EL TRATADO DE DOCTRINA CRISTIANA INCLUIDO
EN «LE CANARIENH
J. SANCHEZ HERRERO
l . LOCALIZACI~NA. UTOR. FECHA
En los capítulos XLVI a LII de la primera crónica y 42 a 49
de la segunda de «Le Canarien» se encuentra un tratadito de doc-trina
cristiana. Según la misma primera crónica habría sido com-puesto
por los religiosos Pedro Boutier y Juan Le Vemer, pero,
según ha demostrado A. Cioranescu, tiene por autor al mismo
Gadifer de La Salle, quien lo habría escrito en febrero de 1404.
2. EL TRATADO DE DOCTRINA CRISTIANA DE «LE CANARIENN
Se trata de un tratado breve, pero muy original y atípico, si
lo comparamos con los otros ejemplares hispanos y franceses de
los siglos XIV y XV.
En lugar de exponer de manera directa y concisa los artícu-los
de la fe que hay que creer, los mandamientos de la Ley de
Dios que hay que cumplir y los medios de salvación: los sacra-mentos,
lo hace, si, pero dentro de un contexto, que podemos
definir como una breve, pero verdadera Historia de la Salva-ción.
Así el tratadito comprende los siguientes puntos mas im-portantes:
creación, creación del hombre y de la mujer, paraíso,
tentación, pecado original, consecuencias, redención por Cristo.
Noé aiiuvio, torre, ciispersión de ios tres hijos de Noé. librahám,
Jacob o Israel y sus doce hijos. El Pueblo de Israel pecador y
penitente, la salida de Egipto. Los profetas. Jesucristo, nacido
de la Virgen María, realiza grandes milagros y se rodea de doce
apóstoles. Es crucificado y muere en una cruz. Pero resucita y
envía a sus apóstoles a todas las partes del mundo. Cristo nos
-o..A" ,..-a-.- ,,..O" .ra.A,,Am" m..+--1:- .. -A" -..-A"-:--+-" 7 . -A-LLLUIIUU
~ I ~ Cu uBa a v b ~ u a u b a ,~ i u 1 1 1 p 1 1 1 UI IVJ I I I a u u a I I u E í I I L m y IIVD
da unos medios de salvación, los sacramentos, de los que el más
importante es la Eucaristía.
J. Sanchez Herrero
3. EL TRATADO DE DOCTRINA CRISTIANA DE «LE CANARIENv
Y LOS TRATADOS DE DOCTRINA CRISTIANA HISPANOS
DE LOS SIGLOS XIII AL XVI
De entre la cincuentena de breves tratados de doctrina cris-tiana
hispanos que conocemos de 1267 a 1553, sólo uno tiene
un cierto parecido, mejor al contrario, con el de «Le Canarien~,
el que se contiene en el sínodo de Cuéllar (Segovia) de 1325.
También éste intercala todo su amplio contenido dentro de una
Historia de la Salvación. Los demás son un conjunto de diferen-tes
partes de la doctrina cristiana, expuestas directamente, sin
contexto histórico-salvífico alguno.
m
DN
4. ANTECEDENTES. INFLUENCIAS
O
n
El tratadito de «Le Canarienn fue acertadamente concebido - m
por un francés en orden a evangelizar unas gentes que jamás ha- 0
E
bían oído hablar de Cristo y su Historia Salvífica. No es extra- E
2
ño, pues, que no se apoye en ninguna fuente hispana, a pesar de E
la abundancia de estos tratados en Castilla. Sin embargo, cree-mos
que, aunque sin poder precisar ninguna fuente concreta, 3
tanto el tratadito de «Le Canarien», como el de Cuéllar de 1325 O-y
otros tratados castellanos del siglo XIV se apoyan en los trata- m
E
dos contenidos en los sínodos franceses de Rodez de 1289, Ni- O
mes de 1284, Clermont de 1268 y Angers de 12 19- 1220.
Ninguna influencia hemos detectado del tratadito de «Le n
Canarien~e n los castellanos de los siglos XV y XVI, ni en los aE que aparecen en los primeros concilios americanos: Junta de
Méjico de 1524, concilios provinciales de Méjico de 1555 y n
1565, y concilio provincial de Lima de 1582. n
3
O
l. LOCALIZAC16N. AUTOR. FECHA
C=fifcrme a estudies & F!iz~ &m-. R-.f& y PI_!ejand_r~C io-ranescu
«La Historia de la conquista de Canarias por Jean de Be-thencourt
nos ha sido conservada por dos crónicas que relatan en
parte los mismos hechowl. La primera y más antigua cuenta la his-
1. l . SERRA RAFOLS, E. y CIORANESCU, A. (1959): «Le Canarien. Cró-nicas
francesas de la conquista de Canarias. Publicadas con traducción castellana
por ... » Vol. 1. Introducción. La Laguna-Las Palmas, p. 230.
El tratado de doctrina cristiana ... 747
oria de la conquista hasta el otoño de 1404 y representa el punto
de vista de Gadifer de La Salle. La segunda contiene toda la historia
de la expedición a las Islas y de su conquista, con el regreso de Bé-thencourt
a Francia, hasta la primavera de 1406 y es favorable a
Jean de Béthencourt. La primera crónica, siempre según los dos in-vestigadores
citados, es anterior y fuente única de información de la
segunda para los acontecimientos relativos a los años de 1402 a
1404. Más aún, la segunda «se limita a reproducir textualmente la
primera en todos los detalles que podemos llamar neutrales y la mo-difica
únicamente para atribuir a Béthencourt todo cuanto en la pri-mera
se atribuye a Gadifem2. Ambas crónicas incluyen la conver-sión
de ochenta isleños de Lanzarote, de ambos sexos, en la vigilia de
Pentecostés de 1403, y, la primera en los capítulos XLVI a LII y la
segunda en los capítulos 42 a 49, la conversión del rey de la isla de
Laiizarote, Guadarfia o Guadafri, con toda su familia, que «ei año
de 1404, jueves 25 de febrero antes de camestolendas ... requirió a
Mons. de Béthencourt para ser bautizado. En cual fue bautizado, él y
toda su familia, el primer día de cuaresma ... y con este objeto se ha
arreglado una instrucción, tal como la supieron hacer, lo más fácil-mente
que pudieron, para introducir a los que bautizaron y a los que
piensan que bautizarán en adelante, si Dios quiere. El dicho religioso
señor Pedro de Boutier y el señor Juan Le Verrier eran bastante
buenos clérigos, quienes la hicieron lo mejor que pudieron~~.
La primera crónica y en concreto los capítulos XXXII a LXI fue
escrita en febrero de 14044. En su prefacio, así como en las líneas an-teriores
al tratado o instrucción de doctrina cristiana, que hemos ci-tado
anteriormente, y que Cioranescu afirma ser adición de la segun-da
crónica5, se afirma que crónica y tratado tuvieron por autores a
los dos clérigos y capellanes de los conquistadores, el presbítero Jean
Le Verner y el franciscano Pierre Boutier. Dejando otras opiniones
que no nos parecen interesantes, si queremos destacar la expuesta
por Serra y Cimmescii, primere, y repetidu, pmterkmente, SS!=
por Cioranescu. Sostienen estos autores: «Nos inclinamos, pues, a
2. SERRA RAFOLS, E. y CIORANESCU, A. Ob. cit. Vol. 1, p. 230.
3. SERRA RAFOLS. E. y CIORANESCU; A. Ob. cit. Vol. 11, pp 166 a 18hj y
Vol. 111, pp. 86 a 94.
4. SERRA RAFOLS, E. y CIORANESCU, A. Ob. cit. Vol. 1, p. 238.
5. SERRA RAFOLS, E. y CIORANESCU, A. Ob. cit. Vol. 11, p. 166.
748 J. Sanchez Herrero
pensar que desde el principio los dos clérigos no fueron sino el ins-trumento
de que se sirvió Gadifer para escribir una crónica que, en
realidad, era obra suya, y que él mismo dictaba a sus colaborado-rew6.
Y, si toda la crónica es de Gadifer, concluye Cioranescu: «He-mos
tratado de demostrar en otro lugar que este catecismo no es obra
de los dos clérigos, sino del mismo Gadifer de La Salle, autor de la
crónica de la conquista7. ¿Qué decir de esta opinión de Cioranescu?
Para contestar hemos de tener en cuenta no sólo las razones expues-tas
por Cioranescu sobre la autoría directa de Gadifer de La Salle de
toda la crónica, sino también el estudio detenido del tratado o ins-trucción
de la doctrina cristiana que realizaremos en las páginas si-guientes.
Sin embargo, podemos anticipar una conclusión. Si bien las
razones expuestas por Cioranescu son válidas para toda la crónica en
general, en cuanto al tratado o instrucción de doctrina cristiana, do-cumentos
escritunstico y teológico: pedagógicamente bien concebi-do,
pensamos que exige como autor a un personaje o personajes con
cierta formación escritunstica-teológica, y, quizás, con un conoci-miento
de los sínodos franceses de los siglos XIII y XIV. Todo ello
pudo estar presente en los dos clérigos citados y no en Gadifer de La
Salle, cuya vida, como el mismo Cioranescu afirma: «fue la de los
muchos capitanes de compañía y de aventureros de aquel tiempo,
siempre al servicio de quien les quería contratar; y no parece exage-rado
pensar que del mismo modo pasaría los años de su vida que
menos conocemos))
2. EL TRATADO DE DOCTRINA CRISTIANA DE «LE CANARIEND
Se trata de un tratado breve, pero original y atípico, si lo compa-ramos
con los otros ejemplares hispanos y franceses de los siglos XIII
al XV. Supone unos conocimientos más que rudimentarios no sólo
de los elementos básicos de un tratado de esta índole, sino de Sagra-da
Escritura, teología, situación climatológica, económica y social de
6. SERRA RAFOLS, E. y CIORANESCU, A. Ob. cit. VOI:I, p. 235.
7. VIERA y CLAVIJO, J. de (1971): ((Noticias de la Historia General de las Islas
Canarias)). Sexia edición. introducción y notas por Dr. Aiejandro Cioranescu. Goya.
Vol. 11. Santa Cruz de Tenerife, p. 459.
8. SERRA RAFOLS, E. y CIORANESCU, A. Ob. cit. Vol. 1, p.169.
El tratado de doctrina cristiana ... 749
los lanzaroteños y unas buenas disposiciones pedagógicas para evan-gelizar
unas gentes concretas, absolutamente paganas, que no tenían
conocimiento alguno del cristianismo.
En lugar de exponer de manera directa y concisa, como lo hacen
todos los tratados similares hispanos y franceses de los siglos XIII al
XV: los artículos de la fe que hay que creer, los mandamientos de la
Ley de Dios que hay que cumplir y los sacramentos que hay que
practicar como medio seguro de salvación, lo hace, si, pero dentro de
un contexto que podemos definir como una breve, pero verdadera
Historia de la Salvación.
Los puntos más importantes del tratado son:
PRIMERPAA RTE: LA HISTORIA DE LA SALVACIÓN
Primera Etapa: Creación. Pecado Originai. Consecuencias. Promesa
de Redención. Capítulo XLVII.
-Existencia de un sólo Dios todopoderoso.
-Creación en el principio del mundo de todas las cosas: el cielo, la
tierra, etc.
-Creación del hombre, Adán y de su mujer, Eva, sacada de una de
sus costillas.
-Colocación de ambos en el Paraíso Terrenal.
-Afirmación de la existencia en el paraíso de una única pareja,
compuesta de «una mujer unida a un solo hombre)), de modo que
«el qye creyera otra cosa, peca». Se insiste, sin duda, en esta afir-mación
para apartar a los lanzaroteños de la poliandria que entre
ellos reinaba, teniendo una sola mujer hasta tres maridos.
-Pecado original, cometido por comer Adán del fruto prohibido a
instigación de Eva y ésta movida por el diablo en forma de ser-piente.
-Consecuencias de dicho pecado: tres maldiciones a la serpiente,
dos a la mujer y una al hombre, que no explicita, y la condena de
las almas de todos los que murieron antes de la Resurrección de
Nuestro Señor Jesucristo «al infierno, donde todos iban hasta el
término dicho*. «Nuestro Señor Jesucristo quiso tomar carne hu-mana
en la Virgen María para rescatarnos de las penas del infier-no
».
750 J. Sánchez Herrero
Segunda Etapa: El Diluvio. Noé. Capítulo XLVIII.
-Multiplicación de los hombres. Cometen pecados. Irritación de
Dios.
-Dios determina destruir «toda carne» mediante el Diluvio.
-Noé, hombre justo.
-El arca. Curiosa y amplia divagación, en la segunda crónica, sobre
el betún, dirigida a personas desconocedoras de todo tipo de nave-gación.
«Betún es una materia viscosa tan fuerte y tan ligada, que
cuando dos piezas de construcción son reunidas y ligadas con él,
no se pueden desaunar por ningún medio, salvo con la sangre na-tural
de flor de mujen). La creencia de que el asfalto se disuelve
con sangre menstrual era común en la Edad Media y la hallamos
ya recogida en las Etimologías de San Isidrog.
-Los hijos de Noé y el reparto de la tierra: Sem, el mayor, Asia;
Cam, Africa; y Jafet, que no figura en la segunda crónica.
-La torre de Babel, el nacimiento de las diferentes lenguas y la de-saparición
de la torre por efecto del viento producido por los án-geles,
en lo que, prescindiendo de los ángeles, sólo conocidos por
la fe, acierta. La acción del viento nos trae el recuerdo de su pode-rosa
fuerza en Lanzarote, donde este tratado 'se escribió.
Tercera Etapa: Abrahan.. Capítulo XLIX.
-De una de las generaciones de Noé salió Abrahán «Hombre per-fecto
y temeroso de Dios, a quien Dios dio la tierra de promisión,
o mejor a los que descendieran de él».
Cuarta Etapa: El Pueblo de Israel. Capítulo XLIX.
-A los descendientes de Abrahán Dios los convirtió en su pueblo
santo, cuyos componentes se llamaron los hijos de Israel.
-Dios los sacó de la esclavitud de Egipto.
9. SAN ISIDORO: «Las Etimologías». Libro XI, capítulo 1, numero 141 y libro
XVI, capítulo 11, número l .
El tratado de doctrina cristiana ... 75 1
-El Pueblo de Israel se reunió con mujeres de otras leyes y adoró los
ídolos y los becerros de oro que Jeroboán había levantado en Sama-ría.
Por lo cual Dios se imtó contra ellos, los hizo destruir y los en-tregó
muchas veces en manos de los paganos y de los filisteos.
-Pero los israelitas se arrepentían y Dios los levantaba y los ponía
en gran prosperidad.
-Dios les envió profetas, que hablaban por boca del Espíritu Santo y
les anunciaban las cosas venideras: la llegada de Jesucristo, nacido de
la Virgen María, del linaje de David, descendiente de Judá, hijo de
Jacob, que rescatana a todos los condenados por el pecado de Adán.
Quinta Etápa: Jesucristo. Capítulos XLIX y L.
-Jesucristo vino.
-Hizo grandes milagros.
-Pero los judíos «no quisieron creerlo ni reconocer su llegada, sino
que le crucificaron y le dieron muerte ... Por lo cual están todos así
deshechos, como todos saben: porque id por todo el mundo y no
encontrareis judío que no esté en sujeción ajena y que no viva de
día y de noche con miedo y con temor por su vida. Y por esta ra-zón
son tan pálidos como los veis». Donde aparece claramente el
ambiente antisemita ya tan extendido en 1404.
-Jesucristo fue seguido de muchos discípulos, particularmente de
doce, uno de los cuales lo traicionó.
-Lo vieron morir y después de su Resurrección «se les dejó ven> re-petidas
veces, y los iluminó con su Espíritu Santo.
-Les mandó que fueran por todas las partes del mundo a predicar to-das
las cosas que habían visto. Bautizando a todos los que creyeran
en él, que así se salvarían; condenándose los que no creyeran en él.
SEGUNDAPA RTE. LOSE LEMENTOS FUNDAMENTALES DE LA DOCTRINA
CRISTIANA
Primero: Lo que debemos creer. Capítulo L.
-Hay un solo Dios poderoso, que todo lo sabe.
-Que bajó a la tierra y tomó carne humana en el vientre de la Vir-gen
María.
7 52 J. Sanchez Herrero
-Vivió 32 años.
-Padeció muerte y pasión en el árbol de la cruz, para rescatamos de
las penas del infierno a que estábamos sometidos por el 'pecado de
Adán, nuestro primer padre.
-Resucitó al tercer día.
-Entre la hora que murió y la hora que resucitó, bajo al infierno y
.sacó de allí a sus amigos y a los que por el pecado de Adán había
caído allí. Desde entonces nadie va al infierno por aquel pecado.
Segundo: Lo que debemos cumplir: los mandamientos de la Ley de ,,
Dios. Capítulo LI.
O
-Los diez mandamientos de la ley. 5-S
-Dios ios escribió con su dedo en dos tablas en ei monte Sinaí, B
S
y los entregó a Moisés para que los enseñara al Pueblo de Is- 2I
rael. 1
-De ellos, dos son los más importantes: amar a Dios sobre todas las 5
cosas y al prójimo más de lo que quisiéramos que él nos amara a SY
= nosotros. n
m
-Todas las cosas que Dios manda en la Ley Vieja son'representa- O
ción de las del Nuevo Testamento, por ejemplo, la serpiente de g
bronce levantada por Moisés sobre un pedestal en el desierto con- d
E tra la mordedura de las serpientes, representa a Jesucristo colgado a
y alzado en el árbol de la Cruz, para guardamos y defendemos de 4S
las mordeduras del demonio, que anteriormente tenía poder sobre 8
todas las almas. 5
O
Tercero: Los medios de salvación que debemos utilizar: Los Sacra-mentos.
Capitulo LII.
-El bautismo. «Y les dijo que todos cuantos creyeran en él y fueran
bautizados se salvarían».
-La Eucaristía, simbolizada ya en la pascua judía, en la que los
judíos comían un cordero, sin romperle ningún hueso, con
van ázimo y lechugas silvestres. Jesús celebró la Nueva Pas-cua,
quizás con pan con levadura (y en ella instituyó la Euca-ristía).
Nosotros, que tenemos la ley de Roma, celebramos la
El tratado de doctrina cristiana ... 753
Eucaristía, o el sacrificio de la misa con pan sin levadura, pero los
griegos la celebran de manera contraria. La distinción entre pan ázi-mo
y no ázimo, con levadura y sin ella, se puede entender ante la
dificultad de explicarle a los lanzaroteños algo que desconocían: el
pan ordinario con levadura, sustituido en la alimentación indígena
por el gofio (harina de cereales tostados)'aún hoy usado.
-La confesión. «Y por más que hagamos pecado, no nos alteremos
y no desesperemos, como hizo Judas el traidor, sino pidamos per-dón
con gran contricción del corazón y confesémonos devotamen-te,
y él nos perdonarh.
-El matrimonio. Recordado al comienzo del tratado como institui-do
por Dios en el Paraíso Terrenal, de una sola mujer con un solo
hombre.
-El orden sacerdotal, Implícitamente contenido en el tratado, en
cuanto dos clérigos los están adoctrinando y bautizando.
-La Iglesia. Recordada de manera indirecta al hablar de la Eucaris-tía,
pero incluyendo la división entre Iglesia Romana y Griega, sin
duda excesiva para la mentalidad de aquellos lanzaroteños apenas
convertidos.
Cuarto: Los pecados. Capítulo LII.
-No seamos perezosos.
-Guardémonos del pecado mortal cuanto más podamos y ob-tendremos
nuestra salvación y la de nuestras almas.
Quinto: Los novisirnos. Capítulo LII.
-«Algunos buenos sabios capaces vendrán un día a esta parte)),
quienes, además de otras cosas, enseñarán «el juicio futuro y
la general resurrección)).
JUICIO SOBRE EL TRATADO DE DOCTRINA CRISTIANA DE &E CANAMEN»
En ruant= 2 leassp ect~se scri~ristic=3s !a uistG:ia de S2!;~a-ción,
podemos afirmar que es la parte más rica, pues contiene de ma-nera
directa o indirecta todos sus pasos importantes. Decimos directa
754 J. Sanchez Herrero
o indirecta, pues en la cuarta parte: el Pueblo de Israel, directamente
ignora muchas cosas, pero indirectamente, en otras partes, incluye
casi todos los elementos importantes de la Historia del Pueblo de Is-rael:
Jacob, sus doce hijos, Judá, ignora a José y la llegada del pueblo
a Egipto, la salida de Egipto, la Pascua judía, Moisés a quien Dios
entregó las tablas de la Ley, la serpiente de bronce símbolo de Cristo
crucificado, el rey David. Luis Rubio en su manual El Misterio de
Cristo en la Historia de la Salvación 'O, desarrolla el siguiente esque-ma:
1. Salvaciones preparatorias de la Salvación. A. Los comienzos
de la salvación. 1. Origen del mundo y del hombre. 2. El hombre en
el origen. El pecado tipo. La promesa de salvación. 3. Noé y el dilu-vio.
La experiencia de la salvación y del juicio de la humanidad an-tes
de la revelación. B. Las salvaciones en el Pueblo de Dios. 1.
Abrahán, padre de los creyentes. 2. El éxodo, una salvación maravi-llosa.
3. La alianza del Sinai. Un pueblo en comunión de vida con
su Dios. 4. El pueblo peregrino por el desierto hacia el descanso en
la tierra de las promesas. 5. David, el rey según el corazón de Dios.
6. Los profetas, guías del pueblo y portavoces de Dios. 7. El destie-rro,
crisol de la fe de Israel. 8. La restauración después del destierro.
El Israel espiritual. Todo este largo desarrollo, a excepción de los ú1-
timos puntos 7 y 8, está presente, es claro, sólo una pequeña indica-ción,
en el tratado de «Le Canarien~L. as partes segunda: la realiza-ción
de la Salvación. La figura, el misterio y la obra del,Salvador, y
tercera: Aplicación de la Salvación en el tiempo de 1á Iglesia: La
Vida, figura, misterio, y obra de la Iglesia. María, madre de Jesús,
tipo y figura de la Iglesia, también están presentes en el tratado de
«Le Canarien», aunque , lógicamente, muy resumidas y en un orden
y desarrollo diferentes. Finalmente, tanto el tratado de «Le Cana-nen
» como la obra de Luis Rubio se cierran con una conclusión: la
parusía (o los novísimos), consumación del misterio de Cristo y de la
Salvación.
En cuanto a los elementos tradicionales de un tratado de doctri-na
cristiana o elementos teológicos hemos de afirmar que es algo in-completo.
Sólo incluye tres de las siete partes que normalmente in-cluían
los tratados hispanos desde 1322 en adelante: artículos de la
10. RUBIO, L. (1982): «El Misterio de Cristo en la Historia de la Salvación». Sí-gueme.
Salamanca.
El tratado de doctrina cristiana ... 755
fe, mandamientos de la Ley de Dios y sacramentos, olvidando virtu-des
teologales y cardinales, pecados capitales, virtudes a ellos contra-rias
y obras de misericordia; y las tres incluidas están también de
manera incompleta. En relación con los artículos de la fe, si lo com-paramos
con la división en catorce artículos, recuerda uno. o dos
(unidad de Dios y su venida a la tierra) de los que pertenecen a la di-vinidad,
explícitamente los cinco primeros de los que pertenecen a la
humanidad (concepción, nacimiento, pasión, descenso a los infier-nos,
resurrección de Cristo) y los dos últimos de manera indirecta en
otras partes del tratado (ascensión, segunda venida-juicio futuro).
Pero si lo comparamos con la división en doce artículos, uno por
cada apóstol, como se dicen en el Credo in Deum, tenemos que afir-mar
que están incluidos todos (Dios, Padre, Omnipotente, creador
del cielo y tierra, Jesucristo -su hijo, no está dicho en el tratado-
Nuestro Señor; concepción y nacimiento; pasión, muerte y sepultu-ra;
descenso a los infiernos y resurrección; ascensión al cielo -no
está claramente formulado-; juicio futuro; el Espíritu Santo que
ilumina a los Apóstoles; la Iglesia apostólica y romana; el perdón de
los pecados; la general resurrección; y la vida eterna -no expresa-mente
formulada, pero implícitamente muchas veces indicada-. De
los diez mandamientos sólo formula su resumen en dos: amor a Dios
y al prójimo. De los siete sacramentos olvida la confirmación y la
extrema unción, algo fácil de comprender ante aquellos paganos a
quienes por primera vez se evangelizaba.
En cuanto a sus características pedagógicas, hablaremos en pri-mer
lugar de una pedagogía cristiana, es decir, en cuanto enseñanza
de la fe cristiana a unos paganos que por primera vez escuchaban el
mensaje cristiano. Entendemos que el tratado es muy acertado al no
ofrecerles el contenido de la doctrina cristiana de manera escueta y
direca, sino incluido dentro de los pasos más importantes, ya hemos
advertido que están todos, de la Historia de la Salvación, remontán-dose
a la creación del mundo, para dar así respuesta a todos los posi-bles
interrogantes. Liama soiamente ia atención ia inciusión ciei sím-bolo
de la serpiente de bronce a un pueblo que desconocía este ani-mal,
y la distinción entre Iglesia Romana y Griega para unas gentes
que se tropiezan por primera vez con el cristianismo. Sin embargo,
se entienden perfectamente las distinciones en torno al pan, como ya
hemos señalado. En segundo lugar, podemos hablar de una pedago-gía
natural, en cuanto tiene en cuenta las condiciones naturales de
los lanzaroteños y de la isla, así por ejemplo: la situación de polian-
756 J. Sánchez Herrero
dria o varios hombres con una sola mujer, el viento que deshace lo
edificado y lo convierte en colinas, la ignorancia del pan ordinario
de cereales con levadura.
3. EL TRATADO DE DOCTRINA CRISTIANA DE «LE CANARIENYD L OS
TRATADOS DE DOCTRINA CRISTIANA HISPANOS DE LOS SIGLOS XIlI
Y XIV
La preocupación por la enseñanza de la doctrina cristiana, con-tenido
y medios para enseñarla se desarrolló en la España Medieval
como fruto de la actividad conciliar y sinodal y en gran parte apare-ce
dentro de los mismos concilios y sínodos hispanos.
De esta actividad concilia1 y sinodal relativa a la enseñanza de
la doctrina cristiana podemos distinguir en la Península Ibérica, de
1050 a 1553 tres movimientos diferentes en cuanto a la evolución y
cronología del contenido y medios para su enseñanza.
A) El de Castilla, que engloba las provincias eclesiásticas de
Toledo, Santiago y Sevilla y las diócesis exentas de Oviedo, Burgos,
León y Cartagena, y al que debemos unir la diócesis de Calahorra-
La Calzada, pues, aunque pertenezca a la provincia eclesiástica de
Tarragona hasta 13 18 y a la de Zaragoza en adelante, políticamente
perteneció a Castilla y sufiió su influencia. Su evolución se cumple
en tres tiempos:
1) De 1050 a 1300. Tres sínodos que repiten casi lo mismo que
el concilio de Coyanza de 1050: que se enseñe a los niños las oracio-nes
cristianas: Padre Nuestro, Ave María y Credo in Deum, y las
verdades de la fe.
2) De 1300 a 1479, o mejor de 1322 a 1479. Con el concilio
plenario de Valladolid de 1322 se inicia una etapa de gran preocupa-ción
por la enseñanza de la doctrina cristiana. De ésta se amplía su
contenido hasta el numero perfecto de siete partes y se establecen
dos medios para enseñarla: La «tabla» o cuaderno y su predicación.
Ampliamos esta etapa hasta 1300 para incluir el curioso sínodo de
León de 1303. Lo determinado en Valladolid en 1322 se recoge hasta
1479 ron algunas variantes en 32 sínodos,
3) De 1480 a 1553. Con 3 1 sínodos, tiene dos características:
a) se amplía el contenido de la doctrina cristiana hasta 14 o 15 par-
E1 tratado de doctrina cristiana ... 757
tes diferentes; b) igualmente se amplían los medios para su enseñan-za,
ya no sólo la «tabla» o el cuaderno de la doctrina cristiana y su
predicación, sino también la catequesis o la escuela-catequesis, la
confesión, el matrimonio, la recitación de las oraciones durante la
celebración de la misa, las obligaciones de los clérigos, sacristanes,
padres y padrinos y las instrucciones a los visitadores.
B) El de las provincias eclesiásticas de Tarragona y Zaragoza
sin Calahorra, que podemos dividir en dos tiempos:
1) De 1241 a 1368. En el sínodo de Barcelona de 1241, o en otro
anterior, el arzobispo de Tarragona, Pedro de Albalat, promulgó su m
Summa Septem Sacramentorum que se recogió en 10 sínodos de es- E
tas dos provincias citadas y quizás también en algunas castellanas. O
2) De 1368 a 1553. La preocupación por este tema en ambas =m
provincias eclesiásticas prácticamente desapareció. O
E
E
2
E C) En cuanto a Navarra no hay que tener en cuenta más que la
publicación del tratado amplio de doctrina cristiana por el obispo 3
don Arnalt de Barbazán de 1354. -
0m
Las noticias y los documentos promulgados en los 85 sínodos las
podemos reducir a la siguiente tipología.
a) Simples noticias sobre el contenido y los medios de enseñan-za
de la doctrina cristiana.
La mayor parte de los sínodos se contentan con indicar en un
sólo canon la necesidad de enseñar un contenido determinado de la
doctrina cristiana, desde las dos, tres o cuatro oraciones hasta el con-tenido
amplio de 13 o 15 partes diferentes, y, asimismo, los medios
adecuados para ello, que pasan de 2 a 12.
b) Summa Septem Sacrarnentorurn.
Se trata, como lo estudió Peter Linehanll, de un «manual», «es
decir, un código de disciplina y descripción de los siete sacramentos,
1 l. LINEHAN, P. (1969): «Pedro de Albalat, arzobispo de Tarragona y su 'Sum-ma
Septem Sacramentorurn'~. Hispania Sacra. Vol. XXII, n. 42-43. pp. 9-30.
758 J. Sánchez Herrero
que publicó Pedro de Albalat en el sínodo sede vacante de Barcelona
de 1 2 4 1~P. or lo que concierne a la doctrina cristiana, la Summa se
entretiene en el estudio de los siete sacramentos, no para su enseñan-za
a los fieles, sino para su conocimiento y buena administración por
parte de los clérigos. Estudia de cada sacramento la forma, materia,
ministro y sujeto con sus características y circunstancias especiales,
deteniéndose de manera especial en la Penitencia. A continuación
del estudio de los siete sacramentos determina Qualiter christiani
orare debent, donde pide que los presbíteros exhorten al pueblo a de-cir
la Oración Dominical, el Credo in Deum y la Salutación de la
Beata Virgen, y las enseñen a sus hijos. Y en alguna parte del sermón
expongan fielmente al pueblo el Símbolo de la fe, confirmando lo di-
,,
DN
cho por la autoridad y razones tomadas de la Sagrada Escritura y de E
su ciencia propia. O n -
c) Tratados breves de doctrina cristiana.
Nos referimos a los casos en que los sínodos incluyen explícita-mente
el contenido de la doctrina cristiana. En general suelen ser
concisos y esquemáticos, no aportando en muchos casos más que el
enunciado de cada tema: precepto, sacramento, artículo de la fe,
obra de misericordia, pecado, virtud, etc. En ningún caso se trata de
un tratado de doctrina cristiana en forma de preguntas y respuestas.
Hemos hallado 20 ejemplares en Castilla, por uno en Gerona, repeti-do;
uno en Calahorra; y uno en Pamplona.
Estudiamos en primer lugar la primera época señalada,
1323 - 1479, con nueve tratados. Se inician con el de Toledo de
1323 12, dividido en seis partes: los 14 artículos de la fe, brevemente
descritos; los sacramentos, incluyendo una breve descripción y algu-nos
elementos, pocos, concernientes a la materia, forma, ministro,
sujeto, iteración y la obligación de confesar y comulgar en Pascua;
los preceptos, enunciados y señalando alguno de los pecados contra
cada uno de elios; ias virtudes cardinaies y ieoiogaies, brevemente
descritas; los siete pecados capitales, simplemente enunciados; y las
siete virtudes a ellos contrarias, simplemente enunciadas.
Pero el mismo arzobispo de Toledo, infante don Juan, entre
k2. SANCHEZ HERRERO, J. (1976): «~onciiiosP rovinciales y Sinodos Toleda-nos
de los siglos XIV y XV». Universidad de La Laguna, pp. 174- 176.
El tratado de doctrina cristiana ... 759
1328 y 1334, publicó fuera de sínodo otro tratado de doctrina cris-tian,
en latín, con el mismo contenido, aunque más desarrollado
todo él 1 3 .
El arzobispo de Toledo, don Gil de Albornoz, 1338 - 1350, pu-blicó
otro tratado de doctrina cristiana en lengua vernácula que,
como sostiene Derek W. LomaxI4, no es más que una traducción,
adaptada y abreviada, del tratado latino más amplio del arzobispo,
infante don Juan, pero completado con una parte más, las obras de
misericordia que le dan su forma perfecta septenaria, el tratado se di-vide
en siete partes y cada una de ellas en siete, siete más tres o ca-torce
partes.
En cuanto a la segunda etapa, de 1480 a 1553, de la que posee-mos
once tratados, tienen las características ya señaladas: amplian su
contenido hasta catorce o quince partes diferentes, e igualmente am-plian
los medios a utilizar para una mejor enseñanza de la doctrina
cristiana. Algunos de ellos se siguen fundando en el tratado del arzo-bispo
de Toledo, don Gil de Albornoz, y otros son absolutamente es-cuetos,
incluyendo sólo una simple enunciación.
d) Tratados amplios de doctrina cristiana
Dentro de los sínodos se han promulgado ocho amplios tratados
de doctrina cristiana:
Tratado del sínodo de León de 1303 1 5 .
Tratado del sínodo de Cuéllar (Segovia) de 1325 16.
Libro sinodal de Salamanca de 141.0, asumido por sínodo de
Turegano (Segovia) de 1440 y por el sínodo de Cuenca de 1446 17.
13. LOMAX, Derek W. (1972): «El catecismo de Albornoz». En «El Cardenal
Albornoz y el Colegio de España». Vol. 1. Bolonia, pp. 213-233.
14. LOMAx, Derek -w. ~ r tc.it.
15. SANCHEZ HERRERO, J. (1976): «Los sínodos de León de los siglos XIII al
XV». En «León y su historia» (1976). Vol. 111, pp. 152-252.
16. Archivo de la catedral de Segovia. Constituciones de los sínodos celebrados
en la diócesis durante los siglos XIV y XV. Manuscrito de 142 folios. Cuéllar, 1325,
ff.1 r-63 r.
MARTIN, J-L. (1977): «El sínodo diocesano de Cuéllar (1325)n. En «Homenaje
a Fray justo Pérez de ürbeiv. Voi. 11. A'baciía ae Siios, pp. i45- i 76.
17. GARCIA Y GARCIA, A.: «Synodicon Hispanicum~. Vol. IV. De próxima
aparición.
760 J. Sánchez Herrero
Tratado del sínodo de Urgel de 127618.
Tratado del sínodo de Urgel de 1 364 19.
Tratado del sínodo de Pamplona de 1 35420.
Cada uno de ellos tiene un contenido diferente, desde cuatro a
quince partes, algunas de ellas, especialmente los sacramentos, ar-tículos
de la fe, mandamientos y pecados, están ampliamente trata-das,
y fueron escritos más para la enseñanza y formación de los cléri-gos
que directamente de los laicos.
Además de todo este gran conjunto de documentos incluido
dentro de concilios y sínodos, hemos hallado, hasta el presente, 18
tratados de doctrina cristiana publicados fuera de los concilios y sí-nodos,
del siglo X a 1500, de diferente contenido, aunque todos bre-ves,
la mayona repetición o semejanza de los publicados por los ar-zobispos
de Toledo, infante don Juan, 1324, y don Gil de Albornoz,
!?40, tedos en fem.2 de expmiciSn dioctz y sS!n ~ n een f n m i de
preguntas y respuestas.
- Pues bien, de todo este rico conjunto de tratados hispanos de
doctrina cristiana o similares, solamente uno tiene un cierto pareci-do
con el tratado incluido en «Le Canarien~e, l incluido en el sínodo
de Cuéllar (Segovia) de 1325. Se trata de otro documento original
que no se abre directamente con sus contenidos doctrinales escuetos,
sino que éstos vienen engarzados dentro de la Historia de la Salva-ción.
Así se inicia el texto con la creación del hombre, el pecado de
Adán y la encarnación y muerte de Cristo para salvarlos, lo que per-mite
entrar en los artículos de la fe en su doble versión de 12 ó 14.
Pasa a continuación a los mandamientos, lo que le permite hablar de
diferentes tipos de ley: natural (o el tiempo anterior a la ley revelada)
mosaica y evangélica; además de la ley divina está la ley humana y
los clérigos tienen sus propias leyes canónicas. Cristo se encarnó
18. Archivo Capitular de Urgel. Manuscrito 2.065 bis.
19. PERARNAU, J. (1977): «Tractats catalans «De Penitencia» de Sant Ramón
de Penyafort (1239) al bisbe de la Seu d'Urgell, Guillém Amau de Patau (1364)~.E s-critos
del Vedat. Vol. 11. pp.27 1-272.
20. Un ejemplar en el manuscrito 7 de la Biblioteca de la Catedral de Pamplona.
Otro ejemplar, retocado y completado, en las Constituciones Sinodales. Pamplona,
1501, ff. XXXVII y siguientes. La obra lleva por título «Suma de sagramentes et de las
cosas a la cura de las animas pertenecientes*.
GOÑI GAZTAMBIDE, J. (1979): «Historia de los Obispos de Pamplona, siglos
XIV-XV», p. 152.
El tratado de doctrina cristiana ... 76 1
para salvar a la humanidad pero «porque fue el original pecado en el
omne e finco en el apareiamiento para pecan), estableció siete sacra-mentos
«como fuentes en que nos lavásemos de nuestros pecados)).
El sacramento más importante es la misa, cuyo desarrollo y simbo-lismo
explica con minuciosidad. Los administradores de los sacra-mentos
son los sacerdotes, quienes deben practicar las virtudes y dar-las
a conocer en la predicación de los domingos de cuaresma, en las '
tres pascuas y en la fiesta de Nuestra Señora de Agosto. Siete virtu-des
se oponen a los siete pecados capitales. Las virtudes están rela-cionadas
con los siete frutos del Espíritu Santo. Finalmente se ex-tiende
sobre los pecados veniales, mortales, criminales que son casti-gados
civil y canónicamente: pecados contra la fe, sodomía, homici-dio
y regicidio, sacrilegio, incesto, conspiración, adulterio, perjuno,
simonía y usura; los pecados más corrientes y los pecados propios de
cada profesión. De todos modos, podemos concluir por la descrip-ción
dada que, si bien se parecen, este parecido es puramente casual,
motivado por el mismo contenido, y en ningún caso podemos con-cluir
que el tratado de doctrina cristiana de «Le Canarien» se inspiró
en el del Sínodo de Cuéllar de 1325.
El tratado de doctrina cristiana de «Le Canarien)) fue, como ya
hemos indicado, acertadamente concebido por uno o dos autores
franceses, que nunca pasaron por la Península Ibérica, en orden a
evangelizar a unas gentes que jamás habían oído hablar de Cristo ni
de su Historia de Salvación. No es pues, extraño concluir, como por
otra parte ya hemos demostrado, que no se apoye en ninguna fuente
hispana, a pesar de la abundancia de estos tratados, especialmente en
Castilla.
Sin embargo, creemos que, sin poder precisar ninguna fuente
concreta, tanto el tratado de «Le Canariem, como los tratados bre-ves
y amplios hispanos del siglo XIV, también el de Cuéllar de 1325,
se apoyan en los tratados de doctrina cristiana incluidos en los síno-dos
franceses del siglo XIII.
En cuanto a los tratados breves de doctrina cristiana pensamos
que debido al gran desarrollo sinoda! en Francia yj en concreto en la
Francia del Midi durante el-siglo XIII, con una riqueza de conteni-dos
sinodales y también de contenidos de doctrina cristiana, frente a
762 J. Sánchez Herrero
su ausencia en Castilla durante el mismo siglo, y a que los dos lega-jos
de los concilios plenarios de Valladolid, 1228, Juan de Abbeville,
arzobispo de Besacon, teólogo en París, cardenal de Sabina, y Valla-dolid
1322, Guillermo Peyre de Godín, dominico, cardenal-obispo
de Sabina, son franceses, hemos de admitir que la fuente más inme-diata
de los contenidos de la doctrina cristiana hispana y su evolu-ción
son los sínodos franceses.
En cuanto a los tratados amplios de doctrina cristiana, el de
León de 1303, el de Cuéllar de 1325 y el de Pamplona de 1354, es-crito
este último por un obispo francés, don Arnaldo de Barbazán,se
apoyan de alguna manera en los sínodos franceses de Angers de
12 19 - 1220, Clermont de 1268, y especialmente Nimes de 1284 y
Rodez de 1289. El tratado de doctrina cristiana contenido en el síno-do
de Urgel de 1364 es una copia con pocas excepciones del sínodo
de Rodez de 1289. Para e! tratado de doctrina cristiana cnntenido en
el sínodo de Urgel de 1276 no hemos podido determinar fuente pre-cisa
alguna, es anterior a los sínodos de Nimes, 1284, y Rodez, 1289.
El Libro Sinodal de Salamanca de 1410, repetido en Turégano en
1440 y en Cuenca en 1446 se afirma que tiene como fuentes el Cor-pus
Iuris Canonici y la Summa Aurea del Ostiense en cuanto a los
temas de derecho canónico y las Sentencias de Pedro Lombardo, la
Summa Theologica y los Comentarios a las Sentencias de Santo To-más
de Aquinozl, aunque no podemos olvidar una vez más el reflejo
que en el Libro Sinoidal se aprecia de los tratados promulgados en
los sínodos de Cuéllar de 1325 y León de 1303, así como de los fran-ceses
de Angers 1219 - 1220, Nimes 1284 y Rodez 1289.
¿Qué pensar del tratado de doctrina cristiana incluido en «Le
Cananena? Podemos formular un argumento apoyado en las conclu-siones
anteriores. Si toda la doctrina hispana relativa al contenido de
la doctrina cristiana y sus métodos de enseñanza se apoya, como he-mos
afirmado, en fuentes francesas, el tratado de doctrina cristiana
incluido en «Le Canarien)), de conocido autor o autores franceses,
que jamás habían tenido contacto alguno ni físico ni cultural con el
mundo hispano, tuvo que inspirarse necesariamente en fuentes fran-cesas.
¿Cuáles fueron estas en concreto? Lo ignoramos. Pudiendo
también no existir, o sencillamente no ser otras que los conocimien-
2 1. GARCIA y GARCIA, A., CANTELAR, F. y ALONSO, B. preparan un tra-bajo
sobre este Libro Sinodal de Salamanca de 1410.
El tratado de doccrina cristiana ... 763
tos teológicos y escriturísticos normales de los autores y su buena
disposición para darse cuenta de la situación de las personas a las
que tal tratado se dirigía.
¿Qué influencias tuvo o pudo tener el tratado de doctrina cris-tiana
incluido en «Le Canarien»? Pensamos que las influencias in-mediatas
de este tratado tendrían que darse en otros tratados de doc-trina
cristiana aparecidos en las Islas Canarias con posterioridad a
éste de 1404 o en los aparecidos en el siglo XVI en América.
En la diócesis de Canarias se celebró sínodo antes de Trento en
1497, 1506 y 15 142. En el sínodo del 23 de octubre de 1497 del obis-po
don Diego de Muros, 1496- 1506, en la constitución 20, se manda
que los curas pongan una «tabla» de pergamino en la Iglesia en que
estén escritos los artículos de la fe, los sacramentos, los mandamien-tos,
los siete pecados mortales, las obras de misericordia, las virtudes
teoiogaies y carciinaies, ¡os dones ciei Espíritu Santo, ios cinco s e d -
dos y los casos reservados al obispo. Todo este contenido, que sola-mente
se indica y no se explicita, habría de ser predicado por los cu-ras
a los parroquianos desde el domingo de septuagésima hasta el de
Lázaro o Pasión.
En el sínodo de 7 de diciembre de 1554 se propone explícita-mente
un contenido de doctrina cristiana compuesto de seis partes:
los artículos de la fe, los diez mandamientos, los siete sacramentos,
las siete virtudes, los siete pecados mortales y las catorce obras de
misericordia y se establece como medio para su enseñanza la «tabla»
colgada en las iglesias y la predicación durante los domingos de cua-resma.
Este sínodo obra del obispo de Canarias don Fernando Váz-quez
de Arce, 15 13 - 1522, es igual al celebrado en Osma en 15 1 1, en
cuyo año don Fernando Vázquez era canónigo de Osma.
Como puede fácilmente deducirse, estos tratados de doctrina
cristiana están completamente dentro del movimiento castellano que
en tomo a la enseñanza de la doctrina cristiana comienza hacia
1480, y no tiene nada que ver con el tratado de doctrina cristiana in-cluido
en «Le Canarien».
22. Estos sínodos han sido transcritos para el Synodicon Hispanicum por don
Francisco Caballero Mújica. Parroquia del Santísimo Cristo Crucificado. An'stides
Briand, 18. Las Palmas de Gran Canana. Pude consultarlos por la amabilidad del pro-fesor,
Dr. A. García y Garcia.
7 64 J. Sánchez Herrero
En cuanto a los tratados y otras disposiciones sobre la enseñanza
de la doctrina cristiana en América, sinodades o extrasinodades, sólo
conocemos los contenidos en la primera Junta Apostólica de Mejico
de 1524, primer concilio provincial de Méjico de 1555, y primer
concilio provincial de Lima de 1 58223, en los tres se siguen o las dis-posiciones
presentes en Castilla desde 1480 o las disposiciones toma-das
en Trento.
23. TEJADA y RAMIRO, J. (1859): «Colección de Cánones y de todos los Con-cilios
de la Iglesia de España y America)). Vol. V. Madrid. p. 1 1 1-5 1 l .