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383 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA: LOS INGLESES EN LAS ISLAS CANARIAS AN ATLANTIC COMMERCIAL COMMUNITY: THE ENGLISH IN THE CANARY ISLANDS Francisco Fajardo Spínola* Recibido: 13 de abril de 2012 Aceptado: 10 de julio de 2012 Resumen: El artículo pretende analizar el establecimiento en las Islas Canarias, durante la Edad Moderna, de una comunidad mer-cantil inglesa, y su evolución, aten-diendo a su situación legal, su vo-lumen, su organización, sus actividades, sus conexiones exterio-res, el papel que jugaron en la eco-nomía isleña, sus relaciones con la sociedad canaria y su grado de in-tegración. Se pasará revista a algu-nas de las publicaciones que han abordado las cuestiones referidas y a las fuentes que permiten su estu-dio, señalándose posibles direccio-nes en el futuro de la investigación. Palabras clave: Historia atlántica, Islas Canarias, comunidades mer-cantiles, mercaderes ingleses, co-mercio exterior británico. Abstract: The article analyses how a British merchant society set up in the Canary Islands during the early Modern Age and how it evolved le-gally, in size, organisation, activi-ties, external connections, the role that that community played in the island’s economy, its relations with the islands’ local social circles and the degree of integration. We will review some of the publications that have dealt with the aforemen-tioned issues and also the sources that allow for their further study, indicating possible future directions for research work. Keywords: Atlantic History, the Ca-nary Islands, merchant communi-ties, English merchants, British for-eign trade. * Profesor Titular del Departamento de Historia. Universidad de La La-guna. Campus de Guajara, s/n. 38071. La Laguna. Santa Cruz de Tenerife. España. Teléfono: +34922317789; correo electrónico: ffajardo@ull.es FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 384 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 2 INTRODUCCIÓN El desarrollo de los intercambios comerciales entre los paí-ses de la Europa occidental y en el ámbito del océano Atlántico dio lugar al establecimiento, sobre todo en las ciudades y villas litorales, de mercaderes que sirvieran de intermediarios entre productores y consumidores. Las características de las empre-sas mercantiles, muy a menudo de base familiar, así como las prácticas y técnicas de intercambio propias del capitalismo co-mercial de los tiempos modernos, que se fundamentaban en la confianza, exigían, o al menos aconsejaban, el desplazamiento personal. El estudio de los mercados, la selección de los produc-tos, el establecimiento de contactos o la búsqueda de oportuni-dades de negocio requerían el envío de factores a los lugares de mayor interés tanto para la venta como para el aprovisiona-miento de determinados artículos1. Ése es el fundamento del desarrollo de comunidades mercantiles, constituidas por merca-deres por cuenta propia, por comisionistas de casas de comer-cio radicadas en las metrópolis, así como por jóvenes enviados a formarse en las artes del comercio. Instalados algunos durante años, otros con una presencia menos estable, aunque a veces periódicamente repetida…, las comunidades mercantiles consti-tuyen «la base social del universo comercial»2. En la medida en que el surgimiento de una economía-mun-do suponía la existencia de vínculos y de intereses compartidos más allá de las fronteras políticas, las relaciones y las asociacio-nes mercantiles podían adoptar un carácter transnacional, y de hecho así sucedía. Sin embargo, el proceso de formación de los modernos Estados de base nacional, el desarrollo de políticas mercantilistas y el peso determinante de las relaciones interna-cionales sobre las posibilidades de asentamiento y de intercam-bios comerciales, llevaron a que las comunidades de mercade-res se organizaran en forma de naciones, factorías o colonias mercantiles definidas por su procedencia nacional. El interés 1 SAUPIN (2006), p. 29. 2 CHAUNU (1990), p. 255. 385 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 3 por el estudio de las comunidades extranjeras, que no es nuevo, parece haberse renovado al tiempo que las sociedades actuales se enfrentan con los problemas de las identidades colectivas, de la percepción del otro y de la integración/exclusión, como con-secuencias de los desplazamientos poblacionales y de las dife-rencias culturales3. La historiografía canaria ha dedicado un amplio espacio, con obras que no es necesario citar aquí, a la participación ex-tranjera en la colonización, en el poblamiento, en la puesta en explotación de las Islas y en el posterior desarrollo de relaciones comerciales con otros territorios. Esos procesos estuvieron acompañados del establecimiento en el Archipiélago de gentes venidas de distinto países europeos, que acabaron formando comunidades nacionales de diferentes magnitudes, influencia y arraigo. El estudio de la formación de la sociedad canaria mo-derna, producto de migraciones y de mezclas biológicas y cul-turales, es inseparable del de esos grupos de extranjeros; agen-tes, asimismo, de la inserción de Canarias en los grandes circuitos mercantiles europeos y oceánicos. Mi artículo trata de uno de los colectivos nacionales euro-peos de mayor importancia en la historia de Canarias durante la Edad Moderna, para el que usaré la denominación de ingle-ses a pesar de que bajo ese nombre se vayan a incluir también, sin diferenciarlos, a los escoceses, e incluso a algunos naturales de Irlanda para el período anterior al siglo XVIII. Hasta enton-ces, en efecto, los ingleses eran absolutamente predominantes en las Islas, dentro del conjunto de los británicos. Otra cosa sucederá en el Setecientos, período en el que los irlandeses van a ganar, como es sabido, un lugar propio y una hegemonía cre-ciente. Pero mi trabajo no se ocupará, para entonces, de ellos4. ¿Cómo y cuándo se constituyó en Canarias una comunidad inglesa, y cómo evolucionó: nacimiento, desarrollo y desapari-ción? ¿Cuáles fueron sus características específicas? ¿Qué di-mensiones llegó a tener y dónde se establecieron? ¿Quiénes la constituían, cómo se organizó internamente ese colectivo, qué 3 Véase AUGERON y EVEN (2010), p. 8. 4 Véase, al respecto, GUIMERÁ (1985). FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 386 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 4 relaciones mantuvieron entre sí los miembros que lo compo-nían? ¿Qué vínculos mantuvieron con su metrópoli? ¿Cómo se insertaron en la sociedad canaria? ¿Preservaron, y hasta qué punto, su identidad? ¿Fue el suyo un asentamiento temporal, o acabaron integrándose la mayoría de sus individuos en el seno de la sociedad receptora? ¿Qué problemas de convivencia sur-gieron? ¿Qué relaciones mantuvieron con los canarios y cómo fueron vistos por éstos? ¿Influyeron en la formación de la socie-dad canaria moderna, y si es así qué aportaron? Éstas son algu-nas de las cuestiones que nos proponemos abordar. Fuera de alguna referencia ocasional, no trataré de la imagen que de Canarias se forjaron los ingleses y su plasmación por escrito. Las fuentes, heterogéneas, de distinta naturaleza y valor, algunas más explotadas y otras cargadas de posibilidades, no escasean: protocolos notariales, documentos municipales, judiciales, inquisitoriales, eclesiásticos, gubernamentales, consulares, co-rrespondencia, biografías, narraciones de viajes, registros de aduanas y otros, tanto en los archivos españoles como en los ingleses. Si los factores económicos están detrás de la mayoría de los procesos migratorios, en el caso de los ingleses desplazados a Canarias hay que decir que ello sucede prácticamente en todos los casos que conocemos, sin que existieran motivaciones de índole política, religiosa o de otra naturaleza. Por supuesto, me refiero estrictamente a ingleses o escoceses, no a los irlandeses. En consecuencia, fue la evolución de fenómenos de tipo econó-mico, y más precisamente comerciales, o ligados al tráfico mer-cantil, la que marcó el ritmo y las etapas en las relaciones en-tre Inglaterra y nuestro Archipiélago; sin olvidar, naturalmente, las interrupciones debidas a acontecimientos de carácter bélico. En el período central de la Edad Moderna la economía insular se orientó hacia los mercados de la Europa del norte, singular-mente Gran Bretaña; si bien mantenía otro polo de atención, el de las Indias. Esa evolución estuvo sin duda condicionada por factores extrínsecos, pero también fue un efecto de los cambios producidos en Canarias en su oferta exterior, como consecuen-cia de la sustitución del azúcar por el vino como producto prin-cipal de exportación. Tenerife, primera productora con gran di- 387 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 5 ferencia, mantuvo el peso de las relaciones exteriores, tanto de exportación como de importación, redistribuyendo los produc-tos europeos por las demás islas y recibiendo de ellas subsisten-cias y fuerza de trabajo. Vino, ingleses y hegemonía de Tenerife se convirtieron en un trinomio fundamental en el seiscientos isleño; aunque esa unión se fue fraguando antes, de un modo que la investigación histórica no ha terminado de precisar; y aún continuó, languideciendo, durante el siglo XVIII. Atendien-do a tales criterios, el estudio de la comunidad británica en Canarias podría dividirse en tres períodos, correspondientes grosso modo a los siglos XVI, XVII y XVIII; o, si se prefiere: antes de 1604, entre 1604 y 1702 y después de esta última fecha. Es decir, estoy considerando como final y principio de etapas, en primer lugar el Tratado de Londres, y, en segundo término, el comienzo de la Guerra de Sucesión española. Dentro de cada uno de esos períodos, los conflictos bélicos hispano-británicos alterarían transitoriamente la situación. EL SIGLO XVI. LOS COMIENZOS La presencia de ingleses en Canarias durante la primera mitad del siglo XVI es escasa y esporádica. Cierto es que los documentos dan cuenta de mercaderes que compran azúcar u orchilla, e importan paños y otras producciones5; e incluso de alguno que reside por algún tiempo en las Islas, pero no es has-ta mediados de siglo cuando empezamos a encontrar a ingleses establecidos en el Archipiélago, como factores de mercaderes compatriotas suyos o actuando por su cuenta. El caso más no-table es, desde luego, el de Thomas Nichols, agente de una com-pañía londinense que vendía en Canarias, sobre todo textiles, y embarcaba azúcares y vino, que por entonces comenzaba a ga-nar el paladar de los consumidores ingleses. Lo que de él sabe-mos procede, básicamente, de las declaraciones contenidas en el proceso inquisitorial que hubo de padecer; de las que se des-prende tanto su práctica mercantil como su modo de vida, en 5 FERNÁNDEZ-ARMESTO (1996 ), pp. 256 y ss. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 388 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 6 sustancia igual al de otros factores de su nación, e incluso de otras. Nichols había sido enviado a Tenerife en 1556, encomen-dado a un mercader inglés, para que aprendiera la lengua cas-tellana, y seguramente los rudimentos del oficio. En una segun-da ocasión ya vino con la responsabilidad de representar a «sus mayores» en los negocios que tenían en las Islas, lo que lo obli-gaba a desplazarse desde Tenerife —tenía en La Laguna su casa y tienda— a La Palma, y a veces a Gran Canaria, donde vivía y actuaba otro agente de la misma casa comercial londinense, Edward Kingsmill. Ambos factores sufrieron vejaciones y atro-pellos de parte de los gobernadores tanto de Tenerife como de Gran Canaria, y Nichols, además, resultó procesado, como de-cimos, por la Inquisición. A ello se debió la notabilidad de su caso, y sobre todo a que fue el autor de una Descripción de las Islas Afortunadas, primer libro impreso dedicado íntegramente al Archipiélago, publicado en Londres en 1583 e incluido en 1599 en la muy conocida colección de viajes de Hakluyt, lo que aseguró su difusión. Con él, las Islas participarían temprana-mente en la fabricación de la leyenda negra; pues en la dedica-toria del opúsculo recuerda cómo estuvo preso «durante cinco años en la sangrienta Inquisición». No entraré en su contenido, pero sí querría llamar la atención acerca de cómo, inexplicable-mente, aún puede leerse, en algunas publicaciones serias recien-tes, que la obra data de 1526; error que Rumeu subsanó, corri-giendo a Bonnet y a otros autores anteriores, hace más de sesenta años6. La cuestión no es baladí, pues no es indiferente que el panorama trazado por Nichols se refiera a 1526 o a cua-renta años más tarde: por ejemplo, en lo que tiene que ver con la importancia que dice haber adquirido la exportación de vi-nos. En realidad, podemos afirmar además que, a no dudar, Thomas Nichols continuó recibiendo información sobre las is-las tiempo después de su salida del Archipiélago, como lo pro-baría que hiciera referencia a don Agustín de Herrera como conde de Lanzarote —y de Fuerteventura, escribe—, título que no le fue concedido hasta 1567. 6 RUMEU (1947), pp. 44-45; y (1947-1950) I, passim. CIORANESCU (1963) estudió otros documentos inquisitoriales, antes no vistos —el proceso de Nichols está muy fragmentado—. 389 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 7 Había algunos otros ingleses en las Islas, pero la presencia mercantil inglesa era poco densa, y, desde luego, muy precaria. Nichols fue el primer inglés procesado en Canarias por el San-to Oficio, en un momento –su causa se inició en 1560– en que, recién iniciado en Inglaterra el reinado de Isabel, comenzaba un período de tensas relaciones con la España de Felipe II. Como su caso pone de manifiesto, el deterioro de las relaciones políticas, la corrupción y avaricia de las autoridades, la insegu-ridad jurídica y la intransigencia religiosa hicieron difícil el es-tablecimiento de los ingleses. La segunda mitad del siglo XVI fue para ellos un tiempo de incertidumbre en sus relaciones con España. En ese sentido es paradigmático el proceso: un desliz del extranjero visitante, o una provocación por parte de alguno de los naturales podían dar lugar a una denuncia, fun-dada o no, y a partir de ella a muchísimos inconvenientes. Así sucedió con otros mercaderes ingleses. Pero también encontra-mos en el caso de Nichols otro fenómeno igualmente repetido: el apoyo, cuando no la complicidad, que algunos de estos ex-tranjeros encontraron en los medios canarios ligados al comer-cio exterior, como el propio Rumeu señalara a propósito de las relaciones entre John Hawkins y Pedro de Ponte, regidor y po-deroso hacendado, los Soler y otros propietarios tinerfeños7. La actitud de ellos contrasta con la de los Gobernadores de las is-las, movidos con frecuencia por la búsqueda del lucro personal. En suma, sin que hubiese una sistemática persecución de los ingleses protestantes, tampoco tenían éstos en el desempeño de sus negocios las garantías suficientes, lo que dificultaba un asentamiento estable. Como alternativa, el comercio se realizó muchas veces mediante la fórmula de acompañar las mercan-cías el mercader, quien en una corta estancia vendía, compraba y cargaba. Con todo, no faltaron ingleses que vinieron a Cana-rias y permanecieron en ella para comerciar, incluso en años de guerra. En 1575, en un momento en que se realizó una aproximación diplomática, se dispuso que no se procediera contra los ingleses que no hubiesen cometido delitos contra la fe en tierra espa- 7 RUMEU (1947-50), I, pp. 324 y ss. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 390 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 8 ñola8. Por primera vez se creaban unas ciertas condiciones de se-guridad para los ingleses protestantes, lo que debemos conside-rar un precedente de lo acordado por el Tratado de Londres de 1604. Con prudencia, y sobre todo con buenas conexiones, la si-tuación de estas personas llegó a hacerse bastante segura, inclu-so cuando algunas de sus actividades se desarrollaran en los lí-mites de lo legal. Un ejemplo, que en otro lugar hemos aducido, nos lo ofrece el caso de Jofre Lopes, mercader inglés residente en La Laguna, quien aparece en la documentación inquisitorial no sólo como agente comercial, sino como contacto de los ingleses que venían como corsarios, o que practicaban, a la vez o alterna-tivamente, corso y comercio. E incluso como protector de algu-nos marinos ingleses capturados como corsarios9. Fue denuncia-do en 1581 ante la Inquisición por haber defendido a la reina de Inglaterra como buena cristiana, y a la misma religión anglica-na. Aunque sus proposiciones fueron calificadas de luteranas, el Tribunal suspendió la causa, invocando las instrucciones de la Suprema10. Lopes continuó dedicado a sus actividades habitua-les incluso después de que se iniciase la guerra con Inglaterra. La guerra contra Inglaterra comenzada en 1585 supuso, en principio, una alteración radical de la situación existente, pues-to que durante dos décadas se interrumpió, oficialmente, el co-mercio, y en consecuencia debían desaparecer los comerciantes ingleses de los dominios hispánicos. La realidad es que el tráfi-co con el norte, aunque sufriera con la guerra, no se cortó, sino que continuó, encubierto de diversas formas. Las fuentes ingle-sas revelan que el vino canario seguía llegando a Gran Bretaña en la última década del siglo, directa o indirectamente11; y que 8 Carta acordada de 19-IV-1575, Archivo Histórico Nacional (AHN), In-quisición (Inq.), libº 578, fº 285. 9 RUMEU (1947-1950), II, p. 54, llega a sospechar que era un agente liga-do a los medios «del espionaje anglo-judaico». 10 «Una carta del Consejo —se escribe en el proceso— manda que no se proceda contra los ingleses si no fuere hereticando acá», Archivo de El Mu-seo Canario (AMC), Inq., CXL-22. 11 ALBERTI y CHAPMAN (1912), pp. XVII-XVIII. Ver la importación de vi-nos, por ejemplo, en Calendar of State Papers (CSP), Domestic Series, años de 1595-1597. Transporte de duelas y barriles a Canarias en 1593, CSP, Ireland, 1596-1597. 391 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 9 los paños ingleses abundaban en las islas de tal manera que, según escribía el regente de la Audiencia de Sevilla en 1598, no había lugar para las exportaciones peninsulares12. En 1591 Bartolomew Cole, mercader inglés que vino como escocés, reve-ló ante el Santo Oficio todos los pormenores de una fantástica trama comercial, explicando que desde Inglaterra llegaban a España barcos y mercancías, pasando por Alemania y Flandes o haciéndose pasar por flamencos, alemanes, escoceses y bretones13. En un informe inquisitorial de 1596, basado en las declaraciones de un inglés confinado en un convento de Garachico, se daban precisiones sobre al menos quince navíos arribados a ese puerto con falso pabellón, los nombres de ingle-ses que haciéndose pasar por escoceses vivían y negociaban en Tenerife, así como de muchachos enviados para aprender la len-gua. Al decir del informante, la armada inglesa que había asal-tado Cádiz ese año se había aprovisionado con vino de Tenerife. Todos lo sabían, pero lo callaban, desde los alcaldes hasta el gobernador. La Inquisición no se fiaba de su comisario en el lugar, e ideaba un ingenioso sistema para seguir recibiendo in-formación sin que su ministro se enterase14. Comenzaba a po-nerse de manifiesto un elemento que caracterizaría toda la Edad Moderna canaria: el de la sistemática vulneración de las normas que prohibían o limitaban el comercio exterior del Archipiélago, con la complicidad de los naturales, de los extranjeros estable-cidos en las Islas y de las autoridades encargadas de impedir, y en su caso perseguir, el trato clandestino. Capitanes Generales, Gobernadores, oidores, Jueces del Registro de Indias, comisa-rios del Santo Oficio, regidores, almojarifes y guardas de las aduanas aparecen implicados en él; de modo tal, que más que 12 «Y en las (islas) de Canaria es cierto que hay tanta ropa que la carisea y demás paños valen de valde», citado por GÓMEZ-CENTURIÓN (1988), pp. 301 y 317 (nota 222). 13 British Library, Egerton Mss. 1512, 2, fs. 29-51 vº. 14 El Tribunal ordenó al inglés ir haciendo relación de los navíos que en lo sucesivo viniesen de Inglaterra, quiénes venía en ellos, qué traían, con quién trataban, etc., todo lo cual debería comunicar «a su confesor a quien en confiçion se lo dira para que el escriva las dichas memorias y las entriegue al comisario», cerradas y selladas, para que sin abrirlas las remi-tiera al Tribunal, AHN, Inq., legº 2354. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 392 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 10 considerar el contrabando como un fenómeno ocasional, hay que verlo como un rasgo estructural de la economía isleña. Las Islas no podían vivir sin él. No sin fundamento, el Diccionario de Autoridades, al definir la voz contrabando, la ilustra con un ejemplo referido a Canarias15. Con todo, aunque hubiese clandestinamente mercaderes in-gleses en las Islas, no creemos que para el siglo XVI se pueda hablar de una comunidad de esta nación; y ello no sólo porque legalmente no estaba autorizada, sino porque no hay pruebas de la existencia de un grupo de comerciantes ingleses numeroso y estable. EL SIGLO XVII. STATUS LEGAL Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL El segundo, y principal, de los períodos que hemos estable-cido comienza en 1604. El Tratado de Londres, que ponía fin a dos décadas de guerra, permitía a los protestantes ingleses co-merciar en España, siempre que no dieran escándalo ni come-tieran ofensas en materia de religión. La Inquisición consiguió en 1610 que se recortara el alcance de tales permisiones, limitándolas a los herejes que estuvieran de paso, pero no a los residentes16, prohibición que se burlaba considerando que los comerciantes protestantes, aunque tuviesen «casa poblada», no eran residentes fijos. Se prohibía que pudiesen tener posadas en los puertos, aunque más tarde se precisó que eso no impedía que los mercaderes establecidos alojasen en sus casas a quienes viniesen a comerciar con ellos17. En caso de problemas, eso sí, se aducía el carácter ilegal de su estancia, de modo tal que po-día procederse a la expulsión inmediata de los eventuales infractores. Pero, pese a tales ambigüedades, las bases legales de 15 «De las Islas de Canaria passan todos los años muchos navios à los Puertos de nuestras Indias, cargados de vinos, lienzos y otras mercaderias de contrabando», Diccionario de la lengua castellana…, 1729, II, p. 559. 16 AMC, Inq., XIX-13. Tal disposición fue repetida en 1612, 1616 y 1620. 17 Carta acordada de 19 de mayo; y luego carta acordada de 28 de agos-to de 1620: «Esto se entienda de los que reziven huéspedes por dinero, pero no de los factores y Agentes, los quales pueden recivir a los correspondien-tes y personas que con ellos vinieren a tratar y comerciar», AMC, ibidem. 393 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 11 la presencia de protestantes extranjeros en España estaban ya fijadas. El acuerdo se suspendía en los momentos de guerra, como aconteció en los años de 1625-1630 y de 1655-1660, úni-cos conflictos con Inglaterra que hubo en todo el siglo XVII; pero al volver la paz se renovaban las estipulaciones de 1604, como sucedió en 1630 y de nuevo en 1667. Lo mismo puede decirse de los diversos tratados firmados entre las dos coronas en el siglo XVIII, al final de cada una de las más numerosas guerras con el Reino Unido en esta centuria: 1713, 1721, 1729, 1748, 1763 y 1783. La ruptura de hostilidades traía consigo la interrupción de las relaciones y tratos habituales en tiempos de paz, incluido el comercio; la expulsión de los súbditos del país enemigo que pudieran estar residiendo, o de paso, en el otro; y la adopción de medidas de represalia económica, incluidos los embargos e incautaciones de bienes y mercancías. Esa situación de guerra se dio, como hemos expuesto, en 1625, en 1655 y en 1702; por no referirnos a fechas posteriores, en las que la presencia ingle-sa en las Islas era mínima. La peor conocida de esas represalias, por lo que se refiere a Canarias, es la primera de ellas. En el Archipiélago el conflicto coincidió con la reimplantación, después de más de tres décadas de vacío, de la más alta magistratura, la de los Capitanes Gene-rales. Andía Irarrazábal llegó a Las Palmas en julio de 1625, pero en junio del año siguiente regresó a la Península, sin ape-nas haber intervenido en la materia que nos ocupa: hizo dete-ner a algunos ingleses y embargó sus bienes —que, al parecer, habían intentado ocultar—; pero luego los soltó y suspendió los embargos, en ausencia de órdenes precisas al respecto. Su suce-sor en la Capitanía General de las Islas, Juan de Ribera Zambrana, llegaría a mediados de 1629. Para entonces ya se había expulsado a los ingleses no católicos: en junio de 1627, el Gobernador de Tenerife ordenó su salida en un plazo de quin-ce días, lo que cumplieron al menos ocho18. El más importante 18 Conocemos los nombres de Nicholas Tenche, John Foller, Josias Dean, Miguel Onte y Roberto, criado de Henry Isham, todos los cuales se embar-caron por Garachico, AMC, XXXI-15. A ellos se añaden Guillermo y Benjamin Hal. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 394 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 12 miembro de la colonia inglesa, Henry Isham, alegó ser católico y pudo permanecer. Y no sólo eso, sino que en los años de la guerra parece haber monopolizado en buena medida las relacio-nes entre cosecheros y mercaderes, como se denunció por el Cabildo de la Isla. Las relaciones comerciales, una vez más, se mantuvieron, por más que sufrieran con el conflicto. El vino seguía vendiéndose a ingleses y holandeses, que llegaban a la isla con falsos pabellones e identidades, con la complicidad de gobernadores, regidores, alcaldes y almojarifes. Las pretensio-nes de la Real Audiencia de procesar a Isham chocaban con la oposición del Capitán General, quien, interesadamente, lo pro-tegía. Los ministros del Santo Oficio estaban, como muchos de los vecinos de Tenerife, implicados también en la trama del co-mercio clandestino. Los embargos y prisiones realizados por orden del Tribunal quedaron, finalmente, en nada19. En 30 de marzo de 1656, rotas las hostilidades como conse-cuencia del ataque inglés a las posesiones españolas en Améri-ca y la toma de Jamaica, se ordenó la salida de todos los ingle-ses de los dominios hispanos, la confiscación de sus propiedades y la prohibición del trato. Así sucedió con los ingle-ses establecidos en las Islas, con la excepción de algunos católi-cos casados en el país. Como muestra la documentación de la represalia, estudiada por Alloza, los embargos de que fueron objeto los ingleses se hicieron no sobre propiedades, mercancías o dinero, sino que recayeron sobre las deudas –que ascendían a 80.000 ducados– que cosecheros o intermediarios tenían con-traídas con ellos como producto de los anticipos que les habían sido concedidos, y que se incautaban en beneficio de la Real hacienda20. Hubo canarios, así como otros extranjeros, que se prestaron a ocultar propiedades y bienes de sus socios o amigos ingleses, haciéndolos pasar por suyos21; aunque quizás también 19 FAJARDO (2002b). 20 ALLOZA (2006, 2008). 21 Pedro Fernández Bestre, vecino de Garachico, pleiteaba en la Real Audiencia, después de la guerra, para recuperar los bienes que le habían sido embargados porque presuntamente pertenecían a ingleses, entre ellos unas casas en el Puerto de La Orotava que en 1655 le habían cedido ante notario los ingleses John Turner y William Throcmorton. Arch. Histórico Provincial de Las Palmas de GC, Audiencia, 5736. 395 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 13 algunos deudores lograsen eludir sus pagos o sacasen partido de la situación. El Capitán General Alonso Dávila fue acusado de avisar a algunos mercaderes amigos para que huyesen a tiempo, de apropiarse de bienes, ocultar deudas de otros y aceptar so-bornos22. Por lo que se refiere a la exportación de vino con des-tino a Inglaterra, continuó durante la guerra, no sólo mediante barcos holandeses23, sino, según documentación inglesa, tam-bién en navíos británicos24. Finalizado el conflicto, muchos de los mercaderes ingleses que operaban en las islas continuaron sus negocios en ellas, a pesar del quebranto que les había su-puesto la represalia. La situación se restableció de modo tal que, paradójicamente, se utilizó su red financiera para enviar a la Península dinero procedente de la represalia25. De la represalia realizada sobre los bienes de los británicos en Canarias a partir de 1702, sólo contamos con las referencias que aparecen en fuentes inglesas. Como en ocasiones anteriores, los súbditos británicos fueron expulsados, con la excepción de determinados católicos casados con españolas26. Ciertos merca-deres fueron encarcelados, según parece para forzarlos a entre-gar sus libros de cuentas y a declarar sus bienes. Aunque algu-nos pudieron esconder centenares de pipas de vino, con la 22 Por todo ello, resulta muy difícil evaluar la cuantía real de los intere-ses que los ingleses tenían en Canarias. Al decir de don Miguel de Salinas, oidor de la Real Audiencia, el valor de los bienes que debían haber sido ob-jeto de la represalia ascendería a 500.000 ducados, «según el común juicio de los prácticos» (Archivo General de Simancas, AGS, Estado, legº 3995), lo que parece sumamente exagerado. Salinas había sido nombrado en 1660 para ocuparse de los pleitos pendientes de la represalia, después de que el también oidor Larrea, designado para «la averiguación de estos fraudes», renunciara, según Salinas «por el terror y miedo que le pusieron los ejemplares frescos sucedidos tan atroces con D. Pedro Gómez del Rivero», visitador cuya casa en La Laguna había sido asaltada para frenar sus investigaciones acerca del contrabando con Indias. 23 ALLOZA (2008), p. 1664. 24 FAJARDO (2005). 25 En 1663 se remitieron a Cádiz 60.000 reales, pertenecientes al caudal de la represalia, a través de cuatro letras de cambio libradas por Thomas Borras y por Edward Baker y Cª, de Garachico. AGS, Estado, 2981. RODRÍGUEZ YANES (1992), p. 101, hace referencia a una de ellas. 26 FAJARDO (2002). FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 396 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 14 complicidad de socios o amigos canarios, en general sufrieron un considerable quebranto de sus fortunas. Dwyryd Wyn Jones estima que las pérdidas de los ingleses de Canarias fueron muy superiores a las de sus compatriotas de la Península, por la le-janía y la dificultad para sacar sus haciendas27. El cónsul Roope escribía en 1703 que las confiscaciones habían sido, sin compa-ración, muy superiores a las deudas que los británicos pudieran tener con la Corona española28. El caso seguramente más grave —como reconocería el cónsul John Crosse después de la Gue-rra— fue el de James Trollope, mercader inglés que había vivi-do en Tenerife durante más de 40 años. Según exponían sus so-brinos y herederos en una petición dirigida a la Reina, el valor de lo incautado ascendía a 1.262.196 reales, equivalentes a 29.054 libras, aparte de lo que le fue tomado y ocultado sin so-meterlo a valoración. La petición se acompañaba de un Memo-rial de las propiedades y efectos embargados a Trollope, según copia obtenida de los registros de la Junta de Represalias en Madrid. Las tres cuartas partes correspondían a un adelantado de 800.000 reales que el difunto había hecho a la real Hacienda en el tiempo de Carlos II a cuenta de las aduanas de las Islas, y que le habían sido incautados por la Corte madrileña. El resto eran tributos, viñedos, casas en diferentes localidades, cuentas con cosecheros, etc.; propiedades que en varios casos habían pa-sado a sus manos, mediante pleitos, como consecuencia del im-pago de deudas, y que son una muestra más del grado de pene-tración e influencia de algunos de estos mercaderes en la economía de las Islas; con las consiguientes reacciones de envi-dia y de resentimiento por parte de los isleños, varios de ellos víctimas suyas29. La cohesión de la comunidad inglesa, como de otras, se ex-presaba, y se consolidaba, a través de acciones en defensa de sus intereses colectivos. Es a partir de la década de 1630 —sin negar que las hubiera anteriores— cuando encontramos tales 27 JONES (1988), pp. 144 y 274. 28 Public Record Office (PRO), State Papers (SP), 94/229, fº 257. 29 Aparte de la casa de su habitación en el Puerto de La Orotava, Trollope aparecía en posesión de otras en Icod, La Orotava, La Laguna y Las Palmas, British Library, Additional Mss., 70162. Miscellani Mss. 397 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 15 actuaciones colectivas, que muestran la existencia, de hecho, de una comunidad que se reconoce como tal, aunque careciera de una expresión institucional. La protesta por los derechos exigi-dos por los ministros del Santo Oficio en las visitas de navíos y por el modo en que éstas se hacían movilizaron a los mercade-res de esta nación en repetidas ocasiones. En 1636 un grupo de seis mercaderes ingleses residentes en Tenerife elevaron al Con-sejo de la Inquisición un escrito al respecto que, no existiendo cónsules, encabezaba Henry Isham, dirigente de facto de la co-munidad británica en la isla30. En un Memorial de los mercade-res de Londres que comercian con las Islas de Canarias, probable-mente de 1650, se pedía al Consejo de Estado inglés que interviniese ante la Corte de Madrid para que se pusiese fin a los atropellos de que supuestamente eran víctimas en las Islas los mercaderes de su país establecidos allí, por parte del Capitán General, Carrillo de Guzmán. Se trata, seguramente, del mismo caso que dio lugar a la protesta formulada en abril de 1650 por una decena de mercaderes ingleses residentes en Tenerife ante la Corte, demandando el respeto de las condiciones pactadas en las paces entre las dos Coronas31. Pedían también en el mismo escrito que se les nombrase un juez conservador, como tenían los ingleses en Andalucía, es decir, un juez privativo que enten-diese en todas las causas en que se viesen implicados, evitando así la intervención en ellas de diferentes jurisdicciones. Las paces firmadas en 1660, seguidas por el tratado de 1667, abrieron una nueva etapa, con relaciones más estables e institucionalizadas. En 1660, es decir en los comienzos mismos de la Restauración, se nombró por primera vez un cónsul britá- 30 AMC, Inq., CLXIII-66. Uno de los firmantes era Marmaduke Rawdon, quien, de hecho también, le sucedería en esa función; los otros eran John Lambell, John Chikly, Robert Grove y Matheo de Inquinson [?]. Entre los testigos llamados para que declarasen acerca de la práctica que se seguía, estaban Thomas Cowling, Robert Breton y Marmaduke Squier. 31 Archivo Histórico Provincial de Santa Cruz de Tenerife (AHPSCT), legº 1650, fº 58. RODRÍGUEZ YANES (1992), p. 94. Los mercaderes apoderaron a uno de ellos, Robert Breton, para que los representara en Madrid. MORALES LEZCANO (1965), que publicó el Memorial londinense, lo situaba cronológi-camente entre 1644 y 1650, período en el que Carrillo de Guzmán había sido Capitán General. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 398 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 16 nico en Canarias, nominación que recayó en Leonard Clerke, un mercader establecido en Tenerife32. A partir de entonces, van a ser los cónsules –que eran también mercaderes– los que estén al frente de las reclamaciones promovidas por la colonia. En ese mismo año, Clerke encabezó a un grupo de varios comerciantes y maestres ingleses que se negaron en el puerto de La Orotava, con ruidosas protestas, a pagar los derechos de las visitas de la Inquisición a los navíos33. En 1675 de nuevo, el cónsul «y demás hombres de negocios de la nación inglesa que residen y comer-cializan en las Islas de Canaria» se dirigieron al Consejo de la Inquisición quejándose del perjuicio que les causaban los minis-tros del Tribunal34. Sin duda, la posición de los ingleses en los dominios españoles era más sólida que antes, y su desparpajo aumentaba, consiguientemente. Los cónsules ingleses se establecieron inicialmente en La Laguna, sede del Cabildo y residencia del Capitán General y del Juez Superintendente de Indias, autoridades con las que habi-tualmente tenían que tratar; pero pronto se desplazaron al Puer-to de la Cruz, donde radicaba lo más importante de la actividad mercantil. En la práctica, compartían sus gestiones entre un lugar y el otro. Habitualmente contaron con vicecónsules en Las Palmas y en Santa Cruz de La Palma, e incluso en algún otro de los puertos tinerfeños, siempre como delegados suyos. Los cón-sules debían velar por que se respetase lo establecido en los tra-tados de paz, en aquellas cuestiones que fuesen del interés de la comunidad; representaban a ésta ante las autoridades, incluso en causas judiciales; intercedían por los compatriotas en dificul-tades; hacían de albaceas testamentarios, se ocupaban de los bienes de los que fallecían sin testar; resolvían controversias entre mercaderes, o entre maestres y marineros, incluso dete- 32 PRO, SP, Spain, 94/44, fº 154. Confirmación de Leonardo Clerke (o Clerque, en los documentos españoles) como cónsul en Tenerife, con jurisdic-ción sobre todas las Islas. William Baltar, inglés católico casado con una canaria, residente en el Puerto de la Cruz, parece haber ejercido informal-mente como cónsul de la nación inglesa al menos en una ocasión anterior, en 1652, según GALINDO (2006), p. 477. 33 AMC, Inq., CXIX-15. 34 AMC, Inq., CLXXIV-70. 399 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 17 niendo y enviando a Inglaterra a los infractores de las leyes in-glesas, con la ayuda eventualmente de las autoridades españo-las. Por el ejercicio de sus funciones consulares cobraban dere-chos a los maestres de los barcos y a los mercaderes de su nación que operasen en las Islas, lo que no dejó de ser motivo de conflictos35. Innegablemente, la existencia de cónsules no sólo proporcionaba una mayor seguridad, sino que era también signo de la existencia comunitaria como nación36. En 1669 fue nombrado el Capitán General juez conservador de la nación inglesa, papel que, después de algunas indecisiones iniciales, desempeñaron los generales hasta el final del Antiguo Régimen. No dejaron de tener los ingleses problemas con sus jueces conservadores, pero éstos por lo general favorecieron y facilitaron la actuación de los británicos, unas veces por consi-derarlos indispensables para el funcionamiento de la economía insular, y otras en beneficio propio. LOS INGLESES EN LA ECONOMÍA ISLEÑA A partir de la paz de 1630, el comercio del vino no sólo se recuperó, sino que pronto superó los niveles alcanzados antes de la guerra37, y debió de mantenerse al alza hasta las turbulen-cias políticas de mediada la centuria. La desaparición del mer-cado de las colonias lusas, sobre todo el de Brasil, a partir de 1640, tornó mucho más importante el comercio con el Norte. En el mismo sentido operaba la desaparición por razones polí-ticas, aparte de los portugueses, de otros competidores, los ho-landeses y los franceses. Poderosas comunidades inglesas sur-gieron en distintas zonas de la Península, sobre todo en Andalucía, donde desde 1645 disfrutaron de privilegios mercan- 35 En 1662 el consul Clerke tuvo disputas con los mercaderes por la cuan-tía de esos derechos. CSP, SP, Spain, 94/44, fº 221. Richard Owen, cónsul entre 1678 y 1688, hubo de sufrir también el agrio enfrentamiento de una parte de los miembros de la factoría, STECKLEY (1972), p. 246. 36 Para el consulado británico en Canarias en el siglo XVIII, GUIMERÁ (1995). 37 STECKLEY (1981), p. 31. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 400 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 18 tiles. Sus compatriotas en Canarias mantuvieron con ellas estre-chas relaciones y en buena medida vieron en ellas un comple-mento y un modelo. En ese cuarto de siglo de pacíficas y cada vez más intensas relaciones entre Canarias e Inglaterra la comu-nidad británica en las islas creció y se afianzó. Es la época do-rada que describe la Biografía de Marmaduke Rawdon38. El papel de los ingleses en la economía insular fue cada vez más importante. En manos británicas estaban la exportación del vino de malvasía y la importación de vitales manufacturas y alimentos. Para maximizar sus beneficios intentaron contro-lar todo el proceso de producción: adelanto de dinero y de gé-neros a los viticultores, traída de madera de pipas, de trigo y de pescado salado. Adquirieron, además, un peso creciente en las relaciones interinsulares y en el comercio local, en las finan-zas y, aunque sea imposible de evaluar, en el tráfico americano, participando incluso en el arrendamiento de rentas reales, ecle-siásticas y señoriales. Los miembros de la factoría mantenían correspondencia no sólo con su país de origen, sino también con la Península y con otras tierras, donde tenían socios, fac-tores y agentes. Formaban parte —como sugiere el título de mi trabajo— de una comunidad mercantil atlántica, internacional y cosmopolita, que merecería ser estudiada en su conjunto, o al menos superando la limitación que supone un enfoque pura-mente local. Fuente de extraordinario interés para el estudio de las rela-ciones económicas entre las Islas y Gran Bretaña constituye la correspondencia comercial de algunos de los mercaderes ingle-ses que actuaron en Canarias. El Public Record Office londinense conserva dos colecciones pertenecientes a las déca-das centrales del siglo XVII: la primera la componen las cartas y cuentas enviadas entre 1644 y 1647 por John Turner, residen-te en Tenerife, a Rowland Wilson, Sr., y M. Bradgate, de quienes el primero era factor en las Islas39. La segunda colección la for-man más de un centenar de cartas escritas entre 1648 y 1661 por John Paige, que residía en Londres, a sus socios William 38 GUERRA (1994). 39 PRO, Chancery (C.), 110/151. Permanece inédita. 401 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 19 Clerke y Gowen Paynter, establecidos en las Islas40. El período de tiempo que cubre esta última correspondencia se extiende, pues, desde los últimos años de la Guerra Civil inglesa hasta los comienzos de la Restauración. Por lo que de ellas se desprende, Paige fletaba los barcos con destino a las Islas, contrataba los seguros marítimos, compraba las mercancías que había de ex-portar, conseguía aprendices para enviar al Archipiélago y lleva-ba todos los asuntos legales de la Compañía. Clerke y Paynter recibían los barcos, vendían los bienes que venían en ellos y los cargaban con vinos y productos de las Indias occidentales para enviarlos a Londres. Allí, Paige los recibía y vendía, o los reex-portaba: en la correspondencia aparecen sus tratos con merca-deres de Amberes, Rouen, Nantes, Burdeos, Bilbao, Lisboa y otros puertos. No siempre hacían negocios juntos: Clerke, que residía en La Orotava, enviaba vinos a otros mercaderes, y tenía varios parientes que participaban regularmente en el tráfico con el Archipiélago, a título individual o en negocios conjuntos con los otros socios. Paynter, suegro de Paige, era el principal agen-te en Canarias de los mercaderes de Bristol. John Paige fletó barcos para enviar a las Islas los más variados productos: pes-cado de Terranova o del West Country; trigo de Holanda, Fran-cia y Berbería; ropa y otras manufacturas de Inglaterra. Inclu-so trabajó en la organización de un viaje a la busca de esclavos. El esquema básico era el de fletar un barco para las pesquerías de bacalao de América del Norte, llevarlo a España y cambiarlo allí por vinos, productos coloniales y plata. Varias veces Paige, Clerke y Paynter siguieron ese modelo, con la particularidad de que la plata obtenida en España la usaban para comprar en Canarias. Paige animaba a Clerke a tomar prestado en las islas, pero también era necesario facilitar medios de pago por otras vías. En la correspondencia de John Turner, el instrumento co-mercial empleado era la letra de cambio en las plazas andalu-zas, Madrid, Bilbao, Amberes, e incluso Portugal o Génova. En cuanto a los productos coloniales enviados a Paige desde las islas, aparecen los cueros bovinos, el palo de Campeche, azúcar, colorantes, jengibre y tabaco de Varinas. 40 PRO, C., 105/112. Ha sido publicada por STECKLEY (1984). FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 402 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 20 Las formas de asociación mercantil que aparecen en los ca-sos anteriores son absolutamente típicas: factores que son re-presentantes de «sus mayores» radicados en Inglaterra; compa-ñías formadas por los mercaderes desplazados a las islas y a veces también por otros en la metrópoli; vínculos familiares como soporte esencial de las relaciones mercantiles. La docu-mentación, notarial y de otra naturaleza, nos muestra ejemplos de mercaderes en Canarias que comercian con sus parientes en Inglaterra41; de asociaciones, por lo general de dos o tres miem-bros, sin lazos conocidos de parentesco42, o con ellos —padre e hijo, tío y sobrino, hermanos—, ya sea coexistiendo, ya sucediéndose unos a los otros43. Las fórmulas eran diversas, mixtas y cambiantes. Como hemos visto, factores o socios de una compañía podían tener a su vez otro tipo de negocios por su cuenta. La estructura familiar de la actividad daba lugar, para su continuidad, a procedimientos de renovación genera-cional característicos, que a veces comenzaban con el envío de jóvenes, confiados a parientes, socios o amigos, para que apren- 41 E. Bland (h. 1640, con sus hermanos); H. Negus (h. 1650, con herma-no); W. Clapham (h. 1650, con hermano); M. Rawdon (para su padre, un importante mercader londinense de vinos que lo envió a las islas en 1631); H. Spiecer (h. 1670-1680, desde La Palma, con su pariente M. Spiecer, anti-guo mercader en la misma isla); T. Warren (h. 1650, con hermanos); V. Enys (h. 1670-1700, con su padre), E. Flavell (h. 1670-1700, con un pariente); J. Holder (h. 1670-1690, con hermano); J. Meade (h. 1690-1700, con su padre); G. y J. Smith (h. 1660-1690, con R. Holder, su cuñado); R. Wescombe, Sr. (h. 1680-1690, con sus hermanos, que desde Londres trataban con la Península). 42 H. Negus y Th. Bonfoy; G. Paynter y W. Clerke; F. Body y D. Stephens; W. Throckmorton y J. Turner; M. Casby y M. Cocquerel; W. Couse y L. Clerque; W. Reid y W. Shipman; R. Edwards y J. Trollop; E. Flavell y R. Wescombe; J. Pendarves y S. Swan; R. Wescombe Sr., E. Flavell y R. Bluett; D. Negus, R. Bluett y J. Whitton. 43 H. y D. Negus (hermanos, el segundo vino más tarde); W. y Th. Bulkley (hermanos, el segundo vino más tarde); Joseph y John Lambel (parientes, el segundo vino más tarde); John Crosse, Jr. (1708-1730), consul, James Crosse (1712-1724) su hermano y D. Crosse (1719-1726), su sobrino; E. Flavell y su sobrino Robert (1681); J. Holder (Tenerife), primo de M. Spiecer (La Palma); G. y J. Smith, hermanos; R. Wescombe, Sr. (1672-1688) y Jr. (1688-1690), su hijo, quien lo sucedió; John Holder (1676-90) y John Holder (1707), parien-tes; M. Rawdon y su sobrino; T. y W. Borassas; J. Gregory y su tío W. Couse; R. y E. Baker. 403 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 21 diesen la lengua, conociesen las particularidades del negocio y se iniciasen en la práctica mercantil. Quizás luego comenzaban siendo agentes de otros, antes de actuar por su cuenta, solos o asociados. Después de años destacados en las Islas, muchos ter-minaron su carrera negociando con ellas desde Inglaterra. Tal fue el caso de un buen número de los fundadores de la monopolística Compañía de Canarias44, pero también de otros, antes y después. Las relaciones mercantiles de base familiar no sólo se establecían entre Canarias e Inglaterra, sino con la pe-nínsula (Andalucía, Madrid, Bilbao) y con América (Nueva In-glaterra y Barbados). La existencia de una flota anual de barcos ingleses que venían en convoy a las Islas —la Canary fleet— daba consistencia y regularidad a la relación mercantil, pero también humana: en la visita de un navío realizada por la In-quisición en el Puerto de la Cruz en 1674 aparece como pasaje-ro un inglés que viene «a ver estas islas, y que se ha de volver»45. Capitanes y maestres de barcos participaban en negocios o en-cargos más o menos ocasionales. La asociación mercantil de los ingleses con otros extranjeros residentes en las Islas o con españoles debió de ser excepcional, a juzgar por lo que conocemos a partir de la consulta de proto-colos notariales. Fuera de algún negocio ocasional, sólo apare-cen compañías de ámbito regional y de menor importancia. Algo más común es encontrar a canarios como apoderados de los ingleses, lo que, si a veces viene a significar que actúan como factores suyos46, en otras encumbre que realmente son meros testaferros de los británicos en actividades que les estaban veda-das, como el comercio americano o el arrendamiento de rentas reales. Las relaciones con la población insular derivadas de las ac-tividades económicas que los ingleses realizaban sí eran, en 44 Bonfoy, Th. Bulkley, A. Ingram, D. Negus, J. Casby, G. Paynter, R. Pierson, M. Rawdon, M. Spiecer, W. Throckmorton, John Turner, Th. Warren, J. Webber, R. Casby, John Cross, Sr. (primero), W. Couse, Robert Edwards, N. Maxey, R. Meade, Robert Raworth, W. Reid, J. Sayer, J. Thomas, G. Fitzgerald. 45 AMC, Inq., CXIV-4 B. 46 RODRÍGUEZ YANES (1992), p. 89. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 404 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 22 cambio, muy frecuentes, y a menudo estrechas: empréstitos y otros servicios financieros no sólo a cosecheros, grandes y pe-queños, sino también a la generalidad de los vecinos, con fines diversos —entre ellos, el rescate de cautivos47—; adelantos de mercancía a tenderos y vendederas, con las correspondientes liquidaciones periódicas; distintos tratos con personas de condi-ción muy diversa48; venta de esclavos en el mercado insular, generalmente a plazos49; venta al por menor en las propias tien-das de los ingleses; cuentas con los toneleros; contratación de barqueros; relaciones con los guardas de la aduana… El adeudamiento a los ingleses de 80.000 ducados –según la represalia de 1656–, como consecuencia de los anticipos hechos a los cosecheros por cuenta de los vinos de la próxima vendi-mia, obligaciones por compra de mercancías diversas, présta-mos a comerciantes, e incluso al Cabildo de la isla50, es una elo-cuente prueba del papel que ocupaban en la economía insular. Lo mismo puso de manifiesto la represalia de 1702, según más arriba referimos. No es nuestra intención, sin embargo, exten-dernos en los aspectos económicos; los más necesitados, por otra parte, de estudio. LA COLONIA POR DENTRO. ENTRE LA IDENTIDAD Y LA INTEGRACIÓN La colonia inglesa se había ido consolidando, como hemos visto, desde antes de la mitad del siglo XVII, afirmándose como un colectivo que había desarrollado vínculos internos y usos sociales propios. Elementos de su cultura y vida cotidiana re- 47 De 1624 es una letra de cambio remitida desde Canarias a Sevilla por un mercader inglés, por importe de 1.100 reales de plata doble, recibidos en las islas de manos de una mujer canaria y destinados al rescate de su mari-do, British Library, Mss. Sloan, 3827. 48 En 1654, la Inquisición embargó a David Stephen, mercader residente en Tenerife, 500 fejes de arcos de madera para pipas y 100 pipas, por valor de 7.000 reales, porque el inglés era deudor del obispo de las Islas, al que el Tribunal había impuesto una multa de 4.000 ducados, AMC, Inq., CXLI-17. 49 FAJARDO (2011). 50 ALLOZA (2008), p. 1663. 405 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 23 producían las formas de vida de su patria. Henry Isham, el más influyente miembro de la colonia en las décadas de 1620 y 1630, parece haber sido el primero en introducir en Canarias un co-che de caballos de factura inglesa51. La Biografía de Marmaduke Rawdon, interesantísima narración de la estancia en Tenerife, entre 1631 y 1655, de este personaje, noble y acomodado mer-cader52, refiere cómo en la Hacienda de los Príncipes, en El Realejo, que tenía arrendada, se alojaban y lo visitaban otros compatriotas, que allí podían beber cerveza de Inglaterra y ju-gar a los bolos o al billar. También tenían, por lo general, su propio médico, el Dr. Peugh, uno de los excursionistas que par-ticiparon en una ascensión al Teide cuya Relación publicó la Royal Society londinense53; y que seguramente es la misma as-censión referida en la Biografía. Entre la curiosidad científica y el ocio placentero, estas actividades, ajenas a los naturales, constituyeron formas de sociabilidad que fortalecían las relacio-nes de carácter personal en el interior de la comunidad. En este siglo de progreso de la astronomía y de la óptica, el cónsul Leonard Clerke miraba a la luna «con un óculo largo» desde el balcón de su casa del Puerto de la Cruz, según fue informado el comisario del Santo Oficio54. También Edmond Smith, cónsul a finales del siglo XVII, tenía en su casa «dos óculos largos»55, no sabemos si sólo para mejor avistar los navíos que llegaban. En 1645 visitó el comisario inquisitorial de La Orotava las casas de los mercaderes ingleses herejes del lugar, para saber qué libros prohibidos tenían. No se trataba de quitárselos, pues les estaba autorizado tenerlos para su uso propio, sino de llevar un control sobre los mismos a efectos de impedir que fuesen leídos por los católicos. En el informe de esa visita se describen las pinturas que adornaban las paredes de las casas, «con algu-na profanidad», y se relacionan los libros que poseían, que no se limitaban a vocabularios, libros de práctica mercantil o de navegación, sino que incluían lecturas de placer; que ocupaban 51 STECKLEY (1972), p. 241. 52 GUERRA (1994). 53 MORALES LEZCANO (1965-1966). 54 AMC, Inq., CXLVI-27, fº 35, año de 1678. 55 British Library, Mss., Egerton 1512, fº 417. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 406 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 24 sin duda parte de su tiempo, y que compartían, pues varios de ellos declararon tener en préstamo obras pertenecientes a otros compatriotas56. Una de esas bibliotecas, la del mercader John Pendarves, residente en el Puerto de la Cruz, inspeccionada e inventariada por el Santo Oficio en 1680, se componía de más de quinientos volúmenes, a los que otros ingleses, y al parecer ciertos canarios, a juzgar por las denuncias, tenían acceso57. También tenía libros, en cantidad mucho menor, el cónsul Smith: en el inventario de las pertenencias de su casa en el Puerto de La Orotava, realizada por el Santo Oficio al procesar-lo en 1700, se contaban 54, en diferentes lenguas, aunque por desgracia no se relacionaban sus títulos. El mobiliario, armas, pinturas, objetos y mercancías de su casa, lo mismo que la ropa que llevó a la cárcel, abundante y variada, dan idea del confort del que podía disfrutar en Canarias un mercader inglés media-namente acomodado58. Los informes inquisitoriales nos hablan de múltiples formas y ocasiones de sociabilidad de los ingleses protestantes, muchas de ellas organizadas en torno a las ceremonias de la fe que com-partían (entierros, bautizos, matrimonios, lecturas religiosas, actividades de sus predicadores), pero también otras de carác-ter civil e incluso lúdico. En las afueras del Puerto de la Cruz, hacia finales del siglo, se reunían en casas de recreo. Según su biógrafo, Rawdon trajo a la isla un pastor protestante, el Dr. Buch, para el servicio de la colonia inglesa, lo que, desde luego, no autorizaban los tratados de paz. A finales del siglo hay que-jas por sus ceremonias religiosas y se rumoreaba que contaban con ministros que oficiaban en ellas, «que disen son los que andan sin cavelleras postisas»59. Algunos censos inquisitoriales de los herejes asentados en las Islas nos arrojan información no sólo acerca de su número, 56 AMC, Inq., Col. Bute, vol. XX, 2ª serie, fs. 49-54 vº. 57 Incluía clásicos griegos y latinos, literatura inglesa, francesa, italiana y española, libros de filosofía, de medicina, de cirugía, de matemáticas, de náutica, de geografía, de comercio, de historia, de arte militar, de viajes, gra-máticas y vocabularios, etc., FAJARDO (2011). 58 Véase nota 55. 59 AMC, Inq., XCIX-8, fº 246. Año de 1696. 407 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 25 sino también sobre sus pautas de residencia. En La Orotava, en 1645, había nueve mercaderes ingleses herejes, que vivían en cinco casas. El alojamiento en común, en casas generalmente arrendadas, parecía ser la tónica dominante, seguramente para compartir gastos, pero también por razones de afinidad y bús-queda de compañía y apoyo recíproco en un medio extra-ño. Entre los bienes embargados a los ingleses en 1656, apenas había —como se ha indicado— propiedades inmobiliarias: sólo cinco de ellos tenían casa propia60. Según una informa-ción inquisitorial de 1667-1668, de la que haremos más amplia mención, había 73 ingleses residentes en La Laguna, La Orotava y su Puerto. De ellos, unos pocos (solo 4) vivían con españoles, y el resto se repartían en 20 casas, en 15 de las cua-les había amas canarias, y muchas veces también criados isle-ños, así como algunos mulatos y mulatas, quizás esclavos61. Probablemente los ingleses que figuran como «criados» fueran ayudantes o aprendices, más que servidores domésticos. En La Laguna vivían en calles céntricas —Real, de los Mesones—, en casas que debían de ser alquiladas, puesto que se daba el nom-bre de sus dueños. Se trataba de un modelo de residencia que parece responder a un asentamiento que se concebía como temporal. En los censos de extranjeros confeccionados por el Santo Oficio, que más abajo se mencionarán, no hay ninguna refe-rencia a mujeres inglesas. Esto nos habla de un colectivo en general escasamente integrado en la sociedad isleña, cuyos in-dividuos parecen estar de paso, aun cuando en ocasiones pasa-ran décadas en el Archipiélago. Aunque no faltan ejemplos de ingleses que se casaron con naturales, se trataba antes del final de la centuria de un fenómeno relativamente esporádico, que no afectaba en lo esencial a la composición de la comunidad nacional. Por otra parte, no encontramos ejemplos del matri- 60 Eran Juan Pintor, Joseph Lambel, Juan de Davear [?], Thomas Cowling, y Guillermo Clerque, ALLOZA (2008), p. 1667. Los dos últimos eran católicos y estaban casados con naturales. Cowling fue uno de los pocos mercaderes ingleses que permaneció en las Islas durante la guerra. 61 AHN, Inq., legº 2374. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 408 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 26 monio de mujeres inglesas con canarios62. En efecto, la colonia inglesa había estado formada exclusivamente por varones has-ta quizás la última década del siglo XVII, momento en que empezamos a encontrar la llegada de mujeres inglesas, algunas casadas y otras por casar, al tiempo que hallamos un mayor número de matrimonios mixtos. Puede resultar sorprendente que todo esto sucediera sobre todo en la década de 1690, mo-mento de dificultades en las relaciones anglo-canarias. Quizás la naturalización, previo matrimonio, se buscaba como vía aconsejable para el progreso en los negocios, o quizás aún no se percibía la crisis como inevitable. Con todo, tampoco para esas fechas conocemos matrimonios de inglesas con canarios, a pesar de lo que escribía, alarmado, el comisario del Santo Oficio en La Orotava63. En aplicación del tratado de paz de 1667, el Capitán Gene-ral permitió a los ingleses disponer de un lugar en el Puerto de la Cruz en el que enterrar a sus muertos. No sabemos con exac-titud cuándo comenzó a funcionar, pero consta ya la existencia de un recinto murado destinado a ese fin, el «entierro de los ingleses» que dicen los documentos, a comienzos de 167464. Sería la churchyard, que por lo que sabemos serviría también para ceremonias religiosas no sólo funerarias, y como lugar de encuentro de miembros de la comunidad. Un espacio para la sociabilidad de los componentes de la colonia. Y un lugar de memoria también en la historia del Puerto de La Orotava, y de toda Canarias65. Por lo que sabemos, fue hasta el siglo XIX el 62 Hemos consultado los libros de matrimonio de las parroquias de La Concepción (La Laguna), Santa Ana (Garachico), y Nuestra Señora de la Peña de Francia (Puerto de La Orotava); y, además, los expedientes de liber-tad (Solterías y Viudedades) de los archivos diocesanos de La Laguna y Las Palmas. 63 El ministro de la Inquisición se preguntaba si no sería «máxima de aquellos heresiarcas (…) que por una parte los comerciantes dominen las haciendas y por otra las mujeres ganen los corazones para facilitar nuestra ruina», AHN, Inq., legº 2379. 64 AHN, Inq., legº 1833-26, fº 1. 65 La Chercha aparece ya, con esa denominación, en el plano de Antonio Riviere, de 1741. 409 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 27 único cementerio protestante de España66; e incluso en el resto de Europa debieron de ser muy escasos67. Las comunidades extranjeras no eran totalmente homogé-neas, ni tampoco monolíticas. Las divisiones políticas en la metrópoli tuvieron sus ecos en Canarias, en el seno de los bri-tánicos, en más de una ocasión. Durante la guerra civil de la década de 1640, los ingleses del Archipiélago parece que toma-ron partido, en su mayoría, por el rey, sirviendo la hacienda del citado Marmaduke Rawdon como refugio de royalists persegui-dos por Cromwell. Otras veces fueron cuestiones económicas las que los dividieron. La creación en 1665 de la Compañía de Ca-narias suscitó la oposición de algunos de los ingleses residentes, quienes adoptaron posturas tibias cuando no contrarias a la misma, y parece que alentaron algunas de las acciones de los isleños frente al monopolio. La reacción de su gobierno fue la de hacerlos comparecer en Inglaterra para rendir cuentas de su conducta, ante lo cual alguno solicitó «asilo político» convirtién-dose al catolicismo68. En 1675 se denunció en el Cabildo de Tenerife que algunos ricos comerciantes ingleses –se citaba en particular a Robert Edwards– eran los auténticos arrendadores de las rentas reales, utilizando personas interpuestas, lo que contravenía una real pragmática. Lo sorprendente es que la mayoría de los ingleses se pusieron de parte del Cabildo, por temor a que el arrendamiento de rentas redundase en un mono-polio en manos de Edwards69. En la década de 1690 se enfrentaron en Tenerife orangistas y jacobitas, mediante pasquines (de los segundos), y hasta físi-camente. En marzo de 1699 recibió el Tribunal del Santo Oficio 66 GIRÓN y ARENAS (2003) afirman que el primer cementerio protestante se estableció en Málaga en 1831. Hubo, al parecer, otros anteriores (Tarragona, Bilbao, del siglo XVIII), aunque quizás sin continuidad. 67 En Francia, desaparecidos después de la revocación del edicto de Nantes, sólo comienzan a autorizarse en las décadas posteriores al Tratado de Utrecht, como fue el caso de La Rochelle, EVEN (2010), p. 240. El cemen-terio protestante de Lisboa, ciudad tan vinculada a los ingleses, es del siglo XVIII. 68 Fue el caso de Edward Prescott, médico y mercader. AMC, Inq., VIII- 14, 1666. 69 RODRÍGUEZ YANES (1992), pp. 167 y ss. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 410 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 28 dos memoriales, sin firma pero supuestamente respaldados por una docena de ingleses e irlandeses, contra el cónsul británico Edmund Smith, al que acusaban de amenazar e injuriar a los que se reducían, hasta el extremo de haber embarcado a algu-nos, a la fuerza, para Inglaterra. Se añadieron denuncias de que acogía a pastores anglicanos en su casa, donde se celebrarían ceremonias religiosas; lo que los tratados de paz no autorizaban. Como trasfondo de las acusaciones estaba la división de la co-munidad británica, una parte de la cual –la mayoritaria, orangista– apoyaba al cónsul, mientras que la otra intentaba reemplazarlo. Los irlandeses, católicos, jugaban un papel cada vez más importante, y a ellos se unían los ingleses convertidos, pero también algunos protestantes desafectos, partidarios de los Estuardo. Los inquisidores —contra el Capitán General— detu-vieron y procesaron a Smith, que finalmente fue multado y ex-pulsado de las Islas, dando lugar a un incidente diplomático que llevó a la intervención del mismo monarca inglés70 . RELACIONES CON LA POBLACIÓN CANARIA. LA CONFRONTACIÓN RELIGIOSA La Biografía de Rawdon refiere sus aparentemente excelen-tes relaciones con la elite dirigente de la isla, lo mismo que con las principales autoridades, tanto civiles como eclesiásticas: vi-sitas del Capitán General a su hacienda; préstamos al obispo; amistad con los curas que lo alojaban cuando salía a cazar; tra-to con señoras distinguidas... Incluso visitas a los conventos de clausura de dominicas y de clarisas de La Laguna, episodio con-firmado por la documentación inquisitorial, donde se lee que tenían «muy frecuente comunicación y grande familiaridad, que llaman devoción, en los conventos de religiosas»; porque, ha-biendo entre ellos médicos y cirujanos, acudían a curar a las monjas, causando escándalo «por lo mucho que se detienen dentro de los dichos conventos»71. Aunque podamos poner en 70 British Library, Mss., Egerton 1512, nº 8, fs. 247 y ss. 71 AHN, Inq., legº 2372-2, carta del Tribunal al Consejo de la Inquisición de 26-IX-1651. 411 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 29 duda la imagen idílica que transmite la Biografía, ésta constitu-ye un valioso testimonio —y no es el único— de que esas rela-ciones cordiales entre ingleses y españoles existieron. Leonard Clerque, mercader y cónsul, mantenía con el obispo conversa-ciones y comunicación epistolar72. Desde luego, no faltaban motivos de discordia, roces y sus-picacias, porque a las diferencias de religión, de costumbres y de lengua había que sumar la enemiga política y el resentimien-to por el papel que los ingleses jugaban en la economía canaria. Sin duda, la tensión era particularmente aguda en determinados momentos. Así sucedía con ocasión de los conflictos bélicos, aunque la actitud de la población canaria no siempre coincidía con la de sus autoridades o con las directrices que venían de Madrid. La situación creada por el Tratado de Londres de 1604, que permitía la estancia de protestantes en tierras españolas, no fue fácil de aceptar por los sectores más intransigentes en materia de religión73. Al Santo Oficio llegaban no sólo testificaciones recogidas por los comisarios, sino escritos de algunas autorida-des civiles, dando cuenta de los desmanes de varios de ellos. Algunos religiosos alertaban, en sermones y en escritos al Tribu-nal, acerca de los peligros que podían seguirse de las «liberta-des » de los ingleses. Posiblemente algunos de los extranjeros se sintieron lo bastante seguros como para responder a las provo-caciones de los católicos, e incluso para adoptar actitudes irres-petuosas o irreverentes. Los jóvenes aprendices de comercio, en casas católicas o de mercaderes protestantes, solían mantener con mayor calor controversias religiosas, o tenían conductas particularmente descomedidas. Algún proceso nació del com-portamiento ambiguo o imprudente de algunos extranjeros sim-plemente por ignorancia de las diferencias, las costumbres o la sensibilidad religiosas. Con todo, la aceptación de la presencia protestante se fue imponiendo, sin grandes dificultades. Los inquisidores actuaban con prudencia, conscientes de que «en 72 AMC, Inq., LXXXIX-4. 73 «Recelamos mucho su continuada asistencia en la isla de Tenerife», escribía el inquisidor Hurtado de Gaviria, al tratar de los ingleses, AHN, Inq., legº 2366, carta del Tribunal al Consejo, 24-XII-1607. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 412 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 30 esta materia es justo andar con pies de plomo»74; y, desde lue-go, eran sensibles a las necesidades y a las circunstancias del comercio: estar esperando barco, ser el período de la vendimia, etc. «Desde que están en estas islas no ha resultado cosa de consideración contra los dichos ingleses», escribía al Tribunal el inquisidor Martínez, enviado de visita a Tenerife en 1626, ya empezada la guerra con Inglaterra75. Después de 1631 era más clara aún la voluntad de no enturbiar las relaciones con los in-gleses, reanudadas entonces. Entre 1640 y 1700, ningún protes-tante fue encarcelado por el Santo Oficio, y apenas hubo media docena de causas contra extranjeros por proposiciones, irreve-rencia o tenencia de libros prohibidos, todas las cuales acabaron suspendiéndose. Eso no significa que la tensión religiosa entre comunidades desapareciera, ni el celo y la vigilancia en los medios eclesiásti-cos e inquisitoriales. Para éstos, la presencia de los protestantes siempre resultó incómoda, aunque se la aceptase como un mal necesario, se recurriese a ellos en los negocios y hasta se tuvie-sen en ocasiones buenas relaciones personales. Desde las prime-ras décadas del siglo, los informes inquisitoriales están llenos de referencias a extranjeros que tenían hijos con mujeres de la tie-rra con las que estaban amancebados76. Los inquisidores orde-naron a sus comisarios que advirtiesen a los extranjeros de que, bajo pena de 500 ducados, no embarcasen a los hijos que tuvie-sen con mujeres canarias, y a éstas que no se lo consintiesen77. A mediados de siglo, varios religiosos denunciaron desde los púlpitos que los ingleses que residían en la isla tenían comuni-caciones carnales escandalosas78. En 1651 se expuso en el Cabil-do de Tenerife que era notorio que «muchas mujeres de esta ciudad se iban a casa de los ingleses tapadas a tratar y comprar 74 Ibidem, carta del Tribunal al Consejo, 22-IV-1608. 75 British Library, Egerton Mss., 1512. 76 «Como (…) nunca han traido mujer alguna de su nación, comunican con las católicas destas islas, teniendo hijos en ellas», AHN, Inq., legº 2372- 2, carta del Tribunal al Consejo de 26-IX-1651. 77 AHN, Inq., legº 2368, carta del Tribunal al Consejo de la Inquisición de 6-IV-1620. 78 AHN, Inq., legº 2372-2. Año de 1651. 413 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 31 algo de sus tiendas», y luego entraban en sus casas y comunica-ban con ellos; «y así esta ciudad está llena de tiendas de mozas hermosas con mercaderías de los dichos ingleses»79. Se decía temer por la fe de esas mujeres, y ese mismo cuidado llevaba a los inquisidores a expresar al Consejo su preocupación por los criados católicos que vivían en las casas de los ingleses herejes que estaban de asiento, así como por los esclavos negros que tenían. Los medios clericales anglófobos, y entre ellos la Inqui-sición, se quejaban de la protección que los ingleses encontra-ban en el Capitán General, su juez conservador; pareciéndoles particularmente escandaloso que sus ministros bautizasen y casasen, aunque fuese a bordo de los barcos. Da la impresión de que la presencia protestante fue sentida muchas veces como la de incómodos testigos. En una carta del deán y Cabildo catedralicio al Rey, de 1614, se decía que la fal-ta de caridad de los anteriores obispos era un mal ejemplo para los extranjeros que comerciaban en las islas, «que lo murmuran harto»80. Se contaba que el prodigioso sudor, en 1648, de una imagen de San Juan Evangelista, en la parroquia de La Concep-ción de La Laguna, había maravillado de tal modo a algunos protestantes ingleses, que incluso «dicen que se convirtió uno u otro». Dos años más tarde, esta misma ciudad se conmovió con la aparición, en un corral, de un huevo en cuya cáscara estaba escrito: «Mª fue conçebida sin pº origl»; y, cuando se descubrió que todo había sido una broma, preocupaba particularmente «el qué dirán los herejes que estan aquí»81. En otras ocasiones nos hemos planteado si las relaciones con los protestantes afectaron de algún modo a las creencias y actitudes religiosas de la población católica de las Islas. De he-cho, un cierto número de españoles, canarios o peninsulares, fueron denunciados, y en ocasiones procesados, como sospecho-sos, sobre todo por proposiciones que, según los inquisidores, eran expresión de un contagio ideológico nacido de los contac-tos con extranjeros. Numerosas fueron las denuncias contra canarios, y contra ingleses convertidos al catolicismo, por comer 79 AMC, Inq., LXIII-5, fº 201. AHN, Inq., legº 2372-2. 80 AHN, Consejos, 15.213. 81 FAJARDO (1999), pp. 34-35. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 414 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 32 carne en días prohibidos acompañados de protestantes82. Algu-nas noticias, no muy precisas, hacían referencia a canarios que se hicieron protestantes en Inglaterra. Otros casos son más cla-ros, y entre ellos destaca el de Juan Estrada, joven natural de La Laguna que navegaba con los ingleses que atacaron Santo Do-mingo y Jamaica cuando, en 1655, fue hecho prisionero. Proce-sado por el Tribunal de Cartagena de Indias, confesó que fue llevado a Londres, siendo niño, por el mercader Leonard Clerque, y allí instruido y convertido al anglicanismo. Volvió a Canarias, seguramente al servicio del inglés, y en las islas con-tinuó, durante varios años, en su nueva fe, regresando de nue-vo a Inglaterra. Aunque se nos aparece como singular, podría ser representativo de otros casos que no conocemos, como él mismo parecía insinuar83. En nuestra opinión, aunque de nin-gún modo pueda afirmarse que hubo un núcleo de protestantes canarios, el trato con extranjeros, en las Islas o fuera de ellas, condujo a algunas pocas personas a posiciones religiosas próxi-mas a las de la religión reformada, e incluso a algunos, en nú-mero reducido, a pasarse a ella. Seguramente fueron más aque-llos a los que esa comunicación llevó a actitudes tolerantes, que suponían relativizar las propias costumbres y aceptar la existen-cia de las ajenas. Aunque no hay que entender los procesos his-tóricos como lineales e irreversibles, no es de despreciar el efec-to que tuviera sobre la cultura colectiva de los canarios su coexistencia con individuos de otra religión; como se dio igual-mente en otras regiones de la periferia española. La confrontación religiosa se manifestó de modo particular en el esfuerzo por lograr la conversión de los protestantes al catolicismo. La población católica no regateaba esfuerzos con-ducentes a ese fin. Comerciantes, artesanos, marineros o traba-jadores tuvieron una decidida participación en el proceso de la conversión de sus pupilos, ayudantes o colegas. Los muchachos 82 FAJARDO (2003b), pp. 162 y ss. 83 En su defensa, pidió «se hiciese aberiguacion de cómo era muy hordinario en tpo. de paçes embiar de las Islas de Canaria algunos mercade-res sus hijos a Inglaterra, para comunicar y aprender la lengua inglesa», AHN, Inq., Libs. 1021 y 1022, Relaciones de causas de fe de la Inquisición de Cartagena de Indias. 415 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 33 ingleses que vivían en casas de católicos, como aprendices de comercio o para aprender la lengua española, fueron objeto predilecto del celo proselitista. Al lado de esta actividad espon-tánea y es presumible que esporádica de los seglares, estaba la de los eclesiásticos, que acudían a los protestantes para tratar-les de religión. Un importante papel desempeñaron, como intér-pretes o como instructores, los extranjeros católicos, especial-mente los irlandeses, eclesiásticos o laicos. Por parte de los protestantes, en algunos casos se pusieron obstáculos, intentando disuadir a los que querían convertirse o prohibiendo a los católicos visitar a los que caían enfermos. Marinos desertores de los navíos ingleses, o que incluso se ha-bían sublevado, encontraron un modo de no ser castigados manifestando que querían hacerse católicos. La Inquisición va-loraba y protegía cualquier gesto externo que significase propó-sito de conversión; perjudicando a los intereses de comercian-tes y de capitanes extranjeros y sometiendo a las familias protestantes a molestias, abusos y vejaciones. Situaciones par-ticularmente tensas y hasta dramáticas se producían cuando se trataba de la conversión de menores contra la voluntad de sus padres84. De los 325 protestantes extranjeros que se hicieron católicos en Canarias en los siglos XVII y XVIII, 258 (un 77%) eran bri-tánicos85. Las conversiones fueron un mecanismo de integración de extranjeros en la sociedad isleña, en la medida en que la adhesión al catolicismo les hacía perder su condición de here-jes y los volvía socialmente asimilables. Así lo comprobamos cuando tenemos constancia de su posterior matrimonio con católicas. Pero las reducciones obedecieron con mucha frecuen-cia a circunstancias muy coyunturales (desertores, prisioneros de guerra...); el rastro de la mayoría de los convertidos se pier-de —no sólo porque fuesen gentes humildes— y es de sospechar que muchos regresaron a su tierra. 84 El caso más grave y extremo fue el de Ana Flavel, hija de un comer-ciante inglés, sacada de su casa en La Laguna y llevada a un convento, en 1699, so pretexto de que la niña, de siete años, voluntariamente quería con-vertirse y sus padres se lo impedían, FAJARDO (2000a). 85 FAJARDO (1996). FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 416 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 34 El fortalecimiento del mercantilismo inglés con la Restaura-ción (Navigation Act de 1660, Staple Act de 1663) creó unas con-diciones en las que las relaciones mercantiles se hicieron más difíciles y tensas. La Compañía de mercaderes de Londres que negocian para las islas de Canaria, instituida en 1665, significa-ba un monopolio típicamente mercantilista que beneficiaba en primer lugar a sus socios, unos en Londres y otros en Tenerife, en detrimento no sólo de los intereses de los canarios, sino tam-bién de otros ingleses, mercaderes menos poderosos o de otras localidades. Esta vez sí hubo un ambiente general de indigna-ción en la isla. En 1666 se sucedieron diversos actos contra los ingleses, que culminaron en el conocido episodio del Derrame de Garachico —la rotura violenta de barricas de vino pertenecien-tes a mercaderes británicos que iban a ser embarcadas—, detrás del cual posiblemente estuvieron las autoridades locales y los regidores de la comarca, pero que se cubrió con una especie de conspiración de silencio. Notable fue la implicación del clero, parroquial y conventual, por sus intereses, por conexión con el sentir popular y quizás con una dosis de ideología86. La anglofobia, como en otras ocasiones, anteriores y posteriores, se presentaba con el discurso de la lucha contra la herejía. Las dificultades en el comercio afectaron a las relaciones de los isleños con los británicos asentados en su suelo, lo que se manifestó de modo muy vivo en la última década del siglo XVII. Si los extranjeros eran odiados porque ya no dejaban en las Is-las, comprando su vino, la riqueza de antes, no lo eran menos porque el suministro de muchos productos de primera necesi-dad estaba en sus manos. Esa renovada animosidad se expresó en una agudización de la confrontación religiosa. En el Puerto de la Cruz —según el cónsul Smith—, algunos frailes predicaron desde el púlpito, en más de una ocasión, contra los «herejes», llegando a decir que, si no se iban, había que arrojarlos al mar87; lográndose evitar la violencia, en una de ellas, por la interven-ción del párroco88. Otros roces se produjeron por distintos mo-tivos, entre ellos, por la actitud bravucona de los capitanes de 86 BÉTHENCOURT (1993); RODRÍGUEZ YANES (1992), pp. 101 y ss. 87 PRO, SP 94/229, fº 56. 1696. 88 Ibidem, fº 73. 417 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 35 los navíos de guerra que escoltaban a los barcos que llevaban el vino89. Se estaba en las vísperas de la Guerra de Sucesión, ter-minaba una etapa en las relaciones comerciales entre Canarias e Inglaterra; comenzaba la extinción de la comunidad inglesa en el Archipiélago. Posiblemente el deterioro de la situación econó-mica, y también de la convivencia, aceleró los procesos de inte-gración/ naturalización, lo que dio lugar, a su vez, a disensiones en el seno de la factoría. LA COLONIA BRITÁNICA: SUS EFECTIVOS NUMÉRICOS A partir de 1605 comienza a haber en Tenerife de modo esta-ble una comunidad de mercaderes ingleses, aunque sus miem-bros, a título individual, se fuesen renovando. No sabemos, para esos primeros momentos, cuántos eran los miembros de esa co-lectividad, cuál era su composición y cómo evolucionó durante la primera mitad de esa centuria, toda vez que carecemos de cual-quier tipo de recuento, que sería la fuente más adecuada. Los protocolos notariales, infrautilizados en esta isla a esos efectos, permitirían, pese a sus lagunas para el siglo XVI y las primeras décadas del XVII, una aproximación, siempre que se procediera con las debidas cautelas metodológicas; contando la presencia de los extranjeros en las escrituras de un año determinado, y compa-rando el resultado con otras catas semejantes realizadas en dis-tintos momentos. Contar con cifras o nombres que no estén refe-ridos a una fecha precisa no nos sirve, sin más, para saber cuál era el volumen del colectivo en cuestión; como tampoco vale con-fundir en unas mismas listas a transeúntes y a residentes o veci-nos. En todo caso, los problemas de representatividad de la docu-mentación notarial habrían de ser tenidos en cuenta: no todos acudían al notario, o no lo hacían con la misma frecuencia. Es conocido, desde que Millares Torres lo publicó, el Memo-rial del Tribunal de Canarias al Consejo de la Inquisición, de 15 de junio de 1654, en que se afirmaba que «sólo en la isla de Tenerife hay más de 1500 protestantes, ingleses y holandeses»90. 89 FAJARDO (2002). 90 MILLARES (1981), III, pp. 155-156. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 418 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 36 Al año siguiente, con ocasión de un grave enfrentamiento con el obispo, los inquisidores repetían ese número91. Hace tiempo que tenemos dicho que el Santo Oficio, que no desconocía la reali-dad, exageraba muchísimo, por no decir que, por sus convenien-cias, mentía; y que hay que desechar totalmente tal cifra, que algunos aún repiten aunque relativicen su validez. ¿Cuál era, realmente, el número de ingleses asentados en Canarias? No contamos con ningún censo completo del siglo XVII, pero sí con varios informes y relaciones de las principa-les localidades. Como más arriba se dijo, en 1645, obedeciendo una orden del Tribunal, el comisario de La Orotava visitó las casas de los mercaderes ingleses herejes que había en el lugar y su puerto, dándose los nombres de diez92. Aunque el Puerto de la Cruz ya estaba arrebatando a Garachico la primacía en la exportación, no había «casas de mercaderes ingleses que allí estén de asiento». En 1668, según un informe del comisario de La Lagu-na, había en esa ciudad 11 ingleses. Habían sido expulsa-dos todos, dos años antes, pero ya habían —quizás no todos— retornado93. Seguramente por la misma fecha, había en La Orotava 30, incluyendo «criados»94; y 32 en el Puerto de la 91 AHN, Inq., legº 2372-1, carta de 16 de enero de 1655. 92 AMC, Inq., Col. Bute, vol. XX, 2ª serie, fs. 49-54 vº. Guillermo Clerque, Andres Coque, Joan Pintor, Felipe Vard, Evan Pieugh, John Turner, William Trockmorton, Hugo Hasel, Arthur Michel Borne y Joseph Lanbel. Se mencio-naba a John Carbel, ya difunto (y aparentemente fallecido en Tenerife). 93 El comisario, respondiendo a una orden del Tribunal cuya fecha des-conocemos, escribía el 23-10-1668 que, cuando se le había pedido la relación de extranjeros herejes que había en la ciudad, «en la ocasión no los avia porque estaban fuera de la ysla por averlos echado por la injuria y delito de la Compañía, oy que ay ya algunos ya en esta ciudad doy quenta a VSª […]». Menciona a Guillermo Cus, y en su casa a Jacob Gregorio su sobrino, a otro sobrino cuyo nombre no conocía, a un criado protestante y a otro católico, el irlandés Joan Guiller; Carlos Per y Guillermo Yo; Jacob, cuyo apellido desconoce, y un criado inglés; Christóbal Bret; y otro inglés al que llamaban El Cuécaro (cuáquero), AHN, Inq., legº 2374. 94 John Smith, Thomas y Diego Bleque, Henry Guarner, Simón, Thomas y Robert Borrasas, Guillermo Clerque, Ricardo Antonio, Baltasar y Daniel Cornelio (irlandés), Guillermo, Guillermo Chipman, Roberto Roarte, Dr. Guillermo Rite (Reid), Guillermo Rit (mercader), John y George Smith, En-rique Pescuecito, Gualter Bebin, Thomas Trolepe, Thomas Estaplin, Carlos 419 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 37 Cruz95. Así, pues, en Tenerife había en 1668 al menos 73 ingle-ses, a falta de información sobre otras localidades de la isla — particularmente lamentable es la ausencia de Garachico—, por lo que el volumen total de la comunidad británica habría que considerarlo algo mayor. En veinte años el Puerto de La Orotava había pasado, de no tener comerciantes extranjeros asentados, a ser el primer puerto de Canarias por el número de ellos. No en vano se había convertido en «la garganta desta isla, por don-de le entra todo el bastimento»96. El Padrón General del Obispado de Canaria, mandado hacer por el obispo García Ximénez en sucesivos años, recogía que había 47 «ingleses» en el Puerto de la Cruz en 1676; en 1679, 56 «infieles» en el Puerto, 7 en La Laguna, y 3 en La Rambla, lo que sumaban 66; y 81 «ingleses» en el Puerto en 168397. Puede aceptarse que el término «infieles» significa, en esos años y en esas localidades, protestante; y, si bien es cierto que bajo el ró-tulo de ingleses podría haber otros extranjeros, sobre todo los de la religión reformada, también hay que señalar que la inmensa mayoría debían de ser precisamente ingleses. Esta fuente, gene-ralmente aceptada como fiable por los modernistas canarios, coincide pues grosso modo con las magnitudes que aparecen en los informes inquisitoriales. Y parece señalar, además, una pro-gresión en el número de miembros de la comunidad mercantil británica, en lo que concuerdan también otras fuentes. En el proceso inquisitorial contra el cónsul Edmond Smith, en 1700, aparecen 51 británicos, casi todos ellos como testigos llamados por el Santo Oficio o como testigos de abono98. Naturalmente, Moor, Thomas Vate, Samuel Suan; y, además, muchachos o «criados» ingle-ses cuyos nombres no se daban. 95 Roberto Eduardos, mercader, Diego Vicario, Juan Grusan y Juan, los tres criados ingleses; Leonard Clerque; Ricardo Elis; John Smith, John Sayer y John su criado; Daniel Negus, Thomas Clement y dos criados ingleses; John Casby y Henry Esprinsan; Thomas Martin, William Flavel, William Smith y John, un criado; Edward Baker, Henry Guasnar, y Joseph y otros criados ingleses; John Bleque y John su criado; John Rouse; Carlos y Roberto Verd; Richard Owen; Maximilian; Richard Casby y un criado. 96 AHN, Inq., legº 1833. Informe del comisario de La Orotava. 97 SÁNCHEZ HERRERO (1975), pp. 361, 371 y 391, respectivamente. 98 British Library, Mss., Egerton 1512, nº 8, fs. 247 y ss. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 420 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 38 esa cifra hay que considerarla un mínimo, puesto que no todos los miembros de la colonia comparecieron ante los oficiales inquisitoriales. La importancia de las referidas relaciones radica en que to-das ellas se refieren a una fecha determinada; permitiendo así establecer, a despecho de algunas posibles omisiones, el volu-men del colectivo estudiado. Pero aún contamos con un censo mejor, el realizado por el cónsul británico en 1702, que tiene tanto más valor cuanto que constituye la primera lista nominal, probablemente completa, de los componentes de una colonia de extranjeros en Canarias. Y conviene recordar que incluso para el conjunto de los dominios españoles son escasos y tar-díos este tipo de padrones o matrículas. Según la relación con-sular, confeccionada con vistas a la evacuación, con motivo de la guerra99, de los británicos residentes en las Islas, éstos eran entonces 86; a los que había que añadir 24 niños, habidos de los matrimonios contraídos con 18 mujeres españolas. En total, 128, a los que se sumaban dos en Gran Canaria y otros dos en La Palma. De los 86, 74 eran varones y 12 mujeres. Es de adver-tir que ya por entonces los católicos —más ingleses que irlande-ses—, que eran 46, superaban en número a los protestantes, que eran 40. Una parte de la comunidad británica estaba, pues, en vías de integración; proceso que no creemos que hubiese comenzado antes de la década de 1680, y que se aceleraría en la de1690. Comparando esta lista con los nombres que nos eran conocidos por otras fuentes100, parece que el éxodo se había iniciado antes del comienzo de la guerra, empezando, quizás, por las mujeres. Por lo que tenemos visto, los efectivos numéricos de la colo-nia británica alcanzaron su máximo en las vísperas —o en los comienzos— de la Guerra de Sucesión Española; sin que haya ninguna prueba de que hubiese empezado a menguar en fechas anteriores. De los 74 varones que según la relación consular la componían, no todos eran mercaderes, pero sí la mayoría; y, desde luego, casi todos estaban relacionados con las actividades 99 PRO, SP, Spain, 94/229, fº 246. Apéndice I. 100 British Library, Mss., Egerton 1512, nº 8, fs. 247 y ss. 421 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 39 mercantiles. Se trataba de una comunidad de dimensiones no-tables, para lo que era habitual. Sin asegurar que fuese la ma-yor de España, sí podemos decir que no conocemos otra que fuera más numerosa, quizás por falta de las fuentes apropiadas. Ni siquiera la de Cádiz, la mayor de la España peninsular101. EL SIGLO XVIII. DECADENCIA Y FINAL La Guerra afectó a la comunidad británica tanto en su nú-mero como en su composición. Entre 1703 y 1704, la gran ma-yoría de los miembros de la colonia británica abandonaron las Islas. El nuevo cónsul, Ambrose Roope, comunicó a su gobier-no la lista nominal de las personas deseosas de embarcar, todos ellos, menos uno, protestantes. Añadía que querían quedarse unas pocas familias, y otros que estaban ya naturalizados, o que iban a estarlo102. En 1717, al procederse a la elección para el consulado británico en las islas, vacante después de la muerte de William Pouldon, la colonia apareció dividida en dos faccio-nes bien diferenciadas. La mayoría de sus miembros (32, sobre todo católicos irlandeses, algunos católicos ingleses y protestan-tes «desafectos») estuvo en favor de John Crosse, Sr.; mientras que a John Crosse, Jr. (no eran parientes) lo apoyaron 14, la mayor parte de los cuales eran ingleses protestantes —y los de más antigua residencia en la isla—, pero también unos pocos católicos. Aunque no se contaban en esta relación ni mujeres ni niños, resulta evidente que la colonia británica se había reduci-do casi en un 50%, aunque seguía teniendo un volumen más 101 Estimaciones realizadas a partir de protocolos notariales gaditanos dan las cifras de 23 británicos en 1670 y 27 en 1690, según CARRASCO (1997), p. 333. Entre distintas relaciones nominales de ingleses residentes en Cádiz, procedentes de fuentes inglesas, la más extensa, la de 1671, recogía los nom-bres de 36 individuos, MARTÍNEZ RUIZ (2011), p. 181. Este autor afirma que la colonia mercantil inglesa de Cádiz era una de las más importantes del sur de Europa junto con la de Livorno, que contaría con 20 miembros, entre mercaderes y factores, en el tránsito del siglo XVII al XVIII. Otras factorías mercantiles, como la de Alicante, aunque importantes, eran más reducidas, MARTÍNEZ RUIZ (2008), p. 65. 102 PRO, SP 94/229, fs. 252 y 257. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 422 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 40 que considerable (47 varones103). Más notable aún era el cambio de su composición: no sólo los católicos irlandeses pasaban a ser ampliamente mayoritarios, sino que el conjunto se había renovado: no llegaban a una decena los nombres de 1702 que se repetían en 1717104. A pesar de contar con un apoyo minoritario, John Crosse, Jr., fue designado cónsul, sin duda porque para Londres resul-taba políticamente de mayor confianza. Durante décadas luchó por obtener la rebaja de los derechos con que las aduanas ingle-sas gravaban los vinos canarios, así como por que se permitie-se el comercio directo de Canarias con las Antillas británicas. En todas esas pretensiones fracasó, y la comunidad británica, rehecha parcialmente después de 1713, fue reduciéndose cada vez más. Si el mercantilismo inglés resultó inflexible, tampoco fue menor la voluntad de los gobiernos borbónicos de controlar el comercio con Indias. En el interior de esa pugna se encontra-ba el Archipiélago canario. La reducción de la comunidad inglesa fue paralela a la con-tracción del comercio anglo-canario, que en la tercera década del siglo XVIII se volvió deficitario para las Islas, debido al hun-dimiento de la exportación de sus vinos105. En 1729 ordenó Fe-lipe V la expulsión de los extranjeros herejes que hubiese en Canarias, por su participación ilegal en el comercio con Améri-ca. Los firmantes de una petición de apoyo dirigida al Foreign Office fueron seis, que probablemente eran los titulares de las casas comerciales de protestantes ingleses que quedaban106. Fi-nalmente la expulsión no se produjo, pero el número de los in-gleses continuó bajando. La imposibilidad de avecindarse impe-día a los negociantes protestantes gozar de los derechos que en 103 La cifra podría ser incluso superior, si fuera cierto que, como se dice al final del documento recogido en el Apéndice II, en la lista no figuran sir-vientes, aprendices y otros jóvenes de las casas comerciales de los que apo-yaron a Crosse Jr. 104 PRO, SP, Spain, 94/231, fº 10. Apéndice II. 105 MORALES LEZCANO (1970), pp. 171 y ss. 106 John Crosse Jr., John Crosse Sr., George Smith, William Campire, Peter Minshull, Peter Marett, British Museum, Additional Mss. 32761, fº 289. Reproducido por SERRA y RUIZ (1961). 423 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 41 materia de comercio tenían los naturales del país o los que se hubiesen naturalizado. Los irlandeses fueron desplazando a la población protestante y haciéndose con el control del comercio británico en Canarias. Cuando en 1744, momento de guerra con Inglaterra, el Tribunal ordenó hacer un padrón de los herejes asentados en el distrito, sólo quedaba una casa comercial de protestantes escoceses en el Puerto de la Cruz, en la que traba-jaban varios miembros de una misma familia. Hasta el final del Antiguo Régimen –hay datos de 1761, 1774, 1785, 1791 y 1802– la situación va a ser la misma: tres o cuatro familias protestan-tes en el Puerto de la Cruz y algunas menos en Santa Cruz, donde a veces no hay ninguna107. Las matrículas de extranjeros de la segunda mitad del siglo XVIII (1765, 1766, 1791, 1792, 1799) repiten esas cifras: el número de británicos (dejando apar-te a los irlandeses) oscila entre 4 y 7 individuos en todo el Ar-chipiélago, que en ocasiones ni siquiera eran ingleses, sino es-coceses108. No puede decirse, realmente, que constituyeran una comunidad. CONCLUSIONES La comunidad inglesa en las Islas Canarias tuvo un proceso de desarrollo, durante la Edad Moderna, que pasó por una fase de gestación en el siglo XVI, otra de consolidación institucional y de plenitud en el XVII, y una última de decadencia y extinción en el XVIII. Fue la más numerosa de las colonias extranjeras, si se excep-túa a los portugueses, cuyos perfiles como comunidad diferen-ciada eran difíciles de fijar, dada su mayor afinidad cultural con la población autóctona y su mayor vocación, y capacidad, de integración. Ninguna influyó tanto en la economía del Archipiélago, a no ser los genoveses en los primeros tiempos de la colonización de las islas de realengo. 107 FAJARDO (1981), pp. 19-20. 108 BRITO GONZÁLEZ (1999), pp. 219-260. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 424 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 42 Ninguna mantuvo una mayor cohesión e identidad, y un menor deseo de asimilación; y ello no sólo por razones religio-sas, sino porque su actividad mercantil se ejerció en el marco de unas redes que tenían su centro en la metrópoli, y en conse-cuencia ligaron su evolución y su destino a la política económi-ca, o simplemente a la política, de la misma. Hubo una general aceptación de la presencia de los protes-tantes ingleses, aunque la coexistencia no estuvo carente de ten-siones, en las que el factor religioso fue importante, unas veces como causa, y otras como síntoma y modo de expresarlas. Tam-bién a este respecto pueden señalarse tres períodos: en el siglo XVI, la confrontación religiosa llegó a ser un obstáculo para el comercio; en el XVII existió, pero no dificultó las relaciones; en el XVIII, la conflictividad confesional prácticamente desaparece. Los ingleses fueron, de entre los europeos, los extranjeros por antonomasia, los otros por excelencia, los menos reduc-tibles. Quizás por eso, y por el carácter relativamente epidérmi-co de su relación con los isleños, la herencia que dejaron no fue grande, y escasamente perceptibles sus huellas en la cultura canaria: ni en la arquitectura, ni en otras artes, ni en los apelli-dos…; apenas unas pocas palabras y algunos topónimos, que no es seguro que no procedan de una época posterior. Un lugar mayor, eso sí, ocupan en nuestra memoria colectiva. BIBLIOGRAFÍA ALLOZA APARICIO, A. (2006). Europa en el mercado español. Mercaderes, represa-lias y contrabando en el siglo XVII. 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APÉNDICE I Lista de los súbditos de Su Majestad al presente en Tenerife y en otras de las Islas Canarias109 Ambrose Roope; James Trollop; John Trollop; William Pouldon; Robert Davis; Dr. William Davis; Samuel Swan; Charles Read; Fitton Minshull; William Fowler, boticario; Elizabeth Fowler, su mujer; Char-les Fowler. su hijo; John Thomas; James Thornhull; John Larkin; John Smith; Edward Emys; Henry Fox; James Clark; Francis Minshull; Conyers Harrison; William Warren; John Palmer; Francis, criado de Mr. James Trollop; William Jacks; Hannah, doncella sirvienta de William Jacks; John Armstrong; Thomas Michell; Samuel Scott; William Sarson, su hijo; Mary Sarson, su hija; Benjamin Davies; Buckingham Bellamy; su mujer; hija, Elizabeth Bellamy; otro hijo; Joseph Marlyn en La Palma; Michael Biggers; William Careless; Benjamin Smally. Notar que todas las personas arriba nombradas son protestantes Siguen los nombres de los ingleses e irlandeses católicos romanos que están casados: 109 PRO, SP, 94/229, fº 246. 20 de noviembre de 1702. Hemos traducido y extractado el documento. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 428 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 46 John Whitton, inglés, protestante casado con Polonia Whitton, que tienen 4 o 5 hijos, todos católicos romanos; Charles Savage, inglés, padre de Polonia Whitton; Elizabeth su mujer, ambos católicos roma-nos; Matheo Rubins, inglés, casado con una española, que tienen 4 o 5 hijos, todos católicos romanos; Thomas Wadding, irlandés, casado con una española, que tienen un hijo; Gregory Linch, casado con una española, que tienen un hijo y una hija; Peter Linch, irlandés; Mary Linch, inglesa; Peter Linch su hijo; Francis Linch, otro hijo, todos ca-tólicos romanos; Thomas Powell, casado con una española; John Pullen, casado con una española, que tienen un hijo; Will, escocés, casado con una española, que tienen dos hijos; Dominick Bodkin, ca-sado con una española; Gilbert Smith, inglés, casado con una españo-la; Charles Moore, inglés, casado con una española, que tienen cinco hijos; Oliver, cirujano, casado con una española; Smally, casado con una española; Henry Bolton, casado con una española; John Collet, casado con una española; Thomas Carr, casado con una española; John Cavenah, casado con una española; William Fea, casado con una española; John Sturdy, inglés, casado con una española; Arthur Fowler, inglés, casado con la hermana del antedicho; Robert, casado con una española. Siguen los nombres de los ingleses e irlandeses católicos romanos solteros: John Pouldon; William Nicholls; Bernard Walsh; George Fitzgerald; Thomas Maguir, y tres criados suyos irlandeses, varones; John Linch; Charles Dyer; Peter Plowden; William Fiest, médico; James Shanaham; William Bennet, médico; Charles Colbert; Katharine Donogan; Christian; Ann Flavell, confinada en un convento de monjas. Además de los arriba mencionados están el Capitán John Grusilier y un criado suyo, franceses protestantes, capturados en un barco con-signado a Mr. Richard Mead. APÉNDICE II Memorandum de las casas del Comercio y otras personas particu-lares presentes aquí que se supone se han pronunciado en favor de Mr. John Crosse, senior, como Cónsul en estas Islas, a pesar de que dichas personas particulares no tienen derecho suficiente para votar en esta materia, pues nunca han estado autorizados para hacerlo en ningún asunto concerniente a nuestros intereses nacionales110: 110 PRO, SP, 94/231, fs. 10-12. Puerto de La Orotava, 30-VI-1717. Como puede advertirse, expresa la posición de los partidarios de John Crosse, Jr., si no es que fue redactado por él mismo. Hemos traducido y extractado el documento. 429 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 47 Mr. Bernard Walsh y Mr. Dominick Bernº White, Irish Roman Catholics, IRC («que deben ser considerados sólo como un voto y sólo como una casa de comercio»); Mr. Gilbert Smith; Mr. Joseph Maxey («el único individuo protestante del comercio que ha votado por Crosse Senior»); Mr. Thomas Macguier (IRC, antiguo «sirviente» de Walsh, y sólo últimamente con una casa comercial); Mr. Gregory Fitzgerald (IRC, cuñado de Walsh); Mr. Peter Murly (IRC, próximo a la Walsh Co.); Mr. James Roach (IRC, hasta hace poco sirviente de Walsh, que no tiene otro negocio que una tienda al por menor); Mr. Danael Drummond (IRC, dependiente de Macguier); Mr. Andrew Russell (IRC, cirujano); Mr. Robert Hope (protestante, pero desafecto, y que nunca ha sido negociante, sino que tiene una casa de huéspedes); Mr. Francis Brown, tenedor de libros de Francis y Peter de Keysar, flamencos; John Durant (British Roman Catholic, BRC, marino); Thomas Salmon (IRC, marino); Richard Brind (tonelero y tabernero); John Brind, Jr. (un jo-ven que llegó hace poco de Londres); James Simpson (un joven que llegó hace poco de Londres, no siendo al presente un hombre de ne-gocios); Charles Martin (BRC, destilador); Mr. Walter Walsh (IRC, sa-cerdote pariente de Mr. Bernard Walsh); Mr. Charles Crosse, hermano del dicho Crosse Sr., que llegó hace poco de Londres, no siendo al presente un hombre de negocios). William Warren, George Smith, Charles Maxey, Joseph Nicol, Patrick White, Thomas Pendergrasse, Tommy Brown, Tommy Fitzgerald, Johny Hayes, Joseph Neagle, Patrick Dunn, aprendices, sir-vientes y jóvenes, «además de otros no mencionados, la mayoría de ellos católicos romanos, allegados de Mr Walsh, Mr Fitzgerald, Mr White y nuestro ultimo Cónsul, algunos de los cuales no pasan de los dieciséis años, y no tienen de ningún modo derecho al voto». Memorandum de las casas del Comercio y otras personas particu-lares presentes aquí, súbditos de su Majestad, que se han pronuncia-do en favor de Mr. John Crosse, Junior, para ser Cónsul en estas Islas: Mr. Thomas Wadding, Mr. Thomas Trobridge, Mr. John Sturdy, Mr. Peter Plouden, Mr. Dominick Bodkin, Mr. Charles Savage, de todos los cuales se dice que son «principal independent house of businesse», y que han participado siempre en las votaciones de la comunidad a lo largo de los últimos 20 o 30 años, según los casos; Mr. Peter Minshull, al presente «our National Treasures», que ha vivido veinte años en la isla y sucedió a su tío Mr. James Traloop, cuya casa de negocios fue una de las principales, teniendo aún Mr. Minshull considerables inte-reses, de hasta 200.000 pesos de a ocho de valor; Mr. Edward Ford, Mr. Peter Marett, Mr. Robert Burell y Mr. William Berwick, que son todos «principal independent house of businesse» que en los pasados años han embarcado vinos y al presente lo hace, y pagan los «national dues», por lo que están intitulados para votar; Doctor Nicholas Shee, FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 430 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 48 médico; Mr. Richard Acock y Mr. David Murry, cirujanos; y otras varias personas que han votado en favor del dicho Crosse Junior, que son mercaderes y hombres de negocios de mayor o menor cuantía. Ha de advertirse que ninguno de sus aprendices, sirvientes ni otros jóvenes de las casas comerciales mencionadas (de los cuales hay un buen número) ha sido autorizado a firmar, como sí lo hizo Crosse Senior «in order to fill up paper and make a show».
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Calificación | |
Título y subtítulo | Una comunidad mercantil atlántica: los ingleses en las Islas Canarias / An Atlantic commercial community: the English in the Canary Islands |
Autor principal | Fajardo Spínola, Francisco |
Publicación fuente | Anuario de estudios atlánticos |
Numeración | Número 59 |
Sección | Historia atlántica |
Tipo de documento | Artículo |
Lugar de publicación | Las Palmas |
Editorial | Cabildo de Gran Canaria |
Fecha | 2013 |
Páginas | p. 383-430 |
Materias | Canarias ; Historia |
Copyright | http://biblioteca.ulpgc.es/avisomdc |
Formato digital | |
Tamaño de archivo | 166566 Bytes |
Texto | 383 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA: LOS INGLESES EN LAS ISLAS CANARIAS AN ATLANTIC COMMERCIAL COMMUNITY: THE ENGLISH IN THE CANARY ISLANDS Francisco Fajardo Spínola* Recibido: 13 de abril de 2012 Aceptado: 10 de julio de 2012 Resumen: El artículo pretende analizar el establecimiento en las Islas Canarias, durante la Edad Moderna, de una comunidad mer-cantil inglesa, y su evolución, aten-diendo a su situación legal, su vo-lumen, su organización, sus actividades, sus conexiones exterio-res, el papel que jugaron en la eco-nomía isleña, sus relaciones con la sociedad canaria y su grado de in-tegración. Se pasará revista a algu-nas de las publicaciones que han abordado las cuestiones referidas y a las fuentes que permiten su estu-dio, señalándose posibles direccio-nes en el futuro de la investigación. Palabras clave: Historia atlántica, Islas Canarias, comunidades mer-cantiles, mercaderes ingleses, co-mercio exterior británico. Abstract: The article analyses how a British merchant society set up in the Canary Islands during the early Modern Age and how it evolved le-gally, in size, organisation, activi-ties, external connections, the role that that community played in the island’s economy, its relations with the islands’ local social circles and the degree of integration. We will review some of the publications that have dealt with the aforemen-tioned issues and also the sources that allow for their further study, indicating possible future directions for research work. Keywords: Atlantic History, the Ca-nary Islands, merchant communi-ties, English merchants, British for-eign trade. * Profesor Titular del Departamento de Historia. Universidad de La La-guna. Campus de Guajara, s/n. 38071. La Laguna. Santa Cruz de Tenerife. España. Teléfono: +34922317789; correo electrónico: ffajardo@ull.es FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 384 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 2 INTRODUCCIÓN El desarrollo de los intercambios comerciales entre los paí-ses de la Europa occidental y en el ámbito del océano Atlántico dio lugar al establecimiento, sobre todo en las ciudades y villas litorales, de mercaderes que sirvieran de intermediarios entre productores y consumidores. Las características de las empre-sas mercantiles, muy a menudo de base familiar, así como las prácticas y técnicas de intercambio propias del capitalismo co-mercial de los tiempos modernos, que se fundamentaban en la confianza, exigían, o al menos aconsejaban, el desplazamiento personal. El estudio de los mercados, la selección de los produc-tos, el establecimiento de contactos o la búsqueda de oportuni-dades de negocio requerían el envío de factores a los lugares de mayor interés tanto para la venta como para el aprovisiona-miento de determinados artículos1. Ése es el fundamento del desarrollo de comunidades mercantiles, constituidas por merca-deres por cuenta propia, por comisionistas de casas de comer-cio radicadas en las metrópolis, así como por jóvenes enviados a formarse en las artes del comercio. Instalados algunos durante años, otros con una presencia menos estable, aunque a veces periódicamente repetida…, las comunidades mercantiles consti-tuyen «la base social del universo comercial»2. En la medida en que el surgimiento de una economía-mun-do suponía la existencia de vínculos y de intereses compartidos más allá de las fronteras políticas, las relaciones y las asociacio-nes mercantiles podían adoptar un carácter transnacional, y de hecho así sucedía. Sin embargo, el proceso de formación de los modernos Estados de base nacional, el desarrollo de políticas mercantilistas y el peso determinante de las relaciones interna-cionales sobre las posibilidades de asentamiento y de intercam-bios comerciales, llevaron a que las comunidades de mercade-res se organizaran en forma de naciones, factorías o colonias mercantiles definidas por su procedencia nacional. El interés 1 SAUPIN (2006), p. 29. 2 CHAUNU (1990), p. 255. 385 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 3 por el estudio de las comunidades extranjeras, que no es nuevo, parece haberse renovado al tiempo que las sociedades actuales se enfrentan con los problemas de las identidades colectivas, de la percepción del otro y de la integración/exclusión, como con-secuencias de los desplazamientos poblacionales y de las dife-rencias culturales3. La historiografía canaria ha dedicado un amplio espacio, con obras que no es necesario citar aquí, a la participación ex-tranjera en la colonización, en el poblamiento, en la puesta en explotación de las Islas y en el posterior desarrollo de relaciones comerciales con otros territorios. Esos procesos estuvieron acompañados del establecimiento en el Archipiélago de gentes venidas de distinto países europeos, que acabaron formando comunidades nacionales de diferentes magnitudes, influencia y arraigo. El estudio de la formación de la sociedad canaria mo-derna, producto de migraciones y de mezclas biológicas y cul-turales, es inseparable del de esos grupos de extranjeros; agen-tes, asimismo, de la inserción de Canarias en los grandes circuitos mercantiles europeos y oceánicos. Mi artículo trata de uno de los colectivos nacionales euro-peos de mayor importancia en la historia de Canarias durante la Edad Moderna, para el que usaré la denominación de ingle-ses a pesar de que bajo ese nombre se vayan a incluir también, sin diferenciarlos, a los escoceses, e incluso a algunos naturales de Irlanda para el período anterior al siglo XVIII. Hasta enton-ces, en efecto, los ingleses eran absolutamente predominantes en las Islas, dentro del conjunto de los británicos. Otra cosa sucederá en el Setecientos, período en el que los irlandeses van a ganar, como es sabido, un lugar propio y una hegemonía cre-ciente. Pero mi trabajo no se ocupará, para entonces, de ellos4. ¿Cómo y cuándo se constituyó en Canarias una comunidad inglesa, y cómo evolucionó: nacimiento, desarrollo y desapari-ción? ¿Cuáles fueron sus características específicas? ¿Qué di-mensiones llegó a tener y dónde se establecieron? ¿Quiénes la constituían, cómo se organizó internamente ese colectivo, qué 3 Véase AUGERON y EVEN (2010), p. 8. 4 Véase, al respecto, GUIMERÁ (1985). FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 386 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 4 relaciones mantuvieron entre sí los miembros que lo compo-nían? ¿Qué vínculos mantuvieron con su metrópoli? ¿Cómo se insertaron en la sociedad canaria? ¿Preservaron, y hasta qué punto, su identidad? ¿Fue el suyo un asentamiento temporal, o acabaron integrándose la mayoría de sus individuos en el seno de la sociedad receptora? ¿Qué problemas de convivencia sur-gieron? ¿Qué relaciones mantuvieron con los canarios y cómo fueron vistos por éstos? ¿Influyeron en la formación de la socie-dad canaria moderna, y si es así qué aportaron? Éstas son algu-nas de las cuestiones que nos proponemos abordar. Fuera de alguna referencia ocasional, no trataré de la imagen que de Canarias se forjaron los ingleses y su plasmación por escrito. Las fuentes, heterogéneas, de distinta naturaleza y valor, algunas más explotadas y otras cargadas de posibilidades, no escasean: protocolos notariales, documentos municipales, judiciales, inquisitoriales, eclesiásticos, gubernamentales, consulares, co-rrespondencia, biografías, narraciones de viajes, registros de aduanas y otros, tanto en los archivos españoles como en los ingleses. Si los factores económicos están detrás de la mayoría de los procesos migratorios, en el caso de los ingleses desplazados a Canarias hay que decir que ello sucede prácticamente en todos los casos que conocemos, sin que existieran motivaciones de índole política, religiosa o de otra naturaleza. Por supuesto, me refiero estrictamente a ingleses o escoceses, no a los irlandeses. En consecuencia, fue la evolución de fenómenos de tipo econó-mico, y más precisamente comerciales, o ligados al tráfico mer-cantil, la que marcó el ritmo y las etapas en las relaciones en-tre Inglaterra y nuestro Archipiélago; sin olvidar, naturalmente, las interrupciones debidas a acontecimientos de carácter bélico. En el período central de la Edad Moderna la economía insular se orientó hacia los mercados de la Europa del norte, singular-mente Gran Bretaña; si bien mantenía otro polo de atención, el de las Indias. Esa evolución estuvo sin duda condicionada por factores extrínsecos, pero también fue un efecto de los cambios producidos en Canarias en su oferta exterior, como consecuen-cia de la sustitución del azúcar por el vino como producto prin-cipal de exportación. Tenerife, primera productora con gran di- 387 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 5 ferencia, mantuvo el peso de las relaciones exteriores, tanto de exportación como de importación, redistribuyendo los produc-tos europeos por las demás islas y recibiendo de ellas subsisten-cias y fuerza de trabajo. Vino, ingleses y hegemonía de Tenerife se convirtieron en un trinomio fundamental en el seiscientos isleño; aunque esa unión se fue fraguando antes, de un modo que la investigación histórica no ha terminado de precisar; y aún continuó, languideciendo, durante el siglo XVIII. Atendien-do a tales criterios, el estudio de la comunidad británica en Canarias podría dividirse en tres períodos, correspondientes grosso modo a los siglos XVI, XVII y XVIII; o, si se prefiere: antes de 1604, entre 1604 y 1702 y después de esta última fecha. Es decir, estoy considerando como final y principio de etapas, en primer lugar el Tratado de Londres, y, en segundo término, el comienzo de la Guerra de Sucesión española. Dentro de cada uno de esos períodos, los conflictos bélicos hispano-británicos alterarían transitoriamente la situación. EL SIGLO XVI. LOS COMIENZOS La presencia de ingleses en Canarias durante la primera mitad del siglo XVI es escasa y esporádica. Cierto es que los documentos dan cuenta de mercaderes que compran azúcar u orchilla, e importan paños y otras producciones5; e incluso de alguno que reside por algún tiempo en las Islas, pero no es has-ta mediados de siglo cuando empezamos a encontrar a ingleses establecidos en el Archipiélago, como factores de mercaderes compatriotas suyos o actuando por su cuenta. El caso más no-table es, desde luego, el de Thomas Nichols, agente de una com-pañía londinense que vendía en Canarias, sobre todo textiles, y embarcaba azúcares y vino, que por entonces comenzaba a ga-nar el paladar de los consumidores ingleses. Lo que de él sabe-mos procede, básicamente, de las declaraciones contenidas en el proceso inquisitorial que hubo de padecer; de las que se des-prende tanto su práctica mercantil como su modo de vida, en 5 FERNÁNDEZ-ARMESTO (1996 ), pp. 256 y ss. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 388 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 6 sustancia igual al de otros factores de su nación, e incluso de otras. Nichols había sido enviado a Tenerife en 1556, encomen-dado a un mercader inglés, para que aprendiera la lengua cas-tellana, y seguramente los rudimentos del oficio. En una segun-da ocasión ya vino con la responsabilidad de representar a «sus mayores» en los negocios que tenían en las Islas, lo que lo obli-gaba a desplazarse desde Tenerife —tenía en La Laguna su casa y tienda— a La Palma, y a veces a Gran Canaria, donde vivía y actuaba otro agente de la misma casa comercial londinense, Edward Kingsmill. Ambos factores sufrieron vejaciones y atro-pellos de parte de los gobernadores tanto de Tenerife como de Gran Canaria, y Nichols, además, resultó procesado, como de-cimos, por la Inquisición. A ello se debió la notabilidad de su caso, y sobre todo a que fue el autor de una Descripción de las Islas Afortunadas, primer libro impreso dedicado íntegramente al Archipiélago, publicado en Londres en 1583 e incluido en 1599 en la muy conocida colección de viajes de Hakluyt, lo que aseguró su difusión. Con él, las Islas participarían temprana-mente en la fabricación de la leyenda negra; pues en la dedica-toria del opúsculo recuerda cómo estuvo preso «durante cinco años en la sangrienta Inquisición». No entraré en su contenido, pero sí querría llamar la atención acerca de cómo, inexplicable-mente, aún puede leerse, en algunas publicaciones serias recien-tes, que la obra data de 1526; error que Rumeu subsanó, corri-giendo a Bonnet y a otros autores anteriores, hace más de sesenta años6. La cuestión no es baladí, pues no es indiferente que el panorama trazado por Nichols se refiera a 1526 o a cua-renta años más tarde: por ejemplo, en lo que tiene que ver con la importancia que dice haber adquirido la exportación de vi-nos. En realidad, podemos afirmar además que, a no dudar, Thomas Nichols continuó recibiendo información sobre las is-las tiempo después de su salida del Archipiélago, como lo pro-baría que hiciera referencia a don Agustín de Herrera como conde de Lanzarote —y de Fuerteventura, escribe—, título que no le fue concedido hasta 1567. 6 RUMEU (1947), pp. 44-45; y (1947-1950) I, passim. CIORANESCU (1963) estudió otros documentos inquisitoriales, antes no vistos —el proceso de Nichols está muy fragmentado—. 389 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 7 Había algunos otros ingleses en las Islas, pero la presencia mercantil inglesa era poco densa, y, desde luego, muy precaria. Nichols fue el primer inglés procesado en Canarias por el San-to Oficio, en un momento –su causa se inició en 1560– en que, recién iniciado en Inglaterra el reinado de Isabel, comenzaba un período de tensas relaciones con la España de Felipe II. Como su caso pone de manifiesto, el deterioro de las relaciones políticas, la corrupción y avaricia de las autoridades, la insegu-ridad jurídica y la intransigencia religiosa hicieron difícil el es-tablecimiento de los ingleses. La segunda mitad del siglo XVI fue para ellos un tiempo de incertidumbre en sus relaciones con España. En ese sentido es paradigmático el proceso: un desliz del extranjero visitante, o una provocación por parte de alguno de los naturales podían dar lugar a una denuncia, fun-dada o no, y a partir de ella a muchísimos inconvenientes. Así sucedió con otros mercaderes ingleses. Pero también encontra-mos en el caso de Nichols otro fenómeno igualmente repetido: el apoyo, cuando no la complicidad, que algunos de estos ex-tranjeros encontraron en los medios canarios ligados al comer-cio exterior, como el propio Rumeu señalara a propósito de las relaciones entre John Hawkins y Pedro de Ponte, regidor y po-deroso hacendado, los Soler y otros propietarios tinerfeños7. La actitud de ellos contrasta con la de los Gobernadores de las is-las, movidos con frecuencia por la búsqueda del lucro personal. En suma, sin que hubiese una sistemática persecución de los ingleses protestantes, tampoco tenían éstos en el desempeño de sus negocios las garantías suficientes, lo que dificultaba un asentamiento estable. Como alternativa, el comercio se realizó muchas veces mediante la fórmula de acompañar las mercan-cías el mercader, quien en una corta estancia vendía, compraba y cargaba. Con todo, no faltaron ingleses que vinieron a Cana-rias y permanecieron en ella para comerciar, incluso en años de guerra. En 1575, en un momento en que se realizó una aproximación diplomática, se dispuso que no se procediera contra los ingleses que no hubiesen cometido delitos contra la fe en tierra espa- 7 RUMEU (1947-50), I, pp. 324 y ss. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 390 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 8 ñola8. Por primera vez se creaban unas ciertas condiciones de se-guridad para los ingleses protestantes, lo que debemos conside-rar un precedente de lo acordado por el Tratado de Londres de 1604. Con prudencia, y sobre todo con buenas conexiones, la si-tuación de estas personas llegó a hacerse bastante segura, inclu-so cuando algunas de sus actividades se desarrollaran en los lí-mites de lo legal. Un ejemplo, que en otro lugar hemos aducido, nos lo ofrece el caso de Jofre Lopes, mercader inglés residente en La Laguna, quien aparece en la documentación inquisitorial no sólo como agente comercial, sino como contacto de los ingleses que venían como corsarios, o que practicaban, a la vez o alterna-tivamente, corso y comercio. E incluso como protector de algu-nos marinos ingleses capturados como corsarios9. Fue denuncia-do en 1581 ante la Inquisición por haber defendido a la reina de Inglaterra como buena cristiana, y a la misma religión anglica-na. Aunque sus proposiciones fueron calificadas de luteranas, el Tribunal suspendió la causa, invocando las instrucciones de la Suprema10. Lopes continuó dedicado a sus actividades habitua-les incluso después de que se iniciase la guerra con Inglaterra. La guerra contra Inglaterra comenzada en 1585 supuso, en principio, una alteración radical de la situación existente, pues-to que durante dos décadas se interrumpió, oficialmente, el co-mercio, y en consecuencia debían desaparecer los comerciantes ingleses de los dominios hispánicos. La realidad es que el tráfi-co con el norte, aunque sufriera con la guerra, no se cortó, sino que continuó, encubierto de diversas formas. Las fuentes ingle-sas revelan que el vino canario seguía llegando a Gran Bretaña en la última década del siglo, directa o indirectamente11; y que 8 Carta acordada de 19-IV-1575, Archivo Histórico Nacional (AHN), In-quisición (Inq.), libº 578, fº 285. 9 RUMEU (1947-1950), II, p. 54, llega a sospechar que era un agente liga-do a los medios «del espionaje anglo-judaico». 10 «Una carta del Consejo —se escribe en el proceso— manda que no se proceda contra los ingleses si no fuere hereticando acá», Archivo de El Mu-seo Canario (AMC), Inq., CXL-22. 11 ALBERTI y CHAPMAN (1912), pp. XVII-XVIII. Ver la importación de vi-nos, por ejemplo, en Calendar of State Papers (CSP), Domestic Series, años de 1595-1597. Transporte de duelas y barriles a Canarias en 1593, CSP, Ireland, 1596-1597. 391 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 9 los paños ingleses abundaban en las islas de tal manera que, según escribía el regente de la Audiencia de Sevilla en 1598, no había lugar para las exportaciones peninsulares12. En 1591 Bartolomew Cole, mercader inglés que vino como escocés, reve-ló ante el Santo Oficio todos los pormenores de una fantástica trama comercial, explicando que desde Inglaterra llegaban a España barcos y mercancías, pasando por Alemania y Flandes o haciéndose pasar por flamencos, alemanes, escoceses y bretones13. En un informe inquisitorial de 1596, basado en las declaraciones de un inglés confinado en un convento de Garachico, se daban precisiones sobre al menos quince navíos arribados a ese puerto con falso pabellón, los nombres de ingle-ses que haciéndose pasar por escoceses vivían y negociaban en Tenerife, así como de muchachos enviados para aprender la len-gua. Al decir del informante, la armada inglesa que había asal-tado Cádiz ese año se había aprovisionado con vino de Tenerife. Todos lo sabían, pero lo callaban, desde los alcaldes hasta el gobernador. La Inquisición no se fiaba de su comisario en el lugar, e ideaba un ingenioso sistema para seguir recibiendo in-formación sin que su ministro se enterase14. Comenzaba a po-nerse de manifiesto un elemento que caracterizaría toda la Edad Moderna canaria: el de la sistemática vulneración de las normas que prohibían o limitaban el comercio exterior del Archipiélago, con la complicidad de los naturales, de los extranjeros estable-cidos en las Islas y de las autoridades encargadas de impedir, y en su caso perseguir, el trato clandestino. Capitanes Generales, Gobernadores, oidores, Jueces del Registro de Indias, comisa-rios del Santo Oficio, regidores, almojarifes y guardas de las aduanas aparecen implicados en él; de modo tal, que más que 12 «Y en las (islas) de Canaria es cierto que hay tanta ropa que la carisea y demás paños valen de valde», citado por GÓMEZ-CENTURIÓN (1988), pp. 301 y 317 (nota 222). 13 British Library, Egerton Mss. 1512, 2, fs. 29-51 vº. 14 El Tribunal ordenó al inglés ir haciendo relación de los navíos que en lo sucesivo viniesen de Inglaterra, quiénes venía en ellos, qué traían, con quién trataban, etc., todo lo cual debería comunicar «a su confesor a quien en confiçion se lo dira para que el escriva las dichas memorias y las entriegue al comisario», cerradas y selladas, para que sin abrirlas las remi-tiera al Tribunal, AHN, Inq., legº 2354. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 392 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 10 considerar el contrabando como un fenómeno ocasional, hay que verlo como un rasgo estructural de la economía isleña. Las Islas no podían vivir sin él. No sin fundamento, el Diccionario de Autoridades, al definir la voz contrabando, la ilustra con un ejemplo referido a Canarias15. Con todo, aunque hubiese clandestinamente mercaderes in-gleses en las Islas, no creemos que para el siglo XVI se pueda hablar de una comunidad de esta nación; y ello no sólo porque legalmente no estaba autorizada, sino porque no hay pruebas de la existencia de un grupo de comerciantes ingleses numeroso y estable. EL SIGLO XVII. STATUS LEGAL Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL El segundo, y principal, de los períodos que hemos estable-cido comienza en 1604. El Tratado de Londres, que ponía fin a dos décadas de guerra, permitía a los protestantes ingleses co-merciar en España, siempre que no dieran escándalo ni come-tieran ofensas en materia de religión. La Inquisición consiguió en 1610 que se recortara el alcance de tales permisiones, limitándolas a los herejes que estuvieran de paso, pero no a los residentes16, prohibición que se burlaba considerando que los comerciantes protestantes, aunque tuviesen «casa poblada», no eran residentes fijos. Se prohibía que pudiesen tener posadas en los puertos, aunque más tarde se precisó que eso no impedía que los mercaderes establecidos alojasen en sus casas a quienes viniesen a comerciar con ellos17. En caso de problemas, eso sí, se aducía el carácter ilegal de su estancia, de modo tal que po-día procederse a la expulsión inmediata de los eventuales infractores. Pero, pese a tales ambigüedades, las bases legales de 15 «De las Islas de Canaria passan todos los años muchos navios à los Puertos de nuestras Indias, cargados de vinos, lienzos y otras mercaderias de contrabando», Diccionario de la lengua castellana…, 1729, II, p. 559. 16 AMC, Inq., XIX-13. Tal disposición fue repetida en 1612, 1616 y 1620. 17 Carta acordada de 19 de mayo; y luego carta acordada de 28 de agos-to de 1620: «Esto se entienda de los que reziven huéspedes por dinero, pero no de los factores y Agentes, los quales pueden recivir a los correspondien-tes y personas que con ellos vinieren a tratar y comerciar», AMC, ibidem. 393 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 11 la presencia de protestantes extranjeros en España estaban ya fijadas. El acuerdo se suspendía en los momentos de guerra, como aconteció en los años de 1625-1630 y de 1655-1660, úni-cos conflictos con Inglaterra que hubo en todo el siglo XVII; pero al volver la paz se renovaban las estipulaciones de 1604, como sucedió en 1630 y de nuevo en 1667. Lo mismo puede decirse de los diversos tratados firmados entre las dos coronas en el siglo XVIII, al final de cada una de las más numerosas guerras con el Reino Unido en esta centuria: 1713, 1721, 1729, 1748, 1763 y 1783. La ruptura de hostilidades traía consigo la interrupción de las relaciones y tratos habituales en tiempos de paz, incluido el comercio; la expulsión de los súbditos del país enemigo que pudieran estar residiendo, o de paso, en el otro; y la adopción de medidas de represalia económica, incluidos los embargos e incautaciones de bienes y mercancías. Esa situación de guerra se dio, como hemos expuesto, en 1625, en 1655 y en 1702; por no referirnos a fechas posteriores, en las que la presencia ingle-sa en las Islas era mínima. La peor conocida de esas represalias, por lo que se refiere a Canarias, es la primera de ellas. En el Archipiélago el conflicto coincidió con la reimplantación, después de más de tres décadas de vacío, de la más alta magistratura, la de los Capitanes Gene-rales. Andía Irarrazábal llegó a Las Palmas en julio de 1625, pero en junio del año siguiente regresó a la Península, sin ape-nas haber intervenido en la materia que nos ocupa: hizo dete-ner a algunos ingleses y embargó sus bienes —que, al parecer, habían intentado ocultar—; pero luego los soltó y suspendió los embargos, en ausencia de órdenes precisas al respecto. Su suce-sor en la Capitanía General de las Islas, Juan de Ribera Zambrana, llegaría a mediados de 1629. Para entonces ya se había expulsado a los ingleses no católicos: en junio de 1627, el Gobernador de Tenerife ordenó su salida en un plazo de quin-ce días, lo que cumplieron al menos ocho18. El más importante 18 Conocemos los nombres de Nicholas Tenche, John Foller, Josias Dean, Miguel Onte y Roberto, criado de Henry Isham, todos los cuales se embar-caron por Garachico, AMC, XXXI-15. A ellos se añaden Guillermo y Benjamin Hal. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 394 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 12 miembro de la colonia inglesa, Henry Isham, alegó ser católico y pudo permanecer. Y no sólo eso, sino que en los años de la guerra parece haber monopolizado en buena medida las relacio-nes entre cosecheros y mercaderes, como se denunció por el Cabildo de la Isla. Las relaciones comerciales, una vez más, se mantuvieron, por más que sufrieran con el conflicto. El vino seguía vendiéndose a ingleses y holandeses, que llegaban a la isla con falsos pabellones e identidades, con la complicidad de gobernadores, regidores, alcaldes y almojarifes. Las pretensio-nes de la Real Audiencia de procesar a Isham chocaban con la oposición del Capitán General, quien, interesadamente, lo pro-tegía. Los ministros del Santo Oficio estaban, como muchos de los vecinos de Tenerife, implicados también en la trama del co-mercio clandestino. Los embargos y prisiones realizados por orden del Tribunal quedaron, finalmente, en nada19. En 30 de marzo de 1656, rotas las hostilidades como conse-cuencia del ataque inglés a las posesiones españolas en Améri-ca y la toma de Jamaica, se ordenó la salida de todos los ingle-ses de los dominios hispanos, la confiscación de sus propiedades y la prohibición del trato. Así sucedió con los ingle-ses establecidos en las Islas, con la excepción de algunos católi-cos casados en el país. Como muestra la documentación de la represalia, estudiada por Alloza, los embargos de que fueron objeto los ingleses se hicieron no sobre propiedades, mercancías o dinero, sino que recayeron sobre las deudas –que ascendían a 80.000 ducados– que cosecheros o intermediarios tenían con-traídas con ellos como producto de los anticipos que les habían sido concedidos, y que se incautaban en beneficio de la Real hacienda20. Hubo canarios, así como otros extranjeros, que se prestaron a ocultar propiedades y bienes de sus socios o amigos ingleses, haciéndolos pasar por suyos21; aunque quizás también 19 FAJARDO (2002b). 20 ALLOZA (2006, 2008). 21 Pedro Fernández Bestre, vecino de Garachico, pleiteaba en la Real Audiencia, después de la guerra, para recuperar los bienes que le habían sido embargados porque presuntamente pertenecían a ingleses, entre ellos unas casas en el Puerto de La Orotava que en 1655 le habían cedido ante notario los ingleses John Turner y William Throcmorton. Arch. Histórico Provincial de Las Palmas de GC, Audiencia, 5736. 395 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 13 algunos deudores lograsen eludir sus pagos o sacasen partido de la situación. El Capitán General Alonso Dávila fue acusado de avisar a algunos mercaderes amigos para que huyesen a tiempo, de apropiarse de bienes, ocultar deudas de otros y aceptar so-bornos22. Por lo que se refiere a la exportación de vino con des-tino a Inglaterra, continuó durante la guerra, no sólo mediante barcos holandeses23, sino, según documentación inglesa, tam-bién en navíos británicos24. Finalizado el conflicto, muchos de los mercaderes ingleses que operaban en las islas continuaron sus negocios en ellas, a pesar del quebranto que les había su-puesto la represalia. La situación se restableció de modo tal que, paradójicamente, se utilizó su red financiera para enviar a la Península dinero procedente de la represalia25. De la represalia realizada sobre los bienes de los británicos en Canarias a partir de 1702, sólo contamos con las referencias que aparecen en fuentes inglesas. Como en ocasiones anteriores, los súbditos británicos fueron expulsados, con la excepción de determinados católicos casados con españolas26. Ciertos merca-deres fueron encarcelados, según parece para forzarlos a entre-gar sus libros de cuentas y a declarar sus bienes. Aunque algu-nos pudieron esconder centenares de pipas de vino, con la 22 Por todo ello, resulta muy difícil evaluar la cuantía real de los intere-ses que los ingleses tenían en Canarias. Al decir de don Miguel de Salinas, oidor de la Real Audiencia, el valor de los bienes que debían haber sido ob-jeto de la represalia ascendería a 500.000 ducados, «según el común juicio de los prácticos» (Archivo General de Simancas, AGS, Estado, legº 3995), lo que parece sumamente exagerado. Salinas había sido nombrado en 1660 para ocuparse de los pleitos pendientes de la represalia, después de que el también oidor Larrea, designado para «la averiguación de estos fraudes», renunciara, según Salinas «por el terror y miedo que le pusieron los ejemplares frescos sucedidos tan atroces con D. Pedro Gómez del Rivero», visitador cuya casa en La Laguna había sido asaltada para frenar sus investigaciones acerca del contrabando con Indias. 23 ALLOZA (2008), p. 1664. 24 FAJARDO (2005). 25 En 1663 se remitieron a Cádiz 60.000 reales, pertenecientes al caudal de la represalia, a través de cuatro letras de cambio libradas por Thomas Borras y por Edward Baker y Cª, de Garachico. AGS, Estado, 2981. RODRÍGUEZ YANES (1992), p. 101, hace referencia a una de ellas. 26 FAJARDO (2002). FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 396 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 14 complicidad de socios o amigos canarios, en general sufrieron un considerable quebranto de sus fortunas. Dwyryd Wyn Jones estima que las pérdidas de los ingleses de Canarias fueron muy superiores a las de sus compatriotas de la Península, por la le-janía y la dificultad para sacar sus haciendas27. El cónsul Roope escribía en 1703 que las confiscaciones habían sido, sin compa-ración, muy superiores a las deudas que los británicos pudieran tener con la Corona española28. El caso seguramente más grave —como reconocería el cónsul John Crosse después de la Gue-rra— fue el de James Trollope, mercader inglés que había vivi-do en Tenerife durante más de 40 años. Según exponían sus so-brinos y herederos en una petición dirigida a la Reina, el valor de lo incautado ascendía a 1.262.196 reales, equivalentes a 29.054 libras, aparte de lo que le fue tomado y ocultado sin so-meterlo a valoración. La petición se acompañaba de un Memo-rial de las propiedades y efectos embargados a Trollope, según copia obtenida de los registros de la Junta de Represalias en Madrid. Las tres cuartas partes correspondían a un adelantado de 800.000 reales que el difunto había hecho a la real Hacienda en el tiempo de Carlos II a cuenta de las aduanas de las Islas, y que le habían sido incautados por la Corte madrileña. El resto eran tributos, viñedos, casas en diferentes localidades, cuentas con cosecheros, etc.; propiedades que en varios casos habían pa-sado a sus manos, mediante pleitos, como consecuencia del im-pago de deudas, y que son una muestra más del grado de pene-tración e influencia de algunos de estos mercaderes en la economía de las Islas; con las consiguientes reacciones de envi-dia y de resentimiento por parte de los isleños, varios de ellos víctimas suyas29. La cohesión de la comunidad inglesa, como de otras, se ex-presaba, y se consolidaba, a través de acciones en defensa de sus intereses colectivos. Es a partir de la década de 1630 —sin negar que las hubiera anteriores— cuando encontramos tales 27 JONES (1988), pp. 144 y 274. 28 Public Record Office (PRO), State Papers (SP), 94/229, fº 257. 29 Aparte de la casa de su habitación en el Puerto de La Orotava, Trollope aparecía en posesión de otras en Icod, La Orotava, La Laguna y Las Palmas, British Library, Additional Mss., 70162. Miscellani Mss. 397 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 15 actuaciones colectivas, que muestran la existencia, de hecho, de una comunidad que se reconoce como tal, aunque careciera de una expresión institucional. La protesta por los derechos exigi-dos por los ministros del Santo Oficio en las visitas de navíos y por el modo en que éstas se hacían movilizaron a los mercade-res de esta nación en repetidas ocasiones. En 1636 un grupo de seis mercaderes ingleses residentes en Tenerife elevaron al Con-sejo de la Inquisición un escrito al respecto que, no existiendo cónsules, encabezaba Henry Isham, dirigente de facto de la co-munidad británica en la isla30. En un Memorial de los mercade-res de Londres que comercian con las Islas de Canarias, probable-mente de 1650, se pedía al Consejo de Estado inglés que interviniese ante la Corte de Madrid para que se pusiese fin a los atropellos de que supuestamente eran víctimas en las Islas los mercaderes de su país establecidos allí, por parte del Capitán General, Carrillo de Guzmán. Se trata, seguramente, del mismo caso que dio lugar a la protesta formulada en abril de 1650 por una decena de mercaderes ingleses residentes en Tenerife ante la Corte, demandando el respeto de las condiciones pactadas en las paces entre las dos Coronas31. Pedían también en el mismo escrito que se les nombrase un juez conservador, como tenían los ingleses en Andalucía, es decir, un juez privativo que enten-diese en todas las causas en que se viesen implicados, evitando así la intervención en ellas de diferentes jurisdicciones. Las paces firmadas en 1660, seguidas por el tratado de 1667, abrieron una nueva etapa, con relaciones más estables e institucionalizadas. En 1660, es decir en los comienzos mismos de la Restauración, se nombró por primera vez un cónsul britá- 30 AMC, Inq., CLXIII-66. Uno de los firmantes era Marmaduke Rawdon, quien, de hecho también, le sucedería en esa función; los otros eran John Lambell, John Chikly, Robert Grove y Matheo de Inquinson [?]. Entre los testigos llamados para que declarasen acerca de la práctica que se seguía, estaban Thomas Cowling, Robert Breton y Marmaduke Squier. 31 Archivo Histórico Provincial de Santa Cruz de Tenerife (AHPSCT), legº 1650, fº 58. RODRÍGUEZ YANES (1992), p. 94. Los mercaderes apoderaron a uno de ellos, Robert Breton, para que los representara en Madrid. MORALES LEZCANO (1965), que publicó el Memorial londinense, lo situaba cronológi-camente entre 1644 y 1650, período en el que Carrillo de Guzmán había sido Capitán General. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 398 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 16 nico en Canarias, nominación que recayó en Leonard Clerke, un mercader establecido en Tenerife32. A partir de entonces, van a ser los cónsules –que eran también mercaderes– los que estén al frente de las reclamaciones promovidas por la colonia. En ese mismo año, Clerke encabezó a un grupo de varios comerciantes y maestres ingleses que se negaron en el puerto de La Orotava, con ruidosas protestas, a pagar los derechos de las visitas de la Inquisición a los navíos33. En 1675 de nuevo, el cónsul «y demás hombres de negocios de la nación inglesa que residen y comer-cializan en las Islas de Canaria» se dirigieron al Consejo de la Inquisición quejándose del perjuicio que les causaban los minis-tros del Tribunal34. Sin duda, la posición de los ingleses en los dominios españoles era más sólida que antes, y su desparpajo aumentaba, consiguientemente. Los cónsules ingleses se establecieron inicialmente en La Laguna, sede del Cabildo y residencia del Capitán General y del Juez Superintendente de Indias, autoridades con las que habi-tualmente tenían que tratar; pero pronto se desplazaron al Puer-to de la Cruz, donde radicaba lo más importante de la actividad mercantil. En la práctica, compartían sus gestiones entre un lugar y el otro. Habitualmente contaron con vicecónsules en Las Palmas y en Santa Cruz de La Palma, e incluso en algún otro de los puertos tinerfeños, siempre como delegados suyos. Los cón-sules debían velar por que se respetase lo establecido en los tra-tados de paz, en aquellas cuestiones que fuesen del interés de la comunidad; representaban a ésta ante las autoridades, incluso en causas judiciales; intercedían por los compatriotas en dificul-tades; hacían de albaceas testamentarios, se ocupaban de los bienes de los que fallecían sin testar; resolvían controversias entre mercaderes, o entre maestres y marineros, incluso dete- 32 PRO, SP, Spain, 94/44, fº 154. Confirmación de Leonardo Clerke (o Clerque, en los documentos españoles) como cónsul en Tenerife, con jurisdic-ción sobre todas las Islas. William Baltar, inglés católico casado con una canaria, residente en el Puerto de la Cruz, parece haber ejercido informal-mente como cónsul de la nación inglesa al menos en una ocasión anterior, en 1652, según GALINDO (2006), p. 477. 33 AMC, Inq., CXIX-15. 34 AMC, Inq., CLXXIV-70. 399 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 17 niendo y enviando a Inglaterra a los infractores de las leyes in-glesas, con la ayuda eventualmente de las autoridades españo-las. Por el ejercicio de sus funciones consulares cobraban dere-chos a los maestres de los barcos y a los mercaderes de su nación que operasen en las Islas, lo que no dejó de ser motivo de conflictos35. Innegablemente, la existencia de cónsules no sólo proporcionaba una mayor seguridad, sino que era también signo de la existencia comunitaria como nación36. En 1669 fue nombrado el Capitán General juez conservador de la nación inglesa, papel que, después de algunas indecisiones iniciales, desempeñaron los generales hasta el final del Antiguo Régimen. No dejaron de tener los ingleses problemas con sus jueces conservadores, pero éstos por lo general favorecieron y facilitaron la actuación de los británicos, unas veces por consi-derarlos indispensables para el funcionamiento de la economía insular, y otras en beneficio propio. LOS INGLESES EN LA ECONOMÍA ISLEÑA A partir de la paz de 1630, el comercio del vino no sólo se recuperó, sino que pronto superó los niveles alcanzados antes de la guerra37, y debió de mantenerse al alza hasta las turbulen-cias políticas de mediada la centuria. La desaparición del mer-cado de las colonias lusas, sobre todo el de Brasil, a partir de 1640, tornó mucho más importante el comercio con el Norte. En el mismo sentido operaba la desaparición por razones polí-ticas, aparte de los portugueses, de otros competidores, los ho-landeses y los franceses. Poderosas comunidades inglesas sur-gieron en distintas zonas de la Península, sobre todo en Andalucía, donde desde 1645 disfrutaron de privilegios mercan- 35 En 1662 el consul Clerke tuvo disputas con los mercaderes por la cuan-tía de esos derechos. CSP, SP, Spain, 94/44, fº 221. Richard Owen, cónsul entre 1678 y 1688, hubo de sufrir también el agrio enfrentamiento de una parte de los miembros de la factoría, STECKLEY (1972), p. 246. 36 Para el consulado británico en Canarias en el siglo XVIII, GUIMERÁ (1995). 37 STECKLEY (1981), p. 31. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 400 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 18 tiles. Sus compatriotas en Canarias mantuvieron con ellas estre-chas relaciones y en buena medida vieron en ellas un comple-mento y un modelo. En ese cuarto de siglo de pacíficas y cada vez más intensas relaciones entre Canarias e Inglaterra la comu-nidad británica en las islas creció y se afianzó. Es la época do-rada que describe la Biografía de Marmaduke Rawdon38. El papel de los ingleses en la economía insular fue cada vez más importante. En manos británicas estaban la exportación del vino de malvasía y la importación de vitales manufacturas y alimentos. Para maximizar sus beneficios intentaron contro-lar todo el proceso de producción: adelanto de dinero y de gé-neros a los viticultores, traída de madera de pipas, de trigo y de pescado salado. Adquirieron, además, un peso creciente en las relaciones interinsulares y en el comercio local, en las finan-zas y, aunque sea imposible de evaluar, en el tráfico americano, participando incluso en el arrendamiento de rentas reales, ecle-siásticas y señoriales. Los miembros de la factoría mantenían correspondencia no sólo con su país de origen, sino también con la Península y con otras tierras, donde tenían socios, fac-tores y agentes. Formaban parte —como sugiere el título de mi trabajo— de una comunidad mercantil atlántica, internacional y cosmopolita, que merecería ser estudiada en su conjunto, o al menos superando la limitación que supone un enfoque pura-mente local. Fuente de extraordinario interés para el estudio de las rela-ciones económicas entre las Islas y Gran Bretaña constituye la correspondencia comercial de algunos de los mercaderes ingle-ses que actuaron en Canarias. El Public Record Office londinense conserva dos colecciones pertenecientes a las déca-das centrales del siglo XVII: la primera la componen las cartas y cuentas enviadas entre 1644 y 1647 por John Turner, residen-te en Tenerife, a Rowland Wilson, Sr., y M. Bradgate, de quienes el primero era factor en las Islas39. La segunda colección la for-man más de un centenar de cartas escritas entre 1648 y 1661 por John Paige, que residía en Londres, a sus socios William 38 GUERRA (1994). 39 PRO, Chancery (C.), 110/151. Permanece inédita. 401 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 19 Clerke y Gowen Paynter, establecidos en las Islas40. El período de tiempo que cubre esta última correspondencia se extiende, pues, desde los últimos años de la Guerra Civil inglesa hasta los comienzos de la Restauración. Por lo que de ellas se desprende, Paige fletaba los barcos con destino a las Islas, contrataba los seguros marítimos, compraba las mercancías que había de ex-portar, conseguía aprendices para enviar al Archipiélago y lleva-ba todos los asuntos legales de la Compañía. Clerke y Paynter recibían los barcos, vendían los bienes que venían en ellos y los cargaban con vinos y productos de las Indias occidentales para enviarlos a Londres. Allí, Paige los recibía y vendía, o los reex-portaba: en la correspondencia aparecen sus tratos con merca-deres de Amberes, Rouen, Nantes, Burdeos, Bilbao, Lisboa y otros puertos. No siempre hacían negocios juntos: Clerke, que residía en La Orotava, enviaba vinos a otros mercaderes, y tenía varios parientes que participaban regularmente en el tráfico con el Archipiélago, a título individual o en negocios conjuntos con los otros socios. Paynter, suegro de Paige, era el principal agen-te en Canarias de los mercaderes de Bristol. John Paige fletó barcos para enviar a las Islas los más variados productos: pes-cado de Terranova o del West Country; trigo de Holanda, Fran-cia y Berbería; ropa y otras manufacturas de Inglaterra. Inclu-so trabajó en la organización de un viaje a la busca de esclavos. El esquema básico era el de fletar un barco para las pesquerías de bacalao de América del Norte, llevarlo a España y cambiarlo allí por vinos, productos coloniales y plata. Varias veces Paige, Clerke y Paynter siguieron ese modelo, con la particularidad de que la plata obtenida en España la usaban para comprar en Canarias. Paige animaba a Clerke a tomar prestado en las islas, pero también era necesario facilitar medios de pago por otras vías. En la correspondencia de John Turner, el instrumento co-mercial empleado era la letra de cambio en las plazas andalu-zas, Madrid, Bilbao, Amberes, e incluso Portugal o Génova. En cuanto a los productos coloniales enviados a Paige desde las islas, aparecen los cueros bovinos, el palo de Campeche, azúcar, colorantes, jengibre y tabaco de Varinas. 40 PRO, C., 105/112. Ha sido publicada por STECKLEY (1984). FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 402 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 20 Las formas de asociación mercantil que aparecen en los ca-sos anteriores son absolutamente típicas: factores que son re-presentantes de «sus mayores» radicados en Inglaterra; compa-ñías formadas por los mercaderes desplazados a las islas y a veces también por otros en la metrópoli; vínculos familiares como soporte esencial de las relaciones mercantiles. La docu-mentación, notarial y de otra naturaleza, nos muestra ejemplos de mercaderes en Canarias que comercian con sus parientes en Inglaterra41; de asociaciones, por lo general de dos o tres miem-bros, sin lazos conocidos de parentesco42, o con ellos —padre e hijo, tío y sobrino, hermanos—, ya sea coexistiendo, ya sucediéndose unos a los otros43. Las fórmulas eran diversas, mixtas y cambiantes. Como hemos visto, factores o socios de una compañía podían tener a su vez otro tipo de negocios por su cuenta. La estructura familiar de la actividad daba lugar, para su continuidad, a procedimientos de renovación genera-cional característicos, que a veces comenzaban con el envío de jóvenes, confiados a parientes, socios o amigos, para que apren- 41 E. Bland (h. 1640, con sus hermanos); H. Negus (h. 1650, con herma-no); W. Clapham (h. 1650, con hermano); M. Rawdon (para su padre, un importante mercader londinense de vinos que lo envió a las islas en 1631); H. Spiecer (h. 1670-1680, desde La Palma, con su pariente M. Spiecer, anti-guo mercader en la misma isla); T. Warren (h. 1650, con hermanos); V. Enys (h. 1670-1700, con su padre), E. Flavell (h. 1670-1700, con un pariente); J. Holder (h. 1670-1690, con hermano); J. Meade (h. 1690-1700, con su padre); G. y J. Smith (h. 1660-1690, con R. Holder, su cuñado); R. Wescombe, Sr. (h. 1680-1690, con sus hermanos, que desde Londres trataban con la Península). 42 H. Negus y Th. Bonfoy; G. Paynter y W. Clerke; F. Body y D. Stephens; W. Throckmorton y J. Turner; M. Casby y M. Cocquerel; W. Couse y L. Clerque; W. Reid y W. Shipman; R. Edwards y J. Trollop; E. Flavell y R. Wescombe; J. Pendarves y S. Swan; R. Wescombe Sr., E. Flavell y R. Bluett; D. Negus, R. Bluett y J. Whitton. 43 H. y D. Negus (hermanos, el segundo vino más tarde); W. y Th. Bulkley (hermanos, el segundo vino más tarde); Joseph y John Lambel (parientes, el segundo vino más tarde); John Crosse, Jr. (1708-1730), consul, James Crosse (1712-1724) su hermano y D. Crosse (1719-1726), su sobrino; E. Flavell y su sobrino Robert (1681); J. Holder (Tenerife), primo de M. Spiecer (La Palma); G. y J. Smith, hermanos; R. Wescombe, Sr. (1672-1688) y Jr. (1688-1690), su hijo, quien lo sucedió; John Holder (1676-90) y John Holder (1707), parien-tes; M. Rawdon y su sobrino; T. y W. Borassas; J. Gregory y su tío W. Couse; R. y E. Baker. 403 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 21 diesen la lengua, conociesen las particularidades del negocio y se iniciasen en la práctica mercantil. Quizás luego comenzaban siendo agentes de otros, antes de actuar por su cuenta, solos o asociados. Después de años destacados en las Islas, muchos ter-minaron su carrera negociando con ellas desde Inglaterra. Tal fue el caso de un buen número de los fundadores de la monopolística Compañía de Canarias44, pero también de otros, antes y después. Las relaciones mercantiles de base familiar no sólo se establecían entre Canarias e Inglaterra, sino con la pe-nínsula (Andalucía, Madrid, Bilbao) y con América (Nueva In-glaterra y Barbados). La existencia de una flota anual de barcos ingleses que venían en convoy a las Islas —la Canary fleet— daba consistencia y regularidad a la relación mercantil, pero también humana: en la visita de un navío realizada por la In-quisición en el Puerto de la Cruz en 1674 aparece como pasaje-ro un inglés que viene «a ver estas islas, y que se ha de volver»45. Capitanes y maestres de barcos participaban en negocios o en-cargos más o menos ocasionales. La asociación mercantil de los ingleses con otros extranjeros residentes en las Islas o con españoles debió de ser excepcional, a juzgar por lo que conocemos a partir de la consulta de proto-colos notariales. Fuera de algún negocio ocasional, sólo apare-cen compañías de ámbito regional y de menor importancia. Algo más común es encontrar a canarios como apoderados de los ingleses, lo que, si a veces viene a significar que actúan como factores suyos46, en otras encumbre que realmente son meros testaferros de los británicos en actividades que les estaban veda-das, como el comercio americano o el arrendamiento de rentas reales. Las relaciones con la población insular derivadas de las ac-tividades económicas que los ingleses realizaban sí eran, en 44 Bonfoy, Th. Bulkley, A. Ingram, D. Negus, J. Casby, G. Paynter, R. Pierson, M. Rawdon, M. Spiecer, W. Throckmorton, John Turner, Th. Warren, J. Webber, R. Casby, John Cross, Sr. (primero), W. Couse, Robert Edwards, N. Maxey, R. Meade, Robert Raworth, W. Reid, J. Sayer, J. Thomas, G. Fitzgerald. 45 AMC, Inq., CXIV-4 B. 46 RODRÍGUEZ YANES (1992), p. 89. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 404 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 22 cambio, muy frecuentes, y a menudo estrechas: empréstitos y otros servicios financieros no sólo a cosecheros, grandes y pe-queños, sino también a la generalidad de los vecinos, con fines diversos —entre ellos, el rescate de cautivos47—; adelantos de mercancía a tenderos y vendederas, con las correspondientes liquidaciones periódicas; distintos tratos con personas de condi-ción muy diversa48; venta de esclavos en el mercado insular, generalmente a plazos49; venta al por menor en las propias tien-das de los ingleses; cuentas con los toneleros; contratación de barqueros; relaciones con los guardas de la aduana… El adeudamiento a los ingleses de 80.000 ducados –según la represalia de 1656–, como consecuencia de los anticipos hechos a los cosecheros por cuenta de los vinos de la próxima vendi-mia, obligaciones por compra de mercancías diversas, présta-mos a comerciantes, e incluso al Cabildo de la isla50, es una elo-cuente prueba del papel que ocupaban en la economía insular. Lo mismo puso de manifiesto la represalia de 1702, según más arriba referimos. No es nuestra intención, sin embargo, exten-dernos en los aspectos económicos; los más necesitados, por otra parte, de estudio. LA COLONIA POR DENTRO. ENTRE LA IDENTIDAD Y LA INTEGRACIÓN La colonia inglesa se había ido consolidando, como hemos visto, desde antes de la mitad del siglo XVII, afirmándose como un colectivo que había desarrollado vínculos internos y usos sociales propios. Elementos de su cultura y vida cotidiana re- 47 De 1624 es una letra de cambio remitida desde Canarias a Sevilla por un mercader inglés, por importe de 1.100 reales de plata doble, recibidos en las islas de manos de una mujer canaria y destinados al rescate de su mari-do, British Library, Mss. Sloan, 3827. 48 En 1654, la Inquisición embargó a David Stephen, mercader residente en Tenerife, 500 fejes de arcos de madera para pipas y 100 pipas, por valor de 7.000 reales, porque el inglés era deudor del obispo de las Islas, al que el Tribunal había impuesto una multa de 4.000 ducados, AMC, Inq., CXLI-17. 49 FAJARDO (2011). 50 ALLOZA (2008), p. 1663. 405 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 23 producían las formas de vida de su patria. Henry Isham, el más influyente miembro de la colonia en las décadas de 1620 y 1630, parece haber sido el primero en introducir en Canarias un co-che de caballos de factura inglesa51. La Biografía de Marmaduke Rawdon, interesantísima narración de la estancia en Tenerife, entre 1631 y 1655, de este personaje, noble y acomodado mer-cader52, refiere cómo en la Hacienda de los Príncipes, en El Realejo, que tenía arrendada, se alojaban y lo visitaban otros compatriotas, que allí podían beber cerveza de Inglaterra y ju-gar a los bolos o al billar. También tenían, por lo general, su propio médico, el Dr. Peugh, uno de los excursionistas que par-ticiparon en una ascensión al Teide cuya Relación publicó la Royal Society londinense53; y que seguramente es la misma as-censión referida en la Biografía. Entre la curiosidad científica y el ocio placentero, estas actividades, ajenas a los naturales, constituyeron formas de sociabilidad que fortalecían las relacio-nes de carácter personal en el interior de la comunidad. En este siglo de progreso de la astronomía y de la óptica, el cónsul Leonard Clerke miraba a la luna «con un óculo largo» desde el balcón de su casa del Puerto de la Cruz, según fue informado el comisario del Santo Oficio54. También Edmond Smith, cónsul a finales del siglo XVII, tenía en su casa «dos óculos largos»55, no sabemos si sólo para mejor avistar los navíos que llegaban. En 1645 visitó el comisario inquisitorial de La Orotava las casas de los mercaderes ingleses herejes del lugar, para saber qué libros prohibidos tenían. No se trataba de quitárselos, pues les estaba autorizado tenerlos para su uso propio, sino de llevar un control sobre los mismos a efectos de impedir que fuesen leídos por los católicos. En el informe de esa visita se describen las pinturas que adornaban las paredes de las casas, «con algu-na profanidad», y se relacionan los libros que poseían, que no se limitaban a vocabularios, libros de práctica mercantil o de navegación, sino que incluían lecturas de placer; que ocupaban 51 STECKLEY (1972), p. 241. 52 GUERRA (1994). 53 MORALES LEZCANO (1965-1966). 54 AMC, Inq., CXLVI-27, fº 35, año de 1678. 55 British Library, Mss., Egerton 1512, fº 417. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 406 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 24 sin duda parte de su tiempo, y que compartían, pues varios de ellos declararon tener en préstamo obras pertenecientes a otros compatriotas56. Una de esas bibliotecas, la del mercader John Pendarves, residente en el Puerto de la Cruz, inspeccionada e inventariada por el Santo Oficio en 1680, se componía de más de quinientos volúmenes, a los que otros ingleses, y al parecer ciertos canarios, a juzgar por las denuncias, tenían acceso57. También tenía libros, en cantidad mucho menor, el cónsul Smith: en el inventario de las pertenencias de su casa en el Puerto de La Orotava, realizada por el Santo Oficio al procesar-lo en 1700, se contaban 54, en diferentes lenguas, aunque por desgracia no se relacionaban sus títulos. El mobiliario, armas, pinturas, objetos y mercancías de su casa, lo mismo que la ropa que llevó a la cárcel, abundante y variada, dan idea del confort del que podía disfrutar en Canarias un mercader inglés media-namente acomodado58. Los informes inquisitoriales nos hablan de múltiples formas y ocasiones de sociabilidad de los ingleses protestantes, muchas de ellas organizadas en torno a las ceremonias de la fe que com-partían (entierros, bautizos, matrimonios, lecturas religiosas, actividades de sus predicadores), pero también otras de carác-ter civil e incluso lúdico. En las afueras del Puerto de la Cruz, hacia finales del siglo, se reunían en casas de recreo. Según su biógrafo, Rawdon trajo a la isla un pastor protestante, el Dr. Buch, para el servicio de la colonia inglesa, lo que, desde luego, no autorizaban los tratados de paz. A finales del siglo hay que-jas por sus ceremonias religiosas y se rumoreaba que contaban con ministros que oficiaban en ellas, «que disen son los que andan sin cavelleras postisas»59. Algunos censos inquisitoriales de los herejes asentados en las Islas nos arrojan información no sólo acerca de su número, 56 AMC, Inq., Col. Bute, vol. XX, 2ª serie, fs. 49-54 vº. 57 Incluía clásicos griegos y latinos, literatura inglesa, francesa, italiana y española, libros de filosofía, de medicina, de cirugía, de matemáticas, de náutica, de geografía, de comercio, de historia, de arte militar, de viajes, gra-máticas y vocabularios, etc., FAJARDO (2011). 58 Véase nota 55. 59 AMC, Inq., XCIX-8, fº 246. Año de 1696. 407 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 25 sino también sobre sus pautas de residencia. En La Orotava, en 1645, había nueve mercaderes ingleses herejes, que vivían en cinco casas. El alojamiento en común, en casas generalmente arrendadas, parecía ser la tónica dominante, seguramente para compartir gastos, pero también por razones de afinidad y bús-queda de compañía y apoyo recíproco en un medio extra-ño. Entre los bienes embargados a los ingleses en 1656, apenas había —como se ha indicado— propiedades inmobiliarias: sólo cinco de ellos tenían casa propia60. Según una informa-ción inquisitorial de 1667-1668, de la que haremos más amplia mención, había 73 ingleses residentes en La Laguna, La Orotava y su Puerto. De ellos, unos pocos (solo 4) vivían con españoles, y el resto se repartían en 20 casas, en 15 de las cua-les había amas canarias, y muchas veces también criados isle-ños, así como algunos mulatos y mulatas, quizás esclavos61. Probablemente los ingleses que figuran como «criados» fueran ayudantes o aprendices, más que servidores domésticos. En La Laguna vivían en calles céntricas —Real, de los Mesones—, en casas que debían de ser alquiladas, puesto que se daba el nom-bre de sus dueños. Se trataba de un modelo de residencia que parece responder a un asentamiento que se concebía como temporal. En los censos de extranjeros confeccionados por el Santo Oficio, que más abajo se mencionarán, no hay ninguna refe-rencia a mujeres inglesas. Esto nos habla de un colectivo en general escasamente integrado en la sociedad isleña, cuyos in-dividuos parecen estar de paso, aun cuando en ocasiones pasa-ran décadas en el Archipiélago. Aunque no faltan ejemplos de ingleses que se casaron con naturales, se trataba antes del final de la centuria de un fenómeno relativamente esporádico, que no afectaba en lo esencial a la composición de la comunidad nacional. Por otra parte, no encontramos ejemplos del matri- 60 Eran Juan Pintor, Joseph Lambel, Juan de Davear [?], Thomas Cowling, y Guillermo Clerque, ALLOZA (2008), p. 1667. Los dos últimos eran católicos y estaban casados con naturales. Cowling fue uno de los pocos mercaderes ingleses que permaneció en las Islas durante la guerra. 61 AHN, Inq., legº 2374. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 408 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 26 monio de mujeres inglesas con canarios62. En efecto, la colonia inglesa había estado formada exclusivamente por varones has-ta quizás la última década del siglo XVII, momento en que empezamos a encontrar la llegada de mujeres inglesas, algunas casadas y otras por casar, al tiempo que hallamos un mayor número de matrimonios mixtos. Puede resultar sorprendente que todo esto sucediera sobre todo en la década de 1690, mo-mento de dificultades en las relaciones anglo-canarias. Quizás la naturalización, previo matrimonio, se buscaba como vía aconsejable para el progreso en los negocios, o quizás aún no se percibía la crisis como inevitable. Con todo, tampoco para esas fechas conocemos matrimonios de inglesas con canarios, a pesar de lo que escribía, alarmado, el comisario del Santo Oficio en La Orotava63. En aplicación del tratado de paz de 1667, el Capitán Gene-ral permitió a los ingleses disponer de un lugar en el Puerto de la Cruz en el que enterrar a sus muertos. No sabemos con exac-titud cuándo comenzó a funcionar, pero consta ya la existencia de un recinto murado destinado a ese fin, el «entierro de los ingleses» que dicen los documentos, a comienzos de 167464. Sería la churchyard, que por lo que sabemos serviría también para ceremonias religiosas no sólo funerarias, y como lugar de encuentro de miembros de la comunidad. Un espacio para la sociabilidad de los componentes de la colonia. Y un lugar de memoria también en la historia del Puerto de La Orotava, y de toda Canarias65. Por lo que sabemos, fue hasta el siglo XIX el 62 Hemos consultado los libros de matrimonio de las parroquias de La Concepción (La Laguna), Santa Ana (Garachico), y Nuestra Señora de la Peña de Francia (Puerto de La Orotava); y, además, los expedientes de liber-tad (Solterías y Viudedades) de los archivos diocesanos de La Laguna y Las Palmas. 63 El ministro de la Inquisición se preguntaba si no sería «máxima de aquellos heresiarcas (…) que por una parte los comerciantes dominen las haciendas y por otra las mujeres ganen los corazones para facilitar nuestra ruina», AHN, Inq., legº 2379. 64 AHN, Inq., legº 1833-26, fº 1. 65 La Chercha aparece ya, con esa denominación, en el plano de Antonio Riviere, de 1741. 409 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 27 único cementerio protestante de España66; e incluso en el resto de Europa debieron de ser muy escasos67. Las comunidades extranjeras no eran totalmente homogé-neas, ni tampoco monolíticas. Las divisiones políticas en la metrópoli tuvieron sus ecos en Canarias, en el seno de los bri-tánicos, en más de una ocasión. Durante la guerra civil de la década de 1640, los ingleses del Archipiélago parece que toma-ron partido, en su mayoría, por el rey, sirviendo la hacienda del citado Marmaduke Rawdon como refugio de royalists persegui-dos por Cromwell. Otras veces fueron cuestiones económicas las que los dividieron. La creación en 1665 de la Compañía de Ca-narias suscitó la oposición de algunos de los ingleses residentes, quienes adoptaron posturas tibias cuando no contrarias a la misma, y parece que alentaron algunas de las acciones de los isleños frente al monopolio. La reacción de su gobierno fue la de hacerlos comparecer en Inglaterra para rendir cuentas de su conducta, ante lo cual alguno solicitó «asilo político» convirtién-dose al catolicismo68. En 1675 se denunció en el Cabildo de Tenerife que algunos ricos comerciantes ingleses –se citaba en particular a Robert Edwards– eran los auténticos arrendadores de las rentas reales, utilizando personas interpuestas, lo que contravenía una real pragmática. Lo sorprendente es que la mayoría de los ingleses se pusieron de parte del Cabildo, por temor a que el arrendamiento de rentas redundase en un mono-polio en manos de Edwards69. En la década de 1690 se enfrentaron en Tenerife orangistas y jacobitas, mediante pasquines (de los segundos), y hasta físi-camente. En marzo de 1699 recibió el Tribunal del Santo Oficio 66 GIRÓN y ARENAS (2003) afirman que el primer cementerio protestante se estableció en Málaga en 1831. Hubo, al parecer, otros anteriores (Tarragona, Bilbao, del siglo XVIII), aunque quizás sin continuidad. 67 En Francia, desaparecidos después de la revocación del edicto de Nantes, sólo comienzan a autorizarse en las décadas posteriores al Tratado de Utrecht, como fue el caso de La Rochelle, EVEN (2010), p. 240. El cemen-terio protestante de Lisboa, ciudad tan vinculada a los ingleses, es del siglo XVIII. 68 Fue el caso de Edward Prescott, médico y mercader. AMC, Inq., VIII- 14, 1666. 69 RODRÍGUEZ YANES (1992), pp. 167 y ss. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 410 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 28 dos memoriales, sin firma pero supuestamente respaldados por una docena de ingleses e irlandeses, contra el cónsul británico Edmund Smith, al que acusaban de amenazar e injuriar a los que se reducían, hasta el extremo de haber embarcado a algu-nos, a la fuerza, para Inglaterra. Se añadieron denuncias de que acogía a pastores anglicanos en su casa, donde se celebrarían ceremonias religiosas; lo que los tratados de paz no autorizaban. Como trasfondo de las acusaciones estaba la división de la co-munidad británica, una parte de la cual –la mayoritaria, orangista– apoyaba al cónsul, mientras que la otra intentaba reemplazarlo. Los irlandeses, católicos, jugaban un papel cada vez más importante, y a ellos se unían los ingleses convertidos, pero también algunos protestantes desafectos, partidarios de los Estuardo. Los inquisidores —contra el Capitán General— detu-vieron y procesaron a Smith, que finalmente fue multado y ex-pulsado de las Islas, dando lugar a un incidente diplomático que llevó a la intervención del mismo monarca inglés70 . RELACIONES CON LA POBLACIÓN CANARIA. LA CONFRONTACIÓN RELIGIOSA La Biografía de Rawdon refiere sus aparentemente excelen-tes relaciones con la elite dirigente de la isla, lo mismo que con las principales autoridades, tanto civiles como eclesiásticas: vi-sitas del Capitán General a su hacienda; préstamos al obispo; amistad con los curas que lo alojaban cuando salía a cazar; tra-to con señoras distinguidas... Incluso visitas a los conventos de clausura de dominicas y de clarisas de La Laguna, episodio con-firmado por la documentación inquisitorial, donde se lee que tenían «muy frecuente comunicación y grande familiaridad, que llaman devoción, en los conventos de religiosas»; porque, ha-biendo entre ellos médicos y cirujanos, acudían a curar a las monjas, causando escándalo «por lo mucho que se detienen dentro de los dichos conventos»71. Aunque podamos poner en 70 British Library, Mss., Egerton 1512, nº 8, fs. 247 y ss. 71 AHN, Inq., legº 2372-2, carta del Tribunal al Consejo de la Inquisición de 26-IX-1651. 411 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 29 duda la imagen idílica que transmite la Biografía, ésta constitu-ye un valioso testimonio —y no es el único— de que esas rela-ciones cordiales entre ingleses y españoles existieron. Leonard Clerque, mercader y cónsul, mantenía con el obispo conversa-ciones y comunicación epistolar72. Desde luego, no faltaban motivos de discordia, roces y sus-picacias, porque a las diferencias de religión, de costumbres y de lengua había que sumar la enemiga política y el resentimien-to por el papel que los ingleses jugaban en la economía canaria. Sin duda, la tensión era particularmente aguda en determinados momentos. Así sucedía con ocasión de los conflictos bélicos, aunque la actitud de la población canaria no siempre coincidía con la de sus autoridades o con las directrices que venían de Madrid. La situación creada por el Tratado de Londres de 1604, que permitía la estancia de protestantes en tierras españolas, no fue fácil de aceptar por los sectores más intransigentes en materia de religión73. Al Santo Oficio llegaban no sólo testificaciones recogidas por los comisarios, sino escritos de algunas autorida-des civiles, dando cuenta de los desmanes de varios de ellos. Algunos religiosos alertaban, en sermones y en escritos al Tribu-nal, acerca de los peligros que podían seguirse de las «liberta-des » de los ingleses. Posiblemente algunos de los extranjeros se sintieron lo bastante seguros como para responder a las provo-caciones de los católicos, e incluso para adoptar actitudes irres-petuosas o irreverentes. Los jóvenes aprendices de comercio, en casas católicas o de mercaderes protestantes, solían mantener con mayor calor controversias religiosas, o tenían conductas particularmente descomedidas. Algún proceso nació del com-portamiento ambiguo o imprudente de algunos extranjeros sim-plemente por ignorancia de las diferencias, las costumbres o la sensibilidad religiosas. Con todo, la aceptación de la presencia protestante se fue imponiendo, sin grandes dificultades. Los inquisidores actuaban con prudencia, conscientes de que «en 72 AMC, Inq., LXXXIX-4. 73 «Recelamos mucho su continuada asistencia en la isla de Tenerife», escribía el inquisidor Hurtado de Gaviria, al tratar de los ingleses, AHN, Inq., legº 2366, carta del Tribunal al Consejo, 24-XII-1607. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 412 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 30 esta materia es justo andar con pies de plomo»74; y, desde lue-go, eran sensibles a las necesidades y a las circunstancias del comercio: estar esperando barco, ser el período de la vendimia, etc. «Desde que están en estas islas no ha resultado cosa de consideración contra los dichos ingleses», escribía al Tribunal el inquisidor Martínez, enviado de visita a Tenerife en 1626, ya empezada la guerra con Inglaterra75. Después de 1631 era más clara aún la voluntad de no enturbiar las relaciones con los in-gleses, reanudadas entonces. Entre 1640 y 1700, ningún protes-tante fue encarcelado por el Santo Oficio, y apenas hubo media docena de causas contra extranjeros por proposiciones, irreve-rencia o tenencia de libros prohibidos, todas las cuales acabaron suspendiéndose. Eso no significa que la tensión religiosa entre comunidades desapareciera, ni el celo y la vigilancia en los medios eclesiásti-cos e inquisitoriales. Para éstos, la presencia de los protestantes siempre resultó incómoda, aunque se la aceptase como un mal necesario, se recurriese a ellos en los negocios y hasta se tuvie-sen en ocasiones buenas relaciones personales. Desde las prime-ras décadas del siglo, los informes inquisitoriales están llenos de referencias a extranjeros que tenían hijos con mujeres de la tie-rra con las que estaban amancebados76. Los inquisidores orde-naron a sus comisarios que advirtiesen a los extranjeros de que, bajo pena de 500 ducados, no embarcasen a los hijos que tuvie-sen con mujeres canarias, y a éstas que no se lo consintiesen77. A mediados de siglo, varios religiosos denunciaron desde los púlpitos que los ingleses que residían en la isla tenían comuni-caciones carnales escandalosas78. En 1651 se expuso en el Cabil-do de Tenerife que era notorio que «muchas mujeres de esta ciudad se iban a casa de los ingleses tapadas a tratar y comprar 74 Ibidem, carta del Tribunal al Consejo, 22-IV-1608. 75 British Library, Egerton Mss., 1512. 76 «Como (…) nunca han traido mujer alguna de su nación, comunican con las católicas destas islas, teniendo hijos en ellas», AHN, Inq., legº 2372- 2, carta del Tribunal al Consejo de 26-IX-1651. 77 AHN, Inq., legº 2368, carta del Tribunal al Consejo de la Inquisición de 6-IV-1620. 78 AHN, Inq., legº 2372-2. Año de 1651. 413 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 31 algo de sus tiendas», y luego entraban en sus casas y comunica-ban con ellos; «y así esta ciudad está llena de tiendas de mozas hermosas con mercaderías de los dichos ingleses»79. Se decía temer por la fe de esas mujeres, y ese mismo cuidado llevaba a los inquisidores a expresar al Consejo su preocupación por los criados católicos que vivían en las casas de los ingleses herejes que estaban de asiento, así como por los esclavos negros que tenían. Los medios clericales anglófobos, y entre ellos la Inqui-sición, se quejaban de la protección que los ingleses encontra-ban en el Capitán General, su juez conservador; pareciéndoles particularmente escandaloso que sus ministros bautizasen y casasen, aunque fuese a bordo de los barcos. Da la impresión de que la presencia protestante fue sentida muchas veces como la de incómodos testigos. En una carta del deán y Cabildo catedralicio al Rey, de 1614, se decía que la fal-ta de caridad de los anteriores obispos era un mal ejemplo para los extranjeros que comerciaban en las islas, «que lo murmuran harto»80. Se contaba que el prodigioso sudor, en 1648, de una imagen de San Juan Evangelista, en la parroquia de La Concep-ción de La Laguna, había maravillado de tal modo a algunos protestantes ingleses, que incluso «dicen que se convirtió uno u otro». Dos años más tarde, esta misma ciudad se conmovió con la aparición, en un corral, de un huevo en cuya cáscara estaba escrito: «Mª fue conçebida sin pº origl»; y, cuando se descubrió que todo había sido una broma, preocupaba particularmente «el qué dirán los herejes que estan aquí»81. En otras ocasiones nos hemos planteado si las relaciones con los protestantes afectaron de algún modo a las creencias y actitudes religiosas de la población católica de las Islas. De he-cho, un cierto número de españoles, canarios o peninsulares, fueron denunciados, y en ocasiones procesados, como sospecho-sos, sobre todo por proposiciones que, según los inquisidores, eran expresión de un contagio ideológico nacido de los contac-tos con extranjeros. Numerosas fueron las denuncias contra canarios, y contra ingleses convertidos al catolicismo, por comer 79 AMC, Inq., LXIII-5, fº 201. AHN, Inq., legº 2372-2. 80 AHN, Consejos, 15.213. 81 FAJARDO (1999), pp. 34-35. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 414 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 32 carne en días prohibidos acompañados de protestantes82. Algu-nas noticias, no muy precisas, hacían referencia a canarios que se hicieron protestantes en Inglaterra. Otros casos son más cla-ros, y entre ellos destaca el de Juan Estrada, joven natural de La Laguna que navegaba con los ingleses que atacaron Santo Do-mingo y Jamaica cuando, en 1655, fue hecho prisionero. Proce-sado por el Tribunal de Cartagena de Indias, confesó que fue llevado a Londres, siendo niño, por el mercader Leonard Clerque, y allí instruido y convertido al anglicanismo. Volvió a Canarias, seguramente al servicio del inglés, y en las islas con-tinuó, durante varios años, en su nueva fe, regresando de nue-vo a Inglaterra. Aunque se nos aparece como singular, podría ser representativo de otros casos que no conocemos, como él mismo parecía insinuar83. En nuestra opinión, aunque de nin-gún modo pueda afirmarse que hubo un núcleo de protestantes canarios, el trato con extranjeros, en las Islas o fuera de ellas, condujo a algunas pocas personas a posiciones religiosas próxi-mas a las de la religión reformada, e incluso a algunos, en nú-mero reducido, a pasarse a ella. Seguramente fueron más aque-llos a los que esa comunicación llevó a actitudes tolerantes, que suponían relativizar las propias costumbres y aceptar la existen-cia de las ajenas. Aunque no hay que entender los procesos his-tóricos como lineales e irreversibles, no es de despreciar el efec-to que tuviera sobre la cultura colectiva de los canarios su coexistencia con individuos de otra religión; como se dio igual-mente en otras regiones de la periferia española. La confrontación religiosa se manifestó de modo particular en el esfuerzo por lograr la conversión de los protestantes al catolicismo. La población católica no regateaba esfuerzos con-ducentes a ese fin. Comerciantes, artesanos, marineros o traba-jadores tuvieron una decidida participación en el proceso de la conversión de sus pupilos, ayudantes o colegas. Los muchachos 82 FAJARDO (2003b), pp. 162 y ss. 83 En su defensa, pidió «se hiciese aberiguacion de cómo era muy hordinario en tpo. de paçes embiar de las Islas de Canaria algunos mercade-res sus hijos a Inglaterra, para comunicar y aprender la lengua inglesa», AHN, Inq., Libs. 1021 y 1022, Relaciones de causas de fe de la Inquisición de Cartagena de Indias. 415 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 33 ingleses que vivían en casas de católicos, como aprendices de comercio o para aprender la lengua española, fueron objeto predilecto del celo proselitista. Al lado de esta actividad espon-tánea y es presumible que esporádica de los seglares, estaba la de los eclesiásticos, que acudían a los protestantes para tratar-les de religión. Un importante papel desempeñaron, como intér-pretes o como instructores, los extranjeros católicos, especial-mente los irlandeses, eclesiásticos o laicos. Por parte de los protestantes, en algunos casos se pusieron obstáculos, intentando disuadir a los que querían convertirse o prohibiendo a los católicos visitar a los que caían enfermos. Marinos desertores de los navíos ingleses, o que incluso se ha-bían sublevado, encontraron un modo de no ser castigados manifestando que querían hacerse católicos. La Inquisición va-loraba y protegía cualquier gesto externo que significase propó-sito de conversión; perjudicando a los intereses de comercian-tes y de capitanes extranjeros y sometiendo a las familias protestantes a molestias, abusos y vejaciones. Situaciones par-ticularmente tensas y hasta dramáticas se producían cuando se trataba de la conversión de menores contra la voluntad de sus padres84. De los 325 protestantes extranjeros que se hicieron católicos en Canarias en los siglos XVII y XVIII, 258 (un 77%) eran bri-tánicos85. Las conversiones fueron un mecanismo de integración de extranjeros en la sociedad isleña, en la medida en que la adhesión al catolicismo les hacía perder su condición de here-jes y los volvía socialmente asimilables. Así lo comprobamos cuando tenemos constancia de su posterior matrimonio con católicas. Pero las reducciones obedecieron con mucha frecuen-cia a circunstancias muy coyunturales (desertores, prisioneros de guerra...); el rastro de la mayoría de los convertidos se pier-de —no sólo porque fuesen gentes humildes— y es de sospechar que muchos regresaron a su tierra. 84 El caso más grave y extremo fue el de Ana Flavel, hija de un comer-ciante inglés, sacada de su casa en La Laguna y llevada a un convento, en 1699, so pretexto de que la niña, de siete años, voluntariamente quería con-vertirse y sus padres se lo impedían, FAJARDO (2000a). 85 FAJARDO (1996). FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 416 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 34 El fortalecimiento del mercantilismo inglés con la Restaura-ción (Navigation Act de 1660, Staple Act de 1663) creó unas con-diciones en las que las relaciones mercantiles se hicieron más difíciles y tensas. La Compañía de mercaderes de Londres que negocian para las islas de Canaria, instituida en 1665, significa-ba un monopolio típicamente mercantilista que beneficiaba en primer lugar a sus socios, unos en Londres y otros en Tenerife, en detrimento no sólo de los intereses de los canarios, sino tam-bién de otros ingleses, mercaderes menos poderosos o de otras localidades. Esta vez sí hubo un ambiente general de indigna-ción en la isla. En 1666 se sucedieron diversos actos contra los ingleses, que culminaron en el conocido episodio del Derrame de Garachico —la rotura violenta de barricas de vino pertenecien-tes a mercaderes británicos que iban a ser embarcadas—, detrás del cual posiblemente estuvieron las autoridades locales y los regidores de la comarca, pero que se cubrió con una especie de conspiración de silencio. Notable fue la implicación del clero, parroquial y conventual, por sus intereses, por conexión con el sentir popular y quizás con una dosis de ideología86. La anglofobia, como en otras ocasiones, anteriores y posteriores, se presentaba con el discurso de la lucha contra la herejía. Las dificultades en el comercio afectaron a las relaciones de los isleños con los británicos asentados en su suelo, lo que se manifestó de modo muy vivo en la última década del siglo XVII. Si los extranjeros eran odiados porque ya no dejaban en las Is-las, comprando su vino, la riqueza de antes, no lo eran menos porque el suministro de muchos productos de primera necesi-dad estaba en sus manos. Esa renovada animosidad se expresó en una agudización de la confrontación religiosa. En el Puerto de la Cruz —según el cónsul Smith—, algunos frailes predicaron desde el púlpito, en más de una ocasión, contra los «herejes», llegando a decir que, si no se iban, había que arrojarlos al mar87; lográndose evitar la violencia, en una de ellas, por la interven-ción del párroco88. Otros roces se produjeron por distintos mo-tivos, entre ellos, por la actitud bravucona de los capitanes de 86 BÉTHENCOURT (1993); RODRÍGUEZ YANES (1992), pp. 101 y ss. 87 PRO, SP 94/229, fº 56. 1696. 88 Ibidem, fº 73. 417 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 35 los navíos de guerra que escoltaban a los barcos que llevaban el vino89. Se estaba en las vísperas de la Guerra de Sucesión, ter-minaba una etapa en las relaciones comerciales entre Canarias e Inglaterra; comenzaba la extinción de la comunidad inglesa en el Archipiélago. Posiblemente el deterioro de la situación econó-mica, y también de la convivencia, aceleró los procesos de inte-gración/ naturalización, lo que dio lugar, a su vez, a disensiones en el seno de la factoría. LA COLONIA BRITÁNICA: SUS EFECTIVOS NUMÉRICOS A partir de 1605 comienza a haber en Tenerife de modo esta-ble una comunidad de mercaderes ingleses, aunque sus miem-bros, a título individual, se fuesen renovando. No sabemos, para esos primeros momentos, cuántos eran los miembros de esa co-lectividad, cuál era su composición y cómo evolucionó durante la primera mitad de esa centuria, toda vez que carecemos de cual-quier tipo de recuento, que sería la fuente más adecuada. Los protocolos notariales, infrautilizados en esta isla a esos efectos, permitirían, pese a sus lagunas para el siglo XVI y las primeras décadas del XVII, una aproximación, siempre que se procediera con las debidas cautelas metodológicas; contando la presencia de los extranjeros en las escrituras de un año determinado, y compa-rando el resultado con otras catas semejantes realizadas en dis-tintos momentos. Contar con cifras o nombres que no estén refe-ridos a una fecha precisa no nos sirve, sin más, para saber cuál era el volumen del colectivo en cuestión; como tampoco vale con-fundir en unas mismas listas a transeúntes y a residentes o veci-nos. En todo caso, los problemas de representatividad de la docu-mentación notarial habrían de ser tenidos en cuenta: no todos acudían al notario, o no lo hacían con la misma frecuencia. Es conocido, desde que Millares Torres lo publicó, el Memo-rial del Tribunal de Canarias al Consejo de la Inquisición, de 15 de junio de 1654, en que se afirmaba que «sólo en la isla de Tenerife hay más de 1500 protestantes, ingleses y holandeses»90. 89 FAJARDO (2002). 90 MILLARES (1981), III, pp. 155-156. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 418 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 36 Al año siguiente, con ocasión de un grave enfrentamiento con el obispo, los inquisidores repetían ese número91. Hace tiempo que tenemos dicho que el Santo Oficio, que no desconocía la reali-dad, exageraba muchísimo, por no decir que, por sus convenien-cias, mentía; y que hay que desechar totalmente tal cifra, que algunos aún repiten aunque relativicen su validez. ¿Cuál era, realmente, el número de ingleses asentados en Canarias? No contamos con ningún censo completo del siglo XVII, pero sí con varios informes y relaciones de las principa-les localidades. Como más arriba se dijo, en 1645, obedeciendo una orden del Tribunal, el comisario de La Orotava visitó las casas de los mercaderes ingleses herejes que había en el lugar y su puerto, dándose los nombres de diez92. Aunque el Puerto de la Cruz ya estaba arrebatando a Garachico la primacía en la exportación, no había «casas de mercaderes ingleses que allí estén de asiento». En 1668, según un informe del comisario de La Lagu-na, había en esa ciudad 11 ingleses. Habían sido expulsa-dos todos, dos años antes, pero ya habían —quizás no todos— retornado93. Seguramente por la misma fecha, había en La Orotava 30, incluyendo «criados»94; y 32 en el Puerto de la 91 AHN, Inq., legº 2372-1, carta de 16 de enero de 1655. 92 AMC, Inq., Col. Bute, vol. XX, 2ª serie, fs. 49-54 vº. Guillermo Clerque, Andres Coque, Joan Pintor, Felipe Vard, Evan Pieugh, John Turner, William Trockmorton, Hugo Hasel, Arthur Michel Borne y Joseph Lanbel. Se mencio-naba a John Carbel, ya difunto (y aparentemente fallecido en Tenerife). 93 El comisario, respondiendo a una orden del Tribunal cuya fecha des-conocemos, escribía el 23-10-1668 que, cuando se le había pedido la relación de extranjeros herejes que había en la ciudad, «en la ocasión no los avia porque estaban fuera de la ysla por averlos echado por la injuria y delito de la Compañía, oy que ay ya algunos ya en esta ciudad doy quenta a VSª […]». Menciona a Guillermo Cus, y en su casa a Jacob Gregorio su sobrino, a otro sobrino cuyo nombre no conocía, a un criado protestante y a otro católico, el irlandés Joan Guiller; Carlos Per y Guillermo Yo; Jacob, cuyo apellido desconoce, y un criado inglés; Christóbal Bret; y otro inglés al que llamaban El Cuécaro (cuáquero), AHN, Inq., legº 2374. 94 John Smith, Thomas y Diego Bleque, Henry Guarner, Simón, Thomas y Robert Borrasas, Guillermo Clerque, Ricardo Antonio, Baltasar y Daniel Cornelio (irlandés), Guillermo, Guillermo Chipman, Roberto Roarte, Dr. Guillermo Rite (Reid), Guillermo Rit (mercader), John y George Smith, En-rique Pescuecito, Gualter Bebin, Thomas Trolepe, Thomas Estaplin, Carlos 419 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 37 Cruz95. Así, pues, en Tenerife había en 1668 al menos 73 ingle-ses, a falta de información sobre otras localidades de la isla — particularmente lamentable es la ausencia de Garachico—, por lo que el volumen total de la comunidad británica habría que considerarlo algo mayor. En veinte años el Puerto de La Orotava había pasado, de no tener comerciantes extranjeros asentados, a ser el primer puerto de Canarias por el número de ellos. No en vano se había convertido en «la garganta desta isla, por don-de le entra todo el bastimento»96. El Padrón General del Obispado de Canaria, mandado hacer por el obispo García Ximénez en sucesivos años, recogía que había 47 «ingleses» en el Puerto de la Cruz en 1676; en 1679, 56 «infieles» en el Puerto, 7 en La Laguna, y 3 en La Rambla, lo que sumaban 66; y 81 «ingleses» en el Puerto en 168397. Puede aceptarse que el término «infieles» significa, en esos años y en esas localidades, protestante; y, si bien es cierto que bajo el ró-tulo de ingleses podría haber otros extranjeros, sobre todo los de la religión reformada, también hay que señalar que la inmensa mayoría debían de ser precisamente ingleses. Esta fuente, gene-ralmente aceptada como fiable por los modernistas canarios, coincide pues grosso modo con las magnitudes que aparecen en los informes inquisitoriales. Y parece señalar, además, una pro-gresión en el número de miembros de la comunidad mercantil británica, en lo que concuerdan también otras fuentes. En el proceso inquisitorial contra el cónsul Edmond Smith, en 1700, aparecen 51 británicos, casi todos ellos como testigos llamados por el Santo Oficio o como testigos de abono98. Naturalmente, Moor, Thomas Vate, Samuel Suan; y, además, muchachos o «criados» ingle-ses cuyos nombres no se daban. 95 Roberto Eduardos, mercader, Diego Vicario, Juan Grusan y Juan, los tres criados ingleses; Leonard Clerque; Ricardo Elis; John Smith, John Sayer y John su criado; Daniel Negus, Thomas Clement y dos criados ingleses; John Casby y Henry Esprinsan; Thomas Martin, William Flavel, William Smith y John, un criado; Edward Baker, Henry Guasnar, y Joseph y otros criados ingleses; John Bleque y John su criado; John Rouse; Carlos y Roberto Verd; Richard Owen; Maximilian; Richard Casby y un criado. 96 AHN, Inq., legº 1833. Informe del comisario de La Orotava. 97 SÁNCHEZ HERRERO (1975), pp. 361, 371 y 391, respectivamente. 98 British Library, Mss., Egerton 1512, nº 8, fs. 247 y ss. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 420 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 38 esa cifra hay que considerarla un mínimo, puesto que no todos los miembros de la colonia comparecieron ante los oficiales inquisitoriales. La importancia de las referidas relaciones radica en que to-das ellas se refieren a una fecha determinada; permitiendo así establecer, a despecho de algunas posibles omisiones, el volu-men del colectivo estudiado. Pero aún contamos con un censo mejor, el realizado por el cónsul británico en 1702, que tiene tanto más valor cuanto que constituye la primera lista nominal, probablemente completa, de los componentes de una colonia de extranjeros en Canarias. Y conviene recordar que incluso para el conjunto de los dominios españoles son escasos y tar-díos este tipo de padrones o matrículas. Según la relación con-sular, confeccionada con vistas a la evacuación, con motivo de la guerra99, de los británicos residentes en las Islas, éstos eran entonces 86; a los que había que añadir 24 niños, habidos de los matrimonios contraídos con 18 mujeres españolas. En total, 128, a los que se sumaban dos en Gran Canaria y otros dos en La Palma. De los 86, 74 eran varones y 12 mujeres. Es de adver-tir que ya por entonces los católicos —más ingleses que irlande-ses—, que eran 46, superaban en número a los protestantes, que eran 40. Una parte de la comunidad británica estaba, pues, en vías de integración; proceso que no creemos que hubiese comenzado antes de la década de 1680, y que se aceleraría en la de1690. Comparando esta lista con los nombres que nos eran conocidos por otras fuentes100, parece que el éxodo se había iniciado antes del comienzo de la guerra, empezando, quizás, por las mujeres. Por lo que tenemos visto, los efectivos numéricos de la colo-nia británica alcanzaron su máximo en las vísperas —o en los comienzos— de la Guerra de Sucesión Española; sin que haya ninguna prueba de que hubiese empezado a menguar en fechas anteriores. De los 74 varones que según la relación consular la componían, no todos eran mercaderes, pero sí la mayoría; y, desde luego, casi todos estaban relacionados con las actividades 99 PRO, SP, Spain, 94/229, fº 246. Apéndice I. 100 British Library, Mss., Egerton 1512, nº 8, fs. 247 y ss. 421 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 39 mercantiles. Se trataba de una comunidad de dimensiones no-tables, para lo que era habitual. Sin asegurar que fuese la ma-yor de España, sí podemos decir que no conocemos otra que fuera más numerosa, quizás por falta de las fuentes apropiadas. Ni siquiera la de Cádiz, la mayor de la España peninsular101. EL SIGLO XVIII. DECADENCIA Y FINAL La Guerra afectó a la comunidad británica tanto en su nú-mero como en su composición. Entre 1703 y 1704, la gran ma-yoría de los miembros de la colonia británica abandonaron las Islas. El nuevo cónsul, Ambrose Roope, comunicó a su gobier-no la lista nominal de las personas deseosas de embarcar, todos ellos, menos uno, protestantes. Añadía que querían quedarse unas pocas familias, y otros que estaban ya naturalizados, o que iban a estarlo102. En 1717, al procederse a la elección para el consulado británico en las islas, vacante después de la muerte de William Pouldon, la colonia apareció dividida en dos faccio-nes bien diferenciadas. La mayoría de sus miembros (32, sobre todo católicos irlandeses, algunos católicos ingleses y protestan-tes «desafectos») estuvo en favor de John Crosse, Sr.; mientras que a John Crosse, Jr. (no eran parientes) lo apoyaron 14, la mayor parte de los cuales eran ingleses protestantes —y los de más antigua residencia en la isla—, pero también unos pocos católicos. Aunque no se contaban en esta relación ni mujeres ni niños, resulta evidente que la colonia británica se había reduci-do casi en un 50%, aunque seguía teniendo un volumen más 101 Estimaciones realizadas a partir de protocolos notariales gaditanos dan las cifras de 23 británicos en 1670 y 27 en 1690, según CARRASCO (1997), p. 333. Entre distintas relaciones nominales de ingleses residentes en Cádiz, procedentes de fuentes inglesas, la más extensa, la de 1671, recogía los nom-bres de 36 individuos, MARTÍNEZ RUIZ (2011), p. 181. Este autor afirma que la colonia mercantil inglesa de Cádiz era una de las más importantes del sur de Europa junto con la de Livorno, que contaría con 20 miembros, entre mercaderes y factores, en el tránsito del siglo XVII al XVIII. Otras factorías mercantiles, como la de Alicante, aunque importantes, eran más reducidas, MARTÍNEZ RUIZ (2008), p. 65. 102 PRO, SP 94/229, fs. 252 y 257. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 422 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 40 que considerable (47 varones103). Más notable aún era el cambio de su composición: no sólo los católicos irlandeses pasaban a ser ampliamente mayoritarios, sino que el conjunto se había renovado: no llegaban a una decena los nombres de 1702 que se repetían en 1717104. A pesar de contar con un apoyo minoritario, John Crosse, Jr., fue designado cónsul, sin duda porque para Londres resul-taba políticamente de mayor confianza. Durante décadas luchó por obtener la rebaja de los derechos con que las aduanas ingle-sas gravaban los vinos canarios, así como por que se permitie-se el comercio directo de Canarias con las Antillas británicas. En todas esas pretensiones fracasó, y la comunidad británica, rehecha parcialmente después de 1713, fue reduciéndose cada vez más. Si el mercantilismo inglés resultó inflexible, tampoco fue menor la voluntad de los gobiernos borbónicos de controlar el comercio con Indias. En el interior de esa pugna se encontra-ba el Archipiélago canario. La reducción de la comunidad inglesa fue paralela a la con-tracción del comercio anglo-canario, que en la tercera década del siglo XVIII se volvió deficitario para las Islas, debido al hun-dimiento de la exportación de sus vinos105. En 1729 ordenó Fe-lipe V la expulsión de los extranjeros herejes que hubiese en Canarias, por su participación ilegal en el comercio con Améri-ca. Los firmantes de una petición de apoyo dirigida al Foreign Office fueron seis, que probablemente eran los titulares de las casas comerciales de protestantes ingleses que quedaban106. Fi-nalmente la expulsión no se produjo, pero el número de los in-gleses continuó bajando. La imposibilidad de avecindarse impe-día a los negociantes protestantes gozar de los derechos que en 103 La cifra podría ser incluso superior, si fuera cierto que, como se dice al final del documento recogido en el Apéndice II, en la lista no figuran sir-vientes, aprendices y otros jóvenes de las casas comerciales de los que apo-yaron a Crosse Jr. 104 PRO, SP, Spain, 94/231, fº 10. Apéndice II. 105 MORALES LEZCANO (1970), pp. 171 y ss. 106 John Crosse Jr., John Crosse Sr., George Smith, William Campire, Peter Minshull, Peter Marett, British Museum, Additional Mss. 32761, fº 289. Reproducido por SERRA y RUIZ (1961). 423 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 41 materia de comercio tenían los naturales del país o los que se hubiesen naturalizado. Los irlandeses fueron desplazando a la población protestante y haciéndose con el control del comercio británico en Canarias. Cuando en 1744, momento de guerra con Inglaterra, el Tribunal ordenó hacer un padrón de los herejes asentados en el distrito, sólo quedaba una casa comercial de protestantes escoceses en el Puerto de la Cruz, en la que traba-jaban varios miembros de una misma familia. Hasta el final del Antiguo Régimen –hay datos de 1761, 1774, 1785, 1791 y 1802– la situación va a ser la misma: tres o cuatro familias protestan-tes en el Puerto de la Cruz y algunas menos en Santa Cruz, donde a veces no hay ninguna107. Las matrículas de extranjeros de la segunda mitad del siglo XVIII (1765, 1766, 1791, 1792, 1799) repiten esas cifras: el número de británicos (dejando apar-te a los irlandeses) oscila entre 4 y 7 individuos en todo el Ar-chipiélago, que en ocasiones ni siquiera eran ingleses, sino es-coceses108. No puede decirse, realmente, que constituyeran una comunidad. CONCLUSIONES La comunidad inglesa en las Islas Canarias tuvo un proceso de desarrollo, durante la Edad Moderna, que pasó por una fase de gestación en el siglo XVI, otra de consolidación institucional y de plenitud en el XVII, y una última de decadencia y extinción en el XVIII. Fue la más numerosa de las colonias extranjeras, si se excep-túa a los portugueses, cuyos perfiles como comunidad diferen-ciada eran difíciles de fijar, dada su mayor afinidad cultural con la población autóctona y su mayor vocación, y capacidad, de integración. Ninguna influyó tanto en la economía del Archipiélago, a no ser los genoveses en los primeros tiempos de la colonización de las islas de realengo. 107 FAJARDO (1981), pp. 19-20. 108 BRITO GONZÁLEZ (1999), pp. 219-260. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 424 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 42 Ninguna mantuvo una mayor cohesión e identidad, y un menor deseo de asimilación; y ello no sólo por razones religio-sas, sino porque su actividad mercantil se ejerció en el marco de unas redes que tenían su centro en la metrópoli, y en conse-cuencia ligaron su evolución y su destino a la política económi-ca, o simplemente a la política, de la misma. Hubo una general aceptación de la presencia de los protes-tantes ingleses, aunque la coexistencia no estuvo carente de ten-siones, en las que el factor religioso fue importante, unas veces como causa, y otras como síntoma y modo de expresarlas. Tam-bién a este respecto pueden señalarse tres períodos: en el siglo XVI, la confrontación religiosa llegó a ser un obstáculo para el comercio; en el XVII existió, pero no dificultó las relaciones; en el XVIII, la conflictividad confesional prácticamente desaparece. Los ingleses fueron, de entre los europeos, los extranjeros por antonomasia, los otros por excelencia, los menos reduc-tibles. Quizás por eso, y por el carácter relativamente epidérmi-co de su relación con los isleños, la herencia que dejaron no fue grande, y escasamente perceptibles sus huellas en la cultura canaria: ni en la arquitectura, ni en otras artes, ni en los apelli-dos…; apenas unas pocas palabras y algunos topónimos, que no es seguro que no procedan de una época posterior. Un lugar mayor, eso sí, ocupan en nuestra memoria colectiva. BIBLIOGRAFÍA ALLOZA APARICIO, A. (2006). Europa en el mercado español. Mercaderes, represa-lias y contrabando en el siglo XVII. 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APÉNDICE I Lista de los súbditos de Su Majestad al presente en Tenerife y en otras de las Islas Canarias109 Ambrose Roope; James Trollop; John Trollop; William Pouldon; Robert Davis; Dr. William Davis; Samuel Swan; Charles Read; Fitton Minshull; William Fowler, boticario; Elizabeth Fowler, su mujer; Char-les Fowler. su hijo; John Thomas; James Thornhull; John Larkin; John Smith; Edward Emys; Henry Fox; James Clark; Francis Minshull; Conyers Harrison; William Warren; John Palmer; Francis, criado de Mr. James Trollop; William Jacks; Hannah, doncella sirvienta de William Jacks; John Armstrong; Thomas Michell; Samuel Scott; William Sarson, su hijo; Mary Sarson, su hija; Benjamin Davies; Buckingham Bellamy; su mujer; hija, Elizabeth Bellamy; otro hijo; Joseph Marlyn en La Palma; Michael Biggers; William Careless; Benjamin Smally. Notar que todas las personas arriba nombradas son protestantes Siguen los nombres de los ingleses e irlandeses católicos romanos que están casados: 109 PRO, SP, 94/229, fº 246. 20 de noviembre de 1702. Hemos traducido y extractado el documento. FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 428 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 46 John Whitton, inglés, protestante casado con Polonia Whitton, que tienen 4 o 5 hijos, todos católicos romanos; Charles Savage, inglés, padre de Polonia Whitton; Elizabeth su mujer, ambos católicos roma-nos; Matheo Rubins, inglés, casado con una española, que tienen 4 o 5 hijos, todos católicos romanos; Thomas Wadding, irlandés, casado con una española, que tienen un hijo; Gregory Linch, casado con una española, que tienen un hijo y una hija; Peter Linch, irlandés; Mary Linch, inglesa; Peter Linch su hijo; Francis Linch, otro hijo, todos ca-tólicos romanos; Thomas Powell, casado con una española; John Pullen, casado con una española, que tienen un hijo; Will, escocés, casado con una española, que tienen dos hijos; Dominick Bodkin, ca-sado con una española; Gilbert Smith, inglés, casado con una españo-la; Charles Moore, inglés, casado con una española, que tienen cinco hijos; Oliver, cirujano, casado con una española; Smally, casado con una española; Henry Bolton, casado con una española; John Collet, casado con una española; Thomas Carr, casado con una española; John Cavenah, casado con una española; William Fea, casado con una española; John Sturdy, inglés, casado con una española; Arthur Fowler, inglés, casado con la hermana del antedicho; Robert, casado con una española. Siguen los nombres de los ingleses e irlandeses católicos romanos solteros: John Pouldon; William Nicholls; Bernard Walsh; George Fitzgerald; Thomas Maguir, y tres criados suyos irlandeses, varones; John Linch; Charles Dyer; Peter Plowden; William Fiest, médico; James Shanaham; William Bennet, médico; Charles Colbert; Katharine Donogan; Christian; Ann Flavell, confinada en un convento de monjas. Además de los arriba mencionados están el Capitán John Grusilier y un criado suyo, franceses protestantes, capturados en un barco con-signado a Mr. Richard Mead. APÉNDICE II Memorandum de las casas del Comercio y otras personas particu-lares presentes aquí que se supone se han pronunciado en favor de Mr. John Crosse, senior, como Cónsul en estas Islas, a pesar de que dichas personas particulares no tienen derecho suficiente para votar en esta materia, pues nunca han estado autorizados para hacerlo en ningún asunto concerniente a nuestros intereses nacionales110: 110 PRO, SP, 94/231, fs. 10-12. Puerto de La Orotava, 30-VI-1717. Como puede advertirse, expresa la posición de los partidarios de John Crosse, Jr., si no es que fue redactado por él mismo. Hemos traducido y extractado el documento. 429 UNA COMUNIDAD MERCANTIL ATLÁNTICA Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 47 Mr. Bernard Walsh y Mr. Dominick Bernº White, Irish Roman Catholics, IRC («que deben ser considerados sólo como un voto y sólo como una casa de comercio»); Mr. Gilbert Smith; Mr. Joseph Maxey («el único individuo protestante del comercio que ha votado por Crosse Senior»); Mr. Thomas Macguier (IRC, antiguo «sirviente» de Walsh, y sólo últimamente con una casa comercial); Mr. Gregory Fitzgerald (IRC, cuñado de Walsh); Mr. Peter Murly (IRC, próximo a la Walsh Co.); Mr. James Roach (IRC, hasta hace poco sirviente de Walsh, que no tiene otro negocio que una tienda al por menor); Mr. Danael Drummond (IRC, dependiente de Macguier); Mr. Andrew Russell (IRC, cirujano); Mr. Robert Hope (protestante, pero desafecto, y que nunca ha sido negociante, sino que tiene una casa de huéspedes); Mr. Francis Brown, tenedor de libros de Francis y Peter de Keysar, flamencos; John Durant (British Roman Catholic, BRC, marino); Thomas Salmon (IRC, marino); Richard Brind (tonelero y tabernero); John Brind, Jr. (un jo-ven que llegó hace poco de Londres); James Simpson (un joven que llegó hace poco de Londres, no siendo al presente un hombre de ne-gocios); Charles Martin (BRC, destilador); Mr. Walter Walsh (IRC, sa-cerdote pariente de Mr. Bernard Walsh); Mr. Charles Crosse, hermano del dicho Crosse Sr., que llegó hace poco de Londres, no siendo al presente un hombre de negocios). William Warren, George Smith, Charles Maxey, Joseph Nicol, Patrick White, Thomas Pendergrasse, Tommy Brown, Tommy Fitzgerald, Johny Hayes, Joseph Neagle, Patrick Dunn, aprendices, sir-vientes y jóvenes, «además de otros no mencionados, la mayoría de ellos católicos romanos, allegados de Mr Walsh, Mr Fitzgerald, Mr White y nuestro ultimo Cónsul, algunos de los cuales no pasan de los dieciséis años, y no tienen de ningún modo derecho al voto». Memorandum de las casas del Comercio y otras personas particu-lares presentes aquí, súbditos de su Majestad, que se han pronuncia-do en favor de Mr. John Crosse, Junior, para ser Cónsul en estas Islas: Mr. Thomas Wadding, Mr. Thomas Trobridge, Mr. John Sturdy, Mr. Peter Plouden, Mr. Dominick Bodkin, Mr. Charles Savage, de todos los cuales se dice que son «principal independent house of businesse», y que han participado siempre en las votaciones de la comunidad a lo largo de los últimos 20 o 30 años, según los casos; Mr. Peter Minshull, al presente «our National Treasures», que ha vivido veinte años en la isla y sucedió a su tío Mr. James Traloop, cuya casa de negocios fue una de las principales, teniendo aún Mr. Minshull considerables inte-reses, de hasta 200.000 pesos de a ocho de valor; Mr. Edward Ford, Mr. Peter Marett, Mr. Robert Burell y Mr. William Berwick, que son todos «principal independent house of businesse» que en los pasados años han embarcado vinos y al presente lo hace, y pagan los «national dues», por lo que están intitulados para votar; Doctor Nicholas Shee, FRANCISCO FAJARDO SPÍNOLA Anuario de Estudios Atlánticos 430 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria. España (2013), núm. 59, pp. 381-428 48 médico; Mr. Richard Acock y Mr. David Murry, cirujanos; y otras varias personas que han votado en favor del dicho Crosse Junior, que son mercaderes y hombres de negocios de mayor o menor cuantía. Ha de advertirse que ninguno de sus aprendices, sirvientes ni otros jóvenes de las casas comerciales mencionadas (de los cuales hay un buen número) ha sido autorizado a firmar, como sí lo hizo Crosse Senior «in order to fill up paper and make a show». |
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