ARCHIVO GENERAL INSULAR DE LANZAROTE
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va de León Arbelo*
Fecha recepción: 12 de diciembre de 2013
Fecha de aceptación: 10 de enero de 2014
Resumen: Con el presente artículo se pretende dar a conocer la creación, por parte del Cabildo de Lanzarote, del Archivo General Insular, los objetivos respecto del patrimonio documental de Lanzarote, los diferentes fondos que custodia y el acceso a la consulta de esos fondos por parte del investigador y del ciudadano interesado.
Palabras claves: Archivos generales insulares; Archivo General de Lanzarote; Archivos de Canarias; Patrimonio documental.
Abstract: This article gives notice about the creation of the Island’s General Archive by the council of Lanzarote, as well as its objectives relating to Lanzarote’s documentary legacy, the different collections it and the access citizens and researchers have to these collections.
Keywords: Island’s general archives; Lanzarote General Archive; Canarian archives; Documentary legacy.
1 Historia institucional
Los cabildos insulares nacen en Canarias amparados en la Ley sobre reorganización administrativa y representación en Cortes de las islas Canarias, fechada el 11 de julio de 1912, abriéndose con ella una nueva etapa en la historia administrativa canaria. El reglamento de la Ley de Cabildos fue aprobado por real decreto de 12 de octubre de 1912. Todo ello surge como consecuencia de
Cartas diferentes. Revista canaria de patrimonio documental, n. 9 (2013), pp. 115-135.
* Responsable del Archivo General Insular de Lanzarote (Arrecife).E E
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la realidad histórica, social y política de etapas anteriores a esas fechas. Así, vemos cómo en el siglo xix las islas Canarias estaban sometidas a las mismas normas de régimen provincial que el resto de la nación, cuya aplicación dio lugar al origen del llamado «pleito insular» o «pleito canario». Se trataba de un conflicto secular entre la burguesía de los dos principales puertos canarios, Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria, que querían el control de las importaciones y exportaciones; constituía la rivalidad de las dos burguesías insulares luchando por el control del poder político, económico y social, sin embargo ante la población lo disfrazaron como una pugna por la capital de la provincia primero, por la división provincial más tarde y por cualquier elemento que pudiera beneficiar a la otra parte después1.
Ante el progresivo desmoronamiento del sistema de la Restauración, sucesivos gobiernos intentaron llevar a cabo las reformas que garantizaran el mantenimiento del statu quo existente. Al comenzar a debatirse esas reformas en el congreso, los sectores canarios favorables a la división de la provincia comenzaron a agitarse para conseguir una modificación de la organización de la provincia y se produjo un nuevo episodio del pleito insular. Esa agitación dio lugar a sucesivas asambleas y publicación de folletos, y como resultado de esa coyuntura se produjo la creación de los cabildos insulares y de una diputación provincial para toda Canarias, que más tarde, con el estatuto provincial de 20 de marzo de 1915, se sustituye por la mancomunidad interinsular.
En los primeros años de consolidación de su estatus, los cabildos tuvieron que enfrentarse a numerosas dificultades surgidas con la diputación provincial, con algunos ayuntamientos y con algún otro sector social, sobre todo cuando se trataba de conseguir recursos con que subvencionar las necesidades insulares. Estas disputas surgieron fundamentalmente porque no se dejaron
1. Una primera aproximación a esta cuestión en: León Arbelo, Eva de. «Archivo General Insular de Lanzarote: origen institucional y fondos documentales». Cartas diferentes: revista canaria de patrimonio documental, n. 5 (Canarias, 2009), pp. 334-338.A
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claros desde un principio los límites de actuación y funciones que a cada organismo correspondía desempeñar.
En la isla de Lanzarote el cabildo insular se constituyó el 16 de marzo de 1913; se instituyó en la sala capitular del Ayuntamiento de Arrecife, con asistencia de los diecinueve consejeros que componían esta corporación. La elección del primer presidente recayó en Domingo Armas Martinón, y la vicepresidencia fue ocupada por Enrique Curbelo Luzardo. El cabildo quedó formado por una comisión permanente, una comisión mixta y comisiones de trabajo y servicio: una de hacienda, presupuestos y cuentas, otra de fomento y una tercera de beneficiencia y sanidad.
La constitución de los cabildos insulares se realiza en sesión pública dentro de los treinta días siguientes a la celebración de las elecciones locales, formándose para ello una mesa de edad conforme a lo que establece el artículo 201.4 de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general.
El Cabildo de Lanzarote se organiza políticamente en la siguiente estructura, de acuerdo con su Reglamento orgánico:
—Los órganos superiores tienen como misión la dirección, planificación y coordinación política del cabildo. Comprenden al presidente, los vicepresidentes y los consejeros miembros del Consejo de Gobierno Insular. Tienen esta consideración los consejeros delegados.
—Los órganos directivos ejecutan las decisiones adoptadas por los órganos superiores, sin perjuicio de las competencias que se le deleguen y salvo la plena autonomía con que cuenta la Intervención General para el ejercicio de su función de control y fiscalización. Estos órganos comprenden los coordinadores generales de cada área, los directivos insulares, el titular de la oficina de apoyo al Consejo de Gobierno Insular y al consejero secretario de la misma, el titular de la asesoría jurídica, el secretario general del pleno, el interventor general, el titular de la Unidad de Tributos y Recaudación, y los titulares de los máximos órganos de dirección de los organismos autónomos y de las entidades públicas empresariales.r L A E118 E va de eón belo
1.1 Funcionamiento
—El Pleno de la corporación celebrará sus sesiones en su sede principal, salvo casos de fuerza mayor. Las sesiones del pleno pueden ser ordinarias, extraordinarias o extraordinarias urgentes, y será este órgano el que fije el régimen de sesiones.
—El Consejo de Gobierno es el órgano que, bajo la dirección del presidente, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que a éste corresponde, y ejerce las funciones ejecutivas y administrativas que la ley y el reglamento le confieren.
—Las Comisiones de Pleno son órganos sin atribuciones resolutorias y tienen como cometido el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del pleno. La periodicidad de las sesiones será acordada por dichos órganos. Contarán con facultades decisorias cuando le sean delegadas por el pleno.
—A la Comisión Especial de Cuentas le corresponde el examen, estudio e informe de todas las cuentas presupuestarias y extrapresupuestarias que deba aprobar el pleno de la corporación. Su existencia es preceptiva, ajustándose su constitución, composición e integración y funcionamiento a lo establecido para las demás comisiones del pleno.
—Las Comisiones Insulares se crean por disposición legal para temas concretos, como la Comisión de Acceso y Seguimiento, cuya función es la de resolver los expedientes de ingresos y altas en los centros de alojamiento y estancias diurnas y nocturnas de personas mayores y toda la gestión relacionada con esta actividad, y la Comisión de Patrimonio Histórico, que es un órgano consultivo y asesor de la administración insular. Ésta está integrada por instituciones con competencia en materia de patrimonio histórico y por personas especialistas en la materia.
1.2 Competencias
La Ley 7/1985, de 2 de abril, en su artículo 41.1, determina que:Arc hivo General Insular De Lanzarote 119
«Los Cabildos Insulares canarios, como órganos de gobierno, administración y representación de cada isla, se rigen por las normas contenidas en la disposición adicional decimocuarta de esta Ley y supletoriamente por las normas que regulan lo organización y funcionamiento de las Diputaciones Provinciales, asumiendo las competencias de éstas, sin perjuicio de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Canarias».
Al respecto, el artículo 36.1 del propio texto legal establece como competencias de las diputaciones, y por consiguiente de los cabildos insulares,
«las que les atribuyan, en este concepto, las leyes del Estado y de las comunidades autónomas en los diferentes sectores de la acción pública, y en todo caso: la coordinación de los servicios municipales [...], la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios [...], la prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal y, en su caso, supracomarcal [...]».
El artículo 127.1 de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, atribuye al Consejo de Gobierno Insular, en sus numerosos apartados a-m, las competencias de:
— Aprobar proyectos de ordenanzas y reglamentos, con excepción de las normas reguladoras del Pleno y sus comisiones.
—Aprobar proyectos de presupuestos.
— Aprobar proyectos de instrumentos de ordenación urbanística.
— Aprobar los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no atribuidos al Pleno.
— Conceder cualquier tipo de licencia, salvo que la legislación sectorial la atribuya expresamente a otro órgano.
—Desarrollar la gestión económica.
—Aprobar la relación de puestos de trabajo.
— Ejercer acciones judiciales y administrativas en materia de su competencia, etc.r L A E120 E va de eón belo
Y por último, el Reglamento orgánico del Cabildo Insular de Lanzarote, en su artículo 139.1, determina en los apartados a–m, como atribuciones del Consejo de Gobierno Insular, las siguientes: aprobar ordenanzas, reglamentos, presupuestos e instrumentos de ordenación urbanística; conceder cualquier tipo de licencia, salvo que la legislación sectorial la atribuya a otro órganos; contrataciones; subvenciones; etc.
2 Historia archivística
El Archivo General Insular del Cabildo de Lanzarote fue creado por acuerdo plenario de 30 de diciembre de 2002, con la finalidad recoger, conservar y servir la documentación que se produce en el ámbito de la isla de Lanzarote, ya sea de titularidad pública o privada. Compatibiliza el derecho de propiedad privada con las exigencias del interés general en orden a la conservación, defensa, acceso y difusión de los mismos.
Cumpliendo con el objetivo de fomentar la investigación y la ampliación de conocimientos en el seno de nuestra sociedad, el Archivo General Insular pone a disposición de los ciudadanos e investigadores esta documentación para la consulta, estudio y análisis, garantizando en todo momento la seguridad, conservación y buen uso de la misma2.
La ubicación del archivo ha estado unida a las distintas sedes que ha ocupado la institución; ha sufrido, por tanto, los mismos desplazamientos que ésta, lo que ha ocasionado la pérdida de numerosa documentación. Actualmente el Archivo General Insular está situado en el edificio del cabildo. Cuenta con dos espacios bastante amplios como depósitos para la documentación, equipados con armarios compactos, donde la documentación
2. La normativa autonómica básica es la Ley 3/1990, 22 febrero, de patrimonio documental y archivos de Canarias, publicada en Boletín oficial de Canarias, n. 27 (2 de marzo de 1990).Arc hivo General Insular De Lanzarote 121
está protegida de posibles percances como inundaciones o incendios, con medidores de temperatura y humedad y extractores de humedad.
La sala de consulta cuenta con ocho puestos de investigación, servicio de reprografía y una pequeña biblioteca dotada con libros de contenido canario y con horario de consulta desde las 08:00 hasta las 13:00 horas, de lunes a viernes.
2.1 Fondos documentales
El archivo custodia cinco fondos:
—El fondo propio de la institución cabildicia, constituido por la documentación que hace referencia al desarrollo de las distintas competencias en materia de obras y servicios de ámbito insular transferidas al Cabildo de Lanzarote en el momento de su creación y las posteriores ampliaciones de transferencias de competencias desde el gobierno autónomo de Canarias.
Este fondo está ordenado parcialmente. Como instrumentos de localización de la documentación se utilizan ficheros manuales y una aplicación informática. La documentación que no está ordenada se localiza a través de índices elaborados por las distintas áreas que conforman el cabildo.
La documentación de este fondo del cabildo se puede consultar en su totalidad, excepto aquella documentación específica cuya consulta está limitada por la normativa estatal y autonómica.
La documentación más demandada de este fondo es la referida a los Libros de Actas del Pleno, los Libros de las diferentes comisiones y los Libros de Memorias, que es por otro lado la documentación más antigua, y es por ello por lo que, preocupados por conservarlos en buen estado, se ha tomado la iniciativa de ir digitalizándolos en la medida en que el presupuesto lo permita, facilitando de esa manera su uso. Hasta la fecha se han podido digitalizar 15 libros.r L A E122 E va de eón belo
—El Fondo Notarial, constituido por protocolos de los diferentes notarios que ejercieron en la isla de Lanzarote, cuando había una única notaría. En ellos se recogen los instrumentos públicos, es decir, los autorizados por el notario, constituidos por: las escrituras, cuyo contenido son las declaraciones de voluntad, los actos jurídicos que impliquen prestaciones de consentimiento y los contratos de todas clases; las pólizas intervenidas, cuyo contenido exclusivo son los actos y contratos de carácter mercantil y financiero que sean propios del tráfico habitual y ordinario de sus otorgantes; las actas, que pueden ser de presencia (remisión de documentos por correo, notificaciones y requerimiento, etc.), de referencia, de notoriedad, de protocolización, etc.; los testimonios y legitimaciones de diverso tipo; las legalizaciones y las certificaciones de autenticidad de firmas o traducciones, en las cuales la función del notario se limita a la simple intervención de fedación certificante.
El protocolo más antiguo que poseemos es de 1851 y el más reciente de 1936. El fondo consta de 140 libros, controlados a través de fichas de inventario, de las cuales se ha creado una base de datos informatizada. Está ordenado en su totalidad. Para consultar los documentos cuya antigüedad sea inferior a 100 años se requiere la autorización previa del notario.
—El Fondo de la Demarcación de Lanzarote del Colegio de Arquitectos de Canarias, conformado por documentación de carácter técnico, constituida por proyectos de edificación, proyectos de planeamiento, libros de órdenes y asistencias, certificaciones finales y otros. La documentación más antigua es la de 1986 y la más reciente de 1999.
El fondo está parcialmente ordenado y para la localización de los documentos existe un inventario, en base al que se ha creado una aplicación informática. El fondo no se puede consultar salvo casos excepcionales y previa autorización de la Demarcación de Lanzarote del Colegio de Arquitectos.Arc hivo General Insular De Lanzarote 123
—El Fondo de la Cámara Agraria, que contiene la documentación generada por ésta, relativa al desarrollo de la actividad agraria y ganadera en la isla desde 1986. No está ordenado.
—El Fondo Personal de Jesús Soto, que es el resultado de su trayectoria profesional. Jesús Soto desempeñó su labor como maestro artístico del Cabildo de Lanzarote en los Centros de Arte y Cultura y Turismo. Su respeto al medio ambiente y su interés por la naturaleza quedó plasmado en sus intervenciones en estos centros y en la Casa de los Volcanes, que funciona como centro didáctico, cultural, turístico y científico, cuyo objetivo principal es dar a conocer la geofísica de los volcanes de Lanzarote. En dicho espacio está ubicado el laboratorio de geodinámica, cuya obtención de datos sirve de apoyo a la investigación científica y cuenta con el asesoramiento técnico de organismos como igeo y ucm-csic. Cuenta además la Casa de los Volcanes con un apartado editorial, adscrito al Servicio de Publicaciones del cabildo, donde publican los contenidos de los congresos o cursos que organizan, así como las obras de autores relativas a la volcanología, riesgos volcánicos, geofísica, relieve, etc., Su última obra editada ha sido La vuelta al mundo en 80 volcanes (2013), de Vicente Araña.
La Casa de los Volcanes fue desde sus inicios una creación de Jesús Soto, que entendía que la isla, manifiestamente volcánica, era el lugar ideal para extender el conocimiento sobre geofísica. Trataba de convertirse en un centro que conectara con los distintos organismos e investigadores científicos internacionales con el propósito de intercambiar datos y profundizar en el conocimiento de la Tierra. Su modelo de intervención inauguró un nuevo modo de contemplar las peculiaridades paisajísticas de la isla y estableció un orden de rehabilitación y protección de espacios que, pese a su potencia atractiva, sufrían un cierto abandono y deterioro.
De la totalidad de este fondo cabe destacar una importante colección de vídeos con entrevistas hechas por Jesús a personalidades de la vida política y cultural de Lanzarote, así como a muchos r L A E124 E va de eón belo
trabajadores de los centros. También hay vídeos con entrevistas hechas a Jesús Soto.
El fondo está ordenado en su totalidad, y se puede consultar previo consentimiento de la familia.
Toda la documentación que recoge el Archivo General Insular y que es objeto de consulta se puede fotocopiar, exceptuando aquélla que, debido a la precariedad de su conservación, se puede deteriorar, como ocurre con los libros más antiguos y, a veces, con los de mayor paginado.
Como el uso de la fotocopiadora no es de una importancia significativa, no se ha establecido todavía una ordenanza de cobro por el servicio.
2.2 Personal y actividades
El Archivo General Insular cuenta con una técnica responsable del archivo y un ordenanza. La carencia de personal fijo se intenta ir supliendo con contrataciones temporales a través de convenios con el Instituto Nacional de Empleo (inem); asimismo existe un convenio de prácticas firmado con la Universidad Nacional de Educación a Distancia (uned) para los estudiantes de los cursos de postgrado de especialistas universitarios en archivística.
Es política del archivo organizar, conjuntamente con el Área de Recursos Humanos, cursos especializados de formación archivística para los trabajadores del cabildo, con el fin de que el personal se vaya familiarizando con el lenguaje archivístico y reciba nociones básicas sobre el correcto tratamiento de la documentación generada en las oficinas.
Con la idea de dar a conocer el patrimonio documental que se custodia en nuestros dos depósitos de documentación, el archivo participa en las visitas guiadas que hacen los centros de enseñanza al edificio del cabildo. En estas visitas se les muestran los espacios donde está la documentación, se les da una breve información de los fondos y del tratamiento dado a la documentación, y se les Arc hivo General Insular De Lanzarote 125
muestra alguna de la documentación más antigua, como libros de actas, los libros de memorias, etc.
Otra iniciativa a destacar acometida desde el Archivo General Insular es la de formar parte del grupo de trabajo de archiveros de diputaciones, consejos insulares y cabildos, grupo que nace con el objetivo de crear un punto de encuentro y un foro de debate de problemáticas profesionales y de experiencias que puedan dar soluciones a los responsables y trabajadores de los diferentes archivos.
Esta iniciativa se formalizó en el encuentro que tuvo lugar en el año 2002 y se consolida posteriormente en las jornadas de trabajo en la Diputación de Tarragona.
A raíz de esos encuentros abordamos, desde el Archivo General, la creación del cuadro de organización de fondos común a ambas instituciones. Hasta esos momentos el Cabildo de Lanzarote carecía de un sistema de clasificación propio y en la actualidad lo tiene casi acabado. Hemos trabajado también en la elaboración de los cuadros de organización de aquellos organismos autónomos dependientes del cabildo, como el Consejo Insular de Aguas, el Consorcio del Agua y el Consorcio de Seguridad, Emergencias, Salvamento, Prevención y Extinción de Incendios.
El archivo organiza las Jornadas de Estudios sobre Lanzarote y Fuerteventura y ha participado en la organización del ii Encuentro de Archiveros de Canarias, celebrado en Lanzarote del 21 al 22 de noviembre de 2008, coordinado por la Asociación de Archiveros de Canarias (asarc a). Esta asociación surgió con la idea de defender, desarrollar y difundir el patrimonio documental de la comunidad autónoma canaria, a través de acciones como mesas de trabajos, organización de congresos, promoviendo la formación y perfeccionamiento de los archiveros canarios con cursos formativos, encuentros, conferencias, etc. En todas estas iniciativas ha participado activamente el personal del Archivo General Insular.
Por último debemos señalar que tenemos pendiente la redacción del reglamento del Archivo General Insular y la solución del tema de la aplicación informática definitiva que queremos r L A E126 E va de eón belo
implantar a los fondos del archivo. Estamos colaborando con el equipo de informáticos en el tratamiento de diagrama de flujos de los trámites necesarios para la puesta en marcha de la administración electrónica.
Por otro lado, el archivo ha contemplado siempre ser un «espacio» abierto a la recepción, a modo de depósito, de documentación de entidades, individuos y familias que haya sido acumulada durante el tiempo y a la que se le suponga un contenido importante para la construcción documental de la isla.
A la par que los cabildos en Canarias son las administraciones públicas que se ocupan de las competencias del gobierno insular, en el ámbito de la gestión documental deberían tener desplegadas las mismas funciones y competencias, es decir: el Archivo General Insular, creado por el Cabildo de Lanzarote, tendría capacidad para gestionar los documentos que se generen en la isla, estableciéndose como un auténtico órgano insular con los atributos de receptor y gestor de dichos documentos, ya sean éstos generados por entidades públicas como por aquellas privadas que, voluntariamente, convengan en depositar su documentación histórica en el archivo insular. Los archivos municipales serían parte de la red de archivos de la isla y estarían conectados con el archivo insular de una manera que garantizara la movilidad eficaz de los datos, para bien de los ciudadanos que estén interesados en realizar consultas. Esta red tendría su máximo exponente en el Archivo General de Canarias, que tendría, además de su propia documentación, las conexiones con los archivos insulares y, a través de éstos, con los ayuntamientos.
Es la característica de isla lo que hace que el cabildo, como gobierno insular, sea el órgano competente en aquellos asuntos que atañen a su territorio administrativo y, por tanto, el Archivo Insular debería ser el destino, real o virtual, de los fondos documentales que se generen en la totalidad del mismo, como medio para prestar un servicio de archivo cercano y directo a los ciudadanos.Arc hivo General Insular De Lanzarote 127
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Sesión ordinaria del pleno del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote celebrada el día 30 de diciembre de 2002 en la que se creó el Archivo General Insular de Lanzarote.
En el Salón de Sesiones del Cabildo Insular de Lanzarote, se reunieron los señores que a continuación se relacionan, al objeto de celebrar la mencionada sesión, previa y primera convocatoria cursada en forma al efecto.
Asistentes: Ilmo. Sr. presidente: Don Enrique Pérez Parrilla; Sres. consejeros: Don Luis Arráez Guadalupe, Don Celso Betancort Delgado, Don Juan Félix Eugenio Rodríguez, Don Carmelo García Déniz, Don Ángel Pablo Gil Tejera, Doña María de la Paz Gómez Ferre, Doña Plácida Guerra Cabrera, Doña Juana Hernández Brito, Don Higinio Hernández Rodríguez, Doña Mª Dolores Luzardo de León, Don Sergio Machín de León, Don Marcos Páez Morales, Doña María del Carmen Pérez García, Don Mario Pérez Hernández, Don Segundo Rodríguez González, Don Pedro M. Sanginés Gutiérrez, Don Juan Santana de León, Doña María Félix Tejera Caraballo. Secretario accidental: Don Manuel Antonio Berriel Perdomo. Interventor de fondos: Don Francisco Gómez Guadalajara. Ausentes: Doña María José Docal Serrano, Don Miguel Ángel Leal Cedrés.
Siendo las doce horas y cinco minutos, el Sr. Presidente declara abierta la sesión pasándose a tratar los asuntos contenidos en el Orden del Día.
b) Propuesta de creación del Archivo General Insular de Lanzarote.- A su lectura, en votación ordinaria y por unanimidad, se acuerda aprobar el dictamen emitido por la Comisión de Educación y Cultura en reunión de 19 de diciembre de 2002, cuyo tenor literal es el siguiente:r L A E128 E va de eón belo
A su lectura, por unanimidad se acuerda aceptar e informar favorablemente la siguiente propuesta:
El Patrimonio Documental es uno de los instrumentos fundamentales para conocer y proteger la Historia de un pueblo y lo forman todos los documentos producidos y recibidos en el ejercicio de sus funciones por la Administración Pública, las personas privadas, físicas o jurídicas, gestores de servicios públicos, fundaciones, patronatos, etc.
El Archivo custodia y organiza sus fondos documentales, respetando en todo momento su unidad de origen, la estructura orgánica de los mismos y las condiciones de acceso público.
Se entiende por Archivo (Ley 3 de Patrimonio Documental y Archivos de Canarias, 1990) el conjunto orgánico de documentos o la reunión de varios de ellos, completos o fraccionados, producidos, recibidos o reunidos por las personas físicas, jurídicas, públicas o privadas, con fines de gestión administrativa, información o investigación histórica, científica y cultural.
Desde hace mucho tiempo se ha tenido la idea de que el Patrimonio Documental sobre la isla de Lanzarote era escaso o inexistente. Nada menos cierto. Creemos que lo que ha ocurrido es que la Administración Pública (ayuntamientos, cabildos, etc.) no le ha prestado toda la atención que debiera a los archivos existentes en la isla, ya que éstos han permanecido durante muchísimo tiempo sin unas dependencias adecuadas y sin un personal que pudiera clasificar y ordenar esa documentación, ocasionando con ello que mucha documentación haya desaparecido por: hurtos, deterioro del papel, incendios, traslados a otras islas, etc.
La situación parece que ha ido cambiando, prueba de ello es que, a raíz de la aprobación de la Ley 3 de Patrimonio Documental y Archivos de Canarias, el 22 de febrero de 1990, algunos municipios han comenzado a ordenar sus fondos y han contratado personal que los atendiera, como es el caso del Ayuntamiento de Arrecife, Teguise, San Bartolomé y el Cabildo.Arc hivo General Insular De Lanzarote 129
Con respecto al Archivo del Cabildo tenemos que decir que cuenta con buenas instalaciones, en una de las dependencias donde están ubicados los depósitos de este Archivo se han instalado armarios compactos para garantizar que la documentación que contiene esté protegida de la humedad, polvo, insectos, de posibles incendios, etc., por ser unas estanterías de aluminio que están cerradas herméticamente.
En cuanto al personal cuenta con una archivera y un auxiliar.
El Archivo del Cabildo custodia dos fondos diferentes, uno, el de la propia administración cabildicia, constituido por la documentación generada por cada una de las consejerías que constituyen el Cabildo y el otro, el de la Notaría de D. Celestino Mendizábal Gabriel, entregado el 14 de febrero de 2001, y está constituido por protocolos notariales de la isla de 1851 a 1939.
Son muchos los intentos que se han hecho desde el Archivo del Cabildo para que otros organismos como el Registro de la Propiedad, la j.i.a.i., etc., cedan sus fondos a este Archivo, pero hasta ahora no ha sido posible porque no ha existido la figura del Archivo General Insular, y esa documentación ha tenido que salir fuera de la isla y ser depositada en el Archivo Histórico Provincial de Gran Canaria. Así mismo sabemos que son muchas las personas que están dispuestas a entregar su fondo documental privado al Cabildo si éste creara el Archivo General Insular, entre ellos está el archivo privado de D. Agustín de la Hoz, la familia Rijos, D. Emilio Sáenz, D. Rafael Cabrera, entre otros. Esta situación ha ocasionado que la documentación sobre Lanzarote esté muy dispersa, sin organizar y en muchos casos mal conservada. Toda esta documentación constituye un enorme potencial de información, una base para el mejor conocimiento de nuestra historia y cultura reciente y pasada, que debería ser la base que fundamente nuestros proyectos de futuro.
Por ello de acuerdo con el ideario anteriormente expuesto y basándonos en la Ley de Patrimonio Documental y Archivos de Canarias, proponemos al pleno de la Corporación la creación r L A E130 E va de eón belo
del Archivo General Insular de Lanzarote y acogiéndonos a las competencias que confiere la mencionada Ley a los Cabildos en el artículo 15.1 donde dice:
«Los Archivos Generales Insulares serán creados por los Cabildos Insulares de cada isla. Tendrán ámbito insular y carácter administrativo e histórico. Serán competentes para recoger la documentación producida en las distintas instituciones y entidades públicas y privadas de cada isla, que no sean competencia de otros archivos».
La creación del Archivo debe ir acompañada de las siguientes actuaciones, asimismo contempladas en la Ley, destinadas a su correcto funcionamiento:
1) La ubicación: es necesario ubicar la documentación en espacios suficientes y adecuados, libres de riesgos de incendios, robos, humedad, insectos, etc.
2) Organización de los fondos: el Patrimonio Documental debe estar adecuadamente organizado e inventariado. Estos trabajos son de enorme utilidad puesto que permiten acceder a la información fácil y rápidamente. La misma Ley lo prevé en su artículo 24.2:
«En orden al conocimiento y a la difusión del Patrimonio Documental Canario y al apoyo a la investigación, el Gobierno de Canarias y los Cabildos Insulares, establecerán los planes de edición de guías, inventarios, catálogos e índices de los documentos conservados en los archivos de uso público, sin perjuicio de la colaboración exigible a las instituciones de carácter público y a las personas privadas».
En nuestros días debemos plantearnos como meta la informatización de los fondos pero para ello es necesario realizar el trabajo básico: la organización de cada sección documental.
3) Funcionamiento: es necesario arbitrar los medios necesarios para el funcionamiento del Archivo como servicio del propio Cabildo y como servicio público. Los artículos 26.1 y 26.2 de la citada Ley recogen este aspecto:Arc hivo General Insular De Lanzarote 131
«Todos los ciudadanos tienen derecho a la consulta libre y gratuita de los archivos y documentos constitutivos del Sistema Canario de Archivos y a la información en ellos contenida, siempre que estos reúnan las condiciones de consulta pública que se establezcan en la presente Ley, y que dicha consulta no suponga riesgo para la seguridad de los documentos, de acuerdo con las previsiones que se señalan en el artículo siguiente».
«Los Archivos Generales Insulares colaborarán en el intercambio de información entre ellos, al objeto de favorecer que todo ciudadano canario, sin necesidad de desplazarse a otra isla, pueda acceder a la documentación contenida en los archivos públicos de Canarias».
4) La dotación económica: es necesario dotar al Archivo General Insular de las partidas presupuestarias necesarias para que las actuaciones expuestas tengan efectos reales.
El Archivo deberá contar con un presupuesto anual suficiente para afrontar su correcto funcionamiento.
5) Personal: el Archivo Insular debe estar atendido por personal suficiente y cualificado. La Ley de Patrimonio Documental y Archivos de Canarias así lo recoge en su artículo 16:
«Los archivos de uso público estarán atendidos por personal suficiente y con la cualificación y el nivel que exijan las diversas funciones, de acuerdo con la reglamentación que se establezca».
En conclusión, proponemos al Pleno de la Corporación que debata y se pronuncie sobre todos los puntos que se han expuesto, con la finalidad de activar los mecanismos adecuados para la creación o la definición del Archivo ajustado a las razones expuestas.
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