HISTORIA ECONÓMICA
FUENTES PARA EL ESTUDIO DE LA PRODUCCION
AGRARIA EN LAS ISLAS CANARIAS: EL DIEZMO
EN LA DIóCESIS CANARIENSE (1480-1820)
POR
ANTONIO M. MACf AS HERNANDEZ
«O, canónigos, veréis colgado de un sutil cabello /
la vida de vuestro compañero embevesido (Hace-dor),
/ en su error y en su engaño adormecido, /
sordo a las voces que le avisan de ello. / Mas
vosotros pagaréis con ver vuestras capitulares in-cendiadas
y al mismo tiempo negándoseos los
diesmos, pena que todos los pueblos a la sola se-ñal
de una hoguera en una de sus elevadas mon-tañas
han decretado para contener vuestra ambi-ción,
y que se vendrá a executar si en el ínterin
no se oyen los clamores de los pobres dentro de
ocho días. Vivirán los pobres.))
(Pasquín del motín de subsistencia de Las Pal-mas
de Gran Canaria en 1799.)
Los primeros estudios snhre el pacarl~e c ~ n 6 r n kd~e! Ar-chipiélago
insistían en el análisis de su comercio exterior. Sus
conclusiones, sin duda aún parciales, han permitido elaborar
ABREVIATURAS
ANUARIOD E ESTUDIOAST LÁNTICOS:A EA; ARCHIVOC ATEDRALICIDOE LA DI&
CESIS CANARIENSE:A C; ARCHIVO HIST~RICPOR OVINCIADLE LAS PALMAS:
AHPLP; ARCHIVO HISTÓRICOP ROVINCIADLE SANTAC RUZ DE TENERIFE:
AHPTFE; ARCHIVOM UNICIPADLE LA LAGUNAA: MLL; Coloquios de Historia
Canario-Americana: CHCA.
Núm. 32 (1986) 269
modelos interpretativos de la evolución de su economía desde
los propios cimientos de su colonización1. En este sentido, la
historiografía regional, si bien con un ligero retraso, se incor-poraba
no obstante a las tendencias historiográficas dominan-tes
en la génesis de la disciplina de historia económica en
España. Ahora bien, y sin que ello suponga una infravalora-ción
de la aportación citada, su principal critica radica en la
necesidad de afianzar su bagaje empírico; carece de especí-ficas
referencias cuantitativas acerca del comportamiento de
las variables propias de todo estudio sustentado sobre el co-mercio
exterior (ausencia compensada, por otra parte, por un a
exhaustivo y brillante análisis. del marco jurídico-económico N
mercantilista, completado con las aportaciones de los coetá- O
neos), desconociéndose cuestiones tan significativas como la n-- m
evolución y fluctuaciones de los precios agrarios 2; hace total O
E
abstracción del aparato productivo y del nivel de sus cose- E
2
E chas, temática a nuestro entender fundamental si se pretende -
mostrar la elevada sensibilidad de la economía regional a la 3
actuación de las fuerzas del mercado. O--
El presente artículo tiene por objeto abordar un aspecto m
E
prioritario en el análisis del problema expuesto: el examen de O
las fuentes para el estudio de la cuantía, tendencias y fluctua- n
ciones de la producción agraria regional durante el Antiguo a-E
Régimen. Se trata, por una parte, de enumerar y verificar el l
grado de fiabilidad de las ((estadísticas)) agrícolas disponibles n
n
3
Aludimos a los trabajos de: A. B ~ E N C O UMR TAS SIW:« Canarias e O
Inglaterra: el comercio de vinost1650-1800)~A; EA, núm. 2 (19561, pp. 193-
308; F. MORA- PADR~NEl: comercio canario-americano. Siglos XVI, XVZZ
y XVIZZ, Sevilla, 1955; V . MORALELCE ZCANOR:e lacioms mercantiles entre
lnglaterra y los Archipiélagos del Atlántico Ibérico. Su estructura y su
lzistoria (1503-1783), La Laguna, 1970; del mismo autor, ((Cultivos domi-nantes
y cidos agricili en !a h_ist.nria moderna de Las Islas Canarias»,
en Historia General de las Islas Canarias, Las Palmas de Gran Canaria,
1977, t. iv, pp. 11-22; J. -RAZA DE AYALA: El régimen comercial de Canarias
con las Indias en los siglos XVZ, XVIZ y XVIZZ, Sevilla, 1977.
2 A. M. MACÍASH ERNÁNDEZC:a narias en la Edad Moderna)), e n His-toria
de los Pueblos de España. Tierras fronterizas (I). Andalucia y Ca-narias,
Barcelona, 1984, p. 320. Contiene la gráfica de los índices de pre-cios
del vino y trigo para el período 1630-1820.
270 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
en los archivos locales y nacionales 3, pudiéndose adelantar en
este sentido su reducido cómputo -a pesar de la existencia de
argumentos suficientes para sostener lo contrarie y su discu-tible
nivel de aproximación a la realidad cuantificada. Por otra
parte, de estudiar el diezmo, contando para ello con un cúmulo
importante de trabajos que insisten sobre su elevada represen-tatividad
para el análisis de la evolución del producto bruto
agrícola y pecuario. Y parece justo comenzar este apartado
reconociendo la deuda que todo investigador tiene contraída
con G. Anes, quien reveló por primera vez el alcance y lirnita-ciones
de la información decimal y cuyas directrices principales
han propiciado la elaboración de series de producción para
amplias zonas de la geografía peninsular 4. Paralelamente, la
significación de este apartado específico de la investigación
histórica a partir de la citada fuente ha supuesto la realiza-ción
de dos congresos internacionales 5.
3 NO obstante, existe la posibilidad de hallar referencias estadísticas
en archivos supranacionales, sobre todo en aquellos paises que han man-tenido
un contacto permanente y a través de relaciones comerciales con
las islas. Ejemplo de ello son los datos aportados por Ch. MINGUET«: DO-cumentos
inéditos sacados del Archivo Nacional de Francia y relativos al
comercio canario-americano (1713-1785)», en IV CHCA, Salamanca, 1982,
t. 1, pp. 661-699. Sin embargo, en este caso se trata de una mera copia
de la estadística de 1776, cuyo comentario realizaremos más adelante.
* G. ANES ALVAREZ: Las crisis agrarias en la Espña Moderna, Ma-drid,
1970; A. GARC~SAA NZ:( (LOS diezmos del obispado de Segovia del
siglo xv al xrx: problemas de método, modos de percepción y regímenes
sucesivos de explotación», en I Jornadas de Metodología Aplicada a las
Ciencias Histdricas, Santiago de Compostela, 1975, pp. 145 y SS.; M. GAR-z
6 ~PA RETAD: iezmos y tributos del clero de Granada, Granada, 1974;
J. RODRÍGUEMZO LINA(: {El diezmo eclesiástico en el obispado de Baeza-
Jaén (siglos XIII-XVI)», en Cuadernos de Historia, núm. 7 (19771, pp. 213-
270; M. L. GUADALUPBEE RAZAD: iezmos de la sede toledana y rentas de la
mesa arzobispal (siglo XV) , Salamanca, 1972; E. CANALES«:L OS diezmos
en su etapa final)), en G. ANES ALVAREZ (ed.): La economía espafiola al
final del Antiguo Régimen, Madrid, 1982, pp. 103-187; G. FELIU Y MONFORT:
«La questió del delmes durant el trieni liberal viste desde Catalunya)),
Cuadernos de Historia Económica de Cataluña, núm. 2 (1969), pp. 111-115.
S J. GOY et E. LE ROY LADURIE (ed.): Les fluctuationes du produit de
la dfme, París. 1972. El segundo congreso se celebró en Edimburgo
en 1978 y disponemos de una copia mecanografiada de sus actas.
Núm. 32 (1986)
Se dispone, por consiguiente, de una adecuada herramienta
metodológica para la crítica de la documentación decimal. Sin
embargo, no siempre ha sido aplicada con el rigor requerido;
se tiende, más bien, a considerar que la administración de la
hacienda decimal -y, por tanto, su validez como fuente para
el estudio de la evolución del producto bruto agrícola- pre-sentó
una relativa uniformidad en el caso al menos de las
diócesis de la Corona de Castilla" no insistiéndose por ello
en el análisis particular de esta normativa en las diócesis exa-minadas.
Y, ciertamente, el diezmo en la canariense no se apar-tó
de la normativa general, singularmente de la que regía en
13 se& ~;p~i!l&n&~, ~ i m~ptrpcpl itlnc &qpndia. Pero a!g!-
nos matices le son propios e importantes, por cuanto permiten
avalar su elevada representatividad como índice de la evolu-ción
del producto bruto agrícola, constituyendo uno de los
({corpus,) documentales más valiosos con que cuenta la histo-riografia
canaria.
Ya en 1960 J. Peraza de Ayala indicó algunos de sus ras-gos,
sobre todo los relativos a su forma de administración y
distribución entre sus diferentes partícipes 7; por nuestra par-te,
recientemente hemos sintetizado éstas y otras cuestiones
referidas al diezmo del <(pan», así como analizado el compor-tarnient,~
de determinadas series a. Queda, por consiguiente,
realizar un examen más detenido y exhaustivo de la hacienda
decimal desde la perspectiva que aquí nos ocupa. Adelantemos
al respecto que la insularidad no fue un elemento generador
de una elevada ocultación y fraude, ni tampoco motivo de una
fragmentación y dispersión de la información decimal; por el
6 Así, por ejemplo, gran parte del debate en torno a la representa
tividad del diezmo en el coloquio de Historia Agraria celebrado en la
Fundacidn March en marzo de 1977 se hubiera obviado o resuelto algunas
objeciones de tipo general si se hubiera admitido la falta de una investi-gación
regional pormenorizada que reflejase la diversidad en la adminis-tración
de la hacienda decimal. Más adelante aludiremos a este debate.
J. PERAZDAE AYALA: ME^ Real Patronato de Canarias)), Anua?i.o de
Historia del Derecho Español, vol. XXX, 1960, pp. 121-124.
A. M. MAC~AHSE RN~DE«ZL:a producción cerealista en Canarias: el
ejemplo del trigo (161@1820)», en Congreso de Historia Rural. Siglos XV
al XIX, Madrid, 1983, pp. 747-7B.
272 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
contrario, y durante todo el período analizado, desde la sede
de la diócesis canariense, en Las Palmas de Gran Canaria, su
Cabildo Catedralicio y a través de su Contaduría Decimal efec-tuó
una rígida centralización en la gestión de los diezmos perci-bidos
en todo el espacio productivo regional O.
1. LAS PRECARIAS REFERENCIAS ESTAD~STICAS DISPONIBLES
Se podría comenzar argumentando que la insularidad y la
relativa lejanía del Archipiélago de otras áreas productoras de
subsistencias y, por consiguiente, el carácter contingente y ele-vado
coste de un avituallamiento exterior, obligaria a los Ca-bildos
insulares a preocuparse por recabar una adecuada y
frecuente información sobre el volumen de sus producciones
respectivas con objeto de procurar una rápida superación de
las crisis carenciales, máxime en aquellas islas cuyo nivel
de cosecha no bastaba para cubrir su demanda lo. Y, en efecto,
durante el siglo XVI se elaboraron varias tazrnías en Tenerife
con la finalidad de conocer su nivel de cobertura para permitir
la extracción del excedente resultante1', así como también se
En el Archivo Catedralicio de Las Palmas de Gran Canaria se con-serva
a partir de 1595 la información decimal correspondiente a todo el
espacio productivo regional hasta 1819, con excepción solamente del lu-gar
de Agüimes, único señorio episcopal con propiedad sobre sus diezmos
y, por lo tanto, con una administración aparte.
lo Tal fue el caso, por ejemplo, del Cabildo de Mallorca. Cf. J. J. VI-DAL:
«La evolución de la producción agrícola en Mallorca durante la edad
mouerna. Fuentes y problemas de metodo)), en Moneda y Crédito, núm. 145
(1978), PP. 67-99.
La producción cerealista de Tenerife relativos al primer tercio
del xvr son los siguientes:
Trigo Cebada
1508 . . . . . . . . . . . . . . . 25.620 36.870
1514 . . . . . . . . . . . . . . . 60.000 20.000
1522 . . . . . . . . . . . . . . . 100.000 -
Núm. 32 (1986)
18
alude a su confección por idéntico motivo por el Cabildo de
Fuerteventura a mediados del XVIII, afectada Yepetidamente por
crisis de subproducción como consecuencia de su fuerte inesta-bilidad
pluviométrica 12.
Mas no parece que este conocimiento del producto bruto
agrícola y por la causa indicada haya preocupado a las autori-dades
locales, por cuanto solamente contamos con las escasas
referencias citadas como ejemplo de dicha inquietud. Por su
parte, tampoco la minoría ilustrada isleña mostró un excesivo
interés por cuantificar su realidad económica, a pesar de que
desplegó una act,iva labor en pro del quehacer agrario 13. bnica-mente
caben reseñar dos excepciones y no debidas precisamen-te
a la iniciativa de aquélla: la sintética estadística agropecuaria
de 1776, con datos a nivel insular y debida al comandante
general marqués de Tabalosos (cf. cuadros 1-11], y los datos
referidos a Lanzarote y Fuerteventura para 1770 y 1771, con
motivo de una pesquisa realizada por orden del comandante
general M. López Fernández de Heredia ".
Los datos de 1508 y 1522 se encuentran en Acuerdos del Cabildo de Te-nerife,
La Laguna, 1949-1970, vols. 11 y IV, actas 18 y 343, respectivamente.
F. MORENO:it Tazmía de la isla de Tenerife en 1514n, en AEA, núm. 25
(1979), pp. 411-486; la tazmía de 1552 se conserva, al igual que la anterior,
en AMLL, Expedientes sobre trigo, leg. E-XIII, exp. 4. * R. ROLDÁNV ERDEIOA: cuerdos del Cabildo de Fuerteventura, La
Laguna, 1966, t. 1, p. 35, y t. 11, p. 15. Referencias a la elaboración de taz-mías
en los años 1747, 1757 y 1764.
i3 La labor de las Sociedades Económicas de las islas, necesitada aún
de un estudio de conjunto, puede consultarse en E. ROMEU PALAZUELOS:
La Econdmica de Tenerife a traves de sus actas. Afios 1776 a 1800, La
Laguna, 1970; C. GARCÍAD EL ROSARIOH: istoria de la Real Sociedad Eco-ndmica
de Amigos del Pais de Las Palmas (1776-1900), Las Palmas de Gran
Canaria, 1981; M. PAZ SÁNCHEZ: LOS "Amigos del Pais" de La Palma, Si-glos
XVIII y X i X , Santa Cruz ae Tenerife, í98i; T. GoNzÁLEz: Historia
de la Real Sociedad Económica de Amigos del PaZs de La Laguna en el
siglo XVIZZ, memoria de licenciatura inédita, Universidad de La Lagu-na,
1985.
l4 A. RUMEU DE ARMAS: (<Estructura socioecon6mica de Lanzarote y
Fuerteventura en la segunda mitad del siglo XVIII)), en AEA, núm. 27
(1981), pp. 425-435. Estimamos como muy verosimil que el oculto interés
del comandante general por conocer el importe del derecho de quintos
274 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
Obviamente, esta falta de información bien puede obedecer
al indudable grado de desidia de las instancias públicas y pri-vada
en la conservación de nuestro patrimonio documental.
Ahora bien, intervinieron también dos factores: por una parte,
el elevado nivel de complementariedad existente en la produc-ción
agraria regional, sobre todo a partir de la segunda mitad
del siglo XVI, siendo resultado de las diversas condiciones na-turales
que inciden en el proceso productivo, las cuales favo-recieron
la doble y articulada especialización vitícola y cerea-lera.
Por otra, la restrictiva «política» de abastos seguida por
las autoridades locales, basada en la expresa prohibición de
extraer granos de la isla con destino al mercado interinsular
sin la preceptiva licencia de su Cabildo, mientras que para el
mercado exterior quedaba reservada esta facultad a la Real
Audiencia, capitán o comandante general, quienes otorgaban
la misma solamente en aquellos años en que el Archipiélago
estaba totalmente abastecido 15. En definitiva, las autoridades
locales no necesitaron conocer el volumen de la producción
para evitar un desabastecimiento del mercado. Actuaron al
revés: prohibieron su extracción de la isla sin su previa licen-cia,
aunque, evidentemente, esta normativa no fue siempre rígi-damente
cumplida.
Y siendo ésta la actitud de las autoridades locales, menos
cabe esperar de la adoptada por la Corona. Si fue un interés
fiscal el motivo fundamental que le llevo a la necesidad de
conocer el curso de la actividad económica, Canarias no se vio
afectada por esta política en virtud de su privilegiado régimen
que los sefiores percibían en estas dos islas por la exportación de sus
frutos respondió a un intento de argumentar, teniendo en cuenta la im-portancia
cuantitativa de la exacción, la incorporación de estas islas al
realengo, coincidiendo con la política auspiciada por la Corona en este
sentid' y por los propios vecinos a lo largo del siglo XVIII; protagonizando
diversos disturbios de carácter antiseñorial. Cf. sobre este Uimo aspecto
J. R. SANTANGAO DOY«: Crisis económica y conflictos sociales en Canarias
(1661-1740)», en A. MILLARES TORRES: Historia General de ius Islas Cana.
rias, Las Palmas de Gran Canaria, 1977, t. IV, pp. 194-210.
l5 A. M. MACÍASH ERNANDEZE:c onomia y sociedad e n Canarias durante
el Antiguo Régimen, tesis doctoral inédita, Madrid, Universidad Nacional
a Distancia, marzo de 1985.
Núm. 32 (1986) 275
CUADRO1
EVOLUCION DE LAS PRINCIPALES PRODUCCIONES AGRICOLAS SEGUN VARIAS ESTADISTICAS
Fuerte- La El Archi-
COanrarni a Tener(fe Pazma 'Zfe" uentura Gomero Hierro pi?i(lago
Trigo
(fgs.)
Cebada
(fgs.)
Centeno
(fgs.1
Millo
(fgs.)
Papas
(quint.)
(pipas)
Fuentes: 17:16: RUMEU DE ARMAS, A.: «Una curiosa estadística del siglo XVIII. El Plan Político del Mar-qués
de Tabalosos)), en Revista Internacional de Sociologia, núm. 3 (19431, pp. 179-185.
1802: Estadistica de F. M. de E:scolar, pp. 588i-89.
18113: BANDINIJ,. B.: Lecciones islementales de agricultura, Las Palmas de Gran Canaria, 1816,
PP. 52-64.
1890: MILLARETSO RRESA, .: Hi~t~oriGae neral di? las Islas Canarias, Las Palmas de Gran Canaria,
1977, t. IV, p. 338.
LA CABARA GANADERA INSULAR Y IEEGIONAL EN 1776 Y 1802
Gran Canaria Tenerife La Palma Lanzarote ----
1776 1802 1776 18012 1776 1802 1776 1802
Caballar ............
ndular ...............
Carnellar ............
Asnal ...............
TTacuno. ..............
Chino ...............
Cabrio ...............
I'orcino . . . . . . . . . . . .
Fuerteventura ---- La Gomera El Hierro Archipi&lago
1776 1802 1776 1802 1776 1802 1776 1802
Caballar . . . . . . . . . . . .
Mular ...............
Carnellar . . . . . . . . . .
Asnal ...............
Vacuno.. .............
ovino ...............
Cabrío ...............
Porcino ............
Fuentes: Cfr. cuadro 1. ElaboraciOn propia.
10 ANTONIO M. MAC~AS HERNÁNDEZ
fiscal 16. Sólo en la segunda mitad del siglo XVIII contó entre sus
objetivos, pues interesaba precisar la producción agraria del
reino para poder ((llevar a cabo una política racional de sub-sistencias,
de acuerdo con las posibilidades que ofrecía cada
zona)) 17, máxime en este período, cuando se trataba de poten-cial
el desarrollo del mercado interior con la liberalización
del comercio de granos en 1765. Se solicitaron datos de produc-ción
a las respectivas diócesis y municipios y parece evidente
que la canariense concurrió a tal demanda la. Así, la estadística
agraria de cada localidad de Tenerife del quinquenio 1788- 1792
se elaboró en cumplimiento de la real orden del Consejo de a
Castilla de 1792 19, que encomendó a los Cabildos insulares la N
E reaiización cie un estaáo ae ia proaucción y uemanua de caaa O isla con datos referidos al quinquenio precedentez0c on la fina- ---
lidad de conducir el excedente a la baja Andalucíaz1, disponién- m
O
E
dose además de los resutados medios del citado quinquenio SE
para todo el conjunto regional (cf. cuadro 111). -E
7
l6 En este sentido, las respuestas a los cuestionarios de 1575 y 1578, - -
0
las Relaciones topográficas ordenadas por Felipe 11 o el Catastro de En- m
E
senada no recogen noticia alguna sobre Canarias. No obstante, con res- O
pecto a esta última ausencia debemos señalar que no existía motivo
aparente alguno para incluir al Archipiélago en el Catastro, por cuanto -
E
escapaba a la finalidad impositiva de este último, dado su régimen fiscal
-
a
de excepción dentro de la Corona de Castilla. 2 -
G. ANE~ ALVAREZ: 0 p . cit., p. 60. --
l8 Debemos hacer constar que no hemos realizado una exhaustiva
búsqueda de estas estadísticas en las diversas secciones del Archivo His- 3
O
tdrico Nacional ni en el de Simancas. No obstante, esta labor carece de
intergs, por cuanto su fuente de información no era otra que el diezmo
y teniamos la posibilidad de efectuar directamente su consulta, obte-niendo
el cdmputo total mediante la agregación de los resultados de las
tazmías de cada localidad, dado que, como veremos, no hubo sino una
limitada participación señorial en los diezmos y sobre una localidad en
concreto, mientras que las Casas Mayores Diezmeras fueron adminis-tradas
directamente por la Contaduría Decimal, salvo contados años.
' 9 AR/ZU, Estadísticas agricolas e indz~striales, leg. E-XXIII.
20 G. ANES ALVAREZO:p . Cit., pp. 61-62.
21 A. BE~HENCOUMRATS SIFU:c fAproximación a la economía de las
Islas Canarias)), en Revista de la Universidad Complutense, núm. 112
(19781, PP. 194-196.
278 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
PRODUCCION Y CONSUMO DE VARIAS ISLAS EN 1792 SEGUN
LOS INFORMES DE SUS RESPECTIVOS AYUNTAMIENTOS
Cereales Prod. Consumo Exced. Dkjidt
Gran Canaria ......... T + C 70.653 58.959 11.694 -
La Palma . . . . . . . . . . . . T+C+Cn 44.350 142.252 - 97.902
Tenerife . . . . . . . . . . . . T 89.556 435.000 - 325.444
Fuerteventura ...... T + C 150.000 80.000 70.000 -
Lanzarote . . . . . . . . . . . .T + C 155.461 60.000 95.461 -
La Gomera . . . . . . . . . T+C 13.770 21.196 -- 7.426
T = trigo; C = cebada; Cn = centeno.
Fuente: NAVAY GRIM~NA.,: Obras econdmicas, en prensa.
Como han puesto de reiieve otros autores, resuita dific-1
cuantificar la producción agraria durante la primera mitad del
siglo xrxZ, cuando, por otro lado, el diezmo pierde su repre-sentatividad
como fuente para dicha cuantificación como con-secuencia
de la generalización del fraude y de la resistencia a
su pagozS. Canarias no fue una excepción a este problema. El
denominado Censo de frutos y manufacturas de 1799, con da-tos
a nivel regional, y, sobre todo, la estadística debida a la
labor del comisionado regio F. M. Escolar y Serrano, con
información pormenorizada a nivel local, inicia ciertamente
una nueva singladura en la política del gobierno con respecto
al Archipiélago, por cuanto asistimos a su primera inquietud
" J. FONTANA«:L a crisis agraria de comienzos del XIX y sus reper-cusiones
en España)), en Enrienda Pública Eqnffo!cr, rGm. 55 (l9??3),
pp. 177-190; E. LLOPIS ANGELAN: «Algunas consideraciones sobre la pro-ducción
agraria castellana en los veinticinco Últimos años del Antiguo
Rdgirnen)), Investigaciones Econdmicas, núm. 21 (1983). pp. 135-151.
23 G. ANES ALVAREZ: Op. cit., p. 163; E. CANALES:«L OSd iezmos en su
etapa final)), en G. A m ALVAREZ (ea.): La economla española al final del
Antiguo Régimen. 1. Agricultura, Madrid, 1982, pp. 103-187.
Núm. 32 (1986) 279
por el conocimiento de su realidad econ6micaZ4. Pero, por
desgracia, tal inquietud no tuvo una efectiva continuidad. Todos
los autores posteriores repiten los datos aportados por F. M. Es-colar,
inclusive P. MadozZ5e, mpleados además para los repar-tos
de las contribuciones, siendo esta carencia de información
estadística la causa de la desigualdad tributaria, según F. M. de
León 26.
Quizá en su día se encuentren algunas estadísticas disper-sas
para la primera mitad del siglo entre los fondos del extin-guido
Ministerio de Fomento, pues en los de Hacienda, depo-sitados
en el Archivo Histórico Nacional, no hemos hallado a
N ninguna referencia. No obstante, consideramos su hallazgo muy E
poco probable, a tenor de la autorizada opinión de F. M. de O
n León, uno de los mejores conocedores de la economía canaria -- m
O
E
E
Existen suficientes argumentos para plantear la hipótesis de que 2
E la tarea del comisionado regio tenía relación con una posible modifi- -
caci6n del régimen fiscal privilegiado de que gozaba el Archipiélago. 3
Los años de la elaboración de su estadística coinciden con los de ma- -
yores apuros financieros de la Hacienda; en segundo lugar, el primer -
0
m
responsable de su confección fue el también comisionado J. Antonio Ba- E
ñes, llegado a Ias islas para proceder a la enajenación de los bienes de O
obras pías y hospitales, el cual propuso a la Corona la necesidad de n
contar con una información más exhaustiva sobre la economía isleña y -E
de ahí la labor de F. M. de Escolar. a
25 «SU estadística (la de F. M. Escolar), aunque imperfecta, es la iuii- 2
n
ca que tenemos porque, aunque recientemente el traductor de la de n
Moreau de Jonnés, Don Pascua1 Madoz e Ibafies. ha publicado algunas 3
noticias estadísticas de Canarias, éstas o son en su fondo las mismas O
que las de Escolar o en lo que no lo son están inexactas y equivocadas;
por lo que ni las autoridades de provincias ni el Gobierno tienen los da-tos
precisos para dictar medidas útiles. Repitense a cada paso las 6rdenes
para que se forme, pero los años pasan y son tan desconocidos los recur-sos,
la riqueza y hasta el número de habitantes de las islas a sus mismos
naturales; como podían serlos los de la región más apartada; siendo con.
secuencia necesaria de esta falta el que, repartidas las contribuciones
con arreglo a la estadística de Escolar, no rectificada en más de 30 años,
la desigualdad y la injusticia acompañan siempre a todo repartimiento)),
F. M. DE LE~N: Historia de las Islas Canarias, Santa Cruz de Tenerife,
1966, p. 62.
26 P. ~ O ZDic:cio nario Geogrdfico, Estadístico e Histdrico de Es-pafia
y sus posesiones de ultramar, Madrid, 1850, t. V, p. 423.
280 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL DIEZMO EN LA DI~CESIS CANARIENSE 13
de este período, diputado de su Junta Provincial de Agricul-tura
en 1848 y realizador de varios trabajos estadísticos e
informes sobre este ramo 27. En este sentido, F. M. de León
ejemplifica la existencia ahora de una viva inquietud entre la
clase propietaria insular por el conocimiento de su realidad
agraria. J. B. Bandini, responsable de la cátedra de agricultura
de la Sociedad Económica de Las Palmas, cuantifica en sus
Lecciones elementales la producción agraria de cada isla
en 1813 con la finalidad de mostrar su grado de desarrollo
(cf. cuadro 1); por las mismas fechas se elaboraron otras esta-dísticas
con idéntico objetivo aunque solamente disponemos
de la presentada al nuevo comisionado regio en 1830, con infor-mscidn
g-I;l'hlliili.a nivel in--&y a part.ir Ins &&' ; t ,fine-l
último quinquenio (cf. cuadro I), y una muy fragmentaria
para 183629.
La calidad de la información estadística citada depende del
rigor en su elaboración y del grado de fiabilidad de la fuente
cmcii!tada. Y, evidentemente, par% e! periede mterior a 183?,
ésta no era otra que el diezmo, lo cual, debido al particular sis-tema
administrativo de la hacienda decimal, introducía ya un
cierto margen de error en la cuantificación de determinadas
producciones. Como veremos mas adelante, el diezmo de los
cereales, a excepción del millo, era percibido directamente en
especie, mientras que el resto de la materia diezmable se arren-
27 Entre sus numerosos trabajos destacamos: Apuntes extractados
de Ea Estadistica de las Islas Canarias que en el año de 1807 formd el
Dr. D. Francisco Maria de Escolar y Serrano, Biblioteca Municipal de
Santa Cruz de Tenerife; ({Informe de la Junta de Agricultura sobre va-rios
particulares relativos al estado de este importante ramo en la pro-vincia)),
~ o i e t i nd el Ministerio de Fomento, 1852.
as Uno de los diputados doceafiistas canarios y posterior partidario
del absolutismo, Fernando de Llarena y Franchy (1779-18611, fue autor
de una Estadistica sobre las Islas Canarias: manuscrito que no ha lle-gado
a nosotros según indica M. GGIMERÁ PERAZAL:O S diputados doce-añistas
canarios, Santa Cruz de Tenerife, 1967, pp. 18-20. De igual modo,
en el archivo del conde de Sietefuentes se conserva un legado de apuntes
estadísticos de estas fechas, desconoci6ndose no obstante su autor.
29 BIBLIOTECMAU NICIPADLE SANTAC RUZD E -RIFE, FO? Z ~OMS anus-critos.
daba en pública subasta, cobrándose en dinero. Por tanto, para
conocer el volumen de la producción en un año determinado
era preciso consultar dos tipos de fuentes: los libros de taz-mías
de cada localidad y los de arrendamientos. Los datos re-cogidos
en los primeros reflejaban claramente la producción
computada en especie y todo error dependía de un posible
fraude en el diezmo y/o en los autores de la estadística. No
ocurría así con respecto a los diezmos nominales; era nece-sario,
por una parte, su deflación, lo cual planteaba el proble-ma
de la elección de una correcta serie de precios, solución no
siempre factible, y, por otra, el valor deflactado permitía úni- a
camente una aproximación a la producción, puesto que entre N
E ei aiezmo nominai y ei reai existía una diferencia que se corres- O
pondía con el beneficio de los diezmeros. Y, evidentemente, se n -
=m
podía solucionar uno y otro inconveniente solicitando informa- O
E
ción a estos últimos, pero entonces la validez del cómputo E
2
dependia de su interés por revelar la cuantía real de la cose- E
=
cha que habían rematado. Todas estas dificultades contribuyen 3
a explicar el redondeo existente en las cifras de los diezmos -- 0 arrendados, sobre todo en 12 estadística de 1776 30, el cual no m
E
se contempla en las relativas a los cereales. O
No obstante, un detenido examen de las diversas referen- n
cias aportadas por los diezmeros permitían sin duda una apro- a-E
ximación bastante razonable sobre el nivel de la producción
nl agraria. En realidad, la fiabilidad de las citadas estadísticas n
0
dependía sobre todo de la finalidad perseguida por los encar- 3
gados de su confección. Con las tazmías de la primera mitad O
del siglo XVI relativas a la producción cerealista de Tenerife se
intentaba mostrar la existencia de un excedente para poder
de este modo hacer efectiva la autorización regia de extraer
Eh el caso de la producción de papas, este redondeo de las cifras
por el motivo indicado, entre otros, era m& acusado que lo expuesto
en el cuadro, dado que hemos transformado las fanegas originales en
quintales con el fin de homogeneizar los datos. En fanegas, la produc-ción
de cada isla era la siguiente: Gran Canaria, 60.000; Tenerife, 200.000;
La Palma, 20.000; Lanzarote, 4.000; Fuerteventura, 800; La Gomera, 1.200;
E1 Hierro, 600.
282 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
hasta los dos tercios del pan31, mientras que en el caso de
Fuerteventura se trataba de evitar la extracción para las islas
vecinas en función de su grave crisis de subproducción. Pero
se dio también la manipulación de la información con el claro
propdsito de evitar la extracción de los granos de las islas o
de favorecer a una de ellas, convirtiéndola en deficitaria para
exigir de las demás un tratamiento preferente en su abasteci-miento,
como sucedió en las propias tazmías citadas e, in-cluso,
en la estadística sobre la producción cerealista regio-nal
remitida al Consejo en 1792 32. Finalmente, en el caso de
que el año agrícola no fuera excesivamente diferente de los
anteriores, se repetían las cifras o con ligeros retoques. Todos
los autores cifran la producción vitícola de Tenerife durante
buena parte del siglo XVIII en una media de 20.000 pipas, re-cogida
incluso por la estadística del marqués de Tabalosos,
cuando lo que realmente caracterizó a su viticultura en esta
centuria fue una continua inestabilidad productiva en función
de la considerable pérdida de si-is mercados exteriores 33, Igual
ocurrió con los datos de los años 1788-1792 para Tenerife, en
los que sólo el primer año y el último difieren.
La escasa validez del Censo de frutos y manufacturas de 1799
ya ha sido puesta de relieve 34 y, en nuestro caso, la proximi-dad
de la estadística debida a F. M. de Escolar para 1802, rea-lizada
sobre una base quinquenal, permite prescindir de los
datos del ((censo))A. demás, su valoración de la riqueza agrícola
y pecuaria, en 87.977.941 reales de vellón, contrasta con la ofre-cida
por F. M. de León a partir de los datos de F. M. Escolar,
cifrad^ eri 12?.!2.!X.582 resles de ie!!Sn3'. C=mparsndc !as par-
31 E. AZNAR VALLEJO: La integracidn de las Islas Canarias en la Corona
de Castiliu (1478-1520), Santa Cruz de Tenerife, 1983, pp. 252-253.
A. BETHENCOUMRATS SIEUA: rt. cit., pp. 194.197.
La mayor parte de los datos aportados por los coetáneos sobre la
producción vitícola se encuentran recogidos por A. LORENZOC ÁCERES:
Mdvasia y Falstaff. Los vinos de Canarias, La Laguna, 1941, pp. 21-22.
34 J. FONTANA((:E l censo de frutos y manufacturas de 1799: un análi-sis
crítico», Moneda y Crédito, núm. 101 (1967), pp. 54-68.
35 Esta cifra ha sido elaborada por nosotros, eliminando aquellos
productos no directamente vinculados al sector agrario, como el valor
be la producción forestaI. Cf. cuadro XIX.
Núm. 32 (1986) 283
tidas integrantes de ambas estadisticas se comprueba que el
{{censo)n) o recogió muchos productos e infravaloró otros, como
la barrilla 36.
Pero tampoco los datos de F. M. Escolar están exentos de
dificultades. En primer lugar, debemos precisar su carácter
incompleto; su autor elaboró los datos de las islas de señorío
y de La Palma, pero no así los referidos a Gran Canaria y me-nos
aún a Tenerife, de donde ni siquiera llegó a disponer de
toda la información requerida. Esta deficiencia puede obviarse,
no obstante, consultando la copia y reelaboracidn de la citada
información realizada por F. M. de Le6ns7. En segundo lugar, a
sus cifras pecan por defecto, pues ya por estas fechas la base N
de S-! cÍi!cu!n, el diezmo, no es rqr~sentativod el producto bm- O
to agrícola y pecuario como en épocas anteriores, aquejado por - -- m una mayor dimensión del fraude, según veremos más adelante, O E
lo cual, admitido por los propios redactores de la estadística, E
2
exigió el concurso de información adicional para su correcta -E
e18ber8ciSn. Por c!ti=e, estu estudistics? ~frecv hfnnnx!idn 3
sobre otros importantes aspectos, tales como los rendimientos --
0 de las tierras y su precio, gastos de cultivo, regímenes de ex- m
E
plotación, etc.; pero no existe uniformidad en los datos a nivel O
local, siendo en la mayoría de los casos de carácter cuali- -
tativo. -E
a Examinemos ahora la realidad agraria que reflejan las esta- l
dísticas citadas, comenzando primeramente por sefialar la cuan- --
tía de la demanda a partir de los datos poblacionales disponi-
3 bles, no exentos tampoco de dificultades (cf. cuadro IV). El O
pcüeatu 62 1776 y 31 ~~~~ & 1802 sor, inc=rr&cs p=r &+
fecto y por exceso, respectivamente, lo cual da como resultado
tasas anuales de crecimiento acumulativo superiores al 0,6
por 100, difícilmente admisibles para el momento, máxime
.c-ua ndo se alude a la incidencia de la emigración, revelada en La-- ---- ^I:--^ la La- Iiegauvo Ue Teiieris eiitrs 1776 y 1787, si bkn cabe
36 Así, valora esta en 2.985 libras cuando en 1802 Lamarote y Fuer-teventura
producían 74.591 quintales. Cf. Estadistica de Escolar, t. 111,
pp. 588-589.
37 Cf. nota 27.
284 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CUADROIV
EVOLUCION' DE LA POBLACION REGIONAL E 1NSUI';AR Y TASAS ANUALES DE CRECIMIENTO
ACXJMUL ATIVO ( O/o )
-
1776 1787 1802 1833 --
Po bl. Pobl. Tasa Pobl. Tasa Pobl. Tasa -- -
Gran Canariia . . . . . . . . . . . . 41.841 48.943
Tenerife .................. 62.952 61.432
La Palma . . . . . . . . . . . . . . . 20.108 23.723
Lanzarote .................. 7.836 12:.778
Fuerteventura . . . . . . . . . . . . 8.467 l(l~708
La Gomera ............... 6.785 6i.944
El Hierro . . . . . . . . . . . . . . . 4.037 3; .800
ARCHIPIELAGO . . . . . . . . . 152.026 168;.328
argumentar la existencia de reajustes poblacionales al interior
del Archipiélago. No obstante, el hecho evidente es que a
pesar de esa emigración se produjo un indiscutible crecimiento
demográfico entre 1776 y 1835, el cual debió a su vez presionar
sobre la asignación de los factores productivos con objeto de
asegurar su capacidad reproductiva, ya mediante la obtención
de un producto mercancía capaz de sufragar las importaciones
de subsistencias y bienes manufacturados, ya produciendo la
propia economía isleña esta oferta.
La primera estrategia se concretó en la producción vitícola
y desde la década de 1790 se le unió la barrilla. Ahora bien, las
estadísticas citadas no indican la proporción de factores pro-ductivos
dedicados a estos cultlvos %. Únicamente pociemos
admitir que hubo una limitada expansión de la viticultura en-tre
1776 y 1802, superándose así la tendencia claramente de-presiva
del período anterior. Pero seria también necesario
precisar la cronología exacta de este cambio, por cuanto todos
los testimonios de carácter cualitativo y en menor medida
cuantitativo disponibles insisten en el nulo estímulo generado
por el libre comercio con la América hispana, uno de los mer-cados
de la viticultura isleña 39. Probablemente, y a la vista de
estas fuentes, pueda fecharse el inicio de la nueva coyuntura a
partir de 1795 y hasta 1814, a tenor de los precios del vino,
manteniéndose luego el nivel de producción hasta 1830 ' O . El
excedente destinado al mercado exterior debió reducirse con-siderando
el aumento del consumo interior como consecuencia
del incremento demográfico: la producción de vino per capita
disminuyó aproximadamente en un 20 por 100 entre 1800
y 1830 41.
El aumento en casi un 200 por 100 de la producción de los
cultivos nuevos, millo y papas, entre 1776 y 1802 revela que la
38 Solamente la de 1802; pero su autor la estimó a partir de los ren-dimientos
medios de cada producto.
39 A. M.M AC~AHS ERN~DE«ZL:O S efectos del libre comercio sobre Ia
economía canaria (17651824)», en prensa.
* A. M. MACÍAS HERNÁNDEZ: ((Canarias en la Edad Moderna)), p. 320.
l En 1776 ascendía a 1,06 hectolitros por habitante y año; 1,07, en 1802,
y 0,87, en 1830.
286 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
estrategia adoptada se basó esencialmente en una mayor explo-tación
de los recursos disponibles, tanto de forma extensiva
como intensiva. Asistimos, por una parte, al retroceso y pos-terior
estancamiento de la producción cerealista, si bien mati-zada:
mientras la cosecha de trigo decreció en un 13,5 por 100
entre 1776 y 1802, recuperándose luego en 1830, los cereales
inferiores experimentaron un decremento del 8,2 por 100. Con-siderando
entonces que hubo un aumento de la superficie cul-tivada
durante este período y que parece probable que a nivel
del conjunto regional no se produjera un incremento del mismo
signo en la cabaña ganadera sino, por el contrario, su reduc-ción,
dado el retroceso de los pastizales (problema, sin embargo,
difíciimente mensurable por ia precaria caiiaau ue ios recuen-tos
ganaderos, con datos enormemente contradictorios: cf. cua-dro
II), siendo, por otro lado, el principal protagonista de esta
ampliacidn del terrazgo el cereal ", cabe plantear que su pro-ducción
se vio afectada por un retroceso de los rendimientos
en virtud de una ocupación de tierras progresivamente más
marginales, proceso solamente factible con motivo de una ten-dencia
alcista de los precios del grano. Esta última actuó has-ta
1814, para cambiar de signo posteriormente, lo cual debió
originar un retroceso de la superficie cultivada, singularmente
de la destinada a los cereales inferiores, quienes ocupaban los
peores suelos; mientras, cabe pensar que las mejores cotizacio-nes
relativas al trigo determinaron la inclinación de los produc-tores
hacia este cereal a la hora de decidir sus sementeras.
Con todo, los cultivos nuevos fueron los que mejor sinte-tizan
esta evolución agraria, coincidiendo, por una parte, con
una tendencia general, más destacada en algunas regiones como
41 A. M. MACÍAS HERNÁNDEZ: «El motín de 1777. Su significación
socioeconómica en la comarca S.W. de Gran Canaria)), AEA, núm. 23
(1977), pp. 263-345; A. BE~ENCOUMRATSS IEUy A. M. ~ ~ C Í AHESR NÁNDEZ:
«Expansión del cultivo y conflictos sociales en Gran Canaria en el trán-sito
del Antiguo al Nuevo Régimen: una aproximación histórica)), en
Historiu General de las Islas Canarias, Las Palmas de Gran Canaria,
1977, t. IV, pp. 237-249; V. SUÁREZ GRIM~N{:t Propios y realengos en Gran
Canaria en el siglo XVIII))e,n IZI CHCA, Salamanca, 1982, t. 1, pp. 175290.
20 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
Galicia 43, mientras que la producción de papas coloca al Ar-chipiélago
entre las primeras del país 44, y, por otra, presentando
una clara geografía en su expansión, lo cual expresa a su vez
el alcance espacial de los procesos de intensificación agraria.
A grandes rasgos, merece destacarse la preferencia por el cul-tivo
del mil10 en Gran Canaria, sin olvidar la expansión del
tubérculo, cuya producción se duplicó entre 1776 y 1830, lo cual
supone un aumento del mismo signo en la superficie irrigada
o bien un desplazamiento de otros cultivos bajo riego, como
el trigo, factores evidentemente no excluyentes 45. Por su par-te,
el productor tinerfeño mostró una mayor inclinación por
las papas, intercalando su plantío en medio de las largas hile-ras
de cepas de vidueño en las terrazas de medianías de barlo-vento.
En La Palma, La Gomera y El Hierro los incrementos
experimentados por los cultivos nuevos fueron aún superiores,
probablemente por el hecho de que ocupaban una parte muy
limitada del terrazgo en 1776 o porque su cuantificación en
este año es poco fiable, dado que sus diezmos se presentaban
agregados al de otros productos Pero donde el proceso inten-sificador
generado por ambos cultivos alcanzó mayor signifi-cación
fue en las islas de Lamarote y Fuerteventura, caracte-rizadas
por su elevada aridez e inestable régimen pluviométrico.
Estamos aquí en presencia, por consiguiente, de un importante
desarrollo de las técnicas agrícolas encaminadas a optimizar el
recurso hídrico, es decir, de las ((gaviasn y (tenarenados))41 .
Ahora bien, examinada la tendencia de la producción agra-ria
en su conjunto, es preciso ponderarla, por cuanto otros in-dicadores,
singularmente el poblacional y demográfico, revelan
M. X. RODRÍGUGEAZL DOy F. DOPICO(:( NOVOcSu ltivos e agricuitura
tradicional: a patata en Galicia nos séculos XVIII y XIXN, en Revista Ga-iega
de Estudios Agrarios, núm. 3 (19801, pp. 11-36.
Aceptando, por supuesto, las producciones de este tubérculo en 1818
a nivel provincial expuestas por G. ANES ALVAREOZp:. cit., p. 150.
A. M. E ~ C O U R~VT~A SSIE«CUo: lonización interior del S.W. de
Gran Canaria a fines del siglo XVIIIIe),n Estudios de Historia Moderna
y Cmtempnr~neaW. Bmennje i- J . Pi-odz, IMadriQ, 192'8, pp. 185202.
Cf. infra.
'7 A. M. MAGIAS HERNÁNDEZT:e sis doctoral inédita, t. V, capítulo VII.
288 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
que después de 1830 la economía regional atravesó una pro-funda
crisis. La diáspora contemporánea se inició en estos años
y las crisis de mortalidad aumentaron en frecuencia e inten-
~ i d a d ' ~al, tiempo que el análisis de la etiología de la muerte
indica la existencia de una población cuya dieta se caracteri-zaba
por un bajo nivel proteínico ", resultado indudable del
mayor consumo de millo y sobre todo de papas, lo cual se
ajusta al citado incremento de la producción de estos cultivos.
Por otro lado, muchos interrogantes quedan sin respuesta, no
solamente por lo que. respecta a este período, sino a toda la
etapa anterior. Debemos conocer la evolución y fluctuaciones
de la producción de subsistencias para precisar el alcance co- marcal local de las cr.i s.i s agrsYi .ias &eeto~s ebre
la demografía, máxime cuando estamos en presencia de una
realidad agraria no uniforme por las específicas características
de cada espacio insular. Debemos también conocer la evolución
y fluctuaciones de la producción vitícola, principal producto
de intercambio exterior en este período, con objeto de valorar
mejor la capacidad mostrada por la economía regional para
cubrir mediante ese intercambio su demanda de bienes manu-facturad.
os, considerando que secularmente carecía de un ar-tesanado
significativo. Todo ello no es posible sin recurrir a
un examen de las series decimales.
2. LAS CARACTER~STICAS DEL DIEZMO EN CANARIAS
Nuestro propósito no consiste en un examen de la institu-ción
decimal en toda su complejidad, sino de aquellas cuestio-nes
que incidan en su grado de fiabilidad como fuente para el
estudio de la producción agraria. En este sentido, interesa pre-cisar,
en primer lugar, la naturaleza de los perceptores de diez-mos
con objeto de determinar el ámbito territorial cubierto
por la administración eclesiástica. Luego analizaremos la pro-porcionalidad
del tributo con respecto al producto bruto
48 Zbid., t. 111, capítulo VI.
49 Zbid., capitulo V.
Núm. 32 (1986)
agrícola y pecuario, intentando aclarar si alcanzó también a la
producción manufacturera, la virtual existencia de productos
o heredades exentas de manera temporal o definitiva a su
pago y su complejo sistema administrativo. En tercer lugar,
las características de los dos sistemas básicos de percepción
de la renta por el Cabildo Catedralicio y las posibles alteracio-nes
sufridas en este aspecto en función de la dinámica econó-mica
regional, sobre todo las posibles modificaciones en la
geografía decimal y en el contenido de la materia a diezmar.
Finalmente, abordaremos el grado de representatividad del
diezmo como índice de la evolución y cuantía del producto
bruto agrícola.
2.1. La naturaleza juridica de los perceptores
Ni el neto carácter feudal presentado por la primera fase
de conquista del Archipiélago canario, materializada en el esta-blecimiento
de un régimen señorial en las islas de Lanzarote,
Fuerteventura, La Gomera y El Hierro en la primera mitad del
siglo xv, así como tampoco la designación de ((regio patronato))
de la diócesis canariense por bula de 1486 'O, determinaron una
apropiación señorial de la renta decimal, ya mediante el citado
proceso de conquista, ya en virtud de las ventas de jurisdiccio-nes
y vasallos de mediados del XVII -a pesar de que también
en Canarias se dieron tales enajenaciones 51-, ya en fin por la
vía empleada por los señores en algunos lugares de la diócesis
granadina, igualmente de «regio patronatos
J. PERAZDAE A YALA:A rt. cit., pp. 168-170.
5l La Corona enajend en 1664 los lugares de Adeje y Valle de San-tiago,
en Tenerife, y de Argual y Tazacorte, en La Palma, si bien estas
dos últimas lograron su reincorporación al realengo. Cf. J. RÉGULO PÉ-
REZ: ((Venta de los lugares de Argual y Tazacorte durante el reinado de
Felipe IVn, en Homenaje a Serra Rdfols, La Laguna, 1970, t. 111, pp. 191-208,
51 Aquf, por el carácter de regio patronato, la edificación de las igle
sias y el sostenimiento de sus fábricas correspondía a la Corona; pero la
penuria de recursos de esta ultima, sobre todo para afrontar esta respon-sabilidad
en lugares de repoblacidn, dio lugar a que los señores la su-
290 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
Esta tesis no supone negar la existencia de un interés se-ñorial
por la apropiación de los diezmos percibidos en su terri-torio.
Lejos de reservarse al menos una participación en la
masa decimal, el normando J. de Bethencourt instituyó la ren-ta
como derecho a percibir Únicamente por el clero 53. NO obs-tante,
sus inmediatos sucesores y sus vasallos debieron mos-trarse
disconformes con esta decisión, por cuanto en fecha aun
imprecisa hubo de intervenir el papa Eugenio IV para dicta-minar
que los diezmos fuesen abonados conforme a la loable
costumbre de los demás pueblos cristianos, señaladamente los
de Sevilla y Cádizn 54. Ahora bien, no acabó aquí el litigio. Diego
de Herrera y su mujer, Inés Peraza, celosos en la defensa de
sus derechos, exigieron del clero el pago de los de quintos, de
los yerbajes consumidos por sus ganados, al tiempo que se
negaban, junto con sus vasallos, a diezmar por aquellos pro-ductos
que no eran resultado de la industria, tales como la
orchilla, sangre de drago y conchas marinas 55.
El conflicto llegó hasta las instancias espiritual y tempo-ral,
con resoluciones por consiguiente contrapuestas. Mientras
la diócesis canariense recurría al metropolitano de Sevilla, del
cual dependía 56, y a1 papado, con sentencias favorables de Six-to
IV en 1480 e Inocencio 111 en 12 de septiembre de 148457,
D. de Herrera acudía a la Corona, la cual en este mismo mes
mieran, previo acuerdo económico con la Corona, mediante la percepción
de los diezmos. Cf. C. HERIVIIAN{N(P: atronage Roya1 et Climas: 1'6quit6
décimale de Granade de 1757», Mélanges de la Casa de Velázquez, vol. XI,
1975, PP. 253-279.
53 Aunque en un primer momento determinó que se contribuyera so-lamente
con la trigdsima parte de los frutos hasta tanto no hubiera obis-po.
Cf. Le Canarien, La Laguna, 1960, p. 321. Texto de Juan V.
"j. VIERA Y CLAVIJON: oticias de la Historia General d e las Islas Ca-narias,
Santa Cruz de Tenerife, 1967, t. 1, pp. 556-557.
Zbld., p. 557.
Ibid., PP. 557-559.
Publicada esta Última por G. CHIL Y NARANJOE:st udios histdricos,
climatoldgicos y patoiógicos de las Islas Canarias, Las Palmas de Gran
Canaria, 1874-1879, t. 111, pp. 250-254.
Núm. 32 (19861 291
24 ANTONIO M. M.~CÍAHESR NÁNDEZ
dictaminaba en su provecho 53, pudiéndose quizá interpretar
esta intervención regia como una clara defensa de su regalismo.
En todo caso, éste quedó expresamente recogido en bula de
diciembre de 1486 ",viéndose finalmente obligado el clero a
dirigirse a la Corona en 1487, cccuyo paso era a la verdad el que
debía haber dado))". Entre tanto, se habia producido, según
declaración del obispo, a la sazón don Juan de Frias, una apro-piación
señorial de los diezmos 61. La decisión de la Corona en
julio de 1487 resolvió el litigio: el clero debía pagar los dere-chos
de quintos, al tiempo que se les devolvía íntegramente su
renta decimal 62. a
En definitiva, no hubo una apropiación señorial del diezmo N
E
en la diócesis canariense y, por consiguiente, desde el punto O
de vista que aquí nos concierne, ningún espacio productivo n -
=m
quedó al margen de la cobranza y administración de sus diez- O
E
mos por su Cabildo Catedralicio. No obstante, hubo una sola E
2
E
=
58 E. AZNAR VALLEJOD: ocumentos canarios en el Registro del Sello 3
-
(1476-1517), La Laguna, 1981, doc. núm. 102, p. 25. No obstante, la síntesis -
0m
de la cédula real no se ajusta estrictamente a su contenido, el cual, reco- E
gido en sus líneas principales por Viera y Clavijo, constituye un alegato O
en defensa del regalismo regio: se ordenaba al obispo que observase a la
n letra el tenor de la bula de Eugenio IV y no percibiese diezmo de la or- -E
chilla, sangre de drago, conchas, etc., y que contribuyese con los derechos a
de quintos y herbajes debidos a los señores del territorio; todo bajo la 2
n
pena de perder la naturaleza y femporalidades que tuviese en sus rei- o
nos, estando como estaban los soberanos en plena posesión de alzar cua- 3
lesquiera fuerzas que intentasen los jueces eclesiásticos. Cf. J. VIERA Y O
CLAVIJOO: p. cit., t. 1. p. 558.
Publicada por J. PERAZA DE AYALA: Art. cit., pp. 170-173.
Ibid., p. 559.
Ibid. Desconocemos si esta afirmacion del obispo era real. En todo
caso, con anterioridad a 1485 la Corona habia intervenido también sobre
esta materia. según veremos más adelante. confirmando los derechos de
quintos de los señores, al tiempo que la pertenencia de los diezmos
al clero.
Ibíd. E. AZNAR VALLETOOp: . cit., doc. 117, p. 28. No obstante, si
bien resolvióse el conflicto entre el clero y los señores, se levantaría otro
con la Corona a propdsito de la orchilla, liquen tintóreo de muy apre-ciado
valor, el cual llegaría incluso hasta fines del siglo XVIII. V6ase
nota 63.
292 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
excepción, la relativa al señorío del lugar de Agüimes (Gran
Canaria), concedido por la Corona a la mitra canaria en 1491
en compensación por su intervención en la conquista de la
isla'j3. Sus diezmos eran cobrados íntegramente por el prelado
que regentase la diócesis, según concesión efectuada por su
primer sínodo y no en virtud de privilegio real 'j4.
El singular origen jurídico de esta concesión tiene un im-portante
significado. Permite comprobar la errónea postura
de determinados fiscales de la Audiencia de Canarias, celosos
defensores del regalismo y de las rentas reales, quienes sostu-vieron
hasta fines del siglo XVIII el derecho que asistía a la
Corona para cobrar las tercias reales en las islas de señorío,
especialmente de la ((orchilla»6 5. Basaban sus alegatos en la
bula de 16 de noviembre de 1501, por la que se concedía el
disfrute de las tercias decimales a la Corona6" considerando
que los diezmos quedaban incluidos en la concesión de ((regio
patronato)). Como también la del sínodo convocado en 1733
por el obispo P. Dávila y Cárdenas, rnencinnanrtc? esta preten-dida
donación a la Corona, si bien afirmando que esta última
los cedió a su vez a la diócesis canariense 67. Si, tal como adu-cían
los fiscales, era evidente que la Corona tenía capacidad
63 Ibid., doc. 286, p. 59.
64 En efecto, la citada concesión del señorío no alude para nada a
los diezmos, mientras que se recoge expresamente en la Constitución
del indicado sínodo: «Otrosí constituimos e ordenamos, que en todos
los términos que fueren de la mesa Obispal todo el diezmo predial sea
del dicho Obispo)), Constituciones Sinodales del Obispo Muros en 1497,
publicadas por J . M. ZUAZNAVAPR FRANCIA: Compendio de la historia de
Canarias, Madrid, 1816, reed., Santa Cruz de Tenerife, 1863, p. 131.
El primer litigio conocido se inició en 1604, con resolución favo-rable
al clero en 1627. C f . Manifiesto legal de la Justicia que asiste al
Rev. Obispo y Cabildo de la Santa Iglesia de Canarias para que se le ab-suelva
de la demanda que se le puso en el Real Consejo de Hacienda por
el Sr. fiscal D. Juan Antonio Albalá sobre el pago a la Real Hacienda de
las tercias del diezmo de la yerba orchilla en todas las siete islas de aque-lla
Diócesis. Madrid, 1792.
Publicada por J. PERAZA DE AYALA: Art. cit., p. 174.
P. DÁVILA Y CÁRDENAS: Constituciones y nuevas adiciones synodales
del obispado de las Canarias, Madrid, 1737, p. 347.
Num. 32 (1986j 293
26- ANTONIO M. MAC~AS HERNANDEZ
jurídica para exigir el cobro de las tercias decimales con ante-rioridad
a su donación por bula de 1501 -la cual, en realidad,
Únicamente suponía la confirmación de dicha capacidad-, lo
cierto era que en fecha anterior a 1485, coincidiendo con el
citado pleito entre los señores y el clero, la propia Corona había
hecho dejación de su derecho a la percepción de las tercias en
las islas de señorío 68. Finalmente, se carece por el momento
de prueba documental que avale la donación de los diezmos
a la Corona, no constando la misma en los primeros estatutos
de la diócesis ni en sus primeras disposiciones en materia de-cimal,
así como tampoco en la citada bula. Probablemente, como
señala J. Peraza de Ayala, «se trate de una confusión de lo ocu-rrido
con respecto a Indiasa6', en donde los diezmos sí habían
sido donados a la Corona por bula de igual fecha 70. En defini-tiva,
y como en otras provincias de Castilla, la Corona sólo par-ticipó
en los diezmos de las islas realengas mediante la percep-ción
de sus tercias reales, gracia del excusado y noveno.
2.2. Proporcionalidad y sistema administrativo
Contrariamente a lo ocurrido en otras diócesis, en las que
el diezmo era una proporción variable del producto bruto-agrícola
y pecuario, dependiendo de la diversidad de sus co-marcas
y clases de cultivo y
durante el período de vigencia
sufriendo incluso alteraciones
de la renta 1 1 , en la canariense,
- - -
m J. VIERAY CLAVIJOO: p. cit., t.
Art. cit., p. 122.
1, pp. 559-560.
m En efecto, esta bula de Alejandro VI lleva también fecha de 16 de
noviembre de 1501. Si a ello sumamos que fue la primera declaración
papa1 concediendo el «regio patronato)) indiano, cabe plantear' que se
trató de un reforzamiento de este privilegio por parte de 10s Reyes Ca-tólicos,
probablemente inalcanzable en su idéntico contenido y en fecha
anterior en el caso de los diezmos de las islas, dadas las circunstancias
propias de la Corona de Castilla y de aquhllas, con fuertes divergencias
en su proceso de conquista y colonización.
El caso valenciano es el más representativo de estas mutaciones.
Cf. A. ~OBTRE: ((La recolección de diezmos en la diócesis valenciana se-
294 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
con excepción de los azúcaresn, fue siempre el 10 por 100 de
todo producto agrícola o pecuario. Así quedó expresado en sus
primeras constituciones sinodales, dictadas por el obispo D. Mu-ros
en 1497, y en todas las disposiciones posteriore~'~e,m ana-das
a medida que se hacía preciso combatir el fraude y más
complejo el sistema administrativo decimal, en funci6n de la
incorporación de nuevos diezmos y ampliación del área culti-vada,
El sector artesanal y las pesquerías quedaron exentos
del diezmo por disposición de la Corona en 1517 con objeto
de favorecer el proceso repoblador y colonizador, coincidiendo
en este aspecto con otros privilegios fiscales otorgados con
idéntica finalidadT4N. o obstante, la «tejar>p agó su correspon-diente
diezmo hasta fines de! sigk h;;, 10 ~ ü z a! feetab8 21 sector
constructivo urbano, y hubo intento de gravar la artesanía
sedera 75.
El producto diezmable era percibido enteramente en espe-cie
por sus cogedores, diezmeros o arrendadores, ya sea en la
er8, Ya eii la viea del :Ugai- 18, pUdi&duse scrlamente
en dinero la renta denominada «huertas y pollos)), la cual aglu-tinaba
una compleja multitud de diezmos menores 77. Debía ser
gún la encuesta capitular de 1758», Actas del I Congreso de Historia del
Pais Valenciano, 1976, vol. 111, pp. 631-642.
Cf. infra.
l3 Constituciones Sinodales del obispo D. Muros (1497); C. CÁMARA Y
MURGAC:o nstituciones Sinodales del Obispado de Canarias, su primera
fundacidn y trasiacddn, vidas de sus obispos y breve reliicidn de aquellas
Islas, Madrid, 1634.
74 E. AZXAPI VALYUO:O p. cit., p. 11; id.: E = c u ~ ~ x ~cGa ns x i ~.s.. , ;i;;-
mero 1.191, p. 243.
75 M. LOBO CABRERA: ((La seda en Gran Canaria. Siglo XVI)), AEA, nú-mero
26 (19801, pp. 549-561.
7G «Otrosí ninguno saque todo lo que hubiera de dezmar de la era
para llevarlo a su casa ni a otra parte sin estar presente el cura, tercero
9 c~gtxhr ,s era qüe Uispmen !as leyes Realesii; lo mismo ~ ü e i k
como de los panes se deve el diezmo así de los frutos de las viñas de
diez uno, sin sacar costas algunas; y porque semejantes diezmos se
suelen pagar en tres maneras, o en uba, o en mosto, o en vino ya hecho,
S. S. A. mandamos que en todo nuestro Obispado se guarde la costum-bre
», C. CÁMARA Y MURGA: Op. cit.. p. 233.
Ibid., p. 232: «ordenamos y mandamos ... se pague diezmo entera-
28 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
abonado por los productores directos o propietarios en el mis-mo
lugar donde tuvieran la heredad yjo donde fueren vecinos
en el caso de los diezmos mixtos Finalmente, no hubo nin-gún
espacio productivo ni propiedad exenta de su pago 70; úni-camente
cabe aludir al privilegio otorgado a los labradores
pobres agraciados con los repartimientos ilustrados, pero tal
gracia, por su reducida extensión y la corta duración de la
excepción al pago del diezmo, limitaban el alcance de su inci-dencia
sobre la representatividad de este ultimo como medida
del producto bruto agrícola Ig bis.
El sistema administrativo presentó tres características fun- a N
damentales desde el punto de vista que aquí nos ocupa. Al igual E
que en otros obispados de Castilla80, la gestión y repartimiento O n - de la masa decimal entre sus diferentes partícipes correspon- =m
O
día a la mitra, la cual, y mediante ctconcordian, delegaba esta EE
doble función en los miembros de su Cabildo Catedralicio. 2
E
Ahora bien, es interesante subrayar, por cuanto supone la eli- =
minación de toda posible fricción entre ambas jurisdicciones 3
-
en torno al diezmo y, por consiguiente, de cualquier amenaza -
0m
a su representatividad, que tal delegación no fue por «concor- E
mente de todo el pan, trigo, cebada, mijo, y otras cosas que se cogieren
y sembraren en los cercados y Huertas de junto a los Lugares y Casas,
como de todo lo que se coge en los campos y heredades: y si algo se hu-viere
vendido en verde, paguen de Diezmo lo que huvieren concertado,
declarando primero lo que han sacado de los dichos verdes)).
((Otrosí constituimos e ordenamos que en todas Ias Iglesias, así
catedral como parrochiales de todas las islas del ... Obispado, todos los
diezmos prediales se hayan de diezmar en la Iglesia en cuyo termino e
sitio se cogen los dichos diezmos, e todos los diezmos personales o mis-tos,
como son ganados mayores o menores, mansos e bravos e colmenas
salvages, e figueras salvages, como dicho es, se diezmen en la Iglesia don-
A* al Col rlrinmnAnr Cirnrn -r\rrnni.;n..irrii P n r > r i t i f o i n i n - n n nir.nrlrilnn An1 -7drirnn
U- L.& ULIA U G Y I I I C L U U I I L L G l G p G l l V L 1 1 1 4 1 1 U t t ~ b U l L . B b L C U C I V I í G O B C l i U U U C C D U G í V V b Q p U
Muros (1497), pp. 131-132.
l9 Tanto en las Constituciones Sinodales de 1633 como de 1737 in-sisten
en la obligatoriedad del pago del diezmo por las instituciones ecle-siásticas
y miembros de la nobleza insular.
79-bi8 A, M. MACÍASH ERNÁNDEZT:e sis doctoral inédita, t. VI, capí-tulo
XII.
A. GARCÍSAA NZ:A rt. cit.; J. RODR~GUMEOZL INAA: rt. cit., pp. 233-237.
296 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
dian en la diócesis canariense, sino por privilegio de su Cabildo.
La redacción de sus primeros estatutos fue encomendada por
disposición papa1 al Cabildo de la Iglesia metropolitana de Se-villa,
de la cual dependía la mitra canaria, estableciendo aquél
el citado privilegioa1. El Cabildo Catedralicio era, pues, el má-ximo
Órgano administrativo de la hacienda decimal.
Las Palmas de Gran Canaria fue capital eclesiástica del
Archipiélago hasta 1819 *. Aquí residía el Cabildo Catedralicio
y desde aquí, a través de su Contaduría Decimal, efectuó su
tarea administrativa durante todo el periodo analizado, carac-terizada
por un rígido control sobre el espacio productivo re-gional.
Ello significa que las entidades parroquiales carecían
de facnltad para intervenir en !2 gesti6n de !m diezrr?ns de sii
jurisdicción y, de hecho, no existen libros de tazmías en sus
archivos, sino en el Catedralicio. Esta política centralista se ex-plica
por la propia dinámica económica del Archipiélago y por
la naturaleza socioeconómica de los partícipes eclesiásticos
en !a renta. Cada ish cmtS m:: S:: cmreupm&ente igksir,
matriz y beneficio en su etapa inicial de colonización, de la
cual se fueron creando nuevas entidades parroquiales, no sin
continuos enfrentamientos entre feligreses y Cabildo Catedra-liciow.
Con excepción de unos pocos curatos de real presenta-ción,
los cuales disfrutaban de su participación en la masa
decimal, el resto eran ayudas de parroquia, dependientes de los
primeros y de los que recibían su financiación. Y tales curatos,
a su vez, eran regidos por canónigos cuyo lugar habitual de
residencia era la capital eclesiástica de la diócesis.
81 J. PERAZA DE AYALA: Art. cit., p. 123; respecto al sistema adminis-trativo
en la sede sevillana, aunque para los años finales de la Baja Edad
Media, véase M. A. LADEROQ UFSADA y M. GONZÁLEZJ IMÉNEZ:D iezmo ecle-siástico
y producción de cereales en el reino de Sevilla (1408-1503), Sevi--
l l-n -, -1 -9 7. -8 , pp. 9-35.
hl. F. NUÑEZ MUÑOZ: «La diócesis de Tenerife. Apuntes para su
historia. De los orígenes hasta su restablecimiento definitivo», RHC, nú-mero
172 (19801, pp. 121-154.
A. BETHEKCOCMRATS SIEU: evolución de las jurisdicciones parro-quiales
de Fuerteventura en el siglo X V I I ~ , en Revista de Historia Cana-ria.
núm. 170 (19761, pp. 1-65.
Ahora bien, era preciso evitar que la no participación direc-ta
del clero rural en el disfrute del diezmo de sus respectivas
feligresías actuase como elemento propicio a su fraude, junto
con la insularidad y la relativa distancia de la mayoría de las
áreas productoras de la capital eclesiástica. Articulóse, por
consiguiente, un complejo sistema administrativo cuya tercera
característica esencial fue su casi inmutabilidad durante todo
el período examinada.
Cada isla o ((hacimiento)) contaba con su correspondiente
({hacedor)d) e rentas decimales, difiriendo en este sentido de la
práctica seguida en la diócesis de Sevilla por las particulares
circunstancias impuestas por la insularidad ". S610 a partir
de 1BCM aparecen dos dmcedores» en Gran Canaria; de Vegueta
y Triana, que se correspondían a su vez con dos grandes dis-tritos
decimales creados a partir de esta fecha. Cada año el
Cabildo Catedralicio elegía prioritariamente entre sus miem-bros
a los ((hacedores)) cuya función consistía en poner en
marcha y vipilzr !a percepcih de Ini diezmos de su respectivo
((hacimiento)),d ando cuenta de su gestión ante la Contaduría
Decimal; para ello, y acompañado del escribano de rentas,
nombraba a los cogedores y subastaba los diezmos según las
normas dictadas para ambos casos por el Cabildo Catedralicio.
Y aquí entraba en acción el clero rural; se convertía en el 6r-gano
asesor del «hacedor», en la medida en que llevaba puntual
observancia de las cosechas de cereales -los tazmieros se re-
% Como ya se ha indicado, los estatutos de la diocesis canariense
fueron copia de los vigentes en la sede sevillana y en materia de diezmo
se sigui6 también su sistema administrativo. No obstante, si allí se nom-braba
un hacedor por vicaria, el cual, acompañado de notario, recorría
las parroquias y arrendaba los diezmos, en Canarias este sistema no fue
posible, como indica el capitulo primero establecido por B. Garcia Jime-nez
sobre esta materia «por la división del terreno de todo este obis-parln,
sepirzid~ c m 1%- traviesas de mar en siete Islas habitables ... no
se pudo en nuestro Cabildo formar el gobierno de la administracidn de
diezmos en aquel modo en que se practica en la Santa Iglesia de Sevilla)).
Cf. Proyecto de constituciones sinodales del obispo Bartolomé Garcia Ji-m&
X, en ARCHIVO DE LA SOCIEDAEDC ON~MICAD E AMIGOS DEL PAÍSD E Tl+
NERIFZF, ondo Moure, kg. W/33.
a5 Ibid.
298 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
clutaban entre este grupo- y sugerían a aquél los individuos
más a propósito para la seguridad de la renta decimals6.
Este rígido sistema administrativo se vio alterado unica-mente
en 1761, cuando la Hacienda determino proceder de
forma directa al cobro de la renta del excusado. Es preciso,
por consiguiente, examinar el alcance de esta alteración en la
medida en que constituye uno de los problemas más contro-vertidos
en contra de la representatividad del diezmo para el
análisis de la producción agraria en la segunda mitad del si-glo
XVIII e, incluso, para etapas anteriores a7. En síntesis, se
trata de aclarar si la cantidad exigida por esta renta está de-traída
o no del conjunto de la masa decimal. En el supuesto
anter i~r , &gi&s Casas LiIqrores ni~zm~r a&c , c ~ C I ,!~g~ z!i-dad
abonaban su diezmo directamente a la Hacienda, no que-dando
constancia del mismo en las tazmías y libros de rentas
de sus respectivos lugares, con lo cual las series decimales
elaboradas a partir de esta última información infravaloran la
prodUcciSn.
Como es sabido, la percepción del excusado, concedido por
la Santa Sede a la Corona en 1571, estuvo ((acordada)) en una
determinada cantidad, periódicamente revisada por los Cabil-dos
Catedralicios de las diócesis respectivas y la HaciendaBR.
Con carácter general, la renta no estaba detraída del conjunto
de la masa decimal y anotada en documentación aparte y la
diócesis canariense' no fue una excepción a este esquemaeg.
Ibid.
Cf. al respecto la controversia en La economía agraria en la His-toria
de España, Madrid, 1979, pp. 27-32.
G. ANES ALVAREZ: 0p. cit., pp. 63-67.
Según los datos sobre el excusado, Canarias proporcionaba aproxi-madamente
el 0,5-0,6 por 100 del total de la renta, contribuyendo en 1587
con 447.943 maravedíes. en el quinquenio 1648-1652 y decenio 1672-1682
con 518.602, reducidos a 414.946 entre 1696-1706 por la rebaja de la moneda
y en el reparto de 1752 con 606.492 maravedies, o sea, 17.838 reales, cifra
que contrasta con la alcanzada a comienzos del XIX, a pesar de la ocul-tación
denunciada por el intendente, de 164.940 reales de vellón. El
c6mputo de 1587, en M. ULLOA: Op. cit., p. 626; para 1648-1652 y 1752, en
M. ARTOLA: La Hacienda del Antiguo Régimen, Madrid, 1982, pp. 107-296.
Núm. 32 (1986) 299
Pero a partir de 1760, la Hacienda intentó administrar directa-mente
esta rentag0, si bien en la mayoría de las diócesis se
volvió al sistema anterior 'l. Éste también fue el caso, aunque
parcialmente, de la canariense.
Inicialmente, las disposiciones de 1760 se llevaron a efecto
por el celo del nuevo delegado de Hacienda, Alonso de Nar-váez,
en abierto conflicto con el Cabildo Catedralicio por éste
y otros motivosg2. No obstante, mientras duraba el litigio,
este último continuó el sistema administrativo anterior, hasta
que en 1783 se firmó nuevo acuerdo con la Hacienda; el Cabildo
recuperó la gestión del excusado, eligiendo las Casas Mayores
Diezmeras de cada parroquiag3. Pero sus diezmos eran detrai-dos
ahora del conjunto de la masa decimal del término y asen-tados
y contabilizados en libro aparte hasta 1800; a partir de
esta fecha se subastaban en bloque, constando entonces en los
libros de «menudos». Por lo tanto, la reconstrucción de las
series de diezmos de cada parroquia para los años posteriores
a 1?83 exige agregar lns datos -.e Ins pertenwienter; a. su casa
mayor diezmera.
No obstante, la renta del excusado no fue significativa en el
caso de la diócesis canaria debido al enorme fraude existente
El resto de la información, en M. GA R Z ~ NPA REJA: La Hacienda de Car-los
11, Madrid, 1980, pp. 386-388.
90 Real Decreto de 30 de diciembre de 1760 y Real Orden de 2 de n@
viembre de 1761 e Instrucción de 24 de enero de 1761. Novs. Recop., li-bro
11, tit. XII y leyes 111 y IV. Cf. G. ANES ALVAREZ: Op. cit., p. 63,
nota 11.
91 Ibid. Además, su intervención en el coloquio incluido en 'La eco-n0mia
agraria en la Historia de España. pp. 28-29.
92 El expediente sobre esta controversia, en AC. Contaduria Decimal,
legajo sin clasificar. Además existe copia del mismo en AHPTFE, Sección
Hacienda, kg. H-27.
43 Se conoce el contenido de dicho acuerdo, ajustado por la parte del
Cshildn ec!esi&t,icn por uno de ~ 1 . 1m~ i embros y su representante ante la
corte, el candnigo tinerfeño don Agustín Madán: Escritura de concordia
otorgada por el Dr. D. Agustin Madán, candnigo y apoderado del Deán
y Cabildo de la Santa Iglesia Catedral de Canarias sobre la colectacidn,
cobranza y pago del excusado por cuatro años, Madrid, 1782 .(para los
años 1783-1790). La renta anual se valoro en 31.562 reales y 8,5 maravedíes,
admitiéndose en su pago solamente un quinto en vellón.
300 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
en su percepción, según reveló el nuevo intendente de la Ha-cienda
F. de Sierra Pambley en 1818, enviado con la compli-cada
misión de revisar los ingresos de la Hacienda en Canarias
y actualizar sus rentas 94. De acuerdo con las cláusulas de la
«concordia», el Cabildo Catedralicio elegía la hacienda que ma-yores
diezmos devengaba en cada parroquia. Y aquí residía el
fraude. Cada curato tenía a su vez diversas hijuelas o anexos
al mismo; el administrador de la Hacienda sostenía que eran
auténticas parroquias y que debían por lo tanto tener una casa
mayor diezmera, tesis contravenida por el Cabildo. Así, en el
decenio 1801-1810 el valor medio del excusado ascendió a
207.621 reales de vellón, correspondiendo a 41 parroquias o ca-
S% &ezrrierss, cusndo dehia h~her side, seghn e! intendente
y considerando como parroquias sus anexos y, por lo tanto,
93 casas diezmeras, de 470.946 reales de velIón 95. Resultaba
94 M. MORENOA LONSOA: rt. cit., en prensa. El autor del memorial
base del artículo es anónimo, pero sabemos que es el intendente indi-cado,
pues el mismo especifica su cargo y tuvo además otras controver-sias
con el Ayuntamiento de La Laguna a propósito de los propios.
Cf. al respecto F. M. DE LEÓN: Historia de las Islas Canarias, pp. 153-154.
El valor medio del excusado en 1800-1804 y 1806-1811 a nivel insular
fue como sigue (en reales de vellón):
Excusado
Parro-
I s l a s quias 1800-1 804 " 1806-1811
Tenerife . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17 76.975 122,995
Gran Canaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 48.027 48.662
La Palma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 12.276 14.975
Lanzarote . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 11.660 27.466
Fuerteventura . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 12.000 28.160
La Gomera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 900 1.200
El Hierro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 3l02 3.132
TOTALES. . . . . . . . . . . . 41 164 .940 246.590
Fuentes:
" Estadistica de Escolar, p. 590.
Archivo del conde de Sietefuentes, Seccidn Varios.
Num. 32 (1986)
que el Cabildo de la diócesis canariense defraudaba a la Ka-cienda
en más de un 50 por 100 en el pago del excusado, situa-ción
que continuó hasta la definitiva abolición de1 diezmo.
Y considerando que el valor medio del excusado en el quinque-nio
1800-1804 ascendió a 164.940 reales de vellón, su detracción
suponía un 2,25 por 100 del valor total del diezmo, computado
en 7.317.260 reales de vellón, lo cual permite sostener su lirni-tada
incidencia sobre este último.
2.3. Los sistemas de percepcidn a
N
E
Dos eran los sistemas de percepción de la masa decimal por O
n parte de los interesados: los cereales, a excepción del millo, =m
O eran ingresados en especie, mientras que el resto era rematado E
E anualmente en publica almoneda (cf. cuadro VI. Sólo hubo con S
E
carácter temporal dos excepciones: los cereales y el mosto de
La Gomera, el llamado diezmo del «pan y vino)), fueron subas- =
tados y percibidos en dinero hasta 1640, mientras que los e-m
granos de La Aldea de San Nicolás (Gran Canaria) se embar- E
caban hacia Tenerife para su comercializacion, repartiéndose O
luego su beneficio entre los interesados y no constando su n
cuantia en especie en los libros del {{pan?h) asta 1733. El .proce- -E
a
dimiento de recogida y distribución de este diezmo era el si- n
n guiente. El recién nombrado hacedor elegía a su vez a un
«cogedor» para cada jurisdicción, localidad o ({cilla)),e l cual 3
O procedía a recoger el diezmo en las eras, anotando en su libro,
el denominado «libro del cogedor)), las cantidades satisfechas
por cada uno de los labradores, al lado de su filiación corres-pondiente.
Al misma tiempo, se elaboraba por parte del taz-rniero,
normalmente el clero rural, otro libro, llamado «libro
de tzzmiu::, er! v! cla! ES C O R S ~ ~ t~~~l ~Uf i, O e! nw mbre de ca&
uno de los labradores y el importe de su diezmo.
Finalizada la labor de recogida, ambos libros se entregaban
en la Contaduria Decimal, donde sus contadores cotejaban los
libros del ((cogedor)) y del cctazmiero)), resolvían las dudas y
asentaban posteriormente las cantidades relativas a cada cereal
302 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
ORGANIGRAMA D a SISTEMA DE ACMINISTRACION DE LA MASA DECIMAL
I Diezmos percibidos en
especie: los cereales
I
~ i b r ode l Verificación Lib'ro del
cogedor -- contable - tazmiero
l 1 Libro del
Total dei diezmo
de cada cereal
1 «Salarios» del co.
gedor y tazmiero I
Resto divide
entre las partes
I
I Diezmos percibidos en
dinero: los menudos
I
cuad&nos de
remate de rentas I
Libro de menudos
o de rentas decimales
I Pagas de San Juan
y Navidad
I
I Hacimientos
generales
I I
Libro de Hacimientos
generales
I
I
«Superavit» se divide
entre las partes ---,
~or'ona esa Cabildo F%b&ca ~ábiica ~~enehciado corona esa cabildo F'dbrica ~ábrica ~enehciado
2/9 episcopal catedralicio catedral parroquia1 1/9 219 episcopal catedralicio catedral parroquia1 1/9
1/3 1 /3 l j 9 1/9 1 /3 1 /3 1 /9 1 /9
y «cilla)>e n los {(librosd el pan». ((Cogedor»y {(tazmiero»r eci-bían
por su trabajo una participación proporcional a la cose-cha
(de diez fanegas de trigo, una; de quince de cebada, tres;
etcétera), la cual oscilaba de unas áreas a otras y de uno a otro
período, dependiendo de sus características productivas, del
monto anual de la cosecha esperada y del movimiento de los
precios del grano. Así, esta participación se redujo en la segun-da
mitad del siglo XVIII en la mayoría de las «cillas» en función
de la tendencia alcista de los precios.
La función del cogedor no acababa con la recogida del diez-mo.
Descontado el coste de esta labor, es decir, la participacidn
debida al ({cogedor» y cctazmiero>), se procedía a distribuir el
rvste entre cuds de !m Interesad~s,c n r r ~ p ~ n r l i ~ nedn o E
las islas realengas los dos novenos a la Corona y dividiéndose
m luego el total en tres partes: un tercio para la mitra, otro para ;
el Cabildo Catedralicio y el restante se repartía a su vez en
otras tres partes iguales: una para la fábrica catedral, otra
npnarlan ln v , n r r r \ ~ ~ ~ i7 7o lln . ; l t ima no-" 01 h a n m f i n i n r l n A h n r ~h inn la pal L vqua' y u i u ~ r i i uy ur a b r vbrrbsrvruuu. r r r r v s u u r u a * , 2
el grano de los principales partícipes -beneficiados, obispo, - e- mesa capitular- permanecía almacenado en las ({cillasn, al 1E
cuidado de los ctcogedores)), los cuales recibían de los primeros f
las oportunas disposiciones en orden a su comercialización. -
Así pues, contamos con cuatro tipos de fuentes para cono- E a-cer
las fluctuaciones de la producción cerealista: los libros del
«cogedor», del ((tazmiero)) y del «pan» y la participación corres- - 0
pondiente a cada uno de los interesados en la masa decimal. 3
Ahora bien, de este particular sistema contable se deduce que O
ia información mas aproximaaa ai uiezmo reai es ia contenicia
en los libros del «pan», dado que la cuota correspondiente a
cada uno de los interesados es la resultante de haber descon-tado
previamente la proporción debida al ((cogedor)) y cctaz-miero))
por su trabajo, proporción que, según hemos indicado
mas arriba, no permaneció constante a io iargo dei periodo
analizado.
Los libros del «pan)) presentan dos graves e importantes
lagunas: el siglo XVI y el período 1681-1715. La primera fue
debida probablemente al ataque holandés de 1599, con toma
304 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria y quema del pa-lacio
obispal y sede capitular se, mientras que carecemos de
explicación para la segunda 07. A pesar de la situación actual del
Archivo Catedralicio, en total desorden, hemos realizado su sis-temática
búsqueda en todas sus secciones, encontrando sola-mente
algunos libros de tazmías, parte de ellos totalmente
destrozados por la humedad y la polilla, así como un borrador
de libro del {{pan» para los años 1711-1715 en el mismo estado.
La ausencia de libros de tazmías en los archivos parroquiales,
por el peculiar sistema centralizado de la administración deci-mal,
impide la completa reconstrucción de las series.
-1--- -..- -- l.-... 1:'L.-.-.- A- .-...a- t.-.- A,. l.-.- .l=AL..;h#." ....-.....m-q.4-
UIUIU qut: a l 1ua ~LULUU UG bucu~iau UG 143 Laulibau yairvyura-les
quedó constancia del terzuelo de fábrica o participación
correspondiente a la parroquia en los diezmos de su jurisdic-ción,
fuente utilizada con éxito en otros trabajos y que perrniti-ría
subsanar las citadas lagunas en las seriesg8. Por otro lado,
J. VIERA Y CLAVIJO: Op. cit., t. 11, pp. 162-169. La opinión de que los
holandeses incendiaron el archivo fue contada por el contador mayor y
racionero S. F. Eduardo de Roo y Villarreal, en carta al propio Cabildo
Catedralicio. Cf. A. MILLARECSA RLOy M. H E R N ~ ESUZÁ REZB: ibliografia
de escritores canarios (siglos XVI, XVII y XVIII), Las Palmas de Gran
Canaria, 1979, t. 111, pp. 42-43: ((Señor: En el año de mil setecientos no-venta
y dos que se sirvió V.S.I. nombrarme para el cargo de Contador
mayor, me propuse llenar los vacíos del tiempo de esta ocupación en
alguna otra que no fuese inútil. la nesidad (sic) me hizo preferir a toda
empresa la de formalizar un Catálogo de los SS. Prebendados de esta
Santa Iglesia; reconociendo que los libros que contienen los respectivos
apuntes y notas padecían una ruina casi total: siendo la falta de Bstos
más sensible, quanto que han desaparecido los libros anteriores al fin
del siglo diez y seis, aunque éstos pueden haberse extraviado quando
paüeció esta Ciudad la Invasión de aquellos tiempos, que nunca evitará
-.-a -..-- :.--L.. ----....m .- n,.......<c. -0 .Ir. -m...,?. A* lms7
uiia i i iuy JUD~L>.% ~ G I W U A. . I~I ., w a u a ~ ~ a03, UG LILOIYU UG A l a I .
O7 NO obstante, y para este periodo, disponemos de la infonnaci6n
decimal gráfica de Lanzarote y Fuerteventura, aunque no su procedencia
ni la cuantía de la misma, dado que su editor no ofrece las cifras:
J. R. SANTANGAO DOYA:r t. cit., p. 2%.
G. LE~~UNIER((:A pproche méthodologique des dames de Murcie
(Espagne) a I'epoque moderne)), ponencia presentada a1 ultimo congreso
sobre los diezmos celebrado en Edimburgo, 1978. Ejemplar mecano-grafiado.
Núm. 32 (1986) 305
cabe también recurrir al empleo de las tercias reales. Pero en
uno y otro caso no dejan de existir problemas, relativos al ni-vel
de representatividad de estas dos fuentes.
Las parroquias que disfrutaban del terzuelo de fábrica eran
únicamente aquellas que ostentaban la categoría de ~Benefi-cio))
o unidad geográfico-administrativa eclesiástica. Y, como
veremos más adelante, aglutinaban en tono suyo varias locali-dades
o «cillas» con acusadas diferencias agrícolas, al estar
situadas a sotavento y barlovento de la dorsal montañosa cen-tral
que divide las islas -a excepción de Lanzarote y Fuerte-ventura-
o en diferentes pisos altitudinales -costas, media-
: - - A n r r A n l a i n n r t n A n nlln n r l ; P e r n n t a r nnririrtemnc lilao y IrLULIU1G3-2 UC&LLUV I U S Q L b U U U G L I U Q U G L G L L V G J GbUULJbGILAC%'Ui
Por este motivo, el terzuelo de fábrica no resulta representa-tivo
sino de la tendencia de la producción cerealista del bene-ficio
y de forma muy limitada; los años de subproducción en
una de las ctcillas» no son coincidentes necesariamente con los
del resto del beneficio, además de que la extensión de otros
cultivos, en concreto del viñedo en detrimento del cereal, fue
el incentivo para la expansión de este último en las tierras si-tuadas
a sotavento. Todas estas alteraciones en la distribución
de los cultivos, de gran importancia para poder explicar sus
tendencias, no quedan suficientemente reflejadas en el terzuelo
de fábrica. Finalmente, la pérdida y mal estado de los libros re-lativos
al siglo XVI en la mayoría de los beneficios impide la
elaboración de su terzuelo decimal; y cuando es posible su
consulta para el período posterior, no siempre es factible su
correcta construcción debido al particular sistema contable se-guido
por los mayordomos de fábrica g9.
Con evidente acierto, en función de la escasez relativa de in-formación,
las pocas referencias sobre la cuantía de las tercias
rea1es a Nw! de algunas i l i han sido em,n!eari_sic par^ nfrecer
una visión aproximada del movimiento de la produccidn en el
99 En Tenerife y Gran Canaria existían tres beneficios y uno en cada
una de las restantes islas, ubicados en su parroquia matriz. Sus mayor-d
~ rs&i~l? cc-.i.o~t~uc& ~ u&; ,vi&e 21 f i ~ g !& su prri=& u&~inis=
trativo, agregando en ocasiones las partidas. No obstante, se han recogido
algunas series procedentes de estas fuentes.
306 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL DIEZMO EN LA DI~CESIS CANARIENSE 39
primer tercio del siglo XVI lWA. hora bien, los datos disponibles
para la etapa posterior se presentan también de forma agrega-da,
con lo cual adolecen de las mismas deficiencias que el «ter-zuelo
» de fábrica en cuanto a su representatividad. Pero, ade-más,
si tanto éste como aquél son el resultado de la distribu-ción
del diezmo neto, una vez descontado su coste de recogida,
desconocemos si en la valoración de las tercias se ha restado o
no el beneficio de sus arrendadores en aquellos períodos en
que no se dio su gestión directa por parte de la Hacienda; pro-blemática
toda ella, por último, de difícil solución en tanto que
carezcainos de un análisis del sistema hacendístico canario más
allá de su formulación jurídico-económica.
Coi? e: iiomUre & <i i^l iei i-~0~ ~~eszi ii l iosi iieiiores, uña am-plia
gama de productos agrarios, algunos de ellos muy impor-tantes,
como el vino, vinculado al comercio exterior, eran per-cibido~
p or sus partícipes en dinero mediante su arrendamiento
anual en pública almoneda. Sólo en contadas ocasiones se ad-
--?A? L I I ~ ~ L IeUi arrendamiento por varios años cie ia producción ae
seda y mosto de La Gomera y de este último diezmo para El
Hierro. Lo dominante fue, pues, el arrendamiento anual, rea-lizado
en la iglesia matriz del partido o Beneficio, convocados
los interesados por el hacedor y bajo su presidencia en los
meses inmediatamente anteriores a cada cosecha (cf. cua-dro
VII).
El sistema de pujas era similar al seguido por otras insti-tuciones
antiguorregimentales, tal y como prevenían las reales
órdenes sobre esta materia lo'. Los denominados «prometidos»
o beneficio de cada licitador durante el período abierto de su-basta,
proporcional al aumento sobre el valor de tasación y
sobre el de cada puja (cf. cuadro VIII), constituían sin duda
alguna un incentivo para participar en la misma y una forma
evidente de lograr un remate lo más alto posible del diezmo.
Una vez adjudicados, sus arrendadores o diezmeros debían abo-narle
en dos mitades, por San Juan o por Navidad, dependiendo
1" E. AZNARV ALLETOO: p. cit., pp. 251-252.
101 Novs. recop., libro IX, tít. XIII.
Núm. 32 (1986)
CUADROV I
TIPOLOGIA DE LAS RENTAS DECIMALES EN CADA UNA DE LAS ISLAS
Gran Canaria Tenerlfe La palma La Gomera El Hierro Lanzarote Fuerteventura
Mosto Mosto Mosto Mosto Mosto Mosto Mosto
mllo
papas
Mllo
Papas
Menudos Menudos Menüdos Mlllo Menudos
Menuclos Menudos Menudos Papas Menudos
Huertas y pollos Huertas y pollos Menudos Menutdos Menudos Menudos Menudos
Habas y arvej as Habas y arvejas Menudos Menutdos Menudos Menudos Menudos
Seda, algodón y zumaque Seda, algodón y zumaque Seda :y algodón Seda y algodón Seda y algodón
Zumaque
Seda y algodón
Barrilla Barrilla Barrilla
Hlerba pastel
Quesoel, miel, cera y lan~i Quesos, miel, cera y lana Quesaa y lana Quescm y lana Quesos y lana Quesos y lana
Miel 11 cera
Ganado8 CIss~ados C+anallos Ganaidos Ganados
Ganados salvajes
Qanados de Jandfa
Cordero/as Cordero/as Cordeiros/as Cordero/as Corderoa Corderos
Coideras Corderas
CabritWas Cabrito/as Cabritos Cabrltos
Cabritas cabritas
Cerdos Cerdos Cerdos y cabritos Cordc~s y osbritus
Becerros Becerros Beeerms
Fuente: AC. Contaduría Decimal. Libros de rentas decimales. Elal~oraci6n propia.
CUADRVOI 1
FECHAS DE LAS SUBASTAS DE LOS DIE:Z;MOS PERCIBIDOS EN DINERO, LOS LLllhiLADOS «MENUDOS»
DIEZMOS Fechas de las subastas
Papas ........................ 2P Domingo de diciembre
del año anterior a la
paga.
Huertas y pollos ............ 2P Domingo de naarzo.
Seda,, algodón y zumaque ... 2P Domingo de marzo.
Ganados ..................... le= Domingo de febrero.
Quesos, miel, cera y lana. .... 1.01 Domingo de fiebrero.
Fechias para el pago1 de la renta: La mitad por Sin Juan.
2.a mitad por Navidad.
DIEZMOS Fechas de las subastas
Mmosto ........................ 4P Domingo de junio.
M:ilio:
1. Zona de regadíos:
La cosecha ............ 4 .O Domingo de junio.
2.a cosecha ............ 2.O Domingo de octubre.
2. Zona de secano ......... 3.er Domingo de agosto.
Habas y arvejas:
1. Zona de regadíos ......... 3.er Domingo de agosto.
2. Zona de secano ......... 4P Domingo de junio.
Biarrilla ........................ 4P Domingo de junio.
Fechas para el pago de la renta: l.a mitad por Navidad.
2.a mitad por San Juan.
-
Fuente: AC. Contadíuria Decimal. Libro 2.O de instrucciones para el remate de las rentas decimales.
CUADROV I11
(tPROMETIDOS)) O BENEFICIO DEL D1:EZMERO POR: SU PARTICIPACION EN LAS SUCESIVAS PUJAS
DE LAS RENTAS DECIMAIZS
Fechas de las pujas Prometidos
l.er Domingo de subasta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1/20 del aumento sobre el valor de tasación de la renta.
2.O Domingo de subasta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1/10 de1 aumento sobre el valor de la puja anterior.
3.er Domingo de subasta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1/5 del aumento sobre el valor de la puja anterior.
4.O Domingo de subasta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1/4 del aumento sobre el valor de la puja anterior.
5.O Domingio de subasta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1/3 de1 aumento sobre el valor de la puja anterior.
6.O Domingo de subasta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2/3 del aumento sobre el valor de ia puja anterior.
7.O Domingo: remate definitivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . Sumtario de todos los prometidos de cada puja.
.-
Fuente: AC. Contaduría Decimal. Libro 2.O de instrucciones.
la primera y segunda paga de la fecha de remate de cada
diezmo.
Todo este dispositivo administrativo quedaba reflejado en
primer lugar en los denominados ctcuadernos de remate de ren-tas
decimales)} de cada año y hacimiento (cf. cuadro VI, en los
que se especificaba cada diezmo separadamente, sus sucesivos
días o domingos de subasta, licitadores y sus correspondientes
tcprometidos~, y, por último, el valor del remate y de dichos
«prometidos». Un segundo testimonio eran las escrituras de
fianza a la seguridad de la renta rematada que cada diezmero
debía realizar dentro de los seis días posteriores a su remate
ante el escribano de rentas decimales. Finalmente, estaban los
llamados {(libros de menudos)} o de ((rentas decimales)), en los
que los funcionarios de la Contaduría Decimal anotaban el im-porte
de cada uno .de los diezmos subastados después de haber
deducido el beneficio o «prometido» correspondiente al diez-mero.
S610 se consignaba la primera paga, de San Juan o de
Navidad de cada diezmo, puesto que la segunda era de igual
cantidad, haciendo innecesario repetir las partidas, aunque en
los primeros libros hallados, que comprenden los años de 1595
a 1605, se indicaron ambas. Luego se procedía a su distribución
entre las partes, descontando previamente entre un 8 y un 15
por 100, dependiendo de cada isla o hacimiento y período, cuyo
importe, junto con el deducido del resto de los diezmos subas-tados,
se destinaba a sufragar los gastos del aparato adminis-trativo,
salarios del hacedor, de los contables, pleitos por el
cobro de las rentas, etc., especificados en el «libro de hacirnien-tos
generales)) y cuyo ({superavitn o la cantidad resultante de
haber descontado dichos gastos también se dividía en dicho li-bro
entre los interesados. La proporción era similar a la indi-cada
respecto de los diezmos en especie.
Los libros de ccmenudos)} constituyen la fuente más adecuada
para la elaboración de las series decimales de los diezmos per-cibido~
e n dinero. Con excepción del siglo XVI, por el motivo ya
indicado, y de los años 1616-1620 y 1681-1686, la documentación
es completa. No obstante, y de manera localizada, se carece de
información sobre el diezmo de mosto de Tenerife para las dé-
Núm. 32 (1986) 31 1
cadas centrales del siglo xvrrr. La explicacibn reside en la no
concurrencia de licitadores a su subasta por las dificultades
de comercialización de los caldos, agravadas coyunturalmente
por la guerra con Inglaterra, uno de sus principales mercados
exteriores. Esta circunstancia exigió su administración directa
por la Contaduría Decimal, quedando constancia de la misma
en los llamados ((libros borradores de rentas», si bien este tipo
de gestión impide la agregación de sus valores a las series de
diezmos arrendados.
Las escrituras de fianza a la seguridad del diezmo, redacta-das
por el escribano de rentas decimales, se han empleado en a
otros estudios 'O2; sin embargo, su utilización no es aconsejable
E en el caso de Canarias. El remate consignado en la escritura O agrega los ((prometidos» correspondientes al diezmero por su n - m remate del diezmo y la cantidad que debía abonar efectiva- O E
mente por éste; y la diferencia entre esta última y los «prome- E
2
tidos» fue en ocasiones muy elevada y enormemente variable, E
sensible a la mayor o menor concurrencia de licitadores a las 3
pujas, lo cual desvirtúa su posible utilizacidn como índice para -
0 precisar la evolución del diezmo real. m
E
En efecto, como puede observarse en los cuadros IX y X, O
referidos a los diezmos del vino y del millo de Gran Canaria n
para la década 1720-1729, la diferencia indicada representa a a-E
nivel del cómputo total para la isla entre el 8 y el 16 por 100
n del remate para el caso del mosto y entre 5 y 9 por 100 para n
n
el millo, siendo más acusadas en algunas localidades, tales 3
como Tirajana y Tejeda, donde llegan a alcanzar más del O
30 por 100 del valor expresado ante el escribano de rentas. Así
pues, la diferencia entre este ultimo y la renta real, debida al
interés de los licitadores en la puja, variaba no sdlo de un
diezmo a otro, en función de las expectativas de beneficio de
cada renta para sus respectivos arrendatarios, sino también
temporal y espacialmente. motivos suficientes para invalidar
lo2 M. ARDIT: (GontribuciOn al estudio del movimiento de las rentas
de la tierra en el País Valenciano en el siglo XVIII (1707-1800)», Cuadernos
de Historia, núm. 5 (19751, pp. 337-417.
312 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CUADROIX
DIFERENCIA ENTRE EL VAUlR DEL DIEZMO DEL MOSTO DE GRAN CANARIA EXPRESADO ANTE
EL ESCRIBANO DE RENTAS DECIMALES Y U CANTIIIAD EFECTIVA DE LA RENTA PAGADA
POR EL DIEZMEmO (EN MARAVEDIS DE CANARIAS
Años Las BSrtSzngtiad a Tirajana Telde Gdldar Total -- --
Remate ...... :.. ......
1720 Prometidos . . . . . . . . . . . .
Renta ...............
Diferencia (%) ......
Remate.. . . . . . . . . . . . . .
1721 Prometidos ............
Renta ...............
Diferencia (010 1 ......
Remate. . . . . . . . . . . . . . .
1722 Prometidos ............
Renta . . . . . . . . . . . . . . .
Diferencia (%) ......
Remate.. . . . . . . . . . . . . .
1723 Prometidos ............
Renta . . . . . . . . . . . . . . .
Diferencia (%) ......
Remate.. . . . . . . . . . . . . .
1724 Prometidos . . . . . . . . . . . .
Renta ...............
Diferencia í YO) ......
Remate. . . . . . . . . . . . . . .
1725 Prometidos ............
Renta . . . . . . . . . . . . . . .
Diferencia (%) . . . . . .
CUADRO IX (ccmtinuación)
Años
Remate. . . . . . . . . . . . . . .
ln6 Prometidos ............
Renta . . . . . . . . . . . . . . .
Diferencia (Ola) ......
Remate... . . . . . . . . . . . .
1727 Prometidos ............
Ftenta . . . . . . . . . . . . . . .
Diferencia (%) ......
Remate. . . . . . . . . . . . . . .
1728 Prometidos... . . . . . . . . .
Renta . . . . . . . . . . . . . . .
Diferencia (%) ......
Remate.. . . . . . . . . . . . . .
1729 Prometidos . . . . . . . . . . . .
Renta . . . . . . . . . . . . . . .
Diferencia (Ola) . . . . . .
Remate. . . . . . . . . . . . . . .
Media Prometidos ............
Renta . . . . . . . . . . . . . . .
Diferencia (%) ......
Las
Palmas
.Santa
Brígida Tirajana Telde Gdldar Total
Fuente: AC. Contadurta decimal. Cuaciernos de remate de rentas decimales. Elaboracion propia.
DIFERENCIA ENTRE EL VALOR DEL DIEZMO DEL MILLO DE GRAN CANARIA EXPRESADO ANTE EL ESCRIBANO
DE RENTAS DECIMALE3 Y LA CANTIDAD EF'ECTIVA DE LA RjENTA PAGADA POR EL DIEZMERO (EN MARAVEDIS
DE CANARIAS)
Años Palmas Santa
Las Brigida Teror Arucas Moya
Tira-jana
Te jeda Telde Guia Total
Remate . . . . . . . . .
Prometidos ......
1720 Renta . . . . . . . . . . . .
Dif . 1%) . . . . . . . . .
Remate . . . . . . . . .
1721 Prometidos . . . . . .
Renta . . . . . . . . . . . .
Dif . ( % ) .........
Remate . . . . . . . . .
1722 Prometidos ......
Renta . . . . . . . . . . . .
Dif . (%) . . . . . . . . .
. Remate . . . . . . . Prometidos ...... 1 l l J Renta . . . . . . . . . . . .
Dif . (%) . . . . . . . . .
Remate . . . . . . . . .
1724 Prometidos . . . . . .
Renta . . . . . . . . . . . .
Dif . (%) . . . . . . . . .
Remate . . . . .
1725 Prometidos . . . . . .
Renta . . . . . . . . . . . .
Dif . (%) . . . . . . .
- -
Remate . . . . . . . . .
1725 Prometidos ... .. .
Renta . . . . . . . . . . . .
Dif. ( 010 ) . . . . . . . . .
Remate . . . . . . . . .
1727 Prometidos ... . . .
Renta . . . . . . . . . . . .
Dif. ( ) . . . . . . . . .
Remate . . . . . . . . .
1728 Prometidos .. . .. .
Renta . . . . . . . . . . . .
Dif. ( O/O ) . . . . . . . . .
Remate . . . . . . . . . ,,,, Prometidos ... ...
A I Y Y Renta . . . . . . . . . . . .
Dif. (O10 ) . . . . . . . . .
Remate . . . . . . . . .
Media, Prometidos ... ...
Renta . . . . . . . . . . . .
Df. (010) ... ... ...
Las Santa
-Palmas -Brigida
402.500 130.000
10.125 6.666
392.375 123.334
23 591
405.000 157.560
10.270 6.875
394.730 150.685
215 4,4
327.500 130.000
7.750 1.500
319.750 128.475
2,4 13
319.750 112.500
26.916 2.500
292.834 110.000
8,4 22
437.178 147.527
30.668 8.438
406.510 139.089
53 5,7
--T eror
215.00rO
15.OCD
200.OC~0
7 ,O
231.5Cto
18.658
212.842
8,1
202.060
15.585
186.475
7,7
200.7!iO
5.037
195.7113
2,s
218.025
17.384
200.641
8,O
Arucas -M-oya
40.500
2.832
37.668
7,O
515.000
1.0.207
4M.793
18,6
53.500
3.998
4L9.502
795
28.334
1.666
Z16.668
5,9
50.960
6.467
44.493
12,7
Tjainraa - Teleda Telde
480.000
47.500
432.500
929
430.000
15.000
415.000
395
42O.CKlO
76.660
343.340
18,3
380.000
12.500
367.500
3,3
481.800
28.460
453.340
519
Galdar
210.00
17.083
192.917
8,l
222.894
10.108
212.786
4,5
193.000
6.000
187.000
3J
200.000
22.000
178.000
ll,o
236.624
16.30
220.324
6,9
GuZa Total
-- -
Fuente: AC. Contaduria decimal. Cuadernos de remate de rentas decimales. Elaboración propia.
EL DIEZMO EN LA DI~CESISC ANARIENSE 49
el análisis del producto bruto agrícola en Canarias a través
de los remates de diezmos indicados en los protocolos no-tariales.
2.4. Las modificaciones en la documentacidn decimal
Considerado el carácter inmutable de determinados aspec-tos
de la hacienda decimal, examinamos ahora los cambios ope-rados
en la misma en la medida en que incidan en su represen-tatividad
para el análisis del producto bruto agrícola. Y dos
fueron las alteraciones más relevantes en este sentido, expo-nentes
a su vez del fuerte dinamismo que caracterizó a la eco-nomía
regional durante nuestro período de estudio: las suce-sivas
divisiones de las jurisdicciones decimales y en la tipología
de las rentas. Se trata, por consiguiente, de modificaciones que
exigen un análisis de todas las series, impidiendo la posibilidad
de recurrir a un muestreo. No hubo diezmería que no experi-mentase
cambio alguno en su geografía y, por otro lado, la re-construcci6n
de todas las series viene también impuesta por la
complejidad del espacio insular, con acusadas diferencias en-tre
sus comarcas, entre las situadas a sotavento y barlovento
de la dorsal montañosa central que divide cada isla (a excepción
de Lanzarote y Fuerteventura), y a su vez entre los diferentes
niveles altitudinales, entre las zonas de rnedianías y de costa.
A) Alteraciones en la geografía decimal
En los primeros momentos de la organización de la hacien-da
decimal, la unidad geográfico-administrativa fue el conjunto
instilar. Fosteriünnenie, en Gran Canaria y Teneriie se crearon
tres beneficios, cada uno con su correspondiente área decimal,
siendo sancionada esta estructura administrativa por Carlos V
en 1533 'O3. Sucesivas divisiones establecieron nuevos beneficios,
pero hacían referencia a la participación del párroco en el
50 ANTONIO M. MACÍAS HERNÁNDEZ
monto de los diezmos de su jurisdicción; es decir, las sucesivas
divisiones no alteraron la primitiva geografía decimal.
Los diezmos percibidos en especie disponían de su corres-pondiente
((cilla)) en cada localidad integrada en el beneficio,
creándose nuevas «cillas» durante el período analizado a me-dida
que se ampliaba11 las sementeras (cf. cuadro XI). Este
proceso tuvo una cronología explicativa por sí misma: la dé-cada
de 1660, coincidiendo con el momento de mayor esplendor
económico de Canarias durante el Antiguo Régimen, y la se-gunda
mitad del siglo XVIII, con la expansión de los cultivos
destinados al mercado interior, como es el caso de los ce- a N reales l". E
Un proceso similar afectó a los diezmos percibidos en di- o - - nero, pero con la desventaja de nuestro imperfecto conoci- O=m miento de las nuevas diezmerías. Inicialmente, el área objeto EE
de subasta era el beneficio, dividiéndose luego cuando la cuantía 2
E
de la renta lo exigía. Así, al igual que para los cereales, la se- =
gunda mitad del siglo XVII fue el momento de mayores divisiones 3
-
en el diezmo del mosto (cf. cuadros XII-XIII-XIV), en res- em-puesta
al fuerte desarrollo de la economía vitícola, mientras E
que la segunda mitad de la centuria siguiente de los cultivos o
de subsistencias, sobre todo del millo y la papa (cf. cua- n
E dro XV). -
a
Ahora bien, no podemos precisar en la mayoría de los ca- 2
n
sos el área de las nuevas diezmerías. Si por un lado es factible 0
con respecto al millo y las papas y para La Palma, Gran Canaria, O3
Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera y El Hierro, en el caso
de Tenerife es prácticamente imposible, sobre todo en el caso
del mosto. La denominación de cada nueva diezmería no hace
referencia a un área jurisdiccional concreta, sino a la ermita
enclavada en la misma. Su reconocimiento es fácil cuando er-mita
y jurisdiccidn son términos coincicientes, como mosto ae
Nuestra Señora de la Luz o de Nuestra Señora de los Remedios,
patronos respectivos de las localidades de los Silos y de Buena-vista.
Pero no as: cuando se subdividen estas diezmerías, to-
A. M. MAcf~sH ERNÁNDEZT:e sis doctoral inedita, t. V, capitulo XII.
318, ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTZCOS
DIVISIONES DE LAS «CILLAS» .DEL ARGHIPIELAGO
-- - -- - --
Funda- Segregada de Funda-
ISLAS. Cillas da en ISLAS. Cillas da en Segregada de -
GRAN CANARIA: 8. Grarafía .............................. 1613 Benef. de h Isla
1. Las Palmas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1613 (1) Benef. de la Ciudad 9. Puntagorda ........................... 1613 Benef. de la Isla
2. Amcas .............................. 1613 Benef. de la Ciudad 10. 'i'ijarafe ............................ 1613 Benef. de la Isla
3. Tirajana .............................. 1613 Benef. de la Ciudad 11. L'os Llanos ........................ 1613 Benef. de la Isla
4. Teror . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1613 Benef. de la Ciudad 0
5. Telde ................................. 1613 Benef. de Telde TENKRIFE:
6. Gáldar .............................. 1613 Benef. de Giáldar 1. La Laguna ........................... 1613 Benef. de La Laguna
7. Tejeda .............................. 1622 Tirajana 2. 'i'aganana ........................... 1613 Benef. de La Laguna s
8. Artenara . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1629 Gáldar 3. S,anta Cruz de Tenerife ............ 1613 Benef. de La Laguna $
9. Santa Brígida . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1659 Las Palmas 4. L,a Matanza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1613 Benef. de La Laguna P
10. Aldea de San Nicolás ............... 1663 Las Palmas 5. Tacoronte ........................... 1622 La Matanza E
11. Moya . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1716 (2) Amcas 6. T'egueste-Tejina ..................... 1655 La Lagunar i
12. Santa Lucía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1744 Tirajana 7. Candelaria ........................... 1633 Sta. Crw de Tenerife
13. Agaete .............................. 1792 Gáldar 8. Clüimar .............................. 1654 Candelariar
14. Furel ................................. 1800 Aldea de San Nicolás 9. E:l Sauzal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1661 Tacoronte 3
15. Valsequillo ........................... 1815 Telde 10. E:l Rosario . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1673 La Laguna -
16. Juan Grande ........................ 1817 Tirajana. 11. La Orotava ........................... 1613 Benef. de Taoro i
17. Sardina .............................. 1817 Santa Lucía, 12. Los Realejos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1627 La Orotava
18. Taidía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1817 Tirajana 13. Iicod de los Vinos . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1613 Benef. de Daute O 19. La Plata .............................. 1817 Tirajana 14. Lla Guancha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1613 Benef. de Daute
15. Garachico ........................... 1613 Benef. de Daute n
LA PALMA: 16. Eluenavista . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1665 Garachico -E
1. Santa Cruz de la Palma ............ 1613 Benef. de la Isla 17. A.rico ................................. 1613 Benef. de Taoro a
2. Las Breñas ........................... 1670 Sta. C. de La Palma 18. Vilaflor (3) ............................ 1613 Benef. de Taoro l 3. Mazo .............................. 1613 Benef. de la Isla 19. Granadilla ........................... 1613 Vilafior n
0
(1) Hasta 1609 so:lamente existía una «cilla» en cada uno de los beneficios insulares; de los años 161CL1612 no tenemos información, y en 1613 2
aparecen las divisiones indicadas, 1.0 cual prueba que las segregacionestuvieron lugar en estos años.
(2) Carecemos de información para el período 1681-1716, y las c<cillas»citadauc omo fundadas en 1716 lo han sido probablemente much.0 antes.
(3) La ctcillan de Vilaflor se traislada a su pago denominado Valle desan Lorenzo.
Funda- Segregad'! de ISLAS. Cillas Funda- Segregada: de
ISLAS. Ctllas da en da en o - - - - 4. Fuencaliente ........................ 5. Puntallana ............................ 6. San Andrés-Sauces .................. 7. Barlovento ...........................
20. Arona ..............................
21; San Miguel ........................
22. Valle de San Lorenzo ................
23. Adeje .............................. 24. Guía de Isora ......................... 25. Valle de Santiago ..................
LANZAROTE:
1. Teguise ..............................
2. Haría .................................
3. Yaiza ..............................
4. San Bartolome .....................
5. Tías ..............................
6. Tiagua ...........................
7. Tesemite ..................... ..,.. ..
Mazo
Benef. de la Isla
~ e n e fd.e la Isla
Benef. de la Isla
Vilafior
Vilafior
Vilafior
Benef. de Daute
Benef. de Daute
Guía de Isora.
Benef. de Irr Isla
Teguise
Teguise
Teguise
Teguise
Teguise
Teguise
FUERTEVENTURA:
1. Antigua ..............................
2. Tetir ..............................
3. Tiscamanita ........................
4. Tindaya ...........................
LA GOMERA:
l. San Sebastián ..................... 2. Alajero ..............................
3. Tejiade ..............................
4. Hermigua ...........................
5. Vallehermoso ........................
6. Chipuede ...........................
EL HIERRO:
2. Sotavento ...........................
2. Barlovento ........................
Benef. de la Isla
Antigua
Antigua
Tetir
Benef. de la Isla
San Sebiastikn
San Sebastián
San Sebastián
Hermigua
Hermigua
Benef. de la IsIa
- ---- Benef. d'e la Isla
Fuente: AC. Contadur'íu decimal. Libros del «pan». EIaboracidn propia.
O3
EL DIEZMO EN LA DI~CESISC .W.4RIENSE 53
mando como denominación el titular de una ermita localizada
en determinada hacienda, hoy día desaparecida en algunos
casos.
Desde luego, la casuística planteada tiene solución, pues los
linderos de la segregada área decimal constan en los cuadernos
de remate de rentas en el año de su creación. Sin embargo, re-construir
su demarcación a partir de esta información es tarea
imposible la mayoría de las veces, dado el brusco cambio expe-rimentado
en la toponimia, sobre todo si tenemos en cuenta
que las áreas de cultivo del viñedo son las que más han sufrido
alteraciones en su paisaje agrario, motivadas por los sucesivos
-n - i-ie- v. n- -s c- i-ilt- -iv . n- -s qm se h m dado en ellas hasta el presente
-viñedo, cochinilla y plátano-; sólo ha sido factible para
aquellas áreas cuyos linderos responden a límites naturales.
Queda entonces el recurso a la unificación de todas las series
relativas a cada diezmo percibido en especie en cada beneficio;
y si bien este último no coincide con una adecuada comarcali-zación
agraria, la ubicación aproximada del área productiva
de cada diezmo no ofrece duda alguna. Así, diezmos como
«huertas y pollos», becerros, millo y papas, mosto, seda y algo-ddn,
se situaban predominantemente en las tierras de cultivo
intensivo del beneficio, es decir, en aquellas islas con dorsal
montañosa central, en las medianias y costas de barlovento;
por el contrario, los ganados menore's, junto con el cereal, en
aquellas otras de cultivo extensivo, en las localidades de so-tavento.
B) Alteraciones en el contenido de los diezmos
Un segundo problema radica en las alteraciones en la com-posición
ae ios aiezmos y en su tipoiogía, con una debí1 homo-geneización
a nivel del conjunto insular (cf. cuadro VI). Mien-tras
que el diezmo del mosto aparece arrendado separadamente
en todas las islas -menos en el caso de los diezmos de La
Gomera y hasta 1640-, la menor importancia cuantitativa de
determinados diezmos implicó su agregacidn con otros, for-mando
un conjunto denominado en las islas de señorío y de La
Núm. 32 (1986) 321
54 ANTONIO M. MAC~AS HERNANDEZ
Palma «menudos)) y en Gran Canaria y Tenerife ((huertas y
pollos)). Esta agregación impide, por consiguiente, precisar la
fecha más próxima del inicio de todo nuevo cultivo, además
de que, al ser su área de subasta el beneficio, no podemos locali-zar
tampoco sus zonas de introducción.
No obstante, una cuestión parece quedar clara: en el mo-mento
en que dicha renta ha alcanzado un volumen de produc-ción
lo suficientemente importante, se produce su individuali-zación.
Así, el millo aparece en Gran Canaria desde 1596 en el
beneficio de la ciudad y seguidamente en el de Telde y Ghldar;
en Tenerife, con una dedicación menor a este cereal, estuvo
incluido en {(huertas y pollos» y su segregación no se produjo
sino a fines del siglo XVII. Un proceso diferente ocurri6 con las
papas: su cultivo fue más decisivo en esta última isla, donde
por otra parte se aclimató primeramente, y su subasta indivi-dual
se realizó en los años finales de la centuria indicada; por
el contrario, en Gran Canaria permaneció incluida en el diezmo
de ((huertas y pollos)) hasta principios del siglo XIX (cf. cua-dro
XVI).
Esta dificultad podía obviarse si suponemos que la parti-cipación
de cada cultivo en el conjunto de los diezmos agre-gados
permaneció invariable durante el período analizado. Pero
no fue así; si 1s mitad del diezmo de {{huertas y pollos)) de Gran
Canaria a principios del siglo XIX correspondía a las papas, fue
probablemente el haber alcanzado este cult.ivo la indicada pro-porción
lo que motivó su segregación del anterior. El caso de
Tenerife ilustra el proceso: cuando se produjo aquélla (cf. cua-dro
XVII), representaba el 7,0, 22,4 y 44,l por 100 en los be-neficios
de La Laguna, La Orotava e Icod de los Vinos, respec-tivamente;
a principios del siglo XIX, estos porcentajes habían
subido al 89,2, 87,9 y 88,7 por 100.
2.5. Diezmo y producto bruto agrkola
No vamos a repetir aquí los argumentos ya expuestos por
G. Anes sobre la representatividad del diezmo para el análisis
del volumen, tendencias y fluctuaciones de la produccidn agra-
322 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CUADRO8 :VI
ALTERACIONES EN EL CONTENIDO DEL TIPO DE DIEZMO: HUERTAS Y POLLOS DE GRAN CANARIA (EN MARAVEDIS
DE CANARIAS)
Las Falmuis ....e....
San Lorenzo .........
Santa Brlglda ......
Tlrajana ............
Arucas ...............
Moya ..................
Valleseco ............
Die~moS
Huertas y pollos .........
Papas .....................
Total .....................
pELPa.5 s/tOm .........
Huorib y poiios .........
Papas .....................
Total .....................
70 ppnas S/ total... ......
Huertas y pollos .........
Papas .....................
Total .....................
70 pa.pas S/Lot al... ......
Huertas y pollos. ........
Papw, .....................
Total .....................
% papas S/total .........
Huertas y poll m... ......
Papas .....................
Total .....................
% papas S/tot al... ......
EIuert,as y pollos .........
Papas .....................
Total .....................
70 papas S/ t o ta l... ......
Huert.as y pollos .........
Papas .....................
Total .....................
92 papas S/Wi.al... ......
Media
1804-8
Media
1809-13
CUADROxv z (continuación)
Teror ................
Tejeda y La Aldea ...
Telde y San Juan ...
Telde y San Ciregorlo.
G8ldiar .............
Agaete ............
Totales ...............
Diezmos
Huertas y pollos .........
Papas .....................
Total .....................
% papas S/tota l... ......
Huertas y pollos .........
Papas .....................
Total .....................
% papas S/total.. .......
Huertas y polios .........
Papas .....................
Total .....................
% papas S/ total... ......
Huertas y poiios .........
papas ......................
Total ..................... % papes S/total... ......
Huertas y pollos .........
papas ......................
Total .....................
% papac S/tot al... ......
Huertas y poiios .........
Papas ......................
Total .....................
% papas s/tom ......e..
Huertas y poiios .........
Papas ......................
Total .....................
% papss S/totai. ........
-- - - - - -
Media Media
1804 1805 1806 1807 1808 1804-8 1809 1810 1811 1812 1813 1809-13 ---------------
260.355 285.022 300.071 329.205 281.711 281.273 114.920 117.300 142.800 294.843 326.506 199.274
211.735 250.155 308.550 395.250 382.500 309.638
326.655 367.455 451.350 690.093 709.006 508.912
64.8 68.1 68.4 57,3 54,O 80,8
Fuente: AC. ContadurZa d:ecimal. Libro de menudos o de rentas decimales. Elaboración propia.
CUADRO XVII
ALTERACIONES EN EL CONTENIDO DEL TIPO DE DIEZMO:
HUERTAS Y POUOS DE LOS BENEFICIOS DE TENERIFE
(EN MARAVEDIS DE CANARIAS)
Huertas O/O papas
Y pollos Papas Total S / . total
BENEFICIO DE LA LAGUNA
Media.. . . . : .................. 222.961
1681 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 255.798 20.584 276.382 7,4
1682 ........................ 255.000 15.623 270.625 5,6
1800 ........................ 416.798 4.058.251 4.475.049 90,7
1801 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 439.493 3.529.031 3.968.524 88,9
1802 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 425.844 3.560.118 3.985.962 89,3
1803 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 313.839 2.245.001 2.558.840 87,7
1804 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 314.834 2.412.143 2.726.977 88,5
=~A -~- > : -~ a u l .a....... . . . . . . . . . . . . . . . . 8-eo-a .l-o --L- 3.í60.909 3.543.071 8Y ,2
BENEFICIO DE LA OROTAVA
1696 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1697 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1698 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1699 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1700 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Media.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1701 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1702 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1703 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1704 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
??U5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Media. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1800 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1801 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1802 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1803 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1804 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Media.. ......................
BENEFICIO DE DAUTE
- -
nen non
I<>V.JJ 1
215.919
Núm. 32 (1986)
CUADRXOVI I (continuación)
Huertas O/o papas
y pollos Papas Total S/. total
17M . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 371.391
Media.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 313.416
1708 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Media. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1800 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1801 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1802 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1803 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1804 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Mediz.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Fuente: AC. Contaduría decimal.
Elaboración propia.
Libro de menudos o
1.374.086 86;4
1.073.966 85,6
1.557.999 91,4
1.399.184 90,2 a
1 .ZoO.739 88,9
?.32?.?95 !E,?
O
de rentas decimales.
= "m -
E
E
2
ria loJA. nivel internacional, dos congresos monográficos sobre =E
esta temática son suficiente aval para este planteamiento. No
3 obstante, dicha representatividad tuvo su cronología en el caso -
hispano. En efecto, todos los autores parecen estar de acuerdo -
0m
E en que después de la década de 1790-1800 el grado de ocultación O
en el diezmo inicia una progresión creciente, resultado de una
mayor resistencia a su pago lffi. Oposición motivada por una di- -
-E
versidad de razones, desde ideológicas hasta antiseñoriales, y, a
2 ciertamente, la incapacidad del gobierno del Trienio para dar - 0 una respuesta afirmativa a la misma ante la fuerte oposición
del estamento eclesiástico contribuyó a la creciente pérdida 3
O
de credibilidad del campesinado por la causa liberal 'O7.
lo5 G. ANES ALVARE0Zp: . dt., pp. 63-67.
'OB Cf. notas 4 y 5.
'O7 Cf. sobre este aspecto: J. TORRÁSE LÍAS:~ Politicat ributaria y des-contento
campesino durante el Trienio Constitucional», incluido en la
obra del mismo autor: Liberalismo y rebeldía campesina (1820.1823),
Barcelona, 1976, pp. 149-176; J. DEL MORARLU IZ:« La presi6n fiscal en el
Trienio Constitucional (182@1823)», Hacienda Publica Española, núm. 27
(1974), pp. 47-73; D. MATEODE L PERAL«: LOSa ntecedentes de la abolición
del diezmo (El debate de las Cortes del Trienio)», en J. L. GARC~DA ~ar
GADO (ed.): La cuestidn agraria de la España Contemporánea (VI Coloquio
del Pau). Madrid, 1976, pp. 289310.
326 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL DIEZMO EN LA DI~CESIS CANARIENSE 59
En el caso de Canarias, no existen razones que avalen un
comportamiento diferente puesto que el fraude, medido de ma-nera
indirecta, fue significativo. La comparación de los datos
de la riqueza territorial y pecuaria del censo de frutos y manu-facturas
de 1799 con el caudal ingresado en concepto de diezmos
en 1837-1838 en cada una de las diócesis, ha permitido a E. Ca-nales
elaborar una geografía de la resistencia a su pago 'O8; la
canariense se encuentra entre las de mayor fraude. Esta con-clusión
se reafirma si consideramos que los datos del censo
de 1799 son muy defectuosos en el caso de Canarias, valorando
muy por debajo su riqueza territorial y pecuaria, según com-probamos
más arriba. Procediendo entonces de manera iden-tica
a la seguida por E. Canales, si el porcentaje resultante
de dividir los ingresos decimales de 1837-1838 por la riqueza
territorial y pecuaria de 1799 fue de 2,8 por 100, empleando el
cómputo de la misma elaborado por F. M. de León para 1802
se redujo al 1,96 por 100, resultado que se aleja más aún del
teórico 10 por 100 que representaba por término medio el tri-buto
eclesiástico 'Og.
El procedimiento indicado permite además precisar la cuan-tía
del fraude a nivel regional y de cada área insular a princi-pios
del siglo XIX, dado que conocemos sus respectivas riquezas
agrícola y pecuaria y el montante de sus diezmos (cf. cua-dro
XVIII). Para ello, depuremos primeramente la informa-ción;
a la riqueza agrícola y pecuaria debemos restarle el valor
de los productos no gravados con el diezmo -en nuestro caso,
producción forestal, pastos, cueros, aguardiente y salinas-. Y
dividiendo luego el valor alcanzado por el diezmo en cada área
insular -una vez agregado el excusado, tercias y noveno- por
el de toda su materia sujeta a diezmo, tenemos que el fraude
fue más elevado y por este orden en las islas de EI Hierro, La
f ; ~ La~ Tai~ma ~ L~arja,rote y rUerieveirriieiniturars a,
se aproxima al teórico 10 por 100 en el caso de Gran Canaria
E. CANALES: Art. cit., pp. 176-182.
los Resultado de dividir los 2,5 millones de reales del diezmo de 1837-
1938 por 127.002.582, valor de la riqueza agrícola y pecuaria en 1802.
CUADRO XVIII
ESTIMACION DEL FRAUDE EN EL DIE2:MO A PRINCIPIOS DEL SIGLO XIX (EN REALES VELLON)
Riqueza Materia Dtezmos
agrícola y sujeta de dificil
pecuaria a diezmo O/o cómputo O/o Diezmos O/o
A B -- B/A C CIB D DIB
Tenerife . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.860.325 38.218.850 85,2 6.528.366 17,l 3.161.808 8,3
Gran Canari:a .................. 32.430.631 26.737.740 82,4 3L929.980 14,7 1.873.575 7,O
La Palma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.930.69a 10.910.382 78,5 1.802.640 16,5 524.050 43
Lanzarote . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.308.761' 14.833.852 85,7 886.257 5,8 818.395 5,5
La Gomera . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.356.540 3.917.810 89,9 322.645 8,2 174.534 4,5
El Hierro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.311.083; 2.900.430 87,6 338.820 11,7 108.780 33
ARCHIPIELAGO . . . . . . . . . . . . . . . 127.002.582 107.234.838 84,4 143'75.022 13,3 7.317.260 6 ~ 8
NOTAS:A = incluye la orchílla, dado que paga diezmo; B = no incluye el valor de la producción forestai
ni pastos, cueros y aguardiente; C = diezmos de dificil cd8mputo son los «menudos» o huertas y pollos», or-chilla
y barrilla, aunque esta úitima no se ha tenido ?n cuenta.
Fuente: Estadistica de Escolar, pp. 588.91., Elaboración propia.
EL DIEZMO EN LA DI~CESIS CANARIENSE 61
y sobre todo de Tenerife. ¿Cómo explicar este comporta-miento?
Es difícil hallar una respuesta iinica. Digamos, ante todo,
que no hubo aquí un vigoroso régimen señorial interesado en
el diezmo y que convirtiera la resistencia a su percepción en una
forma más de lucha antifeudal 'lo, ni tampoco participación de
legos. Habría, por lo tanto, que valorar, en primer lugar, el
alcance efectivo de los medios coercitivos disponibles para exi-gir
el puntual pago de la renta. En este sentido, la expuesta
geografía insular del fraude coincide claramente con la distri-bución
de los efectivos eclesiásticos, los cuales presentaron una
mayor concentración en Gran Canaria y sobre todo en Teneri-fe,
con una mejor asistencia pastoral y religiosa 11', lo cual debió
contribuir a frenar el fraude. En segundo lugar, actuaron en
contra razones de tipo coyuntural. E1 malestar colectivo que
afectó a Gran Canaria por la crisis carencia de fines del si-glo
XVII y primeros años del xlx motivó una relativa oposición
al pago de los diezmos, expresada en varios pasquines, siendo
probable que esta resistencia anidase anteriormente en los
ánimos de productores directos y clase propietaria l*. Agregue-mos
que en estos anos se plantearon serios conflictos entre el
Cabildo Catedralicio y los diezmeros del millo a propósito de
la incidencia de las tasas impuestas para evitar la especulación
y la carestía en los años citados; con los labradores acerca de
"O El ejemplo más clarificador es la región valenciana, donde el diez-mo
quedaba incluido dentro del conjunto de las rentas feudales. Cf. M. AR-DIT
Lvc~s: Revolucidn liberal y revuelta campesina, Barcelona, 1977, pp. 33
y SS., y J. L. HERNÁNDFyZ J. ROMEROF:e udalismo, burguesia y campe-sinado
en la huerta de Valencia, Valencia, 1980.
lL1 A. BE~ ~ F ~COMUASRSITEU : ctEvolución de h jurisdicciones...»,
pp. l(b.13.
l* A. M. MACÍASH ERNANDETZIe sis d"ct'ira1 Inbdita, 1; VIi capit-do XV;
Respecto a los pasquines, el citado en Ia introducción del presente capí-tulo
constituye el mejor ejemplo; no obstante, hablamos de relativa opo-sición
a su pago y no de una total resistencia, por cuanto en el texto se
trata solamente de ({contener la ambiciónn de los interesados en su
percepción y no de una negativa a su abono, es decir, no se pone en
entredicho la naturaleza de la institución decimal, siguiéndose el plantea-miento
que más adelante veremos.
Núm. 32 (1986) 329
si determinados cultivos nuevos, como la barrilla, debían abo-nar
diezmo y, finalmente, el proceso de expansión agraria aca-rreó
el problema de los novales y la aparición de un tercer
interesado en discordia, la Hacienda '13.
Otros factores responsables del fraude fueron el nivel de
comercialización de la producción agraria y el régimen de te-nencia
y tamaño de la propiedad "4. El comercio constituyó uno
de los pilares básicos de la economía regional, con un subsector
agrario vinculado al occidente europeo y en menor medida
americano y con otro plenamente orientado hacia el mercado
interior, y más abajo veremos cómo una minoría antiabolicio-nista
defendió la institución, por cuanto le permitía la apro-piación
de un mayor volumen de excedente con destino al
mercado. Y si bien los años en que se debatió la permanencia
de la institución decimal no se corresponden con una etapa de
esplendor en esta tradicional relación mercantil, lo cierto es que
se trató de un «impasse» coyuntural que no arruinó por com-pleto
aquélla. Es seguro que los grandes propietarios tuvieron
mayores oportunidades para defraudar en el diezmo; pero los
pequeños y medianos y los productores directos no fueron
tampoco ajenos a este hecho, sobre todo en aquellas áreas don-de
esta división del terrazgo se combinaba con una producción
agraria de carácter policultivista, cuyos diezmos se percibían
de forma agregada bajo la denominación de «menudos» o «huer-tas
y pollosn: La pequeña y mediana propiedad han sido domi-nantes
en la estructura agraria del Archipiélago -aunque sobre
este particular la investigación no se haya pronunciado aún con
el rigor requerido- y el fraude en los mencionados diezmos
fue denunciado por el propio corredactor de la estadística
de 1802 l15.
Cf. infra.
114 E. CANALES:A rt. cit., pp. 182-185.
"5 ({Más aproximados que los de la riqueza urbana son los datos de
producción de la rural, porque la razón del diezmo tornada en la Cont8-
duria Decimal son bases que conducen a un resultado más seguro ... Con
todo, son todavía mayores que los sentados en el resumen, prueba de ello
que el diezmo llamado de huertas ... de que no se diezma con mucha es-crupulosidad
y con que se alimentan en verano y otoño muchas gentes,
330 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
Finalmente, las corrientes liberales abolicionistas debieron
propiciar también el fraude, si bien la escasa información dis-ponible
ofrece a primera vista una perspectiva ideológica nada
contraria a la institución decimal. Así, no faltó durante el Trie-nio
una minoritaria opinión favorable a su permanencia, mani-festada
en diversos motines, aunque de pequeña intensidad '16.
Pero su origen no residió simplemente en la desconfianza de
un sect