LA PLANIFICACION DE LA EMIGRACION CANARIA A CUBA
Y PUERTO RICO. SIGLO XIX "
* [Carere patria intolerabile est! (Séneca).
A lo largo de todo el siglo XIX, el Estado español (a través de la
legislación y de la creación de organismos «ad hoc» y por los motivos
que luego explicaremos). así como algunos y entidades de
España, Antillas e incluso de Canarias, tratan de aunar sus esfuerzos
con objeto de dirigir, por todos ios medios a su aicance. ia emigración m
D
hispana -y más concretamente la canaria- hacia Cuba y Puerto E
Rico. Veamos, con algún detenimiento, cada uno de los puntos seña- O
lados. n -
=m
O
E
A) LA POLÍTICA SEGUIDA P O R EL ESTADOES PAÑOL E
2
En el siglo XIX se 1egisIaron cna serie de medidas de carácter ge-neral
(Real Decreto de 18 de julio de'1881; Reales Decretos de 6 de
mayo de 1882; Reales Ordenes de 16 de noviembre de 1883; Reales
Ordenes de 8 de mayo de 1888, etc.), cuyo objetivo era tratar en !o
posible de contener la emigración española a América, al tiempo que
se intentaba dirigirla a las colonias ultramarinas. En resumen. todas
estas disposiciones «...descansan -comenta Estela Cifré de Loubriel-en
un sentido proteccionizta, humano y social. Tiene dos alcances: en-cauzar,
facilitar y reglamentar la emigración, y dificultar, restringir y
limitar la emigración a la América del Sur.. .» '.
Aparte de las medidas generales enunciadas, el Estado. espaiíol dic-tó
igualmente una serie de !eyes concretas, mucho más efectivas, pues,
iban acompañadas de ayudas presupuestarias. Fueron éstas: RR. 0 0 . de
25 de juIio de 1884; R. D. de 3 de diciembre de 1886; R. D. de 23 de
feptiembre de 1889; R. D. de 21 de octubre de 1889 y R. O. de 16
de noviembre de 1891. Que ahora serán objeto de nuestro análisis.
Por las Reales Ordenes de 25 de julio de 1884 2, se crea una Junta
l . ESTELAC IFRE DE LOWRIEL: La inmigración a Puerto Rico durante el siglo XZX,
Instituto de Cultura Puertorriqueña, San Juan de Puerto Rico, 1964, p. XXXIII.
2. RR. OO. de 25 de julio de 1884. Gaceta de Madrid, 4-VIII~1884, núm. 217.
20 1
que tiene por objetivo: «... fomentar en las Antillas la emigración : j -
bre de trabajadores por cuantos medios sean eficaces y prácticos a rea-lizarlo
en corto plazo...». Dicha Junta 3, venía a sustituir a la antigua
Comisión fundada el 30 de enero de 1882, a la que el Rey -tras aprd-decer
los xrvicios prestados- disuelve.
La siguiente disposición, el Real Decreto de 3 de diciembre de
1886 4, sirvió para fijar el tipo de auxilios que habían de prestarse a
las Sociedades Protectoras de Inmigración en la Isla de Cuba. El Go-bierno
en esta ocasión tuvo muy en cuenta la situación en que queda-ron
los propietarios de las provincias de Cuba, tras la abolición de la
esclavitud y el Patronato; así como la competencia creada entre los
productores de azúcar de países extranjeros, que incidía en la economía
cubana del rromento. A la vista de todo ello y previa propuesta de
Victor Ralaguer, ministro de Ultramar, !a Reina Regente decreta que 2
«. . . las Sociedades Protectoras de Inmigración de Cuba, constituidas
dentro del territorio español con arreglo a las leyes del Reino, que O
cuenten con los medios necesarios para asegurar a los inmigrantes la
m libres ocupación en los trabajos agrícolas a su llegada a la isla de Cub.1, O E
podrán reclamar del Gobierno General de la misma. el auxilio estabIe-cid0
...» (Art. 1.'). Asimismo, el Estado se comprometía a prestar su -E
ayuda a las Sociedades Protectoras de Inmigación en la forma siguiente:
3
a) Satisfaciéndoles a los emigrados españoles y familiares, el importe O-total
del pasaje desde los puertos de la Península e islas ad;cacentes, hasta m
E
Cuba (Art. 3:). Y, b) Los emigrantes de raza blanca5 que de acuerdo a
las medidas citadas pasen a la Isla de Cuba y residan en la misma por
espacio de un año «... gozarán de las ventajas y derechos que concede a los n
licenciados de aquel ejército y voluntarios movilizados . y de cuaníos E
otorgan las disposiciones definitivas sobre inmigración que estudia el Go- a
bierno~ (Art. 9."). n
-
n
Tres años más tarde de la disposición que acabamos de comentar y
debido a1 incremento de la emigración española a las repúblicas a-reri- o
canas, Manuel Becerra, a la sazón ministro de Ultramar, opina que el
españoi debe emigrar allí «. .. donde ondee ei pabeiión nacional». «No
se trata -afiade el titular de la cartera de Ultramar-, pues, de fo-
3. Da idea de la importancia de la misma el hecho de estar integrada por destaca-das
personalidades. A saber: don Manuel Fernández de Castro, don Antonio Vázquez
Queipo, don Francisco Goriga y don José Güel y Rente, Senadores; don Victor Bala-pues,
don Francisco de los Santos Guzmán, don Gonzalo Pellijero y Serrano, don Er-nesto
Zulueta y Samá, don Alberto Bosh Labra y don Manuel Armiñán, Iiipiilad«s;
&--L:L- -:--..&-.. P A---- 7 2- \A-:-;-+---;A.. ., e: C +- UCLLCIaL UC ~ U I . I . I I I ~ L I P C i V I I . Y.LICI..V de! Minl:te:-Ic de E!tramar
y el Jefe del Negociado de Comercio y Colonización, que hacia las veces de Secretario.
4. R. D. de 3 de diciembre de 1886. Gaceta de Madrid, 7-XII-1886, núm. 341.
5. El subrayado es nuestro.
mentar la emigración, sino de verterla en el traslado a otras provincias
e~pañolas, de aquellos que estén decididos a ausentarse en la Penínsu-la
». La Reina Regente, ante la propuesta del ministro, autoriza el Real
Decreto de 23 de septiembre de 1889 6, un gasto de 40.000 pesos, des-tinados
al transporte y alimentación de 250 familias peninsulares, puer-torriqueíías
y de las islas adyacentes (Canarias y Baleares) que se tras-ladasen
a Cuba, con el objetivo de constituir colonias agrícolas. Tam-bién
y como en los casos antes comentados, los colonos gozarían de las
ventajas y derechos concedidos a los licenciados del ejército.
Nos quedan finalmente dos disposiciones legislativas por comentar:
el Real Decreto de 21 de octubre de 1889' y la Real Orden de 26
de noviembre de 1891 8. Por el primero, se determina que el Minis-terio
de Ultramar fije la cuantia &! auxi!in concedido por el nnterior
decreto de diciembre de 1886, referente a la emigración española a las
Antillas. Además, a partir de este instante -y esto supone un paso
adelante-, no sólo las Sociedades de Inmigración, sino también los
particulares (siempre y cuando den las garantías suficientes) podrán
optar a las ayudas estipuladas para conducir emigrantes a la Isla de
Cuba. Asimismo, el Ministerio de Ultramar se compromete a tomar
todas las medidas oportunas que conlleven a la aceleración del pre-sente
decreto.
La última de las disposiciones, la Real Orden de 26 de noviembre
de 1891, concede a la Sociedad Protectora de Trabajo Español en las
Posesiones de Ultrazar, una importante ayuda económica («con cargo
al crédito consignado en el capítulo 21, sección 7." del vigente presu-puesto
de gastos de la Isla de Cuba»), para el traslado a la Perla de las
Antillas de 1.000 braceros peninsulares o de las islas adyacentes (Ca-narias-
Baleares), siempre que se ajusten a las reglas establecidas en la
presente disposición '.
R. D. de 23 de
R. D. de 21 de
R. U. de 26 de
Las realas son
septiembre de 1889. Gaceta de Madrid, 29-IX-1889, núm. 272.
octubre de 1889. Gaceta de Madrid, núm. 229.
noviembre de 18%. Gaceta de Madrid, u-Xi-i8%, num. 331.
las siguientes: Primera: La cuantía del auxilio que la R. O. de
21 de octubre de 1889 fija en 140 pesetas, se reduce en esta ocasión a 120. Segunda:
El embarque de los emigrantes habrá de efectuarse con anterioridad al 28 de febrero
del año próximo de 1892, corriendo por completo los gastos de transporte de los mis-mos
de cuenta de la Sociedad, que no podrá exigirles retribución alguna por el pasaje
y habrá de prcporcionar a bordo un trato no inferior al que reciben 10s individhios
del Ejército y Armada, transportados a Ultramar por cuenta del Estado. Tercera: Los
emigrantes han de ser braceros del campo, acreditándose esta circunsntancia con cer-tificación
expedida en papel simple por el Secretario del Ayuntamiento y visado por
ei Aicaide ae ia iocaiidad en que ñubieren residiao uitimamente. Cuarta: La Socie&ad
se obliga a proporcionar colocación a los emigrantes con un salario de 15 pesos men-suales
y la manutención. Quinta: Se obligará asimismo por medio de la Comisih que
la represente en la isla de Cuba, a facilitar a los braceros inmigrantes durante ocho
días de alojamiento, manutención y asistencia médica si lo necesitasen, sin que el
2) La cveacióiz de La Jztntu Info~matiua de Ult- amar
Con el mismo fin que la normativa migratoria a que acabamos de
referirnos, o sea, para potenciar la emigración a Cuba y Puerto Rico,
el Gobierno español, el 25 de noviembre de 1855 lo, creó, por Real De-creto,
la Junta Informativa de Ultramar. Su objetivo era el estudio de
«. .. las posibilidades de mejora de las relaciones entre Cuba y Madrid».
Tres fueron los temas de trabajo que sobre Cuba se encomendaron al
referido organismo: a) La cuestión política; b) La cuestión económica,
y c) La cuestión social. Dividiéndose esta ú l t i ~ ae n cuatro apartados:
negros esclavos, negros libres, población asiática e inmigración.
Prueba del interés que el asunto suscitó, las treinta v seis conferen-cias
que se pronunciaron entre el 30 de octubre de 1866 y el 28 de
abril de 1867, bajo la presidencia de don Alejandro Oliván. En todas
estas charlas «. . . se repite -nos dice Roberto Mesa- una y otra vez, :- E que la emigración mejor, la más conveniente para las islas españolas
del Caribe, era la blanca; la que no produjese disturbio alguno racial, O
n -
ni alteración socia1 ... » ". Sobre este particular j 7 para no ser reiterati-vos,
del extenso estudio que elaboró la Junta 12, vamos a espigar la E opinión de un par de personalidades 2 13, sobre la emigración más con- E
veniente para Cuba y que representan el sentir de la mayoría de los
hacendados cubanos de la época. 3
El señor Conde de Pozos-Dulces manifiesta textualmente que « . . . la %
inmigración más conveniente en las islas de Cuba y Puerto Rico, la m
E
única conveniente y la que urge estimular y promover por todos 10s
emigrante adeude nada a la Sociedad ?or estos conceptos. aun cuando en vez de acep- n
tar l a s condiciones de salario expresadas en la regla anterior, busque por su cuenta E
colocación que pueda convenirle más. Sexta: La Sociedad facilitará pasaje gratuito de
-
a
regreso a los emigrantes -que llevados por el desw de volver a la Península, siempre l
que. manifieste ese deseo antes de finalizar el actual año económico, debiendo verifi- n
carse el embarque dentro del plazo de cuarenta días, a contar desde el que se 'haga n
n
la petición de regreso. Séptima: Conforme previene la R. O. de 21 de octubre de 1889,
cada vez que. haya de efectuarse un embarque de emigrantes deberá la Sociedad pre- 3
sentar con la necesaria anticipación en el Gobierno Civil de la Provincia respectiva y O
por triplicado una relación del- nombre y la edad de los emigrantes que han de em-barcar,
acompañada de las certificaciones a que se refiere la regla tercera. Octava: Si
ia Sociedad dejaae de cumplir algunas de las obligaciones c0n;i-aidas con los eiiiigL+n-tes,
el Gobernador General acordará lo procedente en tal-caso, siempre a expensas de
la Socidad. Novena: Antes de llevarse a efecto la concesión, habrá de manifestar Ie
Sociedad Protectora de Trabajo Espaiiol en las Posesiones de Ultramar su expresa con-formidad
con lo establecido en las reglas que preceden.
10. R. D. de 25 de noviembre de 1865. Gaceta de Madrid, 29-XI-1865, núm. 333.
11. ROBERTOM ESA: El colonialismo en la crisis del XIX español, edit. Ciencia Nue-va,
Madrid, 1967, p. 215.
12. Ministerio de Ultramar. J ~ T iAxFo RllATIirA DE ULTRAMARE:x tracto de las Con-testaciones
dadas al interrogatorio sobre la manera de reglamentar el trabajo de la po-biucidn
de c"i"r y yüs me;;o de jaci;itni. la iiiiiiigiaci;ii seo ma's co;+
veniente en las misn?as provincias, Madrid, Imprenta de la Biblioteca Universal Eco-nómica,
1869, p. 115.
13. El señor Conde de Pozos-Eulces y don Ramón de la Sagra.
medios legítimoz, es la blanca, sin distinción de nacionalidades, brin-dándoles
todas las garantías, facilidades y atractivos.. . Estos (los blan-cos)
fecundarán la producción de sus campos y desterrarán de ellos
para siempre el sistema devastador de la agricultura que allí se ha en-tronizado,
y aleja los elementos de población más eficaces para afianzar
la seguridad, promover los adelantos materiales y consolidar la civili-zación
de la raza blanca y la unión de aquellas provincias con la me-trópoli.
. . » 14.
Por su parte, don Ramón de la Sagra, piensa que la raza africana
que a primera vista es la ideal para las condiciones climáticas de Cuba,
en la actualidad <<... parece amenazada de terminar la carrera de sus
servicios, inspirando graves temores, continuas alarmas, confirmadas en
miirhnr ~O:CPC rnn t r o r t n r n n c T i r o l o m i c l o r l e r \\ Rn romLin cle ln r o v o
A r l u n l v u yurvru +"LA v.LuuLVIIIVu J CUIU'IIIUUUL~.. . I I . Y11 CUIIIUIV, , 'UAL LUYLI
asiática, opina De la Sagra, que debe continuar su entrada (« ... pues,
su inteligencia la hace realmente útil y beneficiosa.. .»), aunque bajo
control. Sobre la última de las razas, ¡a blanca, De la Sagra piensa que
es la que necesita Cuba, pues «... las razas blancas son las más inteli-gentes
de la humanidad, las iniciadoras de toda civilización trascenden-tal
... » 15.
3) La Sociedad Protectora de Trabajo Español en las Posesiones de
Ultr~mla~
El 2 de marzo de 1889 se crea la Sociedad Protectora de Trabajo
Español en las Posesiones de Ultramar 16, con un objetivo claro y bien
definido: contener la emigración que de España se dirige a los territo-rios
extranjeros y tratar, al mismo tiempo, de orientarla hacia Cuba y
Puerto Rico.
De este modo, ya a los pocos meses de su fundación - e n octubre
de 1889- su presidente, presionado por las insistentes peticiones de
trabajo de muchos españoles que desean trasladarse a Cuba, azí como
por las solicitudes de grandes propietarios cubanos reclamando mano
de obra, dirige un escrito al ministro .de Ultramar, donde, en síntesis,
le propone un plan de colonización en Cuba, a base de población blanca,
en el que la Sociedad que preside se comprometería a dar pasaje gra-tuito
de tercera, alimentación y buen trato, a los españoles que lo de-seasen,
siempre y cuando el Gobierno estuviese dispuesto a subvencio-
14. Extracto de las contestaciones ..., ob cit., pp. 70-71.
15. Ibídem, pp. 72-73.
16. ARCHIVOH IST~RINCAOC IONALS:oc iedad Protectora del Trabajo EsparioI en las
púsesiones de Ultramar. Instancia presentada en 22 de marzo de 1892 y 19 de julio del
miswo año por la ..., solicitando la conduccidn de 4.000 emigrantes a Cuba (1894). Libro
de Registro de Cuba (Fomento), 1894, letra S. núm. 156, kg. 175.
nar a los pasajeros con la cantidad de 30 pesos por individuo adulto
y de 15 por los de siete a catorce años.
Sabemos de otras solicitudes de carácter parecido que se enviaron
por la referida entidad al Ministerio de Ultramar, la mayoría de las
cuales prosperaron, pues, normalmente se contó con el respaldo econó-mico
del Gobierno, principal interesado en favorecer este tipo de emi-gración.
Baste recordar que por R. D. de 21 de octubre de 1889, se
derermina, a través del Ministerio de Ultramar, un auxilio concedido
a 1d inmigración española a Cuba; igualmente por R. D. de 20 de no-viembre
de 1891, se libra una importante cantidad que haga frente al
traslado de 1.000 braceros de España a Cuba, etc.
Este apoyo decidido de la Administración Central posibilitó que en
sólo dos ineies (enero y febrero de 1892), arribasen e Cuba, bajo el
patrocinio de 12 Sociedad Protectora de Trabajo Español, 1.999 colo-nos,
como queda explicado, en detalles, por el cuadro siguiente:
CUADRO 1
NOTA DE LOS EiMIGRANTES EMBARCADOS PARA LA ISLA DE CUBA
POR CUENTA DE LA SOCIEDAD PROTECTORA DE TRABAJO ESPAÑOL
EN LAS POSESIONES DE ULTRAMAR 'Año de 1392).
Fechas de embarque Provincias
Número
emigradoi
2 enero
5 enero
9 enero
10 enero
21 enero
25 enero
27 enero
30 enero
5 febrero
7 febrerc
10 febrero
1 febrero
20 febrero
21 febrero
Canarias
Barcelona
La Coruña
Cádiz
La Coruña
Barcelona
Málaga
Cádiz
Barcelona
M i l a g
Cádiz
Canarias
Santander
La Coruña
Vapores
-
Veracruz
Buenos Aires
San Francisco
Buenos Aires
Reina María Cristina
Montevideo
Montevideo
Montevideo
Alfonso XII
Alfonso XII
Alfonso XII
Alfonso XII
Alfonso XIII
Alfonso XIII
TOTAL 1.999
FUEXTI: AUCUIX HIST~RICNDA CIONALS:o ciedad Protectora d e Trabajo Espatiol. Libro
de Registro de Cuba (Fomento), 1894, letra S, núm. 156, leg. 175.
206
Antes de que pasemos al segundo de los apartados («La actuación
de algunos particulares y entidades hispano-cubanas»), conviene que
nos preguntemos sobre los motivos que mueven, no sólo al Gobierno,
sino también a los particulares (como más adelante veremos) a tratar
de potenciar la emigración española a Cuba y Puerto Rico.
Las causas impulsoras de la emigración española a Puerto Rico,
han sido estudiadas por Estela Cifré de Loubriel. Son de diferentes
tipor: políticas, administrativas y económicas.
Los factores políticos que generan la inmigración a Puerto Rico en
el siglo XIX, son en síntesis: a) El nuevo papel que desempeña Puerto
Rico en la política española; b) Los acontecimientos de carácter sub-versivo
que se manifiestan en la Isla; c) Los hechos políticos que con-curren
en !?, ~ u e y zde ! Caribe, y d) Las co~crcucn& & br ~ ~ ~ i x ~ ~ c ~ ~
políticos ocurridos en la Península.
Respecto a las causas administrativas, Cifré de Loubriel, señala con
agudeza que «. . . los resultados prácticos de un ideario político se plas-man
en la administración, e igualmente no se concibe una burocracia
que no responde a unas directrices políticas. Realmente -concluye
Loubriel- la administración española respondió siempre a un ideario
doctrinal definido». En electo, la política ultramarina llevada a cabo
por España, dio lugar a un creciente aumento de peninsulares y cana-rios
en la burocracia de la Isla; así ocurre, por citar un ejemplo, que
en 1846 de un total de ciento ochenta y seis ediles 17, setenta eran
peninsulares, ocho canarios, catorce de Costa Firme y diecinueve ex-tranjeros.
Huelga decir que esta política administrativa segunda por el
Gobierno de Madrid, a la larga actuó como un «boomerang», al crear
un evidente malestar en la población nativa contra el dominio colonial
español.
Sobre el último de los factores apuntados: el económico, conviene
precisar que España no sólo procuró fomentar la emigración a Puerto
Rico con el objetivo de explotar las fuentes naturales de su producción
y de paso suplir la escasez de brazos de la isla, sino también, para poder
ofrecer empleo a la importante masa obrera sin puesto de trabajo en la
Península (y Canarias), donde la situación vióse agravada a conseaen-cia
de las guerras (Independencia; Revolución en Ia América hispana y
Carlista), con la consiguiente pérdida del continente americano, que
Ilevó aparejado el corte de la secular fuente de ingresos, y así miles de
españoles (labriegos, burócratas, militares, erc.), rienen por necesidad
que emigrar.
17. E. CIFRÉ DE LOUBRIEL: O&. cit., p. LXIV.
En el caso concreto de Canarias, hubo -como queda patente en cl-estudio
realizado por don Nicolás Díaz Pérez '*- un acusado desem-pleo,
originado por las largas y frecuentes sequías, el rápido aumento
de la población y la pérdida del mercado de la cochinilla. Y de este
modo, la falta de puestos de trabajo en la agricultura y en la «indus-tria
», motivó que se abriese, una vez más, la espita de la emigración
isleña. Muchos son los canarios que van a Puerto Rico, por estas cir-cunstancias,
bajo contrata.
Respecto a Cuba-isla a la que podemos aplicar la mayoría de las
causas antes enumeradas para Puerto Rico-, hay que sumar el terror
al negro, que cada vez se volvía más peligro>o. Y el deseo consiguiente
por parte de las autoridades y ciudadanos influyentes por «blanquear-la
», a base de inmigración procedente de la metrópoli. Este miedo cer-va!
a! negre !e en,centrrmor rn-g-tp--n-tp-- en !a docunxntación y en la hi-bliografía
que sobre el tema hemos consultado. Es lo que trataremos
de explicar a continuación.
Ya a partir de 1830 se inicia en Cuba un movimiento de oposi-ción
al contrabando de esclavos. Este sentimiento está mucho más
arraigado entre los elementos progresistas de la clase hacendada, que
comienza a tener sus dudas sobre la utilidad del sistema esclavista y
de la trata en general, preocupándoles especialmente el rápido incre-mento
de la población esclava, ante el temor de una sublevación gene-ral
negra 19. En efecto, los hacendados cubanos de los años treinta no
andaban descaminados, ya que el tiempo les daría la razón, sucediendo
que a medida que aumentaba el número de esclavos, crecían sus suble-vaciones
en más cortos intervalos, llegando a ser raro el año en que no
se registrara alguna, peferentemente en las zonas de ingenios y cafe-tales,
donde su tanto por ciento era mayor .Utilizaban, especialmente,
como medio de combate contra sus amos, la quema de los cañaverales;
teniendo en estos incidentes muchos que ver el Gobierno inglés, que
periódicamente enviaba agentes a Cuba, con el fin de alentar a los
gr-up os esclavos más decididos a conseguir la libertad ". &sde e1 siglo xviii, hasta :a dicada ?e !OS cuarenta de! X~X, d
número de esclavos (véase cuadro 11) fue progresivamente en ascenso.
Lo prueba el hecho de que en 1774, la población total cubana es de
171.620 habitantes, estando los negros esclavos representados con el
20 por 100. Proporción que aumentó paulatinamente: en 1792, los ne-
- -
18. NICOIAS Df~z Wn: Dictamen sobre las causas de la emigracidn en las provin-c
i a ~ de Baleares y Cananas, Madrid, imprenra cie iví. Küiriero, i882, p. 99.
19. Jr.~ro RIVEREKD: Hisforia Económica de Cuba, Edit. Ariel, Barcelona, 1972, pá-gina
133.
20. FERX~SDPOO RTLOSDODE L PRADO: Historia de Cuba, 1, Editora Nacional de Cuba,
Editora del Consejo Nacional de Universidades, La Habana, 1965, p. 350.
gros con 84.590 habitantes, suponían el 25 por 100 de la población de
Cuba (272.301 habit.); en 1817, en 44 por 100; en 1827, el 42 por
100 y en 1841, el 43,5 por 100; para descender vertiginosamente en
1861 al 26,5 por 100 'l.
CIFRAS OFICIALES O CONVENCIONALES DE LA POBLACION
ESCLAVA EN CUBA
Esclavos
masculinos
Esclavos
femeninos
Esclavos
en Cuba
En plantaciones
azucareras
Población
total
Superioridad
masculina sobre
la femenina
13.209
10.258 m
49.503
79.638 E
126.005 O
n
66.891 =m
O
E
Porcentaje E
2
de población E
esclava
- 3
20
25 -
0m
44 E
42 o
43,5
26,5 n
E
a
n
FUENTE: HCGH THOMAS: La lucha por la libertad ...
5
La disminución del número de esclavos en un periódico tan redu- O
cid0 de tiempo, apenas veinte años - d e l 43,s por 100 que suponían
los negros en 1841, paran en 1861 al 26,5 por 100 de la población
total-, se explica en buena parte debido a que es precisamente en la
década de los cuarenta, cuando en Cuba se inicia el proceso de descom-posición
del sistema esclavista ". En 1845 el Gobierno español dicta
21. HUGH THOMAS: La lucha por la libertad, 1776-1970 (tomo 1: De la dominación
espafie!a a !a deminad& r.c?rtemeririr.-., !?62-.i9!E!, Eds. Grijdbi, S. A,, Eaxe!c?nn.
México D.F., 1973, p. 226.
22. OSCAR PINO-SANTOSH: istorza de Cuba. Aspectos fundamentales, Edit. Nacional
de Cuba (2.a ed.). Editora del Consejo Nacional de Universidades, La Habana, 1964,
páginas 54-55.
Ia Ley de Represión del Tráfico de Negros, por la cual se establece du-ras
penas a los que toman parte, ya directa o indirectamente, en !a
trata clandestina; fuesen armadores de buques, capitanes, pilotos o adua-neros,
etc. A partir de este instante, pues, los negreros pierden (oficial-mente,
al menos) la protección de las autoridades de la metrópoli, im-plicadas
anteriormente en el lucrativo negocio de la trata. Esta medida
cornada por el Estado español fue -en opinión del hictoriador cubano
Portuondo del Prado- muy inteligente y oportuna, ya que sirvió para
contener las amenazas por parte de Inglaterra, las sublevaciones de los
esclavos y la inquietud de los mismos esclavistas que veían en peligro,
no sólo sus intereses, sino sus vidas 23.
En una palabra. el esclavo se había convertido en un artículo costo-so
24 y peligroso para los hacendados cubanos, que reiteradamente expre-sun
su opesición u! tráficG africanG. Este =alestar gei,era! queda. eapre. 2
N sado por las palabras del hacendado cubano Santiago Drake, quien en g
184 1 declara: O
n--
«No quiero decir con eso que la prosperidad de Cuba quedara sofocada f
con la abolición del comercio esclavista; por el contrario, como la mayoría
de mis compatriotas (criollos), soy de la opinión que debería cesar inmediata-mente.
Prueba de la sinceridad de nuestros deseos son las diversas peti-ciones
que hemos elevado al Gobierno, urgiéndole a tomar medidas efectivas e
para poner fin al pernicioso tráfico.. .» 25.
3
-
-
0
Como antes indicábamos, ya desde la primera mitad del XIX se aco-meten
los primeros planes de colonización blanca de la isla de Cuba y
a cuyo amparo arriban varios miles de campesinos y artesanos de la
Península y de Canarias, sobre todo. En esta línea el papel de los ha- f
cendados cubanos -como nos confirma Ramiro Guerra y como ten- $
dremos ocasión de exponer inmediatamente- fue decisivo, pues
« . . . abogaron enérgicamente por la inmigración y colonización blancas,
sin que muchos de ellos, los de más enérgico y elevado espíritu, ceja-sen
en su empeño, a pesar de las amenazas y de las calumnias de los
negreros contrabandistas de esclavos en provechosas relaciones gene-ralmente
con las autoridades superiores de la colonia» 26.
23. F. PORTUONODEOL PRADO: 0b. cit., p. 353.
24. Es esta una cuestión en la que insistiremos al final del presente trabajo.
25. Santiago Drake (La Habana) a Henry A. Coit (Nueva York), 17 de abril de 1841.
Legajo Santiago Draka, colección Moses Taylor. Cfr.: T. R o u ~ oE LY: Cuando reinaba
Su Majestad el Azúcar. Estudio Histórico Socioldgico de una tragedia latinoamericana:
e! ~ ?m~ c ~ i ! r ie*nv oC ~zkn. Origen y ei>o!ucic5n de! prncon, Frlit. Sud.rnerim.na, Ruenoi
Aires, 1963, pp. 589-590.
26. RAMIRO GUERRA: AzYcar y población en las Antillas, Edit. de Ciencias Políticas.
Instituto Cubano del Libro, La Habana, 1970, p. 56.
B) LA ACTUACI~N DE ALGUNOS PARTICULARES Y ENTIDADES
HISPANO-CUBANAS
1) Los proyectos colonizadores de Gaspav Bethencozlrt Cisneros, Do-mingo
Goicaria, José Lorenzo Odoavdo y José de la Cruz Caste-llanos.
Otros intentos.
Uno de los primeros ensayos colonizadores efectuados en Cuba du-rante
el siglo XIX con la población blanca, es el que realiza en 1843
Gaspar Bethencourt Cisneros («El Lugareño*), por medio de isleños
de Canarias, en su extensa propiedad -2.000 caballerías- de Najasa,
al sur de Camagüey. Fue un intento de verdadera colonización, pues,
los emigrantes canar.i o.s eran tratados como hombres libres y en el caro de we 29 les ,,--,,m,--- m---.. ;.UnL--l-l4 !, se c~ixpisixetia «E: Lugaíefiu»
a darles tierra, ganado y recursos «para que por sí trabajen y me paguen
una renta moderada». El ensayo dio al parecer óptimos resultados, ya
que el 2 de abril de 1843, escribía «El Lugareño»:
«. . . Mis colonos siguen perfectamente contentísimos todos (. . . ). Trabajan
igual i junto con mis negros, sin distinción (...). Ahora me empeñq en
asociarme a algunos propietarios jóvenes, para que hagamos entre varios un
pedido a Canarias de 50 6 60 labradores (...). Hecha la segunda expedición
no dudo que lograré otras muchas* 2T.
Asimismo, Domingo Goicuria, acaudalado comerciante hacendado
de La Habana, fue uno de los pioneros en la introducción de mano de
obra blanca, procedente de España. El 25 de septiembre de 1846 eleva
una exposición a la Reina, en la que tras felicitar a S. M. por haber
puesto fin a la importación de negros de Guinea («...quienes al paso
que comprometían la seguridad social y política de aquella preciosa
Antilla, eran un elemento perenne de barbarie.. . »), le expresa, segui-damente,
que el gran problema de la producción de azúcar debe y pue-de
ser solventado «por brazos blancos y libres», pues, «.. . estos son muy
capaces de suplir en parte y aun en todo, !a falta &! SI!VI~P ~friczm,
máxime cuando el blanco cuenta en su ayuda con una inteligencia su-perior
Y puede contar hoy, además, con la cooperación de la mayui-naria..
. P.
Las ventajas que el plan acarrearía son explicadas por el propio
Goicuria: a) «Proporcionará una inmigración segura y duradera de ex-celente
calidad, que es el objeto esencial de este sistema»; b) «Hará
que el que se dedique al cultivo de la caña pueda efectuarlo con perfec-ción,
porque tendrá su tiempo para ello e introducirá todas las refor-
27. JUAN PÉREZ DE LA RIVA: Para Ia Historia de la gente sin Historia, Edit. Ariel,
Barcelona, 1975, pp. 55-56.
211
mas imaginables, libertándole del gran costo de máquinas, tierras, edi-iicios
y reparaciones»; e) «Liberará al fabricante de las pérdidas que le
cause la mortandad de negros y animales, al propio tiempo que lo ha-bituará
a introducir las mejoras que vaya dexubriendo para perfec-cionar
sus aparatos»; d) «Producirá más azúcar de la mejor calidad,
con la misma cantidad de caña que se hace hoy», y e) Facilitará el
aumento de1 cultivo de la caña y la elaboración del azúcar*. Igualmente
se adjunta el modelo de contrata (con el pliego de condiciones por
parte del fundador y de los colonos) que propone don Domingo Goi-curia.
Por último, aunque resulte difícil establecer una cantidad esti-mativa
de los emigrantes llegados a Cuba en las condiciones expues-tas
por Goicuria, no es descabellado pensar que muchos serían los es-pañoles
acogidos al plan citado ".
De 1856 data el proyecto colonizador de don José Lorenzo Odoar-do,
vecino de La Habana y propietario de una extensión le legua y I E media cuadrada de tierra, que con motivo de fundar un ingenio para
fabricar azúcar, «... admite hasta cien trabajadores, procedentes de
Canarias...». Esta contrata nos posibiIita conocer la forma en que se E
reclutaba a los canarios (jornal, manutención, horas de trabajo, etc.)
para las faenas azucareras. 2 E
El propósito (véase modelo en el Anexo Docnmental) del señor
Odoardo era fundar en su propiedad un ingenio para fabricar azúcar 5
con trabajadores libres. Para ello admite hasta un número de cien ca-narios,
que habían de ser «. . . laboriosos, robustos y entendidos en las
faenas del campo, como arar, manejar el azadón, la guataca, y manejar
y gobernar los bueyes...». Por su parte, el hacendado cubano se com-prometía
a abonar el precio del pasaje, que deccontaría del salario del
trabajador c. .. cuando quiera y bajo la forza que le sea más cómodo*.
El isleño, que ~ o d í atr abajar a salario o destajo, cobraría 12 pesos d
al mes, más «alimento sano, siempre y cuando le dedicase diez horas al j
día» («.. . si los trabajos fuesen urgentes.. . , el trabajador ganará la pro- $
porción al más tiempo que esté ocupado. En los trabajos a destajo los "
precios serán convencionales, así que los trabajadores estén bien ins-truidos
de la clase de faenas de nuestra agricultura},). Y en caso de con-vdecencia
la finca le brindará asistencia gratuita al canario, con la sal-
28. ARCHIVOH Is~6Rrco NACIOKA(LM adrid): Goictrria (D. Domingo) sobre contratas
de colonos de provincias de la Península (1842), Libro de Registro de Cuba (Fomento),
cuaderno 1 (1853-56), pp. 149-153.
También, ARCHIVON ACIOXADLE CUBA:E xpediente sobre las proposiciones hechas por
el seiior Domingo Goicuria para la introducción en la Isla de colonos de las provincias
de EspüAü (:U#;, kg. :22, rñp. 8.615.
También, BIBLIOTECNAB CIOKADLE MADRID (Manuscritos). Ms. 20.327, de la obra de
JuLrA'r PAZ: Catálogo de Manuscritos de América existentes en la Biblioteca Nacional,
Madrid, Tipografía de Archivos, 1933, p. 724.
vedad de que «. .. mientras dure la enfermedad, se entiende que que-dan
suspendidos los salarios, hasta que el trabajador vuelva a hacerse
cargo de sus faenas».
Un poderoso aliciente para e1 canario debió ser el hecho de que en
la contrata se manifieste expresamente que se podía traer a Ia familia
completa: «... así el padre que traiga consigo varios hijos estará seguro
de tenerlos colocados a todos, si es que son hábiles para el trabajo; en
cuyo caso a los muchachos de nueve a doce años se les abonará de tres
a cuatro pesos al mes, según la aptitud y se les alimentará y asistirá
en sus enfermedades como a los demás operarios. Si las rrujeres son
aptas para la los trabajos del campo y pueden tomar parte directa en
los trabajos del campo, se les abonará la proporción a lo que valgan las
tareas que desempeñen». Finalmente se especifica en la contrata de que
no existía obligación alguna de que el canario permaneciese en la finca
aunque se le imponía como requisito previo pagar el precio del pasaie.
Era esta, indudablemente, la principal atadura a que se veía sometido
el isleño, a la que normalmente sólo podía escapar tras el cumplimiento
de largos años de contrata2'.
Otro de 10s propietarios cubanos que más presionaron por la colo-nización
blanca fue José de la Cruz Castellanos 30, que ante la prohi-bición
de reclutar mano de obra negra y el fracaso de los chinos y yu-catecos,
eleva el 26 de noviembre de 1857 una solicitud a la Reina con
la esperanza de que le conceda oportuna licencia para introducir co-lonos
de España y de países europeos. A los que ofrecería, entre otras,
las siguientes ventajas: exención por un período de veinte años del
pago de toda contribución; transporte gratuito por buques que les
conducirá a Cuba desde cualquier punto en que se encontrase, y asimis-mo,
se les daría los inrtrumentos de agricultura e industria precisos,
exentos de cualquier gravamen.
A la vista de la exposición de don José de la Cruz Castellanos ",
el Gobierno español pide, por Real Orden, un voto consuItivo a la
29. Este contrato de trabajo aparecido entre alos papeles» de López Botas -que
se conserva actualmente en el Museo Canario de Las Palmas- nos laa sido facilitado
amablemente por Agustín Millares Cantero.
30. Como reza en. el documento que estamos analizando: << ... Gran Cruz de la Orden
Americana de Isabel 11: Gentil Hombre de V. M. con ejercicio; Oficial de la Legión de
Honor de Francia; poblador de América, Regidor Perpetuo de la Ciudad de Puerto Prin-cipe
en la isla de Cuba y propietario de ella: residente en París temporalmente ... n
31. ARCHIVOH IST~RICNOA CIONA(LM adrid): Don José de la Cruz Castellanos y- Ma-jorrieta:
expediente sobre' la introduCcidn de colonos europeos en Cuba, promovido
por ... (18701, Libro de Registro de Cuba (Fomento), cuaderno 3.0 (1863-70). letra C.
número 18.
Asimismo, en el ARCHIVOD EL COKSWODE ESTADO(M adria), data de 1862 un nuevo
proyecto de don José de la Cruz Castellanos. Tanlbién existe documentación sobre otros
planes de co!onización blanca para la isla de 'Cuba.
Comisión de colonización blanca y a la Real Tunta de Fomento. Ambos
organismos se pronuncian favorablemente en favor del proyecto citado,
pues «lo estiman útil y beneficioso», debido a que la falta de brazos
para Cuba, en ecos momentos, impedía el fomento de !a principal
frente de riqueza de !a Isla. Finalmente, los organismos mencionados
recuerdan al Gobierno que tenga en cuenta la prohibición que sobre
la venida de extranjeros a Indias, previene la Real Cédula de 21 de
octubre de 1817.
Aparte de los proyectos enumerados, hubieron otros intentos colo-nizadores,
que son a 10s que ahora nos vamos brevemente a referir.
Las solicitudes para blanquear las Antillas, con emigrantes eu-ropeos,
continuaron a lo largo del siglo, pero no todas prosperaron.
Es e1 caso del proyecto que en 1880 eleva Rabanaque y Cía., pidiendo
al Gobierno se le5 conreda autnrizaci& para transportar 2 !as co!nnias
hispanas, colonos españoles residentes en la América del Sur; azí como
emigrantes de distintos países europeos, pues, «... serán la vanguardia E
de la nación española -argumentan los promotores del proyecto- con-tra
toda idea separatista». Ezta solicitud, como antes señalaba, fue de- f
negada por el Ministerio de Ultramar, al no haber, por un lado, consig-oación
alguna en el presupuesto de Cuba, y de otro, porque era más
prudente esperar a que el Gobierno General de la isla concluyese de
redactar el proyecto de colonización que tenía en marcha 32.
3
Años más tarde, en 1883, don Isidro Vitoria Pacheco, vecino de
Pamplona, eleva al Gobierno una instancia de características similares E
a la anterior, como se desprende de las propias palabras del exporlente: ?
«. . . que se propone sencillamente -dice- transportar a la Isla de
Cuba y hasta la de Puerto Rico, si el Gobierno lo estima conveniente, %
una gran parte de los millares de brazos que !a especulación y e1 en-gaño,
con e! nombre de agentes, arrancan de nuestro patrio suelo y de
otras naciones, y los llevan a las dí-colas repúblicas americanas del sur.
,Desgraciados coIonos que en aras de su carácter aventurero, queriendo 2
mejorar de fortuna, son sumergidos en el caos que hoy ofrecen la ma-yor
parte de los pueblos americanos; ~oblados por la raza latina! Míse-ras
familias de la trata blanca, m á ~cr iminal y funesta que la del negro,
por pertenecer a una clase más inteligente y laboriosa que la roce den te
de Africa.. . » 33.
32. ARCHIVO HIST~RICON ACIONAL( Madrid): Los S. S. Rabanaque y Cia., solicitan
transportar a dichas Antillas colonos espanoles procedentes de Amkrica del Sur y otros
púnZos del gIü¿jo. Seiiióii ü:imiiiür íFxitü Rico;, kg. 33% enp. 17.
33. ARCHIVO HIST~RICON ACIOKAL( Madrid): Don Isidro Vitoria Pacheco solicita auto-rizacidn
para llevar bajo ciertas rláusulas algunos millares de colonos a las Antillas.
Sección de Ultramar (Puerto Rico), leg. 340, exp. 18.
El proyecto del señor Vitoria Pacheco tuvo el «placet» de las auto-ridades
y es de suponer que al amparo del mismo, llegasen a Cuba gran
niimero de emigrantes naturales de las Islas Canarias y otros puntos de
E~paña.
Aunque en Puerto Rico -que sepamos- se realizaron en la se-gunda
mitad del siglo XIX, en comparación con Cuba, muy pocos pro-yectos
colonizadores con canarios; hay uno, sin embargo, que merece
comentario aparte. Se trata de las contratas que en 1856 suscribe la
firma Anduze e Hijos de Puerto Rico con un grupo de canarios. Vea-mos,
desde los orígenes, su proceso.
El 17 de mayo de 1856, J. B. Anduze e Hijos -«del comercio y
vecindario de San Thomas» y propietarios en la isla de Puerto Rico
y en la de Vieques-, eievan una instancia al Gobernador y Capitán
General de Puerto Rico, donde exponen que acogiéndose al Real De-creto
de 2 de marzo de 1854 (que posibilita «... la libre introducción
y contrata de colonos españoles, chinos o yucatecos en la isla de Cuba,
con el fin de hacer progresar la agricultura de aquella preciosa Antilla,
la cual ha sido extensiva a esta -Puerto Rico- con el propio fin...»)
desean introducir quinientos emigrantes de las Islas Canarias. «. . . Ex-poniendo
al mismo tiempo -se lee en el escrito que comentamos- a
V. E., que el objeto principal que nos impulsa a cogernos a esta dis-posición,
es el repartir nuestras propiedades en la isla de Vieques en-tre
esta laboriosa y honrada gente que solicitamos acompañada de sus
familias, obteniendo de este modo el fomento agrícola de aquella isla
que indudablemente está llamada a ser una de las preciosas joyas de
la corona de España.. .D.
El proyecto de J. B. Anduze e Hijo:, tuvo muy pronto el bene-plácito
del Gobernador Capitán General de Puerto Rico, puesto que al
mes siguiente (el 27 de junio de 1856) le comunica al Corregidor que
ha tenido «a bien resolver que V. S. haga entender al interesado que
por parte de este Superior Gobierno no hay el menor inconveniente
en que pueda introducir individuos de aquella procedencia, puesto que
la emigración de las mencionadas Islas Canarias les está permitida, con
tanta más razón cuanto que vienen a dominios e5pañoles en donde son
y han .ido recibidos cual corresponde...». Más adelante el Gobernador,
con objeto de garantizar un trato correcto al isleño, advierte al Corre-gidor
que aperciba a los promotores de tales contratas para que $e
atengan a las cláusulas prefijadas:
«. en el caso de hacer uso de este permiso -puntualiza el Capitán
General- debe tener pre-ente que podrá hacer ello del número que con-sidere
indispensable para el servicio de sus haciendas, previos los informes
que al efecto y después de presentar una reIaci6n de las fincas que posee.
estime convenientes tomar las respectivas autoridades locales, y de ningún
modo para que contrate su transmisión a otros hacendados, porque tratán-dose
de españoles en un país donde hay esclavitud y en cual van a intro-ducir
tres mil coolies por ahora y mayor número si fuese necesario, no puede
el Gobierno consentir, atendido el caso en que nos encontramos, que se les
aplique las mismas reglas que a estos, sino que por el contrario se les guar-den
todas las consideraciones a que son acredores por su clase y circuns-tancias..
.»
El 5 de marzo de 1857, el Alcalde de Naguabo comunica al Ca-pitán
General e1 desembarco en su jurisdicción, de la primera expedi-ción
de las Islas Canarias, integrada por 166 colonos, contratados para
los trabajos de agricultura en las haciendas de Anduze e Hijos. De és-tos,
95 quedaron en Naguabo y el resto fue destinado a la isla de
T7:. . vicqurs. Sobre las aiericiünes, alojamiento y comida que recibieron !os N2
canarios, una vez pisado tierra 34, es interesante conocer lo que el Al-calde
de Naguabo comunica al Capitán General: O
n-- m
<(En.eguida del desembarco pasé a la Hacienda a inspeccionar los cuar- 0E
teles y los encontré sumamente estrechos y malsanos y lo mismo de los E
2
ranchos, mal condimentados, pero al hacer cargo al Administrador -pro- E
- sigue el Alcalde su r e l a t e me contestó que los cuarteles eran provisiona-les,
puesto que esperaban tres casas de Norteamérica y que entonces se les
pondría con más comodidad y que respecto a los ranchos quedarán al mo-
3
mento mejorados.. .» O- m
Conocidos los trámites seguidos en la introducción de los canarios,
así como Ias condiciones de llegada, conviene preguntarnos: ¿Qué tipo
de contratas suscribieron? ¿Bajo qué cláusulas arribaron a Puerto
Rico?
Los ciento sesenta y seis canarios arribados a Puerto Rico lo hicie-ron
bajo un mismo tipo de contrata 35. Citemos un ejemplo: Simón
Alonso, natural de S. C. de Tenerife, de quince años de edad y de ofi-cio
labrador, declara en su contrata haber convenido con los señores
don Virgilio Ghirlanda y Hermano (agentes en Canarias de J. B. Andu-ze
e Hijos) marchar en el buque español Las Palmas con destino a
Puerto Rico. Simón AIonso se obliga, una vez llegado a Puerto Rico,
a ponerse a las órdenes de los señores Anduze o de sus agentes, «...a
cualquiera claze de campo que me destine, ya a los ingenios u otras
fincas, durante las horas acostumbradas en las pismas y a ejecutar los
trabajos expresados por cinco pesos de salario al mes».
31. Sobre el trato aado al canario insistiremos al final de este trabajo.
35. Véase modelo reproducido en el Apéndice Documental.
216
La firma Anduze e Hijos se compromete a dar al emigrante: «...la
manutención como es costumbre en el país a los que se dediquen a es-tas
faenas, asistencia de médico y enfermería, dos mudas de ropa, una
fresada y una camisa de lana anuales a cada persona de su familia;
conviniendo que en los casos de enfermedad si ésta excediese de quince
días, se le suspenda de salario hasta que vuelva a trabajar, continuándo-se
entretanto Ia asistencia en la enf.ermería, cumpliendo con las obliga-ciones
por espacio de cuatro años que se fijan por término a estos con-tratos...
». Por su lado, el contratante -en este caso Simón AIonso-se
'obliga a entregar a los señores Anduze e Hijos, al concluir el pri-mer
año, Ia cantidad de veinticinco peyos fuertes, importe de su flete;
como también la suma de cinco pesos con cinco reales c... que ascien-den
los costos ... de comendaticia y pasaportes, que tienen suplidos para
su habilitación los encargados en ésta, los señores don Virgilio Ghir-landa
y Hermano, importando en total ambas cantidade., treinta pesos
y cinco reales, con el descuento mensual de su salario en partes pro-porcionales...
». Esta contrata se fechó en S. C. de Tenerife a 4 de
febrero de 1857, con el visto bueno de1 Gobernador de Canarias 36.
2) Desde Cuba se piden expresameate canavios. La Junta de Fomento
y la Real Soczedad Económica de Amigos del Pais de La Habana.
Aparte de los proyectos de emigración a Cuba y Puerto Rico y
que podríamos etiquetar de generales y a los Ciiales, como es de supo-ner,
se sumarían los habitantes de las 'Islas Canarias, existen otros de
carácter más concreto, en los que se piden expresamente canarios, ya
por hacendados, ya por organismos cubanos, por las razones v circuns-tancias
que a renglón seguido explicitaremos.'
El propio Capitán General de la Isla de Cuba, don José de la Con-cha,
se dirige -el 1 I de' mayo de' 1'857- por escrito al Ministro de
Estad6 y ~Itrarnar; haciéndole ver que la corriente' migratoria inicin-da
a6os atriis, desde las Islas Canarias por medio de la Real Junta de
La Habana 37, se ha visto ahora lanfentablemente interrumpida en vir-
36. ARCHIVOH ~STORICNOA CIOSA(LM adrid): Ininigración de colonos a Naguabo
Vieqtres. Sección de Vltramar (Puerto Rico), leg. 302. exp. 22.
37. En efecto, sabemos por el Boletín Oficial de la Provincia de Canarias que la
Real Junta de Fomento de La Habana nombró en la ciudad de Las Palmas a don Juan
MeIián Caballero como delegado de la misma. A quien podrían dirigirse los capitanes
v consignatarios de los buques que deseasen emp-ender, desde Canarias, expediciones
con colonos, c.. previa anuncia del Sr. Gobernador Civil y del Sr. Comandante militar
de marina de esta provincia.. Véase: Boletín Oficial de la Provincia de Canarias, 16 de
julio de 1856, núm. 85. Asimismo, informa sobre esta cuestión: El Eco del Comercio.
19 de julio de 1856, núm. 445, p. 2.
En la isla de la Palma. ya desde el año 1853, la Real Junta de Fomento había nom-brado
a don José Mendoza como representante para contratar expediciones de emigran-tes.
Cfr. ARCHIVOSA CIONADEL CCBA:E xpediente relativo al nombramiento de don José
Mendoza para Comisionado de la Junta en la isla de la Palma, con objeto de atender
a las expediciones de colonos, leg. 202, exp. núm. 8.975 (año 1853).
217
tud de la Real Orden de 7 de septiembre de 1856, «que manda -es-cribe
don José de la Concha- quede sin efecto las concesiones hechas
para transportar pasajero: desde las Islas Canarias a Cuba y Puerto
Rico.. . » 38.
En razón de todo ello, el Capitán General piensa y así lo hace ver
al Ministro de Ultramar, que la Real Orden de 1856 no debe hacerse
extensiva a los emigrantes canarios que arriben a Cuba, contratados por
la Real Junta de Fomento, ya que si bien pueden cometerse abusos
con los contratados por particulares, esto no sería posible con los que
vienen por cuenta de la Junta, debido a que e . . . esta Corporación ha
adoptado en su Reglamento (que elevo), entre otras medidas, la de no
pagar a los capitanes los fletes, sino después de transcurrido quince días
y previa información del trato que se haya dado a las per:onas que han
conducido rus buques. . . ». A&& -prosigue e! C~pitán &n-r&- 2
los canarios que vienen por cuenta de la Junta, no deben ser considera-dos
en rigor como pasajeros de contrata, sino de «fletes pagos*, que no
se satisfacen en Canarias, precisamente para establecer «una garantía
m en favor de los mismos». O
E
Don José de la Concha, a renglón seguido, exhorta al ministro de
Estado y Ultramar, a que se sirva N . .. inclinar el ánimo de S. M., para -E
la excepción que pide en favor de esta Real Junta de Fomento, para
que pueda seguir contratando e importando en la Isla colonos cana-rios
... ». El Capitán General basa fundamentalmente su petición, en la
carencia de brazos que experimenta Cuba, lo que ha motivado un alza
:in precedentes en los jornales: «. . . Básteme decir -apostilla- a
V. E. para darle una ligera idea de su crecimiento en estos tiempos, n
hacendado hay que abona por un simple jornalero esclavo, treinta o -E
cuarenta pesos mensuaIes». a
2 A la exposición comentada, se adjunta una solicitud que don Gas-par
Madrazo -poderoso hacendado cubano- dirige a S. M. con la
pretensión de que se le autorice a importar colonos canarios, y que va- 2
mos reguidamente a conocer en detalles.
Don Gaspar Madrazo. el 1 de abril de 1857. en instancia 39 dirigida
a la Reina (ante la notoria escasez de brazo? en Cuba, a pesar de qiie
existen abundantes terrenos fértiles aún por explotar y «... que pu-dieran
producir pingües cantidades, así a !os dueños, como al estado»),
le expresa e1 deseo de introducir colonos canario., pues, «. .. entre las
distintas clases de trabajadores que aquí han venido, ningunos, Señora,
ofrecen mayores ventajas que los isleños canarios, ya por la sobriedad
38. ARCHIVOH IST~RICNOI CIOE;AL(M adrid). Libro de Registro de Cuba (Fomento),
año 1857, letra E, exp. 75.
39. Ibíden~.
i amor al trabajo, como por ser una garantía el aumento que su inmi-gración
proporciona a la población blanca en la Isla, tan inferior en su
número a la de color...». El proyecto en cuestión ferviría, según Ma-drazo,
no sólo para beneficiar a Cuba, sino también a los canarios
«. .. porque los pone a cubierto de la miseria que en el suyo (país) ex-perimentan
i encuentran en este país un porvenir halagüeño, porque al
cabo de poco tiempo pueden llegar a ser propietarios, como lo son al-gunos
que contratados particularmente han trabajado ya en algunas
fincas».
Ante esta situación, don Gaspar Madrazo, e . . . impukado por varios
hacendados de 'primera nota' de la jurisdicción de Puerto Príncipe...»,
se compromete a introducir, bajo contrata 40, de 1.500 a 2.000 colonos
de las Islas Canarias, que arribarán en expediciones «que nunca pasa-rán
de ciento cinquenta, en buques de mayor porte i que serán tra-tados
como se acostumbra en la carrera». Aunque no podemos precisar
el número, sabemos, por la prensa local de Ia época, que desde 1851
se realizaron contratas en Canarias «... con 10s dueños de los buques
de nuestra matrícula que se ocupan en la carrera de América...», em-barcándose
por cuenta de la Junta de Fomento, cientos de lagriegos y
obreros isleños que partían ilusionados rumbo a Cuba 41.
También cuando en 1888 se lleve a efecto uno de los más ambi-cio~
os proyectos de colonización blanca de la Isla de Cuba que cono-cemos,
a cargo de los señores Bueno y Cía.; Broots y Cía. y don Gui-llermo
Shumann, los isleños de Canarias son objeto de un trato prefe-rente.
Pero antes -y para dar una idea de la magnitud del proyecto-,
conviene decir que Bueno y Cía., representa a los dueños de un elevado
número de ingenios 42, que se comprometen a dar trabajo a 300 emi-grados.
Por su parte, Broots y Cía., tiene autorización de otro grupo de
propietario de ingenios 43 para transportar 300 emigrantes. Y, por ú1-
timo, don Guilleriro Shumann, lo hace en nombre de las minas de Ja-ragua,
que demanda 500 trabajadores.
Estos 1.100 isleños -según se explica en la solicitud de 19 de
noviembre de í888-, habian de ser destinados iundamentaimente a
la provincia de Santiago de Cuba, donde en esos momentos escaseaba
40. Como se ve hubo un intento de reducir el número de pasajeros en los buques
ante los frecuentes escándalos producidos con emigrantes canarios y a la presión de las
autoridades isleñas. Sobre este aspecto puede consultarse nuestro trabajo: úr travesía
de los emigrantes canarios a América durante el siglo XIX y principios del XX: una
forma de esclavitud, presentado como ponencia en el primer Coloquio Canario-Americano,
celebrado en 1976 (Las Palmas, Casa de Col6n).
41. E: Eco del Curíier& de piogresos niorales y i-naieI+aiesj, de junio
de 1855, núm. 333, p. 1.
42. Hatillo, Santa Ana, San Luis, Unibn, Mejorana, California, Belleza, Sabanilla,
Palmarejo, Confluente, Santa María, San Carlos, San Miguel, San Emilio, San Antonio
y San Ildefonso.
43. Los Caños, Santa Cecilia, San Vicente, Romelíe, Soledad, Isabel, Santa Fe y San
Sebastián.
219
la mano de obra necesitándote cultivar más de dos mil haciendas
«. .. que fueron destruidas por el fuego y por las calamidades de la in-surrección
de 1868-78. la cual hizo disminuir mucho su ~oblación...> .
Los firmantes del proyecto, como indicábamos, se preocupan de poner
muy en claro el tipo de emigrantes que les interesa. Esto es lo que
dicen :
«Pero así como estamos dispuestos a garantizar el trabajo y el bienestar
del hombre que venga de la Península, pedimos por nuestra parte que los
que vengan sean trabajadores del campo y que no se nos mande la hez de
las poblaciones como ha sucedido ya con trecientos que vinieron para las
minas de Jaraguá y que esta Compañía tuvo que devolver a Málaga.
La experiencia -prosiguen- nos ha e;zseñado qae los trabajadoyes de
las Islas Canarias son los que más nos conviene a q ~ i Y~ s~i .el Gobierno
pudiese mandárnoslo de aquellas Islas o de las provincias de Galicia, Astu-rias
y ~u s c o n g a~aer! , a z tG rerfr completamei.te gp_g~ro4>5>, 2
N
E Que el canario está siempre o casi siempre preyente en los planes
de inmigración cubanos, lo prueba una vez más el hecho de que cuan- {
do (apenas han transcurrido unos pocos meses del proyecto antes co-
- m
O
mentado) consigue el Excmo. Capitán Genera1 de la Isla de Cuba ver
aprobado por el Gobierno de Madrid su plan de colonización para Cuba, E
comunica rápidamente por carta -en octubre de 1889- al Capitán
General de Canarias su deseo de que las familias irleñas se acojan al $
referido proyecto, ya que ofrece al canario, en opinión del Capitán %
General de Cuba, las siguientes ventajas:
«Se paga por el Estado el viaje a las familias que vengan, sin descoil-tarles
su importe en ningún tiempo ni forma; se les da casa en la colonia
en propiedad y además 26 fanegas de terreno regaladas y en propiedad, 'n
más traba ni obligación que no poder vender ni empeñar estas propiedades
hasta despues de cultivarlas cuatro años consecutivos que pasarán a ser
absoluta y plena propiedad del colono, advirtiendo que en los cuatro años
que la ha de cultivar, todos los frutos son para el colono sin pagar al Es-tado
más que la contribución como cualquier otro propietario, que aquí es
el del dos por ciento. Además y para mantenerse la familia, hacta obtener
frutos de siembra, el Estado da a los individuos de cada familia, ración de
especie para todos y cada uno de íos individuos de que se componga du-rante
los seis primeros meses de la llegada.»
Concliiye la misiva del Capitán General de Cuba:
«Como usted ve lai ventajas son bastantes para poder hacer la felicidad
44. El subrayado es nuestro.
45. ARCHIVO HIST~RICNOA CIONAL (Maarid)j: instancia de varios comercianres y pro-pietarios
solicitando se destine la cantidad necesaria pava la emigración de ISOU espa-ríoles
a la provincia de Santiago de Cuba. Libro de Registro de Cuba (Fomento), año 1888,
legs. 173-76.
de los jornaleros que con sus familias quieran venir a ser propietarios a esta
isla y por ello le escribo a usted, por si bien de estas y estas islas, puede y
quiere hacer algo en este asunto tan esencial al desarrollo del espíritu espa-ñol
y de la agricultura de estas islas* 46.
Comentario aparte merece la labor que a partir de la década de
los treinta del pasado siglo realiza la Real Junta de Fomento de La
Habana. Es este un organismo que en el año 1831, absorve las fun-ciones
del Real Consulado, o sea, promover la agricultura, industria y
comercio en toda la isla de Cuba. Desde sus orígenes su objetivo pre-ferente
fue potenciar la inmigración de la raza blanca a Cuba y muy
particularmente la canaria. «Si bien las provincias de España -nos
amplia Roland T. Ely- continuaron proporcionando muchos emigran-tes
de la clase campesina empobrecida, los empresarios cubanos desvia-ron
su atención al sudoeste de la madre patria, a las Islas Canarias.
Allí 'pescaron' una buena fuente de manos baratas. Los habitantes de1
lugar, llamados isleños, vivían en una pobreza tal que daban la bien-venida
bajo cualquier disfraz que les asegurace la huida al Nuevo
Mundo».
Roland T. Ely añade, más adelante, refiriéndose a los duros con-tratos
celebrados con los isleños:
«Aunque el isleño indudablemente veía poca diferencia entre su situa-ciún
y la del africano en una plantación, su odisea estaba limitada por un
contrato. Cuando su término se cumplía era hombre realmente libre. Algún
día incluso podía convertirse en mayoral del establecimiento, donde había
sufrido antes como simple jornalero. De acualquier modo finalizado el con-trato
tenía que ser reemplazado. Además el hacendado tenía que trztarlo con
más cuidado que a un esclavo, pues no le convenía exprimirlo hasta la muer-te,
hasta que venciera el contrato. Las autoridades eran mucho menos indul-gentes
cuando se trataba de un hombre blanco, que cuando un esclavo
negro moría en circunstancias sospechosas» "".
¿Respondieron los canarios al interes preferente que la Junta de
Fomento tuvo por ellos desde su fundación?
Sí y con creces, pues, entre los años 1835-1850, partieron desde las
Islas Canarias (principalmente de S. C. de Tenerife, Ia Orotava y la
Palma) a Cuba, un total de 16.300 isleños. Distribuidos así:
46. Boletitz Oficial de la Provincia de Canarias, 18 de noviembre de 1889, núm. 137,
página 1.
47. ROLAXDT . ELY: ob. cit., p. M)5.
22 1
Cuantitativamente hablando la sustitución de la esclavitud negra
por mano de obra asalariada se hizo fundamentalxente con blancos del
Archipiélago canario. Ello no significa que no se realizara con otras
localidades de España, pero los proyectos colonizadores con catalanes,
vascos y gallegos, fracasaron salvo algún caso aislado. Que la coloniza-ci6n
en Cuba se !ley6 a &= &re c=.icj ten canarios !o viene . rati-ficar
el cuadro estadístico que en el año 1846 realiza el entonces Capitán
General, Lepoldo O'Donnell, auxiliado por un grupo de expertos.
Según esta fuente en 1846 existían en Cuba, 27.251 individuos proce-dentes
de todas las provincias de la Península y de sólo la provincia
de Canarias: 19.759 49.
ResuIta de interés señalar que cientos de estos canarios traídos por
la Real Junta de Fomento, fueron contratados para las obras del pri-mer
ferrocarril de La Habana (Habana-Güines). Así en 1836 llegan
con dicho fin, 404 isleños de Tenerife, acompañados por un grupo de
camellos que les ayudaban en las faenas; en 1840 van 12 camellos
más 50.
El Boletín Oficial de la Provincia de Canarias, nos permite cono-cer
el tipo de contrata que la Real Junta de Fomento celebra con un
elevado grupo de canarios en la década de los 50 del XIX. LOS colonos
habían de ser:
«. .. sanos y robustos, sin defecto corporal ni mental alguno, aunque
sea ligero y se conozca que no lo impide trabajar; laboriosos y de buenas
cnst~.mbres; trabajadores de los talleres o del campo, dándose a éstos la
48. Revista de las Canarias (periódico semanal de artes, literatura. agrícola. comer-cia!
y de intereses generales de la colonia canaria), La Habana (Cuba), 19-X-1890, nú-mero
4 (año 1), pp. 2-3; 29-X-1890, núm. 5 (año 1), pp. 2-3; 9-XI-1890, núm. 6 (año I),
páginas 2-3; 19-XI-1890, núm. 7 (año 1). pp. 2-3; 29-XI-1890, núm. 8 (año I), pp. 2 y 9;
XII-1890, núm. 9 (año 1), p. 2.
49. Cuadro estadístico de la siempre fiel isla de Cuba, correspondiente al año 1846.
Formado, bajo la dirección y protección del Excmo. Sr. Gobernador y Capitán General
don Leop!do G'Donne!!, por i1n2 Comiiidn de Oficiales y Empleados particulares, La
Habana, Imprenta del Gobierno y Capitanía General por F. M. 1847, p. 9.
50. Cristina Albelo, que actualmente realiza su Memoria de Licenciatura sobre la
emigración canaria a Cuba en la primera mitad del xIx, nos cuenta que ha podido
comprobar en los protocolos notariales de Las Palmas cómo se llegaron a enviar exper-tos
camelleros canarios para cuidar en Cuba de dichos animales.
preferencia en igualdad de circunstancias. Los varones no han de pasar de
cuarenta años, ni las hembras de veinte y cinco, exceptuándose las casadas
que vengan en compañía de sus maridos; entendiéndose que no se admi-tirán
las que traigan hijos si éstos no tienen al menos diez años cum-plidos.
»
Los gastos del pasaje correrían por cuenta de la Junta y una vez
que llegase a Cuba un buque con canarios, bajo estas condiciones de-bería
presentarse al Presidente de la Comisión Blanca, comunicándose
por la prensa de Cuba la llegada de los pasajeros, para que pudiesen ser
contratados por las personas que así lo requiriesen. Debiendo ex-presarse
en las contratas: «. . . el salario, alimentos y vestido, asistencia
en las enfermedades, horas de trabajo, etc.». Por último, la Junta de
Fomento de PoLUlaciSii U!aiica se coíiipromeda a ejercer sü e . . . patru-cinio
y protección con estos individuos por todo el tiempo de sus res-pectivos
contratas. En consecuencia oirá las quejas que sobre los ajus-tes
se promuevan por ambas partes y en caso de no haber conformidad
con sus resoluciones las someterá a la decisión de la autoridad supe-rior
» 5'.
Aparte de la Real Junta de Fomento de La Habana, la Real Socie-dad
Económica de Amigos del País de La Habana, fue uno de los orga-nismos
que primero mostró sus preferencias por el emigrante de las Is-las
Canarias, luchando denodadamente por sus intereses, tratando de
evitar los abusos que con ellos se cometían, especialmente los deriva-dos
de las contratas 52. Ya en el año 1819, don Pedro Gordillo, dignidad
Maestre de Escuela de la Santa Iglesia de la Catedral de La Habana, en
junta ordinaria de la Real Sociedad, lee un amplio discurso en el que
trata de potenciar la emigración canaria a la Isla de Cuba.
Don Pedro Gordillo, tras hacer alusión a la importancia que a lo
largo de los siglos ha tenido la presencia canaria en toda América, pien-sa
que tal emigración beneficiaría, por un lado, a las Canarias por la
pobreza en que se encuentra 53, y de otro, a la Isla de Cuba, tan ape-tecida
por las potencias extranjeras:
<c.q. ue lejos de inferir agravio a las Canarias; de la prudente y arre-
51. Boletín Oficial de la Provincia de Canarias, 4 de junio de 1851, núm. 68, p. 1.
52. Sobre esta cuestión trata:
- MEMORIASD E LA REALS OCIEDAECDO NOMIDCE AA MIGOS DEL PA~DSE LA HABANRAe:g lus
para evitar los abusos que se cometen con los colonos canarios? t. 39; 1849, pp. 162-164.
- ANALES DE LA REALJ UNTDAE FOMENTY OSO CIEDAD ECON6MICA DE L4 HABANAP:o b¿aciÓn
blanca. Colonos de Canarias que llegan en gran número a Nuevitas t. VI, La Habana,
Imp. El Tiempo, 1851.
53. P. Gordillo hace alusión principalmente a la miseria de Lanzarote y Fuerteven-tura,
cuyos naturales agobiados por la sequía han de huir a las islas mayores: Gran
Canaria, Tenerife y La Palma.
glada traslación de sus naturales, reside en ello un particular beneficio ...
Máxima es admitida entre los políticos y conocida la poca reflexión que
la de la fuerza y seguridad de los estados, consiste en su fuerza física y
moral, y que ésta debe aplicarse con preferencia a los puntos que sean
amenazados O que se presuman sean apetecidos por potencias extranjeras.
Séase lo que se fuese de la desconfianza que puedan inspirar la proximi-dad
de una república poderosa, guerrera y emprendedora, parece que no
es de despreciar el concepto de que a cualquier nación le vendría bien
la agregación de esta hermosa Isla, en su posición geográfica, extensión,
fertilidad, riqueza, excelencia de frutos y relaciones mercantiles.. . » 54.
3 ) Entidades, periódicos y particulnres de Cannrias que potencian la
emigración a Cuba y Puerto Rico
También los canarios, ya desde las propias islas, ya desde Cuba, in-rentan
orientar la emigración de sus paisanos a las Andas, Cuba prc- m
ferentemente. Si no baste recordar que en 1857, los navieros y arma- ? E dores de la matrícula de S. C. de Tenerife, elevan un escrito al Minis-terio
de la Gobernación, haciendo ver las ventajas «que en su juicio*, n -
ofrecía la emigración de las Islas Canarias a las Antillas, sobre la que E
E se autorizaba a las repúblicas americanas. Solicitaban, en consecuenci.3, E
2 las reformas de las Reales Ordenes de 16 de septiembre de 1853 y 7 E
de igual mes, pues, establecían las mismas reglas y garantías para am-bas
emigraciones 3
Algún tiempo después la Diputación Provincia1 de Canarias, en su
deseo de «aliviar» la triste situación en que se encontraba la mayoría
de los pueblos isleños, dirige, con fecha 9 de abril de 1878, un escrito
a S. M. el Rey, a las Cortes de la Nación y al Gobierno, pidiendo, entre
otras cosas: a) La libre importación de cereales extranjeros sin gravá-menes,
en un período de seis meses; b) Inmediata puesta en marcha $
de todas las obras públicas que se hallan en suspenso, y c) Que del
fondo nacional de calamidades públicas se libre la mayor suma posi-ble
«... para evitar que el hambre deje sentir en mayor secuela que
hasta ahora, los horrorosos efectos en las clases menesterosas...».
La Diputación Provincial de Canarias («. . . en vista de que la emi-gración
es desgraciadamente hoy, uno de los medios más eficaces para
aliviar la triste suerte de tantos desgraciados canarios...»), pide, con
un criterio muy realista, «. .. que el Estado conduzca a Cuba en sus
buques a las familias que careciendo en el país de trabajo, quieran tras-
54. MEMORIASD E W R L ~ LS O C IE~coDI.;~ ~\IIcD.E~ AXIGOS DEL PAIS DE LA HABANASU: -
puesta la emigración de los naturales de las Islas Canarias, (qué medios convendría
para atraerlos y fijarlos en la Cuba con mayores ventajas para ésta sin perjuicio
de aqriélla?, t. 6, 1819. pp. 326 a 338.
55. R. O. C. de 31 de diciembre de 1857, Gaceta de Madrid.
1ktr;itci <Ic 1). (;regorio <Ir liou:lb y :\cc\.cdo. Ihliisco
tlc Artc y de Historia d: la I[ni\wsidad Nacional
hlnyor dc San hlaicos. de Lima.)
1 D. J O S E LORENZO ODO ARDO
VZCTNI I3F LA HARANA (ISLA DE CTinA,! Y PEQPIYTARIC2 EY
UNA EXTENSION DE UNA LEGUA Y MEDIA CUADRADA DE TIE-RRA,
PROPIA PARA EL CULTIVO DE LA CANA, ESTA FUNDAN-DO
EN ESOS TERRENOS UN INGENIO DE FABRICAR AZUCAR,
EN EL QUE TODOS LOS TRABAJOS DE CULTIVO SE DESEM-PEÑAN
POR BRAZOS LIBRES Y ADMITE HASTA CIEN TRABA-JADORES
PROCEDENTES DE CANARIAS, BAJO LAS CONDICIO-NES
SIGUIENTES:
l."-Necesita que los trabajadores que vengan de las Islas Canarias,
sean hombres laboriosos, robustos y entendidos en las faenas
del campo como es arar, manejar el azadón, la guataca y ma-nejar
y gobernar los bueyes, etc.
2."-Les paga el previo del pasaje á su llegada á la Isla de Cuba y
este se irá descontando despues del salario que gane el traba-jador
cuando este quiera y bajo la forma LE le sea más cómo,da.
3."-Los admite á tmbajar á salario 6 á destajo, según la época y
clase de trabajos que hay que desemgrñar en la finca.
4."-A1 buen trabajador le abona de salario doce pesos al mes y 12
da un alimento sano y abundante con obligación de trabajar
diez horas al día; si los trabajos fuesen urgentes y el traba-jador
quisiese trabajar más tiempo ganará en proporción al
más timempo que esté ocupado. En los trabajos á destajo los
precios serán convencionales así que los trabajadores estén bien
instruidos de la clase de faenas de nuestra agricultura.
5."-La finca brinda asistencia médica, gratuita á los enfermos, y
mientras dura la enfermedad se entiende que quedan suspen-didos
los salarios hasta que el trabajador vuelva á ha, rerse
cargo de sus faenas.
Contrala de D. José Lorenzo Odoardo para llevar canarios a Cuba a
trabajar en las fincas azxareras {ano de 1857).
6."-Se desea que vengan familias completas si todos los individuos
de la familia pueden ser útiles, así, el padre que traiga consigo
varios hijos estará seguro de tenerlos colocados á todos, si es
que son hábiles para el trabajo, en cuyo caso á los muchachos
de nueve á doce años se les abonará de tres á cuatro pesos al
mes de salario. de doce a diez y seis años se les pagará de cinco
á nueve pesos al mes según su aptitud y se les alimentará y
esistirá en sus enfermedades como á los demas operarios. Si
Ias mujeres son aptas para los trabajos del campo y pueden
tomar parte directa en los trabajos de la finca, también se les
abonará en proporción á lo que valgan las tareas que desem-penen.
7."-No hay obligación por término fijo, si los trabajadores ó algu-no
en particular rio se eiicueiitra bien en 1% fiiicct y quiere ir á
otra parte á probar fortuna está expedito para irse desde el
momento que abone los adelantes que se le hayan hecho por
la finca en el caso que esté debiéndoles; estando tan solo obli-gasto
será de cuenta de la finca; pero si antes de cumplir seis
en tiempo ordinario y el de dos meses de anticipación si fuese
en la época de la cosecha para que en ese tiempo pueda el
dueño de la finca buscar otro que le reemplace.
8."-Los gastos de traslación desde la ciudad de la Habana hasta
la finca ascienden á cinco pesos por persona, y si el trabajador
permanece portándose bien en la finca mas de seis meses, este
gasto será de cuenta de la finca; pero si ántes de cumplir seis
meses se despide ó dá lugar con su mala conducta á que lo
es,puIsen, en ese caso €se gasto será de cuenta del trabajador.
9."-La finca está situada en un lugar muy saludable, en el partido
de Palmillas, jurisdicción de Colón, y cerca del ferro-carril.
D. José Lorenzo Odoardo autoriza a D.
Dara que le contrate bajo las condiciones que preceden hasta cien
trabajadores, pudiendo hacerles algún adelanto para los gastos de
embarque y el cual será satisfecho á la presentación de la cuenta del
pasaje á reserva de que despues lo indemnizen los trabajadores con
s¿i salario.
ladarse a aquella hermoxa Antilla ... » 56. Asimismo, se dirigen al Exce-lentísimo
Capitán General de la Isla de Cuba y a los canarios residentes
en la misma, suplicando les favorezca con los medios a su alcance 57.
¿Cómo respondieron los canarios afincados en la Perla de las An-tillas,
a la llamada de socorro de sus paisanos?
La ayuda por parte de los isleños en Cuba, no se hizo apenas es-perar,
pues, a los pocos meses de la angustiosa llamada, aparece en el
«Diario de la Marina» de La Habana, una amplia lista de suscripcio-nes
58, destinada a Eocorrer a los isleños «... que por las contrarieda-des
de que está siendo víctima nuestra patria, se ven obligados a bus-car
su subsistencia en otros países; reunamos -manifiestan a la pren-sa
un grupo de canarios avecindados en Cuba- y seamos los primeros
en prestarles auxilios, con objeto de aliviarle siquiera en el pago del
pasaje, desde aquellas islas a esta, a fin de que puedan disponer libre-mente
de su persona.. . ».
Por otro conducto, en octubre de 1878 59, la Excma. Diputación Pro-vincial
de Canarias, recibe una extensa y amable comunicación de don
José A. Pérez Galván, Presidente de la Asociación Canaria de Bene-ficencia
y Protección Agrícola, que le comunica el acuerdo tomado por
la misma, de arbitrar los recursos necesarios, destinados al abono de los
pasajes a los canarios «honrados y laboriosos», que se viesen en la
imperiosa necesidad de abandonar las Islas. Conviene aquí precisar
que esta generosa ayuda de la Asociación Canaria a que acabamos de
hacer referencia, no es un hecho nuevo, ni extraordinario, ya que di-cha
entidad, desde 1872 (fecha de su fundación), se venía ociipando
de dirigir la emigración a Cuba, pues, tenía (según reza en el artículo 1."
de su Reglamento), como objetivos preferentes :
a) «Socorrer gratuitamente a los verdaderos necesitados, natura-
56. Sobre este particular agrega el citado organismo más adelante: *Es de todo punto
imposible contener la emigración que de años atrás se nota hacia los Estados de Amé-rica.
Pero si no cortarla, hoy por hoy, es muy del caso dirigir esa corriente de emi-gración
y aún de estimularla en otro sentido. En vez de dejar a nuestros paisanos que
vdyan a aurnenrar la pobiación de Yenezueia y Üruguay y orras repüoiicas americanas,
se ofrece la necesidad de que se envíe a nuestros emigrantes a Cuba con beneficio de
ambas provincias; de ésta, porque sin salir del territorio español. los canarios aligera-rán
la densidad de población que relativamente a los medios de subsistencia es aquí
muy grande; y de aquélla, porque de este modo se conseguirá que el espíritu patrio
se difunda más y más en la mejor de las Antillas, una vez terminada victoriosamente
por las armas de España la guerra fraticida ... s
57. El Constitucional (periódico politico y de intereses generales), S. C. de Tene-rife,
11 de abril de 1878, núm. 185 (año 111). pp. 1 y 2.
Asimismo, puede consultarse las Actas de Ia Diputacidn Provincial de Canarias. Se-
-:A- d- 9 A- ,.l.-:< 2- ,070 <=-&,.- &.->,.- &--- ur u- riuiii u= iuru. ,Larva ivliuur se G i i b u c i i r i o i i ea el Exciiio. Cabildo Insular
de S. C. de Tenerife.)
58. El Constitucional (periódico ), 26 de septiembre de 1878, núm. 128 (año 111),
páginas 1-2.
59. El Constitucronal (periódico .), 16 de octubre de 1878, núm. 130 (año IV), pp. 1-2.
les de Canarias, impedidos de trabajar y avecindados en Cuba o tran-seuntes
en ella para su provincia», y
6) «Proteger a todo inmigrante, natural de Canarias, sea cual
fuere su procedencia, que quiera dedicarse a la agricultura, proporcio-nándole
los medios de establecerse en la Isla de Cuba, precisamente
como propietarios del terreno que cultive o con la esperanza de ser-lo
» 'jO.
Las ayudas que los emigrantes canarios a Cuba recibieron por parte
de la Asociación Canaria, abarcaron los más variados aspectos: desde
los anuncios de propaganda insertos en el periódico «Diario de la Ma-rina
» y «La Voz de Cuba», a las costas del entierro del isleño Domín-guez,
o el pago al asiático Ricardo Hernández por comidas adelantadas a
emigrantes canarios sin recursos.
Da
En este enfoque de la emigración canaria a Cuba, tuvo que ver
-y mucho- la política seguida por los periódicos locales ", que salvo
contadas excepciones, tratan - c o n insistencia machacona a veces- de ;
orientar la emigración de sus coterráneos a las colonias españolas, pre-ferentemente
Cuba. A título de ejemplo, pensamos que merece la pena i
dedicar un breve comentario a la polémica suscitada entre «El Consti- j
tucional~ -acérrimo defensor de la emigración a Cuba- y «El Faro $
de la Orotava», partidario de la emigración a México. Este hecho -te-niendo
como base las Comend~ticzas o licencias de embarque expedidas
por el Ayuntamiento de la Orotava- nos permitirá en un caso con-creto,
ver si se elige Cuba o México por el contrario, y por ende cali-brar
el grado de influencia en la opinión pública de los citados medios
de difusión. a-E
«El Constitucional», al igual que otros colegas («El Eco de La La-guna
», «El Faro Católico», etc.) estiman, como decíamos, más conve-niente
la emigración de las Islas Canarias a Cuba -«en donde existe E
la Benemérita Asociación Canaria de Beneficencia y Protección Agrí-cola
»- que las contratas a México propuestas por «El Faro de la Oro-rava
». A. religl&l bepido, «.El CoiistitücionaLi va a transcribir para SUD
lectores, ávidos siempre de noticias sobre América, dos importantes
60. ASOCIAC~C~ANUA RIADE BENEFICENCYIA PROTECCIA~GNR fcoL.4: Reglamento aprobado
en la Junta General de Socios el 26 de mayo de 1878, La Habana, Tipografía y Librería
El Iris, 1878, p. 32.
61. También la prensa canaria en Cuba aconseja a los canarios sobre los momentos
en que convenía o no emigrar a la Perla de las Antillas, al tiempo que combate la
emigr~cih z !os p?isec indepc?nri;en?es de .Am6rica.
De enorme importancia fue también las cartas de llamada de los canarios afincados
en Cuba, que reclaman luego a sus parientes y amigos. Hemos tenido la fortuna de
encontrar algunas de esas misivas que reproducimos en el Anexo Documental.
sueltos «. . . que vienen en apoyo -apostilla el periódico- de la tesis
por nosotros sostenida y que o mucho nos engañamos, o algo dará que
pensar al estimable colega, con quien tenemos el disgusto de estar en
desacuerdo».
El primero de los comentarios al que hace referencia el periódico
ssntacrucero, es un artículo aparecido en el diario «Las Novedades» de
Nueva York, titulado «Las emigraciones» y que en parte reprodu-cimos:
«En Mkjico, en Buenos Aires, en Montevideo y otros punto= de la
América española, se han redactado casi sin interrupción periódicos espa-ñoles,
redactados por personas nacidas en la Península Ibérica y cuyos
suscriptores son asimismo españoles. Todos estos periodistas han dado
siempre la voz de alerta a los desventurados y ióvenes que por temor a
las quintas, por promesas de rápidas y seguras fortunas, o por cualquier
otro motivo, abandonan el suelo en que nacieron, cruzan los mares y
vienen a caer en una trampa sin salida, viéndose en país extranjero, pri-vados
de familia, de recursos y de trabajo remunerativo.»
Como ha visto el estimable colega -comenta «El Constitucional»
refiriéndose a «El Faro de la Orotava»-, «Las Novedades* de Nueva
York, es un periódico de gran circulación, redactado por españoles
(a ... que aunque muy amantes de su país, no creemos que sean enemi-gos
de la humanidad...») y que en términos muy poco favorables se
pronuncia contra los señores Hidalgo y Shiller -autores del proyecto
de la contrata- apadrinados por «El Faro»; aconsejando al mismo
tiempo a los emigrantes nacionales que se dirijan a cualquier punto del
territorio español, en lugar de hacerlo al Río de la Plata, Venezuela o
México.
El otro artículo que en apoyatura de su tesis inserta «El Constitu-cional
», es un testimonio de mayor credibilidad. «No es ningún espa-ñol
--comenta con cierta ironía el periódico capitalino- de los que
creen en esa antigualla que los tradicionalistas llaman patria: es un pe-riddico
mejicaao qüc d& por lo nienos espar tan bien enterado como
"El Faro" de lo que pasa en Méjico». El artículo al que hace referencia
«El Constitucional», comentado a su vez por el diario madrileño «La
Epoca», dice así:
«La Voz de Méjico y los periódicos que se publican en aquella repú-blica,
refieren y describen sentidamente la desmoralización creciente, la
miseria progresiva, ia decadencia de ios giros productivos, el desorden
administrativo, el aumento de malhechores, el desconcierto de los poderes
públicos, la mala administración de justicia, el incremento del contrabando,
la ineptitud de los gobernantes, el pésimo regimen de los colegios civiles,
las contribuciones excesivas, el despojo progresivo, la caja de particuIares
a disposición del Gobierno y otros muchos daños más que retratan fiel-mente
el estado de Méjico»
Esta polémica que hemos resuxido entre «El Constitucional» y
«El Faro de la Orotava», plantea las interrogantes siguientes: ¿Quién
influyó de una forma decisiva entre sus paisanos? ¿Se eligió Cuba o
México por el contrario?
Para tratar de despejar estas incógnitas, conozcamos, basándonos
en las Comendatzcias que despacha el Ayuntamiento de la Orotava,
cauntos canarios, a partir de 1878, eligen México y cuantos Cuba.
La realidad, en base a la documentación estadística, es que las con-tratas
de trabajo propuestas por «El Faro de la Orotava», tuvieron es.
casa for t~nap, ues, en los años que transcurre de 1878 a 1891, el Ayun-tamiento
orotavenie expide iínicamente pera _México riatro romp&fi- g
~ i a s : u n a e n 1 8 7 8 ~ ~ , o t r a e n 1 8 8 0 ~ ~ y d o s e n 1 8 8 8 ~ ~ ; e I r e s t o s o n
para Cuba y Venezuela. Por otro lado, conviene dejar sentado que Mé-xico
no tuvo nunca en todo el siglo XIX, gran arraigo entre los orota-m
venses -ni entre los canarios en general-, como lo demuestra el he- O
E
cho de que en el período 1850-1877, sólo se libra por el Ayuntamiento
de la Orotava, en el año 1864 66, una licencia para dicho país. E
=
Dentro de esta política seguida por la prensa canaria que- salvo
casos aislados- aconseja a sus lectores que de emigrar lo hagan a los
territorios americanos españoles, hay que hacer referencia a las cartas E
de los propios emigrantes isleños que desde las repúblicas americanas
independientes se dirigen a los directores de los periódicos locales, ex-plicándoles
en sus misivas el porvenir que aguarda al canario que trate
de emigrar a dichos países.
Antonio Camacho y Pérez, emigrado isleño en América -primero
en el Brasil y después en el Uruguay- es quien (a modo de portavoz
de los emigrados canarios en América) en sendas cartas dirigidas al
director del periódico tinerfeño «El Memorandum», desaconseja la emi-nmr;
An AP 199 T c l a ~ Canarias a! &-asi! y a! urugiiay. el primero bLY".,'A ...- --*..---"
de dichos países, Antonio Camacho escribe esta extensa carta al pe-riódico
«El Memorandump:
62. El ConstitucionaI (periódico. ), 6 de marzo de 1879, núm. 146 (año IV), p. 1.
63. A nombre de Bernarda García Fleitas (viuda), expedida el 12 de diciembre. Le
acompañan cuatro personas más: un varón y tres hembras.
64. A nombre de Heraclio Perdigón y Norberto E.; expedida el 16 de mano.
65. A nombre de Antonio Bethencourt Castillo y de Ismael Rodriguez; expedida
ci 13 dc a~wío.
66. A nombre de Abelardo Gutiérrez; expedida el 23 de noviembre. Emigró a Méxlco
reclamado por su hermano.
67. Que hemos resumido por ser demasiado extensa.
«Distinguido señor:
. .. Yo he estado en el Brasil; he recorrido la mayor. parte de sris mejo-res
provincias; he habitado en ciudades, pueblos y aún en medio de sus
espesos bosques, cual habita el indio salvaje que ocupa todavía algunas
de sus comarcas y en todas partes y a todas horas, la realidad con su
milda elocuencia vino a arrebatarme las ilusiones que me inspiraron la;
descripciones de 10s agentes de emigración.. . Los terrenos que hoy tratan
de cúlonizarse están situados en e1 interior del territorio, pues, las costas
están regalarmente pobladas: esos terrenos cubiertos de los más gigantes-cos
árboles de la zona tórrida, hay que hacerlos laborables, destruyendo
éstos y reduciéndo!os a centas, 10 que pocas veces consigue por ser ex-cesivamente
gruesos. Después de realizadas estp costosas operaciones, se
siembra en !os espacios vacíos que dejan t.an enormes moles, algún maíz,
café, y mandioca, únicas pIantas de producir frutos en aquellos terrenos;
cuando apenas éstos han germinado nacen una infinidad de hierbas y ar-bustos
hasta entonces desconocidos, que crecen con tanta lozada; que no
destruirlos, matarían con su sombra las plantas colocadas por la mano del
agricultor. Este trabajo tienen que repetirse con mucha frecuencia y absorbe
de consiguiente una gran-parte del tiempo, por cuya razón una familia
de labradores apenas podría atender al cultivo de una pequeña fracción
de terreno.*
Antonio Camacho, refiere - a - continuaci6n que tales tierras, están
situadas a grandes distancias de 10s puntos de exportación y de las po-blaciones
concuxidoras;. no existiendo otro medio de desplazamiento
que las bestias de carga. Así .corno que e1 canario en medio de esos in-mensos
bosques tendrá como única alimentación, maíz cocido o raíz
de mandioca, pues, aunque exista tasajo, está a unos precios prohibiti-vos.
Añade seguidamente:
«No se alucinen nuestro; paisanos: los que se constituyen en propa-gandista~
de la emigración, cualquiera que ella sea, no son más que explo-tadores
que ven en la desgracia del prójimo el medio de ganar algunos
pesos Aquellos que escriben y pcblican hojas y folletos para repartir gra-tis
y hacer propaganda perniciosa, no lo hacen por hacerIos felices, sino
porque esperan alguna recompensa con la infelicidad de los demás. Yo he
entrado en el número de los que se alucinaron con fantásticas descripcio-nes
y es por ello que quisiera que ios que han nacido bajo ei cielo siempre
azul de las Afortunadas, dejaran de ser crédulas y se conformaran con vivir
en su país, alejando de sí la idea congénita en nosotros de ir a buscar a
países extraños la felicidad que no encontrarán jamás
La segunda de las cartas que Antonio Camacho y Pérez, dirige al
director del weriódico «El Memorandum*. está fechada. como la ante-iioi,
en Tala de Canelunes (República Orienrai del Uruguay)
68. E1 Memorandum (peri6dico independiente), 1 de octubre de 1881,
(año VIII), p. 2.
a 30 de
núm. 509
229
noviembre de 1881, desaconsejando la emigración de sus paisanos al
Uruguay, en la forma que sigue:
«Con sumo disgusto me convenzo de que ni la propaganda, ni los con-sejos
desinteresados de los que nos hemos convencido por propia expe-riencia,
contribuye a disminuir la emigración canaria. Calamitosas serán
por demás las circunstancias porque atraviesan esas islas; insoportables
serán las cargas que pesan sobre los infelices contribuyentes, pero esto no
es bastante para justificar la gran afluencia de paisanos que sin cesar bus-can
hospitalidad en las americanas playas.. .
La mayor parte de los isleños que vengan a América no pagarán con-tribuciones,
pero desearán pagarla.
Por otra parte, la seguridad individual y el respeto a la propiedad, no
son hechos en todas partes de América, como lo son en nuestra moral
provincia. Esto debe tenerse muy en cuenta»
Da
Conocida la actuación concreta de algunos organismos canarios E
(Diputación Provincial, Asociación Canaria de Beneficiencia y Protec-ción
Agrícola, etc.), así como la labor de la prensa, sobre la necesidad
de dirigir la emigración de sus paisanos a Cuba; nuestra atención se- o
E
pidamente se centrará en algunas de las expediciones realizadas por
articulares de las Islas Canarias y que tienen las Antillas como punto
de destino. Veamos, pues, los proyectos de embarque promovidos por $
canarios, aunque no todos ?-e materializaron por las circunstancias que
- comentaremos. 0
m
E
a) El proyecto de do^ Rafael Rancel Valenciano O
El 16 de junio de 1844, don Rafael Rancel, vecino del puerto de
Arrecife (Lanzarote), eleva una exposición a S. M., por la que se obliga
a conducir a las islas de Cuba j 7 Puerto Rico, 300 familias canarias en 2
n
el plazo de un año. El mismo señor Rancel explica los motivos que le
obligaron a tomar esa decisión: 3
O
«No puedo -dice- menos de lamentar el gravísimo mal de la espan-tosa
emigración de sus naturaies (Canarias) ai continente americanu, espe-cialmente
a Montevideo, ya por la despoblación que causan en aquellas
islas, ya por los engaños que se valen los empresarios y dueños de buques
conductores y ya por la triste suerte que sufren los que se salvan en tan
dilatado y penoso viaje, pues, que llegados al punto de su destino son
colocados en almacenes, en los que se hace con ellos una especie de mer-cado
..., que en tal estado siendo el origen de la emigración la esterilidad
de algunas de las Canarias y habiendo en la de Cuba abundancias de te-rrenos
incultos por falta de brazos, el que expone se obiiga a conducir por
su cuenta trescientas familias canarias.. .»
69. El Menrorandum (periódico...), 5 de enero de 1882, num. 528 (año VIII), p. l .
Para llevar a cabo su plan, don Rafael Rancel pone las siguientes
condiciones: 1) Que se le dé la propiedad de cierto número de caba-llerías
de tierra de la clase de baldíos o realengas, en aquellas colonias,
eligiéndolas el interesado de acuerdo con las autoridades cubanas. 2)
Que no se exija a los empresarios de estas expediciones ninguna fianza
en metálico, en depósito, y 3 ) Que se exima a los buques expediciona-rios
de las cargas y derechos que han de pagar en los puertos de las
Antillas. 9 1 - 7
El Gobjerno de Madrid, a la vista del expediente, recaba de los Go-bernadores
Capitanes Generales de Cuba y Puerto Rico, un informe
previo sobre las proposiciones del señor Rancel. Las primeras autori-dades
de Cuba y Puerto Rico, estimaron y así lo transmitieron a Madrid,
que el aumento de la población blanca debería hacerse paiilatinamente
por el momento y con una política demográfica adecuada; razón por !a
cual la expedición no podía llevarse a efecto 'O.
b) Los proyectos de do~2 Sebastián Szdrez Naranjo y de don An-tonio
de las Casas Lorenzo
Aunque fueron dos intentos frustrados, pues, nunca se llevaron a
la práctica, sirven para poner una vez más de manifiesto que en el mo-mento
de pensarse en organizar expediciones con canarios, se eliie pre-ferentemente
los dominios hispanos. El primero de los proyectos, el
de don Sebastián Suárez Naranjo, data del año 1857 y por él se pre-tendía
introducir 1.500 canarios en las islas de Cuba y Puerto Rico.
Ante esta petición el alcalde de la ciudad de Las Palmas recaba el pa-recer
de la Junta de Agricultura, que rechaza el proyecto por apreciar
que en esos momentos la emigración de los isleños no es conveniente,
ya que en todos los pueblos de Gran Canaria escasean los brazos y
e . . . en muchos no se puede desarrollar ni fomentar la agricultura, la
industria, ni las artes. dejándose por ello de emprender muchas fábri-cas,
labores y cultivos» 71.
Idéntica suerte corre el proyecto de don Antonio de las Casas Lo-renzo
que en 1859 solicita a las autoridades locales, poder llevar 2.000
70. ARCHIVOH IST~RICON ACIONA(LM adrid): Don Rafael Rancel pretende conducir
a Cuba y Puevto Rico 300 familias canarias. Sección de Ultramar (Puerto Rico), kg. 5.068,
exp. 36.
71. ARCHIVOM UNICIPADLE LAS PALMADSE GRANC ANARIAA.p artado Vigilancia, leg. nú-mero
1. Esta documentacióli del Ayuntamiento de Las Palmas se encuentra actualmente
en el Archivo Histórico Provincial de dicha ciudad.
Teniendo ya elaborado este trabajo, hemos tenido información de que en el año 1846
(vdase: Hoja del Lunes, Las Palmas de Gran Canaria, 8-VIII-1977) el propio don Se-bastián
Suárez Naranjo había realizado una expedición a Cuba con 60 pasajeros, a
bordo del bergantín goleta Desengaño.
brazos de la isla de La Palma con destino a las colonias españoIas de
América. El Consejo Provincia1 de Canarias, tras haber recabado la
opinión de la Capitanía General y del Ayuntamiento de S. C. de La Pal-ma,
acuerda rechazar el citado plan pot considerarlo
u... perjudicial a los verdaderos intereses de aquella isla y a los indi-viduos
que emigraran a América; demostrando la inexactitud de1 exceso
de brazos, la primera con el hecho indubitado de que dicha isla, es preci-samente
la que más en descubierto se haya en su contigente para las mili-cias
provinciales, como que de mil treinta y cuatro plazas que debe tener
para su batallón, tan sólo cuenta doscientas setenta y cuatro. Y en segun-do,
en el de no menos cierto de que más bien hay allí falta de brazos para
el cultivo de terrenos en términos que es preciso emplear a las mujeres
y niños sin que tampoco basten para los trabajos abiertos, siendo ésta la
causa de que los jornales hayan aumentado.. .» 72.
Da
C) El proyecto Ce dolz Eugemo Cambreleng E
En 1872, don Eugenio Cambreleng, Oficial 1." de la Administra- {
ción de Hacienda de La Habana, por expresa solicitud de la Asociación E
E Canaria de Beneficezcia y Protección Agrícola, se traslada a la Penínsu- E
2 la para promover la inmigración a Giba de los naturales de Canarias. E
La Asociación Canaria se comprometía con sus fondos a comprar te-rrenos
y- aperos de labranza para destinarlos a las familias canarias que $
arribasen a Cuba. O-m
Sobre las diligencias llevadas a cabo cerca de las autoridades de Ma- E E
drid por cl :eñor CambreIeng no podemos, lamentablemente, añadir O
nada más, pues la docu~entación no es tan explícita como en el caso
anterior. ignorando qué éxito tuvieron sus gestiones 73. E
a
d) L,os proyectos colonnadores dr don Luzs Duggi
A partir de 1878, don Luis Duggi, vecino de S. C. de Tenerife,
como representante en las Islas Canarias del Excmo. Sr. D. Francis-co
F. Ibáñez, rico hacendado de La Habana, firma con un elevado nú-mero
de canarios contratas de trabajo a Cuba.
La razón que mueve al ceñor Duggi a concertar estas contratas nos
las explica el mismo: « . . . Como particular -dice-, tomando ejemplo
de la Excma. Diputación, JUnta de Agricultura y otras corporaciones,
72. Actas del Consejo Provincial de Canarias. Sesión de 21-XI-1889 (Excmo. Cabildo
insuiar de S. C. de ieneriíej.
73. ARCHIVO HIST~RICNO~ O N A(LM adrid): Cambreleng (don Eugenio). Sobre colo-nizacidn
caizaria en que intervino (1872). Libro de Registro de Cuba. Sección Fomento,
letra C. núm. 3, leg. 94.
he querido prestar mis débiles fuerzas a remediar en parte la miseria
porque hoy atraviesan estas Islas y que amenaza tomar gigantescas
proporciones, conjurando al mismo tiempo la tempestad que se cierne
amenazadora sobre la porción más rica del territorio español...».
Y la preferencia de Cuba sobre cualquier otro lugar es que «. . . para
nosotros -explica el señor Duggi-- a pesar de la distancia no es una
isla americana; es, y así puede decirse, la más rica de nuestro Archi-piélago,
la que nos da todo el dinero que aquí circula. Sin ella, ¿qué
sería de un país donde la extracción de numerario, por diferentes cau-sas,
es tan superior a la producción?».
En esta ocasibn la prensa canaria reproduce el contrato de trabajo
de Ibáñez-Duggi, al que muchos canarios se acogieron. Al firmarlo el
isleño se comprometía a viajar a La Habana en los hiqiies de la Com-pañía
Trasatlántica o en los que se les destinase. Una vez en Cuba
trabajaría «en las fincas o establecimientos del señor Ibáñez, por un
sueldo mensual de ocho pesos en oro o su equivalente en billetes del
Banco Español y la ración que allí generalmente se da a los trabaja-dores,
y que se compondrá de una arroba de carne salada o su equiva-lente
de bacalao, de media de arroz y media de harina de maíz, o cl
equivalente de este grano y harina de habichuelas, garbanzos o viandas
del país, a voluntad del propietario eñor - Ibáñez.. . , . y tres libras de
manteca, todo mensualmente, debiendo estar este alimento en el me-jor
estado de conservación.. . ».
El importe del pasaje, así como otros gastos suplementarios (co-mida,
alojamiento, etc.), correría a cuenta del señor Ibáñez, pero el
emigrante e . . . con aumento del 1 por 100 de interés lo indemnizará
con el producto de su trabajo, a cuyo efecto dejará mensualmente dos
pesos de jornal o sueldo que ha de ganar, en fondo hasta cubrir todos
los adelantos que se le hubieren hecho*. En pocas palabras, el trabaja-dor
isleño no quedaba libre de la contrata hasta que no hiciese efectivo
el último peso; ello normalmente no sucedía sino tras largos y agota-dores
años de trabajo. «Las horas de trabajo -se dice textualmente en
la contrata-, comprendidas las de comer y descansar, que serán tres,
no podrá exceder de la duración de éste, principiando al amanecer
y concluyendo al oscurecer, salvo casos extraordinarios, en los cuales
aumentará el jornal en proporción doble que el trabajo voluntariamen-te
hubiese hecho el trabajador».
El emigrante canario estaba sometido en todo momento a la fé-rrea
disciplina del ingenio, finca o establecimiento y en el caso de que
se pusiese enfermo, se le proporcionaría la asistencia médica adecua-da,
pero «dejará de devengar jornal el día o días que no trabaje».
Como :e ve, al canario no se le permitía «ni el lujo» de estar enfer-mo.
Por último, una de las cláusulas que había de aceptar dice así:
«. .. hace este documento con perfecto conocimiento de que los traba-jadores
de su clase devengan mensualmente mayor sueldo que el pactado,
pero tomando en consideración que por el no sólo recibe el beneficio de
obtener los adelantos expresados, sino también de asegurar y trabajos
extraordinarios para un año, asistencia en sus enfermedades, alimentación
de los niños pequeños y todas las demás ventajas que del mismo se des-prenden,
renuncia a este exceso de sueldo fijo que eventualmente pudiera
ganar.»
Por todo ello, el infeliz canario, además, había de dar las gracias.
Se puede leer en el artículo decimonoveno:
«Reconociendo el inmenso -beneficio que recibrmos ai sacarnos de ia 2
miseria en que estamos en nuestro país, facilitándonos dinero por medio de E
este simple documento, contando con nuestra honradez y buena fe, para O
llevarnos donde podamos asegurar quizás un porvenir, en lo que lejos n
de utilizarse dicho señor, ni aún tiene en cuenta los siniestros para de- - m
funciones y otras causas a que queda expuesto. , acepta Ia responsabifidad
O
E
de este documento para él y su familia ... » 74.
E
2
E
No cabe duda que el traslzdo de emigrantes canarios a Cuba debió
reportar beneficios al señor Duggi, pues a los pocos meses del plan ci- 3
tado le vemos repitiendo la misma operación: aunque en esta ocasión -
0
m
como reprecentante del Círculo de Hacendados de la Isla de Cuba, E
que le faculta -según expresa el propio Duggi en carta al Director O
del periódico «El Constitucional»- a . .. para enviar a aquella Antilla
todas las famiIias de trabajadores que quieran emigrar, pagándoles aquí
su pasaje, sin contrates, ni condiciones de ningún género». Más ade-lante
precisa el seííor Duggi refiriéndose a los emigrantes: n
«Quedarán en libertad completa de ajustar su trabajo con quien mejor
les convenga, proporcionándoles el Círculo, desde luego, para que no se
vean desamparados a su llegada, un sueldo para los hombres de doce duros
en tiempo muerto y diez y ocho durante la zafra, con alimentación y asis-tencia
a sus enfermedades.
Unicamente deberá firmar un recibo del importe de su pacaje a pagar
con la parte del jornal que las leyes y circunstancias especiales les pcr-mitan
» 75.
74. Véase modelo de esta contrata en el Anexo Documental.
75. El Constituciona1 (periódico .). 11 de octubre de 1878, p. 1.
e) El pvoyecto de dorz lasé Ct~rhelo
Sin duda alguna, uno de los proyectos más ambiciosos para colo-nizar
la Isla de Cuba con población blanca es idea de un canario:
José Curbelo, natural del Puerto de la Cruz y creador de la
Asociación Canaria de Beneficencia 57 Protección Agrícola. El propio
Curbelo edita en La Habana iafio de 1882) un folleto («Proyecto de
Inmigración nacional para la isla de Cuba y de su más fácil realiza-c
ión~)d, onde explica minuciosamente las características de la empresa
que pretende acometer, así como los motivos que a ello le impulsa 76.
José Curbelo pretende introducir de 500 a 600.000 individuos en
un ;lazo de diez años, procedentes de las distintas provincias españo-las.
Lo que en su opinión servirá para ahogar c . .. toda idea separatis-
L. -. . L - -1- .-. ... :. ~ ~ . -- 1. ~ . 3 - -!..:l. 1 - - A-:-- ~ a I,Ii a1aI'.uu para sirn!pre cl Lciilur ut: una gurrla civil». ~ d vbci iiajas
del provecto son sintetizadas por el propio CurbeIo de esta manera:
«Resumiendo: este proyecto es eminentemente práctico y tiende exclu-sivamente
a promover la inmigración nacional, ejerciendo el bien de aque-llas
familias necesitadas que se acojan a él, y con la inmigración fomentar
la riqueza del país, el bienestar general y las rentas públicas.
Además reporta a1 Estado grandes economías; una de ellas podría ser
la menor o ninguna subvención que se concediera a1 Ferrocarril Central,
si las empresas que concursan a la subasta tienen en cuenta e! gran movi-miento
que ha de tener esa línea y que ha de producir fabulosos resultados
En la cuestión política puede asegurarse que la subdivisión de la pro-piedad
garantizará la paz de Cuba.
Puede resolver convenientemente Ia cuestión social en lo que se re-fiere
al trabajo agrícola, de un modo equitativo para patronos y patroci-nados.
Y por último, respeta y defiende los intereses creados, no perjudicando
en nada lo existente.
Acójalo quien pueda realizarlo y merecerá bien de los hombrei 'e
buena voluntad que quieren Patria, Paz y Unión» 17.
Ignoramos si el fantástico plan del canario José Curbelo llegó a
cl?ajar, aGno,Ge f ~ e s ep arcialmente, pero 10 11-ic ~í podemos decir es
que tuvo un amplio eco favorable en la prensa canaria de la época.
Así, el periódico «La Democracia,> lo reproduce íntegro en sus pági-nas
y «El Memorándum» (uno de los periódicos canarios más leí-dos
del XIX) hace una amplia síntesis del mismo, acogiéndolo -con-tra
lo que acostumbra en proyectos de parecido tipo- favorablemente:
-.
16. josii CURBELO: Proyecto ae imnigracidn naciomi para ia isia ae Cuba y de ia
más fácil realización, La Habana, Imp. O'Reilly.. -p . 27.
77 JosÉ CURBELO: ob. cit., pp. f5.26.
78. La Democracia (periódico político), 17 de abril de 1882, núm. 111 [año Il), pá-gina
1 , y 27 de abril de 1882, núm. 114 (año II), pp. 1-2.
«Aunque en algunas de las apreciaciones del señor Curbelo -comenta
"El Memorándum"- no estamos enteramente de acuerdo, nos complace-mos
en reconocer que le pían nobles fines, los de asegurar y promover el
de los españoles que abandonan el suelo natal y se dirigen a América en
busca de fortuna. Bajo estos puntos de vista, creemos que el Gobierno y
las Diputaciones provinciales deben estudiar detenidamente el proyecto
del señor Curbelo, muy digno de tomarse en cuenta. Por lo que hace a la
emigración canaria, distintas veces hemos expuesto nuestro sentir: procede
respetando el sagrado derecho de todos, combatirla en su origen, en su
causa determinante, que es la falta de recursos que en país encuentran
muchos de nuestros hermanos y para ello deben plantearse todos 105 me-dios
que conduzcan al fomento de la riqueza pública, seguro de que o
abandonan los que encuentran justa remuneración a su trabajo; pero mien-tras
esto no suceda conviene que los que emigran, impulsados por la dura
ley de la necesidad, se dirijan a posesiones españolas con preferencia a las
extranjeras y tal resultado se obtiene con estímulos positivos y ventajas
que no pueden dudarse» 7g. 2
c.4
¿Tuvo éxito esa planificación? Sí. Especialmente en el caso de
-
m
O
E Cuba, pues las noticias que teníamos por otras fuentes -periódicos E
2
del pasado siglo, crónicas locales, obras sobre el tema, actas de ayun- mE
tamientos, etc.-, hablándonos sobre Cuba como-punto de destino casi %
exclusivo de la emigración canaria, han sido rotundamente confirma- $
das por las Comendaticias o licencias de embarque, expedidas por los
ayuntamientos canarios. Así, de las 16.301 Comendaticias (que supo- m
E
nen un total de 23.623 emigrados) contabilizadas para la segunda mi- O
tad del XIX son para Cuba 14.810 (90,85 por 100); en segundo lugar,
pero a gran distancia, Venezuela, 579 (3,55 por 100). Continúan por -E
este orden: Puerto Rico, 314 (1,31 por 100); Uruguay, 158 (0,96 $
por IOO), etc. A la vista de ectos dztos, la predilección del canario
por Cuba en el siglo XIX queda demostrada por la Comendaticia de
una forma definitiva. 3
O
. R. especto a los motivos o causas (políticas, económicas. sociales, ad- í~ii~iístlativaest, c.) que irnpuIsan la emigración de las islas Canarias a
Cuba o Puerto Rico no vamos a insistir, pues ya las hemos comentado
en detalle más atrás; eso sí, añadir que en el pasado siglo la miseria
y el analfabetismo del canario fue explotada no sólo por las Repúbli-cas
de América, sino también desde la propia Isla de Cuba, territorio
español. Los propietarios y hacendados cubanos, a la hora de plantearce
en la primera mitad del XIX la sustitución de la esclavitud negra, que
79. El Memorandum (periódico .), 1 de abril de 1882, núm. 545 (año IX), pp. 1-2.
ya no daba los resultados económicos de antaño, pensaron de forma
preferente en los naturales de las Islas Canarias, que atravesaban uno
de los momentos más críticos de su ya triste historia. De este modo,
desde finales de los años treinta, se inicia una fuerte corriente inmi-gratoria
de isleños bajo los auspicios de la Real Junta de Fomento,
siendo la condición de estos canarios mucho peor que la de los negros
esclavos, incluso con sueldos inferiores. Las mujeres canarias tampoco
fueron ajenas a esta explotación, ya que con ellas -abusándose de su
miseria e ignorancia- se hizo un lucrativo negocio (en el que llegó
a participar hasta el Capitán General de Cuba): vendidas como escla-vas,
iban a parar a los prostíbulos y tugurios de La Habana, como nos
demibe, en 1844, Rosemond de Beauvellón, testigo presencial. rueropiain escan&~osos frecuentes los que las autciij&-
des de Cuba no tuvieron más alternativa que tomar algunas precau-ciones
para proteger al infeliz isleño. Disposiciones que no fueron del
todo eficaces, pues los atropellos persistieron en la segunda mitad del
siglo. Buena prueba de lo que aseveramos son las contratas Ibáñez-
Duggi y del Círculo de Hacendados de Cuba, ante las cuales se alza
dura la voz de la Asociación Canaria de La Habana y de los periódicos
canarios editados en Cuba.
En definitiva, «toda la teoría colonizadora -concluimos con Ma-nuel
Moreno Fraginals- hispano-cubana responde al viejo concepto
de importar mano de obra barata a las colonias: en cierta forma se
trata de un negocio de importación de blancos (de canarios concreta-mente)
no mucho más humano que la trata de negros» '.
80. MANUELM ORENOFR AGINALSE:I Ingenio. El complejo social cubano del azúcar,
tomo 1 (1760-1860), La Habana, Comisión Cubana de la Unesco, 1964, pp. 141-47.
INTERVENCIONES:
Manuel Ballesteros Gaibrois:
TEXTOD E SU INTERVENCI~N:
Intervengo por haber dirigido el trabajo de la señora Cifré de
Loubriel y, por lo tanto, conocer algo de la problemática del
trabajo de los emigrantes en Puerto Rico. La aplicacidn de la
politica de incrementar la población blanca produjo efectos con-traproducentes
en el orden público, por la gran cantidad de
vagos y maleantes que se intenta encuadrar en marcos laborcz-les
con la implantación de la llamada libreta o carné de trabajo.
2 El libro del doctor Labor Gómez Acevedo, con la inclusión de :.
todos los informes de la comisión de hacendados y de los ayun- E
tamientos, aclara todo el problema. O
n-- m
O