FUNDACIÓN DE CAPELLANÍAS EN LAS ERMITAS
DE LA DIÓCESIS NNARIENSE
P O R
DAVID CORBELLA GUADALUPE
Este estudio se basa en la investigación de los legajos que
con el título de capellanías se encuentran en el Archivo His-tórico
Diocesano de Tenerife. Dicha investigación abarca un
total de doscientos ochenta y un expedientes que tratan la
fundación de capellanías en ermitas de la Diócesis Niva-riense
l . Nosotros hemos encontrado y sacado datos intere-santes
en ciento cuarenta y seis documentos. Estos expe-dientes
se ocupan de la fundación de capellanías en un total
de cincuenta y ocho ermitas, treinta y siete de ellas priva-das
y treinta y tres públicas. Además hay dieciocho expedien-tes
de asuntos variados, algunos de los cuales analizaremos
con posterioridad y que van desde algunas tomas de pose-sión
de ermitas hasta cambios de lugar de misas, etc. Jun-to
a éstos aparecen muchos reclamos de capellanías2 que
' Estos expedientes se ocupan de un total de 75 ermitas repartidas en las
islas de la Diócesis Nivariense, Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro.
Son muy importantes dentro de los expedientes vistos los reclamos
de las capellanías hechos mayontanamente en el siglo XIX, y consistentes
en ia petición del mantenimiento de ia dotación. En éstas aparece ia co-rrespondiente
presentación de los documentos que demuestran pertenen-cia
a la misma, así como los de fundación , y aquellos sucesivos que po-sean
nuevas claúsulas.
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2 DAVID CORBELLA GUADALUPE
se hicieron para evitar la perdida del dominio sobre dichos
templos.
Los expedientes abarcan cronológicamente desde el si-glo
x v ~a l m. Tienen como fechas límites, para el caso de las
fundaciones de capellanías, la realizada en 1533 en la ermita
de san Roque en La Orotava (Tenerife) y 1864 para la de Nues-tra
Señora de la Peñita del Puerto de la Cruz (Tenerife). Res-pecto
a los reclamos de capellanías, el más antiguo correspon-de
también a la mencionada ermita de san Roque, siendo el
más reciente. el expediente de Nuestra Señora de Belén en
Güímar (Tenerife) de 1889.
A través de estas capellanías o fundaciones perpetuas3, un
particular segregaba de su patrimonio ciertos bienes, en vida
o tras su muerte, mediante testamento, y formaba con ellos
un vínculo, el cual se conforma como un todo indivisible, des-tinado
a la manutención de un clérigo o capellán. Éste, por
su parte, se obligaba a celebrar un cierto número de misas por
el alma del fundador, y de su familia, así como cumplir con
otras cargas litúrgicas.
Si a nivel nacional el número de capellanías que dividen
básicamente en dos, eclesiásticas y laicales, en las islas anali-zadas
se desarrollan fundamentalmente las primeras. Estas son
instituidas por el ordinario, por medio de una colación canó-nica,
en las que el clero aparece como el verdadero beneficia-do.
Todas ellas se realizaban a través de un patronato que
podía ser de tipo eclesiástico particular vinculado a un tem-plo
particular. En la Diócesis Nivariense la creación de estas
fundaciones perpetuas más reiterada son las de patronato «fa-miliar
o de sangre», con derecho por parte del patrono no sólo
al nombramiento del capellán (patronato a c t i v~)s~in o a que
este cargo recayese en un miembro del linaje del fundador
(patronato pasivo).
Según la costumbre jurídica de la época, todo documento
debía estar perfectamente protocolado y organizado interna-
J. PRO KUIZ, Las capeiianías: famiiia, igiesia y propiedad en ei Anti-guo
Régimen, Ed. Hispania Sacra, núm. 41, 1989, pp. 585- 602 ; TERUEL
GREGORIOD E TEJADAM, ., Vocabulario básico de la historia de la Iglesia,
Ed. Crítica, Barcelona, 1993, p. 63.
5 0 ANUARIO DE ESTUDIOS ATUNTICOS
FUNDACIÓN DE CAPELLANfAS EN LAS ERMITAS DE LA DIÓCESIS NIVARIENSE 3
mente. Este sistema facilita la fundación y era controlado por
los Obispos a través de sus Sinodales para que no existan pro-blemas
a la hora de poderse erigir capellanías en Beneficios
Eclesiásticos4. Es por ello por lo que el Obispo Dávila y Cár-denas,
al igual que como lo había hecho con anterioridad Cá-mara
y Murga determina que se pongan Edictos en las Igle-sias,
«especificando en el los que el Fundador le da por
dotación para que si alguno dixere que son suyas (...) paresca
dentro de cierto termino, porque el Fundador los da por su-yos,
libres de toda carga, censo o hypothecas~~.
Las Constituciones Sinodales de Cámara y Murga señala-ban
por congrua legítima para poderse admitir aquella cape-llanía
o beneficio que no bajase de cincuenta doblas, o qui-nientos
reales de la antigua moneda de las islas6. Extendió el
Obispo Dáviia a ia cantidad a seiscientos reaies, inciuyendo en
ellos las misas y demás cargas, pero con la obligación de que
han de quedar libres al capellán trescientos sesenta y cinco
reales de vellón7.
Todo esto era posible gracias al establecimiento de una
cantidad mínima de dinero que variaba según la dotación, la
cual estaba comprendida entre los cuatro y los seis reales de
tributo por cada misa, impuestas sobre los bienes del funda-dor,
normalmente sobre algunas tierras, las cuales serán cla-ramente
detalladas en el protocolo; «que se haga información,
si los bienes valen cantidad bastantes para erigir y fundar
Hemos hecho este estudio basándonos en las Sinodales de CRISTÓ-
BAL CÁMARYA M URGAC,o nstituciones Sinodales del Obispo de Gran Canaria
y su Santa Iglesia. Primera fundación y traslación vidas sumarias de sus
Obispos y breve relación de todas las siete islas, Madrid, 1634; y las de PE-DRO
MANUELD ÁVILAY CÁRDENASC,o nstituciones y Nuevas Addiciones
Synodaíes dei Obrspo de ias Canauras. Hechas por eí Iítrrno. Sr. Davda y
Cardenas a las que hizo el Iltmzo. Sr. Cristóbal Camara y Murga, Oficina de
Diego Miguel Peralta, Madrid, 1737.
P. M. DAVILA Y CARDENAS, op cit., «Constitución XX. De las cape-llaníasn,
cap. I., «Cómo se erigían capellanías en Beneficiados Eclesiásti-cos)),
pp. 238-239.
6
0b . PLXa- - -i-i iala y Mürga, p. cit., mC0fi~iiiiici6fi\ 'E. =E: Sü~rameiiiüd e
la Orden)), cap. 11, «De todos sus requisitos para todas las órdenes», p. 117. ' J. VIEIRAY CLAVIJON, oticias de la historia general de las Islas Cana-rias,
tomo 11, Goya Ediciones, 1982, p. 694.
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4 DAVID CORBELLA GUADALUPE
capellanía en Beneficio Eclesiástico, todo con claridad de
manera, que se pueda saber la verdad y se haga cierta funda-ción
y sin bienes agenos, o supuestos, de manera que no pue-da
dudar y aya mil pleytos»
Las Sinodales aclaran de forma precisa, como las cape-llanías
debían relizarse con toda fidelidad al documento de
fundación, sin interpretar la voluntad del testador, diciendo las
misas en las festividades mandadas, y en los templos y alta-res,
que el fundador hubiese dispusog.
Las celebraciones religiosas se realizaban preferentemente,
según los expedientes vistos, en domingos y festivos. Puntual-mente
aparece alguna misa impuesta los sábados, como las
realizadas en Tenerife en el siglo m~e,n las ermitas de san
José en Garachico o la de Ntra Sra. de Regla en Santa Cruz.
Otras sdu cspeeifieari que se hagari tres pur semana sin d a -
rar los días, como en san Cristóbal de La Laguna, o santa Isa-bel
en Buenavista. Hay casos en las que sólo se dan un nú-mero
de misas para realizar a lo largo del año, caso de las
ochenta y ocho misas impuestas en la ermita del Señor San-tiago
en Valverde, El Hierro.
Aparecen un gran número de misas, no sólo en honor del
santo titular de la ermita donde se imponen las misas, sino
también en honor de las advocaciones titulares de las ermitas
o templos de su area municipal. En 1676 en la ermita de san
Felipe Neri de La Orotava (Tenerife) se mandan misas «en to-dos
los dias de las festividades de los santos que guardan la
villa, tres misas a la Santísima Trinidad, y una misa el día de
santa Águeda, santa Dorotea, santo Thomas de Aquino, san
Francisco, santa Dorotea, san Juan Porttan Latina, san Bernar-dino
de Sena, a la Levitación de Ntra. Sra., santa Margarita,
sari AgUscin, a la Ena!tac.bn de Crdz, san:a TI LoLVLo~ c~ -, . S Ü S
Lucas Evangelista, san Carlos, san Nicolás Obispo, la Espec-tación
de Ntra. Sra., y Ntra. Sra. del Carmen» 'O.
S P. M. DÁVILA Y CÁRDENAS, op. cit., «Constitución XX. De las cape-llaníasn,
cap. 1, «Cómo se erigirán capellanías en Beneficios Eclesiásticos»,
en PP. 238-239.
Ídem, p. 239.
'O ARCHIVO HIST~RICDOIO CESANOD E TENERIFE( en adelante, A.H.D.T.),
leg. 237, doc. 2, fols. 2vto-14r.
FUNDACI~ND E CAPELLAN~ASE N LAS ERMITAS DE LA DI6CESIS NIVARTENSE 5
En el mismo municipio pero en el siglo XVIII, se instituyen
misas en 1738 en la ermita de san Sebastián, «una a Ntra. Sra.
del Rosario, dos a Ntra. Sra. de la Consolación, y una a san
Sebastián, otra a san José» ' l , o en la de san Bernabé en
Tegueste a las ((imbocaciones del Sr. san Bernabé, a María
Santísima de los Dolores, y al Sr. san Francisco)) 12.
La mayor parte de los patronos tienen un vínculo impor-tante
con el templo siendo en muchas ocasiones los autores
de su erección. A través de la capellanía 14, el fundador asegu-ra
su manutención gracias al capital dado para la ermita. Esto
ya quedaba recogido en ias Sinodaies «si ei fundador dexo ai-guna
renta para reparo de los tales ornamentos, entre en su
poder, dando fianza para tenerlo en pie (...), y expresamente
no se lo huviere dexado en administración al patrón, lo ten-ga
con la misma fianza el capellán, o capellanes de la tal ca-pillan
15.
Hacendados, seglares, presbíteros y cofrades son los tres
grupos principales en que se dividen los patronatos descubier-tos.
Éstos debidos precisamente a su condición social, son
variados, encontrándose desde los hacendados propietarios de
la ermita, hasta los vecinos del pueblo al que pertenece la
misma, y que buscan mediante la donación de un capital, un
número suficiente de misas para el descanso de sus almas.
" Ídem, leg. 212, doc. 11, fol. 4r.
l2 Ibídem, leg. 500, doc. 11, fol. 12r.
l3 Ver anexo 1 ."
l4 La imposición de una capellanía era obligatorio para la creación de
un templo, y-a gai-aiiiisa'i>a su nianieriimieiito.
P. M. DÁVILA Y CÁRDENAS, op. cit., ~Contitución XX. De las cape-llanías)),
cap. 1, ((Cómo se erigirán capellanías en Beneficiados Eclesiásti-cos
», p. 241.
DAVID CORBELLA GUADALUPE
1 . Los hacendados y nobles l b
En nuestras islas, la importancia económica de la vertiente
norte frente a la del sur, hasta el siglo m, queda de manifes-tado
en la creación de ermitas y en la fundación de capellanías
para su manutención. La trascendencia de los eremitorios en
haciendas del norte, se demuestra no sólo en el gran número
de templos que fueron levantados en las mismas, si no en el
reclamo de las capellanías que los fundadores y sus descen-dientes
realizarán, con la intención de no perder su dominio.
El mayor número de las fundaciones de capellanías pertene-cen
a propiedades particulares. Este es un caso repetido de
forma constante en todos los hacendados, nobles o no. La
impecaricia & tefier yn' rvnyn-ui~urulu~ rl más pre~uctivpas i -
ble hacía que el dueño pasara a fijar allí su residencia de una
forma continua, al tiempo que querían asegurar en la misma
su sustento espiritual mediante la erección de una ermita y la
correspondiente capellanía de misas. En otras ocasiones estas
ermitas situadas a las afueras de la población, quedaban olvi-dadas
por sus dueños, los cuales tenían la obligación de con-servarlas.
Desde el momento en que estos deciden destinarlos
a usos profanos, como estaban la mayor parte de las que exis-tían
en 1800, era debido a preferir sus dueños vivir en la po-blación
y disfrutar de las delicias de la sociedad17. En este tipo
de patronato, a diferencia de los otros que luego veremos,
serán las razones de perpetuar el linaje y el patronato de la
familia el que predomine sobre los otros. En todos estos ca-sos
el patrono determina la posesión que sobre ella tiene como
parte de su propiedad.
~n,on~ramods os <ie imposiciones hechas para garan-tizar
la manutención de las ermitas en haciendas; las que se
realizan con la ermita ya erigida y las que se hacen para ase-gurar
su construcción.
16 Tlnr -nnv.-, .,, ,A" 1."
l7 A.H.D.T., Fondo Diocesano, Documentación por fechas, leg. 39. Re-ferente
a pleitos en la ermita de San Francisco de Paula en las Tahonillas,
Geneto, La Laguna, Tenenfe.
5 4 ANUARIO DE ESTUDIOS ATL.~NTICOS
FUNDACI ~N DE CAPELLAN~AESN LAS ERMITAS DE LA DI~CESISN IVANENSE 7
1.a. Imposición de capellanías en emitas de haciendas
y propiedades privadas
1.a. l. Imposición de capellanías en ermitas ya erigidas
en haciendas
Todas las imposiciones que vemos a continuación tienen en
común ser erigidas en haciendas como una forma de perpe-tuar
el linaje familiar del fundador. En todos los casos se deja
claro la posesión del fundador sobre el templo que dota.
Las primeras capellanías encontradas en la isla de Tenerife
se remontan al siglo xm, cuando Juan Méndez e Isabel Ra-mírez,
mandan la realización en 1536 de una capellanía de
misas en ia ermita de santa Isabel ubicada en su hacienda de
Buenavista18. Del mismo modo en el primer cuarto del si-glo
XVII, impone Luis Fernández Prieto de Saa, en su hacien-da
de Garachico por disposición testamentaria, una capellanía
de misas en ala hermita que yo tengo de la advocacion de
Ntra. Sra. de la Consolación en mi hacienda del malpaís» 19.
En la isla de La Palma, en el lugar de Las Breñas, en 1648,
Pedro Hernández Camillón y su esposa dicen haber fundado
una ermita de la advocación de Ntra. Sra. del Socorro en el
lugar que llaman «la pata del barranco de Aguaciencio~ don-de
está «hecha y fabricada a nuestra costa con todos los or-namentos,
con que de ordinario en ella se celebra el oficio
divino» 20. En Tenerife, en la segunda mitad del siglo, en el
Puerto de la Cruz, el capitán Francisco de la Cova Ocampo,
funda también capellanía en su hacienda de san Gonzalo en
Taganana por que allí atengo por mi devocion fabricada una
hermi ta~~Y'a. a final de siglo, en La Orotava, Angela de Nava
y Grimón instituye una capellanía en su ermita privada de san
Miguel, en Valle Guerra. Casi a mitad del siglo xm, se ratifi-ca
en la fundación Miguel de Nava y Grimón, como heredero
l8 A.H.D.T., Fondo Diocesano, leg. 199, doc. 15.
l9 Ídem, leg. 535, doc. 11, fol. Ir.
20 Ibídem, leg. 272, doc. 4, fol. 3r.
21 Ibídem, leg. 121, doc. 4, fols. 3r.-3vto.
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8 DAVID CORBELLA GUADALUPE
en el título del marquesado y de los bienes del mismo22. Tam-bién
en La Orotava en noviembre de 1689, Manuel de Abreu
realiza su testamento y con él la fundación de una capellanía
en la ermita que posee en su «hacienda de la Candelaria del
Lomo (...) sobre la que impone la fiesta de la Purificación de
la Virgen» 23.
Lo mismo ocurre cuando Nicoloso de Ponte Jiménez, rea-liza
una dotación de misas en 1675 en Garachico, que se han
de decir en «la hermita de Ntra. Sra. del Carmen que esta en
mi hazienda de san Pedro de Daute» 24.
Finalizando el siglo se firma en Granadilla y según el de-seo
testamentario de Andrés Rodríguez y Mana González, la
realización para su disfrute y el de sus vecinos, de las misas
que se hacen en su ermita de san Isidro en su hacienda del
mismo nombre «donde disen chuchurumbache (sic)» 25.
Con el inicio del siglo mn, aparece en el Puerto de la Cruz,
la fundación realizada por el alférez José Borges Timudo y su
legítima mujer María Perera Orbaran, en la ermita de san
Antonio en la hacienda de «Las Cabezas», «fabricada a nues-tra
costa en las cabesadas del Puerto de la dicha villa, debajo
de la M~nt añe t a ) )A~s~im. ismo José de la Santa Ariza y Fran-cisca
Catalina Baldes, deciden dotar en 1707 en La Laguna,
debido a «que hicimos y fabricamos una hermita con la
advocacion de Nra. Sra. de Candelaria y San José en la ha-cienda
que tenemos en el pago del Sauzal (...) la qual tene-mos
acavada y puesta en ella todos los ornamentos~~P'.a ra
su hacienda de Tegueste, en 1738, Juana Mana Alvarez Valla-dares,
funda capellanía «en la hermita que tengo erigida de la
advocación del Sor san Farncisco de Paula en el lugar de
tegeste el viexo en la hasienda de Viña que alli tengo» 28.
22 Ibídem, leg. 354, doc. 1, fol. 4r.
23 Ibídem, leg. 498, doc. 9, fol. Ir.
24 Ibídem, leg. 385, doc. 4, fol. 4vto.
i5 ibíiem, ieg. 217, doc. io, foi. 3r.
26 Ibídem, leg. 186, doc. 6.
27 Ibídem, leg. 166, doc. 8, fol. 2vto.
28 Ibídem, leg. 128, doc. 16, fol. 5r.
ANUARIO DE ESTUDIOS ATUNTICOS
FUNDACI~N DE CAPELLAN~AS EN LAS ERMITAS DE LA DI~CESIS NNAMENSE 9
l.a.2. Imposición de capellanías en las ermitas de haciendas
que estaban próximas a ser erigidas
Gracias a estos documentos sabemos de forma más exac-tas
la datación de algunas de las ermitas, al presentársenos las
fechas de los mismos como indicadores de su construcción.
En la isla de Tenerife, en septiembre de 1547 en san Pedro
de Daute, Pedro de Interian Ayala, regidor de la isla, realiza
su testamento y en él la fundación de misas en la ermita que
quiere fabricar en honor a san Salvador, cara a donde. esta el
palomar, mediana de buena medida e bien talladan 29. En el
siguiente siglo, un descendiente del anterior, Luis Interian,
también regidor de la isla, impone una serie de misas en sep-
A
L ~ C ~ U U I ~Ce 1627 2ii Garachico, en 4 2 hermitu que qiiero
haser y fabricar en mi heredamiento de Ynterian de la advo-cacion
a san Esteban para la que tengo pedido licencia)) 30.
En 1628 el capitán Juan Antonio Ome de Franqui y Lugo
en su testamento realiza la fundación para la ermita de san
Cayetano, que todavía estaba en construcción por estar «fabri-cando
en el lugar del Realejo de arriva junto a su hacienda» 31.
En Santa Cruz de La Palma en 1689 María Rexe realiza su
testamento con unas dispocisiones de misas que se han de
decir en la ermita que se trata de fabricar en el termino de
Ve l h ~ c ocu~y~a titular será Ntra. Sra. de la Soledad, ubicada
en la hacienda del mayorazgo que fundo Miguel de Abreu y
Rexe. Finalizando el siglo, el capitán Juan de las Nieves y su
esposa al hacer la dotación de la ermita de san Roque, en el
Puerto de la Cruz en Tenerife, dicen que ({estamos por fabri-car
en la zona que llaman tesal)), con la condición de que en
ei interin que no ia fabriquemos se haya de desir las misas en
la Iglesia Parroquia1 de Ntra. Sra. de la Peña o en cualquiera
yglesia o convento que fuere voluntad del capellán)) 33.
29 Ibídem, leg. 307, doc. 11, fol. 3vto.
'"bídem, ieg. 236, doc. í3, pág. 2r. '' Ibídem, leg. 310, doc. 3, fol. Sr. '* Ibídem, leg. 255, doc. 14, fol. 7r.
33 Ibídem, leg. 183, doc, 2, fol. 8vto.
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1 0 DAVID CORBELLA GUADALUPE
En el siglo XWI, en La Palma, el alférez Salvador Fernández
hace la fundación en El Paso, suplicando a su mujer y al li-cenciado
Miguel Alvarez Abreu, cura de Ntra. Sra. de los Re-medios,
que tras su muerte y cuando se entre en posesión de
su hacienda tendrá obligación de acabar de fabricar la ermita
de Ntra. Sra. de Bonanza,, 34.
En 1777 en La Laguna, Bernarbé Antonio de Abreu, funda
una capellanía de misas instituidas en la ermita que esta por
fabricar en su hacienda de Tegueste, al tiempo que crea la
escritura de erección de la misma. En ella se dice ((he deter-minado
haser y fabricar una hermita a las dhas casas de su
abitacion y dentro de la propiedad, que con efecto esta
integramente fenecida a ymbocacion del Sr. S. Bernabe, a la
M." Santissima de los Dolores y al Sr. Francisco» 35.
2. Pvesbíteros y seglares no hacendados 36
Este segundo grupo va a tener una distribución social mu-cho
más variada de lo que parece a simple vista, ya que den-tro
de los seglares aparece una organización profesional muy
amplia. Así nos van a aparecer desde los licenciados a los la-bradores,
pasando por todas las ramas del ejercito. Además en
este segundo grupo llevados más por cuestiones sentimentales
que por las de perpetuación de su linaje, deciden fundar
capellanía normalmente en la ermita del pago donde habitan,
y donde al igual que sus ascendentes, serán sepultados.
A mitad del siglo MI en la isla de La Palma, Pedro Massieu
Vandala instituye misas para la ermita de Ntra. Sra. de las
Nieves donando en su testamento cuatro reales por misa para
esta ermita 37.
En Tenerife, el capitán Pedro García del Castillo, realiza en
1667 en La O r o t a ~ a s~u~ t,e stamento y la correspondiente
34 Ibídem, leg. 274, doc. 3, fol. llvto.
35 IgUriil, kg. %U, doc. il, fol. Úvb.
36 Ver anexo 2.'
37 A.H.D.T., Fondo Diocesano, leg. 271, doc. 5.
38 fdem, leg. 238, doc. 7, fol. Ir.
58 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
FUNDACI~N DE CAPELLANÍAS EN LAS ERMITAS DE LA DIdCESIS NIVANENSE 11
capellanía en la ermita de san Luis en el Charco del Pino en
el pago de Chinama, que pertenecía a la jurisdicción de
Chasna. Por esta fundación sabemos que había sido mandada
a construir por el mencionado junto a Luis García del Casti-llo
y Saviel, García del Castillo y Ana García, hermano y tíos
del testador, y que en esa fecha «con efecto se fabrico y esta
hecha» 39.
A inicios del siglo XVIII, en Tacoronte, el sargento mayor
Luis Alvarez López y su esposa, realizan una fundación en la
ermita de san Jerónimo ((por estar cercana a la casa de nues-tra
habitación. 40. En noviembre de 1738 en Guía de Isora,
Juan Perdomo Betancourt, otorga el testamento de fundación
de capellanía que había realizado el alférez Juan Matos del
Mamo en 1736, con la peculiaridad de dar misas en la ermita
de san Sebastián en La Orotava en honor a «Ntra. Sra. del
Rosario, Ntra. Sra. de la Consolación, san José y san Se-bastiánn
41.
El presbítero Diego del Carmen, en septiembre de 1761,
manda fundar en su testamento una capellanía todos los do-mingos
y dias de fiestas en la ermita que tenía la intención
de construir en honor a san Diego en el Rincón de La Orotava,
en el pago del Rincón de Abajo42. El mismo presbítero dos
meses después manda fundar en su testamento una capellanía
todos los domingos y días de fiestas en «una herrnita con casa
y demas quartos contiguos a dicha ermita»43. A final del si-glo
x m , en Santa Cruz de Tenerife, Juan de Texera funda una
capellanía en la ermita de Ntra. Sra. de Guía en La Victoria.
Nueve años después, en junio de 1805 en este último lugar,
Nicolás de Arauz Molina pide la reducción de las misas por
haber aurnmt~do!o s gr~v5r~eneys h aber venido en decaden-cia
su hacienda 44.
39 Ibídem, leg. 498, doc. 8.
40 Ibídem, leg. 230, doc. 5, fol. 2vto.
41 Ibídem, leg. 212, doc. 11, fol. 4r.
42 Ibídem, leg. 219, doc. 11.
43 Ibídem, fol. 6r.
Ibídem, leg. 500, doc. 17, fols. 4r-4vto.
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3. Las cofradías
Sólo hemos encontrado un caso de fundación de cape-
Uanías realizadas por los miembros de una cofradía. Nos re-ferimos
a la de la ermita de san Telmo en el Puerto de la Cruz
(Tenerife), cuya petición de licencia de fundación se hace en
Gran Canaria el 2 de septiembre de 1663, diciendo ((que los
mareantes tenemos al glorioso Padre san telmo que benera-mos
en dicho Puerto en una ermita con dicho título que nues-tros
Antecesores fabrica ron^^^. Además los fundadores de la
dotación se nombran ellos mismos como patronos, de una
forma conjunta «de doce hombres marinos venerables y natu- .
rales de este dicho Puerto a quienes nombramos por Pa-t
ronos~".
A través del estudio de las capellanías a parte de los temas O-señalados
aparecen otros, que forman parte de manera direc- m
E
ta o indirecta de las dotaciones de capellanías, y que apare- O
cen en los expedientes consultados como parte de los pleitos n
o problemas que se plantean en un templo y que pueden ser E a
solucionado por medio del estudio de las capellanías impues- n
tas en la ermita. n
n
3
O
1. Agradecimientos al santo
Debido a la calamidad que azotó la isla en febrero y mar-zo
de 1838 por la falta de lluvias, se hizo necesario por parte
de los vecinos, el hacer rogativas durante nueve días a la ima-gen
del santo Cristo de los Dolores, que se veneraba en la igle-sia
del ((convento agustino extinguido de este lugar de Taco-ronte,
hoy ermita de Sebastián)) 47.
45 Ibídem, leg. 85, doc. 7, fol. 6r.
46 Zbídem, leg. 85, doc. 7, fol. 12vto.
47 Ibídem, leg. 503, doc. 19., fol. 1.
60 ANUARIO DE ESTUDIOS A T ~ N T ~ C O S
2. Cambio del lugar de misas
Andrés Gutiérrez Ávila, provisor y Vicario General y posee-dor
eventual durante el siglo m de la capellanía c o l a t i ~ ad~e ~
Pedro Pérez Bello, pide en abril de 1848 se le autorice poder
cambiar el lugar de misas. Pretende de este modo que las que
se realizan en la ermita de Ntra. Sra. de Gracia de La Laguna
(Tenerife) se hagan en cualquier otra ermita o parroquia que
le sea más cómoda.
3. Cambio de las disposiciones testamentarias
V.- I L A A T l71---- ---L:.. --- A,..,.* ---- 4- A:,.:,-.-dA
~ 1 110- 9, LULGLIL~ TIU~GS LLiulula >U t . c > L a u I C ; u L u UILLGILUV
que «por quanto dexava que se hisiese una hermita en la viña
de la cuesta para que alli, se dixesen las misas (...) en esta
parte revoca la dicha clausula en quanto ha haserse la dicha
hermita y las misas se digan en la parroquial)) 49.
El alférez Juan Lorenzo Sicilia y su mujer piden en el si-glo
xm, el cambio de sus voluntades testamentarias, para que
las misas instituidas en la iglesia del convento de santo Do-mingo
de Santa Cruz de La Palma, se digan desde ahora en
la ermita de san Sebastiánso.
4. Puesta al día de las misas
José de Ossuna en nombre de José Trinidad tramita en
noviembre de 1855 en La Lagunas1, la averiguación del núme-vn
qñnc " 7 , - hqn * , - ~nc , . , , ~ a&n,-, a o p k O,- ,-,~cQ o,, 12 p-itg I V UL U I I W J YUL llull CI U I I J L U L L I U V a111 U b b I I d b I l l l ~ lU~I I ASA u ~ r l i r r u
de Ntra. Sra. de la Candelaria del Lomo en La Orotava (Te-nerife),
que tiene pensionada sobre la pequeña finca «en que
radica la expresada hermitan, y que no ha producido lo sufi-ciente
para cubrir la contribución.
4Vbídem, ieg. 500, doc. 39.
49 Ibídem, leg. 234, doc. 2.
Ibídem, leg. 302, doc. 3.
Zbídem, leg. 498, doc. 7.
Núm. 47 (2001)
DAVID CORBELLA GUADALUPE
5. Toma de posesión
El 31 de julio de 1652, José Aguiar, Alguacil de la Iglesia,
toma posesión de la capellanía que Antonio Jovel había reali-zado
al fundar la ermita de san Cristóbal en La Laguna
(Tenerife). Para ello ~hincose de rodillas en la dicha iglesia y
sentose en los bancos y mudo el atril del altar de una parte a
otra e hico actos de p o s e s s i ~ n ~ ~ ~ ~ .
Durante el siglo ~ I I e,n la isla de La Palma53,e l presbíte-ro
Francisco Antonio Castellanos, requirió a Pascua1 de Lugo,
alguacil del clero, un despacho del señor provisor y vicario
general de este Obispado para que le de virtud en la posesión
de la propiedad de la hacienda y ermita de Ntra. Sra. de las
Maravillas con, «viña de malvasia y vidueño con sus casas,
lagar y tanque» que fue de Leonor de Frías Salazar. Una vez
obtenida, «se paseo, mudo piedras, arranco hojas de sus vi-ñas
e hiso otros actos de posesión».
6. Reedificación de la emita
El estado lamentable de un eremitorio crea la necesidad de
fundar una capellanía que permita su reconstrucción y man-tenimiento
posterior. Claro ejemplo de esto es la ermita de
santa Catalina en Chipude en la isla de La Gomera, en el que
el Juan Gaspar Chinea en 1786, reclama mediante la cape-llanía
que posee el arreglo y reconstrucción del templos4.
También es destacable el caso de la ermita de Ntra. Sra.
del Carmen en Garachico (Tenerife). Hemos encontrado que
la primera capellanías5 instituida por Nicoloso de Ponte, el 29
de enero de 1675, dotándola con trescientos cincuenta reales
por las ochenta y dos misas en los domingos y días de fiesta,
repartidas a lo largo del año, especificándose que tienen que
ji Ibídem, ieg. 373, doc. 4, toi. Ir.
53 Ibídem, leg. 255, doc. 15.
54 Ibídem, leg. 243, doc. 4, fol. 2r.
55 Ibídem, leg. 385, doc. 4, fol. 4vto.
62 ANUARIO DE ESTUDIOS AT~NTICOS
ser realizadas cada siete días de trabajo, el día del Carmen (16
de julio) y si éste cayese en domingo se pasase al día siguien-te
de trabajo.
Dos siglos después, también en Garachico 56, Bernardo
Gorrín, cura párroco de san Pedro de Daute dice que tenien-do
licencia de reedificación desde el día 11 de septiembre de
1832, no se ha podido realizar por que primero ha de pagarse .
los desembolsos que tiene para el cobro, y los bienes sobre la
que gravitaba la dotación se reducían a unas tierras ubicadas
en el «rincón de Buenavista», las cuales no producían nada.
Esto explicaría el hecho de que la ermita cayese en la ruina
más absoluta llegando a perder su uso religioso. a N Algo similar ocurre con la ermita de Ntra. Sra. de Belén
en Güímar. En enero de 1839, se pretenden reanudar los ofi- O n
cios en este templo diciendo que «mientras la tal Hermiia -
=m
O estubo capaz de que en ella se celebrase el Sto. Sacrifico, pero E
hace años que se alla cerrada y en el peor estadon5'. 2
E
=
7
7. Reapertura de ermita em-
E
Con esta finalidad se instituye en Tenerife una capellanía, O
en La Laguna el 5 de julio de 1839. Agustina abre^^^, dice que n
E la ermita de san Bernabé, en Tegueste, que había sido funda- -
a
da por su padre Bernabé Antonio Abreu, se hallaba desde la n
muerte de su marido, el capitán Nicolás García Gómez, parte n
del edificio en ruina a causa de una venida de agua. Se dan 3
por cumplidas las misas, esperando la comisión del eclesiásti- O
co que sea del agrado del Señor Obispo para bendecirla y re-conocer
sus ornamentos para que de este modo se pueda ce-lebrar
de nuevo la misa en la referida ermita.
56 Esta peticih se hizo eii !%m Pedro de Yaüte e! 5 de ugmts de. !f?36.
Ibídem, leg. 498, doc. 8, fol. 8r.
Ibídem, leg. 507, doc, 58, fol. Ir.
Ibídem, leg. 500, doc. 11.
Núm. 47 (2001)
DAVID CORBELLA GUADALUPE
1. Justificación de las capellanias.
La ermita como lugar de entiewos
Muchos son los casos de fundadores de una ermita en su
hacienda, que utilizan la capellanía como forma de asegurar
su manutención para el futuro. Así la ermita se mantendrá
erigida, vinculada al linaje familiar. Por la misma razón son
muchos los casos en que la ermita se usa como lugar de en-terramiento
del fundador y sus descendientes. Este privilegio
queda regulado por las Sinodales en las cuales se aclara ((que
ninguna persona se pueda enterrar debajo de las gradas del
dtar r r ~ c rs,i m h e s e te;l;,endo a!gin t.;t.ii!o !e@-iio de hn-dador,
o con alguna particular licencia del Prelado» 59.
En el siglo XVI, en Tenerife, Pedro de Interian de Ayala,
hace su testamento en san Pedro de Daute, y en el dice que
quiere fabricar una ermita en honor de san Salvador «que
quando la capilla fuere fecha sean trasladados mis guesos de
la dicha Yglesia de Ntra. Sra. santa Ana en la dicha mi capi-lla
e alli sean puestos en una sepultura, y entierro, que se me
haga, e lo mesmo se haga con los guesos de mi hijo Gaspar
Ynterian que esta enterrado en san Francisco, e se ponga una
tumba cubierta de paño negro sobre mi sepultura»60.
En el siglo MI, en Garachico, Luis de Interian, regidor de
la isla, funda capellanía en la ermita que quiere fabricar a la
advocación de san Esteban, en su hacienda de Interian. Mien-tras
la ermita no se construyera se han de decir las misas en
la ((Parroquia de san Andrés deste lugar o en la iglesia de san
Pedro disiendoios responso sobre mi sepultura» ". 'También en
59 Las Sinodales especificaban cómo en las sepulturas no haya estra-dos,
ni tarimas levantadas, ni tumbas, si no fuere mientras se hagan los
oficios o fuesen en capillas privadas. Ver C. CÁMARA Y MURGA, op. cit.,
«Constitución XXII. De las sepulturas», cap. 1, ((Quien de las Sepulturas, y
e! rr,ede de SU ccr,serv~aciSnnp,. !88; y P. M. DAVILA CA~ii~riu'nso,p . d.,
ídem, p. 263.
60 A.H.D.T., Fondo Diocesano, leg. 307, doc. 11, fol. 4r.
Ídem, leg. 236, doc. 13, fol. Zvto.
Garachico en 1641, Ana Alonso, estando enferma, realiza en
su testamento y entre otras disposiciones hace la siguiente;
«quiero y es mi boluntad que si dios nuestro señor que se sir-viera
llevarme debajo de la otorgasion deste mi testamento mi
cuerpo sea sepultado en la ermita del patriarca san Jose don-de
mi hermana esta enterrada, con una mortaja de lienso y
escapulario de la Consesion y sinta de sant. Angustin)) 62.
En la isla de La Palma, en el lugar de Las Breñas, en 1648,
cuando los esposos Pedro Hernández Camillon y Ana Her-nández
dicen haber fundado una ermita de Ntra. Sra. del So-corro
para poder ser enterrados en ella; «elegimos alli nuestro
sepulcro para que no seamos llevados a otra parte, e quere-mos
ser enterrados nuestros cuerpos vestidos yo Pedro Her-nández
con en el habito de san Francisco y yo la dicha Ana
Hernández con el de santo D~mingon~~.
A un lado encontramos la elite social, quien convertía en
perenne su linaje y el del abolengo de su apellido manifesta-do
en sus capillas, dando lustre a su memoria, para dar su-fragios
perpetuos a su alma, contribuyendo a la reducción de
penas y sufrimiento en el purgatorio. En el lado opuesto esta-ban
los menos acomodados, que tenían que contentarse con
el enterramiento temporal en la iglesia y ver depositados sus
huesos y los de sus familiares, al poco tiempo, normalmente
en dos años, en una fosa común o en el osario de la ermita64.
Entre los no hacendados que deciden la fundación de
capellanía para ser enterrados en una ermita, destacan las fun-daciones
hechas en el siglo m. En 1702 en el Realejo Alto65
(Tenerife), Salvador González realiza su testamento y funda-ción
de capellanía a la ermita de santa Catalina en La Guan-cha,
p r e star rep&zcl_es 1 ~ csu epgs S ~ =S& res y &=&S
maternos. La misma ermita y pago va a ser elegido como lugar
62 Ibídem, leg. 33, doc. 3, fol. 4r.
63 Ibídem, leg. 272, doc. 4, fol. 3r.
64 HERNÁNDEZM, ., La muerte e n Canarias e n el siglo XVIII (Un estudio
de historia de las humanidades), Ed. Taller de la Historia, Centro de la
Cultura Popular Canana, Ayto. de La Laguna, 1990, p. 141.
65 A.H.D.T., Fondo Diocesano, leg. 363, doc. 9, fol 3r. Seis años des-pués,
el 9 de noviembre de 1708, ratifica en Los Realejos. A.H.D.T., ídem,
leg. 374, doc. 9, fols. Ir-lvto.
Núm. 47 (2001) 65
18 DAVID CORBELLA GUADALUPE
de enterramiento cuando en 1750 en Los Re a l e j ~ s ~An~a, Sa-comini
reclama la capellanía para el ((descanso de las animas,
las de sus padres y demas parientes, y para que los vecinos de
aquel parage disfrutasen de tal beneficio, todo en memoria de
haberse sepultado en al dicha hermita los fundadores)).
2. Capellanías instituidas pava las Ánimas
del purgatorio
Las misas eran realizadas por diversos motivos teniendo los
mismos un punto el común, el afán piadoso. Casi todas las
capellanías son instituidas para garantizar el descanso de las
ánimas de los difuntos tanto de sus ascendientes como de los
descendientes. En las Sinodales6' se deja claro que los cape-llanes
deben cumplir con las misas, por que de no hacerlo es
una grave ofensa, que hacen a Dios, y a las Ánimas del Pur-gatorio.
Ya comentamos como en el siglo XVI, Pedro de Interian
Ayala, realiza su testamento y fundación de una capellanía en
la ermita de san Salvador, que va a fabricar por su anima y la
de sus difuntos, añadiendo que cuando la capilla este hecha
«sean trasladados mis guesos de la dicha Yglesia de Ntra. Sra.
de santa Ana a la dicha capilla e alli sean puestos en una se-pultura))
68. También en Garachico en 1589, Juan Ximenes
manda la realización de una capellanía de misas en la ermita
de santa Isabel que tiene en su hacienda para «oir mi anima
e la de Isabel Jorba Calderon, mi mujer, de nuestros difuntos
la una a las animas del purgatorio y la otra al Señor san Fran-cisco
y la otra al Señor san Antonio de P a d u a ~ ~ ~ .
Son muchas las que aparecen en el siglo m. Destacamos
de entre todas las siguientes. En Icod, el capitán Fernando de
Ídem, leg. 374, doc. 9, fol. Ir.
67 P. M. DAVILAY CARDENASo,p . cit., ((Constitución XXII. De las
capelianías,,, cap. 11, .Que se sepan ei número de capeiianías y examen de
sus bienes», p. 241.
68 A.H.D.T., Fondo Diocesano, leg. 307, doc. 11, fol. 4r.
69 Ídem, leg. 200, doc. 19, fol. 4vto.
66 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
FUNDACI~ND E CAPELLAN~ASE N LAS ERMITAS DE LA DIÓCESIS NIVARIENSE 19
Castro la instituye en la ermita de san Pedro en el Realejo
Bajo diciendo que es «para que el culto divino se aumente y
para bien de mi anima y para mis difuntos» 70. Algo similar
realizan en la ermita de Ntra. Sra. de la Consolación diciendo
que es «para las animas de mis difuntos gozen del consuelo
de la misma» 71. En 1642 en La Laguna, Miguel Pézez Perera,
el mayor, labrador y su mujer fundan capellanía colativa «en
los deudos de su linaje para que se nos digan ciertos aniver-sarios
y misas para nuestras animas y la de nuestros mayores
y ascendentes» 72 en la ermita de san Benito.
A mitad de siglo, el licenciado Juan Antonio Mederos rea-liza
su testamento imponiendo una capellanía en la ermita de
san Antonio de Icod, «por mis animas y la de mis padres y
abuelos y en caso que no tenga necesidad de este sacrificio
por lo deudos mas cercanos»73. En julio de 1663 en el Puerto
de la Cruz, el capitán Francisco de la Cova crea la capellanía
en la ermita de san Gonzalo dentro de su hacienda para «que
se digan las misas por mi alma, padre y difuntos y por las
benditas animas del p~r g a t o i r o »E~n~ .l a ermita de san José
en santa Cruz de La Palma, en 1670 Mana Rodríguez Marsala,
funda una capellanía los domingos y festivos para «atender a
la comodidad de los vesinos de la hermita de san Joseph de
esta Catorce años después en La Laguna76, Lázaro
de Sossa por haber crecido en el camino que va a Candelaria,
muy cerca de la ermita de Ntra. Sra. del Rosario, quiere que
en ella se den unas misas por su alma y la de sus difuntos
que han de empezar a decir tras su fallecimiento. Un año des-pués,
Nicolás de Ponte, hace una manda pía en la ermita de
Ntra. Sra. del Carmen en san Pedro de Daute «por mi alma y
de mis difuntos y animas del pi~~rgato_ryio por la limosna y
cera que han de poner para des ir la^»^^.
70 Ibídem, leg. 126, doc. 10, fol. 9r.
71 Ibídem, leg. 353, doc. 11, fol. Ir
72 Ibídem, leg. 356, doc. 7, fol. Sr.
73 Ibídem, leg. 208, fol. 2, fol 5vto.
j4 Ibídem, leg. 121, doc. 4, fol. 3vto.
75 Ibídem, leg. 225, doc. 17.
76 Ibídem, leg. 233, doc. 7, fol. 15.
77 Ibídem, leg. 385, doc. 4, 4vto.
Núm. 47 (2001)
DAVID CORBELLA GUADALUPE
3. Capellanias instituidas para los vecinos,
labradores, y enfennos
En Tenerife en el siglo m, en el Puerto de la Cruz, el ca-pitán
Francisco de la Cova Ocampo hace la capellanía en su
ermita de san Gonzalo para ayudar al vecindario que rodea su
hacienda de Taganana «por estar distante de la poblacion del
dho lugar y de ordinario asiste mucha gente en el dho vallen 78.
Asimismo en noviembre de 1695, aparece el caso ya comenta-do
de la ermita de san Isidro, los patronos y fundadores de la
misma Andrés Rodríguez y su esposa, dotan una capellanía a
N
con trescientos reales «para que los labradores que asinten en E
las labranzas y cosechas y ser retirado una legua deste dicho O
n lugar de Granadilla y que los dias de fiesta no se queden sin
-
m
O
E missan 79. E 2
En el siglo XVIII, el presbítero Diego del Carmen, en 1761 -E
dota su ermita del ((Rincón de la Orotava)), y pone como ra-zón
que existían muchos vecinos que podían quedarse algu- 3
-
nos domingos y días de fiesta sin cumplir «el santo manda- -
0
m
E miento y precepto de oir misa por lo distante del parage O
excecialmete en los mezes del verano en que están guardando
los frutos de sus heredades como tambien algunas familias n
E
que bajan a dicho pago a cuidar de sus haziendas)) 80.
-
a
En enero de 1707 en La Laguna, José de la Santa Ariza ins- 2
n
tituye la capellanía de misas en su ermita advocacion de Ntra. n
Sra. de Candelaria y san José en su hacienda; «para que los O3
fieles y vecinos de aquel pago tengan el alivio de oir misa en
ella por estar la parroquia1 algo distante»81. Cinco años des-p1Gsj
el presbítero Mateo Fernández de Vera, dota una cape-llanía
en la ermita de santa Catalina en Taganana, «para que
los vecinos proximos oigan misa)) s2. En 1741 Juan Hernández
Barroso y Andrea Aldrana, realizan un testamento y capellanía
78 Ibídem, leg. 121, doc. 4, fol. 3vto.
79 Ibídem, leg. 217, doc. 10, foi 3vto.
Ibídem, leg. 219, doc. 11.
Ibídem, leg. 166, doc. 8, fols. 3r-3vto.
82 Ibídem, leg. 360, doc. 5.
6 8 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
FUNDACIÓN DE CAPELLANfAS EN LAS ERMITAS DE LA DIÓCESlS NIVARIENSE 2 1
en la ermita de Ntra. Sra. de la Concepción en el barrio de
Tigaiga en Los Realejos para hacer misas a la ((hora que se
congreguen los vecinos a cuio beneficio hacemos esta dha fun-dación
tocando para esto las campana)) 83. En La Laguna,
Bernarbe de Abreu, instituye una capellanía en la ermita que
esta aún por fabricar en su hacienda de Tegueste en devoción
a san Bernabé, «por serle preciso en algun tiempo parar a di-cho
pago con su familia y estar en las casas de su residencia
muy lexos de la iglesia parroquia1 del citado lugar, y mucha la
yncomodidad de ir a misa en los dias festivos, por necesi-tar
cavalgaduras y maiormente en tiempos de lluvia (...) y lo
mismo le sucede a las personas que residen en su ynme-diacionn
84.
En 1774 en La Habana, Francisco Padrón instituye una
capellanía en la ermita de san Pedro en Mocanal (El Hierro),
por los enfermos de la jurisdicción de Va l ~ e r d e ~E~l .3 0 de
mayo de 1757 desde el Puerto de la Guaira Angela de san
Diego Alvarez realiza su testamento y en el instituye unas mi-sas
en la ermita del Cristo del Planto en La Palma pues
«es mi fin principal agrandando a Dios es que los pobres fie-les,
vecinos tengan en los dias de fiesta el veneficio de la
misa» 86.
En Tenerife en el siglo m, en 1803 sabemos que era nece-saria
la realización de misas en la ermita de Ntra. Sra. de
Guadalupe en la hacienda del Realejo Bajo denominada de La
Gorvoranas7, al pedirse la ejecución del mandato de las misas
por necesidad de los vecinos de la hacienda. Lo mismo que
ocurre en 1834 con la ermita de Icod Alto, al pedir los pro-pios
vecinos, que para que asistan a misa las personas que
habiari mirade can inddgencias esta ob!igaciSn se reamderi
los oficios en la ermita de Ntra. Sra. del Buen Viajes8.
83 Ibídem, leg. 171, doc. 7, fol. 6vto.
84 Ibídem, leg. 500, doc. 11, fol. 6r.
85 Ibídem, leg. 468, doc. 1.
86 Ibídem, leg. 409, doc. 3, fol. 6r.
Ibídem, leg. 475, doc. 5.
Ibídem, leg 507, doc. 5.
Núm. 47 (2001)
DAVID CORBELLA GUADALUPE
4. GARANTILZO~S ORNAMENTOS Y EL BUEN ESTADO
DE LA ERMITA
Las Sinodales dejaban reclado lo que hacer respecto a los
hornamentos y alhajas en las ermitas ((Otrosi ordenamos y
mandamos, que todas las capellanías, que estan fundadas en
capillas particulares (ermitas), se les de inventario quando en-traren:
y si el Fundador dexo alguna renta para reparo de los
tales ornamentos, (...) dando fianzas de tenerlo en pie si hu-viere
dexado el Fundador algo de fábrica a la capilla» 89.
En Tenerife en el siglo X ~ I e, n la ermita de santa Lucía en
Icod, Magdalena Evora y Pineda, como viuda del doctor de
Francisco Escudero, funda capellanía en «la ermita que yo fa-brique
a mi costa y esta frontero a las casas de mi morada en
la qual tengo hornamentos y todo lo necesario para desir
misa» 90. En 1643, Lorenza Flores, hace su testamento y dota-ción
de capellanía por estar obligado su esposo a hacer una
ermita a Ntra. Sra. de la Piedad en La Orotava y despues de
hecha poner «una yrnagen de la dha devocion y adornar el altar
de la dha hermita de todo lo que tubiere necesidad (...) y demas
ornamentos, calis, piedra, y lo demas que convengan9'.
Para la fiesta de Ntra. Sra. de Regla en Santa Cruz, junto
al castillo de san Juan, se impone en 1665 por el capitán Do-mingo
Diaz Virtudes y su mujer, que se «ponga en el altar de
la ermita un par de vinageras de plata (...) y acabada la fiesta
se devuelvan a las casas de mis herede ros^^^.
En el siglo m, el presbítero Diego del Carmen en La Oro-tava,
para fabricar la ermita del Rincón de Abajo, en La
Orotava, dice que se compromete a «colocar en ella las
Ymágenes del Señor san Francisco de Paula y Señor san Diego
de AlcaIá» 93 y por ello manda a hacer dos imágenes y colocar
89 P. M. DAVILAY CÁRDENAS,o p . cit., «Constitución XXII. De las
capellanías),, cap. 11, [{Que se sepan el número de capellanías y examen de
sus bienes*, pp. 241 y ss.
90 A.H.D.T., Fondo Diocesano, leg. 364, doc. 17, fol. 7r..
91 Ídem, leg. 234, doc. 2, fols. 6 r-óvto.
9Z Ibídern, leg. 106, doc. 2.
93 Ibídem, leg. 219, doc. 11, fol. 8vto.
70 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
en ella y poner cáliz, los dhos ornamentos, altar y frontales y
demas adornos. En el Puerto de la Cruz Gregorio de Aguiar y
su mujer, realizaron su testamento y mandaron a fabricar la
ermita de la Peñita para los vecinos del barrio de La Ranilla
y para su servicio dieron unas andas de plata para su patro-na,
que costaron 6600 reales, una lampara, dos bujías y un
cáliz y patena, habiéndose apoderado de lo restante la familia
de María de Fuentes Martín, encargados de la obrag4. Nicolasa
Francisca Ruiz, vecina de Icod, casada en segunda nupcias
con Matías Antonio95 declara en 1750 que se hagan unas mi-sas
en la ermita del Calvario ~resadasy en dias festibos, en la
hermita que el dicho my marido ha fabricado y se ha de co-locar
en ella la Virgen de los Dolores)) 96.
A largo de la investigación se nos han ido aportado datos
sobre algunas ermitas cuya historia, patronos y fechas de hn-dación
no estaban aún claras, o se desconocía hasta el mo-mento
su intento de ser erigidas.
Muy pocos son los datos que existían hasta ahora sobre la
ermita de san Esteban en Garachico, ni siguiera aparece en
los planos que desde el siglo XVII y xvm se realizaron y que
hemos analizado9'. A través de una de las capellanías hemos
logrado datar la erección de esta ermita a lo largo del si-glo
MI. El 18 de septiembre de 1629, Luis Interian, regidor
de la isla, instituye en Garachico una capellanía en la ermita
94 Ibídem. leg. 499' doc. 39, fol. 3r.
95 Este señor había instituido una capellanía el 5 de octubre de 1719
en Icod, para que en el ínterin que no se fabricase la ermita en el Calva-rio
de este lugar se den las misas en la ermita de San Felipe Neri, Icod.
Ibídem, leg. 362, doc. 9, fols. 3r-3vto.
96 Ibídem, leg. 387, doc. 8, fol. 4r.
97 NOS referimos a los realizados por el ingeniero militar Leonardo
Torriani en 1588; por el canónigo de Tenerife Francisco Martínez de la
Fuente (copiando el que hizo Juan Núñez de la Peña, en los primeros años
del siglo XVIII, después de la erupción volcánica); el ingeniero militar An-tonio
Riviere en 1741; y Fray Andrés del Castillo en 1750 ó 1780.
Núm. 47 (2001) 71
24 DAVID CORBELLA GUADALUPE
que desea erigir a la advocación de san Esteban, en su hacien-da
de Interian. Plantea claramente que una vez hecha se ha
de tener obligación de servirlas el capellán que fuere nombra-do,
«llamando antes de desirla al patrono o la persona que
estubiere en dicho heredamiento, para que haga que la gente
le pida a la familia que bengan a oirla so pena que si no los
hisiese y cumpliere el capellan perdiese la limosna de aquel
dia»98. En marzo de 1672 la ermita ya estaba terminada al
pedir al Obispo, Simón Pedro de Ribera, clérigo de menores
ordenes, y encargado de la capellanía de la ermita de san Es-teban,
se le haga colación y canónica institución de la cape-a
llanía. N
Otro caso es el de la ermita de san Cayetano en la mon- E
tañeta del Realejo Alto no se había datado de forma precisa. O
d Por medio de la capellanía encontrada podemos asegurar que
-
m
O
E la ermita se estaba fabricando en 1628 cuando el capitán Juan E
2
Antonio Ome de Franqui y Lugo la dota con una capellanía -E
para la ~hermita que estava fabricando en el pago de la
montañeta jurisdiccion de el lugar del Realejo de a r r i v a ~ ~ ~ . 3
-
De la historia de la ermita de Santa Catalina en Chipude, -
0
m
E (La Gomera) sabíamos muy poco. Aparece nombrada por Díaz O
NúñezlOO, en el siglo m, cuando dice que Chipude posee cua- 5
tro ermitas da de Sta. Catalina en las Lomadas, S. Andrés en n
-E
el Verodal, Ntra. Sra. de los Reyes, en Valle de Gran Rey, y
a l san Nicolás en Arure». n:
Hoy sabemos que la primera fundación de la capellanía la n
hace por disposición testamentaria del 19 de abril de 1682, el 3
O
capitán Diego Herrera, siendo reclamada en el siglo xvm, por
Juan Gaspar ChineaIo1. Este en 1786 pide permiso para hacer-
SP carge de! templo y reedificarlo, como ya había mandado el
visitador general en 1757, para que pusiese la imagen de la
santa que estaba en la parroquia volver a la ermita. Este re-
98 A.H.D.T., Fondo Diocesano, leg. 236, doc. 13, fol. 2r.
99 Ídem, leg. 310, doc. 3, fol. 5r.
Iw A. D~AZNÚ NEZ,M emoria cronológica dei estabiecimiento, propaga-ción
y permanencia de la Religión Católica Apóstolica Romana en las Islas
Canarias, Madrid, 1865.
'O1 A.H.D.T., Fondo Diocesano, leg. 243, doc. 4.
72 ANUARIO DE ESTUDIOS ATL,,~NTICOS
clamo es consecuencia de que su cura actual José Fernández
no se había ocupado de los arreglos, sino que «había utiliza-do
la puerta mayor, los ladrillos, la madera del techo y las
tejas» para otras construcciones lo que provocó su ruina.
Un caso representativo para el estudio y evolución de una
ermita lo encontramos en la de santa Lucía en Icod. Doña
Magdalena de Evora y Pineda, viuda del Doctor Francisco
Escudero, otorgó su testamento cerrado en 10 de mayo de
1664 ante Don Carlos de Montiano, escribano de Icod. En éste
decía «Yten declaro que fundé en mi ermita de santa Lucía
una capellanía de misas resadas y una cantada (...) la una en
julio de 1669 y la otra en febrero de 1671, y señale tributos
que los cobra el capellan)) 'O2. Al hacer relación expresa de sus
bienes añade, «Yten declaro que yo fabrique a mi costa frente
a las casas de mi morada una ermita de la advocación de San-ta
Lucía la cual tengo acabada y adornada))'O 3.
La ermita ya no existe, pero sabemos por el estudio del
plano que encontramos en una reclamación de capellaníalo4
que estaba ubicada muy cerca de la de san Antonio. El tenien-te
de capitán, Diego Francisco de Alfaro y Guzmán, que era
sobrino de Ana y Man'a de Aguilar, primas de la fundadora, al
hablar de las propiedades y heredades dice; «unas casas altas,
con un sitio, corral y huerta por herencia de sus tías, lindan-do
por delante calle que va a la ermita de sant Antonio, por
el poniente con viña que posee el canónigo Francisco Leo-nardo
Guerra, por arriba casas y sitios del lizenciado don
Gerónimo de León, Teniente General de Canarias y por abajo
con el sitio de la ermita de santa Lucian 'O5.
En la mencionada capellanía se especifica, que a inicios del
siglo m la ermita estaba en muy mal estado, teniendo como
patronos a «la casa de Linch,,) quienes tan sólo habían dejado
de ella «los muros y la parte del techo» 'O6, pretendiendo «des-tinar
este local a depósito y venta de frutos, entre ellos vino y
'O2 Ídem, Ermitas y oratorios, leg. 1, doc. 12, fol. lvto.
!" kiem, ieg. i, doc. i2, fol. ir.
'O4 Ibídem, Capellanías, leg. 507, doc. 2.
'O5 Ibídem, leg. 507, doc. 2, fol. lvto.
'O6 Ibídem, leg. 507, doc. 2, fol. 3r.
Núm. 47 (2001)
26 DAVID CORBELLA GUADALUPE
convertir el santuario en taberna)) 'O7. La venta que había he-cho
Diego Francisco de Alfaro y Guzmán1O8, sólo era de las
tierras, no de la ermita sobre la que mantenían el derecho.
Ante tal situación y debido al estado de la ermita, el marqués
Fernando de León Huerta y Salazar, el 15 de enero de 1870,
solicita recupera para su familia y «reedificar la ermita para
dar culto en ella a la santa cuya imagen se halla en poder de
Eugenio Linch, y llevar la administración de la ermita para si
y los que le suceden» 'Og.
Caso interesante es el estudio de la ermita de la Santísima
Trinidad en La Laguna. Sobre el arco de cantería que da paso
al templo hay una inscripción que pone ((1769))E. sta fecha se
había dado como la de erección de la ermita. Hoy y gracias a
la capellanía fundada en 27 de marzo de 1770, sabemos que
Baltasar Gabriei Peraza de Ayaia, dice que en eiia y «para
mayor honrra y gloria de Dios estoy construyendo y edifican-do
en mi morada de esta dicha ciudad,) la ermita de la Santí-sima
Trinidad1l0. Por tanto la data de 1769 tendría que consi-derarse
si acaso como la de inicio de construcción, ya que en
1770 y según su propio fundador la ermita aún no se había
acabado.
Hemos a través de las capellanías descubierto alguna ermi-ta
de la que no se sabíamos nada ni siguiera de su intento de
erección. Nos referimos a la Ntra. Sra. del Popolo, (del pue-blo)
en el Puerto de la Cruz, la cual finalmente no llegó a ser
erigida. La aparición del testamento de Marina Real, viuda de
Juan Díaz «Cassares» l l l , en un expediente de capellanía l l2 pro-movido
en el siglo XVIII. Descubrimos este templo por un tes-tamento
realizado el 1 de agosto de 1672, y entre las condi-ciones
que aparecen dice «declaro que por quanto Antonia del
Sacramento monja profesa en el Combento de santa Chatalina
'O7 Ibídem.
los Venta de la propiedad al canónigo Francisco Leonardo Guerra por
escritura hecha el 7 de noviembre de 1692 ante el escribano Juan Machado.
'O9 A.H.D.T., Fondo Diocesano, leg. 507, doc. 2, fol. 3vto.
!!O fiu~c-ii-i, 1ic-- g. 17c LJJ, doc. 1, fu!. 61. "' Podría ser una deformación del apellido ~Cáceres.. Ibídern, leg. 363,
doc. 4, fol. 3r.
Il2 Ibídem, leg. 363, doc. 4.
74 ANUARIO DE ESTUDIOS AT~NTICOS
FUNDACI~ND E CAPELLAN~ASE N LAS ERMITAS DE LA DI6CESIS NIVARIENSE 27
de Sena de este Puerto mi hixa legitima y de Juan Dias
Cassares mi marido, al tiempo y quando quiso profesar hiso y
otorgo escriptura de renuciacion de todos los demas bienes
que le puedan tocar (...) Quiero y es mi voluntad que la dicha
Antonia de Sacramento se le de limosna en cada un año de
mis bienes doscientos Reales mientras la suso dicha viviere
para sus habitos (...) y despues de su fallecimiento goce los
dichos doscientos Reales de limosna la dicha otra hixa, Ysabel
de Casares, por quanto ha de entrar y ser monxa profesa de
dicho combento y despues de sus dias de ambas quiero es mi
voluntad que esta cantidad ... se digan misas resadas perpetua-mente
para siempre jamas ... se han de decir en la hermita de
nuestra Señora del Popupulo (sic) que esta por haser si no
estubiese acabada se digan en la Yglesia Parroquial de este
iugar» "j.
Dentro de este expediente de capellanía se encuentra un
edicto firmado el 4 de abril de 1721 por el licenciado Martín
Buchille Manrique de Lara, abogado de los Reales Concejos,
y confesor de la Iglesia Parroquial de Ntra. Sra. de la Concep-ción
de la Orotava. En él se explican los hechos por los cua-les
la ermita no llega a ser edificada. Para ello se estudia el
testamento de la fundadora, Marina Real, y la evolución de los
distintos miembros de esta familia. Estos documentos demues-tran
por un lado el fallecimiento de sus hijas, Antonia del Sa-cramento
e Isabel, monjas del convento de santa Catalina de
Siena, y de su hijo Juan Cáseres, que era quien heredaba la
capellanía. Esta situacción se contemplaba en la dotación ya
que en este caso se podían realizar las misas ((bien en la er-mita
o en su defecto en la parroquia». Al estar todos muertos
sólo quedaba dejar treinta días después de la realización del
escrito oportuno comunicando a los familiares que pudieran
quedar y mantener la capellanía de misas de la iglesia parro-quid
de Ntra. Sra. de la Peña.
Con este artículo se ha intentado aportar algunos datos
sobre los aspectos que conforman la fundación de una cape-iiania.
Hemos una vez estudiados los expedientes segregando
aquellos datos interesantes sobre los mismos, y mostrado de
Il3 Zbídem, f o l s . del Ir al 4vto.
Núm. 47 (2001) 7 5
28 DAVID CORBELLA GUADALUPE
entre todos aquellos los más representativos. Entre las razo-nes
que más aparecen son por orden de importancia, el dotar
un templo con una capellanía, son el deseo de tomar la ermi-ta
como lugar de enterramiento, el hacer en ella las misas en
honor de las animas del purgatorio y por último servir de con-suelo
espiritual de los vecinos, labradores y los enfermos del
pago donde se localiza el templo.
En muchos de estos expedientes no sólo aparece la dota-ción
de la capellanía sino que muchas veces muestran los pro-blemas
jurídicos que pueden causar la propiedad de un tem-plo,
el cual suele ser solucionado con el estudio de las
capellanías impuestas. En otras ocasiones un reclamo de
capellanía lleva a la misma resolución. Para solventar ambos
casos había que presentar una detallada documentación, en la
qLie se ibaii t ~ ~ r i s ~ f itobdia~s ldas~ d otaciones testarnentai-ias
en orden inverso, de la más tardía a la más moderna. En es-tos
documentos nos han aparecido una variedad de temas en
que se realiza las capellanías como forma de solucionarlo
(agradecimientos al santo, cambiar el lugar de misas, cambiar
las disposiciones testamentarias, puesta al día de las misas,
toma de posesión, reapertura del templo, reedificación del
templo).
De este modo y tras un análisis posterior llegamos a una
clasificación tipo, en la que encontramos distintos tipos de
patronato y fundaciones englobadas por tres grandes grupos;
los hacendados y nobles (que realizan capellanías para las er-mitas
de su hacienda ya construidas o en proceso de ejecu-ción
para perpetuar el prestigio de su linaje), o los presbíte-ros
y seglares, que la instituyen atendiendo a un concepto
piadoso. El último grupo aparece de forma ocasional como es
ia fundación de capeiianía por una cofradía a ia que pertene-ce
la ermita, nos referimos a la de san Telmo en el Puerto de
la Cruz. Todo esto desglosado y desarrollado ha dado lugar a
esta investigación.
ANUARIO DE ESTUDIOS ATLJ~NTICOS
FuNDACI~N DE CAPELLANIAS EN LAS ERMITAS DE LA DI6CESIS NIVARIENSE 29
ANEXO l."
Relación de los hacendados y nobles que fundan capellanías en
sus ermitas y que aparecen en los expedientes estudiados:
En Tenerife
- 1536. Agosto. 30. ¿? Juan Méndez e Isabel Ramirez, su espo-sa,
mediante testamento fundan capellanía en su ermita de
Santa Isabel. Hacienda del mismo título. Buenavista del Nor-te.
/ 1589. Marzo. 9. Garachico. Juan Jimenez realiza su tes-tamento
y funda capellanía en esta ermita. / 1604. Diciembre.
8. 13 Miguel Jerónimo Mendez funda capellania.
- 1547. Septiembre. 30. San Pedro de Daute. El regidor de la
isla, Fedi-¿, de Interian &;a!a, ~I nI AL; U~ nI t~tClcooiC ~c t~aIrl~in\r~~--n- ut,n fi~fid2i
capellanía en la ermita que esta pendiente de fabricar con la
advocación a san Salvador. Hacienda de Interian. Garachico.
/ 1788. Marzo. 13. i? El capitán, Antonio Monteverde Hoyos
Interian, realiza su testamento y fundación de capellanía para
esta ermita.
- 1628. Octubre. 26. i? Pablo Tomás Ome de Betancourt, recla-ma
de la capellanía que funda el capitán Juan Antonio Ome
Franqui y Lugo en la ermita de San Cayetano. La Montañeta.
Los Realejos. / 1721. Octubre. 19. i? Pablo Tomás Ome
Betancourt, reclama el patronato de la ermita.
- 1629. Septiembre. 18. Garachico. El regidor de la isla, Luis de
Interian, funda capellanía en la ermita que quiere fabricar a
la advocación de San Esteban. En su heredad de Interian.
Garachico. / 1672. Marzo. 18. Santa Cruz. El regidor perpe-tuo
de esta isla, Luis Interian reinstituye la capellanía fun-dada.
- 1636. Diciembre 5. Garachico. Luis Fernández Prieto de Saa,
mediante testamento funda una capellanía en su ermita de
Ntra. Sra. de la Consoiación. En su hacienda. Garachico.
- 1643. Junio. 22. La Orotava. Lorenza Flores funda por dis-pocisión
testamentaria una capellanía, una vez que esté aca-bada
la ermita de Ntra. Sra. de la Piedad. La Orotava. 1 1644.
Diciembre. 16. La Orotava. Lorenza Flores cambia su testa-mento
y sus disposiciones de capellanía.
- í663. juiio. ii. Puerio de la Ciüz. El capitái; Francisco de !a
Cova Ocampo, funda una capellanía en la ermita de san Gon-zalo.
Hacienda de san Gonzalo. Taganana. Santa Cruz de
Tenerife.
Núm. 47 (2001) 7 7
30 DAVID CORBELLA GUADALUPE
- 1669. Julio.18. Icod. Magdalena Evora y Pineda, viuda de
Francisco Escudero, funda una capellanía en la ermita de san-ta
Lucía. En su hacienda. Icod. / 1700. Marzo. 29. Icod. El
doctor Francisco Leonardo Guerra, tesorero de la santa Igle-sia
Catedral, reclama y amplía la capellanía. / 1870. Enero. 15.
Icod. Fernando León Huerta Salazar reclama la propiedad de
la ermita y su capellanía.
- 1672. Agosto. 1. Puerto de la Cruz. Marina Real, viuda de Juan
Díaz Cáseres, realiza su testamento y funda capellanía en la
ermita que desea fabricar en honor de Ntra. Sra. del Popolo
(Pueblo). Puerto de la Cruz.
- 1673. Enero. 12. La Orotava. Esteban de Llarera Calderón fun-da
una capellanía en su ermita de San José. Hacienda de la
Vizcaina Grande. La Orotava.
- 1673. Agosto. 31. Icod. El capitán Fernando de Castro Heredia
Salvatierra funda capellanía en su ermita de San Pedro. Ha-cien&
de Castr~. Xeakjo U+.
- 1675. Enero. 19. Garachico. Nicoloso de Ponte Jiménez, Ca-ballero
de la Orden de Santiago, funda una capellanía en la
ermita de Ntra. Sra. del Carmen. Hacienda del Carmen. San
Pedro de Daute. Garachico. 1 1836. Agosto. 5. San Pedro de
Daute. Bernardo Gorrín Jiménez, cura párroco de San Pedro,
pide se reedifique la ermita.
- 1676. Julio 22. i? Luis Grimaldo Viro Ponte y Lugo funda
capellanía en su ermita de San Felipe. Hacienda del Tanque.
La Orotava.
- 1686. Abril. 7. La Orotava. Angela de Nava y Grimón, funda
capellanía en su ermita de San Miguel. En su hacienda. Valle
Guerra. / 1715. Septiembre. 11. i? Alonso de Nava y Grimón,
caballero de la Orden de Calatrava y marqués de Villanueva
del Prado, y su esposa Catalina Aguiar Ponce de León, fun-dan
nueva capellanía /l72l. Octubre. 23. ¿? Miguel de Nava y
Grimón, hijo de los anteriores la ratifica y renueva la cape-llanía.
- 1689. Noviembre. 15. La Orotava. Manuel de Abreu, por testa-mento
funda capellanía para la ermita de Ntra. Sra. de Can-delaria.
Hacienda del mismo título. La 0rotava.l 1723. Mayo.
25. La Orotava. Juan de Anchieta Cabrera Samartín, funda
capellanía en la ermita de su propiedad con título de Ntra.
Sra. de Candelaria. La Orotava. / 1737. Septiembre. 9. La
Orotava. Nicolás de Anchieta Cabrera Samarín, reclama la
capeiianía. i i854. Septiembre. 15. La Orotava. Ei hijo de Jua-na
de Saviñón, pone al día la capellanía. / 1855. Noviembre.
12. La Laguna. José Trinidad, pide la averiguación del núme-ro
de años que llevan sin decirse misa en esta ermita.
FuNDACI~N DE CAPELLAN~AS EN LAS ERMITAS DE LA DI~CESIS NIVARlENSE 3 1
- 1695. Noviembre. 30. Granadilla. Andrés Rodríguez y María
González, su esposa, realizan su testemento y fundan ca-pellanía
en la ermita de San Isidro. Hacienda del mismo títu-lo.
Granadilla de Abona./ 1780. El presbítero Lucas Rodríguez
del Castillo la reclama.
- 1698. Febrero. 3. La Orotava. El capitán Juan de las Nieves e
Isabel Pérez, su esposa, fundan capellanía en la ermita que
estan por fabricar con la advocación a san Roque. Puerto de
la Cruz.
- 1700. Enero. 28. Puerto de la Cruz. José Borges Timudo y
Mm'a Peraza Orbarán, su esposa, fundan capellanía en la er-mita
de san Antonio. Hacienda de Las Cabezas. Puerto de la
Cruz. / 1710. Puerto de la Cruz. María Perera Orbaran, reali-za
autos de reafirmación de la capellanía.
- 1707. Enero. 4. La Laguna. José de la Santa Ariza y Francisca
Catalina Baldes, su esposa, fundan capellanía en la ermita de
Ntra. Sra. de Candelaria y san José. En su hacienda. El
Sauzal.
- 1724. La Orotava. Diego del Carmen reclama la capellanía que
instituyó Luisa de Franchy (sin especificar fecha) en la ermi-ta
de Ntra. Sra. del Carmen. Hacienda del mismo título. La
Orotava.
- 1736. La Orotava. El alferez, Juan Matos Alamo, funda ca-pellanía
en la ermita de san Sebastián. La Orotava. / 1738. No-viembre.
5. Guía. Juan Perdomo Betancourt, otorga el docu-mento
de fundación.
- 1738. Mayo. 2. i? Juana María Alvarez Valladares, funda
capellanía en la ermita de san Francisco. Hacienda del mis-mo
título. Tegueste.
- 1741. Mayo. 20. i? Juan Hernández Barroso y Andrea Aldrana,
su esposa, realizan su testamento y en él fundan capellanía en
la ermita de Ntra. Sra. de la Concepción. Tigaiga. Realejo
Bajo.
- 1750. Marzo. 5. Icod. Nicolasa Francisca Ruiz, realiza su tes-tamento
y fundación de capellanía en la ermita del Calvario.
kod.
- 1770.. Marzo. 27. La Laguna. Baltasar Gabriel Peraza de Ayala,
funda capellanía en la ermita de la Santísima Trinidad. En su
hacienda. La Laguna.
- 1777. Julio. 25. La Laguna. Bernabé de Abreu, funda una
capellanía en la ermita de san Bernabé. Tegueste. / 1839. Ju-l~.
-i v .5 . T - T A --.- A L-, ... L* ~ d g ~~~ ~d .~ umUJl=UL, wuUdIa ~de! capitán Nic~lás
García Gómez, pide la reapertura de la ermita.
- 1803. Noviembre. 25. i? Fundación de capellanía y mandato
del obispado para la realización de misas en la ermita de Ntra.
Núm. 47 (2001) 79
32 DAVID CORBELLA GUADALUPE
Sra. de Guadalupe. Hacienda de la Gorvorana. Realejo Realejo
Bajo.
- 1865. Julio. 30. Sil. José Delgado Trinidad, funda capellanía en
la ermita de Ntra. Sra. de Belén. En su propiedad. Güímar. /
1889. Enero. 8. i? María de la Concepción Moriarty y Tnni-dad,
reclama la capellanía.
En La Palma
- 1648. Noviembre. 19. Las Breñas. Pedro Hernández Camillón
y Ana Hernández, su esposa, fundan una capellanía en su er-mita
de Ntra. Sra. del Socorro. Barranco de Aguaciencio. Bre-ña
Alta.
- 1670. Diciembre. 24. i? María Rodríguez Marsala realiza tes-tamento
y funda capellanía en la ermita de San José. Santa
Cruz.
- 1689. Marzo. 15. Santa Cruz. María Rexe, mendiante testa-mento
funda capellanía para la ermita que se va a hacer a la
advocación de Ntra. Sra. de la Soledad. En Velhoco. En la
hacienda fundada por Miguel de Abreu y Rexe.
- 1710. Octubre. 20. El Paso. El alférez, Salvador Fernández,
funda capellanía en la ermita de Ntra. Sra. de Bonanza. El
Paso.
- 1713. Noviembre. 15. i? Domingo Jerónimo Hernández, recla-ma
la institución de la capellanía fundada por Pedro de Cala
Jaén en la ermita de San Francisco Javier. Santa Cruz.
- 1714. Diciembre. 18. Breña Alta. Leonor Antonia Frías, viuda
del capitán Domingo Lorenzo Monteverde realiza testamento
y funda capellanía en la ermita de Ntra. Sra. de las Maravi-llas.
Hacienda del mismo título. Breña. Baja. / 1725. Abril. 25.
Breña Baja. Leonor Antonia Salazar Frías, toma de posesión
del presbítero Francisco Antonio Castellanos de la ermita.
- 1738. Marzo. 24. ¿? El presbítero Gaspar Acosta, reclama la
capellanía que instituyó el Lcdo. Pedro Martínez en la ermita
de Ntra. Sra. de la Concepción en Buenavista. Breña Alta.
- 1771. Octubre. 24. ¿? El presbítero Santiago Pinto, mediante
testamento funda capellanía en la ermita del Señor de las
Caídas. C/ Real. Santa Cruz. / En 1775. Septiembre. 30. i? Los
hermanos Manuel y Josefa Narrín Monteverde reclaman la
capellanía.
En La Gomera
- 1682. Abril. 19. i? El capitán Diego Herrera por dipsiciSn
testamentaria funda capellanía en la ermita de Santa Catali-na.
En su hacienda. / 1786. Mayo. 9. Gran Canaria. Reclama
la capellanía Juan Gaspar Chinea.
8 0 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
ANEXO 2."
Relación de los seglares y presbíteros que fundan capellanías en
ermitas y que aparecen en los expedientes estudiados:
En Tenerife
- i? Juan Roberto Geresi y Mana Rodríguez del Rey, su esposa,
realizan la fundación de capellanía en la ermita de San Nico-lás.
Vera Cruz. El Sauzal.
- 1533. Diciembre. 19. i? Francisco Gil del Hoyo instituye cape-
Ilanía en la ermita de San Roque. La Orotava. / 1653. Septiem-bre.
3. Gran Canaria. Antonio de Castro Ocaña reclama la
capellanía.
- 1641. 12. C-zü-achic~.A na N m s ~re, a !izu su tectarr,ente
y funda capellanía en la ermita de San José. Hacienda de San
José. Garachico.
- 1642. Diciembre. 2. La Laguna. El labrador Miguel Pérez
Perera (el mayor) y Francisca González, su mujer, fundan una
capellanía en la ermita de San Benito. La Laguna.
- 1652. Julio. 31. i? El alguacil de la Iglesia, José de Aguilar,
toma de posesión de la capellanía que había fundado Antonio
Jovel en la ermita de San Cristóbal. La Laguna.
- 1658. Agosto. 19. Icod. El Lcdo. Juan Antonio Mederos reali-za
su testamento imponiendo una capellanía en la ermita de
San Antonio. Icod.
- 1665. Junio. 12. Santa Cruz. El capitán Domingo Díaz Virtu-des
y Ana Matías Español, realizan su testamento y en el fun-dan
una capellanía en la ermita de Ntra. Sra. de Regla. Santa
Cruz.
- 1667. Octubre. 7. La Orotava. El capitán Pedro García del
Castillo, realiza su testamento y la fundación de capellanía en
la ermita de San Luis. Charco del Pino. Granadilla de Abona.
- 1674. Juiio. 5. La Laguna. iazaro de Sosa, funda una cape-llanía
en la ermita de Ntra. Sra. del Rosario. La Esperanza.
- 1676. Mayo. 20. La Laguna. El regidor de la isla y capitán
Pedro Fernández Moreno Oramas Ocampo funda capellanía
en la ermita de San Juan. El Farrobo. La Orotava.
- 1677. Marzo. 1 l. i? Gaspar Yanes Cuervo e Isabel de Miran-da,
SU esposa, realiza sü iesiaíriciiio y hridari capellania en !a.
ermita de la Vera Cruz. Realejo Alto.
- 1681. Enero. 10. La Laguna. Diego Gómez Ferrás, reclama la
capellanía fundada por Pedro Gómez Ferras y Isabel Luis, su
Núm. 47 (2001) 8 1
34 DAVID CORBELLA GUADALUPE
mujer, en la ermita de San Juan del Farrobo. La Orotava. /
1707. Septiembre. 12. i? Antonio Gaspar Ferras reclama la
capellanía de su hermano. / 1773. Marzo. i? Isidro Rodríguez
Banios, reclama la capellanía del anterior. / 1817. Norberto
Torres, reclama la capellanía de Isidro Rodríguez Barrios. /
1822. Miguel Bautista, reclama la capellanía de Antonio
García Ferras.
- 1702. Julio. 4. Realejo Alto. El capitán Salvador González rea-liza
su testamento y en él fundan capellanía en la ermita de
santa Catalina. la Guancha. 1 1708. Noviembre. 9. Realejo Alto.
Reafirma la capellanía.1 1750. Abril. 6. Los Realejos. Ana
Sacomini reclama la capellanía.
- 1712. Febrero. 29. i? El presbítero, Mateo Fernández de Vera,
funda por dispocisión testamentaria capellanía en la ermita de
santa Catalina. Taganana. haga.
- 1719. Octubre. 19. Tacoronte. El sargento mayor Luis Álvarez
López y Mariana del Rosario González, su esposa? fundan
capellanía en la ermita de san Jerónimo. Tacoronte.
- 1738. Agosto. 18. i? Los vecinos del barrio fundan capellanía
en la ermita de san Telmo. Santa Cruz.
- 1738. Noviembre. 5. Guía de Isora. Juan Perdomo Betancourt,
otorga la capellanía instituida en 1736 en La Orotava por el
alférez Juan de Matos del Alamo, en la ermita de San Se-bastián.
La Orotava.
- 1752. Diciembre. 6. i? El alférez de foráneos Gregorio Martín
Aguiar y María de Orta del Castillo, su mujer, realizan su tes-tamento
y fundan capellanía, pidiendo la erección de la ermi-ta
de Ntra. Sra. de la Peñita. Puerto de la Cruz. 1 1864. Mayo.
4. Puerto de la Cruz. Eusebio Perdigon Brito, hace un infor-me
sobre el patronato de la capellanía.
- 1761. Septiembre. 5. La Orotava. El presbítero Diego del Car-men,
en su testamento funda una capellanía en la ermita que
desea fabricar a san Diego. Rincón de Abajo. La Orotava. 1
1761. Noviembre. 1. La Orotava. Ratifica la fundación.
- 1773. Octubre. 13. Puerto de la Cruz. Antonio Betancurt, clé-rigo
de menores ordenes, capellán y representando a los
mareantes, funda capellanía en la ermita de san Telmo. Puer-to
de la Cruz.
- 1796. Marzo. 10. Santa Cruz. Juan Tejera, funda capellanía
en la ermita de Ntra. Sra. de Guía. La Victoria. 1 1805. Junio.
7. La Victoria. Juan de Arauz Molina, pide la reducción de
-.a-- ullaaa.
- 1838. Abril. 26. i? Los vecinos funda capellanía en la ermita
de san Sebastián. Tacoronte.
- 1840. Junio. 16. Garachico. Lázaro Rodríguez y Catalina Mon-
82 ANUARIO DE ESTUDIOS AT~NTICOS
FUNDACI~ND E CAPELLAN~ASE N LAS ERMITAS DE LA DIÓCESIS NIVARIENSE 35
tesdeoca, fundan capellanía en la ermita de Ntra. Sra. de los
Reyes. Garachico.
- 1848. Abril. 3. La Laguna. Provisor y vicario general Andrés
Gutiérrez Avila, eventual poseedor de la capellanía colativa
que Pedro Pérez Bello fundó en la ermita de Ntra. Sra. de
Gracia, y de la agregación que en ella hizo Matías Pérez Be-llo,
pide cambiar el lugar de las misas.
En La Palma
- 1655. Octubre. 20.i? Pedro Massieu de Vandala en su testa-mento
funda una capellanía en la ermita de Ntra. Sra. de las
Nieves. Santa Cruz.
- 1683. Mayo. 26. i? El capitán Antonio Salazar Frías, realiza
su testamento y funda una capellanía en la ermita de San
sebastián. Santa Cruz. 1 1716. Noviembre. 28. i? El alférez
Juan Lorenzo Sicilia y Luisa Francisca, cambian sus volunta-des
testamentarias de capeiianías en esta ermita.
- 1738. Marzo. 24. El presbítero Gaspar Acosta, reclama la
capellanía que fundó el Lcdo. Pedro. Martínez, en la ermita
de Ntra. Sra. de la Concepción. Buenavista. Breña Alta.
- 1757. Mayo. 30. Puerto de la Guaira. Venezuela. Angela de San
Diego Alvarez realiza su testamento y en él funda capellanía
en la ermita del Cristo del Planto. Santa Cruz.
En El Hierro
- 1632. Febrero. 2. i? Luis Suarez Aguiar y Catalina Aguiar, su
esposa, fundan capellanía en la ermita de Ntra. Sra. de Can-delaria.
El Golfo. Frontera. 11677. Septiembre. 24. ¿? El Obis-po
Bartolomé García Jiménez, manda reinstituir la capellanía.
- 1720. Septiembre. 27. Valverde. El Beneficiado Rector de la
Iglesia Parroquia1 de Ntra. Sra. de la Concepción de Valverde,
Juan García Melo y Cordoba, funda capellanía en la ermita
de Santiago Apóstol. Valverde.
- 1733. Noviembre. 15. Valverde. Miguel Guadarrama Frías Es-pinosa,
hiida capella~iae a !a elmita de Ntra. Sra. de Cande-laria.
El Golfo. Frontera.
- 1776. Febrero. 3. La Habana. Cuba. Francisco Padrón Hermo-so,
funda capellanía en la ermita de San Pedro. El Mocanal.
Valverde.
- 1787. Octubre. 1. Valverde. el procurador José Rodríguez Pin-
?Q, en n~mbre de Marcos CasaAzs, "Lan Casañas Febles y
Mana Febles, por pleitos por problemas con el tributo reser-vado
para la fabricación de la ermita de Ntra. Sra. de la Con-solación.
Sabinosa. Frontera.
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