NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS
A CANARIAS DESDE MARRUECOS (1769-1789)
A partir de í7íjj se iiiiciaii cúiiiactos e ~ k eEs paña y ?v$mrüz-~os
para el establecimiento de relaciones normales entre los dos países l.
Como consecuencia de estos primeros contactos, a mediados de 1766
llega a España el embajador marroquí Ahmad al-Gazzal, que enta-bla
negociaciones con el primer ministro español, marqués de Gri-maldi.
A esta eiiibajada marrori;f correspende España cm !u de!
jefe de escuadra Jorge Juan, que firma un tratado de paz y amis-tad
entre España y Marruecos el 28 de mayo de 1767 2.
Las mencionadas negociaciones tienen su inmediata repercusión
en las Islas Canarias. En efecto, el primero de octubre de 1766, mien-tras
estaba en la corte de España el embajador marroquí Ahmad
al-Gazzal, se publicaba en Canarias la tregua y libertad de comer-cio
con Marruecos y se daba orden de que pudiesen ser admitidas
las embarcaciones marroquíes en las tres islas realengas: Gran
Canaria, Tenerife y La Palma
1 Sobre "esta cuestión puede consultarse el artículo de Vicente PAucIo
ATARD titulado Przmerccs reltccimes entre España y Marruecos en 1765,
publicado en «Hispania», 11 (19511, págs. 658-678, y el del P. Ramón Lou-
RIDO DÍAz, O F M, Los mtszoneros frunczScaozos y szc partzcZpaci6n eni el
tratado de pus hzspaw-marroqu de 1767, en «Archivo ibero-Amencano»,
número 133 (1974), págs 127-151.
2 De ambas embajadas se ocupa ampliamente Vicente RODRÍGUECZA -
SADO en su PoMtwa marrocpi de CFarloa III, Madrid, 1946, capítulo DI, <La
embajada de Sidi Ahmet el Gazeb, págs. 69-93, y capítulo IV, <El tra-tado
de 1767», págs. 95-133.
Cf.: Lope Antonio DE LA GUERRA Y P-A, Memorias, Cuaderno 1,
2 MARIANO ARRIBAS PALAU
Estas medidas permitían el establecimiento de un tráfico comer-cial
entre las Islas Canarias y los puertos marroquíes del Atlántico,
especialmente con el de Mogador, actual al-Sawira, en razón de su
mayor proximidad geográfica. Este tráfico comercial ha quedado
reflejado en la correspondencia de la época relacionada con Ma-rruecos
que se conserva en el Archivo Histórico Nacional de Ma-drid
y está vinculado a las existencias de granos en las Islas para
atender a la subsistencia de sus habitantes. En caso de cosechas de-ficitarias,
había que acudir a la importación de granos para el abas-tecimiento
de la población.
Sabemos que en 1768 la cosecha de trigo había sido mediana en
la isla de Tenerife, pero escasa en las de Lanzarote y Fuerteventu-ra,
de las cuales se suministraban las demás. Se Importaron de Mo-gacior
miiio y otros comestl~ies, con io cuai y con dnaber principios
de una buena cosecha de papas», se evitó que se experimentaran
hambres y trabajos 4.
En 1769 vuelve a ser escasa la cosecha de trigo, lo que da motivo
a que los vecinos de Lanzarote y Fuerteventura se agolpen en Te-
Las Palmas, 1951, pág 101; Alejandro CIORANESCHUis, toriu de Santa C m
de Tenerzfe, Santa Cruz de Tenerife, 3 vols , 1977-78, vol. 11, pág. 39.
4 Cf : Lope Antonio DE LA GUERRAY PENA,o lb. cit., pág. 128.
A principios de 1768, el cónsul español en Marruecos, Tomás Bremond,
decía al pnmer ministro, marques de Grimaldi, que un comerciante corso
establecido en Mogador, llamado Pedro Suchita, le avisaba regularmente
de todas las embarcaciones que entraban en aquel puerto y hasta enton-ces
no había visto ninguna española. La carta de Bremond está fechada
en Larache el 4 de febrero de 1768
El 25 de septiembre del mismo año comunicaba Bremond al marqués
de Gnrnaldi que había en el puerto de Mogador cuatro embarcaciones es-pañolas,
«la una prozedente de Santa Cruz de Tenerife, de donde se tienen
noticias [hlay escasez de granos, y que es regular continúen a cargarlos».
Para atender a los buques españoles en el puerto de Mogador, Bremond
propone que se nombre a Suchita vicecónsul interino, sin sueldo, pero con
autorización para cobrar, en concepto de consulaje, un derecho moderado
a las embarcaciones espaiiolas, según el porte de cada una.
El nombramiento de Pedro Suchita en estas condiciones fue aprobado
por el marqués de Grimaldi el 14 de noviembre, según confirma Bremond
en carta del 23 de diciembre.
Toda esta correspondencia se encuentra en A H. N [Archivo Histórico
Nacional, Madrid], sección 'de Estado, legajo 4 311.
360 A N U A R I O DE E S T L r D I O S i l T L A Y T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRAEíOS A CANARIAS 3
nerife, Gran Canaria y La Palma y «fuera necessario mucho para
mantenerlos» 5.
El cónsul general de España en Marruecos, Tomás Bremond, con
residencia en Larache comunicaba el 6 de agosto de 1769 al co-mandante
general de Canarias que el soberano marroquí habia
autorizado a los españoles para que extrajeran trigo por el puerto
de Mogador con destino a las Islas Canarias, e incluso habia orde-nado
que se diese preferencia para la carga a dos embarcaciones
españolas, antes que a ninguna de las demás naciones
La preferencia concedida a los españoles dio lugar a una pro-testa
por parte de los comerciantes europeos establecidos en Mo-gador
lo. Samuel Sumbel l1 envía al cónsul español Tomás Bremond
5 m.: Lope Antonio DE LA GUERRYA PERA, ob. crt, pág. 141; Roberto
ROLDAN, 332 hambre en Pw-rtezre~éwa (1600-1800), Tenerife, 1968, pág. 21.
6 Al término de su embajada, Jorge Juan había dejado establecido en
-'. - M- a- -r -n -i -~ - -~ n2e T -n m6e R r ~ m n n ñ-< r Tanarae en ~&ñ,& C1,e ~ S m l ,lp pnprz!, Con ----y - - --+.-*A J ------9
residencia en Larache, y dos vicecónsules: Francisco Pacheco en Tánger
y Jorge Patissiati en Tetuán. Como antes hemos indicado (nota 4), a fi-nales
de 1768 fue nombrado vicecónsul interino en Mogador el comerciante
corso Pedro Suchita
7 En aquel momento desempeñaba este cargo el mariscal de campo
Miguel López Fernández de Heredia, para el cual había sido designado en
la «Gazeta de Madrid», núm 29, del 21 de julio de 1767, pág. 233. El nue-vo
comandante general llegó al puerto de Santa Cruz de Tenerife el 31
de mano de 1768, fecha que coincidió con la festividad del Jueves Santo.
Cf.: b p e Antonio DE LA GUERRA Y PENA, ob nt, págs 118-119
8 Sayyidi Muhámmad b. Abd Allah. Sobre su reinado puede verse:
P Ramón LOURIDDOÍ m, O. F. M , EZ miltanato de S& MzIhámrnad 'b Abd
AZZah (1757-1Y90), extracto de tesis doctoral, Granada, 1970, y del mismo
autor la obra recien publicada MWZGWW en b segumdai mitad del si-glo
XVIII, Madrid, 1978
9 El cónsul espafiol dio cuenta de ello al marqués de Grmaldi en una
carta fechada en Larache el 12 de agosto de 1769, que se conserva en
A. H. N , Estado, leg 4.311.
10 La protesta está formulada en una carta de primeros de agosto de
1769, firmada por las casas comerciales Geo Adams et Comp.e, Mittelhol-zer
et Blount y Salva et Cars, que se encuentra en A H. N., Estado, le-gajo
4 311
11 Hebreo marroquí educado en Francia, que desempeñaba junto al
Núm 25 (1979) 361
4 MARIANO ARRIBAS PALAU
la carta dirigida por los citados comerciantes al soberano marroquí
que contiene su protesta y le comunica que dichos comerciantes se
habían personado en la corte, que estaba entonces en Marrakus, ha-bían
solicitado una audiencia del Sultán y le habían confirmado de
palabra la protesta contenida en dicha carta, a pesar de lo cual y
de las razones alegadas por los comerciantes de Mogador, el mo-narca
marroquí les contesta que aprecia y apreciará siempre a Es-paña
más que a las demás naciones europeas. Por ello los españoles
gozarían de preferencia en todo, particularmente las embarcaciones
que cargaban granos para las Islas Canarias, en favor de las cuales
había presentado Bremond sus solicitudes 12.
En una postdata manifestaba Samuel Sumbel que había comuni-cado
al Sultán el contenido de una carta que le había escrito To-más
Eremonci acerca de ia exportación de trigo ' 9 , en consecuen-cia
de la autorización concedida, había escrito enseguida a Pedro
Suchita encargándole que pasara aviso a las Islas Canarias de que
enviaran barcos para cargar trigo en la cantidad que quisieran,
antes del primero de octubre 14.
De todo ello da cuenta Tomás Bremond al marqués de Grimaldi 15,
comunicándole que, como el Sultán le había pedido que contestara
inmediatamente, así lo había hecho, dándole das más expresivas y
rendidas gracias», asegurándole que iba a dar parte de todo al rey
Carlos 111 y que ello merecería el particular agrado del monarca
español.
sultán de Marruecos las funciones de secretano para las relaciones con 10s
países europeos
12 La carta de Samuel Sumbel a Tomás Bremond está fechada en Ma-rrakus
el 7 de agosto de 1769, está redactada en francés y se conserva
en A H N , Estado, leg. 4 311
13 No he encontrado el texto de esta carta, en la que, según se des-prende
de las palabras de Sumbel, el cónsul español pedía que se autori-zara
la exportación de tngo a Canarias por Mogador, autorización que
fue concedida
14 Bremond estaba enterado de que el sultán marroquí autorizaba la
exportación de trigo a Canarias por el puerto de Mogador antes de que
se lo comunicara Sumbel, según antes hemos señalado. Cf. Carta de Bre-mond
al marques de Grimaldi del 12 de agosto de 1769, citada en la nota 9.
1.5 En carta fechada en Larache el 27 de agosto de 1769, que se con-serva
en A. H N , Estado, legajo 4 311
362 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 5
El primer ministro contesta a Bremond, encargándole que dé las
gracias al sultán de Marruecos por haber autorizado la exportación
de trigo a Canarias, lo que se dispone a cumplimentar el cónsul es-pañol
16.
Efectivamente, para dar cumplimiento a lo ordenado por el mar-qués
de Grimaldi, el cónsul Bremond escribe al sultán marroquí dán-dole
las gracias en nombre de Carlos 111 por haber permitido la ex-portación
de trigo a Canarias y pidiéndole que amplíe el plazo con-cedido,
que caducaba, como hemos señalado, el primero de octubre.
El texto castellano de esta carta tan sumamente interesante l7
dice así:
«Señor = Acavo de rezivir una carta del Rey mi Amo llena de
expressiones de agradecimiento a V. M. por haverse servido conze-derle
el que sus vasallos lleven trigo a las Yslas Canarias con pre-ferencia
a las demás Naciones, sin embargo de la opposición que hi-zieron
los comerciantes de Mogodor, cuya carta remití a mi Sobe-rano,
quien me ordena asegure a V. M. tendrá siempre presente en
su real ánimo esta fineza y que de su parte dé yo a V. M. las más
afectuosas y expresivas gracias, como por esta carta lo executo con
el respeto correspondiente.
También me dize el Rey mi Amo, que ha tenido seguros y re-petidos
informes de los governadores de las Yslas Canarias del las-timoso
estado en que allí se hallan sus vasallos por la falta de gra-nos,
no haviendo sido suficientes los que de Mogddor han conducido,
a causa de que por la grande distancia que [hlay de allí a las Ys-las,
quando rezivieron la noticia de la gracia que hacía V. M. por
respetos del Rey mi Amo, como que el término finalizó a principios
de octubre, apenas tuvieron tiempo para prevenir embarcaciones
con que ir a Mogodor a cargar los granos, por lo qual- me dize el
Rey mi Amo que, aun que es muy proprio del alto govierno de V. M.
el no permitir la saca de granos todo el año, considerando, igual-mente
que en un Ymperio tan grancie como el de V. M., poco o nada
supone ni se puede conozer el grano que se lleve a las Canarias
hasta la-próxima cosecha; me manda mi Soberano que de su parte
18 Así lo dice TomLts Bremond al marqués de Grimaldi en carta fe-chada
en Larache el 7 de septiembre de 1769, que se encuentra en A. H. N.,
Bstado, leg. 4 311.
17 De esta versión castellana tenemos una copia, que se conserva en
A. H. N., Estado, leg. 4.311 La carta está fechada el 23 de octubre de
1769. En la transcripción he modernizado lo imprescindible la puntuación
y el uso de las mayúsculas, respetando siempre la grafía.
MARIANO ARREAS PAL3-U
suplique yo a V. M. se digne dar nuevamente lizenzia a los españo-les
para que continúen en llevar trigo a las Canarias, el qual nuevo
servicio me insinúa el Rey mi Amo se promete de la verdadera
amistad de V. M.»
Posteriormente recibe el cónsul Bremond una carta del marqués
de Gnmaldi en la que éste le ordena que, valiéndose de «la mayor
prudencia y moderación, haga nueva instancia a este Soberano, pi-diéndole
continúe a nuestros nacionales la gracia de extraer trigo a
las Canarias». En el caso de obtener resultado positivo, Bremond
debe avisarlo directamente al comandante general de las Islas 18.
En respuesta, Bremond envía al primer ministro una copia de
la carta que había enviado poco antes, acompañada de una traduc-ción
árabe, al sultán de Marruecos.
El cónsul español se hace perfecto cargo de la urgencia de la
necesidad de trigo en Canarias, pero al mismo tiempo considera que
la obtención del permiso para continuar la exportación es un asun-to
«escabroso», en vista de las rigurosas y severas órdenes expedi-das
por el Sultán, en virtud de las cuales ha quedado prohibida la
extracción no sólo de trigo y cebada, sino también de todos sus de-rivados.
harina, cuscusú lg y bizcocho. La única excepción viene
constituida por el permiso concedido con carácter exclusivo a las
naves de guerra españolas que lleguen a puertos marroquíes, para
proveerse de bizcocho 20.
A primeros de enero del año siguiente no se había conseguido aún
del Sultán la ampliación del plazo para la exportación de trigo a
Canarias m.
18 La carta del marques de Grimaldi llevaba fecha del 2 de octubre
de 1769. Su texto queda reflejado en el pnmer párrafo de la respuesta de
Bremond, fechada en Larache el 9 de noviembre de 1769, que se halla en
A H N, Estado, leg. 4 311
19 Especie de sémola, que constituye la base del plato típico del mis-mo
nombre. Sobre este plato puede verse el artículo de A COUR en «En-cyclopédie
de l'Islam», tomo 11, Leiden, 1927, págs 1227-1228, palabra
<iKuskusu (C"ouscouss)»
20 Así lo comunica Bremond al marques de Gnmaldi en su carta del
9 de noviembre, citada en la nota 18
21 En carta del 3 de enero de 1770, Bremond recomendaba que se
atendiera una petición de diversos vidnos hecha por el Sultán, tanto por
las distinciones que éste hacía en favor de los españoles como por «la pre-
364 A Y U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 7
Con todo, las cantidades de trigo exportadas en 1769 de Marrue-cos
a Canarias debieron alcanzar cierta importancia, pues tenemos
noticia de que de las Islas «han salido grandes cantidades de dinero
para Mogador, i otros dominios del Rey de Marruecos a fin de sur-tir
esto de comestibles, que se han vendido a subidos precios» 22.
Y también sabemos que en el transporte de trigo a Canarias se
utilizaron, además de las embarcaciones españolas, otras francesas 23.
En el transcurso del año 1770 se produjo un suceso que causó
profunda indignación al sultán de Marruecos. Fue el caso que el
h-rqant.in español oNi~est.ra Señora de 11 ConcepCi_írno (alias o ( i d h
muros») se llevó de Mogador a dos renegados espaiioles que resi-dían
en Marruecos y los desembarcó en el puerto de la Orotava, de
la isla de Tenerife. Enterado de ello y de que el Sultán estaba efec-tuando
diligencias en relación con lo sucedido, el comandante ge-neral
Miguel López Fernández de Heredia ordena que se abra una
investigación para dar cuenta a Carlos 111 y que el soberano espa-ñol
pueda resolver, con conocimiento de causa, lo que considere
más oportuno.
Se toma declaración a José de la Cruz, «natural y vecino de la
Ciudad en la Ysla de la Palma», maestre del bergantín, el cual afir-ma
que manda el buque desde el día último de agosto por nombra-miento
de José Mascareño, dueiío en parte del bergantín, que era
maestre de él con anterioridad. En el bergantín quedan sólo tres
hombres de- la tripulación que llevaba José Mascareño en su viaje
tensión pendiente de la saca de trigo para las Canarias». Esta carta se
conserva en A H. N, Estado, leg. 4 350.
22 Cf.: h p e Antonio DE LA GUERRA Y PENA, ob dt., pág 141.
23 El cónsul franc6s en Marruecos, Louis Chenier, envía al ministro
de Marina un <Estado general del comercio francés con la costa de Ma-rruecos
en 1769», fechado en Salé el 24 de junio de 1770. En él alude a
ia disminución üei comercio de aceite, pero afirma que se han mantenido
ocupados, poco más o menos, los mismos barcos, ya que el Sultán había con-cedido
permisos de exportación de trigo, que los comerciantes franceses se
encargaban de transportar a Cádiz y a las Islas Canarias. @f.: Pierre GRI-LLON,
U n ohargé 8 a f f a z r e s au Maroc. L a c o ~ ~ e s y m d m cdew CO& LO-Chénier.
1767-1782, París, 1970, 2 vols., vol. 1, pág. 162.
8 MARIANO ARRIBAS PALAU
de la isla de Tenerife a Mogador. Manifiesta el declarante haber te-nido
noticia de que en el bergantín habían llegado al puerto de la
Orotava, procedentes del de Mogador, dos renegados: uno español
<q otro de estas Yslas»; que en la isla de la Palma se había hecho
una información, a petición del maestre José Mascareño, para hacer
constar «que él no hauía sido culpado en que hubiesen venido en el
expresado su vergantín dichos dos renegados, los cuales estaban
presos por el Juzgado Real de la isla de Tenerife en el Castillo prin-cipal
del puerto de Santa Cruz, de donde los habían llevado ama
rrados a la cárcel pública de La Laguna, por haber hurtado uno
de ellos pocos días antes tres cálices con sus patenas de la sacris-tía
del convento de San Francisco de Santa Cruz de Tenerife.
Luego se toma declaración sucesivamente a los tres marineros
que formaban parte de la tripulación del bergantín unos tres meses
antes, en su viaje a Mogador, de donde había traído «trigo, millo,
harina y algunas jabas». Confirman los marineros que uno de los
renegados se llamaba José Ojeda y era canario, mientras que el
segundo, llamado Manuel, cuyo apellido no conocen, era español.
Y que en la declaración hecha a petición del anterior maestre, José
Mascareño, se había hecho constar que éste no era culpable de ha-ber
traído a dichos dos renegados, sino el piloto Gregorio Casañas
y su padre, que iba de fletador en el bergantín.
Estas diligencias pasan al alcalde real de Santa Cruz de Tenerife,
el cual manifiesta que en los autos formados por el robo de tres
cálices y tres patenas realizado en la sacristía de la iglesia del con-vento
de San Pedro Alcántara, de la orden de San Francisco, el reo
principal es Antonio Ojeda, de Santa Cruz de Tenerife, y su com-pafiero
Manuel T ~ J oe,s pañol, ambos renegados procedentes de Ma-rruecos,
que se hallan en la cárcel pública de La Laguna 24.
El comanc'ante general de las Islas Canarias envía estas diligen-cias
al marqués de Grimaldi y le comunica que los dos renegados,
Antonio Ojeda, de Santa Cruz de Tenerife, y Manuel Francisco Tajo,
de Madrid, se han reconciliado con la Iglesia; que el primero está
preso por el hurto de 10s tres cálices y tres patenas, y e1 segundo,
24 El expediente fue incoado el 19 de octubre de 1770 y se cerró el 31
del miismo mes con el informe del alcalde real de Santa Cruz de Tenerife,
Francisco Vandama Se conserva en A H N, Estado, leg 4.309.
366 4 Y U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CAKARIAS 9
aunque hay sospechas de que ha cooperado en el robo, había sido
soltado por el alcaide mayor, pero el propio comandante general lo
ha mandado detener en Santa Cruz de Tenerife, por constarle que
el sultán de Marruecos estaba realizando gestiones para averiguar
el paradero de los dos renegados, con objeto de que el Rey esté en
condiciones de resolver lo que estime más conveniente acerca de
ellos 25.
La reclamación marroquí por la fuga de los dos renegados la for-mula
Samuel Sumbel, de orden del Sultán, al cónsul Tomás Bremond,
encargándole que escriba a España para que los dos renegados sean
devueltos a Marruecos y advirtiendo que, en caso contrario, los
desertores de los presidios españoles que huyan a Marruecos no
8er6.n devueltos; como se venía haciendo habitualmente, sino que
quedarán en libertad para permanecer en Marruecos o para d~rigir-se
a la nación que quieran 26.
Bremond contesta a Sumbel expresando su extrañeza por el he-cho
acaecido, y manifestándole que lo comunicaría a la corte de
España 27.
Así lo hace, en efecto, el cónsul español, enviando al marqués de
Grimaldi una copia de Ia carta de Sumbel y haciéndole saber la for-ma
en que había contestado.
Tomás Bremond estaba ya enterado de lo ocurrido por Pedro
Suchita 28, que le había informado de que el patrón canario José
González Mascareño se había llevado de Mogador a dos renegados.
El cónsul español dio aviso al comandante general de Canarias 29
25 La carta en que el comandante general de Canarias envía las dili-gencias
a1 marques de Gnmaldi y le da estas informaciones está fechada
en Santa Cruz de Tenenfe el 7 de noviembre de 1770 y se encuentra en
A. H. N., Estado, leg. 4.309.
2e La carta de Smbel está redactada en francés y lleva fecha del 6
de novlembre de 1770. De ella existe una copia en A. H. N., Estado, le-gajo
4 311.
27 La respuesta de Bremond estaba fechada el 18 de noviembre, ae-gún
ind:ca al marqués de Grimaldi en carta del 22, que se encuentra en
A H N., Estado, leg. 4 311
28 El vicec6nsul interino de Mogador lo había comunicado a Bremond
el 9 de octubre, según comunica e1 cónsul español al marqués de Grimaldi
en su carta del 22 de novlembre, citada en la nota anterior.
29 Según se indica en la carta de Bremond al marqués de Gr maldi
Núm 25 (1979) 367
10 MARIANO ARRIBAS PALÁU
para que, si le parecía oportuno, diese orden de que a los patrones
de las embarcaciones que fueren de Canarias a Marruecos se les
advirtiera el comportamiento que debían observar en los puertos
marroquíes, absteniéndose de llevarse de allí a los renegados, pues
esto poáía ser causa de ruptura entre España y Marruecos.
Al dar cuenta de todo ello al primer ministro español, Tomás
Bremond le insinúa que, si bien no había que pensar en devolver
a los dos renegados, aunque fueren encontrados, porque probable-mente
habrían vuelto al Cristianismo, tal vez convendría «hazer un
exemplar castigo en los Patrones, a prevención de reprimirles no
cometan éstos ni otros libertrnages» 30.
Además de la carta escrita por Samuel Sumbel a Tomás Bre- a
--,-A 31
lilullu , e! sultán ma r r ay~ie rdem u !es cemerci~n,tese l i r~pe~ess-tablecidos
en Mogador «que hagan la mayor diligencia de informar- O
n
se de qué nación fue el capitán que se llevó dos renegados, y de la - m
O
nación que fuere, escriviréis al capitán que me los remita y, si no E
puede, que dé por ellos diez esclavos moros o dos mil pesos fuertes, 2
E
reservando que s~endo español, me lo havisaréls, pues me lo enten-deré
con su cónsul; y si no lo hazéis, incurriréis en mi indigna- 3
ción» 32. O-m
Los comerciantes se reúnen y contestan al soberano marroquí acu- E
sando recibo de su carta y diciéndole que, obedeciendo lo ordenado O
en ella, han preguntado a Pedro Suchita «si tenía alguna noticia, n
E el que respondió que no, y lo mismo respondieron todos los demás, a
a exzepción de Pasqual de Sossa, español, que dijo que quando llegó
a este Puerto su embarcación oyó decir que los dos Renegados los n
n
del 22 de nov~embre, citada en la nota 27, el aviso lo dio Bremond el 10 O
de noviembre Como las diligencias efectuadas en Canarias para esclarecer
el caso se inician el 19 de octubre, ello demuestra que el comandante ge-neral
había recibido mformes previos a los que le envió Bremorid Supongo
que estos informes previos se los transmitiría Pedro Suchita.
30 La carta de Bremond al marqués de Grimaldi con todas estas 1n-formaciones
está fechada en Larache el 22 de noviembre de 1770, como se
indica en la nota 27.
31 atada en la nota 26.
32 En A. H. N,, Estado, leg 4 311, se conserva una copia de la tra-ducción
al castellano de esta carta. No lleva fecha, pero debe ser del 10 de
noviembre aproximadamente, pues en la copra mencionada se hace constar
que se había recibido en Mogador el 17 de noviembre.
368 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 11
havía llevado a Canarias la embarcación española, su capitán Joseph
Mascareño~SS .
Pedro Suchita envía copia de la carta del Sultán y de la respues-ta
de los comerciantes de Mogador a Tomás Bremond, el cual las
transmite al marqués de Grimaldi, señalando que todos los comer-ciantes
se habían hecho los desentendidos en el asunto y que quien
había revelado la identidad del patrón que se había llevado a los
dos renegados fue «un español de las Canarias llamado Pasqual de
Sossa, que se ha establecido en Mogodor, d e donde son freqüentes
las quejas que contra él se me dirijen, por las muchas deudas que
ha contraydo y mal modo de manejarse; cuyo sujeto no tengo duda
es pernicioso consentirlo en estos dominios; y de su modo de por-tarse
he dado aviso al Comandante de Canarias, por haver benido
de aqw!!=s p~rzges::.
Bremond pasa todas estas noticias al primer ministro por las con-secuencias
que de ellas pueden resultar, ya que el soberano marro-quí
advierte a los comerciantes de Mogador en su carta «que si
fuesse español el que se llevó los renegados, se entenderá con el
~Snsu!» 34.
Al enterarse el marqués de Grimaldi de la fuga de los dos rene-gados
españoles, pasa sus instrucciones al comandante general de
Canarias, encargándole «que, si por parte del Rey de Marruecos se
reclamasen los dos renegados, se desentienda de que sabe su para-dero
». En cuanto a esos renegados, debe procurar que «se sentencien
prontamente sus causas, evitando se les condene a los presidios de
Africa». Y, por lo que respecta a los patrones de las embarcaciones
canarias que vayan a puertos marroquíes, debe prevenirles que «se
abstengan de admitir a su bordo, para transportarlos a dominios
dd Rey, a renegados ningmoso
33 La versión castellana de la respuesta, fechada en Mogador el 17 de
noviembre de 1770, figura a continuación de la copia en castellano de la
carta del Sultán atada en la nota antenor.
34 La carta de Tomgs Bremond al marques de Grimaldi enviando las
dos copias atadas en las notas 32 y 33 y dando precisiones sobre Pascua1
de Sosa, está fechada en Larache el 7 de diciembre de 1770 y se encuentra
en A H N., Estado, leg. 4.311.
3s En el extracto de la carta de Miguel López Fernández de Heredia
al marqués de Grimaldi del 7 de noviembre de 1770, antes citada (nota 25),
Núm 25 (2979)
24
12 MARIANO ARRIBAS PALÁD
A Tomás Bremond se le responde que «sentía el Rey el accidente
de los dos renegados que habían hecho fuga en embarcación espa-ñola:
que todas las diligencias que hasta entonces se habían hecho
en su busca habían salido mfructuosas: que se hacía al Coman-dante
de Canarias la advertencia conveniente para que previniese
a los patrones de aqueI1as embarcaciones no admitiesen a su bordo
a ningún renegado para transportarle» 36.
En enero de 1771 el cónsul Tomás Bremond está en Mequinez,
donde debe tener una audiencia con el sultán marroquí. Allí muestra
al embajador Ahmad al-Gazzal la carta del marqués de Grimaldi
«que trata de lo sensible que le ha sido a nuestro amado monarca
la fuga de los dos renegados», la cual debe servirle de gobierno para
responder al soberano marroquí, en el caso de que le recuerde este
asunto en curso de la a&zn& pi.ivada y;e a tener ter, e! 37.
El Sultán manifiesta al cónsul español su resentimiento porque
«después de estar permitiendo se exportassen por Mogodor víveres a
las Canarias, se huviesse Ilebado un patrón vecino de ellas dos re-negados~
38 , pero lo que no podía sospechar Bremond era la pro-funda
impresión que la fuga de los dos renegados había causado
en el ánimo del Sultán, &asta ver que en las dos siguientes audien-cias
me lo recordó, preguntándome con la misma firmeza que al
principio que si el patrón que los Ilebó volvería a estos dominios, a
lo que siempre le contesté que no y que en España sería castigado».
Por ello entiende Bremond que debería prohibirse al patrón José
González Mascareño volver a los puertos de Marruecos.
se indica que se le respondi6 el 21 de diciembre en la forma que hemos
señalado.
se En la mitad inferior de la pá,&na C41 de la carta de Tomás Bre-mond
al marqués de Grimaldi del 22 de noviembre de 1770, antes citada
(notas 27 a 30), y en sentido perpendicular al texto, hay una nota de la
secretaría de Estado en que se hace constar que se habfa respondido el
21 de diciembre en la forma que hemos recogido
37 Asf lo dice Bremond al marques de Grimaldi en carta fechada en
Mequinez el 10 de enero de 1711, que se conserva en A. H N, Estado,
legajo 4.311
38 En carta del 5 de marzo de 1771, que se halla en A. H. N., Estado,
legajo 4 311, dice Bremond al marques de GrhnaIdi que así se lo había
manifestado el 10 de enero anterior. No he podido encontrar esta carta,
que es distinta de la citada en la nota anterior.
3870 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 13
Por otra parte, Pedro Suchita avisa a Bremond que el Sultán ha
cursado orden para que no se extraiga por el puerto de Mogador
trigo ni ningúin producto derivado de él. El cónsul español está con-vencido
de que esta orden dimana de la indignación causada en el
ánimo del Sultán por la huída de los dos renegados w.
Todo esto tiene su natural repercusión en las Idas Canarias. A
final de marzo el comandante general acusaba recibo al marqués
de Grimaldi de su carta del 21 de diciembre anterior 40 y le comu-nicaba
que se disponía a cumplir lo que en ella se le ordenaba, pre-viniendo
al patrón José González Mascareño y a los demás dedica-dos
al tráfico en los puertos marroquíes el cuidado que debían tener
en no cometer contra el soberano marroquí el atentado de llevarse
de allí ningún renegado y avisando a la Real Audiencia que prosi-guiera
la causa contra los dos renegados, evitando se condenara a
ninguno de los presidios de Africa al que de ellos resultara cul-pable
"l.
A primeros de abril ordenaba el primer ministro español a Mi-guel
López Fernández de Heredia que hiciera buscar al patrón José
González Mascareño y lo reprendiera severamente por el atentado
cometido, advirtiéndole de que su persona corría peligro en caso de
volver a Marruecos 42.
El comandante general de Canarias subraya la gravedad del per-juicio
causado a las Islas por la acción de José González Mascare-ño,
ya que, si el sultán de Marruecos mantenía la prohibición de ex-portar
trigo, «Yo no sé qué ha de ser de estas Yslas que, sobre tan-tos
golpes fatales de calamidad y miseria que sufren va a quatro
años, el presente les dexa sin arbitrio alguno de subsistir, sin que
39 Bremond proporciona todas estas noticias al marques de Grimaldi
en su carta del 5 de marzo de 1771, citada en la nota anterior.
40 Citada en la nota 35
4 1 Esta carta de Miguel Lbpez FernAndez de ~ e r e d i a al marques de
Grimaldi está fechada en Santa Cruz de Tenerife el 31 de marzo de 1771
Y se elic-ueiitra H. N, Estado, lega 4 yii.
42 La carta del marqués de Grimaldi estaba fechada el 2 de abril. No
he encontrado su texto, pera resulta evidente por lo que contesta el co-mandante
general de Canarias al comienzo de su carta del 3 de mayo,
que se encuentra en A. H. N., Estado, leg 4 311.
14 MARIANO ARRIBAS PALÁU
se conduzca de fuera para todas el que necesiten para sembrar y
comer» 43.
El marqués de Grirnaldi contestó el 7 de junio, diciendo: «Que se
escribe de nuebo instando al Rey de Marruecos para que permita la
extracción como antes: haciéndose cargo que por el delito de un
particular no lo han de pagar todos sus paisanos; además de que se
le ha mandado castigar» 44.
El Sultán debió autorizar por algún tiempo la exportación de trigo
a Canarias en este año 45, pero luego había quedado suspendida, pues
a mediados de diciembre el cónsul Tomás Bremond realiza gestiones
43 En estos términos se expresa el comandante general de Canarias
en su carta al marqués de Gnmaldi del 3 de mayo de 1771, citada en la
nota anterior.
44 Así se Ziace constar en ei extracto de la carta üe Mrguei Mpez Fer-nández
de Heredia del 3 de mayo, citada en la nota 42, añadiendo: <Dicho
día se escribió en estos términos al cónsul Bremond para que instase a
aquel Soberano». No he encontrado el texto de esta carta, dirigida, según
se indica, el 7 de Junio de 1771 a Tomás Bremond
45 Al enviar el estado general del comercio frances en Marruecos du-rante
el año 1770, remitido por el cónsul Louis Chénier el 20 de mayo de
1771 al ministro de Marina de su nación, dice el cónsul francés que nueve
embarcaciones de su país han estado ocupadas en el transporte de mer-cancías
desde la costa atlhtica marroquí a la de España y a las Islas
Canarias, pero Chénier considera que esto debe mirarse como un comer-cio
ocasional, con el que no se debe contar. (3.: Pierre GRILLON, ob. cit.,
volumen 1, pág. 195.
En las consideraciones del cónsul Chénier al estado general del co-mercio
frances en la costa marroquí durante el año 1771, se dice que se
ha dado ocupación a un mayor número de embarcaciones que en el pasado
y que ha habido también un poco más de exportación por la costa de Es-paña,
pero no se menciona, como en años anteriores, el comercio con las
Islas Canarias. La carta del cónsul Louis Chénier está fechada en Salé el 20
de julio de 1772. @f.. Plerre GRILLONo,b . ct t , vol 1, pág 254
El año 1771 fue particularmente difícil en Canarias Lope Anton~o De
la Guerra y Peña nos dice: <Fue la primera cosecha de papas en esta
Isla [de Tenerifej abundante, pero las demás escazas (sic) i con espe-cialidad
en las Islas de Fuerteventura i Lanzarote (de que prznczpalmente
se provee ésta) por la falta C?P agms i ^si se nos h a ,g~!padc e= t~Ua.
ésta la mayor parte de aquellos habitadores, i en la de Lanzarote ha sido
tal la falta, que han llegado a comer burros, perros, gatos, i otros anuna-les
inmundos, y el barnl de agua ha valido en parages a tres reales De
Mogador i otras partes se ha proveído esto con abundancia de trigo;
pero ha costado a quatro pesos. Los pobres son infinltom
3 72 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIM~ENTO DE GRANOS A CANARIAS la
cerca del Sultán marroquí con objeto de que éste acceda a conceder
su autorización para la exportación a Canarias 46.
Las gestiones del cónsul español no tuvieron éxito en esta peti-ción.
En efecto, el sultán marroquí le contesta accediendo a otras
solicitudes, pero denegando el permiso para la exportación de trigo 47.
A pesar de ello, Bremond ha de reiterar sus instancias al Sul-tán,
de orden de Carlos 111, solicitando permiso para la extracción
de trigo destinado a Canarias, cuyo comandante general le había
escrito de nuevo señalando «que sin este auxilio quedarán despo-bladas
las más, haviendo empezado ya a experimentar las más fu-nestas
consecuencias».
Con todo, el cónsul español advierte al marqués de Grimaldi,
«para su govierno, que este officio con S. M. Marroquina lo prac-tico
a fin de no quedarme con el escrúpulo de no hazer hasta la ú1-
tima diligencia en beneficio de aquellas pobres gentes, pues interín
que no llegue la cosecha próxima no creo que salga de aquí grano
ninguno» 48.
B.:Z ope Antonio DE LA GUERRAY PERA, Memorias, en <El Museo
Canario>>, año X, núms. 29-30, enero-junio 1949, págs. 99-100.
A la sequia y el hambre vino a unirse una epidemia de fiebre ama-rilla,
introducida por el regimiento de América, procedente de La Habana,
que fue de guarnición a las Islas. En esta ocasión el comandante general
«socorrió a los pobres con crecidas limosnas, alcanzó un cuantioso donativo
real y proveyó de granos y bastimentos a Lanzarote y Fuerteventura, gra-neros
de las islas en los años lluviosos, que hablan sido cruelmente ata-cadas
».
Cf.: Joaquín BLANCO, Breve ~totzcza hzstéricac de Zm Islas Canarw,
Gran Canaria, 1976, pág. 309; Alejandro CIORANESCoUb., czt., vol. 11, pá-gma
237.
46 Bremond realizó estas gestiones el 13 de diciembre de 1771, dando
cuenta de ello al marques de Grimaldi el 24 de diciembre No he podido
encontrar esta carta de Bremond, pero a ella hace referencia al comienzo
de otra del 6 de enero de 1772, que se conserva en A H. N., Estado, le-gajo
4.312.
47 A este respecto decía el Sultán a Tomas Bremond: «Por lo tocante
a cargar trigo, nadie lo hará hasta mayo, si Dios quiere y la cosecha apa-renta
bien» Este párrafo figura al final de la traducción de una carta del
Sultán a Bremond fechada el 15 de ramadan 1185/22 diciembre 1771,
que Bremond envfa al marqu6s de Grimaldi el 6 de enero de 1772 con carta
que se encuentra en A. H. N., Estado, leg. 4.312
48 Cf: Carta de Bremond al marques de Grimaldi fechada en Larache
En los primeros meses de 1772 tiene que intervenir Bremond en
favor del comerciante canarlo Pascual de Sosa, establecido en Mo-gador
que adeuda alguna cantidad al sultán marroquí.
Samuel Sumbel comunica a finales de marzo a Tomás Bremond
que el Sultán ha cursado órdenes a Mogador para que se deje a
Pascual de Sosa en libertad de irse a donde quiera, sin ser detenido
por causa de las cantidades que adeuda, pero advierte que, cuando
se autorice a las embarcaciones de todas las naciones la exporta-ción
de granos, no sería sorprendente que a los buques de bandera
española no se les permitiera, en razón de las sumas adeudadas
por Pascual de Sosa jO.
El cónsul español contesta enseguida a Sumbel y, entre otras
cosas, le dice: ane pareze que aun que Sosa no acabase de pagar
sus deudas, éste no es motivo de tanta consideración para que por
sólo un yndividuo se excluya a todas las embarcaciones de mi na-ción
de que carguen granos en estos dominios, estando en tranquila
paz y amistad los dos soberanos, lo qual será dar una nota muy
grande; y es cierto que si solamente fuesse defendido a los espa-ñoles
el que viniessen a este tráfico, es preciso fuera muy sensible
al Rey mi Amo, especialmente manteniendo tan buena corresponden-cia
con S. M. I.»
el 33 de enero de 1772, que se halla en A. H. N., Estado, leg. 4.350. Bre-mond
se asponfa a repetir sus instancias, aprovechando la ocasión de en-vlar
al sultán marroquí unos cajones con diversos efectos. El envío se
efectuó el 4 de marzo y en esta oportunidad reiteró «la instancia de parte
del Rey N. S. por lo que haze a la saca de granos para las Canarias, las-h
a d o de las calamidades que en ellas se padezen».
Cf.: Carta de Eremond al marques de Grmaldi fechada en Larache el
9 de marzo de 1772, que se conserva en A. H. N., Estado, leg. 4.312.
49 Al que antes hemos aludido (nota 33) al tratar del capitán José
González Mascareño, que se había llevado a dos renegados a Canarias.
50 La carta de S. Sumbel a Tomás Bremond está fechada en Mequinez
el 25 de marzo de 1772 Según su costumbre, Sumbei ia escribe en francés
De esta carta tenemos una copia en A H N , Estado, leg. 4.312 Las su-mas
adeudadas por Pascual de Sosa y las gestiones realizadas por Bre-mond
pueden seguirse en la carta que éste escnbe al marqub de Grimaldi
el 6 de abril de 1772, que se halla también en A. H N , Estado, leg. 4.312.
51 Así lo dice Tomás Bremond a Sarnuel Sumbel en carta fechada en
374 ANUARIO DE ESTUDIOS A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 17
También hubo de intervenir el cónsul Bremond cerca del Sultán
para conseguir que se pusiera en hbertad a dos marineros canarios
a los que habían cogido en tierra entre Mogador y Agadir 52.
Esta petición fue bien acogida por el sultán marroquí, el cual
contestó a Bremond diciéndole que había puesto en libertad a los
dos marineros canarios, «pero a condición de que los tengan presos
algún tiempo en su tierra para que escarmienten otros» 53.
Dos meses más tarde estos marineros seguían detenidos en Mo-gador,
según comunicaba el vicecónsul Pedro Suchita a Bremond.
Este, al responder a una carta del marqués de Grimaldi de fecha
18 de febrero, relativa a este punto, le comunicaba la situación de
los dos marineros, por lo que había enviado a Suchita «la carta
original en que este Soberano me dio parte de la libertad de los dos
últimos [marineros canarios], a fin de que, presentándola a aquel
governador, vea si produce el competente efecto, para de lo con-trario
repetir officio a Hamet Elgacel para que lo recuerde a su
Amo>>54 .
La medida debió surtir efecto positivo y algún tiempo después el
marqués de Grimaldi ordenaba al comandante general de Canarias
que reprendiera severamente a Juan Peinado, patrón de una em-barcación
canaria, que había sido detenido en Marruecos con otro
marinero al haberlos cogido en tierra entre Mogador y Agadir 55.
El primer ministro español dio instrucciones a Tomás Bremond
para que informara al sultán marroquí de las órdenes transmitidas
Larache el 31 de mano de 1772, de la que envía una copia al marquBs de Gri-maldi
anexa a su carta del 6 de abril, citada en la nota anterior. La copia
mencionada se halla igualmente en A. H N, Estado, leg. 4.312.
52 Bremond había solicitado del Sultán la Iibertaü de estos Üos ma-rineros
el 13 de diciembre de 1771 y había dado parte de su gestión al
marqués de Grimaldi el 24 del mismo mes, según confirma en su carta del
6 de enero de 1772, citada en la nota 46
53 La respuesta del Sultán está contenida en su carta del 15 ramadan
1185/22 de diciembre de 1771, citada en la nota 47,
5% La respuesta $e Bremonci ai marqués 6e Gimaid1 esL& fechada en
Larache el 9 de marzo de 1772 y se encuentra en A. H. N., Estado, leg. 4 312.
55 La carta del marqués de Grimaldi al comandante general de Cana-rias
estaba fechada el 9 de junio, según se dice en la respuesta de Miguel
López Fernández de Heredia, fechada en Santa Cruz de Tenerife el 31 de
julio de 1772, que se halla en A. H. N., Estado, leg. 4 309
NÚm 25 (1979) 375
18 MARIANO ARRIBAS P A ~ U
al comandante general de Canarias a fin de que reprendiera a los
dos marineros canarios. En cumplimiento de lo dispuesto por el
marqués de Grimaldi, el cónsul español comunica al sultán de Ma-rruecos:
«me manda el Rey mi Amo informe a V. M. 1. ha ordenado
se castiguen a los españoles que saltaron a tierra entre Santa Cruz
[Agadir] y Mogodor, porque no quiere que sus vasallos den motivo
de disgusto a V. M. I.» 56.
Por su parte, el comandante general de Canarias comunicaba
haber dado, en virtud de las órdenes del marqués de Grimaldi, una
severa reprensión al patrón Juan Peinado y haberle prohibido vol-ver
por algún tiempo a Marruecos, donde ha de ser conocido por el
tráfico que había realizado en los puertos marroquíes.
Además se propone amonestar seriamente a los demás patrones
de barcos que vayan de Canarias a Marruecos para que no se apar-ten
del más estricto cumplimiento de sus deberes, pues si faltan
a ello serán castigados con rigor 57.
Ahora bien, a mediados de mayo el sultán marroquí seguía ha-ciéndose
el desentendido en el asunto de la autorización solicitada
por el cónsul español para extraer granos de Marruecos con destino
a Canar~as y tampoco Samuel Sumbel había dado ninguna res-puesta
a cuanto le decía Bremond acerca de las deudas de Pascua1
de Sosa y las exportaciones de trigo
El comandante general de Canarias escribe a Bremond diciéndole
que <<faltó también en el presente año la cosecha de granos en aque-
58 La carta de Tomájs Bremond al sultán marroquí está fechada en La-rache
el 17 de julio de 1772. De ella envía una copla el cónsul español al
marqués de Grimddi el día 30, para justificar la forma en que ha cum-plido
sus instrucciones.
Esta carta y la copia adjunta se encuentran en A. H. N., Estado, le-gajo
4.312
57 m.: Carta de Miguel López Fernández de Heredia al marqués de
Grimaldi del 31 de julio de 1772, citada en la nota 55.
58 Bremond había solicitado esta autorización el 4 de marzo, al en-viar
al Sultán varios encargos, como antes hemos indlcado ¿?Y ' Carta Üei
9 de marzo, citada en la nota 48
59 En carta del 31 de marzo de 1772, citada en la nota 51.
Bremond informa de este silencio del Sultan y de Sumbel en carta di-rlgida
al marqués de Grimaldi, fechada en Larache el 15 de mayo de 1772,
que se halla en A. H. N., Estado, leg. 4 312.
376 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 19
llas Yslas y que quedarían expuestas a experimentar las calamidades
que en el passado si no se lograba el que este Soberano permitiesse
los llebassen de Mogador las embarcaciones de ellas a causa de la
. deuda de Pasqual de Sosa». A lo cual responde el cónsul español que,
ante la petición que había formulado de que no se privase a las Is-las
Canarias del tráfico de granos en el puerto de Mogador por las
deudas de un solo individuo, el Sultán había modificado su actitud
y dado su autorización para que se pudiera exportar grano marro-quí
a Canarias. Bremond aconseja al comandante general de las Is-las
que aproveche el corto tiempo de duración del permiso para ha-cer
acopio de granos, pues una vez finalizado el plazo de autoriza-ción
sería inútil pedir ampliación del mismo, como la experiencia
de años anteriores había demostrado. Confía Bremond en que, si el
comandante general de Canarias aprovecha el tiempo del permiso,
«podrá reparar en parte el mayor golpe de la escasez, respecto de
que [el soberano marroquí] ha conzedido a los negociantes de aquel
puerto la saca de 50 mil quintales, los 14 de ellos a un tal Cayetano
Scaglioni %O, que su principal tráfico lo haze con dichas Yslas»
Al finalizar el verano de 1772 se reciben en Mogador órdenes del
sultán marroquí por las que se prohibe cargar trigo en Mogador ni
en ningún otro puerto, excepto el de Fedala, pues tiene el propó-sito
de fomentar esta población 62.
$0 Comerciante maltes establecido en Mogador. Cf.: Carta de Isidro
Romero Berganza al marques de Grimaldi, fechada en Tánger el 14 de
julio de 1774, -en A. H. N., Estado, leg. 4 312.
61 Cf.: Carta de Tomás Bremond al marques de Grimaldi fechada en
Larache el 13 de agoste de 1772, en A. H. N., Estado, leg. 4.312.
No parece que haya sido la cosecha tan escasa como dice el comandan-te
general de Canarias Lope Antonio De la Guerra y Peña dice que <fue
buena la primera cosecha de papas, pero mala la veranera.-La de trigo
en las costas fue muy abundante, de modo que huvo fanega que produxo 40,
i en los demás parages e Islas fue moderada».
Respecto de las importaciones, confirma que <vinieron de Mogador i
otras partes porciones grandes de trigo i m~llo, con lo que se remediaron
los isleños i se volvieron a Lanzarote i Fixerteventura muchos de los men-digos
que havían venido a esta [Tenerifel~.
Cf : Lope Antonio DE LA GUERRAY PERA, Mmorias, en <El Museo Ca-nario~,
año X, núms. 29-30, enero-junio 1949, págs. 116-117.
62 Cf.: Carta de Tomás Bremond al marques de Grimaldi fechada en
Larack el 29 de septiembre de 1772, en A. H. N., Estado, leg. 4 312.
Núm 25 (1979) , 377
20 MARIBNG ARRIBAS PALÁU
En febrero del año siguiente seguía abierta la exportación de
trigo por Fedala 63, pero este puerto no debía conservar la exclusiva
del comercio de trigo, pues en Mogador siguió efectuándose dicho
comercio hasta últimos de marzo, en que fue cerrado 64.
En el mes de agosto se suscita nuevamente la cuestión de las
deudas de Pascua1 de Sosa y el Sultán ordena al gobernador de Mo-gador
y al capitán del puerto de esta ciudad q u e no permitan a los
españoles llevar a bordo de sus embarcaciones ningunos víveres,
hasta tanto que la nación [española] pague nuevecientos pesos fuer-tes
que Pasqual de Sosa debe a S. M. M., previniendo que si se
reslstiessen a ello los haga poner a la vela, de vacío; lo que efec-tivamente
se empezó a executar con una embarcación de Canarias a
que se hallaba en Mogadom 65.
N
E
De todos modos, no debió afectar demasiado esta medida al abas- O tecimiento de las Islas, pues en 1773, según Lope Antonio de la Gue- --- m
rra y Peña, das cosechas de papas invernera y veranera han sido O
E
abundantíssimas: la de trigo, buena en las costas y en las islas de E
2
E Lanzarote y Fuerteventura, pero en los demás parages de esta Isla -
[de Tenerife] se malogró en parte C...] ; la de millo fue abundante». 3
A consecuencia de esta buena cosecha «se ha visto l a Isla bien pro- --
0
veída de víveres y a precios más cómodos; con esto han cessado m
E
los muchos mendigos y se han aplicado al trabajo de los campos» 66. O
En 1774, también según Lope Antonio de la Guerra y Peña, das -
cosechas, que según empezó el año se esperaban abundantes, se des- -£
a
2
63 En carta del 27 de febrero de 1773 decía TomBs Bremond al mar- -
ques de Grimaldi: «todo el trigo que sin cesación se está sacando de Fedala, -
y se ha sacado el verano pasado por Tgnger, Mogador y aquí [Larachel, 3
[hla ido a parar a Cádiz, Málaga, Canarias y otras plazas marítimas nues- O
tras, lo que sin duda las havrá sido bastante favorable».
Esta carta se conserva en A. H. N., Estado, leg. 4 312.
84 El 5 de abril comunicaba el cónsul espafíol al marqués de Grimaldi.
«En Mogodor se ha cerrado la saca de trigo, suviendo (como en los demás
puertos) tanto los derechos en las otras especies que, surtiéndose las Ca-narias
de azeyte por alli, desde luego ya no tendrg cuenta el sacarla».
Esta carta se halla en A. H. N., Estado, leg. 4.312.
85 Así lo comunica Pedro Suchita el 10 de agosto a Bremond y éste
informa de ello al marques de Gnmaldi en carta fechada en Fedala el 20
de agosto de 1773. Esta carta se encuentra en A H. N , Estado, leg 4.312.
66 Cf : Lope Antonio DE LA GUERRYA PERA, Memorias, en t M M useo
Canario», año X, núms 29-30, enero-juma 1949, pág 131
378 4 N U A R I O DE ES1 U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 21
graciaron por venir las aguas fuera de tiempo, de modo que, a ex-cepción
de la de papas veraneras, que fue abundante, todas las otras
fueron escasas, porque los trigos, millos y legumbres se quedaron
sin granar C.] y no se ha experimentado hambre porque han ve-nido
de fuera mantenimientos en tiempo oportuno y la buena cose-cha
de papas veraneras [...] ha abastecido en mucha parte» 'j7.
Como vemos, no se dice que se haya importado grano de Moga-dor,
pero debió haber importación, aunque no he encontrado nin-guna
referencia directa, porque a primeros de enero de 1775 el vi-cecónsul
de España en Tánger, Francisco Pacheco, da cuenta de
que le han entregado un marinero canario, llamado José Trujillo,
matural del puerto de Orotava, en la ysla de Santa Cruz de Tene-rife,
quien, habiendo benido al Mogodor en un bergantín de aquélla
(su patrón Pedro Gómez), pudo introducir a su bordo seis libras de
cera» de contrabando y fue descubierto cuando trataba de introdu-cir
en el barco otras dos libras. El marinero y el patrón quedaron
arrestados en casa de Pedro Suchita, pero el sultán marroquí, al
enterarse del hecho, ordenó que se dejara libre al patrón y a su
embarcación y que le llevaran al marinero a su presencia. Lo man-tuvo
en cadenas durante cuatro días, al cabo de los cuales dio orden
de que se lo enviaran a Pacheco, diciéndole que había perdonado al
marinero el castigo que merecía su delito de contrabando por con-sideración
a Carlos 111 NO creo que este bergantín fuera el único
barco dedicado al tráfico entre Marruecos y Canarias.
E! case es tantu m& interesante cuantn que a1 ser Ilevadn e1 ma-rinero
José Trujillo a presencia del sultán marroquí, éste se halla
en el campo fronterizo a la plaza de Melilla, a la que ha puesto si-tio,
lo que ha obligado a Carlos 111 a declararle la guerra
67 Cf.: Lope Antonio DE LA GUERRAY PERA, Mewwias , en <El Museo
Canario», año X, núms. 29-30, enero-junio 1949, pág 148.
68 (3.: Carta de E"ranc1sco Pacheco al marques de Grunaldi fechada
en Tánger el 9 de enero de 1775, que se halla en A. H. N, Estado, lega-jo
4.312.
@ La declaración de guerra fue promulgada en virtud de una Real
CXdula de Carlos iI1 expedida en San Lorenzo el Real el 23 de octubre
22 MARIANO ARRIBAS PALÁU
Esta declaración de guerra fue publicada en Santa Cruz de Te-nerife
el 2 de diciembre de 1774, con lo cual quedó interrumpido el
tráfico entre los puertos marroquíes y los de Canarias.
La tregua entre España y Marruecos había durado, pues, ocho
años, durante los cuales los barcos canarios habían acudido a los
puertos marroquíes, especialmente al de Mogador, para adquirir
trigo y otros comestibles. Estas adquisiciones cobraron importancia
excepcional en los años de cosechas escasas, es decir desde 1768
hasta 1772, con el inconveniente de que dejaron a la isla de Tenerife
sin dinero, pues la mayor parte se invirtió en la compra de trigo,
habida cuenta de que era «el remedio más pronto en unos años tan
escasos y estériies~'O. a
El sitio de Melilla fue levantado al año siguiente, 1775, pero las
relaciones no quedaron restablecidas hasta 1780, en que el sultán
envió a España a Muhámmad b. Utmán, con carácter de embajador, n-- m
firmándose a finales de mayo el convenio de Aranjuez. Cinco años
más tarde, Carlos 111 correspondió a esta embajada con la misión
E extraordinaria de Francisco Salinas y Moñino, que firmó con el ;
Sultán un arreglo, de carácter eminentemente comercial ?l. 3
De todos estos años no he encontrado ningún dato relacionado % 0
con el comercio entre Mogador y las Islas Canarias. Unicamente hay 1E
un escrito del marqués de la Cañada 72 dirigido al conde de Flori- O
dablanca T3 en agosto de 1781, en que le comunica hallarse en Santa
-E
de 1774 De esta Real Cédula se conservan vanos ejemplares impresos en a
A. H. N, Estado, legs 4.309 y 4.318. 2
n
70 Cf.: Lope Antonio DE LA GUERRAY PERA, Memorias, en <El Museo
Canario», año X, núms. 29-30, enero-junio 1949, págs 142-143.
3
7 1 Cf.: Vicente RODRÍGUECZA SADO, PoZZtica marroqtci de (Tairtos 111, O
Madrid, 1946, cap. M, <La embajada de Sidi Mohamed Ben Otomán y el
Convenio; de 1780», pkgs. 285-306, y cap. XI, «Consulado general de Gon-zález
Salmón y misión extraordinaria de Salinas», pkgs. 335-372.
72 Joaquín ibáñez, marques de la Cañada, se había posesionado de la
comandancia general de las Islas Canarias en 1779. Cf.: Joaquín BLANCO,
ob. &t., p&g. 311.
73 Que habla sustituido en 177i al marqu6s de Grirnaídi eri d cargo de
primer secretario del Despacho Universal y de Estado.
Sobre Jos6 Moñino, conde de Floridablanca, puede verse: Dicczonario
de Hwtorm de EspcviZa, Madnd, Revista de Occidente, 2.6 edición, 1968,
3 vols, vol. 11, págs. 1121-1122.
En la «Gazeta de Madrid», núm. 8, del martes 25 de febrero de 1777,
380 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASPECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 23
Cruz de Tenerife un comerciante genovés llamado Tomás Ferro, de-
.pendiente de la casa comercial establecida en Mogador por los her-manos
Chiappe 74, el cual pasa a Lisboa con una embarcación por-tuguesa.
El referido dependiente promete al marqués de la Cañada
que se ocupará de llevar de Marruecos a las Islas diversos comes-tibles,
<s. mui en particular el renglón de azeite, de que siempre an-damos
alcanzados, y en el día vien escasos, después de estar a 5
pesos arrova, vajo la expresa ventajosa condición de que ilebará
todo su ymporte de los cargamentos que traiga en vinos y frutos del
país, que es otro nuebo veneficio».
El comandante general está al corriente de que en España se
admiten sin ningún obstáculo a comercio los productos procedentes
de Marruecos. Sin embargo, como estas prerrogativas y libertades
no aicanzan a ias Isias Canarias, donde subsiste en vigor ia Eeai
Cédula del 23 de octubre de 1774, por la que se renovó la guerra
con el sultán de Marruecos, el marqués de la Cañada pide que se
permita la importación de comestibles procedentes de aquel país.
Con este permiso, y dados <<la immediazión de estas Yslas a aque-llas
costas de Africa y oportuno ofrecimiento de Perro, se pudrá
seguir a esta provincia algún alivio, que tanto nececita por todos
términos, mediante a la infelicidad y miseria en que se halla cons-tituida~
T5.
páginas 71-72, se da cuenta de la sustitución del marques de Grimaldi por
e1 conde de FloridabIanca en la forma siguiente: «condescendiendo el Rey
nuestro Señor con las reiteradas súplicas que el Excmo. Sr. Marques de
Grimaldi le habla hecho para que le exonerase de la Primera Secretaría
de Estado y del Despacho, en atención a su abanzada edad y quebrantada
salud, se dignó S. M. de admitir la reverente dimisión de aquel Ministro,
y de nombrar para que le sucediese, con honores y tratamiento de Conse-jero
de Estado, al Excmo. Sr. Conde de Floridabkmca t. .'J. Luego que
llegó el Sr. Conde de Florichblanffa al Real Sitio del Pardo, se hizo cargo
de todos los negocios y dependencias de su Ministerio».
74 Sobre la actuacldn de los hennanos Chiappe en Marruecos y, en
general, las relaciones entre Genova y Marruecos, vease el artfculo de En-nco
de LEONBM, ohammed ben. AódalZdh e Ze RepubbWche Marznare, en re-vista
«ii Veltro)), núm. 4, 1963, págs. 665-698. Las referencias a Génova
y a los hermanos Chiappe figuran en las págs. 687-693.
75 Esta carta del marques de la Cañada ai conde de Floridablanca
está fechada en Santa Cruz de Tenerife el 12 de agosto de 1781 y se en-cuentra
en A H. N., Estado, leg. 4.315.
24 MARIANO ARRIBAS PALÁU
No he encontrado la respuesta del conde de Floridablanca a esta
petición ni más correspondencia relacionada con las Islas Canarias
hasta finales de 1785.
La misión extraordinaria de Francisco Salinas y Moñino, sobri-no
del primer ministro, conde de Floridablanca, había conseguido
que el Sultán concediera a España una reducción en los derechos
de exportación y la exclusiva del puerto de Casablanca para el co-mercio
español. En diciembre de 1785 el cónsul Juan Manuel Gon-zález
Salmón 76 comunicaba al conde de Floridablanca que el Sul-tán
le había dado libertad para extraer trigo por Mogador en las E
mismas ventajosas condiciones que por Casablanca. Al dar cuenta
de ello, comentaba Salmón que esta nueva concesión sólo podía te-ner
interés para las Islas Canarias 77.
-
=m
O
El permiso para la exportación de trigo por Mogador no debió te- E
ner mucha duración, pues en julio del año siguiente aludía Salmón
a que el Sultán había abolido la gracia concedida a los españoles
para la exportación de granos por el citado puerto de Mogador, 3
mientras que la establecía de manera general por el de Casablanca - -
0m
Poco después escribía el marqués de Branciforte 79 al conde de Flo- E E
ridablanca una carta que, por su extraordinario interés, considero con- ?
E
veniente transcribir íntegramente. Su texto es como sigue: -
-E
a
76 Juan Manuel González Salmón fue nombrado cdnsul general de Es-paña
en Marruecos en octubre de 1783, con residencia en Tánger. Ante- -
riormente habfa sido secretario de Francisco Pacheco, vicecónsul español
en Tánger, y luego estuvo encargado de los negocios de España. Cf.: Vi- =
cente RODR~GUEZ CASADO, PoMtzcsz marroqu4 de Carlos III, Madrid, 1946, O
capítulo XI, «Consulado general de González Salmón y misión extraordi-naria
de Sali_nas», págs. 335-372
77 La carta en que Saimón daba cuenta de esta concesión al conde de
Eloridablanca está fechada en Casablanca el 23 de diciembre de 1785 y
se halla en A. H. N. Estado, leg. 4.317.
78 Así lo expresa el cónsul Juan Manuel González Salmón en su car-ta
número 99, del 24 de julio de 1786, al conde cle Floridablanca. Esta
carta se encuentra en A. H. N., Estado, leg 4 319.
79 El napoIitano Miguel de la Grúa y Talamanca, marqués de Bran-ciforte,
nuevo comandante general de Cananas, había llegado a Santa Cruz
de Tenerife en junio de 1784. Cf.: Joaquín BLANCOo, b oit, pág. 311.
-
382 ANUARIO DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 25
«La mui corta cosecha que en este año han dado estas Yslas, y
eñpecialmente las de Fuerteventura y Lanzarote, que proveen de
granos a las demás, las quales a penas suelen cojer para sobstenerse
la tercera parte del año, ha llamado todo mi cuidado a fin de prac-ticar
los conducentes medios a evitar qualesquiera carestía que
pueda experimentarse; en cuia concecuencia he combocado a estos
comerciantes (a los quales no devo dejar de manifestar a V E. quan
propicios los encuentro siempre en todo lo que se intereza al bien
público) y los he animado para que desde ahora tomen las combe-nientes
providencias a proveer esta provincia de granos; y, en efec-to,
me han asegurado de hacer quanto esté de su parte para dicho
importante fin y aliviar mi justo cuidado; sin embargo, no dejo de
tenerlo, considerando que la cituación de estas Yslas, ceparadas de
toda otra tierra, hace distantes los recursos y sólo hubiera cerca el
de acudir en qualquier vrgente nececidad a Mogador, en donde es-pero
que V E., dando cuenta a S M., me facilite el permiso de em-biar
algunas embarcaciones para proveerme de trigo, en caso que
se retarden los ya referidos recursos y la nececidad inste, para e1
pronto socorro.
Suplico a V E. se digne comunicarme con prontitud la Real re-solución
sobre este asunto para mi inteligencia y goviernox 80.
Al recibir esta carta, el conde de Floridablanca se la envía al
cónsul Juan Manuel González Salmón, encargándole que vea si po-drá
resolverse la petición del marqués de Branciforts enviándole
granos desde Casablanca, donde se halla por entonces el cónsul,
en condiciones favorables *l.
Esta carta del conde de Floridablanca con la del marqués de
Branciforte le llegan a Salmón cuando está preparándose para diri-girse
a presencia del Sultán. El cónsul español se propone estudiar,
cuando esté en la corte de Marruecos, las posibilidades que haya
de conseguir permiso para la exportación de granos a Canarias por
el puerto de Mogador en las mismas condiciones en que está con-cedido
por el de Casablanca, ya que aquel puerto, por su mayor
proximidad a las Islas, es mucho mejor para llevar a ellas el trigo
necesario. En caso de que no se pueda conseguir el permiso por
so Esta carta se encuentra en A. H. N., Estado, leg. 5.805. Está fe-chada
en Santa Chiz de Tenerife el 9 de agosto de 1786.
81 La carta del conde de Floridablanca a Juan Manuel GonzáJez Sal-mbn
wt8 fechada en San ndefonso el 29 de septiembre de 1786. El original
se halla en A. H. N., Estado, leg. 4.316
26 MARIANO ARRIBAS PALÁU
Mogador, espera Salmón que efectúe las remesas necesarias la casa
comercial española que se establezca en Casablanca para realizar
la compra de trigo marroqui y transportarlo a España 82, O bien po-drán
ir de Canarias a comprarlo a Casablanca, poniéndose previa-mente
de acuerdo con el establecimiento españo& mencionado para
convenir las condiciones que sean favorables a las dos partes.
Salmón promete al conde de Floridablanca avisarle de lo que
resulte, «para que de vna manera v otra se socorran aquellos para-ges
» 83.
La audiencia del cónsul español con el sultán de Marruecos se
celebra el 27 de octubre. Después de la audiencia, Salmón solicita
del Sultán, por mediación del ministro Muhámmad al-Arbi Qaddús
Effendi varias cosas, entre ellas, con el número 2, «El permiso
para que por ei puerto de Mogador se embarque trigo para las Is-las
Canarias, pagando los mismo[s] derechos que por Darbeyda,
a lo cual accedió el Sultán 85.
El propio Sultán confirma la concesión en una carta a Carlos 111 88,
E
82 De la actividad de esta casa comercial, denominada «Campana, Riso,
Patrón y a a » , se ocupan Rlcardo RUIZ ORSATTI, Eeíaczones hispano 3
marroquies, Madrid, 1944, págs. 45, 50-51, 59-66 y 103-118, y Vicente Re -
DRÍGUEZ CASADO, Porltzccc marroqui . , págs. 354 y sigs. 0
m
E
83 La carta de Salmón al conde de Fioridablanca está fechada en Ca-sablanca
e1 20 de octubre de 1786, lleva el número 149 y se encuentra en
A. H. N., Estado, leg. 5 805. n
84 Sobre este ministro, citado por E. UVI-PROVELNesC Ah2Lito,r im-s -E
des Chorfa, París, 1922, pag. 403, puede verse: William LEIMPRIERE, A tour a
2
from Gzbraltcvr to Talzgzer, Sazlee, Nodogore, Santa CTw, Tardant; ami n
thence, ower Moz~nt Atlas, to Mo~occo. , 2 . edxción, Londres, 1793, pági- n
nas 253, 255-257 3
85 Los puntos tratados por Saimón con el Sultán fueron concedidos O
con una sola excepción La relación de estos puntos se encuentra en A. H. N.,
Estado, leg. 5.805, anexa a la carta número 157 de Salmón al conde de
Floridablanca, del 11 de noviembre de 1786.
Darbeyda es el nombre de Casablanca en árabe dialectal marroquf
C"f : Andre ~ A M a, r tículo (Al-) Dür aLBayoFa', en aEncyclopédie de 1'1s-lam
», 2.8 edición, vol. 11, págs 119-120; del mismo autor, Histoire & Ce
sablama, des orzgznes a 1914, Aix-en-Provence, 1968; P. Ramón LOURDO
D~AzO, . F. M, Documentos m&datos sobre el naczm%entod e Dar al-BaydÜJ
(Cascúb~lamca) em el sig?o XVIII, en «Hesp&is-Tamuda», XV (1974), pagi-nas
119-146
86 Fechada en 10 muhárram 1201/2 de noviembre de 1786 El onginal
384 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 27
en la que figura el siguiente párrafo: «y vuestro cónsul Juan Ma-nuel
[González] Salmón nos pidió que los de Canarias destinarán o
escogerán vn sugeto para que éste venga al puerto de Mogodor, y
establesca en él vna Cassa para que cargue trigo para Canarias, y
Nosotros hemos mandado al governador de Mogodor permita car-gar
todo el trigo que falte para Canarias».
Con objeto de que la concesión pueda llevarse a efecto, el Sul-tán
expide, como dice al monarca español, una orden para el go-bernador
del puerto de Mogador, en virtud de la cual se dispone
que, a la persona que vaya de Canarias a Mogador comisionada
para la compra de granos, la cual deberá presentar a este fin una
carta de Salmón, se le permita embarcar todo el grano que quiera.
Salmón envía esta orden del Sultán al gobernador de Mogador
con un expreso y avisa de todo al marqués de Branciforte en carta
que remite al conde de Floridablanca para su debido conocimiento
y envío al comandante general de Canarias por el conducto que es-time
más rápido y seguro. En esta oportunidad devuelve Salmón al
conde de Floridablanca el escrito del marqués de Branciforte del
9 de agosto 87, que el primer ministro le había enviado el 29 de
septiembre
Además, el cónsul español hace las siguientes aclaraciones en
relación con esta concesión del soberano marroquí: «Concedida la
gracia por este Monarca, insinué al ministro Effendy que, para que
no huviesse duda en los buques que fuessen a Mogodor a cargar
trigo para Canarias, ny otros pudiessen valerse de este pretexto para
gozar de la misma gracia sin ir a aquel destino, llevaría cada vno
vn passaporte del comandante general de Tenerife que lo acredi-tasse;
pero el expressado ministro me ixo que esto ofrecía mu-chos
incombenientes, y que no havía r .~,. nr medio que destinar por
mí mismo vn sugeto de satisfacción que hakfo: la extracción; y assy
se acordó que, para reconocer a éste, [hla erc. manifestar carta mía
a aquel govierno, por lo que se la dirijo al marqués de Branciforte
para que el sugeto que destine a esta comisión la lleve y presente
árabe está en A. H N, Estado, leg. 4.320 En el mismo legajo hay una
traducción y otra en el legajo 5.805. Esta Última es la que he seguldo.
87 Antes citado (nota 80).
88 Con su carta de esta fecha, antes citada (nota 81).
Núm 25 (1979)
25
28 MARlANO ARRIBAS PALAU
en Mogodor. El ministro Effendy me dixo también que, si no nos
acomodaba pagar de contado el derecho de extracción, podía que-dar
en nuestro poder, y que sólo diesse la persona que se comisione
vn papel de lo que se baya adeudando, como se hace en Darbeyda,
pero me escusé diciéndole que, como las Yslas estaban distantes,
era mucho engorro para hacer benir después el dinero y que assy
combenía mejor satisfacer desde luego los derechos que pertenescan
a cada embarcación que se cargue, y sobre esto vltimo se ha que-dado
»
El primer ministro español envía al comandante general de Ca-narias
el pliego en que Salmón «explica el método que deberá ob-servarse
en la extracción de dichos granos para Canarias, de suer-te
que se eviten abusos e inconvenientes, que pudieran ser muy
perjudiciales», a fin de que, una vez enterado de todo, el marqués
de Branciforte «haga de dichas gracias el uso que corresponde, en
beneficio de esas Islas, y cuide de que se observen las reglas que
indica Salmón» 90.
A continuación el conde de Floridablanca manifiesta a Salmón
haber dirigido puntualmente al comandante general de Canarias el
pliego del cónsul con las instrucciones para la extracción de granos,
encargándole que cuidara de evitar tanto los abusos como que se
faltara a las prevenciones dadas por Salmón 91.
Hemos indicado que el cónsul Juan Manuel González Salmón ha-bía
enviado al gobernador del puerto de Mogador la orden del Sul-tán
para que permitiera la extracción de granos destinados a las
Islas Canarias a la persona designada para ello, que presentara car-ta
acreditativa de Salmón 92. El citado gobernador acusa recibo de
89 Esta interesante carta de Juan Manuel González Salm6n está fe-chada
en Casablanca el 11 de noviembre de 1786, lleva el número 153 y se
halla en A. H. N., Estado, leg. 5 805
90 He encontrado una minuta de esta carta del conde de Eloridablanca
al marques de Branciforte en A. H N., Estado, leg 5.836. La refenda car-ta
está fechada en Madnd el 26 de diciembre de 1786.
91 Esta carta del conde de Floridablanca a Juan Manuel González Sal-món
está fechada en Madrid el 29 de diciembre de 1786 y se conserva en
A H. N., Estado, leg 4.350
92 De el10 daba cuenta Salmón al conde de Eloridablanca en la carta
atada en la nota 89
386 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 29
la mencionada orden del Sultán y se cananifiesta mui inclinado a
atender y auxiliar al sugeto que passe allí a hacer la compra y
embarque de granos para las mencionadas Yslas, luego que le pre-sente
mi carta, y que ya le tiene preparada buena cassa en que ha-vite
»
Así, pues, a final de diciembre de 1786 todo está dispuesto en
Mogador para que pueda realizarse la exportación de trigo a Ca-narias.
El marqués de Branciforte, al recibir la carta ,del conde de
Floridablanca, con la que le adjuntaba de Salmón, le contesta en
la forma siguiente:
«Aunque de resultas de la dispocisión que tomé con estos co-merciantes
para traer granos de los Reynos extrangeros, según dije
a Y. E, J de Agosto de: EidSadü, hall :Iegado porcio-nes
de harinas, mays y trigo, que han servido mucho para poner éste
en un precio menos subido, es para mi de la maior complacencia y
reconocimiento, por las ventajas que se siguen a las Yslas, la gracia
que el Rey N. Señor nos ha facilitado con S. M. Marroquí, a fin de que
se pueda extraer trigo de Mogador para su alivio y socorro: Ea
.:irfU~ de O.+., mnnn,a a, ,..-,*A 7. ."c- ---..c..-:- 3-3 ..~.-..i
- o r a i ~ i i r j i x , ~ uy u- yuauru eii r a Lai r a a y r ; l r u i L a UGL b u r l a u i
de España en Marruecos don Juan Manuel Salmón, que me ha diri-gido
V. E., me dice en 26 de Diciembre del año anterior, hice jun-tar
a estos comerciantes, los quales, enterados de todo lo que debe
practicarce y V. E. en la citada me previene, han sido de parecer
que, respecto a que en la actualidad está e1 trigo a precio regular y
que el año tiene el aspecto de ser abundante, por las muchas llu-vias
que ha havido hasta [alhora, se empiece a usar de dicha gra-cia
en el mes de Febrero, a fin que no falten granos en los de Abril,
Mayo y Junio, que es quando aquí suele verificarse la maior falta,
añadiéndome que, siendo este puerto sumamente cálido, no es com-beniente
traer el trigo en porción quantiosa de una ves, sino mo-dera&,
-rreg!&ndo~p~a ra e!!^ 2 !as circunstancias qce ofreci~rre !
tiempo y la más o menos necesidad que pueda precentarce.
Pareciéndome prudentes estas advertencias, he elegido sugeto de
inteligencia y providad que pase a Mogador con los recados re-mitidos,
imponiéndolo en quanto para el devido método de la ex-tracción
ha encargado dicho cónsul, con quien le he prevenido se
entienda igualmente que conmigo en lo que pueda nfr~r6rce!e, a&
virtiéndole evite todo abuso, en inteligencia de que invigilaré con
9s Así lo dice Salmón al conde de Eloridablanca en carta número 179,
fechada en Tánger el 29 de diciembre de 1786, cuyo texto he recogido de
los registros existentes en A. H. N,, Estado, leg. 4.318.
30 MARIANO ARRIBAS PALÁU
el mayor desvelo para que no se dé motivo de quexa y fraude, y por
lo mismo deverá llevarce una recíproca conformidad entre las re-mezas
del trigo que, con relación puntual de sus costos, se embia-ren
por medio de dzcho comicionado, y el dinero que se embarcare,
el qual deberá pagar quatro por ciento, como se practicava quando
esta provincia tenía el comercio avierto con Marruecos; y me per-suado
que la gracia concedida sería completa y aplaudida con 10s
maiores elogios, si V. E. facilitace se extragecen algunas Carnes,
por que es tanta la falta como la aflicción que me asiste al ver lo
que por ella se padece en todas partes, especialmente en esta Plaza
y-Puerto, que, siendo mucho lo que necesita para su consumo, en-cuentra
cerrada la carnicería semanas enteras, tran[s]cendiendo
esta miseria y penuria [en] algunas ocaciones a las embarcaciones
españolas y extrangeras que arrivan aquí con motivo de refrescar
sus ranchos y otras urgencias, pues unas y otras salen varias veces
como entran, expuestas a perecer tal ves en alta mar por no llevar
lo necesario para su subcistencia.
Como en el beneficio concedido tienen parte y derecho todas las
Yslas, he escrito a los Ayuntamientos de las realengas, que es don-de
hay algún comercio, lo que deben al Rey, por un efecto de su
paternal amor [hlacia sus vasallos, para que, de haver algunas per-sonas
acomodadas que piensen en sacar trigo del puerto de Moga-dor,
acudan a la mía para indicarles el método con que deben di-rigirse
para su extracción» 94.
Por su parte, el cónsul español Salmón explica de esta manera
las disposiciones que va a tomar para la extracción destinada a
Canarias:
«Y[n]mediatamente que tenga noticia de haver llegado al puer-to
de Mogodor el sugeto que el comandante general de las Yslas de
Canarias haya mandado allí para correr con la extracción de granos
que está concedida por S. M. Marroquí para dichas Yslas, le pon-dré
vna carta instructiba para que sepa como se ha de manejar en
el pays y que no se cometa el menor ex[c]eso, haciéndole cargo y
responsable de qualquiera novedad que pueda disgustar a este So-berano
y malograr la gracia que, por respetos del Rey Nuestro Se-ñor,
está concedida para dichas Yslas, la que en el día se hace más
apreciable por haver aumentado los derechos en aquel puerto a to-dos
en general (excepto el trigo r p e se emharra por cuenta de la
corte de Lisboa), pues se paga a veinte y quatro reales de vellón
94 Esta interesante carta del marquds de Branciforte al conde de Elo-ridablanca
se encuentra en A. H. N., Estado, leg. 5.836 Está fechada en
Santa Cruz de Tenerife el 8 de febrero de 1787
388 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 31
la fanega, satisfágase en oro o plata; por lo que ocho reales menos
que se deben pagar por cada fanega que se embarque para nuestras
Yslas, es vna diferiencia de consideración y, por lo mismo, encar-garé
estrechamente al que passe de Canarias a Mogodor para hacer
la extracción, guarde buena conducta sobre esto y que a su tiempo
me ha de hacer constar como todos los buques que hayan sido ha-bilitados
por él, gozando la referida gracia, han ido a descargar sus
granos a alguna de nuestras Yslas, cuya prevención se la haré des-de
luego, para que después no haya disculpa alguna, avn que me
consiento desde ahora no se faltará a mis prevenciones, por que me
hago cargo que el comandante general de Canarias mandará vn
sugeto de satisfacción para que nos sea vtil la expresada gracia p
no se cause el menor disgusto a S. M. M., g5.
Como puede apreciarse en la carta anterior, el importe de los
derechos de exportación por cada fanega de trigo que se embarque
en Mogador para Canarias asciende a dieciséis reales de vellón, que
se puede satisfacer en oro o en plata. Ahora bien, Salmón aclara
que, cuando estuvo en Rabat y solicitó del Sultán, entre otras cosas,
que autorizara esta exportación, había tratado de que se permitiera
d pago de los (jereCiios h&iintameneine oro o eii ie
respondieron que el Sultán «estimaba más el oro, y assy era me-nester
pagar en esta especie los derechos». Así lo había comunica-do
Salmón al marqués de Branciforte en el pliego que le había
cursado por medio del conde de Floridablanca g6.
Por entonces recibe el cónsul Salmón una carta del marqués de
Branciforte en la que le anuncia la próxima llegada a Mogador de
la persona encargada de llevar a término la extracción de trigo y
le insinúa el importante servicio que se haría a los isleños si se
pudiera extraer también ganado vacuno.
Antes de hacer t,ing~i,ac o!i&hd, f-&!mSn se oc-üpa de p&i?ifi -
formes a Mogador para saber en qué términos se encontraba allí la
venta de ganado y qué derechos se pagaban por cada cabeza de ga-nado
exportada. En el caso de que los derechos fueran de cinco du-
$5 Este es ei texto de ia caria número 28 ae Juan Ivianuei Gonzáiez
Salmón al conde de Plondablanca, fechada en Thger el 12 de marzo de
1787, que se halla en A. H. N., Estado, leg. 5.805.
96 De todo ello da cuenta Salmón al conde de Fioridablanca en su
carta número 42, fechada en Tgnger el 20 de mamo de 1787, que se con-serva
en A. H N., Estado, leg 5.805.
Núm 25 (1979) 389
ros por cabeza, como pagaban los ingleses en Tánger, Salmón se
propone pedir al Sultán que reduzca estos derechos a tres duros,
que es lo que abonan los españoles en Tánger, Larache, Tetuán y
Casablanca
La persona elegida por el marqués de Branciforte para efectuar
la extracción de granos por Mogador es Sebastián Caravallo, «su-geto
práctico e inteligente», a quien el comandante general de Ca-narias
entrega unas instrucciones, a las que deberá ajustar su ac-tuación
98. Además le encarga que «por el conocimiento que en otras
ocaciones ha adquirido de lo que en el Reyno de Marruecos puede
extraerse para estas Yslas y de los frutos que en cambio puedan
llevarse allí de ellas», le envíe de ello «una noticia puntual y circuns-tanciada~.
Áciara ei marqués ue Branciforte que ha hecho esta prevencion
a Sebastián Caravallo «por conocer la necesidad de tener avierto
el comercio con aquel Reyno, pues, estando tan inmediato a estas
Yslas, se podrán en los casos urgentes sacar de allí con conmodi-dad
(sic) algunas de sus producciones que questan aquí mui caras,
por venir de parages remotos, y sobre esto, que es lo menos, tener
el recurso pronto de sacar granos para el avasto general de estas
Yslas, pues por experiencia he visto que con solo saver los coseche-ros
y otros que tienen rentas particulares de trigo la actual dispoci-sión
de ir a extraerlo por Mogador, van exponiendo al público el
que tenían ocultamente recervado, de modo que se está vendiendo
a precio no tan suvido como antes».
Por todo esto y por la frecuente esterilidad y falta de cosechas,
pide el marqués de Branciforte que se autorice el comercio general
de Canarias con el puerto de Mogador para, en caso de urgencia,
extraer por aquel puerto los granos y frutos necesarios, a cambio
de los de Canarias que puedan ser objeto de comercio en Marrue-cos
g9.
97 En este sentido informa Salmón al conde de Florldablanca en cm-ta
número 50, fechada en TBnger el 24 de mamn de 1787, qiie se encuentra
en A. H N., Estado, leg 5 805
98 He cretdo conveniente recoger estas curiosas instrucciones en el
apéndice documental que acompaña al presente estudio, como documento
número 1.
99 El marques de Branciforte informa de todo ello al conde de Flori-
390 ANGARIO DE ESTUDIOS A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 33
Sebastián Caravallo sale para Mogador, después de «varios in-cidentes
que han demorado esta marcha» loO, y llega al mencionado
puerto marroquí el 22 de marzo, a bordo de un bergantín español.
El mismo buque lleva ya en su viaje de regreso un cargamento de
trigo para las Islas Canarias, sin más inconveniente que el origi-nado
por haberse recibido orden de no admitir oro para el pago
de los derechos. Al no saberse con absoluta certeza si la orden com-prende
o no a las exportaciones para Canarias, se deja depositado
el importe correspondiente al grano extraído en doblones, que en
caso necesario serán sustituidos por moneda de plata I'O1.
Al poco tiempo se suscita una cuestión, que el cónsul español in-tenta
resolver favorablemente. Se trata de que el príncipe Mawlay
Abd al-Salam lo2, que ejercía el mando en la provincia de Tarudant
y en el puerto de Mogador, manifestaba una marcada preferencia
por los portugueses, protegiendo «con todo cuidado y esmero la ex-tracción
de granos que se está haciendo por el sugeto que ha des-tinado
en Mogodor la corte de Portugal». A todos los demás se les
cobra, de orden del mencionado príncipe Mawlay Abd al-Salam, un
suplemento de «vn blanquillo lo3 por cada fanega, con que veneficia
a un alcayde o governador que está puesto en aquel puerto por el
mismo príncipe, sin que se exceptúe lo que se saca para nuestras
Canarias». Para tratar de librarse de este impuesto suplementario,
dablanca en carta del 23 de marzo de 1787, que se encuentra en A. H. N.,
Estado, leg. 5.836
100 (Sf. la carta del marques de Branciforte citada en la nota anterior.
101 Así lo comunica Juan Manuel Gonzslez Salmón al conde de Flo-ridablanca
en su carta número 63, fechada en Tánger el 25 de abril de
1787, que se halla en A. H. N., Estado, leg. 4 319
.no o=.u-Lu.r--c : c--:Aa-w y-..rz-~-:-u- ~ r y t-v-:eK -a a-c-.. T Rm6 ü L S V R E O E?&, C. F. X, XC-rruecos
en la segunda mitad del: szglo XVIII, Madrid, 1978, págs 333-336
103 El blanquillo era una moneda de plata cuyo tamaño y peso era
«poco menos que medio real de plata, y su valor [en 17651 de cinco quar-tos
y medio de España». Los misioneros franciscanos establecidos en Ma-rrakus
«hacían el cambio de 100 pesos fuertes de España por 3.500 blan-
",ui!!e~, 9 sea y ~ n , p r n f ieyte ~,n,uix?a!fap ntcnces [jc]i~d e l?fifi! 8 3.5
blanquillos» Cf.: P. Ramón LOURIDDOÍA Z, O. F. M., Marraecos en la se-gun&
mit& del siglo XVIII, Madrid, 1978, págs. 127-128, nota 41.
En septiembre de 1771, un blanquillo equivalía a cinco cuartos (3. car-
La de Tomás Bremond al marqués de Grimaldi fechada en Larache el 3 de
septiembre de 1771, que se halla en A. H. N, Estado, leg 4 311.
Núm 25 (1979) 391
34 MARIANO ARRIBAS PALÁU
Salmón escribe acerca de ello al Sultán y al ministro Muhámmad
al-Arbi Qaddús Effendi, a la vez que expresa la conveniencia de ofre-cer
un pequeño obsequio a Mawlay Abd al-Salam, a fin de tenerlo
propicio a los españoles =O4.
A finales de mayo de 1787 escribe Salmón al soberano marroquí
en favor de Sebastián Caravallo. El texto castellano de la parte de
la carta relativa a este asunto es éste:
«Señor = Con el debido respeto suplico a V. M. se digne mandar ex-pedir
su Real Orden a Mogodor para que por aquel Govierno se atienda
con cuidado al español Don Sevastián Caravallo, que está mandado
allí por el general de Canarias para correr con la extracción de
granos que V. M. [h]a concedido a dichas Yslas, y que, si no tiene
duros prontos para pagar la saca, que no se le impida cargar, por
que como yo escribi al principio que ios derechos se havian de pa-gar
en doblones y no en duros, el general de las Yslas dispuso que
dicho Caravallo tragese oro, pero ya he avisado que V. M. no 10
quiere, y assy que envíe pesos fuertes en su lugar» ' O 5 .
La respuesta del Sultán es inmediata. En ella se autoriza que el
importe de los derechos de exportación de trigo sea el mismo que se
paga en Casablanca, sin ningún aumento ni disminución, es decir, sin
que se cobre el blanquillo de más, y que se perciba dicho importe en
oro. Se permite la extracción de bueyes y carneros, pagando los
mismos derechos que en Tánger y en Tetuán. Y, por último, se re-comienda
al comisionado de Canarias, el cual vendrá obligado por
su parte a confirmar por escrito que las embarcaciones con carga
para Canarias van efectivamente a las Islas y no a otra parte.
De esta contestación del sultán marroquí a Juan Manuel Gonzá-lez
Salmón tenemos una traducción, cuyo texto, en la parte que nos
interesa, dice así:
«Por lo que también nos has escrito por las embarcaciones que
bienen de Canarias, ya hemos ordenado a nuestro servidor alcayde
104 k.1 ~5ns1.1 Sa!gA& infe-2 11 ccnde & Fl~ri_dahIa.nm de In ciiesti6n
suscitada en su carta número 70, fechada en Tánger el 11 de mayo de
1787, que se conserva original en A. H. N, Estado, leg. 4350. De esta
carta existe un extracto en A. H. N., Estado, leg. 4 319.
105 De este texto de la carta, fechada en Tánger el 27 de mayo de
1787, ex~ste una copia en A H. N., Estado, leg. 5.805.
392 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 35
Amar Ben Daudy 1'06 que las dexe cargar por igual saca que en Dar-beyda
lo', sin aumentar ny quitar, y que tome el derecho en doblo-nes,
que se pagará en Mogodor. También le hemos ordenado que les
permita embarcar bueyes y carneros por igual derecho que en Tán-ger
y Tetuán y que [a] aquel cristiano que está allí de Canarias, lo
atienda y haga bien con él, poniéndolo en la cassa que hemos dado
a los españoles, y que el dicho cristiano, que es el que asiste a las
embarcaciones de Canarias hasta que salen cargadas para su desti-no,
dará firma a nuestro servidor alcayde Amar Ben Daudy que
asegure no ban a otra parte si no a Canarias, y pagará la saca en
doblones, como dexamos dicho» 108.
A finales de junio recibe Salmón una carta del marqués de Bran-ciforte
en la que le comunica su decisión de suspender las importa-ciones
de granos de Marruecos y de retirar de Mogador al comisio-nado
Sebastián Caravallo. De ello da cuenta Salmón al conde de
Floridablanca en la forma siguiente:
«También me ha llegado carta del comandante genercrl de Ca-narias
en la que me avisa que mediante esperarse vna regular co-r
.o-r-h-~.y. hiez pre:ri~f~qf ge se i.n!!ai, 18s ys!as de hari~r,y grunss
que les han llegado de otros parages, [h]a resuelto se retire de Mo-godor
el comisionado^ que mandó hally, Don Sebastián Caravallo;
pero al mismo tiempo me pide dichó comandmte general destine
yo otro sugeto de mi satisfacción y de la de este soberano marroquí
para que, en caso que más adelante se ofrezca embarcar granos y
carnes para las mismas Yslas, lo [hlaga tirando vna regular co-misión
la persona que se señale, sobre lo que tengo ya representa-do
a este Monarca avn que sin nombrar por ahora sugeto para que
haga, quando se necesite, dicha extracción, por que en el día no
se halla hally ninguno de mi confianza de quien poder hechar
mano L.], pero de todas maneras se proporcionará sugeto que
corra con la extra[c'jzión, quando las Yslas necesiten sacar granos
por dicho puerto de Mogador, gozando el privilegio que les está con-cedido,
y podrán satisfacer los derechos redes en doblones o pesos
106 Umar b. al-Daudi, gobernador de Mogador.
107 Casablanca. Véase la nota 85.
108 T ñ &! s ~ ! t &&& ~ fecha&, $1 29 sa'b&n 129V7 j ~ n1i7~87 ,
La traducción que he seguido se conserva en A. H. N., Edado, leg. 5.805.
Salmón envía al conde de Flondablanca esta traducción anexa a su carta
número 95, fechada en Tánger el 19 de junio de 1787, cuyo texto se re-coge
en el registro correspondiente, que puede verse en A. H. N., Estado,
legajo 4 318.
Núm 25 (1979)
36 MABIAiiO ARRIBAS PALÁU
fuertes, conforme más acomode, pues assy me lo tiene avisado el
ministro Effendy en carta confidencial que me ha escrito» 109.
Poco después ordena el soberano marroquí que se suspenda la ex-tracción
de trigo y cebada por todos los puertos de Marruecos desde
el 11 de septiembre hasta el mes de abril del año siguiente I1O.
Cerrada ya la exportación de granos, llega a Mogador una em-barcación
canaria, que pretende cargar trigo de acuerdo con la
autorización concedida anteriormente por el Sultán. No he encon-trado
más datos acerca de esta embarcación, por lo cual cabe su-poner
que no debió lograr su propósito lll.
A finai de juiio de 1788 comunicaba ei comandante general ue ias
Islas Canarias al conde de Floridablanca que la cosecha había sido
muy escasa en las Islas, y particularmente en la de Lanzarote, por
lo cual, a petición del síndico personero general y del Ayuntamien-to
de la Isla, se había visto obligado a ordenar que se suspendiera
la salida de granos desde Lanzarote hacia las otras seis islas y que
109 Este texto figura en la carta número 100 de Salmón al conde de
Floridablanca, fechada en Tánger el 26 de junio de 1787. Lo he recogido
del registro correspon&ente, que se puede consultar en A H N, Estado,
legajo 4 318.
110 Salmón comunica al conde de Floridablanca esta disposición del
Sultán en carta número 122, fechada en Tánger el 22 de julio de 1787. Su
texto queda recogido en el registro correspondiente, que puede verse en
A. H N, Estado, leg 4 318
111 El misionero franciscano Fr. Cristóbal Ríos habla de la cuestión
con el ministro Muhárnmad al-Arbi Qaddús Effendi y este le dice que, en
el caso de que el cónsul español pida permiso al Sultán para que la em-barcación
canaria pueda cargar trigo, se lo concederá Cf : Carta de Fray
Cristóbal Rfos a Juan Manuel González Salmón fechada en Marrakus el
17 de octubre de 1787, que se halla en A. H. N., Estado, leg 5 805
Un mes más tarde decía el P Ríos a Salmón que, según el ministro
Muhámmad al-Arbi Qaddús Effendi, el Sultán no había tomado aún nin-gdna
dete-inaciS:: al respecta y yUe, e: c ~ ~ i ~ thhc~ hiera Uec1&Cl_n, se
enviar5a al P. Ríos la carta en que se le comunicara la decisión adoptada
Esto hace sospechar al P Ríos que el resultado de su gestión sería poco
favorable Cf: Carta de Fr. Cristóbal Rios a Juan Manuel González Sal-món
fechada en Marrakus el 19 de noviembre de 1787, que se encuentra
en A. H. N, Estado, leg. 4319
394 A N C A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 37
se efectuara una rigurosa tazmía general, a fin de saber con exac-titud
cuáles eran las existencias de granos en la Isla y tomar luego
las medidas adecuadas para evitar las consecuencias de la cares-tía
l12.
Con objeto de precaver a tiempo las dificultades originadas por
esta carestía, el marqués de Branciforte había incitado a los co-merciantes
cánarios para que adquiriesen algunas partidas de gra-nos
y estaban esperando su llegada, procedentes de los países del
Norte y de la América inglesa.
Ahora bien, como el marqués de Branciforte considera que las
partidas de granos esperadas podían «detenerse o extraviarse», lle-gando
a hacerse estrecha la carestía, señala que convendría mucho
tener a su disposición el recurso de poder acudir a Mogador para ad-quirir
allí rápidamente las cantidades de grano indispensables para
abastecer a la población. A pesar de ello, el comandante general de
Canarias manifiesta su preferencia por los cargamentos procedentes
del Norte y de América, ya que éstos tienen la gran ventaja de
compensarse con los vinos de las Islas que se envían a cambio.
En consecuencia, el marqués de Branciforte pide que se le auto-rice
a extraer de Marruecos, cuando la urgencia lo exija, los gra-nos
y las carnes que se pueda y sean necesarios lZg.
El 18 de agosto está terminada la tazmía general de granos exis-tentes
en la isla de Lanzarote y el gobernador militar de la Isla,
Juan Creagh, la envía al marqués de Branciforte, indicándole quié-nes
han sido los que la han formado l14.
De la citada tazmía resulta que las existencias de grano en la
112 El marqués de Branciforte recuerda a este propósito las «funestas
calamidades y universal epidemia» que sufrieron las Islas Canarias por los
años 1771 y i772, a causa cie ias nuias cosechas que hubo en Lanzarote y
en Fuerteventura, cuyos habitantes, <abandonándolas en la extrema desdi-cha,
se acogieron a las restantes, mfestándolas de su miseria, enfermeda-des
que de ella provienen y haciéndolas padecer la bambre y necesidad
más l a s~mo s aq ue jamás se [hla visto»
Respecto a la penuria causada en esos años por las malas cosechas,
-.A-"* 1,. -..- .- .a:..---- v r a u = r v yurj ; r i u i ~ a ~ i i ueuí i :%S i i ~ t ~453 y 61.
113 La carta del marqués de Branciforte que contiene esta petición está
firmada en el «Puerto y Plaza de Santa Cruz de Tenerife» el 31 de julio
de 1788. El original se conserva en A. H. N., Estado, leg. 4 320.
114 He recogido el texto de esta tazmía en el apéndice documenta1 al
final del presente estudio, como documento número 2
isla de Lanzarote ascienden a setenta y una mil trescientas cinc@
fanegas, la mayor parte de las cuales son de cebada, seguida de
maíz y tngo, con una pequeña cantidad de centeno. Las necesida-des
de grano para siembra y plantío se cifran en dieciséis mil fa-negas
y las destinadas a alimentación durante un año completo, en
cincuenta mil, quedando un sobrante para la exportación de cinco
mil trescientas cinco fanegas.
Al recibir la tazmía, el comandante general de Canarias estima
que las fanegas calculadas como sobrante son insuficientes para au-torizar
la exportación, aun cuando el cálculo fuera exacto, pues ade-más
la isla de Fuerteventura también ha tenido una cosecha esca-sa
115, lo que ha obligado al síndico personero y al Ayuntamiento a
solicitar que se suspendiera la exportación y se efectuase la más
prolija tazmía, a lo que accede el marqués de Branciforte, insistien-do
en su petición de que se autorice a los canarios para que puedan
acudir a surtirse de los granos que necesiten en Mogador Iza.
Cuando la primera carta del marqués de Branciforte llega a ma-nos
del conde de Floridablanca, éste le contesta diciéndole que se
dará orden al cónsul general de España en Marruecos para que, de
acuerdo con el propio comandante general de Canarias y con la
«persona abonada» que éste destine, bien en Mogador, bien en Ca-sablanca,
solicite del sultán de Marruecos permiso para extraer por
aquellos puertos los granos que se necesiten en las Islas Canarias,
en las mejores condiciones posibles l17.
En efecto, el primer ministro español encarga al cónsul Juan
Manuel González Salmón que solicite del sultán marroquí la debida
115 En la obra de Roberto ROLDAN, El LTamAre en Pzcertezrentwra (1600-
18OO), Tenerife, 1968, pág. 24, se dice: <La primavera ofrece escasa co-secha
en 1787 C.]. Tampoco es buena la cosecha de 1788 [ 1 Se hacen
las tazmíam.
116 Todo ello figura en la carta que dirige el marqués de Branciforte
al conde de Flondablanca, fechada en el Puerto y Plaza de Santa Cruz de
Tenerife el 1 de septiembre de 1788, que se conserva en A. H. N, Estado,
!egu:e 4 330. A e!!a a d 2 ~ ~ 1=t a= a cepa de !a tazmia g e~e r a l& e !a i u ! ~U r
Lanzarote, que he recogido en el apéndice documental como documento
número 2
117 De esta respuesta del conde de Floridablanca al marques de Bran-ciforte,
fechada en San ildefonso el 24 de septiembre de 1788, se conser-va
una muiuta en A H N., Estado, leg. 4.320
396 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 39
.autorización para extraer granos con destino a las Islas Canarias
en los mejores términos posibles, advirtiéndole que «obre en esto
con disimulo, por no alterar los precios de los granos» en Ma-rruecos
lla.
El cónsul español considera que no merece la pena solicitar del
sultán de Marruecos autorización para extraer granos con destino
a Canarias. Se basa para ello en que ya en otra ocasión anterior, en
1785, se había solicitado el permiso a petición del comandante ge-neral
y, cuando fue concedido, sólo se utilizó para extraer unas cua-tro
mil fanegas, pues a continuación había avisado el referido co-mandante
general que no se necesitaba extraer más grano, por
haberlo recibido con abundancia de otros parajes. Como el mar-
'qués de Branciforte advierte que ha tomado disposiciones para re-cibirlo
de los paises del luorie, supone Saimón que ia cantidad cuya
exportación por Mogador se necesite tendrá tan poca considera-ción
como la extraída en 1785 o a comienzos de 1786 l19. A ello se
debe añadir que el sultán marroquí había prohibido unos días antes
la exportación de granos por todos sus puertos, a excepción de la
yüe estaba efectuando la casa comerciai española esiabieciaa en
Casablanca y la de la corte de Lisboa por Mogador I2l.
118 La carta del conde de Floridablanca a Juan Manuel González Sai-món
que contiene este encargo se conserva onginal en A. H. N, Estado,
legajo 4.316. Está, fechada en San Ildefonso el 26 de septiembre de 1788.
13s En la nota 77 se cita la carta en que Salmón daba cuenta al conde
de Floridablanca de la concesión del permiso para la extracción de granos
por Mogador y, en la nota 78, aquélla en que el cónsul español comunicaba
haber sido suspendido el permiso.
Véase también el «Estado de la Corte de Marruecosl. Año 1788», reco-gido
por Davld TORRA FERRER en la página 226 de su artículo La amistad
entre Mazo2ci.h~ ~~~~~~m.a.8 y Cni!os 111, s?o,nh GmnSez B&??y5..1 e: <Ta=
muda», iV (1956), págs. 213-228, y las págs 42-43 del estudio del P. Ra-món
LOURIDDOfA z sobre EZ comercio de2 trigo entre Marruecos y b Pe-s6nsu.
la Ibéfica en. el siglo XVIII, en «Almenara», vol. 9 (verano 1976),
páginas 29-61.
120 Véase la bibliografía citada en la nota 82. A ella se puede añadir:
P. Ramón LOURIDDOÍA & O. F. M.: Los htercamhr.o.9 <rom.erea.r~sb .&qnn+
marroqdes em eB szglo XVIII, en «Cuadernos de la Biblioteca Española de
Tetuán», núm. 8 (diciembre 1973), págs. 49-86 (las referencias a la casa
comercial española figuran en las páginas 76-79), y, del mismo autor, EZ
comercio del trzgo ., citado en la nota anterior, p8gs. 47-51.
12% El cónsul Juan Manuel González Salmón habla comunicado esta
MARIANO ARRIBAS PALÁU
Por todos estos motivos considera el cónsul español difícil que
el sultán marroquí conceda por entonces permiso para exportar tri-go
a Canarias. La desconfianza de Salmón aumenta por el ejemplo
del año anterior, en que también solicitó permiso de exportación, a
instancias del comandante general de Canarias. En aquella ocasión,
la corte de Marruecos le entretuvo con buenas esperanzas, que no
pasaron de las palabras lU2.
Ahora blen, Salmón comprende perfectamente que debe buscarse
la manera de socorrer a los habitantes de Canarias, sin necesidad
de recurrir al sultán marroquí, a fin de que ni éste ni sus ministros
entiendan que los granos de Marruecos resultan sumamente necesa-rios,
así como para evitar el contraer con el soberano marroquí
nuevas obligaciones. Con este objeto acude a la casa comercial es-paiíoia
de Casabianca, que probablemente estará en condiciones de
atender a la necesidad inmediata que hay en Canarias, bien con el
envío de embarcaciones a Casablanca por parte del marqués de
Branciforte, bien efectuando la citada casa comercial española las
expediciones por su cuenta. A este fin escribe el cónsul español a
Benito Patrón, uno de los socios de dicha casa comercial, con re-sidencia
en Cádiz, preguntándole las condiciones en que ce podrían
efectuar los envíos de granos a Canarias para dejar abastecidas a
las Islas lZ3.
La respuesta de Benito Patrón no se hace esperar. En ella dice
que a la casa comercial le interesa más efectuar las expediciones %
por su cuenta y riesgo, con el fin de ahorrarse el abono de comi- a
siones; que al ser mayores los gastos de fletes y riesgos, además de g
ser la medida empleada en Canarias un doce a un trece por ciento E 3
O
prohibición al conde de Floridablanca pocos días antes, en carta número 135,
fechada el 6 de octubre de 1788, que se conserva original en A. H. N.,
Estado, leg 4 321
122 NO he encontrado ningún dato relacionado con esta solicitud, que
sólo conozco por lo que nos dice Salmón en su carta.
Tal vez se refiera el cónsul español a las gestiones realizadas a la lle-gada
a Mogador de una embarcación canaria con el propósito de cargrir
trigo, cuando ya se había cerrado en Marruecos la exportación. Cf. las
dos cartas de Fr. Cristóbal Ríos citadas en la nota 111.
123 La carta en que Salmón da cuenta de todo ello al conde de Flo-ndablanca,
fechada en Tánger el 15 de octubre de 1788, número 137, se
conserva original en A H. N, Estado, leg 4 321.
398 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 41
mayor que la usada en Casablanca, el precio por fanega (medida
de Canarias), puesta a bordo, resultaría de 48 reales de vellón,
«siendo enteramente de cuenta de la Casa todos los gastos y riesgos,
y que el pago se haga a bordo en plata fuerte».
Considerando Patrón que su propuesta es arreglada y que se per-dería
un tiempo precioso si había que esperar la conformidad a la
misma del marqués de Branciforte, transmite en el acto sus instruc-ciones
a los dependientes de la casa comercial en Casablanca para
que cargen un buque con cuatro mil fanegas de trigo a fin de lle-varlas
a las Islas Canarias. Mientras preparan el cargamento, Sal-món
les pasará instrucciones acerca de lo que deben comunicar al
comandante general de Canarias.
Benito Patrón está convencido de que el citado comandante ge-neral
aceptará la proposición formulada. En caso contrario, la par-tida
quedaría de cuenta de la Casa, que podría obtener de ella un
mayor beneficio. Por ello es de opinión que el cónsul escriba a Ca-sablanca
y explique a los dependientes de la Casa la forma en que
deben actuar, ya sea de acuerdo con la propuesta de Patrón, ya
como Salmón estime más oportuno l".
En cuanto recibe esta carta, el cónsul español se dispone a es-cribir
al marqués de Branciforte, de modo que su carta le llegue
con la primera embarcación que lleve trigo a Canarias. Así podrá
contestar el comandante general de las Islas si está conforme con
que prosigan las expediciones de trigo en los términos propuestos
por Benito Patrón, a fin de continuar efectuándolas.
En el caso de que no conviniera este procedimiento y tampoco
hubieran llegado a Canarias las partidas de granos que se habían
pedido a los países del Norte, Salmón procuraría inclinar el ánimo
del SUItán a yUe cmcediera permiso para que pudiera extraerse por
Mogador trigo con destino a las Islas.
Con todo, Salmón sigue considerando que sería preferible no te-ner
que pedir permiso al Sultán, como había indicado en una carta
anterior 125.
124 Juan Manuel González Salmón, en su carta número 143 al conde
de Fior~dablanca, fechada en Tánger el 25 de octubre de 1788, que se con-serva
en A. H N., Estado, leg 4 321, reproduce el texto de la respuesta
de Benito Patrón, fechada el 20 del mbsmo mes
125 Cf : Carta de Juan Manuel Gonzklez Salmón al conde de Florida-
Núm 25 (1929) 399
42 MARIANO ARRIBAS PALÁU
Mientras el cónsul español en Marruecos realizaba estas gestio-nes
para abastecer de trigo a las Islas Canarias, el comandante
general de las Islas acusaba recibo a la carta del conde de Flori-dablanca
en que éste le comunicaba que se pasaban instrucciones al
cónsul de España en Marruecos a fin de que sohcitara permiso para
la extracción de granos con destino a Canarias lZ6.
Después de esto el marqués de Branciforte recibe una carta de
Salmón, fechada el 25 de octubre, en que el cónsul español le co-municaba
las providencias que había tomado para que se le envia-ran
desde Casablanca cuatro mil fanegas de trigo al precio de 48
reales de vellón y las condiciones en que se efectuaría el envío.
De conformidad con lo anunciado por Salmón, «quasi impensa-damente
y quando ya empesaba a notarse alguna falta de este pre-cioso
abasto», llega al puerto de Santa Cruz de Tenerife el paque-bote
raguseo «Cleopatra», al mando de José Cavovich, con un car-gamento
de 5.250 fanegas de trigo (medida de Casablanca), que co-
R-rresponde
a 4.769 fanegas (medida de Canarias), enviadas por Bar-tolomé
Patrón y Román, de la casa comercial española de Casa-blanca,
que al precio de 48 reales de vellón por fanega importan
15.260 pesos sencillos y 12 reales. Este importe es entregado a José
Cavovich por Tomás de Zubieta, comisionado del marqués de Bran-ciforte,
en pesos duros de cordón 12*.
Manca número 143, del 25 de octubre, citada en la nota anterior
La carta anterior a que hace referencia Salmón es la número 137, del
15 de octubre, citada en la nota 123.
126 El acuse de recibo del marques de Branciforte está contenido en su
carta del 31 de octubre de 1788, que se encuentra en A H. N, Estado, le-gajo
4 320. La carta del conde de Floridablanca a que el comandante ge-neral
de Canarias acusa recibo es la del 24 de septiembre, citada en la
nota 117
127 El importe de las 4 769 fanegas de trigo, a razón de 48 reales por
fanega, ascendía a 228 912 reales de vellón. El peso sencillo equivalía a
15 reales de vellón Por lo tanto, el importe del cargamento era de 15 260
pesos sencillos y 12 reales Pero, al ser entregado dicho importe en apesos
h r u s de curG&iii,, cuyo va:ur era de 23 re&&, la caiitidad enibai-cada fue
de 11.445 pesos fuertes y 12 reales.
Adviértase que la perdida por la diferencia de medidas entre la fanega
de Casablanca y la de Canarias no es de un 12 a 13 por 100, como pre-tendía
Benito Patrón, sino de poco m& del 9 por 100.
Todos estos datos están tomados de la carta del marques de Branci-
400 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 43
El comandante general de Canarias estima que «con este socorro
y otros de la América Ynglesa que se aguardan tendremos surtido
regular hasta la cosecha que, según la bella disposizión de las se-menteras,
se espera con fundamento sea buena y abundante» 128.
Por un escrito posterior tenemos noticia de algunas dificultades
que se le presentaron al marqués de Branciforte para dar el debido
cumplimiento a una cláusula del suministro, según la cual debía
«retornarse en el propio buque el balor del trigo en pesos fuertes,
sin la menor detención ni demora», lo que obligaba a entregar el
importe del cargamento «mucho antes que pudiese haverse vendido
todo el grano y reducídose a dinero».
En este apuro y ante d a negación absoluta de haver quien vo-
111ntazi;iment.e q~uisiese aprontar In que faltase para despachar el
bastimento», el comandante general decide que «por empréstito, y
con calidad de pronto reintegro, se tomasen 8 mil pesos corrientes
del Depósito de la ciudad de la Laguna, que eran los que faltavan
para el completo de la cantidad, y, precedido el auto y diligencias
-le-g ales, se sacó dicha cantidad, con las formalidades de ynstrucción
y con asistencia del corregidor de esta Ysla y demás ynterventores
y claveros».
Así se pudo despachar el paquebote «Cleopatra» el día 22 de
enero, «desde cuya fecha se ha ido recogiendo, y se halla ya efec-tiva,
la expresada cantidad de los 8 mil pesos, que se debolverán al
Arca del Pósito inmediatamente, con las propias formalidades que
se extrajo, chancelándose la diligencia de salida como correspon-de
» 129.
El marqués de Branciforte comunica a Juan Manuel González Sal-mCii
habeie .i;ye&dcr aieii&da la ui.'geiicfa de las Islas a siitisfac-ción
y no ser necesario de momento ningún otro envío de grano, por
forte al conde de Flondablanca del 13 de enero de 1789 y del conocimiento
de embarque de José Cavovich, del 22 de enero de 1789, ambos en A H. N ,
Estade, 1eg. 4.320.
12s Cf : Carta del marqués de Branciforte al conde de Floridablanca
del 13 de enero de 1789, citada en la nota anterior.
129 Estas aclaraciones figuran en carta del marqués de Branciforte al
conde de Flondablanca del 10. de febrero de 1789, que se halla en A H. N.,
Estado, leg. 4.320
haberlo recibido de otras partes y existir fundadas esperanzas de
que la cosecha fuera abundante.
Ahora bien, como la casa comercial española de Casablanca está
dispuesta a repetir sus remesas en cualquier tiempo, si fuere nece-sario,
como han manifestado a Salmón los directores de la misma
y como hacen con diversos parajes de la Peninsula que lo han soli-citado,
el cónsul español se propone comunicarlo así al comandante
general de Canarias, con objeto de que, en caso de convenirle, pue-da
acudir directamente a la casa española de Casablanca, sin ne-cesidad
de hacer intervenir al primer ministro español 130.
En pleno verano de este año 1789 es la isla de la Palma la que
se lamenta de la mala cosecha y de la escasez de granos, por lo que
las autoridades de la Isla exponen la situación de la mlsma al mar-qués
de Branciforte y le piden permiso para ir a surtirse Iie granos
en Marruecos, por medio del siguiente escrito:
«La cosecha de granos de esta Ysla ha sido tan corta que avn en
estos tiempos no [hlay abundancia y en los meses subsesivos se
experimentará maior nesesidad de las que se padesieron en el año
próximo [pasado]: Deuiendo la Ciudad promover vn asunpto (sic)
de tanta inportancia, acordó en la actta de 17 del corriente supli-car
rendidamente a V. E , como a su nombre lo executamos, para
que compadesido de estos naturales se digne conseder su lisencia
y permiso pcrra que de esta Ysla, vna o más veses que lo exsixa
(SIC) la nesecidad, pueda fletar vn barco a Marjrjuecos a conducir
granos; extrayendo por la Real Aduana el dinero correspondiente
para la negosiasión» 131.
Al recibir esta carta, el comandante general de Canarias, ha-ciendo
caso omiso de lo que el cónsul español había dicho que se
proponía comunicarle, si es que realmente llegó a hacerlo, trans-mite
al conde de Floridablanca el escrito que le han dirigido las
130 Asi lo dice Salmón al conde de Flondablanca en carta fechada en
Cádu el 10 de marzo de 1789. A ella adjuntaba otra del marques de Bran-ciforte
dirigida a Salmón. No he podido encontrar la carta original del
cój-~sui e q j a d ni azT~:~ndtea! c u ~ e n d ~ ngt een eral ee (*&~.ri~nus.
El texto de la carta de Salmón lo he recogido del registro correspon-diente,
que se conserva en A. H N., Estado, leg. 4 318.
131 Esta carta está fechada en la ciudad de Santa Cruz de la Palma
el 19 de agosto de 1789; la firman Domingo de Monteverde y Ricardo Hi-son,
y se encuentra en A H. N., Estado, leg. 4.320.
402 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL ABASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 45
autoridades de la isla de la Palma, acompañado de la siguiente co-municación
:
«Sin embargo que por las apariencias del año y buena disposi-ción
de las mieses prometía regular en estas Yslas la presente co-secha
de granos, ha sido tan escasa en algunas y fatal en otras,
que debe temerse mucha falta y carestía en los meses maiores, como
me lo acaba de representar la Ysla de la Palma en la que original
incluyo a V. E , y de otras se me anuncia con bastante melancolía,
si en tiempo no se provee de remedio, y por ello a prevención no
he omitido diligencia alguna para estimular y animar a estos co-merciantes
a fin de que procuren hacer venir granos del Norte y
América Ynglesa, como lo han ejecutado en estos años pasados, y es
preferible por tomar en cambio y retornar vinos y algún otro fruto
de estas Yslas. Pero como no debe omitirse diligencia ni precaución
que parezca opoi-iuiiaa que pueda iiegai- e: caso ieirLibie y faia!
de la hambre, repito o renuevo a V. E. lo mucho que combendrá
tener el auxilio y pronto remedio de poder acudir a Mogador, por
el socorro indispensable de granos y carnes v otros comestibles,
llevando y pudiendo sacar, con las debidas y precisas precauciones
y formalidades, en dinero efectivo, la cantidad o cantidades nece-s
m u s para e! emplee y cempru de !as carjuzenes qüe se neccs~tei,:
Y espero que se servirá V. E. poner todo en noticia de S. M., in-clinando
su Real voluntad a que les proporcione a estos vasallos eI
que puedan acudir a sacar de aquel Ymperio Marroquí, quando la
vrgencia lo pida, los granos, carnes y otros comestibles que pudiere
y necesite, con la misma franqueza que en el año próximo pasado> 182.
No he encontrado ningún dato más relacionado con esta petición, por
lo que ignoro si se acudió, como el año anterior, a la casa de co-mercio
española de Casablanca. Parece, sin embargo, que debió sub-sistir
la escasez de granos en Canarias, pues a mediados de diciem-bre
e1 cnmadinte genera! i ~ t e r i n ~Y,n sé de Ave!!~ned~, qce h & i ~
sustituido al marqués de Branciforte lS3, expone de nuevo la cares-tía
de granos que se padece en las Islas y solicita permiso para
importarlos de Mogador, en la siguiente carta:
132 m,+, ,,.&A -,+K c,,~,a, N--&- n---- 2.. m- 2..
U ~ L O , C U rl~;;u iaua u a i i L a b r u r . uc r c r r c i u a Si i Cie sSpi%~i-bre
de 1789 y se halla en A H. N., Estado, leg. 4 320
133 El marqués de Branciforte, al tener conocimiento de la muerte de
Carlos 111, acaecida en diciembre de 1788, pidió licenc~a y en 1790 dimitió
de su cargo de comandante general, siendo designado Antonio Gutiérrea
para sustituirle en el mismo. Cf.: Joaquín BLANCoOb,. mt., págs. 313 y 316
Nim 25 (1979) 403
46 MARIANO ARRIBAS PALÁU
«La escasez de granos que se va experimentando en estas Yslas
de mi mando, de resultas de las malas cosechas que [hla havido en
los años anteriores, indica aproximarse la calamidad, si desde luego
no se busca arbitrios para contenerla; y no hallando otro más pro-porcionado
que el mismo de que se valió mi antesesor Marqués de
Branciforte, que fue acudir a la piedad de S. M. por la vía de V. E.
para que se dignase, como se dignó, alcanzar del gobierno de Ma-rruecos
la gracia de extraer por el puerto de Mogador las partidas
de granos conducentes, bajo las precausiones y requisitos que se
impusieron. Lo hago presente a V E., rogándole se digne protexer
esta necesidad en que tanto intereza la causa pública» 134.
Ante esta petición, el conde de Floridablanca encargó a Juan Ma-nuel
González Salmón que cuidase de que se socorriese a Canarias
desde Marruecos, como pedía el comandante general interino de
7la- -s T~- l - - s 7-9-5-~ . s
Es de suponer que el cónsul español cursaría instrucciones a la
casa española de Casablanca para que enviara alguna embarcación
con granos a Canarias, pero es difícil que la petición pudiera ser aten-dida,
porque en abril de 1790 murió el sultán Sayyidi Muhámmad b.
Abd Allah, sucediéndole en el trono de Marruecos su hijo Mawlay
al-Yazid, que prohibló la exportación de granos a España, obligando
a la casa comercial española de Casablanca a cesar en su tráfico lS6,
quedando interrumpido el comercio entre España y Marruecos du-rante
varios años, por mantener España una rigurosa neutralidad
entre los príncipes que a la muerte de Mawlay al-Yazid se disputa-ban
el trono de Marruecos, en especial Mawlay Hisam y Mawlay
Sulaymán. Este último terminaría por imponer su autoridad y se
aflanzaria en el trono.
Estos son los datos que he podido encontrar en relación con el
suministro de víveres desde Marruecos a las Islas Canarias du-rante
el reinado de Carlos III en España y Sayyidi Muhámmad b.
Abd Allah en Marruecos.
234 Esta carta está fechada en Santa Cmz de Tenenfe el 16 de diciem-bre
de 1789 y se encuentra en A H. N , Estado, leg. 5 836
135 Alsí se dice en una nota que figura en el extracto de la carta de
Jose de AveIIaneda citada en la nota anterlor
136 Sobre el reinado de Mawlay al-Yazid puede verse mi tesis doctoral
Cartas árabes de Marrwecos en tierno de Mmlay al-Ymzd (1790-l792),
'Tetuán, 1961.
404 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
APENDICE DOCUMENTAL
Instrucciones del marqués de Branciforte a Sebastián Caravallo [Santa
Cruz de Tenerife, mediados de marzo de 17871
A. H. N., Estado' leg. 5.836.
Ynsfru[c]ción del método y reglas que observmá el Sugeto que va d'
Puerto de Mogacfor con la comición de despachar las ezmbarccrciones que
deberán dirigirsele de esfm Yslas con fin de traer trigo para su avasto.
, 1.0 ,,. .,, Primeramente cuidará con la más exacta puntualidad que
se paguen al Rey de- Marruecos los-derechos de la ex-tra[
c]ción del trigo, que son por cada veinte fanegas de
aquella medida, un doblón de a -ocho en o.r o .d e a dies
y seis pesos fuertes, y no en otrasmoneda -.
'L." ,, ,, Que la compra de trigor la ha-de hacer en pesos fuertes
de plata, poda uLiEchcLqire suelen dejar de un medio real
de vellón en cada uno, y evitar el quebranto que [hlai,
y suele experimentarce en la moneda pequeña -.
3." ,,...,, Todas las embarcaciones que vayan a dicho puerto a1
referido fin han de llevar pasaporte mío con la precisa
expreción de ir a él concignadas; y si alguna llegare sin
este requicito, no deverá hacerse cargo de ella, .pues no
gozará de las esempciones de las otras, y me dará avi-so
-.
4 O ,, ,, Vigilará con el mayor desvelo que no se extraiga en las
embarcaciones que le fueren concígnadas clandestina-mente
Moro ninguno o Cautivo de qualquier nación que
sea, ni especie alguna de Contravando -.
5 O ,,. .,, Tendrá el comicionado puntual cuenta con exprecion de
sus dueños del dinero que reciva para la compra de 7
[pág. 21 trigo y, al retorno de las embarcaciones, me la
remitirá con una exacta relación de lo que ha empleado.
y sus costos -.
6 o ,,. ,, Tendrá el comicionado correspondencia por tierra con
MARIANO ARRIBAS PALÁU
Don Juan Manuel Salmón cónsul general de nuestra Na-ción
en Tánger, a quien dará puntual y exacta noticia
de quanto ocurriere, y executará lo que en concequencia
le previniere, duplicando ésta por la mayor seguridad con
las embarcaciones que retornaren a estos puertos, diri-giéndomela
al mismo tiempo de darme iguales noticias y
enterarme de lo que ocurra -.
7." ....... Evitará con toda vigilancia y cuidado que la tripulación
de nuestras embarcaciones dé el menor escándalo, motivo
de quexa o disgusto a los Moros, a culo efecto procurará
que no vaje a tierra, si no en lo mas preciso -.
8." ....... Sin embargo de la satisfa[c]ción que tengo de la conduc-ta
y proceder del comicionado, no omito encargarle lo
mucho que importa el tratar con toda cortesanía, civilidad y
atención a todos, especiaImente a¡ Governador y demás
gente vicihle ---
Branciforte [Rubricado]
Tazmia de los granos existentes en la isla de Lanzarote. Teguise, 18
agosto 1788
A. H. N., Estado, leg 4.320.
Ysla de Lanzarote
Taismia general de los granos que hay en dicha Ysla con expreción
de los que consume anualmente y nescesita para la siembra y plantío.
Trigo Sebada Zenteno Millo
-
Villa, sus arrabales y renta deci-mal
. . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.450 8.213 71 446
Haria y su jurisdicción . . 962 4.244 437 1099
Yaiza y su jurisdicción . . . 1280 6.580 550 81
Recogimiento de la Silla de Don
Bartolomé . . . . . . . . . . . . 4.025 13 002 102 12.000
Teseguite Guatisa y Lugores de
su Partido . . . . . . . . . . 1.324 8 425 385
Tinajo y Lugares de su Partido 1591 3.444 143 501
A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
NOTAS SOBRE EL AEASTECIMIENTO DE GRANOS A CANARIAS 49
De manera que resulta ha ve^ existente en la Ysls onze mil seis
cientos treinta y dos fanegas de trigo, quarenta y tres mil novecientas
y ocho de sevada; mil doscientas cinquenta y tres de zenteno, y ca-torse
mil quinientas dose de millo: que hazen setenta y vn mil tres-cientas
cinco fanegas de todos granos; y se calcula que se necesitan
dies y seis mil fanegas para siembra y plantío, y cinquenta mil para
manutención de un año completo.
Nos los infrascriptos comisionados por el Señor Governador Militar
de esta Ysla, y por el M[uy] Yllusfre Cavildo de ella Certificamos vajo
de nuestra palabra de honor que en la Taismia general que antecede
la hemos formado cada vno en el partido que le fue asignado con toda
la exactitud posible en virtud de la relación de los cosecheros y juicio
prudente de éstos y de nosotros por lo que respecta a la produ[c]ción /
[pág. 21 de las eras que aún no se han levantado y para que así conste
lo firmamos de orden de dicho Selñor Governador que nos comunicó
en vista de la que recivió del Exmo. Soñor Comandante General de
esta provincia en la mui Yllusfre Villa de Teguise del Arcangel San
Miguel de la Ysla de Lanzarote en dies y ocho de Agosto de mil sete-cientos
ochenta y ocho = Francisco Guerra Clavijo = Josef Peraza F-Juan
Viera Betancourt = Manuel Arbelo Zurdo = Gonzalo de Betan-court
y Ayala = Bernabé Antonio Camacho = Juan Vizente de Beten-corut
(sic) = Nicolás de Zalazar Carrasco y Clavijo = Gerónimo Ca-brera
Betancourt = Francisco Peraza ,= Francisco Lorenzo Perdomo -.
Exmo. Señor
No haviendo podido formar personalmente la taismia de granos
existentes en esta Ysla por hallarme gravemente indispuesto, nombré a
el Teniente Coronel Don Francisco Guerra Clavijo para que de acuerdo
con el Regidor Don Nicolás de Salazar Carrasco, elexido por el Cavildo,
hiciese la de la Villa y su partido; Al Capitán Don Josef Peraza con
el Regidor Don Sevastián de Victoria (quien no firmó por haber en-fermado
[hloy) para el de Yaiza Al Capitán Don Bernavé Antonio Ca-macho
coii Regidoi; Son C;onzalo de Betelicai-i para e: de SuTl sar-tolomé.
Al Capitán Don Manuel de Arvelo con el Diputado Don Do-mingo
Martin para el de Teseguite / [pág 31 y al Teniente Don Juan
Vicente Betencourt con el Regidor Don Gerónimo Cabrera para Tinajo
y su partido: Efectivamente la concluyeron con bastante prontitud, y
haviendo venido a declararla resulta ser la existencia de todos granos
m-+--*- -, mi! trescientas y cincG fZne,Qs y n-to !a YEla iiecesit2 * G L G l l & a 3 'iuu
dies y seis mil para siembra y plantío, y cinquenta mil para su manu-tención
hasta la cosecha próxima, pues aun que los comisionados dicen
que esta cantidad es suficiente para vn año completo; es un cálculo
hecho a bulto y muy herróneo, según el actual estado de población
en que se halla la Ysla; y, por lo tanto, cotexada la existencia con lo
50 MARIANO ARRIBAS PALÁU
que ésta necesita para si, vnicamente resultan cinco mil trescientas
cinco fanegas en favor de la extracción.
Excmo. Señor, mi vnico an[hlelo es acertar en todo y por consi-guiente
merecer la aprovación de V. E. Villa de Lanzarote y Agosto
dies y ocho de mil setezientos ochenta y ocho = Juan Creagh = [Ru-bricado].
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