UN NOBLE CANARIO EN EL GOBIERNO LOCAL
INDIANO: EL MARQUÉS DE CASA HERMOSA
EN LA INTENDENCIA DE PUNO
SERENA FERNÁNDEZ ALONSO
© Del documento, de los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2009
INTRODUCCIÓN
Si hubo un momento en que la administración española en
Indias abordó con auténtica energia y despliegue de medios una
política depuradora capaz de erradicar los males que afectaban a los
lejanos Virreinatos, éste fue el último tercio del siglo XVIII. Y si
"debiéramos sintetizar en uno los mecanismos aplicados para el
saneamiento y desarrollo de la vida política y económica coloniales,
habría que mencionar el Sistema de Intendencias, a través del cual
se buscó conjugar el beneficio del Estado y el fortalecimiento de la
autoridad real sobre los territorios americanos con la descentralización
del poder y la creación de áreas económicas especializadas
regidas por funcionarios fieles y capaces.
Las dos décadas clave de 1776 a 1796 fueron el marco cronológico
en que se desarrollaron las grandes reformas del programa
Borbónico.
El núcleo platense, permanentemente amenazado por las
potencias extranjeras y denotado como enclave estratégico de primera
importancia, habría de recibir especial atención por parte de la
Corona. En 1776 se erige el Virreinato, al que se adherirán las provincias
del Alto Perú, mutilando una de las áreas más ricas del
Virreinato vecino y otorgando al del Plata nuevas posibilidades de
engrandecimiento territorial y económicol .
En 1783, el régimen -de Intendencias era establecido en el
Virreinato de Buenos Aires, aunque no sería hasta Junio del año
siguiente que se modelase la Intendencia de Puno, que quedó formada
por cinco Partidos: el capitalino, en la ciudad del mismo nombre,
y los de Chucuito, Lampa, Azángaro y Carabaya, segregados
de la Intendencia de la Paz.
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Ese mismo año, la reorganización político-administrativa llegaba
al Perú, cumpliendo así los expresos deseos del gobierno central
de uniformar la estructura de poder en toda la América
Hispánica. El proceso de establecimiento de las Intendencias fue
rápido, pero no menos arduo que cualquiera de las medidas aplicadas
al ámbito virreinal. Y, sin duda, constituyó Puno uno de los
territorios más conflictivos y donde el sistema habría de mostrar con
más claridad sus contradicciones internas.
El propósito racionalizador de los Borbones se vio quebrado
por una serie de elementos que no por más conocidos se hallaron
resueltos. Al contrario, el sistema intendencial se vio abocado a
enfrentar y perpetuar los defectos ya seculares del gobierno en
Indias: la confusión de demarcaciones territoriales, la escasa delimitación
de prerrogativas entre los funcionarios, la corrupción interna
de las instituciones, el errado intento, en suma, de hacer convivir
fórmulas opuestas que generaban, forzosamente, inestabilidad.
La realidad vivida en Puno en esta época resulta significativa
en este sentido. Aunque la Intendencia como tal dependía de la
autoridad del Superior Gobierno con sede en Buenos Aires, tres de
sus Partidos, Lampa, Azángaro y Carabaya, habían quedado adscritos
al Obispado del Cuzco y,jurídicamente, estaban subordinados a
su Audiencia, creada en 17872 •
La- gran polémica a que dio lugar la fundación del nuevo Tribunal
de Justicia andino, en la que intervinieron el Intendente del
Cuzco, Mata Linares, el Virrey Guirior, el Visitador General Escobed03
y los ministros de la Audiencia de Lima, no devino, sin
embargo, en una resolución satisfactoria. Como ha expresado con
acierto John Fisher, «la Intendencia de Puno estaba controlada por
dos gobiernos superiores, dos obispos y dos audiencias»4, división
poco acert~da que habría de dar lugar a serios desequilibrios en la
administración de justicia, entorpeciendo, además, la relación entre
ambos gobiernos políticos.
La doble dependencia de Puno, su bicefalidad de autoridades,
favoreció la impunidad de los delincuentes, que solían huir al Virreinato
de Buenos Aires eludiendo la capacidad interventora de la
Audiencia del Cuzco. Los defectos de aquella ilógica delimitación
no tardaron en manifestarse. A los pocos meses del establecimiento
del Tribunal, los vecinos de las localidades de Putina y Carabaya
presentaron denuncias contra los Oficiales Reales de aquellas Cajas
y el Subdelegado Carlos Rogers quienes, con la complicidad del
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Intendente D. Josef Reseguín, habían realizado un cuantioso repartimiento
forzoso de mulas y textiles con fondos del Real Erario valorados
en 60.000 pesos5•
Conocidos en Cuzco estos abusos, la Audiencia envió comisionados
para la averiguación de los hechos, pero nada pudo adelantarse
ante la pasividad del gobierno de Buenos Aires y la resistencia
de los habitantes de la localidad a una colaboración abierta que
ponía en peligro sus vidas.
Puno permaneció, durante un tiempo, sumida en la anarquía,
sujeta a las ambiciones de los Subdelegados de sus Partidos, manejada
por funcionarios que desbarataron sus arcas e invirtieron los
fondos públicos en actividades ilícitas, comercios y pleitos particulares.
La muerte del Intendente Reseguín abrió un paréntesis lamentable
en el que no faltaron tentativas de agitación socia16 i usurpaciones
de poder que pusieron en peligro la estabilidad de uno de
los territorios con mayor índice de población indígena.
En este ambiente crítico se hizo cargo de aquellas Provincias su
segundo Gobernador.
lA INTENDENCIA DE PUNO BAJO EL MANDO
DEL MARQUÉS DE CASA HERMOSA
La labor desarrollada por este noble canario en la región de
Puno permite conocer el entramado de problemas y resistencias que
debieron enfrentar las reformas ilustradas en América y, de algún
modo, puede tomarse como prototipo de lo que, en mayor o menor
grado, ocurrió en otras áreas virreinales sudamericanas.
D. Francisco José de Mesa Ponte y Castilla, Caballero Profeso
de la Orden de Santiago y Marqués de Casa Hermosa, había ejercido
cargos en el gobierno del Perú como Corregidor y Subdelegado
de Huaylas durante casi 20 años, funciones en las que había demostrado
su valía personal y sus capacidades para atender los asuntos
coloniales y velar por su progresión profesional e intereses particulares7
•
Nacido en San Cristóbal de La Laguna de Tenerife el 4 de
Marzo de 1733 y heredero del mayorazgo de Ponte, siguió la carrera
militar, al igual que su padre y abuelo, sirviendo durante 24 años
cómo Teniente, Capitán y Coronel en el Regimiento Provincial de
Infantería de Tacoronte de Tenerife, puesto del que fue promovido,
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a consulta de la Cámara de Indias, a su primer cargo civil en la
administración americana8 •
Su residencia en Madrid hacia 1760, le permitió beneficiarse de
la preeminencia que los Borbones comenzaron a dar a los militares
en el servicio de la Corona en América, tendencia que se iría consolidando
unida al régimen intendencial hasta finales de siglo, con su
acaparamiento de funciones en detrimento de los hasta entonces
preferidos letrados.
El 7 de Mayo de 1789 y de acuerdo a los méritos mostrados,
Casa Hermosa fue nombrado para el Gobierno e Intendencia de
Puno, ciudad a la que se incorporó elIde Enero de 1790, recibiendo
el mando de D. José Joaquín Contreras, abogado de Chuquisaca
que había ejercido como Teniente Gobernador al fallecimiento
de Reseguín.
Las prerrogativas del nuevo Intendente, de acuerdo a las Ordenanzas
de 1782, abarcaban la intervención en materias de Justicia,
Policía, Hacienda y Guerra, áreas que se hallaban en Puno afligidas
por los mayores excesos y desórdenes.
En consonancia con el objetivo central del Reformismo Borbónico,
abordó el Marqués inicialmente y con el máximo interés el
saneamiento de la Real Hacienda, que se encontraba en un estado
deplorable, siendo acreedora de 362.269 pesos en deudas atrasadas
que aparecían como incobrables. En un plazo de 3 años, el Intendente
Mesa y Ponte consiguió reducir ese monto en casi un 50%,
recuperando para el Erario 156.382 pesos9 en un momento crucial,
al haberse iniciado en 1793 las hostilidades con Francia, nuevo conflicto
bélico que pondría en apuros económicos al gobierno central.
No fueron éstos, sin embargo, los únicos ingresos de carácter
extraordinario aportados por el Marqués.
La reactivación de la economía a que propendió en Puno, se
orientó, asimismo, hacia uno de los ramos más deteriorados de la
Hacienda pública, el tributo indígena. Siguiendo fielmente la política
que pudo observar en los Visitadores Generales peruanos, el
Marqués de Casa Hermosa organizó las revisitas de tributarios de la
provincia en orden a reducir la evasión impositiva y aplicar las cargas
por vasallaje con mayorjusticia. Esta acción, que estuvo unida a
la de avalúo, mensura, composición y venta de tierras realengas,
incrementó notablemente la cifra de tributarios y, en consecuencia,
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el monto percibido por este concepto, que pasó de 166.498 pesos en
1791, a 200.162 pesos un año más tardelO •
El Ramo de Alcabalas representó, asimismo, uno de los objetivos
centrales de la gestión del Intendente. EllO de Septiembre de
1791 envió al Virrey reiteradas solicitudes sobre las ventajas de que
la renta se llevase por asiento o arrendamiento, y no por administración,
a pesar de la tendencia reformista a monopolizar los ramos y
de lo dispuesto por el artículo 130 de la Ordenanza de Intendentes.
Las especiales circunstancias de Puno, donde los productos por
alcabala eran muy exiguos y donde la extensión geográfica y la escasez
de individuos fieles al servicio impedían averiguar los fraudes,
avalaban su propuesta. Esta preveía, además, que en caso de que la
adaptación del proyecto no surtiese los beneficios esperados en un
breve plazo, se regresaría nuevamente al régimen de estanco
realll •
No hemos detectado constancia documental alguna relativa a la
puesta en práctica del proyecto. El Virrey Arredondo no resultó un
interlocutor activo y emprendedor, lo que debió privar a Mesa y
Ponte del respaldo necesario para hacer efectivos sus planes innovadores
ante la Corte.
Simultáneamente al plan sobre alcabalas, Casa Hermosa proponía,
en aras del progreso minero de la zona, la creación de un
Banco de Rescates que, a imagen del establecido años antes en
Potosí12 , actuase en beneficio del Erario y también de los mineros,
quienes encontrarían un precio de venta cómodo y un mercado
seguro para sus Pastas, evitando los riesgos y demoras en acudir a
lejanas distancias a solicitar compradores. El Intendente pretendía
utilizar para ello «los caudales todos de S.M. que produce esta Provincia,
y en caso necesario los de la Paz»13 • Pidió, asimismo, datos
sobre los beneficios obtenidos en los diversos bancos rescatadores
del Virreinato del Perú, e informes a su homónimo de Potosí. Sus
iniciativas se vieron frenadas repetidamente por 'el Gobierno Superior
de Buenos Aires, quien rechazó la propuesta de creación de
Bancos en razón de la fallida experiencia peruana donde, tras la proliferación
de establecimientos en distintas localidades (Lucanas,
Huantajaya, Lima, Hualgayoc, Huarochirí), fueron extinguidos por
desequilibrios entre costes y rentabilidad efectiva.
De todo ello se desprende, cuando menos, la evidencia de que
el Marqués de Casa Hermosa asumió e hizo suyas las principales
medidas reformistas aplicadas por los que fueron sus superiores
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durante su mandato como Corregidor en el Virreinato andino, las
cuales le vemos aplicando con posterioridad en la jurisdicción intendencial
de Puno.
Su segundo y más importante ámbito de intervención fueron las
instituciones hacendarias de la provincia. Su cumplimiento fiel de
las Ordenanzas en lo referente a girar la visita del territorio bajo su
mando, le haría tomar contacto directo con las devastadoras prácticas
seguidas por los funcionarios reales, de las que acabaría siendo
víctima él mismo.
Los vicios en el manejo de caudales de las Cajas de Carabaya,
protestados ya en años anteriores, acumulaban un desfalco de
126.000 pesos en el que se hallaban implicados el Contador D. José
Ballivián, el Tesorero D. Juan de Dios Villamor, e incluso el Subdelegado
del Partido, el inglés D. Carlos Rogers. La corrupción y el
fraude habían alcanzado, asimismo, a la Administración General de
Tabacos, a cargo de D. Miguel de Echenique, y a otros funcionarios,
como los Subdelegados de Azángaro y Chucuito, quienes eran
cómplices de un cuantioso descubierto en las oficinas de sus respectivos
distritos14 •
Todos ellos contaban con un amplio grupo de partidarios que,
unidos por lazos de amistad o parentesco, conformaban una red
poderosa con elevada influencia en todas las esferas locales a través
de distintos métodos de los que no se excluían la amenaza, el
soborno, la extorsión, la violencia y otra serie de abusos.
La actuación del Intendente, enérgica y decidida, hubo de chocar
en este caso con el inmovilismo de la sociedad local y las incoherencias
y contradicciones del sistema burocrático de la época.
Si bien son sobradamente conocidas las dificultades de otras
muchas autoridades· que pugnaron por perfeccionar las prácticas
cotidianas de la realidad indiana, pocas veces se hallarán en la documentación
de aquel período ejemplos de un complot de dimensiones
tales que excediera las fuerzas de un individuo de alto nivel social,
poderoso y. que contaba con el apoyo de la Corte.
En la maquinación organizada contra el Intendente Mesa y
Ponte intervinieron miembros de distintos estratos de la sociedad
virreinal que lucharon por derrocar a aquel viejo militar ilustrado
que se había mostrado dispuesto a talar las raíces de una lucrativa e
ilícita situación que, perpetuada durante décadas, lesionaba gravemente
los intereses de la Corona y el bienestar de los habitantes15
•
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Las comisiones audienciales enviadas ante sus repetidas instancias
de una averiguación, encomendadas a D. Francisco Idiaquez
(para intervenir en la quiebra hacendaria) y a D. Pedro Soria (sobre
los procedimientos de Rogers), desembocaron en la actuación delictuosa
de ambos, al prestar su apoyo a los ministros «fallidos» hasta
quedar también «enlodados en -e-sta sentina»16 tras aoandonar
sus obligaciones.
En verdad los poderes de Rogers eran muy extensos, y poseía
medios variados para convencer a sus opositores de que harían
mejor militando en sus filas que enfrentándose a él. Curas, caciques,
soldados y oficiales de la tropa, funcionarios reales, mineros, combatieron
así en la facción erigida contra Casa Hermosa, apenas el
único elemento de la brigada anti-corrupción en toda la Intendencia.
Sus subalternos, lejos de cooperar con la política que propugnaba, se
avinieron a los planes de desafío a la ley y la autoridad, más cómodos
y más rentables. Es reseñable el caso de D. Joaquín Antonio de
Orellana, un Teniente Coronel de Ejército dedicado a la actividad
extractiva y que, además de ser un agitador nato, debía 100.000
pesos a los particulares, y unos 15.000 a la Corona por el Ramo de
Azogues. Afortunadamente, las medidas restrictivas de venta de
mercurio impuestas por el Intendente, forzaron a Orellana a saldar
su crecida deuda, apuntándose aquél otro tanto ante la Corte.
El tercer foco de intervención del Intendente fueron los ~untos
de «policía», el cuidado del orden y buen gobierno en la provincia.
Aquí, sus realizaciones fueron más extensas y (fructíferas.
Manifestó su preocupación por el estado de las ciudades y
villas, caminos, puentes y edificios, volcándose en la construcción
de obras públicas, a pesar de que su provincia carecía del ramo
municipal de arbitrios del que en otras zonas solían financiarse.
Aportando capital de su propio peculio, erigió Mesa y Ponte las
Casas del Cabildo y sus Cárceles en el pueblo del Desaguadero, en
Zepita, en Juli yen Puno. En esta última ciudad levantó, además, el
edificio para la Administración de Correos y Tabacos, rehízo el piso
de los almacenes en que se custodiaba el azogue y se ocupó del
empedrado de las calles y de la reforma de una Escuela para la enseñanza
primaria16.
En la localidad de Yunguyo dirigió y concluyó las obras de
canalización hidráulica. Por todas partes reparó caminos y puentes,
y potenció diversas medidas de fomento.
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Su espíritu religioso le llevó, asimismo, a restaurar las iglesias
de Juli y Zepita, a reabrir la de españoles de Puno, haciendo dorar
su púlpito, proveyendo las ventanas de vidrieras y levantando un
cementerio «envidiable no sólo en este hemisferio americano, sino
en las ciudades más opulentas de Europa», pagado a su costal7 •
Igualmente, remozó la iglesia de indios de Puno, que fue enteramente
retejada y dorado su púlpito a sus expensas.
En el pueblo de Moho creó una obra pía a beneficio de su iglesia:
del ganado de Castilla que se diese en arriendo, se destinaría
una parte de la renta obtenida para su reparación por vía de
limosna.
Contra los «mal entretenidos», vagos y maleantes, Casa Hermosa
actuó empleándolos, junto con los «vagamundos», en las
obras públicas, alentando al trabajo a mendigos e indios, y pugnando
por la paz cotidiana, para lo cual, persiguió el juego y prohibió las
reuniones colectivas escandalosas18 •
Procuró, finalmente, el adelantamiento de las actividades agrícolas
y comerciales de la Provincia, tareas para las que contaba con la
experiencia adquirida anteriormente como Corregidor de Huaylas.
De poco habrían de servir estos éxitos al Marqués de Casa
Hermosa, sus esfuerzos y prudencia en el tratamiento de los problemas
intendenciales.
Sus victorias personales a lo largo de 5 años de gobierno fueron
estrechando el peligroso círculo de oposición que se cernía sobre él,
hasta que, con la elección del nuevo Subdelegado de Chucuito,
D. Manuel de Almagro, aquel cerco se cerró.
El análisis de este aspecto, eje de las intrigas de la provincia, es
necesario no para abordar el proceso judicial de pesquisa a que se
sometió al Marquésl9, sino para trascender la problemática de tipo
jurisdiccional que emergió tras la aparentemente bien trazada organización
intendencial.
Asimismo, permitirá un breve acercamiento a las fuentes de
una defectuosa y corrompida administración y a los elementos que
la resguardaban.
En la base de los graves acontecimientos que se desencadenaron
en la Intendencia de Puno, se encuentra un error característico
del sistema de gobierno español en Indias: la concesión de empleos a
familiares de autoridades preestablecidas, peligrosa transacción
cuyas nefastas consecuencias eran sobradamente conocidas y con-
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tra la que el reformismo actuó como mero paliativo, mas no como
solución definitiva.
La candidatura de Almagro, hermano del Asesor del Virrey de
Buenos Aires, paradójicamente apoyada por Mesa y Ponte, llevó a
la Subdelegación de Chucuito a un individuo en extremo ambicioso
y carente de escrúpulos, que manejó con sorprendente habilidad los
privilegios que su parentesco con un miembro de la corte virreinalle
conferían, y de los que no dudó en hacer ostentación públicamente
desde su llegada:
«Juan de Almagro es el Virrey,
¿y qué le diré o pediré a mi
hermano que no me lo conceda?»2o
Amparado en la autoridad de su hermano y espoleado por los
sentimientos de venganza de Orellana (que había postulado sin éxito
a la Intendencia de Puno, desplazandose incluso a España) contra el
Marqués de Casa Hermosa, Manuel de Almagro puso en movimiento
a partir de 1792 todas las piezas del engranaje provincial que
podían servir a sus fines, orientados a desacreditar al Intendente,
usurpar sus prerrogativas, disputar su autoridad como superior y
propiciar su destitución. La abrogación de facultades, las transgresiones
de la legislación en su beneficio particular, los continuos
desafíos ante Mesa y Ponte, y las arengas a otros subalternos para
unirse a él en el enfrentamiento con éste, constituyen, en síntesis, un
breve resumen de las acciones que desplegó en toda la Intendencia.
El gran proceso de resistencia a la acción reformadora de Casa Hermosa
había comenzado.
La execrable actitud del Subdelegado Almagro contra quien le
había apoyado para acceder a aquel cargo, encontró un perfecto
caldo de cultivo en el que arraigar en la provincia.
Las advertencias y reconvenciones de Casa Hermosa para que
se atuviese a sus funciones sin interferirle, y para que se sometiese a
la debida subordinación a sus dictámenes no fueron, ante Almagro,
más que muestras de debilidad. El Subdelegado emitía bandos de
buen gobierno, nombraba y deponía funcionarios a su antojo y conveniencia,
intervenía en inspecciones hacendarias, libraba caudales,
retenía las órdenes del Intendente sujetándolas a su aprobación,
usaba de privilegios que sólo a éste correspondían, y todo ello, como
expresó Mesa:
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«...denominándose juez absoluto de aquel Partido con tal independencia
de este Govierno (que)... ya me ve VriJ.. desnudado
de aquellas amplitudes y facultades que me tiene concedida su
liberal mano... ya tiene VriJ.. sugeta la Yntendencia al Subdelegado
de Chucuito...»21
En efecto, Almagro interpretaba las Ordenanzas arbitrariamente,
considerando que las atribuciones cuasi-absolutas del Intendente
imperaban exclusivamente en la capital de la Intendencia,
área a la que debía restringirse su jurisdicción. En el resto de los distritos
intendenciales, dicha autoridad, sin merma alguna, recaía en
los Subdelegados, a quienes pronto supo hacer partícipes de sus
argumentos.
Los opositores de Casa Hermosa no tardaron en proliferar en la
región. Las ideas de Almagro, demasiado tentadoras, comenzaron a
dejar sentir sus efectos en la realidad cotidiana. Los desacatos, las
extralimitaciones en sus facultades, se hicieron práctica común.
Considerando su Partido como territorio propio del que debía abstenerse
de toda intervención el Intendente, ordenó a los Oficiales Reales
proceder a la elaboración de un «corte y tanteo» en las Cajas,
cobró derechos ilícitos por otorgar unas certificaciones para unos
fletamentos de caudales que se enviaban a Potosí, actuó con extrema
liberalidad en la aprehensión de unos reos, arrebatando al Alcalde
de Españoles su capacidad de intervención y enfrentándose a las
decisiones de Mesa y Ponte y, en suma, realizó cuanto pudo «a
impulsos de su genio intrépido y desacatado»22.
Los recursos presentados por el Marqués de Casa Hermosa
ante la Audiencia de Charcas encontraron distintos frentes de oposición
que motivarían su entorpecimiento y dilaciones. En primer
lugar porque el Asesor virreinal D. Juan de Almagro, era ministro
honorario del tribunal por concesión de S.M., lo que le permitió dirigir
las decisiones del mismo y las del propio Virrey Arredondo para
que un Oidor de aquella Corte, D. Antonio de Villaurrutia, quedase
comisionado para la averiguación de los fraudes de la Caja de Carabaya,
y más tarde, para el seguimiento de la pesquisa secreta contra
el Intendente.
En segundo lugar porque el Subdelegado Almagro estaba en
contacto directo con la multitud de «ministros fallidos» que, coarta,
dos en sus negocios por Casa Hermosa, no dudaron en declarar con-
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tra él Y refrendar los testimonios inculpatorios elevados en su
contra.
Por último, y más importante, porque la Audiencia de Charcas
vio en estos conflictos la oportunidad para defender sus prerrogativas
como Cuerpo colegiado, muchas de las cuales se habían visto
seriamente lesionadas con la creación de los Intendentes y las atribuciones
judiciales que a éstos se otorgaron23
•
En este sentido, la Audiencia no ocultó sus prejuicios contra la
nueva institución y, mediante una actitud encubridora de los delitos
de los ministros denunciados y opositora a Mesa y Ponte, trató de
recuperar los poderes perdidos enfrentándose a éste, figura visible
de la nueva burocracia metropolitana que, además, había invadido
los estrados de la magistratura togada24 •
Aun antes de que se hubiesen investigado los cargos contra el
Marqués, la Audiencia de Charcas expresó su dictamen con~
denatorio:
«... todos convienen en que el Marqués es de un carácter duro,
despótico e interesado...y éste es el concepto que muy de antemano
tiene hecho del Marqués el Tribunal...
... parece ha creído que estos Governadores son independientes
y absolutos, y que las Rs. Audiencias no tienen potestad
sobre ellos ...
Por esto, ypor el concepto que tiene formado el Tribunal
del opresivo manejo de los Intendentes y sus Asesores... no
dudaría un momento en tomar las providencias que disponen
las Leyes para estos casos ...»25
Prueba de cuanto decimos es el hecho de que las peticiones de
Casa Hermosa para que estos procesos se viesen en la Audiencia
del Cuzco fueron desestimadas por «intempestivas». Por Real
Cédula dada en Aranjuez el 4 de junio de 1794, se le separó del
conocimiento de la causa contra los Oficiales de Carabaya y, apenas
un año después, por Real Orden de 19 de febrero de 1795, comunicada
al Virrey de Buenos Aires, entonces D. Pedro Melo de Portu-gal,
se prescribía su separación del gobierno de la Intenoencia
de Puno.
Anciano, cansado, públicamente desacreditado y vencido por
sus detractores, pocos meses más tarde, el Marqués de Casa Hermosa
solicitaba al gobierno de Buenos Aires licencia para abando-
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nar Puno y encaminarse a algún lugar donde restablecerse del «mal
de piedra» de que se hallaba aquejad026 •
Asimismo, y en unión a sus informes contra los abusos de
Almagro, pidió se incapacitase a sus secuaces para declarar en la.
pesquisa contra su persona.
En el hecho de que sólo la primera de sus súplicas fuese atendida
hay que ver los influjos del Asesor virreinal y, sólo probablemente,
una posible represalia del Virrey contra la institución
intendencial que representaba Casa Hermosa y cuya existencia
eclipsaba su autoridad, al deber compartir su jurisdicción antes
absoluta con los gobernadores provinciales.
En cualquier caso, D. Francisco José Mesa y Ponte se vio privado
de la posibilidad de eludir la influencia de sus numerosos opositores
y, sin sueldo y enfermo, residió precariamente en Buenos
Aires mientras continuaba su proceso judicial en la Corte.
La discusión sostenida por el nuevo equipo de gobierno sobre la
conveniencia de suprimir o mantener el régimen de Intendencias,
coadyuvó a la demora en la resolución del caso. La clarificación de
los sucesos ocurridos en Puno no llegó hasta 1796, fecha en que
salieron a la luz la sentencia absolutoria del Marqués de Casa Hermosa
y la Real Cédula por la que la Intendencia de Puno se incorporaba,
defmitivamente, al Virreinato del Perú27 •
Hasta 1804, sin embargo, no quedaría cerrado por completo
aquel conflictivo expediente.
CONCLUSIONES
La actuación de D. Francisco José Mesa y Ponte en la Intendencia
de Puno aparece definida como la de un comisionado reformista
puro que, heredero de los principios y fórmulas adaptados por
José de Gálvez al gobierno de Indias, se enfrentó con poco éxito a la
corrupción interna que invadía las instituciones coloniales de ,aquel
área.
En Puno confluyeron perniciosamente los defectos de un sistema
de gobierno colonial en decadencia con las ambigüedades del
propio proyecto borbónico para sanearlo. En pocos lugares del cono
sur emergieron con mayor exacerbación los enfrentamientos entre
un Intendente y sus subalternos, los litigios por la conservación de la
autoridad audiencial y virreinal sobre aquéllos y la resistencia local
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generalizada contra los mecanismos de reforma y, más aún, contra
la institución intendencial propiamente dicha.
. El Marqués de Casa Hermosa se vio implicado en un proceso
legal que le privó de la confianza de la Corona y en consecuencia,
de la fuerza coercitiva de que su cargo estaba dotado para reprimir
los abusos locales.
Las denuncias por la vía legal generaron reacciones que le apartaron
del empleo y cortaron en seco la actividad renovadora a que
estaba procediendo.· .
La delicada posición de Puno, territorio del lejano interior muy
conflictivo y.disputado por el gobierno del Perú, pudo influir decisivamente
en la prevención con que los ministros peninsulares y el
propio monarca enjuiciaron la gestión del Intendente.
Las vinculaciones familiares de su principal opositor, el Subdelegado
Almagro, con el Asesor del Virrey de Buenos Aires, ponen
de manifiesto cómo las medidas refermistas quedaron ahogadas en
el magma socio-político virreinal, irremisiblemente consolidado después
de décadas de malgobierno y abandono. Los contactos personales,
las redes de influencia, la telaraña de intereses, pudieron más
que las evidencias de que un rechazo tan amplio y bien montado no
reflejaba sino la eficacia de los procedimientos depuradores del
Intendente.
Podría alegarse que las reformas llegaron tarde, que carecieron
del tiempo suficiente para arraigar y otros argumentos en esta línea
que han llegado a constituir tópicos historiográficos. Sin negar que
tales factores estuvieron presentes en la historia finisecular de los
dominios españoles de América, no es menos cierto que, en la evolución
concreta de la Intendencia de Puno, los componentes humanos
jugaron un papel mucho más relevante en el boicot abierto y generalizado
contra las medidas que Mesa y Ponte trató de implantar.
En todas partes, con mayor o menor violencia, las oligarquías
locales, tradicionales y conservadoras, se levantaron contra los
-.. ministros reformistas para contener el programa que aquéllos repre"
sentaban y que iba dirigido a minar sus privilegios sociales, políticos
y económicos. En Puno, sin embargo, fue la propia burocracia reformista
la que enarboló sus armas contra el Marqués de Casa Hermosa.
La razón es obvia. Lejos de adscribirse y ser fieles a los
planes de transformación de la estructura de gobierno virreinal,
aquellos funcionarios de las Cajas Reales, de los Partidos, de las
oficinas de los monopolios reales, se hallaban inmersos en las redes
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732 Serena Femández Alonso
de poderío y lucro personal surgidas al amparo del período colonial
de la época de los Austrias.
De este modo, D. Francisco José de Mesa y Ponte, segundo
Intendente de aquellas Provincias, debió actuar en solitario, atacado
por sus propios subalternos, tratando de reconstruir e imponer orden
en una sociedad afectada de una profunda descomposición moral.
Su denodado esfuerzo personal por actualizar los tributos, sanear la
Real Hacienda, fomentar la economía y modernizar la administración,
constituyó, a la larga, un suicidio profesional.
La oleada de calumnias que llegó a la Corte contra su persona
(más de 40 cargos)28 las peculiares circunstancias en que se recibieron
y la multitud de cómplices del más alto nivel social implicados
en el complot maquinado desde Puno, convencieron a la Corona de
que _Casa Hermosa debía ser procesado y proscrito. Su caso podría
calificarse de error judicial.
En su raíz, no fue más que la manifestación de que el Sistema
de Intendencias, lleno de contradicciones y defectos, no podía que·brar
los contingentes de la iniquidad que dominaban América.
No' hay duda, asimismo, de que para 1796, dos décadas después
de iniciado el Reformismo Borbónico, el empuje renovador
desde la Península se hallaba notablemente debilitado. De otro
modo no se explica cómo un funcionario como Mesa y Ponte, que
llevaba desde aquel lejano año de 1776 al servicio de la Corona
dando pruebas de gran competencia en sus comisiones, y a quien se
encomendó el gobierno de Puno como premio a su labor como
Corregidor en el Perú, pudo ser abandonado a su suerte en los últimos
momentos de su vida cuando, con casi 70 años de edad, hubo
de hacer frente al largo proceso que le costó el empleo, el sueldo y la
gloria personal que le correspondía.
Poco pudieron sus méritos como militar y gobernador para atenuar
el rigor con que se le investigó. Nada sus éxitos en el servicio
como Intendente.
Fue tratado de forma más implacable que los ministros corrup_·
tos de las Cajas Reales y que el usurpador Almagro.
Carecemos de constancias documentales sobre el destino final
del Marqués de Casa Hermosa a su regreso a España, si fue compensado
o indemnizado en alguna medida de los graves perjuicios
profesionales y personales que le causaron, o si desempeñó algún
otro cargo eh la administración. Su vindicación pública, resultado de
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Un noble canario en el gobierno local indiano: el marqués de Casa ... 733
la pesquisa, ni siquiera se redactó en los términos que\ él
hubiera deseado29 •
Pasó sus últimos años pleiteando con la Corona en un litigio del
que resultó inocente y que fulminó su brillante carrera política.
Valgan estas páginas como postrero recuerdo de un hombre
que, habiendo podido llegar a la cumbre, fue derrocado y denigrado
por los detractores de una política que, alentada por sanos principios
de renovación, fue desactivada en América. Sirvan, asimismo, como
un ejemplo más de los precarios efectos de una iniciativa de la
metrópoli que surgía encadenada a múltiples elementos del pasado,
y que terminaría siendo cuestionada y sujeta a revisión. Reformar la
«Reforma Borbónica» habría de constituir la última intervención de .
los monarcas españoles en Indias antes de las acciones bélicas que
anunciarían la Independencia.
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NOTAS
Serena Fernández Alonso
1. Y provocanao, asimismo, serios conflictos entre ambas sedes virreinales, a
los cuales ha hecho referencia el Dr. CÉSPEDES DEL CASTILLO, Guillermo en
su artículo: «Lima y Buenos Aires. Repercusiones económicas y políticas de la crea-'
ción del Virreinato del Plata». Anuario de Estudios Americanos. Vol. 11. Sevilla,
1946, pp. 669-874.
2. ARCHIVO GENERAL DE INDIAS (en adelante A.G.!.). Audiencia de
Lima, Leg. 620. Real Cédula de 26 de febrero de 1787 para la erección de la Audiencia
del Cuzco. La dísposíción fue refrendada en Aranjuez, el 3 de mayo de ese
mismo año.
ARCHIVO GENERAL DE SIMANCAS (en adelante A.G.S.). Secretaría
de Guerra, Leg. 7.130, Libro 3.°. El Virrey Croix al Rey sobre la apertura de la
Audiencia del Cuzco y los límites de su jurisdicción. Lima, 15 de diciembre de
1788.
3. A.G.I. Lima, 1.101. N 433. Escobedo al Ministro de Indias. Lima, 20 de
marzo de 1785.
Ibídem, N 434. El Visitador informa sobre los límites de los Virreinatos de
Lima y Buenos Aires. Lima, 20 de marzo de 1785.
4. FISHER, J. (l981):Gobierno y Sociedad en el Perú Colonial: el Régimen
de las Intendencias, 1784-1814. Pontificia Universidad Católica del Perú. Lima,
p.62.
5. A.G.I. Cuzco, 23. Putina, 18 de nóviembre de 1788.
• A.G.I. Lima, 1.068. Madrid, 30 de septiembre de 1791.
6. Los alborotos de Asillo, en la Provincia de Azángaro, despertaron en el
gobierno el temor de una nueva sublevación indígena, y activaron el debate sobre la
conveniencia de incorporar la Intendencia de Puno al Virreinato peruano.
7. Para el conocimiento de su gestión en el período 1766-89, ver el artículo de
MORENO CEBRIÁN, A. (1978): «El Marqués de Casa Hermosa, Corregidor de
Huaylas e Intendente de Puno». Anuario de Estudios Atlánticos. N.O 24. MadridLas
Palmas, pp. 81-120.
8. Los datos biográficos se han tomado de: ARCHIVO HISTÓRICO
NACIONAL. MADRID. (En adelante, A.H.N.) Sección de Ordenes. Pruebas de
Santiago. Leg. 5.251. Francisco de Mesa y de Aponte. 1960.
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Un noble canario en el gobierno local indiano: el marqués de Casa... 735
MENDIBURU, M. de (1932):Diccionario Histórico-Biográfico del Perú.
Lima. Vol. IV.
GARCÍA CARRAFFA, A. y A. (1935): Diccionario Heráldico y Genealógico
de Apellidos Españoles y Americanos. Vol. LIV. pp. 256-257.
9. A.H.N. Consejo de Indias. Leg. 20.406. Piezas n.O 1, fol. 16, y n.O 18, fol.
28. Probanzas de la parte fiscal en la causa del Marques de Casa Hermosa.
10. Ibídem, pieza n.O 8. «Razón de los enteros de reales tributos correspondientes
a los cinco Partidos de Puno...»
11. Ibídem, pieza n.O 16. El Marqués de Casa Hermosa al Sr. Virrey Arredondo.
Chucuito, 10 de septiembre de 1791.
12. BUECHLER, R. M. (1980): «La Compañía de azogueros y el Banco de
Rescates de Potosí. 1747-1779». Bolet ín del Instituto de Historia Argentina y Americana.
Vol. XVI. Buenos Aires, j>j>. 67-116.
13. A.H.N. Consejo de Indias. Leg. 20.406. Pieza 16. Informe de Casa Hermosa
al Virrey Arredondo. Puno, 17 de septiembre de 1794. Fol. 54.
14. Ibídem, pieza n.O 18.
15. Las iniquidades e incuria de los funcionarios de Carabaya habían motivado
ya, en 1783, la supresión de las Cajas Reales por el Visitador General del Perú:
A.G.1. Lima, 1.068. Informe. Madrid, 22 de diciembre de 1783.
16. A.H.N. Consejo de Indias, 20.406. Pieza n.O 18, fol. 29 v.
Ibídem, pieza n.O 22.
17. Ibídem, pieza n.O 18, fol. 1. Expediente que acredita los méritos y servicios
contraídos en esta Yntendencia de Puno por el Sor. Marqués. Puno, 10 de
mayo de 1793.
18. Ibídem, pieza n.O 22.
19. RODRÍGUEZ CASADO, V. (1946): «Causa seguida contra el Marqué~
de Casa Hermosa, Gobernador intendente de Puno».Anuario de Estudios Americanos.
Vol. 11. Sevilla, pp. 957-967.
20. A.H.N. Consejo de Indias, 20.406. Pieza n.O 29, fol. 20. Febrero de 1794.
Todos sus escritos estaban redactados con la misma insolencia y actitud desafiante.
21. Ibídem, pieza n.O 1. Quejas de Casa Hermosa contra los abusos del Subdelegado
D. Manuel de Almagro. Fols. 11 v., 12, 12 v.
22. Ibídem, fol. 18.
23. El Reformismo Borbónico creó nuevos fueros o jurisdicciones particulares
que privaron a los jueces audienciales del prestigio y papel central que habían disfrutado
hasta entonces en la administración colonial. Ver, sobre este interesante tema:
ZORRAQUIN BECU, R. (1981):La Organización Judicial Argentina en el Perbdo
Hispánico. Editorial Perrot. Buenos Aires. 2.· edición y BRADING, D. A. (19731974):
«Gobierno y Elite en el México Colonial durante el Siglo XVIII». Historia
Mexicana. El Colegio de México. México, pp. 611-645.
24. Recientes investigaciones han demostrado cómo el afán de los últimos Borbones
por restringir la participación criolla en las Audiencias acentuó los resentimientos
de la burguesía local, proceso que coincidió con el establecimiento de las
IÍJ.tendencias, al frente de las cuales siempre hubo ministros oriundos de España. Ver,
a este respecto: BURCKHOLDER, M. A. y CHANDLER, D. S. (1984): De la
impotencia a la autoridad. La Corona Española y las Audiencias en América. 16871808.
México.
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736 Serena Fernández Alonso
25. A.H.N. Consejo de Indias, 20.406. Testimonio del expediente obrado...
contra el Intendente de Puno. Fols. 34 V., 35 Y35 v. Año de 1796. (El subrayado pertenece
a la autora.)
26. Ibídem, pieza n.O 19. Año de 1796. La enfermedad no era otra que cálculos
en el riñón que le provocaban hemorragias.
27. Ver, respectivamente: piezas núms. 35 y 36 del proceso y A.G.I., Cuzco,
23, y Lima, 610. Badajoz, 1 de febrero de 1796.
28. Ibfdem, pieza n.o 18, fols. 21 y 22.
29. Ibfdem, piezas núms. 32 a 36. Ver, principalmente en esta última, los autos
denegatorios del Consejo sobre las solicitudes de compeñsación del Marqués.
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