LORENZO FELIPE DE LA TORRE, UN CANARIO
CON INTERESES EN PERU
(Una petición de mercedes frustrada)
El expediente promovido por Cesáreo Agustín de la Torre sobre
recompensa del trabajo realizado por su padre, Lorenzo Felipe de la
Torre ', nos ha servido para conocer algunos de los aspectos de la vida
de ambos y, al mismo tiempo, seguir el rastro de una petición de
mercedes que se prolonga por más de cincuenta años, protagonizada
por esta familia canaria afincada en el Perú.
La presente comunicación es un ejemplo de las numerosas peticio-nes
de dignidades que llenan nuestro siglo XVIII. Domínguez Ortiz,
Palacio Atard, Lohmann Villena, entre otros, han rastreado algunas
de estas peticiones. El caso de Lorenzo Felipe de la Torre viene a in-crementar
esa ya larga lista. Mas también se nos ofrece con unas carac-terísticas
peculiares que reseñamos a continuación.
En primer lugar, sorprende su extensión en el tiempo. Esta peti-ción
se inició en 1749 y aún en 1801 no había llegado a su fin.
En segundo lugar, hay que señalar que tanto el hipo como el nieto
de Lorenzo Felipe basan sus peticiones en los méritos de éste y no en
los suyos propios. El contenido de las peticiones ha de interpretarse
en función de motivaciones sociales y de perstigio, ya que la posesión
de títulos era un honor ambicionado por todo hidalgo y, en cierto mo-do,
provocado por el descrédito en que habían quedado las hidal-guías.
Sin embargo, en este caso no han de olvidarse las motivaciones
económicas, especialmente, en la petición de Cesáreo Agustín de la
Torre. Es evidente que quien pide esos títulos no pretende sólo el
honor sino también el interes material al eximirse de determinadas
cargas.
En tercer iugar, destacamos ei incomprensible siiencio de los vi-rreinatos
de Nueva España y Perú con respecto a este caso. Silencio
más sorprendente aún teniendo en cuenta que estaba por medio el fo-mento
de la minería, ya que se trataba de un nuevo método para be-neficiar
metales.
Por último, la negativa de la Corona no ofrece ninguna peculiari-
1. Este expediente se encuentra en A. G. I., Lima, leg. 942.
dad. Esta negativa a acceder a las peticiones de ítulos se repitió con
bastante frecuencia a pesar de que el número de titulados aumentó
considerablemente en la segunda mitad del siglo XVIII.
Metodológicamente, distinguimos dos partes. La primera es una
breve reseña para situar en su contexto a Lorenzo Felipe de la To-rre.
La segunda analiza el proceso de la petición de mercedes, tanto
de este como de su hijo, Cesáreo Agustín de la Torre, y su nieto, Lo-renzo
de la Torre y Urrutia.
La noble familia De la Torre procede de Gonzalo de la Torre, na-tural
de Villanueva de la Torre -en la actual provincia de Segovia-,
que se estableció en Tenerife en 1604, concretamente, en la ciudad de
Tacoronte 2.
Como familia distinguida fueron numerosos los miembros de ella
que sirvieron como regidores, capitanes, maestres de campo, llegando
algunos a destacar en la lucha por la independencia de Venezuela. Tal
es el caso del general de división don Pedro León de la Torre; el co-mandante
don Acisclo de la Torre; el teniente coronel don Bruno de
la Torre; el capitán don Miguel María de la Torre.
Otros miembros de la familia se distinguieron por sus inquietudes
culturales y científicas. Entre ellos pode~os citar al doctor don Juan
Agustín de la Torre, abogado de los Reales Consejos, asesor del Real
Consulado de Caracas, rector de su Universidad y fundador del Cole-gio
de ALuog&s de dicha capital; a! propio Lorenzo Felipe de la Te-rre
por sus conocimientos sobre la Química y a su hijo Cesáreo Agus-tín
como miembro fundador de la Sociedad de Amigos del País de La
Laguna.
Del mismo modo, es frecuente encontrar miembros de esta familia
dentro de Ordenes religiosas. El propio fundador de Ia famiIia se Ii-cenció
en Teología y se ordenó presbítero; fray Gabriel y fray Amaro
de la Torre fueron religiosos de la Orden agustina y doña Angela y
doña María de la Torre, ambas monjas dominicas en Santa Catalina de
La Laguna.
No entra dentro de los límites de esta comunicación ofrecer una
exposición somera de toda la familia De la Torre. Bástenos lo ya apun-tado
para comprobar la amplitud de dedicaciones e inquietudes de
dicha familia afincada en Tenerife y con una importante proyección
en las Indias. Así, pues, vamos a centrarnos en Lorenzo Felipe de la
Torre.
2. Los datos genealógicos de fa familia de la Torre que exponemos en estas líneas
se deben a ka gentileza dei doctor don Leopoiao de ia Rosa Gi i v c~~ai;,i ri-¿iüi de: 12s-tituto
de Estudios Canarios del C. S. 1. C., que desinteresadamente nos los ha ofrecido,
extraydndolos del Nobiliario de Canarias, vol. IV, edición de Juan Régulo, volumen im-preso
pero no publicado.
Era éste natural de la ciudad de La Laguna. Hijo del doctor don
Juan de la Torre, regidor perpetuo de Tenerife por Real Título de 29
de junio de 1672, y de doña Francisca Ruiz de Barrio y Lima. Como
otros miembros de su familia, pasó a Indias a principios del siglo XVIII,
pues ya en 1724 está ocupado en el laboreo de minas, en el asiento
de San Juan de Lucanas 3.
A primera vista puede sorprender que un noble marchara a Indias
y, más aún, que se dedicara a la minería, profesión que hasta entonces
no confería prestigio social. Sin embargo, esta postura se comprende
al conocer la situación del estamento nobiliario y, más exactamente, la
de la nobleza canaria.
En un plano general, podemos afirmar que la movilidad social del
siglo xvm rompió la cohesión de la nobleza. Las paticiones de hidal-guía
fueron numerosísimas, especialmente, después que Carlos 111 las
hiciera compatibles con las profesiones de comerciantes y fabricantes.
Ante este hecho, la pequeña y media nobleza se sintió preocupada.
Para ésta, los nuevos sectores constituían una amenaza, no sólo des-de
ei punto de vista social, sino también desde ei economico. Ei
auge creciente de la burguesía hizo .disminuir la valoración de los hidal-gos
que se empeñaban en exigir la pureza de sangre para mantener la
unidad del estamento. En el plano económico, el desbordamiento fue
mayor. En muchas ocasiones, la imagen exterior de la nobleza no coin-cidía
con sus posibilidades económicas. Aunque la situación financiera
de las grandes familias, tal como apunta Domínguez Ortiz, no ha sido
estudiada con detalle, podemos afirmar que muchas atravesaban un
momento desfavorable. Las causas de ello serían la falta de inversiones
y el exceso de gastos. Las repercusiones de este hecho en la pequeña
y media nobleza fue más grave al carecer estos sectores de la base ma-terial
de aquellos.
En definitiva, la nobleza inferior sufrió directamente la pérdida del
papel político, social y económico del estamento, por un lacio, y la
embestida de una naciente burguesía, por otro. Ante tal fenómeno,
no es aventurado pensar que muchos de estos nobles pasaran a Indias
en un intento de mejorar su nivel de vida, hecho que constata el pro-fescr
SB~C~PZ-RYL4.U I
Sin embargo, este esquema general que hemos trazado del esta-mento
nobiliario hay que matizarlo si queremos aplicarlo a las islas
3. Representación de Jerónimo Sola y Fuentes, gobernador de Huancavelica, a Fer-nando
VI. Huancavelica, 30 de agosto de 1746. A. G. I., Lima, ieg. 942.
4. MARIOH ERNANDESZB NCHEZ-BARB*AL:a s Indias en el siglo XVIIIa, en Historia
de España y Arnenca, soczal y econ6mzca. vol. 1V. Barcelona, Editorial Vicens Vives,
1974, p. 336.
Canarias. En efecto, existe un desfase entre la situación peninsular
e insular. De esta forma, cuando el derrumbamiento de la nobleza se
hacía patente en la Península en la segunda mitad del siglo XVIII, en
las Canarias aún mantenía una posición relevante. Otra diferencia im-portante
sería la base económica en uno y otro lugar. Esto es, la no
bleza canaria, condicionada por Ia limitación de la tierra, no podía
poseer los enormes mayorazgos que disfrutaba la castellana o andaluza.
En definitiva, las posibilidades de la nobleza canaria eran menores,
lo que unido a su deceo de emular a los grandes nos confirma el hecho
de que muchos pasaran a Indias para conseguir allí lo que no podían
alcanzar en su tierra.
Comúnmente, estos nobles que marchaban a Indias comenzaban en
puestos militares. Así, Lorenzo Felipe de ia Torre ocupó, en un prin-cipio,
el cargo de alférez y capitán de Infantería del Presidio del Ca-llao.
Posteriormente, se afianzaban mediante la concesión real de algún
privilegio o título por sus prestaciones, tal como lo intentó este cana-rio.
Mediante este sistema se fue desarrollan una aristocracia indiana
con apetencias similares a las de ia metrópoli.
Lorenzo Felipe de la Torre encontró una posición privilegiada gra-cias
a su matrimonio con doña Francisca Ceballos, hija de don José
Ceballos Guerra, oidor de la Audiencia de Lima y de doña Josefa
Marcelina Tereca Dávalos de Ribera y Ceballos, descendiente de don
Nicolás Ribera, uno de los primeros conquistadores del Perú, y des-cendiente
de los Adelantados de Sevilla. Lorenzo Felipe se vinculó a
la minería al comprar minas en la provincia de Lucanas y convertirse
en un «aviador» de los mineros de aquella zona. Esta vinculación se
vio reforzada cuando su suegro, don José Ceballos fue gobernador de
Huancavelica entre 1729 y 1732
El trabajo de Lorenzo Felipe de la Torre en las minas resultó,
ciertamente, positivo. Levantó la producción de la provincia de Lu-canas
con su ayuda a los mineros de aquel real de minas. En sus pro-pias
posesiones el esfuerzo fue también patente. La cantidad de plata
fundida y los beneficios reportados a la Corona por el derecho de quin-tos
y diezmos entre 1724 y 1746 así lo confirman.
Lorenzo de la Torre fundió en esos años 599.136 marcos de plata
y seis onzas. Todo ello supone para la Corona un ingreso de 789.475
pesos, tres reales y tres cuzrtillos. La cantidad de azogue consumida
para tal producción se elevó a 5.264 quintales 6.
5 . GUILLERXOL OHA~A~VUINLL ENA:L OS Ministros de la Audiencia de Linia (1700-1821),
Sevilla, Escuela de Estudios Hispano-Americanos, 1974, p. 31.
6. Certificación dada por los Oficiales Reales de Huancavelica Francisco Isidoro
98
Mas si Lorenzo de la Torre llegó a merecer el favor real no fue
por este hecho sino por sus estudios en el campo de la minería. El la-boreo
de las minas peruanas se realizaba con métodos artesanos, casi
primitivos, que impedían obtener cantidades de metales mayores. A
medida que se dificultaba la extracción se hacía más patente la necesi-dad
de aplicar ticnicas más modernas. Otro tanto ocurría con los sis-temas
de beneficiar metales. La obtención de la plata se venía reali-zando
con enormes gastos de azogue, trabajo y tiempo lo que, induda-blemente,
hacía disminuir los ingresos de la Corona. Por ser el azogue
un mineral escaso, todos los ensayos destinados a reducir su necerarie-dad
en las operaciones de beneficio contaba con el apoyo real.
Los trabajos de Lorenzo de la Torre se orientaron en este sentido.
Medio siglo antes de que Gil y Lemos acusara recibo de la Orden que
le mandaba traducir la obra de Von Born «Elementos de Metalurgia» ',
Lorenzo de la Torre publicó su método para beneficiar metales '. Se
basaba dicho método en la utilización del producto llamado colpa en
Perú y caparrosa en España, lo que suponía un considerable ahorro
de azogue.
El Rey al conocer tal «Cartilla» expresó su agradecimiento al in-ventor,
comunicándole «la especial gratitud que me ha merecido la
actividad y aplicación con que os aveis dedicado al descubrimiento de
esta invención que se considera podrá redundar en utilidad y beneficio
común de estos Reynos y aunque se halla mi real ánimo dispuesto a
recompensar vuestro celo y estudio, lo suspendo por ahora hasta que
vos mismo propongais lo que deseais y os parezca proporcionado a
vuestra situación actual» '.
Las palabras del Rey ponen de manifiesto la importancia que se
le concedió al ramo de la minería del que dependía la mayor parte de
la vida colonial y de la metrópoli. Pero, sobre todo, nos descubren !a
disposición de la Monarquía a gratificar servicios de este tipo que cons-tituyen
la base de una nobleza fundamentada en los merecimientos y no
en la sangre.
Así, pues, conforme a los deseos expuestos por Fernando VI en !a
Fernández, contador, y Pedro de Rueda, tesorero. Lima, 18 de octubre de 1746. A. G. l.,
Lima, leg. 942.
7. Despacho de Gil y Lemos, virrey del Perú, a Antonio Valdés, ministro de Indias.
Lima, 5 de septiembre de 1970. A. G. 1.. Lima, leg. 691.
8. Arte o Cartilla del Nuevo Beneficio de la Plata en todo género de metales, frios
o calientes, hallado por don Lorenzo Phelipe de la Torre Barrio y Lima, dueño de mi-nas
en el asiento de San Juan de Lticanas de la provincia de este mismo nombre en
el Reyno del Perú, Lima, imprenta de Antonio Joseph Gutidrrez de Zeballos. 1738. Reim-preso
en Madrid por Juan Zúñiga, 1743, 3 h. + 50 pp. + 2 h.. A. G. I., sig. 133131.
9. Real Cédula de 12 de febrero de 1744. A. G. 1.. Lima, leg. 942.
anterior Real Cédula, Lorenzo de la Torre elevó al monarca una serie
de peticiones que se concretan en las siguientes:
l." Merced de título de Castilla con la denominación de marqués
de San Lorenzo de la Torre, libre de lanzas y media anata, para él y sus
sucesores.
2." Merced dc hiibito para él y para su hijo mayor.
3." Mercedes futuras de los corregimientos de Lucanas, Cañete,
Ica, Prisco, Paranicocha, Vilcas, Guaman y Castro Virreina, con la fa-cultad
de poder nombrar perionas que los sirvan o que lo hagan los que
casen son sus hijas 'O.
La petición de la merced de título de Castilla es la más significa-tiva.
Tradicionalxente, esta merced había recaído en barones, vizcon-des,
condes o marqueses. ELi el siglo XVIII, por el contrario, se exter,-
dió a otras capas inferiores aludiendo, principalmente, a unos .servi-cios
prestados. Ei ideal de todo hidalgo era poseer un título de CastilIa
y semejarse a la alta nobleza, fenómeno que provocó la lucha entre
ambos sectores.
Peticiones como ia de Lorenzo de ia Torre fueron irecuentís;' mas a
lo largo del siglo XVIII, según se desprende de los datos estadísticos.
En tiempos de Carlos V existían alrededor de 100 títulos de Castilla;
a mediados del siglo XVIII, sobrepasaban los 500 y en el censo de 1797
se contaba una cifra de 1.323 titulados para toda España ".
La posesión de títulos era el verdadero elemento diferenciador de
la nobleza. En este sentidc, Lorenzo Felipe lo que pretende es con-tinuar
el ideal de vida nobiliario a pesar de la crítica que recibía del
pensamiento y acción de los grupos ilustrados.
La petición del título libre de lanzas y media anata era una fórmula
frecuente que llevaba emparejado, lógicamente, el privilegio de exi-mirse
de estos impuestos. En América, el beneficiario del título de
Castilla debía abonar a la Corona 2.000 pesos, adexás de satisfacer una
cantidad equivalente a seis meses de sus réditos -media anata- e
inscribirse en las listas de la nobleza para el pago del impuesto de
lanzas.
La petición de la merced de hábito responde a la atracción mágica
que ejercían iuciavia las insignias niilitares sobre todo bid& y a !os
privilegios que comportaba tal gracia 12.
La concesión de todas estas mercedes quedó supeditada a la com-
10. Memorial de Lorenzo Felipe de la Torre a Fernando VI. iMadrid, 22 de septiein-bre
de 1749, A. G. I., Lima, leg. 942.
11. GONZALOA NES: El Antiguo Régimen: los Borbones, Madrid, Alianza Universidad,
1975, p. 48.
12. GUILLERMOL OHMANNV ILLEYA: LOS americanos en las Ordenes h'obi i i a r i~~(1 529-
1900), Madrid, C.S.I.C., Instituto «Gonzalo Fernánden, de Oviedo, 1947, pp. XXXVI SS.
probación y resultados de la colpa o caparrosa en el beneficio de la
plata. En 1749, el Consejo envió Reales Cédulas a los Virreyes de Nue-va
España y Perú para que realizaran las prácticas indicadas por Lo-renzo
de la Torre en su método y emitieran su juicio sobre él.
En este punto encontramos uno de los aspectos más oscuros del
expediente. Se trata de la falta de respuesta a estas Reales Cédulas. El
silencio se puede atribuir a una posible pérdida de los documentos,
pero extraña que se produjera tanto en Nueva España como en Perú.
La única solución aceptable puede ser la muerte de Lorenzo Felipe,
acontecida poco después. Muerto éste, se pudo pensar que ya no era
necesario llevar a cabo los experimentos. Por su parte, la Corte pronto
olvidó el caso, agobiada por otros asuntos y por el hecho de que no
se produjeran reclamaciones ni nuevas peticiones.
Hubieron de pasar treinta y cinco años para que en 1784, Cesárco m
Agustín de la Torre sacara a la luz el expediente, mandando al Rey un S
Memorial sobre los méritos de su padre y en el que señalaba que la O
disposición real de gratificarle no se había llevado aún a la práctica 13.
a -
%
Antes de examinar la petición de Cesáreo Agustín, veamos algunos óS"
rasgos de su personalidad. Cesáreo Agustín de la Torre y Ceballos na- 2I
ció en el pueblo peruano de Colpa. Cuando tenía dos años murió su % 1
padre quedando bajo tutores que gastaron la mayor parte de su heren- 5
cia. Por ello, abandonó el Perú y volvió al mayorazgo que su padre Y
había dejado en Tenerife. -
0m
En 1771 fue nombrado subteniente abanderado y de Compañía 1
del Regimiento de Milicias de la ciudad de La Laguna, desempeñando O
el cargo durante cinco años y ocho meses. En este tiempo y durante ag
un año estuvo instruyendo sin estipendio a los soldados. -E
El 23 de octubre de 1776 fue promovido a capitán del Regimiento a
2
de Milicias Provinciales de Güimar por el teniente general Marqués a
de Tabalo~os. En esos años se ocupó de la instrucción de los soldados 0
5 de su Compañía, costeándoles la pólvora para los ejercicios de fuego. O
Fue miembro fundador de la Real Sociedad de Amigos del País
en La Laguna. Además, fue Diputado del Común en los años de 1782
y 1783 14. Contrajo matrimonio en La Habana con doña Teresa de
TVTIVIu~.L,+I;a,, . ~ IIIa;IIIIL~IILC,~ rIe,lr,C- g~LCJ~Óa L* im+a, d~uiid e mr i.o , eii 1823.
Cesáreo Agustín de la Torre encaja bien en el marco de la pequeña
nobleza, distinguiéndose en la carrera de armas. El ejercicio de las mi-
13. Memorial de Cesáreo Agustín de la Torre a Carlos 111. Madrid, 13 de diciembre
de 1784, A. G. I., Lima, leg. 942.
14. «Relación de los mdritos y servicios de don Cesáreo Agustín de la Torre y Ce-ballos,
capitán del Regimiento Provincial de Milicias de Güimar en las islas de Tenerife,
una de las Cananass. Impresa por Francisco Eduardo Paniagua. Madrid, 20 de abril
de 1785, 6 f.. A. G. I., Lima, leg. 942.
licias no estaba vedado a los miembros del estamento nobiliario; de
ahí que los altos puestos del ejército y la armada fueran copados por
las capas bajas de la nobleza.
En el siglo XVIII, Santa Cruz de Tenerife destacó como capital mi-litar
convirtiéndose en residencia de capitaces generales. Ello brindaba
a Cesáreo Agustín un escenario idóneo para ejercer su carrera. No
obstante, la simultaneó con otras actividades de índole cultural, a tra-vés
de la Sociedad de Amigos del País.
La participación de Cesáreo Agustín en esta Sociedad nos confir-ma
e1 hecho de que la pequeña y media nobleza fueran una parte im-portante
de ellas. Las Sociedades Eco~ómicas fueron un vehículo para
la actividad de los nobles inferiores, hidalgos sin título, que se orga-nizan
de esta forma ante la creciente burguesía.
Cesáreo Agustín, como su padre, participó del mismo deseo de
emular a los grandes. Así se comprenden las peticiones que en 1785
elevó ai Rey:
1." Título de Castilla, libre de lanzas !7 media anata con la deno-minacion
que su padre pidió.
2." Grado de coronel del Regimiento de Milicias de Güimar.
3." Dos mercedes de caballeros pajes para sus hijos.
4." Pensión equivalente al beneficio de seis corregimientos, dis-pensando
lo necesario para las necesidades religiosas de su hermana
doña Rosa de la Torre, interna en el Convento de las Nazarenas de
Lima 15.
Todo ello lo pide en base a los méritos de su padre que no habían
sido recompemados. La concesión no tuvo efecto en eFe momento pot-que
hasta entonces la Corona no conocía ningún infrme de los Virreyes
sobre la utilidad o no del método inventado por Lorenzo Felipe de la
Torre.
Su propio hijo, aunque sostenía que se dieron muchas ventajas,
apenas podía ofrecer pruebas concretas. Se limitó a dar algunas referen-cias
donde se mencionaba el trabajo de su padre.
Así, fray Benito Feyjoo en el tomo 11 de sus «Cartas Eruditas»,
la carta número 19 alude al método de la colpa o caparrosa. Otro
tanto hace el autor del «Srmnai -o Ecüiitiiii~oi>c íi su torno 11, ~ S S &
el folio 127 hasta el 164. Por filtimo, existe otra alusión del intelec-tual
Juan de Iriarte en el epigrama 558 de su libro «Obras Sueltas»,
tomo 1 "j.
15. Memorial de Cesáreo Agustin de la Torre a Carlos 111. Aranjuez, 19 de junio
de 1785. A. C-. I.,L ima, !eg. 042.
16. Memorial de Cesáreo Agustin de la Torre a Carlos 111, Madrid, 22 de abril
de 1785. A. G. 1.. Lima, leg. 942.
El Consejo reconoció la «omisión que han padecido los ministros
de Indias», habida cuenta que no se habían recibido noticias desde las
Reales Cédulas de 1749. El dexonocimiento de los experimentos llevó
a la Contaduría General a retrasar la petición de Cesáreo de la Torre
hasta que se tuvieran datos concretos '". Ante este informe, se dicta-minó
enviar nuevas Reales Cédulas a los Virreyes con igual contenido
que las de 1749 18. Se expidieron el 6 de enero de 1786 y todavía en
junio de 1792 estaban sin respuesta.
Si antes la muerte del beneficiario pudo explicar el silencio de los
ministros de Indias, ahora resulta más incomprensible justificar el nue-vo
retraso. Cabría pensar que no interesara realizar el método de ia
colpa o caparrosa; no hay que olvidar que por estas fechas marchó a
Indias la expedición del barón de Nordenflicht. El optimismo con que
el Virrey y el sector minero recibieron a esta expedición pudo haber
relegado a un segundo plano las experiencias de Lorenzo de la Torre.
Mas esto no justifica que no dieran cumplida cuenta de ello a la
Corona.
Hasta que no aparezcan nuevos testimonios, la sorprendente len-titud
de este expediente ha de atribuirse al caos de la administración
indiana, anquilosada por una burocracia enervante. Sea cual fuere el
motivo, lo cierto es que la Corona no llegó a conocer los resultados
de 10s experimentos. Ello intereza reseñarlo porque la Corte basará su
negativa a conceder las mercedes en este desconocimiento.
Como ya hemos señalado, Cesáreo de la Torre apoyó su petición en
los méritos paternos. Sin embargo, especificó que las mercedes no se
pedía por la utilidad del metodo, sino por la «actividad y aplicación»
que demostró su padre le. Ciertamente, Fernando VI en la Real Cé-dula
de 12 de febrero de 1744 agradeció su actividad y aplicación,
pero más adelante señaló la «utilidad y beneficio* que se debían des-prender
del invento para todo el Reino.
Sin duda, Cesáreo de la Torre hizo esta aclaración pensando que no
se habían realizado las pruebas y ello le podría privar de la recom-pensa.
Este temor estaba fundado, pues ya conocemos la postura de !a
Corona. En efecto, el Fiscal respondió a la instancia del 23 de marzo
de 1786 Jeterrr,iEundGny iulok 11" se -y-vAu"-ia -c--+u.-vl.-- r l - l i ~ u a r 1L-U0D +L-LA~-:+I-~- H L C D h i3;;1
que no se conocieran los resultados del nuevo método 'O.
Pese a esto, Cesáreo de la Torre siguió adelante aunque con un
17. Informe de la Contaduria General. Madrid, 20 de octubre de 1785. A. G. I., Lima,
legajo 942.
18. Dictamen del Fiscal. Madrid, 3 de noviembre de 1785. A. G. I., Lima. leg. 942.
19. Instancia de Cesáreo Aeustin de la Torre a Carlos 111 Madrid 23 de mrrrzo
de 1786. A. G. I., Lima, leg. 942.
20. Dictamen del Fiscal. Madrid, 28 de diciembre de 1786. A. G. I., Lima, leg. 942.
sensible cambio de postura. En su instancia de 9 de febrero de 1787
se mostraba dispuesto a rebajar sus peticiones. El Fiscal, transcribiendo
las palabras del capitán de Milicias, comunicó al Consejo que «en caso
de que pareciesen excesivas, aunque habían sido reguladas por las que
introdujo su padre, se contentaba con las que S. M. se dignase con-cederle
para salir de los atrasos en que había caído su casa y familia
por la muerte de su padre»,2'.
¿Estaba Cesáreo de la Torre arruinado? No hemos llegado a cono-cer
los documentos que nos aclaren la situación financiera de la fami-lia.
Sabemos que Cesáreo de Ia Torre regresó del Perú con una mínima
parte de la fortuna que su padre había conseguido. No obstante, en
Tenerife se mostró desprendido. Hemos visto cómo instruyó a los sol-dados
sin recibir estipendio por ello; cómo costeó la pólvora para los
ejercicios de su Compañía. Además, donó sus casas al Rey para su-fragar
gastos de guerra.
Sin embargo, creemos que todas estas acciones más que a una fa-vorable
situación económica, lo que ponen de manifiesto es ese dereo
de sobresaiir, de hacer alarde de una ostentación de ciase que, con íre-cuencia,
conduce a situaciones ruinosas.
Si Cesáreo de la Torre aprovechó, en principio, los méritos de su
padre para elevar su condicjón social, ahora los utiliza para salir «de
los atrasos en que había quedado su casa».
Atendiendo a esta circunstancia, el Fiscal fue partidario de que el
Rey remunerara de algún modo a esta familia. Así lo expuso cuando
escribió al Rey que «puede V. M. usando de su acostumbrada benigni-dad
hacer alguna demostración a favor de don Cesáreo y de los demiis
miembros de su familia* 22.
Pero el Rey y el Consejo siguieron firmes en esperar el informe de
los Virreyes antes de dar una resolución. Esta postura implica una ne-gativa
a la concesión de las mercedes planteadas por Cesáreo de la To-rre.
Igualmente influyó que el beneficiario no se apoyaba en méritos
propios. Esta medida había sido estimulada por la Corona para lograr
la dedicación de los inferiores a tareas útiles al Estado. A su vez. este
sistema constituía un poderoro elemento transformador de la teoría
nobiiiaria tradicionai ai conoceder más importancia a los d o r e s pcr-sonales
que a la herencia de sangre.
Desde este punto de vista, los méritos de Cesáreo de la Torre care-cían
de la altura suficiente para merecer aquella serie de peticiones,
pero él siguió insistiendo.
21. Dictamen del Fiscal. Madrid, 12 de abril de 1787. A. G. I., Lima, leg. 947
22. Idem. ibídem.
En 1790, estando ya en el trono Carlos IV, elevó una nueva ins-tancia
alegando, una vez más, los méritos de su padre. Dos años pasa-ron
hasta que la Contaduría General emitió su informe negativo, basa-do
ahora en dos puntos.
El primero era conocido; esto es, que «el asunto no tiene estado
en el día hasta que lleguen los informes pedidos en el punto de los
efectos de la colpa o caparrosa sobre el beneficio de los metales» 23. El
segundo hacía referencia a «no acompañarse la conduciente justifica-ción
de nobleza de sangre del interesado, ni menos acredita los fondos
raíces de que sea en la actualidad posehedor para mantener el lustre
de la Dignidad que solicita* 24.
En consecuencia, con estos dos puntos, el Fiscal dictaminó que
«nada hay que hacer en el día acerca de la recompensa del proyecto
de su padre y por lo re~pectivo a su actual solicitud de título de Cas-tilla,
deberá instaurarla conforme a la citada Real Resolución y hasta
tanto no se podrá tomar providencia alguna» ".
Con el nuevo punto que aparece ahora y el dictamen del Fiscal, las
pretensiones de Cesáreo de Ia Torre sufrieron un duro golpe. De los
requisitos para obtener el título de Castilla, la hidalguía y la pureza de
sangre no le debía suponer problema alguno. Los verdaderos obstáculos
eran otros requisitos tales como los caudales y bienes raíces que tenia
que poseer, la cantidad que tenía que pagar a la Corona y los méritos
personales.
En definitiva, Cesáreo de la Torre no consiguió nada y volvió al
Perú. Su hijo, que pudo haber disfrutado de la merced de hábito y ser
Caballero Paje se contentó con la plaza de oficial de la Administra-ción
de Correos de Lima. Pese a ello, también aprovechó los méritos
de su abuelo para solicitar al Rey la plaza de Oficial Real de Cuzco
El sistema de peticiones había llegado a estos extremos y no debe
sorprender, por tanto, que encontremos esas listas numerosísimas de
pretendientes. En los umbrales de la nobleza existía una multitud de
hidalgos empobrecidos que creían que les bastaba su nombre para que
el Monarca les recompensase. La realidad se encargaría de demostrarlas
lo contrario.
23. Informe de la Contaduría ene era l. Madrid, 16 de abril de 1792. A. G. 1.. Lima,
legajo 942.
24. Idem, ibídem.
25. Dictamen del Fiscal. Madrid, 14 de junio de 1792. A. G. 1.. Lima. lee. 942.
26. Representación de Lorenzo de Lorenzo de la Torre y Urrutia a Carlos IV. Ma-drid,
24 de diciembre de 1801. A. G. I., Lima, leg. 1.467.
INTERVENCIONES:
Leopoldo de la Rosa
La familia de Torre Barrio y Lima destacó por el número con-siderable
de estudiosos, abogados, sacerdotes, etc.
De origen valenciano, uno de sus últimos miembros conocidos
fue el Prócer de la Independencia Venezolana, general León
de la Torre, que se le conoció por «Leór? Torues~.