ESTUDIOS SOBRE
AGUSTÍN MILLARES CARLO
El ')rocedimiento" contra Agustín Millares
Cado en el Tribunal Especial para la Represión
de la Masonería y el Comunismo
CARMEBNO LAÑOMSE J~AS
Departamento de Historia del Derecho y de las Instituciones
Universidad Nacional de Educación a Distancia
Descripción del proceso seguido contra Agustín Millares Carlo en el
Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo. Se
ha utilizado principalmente la documentación existente en el Archivo His-tórico
Nacional de Madrid y en el Archivo Histórico Nacional (Sección
Guerra Civil-Salamanca) con el fin de demostrar si había ingresado algu-na
vez en la Masonería. Se detallan las diversas diligencias que sufrió el
proceso hasta su sobreseimiento, así como las consecuencias que tuvo en
la vida y en la profesión del Catedrático grancanario.
En diciembre de 1936 el Catedrático de Paleografía y Diplomática de
la Universidad Central de Madrid, don Agustín Millares Carlo, se traslada-ba
con su familia a Hendaya. Participaría desde entonces en las acciones
emprendidas por la República para propagar ante la opinión internacional
cuanto sucedía en el mundo cultural e intelectual español. Conforme el
ejército de Franco iba ganando temtorio su cátedra se fue incorporando
primero al claustro de la Universidad de Valencia y luego al de la Autóno-
Boletín Millares Carlo, núm. 16. Centro Asociado UNED. Las Palmas de Gran Canana, 1998
12 Carmen Bolaños Meiías
ma de Barcelona. Al final, la guerra le arrebataría no sólo su medio de vi-da,
sino también al ser más querido, su esposa Paula Bravo, fallecida en
Hendaya el 4 de julio de 19381. Con ella se fueron muchas esperanzas y se
i ntemmpieron casi todas sus investigaciones y proyectos profesionales.
Con la amargura de quien se ve privado de cuanto legítimamente compo-nía
su profesión y su vida, empezó su exilio desde París. El presidente de
Gobierno, el también canario Juan Negrin, le nombró vicecónsul encarga-do
del Consulado General en México*. Sin otra posibilidad, allí se dirigió
junto con muchos otros profesores, artistas y profesionales que dejaron en
España un vacío lamentable en sus actividades.
En la capital azteca, su docencia e investigación se desarrollaron prin-cipalmente
dentro de la Universidad Nacional Autónoma y en el Colegio
de México. En ellos explicó Latín y Paleografía, e investigó en Humani-dades
clásicas. Su obra en México nos habla de su adaptación humana y
laboral a la tierra que le acogió: publicó ediciones y estudios fundamen-tales
sobre literatura española, participó decididamente en el indigenis-mo,
fundó los estudios de Biblioteconomía y Documentación, y continuó
ofreciendo su magisterio docente y su pluma a la Historia, ahora de Mé-xico
y de la Conquista, y a la Archivística. Pese a todo, como sucede a cual-quier
exiliado, soñaba cada día con regresar a casa.
Mientras tanto, en España se habían ido abriendo archivos para re-gistrar
la actividad política de los republicanos. Así fueron apareciendo
varias hojas de filiación de Agustín Millares Carlo. La primera ya en la
temprana fecha del 5 de septiembre de 1939, donde constaba que estaba
refugiado en México dando cursos de Latín y Paleografía en la Univer-sidad
y en la Academia Hispano-mexicana, y que le impugnaba "una
ideología marxista". Otra es de 1943. En ella consta que figuraba con el
n." 4331 en una relación "de individuos izquierdistas, rojos huidos y ma-sones"
remitida por la Embajada de España en Buenos Aires. Esta ficha
llevaba anexa otra proveniente del archivo masónico de Buenos Aires a
nombre de Millares. Una última, sin fecha, en la que figuraba que era di-
* La Subcentral de Inín del Servicio de Información de la Policía notificaba el 8 de
octubre de 1938 que Millares había partido hacia México en los primeros días de sep-tiembre
en compañía de sus hijos y una cuñada, quedando su madre política y otros fa-miliares
en Hendaya. "El Sr. Millares, según dicen, es amigo de Prieto. Ha efectuado va-rios
viajes de Hendaya a Barcelona y Valencia". Expediente n." 79.195. Archivo Histórico
Nacional. Fondo de la Causa General. Repatriaciones. Caja 1252.
2 Millares ejerció efectivamente este cargo hasta el fin de la Guerra Civil. Lo confir-ma
un oficio que transcribe una carta suya al Ministro de Estado "rojo" (09.01.39). Le co-municaba
que había hecho donación al Comité de Ayuda a España del 5% de sus haberes
relativos a seis días de los meses de agosto a diciembre de 1938, cuya suma total fue en-tregada
en la Embajada para su remisión a España. Dicho oficio se conserva en el Archi-vo
Histórico Nacional. Expediente citado.
El contra Agustín Millares Carlo en el Tribunal Especial ... 13
rectivo del Servicio de Emigración de los Refugiados Españoles y de la Fi-nanciera
Industrial Agrícola3.
En 1949 Millares solicitó el visado de su pasaporte ante el Cónsul de
España en Washington4. Unía a su petición la de sus hijas Asunción y
Mercedes, y la de su cuñada Mercedes Bravo Martínez. Su intención era
la de embarcar en diciembre hacia Tenerife. Ante la demanda de Millares,
en noviembre de 1949 la Comisión Nacional de Repatriaciones acordó su
admisións. No sin antes interesarse por sus antecedentes. Fue entonces
cuando la Comisaría General Político-Social encontró que en su archivo
masónico existía un registro abierto a nombre de don Agustín.
La idea de regresar a España no pudo realizarse hasta 1952, bien que
por breve tiempo. Una vez en Madrid, consideró seriamente quedarse. Pa-ra
hacerlo era imprescindible la reincorporación a su cátedra en la Uni-versidad
Central, y así lo solicitó6. Volvía con la información que le había
dado monseñor Galindo Romero. Pero la cátedra estaba sin proveer. Ade-más,
un obstáculo insalvable se oponía entre su deseo y hacerlo realidad:
la ficha que constaba a su nombre tanto en la Comisaría General Político-
Social como en el archivo salmantino del Tribunal Especial para la Re-presión
de la Masonería y el Comunismo7: "Cierto es que varios de los in-tegrantes
de la familia Millares habían pertenecido a la Masonería. Siendo
estudiante en Barcelona su padre, Agustín Millares Cubas, había ingresa-do
como compañero masón Laurent en la logia Constancia. Y cuando re-gresó
a Las Palmas se relacionó con la logia local cuyo primer vigilante
era su tío Rafael Millares. Sin embargo, el origen del expediente que im-
3 En el mismo fondo de la Causa General se custodian estas Hojas de filiación. Res-pecto
de la Financiera Industrial Agrícola, la ficha correspondiente apostillaba que era "la
que asaltaron unos atracadores rojos españoles matando a su gerente, Luis Guillén Guar-diola,
e hirieron al Comisario adjunto, ex-General español Francisco Llano de la Enco-mienda
y al mozo de la misma Silverio Eguia Flores".
4 Telegrama postal del Ministerio de Asuntos Exteriores enviado el día 8 de octubre
de 1949 a la Brigada Social. Informaba también que Millares era exiliado político resi-dente
en México D.F., calle de la Reforma, 374, Dpt." 9.
5 La Comisión Interministerial de Repatriaciones había aceptado admitirle a través
del Expediente n." 14.995, con Registro de Salida n." 3.902. En su primer regreso desde el
exilio Millares fijó oficialmente su residencia en el madrileño Paseo de Onésimo Redon-do,
n." 14.
6 Las circunstancias de su exilio, así como también las referentes a la producción in-telectual
del polígrafo grancanario, fueron objeto de un detallado estudio en MOREIRO
GONZALEJoZs,é , Agustín Millares Carlo: el hombre y el sabio. Islas Canarias, Viceconsejena
de Cultura y Deportes, 1989.
7 Nos lo comenta así MOREIRGOO NZALEJoZs,é , Agustín Millares Carlo. El Humanismo
apasionado. Islas Canarias, Gobierno de Canarias, Dirección General de Universidades e
Investigación, 1997, pp. 95-96. La ficha del Archivo salmantino es copia de la custodiada
en el Archivo Histórico Nacional. Fondo de la Causa General. Repatriaciones. Caja 1252.
14 Carmen Bolaños Mejías
pedía el regreso de Millares Carlo se remontaba a 1924, durante el curso
que permaneció en Buenos Aires. Había mantenido allí contactos con la
logia Renovación. Se le pedía ahora que demostrase que no figuraba en
ninguna logia española como integrante".
EL EXPEDIENTE DEL TRIBUNAL ESPECIAL PARA LA REPRESIÓN
DE LA MASONERÍA Y EL COMUNISMO
El expediente que se custodia en el archivo aparece abierto el 7 de
agosto de 1952, en respuesta a un telegrama enviado el día anterior por el
presidente del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el
Comunismo. La Delegación Nacional de Servicios documental es^ emitía
ese día un certificado que confirmaba al Presidente de dicho tribunal la
existencia en Millares de antecedentes político-sociales. Efectivamente, el
expediente se abrió por existir una ficha en que se especificaban dichos
antecedentes. No eran otros que su relación en Buenos Aires con la logia
Renovación n." 161. Aprovechando las asiduas visitas que Millares les gi-ró
durante el curso que impartió en Argentina aquella logia había puesto
en conocimiento del Gran Consejo de la Orden los contactos habidos con
el profesor español. Circunstancia que aprovecharon para el 27 de junio
de 1924 proponerle "de motu proprio" para ser iniciado.
Esta iniciativa, que no había partido del joven profesor, andando el
tiempo le daría muchos quebraderos de cabeza. Aparecer registrado en el
archivo salmantino iba a retrasar en dos décadas más el regreso definiti-vo
a casa. Y daría lugar a una serie de peripecias administrativas y judi-ciales
que se iniciaron en el momento en que a don Agustín se le pidió que
se retractase tal como se prevenía en estos casos y él consideró que, al no
haber pertenecido realmente a la Masonería, no había de qué retractarse.
La consecuencia inmediata de estar fichado fue que el 13 de junio de
1953 el juez Marco Garmendiag abriese un sumario y practicase de inme-diato
diligencias mediante oficios que solicitaban información al:
- Ministerio de Justicia, sobre antecedentes penales.
- Comisaría General político-social, a su Delegación Nacional de
Servicios Documentales, para ampliar los posibles datos allí cus-todiados.
- Dirección General de Seguridad, del Ministerio de la Goberna-ción,
en petición de antecedentes políticos y sociales.
8 Actualmente Archivo Histórico Nacional. Sección Guerra Civil, en Salamanca.
9 Juez del Tribunal especial n." 3. El sumario fue el n." 345-C-53.
El «procedimiento. contra Agustín Millares Carlo en el Tribunal Especial ... 15
- Servicio de la Información de la Guardia Civil, para conocer la fi-liación
y las actividades políticas.
- Dirección General de Prisiones, por si estuviese en situación de
reclusión en algún establecimiento penitenciario.
- Subdirección General del Servicio de Libertad Vigilada, por si es-tuviese
en libertad condicional, en cuyo caso se solicitaba el do-micilio
actual y la jurisdicción que hubiese dictado la sentencia
supuestamente impuesta.
De las respuestas sólo hemos alcanzado cuatro. Dos de Las Palmas ori-ginadas
en la Comandancia de la Guardia Civil y en la Alcaldía, una terce-ra
de la Dirección General de Seguridad, y la última de la Sección político-social
de la Delegación Nacional de Servicios Documentales. Ésta envió al
Tribunallo los datos que constaban en su archivo como antecedentes rela-tivos
al grancanario. Se limitaban entonces a un nombramiento aparecido
en la Gaceta de la República y a un manifiesto contra la barbarie fascista
publicado en El Libeval que firmaba un colectivo de profesores y científi-cos
entre los cuales estaba don Agustín. Escaso bagaje para ser culpado,
pues no existía condena alguna ni registro penal sobre el encausadoll.
La Guardia Civil confirmaba que Millares carecía de antecedentes y no
había pertenecido a ningún partido político de los que integraban el Fren-te
Popular con anterioridad al 18 de julio de 1936, si bien consideraban su
significación política «de matiz izquierdista)). Más interesante fue la res-puesta
del alcalde Ramírez Bethencourt. Además de reiterar que en Las
Palmas no había estado afiliado Millares a ningún partido políticol2, y no
satisfecho con informar sobre su paisano, añadía un comentario que
perseguía valorar ante el juez la figura científica del encausado de la que
como primer edil se sentía orgulloso: «Me es grato significarle que el Sr.
Millares Carlo, durante el tiempo que residió en Las Palmas se dedicó es-
10 Desde Salamanca, el 7 de agosto de 1952.
11 MOREIRJO.,, op. cit., p. 66, reproduce la declaración titulada Escritores y hombres
de ciencia protestan ante la conciencia del mundo contra la barbarie fascista. Se publicó en
El Liberal el 1 de noviembre de 1936 y la firmaban José Gaos, José Sánchez Covisa, Ra-món
Menéndez Pidal, Enrique Moles, Jorge F. Tello y Agustín Millares. Cita también la
Gaceta de la República (Barcelona, 13 de enero de 1938), donde Millares aparece nombra-do
para formar parte del tribunal a la última de las oposiciones a bibliotecas convocada
por el gobierno republicano junto a las señoras doña Teresa Andrés Zamora y doña Ma-na
Moliner, p. 68.
12 Más adelante decía: «Ni ejerció actividades político-sociales, sin que pueda mere-cer
el concepto de inductor, dirigente ni activo colaborador de la tarea o propaganda co-munista,
troskista, anarquista o similar» (Las Palmas de Gran Canaria, 22 de julio de
1953). Declaración estereotipada que se utilizaba para conformar los informes sobre an-tecedentes
políticos y que refleja cuáles eran las "bichas" políticas de entonces.
16 Carmen Bolaños Mejías
pecialmente a investigaciones históricas y paleográficas, en las cuales
destacó como un indiscutible valor nacional)). Finalmente, la Dirección
General de Seguridad, con aplomo administrativo y en uso conciso de la
terminología, confirmaba que Millares pertenecía al partido Izquierda Re-publicana
en Madrid desde 1934 y continuaba, ya sin desperdicio alguno,
((en junio de 1938 marchó a México, dedicándose a explicar sus asignatu-ras
en la Casa de España, ejerciendo el cargo de Vicecónsul rojo. En junio
de 1952 entró en España provisto de pasaporte expedido por nuestra re-presentación
diplomática en México, fijando su residencia en Madrid, es-tando
sometido a vigilancia diaria. Y volvió a salir de España el 3 1 de ene-ro
del corriente año (1953), con destino al Ecuador)).
La vista del caso tuvo lugar el 26 de junio de 1953 y se falló archivar
provisionalmente en rebeldía las actuaciones seguidas contra Millarest3.
De nuevo en México, Millares no olvidó su auténtica intención de regre-sar
a su cátedra y a su casa. Mientras lo volvía a intentar las diligencias se
archivaron provisionalmente en abril de 1955 al no localizarse su para-dero.
Millares había manifestado su deseo de reintegrarse en su cátedra de
la Central madrileña a través de Pedro Laín como Rector de esa Universi-dad
y de Joaquín Pérez Villanueva, en cuanto Director General de Ense-ñanza
Universitaria, siendo ministro de Educación Nacional Joaquín
Ruiz Jiménez'4. Éste abrió el proceso de revisión de la separación de la cá-tedra,
a la vez que se hacía lo mismo con Arturo Duperier Vallesal5. El ca-nario
Blas Pérez, ministro de la Gobernación, apoyó decididamente la
apertura del procedimiento, mostrando gran interés en resolver la situa-ción,
pues estaba convencido de que Millares lo merecía. Contó además
con el apoyo de otros amigos, pero al no tener respuesta Millares empezó
13 La sede del juzgado especial n." 3 estaba en la madrilena calle de Núñez de Bal-boa
n." 91, estando el tribunal formado por el General Cánovas como Presidente, y los
también generales González Oliveros, Uzquiano y López Ortiz como vocales. No es de ex-trañar
que se declarase a Millares en rebeldía, pues durante la primera estancia de Milla-res
en Madrid el año 1952 la propia Dirección General de Seguridad con fecha 12 de julio
daba como residencia de éste el Paseo Onésimo Redondo, mientras que el 14 de abril de
1953 la fijaba en la ((Residencia Xamarx de la calle Atocha, 64.
14 Ruiz Jiménez había cursado Filosofía tras haberse licenciado en Derecho. En la
Universidad Central tuvo como profesor de Latín a Millares Carlo en el curso 34-35. Aquél
ha manisfestado varias veces en público que guarda un recuerdo espléndido de la docen-cia
y maneras del grancanario. Así lo hizo en la presentación del Tratado de Paleografíci de
Millares en noviembre de 1983 en el salón de Actos del Cabildo Insular de Gran Canaria
y en la apertura del curso 97-98 al recibir el Doctorado "honoris causa" por la Universidad
Carlos 111 de Madrid.
15 Véase MOREIRGOO NZÁLEJoZs, é, Agustín Millares Carlo: el hombre y el sabio, op. cit.,
p. 179. Duperier había sido separado de la cátedra el 25 de noviembre de 1939 junto con
Pedro González de la Calle, José Cuatrecasas Ammí y Agustín Millares Carlo.
El «procedimiento,>c ontra Agustín Millares Carlo en el Tribunal Especial ... 17
a desesperarse. Entró en contacto con Antonio Rumeu de Armas, quien
de profesor era familiar de Blas Pérez, e incluso habló con el Con-de
de Mayalde sobre su reposición en el Archivo Municipal de Madridl6.
puede apreciarse que todos estaban en la idea de restituirlo a su situación
previa a la guerra. Sin embargo, hay que considerar que la salida del mi-nisterio
de Ruiz Jiménez en 1956 supuso un parón en las intenciones de
don Agustín y frustró casi definitivamente su deseol7. A ello se unió su
carácter un tanto apocado y poco dado a vivir en situaciones comprome-tidas.
EL AUTO DE SOBRESEIMIENTO
Millares había mudado su residencia en América en el año 1960. Dejó
México por Venezuela. Allí acudió como Director de la Biblioteca General
de la Universidad del Zulia en Maracaibo y como organizador de su Es-cuela
de Bibliotecología. Permanecería en la ciudad del Lago hasta 1975
en que regresaría definitivamente a Las Palmas.
En 1961 la Comisaría General de Investigación Social18 solicitó al Je-fe
del Servicio de Ejecutorias del Tribunal Especial información sobre si
había variado la situación legal de Millares. Lamentablemente, nada ha-bía
cambiado desde 1953. Un año después, era el Juzgado Superior de Re-visiones
del Ministerio de Educación Nacional quien pedía al Tribunal in-formes
sobre si existían o no antecedentes masónicos referidos a don
Agustínl9. Obtenía idéntica respuesta. El encausado seguía declarado en
rebeldía respecto al sumario abierto en 1953. Desde esa fecha Millares no
había vuelto a viajar a España hasta el año 1957. Bien es verdad que a par-tir
de entonces lo hizo ya cada año de forma ininterrumpida hasta 196320.
El final de este injusto y dilatado asunto empezó a gestarse mediante
la amistad existente entre Millares y otro Catedrático de Paleografía, To-
16 El Alcalde quiso reponerle en el Archivo. Aunque su plaza estaba ocupada por el
Sr. Hermosilla se buscó acoplarle de alguna manera a las actividades de aquel centro.
17 Ruiz Jiménez había autorizado en 1956 el Congreso de Escritores Jóvenes. El
Frente de Juventudes se opuso a su forma de organizarlo. Presionaron a Franco y consi-guieron
que aquel tuviese que dejar el ministerio. Le acompañaron Antonio Tovar, y Pé-rez
Villanueva, así como Laín en la Universidad. De esta manera quedaban suspendidos
los expedientes abiertos en favor del reingreso de Zubiri (pese a que él no quena), Carmen
Castro, Millares ...
18 La petición se hizo el 27 de septiembre de 1961. Esta Comisaria pertenecía a la
Dirección General de Seguridad.
19 Lo solicitó el 3 1 de octubre de 1962.
20 Se puede deducir del "Itinerario" aportado por MOREIRGOO NZALEJoZs,é , Agustín
Millares Cado. El Hzrnzanismo apasionado, op. cit., pp. 190-191.
18 Carmen Bolaños Mejías
más Marínzl. Como mejor muestra, la carta que a comienzos de 1963 di-rigió
a éste desde Maracaibo en la que hablaba de su reingreso en el es-calafón
de Catedráticos y donde, respecto al obstáculo permanente que se
oponía a ello el de la pertenencia a la masonena, le aseguraba que ni lo
había sido ni lo había deseado. También le confirmaba que no había reci-bido
nunca citación alguna del Tribunal para la Represión de la Masone-na22.
Consecuencia del recibo de la carta anterior fue la comparecencia
de Mann ante el presidente del Tribunal para constatar que Millares no
había pertenecido a la Masonería. Afirmaba además que, de haber perte-necido,
no incurriría en pena alguna pues hubiese sido una clara cuestión
de extraterritorialidad. Millares había concedido poderes generales a To-más
Mann y a los procuradores madrileños Alejandro García Yuste y San- ",
tos de Gandarillas en los que delegó su representación, en especial para D
E
cuanto guardase relación con sus derechos a la Cátedra de Paleografía de O
la Universidad CentraP. n-- m
A resultas del escrito presentado por Mann, el Presidente del Tribunal, O
E
González Oliveros, ordenó remitir la causa al Fiscal para su informe el día E
2
4 de marzo. Éste solicitó del Tribunal, catorce días después, el sobresei- -E
miento provisional de las actuaciones. El 20 de abril Mann volvía a insis- 3
tir en el sobreseimiento, y pedía se trasladase comunicación del mismo al -
Juez de Revisiones del Ministerio de Educación Nacional, para que Milla-
-
0
m
E
res pudiese reingresar en el escalafón de Catedráticos antes de cumplir la O
edad reglamentaria para jubilarse. El Tribunal dictó el 22 de abril un au-to
en el que reconocía que Millares había sido propuesto para ser inicia- n
E do en la Logia Renovación en 1924, pero que no constaba que se hubiera -
a
dado esa iniciación, por lo que no había entidad para constituir delito de 2
n
acuerdo con los artículos l.", 4." y 9." de la Ley de 1 de marzo de 194024. n
n
3
O
2' El sacerdote Tomás Mann Martínez era Catedrático de la Universidad de Sevilla
y Secretario del Instituto Enrique Flórez del Consejo Superior de Investigaciones Cientí-ficas.
Millares le escribió una carta desde Maracaibo el 2 de enero de 1963 a la que ad-juntó
poderes notariales para que Mann representase sus intereses ante el Juzgado Espe-cial
y ante el Ministerio de Educación.
22 Las estancias de Millares en España habían sido breves e irregulares. Si además
acudía a diversas ciudades (siempre, al menos, Madrid y Las Palmas) y, como antes co-mentábamos,
en ellas no frecuentó nunca un mismo domicilio, no era de extrañar que los
envíos del Tribunal no le hubiesen llegado nunca.
23 La comparecencia de Mann ante el Presidente del Tribunal tuvo lugar el 20 de fe-brero
de 1963. El poder general le había sido concedido el 7 de enero de ese mismo año
ante el Notario Público Primero de la ciudad de Maracaibo D. Luis René Viso.
24 Ley 1 de marzo de 1940 (Jefatura del Estado). Masonería; Comunismo; Represión;
Definición de delitos. (BOE del 2 de marzo de 1940, n." 62). Acerca del reflejo que esta ley
tuvo en los medios de comunicación puede consultarse: MORALRESU IZJ,u an José, La pu-blicación
de la Ley de Represión de la Masonería en la prensa de la España de postguerra
(1940-), Zaragoza, Institución Fernando el Católico, 1992. Y sobre la Masonería en gene-
~1 aprocedimiento,, contra Agustín Millares Carlo en el Tribunal Especial.. 19
~l expediente de depuración por antecedentes masónicos no le fue
sobreseido hasta el 22 de abril de 1963 por parte del Ministerio de Edu-cación
Nacional. El 26 de abril el auto de sobreseimiento provisional era
al Juez de Revisiones del Ministerio de Educación Nacio-nal.
Como quiera que Millares cumpliría setenta años el 10 de agosto si-guiente,
la reposición en la Cátedra tendría exclusivamente un valor
formal para hacerse acreedor a la pensión correspondiente. De esta for-ma
se veía dilatado hasta el momento final el regreso a su Cátedra ma-d~-
ileña~~.
CONCLUSIONES
La existencia de la ficha relacionando a Millares con la masone-ría
parece más una dificultad formal sin fundamento legal que
un auténtico problema para el regreso del exilio. Sin embargo, su
procedimiento judicial se alargó durante más de una década y
acabaría impidiendo el regreso del profesor a su Cátedra en edad
activa.
Puede hablarse de una verdadera manía inculpatoria, en la que se
englobaría cualquier clase de actividad política y social que no gus-tase
a los vencedores, la de acusar ante el Tribunal Especial de ha-ber
pertenecido a la Masonería o de participar en las ideas comu-nistas.
Lo demuestra el que con sólo 5.000 fichas existentes en el
archivo salmantino, se abrieran cerca de 80.000 expediente+.
Tanto la Legislación sobre represión de la Masonería entonces vi-gente
en España, como sobre todo las normas procesales genera-les
liberaban a Millares de toda culpa, incluso cuando hubiese per-tenecido
a la Masonería, pues lo hubiese hecho dentro de una
Logia argentina y, por tanto, fuera de la territorialidad en que
aquella se aplicaba.
ral y en España: FERREBRE NIMEJLoIs,é Antonio, Masonería española contemporánea, Ma-drid,
Siglo XXI de España, 1980,2 v. FERREBRE NIMEJLoIs,é Antonio, El contubernio judeo-masónico-
comunista, Madrid, Istmo, 1982.
25 MOREIRJO., ,o p. cit., p. 104. NOSd ice que con motivo de la reposición Millares di-rigió
sendas cartas a Lora Tamayo, Ministro de Educación Nacional, y a Juan Manuel
Martínez Moreno, Director General de Enseñanza Universitaria, donde agradeció el inte-rés
puesto por ambos en resolver su reingreso (Maracaibo, 1 de septiembre de 1963).
26 La aplicación generalizada de la acusación de masón a los integrantes del profe-sorado
universitario hizo común un dicho entre sus componentes: ¿Quién es masón? El
que está delante de mí en el escalafón.
20 Carmen Bolaños Mejías
Valerse de un Tribunal "de excepción" era una manera de perseguir
políticamente, ya que se utilizaba un establecimiento instituido
"post facto". Por lo cual, los acusados estaban privados de cual-quier
garantía jurídica. En la actualidad, y conforme al arto 1 17.6
de la Constitución, esta clase de tribunales están prohibidos por
atentar contra el derecho a ser juzgado con todas las garantías. La
irretroactividad de las normas es un valor inalterable en el respeto
a los principios jurídicos.
Resulta esclarecedor que el impulso para el reingreso sólo se diese
cuando se acercaba la edad para la jubilación. Queda así determ-nada
la farsa del procedimiento al anularse sus consecuencias
cuando ya no había tiempo de enmendarlas.