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1927 132 COMERCIAR CON EL ENEMIGO: CANARIAS Y LA GUERRA CONTRA INGLATERRA (1625-1630) Francisco Fajardo Spínola En la Europa del siglo XVII, como en otros momentos históricos, la ruptura de hostili-dades entre dos potencias traía consigo la interrupción de las relaciones y tratos habituales en tiempos de paz, incluido el comercio; la expulsión de los súbditos del país enemigo que pudieran estar residiendo, o de paso, en el otro; y la adopción de medidas de represalia económica, incluidos los embargos e incautaciones de bienes y mercancías. El comercio con Inglaterra se había regulado por el Tratado de Londres de 1604, que establecía entre otros aspectos las condiciones en las que los protestantes ingleses o escoceses podían permanecer, por razón del comercio, en los reinos hispánicos. La guerra de 1625-1630 entre Inglaterra y la Monarquía Hispánica, de la que se ocupa esta comunicación, así como la iniciada en 1655, vinieron a alterar esa situación. En 1621 había sucedido lo mismo con los holandeses, al expirar la Tregua de los Doce Años. El 1 de noviembre de 1625 se produjo el ataque inglés a Cádiz, y unos días más tarde el Inquisidor General se dirigía al Rey dándole cuenta de tener preparado un edicto ordenan-do que todos los ingleses y escoceses no católicos saliesen de los reinos españoles en el plazo de veinte días, pasados los cuales el Santo Oficio procedería contra ellos.1 Pero hasta el 22 de marzo de 1626 no prohibió Felipe IV el comercio con Inglaterra, ordenando la confiscación de las mercancías inglesas que se importasen sin licencia. El Consejo de la Inquisición dictó en 30 de mayo una carta acordada ordenando procesar a los ingleses herejes que hubiesen cometido delitos de fe. Don Francisco González de Andía Irarrazábal, nombrado Capitán General y presidente de la Real Audiencia, llegó a Las Palmas en julio de 1625. En Tenerife -la isla con mayor protagonismo en el comercio con el norte, y aquélla cuyas fuentes documentales están mejor conservadas- delegaría sus facultades en los asuntos de contrabando en don Cristó-bal de Salazar y Frías, regidor y maestre de campo. En junio de 1626 regresó Andía a la Península, sin apenas haber intervenido en la materia que nos ocupa: hizo detener a algu-nos ingleses y embargó sus bienes -que, al parecer, habían intentado ocultar-; pero luego los soltó y suspendió los embargos, en ausencia de órdenes precisas al respecto. Por la misma razón, hasta que Andía marchó se admitió el trato con Inglaterra. El bando por el que se prohibía el comercio se leyó en La Laguna, Garachico y La Orotava el 29 de julio de 1626; y al día siguiente se recibió en el Santo Oficio de Canarias la mencionada carta acordada del Consejo acerca de proceder contra los herejes británicos.2 Hasta mediados de 1626, pues, no hubo impedimentos para que los ingleses comercia-sen, a pesar de que desde diciembre de 1625 se hacía referencia en el Cabildo de Tenerife a la guerra con Inglaterra. Desde meses antes había prohibido este Cabildo el trato con 1928 Inglaterra por las noticias que se tenía de peste en ese país, pero por entonces se les empe-zaba a admitir de nuevo. Algunos regidores plantearon, en junio de 1626, la existencia de guerras pregonadas con los ingleses, y que había que prohibir el trato; pero la postura del Gobernador fue siempre la de que mientras no recibiese órdenes expresas no lo impedi-ría. 3 Los argumentos de quienes exponían la multiplicidad de noticias acerca de la existen-cia de guerra chocaban contra quienes argüían que no se podía confiar en vanas voces. La mayoría de los regidores, y con ellos el Gobernador, estaban por admitir el trato mientras taxativamente no se ordenase lo contrario. El descubrimiento a mediados de julio de 1626 de la carabela en que Andía había par-tido para España, vacía y con signos de lucha, levantó acusaciones contra los ingleses de la isla, supuestos instigadores y cómplices, por vengarse del ex-Capitán General, del asal-to. En el Cabildo se decidió abrir diligencias para averiguar quiénes eran los culpables.4 Pero pronto se supo que, en realidad, Andía y cuantos con él iban habían sido víctimas de los “moros”.5 Los barcos que a los puertos del norte de Tenerife venían se mantenían fuera de la costa, “en franquía”, pretextándose siempre que ello se debía a su peligrosidad durante los meses del invierno. Pero lo cierto es que no eran visitados, ni por la Inquisición ni por la Justicia civil, sino tomada declaración a algunos de sus tripulantes y llevadas las mercan-cías a la aduana. Ello dificultaba mucho el control de lo que que se traía y llevaba, y tenía como consecuencia, como denunciaba un regidor en febrero de 1627, que resultase impo-sible aplicar la pragmática del año anterior que obligaba a sacar en frutos de la tierra el valor de lo importado, así como la provisión de la Real Audiencia que mandaba exigir fianzas para garantizar que el retorno de los navíos se hiciese a puertos permitidos. El efecto de esa falta de control sería la salida fraudulenta de oro y plata, y por ende la escasez de moneda.6 El Cabildo convocado para tratar este asunto tomó acuerdos muy vagos, que a nada obligaban: “en casos que convenga que algún navío dé fianza, s.mrd. lo vea”.7 En junio de 1627, después de haberse pregonado por el Gobernador que en un plazo de quince días saliesen los ingleses no católicos.8 Se planteó en el Cabildo por primera vez que era voz común que venían navíos ingleses y holandeses haciéndose pasar por alema-nes, flamencos o franceses, y que introducían mercancías de contrabando. Distintos testi-monios mostraban que en las tiendas había y se vendían libremente las mismas mercan-cías que venían antes de la guerra. Las gentes compraban y vestían lo de siempre. Algunos maestres y mercaderes de los barcos vendían directamente; e incluso los marineros, que al menudeo mercaban ropa, sardinas, bacalao o cuchillería. Se decía que se habían presenta-do algunas denuncias y que no habían prosperado. El Gobernador se defendía diciendo que había rechazado a tres navíos llegados al puerto de La Orotava que no le habían ofrecido garantías, y que por lo demás se guiaba por los pasaportes que traían. Esa sería su línea argumental a todo lo largo de la guerra; aunque, como se verá, a comienzos de 1628 se vio obligado, ante la actuación inquisitorial, a hacer que procedía contra los contraban-distas. Algunos regidores defendían apasionadamente la continuidad del comercio. En no-viembre de 1627, el capitán Francisco de Molina manifestaba que siempre había entendi- 1929 do que el Gobernador había cumplido con el servicio del Rey en todo, y en particular en lo que tocaba a los navíos, añadiendo: y no es de parecer que en esta sala se trate más deste particular, porque el servº de SMgd. no solo consiste en castigar a los navíos de contrabando, sino que también mira a el bien universal desta isla que consiste en el comercio y trato de los buenos.9 Otro regidor denunciaba la parcialidad e intereses de quienes decían que los barcos eran de enemigos, encubiertos: eran falsos rumores echados por diferentes fines, unos por no tener vino que vender, otros por no querer hacer las partidas con ellos los estrangeros, otros por estorvar que el vino se sacase a las partes del norte y lo pudiesen comprar barato para navegarlo a las Indias y partes del Brasil, en cuya navegación son interesa-dos. 10 Por real cédula de 29 de octubre de 1627, por el Consejo de Guerra se nombraba a don Juan de Carvajal y Sande, regente de la Real Audiencia de Canarias, como juez de contra-bandos para averiguar, proceder y castigar en todo lo que se refería al ilícito trato que en el Archipiélago se hacía con Inglaterra y las Provincias Unidas rebeldes, de lo que el Conse-jo decía tener información. Se hacía referencia expresa al daño que de ello se derivaba para el comercio con las Indias, lo que desde luego nos da una pista acerca de una de las derivaciones de ese trato. Se ordenaba a los corregidores y capitanes a guerra y demás justicias inhibirse en el conocimiento de estas materias, y prestar al juez comisionado el debido favor. Los gobernadores de las islas de realengo recibieron comunicación de esa real cédula y la orden de asistirle. Unos días más tarde, en 5 de noviembre de 1627, se advertía al Regente de que en 20 de septiembre habían salido de Fregelingas cinco navíos con ropa y otra mercadería con destino a las Islas, y en particular a la de Tenerife, que llevaban pasaportes falsos y pretendían traer vinos de retorno. Se ordenaba prender a las tripulaciones y embargar navíos y mercancías, en beneficio del fisco real.11 Los inquisidores de Canarias, que entonces eran tres, no estuvieron de acuerdo acerca de cómo interpretar la referida carta de la Suprema, pues mientras el inquisidor Santalís proponía proceder contra los ingleses herejes que residiesen en las Islas, hubiesen dado escándalo o no, los otros dos inquisidores, Rincón y Martínez, defendieron que sólo se hiciese en el caso de haber delinquido o dado escándalo después de la publicación del bando de guerra. Santalís insistía en que debieron haber salido en cuanto se leyó el bando, como parecía haberse hecho en la Península, y que habían incurrido en mora. Los otros dos contestaban que no había orden del rey para que se les expulsase ni secuestrase sus bienes; que había comisarios en Garachico, La Orotava y La Laguna, que es donde trata-ban los ingleses, “y que desde que están en estas islas no ha resultado cosa de considera-ción contra los dichos ingleses y así es del parecer que no se innove nada” (Martínez). Esa discusión la mantenían en septiembre de 1626, y así lo elevaron a la Suprema. El Consejo contestó en 11-XII-1626, ordenándoles -“aunque lo mandado estaba claro”- hacer infor-mación acerca de cómo vivían los ingleses en materia de religión, pues era posible que después del bando algunos estuviesen fingiendo ser católicos; y que, habiendo informa- 1930 ción de que antes del bando eran herejes, se podría proceder contra ellos, aunque no hubie-sen delinquido después, “pues es suficiente delito no haberse venido a reconciliarse”. Tampoco a la vista de esta carta hubo acuerdo entre los inquisidores de Las Palmas, por-que alguno interpretó que se refería a los ingleses que después del bando acudían a las iglesias y recibían los sacramentos, pero “no habla de los que solamente son herejes y no han delinquido”. Se trató el caso de Enrique Isan (Henry Isham), tenido por hereje y que después del bando había ido a misa y a comulgar y había dicho que siempre había sido católico, pero que lo disimulaba por sus conveniencias. Santalís preguntaba por qué no se había procedido contra ningún inglés de los asentados en las Islas desde 1610, en que el Consejo ordenó que el capítulo que permitía a ingleses y escoceses estar en los reinos españoles por razones de comercio sólo se aplicase a los que fuesen transeúntes. Martínez contestaba que en 28 años que llevaba en las islas, y 23 de ellos que se ocupa en cosas de Inquisición, no había entendido que hubiese habido herejes avecindados; y que en todo caso tocaba al Rey echar a los que habían quedado. También sobre el caso particular de Isham hubo discordia, pues, frente a la opinión de Santalís, los otros dos inquisidores impusieron su parecer de que después de haberse declarado católico (en marzo de 1626) no había delinquido, y por tanto no había motivo para proceder contra él.12 En definitiva, parece que había dos voluntades diferentes, relacionadas probablemente con la mayor o menor integración de los inquisidores en la sociedad canaria. En diciembre de 1627, a raíz de una visita a la aduana de Santa Cruz realizada por el comisario del Santo Oficio en La Laguna, Felipe Machado Becerril, comenzaría la inter-vención de todas las autoridades contra los contrabandistas. A la vista de que nadie recla-maba unas mercancías remitidas desde La Rambla, adonde habían llegado en un barco extranjero, el comisario supuso que procedían de países con los que el trato estaba prohi-bido, exhortó al Gobernador a que no las despachase e informó al Tribunal. El comisario pedía a los inquisidores que lo apoyasen y decía que en toda la isla se murmuraba del Gobernador.13 El Tribunal ordenó iniciar inmediatamente una información, prender a los ingleses que estuviesen en tierra, de los de los navíos llegados, tomarles los pasaportes y embargar las mercancías desembarcadas, fuesen quienes fuesen sus propietarios. No había sido fácil llegar a un acuerdo, porque, mientras el inquisidor Santalís insistía en los embargos, Rin-cón se inclinaba por la previa averiguación, dejando a los jueces reales las cuestiones relativas al contrabando. Pero se impuso la decisión de actuar rápidamente, incluyéndose los embargos, de tal modo que se adelantasen a los ministros de otras jurisdicciones. Se encargó al inquisidor Martínez, entonces de visita en Tenerife, realizar y coordinar las actuaciones, al tiempo que se enviaba comisarios a los puertos principales. Se insistía en que “las diligencias y prisiones y embargos se hagan a un tiempo y en un día y hora en cada lugar”, y con el mayor secreto, “pues en él consiste el buen suceso”. Martínez no demostró entusiasmo por el encargo que se le hacía, contestando que en Tenerife no había ingleses herejes, sino sólo tres o cuatro reducidos que estaban casados; que no entendía que la Inquisición pudiera proceder contra mercancías de contrabando; y que él estaba muy ocupado con la visita.14 Pero el Tribunal parecía dispuesto a todo: fletó un barco para que llevase a Martínez las instrucciones que debía seguir, con prohibición al maestre de que llevase ninguna otra carta ni pasajero, y orden de que no se presentase al gobernador ni castellano; y, al mismo tiempo, retuvo en Las Palmas a todos los barcos “que podían partir a esa ysla”, para que nada se filtrase. “No perdone V. Md. el tiempo, aunque sea 1931 Pasqua” -escribían-.15 Uno de los índices más elocuentes del grado de complicidad y participación de muchos de los vecinos de Tenerife en la trama del comercio clandestino es la implicación en ella de ministros del Santo Oficio. El Tribunal dispuso que el licenciado Sebastián Hernández de Chaves, beneficiado de La Concepción de La Laguna y notario del S.O., fuese a Garachico a hacer las diligencias y embargos, en lugar del comisario local, Bartolomé Lorenzo de Guzmán, “por ser beneficiado del dicho lugar y emparentado y trabado con los vecinos de él, y por la misma razón que vaya Machado (comisario de La Laguna) a La Orotava”.16 Para sus diligencias en Garachico, Chaves se sirvió del notario del Santo Ofi-cio en el Puerto de la Cruz, Gerónimo de Cospedal, porque el beneficiado Pedro Hernández Yanes, notario de La Orotava, se excusó de algunas diligencias pretextando enfermedad, y aún así no se fiaba ni de uno ni del otro, y hacía gestiones a sus espaldas, “porque me temía no lo dixesen”.17 El descontento del Tribunal se expresaba repetidamente.18 En La Laguna, el inquisidor Martínez procedió el 29 de diciembre a la visita de las casas de los mercaderes y embargo de las mercancías sospechosas que en ellas hubiese.19 El propio día 27, Chaves visitaba en Garachico la aduana (con el almojarife, capitán Barbosa) además de casas y tiendas.20 El mismo día, el Dr. D. Felipe Machado, en el Puerto de La Orotava, hizo llamar al almojarife, Juan Antonio de Bustamante, y visitó la aduana, embargando las mercancías que en ella halló; y lo mismo hizo en la casa de Guillermo Baltar, inglés. En los días siguientes continuó en La Rambla,21 en el Realejo Bajo 22 y en La Orotava (casa donde posaba Henry Isham). En Las Palmas los inquisidores, por su parte, habían hecho comparecer ante ellos a Luis de Espinosa, mercader vecino de la ciudad y almojarife, quien había recibido diversas mercancías que le había remitido desde Garachico Felipe Hernández Vestre, flamenco, lo que parecía ser habitual: “como lo hace (el recibirlas) del dicho y de otras personas de la ysla de Tenerife”.23 Las mercancías habían sido visitadas por la Inquisición, y tan legales parecían que en el aposento de uno de los inquisidores había una pieza de sarga y dos pares de medias que Espinosa le había enviado, por si quería comprarlas. Espinosa había vendido en su tienda, al por menor, parte de lo recibido, y el resto lo había distribuido entre mercaderes y tenderos de la isla.24 A todos y cada uno de ellos se tomó declaración, se hizo relación de las mercancías que continuaban en su poder y se les ordenó que, ni las vendiesen, ni pagasen el dinero proce-dido de las ventas ya realizadas. Decía Espinosa que no sabía que Hernández Vestre fuera extranjero -lo que resultaba inverosímil-, sino que estaba casado en Garachico; y que las mercancías “las tiene por de Flandes”. Pero no era eso lo que se decía públicamente en Las Palmas, y lo que creyeron ciertos comerciantes, que no se decidieron a comprar por tener-las “por de ingleses o rebeldes” y no querer arriesgarse.25 Por lo que respecta a los gobernadores, tanto de Gran Canaria como de Tenerife, parece claro que la iniciativa de los inquisidores, y quizás también la noticia de la comisión dada al Regente, los movieron a actuar. Era gobernador de Gran Canaria don Gabriel Frías de Lara. De Tenerife y La Palma lo era don Diego de Alvarado Bracamonte (1624-1631), que “se había hecho canario por sus alianzas y amor a los isleños”, en palabras de Viera y Clavijo; quien añadía: “unido a la principal nobleza del país (...), no miraba los intereses de la provincia sino como los suyos propios”.26 Quizás no pueda expresarse más finamen-te la coincidencia entre Alvarado y las clases acomodadas de Tenerife. 1932 El diciembre de 1627 se escribía desde el Tribunal al inquisidor Martínez: el gobernador desta isla procede por denunciaciones que ante él se han hecho o de oficio, que es lo más cierto por curarse en salud, porque se ha traslucido lo que hace la Inquisición, porque no se conozca su culpa como dejó entrar tanto tiempo ha estas mercaderías en esta ciudad. Tengo por sin duda que por la misma causa el gobernador de esa isla de Tenerife, que es más culpado, ha de hacer la misma diligencia y estorbar que V.Md. proceda en la causa.27 Cuando el gobernador de Tenerife, con su teniente y con el maestre de campo Cristóbal de Frías Salazar, llegó a Garachico y al Puerto de la Orotava, las mercancías de origen extranjero ya habían sido embargadas por el Santo Oficio. De todos modos, la justicia de la isla las embargó también, visitó tiendas y pidió memorias de los libros de la aduana. En realidad, el embargo sólo consistía en la inmovilización de las mercancías, normalmente en manos de sus mismos propietarios, a quienes se convertía en sus depositarios. Y, de todos modos, poca ropa encontraron los comisarios, porque “han repartido muy grande parte así en los mercaderes de toda esta isla como para las islas de La Palma, Hierro y Gomera, y la demás deben de tener escondida, pues no parece ninguna”, según escribía Julián Benvenido de Paz, notario del S.O. en El Realejo, enviado a Garachico para conti-nuar las averiguaciones y diligencias; quien añadía que “en viendo en el lugar ministros del Santo Oficio que van a hacer diligencia, luego dejan las tiendas desiertas sin un palmo de ropa (...) y no falta quien diga que hasta en los conventos así de monjas como de religiosos hay ropa oculta”. “Persona me dijo fidedigna -añadía- que apenas el barco dio el pliego de V.Sª en Santa Cruz, quando vino aviso a Garachico”. El secreto no se había guardado. Del gobernador don Diego de Alvarado decía que su manga ancha “le ha valido gran cantidad de ducados”.28 En verdad, eso era lo que todos pensaban en Tenerife.29 Cuando algunos comentaban con temor que iba a venir un juez de contrabandos, el flamenco Feli-pe Hernández Vestre respondía con jactancia: “no importa, que dineros lo han de hacer todo”; y a los que le señalaban el peligro que corría: “preso por mil, preso por mil y quinientas”.30 Más de uno debía de pensar así. Las informaciones mandadas hacer por el Gobernador a los alcaldes mayores de Garachico o La Orotava nada concluían; como tampoco los bandos del mismo gobernador. Todo tenía truco: los mismos alcaldes -como Bartolomé de Ponte y Pages, alcalde mayor en Garachico; o Antón Delgado, alcalde de La Rambla- eran contrabandistas, y nadie aportaba pruebas. En ausencia de ellas, Alvarado aparentaba que nada sabía. El Tribunal ordenó pedir los libros de almojarifazgos y los de cuentas de los comer-ciantes de Garachico y de La Orotava y su puerto, tomándoles las llaves de arcas y escri-torios, señalando los nombres de los que debían ser visitados.31 Los mercaderes, por su parte, habían hecho desaparecer los libros, dándose el caso de haber cuentas del tráfico con el extranjero hasta 1626 pero no después, y de otros que decían que como no fiaban no necesitaban llevarlas por escrito, o de quienes decían que vendían por menudo y no regis-tran las operaciones. Naturalmente, resultaba muy chocante que no hubiese en las casas particulares referencia escrita de operaciones que, según los libros de aduana, habían sido importantes. En La Orotava, el comisario Chaves ordenó a Guillermo Baltar y a Bernardo Lorenzo, que habían sacado de la aduana muchas mercaderías y que decían no tener libros ni papeles, que en cuatro horas los exhibieran. Los almojarifes, que muchas veces recibían 1933 mercancías, que después negociaban por cuenta propia, como pago de los derechos reales, se resistían también a entregar sus libros. El del Puerto de la Cruz, el capitán Juan Antonio Bustamante, dijo no tenerlos, cuando se los pidió el comisario; hasta que, habiéndosele dado un plazo para entregarlos, así lo hizo.32 El Tribunal ordenó visitar la casa del comisa-rio del Santo Oficio en Garachico y embargar las mercancías que en ella se hallasen; pero desistió de intervenir las que estuviesen en los conventos, “guardando para mejor coyun-tura el hacer la diligencia, respecto de que se deja entender que los que las ocultaron en los dichos conventos no las han de sacar”.33 De la información practicada por el inquisidor Martínez y los notarios del Santo Oficio se desprendió que muchos de los barcos que venían eran ingleses, como por su “hechura” era evidente para los expertos. Sus tripulaciones y mercaderes eran ingleses también, como resultaba de los testimonios de los barqueros que iban a ellos a cargar y descargar, y que dijeron haber visto a bordo a diferentes personas que antes de la guerra venían a la isla y eran en ella conocidas (maestres, mercaderes, grumetes...). Se habla de su indumentaria, a veces, como propia de Inglaterra. Los verdaderos maestres y mercaderes se quedaban en el barco, y saltaban a tierra supuestos maestres o personas que negociaban en representa-ción de los auténticos comerciantes. Quienes desembarcaban eran generalmente france-ses, muchos de ellos protestantes de La Rochelle, precisamente por esos años apoyados por Inglaterra en su lucha contra el rey de Francia. Aunque los pasaportes eran supuesta-mente franceses, los barcos venían de Inglaterra y traían mercancías inglesas. Los extran-jeros que saltaban a tierra se alojaban en posadas o casas de personas con las que tenían tratos comerciales: Juan de Rojas en Garachico; Guillermo Baltar y Domingo Carrillo en el puerto de La Orotava (este último, antiguo alcalde del lugar, y “persona señalada para las visitas que los ministros del Santo Oficio hacen de navíos estrangeros”),34 en La Ram-bla, en la casa del alcalde, Antón Delgado. No todas las mercancías desembarcadas pasaban por la aduana. Varias personas dijeron haber visto cómo de los barcos extranjeros se desembarcaban de noche fardos de ropa y se llevaban a la casa de don Luis Interián.35 Aunque pasasen por la aduana, esto no significa que se registrasen, o que se registrasen bien. Enrique Díaz, maestre de un barco, declaró que una noche vio cómo se descargaba ropa de un barco y se llevaba a la aduana, estando Felipe Hernández Vestre en la playa y en la aduana los dos guardas; y que sus marinos comentaron que no debía ser buena ropa la que entraba a escondidas.36 El regidor Cristó-bal de Frías y Salazar declaró ante el inquisidor Martínez que en las actas de las visitas de salud hechas por el Gobernador o sus comisarios, y en particular en las de los últimos meses, “no consta por ellas haber visitado mercadurías de lana de las que (...) solían traer los ingleses en tiempo de paces, y así están muy encontradas las dichas visitas con los libros de las aduanas, que no se sabe quién tenga culpa dello”.37 De las visitas de la Inqui-sición tampoco había que fiarse.38 De hecho, el Tribunal reconocía que no se habían hecho bien.39 Todo esto, aparte de hacernos vislumbrar las magnitudes del contrabando y el frau-de, nos obliga a una actitud de escepticismo frente a las fuentes, especialmente en sus aspectos cuantitativos. Además, es evidente la pérdida de documentos. Cuando al capitán Bartolomé de Ponte, alcalde mayor de Garachico, se le piden por el Santo Oficio las actas de las visitas de salud realizadas en los últimos meses de 1627, dice que sólo puede aportar algunas, que estaban en poder de diferentes escribanos, porque otras las había enviado al Gobernador.40 Estas últimas no se conservan, y el testimonio de las primeras posiblemente 1934 no es completo. Fundamentalmente por la misma razón, por la pérdida de documentos, las actas de las visitas de navíos hechas por el Santo Oficio no pueden constituir una fuente suficiente para el estudio estadístico del tráfico marítimo. Por eso, los cuadros que inclui-mos al final de esta comunicación han de aceptarse con reservas, con un valor meramente indicativo, y el volumen de tráfico que muestran sólo como un mínimo. Las mercancías importadas eran principalmente géneros textiles, algunos de ellos ya confeccionados, dentro de la variada gama propia de la época.41 De 58 barcos extranjeros llegados a Tenerife en los años de la guerra cuya carga conocemos, 42 traían ropa. En segundo lugar (23 barcos) venían la madera y otros elementos para fabricar las pipas de vino (madera labrada y por labrar, cabezas de pipas, arcos, clavos de pipas). A mayor distancia, lo que podríamos denominar productos químicos y sustancias diversas;42 muni-ción y pólvora (6 barcos, incluso ingleses); productos metálicos;43 pescado salado (baca-lao, sardinas, arenques, pescadas); carne y derivados animales (carne de vaca, manteca, sebo, cueros, cera); ocasionalmente, cereales (sólo 4 barcos); efectos navales (estopa, ca-bles de jarcias, áncoras); y otros artículos, variados pero con poca frecuencia.44 Es imposi-ble establecer el origen de navíos y mercancías, toda vez que no podemos saber si los pasaportes que traían eran auténticos o no. El Santo Oficio pidió el parecer de diferentes comerciantes, como expertos en la materia, acerca de la procedencia de las telas, y algu-nos de ellos emitieron interesantes apreciaciones sobre las diferencias de calidad y carac-terísticas entre unos tejidos y otros; pero parece improcedente reproducirlas aquí, e inclu-so inútil, porque varios decían que los géneros de unas partes se reproducían e imitaban en otras, y a la postre nos da la impresión de que las declaraciones estaban sesgadas según cuál fuese el interés de cada uno de los que las formulaban. En todo caso, la voz común era que la mayoría de los barcos procedían de Inglaterra, y ésa era también la convicción del Tribunal, de la Real Audiencia y de la Corte. La carga de retorno fue, en todos los casos conocidos, siempre vino. En cuanto a las prisiones, muy pocas pudieron hacerse, puesto que, como hemos dicho, los barcos no entraban en los puertos, contadas personas desembarcaban y todos estaban con mucho recelo. En junio de 1626 se vio en el Cabildo una carta escrita desde un barco inglés que estaba frente al puerto de La Orotava dirigida a Josias Dean, mercader de esa nacionalidad, indicándole qué mercancías traía y consultando si sería recibido.45 Algunos descargaban “barcadas” de ropa contra otras de vinos. Cuando los comisarios llegaron a los puertos, los barcos habían zarpado o se apresuraron a hacerlo, en ocasiones interrum-piendo sus operaciones de carga o descarga. En la playa de La Rambla dejaron abandona-das 200 pipas llenas de vino.46 Algún navío levó anclas, llevándose el vino, sin haber terminado de descargar las mercancías que debía dar a cambio. El alguacil del Santo Ofi-cio sólo pudo prender a Jaques Petit, maestre del navío “San Pedro”, que decía venir de Calais, y a Phelipe Bernardos, mercader, en Garachico,47 y a Jacob Valdique, alemán, maestre y mercader del “San Antonio”, que traía pasaporte de Hamburgo, y a Henry Isham, porque vendieron o hicieron desaparecer unas mercancías que se habían embargado.48 Guillermo Baltar, tenido por católico, casado en La Orotava con una hermana del padre provincial de la orden de San Francisco, huyó de Garachico en febrero de 1628 en un barco inglés que se marchó sin cargar ni descargar, por habérsele ordenado que entrase bajo el alcance de la fortaleza.49 Parece ser que temía la investigación iniciada por el Regente, aunque en muchas operaciones Baltar era un hombre de paja, que actuaba por 1935 orden y en nombre de Vestre o de Isham. En enero de 1628, en efecto, anunciaba Carvajal en la Audiencia su inminente paso a Tenerife, “donde ha de ser la ocupación principal”, y pedía se le entregaran varias causas pendientes en las que estaban implicados extranjeros. Se trataba, por lo que parece, de pleitos de particulares, menos una causa abierta por el gobernador de Canaria contra Nicolás Martínez, por la ropa de contrabando que le remitió desde Tenerife don Luis Interián.50 Los embargos y prisiones realizados por el Santo Oficio quedaron, finalmente, en nada. Se invocó y aplicó unas cartas-órdenes del Consejo de 1594, cuando se había producido un apresamiento de barcos y marinos holandeses que habían venido con falsos pasaportes; y en virtud de aquéllas se estimó que no correspondía proceder contra los que no constase que hubiesen delinquido en materia de fe: “que por sólo que los navíos y gente dellos sean y vengan de tierras de herejes y rebeldes a su Mgd, que no se proceda a inquirir contra ellos en el crimen de herejía”. En consecuencia, en marzo de 1628 el Tribunal acordó que se apercibiese a los extranjeros y vecinos de la isla “que de aquí adelante se abstengan de tratar y contratar con los dichos ingleses y de otras provincias rebeldes (...) y que de lo contrario se procederá contra ellos (...), y hecho esto se les vuelvan las mercaderías (...) alçando los embargos dellas porque no se quejen, soltando los que estuvieran presos con-tra quienes no hubiere otra culpa más de haber venido en los dichos navíos (...), porque no parezca que el Santo Oficio quiere impedir el comercio ni proceder en cosa que no le toca”.51 Sólo se exceptuaban los bienes de los extranjeros que hubiesen huido, en relación con los cuales se consultó al Consejo. Algunos de los embargos realizados por otras auto-ridades quizás sí se hicieron firmes, dando lugar a confiscaciones, aunque tenemos poca información y pensamos que debieron de ser excepcionales.52 La noticia, en abril de 1628, de que en la Corte se decía, por el propio Olivares y por los consejeros de Guerra, que en Tenerife se trataba con enemigos y rebeldes dio pie a varias sesiones de Cabildo en que se discutió cómo defender el nombre de la isla. Se desestimó de momento enviar un mensajero, porque el parecer de la mayoría de los regidores fue el de que ello suponía un cierto reconocimiento de culpa, pero se acordó remitir al Consejo de Guerra testimonio de todos los cabildos en que se había tratado del contrabando, así como de las diligencias hechas. Alvarado repetía que en cuatro años que llevaba como Gobernador nunca había sabido que se comerciase con ingleses u holandeses.53 Una vez más se trataba de oponer a la realidad lo que rezaban los papeles. Cuando al año siguiente volvieron a llegar desde Madrid informes acerca de la repetición de tales juicios, se eligió a uno de los regidores, Juan de Mesa, para ir a la Corte, aunque se estuvo a la espera de que llegase el nuevo Capitán General, por si las órdenes que traía fueran perjudiciales para la Isla y conviniese quejarse de ellas.54 En 1628 fue autorizado Adrián Páez, flamenco residente en Málaga, a introducir en Castilla hasta un millón de escudos en mercancías de contrabando, aunque fuese en navíos enemigos, y sacar su procedido en frutos del país.55 En Tenerife se planteó la cuestión de si la permisión se extendía a las Islas, porque en el asiento se hablaba de señalar diez puertos, y no se nombraba expresamente los de Canarias; pero, ante la indefinición, desde luego se recibió a los que vinieron, que fueron varios, ingleses, en 1629 y 1630.56 1936 Las islas se resintieron con las prohibiciones, a pesar de todo. A lo largo de 1629 son frecuentes las quejas en el Cabildo de Tenerife por la falta de comercio, que producía el desabastecimiento en algunos artículos fundamentales. Más de una vez, la madera de pi-pas llegada del extranjero fue repartida entre los cosecheros, mediante el pago de su valor: en marzo de 1628, la que trajo un navío de Hamburgo se repartió entre los miembros del Cabildo y unas pocas personas más, a razón de medio millar por cabeza. Con referencia a los regidores se especificaba que “todos tienen heredades”: Tenerife era una viticocracia. La que llegó en otro barco de Hamburgo en marzo del año siguiente alcanzó para más, porque aparte de los regidores recibieron también medio millar un total de cuarentisiete “vecinos ciudadanos y señores de vinos”, entre los que se encontraban el comisario de La Laguna y el alguacil mayor del Santo Oficio en Tenerife. Y es que, como manifestaba en el Cabildo uno de los regidores, “la madera de pipas en esta isla es de mayor sustancia que el mismo trigo”.57 Los precios, como resultado de la escasez y de la especulación, habían subido, pasando de menos de 500 reales el millar (1.200 duelas) antes de la guerra a 800 y hasta 1000 reales por millar. Repetidas fueron las propuestas de enviar mensajero a la Corte y las protestas por las actuaciones del Regente Carvajal, que abrió procesos y encar-celó a un cierto número de vecinos. De alguno de los procesos tenemos mayor noticia por haberse suscitado conflictos de jurisdicción, como fue el caso de la prisión y embargos a don Luis Fernando Prieto de Saa, familiar y notario del Santo Oficio, regidor y pretendido señor de La Gomera.58 Quizás la contracción del comercio, y la consiguiente reducción de los beneficios, pro-vocó o aceleró procesos de monopolización en las relaciones con los extranjeros; o quizás sólo agudizó las tensiones entre intereses contrapuestos. En Tenerife, en cabildo de 5 de noviembre de 1629, varios regidores, y con mayor énfasis el personero general, transmi-tieron y expresaron una queja al parecer común contra ese fenómeno, “que viene a ser tan público y tan general y conocido el daño que ya era tiempo de que se tratase de su reme-dio”. 59 Uno de los capitulares, el regidor Francisco de Molina Quesada, decía así: que lo que pudiera ser dañoso y por todos caminos se ha procurado atajar (...) son los monipodios y que haya personas particulares que valiéndose unas de otras se señoreen de todo el trato y comercio de la isla, atravesando todas las mercadurías que a ella vienen y haciéndose dueños de darles la carga ofreciendo comprar por su mano los vinos a los vecinos desta isla, ofreciéndolos por menos precio y tomando las mercaderías en sí, de forma que éstas las compran muy baratas y las venden muy caras, y comprando barato el vino por estrechar que solo ellos sean los compradores los vendan muy caros. Se denunciaba “que algunas personas con mano poderosa y con violencia solicitan a los extranjeros que a esta isla vienen a que hagan con ellos partida y no con otras perso-nas”. Se hacía mención explícita de Henrique Isham, del que se decía “que no hay vecino mercader que inmediatamente trate con los dichos mercaderes, sino que el sobredicho recibe en sí las mercadurías y por su mano corren (...), y desto resulta empobrecerse los moradores y vecinos”.60 Isham, a pesar de su delicada situación, de los procesos y de la detención que padeció, no se amilanó, sino que se querellaría, ante la Audiencia, contra el Cabildo. Las acusaciones por monopolio se extendían a algunos regidores, y quizás el Gobernador tenía algo que ver. Por lo pronto, en el Cabildo dijo -lo que chocaba con la 1937 pública protesta- que nunca había sabido ni entendido que los mercaderes que venían a la isla no tratasen libremente. En enero de 1630 se trasladó a Tenerife un oidor, don Andrés Corrionero, respondiendo a instancias del Cabildo tinerfeño en orden a poner coto a los abusos de los atravesadores. También acudía Corrionero en virtud de la querella de Isham contra el Cabildo, y vicever-sa. Después de la correspondiente averiguación, dictó el 12 de enero de 1630 un auto que, aunque no se cumpliese, nos informa acerca del alcance del problema. Aparte del encare-cimiento de las mercancías importadas y del empobrecimiento de los más débiles, se de-nunciaba el envío de mercancías extranjeras a Indias, donde corrían a precios más bajos que las enviadas desde la Península. Además, que el déficit de la balanza comercial con Europa se saldaba con la oculta salida de plata, labrada y sin labrar, lo que se disimulaba con “fingidas” letras de cambio para adquirir mercancías en otras islas o en la Península. La escasez de moneda, a su vez, obligaba al trueque. Para evitar el acaparamiento, se ordenaba que mercaderes y almojarifes hicieran pregonar la llegada de navíos, para que dentro de los cuatro días siguientes los vecinos pudiesen comprar de lo que el barco traje-se. A la madera de pipas, por su decisiva importancia en la economía vinícola, se aplicaba esto muy particularmente, ordenándose que se repartiese entre las personas que acudieren a comprarla conforme a la cosecha de cada uno. Para evitar que los poderosos especulasen con la venta del vino en el momento de llegar los barcos, en perjuicio de los pequeños viticultores, sólo se permitiría que cada cosechero vendiese su propio vino, o el que hubie-se adquirido al menos tres días antes de la arribada del navío. Una vez más se mandaba que los almojarifes no despacharan los navíos si el valor de los frutos que sacaran no importara la misma cantidad que las mercaderías que se hubiesen introducido.61 A mediados de 1629 había llegado como Capitán General de las Islas Juan de Ribera Zambrana, quien lo sería hasta 1634. En seguida chocó con el Cabildo de Tenerife, por-que, habiéndole presentado éste sus dudas acerca de los barcos de la permisión de Adrián Páez, prohibió a los regidores y al Gobernador, bajo fuertes penas, tratar de asuntos de guerra y contrabando. El Cabildo apeló.62 Al año siguiente nombró a su hijo don Luis de Ribera Baena como lugarteniente suyo en Tenerife, lo que lesionaba e invadía la jurisdic-ción de Alvarado Bracamonte en tanto que capitán a guerra. En el cabildo en que se pre-sentó el título del susodicho, Alvarado lo contradijo vehementemente.63 El choque del Capitán General con la Real Audiencia no fue menor. Los oidores des-aprobaban las actuaciones del militar en materia de contrabando, actuando por su cuenta y obstaculizando las gestiones de los jueces de contrabando y de los propios oidores. En noviembre de 1629, aún de buenas maneras, la Audiencia le reprochaba el haber estorbado el procesamiento de Henrique Isham, le decía que estaba mal aconsejado y le pedía que se volviera a Las Palmas.64 Al año siguiente, alarmados los oidores por tener entendido que había en Tenerife entre 28 y 30 barcos de ingleses y holandeses, que habían venido “juntos en tropa” y que continuaban cargando vino e introduciendo mercancías, enviaron una provisión ordenando se favoreciese a don Pedro de Silva, Juez de Indias de Tenerife y nuevo comisionado por la Junta del Almirantazgo para las cosas del contrabando, al tiem-po que repetía al Capitán General, que alargaba su estancia en La Palma, que regresara. Su hijo don Luis de Ribera, que tenía organizado un negocio particular con la recepción de navíos (dos ducados por pipa), prendió a don Pedro de Silva y a los ministros que la 1938 Audiencia envió para auxiliarle. La Audiencia entonces abandonó el lenguaje diplomático y requirió formalmente al Capitán General para que pusiese fin a tan escandalosa situa-ción y liberase a Silva. El Capitán General y su sobrino don Alonso de Ribera, dejado por aquél en Gran Canaria como su teniente, atropellaron a los oidores en Las Palmas, con las armas en la mano, los encerraron y golpearon a sus servidores. El obispo hubo de interce-der. La Audiencia acordó enviar a uno de los oidores a la Corte, para informar. Ribera alegaba, en escrito al Rey, que los vecinos y el Concejo de Tenerife se quejaban de don Pedro de Silva, quien extorsionaba a los mercaderes extranjeros para que le pagaran con mercancías o dinero, citando varios casos.65 Posiblemente también eso era cierto, de tal manera que el enfrentamiento entre el Juez de Indias y el Capitán General no era sólo una cuestión de competencias, sino de disputa del botín. Ribera procesó a los mercaderes, tanto extranjeros como canarios, que recibieron mercancías de los barcos autorizados por don Pedro de Silva, hasta que al Capitán General le fue retirada, por real cédula, la Superintendencia, remitiéndose las causas a la Real Audiencia. El 15 de noviembre de 1630 se firmaba en Madrid el tratado de paz, que era casi una reproducción del de 1604.66 Con él volvía a ser legal el comercio con Inglaterra. Pero en diciembre aún no se sabía en Canarias. La Real Audiencia envió al Cabildo de Tenerife una provisión ordenándole preparar salas en el Ayuntamiento y seis casas para los oidores y secretarios, porque iba a trasladarse a Tenerife -o, al menos, así amenazaba- en vista de que su cabildo incumplía sus provisiones y se continuaba recibiendo a navíos enemigos.67 El Cabildo protestó, defendiendo como siempre su buen nombre, pero también oponién-dose al traslado. El personero general se trasladó a Las Palmas para alegar ante la Audien-cia, y ante la tibia reacción de ésta se acordó enviar mensajero a la Corte.68 La paz con Inglaterra hizo todo esto innecesario. Las cosas volvieron pronto a la situación de antes de la guerra. En 1631 vemos a Henry Isham salir como fiador de alguien que pide licencia para cortar madera para hacer un barco,69 y al año siguiente concertándose con el Cabildo de Tenerife para traer 2.000 fane-gas de trigo de fuera de la isla, saliendo por fiadores suyos Diego de Argumedo y otros conocidos prohombres tinerfeños.70 Algunos de los ingleses que habían salido de la isla retornaron en seguida: a Josias Dean lo encontramos de vuelta en Tenerife incluso antes de acabar la guerra, al amparo de la licencia dada a Adrián Páez; Juan Foler, otro de los expulsados, aparece en documentos de 1633 como mercader que recibe barcos ingleses.71 El comercio del vino -en la medida en que lo conocemos- no sólo se recuperó, sino que pronto superó los niveles alcanzados antes de la guerra.72 La dependencia económica res-pecto a Inglaterra se consolidaba. Esta comunicación ha pretendido ser una aportación al estudio de estos fenómenos, aún no suficientemente conocidos. A P É N D I C E 1939 NAVÍOS EXTRANJEROS ARRIBADOS A LA ISLA DE TENERIFE NOTAS Puerto Fecha Barco Procedencia Maestre Mercader Carga Pto. de La Orotava XII-1625 «Prima Rosa» Inglaterra (vía S.Miguel) Juan Eles trigo, bacalao, habas, sardina Pto. de La Orotava XII-1625 Inglaterra ropa Pto. de La Orotava XII-1625 Inglaterra ropa Pto. de La Orotava I-1626 Bristol manteca, carne, sardinas,bacalao Pto. de La Orotava I-1626 Londres ropa Pto. de La Orotava I-1626 Londres ropa Garachico VI-1626 Irlanda Vicente Castillo (en Tenerife) manteca, carne, madera, ropa Pto. de La Orotava VI-1626 Inglaterra (vía Berbería) Josias Dean (en Tenerife) cera,dinero Pto. de La Orotava VI-1626 Inglaterra (vía Berbería) cera,dinero Pto. de La Orotava VI-1626 Irlanda Pto. de La Orotava VII-1626 «La Esperanza» Hamburgo Richard Arusel Juan Jaques (en Tenerife) ropa,carne Pto. de La Orotava VIII-1626 Hamburgo Luis Interián ropa, carne, alpiste, clavos Pto. de La Orotava VIII-1626 Hamburgo ropa, clavos, manteca, añil Garachico I-1627 «El Cazador» Calais Francisco Cornelio Juan Jaques (en Tenerife) ropa, químicos metálicos Garachico I-1627 Francia (vía Berbería) Garachico II-1627 «La Ballena» «no dice» Gaspar Pérez ropa Garachico III-1627 «San Juan» Francia Juan Goret Alexandre Bernabé ropa Garachico III-1627 «La Paloma» Francia (vía Berbería) Esteban Godofre ropa, añil,velas Garachico IV-1627 «La Morena» Calais Agustín Pedro Pedro Guillete ropa Garachico IV-1627 «El Imperial» St. Malo (vía Madeira) Esteban Godofre Garachico VI-1627 ¿»San Pedro»? Calais (vía Madeira) Felipe Bernardo ropa Garachico VIII-1627 «San Juan» Calais Juan Galán Samuel Pleus ropa Garachico VIII-1627 «San Pedro» Hamburgo Jacome Cornelio Gil de la Muela Felipe Hdez. Vestre ropa, clavos, muebles, millo Garachico IX-1627 «San Pedro» Calais capitán Samuel Felipe Bernardo Juan de Rojas Garachico IX-1627 «La Margarita» Garachico X-1627 «San Francisco» Dieppe (vía Berbería) Jaques Arcelin Diego de Argumedo Conrado Brier Hdez.Vestre Bmé. de Aponte Gmo. Baltar cueros, cera Garachico X-1627 «El Ángel Maestro» Hamburgo Juan Ángel Juan Jacques Adolfo Pérez muebles ropa, espejos, madera, libros, centeno Garachico XI-1627 «San Luis» Juan Migan Felipe Hdez.Vestre Gaspar Rodríguez ropa, munición, metál., quím. Garachico XI-1627 «La Paloma azul» Tomas Caren Hdez. Vestre, Isham Guillermo Baltar ropa, lino, algodón Garachico XI-1627 «El Ángel Gabriel» Francia Guillermo Cornieles Adolfo Pérez Gaspar Pérez ropa 1940 Puerto Fecha Barco Procedencia Maestre Mercader Carga Garachico (y Orotava) XI-1627 «San Pedro» Hamburgo Juan Villançon Felipe Hdez. Vestre Guillermo Baltar ropa, almidón, caparrosa Pto. de La Orotava XI-1627 «Santo Tomás» Francia Juan García Diego de Sirvete Pto. de La Orotava XI-1627 «San Antonio» Dantzig Jacob Valdique Pedro de Bolinao,Baltar Bmé. Lorenzo, Isham ropa,lino,munición Pto. de La Orotava XI-1627 «La Susana» Dantzig Josen Hal Bernardo Lorenzo, Hdez. Vestre Pto. de La Orotava XI-1627 «Ave de Gracia» Francia (vía Berbería) Nicolas Otes Pedro de Bolinao, Isham,Gmo Baltar Pto. de La Orotava XII-1627 «El Alejandro» Francia Juan de Lilo Garachico XII-1627 «San Pedro» Calais Jacques Petit Thomas Edmonçon calasimbre,estaño, ropa Garachico XII-1627 «San Luis» Francia Pedro Broys Felipe Hdez. Vestre ropa Pto. de La Orotava I-1628 «Caballo Blanco» Francia Bartolomé Buquete ropa S. Cruz Tenerife III-1628 Hamburgo Juan Jaques de Lange (en Tenerife) madera Pto. de La Orotava IV-1628 Francia Diego de Chiverete (en Tenerife) pescado salado Pto. de La Orotava 9-V-1628 «Santo Tomás» Cherburgo Tomas de Ley Diego de Chiverete (en Tenerife) pescado salado S. Cruz Tenerife II-1629 «San Nicolás» Hamburgo Federico Justo Federico Justo madera, almidón S. Cruz Tenerife III-1629 Hamburgo madera S. Cruz Tenerife 1-VI-1629 «La Catalina» «Borage» Jaques Anssol Salomon Ducassé (en el navío) trigo, papel Garachico 22-XI-1629 «San Luis» Rouen Johanes Ronhel Juan Lorenzo (en el navío) S. Cruz Tenerife 27-XI-1629 «La Francesa» St. Malo Simon Marron Simon Marron (en el navío) madera de pipas, ropa Pto. de La Orotava 11-XII-1629 «La Susana» Londres John Spencer John Spencer (en el navío) ropa Pto. de La Orotava 12-I-1630 «Viere de boc» Hamburgo Federico Gosteri Federico Gosteri (con el navío) ropas vidrio S. Cruz Tenerife 13-I-1630 «El Pelicardo» Olonne Francisco de Boabin Isa Bursei (con el navío) ropa, arcos, papel Pto. de La Orotava 15-I-1630 «Juan» Londres-Plymo-uth Peter Steward Pedro Kekenvich (con el navío) ropa,pescado Pto. de La Orotava 15-I-1630 «El amor» Plymouth Robert Mill Guillermo Hen (con el navío) madera, ropa Garachico 2-III-1630 «El león blanco» Hamburgo Peter Janssen Peter Janssen ropa S. Cruz Tenerife 11-IV-1630 «El conde de Endem» Hamburgo Giraldo Niculás Antonio de Fonseca (en Tenerife) ropa, madera S. Cruz Tenerife 11-IV-1630 «El galgo cazador» Dantzig Jaques Pedro Juan Jaques (en Tenerife) madera, ropa Garachico 12-V-1630 «Santiago» Dunquerque Jacob Wilhen Jacob Wilhen (con el navío) madera, ropa, pólvora, jarcias S. Cruz Tenerife Junio-1630 Inglaterra Thomas Dobsson Guillermo Liche madera,pólvora, carne, sebo S. Cruz Tenerife Junio-1630 «El conde de Endem» Hamburgo Giraldo Niculás Antonio de Fonseca ropa Garachico 16-VIII-1630 «La Maya» Inglaterra Stidston Richard Isaac Miguel Bernardo (en Tenerife) madera, manteca Garachico agosto-1630 Inglaterra Thomas B... S. Cruz Tenerife 3-IX-1630 «San Nicolás» La Rochela Lorenzo Cado Diego de Volinao (en Tenerife) madera, arcos S. Cruz Tenerife 12-IX-1630 «San Pedro» La Rochela Pedro Seguin Pedro Corel (con el navío) arcos, ropa Pto. de La Orotava 25-IX-1630 «El Deseo» Suffolk John Hubsson Enrique Isan pescado S. Cruz Tenerife 28-IX-1630 «El conde de Endem» Hamburgo Giraldo Niculás Antonio de Fonseca (en Tenerife) ropa, madera Garachico 28-IX-1630 «La bendición» Calais Johan Manin Pedro Manin (con el navío) pólvora, clavos, jarcias S. Cruz Tenerife 16-XI-1630 «El grave» Hamburgo Pedro Adrián Fernán Pinto (en Tenerife) madera, ropa S. Cruz Tenerife 16-XI-1630 «El sol amarillo» Hamburgo Reynel Simon Antonio de Fonseca (en Tenerife) madera, ropa S. Cruz Tenerife 1-XII-1630 «El cazador» Nantes Cornieles Niño Cornieles Niño (con el navío) arcos, ropa, madera 1941 1 H. CH. LEA: Historia de la Inquisición española, Madrid, Fundación Universitaria Española, 1983, Tm. III, pp. 266-267. El escrito del Inquisidor General se reproduce en la p. 983. 2 British Museum, Egerton ms., 1512, fº 242 vº y ss. 3 Archivo Municipal de La Laguna, (A.M.L.L.), Actas Capitulares, Oficio (Ofº) 1º, Libro (Libº) 22, fs. 224 y ss. 4 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fs. 241 vº y ss. 5 Vid. J. DE VIERA Y CLAVIJO: Noticias de la Historia General de las Islas Canarias, Santa Cruz de Tenerife, Goya Ediciones, 19716, Tm. II, p. 185. 6 El regidor Alonso de Llerena Carrasco y Ayala en cabildo de 6-II-1627. A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fº 275 vº. 7 Cabildo de 15-II-1627, Idem., fº 277. 8 Conocemos los nombres de Nicholas Tenche, John Foller, Josias Dean, Miguel Onte y Roberto, criado de Henry Isham, todos los cuales se embarcaron por Garachico. Archivo del Museo Canario (A.M.C.), XXXI-15. A ellos se añaden Guillermo y Benjamín Hal. 9 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fº 340, 17-XI-1627. 10 Intervención, en el mismo cabildo, del licenciado Francisco García Sánchez, Idem., fº 342 vº. 11 Archivo Histórico Provincial de Las Palmas (A.H.P.L.P.), Real Audiencia, Libro II de Reales Cédulas, fs. 269-270 (nuevos, 85-86). 12 British Museum, Egerton ms., 1512. 13 A.M.C., Inq., LXXXIII-1, fº 2 y ss. Se trata de un documento de 139 hojas útiles que recoge las actuacio-nes del Santo Oficio en este asunto entre el 10-XII-1627 y el 27-I-1628. 14 Idem., fº 35. 15 Idem., fº 39 vº, 23-XII-1627. 16 Idem., fº 38 vº. 17 A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 73. Se trata de un documento de 113 hojas útiles. 18 “En las diligencias pasadas se procedió floxamente y así proceden los ministros desa ysla en lo que se les encomienda, de donde resulta no aver secreto e impedirse el dicho Santo Oficio”, A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 7 vº. 19 Fueron visitadas las casas de Henry Isham, inglés; Juan Jacques de Lange, flamenco; Hernando Pinto, portugués; Gaspar Hernández; Antonio Pérez, portugués; Diego de Argumedo, almojarife; Domingo Bolinao y Jorge Bernardes, franceses; don Luis Interián, almojarife mayor; Gaspar Álvarez; Antonio de Fonseca, portugués; Alonso Rodríguez Bello, castellano; y Pascual Francisco, todos ellos mercaderes; así como la de Violante Ramírez, tendera. 20 Fueron las casas de Felipe Hernández Vestre (flamenco), Adolfo Pérez o Piers (flamenco) y Conrado Brier; y las tiendas de Salvador Pérez, Juan Díaz Flores, Pedro Doble, Diego Angelin, Francisco Afonso, Juan de Ávila, Melchora de los Reyes; y de Asensio López, Pedro Díaz y Domingo González (estas tres últimas, “tiendas de toneleros”). 21 Casas de Antón Delgado, alcalde, de Felipe Pérez y de Baltasar Hernández. 22 Casa de Francisco Pérez, hacienda de los Príncipes (mercancías de Luis de Interián) y casa de Francisco Lorenzo. 23 A.M.C., LXXXIII-1, fº 18. Juan González, mercader vecino de Las Palmas, declaró que en el pasado había comprado mercancías inglesas a Luis de Espinosa, a Jorge Oflaque, a Gerónimo Vaniverde y a 1942 Nicolás Martínez, “que las tenían y venían de encomienda en tiempos de paces y que se las remitían de Tenerife”, Idem., fº 129 vº. 24 Entre los primeros estaban Manuel Ruiz, Agustín García, Juan de Ávila, Bartolomé Díaz, Justa Sánchez, Matías Lorenzo, Andrés Castrillo, Domingo González, María de Estariol, Antonio Díaz de León y Juan González; entre los segundos, Antonio Borges y Pedro Gallardo; y, sin precisar su categoría como comer-ciantes, se citaba además a Francisco de Figueras, Isabel Paula, Úrsula Rodríguez, Leonor Tello, Melchora de los Reyes, Ana Sánchez, Gregorio de Golfos (Guía) e Inés Felipe (Guía). 25 Honorado Estacio, familiar del S.O. y mercader, declaró (25-I-1628) que varios mercaderes no se atrevie-ron a comprar, al ver que no las aceptaba Isaac Juan, mercader francés avecindado: “y con deber muchos dineros el dicho Luis de Espinosa al dicho Isaque y quererle pagar con dichas mercadurías, importunán-dole para que tomase cantidad dellas antes que nadie, no lo pudo acabar con el dicho Isaque, siendo así que ordinariamente es el pagarse los mercaderes con ropa que toman unos de otros, y si se la diera de géneros corrientes tiene por cierto que la tomara el dicho Isaque”, A.M.C., LXXXIII-1, fº 121 vº. Por lo mismo no compraron Nicolás Martínez, natural de Flandes, regidor; Francisco Gutiérrez de Ávila, Mi-guel Juan Pol, flamenco; Juan González y Julián Arnao, francés, llamados a declarar. 26 J. DE VIERA Y CLAVIJO: Noticias de la Historia General..., Tm. II, p. 190. 27 A.M.C., LXXXIII-1, fº 49 vº. 28 Carta de 31-I-1628. A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº5. En una junta de los inquisidores de 14-III-1628 se dice que también se habían enviado para Indias mercancías de las de contrabando, A.M.C., CXLVII-29, fº 19. 29 “Es común opinión que cada navío de éstos le ha valido al Gobernador don Diego de Alvarado muchos ducados por darles licencia”, declaraba Fr. Domingo de Brito, franciscano de Garachico (A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 39); “que los niños lo cantan por la calle”, decía Fr. Antonio del Espíritu Santo, dominico en el mismo lugar (Idem., fº 54 vº). 30 Según se decía, “de poco tiempo a esta parte es tenido por rico y que tiene buen caudal y que de antes era muy moderado”. Hacía de gran intermediario y en 1627 descargó y despachó al menos siete barcos (Hojas sueltas nº 4, fº 46 vº y 59 vº) 31 Eran en Garachico el capitán Vicente Castillo, del que se advertía que en otras ocasiones había escondido sus libros y papeles, Felipe Hernández Vestre, Juan Jaques, Thomas Edmonçon, Conrado Brier, Martín Duarte, Diego de Sirvete, don Luis de Interián, don Martín del Hoyo y don Bartolomé de Ponte; y en La Orotava, Guillermo Baltar, Bernardo Lorenzo, Pedro Martín Jorjeone y Pedro de Tovalla. A.M.C., Hojas sueltas, nº 4. 32 A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 76. 23-I-1628. 33 A.M.C., Hojas sueltas, nº 4, fº 116 vº, auto de 16-II-1626. Entre otros testimonios, el Tribunal contaba con la declaración del mercader francés Esteban Godofre, quien refirió que en Londres supo que un francés hugonote de La Rochelle había reclamado judicialmente a un mercader inglés “sobre que le tomase en quenta las costas que había hecho en meter y ocultar las mercadurías en los conventos de la dicha ysla de Tenerife y limosnas que decía había dado a los frailes por ello”, A.M.C., LXXXIII-1, fº 137 vº. 34 A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 97. 35 A.M.C., Hojas sueltas, nº 4, fº 51 y 59 vº. Sus esclavos moros y negros los llevaban a su casa de la Caleta de Interián. 36 A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 42 vº, declaración de 28-I-1628. 37 A.M.C., CXLVII-29, fº 70 vº, declaración de 24-I-1628. La cursiva es nuestra. Salazar, que había sido comisionado del Capitán General Andía para asuntos de contrabando, había pretencido mantener esta comisión después de haberse ido éste de las Islas, a lo que el Gobernador Alvarado se había opuesto. En el Cabildo, Salazar mantenía una postura de denuncia del contrabando. 38 El capitán Bartolomé Gan, familiar del Santo Oficio en Garachico, decía que el comisario iba siempre solo a visitar la ropa en la aduana y nunca lo llamaba, insinuando que no quería testigos. A.M.C., Hojas 1943 sueltas nº 4, fº 36, declaración de 28-I-1628. 39 “Que por falta dél (de notario) no se han hecho exactamente las visitas de navíos y sería posible que de no haberse hecho como se deben hayan resultado estos inconvenientes”, 23-XII-1627, A.M.C., LXXXIII-1, fº 39 vº. 40 A.M.C., LXXXIII-1, fº 86. 41 Los tejidos relacionados son los siguientes: albornoz, anascote, angeos, bayetas, bitre de la rosa, bomba-sí, borlón/nes, brabante, brin, bucarán, cambrais, cariseas, coleta cruda, cordellate, crea, estameña, frisas, frisetas, fustanes, gante, holandilla, lanillas, leoncillos, lienzos (de “aforro”, enrollado, “empapelado”, navales, para arpilleras), lino, lonas, londres, medios londres, merselanes, novato, perpetuanes, paños, pasamanos, picote, picotillo frailesco, ruán, saltalarroyo, sargas, sarguetas, sarguillas, seda (listones de—), semisan, y telillas. Confecciones textiles: antepuertas, cilicios (de lino y lana), coberto-res, colgaduras de lana, ligas de lana, manteles alemaniscos, medias (de distintos tipos), molinillos de lana y de seda, pañuelos, sobremesas de lana y valonas; además de agujetas (de cuero), botones de cerda, bramante, cintas, hilos (diferentes), liñas torcidas y pabilo de algodón. 42 Caparrosa, goma arábiga, calasimbre, añil, engrudo, almidón, drogas de botica. 43 Estaño, cuchillos, tijeras, clavos, corchetes, alambre, alquitaras, braseros, bacinicas, calderas para coci-na, calderas de cobre para ingenios, candeleros (de latón, de bronce), candados, fuentes, aguamaniles. 44 Balones de papel, frascos de vidrio, cuerda de arcabuz, espejos, muebles (escritorio, bufete, cofres, arma-duras de cama, escabeles), cajetillas pintadas, libros (tres de leyes, en latín), velas de sebo. 45 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fº 219, 15-VI-1626. 46 A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 115. 47 Los detenidos (en diciembre de 1627) fueron puestos en la cárcel pública de La Laguna, A.M.C., LXXXIII-1, fs. 105-108. 48 A.M.C., CXLVII-29, fs. 50-54. En marzo de 1628 estaban en la cárcel de La Laguna. 49 A.M.C., CXLVII-29, fº 55. 50 A.H.P.L.P., Real Audiencia, Libro II de Reales Cédulas, fº 87. 51 A.M.C., Idem., fs. 23-24. 52 En 1643, en una escritura de tributo, se hace referencia al “proceso sobre la cobranza de los bienes confiscados de Jaques Balduque por de contrabando”, que habría pasado ante el mismo escribano. A.M.L.L., Libro de fianzas de lonjas, ventas... (etc.), ante Salvador Fernández de Villarreal, 1630-1652, año 1643, fº 281. 53 A.M.L.L., Actas Capitulares, Of1º 1º, Libº 22, fs. 362 y ss. (cabildos de 11 y 18 de abril de 1628). 54 El capitán Pedro de Alvarado, alguacil mayor, que estaba en Madrid cuando por el Consejo de Guerra se dio comisión al Regente Carvajal para investigar el contrabando, manifestó que algunos consejeros le dijeron que “esta isla (...) era la más perniciosa que tenía S.Magd, y que en ella se trataba con Holanda y Gelanda e Inglaterra como en tiempo de paces”; y que en otra ocasión “halló a algunos consejeros de Estado y Guerra y al sr. Conde Duque (...) y todos le respondieron que desta isla se daba mantenimiento al inglés y al holandés”. A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fs. 423 y ss. (cabildo de 20-IV- 1629). 55 Vid. referencia al asiento en A. DOMÍNGUEZ ORTIZ: “Guerra económica y comercio extranjero en el reinado de Felipe IV”, en Hispania, nº 89 (1963) pp. 71-110. 56 Cabildo de 31-VIII-1629, después de haberse recibido ya a algunos de los navíos que venían en virtud de este asiento. A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fs. 455 vº y ss. Ver relación de navíos del Apéndice, y A.M.L.L., visitas de salud, Sección I, S-I. 57 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 2º, Libº 9, fº 203 (cabildo de 20-III-1628) y 262 vº y ss. (cabildo de 15- III-1629). A este último corresponde la frase, pronunciada por el capitán Francisco de Alçola Vergara. 58 A.M.C., CXVII-7 y 10, sobre que se inhibiera la justicia real en favor del Santo Oficio. Año 1629. 1944 59 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fº 465. 60 Ibidem. 61 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 23, fs. 10 y ss. 62 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fº 455 y ss. 63 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 23, fº 43, cabildo de 21 de julio de 1630. 64 A.H.L.P.G.C., Real Audiencia, Libro de Gobierno, Tm. I, fº 57. También para lo que sigue, hasta fº 70. 65 Según Ribera, don Pedro de Silva había recibido en agosto de 1630 un millar de madera de pipas, mante-ca y otras mercaderías como pago por haber autorizado el trato al navío inglés “La Maya”, A.H.P.L.P., Libro de Gobierno de la Real Audiencia, Tm. I, fº 70. 66 J. ALCALÁ-ZAMORA Y QUEIPO DE LLANO: España, Flandes y el Mar del Norte (1618-1639), Barcelona, Planeta, 1975, p. 266. 67 A.H.L.P.G.C., Real Audiencia, Libro de Gobierno, Tm. I, fº 60, 20-XII-1630. 68 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 23, cabildo de 23-XII-1630 (fs. 77 y ss.) y de 24-II-1631 (fs. 103 y ss.). 69 A.M.L.L., Libro de fianzas de lonjas, ventas...(etc.), ante Salvador Fernández de Villarreal, 1630-1652, año 1631, fº 57. 70 A.M.L.L., Cuaderno de escrituras públicas ante Agustín de Mesa, 1623-1643, año 1632, fº 57. 71 A.M.L.L., Sección 1ª, S-II, nº 1. 72 Vid. George F. STECKLEY: “La economía vinícola de Tenerife en el siglo XVII: relación angloespañola en un comercio de lujo”, Aguayro, nº 138 (1981), pp. 31.
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Título y subtítulo | Comerciar con el enemigo: Canarias y la guerra contra Inglaterra (1625-1630) |
Autor principal | Fajardo Spínola, Francisco |
Publicación fuente | XIII Coloquio de historia canario - americano |
Numeración | Coloquio 13 |
Tipo de documento | Congreso y conferencia |
Lugar de publicación | Las Palmas de Gran Canaria |
Editorial | Cabildo Insular de Gran Canaria |
Fecha | 1998 |
Páginas | P. 1927-1944 |
Materias | Congresos ; Historia ; Canarias ; América |
Copyright | http://biblioteca.ulpgc.es/avisomdc |
Formato digital | |
Tamaño de archivo | 142604 Bytes |
Texto | 1927 132 COMERCIAR CON EL ENEMIGO: CANARIAS Y LA GUERRA CONTRA INGLATERRA (1625-1630) Francisco Fajardo Spínola En la Europa del siglo XVII, como en otros momentos históricos, la ruptura de hostili-dades entre dos potencias traía consigo la interrupción de las relaciones y tratos habituales en tiempos de paz, incluido el comercio; la expulsión de los súbditos del país enemigo que pudieran estar residiendo, o de paso, en el otro; y la adopción de medidas de represalia económica, incluidos los embargos e incautaciones de bienes y mercancías. El comercio con Inglaterra se había regulado por el Tratado de Londres de 1604, que establecía entre otros aspectos las condiciones en las que los protestantes ingleses o escoceses podían permanecer, por razón del comercio, en los reinos hispánicos. La guerra de 1625-1630 entre Inglaterra y la Monarquía Hispánica, de la que se ocupa esta comunicación, así como la iniciada en 1655, vinieron a alterar esa situación. En 1621 había sucedido lo mismo con los holandeses, al expirar la Tregua de los Doce Años. El 1 de noviembre de 1625 se produjo el ataque inglés a Cádiz, y unos días más tarde el Inquisidor General se dirigía al Rey dándole cuenta de tener preparado un edicto ordenan-do que todos los ingleses y escoceses no católicos saliesen de los reinos españoles en el plazo de veinte días, pasados los cuales el Santo Oficio procedería contra ellos.1 Pero hasta el 22 de marzo de 1626 no prohibió Felipe IV el comercio con Inglaterra, ordenando la confiscación de las mercancías inglesas que se importasen sin licencia. El Consejo de la Inquisición dictó en 30 de mayo una carta acordada ordenando procesar a los ingleses herejes que hubiesen cometido delitos de fe. Don Francisco González de Andía Irarrazábal, nombrado Capitán General y presidente de la Real Audiencia, llegó a Las Palmas en julio de 1625. En Tenerife -la isla con mayor protagonismo en el comercio con el norte, y aquélla cuyas fuentes documentales están mejor conservadas- delegaría sus facultades en los asuntos de contrabando en don Cristó-bal de Salazar y Frías, regidor y maestre de campo. En junio de 1626 regresó Andía a la Península, sin apenas haber intervenido en la materia que nos ocupa: hizo detener a algu-nos ingleses y embargó sus bienes -que, al parecer, habían intentado ocultar-; pero luego los soltó y suspendió los embargos, en ausencia de órdenes precisas al respecto. Por la misma razón, hasta que Andía marchó se admitió el trato con Inglaterra. El bando por el que se prohibía el comercio se leyó en La Laguna, Garachico y La Orotava el 29 de julio de 1626; y al día siguiente se recibió en el Santo Oficio de Canarias la mencionada carta acordada del Consejo acerca de proceder contra los herejes británicos.2 Hasta mediados de 1626, pues, no hubo impedimentos para que los ingleses comercia-sen, a pesar de que desde diciembre de 1625 se hacía referencia en el Cabildo de Tenerife a la guerra con Inglaterra. Desde meses antes había prohibido este Cabildo el trato con 1928 Inglaterra por las noticias que se tenía de peste en ese país, pero por entonces se les empe-zaba a admitir de nuevo. Algunos regidores plantearon, en junio de 1626, la existencia de guerras pregonadas con los ingleses, y que había que prohibir el trato; pero la postura del Gobernador fue siempre la de que mientras no recibiese órdenes expresas no lo impedi-ría. 3 Los argumentos de quienes exponían la multiplicidad de noticias acerca de la existen-cia de guerra chocaban contra quienes argüían que no se podía confiar en vanas voces. La mayoría de los regidores, y con ellos el Gobernador, estaban por admitir el trato mientras taxativamente no se ordenase lo contrario. El descubrimiento a mediados de julio de 1626 de la carabela en que Andía había par-tido para España, vacía y con signos de lucha, levantó acusaciones contra los ingleses de la isla, supuestos instigadores y cómplices, por vengarse del ex-Capitán General, del asal-to. En el Cabildo se decidió abrir diligencias para averiguar quiénes eran los culpables.4 Pero pronto se supo que, en realidad, Andía y cuantos con él iban habían sido víctimas de los “moros”.5 Los barcos que a los puertos del norte de Tenerife venían se mantenían fuera de la costa, “en franquía”, pretextándose siempre que ello se debía a su peligrosidad durante los meses del invierno. Pero lo cierto es que no eran visitados, ni por la Inquisición ni por la Justicia civil, sino tomada declaración a algunos de sus tripulantes y llevadas las mercan-cías a la aduana. Ello dificultaba mucho el control de lo que que se traía y llevaba, y tenía como consecuencia, como denunciaba un regidor en febrero de 1627, que resultase impo-sible aplicar la pragmática del año anterior que obligaba a sacar en frutos de la tierra el valor de lo importado, así como la provisión de la Real Audiencia que mandaba exigir fianzas para garantizar que el retorno de los navíos se hiciese a puertos permitidos. El efecto de esa falta de control sería la salida fraudulenta de oro y plata, y por ende la escasez de moneda.6 El Cabildo convocado para tratar este asunto tomó acuerdos muy vagos, que a nada obligaban: “en casos que convenga que algún navío dé fianza, s.mrd. lo vea”.7 En junio de 1627, después de haberse pregonado por el Gobernador que en un plazo de quince días saliesen los ingleses no católicos.8 Se planteó en el Cabildo por primera vez que era voz común que venían navíos ingleses y holandeses haciéndose pasar por alema-nes, flamencos o franceses, y que introducían mercancías de contrabando. Distintos testi-monios mostraban que en las tiendas había y se vendían libremente las mismas mercan-cías que venían antes de la guerra. Las gentes compraban y vestían lo de siempre. Algunos maestres y mercaderes de los barcos vendían directamente; e incluso los marineros, que al menudeo mercaban ropa, sardinas, bacalao o cuchillería. Se decía que se habían presenta-do algunas denuncias y que no habían prosperado. El Gobernador se defendía diciendo que había rechazado a tres navíos llegados al puerto de La Orotava que no le habían ofrecido garantías, y que por lo demás se guiaba por los pasaportes que traían. Esa sería su línea argumental a todo lo largo de la guerra; aunque, como se verá, a comienzos de 1628 se vio obligado, ante la actuación inquisitorial, a hacer que procedía contra los contraban-distas. Algunos regidores defendían apasionadamente la continuidad del comercio. En no-viembre de 1627, el capitán Francisco de Molina manifestaba que siempre había entendi- 1929 do que el Gobernador había cumplido con el servicio del Rey en todo, y en particular en lo que tocaba a los navíos, añadiendo: y no es de parecer que en esta sala se trate más deste particular, porque el servº de SMgd. no solo consiste en castigar a los navíos de contrabando, sino que también mira a el bien universal desta isla que consiste en el comercio y trato de los buenos.9 Otro regidor denunciaba la parcialidad e intereses de quienes decían que los barcos eran de enemigos, encubiertos: eran falsos rumores echados por diferentes fines, unos por no tener vino que vender, otros por no querer hacer las partidas con ellos los estrangeros, otros por estorvar que el vino se sacase a las partes del norte y lo pudiesen comprar barato para navegarlo a las Indias y partes del Brasil, en cuya navegación son interesa-dos. 10 Por real cédula de 29 de octubre de 1627, por el Consejo de Guerra se nombraba a don Juan de Carvajal y Sande, regente de la Real Audiencia de Canarias, como juez de contra-bandos para averiguar, proceder y castigar en todo lo que se refería al ilícito trato que en el Archipiélago se hacía con Inglaterra y las Provincias Unidas rebeldes, de lo que el Conse-jo decía tener información. Se hacía referencia expresa al daño que de ello se derivaba para el comercio con las Indias, lo que desde luego nos da una pista acerca de una de las derivaciones de ese trato. Se ordenaba a los corregidores y capitanes a guerra y demás justicias inhibirse en el conocimiento de estas materias, y prestar al juez comisionado el debido favor. Los gobernadores de las islas de realengo recibieron comunicación de esa real cédula y la orden de asistirle. Unos días más tarde, en 5 de noviembre de 1627, se advertía al Regente de que en 20 de septiembre habían salido de Fregelingas cinco navíos con ropa y otra mercadería con destino a las Islas, y en particular a la de Tenerife, que llevaban pasaportes falsos y pretendían traer vinos de retorno. Se ordenaba prender a las tripulaciones y embargar navíos y mercancías, en beneficio del fisco real.11 Los inquisidores de Canarias, que entonces eran tres, no estuvieron de acuerdo acerca de cómo interpretar la referida carta de la Suprema, pues mientras el inquisidor Santalís proponía proceder contra los ingleses herejes que residiesen en las Islas, hubiesen dado escándalo o no, los otros dos inquisidores, Rincón y Martínez, defendieron que sólo se hiciese en el caso de haber delinquido o dado escándalo después de la publicación del bando de guerra. Santalís insistía en que debieron haber salido en cuanto se leyó el bando, como parecía haberse hecho en la Península, y que habían incurrido en mora. Los otros dos contestaban que no había orden del rey para que se les expulsase ni secuestrase sus bienes; que había comisarios en Garachico, La Orotava y La Laguna, que es donde trata-ban los ingleses, “y que desde que están en estas islas no ha resultado cosa de considera-ción contra los dichos ingleses y así es del parecer que no se innove nada” (Martínez). Esa discusión la mantenían en septiembre de 1626, y así lo elevaron a la Suprema. El Consejo contestó en 11-XII-1626, ordenándoles -“aunque lo mandado estaba claro”- hacer infor-mación acerca de cómo vivían los ingleses en materia de religión, pues era posible que después del bando algunos estuviesen fingiendo ser católicos; y que, habiendo informa- 1930 ción de que antes del bando eran herejes, se podría proceder contra ellos, aunque no hubie-sen delinquido después, “pues es suficiente delito no haberse venido a reconciliarse”. Tampoco a la vista de esta carta hubo acuerdo entre los inquisidores de Las Palmas, por-que alguno interpretó que se refería a los ingleses que después del bando acudían a las iglesias y recibían los sacramentos, pero “no habla de los que solamente son herejes y no han delinquido”. Se trató el caso de Enrique Isan (Henry Isham), tenido por hereje y que después del bando había ido a misa y a comulgar y había dicho que siempre había sido católico, pero que lo disimulaba por sus conveniencias. Santalís preguntaba por qué no se había procedido contra ningún inglés de los asentados en las Islas desde 1610, en que el Consejo ordenó que el capítulo que permitía a ingleses y escoceses estar en los reinos españoles por razones de comercio sólo se aplicase a los que fuesen transeúntes. Martínez contestaba que en 28 años que llevaba en las islas, y 23 de ellos que se ocupa en cosas de Inquisición, no había entendido que hubiese habido herejes avecindados; y que en todo caso tocaba al Rey echar a los que habían quedado. También sobre el caso particular de Isham hubo discordia, pues, frente a la opinión de Santalís, los otros dos inquisidores impusieron su parecer de que después de haberse declarado católico (en marzo de 1626) no había delinquido, y por tanto no había motivo para proceder contra él.12 En definitiva, parece que había dos voluntades diferentes, relacionadas probablemente con la mayor o menor integración de los inquisidores en la sociedad canaria. En diciembre de 1627, a raíz de una visita a la aduana de Santa Cruz realizada por el comisario del Santo Oficio en La Laguna, Felipe Machado Becerril, comenzaría la inter-vención de todas las autoridades contra los contrabandistas. A la vista de que nadie recla-maba unas mercancías remitidas desde La Rambla, adonde habían llegado en un barco extranjero, el comisario supuso que procedían de países con los que el trato estaba prohi-bido, exhortó al Gobernador a que no las despachase e informó al Tribunal. El comisario pedía a los inquisidores que lo apoyasen y decía que en toda la isla se murmuraba del Gobernador.13 El Tribunal ordenó iniciar inmediatamente una información, prender a los ingleses que estuviesen en tierra, de los de los navíos llegados, tomarles los pasaportes y embargar las mercancías desembarcadas, fuesen quienes fuesen sus propietarios. No había sido fácil llegar a un acuerdo, porque, mientras el inquisidor Santalís insistía en los embargos, Rin-cón se inclinaba por la previa averiguación, dejando a los jueces reales las cuestiones relativas al contrabando. Pero se impuso la decisión de actuar rápidamente, incluyéndose los embargos, de tal modo que se adelantasen a los ministros de otras jurisdicciones. Se encargó al inquisidor Martínez, entonces de visita en Tenerife, realizar y coordinar las actuaciones, al tiempo que se enviaba comisarios a los puertos principales. Se insistía en que “las diligencias y prisiones y embargos se hagan a un tiempo y en un día y hora en cada lugar”, y con el mayor secreto, “pues en él consiste el buen suceso”. Martínez no demostró entusiasmo por el encargo que se le hacía, contestando que en Tenerife no había ingleses herejes, sino sólo tres o cuatro reducidos que estaban casados; que no entendía que la Inquisición pudiera proceder contra mercancías de contrabando; y que él estaba muy ocupado con la visita.14 Pero el Tribunal parecía dispuesto a todo: fletó un barco para que llevase a Martínez las instrucciones que debía seguir, con prohibición al maestre de que llevase ninguna otra carta ni pasajero, y orden de que no se presentase al gobernador ni castellano; y, al mismo tiempo, retuvo en Las Palmas a todos los barcos “que podían partir a esa ysla”, para que nada se filtrase. “No perdone V. Md. el tiempo, aunque sea 1931 Pasqua” -escribían-.15 Uno de los índices más elocuentes del grado de complicidad y participación de muchos de los vecinos de Tenerife en la trama del comercio clandestino es la implicación en ella de ministros del Santo Oficio. El Tribunal dispuso que el licenciado Sebastián Hernández de Chaves, beneficiado de La Concepción de La Laguna y notario del S.O., fuese a Garachico a hacer las diligencias y embargos, en lugar del comisario local, Bartolomé Lorenzo de Guzmán, “por ser beneficiado del dicho lugar y emparentado y trabado con los vecinos de él, y por la misma razón que vaya Machado (comisario de La Laguna) a La Orotava”.16 Para sus diligencias en Garachico, Chaves se sirvió del notario del Santo Ofi-cio en el Puerto de la Cruz, Gerónimo de Cospedal, porque el beneficiado Pedro Hernández Yanes, notario de La Orotava, se excusó de algunas diligencias pretextando enfermedad, y aún así no se fiaba ni de uno ni del otro, y hacía gestiones a sus espaldas, “porque me temía no lo dixesen”.17 El descontento del Tribunal se expresaba repetidamente.18 En La Laguna, el inquisidor Martínez procedió el 29 de diciembre a la visita de las casas de los mercaderes y embargo de las mercancías sospechosas que en ellas hubiese.19 El propio día 27, Chaves visitaba en Garachico la aduana (con el almojarife, capitán Barbosa) además de casas y tiendas.20 El mismo día, el Dr. D. Felipe Machado, en el Puerto de La Orotava, hizo llamar al almojarife, Juan Antonio de Bustamante, y visitó la aduana, embargando las mercancías que en ella halló; y lo mismo hizo en la casa de Guillermo Baltar, inglés. En los días siguientes continuó en La Rambla,21 en el Realejo Bajo 22 y en La Orotava (casa donde posaba Henry Isham). En Las Palmas los inquisidores, por su parte, habían hecho comparecer ante ellos a Luis de Espinosa, mercader vecino de la ciudad y almojarife, quien había recibido diversas mercancías que le había remitido desde Garachico Felipe Hernández Vestre, flamenco, lo que parecía ser habitual: “como lo hace (el recibirlas) del dicho y de otras personas de la ysla de Tenerife”.23 Las mercancías habían sido visitadas por la Inquisición, y tan legales parecían que en el aposento de uno de los inquisidores había una pieza de sarga y dos pares de medias que Espinosa le había enviado, por si quería comprarlas. Espinosa había vendido en su tienda, al por menor, parte de lo recibido, y el resto lo había distribuido entre mercaderes y tenderos de la isla.24 A todos y cada uno de ellos se tomó declaración, se hizo relación de las mercancías que continuaban en su poder y se les ordenó que, ni las vendiesen, ni pagasen el dinero proce-dido de las ventas ya realizadas. Decía Espinosa que no sabía que Hernández Vestre fuera extranjero -lo que resultaba inverosímil-, sino que estaba casado en Garachico; y que las mercancías “las tiene por de Flandes”. Pero no era eso lo que se decía públicamente en Las Palmas, y lo que creyeron ciertos comerciantes, que no se decidieron a comprar por tener-las “por de ingleses o rebeldes” y no querer arriesgarse.25 Por lo que respecta a los gobernadores, tanto de Gran Canaria como de Tenerife, parece claro que la iniciativa de los inquisidores, y quizás también la noticia de la comisión dada al Regente, los movieron a actuar. Era gobernador de Gran Canaria don Gabriel Frías de Lara. De Tenerife y La Palma lo era don Diego de Alvarado Bracamonte (1624-1631), que “se había hecho canario por sus alianzas y amor a los isleños”, en palabras de Viera y Clavijo; quien añadía: “unido a la principal nobleza del país (...), no miraba los intereses de la provincia sino como los suyos propios”.26 Quizás no pueda expresarse más finamen-te la coincidencia entre Alvarado y las clases acomodadas de Tenerife. 1932 El diciembre de 1627 se escribía desde el Tribunal al inquisidor Martínez: el gobernador desta isla procede por denunciaciones que ante él se han hecho o de oficio, que es lo más cierto por curarse en salud, porque se ha traslucido lo que hace la Inquisición, porque no se conozca su culpa como dejó entrar tanto tiempo ha estas mercaderías en esta ciudad. Tengo por sin duda que por la misma causa el gobernador de esa isla de Tenerife, que es más culpado, ha de hacer la misma diligencia y estorbar que V.Md. proceda en la causa.27 Cuando el gobernador de Tenerife, con su teniente y con el maestre de campo Cristóbal de Frías Salazar, llegó a Garachico y al Puerto de la Orotava, las mercancías de origen extranjero ya habían sido embargadas por el Santo Oficio. De todos modos, la justicia de la isla las embargó también, visitó tiendas y pidió memorias de los libros de la aduana. En realidad, el embargo sólo consistía en la inmovilización de las mercancías, normalmente en manos de sus mismos propietarios, a quienes se convertía en sus depositarios. Y, de todos modos, poca ropa encontraron los comisarios, porque “han repartido muy grande parte así en los mercaderes de toda esta isla como para las islas de La Palma, Hierro y Gomera, y la demás deben de tener escondida, pues no parece ninguna”, según escribía Julián Benvenido de Paz, notario del S.O. en El Realejo, enviado a Garachico para conti-nuar las averiguaciones y diligencias; quien añadía que “en viendo en el lugar ministros del Santo Oficio que van a hacer diligencia, luego dejan las tiendas desiertas sin un palmo de ropa (...) y no falta quien diga que hasta en los conventos así de monjas como de religiosos hay ropa oculta”. “Persona me dijo fidedigna -añadía- que apenas el barco dio el pliego de V.Sª en Santa Cruz, quando vino aviso a Garachico”. El secreto no se había guardado. Del gobernador don Diego de Alvarado decía que su manga ancha “le ha valido gran cantidad de ducados”.28 En verdad, eso era lo que todos pensaban en Tenerife.29 Cuando algunos comentaban con temor que iba a venir un juez de contrabandos, el flamenco Feli-pe Hernández Vestre respondía con jactancia: “no importa, que dineros lo han de hacer todo”; y a los que le señalaban el peligro que corría: “preso por mil, preso por mil y quinientas”.30 Más de uno debía de pensar así. Las informaciones mandadas hacer por el Gobernador a los alcaldes mayores de Garachico o La Orotava nada concluían; como tampoco los bandos del mismo gobernador. Todo tenía truco: los mismos alcaldes -como Bartolomé de Ponte y Pages, alcalde mayor en Garachico; o Antón Delgado, alcalde de La Rambla- eran contrabandistas, y nadie aportaba pruebas. En ausencia de ellas, Alvarado aparentaba que nada sabía. El Tribunal ordenó pedir los libros de almojarifazgos y los de cuentas de los comer-ciantes de Garachico y de La Orotava y su puerto, tomándoles las llaves de arcas y escri-torios, señalando los nombres de los que debían ser visitados.31 Los mercaderes, por su parte, habían hecho desaparecer los libros, dándose el caso de haber cuentas del tráfico con el extranjero hasta 1626 pero no después, y de otros que decían que como no fiaban no necesitaban llevarlas por escrito, o de quienes decían que vendían por menudo y no regis-tran las operaciones. Naturalmente, resultaba muy chocante que no hubiese en las casas particulares referencia escrita de operaciones que, según los libros de aduana, habían sido importantes. En La Orotava, el comisario Chaves ordenó a Guillermo Baltar y a Bernardo Lorenzo, que habían sacado de la aduana muchas mercaderías y que decían no tener libros ni papeles, que en cuatro horas los exhibieran. Los almojarifes, que muchas veces recibían 1933 mercancías, que después negociaban por cuenta propia, como pago de los derechos reales, se resistían también a entregar sus libros. El del Puerto de la Cruz, el capitán Juan Antonio Bustamante, dijo no tenerlos, cuando se los pidió el comisario; hasta que, habiéndosele dado un plazo para entregarlos, así lo hizo.32 El Tribunal ordenó visitar la casa del comisa-rio del Santo Oficio en Garachico y embargar las mercancías que en ella se hallasen; pero desistió de intervenir las que estuviesen en los conventos, “guardando para mejor coyun-tura el hacer la diligencia, respecto de que se deja entender que los que las ocultaron en los dichos conventos no las han de sacar”.33 De la información practicada por el inquisidor Martínez y los notarios del Santo Oficio se desprendió que muchos de los barcos que venían eran ingleses, como por su “hechura” era evidente para los expertos. Sus tripulaciones y mercaderes eran ingleses también, como resultaba de los testimonios de los barqueros que iban a ellos a cargar y descargar, y que dijeron haber visto a bordo a diferentes personas que antes de la guerra venían a la isla y eran en ella conocidas (maestres, mercaderes, grumetes...). Se habla de su indumentaria, a veces, como propia de Inglaterra. Los verdaderos maestres y mercaderes se quedaban en el barco, y saltaban a tierra supuestos maestres o personas que negociaban en representa-ción de los auténticos comerciantes. Quienes desembarcaban eran generalmente france-ses, muchos de ellos protestantes de La Rochelle, precisamente por esos años apoyados por Inglaterra en su lucha contra el rey de Francia. Aunque los pasaportes eran supuesta-mente franceses, los barcos venían de Inglaterra y traían mercancías inglesas. Los extran-jeros que saltaban a tierra se alojaban en posadas o casas de personas con las que tenían tratos comerciales: Juan de Rojas en Garachico; Guillermo Baltar y Domingo Carrillo en el puerto de La Orotava (este último, antiguo alcalde del lugar, y “persona señalada para las visitas que los ministros del Santo Oficio hacen de navíos estrangeros”),34 en La Ram-bla, en la casa del alcalde, Antón Delgado. No todas las mercancías desembarcadas pasaban por la aduana. Varias personas dijeron haber visto cómo de los barcos extranjeros se desembarcaban de noche fardos de ropa y se llevaban a la casa de don Luis Interián.35 Aunque pasasen por la aduana, esto no significa que se registrasen, o que se registrasen bien. Enrique Díaz, maestre de un barco, declaró que una noche vio cómo se descargaba ropa de un barco y se llevaba a la aduana, estando Felipe Hernández Vestre en la playa y en la aduana los dos guardas; y que sus marinos comentaron que no debía ser buena ropa la que entraba a escondidas.36 El regidor Cristó-bal de Frías y Salazar declaró ante el inquisidor Martínez que en las actas de las visitas de salud hechas por el Gobernador o sus comisarios, y en particular en las de los últimos meses, “no consta por ellas haber visitado mercadurías de lana de las que (...) solían traer los ingleses en tiempo de paces, y así están muy encontradas las dichas visitas con los libros de las aduanas, que no se sabe quién tenga culpa dello”.37 De las visitas de la Inqui-sición tampoco había que fiarse.38 De hecho, el Tribunal reconocía que no se habían hecho bien.39 Todo esto, aparte de hacernos vislumbrar las magnitudes del contrabando y el frau-de, nos obliga a una actitud de escepticismo frente a las fuentes, especialmente en sus aspectos cuantitativos. Además, es evidente la pérdida de documentos. Cuando al capitán Bartolomé de Ponte, alcalde mayor de Garachico, se le piden por el Santo Oficio las actas de las visitas de salud realizadas en los últimos meses de 1627, dice que sólo puede aportar algunas, que estaban en poder de diferentes escribanos, porque otras las había enviado al Gobernador.40 Estas últimas no se conservan, y el testimonio de las primeras posiblemente 1934 no es completo. Fundamentalmente por la misma razón, por la pérdida de documentos, las actas de las visitas de navíos hechas por el Santo Oficio no pueden constituir una fuente suficiente para el estudio estadístico del tráfico marítimo. Por eso, los cuadros que inclui-mos al final de esta comunicación han de aceptarse con reservas, con un valor meramente indicativo, y el volumen de tráfico que muestran sólo como un mínimo. Las mercancías importadas eran principalmente géneros textiles, algunos de ellos ya confeccionados, dentro de la variada gama propia de la época.41 De 58 barcos extranjeros llegados a Tenerife en los años de la guerra cuya carga conocemos, 42 traían ropa. En segundo lugar (23 barcos) venían la madera y otros elementos para fabricar las pipas de vino (madera labrada y por labrar, cabezas de pipas, arcos, clavos de pipas). A mayor distancia, lo que podríamos denominar productos químicos y sustancias diversas;42 muni-ción y pólvora (6 barcos, incluso ingleses); productos metálicos;43 pescado salado (baca-lao, sardinas, arenques, pescadas); carne y derivados animales (carne de vaca, manteca, sebo, cueros, cera); ocasionalmente, cereales (sólo 4 barcos); efectos navales (estopa, ca-bles de jarcias, áncoras); y otros artículos, variados pero con poca frecuencia.44 Es imposi-ble establecer el origen de navíos y mercancías, toda vez que no podemos saber si los pasaportes que traían eran auténticos o no. El Santo Oficio pidió el parecer de diferentes comerciantes, como expertos en la materia, acerca de la procedencia de las telas, y algu-nos de ellos emitieron interesantes apreciaciones sobre las diferencias de calidad y carac-terísticas entre unos tejidos y otros; pero parece improcedente reproducirlas aquí, e inclu-so inútil, porque varios decían que los géneros de unas partes se reproducían e imitaban en otras, y a la postre nos da la impresión de que las declaraciones estaban sesgadas según cuál fuese el interés de cada uno de los que las formulaban. En todo caso, la voz común era que la mayoría de los barcos procedían de Inglaterra, y ésa era también la convicción del Tribunal, de la Real Audiencia y de la Corte. La carga de retorno fue, en todos los casos conocidos, siempre vino. En cuanto a las prisiones, muy pocas pudieron hacerse, puesto que, como hemos dicho, los barcos no entraban en los puertos, contadas personas desembarcaban y todos estaban con mucho recelo. En junio de 1626 se vio en el Cabildo una carta escrita desde un barco inglés que estaba frente al puerto de La Orotava dirigida a Josias Dean, mercader de esa nacionalidad, indicándole qué mercancías traía y consultando si sería recibido.45 Algunos descargaban “barcadas” de ropa contra otras de vinos. Cuando los comisarios llegaron a los puertos, los barcos habían zarpado o se apresuraron a hacerlo, en ocasiones interrum-piendo sus operaciones de carga o descarga. En la playa de La Rambla dejaron abandona-das 200 pipas llenas de vino.46 Algún navío levó anclas, llevándose el vino, sin haber terminado de descargar las mercancías que debía dar a cambio. El alguacil del Santo Ofi-cio sólo pudo prender a Jaques Petit, maestre del navío “San Pedro”, que decía venir de Calais, y a Phelipe Bernardos, mercader, en Garachico,47 y a Jacob Valdique, alemán, maestre y mercader del “San Antonio”, que traía pasaporte de Hamburgo, y a Henry Isham, porque vendieron o hicieron desaparecer unas mercancías que se habían embargado.48 Guillermo Baltar, tenido por católico, casado en La Orotava con una hermana del padre provincial de la orden de San Francisco, huyó de Garachico en febrero de 1628 en un barco inglés que se marchó sin cargar ni descargar, por habérsele ordenado que entrase bajo el alcance de la fortaleza.49 Parece ser que temía la investigación iniciada por el Regente, aunque en muchas operaciones Baltar era un hombre de paja, que actuaba por 1935 orden y en nombre de Vestre o de Isham. En enero de 1628, en efecto, anunciaba Carvajal en la Audiencia su inminente paso a Tenerife, “donde ha de ser la ocupación principal”, y pedía se le entregaran varias causas pendientes en las que estaban implicados extranjeros. Se trataba, por lo que parece, de pleitos de particulares, menos una causa abierta por el gobernador de Canaria contra Nicolás Martínez, por la ropa de contrabando que le remitió desde Tenerife don Luis Interián.50 Los embargos y prisiones realizados por el Santo Oficio quedaron, finalmente, en nada. Se invocó y aplicó unas cartas-órdenes del Consejo de 1594, cuando se había producido un apresamiento de barcos y marinos holandeses que habían venido con falsos pasaportes; y en virtud de aquéllas se estimó que no correspondía proceder contra los que no constase que hubiesen delinquido en materia de fe: “que por sólo que los navíos y gente dellos sean y vengan de tierras de herejes y rebeldes a su Mgd, que no se proceda a inquirir contra ellos en el crimen de herejía”. En consecuencia, en marzo de 1628 el Tribunal acordó que se apercibiese a los extranjeros y vecinos de la isla “que de aquí adelante se abstengan de tratar y contratar con los dichos ingleses y de otras provincias rebeldes (...) y que de lo contrario se procederá contra ellos (...), y hecho esto se les vuelvan las mercaderías (...) alçando los embargos dellas porque no se quejen, soltando los que estuvieran presos con-tra quienes no hubiere otra culpa más de haber venido en los dichos navíos (...), porque no parezca que el Santo Oficio quiere impedir el comercio ni proceder en cosa que no le toca”.51 Sólo se exceptuaban los bienes de los extranjeros que hubiesen huido, en relación con los cuales se consultó al Consejo. Algunos de los embargos realizados por otras auto-ridades quizás sí se hicieron firmes, dando lugar a confiscaciones, aunque tenemos poca información y pensamos que debieron de ser excepcionales.52 La noticia, en abril de 1628, de que en la Corte se decía, por el propio Olivares y por los consejeros de Guerra, que en Tenerife se trataba con enemigos y rebeldes dio pie a varias sesiones de Cabildo en que se discutió cómo defender el nombre de la isla. Se desestimó de momento enviar un mensajero, porque el parecer de la mayoría de los regidores fue el de que ello suponía un cierto reconocimiento de culpa, pero se acordó remitir al Consejo de Guerra testimonio de todos los cabildos en que se había tratado del contrabando, así como de las diligencias hechas. Alvarado repetía que en cuatro años que llevaba como Gobernador nunca había sabido que se comerciase con ingleses u holandeses.53 Una vez más se trataba de oponer a la realidad lo que rezaban los papeles. Cuando al año siguiente volvieron a llegar desde Madrid informes acerca de la repetición de tales juicios, se eligió a uno de los regidores, Juan de Mesa, para ir a la Corte, aunque se estuvo a la espera de que llegase el nuevo Capitán General, por si las órdenes que traía fueran perjudiciales para la Isla y conviniese quejarse de ellas.54 En 1628 fue autorizado Adrián Páez, flamenco residente en Málaga, a introducir en Castilla hasta un millón de escudos en mercancías de contrabando, aunque fuese en navíos enemigos, y sacar su procedido en frutos del país.55 En Tenerife se planteó la cuestión de si la permisión se extendía a las Islas, porque en el asiento se hablaba de señalar diez puertos, y no se nombraba expresamente los de Canarias; pero, ante la indefinición, desde luego se recibió a los que vinieron, que fueron varios, ingleses, en 1629 y 1630.56 1936 Las islas se resintieron con las prohibiciones, a pesar de todo. A lo largo de 1629 son frecuentes las quejas en el Cabildo de Tenerife por la falta de comercio, que producía el desabastecimiento en algunos artículos fundamentales. Más de una vez, la madera de pi-pas llegada del extranjero fue repartida entre los cosecheros, mediante el pago de su valor: en marzo de 1628, la que trajo un navío de Hamburgo se repartió entre los miembros del Cabildo y unas pocas personas más, a razón de medio millar por cabeza. Con referencia a los regidores se especificaba que “todos tienen heredades”: Tenerife era una viticocracia. La que llegó en otro barco de Hamburgo en marzo del año siguiente alcanzó para más, porque aparte de los regidores recibieron también medio millar un total de cuarentisiete “vecinos ciudadanos y señores de vinos”, entre los que se encontraban el comisario de La Laguna y el alguacil mayor del Santo Oficio en Tenerife. Y es que, como manifestaba en el Cabildo uno de los regidores, “la madera de pipas en esta isla es de mayor sustancia que el mismo trigo”.57 Los precios, como resultado de la escasez y de la especulación, habían subido, pasando de menos de 500 reales el millar (1.200 duelas) antes de la guerra a 800 y hasta 1000 reales por millar. Repetidas fueron las propuestas de enviar mensajero a la Corte y las protestas por las actuaciones del Regente Carvajal, que abrió procesos y encar-celó a un cierto número de vecinos. De alguno de los procesos tenemos mayor noticia por haberse suscitado conflictos de jurisdicción, como fue el caso de la prisión y embargos a don Luis Fernando Prieto de Saa, familiar y notario del Santo Oficio, regidor y pretendido señor de La Gomera.58 Quizás la contracción del comercio, y la consiguiente reducción de los beneficios, pro-vocó o aceleró procesos de monopolización en las relaciones con los extranjeros; o quizás sólo agudizó las tensiones entre intereses contrapuestos. En Tenerife, en cabildo de 5 de noviembre de 1629, varios regidores, y con mayor énfasis el personero general, transmi-tieron y expresaron una queja al parecer común contra ese fenómeno, “que viene a ser tan público y tan general y conocido el daño que ya era tiempo de que se tratase de su reme-dio”. 59 Uno de los capitulares, el regidor Francisco de Molina Quesada, decía así: que lo que pudiera ser dañoso y por todos caminos se ha procurado atajar (...) son los monipodios y que haya personas particulares que valiéndose unas de otras se señoreen de todo el trato y comercio de la isla, atravesando todas las mercadurías que a ella vienen y haciéndose dueños de darles la carga ofreciendo comprar por su mano los vinos a los vecinos desta isla, ofreciéndolos por menos precio y tomando las mercaderías en sí, de forma que éstas las compran muy baratas y las venden muy caras, y comprando barato el vino por estrechar que solo ellos sean los compradores los vendan muy caros. Se denunciaba “que algunas personas con mano poderosa y con violencia solicitan a los extranjeros que a esta isla vienen a que hagan con ellos partida y no con otras perso-nas”. Se hacía mención explícita de Henrique Isham, del que se decía “que no hay vecino mercader que inmediatamente trate con los dichos mercaderes, sino que el sobredicho recibe en sí las mercadurías y por su mano corren (...), y desto resulta empobrecerse los moradores y vecinos”.60 Isham, a pesar de su delicada situación, de los procesos y de la detención que padeció, no se amilanó, sino que se querellaría, ante la Audiencia, contra el Cabildo. Las acusaciones por monopolio se extendían a algunos regidores, y quizás el Gobernador tenía algo que ver. Por lo pronto, en el Cabildo dijo -lo que chocaba con la 1937 pública protesta- que nunca había sabido ni entendido que los mercaderes que venían a la isla no tratasen libremente. En enero de 1630 se trasladó a Tenerife un oidor, don Andrés Corrionero, respondiendo a instancias del Cabildo tinerfeño en orden a poner coto a los abusos de los atravesadores. También acudía Corrionero en virtud de la querella de Isham contra el Cabildo, y vicever-sa. Después de la correspondiente averiguación, dictó el 12 de enero de 1630 un auto que, aunque no se cumpliese, nos informa acerca del alcance del problema. Aparte del encare-cimiento de las mercancías importadas y del empobrecimiento de los más débiles, se de-nunciaba el envío de mercancías extranjeras a Indias, donde corrían a precios más bajos que las enviadas desde la Península. Además, que el déficit de la balanza comercial con Europa se saldaba con la oculta salida de plata, labrada y sin labrar, lo que se disimulaba con “fingidas” letras de cambio para adquirir mercancías en otras islas o en la Península. La escasez de moneda, a su vez, obligaba al trueque. Para evitar el acaparamiento, se ordenaba que mercaderes y almojarifes hicieran pregonar la llegada de navíos, para que dentro de los cuatro días siguientes los vecinos pudiesen comprar de lo que el barco traje-se. A la madera de pipas, por su decisiva importancia en la economía vinícola, se aplicaba esto muy particularmente, ordenándose que se repartiese entre las personas que acudieren a comprarla conforme a la cosecha de cada uno. Para evitar que los poderosos especulasen con la venta del vino en el momento de llegar los barcos, en perjuicio de los pequeños viticultores, sólo se permitiría que cada cosechero vendiese su propio vino, o el que hubie-se adquirido al menos tres días antes de la arribada del navío. Una vez más se mandaba que los almojarifes no despacharan los navíos si el valor de los frutos que sacaran no importara la misma cantidad que las mercaderías que se hubiesen introducido.61 A mediados de 1629 había llegado como Capitán General de las Islas Juan de Ribera Zambrana, quien lo sería hasta 1634. En seguida chocó con el Cabildo de Tenerife, por-que, habiéndole presentado éste sus dudas acerca de los barcos de la permisión de Adrián Páez, prohibió a los regidores y al Gobernador, bajo fuertes penas, tratar de asuntos de guerra y contrabando. El Cabildo apeló.62 Al año siguiente nombró a su hijo don Luis de Ribera Baena como lugarteniente suyo en Tenerife, lo que lesionaba e invadía la jurisdic-ción de Alvarado Bracamonte en tanto que capitán a guerra. En el cabildo en que se pre-sentó el título del susodicho, Alvarado lo contradijo vehementemente.63 El choque del Capitán General con la Real Audiencia no fue menor. Los oidores des-aprobaban las actuaciones del militar en materia de contrabando, actuando por su cuenta y obstaculizando las gestiones de los jueces de contrabando y de los propios oidores. En noviembre de 1629, aún de buenas maneras, la Audiencia le reprochaba el haber estorbado el procesamiento de Henrique Isham, le decía que estaba mal aconsejado y le pedía que se volviera a Las Palmas.64 Al año siguiente, alarmados los oidores por tener entendido que había en Tenerife entre 28 y 30 barcos de ingleses y holandeses, que habían venido “juntos en tropa” y que continuaban cargando vino e introduciendo mercancías, enviaron una provisión ordenando se favoreciese a don Pedro de Silva, Juez de Indias de Tenerife y nuevo comisionado por la Junta del Almirantazgo para las cosas del contrabando, al tiem-po que repetía al Capitán General, que alargaba su estancia en La Palma, que regresara. Su hijo don Luis de Ribera, que tenía organizado un negocio particular con la recepción de navíos (dos ducados por pipa), prendió a don Pedro de Silva y a los ministros que la 1938 Audiencia envió para auxiliarle. La Audiencia entonces abandonó el lenguaje diplomático y requirió formalmente al Capitán General para que pusiese fin a tan escandalosa situa-ción y liberase a Silva. El Capitán General y su sobrino don Alonso de Ribera, dejado por aquél en Gran Canaria como su teniente, atropellaron a los oidores en Las Palmas, con las armas en la mano, los encerraron y golpearon a sus servidores. El obispo hubo de interce-der. La Audiencia acordó enviar a uno de los oidores a la Corte, para informar. Ribera alegaba, en escrito al Rey, que los vecinos y el Concejo de Tenerife se quejaban de don Pedro de Silva, quien extorsionaba a los mercaderes extranjeros para que le pagaran con mercancías o dinero, citando varios casos.65 Posiblemente también eso era cierto, de tal manera que el enfrentamiento entre el Juez de Indias y el Capitán General no era sólo una cuestión de competencias, sino de disputa del botín. Ribera procesó a los mercaderes, tanto extranjeros como canarios, que recibieron mercancías de los barcos autorizados por don Pedro de Silva, hasta que al Capitán General le fue retirada, por real cédula, la Superintendencia, remitiéndose las causas a la Real Audiencia. El 15 de noviembre de 1630 se firmaba en Madrid el tratado de paz, que era casi una reproducción del de 1604.66 Con él volvía a ser legal el comercio con Inglaterra. Pero en diciembre aún no se sabía en Canarias. La Real Audiencia envió al Cabildo de Tenerife una provisión ordenándole preparar salas en el Ayuntamiento y seis casas para los oidores y secretarios, porque iba a trasladarse a Tenerife -o, al menos, así amenazaba- en vista de que su cabildo incumplía sus provisiones y se continuaba recibiendo a navíos enemigos.67 El Cabildo protestó, defendiendo como siempre su buen nombre, pero también oponién-dose al traslado. El personero general se trasladó a Las Palmas para alegar ante la Audien-cia, y ante la tibia reacción de ésta se acordó enviar mensajero a la Corte.68 La paz con Inglaterra hizo todo esto innecesario. Las cosas volvieron pronto a la situación de antes de la guerra. En 1631 vemos a Henry Isham salir como fiador de alguien que pide licencia para cortar madera para hacer un barco,69 y al año siguiente concertándose con el Cabildo de Tenerife para traer 2.000 fane-gas de trigo de fuera de la isla, saliendo por fiadores suyos Diego de Argumedo y otros conocidos prohombres tinerfeños.70 Algunos de los ingleses que habían salido de la isla retornaron en seguida: a Josias Dean lo encontramos de vuelta en Tenerife incluso antes de acabar la guerra, al amparo de la licencia dada a Adrián Páez; Juan Foler, otro de los expulsados, aparece en documentos de 1633 como mercader que recibe barcos ingleses.71 El comercio del vino -en la medida en que lo conocemos- no sólo se recuperó, sino que pronto superó los niveles alcanzados antes de la guerra.72 La dependencia económica res-pecto a Inglaterra se consolidaba. Esta comunicación ha pretendido ser una aportación al estudio de estos fenómenos, aún no suficientemente conocidos. A P É N D I C E 1939 NAVÍOS EXTRANJEROS ARRIBADOS A LA ISLA DE TENERIFE NOTAS Puerto Fecha Barco Procedencia Maestre Mercader Carga Pto. de La Orotava XII-1625 «Prima Rosa» Inglaterra (vía S.Miguel) Juan Eles trigo, bacalao, habas, sardina Pto. de La Orotava XII-1625 Inglaterra ropa Pto. de La Orotava XII-1625 Inglaterra ropa Pto. de La Orotava I-1626 Bristol manteca, carne, sardinas,bacalao Pto. de La Orotava I-1626 Londres ropa Pto. de La Orotava I-1626 Londres ropa Garachico VI-1626 Irlanda Vicente Castillo (en Tenerife) manteca, carne, madera, ropa Pto. de La Orotava VI-1626 Inglaterra (vía Berbería) Josias Dean (en Tenerife) cera,dinero Pto. de La Orotava VI-1626 Inglaterra (vía Berbería) cera,dinero Pto. de La Orotava VI-1626 Irlanda Pto. de La Orotava VII-1626 «La Esperanza» Hamburgo Richard Arusel Juan Jaques (en Tenerife) ropa,carne Pto. de La Orotava VIII-1626 Hamburgo Luis Interián ropa, carne, alpiste, clavos Pto. de La Orotava VIII-1626 Hamburgo ropa, clavos, manteca, añil Garachico I-1627 «El Cazador» Calais Francisco Cornelio Juan Jaques (en Tenerife) ropa, químicos metálicos Garachico I-1627 Francia (vía Berbería) Garachico II-1627 «La Ballena» «no dice» Gaspar Pérez ropa Garachico III-1627 «San Juan» Francia Juan Goret Alexandre Bernabé ropa Garachico III-1627 «La Paloma» Francia (vía Berbería) Esteban Godofre ropa, añil,velas Garachico IV-1627 «La Morena» Calais Agustín Pedro Pedro Guillete ropa Garachico IV-1627 «El Imperial» St. Malo (vía Madeira) Esteban Godofre Garachico VI-1627 ¿»San Pedro»? Calais (vía Madeira) Felipe Bernardo ropa Garachico VIII-1627 «San Juan» Calais Juan Galán Samuel Pleus ropa Garachico VIII-1627 «San Pedro» Hamburgo Jacome Cornelio Gil de la Muela Felipe Hdez. Vestre ropa, clavos, muebles, millo Garachico IX-1627 «San Pedro» Calais capitán Samuel Felipe Bernardo Juan de Rojas Garachico IX-1627 «La Margarita» Garachico X-1627 «San Francisco» Dieppe (vía Berbería) Jaques Arcelin Diego de Argumedo Conrado Brier Hdez.Vestre Bmé. de Aponte Gmo. Baltar cueros, cera Garachico X-1627 «El Ángel Maestro» Hamburgo Juan Ángel Juan Jacques Adolfo Pérez muebles ropa, espejos, madera, libros, centeno Garachico XI-1627 «San Luis» Juan Migan Felipe Hdez.Vestre Gaspar Rodríguez ropa, munición, metál., quím. Garachico XI-1627 «La Paloma azul» Tomas Caren Hdez. Vestre, Isham Guillermo Baltar ropa, lino, algodón Garachico XI-1627 «El Ángel Gabriel» Francia Guillermo Cornieles Adolfo Pérez Gaspar Pérez ropa 1940 Puerto Fecha Barco Procedencia Maestre Mercader Carga Garachico (y Orotava) XI-1627 «San Pedro» Hamburgo Juan Villançon Felipe Hdez. Vestre Guillermo Baltar ropa, almidón, caparrosa Pto. de La Orotava XI-1627 «Santo Tomás» Francia Juan García Diego de Sirvete Pto. de La Orotava XI-1627 «San Antonio» Dantzig Jacob Valdique Pedro de Bolinao,Baltar Bmé. Lorenzo, Isham ropa,lino,munición Pto. de La Orotava XI-1627 «La Susana» Dantzig Josen Hal Bernardo Lorenzo, Hdez. Vestre Pto. de La Orotava XI-1627 «Ave de Gracia» Francia (vía Berbería) Nicolas Otes Pedro de Bolinao, Isham,Gmo Baltar Pto. de La Orotava XII-1627 «El Alejandro» Francia Juan de Lilo Garachico XII-1627 «San Pedro» Calais Jacques Petit Thomas Edmonçon calasimbre,estaño, ropa Garachico XII-1627 «San Luis» Francia Pedro Broys Felipe Hdez. Vestre ropa Pto. de La Orotava I-1628 «Caballo Blanco» Francia Bartolomé Buquete ropa S. Cruz Tenerife III-1628 Hamburgo Juan Jaques de Lange (en Tenerife) madera Pto. de La Orotava IV-1628 Francia Diego de Chiverete (en Tenerife) pescado salado Pto. de La Orotava 9-V-1628 «Santo Tomás» Cherburgo Tomas de Ley Diego de Chiverete (en Tenerife) pescado salado S. Cruz Tenerife II-1629 «San Nicolás» Hamburgo Federico Justo Federico Justo madera, almidón S. Cruz Tenerife III-1629 Hamburgo madera S. Cruz Tenerife 1-VI-1629 «La Catalina» «Borage» Jaques Anssol Salomon Ducassé (en el navío) trigo, papel Garachico 22-XI-1629 «San Luis» Rouen Johanes Ronhel Juan Lorenzo (en el navío) S. Cruz Tenerife 27-XI-1629 «La Francesa» St. Malo Simon Marron Simon Marron (en el navío) madera de pipas, ropa Pto. de La Orotava 11-XII-1629 «La Susana» Londres John Spencer John Spencer (en el navío) ropa Pto. de La Orotava 12-I-1630 «Viere de boc» Hamburgo Federico Gosteri Federico Gosteri (con el navío) ropas vidrio S. Cruz Tenerife 13-I-1630 «El Pelicardo» Olonne Francisco de Boabin Isa Bursei (con el navío) ropa, arcos, papel Pto. de La Orotava 15-I-1630 «Juan» Londres-Plymo-uth Peter Steward Pedro Kekenvich (con el navío) ropa,pescado Pto. de La Orotava 15-I-1630 «El amor» Plymouth Robert Mill Guillermo Hen (con el navío) madera, ropa Garachico 2-III-1630 «El león blanco» Hamburgo Peter Janssen Peter Janssen ropa S. Cruz Tenerife 11-IV-1630 «El conde de Endem» Hamburgo Giraldo Niculás Antonio de Fonseca (en Tenerife) ropa, madera S. Cruz Tenerife 11-IV-1630 «El galgo cazador» Dantzig Jaques Pedro Juan Jaques (en Tenerife) madera, ropa Garachico 12-V-1630 «Santiago» Dunquerque Jacob Wilhen Jacob Wilhen (con el navío) madera, ropa, pólvora, jarcias S. Cruz Tenerife Junio-1630 Inglaterra Thomas Dobsson Guillermo Liche madera,pólvora, carne, sebo S. Cruz Tenerife Junio-1630 «El conde de Endem» Hamburgo Giraldo Niculás Antonio de Fonseca ropa Garachico 16-VIII-1630 «La Maya» Inglaterra Stidston Richard Isaac Miguel Bernardo (en Tenerife) madera, manteca Garachico agosto-1630 Inglaterra Thomas B... S. Cruz Tenerife 3-IX-1630 «San Nicolás» La Rochela Lorenzo Cado Diego de Volinao (en Tenerife) madera, arcos S. Cruz Tenerife 12-IX-1630 «San Pedro» La Rochela Pedro Seguin Pedro Corel (con el navío) arcos, ropa Pto. de La Orotava 25-IX-1630 «El Deseo» Suffolk John Hubsson Enrique Isan pescado S. Cruz Tenerife 28-IX-1630 «El conde de Endem» Hamburgo Giraldo Niculás Antonio de Fonseca (en Tenerife) ropa, madera Garachico 28-IX-1630 «La bendición» Calais Johan Manin Pedro Manin (con el navío) pólvora, clavos, jarcias S. Cruz Tenerife 16-XI-1630 «El grave» Hamburgo Pedro Adrián Fernán Pinto (en Tenerife) madera, ropa S. Cruz Tenerife 16-XI-1630 «El sol amarillo» Hamburgo Reynel Simon Antonio de Fonseca (en Tenerife) madera, ropa S. Cruz Tenerife 1-XII-1630 «El cazador» Nantes Cornieles Niño Cornieles Niño (con el navío) arcos, ropa, madera 1941 1 H. CH. LEA: Historia de la Inquisición española, Madrid, Fundación Universitaria Española, 1983, Tm. III, pp. 266-267. El escrito del Inquisidor General se reproduce en la p. 983. 2 British Museum, Egerton ms., 1512, fº 242 vº y ss. 3 Archivo Municipal de La Laguna, (A.M.L.L.), Actas Capitulares, Oficio (Ofº) 1º, Libro (Libº) 22, fs. 224 y ss. 4 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fs. 241 vº y ss. 5 Vid. J. DE VIERA Y CLAVIJO: Noticias de la Historia General de las Islas Canarias, Santa Cruz de Tenerife, Goya Ediciones, 19716, Tm. II, p. 185. 6 El regidor Alonso de Llerena Carrasco y Ayala en cabildo de 6-II-1627. A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fº 275 vº. 7 Cabildo de 15-II-1627, Idem., fº 277. 8 Conocemos los nombres de Nicholas Tenche, John Foller, Josias Dean, Miguel Onte y Roberto, criado de Henry Isham, todos los cuales se embarcaron por Garachico. Archivo del Museo Canario (A.M.C.), XXXI-15. A ellos se añaden Guillermo y Benjamín Hal. 9 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fº 340, 17-XI-1627. 10 Intervención, en el mismo cabildo, del licenciado Francisco García Sánchez, Idem., fº 342 vº. 11 Archivo Histórico Provincial de Las Palmas (A.H.P.L.P.), Real Audiencia, Libro II de Reales Cédulas, fs. 269-270 (nuevos, 85-86). 12 British Museum, Egerton ms., 1512. 13 A.M.C., Inq., LXXXIII-1, fº 2 y ss. Se trata de un documento de 139 hojas útiles que recoge las actuacio-nes del Santo Oficio en este asunto entre el 10-XII-1627 y el 27-I-1628. 14 Idem., fº 35. 15 Idem., fº 39 vº, 23-XII-1627. 16 Idem., fº 38 vº. 17 A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 73. Se trata de un documento de 113 hojas útiles. 18 “En las diligencias pasadas se procedió floxamente y así proceden los ministros desa ysla en lo que se les encomienda, de donde resulta no aver secreto e impedirse el dicho Santo Oficio”, A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 7 vº. 19 Fueron visitadas las casas de Henry Isham, inglés; Juan Jacques de Lange, flamenco; Hernando Pinto, portugués; Gaspar Hernández; Antonio Pérez, portugués; Diego de Argumedo, almojarife; Domingo Bolinao y Jorge Bernardes, franceses; don Luis Interián, almojarife mayor; Gaspar Álvarez; Antonio de Fonseca, portugués; Alonso Rodríguez Bello, castellano; y Pascual Francisco, todos ellos mercaderes; así como la de Violante Ramírez, tendera. 20 Fueron las casas de Felipe Hernández Vestre (flamenco), Adolfo Pérez o Piers (flamenco) y Conrado Brier; y las tiendas de Salvador Pérez, Juan Díaz Flores, Pedro Doble, Diego Angelin, Francisco Afonso, Juan de Ávila, Melchora de los Reyes; y de Asensio López, Pedro Díaz y Domingo González (estas tres últimas, “tiendas de toneleros”). 21 Casas de Antón Delgado, alcalde, de Felipe Pérez y de Baltasar Hernández. 22 Casa de Francisco Pérez, hacienda de los Príncipes (mercancías de Luis de Interián) y casa de Francisco Lorenzo. 23 A.M.C., LXXXIII-1, fº 18. Juan González, mercader vecino de Las Palmas, declaró que en el pasado había comprado mercancías inglesas a Luis de Espinosa, a Jorge Oflaque, a Gerónimo Vaniverde y a 1942 Nicolás Martínez, “que las tenían y venían de encomienda en tiempos de paces y que se las remitían de Tenerife”, Idem., fº 129 vº. 24 Entre los primeros estaban Manuel Ruiz, Agustín García, Juan de Ávila, Bartolomé Díaz, Justa Sánchez, Matías Lorenzo, Andrés Castrillo, Domingo González, María de Estariol, Antonio Díaz de León y Juan González; entre los segundos, Antonio Borges y Pedro Gallardo; y, sin precisar su categoría como comer-ciantes, se citaba además a Francisco de Figueras, Isabel Paula, Úrsula Rodríguez, Leonor Tello, Melchora de los Reyes, Ana Sánchez, Gregorio de Golfos (Guía) e Inés Felipe (Guía). 25 Honorado Estacio, familiar del S.O. y mercader, declaró (25-I-1628) que varios mercaderes no se atrevie-ron a comprar, al ver que no las aceptaba Isaac Juan, mercader francés avecindado: “y con deber muchos dineros el dicho Luis de Espinosa al dicho Isaque y quererle pagar con dichas mercadurías, importunán-dole para que tomase cantidad dellas antes que nadie, no lo pudo acabar con el dicho Isaque, siendo así que ordinariamente es el pagarse los mercaderes con ropa que toman unos de otros, y si se la diera de géneros corrientes tiene por cierto que la tomara el dicho Isaque”, A.M.C., LXXXIII-1, fº 121 vº. Por lo mismo no compraron Nicolás Martínez, natural de Flandes, regidor; Francisco Gutiérrez de Ávila, Mi-guel Juan Pol, flamenco; Juan González y Julián Arnao, francés, llamados a declarar. 26 J. DE VIERA Y CLAVIJO: Noticias de la Historia General..., Tm. II, p. 190. 27 A.M.C., LXXXIII-1, fº 49 vº. 28 Carta de 31-I-1628. A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº5. En una junta de los inquisidores de 14-III-1628 se dice que también se habían enviado para Indias mercancías de las de contrabando, A.M.C., CXLVII-29, fº 19. 29 “Es común opinión que cada navío de éstos le ha valido al Gobernador don Diego de Alvarado muchos ducados por darles licencia”, declaraba Fr. Domingo de Brito, franciscano de Garachico (A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 39); “que los niños lo cantan por la calle”, decía Fr. Antonio del Espíritu Santo, dominico en el mismo lugar (Idem., fº 54 vº). 30 Según se decía, “de poco tiempo a esta parte es tenido por rico y que tiene buen caudal y que de antes era muy moderado”. Hacía de gran intermediario y en 1627 descargó y despachó al menos siete barcos (Hojas sueltas nº 4, fº 46 vº y 59 vº) 31 Eran en Garachico el capitán Vicente Castillo, del que se advertía que en otras ocasiones había escondido sus libros y papeles, Felipe Hernández Vestre, Juan Jaques, Thomas Edmonçon, Conrado Brier, Martín Duarte, Diego de Sirvete, don Luis de Interián, don Martín del Hoyo y don Bartolomé de Ponte; y en La Orotava, Guillermo Baltar, Bernardo Lorenzo, Pedro Martín Jorjeone y Pedro de Tovalla. A.M.C., Hojas sueltas, nº 4. 32 A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 76. 23-I-1628. 33 A.M.C., Hojas sueltas, nº 4, fº 116 vº, auto de 16-II-1626. Entre otros testimonios, el Tribunal contaba con la declaración del mercader francés Esteban Godofre, quien refirió que en Londres supo que un francés hugonote de La Rochelle había reclamado judicialmente a un mercader inglés “sobre que le tomase en quenta las costas que había hecho en meter y ocultar las mercadurías en los conventos de la dicha ysla de Tenerife y limosnas que decía había dado a los frailes por ello”, A.M.C., LXXXIII-1, fº 137 vº. 34 A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 97. 35 A.M.C., Hojas sueltas, nº 4, fº 51 y 59 vº. Sus esclavos moros y negros los llevaban a su casa de la Caleta de Interián. 36 A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 42 vº, declaración de 28-I-1628. 37 A.M.C., CXLVII-29, fº 70 vº, declaración de 24-I-1628. La cursiva es nuestra. Salazar, que había sido comisionado del Capitán General Andía para asuntos de contrabando, había pretencido mantener esta comisión después de haberse ido éste de las Islas, a lo que el Gobernador Alvarado se había opuesto. En el Cabildo, Salazar mantenía una postura de denuncia del contrabando. 38 El capitán Bartolomé Gan, familiar del Santo Oficio en Garachico, decía que el comisario iba siempre solo a visitar la ropa en la aduana y nunca lo llamaba, insinuando que no quería testigos. A.M.C., Hojas 1943 sueltas nº 4, fº 36, declaración de 28-I-1628. 39 “Que por falta dél (de notario) no se han hecho exactamente las visitas de navíos y sería posible que de no haberse hecho como se deben hayan resultado estos inconvenientes”, 23-XII-1627, A.M.C., LXXXIII-1, fº 39 vº. 40 A.M.C., LXXXIII-1, fº 86. 41 Los tejidos relacionados son los siguientes: albornoz, anascote, angeos, bayetas, bitre de la rosa, bomba-sí, borlón/nes, brabante, brin, bucarán, cambrais, cariseas, coleta cruda, cordellate, crea, estameña, frisas, frisetas, fustanes, gante, holandilla, lanillas, leoncillos, lienzos (de “aforro”, enrollado, “empapelado”, navales, para arpilleras), lino, lonas, londres, medios londres, merselanes, novato, perpetuanes, paños, pasamanos, picote, picotillo frailesco, ruán, saltalarroyo, sargas, sarguetas, sarguillas, seda (listones de—), semisan, y telillas. Confecciones textiles: antepuertas, cilicios (de lino y lana), coberto-res, colgaduras de lana, ligas de lana, manteles alemaniscos, medias (de distintos tipos), molinillos de lana y de seda, pañuelos, sobremesas de lana y valonas; además de agujetas (de cuero), botones de cerda, bramante, cintas, hilos (diferentes), liñas torcidas y pabilo de algodón. 42 Caparrosa, goma arábiga, calasimbre, añil, engrudo, almidón, drogas de botica. 43 Estaño, cuchillos, tijeras, clavos, corchetes, alambre, alquitaras, braseros, bacinicas, calderas para coci-na, calderas de cobre para ingenios, candeleros (de latón, de bronce), candados, fuentes, aguamaniles. 44 Balones de papel, frascos de vidrio, cuerda de arcabuz, espejos, muebles (escritorio, bufete, cofres, arma-duras de cama, escabeles), cajetillas pintadas, libros (tres de leyes, en latín), velas de sebo. 45 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fº 219, 15-VI-1626. 46 A.M.C., Hojas sueltas nº 4, fº 115. 47 Los detenidos (en diciembre de 1627) fueron puestos en la cárcel pública de La Laguna, A.M.C., LXXXIII-1, fs. 105-108. 48 A.M.C., CXLVII-29, fs. 50-54. En marzo de 1628 estaban en la cárcel de La Laguna. 49 A.M.C., CXLVII-29, fº 55. 50 A.H.P.L.P., Real Audiencia, Libro II de Reales Cédulas, fº 87. 51 A.M.C., Idem., fs. 23-24. 52 En 1643, en una escritura de tributo, se hace referencia al “proceso sobre la cobranza de los bienes confiscados de Jaques Balduque por de contrabando”, que habría pasado ante el mismo escribano. A.M.L.L., Libro de fianzas de lonjas, ventas... (etc.), ante Salvador Fernández de Villarreal, 1630-1652, año 1643, fº 281. 53 A.M.L.L., Actas Capitulares, Of1º 1º, Libº 22, fs. 362 y ss. (cabildos de 11 y 18 de abril de 1628). 54 El capitán Pedro de Alvarado, alguacil mayor, que estaba en Madrid cuando por el Consejo de Guerra se dio comisión al Regente Carvajal para investigar el contrabando, manifestó que algunos consejeros le dijeron que “esta isla (...) era la más perniciosa que tenía S.Magd, y que en ella se trataba con Holanda y Gelanda e Inglaterra como en tiempo de paces”; y que en otra ocasión “halló a algunos consejeros de Estado y Guerra y al sr. Conde Duque (...) y todos le respondieron que desta isla se daba mantenimiento al inglés y al holandés”. A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fs. 423 y ss. (cabildo de 20-IV- 1629). 55 Vid. referencia al asiento en A. DOMÍNGUEZ ORTIZ: “Guerra económica y comercio extranjero en el reinado de Felipe IV”, en Hispania, nº 89 (1963) pp. 71-110. 56 Cabildo de 31-VIII-1629, después de haberse recibido ya a algunos de los navíos que venían en virtud de este asiento. A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fs. 455 vº y ss. Ver relación de navíos del Apéndice, y A.M.L.L., visitas de salud, Sección I, S-I. 57 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 2º, Libº 9, fº 203 (cabildo de 20-III-1628) y 262 vº y ss. (cabildo de 15- III-1629). A este último corresponde la frase, pronunciada por el capitán Francisco de Alçola Vergara. 58 A.M.C., CXVII-7 y 10, sobre que se inhibiera la justicia real en favor del Santo Oficio. Año 1629. 1944 59 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fº 465. 60 Ibidem. 61 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 23, fs. 10 y ss. 62 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 22, fº 455 y ss. 63 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 23, fº 43, cabildo de 21 de julio de 1630. 64 A.H.L.P.G.C., Real Audiencia, Libro de Gobierno, Tm. I, fº 57. También para lo que sigue, hasta fº 70. 65 Según Ribera, don Pedro de Silva había recibido en agosto de 1630 un millar de madera de pipas, mante-ca y otras mercaderías como pago por haber autorizado el trato al navío inglés “La Maya”, A.H.P.L.P., Libro de Gobierno de la Real Audiencia, Tm. I, fº 70. 66 J. ALCALÁ-ZAMORA Y QUEIPO DE LLANO: España, Flandes y el Mar del Norte (1618-1639), Barcelona, Planeta, 1975, p. 266. 67 A.H.L.P.G.C., Real Audiencia, Libro de Gobierno, Tm. I, fº 60, 20-XII-1630. 68 A.M.L.L., Actas Capitulares, Ofº 1º, Libº 23, cabildo de 23-XII-1630 (fs. 77 y ss.) y de 24-II-1631 (fs. 103 y ss.). 69 A.M.L.L., Libro de fianzas de lonjas, ventas...(etc.), ante Salvador Fernández de Villarreal, 1630-1652, año 1631, fº 57. 70 A.M.L.L., Cuaderno de escrituras públicas ante Agustín de Mesa, 1623-1643, año 1632, fº 57. 71 A.M.L.L., Sección 1ª, S-II, nº 1. 72 Vid. George F. STECKLEY: “La economía vinícola de Tenerife en el siglo XVII: relación angloespañola en un comercio de lujo”, Aguayro, nº 138 (1981), pp. 31. |
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