mdC
|
pequeño (250x250 max)
mediano (500x500 max)
grande
Extra Large
grande ( > 500x500)
Alta resolución
|
|
327 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 POPULATION, PRODUCTION AND WHEAT PRICES, 1498-1560 Antonio M. Macías Hernández* Recibido: 28 de junio de 2010 Aceptado: 19 de agosto de 2010 Resumen: Este artículo aporta nuevos argumentos a la tesis que destaca la singular función desem-peñada por el mercado en la cons-trucción de la nueva economía y so-ciedad isleña a finales del siglo XV y primera mitad del XVI. Considera que esta construcción sólo fue posi-ble gracias a la estrecha vinculación de sus agentes con el mercado in-ternacional a través de un producto agroexportador con un elevado va-lor de cambio. El primero y princi-pal fue el azúcar; después, el vino y, antes que éste y en un corto perío-do, el cereal. Su estrategia produc-tiva, inicialmente destinada a cu-brir la demanda interna de grano, tuvo bien pronto una orientación exportadora, y en determinadas áreas insulares (Tenerife, La Palma) se reprodujo el papel ocupado por los archipiélagos de Madeira y Azo- Abstract: This paper provides new arguments to the thesis that the sin-gular function carried out by the market in the construction of the new Canary economy at the end of century XV and the first half of cen-tury XVI. Such a construction is con-sidered to be feasible due to Canary agents have close links with interna-tional markets to which they ex-ported an agrarian product with a high market value. Sugar was the first one, and also the most impor-tant of such products. Wine was the second one, and, in a short period before wine primacy, cereals were also exported. Cereal supply, firstly addressed to satisfy local demand of grain, was also exported soon. In fact, some areas in Canary Islands (Tenerife and La Palma) reproduced the role played by Madeira and Azo-res in the economic scene that the * Catedrático, Director del Departamento de Historia e Instituciones Económicas. Universidad de La Laguna. Campus de Guajara, s/n. 38071. La Laguna. Tenerife. Es-paña. Correo electrónico: amacias@ull.es; Teléfono: 922-31-71-81 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 328 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 2 res en el escenario económico crea-do por la expansión ultramarina portuguesa. Y aunque esta estrate-gia cerealista declinó avanzado el quinientos, sus beneficios contribu-yeron a financiar el desarrollo de una nueva agroindustria exportado-ra, la vinícola, cuya oferta sustituyó a la azucarera a medida que la competencia brasileña y antillana apagaba las calderas de los ingenios canarios. Palabras clave: Historia económi-ca, Economía agraria, Población, Consumo de cereal, Precios del tri-go, Islas Canarias. Portuguese overseas expansion set up. Although the exporting strategy was in decline in the late 16th cen-tury, the profit drawn by Canary economic agents allowed to them to develop a new exporting agro-indus-try, the viniculture, which replaced the sugar as the Brazilian and An-tillean competition extinguished the boilers of Canary sugar mills. Keywords: Economic history, Agrar-ian Economy, Population, Con-sumption of the wheat, Prices of the wheat, Canary Islands. «La mayor parte de la gente de esta isla [Tenerife] son portugueses, los cuales, como superan a las demás naciones de Es-paña en la industria de la agricultura, han conseguido que esta isla fuese la de mayor feracidad y riqueza» (L. Torriani, 1592). 1. INTRODUCCIÓN El descubrimiento del Archipiélago y sus gentiles por la Europa del primer Renacimiento ocurrió a mediados del siglo XIV. Sin embargo, fue a finales del XV y durante la primera mi-tad del XVI cuando las fuerzas de la expansión ultramarina de los reinos ibéricos conquistaron y colonizaron los espacios insu-lares que les ofrecían un mayor potencial de riqueza. Asistimos entonces a la arribada de hombres y capitales y al desarrollo de una economía cuyo objetivo prioritario no era otro que la obten-ción de un producto agroexportador destinado al mercado in-ternacional. Había, en síntesis, que sufragar la deuda externa causada por la conquista y la primera labor colonizadora y acu-mular el ahorro-inversión necesario para la continuidad de la nueva economía1. 1 MACÍAS HERNÁNDEZ (2001). 329 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 3 El expolio fue lo primero (esclavos, orchilla, sangre de drago). Ahora bien, lo que en realidad primó y de inmediato fue la inversión de gruesos capitales en la agroindustria azucarera2. Y como los recursos óptimos para el plantío cañero se localiza-ban en un estrecha franja del territorio, otros productos con menor valor de cambio, inicialmente reservados a satisfacer la demanda interior creada por la especialización azucarera, ejer-cieron un papel similar a la agroindustria —aunque con meno-res beneficios y efectos de arrastre— cuando su producción cubrió aquella demanda y hubo compradores foráneos interesa-dos en adquirir los excedentes. Así ocurrió en el caso de los vi-nos3 y, durante un corto periodo, con el producto que ocupa ahora nuestra atención, los cereales. Por supuesto, el tema no es nada nuevo; otros investigado-res ya han aludido a las exportaciones de granos de Tenerife y al grave problema del abastecimiento de trigo de Gran Canaria4. Pero faltaba aclarar algunas importantes cuestiones; entre otras, medir la producción de cereales, su consumo aparente y el volu-men del excedente destinado a la exportación, así como la inci-dencia del mercado, tanto interior como internacional, en las estrategias de los productores. Nuestro artículo aborda esta te-mática e intenta precisar sus inicios y punto final, que situamos en la segunda mitad del quinientos, cuando el cereal comenzó a retroceder ante el creciente empuje de la viticultura. Ocurrie-ron entonces, especialmente en el caso de Tenerife, dos impor-tantes cambios estructurales. El primero afectó a su producción agraria y comercio exte-rior. Las ganancias generadas por las exportaciones de granos contribuyeron a financiar una nueva y más amplia agroindus-tria en términos de hombres, tierra y capital, la vitivinicultura, y su oferta sustituyó a los azúcares en el comercio exterior a medida que la competencia brasileña y antillana apagaba las 2 PÉREZ-GALDÓS (1961); AZNAR VALLEJO (1983); RIVERO SUÁREZ (1990); MACÍAS HERNÁNDEZ (2008). 3 MARTÍNEZ GALINDO (1998); MACÍAS HERNÁNDEZ (2007). 4 RICARD (1949); PÉREZ-GALDÓS (1966); AZNAR VALLEJO (1983); LOBO CA-BRERA (1991, 1994). ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 330 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 4 calderas de los ingenios canarios5. El segundo cambio estructu-ral afectó al mercado interior e interinsular; la expansión de la estrategia vinícola generó un fuerte incrementó de la demanda doméstica de granos y la isla se convirtió de excedentaria en deficitaria, reclamando entonces los ediles de su municipio, in-teresados ahora en aquella estrategia, el favorable trato insti-tucional regio en materia de regulación del mercado interinsular de granos que hasta entonces habían negado a la primera espe-cialización agroexportadora isleña, la economía azucarera de Gran Canaria6. Nuestro artículo plantea, por último, algunas hipótesis que deberían ponderarse a la hora de aproximarnos al significado último que cabe otorgarle al proceso colonizador isleño. La pri-mera se refiere a la dimensión internacional de este proceso. Los granos fluían hacia las urbes lusas, pero también y quizás en igual medida hacia las andaluzas, de modo que La Palma y Tenerife ejercieron en la expansión ultramarina castellana igual función que Madeira y Azores en la expansión portuguesa7. Una función que adquirió mayor relieve si agregamos la demanda indiana y no sólo de harinas sino también de vinos, pues esta demanda fue el principal estímulo externo al despegue inicial del sector vitivinícola isleño8; se colige entonces que las expor-taciones de harinas y de caldos fundamentaron los primeros intercambios canario-americanos. La segunda hipótesis tiene que ver con la estructura social y cultural del proceso colonizador. Junto a la presencia en los puertos insulares de navíos y mercaderes portugueses y castella-nos ligados a las exportaciones de cereal, se constata asimismo la arribada de trabajadores temporeros, sobre todo lusos, para atender las labores de recolección de los granos. Y como las referencias disponibles sobre la estructura social agraria desta-can la existencia de la pequeña y mediana propiedad cerealista 5 BETHENCOURT MASSIEU (19912), MACÍAS HERNÁNDEZ (2000a). 6 Este apartado será objeto de un próximo trabajo sobre los precios del grano entre 1550 y 1650 y en el marco del proyecto de investigación citado en la nota 16. 7 SERRAO (1954, 1991). 8 MACÍAS HERNÁNDEZ (2000a) 331 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 5 y vitivinícola, así como el protagonismo del colonato de origen lusitano en la expansión de ambos sectores productivos, se po-dría argumentar que aquellos temporeros pertenecían a una red inmigratoria cohesionada por razones económicas y de paren-tesco y vecindad. Una red cuyo eslabón insular crecía a medida que parte de los temporeros decidía engrosar las filas de sus connaturales avecindados; una decisión, en fin, que tenía que ver con las oportunidades de renta y empleo que les ofrecía el solar isleño, debidas ahora al desarrollo vitivinícola9. 2. EN LOS COMIENZOS INTERESÓ EL AZÚCAR Y EL PAN FUE CARO El motor de la colonización del Archipiélago fue la opción agroindustrial más rentable y con mayor capacidad de inter-cambio de la Baja Edad Media: la agroindustria azucarera vin-culada al mercado europeo. Además, su desarrollo en el caso insular se vio favorecido por un factor institucional que aligeró todo obstáculo a la obra colonizadora y a la competitividad de su principal bien de intercambio10. Todos los recursos disponi-bles, entre los que cabe citar el hídrico11 y, por supuesto, los dos factores realmente escasos, el trabajo y el capital, fueron asigna-dos de manera preferente a la agroindustria. Sus pingües ganan-cias atrajeron nuevos pobladores12, sufragaron las importaciones de bienes manufacturados y de equipo que requería el proceso colonizador, y, por último, al crear, como toda especialización agraria, un mercado interior de productos agropecuarios, poten-ciaron la expansión de esta oferta en aquellos espacios no aptos para los cañaverales. Demostrar esta tesis y, por supuesto, todos sus indudables matices, no es una tarea fácil. Los archivos eclesiásticos no con- 9 MACÍAS HERNÁNDEZ (2000b). 10 AZNAR VALLEJO (1983), pp. 121 y siguientes; BERNAL y MACÍAS (2007), pp. 16-17. 11 MACÍAS HERNÁNDEZ (2009). 12 Para los regidores de Gran Canaria, «el principal trato que en esta ysla ay es el de los açúcares, e que, a causa de ellos, se puebla, e los vecinos de la dicha isla se sostienen e las rentas de sus majestades crescen». Véase MO-RALES PADRÓN (1976), p. 154. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 332 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 6 servan los libros de cuentas decimales del siglo XVI13, ni tampo-co los libros de fábrica de las primeras parroquias14, mientras que la información fiscal referida a esta centuria es muy esca-sa15. Por consiguiente, no podemos construir series de produc-ción agropecuaria según su diezmo bruto o mediante la cuota asignada al rey (tercias reales), a las parroquias (terzuelo) o a cualquier otro partícipe eclesiástico en el diezmo neto. Pareci-das dificultades empíricas tenemos a la hora de abordar las di-mensiones de la población, y nuestra serie de cotizaciones del trigo del mercado de Tenerife se ha elaborado con fuentes cuyas limitaciones solo permiten captar sus tendencias16. Ahora bien, el análisis reflexivo y crítico de los escasos datos disponibles sugiere que en los primeros tiempos de la colonización interesó únicamente el azúcar y el pan fue caro. Conocemos el valor de las tercias reales para algunos años del primer cuarto del siglo XVI17, y su análisis revela, aunque con cierta provisionalidad por el momento, que la agroindustria azucarera representaba el 80 por ciento del producto bruto agropecuario de las islas realengas a principios de esta centuria, y poco más de los dos tercios en la década de 152018. Gran Ca-naria era la principal isla productora, con el 80 por ciento de la 13 Sobre el diezmo en las diócesis canarias, véase MACÍAS HERNÁNDEZ (1986). 14 Sobre las fuentes demográficas canarias, véase MACÍAS HERNÁNDEZ (1989). 15 He tratado de resolver la ausencia de datos decimales de fuentes ecle-siásticas mediante esta información, depositada en el Archivo de Simancas, pero las tercias reales de Canarias vienen agregadas a las de las diócesis de Sevilla o de Cádiz, siendo imposible su desagregación. 16 Hemos construido la serie de precios a partir de las cotizaciones del trigo y del pan anotadas en las actas capitulares del único municipio con in-formación al respecto, el de Tenerife, recurriéndose a las compras de grano anotadas en la fuente notarial para resolver algunas lagunas. El comentario crítico de ambas fuentes, las únicas que permiten la elaboración de series de precios para el período 1500-1650, será objeto de un próximo trabajo, que se enmarca, a su vez, en un proyecto de investigación sobre los precios cana-rios de este período. Los responsables de este proyecto son Antonio M. Macías Hernández, José I. González Gómez y José J. Cáceres Hernández. 17 AZNAR VALLEJO (1983), p. 252. 18 MACÍAS HERNÁNDEZ (2008). 333 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 7 producción regional, pero en la fase inicial de la colonización de La Palma y, sobre todo, de Tenerife, predominó también el azú-car19. Así lo demuestra la estructura del producto interior bruto de esta última isla en el año agrícola 1507-1508, es decir, doce años más tarde de su conquista (cf. cuadro I). Y como también demuestra la presencia de los cereales y de los menudos —que incluyen el resto de la producción agropecuaria—, debemos preguntarnos si la oferta de granos cubrió desde un primer momento su demanda doméstica, localizada sobre todo en las áreas azucareras y en las villas que surgieron gracias al empuje de esta agroindustria. Las actas de los repartimientos de tierras y aguas de Gran Canaria y de Tenerife muestran que el primer colono europeo desplazó al labriego indígena de las parcelas que dedicaba a sus sementeras de cebada blanca, el grano que constituía su princi-pal sustento. Se colige entonces que el primer colono europeo * Mrca = maravedís de Canarias. Cf. nota 77. 1 He tenido en cuenta la modalidad de diezmar de la agroindustria azucarera para estimar su pro-ducción fabril y poder compararla con las otras producciones. Los datos se han tomado de Aznar Vallejo (1983), p. 252, y la modalidad de diezmar del azúcar en Macías Hernández (2008). Recordemos, además, que la tercia real, como la del resto de los partícipes en el diezmo, afecta al importe neto de esta renta, de modo que el producto bruto estimado es inferior al real. CUADRO I Estimación del producto bruto agropecuario de Tenerife en 1507-1508 Tercias Diezmo1 Producción Producciones reales neto estimada (Mrca)* (Mrca)* (Mrca)* (%) Azúcares 111.000 499.500 26.640.000 73,8 Cereales 150.000 675.000 6.750.000 18,7 Menudos 60.000 270.000 2.700.000 7,5 Totales 321.000 1.444.500 36.090.000 100,0 19 A pesar del avance de las sementeras en Tenerife, como luego veremos, en los capítulos aprobados por su consistorio en 1515 para presentar a la Corte se indica que «los pobladores gastaron mucho en hazer las haziendas, en especial de azúcar, que es la principal cosa que a poblado e mantiene la dicha isla». Véase SERRA RÁFOLS y ROSA OLIVERA (1965), p. 99. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 334 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 8 dispuso de predios fértiles20, ya desbrozados y con condiciones agroclimáticas y edafológicas adecuadas para el cultivo del ce-real; el esfuerzo inversor de este primer colono se limitó, pues, a costear la simiente, las labores de siembra, escarda y recolec-ción, y el alquiler de los graneros, de los animales de tiro y de los aperos de labranza. Ahora bien, si consideramos que la retribución de este capi-tal debió de ser muy cara debido a su escasez y carácter im-portado21 y, además, que el cañaveral reportaba los mayores be-neficios, podemos concluir que el cultivo del grano fue la estrategia colonizadora inicial de un corto número de colonos. De ahí que faltase incluso el pan durante los primeros años de la colonización, y que el Cabildo de Tenerife, siguiendo al res-pecto una de las máximas de la política de abastos de los mu-nicipios castellanos, la defensa del consumidor, tasara el precio del trigo desde su segunda cosecha —en enero de 149822— y li-berase la venta —esto es, sin tasa alguna— del cereal importado con el fin de facilitar el abastecimiento del mercado interno23. No sabemos lo ocurrido en otras islas y, singularmente, en Gran Canaria, donde la estrategia azucarera, iniciada a princi-pios de la década de 148024, absorbió todos los recursos dispo-nibles. Pero, por lo que luego veremos, podemos afirmar que los 20 El arado indígena, un simple palo de madera endurecido al fuego, sólo permitía una labor superficial, de modo que sus labriegos no pudieron optimizar toda la capacidad fértil del suelo. Más adelante insistiremos sobre este punto. 21 Véase el comentario de la nota 117 sobre la evolución de los precios de los bueyes de arada. 22 En efecto. La conquista finalizó al parecer en abril de 1495, pero las primeras siembras se realizaron en el otoño de 1496, como revela la data otorgada al genovés Mateo Viña, y el primer año agrícola fue el de 1496-1497. La data al genovés puede consultarse en SERRA RÀFOLS (1978), p. 95. 23 SERRA RÀFOLS (19962), p. 4: «Que no pueda valer más la fanega [de trigo] de a duzyentos mrs; esto se entiende es para con los vecinos de la isla; los de fuera vendan como quisieren». Acuerdo de 26-01-1498. Advertimos al lector que el acta se refiere a los maravedís de Canarias, que nominaremos en adelante con la abreviatura mrca, mientras que reservamos la mr para los maravedís de Castilla. Y en cuanto al sistema monetario isleño, véase MACÍAS HERNÁNDEZ (2000c). 24 MACÍAS HERNÁNDEZ (2010), pp. 255-265. 335 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 9 ediles grancanarios, reclutados entre la elite azucarera, desarro-llaron con el mayor celo esta política de abastos y que, a pesar de sus esfuerzos, la producción local de cereales no cubrió la demanda. La persistencia de su elevado precio en el vecino mercado de Tenerife sugiere la existencia de una escasez relati-va de grano durante los años iniciales de la primera década del quinientos (cf. cuadro II y gráfico 1); una escasez que obedeció, sin duda, a la corta oferta doméstica como consecuencia del reducido número de colonos que optaron por su cultivo, por cuanto la tierra ofrecía condiciones agroclimáticas muy adecua-das para las sementeras25. Sin embargo, los datos disponibles indican que hubo bien pronto un excedente de granos destina-do a la exportación y señalan a Tenerife como su principal pro-ductora. CUADRO II Precios del trigo. Mercado de Tenerife, 1498-1561 (en mrca/fga) Años Precios Años Precios Años Precios Años Precios 1498 147,33 1514 138,37 1530 314,45 1546 553,68 1499 176,80 1515 166,07 1531 368,77 1547 285,57 1500 176,80 1516 202,57 1532 295,45 1548 179,20 1501 171,30 1517 246,05 1533 286,17 1549 205,75 1502 185,73 1518 291,58 1534 277,06 1550 287,74 1503 197,27 1519 176,80 1535 269,65 1551 389,06 1504 204,30 1520 350,66 1536 265,33 1552 480,63 1505 205,37 1521 341,83 1537 265,45 1553 533,51 1506 199,45 1522 299,95 1538 271,58 1554 544,82 1507 186,30 1523 232,26 1539 285,75 1555 524,16 1508 166,59 1524 156,40 1540 310,99 1556 486,56 1509 141,96 1525 151,22 1541 352,11 1557 446,38 1510 118,57 1526 203,25 1542 330,36 1558 414,65 1511 108,44 1527 211,90 1543 260,95 1559 399,59 1512 109,51 1528 201,70 1544 359,64 1560 409,38 1513 119,61 1529 214,40 1545 540,28 1561 451,53 FUENTE: Archivo Municipal de La Laguna (AMLL). Libros de acuerdos, oficios 1º y 2º. Elaboración propia. Cf. comentario de la nota 16. 25 No así para la conservación de los granos, como indicaremos luego. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 336 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 10 3. EL CEREAL INICIA SU ESTRATEGIA EXPORTADORA Los colonos que llegaron a esta isla en la primera década del quinientos, atraídos quizás por su potencial azucarero, debieron buscar en breve plazo nuevas opciones productivas en las que colocar su trabajo y capital. La tierra óptima para el cañaveral —suelos arcillosos, alcalinos, con una elevada humedad edáfica gracias al aporte hídrico y próximos al mar— ocupaba en el caso de Tenerife una corta y estrecha franja costera, mientras que la mayor parte del territorio ofrecía condiciones muy favo-rables al cultivo del cereal y, sobre todo, a la viticultura; unas condiciones agroclimáticas que desde luego prevalecían en los terrenos de secano que se incorporaron a la obra colonizadora luego de los primeros repartos de tierras y aguas, dedicados preferentemente al plantío cañero. El éxito de toda estrategia de colonización fundamentada en el sector agropecuario depende de su capacidad exportadora. GRÁFICO 1 Precios del trigo, 1498-1562 (mrca/fga) 337 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 11 Por consiguiente, convenía al colono productor de cereal, pe-queño y mediano propietario según las actas de los reparti-mientos, colocar su excedente en el mercado exterior con el fin de sufragar con mejor provecho su demanda de bienes importa-dos. Y si observamos que la mayor parte de este colono del pan tenía un origen lusitano26, parece claro que su estrategia coloni-zadora tuvo que ver en sus inicios con el mercado del grano de las urbes portuguesas y, como veremos luego, andaluzas. Por su parte, la autoridad local, con intereses agrarios y pre-ocupada por la actividad colonizadora, optó por desarrollar la política económica que mejor convenía a su hacienda y a aque-lla actividad: liberar la comercialización del excedente de gra-nos, es decir, del único bien de que disponía buena parte del vecindario para adquirir en el exterior lo mucho que le faltaba. Aludimos, en síntesis, a un escenario económico e institucional cuyas mutuas y favorables interrelaciones debieron de acen-tuarse a medida que el crecimiento de la oferta de cereal provo-caba el descenso de sus precios en el mercado interior y, con ello, desinhibía el avance roturador y la arribada de nuevos pobladores. Un escenario, en fin, cuya cronología podemos si-tuar en el caso de Tenerife en la primera década del quinientos. La información demográfica disponible no permite conocer con rigor la población insular de la primera mitad del siglo XVI, es decir, durante la fase de génesis y posterior consolidación de una nueva economía en un territorio cuya conquista finalizó en la primavera de 149527. Escasean los vecindarios propiamente dichos y las actas de los libros parroquiales de esta etapa se han perdido o están muy deterioradas. Ahora bien, la ausencia de datos hace más apasionante una tarea investigadora cuyos pri-meros resultados revelan que la población, luego de su brutal derrumbe provocado por el dramático encuentro entre indíge-nas y europeos, conoció un fuerte crecimiento, motivado sobre todo por la continuada afluencia de nuevos pobladores. El interrogatorio que Ortiz de Zárate realizó en 1506 con el 26 AZNAR VALLEJO (1983), pp. 194-195; FERNÁNDEZ-ARMESTO (1997), pp. 39-51; PÉREZ-VIDAL (1968), VERLINDEN (1970). 27 Sobre esta cronología, muy controvertida, véase Rumeu de Armas (1993). ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 338 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 12 fin de reformar el repartimiento de tierras y aguas entre los nuevos pobladores de Tenerife, proporciona los primeros datos sobre su población unos diez años más tarde de la conquista28. Según el regidor Alonso de las Hijas, la capital, San Cristóbal de La Laguna, y su amplia comarca, tenía 150 vecinos, y entre 300- 350 el resto de los caseríos. Por su parte, el escribano del Con-cejo, Antón Vallejo, asignó 150 y 300, respectivamente, a esta distribución «urbana» y «rural», y 130 y 260 el regidor Rodrí-guez. Se podría entonces estimar el vecindario «capitalino» en 150 vecinos y en 325 el del resto del territorio insular, de modo que si aplicamos a estas cifras el coeficiente de 5,5 personas por vecino29, la isla tendría 2.612 habitantes en 1506; de ellos, 825 (31,6 %) vivirían en su centro «urbano» y área comarcal, y 1.787 (68,4 %) en sus áreas rurales. Sin embargo, estos datos infravaloran la población. Es muy posible que los regidores aludieran sólo a los vecinos que goza-ban de la cualidad de nuevos pobladores, es decir, al colectivo principalmente afectado por la reforma de los repartimientos, y cabe recordar al respecto que el núcleo poblacional primigenio de cada isla contó con un colectivo indígena libre y esclavo, integrado en el caso de Tenerife por guanches, gomeros y cana-rios30. ¿Cuál era su número? No lo conocemos, pero debemos intentar estimarlo con objeto de precisar las tendencias demo-gráficas de la población insular, el grado de cobertura de la ofer-ta local de cereales y la cuantía del excedente disponible para la exportación. En los capítulos de peticiones a la Corte de 1513, los regido-res dijeron que en la isla había «seiscientas personas e más guanches, naturales de la dicha isla, en que avrá doscientos honbres de pelea, poco más o menos»31. La inclusión de los hombres de pelea en las «seiscientas personas e más guanches» sugiere que los ediles computaron únicamente a la población masculina. Y decimos esto porque este cómputo se realizó en un 28 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1963), p. 35. 29 Sobre el coeficiente vecino/habitante, véase MACÍAS HERNÁNDEZ (2005). 30 Estos gentilicios corresponden a los indígenas de Tenerife, La Gomera y Gran Canaria. 31 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (19962), p. 281. 339 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 13 contexto de claro enfrentamiento entre la comunidad indígena sometida y la europea, que teme por su seguridad, y de ahí que solicitara a la Corona el destierro de aquélla, aunque su petición no surtió efecto. Además, si aceptamos que las seiscientas per-sonas son varones, resulta que los hombres de pelea representan un tercio de esta población total masculina, y ocurre que este porcentaje coincide con el que se obtiene de aplicar las técnicas de población estable a la demografía indígena en el supuesto de que los guerreros se reclutasen entre los varones con edades comprendidas entre los 15 y los 34 años32. En cuanto a la expre-sión «e más guanches», la iniciativa edilicia motivó la protesta de los guanches integrados en la nueva sociedad, y los regidores adujeron en 1514 que su propuesta de expulsión no afectaba a este colectivo33, que estimaron en 10-12 vecinos34. Tratemos entonces de calcular, a partir de estas primeras referencias, de 600 varones «e más guanches», la población de esta etnia en 1513. Consideremos al efecto que su sex-ratio os-cilaba en torno a las 130 mujeres por cada 100 hombres; una pretensión que parece razonable, dada la mayor incidencia de la conquista sobre el grupo masculino, y porque a finales del siglo XVII y en un contexto de población estable, esta ratio era de 112,4 % en el total regional35. Siendo así, la población guanche se aproximaría en 1513 a los 1.380 efectivos, a los que habría que añadir los guanches integrados, que podrían superar los 100 habitantes si aplicamos el coeficiente vecino/habitante propio de las familias extensas. La segunda referencia que permite aproximarnos a las posi-bles dimensiones del colectivo indígena que formó parte de la nueva sociedad se basa en considerar su ratio con respecto al total de la población. En 1522, los regidores sostienen que los guanches, gomeros y canarios eran la cuarta parte de la pobla-ción insular36. Ahora bien, es obvio que esta ratio debió ser mayor en 1506 por el continuado incremento posterior del apor- 32 MACÍAS HERNÁNDEZ (2003), p. 31. 33 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), pp. 10-13. 34 Ibíd., p. 15. 35 SÁNCHEZ HERRERO (1975), pp. 405-415. 36 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1970), p. 166. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 340 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 14 te europeo. En este sentido, en otro lugar la he estimado para 1505 en el 40 por ciento de la población total del Archipiélago37; un porcentaje que bien pudiera haber sido más elevado en Tenerife por la citada presencia de gomeros y canarios ya en esta fecha, pues los primeros participaron en la repoblación insular y los segundos, además, en su conquista38. En todo caso, si apli-camos la proporción que resta (60 %) a la población que hemos juzgado europea en 1506 (2.612 habitantes), la isla tendría 4.353 habitantes en esta fecha (cf. cuadro III), de los que 1.741 serían indígenas; pues bien, esta última cifra coincide grosso modo con las estimaciones que computan la población insular antes de su conquista en un mínimo de 17.000 habitantes, y valoran la des-trucción demográfica sobrevenida por la presencia europea en el transcurso del siglo XV en el 90 por ciento de sus efectivos39. Los datos de producción de cereales, aunque muy escasos, sugieren la existencia de excedentes en la primera década del quinientos. En acta capitular de 16 de septiembre de 1508 «se vio la nómina del pan..., la qual había dado el canónigo Milla-res ». La fuente originaria de esta nómina es, pues, el diezmo, siendo su hacedor el citado canónigo. Y según este administra-dor, se habían cogido en la isla 25.620 fanegas de trigo y 36.870 CUADRO III Población estimada de Tenerife en el siglo XVI Capital y comarca Resto de la isla Total Tasa Años Hab. (%) Hab. (%) insular Δ % 1506 1.375 31,6 2.978 68,4 4.353 1514 1.743 31,6 3.775 68,4 5.518 3,01 1531 5.179 48,1 5.587 51,9 10.766 4,01 1552 5.513 38,4 8.854 61,6 14.367 1,38 1561 7.220 40,9 10.421 59,1 17.641 2,31 FUENTE: Estimación propia a partir del estudio crítico de las fuentes citadas en el texto. 37 Cf. nota 39. 38 BETANCOR QUINTANA (2002). 39 Sobre estas estimaciones, véase MACÍAS HERNÁNDEZ (2003), pp. 59-70. 341 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 15 de cebada, agregando los regidores que el año anterior «se ha-bía cogido casi otro tanto»40. Por consiguiente, si aceptamos los datos de población de 1506 y los estimados para 1514 —cuyas cifras discutiremos luego—, la isla tendría 4.618 habitantes en 1508, lo que supone una media anual de 5,5 fanegas de trigo por habitante; una ratio que se considera suficiente para el susten-to anual de la población41 —aunque a esta ratio tendríamos que agregar la cantidad de simiente necesaria para la próxima se-mentera—, como confirman los propios regidores del consisto-rio tinerfeño en 1522, al situarla en una media de cinco fanegas de trigo, al tiempo que sugieren un importantísimo matiz a la hora de evaluar este consumo aparente: la cuarta parte de la población, es decir, su colectivo indígena, consume únicamente cebada, el producto (gofio) que constituía el principal sustento en su cultura alimentaria42. Así pues, en 1507 y 1508 hubo excedentes de cereal, frente a la reconocida penuria de 150643. Ahora bien, sucede que la nómina del pan se vio en la citada reunión de septiembre de 1508 con el fin de discutir la conveniencia de autorizar su expor-tación, pues el año pasado se había cogido «casi otro tanto» y la isla 40 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (19962), p. 14. 41 PÉREZ MOREDA (1980), p.. Podemos incluso medir este consumo apa-rente. Según las denominadas experiencias del pan de este período, de una fanega de trigo de la metrología insular (47,14 kilos) se obtenían de 75 a 80 libras de pan, es decir, una media de 35,65 kilos. Se deduce entonces que un consumo aparente de cinco fanegas de trigo por habitante y año significan 488 gramos de pan por habitante y día, incluyéndose en esta ratio toda la población. Pues bien, a título meramente comparativo, en las cárceles de me-diados del siglo XIX se daban a los presos 535 gramos de pan diarios. 42 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1970), pp. 166-167. 43 En acta de 17 de agosto se ordenó la requisa del pan que tienen aca-parado los mercaderes para su reparto al precio que lo compraron, y a par-tir de septiembre se repite la prohibición de extraer grano de la isla, autori-zándose únicamente la exportación de la cebada para aliviar las deudas de los labradores. Incluso se ordenó en este mes que el precio máximo de 200 y 100 mrca para el trigo y la cebada fuera obligatoria para el vendedor, pero no para el comprador, atento a que «muchas personas, teniendo necesidad de pan, davan todo lo que les pedían por tener en que se mantuviesen». Véase SERRA RÀFOLS (19962), pp. 108, 115-117 y 119. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 342 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 16 «se vio en muy extrema necesidad por falta de pan, sin tener remedio de ninguna parte, tanto que estuvieron mucha parte de los vecinos quince días sin comer trigo ni cebada, por manera que la gente se vio en mucho peligro y se fueron muchos de la isla»44. Es posible que esto ocurriera, lo que significa que nuestro cálculo de la población en 1508 peca por defecto. Pero el precio del grano en 1506 fue inferior al de 1505 y 1504, y sabemos que en 1499 había excedentes y que se extraían para Portugal y Berbería en 150445. Por consiguiente, el denunciado desequili-brio entre población y consumo aparente de 1507 se produjo por una excesiva extracción en el transcurso del año agrícola 1507- 1508; una extracción que comenzaría en 1508 nada más iniciar-se su cosecha y que en septiembre ya amenazaba con repetir la penuria del año anterior. Destaquemos entonces lo obvio: que avanzada la primera década del siglo XVI, la producción de cereal con destino a la exportación constituyó una opción productiva rentable para una parte del colonato insular, esto es, para aquellos que habían puesto en cultivo los terrenos que se incorporaron a la obra colonizadora luego de haberse distribuido toda la tierra y el agua que podía destinarse al plantío cañero. Y en este nuevo contexto, la autoridad concejil, dominada por los intereses agra-rios, debía poner en marcha una política económica adecuada a la nueva realidad productiva, asumiendo incluso el riesgo de que su actitud en esta materia, ya fuese por acción o por omi-sión, vulnerase las disposiciones regias referidas al comercio de los cereales, esto es: la prohibición de exportar para fuera del reino, bajo las más severas penas, cualquier tipo de manteni-mientos sin expresa licencia de la Corona. La primera medida de política económica concejil estaba bien clara, pues tenía que ver con el objetivo prioritario de los principales interesados en la colonización. El municipio debía garantizar el abastecimiento del mercado interior, es decir, la necesaria provisión de grano de los ingenios azucareros y del resto de los sectores productivos demandantes del preciado ce- 44 Ibíd., p. 14. 45 Cf. infra. 343 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 17 real. Pero debemos reconocer que el esfuerzo institucional en este apartado era irrelevante por la reducida demanda interna; la especialización azucarera tuvo una corta dimensión en Tenerife —frente a lo que ocurría, como veremos luego, en Gran Canaria—, no existía en esta hora un colectivo jornalero que viviera del pan de la plaza, pues había tierra libre y fértil para todo aquel que quisiera avecindarse y labrarla, y la actividad urbana se reducía a unos pocos artesanos, al importarse la mayor parte de los bienes manufacturados. CUADRO IV Tasas de los cereales. Mercado de Tenerife Fecha del Trigo Cebada acuerdo (Mrca) (Mrca) Fuentes 27-01-1498 200 100 Serra Ràfols (19962, p.4) 13-08-1498 130 63 Ibídem, p. 11. 27-07-1499 150 Ibídem, p. 20. 25-05-1502 168 100 Ibídem, p. 47. 24-07-1503 200 Ibídem, p. 58. 20-08-1506 200 100 Ibídem, p. 107. Por consiguiente, la acción institucional del Cabildo de Tenerife tuvo como principal objetivo utilizar los mecanismos del mercado interior que favorecían la labor del pan. Las tasas ejercieron, en realidad, la importante función de amparar a su labriego de la clase mercantil que le suministraba las precisas importaciones de bienes manufacturados. Los comerciantes debían aceptar el cereal en pago de sus mercancías o de las deudas contraídas por los labradores por la venta anticipada de su cosecha46; una estrategia financiera de préstamos sobre futu- 46 Así, el 27-05-1498 se acordó «que todos los mercaderes que a esta ysla venyeren a vender sus mercaderías sean obligados a tomar en pago de lo que fiaren o dieren de las mercaderías que ovieren en la tierra y como valieren en la tierra». Y el 13-08-1498, coincidiendo con la recolección de la cosecha, «que todos los vecinos desta ysla que deven dineros a los mercadores de mer-caderías que dellos tomaren mandas, que las den e paguen, sy quisieren, en trigo a cxxx y la fanega de la cevada a real y medio», es decir, rebajando el precio de la tasa establecida en enero en 200 y 100 mrca, respectivamente. Véase SERRA RÀFOLS (19962), pp. 9 y 11. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 344 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 18 ros que adquirió un carácter bastante general en el caso de esta economía insular, a tenor de los datos que aportan los protoco-los notariales, y que refuerza la tesis de la pequeña y mediana propiedad cerealista. Los granos tenían, pues, valor amonedado. Un valor o tasa que, no obstante, osciló de acuerdo con el nivel de las cosechas, y que, como precio máximo, se fijó en 200 y 100 mrca para el trigo y la cebada, respectivamente (cf. cua-dro IV)47. Y si en un primer momento estas tasas sólo afectaban a las ventas de grano entre los vecinos, pero no al destinado a la exportación, cuando sus mercaderes intentaron mejorar su trato avecindándose, el consistorio acordó que la tasa «también haga efecto y vigor en los mercaderes que fueren vecinos»48. Lo dicho revela que la autoridad concejil favorecía la expor-tación del cereal a los mercados que mejor lo cotizaban con el fin de estimular su labor y acción colonizadora mediante la arri-bada de nuevos pobladores; además, estas exportaciones no abonan impuesto alguno en este momento49. Ahora bien, la ex-tracción de parte del excedente para fuera del reino, el denomi-nado tercio de saca o tercio de la cosecha, exigía, como ya se ha dicho, la preceptiva autorización regia; y ocurrió que el consis-torio tinerfeño autorizó la saca sin contar con el consentimien-to regio o bien se negó a prohibirla argumentando que actuaba 47 No parece que la tasa impuesta en diciembre de 1502 para buena par-te de la Corona de Castilla, de 110 y 60 mrs para el trigo y la cebada, respec-tivamente, afectara al territorio insular, pues no consta ninguna nota al res-pecto en los libros de acuerdos. Sobre esta tasa y las circunstancias de su aplicación, así como sobre los territorios exentos, véase HAMILTON (1975), p. 258. No obstante, durante este período parece que no existió una clara polí-tica regia en favor de las tasas, sino todo lo contrario y con el fin de fomen-tar el cultivo de los granos, incluso autorizando su extracción. Véase lo di-cho al respecto y para el caso andaluz en MONTES ROMERO-CAMACHO (2007), p. 190. 48 SERRA RÀFOLS (19962), p. 85. Acuerdo del 14-05-1505. 49 Hasta 1522, La Palma y Tenerife estuvieron exentas del principal y casi único impuesto regio, un 6% ad valorem de derecho aduanero sobre la im-portación y exportación, siendo Gran Canaria la única economía insular que pagaba impuestos al rey con anterioridad a aquella fecha. En cuanto al pago de la licencia de saca, no sabemos si el municipio percibió algún estipendio por su concesión en este momento; en todo caso, sería ilegal esta exigencia, pues no contaba con autorización real. 345 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 19 «en pro e beneficio de la isla»50. Es más; los datos disponibles, cuyo comentario veremos más abajo, indican que los propios regidores, así como el gobernador vitalicio, Alonso Fernández de Lugo, y su parentela, participaron de manera muy activa en este lucrativo negocio. Pero entonces surgió un tercero en discordia: el municipio de Gran Canaria. Dominado por la sacarocracia, aplicó con ex-tremado celo la política municipal de protección al consumidor. Prohibió la exportación de trigo de la isla, obteniendo incluso real cédula en 1498, por la que ni siquiera el grano de los partí-cipes en los diezmos (Clero y Corona) podía exportarse51; no tasó los granos, a pesar de las carestías, con el fin de facilitar su importación, y otra real cédula obligaba a los mercaderes genoveses, dueños de las principales unidades agroindustriales azucareras, a importar tanto trigo como el que hubieren com-prado en la isla para su aprovisionamiento y a venderlo al pre-cio que lo habían comprado52. Los ediles grancanarios actuaban así por imperativos de una economía que concentraba la mayor parte de sus recursos en la producción azucarera53. La oferta local de grano era totalmente insuficiente para cubrir la demanda de los operarios que traba-jaban en la zafra de los ingenios y de la única población urba-na, Las Palmas, que se aproximaba a esta categoría analítica. La capital insular era el principal centro de contratación mercan- 50 Así, en acta del 12-06-1510 se menciona la extracción de trigo para Por-tugal. Se discute prohibir la saca, pero se aprueba por ser en bien y prove-cho de los labradores. Se alude también al bajo precio del cereal por la ato-mización de la oferta, y se propone que el municipio centralice su venta a los exportadores. Véase SERRA RÁFOLS y ROSA OLIVERA (19962), pp. 63-64. 51 CULLÉN DEL CASTILLO (19952), pp. 141-142. 52 AZNAR VALLEJO (1981), p. 117, doc. 571. La orden es de 1503, pero recuerda una disposición anterior. 53 La argumentación no es nuestra. La expuso con toda clarividencia el personero Fernando Espino cuando solicitó la intervención regia en el mer-cado de granos en 1517: «El trato principal de aquella ysla [Gran Canaria] es los azúcares que en ella se hazen, e que por ser muy general la más parte de la gente de la dicha ysla se ocupaba en ellos, e que a causa del dicho trato no se coje en ella el pan que es necesario para el sostenimiento de los veci-nos della, e que por la falta que dello ay la dicha ysla se provee de trigo de fuera della». Véase CULLÉN DEL CASTILLO (19952), pp. 195-197. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 346 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 20 til del Archipiélago en este momento en virtud de su riqueza azucarera, contaba con un importante colectivo artesano gracias a esta especialización fabril54, y en ella residían las principales entidades políticas y administrativas de la región (Diócesis, Real Audiencia, Inquisición). Puede entonces afirmarse que el merca-do grancanario de granos se caracterizaba por la escasez, la especulación y los elevados precios, superiores en más de un tercio como promedio a los vigentes en el mercado de Tenerife (cf. cuadro V); una situación que, de no corregirse, perjudicaba en último término a la oferta exportadora azucarera, pues un pan barato reducía sus costes salariales y mejoraba su com-petitividad y, por supuesto, los márgenes de beneficio del indus-trial azucarero. La acción institucional del municipio grancanario tuvo en-tonces un claro objetivo desde el mismo instante en que se pro-dujo un excedente de cereal en las islas comarcanas: exigir la más estricta aplicación de la normativa regia en materia de abastos con el fin de garantizar el abastecimiento de la isla. Y como, a pesar de la libertad de comercio del grano en Gran Canaria, los productores de las islas comarcanas preferían ven-der su excedente en los mercados exteriores, por cuando aquí alcanzaba las mayores cotizaciones, los ediles grancanarios de-nunciaron de inmediato ante la Corte el incumplimiento de la normativa regia en materia de abastos. 54 LOBO CABRERA (1991, 2008). CUADRO V Precios del trigo en los mercados de Gran Canaria y de Tenerife, 1512-1537 Años GC TFE Años GC TFE Años GC TFE 1512 210,0 109,5 1525 384,0 151,2 1533 312,0 286,2 1515 325,5 166,1 1526 360,0 203,3 1536 453,6 265,3 1519 252,0 176,8 1527 384,0 211,9 1537 432,0 265,5 1524 432,0 156,4 1532 372,0 295,5 NOTA: Como ya se indicó, no contamos con información apropiada para el estudio de los precios del mercado grancanario. Las escasas referencias disponibles se han tomado de los protocolos notaria-les que se conservan de esta isla.Fuentes: AZNAR VALLEJO (1983), p. 257; LOBO CABRERA (1994). 347 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 En 1499, la Corona ordenó al gobernador de Tenerife y La Palma, así como a los señores de sus respectivas islas, que ven-dieran el trigo a su justo precio a los vecinos de Gran Canaria55. En 1504 exigió al gobernador de Gran Canaria que informase sobre la acusación presentada contra el gobernador de Tenerife y La Palma, Alonso Fernández de Lugo, de exportar cereales a Portugal y a Berbería56, y el alcance de este negocio queda de manifiesto en la denuncia de su factor en este mercado por in-cumplimiento de contrato57. En 1509 se denuncia de nuevo las exportaciones de pan a Berbería por parte del Adelantado58, y en 1511 los embarques de los vecinos de La Palma, Tenerife, La Gomera y Fuerteventura a Berbería y a Portugal59. Desconocemos de manera fehaciente las consecuencias de este primer conflicto por la regulación del mercado interinsular de los granos en beneficio de la especialización azucarera de Gran Canaria; un conflicto que se reproducirá luego en otro escenario insular (Tenerife) y a raíz de la especialización viní-cola60. La contracción de los precios del trigo en el mercado tinerfeño entre 1507 y 1513, con fondo en 1510 y 1511 (cf. cua-dro II y gráfico 1), bien pudo obedecer a los obstáculos legales que impedían exportar el excedente para fuera del reino, de modo que las denuncias de los ediles grancanarios ante la Cor-te surtieron efecto. Ahora bien, como estas denuncias demues- 21 55 AZNAR VALLEJO (1981), p. 94, doc. 457. 56 Ibíd., p. 128, doc. 619. 57 Ibíd., p. 165, doc. 816. 1510. Orden al gobernador de Gran Canaria para que informe sobre la petición de un artillero que el hijo del gobernador de Tenerife, Pedro de Lugo, llevó a Berbería y que durante los cincos meses que estuvo a su servicio se dedicó a vender trigo a los moros, a razón de un metical de oro (500 mrs) la fanega, lo que provocó la subida del trigo en las islas en dos tercios. El documento no indica la fecha exacta de esta estancia del factor, pero prueba nuestra tesis acerca del papel de la demanda exterior en la formación de los precios en el mercado interno. 58 Referencia tomada del trabajo inédito realizado por Isabel Fuentes sobre la documentación canaria del Registro General del Sello. Agradezco a la autora que me haya facilitado su consulta. 59 AZNAR VALLEJO (1981), p. 177, docs. 883 y 884. 60 Ahora será en beneficio de la vinicultura de Tenerife y La Palma, y el conflicto jalonó toda la historia del mercado interinsular de granos hasta su liberalización por la legislación ilustrada. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 348 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 tran también que hubo extracción, cabe sostener que las dispo-siciones regias no impidieron que los labradores poderosos de Tenerife y La Palma y los señores de las islas de señorío dejaran de exportar sus excedentes de cereal, pues podían solicitar licen-cia regia para continuar con este negocio argumentando los ele-vados servicios prestados a la Corona61. En realidad, las dispo-siciones regias afectaron únicamente al grano de la mayor parte de sus productores, los medianos y pequeños labriegos, y, por consiguiente, debieron inhibir la labor del pan y el desarrollo de esta estrategia colonizadora. Los hechos corroboran esta hipótesis. Los interesados en esta estrategia solicitaron amparo institucional frente a la pre-tensión del municipio de Gran Canaria de impedir la exporta-ción de los excedentes de grano. Argumentaron que era el úni-co bien de intercambio que garantizaba la repoblación de la isla y que no podía conservarse por más de nueve meses por ser la tierra caliente y proliferar los insectos que lo destruían, y en febrero de 1512 la Corona autorizó la extracción del tercio de saca a reinos cristianos62; y aunque sólo fue por un año, los in-teresados en esta estrategia se coaligaron para costear la conso-lidación definitiva de la merced63, que obtuvieron por real cédu- 22 61 Aludimos a la licencia regia otorgada en 1512 a Hernando del Hoyo para exportar doscientos cahíces de todo pan durante diez años y desde su hacienda con puerto propio; por supuesto, exportó pan en cantidades supe-riores a la indicada en la licencia, como denunciaron los vecinos. Cf. VIÑA BRITO, GAMBÍN GARCÍA, RAMOS RODRÍGUEZ y PÉREZ GONZÁLEZ (2006), pp. 172-173. 62 Ibíd., pp. 153-154. 63 En efecto. A fin de cubrir los gastos de esta licencia regia, los labrado-res dieron a su negociador, el regidor Diego de Mendieta, una fanega de tri-go por cada yunta de bueyes de arada, según manifestó uno de los interesa-dos en su consecución, el regidor Pedro Fernández, en acta del 5-09-1522. Además, indicó que los labradores le pagaron a Mendieta la suma de «más de mil fanegas». Y como mil yuntas de bueyes de arada permiten la siembra de unas 280 fanegadas en una jornada de labor, y esta tarea, que comenzaba en las tierras bajas a fines de septiembre, duraba dos meses (52 días de tra-bajo), la superficie de sembradura de estos interesados en la labor del pan para su exportación podemos estimarla en unas 14.000 fanegadas, equivalen-tes a 7.350 hectáreas (una fanegada de Tenerife equivale a 5.249,49 m2). La referencia sobre las yuntas en SERRA RÀFOLS Y ROSA OLIVERA (1965), p. 161. 349 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 la de 30 de agosto de 151664. Por su parte, los labradores de La Palma consiguieron igual disposición por real cédula de 8 de septiembre de 151765. Y en cuanto a la regulación de la saca, la autoridad local de cada isla decidía la extracción, y la licencia que solicitaba cada labriego de su tercio de cosecha sería firma-da por el gobernador o juez de sacas, con jurisdicción sobre las dos islas66. Pero nada más autorizarse el tercio de saca (1512) intervino de nuevo el municipio de Gran Canaria. Sus ediles reiteraron la escasez y carestía del pan en la isla como consecuencia de la especialización azucarera y la necesidad de procurar su abaste-cimiento antes de otorgarse cualquier licencia de saca. Además, sostuvieron que surtir la isla de pan era tanto como garantizar los ingresos regios, pues era la única economía insular que en este momento abonaba impuestos al rey gracias a su riqueza azucarera. Y aunque es bien cierto que los mercaderes que ad-quirían los azúcares podían abastecer de grano al mercado grancanario, como indicaron los productores de Tenerife en defensa de su privilegio de saca y confirman los datos disponi-bles67, el abasto exterior era siempre mucho más caro que el interinsular y, además, sujeto a contingencias de diversa índole. Por consiguiente, los ediles grancanarios denunciaron ante la Corte la actitud de los productores y mercaderes de granos de Tenerife y de La Palma y de sus respectivas autoridades, que preferían exportar el pan para fuera del reino. La real cédula de 1513 atendió las quejas de los primeros. En virtud de ella, los municipios de aquellas dos islas debían vender sus excedentes de cereal por el tanto —es decir, «al mismo precio que lo tovieren comprado» los mercaderes para exportar para fuera del 23 64 Ibíd., pp. 243-244. 65 Parece que las autoridades de La Palma respetaron algo más las dis-posiciones regias, pues en 1511 los mercaderes apelaron a la Corte porque les impedían sacar los granos que habían recibido de los labriegos en pago de sus mercancías. Referencia tomada del trabajo de Isabel Fuentes. 66 Desconocemos el coste de la licencia en estos años y su beneficiario. No parece que fuera el municipio sino el gobernador o juez de sacas. En cuanto a su coste, en 1522 era de medio real por fanega. Cf. COELLO GÓMEZ, RODRÍGUEZ GONZÁLEZ y PARRILLA LÓPEZ (1980), p. 212, doc. 428. 67 LOBO CABRERA (1994). ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 350 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 reino— a los vecinos de Gran Canaria68; y debían, además, no-tificarles de manera fehaciente la existencia de estos excedentes antes de otorgar cualquier licencia de saca. Una disposición que, no obstante, debió reiterar la Corona en 1517, es decir, al año siguiente de haber consolidado el tercio de saca para los productores de Tenerife y La Palma, pues los ediles granca-narios manifestaron su incumplimiento en favor de la exporta-ción «para Portugal e otras partes». Ahora bien, la intervención institucional en la regulación del mercado interno de los granos (prohibir su extracción en años de escasez; preceptivas licencias del tercio de saca; otorgamien-to de estas licencias luego de garantizar el abastecimiento del mercado interior e interinsular) tenía poco o nulo efecto en un escenario con numerosas caletas y ensenadas que facilitaban la carga clandestina de los granos69; en un escenario, además, con estrechos vínculos con el comercio internacional y con produc-tores siempre dispuestos a exportar cualquier mercancía que maximizara su valor en términos de bienes y servicios importa-dos. Y tenía también poco o nulo efecto cuando concurrían demandantes foráneos dispuestos a comprar los granos a cual-quier precio y a burlar toda prohibición de extraerlos, lo cual significa que los beneficios generados por la venta del grano en el mercado interior e interinsular eran inferiores a los obtenidos de su exportación. Los resultados de la pugna por la regulación institucional del mercado interior del grano no fueron otros que los que cabía esperar por todo lo dicho. Porque, por un lado, el conflicto en-tre los municipios de Gran Canaria y Tenerife siguió su curso, adquiriendo incluso caracteres de auténtica piratería por parte de los grancanarios en los años de penuria70. Por otro, con licen- 24 68 CULLÉN DEL CASTILLO (19952), pp. 185-187. 69 Así, en acta del 27-08-1508 se denuncia la saca de trigo por los puer-tos de Taoro y Daute sin licencia y para tierra de moros y se repite esta de-nuncia en acta del 7-05-1512. Véase SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (19962), p. 48 y 152. 70 Me refiero al apresamiento de los buques que salían de los puertos de Tenerife con trigo para Berbería o para Portugal, para obligarles a su descar-ga en los puertos grancanarios. Cf. LOBO CABRERA (1994). 351 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 25 cia o sin ella, el trigo de Tenerife y, probablemente, de La Pal-ma, cubría la demanda de bizcocho de los bajeles que cruzaban el Atlántico y de harina de los primeros colonos indianos71; abastecía las plazas lusas de la costa occidental africana72 y lle-gaba a los mercados urbanos del Portugal continental73 y de la Baja Andalucía74. Y es que, aquí, y como consecuencia de una demanda que creció de forma constante en virtud de una expansión demográ-fica cada vez más acelerada desde mediados del siglo XV, los excedentes de cereal eran muy limitados y frecuentes los años de escasez y carestía. Las autoridades urbanas se veían enton-ces obligadas a prohibir la extracción de los granos y a procu-rar su importación75. Y comprar grano en Tenerife era un nego-cio rentable, pues las escasas referencias disponibles para estos años indican que los precios del grano en las urbes andaluzas —y, probablemente, en las portuguesas— doblaban a los cana-rios en los años de crisis76. Una tesis que si bien exige una ma-yor apoyatura empírica, como indica su autor, parece clara si consideramos que los precios canarios durante estos años se comportaron de manera similar a los de Castilla la Nueva (cf. gráfico 2)77, y en este caso convenía a las urbes andaluzas im-portar grano de Canarias que del interior de Castilla, dados los menores costes del transporte marítimo. Y si, por último, con-sideramos la recurrente insuficiencia de la producción andalu-za, parece claro que los primeros colonos indianos preferían adquirir la más barata harina isleña. 71 PERAZA DE AYALA (1975), pp. 21-23. BERNAL (1992), pp. 97-98. 72 RICARD (1949). 73 LOBO CABRERA y TORRES SANTANA (1997). 74 AZNAR VALLEJO (1983), p. 339. 75 OTTE (1996), pp. 140-152. 76 AZNAR VALLEJO (1983), p. 258. 77 La serie de precios de Castilla la Nueva se ha tomado de Hamilton y la de Canarias del cuadro III, con la importante salvedad que se han homo-geneizado las unidades metrología y monetaria. En este sentido, la fanega de Tenerife pesa en estos años a 47,14 kilos, 43,25 la de Castilla y 42,62 la de Sevilla, mientras que un maravedí de Canarias equivale a 1,2353 mr de Castilla entre 1497 y 1521 y a 1,4117 mr luego de 1521. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 352 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 26 GRÁFICO 2 Precios del trigo. Tenerife y Castilla la Nueva, 1501-1562 (en mr/qm) 4. LA ESTRATEGIA EXPORTADORA SE AFIANZA Así pues, en torno a 1507 se inicia en Tenerife un actividad exportadora de cereal que obtuvo el definitivo respaldo regio en 1516; un apoyo institucional que, desde luego, estimuló la labor roturadora con destino a las sementeras al despenalizar la ex-portación del tercio de saca y, por supuesto, favorecer la extrac-ción ilegal de cantidades que superaban esta proporción de la cosecha. A partir de ahora se afianza una estrategia productiva dedicada al cereal que tiene como principal expectativa las ga-nancias generadas por su comercialización en los mercados ex-teriores. Se colige entonces que esta estrategia incidió en la for-mación de los precios del trigo, que tendieron al alza (cf. cuadro II y gráfico 1), de modo que, frente a los esperados beneficios de los productores y de la clase mercantil, cabría aludir a la inde-fensión y penuria de los consumidores, al prestar el consistorio de Tenerife, dominado por los intereses agrarios, oídos sordos a sus quejas. 353 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 Pero debemos convenir de nuevo en la timidez de su eco en este período de la historia insular como consecuencia de la muy reducida demanda interna. Todavía no existía en esta isla y en esta hora un colectivo rural y urbano que viviera del pan de la plaza; el nivel de especialización azucarera de la economía in-sular siguió siendo muy bajo, había aún tierra libre y fértil o bien a baja renta para todo aquel que quisiera labrarla, y la actividad urbana contaba con unos pocos artesanos, al persistir la importación de la mayor parte de los bienes manufacturados. Los escasos datos disponibles sobre población, producción y precios tienden a confirmar esta tesis. En 1514 el Consistorio elaboró una nómina de vecinos de la capital insular con objeto de prorratear los gastos de limpieza de sus calles78. Según esta relación, en la que no consta obvia-mente la población flotante ni la que habitaba en los caseríos aledaños, la villa contaba con 317 vecinos, es decir, con 1.743 habitantes (coef. 5,5); pues bien, si suponemos que la población del resto del territorio mantuvo la proporción que tenía en 1506 con respecto al total insular (cf. cuadro V), la isla tendría 5.518 habitantes en 1514, habiendo aumentado entre ambas fechas a una tasa anual acumulativa del 3 por ciento. En 1525, el Cabildo indica que «se a poblado e multiplicado la población desta dicha ciudad, que ay en ella más de mill ve-cinos y de continuo se va poblando más»79. Ahora bien, se trata de la feligresía de la comarca de La Laguna80, cuya población 27 78 MORENO FUENTES (1978). 79 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1970), p. 304. La referencia se encuen-tra en la información que el Cabildo elaboró para crear nuevas entidades parroquiales mediante la división del beneficio único que la Corona había otorgado a Rodrigo de Argumedo, chantre de la diócesis de Cádiz, en la que residía, condenando al abandono a la feligresía insular. 80 Durante este período, la isla se dividía a efectos administrativos y eco-nómicos en tres unidades o comarcas cuyos linderos coincidían con los de los tres beneficios eclesiásticos. El territorio del beneficio de La Laguna com-prendía desde el municipio de Güímar hasta el de La Vitoria, ambos inclusi-ve; el beneficio de Taoro, desde el lindero del municipio Güímar hasta el de San Miguel de Abona y Vilaflor, en la vertiente sur y, por la vertiente norte, desde el lindero del municipio de La Victoria hasta el de Icod de los Vinos; finalmente, el beneficio de Daute incluía el resto del territorio insular. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 354 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 superaba, de acuerdo con esta cita, los 5.500 habitantes. Una cifra que debe sin duda rebajarse, pues en acta de noviembre de 1531 se afirma que la población de la ciudad y su comarca as-cendía a 5.179 habitantes; y se afirma también que en Tagana-na, Güímar y Abona vivían «587 personas», y que en las partes de La Orotava, Realejo y Daute «avrá más de ocho o diez mil personas»81. Pero estas cifras no concuerdan en absoluto con lo dicho en acta de octubre del año anterior, donde se dice que en La Orotava había más de 400 vecinos, y más de 200 en Los Realejos82. Aceptando, pues, estos cómputos, y suponiendo que en la comarca de Daute hubiera en torno a 330 vecinos83, la isla tendría unos 10.766 habitantes en 1531. El resultado sería que la población insular apresuró su crecimiento entre 1514 y 1531, a un ritmo anual ahora del 4 por ciento. Nuestras estimaciones son, sin duda, sorprendentes; signifi-can, en síntesis, que algo más de tres puntos del 4 por ciento de crecimiento anual acumulativo se debía a jóvenes inmigrantes cuya elevada tasa reproductiva hacía posible el resto porcentual en un contexto de mortalidad ordinaria. Los testimonios por ahora disponibles, aunque claramente insuficientes, tienen a corroborar este análisis; no mencionan ninguna crisis de mor-talidad en Tenerife —no así en Gran Canaria, donde hubo repe-tidos años de pestilencia— sino más bien una constante arriba-da de nuevos pobladores y la fundación de nuevas entidades parroquiales a partir de la segregación de las parroquias matri-ces, esto es, de las creadas en los albores de la colonización. Así, en los capítulos que el Consistorio aprobó en 1514 para presentar ante la Corte, los regidores aseveraron que «agora hay en la isla pasado de ochocientos vecinos»84; un generoso coefi-ciente arrojaría la cifra de unos 5.000 habitantes. Por su parte, 28 81 ROSA OLIVERA y MARRERO RODRÍGUEZ (1986), pp. 327-328. 82 Ibíd., pp. 266-267. 83 Los vecinos de la comarca de Daute se han estimado del modo siguien-te. En 1546, el Cabildo distribuyó un lote de armas entre el vecindario, y cabe suponer que los hombres de armas guardan una estrecha relación con el total de población. Pues bien, a los hombres de la comarca les correspondió un 16,7% de las lanzas repartidas. Véase la referencia en MARRERO, PADRÓN Y RIVERO (2000), p. 25. 84 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), p. 100. 355 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 el prelado Fernando Vázquez de Arce reconoció en su visita ad limina el incremento de la feligresía, de sus ingresos y del pro-ducto de las rentas decimales, y procedió por ello a efectuar la segunda reordenación administrativa de la geografía parroquial: cinco curatos o ayudas de parroquia del norte insular fueron elevados a la categoría de beneficio en 1515-1516 y dos más en 1520-152185. Finalmente, en 1533 obtuvieron este privilegio el Realejo Bajo y Güímar, y tres años antes los curatos que consti-tuyeron los primeros caseríos del sur insular: Adeje y Vilaflor. Se configura así una geografía eclesiástica que no sufrió modifica-ciones sustanciales hasta principios del siglo XVII. Conocemos de manera aproximada la cosecha de 1515 gra-cias, de nuevo, al administrador de los diezmos. A finales de agosto certificó «que no habría en toda la isla... más de 35.000 fanegas de trigo, y que le parecía que estarían ya sacadas más de 10.000 fanegas»86. Y argumentando las existencias de grano avaladas por aquella tazmía y su indiscutible autor, el consisto-rio prohibió su exportación a finales de septiembre87. Cabe en-tonces pensar que actuaba así para defender al consumidor de toda posible penuria. Ahora bien, las 35.000 fanegas de trigo que habría en toda la isla luego de haberse sacado más de 10.000 a poco de haber fi-nalizado la cosecha de este cereal, permiten computar ésta en un mínimo de 45.000 fanegas. Un nivel de producción que con-firma uno de los regidores, Pedro Fernández, en 1522, así como la cantidad promedio extraída y el consumo aparente de trigo, al indicar «que antaño no se habían cogido más de cincuenta mil, ...se habían sacado más de 15.000, y no había faltado pan en la isla»88. En resumen, los ediles sugieren que durante estos años —esto es, de 1515 a 1521— se había exportado el tercio de la cosecha y la isla había quedado abastecida. Los datos disponi-bles demuestran que el regidor estaba en lo cierto. Los dos tercios de la cosecha, que podemos valorar en torno a las 35.000 fanegas, superaban el consumo aparente en estos 29 85 GÓMEZ GÓMEZ, GONZÁLEZ ZALACAÍN y BELLO LEÓN (2008), p. 33. 86 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), p. 129. Acuerdo de 28-08-1515. 87 Ibíd., p. 134. Acuerdo de 24-09-1515. 88 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1970), p. 166. Acuerdo de 29-09-1522. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 356 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 años. Hemos estimado que la población aumentó a una tasa anual de crecimiento acumulativo del 4 por ciento anual entre 1514 y 1531 (cf. cuadro III); siendo así, la isla tendría 5.342 habitantes en 1515 y la cantidad de grano per capita sería de 6,6 fanegas de trigo, reducidas a 4,8 en 1521, cuando la población estimada subió a 7.295 habitantes. Pero como la cuarta parte de la población insular consumía cebada (gofio) y la producción de este grano superaba con creces a la de trigo, aquellas ratios de consumo aparente de trigo por habitante descendieron de 8,2 en 1515 a 6,0 en 1521, de modo que durante estos años no hubo problemas de abastecimiento. Entonces, ¿qué significado debemos otorgarle a la disposi-ción edilicia de prohibir la extracción a últimos de septiembre de 1515? A nuestro juicio, no puede ser otro que facilitar su entroje para su futura comercialización en los meses mayores y el incremento de los precios, especialmente en el mercado de Gran Canaria. Y decimos esto porque cuando sus vecinos, an-gustiados ya por la escasez, exigieron en mayo de 1516 que se cumplieran las disposiciones regias y se les suministrase trigo, el consistorio tinerfeño autorizó la extracción del tercio de los labradores89. Y dada esta política exportadora y de precios del grano, la decisión de prohibir de nuevo la saca en noviembre de 1516 tiene, a nuestro juicio, igual interpretación90, sobre todo si consideramos que en mayo del siguiente año se acordó eliminar los intermediarios en la compra de los tercios del pan con el fin de mejorar el precio pagado al labrador; debían actuar única-mente el mercader exportador y el corredor de lonja91. Así pues, la producción de cereales se duplicó entre 1507 y 1520, y como la población no alcanzó igual ritmo, más de un tercio de la cosecha se destinó a la exportación. Entonces, ¿por qué los precios del trigo subieron de forma constante durante estos años, es decir, de 108,44 mrca en 1511 a 341,83 en 1521 (cf. cuadro III y gráfico 1)? La explicación se encuentra, sin duda alguna, en el tirón de la demanda exterior, por cuanto, de 30 89 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), p. 163. Acuerdo de 16-05-1516. 90 Ibíd., p. 180. Acuerdo de 24-11-1516. 91 Ibíd., p. 192. Acuerdo de 22-05-1517. 357 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 no existir ésta, los precios se hubieran mantenido estables92. Una tesis que incluso reconoció la propia autoridad concejil cuando suprimió los precios oficiales máximos del trigo y la cebada en mayo de 1516, y que «cada uno venda como pueda, dentro o fuera de la isla»93. La libertad triunfó al fin sobre todo obstáculo proteccionis-ta. Pero, ¿de qué libertad se trataba? ¿Quiénes eran los llamados a disfrutar de ella en primer término? Como toda victoria, ha-bía que saber administrarla, máxime en el caso de un producto tan sensible como el pan. Su excesiva extracción podía provocar las quejas de los que vivían del pan de la plaza, aunque fueran pocos por el momento. Y que hubo quejas lo demuestra la real cédula de 19 de septiembre de 1520, dictada a propuesta del regidor Suárez Gallinato, interesado en los panes y en los azú-cares, que exigió al consistorio que debía otorgar las licencias del tercio de saca luego de cerciorarse de manera fehaciente del monto de la producción insular y de garantizar el abasto inte-rior94. Y lo demuestra también la real cédula de 7 de febrero de 1522, motivada por la concesión de licencias de saca para Cabo Aguer, Zafi y Portugal por encima del tercio permitido, lo que había provocado el alza de los precios95. Ahora bien, el esfuerzo institucional en este apartado no era la mejor política para paliar toda posible carestía. Porque si bien era sencillo precisar la cosecha pidiendo informes a los abades sobre la renta decimal, hacer la cala y cata del pan era un tra- 31 92 La incidencia de la demanda exterior en el alza de los precios se de-nunció en 1522. Referencia tomada del trabajo inédito de Isabel Fuentes. Cf. infra. 93 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), p. 165. Acuerdo de 26-05-1516. El texto del acta es verdaderamente ilustrativo: «Se platicó sobre el coto que está puesto al pan, que no pasase de a doscientos mrs la hanega de trigo y cien mrs la hanega de cebada en esta isla, entre vecinos, ecepto quello que desta isla saliese, que fuese en más alto precio, lo que resulta en perjuicio, porque en los años pasados ha habido abundancia de pan y por codicia del más precio se sacaba todo el pan, y si se quitase la tasa no se sacaría y se entrojaría para que estuviese para los tienpos necesarios y se poblaría más la isla, tanto más que en las islas comarcanas no hay tasa del pan». 94 VIÑA BRITO, GAMBÍN GARCÍA, RAMOS RODRÍGUEZ y PÉREZ GONZÁLEZ (2006), pp. 522-523. 95 AZNAR VALLEJO, VIÑA BRITO y PALENZUELA (1991), pp. 93-94, doc. 355. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 358 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 bajo laborioso y complicado. Se requería visitar todos los grane-ros de la isla para conocer el volumen de grano entrojado y computar la población para medir el grano necesario para su sustento hasta la cosecha venidera; además, era un trabajo en parte infructuoso, pues para cuando concluía ya se había extraí-do una elevada proporción de la cosecha con el beneplácito de la autoridad encargada de garantizar que su exportación no pusiera en peligro el abasto interior. Y decimos esto porque los principales exportadores eran los regidores y el gobernador o juez responsable de firmar las licencias de saca y porque la ex-portación del pan no se regía por criterios de democracia mer-cantil. Una pequeña muestra de solicitudes de licencias de saca de 1521-1522 sugiere que el privilegio del tercio estaba relativa-mente repartido, pues el 75 por ciento de los peticionarios ex-portaron el 50 por ciento de un total de 7.120 fanegas (cf. cua-dro VI). Pero esta circunstancia queda desvirtuada por las licencias de saca concedidas por la Corona a particulares en pago de sus servicios. Recordemos la licencia dada en 1512 a Hernando del Hoyo96. La segunda, de fecha aún imprecisa, fue otorgada al propio juez de sacas, el gobernador Alonso Fernán-dez de Lugo o bien a su hijo y sucesor, Pedro Fernández de Lugo, para poder extraer para reinos cristianos nada menos que 25.000 fanegadas, reiterándose las quejas de los labradores, a los que se negaba el tercio de saca para con sus granos abastecer el mercado interior97; una concesión y su prejuicio que se repite en 1542, cuando el tercer adelantado presentó nuevamente en ca-bildo la real cédula que le autorizaba la extracción de 12.000 fanegas98. 32 96 Cf. nota 61. 97 No sabemos la fecha de esta concesión regia. Consta en carta regia de 23-03-1528, que alude a las quejas de los labradores. Referencia tomada del trabajo inédito de Isabel Fuentes. 98 MARRERO, RIVERO Y PADRÓN (2000), p. 335. Acta del 14-08-1542. Los regidores indican que en años pasados se había presentado esta merced re-gia de saca, pero se había denegado por el considerable daño que se causa-ba a los labradores, autorizándose en este año por la abundante cosecha y en cuantía de 3.000 fanegas. Esto indica que la merced regia incluía la cláusula 359 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 Lo dicho permite sostener que, desde un punto de vista institucional, las licencias del tercio de saca no eran el mejor modo de administrar la libertad de comercio del cereal en este contexto socioeconómico y político. Había que poner en marcha otros mecanismos acordes a este contexto; el primero sería fa-vorecer el incremento de su producción, y, el segundo, crear un pósito concejil con el fin de almacenar grano para los años de penuria y poder frenar el alza de los precios. De ahí que en 1516 el Cabildo decidiera liberar el mercado del grano con la expre-sa condición de que cada productor contribuyera con una pe-queña proporción de su cosecha —el 1% del trigo y el 0,5% de la cebada— para formar el pósito concejil, y sin recibir por ello estipendio alguno99. 33 CUADRO VI Solicitudes de licencia de saca en 1521-1522 Frecuencia Productores Cereal (en fags) N-º % Fgas % – 50 10 17,2 307 4,3 50-100 14 24,1 876 12,3 100-150 19 32,8 2.040 28,7 150-200 6 10,3 932 13,1 200-250 5 8,6 1.128 15,8 + 250 4 6,9 1.837 25,8 Totales 58 100,0 7.120 100,0 FUENTE: Martínez Galindo (1988). Elaboración propia. de que sólo podía disfrutarse en el caso de que se garantizara el abasteci-miento interior, y la validación de esta cláusula dependía del Cabildo. Ade-más, el tercer adelantado no ejercía ya el cargo de gobernador de la isla. 99 Se esperaba conseguir con esta prestación la suma de «tres mil doblas de oro castellanas del cuño de la vanda» (1.500.000 mrca). Sin embargo, la propuesta, como cabía esperar, no prospe-ró. Entonces el Cabildo, acuciado por el alza de los precios y la penuria de 1521, debida probablemente a la excesiva extracción, ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 360 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 aprobó en junio de este año la propuesta del regidor Suárez Gallinato: la roturación de una parte de las dehesas que circun-daban la capital insular para formar con sus rentas en trigo el ansiado pósito concejil100. Ahora bien, esta decisión, apoyada sin duda por todos los interesados en la labor del pan —que se ex-presaron por boca de Gallinato—, pues traspasaba al sector público la obligación privada de atender el abasto interior antes de cualquier veleidad exportadora, revela la fuerza de una estra-tegia roturadora favorable a las sementeras y vinculada a la demanda exterior. Y conocemos sus resultados. Si la cosecha de 1522 se evaluó en 100.000 fanegas de trigo y 150.000 de ceba-da101, frente al promedio de 50.000 de trigo y 75.000 de cebada de los años anteriores102, a principios de junio de 1530 se espe-raba coger 100.000 fanegas de trigo sólo en la comarca de La Laguna, frente a las 70.000 recogidas en el año anterior según su diezmero103. ¿Podríamos entonces estimar la producción to-tal de 1529 en 115.000 fanegas de trigo y 172.500 de cebada (en total, 287.500 fanegas)104, y la cosecha venidera de 1530 en 160.000 fanegas de trigo y 240.000 de cebada (en total, 400.000 fanegas)? Nuestros cálculos son, sin duda alguna, muy discutibles. Sin embargo, permiten al menos afirmar que la producción de ce-reales de Tenerife alcanzó un nuevo y más vigoroso impulso entre 1522 y 1530. La ampliación de la sementeras y la elevada fertilidad de un suelo de nueva roturación hicieron que la ofer-ta cubriera con creces la demanda, incluso en los años en que 34 100 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), p. 98. Sobre las tierras conce-jiles, véase MACÍAS HERNÁNDEZ (1978). 101 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), pp. 161-162. 102 La cosecha de cebada se ha estimado según su proporción en el cóm-puto total de 1522. 103 ROSA OLIVERA y MARRERO RODRÍGUEZ (1986), pp. 240-241. 104 Esta estimación, algo arriesgada, sin duda, se basa en considerar que las cosechas de las comarcas de Taoro y Daute representaban el 40% de la producción insular, es decir, la misma que a finales de la centuria y que co-nocemos gracias a su serie decimal. Y debo agregar en mi descargo que es muy posible que este porcentaje fuera más elevado en el primer tercio del quinientos, pues desde la segunda mitad de esa centuria la expansión vitícola tuvo su principal área en aquellas comarcas. 361 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 hubo una pésima cosecha105. Los precios se hundieron (cf. cua-dro III y gráfico 1) y los productores solicitaron a la Corona en 1527 una nueva licencia de saca, esta vez para exportar «todo el pan que sobrare de los otros dos tercios de la cosecha»106; una solicitud que, en realidad, trataba de legalizar el fraude, pues en estos años se extraía más del tercio de saca107. Así pues, el motor de la nueva expansión roturadora fue, de nuevo, la labor del pan con destino a su exportación. Los esca-sos testimonios disponibles reiteran los embarques de harina y bizcocho a Indias108, con una activa industria de molienda, so-bre todo en las partes de Taoro y Daute, donde existía una ma-yor disponibilidad de agua para mover los molinos hidráulicos; de trigo a Madeira, a las urbes del Portugal continental, a las factorías africanas de este reino y, por último, a la Baja Anda-lucía, donde el trigo, según los regidores insulares, era «mucho más caro que en esta ysla»109. Una tesis que podemos incluso confirmar: el precio de reventa de la fanega de trigo en la Baja Andalucía fue en 1522 de 199 mrs, de 180 mrs en 1524 y de un mínimo de 300 mrs en 1529110, y en Canarias y en estos años, de 212,46 mrs, 110,82 mrs y 151,86 mrs, y recordemos, además, que la fanega isleña era superior en casi un 10 por ciento a la de Sevilla111. Y efectuado este ajuste, el diferencial de precios entre la capital andaluza y el mercado de Tenerife queda aún mucho más claro y, sobre todo, con respecto a Castilla la Nue-va (cf. gráfico 3)112. 35 105 En abril de 1526, el consistorio prohibió la extracción porque presa-giaba una pésima cosecha. Así ocurrió, y en octubre obligó a los mercaderes a abrir sus lonjas y a vender el trigo a seis reales viejos (252 mrca), «pues así consta por información que vale comúnmente». ROSA OLIVERA y MARRERO RODRÍGUEZ (1986), pp. 113 y 150. Acuerdos del 6-04-1526 y del 20-10-1526. 106 Ibíd., pp. 414-415. 107 Ibíd., p. 71. Los fraudes se denuncian sobre todo en 1525. En acta del 7 de julio se denuncia que los labradores sacan más de lo permitido no en-tregan la licencia, de modo que tornan a utilizarla de nuevo. Se exige su entrega al guarda del puerto. 108 Ibíd., p. 251. 109 Ibíd., p. 252. Cf. comentario de la nota 142. 110 OTTE (2008), p. 54. 111 Cf. nota 77. 112 La serie de precios de Sevilla se ha tomado de BORRERO FERNÁNDEZ (1991). ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 362 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 Los mercaderes del grano eran lusos y castellanos y la ma-yor parte de los armadores de la primera nación113, es decir, con base en los puertos de Oporto, Lisboa, Tavira, Lagos114. En re-sumen, la economía del cereal de Tenerife y, probablemente, de La Palma, respondió a la demanda de un mercado cuyo princi-pal escenario eran las urbes portuguesas y andaluzas en un pri-mer momento, agregándose luego el mercado americano. Y cabe entonces preguntarse si el intercambio con la economía ibérica incluyó también determinados servicios; en concreto, el representado por una fuerza de trabajo de carácter temporero. Una cuestión que, si bien exige un esfuerzo investigador de lar-go alcance, cabe sugerir aquí, pues plantea un nuevo y enrique-cedor enfoque sobre lo que supuso la economía del cereal para el proceso de construcción de la nueva sociedad y economía isleñas. 36 GRÁFICO 3 Precios del trigo. Tenerife, Castilla la Nueva y Sevilla, 1524-1562 (en mr/qm) 113 BERNAL (1997). 114 LOBO CABRERA y TORRES SANTANA (1997). 363 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 5. LOS PRIMEROS TEMPOREROS DEL ATLÁNTICO No disponemos aún de un detallado estudio sobre el área ocupada por las sementeras en esta fase de la colonización in-sular. Como ya hemos señalado, el colono europeo desplazó al indígena de sus predios de labranza. Pero la tecnología de este labriego no exploró toda la capacidad útil del suelo, y también sabemos que el colono europeo deforestó áreas cubiertas de abundante floresta en las medianías del barlovento insular para ampliar la tierra de labor. Se trataba, sobre todo en este último caso, de suelos pardos y fersialíticos, ricos en materia orgánica, arcillosos y bien estructurados115 y, por consiguiente, muy férti-les, especialmente en sus primeros años de cultivo, lo que expli-caría en parte la competitividad cerealista insular en el merca-do atlántico. Retomemos ahora nuestros cálculos de las producciones de la década de 1520 y reduzcamos sus cifras a la cosecha mínima que los labradores esperaban obtener de la tierra que habían sembrado: 100.000 fanegas de trigo y 150.000 de cebada. Pues bien, si suponemos que una fanegada de fértil secano y de nue-va roturación producía por término medio ocho fanegas de tri-go o diez de cebada116, la obtención de aquella cosecha mínima requería la siembra anual de unas 27.500 fanegadas, esto es, 14.436 hectáreas. Probablemente no faltaban en la isla yuntas, gañanes y peo-nes para realizar la sementera. Recordemos al respecto que los principales interesados en la labor del pan disponían hacia 1515 de más de mil yuntas de bueyes de arada117; un capital pecuario 37 115 FERNÁNDEZ CALDAS y TEJEDOR (1984), pp. 253-254. 116 AZNAR VALLEJO (1983), p. 256. Los rendimientos son sin duda eleva-dos, pero propios de una tierra de nueva roturación; además, a finales del siglo XVIII se obtenían rendimientos similares en los secanos más producti-vos, mientras que en los marginales eran de 5,5 y 6 fanegas de trigo y ceba-da por fanegada, respectivamente. Véase HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (1983), t. III, pp. 212-213. 117 Cf. infra y nota 63, donde sugiero que este capital permitía sembrar unas 7.350 hectáreas. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 364 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 de labranza que desde luego aumentó en la década de 1520 para poder acometer la documentada ampliación de las semente-ras118. Pero las labores de recolección (siega, trilla y entroje del grano) exigen contratar un elevado número de jornaleros. Las respuestas al interrogatorio de 1802 sugieren una media de doce jornadas o peones por fanegada; una cifra, por otra parte, muy similar a la indicada en las cartillas que evaluaban la riqueza insular a mediados del siglo XIX. Podemos entonces estimar que las labores de recolección de la cosecha mínima de la década de 1520, es decir, de una sementera de 27.500 fanegadas, requerían la contratación de unas 330.000 jornadas de trabajo. Estas labores se hacían de forma escalonada en el Archipié-lago, es decir, atendiendo a sus diferenciados ecosistemas agra-rios. Comenzaba en las tierras bajas a mediados del mes de abril con la siega, trilla y entroje de la cebada, la principal co-secha de grano; proseguía luego con el trigo morisco, y finaliza-ba en el mes de agosto en las fértiles tierras de medianías, don-de se recogía el cereal más apreciado, el trigo candeal, destinado a la exportación. En total, estas labores ocuparían unos 143 días de trabajo, de modo que las 330.000 jornadas suponen la con-tratación diaria de 2.300 peones. La conclusión que se despren-de de nuestras estimaciones es bastante obvia, por mucho que quisiéramos ponderarla: no había en Tenerife estos activos119 y, por consiguiente, la recolección del pan exigía la importación de fuerza de trabajo. Los testimonios disponibles, aunque por aho-ra muy escasos, avalan su presencia e indican, incluso, su prin-cipal origen: se trataba de temporeros lusitanos. 118 Decimos esto porque entre 1507 y 1534 el precio de una yunta de bueyes de arada se redujo en un 20% y más aún su renta (79,16%) por la mayor disponibilidad de este capital pecuario. Porque, en el primer caso, si su valor subió de 8.000 a 9.500 mrca, en términos de fanegas de trigo se redujo de 42,9 a 34,28 fanegas, mientras que en el caso de la renta la caída fue de 30 a 16,25 fanegas de trigo. Las referencias se han tomado de MARRERO RODRÍGUEZ (1974) y ALFARO HARDISSON (2000). 119 A mediados de la década de 1520, la isla tendría, según nuestros cál-culos, unos 8.500 habitantes, de los que 4.000 serían varones y, de ellos, unos 1.800 con edades entre 15 y 45 años. Siendo así, los activos agrícolas no superaban el millar. 38 365 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 El debate sobre la ordenanza salarial de 1509, cuyo comen-tario veremos luego, alude a la presencia de segadores foraste-ros que cobran soldadas en trigo y dinero. Entre 1520-1526, de 49 trabajadores con actos escriturados ante dos escribanos, 29 (60 %) son estantes portugueses120; entre 1534-1537, de 93 traba-jadores son estantes portugueses 49 (52,6%)121. Sus áreas de procedencia: Madeira, Lagos, Tavira, Viana de Caminha, Viseo, Oporto. En acta de 16 de diciembre de 1532 se planteó que la fabricación de pez en los montes de la isla era de poco o ningún provecho por la destrucción de los pinares y porque los que la hacían «eran portugueses e vergantes, no vecinos e moradores en esta ysla e de que tenían avido algund provecho se yvan a sus tierras y llevavan los dineros que tenían ganados en el hazer la pez»122. En acta de 9 de septiembre de 1539, el jurado de la isla señaló que «los labradores e otras personas, vecinos e estantes, … no tienen trigo para su provisión, demás de que de seys o siete meses a esta parte ha venido a esta ysla mucha gente de fuera parte en cantidad de mill e quinientas personas»123. En 1549, el jurado declara que había en la isla muchos tra-bajadores portugueses que no siendo casados ni avecindados se habían entrometido a sembrar pan, tenían bestias y carretas, sus labores habían provocado el alza de los jornales y se lleva-ban ocultamente el dinero para su país124. Por desgracia, no disponemos por ahora de más testimonios cualitativos que demuestren esta presencia de trabajadores por-tugueses ligados a la recolección de los panes y, por supuesto, huelga decir que es imposible toda aproximación estadística al respecto. Ahora bien, en todo caso, su presencia estuvo motiva-da por la escasez de fuerza de trabajo local para atender estas labores y, por lo tanto, su principal atracción serían los elevados salarios abonados durante la recolección de los panes. Los da- 120 Referencias tomadas de MARTÍNEZ GALINDO (1988). 121 Referencias tomadas de ALFARO HARDISSON (2000) y LUIS YANES (2001). 122 ROSA OLIVERA y MARRERO RODRÍGUEZ (1986), pp. 393-394. 123 MARRERO, PADRÓN y RIVERO (1997), p. 155. 124 PERAZA DE AYALA (1976), pp. 21-28. 39 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 366 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 tos disponibles confirman esta tesis y permiten conocer de ma-nera aproximada las ganancias salariales obtenidas por estos segadores temporeros. A principios de abril de 1504, es decir, coincidiendo con los inicios de la recolección de la cebada, los ediles decidieron fre-nar el alza de los salarios en esta labor, debido, obviamente, a la elevada carencia relativa de mano de obra. Acordaron, bajo las más severas penas, que el jornal de los segadores, con ho-rario de sol a sol, fuera de real y medio (63 mrca)125 y la comi-da, sin que en ella entrara el vino, al tiempo que prohibieron uno de los mecanismos que incidía en el alza de los salarios: la siega a destajo126. Y como los testimonios disponibles para otros períodos equiparan el valor de la comida y bebida a la parte del jornal abonado en dinero127, podemos por el momen-to considerar válida esta equivalencia para el quinientos, de modo que el salario sería de 126 mrca y quizás más alto, pues el vino era un auténtico lujo en estos años128, y cabe por ello suponer que ningún segador contrataría sus servicios sin la ración de vino. La segunda referencia es de julio 1509, es decir, en plena recolección del trigo, y su comentario permite entrever no sólo el alza del jornal de siega, sino también insistir sobre la presen-cia de una fuerza de trabajo inmigrante de carácter temporero y ligada a la recolección. El 20 de dicho mes, el regidor Zorroza, en nombre de los labradores vecinos, acusó a los segadores de exigir elevadas soldadas, de negarse a recibir salarios en trigo, como estaba ordenado, o bien de aceptarlo en tan bajo precio «que todo lo que los dichos trabajadores han aprovechado no basta para pagar sus soldadas». Su denuncia, que motivó un acalorado debate, se cerró con el siguiente acuerdo: «que los trabajadores que han servido en las labores del pan en este agos- 125 Recuérdese que el real castellano corre en este momento en Canarias por 42 mrca. 126 SERRA RÀFOLS (19962) p. 71. Acuerdo de 4-04-1504 y de 20-04-1504. 127 El economista y coetáneo Francisco M. de Escolar y Serrano estudió el mercado de trabajo insular en 1800 y anotó esta proporción. Véase al res-pecto HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (1983), t. III, p. 231. 128 MACÍAS HERNÁNDEZ (2007), p. 25. 40 367 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 to reciban [su jornal] en trigo a precio de 150 mrca la fanega, puesto en la villa»129. La ordenanza fue de inmediato contestada por los segadores y, por supuesto, por los labradores que debían contratarlos por no haber aún acabado de segar sus sementeras. El regidor Pe-dro Fernández, probablemente uno de estos labradores, solici-tó el 3 de agosto la revocación de esta ordenanza, que conside-raba perjudicial a la isla «porque los trabajadores se irían porque valía el trigo de contado a dos reales y menos» (84 mrca) la fa-nega. Pero el promotor de la ordenanza «en nombre de los ve-cinos y del pueblo», el regidor Zorroza, la fundamentó alegan-do que «se había cogido menos pan que [en] años pasados y los traba-jadores han llevado sus soldadas en mucho más cantidad que [la que] solían llevar, y que deshaciendo lo ordenado viene mucho perjuicio por falta de dineros, como es notorio, y no pueden pagar [los labradores] sino en aquello que cogen, y si menos [tri-go] se recibiere [de salario y al precio establecido], los trabajado-res habrán el dinero que hay y pan y se irán y quedarán los veci-nos despojados y será causa de despoblar la isla»130. La tercera referencia es de 22 de mayo de 1523 y refuerza la tesis del alza de los jornales, sobre todo a lo largo de esta déca-da, cuando se amplió la tierra de labor destinada a los panes y se requirió entonces una mayor contratación de temporeros para la recolección. En acta de dicha fecha, cuyo resumen al margen es bastante expresivo —contra trabajadores—, se platicó sobre la elevada subida de los jornales, especialmente de los segadores, que «piden soldadas en inmensa cantidad y aún po-nen límite en el servicio, que no quieren segar sino antes de mediodía, en tal manera que los señores que tienen necesidad de ellos tienen grande trabajo»131. Se tomó el acuerdo de fijar el jornal en 70 mrca, además de comida y bebida según costum-bre, y la jornada sería de sol a sol, de modo que podemos esti-mar el salario nominal, incluyendo el valor de la comida y be-bida, en 140 mrca. 129 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (19962), p. 39. El subrayado es nuestro. 130 Ibíd., p. 40. El subrayado es nuestro. 131 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1970), pp. 203-204. 41 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 368 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 Pero nadie cumplió esta ordenanza salarial por la fuerza del segar, como declararon los propios regidores a los pocos días de haber acordado la nueva ordenanza132, ni tampoco la prohibi-ción del trabajo a destajo. Así, dos segadores se obligaron el 7 de julio de 1522 a segar en 15 días «una suerte de las tierras nuevas de pan», recibiendo por ello 40 fanegas de trigo133. Ha-gamos ahora nuestros propios cálculos; como el precio mínimo del grano en este mes fue de 200 mrca, los dos segadores perci-bieron cada uno 4.000 mrca por quince días de trabajo, es de-cir, 266 mrca diarios. El alza de los salarios siguió su curso y en acta de 5 de julio de 1527, «atento al desorden que tienen los jornaleros segado-res que andan a segar pan e llevar los jornales demasiados», el Cabildo fijó su jornal en 75 mrca y la comida y bebida134; en total, en 150 mrca. Pero de poco valió esta ordenanza, pues en acta del 7 de junio de 1532 se reconoce que en «los años pasados en la fuerza del segar se contentavan los peo-nes con dos reales y mantenidos e ante de la fuerza [del segar] a real y a real y medio e agora llevan a tres reales e a tres y medio e a quatro reales y se espera que pedirán más». Los regidores acordaron subir el salario a dos reales nuevos y comida y bebida —es decir, 96 mrca y mantenidos—, y que la justicia actuara contra los segadores que anduvieren holgando y contra los taberneros que les venden mantenimientos, «porque los segadores, como saben que les an de dar lo que ellos quisieren, todos de una conformidad no quieren yr a segar sino estarse holgando, comiendo lo que han ganado por los mesones e tavernas, sabiendo como saben que de necesidad les an de dar lo que ellos quisieren porque [no] se pierdan los panes»135. Tratemos entonces de precisar el salario nominal efectiva-mente pagado durante estos años, pues lo dicho hasta aquí su- 132 Ibíd., p. 207. La ordenanza se aprobó, como hemos dicho, el 22 de mayo y su incumplimiento se plantea en acta del 26 de junio. 133 COELLO GÓMEZ, RODRÍGUEZ GONZÁLEZ Y PARRILLA LÓPEZ (1980), pp. 176-177, doc. 328. 134 ROSA OLIVERA y MARRERO RODRÍGUEZ (1986), p. 185. 135 Ibíd., pp. 359-360. 42 369 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 giere que todos los labradores contravenían la ordenanza regu-ladora del jornal de los segadores en la fuerza del segar. En 1523, mientras el jornal oficial era de 140 mrca, los segadores perci-bían 266 mrca, es decir, casi el doble de aquel jornal. Una con-clusión que incluso admitieron los propios regidores en 1532, cuando afirmaron que los segadores estaban cobrando, además de comida y bebida, tres reales (144 mrca), tres y medio (168 mrca) y cuatro reales (192 mrca), cuando la ordenanza de 1527 fijó su jornal en 75 mrca. Intentemos ahora calcular la renta salarial neta de los segado-res temporeros en la década de 1520; un ejercicio teórico que exi-giría un trabajo específico y del que únicamente podemos por el momento aventurar algunas partidas. Supongamos que un sega-dor trabajase los 143 días que duraba la recolección de los granos, según hemos estimado, y percibiera un jornal máximo de 192 mrca diarios (136 mr). En este caso, podía ganar 27.456 mrca, equivalentes a 19.448 mr, y buena parte de esta cantidad sería in-greso neto, pues recibía, además, comida y bebida136. Calculemos ahora el coste más abultado, el de retorno. Los escasos datos sobre fletes de pasaje, en este caso, a Indias137, lo equiparan al flete por tonelada, y admitamos que ocurre lo mis-mo en los pasajes abonados por estos temporeros a sus compa-triotas, los armadores lusos. Como el flete por tonelada osciló entre los 600-700 mr138, la ida y vuelta de nuestro segador a su puerto de origen reduciría aquella cantidad a 18.248 mr. Y como los testimonios disponibles indican que los segadores percibían sus soldadas en trigo con la intención de embarcarlo, cabe su-gerir que nuestro segador convertiría aquella última suma en este cereal, unas cien fanegas aproximadamente, que vendería luego a su llegada a destino en más del doble de su precio en origen y de cuyo valor habría que descontar el flete de su trigo (2.400 mr)139 y, por supuesto, los demás costes de transacción. 136 Claro está que habría que añadir otros costes de manutención, además de posada. Pero creo que por ahora podemos quedarnos en este nivel de análisis. 137 LOBO CABRERA (1990), pp. 66-67. 138 LOBO CABRERA y TORRES SANTANA (1997). 139 Cada tonelada tenía de cabida 25 fanegas de trigo como promedio. 43 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 370 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 En resumen, nuestros cálculos son, sin duda, muy impreci-sos, pero permiten al menos aventurar que el ingreso neto de nuestro segador temporero debía de situarse en torno a los 40.000 mr; una suma que le permitía mejorar su suerte en su comunidad de origen140, y acá adquirir el capital y la tierra pre-cisa para avecindarse141. Una opción que verían cada vez más nítida muchos temporeros a medida que se afianzaba en la eco-nomía insular la opción agroexportadora que optimizaba el es-fuerzo de los pequeños y medianos propietarios: la vitivini-cultura. 6. LA DEMANDA INSULAR DE GRANOS INICIA SU ASCENSO Hacia la década de 1530 se presagia ya un cambio de ten-dencia en el mercado de granos de Tenerife; un cambio motiva-do esencialmente por esta opción agroexportadora y que crece-rá en intensidad a medida que avanza la centuria. La cosecha de cereales de 1530 se esperaba muy abundante y el jurado Juan de Herrera, uno de los productores, reiteró el argumento que for-mulaban sus allegados cada vez que solicitaban las licencias del tercio de saca: que sin ellas «no se podría sustentar la labor del pan e la ysla se despoblaría»142. La extracción se autorizó, por-que «si el trigo tiene valor es por la necesidad de las islas 140 Desconocemos el jornal de siega en el campo portugués y castellano, pero podemos aproximarnos en este último caso. El cabildo tinerfeño reco-nocía que los peones pedían 84 mrca y comida y bebida, mientras que los segadores el doble (véase texto de la nota 115). Supongamos entonces que se daba la misma proporción entre los peones y los segadores de Castilla la Vieja. Aquí, de acuerdo con los datos de Hamilton (1975, p. 413), el jornale-ro percibía como promedio 33,7 mr en la década de 1520, y un segador 67,4 mr según aquella proporción. Por consiguiente, nuestro segador temporero cobraría en Castilla la Vieja 9.638 mr en los 143 días de trabajo, frente a los 40.000 mr. en Tenerife. Debo reconocer, no obstante, que estos cálculos son simplemente ilustrativos. 141 En efecto. Con los 27.454 mrca podía comprar una yunta de bueyes de arada y unas 25 fanegadas de tierra de labor. Para los precios de ambos bienes, consúltese MARTÍNEZ GALINDO (1988). 142 ROSA OLIVERA y MARRERO RODRÍGUEZ (1986), p. 242. Acuerdo de 17-06-1530. 44 371 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 comarcanas e del Andaluzía, donde vale mucho más caro que en esta ysla»143. Sin embargo, en los primeros meses de 1531 se denunció de nuevo en el seno de la institución concejil y esta vez con gran energía la práctica especulativa que motivaba en buena medida la carestía de los granos (cf. gráfico 4). En los meses de febrero y marzo, el precio del trigo duplicó su cotización de junio del año anterior, y no fue a más porque el Cabildo compró para el pósito concejil el grano almacenado del terzuelo de fábrica del Beneficio de La Laguna, unas «dozientas e tantas fanegas de tri-go », al precio de catorce reales (588 mrca), para vender luego al pueblo el 27 de febrero a 12 reales (504 mrca)144, GRÁFICO 4 Estacionalidad de los precios del trigo en 1531 143 Ibíd., p. 252. La tesis de los regidores Fernández, Aguirre y Valdés no era del todo cierta. En 1529, un quintal de trigo valió 322,2 mr en Canarias, 463,6 en Castilla la Nueva y 917,4 en Sevilla, y en 1530 estos valores fueron de 472,5, 687,9 y 279,2. 144 Ibíd., p. 285. Acuerdo de 27-02-1531. 45 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 372 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 «y después acá resulta que muchas personas lo tenían guardado y no lo querían vender, esperando que oviese más carestía, avían sacado trigo e lo vendían e avía abaxado a honze reales e cada día yva baxando todo a cabsa de los susodicho e no habello dexado sacar fuera desta ysla, porque agora parescía que avie pan harto y los tenporales muy buenos»145. Pero ocurrió lo peor; los temporales no fueron tan buenos y a finales de julio de 1531 la esterilidad obligó a cerrar la saca146, y poco después el Cabildo tuvo que adquirir por primera vez trigo foráneo —en concreto, un barco de trigo azoreño que pro-bablemente se dirigía al mercado de Gran Canaria— para el pósito concejil147. La tazmía realizada en septiembre en el bene-ficio o comarca de la ciudad prueba también la escasez —debi-da no tanto a una mala cosecha como a la extracción del exce-dente de las ventas anticipadas de los labriegos con deudas— y anuncia los futuros acontecimientos. Los regidores encargados de realizar la cala y cata del pan hallaron en los graneros privados de la capital 35.509 fanegas de trigo para una población de 5.179 personas, lo que arroja una media de 6,8 fanegas por habitante. Advirtieron, además, que la cantidad entrojada era probablemente mayor, pues no pudieron visitar todas las casas y sus respectivos graneros, y plantearon una observación que a partir de ahora se reitera de manera in-sistente, al presagiarse cada vez con mayor frecuencia que la cosecha no cubría la demanda: «los campos y heredades desta ciudad están muy poblados de gente aliende de la que se halló en la ciudad e trigo ay ninguno fuera de ella»148. En resumen, los ediles sugirieron que la población que vivía del pan de la plaza se estaba incrementando y, por lo tanto, a igual ritmo se acortaba el excedente destinado a la exportación en el caso de que no aumentara el nivel de las cosechas. Además, la crisis de 1531 recrudeció el conflicto con Gran Canaria por la regulación del mercado interinsular del grano en provecho de la especialización azucarera de esta isla. Años an- 145 Ibíd., p. 287. Acuerdo de 17-03-1531. 146 Ibíd., p. 311. Acuerdo de 31-07-1531. 147 Ibíd., p. 314. Acuerdo de 16-08-1531. 148 Ibíd., p. 327. Acta de 10-11-1531. 46 373 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 tes, en 1526, el municipio había reforzado su política de control de este mercado mediante la real cédula de 29 de octubre de este año, que ordenaba que los granos de los partícipes eclesiás-ticos en las cosechas de La Palma y Tenerife, entrojados en los graneros de estas dos islas para su venta en los meses mayores, fueran comercializados únicamente en Gran Canaria149. Esta acción y el privilegio de tanteo de los granos de Tenerife por parte de los vecinos de aquella isla abrió de nuevo la pugna entre ambos municipios insulares por el control del mercado interinsular de los granos. Sabemos que en 1528 el Consejo real, a instancia de lo productores de Tenerife, solicitó información sobre el tema al municipio grancanario150, y que en 1531 inter-vino la Real Audiencia de Canarias151 y, de nuevo, la Corona, cuyo Consejo dictó en 1533 la ejecutoria que dio por zanjado el conflicto. El auto restringía, por un lado, el derecho de tanteo de los grancanarios, un privilegio que, en acertada opinión de los pro-ductores del pan de Tenerife y La Palma, obstaculizaba la libre concurrencia y, sobre todo, la vinculación de la producción lo-cal a sus mercados exteriores. Pero, por otro lado, el auto con-tentaba al municipio de Gran Canaria y a sus vecinos, al otor-garles prelación en la compra de cereales en estas dos islas desde el inicio de la cosecha hasta finales del mes de septiem-bre. Además, los grancanarios podían entrojar los granos com-prados en los graneros de estas islas y extraerlos cuando lo cre-yeran necesario y sin impedimento alguno por parte de sus respectivas autoridades, pues debían considerarse como pan de aquella isla y, por tanto, no entraban en los cálculos para esti-mar el consumo aparente de Tenerife y La Palma y garantizar su aprovisionamiento. 149 CULLÉN DEL CASTILLO (19952), pp. 269-270. 150 Carta del Consejo real de 18-01-1528 al municipio de Gran Canaria para que informe sobre la protesta por el tanto del pan presentada por el municipio de Tenerife, que alega ser perjudicial para la isla, pues en el caso de mantenerse se despoblaría. Referencia tomada del trabajo inédito de Isa-bel Fuentes. 151 Carta del Consejo real a la Real Audiencia de 18-07-1531 para que in-forme sobre el conflicto. Referencia tomada del trabajo inédito de Isabel Fuentes. 47 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 374 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 Los precios del trigo en el mercado de Tenerife se estabi-lizaron entre 1532 y 1543 (cf. cuadro II y gráfico 1), y cabe en-tonces argumentar que no hubo nuevos episodios de escasez y que los excedentes fluyeron con toda normalidad a sus merca-dos exteriores, donde los beneficios debieron de ser sustancia-les si observamos los elevados precios del trigo en el mercado de Sevilla, sobre todo en los años 1539-1542 (cf. gráfico 3). Lo ocu-rrido en el año agrícola 1538-1539 muestra la actitud de la au-toridad concejil en estos años: en junio se pregonaban los ter-cios del trigo152 y en el siguiente mes se autorizaba la extracción de los dos tercios de la cosecha153. La saca continuaba en los meses de octubre y noviembre, y abastecidas las islas comar-canas, se discutía la conveniencia de autorizar únicamente los medios tercios a los vecinos que aún no habían disfrutado de su tercio de saca154; pero la extracción continuaba en los meses de abril y mayo, cuando el trigo alcanzaba su mayor cotización y, por otro lado, era preciso liberar los graneros del grano viejo para poder almacenar la nueva cosecha155. Por consiguiente, para poder garantizar la reproducción de las unidades productivas y el abastecimiento del mercado inte-rior y de las islas comarcanas en un contexto de crecimiento de la demanda por el aumento demográfico, y, por último, para poder disponer de un excedente con destino al mercado exterior, la producción de cereales debió de continuar su ritmo ascenden-te, y no sabemos si por la persistencia de la labor roturadora o por los buenos temporales. En 1543 se afirmó en Cabildo que la cosecha del beneficio de La Laguna en los años pasados era de 120.000 fanegas de trigo156, es decir, veinte mil más que a fina-les de la década de 1520, de modo que la producción promedio del conjunto insular en años de «buenos temporales» podría 152 MARRERO, PADRÓN y RIVERO (1997), p. 21. 153 Ibíd., p. 39. 154 Ibíd., p. 56. 155 Ibíd., p. 100. Los labradores de La Orotava y Los Realejos solicitaron en abril la saca porque tienen gran cantidad de trigo engranelado y ahora «comienzan a segar sus cevadas e centenos e tienen necesidad de bender sus trigos viejos porque se les dapnan en los graneles». Acta del 19-04-1539. 156 Ibíd., p. 393. 48 375 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 estimarse en torno a las doscientas mil fanegas de trigo157. Aho-ra bien, testimonios aislados sugieren también un descenso en los rendimientos en las áreas de primera roturación como con-secuencia del agotamiento de la capacidad fértil del suelo158, de modo que el incremento de la cosecha debió de obedecer a la continuidad de la acción roturadora; un proceso que parece ocurrir con mayor intensidad en las bandas del sur insular, lo que explicaría su crecimiento demográfico, la creación de tres beneficios eclesiásticos —Güímar (1533), Adeje (1530) y Vilaflor (1530)—, y las autorizaciones del Cabildo para sacar el grano de los diezmos por los puertos de Abona y Adeje159. En este contexto, las estimaciones de las cosechas de 1539 y 1541 a partir de la información dada por el arrendatario de las tercias reales (1539) y por el hacedor decimal (1541) son erró-neas por defectos de la fuente (cf. cuadros VII y VIII). Porque no es posible que la producción sea inferior en estos años al consumo aparente de la isla (4,7 fanegas por habitante en 1539 y 4,4 en 1541, sin contar la simiente)160, y los precios del grano no reflejen una aguda penuria; es más, cuando se alude a la con-cesión de licencias de saca. En realidad, los datos aportados por los dos informantes aluden al cereal aún entrojado en la isla y perteneciente a los dos partícipes en los diezmos (Rey y Clero). La estabilidad se rompió en la década de 1540. Los precios del trigo experimentaron una fuerte subida en el trienio 1544- 1546 (cf. cuadro II y gráfico 1), para caer luego en el cuatrienio 1547-1550; los años 1551-1554 fueron también de carestía, espe-cialmente el último161, y si bien se produjo un descenso después 157 La cosecha de la comarca lagunera representaba el 60% de la produc-ción total. Cf. nota 89. 158 Sugiere esta hipótesis un contrato de arrendamiento de 25 fanegadas en El Sauzal y de 1534. La renta por fanegada es de 1,5 fanegas de trigo en las tierras holgadas que quedaron antaño por sembrar y de una fanega en las sembradas ya antaño. Cf. ALFARO HARDISSON (2000), p. 341, doc. 1.100. 159 AMLL. Libros de acuerdos, lib. 10, oficio 1º, fols. 72 (1555), lib. 11, oficio 1º, fols. 44-45 (1558), fol. 99 y 144-145 (1559). 160 Ratio estimada considerando que la isla tenía 12.016 habitantes en 1539 y 12.351 en 1541, calculados mediante interpolación respecto de los datos de 1531 y 1552 (cf. cuadro III). 161 AMLL. Libros de acuerdos, lib. 10, oficio 1º, fol. 23. Acuerdo del 5-10- 1554. Se concede una moratoria en el pago de la renta a los renteros de las tierras de propios por la esterilidad del año. 49 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 376 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 de 1555, lo cierto es que los precios no volvieron a su umbral de la década de 1530. Este comportamiento podría obedecer a la acción de los buenos y malos temporales, como, en efecto, ocu-rrió en 1546, cuando incluso se prohibió la extracción para Gran Canaria de los granos decimales162. Sin embargo, la verda-dera explicación del alza de los precios reside en una extracción superior al volumen necesario para garantizar el consumo inte-rior de la isla. Así ocurrió, por ejemplo, en el año agrícola 1539- 1540; a pesar de anunciarse en mayo que la cosecha venidera era deficitaria163, en julio se autorizó la extracción164, y en octu-bre el jurado denunció la otorgación de licencias de saca de tri-go, a pesar de estar prohibidas165, viéndose obligado poco des-pués el Consistorio a exigir la venta del grano almacenado166. Y lo mismo sucedió en el año agrícola 1548-1549, cuando se ha-bían cogido en la comarca de La Laguna «más de 80.000 fane-gas », y a principios de octubre ya se habían extraído «más de 28.000 fanegas de trigo», ordenándose entonces el cierre de la saca167. La crisis de 1551 hizo ya ver al Cabildo que la historia de una isla excedentaria en granos tocaba a su fin. La cosecha de 1550 fue buena, pero en abril de 1551 tuvo que prohibir la ex-tracción del trigo viejo almacenado debido a la gran esterilidad que se avecinaba por la falta de lluvias, al tiempo que acordó 162 MARRERO, PADRÓN y RIVERO (2000), p. 35. La prohibición de esta saca contravenía la orden regia de 1526 y motivó la excomunión de los ediles. Además, las dificultades de abastecimiento de Gran Canaria se solucionaron importando trigo, incluso de Sicilia. 163 Ibíd., pp. 110-111. Acuerdo del 9-05-1539. 164 Ibíd., p. 141. 165 Ibíd., pp. 166-167. Los regidores y el gobernador argumentaron que «las licencias dadas hasta agora no se an podido escusar, como es cosa ne-cesaria por aver sydo para el probeymiento de las yslas comarcanas e para personas a quien no se a podido negar e todo ello a sydo en poca cantidad». 166 Ibíd., p. 170: «Toda persona de cualquier clase y condición que tenga el trigo engranelado, abra los graneles e venda todo lo que tuviere más de lo que aya menester para su mentenimiento, a precio cada hanega de ocho rreales viejos…; que no lo quieren vender y la falta que a esta causa padece la gente e la disposición del año e que por lo vender a mayores precios se en-cierra el trigo». 167 Ibíd., p. 176. Acuerdo de 2-10-1548. 50 377 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 por primera vez en la historia concejil pedir licencia regia para importar de Andalucía 12.000 fanegas de trigo «porque en Castilla está el pan barato»168; una petición que se reitera en el cabildo a principios de agosto, esta vez de trece mil fanegas169. Por supuesto, los ediles negaron la saca de trigo para Gran Ca-naria, incluso del perteneciente a los partícipes en el diezmo170, a lo que respondieron los grancanarios como en los viejos tiem-pos, aunque esta vez apresando uno de los buques que condu-cían trigo de Cádiz para Tenerife171. La producción de 1552 tam-poco se presentó copiosa, pues en mayo el Cabildo reiteró la CUADRO VII Producción estimada de cereales en 1539 Conceptos Trigo Cebada Tercias reales 1.127 1.333 Diezmo neto 5.072 5.996 Cosecha estimada 57.167 74.028 FUENTE: AMLL. Expedientes sobre trigo, sig. E-XIII, exp. 2. Elabo-ración propia. CUADRO VIII Producción estimada de cereales en 1541 Diezmo Producción Comarcas Trigo Cebada Trigo Cebada (fgs) (fgs) (fgs) (fgs) La Laguna 3.500 1.300 35.000 13.000 Taoro 1.100 1.500 11.000 15.000 Daute 850 1.000 8.500 10.000 Totales 5.450 3.800 54.500 38.000 FUENTE: Marrero, Padrón y Rivero (1997), p. 284. 168 AMLL. Libros de acuerdos, lib. 9, oficio 1º, fol. 278 rto-vto. Acuerdo de 23-04-1551. 169 Ibíd., fol. 292. Acuerdo de 3-08-1551. 170 Ibíd., fol. 302. Acuerdo de 13-10-1551. 171 Ibíd., fol. 310 vto. Acta del 13-11-1551. 51 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 378 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 prohibición de la saca del poco trigo almacenado porque la co-secha «en los baxos de la isla, donde se suele e acostumbra coger mucha cantidad de trigo morisco tenprano e de donde se suele probeer toda la isla por más tiempo..., se ha perdido.. e en las medianías ay muy poco pan»172. Ahora bien, si, por un lado, la producción aumentó gracias a la ampliación de la tierra de labor y, por otro, disminuyó el excedente disponible para la exportación, entonces la variable explicativa del proceso hasta ahora descrito debemos buscarla, en primer término, en el fuerte crecimiento de la población in-sular. Un hecho que se reitera en las actas capitulares, en refe-rencia sobre todo a las comarcas de Taoro y Daute173, y debido a una persistente corriente inmigratoria. Tomemos, por ejemplo, lo dicho en acta del 22 de diciembre de 1557; los regidores pro-ponen el cierre de la saca porque «a venido a esta ysla mucha gente de fuera en más de doce mil ánimas e cada día vienen de fuera e vale el trigo en esta ysla a diez e once reales e a quinze el fiado»174. Intentemos entonces verificar este aumento demográfico. Según nuestro cálculo de la población de 1531, la isla contaba con 10.766 habitantes en esta fecha (cf. cuadro III); la cala y cata del pan de 1552 elevó esta cifra a 14.367 habitantes175, y la de 1561 a 17.641 habitantes, lo que supone una tasa media anual de crecimiento del 1,4 por ciento entre 1531 y 1552 —in-ferior a la alcanzada en el primer tercio del quinientos, pero ex-plicable por el descenso de la actividad repobladora— y de 2,31 por ciento entre este último año y 1561. Una tasa que podría deberse a un déficit en la cala y cata de 1552, de modo que la más correcta sería de 1,66 por ciento entre 1531-1561, o bien a una fuerte arribada de población en la década de 1550, lo cual coincidiría con lo dicho por los ediles en 1557. 172 Ibíd., fol. 334. Acuerdo de 27-05-1552. 173 MARRERO, PADRÓN y RIVERO (1997), p. 270. Acta de 8-07-1541. 174 AMLL. Libros de acuerdos, lib. 11, oficio 1º, fol. 147. 175 GÓMEZ GÓMEZ, GONZÁLEZ ZALACAÍN y BELLO LEÓN (2008), p. 24. Deci-mos un mínimo porque el dato poblacional proviene de la tazmía para cono-cer el número de personas y de fanegas de trigo entrojadas en la isla en 1552. 52 379 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 En cualquier caso, el excedente disponible para la exporta-ción tendió a disminuir durante estos años como consecuencia del incremento de la demanda interna. Porque si la cosecha de trigo en años normales podría situarse en torno a las 140.000- 150.000 fanegas, su consumo aparente entre 1531 y 1561, a una ratio de 5,5 fanegas por habitante, pasó de 60.000 a 97.000 fa-negas. Y si agregamos a este cómputo la cantidad estimada que se considera necesaria para simiente, el excedente disponible se reduciría de 65.000 a 28.000 fanegas. Lo dicho exige de inmediato aclarar la naturaleza socioeco-nómica de esta demanda y el tejido productivo que motiva su crecimiento. En este sentido, cabe sostener que su principal componente, la población que vive del pan de la plaza, se esta-ba incrementando como consecuencia del aumento del artesa-nado urbano y, sobre todo, por una especialización agraria cu-yos productores exigían un suministro regular de trigo. Y esto último fue lo que en realidad ocurrió, es decir, una especializa-ción vitivinícola cuyo punto de arranque debemos situarlo en la década de 1520, cuando los vinicultores de Tenerife y La Palma consiguieron real cédula (1525) para poder exportar a Indias el tercio de su cosecha de caldos; una condición que fue suprimi-da en 1549, cuando el excedente de vinos de la isla superaba ya las 4.000 pipas176. Sugerimos entonces que desde mediados de esta centuria las sementeras retrocedían ante el avance del viñe-do, especialmente en las tierras de barlovento de las comarcas de Taoro y Daute que, esquilmadas por la continuidad de la la-bor del pan o con bajos rendimientos en el cereal, eran muy adecuadas para las vides. Un informe de finales de la década de 1550 valoró la cosecha promedio de estas dos comarcas en 70.000 fanegas de pan y un millón de arrobas de vino. Pues bien, si nos quedamos con la estructura productiva que sugiere el redactor del informe, resulta que la superficie destinada a las vides en estas comarcas era un tercio superior a la ocupada por la sementera anual177. 176 MACÍAS HERNÁNDEZ (2007), p. 39. 177 LOBO CABRERA (1987), pp. 386 y 400. He realizado esta estimación a partir de los datos de un informe de finales de la década de 1550, citado por este autor. Dicho informe indica una producción media anual de 70.000 fa- 53 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 380 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 En resumen, la estructura productiva de la isla adquiría ya el perfil que definiría su actividad económica hasta mediados del siglo XIX. Y, en este nuevo contexto, convenía a los interesados en la nueva estrategia una política de abastos contraria a la exporta-ción y favorable a las tasas. Una política que se insinúa ya en 1562, cuando el consistorio exigió, aunque sin éxito, que los granos per-tenecientes a las tercias reales se vendieran a la tasa establecida en 1558178. Y si bien la nueva tasa, fijada en 1571179, fue protestada por los productores de granos180, la mayoría de los regidores guar-daron silencio al respecto. Finalmente, la nueva tasa, impuesta en 1582, fue estrictamente exigida por la autoridad concejil tiner-feña181. Las cosas habían cambiado. La historia de la exportación de cereal había fenecido y ahora la isla era deficitaria en granos como consecuencia de su creciente especialización vitivinícola. El siguiente paso en esta nueva política concejil de abastos en el caso de Tenerife consistió en obtener de la Corona la regulación del mercado interinsular en beneficio de los productores vinícolas; es decir, en conseguir aquello que los ediles de su municipio-isla ha-bían negado con tanto ahínco a la especialización azucarera de Gran Canaria. 7. BIBLIOGRAFÍA ALFARO HARDISSON, E. (2000). Protocolos de Hernán González (1534-1535). La Laguna: Instituto de Estudios Canarios. AZNAR VALLEJO, E. (1983). La integración de las Islas Canarias en la Corona de Castilla (1478-1520), Santa Cruz de Tenerife: Secretariado de Publicaciones de la Universidad de La Laguna. negas de pan y de un millón de arrobas de vino. Suponiendo un rendimien-to medio por fanegada de siete fanegas de pan o de 60 arrobas de vino, la se-mentera anual rondaría las 10.000 fanegadas y la superficie vitícola 16.667 fanegadas. 178 AMLL. Libros de acuerdos, lib. 10, oficio 1º, fol. 253. El trigo a 310 mr, la cebada a 140 y el centeno a 200 mr. Sobre las tasas, véase HAMILTON (1975), p. 258-259. 179 Elevó el precio del trigo a 528 mrs, y mantuvo los de la cebada y el centeno. 180 AMLL. Expedientes de trigo. Signatura E-XIII, exp. 8. 181 Esta tasa, que se mantuvo en vigor hasta 1765, fijó el valor del trigo en 14 reales, 9 para la cebada y 8 para el centeno. 54 381 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 AZNAR VALLEJO, E.; VIÑA BRITO, A. y PALENZUELA, L. (1991). Documentos canarios en el Registro General del Sello (1518-1525). La Laguna: Instituto de Estu-dios Canarios. BERNAL, A. M. (1992). La financiación de la Carrera de Indias. Sevilla: Funda-ción El Monte. BERNAL, A. M. (1997). «Los instrumentos del comercio en el sistema mercantil de las islas atlánticas ibéricas y caribeñas», en História das Ilhas Atlânticas, Funchal, t. I, pp. 41-67. BERNAL, A. M. y MACÍAS, A. M. (2007). «El modelo económico insular en pers-pectiva histórica», en Economía e Insulari
Click tabs to swap between content that is broken into logical sections.
Calificación | |
Título y subtítulo | Población, producción y precios del trigo, 1498-1560 |
Autor principal | Antonio M. Macías Hernández |
Publicación fuente | Anuario de estudios atlánticos |
Numeración | Número 57 |
Tipo de documento | Artículo |
Lugar de publicación | Las Palmas |
Editorial | Cabildo Insular de Gran Canaria |
Fecha | 2011 |
Páginas | p. 327-384 |
Materias | Canarias ; Historia |
Copyright | http://biblioteca.ulpgc.es/avisomdc |
Formato digital | |
Tamaño de archivo | 284519 Bytes |
Texto | 327 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 POPULATION, PRODUCTION AND WHEAT PRICES, 1498-1560 Antonio M. Macías Hernández* Recibido: 28 de junio de 2010 Aceptado: 19 de agosto de 2010 Resumen: Este artículo aporta nuevos argumentos a la tesis que destaca la singular función desem-peñada por el mercado en la cons-trucción de la nueva economía y so-ciedad isleña a finales del siglo XV y primera mitad del XVI. Considera que esta construcción sólo fue posi-ble gracias a la estrecha vinculación de sus agentes con el mercado in-ternacional a través de un producto agroexportador con un elevado va-lor de cambio. El primero y princi-pal fue el azúcar; después, el vino y, antes que éste y en un corto perío-do, el cereal. Su estrategia produc-tiva, inicialmente destinada a cu-brir la demanda interna de grano, tuvo bien pronto una orientación exportadora, y en determinadas áreas insulares (Tenerife, La Palma) se reprodujo el papel ocupado por los archipiélagos de Madeira y Azo- Abstract: This paper provides new arguments to the thesis that the sin-gular function carried out by the market in the construction of the new Canary economy at the end of century XV and the first half of cen-tury XVI. Such a construction is con-sidered to be feasible due to Canary agents have close links with interna-tional markets to which they ex-ported an agrarian product with a high market value. Sugar was the first one, and also the most impor-tant of such products. Wine was the second one, and, in a short period before wine primacy, cereals were also exported. Cereal supply, firstly addressed to satisfy local demand of grain, was also exported soon. In fact, some areas in Canary Islands (Tenerife and La Palma) reproduced the role played by Madeira and Azo-res in the economic scene that the * Catedrático, Director del Departamento de Historia e Instituciones Económicas. Universidad de La Laguna. Campus de Guajara, s/n. 38071. La Laguna. Tenerife. Es-paña. Correo electrónico: amacias@ull.es; Teléfono: 922-31-71-81 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 328 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 2 res en el escenario económico crea-do por la expansión ultramarina portuguesa. Y aunque esta estrate-gia cerealista declinó avanzado el quinientos, sus beneficios contribu-yeron a financiar el desarrollo de una nueva agroindustria exportado-ra, la vinícola, cuya oferta sustituyó a la azucarera a medida que la competencia brasileña y antillana apagaba las calderas de los ingenios canarios. Palabras clave: Historia económi-ca, Economía agraria, Población, Consumo de cereal, Precios del tri-go, Islas Canarias. Portuguese overseas expansion set up. Although the exporting strategy was in decline in the late 16th cen-tury, the profit drawn by Canary economic agents allowed to them to develop a new exporting agro-indus-try, the viniculture, which replaced the sugar as the Brazilian and An-tillean competition extinguished the boilers of Canary sugar mills. Keywords: Economic history, Agrar-ian Economy, Population, Con-sumption of the wheat, Prices of the wheat, Canary Islands. «La mayor parte de la gente de esta isla [Tenerife] son portugueses, los cuales, como superan a las demás naciones de Es-paña en la industria de la agricultura, han conseguido que esta isla fuese la de mayor feracidad y riqueza» (L. Torriani, 1592). 1. INTRODUCCIÓN El descubrimiento del Archipiélago y sus gentiles por la Europa del primer Renacimiento ocurrió a mediados del siglo XIV. Sin embargo, fue a finales del XV y durante la primera mi-tad del XVI cuando las fuerzas de la expansión ultramarina de los reinos ibéricos conquistaron y colonizaron los espacios insu-lares que les ofrecían un mayor potencial de riqueza. Asistimos entonces a la arribada de hombres y capitales y al desarrollo de una economía cuyo objetivo prioritario no era otro que la obten-ción de un producto agroexportador destinado al mercado in-ternacional. Había, en síntesis, que sufragar la deuda externa causada por la conquista y la primera labor colonizadora y acu-mular el ahorro-inversión necesario para la continuidad de la nueva economía1. 1 MACÍAS HERNÁNDEZ (2001). 329 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 3 El expolio fue lo primero (esclavos, orchilla, sangre de drago). Ahora bien, lo que en realidad primó y de inmediato fue la inversión de gruesos capitales en la agroindustria azucarera2. Y como los recursos óptimos para el plantío cañero se localiza-ban en un estrecha franja del territorio, otros productos con menor valor de cambio, inicialmente reservados a satisfacer la demanda interior creada por la especialización azucarera, ejer-cieron un papel similar a la agroindustria —aunque con meno-res beneficios y efectos de arrastre— cuando su producción cubrió aquella demanda y hubo compradores foráneos interesa-dos en adquirir los excedentes. Así ocurrió en el caso de los vi-nos3 y, durante un corto periodo, con el producto que ocupa ahora nuestra atención, los cereales. Por supuesto, el tema no es nada nuevo; otros investigado-res ya han aludido a las exportaciones de granos de Tenerife y al grave problema del abastecimiento de trigo de Gran Canaria4. Pero faltaba aclarar algunas importantes cuestiones; entre otras, medir la producción de cereales, su consumo aparente y el volu-men del excedente destinado a la exportación, así como la inci-dencia del mercado, tanto interior como internacional, en las estrategias de los productores. Nuestro artículo aborda esta te-mática e intenta precisar sus inicios y punto final, que situamos en la segunda mitad del quinientos, cuando el cereal comenzó a retroceder ante el creciente empuje de la viticultura. Ocurrie-ron entonces, especialmente en el caso de Tenerife, dos impor-tantes cambios estructurales. El primero afectó a su producción agraria y comercio exte-rior. Las ganancias generadas por las exportaciones de granos contribuyeron a financiar una nueva y más amplia agroindus-tria en términos de hombres, tierra y capital, la vitivinicultura, y su oferta sustituyó a los azúcares en el comercio exterior a medida que la competencia brasileña y antillana apagaba las 2 PÉREZ-GALDÓS (1961); AZNAR VALLEJO (1983); RIVERO SUÁREZ (1990); MACÍAS HERNÁNDEZ (2008). 3 MARTÍNEZ GALINDO (1998); MACÍAS HERNÁNDEZ (2007). 4 RICARD (1949); PÉREZ-GALDÓS (1966); AZNAR VALLEJO (1983); LOBO CA-BRERA (1991, 1994). ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 330 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 4 calderas de los ingenios canarios5. El segundo cambio estructu-ral afectó al mercado interior e interinsular; la expansión de la estrategia vinícola generó un fuerte incrementó de la demanda doméstica de granos y la isla se convirtió de excedentaria en deficitaria, reclamando entonces los ediles de su municipio, in-teresados ahora en aquella estrategia, el favorable trato insti-tucional regio en materia de regulación del mercado interinsular de granos que hasta entonces habían negado a la primera espe-cialización agroexportadora isleña, la economía azucarera de Gran Canaria6. Nuestro artículo plantea, por último, algunas hipótesis que deberían ponderarse a la hora de aproximarnos al significado último que cabe otorgarle al proceso colonizador isleño. La pri-mera se refiere a la dimensión internacional de este proceso. Los granos fluían hacia las urbes lusas, pero también y quizás en igual medida hacia las andaluzas, de modo que La Palma y Tenerife ejercieron en la expansión ultramarina castellana igual función que Madeira y Azores en la expansión portuguesa7. Una función que adquirió mayor relieve si agregamos la demanda indiana y no sólo de harinas sino también de vinos, pues esta demanda fue el principal estímulo externo al despegue inicial del sector vitivinícola isleño8; se colige entonces que las expor-taciones de harinas y de caldos fundamentaron los primeros intercambios canario-americanos. La segunda hipótesis tiene que ver con la estructura social y cultural del proceso colonizador. Junto a la presencia en los puertos insulares de navíos y mercaderes portugueses y castella-nos ligados a las exportaciones de cereal, se constata asimismo la arribada de trabajadores temporeros, sobre todo lusos, para atender las labores de recolección de los granos. Y como las referencias disponibles sobre la estructura social agraria desta-can la existencia de la pequeña y mediana propiedad cerealista 5 BETHENCOURT MASSIEU (19912), MACÍAS HERNÁNDEZ (2000a). 6 Este apartado será objeto de un próximo trabajo sobre los precios del grano entre 1550 y 1650 y en el marco del proyecto de investigación citado en la nota 16. 7 SERRAO (1954, 1991). 8 MACÍAS HERNÁNDEZ (2000a) 331 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 5 y vitivinícola, así como el protagonismo del colonato de origen lusitano en la expansión de ambos sectores productivos, se po-dría argumentar que aquellos temporeros pertenecían a una red inmigratoria cohesionada por razones económicas y de paren-tesco y vecindad. Una red cuyo eslabón insular crecía a medida que parte de los temporeros decidía engrosar las filas de sus connaturales avecindados; una decisión, en fin, que tenía que ver con las oportunidades de renta y empleo que les ofrecía el solar isleño, debidas ahora al desarrollo vitivinícola9. 2. EN LOS COMIENZOS INTERESÓ EL AZÚCAR Y EL PAN FUE CARO El motor de la colonización del Archipiélago fue la opción agroindustrial más rentable y con mayor capacidad de inter-cambio de la Baja Edad Media: la agroindustria azucarera vin-culada al mercado europeo. Además, su desarrollo en el caso insular se vio favorecido por un factor institucional que aligeró todo obstáculo a la obra colonizadora y a la competitividad de su principal bien de intercambio10. Todos los recursos disponi-bles, entre los que cabe citar el hídrico11 y, por supuesto, los dos factores realmente escasos, el trabajo y el capital, fueron asigna-dos de manera preferente a la agroindustria. Sus pingües ganan-cias atrajeron nuevos pobladores12, sufragaron las importaciones de bienes manufacturados y de equipo que requería el proceso colonizador, y, por último, al crear, como toda especialización agraria, un mercado interior de productos agropecuarios, poten-ciaron la expansión de esta oferta en aquellos espacios no aptos para los cañaverales. Demostrar esta tesis y, por supuesto, todos sus indudables matices, no es una tarea fácil. Los archivos eclesiásticos no con- 9 MACÍAS HERNÁNDEZ (2000b). 10 AZNAR VALLEJO (1983), pp. 121 y siguientes; BERNAL y MACÍAS (2007), pp. 16-17. 11 MACÍAS HERNÁNDEZ (2009). 12 Para los regidores de Gran Canaria, «el principal trato que en esta ysla ay es el de los açúcares, e que, a causa de ellos, se puebla, e los vecinos de la dicha isla se sostienen e las rentas de sus majestades crescen». Véase MO-RALES PADRÓN (1976), p. 154. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 332 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 6 servan los libros de cuentas decimales del siglo XVI13, ni tampo-co los libros de fábrica de las primeras parroquias14, mientras que la información fiscal referida a esta centuria es muy esca-sa15. Por consiguiente, no podemos construir series de produc-ción agropecuaria según su diezmo bruto o mediante la cuota asignada al rey (tercias reales), a las parroquias (terzuelo) o a cualquier otro partícipe eclesiástico en el diezmo neto. Pareci-das dificultades empíricas tenemos a la hora de abordar las di-mensiones de la población, y nuestra serie de cotizaciones del trigo del mercado de Tenerife se ha elaborado con fuentes cuyas limitaciones solo permiten captar sus tendencias16. Ahora bien, el análisis reflexivo y crítico de los escasos datos disponibles sugiere que en los primeros tiempos de la colonización interesó únicamente el azúcar y el pan fue caro. Conocemos el valor de las tercias reales para algunos años del primer cuarto del siglo XVI17, y su análisis revela, aunque con cierta provisionalidad por el momento, que la agroindustria azucarera representaba el 80 por ciento del producto bruto agropecuario de las islas realengas a principios de esta centuria, y poco más de los dos tercios en la década de 152018. Gran Ca-naria era la principal isla productora, con el 80 por ciento de la 13 Sobre el diezmo en las diócesis canarias, véase MACÍAS HERNÁNDEZ (1986). 14 Sobre las fuentes demográficas canarias, véase MACÍAS HERNÁNDEZ (1989). 15 He tratado de resolver la ausencia de datos decimales de fuentes ecle-siásticas mediante esta información, depositada en el Archivo de Simancas, pero las tercias reales de Canarias vienen agregadas a las de las diócesis de Sevilla o de Cádiz, siendo imposible su desagregación. 16 Hemos construido la serie de precios a partir de las cotizaciones del trigo y del pan anotadas en las actas capitulares del único municipio con in-formación al respecto, el de Tenerife, recurriéndose a las compras de grano anotadas en la fuente notarial para resolver algunas lagunas. El comentario crítico de ambas fuentes, las únicas que permiten la elaboración de series de precios para el período 1500-1650, será objeto de un próximo trabajo, que se enmarca, a su vez, en un proyecto de investigación sobre los precios cana-rios de este período. Los responsables de este proyecto son Antonio M. Macías Hernández, José I. González Gómez y José J. Cáceres Hernández. 17 AZNAR VALLEJO (1983), p. 252. 18 MACÍAS HERNÁNDEZ (2008). 333 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 7 producción regional, pero en la fase inicial de la colonización de La Palma y, sobre todo, de Tenerife, predominó también el azú-car19. Así lo demuestra la estructura del producto interior bruto de esta última isla en el año agrícola 1507-1508, es decir, doce años más tarde de su conquista (cf. cuadro I). Y como también demuestra la presencia de los cereales y de los menudos —que incluyen el resto de la producción agropecuaria—, debemos preguntarnos si la oferta de granos cubrió desde un primer momento su demanda doméstica, localizada sobre todo en las áreas azucareras y en las villas que surgieron gracias al empuje de esta agroindustria. Las actas de los repartimientos de tierras y aguas de Gran Canaria y de Tenerife muestran que el primer colono europeo desplazó al labriego indígena de las parcelas que dedicaba a sus sementeras de cebada blanca, el grano que constituía su princi-pal sustento. Se colige entonces que el primer colono europeo * Mrca = maravedís de Canarias. Cf. nota 77. 1 He tenido en cuenta la modalidad de diezmar de la agroindustria azucarera para estimar su pro-ducción fabril y poder compararla con las otras producciones. Los datos se han tomado de Aznar Vallejo (1983), p. 252, y la modalidad de diezmar del azúcar en Macías Hernández (2008). Recordemos, además, que la tercia real, como la del resto de los partícipes en el diezmo, afecta al importe neto de esta renta, de modo que el producto bruto estimado es inferior al real. CUADRO I Estimación del producto bruto agropecuario de Tenerife en 1507-1508 Tercias Diezmo1 Producción Producciones reales neto estimada (Mrca)* (Mrca)* (Mrca)* (%) Azúcares 111.000 499.500 26.640.000 73,8 Cereales 150.000 675.000 6.750.000 18,7 Menudos 60.000 270.000 2.700.000 7,5 Totales 321.000 1.444.500 36.090.000 100,0 19 A pesar del avance de las sementeras en Tenerife, como luego veremos, en los capítulos aprobados por su consistorio en 1515 para presentar a la Corte se indica que «los pobladores gastaron mucho en hazer las haziendas, en especial de azúcar, que es la principal cosa que a poblado e mantiene la dicha isla». Véase SERRA RÁFOLS y ROSA OLIVERA (1965), p. 99. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 334 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 8 dispuso de predios fértiles20, ya desbrozados y con condiciones agroclimáticas y edafológicas adecuadas para el cultivo del ce-real; el esfuerzo inversor de este primer colono se limitó, pues, a costear la simiente, las labores de siembra, escarda y recolec-ción, y el alquiler de los graneros, de los animales de tiro y de los aperos de labranza. Ahora bien, si consideramos que la retribución de este capi-tal debió de ser muy cara debido a su escasez y carácter im-portado21 y, además, que el cañaveral reportaba los mayores be-neficios, podemos concluir que el cultivo del grano fue la estrategia colonizadora inicial de un corto número de colonos. De ahí que faltase incluso el pan durante los primeros años de la colonización, y que el Cabildo de Tenerife, siguiendo al res-pecto una de las máximas de la política de abastos de los mu-nicipios castellanos, la defensa del consumidor, tasara el precio del trigo desde su segunda cosecha —en enero de 149822— y li-berase la venta —esto es, sin tasa alguna— del cereal importado con el fin de facilitar el abastecimiento del mercado interno23. No sabemos lo ocurrido en otras islas y, singularmente, en Gran Canaria, donde la estrategia azucarera, iniciada a princi-pios de la década de 148024, absorbió todos los recursos dispo-nibles. Pero, por lo que luego veremos, podemos afirmar que los 20 El arado indígena, un simple palo de madera endurecido al fuego, sólo permitía una labor superficial, de modo que sus labriegos no pudieron optimizar toda la capacidad fértil del suelo. Más adelante insistiremos sobre este punto. 21 Véase el comentario de la nota 117 sobre la evolución de los precios de los bueyes de arada. 22 En efecto. La conquista finalizó al parecer en abril de 1495, pero las primeras siembras se realizaron en el otoño de 1496, como revela la data otorgada al genovés Mateo Viña, y el primer año agrícola fue el de 1496-1497. La data al genovés puede consultarse en SERRA RÀFOLS (1978), p. 95. 23 SERRA RÀFOLS (19962), p. 4: «Que no pueda valer más la fanega [de trigo] de a duzyentos mrs; esto se entiende es para con los vecinos de la isla; los de fuera vendan como quisieren». Acuerdo de 26-01-1498. Advertimos al lector que el acta se refiere a los maravedís de Canarias, que nominaremos en adelante con la abreviatura mrca, mientras que reservamos la mr para los maravedís de Castilla. Y en cuanto al sistema monetario isleño, véase MACÍAS HERNÁNDEZ (2000c). 24 MACÍAS HERNÁNDEZ (2010), pp. 255-265. 335 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 9 ediles grancanarios, reclutados entre la elite azucarera, desarro-llaron con el mayor celo esta política de abastos y que, a pesar de sus esfuerzos, la producción local de cereales no cubrió la demanda. La persistencia de su elevado precio en el vecino mercado de Tenerife sugiere la existencia de una escasez relati-va de grano durante los años iniciales de la primera década del quinientos (cf. cuadro II y gráfico 1); una escasez que obedeció, sin duda, a la corta oferta doméstica como consecuencia del reducido número de colonos que optaron por su cultivo, por cuanto la tierra ofrecía condiciones agroclimáticas muy adecua-das para las sementeras25. Sin embargo, los datos disponibles indican que hubo bien pronto un excedente de granos destina-do a la exportación y señalan a Tenerife como su principal pro-ductora. CUADRO II Precios del trigo. Mercado de Tenerife, 1498-1561 (en mrca/fga) Años Precios Años Precios Años Precios Años Precios 1498 147,33 1514 138,37 1530 314,45 1546 553,68 1499 176,80 1515 166,07 1531 368,77 1547 285,57 1500 176,80 1516 202,57 1532 295,45 1548 179,20 1501 171,30 1517 246,05 1533 286,17 1549 205,75 1502 185,73 1518 291,58 1534 277,06 1550 287,74 1503 197,27 1519 176,80 1535 269,65 1551 389,06 1504 204,30 1520 350,66 1536 265,33 1552 480,63 1505 205,37 1521 341,83 1537 265,45 1553 533,51 1506 199,45 1522 299,95 1538 271,58 1554 544,82 1507 186,30 1523 232,26 1539 285,75 1555 524,16 1508 166,59 1524 156,40 1540 310,99 1556 486,56 1509 141,96 1525 151,22 1541 352,11 1557 446,38 1510 118,57 1526 203,25 1542 330,36 1558 414,65 1511 108,44 1527 211,90 1543 260,95 1559 399,59 1512 109,51 1528 201,70 1544 359,64 1560 409,38 1513 119,61 1529 214,40 1545 540,28 1561 451,53 FUENTE: Archivo Municipal de La Laguna (AMLL). Libros de acuerdos, oficios 1º y 2º. Elaboración propia. Cf. comentario de la nota 16. 25 No así para la conservación de los granos, como indicaremos luego. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 336 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 10 3. EL CEREAL INICIA SU ESTRATEGIA EXPORTADORA Los colonos que llegaron a esta isla en la primera década del quinientos, atraídos quizás por su potencial azucarero, debieron buscar en breve plazo nuevas opciones productivas en las que colocar su trabajo y capital. La tierra óptima para el cañaveral —suelos arcillosos, alcalinos, con una elevada humedad edáfica gracias al aporte hídrico y próximos al mar— ocupaba en el caso de Tenerife una corta y estrecha franja costera, mientras que la mayor parte del territorio ofrecía condiciones muy favo-rables al cultivo del cereal y, sobre todo, a la viticultura; unas condiciones agroclimáticas que desde luego prevalecían en los terrenos de secano que se incorporaron a la obra colonizadora luego de los primeros repartos de tierras y aguas, dedicados preferentemente al plantío cañero. El éxito de toda estrategia de colonización fundamentada en el sector agropecuario depende de su capacidad exportadora. GRÁFICO 1 Precios del trigo, 1498-1562 (mrca/fga) 337 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 11 Por consiguiente, convenía al colono productor de cereal, pe-queño y mediano propietario según las actas de los reparti-mientos, colocar su excedente en el mercado exterior con el fin de sufragar con mejor provecho su demanda de bienes importa-dos. Y si observamos que la mayor parte de este colono del pan tenía un origen lusitano26, parece claro que su estrategia coloni-zadora tuvo que ver en sus inicios con el mercado del grano de las urbes portuguesas y, como veremos luego, andaluzas. Por su parte, la autoridad local, con intereses agrarios y pre-ocupada por la actividad colonizadora, optó por desarrollar la política económica que mejor convenía a su hacienda y a aque-lla actividad: liberar la comercialización del excedente de gra-nos, es decir, del único bien de que disponía buena parte del vecindario para adquirir en el exterior lo mucho que le faltaba. Aludimos, en síntesis, a un escenario económico e institucional cuyas mutuas y favorables interrelaciones debieron de acen-tuarse a medida que el crecimiento de la oferta de cereal provo-caba el descenso de sus precios en el mercado interior y, con ello, desinhibía el avance roturador y la arribada de nuevos pobladores. Un escenario, en fin, cuya cronología podemos si-tuar en el caso de Tenerife en la primera década del quinientos. La información demográfica disponible no permite conocer con rigor la población insular de la primera mitad del siglo XVI, es decir, durante la fase de génesis y posterior consolidación de una nueva economía en un territorio cuya conquista finalizó en la primavera de 149527. Escasean los vecindarios propiamente dichos y las actas de los libros parroquiales de esta etapa se han perdido o están muy deterioradas. Ahora bien, la ausencia de datos hace más apasionante una tarea investigadora cuyos pri-meros resultados revelan que la población, luego de su brutal derrumbe provocado por el dramático encuentro entre indíge-nas y europeos, conoció un fuerte crecimiento, motivado sobre todo por la continuada afluencia de nuevos pobladores. El interrogatorio que Ortiz de Zárate realizó en 1506 con el 26 AZNAR VALLEJO (1983), pp. 194-195; FERNÁNDEZ-ARMESTO (1997), pp. 39-51; PÉREZ-VIDAL (1968), VERLINDEN (1970). 27 Sobre esta cronología, muy controvertida, véase Rumeu de Armas (1993). ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 338 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 12 fin de reformar el repartimiento de tierras y aguas entre los nuevos pobladores de Tenerife, proporciona los primeros datos sobre su población unos diez años más tarde de la conquista28. Según el regidor Alonso de las Hijas, la capital, San Cristóbal de La Laguna, y su amplia comarca, tenía 150 vecinos, y entre 300- 350 el resto de los caseríos. Por su parte, el escribano del Con-cejo, Antón Vallejo, asignó 150 y 300, respectivamente, a esta distribución «urbana» y «rural», y 130 y 260 el regidor Rodrí-guez. Se podría entonces estimar el vecindario «capitalino» en 150 vecinos y en 325 el del resto del territorio insular, de modo que si aplicamos a estas cifras el coeficiente de 5,5 personas por vecino29, la isla tendría 2.612 habitantes en 1506; de ellos, 825 (31,6 %) vivirían en su centro «urbano» y área comarcal, y 1.787 (68,4 %) en sus áreas rurales. Sin embargo, estos datos infravaloran la población. Es muy posible que los regidores aludieran sólo a los vecinos que goza-ban de la cualidad de nuevos pobladores, es decir, al colectivo principalmente afectado por la reforma de los repartimientos, y cabe recordar al respecto que el núcleo poblacional primigenio de cada isla contó con un colectivo indígena libre y esclavo, integrado en el caso de Tenerife por guanches, gomeros y cana-rios30. ¿Cuál era su número? No lo conocemos, pero debemos intentar estimarlo con objeto de precisar las tendencias demo-gráficas de la población insular, el grado de cobertura de la ofer-ta local de cereales y la cuantía del excedente disponible para la exportación. En los capítulos de peticiones a la Corte de 1513, los regido-res dijeron que en la isla había «seiscientas personas e más guanches, naturales de la dicha isla, en que avrá doscientos honbres de pelea, poco más o menos»31. La inclusión de los hombres de pelea en las «seiscientas personas e más guanches» sugiere que los ediles computaron únicamente a la población masculina. Y decimos esto porque este cómputo se realizó en un 28 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1963), p. 35. 29 Sobre el coeficiente vecino/habitante, véase MACÍAS HERNÁNDEZ (2005). 30 Estos gentilicios corresponden a los indígenas de Tenerife, La Gomera y Gran Canaria. 31 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (19962), p. 281. 339 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 13 contexto de claro enfrentamiento entre la comunidad indígena sometida y la europea, que teme por su seguridad, y de ahí que solicitara a la Corona el destierro de aquélla, aunque su petición no surtió efecto. Además, si aceptamos que las seiscientas per-sonas son varones, resulta que los hombres de pelea representan un tercio de esta población total masculina, y ocurre que este porcentaje coincide con el que se obtiene de aplicar las técnicas de población estable a la demografía indígena en el supuesto de que los guerreros se reclutasen entre los varones con edades comprendidas entre los 15 y los 34 años32. En cuanto a la expre-sión «e más guanches», la iniciativa edilicia motivó la protesta de los guanches integrados en la nueva sociedad, y los regidores adujeron en 1514 que su propuesta de expulsión no afectaba a este colectivo33, que estimaron en 10-12 vecinos34. Tratemos entonces de calcular, a partir de estas primeras referencias, de 600 varones «e más guanches», la población de esta etnia en 1513. Consideremos al efecto que su sex-ratio os-cilaba en torno a las 130 mujeres por cada 100 hombres; una pretensión que parece razonable, dada la mayor incidencia de la conquista sobre el grupo masculino, y porque a finales del siglo XVII y en un contexto de población estable, esta ratio era de 112,4 % en el total regional35. Siendo así, la población guanche se aproximaría en 1513 a los 1.380 efectivos, a los que habría que añadir los guanches integrados, que podrían superar los 100 habitantes si aplicamos el coeficiente vecino/habitante propio de las familias extensas. La segunda referencia que permite aproximarnos a las posi-bles dimensiones del colectivo indígena que formó parte de la nueva sociedad se basa en considerar su ratio con respecto al total de la población. En 1522, los regidores sostienen que los guanches, gomeros y canarios eran la cuarta parte de la pobla-ción insular36. Ahora bien, es obvio que esta ratio debió ser mayor en 1506 por el continuado incremento posterior del apor- 32 MACÍAS HERNÁNDEZ (2003), p. 31. 33 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), pp. 10-13. 34 Ibíd., p. 15. 35 SÁNCHEZ HERRERO (1975), pp. 405-415. 36 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1970), p. 166. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 340 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 14 te europeo. En este sentido, en otro lugar la he estimado para 1505 en el 40 por ciento de la población total del Archipiélago37; un porcentaje que bien pudiera haber sido más elevado en Tenerife por la citada presencia de gomeros y canarios ya en esta fecha, pues los primeros participaron en la repoblación insular y los segundos, además, en su conquista38. En todo caso, si apli-camos la proporción que resta (60 %) a la población que hemos juzgado europea en 1506 (2.612 habitantes), la isla tendría 4.353 habitantes en esta fecha (cf. cuadro III), de los que 1.741 serían indígenas; pues bien, esta última cifra coincide grosso modo con las estimaciones que computan la población insular antes de su conquista en un mínimo de 17.000 habitantes, y valoran la des-trucción demográfica sobrevenida por la presencia europea en el transcurso del siglo XV en el 90 por ciento de sus efectivos39. Los datos de producción de cereales, aunque muy escasos, sugieren la existencia de excedentes en la primera década del quinientos. En acta capitular de 16 de septiembre de 1508 «se vio la nómina del pan..., la qual había dado el canónigo Milla-res ». La fuente originaria de esta nómina es, pues, el diezmo, siendo su hacedor el citado canónigo. Y según este administra-dor, se habían cogido en la isla 25.620 fanegas de trigo y 36.870 CUADRO III Población estimada de Tenerife en el siglo XVI Capital y comarca Resto de la isla Total Tasa Años Hab. (%) Hab. (%) insular Δ % 1506 1.375 31,6 2.978 68,4 4.353 1514 1.743 31,6 3.775 68,4 5.518 3,01 1531 5.179 48,1 5.587 51,9 10.766 4,01 1552 5.513 38,4 8.854 61,6 14.367 1,38 1561 7.220 40,9 10.421 59,1 17.641 2,31 FUENTE: Estimación propia a partir del estudio crítico de las fuentes citadas en el texto. 37 Cf. nota 39. 38 BETANCOR QUINTANA (2002). 39 Sobre estas estimaciones, véase MACÍAS HERNÁNDEZ (2003), pp. 59-70. 341 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 15 de cebada, agregando los regidores que el año anterior «se ha-bía cogido casi otro tanto»40. Por consiguiente, si aceptamos los datos de población de 1506 y los estimados para 1514 —cuyas cifras discutiremos luego—, la isla tendría 4.618 habitantes en 1508, lo que supone una media anual de 5,5 fanegas de trigo por habitante; una ratio que se considera suficiente para el susten-to anual de la población41 —aunque a esta ratio tendríamos que agregar la cantidad de simiente necesaria para la próxima se-mentera—, como confirman los propios regidores del consisto-rio tinerfeño en 1522, al situarla en una media de cinco fanegas de trigo, al tiempo que sugieren un importantísimo matiz a la hora de evaluar este consumo aparente: la cuarta parte de la población, es decir, su colectivo indígena, consume únicamente cebada, el producto (gofio) que constituía el principal sustento en su cultura alimentaria42. Así pues, en 1507 y 1508 hubo excedentes de cereal, frente a la reconocida penuria de 150643. Ahora bien, sucede que la nómina del pan se vio en la citada reunión de septiembre de 1508 con el fin de discutir la conveniencia de autorizar su expor-tación, pues el año pasado se había cogido «casi otro tanto» y la isla 40 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (19962), p. 14. 41 PÉREZ MOREDA (1980), p.. Podemos incluso medir este consumo apa-rente. Según las denominadas experiencias del pan de este período, de una fanega de trigo de la metrología insular (47,14 kilos) se obtenían de 75 a 80 libras de pan, es decir, una media de 35,65 kilos. Se deduce entonces que un consumo aparente de cinco fanegas de trigo por habitante y año significan 488 gramos de pan por habitante y día, incluyéndose en esta ratio toda la población. Pues bien, a título meramente comparativo, en las cárceles de me-diados del siglo XIX se daban a los presos 535 gramos de pan diarios. 42 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1970), pp. 166-167. 43 En acta de 17 de agosto se ordenó la requisa del pan que tienen aca-parado los mercaderes para su reparto al precio que lo compraron, y a par-tir de septiembre se repite la prohibición de extraer grano de la isla, autori-zándose únicamente la exportación de la cebada para aliviar las deudas de los labradores. Incluso se ordenó en este mes que el precio máximo de 200 y 100 mrca para el trigo y la cebada fuera obligatoria para el vendedor, pero no para el comprador, atento a que «muchas personas, teniendo necesidad de pan, davan todo lo que les pedían por tener en que se mantuviesen». Véase SERRA RÀFOLS (19962), pp. 108, 115-117 y 119. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 342 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 16 «se vio en muy extrema necesidad por falta de pan, sin tener remedio de ninguna parte, tanto que estuvieron mucha parte de los vecinos quince días sin comer trigo ni cebada, por manera que la gente se vio en mucho peligro y se fueron muchos de la isla»44. Es posible que esto ocurriera, lo que significa que nuestro cálculo de la población en 1508 peca por defecto. Pero el precio del grano en 1506 fue inferior al de 1505 y 1504, y sabemos que en 1499 había excedentes y que se extraían para Portugal y Berbería en 150445. Por consiguiente, el denunciado desequili-brio entre población y consumo aparente de 1507 se produjo por una excesiva extracción en el transcurso del año agrícola 1507- 1508; una extracción que comenzaría en 1508 nada más iniciar-se su cosecha y que en septiembre ya amenazaba con repetir la penuria del año anterior. Destaquemos entonces lo obvio: que avanzada la primera década del siglo XVI, la producción de cereal con destino a la exportación constituyó una opción productiva rentable para una parte del colonato insular, esto es, para aquellos que habían puesto en cultivo los terrenos que se incorporaron a la obra colonizadora luego de haberse distribuido toda la tierra y el agua que podía destinarse al plantío cañero. Y en este nuevo contexto, la autoridad concejil, dominada por los intereses agra-rios, debía poner en marcha una política económica adecuada a la nueva realidad productiva, asumiendo incluso el riesgo de que su actitud en esta materia, ya fuese por acción o por omi-sión, vulnerase las disposiciones regias referidas al comercio de los cereales, esto es: la prohibición de exportar para fuera del reino, bajo las más severas penas, cualquier tipo de manteni-mientos sin expresa licencia de la Corona. La primera medida de política económica concejil estaba bien clara, pues tenía que ver con el objetivo prioritario de los principales interesados en la colonización. El municipio debía garantizar el abastecimiento del mercado interior, es decir, la necesaria provisión de grano de los ingenios azucareros y del resto de los sectores productivos demandantes del preciado ce- 44 Ibíd., p. 14. 45 Cf. infra. 343 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 17 real. Pero debemos reconocer que el esfuerzo institucional en este apartado era irrelevante por la reducida demanda interna; la especialización azucarera tuvo una corta dimensión en Tenerife —frente a lo que ocurría, como veremos luego, en Gran Canaria—, no existía en esta hora un colectivo jornalero que viviera del pan de la plaza, pues había tierra libre y fértil para todo aquel que quisiera avecindarse y labrarla, y la actividad urbana se reducía a unos pocos artesanos, al importarse la mayor parte de los bienes manufacturados. CUADRO IV Tasas de los cereales. Mercado de Tenerife Fecha del Trigo Cebada acuerdo (Mrca) (Mrca) Fuentes 27-01-1498 200 100 Serra Ràfols (19962, p.4) 13-08-1498 130 63 Ibídem, p. 11. 27-07-1499 150 Ibídem, p. 20. 25-05-1502 168 100 Ibídem, p. 47. 24-07-1503 200 Ibídem, p. 58. 20-08-1506 200 100 Ibídem, p. 107. Por consiguiente, la acción institucional del Cabildo de Tenerife tuvo como principal objetivo utilizar los mecanismos del mercado interior que favorecían la labor del pan. Las tasas ejercieron, en realidad, la importante función de amparar a su labriego de la clase mercantil que le suministraba las precisas importaciones de bienes manufacturados. Los comerciantes debían aceptar el cereal en pago de sus mercancías o de las deudas contraídas por los labradores por la venta anticipada de su cosecha46; una estrategia financiera de préstamos sobre futu- 46 Así, el 27-05-1498 se acordó «que todos los mercaderes que a esta ysla venyeren a vender sus mercaderías sean obligados a tomar en pago de lo que fiaren o dieren de las mercaderías que ovieren en la tierra y como valieren en la tierra». Y el 13-08-1498, coincidiendo con la recolección de la cosecha, «que todos los vecinos desta ysla que deven dineros a los mercadores de mer-caderías que dellos tomaren mandas, que las den e paguen, sy quisieren, en trigo a cxxx y la fanega de la cevada a real y medio», es decir, rebajando el precio de la tasa establecida en enero en 200 y 100 mrca, respectivamente. Véase SERRA RÀFOLS (19962), pp. 9 y 11. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 344 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 18 ros que adquirió un carácter bastante general en el caso de esta economía insular, a tenor de los datos que aportan los protoco-los notariales, y que refuerza la tesis de la pequeña y mediana propiedad cerealista. Los granos tenían, pues, valor amonedado. Un valor o tasa que, no obstante, osciló de acuerdo con el nivel de las cosechas, y que, como precio máximo, se fijó en 200 y 100 mrca para el trigo y la cebada, respectivamente (cf. cua-dro IV)47. Y si en un primer momento estas tasas sólo afectaban a las ventas de grano entre los vecinos, pero no al destinado a la exportación, cuando sus mercaderes intentaron mejorar su trato avecindándose, el consistorio acordó que la tasa «también haga efecto y vigor en los mercaderes que fueren vecinos»48. Lo dicho revela que la autoridad concejil favorecía la expor-tación del cereal a los mercados que mejor lo cotizaban con el fin de estimular su labor y acción colonizadora mediante la arri-bada de nuevos pobladores; además, estas exportaciones no abonan impuesto alguno en este momento49. Ahora bien, la ex-tracción de parte del excedente para fuera del reino, el denomi-nado tercio de saca o tercio de la cosecha, exigía, como ya se ha dicho, la preceptiva autorización regia; y ocurrió que el consis-torio tinerfeño autorizó la saca sin contar con el consentimien-to regio o bien se negó a prohibirla argumentando que actuaba 47 No parece que la tasa impuesta en diciembre de 1502 para buena par-te de la Corona de Castilla, de 110 y 60 mrs para el trigo y la cebada, respec-tivamente, afectara al territorio insular, pues no consta ninguna nota al res-pecto en los libros de acuerdos. Sobre esta tasa y las circunstancias de su aplicación, así como sobre los territorios exentos, véase HAMILTON (1975), p. 258. No obstante, durante este período parece que no existió una clara polí-tica regia en favor de las tasas, sino todo lo contrario y con el fin de fomen-tar el cultivo de los granos, incluso autorizando su extracción. Véase lo di-cho al respecto y para el caso andaluz en MONTES ROMERO-CAMACHO (2007), p. 190. 48 SERRA RÀFOLS (19962), p. 85. Acuerdo del 14-05-1505. 49 Hasta 1522, La Palma y Tenerife estuvieron exentas del principal y casi único impuesto regio, un 6% ad valorem de derecho aduanero sobre la im-portación y exportación, siendo Gran Canaria la única economía insular que pagaba impuestos al rey con anterioridad a aquella fecha. En cuanto al pago de la licencia de saca, no sabemos si el municipio percibió algún estipendio por su concesión en este momento; en todo caso, sería ilegal esta exigencia, pues no contaba con autorización real. 345 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 19 «en pro e beneficio de la isla»50. Es más; los datos disponibles, cuyo comentario veremos más abajo, indican que los propios regidores, así como el gobernador vitalicio, Alonso Fernández de Lugo, y su parentela, participaron de manera muy activa en este lucrativo negocio. Pero entonces surgió un tercero en discordia: el municipio de Gran Canaria. Dominado por la sacarocracia, aplicó con ex-tremado celo la política municipal de protección al consumidor. Prohibió la exportación de trigo de la isla, obteniendo incluso real cédula en 1498, por la que ni siquiera el grano de los partí-cipes en los diezmos (Clero y Corona) podía exportarse51; no tasó los granos, a pesar de las carestías, con el fin de facilitar su importación, y otra real cédula obligaba a los mercaderes genoveses, dueños de las principales unidades agroindustriales azucareras, a importar tanto trigo como el que hubieren com-prado en la isla para su aprovisionamiento y a venderlo al pre-cio que lo habían comprado52. Los ediles grancanarios actuaban así por imperativos de una economía que concentraba la mayor parte de sus recursos en la producción azucarera53. La oferta local de grano era totalmente insuficiente para cubrir la demanda de los operarios que traba-jaban en la zafra de los ingenios y de la única población urba-na, Las Palmas, que se aproximaba a esta categoría analítica. La capital insular era el principal centro de contratación mercan- 50 Así, en acta del 12-06-1510 se menciona la extracción de trigo para Por-tugal. Se discute prohibir la saca, pero se aprueba por ser en bien y prove-cho de los labradores. Se alude también al bajo precio del cereal por la ato-mización de la oferta, y se propone que el municipio centralice su venta a los exportadores. Véase SERRA RÁFOLS y ROSA OLIVERA (19962), pp. 63-64. 51 CULLÉN DEL CASTILLO (19952), pp. 141-142. 52 AZNAR VALLEJO (1981), p. 117, doc. 571. La orden es de 1503, pero recuerda una disposición anterior. 53 La argumentación no es nuestra. La expuso con toda clarividencia el personero Fernando Espino cuando solicitó la intervención regia en el mer-cado de granos en 1517: «El trato principal de aquella ysla [Gran Canaria] es los azúcares que en ella se hazen, e que por ser muy general la más parte de la gente de la dicha ysla se ocupaba en ellos, e que a causa del dicho trato no se coje en ella el pan que es necesario para el sostenimiento de los veci-nos della, e que por la falta que dello ay la dicha ysla se provee de trigo de fuera della». Véase CULLÉN DEL CASTILLO (19952), pp. 195-197. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 346 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 20 til del Archipiélago en este momento en virtud de su riqueza azucarera, contaba con un importante colectivo artesano gracias a esta especialización fabril54, y en ella residían las principales entidades políticas y administrativas de la región (Diócesis, Real Audiencia, Inquisición). Puede entonces afirmarse que el merca-do grancanario de granos se caracterizaba por la escasez, la especulación y los elevados precios, superiores en más de un tercio como promedio a los vigentes en el mercado de Tenerife (cf. cuadro V); una situación que, de no corregirse, perjudicaba en último término a la oferta exportadora azucarera, pues un pan barato reducía sus costes salariales y mejoraba su com-petitividad y, por supuesto, los márgenes de beneficio del indus-trial azucarero. La acción institucional del municipio grancanario tuvo en-tonces un claro objetivo desde el mismo instante en que se pro-dujo un excedente de cereal en las islas comarcanas: exigir la más estricta aplicación de la normativa regia en materia de abastos con el fin de garantizar el abastecimiento de la isla. Y como, a pesar de la libertad de comercio del grano en Gran Canaria, los productores de las islas comarcanas preferían ven-der su excedente en los mercados exteriores, por cuando aquí alcanzaba las mayores cotizaciones, los ediles grancanarios de-nunciaron de inmediato ante la Corte el incumplimiento de la normativa regia en materia de abastos. 54 LOBO CABRERA (1991, 2008). CUADRO V Precios del trigo en los mercados de Gran Canaria y de Tenerife, 1512-1537 Años GC TFE Años GC TFE Años GC TFE 1512 210,0 109,5 1525 384,0 151,2 1533 312,0 286,2 1515 325,5 166,1 1526 360,0 203,3 1536 453,6 265,3 1519 252,0 176,8 1527 384,0 211,9 1537 432,0 265,5 1524 432,0 156,4 1532 372,0 295,5 NOTA: Como ya se indicó, no contamos con información apropiada para el estudio de los precios del mercado grancanario. Las escasas referencias disponibles se han tomado de los protocolos notaria-les que se conservan de esta isla.Fuentes: AZNAR VALLEJO (1983), p. 257; LOBO CABRERA (1994). 347 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 En 1499, la Corona ordenó al gobernador de Tenerife y La Palma, así como a los señores de sus respectivas islas, que ven-dieran el trigo a su justo precio a los vecinos de Gran Canaria55. En 1504 exigió al gobernador de Gran Canaria que informase sobre la acusación presentada contra el gobernador de Tenerife y La Palma, Alonso Fernández de Lugo, de exportar cereales a Portugal y a Berbería56, y el alcance de este negocio queda de manifiesto en la denuncia de su factor en este mercado por in-cumplimiento de contrato57. En 1509 se denuncia de nuevo las exportaciones de pan a Berbería por parte del Adelantado58, y en 1511 los embarques de los vecinos de La Palma, Tenerife, La Gomera y Fuerteventura a Berbería y a Portugal59. Desconocemos de manera fehaciente las consecuencias de este primer conflicto por la regulación del mercado interinsular de los granos en beneficio de la especialización azucarera de Gran Canaria; un conflicto que se reproducirá luego en otro escenario insular (Tenerife) y a raíz de la especialización viní-cola60. La contracción de los precios del trigo en el mercado tinerfeño entre 1507 y 1513, con fondo en 1510 y 1511 (cf. cua-dro II y gráfico 1), bien pudo obedecer a los obstáculos legales que impedían exportar el excedente para fuera del reino, de modo que las denuncias de los ediles grancanarios ante la Cor-te surtieron efecto. Ahora bien, como estas denuncias demues- 21 55 AZNAR VALLEJO (1981), p. 94, doc. 457. 56 Ibíd., p. 128, doc. 619. 57 Ibíd., p. 165, doc. 816. 1510. Orden al gobernador de Gran Canaria para que informe sobre la petición de un artillero que el hijo del gobernador de Tenerife, Pedro de Lugo, llevó a Berbería y que durante los cincos meses que estuvo a su servicio se dedicó a vender trigo a los moros, a razón de un metical de oro (500 mrs) la fanega, lo que provocó la subida del trigo en las islas en dos tercios. El documento no indica la fecha exacta de esta estancia del factor, pero prueba nuestra tesis acerca del papel de la demanda exterior en la formación de los precios en el mercado interno. 58 Referencia tomada del trabajo inédito realizado por Isabel Fuentes sobre la documentación canaria del Registro General del Sello. Agradezco a la autora que me haya facilitado su consulta. 59 AZNAR VALLEJO (1981), p. 177, docs. 883 y 884. 60 Ahora será en beneficio de la vinicultura de Tenerife y La Palma, y el conflicto jalonó toda la historia del mercado interinsular de granos hasta su liberalización por la legislación ilustrada. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 348 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 tran también que hubo extracción, cabe sostener que las dispo-siciones regias no impidieron que los labradores poderosos de Tenerife y La Palma y los señores de las islas de señorío dejaran de exportar sus excedentes de cereal, pues podían solicitar licen-cia regia para continuar con este negocio argumentando los ele-vados servicios prestados a la Corona61. En realidad, las dispo-siciones regias afectaron únicamente al grano de la mayor parte de sus productores, los medianos y pequeños labriegos, y, por consiguiente, debieron inhibir la labor del pan y el desarrollo de esta estrategia colonizadora. Los hechos corroboran esta hipótesis. Los interesados en esta estrategia solicitaron amparo institucional frente a la pre-tensión del municipio de Gran Canaria de impedir la exporta-ción de los excedentes de grano. Argumentaron que era el úni-co bien de intercambio que garantizaba la repoblación de la isla y que no podía conservarse por más de nueve meses por ser la tierra caliente y proliferar los insectos que lo destruían, y en febrero de 1512 la Corona autorizó la extracción del tercio de saca a reinos cristianos62; y aunque sólo fue por un año, los in-teresados en esta estrategia se coaligaron para costear la conso-lidación definitiva de la merced63, que obtuvieron por real cédu- 22 61 Aludimos a la licencia regia otorgada en 1512 a Hernando del Hoyo para exportar doscientos cahíces de todo pan durante diez años y desde su hacienda con puerto propio; por supuesto, exportó pan en cantidades supe-riores a la indicada en la licencia, como denunciaron los vecinos. Cf. VIÑA BRITO, GAMBÍN GARCÍA, RAMOS RODRÍGUEZ y PÉREZ GONZÁLEZ (2006), pp. 172-173. 62 Ibíd., pp. 153-154. 63 En efecto. A fin de cubrir los gastos de esta licencia regia, los labrado-res dieron a su negociador, el regidor Diego de Mendieta, una fanega de tri-go por cada yunta de bueyes de arada, según manifestó uno de los interesa-dos en su consecución, el regidor Pedro Fernández, en acta del 5-09-1522. Además, indicó que los labradores le pagaron a Mendieta la suma de «más de mil fanegas». Y como mil yuntas de bueyes de arada permiten la siembra de unas 280 fanegadas en una jornada de labor, y esta tarea, que comenzaba en las tierras bajas a fines de septiembre, duraba dos meses (52 días de tra-bajo), la superficie de sembradura de estos interesados en la labor del pan para su exportación podemos estimarla en unas 14.000 fanegadas, equivalen-tes a 7.350 hectáreas (una fanegada de Tenerife equivale a 5.249,49 m2). La referencia sobre las yuntas en SERRA RÀFOLS Y ROSA OLIVERA (1965), p. 161. 349 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 la de 30 de agosto de 151664. Por su parte, los labradores de La Palma consiguieron igual disposición por real cédula de 8 de septiembre de 151765. Y en cuanto a la regulación de la saca, la autoridad local de cada isla decidía la extracción, y la licencia que solicitaba cada labriego de su tercio de cosecha sería firma-da por el gobernador o juez de sacas, con jurisdicción sobre las dos islas66. Pero nada más autorizarse el tercio de saca (1512) intervino de nuevo el municipio de Gran Canaria. Sus ediles reiteraron la escasez y carestía del pan en la isla como consecuencia de la especialización azucarera y la necesidad de procurar su abaste-cimiento antes de otorgarse cualquier licencia de saca. Además, sostuvieron que surtir la isla de pan era tanto como garantizar los ingresos regios, pues era la única economía insular que en este momento abonaba impuestos al rey gracias a su riqueza azucarera. Y aunque es bien cierto que los mercaderes que ad-quirían los azúcares podían abastecer de grano al mercado grancanario, como indicaron los productores de Tenerife en defensa de su privilegio de saca y confirman los datos disponi-bles67, el abasto exterior era siempre mucho más caro que el interinsular y, además, sujeto a contingencias de diversa índole. Por consiguiente, los ediles grancanarios denunciaron ante la Corte la actitud de los productores y mercaderes de granos de Tenerife y de La Palma y de sus respectivas autoridades, que preferían exportar el pan para fuera del reino. La real cédula de 1513 atendió las quejas de los primeros. En virtud de ella, los municipios de aquellas dos islas debían vender sus excedentes de cereal por el tanto —es decir, «al mismo precio que lo tovieren comprado» los mercaderes para exportar para fuera del 23 64 Ibíd., pp. 243-244. 65 Parece que las autoridades de La Palma respetaron algo más las dis-posiciones regias, pues en 1511 los mercaderes apelaron a la Corte porque les impedían sacar los granos que habían recibido de los labriegos en pago de sus mercancías. Referencia tomada del trabajo de Isabel Fuentes. 66 Desconocemos el coste de la licencia en estos años y su beneficiario. No parece que fuera el municipio sino el gobernador o juez de sacas. En cuanto a su coste, en 1522 era de medio real por fanega. Cf. COELLO GÓMEZ, RODRÍGUEZ GONZÁLEZ y PARRILLA LÓPEZ (1980), p. 212, doc. 428. 67 LOBO CABRERA (1994). ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 350 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 reino— a los vecinos de Gran Canaria68; y debían, además, no-tificarles de manera fehaciente la existencia de estos excedentes antes de otorgar cualquier licencia de saca. Una disposición que, no obstante, debió reiterar la Corona en 1517, es decir, al año siguiente de haber consolidado el tercio de saca para los productores de Tenerife y La Palma, pues los ediles granca-narios manifestaron su incumplimiento en favor de la exporta-ción «para Portugal e otras partes». Ahora bien, la intervención institucional en la regulación del mercado interno de los granos (prohibir su extracción en años de escasez; preceptivas licencias del tercio de saca; otorgamien-to de estas licencias luego de garantizar el abastecimiento del mercado interior e interinsular) tenía poco o nulo efecto en un escenario con numerosas caletas y ensenadas que facilitaban la carga clandestina de los granos69; en un escenario, además, con estrechos vínculos con el comercio internacional y con produc-tores siempre dispuestos a exportar cualquier mercancía que maximizara su valor en términos de bienes y servicios importa-dos. Y tenía también poco o nulo efecto cuando concurrían demandantes foráneos dispuestos a comprar los granos a cual-quier precio y a burlar toda prohibición de extraerlos, lo cual significa que los beneficios generados por la venta del grano en el mercado interior e interinsular eran inferiores a los obtenidos de su exportación. Los resultados de la pugna por la regulación institucional del mercado interior del grano no fueron otros que los que cabía esperar por todo lo dicho. Porque, por un lado, el conflicto en-tre los municipios de Gran Canaria y Tenerife siguió su curso, adquiriendo incluso caracteres de auténtica piratería por parte de los grancanarios en los años de penuria70. Por otro, con licen- 24 68 CULLÉN DEL CASTILLO (19952), pp. 185-187. 69 Así, en acta del 27-08-1508 se denuncia la saca de trigo por los puer-tos de Taoro y Daute sin licencia y para tierra de moros y se repite esta de-nuncia en acta del 7-05-1512. Véase SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (19962), p. 48 y 152. 70 Me refiero al apresamiento de los buques que salían de los puertos de Tenerife con trigo para Berbería o para Portugal, para obligarles a su descar-ga en los puertos grancanarios. Cf. LOBO CABRERA (1994). 351 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 25 cia o sin ella, el trigo de Tenerife y, probablemente, de La Pal-ma, cubría la demanda de bizcocho de los bajeles que cruzaban el Atlántico y de harina de los primeros colonos indianos71; abastecía las plazas lusas de la costa occidental africana72 y lle-gaba a los mercados urbanos del Portugal continental73 y de la Baja Andalucía74. Y es que, aquí, y como consecuencia de una demanda que creció de forma constante en virtud de una expansión demográ-fica cada vez más acelerada desde mediados del siglo XV, los excedentes de cereal eran muy limitados y frecuentes los años de escasez y carestía. Las autoridades urbanas se veían enton-ces obligadas a prohibir la extracción de los granos y a procu-rar su importación75. Y comprar grano en Tenerife era un nego-cio rentable, pues las escasas referencias disponibles para estos años indican que los precios del grano en las urbes andaluzas —y, probablemente, en las portuguesas— doblaban a los cana-rios en los años de crisis76. Una tesis que si bien exige una ma-yor apoyatura empírica, como indica su autor, parece clara si consideramos que los precios canarios durante estos años se comportaron de manera similar a los de Castilla la Nueva (cf. gráfico 2)77, y en este caso convenía a las urbes andaluzas im-portar grano de Canarias que del interior de Castilla, dados los menores costes del transporte marítimo. Y si, por último, con-sideramos la recurrente insuficiencia de la producción andalu-za, parece claro que los primeros colonos indianos preferían adquirir la más barata harina isleña. 71 PERAZA DE AYALA (1975), pp. 21-23. BERNAL (1992), pp. 97-98. 72 RICARD (1949). 73 LOBO CABRERA y TORRES SANTANA (1997). 74 AZNAR VALLEJO (1983), p. 339. 75 OTTE (1996), pp. 140-152. 76 AZNAR VALLEJO (1983), p. 258. 77 La serie de precios de Castilla la Nueva se ha tomado de Hamilton y la de Canarias del cuadro III, con la importante salvedad que se han homo-geneizado las unidades metrología y monetaria. En este sentido, la fanega de Tenerife pesa en estos años a 47,14 kilos, 43,25 la de Castilla y 42,62 la de Sevilla, mientras que un maravedí de Canarias equivale a 1,2353 mr de Castilla entre 1497 y 1521 y a 1,4117 mr luego de 1521. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 352 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 26 GRÁFICO 2 Precios del trigo. Tenerife y Castilla la Nueva, 1501-1562 (en mr/qm) 4. LA ESTRATEGIA EXPORTADORA SE AFIANZA Así pues, en torno a 1507 se inicia en Tenerife un actividad exportadora de cereal que obtuvo el definitivo respaldo regio en 1516; un apoyo institucional que, desde luego, estimuló la labor roturadora con destino a las sementeras al despenalizar la ex-portación del tercio de saca y, por supuesto, favorecer la extrac-ción ilegal de cantidades que superaban esta proporción de la cosecha. A partir de ahora se afianza una estrategia productiva dedicada al cereal que tiene como principal expectativa las ga-nancias generadas por su comercialización en los mercados ex-teriores. Se colige entonces que esta estrategia incidió en la for-mación de los precios del trigo, que tendieron al alza (cf. cuadro II y gráfico 1), de modo que, frente a los esperados beneficios de los productores y de la clase mercantil, cabría aludir a la inde-fensión y penuria de los consumidores, al prestar el consistorio de Tenerife, dominado por los intereses agrarios, oídos sordos a sus quejas. 353 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 Pero debemos convenir de nuevo en la timidez de su eco en este período de la historia insular como consecuencia de la muy reducida demanda interna. Todavía no existía en esta isla y en esta hora un colectivo rural y urbano que viviera del pan de la plaza; el nivel de especialización azucarera de la economía in-sular siguió siendo muy bajo, había aún tierra libre y fértil o bien a baja renta para todo aquel que quisiera labrarla, y la actividad urbana contaba con unos pocos artesanos, al persistir la importación de la mayor parte de los bienes manufacturados. Los escasos datos disponibles sobre población, producción y precios tienden a confirmar esta tesis. En 1514 el Consistorio elaboró una nómina de vecinos de la capital insular con objeto de prorratear los gastos de limpieza de sus calles78. Según esta relación, en la que no consta obvia-mente la población flotante ni la que habitaba en los caseríos aledaños, la villa contaba con 317 vecinos, es decir, con 1.743 habitantes (coef. 5,5); pues bien, si suponemos que la población del resto del territorio mantuvo la proporción que tenía en 1506 con respecto al total insular (cf. cuadro V), la isla tendría 5.518 habitantes en 1514, habiendo aumentado entre ambas fechas a una tasa anual acumulativa del 3 por ciento. En 1525, el Cabildo indica que «se a poblado e multiplicado la población desta dicha ciudad, que ay en ella más de mill ve-cinos y de continuo se va poblando más»79. Ahora bien, se trata de la feligresía de la comarca de La Laguna80, cuya población 27 78 MORENO FUENTES (1978). 79 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1970), p. 304. La referencia se encuen-tra en la información que el Cabildo elaboró para crear nuevas entidades parroquiales mediante la división del beneficio único que la Corona había otorgado a Rodrigo de Argumedo, chantre de la diócesis de Cádiz, en la que residía, condenando al abandono a la feligresía insular. 80 Durante este período, la isla se dividía a efectos administrativos y eco-nómicos en tres unidades o comarcas cuyos linderos coincidían con los de los tres beneficios eclesiásticos. El territorio del beneficio de La Laguna com-prendía desde el municipio de Güímar hasta el de La Vitoria, ambos inclusi-ve; el beneficio de Taoro, desde el lindero del municipio Güímar hasta el de San Miguel de Abona y Vilaflor, en la vertiente sur y, por la vertiente norte, desde el lindero del municipio de La Victoria hasta el de Icod de los Vinos; finalmente, el beneficio de Daute incluía el resto del territorio insular. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 354 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 superaba, de acuerdo con esta cita, los 5.500 habitantes. Una cifra que debe sin duda rebajarse, pues en acta de noviembre de 1531 se afirma que la población de la ciudad y su comarca as-cendía a 5.179 habitantes; y se afirma también que en Tagana-na, Güímar y Abona vivían «587 personas», y que en las partes de La Orotava, Realejo y Daute «avrá más de ocho o diez mil personas»81. Pero estas cifras no concuerdan en absoluto con lo dicho en acta de octubre del año anterior, donde se dice que en La Orotava había más de 400 vecinos, y más de 200 en Los Realejos82. Aceptando, pues, estos cómputos, y suponiendo que en la comarca de Daute hubiera en torno a 330 vecinos83, la isla tendría unos 10.766 habitantes en 1531. El resultado sería que la población insular apresuró su crecimiento entre 1514 y 1531, a un ritmo anual ahora del 4 por ciento. Nuestras estimaciones son, sin duda, sorprendentes; signifi-can, en síntesis, que algo más de tres puntos del 4 por ciento de crecimiento anual acumulativo se debía a jóvenes inmigrantes cuya elevada tasa reproductiva hacía posible el resto porcentual en un contexto de mortalidad ordinaria. Los testimonios por ahora disponibles, aunque claramente insuficientes, tienen a corroborar este análisis; no mencionan ninguna crisis de mor-talidad en Tenerife —no así en Gran Canaria, donde hubo repe-tidos años de pestilencia— sino más bien una constante arriba-da de nuevos pobladores y la fundación de nuevas entidades parroquiales a partir de la segregación de las parroquias matri-ces, esto es, de las creadas en los albores de la colonización. Así, en los capítulos que el Consistorio aprobó en 1514 para presentar ante la Corte, los regidores aseveraron que «agora hay en la isla pasado de ochocientos vecinos»84; un generoso coefi-ciente arrojaría la cifra de unos 5.000 habitantes. Por su parte, 28 81 ROSA OLIVERA y MARRERO RODRÍGUEZ (1986), pp. 327-328. 82 Ibíd., pp. 266-267. 83 Los vecinos de la comarca de Daute se han estimado del modo siguien-te. En 1546, el Cabildo distribuyó un lote de armas entre el vecindario, y cabe suponer que los hombres de armas guardan una estrecha relación con el total de población. Pues bien, a los hombres de la comarca les correspondió un 16,7% de las lanzas repartidas. Véase la referencia en MARRERO, PADRÓN Y RIVERO (2000), p. 25. 84 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), p. 100. 355 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 el prelado Fernando Vázquez de Arce reconoció en su visita ad limina el incremento de la feligresía, de sus ingresos y del pro-ducto de las rentas decimales, y procedió por ello a efectuar la segunda reordenación administrativa de la geografía parroquial: cinco curatos o ayudas de parroquia del norte insular fueron elevados a la categoría de beneficio en 1515-1516 y dos más en 1520-152185. Finalmente, en 1533 obtuvieron este privilegio el Realejo Bajo y Güímar, y tres años antes los curatos que consti-tuyeron los primeros caseríos del sur insular: Adeje y Vilaflor. Se configura así una geografía eclesiástica que no sufrió modifica-ciones sustanciales hasta principios del siglo XVII. Conocemos de manera aproximada la cosecha de 1515 gra-cias, de nuevo, al administrador de los diezmos. A finales de agosto certificó «que no habría en toda la isla... más de 35.000 fanegas de trigo, y que le parecía que estarían ya sacadas más de 10.000 fanegas»86. Y argumentando las existencias de grano avaladas por aquella tazmía y su indiscutible autor, el consisto-rio prohibió su exportación a finales de septiembre87. Cabe en-tonces pensar que actuaba así para defender al consumidor de toda posible penuria. Ahora bien, las 35.000 fanegas de trigo que habría en toda la isla luego de haberse sacado más de 10.000 a poco de haber fi-nalizado la cosecha de este cereal, permiten computar ésta en un mínimo de 45.000 fanegas. Un nivel de producción que con-firma uno de los regidores, Pedro Fernández, en 1522, así como la cantidad promedio extraída y el consumo aparente de trigo, al indicar «que antaño no se habían cogido más de cincuenta mil, ...se habían sacado más de 15.000, y no había faltado pan en la isla»88. En resumen, los ediles sugieren que durante estos años —esto es, de 1515 a 1521— se había exportado el tercio de la cosecha y la isla había quedado abastecida. Los datos disponi-bles demuestran que el regidor estaba en lo cierto. Los dos tercios de la cosecha, que podemos valorar en torno a las 35.000 fanegas, superaban el consumo aparente en estos 29 85 GÓMEZ GÓMEZ, GONZÁLEZ ZALACAÍN y BELLO LEÓN (2008), p. 33. 86 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), p. 129. Acuerdo de 28-08-1515. 87 Ibíd., p. 134. Acuerdo de 24-09-1515. 88 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1970), p. 166. Acuerdo de 29-09-1522. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 356 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 años. Hemos estimado que la población aumentó a una tasa anual de crecimiento acumulativo del 4 por ciento anual entre 1514 y 1531 (cf. cuadro III); siendo así, la isla tendría 5.342 habitantes en 1515 y la cantidad de grano per capita sería de 6,6 fanegas de trigo, reducidas a 4,8 en 1521, cuando la población estimada subió a 7.295 habitantes. Pero como la cuarta parte de la población insular consumía cebada (gofio) y la producción de este grano superaba con creces a la de trigo, aquellas ratios de consumo aparente de trigo por habitante descendieron de 8,2 en 1515 a 6,0 en 1521, de modo que durante estos años no hubo problemas de abastecimiento. Entonces, ¿qué significado debemos otorgarle a la disposi-ción edilicia de prohibir la extracción a últimos de septiembre de 1515? A nuestro juicio, no puede ser otro que facilitar su entroje para su futura comercialización en los meses mayores y el incremento de los precios, especialmente en el mercado de Gran Canaria. Y decimos esto porque cuando sus vecinos, an-gustiados ya por la escasez, exigieron en mayo de 1516 que se cumplieran las disposiciones regias y se les suministrase trigo, el consistorio tinerfeño autorizó la extracción del tercio de los labradores89. Y dada esta política exportadora y de precios del grano, la decisión de prohibir de nuevo la saca en noviembre de 1516 tiene, a nuestro juicio, igual interpretación90, sobre todo si consideramos que en mayo del siguiente año se acordó eliminar los intermediarios en la compra de los tercios del pan con el fin de mejorar el precio pagado al labrador; debían actuar única-mente el mercader exportador y el corredor de lonja91. Así pues, la producción de cereales se duplicó entre 1507 y 1520, y como la población no alcanzó igual ritmo, más de un tercio de la cosecha se destinó a la exportación. Entonces, ¿por qué los precios del trigo subieron de forma constante durante estos años, es decir, de 108,44 mrca en 1511 a 341,83 en 1521 (cf. cuadro III y gráfico 1)? La explicación se encuentra, sin duda alguna, en el tirón de la demanda exterior, por cuanto, de 30 89 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), p. 163. Acuerdo de 16-05-1516. 90 Ibíd., p. 180. Acuerdo de 24-11-1516. 91 Ibíd., p. 192. Acuerdo de 22-05-1517. 357 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 no existir ésta, los precios se hubieran mantenido estables92. Una tesis que incluso reconoció la propia autoridad concejil cuando suprimió los precios oficiales máximos del trigo y la cebada en mayo de 1516, y que «cada uno venda como pueda, dentro o fuera de la isla»93. La libertad triunfó al fin sobre todo obstáculo proteccionis-ta. Pero, ¿de qué libertad se trataba? ¿Quiénes eran los llamados a disfrutar de ella en primer término? Como toda victoria, ha-bía que saber administrarla, máxime en el caso de un producto tan sensible como el pan. Su excesiva extracción podía provocar las quejas de los que vivían del pan de la plaza, aunque fueran pocos por el momento. Y que hubo quejas lo demuestra la real cédula de 19 de septiembre de 1520, dictada a propuesta del regidor Suárez Gallinato, interesado en los panes y en los azú-cares, que exigió al consistorio que debía otorgar las licencias del tercio de saca luego de cerciorarse de manera fehaciente del monto de la producción insular y de garantizar el abasto inte-rior94. Y lo demuestra también la real cédula de 7 de febrero de 1522, motivada por la concesión de licencias de saca para Cabo Aguer, Zafi y Portugal por encima del tercio permitido, lo que había provocado el alza de los precios95. Ahora bien, el esfuerzo institucional en este apartado no era la mejor política para paliar toda posible carestía. Porque si bien era sencillo precisar la cosecha pidiendo informes a los abades sobre la renta decimal, hacer la cala y cata del pan era un tra- 31 92 La incidencia de la demanda exterior en el alza de los precios se de-nunció en 1522. Referencia tomada del trabajo inédito de Isabel Fuentes. Cf. infra. 93 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), p. 165. Acuerdo de 26-05-1516. El texto del acta es verdaderamente ilustrativo: «Se platicó sobre el coto que está puesto al pan, que no pasase de a doscientos mrs la hanega de trigo y cien mrs la hanega de cebada en esta isla, entre vecinos, ecepto quello que desta isla saliese, que fuese en más alto precio, lo que resulta en perjuicio, porque en los años pasados ha habido abundancia de pan y por codicia del más precio se sacaba todo el pan, y si se quitase la tasa no se sacaría y se entrojaría para que estuviese para los tienpos necesarios y se poblaría más la isla, tanto más que en las islas comarcanas no hay tasa del pan». 94 VIÑA BRITO, GAMBÍN GARCÍA, RAMOS RODRÍGUEZ y PÉREZ GONZÁLEZ (2006), pp. 522-523. 95 AZNAR VALLEJO, VIÑA BRITO y PALENZUELA (1991), pp. 93-94, doc. 355. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 358 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 bajo laborioso y complicado. Se requería visitar todos los grane-ros de la isla para conocer el volumen de grano entrojado y computar la población para medir el grano necesario para su sustento hasta la cosecha venidera; además, era un trabajo en parte infructuoso, pues para cuando concluía ya se había extraí-do una elevada proporción de la cosecha con el beneplácito de la autoridad encargada de garantizar que su exportación no pusiera en peligro el abasto interior. Y decimos esto porque los principales exportadores eran los regidores y el gobernador o juez responsable de firmar las licencias de saca y porque la ex-portación del pan no se regía por criterios de democracia mer-cantil. Una pequeña muestra de solicitudes de licencias de saca de 1521-1522 sugiere que el privilegio del tercio estaba relativa-mente repartido, pues el 75 por ciento de los peticionarios ex-portaron el 50 por ciento de un total de 7.120 fanegas (cf. cua-dro VI). Pero esta circunstancia queda desvirtuada por las licencias de saca concedidas por la Corona a particulares en pago de sus servicios. Recordemos la licencia dada en 1512 a Hernando del Hoyo96. La segunda, de fecha aún imprecisa, fue otorgada al propio juez de sacas, el gobernador Alonso Fernán-dez de Lugo o bien a su hijo y sucesor, Pedro Fernández de Lugo, para poder extraer para reinos cristianos nada menos que 25.000 fanegadas, reiterándose las quejas de los labradores, a los que se negaba el tercio de saca para con sus granos abastecer el mercado interior97; una concesión y su prejuicio que se repite en 1542, cuando el tercer adelantado presentó nuevamente en ca-bildo la real cédula que le autorizaba la extracción de 12.000 fanegas98. 32 96 Cf. nota 61. 97 No sabemos la fecha de esta concesión regia. Consta en carta regia de 23-03-1528, que alude a las quejas de los labradores. Referencia tomada del trabajo inédito de Isabel Fuentes. 98 MARRERO, RIVERO Y PADRÓN (2000), p. 335. Acta del 14-08-1542. Los regidores indican que en años pasados se había presentado esta merced re-gia de saca, pero se había denegado por el considerable daño que se causa-ba a los labradores, autorizándose en este año por la abundante cosecha y en cuantía de 3.000 fanegas. Esto indica que la merced regia incluía la cláusula 359 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 Lo dicho permite sostener que, desde un punto de vista institucional, las licencias del tercio de saca no eran el mejor modo de administrar la libertad de comercio del cereal en este contexto socioeconómico y político. Había que poner en marcha otros mecanismos acordes a este contexto; el primero sería fa-vorecer el incremento de su producción, y, el segundo, crear un pósito concejil con el fin de almacenar grano para los años de penuria y poder frenar el alza de los precios. De ahí que en 1516 el Cabildo decidiera liberar el mercado del grano con la expre-sa condición de que cada productor contribuyera con una pe-queña proporción de su cosecha —el 1% del trigo y el 0,5% de la cebada— para formar el pósito concejil, y sin recibir por ello estipendio alguno99. 33 CUADRO VI Solicitudes de licencia de saca en 1521-1522 Frecuencia Productores Cereal (en fags) N-º % Fgas % – 50 10 17,2 307 4,3 50-100 14 24,1 876 12,3 100-150 19 32,8 2.040 28,7 150-200 6 10,3 932 13,1 200-250 5 8,6 1.128 15,8 + 250 4 6,9 1.837 25,8 Totales 58 100,0 7.120 100,0 FUENTE: Martínez Galindo (1988). Elaboración propia. de que sólo podía disfrutarse en el caso de que se garantizara el abasteci-miento interior, y la validación de esta cláusula dependía del Cabildo. Ade-más, el tercer adelantado no ejercía ya el cargo de gobernador de la isla. 99 Se esperaba conseguir con esta prestación la suma de «tres mil doblas de oro castellanas del cuño de la vanda» (1.500.000 mrca). Sin embargo, la propuesta, como cabía esperar, no prospe-ró. Entonces el Cabildo, acuciado por el alza de los precios y la penuria de 1521, debida probablemente a la excesiva extracción, ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 360 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 aprobó en junio de este año la propuesta del regidor Suárez Gallinato: la roturación de una parte de las dehesas que circun-daban la capital insular para formar con sus rentas en trigo el ansiado pósito concejil100. Ahora bien, esta decisión, apoyada sin duda por todos los interesados en la labor del pan —que se ex-presaron por boca de Gallinato—, pues traspasaba al sector público la obligación privada de atender el abasto interior antes de cualquier veleidad exportadora, revela la fuerza de una estra-tegia roturadora favorable a las sementeras y vinculada a la demanda exterior. Y conocemos sus resultados. Si la cosecha de 1522 se evaluó en 100.000 fanegas de trigo y 150.000 de ceba-da101, frente al promedio de 50.000 de trigo y 75.000 de cebada de los años anteriores102, a principios de junio de 1530 se espe-raba coger 100.000 fanegas de trigo sólo en la comarca de La Laguna, frente a las 70.000 recogidas en el año anterior según su diezmero103. ¿Podríamos entonces estimar la producción to-tal de 1529 en 115.000 fanegas de trigo y 172.500 de cebada (en total, 287.500 fanegas)104, y la cosecha venidera de 1530 en 160.000 fanegas de trigo y 240.000 de cebada (en total, 400.000 fanegas)? Nuestros cálculos son, sin duda alguna, muy discutibles. Sin embargo, permiten al menos afirmar que la producción de ce-reales de Tenerife alcanzó un nuevo y más vigoroso impulso entre 1522 y 1530. La ampliación de la sementeras y la elevada fertilidad de un suelo de nueva roturación hicieron que la ofer-ta cubriera con creces la demanda, incluso en los años en que 34 100 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), p. 98. Sobre las tierras conce-jiles, véase MACÍAS HERNÁNDEZ (1978). 101 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1965), pp. 161-162. 102 La cosecha de cebada se ha estimado según su proporción en el cóm-puto total de 1522. 103 ROSA OLIVERA y MARRERO RODRÍGUEZ (1986), pp. 240-241. 104 Esta estimación, algo arriesgada, sin duda, se basa en considerar que las cosechas de las comarcas de Taoro y Daute representaban el 40% de la producción insular, es decir, la misma que a finales de la centuria y que co-nocemos gracias a su serie decimal. Y debo agregar en mi descargo que es muy posible que este porcentaje fuera más elevado en el primer tercio del quinientos, pues desde la segunda mitad de esa centuria la expansión vitícola tuvo su principal área en aquellas comarcas. 361 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 hubo una pésima cosecha105. Los precios se hundieron (cf. cua-dro III y gráfico 1) y los productores solicitaron a la Corona en 1527 una nueva licencia de saca, esta vez para exportar «todo el pan que sobrare de los otros dos tercios de la cosecha»106; una solicitud que, en realidad, trataba de legalizar el fraude, pues en estos años se extraía más del tercio de saca107. Así pues, el motor de la nueva expansión roturadora fue, de nuevo, la labor del pan con destino a su exportación. Los esca-sos testimonios disponibles reiteran los embarques de harina y bizcocho a Indias108, con una activa industria de molienda, so-bre todo en las partes de Taoro y Daute, donde existía una ma-yor disponibilidad de agua para mover los molinos hidráulicos; de trigo a Madeira, a las urbes del Portugal continental, a las factorías africanas de este reino y, por último, a la Baja Anda-lucía, donde el trigo, según los regidores insulares, era «mucho más caro que en esta ysla»109. Una tesis que podemos incluso confirmar: el precio de reventa de la fanega de trigo en la Baja Andalucía fue en 1522 de 199 mrs, de 180 mrs en 1524 y de un mínimo de 300 mrs en 1529110, y en Canarias y en estos años, de 212,46 mrs, 110,82 mrs y 151,86 mrs, y recordemos, además, que la fanega isleña era superior en casi un 10 por ciento a la de Sevilla111. Y efectuado este ajuste, el diferencial de precios entre la capital andaluza y el mercado de Tenerife queda aún mucho más claro y, sobre todo, con respecto a Castilla la Nue-va (cf. gráfico 3)112. 35 105 En abril de 1526, el consistorio prohibió la extracción porque presa-giaba una pésima cosecha. Así ocurrió, y en octubre obligó a los mercaderes a abrir sus lonjas y a vender el trigo a seis reales viejos (252 mrca), «pues así consta por información que vale comúnmente». ROSA OLIVERA y MARRERO RODRÍGUEZ (1986), pp. 113 y 150. Acuerdos del 6-04-1526 y del 20-10-1526. 106 Ibíd., pp. 414-415. 107 Ibíd., p. 71. Los fraudes se denuncian sobre todo en 1525. En acta del 7 de julio se denuncia que los labradores sacan más de lo permitido no en-tregan la licencia, de modo que tornan a utilizarla de nuevo. Se exige su entrega al guarda del puerto. 108 Ibíd., p. 251. 109 Ibíd., p. 252. Cf. comentario de la nota 142. 110 OTTE (2008), p. 54. 111 Cf. nota 77. 112 La serie de precios de Sevilla se ha tomado de BORRERO FERNÁNDEZ (1991). ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 362 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 Los mercaderes del grano eran lusos y castellanos y la ma-yor parte de los armadores de la primera nación113, es decir, con base en los puertos de Oporto, Lisboa, Tavira, Lagos114. En re-sumen, la economía del cereal de Tenerife y, probablemente, de La Palma, respondió a la demanda de un mercado cuyo princi-pal escenario eran las urbes portuguesas y andaluzas en un pri-mer momento, agregándose luego el mercado americano. Y cabe entonces preguntarse si el intercambio con la economía ibérica incluyó también determinados servicios; en concreto, el representado por una fuerza de trabajo de carácter temporero. Una cuestión que, si bien exige un esfuerzo investigador de lar-go alcance, cabe sugerir aquí, pues plantea un nuevo y enrique-cedor enfoque sobre lo que supuso la economía del cereal para el proceso de construcción de la nueva sociedad y economía isleñas. 36 GRÁFICO 3 Precios del trigo. Tenerife, Castilla la Nueva y Sevilla, 1524-1562 (en mr/qm) 113 BERNAL (1997). 114 LOBO CABRERA y TORRES SANTANA (1997). 363 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 5. LOS PRIMEROS TEMPOREROS DEL ATLÁNTICO No disponemos aún de un detallado estudio sobre el área ocupada por las sementeras en esta fase de la colonización in-sular. Como ya hemos señalado, el colono europeo desplazó al indígena de sus predios de labranza. Pero la tecnología de este labriego no exploró toda la capacidad útil del suelo, y también sabemos que el colono europeo deforestó áreas cubiertas de abundante floresta en las medianías del barlovento insular para ampliar la tierra de labor. Se trataba, sobre todo en este último caso, de suelos pardos y fersialíticos, ricos en materia orgánica, arcillosos y bien estructurados115 y, por consiguiente, muy férti-les, especialmente en sus primeros años de cultivo, lo que expli-caría en parte la competitividad cerealista insular en el merca-do atlántico. Retomemos ahora nuestros cálculos de las producciones de la década de 1520 y reduzcamos sus cifras a la cosecha mínima que los labradores esperaban obtener de la tierra que habían sembrado: 100.000 fanegas de trigo y 150.000 de cebada. Pues bien, si suponemos que una fanegada de fértil secano y de nue-va roturación producía por término medio ocho fanegas de tri-go o diez de cebada116, la obtención de aquella cosecha mínima requería la siembra anual de unas 27.500 fanegadas, esto es, 14.436 hectáreas. Probablemente no faltaban en la isla yuntas, gañanes y peo-nes para realizar la sementera. Recordemos al respecto que los principales interesados en la labor del pan disponían hacia 1515 de más de mil yuntas de bueyes de arada117; un capital pecuario 37 115 FERNÁNDEZ CALDAS y TEJEDOR (1984), pp. 253-254. 116 AZNAR VALLEJO (1983), p. 256. Los rendimientos son sin duda eleva-dos, pero propios de una tierra de nueva roturación; además, a finales del siglo XVIII se obtenían rendimientos similares en los secanos más producti-vos, mientras que en los marginales eran de 5,5 y 6 fanegas de trigo y ceba-da por fanegada, respectivamente. Véase HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (1983), t. III, pp. 212-213. 117 Cf. infra y nota 63, donde sugiero que este capital permitía sembrar unas 7.350 hectáreas. ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 364 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 de labranza que desde luego aumentó en la década de 1520 para poder acometer la documentada ampliación de las semente-ras118. Pero las labores de recolección (siega, trilla y entroje del grano) exigen contratar un elevado número de jornaleros. Las respuestas al interrogatorio de 1802 sugieren una media de doce jornadas o peones por fanegada; una cifra, por otra parte, muy similar a la indicada en las cartillas que evaluaban la riqueza insular a mediados del siglo XIX. Podemos entonces estimar que las labores de recolección de la cosecha mínima de la década de 1520, es decir, de una sementera de 27.500 fanegadas, requerían la contratación de unas 330.000 jornadas de trabajo. Estas labores se hacían de forma escalonada en el Archipié-lago, es decir, atendiendo a sus diferenciados ecosistemas agra-rios. Comenzaba en las tierras bajas a mediados del mes de abril con la siega, trilla y entroje de la cebada, la principal co-secha de grano; proseguía luego con el trigo morisco, y finaliza-ba en el mes de agosto en las fértiles tierras de medianías, don-de se recogía el cereal más apreciado, el trigo candeal, destinado a la exportación. En total, estas labores ocuparían unos 143 días de trabajo, de modo que las 330.000 jornadas suponen la con-tratación diaria de 2.300 peones. La conclusión que se despren-de de nuestras estimaciones es bastante obvia, por mucho que quisiéramos ponderarla: no había en Tenerife estos activos119 y, por consiguiente, la recolección del pan exigía la importación de fuerza de trabajo. Los testimonios disponibles, aunque por aho-ra muy escasos, avalan su presencia e indican, incluso, su prin-cipal origen: se trataba de temporeros lusitanos. 118 Decimos esto porque entre 1507 y 1534 el precio de una yunta de bueyes de arada se redujo en un 20% y más aún su renta (79,16%) por la mayor disponibilidad de este capital pecuario. Porque, en el primer caso, si su valor subió de 8.000 a 9.500 mrca, en términos de fanegas de trigo se redujo de 42,9 a 34,28 fanegas, mientras que en el caso de la renta la caída fue de 30 a 16,25 fanegas de trigo. Las referencias se han tomado de MARRERO RODRÍGUEZ (1974) y ALFARO HARDISSON (2000). 119 A mediados de la década de 1520, la isla tendría, según nuestros cál-culos, unos 8.500 habitantes, de los que 4.000 serían varones y, de ellos, unos 1.800 con edades entre 15 y 45 años. Siendo así, los activos agrícolas no superaban el millar. 38 365 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 El debate sobre la ordenanza salarial de 1509, cuyo comen-tario veremos luego, alude a la presencia de segadores foraste-ros que cobran soldadas en trigo y dinero. Entre 1520-1526, de 49 trabajadores con actos escriturados ante dos escribanos, 29 (60 %) son estantes portugueses120; entre 1534-1537, de 93 traba-jadores son estantes portugueses 49 (52,6%)121. Sus áreas de procedencia: Madeira, Lagos, Tavira, Viana de Caminha, Viseo, Oporto. En acta de 16 de diciembre de 1532 se planteó que la fabricación de pez en los montes de la isla era de poco o ningún provecho por la destrucción de los pinares y porque los que la hacían «eran portugueses e vergantes, no vecinos e moradores en esta ysla e de que tenían avido algund provecho se yvan a sus tierras y llevavan los dineros que tenían ganados en el hazer la pez»122. En acta de 9 de septiembre de 1539, el jurado de la isla señaló que «los labradores e otras personas, vecinos e estantes, … no tienen trigo para su provisión, demás de que de seys o siete meses a esta parte ha venido a esta ysla mucha gente de fuera parte en cantidad de mill e quinientas personas»123. En 1549, el jurado declara que había en la isla muchos tra-bajadores portugueses que no siendo casados ni avecindados se habían entrometido a sembrar pan, tenían bestias y carretas, sus labores habían provocado el alza de los jornales y se lleva-ban ocultamente el dinero para su país124. Por desgracia, no disponemos por ahora de más testimonios cualitativos que demuestren esta presencia de trabajadores por-tugueses ligados a la recolección de los panes y, por supuesto, huelga decir que es imposible toda aproximación estadística al respecto. Ahora bien, en todo caso, su presencia estuvo motiva-da por la escasez de fuerza de trabajo local para atender estas labores y, por lo tanto, su principal atracción serían los elevados salarios abonados durante la recolección de los panes. Los da- 120 Referencias tomadas de MARTÍNEZ GALINDO (1988). 121 Referencias tomadas de ALFARO HARDISSON (2000) y LUIS YANES (2001). 122 ROSA OLIVERA y MARRERO RODRÍGUEZ (1986), pp. 393-394. 123 MARRERO, PADRÓN y RIVERO (1997), p. 155. 124 PERAZA DE AYALA (1976), pp. 21-28. 39 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 366 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 tos disponibles confirman esta tesis y permiten conocer de ma-nera aproximada las ganancias salariales obtenidas por estos segadores temporeros. A principios de abril de 1504, es decir, coincidiendo con los inicios de la recolección de la cebada, los ediles decidieron fre-nar el alza de los salarios en esta labor, debido, obviamente, a la elevada carencia relativa de mano de obra. Acordaron, bajo las más severas penas, que el jornal de los segadores, con ho-rario de sol a sol, fuera de real y medio (63 mrca)125 y la comi-da, sin que en ella entrara el vino, al tiempo que prohibieron uno de los mecanismos que incidía en el alza de los salarios: la siega a destajo126. Y como los testimonios disponibles para otros períodos equiparan el valor de la comida y bebida a la parte del jornal abonado en dinero127, podemos por el momen-to considerar válida esta equivalencia para el quinientos, de modo que el salario sería de 126 mrca y quizás más alto, pues el vino era un auténtico lujo en estos años128, y cabe por ello suponer que ningún segador contrataría sus servicios sin la ración de vino. La segunda referencia es de julio 1509, es decir, en plena recolección del trigo, y su comentario permite entrever no sólo el alza del jornal de siega, sino también insistir sobre la presen-cia de una fuerza de trabajo inmigrante de carácter temporero y ligada a la recolección. El 20 de dicho mes, el regidor Zorroza, en nombre de los labradores vecinos, acusó a los segadores de exigir elevadas soldadas, de negarse a recibir salarios en trigo, como estaba ordenado, o bien de aceptarlo en tan bajo precio «que todo lo que los dichos trabajadores han aprovechado no basta para pagar sus soldadas». Su denuncia, que motivó un acalorado debate, se cerró con el siguiente acuerdo: «que los trabajadores que han servido en las labores del pan en este agos- 125 Recuérdese que el real castellano corre en este momento en Canarias por 42 mrca. 126 SERRA RÀFOLS (19962) p. 71. Acuerdo de 4-04-1504 y de 20-04-1504. 127 El economista y coetáneo Francisco M. de Escolar y Serrano estudió el mercado de trabajo insular en 1800 y anotó esta proporción. Véase al res-pecto HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (1983), t. III, p. 231. 128 MACÍAS HERNÁNDEZ (2007), p. 25. 40 367 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 to reciban [su jornal] en trigo a precio de 150 mrca la fanega, puesto en la villa»129. La ordenanza fue de inmediato contestada por los segadores y, por supuesto, por los labradores que debían contratarlos por no haber aún acabado de segar sus sementeras. El regidor Pe-dro Fernández, probablemente uno de estos labradores, solici-tó el 3 de agosto la revocación de esta ordenanza, que conside-raba perjudicial a la isla «porque los trabajadores se irían porque valía el trigo de contado a dos reales y menos» (84 mrca) la fa-nega. Pero el promotor de la ordenanza «en nombre de los ve-cinos y del pueblo», el regidor Zorroza, la fundamentó alegan-do que «se había cogido menos pan que [en] años pasados y los traba-jadores han llevado sus soldadas en mucho más cantidad que [la que] solían llevar, y que deshaciendo lo ordenado viene mucho perjuicio por falta de dineros, como es notorio, y no pueden pagar [los labradores] sino en aquello que cogen, y si menos [tri-go] se recibiere [de salario y al precio establecido], los trabajado-res habrán el dinero que hay y pan y se irán y quedarán los veci-nos despojados y será causa de despoblar la isla»130. La tercera referencia es de 22 de mayo de 1523 y refuerza la tesis del alza de los jornales, sobre todo a lo largo de esta déca-da, cuando se amplió la tierra de labor destinada a los panes y se requirió entonces una mayor contratación de temporeros para la recolección. En acta de dicha fecha, cuyo resumen al margen es bastante expresivo —contra trabajadores—, se platicó sobre la elevada subida de los jornales, especialmente de los segadores, que «piden soldadas en inmensa cantidad y aún po-nen límite en el servicio, que no quieren segar sino antes de mediodía, en tal manera que los señores que tienen necesidad de ellos tienen grande trabajo»131. Se tomó el acuerdo de fijar el jornal en 70 mrca, además de comida y bebida según costum-bre, y la jornada sería de sol a sol, de modo que podemos esti-mar el salario nominal, incluyendo el valor de la comida y be-bida, en 140 mrca. 129 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (19962), p. 39. El subrayado es nuestro. 130 Ibíd., p. 40. El subrayado es nuestro. 131 SERRA RÀFOLS y ROSA OLIVERA (1970), pp. 203-204. 41 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 368 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 Pero nadie cumplió esta ordenanza salarial por la fuerza del segar, como declararon los propios regidores a los pocos días de haber acordado la nueva ordenanza132, ni tampoco la prohibi-ción del trabajo a destajo. Así, dos segadores se obligaron el 7 de julio de 1522 a segar en 15 días «una suerte de las tierras nuevas de pan», recibiendo por ello 40 fanegas de trigo133. Ha-gamos ahora nuestros propios cálculos; como el precio mínimo del grano en este mes fue de 200 mrca, los dos segadores perci-bieron cada uno 4.000 mrca por quince días de trabajo, es de-cir, 266 mrca diarios. El alza de los salarios siguió su curso y en acta de 5 de julio de 1527, «atento al desorden que tienen los jornaleros segado-res que andan a segar pan e llevar los jornales demasiados», el Cabildo fijó su jornal en 75 mrca y la comida y bebida134; en total, en 150 mrca. Pero de poco valió esta ordenanza, pues en acta del 7 de junio de 1532 se reconoce que en «los años pasados en la fuerza del segar se contentavan los peo-nes con dos reales y mantenidos e ante de la fuerza [del segar] a real y a real y medio e agora llevan a tres reales e a tres y medio e a quatro reales y se espera que pedirán más». Los regidores acordaron subir el salario a dos reales nuevos y comida y bebida —es decir, 96 mrca y mantenidos—, y que la justicia actuara contra los segadores que anduvieren holgando y contra los taberneros que les venden mantenimientos, «porque los segadores, como saben que les an de dar lo que ellos quisieren, todos de una conformidad no quieren yr a segar sino estarse holgando, comiendo lo que han ganado por los mesones e tavernas, sabiendo como saben que de necesidad les an de dar lo que ellos quisieren porque [no] se pierdan los panes»135. Tratemos entonces de precisar el salario nominal efectiva-mente pagado durante estos años, pues lo dicho hasta aquí su- 132 Ibíd., p. 207. La ordenanza se aprobó, como hemos dicho, el 22 de mayo y su incumplimiento se plantea en acta del 26 de junio. 133 COELLO GÓMEZ, RODRÍGUEZ GONZÁLEZ Y PARRILLA LÓPEZ (1980), pp. 176-177, doc. 328. 134 ROSA OLIVERA y MARRERO RODRÍGUEZ (1986), p. 185. 135 Ibíd., pp. 359-360. 42 369 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 giere que todos los labradores contravenían la ordenanza regu-ladora del jornal de los segadores en la fuerza del segar. En 1523, mientras el jornal oficial era de 140 mrca, los segadores perci-bían 266 mrca, es decir, casi el doble de aquel jornal. Una con-clusión que incluso admitieron los propios regidores en 1532, cuando afirmaron que los segadores estaban cobrando, además de comida y bebida, tres reales (144 mrca), tres y medio (168 mrca) y cuatro reales (192 mrca), cuando la ordenanza de 1527 fijó su jornal en 75 mrca. Intentemos ahora calcular la renta salarial neta de los segado-res temporeros en la década de 1520; un ejercicio teórico que exi-giría un trabajo específico y del que únicamente podemos por el momento aventurar algunas partidas. Supongamos que un sega-dor trabajase los 143 días que duraba la recolección de los granos, según hemos estimado, y percibiera un jornal máximo de 192 mrca diarios (136 mr). En este caso, podía ganar 27.456 mrca, equivalentes a 19.448 mr, y buena parte de esta cantidad sería in-greso neto, pues recibía, además, comida y bebida136. Calculemos ahora el coste más abultado, el de retorno. Los escasos datos sobre fletes de pasaje, en este caso, a Indias137, lo equiparan al flete por tonelada, y admitamos que ocurre lo mis-mo en los pasajes abonados por estos temporeros a sus compa-triotas, los armadores lusos. Como el flete por tonelada osciló entre los 600-700 mr138, la ida y vuelta de nuestro segador a su puerto de origen reduciría aquella cantidad a 18.248 mr. Y como los testimonios disponibles indican que los segadores percibían sus soldadas en trigo con la intención de embarcarlo, cabe su-gerir que nuestro segador convertiría aquella última suma en este cereal, unas cien fanegas aproximadamente, que vendería luego a su llegada a destino en más del doble de su precio en origen y de cuyo valor habría que descontar el flete de su trigo (2.400 mr)139 y, por supuesto, los demás costes de transacción. 136 Claro está que habría que añadir otros costes de manutención, además de posada. Pero creo que por ahora podemos quedarnos en este nivel de análisis. 137 LOBO CABRERA (1990), pp. 66-67. 138 LOBO CABRERA y TORRES SANTANA (1997). 139 Cada tonelada tenía de cabida 25 fanegas de trigo como promedio. 43 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 370 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 En resumen, nuestros cálculos son, sin duda, muy impreci-sos, pero permiten al menos aventurar que el ingreso neto de nuestro segador temporero debía de situarse en torno a los 40.000 mr; una suma que le permitía mejorar su suerte en su comunidad de origen140, y acá adquirir el capital y la tierra pre-cisa para avecindarse141. Una opción que verían cada vez más nítida muchos temporeros a medida que se afianzaba en la eco-nomía insular la opción agroexportadora que optimizaba el es-fuerzo de los pequeños y medianos propietarios: la vitivini-cultura. 6. LA DEMANDA INSULAR DE GRANOS INICIA SU ASCENSO Hacia la década de 1530 se presagia ya un cambio de ten-dencia en el mercado de granos de Tenerife; un cambio motiva-do esencialmente por esta opción agroexportadora y que crece-rá en intensidad a medida que avanza la centuria. La cosecha de cereales de 1530 se esperaba muy abundante y el jurado Juan de Herrera, uno de los productores, reiteró el argumento que for-mulaban sus allegados cada vez que solicitaban las licencias del tercio de saca: que sin ellas «no se podría sustentar la labor del pan e la ysla se despoblaría»142. La extracción se autorizó, por-que «si el trigo tiene valor es por la necesidad de las islas 140 Desconocemos el jornal de siega en el campo portugués y castellano, pero podemos aproximarnos en este último caso. El cabildo tinerfeño reco-nocía que los peones pedían 84 mrca y comida y bebida, mientras que los segadores el doble (véase texto de la nota 115). Supongamos entonces que se daba la misma proporción entre los peones y los segadores de Castilla la Vieja. Aquí, de acuerdo con los datos de Hamilton (1975, p. 413), el jornale-ro percibía como promedio 33,7 mr en la década de 1520, y un segador 67,4 mr según aquella proporción. Por consiguiente, nuestro segador temporero cobraría en Castilla la Vieja 9.638 mr en los 143 días de trabajo, frente a los 40.000 mr. en Tenerife. Debo reconocer, no obstante, que estos cálculos son simplemente ilustrativos. 141 En efecto. Con los 27.454 mrca podía comprar una yunta de bueyes de arada y unas 25 fanegadas de tierra de labor. Para los precios de ambos bienes, consúltese MARTÍNEZ GALINDO (1988). 142 ROSA OLIVERA y MARRERO RODRÍGUEZ (1986), p. 242. Acuerdo de 17-06-1530. 44 371 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 comarcanas e del Andaluzía, donde vale mucho más caro que en esta ysla»143. Sin embargo, en los primeros meses de 1531 se denunció de nuevo en el seno de la institución concejil y esta vez con gran energía la práctica especulativa que motivaba en buena medida la carestía de los granos (cf. gráfico 4). En los meses de febrero y marzo, el precio del trigo duplicó su cotización de junio del año anterior, y no fue a más porque el Cabildo compró para el pósito concejil el grano almacenado del terzuelo de fábrica del Beneficio de La Laguna, unas «dozientas e tantas fanegas de tri-go », al precio de catorce reales (588 mrca), para vender luego al pueblo el 27 de febrero a 12 reales (504 mrca)144, GRÁFICO 4 Estacionalidad de los precios del trigo en 1531 143 Ibíd., p. 252. La tesis de los regidores Fernández, Aguirre y Valdés no era del todo cierta. En 1529, un quintal de trigo valió 322,2 mr en Canarias, 463,6 en Castilla la Nueva y 917,4 en Sevilla, y en 1530 estos valores fueron de 472,5, 687,9 y 279,2. 144 Ibíd., p. 285. Acuerdo de 27-02-1531. 45 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 372 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 «y después acá resulta que muchas personas lo tenían guardado y no lo querían vender, esperando que oviese más carestía, avían sacado trigo e lo vendían e avía abaxado a honze reales e cada día yva baxando todo a cabsa de los susodicho e no habello dexado sacar fuera desta ysla, porque agora parescía que avie pan harto y los tenporales muy buenos»145. Pero ocurrió lo peor; los temporales no fueron tan buenos y a finales de julio de 1531 la esterilidad obligó a cerrar la saca146, y poco después el Cabildo tuvo que adquirir por primera vez trigo foráneo —en concreto, un barco de trigo azoreño que pro-bablemente se dirigía al mercado de Gran Canaria— para el pósito concejil147. La tazmía realizada en septiembre en el bene-ficio o comarca de la ciudad prueba también la escasez —debi-da no tanto a una mala cosecha como a la extracción del exce-dente de las ventas anticipadas de los labriegos con deudas— y anuncia los futuros acontecimientos. Los regidores encargados de realizar la cala y cata del pan hallaron en los graneros privados de la capital 35.509 fanegas de trigo para una población de 5.179 personas, lo que arroja una media de 6,8 fanegas por habitante. Advirtieron, además, que la cantidad entrojada era probablemente mayor, pues no pudieron visitar todas las casas y sus respectivos graneros, y plantearon una observación que a partir de ahora se reitera de manera in-sistente, al presagiarse cada vez con mayor frecuencia que la cosecha no cubría la demanda: «los campos y heredades desta ciudad están muy poblados de gente aliende de la que se halló en la ciudad e trigo ay ninguno fuera de ella»148. En resumen, los ediles sugirieron que la población que vivía del pan de la plaza se estaba incrementando y, por lo tanto, a igual ritmo se acortaba el excedente destinado a la exportación en el caso de que no aumentara el nivel de las cosechas. Además, la crisis de 1531 recrudeció el conflicto con Gran Canaria por la regulación del mercado interinsular del grano en provecho de la especialización azucarera de esta isla. Años an- 145 Ibíd., p. 287. Acuerdo de 17-03-1531. 146 Ibíd., p. 311. Acuerdo de 31-07-1531. 147 Ibíd., p. 314. Acuerdo de 16-08-1531. 148 Ibíd., p. 327. Acta de 10-11-1531. 46 373 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 tes, en 1526, el municipio había reforzado su política de control de este mercado mediante la real cédula de 29 de octubre de este año, que ordenaba que los granos de los partícipes eclesiás-ticos en las cosechas de La Palma y Tenerife, entrojados en los graneros de estas dos islas para su venta en los meses mayores, fueran comercializados únicamente en Gran Canaria149. Esta acción y el privilegio de tanteo de los granos de Tenerife por parte de los vecinos de aquella isla abrió de nuevo la pugna entre ambos municipios insulares por el control del mercado interinsular de los granos. Sabemos que en 1528 el Consejo real, a instancia de lo productores de Tenerife, solicitó información sobre el tema al municipio grancanario150, y que en 1531 inter-vino la Real Audiencia de Canarias151 y, de nuevo, la Corona, cuyo Consejo dictó en 1533 la ejecutoria que dio por zanjado el conflicto. El auto restringía, por un lado, el derecho de tanteo de los grancanarios, un privilegio que, en acertada opinión de los pro-ductores del pan de Tenerife y La Palma, obstaculizaba la libre concurrencia y, sobre todo, la vinculación de la producción lo-cal a sus mercados exteriores. Pero, por otro lado, el auto con-tentaba al municipio de Gran Canaria y a sus vecinos, al otor-garles prelación en la compra de cereales en estas dos islas desde el inicio de la cosecha hasta finales del mes de septiem-bre. Además, los grancanarios podían entrojar los granos com-prados en los graneros de estas islas y extraerlos cuando lo cre-yeran necesario y sin impedimento alguno por parte de sus respectivas autoridades, pues debían considerarse como pan de aquella isla y, por tanto, no entraban en los cálculos para esti-mar el consumo aparente de Tenerife y La Palma y garantizar su aprovisionamiento. 149 CULLÉN DEL CASTILLO (19952), pp. 269-270. 150 Carta del Consejo real de 18-01-1528 al municipio de Gran Canaria para que informe sobre la protesta por el tanto del pan presentada por el municipio de Tenerife, que alega ser perjudicial para la isla, pues en el caso de mantenerse se despoblaría. Referencia tomada del trabajo inédito de Isa-bel Fuentes. 151 Carta del Consejo real a la Real Audiencia de 18-07-1531 para que in-forme sobre el conflicto. Referencia tomada del trabajo inédito de Isabel Fuentes. 47 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 374 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 Los precios del trigo en el mercado de Tenerife se estabi-lizaron entre 1532 y 1543 (cf. cuadro II y gráfico 1), y cabe en-tonces argumentar que no hubo nuevos episodios de escasez y que los excedentes fluyeron con toda normalidad a sus merca-dos exteriores, donde los beneficios debieron de ser sustancia-les si observamos los elevados precios del trigo en el mercado de Sevilla, sobre todo en los años 1539-1542 (cf. gráfico 3). Lo ocu-rrido en el año agrícola 1538-1539 muestra la actitud de la au-toridad concejil en estos años: en junio se pregonaban los ter-cios del trigo152 y en el siguiente mes se autorizaba la extracción de los dos tercios de la cosecha153. La saca continuaba en los meses de octubre y noviembre, y abastecidas las islas comar-canas, se discutía la conveniencia de autorizar únicamente los medios tercios a los vecinos que aún no habían disfrutado de su tercio de saca154; pero la extracción continuaba en los meses de abril y mayo, cuando el trigo alcanzaba su mayor cotización y, por otro lado, era preciso liberar los graneros del grano viejo para poder almacenar la nueva cosecha155. Por consiguiente, para poder garantizar la reproducción de las unidades productivas y el abastecimiento del mercado inte-rior y de las islas comarcanas en un contexto de crecimiento de la demanda por el aumento demográfico, y, por último, para poder disponer de un excedente con destino al mercado exterior, la producción de cereales debió de continuar su ritmo ascenden-te, y no sabemos si por la persistencia de la labor roturadora o por los buenos temporales. En 1543 se afirmó en Cabildo que la cosecha del beneficio de La Laguna en los años pasados era de 120.000 fanegas de trigo156, es decir, veinte mil más que a fina-les de la década de 1520, de modo que la producción promedio del conjunto insular en años de «buenos temporales» podría 152 MARRERO, PADRÓN y RIVERO (1997), p. 21. 153 Ibíd., p. 39. 154 Ibíd., p. 56. 155 Ibíd., p. 100. Los labradores de La Orotava y Los Realejos solicitaron en abril la saca porque tienen gran cantidad de trigo engranelado y ahora «comienzan a segar sus cevadas e centenos e tienen necesidad de bender sus trigos viejos porque se les dapnan en los graneles». Acta del 19-04-1539. 156 Ibíd., p. 393. 48 375 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 estimarse en torno a las doscientas mil fanegas de trigo157. Aho-ra bien, testimonios aislados sugieren también un descenso en los rendimientos en las áreas de primera roturación como con-secuencia del agotamiento de la capacidad fértil del suelo158, de modo que el incremento de la cosecha debió de obedecer a la continuidad de la acción roturadora; un proceso que parece ocurrir con mayor intensidad en las bandas del sur insular, lo que explicaría su crecimiento demográfico, la creación de tres beneficios eclesiásticos —Güímar (1533), Adeje (1530) y Vilaflor (1530)—, y las autorizaciones del Cabildo para sacar el grano de los diezmos por los puertos de Abona y Adeje159. En este contexto, las estimaciones de las cosechas de 1539 y 1541 a partir de la información dada por el arrendatario de las tercias reales (1539) y por el hacedor decimal (1541) son erró-neas por defectos de la fuente (cf. cuadros VII y VIII). Porque no es posible que la producción sea inferior en estos años al consumo aparente de la isla (4,7 fanegas por habitante en 1539 y 4,4 en 1541, sin contar la simiente)160, y los precios del grano no reflejen una aguda penuria; es más, cuando se alude a la con-cesión de licencias de saca. En realidad, los datos aportados por los dos informantes aluden al cereal aún entrojado en la isla y perteneciente a los dos partícipes en los diezmos (Rey y Clero). La estabilidad se rompió en la década de 1540. Los precios del trigo experimentaron una fuerte subida en el trienio 1544- 1546 (cf. cuadro II y gráfico 1), para caer luego en el cuatrienio 1547-1550; los años 1551-1554 fueron también de carestía, espe-cialmente el último161, y si bien se produjo un descenso después 157 La cosecha de la comarca lagunera representaba el 60% de la produc-ción total. Cf. nota 89. 158 Sugiere esta hipótesis un contrato de arrendamiento de 25 fanegadas en El Sauzal y de 1534. La renta por fanegada es de 1,5 fanegas de trigo en las tierras holgadas que quedaron antaño por sembrar y de una fanega en las sembradas ya antaño. Cf. ALFARO HARDISSON (2000), p. 341, doc. 1.100. 159 AMLL. Libros de acuerdos, lib. 10, oficio 1º, fols. 72 (1555), lib. 11, oficio 1º, fols. 44-45 (1558), fol. 99 y 144-145 (1559). 160 Ratio estimada considerando que la isla tenía 12.016 habitantes en 1539 y 12.351 en 1541, calculados mediante interpolación respecto de los datos de 1531 y 1552 (cf. cuadro III). 161 AMLL. Libros de acuerdos, lib. 10, oficio 1º, fol. 23. Acuerdo del 5-10- 1554. Se concede una moratoria en el pago de la renta a los renteros de las tierras de propios por la esterilidad del año. 49 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 376 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 de 1555, lo cierto es que los precios no volvieron a su umbral de la década de 1530. Este comportamiento podría obedecer a la acción de los buenos y malos temporales, como, en efecto, ocu-rrió en 1546, cuando incluso se prohibió la extracción para Gran Canaria de los granos decimales162. Sin embargo, la verda-dera explicación del alza de los precios reside en una extracción superior al volumen necesario para garantizar el consumo inte-rior de la isla. Así ocurrió, por ejemplo, en el año agrícola 1539- 1540; a pesar de anunciarse en mayo que la cosecha venidera era deficitaria163, en julio se autorizó la extracción164, y en octu-bre el jurado denunció la otorgación de licencias de saca de tri-go, a pesar de estar prohibidas165, viéndose obligado poco des-pués el Consistorio a exigir la venta del grano almacenado166. Y lo mismo sucedió en el año agrícola 1548-1549, cuando se ha-bían cogido en la comarca de La Laguna «más de 80.000 fane-gas », y a principios de octubre ya se habían extraído «más de 28.000 fanegas de trigo», ordenándose entonces el cierre de la saca167. La crisis de 1551 hizo ya ver al Cabildo que la historia de una isla excedentaria en granos tocaba a su fin. La cosecha de 1550 fue buena, pero en abril de 1551 tuvo que prohibir la ex-tracción del trigo viejo almacenado debido a la gran esterilidad que se avecinaba por la falta de lluvias, al tiempo que acordó 162 MARRERO, PADRÓN y RIVERO (2000), p. 35. La prohibición de esta saca contravenía la orden regia de 1526 y motivó la excomunión de los ediles. Además, las dificultades de abastecimiento de Gran Canaria se solucionaron importando trigo, incluso de Sicilia. 163 Ibíd., pp. 110-111. Acuerdo del 9-05-1539. 164 Ibíd., p. 141. 165 Ibíd., pp. 166-167. Los regidores y el gobernador argumentaron que «las licencias dadas hasta agora no se an podido escusar, como es cosa ne-cesaria por aver sydo para el probeymiento de las yslas comarcanas e para personas a quien no se a podido negar e todo ello a sydo en poca cantidad». 166 Ibíd., p. 170: «Toda persona de cualquier clase y condición que tenga el trigo engranelado, abra los graneles e venda todo lo que tuviere más de lo que aya menester para su mentenimiento, a precio cada hanega de ocho rreales viejos…; que no lo quieren vender y la falta que a esta causa padece la gente e la disposición del año e que por lo vender a mayores precios se en-cierra el trigo». 167 Ibíd., p. 176. Acuerdo de 2-10-1548. 50 377 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 por primera vez en la historia concejil pedir licencia regia para importar de Andalucía 12.000 fanegas de trigo «porque en Castilla está el pan barato»168; una petición que se reitera en el cabildo a principios de agosto, esta vez de trece mil fanegas169. Por supuesto, los ediles negaron la saca de trigo para Gran Ca-naria, incluso del perteneciente a los partícipes en el diezmo170, a lo que respondieron los grancanarios como en los viejos tiem-pos, aunque esta vez apresando uno de los buques que condu-cían trigo de Cádiz para Tenerife171. La producción de 1552 tam-poco se presentó copiosa, pues en mayo el Cabildo reiteró la CUADRO VII Producción estimada de cereales en 1539 Conceptos Trigo Cebada Tercias reales 1.127 1.333 Diezmo neto 5.072 5.996 Cosecha estimada 57.167 74.028 FUENTE: AMLL. Expedientes sobre trigo, sig. E-XIII, exp. 2. Elabo-ración propia. CUADRO VIII Producción estimada de cereales en 1541 Diezmo Producción Comarcas Trigo Cebada Trigo Cebada (fgs) (fgs) (fgs) (fgs) La Laguna 3.500 1.300 35.000 13.000 Taoro 1.100 1.500 11.000 15.000 Daute 850 1.000 8.500 10.000 Totales 5.450 3.800 54.500 38.000 FUENTE: Marrero, Padrón y Rivero (1997), p. 284. 168 AMLL. Libros de acuerdos, lib. 9, oficio 1º, fol. 278 rto-vto. Acuerdo de 23-04-1551. 169 Ibíd., fol. 292. Acuerdo de 3-08-1551. 170 Ibíd., fol. 302. Acuerdo de 13-10-1551. 171 Ibíd., fol. 310 vto. Acta del 13-11-1551. 51 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 378 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 prohibición de la saca del poco trigo almacenado porque la co-secha «en los baxos de la isla, donde se suele e acostumbra coger mucha cantidad de trigo morisco tenprano e de donde se suele probeer toda la isla por más tiempo..., se ha perdido.. e en las medianías ay muy poco pan»172. Ahora bien, si, por un lado, la producción aumentó gracias a la ampliación de la tierra de labor y, por otro, disminuyó el excedente disponible para la exportación, entonces la variable explicativa del proceso hasta ahora descrito debemos buscarla, en primer término, en el fuerte crecimiento de la población in-sular. Un hecho que se reitera en las actas capitulares, en refe-rencia sobre todo a las comarcas de Taoro y Daute173, y debido a una persistente corriente inmigratoria. Tomemos, por ejemplo, lo dicho en acta del 22 de diciembre de 1557; los regidores pro-ponen el cierre de la saca porque «a venido a esta ysla mucha gente de fuera en más de doce mil ánimas e cada día vienen de fuera e vale el trigo en esta ysla a diez e once reales e a quinze el fiado»174. Intentemos entonces verificar este aumento demográfico. Según nuestro cálculo de la población de 1531, la isla contaba con 10.766 habitantes en esta fecha (cf. cuadro III); la cala y cata del pan de 1552 elevó esta cifra a 14.367 habitantes175, y la de 1561 a 17.641 habitantes, lo que supone una tasa media anual de crecimiento del 1,4 por ciento entre 1531 y 1552 —in-ferior a la alcanzada en el primer tercio del quinientos, pero ex-plicable por el descenso de la actividad repobladora— y de 2,31 por ciento entre este último año y 1561. Una tasa que podría deberse a un déficit en la cala y cata de 1552, de modo que la más correcta sería de 1,66 por ciento entre 1531-1561, o bien a una fuerte arribada de población en la década de 1550, lo cual coincidiría con lo dicho por los ediles en 1557. 172 Ibíd., fol. 334. Acuerdo de 27-05-1552. 173 MARRERO, PADRÓN y RIVERO (1997), p. 270. Acta de 8-07-1541. 174 AMLL. Libros de acuerdos, lib. 11, oficio 1º, fol. 147. 175 GÓMEZ GÓMEZ, GONZÁLEZ ZALACAÍN y BELLO LEÓN (2008), p. 24. Deci-mos un mínimo porque el dato poblacional proviene de la tazmía para cono-cer el número de personas y de fanegas de trigo entrojadas en la isla en 1552. 52 379 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 En cualquier caso, el excedente disponible para la exporta-ción tendió a disminuir durante estos años como consecuencia del incremento de la demanda interna. Porque si la cosecha de trigo en años normales podría situarse en torno a las 140.000- 150.000 fanegas, su consumo aparente entre 1531 y 1561, a una ratio de 5,5 fanegas por habitante, pasó de 60.000 a 97.000 fa-negas. Y si agregamos a este cómputo la cantidad estimada que se considera necesaria para simiente, el excedente disponible se reduciría de 65.000 a 28.000 fanegas. Lo dicho exige de inmediato aclarar la naturaleza socioeco-nómica de esta demanda y el tejido productivo que motiva su crecimiento. En este sentido, cabe sostener que su principal componente, la población que vive del pan de la plaza, se esta-ba incrementando como consecuencia del aumento del artesa-nado urbano y, sobre todo, por una especialización agraria cu-yos productores exigían un suministro regular de trigo. Y esto último fue lo que en realidad ocurrió, es decir, una especializa-ción vitivinícola cuyo punto de arranque debemos situarlo en la década de 1520, cuando los vinicultores de Tenerife y La Palma consiguieron real cédula (1525) para poder exportar a Indias el tercio de su cosecha de caldos; una condición que fue suprimi-da en 1549, cuando el excedente de vinos de la isla superaba ya las 4.000 pipas176. Sugerimos entonces que desde mediados de esta centuria las sementeras retrocedían ante el avance del viñe-do, especialmente en las tierras de barlovento de las comarcas de Taoro y Daute que, esquilmadas por la continuidad de la la-bor del pan o con bajos rendimientos en el cereal, eran muy adecuadas para las vides. Un informe de finales de la década de 1550 valoró la cosecha promedio de estas dos comarcas en 70.000 fanegas de pan y un millón de arrobas de vino. Pues bien, si nos quedamos con la estructura productiva que sugiere el redactor del informe, resulta que la superficie destinada a las vides en estas comarcas era un tercio superior a la ocupada por la sementera anual177. 176 MACÍAS HERNÁNDEZ (2007), p. 39. 177 LOBO CABRERA (1987), pp. 386 y 400. He realizado esta estimación a partir de los datos de un informe de finales de la década de 1550, citado por este autor. Dicho informe indica una producción media anual de 70.000 fa- 53 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ Anuario de Estudios Atlánticos 380 ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 En resumen, la estructura productiva de la isla adquiría ya el perfil que definiría su actividad económica hasta mediados del siglo XIX. Y, en este nuevo contexto, convenía a los interesados en la nueva estrategia una política de abastos contraria a la exporta-ción y favorable a las tasas. Una política que se insinúa ya en 1562, cuando el consistorio exigió, aunque sin éxito, que los granos per-tenecientes a las tercias reales se vendieran a la tasa establecida en 1558178. Y si bien la nueva tasa, fijada en 1571179, fue protestada por los productores de granos180, la mayoría de los regidores guar-daron silencio al respecto. Finalmente, la nueva tasa, impuesta en 1582, fue estrictamente exigida por la autoridad concejil tiner-feña181. Las cosas habían cambiado. La historia de la exportación de cereal había fenecido y ahora la isla era deficitaria en granos como consecuencia de su creciente especialización vitivinícola. El siguiente paso en esta nueva política concejil de abastos en el caso de Tenerife consistió en obtener de la Corona la regulación del mercado interinsular en beneficio de los productores vinícolas; es decir, en conseguir aquello que los ediles de su municipio-isla ha-bían negado con tanto ahínco a la especialización azucarera de Gran Canaria. 7. BIBLIOGRAFÍA ALFARO HARDISSON, E. (2000). Protocolos de Hernán González (1534-1535). La Laguna: Instituto de Estudios Canarios. AZNAR VALLEJO, E. (1983). La integración de las Islas Canarias en la Corona de Castilla (1478-1520), Santa Cruz de Tenerife: Secretariado de Publicaciones de la Universidad de La Laguna. negas de pan y de un millón de arrobas de vino. Suponiendo un rendimien-to medio por fanegada de siete fanegas de pan o de 60 arrobas de vino, la se-mentera anual rondaría las 10.000 fanegadas y la superficie vitícola 16.667 fanegadas. 178 AMLL. Libros de acuerdos, lib. 10, oficio 1º, fol. 253. El trigo a 310 mr, la cebada a 140 y el centeno a 200 mr. Sobre las tasas, véase HAMILTON (1975), p. 258-259. 179 Elevó el precio del trigo a 528 mrs, y mantuvo los de la cebada y el centeno. 180 AMLL. Expedientes de trigo. Signatura E-XIII, exp. 8. 181 Esta tasa, que se mantuvo en vigor hasta 1765, fijó el valor del trigo en 14 reales, 9 para la cebada y 8 para el centeno. 54 381 POBLACIÓN, PRODUCCIÓN Y PRECIOS DEL TRIGO, 1498-1560 Anuario de Estudios Atlánticos ISSN 0570-4065, Las Palmas de Gran Canaria (2011), núm. 57, pp. 327-384 AZNAR VALLEJO, E.; VIÑA BRITO, A. y PALENZUELA, L. (1991). Documentos canarios en el Registro General del Sello (1518-1525). La Laguna: Instituto de Estu-dios Canarios. BERNAL, A. M. (1992). La financiación de la Carrera de Indias. Sevilla: Funda-ción El Monte. BERNAL, A. M. (1997). «Los instrumentos del comercio en el sistema mercantil de las islas atlánticas ibéricas y caribeñas», en História das Ilhas Atlânticas, Funchal, t. I, pp. 41-67. BERNAL, A. M. y MACÍAS, A. M. (2007). «El modelo económico insular en pers-pectiva histórica», en Economía e Insulari |
|
|
|
1 |
|
A |
|
B |
|
C |
|
E |
|
F |
|
M |
|
N |
|
P |
|
R |
|
T |
|
V |
|
X |
|
|
|