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Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 1 © 2017 Cabildo de Gran Canaria. Este es un artículo de acceso abierto distribuido bajo los términos de la licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional. * Graduado en Economía. Correo electrónico: ruymanhdezpacheco@gmail.com ** Profesora Doctora Titular de Escuela Universitaria de Historia e Instituciones Económicas. Universidad de La La-guna. Departamento de Dirección de Empresa e Historia Económica. Facultad de Economía, Empresa y Turismo. Campus Guajara, C/ Profesor José Luis Moreno Becerra, s/n, 38200. San Cristóbal de La Laguna. Tenerife. España. Teléfono: +34 922 317 189; correo electrónico: mojeda@ull.edu.es LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DURANTE EL PRIMER FRANQUISMO, 1936-1958 THE MUNICIPAL TREASURY OF SANTA CRUZ DE TENERIFE DURING THE EARLY DICTATORSHIP OF FRANCO, 1936-1958 Ruymán Hernández Pacheco*; María del Pino Ojeda Cabrera** Recibido: 13 de junio de 2016 Aceptado: 30 de junio de 2016 Cómo citar este artículo/Citation: Ojeda Cabrera, M. del P.; Hernández Pacheco, R. (2017). La hacienda muni-cipal de Santa Cruz de Tenerife durante el primer franquismo, 1936-1958. Anuario de Estudios Atlánticos, nº 63: 063-009. http://anuariosatlanticos.casadecolon.com/index.php/aea/article/view/9915 Resumen: Este artículo estudia la hacienda municipal de Santa Cruz de Tenerife entre 1936 y 1958, un período muy complejo por las dificultades políticas y económicas derivadas de la Guerra Civil y de la Segunda Guerra Mundial. Nuestro esfuerzo analítico se centrará en ponderar su impacto en las estructuras económicas del muni-cipio y sobre los niveles de bienestar de los ciudadanos, para lo que tendremos en cuenta la conducta de los indi-cadores más relevantes desde la perspectiva del funcionamiento de los mecanismos de una hacienda local que fue adaptada a los intereses de la dictadura de Franco. Palabras clave: Historia Económica, municipio, Hacienda Local, Santa Cruz de Tenerife, Dictadura de Franco Abstract: This article studies the municipal treasury of Santa Cruz de Tenerife between 1936 and 1958. It was a very complex period due to the political and economic difficulties arising from the Civil War and the impact of World War II. We try to weigh their impact on the economic structures of the municipality and on the levels of welfare of citizens, taking into account the conduct of the most relevant indicators from the perspective of the functioning of the mechanisms of a municipal treasury which was adapted to the interests of the dictatorship of Franco. Keywords: Economic History, Municipality, Municipal Treasury, Santa Cruz de Tenerife, Dictatorship of Franco Introducción El presente trabajo forma parte de una línea de investigación centrada en el estudio de las haciendas municipales en Canarias. Se examina en este caso la hacienda del municipio de Santa Cruz de Tenerife en-tre los años 1936 y 1958. Se trata, pues, de una etapa muy compleja debido a las circunstancias políticas y económicas generadas por la Guerra Civil y por el impacto de la Segunda Guerra Mundial. Además, el mo-delo económico autárquico instaurado en la nación tras la victoria del Frente Nacional en 1939 contribuyó también a agravar aquellas circunstancias al cercenar el acceso al mercado internacional de la economía insular, un acceso que constituía una pieza esencial en su devenir histórico. La base documental de nuestro texto son los presupuestos liquidados por el alcalde presidente para los años de 1936 a 1943 y las cuentas que rinde el depositario en los años de 1944 a 1958. En cuanto al María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 2 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 marco legislativo de la financiación municipal, no es otro que el modelo fijado por el Estatuto Munici-pal de Calvo Sotelo de 1924, al tiempo que lo contrastamos con las modificaciones introducidas por el nuevo régimen político mediante la Ley de Bases de Régimen Local de 1945 y la Ley de 1953. Desde este marco legislativo, analizamos la estructura de los presupuestos a través de la contabilidad munici-pal con objeto de medir, en primer lugar, el volumen de ingresos, considerando el ingreso y la presión fiscal por habitante, para luego determinar los niveles de empobrecimiento de la ciudadanía. Igualmente, estudiamos la organización y distribución del gasto desde la doble perspectiva del gasto liquidado y del invertido por habitante. Además, en este apartado valoramos los gastos propios del Ayuntamiento, las obligaciones generales, y los bienes preferentes, centrados en servicios como los de dotación de infraestructuras, sanidad, educación o vivienda. Se trata de una categoría de bienes donde, a tenor de la tendencia, comprobamos que debió de ser después del período estudiado cuando se recuperaron los niveles alcanzados en 1936. Guerra Civil y empobrecimiento de las cuentas del municipio El estallido de la Guerra Civil se desarrolló en un ambiente de miseria creciente, como queda con-trastado por la propia historiografía regional1. El nuevo régimen, derivado del conflicto, mermó el po-tencial de riqueza de la economía insular, al extraer de ella una parte sustancial de su renta. La nueva autoridad eliminó los logros sociales de la II República, aunque para paliar la penuria económica que originaba su actuación contribuyó a reactivar la exportación frutera centrada en el mercado peninsular como mecanismo de financiación del alzamiento militar. Pero la eliminación de las franquicias y el au-toconsumo derivado del intervencionismo económico provocaron un fuerte deterioro del nivel de vida de los insulares. Simultáneamente se interrumpió el proceso de modernización iniciado en el siglo XIX, lo que generó una creciente postración del grado de apertura que tradicionalmente había disfrutado la economía insular2. Agreguemos los negativos efectos de la Segunda Guerra Mundial, que provocaron la ruina de la econo-mía de servicios y de la agroexportación vinculada a sus mercados tradicionales. El Mando Económico de Canarias (1941-1946) impuso su estrategia intervencionista administrando la economía insular, lo que se tradujo en un impulso del sector agrario y en un estancamiento de la actividad industrial3. Así, la política comercial quedó vinculada al mercado nacional en perjuicio del internacional. Todo ello se vio acompa-ñado por la elevación del nivel de precios por encima de la media nacional4, generando la consiguiente ruina de los salarios reales por efecto también de la propia congelación salarial impuesta por el régimen. El encarecimiento del coste de la vida determinó un aumento de la demanda, de la inflación, de trueque en las áreas rurales y del estraperlo en las áreas urbanas5. A la vez, la política de racionamiento y de tasas generó hambre y miseria, así como la emigración clandestina a Venezuela. Entre 1949 y 1959 se intentó retornar a nuestro tradicional modelo puertofranquista, aunque sin éxito por la oposición de los intereses locales y extranjeros. Se produjo una relativa recuperación en la estruc-tura productiva, con una mayor participación del sector agrario en el PIB y en el empleo, de un 30,2% y 55,0%, respectivamente.6 Pero el plátano quedó vinculado al mercado peninsular, aunque las papas y los tomates quedaron proyectados hacia el exterior. La misma recuperación asistió a los servicios por-tuarios, pero no a la industria ni a las pesquerías. 1 Guerra Palmero (2006); Guerra Palmero (2007), pp. 53-72; Rive ro Cebal os (2007), pp. 53-86; Macías Hernánde z y Rodríguez Mart ín (1995), pp. 369-430; Macías Hernánde z (2011), pp. 225-259; Ma-cías Hernánde z (2001), pp. 476-506; Aguia r García (tesis doctoral); Rodríguez Mart ín, et al. (2009); Carne-ro Loren zo y Nuez Yáne z (1999), pp. 474-480; Carnero Loren zo y Nuez Yáne z (2014), pp. 373-394. 2 El grado de apertura se contrajo del 64% al 18% entre 1930 y 1960 según Carnero y Nuez (1999), p. 480. 3 Rodríguez Mart ín (2009), pp. 18-24. 4 Un 78,7% frente al 54,3% nacional. Véase Macías (2001), p. 251. 5 Carnero y Nuez (1999), pp. 474-475, Carnero y Nuez (2009), pp. 94-97, Carnero y Nuez (2014), pp. 378-385. 6 Macías (2001), pp. 251-252. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 3 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... En este contexto de creciente intervencionismo y autarquía, se explica la persistente insuficiencia de ingresos y el recurso al Banco de España como ente subsidiario en relación con la política monetaria, que tuvo un marcado efecto inflacionista durante la década de los años 40 y 50. Así, al finalizar la Guerra Civil, la política monetaria quedó en una situación de extrema vulnerabilidad. De una parte, por la pérdi-da de las reservas metálicas; de otra, por el enorme endeudamiento generado por dicha guerra. Además, la propia legislación de 1946 doblegó el Banco de España al Ministerio de Hacienda. Las repercusiones inflacionistas de esta política monetaria fueron notables a partir de la Guerra Civil hasta 1946, extraor-dinarias de 1947 a 1956, y aún mayores entre 1957 y 19587. La hacienda municipal se vio forzada a adecuarse a la nueva realidad. Ya durante el directorio militar de la dictadura de Primo de Rivera se había aprobado el Estatuto Municipal de 1924 impulsado por José Calvo Sotelo, que junto al Reglamento de Hacienda Municipal de 23 de agosto de 1924, fijaron las bases de la estructura municipal hasta 1958. Posteriormente, se mantuvo dicho Estatuto, añadiéndosele la Ley de Bases de Régimen Local de 17 de julio de 1945 y la Ley de 3 de diciembre de 1953. Al analizar las cuentas del municipio comprobamos que los presupuestos no podían ser aprobados con déficit según las instrucciones dadas por el Ministerio de Hacienda. Y aunque desde 1911 quedaron suprimidos los consumos, la Guerra Civil promovió su sustitución por arbitrios y recargos sobre los su-ministros de gas y electricidad hasta en un 50% de la cuota y hasta un 25% la cuota del recargo sobre la contribución industrial8. Además, la imposición municipal se debió nutrir de nuevos arbitrios y recargos sobre las cuotas del Tesoro, como el establecido sobre las contribuciones urbana, rústica y pecuaria. No obstante, la Ley de 1945 no aplicó sus modificaciones, pero la Ley de 1953 contribuyó a reactivar los presupuestos municipales con el objetivo de conseguir una mayor autonomía económica. En el plano analítico, las fuentes utilizadas para el presente estudio son las liquidaciones presupues-tarias rendidas por el alcalde presidente en los años de 1936 a 1943, y por el depositario desde 1944 hasta 1958, extraídas de los fondos del Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife (en adelante, AM-SCT). Para el primer período hemos contado con la “cuenta general de presupuesto que rinde el alcalde presidente, en cumplimiento con las disposiciones vigentes”9, firmada por el alcalde y el interventor de fondos del ayuntamiento. Además, dicha cuenta se acompaña de una certificación que indica que la cuenta está conforme con los asientos de los libros de la Intervención Municipal, con los documentos que justifican las cuentas del Depositario y con el acta de arqueo. La mencionada cuenta se divide en cinco partes. La primera es la Cuenta del Presupuesto de Ingre-sos, que agrupa los quince capítulos que componen este apartado (Cf. cuadro 1). La segunda parte es la Cuenta del Presupuesto de Gastos, que con ligeras diferencias, tiene el mismo formato que la cuenta del presupuesto de ingresos, con la salvedad de que contiene diecinueve capítulos (Cf. cuadro 1). La tercera parte, la Cuenta Resumen y Liquidación, contiene un balance con los totales presupuestados y liquida-dos en el ejercicio, las obligaciones pendientes de pago, los créditos pendientes de cobro a 31 de diciem-bre del ejercicio correspondiente, y las existencias en caja en la misma fecha, que pasan al siguiente ejercicio. Por último, la cuarta y quinta parte de esta “cuenta liquidada» son la Cuenta por artículos del Presupuesto de Ingresos y la Cuenta por artículos del Presupuesto de Gastos, respectivamente. Recoge toda la información señalada en la primera y segunda parte pero, en este caso, para los correspondientes artículos de los diferentes capítulos que componen los ingresos y los gastos del presupuesto municipal. No hemos localizado en el archivo las liquidaciones del alcalde para los años 1944-1958. Hemos recurrido entonces a otra fuente que permite suplir esta carencia. Se trata de la cuenta que rinde el depo-sitario de los fondos municipales de Santa Cruz de Tenerife, que recoge la recaudación de los ingresos y los créditos invertidos en el transcurso del ejercicio presupuestario. Su solvencia queda constatada por las firmas del depositario, del alcalde, del secretario y del interventor de los fondos, indicándose la su conformidad en los asientos de los libros de contabilidad a su cargo. Su periodicidad era trimestral, por lo que para confeccionar una serie anual hemos tenido que sumar los cuatro trimestres que componen un 7 Ba rciela (2005), pp. 351-353. 8 Ley de 17 de julio de 1945 de Bases de Régimen Local, Base 22. 9 Dicha cuenta forma parte del modelo de aplicación nacional recogido en los Reglamentos para la ejecución del Estatuto Municipal aprobados por los Reales Decretos de 2, 10 y 14 de Julio y 22 y 23 de agosto de 1924 (1924), pp. 154-161. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 4 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o ejercicio presupuestario: del 1 de enero al 31 de marzo, del 1 de abril al 30 de junio, del 1 de julio al 31 de septiembre y del 1 de octubre al 31 de diciembre. La temporalidad basada en el año natural o civil, que era la norma establecida en el período analizado por la Real Orden de 24 de junio de 192610, quedó consolidada con la Ley de 194511. Cuadro 1 Capítulos de los presupuestos de ingresos y gastos Ingresos Gastos 1. Rentas 1. Obligaciones generales 2. Aprovechamiento de bienes comunales 2. Representación municipal 3. Subvenciones 3. Vigilancia y seguridad 4. Servicios municipalizados 4. Policía urbana y rural 5. Eventuales y extraordinarios 5. Recaudación 6. Arbitrios con fines no fiscales 6. Personal y material de oficinas 7. Contribuciones especiales 7. Salubridad e higiene 8. Derechos y tasas 8. Beneficencia 9. Cuotas, recargos y participaciones en tributos nacionales 9. Asistencia social 10. Imposición municipal 10. Instrucción pública 11. Multas 11. Obras públicas 12. Mancomunidades 12. Montes 13. Entidades menores 13. Fomento de los intereses comunales 14. Agrupación forzosa del Municipio 14. Servicios municipalizados 15. Resultas 15. Mancomunidades 16. Entidades menores 17. Agrupación forzosa del Municipio 18. Imprevistos 19. Resultas Fuente: Estructura presupuestaria extraída de las liquidaciones presupuestarias de 1936 en adelante. AMSCT, caja 307. Elaboración propia. Esta cuenta del depositario consta de tres partes. La primera es la cuenta de caja, basada en la estruc-tura contable de partida doble12, que muestra el total de los ingresos —cargo— y pagos —data— efec-tuados durante los meses comprendidos en cada trimestre y la diferencia entre ambos; esto es, “en más» si los ingresos superaban a los pagos o “en menos» si ocurría lo contrario. También vienen expresadas las existencias al final del trimestre anterior y las que estaban disponibles al terminar el trimestre en vigor. No obstante, hay que puntualizar que en la parte de los ingresos, el primer artículo del capítulo de Resultas, “existencias en fin del ejercicio anterior”, aparece en todos los trimestres sin cantidad asig-nada. Pero teniendo en cuenta la estructura de la contabilidad municipal, al sumar los cuatro trimestres para conseguir la serie anual, hemos extraído la cantidad de dicho artículo de las existencias en fin del trimestre anterior del 1º trimestre del año correspondiente, que aparecen en la citada cuenta de caja y que, a su vez, son las existencias del último trimestre y, por tanto, las que pasan al ejercicio presupues-tario siguiente. La segunda parte hace referencia a la Cuenta por conceptos, que recoge el total de operaciones de gastos e ingresos realizadas en el trimestre para cada capítulo. En la mayor parte de los trimestres, hemos observado la adición de algún capítulo más a los ya existentes y fijados por el Estatuto. Por ejemplo, en el caso de los ingresos, contamos con la adición de un capítulo destinado a la devolución de ingresos 10 Rodríguez Be rnal (2008), p. 51. 11 Ley de 17 de julio de 1945 de Bases de Régimen Local, Base 65. 12 Hasta antes de1835, los expedientes de ingresos y gastos que podríamos considerar como presupuestos no eran más que simples relaciones de Cargo y Data, del que era responsable, como en el pasado, el mayordomo o depositario de los fondos municipales. Véase Ojeda Cabrera (tesis doctoral inédita). Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 5 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... indebidos, mientras que en el caso de los gastos, uno para los reintegros de pagos indebidos. Además, excepcionalmente, en los ejercicios presupuestarios de 1945 y 1946 se cuenta con un capítulo específico de operaciones de tesorería, tanto para la parte de los ingresos como para la de los gastos. Finalmente, la Clasificación por artículos del presupuesto indica las operaciones realizadas en cada trimestre para los diferentes artículos de los capítulos de gastos y de ingresos. Los ingresos municipales La tendencia de los ingresos liquidados del municipio de Santa Cruz de Tenerife fue muy desigual a lo largo de período estudiado (Cf. cuadro 2). En pesetas corrientes, el nivel más bajo se alcanzó en 1936, con una cifra cercana a los cinco millones de pesetas que, en ingreso per cápita, representaba 71,7 pesetas. Ahora bien, en el intervalo que duró el conflicto, los ingresos aumentaron, aproximadamente, en un millón y medio de pesetas. No obstante, no hemos podido hallar el ingreso por habitante para los años entre 1937 y 1939 por los nefastos efectos de la propia guerra y las bajas que ocasionó, lo que nos impide estimar la población mediante el método de interpolación lineal. A partir de aquí, la serie conti-núa desde 1940 hasta el final de la etapa. Tras el final de la guerra, los ingresos liquidados se mantuvieron por debajo de los 10 millones de pesetas corrientes hasta 1945, mientras que el ingreso por habitante osciló entre las 90 y 99,7 pesetas, a excepción de 1942, que supuso 104,5 pesetas. Desde 1946 hasta 1951, los ingresos aumentaron hasta los 20 millones y medio de pesetas. Asimismo, la carga por habitante fluctuó entre las 123,4 pesetas y 192,8 pesetas, siendo los dos últimos años de este tramo los que marcaron los incrementos más destacados. Desde 1952 hasta el final del período, las cifras aumentaron de tal modo que desde este año hasta 1956 se pasó de cerca de 30 millones a algo más de 40 millones de pesetas corrientes. De ahí que ocurriera un acusado crecimiento del ingreso por habitante que, en este tramo temporal, partió de las 254,5 pese-tas para alcanzar las 333,5 pesetas. Finalmente, los dos últimos años de la etapa revelan un incremento extraordinario, tanto del ingreso liquidado como del ingreso por habitante. El primero superó los 70 mi-llones de pesetas, mientras que el segundo alcanzó las 574,2 pesetas por habitante en 1958. Ahora bien, la causalidad de esta conducta ascendente en lo concerniente a los ingresos liquidados y al ingreso por habitante obedeció en buena medida a la aplicación de la Ley de 1953, que se tradujo en una ampliación del espectro de nuevos recursos fiscales, como luego veremos. Cuadro 2 Presupuestos de ingresos liquidados e ingreso por habitante (en pesetas corrientes y pesetas constantes de 2004), 1936-1958 Años Población Ingresos liqui-dados (ptas corrientes) Números índice* Ingreso por habitante (ptas corrientes) Ingresos liquidados (ptas constantes de 2004) Números índice* Ingreso por habi-tante (ptas cons-tantes de 2004) 1936 68.7141 4.923.814 84,2 71,7 779.362.362 108,3 11.342 1937 5.344.606 91,4 755.327.787 105,0 1938 5.948.805 101,8 747.303.433 103,9 1939 6.553.911 112,1 720.403.538 100,2 1940 72.358 6.456.357 110,5 89,2 594.151.083 82,6 8.211 1941 75.467 6.584.110 112,6 87,2 510.863.307 71,0 6.769 1942 78.576 8.214.681 140,5 104,5 580.470.955 80,7 7.387 1943 81.684 7.845.481 134,2 96,0 496.726.526 69,1 6.081 1944 84.793 8.457.633 144,7 99,7 497.661.859 69,2 5.869 1945 87.902 8.892.016 152,1 101,2 472.304.133 65,7 5.373 1946 91.011 11.226.339 192,1 123,4 496.355.597 69,0 5.453 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 6 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o 1947 94.120 12.055.666 206,2 128,1 454.338.670 63,2 4.827 1948 97.228 14.658.309 250,8 150,8 515.595.552 71,7 5.302 1949 100.337 16.537.568 282,9 164,8 543.553.041 75,6 5.417 1950 103.446 18.598.427 318,2 179,8 517.897.528 72,0 5.006 1951 106.411 20.521.313 351,1 192,8 442.407.348 61,5 4.157 1952 109.377 27.841.445 476,3 254,5 600.217.925 83,4 5.487 1953 112.342 29.249.898 500,4 260,4 586.441.213 81,5 5.220 1954 115.308 32.518.760 556,3 282,0 651.979.759 90,6 5.654 1955 118.273 37.152.342 635,6 314,1 716.230.791 99,6 6.055 1956 121.238 40.429.295 691,6 333,5 711.035.776 98,8 5.864 1957 124.204 69.441.339 1.187,9 559,1 1.046.806.894 145,5 8.428 1958 127.169 73.014.590 1.249,1 574,2 1.002.667.474 139,4 7.884 Notas: *Base: 1936-1940. 1 Dato extraído en Ojeda Cabrera (tesis doctoral inédita). El resto de los años han sido estimados mediante interpolación lineal a partir de los datos del censo de 1940 y de 1950. Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944-1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955-1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. Convendría ahora examinar los ingresos en pesetas constantes con el fin de suprimir los efectos in-flacionistas presentes en las cifras nominales (Cf. cuadro 2, gráfico 1). Comprobamos entonces que el ingreso liquidado mantuvo una evolución decreciente desde 1936 hasta prácticamente los años cincuen-ta. A partir de este año, se incrementó ligeramente y de forma destacable en los dos últimos años de la etapa. Asimismo, el ingreso por habitante en pesetas constantes revela la misma tendencia (Cf. gráfico 2). De hecho, al estallar la Guerra Civil resalta una partida superior a las 11.000 pesetas, pero al finalizar la contienda dicha cifra quedó reducida, manifestando un descenso gradual hasta 1951, cuando apenas superó las 4.000 pesetas por habitante. Desde entonces, revela una moderada recuperación, perceptible sobre todo en los dos últimos años, cuando retomó los niveles de 1940. Fuente: Cf. cuadro 2. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 7 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... Cuadro 3 Presión fiscal por habitante (en pesetas corrientes y pesetas constantes de 2004), 1936-1958 Años Población Ingresos fiscales (en ptas corrien-tes) Presión fiscal (en ptas co-rrientes) Ingresos fiscales (en ptas constan-tes de 2004) Presión fiscal (en ptas cons-tantes de 2004) 1936 68.714 2.446.430 35,6 387.231.404 5.635 1937 2.397.031 338.760.944 1938 3.015.320 378.791.823 1939 3.290.916 361.736.271 1940 72.358 3.555.805 49,1 327.225.630 4.522 1941 75.467 4.207.844 55,8 326.488.003 4.326 1942 78.576 4.969.263 63,2 351.141.172 4.468 1943 81.684 4.820.850 59,0 305.225.882 3.736 1944 84.793 4.998.209 58,9 294.103.293 3.468 1945 87.902 5.287.324 60,2 280.839.010 3.194 1946 91.011 6.922.074 76,1 306.049.043 3.362 1947 94.120 8.241.058 87,6 310.578.549 3.299 1948 97.228 9.580.817 98,5 336.998.383 3.466 1949 100.337 11.316.003 112,8 371.931.818 3.706 1950 103.446 12.152.738 117,5 338.408.892 3.271 1951 106.411 13.459.185 126,5 290.158.926 2.726 1952 109.377 17.968.068 164,3 387.363.378 3.541 1953 112.342 18.645.179 166,0 373.823.583 3.327 1954 115.308 25.002.398 216,8 501.281.643 4.347 1955 118.273 27.242.480 230,3 525.186.349 4.440 1956 121.238 28.935.418 238,7 508.891.317 4.197 1957 124.204 56.837.040 457,6 856.800.960 6.898 1958 127.169 61.885.362 486,6 849.836.171 6.682 Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944-1945: caja 5211. 1946- 1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955-1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. La presión fiscal es uno de los indicadores más relevantes pues permite medir la evolución de la carga fiscal del municipio (Cf. cuadro 3). Para ello, hemos tomado los capítulos de los presupuestos liquida-dos de ingresos que ilustran el cómputo de la presión fiscal, considerando, además, el marco legislativo cambiante impuesto por la Dictadura. Así, para calcular los ingresos fiscales hemos utilizado el capítulo 7, de contribuciones especiales; el capítulo 8, de derechos y tasas; el capítulo 9, de cuotas, recargos y participaciones en tributos nacionales; y el capítulo 10, de imposición municipal13. En 1936, la presión fiscal por habitante se situaba en 35,6 pesetas corrientes, un nivel que aumentó en 14 pesetas en 1940 con la finalización del conflicto bélico y que, prácticamente, se mantuvo estable hasta 1945. Sin embargo, a partir de 1946 observamos un aumento de 16 pesetas con respecto del año 13 Hemos considerado dichos capítulos por estar establecidos en el Estatuto como exacciones municipales y, dentro de ellas, hemos descartado las que se imponen con fines no fiscales (Cf. Estatuto Municipal de 1924, art. 316, p. 1257). En este aspecto, resulta esclarecedor la aportación de Rovira Mola cuando señala que es sabido que las tasas y los impuestos constitu-yen los dos grandes grupos de ingresos derivativos o tributarios, siendo las contribuciones especiales la categoría intermedia entre las tasas y los impuestos; pero todas estas exacciones persiguen directamente una finalidad fiscal, la de proporcionar recursos para subvenir a los gastos de las Corporaciones locales. En cambio, los arbitrios con fines no fiscales no tienen (…) un fin netamente fiscal. Véase Rovi ra Mola (1958), p. 365. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 8 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o anterior. Esta conducta adquirió una proyección creciente hasta 1952, cuando se situó en 164,3 pesetas, y se multiplicó en los años inmediatos hasta 1956, al alcanzar las 238,7 pesetas. Asimismo, esta cifra se duplicó en los dos últimos años del período analizado, de tal modo que entre 1936 y 1958 hemos com-putado una espectacular tasa de crecimiento de la presión fiscal per cápita (1.266,9%), lo que, de ser así, corrobora todo el planteamiento reseñado en el presente trabajo acerca de la nefasta política inflacionista practicada por la Dictadura. Al hilo de lo planteado, al medir la presión fiscal en pesetas constantes podemos comprobar que ape-nas se percibe crecimiento. Excepcionalmente, existen intervalos como entre 1942 y 1952 —año en que fueron suprimidas las cartillas de racionamiento—, en los que dicho indicador se contrajo ligeramente. Con todo, tal y como venimos observando para el resto de los años, los dos últimos del tramo temporal manifiestan un notorio aumento de la presión fiscal. Fuente: Cf. cuadros 2 y 4. La justificación de esta conducta exige cotejar las modificaciones introducidas por la legislación de Bases de Régimen Local, específicamente la referida a 1953. La Ley tuvo un efecto directo sobre el capí-tulo 10 de imposición municipal de Santa Cruz de Tenerife, con especial referencia a artículos que ahora adquieren su propia especificidad fiscal, como el referido a los arbitrios de imposición sobre el consumo de bebidas espirituosas y alcoholes, que a partir de 1955 computó un ingreso superior 1.250.000 pesetas para, en el año 1958, situarse en algo más de 1.750.000 pesetas corrientes. También cabe citar el artículo de arbitrios sobre carnes, volatería, caza menor, pescados y mariscos finos, que en 1955 ingresó en las arcas municipales cerca de 660.000 pesetas y en 1958 ya sobrepasó las 800.000 pesetas. Igualmente destaca, y de manera extraordinaria desde 1955 a 1958, el arbitrio sobre la riqueza urbana y los arbitrios especiales o tradicionales14. El primer arbitrio superó los 3,5 millones de pesetas en 1955, cantidad que 14 Según la Ley de Bases de 1953, los Ayuntamientos podrán revisar las exacciones especiales o tradicionales que tengan establecidas o autorizadas (…) cuando recaigan sobre bases que sean susceptibles de ser gravadas por el arbitrio es-tablecido en la Base séptima. Asimismo, dicha base se refiere al Arbitrio sobre la riqueza provincial.— (…) Quedarán sujetos al arbitrio, (…) los siguientes productos: a) Cereales, leguminosas, (…); b) Ganadería (…); c) Pesca (…); d) Madera, leña, resinas, frutos secos y corcho; e) Sales marinas o de procedencia mineral y aguas minero-medicinales; f) Fuerzas hidráulicas; g) Rocas y minerales; h) Los obtenidos por transformación industrial (…); i) La energía eléctrica (…) térmico o hidráulico; La base de imposición del arbitrio será el precio de tasas o el determinado en los módulos oficiales y, (…), el de venta; cuando se Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 9 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... se duplicó en 1958. Por su parte, los arbitrios tradicionales comenzaron con un ingreso cercano a los cin-co millones de pesetas, y en los dos últimos años ya superaron los 29 millones. Por todo ello, deducimos que fueron estos dos arbitrios los que contribuyeron a incrementar el volumen de ingresos liquidados, el ingreso liquidado por habitante y la presión fiscal en los dos últimos años de la serie temporal estudiada. Los gastos municipales La evolución del gasto presentó un comportamiento muy desigual a lo largo de todo el período, en concordancia con el seguido por el ingreso (Cf. cuadro 4, gráficos 1 y 3). Constatamos un perfecto ajuste del ingreso con respecto del gasto liquidado entre 1936 y 1939, tanto en lo concerniente a valores corrientes como constantes. Entre 1940 y 1946 aumentó el gasto liquidado en pesetas corrientes: un in-cremento que no se vio correspondido con los valores representados en pesetas constantes, que disminu-yeron. Y continuó esta tendencia, pues desde 1947 hasta 1956 se duplicó el gasto en valores corrientes, y continuó incrementándose hasta el extremo de cuadriplicarse entre 1956 y 1958. No obstante, en valores constantes, se constata un estancamiento hasta 1951 para, desde este año hasta 1956, observarse un leve incremento que se duplicó en los dos últimos años del período analizado. El gasto liquidado en pesetas corrientes por habitante experimentó una tendencia creciente. La in-versión por habitante en 1936 fue de 57,8 pesetas, en 1946 de 114,8, y en 1956 se triplicó al situarse en 319,6 pesetas, una cantidad que creció aún más en los dos últimos años del período, cuando alcanzó las 556,7 pesetas. Pero, al contrastarlo en pesetas constantes (Cf. gráfico 2), el gasto por habitante en 1936 fue el mayor de todo el período estudiado, con 9.144,9 pesetas, lo que vinculamos a los efectos derivados de la política económica de la Segunda República, interrumpidos al estallar la Guerra Civil. Asistimos, luego, a un cambio de tendencia debido a la escasa inversión realizada por la Dictadura que coincide, a su vez, con los momentos de mayor rigidez de su modelo autárquico. La reducción del gasto fue de tal nivel que se llegó al extremo de verse recortado a la mitad de los valores que comprobamos al principio, marcando el mínimo en 1951, con algo más de 3.000 pesetas por habitante. A partir de enton-ces, este indicador se incrementó lentamente, cuya recuperación se hizo más visible en los dos últimos años, especialmente en 1957, aunque siguió revelando una acusada diferencia del valor representado en 1936. No obstante, el cambio de conducta de los últimos años del período pone de manifiesto la relaja-ción del modelo autárquico y los comienzos de la política pre-estabilizadora. Cuadro 4 Presupuestos de gastos liquidados y gasto por habitante (en ptas corrientes y ptas constantes de 2004), 1940-1958 Años Población Gastos liqui-dados (ptas corrientes) Números índices Gasto por ha-bitante (ptas corrientes) Gastos liquidados (ptas constantes de 2004) Números índices Gasto por habitante (ptas constantes de 2004) 1936 68.714 3.969.954 81,0 57,8 628.381.337 104,5 9.144 1937 4.527.225 92,4 639.811.252 106,4 1938 4.937.627 100,7 620.276.811 103,2 1939 5.520.091 112,6 606.766.428 100,9 1940 72.358 5.552.594 113,3 76,7 510.981.650 85,0 7.061 1941 75.466 5.926.138 120,9 78,5 459.811.074 76,5 6.092 1942 78.575 7.218.785 147,3 91,9 510.098.321 84,8 6.491 1943 81.684 7.149.974 145,9 87,5 452.691.408 75,3 5.542 trate de fuerzas hidráulicas no destinadas a energía eléctrica se considerará su potencia en caballos y en la energía eléctrica kilovatio-año. El tipo máximo de imposición será el tres por ciento de la base, salvo cuando se trate de fuerza hidráulica o energía eléctrica. En ésta lo será el de diez pesetas kilovatio-año y el de aquellas, el de su equivalencia en caballos. (…). Véase la Ley de 3 de diciembre de 1953 de Bases de Régimen Local, Base 10. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 10 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o 1944 84.793 7.622.759 155,5 89,9 448.536.419 74,6 5.289 1945 87.902 8.116.748 165,6 92,3 431.125.419 71,7 4.904 1946 91.010 10.445.653 213,1 114,8 461.838.769 76,8 5.074 1947 94.119 10.915.183 222,7 116,0 411.357.629 68,4 4.370 1948 97.228 12.961.579 264,4 133,3 455.914.288 75,8 4.689 1949 100.337 13.907.823 283,7 138,6 457.119.203 76,0 4.555 1950 103.446 16.631.754 339,3 160,8 463.132.983 77,0 4.477 1951 106.411 17.216.186 351,2 161,8 371.153.997 61,7 3.487 1952 109.376 23.845.710 486,5 218,0 514.076.140 85,5 4.700 1953 112.342 28.624.176 584,0 254,8 573.895.906 95,5 5.108 1954 115.307 29.505.955 602,0 255,9 591.574.994 98,4 5.130 1955 118.273 33.220.270 677,8 280,9 640.427.483 106,5 5.414 1956 121.238 38.744.632 790,5 319,6 681.407.374 113,3 5.620 1957 124.203 69.146.348 1.410,7 556,7 1.042.360.015 173,4 8.392 1958 127.169 70.756.823 1.443,6 556,4 971.662.860 161,6 7.640 Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944-1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955-1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. Fuente: Cf. cuadro 4 Los gastos del Ayuntamiento El Ayuntamiento absorbía una elevada proporción de sus recursos económicos. Aludimos a los ca-pítulos de representación municipal, gastos del personal y material de oficina, recaudación, vigilancia y seguridad, montes y agrupación forzosa del municipio (Cf. cuadro 5 y gráfico 4). El capítulo de representación municipal estaba formado por dos artículos, uno para los gastos de representación del ayuntamiento y otro para los del alcalde, que tuvieron una evolución relativamente estable entre 1936 y 1952. No obstante, en 1953 su consignación fue la mayor de todo el período. En los años posteriores, sin embargo, las cuantías se redujeron respecto de dicho año, pero duplicaron el pro- Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 11 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... medio de las consignadas en la etapa precedente. En cuanto al capítulo de gastos de personal y material de oficinas, quedaba dividido en dos artículos. Uno destinado a los gastos de las oficinas centrales, y otro para el resto de dependencias municipales, como el archivo u oficinas descentralizadas. Este capítulo tuvo una tendencia decreciente hasta 1953, cuando superó la cantidad de 1936, para luego mantenerse estable hasta el final (Cf. cuadro 5). No obstante, debemos puntualizar que estos dos capítulos tenían un importante peso al referirse a gastos fijos inflexibles, en el sentido de que eran para costear la gestión interna y todo lo relacionado con el funcionamiento de la corporación. Cuadro 5 Gastos de ayuntamiento (en ptas constantes de 2004), 1936-1958 Represent. municipal Vigilancia y seguridad Recaudación Personal y material de oficinas Montes Agrupac. forzosa Mu-nicipio TOTAL 1936 3.398.004 54.034.781 43.233.838 62.414.099 2.271.422 1.379.568 166.731.712 1937 4.499.002 46.104.317 36.495.938 58.809.064 1.687.946 3.151.941 150.748.207 1938 3.065.969 41.862.516 38.878.771 53.748.426 1.647.588 2.471.538 141.674.810 1939 4.641.897 39.628.523 39.779.327 47.342.270 3.015.622 1.714.203 136.121.843 1940 5.121.496 35.998.936 30.752.817 41.330.025 3.764.147 2.150.628 119.118.049 1941 3.940.489 45.046.404 31.510.590 45.931.680 3.680.118 2.029.214 132.138.494 1942 5.180.372 43.194.899 33.617.825 44.457.769 3.996.797 877.429 131.325.093 1943 5.420.357 40.194.823 29.720.342 42.311.417 3.322.619 1.300.239 122.269.798 1944 5.033.218 37.713.098 28.008.949 40.579.678 3.329.847 1.350.627 116.015.417 1945 3.086.215 34.332.783 25.122.148 37.900.000 3.979.640 1.093.904 105.514.690 1946 3.724.656 39.739.029 27.781.846 43.922.775 2.894.085 964.453 119.026.844 1947 4.759.680 36.497.503 22.319.268 39.442.124 2.683.471 1.104.312 106.806.358 1948 3.884.669 38.155.177 21.754.938 53.654.141 2.989.281 1.068.363 121.506.569 1949 4.885.116 37.964.479 21.273.323 57.406.129 3.219.614 988.015 125.736.677 1950 8.826.020 38.662.753 17.520.581 50.832.083 2.627.657 885.033 119.354.127 1951 3.752.975 32.803.036 15.101.066 40.154.679 2.115.077 863.804 94.790.637 1952 4.992.229 34.912.492 17.387.272 49.226.570 2.299.114 757.382 109.575.059 1953 16.073.222 58.413.211 24.915.840 69.200.811 2.895.249 720.705 172.219.038 1954 8.474.079 62.240.573 29.551.403 72.929.415 3.395.530 19.906 176.610.905 1955 10.581.228 67.868.273 28.988.494 72.153.637 3.444.834 183.036.466 1956 10.060.567 62.901.122 26.803.823 66.958.516 3.376.311 170.100.339 1957 8.476.986 74.266.033 32.485.054 71.752.275 4.148.615 191.128.964 1958 9.008.869 76.019.626 32.340.096 72.824.945 4.199.457 194.392.993 Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944-1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955- 1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. El capítulo destinado a los gastos de recaudación incluía un artículo para la administración, inspec-ción, vigilancia e investigación, y otro para su propio personal y operarios15. La evolución de los gastos destinados a este fin fue decreciente hasta 1952, y a partir de este año y hasta el final de la etapa observa-mos una tímida recuperación que se acerca a los niveles del final de la Guerra Civil, lo que revela lo in-dicado anteriormente, esto es, la incipiente relajación del régimen en materia económica (Cf. cuadro 5). 15 En los ayuntamientos de capitales de provincia, como en el caso de Santa Cruz de Tenerife, estaban obligados a intentar el cobro en el domicilio. Véase los Reglamentos para la ejecución del Estatuto Municipal, art. 74 y 75. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 12 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o En lo que respecta al capítulo de agrupación forzosa del municipio16, solo tuvo asignación hasta 1955 que desaparece a partir de entonces. Su evolución fue relativamente estable, a excepción de 1954, cuando su aportación se redujo de forma considerable. Las partidas estaban destinadas al pago de las atenciones de la Administración de Justicia de la agrupación forzosa del partido judicial, que incluía a los municipios de Santa Cruz de Tenerife, Güímar, Arafo y Candelaria. En definitiva, la evolución del gasto del Ayuntamiento de Santa Cruz enlaza directamente con el marco general derivado del primer franquismo, es decir, con la política económica que en materia de austeridad, rigidez y pobreza caracterizaron el modus operandi del régimen. De este modo, el aumento de la complejidad de la maquinaria burocrática revela los bajos niveles retributivos destinados a la do-tación de recursos humanos, que cercenaban la propia autonomía municipal. Fuente: Ayuntamiento: Cf. cuadro 5. Bienes preferentes: Cf. cuadro 10. Otros: Cf. cuadro 4. Las obligaciones generales del ayuntamiento Las obligaciones generales del ayuntamiento tienen un carácter específico al constituir uno de los capítulos más relevantes del apartado de los gastos (Cf. cuadros 6 y 7). En el mismo, las operaciones de crédito municipal adquieren un importante protagonismo al vincularse a los préstamos de entidades financieras, entre las que destaca el Banco de Crédito Local, una institución con finalidad claramente inversora17. Así, los gastos en este apartado derivaban del pago del principal y los intereses de las obli-gaciones de los préstamos y empréstitos contraídos. 16 Las obligaciones del ayuntamiento sobre este aspecto vienen recogidas en el reglamento del Estatuto de 1924. Véase los Reglamentos para la ejecución del Estatuto Municipal, art. 13, 14 y 15. 17 Los estatutos del Banco de Crédito Local incluían la prohibición de prestar a los municipios cuantías cuyas liqui-daciones anuales no superasen el 25% de los gastos de los presupuestos ordinarios municipales. Asimismo, el propio marco regulador del franquismo establecía la obligatoriedad de la autorización previa del Ministerio de Hacienda con regulaciones específicas entre 1845 y 1868 y desde 1932. Además, se prohibía taxativamente la emisión de deuda a corporaciones con liqui-daciones presupuestarias previas deficitarias. Véase al respecto Comín (1996), p. 236. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 13 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... Cuadro 6 Gastos de obligaciones generales de capítulos 1 a 4 (en ptas constantes de 2004), 1936-1958 1 2 3 4 1936 1.762.432 106.944.190 1.498.028 26.181.273 1937 2.115.952 69.262.178 1.906.263 21.435.052 1938 3.037.064 150.765.478 9.943.277 15.026.062 1939 2.821.327 132.697.829 3.957.607 12.796.738 1940 2.349.644 108.292.440 1.316.598 11.275.641 1941 1.707.120 91.271.546 2.794.007 2.652.751 1942 1.535.182 92.970.248 7.296.751 9.414.325 1943 1.237.150 65.159.499 1.565.107 6.105.607 1944 1.316.878 66.012.498 1.272.358 8.521.939 1945 1.188.726 61.004.139 5.407.790 36.845.166 1946 990.503 53.107.077 1.477.779 28.612.647 1947 885.825 49.687.634 1.610.867 8.932.231 1948 771.213 50.098.947 9.422.637 8.920.704 1949 722.137 48.944.346 5.840.867 9.241.760 1950 609.277 41.420.135 10.932.063 7.593.649 1951 557.932 31.594.707 5.597.964 11.544.296 1952 582.365 39.881.892 23.088.163 8.766.551 1953 616.938 37.493.326 8.648.381 9.426.359 1954 1.481.536 38.795.699 17.330.519 8.692.039 1955 1.964.034 38.320.355 15.488.998 10.173.623 1956 1.878.277 34.780.539 10.035.007 997.538 1957 1.167.442 35.427.220 6.881.412 364.722.376 1958 982.153 39.684.670 26.625.579 254.511.061 1: Pensiones. 2: Operaciones de crédito municipal. 3: Créditos reco-nocidos. 4: Contingentes. Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944- 1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955-1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. Cuadro 7 Gastos de obligaciones generales de capítulos 5 a 8 (en ptas constantes de 2004), 1936-1958 5 6 7 8 1936 9.785.225 1.961.234 516.235 338.926 1937 8.577.259 2.082.691 105.147 542.084 1938 8.110.619 1.647.758 1.425.571 565.238 1939 10.552.528 4.395.440 2.154.183 2.912.947 1940 7.749.797 1.320.103 1.640.172 1.068.856 1941 7.992.804 1.169.733 1.167.537 625.420 1942 8.878.063 1.229.642 245.502 1.145.762 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 14 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o 1943 13.234.318 11.724.447 265.756 1.231.969 1944 10.366.868 5.344.808 270.484 1.243.851 1945 8.799.036 6.890.382 306.583 1.631.468 1946 7.023.146 3.901.871 1.035.280 927.245 1947 6.580.067 3.177.734 764.884 563.722 1948 9.252.350 2.641.226 1.327.300 747.385 1949 10.651.531 588.571 1.319.905 715.041 1950 7.167.305 1.074.817 1.686.540 3.151.132 1951 2.810.985 435.236 1.855.781 1.259.697 1952 12.415.936 1.347.970 1.196.625 1.208.356 1953 14.884.836 282.021 992.147 1.220.917 1954 17.886.481 344.976 2.018.909 3.068.145 1955 16.440.593 2.134.158 2.159.206 2.171.238 1956 17.463.298 1.745.957 140.767 3.303.972 1957 586.954 1.338.212 469.228 1.951.200 1958 630.375 1.080.359 217.044 1.786.373 5: Contribuciones e impuestos. 6: Compromisos varios. 7: Cargas por servicios del Estado. 8: Otros. Los capítulos de Anuncios y suscripcio-nes, Indemnizaciones, Litigios y Censos quedan integrados en el capítu-lo que hemos denominado “Otros”. Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944- 1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955-1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. De hecho, en 1936 la corporación continuaba pagando intereses de capital tomado a préstamo al an-tiguo Hospital de San Carlos para la reconstrucción de la Recoba y el Teatro; amortización e intereses, impuestos y demás gastos del empréstito municipal de cinco millones18; gastos, intereses y amortización del empréstito de diez millones19. A este último empréstito, se asoció un plan de obras que fue presentado el 30 de octubre de 1925 aunque, realmente, fue concedido por el Banco de Crédito Local en 192820. El Ayuntamiento seguía pagando (…) gastos, intereses y amortización del empréstito de un millón doscientas cincuenta mil pesetas, para construcción del Palacio de Justicia21. En 1940, el municipio pagaba un interés del 6%, lo que representaba una deuda de 1.293.500 pesetas y un pago anual que as-cendía a la cantidad de 147.537,93 pesetas22 (Cf. cuadro 8). Además, un expediente de este año, referido a la sección 2ª del Negociado de Hacienda, muestra un arreglo de la deuda con el Banco de Crédito Local de España23 (Cf. cuadro 9). 18 Un empréstito que fue adquirido en 1913 para diversas obras. AMSCT, caja 1185-3. 19 Véase Presupuesto ordinario de 1936 de Santa Cruz de Tenerife, Tipografía Sanz, Santa Cruz de Tenerife, 1936. 20 Empréstito de 10.000.000 de pesetas suscrito por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en 1928. El plan de obras asociado a este empréstito incluía mejoras y reparaciones en alcantarillado, distribución de aguas, obras en el puente del Barranco Santos, obras en la calle de San Sebastián, plano de la ciudad, pavimentación y otras obras como la reforma en la plaza de mercado, la terminación del cementerio de Santa Lastenia, la construcción de edificios para escuelas, el saneamiento del Barranco de Santos, la expropiación de terrenos para repoblación de los montes en Catalanes y Roque Negro. Limpieza de la galería de Aguirre y canalización de las aguas en el monte. Y [en ejecución] obras de alumbramiento en Catalanes. AMSCT, caja 194. 21 AMSCT, caja 1185-3. 22 AMSCT, caja 194. 23 Arreglo de Deuda con el Banco de Crédito Local de España, conversión, unificación y ampliación de las restantes deudas municipales y plan extraordinarios de obras y de obras especiales (…). La Alcaldía propuso a la Comisión Gestora Municipal (…) proceder a la conversión del préstamo de once millones [el citado empréstito de diez millones de pesetas más intereses y gastos de amortización] concertados con aquel Banco, mediante un empréstito de 12.073.000 pesetas, emitido en Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 15 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... Por su parte, la deuda interior del Ayuntamiento contraída con dicha entidad para refinanciar el viejo empréstito de cinco millones, para costear las obras del Palacio de Justicia y de la Avenida Marítima iniciadas en 1928 ascendía, en dicho año de 1940, a 6.191.750,00 ptas, abonándose de anualidad, inte-reses e impuestos la suma de 613.847,96 ptas. El expediente también aborda el marco de la reestructuración de la deuda del empréstito de 10 millo-nes24, así como la emisión de un paquete de obligaciones para cubrir la amortización de la deuda interior a través de 12.600 obligaciones de 500 pesetas cada una. También, detalla cómo quedó la deuda una vez reestructurada (Cf. cuadro 9). Cuadro 8 Deudas municipales en circulación y estado de las mismas, 1940 Clase Plazo/años Intereses Deuda actual Anualidad, intereses e impuestos Deuda exterior Banco de Crédito Local 42 5,9 11.649.640,52 755.392,53 Deuda interior 5 millones 24 6 3.887.000 342.046,13 Palacio de Justicia 14 6 1.293.500 147.537,93 Avenida Marítima 12/14 6 1.011.250 124.263,90 Total 6.191.750,00 613.847,96 TOTALES 17.841.390,52 1.369.240,49 Fuente: AMSCT, caja 194. Elaboración propia. Cuadro 9 Deudas municipales y su conversión y unificación por el Banco de Crédito Local, 1940 Deuda Anualidades anteriores Nuevas anualidades Beneficio anual Exterior Banco de Crédito Local 755.392,53 685.558,07 69.834,46 Interior Restantes deudas municipales 613.847,96 368.866.26 244.981,70 TOTALES 1.369.240,49 1.054.424,33 314.816,16 Fuente: AMSCT, caja 194. Elaboración propia Ahora bien, a pesar de que entre 1941 a 1945 se produjo una relativa reducción de las operaciones de crédito municipal como consecuencia de esta reestructuración de la deuda (Cf. cuadro 6), desde 1945 hasta el final del período su descenso es considerable por la propia política impuesta por la Dictadura en materia de hacienda municipal, fundamentada en el objetivo de no asumir nuevas deudas. Otro de los artículos que destacan en el capítulo de obligaciones generales es el de créditos reco-nocidos, que manifiesta un comportamiento muy variable a lo largo de todo el período. Sobresalen sus elevadas cuantías en 1938, 1942, 1948, 1950, 1954-1956 y 1958, año este último en el que se registra 24.416 obligaciones de 500 pesetas nominales, al 4% anual, libre de todo impuesto presente y gastos pagaderos por trimestres a amortizar en 50 años por sorteos anuales a partir de 1940, con facultad de anticipación de amortización total o parcial, al tipo del 9,8% para la venta en firme mediante subasta pública. (…) la base de la operación propuesta y acordada fue el tipo de interés aplicable tanto a la regularización de la operación expresada con el expresado Banco, como a la conversión indi-cada (…) La Alcaldía propone que el tipo de interés propuesto sea el 4% anual (…) que (…) se señaló como interés legal, por reducción del 5% que hasta dicho momento venía rigiendo. AMSCT, caja 194. 24 Establecía que por las mismas normas del Estado, del propio banco de Crédito local con sus cédulas, y de otras Corporaciones con sus obligaciones, (…), procede convertir todas aquellas Deudas, es decir, nuestra Deuda interior al 4% de interés anual, libre de impuestos presentes y gastos, pagaderos por trimestres a amortizar en 50 años, por sorteos anuales a partir de 1941, con facultad de anticipación de amortización total o parcial, (…) y para la venta en firme mediante subasta pública. AMSCT, caja 194. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 16 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o una cantidad extraordinaria. Se trata de un apartado que incluía cualquier clase de deuda: al pequeño comerciante, al suministro de material para quintas, a gratificaciones por servicios prestados, etc. Los contingentes, dentro del mismo capítulo, constituían la base económica que se derivaba a los cabil-dos de la provincia y, a pesar de que esta aportación forzosa se suprimió en 1945, continuaron realizándose pagos por este concepto25. De hecho, asistimos a un incremento desproporcionado en los dos últimos años en relación con los precedentes (Cf. cuadro 6). Además, en algunos años aparecen asignaciones, bien al Cabildo, o bien un 1% del presupuesto destinado al sustento del Instituto de Higiene. Finalmente, el artículo de contribuciones e impuestos incluía los pagos a la Hacienda Pública por el impuesto de utilidades sobre sueldos de empleados, la contribución de inmuebles, el impuesto de persona jurídica, el 20% de propios, el 10% de multas y el 10% de los aprovechamientos forestales. Su evolución manifiesta cantidades bastantes elevadas en 1939, 1943, 1944, 1948, de 1952 a 1956, pero muy reducidas en los dos últimos años por causas que por ahora no hemos podido contrastar (Cf. cuadro 7). El gasto en bienes preferentes El propio Estatuto Municipal de 1924 establecía las bases acerca de las obligaciones de los ayunta-mientos en materia de sanidad, beneficencia, asistencia social, instrucción pública y servicios comunales obligatorios, a lo que se añadieron las obras públicas. Así, al abordar las inversiones en bienes prefe-rentes (Cf. cuadro 10 y gráfico 4), observamos una trayectoria similar a la de los gastos en el capítulo ayuntamiento hasta 1942. Ocurre, luego, un incremento que no llega a duplicar la cuantía de la etapa precedente, para mantenerse estable hasta los años cincuenta y retomar después una trayectoria ascen-dente hasta el final de la etapa, cuando dicha cuantía se triplica. Implícitamente, el capítulo de policía urbana y rural manifiesta unos valores en el año 1936 que no se alcanzan hasta 1943, y quedan duplicados en 1947. Se observa entonces una tendencia tímidamente creciente, a excepción del año de 1957, cuando la cifra aumentó desproporcionadamente por el efecto inflacionista de los últimos años del período, una conducta que explicamos al vincularla a las obligacio-nes del ayuntamiento sobre el cumplimiento de diversos servicios26. El capítulo de salubridad e higiene reviste especial interés por las competencias que el Estatuto le atribuía a las corporaciones locales27. De hecho, si nos atenemos a las cifras de las liquidaciones del período (Cf. cuadro 10), comprobamos cómo desde el inicio resultaron considerables y continuaron marcando una tónica creciente, incluso durante la Guerra Civil. Lo cierto es que, al finalizar el conflicto bélico, el gasto descendió ligeramente y retoma valores similares en los últimos años del período. Por artículos, destacamos el de las aguas potables y residuales y el de la limpieza de la vía pública por sus elevadas cuantías, derivadas de los abonos de los haberes del personal contratado, así como del material utilizado en relación con dichas actividades. Cuadro 10 Inversiones en bienes preferentes (en ptas constantes de 2004), 1936-1958 Policía urbana y rural Salubridad e higiene Beneficencia Asistencia social Instrucción pública Obras públicas 1936 10.194.885 52.379.692 20.474.267 1.978.387 16.972.384 45.351.108 1937 8.124.955 50.732.500 19.823.774 2.722.303 16.971.613 86.869.547 1938 8.096.335 49.674.455 18.412.398 3.248.951 16.379.069 47.616.766 25 No obstante, en este punto Comín sostiene que se produjo un creciente endeudamiento de los municipios en com-pensación por la supresión de los contingentes en 1945. Véase Comín (1996), p. 234. Pero dicho endeudamiento no lo hemos podido comprobar en nuestro municipio (Cf. cuadro 6). 26 Servicios relacionados con lo establecido en el Estatuto Municipal de 1924, art. 216, pp. 1245-1246. 27 El cumplimiento de las obligaciones sanitarias recaía sobre los inspectores municipales y los alcaldes. Véase Esta-tuto Municipal de 1924, art. 201, p. 1244. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 17 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... 1939 7.563.112 40.628.092 16.693.272 19.641.263 15.466.661 41.227.083 1940 8.184.790 27.871.607 17.013.052 11.727.815 16.342.300 28.874.589 1941 6.775.239 35.934.511 18.550.569 12.100.314 19.449.171 31.428.617 1942 9.243.542 38.024.368 17.253.908 32.040.401 20.954.597 30.491.022 1943 13.321.659 35.119.467 16.245.881 30.348.042 18.105.499 67.173.778 1944 15.433.452 34.878.821 16.093.133 18.880.995 18.546.968 41.686.862 1945 12.202.023 33.082.562 14.833.840 18.255.464 18.779.025 37.180.835 1946 18.401.083 33.448.198 15.819.519 25.966.138 18.521.946 39.439.691 1947 22.940.546 32.422.394 16.570.557 25.188.709 16.134.070 35.695.950 1948 22.349.891 39.017.171 16.706.538 39.798.247 19.788.725 35.026.727 1949 19.666.058 36.275.039 16.751.395 43.650.432 25.129.197 56.301.982 1950 19.866.001 31.405.279 15.002.788 45.646.934 27.386.886 51.047.277 1951 16.117.949 26.047.019 11.705.549 32.135.192 24.925.182 43.495.529 1952 21.346.658 31.327.564 17.484.425 55.050.911 27.585.573 39.901.108 1953 22.078.240 30.232.456 14.797.460 82.966.166 32.754.807 66.048.656 1954 23.215.215 37.206.672 14.983.891 58.010.965 41.495.923 45.698.481 1955 25.391.785 49.543.759 17.663.142 106.586.419 41.802.280 54.039.832 1956 36.316.988 39.085.767 15.294.419 118.271.437 36.373.212 48.957.842 1957 41.251.557 50.185.933 13.420.618 129.499.409 29.914.490 56.326.365 1958 35.095.038 57.848.303 13.146.204 142.788.333 34.175.135 56.354.861 Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944-1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955-1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. Las cantidades asignadas en el capítulo de beneficencia se redujeron de manera progresiva, a pesar de las obligaciones de los ayuntamientos en esta materia y fijadas en el Estatuto28. En todo caso, a la altura de 1957, en Santa Cruz de Tenerife existían tres hospitales: el provincial (Hospital de los Desam-parados29) perteneciente al Cabildo de Tenerife; el Hospital de Niños30, que era propiedad particular, y el Hospital Militar31, propiedad del Estado32. Asimismo, el capítulo de asistencia social manifiesta una tendencia creciente a lo largo de todo el período, y más destacada desde 1942 a 1943, en 1948, en 1953 y desde 1955 hasta 1958 (Cf. cuadro 10). En él, sobresale el artículo de fomento de casas baratas33, que revela valores abultados en 1939 y desde 1952 a 1954. Convendría aclarar que los pocos proyectos de casas baratas diseñados durante el franquis-mo tuvieron su base en los de la II República, pero adaptados a la filosofía franquista de proporcionar “protección” a las clases trabajadoras más desamparadas. 28 Estatuto Municipal de 1924, art. 209, p. 1245. Adicionalmente, los presupuestos municipales no podían tener consignación para socorros domiciliarios y no se podían establecer partidas de beneficencias más que las correspondientes a establecimientos organizados, dirigidos o acordados por el ayuntamiento. Véase Estatuto Municipal de 1924, art. 210, p. 1245. 29 Fundado en 30 de abril de1745 por los Sres. don Rodrigo y don Ignacio Logman. Véase Ojeda Cabrera (tesis doctoral inédita). 30 Inaugurado el 26 de mayo de 1901. Véase Campos, Montiel y Huertas (2007), p. 257. 31 La construcción de un nuevo hospital militar data de 1878-91. Véase Tous (1994), p. 68. 32 También había dos asilos, una casa de socorro, dos sanatorios, uno psiquiátrico y otro antituberculoso, un jardín infantil, un lazareto, once dispensarios y quince clínicas particulares. No obstante, la capacidad del hospital provincial era insuficiente para cubrir la demanda existente. Desde 1922 se habían solicitado reformas para el recinto, pero sólo se aplicaron mejoras parciales hasta que en 1971 se construyó un hospital general en la zona de Taco y La Cuesta. Véase Cioranesc u (1998), t. IV, pp. 168-169. 33 El Estatuto Municipal de 1924, art. 211, p. 1245, estableció que los ayuntamientos debían fomentar la construcción de casas baratas. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 18 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o Así, los organismos locales contribuyeron a complementar las actuaciones estatales mediante una gestión urbanística que plasmó en una política de viviendas. Por ello, durante el período autárquico se aprobaron leyes que atrajeron inversiones privadas para estimular la construcción de viviendas sociales. De hecho, la Ley del Suelo de 1956 y la creación del Ministerio de la Vivienda forjaron el diseño de un marco jurídico legal en materia de política urbanística que instaba a las empresas privadas a invertir en la construcción de estas viviendas. Una acción inversora que debió ser compensada por parte del régimen con la Ley de Arrendamientos Urbanos, al quedar liberalizados los alquileres desde los últimos años de este período. A tenor de la indicada Ley del Suelo de 1956, en Santa Cruz de Tenerife se aprobó la elaboración del Plan Parcial del Sector Tercero-Segundo34, que se llevó a la práctica mediante expropiaciones que ascendieron a 63,6 millones de pesetas, siendo el coste de las obras de urbanización de algo más de 6 millones de pesetas, y cuya financiación se ejecutó mediante subvención estatal35. La ley preveía un plazo de 10 años para la ejecución del plan, pero no se llevó a cabo al no verse acompañado del anticipo solicitado para las expropiaciones36. En el mismo capítulo de asistencia social, los artículos de seguros sociales, retiros obreros y aten-ciones diversas aglutinaron el mayor volumen de gastos, aunque con mayor relevancia el último de los indicados37. La Ley de Régimen Local contempló la asistencia pública de los ancianos, que pasó a de-pender de la red asistencial de las Diputaciones Provinciales y de la iniciativa privada representada por las estructuras religiosas. Unas actuaciones que estuvieron inducidas por las penurias económicas que acentuaron la pobreza estructural de la población anciana, agravando la relación entre vejez y pobreza. En la España de la autarquía, las manifestaciones del régimen al respecto resultaron demagógicas, pues los niveles de prestaciones sociales a la vejez fueron escasos38. En cuanto al capítulo de instrucción pública, los ayuntamientos quedaban obligados a atender las nece-sidades de primera enseñanza. Debían contar con locales adecuados para el funcionamiento de las Escue-las Nacionales dentro del término; construir edificios escolares39, centros de enseñanza profesional, téc-nica o artística. Además, debían fomentar la educación física y las instituciones culturales40. Sin embargo, la dotación económica de este capítulo no cubrió aquellas necesidades reales, a pesar de que desde 1954 duplicó su cuantía al aumentar el gasto en los artículos de instituciones escolares e instituciones culturales (Cf. cuadro 10). El primer artículo contenía los gastos derivados de subvenciones destinadas a colegios, a otro tipo de instituciones de enseñanza y al material de ellas. El segundo estaba relacionado con el gasto del museo municipal, de la banda municipal de música y del teatro Guimerá. Asimismo, la inversión por habitante en educación fue de 1,6 pesetas corrientes en el momento en que estalló la Guerra Civil. A partir de 1940 disponemos nuevamente de asignaciones liquidadas cuya evolución en pesetas corrientes fue creciente y progresiva, hasta llegar a alcanzar las 19,6 pesetas en 1958 (Cf. cuadro 11). Sin embargo, su tendencia en pesetas constantes fue bien distinta. El nivel de inversión por habitante en instrucción pública de 1936 fue de 247 pesetas, lo que marca una tendencia decreciente, con un mínimo de 171,4 pesetas por habitante en 1947. Luego adquiere una conducta as-cendente hasta situarse por encima de la cuantía de 1936, a excepción de 1957 en que comprobamos que volvió a situarse en niveles cercanos al inicio del período. 34 En un área de 36,5 hectáreas las construcciones quedaban circunscritas entre el Estadio, las Barriadas de la Victoria y de Cepsa y una agrupación de viviendas unifamiliares en la confluencia de las calles Galcerán y San Sebastián, así como en la intersección de la Avenida de Reyes Católicos y San Sebastián. Véase García Herera (1989), p. 87. 35 Se calculó en torno a unos 4,5 millones de pesetas, a lo que se añadió la aportación municipal correspondiente al 10% de su presupuesto, es decir, 5,5 millones de pesetas, aproximadamente. Establecido en el artículo 177 de la misma Ley del Suelo de 1956. Véase García Herera (1989), p. 90. 36 García Herera (1989), pp. 89-92. 37 Las obligaciones de los ayuntamientos en este aspecto vienen reguladas por el Estatuto. Véase Estatuto Municipal de 1924, art. 212 y 213, p. 1245. 38 Campos Egozcue (1996), pp. 243-244. 39 Se podían concertar préstamos para este fin con el Instituto Nacional de Previsión y sus cajas o entidades similares, que debían ceñirse al artículo 158 del Estatuto por el que tales entidades se convertían en acreedores privilegiados hasta la completa amortización de la deuda. Véase Estatuto Municipal de 1924, art. 214, p. 1245. 40 Véase el Estatuto Municipal de 1924, art. 215, p. 1245. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 19 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... Cuadro 11 Inversión en educación por habitante, 1936-1958 Ptas corrtes. Ptas cnts. de 2004 Ptas co-rrtes. Ptas cnts. de 2004 1936 1,6 247,0 1948 5,8 203,5 1937 1949 7,6 250,4 1938 1950 9,5 264,7 1939 1951 10,9 234,2 1940 2,5 225,9 1952 11,7 252,2 1941 3,3 257,7 1953 14,5 291,6 1942 3,8 266,7 1954 17,9 359,9 1943 3,5 221,7 1955 18,3 353,4 1944 3,7 218,7 1956 17,1 300,0 1945 4,0 213,6 1957 16,0 240,9 1946 4,6 203,5 1958 19,6 268,7 1947 4,5 171,4 Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944-1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955- 1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. Lo dicho muestra, pues, la escasa atención dispensada por la Dictadura a la educación, ya que los niveles de analfabetismo en el municipio fueron muy elevados y las dotaciones en materia de instrucción pública por parte del Ayuntamiento resultaron insuficientes. Lo cierto es que al estallar la Guerra Civil, los logros en educación alcanzados por la Segunda República se truncaron. De hecho, los niveles de escolarización quedaron congelados durante las décadas de 1940 y 1950, y el aumento de cerca del 66% que se produjo a partir de entonces se debió a la reducción de la población en edad escolar, que pasó de 143.548 habitantes en el curso de 1950-51, a 106.837 habitantes en 1956-57; una reducción debida a la elevada salida emigratoria hacia Venezuela41. Asimismo, Cioranescu señala, a partir de los datos extraídos de las memorias de los años 1956 a 1958 de la Cámara Oficial de Comercio de Santa Cruz de Tenerife, que en 1950 la tasa de analfabetismo en Santa Cruz era del 32,7%, que era superior a la tasa de la provincia (27,9%)42. Finalmente, el capítulo de obras públicas43 fue uno de los más representativos dentro del apartado de gastos, al detraer gran parte de los recursos económicos (Cf. cuadro 10). Su evolución fue muy dispar pues hubo años en los que la inversión fue estable y otros en los que fue elevada, como revelan las cifras en pesetas constantes de los años 1937, 1943 y 1953. Además, cabe reseñar la utilización de mano de obra reclusa en las Islas (Tenerife —Vilaflor—, Gran Canaria y “Fuertedesgracia”, como denominaron a la isla de Fuerteventura) para la construcción de obras públicas. Aludimos al 91 batallón de soldados prisioneros republicanos (1.500 reclusos, mayoritariamente cántabros)44. De hecho, en Tenerife se habi- 41 Voz Educación en Macías (1998), pp.1354-1355. 42 Cioranesc u (1998), t. IV, pp. 329-331. 43 Las competencias que debía asumir el municipio en esta materia estaban relacionadas con la crea-ción, dotación y mantenimiento de infraestructuras de todo tipo. Véase Estatuto Municipal de 1924, art. 150, pp. 1235-1236. 44 Recogido en la documentación de la Jefatura de Campos de Concentración y Batallones Disciplinarios, del archivo militar de Ávila. Véase Pérez Loren zo (2007), pp. 18-19. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 20 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o litaron los almacenes de Fyffes45, que estuvieron operativos para concentrar a este batallón hasta 195046. En esta línea, el fomento de las vías de comunicación favoreció la conexión de Santa Cruz con el sur de la isla47. También, dentro del propio casco urbano, la construcción de su trazado debía atender a las características del municipio, que al estar dividido por un barranco determinó la construcción del Puente Serrador en los años 4048. Asimismo, el Ayuntamiento en unión con la Junta de Obras Públicas hicieron un reparto de atribuciones en el espacio del perímetro costero, donde se sitúa la zona portuaria denomi-nada Avenida de Anaga —conforme a la Real Orden de 18 de abril de 1930—, para la construcción de la red viaria en la zona portuaria, cuya evolución estuvo relacionada con el desarrollo del muelle de Ribera, cuya primera fase de obras concluyó en 1949 y la segunda en 196549. Igualmente, a finales del período, las inversiones del Ayuntamiento estuvieron relacionadas con las mejoras en la red viaria de San Andrés a Taganana, con una última fase de obras completada con la construcción de un túnel abierto al tráfico en 1960. Paralelamente, en los años 60 se realizó el camino vecinal desde San Andrés hacia Igueste, a pesar de que su proyecto fue aprobado en 192150. La vivienda fue objeto de atención del Mando Económico y del Ayuntamiento de Santa Cruz al impul-sar la construcción de barriadas obreras, como el barrio García Escámez, al suroeste de la ciudad, erigidas entre 1944-45. Fueron viviendas protegidas para mutilados, viudas de guerra y ex-combatientes, a los que se le añadieron ciudadanos con turno de libre elección. Y aunque no podemos computar si la Corporación realizó algún desembolso económico o si ejerció el papel de promotor y gestor de estas obras, Cioranescu señala que en 1944, tras una propuesta del Capitán General, el ayuntamiento acordó ampliar la barriada, fabricando 200 viviendas protegidas más, y que de 1952 es el proyecto de la Sociedad Benéfica La Cande-laria para la construcción de 1.598 viviendas protegidas (…) entre el Barranco del Hierro y la carretera del Rosario. A estas viviendas se le agregaron otras barriadas de promoción oficial situadas en la Vuelta de los Pájaros, Somosierra, Santa Clara y San Pío X51. Simultáneamente se inició la construcción de viviendas en barrios residenciales por parte de sociedades privadas en connivencia con el Ayuntamiento y el propio régimen en el entorno de la Gran Vía52. Por último, debemos considerar algunas de las obras alegóricas del franquismo como parte del or-nato público del período. Entre ellas, la fuente monumental del parque municipal dedicada a García Sanabria, con obras de Francisco Borges y Marrero Regalado, en 1938; la fuente monumental dedicada al Generalísimo Franco, de Juan Ávalos, frente a Almeyda en la Avenida Anaga, en 196653. Del mismo modo, frente al edificio del Cabildo y de Correos, el arquitecto Tomás Machado elevó el monumento a los Caídos entre 1945-1946, ocupando buena parte de la plaza de España54. Conclusiones La hacienda del municipio de Santa Cruz de Tenerife durante el primer franquismo se vio afectada por el marco legislativo en materia de hacienda local y por una estructura económica autárquica que 45 Se trataba de una firma inglesa exportadora de frutas que colaboró activamente con el régimen. 46 Documental Palabras de Piel (Canarias) Condenados del Batallón 91: https://www.youtube.com/watch?v=9cLf1NvaMSk 47 Su obra fue demandada desde 1864, pero se demoró durante décadas. Empezó a construirse a partir de 1910, pero quedó interrumpida y no se retomó hasta después de 1920, aunque se volvió a interrumpir. Véase Cioranesc u (1998), t. III, pp. 603-613. 48 Denominación que se debió al promotor de su iniciativa, el general Serrador Santés. 49 Cioranesc u (1998), t. III, pp. 377-394. 50 Cioranesc u (1998), t. III, pp. 603-613. 51 Cioranesc u (1998), t. III, p. 414. 52 La Gran Vía era el entorno circundante al emplazamiento del edificio del Ayuntamiento, corazón de Santa Cruz de Tenerife. También se desarrolló el barrio del Asilo, que se llamó desde 1931 de Uruguay, edificado entre 1935 y 1960. Además, el barrio de Las Mesas, entre el manicomio y Pino de Oro, constituyó un terreno cedido por el Estado al Ayuntamiento en 1934. Igualmente, el barrio de Las Mimosas fue cedido en 1940. Finalmente, en 1959 quedaron ya diseñados como barrios urbanos El Toscal, Los Lavadores, los Hoteles, Salamanca, Duggi, Cabo y Llanos y en el extrarradio El Perú, Uruguay, La Salud, García Escámez y Taco. Cioranescu (1998), t. III, pp. 401-414. 53 Cioranesc u (1998), t. III, pp. 460-463. 54 Cioranesc u (1998), t. III, pp. 423.434. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 21 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... empobreció a la población. Hemos intentado hacer este análisis en pesetas constantes para eliminar, en la medida de lo posible, el efecto de la inflación a partir de la década de 1940, agravado por la propia política monetaria aplicada por el régimen. En este marco, si bien la Ley de Bases de Régimen Local de 1945 no generó un efecto manifiesto sobre las arcas del municipio, la siguiente Ley de 1953 tuvo un impacto destacable al inducir el aumento de los ingresos. No obstante, sus efectos se empezaron a notar a partir de 1955 y, especialmente, en los años finales del período del primer franquismo, cuando fue de-terminante la implantación de nuevos arbitrios e impuestos, como los arbitrios especiales o tradicionales y el arbitrio sobre la riqueza urbana. Además, se suprimieron otros gravámenes que habían sido estable-cidos por el Estatuto de 1924, como el arbitrio sobre artículos destinados al consumo o las concesiones especiales. Pero, la nueva estructura impositiva determinó que la presión fiscal y los ingresos liquidados por habitante se incrementaran de forma extraordinaria. En el apartado del gasto, los propios de ayuntamiento, tales como la representación municipal o los desembolsos de personal y material de oficinas, siguieron una senda de relativa estabilidad durante la Dictadura. Algo que resulta paradójico al tratarse de un tipo de gasto fijo que suele incrementarse por el propio aumento de la complejidad de la maquinaria burocrática, lo cual revela los bajos niveles retri-butivos a la dotación de recursos humanos. Por su parte, el gasto en bienes preferentes centrado en edu-cación, sanidad o asistencia social, se mantuvo en unos valores muy por debajo de los alcanzados justo antes del estallido de la Guerra Civil. No obstante, en todas las variables examinadas hemos observado una recuperación en los dos últimos años de la etapa, coincidiendo con un momento en que el régimen empezó a modificar su estrategia política en materia de relaciones externas. Además, las obligaciones generales del Ayuntamiento y, específicamente, las operaciones de crédito municipal, representaron una importante proporción del gasto. Así, la corporación continuó pagando los empréstitos que había adquirido en las primeras décadas del siglo xx y de forma notable desde 1924. Durante la Dictadura, el municipio no contrajo nuevas obligaciones prestatarias; su acción en este apar-tado se limitó a seguir pagando las que había adquirido con anterioridad. BIBLIOGRAFÍA Aguia r García, C. D. La provincia de Santa Cruz de Tenerife entre dos dictaduras (1923-1945). Hambre y orden (te-sis doctoral inédita), Universitat de Barcelona. 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Título y subtítulo | La hacienda municipal de Santa Cruz de Tenerife durante el primer franquismo, 1936-1958 |
Autor principal | Hernández Pacheco, Ruymán ; Ojeda Cabrera, , María del Pino |
Entidad | Casa Colón |
Publicación fuente | Anuario de estudios atlánticos |
Numeración | Número 63 |
Sección | Historia Económica |
Tipo de documento | Artículo |
Lugar de publicación | Las Palmas de Gran Canaria |
Editorial | Cabildo de Gran Canaria |
Fecha | 2017 |
Páginas | pp. 0161-0183 |
Materias | Historia Económica ; Régimen Local ; Hacienda Local ; Santa Cruz de Tenerife ; Dictadura de Franco ; Franquismo |
Enlaces relacionados | http://anuariosatlanticos.casadecolon.com/index.php/aea |
Copyright | http://biblioteca.ulpgc.es/avisomdc |
Formato digital | |
Tamaño de archivo | 634261 Bytes |
Texto | Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 1 © 2017 Cabildo de Gran Canaria. Este es un artículo de acceso abierto distribuido bajo los términos de la licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional. * Graduado en Economía. Correo electrónico: ruymanhdezpacheco@gmail.com ** Profesora Doctora Titular de Escuela Universitaria de Historia e Instituciones Económicas. Universidad de La La-guna. Departamento de Dirección de Empresa e Historia Económica. Facultad de Economía, Empresa y Turismo. Campus Guajara, C/ Profesor José Luis Moreno Becerra, s/n, 38200. San Cristóbal de La Laguna. Tenerife. España. Teléfono: +34 922 317 189; correo electrónico: mojeda@ull.edu.es LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DURANTE EL PRIMER FRANQUISMO, 1936-1958 THE MUNICIPAL TREASURY OF SANTA CRUZ DE TENERIFE DURING THE EARLY DICTATORSHIP OF FRANCO, 1936-1958 Ruymán Hernández Pacheco*; María del Pino Ojeda Cabrera** Recibido: 13 de junio de 2016 Aceptado: 30 de junio de 2016 Cómo citar este artículo/Citation: Ojeda Cabrera, M. del P.; Hernández Pacheco, R. (2017). La hacienda muni-cipal de Santa Cruz de Tenerife durante el primer franquismo, 1936-1958. Anuario de Estudios Atlánticos, nº 63: 063-009. http://anuariosatlanticos.casadecolon.com/index.php/aea/article/view/9915 Resumen: Este artículo estudia la hacienda municipal de Santa Cruz de Tenerife entre 1936 y 1958, un período muy complejo por las dificultades políticas y económicas derivadas de la Guerra Civil y de la Segunda Guerra Mundial. Nuestro esfuerzo analítico se centrará en ponderar su impacto en las estructuras económicas del muni-cipio y sobre los niveles de bienestar de los ciudadanos, para lo que tendremos en cuenta la conducta de los indi-cadores más relevantes desde la perspectiva del funcionamiento de los mecanismos de una hacienda local que fue adaptada a los intereses de la dictadura de Franco. Palabras clave: Historia Económica, municipio, Hacienda Local, Santa Cruz de Tenerife, Dictadura de Franco Abstract: This article studies the municipal treasury of Santa Cruz de Tenerife between 1936 and 1958. It was a very complex period due to the political and economic difficulties arising from the Civil War and the impact of World War II. We try to weigh their impact on the economic structures of the municipality and on the levels of welfare of citizens, taking into account the conduct of the most relevant indicators from the perspective of the functioning of the mechanisms of a municipal treasury which was adapted to the interests of the dictatorship of Franco. Keywords: Economic History, Municipality, Municipal Treasury, Santa Cruz de Tenerife, Dictatorship of Franco Introducción El presente trabajo forma parte de una línea de investigación centrada en el estudio de las haciendas municipales en Canarias. Se examina en este caso la hacienda del municipio de Santa Cruz de Tenerife en-tre los años 1936 y 1958. Se trata, pues, de una etapa muy compleja debido a las circunstancias políticas y económicas generadas por la Guerra Civil y por el impacto de la Segunda Guerra Mundial. Además, el mo-delo económico autárquico instaurado en la nación tras la victoria del Frente Nacional en 1939 contribuyó también a agravar aquellas circunstancias al cercenar el acceso al mercado internacional de la economía insular, un acceso que constituía una pieza esencial en su devenir histórico. La base documental de nuestro texto son los presupuestos liquidados por el alcalde presidente para los años de 1936 a 1943 y las cuentas que rinde el depositario en los años de 1944 a 1958. En cuanto al María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 2 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 marco legislativo de la financiación municipal, no es otro que el modelo fijado por el Estatuto Munici-pal de Calvo Sotelo de 1924, al tiempo que lo contrastamos con las modificaciones introducidas por el nuevo régimen político mediante la Ley de Bases de Régimen Local de 1945 y la Ley de 1953. Desde este marco legislativo, analizamos la estructura de los presupuestos a través de la contabilidad munici-pal con objeto de medir, en primer lugar, el volumen de ingresos, considerando el ingreso y la presión fiscal por habitante, para luego determinar los niveles de empobrecimiento de la ciudadanía. Igualmente, estudiamos la organización y distribución del gasto desde la doble perspectiva del gasto liquidado y del invertido por habitante. Además, en este apartado valoramos los gastos propios del Ayuntamiento, las obligaciones generales, y los bienes preferentes, centrados en servicios como los de dotación de infraestructuras, sanidad, educación o vivienda. Se trata de una categoría de bienes donde, a tenor de la tendencia, comprobamos que debió de ser después del período estudiado cuando se recuperaron los niveles alcanzados en 1936. Guerra Civil y empobrecimiento de las cuentas del municipio El estallido de la Guerra Civil se desarrolló en un ambiente de miseria creciente, como queda con-trastado por la propia historiografía regional1. El nuevo régimen, derivado del conflicto, mermó el po-tencial de riqueza de la economía insular, al extraer de ella una parte sustancial de su renta. La nueva autoridad eliminó los logros sociales de la II República, aunque para paliar la penuria económica que originaba su actuación contribuyó a reactivar la exportación frutera centrada en el mercado peninsular como mecanismo de financiación del alzamiento militar. Pero la eliminación de las franquicias y el au-toconsumo derivado del intervencionismo económico provocaron un fuerte deterioro del nivel de vida de los insulares. Simultáneamente se interrumpió el proceso de modernización iniciado en el siglo XIX, lo que generó una creciente postración del grado de apertura que tradicionalmente había disfrutado la economía insular2. Agreguemos los negativos efectos de la Segunda Guerra Mundial, que provocaron la ruina de la econo-mía de servicios y de la agroexportación vinculada a sus mercados tradicionales. El Mando Económico de Canarias (1941-1946) impuso su estrategia intervencionista administrando la economía insular, lo que se tradujo en un impulso del sector agrario y en un estancamiento de la actividad industrial3. Así, la política comercial quedó vinculada al mercado nacional en perjuicio del internacional. Todo ello se vio acompa-ñado por la elevación del nivel de precios por encima de la media nacional4, generando la consiguiente ruina de los salarios reales por efecto también de la propia congelación salarial impuesta por el régimen. El encarecimiento del coste de la vida determinó un aumento de la demanda, de la inflación, de trueque en las áreas rurales y del estraperlo en las áreas urbanas5. A la vez, la política de racionamiento y de tasas generó hambre y miseria, así como la emigración clandestina a Venezuela. Entre 1949 y 1959 se intentó retornar a nuestro tradicional modelo puertofranquista, aunque sin éxito por la oposición de los intereses locales y extranjeros. Se produjo una relativa recuperación en la estruc-tura productiva, con una mayor participación del sector agrario en el PIB y en el empleo, de un 30,2% y 55,0%, respectivamente.6 Pero el plátano quedó vinculado al mercado peninsular, aunque las papas y los tomates quedaron proyectados hacia el exterior. La misma recuperación asistió a los servicios por-tuarios, pero no a la industria ni a las pesquerías. 1 Guerra Palmero (2006); Guerra Palmero (2007), pp. 53-72; Rive ro Cebal os (2007), pp. 53-86; Macías Hernánde z y Rodríguez Mart ín (1995), pp. 369-430; Macías Hernánde z (2011), pp. 225-259; Ma-cías Hernánde z (2001), pp. 476-506; Aguia r García (tesis doctoral); Rodríguez Mart ín, et al. (2009); Carne-ro Loren zo y Nuez Yáne z (1999), pp. 474-480; Carnero Loren zo y Nuez Yáne z (2014), pp. 373-394. 2 El grado de apertura se contrajo del 64% al 18% entre 1930 y 1960 según Carnero y Nuez (1999), p. 480. 3 Rodríguez Mart ín (2009), pp. 18-24. 4 Un 78,7% frente al 54,3% nacional. Véase Macías (2001), p. 251. 5 Carnero y Nuez (1999), pp. 474-475, Carnero y Nuez (2009), pp. 94-97, Carnero y Nuez (2014), pp. 378-385. 6 Macías (2001), pp. 251-252. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 3 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... En este contexto de creciente intervencionismo y autarquía, se explica la persistente insuficiencia de ingresos y el recurso al Banco de España como ente subsidiario en relación con la política monetaria, que tuvo un marcado efecto inflacionista durante la década de los años 40 y 50. Así, al finalizar la Guerra Civil, la política monetaria quedó en una situación de extrema vulnerabilidad. De una parte, por la pérdi-da de las reservas metálicas; de otra, por el enorme endeudamiento generado por dicha guerra. Además, la propia legislación de 1946 doblegó el Banco de España al Ministerio de Hacienda. Las repercusiones inflacionistas de esta política monetaria fueron notables a partir de la Guerra Civil hasta 1946, extraor-dinarias de 1947 a 1956, y aún mayores entre 1957 y 19587. La hacienda municipal se vio forzada a adecuarse a la nueva realidad. Ya durante el directorio militar de la dictadura de Primo de Rivera se había aprobado el Estatuto Municipal de 1924 impulsado por José Calvo Sotelo, que junto al Reglamento de Hacienda Municipal de 23 de agosto de 1924, fijaron las bases de la estructura municipal hasta 1958. Posteriormente, se mantuvo dicho Estatuto, añadiéndosele la Ley de Bases de Régimen Local de 17 de julio de 1945 y la Ley de 3 de diciembre de 1953. Al analizar las cuentas del municipio comprobamos que los presupuestos no podían ser aprobados con déficit según las instrucciones dadas por el Ministerio de Hacienda. Y aunque desde 1911 quedaron suprimidos los consumos, la Guerra Civil promovió su sustitución por arbitrios y recargos sobre los su-ministros de gas y electricidad hasta en un 50% de la cuota y hasta un 25% la cuota del recargo sobre la contribución industrial8. Además, la imposición municipal se debió nutrir de nuevos arbitrios y recargos sobre las cuotas del Tesoro, como el establecido sobre las contribuciones urbana, rústica y pecuaria. No obstante, la Ley de 1945 no aplicó sus modificaciones, pero la Ley de 1953 contribuyó a reactivar los presupuestos municipales con el objetivo de conseguir una mayor autonomía económica. En el plano analítico, las fuentes utilizadas para el presente estudio son las liquidaciones presupues-tarias rendidas por el alcalde presidente en los años de 1936 a 1943, y por el depositario desde 1944 hasta 1958, extraídas de los fondos del Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife (en adelante, AM-SCT). Para el primer período hemos contado con la “cuenta general de presupuesto que rinde el alcalde presidente, en cumplimiento con las disposiciones vigentes”9, firmada por el alcalde y el interventor de fondos del ayuntamiento. Además, dicha cuenta se acompaña de una certificación que indica que la cuenta está conforme con los asientos de los libros de la Intervención Municipal, con los documentos que justifican las cuentas del Depositario y con el acta de arqueo. La mencionada cuenta se divide en cinco partes. La primera es la Cuenta del Presupuesto de Ingre-sos, que agrupa los quince capítulos que componen este apartado (Cf. cuadro 1). La segunda parte es la Cuenta del Presupuesto de Gastos, que con ligeras diferencias, tiene el mismo formato que la cuenta del presupuesto de ingresos, con la salvedad de que contiene diecinueve capítulos (Cf. cuadro 1). La tercera parte, la Cuenta Resumen y Liquidación, contiene un balance con los totales presupuestados y liquida-dos en el ejercicio, las obligaciones pendientes de pago, los créditos pendientes de cobro a 31 de diciem-bre del ejercicio correspondiente, y las existencias en caja en la misma fecha, que pasan al siguiente ejercicio. Por último, la cuarta y quinta parte de esta “cuenta liquidada» son la Cuenta por artículos del Presupuesto de Ingresos y la Cuenta por artículos del Presupuesto de Gastos, respectivamente. Recoge toda la información señalada en la primera y segunda parte pero, en este caso, para los correspondientes artículos de los diferentes capítulos que componen los ingresos y los gastos del presupuesto municipal. No hemos localizado en el archivo las liquidaciones del alcalde para los años 1944-1958. Hemos recurrido entonces a otra fuente que permite suplir esta carencia. Se trata de la cuenta que rinde el depo-sitario de los fondos municipales de Santa Cruz de Tenerife, que recoge la recaudación de los ingresos y los créditos invertidos en el transcurso del ejercicio presupuestario. Su solvencia queda constatada por las firmas del depositario, del alcalde, del secretario y del interventor de los fondos, indicándose la su conformidad en los asientos de los libros de contabilidad a su cargo. Su periodicidad era trimestral, por lo que para confeccionar una serie anual hemos tenido que sumar los cuatro trimestres que componen un 7 Ba rciela (2005), pp. 351-353. 8 Ley de 17 de julio de 1945 de Bases de Régimen Local, Base 22. 9 Dicha cuenta forma parte del modelo de aplicación nacional recogido en los Reglamentos para la ejecución del Estatuto Municipal aprobados por los Reales Decretos de 2, 10 y 14 de Julio y 22 y 23 de agosto de 1924 (1924), pp. 154-161. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 4 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o ejercicio presupuestario: del 1 de enero al 31 de marzo, del 1 de abril al 30 de junio, del 1 de julio al 31 de septiembre y del 1 de octubre al 31 de diciembre. La temporalidad basada en el año natural o civil, que era la norma establecida en el período analizado por la Real Orden de 24 de junio de 192610, quedó consolidada con la Ley de 194511. Cuadro 1 Capítulos de los presupuestos de ingresos y gastos Ingresos Gastos 1. Rentas 1. Obligaciones generales 2. Aprovechamiento de bienes comunales 2. Representación municipal 3. Subvenciones 3. Vigilancia y seguridad 4. Servicios municipalizados 4. Policía urbana y rural 5. Eventuales y extraordinarios 5. Recaudación 6. Arbitrios con fines no fiscales 6. Personal y material de oficinas 7. Contribuciones especiales 7. Salubridad e higiene 8. Derechos y tasas 8. Beneficencia 9. Cuotas, recargos y participaciones en tributos nacionales 9. Asistencia social 10. Imposición municipal 10. Instrucción pública 11. Multas 11. Obras públicas 12. Mancomunidades 12. Montes 13. Entidades menores 13. Fomento de los intereses comunales 14. Agrupación forzosa del Municipio 14. Servicios municipalizados 15. Resultas 15. Mancomunidades 16. Entidades menores 17. Agrupación forzosa del Municipio 18. Imprevistos 19. Resultas Fuente: Estructura presupuestaria extraída de las liquidaciones presupuestarias de 1936 en adelante. AMSCT, caja 307. Elaboración propia. Esta cuenta del depositario consta de tres partes. La primera es la cuenta de caja, basada en la estruc-tura contable de partida doble12, que muestra el total de los ingresos —cargo— y pagos —data— efec-tuados durante los meses comprendidos en cada trimestre y la diferencia entre ambos; esto es, “en más» si los ingresos superaban a los pagos o “en menos» si ocurría lo contrario. También vienen expresadas las existencias al final del trimestre anterior y las que estaban disponibles al terminar el trimestre en vigor. No obstante, hay que puntualizar que en la parte de los ingresos, el primer artículo del capítulo de Resultas, “existencias en fin del ejercicio anterior”, aparece en todos los trimestres sin cantidad asig-nada. Pero teniendo en cuenta la estructura de la contabilidad municipal, al sumar los cuatro trimestres para conseguir la serie anual, hemos extraído la cantidad de dicho artículo de las existencias en fin del trimestre anterior del 1º trimestre del año correspondiente, que aparecen en la citada cuenta de caja y que, a su vez, son las existencias del último trimestre y, por tanto, las que pasan al ejercicio presupues-tario siguiente. La segunda parte hace referencia a la Cuenta por conceptos, que recoge el total de operaciones de gastos e ingresos realizadas en el trimestre para cada capítulo. En la mayor parte de los trimestres, hemos observado la adición de algún capítulo más a los ya existentes y fijados por el Estatuto. Por ejemplo, en el caso de los ingresos, contamos con la adición de un capítulo destinado a la devolución de ingresos 10 Rodríguez Be rnal (2008), p. 51. 11 Ley de 17 de julio de 1945 de Bases de Régimen Local, Base 65. 12 Hasta antes de1835, los expedientes de ingresos y gastos que podríamos considerar como presupuestos no eran más que simples relaciones de Cargo y Data, del que era responsable, como en el pasado, el mayordomo o depositario de los fondos municipales. Véase Ojeda Cabrera (tesis doctoral inédita). Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 5 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... indebidos, mientras que en el caso de los gastos, uno para los reintegros de pagos indebidos. Además, excepcionalmente, en los ejercicios presupuestarios de 1945 y 1946 se cuenta con un capítulo específico de operaciones de tesorería, tanto para la parte de los ingresos como para la de los gastos. Finalmente, la Clasificación por artículos del presupuesto indica las operaciones realizadas en cada trimestre para los diferentes artículos de los capítulos de gastos y de ingresos. Los ingresos municipales La tendencia de los ingresos liquidados del municipio de Santa Cruz de Tenerife fue muy desigual a lo largo de período estudiado (Cf. cuadro 2). En pesetas corrientes, el nivel más bajo se alcanzó en 1936, con una cifra cercana a los cinco millones de pesetas que, en ingreso per cápita, representaba 71,7 pesetas. Ahora bien, en el intervalo que duró el conflicto, los ingresos aumentaron, aproximadamente, en un millón y medio de pesetas. No obstante, no hemos podido hallar el ingreso por habitante para los años entre 1937 y 1939 por los nefastos efectos de la propia guerra y las bajas que ocasionó, lo que nos impide estimar la población mediante el método de interpolación lineal. A partir de aquí, la serie conti-núa desde 1940 hasta el final de la etapa. Tras el final de la guerra, los ingresos liquidados se mantuvieron por debajo de los 10 millones de pesetas corrientes hasta 1945, mientras que el ingreso por habitante osciló entre las 90 y 99,7 pesetas, a excepción de 1942, que supuso 104,5 pesetas. Desde 1946 hasta 1951, los ingresos aumentaron hasta los 20 millones y medio de pesetas. Asimismo, la carga por habitante fluctuó entre las 123,4 pesetas y 192,8 pesetas, siendo los dos últimos años de este tramo los que marcaron los incrementos más destacados. Desde 1952 hasta el final del período, las cifras aumentaron de tal modo que desde este año hasta 1956 se pasó de cerca de 30 millones a algo más de 40 millones de pesetas corrientes. De ahí que ocurriera un acusado crecimiento del ingreso por habitante que, en este tramo temporal, partió de las 254,5 pese-tas para alcanzar las 333,5 pesetas. Finalmente, los dos últimos años de la etapa revelan un incremento extraordinario, tanto del ingreso liquidado como del ingreso por habitante. El primero superó los 70 mi-llones de pesetas, mientras que el segundo alcanzó las 574,2 pesetas por habitante en 1958. Ahora bien, la causalidad de esta conducta ascendente en lo concerniente a los ingresos liquidados y al ingreso por habitante obedeció en buena medida a la aplicación de la Ley de 1953, que se tradujo en una ampliación del espectro de nuevos recursos fiscales, como luego veremos. Cuadro 2 Presupuestos de ingresos liquidados e ingreso por habitante (en pesetas corrientes y pesetas constantes de 2004), 1936-1958 Años Población Ingresos liqui-dados (ptas corrientes) Números índice* Ingreso por habitante (ptas corrientes) Ingresos liquidados (ptas constantes de 2004) Números índice* Ingreso por habi-tante (ptas cons-tantes de 2004) 1936 68.7141 4.923.814 84,2 71,7 779.362.362 108,3 11.342 1937 5.344.606 91,4 755.327.787 105,0 1938 5.948.805 101,8 747.303.433 103,9 1939 6.553.911 112,1 720.403.538 100,2 1940 72.358 6.456.357 110,5 89,2 594.151.083 82,6 8.211 1941 75.467 6.584.110 112,6 87,2 510.863.307 71,0 6.769 1942 78.576 8.214.681 140,5 104,5 580.470.955 80,7 7.387 1943 81.684 7.845.481 134,2 96,0 496.726.526 69,1 6.081 1944 84.793 8.457.633 144,7 99,7 497.661.859 69,2 5.869 1945 87.902 8.892.016 152,1 101,2 472.304.133 65,7 5.373 1946 91.011 11.226.339 192,1 123,4 496.355.597 69,0 5.453 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 6 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o 1947 94.120 12.055.666 206,2 128,1 454.338.670 63,2 4.827 1948 97.228 14.658.309 250,8 150,8 515.595.552 71,7 5.302 1949 100.337 16.537.568 282,9 164,8 543.553.041 75,6 5.417 1950 103.446 18.598.427 318,2 179,8 517.897.528 72,0 5.006 1951 106.411 20.521.313 351,1 192,8 442.407.348 61,5 4.157 1952 109.377 27.841.445 476,3 254,5 600.217.925 83,4 5.487 1953 112.342 29.249.898 500,4 260,4 586.441.213 81,5 5.220 1954 115.308 32.518.760 556,3 282,0 651.979.759 90,6 5.654 1955 118.273 37.152.342 635,6 314,1 716.230.791 99,6 6.055 1956 121.238 40.429.295 691,6 333,5 711.035.776 98,8 5.864 1957 124.204 69.441.339 1.187,9 559,1 1.046.806.894 145,5 8.428 1958 127.169 73.014.590 1.249,1 574,2 1.002.667.474 139,4 7.884 Notas: *Base: 1936-1940. 1 Dato extraído en Ojeda Cabrera (tesis doctoral inédita). El resto de los años han sido estimados mediante interpolación lineal a partir de los datos del censo de 1940 y de 1950. Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944-1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955-1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. Convendría ahora examinar los ingresos en pesetas constantes con el fin de suprimir los efectos in-flacionistas presentes en las cifras nominales (Cf. cuadro 2, gráfico 1). Comprobamos entonces que el ingreso liquidado mantuvo una evolución decreciente desde 1936 hasta prácticamente los años cincuen-ta. A partir de este año, se incrementó ligeramente y de forma destacable en los dos últimos años de la etapa. Asimismo, el ingreso por habitante en pesetas constantes revela la misma tendencia (Cf. gráfico 2). De hecho, al estallar la Guerra Civil resalta una partida superior a las 11.000 pesetas, pero al finalizar la contienda dicha cifra quedó reducida, manifestando un descenso gradual hasta 1951, cuando apenas superó las 4.000 pesetas por habitante. Desde entonces, revela una moderada recuperación, perceptible sobre todo en los dos últimos años, cuando retomó los niveles de 1940. Fuente: Cf. cuadro 2. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 7 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... Cuadro 3 Presión fiscal por habitante (en pesetas corrientes y pesetas constantes de 2004), 1936-1958 Años Población Ingresos fiscales (en ptas corrien-tes) Presión fiscal (en ptas co-rrientes) Ingresos fiscales (en ptas constan-tes de 2004) Presión fiscal (en ptas cons-tantes de 2004) 1936 68.714 2.446.430 35,6 387.231.404 5.635 1937 2.397.031 338.760.944 1938 3.015.320 378.791.823 1939 3.290.916 361.736.271 1940 72.358 3.555.805 49,1 327.225.630 4.522 1941 75.467 4.207.844 55,8 326.488.003 4.326 1942 78.576 4.969.263 63,2 351.141.172 4.468 1943 81.684 4.820.850 59,0 305.225.882 3.736 1944 84.793 4.998.209 58,9 294.103.293 3.468 1945 87.902 5.287.324 60,2 280.839.010 3.194 1946 91.011 6.922.074 76,1 306.049.043 3.362 1947 94.120 8.241.058 87,6 310.578.549 3.299 1948 97.228 9.580.817 98,5 336.998.383 3.466 1949 100.337 11.316.003 112,8 371.931.818 3.706 1950 103.446 12.152.738 117,5 338.408.892 3.271 1951 106.411 13.459.185 126,5 290.158.926 2.726 1952 109.377 17.968.068 164,3 387.363.378 3.541 1953 112.342 18.645.179 166,0 373.823.583 3.327 1954 115.308 25.002.398 216,8 501.281.643 4.347 1955 118.273 27.242.480 230,3 525.186.349 4.440 1956 121.238 28.935.418 238,7 508.891.317 4.197 1957 124.204 56.837.040 457,6 856.800.960 6.898 1958 127.169 61.885.362 486,6 849.836.171 6.682 Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944-1945: caja 5211. 1946- 1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955-1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. La presión fiscal es uno de los indicadores más relevantes pues permite medir la evolución de la carga fiscal del municipio (Cf. cuadro 3). Para ello, hemos tomado los capítulos de los presupuestos liquida-dos de ingresos que ilustran el cómputo de la presión fiscal, considerando, además, el marco legislativo cambiante impuesto por la Dictadura. Así, para calcular los ingresos fiscales hemos utilizado el capítulo 7, de contribuciones especiales; el capítulo 8, de derechos y tasas; el capítulo 9, de cuotas, recargos y participaciones en tributos nacionales; y el capítulo 10, de imposición municipal13. En 1936, la presión fiscal por habitante se situaba en 35,6 pesetas corrientes, un nivel que aumentó en 14 pesetas en 1940 con la finalización del conflicto bélico y que, prácticamente, se mantuvo estable hasta 1945. Sin embargo, a partir de 1946 observamos un aumento de 16 pesetas con respecto del año 13 Hemos considerado dichos capítulos por estar establecidos en el Estatuto como exacciones municipales y, dentro de ellas, hemos descartado las que se imponen con fines no fiscales (Cf. Estatuto Municipal de 1924, art. 316, p. 1257). En este aspecto, resulta esclarecedor la aportación de Rovira Mola cuando señala que es sabido que las tasas y los impuestos constitu-yen los dos grandes grupos de ingresos derivativos o tributarios, siendo las contribuciones especiales la categoría intermedia entre las tasas y los impuestos; pero todas estas exacciones persiguen directamente una finalidad fiscal, la de proporcionar recursos para subvenir a los gastos de las Corporaciones locales. En cambio, los arbitrios con fines no fiscales no tienen (…) un fin netamente fiscal. Véase Rovi ra Mola (1958), p. 365. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 8 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o anterior. Esta conducta adquirió una proyección creciente hasta 1952, cuando se situó en 164,3 pesetas, y se multiplicó en los años inmediatos hasta 1956, al alcanzar las 238,7 pesetas. Asimismo, esta cifra se duplicó en los dos últimos años del período analizado, de tal modo que entre 1936 y 1958 hemos com-putado una espectacular tasa de crecimiento de la presión fiscal per cápita (1.266,9%), lo que, de ser así, corrobora todo el planteamiento reseñado en el presente trabajo acerca de la nefasta política inflacionista practicada por la Dictadura. Al hilo de lo planteado, al medir la presión fiscal en pesetas constantes podemos comprobar que ape-nas se percibe crecimiento. Excepcionalmente, existen intervalos como entre 1942 y 1952 —año en que fueron suprimidas las cartillas de racionamiento—, en los que dicho indicador se contrajo ligeramente. Con todo, tal y como venimos observando para el resto de los años, los dos últimos del tramo temporal manifiestan un notorio aumento de la presión fiscal. Fuente: Cf. cuadros 2 y 4. La justificación de esta conducta exige cotejar las modificaciones introducidas por la legislación de Bases de Régimen Local, específicamente la referida a 1953. La Ley tuvo un efecto directo sobre el capí-tulo 10 de imposición municipal de Santa Cruz de Tenerife, con especial referencia a artículos que ahora adquieren su propia especificidad fiscal, como el referido a los arbitrios de imposición sobre el consumo de bebidas espirituosas y alcoholes, que a partir de 1955 computó un ingreso superior 1.250.000 pesetas para, en el año 1958, situarse en algo más de 1.750.000 pesetas corrientes. También cabe citar el artículo de arbitrios sobre carnes, volatería, caza menor, pescados y mariscos finos, que en 1955 ingresó en las arcas municipales cerca de 660.000 pesetas y en 1958 ya sobrepasó las 800.000 pesetas. Igualmente destaca, y de manera extraordinaria desde 1955 a 1958, el arbitrio sobre la riqueza urbana y los arbitrios especiales o tradicionales14. El primer arbitrio superó los 3,5 millones de pesetas en 1955, cantidad que 14 Según la Ley de Bases de 1953, los Ayuntamientos podrán revisar las exacciones especiales o tradicionales que tengan establecidas o autorizadas (…) cuando recaigan sobre bases que sean susceptibles de ser gravadas por el arbitrio es-tablecido en la Base séptima. Asimismo, dicha base se refiere al Arbitrio sobre la riqueza provincial.— (…) Quedarán sujetos al arbitrio, (…) los siguientes productos: a) Cereales, leguminosas, (…); b) Ganadería (…); c) Pesca (…); d) Madera, leña, resinas, frutos secos y corcho; e) Sales marinas o de procedencia mineral y aguas minero-medicinales; f) Fuerzas hidráulicas; g) Rocas y minerales; h) Los obtenidos por transformación industrial (…); i) La energía eléctrica (…) térmico o hidráulico; La base de imposición del arbitrio será el precio de tasas o el determinado en los módulos oficiales y, (…), el de venta; cuando se Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 9 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... se duplicó en 1958. Por su parte, los arbitrios tradicionales comenzaron con un ingreso cercano a los cin-co millones de pesetas, y en los dos últimos años ya superaron los 29 millones. Por todo ello, deducimos que fueron estos dos arbitrios los que contribuyeron a incrementar el volumen de ingresos liquidados, el ingreso liquidado por habitante y la presión fiscal en los dos últimos años de la serie temporal estudiada. Los gastos municipales La evolución del gasto presentó un comportamiento muy desigual a lo largo de todo el período, en concordancia con el seguido por el ingreso (Cf. cuadro 4, gráficos 1 y 3). Constatamos un perfecto ajuste del ingreso con respecto del gasto liquidado entre 1936 y 1939, tanto en lo concerniente a valores corrientes como constantes. Entre 1940 y 1946 aumentó el gasto liquidado en pesetas corrientes: un in-cremento que no se vio correspondido con los valores representados en pesetas constantes, que disminu-yeron. Y continuó esta tendencia, pues desde 1947 hasta 1956 se duplicó el gasto en valores corrientes, y continuó incrementándose hasta el extremo de cuadriplicarse entre 1956 y 1958. No obstante, en valores constantes, se constata un estancamiento hasta 1951 para, desde este año hasta 1956, observarse un leve incremento que se duplicó en los dos últimos años del período analizado. El gasto liquidado en pesetas corrientes por habitante experimentó una tendencia creciente. La in-versión por habitante en 1936 fue de 57,8 pesetas, en 1946 de 114,8, y en 1956 se triplicó al situarse en 319,6 pesetas, una cantidad que creció aún más en los dos últimos años del período, cuando alcanzó las 556,7 pesetas. Pero, al contrastarlo en pesetas constantes (Cf. gráfico 2), el gasto por habitante en 1936 fue el mayor de todo el período estudiado, con 9.144,9 pesetas, lo que vinculamos a los efectos derivados de la política económica de la Segunda República, interrumpidos al estallar la Guerra Civil. Asistimos, luego, a un cambio de tendencia debido a la escasa inversión realizada por la Dictadura que coincide, a su vez, con los momentos de mayor rigidez de su modelo autárquico. La reducción del gasto fue de tal nivel que se llegó al extremo de verse recortado a la mitad de los valores que comprobamos al principio, marcando el mínimo en 1951, con algo más de 3.000 pesetas por habitante. A partir de enton-ces, este indicador se incrementó lentamente, cuya recuperación se hizo más visible en los dos últimos años, especialmente en 1957, aunque siguió revelando una acusada diferencia del valor representado en 1936. No obstante, el cambio de conducta de los últimos años del período pone de manifiesto la relaja-ción del modelo autárquico y los comienzos de la política pre-estabilizadora. Cuadro 4 Presupuestos de gastos liquidados y gasto por habitante (en ptas corrientes y ptas constantes de 2004), 1940-1958 Años Población Gastos liqui-dados (ptas corrientes) Números índices Gasto por ha-bitante (ptas corrientes) Gastos liquidados (ptas constantes de 2004) Números índices Gasto por habitante (ptas constantes de 2004) 1936 68.714 3.969.954 81,0 57,8 628.381.337 104,5 9.144 1937 4.527.225 92,4 639.811.252 106,4 1938 4.937.627 100,7 620.276.811 103,2 1939 5.520.091 112,6 606.766.428 100,9 1940 72.358 5.552.594 113,3 76,7 510.981.650 85,0 7.061 1941 75.466 5.926.138 120,9 78,5 459.811.074 76,5 6.092 1942 78.575 7.218.785 147,3 91,9 510.098.321 84,8 6.491 1943 81.684 7.149.974 145,9 87,5 452.691.408 75,3 5.542 trate de fuerzas hidráulicas no destinadas a energía eléctrica se considerará su potencia en caballos y en la energía eléctrica kilovatio-año. El tipo máximo de imposición será el tres por ciento de la base, salvo cuando se trate de fuerza hidráulica o energía eléctrica. En ésta lo será el de diez pesetas kilovatio-año y el de aquellas, el de su equivalencia en caballos. (…). Véase la Ley de 3 de diciembre de 1953 de Bases de Régimen Local, Base 10. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 10 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o 1944 84.793 7.622.759 155,5 89,9 448.536.419 74,6 5.289 1945 87.902 8.116.748 165,6 92,3 431.125.419 71,7 4.904 1946 91.010 10.445.653 213,1 114,8 461.838.769 76,8 5.074 1947 94.119 10.915.183 222,7 116,0 411.357.629 68,4 4.370 1948 97.228 12.961.579 264,4 133,3 455.914.288 75,8 4.689 1949 100.337 13.907.823 283,7 138,6 457.119.203 76,0 4.555 1950 103.446 16.631.754 339,3 160,8 463.132.983 77,0 4.477 1951 106.411 17.216.186 351,2 161,8 371.153.997 61,7 3.487 1952 109.376 23.845.710 486,5 218,0 514.076.140 85,5 4.700 1953 112.342 28.624.176 584,0 254,8 573.895.906 95,5 5.108 1954 115.307 29.505.955 602,0 255,9 591.574.994 98,4 5.130 1955 118.273 33.220.270 677,8 280,9 640.427.483 106,5 5.414 1956 121.238 38.744.632 790,5 319,6 681.407.374 113,3 5.620 1957 124.203 69.146.348 1.410,7 556,7 1.042.360.015 173,4 8.392 1958 127.169 70.756.823 1.443,6 556,4 971.662.860 161,6 7.640 Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944-1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955-1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. Fuente: Cf. cuadro 4 Los gastos del Ayuntamiento El Ayuntamiento absorbía una elevada proporción de sus recursos económicos. Aludimos a los ca-pítulos de representación municipal, gastos del personal y material de oficina, recaudación, vigilancia y seguridad, montes y agrupación forzosa del municipio (Cf. cuadro 5 y gráfico 4). El capítulo de representación municipal estaba formado por dos artículos, uno para los gastos de representación del ayuntamiento y otro para los del alcalde, que tuvieron una evolución relativamente estable entre 1936 y 1952. No obstante, en 1953 su consignación fue la mayor de todo el período. En los años posteriores, sin embargo, las cuantías se redujeron respecto de dicho año, pero duplicaron el pro- Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 11 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... medio de las consignadas en la etapa precedente. En cuanto al capítulo de gastos de personal y material de oficinas, quedaba dividido en dos artículos. Uno destinado a los gastos de las oficinas centrales, y otro para el resto de dependencias municipales, como el archivo u oficinas descentralizadas. Este capítulo tuvo una tendencia decreciente hasta 1953, cuando superó la cantidad de 1936, para luego mantenerse estable hasta el final (Cf. cuadro 5). No obstante, debemos puntualizar que estos dos capítulos tenían un importante peso al referirse a gastos fijos inflexibles, en el sentido de que eran para costear la gestión interna y todo lo relacionado con el funcionamiento de la corporación. Cuadro 5 Gastos de ayuntamiento (en ptas constantes de 2004), 1936-1958 Represent. municipal Vigilancia y seguridad Recaudación Personal y material de oficinas Montes Agrupac. forzosa Mu-nicipio TOTAL 1936 3.398.004 54.034.781 43.233.838 62.414.099 2.271.422 1.379.568 166.731.712 1937 4.499.002 46.104.317 36.495.938 58.809.064 1.687.946 3.151.941 150.748.207 1938 3.065.969 41.862.516 38.878.771 53.748.426 1.647.588 2.471.538 141.674.810 1939 4.641.897 39.628.523 39.779.327 47.342.270 3.015.622 1.714.203 136.121.843 1940 5.121.496 35.998.936 30.752.817 41.330.025 3.764.147 2.150.628 119.118.049 1941 3.940.489 45.046.404 31.510.590 45.931.680 3.680.118 2.029.214 132.138.494 1942 5.180.372 43.194.899 33.617.825 44.457.769 3.996.797 877.429 131.325.093 1943 5.420.357 40.194.823 29.720.342 42.311.417 3.322.619 1.300.239 122.269.798 1944 5.033.218 37.713.098 28.008.949 40.579.678 3.329.847 1.350.627 116.015.417 1945 3.086.215 34.332.783 25.122.148 37.900.000 3.979.640 1.093.904 105.514.690 1946 3.724.656 39.739.029 27.781.846 43.922.775 2.894.085 964.453 119.026.844 1947 4.759.680 36.497.503 22.319.268 39.442.124 2.683.471 1.104.312 106.806.358 1948 3.884.669 38.155.177 21.754.938 53.654.141 2.989.281 1.068.363 121.506.569 1949 4.885.116 37.964.479 21.273.323 57.406.129 3.219.614 988.015 125.736.677 1950 8.826.020 38.662.753 17.520.581 50.832.083 2.627.657 885.033 119.354.127 1951 3.752.975 32.803.036 15.101.066 40.154.679 2.115.077 863.804 94.790.637 1952 4.992.229 34.912.492 17.387.272 49.226.570 2.299.114 757.382 109.575.059 1953 16.073.222 58.413.211 24.915.840 69.200.811 2.895.249 720.705 172.219.038 1954 8.474.079 62.240.573 29.551.403 72.929.415 3.395.530 19.906 176.610.905 1955 10.581.228 67.868.273 28.988.494 72.153.637 3.444.834 183.036.466 1956 10.060.567 62.901.122 26.803.823 66.958.516 3.376.311 170.100.339 1957 8.476.986 74.266.033 32.485.054 71.752.275 4.148.615 191.128.964 1958 9.008.869 76.019.626 32.340.096 72.824.945 4.199.457 194.392.993 Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944-1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955- 1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. El capítulo destinado a los gastos de recaudación incluía un artículo para la administración, inspec-ción, vigilancia e investigación, y otro para su propio personal y operarios15. La evolución de los gastos destinados a este fin fue decreciente hasta 1952, y a partir de este año y hasta el final de la etapa observa-mos una tímida recuperación que se acerca a los niveles del final de la Guerra Civil, lo que revela lo in-dicado anteriormente, esto es, la incipiente relajación del régimen en materia económica (Cf. cuadro 5). 15 En los ayuntamientos de capitales de provincia, como en el caso de Santa Cruz de Tenerife, estaban obligados a intentar el cobro en el domicilio. Véase los Reglamentos para la ejecución del Estatuto Municipal, art. 74 y 75. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 12 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o En lo que respecta al capítulo de agrupación forzosa del municipio16, solo tuvo asignación hasta 1955 que desaparece a partir de entonces. Su evolución fue relativamente estable, a excepción de 1954, cuando su aportación se redujo de forma considerable. Las partidas estaban destinadas al pago de las atenciones de la Administración de Justicia de la agrupación forzosa del partido judicial, que incluía a los municipios de Santa Cruz de Tenerife, Güímar, Arafo y Candelaria. En definitiva, la evolución del gasto del Ayuntamiento de Santa Cruz enlaza directamente con el marco general derivado del primer franquismo, es decir, con la política económica que en materia de austeridad, rigidez y pobreza caracterizaron el modus operandi del régimen. De este modo, el aumento de la complejidad de la maquinaria burocrática revela los bajos niveles retributivos destinados a la do-tación de recursos humanos, que cercenaban la propia autonomía municipal. Fuente: Ayuntamiento: Cf. cuadro 5. Bienes preferentes: Cf. cuadro 10. Otros: Cf. cuadro 4. Las obligaciones generales del ayuntamiento Las obligaciones generales del ayuntamiento tienen un carácter específico al constituir uno de los capítulos más relevantes del apartado de los gastos (Cf. cuadros 6 y 7). En el mismo, las operaciones de crédito municipal adquieren un importante protagonismo al vincularse a los préstamos de entidades financieras, entre las que destaca el Banco de Crédito Local, una institución con finalidad claramente inversora17. Así, los gastos en este apartado derivaban del pago del principal y los intereses de las obli-gaciones de los préstamos y empréstitos contraídos. 16 Las obligaciones del ayuntamiento sobre este aspecto vienen recogidas en el reglamento del Estatuto de 1924. Véase los Reglamentos para la ejecución del Estatuto Municipal, art. 13, 14 y 15. 17 Los estatutos del Banco de Crédito Local incluían la prohibición de prestar a los municipios cuantías cuyas liqui-daciones anuales no superasen el 25% de los gastos de los presupuestos ordinarios municipales. Asimismo, el propio marco regulador del franquismo establecía la obligatoriedad de la autorización previa del Ministerio de Hacienda con regulaciones específicas entre 1845 y 1868 y desde 1932. Además, se prohibía taxativamente la emisión de deuda a corporaciones con liqui-daciones presupuestarias previas deficitarias. Véase al respecto Comín (1996), p. 236. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 13 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... Cuadro 6 Gastos de obligaciones generales de capítulos 1 a 4 (en ptas constantes de 2004), 1936-1958 1 2 3 4 1936 1.762.432 106.944.190 1.498.028 26.181.273 1937 2.115.952 69.262.178 1.906.263 21.435.052 1938 3.037.064 150.765.478 9.943.277 15.026.062 1939 2.821.327 132.697.829 3.957.607 12.796.738 1940 2.349.644 108.292.440 1.316.598 11.275.641 1941 1.707.120 91.271.546 2.794.007 2.652.751 1942 1.535.182 92.970.248 7.296.751 9.414.325 1943 1.237.150 65.159.499 1.565.107 6.105.607 1944 1.316.878 66.012.498 1.272.358 8.521.939 1945 1.188.726 61.004.139 5.407.790 36.845.166 1946 990.503 53.107.077 1.477.779 28.612.647 1947 885.825 49.687.634 1.610.867 8.932.231 1948 771.213 50.098.947 9.422.637 8.920.704 1949 722.137 48.944.346 5.840.867 9.241.760 1950 609.277 41.420.135 10.932.063 7.593.649 1951 557.932 31.594.707 5.597.964 11.544.296 1952 582.365 39.881.892 23.088.163 8.766.551 1953 616.938 37.493.326 8.648.381 9.426.359 1954 1.481.536 38.795.699 17.330.519 8.692.039 1955 1.964.034 38.320.355 15.488.998 10.173.623 1956 1.878.277 34.780.539 10.035.007 997.538 1957 1.167.442 35.427.220 6.881.412 364.722.376 1958 982.153 39.684.670 26.625.579 254.511.061 1: Pensiones. 2: Operaciones de crédito municipal. 3: Créditos reco-nocidos. 4: Contingentes. Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944- 1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955-1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. Cuadro 7 Gastos de obligaciones generales de capítulos 5 a 8 (en ptas constantes de 2004), 1936-1958 5 6 7 8 1936 9.785.225 1.961.234 516.235 338.926 1937 8.577.259 2.082.691 105.147 542.084 1938 8.110.619 1.647.758 1.425.571 565.238 1939 10.552.528 4.395.440 2.154.183 2.912.947 1940 7.749.797 1.320.103 1.640.172 1.068.856 1941 7.992.804 1.169.733 1.167.537 625.420 1942 8.878.063 1.229.642 245.502 1.145.762 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 14 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o 1943 13.234.318 11.724.447 265.756 1.231.969 1944 10.366.868 5.344.808 270.484 1.243.851 1945 8.799.036 6.890.382 306.583 1.631.468 1946 7.023.146 3.901.871 1.035.280 927.245 1947 6.580.067 3.177.734 764.884 563.722 1948 9.252.350 2.641.226 1.327.300 747.385 1949 10.651.531 588.571 1.319.905 715.041 1950 7.167.305 1.074.817 1.686.540 3.151.132 1951 2.810.985 435.236 1.855.781 1.259.697 1952 12.415.936 1.347.970 1.196.625 1.208.356 1953 14.884.836 282.021 992.147 1.220.917 1954 17.886.481 344.976 2.018.909 3.068.145 1955 16.440.593 2.134.158 2.159.206 2.171.238 1956 17.463.298 1.745.957 140.767 3.303.972 1957 586.954 1.338.212 469.228 1.951.200 1958 630.375 1.080.359 217.044 1.786.373 5: Contribuciones e impuestos. 6: Compromisos varios. 7: Cargas por servicios del Estado. 8: Otros. Los capítulos de Anuncios y suscripcio-nes, Indemnizaciones, Litigios y Censos quedan integrados en el capítu-lo que hemos denominado “Otros”. Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944- 1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955-1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. De hecho, en 1936 la corporación continuaba pagando intereses de capital tomado a préstamo al an-tiguo Hospital de San Carlos para la reconstrucción de la Recoba y el Teatro; amortización e intereses, impuestos y demás gastos del empréstito municipal de cinco millones18; gastos, intereses y amortización del empréstito de diez millones19. A este último empréstito, se asoció un plan de obras que fue presentado el 30 de octubre de 1925 aunque, realmente, fue concedido por el Banco de Crédito Local en 192820. El Ayuntamiento seguía pagando (…) gastos, intereses y amortización del empréstito de un millón doscientas cincuenta mil pesetas, para construcción del Palacio de Justicia21. En 1940, el municipio pagaba un interés del 6%, lo que representaba una deuda de 1.293.500 pesetas y un pago anual que as-cendía a la cantidad de 147.537,93 pesetas22 (Cf. cuadro 8). Además, un expediente de este año, referido a la sección 2ª del Negociado de Hacienda, muestra un arreglo de la deuda con el Banco de Crédito Local de España23 (Cf. cuadro 9). 18 Un empréstito que fue adquirido en 1913 para diversas obras. AMSCT, caja 1185-3. 19 Véase Presupuesto ordinario de 1936 de Santa Cruz de Tenerife, Tipografía Sanz, Santa Cruz de Tenerife, 1936. 20 Empréstito de 10.000.000 de pesetas suscrito por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en 1928. El plan de obras asociado a este empréstito incluía mejoras y reparaciones en alcantarillado, distribución de aguas, obras en el puente del Barranco Santos, obras en la calle de San Sebastián, plano de la ciudad, pavimentación y otras obras como la reforma en la plaza de mercado, la terminación del cementerio de Santa Lastenia, la construcción de edificios para escuelas, el saneamiento del Barranco de Santos, la expropiación de terrenos para repoblación de los montes en Catalanes y Roque Negro. Limpieza de la galería de Aguirre y canalización de las aguas en el monte. Y [en ejecución] obras de alumbramiento en Catalanes. AMSCT, caja 194. 21 AMSCT, caja 1185-3. 22 AMSCT, caja 194. 23 Arreglo de Deuda con el Banco de Crédito Local de España, conversión, unificación y ampliación de las restantes deudas municipales y plan extraordinarios de obras y de obras especiales (…). La Alcaldía propuso a la Comisión Gestora Municipal (…) proceder a la conversión del préstamo de once millones [el citado empréstito de diez millones de pesetas más intereses y gastos de amortización] concertados con aquel Banco, mediante un empréstito de 12.073.000 pesetas, emitido en Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 15 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... Por su parte, la deuda interior del Ayuntamiento contraída con dicha entidad para refinanciar el viejo empréstito de cinco millones, para costear las obras del Palacio de Justicia y de la Avenida Marítima iniciadas en 1928 ascendía, en dicho año de 1940, a 6.191.750,00 ptas, abonándose de anualidad, inte-reses e impuestos la suma de 613.847,96 ptas. El expediente también aborda el marco de la reestructuración de la deuda del empréstito de 10 millo-nes24, así como la emisión de un paquete de obligaciones para cubrir la amortización de la deuda interior a través de 12.600 obligaciones de 500 pesetas cada una. También, detalla cómo quedó la deuda una vez reestructurada (Cf. cuadro 9). Cuadro 8 Deudas municipales en circulación y estado de las mismas, 1940 Clase Plazo/años Intereses Deuda actual Anualidad, intereses e impuestos Deuda exterior Banco de Crédito Local 42 5,9 11.649.640,52 755.392,53 Deuda interior 5 millones 24 6 3.887.000 342.046,13 Palacio de Justicia 14 6 1.293.500 147.537,93 Avenida Marítima 12/14 6 1.011.250 124.263,90 Total 6.191.750,00 613.847,96 TOTALES 17.841.390,52 1.369.240,49 Fuente: AMSCT, caja 194. Elaboración propia. Cuadro 9 Deudas municipales y su conversión y unificación por el Banco de Crédito Local, 1940 Deuda Anualidades anteriores Nuevas anualidades Beneficio anual Exterior Banco de Crédito Local 755.392,53 685.558,07 69.834,46 Interior Restantes deudas municipales 613.847,96 368.866.26 244.981,70 TOTALES 1.369.240,49 1.054.424,33 314.816,16 Fuente: AMSCT, caja 194. Elaboración propia Ahora bien, a pesar de que entre 1941 a 1945 se produjo una relativa reducción de las operaciones de crédito municipal como consecuencia de esta reestructuración de la deuda (Cf. cuadro 6), desde 1945 hasta el final del período su descenso es considerable por la propia política impuesta por la Dictadura en materia de hacienda municipal, fundamentada en el objetivo de no asumir nuevas deudas. Otro de los artículos que destacan en el capítulo de obligaciones generales es el de créditos reco-nocidos, que manifiesta un comportamiento muy variable a lo largo de todo el período. Sobresalen sus elevadas cuantías en 1938, 1942, 1948, 1950, 1954-1956 y 1958, año este último en el que se registra 24.416 obligaciones de 500 pesetas nominales, al 4% anual, libre de todo impuesto presente y gastos pagaderos por trimestres a amortizar en 50 años por sorteos anuales a partir de 1940, con facultad de anticipación de amortización total o parcial, al tipo del 9,8% para la venta en firme mediante subasta pública. (…) la base de la operación propuesta y acordada fue el tipo de interés aplicable tanto a la regularización de la operación expresada con el expresado Banco, como a la conversión indi-cada (…) La Alcaldía propone que el tipo de interés propuesto sea el 4% anual (…) que (…) se señaló como interés legal, por reducción del 5% que hasta dicho momento venía rigiendo. AMSCT, caja 194. 24 Establecía que por las mismas normas del Estado, del propio banco de Crédito local con sus cédulas, y de otras Corporaciones con sus obligaciones, (…), procede convertir todas aquellas Deudas, es decir, nuestra Deuda interior al 4% de interés anual, libre de impuestos presentes y gastos, pagaderos por trimestres a amortizar en 50 años, por sorteos anuales a partir de 1941, con facultad de anticipación de amortización total o parcial, (…) y para la venta en firme mediante subasta pública. AMSCT, caja 194. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 16 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o una cantidad extraordinaria. Se trata de un apartado que incluía cualquier clase de deuda: al pequeño comerciante, al suministro de material para quintas, a gratificaciones por servicios prestados, etc. Los contingentes, dentro del mismo capítulo, constituían la base económica que se derivaba a los cabil-dos de la provincia y, a pesar de que esta aportación forzosa se suprimió en 1945, continuaron realizándose pagos por este concepto25. De hecho, asistimos a un incremento desproporcionado en los dos últimos años en relación con los precedentes (Cf. cuadro 6). Además, en algunos años aparecen asignaciones, bien al Cabildo, o bien un 1% del presupuesto destinado al sustento del Instituto de Higiene. Finalmente, el artículo de contribuciones e impuestos incluía los pagos a la Hacienda Pública por el impuesto de utilidades sobre sueldos de empleados, la contribución de inmuebles, el impuesto de persona jurídica, el 20% de propios, el 10% de multas y el 10% de los aprovechamientos forestales. Su evolución manifiesta cantidades bastantes elevadas en 1939, 1943, 1944, 1948, de 1952 a 1956, pero muy reducidas en los dos últimos años por causas que por ahora no hemos podido contrastar (Cf. cuadro 7). El gasto en bienes preferentes El propio Estatuto Municipal de 1924 establecía las bases acerca de las obligaciones de los ayunta-mientos en materia de sanidad, beneficencia, asistencia social, instrucción pública y servicios comunales obligatorios, a lo que se añadieron las obras públicas. Así, al abordar las inversiones en bienes prefe-rentes (Cf. cuadro 10 y gráfico 4), observamos una trayectoria similar a la de los gastos en el capítulo ayuntamiento hasta 1942. Ocurre, luego, un incremento que no llega a duplicar la cuantía de la etapa precedente, para mantenerse estable hasta los años cincuenta y retomar después una trayectoria ascen-dente hasta el final de la etapa, cuando dicha cuantía se triplica. Implícitamente, el capítulo de policía urbana y rural manifiesta unos valores en el año 1936 que no se alcanzan hasta 1943, y quedan duplicados en 1947. Se observa entonces una tendencia tímidamente creciente, a excepción del año de 1957, cuando la cifra aumentó desproporcionadamente por el efecto inflacionista de los últimos años del período, una conducta que explicamos al vincularla a las obligacio-nes del ayuntamiento sobre el cumplimiento de diversos servicios26. El capítulo de salubridad e higiene reviste especial interés por las competencias que el Estatuto le atribuía a las corporaciones locales27. De hecho, si nos atenemos a las cifras de las liquidaciones del período (Cf. cuadro 10), comprobamos cómo desde el inicio resultaron considerables y continuaron marcando una tónica creciente, incluso durante la Guerra Civil. Lo cierto es que, al finalizar el conflicto bélico, el gasto descendió ligeramente y retoma valores similares en los últimos años del período. Por artículos, destacamos el de las aguas potables y residuales y el de la limpieza de la vía pública por sus elevadas cuantías, derivadas de los abonos de los haberes del personal contratado, así como del material utilizado en relación con dichas actividades. Cuadro 10 Inversiones en bienes preferentes (en ptas constantes de 2004), 1936-1958 Policía urbana y rural Salubridad e higiene Beneficencia Asistencia social Instrucción pública Obras públicas 1936 10.194.885 52.379.692 20.474.267 1.978.387 16.972.384 45.351.108 1937 8.124.955 50.732.500 19.823.774 2.722.303 16.971.613 86.869.547 1938 8.096.335 49.674.455 18.412.398 3.248.951 16.379.069 47.616.766 25 No obstante, en este punto Comín sostiene que se produjo un creciente endeudamiento de los municipios en com-pensación por la supresión de los contingentes en 1945. Véase Comín (1996), p. 234. Pero dicho endeudamiento no lo hemos podido comprobar en nuestro municipio (Cf. cuadro 6). 26 Servicios relacionados con lo establecido en el Estatuto Municipal de 1924, art. 216, pp. 1245-1246. 27 El cumplimiento de las obligaciones sanitarias recaía sobre los inspectores municipales y los alcaldes. Véase Esta-tuto Municipal de 1924, art. 201, p. 1244. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 17 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... 1939 7.563.112 40.628.092 16.693.272 19.641.263 15.466.661 41.227.083 1940 8.184.790 27.871.607 17.013.052 11.727.815 16.342.300 28.874.589 1941 6.775.239 35.934.511 18.550.569 12.100.314 19.449.171 31.428.617 1942 9.243.542 38.024.368 17.253.908 32.040.401 20.954.597 30.491.022 1943 13.321.659 35.119.467 16.245.881 30.348.042 18.105.499 67.173.778 1944 15.433.452 34.878.821 16.093.133 18.880.995 18.546.968 41.686.862 1945 12.202.023 33.082.562 14.833.840 18.255.464 18.779.025 37.180.835 1946 18.401.083 33.448.198 15.819.519 25.966.138 18.521.946 39.439.691 1947 22.940.546 32.422.394 16.570.557 25.188.709 16.134.070 35.695.950 1948 22.349.891 39.017.171 16.706.538 39.798.247 19.788.725 35.026.727 1949 19.666.058 36.275.039 16.751.395 43.650.432 25.129.197 56.301.982 1950 19.866.001 31.405.279 15.002.788 45.646.934 27.386.886 51.047.277 1951 16.117.949 26.047.019 11.705.549 32.135.192 24.925.182 43.495.529 1952 21.346.658 31.327.564 17.484.425 55.050.911 27.585.573 39.901.108 1953 22.078.240 30.232.456 14.797.460 82.966.166 32.754.807 66.048.656 1954 23.215.215 37.206.672 14.983.891 58.010.965 41.495.923 45.698.481 1955 25.391.785 49.543.759 17.663.142 106.586.419 41.802.280 54.039.832 1956 36.316.988 39.085.767 15.294.419 118.271.437 36.373.212 48.957.842 1957 41.251.557 50.185.933 13.420.618 129.499.409 29.914.490 56.326.365 1958 35.095.038 57.848.303 13.146.204 142.788.333 34.175.135 56.354.861 Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944-1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955-1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. Las cantidades asignadas en el capítulo de beneficencia se redujeron de manera progresiva, a pesar de las obligaciones de los ayuntamientos en esta materia y fijadas en el Estatuto28. En todo caso, a la altura de 1957, en Santa Cruz de Tenerife existían tres hospitales: el provincial (Hospital de los Desam-parados29) perteneciente al Cabildo de Tenerife; el Hospital de Niños30, que era propiedad particular, y el Hospital Militar31, propiedad del Estado32. Asimismo, el capítulo de asistencia social manifiesta una tendencia creciente a lo largo de todo el período, y más destacada desde 1942 a 1943, en 1948, en 1953 y desde 1955 hasta 1958 (Cf. cuadro 10). En él, sobresale el artículo de fomento de casas baratas33, que revela valores abultados en 1939 y desde 1952 a 1954. Convendría aclarar que los pocos proyectos de casas baratas diseñados durante el franquis-mo tuvieron su base en los de la II República, pero adaptados a la filosofía franquista de proporcionar “protección” a las clases trabajadoras más desamparadas. 28 Estatuto Municipal de 1924, art. 209, p. 1245. Adicionalmente, los presupuestos municipales no podían tener consignación para socorros domiciliarios y no se podían establecer partidas de beneficencias más que las correspondientes a establecimientos organizados, dirigidos o acordados por el ayuntamiento. Véase Estatuto Municipal de 1924, art. 210, p. 1245. 29 Fundado en 30 de abril de1745 por los Sres. don Rodrigo y don Ignacio Logman. Véase Ojeda Cabrera (tesis doctoral inédita). 30 Inaugurado el 26 de mayo de 1901. Véase Campos, Montiel y Huertas (2007), p. 257. 31 La construcción de un nuevo hospital militar data de 1878-91. Véase Tous (1994), p. 68. 32 También había dos asilos, una casa de socorro, dos sanatorios, uno psiquiátrico y otro antituberculoso, un jardín infantil, un lazareto, once dispensarios y quince clínicas particulares. No obstante, la capacidad del hospital provincial era insuficiente para cubrir la demanda existente. Desde 1922 se habían solicitado reformas para el recinto, pero sólo se aplicaron mejoras parciales hasta que en 1971 se construyó un hospital general en la zona de Taco y La Cuesta. Véase Cioranesc u (1998), t. IV, pp. 168-169. 33 El Estatuto Municipal de 1924, art. 211, p. 1245, estableció que los ayuntamientos debían fomentar la construcción de casas baratas. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 18 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o Así, los organismos locales contribuyeron a complementar las actuaciones estatales mediante una gestión urbanística que plasmó en una política de viviendas. Por ello, durante el período autárquico se aprobaron leyes que atrajeron inversiones privadas para estimular la construcción de viviendas sociales. De hecho, la Ley del Suelo de 1956 y la creación del Ministerio de la Vivienda forjaron el diseño de un marco jurídico legal en materia de política urbanística que instaba a las empresas privadas a invertir en la construcción de estas viviendas. Una acción inversora que debió ser compensada por parte del régimen con la Ley de Arrendamientos Urbanos, al quedar liberalizados los alquileres desde los últimos años de este período. A tenor de la indicada Ley del Suelo de 1956, en Santa Cruz de Tenerife se aprobó la elaboración del Plan Parcial del Sector Tercero-Segundo34, que se llevó a la práctica mediante expropiaciones que ascendieron a 63,6 millones de pesetas, siendo el coste de las obras de urbanización de algo más de 6 millones de pesetas, y cuya financiación se ejecutó mediante subvención estatal35. La ley preveía un plazo de 10 años para la ejecución del plan, pero no se llevó a cabo al no verse acompañado del anticipo solicitado para las expropiaciones36. En el mismo capítulo de asistencia social, los artículos de seguros sociales, retiros obreros y aten-ciones diversas aglutinaron el mayor volumen de gastos, aunque con mayor relevancia el último de los indicados37. La Ley de Régimen Local contempló la asistencia pública de los ancianos, que pasó a de-pender de la red asistencial de las Diputaciones Provinciales y de la iniciativa privada representada por las estructuras religiosas. Unas actuaciones que estuvieron inducidas por las penurias económicas que acentuaron la pobreza estructural de la población anciana, agravando la relación entre vejez y pobreza. En la España de la autarquía, las manifestaciones del régimen al respecto resultaron demagógicas, pues los niveles de prestaciones sociales a la vejez fueron escasos38. En cuanto al capítulo de instrucción pública, los ayuntamientos quedaban obligados a atender las nece-sidades de primera enseñanza. Debían contar con locales adecuados para el funcionamiento de las Escue-las Nacionales dentro del término; construir edificios escolares39, centros de enseñanza profesional, téc-nica o artística. Además, debían fomentar la educación física y las instituciones culturales40. Sin embargo, la dotación económica de este capítulo no cubrió aquellas necesidades reales, a pesar de que desde 1954 duplicó su cuantía al aumentar el gasto en los artículos de instituciones escolares e instituciones culturales (Cf. cuadro 10). El primer artículo contenía los gastos derivados de subvenciones destinadas a colegios, a otro tipo de instituciones de enseñanza y al material de ellas. El segundo estaba relacionado con el gasto del museo municipal, de la banda municipal de música y del teatro Guimerá. Asimismo, la inversión por habitante en educación fue de 1,6 pesetas corrientes en el momento en que estalló la Guerra Civil. A partir de 1940 disponemos nuevamente de asignaciones liquidadas cuya evolución en pesetas corrientes fue creciente y progresiva, hasta llegar a alcanzar las 19,6 pesetas en 1958 (Cf. cuadro 11). Sin embargo, su tendencia en pesetas constantes fue bien distinta. El nivel de inversión por habitante en instrucción pública de 1936 fue de 247 pesetas, lo que marca una tendencia decreciente, con un mínimo de 171,4 pesetas por habitante en 1947. Luego adquiere una conducta as-cendente hasta situarse por encima de la cuantía de 1936, a excepción de 1957 en que comprobamos que volvió a situarse en niveles cercanos al inicio del período. 34 En un área de 36,5 hectáreas las construcciones quedaban circunscritas entre el Estadio, las Barriadas de la Victoria y de Cepsa y una agrupación de viviendas unifamiliares en la confluencia de las calles Galcerán y San Sebastián, así como en la intersección de la Avenida de Reyes Católicos y San Sebastián. Véase García Herera (1989), p. 87. 35 Se calculó en torno a unos 4,5 millones de pesetas, a lo que se añadió la aportación municipal correspondiente al 10% de su presupuesto, es decir, 5,5 millones de pesetas, aproximadamente. Establecido en el artículo 177 de la misma Ley del Suelo de 1956. Véase García Herera (1989), p. 90. 36 García Herera (1989), pp. 89-92. 37 Las obligaciones de los ayuntamientos en este aspecto vienen reguladas por el Estatuto. Véase Estatuto Municipal de 1924, art. 212 y 213, p. 1245. 38 Campos Egozcue (1996), pp. 243-244. 39 Se podían concertar préstamos para este fin con el Instituto Nacional de Previsión y sus cajas o entidades similares, que debían ceñirse al artículo 158 del Estatuto por el que tales entidades se convertían en acreedores privilegiados hasta la completa amortización de la deuda. Véase Estatuto Municipal de 1924, art. 214, p. 1245. 40 Véase el Estatuto Municipal de 1924, art. 215, p. 1245. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 19 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... Cuadro 11 Inversión en educación por habitante, 1936-1958 Ptas corrtes. Ptas cnts. de 2004 Ptas co-rrtes. Ptas cnts. de 2004 1936 1,6 247,0 1948 5,8 203,5 1937 1949 7,6 250,4 1938 1950 9,5 264,7 1939 1951 10,9 234,2 1940 2,5 225,9 1952 11,7 252,2 1941 3,3 257,7 1953 14,5 291,6 1942 3,8 266,7 1954 17,9 359,9 1943 3,5 221,7 1955 18,3 353,4 1944 3,7 218,7 1956 17,1 300,0 1945 4,0 213,6 1957 16,0 240,9 1946 4,6 203,5 1958 19,6 268,7 1947 4,5 171,4 Fuente: AMSCT. 1936-1937: caja 307. 1938-1943: caja 394. 1944-1945: caja 5211. 1946-1947: caja 5277. 1948: caja 5313. 1949: caja 5333. 1950: caja 5358. 1951: caja 5383. 1952: caja 5404. 1953: caja 5439. 1954: caja 4399. 1955- 1956: caja 4436. 1957: caja 4494. 1958: caja 4515. Lo dicho muestra, pues, la escasa atención dispensada por la Dictadura a la educación, ya que los niveles de analfabetismo en el municipio fueron muy elevados y las dotaciones en materia de instrucción pública por parte del Ayuntamiento resultaron insuficientes. Lo cierto es que al estallar la Guerra Civil, los logros en educación alcanzados por la Segunda República se truncaron. De hecho, los niveles de escolarización quedaron congelados durante las décadas de 1940 y 1950, y el aumento de cerca del 66% que se produjo a partir de entonces se debió a la reducción de la población en edad escolar, que pasó de 143.548 habitantes en el curso de 1950-51, a 106.837 habitantes en 1956-57; una reducción debida a la elevada salida emigratoria hacia Venezuela41. Asimismo, Cioranescu señala, a partir de los datos extraídos de las memorias de los años 1956 a 1958 de la Cámara Oficial de Comercio de Santa Cruz de Tenerife, que en 1950 la tasa de analfabetismo en Santa Cruz era del 32,7%, que era superior a la tasa de la provincia (27,9%)42. Finalmente, el capítulo de obras públicas43 fue uno de los más representativos dentro del apartado de gastos, al detraer gran parte de los recursos económicos (Cf. cuadro 10). Su evolución fue muy dispar pues hubo años en los que la inversión fue estable y otros en los que fue elevada, como revelan las cifras en pesetas constantes de los años 1937, 1943 y 1953. Además, cabe reseñar la utilización de mano de obra reclusa en las Islas (Tenerife —Vilaflor—, Gran Canaria y “Fuertedesgracia”, como denominaron a la isla de Fuerteventura) para la construcción de obras públicas. Aludimos al 91 batallón de soldados prisioneros republicanos (1.500 reclusos, mayoritariamente cántabros)44. De hecho, en Tenerife se habi- 41 Voz Educación en Macías (1998), pp.1354-1355. 42 Cioranesc u (1998), t. IV, pp. 329-331. 43 Las competencias que debía asumir el municipio en esta materia estaban relacionadas con la crea-ción, dotación y mantenimiento de infraestructuras de todo tipo. Véase Estatuto Municipal de 1924, art. 150, pp. 1235-1236. 44 Recogido en la documentación de la Jefatura de Campos de Concentración y Batallones Disciplinarios, del archivo militar de Ávila. Véase Pérez Loren zo (2007), pp. 18-19. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas d 20 e Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 María del Pin o Ojeda Cabrera; Ruymán Hernánde z Pachec o litaron los almacenes de Fyffes45, que estuvieron operativos para concentrar a este batallón hasta 195046. En esta línea, el fomento de las vías de comunicación favoreció la conexión de Santa Cruz con el sur de la isla47. También, dentro del propio casco urbano, la construcción de su trazado debía atender a las características del municipio, que al estar dividido por un barranco determinó la construcción del Puente Serrador en los años 4048. Asimismo, el Ayuntamiento en unión con la Junta de Obras Públicas hicieron un reparto de atribuciones en el espacio del perímetro costero, donde se sitúa la zona portuaria denomi-nada Avenida de Anaga —conforme a la Real Orden de 18 de abril de 1930—, para la construcción de la red viaria en la zona portuaria, cuya evolución estuvo relacionada con el desarrollo del muelle de Ribera, cuya primera fase de obras concluyó en 1949 y la segunda en 196549. Igualmente, a finales del período, las inversiones del Ayuntamiento estuvieron relacionadas con las mejoras en la red viaria de San Andrés a Taganana, con una última fase de obras completada con la construcción de un túnel abierto al tráfico en 1960. Paralelamente, en los años 60 se realizó el camino vecinal desde San Andrés hacia Igueste, a pesar de que su proyecto fue aprobado en 192150. La vivienda fue objeto de atención del Mando Económico y del Ayuntamiento de Santa Cruz al impul-sar la construcción de barriadas obreras, como el barrio García Escámez, al suroeste de la ciudad, erigidas entre 1944-45. Fueron viviendas protegidas para mutilados, viudas de guerra y ex-combatientes, a los que se le añadieron ciudadanos con turno de libre elección. Y aunque no podemos computar si la Corporación realizó algún desembolso económico o si ejerció el papel de promotor y gestor de estas obras, Cioranescu señala que en 1944, tras una propuesta del Capitán General, el ayuntamiento acordó ampliar la barriada, fabricando 200 viviendas protegidas más, y que de 1952 es el proyecto de la Sociedad Benéfica La Cande-laria para la construcción de 1.598 viviendas protegidas (…) entre el Barranco del Hierro y la carretera del Rosario. A estas viviendas se le agregaron otras barriadas de promoción oficial situadas en la Vuelta de los Pájaros, Somosierra, Santa Clara y San Pío X51. Simultáneamente se inició la construcción de viviendas en barrios residenciales por parte de sociedades privadas en connivencia con el Ayuntamiento y el propio régimen en el entorno de la Gran Vía52. Por último, debemos considerar algunas de las obras alegóricas del franquismo como parte del or-nato público del período. Entre ellas, la fuente monumental del parque municipal dedicada a García Sanabria, con obras de Francisco Borges y Marrero Regalado, en 1938; la fuente monumental dedicada al Generalísimo Franco, de Juan Ávalos, frente a Almeyda en la Avenida Anaga, en 196653. Del mismo modo, frente al edificio del Cabildo y de Correos, el arquitecto Tomás Machado elevó el monumento a los Caídos entre 1945-1946, ocupando buena parte de la plaza de España54. Conclusiones La hacienda del municipio de Santa Cruz de Tenerife durante el primer franquismo se vio afectada por el marco legislativo en materia de hacienda local y por una estructura económica autárquica que 45 Se trataba de una firma inglesa exportadora de frutas que colaboró activamente con el régimen. 46 Documental Palabras de Piel (Canarias) Condenados del Batallón 91: https://www.youtube.com/watch?v=9cLf1NvaMSk 47 Su obra fue demandada desde 1864, pero se demoró durante décadas. Empezó a construirse a partir de 1910, pero quedó interrumpida y no se retomó hasta después de 1920, aunque se volvió a interrumpir. Véase Cioranesc u (1998), t. III, pp. 603-613. 48 Denominación que se debió al promotor de su iniciativa, el general Serrador Santés. 49 Cioranesc u (1998), t. III, pp. 377-394. 50 Cioranesc u (1998), t. III, pp. 603-613. 51 Cioranesc u (1998), t. III, p. 414. 52 La Gran Vía era el entorno circundante al emplazamiento del edificio del Ayuntamiento, corazón de Santa Cruz de Tenerife. También se desarrolló el barrio del Asilo, que se llamó desde 1931 de Uruguay, edificado entre 1935 y 1960. Además, el barrio de Las Mesas, entre el manicomio y Pino de Oro, constituyó un terreno cedido por el Estado al Ayuntamiento en 1934. Igualmente, el barrio de Las Mimosas fue cedido en 1940. Finalmente, en 1959 quedaron ya diseñados como barrios urbanos El Toscal, Los Lavadores, los Hoteles, Salamanca, Duggi, Cabo y Llanos y en el extrarradio El Perú, Uruguay, La Salud, García Escámez y Taco. Cioranescu (1998), t. III, pp. 401-414. 53 Cioranesc u (1998), t. III, pp. 460-463. 54 Cioranesc u (1998), t. III, pp. 423.434. Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 2386-5571, Las Palmas de Gran Canaria. España (2017), núm. 63: 063-009, pp. 1-22 21 LA HACIENDA MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DUR ANTE EL PRIMER FRANQUISMO... empobreció a la población. Hemos intentado hacer este análisis en pesetas constantes para eliminar, en la medida de lo posible, el efecto de la inflación a partir de la década de 1940, agravado por la propia política monetaria aplicada por el régimen. En este marco, si bien la Ley de Bases de Régimen Local de 1945 no generó un efecto manifiesto sobre las arcas del municipio, la siguiente Ley de 1953 tuvo un impacto destacable al inducir el aumento de los ingresos. No obstante, sus efectos se empezaron a notar a partir de 1955 y, especialmente, en los años finales del período del primer franquismo, cuando fue de-terminante la implantación de nuevos arbitrios e impuestos, como los arbitrios especiales o tradicionales y el arbitrio sobre la riqueza urbana. Además, se suprimieron otros gravámenes que habían sido estable-cidos por el Estatuto de 1924, como el arbitrio sobre artículos destinados al consumo o las concesiones especiales. Pero, la nueva estructura impositiva determinó que la presión fiscal y los ingresos liquidados por habitante se incrementaran de forma extraordinaria. En el apartado del gasto, los propios de ayuntamiento, tales como la representación municipal o los desembolsos de personal y material de oficinas, siguieron una senda de relativa estabilidad durante la Dictadura. Algo que resulta paradójico al tratarse de un tipo de gasto fijo que suele incrementarse por el propio aumento de la complejidad de la maquinaria burocrática, lo cual revela los bajos niveles retri-butivos a la dotación de recursos humanos. Por su parte, el gasto en bienes preferentes centrado en edu-cación, sanidad o asistencia social, se mantuvo en unos valores muy por debajo de los alcanzados justo antes del estallido de la Guerra Civil. No obstante, en todas las variables examinadas hemos observado una recuperación en los dos últimos años de la etapa, coincidiendo con un momento en que el régimen empezó a modificar su estrategia política en materia de relaciones externas. Además, las obligaciones generales del Ayuntamiento y, específicamente, las operaciones de crédito municipal, representaron una importante proporción del gasto. Así, la corporación continuó pagando los empréstitos que había adquirido en las primeras décadas del siglo xx y de forma notable desde 1924. Durante la Dictadura, el municipio no contrajo nuevas obligaciones prestatarias; su acción en este apar-tado se limitó a seguir pagando las que había adquirido con anterioridad. BIBLIOGRAFÍA Aguia r García, C. D. La provincia de Santa Cruz de Tenerife entre dos dictaduras (1923-1945). Hambre y orden (te-sis doctoral inédita), Universitat de Barcelona. 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