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Núm. 48 (2002) 223 68 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO: EL TRASLADO A TELDE DE LA SEDE DEL CABILDO CATEDRAL A COMIENZOS DEL SIGLO XIX P O R PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 1. INTRODUCCIÓN La crisis del Antiguo Régimen en Canarias tuvo unas con-secuencias funestas para la región, su estructura productiva y su organización sociopolítica, situación que influyó y repercutió en algunos aspectos de evidente trascendencia hasta fechas recientes. La recesión económica incidió drásticamente en la formación social regional y en la desarticulación de la estruc-tural complementaridad entre las islas, dando lugar a una no-table pauperización de las clases populares que veían incre-mentados sus efectivos de forma progresiva. El propio grupo de poder buscó alternativas para mantener y aumentar los in-gresos hasta ese momento detentados mediante el incremento de la presión sobre el campesinado, la acaparación de bienes inmuebles, fuera esta realizada de forma legal o no, etc. Ade-más se entró en una espiral de conflictividad entre los diversos sectores de los poderes insulares en su intento de convertirse cada uno de ellos en el grupo socieconómico predominante en la región y, a su vez, ser los únicos interlocutores políticos vá- PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 224 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 2 lidos con el Estado, tal como se observó con el tumultuoso li-tigio emprendido entre los poderosos de Gran Canaria y Tenerife durante el período de las juntas de 1808-1810 1. A esta élite sumida en un conflicto interno y atenazada por sus preocupaciones para mantener a toda costa sus ingresos económicos y predominio social pertenecían los miembros del Cabildo Catedral. En estas fechas los prebendados se encon-traban mediatizados por unas profundas contradicciones inter-nas, pues la politización de la vida social en las islas les afec-taba de manera directa, ya que muchos de sus componentes estaban unidos por lazos de sangre, filiales o económicos con parte de los miembros de los sectores del poder enfrentados. La crispación se había instalado en el seno del Cabildo en los años de 1808-1810 cuando, para evitar posibles consecuencias de funestos resultados, habían renunciado sus integrantes a apoyar explícitamente a cualquiera de los grupos de poder de Tenerife o Gran Canaria. Pero ello no evitó una profunda fi-sura y crisis política en el Cabildo entre los partidarios de las posturas enfrentadas que, con posterioridad, se transformaron en enfrentamientos entre eclesiásticos con ideas absolutistas y liberales o entre favorables o no a la división de la diócesis, último peldaño alcanzado por la controversia entre los pre-bendados. También el Cabildo Catedral se encontraba sojuz-gado por una grave crisis económica, organizativa, ideológica, social y de autoridad en una etapa donde las transformaciones generales habían minado los sólidos basamentos eclesiásticos que, en fases pretéritas los habían encumbrado hasta llegar a convertirse en uno de los máximos representantes del poder real en la región. La caída de las rentas de los diezmos, la intervención real en las finanzas del clero, la multiplicación de contribuciones, la creciente laicización y anticlericarismo de la sociedad, la falta de alternativas pastorales al socorro espiri- 1 B. BONNET Y REVERÓN, La Junta Suprema de Canarias, Santa Cruz de Tenerife, 1981; M. GUIMERÁ PERAZA, El Pleito Insular (1808-1936), San-ta Cruz de Tenerife, 1976; A. MILLARES CANTERO, «1810: ¿Conspiración se-paratista en Las Palmas? Propuesta de reinterpretación sobre el “trienio detonante” del pleito insular decimonónico», en Revista de Historia de Canarias, núm. 174, pp. 255-375, La Laguna, 1984-1986. Núm. 48 (2002) 225 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 3 tual de los fieles, el antagonismo estéril contra los proyectos ilustrados de reforma del clero emprendida por varios obispos (Venegas, Tavira, Verdugo) o el laberinto ideológico en que habían caído la mayoría de sus miembros, permitió manipu-lar a ciertos sectores de los poderes insulares, utilizar las opi-niones de la entidad y sus decisiones en beneficio de las pos-turas que defendían. La trayectoria del Cabildo Catedral de Canarias se inició a partir de su fundación oficial el 22 de mayo de 1483, cuando en Sevilla se realizaron sus primeros estatutos, donde estuvie-ron presentes para elaborarlos y dar fe, entre otros, el obispo de la diócesis Juan de Frías 2. El Cabildo Catedral en las islas existía como tal institución, en muchos casos sólo como mero recurso retórico, desde la fundación del obispado del Rubicón en la isla de Lanzarote, siendo su primer vicario, provisor y presidente el franciscano Jean Le Verrier 3. Después de Verrier apenas si se conocen miembros efectivos del Cabildo, en todo caso se reducirían a uno o dos, salvo el deán Juan Bermúdez que participó en 1478 en la conquista de Gran Canaria y pro-longó su mandato hasta 1496. Hasta la citada fecha de 1483 el resto de los componentes del capítulo, si los había, serían simplemente cargos honoríficos o sin plena jurisdicción en las islas. Tras la creación de la diócesis del Rubicón, los problemas para su funcionamiento debieron sucederse, quizá por las pro-pias características socioeconómicas y políticas de la isla don-de se ubicaba la sede, su virtual interinidad o las posibilida-des de acogida que propiciarían otras islas en plena etapa de conquista. Así, apenas transcurridas tres décadas del estable-cimiento de la diócesis del Rubicón se registran ya varias disposiciones papales para conceder el traslado de la sede obispal desde Lanzarote a la isla de Gran Canaria y, con ella, a la propia Catedral y su clero adjunto. Tales mandatos, como 2 A. MILLARES TORRES, Historia General de las Islas Canarias, tomo III, Las Palmas de Gran Canaria, 1977. 3 Le Canarien. Crónicas francesas de la conquista de Canarias, Santa Cruz de Tenerife, 1986; A. RUMEU DE ARMAS, El Obispado de Telde. Misio-neros mallorquines y catalanes en el Atlántico, Madrid, 1986. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 226 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 4 el del papa Eugenio IV datado el 25 de agosto de 1435 o el de Sixto IV el 29 de agosto de 1482 4, no fueron efectivos hasta la definitiva pacificación de Gran Canaria, el asentamiento de una sustancial población y, además, seguramente, tras diluci-darse su nuevo emplazamiento entre los núcleos de Gáldar, Telde o Las Palmas. El obispo, la Catedral y el Cabildo se instalaron en su nueva sede posiblemente el 20 de noviembre de 1485, aunque los prebendados ya habían elaborado sus primeros estatutos internos en el citado año de 1483 y quizá estaban emplazados con anterioridad en Las Palmas. Ni en los estatutos del citado año ni en el total de los 172 elaborados desde esas fechas y vigentes en 1636 se mencionaba una reso-lución sobre el lugar de ubicación de la sede cabildalicia ni una prohibición taxativa que impidiera la movilidad de su sede oficial desde Las Palmas a otro lugar de la isla o Archipiéla-go, ya que su localización en un primer momento fue un he-cho accidental y obligado por la reubicación y determinación del propio grupo de poder insular y no por decisión explícita de una jerarquía eclesiástica. De esta manera, los prebendados cabildalicios en Canarias seguirán las determinaciones esta-blecidas por la reforma gregoriana de los siglos XI-XII, cuando se obligaba y unía la corporación de clérigos formados por capitulares a una iglesia catedral concreta, para que éstos pudieran adquirir una personalidad jurídica propia respecto a otras instituciones eclesiásticas. Al igual que otros Cabildo peninsulares, los prebendados canarios no ocuparon y desempeñaron siempre sus tareas en su sede oficial e, incluso, en varios períodos debieron por fuer-za mayor desplazarse a otros núcleos de población de la isla en su intento de escapar de los ataques piráticos y las epide-mias. Hasta el comienzo del siglo XIX, estos traslados momen-táneos no tuvieron un carácter oficial y de proclamación de sede interina alternativa a la tradicional de Las Palmas. 4 J. DE VIERA Y CLAVIJO, Noticias de la Historia general de las Islas Ca-narias, Santa Cruz de Tenerife, 1980. Núm. 48 (2002) 227 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 5 2. LOS PRECEDENTES El primer intento de traslado momentáneo del Cabildo des-de Las Palmas a otros lugares de la isla se produce en el in-vierno de 1523, tras declararse en Gran Canaria una grave epidemia de peste. Los prebendados, un reducido número a causa de las reiteradas renuncias, permutas y prolongadas ausencias de varios de sus componentes, vieron con preocu-pación la extensión de la enfermedad por la ciudad y entre sus propios servidores, temiendo que les afectara y quedara el culto en la Catedral sin el debido servicio. El propio Cabildo denunciaba en febrero de ese año «que por todos los pecados quiere con sus (...) castigar esta ciubdad, según lo creen y parece por las muchas personas que en este pueblo an falle-sido y falleçen y las que pueden huyen y se van desta cib-dad » 5. La epidemia se prolongó durante varias semanas, inci-diendo sobre el número de prebendados y reuniones del Cabildo, el cual apenas se pudo convocar ante la falta de miembros que habían huido al campo o a la isla de Tenerife. Finalmente, no se llevó a cabo la intención de traslado hacia otra localidad al amortiguarse la epidemia, aunque otra vez en 1528 se vuelven a reproducir las mismas escenas de contra-dicción entre los capitulares tras un nuevo brote de la enfer-medad. En ese año los prebendados acordaron no celebrar más reuniones cabildalicias hasta que «la pestilençia no seje en esta ciudad y agora de nuevo torna a mudar», como única manera de «asegurar la salud e vida», para evitar temores y sólo se acudiera a las convocatorias cuando se avisara, per-diendo el no asistente la mitad de las distribuciones de las horas. Al que se había asentado en otro lugar de Gran Cana-ria se le permitía volver en quince días y si estaba en otra isla tendría de plazo hasta un mes, bajo pena de no ganar rentas si faltaban a los llamados 6. 5 ARCHIVO DEL CABILDO CATEDRAL DE LA DIÓCESIS DE CANARIAS, Actas del Cabildo, tomo I, Acuerdo de 23-2-1523. 6 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo I. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 228 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 6 Pero a estos dos períodos de epidemias que casi obligaron al Cabildo a evacuarse al completo fuera de Las Palmas, se sucedieron otros dos episodios de especial relevancia, singu-larizadores del tránsito entre los siglos XVI y XVII en Gran Ca-naria. Uno de ellos fue el ataque de la flota neerlandesa a Las Palmas a mando de almirante Van der Does, el cual se tradu-jo en el asalto y toma por las armas de la ciudad, la cual es-tuvo bajo el poder de los corsarios entre el 26 de junio y el 4 de julio de 1599. Antes del ataque y después de dar aviso del peligro las autoridades civiles, los capitulares habían enviado hacia Santa Brígida, Utiaca y Teror los ornamentos e imáge-nes de la Catedral y papeles del Cabildo, instalándose ellos mismos en esos pagos para escapar del fragor de la batalla. El Cabildo Catedral no se reunió oficialmente desde el 18 de junio hasta el 8 de noviembre de 1599, aunque si se realizaron acuerdos o encuentros entre sus integrantes durante este pe-ríodo no quedó ningún dato sobre los mismos ni existieron referencias a ellos en actas posteriores, quizá para evitar pro-clamar una sede cabildalicia interina durante este período por la posible conflictividad que podía ocasionar en una etapa de tanta emergencia. Lógicamente, los encuentros entre los capi-tulares se celebraron para concretar actos como las fiestas con cierto arraigo popular —Virgen del Pino, Día de difuntos—, decidir sobre aspectos como el remozamiento, reconstrucción, limpieza de la Catedral, de la sede cabildalicia o de las casas particulares de cada prebendado y de mantener la contabili-dad de las partidas diezmadas. Pero ningún acto tuvo rango oficial ni constó en acta alguna, ya que su celebración hubie-ra significado la titularidad interina del Cabildo y Catedral en el lugar de reunión. Los posteriores brotes de peste registrados en la ciudad desde 1601 hasta 1606 7 no influyeron en el cese de las reunio-nes del Cabildo, aunque el 22 de abril de 1602 los preben-dados informaban al obispo, Francisco Martínez, de que la ciudad «está muy apestada, los que enferman no escapan por-que no hay medicinas ni médico y los sirujanos se van mu- 7 A. ANAYA-A. ARROYO, «La Peste de 1601-1606 en las Islas Canarias», en Revista de Historia Canaria, núm. 174, pp. 175-202, La Laguna, 1984-1986. Núm. 48 (2002) 229 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 7 riendo, y en casi todas las casas de la ciudad ay contagio y en casa de los señores prebendados an caydo muchos enfermos, a cuya causa están muchos fuera de sus casas y otros en los campos y servidores del choro, monasillos, múçicos, capella-nes an muerto diez u doze personas, y apenas se pueden escusar de tratar con gentes apestadas por tener ya todas oca-sión desta enfermedad» 8. La epidemia incidió en el volumen de las reuniones de los prebendados y en el número de sus integrantes, contando muchas de ellas con 6 miembros de los 21 nombrados y obligados en ese momento, siendo ejemplo de ello el encuentro celebrado el 22 de abril cuando sólo asis-tieron el deán Francisco Mexía, el prior Ruiz de Salazar, el arcediano de Fuerteventura Bartolomé Polo y los canónigos Armas, Sarabia, Muñoz y Cairasco 9. Pero lo que no propició la grave epidemia, sí lo hizo la alarma de un nuevo asalto pirático a Las Palmas, que generó un sentimiento de inquietud generalizada entre los preben-dados y resto de vecinos. De inmediato, se mandó, como en otras muchas ocasiones, los ornamentos, dinero y papeles de la Catedral y el Cabildo al campo y varios prebendados se di-rigieron hacia diversas localidades fuera de Las Palmas para la búsqueda de refugio. Esta precipitada salida motivó que en el período comprendido entre el 31 de mayo de 1602 y el 24 de diciembre de ese año, por encontrarse el libro de actas fuera de Las Palmas, se anotaran los acuerdos de las reunio-nes en un cuadernillo aparte que, con posterioridad se fijó al libro oficial de registros de los cabildos. El posible asalto y el recrudecimiento de la epidemia de peste coadyuvó al incre-mento de las ausencias de los clérigos en las reuniones. La 8 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo IX, Acuerdo de 22-4-1602. 9 Además de éstos, el Cabildo Catedral se conformaba en dicho año por los racioneros: Antón Vega, Garci Gómez, Hernando del Castillo, Sal-vador Gil, Gabriel Núñez, Jerónimo Álvarez de Segura, Rodrigo de Betancor y Alonso Lezcano. Los canónigos eran: Pedro Espino, Juan de San Juan, Gonzalo Hernández de Medina y Juan Bautista Espino, además del arcediano de Tenerife, Fernando Díaz de Vera, el maestrescuela, Pedro Camino, ausente en la Península, y el chantre, Martín García de Cenice-ros, sobrino del obispo, quedando el resto de las plazas cabildalicias vacas en ese momento. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 230 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 8 situación de inasistencia de los prebendados se mantiene has-ta julio de 1602, cuando se declara el fin de la peste y se rea-lizaron procesiones y misas de gracias —se celebra una misa mayor, fiesta e iluminarias y se dispuso que la población se «regosixe con chirimías e músicos»—, con especial dedicación al Cristo de la ermita de la Vera Cruz de la ciudad. Tampoco en este año se encontraron los suficientes argumentos entre los prebendados para trasladar la sede cabildalicia a Teror o Santa Brígida, ya que los pocos miembros presentes en Las Palmas siguieron gestionando adecuadamente el culto, las ren-tas y las decisiones tomadas en este período, que en ningún caso fueron trascendentes para evitar posteriores litigios con los ausentes. En las épocas de epidemias y de alarmas de posibles ata-ques piráticos a Las Palmas era cuando menos podía el Cabil-do controlar las ausencias de sus miembros, ante el pavor a la enfermedades o muerte, el aislamiento forzoso de otros al contraer el mal o no querer regresar a la ciudad para no contagiarse. En ellas se planteaban dudas sobre el manteni-miento de las reuniones, los encuentros en otros lugares o la situación plateada en la ciudad respecto al culto. Ejemplo de esta situación fue el citado año de 1602, cuando en pleno apo-geo de la epidemia de peste en Las Palmas, el canónigo Juan de San Juan huyó de su casa y la ciudad al observar síntomas de la enfermedad en un familiar, lo cual participó al Cabildo mediante una carta, justificando su marcha, que no fue volun-taria, pues «por huir del peligro haçe la ausençia e protesta ganar su renta en todo el tienpo que estuviere ausente». Así, el miedo generado entre los capitulares provocó un gran descontrol en el seno del Cabildo, ya que a los capítulos de febrero de 1602 sólo asistieron ocho, acordando los reunidos obligar a los miembros estantes en la ciudad —canónigos Medina y Castillo y racionero Betancor— a que vinieran bajo pena de no ganar sus rentas, de la misma forma se mandaba una carta perentoria al arcediano de Tenerife comunicándole el fin de su ganancia, si no regresaba a servir en la Catedral en 20 días 10. Meses después, el agravamiento de la epidemia 10 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo IX, Acuerdos de 11 y 25-2-1602. Núm. 48 (2002) 231 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 9 dio motivo a mayores miedos y ausencias, así el capítulo del 22 de abril contaba con seis personas, a causa, según el canó-nigo Gaspar de Armas, que la ciudad «a muchos meses está apestada, que cuya causa a hecho muchas ausencias a el cam-po, porque no hay otro reparo en ella por no aver médico, ni aver medicinas y va pereçiendo la gente que está en la çiudad, e se sale por la misma ocasión, pues va tan adelante el mal que protesta ganar su renta, pues ay tan eminente peligro de la vida en ella». Pero todas estas vicisitudes no fueron causa suficiente para el traslado de la sede del Cabildo a otro pago de la isla, ni que los capitulares se reunieran en sesión plena para diluci-dar sobre cualquier tema. La «inmemorial» presencia de los capitulares en Las Palmas, la propia Catedral y su culto y el prestigio de los capitulares en mantener la tradición impidie-ron en todo momento el traslado de éste por causa mayor a otro cualquier lugar de la región hasta el siglo XIX. 3. LA EPIDEMIA DE FIEBRE AMARILLA DE 1811 De la misma intensidad mortífera e influencia psicológica sobre la población como las ya citadas fue el brote de fiebre amarilla declarado en Las Palmas en el verano de 1811 11, el cual provocó una elevada mortalidad en el vecindario y en el propio seno del Cabildo al segar en 20 días la vida de cinco capitulares, incidir en la fuga masiva de los vivos y en la ausencia de casi todos los ministriles del servicio de la Cate-dral. Las señales de alarma de un posible brote epidémico se habían recibido de la Junta de Sanidad de La Orotava, donde se instaló un cordón sanitario, y de la Junta de Sanidad de Cádiz, ciudad afectada gravemente por la fiebre amarilla. El comandante general de las islas, Duque del Parque, en cuaren- 11 Una relato pormenorizado de los sucesos y estragos de la fiebre amarilla sobre la población Guía, Las Palmas y Telde fue realizado por el médico J. DE SANTA CLARA, Memoria de lo ocurrido en esta isla de Gran Canaria con la invasión de fiebre amarilla en los años 1810-1811, Las Pal-mas de Gran Canaria, 1863. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 232 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 10 tena desde su arribo a Gran Canaria, mandó el 25 de di-ciembre de 1810 a prevenir todo lo necesario para impedir la entrada de enfermos en las islas y el Ayuntamiento de Gran Canaria pidió al Cabildo Catedral nombrara una diputación para, conjuntamente, ir a Teror y comenzar un novenario en el santuario de la Virgen del Pino como única intercesora de la población, a lo que pusieron inconvenientes los prebenda-dos por los numerosos litigios arrastrados contra los regidores. Las diversas medidas preventivas no evitaron la propaga-ción de la epidemia, que rápidamente se extendió entre la población, desnutrida y empobrecida, nombrando de inmedia-to el Cabildo Catedral a un teniente de cura y a un sacristán para que administrara los sacramentos, comuniones y extre-maunciones por la calle a los enfermos, con una sobrerenta diaria para el primero de 2.040 maravedís y la mitad para el segundo. El 4 de enero de 1811 el obispo Manuel Verdugo pedía, en voz de la Junta de Sanidad, se buscara un sustituto al teniente de cura nombrado, en ese momento enfermo, ya que era muy difícil encontrar eclesiástico en la ciudad, sólo quedaba como único cura en la parroquia Juan de Frías, por la huida masiva de estos. el prelado recordaba que si los en-fermos eran muchos y si «el ministro que hiciere la admi-nistración quedase degregado y de esto se siguiere falta de servicio correspondiente de la parroquialidad, el Cabildo pro-veerá el remedio nombrando en caso necesario un yndividuo suyo que supla por el degregado 12». Pronto el Ayuntamiento de Gran Canaria comenzó a solici-tar contribuciones a la Mesa Capitular a causa de sus graves carencias presupuestarias, la imposibilidad de sostener duran-te mucho tiempo un cordón sanitario adecuado y mantener los mínimos suministros de cereales a la población. El 19 de fe-brero el Cabildo contribuía con una ayuda de 153.000 mara-vedís, aunque sus limosnas no impidieron que lentamente la epidemia se extendiera por la ciudad, con especial virulencia durante los meses del verano de 1811, generando la súplica del Ayuntamiento y el clamor del vecindario que, para luchar 12 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 4-1-1811. Núm. 48 (2002) 233 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 11 contra el mal, deseaban se trajera desde Teror a la Virgen del Pino, como única taumaturga para conjurar la enfermedad, aunque el Cabildo, celoso de sus prerrogativas en estas fun-ciones, sólo accedió a su venida a partir del 19 de agosto. Por otro lado, el Corregidor, como presidente de la Junta de Sani-dad, daba datos alarmante de la situación de la epidemia de fiebre amarilla en la ciudad al estar los barrios de Triana y San Nicolás con un elevado número de enfermos por las ca-lles a causa, juzgaba, de su «miseria, malos alimentos, falta de aseo y asistencia de los enfermos», para cuyo socorro in-mediato el Cabildo le entregó otros 153.000 maravedís. Ade-más, los eclesiásticos a partir del 19 de agosto le notifican al teniente de cura Agustín Betancurt que pasara al barrio de San Nicolás y quedara allí «confinado y administrar los san-tos sacramentos a los enfermos» con la obligación de colocar en la ermita del lugar al Santísimo Sacramento y tener el edi-ficio con toda decencia 13. A su vez, se mandaban a fray Mau-ricio de San Felipe, carmelita, a administrar los sacramentos a los enfermos residentes en el hospital de Vegueta, mientras el provisional de Triana era adjudicado al teniente de cura Mariano Rodríguez 14. Incluso, por las mismas fechas, la propia Junta de Sanidad de la isla prohibió la celebración de los días de San Bernardo y San Agustín, patronos respectivamente de dos conventos de la ciudad, y ni «se dixese misa los días de fiesta en las ermi-tas estrechas con motivo de la enfermedad». A esta orden se añadió, para evitar el peso psicológico sobre los enfermos, los traumas en las familias y la pesadumbre general, se hicieran 13 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 19-8-1811. Betancurt era sustituto del cura Pedro Gordillo, dándosele un sueldo anual de 204.000 maravedís. 14 El Cabildo accede a una petición del Provisor del obispado que quería crear un hospital de convalecientes de Vegueta en el convento de San Agustín, pasando los regulares a residir, mientras durara la epidemia, al Seminario Conciliar, desocupado en esos días. Los capitulares acepta-ron con tal que se mantuviera el servicio de la parroquia del Sagrario en la iglesia del Seminario, hasta que se concluyera la nueva iglesia que se estaba construyendo, véase A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 2-9-1811. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 234 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 12 procesiones fúnebres o se tocaran las campanas para los ofi-cios y enterramientos. La llegada de la Virgen del Pino el sábado 24 de agosto se efectuó por la zona de la muralla norte de la ciudad, sirvien-do de hospicio de acogida la ermita de San Telmo, ante la imposibilidad de acceder por el barrio de San Nicolás a su ermita por estar «confinado el punto de baxada». La imagen venía acompañada por los tronos del Arcángel San Gabriel y San Roque, además de los tradicionales de San Juan de Arucas, San Lorenzo o Santa Brígida de La Vega. Pero el po-der de la Virgen para conjurar la enfermedad en esas fechas no fue suficiente, pues ésta arreció con gran fuerza a lo largo de todo ese verano y otoño. El Ayuntamiento, ante la gravedad y mortandad de la epi-demia —en la isla ocasionó más de 2.000 muertos, de ellos unos 300 fueron prisioneros franceses confinados en la ciu-dad 15—, recurre al Cabildo Catedral para solicitar nuevas con-tribuciones especiales y de socorro a la población, incapaces de ser cubiertas con otros 204.000 maravedís de limosnas en-tregados por los prebendados. El 2 de septiembre los regidores pedían se les hiciera un préstamo del fondo de la universidad de La Laguna, aún no creada, o cualquier otra cantidad disponible hasta un total de 11.730.000 maravedís para impe-dir la muerte por inanición de la mayoría del vecindario, con la garantía de que la corporación acudiría al gobierno de la nación para la aprobación de la partida. La demanda no fue correspondida por el Cabildo, al estar las arcas vacías, según los eclesiástico, por la demora de la llegada de la renta de los diezmos y el volumen de limosnas otorgadas a diversas enti-dades, todo sacado de sus arcas, además, tenían el temor por «el corto número de señores capitulares que existe en el día en la iglesia (5) carecen de algunos conocimientos necesarios del estado de los ramos de su administración, ni tampoco hay contaduría formal que dé las noticias» por las ausencias en el 15 A. MILLARES TORRES, op. cit.; F. M. DE LEÓN, Historia de las Islas Canarias (1776-1868), Santa Cruz de Tenerife, 1966; J. A. ÁLVAREZ RIXO, Cuadro histórico de estas Islas Canarias de 1808 a 1812, Las Palmas de Gran Canaria, 1955. Núm. 48 (2002) 235 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 13 campo de la mayoría de sus componentes, haciéndose un lla-mado general de residencia a los ministriles de la Catedral y a los capitulares 16. La notable mortalidad entre los vecinos de la ciudad y, especialmente, en el barrio de San Nicolás, se vio agravada por el desamparo eclesiástico en administrar los santos sacra-mentos, después afectar la enfermedad a teniente de cura Agustín Betancurt. La situación era muy desesperada por el galopante incremento de la mortalidad y las necesidades de la población, propiciando la dimensión de la catástrofe la crea-ción de una diputación civil de visita al Cabildo Catedral cu-yos componentes fueron el alcalde mayor, don Juan Bayle Obregón, el gobernador de armas, don Simón Ascanio, y el diputado Francisco Penichet 17. La propuesta presentada a los 16 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 2-9-1811. 17 Sólo a partir de la segunda mitad del siglo XIX se lograron realizar importantes avances contra los brotes de la fiebre amarilla y su incidencia en la población. Así, varios médicos asentados en las islas intentaron im-plantar diversos procedimientos foráneos contra esta epidemia destacan-do, entre otros, D. VÍCTOR PÉREZ, Sistema de aclimatación previa para evi-tar la fiebre amarilla o disminuir su intensidad, Santa Cruz de Tenerife, 1880. A este trabajo se sumó el del afamado médico PATRICIO DE LA GUAR-DIA, Método de curar la fiebre amarilla, Santa Cruz de Tenerife, 1871. En él mencionaba diversas estrategias para combatir tres tipos de manifestacio-nes febriles, según fuera su intensidad, algunas de ellas mediante métodos ciertamente drásticos. En las tres modalidades reseñadas el paciente de-bía ser sometido a una serie de lavativas para eliminar todas las impure-zas de su organismo. El líquido de cada edema estaría formado por dos cucharadas de miel de caña y una de aceite de oliva, bien batidas, cocina-das con malvas hasta formar un tristel regular. Al enfermos se le pondrían tantas lavativas como fueran necesario para la limpieza a fondo de los intestinos, siendo compuesto el último de los edemas sólo por malvas y unas gotas de aguardiente de caña. Al paciente, tras esta fase se le daría a tomar una pequeña taza de agua de borraja con unas gotas de una compo-sición especial para que sudara. El compuesto se realizaría a base de me-dia libra de espíritu de vino (35-40 grados), ocho granos de quinina y una onza de azahar. El paciente bebería sucesivas infusiones, cada cuatro ho-ras durante dos días, para que aumentara su temperatura y sudara, ade-más de abrigarse lo más posible. Trascurrido este tiempo y aliviado en su dolor, comenzaría a tomar caldo de pollo, pasando luego a ingerir carne de pollo o ternera asada y, sólo tras 15 días, comería algo de verdura. Si la fiebre era perniciosa, se haría el mismo proceso pero en las lavativas se PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 236 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 14 capitulares era que se les entregara un total de 10.200.000 maravedís para la compra de víveres e intentar atajar la enfermedad por el Ayuntamiento y la Junta de Sanidad. Las iniciales reticencias a dar cualquier cantidad por el Cabildo se suavizaron rápidamente, cuando la diputación los conminó y amenazó a que «se vería precisada a usar de los vigorosos medios que tiene a su arbitrio y exigue la salud pública por ser éste uno de los casos en que los magistrados se hallan autorisados para echar mano de qualquiera caudales en bene-ficio de la humanidad». La contundente respuesta de la autori-dad civil —nunca los regidores o sus representantes se habían mostrado tan poco comedidos en sus propuestas al Cabildo, señal de la debilidad en esos momentos de los capitulares—, llevó a los prebendados a dictar órdenes a los contadores para que revisaran las arcas y se cuantificara sus contenidos. En el arca de la universidad de La Laguna gestionada por los capi-tulares se hallaron un total de 4.409.805 maravedís y en la del noveno extraordinario, las dos únicas con dinero de las cua-tro existentes, 604.376, que sólo cubrían el 49,1% del dinero demandado18. Ante este panorama, se generan nuevos requeri-mientos de las autoridades civiles para que el Cabildo cediera los cereales almacenados en la cilla del partido de la ciudad, por reintegro o comprado a precio equitativo, aunque no se pudo hacer nada ya que los eclesiásticos hacía días lo habían distribuido entre sus servidores como forma de abonarle sus salarios. 4. EL CABILDO CATEDRAL EN 1811 A comienzos del año 1811 el Cabildo Catedral estaba com-puesto por un total de 29 miembros siendo estos el deán Mi-duplicaría la cantidad de aceite, y si no sudaba con ese método «se cojen tres piedras de cal virgen, como del peso de una libra, y se envuelven separadamente, cada una en un pedazo de trapo mojado en aguardiente, y luego en otro trapo enjuto, y los tres envoltorios se colocan entre sába-nas, como a 4 pulgadas del cuerpo: uno junto a los pies y cada uno de los otros dos al costado del cuerpo, paralelos al corazón». 18 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 3-9-1811. Núm. 48 (2002) 237 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 15 guel Mariano de Toledo, el arcediano de Canaria Antonio Ma-ría de Lugo y Molina, el chantre Luis Manrique de Lara, el tesorero Lorenzo Montesdeoca, el maestrescuela Andrés Arbe-lo, el prior Antonio Jacinto Ruiz, el arcediano de Tenerife Cris-tóbal Betancurt y Conde, el arcediano de Fuerteventura José de Viera y Clavijo, los canónigos: Graciliano Afonso, Miguel Camacho Acosta, Juan Navarro, Vicente de Armas, Santiago Bencomo, José Francisco Borbujo, José Romero de Franquis, Vicente Ramírez, Nicolás Briñes y Esteban Hernández Salazar y los racioneros: Antonio Porlier, Agustín Cabral, Domingo Suárez de Alvarado, Pedro del Castillo, Vicente Sánchez, Do-mingo Albertos, Domingo de la Cueva, Enrique Hernández, Diego Agustín Domínguez, Leonardo Reyes Calderón y Domin-go García Abreu. Pero en el mes de septiembre, en pleno re-crudecimiento de la epidemia, su número se había reducido drásticamente, por el fallecimiento de cuatro prebendados a causa de la fiebre amarilla —el deán, el chantre, el canónigo Romero y el racionero Reyes 19— y las reiteradas ausencias de los componentes del Cabildo. Las quejas de los pocos pre-sentes se elevaron hasta el obispo Verdugo, denunciando que unos se escusaban «por sus esquelas y otros no contestando a las que se le pasaron», por lo que temían «que de día en día se vaya disminuyendo ya enfermándose parte o todos de los que actualmente están o saliéndose algunos al campo para evitar la enfermedad, quedando de esta manera la ysla sin servicio y la administración sin el debido orden por haberse ausentado también los contadores y oficiales de la oficina». En esos días sólo quedaban un contador y tres oficiales en la oficina de la administración de las rentas, sin poderse solucionar asuntos serios de las distribuciones, además de las presiones ejercidas por las autoridades civiles sobre los fon-dos de la Mesa Capitular y la Fábrica Catedral «y que llegará el caso en que nos exijan hasta las alhajas de la yglesia» 20. En 19 Además, en los siguientes años fallecieron a causa de la misma epidemia el canónigo Navarro —29-11-1812—, el racionero Domínguez —6-7-1814—, el canónigo Camacho —20-9-1814— y el 7-10-1817 el racionero Vicente Sánchez. 20 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 7-9-1811. A PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 238 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 16 noviembre de 1811 el cabildo está integrado por el canónigo Santiago Bencomo, el racionero Domingo Albertos y el secre-tario, racionero Agustín Cabral, que tuvieron la obligación de desempeñar todas las funciones internas y externas de la ins-titución y sostener el culto de la Catedral. Los tres pre-bendados determinaron asuntos sobre cuestiones de prés-tamos, ayudas y auxilio espiritual a la población de Las Palmas o de celebraciones sin tener capacidad decisoria ple-na, según los estatutos. Su situación fue aún más precaria cuando los cereales y dineros procedentes de las islas no lle-garon a Las Palmas, al estar cortada la comunicación con la ciudad, reteniéndose más de 2.550.000 maravedís en Tenerife, y desde lugares como Guía, infectado por la epidemia, se re-clamaban rápidos auxilios al vecindario. En todo caso, los hacedores no sabían muy bien donde remitir el dinero y ce-reales, al no tener comunicaciones con ellos los capitulares y «no saber donde se ha establecido el Cabildo» 21. 5. EL INTENTO DE TRASLADO DE LA CATEDRAL Y DEL CABILDO El resto de los capitulares vivos se habían refugiado en Telde desde donde, a los tres residentes en Las Palmas, se les envió una carta el 28 de enero de 1812 citándolos a un pleno extraordinario en dicho lugar, aprobado previamente por el obispo Verdugo, a fin de tomar las medidas oportunas para «trasladar la Catedral con sus oficinas anexas a algún pueblo del interior de la ysla en el caso de renovarse la epidemia». En su defecto, les soclitaban el voto por escrito a los tres au-sentes al no poder desplazarse a dicho pueblo por miedo a que fueran portadores de la enfermedad. Los capitulares de Las Palmas se negaron a admitir las disposiciones y presu-puestos de la reunión en base a los estatutos, la tradición inmemorial, la prohibición de traslado de la sede cabildalicia los contadores y sochantres que quedaban se les daría 340 maravedís dia-rios y a los oficiales y ministros la mitad. 21 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 14-11-1811. Núm. 48 (2002) 239 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 17 y los sucedido en otros lugares del reino, en especial por los «gravísimos inconvenientes y funestas consecuencias que van a resultar de una novedad tan extraña, como es la celebración de un cabildo fuera de su ygleçia y aula capitular, sin cuyo requiçito ningún señor ausente por ningún título, ni pretexto, puede combocar cabildos ni practicar actos de esta naturale-za, lo que siendo por el mismo hecho ilegítimos no podrán producir otro resultado que la de una triste divición de sus compañeros», por lo que se debería esperar para la citada re-unión al término de la epidemia y el posterior período de cuarentena 22. La actitud de rebeldía de los tres capitulares sitos en Las Palmas, unidos en el período de 1808-1810 a las posturas propugnadas por el grupo de poder de Tenerife y a la mili-tancia absolutista más enconada, fue contestada por carta del obispo de 3 de febrero, pidiéndoles su participación mediante su voto por escrito para ayudar a tomar decisiones de peso en dicha reunión, pues él la autorizó además de tratarse en ella sobre el posible traslado provisional de la sede Catedral. Bencomo fue partidario de denunciar el hecho ante las autoridades supremas, a quien creía correspondía autorizar la validación de la nueva sede, para lo cual demandó al obispo permiso para pasar a la Península y defender «el honor del Cabildo y el suyo», otorgándosele para ello licencia por seis meses y la renta de su prebenda. Los reunidos en Telde, inten-tando calmar los ánimos, evitar agrandar las fisuras internas 22 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 31-1-1812. Los tres capitulares citaban como ejemplos las epidemias que asolaron Granada, Murcia, Cartagena, Cádiz y Sevilla sin dar lugar a la traslación de sus cabildos catedrales, además cuestionaban la capacidad económica de la Mesa Capitular para poder llevar todos los ornamentos, papeles y administración hacia Telde y la posibilidades de alojamiento en dicho pue-blo para los ministros y sus familias. Pedían no se celebrara el cabildo de 4 de febrero, pues se verían en la necesidad de comunicarlo a la superio-ridad. En Telde se encontraban los arcedianos Lugo y Viera; los canónigos Abad, Navarro, Ramírez, Briñes, Afonso y Fernández y los racioneros Suárez, Castillo y Porlier. No pudieron concurrir el tesorero, el prior, el arcediano de Tenerife, los canónigos Armas y Borbujo y el racionero Domínguez, estando todos ellos de acuerdo con dicha reunión. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 240 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 18 que ocasionarían graves consecuencias y posibles castigos de las autoridades superiores por no consultarlas para el posible traslado, acordaron no denominar a su reunión cabildo pleno, sino mero encuentro para tomar las medidas oportunas si volvía a resurgir el mal, además de rogar al Consejo de Regen-cia les autorizara a establecer en otra ocasión de semejantes características la sede del Cabildo y de la propia Catedral en algún lugar de la isla liberado de la enfermedad, siempre que el culto en la Catedral en Las Palmas se mantuviera y fuera servido por los capitulares y ministros con permanencia vo-luntaria en la ciudad. El 5 de febrero de 1812 el arcediano Lugo remitía una car-ta a sus compañeros en Las Palmas en términos aclaratorios de la situación, donde se hacía especial hincapié en que los reunidos no pretendían eludir la autoridad suprema de la na-ción, aunque era necesario y oportuno celebrar un pleno extraordinario en Telde «sin mención de ocurrir por lizencia al supremo Govierno» 23. Tras el permiso del obispo, los prebendados se congrega-rían el 4 de febrero en Telde, en una casa del arcediano Lugo, transcurriendo el encuentro dentro de los términos habituales de un cabildo ordinario. Allí, se vieron tres oficios del obispo donde se otorgaba su consentimiento para la reunión y se dio lectura a los votos de los prebendados que no pudieron asis-tir, salvo los citados, todos conformes con lo que se deter-minase en el encuentro. Para evitar futuros litigios se trató entre los presentes si se le daría a la reunión rango de cabil-do ordinario, votándose que sólo era un intercambio de impre-siones «de individuos particulares del cuerpo del Cabildo» y no debía alcanzar ni la categoría de cabildo extraordinario. Con la incorporación a partir de mediados de febrero del canónigo Borbujo a las reuniones de los tres prebendados que quedaron en Las Palmas y la proclamación por la Junta de Sanidad del fin del brote epidémico, se dio inicio al regreso de los prebendados a la ciudad, operación que duró hasta co-mienzos del mes de marzo. De inmediato, se empiezan a ha- 23 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo XLIV, Acuerdo de 10-2-1812. Núm. 48 (2002) 241 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 19 cer las pesquisas necesarias sobre todo lo acontecido desde la última reunión cabildalicia, más de tres meses, y si Bencomo había remitido al Consejo de Regencia, tal como amenazó, el oficio de 10 de febrero firmado por los tres capitulares presen-tes en Las Palmas, además de indagar quién lo trasladó y el agente que lo hizo. La reunión general de 16 de marzo de 1812 reprobó todos los acuerdos tomados por los tres capitulares reunidos en Las Palmas, negándose la acusación de responsabilidad en la de-jación de funciones por los capitulares huidos, ausentes o re-fugiados en el campo «pues, que no teniendo el oficio de cura animarum y mediando el interéz de la religión y de la patria, únicos motivos que podían obligarles a permanecer en ella, aún con peligro de sus vidas, usaron del derecho natural de conservarlas para que no se disminuyese en adelante el culto divino», siguiendo la constante de dicho Cabildo en que «en tales casos han acordado siempre pudiesen sus yndividuos retirarse de la ciudad a los lugares sanos de esta ysla, y aún a qualquiera otro de los demás dentro del obispado». La próxi-ma vez, continuaban los prebendados, debía seguirse el ejem-plo de los capitulares de Sevilla en la época de la epidemia de landres o de San Agustín de Hipona, cuando echó en suer-te a quien debía tocarle estar y asistir a los enfermos, «inclu-sos los ausentes, quienes si les hubiese tocado a algunos la de venir a asistir a los enfermos hubieran expuesto con gusto sus vidas en cumplimiento de los deberes, que en circunstancias tan apuradas les prescriben el ministerio sacerdotal y la cari-dad cristiana». El Cabildo alegaba que sus miembros se mar-charon de la ciudad en el último momento, pues todos, inclui-da la población, no creían que fuera una epidemia y «pasaba por reboltoso el que entonces hablaba de peste» e, incluso, los capitulares desengañados por lo que estaban viendo temieron salir de la ciudad por «lebantar contra sí el grito del pueblo y, a caso, un tumulto si llamaban a cabildo para acordar la sali-da de los que quisiere», aunque se pudo efectuar la salida y no dejar detrás ningún prebendado, ya que el culto en la Ca-tedral e iglesia del Sagrario estaba cubierto por los dos cu-ras y sus tenientes. Sólo si hubieran muerto todos los clé- PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 242 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 20 rigos disponibles debían haber venido los prebendados a la ciudad 24. La conclusión final de esta reunión fue la de negar los acuer-dos de los cabildos realizados en Las Palmas y la comunica-ción de Bencomo al monarca, aunque elogiaban el sacrificio inútil que realizaron quedándose en la ciudad. Cabral, el único asistente a este cabildo de los tres que se quedaron en la sede cabildalicia, se retractó delante del Cabildo de todos sus votos y decisiones realizadas con sus otros dos compañeros, además de explicar que en esos momentos votó conjuntamente con Bencomo y Albertos para «evitar disgustos» con ellos pues le habían «dado muchos por no convenir en algunas cosas con su modo de pensar». El Cabildo escribió una larga misiva al Go-bierno Central sobre lo sucedido y a sus dos agentes ante éste, para que desaprobaran y evitaran posibles castigos ante el desaforado memorial de Bencomo, lo que lograron, además de obtener del Consejo de Regencia la posibilidad de trasladar a Telde la sede del Cabildo e interinamente la Catedral en caso de nuevas emergencias, siempre que se elaborara un plan ade-cuado para realizar tales operaciones 25. Tras tener constancia de esta resolución se conminó al obispo Verdugo a que escribiera a los beneficiados de Telde sobre las nuevas propuestas del Cabildo en caso de rebrote epidémico y la posibilidad de un traslado general, si lo per-mitía en Consejo de Regencia, de la sede cabildalicia y Cate-dral a ese lugar. Los capitulares pedían pronta contestación a ambos escritos, pues en mayo de 1812 la Junta de Sanidad volvía a publicar un bando para que salieran de la ciudad o tomaran las medidas adecuadas los vecinos «que no hubiesen padesido el contagio de la fiebre amarilla» 26. La alarma au-mentó cuando el 18 de mayo se localizó a un vecino con los síntomas, para cuyo reconocimiento e información el Cabildo envió al doctor Nicolás Negrín, dándolo el médico como sos-pechoso de portar la enfermedad. 24 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 16-3-1812. 25 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomos LXIV y LXV. Acuerdos de 10-2 y 16-3-1812. 26 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo de 13-5-1812. Núm. 48 (2002) 243 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 21 Al unísono, ante lo perentorio de la situación, el Cabildo nombraba una comisión formada por el arcediano Lugo, el tesorero Montesdeoca, al canónigo Fernández Abad y el doc-toral Afonso para realizara un proyecto de evacuación urgen-te a Telde de la Contaduría, culto catedralicio y sede cabilda-licia. El 20 de mayo el plan se daba a conocer al resto de los componentes del Cabildo, estructurándose en un total de 23 puntos. De ellos destacaban, entre otros: Si el Cabildo se desplazara a Telde, se debía nombrar una comisión extraordi-naria de 10 capitulares para trasladarse y conducir a la secre-taría y Contaduría con su personal y papeles, además de mantener el gobierno de la iglesia y administración de la cau-sa decimal; a los cabildo ordinarios, para su validación, de-bían concurrir, como mínimo, una dignidad, dos canónigos y dos racioneros, todos citados por el pertiguero o el que hi-ciera de tal en ese momento; se iría de manteo a los cabil-dos y no con ropas curales, mientras no llegara el caso de celebrar en Telde los santos oficios; las comisiones serían de 10 capitulares de los tres gremios; la Contaduría tendrá el mismo trabajo y horario que en Las Palmas, donde quedaría un oficial obligado a sacar el correo, dirigiendo a Telde las cartas y viceversa; se hará por la Contaduría una lista de pa-peles, libros, etc., llevados a Telde, encargándose los propios oficiales de colocarlos y guardarlos en cajas; los señores que permanecieran en Las Palmas cuidarán de todos los aspectos de los que se encarga el Cabildo pleno, y si no tienen perso-nal adecuado nombre interinos; la celebración de oficios di-vinos en Telde se haría sin capas para los cantores; los prebendados estantes en Las Palmas «tengan obligación de reçidir allí los que se quedasen en la ciudad», salvo los enfer-mos; no se dejaría de hacer misa cantada en la ciudad con diácono y subdiácono, y si faltaba un capitular lo sustituyera un capellán real o un sacerdote; a todos los que fueran a Telde se les adelantaría un tercio de sus salarios para su sus-tento, alojamiento, etc. El arcediano Lugo, el tesorero Mon-tesdeoca, el doctoral Afonso y los racioneros Cabral, Castillo y Porlier serían la comisión encargada del posible traslado a Telde. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 244 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 22 El obispo Verdugo aprobó dicho plan el 22 de mayo de 1812, siempre que retornara con virulencia la epidemia, tras lo que el Cabildo comenzó a enviar ornamentos y cajas de papeles a Telde sin esperar la resolución del Consejo de Re-gencia. Esta se obtuvo el 14 de mayo, aunque la noticia de su aprobación sólo se recibió en Las Palmas el 29 de ese mes a través del diputado en Cortes don Fernando Llarena 27. 6. EL CABILDO CATEDRAL EN TELDE. LA CONTINUIDAD DE UN CONFLICTO El rebrote de la epidemia en la primavera de 1812 llevó al Cabildo a poner en marcha la primera fase del plan de eva-cuación, enviando a Telde los ornamentos y objetos menos imprescindibles, al mismo tiempo que daban a todos los mi-nistros un adelanto de un tercio de sus salarios para la com-pra de alimentos y poder alquilar viviendas en dicho lugar, si en último término se tomaba la decisión. Tras el agravamien-to de la situación, el Cabildo dispuso el envío a Telde de los papeles económicos el jueves 11 de junio, cerrándose con lla-ve a partir de ese día la Contaduría en Las Palmas y comen-zando su labor en aquella localidad el 18 de junio. El traslado de los documentos se hizo tras la elaboración de la lista de todos los legajos y actas que debía entregarse al presidente del Cabildo para su posterior control y recuento. La documen-tación, bolsa económica de la Mesa Capitular y los demás fon-dos custodiados por los prebendados irían en carros acompa-ñadas por los tres capitulares llaveros, dos contadores, dos oficiales, cuatro soldados y un cabo, estos últimos para evitar posibles asaltos de malhechores por el camino. En Telde se entregaría la carga a los llaveros y a otros dos capitulares re-sidentes ya allí, a donde debía llegar la comisión de capitula- 27 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo de 29-5-1812. Después de tres votaciones, los diez capitulares elegidos para pasar a Telde fueron el arcediano Lugo, el tesorero Montesdeoca, los canónigos Abad, Ramírez, el doctoral y el magistral, y los racioneros Castillo, Hernández, Cabral y Porlier. Núm. 48 (2002) 245 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 23 res en 18 de ese mismo mes28. Aún hasta el 19 de junio se celebraron misas por los prebendados en la Catedral, aunque sólo la llamada «cantada», mientras se establecían el resto de misas, horas, vigilias, etc., en la parroquia de Telde, acuerdo en el que no votó el canónigo Albertos, ni por sí ni por el voto delegado de Bencomo 29. Así, entre el 20 de junio y el 15 de noviembre de 1812 el Cabildo tiene su sede de reunión en Telde, aunque la real orden oficial permitiendo su traslado se recibe por el obispo Verdugo el 27 de junio. El cura del Sa-grario Frías quedó a cargo del auxilio espiritual de la parro-quia de Las Palmas, aunque a éste, por temor al contagio, se le permitió salir de la ciudad, siempre que colocara en su puesto un interino. A Telde acudieron prontamente representantes del Ayunta-miento de Las Palmas solicitando préstamos monetarios para el abastecimiento del vecindario, el control de la epidemia y la lucha contra la plaga de cigarra que agostaba los campos insulares. Se le concedieron 1.020.000 maravedís, sacados del fondo de la universidad de La Laguna, en calidad de reinte-gro, pero sin poder cederle más al estar vacías el resto de bolsas de dinero 30. El canónico Santiago Bencomo, residente en Las Palmas como en la anterior ocasión, se opuso de forma vehemente al traslado de la sede cabildalicia y pronto demostró su desagra-do a través de una misiva dirigida a sus compañeros. En ella, además de quejarse de la situación, expresaba no saber cómo 28 Al sargento y a los dos soldados que custodiaban el dinero se les dieron órdenes de regresar a la ciudad para que pasaran el 2 de septiem-bre a Tenerife, pero, ante la súplica del Cabildo, se mantuvieron por el gobernador militar, don Simón Ascanio, hasta el final de la estancia de los capitulares en Telde, custodiando el posterior transporte de los caudales a Las Palmas. 29 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo de 11-6-1812. 30 El Cabildo el 15 de septiembre desestimó una súplica del alcalde de Las Palmas, don José de Quintana Llarena, que demandaba 3.750.000 maravedís para la compra de harina destinada al abastecimiento de los veci-nos. Los capitulares se negaron por no tener fondos en sus arcas y debér-seles por aquella entidad aún 4.080.000 maravedís de un préstamo anterior, véase A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo de 15-9-1812. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 246 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 24 actuar para el cumplimiento de las órdenes dejadas por el Cabildo, al retirarse sus compañeros sin determinar «qué ha-cer con el culto de forma pública y entendible por todos». Bencomo pedía órdenes al Cabildo pues, desde el 20 de ju-nio, sólo se había celebrado una misa diaria cantada, ya que los ministros se negaban a oficiar más, «lo que ha escandaliza-do a muchas personas, viendo tan desolado un templo desti-nado para la perpetua santificación del Señor, las que creen que esto ha sido dispuesto de intento en odio a la ciudad y, lo que es peor, en odio al culto del Señor», para evitar esto, él había resuelto pasar al Coro y rezar allí las horas acompa-ñado, aunque las más veces solo, como forma de evitar el es-cándalo general. Solicitaba al Cabildo mandara, junto a la celebración de mayor número de misas, el rezo diario de las horas canónicas, días clásicos, vísperas y tercias y en los sá-bados la celebración de la misa de Nuestra Señora, aunque nada se hizo para su remedio por la carencia de servidores. El Cabildo contesta despectivamente a Bencomo, al recordar-le que todo estaba previsto, que los ministros sólo estaban obligados a dicha misa y, si el canónico no conocía la situa-ción y mandatos, era por «una ignorancia voluntaria», reali-zando todos esos aspavientos por no residir en Las Palmas el resto del Cabildo. Los capitulares concluían su misiva recor-dando que el presunto odio a la ciudad de los eclesiásticos era falso y «solamente personas malignas, nada religiosas y pestes de la sociedad cristiana y civil, pueden proferir palabras tan atrevidas contra un cuerpo de sacerdotes notoriamente vene-méritos de la Yglesia y del Estado» 31. Un acontecimiento político excepcional acaeció mientras el Cabildo Catedral estaba en su sede interina de Telde, como fue la proclamación y la jura de la Constitución de Cádiz. El Co-mandante General remitió el 3 de agosto de 1812 tres ejem-plares de la nueva ley al Cabildo para su publicación y la celebración de un juramento público de las autoridades, seña-lándose para tal celebración por los capitulares el día 8 de agosto en Telde, en las horas de la mañana, después de la hora 31 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo 7-7-1812. Núm. 48 (2002) 247 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 25 de Coro. Ese mismo día la acatarían por la tarde todos los miembros de la Contaduría y al día siguiente se celebraría, después de la hora de nona, una misa y «Te Deum» por la buena nueva y la implantación venturosa de la ley 32. La epi-demia no permitió a los prebendados residentes en Las Pal-mas —el sector más opuesto al traslado del Cabildo de sede y el de carácter más conservado y absolutista, caso de los canó-nigos Briñes, Armas, Bencomo y Fernández y el racionero Albertos, salvo el doctoral Afonso— a asistir a la reunión ex-traordinaria convocada para el 8 de agosto de 1812 en Telde, donde se debía jurar la Constitución, aportando todos ellos vagas excusas para no ir. Incluso, el Cabildo debió enviar a Las Palmas a uno de sus miembros refugiados en Telde, el racio-nero Porlier, para predicar el exhorto el día de la Constitución, seguramente porque ninguno de los presentes en Las Palmas deseó hacerlo, ante la actitud del cura Juan de Frías de no celebrar la misa de «Te Deum» si no participaba él en la elaboración y proclamación de dicho exhorto, ante lo cual Porlier se ofreció a realizarlo y de este modo «cortar etique-tas sacadas tan mal a propósito y las miras de intriga que encierra este asunto» 33. La fisura en el Cabildo queda de ma-nifiesto cuando los presentes en Telde acuerdan que no gana-ran sus compañeros de Las Palmas las rentas de aniversa-rios ni distribuciones, pues sólo asistían a una misa cantada diaria 34. 32 El Ayuntamiento de Gran Canaria pidió al Cabildo dos carga de nieve para el refresco y ágape en la celebración de tal día, la cual se le concedió. El 6 de agosto el Corregidor convidó a la jura del Ayuntamiento a los prebendados y solicitó permiso para tomar los músicos de la Cate-dral, que tendrían como misión tocar en la conmemoración y fiesta de la solemne fecha el domingo por la noche. Los músicos también asistirían a la función de juramento en la Catedral el lunes siguiente. Pese a la resis-tencia inicial del Cabildo a ceder a sus ministriles, decían que eran nece-sarios en Telde para ese mismo lunes celebrar el día de San Lorenzo, al final decidieron enviar a varios de ellos como Agustín José de Betancurt, Manuel Fragoso y alguno más. El acatamiento constitucional de las autori-dades civiles se celebró en la Catedral con todo boato y, por primera vez, sin la secular presencia de los prebendados. 33 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo de 9-8-1812. 34 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdos de 7-7 y 14-8-1812. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 248 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 26 El 6 de noviembre de 1812 la Junta de Sanidad expedía un bando anunciando la ausencia de casos de fiebre amarilla en la ciudad entre el verano y el otoño, además de dar permiso desde el día 12 al tránsito de todos los vecinos y las mercan-cías. Ese mismo día, se encargó al arcediano Lugo y los racioneros Castro y Porlier comenzaran a organizar el trasla-do de regreso a Las Palmas. Así, los oficios divinos conclu-yeron en la iglesia de San Juan de Telde el día 13 de noviem-bre y comenzaron otra vez en la Catedral de Las Palmas el 14, en cambio, la Contaduría cesó sus tareas el 10 y empezaron a ejercer su cometido en la ciudad el lunes 16. El Cabildo participó en un oficio de despedida y agradeció en él a los beneficiados de Telde su colaboración, además se le donó a la población un reloj que sirviera de campana, bueno «para los actos de religión como para los trabajos de la agricultura y gobierno general de todo el pueblo» 35. 7. UN EPÍLOGO TUMULTUOSO La situación de crispación en el Cabildo continuó y se aumentaron las diferencias entre el sector más conservador y divisionista, encabezado por Santiago Bencomo, y los que pre-tendían un Cabildo Catedral más conciliador, constitucionalista y antidivisionista representado, entre otros por el doctoral Afonso. Tras el advenimiento de Fernando VII y la abolición de la Constitución el peso de la facción filoabsolutista en el seno del Cabildo Catedral aumentó, no sólo cuando Santiago Bencomo accedió a cargo de deán en 1814 sino tras dársele posesión de la chantría del Cabildo a su hermano, Pedro José Bencomo, el 12 de enero de 1815, todo ello auspiciado por los servicios y defensa de los principales presupuestos de la cau- 35 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo de 7-11-1812. El precio de éste debía obtenerse de los fondos del hacinamiento de La Orotava, sin necesidad de traer la campana, pues la había, siendo su costo total de 255.000 maravedís. El acarreteo corría de cuenta del Cabildo y se debía tener presente que con el reloj trajera las instrucciones del artífice para montarlo. Núm. 48 (2002) 249 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 27 sa fernandina y, lógicamente, por las importantes influencias, independientemente de la valía de ambos, de su hermano Cris-tóbal Bencomo, confesor real y posterior miembro del Conse-jo y Cámara de Castilla. Tales valedores y mediaciones fueron usadas por el grupo de poder insular tinerfeño para plantear una cuestión pendiente desde hacia bastante tiempo, como era la división del obispado, único modo de controlar una sustan-cial parte de capitales regionales y una vía para alcanzar un puesto de mayor rango sociopolítico frente a sus opositores de Gran Canaria. El deseo divisorio volvió a ser expuesto en el Cabildo de 1 de abril de 1815 por el escribano de la Real Audiencia Tomás Oramas, el cual informó al Cabildo de cómo algunos diputa-dos en la Corte deseaban erigir un obispado en Tenerife for-mado por las islas de La Palma, El Hierro, la Gomera y Tenerife. También daba cuenta de la comisión dada por la Cámara Real a la Real Audiencia de Canarias para la elabo-ración de un informe general sobre la cuestión. La real orden se había evacuado el 29 de junio de 1814 por las Cortes de Cádiz a instancia de un requerimiento fechado el 6 de sep-tiembre de 1813 por los diputados canarios don Fernando de Llarena y Franchy, don Antonio José Ruiz de Padrón y San-tiago Key y Muñoz. El alegato se fundamentaba en temas como la ausencia de visitas ad limina a las islas de los obis-pos «tan recomendada por los sagrados cánones, apenas se verifica cada diez o doce años, a causa de lo tempestuoso de aquellos mares», situación ya conocida y empleada en muchas ocasiones en los escritos de obispos y prebendados para soli-citar mejoras y dádivas a la Corte, aunque pedían los citado diputados se dilatara toda división hasta el cese o fallecimien-to del obispo Manuel Verdugo, titular de la diócesis en ese momento36. El alegato de los diputados se realizó en las Cor- 36 En la Península, en casi todas las diócesis se producen demoras en la realización de las visitas del prelado. En Cartagena, antes de las efec-tuadas en el siglo XVIII, no se había visitado por los obispos su territorio en 170 años, sucediendo los mismo en Córdoba. A. CÁNOVAS BOTIA, Auge y decadencia de una institución eclesial: El Cabildo Catedral de Murcia en el siglo XVIII. Iglesia y Sociedad, Murcia, 1994; R. VÁZQUEZ LESMES, Córdoba y su cabildo catedralicio en la modernidad, Córdoba, 1987. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 250 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 28 tes de Cádiz y hacía hincapié en las reivindicaciones de las islas occidentales esgrimidas desde tiempo atrás 37. Tras la representación en la Cámara de los diputados ca-narios, ésta el 1 de agosto de ese año aprobó comisionar al regente de la Real Audiencia de Canarias para comenzar a realizar un expediente y representación sobre la diócesis y su posible división al Consejo de Estado, siendo comunicada la orden al susodicho el 21 de octubre de 1814 38. El Cabildo reacciona rápidamente a todos estos movimien-tos de división de la diócesis y crea una comisión de valoració-n el 5 de abril compuesta por el maestrescuela Arbelo, el doc-toral Afonso y el racionero Albertos 39. Pero la junta, por causas técnicas, no presentó el oficio demandado, quizá por las tiranteces en el seno del Cabildo entre los que se negaban y los que querían tal división, y se produce un acuerdo el 19 de julio de 1815 donde el Cabildo reconoce que los obispos sólo han podido, en su mayoría, completar una sola visita a las islas por las distancias entre ellas y lo «áspero y peligroso de sus caminos», no pudiendo cumplir con el mandato del Concilio de Trento cuando disponía que los prelados visitaran todos los años o, en caso excepcional, cada dos su diócesis 40. La situación llevó a los fieles a estar sin «oír la voz de su pri- 37 M. F. NÚÑEZ MUÑOZ, «La Diócesis de Tenerife. Apuntes para su his-toria. De los orígenes hasta su restablecimiento definitivo», en Revista de Historia Canaria, tomos XXXVI-XXXVII, pp. 33-72 y 121-154, La Lagu-na, 1978. 38 M. F. NÚÑEZ MUÑOZ, arts. cits. 39 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXVI. 40 J. DE VIERA Y CLAVIJO, op. cit.; F. CABALLERO MÚJICA, Canarias ha-cia..., op. cit.; J. SÁNCHEZ HERRERO-M. LÓPEZ BAHAMONDE, «La visita ad limina del obispo de Canarias don Fernando Suárez de Figueroa, 1590», en Homenaje a Manuela Marrero, tomo II, pp. 577-592, La Laguna, 1993; J. SÁNCHEZ HERRERO, «Las visitas ad limina apostolorum de los obispos de Canarias: Fray Juan de Guzmán, OFM (1622-1627) y Cristóbal de la Cá-mara y Murga (1627-1635)»; del mismo autor, «La diócesis de Canarias a través de las visitas ad limina. Siglo XVII» y «La diócesis de Canarias a tra-vés de las visitas ad limina. Siglo XVII (segunda parte)», todos los artículos en X, XI y XIII Coloquios de Historia Canario-Americana, tomo II, pp. 462- 480, y tomo II, pp. 515-556, Madrid, 1994, 1996 y 1998 (este último en prensa). Núm. 48 (2002) 251 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 29 mero pastor, diez, quince, veinte o más años que los manda-tos que se dexan en las yslas para el mejor decoro del culto o no se executan o se olvidan, sabiendo que el prelado que los dictó no ha de volver a residenciar su observancia. Que muchos de los fieles van a recibir el sacramento de la confir-mación al mismo tiempo que sus hijos, a causa de tan dilata-do tiempo que se pasa sin presentarse su obispo a adminis-trarlo, y últimamente que los pobres de las demás yslas sólo disfrutan del beneficio de las limosnas del obispado quando los señores obispos van a executar sus visitas». El Cabildo veía con preocupación la división de la diócesis, pues Gran Cana-ria, Fuerteventura y Lanzarote formarían un obispado donde las dos últimas «en cada cinco años sólo dan una cosecha re-gular, otra mediana y las demás casi estériles». Se pedía se dividiera formando una masa con el total del diezmo y se repartiera por iguales partes a la mitad. Los partidarios de la división fueron el deán Santiago Bencomo, el arcediano de Canaria Lugo, el tesorero Montesdeoca, los canónigos Abad, Afonso, y Fernández y los racioneros Albertos, Castillo, Abreu, Cabral y Cuevas, casi todos ellos nacidos en las islas occiden-tales del Archipiélago 41. Este acuerdo fue recurrido por varios prebendados al no estar presentes a la hora de la votación y, quizá a través de la influencia de dichos capitulares o por sus propios intereses, por el propio Ayuntamiento de Gran Canaria, el cual solicitó en mayo de 1816 se le diera atestado de los estatutos sobre las convocatorias en los asuntos más graves, testimonio de los avisos entregados por el pertiguero del Cabildo a los señores que estaban ausentes y cómo se obligó a acudir a los capitu-lares comensales del obispo y jubilados para apoyar la pro-puesta del deán Bencomo, a cambio de la promesa de la pro-visión de los puestos vacantes en el futuro Cabildo. De forma sorpresiva, los capitulares, seguramente los más cercanos a la propuesta de evitar la división, accedieron a la intervención del Ayuntamiento «por ceder esto en beneficio de esta Santa 41 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXVI, Acuerdo de 19-7-1815. Ya el 26 de julio del arcediano de Tenerife, Cristóbal Betancurt protestaba de tal decisión, al no habérsele llamado para el acuerdo. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 252 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 30 Yglesia», a lo cual se negó el chantre Pedro Bencomo, esgri-miendo lo alegado en numerosas ocasiones anteriores por el Cabildo de no entregar certificados de sus acuerdos a otra institución o particular, salvo por mandato real. Una nueva reunión de los prebendados al día siguiente desautorizaba las órdenes emanadas del Ayuntamiento y su mandato de convocar a los ausentes o enfermos a nueva re-unión. Aunque la polémica interna se mantuvo, pues los miembros que votaron el 19 de julio mantenían que la convo-catoria se había ajustado al estatuto y hora, mientras los ca-pitulares oponentes lo negaban, al ser realizada la reunión sin contar con los miembros más enconados contra la propues-tas, y recurrían a la Real Cámara el 26 de agosto de 1815. El arcediano Lugo, apoyado por los racioneros Albertos y Porlier, contradijo en sucesivas reuniones el intento de eliminar los acuerdos del citado cabildo, al ser aquél «legítimo y al que no se puede atribuir nulidad, según los estatutos y costumbres de esta santa Yglesia», constando su votación en el informe rea-lizado por el regente. Los tres eclesiásticos solicitaban no se revocara por el propio prestigio de la institución, la tradicio-nal toma de decisiones inapelables y en base a los propios estatutos. La fracción opuesta planteaba que las votaciones posteriores sobre el asunto significaron su nulidad, porque ningún acuerdo era irreformable, todos los votantes podían enmendar su opinión y no existían los mínimos requisitos en la convocatoria de reunión del 19 de julio. En junio de ese año se volvió a retomar el tema con nue-vas apelaciones, para evitar su revocación por parte del Arce-diano de Canaria o el racionero García. El Cabildo, mediante votación secreta volvió a invalidar la decisión de la citada re-unión al tacharla de faltarle madurez y reflexión, además de no convocarse a los capitulares ausentes y mediar intereses de miembros del Cabildo, como se comprobaba por «las gestio-nes practicadas por el señor deán en la protesta del señor ar-cediano Betancor, ya imponiéndole silencio ya impidiendo la discución sobre ella misma, por mal formada que estubiera quando estaba conocida su intención, ya finalmente leban-tando el Cabildo y no dando lugar en los siguientes a que se Núm. 48 (2002) 253 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 31 volviese a tratar este asunto, manifiesta bastantemente los jus-tos fundamentos que tenían para temer que si entraba en discución se revocase como se ha revocado». Algunos de lo capitulares recurrieron tal votación al no poder manifestar sus ideas y presionarlos con gran autoridad el deán Bencomo, por lo cual no respetó, según el parecer de los reunidos en junio, el espíritu de la real orden para que se expusiera libremente los deseos del Cabildo. El deán incumplió con otras normas, como fueron la de no presentar el informe enviado por la co-misión de capitulares al rey en el Cabildo y plantear su re-misión a la Corte en una reunión extraordinaria en el Aguila —atril situado en la Catedral donde se congregaban los pre-bendados sólo para recibir noticias de alguna comunicación de menor rango recibida ese día en el Cabildo— prohibidas para asuntos tan importantes. También los prebendados opositores recurrían las cantidades aportadas como ejemplificadoras de las rentas decimales pertenecientes a la Mesa Capitular y a la gruesa de las prebendas de sus miembros, acusándose al deán de violentar la Contaduría para realizar trabajos extras cuan-do no tenía facultad para ello. Además, le había solicitado a los contadores informes sobre determinadas partidas, como la barrilla, y se había presentado como parte en el expediente divisionario, no siendo extraña esta actitud a los reunidos, pues el deán Bencomo, «como la mayor parte de los que as-piran a la división, son de la ysla de Tenerife y dicho señor, siendo beneficiado de la ciudad de La Laguna, pretendió se estableciese allí una colegiata, y aún insignuó éste ser su dic-tamen en el primer Cabildo en que trató de este asunto deci-diéndose después por la absoluta división». El Cabildo no veía una razón de peso en que los obispos no visitaran las islas de forma anual, pues los arribados al Archipiélago «miran este primer obispado como escala para ser trasladados después de estar en ella cinco o seis años, pre-textos de salud y otros motivos de congruencia les sirven de causales para su traslación», siendo muy pocos los que han visitado las islas una vez y ninguno en cada año, lo cual con-tinuará si se separaban las cuatro islas occidentales, porque no iba a cambiar ni la tendencia de estos ni la orografía del PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 254 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 32 terreno. El remedio esgrimido por el Cabildo era la creación de un obispo auxiliar o dos visitadores de la confianza del obispo titular, con su correspondiente dotación, pues esa reali-dad es mucho más activa e importante que «no estas visitas continuadas y con el aparato que acostumbra a hacerse mu-chas veces, causan más ruina y más perjuicio que edificación en lo temporal y espiritual de los fieles». A través de los nom-brados se llegaría a todos los lugares y se evitaría que la ma-yoría de los fieles nunca vean a su obispo o reciban la confir-mación, evitando, de paso, la multiplicación de prelados, pues esto «disminuye el decoro de la dignidad con la multiplicación de los individuos que la poseen». Si las visitas no se hacían a las islas occidentales por los obispos era debido a su fragosi-dad y la ausencia de caminos, alegando el Cabildo, que si de verdad fueran a visitarse «sería preciso establecer siete obis-pos verdaderamente apostólicos en cada ysla», proyecto trata-do de ridículo y despreciable. A la vez, desmentían que mu-chos quedaran sin confirmarse, porque los obispos no se establecieron en las islas sólo en sus capitales sino que reco-rrían siempre todos los lugares. Otras de las preguntas que se realizaba en esta sesión el Cabildo era cómo iba a influir el nuevo obispado en los pá-rrocos y sus congruas, según el plan de beneficios de 9 de junio de 1769 dictados por el Consejo Real. El Cabildo partía de la idea que una nueva Catedral y el fasto de un obispo in-fluiría en la dotación y ausencia de párrocos siendo, según los reunidos, este el mal del plan beneficial al estrellarse en ello «todos los deseos del gobierno en una diócesis en donde no hay beneficios simples, sino que es preciso dotarlos de la masa decimal, inútilmente hay un prelado quando no hay brazos que le auxilien y sólo encuentren pastores indotados», al per-judicar a la Fábrica Catedral las nuevas parroquias por sus mínimas cogruas. La división, continuaban, no se ajustaba al real decreto de 1 de febrero de 1815 donde se ordenaba la formación de planes beneficiales con dotación de párrocos, competente número de ministros, mejora en las funciones eclesiásticas y ornamentos, lo que hacía prácticamente utópi-co cumplir con el interés y dotación de parroquias, ya que se Núm. 48 (2002) 255 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 33 vería «un prelado envilecido y un cabildo miserable sin llenar las atribuciones de su ministerio». Un aspecto más a tener en cuenta, era el presunto peligro de rivalidad entre ambos obispados, pues se habían observa-do graves disputas entre el grupo de poder de Tenerife y Gran Canaria desde la cautividad de Fernando VII, al pedir los tinerfeños no sólo el obispado sino el traslado de la Real Au-diencia, crear un juez de las cuatro causas y proponer al rey como única casa diezmera los productos decimales de la isla, siendo «este el verdadero origen de esta solicitud y las provi-dencias del gobierno deben encaminarse a destruir estas riva-lidades populares que disminuyen la fuerza social y aniquilan la caridad cristiana, como que parten de una intención vicia-da y perversa». Finalmente, se criticaban los decenios de las rentas eclesiásticas entregados sin conocimiento del Cabildo al Consejo de Regencia por el deán Bencomo, calificados de exorbitantes si se comparaban con la subida del precio de los cereales a causa de la guerra, las reiteradas epidemias, infla-ción y otras causas. En ellos, las cifras obtenidas de las ren-tas de Fuerteventura y Lanzarote eran las de los años de bo-nanza, quedando en disminución en las épocas de recesión y cuando se erigieran sus parroquias. Si el rey se guiaba de los registros aportados por sus compañeros divisionistas para crear dos obispados, el antiguo quedaría «en subsistencia pre-caria con sólo los productos de esta ysla y la esperanza de una cosecha extraordinaria en los de Lanzarote y Fuerteventura». A todo ello se sumaban otros males: la división del obispa-do dispararía los gastos de representación, consumiendo los patrimonios de los pobres y parroquias; el detrimento de los donativos a la Corona, las tercias reales, el noveno, etc., al crecer el número de congruas; con respecto a la retardación de pleitos por existir un sólo obispado, el Cabildo pensaba que no era motivo para dividirse la diócesis por «la comodidad de treinta o quarenta litigantes»; a la alegación de la isla de Tenerife de que produce tres millones de reales de la causa decimal, la presencia en ella de un tercio de la población re-gional y la remisión de dinero a Gran Canaria es negada por los propios capitulares, al plantear que la mayoría de los PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 256 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 34 caudales destinados al rey y obispo —se recordaba el socorro de Tavira a los pobres de La Laguna con el empeño de su pla-ta y pectoral— quedaba allí e, incluso, las de los propios pre-bendados, además de tener presencia en ella el gobierno mili-tar y los órganos de la recaudación real; las necesidades de Tenerife debían compatibilizarse con otras áreas del Archipié-lago, caso de Lanzarote o Fuerteventura, con crónicas crisis al dar sus campos buen rendimiento sólo uno o dos años de cuarenta cosechas; etc. Tras este prolijo alegato en contra de la erección del nuevo obispado las posturas se mantuvieron irreconciliables entre ambos sectores de capitulares. El chantre Pedro Bencomo, el canónigo Pérez y el racionero Albertos protestaron todos los puntos, en especial defendiendo la actitud del deán Cristóbal Bencomo y el racionero Hernández, ausentes ya definitivamen-te en Tenerife hasta la división de la diócesis. Los prebendados votaron revocándose la decisión de julio de 1815 por 13 votos contra 4, a lo cual Albertos replicó llamando a sus contrarios la «parte menos sana» del Cabildo y negó la existencia de fun-damentos sólidos desde el derecho para la anulación de aquel acto 42. Las protestas arreciaron por parte del chantre, el cual alegaba ajustarse a derecho el acuerdo de julio de 1815 y es-tar en consonancia con lo demandado por el resto de los ve-cindarios de las islas. Tachaba al resto del Cabildo de apro-vecharse de la ausencia del deán en Tenerife para sacar adelante su propuesta. Pese a ello, de inmediato el Cabildo Catedral elaboró un recurso para elevarlo a la Cámara Real y anular la decisión de 19 de julio, deteniéndose, incluso, la salida de un barco desde Las Palmas con destino a la Península con la intención de que se trasladara en él rápidamente las diligencias. Los ayuntamientos de otras islas, salvo el de Gran Ca-naria, y la Real Audiencia estaban de acuerdo en la división, aunque el fiscal, pese a los datos que propiciaban la existen-cia de dos diócesis, no compartía la postura de los diputados canarios en la Corte, ya que estos procuraron «aumentar en 42 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXVII, Acuerdo de 7-6-1816. Núm. 48 (2002) 257 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 35 mucha parte más de lo que es devido varias razones en que apoyaron su pretensión, faltando en otras aviertamente a la verdad». Las graves acusaciones contra los representantes de las islas, no evitaban que reconociera la necesidad de crear dos obispados, por ser imposible que uno sólo pueda llevar adecuadamente su labor pastoral, por las causa alegadas ya en extenso. En todo caso, hasta nueva disposiciones, el fiscal pe-día se remediara el pasto espiritual en la diócesis con la crea-ción de un obispo auxiliar con sede en La Laguna, para no perder el actual obispo y Cabildo parte de las rentas, mante-nimiento del boato, suntuosidad de los edificios, etc., fomen-tándose un competente número de ministros y vicarios para las visitas y sin necesidad de duplicar los gastos. En base al citado informe, el 4 de abril de 1816 el monar-ca presentaba como obispo auxiliar de la diócesis de Canarias a don Vicente Linares, prelado de Dansara (Palestina), el cual se instaló en Tenerife el 12 de agosto de 1817, pasando dos días más tarde a La Laguna. La razón del nombramiento fue la precaria salud de Verdugo, fallecido el 27 de agosto de 1816, pero también la fuerte presión ejercida por el grupo de poder tinerfeño en la Corte, donde sus representantes logra-ron alcanzar la gracia real y transitoria de concederles un obis-po auxiliar con una dotación inicial de 5.000 ducados. El Ca-bildo Catedral acató la orden real y se limitó a otorgarle las facultades de tal función en sede vacante y cartearse pun-tualmente con Linares en los dos años y cuatro meses de su estancia en las islas. Fernando VII ordenó, tras el informe elaborado por la Cámara de Castilla de 5 de septiembre de 1818, se comenzara a negociar con la Santa Sede la erección del obispado de Tenerife, pues la creación momentánea de la figura de un obispo auxiliar no había aliviado las pretensio-nes de los tinerfeños. Este, además, se veía limitado por la fuerte oposición del Cabildo Catedral a su gestión y por los ataques del Ayuntamiento de Gran Canaria. Por carta del agente del Cabildo en Madrid, recibida el 5 de diciembre de 1818, éste comunicaba la evacuación de una bula papal fechada el 1 de febrero de 1818 que aprobaba la división del obispado de Canarias en dos diócesis. Dicha pri- PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 258 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 36 mera carta supuso una febril actividad en el seno del Cabildo, al intentar mandar desesperadamente todos los certificados solicitados desde la Corte sobre el valor de las prebendas, para, en última instancia, conseguir que sus rentas y las en-tradas habituales en el arca de la Fábrica Catedral no se re-bajaran 43. En la citada bula, Roma fijaba el 23 de noviembre de 1819 como el momento de la separación, siendo refrendada la fecha por un decreto del Consejo Real de 24 de marzo de 1819 y por una real cédula de 27 de agosto de 1819, que dis-ponía su ejecución. Finalmente, la separación se produce el 21 de diciembre de 1819, día en que se pasa orden a la Junta de Hacienda para la elaboración de las correspondientes liquida-ciones y arreglos de cuentas. Las rentas quedarían separadas desde la publicación del edicto en La Laguna, solicitándose testimonio de éste al comisionado regio para fijar los térmi-nos de la separación. El obispo auxiliar fue encargado por el rey mediante la real orden de 27 de agosto de 1819 para que supervisara la segregación de ambas catedrales y sus fondos económicos, aunque posteriormente fue exonerado de dicha labor por propia iniciativa. Desde diciembre de 1819 se suspendieron las distribucio-nes a todos los partícipes de los diezmos hasta nuevas órde-nes y se retardaron el pago de los recudimientos a los intere-sados, reservando los haberes de la Mesa Capitular y Fábrica Catedral en manos de los hacedores para hacer su prorrateo con arreglo al nuevo establecimiento de rentas. La Junta de Hacienda solicitaba el envío de todos los papeles del obispado canario depositados en la parroquia de la Concepción de La Laguna, además de disponer se comenzaran nuevos libros de reuniones de la Junta de Hacienda y reconocer al antiguo obispo auxiliar como comisionado pontificio y regio, al cual se le remitirían todos los papeles de los vecinos de la nueva diócesis que solicitaran edictos. La masa monetaria de la Mesa Capitular se ajustaría al nuevo reparto mandado por la bula, que pasaba de las 32,5 prebendas anteriores a 33,5 porciones, repartidas así: 6,8 % para el Deán; 3,7 % para el resto de 43 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXVIII, Acuerdo de 5-12-1818. Núm. 48 (2002) 259 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 37 dignidades; 3,0 % para cada uno de los canónigos; 2,2 % para cada racionero; y 1,5 % para los capellanes reales, añadiéndo-se el valor de media ración a las 33 prebendas del cuadrante, además de mantenerse los sobrevivientes y postmorten. Las cuotas de misas y vestuarios no sufrieron alteraciones, al es-tar determinadas por el trabajo de los propios prebendados, y se sostuvo el cuadrante de 50 maravedís día 44. También dentro del Cabildo se produjeron cambios en sus miembros. Los más favorables en los años anteriores a la di-visión vieron compensados sus esfuerzos con nombramientos en prebendas de la diócesis nivariense. El racionero Domingo Albertos pasó a desempeñar el cargo de tesorero —aunque murió el 7 de febrero de 1820 sin poder posesionarse—, el racionero Porlier ascendió a arcediano de La Palma, el canó-nigo Juan José Pérez tomo el cargo de chantre, Cristóbal Betancourt y Conde continuó de arcediano de Tenerife, como lo era ya en la diócesis de Canarias, y el chantre Pedro Bencomo desempeñó el cargo de deán en el recién creado Cabildo. Santiago Bencomo fue agraciado por el monarca con el grado de obispo de la diócesis de Astorga el 1 de octubre de 1817. En 21 de diciembre de 1819 se formó el Cabildo de Teneri-fe en la iglesia de los Remedios, su sede, con los cuatro miem-bros citados para hablar sobre sus recudimientos y divisiones de la masa decimal. Pese a las tiranteces iniciales, las relacio-nes entre ambos cabildos fueron desde el primer momento cordiales, pues a la muerte de un integrante de cualquiera de ellos, ambos realizaban las exequias de turno. A comienzos del 1820 se enviaron a Tenerife una copia de los estatutos deposi-tados en Las Palmas, para que los miembros del nuevo cabil-do se inspiraran en la elaboración de los de la nueva sede, y diversa documentación sobre asuntos de jurisdicciones 45. Las cordiales relaciones no evitaron que continuaran los ataques en la Corte de los prebendados de la diócesis cana-riense para anular el decreto de erección del obispado de Tenerife, sobre todo durante el Trienio Liberal en una lucha 44 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIX, Acuerdo de 3-1-1820. 45 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIX. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 260 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 38 que transcendía a ambos cabildos y se enquistaba en el pro-pio conflicto entre los grupos de poder del archipiélago 46. En mayo de 1820, los prebendados de Gran Canaria decían que las cuentas de la Mesa Capitular no cuadraban, ya que las aportaciones de las tres islas —Fuerteventura, Gran Canaria y Lanzarote— al Hacinamiento General no cubrían todos los gastos, excediendo los desembolsos a las entradas en 897.244 maravedís y el alcance total de las cuentas en aquel momento era ya de 1.388.900. El Cabildo, tras la entrada en vigor del régimen constitucio-nal, parece que se apoyó en el nuevo cambio político para tra-tar de que prosperara dicha reclamación, según se deduce de sus palabras, alegando que no pudo acusar antes «por no ha-llarse en la libertad para ello, a causa de las circunstancias que obraban en aquel tiempo». Se nombró para desplazarse a la Corte y tratar el asunto al magistral Juan de Frías, que trasladó un largo expediente de reclamación formado por el doctoral Afonso. A los contadores se les pidió realizaran unas cuentas exhaustivas desde la paga de San Juan de 1793 a la de Navidad de 1802 y otras desde los abonos de San Juan de 1813 en adelante para adjuntarlos al informe general del Cabildo. Así, el 8 de mayo los representan-tes del Cabildo Catedral —el doctoral Graciliano Afonso fue diputado regional en las Cortes en el bienio 1822-1823, lo que le supuso posteriormente, por su actitud liberal, notables sin-sabores— pasaban a denunciar en las Cortes la nulidad de la división del obispado, «pues se obró sin admitir la audiencia de este cuerpo para su debida substanciación, se formaron los quinquenios por aquellos años de mayor cosecha y en que mayor estimación tubieron los frutos para abultar las rentas que tomaban los partícipes en la causa decimal, no obrándose en esto como en otras cosas que se practicaron con aquella puresa y buena fe que era debida, y s�� sólo con pasión y aca-loramiento con otras razones que se han pulzado» 47. 46 M. F. NÚÑEZ MUÑOZ, arts. cits.; A. GUIMERÁ PERAZA, El Pleito Insular (1808-1936), Santa Cruz de Tenerife, 1976; del mismo autor, Los diputa-dos doceañistas canarios, Santa Cruz de Tenerife, 1976. 47 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIX. Núm. 48 (2002) 261 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 39 Los prebendados planteaban que Fernando VII accedió a la división en base a las cuentas del decenio transcurrido en-tre 1803 y 1812, pero que éstas debían ejecutarse según los datos aportados por el período que iba desde 1793 a 1802 y el quinquenio transcurrido entre 1815 y 1819, todos ellos con rentas inferiores al decenio ejemplificado en la división. En la década de 1803-1812 la canonjía libre tenía una renta de 1.511.454 maravedís y la pensionada con la décima para el fondo pío de 1.360.296,5, mientras que entre 1793-1802 la canonjía adquiría 1.086.392,5 maravedís. En el quinquenio de 1815 a 1819 la prebenda tomaba 1.093.440 y la pensionada 997.866, deducidas las cuotas a pagar al subsidio y excusado y a la orden de San Carlos. Incluso, al Cabildo se le plantea-ba una nueva problemática sobre las pensiones establecidas sobre la mitra pues éstas, evaluadas en 1820 en un total de 6.227.270 maravedís, no se sabía si debían continuar sobre la Mesa Episcopal de Las Palmas o afectaría a las dos 48. Los ale-gatos no sirvieron para variar la postura del monarca, que mantuvo la división del obispado además de perseguir toda oposición a su dictamen. CONCLUSIONES El Cabildo Catedral de Canarias experimentó en el tránsito entre los siglos XVIII y XIX una notable transformación de su papel socioeconómico regional, un evidente desequilibrio en su tradicional política de neutralidad frente al resto de las insti-tuciones y grupos, así como un considerable enfrentamiento interno, de carácter político, que nunca se había registrado de forma tan explícita en anteriores etapas. En el pasado el Ca- 48 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIX, Acuerdos de 8-5 13-9 y 14-10-1820. Las cargas sobre la mitra se dividían en: 109.820 maravedís a la Real Orden de San Carlos; 340.000 al Montepío; 374.000 al Seminario Conciliar; 37.400 al bibliotecario del Seminario; 112.200 al monasterio de la Concepción de Garachico; 124.950 a los niños expósitos de Las Palmas; 168.300 a los expósitos de La Laguna; 1.496.000 a la Universidad de La Laguna; y 3.464.600 a particulares. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 262 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 40 bildo Catedral se había significado por su poder ideológico, decisorio y económico en la región, lo cual le permitió ser uno de los principales interlocutores con el poder estatal. En este proceso el grupo de poderosos de la región había introduci-do, tras las primeras décadas de la colonización castellana, en la entidad a gran parte de sus candidatos mediante la presión ejercida en la Corte para que se eligieran a los miembros ade-cuados en las ternas presentadas o, en otros casos, como com-pensación a servicios prestados, etc. De esta manera, tácita-mente, el sector de poderosos logró controlar a través de sus familiares, miembros del clan representado o con clérigos de familias afines una entidad de gran importancia para sus in-tereses, no sólo por el volumen de riqueza que podía redistri-buir sino también por la potestad decisoria e influencia que ejercía sobre el resto del vecindario y ante los centros de po-der de la Corte. La citada situación se mantuvo durante gran parte del An-tiguo Régimen, pero a partir de la segunda mitad del setecien-tos, con una política regalista cada vez más notable y una laicización de la sociedad de mayor calado, el Cabildo Cate-dral no supo adaptarse a los nuevos procesos, aunque estos reducían a los clérigos a casi meros servidores de la Corona. Las líneas generales de la nueva política borbónica e ilustrada contemplaban al clero como adoctrinadores, instructores y guías de una población que debía instruirse, trabajar y produ-cir más en beneficio de la clase dirigente y, a través de ellos, del monarca. La Iglesia debía seguir la jerarquía impuesta por las normas trentinas y el Concordato de 1753, sometiéndose los prebendados del cabildo canario a su obispo y todos ellos a los designios del monarca, patrono real de la diócesis de Canarias desde 1486. Este nuevo panorama implicaba que las rentas de la Iglesia e, incluso, las alhajas de los templos fue-ran utilizadas en provecho de los proyectos ideados por los monarcas para financiarlos, sostenerlos o, en caso de quiebra, pagarlos, pues se elaboraban para reflotar la economía del reino que muchas veces, como los vales reales, llevaron al despilfarro de un considerable número de capitales. En todo caso, la Iglesia y los Cabildos perdieron gran parte de sus Núm. 48 (2002) 263 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 41 riquezas tras la fuerte presión impositiva de los monarcas con la implantación de rentas como el noveno decimal, el fondo pío beneficial o los sucesivos donativos al rey para ayudarle en las diversas cuestiones de índole militar o civil planteadas (Guerra con la Francia revolucionaria o Gran Bretaña, crea-ción de la Universidad de La Laguna, del Seminario Conciliar). Así, el Cabildo Catedral en Canarias se encontró a comien-zos del siglo XIX empobrecido en sus rentas, con escaso crédi-to político ante el monarca, disminuido en su papel social y, ahora más que nunca, mediatizado por los grupos de poder insulares que trasladaron a su seno las diferencias existentes entre ellos. La política irrumpió en medio de una institución que deseaba y había defendido su papel de presunta neutrali-dad hasta ese momento, situación imposible de sostener aho-ra. Si en etapas anteriores el grupo de poder sólo había teni-do escasas fricciones internas gracias al buen funcionamiento de la complementaridad económica regional, la capacidad de captación de capitales foráneos o la presión sobre la propie-dad agraria, ahora, las diferencias con las crisis se agudizan, deseando todos sostener y captar un volumen mayor de ingre-sos de capitales mediante la ampliación de sus intereses más allá de su territorio tradicional para abarcar el control políti-co de toda o parte de la región. En ese momento, el conflicto se extendió a todas las instituciones, incidiendo con mayor virulencia en el seno del Cabildo Catedral, donde estaban representada mediante los prebendados las diversas tendencias de los sectores poderosos implicados en la lucha. A partir de esos momentos, sobre todo tras la crisis políti-ca de 1808-1810, el Cabildo Catedral no tuvo, en general, un control sobre los procesos sociopolíticos que le afectaban di-rectamente, caso de la división de la diócesis o sobre las nue-vas figuras institucionales creadas en los procesos constitucio-nales, y cualquier circunstancia interna era aprovechada por alguna de las facciones de prebendados para arremeter con-tra las otras. La politización del Cabildo supuso un malestar interno traducido en un abandono de ciertas funciones del culto, deterioro en las recaudaciones, ausencias prolongadas de algunos prebendados, caso del deán Santiago Bencomo, el PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 264 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 42 control y la denuncia entre los diversos miembros del Cabil-do filoabsolutista o filoconstitucionalista, los reiterados conflic-tos, etc. En general, el Cabildo Catedral sólo fue un reflejo de la sociedad de cada momento, si antes del siglo XIX los preben-dados disfrutaron de cierta capacidad decisoria y ascendencia social fue porque los grupos de poder insulares sólo intenta-ron crecer económica y políticamente en sus ámbitos insula-res tolerando y manipulando a la institución. Una vez alcan-zado este objetivo, algunos sectores del poder desearon convertirse en únicos referentes regionales aumentando la si-tuación en complejidad, crispación y lucha donde se vio impli-cado de lleno el Cabildo Catedral. La institución se dividió y fisuró, pues una parte siguió defendiendo las ideas que tradi-cionalmente había sostenido un sector del grupo de poder y el propio Cabildo mientras otras, amparada en una nueva le-gitimidad y estrategia sociopolítica, defendía lo contrario. Independientemente de cual triunfó, el Cabildo Catedral per-dió casi toda su influencia y crédito socioeconómico y políti-co, quedando reducido a una institución sometida a los dictá-menes de los prelados y, a través de ellos, de los monarcas pues a partir de estos momentos fueron gran parte de la centuria a remolque y, muchas veces, mediatizados por los acontecimientos políticos.
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Título y subtítulo | Reflejos de un conflicto eclesiástico : el traslado a Telde de la sede del Cabildo Catedral a comienzos del siglo XIX |
Autor principal | Quintana Andrés, Pedro C. |
Publicación fuente | Anuario de estudios atlánticos |
Numeración | Número 48 |
Sección | Historia eclesiástica |
Tipo de documento | Artículo |
Lugar de publicación | Madrid ; Las Palmas |
Editorial | Cabildo Insular de Gran Canaria |
Fecha | 2002 |
Páginas | p. 223-264 |
Materias | Iglesia Católica ; Historia ; Canarias |
Copyright | http://biblioteca.ulpgc.es/avisomdc |
Formato digital | |
Tamaño de archivo | 156444 Bytes |
Texto | Núm. 48 (2002) 223 68 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO: EL TRASLADO A TELDE DE LA SEDE DEL CABILDO CATEDRAL A COMIENZOS DEL SIGLO XIX P O R PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 1. INTRODUCCIÓN La crisis del Antiguo Régimen en Canarias tuvo unas con-secuencias funestas para la región, su estructura productiva y su organización sociopolítica, situación que influyó y repercutió en algunos aspectos de evidente trascendencia hasta fechas recientes. La recesión económica incidió drásticamente en la formación social regional y en la desarticulación de la estruc-tural complementaridad entre las islas, dando lugar a una no-table pauperización de las clases populares que veían incre-mentados sus efectivos de forma progresiva. El propio grupo de poder buscó alternativas para mantener y aumentar los in-gresos hasta ese momento detentados mediante el incremento de la presión sobre el campesinado, la acaparación de bienes inmuebles, fuera esta realizada de forma legal o no, etc. Ade-más se entró en una espiral de conflictividad entre los diversos sectores de los poderes insulares en su intento de convertirse cada uno de ellos en el grupo socieconómico predominante en la región y, a su vez, ser los únicos interlocutores políticos vá- PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 224 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 2 lidos con el Estado, tal como se observó con el tumultuoso li-tigio emprendido entre los poderosos de Gran Canaria y Tenerife durante el período de las juntas de 1808-1810 1. A esta élite sumida en un conflicto interno y atenazada por sus preocupaciones para mantener a toda costa sus ingresos económicos y predominio social pertenecían los miembros del Cabildo Catedral. En estas fechas los prebendados se encon-traban mediatizados por unas profundas contradicciones inter-nas, pues la politización de la vida social en las islas les afec-taba de manera directa, ya que muchos de sus componentes estaban unidos por lazos de sangre, filiales o económicos con parte de los miembros de los sectores del poder enfrentados. La crispación se había instalado en el seno del Cabildo en los años de 1808-1810 cuando, para evitar posibles consecuencias de funestos resultados, habían renunciado sus integrantes a apoyar explícitamente a cualquiera de los grupos de poder de Tenerife o Gran Canaria. Pero ello no evitó una profunda fi-sura y crisis política en el Cabildo entre los partidarios de las posturas enfrentadas que, con posterioridad, se transformaron en enfrentamientos entre eclesiásticos con ideas absolutistas y liberales o entre favorables o no a la división de la diócesis, último peldaño alcanzado por la controversia entre los pre-bendados. También el Cabildo Catedral se encontraba sojuz-gado por una grave crisis económica, organizativa, ideológica, social y de autoridad en una etapa donde las transformaciones generales habían minado los sólidos basamentos eclesiásticos que, en fases pretéritas los habían encumbrado hasta llegar a convertirse en uno de los máximos representantes del poder real en la región. La caída de las rentas de los diezmos, la intervención real en las finanzas del clero, la multiplicación de contribuciones, la creciente laicización y anticlericarismo de la sociedad, la falta de alternativas pastorales al socorro espiri- 1 B. BONNET Y REVERÓN, La Junta Suprema de Canarias, Santa Cruz de Tenerife, 1981; M. GUIMERÁ PERAZA, El Pleito Insular (1808-1936), San-ta Cruz de Tenerife, 1976; A. MILLARES CANTERO, «1810: ¿Conspiración se-paratista en Las Palmas? Propuesta de reinterpretación sobre el “trienio detonante” del pleito insular decimonónico», en Revista de Historia de Canarias, núm. 174, pp. 255-375, La Laguna, 1984-1986. Núm. 48 (2002) 225 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 3 tual de los fieles, el antagonismo estéril contra los proyectos ilustrados de reforma del clero emprendida por varios obispos (Venegas, Tavira, Verdugo) o el laberinto ideológico en que habían caído la mayoría de sus miembros, permitió manipu-lar a ciertos sectores de los poderes insulares, utilizar las opi-niones de la entidad y sus decisiones en beneficio de las pos-turas que defendían. La trayectoria del Cabildo Catedral de Canarias se inició a partir de su fundación oficial el 22 de mayo de 1483, cuando en Sevilla se realizaron sus primeros estatutos, donde estuvie-ron presentes para elaborarlos y dar fe, entre otros, el obispo de la diócesis Juan de Frías 2. El Cabildo Catedral en las islas existía como tal institución, en muchos casos sólo como mero recurso retórico, desde la fundación del obispado del Rubicón en la isla de Lanzarote, siendo su primer vicario, provisor y presidente el franciscano Jean Le Verrier 3. Después de Verrier apenas si se conocen miembros efectivos del Cabildo, en todo caso se reducirían a uno o dos, salvo el deán Juan Bermúdez que participó en 1478 en la conquista de Gran Canaria y pro-longó su mandato hasta 1496. Hasta la citada fecha de 1483 el resto de los componentes del capítulo, si los había, serían simplemente cargos honoríficos o sin plena jurisdicción en las islas. Tras la creación de la diócesis del Rubicón, los problemas para su funcionamiento debieron sucederse, quizá por las pro-pias características socioeconómicas y políticas de la isla don-de se ubicaba la sede, su virtual interinidad o las posibilida-des de acogida que propiciarían otras islas en plena etapa de conquista. Así, apenas transcurridas tres décadas del estable-cimiento de la diócesis del Rubicón se registran ya varias disposiciones papales para conceder el traslado de la sede obispal desde Lanzarote a la isla de Gran Canaria y, con ella, a la propia Catedral y su clero adjunto. Tales mandatos, como 2 A. MILLARES TORRES, Historia General de las Islas Canarias, tomo III, Las Palmas de Gran Canaria, 1977. 3 Le Canarien. Crónicas francesas de la conquista de Canarias, Santa Cruz de Tenerife, 1986; A. RUMEU DE ARMAS, El Obispado de Telde. Misio-neros mallorquines y catalanes en el Atlántico, Madrid, 1986. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 226 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 4 el del papa Eugenio IV datado el 25 de agosto de 1435 o el de Sixto IV el 29 de agosto de 1482 4, no fueron efectivos hasta la definitiva pacificación de Gran Canaria, el asentamiento de una sustancial población y, además, seguramente, tras diluci-darse su nuevo emplazamiento entre los núcleos de Gáldar, Telde o Las Palmas. El obispo, la Catedral y el Cabildo se instalaron en su nueva sede posiblemente el 20 de noviembre de 1485, aunque los prebendados ya habían elaborado sus primeros estatutos internos en el citado año de 1483 y quizá estaban emplazados con anterioridad en Las Palmas. Ni en los estatutos del citado año ni en el total de los 172 elaborados desde esas fechas y vigentes en 1636 se mencionaba una reso-lución sobre el lugar de ubicación de la sede cabildalicia ni una prohibición taxativa que impidiera la movilidad de su sede oficial desde Las Palmas a otro lugar de la isla o Archipiéla-go, ya que su localización en un primer momento fue un he-cho accidental y obligado por la reubicación y determinación del propio grupo de poder insular y no por decisión explícita de una jerarquía eclesiástica. De esta manera, los prebendados cabildalicios en Canarias seguirán las determinaciones esta-blecidas por la reforma gregoriana de los siglos XI-XII, cuando se obligaba y unía la corporación de clérigos formados por capitulares a una iglesia catedral concreta, para que éstos pudieran adquirir una personalidad jurídica propia respecto a otras instituciones eclesiásticas. Al igual que otros Cabildo peninsulares, los prebendados canarios no ocuparon y desempeñaron siempre sus tareas en su sede oficial e, incluso, en varios períodos debieron por fuer-za mayor desplazarse a otros núcleos de población de la isla en su intento de escapar de los ataques piráticos y las epide-mias. Hasta el comienzo del siglo XIX, estos traslados momen-táneos no tuvieron un carácter oficial y de proclamación de sede interina alternativa a la tradicional de Las Palmas. 4 J. DE VIERA Y CLAVIJO, Noticias de la Historia general de las Islas Ca-narias, Santa Cruz de Tenerife, 1980. Núm. 48 (2002) 227 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 5 2. LOS PRECEDENTES El primer intento de traslado momentáneo del Cabildo des-de Las Palmas a otros lugares de la isla se produce en el in-vierno de 1523, tras declararse en Gran Canaria una grave epidemia de peste. Los prebendados, un reducido número a causa de las reiteradas renuncias, permutas y prolongadas ausencias de varios de sus componentes, vieron con preocu-pación la extensión de la enfermedad por la ciudad y entre sus propios servidores, temiendo que les afectara y quedara el culto en la Catedral sin el debido servicio. El propio Cabildo denunciaba en febrero de ese año «que por todos los pecados quiere con sus (...) castigar esta ciubdad, según lo creen y parece por las muchas personas que en este pueblo an falle-sido y falleçen y las que pueden huyen y se van desta cib-dad » 5. La epidemia se prolongó durante varias semanas, inci-diendo sobre el número de prebendados y reuniones del Cabildo, el cual apenas se pudo convocar ante la falta de miembros que habían huido al campo o a la isla de Tenerife. Finalmente, no se llevó a cabo la intención de traslado hacia otra localidad al amortiguarse la epidemia, aunque otra vez en 1528 se vuelven a reproducir las mismas escenas de contra-dicción entre los capitulares tras un nuevo brote de la enfer-medad. En ese año los prebendados acordaron no celebrar más reuniones cabildalicias hasta que «la pestilençia no seje en esta ciudad y agora de nuevo torna a mudar», como única manera de «asegurar la salud e vida», para evitar temores y sólo se acudiera a las convocatorias cuando se avisara, per-diendo el no asistente la mitad de las distribuciones de las horas. Al que se había asentado en otro lugar de Gran Cana-ria se le permitía volver en quince días y si estaba en otra isla tendría de plazo hasta un mes, bajo pena de no ganar rentas si faltaban a los llamados 6. 5 ARCHIVO DEL CABILDO CATEDRAL DE LA DIÓCESIS DE CANARIAS, Actas del Cabildo, tomo I, Acuerdo de 23-2-1523. 6 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo I. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 228 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 6 Pero a estos dos períodos de epidemias que casi obligaron al Cabildo a evacuarse al completo fuera de Las Palmas, se sucedieron otros dos episodios de especial relevancia, singu-larizadores del tránsito entre los siglos XVI y XVII en Gran Ca-naria. Uno de ellos fue el ataque de la flota neerlandesa a Las Palmas a mando de almirante Van der Does, el cual se tradu-jo en el asalto y toma por las armas de la ciudad, la cual es-tuvo bajo el poder de los corsarios entre el 26 de junio y el 4 de julio de 1599. Antes del ataque y después de dar aviso del peligro las autoridades civiles, los capitulares habían enviado hacia Santa Brígida, Utiaca y Teror los ornamentos e imáge-nes de la Catedral y papeles del Cabildo, instalándose ellos mismos en esos pagos para escapar del fragor de la batalla. El Cabildo Catedral no se reunió oficialmente desde el 18 de junio hasta el 8 de noviembre de 1599, aunque si se realizaron acuerdos o encuentros entre sus integrantes durante este pe-ríodo no quedó ningún dato sobre los mismos ni existieron referencias a ellos en actas posteriores, quizá para evitar pro-clamar una sede cabildalicia interina durante este período por la posible conflictividad que podía ocasionar en una etapa de tanta emergencia. Lógicamente, los encuentros entre los capi-tulares se celebraron para concretar actos como las fiestas con cierto arraigo popular —Virgen del Pino, Día de difuntos—, decidir sobre aspectos como el remozamiento, reconstrucción, limpieza de la Catedral, de la sede cabildalicia o de las casas particulares de cada prebendado y de mantener la contabili-dad de las partidas diezmadas. Pero ningún acto tuvo rango oficial ni constó en acta alguna, ya que su celebración hubie-ra significado la titularidad interina del Cabildo y Catedral en el lugar de reunión. Los posteriores brotes de peste registrados en la ciudad desde 1601 hasta 1606 7 no influyeron en el cese de las reunio-nes del Cabildo, aunque el 22 de abril de 1602 los preben-dados informaban al obispo, Francisco Martínez, de que la ciudad «está muy apestada, los que enferman no escapan por-que no hay medicinas ni médico y los sirujanos se van mu- 7 A. ANAYA-A. ARROYO, «La Peste de 1601-1606 en las Islas Canarias», en Revista de Historia Canaria, núm. 174, pp. 175-202, La Laguna, 1984-1986. Núm. 48 (2002) 229 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 7 riendo, y en casi todas las casas de la ciudad ay contagio y en casa de los señores prebendados an caydo muchos enfermos, a cuya causa están muchos fuera de sus casas y otros en los campos y servidores del choro, monasillos, múçicos, capella-nes an muerto diez u doze personas, y apenas se pueden escusar de tratar con gentes apestadas por tener ya todas oca-sión desta enfermedad» 8. La epidemia incidió en el volumen de las reuniones de los prebendados y en el número de sus integrantes, contando muchas de ellas con 6 miembros de los 21 nombrados y obligados en ese momento, siendo ejemplo de ello el encuentro celebrado el 22 de abril cuando sólo asis-tieron el deán Francisco Mexía, el prior Ruiz de Salazar, el arcediano de Fuerteventura Bartolomé Polo y los canónigos Armas, Sarabia, Muñoz y Cairasco 9. Pero lo que no propició la grave epidemia, sí lo hizo la alarma de un nuevo asalto pirático a Las Palmas, que generó un sentimiento de inquietud generalizada entre los preben-dados y resto de vecinos. De inmediato, se mandó, como en otras muchas ocasiones, los ornamentos, dinero y papeles de la Catedral y el Cabildo al campo y varios prebendados se di-rigieron hacia diversas localidades fuera de Las Palmas para la búsqueda de refugio. Esta precipitada salida motivó que en el período comprendido entre el 31 de mayo de 1602 y el 24 de diciembre de ese año, por encontrarse el libro de actas fuera de Las Palmas, se anotaran los acuerdos de las reunio-nes en un cuadernillo aparte que, con posterioridad se fijó al libro oficial de registros de los cabildos. El posible asalto y el recrudecimiento de la epidemia de peste coadyuvó al incre-mento de las ausencias de los clérigos en las reuniones. La 8 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo IX, Acuerdo de 22-4-1602. 9 Además de éstos, el Cabildo Catedral se conformaba en dicho año por los racioneros: Antón Vega, Garci Gómez, Hernando del Castillo, Sal-vador Gil, Gabriel Núñez, Jerónimo Álvarez de Segura, Rodrigo de Betancor y Alonso Lezcano. Los canónigos eran: Pedro Espino, Juan de San Juan, Gonzalo Hernández de Medina y Juan Bautista Espino, además del arcediano de Tenerife, Fernando Díaz de Vera, el maestrescuela, Pedro Camino, ausente en la Península, y el chantre, Martín García de Cenice-ros, sobrino del obispo, quedando el resto de las plazas cabildalicias vacas en ese momento. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 230 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 8 situación de inasistencia de los prebendados se mantiene has-ta julio de 1602, cuando se declara el fin de la peste y se rea-lizaron procesiones y misas de gracias —se celebra una misa mayor, fiesta e iluminarias y se dispuso que la población se «regosixe con chirimías e músicos»—, con especial dedicación al Cristo de la ermita de la Vera Cruz de la ciudad. Tampoco en este año se encontraron los suficientes argumentos entre los prebendados para trasladar la sede cabildalicia a Teror o Santa Brígida, ya que los pocos miembros presentes en Las Palmas siguieron gestionando adecuadamente el culto, las ren-tas y las decisiones tomadas en este período, que en ningún caso fueron trascendentes para evitar posteriores litigios con los ausentes. En las épocas de epidemias y de alarmas de posibles ata-ques piráticos a Las Palmas era cuando menos podía el Cabil-do controlar las ausencias de sus miembros, ante el pavor a la enfermedades o muerte, el aislamiento forzoso de otros al contraer el mal o no querer regresar a la ciudad para no contagiarse. En ellas se planteaban dudas sobre el manteni-miento de las reuniones, los encuentros en otros lugares o la situación plateada en la ciudad respecto al culto. Ejemplo de esta situación fue el citado año de 1602, cuando en pleno apo-geo de la epidemia de peste en Las Palmas, el canónigo Juan de San Juan huyó de su casa y la ciudad al observar síntomas de la enfermedad en un familiar, lo cual participó al Cabildo mediante una carta, justificando su marcha, que no fue volun-taria, pues «por huir del peligro haçe la ausençia e protesta ganar su renta en todo el tienpo que estuviere ausente». Así, el miedo generado entre los capitulares provocó un gran descontrol en el seno del Cabildo, ya que a los capítulos de febrero de 1602 sólo asistieron ocho, acordando los reunidos obligar a los miembros estantes en la ciudad —canónigos Medina y Castillo y racionero Betancor— a que vinieran bajo pena de no ganar sus rentas, de la misma forma se mandaba una carta perentoria al arcediano de Tenerife comunicándole el fin de su ganancia, si no regresaba a servir en la Catedral en 20 días 10. Meses después, el agravamiento de la epidemia 10 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo IX, Acuerdos de 11 y 25-2-1602. Núm. 48 (2002) 231 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 9 dio motivo a mayores miedos y ausencias, así el capítulo del 22 de abril contaba con seis personas, a causa, según el canó-nigo Gaspar de Armas, que la ciudad «a muchos meses está apestada, que cuya causa a hecho muchas ausencias a el cam-po, porque no hay otro reparo en ella por no aver médico, ni aver medicinas y va pereçiendo la gente que está en la çiudad, e se sale por la misma ocasión, pues va tan adelante el mal que protesta ganar su renta, pues ay tan eminente peligro de la vida en ella». Pero todas estas vicisitudes no fueron causa suficiente para el traslado de la sede del Cabildo a otro pago de la isla, ni que los capitulares se reunieran en sesión plena para diluci-dar sobre cualquier tema. La «inmemorial» presencia de los capitulares en Las Palmas, la propia Catedral y su culto y el prestigio de los capitulares en mantener la tradición impidie-ron en todo momento el traslado de éste por causa mayor a otro cualquier lugar de la región hasta el siglo XIX. 3. LA EPIDEMIA DE FIEBRE AMARILLA DE 1811 De la misma intensidad mortífera e influencia psicológica sobre la población como las ya citadas fue el brote de fiebre amarilla declarado en Las Palmas en el verano de 1811 11, el cual provocó una elevada mortalidad en el vecindario y en el propio seno del Cabildo al segar en 20 días la vida de cinco capitulares, incidir en la fuga masiva de los vivos y en la ausencia de casi todos los ministriles del servicio de la Cate-dral. Las señales de alarma de un posible brote epidémico se habían recibido de la Junta de Sanidad de La Orotava, donde se instaló un cordón sanitario, y de la Junta de Sanidad de Cádiz, ciudad afectada gravemente por la fiebre amarilla. El comandante general de las islas, Duque del Parque, en cuaren- 11 Una relato pormenorizado de los sucesos y estragos de la fiebre amarilla sobre la población Guía, Las Palmas y Telde fue realizado por el médico J. DE SANTA CLARA, Memoria de lo ocurrido en esta isla de Gran Canaria con la invasión de fiebre amarilla en los años 1810-1811, Las Pal-mas de Gran Canaria, 1863. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 232 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 10 tena desde su arribo a Gran Canaria, mandó el 25 de di-ciembre de 1810 a prevenir todo lo necesario para impedir la entrada de enfermos en las islas y el Ayuntamiento de Gran Canaria pidió al Cabildo Catedral nombrara una diputación para, conjuntamente, ir a Teror y comenzar un novenario en el santuario de la Virgen del Pino como única intercesora de la población, a lo que pusieron inconvenientes los prebenda-dos por los numerosos litigios arrastrados contra los regidores. Las diversas medidas preventivas no evitaron la propaga-ción de la epidemia, que rápidamente se extendió entre la población, desnutrida y empobrecida, nombrando de inmedia-to el Cabildo Catedral a un teniente de cura y a un sacristán para que administrara los sacramentos, comuniones y extre-maunciones por la calle a los enfermos, con una sobrerenta diaria para el primero de 2.040 maravedís y la mitad para el segundo. El 4 de enero de 1811 el obispo Manuel Verdugo pedía, en voz de la Junta de Sanidad, se buscara un sustituto al teniente de cura nombrado, en ese momento enfermo, ya que era muy difícil encontrar eclesiástico en la ciudad, sólo quedaba como único cura en la parroquia Juan de Frías, por la huida masiva de estos. el prelado recordaba que si los en-fermos eran muchos y si «el ministro que hiciere la admi-nistración quedase degregado y de esto se siguiere falta de servicio correspondiente de la parroquialidad, el Cabildo pro-veerá el remedio nombrando en caso necesario un yndividuo suyo que supla por el degregado 12». Pronto el Ayuntamiento de Gran Canaria comenzó a solici-tar contribuciones a la Mesa Capitular a causa de sus graves carencias presupuestarias, la imposibilidad de sostener duran-te mucho tiempo un cordón sanitario adecuado y mantener los mínimos suministros de cereales a la población. El 19 de fe-brero el Cabildo contribuía con una ayuda de 153.000 mara-vedís, aunque sus limosnas no impidieron que lentamente la epidemia se extendiera por la ciudad, con especial virulencia durante los meses del verano de 1811, generando la súplica del Ayuntamiento y el clamor del vecindario que, para luchar 12 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 4-1-1811. Núm. 48 (2002) 233 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 11 contra el mal, deseaban se trajera desde Teror a la Virgen del Pino, como única taumaturga para conjurar la enfermedad, aunque el Cabildo, celoso de sus prerrogativas en estas fun-ciones, sólo accedió a su venida a partir del 19 de agosto. Por otro lado, el Corregidor, como presidente de la Junta de Sani-dad, daba datos alarmante de la situación de la epidemia de fiebre amarilla en la ciudad al estar los barrios de Triana y San Nicolás con un elevado número de enfermos por las ca-lles a causa, juzgaba, de su «miseria, malos alimentos, falta de aseo y asistencia de los enfermos», para cuyo socorro in-mediato el Cabildo le entregó otros 153.000 maravedís. Ade-más, los eclesiásticos a partir del 19 de agosto le notifican al teniente de cura Agustín Betancurt que pasara al barrio de San Nicolás y quedara allí «confinado y administrar los san-tos sacramentos a los enfermos» con la obligación de colocar en la ermita del lugar al Santísimo Sacramento y tener el edi-ficio con toda decencia 13. A su vez, se mandaban a fray Mau-ricio de San Felipe, carmelita, a administrar los sacramentos a los enfermos residentes en el hospital de Vegueta, mientras el provisional de Triana era adjudicado al teniente de cura Mariano Rodríguez 14. Incluso, por las mismas fechas, la propia Junta de Sanidad de la isla prohibió la celebración de los días de San Bernardo y San Agustín, patronos respectivamente de dos conventos de la ciudad, y ni «se dixese misa los días de fiesta en las ermi-tas estrechas con motivo de la enfermedad». A esta orden se añadió, para evitar el peso psicológico sobre los enfermos, los traumas en las familias y la pesadumbre general, se hicieran 13 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 19-8-1811. Betancurt era sustituto del cura Pedro Gordillo, dándosele un sueldo anual de 204.000 maravedís. 14 El Cabildo accede a una petición del Provisor del obispado que quería crear un hospital de convalecientes de Vegueta en el convento de San Agustín, pasando los regulares a residir, mientras durara la epidemia, al Seminario Conciliar, desocupado en esos días. Los capitulares acepta-ron con tal que se mantuviera el servicio de la parroquia del Sagrario en la iglesia del Seminario, hasta que se concluyera la nueva iglesia que se estaba construyendo, véase A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 2-9-1811. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 234 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 12 procesiones fúnebres o se tocaran las campanas para los ofi-cios y enterramientos. La llegada de la Virgen del Pino el sábado 24 de agosto se efectuó por la zona de la muralla norte de la ciudad, sirvien-do de hospicio de acogida la ermita de San Telmo, ante la imposibilidad de acceder por el barrio de San Nicolás a su ermita por estar «confinado el punto de baxada». La imagen venía acompañada por los tronos del Arcángel San Gabriel y San Roque, además de los tradicionales de San Juan de Arucas, San Lorenzo o Santa Brígida de La Vega. Pero el po-der de la Virgen para conjurar la enfermedad en esas fechas no fue suficiente, pues ésta arreció con gran fuerza a lo largo de todo ese verano y otoño. El Ayuntamiento, ante la gravedad y mortandad de la epi-demia —en la isla ocasionó más de 2.000 muertos, de ellos unos 300 fueron prisioneros franceses confinados en la ciu-dad 15—, recurre al Cabildo Catedral para solicitar nuevas con-tribuciones especiales y de socorro a la población, incapaces de ser cubiertas con otros 204.000 maravedís de limosnas en-tregados por los prebendados. El 2 de septiembre los regidores pedían se les hiciera un préstamo del fondo de la universidad de La Laguna, aún no creada, o cualquier otra cantidad disponible hasta un total de 11.730.000 maravedís para impe-dir la muerte por inanición de la mayoría del vecindario, con la garantía de que la corporación acudiría al gobierno de la nación para la aprobación de la partida. La demanda no fue correspondida por el Cabildo, al estar las arcas vacías, según los eclesiástico, por la demora de la llegada de la renta de los diezmos y el volumen de limosnas otorgadas a diversas enti-dades, todo sacado de sus arcas, además, tenían el temor por «el corto número de señores capitulares que existe en el día en la iglesia (5) carecen de algunos conocimientos necesarios del estado de los ramos de su administración, ni tampoco hay contaduría formal que dé las noticias» por las ausencias en el 15 A. MILLARES TORRES, op. cit.; F. M. DE LEÓN, Historia de las Islas Canarias (1776-1868), Santa Cruz de Tenerife, 1966; J. A. ÁLVAREZ RIXO, Cuadro histórico de estas Islas Canarias de 1808 a 1812, Las Palmas de Gran Canaria, 1955. Núm. 48 (2002) 235 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 13 campo de la mayoría de sus componentes, haciéndose un lla-mado general de residencia a los ministriles de la Catedral y a los capitulares 16. La notable mortalidad entre los vecinos de la ciudad y, especialmente, en el barrio de San Nicolás, se vio agravada por el desamparo eclesiástico en administrar los santos sacra-mentos, después afectar la enfermedad a teniente de cura Agustín Betancurt. La situación era muy desesperada por el galopante incremento de la mortalidad y las necesidades de la población, propiciando la dimensión de la catástrofe la crea-ción de una diputación civil de visita al Cabildo Catedral cu-yos componentes fueron el alcalde mayor, don Juan Bayle Obregón, el gobernador de armas, don Simón Ascanio, y el diputado Francisco Penichet 17. La propuesta presentada a los 16 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 2-9-1811. 17 Sólo a partir de la segunda mitad del siglo XIX se lograron realizar importantes avances contra los brotes de la fiebre amarilla y su incidencia en la población. Así, varios médicos asentados en las islas intentaron im-plantar diversos procedimientos foráneos contra esta epidemia destacan-do, entre otros, D. VÍCTOR PÉREZ, Sistema de aclimatación previa para evi-tar la fiebre amarilla o disminuir su intensidad, Santa Cruz de Tenerife, 1880. A este trabajo se sumó el del afamado médico PATRICIO DE LA GUAR-DIA, Método de curar la fiebre amarilla, Santa Cruz de Tenerife, 1871. En él mencionaba diversas estrategias para combatir tres tipos de manifestacio-nes febriles, según fuera su intensidad, algunas de ellas mediante métodos ciertamente drásticos. En las tres modalidades reseñadas el paciente de-bía ser sometido a una serie de lavativas para eliminar todas las impure-zas de su organismo. El líquido de cada edema estaría formado por dos cucharadas de miel de caña y una de aceite de oliva, bien batidas, cocina-das con malvas hasta formar un tristel regular. Al enfermos se le pondrían tantas lavativas como fueran necesario para la limpieza a fondo de los intestinos, siendo compuesto el último de los edemas sólo por malvas y unas gotas de aguardiente de caña. Al paciente, tras esta fase se le daría a tomar una pequeña taza de agua de borraja con unas gotas de una compo-sición especial para que sudara. El compuesto se realizaría a base de me-dia libra de espíritu de vino (35-40 grados), ocho granos de quinina y una onza de azahar. El paciente bebería sucesivas infusiones, cada cuatro ho-ras durante dos días, para que aumentara su temperatura y sudara, ade-más de abrigarse lo más posible. Trascurrido este tiempo y aliviado en su dolor, comenzaría a tomar caldo de pollo, pasando luego a ingerir carne de pollo o ternera asada y, sólo tras 15 días, comería algo de verdura. Si la fiebre era perniciosa, se haría el mismo proceso pero en las lavativas se PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 236 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 14 capitulares era que se les entregara un total de 10.200.000 maravedís para la compra de víveres e intentar atajar la enfermedad por el Ayuntamiento y la Junta de Sanidad. Las iniciales reticencias a dar cualquier cantidad por el Cabildo se suavizaron rápidamente, cuando la diputación los conminó y amenazó a que «se vería precisada a usar de los vigorosos medios que tiene a su arbitrio y exigue la salud pública por ser éste uno de los casos en que los magistrados se hallan autorisados para echar mano de qualquiera caudales en bene-ficio de la humanidad». La contundente respuesta de la autori-dad civil —nunca los regidores o sus representantes se habían mostrado tan poco comedidos en sus propuestas al Cabildo, señal de la debilidad en esos momentos de los capitulares—, llevó a los prebendados a dictar órdenes a los contadores para que revisaran las arcas y se cuantificara sus contenidos. En el arca de la universidad de La Laguna gestionada por los capi-tulares se hallaron un total de 4.409.805 maravedís y en la del noveno extraordinario, las dos únicas con dinero de las cua-tro existentes, 604.376, que sólo cubrían el 49,1% del dinero demandado18. Ante este panorama, se generan nuevos requeri-mientos de las autoridades civiles para que el Cabildo cediera los cereales almacenados en la cilla del partido de la ciudad, por reintegro o comprado a precio equitativo, aunque no se pudo hacer nada ya que los eclesiásticos hacía días lo habían distribuido entre sus servidores como forma de abonarle sus salarios. 4. EL CABILDO CATEDRAL EN 1811 A comienzos del año 1811 el Cabildo Catedral estaba com-puesto por un total de 29 miembros siendo estos el deán Mi-duplicaría la cantidad de aceite, y si no sudaba con ese método «se cojen tres piedras de cal virgen, como del peso de una libra, y se envuelven separadamente, cada una en un pedazo de trapo mojado en aguardiente, y luego en otro trapo enjuto, y los tres envoltorios se colocan entre sába-nas, como a 4 pulgadas del cuerpo: uno junto a los pies y cada uno de los otros dos al costado del cuerpo, paralelos al corazón». 18 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 3-9-1811. Núm. 48 (2002) 237 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 15 guel Mariano de Toledo, el arcediano de Canaria Antonio Ma-ría de Lugo y Molina, el chantre Luis Manrique de Lara, el tesorero Lorenzo Montesdeoca, el maestrescuela Andrés Arbe-lo, el prior Antonio Jacinto Ruiz, el arcediano de Tenerife Cris-tóbal Betancurt y Conde, el arcediano de Fuerteventura José de Viera y Clavijo, los canónigos: Graciliano Afonso, Miguel Camacho Acosta, Juan Navarro, Vicente de Armas, Santiago Bencomo, José Francisco Borbujo, José Romero de Franquis, Vicente Ramírez, Nicolás Briñes y Esteban Hernández Salazar y los racioneros: Antonio Porlier, Agustín Cabral, Domingo Suárez de Alvarado, Pedro del Castillo, Vicente Sánchez, Do-mingo Albertos, Domingo de la Cueva, Enrique Hernández, Diego Agustín Domínguez, Leonardo Reyes Calderón y Domin-go García Abreu. Pero en el mes de septiembre, en pleno re-crudecimiento de la epidemia, su número se había reducido drásticamente, por el fallecimiento de cuatro prebendados a causa de la fiebre amarilla —el deán, el chantre, el canónigo Romero y el racionero Reyes 19— y las reiteradas ausencias de los componentes del Cabildo. Las quejas de los pocos pre-sentes se elevaron hasta el obispo Verdugo, denunciando que unos se escusaban «por sus esquelas y otros no contestando a las que se le pasaron», por lo que temían «que de día en día se vaya disminuyendo ya enfermándose parte o todos de los que actualmente están o saliéndose algunos al campo para evitar la enfermedad, quedando de esta manera la ysla sin servicio y la administración sin el debido orden por haberse ausentado también los contadores y oficiales de la oficina». En esos días sólo quedaban un contador y tres oficiales en la oficina de la administración de las rentas, sin poderse solucionar asuntos serios de las distribuciones, además de las presiones ejercidas por las autoridades civiles sobre los fon-dos de la Mesa Capitular y la Fábrica Catedral «y que llegará el caso en que nos exijan hasta las alhajas de la yglesia» 20. En 19 Además, en los siguientes años fallecieron a causa de la misma epidemia el canónigo Navarro —29-11-1812—, el racionero Domínguez —6-7-1814—, el canónigo Camacho —20-9-1814— y el 7-10-1817 el racionero Vicente Sánchez. 20 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 7-9-1811. A PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 238 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 16 noviembre de 1811 el cabildo está integrado por el canónigo Santiago Bencomo, el racionero Domingo Albertos y el secre-tario, racionero Agustín Cabral, que tuvieron la obligación de desempeñar todas las funciones internas y externas de la ins-titución y sostener el culto de la Catedral. Los tres pre-bendados determinaron asuntos sobre cuestiones de prés-tamos, ayudas y auxilio espiritual a la población de Las Palmas o de celebraciones sin tener capacidad decisoria ple-na, según los estatutos. Su situación fue aún más precaria cuando los cereales y dineros procedentes de las islas no lle-garon a Las Palmas, al estar cortada la comunicación con la ciudad, reteniéndose más de 2.550.000 maravedís en Tenerife, y desde lugares como Guía, infectado por la epidemia, se re-clamaban rápidos auxilios al vecindario. En todo caso, los hacedores no sabían muy bien donde remitir el dinero y ce-reales, al no tener comunicaciones con ellos los capitulares y «no saber donde se ha establecido el Cabildo» 21. 5. EL INTENTO DE TRASLADO DE LA CATEDRAL Y DEL CABILDO El resto de los capitulares vivos se habían refugiado en Telde desde donde, a los tres residentes en Las Palmas, se les envió una carta el 28 de enero de 1812 citándolos a un pleno extraordinario en dicho lugar, aprobado previamente por el obispo Verdugo, a fin de tomar las medidas oportunas para «trasladar la Catedral con sus oficinas anexas a algún pueblo del interior de la ysla en el caso de renovarse la epidemia». En su defecto, les soclitaban el voto por escrito a los tres au-sentes al no poder desplazarse a dicho pueblo por miedo a que fueran portadores de la enfermedad. Los capitulares de Las Palmas se negaron a admitir las disposiciones y presu-puestos de la reunión en base a los estatutos, la tradición inmemorial, la prohibición de traslado de la sede cabildalicia los contadores y sochantres que quedaban se les daría 340 maravedís dia-rios y a los oficiales y ministros la mitad. 21 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 14-11-1811. Núm. 48 (2002) 239 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 17 y los sucedido en otros lugares del reino, en especial por los «gravísimos inconvenientes y funestas consecuencias que van a resultar de una novedad tan extraña, como es la celebración de un cabildo fuera de su ygleçia y aula capitular, sin cuyo requiçito ningún señor ausente por ningún título, ni pretexto, puede combocar cabildos ni practicar actos de esta naturale-za, lo que siendo por el mismo hecho ilegítimos no podrán producir otro resultado que la de una triste divición de sus compañeros», por lo que se debería esperar para la citada re-unión al término de la epidemia y el posterior período de cuarentena 22. La actitud de rebeldía de los tres capitulares sitos en Las Palmas, unidos en el período de 1808-1810 a las posturas propugnadas por el grupo de poder de Tenerife y a la mili-tancia absolutista más enconada, fue contestada por carta del obispo de 3 de febrero, pidiéndoles su participación mediante su voto por escrito para ayudar a tomar decisiones de peso en dicha reunión, pues él la autorizó además de tratarse en ella sobre el posible traslado provisional de la sede Catedral. Bencomo fue partidario de denunciar el hecho ante las autoridades supremas, a quien creía correspondía autorizar la validación de la nueva sede, para lo cual demandó al obispo permiso para pasar a la Península y defender «el honor del Cabildo y el suyo», otorgándosele para ello licencia por seis meses y la renta de su prebenda. Los reunidos en Telde, inten-tando calmar los ánimos, evitar agrandar las fisuras internas 22 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 31-1-1812. Los tres capitulares citaban como ejemplos las epidemias que asolaron Granada, Murcia, Cartagena, Cádiz y Sevilla sin dar lugar a la traslación de sus cabildos catedrales, además cuestionaban la capacidad económica de la Mesa Capitular para poder llevar todos los ornamentos, papeles y administración hacia Telde y la posibilidades de alojamiento en dicho pue-blo para los ministros y sus familias. Pedían no se celebrara el cabildo de 4 de febrero, pues se verían en la necesidad de comunicarlo a la superio-ridad. En Telde se encontraban los arcedianos Lugo y Viera; los canónigos Abad, Navarro, Ramírez, Briñes, Afonso y Fernández y los racioneros Suárez, Castillo y Porlier. No pudieron concurrir el tesorero, el prior, el arcediano de Tenerife, los canónigos Armas y Borbujo y el racionero Domínguez, estando todos ellos de acuerdo con dicha reunión. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 240 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 18 que ocasionarían graves consecuencias y posibles castigos de las autoridades superiores por no consultarlas para el posible traslado, acordaron no denominar a su reunión cabildo pleno, sino mero encuentro para tomar las medidas oportunas si volvía a resurgir el mal, además de rogar al Consejo de Regen-cia les autorizara a establecer en otra ocasión de semejantes características la sede del Cabildo y de la propia Catedral en algún lugar de la isla liberado de la enfermedad, siempre que el culto en la Catedral en Las Palmas se mantuviera y fuera servido por los capitulares y ministros con permanencia vo-luntaria en la ciudad. El 5 de febrero de 1812 el arcediano Lugo remitía una car-ta a sus compañeros en Las Palmas en términos aclaratorios de la situación, donde se hacía especial hincapié en que los reunidos no pretendían eludir la autoridad suprema de la na-ción, aunque era necesario y oportuno celebrar un pleno extraordinario en Telde «sin mención de ocurrir por lizencia al supremo Govierno» 23. Tras el permiso del obispo, los prebendados se congrega-rían el 4 de febrero en Telde, en una casa del arcediano Lugo, transcurriendo el encuentro dentro de los términos habituales de un cabildo ordinario. Allí, se vieron tres oficios del obispo donde se otorgaba su consentimiento para la reunión y se dio lectura a los votos de los prebendados que no pudieron asis-tir, salvo los citados, todos conformes con lo que se deter-minase en el encuentro. Para evitar futuros litigios se trató entre los presentes si se le daría a la reunión rango de cabil-do ordinario, votándose que sólo era un intercambio de impre-siones «de individuos particulares del cuerpo del Cabildo» y no debía alcanzar ni la categoría de cabildo extraordinario. Con la incorporación a partir de mediados de febrero del canónigo Borbujo a las reuniones de los tres prebendados que quedaron en Las Palmas y la proclamación por la Junta de Sanidad del fin del brote epidémico, se dio inicio al regreso de los prebendados a la ciudad, operación que duró hasta co-mienzos del mes de marzo. De inmediato, se empiezan a ha- 23 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo XLIV, Acuerdo de 10-2-1812. Núm. 48 (2002) 241 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 19 cer las pesquisas necesarias sobre todo lo acontecido desde la última reunión cabildalicia, más de tres meses, y si Bencomo había remitido al Consejo de Regencia, tal como amenazó, el oficio de 10 de febrero firmado por los tres capitulares presen-tes en Las Palmas, además de indagar quién lo trasladó y el agente que lo hizo. La reunión general de 16 de marzo de 1812 reprobó todos los acuerdos tomados por los tres capitulares reunidos en Las Palmas, negándose la acusación de responsabilidad en la de-jación de funciones por los capitulares huidos, ausentes o re-fugiados en el campo «pues, que no teniendo el oficio de cura animarum y mediando el interéz de la religión y de la patria, únicos motivos que podían obligarles a permanecer en ella, aún con peligro de sus vidas, usaron del derecho natural de conservarlas para que no se disminuyese en adelante el culto divino», siguiendo la constante de dicho Cabildo en que «en tales casos han acordado siempre pudiesen sus yndividuos retirarse de la ciudad a los lugares sanos de esta ysla, y aún a qualquiera otro de los demás dentro del obispado». La próxi-ma vez, continuaban los prebendados, debía seguirse el ejem-plo de los capitulares de Sevilla en la época de la epidemia de landres o de San Agustín de Hipona, cuando echó en suer-te a quien debía tocarle estar y asistir a los enfermos, «inclu-sos los ausentes, quienes si les hubiese tocado a algunos la de venir a asistir a los enfermos hubieran expuesto con gusto sus vidas en cumplimiento de los deberes, que en circunstancias tan apuradas les prescriben el ministerio sacerdotal y la cari-dad cristiana». El Cabildo alegaba que sus miembros se mar-charon de la ciudad en el último momento, pues todos, inclui-da la población, no creían que fuera una epidemia y «pasaba por reboltoso el que entonces hablaba de peste» e, incluso, los capitulares desengañados por lo que estaban viendo temieron salir de la ciudad por «lebantar contra sí el grito del pueblo y, a caso, un tumulto si llamaban a cabildo para acordar la sali-da de los que quisiere», aunque se pudo efectuar la salida y no dejar detrás ningún prebendado, ya que el culto en la Ca-tedral e iglesia del Sagrario estaba cubierto por los dos cu-ras y sus tenientes. Sólo si hubieran muerto todos los clé- PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 242 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 20 rigos disponibles debían haber venido los prebendados a la ciudad 24. La conclusión final de esta reunión fue la de negar los acuer-dos de los cabildos realizados en Las Palmas y la comunica-ción de Bencomo al monarca, aunque elogiaban el sacrificio inútil que realizaron quedándose en la ciudad. Cabral, el único asistente a este cabildo de los tres que se quedaron en la sede cabildalicia, se retractó delante del Cabildo de todos sus votos y decisiones realizadas con sus otros dos compañeros, además de explicar que en esos momentos votó conjuntamente con Bencomo y Albertos para «evitar disgustos» con ellos pues le habían «dado muchos por no convenir en algunas cosas con su modo de pensar». El Cabildo escribió una larga misiva al Go-bierno Central sobre lo sucedido y a sus dos agentes ante éste, para que desaprobaran y evitaran posibles castigos ante el desaforado memorial de Bencomo, lo que lograron, además de obtener del Consejo de Regencia la posibilidad de trasladar a Telde la sede del Cabildo e interinamente la Catedral en caso de nuevas emergencias, siempre que se elaborara un plan ade-cuado para realizar tales operaciones 25. Tras tener constancia de esta resolución se conminó al obispo Verdugo a que escribiera a los beneficiados de Telde sobre las nuevas propuestas del Cabildo en caso de rebrote epidémico y la posibilidad de un traslado general, si lo per-mitía en Consejo de Regencia, de la sede cabildalicia y Cate-dral a ese lugar. Los capitulares pedían pronta contestación a ambos escritos, pues en mayo de 1812 la Junta de Sanidad volvía a publicar un bando para que salieran de la ciudad o tomaran las medidas adecuadas los vecinos «que no hubiesen padesido el contagio de la fiebre amarilla» 26. La alarma au-mentó cuando el 18 de mayo se localizó a un vecino con los síntomas, para cuyo reconocimiento e información el Cabildo envió al doctor Nicolás Negrín, dándolo el médico como sos-pechoso de portar la enfermedad. 24 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIV, Acuerdo de 16-3-1812. 25 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomos LXIV y LXV. Acuerdos de 10-2 y 16-3-1812. 26 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo de 13-5-1812. Núm. 48 (2002) 243 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 21 Al unísono, ante lo perentorio de la situación, el Cabildo nombraba una comisión formada por el arcediano Lugo, el tesorero Montesdeoca, al canónigo Fernández Abad y el doc-toral Afonso para realizara un proyecto de evacuación urgen-te a Telde de la Contaduría, culto catedralicio y sede cabilda-licia. El 20 de mayo el plan se daba a conocer al resto de los componentes del Cabildo, estructurándose en un total de 23 puntos. De ellos destacaban, entre otros: Si el Cabildo se desplazara a Telde, se debía nombrar una comisión extraordi-naria de 10 capitulares para trasladarse y conducir a la secre-taría y Contaduría con su personal y papeles, además de mantener el gobierno de la iglesia y administración de la cau-sa decimal; a los cabildo ordinarios, para su validación, de-bían concurrir, como mínimo, una dignidad, dos canónigos y dos racioneros, todos citados por el pertiguero o el que hi-ciera de tal en ese momento; se iría de manteo a los cabil-dos y no con ropas curales, mientras no llegara el caso de celebrar en Telde los santos oficios; las comisiones serían de 10 capitulares de los tres gremios; la Contaduría tendrá el mismo trabajo y horario que en Las Palmas, donde quedaría un oficial obligado a sacar el correo, dirigiendo a Telde las cartas y viceversa; se hará por la Contaduría una lista de pa-peles, libros, etc., llevados a Telde, encargándose los propios oficiales de colocarlos y guardarlos en cajas; los señores que permanecieran en Las Palmas cuidarán de todos los aspectos de los que se encarga el Cabildo pleno, y si no tienen perso-nal adecuado nombre interinos; la celebración de oficios di-vinos en Telde se haría sin capas para los cantores; los prebendados estantes en Las Palmas «tengan obligación de reçidir allí los que se quedasen en la ciudad», salvo los enfer-mos; no se dejaría de hacer misa cantada en la ciudad con diácono y subdiácono, y si faltaba un capitular lo sustituyera un capellán real o un sacerdote; a todos los que fueran a Telde se les adelantaría un tercio de sus salarios para su sus-tento, alojamiento, etc. El arcediano Lugo, el tesorero Mon-tesdeoca, el doctoral Afonso y los racioneros Cabral, Castillo y Porlier serían la comisión encargada del posible traslado a Telde. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 244 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 22 El obispo Verdugo aprobó dicho plan el 22 de mayo de 1812, siempre que retornara con virulencia la epidemia, tras lo que el Cabildo comenzó a enviar ornamentos y cajas de papeles a Telde sin esperar la resolución del Consejo de Re-gencia. Esta se obtuvo el 14 de mayo, aunque la noticia de su aprobación sólo se recibió en Las Palmas el 29 de ese mes a través del diputado en Cortes don Fernando Llarena 27. 6. EL CABILDO CATEDRAL EN TELDE. LA CONTINUIDAD DE UN CONFLICTO El rebrote de la epidemia en la primavera de 1812 llevó al Cabildo a poner en marcha la primera fase del plan de eva-cuación, enviando a Telde los ornamentos y objetos menos imprescindibles, al mismo tiempo que daban a todos los mi-nistros un adelanto de un tercio de sus salarios para la com-pra de alimentos y poder alquilar viviendas en dicho lugar, si en último término se tomaba la decisión. Tras el agravamien-to de la situación, el Cabildo dispuso el envío a Telde de los papeles económicos el jueves 11 de junio, cerrándose con lla-ve a partir de ese día la Contaduría en Las Palmas y comen-zando su labor en aquella localidad el 18 de junio. El traslado de los documentos se hizo tras la elaboración de la lista de todos los legajos y actas que debía entregarse al presidente del Cabildo para su posterior control y recuento. La documen-tación, bolsa económica de la Mesa Capitular y los demás fon-dos custodiados por los prebendados irían en carros acompa-ñadas por los tres capitulares llaveros, dos contadores, dos oficiales, cuatro soldados y un cabo, estos últimos para evitar posibles asaltos de malhechores por el camino. En Telde se entregaría la carga a los llaveros y a otros dos capitulares re-sidentes ya allí, a donde debía llegar la comisión de capitula- 27 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo de 29-5-1812. Después de tres votaciones, los diez capitulares elegidos para pasar a Telde fueron el arcediano Lugo, el tesorero Montesdeoca, los canónigos Abad, Ramírez, el doctoral y el magistral, y los racioneros Castillo, Hernández, Cabral y Porlier. Núm. 48 (2002) 245 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 23 res en 18 de ese mismo mes28. Aún hasta el 19 de junio se celebraron misas por los prebendados en la Catedral, aunque sólo la llamada «cantada», mientras se establecían el resto de misas, horas, vigilias, etc., en la parroquia de Telde, acuerdo en el que no votó el canónigo Albertos, ni por sí ni por el voto delegado de Bencomo 29. Así, entre el 20 de junio y el 15 de noviembre de 1812 el Cabildo tiene su sede de reunión en Telde, aunque la real orden oficial permitiendo su traslado se recibe por el obispo Verdugo el 27 de junio. El cura del Sa-grario Frías quedó a cargo del auxilio espiritual de la parro-quia de Las Palmas, aunque a éste, por temor al contagio, se le permitió salir de la ciudad, siempre que colocara en su puesto un interino. A Telde acudieron prontamente representantes del Ayunta-miento de Las Palmas solicitando préstamos monetarios para el abastecimiento del vecindario, el control de la epidemia y la lucha contra la plaga de cigarra que agostaba los campos insulares. Se le concedieron 1.020.000 maravedís, sacados del fondo de la universidad de La Laguna, en calidad de reinte-gro, pero sin poder cederle más al estar vacías el resto de bolsas de dinero 30. El canónico Santiago Bencomo, residente en Las Palmas como en la anterior ocasión, se opuso de forma vehemente al traslado de la sede cabildalicia y pronto demostró su desagra-do a través de una misiva dirigida a sus compañeros. En ella, además de quejarse de la situación, expresaba no saber cómo 28 Al sargento y a los dos soldados que custodiaban el dinero se les dieron órdenes de regresar a la ciudad para que pasaran el 2 de septiem-bre a Tenerife, pero, ante la súplica del Cabildo, se mantuvieron por el gobernador militar, don Simón Ascanio, hasta el final de la estancia de los capitulares en Telde, custodiando el posterior transporte de los caudales a Las Palmas. 29 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo de 11-6-1812. 30 El Cabildo el 15 de septiembre desestimó una súplica del alcalde de Las Palmas, don José de Quintana Llarena, que demandaba 3.750.000 maravedís para la compra de harina destinada al abastecimiento de los veci-nos. Los capitulares se negaron por no tener fondos en sus arcas y debér-seles por aquella entidad aún 4.080.000 maravedís de un préstamo anterior, véase A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo de 15-9-1812. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 246 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 24 actuar para el cumplimiento de las órdenes dejadas por el Cabildo, al retirarse sus compañeros sin determinar «qué ha-cer con el culto de forma pública y entendible por todos». Bencomo pedía órdenes al Cabildo pues, desde el 20 de ju-nio, sólo se había celebrado una misa diaria cantada, ya que los ministros se negaban a oficiar más, «lo que ha escandaliza-do a muchas personas, viendo tan desolado un templo desti-nado para la perpetua santificación del Señor, las que creen que esto ha sido dispuesto de intento en odio a la ciudad y, lo que es peor, en odio al culto del Señor», para evitar esto, él había resuelto pasar al Coro y rezar allí las horas acompa-ñado, aunque las más veces solo, como forma de evitar el es-cándalo general. Solicitaba al Cabildo mandara, junto a la celebración de mayor número de misas, el rezo diario de las horas canónicas, días clásicos, vísperas y tercias y en los sá-bados la celebración de la misa de Nuestra Señora, aunque nada se hizo para su remedio por la carencia de servidores. El Cabildo contesta despectivamente a Bencomo, al recordar-le que todo estaba previsto, que los ministros sólo estaban obligados a dicha misa y, si el canónico no conocía la situa-ción y mandatos, era por «una ignorancia voluntaria», reali-zando todos esos aspavientos por no residir en Las Palmas el resto del Cabildo. Los capitulares concluían su misiva recor-dando que el presunto odio a la ciudad de los eclesiásticos era falso y «solamente personas malignas, nada religiosas y pestes de la sociedad cristiana y civil, pueden proferir palabras tan atrevidas contra un cuerpo de sacerdotes notoriamente vene-méritos de la Yglesia y del Estado» 31. Un acontecimiento político excepcional acaeció mientras el Cabildo Catedral estaba en su sede interina de Telde, como fue la proclamación y la jura de la Constitución de Cádiz. El Co-mandante General remitió el 3 de agosto de 1812 tres ejem-plares de la nueva ley al Cabildo para su publicación y la celebración de un juramento público de las autoridades, seña-lándose para tal celebración por los capitulares el día 8 de agosto en Telde, en las horas de la mañana, después de la hora 31 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo 7-7-1812. Núm. 48 (2002) 247 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 25 de Coro. Ese mismo día la acatarían por la tarde todos los miembros de la Contaduría y al día siguiente se celebraría, después de la hora de nona, una misa y «Te Deum» por la buena nueva y la implantación venturosa de la ley 32. La epi-demia no permitió a los prebendados residentes en Las Pal-mas —el sector más opuesto al traslado del Cabildo de sede y el de carácter más conservado y absolutista, caso de los canó-nigos Briñes, Armas, Bencomo y Fernández y el racionero Albertos, salvo el doctoral Afonso— a asistir a la reunión ex-traordinaria convocada para el 8 de agosto de 1812 en Telde, donde se debía jurar la Constitución, aportando todos ellos vagas excusas para no ir. Incluso, el Cabildo debió enviar a Las Palmas a uno de sus miembros refugiados en Telde, el racio-nero Porlier, para predicar el exhorto el día de la Constitución, seguramente porque ninguno de los presentes en Las Palmas deseó hacerlo, ante la actitud del cura Juan de Frías de no celebrar la misa de «Te Deum» si no participaba él en la elaboración y proclamación de dicho exhorto, ante lo cual Porlier se ofreció a realizarlo y de este modo «cortar etique-tas sacadas tan mal a propósito y las miras de intriga que encierra este asunto» 33. La fisura en el Cabildo queda de ma-nifiesto cuando los presentes en Telde acuerdan que no gana-ran sus compañeros de Las Palmas las rentas de aniversa-rios ni distribuciones, pues sólo asistían a una misa cantada diaria 34. 32 El Ayuntamiento de Gran Canaria pidió al Cabildo dos carga de nieve para el refresco y ágape en la celebración de tal día, la cual se le concedió. El 6 de agosto el Corregidor convidó a la jura del Ayuntamiento a los prebendados y solicitó permiso para tomar los músicos de la Cate-dral, que tendrían como misión tocar en la conmemoración y fiesta de la solemne fecha el domingo por la noche. Los músicos también asistirían a la función de juramento en la Catedral el lunes siguiente. Pese a la resis-tencia inicial del Cabildo a ceder a sus ministriles, decían que eran nece-sarios en Telde para ese mismo lunes celebrar el día de San Lorenzo, al final decidieron enviar a varios de ellos como Agustín José de Betancurt, Manuel Fragoso y alguno más. El acatamiento constitucional de las autori-dades civiles se celebró en la Catedral con todo boato y, por primera vez, sin la secular presencia de los prebendados. 33 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo de 9-8-1812. 34 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdos de 7-7 y 14-8-1812. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 248 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 26 El 6 de noviembre de 1812 la Junta de Sanidad expedía un bando anunciando la ausencia de casos de fiebre amarilla en la ciudad entre el verano y el otoño, además de dar permiso desde el día 12 al tránsito de todos los vecinos y las mercan-cías. Ese mismo día, se encargó al arcediano Lugo y los racioneros Castro y Porlier comenzaran a organizar el trasla-do de regreso a Las Palmas. Así, los oficios divinos conclu-yeron en la iglesia de San Juan de Telde el día 13 de noviem-bre y comenzaron otra vez en la Catedral de Las Palmas el 14, en cambio, la Contaduría cesó sus tareas el 10 y empezaron a ejercer su cometido en la ciudad el lunes 16. El Cabildo participó en un oficio de despedida y agradeció en él a los beneficiados de Telde su colaboración, además se le donó a la población un reloj que sirviera de campana, bueno «para los actos de religión como para los trabajos de la agricultura y gobierno general de todo el pueblo» 35. 7. UN EPÍLOGO TUMULTUOSO La situación de crispación en el Cabildo continuó y se aumentaron las diferencias entre el sector más conservador y divisionista, encabezado por Santiago Bencomo, y los que pre-tendían un Cabildo Catedral más conciliador, constitucionalista y antidivisionista representado, entre otros por el doctoral Afonso. Tras el advenimiento de Fernando VII y la abolición de la Constitución el peso de la facción filoabsolutista en el seno del Cabildo Catedral aumentó, no sólo cuando Santiago Bencomo accedió a cargo de deán en 1814 sino tras dársele posesión de la chantría del Cabildo a su hermano, Pedro José Bencomo, el 12 de enero de 1815, todo ello auspiciado por los servicios y defensa de los principales presupuestos de la cau- 35 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXV, Acuerdo de 7-11-1812. El precio de éste debía obtenerse de los fondos del hacinamiento de La Orotava, sin necesidad de traer la campana, pues la había, siendo su costo total de 255.000 maravedís. El acarreteo corría de cuenta del Cabildo y se debía tener presente que con el reloj trajera las instrucciones del artífice para montarlo. Núm. 48 (2002) 249 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 27 sa fernandina y, lógicamente, por las importantes influencias, independientemente de la valía de ambos, de su hermano Cris-tóbal Bencomo, confesor real y posterior miembro del Conse-jo y Cámara de Castilla. Tales valedores y mediaciones fueron usadas por el grupo de poder insular tinerfeño para plantear una cuestión pendiente desde hacia bastante tiempo, como era la división del obispado, único modo de controlar una sustan-cial parte de capitales regionales y una vía para alcanzar un puesto de mayor rango sociopolítico frente a sus opositores de Gran Canaria. El deseo divisorio volvió a ser expuesto en el Cabildo de 1 de abril de 1815 por el escribano de la Real Audiencia Tomás Oramas, el cual informó al Cabildo de cómo algunos diputa-dos en la Corte deseaban erigir un obispado en Tenerife for-mado por las islas de La Palma, El Hierro, la Gomera y Tenerife. También daba cuenta de la comisión dada por la Cámara Real a la Real Audiencia de Canarias para la elabo-ración de un informe general sobre la cuestión. La real orden se había evacuado el 29 de junio de 1814 por las Cortes de Cádiz a instancia de un requerimiento fechado el 6 de sep-tiembre de 1813 por los diputados canarios don Fernando de Llarena y Franchy, don Antonio José Ruiz de Padrón y San-tiago Key y Muñoz. El alegato se fundamentaba en temas como la ausencia de visitas ad limina a las islas de los obis-pos «tan recomendada por los sagrados cánones, apenas se verifica cada diez o doce años, a causa de lo tempestuoso de aquellos mares», situación ya conocida y empleada en muchas ocasiones en los escritos de obispos y prebendados para soli-citar mejoras y dádivas a la Corte, aunque pedían los citado diputados se dilatara toda división hasta el cese o fallecimien-to del obispo Manuel Verdugo, titular de la diócesis en ese momento36. El alegato de los diputados se realizó en las Cor- 36 En la Península, en casi todas las diócesis se producen demoras en la realización de las visitas del prelado. En Cartagena, antes de las efec-tuadas en el siglo XVIII, no se había visitado por los obispos su territorio en 170 años, sucediendo los mismo en Córdoba. A. CÁNOVAS BOTIA, Auge y decadencia de una institución eclesial: El Cabildo Catedral de Murcia en el siglo XVIII. Iglesia y Sociedad, Murcia, 1994; R. VÁZQUEZ LESMES, Córdoba y su cabildo catedralicio en la modernidad, Córdoba, 1987. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 250 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 28 tes de Cádiz y hacía hincapié en las reivindicaciones de las islas occidentales esgrimidas desde tiempo atrás 37. Tras la representación en la Cámara de los diputados ca-narios, ésta el 1 de agosto de ese año aprobó comisionar al regente de la Real Audiencia de Canarias para comenzar a realizar un expediente y representación sobre la diócesis y su posible división al Consejo de Estado, siendo comunicada la orden al susodicho el 21 de octubre de 1814 38. El Cabildo reacciona rápidamente a todos estos movimien-tos de división de la diócesis y crea una comisión de valoració-n el 5 de abril compuesta por el maestrescuela Arbelo, el doc-toral Afonso y el racionero Albertos 39. Pero la junta, por causas técnicas, no presentó el oficio demandado, quizá por las tiranteces en el seno del Cabildo entre los que se negaban y los que querían tal división, y se produce un acuerdo el 19 de julio de 1815 donde el Cabildo reconoce que los obispos sólo han podido, en su mayoría, completar una sola visita a las islas por las distancias entre ellas y lo «áspero y peligroso de sus caminos», no pudiendo cumplir con el mandato del Concilio de Trento cuando disponía que los prelados visitaran todos los años o, en caso excepcional, cada dos su diócesis 40. La situación llevó a los fieles a estar sin «oír la voz de su pri- 37 M. F. NÚÑEZ MUÑOZ, «La Diócesis de Tenerife. Apuntes para su his-toria. De los orígenes hasta su restablecimiento definitivo», en Revista de Historia Canaria, tomos XXXVI-XXXVII, pp. 33-72 y 121-154, La Lagu-na, 1978. 38 M. F. NÚÑEZ MUÑOZ, arts. cits. 39 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXVI. 40 J. DE VIERA Y CLAVIJO, op. cit.; F. CABALLERO MÚJICA, Canarias ha-cia..., op. cit.; J. SÁNCHEZ HERRERO-M. LÓPEZ BAHAMONDE, «La visita ad limina del obispo de Canarias don Fernando Suárez de Figueroa, 1590», en Homenaje a Manuela Marrero, tomo II, pp. 577-592, La Laguna, 1993; J. SÁNCHEZ HERRERO, «Las visitas ad limina apostolorum de los obispos de Canarias: Fray Juan de Guzmán, OFM (1622-1627) y Cristóbal de la Cá-mara y Murga (1627-1635)»; del mismo autor, «La diócesis de Canarias a través de las visitas ad limina. Siglo XVII» y «La diócesis de Canarias a tra-vés de las visitas ad limina. Siglo XVII (segunda parte)», todos los artículos en X, XI y XIII Coloquios de Historia Canario-Americana, tomo II, pp. 462- 480, y tomo II, pp. 515-556, Madrid, 1994, 1996 y 1998 (este último en prensa). Núm. 48 (2002) 251 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 29 mero pastor, diez, quince, veinte o más años que los manda-tos que se dexan en las yslas para el mejor decoro del culto o no se executan o se olvidan, sabiendo que el prelado que los dictó no ha de volver a residenciar su observancia. Que muchos de los fieles van a recibir el sacramento de la confir-mación al mismo tiempo que sus hijos, a causa de tan dilata-do tiempo que se pasa sin presentarse su obispo a adminis-trarlo, y últimamente que los pobres de las demás yslas sólo disfrutan del beneficio de las limosnas del obispado quando los señores obispos van a executar sus visitas». El Cabildo veía con preocupación la división de la diócesis, pues Gran Cana-ria, Fuerteventura y Lanzarote formarían un obispado donde las dos últimas «en cada cinco años sólo dan una cosecha re-gular, otra mediana y las demás casi estériles». Se pedía se dividiera formando una masa con el total del diezmo y se repartiera por iguales partes a la mitad. Los partidarios de la división fueron el deán Santiago Bencomo, el arcediano de Canaria Lugo, el tesorero Montesdeoca, los canónigos Abad, Afonso, y Fernández y los racioneros Albertos, Castillo, Abreu, Cabral y Cuevas, casi todos ellos nacidos en las islas occiden-tales del Archipiélago 41. Este acuerdo fue recurrido por varios prebendados al no estar presentes a la hora de la votación y, quizá a través de la influencia de dichos capitulares o por sus propios intereses, por el propio Ayuntamiento de Gran Canaria, el cual solicitó en mayo de 1816 se le diera atestado de los estatutos sobre las convocatorias en los asuntos más graves, testimonio de los avisos entregados por el pertiguero del Cabildo a los señores que estaban ausentes y cómo se obligó a acudir a los capitu-lares comensales del obispo y jubilados para apoyar la pro-puesta del deán Bencomo, a cambio de la promesa de la pro-visión de los puestos vacantes en el futuro Cabildo. De forma sorpresiva, los capitulares, seguramente los más cercanos a la propuesta de evitar la división, accedieron a la intervención del Ayuntamiento «por ceder esto en beneficio de esta Santa 41 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXVI, Acuerdo de 19-7-1815. Ya el 26 de julio del arcediano de Tenerife, Cristóbal Betancurt protestaba de tal decisión, al no habérsele llamado para el acuerdo. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 252 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 30 Yglesia», a lo cual se negó el chantre Pedro Bencomo, esgri-miendo lo alegado en numerosas ocasiones anteriores por el Cabildo de no entregar certificados de sus acuerdos a otra institución o particular, salvo por mandato real. Una nueva reunión de los prebendados al día siguiente desautorizaba las órdenes emanadas del Ayuntamiento y su mandato de convocar a los ausentes o enfermos a nueva re-unión. Aunque la polémica interna se mantuvo, pues los miembros que votaron el 19 de julio mantenían que la convo-catoria se había ajustado al estatuto y hora, mientras los ca-pitulares oponentes lo negaban, al ser realizada la reunión sin contar con los miembros más enconados contra la propues-tas, y recurrían a la Real Cámara el 26 de agosto de 1815. El arcediano Lugo, apoyado por los racioneros Albertos y Porlier, contradijo en sucesivas reuniones el intento de eliminar los acuerdos del citado cabildo, al ser aquél «legítimo y al que no se puede atribuir nulidad, según los estatutos y costumbres de esta santa Yglesia», constando su votación en el informe rea-lizado por el regente. Los tres eclesiásticos solicitaban no se revocara por el propio prestigio de la institución, la tradicio-nal toma de decisiones inapelables y en base a los propios estatutos. La fracción opuesta planteaba que las votaciones posteriores sobre el asunto significaron su nulidad, porque ningún acuerdo era irreformable, todos los votantes podían enmendar su opinión y no existían los mínimos requisitos en la convocatoria de reunión del 19 de julio. En junio de ese año se volvió a retomar el tema con nue-vas apelaciones, para evitar su revocación por parte del Arce-diano de Canaria o el racionero García. El Cabildo, mediante votación secreta volvió a invalidar la decisión de la citada re-unión al tacharla de faltarle madurez y reflexión, además de no convocarse a los capitulares ausentes y mediar intereses de miembros del Cabildo, como se comprobaba por «las gestio-nes practicadas por el señor deán en la protesta del señor ar-cediano Betancor, ya imponiéndole silencio ya impidiendo la discución sobre ella misma, por mal formada que estubiera quando estaba conocida su intención, ya finalmente leban-tando el Cabildo y no dando lugar en los siguientes a que se Núm. 48 (2002) 253 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 31 volviese a tratar este asunto, manifiesta bastantemente los jus-tos fundamentos que tenían para temer que si entraba en discución se revocase como se ha revocado». Algunos de lo capitulares recurrieron tal votación al no poder manifestar sus ideas y presionarlos con gran autoridad el deán Bencomo, por lo cual no respetó, según el parecer de los reunidos en junio, el espíritu de la real orden para que se expusiera libremente los deseos del Cabildo. El deán incumplió con otras normas, como fueron la de no presentar el informe enviado por la co-misión de capitulares al rey en el Cabildo y plantear su re-misión a la Corte en una reunión extraordinaria en el Aguila —atril situado en la Catedral donde se congregaban los pre-bendados sólo para recibir noticias de alguna comunicación de menor rango recibida ese día en el Cabildo— prohibidas para asuntos tan importantes. También los prebendados opositores recurrían las cantidades aportadas como ejemplificadoras de las rentas decimales pertenecientes a la Mesa Capitular y a la gruesa de las prebendas de sus miembros, acusándose al deán de violentar la Contaduría para realizar trabajos extras cuan-do no tenía facultad para ello. Además, le había solicitado a los contadores informes sobre determinadas partidas, como la barrilla, y se había presentado como parte en el expediente divisionario, no siendo extraña esta actitud a los reunidos, pues el deán Bencomo, «como la mayor parte de los que as-piran a la división, son de la ysla de Tenerife y dicho señor, siendo beneficiado de la ciudad de La Laguna, pretendió se estableciese allí una colegiata, y aún insignuó éste ser su dic-tamen en el primer Cabildo en que trató de este asunto deci-diéndose después por la absoluta división». El Cabildo no veía una razón de peso en que los obispos no visitaran las islas de forma anual, pues los arribados al Archipiélago «miran este primer obispado como escala para ser trasladados después de estar en ella cinco o seis años, pre-textos de salud y otros motivos de congruencia les sirven de causales para su traslación», siendo muy pocos los que han visitado las islas una vez y ninguno en cada año, lo cual con-tinuará si se separaban las cuatro islas occidentales, porque no iba a cambiar ni la tendencia de estos ni la orografía del PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 254 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 32 terreno. El remedio esgrimido por el Cabildo era la creación de un obispo auxiliar o dos visitadores de la confianza del obispo titular, con su correspondiente dotación, pues esa reali-dad es mucho más activa e importante que «no estas visitas continuadas y con el aparato que acostumbra a hacerse mu-chas veces, causan más ruina y más perjuicio que edificación en lo temporal y espiritual de los fieles». A través de los nom-brados se llegaría a todos los lugares y se evitaría que la ma-yoría de los fieles nunca vean a su obispo o reciban la confir-mación, evitando, de paso, la multiplicación de prelados, pues esto «disminuye el decoro de la dignidad con la multiplicación de los individuos que la poseen». Si las visitas no se hacían a las islas occidentales por los obispos era debido a su fragosi-dad y la ausencia de caminos, alegando el Cabildo, que si de verdad fueran a visitarse «sería preciso establecer siete obis-pos verdaderamente apostólicos en cada ysla», proyecto trata-do de ridículo y despreciable. A la vez, desmentían que mu-chos quedaran sin confirmarse, porque los obispos no se establecieron en las islas sólo en sus capitales sino que reco-rrían siempre todos los lugares. Otras de las preguntas que se realizaba en esta sesión el Cabildo era cómo iba a influir el nuevo obispado en los pá-rrocos y sus congruas, según el plan de beneficios de 9 de junio de 1769 dictados por el Consejo Real. El Cabildo partía de la idea que una nueva Catedral y el fasto de un obispo in-fluiría en la dotación y ausencia de párrocos siendo, según los reunidos, este el mal del plan beneficial al estrellarse en ello «todos los deseos del gobierno en una diócesis en donde no hay beneficios simples, sino que es preciso dotarlos de la masa decimal, inútilmente hay un prelado quando no hay brazos que le auxilien y sólo encuentren pastores indotados», al per-judicar a la Fábrica Catedral las nuevas parroquias por sus mínimas cogruas. La división, continuaban, no se ajustaba al real decreto de 1 de febrero de 1815 donde se ordenaba la formación de planes beneficiales con dotación de párrocos, competente número de ministros, mejora en las funciones eclesiásticas y ornamentos, lo que hacía prácticamente utópi-co cumplir con el interés y dotación de parroquias, ya que se Núm. 48 (2002) 255 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 33 vería «un prelado envilecido y un cabildo miserable sin llenar las atribuciones de su ministerio». Un aspecto más a tener en cuenta, era el presunto peligro de rivalidad entre ambos obispados, pues se habían observa-do graves disputas entre el grupo de poder de Tenerife y Gran Canaria desde la cautividad de Fernando VII, al pedir los tinerfeños no sólo el obispado sino el traslado de la Real Au-diencia, crear un juez de las cuatro causas y proponer al rey como única casa diezmera los productos decimales de la isla, siendo «este el verdadero origen de esta solicitud y las provi-dencias del gobierno deben encaminarse a destruir estas riva-lidades populares que disminuyen la fuerza social y aniquilan la caridad cristiana, como que parten de una intención vicia-da y perversa». Finalmente, se criticaban los decenios de las rentas eclesiásticas entregados sin conocimiento del Cabildo al Consejo de Regencia por el deán Bencomo, calificados de exorbitantes si se comparaban con la subida del precio de los cereales a causa de la guerra, las reiteradas epidemias, infla-ción y otras causas. En ellos, las cifras obtenidas de las ren-tas de Fuerteventura y Lanzarote eran las de los años de bo-nanza, quedando en disminución en las épocas de recesión y cuando se erigieran sus parroquias. Si el rey se guiaba de los registros aportados por sus compañeros divisionistas para crear dos obispados, el antiguo quedaría «en subsistencia pre-caria con sólo los productos de esta ysla y la esperanza de una cosecha extraordinaria en los de Lanzarote y Fuerteventura». A todo ello se sumaban otros males: la división del obispa-do dispararía los gastos de representación, consumiendo los patrimonios de los pobres y parroquias; el detrimento de los donativos a la Corona, las tercias reales, el noveno, etc., al crecer el número de congruas; con respecto a la retardación de pleitos por existir un sólo obispado, el Cabildo pensaba que no era motivo para dividirse la diócesis por «la comodidad de treinta o quarenta litigantes»; a la alegación de la isla de Tenerife de que produce tres millones de reales de la causa decimal, la presencia en ella de un tercio de la población re-gional y la remisión de dinero a Gran Canaria es negada por los propios capitulares, al plantear que la mayoría de los PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 256 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 34 caudales destinados al rey y obispo —se recordaba el socorro de Tavira a los pobres de La Laguna con el empeño de su pla-ta y pectoral— quedaba allí e, incluso, las de los propios pre-bendados, además de tener presencia en ella el gobierno mili-tar y los órganos de la recaudación real; las necesidades de Tenerife debían compatibilizarse con otras áreas del Archipié-lago, caso de Lanzarote o Fuerteventura, con crónicas crisis al dar sus campos buen rendimiento sólo uno o dos años de cuarenta cosechas; etc. Tras este prolijo alegato en contra de la erección del nuevo obispado las posturas se mantuvieron irreconciliables entre ambos sectores de capitulares. El chantre Pedro Bencomo, el canónigo Pérez y el racionero Albertos protestaron todos los puntos, en especial defendiendo la actitud del deán Cristóbal Bencomo y el racionero Hernández, ausentes ya definitivamen-te en Tenerife hasta la división de la diócesis. Los prebendados votaron revocándose la decisión de julio de 1815 por 13 votos contra 4, a lo cual Albertos replicó llamando a sus contrarios la «parte menos sana» del Cabildo y negó la existencia de fun-damentos sólidos desde el derecho para la anulación de aquel acto 42. Las protestas arreciaron por parte del chantre, el cual alegaba ajustarse a derecho el acuerdo de julio de 1815 y es-tar en consonancia con lo demandado por el resto de los ve-cindarios de las islas. Tachaba al resto del Cabildo de apro-vecharse de la ausencia del deán en Tenerife para sacar adelante su propuesta. Pese a ello, de inmediato el Cabildo Catedral elaboró un recurso para elevarlo a la Cámara Real y anular la decisión de 19 de julio, deteniéndose, incluso, la salida de un barco desde Las Palmas con destino a la Península con la intención de que se trasladara en él rápidamente las diligencias. Los ayuntamientos de otras islas, salvo el de Gran Ca-naria, y la Real Audiencia estaban de acuerdo en la división, aunque el fiscal, pese a los datos que propiciaban la existen-cia de dos diócesis, no compartía la postura de los diputados canarios en la Corte, ya que estos procuraron «aumentar en 42 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXVII, Acuerdo de 7-6-1816. Núm. 48 (2002) 257 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 35 mucha parte más de lo que es devido varias razones en que apoyaron su pretensión, faltando en otras aviertamente a la verdad». Las graves acusaciones contra los representantes de las islas, no evitaban que reconociera la necesidad de crear dos obispados, por ser imposible que uno sólo pueda llevar adecuadamente su labor pastoral, por las causa alegadas ya en extenso. En todo caso, hasta nueva disposiciones, el fiscal pe-día se remediara el pasto espiritual en la diócesis con la crea-ción de un obispo auxiliar con sede en La Laguna, para no perder el actual obispo y Cabildo parte de las rentas, mante-nimiento del boato, suntuosidad de los edificios, etc., fomen-tándose un competente número de ministros y vicarios para las visitas y sin necesidad de duplicar los gastos. En base al citado informe, el 4 de abril de 1816 el monar-ca presentaba como obispo auxiliar de la diócesis de Canarias a don Vicente Linares, prelado de Dansara (Palestina), el cual se instaló en Tenerife el 12 de agosto de 1817, pasando dos días más tarde a La Laguna. La razón del nombramiento fue la precaria salud de Verdugo, fallecido el 27 de agosto de 1816, pero también la fuerte presión ejercida por el grupo de poder tinerfeño en la Corte, donde sus representantes logra-ron alcanzar la gracia real y transitoria de concederles un obis-po auxiliar con una dotación inicial de 5.000 ducados. El Ca-bildo Catedral acató la orden real y se limitó a otorgarle las facultades de tal función en sede vacante y cartearse pun-tualmente con Linares en los dos años y cuatro meses de su estancia en las islas. Fernando VII ordenó, tras el informe elaborado por la Cámara de Castilla de 5 de septiembre de 1818, se comenzara a negociar con la Santa Sede la erección del obispado de Tenerife, pues la creación momentánea de la figura de un obispo auxiliar no había aliviado las pretensio-nes de los tinerfeños. Este, además, se veía limitado por la fuerte oposición del Cabildo Catedral a su gestión y por los ataques del Ayuntamiento de Gran Canaria. Por carta del agente del Cabildo en Madrid, recibida el 5 de diciembre de 1818, éste comunicaba la evacuación de una bula papal fechada el 1 de febrero de 1818 que aprobaba la división del obispado de Canarias en dos diócesis. Dicha pri- PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 258 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 36 mera carta supuso una febril actividad en el seno del Cabildo, al intentar mandar desesperadamente todos los certificados solicitados desde la Corte sobre el valor de las prebendas, para, en última instancia, conseguir que sus rentas y las en-tradas habituales en el arca de la Fábrica Catedral no se re-bajaran 43. En la citada bula, Roma fijaba el 23 de noviembre de 1819 como el momento de la separación, siendo refrendada la fecha por un decreto del Consejo Real de 24 de marzo de 1819 y por una real cédula de 27 de agosto de 1819, que dis-ponía su ejecución. Finalmente, la separación se produce el 21 de diciembre de 1819, día en que se pasa orden a la Junta de Hacienda para la elaboración de las correspondientes liquida-ciones y arreglos de cuentas. Las rentas quedarían separadas desde la publicación del edicto en La Laguna, solicitándose testimonio de éste al comisionado regio para fijar los térmi-nos de la separación. El obispo auxiliar fue encargado por el rey mediante la real orden de 27 de agosto de 1819 para que supervisara la segregación de ambas catedrales y sus fondos económicos, aunque posteriormente fue exonerado de dicha labor por propia iniciativa. Desde diciembre de 1819 se suspendieron las distribucio-nes a todos los partícipes de los diezmos hasta nuevas órde-nes y se retardaron el pago de los recudimientos a los intere-sados, reservando los haberes de la Mesa Capitular y Fábrica Catedral en manos de los hacedores para hacer su prorrateo con arreglo al nuevo establecimiento de rentas. La Junta de Hacienda solicitaba el envío de todos los papeles del obispado canario depositados en la parroquia de la Concepción de La Laguna, además de disponer se comenzaran nuevos libros de reuniones de la Junta de Hacienda y reconocer al antiguo obispo auxiliar como comisionado pontificio y regio, al cual se le remitirían todos los papeles de los vecinos de la nueva diócesis que solicitaran edictos. La masa monetaria de la Mesa Capitular se ajustaría al nuevo reparto mandado por la bula, que pasaba de las 32,5 prebendas anteriores a 33,5 porciones, repartidas así: 6,8 % para el Deán; 3,7 % para el resto de 43 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXVIII, Acuerdo de 5-12-1818. Núm. 48 (2002) 259 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 37 dignidades; 3,0 % para cada uno de los canónigos; 2,2 % para cada racionero; y 1,5 % para los capellanes reales, añadiéndo-se el valor de media ración a las 33 prebendas del cuadrante, además de mantenerse los sobrevivientes y postmorten. Las cuotas de misas y vestuarios no sufrieron alteraciones, al es-tar determinadas por el trabajo de los propios prebendados, y se sostuvo el cuadrante de 50 maravedís día 44. También dentro del Cabildo se produjeron cambios en sus miembros. Los más favorables en los años anteriores a la di-visión vieron compensados sus esfuerzos con nombramientos en prebendas de la diócesis nivariense. El racionero Domingo Albertos pasó a desempeñar el cargo de tesorero —aunque murió el 7 de febrero de 1820 sin poder posesionarse—, el racionero Porlier ascendió a arcediano de La Palma, el canó-nigo Juan José Pérez tomo el cargo de chantre, Cristóbal Betancourt y Conde continuó de arcediano de Tenerife, como lo era ya en la diócesis de Canarias, y el chantre Pedro Bencomo desempeñó el cargo de deán en el recién creado Cabildo. Santiago Bencomo fue agraciado por el monarca con el grado de obispo de la diócesis de Astorga el 1 de octubre de 1817. En 21 de diciembre de 1819 se formó el Cabildo de Teneri-fe en la iglesia de los Remedios, su sede, con los cuatro miem-bros citados para hablar sobre sus recudimientos y divisiones de la masa decimal. Pese a las tiranteces iniciales, las relacio-nes entre ambos cabildos fueron desde el primer momento cordiales, pues a la muerte de un integrante de cualquiera de ellos, ambos realizaban las exequias de turno. A comienzos del 1820 se enviaron a Tenerife una copia de los estatutos deposi-tados en Las Palmas, para que los miembros del nuevo cabil-do se inspiraran en la elaboración de los de la nueva sede, y diversa documentación sobre asuntos de jurisdicciones 45. Las cordiales relaciones no evitaron que continuaran los ataques en la Corte de los prebendados de la diócesis cana-riense para anular el decreto de erección del obispado de Tenerife, sobre todo durante el Trienio Liberal en una lucha 44 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIX, Acuerdo de 3-1-1820. 45 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIX. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 260 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 38 que transcendía a ambos cabildos y se enquistaba en el pro-pio conflicto entre los grupos de poder del archipiélago 46. En mayo de 1820, los prebendados de Gran Canaria decían que las cuentas de la Mesa Capitular no cuadraban, ya que las aportaciones de las tres islas —Fuerteventura, Gran Canaria y Lanzarote— al Hacinamiento General no cubrían todos los gastos, excediendo los desembolsos a las entradas en 897.244 maravedís y el alcance total de las cuentas en aquel momento era ya de 1.388.900. El Cabildo, tras la entrada en vigor del régimen constitucio-nal, parece que se apoyó en el nuevo cambio político para tra-tar de que prosperara dicha reclamación, según se deduce de sus palabras, alegando que no pudo acusar antes «por no ha-llarse en la libertad para ello, a causa de las circunstancias que obraban en aquel tiempo». Se nombró para desplazarse a la Corte y tratar el asunto al magistral Juan de Frías, que trasladó un largo expediente de reclamación formado por el doctoral Afonso. A los contadores se les pidió realizaran unas cuentas exhaustivas desde la paga de San Juan de 1793 a la de Navidad de 1802 y otras desde los abonos de San Juan de 1813 en adelante para adjuntarlos al informe general del Cabildo. Así, el 8 de mayo los representan-tes del Cabildo Catedral —el doctoral Graciliano Afonso fue diputado regional en las Cortes en el bienio 1822-1823, lo que le supuso posteriormente, por su actitud liberal, notables sin-sabores— pasaban a denunciar en las Cortes la nulidad de la división del obispado, «pues se obró sin admitir la audiencia de este cuerpo para su debida substanciación, se formaron los quinquenios por aquellos años de mayor cosecha y en que mayor estimación tubieron los frutos para abultar las rentas que tomaban los partícipes en la causa decimal, no obrándose en esto como en otras cosas que se practicaron con aquella puresa y buena fe que era debida, y s�� sólo con pasión y aca-loramiento con otras razones que se han pulzado» 47. 46 M. F. NÚÑEZ MUÑOZ, arts. cits.; A. GUIMERÁ PERAZA, El Pleito Insular (1808-1936), Santa Cruz de Tenerife, 1976; del mismo autor, Los diputa-dos doceañistas canarios, Santa Cruz de Tenerife, 1976. 47 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIX. Núm. 48 (2002) 261 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 39 Los prebendados planteaban que Fernando VII accedió a la división en base a las cuentas del decenio transcurrido en-tre 1803 y 1812, pero que éstas debían ejecutarse según los datos aportados por el período que iba desde 1793 a 1802 y el quinquenio transcurrido entre 1815 y 1819, todos ellos con rentas inferiores al decenio ejemplificado en la división. En la década de 1803-1812 la canonjía libre tenía una renta de 1.511.454 maravedís y la pensionada con la décima para el fondo pío de 1.360.296,5, mientras que entre 1793-1802 la canonjía adquiría 1.086.392,5 maravedís. En el quinquenio de 1815 a 1819 la prebenda tomaba 1.093.440 y la pensionada 997.866, deducidas las cuotas a pagar al subsidio y excusado y a la orden de San Carlos. Incluso, al Cabildo se le plantea-ba una nueva problemática sobre las pensiones establecidas sobre la mitra pues éstas, evaluadas en 1820 en un total de 6.227.270 maravedís, no se sabía si debían continuar sobre la Mesa Episcopal de Las Palmas o afectaría a las dos 48. Los ale-gatos no sirvieron para variar la postura del monarca, que mantuvo la división del obispado además de perseguir toda oposición a su dictamen. CONCLUSIONES El Cabildo Catedral de Canarias experimentó en el tránsito entre los siglos XVIII y XIX una notable transformación de su papel socioeconómico regional, un evidente desequilibrio en su tradicional política de neutralidad frente al resto de las insti-tuciones y grupos, así como un considerable enfrentamiento interno, de carácter político, que nunca se había registrado de forma tan explícita en anteriores etapas. En el pasado el Ca- 48 A.C.C.D.C., Actas del Cabildo, tomo LXIX, Acuerdos de 8-5 13-9 y 14-10-1820. Las cargas sobre la mitra se dividían en: 109.820 maravedís a la Real Orden de San Carlos; 340.000 al Montepío; 374.000 al Seminario Conciliar; 37.400 al bibliotecario del Seminario; 112.200 al monasterio de la Concepción de Garachico; 124.950 a los niños expósitos de Las Palmas; 168.300 a los expósitos de La Laguna; 1.496.000 a la Universidad de La Laguna; y 3.464.600 a particulares. PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 262 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 40 bildo Catedral se había significado por su poder ideológico, decisorio y económico en la región, lo cual le permitió ser uno de los principales interlocutores con el poder estatal. En este proceso el grupo de poderosos de la región había introduci-do, tras las primeras décadas de la colonización castellana, en la entidad a gran parte de sus candidatos mediante la presión ejercida en la Corte para que se eligieran a los miembros ade-cuados en las ternas presentadas o, en otros casos, como com-pensación a servicios prestados, etc. De esta manera, tácita-mente, el sector de poderosos logró controlar a través de sus familiares, miembros del clan representado o con clérigos de familias afines una entidad de gran importancia para sus in-tereses, no sólo por el volumen de riqueza que podía redistri-buir sino también por la potestad decisoria e influencia que ejercía sobre el resto del vecindario y ante los centros de po-der de la Corte. La citada situación se mantuvo durante gran parte del An-tiguo Régimen, pero a partir de la segunda mitad del setecien-tos, con una política regalista cada vez más notable y una laicización de la sociedad de mayor calado, el Cabildo Cate-dral no supo adaptarse a los nuevos procesos, aunque estos reducían a los clérigos a casi meros servidores de la Corona. Las líneas generales de la nueva política borbónica e ilustrada contemplaban al clero como adoctrinadores, instructores y guías de una población que debía instruirse, trabajar y produ-cir más en beneficio de la clase dirigente y, a través de ellos, del monarca. La Iglesia debía seguir la jerarquía impuesta por las normas trentinas y el Concordato de 1753, sometiéndose los prebendados del cabildo canario a su obispo y todos ellos a los designios del monarca, patrono real de la diócesis de Canarias desde 1486. Este nuevo panorama implicaba que las rentas de la Iglesia e, incluso, las alhajas de los templos fue-ran utilizadas en provecho de los proyectos ideados por los monarcas para financiarlos, sostenerlos o, en caso de quiebra, pagarlos, pues se elaboraban para reflotar la economía del reino que muchas veces, como los vales reales, llevaron al despilfarro de un considerable número de capitales. En todo caso, la Iglesia y los Cabildos perdieron gran parte de sus Núm. 48 (2002) 263 REFLEJOS DE UN CONFLICTO ECLESIÁSTICO 41 riquezas tras la fuerte presión impositiva de los monarcas con la implantación de rentas como el noveno decimal, el fondo pío beneficial o los sucesivos donativos al rey para ayudarle en las diversas cuestiones de índole militar o civil planteadas (Guerra con la Francia revolucionaria o Gran Bretaña, crea-ción de la Universidad de La Laguna, del Seminario Conciliar). Así, el Cabildo Catedral en Canarias se encontró a comien-zos del siglo XIX empobrecido en sus rentas, con escaso crédi-to político ante el monarca, disminuido en su papel social y, ahora más que nunca, mediatizado por los grupos de poder insulares que trasladaron a su seno las diferencias existentes entre ellos. La política irrumpió en medio de una institución que deseaba y había defendido su papel de presunta neutrali-dad hasta ese momento, situación imposible de sostener aho-ra. Si en etapas anteriores el grupo de poder sólo había teni-do escasas fricciones internas gracias al buen funcionamiento de la complementaridad económica regional, la capacidad de captación de capitales foráneos o la presión sobre la propie-dad agraria, ahora, las diferencias con las crisis se agudizan, deseando todos sostener y captar un volumen mayor de ingre-sos de capitales mediante la ampliación de sus intereses más allá de su territorio tradicional para abarcar el control políti-co de toda o parte de la región. En ese momento, el conflicto se extendió a todas las instituciones, incidiendo con mayor virulencia en el seno del Cabildo Catedral, donde estaban representada mediante los prebendados las diversas tendencias de los sectores poderosos implicados en la lucha. A partir de esos momentos, sobre todo tras la crisis políti-ca de 1808-1810, el Cabildo Catedral no tuvo, en general, un control sobre los procesos sociopolíticos que le afectaban di-rectamente, caso de la división de la diócesis o sobre las nue-vas figuras institucionales creadas en los procesos constitucio-nales, y cualquier circunstancia interna era aprovechada por alguna de las facciones de prebendados para arremeter con-tra las otras. La politización del Cabildo supuso un malestar interno traducido en un abandono de ciertas funciones del culto, deterioro en las recaudaciones, ausencias prolongadas de algunos prebendados, caso del deán Santiago Bencomo, el PEDRO C. QUINTANA ANDRÉS 264 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS 42 control y la denuncia entre los diversos miembros del Cabil-do filoabsolutista o filoconstitucionalista, los reiterados conflic-tos, etc. En general, el Cabildo Catedral sólo fue un reflejo de la sociedad de cada momento, si antes del siglo XIX los preben-dados disfrutaron de cierta capacidad decisoria y ascendencia social fue porque los grupos de poder insulares sólo intenta-ron crecer económica y políticamente en sus ámbitos insula-res tolerando y manipulando a la institución. Una vez alcan-zado este objetivo, algunos sectores del poder desearon convertirse en únicos referentes regionales aumentando la si-tuación en complejidad, crispación y lucha donde se vio impli-cado de lleno el Cabildo Catedral. La institución se dividió y fisuró, pues una parte siguió defendiendo las ideas que tradi-cionalmente había sostenido un sector del grupo de poder y el propio Cabildo mientras otras, amparada en una nueva le-gitimidad y estrategia sociopolítica, defendía lo contrario. Independientemente de cual triunfó, el Cabildo Catedral per-dió casi toda su influencia y crédito socioeconómico y políti-co, quedando reducido a una institución sometida a los dictá-menes de los prelados y, a través de ellos, de los monarcas pues a partir de estos momentos fueron gran parte de la centuria a remolque y, muchas veces, mediatizados por los acontecimientos políticos. |
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