CANARIAS EN EL PROYECTO
MONETARIO ILUSTRADO
P O R
ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
A pesar de la viva oposición que suscitó su nombramiento
como diputado del Cabildo de Tenerife ante la Corte l, F. Ma-chado
y Fiesco fue el mejor adalid de ia %tima y más idGnea
propuesta canaria en aras de defender su identidad monetaria 2.
Y si, como veremos luego, su iniciativa fracasó, lo fue porque
tropezaba con una política borbónica que insistía en su ten-dencia
a homogeneizar toda expresión del poder del Estado
como medio de reforzar el absolutismo. Canarias no quedó al
margen de esta política; con «una de cal y otra de arena)), la
Corona fue limando las «asperezas» de sus vasallos canarios.
Abreviaturas: A(RCHIVO) G(ENERALD E) ~(IMANCAS); A(RCHIVO) M(UMCIPAL
DE) 'L (A) L(AGUNA). MACÍASH ERNÁNDEZA,. M. y OJEDAC ABRERAM, .: Legislación ilustrada
y sociedad isleña, Fundación Insides-Cajacanarias. Santa Cruz de Tenerife,
1989, pp. 4-5.
Véase su «Plan que sobre las monedas de plata y vellón para pro-vinciales
de las Islas de Canaria ha trabaxado su diputado...)), Revista Mu-seo
Canario, núm. 35 (i974j, pp. 135-iba. ün breve análisis de este plan
se encuentra en: MACÍAS HERNÁNDEZA, . M.: ((Comentarios provisionales a
los proyectos de reforma monetaria anteriores a la pragmática de 1776»,
ANUARIOD E ESTUDIOAST LÁNTICOS, núm. 37 (1991), pp. 531-535.
Núm 38 (1 992) 281
2 ANTONIO M. MACíAS HERNÁNDEZ
Interesa aquí resumir algunos elementos de esta política; en
primer lugar, su acción dirigida a reforzar el absolutismo y el
control político-administrativo sobre las Islas. Aunque la ofensiva
en contra de su privilegiado régimen fiscal, cimentado en los
años de la colonización insular, no se conoce con suficiente ri-gor,
los documentos disponibles sugieren que se recrudeció du-rante
este reinado para conseguir una mejor recaudación e in-corporar
nuevas rentas, y poseemos varios testimonios del celo
mostrado en tal sentido por los nuevos administradores de ren-tas
reales 3, quienes, no obstante, no lograron todos sus ob-jetivos
por la oposición de los vasallos, en ocasiones de forma
violenta. a
Las partidas destinadas a la defensa de las Islas, procedentes
E de los fondos de propios y del impuesto del uno por ciento O
ad vaíorem sobre ias mercancías importadas y exportadas, tra- n - m dicionalmente administrado por los Ayuntamientos con la sis- o
E
temática oposición de la Comandancia General, quedaron bajo E
2
la intervención de la Contaduría de la Real Hacienda por real E
orden de 25 de junio de 1763 y, en definitiva, bajo la admi- 3
nistración del Comandante General como responsable único de -
0 la defensa del Archipiélago4. Las milicias provinciales fueron re- m
E
organizabas con objeto de limitar las injerencias de las autori- O
dades municipales, tanto del realengo como del señono, en este ng
ramo 5. E
VIERAY CLAVUOJ.,: Noticias de la Hsforia General de las Islas Cana-rias,
Madrid, 1772-1783. Reed. Goya, Santa Cruz de Tenerife, 1970, t. 11,
pp. 371-372; MORENOA LONSOM, .: ((Aspectos económicos de Canarias a fines
del Antiguo Régimen)), en 111 Coloquio de Historia Canario-Americana (1978),
Ediciones del Cabildo Insular de Gran Canaria, Las Palmas de Gran Ca-naria,
i98ü, t. i, pp. 243-3 16; GUIMERA RAVINA, A.: ((Burocracia fiscal y so-ciedad
"ecomerciante": el visitador Pedro Alvarez en Canarias (1752-1755)»,
en VI Coloquio de Historia Canario-Americana (1984), Ediciones del Cabildo
Insular de Gran Canaria, Las Palmas de Gran Canaria, 1987, t. 1, segunda
parte, pp. 426-447.
RUMEUDE ARMAS, A.: Piraterías y ataques navales contra las Islas Ca-narias,
iviadrici, i947-59, t. III, segunda parte, pp. 6í4-633; MACÍAS
HERNÁNDEAZ. ,M . y OJEDAC ABRERAM, .: op. cit., pp. 49 y 62.
RUMEUDE ARMAS, A.: op. cit., t. E, primera parte, pp. 447-556 y t. IiI,
segunda parte, pp. 679-771.
282 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 3
El aparato jurídico-administrativo fue también reorganizado,
adecuándolo a la realidad insular mediante la creación, por real
orden de 26 de junio de 1767, de la figura de los sustitutos
fiscales, uno en cada isla, exceptuando Gran Canaria, donde re-sidía
el fiscal titular6, lo cual se sitúa en la línea represiva que
caraterizaron las medidas dictadas en el etapa inmediatamente
posterior a los motines de la primavera de 1766', insistiéndose
en la intervención de los nuevos ministros en los casos de aso-nadas
y bullicios populares8. La Corona también ocurrió a la
solución de los conflictos jurisdiccionales suscitados entre las
diversas instancias políticas.
Ahora bien, toda esta reorganización e intervención regia se
saldó con un mayor protagonismo del Comandante General, con
jurisdicción castrense sobre toda la población miliciana, Presi-dente
de la Real Audiencia, Superintendente de Hacienda y
competencia absoluta en los asuntos del comercio interior y ex-terior.
En definitiva, el Comandante General adquiere un poder
absoluto a través de una jurisdicción que, al decir del regente
del Tribunal, «ya era tan basta (sic) que a poco era regular
cargase con las apelaciones de la Audiencia)) '.
En segundo lugar, esta política, de claro reforzamiento del
absolutismo, e.jercido a través de la Comandancia General, se
vio acompañada por medidas de cierta largueza, en tanto que
contribuían a garantizar también la eficacia de aquella política.
En 1762, el ((paternal amor)) regio contribuyó a la subsistencia
de sus vasallos con motivo de la guerra con Inglaterra, autori-zando
la entrada de víveres y géneros ingleses en navíos neu-trales
y el envío de 6.000 fanegas de trigo de Cádiz, sufriendo
la Hacienda toda quiebra en la ~peración'~e;n 1764 prohibió
la extracción de granos mientras el mercado no estuviere abas-
MAC~AHS ERNÁNDEZA, . M. y OJEDAC ABRERAM, .: op. cit., pp. 50-52
y 71-79.
GONZÁLEZ ALONSO, B.: Sobre el Estado y la administración de la Co-rono
de Cncfilln dl~ronfc?el Antiguo Régimen: Siglo XXI. Madrid. 1981.
pp. 226-227.
MACÍASH ERNÁNDEAZ ., M. y OJEDAC ABRERAM, .: op. cit., p. 49.
Ibíd, p. 55.
lo Ibíd, pp. 17- 18.
Núm 38 (1992)
tecido, insistió en la liberalización de su tráfico interior y limitó
las importaciones de vinos y aguardientes peninsulares, los cua-les
competían ventajosamente con la oferta vitícola isleñali;
en 1770 autorizó nuevo envío de trigo para aliviar la carestía
y en 1772 el reparto de 40.000 pesos entre los pobres de Lan-zarote
y Fuerteventura, castigados por el hambre 12; en este
último año la Corona concedió el libre comercio de Canarias
con las islas de Barlovento 13.
En este contexto, se comprende que todos esperasen que la
Corona diera una muestra más de su {{paternal amor» hacia
sus vasallos isleños, costeando la solución de un mal monetario
que se agravaba cada vez más, amenazando la armonía social
y la permanencia de las Islas bajo la soberanía de CastiUa. Ade- a N
más, el citado mal monetario repugnaba a la propia naturaleza E
F S ~ Z2~bQ~g !Uten i s~e p~ret en&r, imp~nere r, -1--
O
Y-- ,,,, de SUS - principales atributos, al entrar en el circulante canario piezas -
m
O
de vellón y plata extranjero. En tercer lugar, los vasallos habían E
E
2 presentado diversas propuestas para acometer aquella tarea, las E
cuales habían sido estudiadas por la Junta de Comercio y Mo-
-
neda desde 1726 al menos, sin que e d n p t x a m-. , r e s ~ ! ~ c i S ~ 3
concreta al respecto por las razones que indicamos en otro lu-
- -
0
m
garI4. Finalmente, desde los comienzos del nuevo reinado se ha- E
llaba en tramitación un expediente de arreglo general de toda O
la moneda del reino, puesto que «en 1765 se levantó una pro- -
E testa popular» por la insuficiencia de las piezas de un maravedí, -
a
denunciando la clase mercantil la superabundancia del vellón l -
y la enorme variedad de piezas, motivo de su cotización por --
debajo de la par y de las dificultades para conocer su correcta 3
denominación ' 5 .
O
Era preciso, por consiguiente, una reforma monetaria y. dada
la línea política seguida por la minoría ilustrada, ésta debía in-tentar
uniformar en lo posible todo el circulante del reino. La
reforma llegó en mayo de 1772 y tuvo por objeto ((acabar con
l1 Ibíd, pp. 23, 24 y 27-28.
!' íbíd, pp. 8 i y 94.
l3 Ibíd, pp. 95-96.
l4 MACÍASH ERNÁNDEAZ. , M.: art. cit., p. 503.
l 5 HAMILTONE,. J.: Gu e~r ay precios ..., p. 93.
284 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 5
los disturbios ocasionados en el comercio por la depreciación,
imperfección e intolerable condición de la moneda fracciona-ria
»16. Y aunque no ha sido todavía examinada con rigor, en
el caso de Canarias tuvo la virtud de cerrar el largo expediente
acerca del arreglo de su moneda, además de generar efectos
sobre la economía del país cuya naturaleza y alcance no hemos
podido descifrar aún en toda su magnitud. Por ello, el presente
artículo estudia únicamente con rigor las características y al-cance
de este arreglo, no sin antes apuntar los principales ras-gos
de nuestro modelo económico y de su particular sistema
monetario, e indicando algunas de las líneas de investigación
que presiden por el momento el análisis de las causas del mal
monetario y los efectos de la reforma.
1. MODELOE CONÓMICO Y SISTEMA MONETARIO
En toda economía que utilice las funciones propias de la
moneda metálica, su sistema monetario constituye una excelente
imagen del estado global de su actividad económica. Y aunque
carecemos por el momento de todo el material empírico nece-sario
para poder dilucidar con rigor los destellos y claroscuros
presentes en la citada imagen, algunas cuestiones pueden de-ducirse
en lo que respecta a la economía isleña del siglo xvru:
a partir del examen de la dinámica seguida por sus variables
reales y monetarias. Clarifiquemos, ante todo, los principales ras-gos
del sistema monetario propio del modelo económico isleño.
Aunque no toda la economía canaria del Antiguo Régimen
vivía pendiente dei puiso generado por las fuerzas de mercado,
contaba con un alto grado de monetarización, pues, como he
demostrado en otro lugar17, su modelo económico se caracterizó
por una fuerte vinculación con la economía atlántica e inter-nacional
a través de un subsector agrario exportador, destinado
l6 lbid., p. 94.
I7 MAcÍAS HERNÁNDEZA, . M.: Economía y sociedad en Canarias durante
el Antiguo Régimen, (c. 1500-1850), Madrid, Universidad Nacional de Edu-cación
a Distancia. Tesis doctoral inédita, 10 vols.
Núm 38 (1992) 285
6 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
a sufragar las precisas importaciones de bienes manufacturados,
al tiempo que esta especialización agraria determinó a su vez
una división interna del trabajo entre los diversos espacios
insulares y un creciente intercambio interior de subsistencias
y bienes manufacturados. De ahí que, si bien no puede negarse
la existencia de economías campesinas orientadas de manera
prioritaria al autoconsumo, sobre todo en aquellos espacios in-sulares
menos vinculados al mercado exterior, su grado de
autarquía no era tan elevado como para no precisar del inter-cambio
en el mercado interior y del uso de la moneda metálica
en algunas de sus funciones.
Tal nivel de monetarización conoció, sin embargo, fases de
auge y de profunda depresión, en las que el circulante des-aparecía
del mercado, viéndose sustituido por el trueque y por
determinados productos con un aito y hasta cierto punto esta-ble
valor de cambio, como el trigo, los azúcares o la yerba
orchilla, los cuales actuaban como medios de pago no metáli-cos.
Y ello porque, sin Casa de Moneda propia ni minas de
oro o plata que explotar -a pesar de que no faltó quien in-
* 1 : *^J^- Ti- -: ---- :-Li1i -1
LC~ILCIX id ~UI I I ICICI - , LUUCLI~C LS pium ~ U ICI I L C ~ I ~ VC~I UL IILU-lante
empleado por la economía isleña antiguoregimental lle-gaban
del exterior, acu��adas principalmente en las cecas de Cas-tilla,
Portugal o de las Indias.
De modo que, considerando el modelo económico expuesto,
este afluir de moneda metálica de buena ley y peso dependía
estrechamente del signo de la balanza de pagos, la cual, en de-finitiva,
dependía a su vez de la capacidad adquisitiva del pro-ducto
agrario exportador y del nivel de cobertura en bienes y
servicios de la producción local. Esta tesis permite, por último,
re!urionur Ir, cuunGu de !u menetuRu y e! nixv~e! de !iqUi-dez
y ahorro de la economía canaria con la evolución experi-mentada
por las variables reales de su estructura productiva.
En este sentido, podemos aislar tres grandes etapas en la di-námica
del sistema monetario isleño del Antiguo Régimen.
ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO
1.1. La configuración de2 sistema monetario
En efecto; durante la fase de colonización del territorio in-sular
asistimos a la creación de una economía de base mone-taria
en el ámbito de la primera expansión ultramarina europea.
Dicha creación, pendiente todavía de estudio en algunos de sus
detalles, presentó dos características esenciales la.
Primera: la existencia de un complejo circulante (cfr. cua-dros
1-III), de difícil valoración incluso para sus propios usua-rios,
al estar integrado por:
a) piezas propias, acuñadas al parecer por los señores de
Canarias en el transcurso del siglo XV, y cuya circulación se
reducía al ámbito territorial de las islas baio este régimen (Lan-zarote,
Fuerteventura, La Gomera y El Hierro)I9, encontrándose
también blancas y medias blancas entre el ajuar mortuorio ha-llado
en las necrópolis indígenas. Estas acuñaciones señoriales,
insuficientemente conocidas por el momento, se reducían a pie-zas
de cobre puro, siendo probable que se tratase de numerario
castellano, sobre todo de la época del marasmo monetario de
Castilla, reselladas luego por los señores de Canariasz0.
l8 MACÍASH ERNÁNDEZA, . M.: ((Algunas reflexiones sobre los orígenes de
l*rvrra .y.r;rmiairrniOb l va imilnrurlr;nvra udto, yaav i- i, +i c~ ~l :a~u, ~~ uAu,= ~l1a- ~,,L,u,,il,u liC-l ia, -,i-- i n n n icqc. . ~ a i l c lua , 1-ruu- 1 J L JV,
en Homenaje a M Marrero, Secretariado de Publicaciones de la Universidad
de La Laguna, Santa Cruz de Tenerife, 1992 (en prensa).
l9 Zbid
20 Zbíd Cfr. infra
Ntim 38 (1992) 287
8 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
EQUIVALENCIAS DE LAS PRINCIPALES MONEDAS CASTELLANAS
ENTRE 1480 Y 1497. VALORES REALES Y ESTIMADOS
En mrs. de En rnrs. de
Piezas Castilla Cana Y ias
castellano ................................. 480 636
ducado ................................... 375 500
cruzado .................................. 375 500
dobladela banda .......................... 365 487
florin de Aragón .......................... 275 367
real de plata .............................. 3 1 40 a
blanca .................................... ' 1 2 1 N
E
--
Fuente: MACÍASH ERNÁNDEZA, . M.: ((Algunas reflexiones sobre los orígenes
de los primeros medios de pago metálicos de la economía canana,
1400-1525», en Homenaje a M. Marrero (en prensa).
. b) piezas propias, acuñadas en las cecas castellanas a peti- , c i c ~de las uuteridudrs !c?cu!es xr 2 r , ~ s td~e sus ver,inos, !us
cuales, según todos los indicios, consistieron en reales y medios
reales de plata, de ley 11 dineros y 4 granos, y cuartos y me-dios
cuartos de vellón, con ley igual a la establecida en la re-forma
monetaria de 1497 y un distintivo al parecer propio. Acla-remos,
no obstante, que únicamente conocemos por ahora las
referencias a las disposiciones regias dadas a las cecas para
proceder a la acuñación del vellón, pero no sabemos si tales
disposiciones se cumplimentaron.
c) piezas fabricadas en las cecas castellanas y portuguesas
e intreducidus per bc rolon9s y IT,erc2deres de UmhaEn r-rn re- ---
dencias. En este sentido, destacaron las monedas lusitanas, si
bien, considerando la distribución del aporte colonizador con
este origen, estas piezas debieron circular sobre todo en las eco-nomías
insulares de Tenerife y La Palma Es muy probable, ade-más,
Fe, rerisidrrande !U escusrz mmet-iriu en !a niiesra m-lonia
y, por tanto, el fuerte premio de toda moneda metálica,
las introducidas presentarían graves defectos en su estampa y
ley.
288 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO
TABLA DE EQUIVALENCIAS DEL CIRCULANTE QUE OPERABA
EN CANARIAS A PRINCIPIOS DEL XVI
En mrs. de En mrs. de
Piezas Castilla Canarias
1 dobla o ducado ........................... 375 375
1 cruzado .................................. 375 500
1 real de plata .............................. 34 42
1 cuarto .................................... 4 6
1 ceutí ...................................... 1/6 I / ~
1 ochavo ................................... 2 3
1 blanca .................................... 112 1
Fuente: MACÍAS HERNÁNDEAZ., M.: ((Algunas reflexiones sobre los orígenes
de los primeros medios de pago metálicos. ..» (en prensa).
NUEVA TABLA DE EQUIVALENCIAS DE LA MONEDA DE ((ISLAS))
CON LAS PIEZAS CASTELLANAS Y PORTUGUESAS,
VIGENTE ENTRE 1521 Y 1686
En mrs. de En mrs. de
Piezas Castilla Canarias
1 ducado ................................... 375 528
1 dobla ..................................... 375 500
1 cruzado .................................. 375 500
1 tostón .................................... 90 126
1 real de plata viejo ......................... 30 42 , ..--1 J - . - l - L - .......-
1 ~calu c para riucvo ........................ 34 48
1 cuarto .................................... 4 6
1 ceuti ...................................... 11~ 4
1 ochavo ................................... 2 3
1 blanca .................................... lI2 1
,en, XAC~HAESKN ÁNDEZH,. !vi.: ((Aigunas reflexiones sobre ios orígenes
de los pnmeros medios de pago metálicos...)) (en prensa).
Núm 38 (1992)
10 ANTONIO M. MACÍAS H E R N ~ D U
Segunda característica: todas estas monedas, junto con los
cruzados, tostones y ceutíes portugueses y toda la moneda de
cuño castellano e indiano desde su primera fábrica, circularon
en el mercado doméstico con un valor nominal superior al vi-gente
en sus mercados exteriores. Así, antes de la reforma mo-netaria
de 1497-99, este premio fue de un 29,O por 100 apro-ximadamente
en la plata *' (cfr. cuadro 1); luego, de un 33,33
por 100 en el caso de las piezas de oro, 23,5 por ciento en la
plata y 50 por 100 en el vellón2' (cfr. cuadro 11). Finalmente, y
hasta la reforma monetaria de 1686, los valores nominales del
circulante castellano, portugués e isleño quedaron establecidos
en los términos expresados en el cuadro 111.
Esta elevación en el valor nominal del circulante isleño, tan-to
de piezas propias como importadas, obedecia a tres r ~ z ~ n e s :
a) para favorecer su arribada a las Islas y proveerlas de
circulante en una fase en que se requería de capitales para
potenciar su proceso colonizador inicial. El premio otorgado a
cada pieza o mercancía-dinero encubría los costes y beneficios
derivadas de su intrnctxciSr? p r r,~!enes j 7 mercxh-es, sm-cionado
además este premio por la autoridad regia y concejil,
lo cual solventaba las censuras eclesiásticas a la usura23. Agre-guemos
que no hemos podido precisar por el momento si esta
medida determinó una elevación de los precios en el mercado
interior.
b) para evitar su extracción, aunque el alcance efectivo de
esta medida dependía en realidad del estado de bonanza de la
economía local, es decir, del interés de los mercaderes por ma-terializar
el pago de sus bienes importados en productos de la
tien-2, S~PEUGP GT t a ~ t i~ne!f ic~zc u a ~ d en e cenc~rriut al cir-cunstancia.
c) Finalmente, las diversas modificaciones decretadas por las
autoridades locales en las equivalencias nominales entre el oro,
la plata y el vellón, respondieron a dos motivos. Primero, al
, . interés de 19s ugentes ecmmxcm de cada área insdar, pre-
2' Ibíd
22 Ibíd
23 Ibíd
ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 11
sentes en el gobierno de su institución concejil, por atraer hacia
sus respectivos territorios el circulante existente en la isla ve-cina.
Y, segundo, a los desajustes de las ratios metálicas vigen-tes
entre las diversas piezas, es decir, entre su valor intrínseco
y su expresión nominal, garantía de la estabilidad del sistema
monetario; tales desajustes obedecían, por último, a la escasez
o abundancia relativa de un pieza en relación con el resto de
las que integraban el circulante.
Ahora bien, la citada política monetarZa concejil no solucionó
la escasez de medios de pago metálicos, al menos con la bre-vedad
que se pretendía en el caso de la economía de Teneri-fe24.
D urante la primera década del siglo XVI, la mayoría de las
transacciones se realizaron en especie, sobre todo en aquellos
-..#J..,.+ *.,- r~vuuL~os ,n,,.,-,,.,Y,,.,t,,n n:~n üxi maym vdor de cambio, teme h e -
ron el azúcar y la orchilla, seguidos de los cereales y el gana-do25,
y los testimonios por ahora analizados sugieren que esta
penuria de medios de pagos metálicos se prolongó hasta la dé-cada
de 1520 inclusive, si bien cada vez con menor rele~ancia*~.
Se trat"Uba, además, de m intercimbi2i^^r lesfav~rablep ara e!
productor. Frente al creciente agio del medio de pago metálico
por su relativa escasez, el valor «amonedado» de los productos
empleados en el cambio presentaba una mayor inestabilidad,
consecuencia de las fluctuaciones de su producción, derivadas
24 Decimos esto porque todas las indicaciones que siguen se refieren
a esta economía insular, de modo que no contamos con datos acerca del
problema monetario en Gran Canaria por la pérdida de su documentación
concejil. Cabe pensar, no obstante, que su circulante era más rico, pues
la colonización insular se inició en la década de 1480 y gozó de un mayor
nivel de monetarización y despegue económico como consecuencia de su
mayor producción azucarera. Prueba de ello es que fue su Concejo quien
costeó las únicas acuñaciones de vellón local.
25 Así. entre 1508-1510. únicamente un 32.8 vor 100 de las transaccio- . .
nes se realizaron en metálico; las efectuadas en azúcar alcanzaron el 59,8
por 100. Cfr. GENTILD A SILVAJ,. : (tEchanges et troc: l'exemple des Cananes
au début du xwC si&cle», AnnaZes, núm. 5 (1961), pp. 1.004-1.01 1.; del mismo
autor, uAux Canaries: monnaie et marginalité)), en VI Coloquio de Historia
Canario-Americana (1984), Ediciones del Cabildo Insular de Gran Canaria,
Las Palmas de Gran Canaria, 1987, t. 1, primera parte, pp. 313-323.
26 MACÍAS HERNÁNDEZA, . M.: «La creación de una economía monetaria
en la primera expansión europea, 1500-1530)). Texto Manuscrito.
Núm 38 (1992) 291
12 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDU
tanto de las circunstancias climatológicas como de la creciente
oferta, ante la sostenida ampliación de la superficie cultivada.
Desfavorable intercambio cuya incidencia era especialmente
grave en este momento, pues, como en toda naciente colonia,
la formación de nuevos productores suponía una constante y
creciente demanda de medios financieros para adquirir semillas,
utillaje y demás capital fijo, y poner en cultivo las nuevas tie-rras,
lo cual obligaba a tales productores a solicitar préstamos
cuyo principal e intereses serían devueltos en frutos 27.
Los Concejos reforzaron entonces su política de defensa del
productor, en la línea del más puro mercantilismo. Prohibieron
a los mercaderes la extracción de numerario, exigiéndoles ma-terializar
sus dineros en frutos del país28; obligándoles además
a recibir estzls fr~tzlsc omo iivalvr aírloiiedaduii eri süs présta-mos
a los productores en el caso de que éstos carecieran de
medios de pago metálicos -caso más corriente-, otorgando a
la arroba de azúcar blanco lealdado una cotización oficial de
300 mrs. de «islas», 200 al trigo y 100 a la cebada29. De este
modo, los productores podían optimizar el uso del medio de
pago metálico y no metálico, abonando sus préstamos en dinero
cuando una mala cosecha hacía subir el precio real del medio
de pago no metálico por encima de su cotización oficial, y em-pleándole
únicamente cuando su precio real estaba por debajo
27 Ibíd
28 SERRAR ÁFOLS, E. y ROSA OLIVERAL, .: Acuerdos del Cabildo de Te-nerife,
hstituto de Estudios Canarios, Santa Cruz de Tenerife, 1949, vol. 1,
docs. núms. 719 y 723, p. 155. El acuerdo del Cabildo tiene fecha de 23-
DI-1507, pero se reitera esta medida a lo largo de los siglos XVI, xvn
Y xmi.
29 La primera referencia para el azúcar tiene fecha del acuerdo del
Cabildo de Tenerife de 8-1-1507; cfr. Acuerdos ..., vol. 1, doc. 686, p. 145.
Para el trigo y cebada, aunque dando a ésta la cotización de 70 mrs. de
«islas», de 25-V-1509; cfr. SERRAR ÁFOLS, E. y ROSA OLIVERAL, .: Acuerdos
del Cabildo de Tenerife, Instituto de Estudios Canarios, Santa Cruz de Te-zerife,
1/52, ve!. 9, dec. núm. 56, pp. 33-34. Si:: emharg~e, xiste:: indici~s
de que tales cotizaciones fueron anteriores; además, el precio oficial del
azúcar subió a 336 mrs. en acuerdo de 26-V-1516, «para escusar daños)),
si bien en el adoptado el 12-1-1517 bajo nuevamente a 300 mrs.; cfr. Acuer-dos
..., vol. 111, docs. núms. 152 y 181, pp. 165 y 183.
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 13
del oficial o a la par, posibilidad ésta que estaba totalmente
vedada a los comerciantes. Todo ello motivó un continuo en-frentamiento
entre la clase mercantil y propietaria que se
prolongará durante buena parte de la centuria, aunque unos
pocos datos recogidos por ahora indican el elevado grado de
incumplimiento de esta normativa.
En realidad, la po2ítica monetaria concejil únicamente alcanzó
sus objetivos cuando pudo contar con una evolución favorable
de las variables reales de la economía. En efecto; los desajustes
en las ratios metálicas -entre el oro, la plata y el vellón-,
obedecían no sólo a la mayor afluencia de una pieza en detri-mento
de las otras dos en virtud de un acusado premio, con-secuencia
de su escasez, sino también a una actividad mercantil
favorable a la economía local. Y fue esta actividad, relacionada
con el desarrollo azucarero, la responsable en última instancia
de la creación de una economía de base monetaria, al poten-ciar
una balanza de pagos positiva, cuyo excedente en monedas
fuertes exigió y, al propio tiempo, sufragó las acuñaciones de
monedas de vellón para el comercio interior, realizadas a soli-citud
del Concejo de Gran Canaria y costeadas por sus vecinos.
1.2. El auge del circulante plata
«La moneda que en ellas corre es plata; no hay vellón, ex-cepto
algunos cuartos de los grandes)). Así resumía un autori-zado
coetáneo, el cronista J. Núñez de la Peña (1676), el cir-culante
existente en las islas en la segunda mitad del siglo XVII,
a--*5,.-,.1.-A cn sauuv ny. u. b0
un real de a ocho vale ocho reales; un tostón tiene dos
reales y cinco cuartos; un real tiene ocho cuartos y
48 maravedís; corren todas las monedas de España, assí
las nuevas como de B~mbasa, todo se le da su estimaciónJ0.
'O NÚÑEz DE LA PEÑA, J.: Conquista y antigüedades de las islas de ¿a
Gran Canaria y su descripción, con muchas advertencias de sus privilegios,
conquistadores, pobladores y otras particularidades ..., Madrid, 1676, p. 488.
Y, en efecto, todos los datos por ahora disponibles avalan
la existencia de un rico circulante, integrado por piezas de cuño
castellano, indiano o portugués. Testamentos, compraventas, abo-no
de rentas en dinero, generosos donativos en plata de buena
ley a la Corona a cambio de preservar los privilegios otorgados;
incluso se fecha en el XVII una rica orfebrería en plata, proce-dente
sin duda de las minas indianas3), revelando que había
más de lo suficiente para cubrir las necesidades mundanas. La
época de la penuria de circulante metálico había acabado tiem-po
atrás, a pesar de que no faltaron tampoco aquí los ((arbi-tristas))
que denunciaron su escasez como consecuencia de la
extracción por parte de la clase mercantil.
El Cabildo de Tenerife, centro ahora de toda la actividad eco- a
N
nómica del Archipiélago como resultado de la ruina de los azúca- E
res y de! cre~ientppe s= la xvriticU!~dru, es espeefi ecstai aisla!, O
n
reiteró sus máximas mercantilistas contra los comerciantes ex-
- m
O
E tranjeros que extraen la plata y no los frutos del país3I. El desa- E
2 rrollo del tráfico triangular atlántico había propiciado el asenta- E
miento de una numerosa colonia rnercantil33, en contacto con las
pluzus financieras de S e d a , Lisb~ü,A msterdam y Londres, con- 3
virtiendo los puertos isleños en una importante plaza bancaria, -
0
m
E en la línea ya planteada por E. Otte para el período 1535-160034; O
mercaderes judíos lusitanos, arrendadores en algunos casos de
rentas reales, sobre todo de los almojarifazgos, fueron acusados n
E
de extraer plata para las plazas de Amsterdan y Londres". a
n
31 HERNÁNDEPZE RERAJ, .: Orfebrería de Canarias, Madrid, 1955. n
n
32 MACÍASH ERNÁNDEAZ ., M.: tesis doctoral inédita
33 MORALESL EZCANOV,. : Relaciones mercantiles entre Inglaterra y los 3
O
Archipiélagos del Atlántico Ibérico. Su estructura y su historia, Instituto
de Estüdics Car.¿tr;i=s, La Lagüna, 197%
34 OTTE, E.: ((Canarias: plaza bancaria europea en el siglo XVI)), IV Co-loquio
de Historia Canario-Americana (1980), Ediciones del Cabildo Insular
de Gran Canana, Las Palmas de Gran Canaria, 1982, t. 1, pp. 159-173.
35 ANAYA HERNÁNDEAZ.:, «El converso Duarte Enríquez, arrendador de
las rentas reales de Canarias)), ANUARIOD E ESTUDIOSA TLÁNTICOS, núm. 27
(1981), pp. 245-423. E! c~rr.p,rci..nte ju& Frxxi;,scG UP, C x ~ ~ j qdj,e des-empeñó
un papel de relieve en la admisión de sus hermanos en la City
londinense, avaló su entrada poniendo como mérito haber extraído de las
Islas 200.000 libras de plata.
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 15
Pero un cuidadoso examen de las disposiciones en materia
monetaria dictadas por el citado C~nc e jop~e~rm, ite verificar que
desde fines del XVI y hasta bien entrada la segunda mitad
del XVII, lo que llama realmente la atención es la reiterada de-manda
de moneda fraccionaria por parte de los ediles tiner-feños,
en abierto contraste con lo que ocurre en la España pe-ninsular.
Se precisa moneda de vellón, cuya acuñación se soli-cita,
ya sea en la ceca de Santo Domingo, ya en la de Sevilla.
El sumatorio de las 13 solicitudes de moneda fraccionaria, efec-tuadas
en el período 1550-1616, ascendió a poco más de
22 millones de mrs. de «islas»3 7.
Se requiere clarificar mejor las circunstancias que rodean
esta demanda de moneda fraccionaria en un momento en que
los diversos representantes de los concejos y villas del reino
de Castilla la consideran responsable de la ruina de la econo-mía
castellana, protestando por los excesos en su acuñación y
por su poder liberatorio; aspecto éste que puede haber inducido
a los Concejos insulares a solicitar vellón para emplearle en el
pago de las rentas fiscales. No obstante, en términos estricta-mente
monetarios, podna sugerirse la hipótesis de que, a pesar
de la extracción de plata, razón última de la consideración in-ternacional
de los puertos isleños como área de aprovisiona-miento
de metal blanco para las transacciones internacionales,
el mercado monetario se hallaba ahora caracterizado por una
tendencia desfavorable de la plata en términos de veilón, lo
cual hacía necesario la introducción controlada de piezas de
esta nominación con objeto de restablecer el equilibrio y con-tribuir
a evitar la fuga de la plata. De hecho, esto fue lo que
36 Todas las referencias a estas disposiciones se encuentran en mi tesis
doctoral, citada en nota 17, en su tomo V, cuadro 12.10, a los fols. 2.067-
2.069. En el manuscrito intitulado: Dinero y crédito en la economía canaria
del Antiguo Régimen, 1400-1850, en preparación, realizamos un examen
más amplio y sistemático de esta temática, en la línea aquí expuesta.
37 Zbíd Es más que probable que muchas de estas peticiones se repi-tan;
únicamente tenemos cierta certeza de ia iiegada de cuartos y medios
cuartos de Santo Domingo por valor de 10.000 ducados, es decir,
5,28 millones de mrs. de «islas», al existir una real orden comunicada a
la Audiencia de esta isla para que autorizase su salida.
Núm 38 (1 992) 295
16 ANTOMO M. MACÍASH ERNÁNDEZ
ocurrió, pues a partir de 1620 se acusa la circulación de vellón
falso, introducido por comerciantes canarios y extranjeros, des-tacando
en ello 10; holandeses, según denunciaba la Inquisición
en carta al Consejo de julio de 165038. Sin embargo, «a todo
se le daba su estimación)), incluso a la mala moneda de nuevo
cuño peruana, mandada retirar por la pragmática de 165 1 39.
Ahora bien, el examen de la evolución de las variables reales
de la economía del país permite también explicar este «correr»
de la plata". Desde 1520 aproximadamente, la producción vití-cola
local superó la demanda interna e inició su vinculación
con los mercados exteriores. Europa y, sobre todo, Inglaterra,
adquirieron sus selectos malvasias, creciendo las compras a par-tir
del último cuarto del XVI y experimentando sus precios un a
continuo crecimiento4", estimulando con ello la intensificación E
del cultivo y el desarrollo sostenido de nuevas plantaciones, pro-
O - piedad en su mayor parte de la terratenencia, especialmente O=m en el barlovento de La Palma y, sobre todo, de Tenerife, en EE
cuyos puertos de La Orotava y Garachico residía una poderosa SE
y rica clase mercantil isleña y extranjera.
La producción de caldos de inferior calidad, los llamados 3
genéricamente viduefios, que habían constituido la primera ofer-
em- ta viticola local, vinculada al mercado doméstico, conoció un E
fuerte crecimiento, representando durante este período los dos O
tercios de la producción total por término medio. Obtenida en n
tierras marginales y de la mano de pequeños y medianos viti- E a
cultores, su destino principal eran los mercados coloniales lu- n
38 ARCHIVO MUSEOC ANARIIOn.q uisición. Sig. 1-D-27, fol. 20.
39 HAMILTONE., J.: Guerra y precios ..., pp. 39-40.
40 El examen de la población y de la producción agraria a través de
los registros parroquiales y recuentos, y de los diezmos, ha sido realizado
en mi tesis doctoral, ya citada. Una primera entrega al respecto, en la
que intento sintetizar toda la evolución económica de este periodo, se en-cuentra
en: MACÍAS HERNÁNDEZ, A. M.: Lanar& y la crisis del siglo XVII.
La singularidad isleña, Revista de Historia de Canarias (en prensa).
4L BETHENCOURMTA SSIEU, A.: Canarias e Inglaterra: el comercio de vinos
(1650-1800), Ediciones del Cabildo Insular de Gran Canaria: Las Palmas
de Gran Canaria, 1991; STECKLEGY., F.: «The Wine Economy of Tenerife
in the Seventheenth Century: Anglo-Spanish Partneship in a Luxury Traden,
Econornic History Review, núm. 3 (1980), pp. 335-350.
296 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 17
sitano (Africa y América), hispano y las primeras colonias in-glesas
de Norteamérica y el Caribe.
La especialización vitícola provocó una división interna del
trabajo entre los diversos espacios insulares y un creciente mer-cado
interinsular, al potenciar el desarrollo de las sementeras
y del policultivo intensivo, cultivándose el millo (maíz) y las pa-pas
(patatas) para consumo humano en las tierras no aptas
para las vides. División interna del trabajo y mercado interin-sular,
controlado básicamente por la clase terrateniente vitícola,
cuya articulación, complementariedad y control era fundamental
para sostener la competitividad del cultivo exportador y los in-tereses
de aquélla. Por último, la expansión agraria contó con
un sostenido y generoso aporte de fuerza de trabajo, gracias
a un saldo vegetativo favorable, nutrido por una persistente co-rriente
inmigratoria y por una baja incidencia de ia sobremor-talidad
castastrófica. Muy pronto la esclavitud, que había nacido
asociada a la caña y al ingenio azucarero, periclitó, predomi-nando
el asalariado en el cultivo de las vides y en las semen-teras
el condominio, la medianería y el corto arrendamiento".
Otros testimonios sugieren que ias reiaciones reaies de in-tercambio
eran totalmente favorables para la economía isleña
durante este período. Gracias a la sostenida demanda exterior
de caldos y a sus elevados precios, la oferta se mantuvo du-rante
largo tiempo por detrás de la demanda, otorgando a los
productores una situación muy ventajosa en su intercambio, exi-giendo
en pago de sus vinos no sólo manufacturas extranjeras
sino también plata43. En términos generales, las exportaciones
de caldos a Inglaterra cubrían con creces la demanda de bienes
manufacturados del Archipiélago; entonces, la única fórmula
que tenían los mercaderes de obtener piata para equiiibrar ei
déficit de su intercambio de manufacturas por caldos, era el
contrabando con los mercados coloniales, en connivencia con
la clase mercantil isleña y con la terratenencia vinculada al trá-fico,
interesada en percibir el valor de sus «malvasías» en ma-nufacturas
para luego conducir a estos mercados. De este
42 MACÍASH ERNÁNDEZ, A. M.: tesis doctoral inédita
Zbid
Núm 38 (1 992) 297
18 ANTONIO M. MACÍASHE RNÁNDEZ
modo, junto con las autorizadas exportaciones de vidueños, con
una demanda también creciente en las áreas coloniales y con
pocos competidores en estos momentos, se conducía de
contrabando manufacturas extranjeras, recibiendo a cambio pro-ductos
coloniales y plata indiana.
1.3. 'Za revolución con motivo de la moneda falsa"
La reforma monetaria decretada en octubre y noviembre
de 1686 determinó una alteración en el curso nominal del cir-culante
isleño, el cual, aunque con ligeros cambios, se había
mantenido estable desde 1521 (cfr. cuadro IV). En Castilla, el
real de a ocho de plata vieja se tasó en 10 reales de plata
nueva (5 10 mrs) y en 15 reales de vellón (15 X 34 = 5 10 mrs.):
agregando luego 2 mrs. (512 mrs.) para facilitar las divisiones
de los submúltiplos". Actuando en consecuencia, los Concejos
insulares, después de un amplio debate cuyo contenido discurría
en torno al problema de la extracción de plata por la
mercantil y escasez de moneda fraccionario, aplicó este
mio» a su circulante de forma particular (cfr. cuadro IV).
44 U ~ a n r rin r i E T. Cr i n v v n
IlnilYIIL.IVI*i, LI. J.. V V I C r l U y p:eci~s.. ., p. 51; '%ERLIO, J. P. y CGLLANTB
PÉREZ ARDA, E.: ((Alteraciones al sistema monetario de Castilla durante el
reinado de Carlos II», en Cuadernos de Investigación Histórica, núm. 1
(1977), pp. 73-98.
298 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO
TABLA DE EQUIVALENCIAS DE LA MONEDA DE «ISLAS»
CON LAS PIEZAS CASTELLANAS Y PORTUGUESAS
A PARTIR DE LA REFORMA DE 1686
Piezas
En mrs. de
Castilla
En mrs. de
Canarias
1 real de a ocho o peso ......................
1 tostón ....................................
1 real de plata vieja .........................
1 real de plata nueva ........................
1 real de vellón .............................
1 cuarto antiguo ............................
1 cuarto nuevo .............................
1 maravedí .................................
- -
Fuente: MACÍASH ERNÁNDEAZ. , M.: Dinero y crédito en la economía canaria
del Antiguo Régimen, 1400-1850. Manuscrito.
El preceptivo aumento del 25 por 100 en el valor intrínseco
de la plata vieja con respecto a la plata nueva, se trasladó a
su cotización nominal, de modo que los reales de plata antigua
de Canarias, los bambm ",que corrían por 48 mrs. de «islas»,
subieron a 60 mrs. de esta misma moneda, equivalentes a su
vez a 10 cuartos antiguos, de 6 mrs. cada uno46 (cfr. cuadro II).
Ocho de estos reales de plata vieja equivalían a un peso co-niente,
es decir, a 480 m., el cual en Castilla corría por 510 m.
A su vez, a los reales de plata nueva, los marhs, se les dio
el curso nominal que anteriormente tenían los reales de plata
vieja, es decir, 48 mrs., y a partir de ahora fueron denominados
impropiamente ((reales de vellón de islas)). En resumen, y frente
45 Un estudio exhaustivo de la tipología de estos reales puede consul-tarse
en el excelente trabajo numismático de LORENZAOR ROCHJA. ,M .: Las
monedas en las Islas Canarias. "La Bamba': CajaCanarias, Santa Cruz de
La Palma, 1991.
46 En los textos del xvm, de P. Sánchez, F. Machado y Fiesco o
J. Viera y Clavijo, se alude a 10 cuartos imaginarios, por cuanto, como
veremos, tales cuartos han desaparecido como consecuencia de su extrac-ción
para la Península, donde desde 1684 se cotizaban a 8 mrs.
Núm 38 (1 992) 299
20 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
a lo ocurrido en la etapa anterior, a partir de este momento
y hasta la reforma de 1775, el circulante fiduciario isleño se
situó por debajo del castellano, lo cual sugiere que las
autoridades monetarias locales interpretaron la reforma de 1686
en el sentido de frenar la extracción de moneda.
El segundo problema era la escasez de moneda fraccionaria,
consecuencia, en opinión de los ediles, de las crecientes nece-sidades
del mercado interior4'. La penuria determinó la circu-lación
de toda la moneda de plata provincial depreciada en la
Península, sobre todo los reales mandados retirar en 1726, a
lo que se opusieron los Concejos insulares, alegando la citada
escasez de circulante"; la depreciada plata provincial castellana
quedó en las Islas.
Pero ya por estas fechas, la extracción de la buena plata,
la escasez de moneda fraccionaria y la diversidad de piezas que
integraban el circulante isleño, habían intensificado su creciente
falsificación, con reales de plata falsos, introducidos por los co-merciantes
y contrahechos por monederos locales; de un real
de plata vieja hacían dos o tres reales bamba, sin que tal frau-de,
conocido, no obstante, por las autoridades locales, fuera ob-jeto
de castigo, al admitirse las piezas falsas en los pagos inte-riores,
hasta que el 7 de junio de 1734 llegó, en frase de
J. Viera y Clavijo, da revolución con motivo de la moneda fal-sa
», al negarse la clase mercantil extranjera a admitir los reales
bambas.
«La moneda no vale» ... «Llegó la voz y la turbación ... a
todas las siete islas y en todas fueron los efectos iguales.
Cesan los trabajos de los obreros, los jornales del campo,
el tráfico y comercio interior . En medio de la abundancia
y la riqueza se p~deceh ambre jJ nrcesid~d.M tu puradsja,
este enigma, hubiera llevado a la desesperación pueblos
menos pacientes; pero ellos esperaban que el comandante
47 ?&cí&~ Ew:&=Ez, A. ?VI.: teSk ~GC:u.rü!
RUIZD E VERGARAP., A.: Consulta que hice a S.M.G.D.e n nombre de
esta ciudad sobre que se mantenga en estas Islas las monedas de plata
menudas. Biblioteca Museo Canario. Col. Millares Torres.
300 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 2 1
general, la Audiencia y los ayuntamientos diesen providen-cias
oportunas))49 .
El comandante general, marqués de Valhermoso, comunicó
a la Corte el suceso, arbitrando mientras tanto un resello ge-neral
de los reales bambm. Pero la medida fue un fracaso,
pues hasta con clavos tronchados sellaban los muchachos los
realillos, de modo que un real viejo pesaba diez de los contra-hechos.
Las turbaciones volvieron en febrero de 1735, a la voz
de «la moneda resellada no vale»; el jueves santo amaneció de-gollado
el escribano responsable del resello y su casa incen-diada;
((entonces se notó que Valhermoso redobló la guardia
de su castillo y que abocó la artillería contra Santa Cruz»5o.
Se decía que el resello solamente había servido para. arruinar
a los incautos que se habían presentado a la operación y para
aumentar aún más la fortuna personal del comandante general.
EFECTOS MONETARIOS DE LA PRAGMÁTICA DE 1737
SOBRE LA PLATA PROVINCIAL DE CANARIAS
En mrs. de En mrs. de
Piezas Castilla Canark
1 real de a ocho ............................ 680 640
1 real de a cuatro ........................... 340 320
1 real de a dos (1) .......................... 170 160
1 real sencillo de este cuño .................. 85 80
1 real de a dos «segovianos» (2) .............. 136 128
1 real sencillo de este cuño .................. 68 64
(1) «de la nueva fábrica, con el cuño de dos columnas y dos mundos*.
(2) ~segovianosn uevos provinciales de Castillan.
Fuente AMLL. Extinción y entrada de moneda Sig. E-XXVII, exp. 6.
49 Op. cit., t. 11, pp. 339-340. Nuestro autor sintetiza así- el texto ma-nuscrito
de un testigo presencial del acontemiento, el jesuita P. Matías Sán-chez,
intitulado Semihistoria, que se haya depositado en la Biblioteca de
la Sociedad Económica de La Laguna.
' Ibíd., pp. 340-341.
22 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
La real orden de 30 de agosto de 1735, promulgada a
instancias de las autoridades locales, intentó solucionar de for-ma
provisional el mal monetario, al ordenar la circulación de
toda la moneda bamba legítima «por su valor extrínseco)), re-sellada
o no resellada, debiendo admitirse en las cajas reales
por su mismo valor extrínseco, y la retirada de toda la moneda
defectuosa. Los Comandantes Generales debían velar por el ri-guroso
cumplimiento de esta normativa en tanto se arbitraba
una solución definitiva al problema, más complicado a raíz de
la promulgación de la pragmática de 1737 (cfr. cuadro V).
2. LA COMPLEJA CAUSALIDAD DEL MAL MONETARIO
c- ,-,., A ,. A, A, .., A,,1' ,.,,,,,, A, ,1,+:., ,L.., LII ICSUIIIGII, U G S ~ U C Su c u11 ialgu p~l iuuuU G ~ ~ l a ~ ai uvuial-dancia
de circulante metálico de buena ley y peso, a partir del
último cuarto del siglo xvn se reproducían de nuevo los sínto-mas
de su escasez, muy notoria hacia la década de 1720, para,
por último, alcanzar su climaterio entre junio de 1734 y febrero
de 1735, cüazd~ e! mdestar s~ciu! c m metive de !u mmedu
falsa provocó una violenta asonada. La conflictividad por esta
causa remitió luego; no así el mal monetario, el cual se agra-vaba
en los momentos de crisis bélica, cuando no llegaba con
prontitud y en la cuantía esperada la plata indiana y tenía que
recurrirse a la depreciada plata provincial, o cuando los vecinos
sospechaban la inmediata aplicación de una reforma monetaria
que, al igual que las practicadas para el conjunto del 'país, de-valuase
sus ahorros en aquella moneda, al realizarse su susti-tución
atendiendo únicamente a su valor intrínseco. ¿Es posible
medir !as causas del mal monetario m á allá de las manifesta-ciones
cualitativas de sus afectados? El texto que sigue sólo
pretende por ahora apuntar las principales líneas de trabajo de
una investigación aún en curso.
2.1. Balanza de pagos y extracción de plata
De acuerdo con la tesis anteriormente enunciada, acerca de
la relación entre sistema monetario y modelo económico, los
302 ANUARIO DE ES TUDIOS A TLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETAR~O ILUSTRADO 23
factores responsables de la envilecida masa monetaria que aque-jaba
a la economía local anidaban en el seno de la misma. En
primer lugar, en su incapacidad para cambiar el signo negativo
de su comercio exterior y garantizar la afluencia de monedas
fuertes; el creciente déficit de la balanza de pagos motivaba la
extracción de la plata existente en el país, haciendo correr en
él piezas devaluadas y sin curso y valor en el comercio inter-nacional.
EVOLUCIÓN DE LOS ÍNDICES DE PRECIOS DE LAS
PAPAS, TRIGO Y VINO VIDUEÑO (BASE: 1751-1770)
Núm 38 (1992)
24 ANTONIO M. MACíAS HERNÁNDEZ
Años Papas
135,6
71,3
83,7
79,8
61,8
60,5
82,7
72,3
63,s
96,O
77,6
1 O4,g
68,9
79,2
66,8
67,7
58,7
73,2
96,6
166,7
89,4
1 O6,4
Trigo Vino
86,6
85,l
93,3
11 1,9
85,8
90,5
1 O8,8
87,8
85,l
90,s
98,3
85,8
88,6
106,O
78,s
81,6
76,6
1 19,7
11 1,9
103,4
124,8
98,7
Años -Papas
1 54,O
166,2
143,4
l47,2
108,O
129,l
l94,8
235,9
1943
l65,8
244,6
218,l
146,2
13 8,3
128,O
158,7
126,3
1 58,3
248,9
310,l
303,s
279,6
Trigo
135,7
l57,8
135,9
105,4
80,6
85,O
l98,3
164,6
1.555
1 52,6
l6O,9
156,5
13 5,9
93,6
1 l5,6
93,s
92,3
177,l
201,s
221,2
271,8
238,s
V-ino
- - - -- -
Fuenfe: MACÍAS HERNÁNDEZ, A. M.: «La agricultura de Canarias en el si-glo
xvm ... », pp. 28-29.
La independencia de Portugal significó la pérdida de sus mer-cados
coloniales (Angola y Brasil) para los vidueños canarios, al
tiempo que el despertar vitícola lusitano una amenaza creciente
para la viticultura local, convertida en realidad a partir de 1660,
cuando los caldos de aquella procedencia se vieron protegidos en
sus mercados coloniales, recibiendo también un trato privilegiado
en las colonias inglesas de Norteamérica y el Caribe, y cuando,
después de 1680, el oporto comenzó a desplazar a los malvasías
del mercado inglés. Esta sustitución, apoyada por una elevación
de los aranceles a la entrada de los malvasías en este mercado,
favoreció la lucha de sus comerciantes por alterar en su prove-cho
el intercambio que practicaban con la economía canaria, en
la línea enunciada por Josiach Child
j1 STECKLEGY. ,F .: art. cit.
304 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 25
GRAFICO 1
Precios del vino vidueño, 1701 - 1800
Indices y media mdvil (4.1.4)
0 0
l7n! !7!! 1721 1731 1741 1751 1761 1771 1781 1791
FUENTE: Cfr. cuadro VI.
Los precios de los caldos vidueñ'os en el mercado interior,
única referencia más o menos sólida sobre la evolución de los
precios vitícolas, conocieron una primera fase de claro estan-camiento
y luego un pronunciado descenso a partir de la se-gunda
década del siglo XVIII (cfr. cuadro VI y gráfico 1)) a pe-de
los esfUerzGs de clCWe terr&epieste per Illo&ficlr &z
tendencia". Los mercaderes ingleses, reducidos en número y
confabulado^»^^, pagaban los vinos a los precios y plazos que
estimaban oportuno y, por supuesto, la mayor parte en mer-cancíasS4.
La demanda había pasado a controlar la oferta, de
yue les islefiOs se S,&iur! r9Exwreei&, u! UeCk de actcl
52 BETHENCOUMRATS SIEU,A .: op. cit., pp. 79 y SS.
Ibid, pp. 90-91.
54 MACÍASH ERNÁNDEAZ., M.: tesis doctoral inédita
Núm 38 (1 992)
26 ANTONIO M. MACÍAHESRN ÁNDU
anónimo coetáneo a estos hechos, en «vasallos de los ingleses,
si no en lo personal, a lo menos en sus haciendas)) SS.
Y, como cabía esperar, el resultado final de todo este proceso
fue una balanza de pagos deficitaria con nuestro principal merca-do
europeo, Inglaterra. En efecto; contrariamente a lo ocurrido en
el período anterior, los únicos datos disponibles -la balanza co-mercial
de Canarias con Inglaterra (cfr. cuadro VI1 y gráfi-co
m-, sugieren con cierta provisionalidad -pues no ha sido po-sible
aún calcular las relaciones reales intercambio para este peno-do-
que el valor de las exportaciones de malvasías cubrían
únicamente ahora la demanda manufacturera local, no siendo po-sible
a partir de 1720 alcanzar este nivel de cobertura. La plata a
comenzó entonces a salir del país por este déficit, siendo sustitui-
E da incluso por ((moneda falsa)), la cual ahuyentó de la circulación O
a la moneda de buena iey y factura, potenciando con dio ia ex- -- m tracción que venía practicando desde tiempo atrás la clase mer- o E
cantil extranjera para sufragar sus pagos internacionales. SE
E
CUADROv n 3
LA BALANZA COMERCIAL ANGLOCANARIA. SIGLO XVITI
(VALORES MEDIOS QUJNQUENALES EN LIBRAS)
Exportaciones Importaciones O
Años canarias inglesas Saldo -
................ 106.497 47.397 59.1 O0 E 1697-1701 -
a 1705-1709 ................ 33.087 22.386 10.701 l 1710-1714 ................ 42.450 29.783 12.667 - 1715-1719 ................ 57.339 27.123 30.216 -
Fuente: MORALESL EZCANOV, : op. cit., pp. 171-72.
55 SANTIAGOM, .: Compendio anónimo de historia de Canarias, Las Pal-mas
de Gran Canaria, 1945, p. 8.
306 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 27
Los tostones portugueses, que corrían por valor de 126 mrs.
de «islas)) antes de 1686, dejaron de afluir después de la rup-tura
del tráfico con las colonias lusitanas. Mientras, la elevación
de su valor fiduciario en este reino desde mediados de la cen-turia,
hizo rentable su extracción por parte de los comerciantes
ingleses que operaban ahora en la órbita del comercio lusitano,
donde corrían por 3 reales de plata (3 x48= 144 mrs. de «islas»),
con una ganancia bruta del 14,3 por 100 en el cambio.
GRAFICO II
Saldo de la balanza comercial
de Inglaterra con Canarias
Fuente: Cfr. cuadro VIL
Recordemos además que la moneda fraccionaria estaba com-puesta
de reales de plata en sus diversos submúltiplos, que «no
hay vellón, excepto algunos cuartos de los gran des^'^, es decir,
de vellón enriquecido, por valor de 6 mrs. de «islas». Pues bien,
la pragmática de octubre de 1684 elevó el valor nominal de
este vellón de 4 a 8 mrs. de Castilla, provocando su salida ha-
56 Cfr. nota 30.
Núm 38 (1 992) 307
cia este destino por la ganancia bruta del 25 por 100 en el
cambio. Extracción ésta doblemente desfavorable para la eco-nomía
local, al quitarle la mejor moneda fraccionaria de su
mercado interior en virtud de un intercambio Canarias-Penín-sula
casi enteramente «pasivo». Las solicitudes presentadas a la
Corona por las autoridades locales en demanda de cuartos y
ochavos en las primeras décadas del xvm tuvieron que ver con
esta circunstanciada extracción 57.
¿Cómo podía corregirse esta desfavorable situación de nues-tra
balanza de pagos con Europa y, por extensión, nuestro mal
monetario? Una respuesta adecuada exige examinar nuestros in-tercambios
con América y su potencial crecimiento, pues la es-tructura
y dinámica del comercio exterior isleño de esta hora
viene determinada por el saldo de las operaciones efectuadas
en ambos mercados.
En este sentido, la deteriorada situación mercantil y su in-cidencia
en el sistema monetario únicamente podía solventarse
si el comercio de los vidueños y de otros productos canarios
en el mercado colonial hispano continuaba gozando de igual
estima, y si este mercado absorbía aquella parte de la produc-ción
vitícola destinada en la etapa precedente a las colonias
lusitanas e inglesas. La comercialización en el mercado indiano
de la oferta local y de las manufacturas extranjeras introduci-das
de contrabando, obteniendo en el cambio plata y productos
coloniales, permitiría cubrir el déficit existente en nuestras im-portaciones
de manufacturas europeas -pues la oferta vit ícola
era ya incapaz de saldar estas compras-, es decir, equilibraría
la balanza de pagos Canarias-Europa y, en el caso de contarse
con un excedente, éste enriquecena el circulante que precisaba
el intercambio doméstico, sufragando incluso la acuñación de
moneda fraccionaria.
57 MAC ~HSE RNÁNDEZA., M.: Dinero y crédito en la economía canaria
Manuscrito en preparación. Una nota sobre la intervención de la clase
mercantil en estas acuñaciones puede consultarse en GUIMERA RAVINA; A.:
Burguesía extranjera y comercio atlántico. La empresa comercial irlandesa
en Canarias (1 703-1 771), Consejería de Cultura del Gobierno de Canarias.
Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Santa Cruz de Tenerife,
1985, pp. 221-222.
308 ANUARZO DE ESTUDIOS AT~NTZCOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 29
Sin embargo, la economía local no pudo contar con estas
premisas en toda su magnitud. El mercado colonial hispano
no absorbió la cuota correspondiente al colonial portugués,
sino que, por el contrario, íos cosecheros conocieron crecientes
dificultades para colocar los vidueños y aguardientes en Indias
como consecuencia de la competencia andaluza, mallorquina y
catalana, ejercida incluso en el propio mercado doméstico,
sobre todo después de 1750, cargándose caldos de aquellos
productores en los navíos de la permisión canaria5: lo cual
motivó la intervención regia, a petición de los cosecheros is-leños,
en un intento por proteger sus caldos de la oferta
foránea 59.
Cierto que no disponemos de un análisis detallado del in-tercambio
rianafio-americano que permita darle la adecuada
consistencia teórica a esta tesis. Pero la evolución de su tone-laje,
en franca regresión a lo largo de la centuria, sobre todo
a partir de 1760, cuando no se lograba cargar por lo general
ni siquiera la mitad de las mil toneladas autorizadas60, consti-tuye
un buen indicador de que los vinos, nuestra principal
oferta exportadora a Indias, no navegaban en la cuantía de
antaño.
Cabe también plantear la hipótesis de que la contracción del
tonelaje no mide con exactitud la evolución del intercambio
canario-americano, pues pudo ocurrir un cambio cualitativo en
nuestra oferta, es decir, un creciente embarque de manufactu-radas,
de poco volumen y alto valor de cambio. De hecho, el
Reglamento de 1718 mantuvo la licencia para exportar «mantas,
frazadas y otros texidos toscos de lana» de las fábricas del país,
«por ser úiiks para e! abrigo de !a gente pebre y de!
58 MACÍAS HERNÁNDEZ, A. M.: tesis doctoral inédita.
59 BETHENCOUMRATS SIEUA,. : op. cit., pp. 129-130.
60 ORTIZD E LA TABLAY DUCASSEJ, . y LOPEZC ANTOSA, .: «Comercio co-lonial
canario, siglo XVIII. Nuevo índice para su cuantificación: la contabi-lidad
del colegio de San Telmo, 1708-1776», 11 Coloquio de Historia Canario-
Americana (1977), Ediciones del Cabildo Insular de Gran Canaria, Las Pal-mas
de Gran Canaria, 1979, t. 11, pp. 5-17.
Núm 38 (1992) 309
30 ANTONIO M. MAC~AS HERNÁNDEZ
campo, [y] por no conducirse en Flotas y Galeones)), pues, lle-gado
este caso, se prohibinan tales embarques 61.
Y sabemos además que los agentes económicos insulares so-licitaron
autorización regia para exportar, además de estas ma-nufacturas
de baja calidad, otras de mayor estimación -tafe-tanes,
encajes y medias de lienzo y seda-, trabajo de mujeres
y gente pobre61, es decir, de pequeñas economías familiares
campesinas que intentaban encontrar en esta actividad un sa-lida
a la contracción vitícola, pues la mayor parte de aquellas
economías se localizaban en las áreas destinadas a la viticultura63.
La real orden de 1755 autorizó estos envíos y el retorno de
su valor en plata, aumentado en un 40 por 100, al estimarse
en este porcentaje el beneficio de su comercialización64. Dedu-cimos
entonces que las pequeñas economías familiares consi-guieron
con esta ampliación de la oferta iocai al mercado in-diano
mejorar el valor intrínseco de su ingreso monetario, al
tiempo que la terratenencia rentista garantizó la permanencia
en sus haciendas de la clase campesina de medianeros viticul-tores,
obteniendo una renta en buena plata de las plantaciones
de moraies; ambas cuestiones contribuyen a explicar, por úiti-mo,
la preocupación de Ia minona ilustrada isleña por el des-arrollo
de esta actividad textil 6j.
Pero no podemos precisar con rigor si los cargadores y co-merciantes
que embarcaban esta oferta manufacturera al mer-cado
americano la abonaban a sus productores en moneda in-diana
y no en depreciada plata provincial, y tampoco sabemos
la proporción que ocupaba la citada oferta en el conjunto de
61 El reglamento puede consultarse en GARCÍAB ERNALM, . C: «Los na-víos
de permisión tras el Reglamento de 1718: una vzloración cuantitativa
(1720-1730)», V Cobquio de Historia Canario-Americana (1982) Ediciones
del Cabildo Insular de Gran Canana, Las Palmas de Gran Canaria, 1985,
t. 1, segunda parte, pp. 777-792.
62 SUÁREZ GRIMÓNV,. : «Incidencias en el registro de Indias, 1730-1765»,
en 11 Coloquio de Historia Canario-Americana (1977), Ediciones del Cabildo
Insular de Gran Canaria, Las Palmas de Gran Canana, 1979, t. 1, pp. 47-
48; GUIMERRAA VINAA, .: op. cit., pp. 295-304.
" MACÍASH ERNÁNDEZA, . M.: tesis doctoral inédita
64 GUIMERRAA VJNAA, .: art. cit., p. 440.
65 MACÍASH ERNÁNDEZA,. M.: tesis doctoral inédita
310 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 3 1
la exportación manufacturera a Indias a partir de esta fecha.
En realidad, todo sugiere que este marco institucional en ma-teria
mercantil, si bien contribuyó a mantener una actividad
artesanal propia, fue aprovechado por sus afectados para con-tinuar
con el contrabando de manufacturas extranjerasb6. En
todo caso, las exportaciones de tafetanes y medias de seda per-mitirían
a monjas, doncellas y viudas algún real de plata con
que mejorar su desafortunada subsistencia, pero no el deterio-rado
circulante de la economía del país.
¿Qué medidas monetarias adoptaron entonces los agentes eco-nómicos
para intentar solventar este problema ante la desfa-vorable
estructura del comercio exterior? La respuesta, todavía
muy provisional, considera, en primer lugar, que la estructura
del intercambio canario-americano evolucionó en beneficio de
las importaciones de capital, procedente en su mayor parte de
la actividad comercial y, en segundo lugar, de la labor de los
inmigrantes canarios asentados en Cuba y Venezuela -pues el
proceso migratorio con estas áreas receptoras comienza a ad-quirir
su verdadera dimensión en esta centuria67-, si bien es-tamos
dedicando ahora nuestro esfuerzo en este terreno a es-clarecer
el montante y significado de este doble origen del ca-pital
indiano68. Se trataba, en el caso del capital mercantil, de
mejorar, entre otras cuestiones, los ahorros acumulados por las
clases rentista y mercantil en la depreciada moneda de plata
provincial mediante su sustitución por buena moneda de cuño
americano. Veamos.
El reglamento para el comercio canario-americano de 1718
autorizó la introducción de 50 pesos fuertes anuales por tone-lada
exportada, es decir, 50.000 pesos, dado que la permisión
canaria estaba fijada en mii toneladas. Y aunque no conocemos
todo el entresijo argumenta1 que condujo al establecimiento
de este artículo en el citado reglamento, su texto indica que
tuvo por objeto ((ocurrir a la falta de moneda que padecen
G~_r!?,mnR n ~A,: G Y?. cit., p. 440-443.
67 MAC~ASH ERNÁNDEZA,. M.: Canarias-América. La migración isleña,
1500-1980, Fundación Archivo de Indianos, Oviedo, 1992, en prensa.
68 MACÍASH ERNÁNDEZA,. M.: El dinero de América. Remesas indianas
y economía canaria en el siglo XVIII. Manuscrito en preparación.
las Islas, por no aver en ellas Casa de Labor»69; además, sus
autoridades, cuando debatieron las diversas propuestas para
acabar con el mal monetario, consideraron que podía
enmendarse permitiendo el envío de algunos registros sueltos
a la América, libres de todo gravamen, materializándose sus
retornos en plata 70.
La licencia concedida en el reglamento contribuyó a que el
mecanismo financiero que sustentaba el tráfico canario-americano,
el préstamo a riesgo, evolucionase hasta convertirse
en un medio de obtener pingües beneficios únicamente me-diante
el cambio de moneda. Los perceptores de rentas y los
comerciantes con ahorros en la depreciada plata provincial
prestaban esta moneda a los cargadores indianos para poder
realizar ��stos sus negociaciones en el mercado interno, o tam-bién
!es facPLabaz mercanzias valoradas eii aquella moneda,
a devolver en ambos casos en pesos fuertes, obteniendo en el
cambio una ganancia neta del 33,3 por 100, aparte de otros
beneficios 71.
Es difícil, no obstante, precisar la cuantía de estas remesas
nnr e! de fraUde eGstente en reg:lstru72L. as Y"%
fuentes oficiales computaron la llegada de 44.031.955 reales co-rrientes
de Castilla entre 1738-1766, a una media anual para
todo el período de 1.518.343,3 reales, embarcados en su mayor
parte en La Habana y Campeche, destinos prioritarios del co- n
E mercio canario-americano de esta hora (cfr. cuadro VIII y grá- a
fico 111)". Las máximas importaciones se produjeron en 1752, n
1753 y, sobre todo, en 1755, coincidiendo con una etapa de bo- n
69 Cf. nota 61.
70 MAC~AHSE RNÁNDEZA, . M.: «Comentarios provisionales a los proyectos
de reforma monetaria...», p. 5 i6.
" Las importaciones de caudales y el préstamo a riesgo constituían
las actividades principales de la casa de comercio Cólogan, sobre todo a
partir de la segunda mitad del siglo xvm, coincidiendo con la citada evo-lución
de la estructura del intercambio canario-americano. Cfr. GUIMERA
RAVZNAA, .: op. cit., pp. 365-372.
" ~VIVPA~DRAVN~F,. : LCi EcomSer cio canario-americano, Seviiia, í955,
p. 366; GUIMERRAA VINAA,.: art. cit., p. 442.
73 MACÍAS HERNÁNDEZA,. M.: El dinero de América.., manuscrito en pre-paración.
3 12 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 33
nanza mercantil 74, provocada por el elevado nivel de desabas-tecimiento
del mercado indiano en la década precedente con
motivo de la guerra con Inglaterra.
Años
1738 .............
1739 .............
1740 .............
1741 .............
1742 .............
1743 .............
1744 .............
1745 .............
1746 .............
1747 .............
1748 .............
1749 .............
1750 .............
1751 .............
1752 .............
Rsvn
l.l93.728,75
641.506,25
1.572.760,OO
8 1 1.470,OO
2.049.456,25
334.1 17,50
1.87 1.450,OO
450.828,75
234.615,OO
648.005,OO
920.093,75
868.170,OO
1.850.545,OO
1.131.130,OO
4.176.755,OO
Años
1753 .............
1754 .............
1755 .............
1756 .............
1757 .............
1758 .............
1759 .............
1760 ..............
1761 .............
1762 .............
1763 .............
1764 .............
1765 .............
1766 .............
Rsvn
3.0 l9.320,OO
2.950.581,25
5.001.365,OO
1.992.681,25
1.875.887,50
1.562.862,50
789.04 l,Z
1.089.155,OO
293.972,50
652.915,OO
147.045,OO
3.45 1.368,75
2.2 í 0.2 í 8'75
240.860,OO
Fuentc 1738-1752: MORALEPSA DRÓNF,. : op. cit., p. 366; 1753-1766: MACÍAS
HERNÁNDEAZ. ,M .: ms. inédito. Elaboración propia.
Pero también incidió en este elevado cómputo de las reme-sas
el celo mostrado en estos años por los administradores de
aduana^'^. Así, la cifra oficial de cinco millones de reales co-rrientes
importados en 1755 se aproxima a la estimada por el
74 GARC~VAA QUERAO.:, Cádiz y el Atlántico, 1717-1778, Sevilla, 1976,
pp. 544-545; GUIMERAR AVINAA.,: op. cit., y «Guerra internacional y comercio
atlántico: el caso de canarias en el siglo xvm: el caso de Canarias en el
siglo XVIU», en V Coloquio de Historia Canario-Americana (1982), Ediciones
del Cabildo Insular de Gran Canaria, Las Palmas de Gran Canaria, 1985,
t. IV, pp. 457-473.
GUIMERRAA VINAA, .: ((Burocracia fiscal y sociedad "comerciante"...»,
PP. 435-436 y 440-441.
34 ANTONIO M. MACÍASH ERNÁNDEZ
cónsul francés avecindado en Santa Cruz de Tenerife, sede prin-cipal
del tráfico mercantil isleño, el cual indicó una media de
seis a ocho millones 76.
En resumen, el dinero que llegaba de América constituía el
engranaje esencial del comercio exterior isleño de esta hora,
como reconocían las propias autoridades locales. Todas las tran-sacciones
se posponían hasta la llegada de los navíos de permiso.
Aquellos que podían adquirir bienes importados de Europa, a pa-gar
en plata ante la baja capacidad adquisitiva de la oferta local,
tenían que esperar la reconversión de su depreciado ahorro mo-netario,
de moneda y plata provincial, procedente de las rentas
de la tierra, en buena moneda de cuño indiano.
GRAFICO !TI
Remesas indianas, 1738- 1766
Datos oficiales
FUENTE: Cfr. cuadro V111.
76 Carta del cónsul H. Casalón, de 25-1-1755, citada por MINGUET, CH.:
((Documentos inéditos sacados del Archivo Nacional de Francia y relativos al
comercio canario-americano (1713-1785)», en N Coloquio de Historia
Canario-Americana (1980), Ediciones del Cabildo Insular de Gran Canaria,
Las Palmas de Gran Canana, 1982, t. 1, p. 688.
314 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 35
¿Entonces, la plata indiana tuvo una acción cada vez más
destacada en el mercado interior, solventando la escasez de nu-merario?
Los testimonios disponibles responden de manera ne-gativa;
los comerciantes
la extraen conforme llega y aún la pasan antes de des-cargar
los registros a los navíos que vienen para estos y
otros reinos, y con el aumento que se dio al real de a
ocho, por la utilidad de todos los interesados, les hacen
escrituras, a traer en reales de a ocho, con lo que no hay
ninguna moneda 77.
En efecto. La moneda indiana era insuficiente para equili-brar
nuestra demanda de manufacturas europeas y de ahí que
!2 C!ZX merca-ntil sacara del mercado interior la plata de fac-tura
deficiente, sustituyéndola por moneda falsa. Además, la sos-tenida
contracción de la oferta agraria y manufacturera local
a largo plazo en el mercado americano, tal como hemos con-siderado,
otorgaba igual signo negativo a las importaciones de
pr idi ict~sc oloniales y d e capital; pues eran el fruto de la co-mercialización
de dicha oferta. Un signo que en el segundo
caso únicamente se veía relativizado gracias a las remesas de
emigrantes, pero cuyos efectos, a nuestro entender, sólo pueden
mencionarse por ahora en términos cualitativos.
Cabía una última posibilidad: incrementar el contrabando
con manufacturas extranjeras bajo el manto de sostener que
se trataba de elaboraciones locales, opción que, como hemos
visto, era viable porque el marco institucional que regulaba la
permisión canario-americana evolucionó en favor de estas últi-mas.
Sin embargo, dos factores limitaron el alcance de esta al-ternativa;
primero, el creciente intercambio directo de las eco-nomías
europeas con el mercado indiano, que tendió a reducir
el tradicional papel de encIave de Canarias para el tráfico ilegaI
con América; y, segundo, la competencia de los puertos penin-sulares
a partir de las primeras disposiciones relativas al co-mercio
libre, a los cuales se les permitió, bajo ciertas condi-
77 Znfome a S.M. de2 personero de Tenerife (1735). AMLL. Informes
de Personeros, sig. 1-11, exp. 36.
Núm 38 (1992) 315
3 6 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
ciones, exportar manufacturas extranjeras, quedando totalmente
vedada esta licencia para el comercio canario-americano.
2.2. Los necesarios mecanismos de ajuste
No disponemos por el momento de un índice general de pre-cios
que permita medir la incidencia de la devaluada masa mo-netaria
sobre el conjunto de la actividad económica. Por ello,
las fluctuaciones de los precios nominales del trigo y de las .
papas constituyen un indicador aproximado de los efectos del
mal monetario sobre la oferta y demanda de dos productos
básicos de la dieta antiguoregimental (cfr. cuadro VI y gráfi- a
COS IV-V).
GRAFICO IV
Precios del trigo, 170 1- 1800
Indices y =edil mcTvi! (4.1.4) II
FUENTE: Cfr. cuadro VI.
316 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTKOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 37
GRAFICO V
Precios de las papas, 1701-1800
Indices y media móvil (4.1.4)
II
FUENTE: Cfr. cuadro VI.
Digamos, ante todo, que no podemos precisar con rigor estas
fluctuaciones porque, en p5mer lugar, las fuentes disponibles
-de origen conventual, al carecerse en Canarias de mercuria-les78-
no ofrecen una adecuada secuencia de los precios men-suales
y lo mismo ocurre con respecto a sus cotizaciones anua-les,
promedio de las primeras. En segundo lugar, los precios
obtenidos se refieren al mercado de Tenerife, al carecerse de
libros de cuentas de conventos ubicados en otros espacios in-sulares,
si bien esta objeción tiene un limitado significado si
lo que se pretende medir es el alcance general de la relación
precios-moneda, pues el mercado tinerfeño era el principal de
.." - - un cietaiiabo análisis acerca de ias fuentes y problemas para ei es-tudio
de los precios en la economía canaria del Antiguo Régimen se en-cuentra
en MACÍASH ERNÁNDEZA, . M.: tesis doctoral inédita Y dada la im-portancia
de este tema, tenemos en marcha un proyecto de investigación
destinado a ultimar las series disponibles para su posterior publicación.
Núm 38 (1992) 317
3 8 ANTOMO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
la región y centralizaba todo el intercambio interior e inter-insular.
Por último, se trata de precios al por mayor en la mayona
de los casos, y aunque la contabilidad expresa los precios en
reales, cuartos y maravedís de Canarias, es decir, en plata y
vellón indígena, los bienes adquiridos durante estos años se pa-garon
en reales de plata, lo cual implica que los propietarios
de buenas monedas tuvieron mayor capacidad adquisitiva que
los tenedores de piezas faltas de peso y ley, los cuales no eran
otros que la clase jornalera y artesana que dependía de un sa-lario
abonado en moneda devaluada; el precio de los bienes
para estos compradores alcanzaría probablemente índices más
elevados que los recogidos en el cuadro VI. Los precios-plata,
deducidos del contenido en este metal del real bamba de buena
ley y del devaluado, conocerían dos tendencias, pero la com-paración
es imposible, al desconocerse el contenido adulterado
y cambiante del segundo real.
Años Papas
138,8
136,6
1 16,8
1 O4,3
86,7
83,8
73,7
82,9
68,3
106,5
Trigo
115,2
100,2
93,7
90,6
92,6
67,8
75,4
96,2
76,3
105,6
Vino
88.5
99,7
109,5
102,3
125,6
83,l
98,l
89,5
86,3
11 l,7
Años
1751-1755
1756-1760
1761-1765
1766- 1770
1771-1775
1776- 1780
1781-1785
1786- 1790
1791-1795
1796- 1800
-Papas -Trigo -Vino
81,5 74,8 103,O
90,2 94,5 87,6
112,4 111,l 113,7
116,O 119,6 957
119,3 138,O 119,O
128,3 135,3 111,2
144,5 121,O 134,6
21 l,8 158,O 126,3
139,5 106,2 164,9
260,l 222,O 160,l
Fuente: Cfr. cuadro VI. Elaboración propia.
Estas objeciones, susceptibles de ser revisadas en posteriores
análisis, no impiden, sin embargo, comprobar los efectos del
318 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 39
mal monetario sobre la evolución de los precios. Así, el precio
anual del trigo -cuya cosecha permanecía relativamente estable
en estos años (cfr. cuadro IX y gráfico VI)79-, experimentó un
alza del 26,3 por 100 en 1734 y del 48,8 por 100 en 1735 si to-mamos
como base su cotización en 1733 (cfr. cuadro VI y grá-fico
IV).
GRAFICO VI
Evolución de los índices de producción
m Mosto Trigo 0 Ceb+cent. 0 Policultivo
FUENTE: Cfr. cuadro X.
Por su parte, la incidencia de la producción de papas en la
evolución de sus precios es más difícil de valorar por obtenerse
dos cosechas anuales por término medio, ser este producto la
base del autoconsumo de las pequeñas economías campesinas,
y encontrarse en franca expansión a lo largo de la centuria
(cfr. cuadro IX y gráfico VI). En consecuencia, la dinámica ge-neral
de sus precios fue una tendencia a la baja, con oscila-ciones
que respondieron sobre todo a las fluctuaciones de su
40 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
ofertam. No obstante, su precio en 1735 experimentó un alza
del 36,7 por 100 con respecto a 1734 (cfr. cuadro VI y gráfico V).
La promulgación de la real orden de agosto de 1735 en se-tiembre
de este año, que obligaba a los vendedores a admitir
los reales bambas de buena ley, a pesar de estar faltos en su
peso, en tanto se estudiaba su sustitución por su valor intrín-seco,
así como la reiterada publicación de esta normativa por
los Comandantes Generales en años posteriores, debió contribuir
a reducir la incidencia del caos monetario en los niveles de
precios, a pesar de la continuidad de la falsificación de la mo-neda
de plata provincial8'. En todo caso, los precios de las pa-pas
y del trigo permanecieronestables durante las décadas
de 1740 y 1750, y la brusca subida de 1747-48 obedeció ante
todo a la crisis de subproducción de este año agrícola. Este
último factor intervino también en el ciclo alcista de 1760-1763,
cuando
E
no hay quien pueda hoy, año 1762, exhibir 1.500 pesos
ni 100, ciian& p f i h l i ~q~ ~ 1e9s E ~ V ~ GqS ~ eest án cuy= 3
gados en el momento para la América no pueden salir por-
- -
0
que no hallan dinero para pagar empréstitos, bastimentos m
E
y derechos de salidas2. O
n
E Una situación monetaria agravada por la nueva crisis bélica, a
que redujo la afluencia de capitales indianos (cfr. cuadro VI11 n
y gráfico III), y por el rechazo de la moneda bamba por parte n
de la clase mercantil -como veremos luego-, ante el inicio o3
de las propuestas para la reforma monetaria ilustradas3, que
seste~iu e! cambie de teda !u mxeda de plata provincia! Ue-fectuosa
por una de nuevo cuño atendiendo a su valor extrín-seco.
Acabada la contienda, los capitales indianos llegaron con
generosidad, pero la subproducción y el mal monetario repi-
Ibid
MACÍASH ERNÁNDEAZ., NI.: ((Comentarios provisionales a los proyectos
de reforma monetaria...)), pp. 5 18-5 19.
GUIMERAR AVINAA, .: op. cit., pp. 2 10.
83 HAMILTOEN. , J.: op. cit., pp. 93-94.
320 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 41
tieron en la nueva alza cíclica de los años 1768-1772. (Cfr. cua-dro
VI y gráficos IV-V).
Ahora bien, es difícil obtener una lectura adecuada de la
incidencia de la depreciada masa monetaria sobre la economía
del país a través de los precios nominales del trigo, de las pa-pas
y del vino vidueño. Pero, en todo caso, el examen de su
evolución durante el período 1720- 1760 permite aislar tres con-clusiones
importantes, matizables en posteriores trabajos:
Primera: su gran estabilidad (cfr. cuadro IX), únicamente in-terrumpida
por las citadas crisis de subproducción, y supone-mos
que las cotizaciones del resto de los bienes de producción
local conocieron un idéntico comportamiento.
Segunda: este comportamiento coincidió con un persistente
e,i-dec,??ient~ de !a =asa mmetux~,p ues b s monederm fdses,
al decir de los fiscales de la Real Audiencia, siguieron efec-tuando
su oficioB4, dada la demanda de moneda fraccionaria
para el intercambio doméstico y el respaldo a su circulación
otorgado por la real orden de 1735.
Tercera: si precigs permznecier-fi eCt&leE 2 laroon- rn-l-a-~- n
y la masa monetaria continuó en su nivel de adulteración, en-tonces
cabe argumentar que las variables reales de la economía
del país evolucionaron durante el período citado en el sentido
de adaptarse a una depreciada masa monetaria en circulación85.
Es más, fue esta tendencia la que determinó en última instan-cia
que los precios se mantuvieran estables y que el mal mo-netario
pudiera soportarse sin generar mayores consecuencias
en el mercado interior.
En efecto, los agentes económicos aplicaron mecanismos de
a i i i c t ~ tendente< 2 enliilibrlr 1-s beneficios de l2 c-mercia!izi- "J "" "> '""-""-" -Y
ción de su oferta exportadora en el mercado europeo e indiano,
con sus compras de manufacturas en el exterior. Y como tal
84 MACÍASH ERNÁNDEAZ., M.: «Comentarios provisionales a los proyectos
de reforma monetaria.....)), pp. 522-523.
NOS estamos refiriendo a ia teoría cuantitativa de ia moneda en
los términos expresados por la denominada ecuación de Irving Fischer,
según la cual PQ=MV, es decir, la cantidad de bienes intercambiados (Q)
multiplicada por sus precios (P) es igual a la masa monetaria (M) multi-plicada
por su velocidad (V).
Núm 38 (1 992) 32 1
42 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
equilibrio tendía a desbaratarse del lado local, se requería tam-bién
ampliar los niveles de cobertura de la oferta doméstica
mediante un incremento de la producción interna con objeto
de reducir en lo posible las importaciones de manufacturas y
otros bienes.
La producción vitícola, base de la afluencia de monedas fuer-tes
del exterior durante el siglo XVII con motivo de una balanza
de pagos positiva, conoció desde principios del XVIII un claro es-tancamiento
(cfr. cuadro X y gráfico VI); en consecuencia, se re-dujo
la demanda de bienes y servicios importados. La produc-ción
de trigo presentó igual signo pasado el primer cuarto de la
centuria, pero puede explicarse por la contracción y luego limita-do
crecimiento de su demanda, al concentrarse en el grupo ren-tista
y desviarse la representada por el resto de la población ha-cia
el consumo de cereales inferiores y, sobre todo, de millo y
papas, y de ahí el crecimiento de esta oferta, muy expresiva en
el caso del policultivo intensivo, en manos de pequeños propieta-rios,
renteros y medianeros, lo cual permite relacionarle con un
creciente grado de autarquía de las explotaciones agrarias.
CUADROX
EVOLUCIÓN DE LOS ÍNDICES DE PRODUCCIÓN AGRARIA.
CANARIAS. (BASE: 175 1- 1770).
Años Mosto
1701-1710 ........... 68,6
171 1-1720 ........... 65,O
1721-1730 ........... 50,l
17.31-1740 ........... 64,Ü
1741-1750 ...........
1751-1760 ........... 91,8
1761-1770 ........... 108,l
1771-1780 ........... 124,4
1781-1790 ........... 113,7
1791-1800 ........... 142,s
Trigo
113,l
131,2
1 163
11 1,5
122,4
106,4
96,s
94,1
102,8
97,O
Cebada y
Centeno Policultivo
Fuente: MACÍAS HERNÁNDEZ, A. M.: «La agricultura de Canarias en el si-glo
xvm ... », p. 30.
322 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 43
La evolución demográfica revela también una clara contrac-ción
con respecto a su fase ascendente del período anterior,
presentando por primera vez saldos negativos aquellas áreas
más vinculadas al mercado exterior, como era el caso de la
economía de Tenerife (cfr. cuadro XI). El aumento de la pro-ducción
y de la superficie cultivada de cereales y policultivo
motivó desplazamientos interiores de la fuerza de trabajo 86; se
intensificó incluso la pesca en el mar interior y en el banco
saharianom y la labor en los telares domésticosa8 al objeto de
cubrir la demanda de las economías familiares y, si la calidad
lo permitía, poder exportar algunas partidas al mercado indiano,
pues, como hemos indicado, la Corona dio licencia para ello.
La actividad mercantil evolucionó también en el sentido de
-aA--a pt)_r~e- . !a crecier?te pen~r iad e medin de pago m&lirnr89
Las ventas de manufacturas y subsistencias a cosecheros y ar-tesanos
se saldaban a su vez en productos agrarios, en manu-facturas
del país o en días de trabajo. El intercambio adquirió
pues la fórmula mercancía-mercancía, y la moneda únicamente
i n t e r ~ e ~cohm o medid-. de! ~ Q T D. ~ minahal a venta al fiado,
fijándose los plazos de acuerdo con la estacionalidad del ciclo
productivo.
Finalmente, la contracción económica originó también reajus-tes
en las formas de distribución de los ingresos procedentes
de la tierra, aliviando la demanda de medios de pago metáli-cosg0.
La terratenencia avanzó en su proceso de privatización
del patrimonio comunal y concejil y se convirtió básicamente
en perceptora de rentas en especie, en trigo o en vino, e, in-cluso,
existen referencias sobre el pago de rentas en trabajo.g l. , Ee este mede, trat6 de evitur, eritre &rus m s x , !a percenY-r-l-n-n
de una renta en moneda de deteriorada ley y peso, al verse
86 Ibíd
MACÍASH ERNÁNDEZA ., M.: «Un artículo vital para la economía ca-naria.
Producción y precios de la sal)), ANUARIO DE ESTUDIOAST LÁNTICOS,
ii-íiiii. 35 (19891, pp. 151-216.
MACÍASH ERNÁNDEAZ. , M.: tesis doctoral inédita
89 GUIMERAR AVINAA, .: op. cit., pp. 220-221.
90 MACÍASH ERNÁNDEAZ ., M.: tesis doctoral inédita.
91 Zbid
CUADROX I
EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN Y TASAS ANUALLES DE CRECIMIENTO ACUMULATIVO (96)
Islas
Tenerife . . . . . . . . .
Gran Canaria . . . . .
La Palma . . . . . . . .
Lanzarote . . . . . . . .
Fuerteventura . . . .
La Gomera . . . . . . .
El Hierro . . . . . . . .
Habitantes
1769 1787
- --
63.387 61.432
41.181 48.943
19.195 23.723
9.626 12.778
8.852 10.708
6.523 6.944
4.022 3.800
Tasas de crecimiento
CANARIA.S.. ...... 105.375 137.193 152.786 168.3213 192.189 0,48 0,43 0,54 0,88
Fuente: MACÍASH ERNÁNDEAZ. , M.: «La agricultura de Canaria~se n el siglo XVIII. ..» , p. 37.
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 45
obligada a su aceptación por los reiterados bandos de la Co-mandancia
General, en cumplimiento, como veremos, de la real
orden de 30 de agosto de 1735.
Al propio tiempo, la terratenencia redujo toda inversión pro-ductiva
en sus haciendas, las dividió en pequeños lotes y sus-tituyó
al asalariado por el medianero viticultor 92, predominando
entonces esta forma contractual, junto con el condominio y el
corto arrendamiento, en las tierras de pan sembrar y de poli-cultivo93.
E n definitiva, la labor de los campos se efectuó ahora
mediante el empleo intensivo una fuerza de trabajo cuya re-producción
dependía de su capacidad para lograr el mayor ni-vel
de autarquía de las unidades productivas y, en menor me-dida,
de un ingreso monetario. cierto que existían asalariados
-licenciados, artesanos y jornaleros-; pero todos percibían una
parte de sus ingresos en especie y en ei caso de los pocos jor-naleros
empleados en las haciendas, su salario mixto incluía sub-sistencias
-cereales, legumbres, pescado salado-, manufacturas
-adquiridas por el propietario a la clase mercantil- y una cor-ta
cantidad de dinero devaluado 94.
En resumen, la evolución de 1a actividad mercantil y de !a
estructura productiva, con salarios y rentas en especie y cre-ciente
autoconsumo, sugieren que el mal monetario no produjo
graves consecuencias porque coincidió con una contracción de
la demanda interna -al menos de aquélla que requería del
mercado y del uso de la moneda metálica-, y por la operati-vidad
de una serie de mecanismos que redujeron la moneda
a su función de medida del valor.
¿Fueron suficientes estos reajustes para solventar el proble-ma
monetario? Los datos sugieren que únicamente permitieron
reirasar !os =ales de !a moneda falsa hasta xiediad~s de !a
década de 1760. Porque, en primer lugar, la regresión econó-mica
no significó el desarrollo de un modelo económico autár-quico,
capaz de cubrir la mayor parte de la demanda de bienes
92 MACÍAS HERNÁNDEAZ., M.: ((Explotación directa y medianena en el
viñedo canario en el siglo xvm. Estrategias para una crisis», Revista de
Historia Económica, núm. 1, VI (1988), pp. 43-71.
93 MACÍASH ERNÁNDEAZ. , M.: tesis doctoral inédita
94 MACÍASH ERNÁNDEAZ. , M.: tesis doctoral inédita
46 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
y servicios de la economía del país, de modo que cualquier
medio de pago en cantidad y calidad podía haber cumplido las
exigencias de un sistema monetario adaptado a tales circuns-tancias.
Al contrario, la demanda de bienes y servicios importados
persistió, si bien disminuida por efecto de la contracción de la
capacidad adquisitiva de nuestra oferta agraria exportadora, de
modo que, a largo plazo, se imponía la necesidad de mejorar
esta oferta para poder contar con monedas fuertes que sufra-gasen
las necesarias importaciones y poder recuperar el ritmo
de crecimiento de la economía del país. En este sentido, las
alzas cíclicas de los precios como consecuencia de las crisis
de subproducción no fueron aliviadas por la carencia de nu-merario
para adquirir grano en el exterior95, y ya hemos indi-cado
como en i762, i77G y 1772, la Corona intervino para soi-ventar
la falta de liquidez de la economía local, enviando trigo
a bajo precio y con cargo a su Hacienda o repartiendo dinero
de sus arcas entre los campesinos pobres 96.
En segundo lugar, la regresión económica tampoco destruyó
ia división interna dei ~rabajop resente en la economía del país,
es decir, la citada articulación entre el sembradío y la viticul-tura.
Al contrario, potenció el desarrollo del mercado interior,
sobre todo a partir de las medidas liberalizadoras dictadas por
la minoría ilustrada, como veremos más abajo, beneficiando a
sus productores, al deteriorarse la relación real de intercambio
vino/subsistencias en beneficio de esta última, como puede com-probarse
examinando las tendencias de los promedios quinque-nales
de los índices de precios del trigo, de las papas y del
vino vidueño (cfr. cuadro IX).
x 7 r una parte de las rentas percibidas en especie por ia te-rratenencia
-sobre todo cereales y productos ganaderos- se
comercializaba en este mercado, a cambio de la necesaria plata
para adquirir bienes y servicios importados. En consecuencia,
la persistente circulación de abundante moneda falsa -pues to-dos
tendían a colocar en ei mercado doméstico sus redes fai-
95 Ibíd
96 Cfr. nota 12.
ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 47
sos y los deficientes en ley y peso, y a atesorar la buena mo-neda-
ponía en peligro el valor monetario de la renta de la
tierra y la liquidez de sus perceptores, quienes veían hundirse
su capacidad adquisitiva en bienes y servicios importados.
Tres ejemplos por el momento. El resello decretado por el
comandante general Valhermoso en 1734 originó una pérdida
de 2.042 reales y 24 mrs. al mayorazgo del Adelantamiento Ma-yor
de Canarias9'. El segundo ejemplo es más expresivo; un
oidor de la Audiencia de Canarias viajó a Tenerife en 1735
para, entre otras cosas, sugerirle al nuevo comandante general,
Franscisco de Emparan, la inconveniencia de aplicar un nuevo
resello, por hallarse alcanzado el obispo con doze mil pesos
de aquella moneda)) -o sea, 180.000 reales corrientes de Cas-tillri,
procedentes de los diezmos y del pago de otras rentas-,
y porque «eran muchos los que se hallaban también con can-tidades
de ella, aunque no fuesen tan grandes)) 98.
Tercer ejemplo. El comandante de las armas de Lanzarote
y uno de sus mayores propietarios, Manuel de Armas Scorcio,
sostUvo e:: memvriu! presrrit~do a !U Cernnzi en 1773, en re-presentación
de los vecinos, la necesidad de liberar el comercio
de granos, principal excedente de la isla (atenazado por la bur-guesía
vitícola de Tenerife, al no autorizar el Comandante Ge-neral
las exportaciones al exterior del Archipiélago mientras
aquel mercado insular no estuviera abastecido), pues solamente
disponían de
una especie de vellón que no pasa en ninguna otra parte,
ni siquiera en las demás Yslas, y teniendo que llevar de
ellas y & reynes 18s ropas, ac&,e, jerre v rlem5s J -------
cosas necesarias, hasta el maderaje para las fábricas y la-branzas,
se deja inferir fácilmente las imponderables pér-didas
y daños que le ha de acarrear forsosamente el ha-
97 ARCHIVO DEL ADELANTAMIENTDOE CANARIACSu. entas del administrador
P,!ejmUrs Qrru. <<Dir?erc!e r tde rm or f d s ~ o .
98 SÁNCHEZP.,: m. cit., fols. 108-109. No obstante, el oidor visitó tam-bién
al Comandante General con el objetivo de precisar las caractensticas
del problema monetario y sus posibles soluciones con vistas a participar
de ambas cuestiones a la Junta de Comercio y Moneda.
48 ANTOMO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
ber de surtirse de todas estas cosas por faltar moneda
de plata que sea usual y ~orriente~~.
Todo ello explica que la clase rentista y mercantil solicitase
de la Corte moneda fraccionaria de buena ley y estampa, ar-gumentando
das crecientes necesidades del comercio interior)).
En cuyo otro extremo estaban los compradores, es decir, aque-llos
que, a pesar de los mecanismos que reducían el empleo
de la moneda como medio de pago en los intercambios inte-riores,
percibían una parte de su trabajo en dinero. Y, de acuer-do
con los testimonios disponibles, esta parte era abonada en
moneda defectuosa, siendo recibida con repugnancia en las ven-tas
y tiendas -a pesar de los reiterados bandos que obligaban a
a su admisión-, sobre todo cuando arreciaba el problema mo- E
netario. En consewencia, la clíre j~r r?demy x t e s ~ mta mbiéri O
demandaba una solución al mismo, pues, de lo contrario, las - m
O
autoridades locales temían una nueva «revolución», de incalcu- E
E
2 lables consecuencias. E
Se requiere, sin duda, profundizar mucho más sobre esta
compleja sitmciin monetaria. .Ahnrl bien, en todo cae, cree 3
que el análisis realizado permite al menos inferir que la eco- -
0
m
nomía canaria del siglo xvm se hallaba enferma de un mal mo- E
netario que no podía resolver por sí misma. De ahí que las O
6
clases propietaria y mercantil, por medio de las autoridades lo- -
E cales, adujeran todo tipo de argumentos para que fuese la Co- a
rona quien solucionase, con cargo a su Real Hacienda, el pro- -
blema monetario local. Examinemos, pues, antes de detenernos
en el estudio concreto de la solución adoptada, los principales o3
motivos que indujeron a que se produjera tal intervención regia.
3. LOS ÚLTIMOS PERFILES DE LA REFORMA
Desde 1726, es decir, desde mucho antes de que estallase
la protesta pnpilar, las autork!abec !~cde sh ahi a~ny . rU-U~uLuc ~ n t ~ d e
ante el Consejo de Castilla y ante la Junta de Comercio y Mo-
99 M A C ~HSE RNÁNDEAZ., M. y OJEDAC ABRERA,M . P.: op. cit., p. 105.
328 ANU.4RIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 49
neda diversas propuestas dirigidas a solucionar el problema mo-netario,
insistiendo sobre todo en los momentos en que sus ma-les
arreciaban, con una escasez de moneda fraccionaria que
obligaba al trueque y a los pagos en especie, y con amenazas
de que podía originarse una nueva y más violenta asonadalw.
Sin embargo, llevó casi medio siglo el arreglo del circulante
isleño; retraso que obedeció, básicamente, a la inexistencia de
un consenso sobre la solución más adecuada.
Las propuestas elaboradas por las autoridades locales, con
participación de los Cabildos civil y eclesiástico, Obispado, Co-mandancia
General y Audiencia, contenían dos puntos esenciales:
a) la defensa de la identidad monetaria local, de modo que
la retirada de la plata y vellón indígena debía efectuarse
mediante la acuñación de otra moneda provincial específica
para Canarias, lo cual, en opinión de sus defensores, evitaría
su extracción, falsificación y los problemas derivados de intro-ducir
una moneda desconocida por los naturales, provo-cando
continuos pleitos en los contratos antiguos e instrumen-tos
públicos.
b) ante la depresión económica que vivían las Islas, la re-tirada
de la plata y vellón indígena y extranjero y su sustitu-ción
por la nueva moneda se efectuaría atendiendo a su valor
extrínseco, corriendo la Real Hacienda con los gastos de acuña-ción
y con la posible quiebra que la operación llevaría consigo,
considerando que una parte indeterminada de las piezas a re-tirar
se hallaban faltas en su ley y peso.
Por su parte, la Junta de Comercio y Moneda examinó las
propuestas de las autoridades locales y elaboró su propio dic-tamen,
el cual expuso en varias consultas, presentadas ante la
Corona entre 1729 y 1773 'O1. En síntesis, la Junta consideró:
a) la imperiosa necesidad de ocurrir a la solución del mal
monetario isleño, ante la elevada importancia política del Ar-chipiélago
para los intereses del Estado, evitándose una con-moción
popuIar de irreparables consecuencias, sobre todo te-
'O0 MACÍASH ERNÁNDEZA,. M.: «Comentanos provisionales a los proyectos
de reforma monetaria...)), pp. 524-526.
'Oi Zbíd
Núm 38 (1992) 329
50 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
niendo presente la carencia en las Islas de tropa regular para
solventar tal posible evento.
b) ante la miseria del país, motivada por las frecuentes pla-gas
de langosta, malas cosechas, afloramiento de nuevos vol-canes
que arruinaban la tierra, la crisis de su comercio vitícola
con el Norte y con América -en resumen, los argumentos que
habían aducido la parte local-, la retirada de la moneda pro-vincial
y extranjera debía realizarse atendiendo a su valor ex-trínseco,
corriendo la Real Hacienda con los gastos de acuña-ción
y soportando la quiebra por la baja de aquella moneda.
Hasta aquí, la Junta se mostraba de acuerdo con los inte-reses
canarios. La ruptura se producía al plantearse la fábrica
de la nueva moneda, pues en unos casos la Junta estimó más
adec-mdo la introduccibri de !a mmeda provincia! custe!!ur,a,
lo cual reforzaría el vínculo con Castilla, y en otros aceptó la
propuesta isleña, de acuñar nueva plata y vellón provincial de
Canarias.
Ambas propuestas, sometidas a la consideración regia, no lo-gai-
oii pi-osper-ar. Se opuso la guerra con ingiaterra y una Red
Hacienda que, aparte de sus seculares dificultades presupues-tarias,
no estaba dispuesta a sufragar la solución del mal mo-netario
de unos vasallos que no eran nada puntuales en resol-ver
sus compromisos con ella, como mostraba la historia re-ciente,
oponiéndose a todo cambio en su privilegiada situación
fiscal. En 1721 habían apedreado y dado muerte al primer in-tendente,
Juan Antonio Cevallos, haciendo huir años antes a los
administradores de la renta del tabaco, excesivamente celosos
en el cumplimiento de sus obligaci~nes'~E~n. 1740 ordenó al
I C ; s C ; l I L C ; Pinto y Miguel :a apei-türa de una investigación sobre
el estado de sus rentas, quedando al descubierto diversas irre-g~
l a r idade s '~la~s, cuales confirmó en 1755 el comisionado
O' 2 SANTANGAO DOYJ, . R.: ((Crisis económica y conflictos sociales en Ca-narias
(1660-1740)», en Historia General de las Islas Canarias, Edirca, Santa
Cruz de Tenerife, 1978, t. IV, pp. 198-199.
'O3 MORENO ALONSO, M.: ((Aspectos económicos de Canarias a finales del
Antiguo Régimen)), en III Coloquio de Historia Canario-Americana (1978),
Cabildo Insular de Gran Canaria, Salamanca, 1980, t. 1, pp. 303-308.
330 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 5 1
P. Alvarez, denunciando el fraude y el contrabando, sobre todo
en las rentas de aduanas 'O4.
Y mientras se estudiaba la solución del problema, los Co-mandantes
Generales publicaban una y otra vez la real orden
de 20 de agosto de 1735, ordenando la circulación de toda la
moneda bamba legítima y la retirada de la defectuosa, pero
sin éxito; continuó la falsificación de la moneda bamba, con la
participación, según la investigación efectuada por la Real
Audiencia, de
religiosos de algunas órdenes, clérigos, cavalleros, mugeres
de distinción y otras personas de otras clases, persuadién-dose
con grave fundamento que algunos hombres ricos y
de negocios son los que davan el dinero para la conti-nuidad
be este perjudicial delito
Durante los primeros años del nuevo reinado, el expediente
acerca del mal monetario isleño, junto con el memorial de
F. Machado y Fiesco, quedó pendiente de resolución en la Jun-ta
General de Comercio y Moneda, a la espera de nuevas ins-trucciones.
Mientras, la enfermedad en las Islas aceleraba su
curso desde principios de la década de 1760, al paso que de-caían
las importaciones de capital indiano por la manifiesta con-tracción
del tráfico canario-americano.
El 21 de mayo de 1760, el nuevo comandante general, Juan
de Urbina, ((respecto que no han bastado las repetidas publi-caciones
de los decretos que en observancia y cumplimiento))
de la real orden de 30 de agosto de 1735 han dado sus ante-cesores
en el cargo,
sobre que corra indefectiblemente por su valor extrínseco
la moneda antigua de plata limpia, resellada o no resella-da,
grande o pequeña, y lo mismo los reales de cuño an-tiguo,
mexicano, perulero, tostones y medios tostones, pues
'O4 GUIMERAR AVINA,A : ((Burocracia fiscal y sociedad "comerciante"...»,
pp. 425.
'O5 AGS. Secretaría y Superintendencia de Hacienda, leg. 843. Segunda
parte.
an ocurrido a Su Excelencia diferentes personas, queján-dose
de que no se les reciben dichas monedas si no están
reselladas,
ordena que se reciba la citada moneda, nombrando plateros
para que, en caso de duda, corten y retiren de la circulación
las monedas falsas lo6.
Es probable que el comandante general notificara a la Corte
esta situación, solicitando pronto remedio. En todo caso, los
acontecimientos impulsaban esta demanda; su sucesor, Pedro
Rodríguez Moreno, se vio obligado el 2 de agosto de 1762 a
reiterar el mismo bando por los repetidos recursos presentados,
acerca de
que así en esta Isla [Tenerife] como en la de Canaria
[Gran Canana] reinciden aigunos pueblos en resistir el re-cibo
de la moneda lexítima por no tener resello y también
porque parece se han introducido muchos reales falsos 'O7'.
Y, como era de espera, el nuevo bando no resolvió nada, pues
en diciembre de 1763 debió ser ngr.arr,efitr r e c ~ r d a dYn"'~o r 0u1'
corregidor de Tenerife los.
Por su parte, el nuevo comandante general, Domingo Ber-nardi,
notificó el 29 de julio de 1764 al marqués de Esquilache
su sorpresa por el estado del circulante isleño y la gravedad
de la situación:
Llegado a esta isla [Tenerife , a los primeros pasos noté
que no ay en ella moneda in i! erior para el menudeo y co-mercio
de comestibles y para limoznas a los enjambres
de pobres mendicantes que veo por las calles, y he en-
A - - J : A - ----1.--- l .:.-. ~c~i u i uquu c pdrd I U ~L ~ I ~ U ~yO tSru eques usan ciei tabaco,
haciendo de la libra 170 papelillos, que valen cada uno
uarto. Asimismo, he experimentado con admiración
quun e 'la moneda que corre por provincial es la más adul-
'O6 AMLL. Extinción y entrada de moneda, sig. E-XXVII, exp. 8. El ex-pediente
? recoge e! baíido de! corregidur cump:imieniu de la disposi-ción
del comandante general.
'O7 AMLL. Extinción y entmda de moneda, sig. E-XXVII, exp. 10.
'O8 Zbíd., exp. 1 l.
332 ANUARIO DE ESTLDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 53
terada que puede darse, pues sobre que entran en onza
hasta 30 reales, de los que ocho valen un peso corriente
o de 15 reales de vellón de Castilla, es la mitad en algu-nos
de cobre, lo que embaraza en el examen al tiempo
de las pagas en el trato ordinario, y dilata los pagamentos
a las tesorerías quando escasea la moneda americana 'O9.
En la misma carta, el comandante general notificaba las cau-sas
del problema -desgaste, falsificación e introducción de mo-neda
falsa por los extranjeros-, y aludía al recurso interpuesto
por las islas sobre el tema, solicitándole su conclusión, ((atendida
la necesidad y gravedad de la materia, como que pende de ella
mucha o la principal parte de la concistencia de estas islas».
El problema, en efecto, era grave. Como ya se ha indicado,
la Corona debió intervenir dos años antes en ia resoiución de
las dificultades económicas surgidas a raíz de la guerra con
Inglaterra, garantizando la seguridad del Archipiélago. La alar-mante
carta del comandante general ilamó de inmediato la aten-ción
del ministro de Hacienda, marqués de Esquilache, pues el
20 de setiembre de 1764 solicitó a ia Junta de Comercio y mío-neda
un informe sobre el estado del expediente sobre moneda
provincial de Canarias con objeto de darle una solución con-creta.
El 8 de octubre, la Junta comunicó a Esquilache que el
expediente estaba en manos del ensayador mayor ((para que
computase y propusiese la talla de la nueva moneda de plata
que se proyecta labrar para las referidas islas».
Esta respuesta de la Junta de Comercio y Moneda permite sos-tener
que la mayoría de sus miembros se habían decantado en fa-vor
de la propuesta de F. Machado y Fiesco, es decir, de respetar
la identidad monetaria isleña mediante ia acuñacion de nueva pia-ta
provincial. Sin embargo, antes de que el dictamen de su Fiscal
fuese evacuado, el 10 de noviembre se le ordenó nuevamente a la
Junta que finalice el expediente a la mayor brevedad posible, pero
«en el concepto de que Su Majestad cree mui conveniente que se
embie de acá a Canarias moneda de caideda)) llo, io cuai significa
'O9 ' AGS. Secretaría y Superintendencia de Hacienda, Ieg. 843. Segunda
parte.
'O Zbid
5 4 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
que la intención regia se dirige a suprimir la especificidad mo-netaria
isleña, en contra de la propuesta de la Junta.
Desconocemos la fecha de evacuación del nuevo informe;
en todo caso, a primeros de octubre de 1769 se le ordenó a
la Junta atender a las nuevas demandas en solicitud de arreglo
del mal monetario isleño, presentadas por el comandante ge-neral,
regente de la Audiencia y autoridades civiles y eclesiás-ticas
de Canarias. A resultas de todo ello, la Junta elaboró el
14 de octubre una nueva consulta en la que quedaban perfi-ladas
las características generales de la retirada del circulante
indígena. En vez de fabricarse nueva moneda provincial de Ca-narias,
se remitirían 60.000 pesos en plata (75,O por 100) a
y 20.000 en vellón (25,O por 100) de cuño provincial de Castilla; N
E la proporción de la moneda de plata sería la siguiente: O
30.000 pesos en pesetas (50,ü por íOüj, ¿U.üüü en reaies (33,3 --=
m por 100) y 10.000 en medios reales (16,7 por 100). Y aunque O E
la proporción del vellón quedó sin especificar, el diputado por SE
Canarias ((juzgó conducente el que dicha cantidad fuese sólo =E
en cuartos y ochavosn -lo cual decía poco en su favor acerca 3
de apoyar la moneda fraccionaria más propia dei común-, - -
mientras que el fiscal estimó necesario ((alguna porción de ma- 0m
E
ravedís)). O
Pero, una vez más, el expediente ((quedó suspenso por es-tarse
a la sazón tratando el arreglo de todas las monedas)) -es -
-E
decir, la reforma monetaria emprendida en 1772-, el cual, una a
2
vez resuelto, permitiría adoptar, en opinión de la Junta, las me- -
didas adecuadas al mal monetario isleño. Y, mientras, éste se 0
agravaba, según notificó el comandante general Fernández de 3
O
Heredia en el otoño de 1771,
con el uso del vellón que empezó a introducir en la [isla]
de Tenerife el administrador de rentas D. Alonso Narváez,
con motivo de facilitar el cobro de picos en los adeudos
que antes perdía la Real Hacienda, llevando a este fin mo-neda
de cobre de Lanzarote y Fuerteventura, donde ya
corria, cuyo ejempio siguieron los particulares, y, assí, por
una tácita condescendencia, vino a hacerse común en to-das
las Canarias esta especie de moneda, dando causa a
los ambiciosos para que con sumo daño de aquellos na-
334 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
turales les llenasen de ella, conduciéndola desde Puerto
Rico y Santo Domingo " l .
Por su parte, los afectados, los administradores de rentas,
indicaron que esta introducción de cuartos de Santo Domingo
y Puerto Rico por Lanzarote y Fuerteventura -islas alejadas
del control de la Audiencia y Comandancia General- dejaba
una utilidad del 280 por 100, pues allí se daban 51 cuartos por
un real y en Canarias 10 por un real bamba, por estimar estos
cuartos en 6 mrs. de «islas»" 2 .
La representación del comandante general se pasó a la Junta
Reservada en diciembre de 1771, y ésta dictaminó en consulta
de 6 marzo de 1772 que, de acuerdo con la Real Audiencia,
cmtriviese 10s daños en tanto se adoptaba nueva providencia.
La cual, en opinión de la Junta, no era otra que evacuar los
informes que solicitaba en su consulta de 14 de octubre
de 1769 y proceder a la operación de retirada del circulante
indígena, sustituyéndole por las piezas de nuevo cuño. No obs-tmtv,
este ncevn fraude monetario, ocasionado por la enor-me
escasez de moneda fraccionaria, se vio paralizado por de-creto
de la Audiencia de diciembre de 1771. El decreto, que
dejaba al arbitrio de los particulares el recibir estos cuartos
en tanto que se consultaba a la Corte nueva resolusión, surtió
su efecto, pues, en opinión de un autorizado coetáneo, Lope
de la Guerra y Peña, «en pocos días cess�� del todo el correr
de esta moneda)) '13.
"' Ibíd.
Ii2 Ibíd. "' «Lo que han traído de dicho continente [América] en abundancia
son los cuartos, moneda de cobre, por valer en aquellos parages a más
de 40 por un real, y ser exorbitante el aumento en estas Islas. Por fin la
Audiencia, por algunas quejas que se le dieron, tomó la acertada provi-dencia
de mandar que no se obligase a recebir quartos, con lo que en
pocos días cessó del todo el correr de esta moneda, que por no haver en
esra Isia se havía permitido que coriiese :a de las islas de Laiizarote y
Fuerteventura, que era conveniente la huviese para las compras por menor;
pero el abuso de las cosas las hase perder del todo». GUERRAY PERA, L.:
Memorias, Ed. Museo Canario-Instituto de Estudios Canarios, La Laguna-
Las Palmas de Gran Canaria, Cuaderno II, p. 20.
56 ANTONIO M. M A C ~ SHE RNÁNDEZ
Pero una nueva «revolución» se avecinaba en los primeros
meses de 1773 con motivo de la publicación de la pragmática
sobre la moneda de nuevo cuño de 29 de mayo de 1772. Se-gún
informaba Fernández de Heredia a Muzquiz, Secretario del
Despacho y de Hacienda, el 31 de julio de 1773, ((por el mes
de maio próximo)) se vieron las Islas «en una lamentable y pe-ligrosa
situación, pues siendo la moneda bamba la común, se
hallaba la gente ordinaria con dinero y sin tener que comer)).
En tales circunstancias, publicó el bando cuyo contenido reite-raba
el cumplimiento de la orden de 30 de agosto de 1735, or-denando
la retirada de toda la moneda falsa.
Todo fue inútil; porque a las resistencias a la admisión en
el intercambio de la moneda defectuosa, falsificada y falta de
peso, se agregó ahora el recelo generado por el contenido de
la citada praimática, que establecía la recogida de toda la mo-neda
antigua defectuosa y su cambio por la de nuevo cuño
atendiendo sólo a su valor intnnseco. Insistía en las contínuas
pérdidas para las rentas reales y para el común y en la nece-sidad
de retirar la moneda de «islas» mediante la acuñación
de nueva plata provincial según su valor en Canarias, evitán-dose
con ello «las confusiones que trae consigo para compras,
ventas, tributos, capellanías, etc., el presentar al común una mo-neda
de cuio valor no tiene práctica ni conocimiento)), estiman-do
el caudal a retirar en unos 60.000 pesos de reales bambas
y 20.000 en cuartos, los cuales «sólo corren en las islas de Lan-zarote,
Fuerteventura, La Gomera y El Hierro)) lI4.
Concurrían además conflictos de competencias entre las auto-ridades
locales -Real Audiencia, Corregimiento y Comandancia
General- acerca de a quiénes correspondía el conocimiento de
las causas de moneda. El comandante general reconocía la ju-risdicción
de las justicias ordinarias, con directa intervención
de la Junta General de Comercio y Moneda como único tribu-nal
superior, pero instaba a la Audiencia para que, dadas las
circunstancias, se adoptase de común acuerdo una disposición
urgente sobre la circulación de los bambas, dejando de lado
I l 4 AGS. Secretaría y Superintendencia de Hacienda, leg. 843. Segunda
parte.
336 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 57
el conflicto jurisdiccional surgido entre ambas autoridades. La
Audiencia, por su parte, interpretaba que las causas de moneda
también eran de su exclusiva competencia, dada por la propia
Junta en su consulta de marzo de 1749.
Y, en efecto, tales circunstancias determinaron una pronta
resolución del conflicto jurisdiccional, pues el 25 de julio la
Audiencia ordenó el curso de la moneda antigua bamba de real
cuño, legítima, aunque estuviera desgastada y falta de peso, y
prohibió la falsa, cercenada o limada. Al propio tiempo, el 6 de
agosto tomó el acuerdo, remitido luego a Muzquiz, en el que,
entre otras cuestiones, sostiene que la pragmática de 1772 no
puede ser aplicada a la recogida del circulante isleño. Conse-cuencia
de una interpretación en sentido positivo, todos quieren
da de cordoncillo, que es de las fábricas de América)) -lo cual
hemos verificado examinando escrituras de arrendamiento y
otros contratos115-. La conmoción se producirá «si los habitan-tes
de este país persisten en el concepto ... de que a la letra se
ha de estar por las providencias de dicha pragmática)). Con-forme
se acerca el plazo,
las casas poderosas y de gruesas entradas de dinero pro-curan
por cuantos medios les sean posibles abstenerse de
recibir mucha moneda provincial, y es también regular
que así lo consigan, ... en lugar de que los que se mantie-nen
de sus estipendios anuales y pobres que viven a fuer-za
de su travajo diario, se han de ver precisados a resevir
su haver en moneda provincial que como corriente y auto-rizada
con el valor de su público uso no tendrán arbitrio
para reusar su admisión; a esto es consiguiente que todo
el peso de la pérdida ... haia de caer sobre los necesitados
y gzner$ de los peMGs, capuz de n~n-
Y=-
ducir alguna conmoción y perturbación de la paz pública lI6.
Y tales problemas, prosigue la Audiencia, carecen de fun-damento,
por cuanto la pragmática de 1772 no puede ser apli-cad.
11 cacn isleñ~L. a moneda. de plata provincial de Canarias
MACÍASH ERNÁNDEZA,. M.: tesis doctoral inédita
'16 AGS. Secretaria y Superintendencia de Hacienda, leg. 843. Segunda
parte.
58 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
es verdad que ha padecido y padece la revaja de peso
en que se halla, pero este desfalco tiene principios mui
antiguos, y mediante la interposición de Vuestro Real nom-bre
ha corrido con el mismo valor impositicio que tenía
cuando estaba íntegra y sin recorte alguno, así que Vues-tra
Real Authoridad es quien ha sostenido y sostiene el
valor con que actualmente corre, con que parece no sería
conforme a las justas intenciones de Vuestra Majestad
que, en virtud de la disposición general de dicha pragmá-tica,
quedasen los vasallos de estas Islas que por causali-dad
se hallen con mucha moneda de esta especie, priva-dos
de la estimación con que la recibieron bajo de la con-fianza
de que su valor íntegro corriente estaba protegido
por Vuestra Majestad, sin embargo de la disminución de
dicho peso "'.
La retirada de la rnoiieda de «islas» podía ya iniciarse, empiean-do
«por pronto remedio ... un caudal muerto y ocioso que existe
en Islas, procedido del fondo aplicado a la traslación de familias
que se hacía antes desde estas islas a la América, cuia execu-ción
mucho ha que está suspendida))I l8.
Ahora bien, la existencia de este fondo, integrado por reaies
de plata de buena ley -dado que con ellos se propone co-menzar
la retirada del circulante falso-, supone que la argu-mentación
de la Audiencia, sumamente acertada en su inter-pretación
de las reales órdenes de 1726 y, sobre todo, de 1735,
mandando la circulación de la buena moneda de plata provin-cial
antigua hasta nueva providencia regia segun su valor ex-tnnseco,
no era aceptada por los propios funcionarios de rentas
reales. Admitían los bamba únicamente por su valor intrínseco,
incumplirniendo las reales órdenes, Los bandos de la Coman-dancia
General y las provisiones de ia Audiencia, actitud que,
por último, apoyaba la tesis sostenida por los particulares y el
comercio en general, en el sentido de que la retirada de la
117 Ibíd
Se trata del producto del derecho de familias, reducido a 50 reales
por tonelada, abonado por los navieros que no transportasen las familias
de su obligación, es decir, cinco familias de cinco miembros por cada cien
toneladas. Cfr. MACÍAS HERNÁNDEAZ. , M.: Canarias-América La migración
isleña, 1500-1 980 (en prensa).
338 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 59
defectuosa plata provincial se realizaría atendiendo a su valor
intrínseco.
Y al objeto de salvar sus responsabilidades, el tesorero de
rentas reales, Joaquín de Santaella, expuso a los administradores
generales de la renta del tabaco, en carta de 27 de abril
de 1773, y a Muzquiz en 24 de julio de este año, las razones
que le asistían para negarse a admitir los reales bambas. En
síntesis, por el enorme desfalco que suponía para la Real Ha-cienda:
«recogida y fundida la bamba, aún no daría una octava
parte del valor de aquella con que se cambió ... con perjuicios
a S.M., al comercio y al común)). La renta del .tabaco es la
más afectada, ante la imposibilidad de controlar sus ventas en
todos los estancos y ((porque de no admitirla pasaría el consu-mvn,
de ii10Cl0 que, zi pesar de sus esf.~ierzosp =r evitar s~br e -
cargarse de bambas, colocándolos nuevamente en el mercado,
la citada renta se hallaba gravada con la cantidad de
30.820 rsvn. «Todo aquel que se ve cargado de ellas procura
hazer sus pagamentos en dicha especie)), costando muchas ré-plicas,
disgusios y muitas.
«Los extranjeros, a quienes se atribuye la introducción, llevan
pesos fuertes por ella», es decir, cambiando 10 bambas y
40 mrs. de «islas» por un peso fuerteH9o, bteniendo un beneficio
del 675 por 100, pues «aseguro haver pesado 72 bambas con
un peso fuerte y estar el fiel en su lugar». El funcionario esti-ma
todo el circulante bamba en unos 10.000 pesos, de los que
la mitad son de buena ley, y la quiebra que supondría su re-tirada
para la Real Hacienda podría solventarse mediante la
concesión de varios registros para Caracas. Y aunque «la Real
Intención es que no baya más que una moneda)), insiste en la
acuñación de nueva moneda de plata provincial por el valor
de la que corre, con un distintivo como el pico del Teide o
el rótulo de Canarias)). Finaliza indicando la quietud en los áni-mos,
a la espera de los informes del Capitán General, Obispo,
" 9 El cambio sena: 10 x 60 + 40 = 640 mrs. de «islas», es decir, un peso
fuerte en Canarias; el producto de 640x 1,0625=680 mrs. de Castilla, pues,
como ya se ha indicado, el maravedí de «islas» era igual a 1,0625 de
Castilla.
Núm 38 (1 992) 339
Audiencia, y por las muestras de benignidad dadas por la Co-rona
-trigo, dinero y libre comercio-, y da gravedad del asun-to,
con las circunstancias de la miseria del país, su situación y
falta de tropa para sostener todo evento)).
Las nuevas demandas de las autoridades locales fueron exa-minadas
por la Junta Reservada en diciembre de este año y,
a propuesta suya, se promulgó nueva orden, notificando que
las disposiciones de la pragmática de mayo de 1772 no era apli-cables
al caso isleño. Finalmente, la propuesta definitiva para
el arreglo del circulante isleño quedó expuesta en la consulta
de la Junta Reservada de fecha 30 de noviembre de 1773.
La Junta reconoció, en primer lugar, los últimos aconteci-mientos,
manifestando su preocupación por «una conmoción
que por producirla causa tan común llegase a ser genera!)). Exa-minó
con dureza la actitud del tesorero de rentas, cuya «mal
fundada repugnacia pudo dar motivo a una conmoción)), y la
del comandante general, proponiendo que «se le prevenga que
en casos semejantes se haga obedecer, omitiendo el dar las sa-tisfacciones
que no corresponden a su carácter)). Opinó que 13
retirada de la plata y vellón indígena debía realizarse, tal como
propuso en su anterior consulta de 6 de marzo de 1772, por
la moneda del nuevo cuño y de acuerdo con las cantidades
establecidas en la consulta de 14 de octubre de 1769, agregan-do
la conveniencia de remitir moneda de dos cuartos
para desterrar el abuso de que por desconocidas no han
corrido más que como cuartos las piezas de a dos y por
solo ochavos los cuartos segovianos, en que tgodo foras-tero
pierde la mitgad de su valor y continuará este av-
L
UUXJ ~ i t x ~ q ~ qr ut e: dichas piezas de ciocs auartos no gieren
en el comercio de aquellas islas, fixándoles su lexítirno valor.
La proporción propuesta para la acuñación de vellón fue la
siguiente: 4.000 pesos en monedas de 2 cuartos (20,O por 100),
8.00!2 e s c ~ a r t ~(40s,V ); 6.000 en ochavus (20,G por iOOj y 2.060
en maravedís (10,O por 100). Por último, la Junta Reservada sos-tuvo
que el caudal procedente del derecho de familias no debe
emplearse para la retirada de la plata y vellón indígena, «pues
340 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 61
está sujeto a otros fines)), y que para reintegrar los gastos a
la Real Hacienda se estudie la posibilidad de conceder algunos
registros a la América.
4. LA ACUÑACIÓND E LAS CECAS DE SEGOVIYA S EVILLA
Las principales casas de moneda del reino radicaban en Se-govia
(cuyo poderoso ingenio constituyó en su tiempo una no-vedad
tecnológica importante, dedicado en este momento de for-ma
prioritaria a la acuñación de moneda fraccionaria de cobre
puro del nuevo cuño) y en Sevilla, cuya ceca estaba más es-pecializada
en la labor de la nueva emisión de plata. Pues bien,
la real orden de 25 de mayo de 1774 comunicó al superinten-dente
de la Casa de Moneda de Segovia, José Sanchez -sin
que, por supuesto, se le especificara el destino de la opera-ción-,
que
se acuñen y apronten con la brevedad posible veinte mil
pesos en moneda nueba de veMn, a satier, .qilatro mi pie-zas
de dos quartos, ocho mil en quartos, seis mil en ocha-bos
y los dos mil restantes en maravedís, que se deben
poner en cajones proporcionados para carga, numerados
y con la correspondiente factura de la cantidad que cada
uno contiene, a fin de que sea más fácil su conducción
y uso en la destino que ha de dárselos izo.
En la misma fecha, otra disposición dirigida al superintendente
de la ceca de Sevilla, José Lasso, le ordenaba la acuñación de
((sesenta mil pesos en moneda menuda nueba de plata, a saber,
A-^:__&.. U ~ ; U I L ~ iix! en pesetas, veinte mi! en reales de $cita y 19s res-tantes
diez mil en realitos de vellón» Iz1.
1 2 V G S . Secretaría y Superintendencia de Hacienda, leg. 843. Segunda
parte.
lZ1 Ibía!
Num 38 (1992) 341
ANTONIO M. MAC~AS HERNÁNDEZ
MONEDA DE COBRE ACUÑADAEN LA CECA DE SEGOVIA
EN 1774 CON DESTINO A CANARIAS
Acuñación propuesta
Piezas Rsvn. (%i
De dos cuartos . . . 60.000 20,O
De un cuarto . . . . . 120.000 40,O
De un ochavo . . . . 90.000 30,O
De un maravedí . . 30.000 10,O
TOTAL . . . . . . . . 300.000 100,O
- -
Acuñación real
- -
Su peso
en libras
6.52 l,5
11.851,5
9.047,O
1.664,O
Fuente: AGS. Secretaría y Superintendencia de Hacienda, leg. 843, 2. parte.
Elaboración propia.
En síntesis, las dos disposiciones ordenaban una acuñación
por valor de 80.000 pesos, un 25 por 100 en vellón y un 75
por 100 en plata. Las proporciones legales en la acuñación de
moneda fraccimx5i EQ se ajustarcm u !as que se dictaron para
similar cometido por real pragmática de 5 de mayo de 1772,
lo cual pudo responder a una adaptación a las circunstancias
de la demanda de moneda isleña.
El 13 de setiembre, el superintendente de la ceca de Segovia
comunicó a Muzquíz que la acuñación había finalizado, con el
resultado que expresa el cuadro XII; las proporciones de la mo-neda
acuñada diferían parcialmente de las propuestas en lo que
respecta a las piezas de 1 maravedí, acuñándose 10.000 rsvn.
menos de los previstos en beneficio de las piezas de 2 mrs.
El secretario del Despacho le participó im n i i e v~r e d erUen,
de 26 de dicho mes, que disponía la entrega de la moneda
acuñada al administrador general de rentas de Cádiz, Bartolomé
Pont, el cual «a su tiempo» recibirá la oportuna orden «sobre
su destino)). Los cajones conteniendo las monedas deben ir
«bien clavados, precintados y sellados». .., «marcxd~cte des con
las letras M.V.V. y numerados)) para evitar toda posible confu-sión
o extravío. Para su conducción «se presentarán a V.M.
13 carros y 6 galeras que han salido de Madrid, ajustados en
342 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 63
14,5 rsvn. de porte la arroba desde ahy a Cádiz». Acompañará
a la expedición un dependiente de la ceca y una escolta de
cinco soldados de caballería, evitando todo posible retraso para
aligerar sus costes, y se le adelantará a dicho dependiente la
suma de 9.000 rsvn. para los gastos de la misma. La expedición
salió de Segovia la mañana del 30 de setiembre y llegó a Cádiz
sin novedad alguna -únicamente el retraso de tres jornadas,
«a causa de ser endeble el ganado de algunos de los carros»-
el 22 de octubre, ascendiendo su costo total a 20.891 rsvn y
8 m .r'2s1 .
Por SU parte, la ceca de Sevilla presentó algunas dificultades
para aprontar con la brevedad exigida los reales de plata del
nuevo cuño. Su superintendente, en carta a Muzquíz de 4 de
junio, le participb que los 3.006 marcos y 6 onzas de plata ma-cuquina,
piña y ~ o p e l l a lre~m~i tidos desde la depositaria de Cá-diz
para esta acuñación de acuerdo con las disposiciones de 25,
26 y 31 de mayo, son insuficientes para labrar los 60.000 pesos,
los cuales suman la cuantía de 5.844 marcos, 1 onza y
3 ochavas, no disponiendo la ceca de metal suficiente para cu-brir
el déficit, precisándole además que ia iabor duraría por
lo menos dos meses y medio. La respuesta del superintendente
no gustó al Consejo; por real orden de 16 de junio se le exigió
mayor brevedad en la acuñación, dado que la tardanza «da
mui mala idea de la Casa y no puede tolerarse en las actuales
circunstancias)), encargándole que proponga los medios que es-time
oportunos para acelerar la acuñación y que, en cuanto a
las pastas, «por otra carta de esta fecha verá las que se man-dan
pasar de Cádiz en mucha mayor cantidad para que la
Casa tenga materia que acuñar y en que ejercer su zelo y ac-tividad)).
122 I ? ~ d t 8 dd~e!) trinspnyte de !as 1268 arrobas y 9 libras que pesaron
los 210 cajones, a 14 rsvn. la arroba, agregándole los 2.500 rsvn. que se
abonaron al dependiente segoviano para su retorno y el de la tropa.
12' Se trata de plata cortada y de residuos de la fundición de los me-tales
argentíferos.
Núm. 38 (1 992) 343
64 ANTONIO M. MAC~AS HERNÁNDEZ
MONEDADEPLATAACUÑADAENLACECADESEVILLA
EN 1774 CON DESTINO A CANARIAS
Peso
Piezas acuñadas Marcos Onzas
De dos reales ............. 2.907 5
De un real ................ 1.939 O
De medio real ............. 968 7
TOTALES.. ........... 5.815 4
Valor nominal
Rsvn. (96)
450.000 50,O
300.000 33,3
150.000 16,7
900.000 100,O
Fuente: AGS. Secretaría y Superintendencia de Hacienda, leg. 843, 2. parte. a
Elaboración propia.
E
O
n
=m
El empleo en esta acuñación del metal contenido en piezas O E
defectuosas, adquiridas por las casas de moneda, y de todos SE
los residuos argentíferos que crea el proceso de fundición, es E
decir, plata «macuquina», piña y copella, sugiere la existencia 3
de una relativa escasez de plata, causa que, según ei superin- -
tendente de la ceca sevillana, impide obtener la acuñación so- 0m
E
licitada a la primera fundición y obliga a repetir las operaciones O
con las cizallas y recizallas, y de ahí el retraso en la labor. En
todo caso, el seis de agosto comunica a Muzquíz que la acuña- n
-E
ción había finalizado, «y no aviendo tenido razón ninguna sobre a
su destino, me ha parezido hazer a V.E. este recuerdo para n
que me ordene el que se les ha de dar». Sin embargo, el Con- o
sejo retrasó comunicarle tal destino hasta que no finalizara la 3
O
acuñación ordenada a la ceca de Segovia y estuviera depositada
efi Cádiz, hecho éste que se produjo el 22 de octubre. El 24
se le comunicó al superintendente de la ceca sevillana que en-viase
aquí la plata acuñada, haciendo su entrega al adminis-trador
de rentas, la cual se efectuó en los primeros días de
noviembre.
ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
CANARIAS EN EL PROYECTO MONETARIO ILUSTRADO 65
5. LA RETIRADA DE LA PLATA Y VELLÓN INDÍGENA
Mientras se ultimaba la acuñación, la Junta Reservada en-cargó
a F. Machado y Fiesco la elaboración de las instrucciones
y bando que debía publicar el nuevo comandante general en-cargado
de la operación, la distribución de la nueva moneda
de plata y vellón entre las diversas islas, y las «reglas que de-ben
observarse para la introducción de la moneda ... que se re-mite
... y recogimiento a su cambio de la que allí corre de am-bas
especies, a fin de que no se verifique quebranto de una
ni otra parte)) (Cfr. cuadro XIV).
Todo ello fue aprobado por la Junta Reservada y recibió la
confirmación regia el 16 de setiembre de 1774, admitiendo in-zhso
qüe e! comandante generu! pwdu err,p!eur e! fmch de
familias ocioso si fuere necesario, aunque «con la calidad de
rein