. seguro de que el Rey ha leido esta carta con toda atención y que aprecia mucho el celo que inspira a V.E. aquellas reflexiones. Algunas de éstas se habían presentado ya al tiempo de formar la instrucción, bien que no se consideraron bastantemente poderosas para mudar el proyecto; y otras son nuebas, en quanto se oponen a las noticias que nos daban de Canarias. Tengo por inútil dilatarme en contextar suparadamente a cada una de las réplicas, porque bastará enterarle con claridad de las intenciones de S.M. en esta parte. El asunto es en sí tan grave y serio, que parece justo tomarse tiempo y adquirir quantas noticias se pueda antes de plantificar el proyectado establecimiento; pero de todos modos, tiene S.M. por preciso que se pida y logre el permiso del Emperador de Marruecos para hacerlo: dejando así a nuestro arbitrio practicar lo que más nos convenga. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 51 Nunca se ha creido que la pesca en aquella costa de Africa pudierse llegar a comparación con la de Terranova ni aun remotamente; pero, sentado que a veces no tienen otro alimento la gente pobre de Canarias, y que los moros bravos de dicha costa les impiden sus maniobras a los pescadores, no cabe más arbitrio que establecerse allí con algún poder suficiente a contenerlos. Es cierto que sería inoportuno formar una fortaleza que emplease bastante tropa y causase mucho gasto, sin estar seguros de unas ventajas equivalentes; pero por esta misma consideración no ha habido hasta ahora más designio que hacer (en el parage que se juzgue más a propósito) un pequeño fuerte de tierra o de faginas que bastase a precaber los insultos de los moros bravos errantes: dejando que el tiempo y la experiencia indicasen si convenia aumentarlo o abandonarlo. Verdaderamente puede atribuirse a empresa de un aventurero la tentativa del inglés Jorge Glass; pero, como esto no nos consta, cabe creer también que quando hubo comerciantes que franquearon sus caudales, sus ganancias se prometían: Y lo que no admite duda es que la idea se siguió con noticia, aprobación y aun estímulo del gobierno britanico, el qual pasó con nosotros oficios mui fuertes sobre la prisión en Canarias del citado Glass: Y autorizó esta empresa con un acto del Parlamento. Suponiendo que la pesca se pudiese verificar en la costa de Africa, no debe retrahernos de la idea de intentar la reflexión de que no sería tan abundante como la de Terranova: pues, a lo menos en la parte que alcanzase, disminuiría el consumo del bacalao inglés y consiguientemente la extracción de nuestra moneda: así como convendría nuestra pesca y salazón en las costas de Galicia y Asturias, no obstante que no pudiese ser tan copiosa como la de Terranova ni fuese tan esquisito el pescado. Por lo que toca a la calidad y sabor del que cojen los canarios en la costa de Africa, aseguro aV.E. que tubimos aquí el año pasado un poco de muestra, que mereció general aceptacion: advirtiendo que estaba muy bien conservado, aunque en el modo de salarlo no tienen los naturales de Canarias todas las instrucciones, que pueden ir adquiriendo poco a poco. Es evidente que nunca podremos impedir a los ingleses que se establezcan quando quieran en las costas de Africa, aunque preceda un establecimiento nuestro; pero es igualmente cierto que en este caso no lo intentarían ellos sin llevar hecho el ánimo a hacer uno considerable y costoso porrespeto al nuestro: Y para plantificar uno de esta especie podrían tener mil reparos. Quanto llevo dicho es por via de ilustración, ciñendome a encargar a V.E. reflexione más y más sobre este punto y busque © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 52 M. Arribas Palau quantas noticias pueda, avisando las que considere dignas. Acá se procurará hacer lo mismo: Y entretanto arréglese V.E. a la instrucción y al contexto de esta carta». Jorge Juan acusó recibo de esta carta en una fechada en Cádiz el 17 de febrero, de la que tenemos el original y una minuta en el legajo 4308, con el texto siguiente: . «He leydo con cuidado la carta de V.E. de 9 de febrero, que trata sobre el establecimiento que se ha de hacer en la costa de Africa para fomentar la pesca de los canarios: me he hecho cargo de todas las reflexiones de V.E. y, por último, de la deliberación sobre que convendrá seguir lo que S.M. tiene determinado. En la ydea misma que así lo havía de practicar me havía embarcado, porque mis reflexiones no se dirigen sino a lograr el mejor servicio de S.M. no perdiéndose nada por exponerla con el respeto que me es devido: así continuaré, puesto ser de la aprobación del Rey, e igualmente emplearé las mayores eficacias para que se logre lo que se sirvió prevenirme en las ynstrucciones.» Durante la estancia de Jorge Juan en Marrakus para gestionar el tratado de paz, el embajador español da cuenta al marqués de Grimaldi, en carta fechada en dicha ciudad el 23 de mayo de 1767, que se encuentra en el legajo 4308, de haber extendido los artículos preliminares para el tratado de paz y habérselos entregado a Ahmad al-Gazzal. y comenta en dicha carta, en un párrafo que en gran parte estaba cifrado y fue descifrado en la secretaría de Estado, que el mencionado Ahmad al-Gazzal «La mayor dificultad que puso fue sobre el establecimiento en la costa de Africa, mirando casi como imposible que el Emperador conceda el que se fortifiquen en sus costas: pues como tales miran a aquellas, por más que los patricios le obedezcan poco o nada; dixo que en essa corte havía reusado concedérselo y, en efecto, en su respuesta no contesta. Reusó también proponerlo al Emperador, pero por fin ya se ha reducido a executarlo». El marqués de Grimaldi responde a estos comentarios de Jorge Juan en una carta fechada en Aranjuez el 16 de junio de 1767, que se halla en el legajo 4308, en la que figura este párrafo: «Las reflexiones que hace V.E. sobre cada uno de los artículos en que prevee alguna dificultad son mui fundadas; y, habiendolas aprobado S.M., se conforma con que el tratado se forme y ajuste según V.E. juzgue oportuno, atendidas todas las circunstancias. » © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 53 El tratado fue firmado a finales de mayo de 1767. En él no se concedía el permiso para el establecimiento de los canarios en la costa occidental de Africa. . He utilizado la documentación que aparece en distintos legajos del Archivo Histórico Nacional, sección de Estado, para la redacción de dos artículos publicados en el «Anuario de Estudios Atlánticos». El primero de ellos llevan el título de Notas sobre el abastecimiento de granos a Canarias desde Marruecos (1769-1789) y apareció en el núm. 25, año 1979, pp. 359-408. El segundo acaba de publicarse en el núm. 29, año 1983, pp. 389-450, de dicho «Anuario», con el título de El general López Fernández de Heredia, Canarias y Marruecos. Es otro artículo, titulado Un intento frustrado del alcaide Dris para fugarse de Marruecos, que apareció en la «Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos », vol. LXXXVIII, 2, julio-diciembre 1975, pp. 541-556, me interesaba por el intento realizado por el renegado alcaide Driz para fugarse de Marruecos a bordo de un buque corsario de Canarias. El intento fue descubierto y dos marineros del buque canario quedaron presos en Marruecos. Tenemos varios documentos en el legajo 3565, caja 2, que tratan del naufragio de una embarcación pesquera canaria, con veintisiete hombres, en las proximidades del río Nun. El primero en dar cuenta de este suceso al conde de Floridablanca, que en 1777 había sustituido al marqués de Grimaldi3 , es Juan Manuel González Salmón, que en octubre de 1783 había sido nombrado cónsul general de España en Marruecos4 . En carta fechada en Tánger el 27 de octubre de 1784, decía González Salmón que se había enterado de que los náufragos estaban repartidos: algunos habían quedado en poder del príncipe Mawlay 'Abd alRahman, que llevaba algún tiempo por aquellos parajes, sin querer regresar a los dominios del Emperadors; otros estaban en manos de 3. El nombramiento del conde de Floridablanca para desempeñar el cargo de primer secretario de Estado y del Despacho en sustitución del marqués de Grimaldi se publicó en la «Gazeta de Madrid» núm. 8, del martes 25 de febrero de 1777, p. 71. . 4. Sobre JUAN MANUEL GONZALEZ SALMON puede verse: V. RODRIGUEZ CASADO, Política marroquí.. , cap. XI, Consulado general de González Salmón y misión estraordinaria de Salinas, pp. 335-372. 5. El P. RAMON LOURIDO DIAZ, O.F.M., en su Marruecos en la segunda mitad del siglo XVlJI. Vida interna: ... dedica un apartado a la 'Rebelión de Mawlay 'Abd alRahman', pp. 311-316. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 54 M. Arribas Palau particulares; y de otros se ignoraba el paradero, pues se decía que los habían llevado tierra adentro. El cónsul español esperaba una próxima ocasión propicia para inclinar el ánimo del monarca marroquí a dictar las providencias necesarias para que los náufragos canarios recobrasen su libertad o que concediera su permiso para que se hiciera el encargo a algún marroquí particular, ya que, sin consentimiento y orden expresa del Emperador, nadie aceptaría el encargo, pues en otra ocasión había impuesto el soberano marroquí penas rigurosas a quienes habían participado en otro rescate. Por si acaso fuere necesario recurrir a los servicios de un particular, González Salmón se dispone a escribir a Gabriel Gavaró, su agente en Mogador, «para que me informe de lo que suele costar cada individuo que se rescata de entre aquellos árabes y, con este conocimiento, dar mis providencias para que estos pobres españoles consigan volver a su patria; avnque me persuado que S.M. Marroquí abrazará este empeño por sí, luego que se los pida». Poco después, el 3 de noviembre, es el comandante general de Canarias, marqués de Branciforte, quien expone el caso al conde de Floridablanca, en esta forma: «Haviendo salido de la Gran Canaria a fines de Agosto de este año el barco de Nuestra Señora de las Angustias con 27 hombres pescadores de tripulación, con destino de hacer acopio de aquel pescado que, salado, sirve para la manutención de la mayor parte de los avitadores de esta provincia, tuvo la desgracia de barar en el mes de Septiembre en el cavo que llaman de Bogador, costa de Africa perteneciente al rey de Marruecos, sin tener adbitrio para liveratarse de esta fatalidad y sus consecuencias. Este suceso, que ha echo estremecer amás de ochenta personas, que, entre mugeres, padres e hijos, mantenían dichos pescadores, cuia lista incluio, ha penetrado el corazón de los ministros de esta Audiencia, quien me ha suplicado haga a V.E. esta representación, que executo movido del mismo sentimiento y también por la gran falta que hacen para los progresos de la pesca y para la de la ballena que proyecto entablar, de que a su tiempo daré parte aV.E. Con cuia atención espero de V.E. dé quenta al Rey para que, vsando de su innata piedad, se digne reclamar dichos yndividuos del de Marruecos, para que logren sus familias el deuido alivio y el público las utilidades correspondientes a su industria y oficios». © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 55 De esta carta hay dos ejemplares en el referido legajo. Uno de ellos va acompañado de la siguiente. «Memoria de las personas que componen la conpaña del barco del tráfico de la costa de pesquería llamado Nuestra Señora de las Angustias, su dueño Andrés Cabral, y que encalló en dicha costa y son las siguientes: 1. Joseph Cabrera, mandador, tiene su muger y quatro hijos 2. Juan Antonio Cabrera, tiene su muger y tres hijos 3. Joseph Cristóual, tiene su muger 4. Joseph Romero, tiene su muger y sinco hijos 5. Bernardo Diepa, tiene su muger 6. Joseph Velasquez, tiene su muger y tres hijos 7. Nicolás San Roque, tiene su muger y vna hija 8. Juan Angulo, tiene su muger y vna hija 9. Pedro Gutierres, tiene su madre 10. Siluestre Amunes, solo 11. Juaquín Romero, hijo de Joseph Romero 12. Carlos Aguililla, tiene su muger ensinta y dos hijos 13. Juan Quebedo, tiene su muger y vn hijo 14. Felis de Santa Anna, tiene su muger 15. Andrés Palomo, tiene su madre viuda 16. Joseph Naranjo, tiene su muger y dos hijos 17. Gregorio Cabrera, digo, Queuedo, tiene su padre y madre 18. Jacinto Hernandes, tiene sus padres pobres, los que mantiene 19. Nicolas Juanote, tiene su padre ynpedido y su madre 20. Mathias Palomo, tiene su muger y siete hijos 21. Pedro Cabrera, hijo del mandador 22. Joseph Juanote 23. Manuel Rauelo, tiene su muger y dos hijos 24. Agustín Lorenzo, tiene su madre viuda y quatro hermanitos 25. Fernando de Santa Anna, de ozze años de hedad 26. Joseph Muchas Cruzes, de diez años de hedad 27. Ramón Romero, de corta hedad Es copia de la memoria o lista presentada a la Sala Joseph Antonio Penichet (Signado y rubricado)>> El 18 de diciembre informaba el cónsul Juan Manuel González Salmón al conde de Floridablanca que el día 7 de dicho mes, aprovechando una coyuntura favorable, había escrito al monarca marroquí, © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 56 M. Arribas Palau pidiéndole «los viente y siete españoles que naufragaron en Río Nun, y me persuado que incontinente mandará S.M. se recate esta gente del poder de aquellos árabes, y a su tiempo tendré el honor de participar a V.E. las resultas». El conde de Floridablanca contesta el 25 de enero de 1785, desde El Pardo, a las dos cartas del marqués de Branciforte del 3 de noviembre de 1784, explicándole las gestiones que realizaba el cónsul general en Marruecos para lograr la liberación de los marineros canarios cuyo buque había varado a la altura del cabo Bojador. De la respuesta del primer ministro español tenemos una minuta con este texto: «En contextación a las cartas de V.E. de 3 de Noviembre'que tratan de la desgracia ocurrida al barco Nuestra Señora de las Angustias, que salió de la Gran Canaria a fines de Agosto, de barar en el cabo que llaman de Bogador, en la costa de Africa; puedo decir a V. que, así que el cónsul de S.M. en Tánjer, Don Juan Manuel Salmón, tubo noticia de este suceso, procuró adquirir las que pudo del paradero de los 27 hombres que tripulaban el barco y supo que todos se hallaban repartidos en los parages inmediatos al en que habían varado, algunos de ellos baxo el poder de Muley Abdrajaman, hijo del rey de Marruecos, el qual rehusaba pasar a los dominios de su padre: otros en poder de moros particulares y otros tierra adentro: pero, como S.M. Marroquí no es dueño absoluto en aquellos parages, se hace preciso usar de varios medios indirectos, bien que con la protección y apoyo de aquel soberano para poder conseguir la libertad de los referidos 27 hombres, la qual aseguro a V.S. que procura facilitar el citado cónsul y que para su logro se provechan todas las coyunturas, pues el Rey lo desea, para consuelo de aquellos infelices y de esos sus parientes, y ha mandado se haga encargo especial sobre este punto.» En la misma fecha escribía ~l conde de Floridablanca a Pedro Andrés Burriel, regente de la Audiencia de Canarias, dándole cuenta de los términos en que informaba al marqués de Branciforte de las gestiones que se estaban realizando en Marruecos para conseguir la libertad de los marineros canarios, como el propio comandante general le comunicaría. Por su parte, Juan Manuel González Salmón comunicaba desde Tánger el 15 de enero de 1785 al conde de Floridablanca: © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 57 «De resultas de la representación que hize el 7 de Diziembre último a S.M.M. para que se dignase de sacar del poder de los árabes del río Nun a los 27 canarios que tubieron la desgracia de naufragar en aquella costa; me responde S.M. al respaldo de mi propia carta haber dado ya sus órdenes para el efecto y que, luego que lleguen a su Real presencia, me los mandará6 . y pocos días más tarde, el 28 del mismo enero, informaba el cónsul general de España en Marruecos al conde Floridablanca: «Me escriben de Mogador que S.M.M. tiene expedidas repetidas y estrechas órdenes al ebreo Kordojay de la Mar?, habitante en dicho puerto, para que a la myor brevedad saque de poder de los árabes de Río Num a los 27 españoles que naufragaron en aquella costa: Que dos de ellos han llegado ya a Mogador: ocho trahe el príncipie Muley Abdrajaman (este príncipe se ha sometido y viene a la presencia del Rey su padre, quien ha mandado desde Marruecos para que lo acompañen algunos alcaydes con tropa y el estandarte o vandera del Profeta, en señal de seguridad y de que está perdonado de la inobediencia que ha mantenido algún tiempo ha); y que no tardarán los restantes, sin embargo de que se halla dispersos. Tengo prevenido que, si estos infelizes no se les subministra de orden y por quenta de S.M.M. la manutenciÓn y ropas para cubrir sus carnes, pues me dicen que vienen en cueros se les asista con lo preciso» 8 . El conde de F10ridablanca ordena que se saque copia de los dos textos anteriores y se la envía desde El Pardo el 23 de febrero al marqués de Branciforte, con una carta en cuya minuta se dice: 6. La carta original se encuentra en A.H.N., Estado, lego 4317, caja 1, lleva el núm 1." Yva acompañada de una traducción de la respuesta del soberano marroquí, fechada el 10 de safar de 1199/23 de diciembre de 1784. En ella se dice: «Nos llegó esta tu carta, nos inteligenciamos de ella y los christianos que están en Río Nun, nosotros mandaremos quien nos los traiga y. en llegando a nuestra presencia, te los embiaremos a ty, con la ayuda de Dios». 7. ABRAHAM 1, LAREDO: Les noms des Juifs du Maroc, Madrid 1978. p. 707, num 648, 2 cita a Mordekhai De la Mar, 11 amado Hazan Bakha, rabino y rico comerciante y financiero, presidente de la Comunidad israelita de Mazagán en 1786. Consejero y banquero del sultán Sayyidi Muhammad b. 'Abd AlIa. 8. La carta original se encuentra en A.H.N., Estado, leg. 4317, caja 1, y lleva el núm. 4. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 58 M. Arribas Palau «La copia adjunta contiene las noticias que el cónsul general del Rey en Marruecos me ha comunicado en sus últimas cartas acerca de la libertad que van adquiriendo algunos de los canarios que naufragaron el mes de Noviembre en aquellas costas y la esperanza de que puedan restituirse todos a sus casas. Tengo singular complacencia en instruir a V.S. de estas noticias, como en que las lleguen a saber esa Audiencia y las personas interesadas, a quienes, V.S. las comunicará.» Pedro Andrés Burriel contesta el8 de marzo al conde Floridablanca y le dice: «He recibido la carta de V.E. de 25 de Enero de este año, en que me dice cómo en aquel mismo día respondía V.E. al marqués de Branciforte acerca de los deseos del Rey y medios que se ponían en uso para libertar a los 27 hombres del barco Nuestra Señora de las Angustias, que varó en la costa de Africa; haviendo representado este comandante general en los términos más eficaces a favor de aquellos infelices, manifestando al propio tiempo lo mucho que esta Real Audiencia y yo nos interesabamos en su alivio; y que el mismo comandante general nos enteraría del contenido de la carta de V.E. En efecto, lo ha hecho así, insertando la carta de V.E. en otra suya a mí de l." de este mes, concluyendo con que lo pasa a mi noticia para que, dando cuenta al Tribunal por el interés que ha tomado sobre rescate y restitución, conozca el estado en que se halla este asunto y el encargo especial que el Rey ha hecho para conseguir el alivio y consuelo de aquellos infelices y de sus parientes, a quienes podría yo comunicar esta noticia por los medios que me pareciese para que con la esperanza que pueden prometerse de tan soberana protección, vivan con menos aflicción y penalidad. Luego que recibí la carta de V.E., entregué, de acuerdo con mis compañeros, una copia de ella a Andrés Cabral y Placeres, más conocido por Megrín, dueño del dicho barco varado, y que se ha esmerado quanto le han permitido sus facultades en favor de los 27 cautivos y sus pobres familias, para que la comunicasen a éstas y las consolase con tan fundadas esperanzas en la paternal piedad del Rey N.S. y buenos oficios de V.E., y después le he entregado otra de la del comandante general en que viene copiada la de V.E. para el mismo fin: que se ha conseguido perfectamente, bendiciendo estas infelices gentes a S.M. y llamándole padre, arrasados sus ojos en lágrimas de gozo. Yo, si no fuera cosa impertinente, daría, por el acuerdo y por mi, las más respetuosas gracias a nuestros benignisimos soberanos © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 59 por unos efectos tan propios de su bondad; pero nos contentaremos con pedir a Dios incesantemente la felicidad de S.M. en todo y contribuir en lo que nos toca a su mayor servicio.» El marqués de Branciforte tarda unos días más en contestar al conde de Floridablanca. Por fin,.el 16 de marzo dirige al comandante general de Canarias el siguiente escrito al primer ministro: «La noticia que V.E. me comunica en 25 de Enero vltimo de hauerme echo por el cónsul de S.M. en Tánger las más vivas diligencias para la livertad de los 27 hombres del barco de las Angustias, que baró en el cabo de Bogador, costa de Africa perteneciente al Rey de Marruecos, y el interés que S.M. ha tomado, dando orden para que se haga encargo especial sobre estte asunto; ha sido tan aplaudida en estta provincia como corresponde a la singular piedad con que S.M. la distingue en su amable corazoón. De todo di cuenta a la Audiencia, pasándole a la letra la Real Orden para su inteligencia y que la hiciese saver a las familias de aquellos ynfelices; y me asegura su rejente que las lágrimas que públicamente han derramado con el gozo de dicha Real Orden ha sido un panegírico general de las piedades del soberano, pidiendo a gritos la conservación de su preciosa vida, que es lo que todos los que tenemos el honor de servirle deseamos y suplicamos constantemente al todo poderoso.» Esta es la documentación que he encontrado en el legajo 3565, caja 2, relacionada con el caso. Ahora bien, las gestiones para lograr la repatriación de los náufragos canarios se prolongaron durante casi dos años. La documentación de 1785 se halla en el legajo 4317, caja 1; la de 1786, en el legajo 4319, caja 1. El 2 de septiembre de 1785 comunicaba Juan Manuel González Salmón al conde de FIoridablanca: «Ha días que el Rey de Marruecos mandó a Rebat los quatro canarios que vltimamente se han rescatado del Río Nun, con orden de que se mantengan ally hasta que S.M. llegue. Esto creo que será con la intención de ver si mientras permanese en Marruecos le llegan algunos otros para remitirselos todos juntos y, quando no, soy de sentir que luego que S.M. llegue a Rebat me enviará los quatro.» El soberano marroquí envía estos cuatro canarios al cónsul de España en Tánger a finales de octubre, según aviso de Fr. Cristóbal Ríos, © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 60 M. Arribas Palau viceprefecto de las misiones de Marruecos, del 7 de octubre, de que Juan Manuel González Salmón informa al conde de F10ridablanca el 27. Cuando estos cuatro canarios llegan a Tánger, el cónsul español los envía a Ceuta y el 7 de noviembre dice al primer ministro: «Los quatro canarios que me ha mandando S.M.M. los he embarcado para Ceuta para que desde allí pasen a sus casas. Estos hombres me han informado que los 17 mas que han quedado en Río Num, de los 27 que tubieron la desgracia de naufragar en dicho parage. treze se hallan en poder del principe Muley Abdrajaman y quatro con vn moro de los principales, y que ni este ni Muley Abdrajaman quieren darlos si no se les paga doscientos pesos fuertes por cada uno. Como S. M. Marroqui solo pasa ciento a el ebreo que tiene la comissión de rescatarlos, es difícil logren su livertad aquellos infelizes, mayormente quando tampoco quiere este Soberano que ninguno otro tenga que entender en el asunto más que el expresado ebreo; pero he tenido noticia que para sacar de entre aquellos árabes a los franceses que tuvieron igual desgracia que los nuestros, se valieron algunos comerciantes de dicha nación que residen en Mogodor del mismo comisionado ebreo, ofreciendole reservadamente avonarle lo que costase más cada indibiduo de los cien pesos fuertes que S.M. Marroquí da, y de este modo han conseguido poner en libertad la tripulación de las dos embarcaciones que se perdieron en aquellas costas, excepto tres hombres que aún les quedan por hallá. Si, viendo que S.M. Marroquí no se aviene a dar el dinero que piden por los nuestros, y a V.E. le pareciere combeniente que para livertar a estos 17 hombres ofrezca yo sigilosamente a el ebreo que tiene la comisión el abonarle lo que le cueste más de los cien duros que libra el Rey de Marruecos por cada uno, lo pondré en execución luego que tenga la aprovación de V.E.» A esta carta responde al conde Floridablanca con el siguiente párrafo, que aparece en un escrito del primer ministro fechado en Madrid el6 de diciembre: «Ha parecido bien a S.M. el que Vm. envíe a Cádiz a los quatro canarios náufragos en el cabo Nun, que le acaba de enviar ese Soberano y aprueba S.M. el que Vm. procure en el modo que propone el rescate de los demás»9. 9. La carta que contiene este párrafo se encuentra original en A.H.N., Estado,leg. 4316. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 61 Cuando este escrito llega a manos de Juan Manuel González Salmón, éste contesta al conde de Floridablanca el27 de enero de 1786, en su carta núm. 8, diciendo: «Quedo enterado han llegado a V.E. mis cartas de 7 y 12 de noviembre del año próximo pasado y que, haviendo dado cuenta a S.M. de sus contenidos, han merecido su Real aprovación. Procuraré en los términos que he propuesto a V.E. el rescate de los demas canarios que se hallan en el Río Non, pero aguardaré a ver si S.M. Marroquí los pone en libertad, como me ofreció, y se ha encargado este particular a su hijo AbsalemlO , que se halla en la provincia de Tarudante.» En abril de 1786 le llega al cónsul español en Marruecos la noticia de que uno de los náufragos canarios ha logrado evadirse. González Salmón lo comunica al conde de Floridablanca en su carta núm. 48, del 11 de dicho mes de abril, en esta forma: «Me avisan de Mogodor haverse savido allí por moro del Río Nun que vn canario de los que están con el príncipe Muley-Abdrajaman, se le escapó y que, yendo al lugar que él tenía noticia o savia se aproximaban los pescadores de las Yslas, logró su libertad, metiéndose en vna lancha.» En la misma carta dice el cónsulo español: «Quando S.M. Marroquií me remitió los vltimos desertores de Melillat t, le escribí dándole las correspondientes gracias y al mismo tiempo le recordé los pobres canarios que se hallan en Río Nun. No dudo que S.M. hará por sacarlos de entre aquellos salvages y, quando no, procuraré yo hacerlo del mejor modo que se pueda.» El 11 de yumada 11 de 1200 / 11 de abril de 1786 contesta el sultán marroquí a Juan Manuel González Salmón, expresándole que «por lo 10. Del príncipe Mawlay Abd al-Satam se ocupa el P. Fr. RAMON LODRIDO DIAZ, O.F.M., Marruecos en la segunda mitad del siglo XV/lI. Vida interna; pp. 333-336. 11. En el 1 Congreso Hispano-- Africano de las Culturas Mediterráneas, celebrado en Melilla del 11 al 16 de junio de 1984, ha presentado una comunicación sobre Correspondencia del último tercio del siglo XV/lI relativa a Melilla. Uno de los temas tratados en dicha comunicación es el de los desertores. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 62 M. Arribas Palau que nos dices de los christianos españoles que con la embarcación se perdieron en Río Nun, nosotros hemos mandado por ellos y, quando nos lleguen, si dios quiere, te los embiaremos prontamente». El cónsul español da cuenta de ello a su primer ministro en carta núm. 56, del 20 de abril, a la que adjunta una traducción de la respuesta del soberano marroquí. Pocos días después, el 29 de abril, comunicaba González Salmón al conde de Floridablanca en su carta núm. 60: También me escriben de Mogodor que se aguarda llegue allí en breve el príncipe MuJey Abdrajaman, que ha vnos quantos años que se halla fugitivo de los dominios del Rey su padre por las partes del Río Nun y parece que la miseria y travajos a que se ve reducido le han obligado a solicitar el perdón y acogida de su padre, quien, olvidando todo lo pasado, dicen mandó se hiciesen vnos quantos vestidos y se le enviasen al Principe para que se le presentase con desencia. Esta noticia me ha agradado mucho, porque lograrán su libertad los pobres canarios que están en poder de dicho Príncipe y que hasta ahora no los ha querido entregar.» El 27 de junio de 1786, en carta núm. 88, daba cuenta el cónsul español en Marruecos al conde de Floridablanca de haberse enterado de la llegada a Marrakus de siete de los canarios que habían naufragado en el río Nun, y añade nuestro cónsul: «pienso no me los entregará S.M. hasta que yo esté en su Real presencia, por tal de hacerme este obsequio con ellos». Algún tiempo después, el 12 de agosto, en su carta núm. 107, comunicaba González Salmón: «Ademas de los siete españoles que han llegado a MarrueCOSL 2 de Río Nun, han benido vltimamente tres. Este Soberano los ha hecho bestir a todos y sin duda me los entregará quando yo esté alli, confirmándome mas esto el que hasta ahora no se me ha dado S.M. por entendido de la llegada de tal gente.» Sin embargo, el 18 de sawwal de 1200/14 de agosto de 1786 el sultán marroquí pasa instrucciones a González Salmón para que se quede en Casablanca, donde se ocupa de la exportación de granos a España, y no vaya a Marrakus. Entonces nuestro cónsul dice al conde de Floridablanca en carta núm. 109, del 22 de agosto: 12. La ciudad de Marrakus. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 63 «Havía pensado, quando me hallasse en presencia de S.M. Marroquí, pedirle los diez canarios que naufragaron en Río Num, en casso que antes no me los entregasse S.M.; pero, con motivo de no ir ya a la corte, he escrito a dicho Soberano y al Effendyl3 reclamando esta gente, con el fin de poderlos embarcar por aquí a Cádiz antes que me retire de este destino.» La gestión del cónsul español se ve coronada por el éxito. Los diez náufragos canarios llegan a Casablanca el 4 de septiembre. Al día siguiente, en carta núm. 118, González Salmón daba cuenta de ello al primer ministro español en esta forma: «Ayer llegó a ésta Sid Taxer Fenix l4 , quien me ha hecho entrega de los diez españoles que naufragaron en Río Nun, y los boy a embarcar en vna fragata nacional que se halla en esta rada para cargar de trigo para Cádiz por cuenta de la cassa que ha de seguir aquí la extracción. Esta gente biene en mui buen estado y regularmente bestida, porque el Soberano, como he noticiado a V.E., los hizo assear al tiempo de presentárselos en Marruecos; y ya en Río Nun no queda más que vn muchacho que, según me han informado éstos, se ha vuelto moro, porque su amo lo obligo a ello con amenazas, y la corta edad del chico, como aun de siete para ocho años, no le ha permitido resistir la fuerza de aquel bárbaro, y assy es ya mui dificil poder recobrarlo. Otros dos me dicen que se han muerto, que, con los veinte y quatro que nos ha entregado S.M. Marroquí, hacen los veinte y siete que se hallaban en la embarcación de Canarias quando naufragó en aquel parage.» En el legajo 5836 hay tres documentos que guardan relación con el envío a Cádiz de cuatro de los canarios naufragados en el río Nun, comunicado por González Salmón el 7 de noviembre de 1785 y aprobado el 6 de diciembre siguiente. El primero de estos documentos está fechado el 2 de diciembre de 1786 y va dirigido por el conde de las Lomas, gobernador de Ceuta, al ministro de Hacienda, Pedro López de Lerena. Dice así: 13. El ministro Muhammad b. al-Arbi Qaddus Effendi. E. Levi-Provenc;allo cita en Les historiens des Chorfa, Paris, 1922, p. 403. De él se ocupa brevemente WiIliam Lempriere, «A tour from Gibraltar to Tangier ... » 2." es. Londres. 1793, pp. 253 Y255-257. 14. Al-Tahirb. 'Abdal-Haqq Fannis. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 64 M. Arribas Palau «El subteniente de la compañia de Cazadores de esta plaza, Don Domingo Camúnez, encargado por mí de la subministración de socorros a Josef Cristóval Antúnez, Silvestre Antonio Antúnez, Nicolás de los Reyes y Antonio Navarro, naturales de la ysla de Canarias, que, haviendo naufragado en el Río Nun, fueron rescatados por S.M.M. y remitidos a este destino para dirijirlos a sus casas, me ha entregado la relación adjunta, expresiva del gasto que han causado en su manutención; y la paso a manos de V.E. para que se sirva facilitar y comunicar a este ministro de Hacienda la correspondiente Real orden para que se abonen al citado subteniente los ochocientos diez y seis reales de vellón a que ha ascendido el mencionado gasto.» 616 200 816.» El segundo de estos documentos acompaña al anterior y es una relación jurada de gastos hechos por Domingo Camúñez, fechada en Ceuta el 28 de marzo de 1786, con el texto siguiente: «Relación jurada que doi yo, Don Domingo Camúñez, subtheniente de la compañia suelta de Desterrados Armados de esta plaza, de los socorros aubministrados de orden del señor gobernador a Josef Christóbal Antunes, Silbestre Antonio Antunes, Nicolás de los Reyes y Antonio Nabarro, naturales de la Ysla de Canarias, que, haviendo naufragado en el Río Num, fueron rescatados por S.M. Marroquí y mandandos remitir a esta plaza para que desde ella se dirixiesen a sus casas, los quales se empesaron a socorrer a razon de dos rreales vellón diarios a cada uno, en virtud del oficio que pasó el citado señor gobernador al ministerio de Hacienda en fecha de 12 de Noviembre del año pasado de 1785, desde el qual inclusibe es en la forma siguiente: Reales de vellón Por los socorros dados a los quatro exresados cautivos, razón de 8 rreales diarios, desde doze de Noviembre de mil setecientos ochenta y sinco hasta el veinte y siete de Enero de mil setecientos ochenta y seis inclusibe, que importan los setenta y siete días seiscientos dies y seis rreales de vellón . Por la zertificación que orijinal acompaño por la que fueron socorridos por el capitán de Ynfante-ria y comandante del javeque Nuestra Señora de Africa, el que los socorrió desde veinte y ocho de dicho Enero hasta el veinte y vno de Febrero, ambos inclusibes de dicho año . -------- Total .. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 65 A esta relación jurada se adjunta la certificación que se menciona, que es el tercer documento, con este texto: «Certificado de Melchor de Mesa, capitán de Ynfantería, con agregación a la Marina, y comandante del jaueque de S.M. de la dotación de esta plaza nombrado Nuestra Señora de Africa: Certifico que, hallandome dado fondo en la bahía de Ceuta con la citada embarcación, el día beinte y seis de Enero reciui a su bordo quatro cautivos, a quienes socorrí con dos reales de vellón a cada vno para su manutención, desde el día beinte y ocho del dicho mes hasta el beinte y vno de febrero, ambos días ynclusives, que los desenbarqué en la ciudad de Cádiz, y para que conste doy la presente en Ceuta a 24 de Marzo de 1786. Melchor de Mesa (Rubricado)>> En el legajo 4345, caja 1, hay alguna correspondencia de los años 1796 y 1797 que trata del envío de granos a Canarias desde Marruecos. En la de 1796 se expone la carestía de granos en Canarias a causa de las malas cosechas y se solicita autorización para extraer dinero y adquirir en Marruecos los alimentos necesarios. La de 1797 corresponde a los meses de febrero y marzo y su objeto es la tolerancia con que se permitía cargar granos y semillas a los muchos barcos que llegaban a Mogadar procedentes de las Islas Canarias para socorrer las urgencias de las mismas, a pesar de haberse concedido el privilegio de la extracción de granos de Marruecos, con carácter exclusivo, a los Cinco Gremios Mayores de Madrid, habida cuenta de que dichos Cinco Gremios no habían destinado aún en dicho puerto a ningún sujeto que se hiciera cargo del privilegio de exportación exclusiva. Los directores de los Cinco Gremios, en carta fechada en Madrid el14 de marzo de 1797, comunican al príncipe de la Paz que «no hemos incomodado a los isleños y particulares de Canarias en Mogador para que sigan» el tráfico de granos, en tanto que se fija el establecimiento de los Cinco Gremios en Marruecos, «y aún entonces hallarán en nosotros los socorros que dé de sí el giro de sus producciones». Finalmente, en el legajo 5808 hay un expediente del año 1801 que trata de la extracción de granos en Marruecos con destino a las Islas Canarias. En otro orden de cosas hay que registrar en el legajo 5817, caja 2, un expediente personal a nombre de Pascual Rodríguez de Sossa, capitán de un bergantín de Canarias, que contiene diversas reclamaciones © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 66 M. Arribas Palau contra el vicecónsul de España en Mogador, Pedro Suchita, y contra el cónsul general, Tomas Bremond, por no haberle protegido adecuadamente ante las reclamaciones por deudas de que le hacía objeto el soberano marroquí, a las que me refiero en el apartado «Las deudas de Pascual de Sosa», en mi artículo Datos sobre el abastecimiento de granos a Canarias desde Marruecos (1769-1789), especialmente en las pp. 374 Y378. Las reclamaciones contenidas en este expediente van acompañadas de una relación de méritos y servicios, en la que «consta es natural de la ciudad de La Laguna, en la isla de Thenerife, una de las Canarias, jijo de Don Domingo Rodríguez y de Doña Angela de Sossa, de legítimo matrimonio». La relación se inicia en 1740, con el siguiente apartado. «Que en el año de setecientos quarenta, pendiente la guerra con Inglaterra, fue nombrado por escribano en la valandra llamada San-Telmo; y, haviendo salido a campaña en virtud de Real Patente, después de haber estado algunos días sobre la isla de la Madera, pasaron a las Terceras, en donde, cruzando al Norte de la del Fayal, apresaron vn vergantín inglés llamado el Samuel y fue declarado por de buena presa.» El último de los méritos de Pascual Rodríguez de Sossa recogido en esta relación dice así: «Que en la próxima passada guerra con la Inglaterra se ha portado con no menos lucimiento que la antecedente, saliendo a corso de capitán y piloto.» El ejemplar enviado por Pascual Rodríguez de Sossa al marqués de Grimaldi es una copia certificada por Bernardo Simoens Pessca, cónsul general de Portugal, en Mogador el 23 de enero de 1775, de otra «copia de la original, que queda en la Secretaría de Gracia y Justicia y Estado de Castilla», firmada en Madrid el 29 de marzo de 1764 por Juan Joseph Vgalde. Otro documento curioso que figura en este expediente es una carta que dirige Juan de Franchy a Pedro de Higueras, fechada en La Orotova el27 de abril de 1769. Pascual de Sosa cursa sus reclamaciones el 25 de enero de 1775 al marqués de Grimaldi, el cual, informado por Bremond, hace caso omiso de ellas. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 67 Antes de terminar esta lista, debo señalar que en los expedientes de la Junta Central Suprema, de los primeros años de la Guerra de Independencia, que se guardan en la citada sección de Estado del Archivo Histórico Nacional hay algunos que tienen relación con las Islas Canarias. El legajo 2 A b contiene el reconocimiento de la Junta Central Suprema Gubernativa del Reino por ciudades y pueblos, entre ellos los de Canarias. El legajo 45 recoge los expedientes de generales, entre los cuales figura el del marqués de Casacagigal, capitán general de Canarias. El legajo 46 O se ocupa de la traslación a Baleares y Canarias de prisioneros franceses. El legajo 60 J recoge los empleos dados por las juntas de provincias, entre ellas la de Canarias de abril y agosto de 1809. Y, por último, el legajo 62 H contiene la documentación de la Junta de Canarias de los años 1808 y 1809. Esto es, en resumen, todo lo que he encontrado en el Archivo Histórico Nacional, sección de Estado, en relación con las Islas Canarias. BIBLIOGRAFIA ARRIBAS PALAU, M. (1981): La correspondencia inicial entre Carlos ll/ y el Sultán de Marruecos (/765-/767). AI-Qantara. Vol. n. Madrid, pp. 145-165. ARRIBAS PALAU, M. (1983): El general López Fernández de Heredia, Canarias y Marruecos. Anuario de Estudios Atlánticos. Núm. 29 Madrid -Las Palmas pp. 389-450. ARRIBAS PALAU, M. (1975): Un intento frustrado del alcaide Dris para fugarse de Marruecos. Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos, Vol. LXXVIII, 2. Madrid, pp. 541-556. ARRIBAS PALAU, M. (1979): Notas sobre el abastecimiento de granos a Canarias desde Marruecos (/769-/789). Anuario de Estudios Atlánticos. Núm. 25. Madrid - Las Palmas, pp. 359-408. LOURIDO DIAZ, R. (1970): Marruecos en la segunda mitad del siglo XVttl. El sultanato de Sidi Muhammad b. 'Abd Al/ah (/757-/790): Extracto de tesis doctoral. Granada. LOURIDO DIAZ, R. (1978): Marruecos en la segunda mitad del siglo XVttl. Vida inter-na: . .. Madrid. . LOURIDO DIAZ, R. (1974): Los misioneros franciscanos y su participación en el tratado de paz hispano-marroquí de /767. Archivo Iberoamericano. Núm 133. Madrid, pp. 127-151. PALACIO ATARD, V. (1951): Primeras negociaciones entre España y Marruecos en /765. Hispania. Núm 11. Madrid, pp. 658-678. RODRIGUEZ CASADO, V. (1946): Política marroquí de Carlos lI/. Madrid. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009
Click tabs to swap between content that is broken into logical sections.
Calificación | |
Título y subtítulo | Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional |
Autor principal | Arribas Palau, M. |
Publicación fuente | VI Coloquio de historia canario - americano |
Numeración | Coloquio 06. Tomo 3 |
Tipo de documento | Congreso y conferencia |
Lugar de publicación | Las Palmas de Gran Canaria |
Editorial | Cabildo Insular de Gran Canaria |
Fecha | 1984 |
Páginas | p. 041-068 |
Materias | Congresos ; Historia ; Canarias ; América |
Notas | Coordinación y prólogo de Francisco Morales Padrón |
Copyright | http://biblioteca.ulpgc.es/avisomdc |
Formato digital | |
Tamaño de archivo | 930313 Bytes |
Texto | DOCUMENTACION SOBRE CANARIAS EN EL ARCHIVO HISTORICO NACIONAL M. ARRIBAS PALAU © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Esta ponencia tiene por objeto dar a conocer la documentación relacionada con Canarias que se conserva en el Archivo Histórico Nacional de Madrid, sección de Estado. Con este fin se da cuenta de un expediente de 1693 sobre alborotos en La Orotava y de un legajo de 1693 y 1694 con la negociación del conde de Heril para una leva destinada a Flandes. No he encontrado más documentación hasta bien avanzado el siglo XVIII. Al iniciarse las negociaciones de paz entre España y Marruecos, Carlos III solicita autorización para crear un establecimiento en la costa occidental de Africa con objeto de que los canarios puedan salar allí su pesca. La autorización es denegada. En relación con este tema tenemos la traducción de un contrato de Jorge Glass, un extenso informe de Domingo Bernardi, las instrucciOnes para Fr. Bartolomé Girón de la Concepción, unas observaciones de Jorge Juan y unas aclaraciones del marqués de Grimaldi. Por mi parte, he utilizado diversos documentos del Archivo Histórico Nacional de dos estudios publicados en el «Anuario de Estudios Atlánticos», titulados Notas sobre el abastecimiento de granos a Canarias desde Marruecos (1769-1789) y El general López Fernández de Heredia; Canarias y Marruecos. Además a la documentación manejada en estos dos artículos, hay también otra que trata del rescate de canarios que habían quedado sometidos a cautiverio en Marruecos y de envío de granos a Canarias desde los puertos marroquíes. Hay también un expediente que recoge diversas reclamaciones cursadas por el capitán tinerfeño Pascual Rodríguez de Sossa. También se conserva algún legajo de los tiempos de la Guerra de Independencia que contiene correspondencia de la Junta de Canarias. Esta documentación abarca hasta el año 1809 Entre la copiosa documentación que he tenido ocasión de manejar en el Archivo Histórico Nacional, sección de Estado, me he tropezado en diversas oportunidades con textos que guardan relación con las islas © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 44 M. Arribas Palau Canarias. En vista de esto, me ha parecido que sería conveniente dar cuenta de ello a fin de que quienes se sientan interesados por estas cuestiones puedan encontrar los datos que les permitan acceder con la debida facilidad a la documentación que necesitan. Con este objeto la he relacionado por orden cronológico. Los materiales más antiguos que he podido encontrar son: - Un expediente del año 1693 acerca de unos alborotos en la villa de la Orotava, entre sus naturales y unos marineros ingleses. El expediente contiene la averiguación y proceso informativo del juez de la Audiencia Pedro Calderón Bernuevo respecto de estos alborotos y de los procedimientos del capitán general, que embarazaba la jurisdicción ordinaria. Este expediente se contiene en el legajo 5049, caja 2. - Y un legajo, 474, de los años 1693 y 1694, que contiene la negociación del conde de Neril, gobernador de Canarias, sobre una leva de mil hombres para Flandes. Estos dos legajos constituyen la única documentación del siglo XVII que se conserva en el citado Archivo Histórico Nacional, sección de Estado, relacionada con las islas Canarias. Después de esto, y ya avanzado el siglo XVIII, podemos consultar la traducción de las «Condiciones de ajuste celebradas, hechas, concluidas y convenidas este día 9 de agosto de 1764 entre Jorge Glass, al presentge comerciante en Londres (pero próximo a hacer viaje a la Africa en el navío nombrado Hilsboruough) de una parte, y de la otra Antonio Bacon Escudo y comp" de Londres, comerciantes y compañeros, y con Juan Sargent Escudo de Londres, comerciante, por otra parte »; que se halla en el legajo 4344, caja 1. En el mismo legajo y caja se encuentra una información de cinco pliegos, fechada en Santa Cruz de Tenerife el1 de abril de 1765, en la que el comerciante general de Canarias, Domingo Bernardi, «contexta a las prevenciones que se le han hecho sobre la pesca de aquellos naturales en la costa de Africa». En ella se refiere Domingo Bernardi a otras anteriores sobre el establecimiento de Jorge Glass en la costa occidental africana y responde a una carta del marqués de Grimaldi, primer secretario del Despacho Universal y de Estado, del 24 de enero del mismo año. Esta información permite que, cuando se redactan las instrucciones para el misionero franciscano Fr. Bartolomé Girón de la Concepción, que a finales de 1765 pasa a Marruecos para sondear los propósitos del soberano marroquí en relación con el establecimiento de la paz entre España y Marruecos, se incluya en ellas un texto que afecta a las © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 45 islas Canarias. Este texto, según una minuta aprobada por Carlos III el 15 de octubre de 1765, que puede verse en el legajo 4311, caja 2, es el siguiente: «Los abitantes de las Yslas de Canarias (que sabe V.R. son vasallos del Rey) están en la posesión de tiempo inmemorial de pescar en las inmediaciones de aquella parte de la costa de Africa que está frente a dichas Yslas, y frecuentemente han solido secar en tierra su pescado: experimentando unas veces el mejor trato de parte de los moros bravos que viven por allí y otras veces sufriendo de ellos varias hostilidades que los obligaban a abandonar su pesca y retirarse precipitadamente a sus navíos: con notable perjuicio suyo, porque la gente pobre de las Canarias se alimenta principalmente de aquel pescado. La Ynglaterra, que se ha apoderado de todos los ramos del comercio del mundo y que, con todo, mira con celos que qualquiera otra nación tenta un barco de pescar; no contenta con las famosas pesquerías que desfruta en el Mar del Norte y en Terranova, ha pensado ultimamente apropiarse la pesca que, según va dicho, hacen por necesidad los canarios en la costa de Africa. En seguimiento de esta idea, despachó el gobierno británico un navío al cargo de un tal Jorge Glass para que pasase a establecer una colonia y un fuerte en dicha costa azia el río Guedar; pero quiso la fortuna que, aunque llego a dar fondo en dicho río el expresado Glass, se le frustró su idea por entonces, saliebdo los moros bravos a impedirlo; de que resultó morir mucha de su gente y perderse el navío. También se hizo preciso arrestar en Canarias al mismo Glass, por haberle sorprehendido haciendo el contrabando en ellas y toman violentamente nuestros artesanos para que le ayudasen en su proyecto: de modo que, después de algún tiempo, se le puso en libertad y se restituyó a Ynglaterra. De la narrativa que acabo de hacer colejirá V.R. facilmente dos cosas: La primera, que nos es sumamente necesario un establecimiento en la costa de Africa para que nuestros canarios puedan sin riesgo secar y curar su pescado, que es para ellos alimento indispensable: Y la segunda, que, aunque no tubiesemos este motivo poderoso para solicitarlo, debiamos hacerlo antes que lo consigan los yngleses: Siendo evidente que la mira de esta nación ambiciosa es colocarse allí para tener en continio susto a nuestras Yslas y estar a mano de interceptar en tiempo de guerra nuestros navios de Yndias. Digo todo esto a V.R. para que se haga cargo de los motivos repetidos que tenemos para solicitar el establecimiento en aquella © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 46 M. Arribas Pa/au costa; pero, en las conferencias, sólo hablará V.R. de las primeras razones, que son: el no poder vivir los canarios sin aquel pescado y no poder hacer su pesca sin dicho establecimiento; pues éstas bastarán a convencer a aquel príncipe de que no llevamos miras perjudiciales a su soberanía; y antes conocerá que le resulta el beneficio del comercio que se podría fomentar entre dichos ysleños y los árabes de la misma costa. En quanto a los recelos que nos causan los yngleses, no dirá V.R. cosa alguna en Marruecos, porque por allí podría tener noticia la Ynglaterra de nuestra inquietud y doblar sus esfuerzos: Pero, como estamos informados de que aquel Emperador no gusta mucho de los yngleses, convendrá que V.R. le haga ver con maña que, si no han logrado hasta ahora el intento de establecerse donde va dicho, lo conseguirán en adelante y que, una vez puesto e"I pie, se estenderán infinito, como hacen en otros parages de Africa, Asia y América: de modo que, si el Emperador desea evitarlo, el medio más suave y natural es permitir que hagamos nosotros el establecimiento antes, ya que no hay riesgo de que nos estendamos más allá de lo que nos den. Finalmente V.R. expresará que lo que pedimos es que dé licencia a los abitantes de Canarias para formar un pequeño establecimiento en el río Guedar o en sus inmediaciones; y si esto no gustare al Emperador, en qualquiera otra parage que señale, como no diste mucho de nuestras Yslas: de modo que puedan los canarios hacer quieta y seguramente su maniobra de curar el pescado, sin riesgo de ser insultados por la parte de tierra por los moros bravos; y que asimismo les sea lícito tomar sus medidas para precaverse por el lado de la mar de las hostilidades que podría hacerles qualquiera embarcación de guerra de los enemigos de la España. Para que V.R. comprehenda el parage de que voy hablando y para que aquel Emperador se asegure de que nuestra solicitud no trae perjuicio a él ni a sus vasallos, pues que en todas aquellas inmediaciones no tiene pueblo alguno, acompaña a esta carta un mapa de las Yslas Canarias y de la parte de Africa que está enfrente: en el qual va señalado el río Guedar, que es donde arribó ultimamente Jorge Glass. Conviene también hacer a V.R. dos reflexiones sobre el asunto para que haga de ellas el mejor uso que pueda: La una es que este pequeño establecimiento que pide el Rey nuestro Señor al Emperador de Marruecos como favor y como una prueba de su amistad, han intentado hacerlo los yngleses de mano armada y sin el beneplácito de aquel principe: de que debe inferirse que lo bolverán a intentar hasta conseguirlo: La otra reflexión es que esto mismo que pedimos en el día lo estubo poseyendo la España por dilatados años, pues consta por documentos originales que, al © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 47 tiempo de la conquista de las Canarias, nos hicimos dueños de aquella parte de la costa de Berbería y tubimos constantemente una fortaleza en ella: Pero, sin atender el Rey a estas razones, quiere lograr el establecimiento por medios amistosos»l. En el mismo legajo y caja hay una nota de puño y letra del marqués de Grimaldi en que explica la forma en que debe redactarse la instrucción al P. Girón incluida la pesca de los canarios y la petición de un establecimiento en la costa atlántica. El 22 de febrero de 1766, por la tarde, el P. Girón celebró una extensa conferencia con Mawlay Idris b. al-Muntasir, primer ministro marroquí2 . En ella trató el misionero franciscano todos los puntos comprendidos en. la instrucción. El P. Girón da cuenta da esta conferencia al marqués de Grimaldi en una carta fechada en Mequínez el 27 de febrero, que se encuentra en el legajo 1344, caja 2. En ella figura este párrafo: «Con toda especificación le toqué el punto de nuestras Yslas Canarias, y me dixo que se concedería en la misrria forma que deseaba el rey de España». A pesar de estas seguridades, en otra reunión del P. Girón con el primer ministro marroquí, que tuvo lugar el 2 de marzo, Mawlay Idris comunicó al misionero español, «en lo respectivo a las Canarias, no tenía por conveniente acceder S.M.Y. en el consabido sitio, pero que frente a las dichas Yslas estaba Santa Cruz de Berbería y que aquí daría sitio para la pesca, pero no con las consabidas circunstancias». Así lo manifiesta el P. Girón al marqués de Grimaldi en carta fechada en Mequínez el 8 de marzo de 1766, que se halla también en el legajo 4344, caja 2. El P. Girón regresó a España en compañía del embajador marro- 1. En la transcripción de los documentos, he resuelto las abreviaturas, excepto en las fórmulas de tratamiento, he modernizado lo imprescindible la puntuación y he regularizado el empleo de las mayúsculas. El P. RAMON LOURIDO DIAZ, O.F.M., Los misioneros franciscanos ... pp. 148-151, publica en apéndice documental el texto integro de estas instrucciones de Estado, legajo 4308 y del A.G.S. (Archivo General de Simancas), sección de Guerra Moderna, supl., legajo 266. 2. Sobre este ministro puede verse la obra del P. RAMON LOURIDO DIAZ, O.F.M. Marruecos en la segunda mitad del siglo XVIII. Vida interna: ... pp. 287-291. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 48 M. Arribas Palau quí Ahmad al-Gazzal. El marqués de Grimaldi expuso a dicho embajador las diversas peticiones españolas, entre ellas la del establecimiento en la costa de Africa para que los canarios pudieran realizar allí la salazón de su pesca. El embajador se limitó a acusar recibo y a prometer que comunicaría a su soberano las peticiones españolas. Carlos 111 corresponde a la embajada marroquí con otra, al frente de la cual va el jefe de escuadra Jorge Juan y Santacilia, a quien se le dan unas instrucciones que, en lo que concierne a las islas Canarias, son similares a las'que llevaba el P. Girón. Cuando estas instrucciones llegan a manos de Jorge Juan, éste las estudia concienzudamente y expone su parecer en relación con el proyectado establecimiento en la costa de Africa en una carta fechada en Cádiz el 3 de febrero de 1767, de la que tenemos una minuta en el legajo 4308, con este texto: «He reflexionado sobre el establecimiento que pretendieron hacer en la costa de Africa los Yngleses y sobre la carta de D. Domingo Bernardi en que aparenta lo conveniente que será precaver el suceso y que el Rey lo haga para beneficio de la pesca de los canarios en aquellas costas; y. aunque por lo que se sirve prevenirme el Rey en la ynstrucción nunca se apartarán mis designios de solicitarlo con la sagacidad que se requiere, no quiero dexar de exponer a V.E. mis ydeas para que, reflexionadas, haga el uso que su conocida prudencia y conocimiento dictaren. No da más motivos Bernardi para las solicitaciones de Jorge Glass que las esperanzas de poder promover la pesca en las costas de Africa hasta el exceso de la que se hace en el banco de Terranova y establecer un comercio hasta lo más remoto de Africa. La pesca, en primer lugar, ni es ni puede ser como se pinta, porque ni es de la calidad ni de la abvundancia de la del banco de Terranova, a más de ser en mares muy profundos, lo que la otra sobre un banco, cuya circunstancia facilita mucho la pesca. Para mayor prueva de ello no es menester sino considerar que quantas costas hay desde Marruecos por España hasta Ynglaterra tienen la misma calidad y cantidad de pesca, y aun con más exceso las de más al Norte: en ninguna de ellas ha sido jamás posible conseguir semejantes establecimientos como los que se presume Bernardi, conque cómo puede ser posible que en la costa de Africa produzca más que las otras? Las pescas de allí son como las de estos alrededores de Cádiz, Lisboa, &".; se coge para mantener los lu- © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 49 gares circunvecinos, pero no para comercios de toda la Europa. El mismo Bernardi puede confesar que son muy pequeños y pocos barcos los que la hacen: no son navios, como en Terranova: toda la pesca de la costa que hacen los ysleños no montará quizas a la carga de un solo navio. No estribaba en la voluntad de Glass el aumentarla; es preciso que el mar dé el pescado, y no se han encontrado aún medios para obligarle a ello. Estas reflexiones debieran bastar para disuadirse de la ydea concebida; pero se dirá que, aunque la pesca sea poca e incapaz de aumento, siempre se hace precisa para los ysleños y, por consiguiente, la necesidad de un establecimiento donde poder salar. Es éste, sin embargo, un pensamiento equivocado, que resulta de lo que se practica en Terranova, y no porque allí se hagan precisos lo han de ser también en Africa. En Terranova se pesca en embarcaciones menores y se va salando y guadando hasta completar la carga del navío; y en Africa no hay sino el solo barquillo con que se pesca. Para prueva de la poca necesidad que tienen los ysleños de semejante establecimiento y que les basta para salar el mismo barco, es que, puesto que ellos salan ya sea al Norte o al Sur de sus Yslas, a 40 o 60 leguas de ellas tan fácil les es arribar a la costa de Berbería como al Lanzarote: no lo hacen a ésta, luego es evidente la ninguna necesidad. No pongo duda, sin embargo, que lo hayan hecho alguna vez, pero esto se havrá reducido a tal qual ocasión que hayan pescado en las inmediaciones de los parages donde podían aportar. No siempre pueden pescar en el mismo sitio; deben alargarse ya a un lado, ya a otro, ~ por consiguiente qualquier establecimiento que se les dé, será como si se les diera el de la ysla de Lanzarote. El mismo Bernardi lo confiesa, pues no está aún seguro de dónde deba ser; quiere que se examine la costa por yngenieros y que resuelvan lo que más convenga. Si ningunas ventajas se logran por establecer a los ysleños en Africa, tampoco, se puede por ello conseguir que los yngleses dexen de executarlo: hay varios parages donde poderlo poner en práctica, según el mismo Bernardi, conque, si no lo hacen en el puerto de Vared o de Santa Cruz del Mar Pequeño, porque los españoles lo hayan ocupado, lo harán en otro más o menos distante y el perjuicio siempre sería el mismo imaginado. No puede ser la pesca la que induxo a Glass a sus solicitaciones; más bien parece que lo sea el comercio interior de Africa; pero, siendo éste tan corto, más parece que el fin de él se reducía a establecerse un modo de vivir, como hacen muchos en Ynglaterra: quien se pierde es el comerciante que hace los préstamos; el que emprende la obra siempre sale ganancioso y pondera ventajas soñadas. Supongase, sin embargo, que fuese de alguna utilidad a los © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 50 M. Arribas Palau canarios el establecimiento pretendido en los términos expresados: de qué gasto no le setía al Re? Es preciso forticiarle: ponerle un governador y tropa que lo custodie, y en tiempo de guerra con mucha más fuerza. Yo creo que aun saliera más barato comprar el pescado en Terranova y llevárselo a los Ysleños. Todas estas razones preponderan mucho, y aun se agrega la de que el embaxador Sidy Ahmed el Gacel no contesta en la respuesta a la V.E. sobre el dicho establecimiento, y creré que sea por repugnarle. Si a S.M. le hicieren igual fuerza, se podría mudar la ydea en dar noticia a los moros de lo que pretendió hacer Glass, de la mala fe con que con ellos procedió y del cuydado con que deben vivir para no dexar establecer a los yngleses. Buelvo a repetir a V.E. que, no obstante todas estas reflexiones, me governaré por lo presente según las ynstrucciones de S.M. hasta que se sirva mandarme lo que fuere más de su real agrado.» El marqués de Grimaldi contesta desde El Pardo a Jorge Juan el 9 del mismo febrero, en carta que se encuentra en el legajo 4308, en la que dice: «He recibido varias cartas de V.E. de 3 del corriente, (... ) una trata de asunto mui serio, en que interesa el Real servicio. Esta es la que habla del artículo que se desea incluir en el tratado de paces con Marruecos sobre hacer un establecimiento en la costa de Africa para fomentar la pesca de los canarios en aquellos parages: Ya este propósito hace V.E. varias reflexiones, dirijidas a probar las cortas ventajas, o tal vez inconvenientes, que podrían seguirse de semejante establecimiento. Esté V.E. seguro de que el Rey ha leido esta carta con toda atención y que aprecia mucho el celo que inspira a V.E. aquellas reflexiones. Algunas de éstas se habían presentado ya al tiempo de formar la instrucción, bien que no se consideraron bastantemente poderosas para mudar el proyecto; y otras son nuebas, en quanto se oponen a las noticias que nos daban de Canarias. Tengo por inútil dilatarme en contextar suparadamente a cada una de las réplicas, porque bastará enterarle con claridad de las intenciones de S.M. en esta parte. El asunto es en sí tan grave y serio, que parece justo tomarse tiempo y adquirir quantas noticias se pueda antes de plantificar el proyectado establecimiento; pero de todos modos, tiene S.M. por preciso que se pida y logre el permiso del Emperador de Marruecos para hacerlo: dejando así a nuestro arbitrio practicar lo que más nos convenga. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 51 Nunca se ha creido que la pesca en aquella costa de Africa pudierse llegar a comparación con la de Terranova ni aun remotamente; pero, sentado que a veces no tienen otro alimento la gente pobre de Canarias, y que los moros bravos de dicha costa les impiden sus maniobras a los pescadores, no cabe más arbitrio que establecerse allí con algún poder suficiente a contenerlos. Es cierto que sería inoportuno formar una fortaleza que emplease bastante tropa y causase mucho gasto, sin estar seguros de unas ventajas equivalentes; pero por esta misma consideración no ha habido hasta ahora más designio que hacer (en el parage que se juzgue más a propósito) un pequeño fuerte de tierra o de faginas que bastase a precaber los insultos de los moros bravos errantes: dejando que el tiempo y la experiencia indicasen si convenia aumentarlo o abandonarlo. Verdaderamente puede atribuirse a empresa de un aventurero la tentativa del inglés Jorge Glass; pero, como esto no nos consta, cabe creer también que quando hubo comerciantes que franquearon sus caudales, sus ganancias se prometían: Y lo que no admite duda es que la idea se siguió con noticia, aprobación y aun estímulo del gobierno britanico, el qual pasó con nosotros oficios mui fuertes sobre la prisión en Canarias del citado Glass: Y autorizó esta empresa con un acto del Parlamento. Suponiendo que la pesca se pudiese verificar en la costa de Africa, no debe retrahernos de la idea de intentar la reflexión de que no sería tan abundante como la de Terranova: pues, a lo menos en la parte que alcanzase, disminuiría el consumo del bacalao inglés y consiguientemente la extracción de nuestra moneda: así como convendría nuestra pesca y salazón en las costas de Galicia y Asturias, no obstante que no pudiese ser tan copiosa como la de Terranova ni fuese tan esquisito el pescado. Por lo que toca a la calidad y sabor del que cojen los canarios en la costa de Africa, aseguro aV.E. que tubimos aquí el año pasado un poco de muestra, que mereció general aceptacion: advirtiendo que estaba muy bien conservado, aunque en el modo de salarlo no tienen los naturales de Canarias todas las instrucciones, que pueden ir adquiriendo poco a poco. Es evidente que nunca podremos impedir a los ingleses que se establezcan quando quieran en las costas de Africa, aunque preceda un establecimiento nuestro; pero es igualmente cierto que en este caso no lo intentarían ellos sin llevar hecho el ánimo a hacer uno considerable y costoso porrespeto al nuestro: Y para plantificar uno de esta especie podrían tener mil reparos. Quanto llevo dicho es por via de ilustración, ciñendome a encargar a V.E. reflexione más y más sobre este punto y busque © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 52 M. Arribas Palau quantas noticias pueda, avisando las que considere dignas. Acá se procurará hacer lo mismo: Y entretanto arréglese V.E. a la instrucción y al contexto de esta carta». Jorge Juan acusó recibo de esta carta en una fechada en Cádiz el 17 de febrero, de la que tenemos el original y una minuta en el legajo 4308, con el texto siguiente: . «He leydo con cuidado la carta de V.E. de 9 de febrero, que trata sobre el establecimiento que se ha de hacer en la costa de Africa para fomentar la pesca de los canarios: me he hecho cargo de todas las reflexiones de V.E. y, por último, de la deliberación sobre que convendrá seguir lo que S.M. tiene determinado. En la ydea misma que así lo havía de practicar me havía embarcado, porque mis reflexiones no se dirigen sino a lograr el mejor servicio de S.M. no perdiéndose nada por exponerla con el respeto que me es devido: así continuaré, puesto ser de la aprobación del Rey, e igualmente emplearé las mayores eficacias para que se logre lo que se sirvió prevenirme en las ynstrucciones.» Durante la estancia de Jorge Juan en Marrakus para gestionar el tratado de paz, el embajador español da cuenta al marqués de Grimaldi, en carta fechada en dicha ciudad el 23 de mayo de 1767, que se encuentra en el legajo 4308, de haber extendido los artículos preliminares para el tratado de paz y habérselos entregado a Ahmad al-Gazzal. y comenta en dicha carta, en un párrafo que en gran parte estaba cifrado y fue descifrado en la secretaría de Estado, que el mencionado Ahmad al-Gazzal «La mayor dificultad que puso fue sobre el establecimiento en la costa de Africa, mirando casi como imposible que el Emperador conceda el que se fortifiquen en sus costas: pues como tales miran a aquellas, por más que los patricios le obedezcan poco o nada; dixo que en essa corte havía reusado concedérselo y, en efecto, en su respuesta no contesta. Reusó también proponerlo al Emperador, pero por fin ya se ha reducido a executarlo». El marqués de Grimaldi responde a estos comentarios de Jorge Juan en una carta fechada en Aranjuez el 16 de junio de 1767, que se halla en el legajo 4308, en la que figura este párrafo: «Las reflexiones que hace V.E. sobre cada uno de los artículos en que prevee alguna dificultad son mui fundadas; y, habiendolas aprobado S.M., se conforma con que el tratado se forme y ajuste según V.E. juzgue oportuno, atendidas todas las circunstancias. » © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 53 El tratado fue firmado a finales de mayo de 1767. En él no se concedía el permiso para el establecimiento de los canarios en la costa occidental de Africa. . He utilizado la documentación que aparece en distintos legajos del Archivo Histórico Nacional, sección de Estado, para la redacción de dos artículos publicados en el «Anuario de Estudios Atlánticos». El primero de ellos llevan el título de Notas sobre el abastecimiento de granos a Canarias desde Marruecos (1769-1789) y apareció en el núm. 25, año 1979, pp. 359-408. El segundo acaba de publicarse en el núm. 29, año 1983, pp. 389-450, de dicho «Anuario», con el título de El general López Fernández de Heredia, Canarias y Marruecos. Es otro artículo, titulado Un intento frustrado del alcaide Dris para fugarse de Marruecos, que apareció en la «Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos », vol. LXXXVIII, 2, julio-diciembre 1975, pp. 541-556, me interesaba por el intento realizado por el renegado alcaide Driz para fugarse de Marruecos a bordo de un buque corsario de Canarias. El intento fue descubierto y dos marineros del buque canario quedaron presos en Marruecos. Tenemos varios documentos en el legajo 3565, caja 2, que tratan del naufragio de una embarcación pesquera canaria, con veintisiete hombres, en las proximidades del río Nun. El primero en dar cuenta de este suceso al conde de Floridablanca, que en 1777 había sustituido al marqués de Grimaldi3 , es Juan Manuel González Salmón, que en octubre de 1783 había sido nombrado cónsul general de España en Marruecos4 . En carta fechada en Tánger el 27 de octubre de 1784, decía González Salmón que se había enterado de que los náufragos estaban repartidos: algunos habían quedado en poder del príncipe Mawlay 'Abd alRahman, que llevaba algún tiempo por aquellos parajes, sin querer regresar a los dominios del Emperadors; otros estaban en manos de 3. El nombramiento del conde de Floridablanca para desempeñar el cargo de primer secretario de Estado y del Despacho en sustitución del marqués de Grimaldi se publicó en la «Gazeta de Madrid» núm. 8, del martes 25 de febrero de 1777, p. 71. . 4. Sobre JUAN MANUEL GONZALEZ SALMON puede verse: V. RODRIGUEZ CASADO, Política marroquí.. , cap. XI, Consulado general de González Salmón y misión estraordinaria de Salinas, pp. 335-372. 5. El P. RAMON LOURIDO DIAZ, O.F.M., en su Marruecos en la segunda mitad del siglo XVlJI. Vida interna: ... dedica un apartado a la 'Rebelión de Mawlay 'Abd alRahman', pp. 311-316. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 54 M. Arribas Palau particulares; y de otros se ignoraba el paradero, pues se decía que los habían llevado tierra adentro. El cónsul español esperaba una próxima ocasión propicia para inclinar el ánimo del monarca marroquí a dictar las providencias necesarias para que los náufragos canarios recobrasen su libertad o que concediera su permiso para que se hiciera el encargo a algún marroquí particular, ya que, sin consentimiento y orden expresa del Emperador, nadie aceptaría el encargo, pues en otra ocasión había impuesto el soberano marroquí penas rigurosas a quienes habían participado en otro rescate. Por si acaso fuere necesario recurrir a los servicios de un particular, González Salmón se dispone a escribir a Gabriel Gavaró, su agente en Mogador, «para que me informe de lo que suele costar cada individuo que se rescata de entre aquellos árabes y, con este conocimiento, dar mis providencias para que estos pobres españoles consigan volver a su patria; avnque me persuado que S.M. Marroquí abrazará este empeño por sí, luego que se los pida». Poco después, el 3 de noviembre, es el comandante general de Canarias, marqués de Branciforte, quien expone el caso al conde de Floridablanca, en esta forma: «Haviendo salido de la Gran Canaria a fines de Agosto de este año el barco de Nuestra Señora de las Angustias con 27 hombres pescadores de tripulación, con destino de hacer acopio de aquel pescado que, salado, sirve para la manutención de la mayor parte de los avitadores de esta provincia, tuvo la desgracia de barar en el mes de Septiembre en el cavo que llaman de Bogador, costa de Africa perteneciente al rey de Marruecos, sin tener adbitrio para liveratarse de esta fatalidad y sus consecuencias. Este suceso, que ha echo estremecer amás de ochenta personas, que, entre mugeres, padres e hijos, mantenían dichos pescadores, cuia lista incluio, ha penetrado el corazón de los ministros de esta Audiencia, quien me ha suplicado haga a V.E. esta representación, que executo movido del mismo sentimiento y también por la gran falta que hacen para los progresos de la pesca y para la de la ballena que proyecto entablar, de que a su tiempo daré parte aV.E. Con cuia atención espero de V.E. dé quenta al Rey para que, vsando de su innata piedad, se digne reclamar dichos yndividuos del de Marruecos, para que logren sus familias el deuido alivio y el público las utilidades correspondientes a su industria y oficios». © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 55 De esta carta hay dos ejemplares en el referido legajo. Uno de ellos va acompañado de la siguiente. «Memoria de las personas que componen la conpaña del barco del tráfico de la costa de pesquería llamado Nuestra Señora de las Angustias, su dueño Andrés Cabral, y que encalló en dicha costa y son las siguientes: 1. Joseph Cabrera, mandador, tiene su muger y quatro hijos 2. Juan Antonio Cabrera, tiene su muger y tres hijos 3. Joseph Cristóual, tiene su muger 4. Joseph Romero, tiene su muger y sinco hijos 5. Bernardo Diepa, tiene su muger 6. Joseph Velasquez, tiene su muger y tres hijos 7. Nicolás San Roque, tiene su muger y vna hija 8. Juan Angulo, tiene su muger y vna hija 9. Pedro Gutierres, tiene su madre 10. Siluestre Amunes, solo 11. Juaquín Romero, hijo de Joseph Romero 12. Carlos Aguililla, tiene su muger ensinta y dos hijos 13. Juan Quebedo, tiene su muger y vn hijo 14. Felis de Santa Anna, tiene su muger 15. Andrés Palomo, tiene su madre viuda 16. Joseph Naranjo, tiene su muger y dos hijos 17. Gregorio Cabrera, digo, Queuedo, tiene su padre y madre 18. Jacinto Hernandes, tiene sus padres pobres, los que mantiene 19. Nicolas Juanote, tiene su padre ynpedido y su madre 20. Mathias Palomo, tiene su muger y siete hijos 21. Pedro Cabrera, hijo del mandador 22. Joseph Juanote 23. Manuel Rauelo, tiene su muger y dos hijos 24. Agustín Lorenzo, tiene su madre viuda y quatro hermanitos 25. Fernando de Santa Anna, de ozze años de hedad 26. Joseph Muchas Cruzes, de diez años de hedad 27. Ramón Romero, de corta hedad Es copia de la memoria o lista presentada a la Sala Joseph Antonio Penichet (Signado y rubricado)>> El 18 de diciembre informaba el cónsul Juan Manuel González Salmón al conde de Floridablanca que el día 7 de dicho mes, aprovechando una coyuntura favorable, había escrito al monarca marroquí, © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 56 M. Arribas Palau pidiéndole «los viente y siete españoles que naufragaron en Río Nun, y me persuado que incontinente mandará S.M. se recate esta gente del poder de aquellos árabes, y a su tiempo tendré el honor de participar a V.E. las resultas». El conde de Floridablanca contesta el 25 de enero de 1785, desde El Pardo, a las dos cartas del marqués de Branciforte del 3 de noviembre de 1784, explicándole las gestiones que realizaba el cónsul general en Marruecos para lograr la liberación de los marineros canarios cuyo buque había varado a la altura del cabo Bojador. De la respuesta del primer ministro español tenemos una minuta con este texto: «En contextación a las cartas de V.E. de 3 de Noviembre'que tratan de la desgracia ocurrida al barco Nuestra Señora de las Angustias, que salió de la Gran Canaria a fines de Agosto, de barar en el cabo que llaman de Bogador, en la costa de Africa; puedo decir a V. que, así que el cónsul de S.M. en Tánjer, Don Juan Manuel Salmón, tubo noticia de este suceso, procuró adquirir las que pudo del paradero de los 27 hombres que tripulaban el barco y supo que todos se hallaban repartidos en los parages inmediatos al en que habían varado, algunos de ellos baxo el poder de Muley Abdrajaman, hijo del rey de Marruecos, el qual rehusaba pasar a los dominios de su padre: otros en poder de moros particulares y otros tierra adentro: pero, como S.M. Marroquí no es dueño absoluto en aquellos parages, se hace preciso usar de varios medios indirectos, bien que con la protección y apoyo de aquel soberano para poder conseguir la libertad de los referidos 27 hombres, la qual aseguro a V.S. que procura facilitar el citado cónsul y que para su logro se provechan todas las coyunturas, pues el Rey lo desea, para consuelo de aquellos infelices y de esos sus parientes, y ha mandado se haga encargo especial sobre este punto.» En la misma fecha escribía ~l conde de Floridablanca a Pedro Andrés Burriel, regente de la Audiencia de Canarias, dándole cuenta de los términos en que informaba al marqués de Branciforte de las gestiones que se estaban realizando en Marruecos para conseguir la libertad de los marineros canarios, como el propio comandante general le comunicaría. Por su parte, Juan Manuel González Salmón comunicaba desde Tánger el 15 de enero de 1785 al conde de Floridablanca: © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 57 «De resultas de la representación que hize el 7 de Diziembre último a S.M.M. para que se dignase de sacar del poder de los árabes del río Nun a los 27 canarios que tubieron la desgracia de naufragar en aquella costa; me responde S.M. al respaldo de mi propia carta haber dado ya sus órdenes para el efecto y que, luego que lleguen a su Real presencia, me los mandará6 . y pocos días más tarde, el 28 del mismo enero, informaba el cónsul general de España en Marruecos al conde Floridablanca: «Me escriben de Mogador que S.M.M. tiene expedidas repetidas y estrechas órdenes al ebreo Kordojay de la Mar?, habitante en dicho puerto, para que a la myor brevedad saque de poder de los árabes de Río Num a los 27 españoles que naufragaron en aquella costa: Que dos de ellos han llegado ya a Mogador: ocho trahe el príncipie Muley Abdrajaman (este príncipe se ha sometido y viene a la presencia del Rey su padre, quien ha mandado desde Marruecos para que lo acompañen algunos alcaydes con tropa y el estandarte o vandera del Profeta, en señal de seguridad y de que está perdonado de la inobediencia que ha mantenido algún tiempo ha); y que no tardarán los restantes, sin embargo de que se halla dispersos. Tengo prevenido que, si estos infelizes no se les subministra de orden y por quenta de S.M.M. la manutenciÓn y ropas para cubrir sus carnes, pues me dicen que vienen en cueros se les asista con lo preciso» 8 . El conde de F10ridablanca ordena que se saque copia de los dos textos anteriores y se la envía desde El Pardo el 23 de febrero al marqués de Branciforte, con una carta en cuya minuta se dice: 6. La carta original se encuentra en A.H.N., Estado, lego 4317, caja 1, lleva el núm 1." Yva acompañada de una traducción de la respuesta del soberano marroquí, fechada el 10 de safar de 1199/23 de diciembre de 1784. En ella se dice: «Nos llegó esta tu carta, nos inteligenciamos de ella y los christianos que están en Río Nun, nosotros mandaremos quien nos los traiga y. en llegando a nuestra presencia, te los embiaremos a ty, con la ayuda de Dios». 7. ABRAHAM 1, LAREDO: Les noms des Juifs du Maroc, Madrid 1978. p. 707, num 648, 2 cita a Mordekhai De la Mar, 11 amado Hazan Bakha, rabino y rico comerciante y financiero, presidente de la Comunidad israelita de Mazagán en 1786. Consejero y banquero del sultán Sayyidi Muhammad b. 'Abd AlIa. 8. La carta original se encuentra en A.H.N., Estado, leg. 4317, caja 1, y lleva el núm. 4. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 58 M. Arribas Palau «La copia adjunta contiene las noticias que el cónsul general del Rey en Marruecos me ha comunicado en sus últimas cartas acerca de la libertad que van adquiriendo algunos de los canarios que naufragaron el mes de Noviembre en aquellas costas y la esperanza de que puedan restituirse todos a sus casas. Tengo singular complacencia en instruir a V.S. de estas noticias, como en que las lleguen a saber esa Audiencia y las personas interesadas, a quienes, V.S. las comunicará.» Pedro Andrés Burriel contesta el8 de marzo al conde Floridablanca y le dice: «He recibido la carta de V.E. de 25 de Enero de este año, en que me dice cómo en aquel mismo día respondía V.E. al marqués de Branciforte acerca de los deseos del Rey y medios que se ponían en uso para libertar a los 27 hombres del barco Nuestra Señora de las Angustias, que varó en la costa de Africa; haviendo representado este comandante general en los términos más eficaces a favor de aquellos infelices, manifestando al propio tiempo lo mucho que esta Real Audiencia y yo nos interesabamos en su alivio; y que el mismo comandante general nos enteraría del contenido de la carta de V.E. En efecto, lo ha hecho así, insertando la carta de V.E. en otra suya a mí de l." de este mes, concluyendo con que lo pasa a mi noticia para que, dando cuenta al Tribunal por el interés que ha tomado sobre rescate y restitución, conozca el estado en que se halla este asunto y el encargo especial que el Rey ha hecho para conseguir el alivio y consuelo de aquellos infelices y de sus parientes, a quienes podría yo comunicar esta noticia por los medios que me pareciese para que con la esperanza que pueden prometerse de tan soberana protección, vivan con menos aflicción y penalidad. Luego que recibí la carta de V.E., entregué, de acuerdo con mis compañeros, una copia de ella a Andrés Cabral y Placeres, más conocido por Megrín, dueño del dicho barco varado, y que se ha esmerado quanto le han permitido sus facultades en favor de los 27 cautivos y sus pobres familias, para que la comunicasen a éstas y las consolase con tan fundadas esperanzas en la paternal piedad del Rey N.S. y buenos oficios de V.E., y después le he entregado otra de la del comandante general en que viene copiada la de V.E. para el mismo fin: que se ha conseguido perfectamente, bendiciendo estas infelices gentes a S.M. y llamándole padre, arrasados sus ojos en lágrimas de gozo. Yo, si no fuera cosa impertinente, daría, por el acuerdo y por mi, las más respetuosas gracias a nuestros benignisimos soberanos © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 59 por unos efectos tan propios de su bondad; pero nos contentaremos con pedir a Dios incesantemente la felicidad de S.M. en todo y contribuir en lo que nos toca a su mayor servicio.» El marqués de Branciforte tarda unos días más en contestar al conde de Floridablanca. Por fin,.el 16 de marzo dirige al comandante general de Canarias el siguiente escrito al primer ministro: «La noticia que V.E. me comunica en 25 de Enero vltimo de hauerme echo por el cónsul de S.M. en Tánger las más vivas diligencias para la livertad de los 27 hombres del barco de las Angustias, que baró en el cabo de Bogador, costa de Africa perteneciente al Rey de Marruecos, y el interés que S.M. ha tomado, dando orden para que se haga encargo especial sobre estte asunto; ha sido tan aplaudida en estta provincia como corresponde a la singular piedad con que S.M. la distingue en su amable corazoón. De todo di cuenta a la Audiencia, pasándole a la letra la Real Orden para su inteligencia y que la hiciese saver a las familias de aquellos ynfelices; y me asegura su rejente que las lágrimas que públicamente han derramado con el gozo de dicha Real Orden ha sido un panegírico general de las piedades del soberano, pidiendo a gritos la conservación de su preciosa vida, que es lo que todos los que tenemos el honor de servirle deseamos y suplicamos constantemente al todo poderoso.» Esta es la documentación que he encontrado en el legajo 3565, caja 2, relacionada con el caso. Ahora bien, las gestiones para lograr la repatriación de los náufragos canarios se prolongaron durante casi dos años. La documentación de 1785 se halla en el legajo 4317, caja 1; la de 1786, en el legajo 4319, caja 1. El 2 de septiembre de 1785 comunicaba Juan Manuel González Salmón al conde de FIoridablanca: «Ha días que el Rey de Marruecos mandó a Rebat los quatro canarios que vltimamente se han rescatado del Río Nun, con orden de que se mantengan ally hasta que S.M. llegue. Esto creo que será con la intención de ver si mientras permanese en Marruecos le llegan algunos otros para remitirselos todos juntos y, quando no, soy de sentir que luego que S.M. llegue a Rebat me enviará los quatro.» El soberano marroquí envía estos cuatro canarios al cónsul de España en Tánger a finales de octubre, según aviso de Fr. Cristóbal Ríos, © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 60 M. Arribas Palau viceprefecto de las misiones de Marruecos, del 7 de octubre, de que Juan Manuel González Salmón informa al conde de F10ridablanca el 27. Cuando estos cuatro canarios llegan a Tánger, el cónsul español los envía a Ceuta y el 7 de noviembre dice al primer ministro: «Los quatro canarios que me ha mandando S.M.M. los he embarcado para Ceuta para que desde allí pasen a sus casas. Estos hombres me han informado que los 17 mas que han quedado en Río Num, de los 27 que tubieron la desgracia de naufragar en dicho parage. treze se hallan en poder del principe Muley Abdrajaman y quatro con vn moro de los principales, y que ni este ni Muley Abdrajaman quieren darlos si no se les paga doscientos pesos fuertes por cada uno. Como S. M. Marroqui solo pasa ciento a el ebreo que tiene la comissión de rescatarlos, es difícil logren su livertad aquellos infelizes, mayormente quando tampoco quiere este Soberano que ninguno otro tenga que entender en el asunto más que el expresado ebreo; pero he tenido noticia que para sacar de entre aquellos árabes a los franceses que tuvieron igual desgracia que los nuestros, se valieron algunos comerciantes de dicha nación que residen en Mogodor del mismo comisionado ebreo, ofreciendole reservadamente avonarle lo que costase más cada indibiduo de los cien pesos fuertes que S.M. Marroquí da, y de este modo han conseguido poner en libertad la tripulación de las dos embarcaciones que se perdieron en aquellas costas, excepto tres hombres que aún les quedan por hallá. Si, viendo que S.M. Marroquí no se aviene a dar el dinero que piden por los nuestros, y a V.E. le pareciere combeniente que para livertar a estos 17 hombres ofrezca yo sigilosamente a el ebreo que tiene la comisión el abonarle lo que le cueste más de los cien duros que libra el Rey de Marruecos por cada uno, lo pondré en execución luego que tenga la aprovación de V.E.» A esta carta responde al conde Floridablanca con el siguiente párrafo, que aparece en un escrito del primer ministro fechado en Madrid el6 de diciembre: «Ha parecido bien a S.M. el que Vm. envíe a Cádiz a los quatro canarios náufragos en el cabo Nun, que le acaba de enviar ese Soberano y aprueba S.M. el que Vm. procure en el modo que propone el rescate de los demás»9. 9. La carta que contiene este párrafo se encuentra original en A.H.N., Estado,leg. 4316. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 61 Cuando este escrito llega a manos de Juan Manuel González Salmón, éste contesta al conde de Floridablanca el27 de enero de 1786, en su carta núm. 8, diciendo: «Quedo enterado han llegado a V.E. mis cartas de 7 y 12 de noviembre del año próximo pasado y que, haviendo dado cuenta a S.M. de sus contenidos, han merecido su Real aprovación. Procuraré en los términos que he propuesto a V.E. el rescate de los demas canarios que se hallan en el Río Non, pero aguardaré a ver si S.M. Marroquí los pone en libertad, como me ofreció, y se ha encargado este particular a su hijo AbsalemlO , que se halla en la provincia de Tarudante.» En abril de 1786 le llega al cónsul español en Marruecos la noticia de que uno de los náufragos canarios ha logrado evadirse. González Salmón lo comunica al conde de Floridablanca en su carta núm. 48, del 11 de dicho mes de abril, en esta forma: «Me avisan de Mogodor haverse savido allí por moro del Río Nun que vn canario de los que están con el príncipe Muley-Abdrajaman, se le escapó y que, yendo al lugar que él tenía noticia o savia se aproximaban los pescadores de las Yslas, logró su libertad, metiéndose en vna lancha.» En la misma carta dice el cónsulo español: «Quando S.M. Marroquií me remitió los vltimos desertores de Melillat t, le escribí dándole las correspondientes gracias y al mismo tiempo le recordé los pobres canarios que se hallan en Río Nun. No dudo que S.M. hará por sacarlos de entre aquellos salvages y, quando no, procuraré yo hacerlo del mejor modo que se pueda.» El 11 de yumada 11 de 1200 / 11 de abril de 1786 contesta el sultán marroquí a Juan Manuel González Salmón, expresándole que «por lo 10. Del príncipe Mawlay Abd al-Satam se ocupa el P. Fr. RAMON LODRIDO DIAZ, O.F.M., Marruecos en la segunda mitad del siglo XV/lI. Vida interna; pp. 333-336. 11. En el 1 Congreso Hispano-- Africano de las Culturas Mediterráneas, celebrado en Melilla del 11 al 16 de junio de 1984, ha presentado una comunicación sobre Correspondencia del último tercio del siglo XV/lI relativa a Melilla. Uno de los temas tratados en dicha comunicación es el de los desertores. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 62 M. Arribas Palau que nos dices de los christianos españoles que con la embarcación se perdieron en Río Nun, nosotros hemos mandado por ellos y, quando nos lleguen, si dios quiere, te los embiaremos prontamente». El cónsul español da cuenta de ello a su primer ministro en carta núm. 56, del 20 de abril, a la que adjunta una traducción de la respuesta del soberano marroquí. Pocos días después, el 29 de abril, comunicaba González Salmón al conde de Floridablanca en su carta núm. 60: También me escriben de Mogodor que se aguarda llegue allí en breve el príncipe MuJey Abdrajaman, que ha vnos quantos años que se halla fugitivo de los dominios del Rey su padre por las partes del Río Nun y parece que la miseria y travajos a que se ve reducido le han obligado a solicitar el perdón y acogida de su padre, quien, olvidando todo lo pasado, dicen mandó se hiciesen vnos quantos vestidos y se le enviasen al Principe para que se le presentase con desencia. Esta noticia me ha agradado mucho, porque lograrán su libertad los pobres canarios que están en poder de dicho Príncipe y que hasta ahora no los ha querido entregar.» El 27 de junio de 1786, en carta núm. 88, daba cuenta el cónsul español en Marruecos al conde de Floridablanca de haberse enterado de la llegada a Marrakus de siete de los canarios que habían naufragado en el río Nun, y añade nuestro cónsul: «pienso no me los entregará S.M. hasta que yo esté en su Real presencia, por tal de hacerme este obsequio con ellos». Algún tiempo después, el 12 de agosto, en su carta núm. 107, comunicaba González Salmón: «Ademas de los siete españoles que han llegado a MarrueCOSL 2 de Río Nun, han benido vltimamente tres. Este Soberano los ha hecho bestir a todos y sin duda me los entregará quando yo esté alli, confirmándome mas esto el que hasta ahora no se me ha dado S.M. por entendido de la llegada de tal gente.» Sin embargo, el 18 de sawwal de 1200/14 de agosto de 1786 el sultán marroquí pasa instrucciones a González Salmón para que se quede en Casablanca, donde se ocupa de la exportación de granos a España, y no vaya a Marrakus. Entonces nuestro cónsul dice al conde de Floridablanca en carta núm. 109, del 22 de agosto: 12. La ciudad de Marrakus. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 63 «Havía pensado, quando me hallasse en presencia de S.M. Marroquí, pedirle los diez canarios que naufragaron en Río Num, en casso que antes no me los entregasse S.M.; pero, con motivo de no ir ya a la corte, he escrito a dicho Soberano y al Effendyl3 reclamando esta gente, con el fin de poderlos embarcar por aquí a Cádiz antes que me retire de este destino.» La gestión del cónsul español se ve coronada por el éxito. Los diez náufragos canarios llegan a Casablanca el 4 de septiembre. Al día siguiente, en carta núm. 118, González Salmón daba cuenta de ello al primer ministro español en esta forma: «Ayer llegó a ésta Sid Taxer Fenix l4 , quien me ha hecho entrega de los diez españoles que naufragaron en Río Nun, y los boy a embarcar en vna fragata nacional que se halla en esta rada para cargar de trigo para Cádiz por cuenta de la cassa que ha de seguir aquí la extracción. Esta gente biene en mui buen estado y regularmente bestida, porque el Soberano, como he noticiado a V.E., los hizo assear al tiempo de presentárselos en Marruecos; y ya en Río Nun no queda más que vn muchacho que, según me han informado éstos, se ha vuelto moro, porque su amo lo obligo a ello con amenazas, y la corta edad del chico, como aun de siete para ocho años, no le ha permitido resistir la fuerza de aquel bárbaro, y assy es ya mui dificil poder recobrarlo. Otros dos me dicen que se han muerto, que, con los veinte y quatro que nos ha entregado S.M. Marroquí, hacen los veinte y siete que se hallaban en la embarcación de Canarias quando naufragó en aquel parage.» En el legajo 5836 hay tres documentos que guardan relación con el envío a Cádiz de cuatro de los canarios naufragados en el río Nun, comunicado por González Salmón el 7 de noviembre de 1785 y aprobado el 6 de diciembre siguiente. El primero de estos documentos está fechado el 2 de diciembre de 1786 y va dirigido por el conde de las Lomas, gobernador de Ceuta, al ministro de Hacienda, Pedro López de Lerena. Dice así: 13. El ministro Muhammad b. al-Arbi Qaddus Effendi. E. Levi-Provenc;allo cita en Les historiens des Chorfa, Paris, 1922, p. 403. De él se ocupa brevemente WiIliam Lempriere, «A tour from Gibraltar to Tangier ... » 2." es. Londres. 1793, pp. 253 Y255-257. 14. Al-Tahirb. 'Abdal-Haqq Fannis. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 64 M. Arribas Palau «El subteniente de la compañia de Cazadores de esta plaza, Don Domingo Camúnez, encargado por mí de la subministración de socorros a Josef Cristóval Antúnez, Silvestre Antonio Antúnez, Nicolás de los Reyes y Antonio Navarro, naturales de la ysla de Canarias, que, haviendo naufragado en el Río Nun, fueron rescatados por S.M.M. y remitidos a este destino para dirijirlos a sus casas, me ha entregado la relación adjunta, expresiva del gasto que han causado en su manutención; y la paso a manos de V.E. para que se sirva facilitar y comunicar a este ministro de Hacienda la correspondiente Real orden para que se abonen al citado subteniente los ochocientos diez y seis reales de vellón a que ha ascendido el mencionado gasto.» 616 200 816.» El segundo de estos documentos acompaña al anterior y es una relación jurada de gastos hechos por Domingo Camúñez, fechada en Ceuta el 28 de marzo de 1786, con el texto siguiente: «Relación jurada que doi yo, Don Domingo Camúñez, subtheniente de la compañia suelta de Desterrados Armados de esta plaza, de los socorros aubministrados de orden del señor gobernador a Josef Christóbal Antunes, Silbestre Antonio Antunes, Nicolás de los Reyes y Antonio Nabarro, naturales de la Ysla de Canarias, que, haviendo naufragado en el Río Num, fueron rescatados por S.M. Marroquí y mandandos remitir a esta plaza para que desde ella se dirixiesen a sus casas, los quales se empesaron a socorrer a razon de dos rreales vellón diarios a cada uno, en virtud del oficio que pasó el citado señor gobernador al ministerio de Hacienda en fecha de 12 de Noviembre del año pasado de 1785, desde el qual inclusibe es en la forma siguiente: Reales de vellón Por los socorros dados a los quatro exresados cautivos, razón de 8 rreales diarios, desde doze de Noviembre de mil setecientos ochenta y sinco hasta el veinte y siete de Enero de mil setecientos ochenta y seis inclusibe, que importan los setenta y siete días seiscientos dies y seis rreales de vellón . Por la zertificación que orijinal acompaño por la que fueron socorridos por el capitán de Ynfante-ria y comandante del javeque Nuestra Señora de Africa, el que los socorrió desde veinte y ocho de dicho Enero hasta el veinte y vno de Febrero, ambos inclusibes de dicho año . -------- Total .. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 65 A esta relación jurada se adjunta la certificación que se menciona, que es el tercer documento, con este texto: «Certificado de Melchor de Mesa, capitán de Ynfantería, con agregación a la Marina, y comandante del jaueque de S.M. de la dotación de esta plaza nombrado Nuestra Señora de Africa: Certifico que, hallandome dado fondo en la bahía de Ceuta con la citada embarcación, el día beinte y seis de Enero reciui a su bordo quatro cautivos, a quienes socorrí con dos reales de vellón a cada vno para su manutención, desde el día beinte y ocho del dicho mes hasta el beinte y vno de febrero, ambos días ynclusives, que los desenbarqué en la ciudad de Cádiz, y para que conste doy la presente en Ceuta a 24 de Marzo de 1786. Melchor de Mesa (Rubricado)>> En el legajo 4345, caja 1, hay alguna correspondencia de los años 1796 y 1797 que trata del envío de granos a Canarias desde Marruecos. En la de 1796 se expone la carestía de granos en Canarias a causa de las malas cosechas y se solicita autorización para extraer dinero y adquirir en Marruecos los alimentos necesarios. La de 1797 corresponde a los meses de febrero y marzo y su objeto es la tolerancia con que se permitía cargar granos y semillas a los muchos barcos que llegaban a Mogadar procedentes de las Islas Canarias para socorrer las urgencias de las mismas, a pesar de haberse concedido el privilegio de la extracción de granos de Marruecos, con carácter exclusivo, a los Cinco Gremios Mayores de Madrid, habida cuenta de que dichos Cinco Gremios no habían destinado aún en dicho puerto a ningún sujeto que se hiciera cargo del privilegio de exportación exclusiva. Los directores de los Cinco Gremios, en carta fechada en Madrid el14 de marzo de 1797, comunican al príncipe de la Paz que «no hemos incomodado a los isleños y particulares de Canarias en Mogador para que sigan» el tráfico de granos, en tanto que se fija el establecimiento de los Cinco Gremios en Marruecos, «y aún entonces hallarán en nosotros los socorros que dé de sí el giro de sus producciones». Finalmente, en el legajo 5808 hay un expediente del año 1801 que trata de la extracción de granos en Marruecos con destino a las Islas Canarias. En otro orden de cosas hay que registrar en el legajo 5817, caja 2, un expediente personal a nombre de Pascual Rodríguez de Sossa, capitán de un bergantín de Canarias, que contiene diversas reclamaciones © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 66 M. Arribas Palau contra el vicecónsul de España en Mogador, Pedro Suchita, y contra el cónsul general, Tomas Bremond, por no haberle protegido adecuadamente ante las reclamaciones por deudas de que le hacía objeto el soberano marroquí, a las que me refiero en el apartado «Las deudas de Pascual de Sosa», en mi artículo Datos sobre el abastecimiento de granos a Canarias desde Marruecos (1769-1789), especialmente en las pp. 374 Y378. Las reclamaciones contenidas en este expediente van acompañadas de una relación de méritos y servicios, en la que «consta es natural de la ciudad de La Laguna, en la isla de Thenerife, una de las Canarias, jijo de Don Domingo Rodríguez y de Doña Angela de Sossa, de legítimo matrimonio». La relación se inicia en 1740, con el siguiente apartado. «Que en el año de setecientos quarenta, pendiente la guerra con Inglaterra, fue nombrado por escribano en la valandra llamada San-Telmo; y, haviendo salido a campaña en virtud de Real Patente, después de haber estado algunos días sobre la isla de la Madera, pasaron a las Terceras, en donde, cruzando al Norte de la del Fayal, apresaron vn vergantín inglés llamado el Samuel y fue declarado por de buena presa.» El último de los méritos de Pascual Rodríguez de Sossa recogido en esta relación dice así: «Que en la próxima passada guerra con la Inglaterra se ha portado con no menos lucimiento que la antecedente, saliendo a corso de capitán y piloto.» El ejemplar enviado por Pascual Rodríguez de Sossa al marqués de Grimaldi es una copia certificada por Bernardo Simoens Pessca, cónsul general de Portugal, en Mogador el 23 de enero de 1775, de otra «copia de la original, que queda en la Secretaría de Gracia y Justicia y Estado de Castilla», firmada en Madrid el 29 de marzo de 1764 por Juan Joseph Vgalde. Otro documento curioso que figura en este expediente es una carta que dirige Juan de Franchy a Pedro de Higueras, fechada en La Orotova el27 de abril de 1769. Pascual de Sosa cursa sus reclamaciones el 25 de enero de 1775 al marqués de Grimaldi, el cual, informado por Bremond, hace caso omiso de ellas. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 Documentación sobre Canarias en el Archivo Histórico Nacional 67 Antes de terminar esta lista, debo señalar que en los expedientes de la Junta Central Suprema, de los primeros años de la Guerra de Independencia, que se guardan en la citada sección de Estado del Archivo Histórico Nacional hay algunos que tienen relación con las Islas Canarias. El legajo 2 A b contiene el reconocimiento de la Junta Central Suprema Gubernativa del Reino por ciudades y pueblos, entre ellos los de Canarias. El legajo 45 recoge los expedientes de generales, entre los cuales figura el del marqués de Casacagigal, capitán general de Canarias. El legajo 46 O se ocupa de la traslación a Baleares y Canarias de prisioneros franceses. El legajo 60 J recoge los empleos dados por las juntas de provincias, entre ellas la de Canarias de abril y agosto de 1809. Y, por último, el legajo 62 H contiene la documentación de la Junta de Canarias de los años 1808 y 1809. Esto es, en resumen, todo lo que he encontrado en el Archivo Histórico Nacional, sección de Estado, en relación con las Islas Canarias. BIBLIOGRAFIA ARRIBAS PALAU, M. (1981): La correspondencia inicial entre Carlos ll/ y el Sultán de Marruecos (/765-/767). AI-Qantara. Vol. n. Madrid, pp. 145-165. ARRIBAS PALAU, M. (1983): El general López Fernández de Heredia, Canarias y Marruecos. Anuario de Estudios Atlánticos. Núm. 29 Madrid -Las Palmas pp. 389-450. ARRIBAS PALAU, M. (1975): Un intento frustrado del alcaide Dris para fugarse de Marruecos. Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos, Vol. LXXVIII, 2. Madrid, pp. 541-556. ARRIBAS PALAU, M. (1979): Notas sobre el abastecimiento de granos a Canarias desde Marruecos (/769-/789). Anuario de Estudios Atlánticos. Núm. 25. Madrid - Las Palmas, pp. 359-408. LOURIDO DIAZ, R. (1970): Marruecos en la segunda mitad del siglo XVttl. El sultanato de Sidi Muhammad b. 'Abd Al/ah (/757-/790): Extracto de tesis doctoral. Granada. LOURIDO DIAZ, R. (1978): Marruecos en la segunda mitad del siglo XVttl. Vida inter-na: . .. Madrid. . LOURIDO DIAZ, R. (1974): Los misioneros franciscanos y su participación en el tratado de paz hispano-marroquí de /767. Archivo Iberoamericano. Núm 133. Madrid, pp. 127-151. PALACIO ATARD, V. (1951): Primeras negociaciones entre España y Marruecos en /765. Hispania. Núm 11. Madrid, pp. 658-678. RODRIGUEZ CASADO, V. (1946): Política marroquí de Carlos lI/. Madrid. © Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009 |
|
|
|
1 |
|
A |
|
B |
|
C |
|
E |
|
F |
|
M |
|
N |
|
P |
|
R |
|
T |
|
V |
|
X |
|
|
|