SECULARIZACI~N Y MENTALIDADES:
EL CEMENTERIO DE SAN CRISTÓBAL
DE LA LAGUNA (1807-1816)
P O R
ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
A la lagunera San Cristóbal,
de su vecino durante tres lustros
SUMARIO
L Los cementerios en la reforma ilustrada: Antecedentes. Reforma necesaria
y resistencia. El primer cementerio exento en España. Puesta en marcha del
expediente. La Real Cédula de 1789. Insuficiencias y dificultades. Reforma
legislativa. Cementerios en la Península. Comportamiento en Canarias ante
la reforma. Tierra para los no católicos.-II. La instauración del cementerio
en La Laguna: Los primeros trámites. Entierros e inhumaciones: el Regla-mento
de 18 de junio de 1814. Bendición del camposanto.-III. El óbito de
una Catalina y un convento sitiado militarmente: La muerte de sor San Anto-nio
Rodnguez del Rey. Providencias del conde del Vaile de Salazar. La mili-cia
cerca a las catalinas. La explicación de un provincial. Una tarde de ne-gociaciones.
Entreacto conventuai y opinión pública. Ei Íracaso de la exiiu-mación.
Batalla de un provincial. Mentalidad de religiosas. Fin del episodio:
en la senda secularizadora.-N. Los problemas del cementerio: Aumento del
recelo: el clero regular. Una reforma necesaria. Abandono del camposanto y
la ermita. Opinión del síndico personero. Nueva planta del cementerio. En-frentamiento
entre cabildo y clero parroquial. Nuevas denuncias. Dos dictá-menes
del sindico personero. Conflicto en un doble frente. El esfuerzo del
vicario. Defensa del beneficiado rector: mentalidades *.
* Registro de siglas y abreviaturas: A.E.A.: Anuario de Estudios Atlán-ticos
(Madrid-Las Palmas).-A.H.M.L.L.: Archivo Municipal de La Laguna.-
Núm. 41 (1995) 459
Con esta aportación persigo un triple objetivo. Llamar la
atención sobre el proceso de secularización desde una óptica
sobre la que no ha insistido suficientemente la historiografia:
construir los cementerios alejados de los núcleos urbanos l. En
A.H.N.: Archivo Histórico Nacional (Madrid).-B.M.C.: Boletín Millares Carlo.
(L.P.G.C.).-C.H.C.A.: Coloquio de Historia Canario-Americana (L.P.G.C.).-Cit:
citadola-E.M.C.: El Museo Canario (L.P.G.C.).-L.L.: LA Laguna.-L.P.G.C.:
Las Palmas de Gran Canaria.-Leg.: legajo.-Lib.: Libro.-R.H.C.: Revista de
Historia Canaria (La Laguna).-S.C.P.: Santa Cruz de La Palma.-S.C.T.: Santa
Cruz de Tenerife y U.L.P.G.C.: Universidad de Las Palmas de Gran Canaria ' Casi siempre predomina el punto de vista arquitectónico, artístico o
meramente descriptivo. Destacan: E. ROIGG ARC~LAo:s cementerios en Ca- a
narias. Tesis doctoral en la Escuela Superior de Arquitectos. U.L.P.G.C. 1978 N
(Inédita). F. GALANTGE ~MEZ«L: os cementerios: otra lectura de la ciudad E
burguesa)). VI1 C.H. C.A. (1 986). L.P.G.C., 1990, t. 11, 601-624. A. CIORANESCU: O
n -
ííisioi-ia de Süniu Cruz de Tenerife. S.C.T.,i 974-77. 4 vois., r. Iv, 305, 390 y =m
O
394. A. M. QUESADAc osta: ((Vicisitudes del cementerio de Las Palmas de E
Gran Canaria en el siglo XIX. Las condiciones higiénico-sanitarias,,, en Una E
2
arquitectura para la Muerte. I Encuentro Internacional sobre Cementerios E
=
Contemporáneos. Sevilla, 1993, 521-528. E. R. PÉREZP ENATE(:( Cementerios
3 decimonónicos de Santa Cruz de Tenerife: una aproximación a través de la -
prensa local» en Una arquitectura ... cit., 513-519 y S. HERNANDEZG UTIÉ- -
0m
RREZ: «El antiguo cementerio de Puerto Cabras. Notas para un informen. E
111 Jornadas de Estudios sobre Fuerteventura y Lanzayote. Puerto del Rosa- O
150, 1993, t. 111, 433-446. ng
Podríamos traer otras muchas citas, pero tienen un carácter meramen- -E
te arquitectónico, o son simplemente descriptivas en historias generales o a
locales. P.ej.: F. GALANTGE ~MEZAr:q uitectura canaria desde la segunda mi- 2
n
tad del siglo XVIII hasta finales del siglo XIX. L.P.G.C., 1989. M. RODR~GUEZ o
Df ~ zD E QUINTANLAo:s arquitectos del siglo XIX. L.P.G.C., 1978. Para Gran 3
Canaria: M. R. HERNANDESZO CORRO«:L a arquitectura decimonónica fune- O
raria en el Cementerio de Vegueta)) en Una arquitectura ... cit., 434-449 y Ma-nuel
Ponce de León y la arquitectura del siglo XIX. L.P.G.C., 199. A. HERRERA
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460 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACI~NY MENTALIDADES: EL CEMENTENO DE SAN CRISTÓBAL. .. 3
otras palabras destemar de las iglesias el descanso final de los
restos mortales.
Estudiar el caso particular del cementerio de La Laguna, a
causa de los problemas específicos y curiosos a que dio ori-gen
y que afectaron ruidosamente no sólo al vecindario, sino
al ayuntamiento que se.vio enfrentado con el clero, tanto re-gular
como secular.
Finalmente, continuar con una temática a la que vengo
prestando atención, bien en el campo de la educación 2, la dia-léctica
obispado-Patronato Regio 3; y, como consecuencia, la
institución del pilonaje o las consecuencias de la aplicación
de la política regalista al archipiélago
histórica descriptiva de Santa Cruz de Tenerife. S.C.T., 1881. J. RODR~GUEZ
,";leuKr: @u:'= histbricu de La Lt lgwn. L2 LU~UC1U9,5 3. A. CIQNARESCL~L: n
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de los Bethlemitasn. En A.E.A. (1983), 159-194.
Núm. 41 (1995) 46 1
SECULARIZACldN Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRIST6BAL ... 5
plo. Añadamos, que en este cementerio acababan los restos
mortales si dentro no tenían tumba perpetua, pues cuando se
estimaba que se habían consumido se desenterraban, arroján-dose
las mondas a la fosa común. Como a veces, por necesi-dades
perentorias, se acortaban los plazos del depósito, la ex-humación
podía dar lugar a escenas patéticas, macabras y
malolientes 9.
Reforma necesaria y resistencia
Como quiera que los cementerios intramuros colaterales a
las iglesias no recibieran las atenciones imprescindibles y las
inhumaciones y exhumaciones en el interior de las mismas
originaban escenas poco edificantes, amén de sufrir peligrosas
consecuencias higiénicas y sanitarias, es lógico que desen-cadenaran
la crítica de los Ilustrados exigiendo una reforma
radical: sacar los restos mortales fuera de los recintos ur-banos.
Fue la motivación más aireada, pero el entierro en cemen-terios
encerraba reformas de más profundo calado. Se sugería
el dicho «todo para el pueblo, pero sin el pueblo». Indefecti-ble
chocó con una arraigada tradición que retrasará el logro
de la pretensión un siglo dilatado. Aunque en la jerarquía ecle-siástica,
propuesta al Pontífice en terna, de Ilustrados, no iba
a encontrarse dificultad alguna, no ocurre igual en el resto de
la sociedad. No se trataba de sacar los cadáveres de los cen-tros
urbanos solamente. Comportaba toda una mutación de la
religiosidad vigente. Suponía acabar con toda la espiritualidad
tridentina y barroca, para sustituirla por otra más persona-lizada,
intimista, con menos culto y más escueta sinceridad
piadosa.
En otras palabras, menos escolástica y más agustinia-na,
término que prefiero al de jansenista que conllevaba y con-
E;?cic!~pdkde ,%s:oriu de EqüAü, dingida p r FA. í%TOiA, t. V, 5534.
Cfr. «Cementerios»,p or R. M. PASCUAML AR~yN F . J. RODR~GUBEAZR BERAN:
«Loca silens apta. Algunas reflexiones en torno a las necrópolis contempo-ráneas~.
Una Arquitectura ... cit., 17-26.
Núm. 41 (1995) 463
6 ANTONIO DE B~THENCOURT MASSIEU
lleva un matiz de heterodoxia inexistente, a la vez que des-pectivo
lo.
Precisamente para evitar el trauma previsible, el Consejo de
Castilla trató de buscar una salida diseñando un modelo mix-to
de cementerio con jurisdicción compartida entre los ayun-tamientos
y los párrocos, lo que explica las dificultades, pues
las cargas de construcción recaían fundamentalmente sobre
los últimos. Tensiones que no valora Goldman, al pensar que
el clero parroquia1 conservaba sus estipendios por entierro.
Acierta cuando la atribuye a otras dos de tipo social: la «falta
de luces del pueblo ... su ignorancia y resistencia» y la «falta
de distinción y su choque con la pervivencia de clase» privile-giada
de los poderosos l l .
Religiosidad, casticismo, intereses económicos, mentalida-des
y coiiipoilamieiiios, eonser~adürismu sucia!, pr;l;.;l!egios,
lo El tema es complejo y aunque no ha suscitado una excesiva biblio-grafía
no faltan obras valiosas. Fundamental, J. JIMÉNEZL OZANOL:o s ce-menterios
civiles y la heterodoxia española. Madrid, Taurus, 198 ; Para una
comprensión del escenario tan imbricado, T. EGIDO: «La religiosidad de los
ilustrados», en Historia de España, dirigida por J. M. JOVERt,. XXXI, 1: La
época de la Ilustración: el Estado y la Cultura (1759-1808). Madnd, 1988,
397-435. Una visión más generalizada para Occidente: M. VOVELLEL:a
morte el I'Occident. De 1300 a nos jours. París, 1993; P. M. ARIES: L'homme
devant la mort. Pan's, 1974 (hay ed. española) P. B. GOLDMAN«M: itos libe-rales,
mentalidades burguesas e historia social en la lucha por los cambios
municipales», en Homenaje a Noel Salomon. Ilustración española e Indepen-dencia
de América. Barcelona, 1979, 81-93; E. QUIR~LSIN ARESE: l jardín
meláncolico. Los cementerios espalioles en la primera mitad del siglo XIX.
Oviedo, 1990 y G. SAGUAQRU ER:« Carlos 111 y el establecimiento de los ce-menterios
fuera de las poblaciones». Fragmentos [Carlos 111, 1788-19881.
Madrid, 12, 13 y 14 de 1988. V. PÉREZM OREDA«:P oblación y política de-mográfica.
Higiene y sanidad». Carlos III y la Ilustración. Madrid, 1988, 2
vais., t. 1, i45-158.
l 1 GOLDMANar,t . cit., 91-93 y J. L. GALANC UBILLA«:M adrid y los ce-menterios
del siglo XVIII: el fracaso de una reforma», en Carlos III, Madrid
y la Ilustración. Contradicciones de un proceso reformista. Madrid, 1985, 285-
295. Resistencia que obligó a una extensa legislación: A. E. MOLINS: Legis-lación
vigente en España y Ultramar en entierros, funerales y cementerios.
Earcdenu, 1g 94; M. T R C T Y~ C%L E?.: _R.Pci,nl!ncldn kgiht im obre !os ce-menterios
públicos y particulares. Madrid, 1906 y FERNANDEDZE VELASCO:
Naturaleza jurídica de los cementerios y sepulturas. Madrid, 1935; L. TOLIVAR
ALAS: Dogma y realidad del derecho mortuorio español. Madrid, 1983.
464 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACI~NY MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRIST~BAL... 7
pero también en esta amplia temática urbanismo y bellas ar-tes
como novedades. La munipalización de las sepulturas su-puso
el nacimiento de ciudades para los muertos, necrópolis,
no lejos de las ocupadas por los vivos. Primeramente, senci-llas
trazas en consonancia con el neoclasicismo, la religiosidad
intimista y la crisis económica, tan atroz desde el reinado de
Carlos IV, que también explica la lentitud en la aplicación de
la reforma. Rebasada la media centuria, cementerios románti-cos,
de estilo inglés, donde la muerte hace asonancia con la
naturaleza, los ricos mausoleos, las hermosas esculturas y has-ta
una literatura lapidaria, aún mal recogida. Evolución que
continua hasta el presente. En Una Avquitectuva para la Muer-te
no faltan excelentes proyectos y ejecuciones. Con el cambio
revolucionario que vivimos, nueva mentalidad. De la devoción
por los restos, al terror ante el cadáver y ahora ia incinera-ción,
los hornos crematorios y el velatorio, lejos del hogar
como la muerte, en el tanatorio 12.
El cementerio exento en Expaña
En el mundo católico, paradójicamente la idea de llevarles
fuera de los recintos urbanos partió de la propia jerarquía. No
es el caso de Inglaterra donde desde el siglo XVII se instalan
l2 A. BONNET CORREA: «Les cimentikres el 1' architecture funkraire en
Espagne et Amerique latine~,e n Atti del Convegno Znternazionale provviso
del Comitée Znternazionale d'zstoria de I'Arte. Genova, 1973. A. GONZALEZ
D f ~ zy M. J. REDONDOC ANTERO«: El cementerio español en los siglos XvIII
y XIX», en Archivo Español de Arte, XLIII (1970), 289-320 y Una Arquitectu-ra...
cit. Más específicamente para el diseño y la vinculación con la Acade-mia
de Bellas Artes, y la influencia del Pere-Lachaise (París, 1804).
RODR~GUEBZA RBERANa:r t. cit en Una Arquitectura.., , 19 y 21. RODR~GUEZ
G. CEBALLOS«: La reforma de la arquitectura religiosa en el reinado de Car-los
III. El neoclásico español y las ideas jansenistasn. Fragmentos: Carlos ZIZ,
1788-1898 (1988).
Los nuevos espacios de reposo como señala Ph. ARIES, ob. cit., 44, son
producto dei precipitado mejoras higienicas y ei pudor social. junto con ia
dialéctica ante la muerte entre complacencias (sublimación del concepto de
belleza) e intolerancia (separación del difunto). Tesis que comenta con acier-to
G ~ M EGZA LANTEe, n la comunicación al VZZ Coloquio, t. 11, 604-5.
Núm. 41 (1995) 465
8 ANTONIO DE B~THENCOURTM ASSIEU
cementery (al aire libre), alternando con los viejos churchyard
(cementerio parroquial) 13. En efecto, en la propia Roma, en
los inicios del setecientos, Giovani Mana Lancisi acució a Cle-mente
XI con la urgente necesidad de construir cuatro cemen-terios
fuera de las puertas de la ciudad. Proyectos, planos e
informes, que si no llegaron a realizarse, un ilustrado como
Azara hizo llegar a Carlos 111 14.
Por lo que toca a España, la realización del primero fue
obra del prelado barcelonés, el famoso «agustiniano» Josep
Climent. Fue tema que le preocupó profundamente. Ya en sus
visitas pastorales entre 1771 y 1774 dejó muestras de ello para
corregir la decencia y estado de enterramientos dentro y
adosados a los templos. Ordenó reformas imprescindibles y
señaló orientaciones con vistas hacia el futuro 15.
Pero ei probiema mas grave sobre ei tema io encontró
Climent en la propia Barcelona. El aumento demográfico su-peraba
la posibilidad de inhumar los fallecidos en los templos.
La solución única, levantar un cementerio único para los feli-greses
de las siete parroquias. Tropezó con la mayor dificul-tad
en que su idea chocaba con la devoción y costumbre in-memorial~.
Lo que explica, que habiendo adquirido desde
1768 el solar donde instalarlo, la necesidad de mentalizar a los
fieles de las ventajas, así como la idoneidad de su localización,
hubo de retrasar la realización. Rematadas las obras en 1774,
lo bendijo el 13 de marzo del siguiente. Estaba situado junto
a la playa de Levante, denominada Mar Bella 16.
l 3 M. J. DE LARAR ~DENA«SC:e menterios y sociedad inglesa a fines del
Antiguo Régimen. Muerte, ejército y sociabilidad en el Trafalgar Cementery,
en Gibraltar», en Una Arquitectura ... cit., 449-463.
l4 R. CAMACHMOA RT~NE«ZM: oradas de la muerte en la Málaga con-temporánea~
e, n Una Arquitectura.. . cit., 3 7-49, 38.
l5 F. TORTM ITJANSE:l obispo de Barcelona Jose Climent i Avinent (17 06-
1781). Contribución a la historia de la teología pastoral tarraconense en el
siglo XVIII. Barcelona, 1978, 25 1-253.
l6 Construcción, dotación, presupuesto, capilla, inauguración, etc., en
ob. cit. de TORTM ITJANS3,4 1-43. En una tercera del 4. 1. 988 de ABC se
pubiicó un hermoso articuio de J. PERUCHO«E, 1 obispo Ciiment y ias be-llas
urnas funerarias». Añade noticias sobre el obispo y el triste aspecto que
hoy ofrece el cementerio: «Es un lugar para cine fantástico o de terror de
la semana de Sitges)).
466 ANUARIO DE ESTUDIOS AT~NTICOS
SECULARIZACI~N Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRISTÓBAL ... 9
Puesta en marcha del expediente
Si bien la normativa sobre cementerios arranca de la R.C.
de 1787, como en tantos otros terrenos del Setecientos, en
Francia se había promulgado en 1776. Sin embargo, al caso
del camposanto de Mar Bella, no faltaron aquí peticiones ma-drugadoras
como la promovida por el ayuntamiento de Toledo,
que en 1751 se dirige con este objetivo al arzobispo y al mar-qués
de la Ensenada ''. En Valencia el regidor ilustrado don
Antonio Pascual Almansa propone un estudiado proyecto en
1776, que sólo logró el visto bueno de la Facultad de Medici-na
seis años más tarde la.
Sin embargo, el proceso legislativo va a emprender un lar-go
camino, cuando las víctimas de una epideniiia en Pasajes,
produjeron olor tan insoportable, que Campomanes se dirigió
al Rey mediante un memorial ajustado, a fin de buscar una
solución definitiva a tan peligroso problema. El Consejo de
Castilla acordó realizar una amplia consulta sobre la instau-ración
de cementerios. Se solicitaron opiniones al episcopado,
las RR.AA. de la Historia y Medicina, la Junta de Sanidad, los
embajadores de naciones católicas ante la Corte. No faltaron
opiniones y juicios, como el Informe de la R.A. de Bellas Ar-tes
de 1783, o el famoso escrito de Bails. Con todo este ingen-te
material, la R. Academia de la Historia elevó un minucioso
informe, redactado por Jovellanos lg.
Como es natural, la polémica giró sobre si el dogma y la
disciplina eclesiástica imponía la sepultura en los templos o
no. Es curioso como todo el episcopado, Ilustrados dado el
sistema de temas, estuvo de acuerdo en la necesidad de ce-menterios,
aunque con matices. El caso de la provincia de
l 7 E J. RODR~GUMEZA R~N«: Resumen histórico de los cementerios de
Málaga en la época contemporánea». Una Arquitectura ... cit., 535-546, 536.
l 8 J. R. RUEDAL ~ PEZ«:E volución de los cementerios en la ciudad de
Valencia)). Una Arquitectura ... cit., 547-550, 549.
" R. CÁMARA MARTÍNEZ: «Morada de ia Muerte, ya cit., en Una Arqui-tectura
... 38. B. BAILS: Pruebas de ser contraria a la práctica de todas las na-ciones
y de la disciplina eclesiástica y peviudicial a la salud de los vivos ente-rrar
a los difuntos en las iglesias y poblados. Madrid, 1785.
Núm. 41 (1995) 467
10 ANTONIO DE B~THENCOURT MASSIEU
Burgos es sintomático. Para Antonio Calderín, obispo de
Osma, los sepulcros en los templos fue una innovación 20. Para
Álvaro Marcos de Llarena, de Segovia, más radical, fue pro-ducto
de la avaricia del clero 21, mientras para el de Burgos el
problema radicaba en las ingentes dificultades que suponía un
cambio de mentalidad 22.
Con tan ingente información eleva el fiscal su dictamen,
basado en tres puntos: 1.0) Habrá que aprovechar la abundan-cia
de ermitas, dada la escasez de fondos, que procederán de
la fábrica de las parroquias, el fondo pío de pobres, y si no
fueran bastante de caudales públicos, o sea los propios de los
municipios. Con el segundo trató de desvanecer suspicacias:
serán lugares sagrados y en ellos se celebrarán oficios y ora-ciones;
el clero parroquia1 no será perjudicado pues continua-rán
aplicando a los entierros los aranceles vigentes; y se evita-rán
«falsas indulgencias y privilegios)), lo que permitirá a los
súbditos abandonar la superstición y aceptar «la verdad y ver-dadera
religión», empapándose en la nueva religiosidad. Final-mente,
para respetar los derechos adquiridos, se reservarán
parcelas acotadas a quienes disfrutan en los templos sepultu-ras
perpetuas, consolidando los privilegios propios de la socie-dad
estamental 23.
20 «... la permisión de los prelados y premio de los bienhechores in-trodujo
poco a poco la costumbre de los sepulcros en los templos...»,
M. J. ZAPIRA~NY AÑEz: «La problemática de los cementerios en la provin-cia
de Burgos bajo el reformismo ilustradon, en Una Arquitectura ..., cit.,
566-573, 566.
21
N... los sacerdotes hallaron gran celo en aquel estado deplorable de
la Iglesia y concedían sepultura en lugar más o menos distinguido, a pro-porción
de las mayores o menores oblaciones que se hicieran...)). Loc. cit.
22 José Javier Rodríguez Avellán, al que se suma el de Osma, conside-ra
«muy difícil variara una costumbre antigua y sentada...)), originando «va-rios
inconvenientes y dificultades...». LQC. cit.
23 En estos lugares acotados podrán colocar «mármoles, lápidas e ins-cripciones
a fin de conservar ias memorias de sus famihas». h c . cit., 570.
Preserva los privilegios de casta, pero se adivina el futuro de los cemente-rios
burgueses. Como es natural, se reservan parcelas para sacerdotes y cle-ro
regular, así como para los párvulos.
468 ANUARIO DE ESTUDIOS A T ~ N T I C O S
SECULARIZACI~NY MENTALIDADES: EL CEMENTENO DE SAN CRISTÓBAL ... 11
La Real Cédula de 3 de abril de 1789
Paralelamente a la elaboración de la disposición legislati-va,
el 2 de febrero de 1785 el rey firmaba en El Pardo el Re-glamento
del nuevo cementerio del Real Sitio de San Ildefon-so,
modelo del nuevo sistema de enterramiento 24. En 1786 en
la Villa y Corte hubo de cerrarse a los fieles durante una se-mana
la parroquia de San Sebastián a causa de la insoporta-ble
fetidez, renovando los temores que sobrevinieron en Pasa-jes
en 1781 25.
Por fin y por acuerdo del Consejo de 9 de diciembre de
1796, el 3 de abril culminaba el largo proceso con la publica-ción
de la Real Cédula. En ella se exceptuaba de sepultarse
fuera de las nuevas instituciones aquellos que hubieran iieva-do
una reconocida vida virtuosa. Marca la urgencia para co-menzar
a levantarlos en aquellas localidades más suceptibles
de sufrir epidemias, así como las ciudades y villas más
populosas. En su administración y funcionamiento participa-ban
los municipios junto con el clero parroquial, presupuesto
que tendía a suavizar susceptibilidades, que en la práctica
como es natural no limaron asperezas. Como nota curiosa, en
la misma no se fija precepto arquitectónico alguno 26.
Finalmente «pretende restablecer la antigua disciplina de la
Iglesia en el uso de los cementerios extramuros según el Ri-tual
Romano» 27.
24 S. G ~MENZA VARRO«:L a construcción de cementerios en la provin-cia
de Córdoba, 1787-1883». En Una Arquitectura ... cit., 399-405, 400. Noti-cia
del establecimiento y uso del cementerio extramuros del Real Sitio de San
Ildefonso. Madrid. Imprenta Real, 1787.
25 Enciclopedia de la Historia de España, cit., t. V. Voz «Cementerios».
26 J. L. ~LVAREZD E BALBOAG;. BUTR~FNR ~AYS J. ROMEROG ONZALEZ:
«Primeras aplicaciones de la legislación iiustrada sobre cementerios en ia
diócesis de Cádizm, en Una Arquitectura ... cit., 280-283, 280. El texto de la
R.C. Novísima Recopilación, Lib. l.", tít. 111, Ley 1."
27 S. G ~MENZA VARROy:a cit., 399.
Núm. 41 (1995) 469
12 ANTONIO DE BfiTHENCOURT MASSIEU
Insuficiencias y dificultades
Un análisis pormenorizado de la R.C. de 1787 acaba expli-cando
lo arriba indicado. Encierra como otras disposiciones
reformistas contradicciones internas. En nuestro caso por evi-tar
la resistencia pasiva de la que era consciente el legislador.
Oposición no sólo de las incultas capas populares, como ya ha
quedado explicitado 28, sino de los grupos privilegiados, celo-sos
de perder sus rasgos distintivos de honor y poder. De otro
lado, las derivadas del modelo mixto municipio-parroquia para
la posesión y administración de los camposantos; provocaron
no solo tensiones y conflictos hasta 1833 en que Fernando VI1
por reglamento de 8 de abril determina «que los cementerios
sean construidos con fondos municipaies, aunque ia custodia
siguiera correspondiendo a las autoridades eclesiásticas» 29. Po-demos
aún sumar los derivados de una marginación del clero
regular, con la alta influencia que poseía sobre el pueblo. Tal
fue la complejidad que obligaría a promulgar una extensa y
voluminosa normativa entre 1787 y 1857 30.
Si semejante teoría de pasividades de tipo social, religioso,
cultural, de mentalidades y comportamientos no quedará com-pleta,
si descartamos la profunda, grave y larga coyuntura de
crisis económica que atraviesa la monarquía a lo largo de los
reinados de Carlos IV y Fernando VI1 con el dramático interme-
28 A lo ya conocido y sin intención de ser exhaustivo podemos traer a
cuento: GALANC UBILLA«:M adrid y los cementerios...», cit., 555-56; R.
L~PEZO:v iedo: muerte y religiosidad en el siglo XVZZZ. Oviedo, 1985, 76; M.
REDERG ADOW«:M orir en Málaga» en Testamentos malagueños del siglo
XVZZI. Málaga, 1986, 98; F. J. PONTEC HAMORR(O(R: itos funerarios y salud
pública: el traslado de los difuntos en el Madrid del siglo XVIIIX, en Una
Arquitectura ... cit., 69-71 y G. Df~zY RECASENS«:U n nuevo cementerio me-tropolitano
para Sevilla. El tanatorio de Alcalá de Guadairan, ob. cit., 201-
206, 204.
29 A. GONZALEDZ~ Az«:E l cementerio español en los siglos XVIII y XIXD,
en Archivo Español de Arte, XLIII (1970), 289-320, 291 y E. R. PÉREZ
PENATE«: Cementerios decimonónicos. ..» , cit., 514.
30 1796, 1798, 1799, 1804, 1805, 1806, 1807, 1818, 1821, 1833, 1834,
1840 y 1857. R. CAMARMA ART~NE«MZ:o radas. ..» cit., 88; GOLDMAoNb,. cit.,
85-93 y V. FERNANDESZA LINAS«:C ementerios y ciudades ...» cit., 380.
SECULARIZACI~YN MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRISTÓBAL ... 13
dio de la Guerra de Independencia. Cepeda Gómez nos acaba de
ofrecer una huella muy significativa. En su Instrucción vesewa-da
a la Junta del Estado, Floridablanca anuncia a vista del logra-do
sistema de relaciones exteriores, reducir los gastos militares,
pues el 54 por 100 del presupuesto le parecen excesivos para la
buena marcha de la nación. Pues bien este 54 por 100 de media
entre 1788-92, lamentablemente alcanzó el 90 por 100 en 1813
y solo bajó al 63 por 100 en 18 17 31.
Cúmulo de fenómenos estructurales y coyunturales que
atenazan el tránsito en España de la modernidad estamental al
clasismo contemporáneo, explican que en 1884 todavía sólo
7.186 municipios de los 10.091 del reino tuvieran cementerio 32.
RqÓrma legislativa
Como quiera que un estudio de tan abundante normativa
me llevaría demasiado lejos, me reduciré a sintetizar la pro-ducida
hasta 1807; la que atañe a las incidencias a que dio
origen la instalación del camposanto en La Laguna. Rebasaré
el tope sólo con alusiones a disposiciones que de haber ema-nado
con anterioridad hubiera eliminado alguno de los inci-dentes
que se produjeron.
Que las realizaciones diseñadas en 1787 no marchaban por
buen camino lo comprueba una Circular del Consejo en 1796,
ordenándose profundice más en las fosas abiertas en los tem-plos,
mientras se alcanza el «feliz momento de la creación de
cementerios rurales» 33. Aserto que confirma Carlos IV dos
años más tarde con una R.C. donde amén de reconocer la
dura polémica abierta «no sólo en las clases populares sino
entre los estamentos superiores», incita al cumplimiento de la
disposición de su padre, pues como reza una circular se ha
trasmutado «la Casa de Dios ... en un depósito de podredum-
' J. CEPEDAG ~ME Z«L: a crisis del ejército Real y Nacional» en Ejérci-ro,
ciencia y Sociedad en la España del Aniiguu RLgirnen (E. ijAiHGüEK y E.
GIMÉNEZe,d s.). Alicante, 1955, 19-49. En especial la gráfica de la p. 23.
32 Enciclopedia de Historia de España, cit., t. V., 234-235.
33 L. TOLIVAARL AS:O b. cit.. 170.
Núm. 41 (1995) 47 1
14 ANTONIO DE B~THENCOURT MASSIEU
bre y corrupción)), alejando los malos olores a los fieles de los
oficios con la consiguiente pérdida de la fe. Sin embargo, se
reduce a dar buenos consejos en vez de adelantar soluciones 34.
Un planteamiento mucho más realista, en el que se apor-tan
soluciones y fijan directrices, encierran las circulares del
Consejo de Castilla de 26 de abril y 28 de junio de 1804, más
conocidas por la R.C. de 1804 35. Estructuran una mayor cola-boración
entre diocesanos y párrocos con corregidores, desig-nando
en cada territorio un consejero o un delegado del Con-sejo
con plena autoridad, que permitiría llevar adelante una
planificación para la zona de su designación, fijando priorida-des.
Delegados que aprobaran o modificaran proyectos de cada
necrópolis 36.
Al tiempo fijan criterios sobre localización, diseño, proyec-t
ista~t,r amitación de expedientes, acotaciones para tumbas
sacerdotales o privadas, etc. Detallaremos en esta algunas, por
el interés que encierran para el caso particular de La Laguna 37.
34 La orden circular es de 18. 111. 789. La R. C. se reduce a recordar
el uso de las ermitas en busca de economías, exarcebar la colaboración
entre corregidores y párrocos, etc. J. L. ÁLVAREZD E BALBOAet, alli: «Prime-ras
aplicaciones...)) cit., 220 y t. V de la Enciclopedia, 234-35.
35 Novísima Recopilación. Lib. l.", tít. 111. Ley 1."
36 El Consejo comunicó el 4 de mayo las designaciones correspondien-tes
a los delegados territoriales, prelados, párrocos y ayuntamientos.
37 Vuelve sobre la conveniencia por economía de aprovechar las ermi-tas,
pero recomienda con un especial cuidado sobre la calidad del suelo
para evitar filtraciones contaminantes de aguas potables. Elegido el lugar,
encargarían planos y presupuesto al más caracterizado arquitecto, apareja-dor,
maestro de obras, o incluso alarife de la localidad. Los muros serán
de altura proporcionada en evitación de posibles profanaciones, tan «opues-tas
al honor con que deben ser tratados los cadáveres),. Se calculará la ca-pacidad
en función de ia media de óbitos dei uitimo quinquenio; teniendo
en cuenta la cabida de dos por sepultura y que a los tres años los restos,
das mondas),, serán exhumados para verterlas en el osario. Deberán contar
con capilla, osario y habitaciones para el capellán y sepulturero. Sin em-bargo,
reconociendo la abundancia de lugares cortos económicamente, se
podían obviar las tres obras, reduciendo el camposanto a un cercado
iiiürado cuii üiia ciüz eli el celitm. Pruyectü y piesüpestü ser6 ekvadü ppaia
su aprobación al delegado territorial, que podrá señalar modificaciones.
Este delegado con el obispo planificará el número y localización de cemen-terios
para el temtorio asignado. Loc. cit.
SECULARIZACI6N Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRISTÓBAL ... 15
El interés y grado de eficacia ante la decisión de llevar
adelante los entierros fuera de los núcleos de población, la en-contramos
en las rápidas reacciones del Consejo ante los pro-blemas
que suscitan las nuevas directrices.
Así, la circular de 17 de octubre de 1805 provocada por la
negativa del deán de la catedral de Málaga a que fueran
exhumados los restos de un prebendado fallecido. El Consejo
dictamina: «ninguna persona, ni comunidad puede establecer
para su uso cementerio distinto de los públicos para el vecin-dario
» 38. Rotunda negativa que con el tiempo será atenuada
mediante la R.C. de 19 de mayo de 18 18, autorizando a reali-zar
inhumaciones en el interior de los conventos de religio-sas
39. Excepción que fue matizada más tarde por R.O. de 30
de octubre de 1835, en que si bien admite la práctica «en
atrios o huertos de monasterios o conventos de monjas» siem-pre
que la vida de las religiosas en los mismo sean de «una
perfecta y absoluta clausura» 40. Tardía excepción, que hubie-ra
evitado un escándalo lagunero, como veremos.
La del 19 de abril de 1806 suscitada por la subida exagera-da
de aranceles introducidos por el párroco de la villa de
Sisantes, provoca la orden de congelar los derechos y de esti-marse
conveniente en modificarlos en razón del exceso de tra-bajo,
acuda el clero parroquia1 a su diocesano que dictamina-rá
lo que estime en justicia 41.
Todavía, el 12 de septiembre de 1'806 se promulga, a peti-ción
del Gobernador general de los franciscanos, el que cele-bren
los regulares en templos de su orden las exequias y
acompañen al difunto hasta el cementerio y entierro. Todo ello
38 Si se suscitara negativa por parte eclesiástica a la petición de la sa-nidad,
«se procederá por la justicia [a quebrar la clausura], guardando el
debido respeto a los santos templos o lugares religiosos». Novísima. Lib. l.",
tít. 111. Ley 2."
39 V. FERNANDEZ SALINA Sce: menterios y ciudades...))c it., 170.
40 TOLIVARA LAS: Ob. cit., 16
41 En este caso señala, «que hubiera de encargarse [el párroco] de la
conducción y enterramiento de modo decente y acomodado ai uso y cos-tumbre
hasta ahora», percibiendo los derechos fijados por el diocesano,
gratificándose con los mismos al cura, sacristán y ministros eclesiásticos
que acompañen al duelo. Novísima. Lib.lGOT,í t. 111, Ley 2."
Núm. 41 (1995) 473
16 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
libres de abonar derechos, en tanto el Consejo no determine
lo que considera pertinente 42.
Todo un programa que hubiera dado contenido a la refor-ma
emprendida en 1787, pero que una vez más truncó la in-vasión
napoleónica y la Guerra de la Independencia.
Cementerios pioneros en la PenínsuIa
Si echamos un rápido vistazo a los primeros camposantos
instalados en la Península, lo primero que nos choca es que
salvo alguna excepción los insulares anteceden a los continen- a N
tales, pues aquí muchos fueron los iniciados, pero siempre con E
una cierta provisionalidad. Dos fueron los factores que incita- O n
rm, efi plzne, conflicto bélico, a su esiabiecimienio. El temor
-- m
O
a propagación de pestes y epidemias en las ciudades más ex- E
E
puestas, sobre todo a la fiebre amarilla, en lo que coinciden 2
E
los puertos andaluces con los insulares.
-
El otro más peculiar: la presencia de las fuerzas francesas 3
de ocupación. Los generales napoleónicos y el propio rey José
- -
0
m
trataron de llevar adelante semejante empresa reformista 43. E
Sin embargo, no quedó huella, pues obligados a retirarse, vol- O
6
vieron los cadáveres a las iglesias. n
E Tales fueron episodios de la Guerra en León, 1809 44A, randa -
a
de Duero, 1810, Pancorbo, Peñaranda, la misma Burgos 45, Ma- 2
n
n
42 Sin perjuicio de la concurrencia que por costumbre o derecho pue-
3
da corresponder al cura, clero de la localidad del convento; pero sin exigir- O
les derechos por ahora, y hasta que el Consejo determine otra cosa. Loc. cit.
43 «Los invasores ... apostaron por la modernidad e intentaron aplicar
un programa de reformas que dotase a las ciudades de unas condiciones
de salud y comodidad de que carecían. Los cementerios estuvieron ... » M. DE
LOS A. PAZOSB ERNAL(:( Arquitecturaf uneraria en Málaga», en Una Arqui-tectura
... cit., 503-512.
44 M. SERRANLOUS O:« Orígenes y desarrollo del cementerio público en
la ciudad de León hasta 1936». Ob. cit., 557-561, 557.
45 M. J. ZAPIRA~YNA ÑEz: «LOSc ementerios en la comarca arandina bajo
ei Keformismo Iiustrado~. En Revista Bibiioteca randa de Duero), 5
(1990), 78-81 y «La problemática ... » ya cit. para Burgos. Si bien las obras
del cementerio arandino de Tonjil se inician en 1804, ninguno tuvo función
normal hasta mucho después.
474 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
drid, donde José Bonaparte encargó en 1809 los planos del Ce-menterio
General del Norte a Juan de Villanueva 46, Toledo 47, e
incluso Málaga, aunque volveremos sobre esta ciudad.
Entre las ciudades amenazadas por la fiebre amarilla, el
temor preocupó en Cádiz, Sevilla y Málaga. En la primera al
ser azotada por la epidemia se improvisaron enterramientos
fuera del tómbolo 48. Una vez conocidas las circulares de1804,
proyectan uno en el Puerto Real y otro en San Fernando.
Aquel encontró financiación de un prócer, mientras las obras
del de San Fernando no se verán rematadas hasta 18 17 49.
En Sevilla el temor a la fiebre desencadenada causó pre-ocupación
desde 1804. Fue encargado el proyecto a tres pres-tigiosos
arquitectos, se necesitaron tres lustros para terminar
en 18 19 el camposanto de San Sebastián 50. Por lo que toca a
Málaga fueron tres los que se alternaron, amén de alguno más
proyectado. El de La Caleta (1797-1805), el convento de Ca-puchinos,
bajo la ocupación francesa (1 8 10-1 8 12) y el de San
Miguel que no alcanzó la bendición sino el 1 de julio de
1810 51. Y ya en Andalucía, en Córdoba, amén de las preten-siones
de algunas localidades, el de la capital no entró en fun-cionamiento
hasta 1833, aunque las obras de La Salud se ini-ciaron
en 1805 52.
46 C. SEGUARRU ER:« La última obra de Juan de Villanueva: el Cemen-terio
General del Norte de Madrid», Goya, 1977; apud Quirós Linares, ob.
cit., 13-18. Esta necrópolis haría pendant con el General del Sur.
47 Toledo es un caso complejo. En 1813 los franceses deciden enterrar
en San Juan Bautista. Retirados, en 1814 el Ayuntamiento habilita el con-vento
de San Bartolomé, destruido, en la Vega y encarga los planos del de-finitivo,
que no entrará en servicio hasta 1836. R DEL CERRO MALAG~N:
«Los cementerios en la ciudad de Toledo en el siglo XIX», en Una Arquitec-tura
... cit., 335-342; 336-37.
48 Bien en la Esparraguera (San Fernando) o en El Pedroso (1802-
1803), pero pasado el peligro cesan las inhumaciones. J. L. ALVAREZ DE
BALBOAet, a&, ya cit, 280-3.
49 LOC. cit.
V. FERNANDESZA LINASco: municación cit., 375.
F. J. RODR~GUMEAZR T~N«R: esumen histórico. ..n ya cit., 535-38; R.
CACHOM ARTINE«ZM: oradas. .. » cit., 403 y M. DE Los A. PAZOSB ERNAL«A: r-quitectura
funeraria», cit., 503.
52 S. G ~MENZA VARR«OL: a construcción... » cit., 40 1-402.
Núm. 41 (1995) 475
18 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
El más tempranero de los repasados fue el de Valencia,
bendecido por el canónigo don Luis Lassala el 6 de junio de
1807. Para su realización fue esencial el esfuerzo del regidor
ilustrado don Antonio Pascua1 Almansa, que tanto había bata-llado
por su establecimiento en 1776 53.
Comportamiento en Canarias ante la reforma
En Canarias una población insular y aislada que tuvo que
sufrir a través de los siglos dramáticas epidemias y pestes y
que en los inicios de la centuria pasada se vio atacada por la
fiebre amarilla, tenía necesariamente que estar dotada de una
mentalidad más abierta a las inhumaciones en cementerios
c,.Yn+ u,,..,a ul .lua,i,l,u, a. vr eli müehzis ocasiones se vieron obligados a
improvisarlos hasta que pasara la mala racha.
Sin embargo, lo que sorprende es que el primer cemente-rio
público no se levantara en un puerto, sino en la villa de
La Orotava. Se construía el templo de Nuestra Señora de la
Concepción, siendo como era la diócesis del Patronato Regio,
debido al alto coste de la misma, la Audiencia recibió la res-ponsabilidad
de vigilar obras y gastos. Para esta misión dele-gó
sus funciones en 1789 en los caballeros don Juan Antonio
Urtusaústegui y don José de Llarena Mesa. Introdujeron éstos
el proyecto de levantar paralelamente un cementerio a fin de
evitar inhumaciones en el nuevo y espléndido templo. Su pre-supuesto
ascendió a 4.290 pesos. Y aunque desconozco la fe-cha
de su bendición, al menos según Hernández Perera el
hermoso sarcófago genovés del marqués del Sauzal permane-ce
vacío, pues cuando en 181 1 falleció uno de sus familiares
fue enterrado en el «cementerio común» 54.
J. R. RUEDA L~ PEZ«:E volución de los cementerios...))c it., 549-550,
donde hace la historia; para el proyecto arquitectónico y autores, M. A.
CATALAN GORGES y D. VILAPLANA ZURITA: ((Arquitectura y escultura en el
Cementerio General de Valencia, 1807-1909», en Una Arquitectura ..., 325-
334, 325.
54 A DE BÉTHENCOURMTA SSIEU:« La Iglesia de la Concepción de La
Orotava)). En A.E.A., 38 (1992), 443-447, 466-69 y S. HERNANDEPZE RERA:
«Escultura genovesa en Tenenfe)). En A.E.A., 7 (1961), 337-483; 454-57.
476 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACIÓN Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRIST~BA.L.. 19
Si tenemos en cuenta cómo sorprendió a Urtusaústegui y
a Llarena la nimia resistencia de los oratavenses a la instala-ción
del cementerio, siendo su población predominantemente
campesina, sin que faltaran numerosas familias poderosas y
clero conventual, podemos avanzar como hipótesis, que al es-tar
más preservados a las epidemias, la mentalidad de la po-blación
insular se encontraba abierta a este cambio de la tra-dición.
Y otra prueba más, el número de cementerios que
abren sus puertas en fechas tempranas en comparación con
los datos hasta ahora manejados para la Península. Según
Pascua1 Madoz, se fueron abriendo por este orden: Agaete,
1809; Santa Cruz de Tenerife, 1810; Puerto de la Cruz, 18 11;
Las Palmas, 1812; La Laguna, 1813 y Santa Cruz de La Pal-ma,
1821 55.
Dos órdenes de hechos que parecen confirmar ia hipotesis
avanzada, aunque sena necesario conocer las reacciones isla
por isla y pueblo por pueblo.
Ahora no entraremos en detalles sobre las vicisitudes de
cada uno de ellos, pues en la primera de las notas de esta
aportación se facilita una extensa bibliografía que afecta a la
casi totalidad de los cementerios mencionados.
Eewa para los no católicos
Uno de los vacíos que denota la R.C. de 1787 y la normati-va
posterior, lo que extraña en Ilustrados tolerantes, es el des-tino
de los fallecidos fuera de la fe católica, que no cabían en
suelo sacralizado. El planteamiento venía de atrás. Los diplo-máticos
ingleses al negociar el tratado de 1664 introdujeron
la concesión donde pudieran descansar los anglicanos. Jimé-nez
Lozano lo hace constar, así como el incumplimiento de la
obligación 56.
Por otra parte, la abundancia de esclavos mahometanos en
La relación de localidades y fechas que da Níadoz las ha obtenido
de A. M. QUESADA ACOSTA: «Vicisitudes del Cementerio de Las Palmas ... »
cit., 524. Silencia el de La Orotava y fecha el de La Laguna en 1807.
56 Ob. cit., 116.
Núm. 41 (1995) 477
20 ANTONIO DE B~THENCOURT MASSIEU
los trabajos más forzados del arsenal de Cartagena, obligó a
establecer un cementerio para estos desgraciados 57.
Sin embargo, los primeros cementerios de este tipo fueron
establecidos en Gibraltar ya en 1708. Lara Ródenas ha estu-diado
el más importante, el Trafalgar Cementery entre 1789 y
1814, dando noticias sobre los otros dos, el Alameda Garden y
St. Yugo's Bawachs (1768-18 14)
El problema en España no encontró la adecuada solución
hasta que Fernando VI1 promulgue la R.C. de 18 de noviem-bre
de 1831, complementada por la de 20 de agosto de 1855 59.
Como consecuencia en 1868 consiguen autorización para le-vantar
uno en Huelva 60 y el cónsul William Maret otro en Má-laga
61. Por lo que a cementerios ingleses en Canarias se refie-re
tuvieron tres: en Las Palmas, situado en San José, el Puerto
de la Cruz y Santa Cruz de Ienerife.
No he podido recabar noticia alguna sobre cementerios
para judíos. Solamente el establecido en 1873 en Funchal, la
capital de la isla de Madeira, que traigo a cuenta como curio-sidad
62.
Los primeros trámites
El doble hecho de la puesta en marcha por la Audiencia
de las circulares del Consejo y una epidemia de constipados
V. FERN~NDSEAZL INAS«C: ementerio y ciudad en el siglo XIXZ en Una
Arquitectura ... cit., 377-382, 378.
Comunicación cit., 449-456.
Por aqueila se estabieció «que se autoriza la apertura de cemente-nos
separados de los católicos)) en relación con un largo pleito suscitado
por súbditos ingleses. V. FERNANDESZA LINAcSo: municación cit., 378.
D. GONZALECZR UZ:« DOSc ulturas de la muerte en la ciudad de
Huelva: cementerio de católicos y de protestantes ingleses y evangélicos»,
en Una Arquitectura ... cit., 407-4 15; 408-41 1.
61 1. T Dnnnfrirn? Xd * r i f r r . d . rwunruur;A rvmnliu. icResüneli hisi6ricü ... » cit., 537.
R. SANTOS«: O cementerio israelita de Funchal)), Islenha 10 (1992),
125-163. Noticia que agradezco al amigo y colega Sebastián Hemández
Gutiérrez.
478 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
que podía originar defunciones por degenerar en dolencias
pleuríticas que asolaban a La Laguna, hizo que en Tenerife se
tomaran medidas conducentes a enterrar los fallecidos fuera
del núcleo urbano.
El comandante general don Pedro Rodríguez de la Buria,
sobre quien recayó la designación de delegado del Consejo de
Castilla convocó una junta integrada por el Cabildo, los párro-cos
en representación del clero secular y a los provinciales y
superiores de los conventos.
Por lo que se refiere al Cabildo lagunero acordaron realizar-lo
primero en un llano contiguo al cementerio actual, pero más
largo que el nivel de los solares circundantes)) según asevera don
Alejandro Cioranescu 63. Pero el 30 de mayo de 1807, los muní-cipes
aceptaron el dictamen del Dr. Saviñón, estableciéndolo un
poco más arriba, en tierras de Silvestre Casanova, con capaci-dad
para unos 1.800 sepulcros. Adquirido el solar, fue necesa-rio
trasladar a lugar más conveniente el molino harinero de
viento allí instalado @. Sin embargo, pasado el peligro epidémi-co,
se «produjo acalorados debates con los Económicos», lo que
acarreó la paralización de las obras iniciadas 65.
Salen de dudas al recibir el Decreto y orden del jefe políti-co,
quien se la retransmite por mandato de la Junta Suprema
para que «en adelante no se entierre un solo cadáver, sea de
la clase y condición que fuere en las Yglesias, ni fuera del
cementerio» 66. Como tenía noticias de las obras referenciadas,
63 La Laguna. Guía histórica y monumental. L.L., 1965, 232.
Ob. y loc. cit. Este autor es mucho más preciso que F. M. LEÓN:
Historia de las Islas Canarias (1776-1868). S.C.T., 1966; 114 y nota y
J. RODRLGUEMZO UREG: uía histórica de La Laguna. L. L., 1953; 243.
65 RODR~GUMEOZU REL: OC.c it.: «Como la obra era costosa el Cabildo
con excusa y subterfugio, eludió la pesada carga para hacer por sí el sagra-do
recinto», aunque no sea cierto, como asevera que al final, como siem-pre,
hubo de costearse con diezmos.
66 En razón de la salud pública y «opuesta al principal cumplimiento
de que debían tener las órdenes del Supremo Gobierno Nacional)). Angel
J. Saviñón al alcalde. S.C.T., 25. XI. 813. Los decretos fueron dos: de 24.M
y 1.XI.813. Antes los habían anunciado Saviñón y el reflejo de los mismos
puede verse en actas y notificaciones del concejo. A.H.M.L.L. Libro de ac-tas,
70, fols. 229 y 236 y Cementerios, 2." Época, Leg. C.Xí3.
Núm. 41 (1995) 479
Saviñón solicita amplia información sobre el proyecto, calen-dario
para rematarlo y fondos con que contaban, encargando
al alcalde transmitiera lo dispuesto a todos los partidos con
parroquia 67.
El Ayuntamiento, amén de poner en circulación los decre-tos
recibidos, encomienda reuniera la necesaria información a
la Junta de Sanidad y de la obra a los regidores Juan Tabares
y don Juan de Ossuna. Acordaron el arreglo de la calle de San
Juan; al no estar empedrada se convertía en un lodazal en
cuanto caían cuatro gotas. Finalmente, ruegan al Vicario para
que con urgencia obtuviera la licencia del diocesano para la
bendición del cementerio 68.
Con el año nuevo la renovación del municipio colocó al
frente del mismo a don Ventura de Salazar y Frías Porlier,
conde del 'váiie de Saiazar como Aicdde de primer voto, que
va a mostrar mucho celo sobre todo lo que atañe al cemente-rio
que, como veremos, cabe calificar de excesivo 69.
Las obras pudieron ser reemprendidas gracias a los mil
pesos que el obispo don Manuel Verdugo había destinado para
tal fin, como hiciera con otro tanto de sus rentas para el de
Las Palmas. Los tenía en depósito el beneficiado don Pedro
José Bencomo. Tabares avisó el 23 de marzo que dicha canti-dad
se había agotado. Recibió cien más, con lo que esperaba
rematar las obras, pero aún se vio obligado a recibir un nue-vo
libramiento por otros tantos el 15 de abril. Pero éstos con
calidad de reintegro de los demás fines que deben contribuir
para dicha fábrica» 70.
La construcción quedó finalizada el 4 de mayo, con lo que
se podía «verificar los enterramientos en conformidad con lo
dispuesto en la R.C. de 1 de diciembre de 1 8 1 3 ~E. l Ayunta-miento
se siente satisfecho por haber llevado adelante el pro-yecto,
trabajando sin descanso «en lo más penoso de la esta-ción
de invierno» 71.
67 DOCS. cits. y acta de la sesión del 6. XII. 813. Lib. 70.
68 Acta de: 6. Ni. 8 i 3 ya
69 Acta de 1. 1. 814. Lib. 71, fol. 1.
Acta del 22. 111 y 15. IV. 814. Lib. 71, fols. 49 y 55.
'' Id. Id.. 4. 814. Lib. cit.
480 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACI~N Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRIST6BAL ... 23
Sólo faltaba la licencia del prelado, pero dado el estado de
salud de Verdugo 72, a pesar de los esfuerzos del vicario y el
cruce de numerosos oficios, no se alcanzó sino el primero de
junio 73.
Entierros e inhtlmaciones: el Reglamento de 18 de junio
de 1814
Rematadas las obras provisionales y mientras esperaban la
licencia, fue estimado oportuno la elaboración de un Regla-mento.
Encierra cierto interés su contenido, porque su aplica-ción
supuso una mutación radical, tanto en la forma de reali-zar
oficios y traslado como los enterramientos. Pronto saltó la
primera novedad a la menor irregularidad. Mientras que a la
Junta convocada por Rodríguez de la Buria en las casas con-sistoriales
para planificar la construcción de 'los cementerios
fueron convocados los provinciales y superiores de órdenes
regulares, en conformidad con lo establecido por la R.C. de
1787 74, a la convocada el 18 de junio para elaborar el regla-mento,
fueron marginados por el alcalde de primer voto 75.
Fue elaborado sin mayores incidentes. Según el mismo los
entierros se verificarían conforme al siguiente rito. Participa-do
el óbito a la parroquia, acudiría el párroco o clero a la casa
mortuoria. El cadáver permanecería en el féretro abierto. Re-
72 A. DE BÉTHENCOUMRTA SSIEU«: De la modernidad ...» cit.
73 Acta 4. V. 814 A.H.M.L.L. Leg. C-X 1-3.
74 Rezaba así: U... para que todo se execute con la prudencia y buen
orden que deseo en beneficio de la salud pública de mis súbditos, decoro
de los templos y consuelo de las familias ... se pongan de acuerdo con los
Prelados eclesiásticos los corregidores, como delegados míos y del Conse-jo
... » Apud. Provincial de O.P. de Santo Domingo al alcalde 19. VII. 814.
A.H.N. Leg. cit. y A.H.M.L.L. leg. C-XI 3.
75 Asiste por el ayuntamiento el alcalde de pnmer voto y los regidores
Tabares de Roo (teniente coronel) y Ossuna (sargento mayor en funciones).
Los curas regentes de los Remedios y la Concepción, beneficiados don Pe-dro
Socorro y don Antonio de Villanueva y Cortés, así como ei ciero de
ambas parroquias: don José de Acosta y Bnto, don José de Concepción
Quintana, don Francisco Saviñón y Guillauma y don Lucas Anglés.
A.H.M.L.L. Leg. cit.
Núm. 41 (1995) 48 1
24 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
conocido por el oficiante y rezado el oficio de difuntos, se
procedía a cerrar y clavar la caja. La comitiva se dirigía a la
parroquia donde se celebraba el funeral o misa de covore in-sepulto.
Si el fallecido hubiera recibido órdenes sagradas, era
conducido al templo descubierto y terminado el funeral antes
de cerrar el féretro se procedía a desvestirlo de los ornamen-tos
sagrados. De seguido era conducido al cementerio 76.
El duelo acompañaba al féretro hasta el camposanto, don-de
el capellán lo recibía de sobrepelliz y estola, acompañado
del sacristán u otro ministro. Lo conducían hasta la sepultura
y rezaba el oficio correspondiente. En caso de que el fallecido
perteneciera a una orden regular, se permitía la lectura de los
salmos especificados en algunas reglas. No podían, sin embar-go,
entonarlos «para que se observe uniformidad)) 77.
La Junta estableció los siguientes aranceles, así como el
reparto de los mismos:
Acompañamiento por los cleros de ambas parroquias,
30 reales.
Acompañamiento por el clero de su parroquia, 15 reales.
Derechos por inhumación, 7,5 reales
Dada la precariedad se decidió no construir la capilla re-glamentaria.
Fue sustituida por la ermita de San Juan Bautis-ta,
próxima al cementerio, de la que el cabildo era su patro-no,
al fundarla en 1582 79. La falta de dinero para honorarios
76 Artículos X y XI del Reglamento. En Leg. cit.
77 Id. id. IX y XII. De este ceremonial no se exceptuaban ni los pobres
de solemnidad. Conducidos a la parroquia recibían las mismas exequias y
conducidos al camposanto «con decencia y gravedad)) por el acompaña-miento
(art. VIII). Del t em~loa l cementerio el féretro era cubierto con un
paño de bayeta negra u otra tela, facilitado por la Cofradía de las Ánimas,
«bajo una justa recompensa)) (art. X).
78 El reparto se verificaba de la siguiente manera: el 50 por 100 de los
dos primeros casos se reservaban para los colectores. Los 7,5 reales susti-tuía
al antiguo derecho de quebranto de sepultura y era entregado por los
colectores una vez al año, el día aue se re~ar t íalo s obvencionales a los be-neficiados.
Las 314 partes del producto para el capellán y la otra cuarta
parte para ei sepuiturero. Art. )(III.
79 En efecto, fue fundada por el Cabildo en 1582 en acción de gracias
por haber cesado la epidemia de peste bubónica o landres. El Cabildo,
como patrono, la coloca bajo la advocación de San Juan Bautista y San Plá-
482 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACI~NY MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRIST~BA.L.. 2 5
del capellán del cementerio se resolvió designando al capellán
de la ermita capellán del cementerio, a cambio de las 46 fa-negas
de trigo que venía percibiendo del patrono. Las nuevas
obligaciones se compensarían en algún modo con el 75 por
100 de los derechos por inhumación. Nombramiento que sólo
tenía carácter provisional, pues en el futuro el ayuntamiento
designaría como capellán a uno de los tres presbíteros, inte-grantes
de la terna que elevaría de común acuerdo el clero de
ambas parroquias 80. De esta forrna, aunque el camposanto era
de titularidad municipal, el capellán responsable del mismo,
al ser propuesto por las parroquias, adquiría la categoría de
teniente de los curatos
Por eso interesa conocer cuáles eran las atribuciones del
capellán; y más, si tenemos en cuenta el tiempo desapacible
durante el invierno lagunero. Antes de proceder a ia inhuma-ción
tenía que haber recibido la papeleta extendida por el co-rrespondiente
colector. El horario, salvo casos de urgencia, era
estricto: del alba al toque de oración. Si apareciera, como era
de temer y así sucedía también en otros lugares de España,
algún cadáver en los alrededores, debería ponerlo en conoci-miento
de los párrocos para que denunciaran el caso ante la
justicia y realizara el correspondiente registro el colector y
extendiera la papeleta. En caso de párvulos ejercería la impres-cindible
investigación para localizar a los progenitores, dando
parte al colector para que lo incluyera en el registro.
Obligaría al sepulturero a tener abiertos siempre dos sepul-cros,
por si se presentara un caso de coincidencia. Además, se
les responsabilizaba del buen orden en el sagrado recinto, evi-tando
escándalos o que se pronunciaran «palabras soeces)), así
como un trato respetuoso hacia los cadáveres por parte del
sepulturero. Y para facilitar su autoridad, tanto éste como el
sacristán eran designados por el capellán, quien elegiría per-cido.
Su ubicación tuvo como objeto sacralizar el suelo, fuera del casco ur-bano,
donde habían sido sepultados las víctimas del contagio. En 1862 fue
entregada ai ramo miiitar y en í955 restaurada. A. S~ORANEHS.:C OUb,. cit.,
232-33.
Arts. 1 y 3.
Arts. 1, 2 y 3.
Núm. 41 (1995)
26 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
sonas de su entera confianza. El sepulturero, además del
25 por 100 en el producto de «derechos de enterrarnientos)),
percibiría de los propios del Cabildo seis fanegas de trigo
anuales 82.
Tal era en el Cabildo el grado de precariedad que, alternán-dose,
las parroquias prestarían al capellán los ornamentos,
comenzando por la de Los Remedios. Finalmente, cualquier
modificación a introducir en el Reglamento exigiría la confor-midad
previa de las partes 83.
Consecuentemente puede afirmarse que el status jurídico
del cementerio era el de municipal, aunque la autoridad local
se encontrara coartada por las atribuciones concedidas al cle-ro
secular, en función del carácter sacralizado de su destino,
pues la designación del capellán, amén de su carácter de te-niente
de ios párrocos, sena previamente propuesta por los be-neficiados.
Bendición del Camposanto
Aprobado el Reglamento en el pleno del 21 de junio, se
pasaron copias al capellán, beneficiados, provinciales, priores
de los conventos del partido 84.
En el entreacto por fin arribó la licencia de Verdugo fecha-da
en Las Palmas el 1 de junio. Acordóse en el consistorio ce-lebrar
la consagración el domingo 4 de julio con la correspon-diente
solemnidad. En la misma sesión, ante la carencia e
imprescindible necesidad de contar con un plano de sepultu-ras,
se encargó a don Juan Tabares que elaborara una provi-sional,
en evitación de confusiones que acarrearía el despres-tigio
de la recién estrenada necrópolis. Aunque solo sea .para
40 ó 50 sepulturas ... y sean [separadas] con ladrillos, en tanto
se proponen más fondos suficientes para hacerlos de cante-ría
» 85.
-a,- Nrts. 4, 5 y 6.
Art. final.
84 Acta del 21. VI. 814. Lib. 71.
Acta del 1. VII. 814. Lib. 71. fol. 100.
484 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLJ~NTICOS
SECULARIZACIdN Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRISTÓBAL ... 2 7
Por fin, el domingo cuatro de julio de 1814 por comisión
del prelado y con la presencia de los dos cleros parroquiales,
las cuatro comunidades religiosas, el Cabildo en pleno y gran
número de público curioso, se procedió a su bendición por
don José de Acosta y Brito, vicario y juez eclesiástico del par-tido.
Curiosa es la anécdota de haber éste tenido que sustituir
sobre la marcha en la ceremonia a don Pedro Bencomo
Rodríguez, «gran opositor a la obra -según relata Rodríguez
Moure-, el cual sufvió un accidente al entrar en la calzada
que conducía al Santo lugar 86.
Este autor nos dice que el primer cadáver que aquí descan-só
fue Juan Rodríguez Toste por Los Remedios, el mismo
día 4, y don Ignacio de Leal Borges por La Concepción. Mien-tras
don Nicolás Amara1 estrenó en 1815 el espacio reservado
para sacerdotes ".
Como conclusión, hay que aseverar que el camposanto
lagunero fue una realización improvisada, sin el imprescindi- '
ble planeamiento y construido con absoluta precariedad de los
fondos pecuniarios. Conjunto de problemas derivados del mo-mento
político que se vivía y la consiguiente pasión. Por otra
parte, el solar, a pesar del informe del doctor Saviñón, era
poco adecuado por aflorar el risco en gran parte del suelo, lo
que encarecía enormemente excavar sepulturas de la necesa-ria
profundidad. Quizás como matización a mi hipótesis ini-cial,
el vecindario de La Laguna fuera más afecto a la menta-lidad
tradicional, que el de los puertos o La Orotava. Aún
podríamos añadir otros inconvenientes que iremos aclarando
a lo largo de las páginas que restan. Alguno provocaría subi-das
tensiones.
En efecto, sólo un par de semanas después de la bendición,
el fallecimiento y entierro fraudulento de una criada del con-vento
de Santa Catalina, va a provocar uno de los escándalos
más curiosos, por no calificarlo de grotesco, de la historia de
la ciudad.
J. RODR~GUEMZO URE:G uía cit., 235.
LOC. cit.
Núm. 41 (1 995)
ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
111. EL ÓBITO DE UNA CATALIYN UAN CONVENTO SITIADO
MILITARMENTE
La muerte de sor San Antonio Rodríguez del Rey
A las seis de la tarde del sábado 16 de julio de 1814 expi-raba,
después de una penosa enfermedad, en el convento de
Santa Catalina de Siena una criada al servicio de las religiosas.
Como es sabido el convento estuvo y está edificado en un
solar que el adelantado don Alonso Fernández de Lugo con-cedió,
junto a sus casas, a los dominicos para que levantaran
su convento. Diversas vicisitudes hicieron que sólo en 161 1 allí
fuera inaugurado un monasterio como casa de las religiosas
de dicha regia gracias a ia munificencia de Juan Cabre~aS y
su esposa Mana de Soles
Ocupa el convento hoy, como en 18 14, la manzana situada
entre la plaza del Adelantado, y las calles La Carrera, del Pozo
(hoy Viera) y la de la Caza
Convento donde profesaban damas de elevada alcurnia so-cial.
Para su comodidad cada una contaba con una sirvienta.
A fines del siglo alcanzó el impresionante número de cien
profesas. Número que en 1814 se había reducido a una veinte-na
de monjas 90.
Escritura de fundación. S.C.P., 26. VIII. 1606. A. CIORANESCLUa :L a-guna
... cit., 105 y SS. Muchos de sus datos coinciden con los de J. RODRI-CUEZ
MOUREG: uía histórica ... cit.
89 A. CIORANESCOUb:. y loc. cit.
90 La comunidad estaba compuesta por las siguientes sorores: Estefanía
de San Agustín Rosell (priora); Ildefonsa de Santa María Candelaria
Rodríguez (superiora); Mana de los Dolores Opede Baber; Francisca de San
Juan de Prado Muñoz; Agustina de Llorentina de Jesús Hernández; Rita de
San José Giraldini y Pestana; Angela de Santo Domingo de Guzmán
de Nava Grimón; Josefa de San Antonio Mártir Benitez de Lugo; Francis-ca
de San Miguel ~larenaJ;o sefa de Santa Teresa Vignoly; María del Rosa-rio
de Santa Catalina de Siena Matheu; Tomasa de Santa Magdalena
2- n-.~-.N #--*- 2- 1-e n-l----2 - e--*- nfi 3 - n . ~ ~c---.: l~-m n . . . ~ uc DIILU, l v l a l l a UE: YUIUIC~u c r>iil~I~val a I g i i l l i a ue DLILU; L a s I I u a I v l a r l a
de Santo Domingo de Afonso Torres; Micaela de San José del Patrocinio y
Josefa de los Dolores Hidalgo. Ejercía el cargo de portera, Francisca de la
Concepción González. Priora y religiosas de Santa Catalina al Rey. L. L. 29.
486 ANUARIO DE ESTUDIOS AT~NTICOS
SECULARIZACIÓN Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRIST~BAL... 2 9
La dolencia que acabó con la muchacha fue espeluznante.
Días antes del óbito su cuerpo emanaba malos olores, alcan-zando
el nivel de insoportables. «Para llegar a la cama era
preciso volver la cara y usar pañuelos con vinagre y otros
buenos olores» 91. Asistida por el prestigioso doctor Domingo
Saviñón, ordenó al cirujano Gaspar Pons que realizara unas
catas. Sólo pudo realizar dos y la última unas veinte horas
antes de expirar. El médico advirtió que lo obtenido se redu-cía
a «materia y sangren, que «estaban corrompidas de humo-res
». Interrogado el cirujano por la superiora que la atendía
en su alimentación y aseo, por haberla servido, como otras re-ligiosas
que la amortajaron, testificaron bajo juramento que
del vientre al pecho, sobre el costado izquierdo observaron
una extensa mancha con amplios puntos de inflamación de un
color en'cre morado y negro ".
Como quiera que fallecida la insoportable fetidez aumen-tara
alarmantemente durante el velatorio y ante el peligro de
contaminación a la comunidad, decidieron enterrarla a las cin-co
de la madrugada en el claustro, cementerio habitual del
convento. Operación de enorme riesgo y muy desagradable,
que realizaron las más decididas entre el servicio de las reli-giosas
93.
Providencias del conde del Valle de Salazar
El 18, cuando llegaron a oídos del alcalde de primer voto
y presidente de la ~&ta de Sanidad esta noticia en forma de
rumores confusos, sospechó que las monjas habían obrado de
mala fe y con precipitación para evitar el entierro en el cemen-terio
púbiico. Sospecha que ie obligaba a realizar ia pericinen-
VIII. 814, en Las monjas del convento de Santa Catalina, que se las preserve
el derecho de enterrarse en el convento y no en el desastroso cementerio de
La Laguna. A.H.N. Consejos. Leg. 3103/19. Todas firman y rubrican.
91 Declaración de la superiora sor Ildefonsa de Santa María al P. Pro- . . v~i i c idih miíiico. Li b r a t~idi~e Santa Catalina, 27. VILIII. Exp. cit.
92 Id. id. de algunas monjas y especialmente de la portera y de sor
Josefa de Santo Tomás Vignoly, en la carta al Rey, ya cit.
93 La priora ante el provincial y exposición al Rey, ya cit.
Núm. 41 (1995)
30 ANTONIO DE BÉTHENCOURTM ASSIEU
te investigación en cumplimiento de las disposiciones sobre
inhumaciones 94.
La primera diligencia fue oficiar al provincial dominico,
fray José Van der Heede para que le aclarara con urgencia lo
sucedido. Si el rumor resultara falso, el conde sería el prime-ro
«en vindicar la opinión respetable de aquel claustro)); pero
de lo contrario haría caer sobre el mismo el peso de la ley
para escarmiento del vecindario 95.
Como la respuesta del dominico se retrasara y el Dr.
Saviñón asegurara que todavía era factible proceder a la ex-humación
del cadáver y su traslado al cementerio sin peligro
de contagio para la población, el alcalde oficia al comandante
general solicitando el auxilio de fuerzas armadas con objeto
de prevenir desordenes públicos al verificarse sacar el cadá-
.,n, A l +:,,,A ..-1:,:+, .J-1 -A,,-.- - - l - - : L - c - - .
YGL. LIGLLI~U W L L L ~ L ~U CI Y ~ L ~ ~ CLL~UCS ICLSLILU SU iniercesióii y
buenos oficios para que se permita la entrada en clausura 96.
Valle de Salazar obtuvo sobre la marcha las fuerzas de
milicias que estimara conveniente, para lo cual se pondría de
acuerdo con el coronel del Regimiento de La Laguna 97.
A las diez y cuarto de la mañana estima las fuerzas en una
compañía con cartuchería y piedras de chispa, por si fuera
necesario 98. Cumpliendo instrucciones el coronel Fuentes ele-giría
aquellos oficiales «que merezcan confianza de V.S. por
su exactitud y prudencia)) 99.
94 La sospecha se la suscitó el no haberse tañido campanas del con-vento
como era costumbre, ni acudido los frailes de su orden al sepelio,
tan próximo y como era habitual. Expediente sobre enterramiento de una
criada de las monjas dentro de la Ciudad. A.H.M.L.L. época, 1814 C-X;
leg. 1 n.O 1. Auto 18. VII. 814.
QS m - - - - - - - - - - - - ~ - - L - csper-a uria respuesm satisfactoria, que no duda, del proceder de
((persona y corporaciones que por su ilustración y por su estado conocen
mejor la obligación de dar buen ejemplo...)). Alcalde al provincial O.P.; L.L.
19. VIII. 818. Loc. cit.
96 Auto del alcalde y oficio a Rodríguez de la Buria y otra de vicario.
L.L. 19. VIII. 814. Exp. cit.
97 Ccm2nd2nte generl! 2 -i!ca!de y a! mrme! F~eiltes. S.C.T. 19. VE.
814. Leg. cit.
98 El primer alcalde al coronel. L. L. 19. VII. 814. Leg. cit.
99 Cfr. supra, nota 97.
488 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACIÓN Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRIST~BA.L.. 3 1
La milicia cerca a Zas catalinas
Sonando las campanas del mediodía, los pacíficos lagune-ros
se vieron sorprendidos y alarmados por una compañía de
milicias que avanzaba a tambor batiente, con todo su arma-mento
y en las manos piedras de chispa. Su objetivo estable-cer
un estrecho cerco alrededor del convento de Santa Catali-na
de Siena. Una vez superado el asombro, un numeroso
público se acercó a contemplar el espectáculo. La emoción
subió un punto cuando varios soldados entraron en la carni-cería
y requisaron los cuchillos del oficio. Según el propio
coronel Fuentes, el caso fue que cuando temprano recibió la
orden del Comandante General salió a la calle y de los varios
conocidos con que tropezó, ninguno pudo aciararie sucediera
lo más mínimo anormal 'O0.
No menor fue la sorpresa y alarma del Síndico ~ersonero
General, Guillermo Van der Heede, quien se acercó al conven-to
e intuyó el motivo de tanto escándalo. Dirigió entonces sus
pasos al próximo convento de Santo Domingo, donde le acla-raron
lo del entierro al morir el 16 la criada xgangrenada y
fetidez,, 'O1. El personero, que durante la jornada se mostró
muy activo, «juzga que ni los religiosos, ni las religiosas, ni el
Pueblo dieron ocasión al ruido que se hizo con la tropa y tarn-bores
batientes»; al paso se les suministró con piedras de chis-pa
para enseguida municionarlos, conociéndose que todo esto
dio causa al concurso en aquel acto 'O2.
La explicación de un provincial
Los hechos desencadenados, no permitían rectificación. A
la una y media de la tarde el alcalde recibe respuesta del pro-
'O0 Informe del Personero General a petición del Provincial de los Domini-cos.
San Cristóbal de La Laguna, 22. Wi. 8i4. Círp. cit. Fuenies quedó «en :a
inteligencia de que se trataba de algún asunto extraordinario y secreto)).
'O1 LOC. cit.
'O2 Loc. cit.
Núm. 41 (1995) 489
32 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
vincial en una extensa misiva. Sólo, dice el fraile, había reci-bido
el mensaje del munícipe a las nueve de la noche. Reco-noce
el óbito y el entierro, pero procura defender y explicar
la decisión de la priora. Nadie le había comunicado la obliga-toriedad
de inhumar en el camposanto. Sin embargo, aunque
hubiera sido advertida, no tenía otra salida que obrar como
lo hizo, en evitación de males irreparables al resto de la co-munidad.
Sobre el desconocimiento, reconoce el prior que él
no retransmitió copia de la disposición, por suponer que el
alcalde, como era conveniente, lo hiciera a todas las comuni-dades
del distrito. Entiende y explica que las monjas no acep-ten
de buen grado el nuevo sistema, pues el cementerio de La
Laguna no cumplía lo dispuesto en RR.00. y circulares y no
ofrece las garantías indispensables de respeto a los fallecidos.
Especifica algunas anécdotas significativas, de mucho interés
sobre mentalidades en el caso de rechazo, sobre las que vol-veremos
'O3.
Sin embargo, su argumentación extensa y estricta pierde
eficacia al reconocer los hechos que trata de justificar.
'O3 Fr. José Van der Heede a Valle de Salazar, convento de Santo Do-mingo,
19. VII. 814. Reconoce que trató de convencer a las monjas de los
nuevos tiempos. Explica la repugnancia de las mismas ya que K se han co-metido
profanaciones que toda mujer honrada, y mucho más una religiosa,
no es posible que las siga sin indignarse». «Han sido despojadas de sus ena-guas
interiores algunos cadáveres de mujeres». Todo ello en un cementerio
que no lleva funcionando sino dos semanas. No existe en el mismo las se-paraciones
ordenadas, ni se ha profundizado lo suficiente en los sepulcros.
Cita la obligación 5." del artículo IV y se comprueba a simple vista «que
falta medio de lo que debía tener dicho establecimiento». Cita p. ej. la R.O.
de 27. IX. 809, la de 1804 que exigen capilla, osario y habitaciones, «y no
excluye ia división de sepuicros~n, i ias señaladas para acotar espacios para
las comunidades. Fr. José estuvo doce días antes y contempló un cadáver
que llevaba allí unos días sin recibir sepultura; avisó al capellán, pero allí
sigue insepulto. Sigue con las quejas: la contravención con lo dispuesto en
el art. 11 de la R.C. de 1787, pues en La Laguna se ha marginado a los re-gulares
-aunque sí fueron citados por la convocada por Rodríguez de la
hria-; arui reUi;ib a cabi!&&n:es y p&rrucos i;ara
el Reglamento. Y aún sigue con quejas de interés para conocer exactamen-te
el resultado de una actuación precipitada. Pero con lo expuesto es sufi-ciente.
Exp. cit. y A.H.N. Consejos. Leg. 3103119.
490 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACI~N Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRIST6BAL ... 3 3
Una tarde de negociaciones
Reconocida la vulneración a lo dispuesto, con pretexto de
«acallar el grito del Pueblo, como por evitar alguna consecuen-cia
... de dejar consentido semejante infracción», el conde oficia
al vicario en ausencias, solicitando su auxilio para «allanar la
clausura)) 'O4. DOS horas más tarde, como no hubiera recibido
respuesta y la exhumación «no admitiera dilación» en opinión
del doctor Saviñón que fue consultado, amén del cansacio de la
tropa, el señor alcalde se dirige a casa del vicario, que se encon-traba
en el convento de Santo Domingo negociando con el pro-vincial.
Entonces, pasa al domicilio del juez eclesiástico, envian-do
dos cabos de la policía a la botica de don Ventura Ruiz para
que dispusiera cuando fuera necesario para la desinfección y cal
viva; y al carpintero para que preparara un ataúd, con el fin de
evitar «el más remoto peligro)) al proceder a la exhumación y
traslado de la difunta al cementerio 'O5.
No serían las cuatro de la tarde, cuando vuelve el conde a
casa de don Francisco Saviñón y Guillauma, el vicario, y como
no hubiera regresado se dirige a casa del licenciado don Juan
Rodríguez Botas, abogado asesor del juez eclesiástico, donde
se encotraba el notario eclesiástico don Rafael Alonso de Ar-mas.
Por fin llega el vicario, quién antes de dar un paso soli-cita
que se convoque al resto de los letrados y a los facultati-vos
laguneros. Reconocen aquellos que es indispensable para
el allanamiento, porque «tal vez sea preciso, para que sirva de
exemplar al público,), si los médicos aseguraran que la exhu-mación
«no ocasiona perjuicio a la salud».
El doctor Saviñón, el cirujano Pons lo aseveran siempre
, que la operación se verifique en esa misma tarde y se realiza-ra
tomando las prevenciones de desinfección, como conse-cuencia
de la «templanza de la estación)) 'O6.
'O4 Acta levantada por el escribano José Albertós y Valle de Salazar al
vicario Savinon y Guiiiauma. L. L. i9. VE. 8i4. Expie. de La Lagüna.
los Acta cit.
'O6 Acta cit. Acuden como jurispectos don Alonso Ruíz, don Juan
Rodríguez Botas, don Saturnino Afonso Martel y don Ignacio Peraza y
Núm. 41 (1995) 49 1
34 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
Tranquilizado el vicario instruye al provincial por escrito
para que adopte las medidas necesarias, exigiendo respuesta
sobre la marcha, pues «el tiempo no daba lugar a demoras» 'O7.
Fray José cede, aunque le niega la jurisdicción de juez priva-tivo
de regulares, «pues todos saben que solo lo es el igual al
Diocesano en la Matriz» loB.
Como anticipo al escrito, sobre las siete y media llega a
casa de Rodríguez Botas, donde se deliberaba, el padre regen-te
de Santo Domingo, fray Santiago Martín, acompañado de
fray Hipólito de la Cruz, con copia de las instrucciones del
provincial a la priora de Santa Catalina para que admita el
desentierro. La comitiva se pone en marcha.
Como es natural la tensión entre las religiosas y el público i
E
espectante era elevada. Así nos lo cuenta el síndico personero.
Tan pronto como éste supo que el vicario acudía a entrevis- 3
tarse con el provincial, dedujo que la clausura sería abierta. em-
Acudió con presteza al convento para evitar una resistencia E
numantina. Fue recibido en el locutorio, abierto un poco an- o
tes para recibir al comandante de las fuerzas sitiadoras 'Og. n
E Adquirió allí un doble convencimiento. El jefe militar con- -
a
fesó a las monjas «que las tenía cercadas y no era por ellas n
sino por el Pueblo». Y aún más preocupante, la exigencia de
la comunidad: dado el estado de descomposición del cadáver O3
al ser sepultado, exigirían para evitar el consiguiente peligro
Moya, quienes aducen la R.O. de 17. V. 804 y sobre todo la circular del Con-sejo
de 24. V. 880.
'O7 LOC. cit.
'O8 Le escribe en tono conciliatorio, no sólo como vicario en ausencias,
sino también como juez privativo de la clausura de regulares. El tono con-ciliatorio
prueba que la larga conversación entre ambos en el convento de-bi6
ser bastante tensa. Acta cit. y Saviñón y Guillaurna a fray José Van der
IIeede. L L. ! 9. VE. 814. A.H.N. Cemejm, kg. cit. y e! pre-A~cia! a! vicario.
Loc. cit.
'O9 Testimonio del Personero General. L. L. 23. VII.814. A.H.M.L.L. Ce-menterio.
C-X., leg. 111.
492 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
sanitario, ser evacuadas como paso previo a la exhumación,
al convento de las clarisas u otro alojamiento, para dar lugar
a que se airease el monasterio "O.
Consideró el síndico conveniente aclarar cual fuera el áni-mo
de los vecinos espectadores. Aunque no percibiera «el
menor síntoma de sublevación, oyó, sí, como era regular que
había varios modos de pensar; algunos hablaban contra las
monjas; muchos consideraban el empeño de poner en uso el
camposanto, sin tener los requisitos convenientes ... "l y, en fin,
también oyó a otros que era temeridad sacar el cadáver, pues
no había peligro en dejarlo, al paso que de tenerlo muy gran-de
con su extracción» l12.
En lo que parece había, sin embargo, unanimidad era en
considerar que todo había sido sólo un escándalo, ya por el
ruido del tambor, ya por el agravio que recibe la Ciudad» l13.
El fvacaso de la exhumación
La comitiva puesta en marcha desde la casa de Rodríguez
Botas fue recibida por la priora en da puerta reglar». Subie-ron
todos «al libratorio grande de alto», donde estaba reunida
la comunidad. Las sores exigen, dado los antecedentes, la eva-cuación
de ellas, previa a la apertura de la sepultura, como
medida de seguridad para su salud. Tampoco, por desco-nocimiento
de la realidad del 16- 1 7, estaban conformes con las
garantías emitidas por letrados y facultativos, que considera-ban
suficientes las medidas previstas l I 4 . Situación que compli-có
la priora San Agustín al advertir que había enviado un bi-
"O Loc. cit.
'11 Loc. cit.
n2 «Y aún después de haberse encontrado con [que] el fondo es de
piedra, en disposición de que en la mitad no es p.osible abrirse sepultura y
todo ésto lo he dicho repetidamente en el Ayuntamiento ... » Loc. cit.
"3 Para el personero escándalo «igual a aquel que se fingió de libra-miento
por unos indiscretos para la salida del Excmo. Sr. Duque del Par-que,
siendo todo embuste)). Loc. cit.
114 Acta levantada por el escribano Albertós. L. L. 20. VII. 814. Loc. cit.
Núm. 41 (1995) 493
3 6 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
llete al doctor Saviñón, lo que dio lugar a una nueva contro-versia
l l 5.
El conde se impacientó y trató de levantarse, pero sus
acompañantes le tranquilizaron, ofreciendo llamar a dos mé-dicos,
como asesores de una operación aséptica. Con esto ba-jaron
todos a la planta inferior, situándose en la «puerta re-glar
».
Por fin apareció el cirujano Pons acompañado del botica-rio
Antonio Castro, por indisposición de Ruiz Bustamante. Es-tos
con el escribano, el notario apostólico y tres prisioneros
franceses, reclutados para la desagradable tarea de la apertu-ra
'16, pasaron al claustro inmediato a la «puerta reglar,, y fue-ron
acompañados hasta el sitio de la inhumación.
Uno de los franceses comenta al iniciar la tarea que aaque-iio
no era oficio de Chrktianos». Ai iiegar ai cadaver ei padre
regente obligó a que se acercaran y la reconociera y testifica-ra
el notario apostólico y el escribano. «Fuera del hoyo -es-cribe
Albertós- envuelta, vestida de blanco, que por su figura
al parecer, creímos era un cadáver». Pero la fetidez iba de tal
manera en aumento, alcanzando tal grado, que al acercarse los
facultativos Saviñón y Pons, sin dudarlo, ordenaron «que al
instante se volviese a sepultar, por no hallarse ya en dispo-sición
detrasladarse al cementerio a causa de la mucha fe-tidez~
l1 7.
Tal era la peste, que inciada la excavación dudaron «dichos
franceses por dos o tres veces dejarlo, quan estaban a poco de
media sepultura)). Momento que aprovecha la priora para
abrir de par en par «la puerta reglar)) a fin de que los presen-tes
adquirieran conciencia de lo macabro del espectáculo. Es-cena
que remata el escribano Albertós al entrar muy agitado
115 En efecto, la priora escribió el billete, pero en términos ambiguos:
«Compadre: Mucho sentí no haber visto a Vmd., ayer tarde, pues como la
criada había tocado a morir, me apesadumbré y cerré temprano». Loc. cit.
Al no desprenderse del mismo la muerte, Saviñón no le dio más importan-cia.
Ahora bien jcómo un médico del 16 al 19 no tuvo la menor curiosidad
por ia evoiución de una enferma moribunda?
'16 Lo asevera la superiora Sor Ildefonsa de Santa Catalina en declara-ción
jurada ante el provincial. L.L. 23. VII. 814. A.H.N. Leg. cit.
' 1 7 Acta del escribano, cit.
494 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACIÓN Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRISTÓBAL ... 3 7
con pañuelo en la nariz y exclamando: «No se puede Sr. Al-calde,
hiede mucho» 'la.
Tanto fue el desasosiego y sensación de ridículo, que el acta
hubo de redactarse en la mañana del día veinte, pues el doc-tor
Saviñón no consideró oportuno manifestar su opinión, con
el pretexto de la hora. Como afirma el personero, pasada la
media noche, se despidió a la tropa, «quedando todo quieto)),
como era y continua siendo habitual en La Laguna l19.
Batalla de un provincial
Fray José Van der Heede, aprovechando el bochornoso es-pectáculo,
procuró por todos los medios a su alcance vindicar
el comportamiento de la comunidad femenina de su orden.
Sin embargo, encontró una cerrada y hasta descarada oposi-ción,
no sólo por parte de los munícipes, sino de cuantos inter-vinieron
en la farsa, especialmente por parte del clero secular.
El vicario en ausencias, Saviñón y Guillauma, le negó des-caradamente
copia de las actas redactadas por el notarió apos-tólico,
con pretexto tan futil, como que a la mañana siguiente
de los actos habían sido remitidas al señor obispo 120.
¡Extraña eficacia en ministro con fama de dejado! Tampoco
tuvo mejor suerte con el alcalde de primer voto al exigirle el
cumplimiento de su promesa: vindicar la comunidad, pues que-dó
palpable que existieron poderosas razones en obrar como lo
hicieron, sin asomo de vulnerar las disposiciones reales sobre
enterramientos. Negativa tajante por parte del conde. Se man-tuvo
en sus trece y colocó la guinda con un nuevo argumento:
ocultación al propio provincial del fallecimiento y entierro I2l.
118 Declaración de la superiora, ya cit.
119 Declaración cit. de Sor San Agustín Russell. Acta del escribano e
Informe del personero, cits.
120 Provincial al vicario y respuesta. L. L. 20. VII. 814. Como el domini-co
le acusara de quebrar su compromiso oral de la víspera prometiendo no
entraria la justicia en clausura, el conde se justificó descargando la respon-sabilidad
en fray Santiago Mártir, enviado por el provincial. A.H.N. Exp. cit.
12' Provincial al conde y respuesta de éste. L.L. 20. VII.814. En ambos
expedientes (A.H.N. y A.H.M.L.L.)
Núm. 41 (1995) 495
3 8 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
Negativa insatisfactoria para el provincial, quién, en nueva
misiva, trató de reforzar su solicitud con nuevos razonamien-tos.
De paso solicita que la Junta de Sanidad restablezca el
derecho de las familias de los fallecidos o de los difuntos a
recibir los oficios fúnebres en templos de órdenes regulares,
real orden que venía en La Laguna incumpliéndose. Velada
acusación contra una política de marginación contra los
conventuales, hecho que confirma su negativa a pasarle el acta
levantada por el escribano, con pretexto tan baladí del peligro
de manipular frases sacadas de su contexto 122.
Careciendo de una base documental como apoyo en un
recurso ante el soberano -pensó en la vuelta de Fernando VI1
como tabla de salvación- solicitó del alcalde mayor autoriza-ción
para que el síndico personero, su hermano Guillemo Van
cier ~ e e d ete stificara sobre los hechos dei día antes, testimo-nio
que venimos utilizando 123. A este documento favorable,
trató el provincial fortificarlo con una solemne declaración de
las cuatro monjas que jugaron papel más destacado en los
acontecimientos 124.
Ante el trono logró sumar tres memoriales. El suscrito por
los provinciales de las órdenes allí instaladas '25, al que hici-mos
referencia por lo que toca al entierro de la criada y la-mentable
estado del cementerio, y los otros dos, uno de la
abadesa y priora de las clarisas y otra de la priora de las
catalinas, avaladas por representantes de sus comunidades 126.
Iz2 Cartas cruzadas el 21 en los exptes. cits.
Iz3 Fr. José Van der Heede a Morales. L.L. 22. VII. 8 14. A.H.N. Exp. cit.
124 A.H.N. Leg. cit. Declaran por este orden: la priora San Agustín
Russell, la superiora, Sor Santa Mana de Candelaria Rodríguez, que facilita
lo más granado, sor Francisca de la Concepción, la portera, y sor Josefa de
Santa Teresa, quien le suministraba los medicamentos internos y externos.
Iz5 LOS dos primeros datados el 27 y el último el 29. VII. 814 en A.H.N.
!'Vinnan el ciocumenio de las ciarisas sor hana ivíana de ios Dolo-res
Russell, abadesa; sor María Antonia de San Pablo Ruiz, priora, así como
sor Agueda de San Valentín y sor Micaela San Luis López, por las clarisas.
Loc. cit.
496 ANUARIO DE ESTUDIOS AT~NTICOS
SECULARIZACI~N Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRIST6BAL ... 39
Mentalidades de religiosas
Nos detendremos, más que analizar, a reproducir algunos
textos, explícitos por sí solos, sobre cuál era la posición de las
conventuales de clausura, y algo más importante para este
objeto, cuáles fueran sus maneras de pensar. Encierra mayor
interés el de las claras, por sus contenidos y por no encontrar-se
implicadas.
De entrada destaca lo mucho que han contribuido con sus
rezos, oraciones y sacrificios al venturoso regreso de Fernan-do
VII. Para ellas, ha recibido el monarca la gracia del Altísi-mo,
«aunque pueda parecer difícil a los que se precian de ilus-trados
con la Filosofía del día; lo es exactamente si se miran
las cosas a la IUzd e la razbn, de la ae!ibiSI., y de las LqreE>>.
Texto que no tiene desperdicio y encierra dosis de habilidad,
pues sería grato a los oídos del soberano si se lo leyeran y nos
da a entender que la clausura no impidió el conocimiento de
los debates político-filosóficos de aquellos años.
Mirando al contenido de la R.C. promulgada por Carlos 111
en 1789, queda para ellas claro que permite enterrar en las
iglesias a «personas virtuosas». ¿No es este el caso de las que
renuncian al mundo?
El cementerio fue construido «en términos que parece se
tiene empeño en que cause horror estos establecimientos»,
empezando por el peligro de su situación: «junto a los moli-nos
de que se surten de harina muchos Pueblos)). A ello aña-den
muchos de los inconvenientes ya conocidos del lector. Y
se interrogan ¿Por qué no consiente el monarca se sigan ente-rrando
las monjas en clausura, pues no fallecen ni una al año
y se vienen enterrando en e1 coro sin que en trecienios años
ésto haya ocasionado alarma alguna?
Y con mayor razón si se contempla un cementerio como
el de La Laguna, en .el que no caben esperanzas de que de-gue
jamás a verse capaz para dar sepultura a los Católicos)).
17 -. l-i--rl, ",L,
1 VOL VLGLLUU JUUL e !as profailaciones sacrikgzs:
«Y nosotras, que no hemos querido que el mundo nos
vea en vida, que ni aún enfermas hemos usado de las li-
Núm. 41 (1995) 497
40 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
cencias para las Religiosas que a otros Monasterios han
sido concedidas, pudieramos dexar de tener pavorosísimo
sentimiento de que bayan nuestros cuerpos a donde se-rán
profanados y desnudos)).
Por lo que toca a la excepción y al contagio del ejemplo,
arguyen: «¿No sena extraño pretender muertos, imitamos los
que vivos no lo han hecho?)) Es más, añaden todavía: si en
tiempos que se expanden entre la juventud ideas sobre la
inutilidad del clero regular, semejante excepción ¿no sirviese
de preservativo, ni quando declarase que todavía mereciéra-mos
las reales atenciones de V.M?». Palabras cargadas de sen- a
tido si tenemos en cuenta que van dirigidas a un monarca tan
absolutista como Fernando VI1 127. ¿No estaban las clarisas E
laguneras en julio de 1814 presintiendo el contenido de la R.C. O
n -
de 19 de mayo de 1818, por la que se autorizaba a las monjas m
O
E
de clausura la inhumación en sus propios conventos? SE
El memorial de las catalinas carece de semejante fuerza E
expresiva, pues su contenido va dirigido a convencer al Rey y 3
su Consejo de la prudencia con que actuaron en caso tan com- -
prometido, aunque no falten juicios significativos para el ob- 0
m
E
jeto de nuestro interés momentáneo. Si las clarisas pretenden O
continuar sepultándose en el coro, las catalinas prefieren con- g
tinuar verificándolo en uno de sus claustros, que al estar n
E
oreados evitan el más remoto peligro de contagio lZ8.
a
-
Fin del episodio: en la senda secularizadora
El recurso del padre provincial causó, al menos de entra-da,
un respetable malestar en la corte, El conde del VIle de
Salazar recibió un dasabrido oficio acusándole de haber ori-ginado
«un atentado escándaloso)) a causa de su «decidido
lZ7 DOC. cit.
P. ej.: «no parece sino que se encamina a hacer general la idea que
semes iguales qte !as bestias;:, a! ~b!igar!as a! descanso rtemo en e! cam-posanto.
O esta interrogación qQuál debería ser el sufrimiento y conster-nación
de una virgen cristiana que se ve expuesta a la misma infamia, sin
haber cometido delito alguno?». Loc. cit.
498 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACI~N Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRIST6BAL ... 41
empeño» propio sólo de un «Alcalde Constitucional» 129. Fer-nando
VI1 ordena tajantemente que con toda urgencia se de-signe
un nuevo ayuntamiento, en conformidad con lo ordena-do
«por punto general),. Al oficio se acompañó la R.C. En
tanto toma posesión el nuevo corregidor, regirá la corporación
el alcalde mayor en conformidad a lo previsto. Este deberá
con la mayor urgencia remitir cuanto se ha obrado para que
el Rey decida. Mientras «no se alterara el uso del cemente-rio,,
I3O.
El conde trasladó el paquete al alcalde mayor, don José
Antonio Morales. El contenido de la carta es una petición de
clemencia, rayana en la indigencia, difícil de entender en todo
un conde, a fin de tratar de no salir mal parado con el pre-ceptivo
informe( solicitado 131.
No encierra interés para el objeto de nuestro estudio seguir
los pasos de los trámites desplegados por el alcalde mayor
entre el 30 de octubre y el 14 de abril siguiente para tratar de
reunir la totalidad de documentos que originó el escándalo del
19 de julio. No tuvo éxito su trepidante quehacer, pues inclu-so
el expediente eclesiástico se perdió, una vez más en la se-lZ9
Este expediente, salvo en el momento inicial no tuvo demadiado
éxito en el proceso final. De Palacio pasó al Consejo (25. XI. 814). El 10.
111. 815 fue remitido para el informe pertinente al obispo Verdugo y a la
audiencia. Aquel ni lo comentó a causa de su cada vez mayor deterioro fí-sico
al sufrir una hemiplejia. En la audiencia, y eso no era excepcional,
se olvidaron, aunque José Vida de Oñate acusara su recibo. Expte. en
A.H.N.
I3O Pedro Macanaz al Conde del Valle Salazar, Madrid 23. M. 814. Tan-to
en expte. de Madrid como en el de La Laguna.
13' Valle de Salazar a Morales. L.L. 27. X. 814. Expte. cit. del
A.H.M.L.L. En ia misma, confía «en ia imparciaiiciad y ciesiniert%» del al-calde.
Se muestra temeroso: «la realidad ha sido oscurecida a ojos del Mo-narca)).
Asevera que se han propalado «falsas impresiones en el ánimo del
Rey». Afirma sin ruborizarse que el 19 de julio no era alcalde constitucio-nal,
«sino Real ordinario, en vista del decreto de quatro de mayo». Incluso
no duda en falsear su actitud, ya que su única intención iba dirigida a evi-tar
«se repiiierz ea aqe ! ?Iionas:eR~ !es exemplarrs de des~bedecimient.n..
que ya habían principiado allí. .. desde el año pasado de 1807~C. osa ex-traordinaria,
pues en aquel año seguramente sólo La Orotava contaba con
cementerio común.
Núm. 41 (1995) 499
42 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
cretaría de la cámara episcopal de la diócesis de Canarias 13*,
sólo la carta de fray José Van der Heede nos añade algo a lo
expuesto 133, así como el juicio de la priora de las catalinas
sobre el conde-alcalde: a... el Alcalde miró el Monasterio como
una casa de vendederas que cogieron en contrabando, no miró
nada más, sino hacer su voluntad» 134.
Desconocemos los vericuetos del proceso en Madrid. Sólo
el final del mismo. El 11 de noviembre de 181 5 el Secretario
de Estado Universal de Gracia y Justicia, Tomás Moyano co-munica
que Fernando VI1 se ha servido declarar «que el ex-presado
conde del Valle de Salazar se comportó en el asunto
con prudencia, tino y circunspección» '35. a N
La lentitud burocrática y el paso del tiempo, así como des- E
conocer opiniones de tanto peso, como las del obispo y la O
= audiencia, dejó en aguas de borrajas el lamentable y escanda- m
O
E loso espectáculo ofrecido en La Laguna. Informes interesados SE
desde la isla picuda no faltaban en el entorno del monarca, E
tampoco escasean'an las influencias del grupo de poder tiner- 3 feño a favor de uno de los suyos. En consecuencia, las mon- - jas hubieron de perder por algunos años su ilusión última: 0m
E
reposar en la clausura donde vivieran alejadas del mundanal O
ruido, aunque quizás no tanto como parece a primera vista. g
Hemos podido comprobar que estaban bastante al día sobre E
a - 13* Más de una veintena entre oficios y autos los cruzados entre el al- -
calde y el comandante general, el provincial y la priora dominica, vicarios
en ausencias y titular, obispado, etc. Leg. cit. 3
O
133 LOS sujetos que sobre las ocho de la mañana informaron sobre la
absoluta normalidad con que se desarrollaba la vida en La Laguna el día
19 al coronel del regimiento de esta ciudad fueron: don Ramón de Aguilar,
ayudante mayor ciei regimiento, don &derm0 Van cier ~ e e d e s, í ndico
personero general y el escribano don José Párraga.
'34 Sor San Agustín a su provincial. L.L. s.f. Loc. cit.
Tomás Moyano al alcalde mayor, Madrid 11. XI. [815]. Hay que
admitir que la datación de la documentación que nos ha llegado encierra
interrogantes. El alcalde Morales deposita el expediente en correos dirigido
d secreturic! dc Urxii y Jiisticiu e! 14.IV.815. Temás ?.kyum afirma cpe
fue el 17. V. 8 15. El oficio que dirige al alcalde está fechado el 1 1. XI. 18 14
[sic], lo que resulta imposible, pues fue el 26. X. de ese año cuando el con-de
recibió la reprimenda de Madrid. Leg. cit.
SECULARIZACI~N Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRISTÓBAL ... 43
polémicas político-filosóficas o la situación de la dinámica del
Estado, de la Monarquía.
IV. LOS PROBLEMAS DEL CEMENTERIO
Aumento del recelo: el clero regulav
Los sucesos del 19 de julio y el fallo sobre los mismos, no
cabe la menor duda, ahondaron la escisión entre castizos y
renovadores sobre el nuevo sistema de inhumación. Modelo
que se enfrentara ahora con una cerrada y poderosa oposición:
la encabezada por el clero regular, que continuaba gozando
gran prestigio entre e! pueblo Ilam, de dmde pmcedía en alto
porcentaje. Influencia que todavía conservaba, a pesar de que
en Canarias lo más granado de aspirantes a la ordenación sa-cerdotal
prefirieran el Seminario,Eonciliar, en perjuicio de los
claustros conventuales. sabemí& que los conventos había en-trado
en un proceso de esclerosis a mediados del Setecientos.
Sin embargo, entre los fieles seguía predominando la preferen-cia
a descansar en los templos conventuales a los parro-quiales
136. Y así 10 reconoció para La Laguna un buen cono-cedor
de esta temática como Rodríguez Moure 13'.
No vamos a insistir ahora en los defectos e inconvenientes
del cementerio recién inaugurado en La Laguna, en lo que
existió con pleno acuerdo entre la multitud de curiosos que
seguían con interés los acontecimientos del cerco militar a las
Catalinas, ni tampoco su mal funcionamiento y lo que era
peor la profanación de tumbas y rapiña de las ropas de los
difuntos, que también se dieron en el de Santa Cmz de
Tenerife y que explica el prof. Cioranescu como consecuencia
'36 A. DE BÉTHENCOURMTA SSIEU:« Mortalidad y morbilidad en Las Pal-mas
de G.C. (1796-1807). Aproximación a través del Diario de don Antonio
Betancourt. En Homenaje a Ce2so Martín de Guzmán. L.P.G.C. (En prensa).
13' s... pero por costumbre inveterada que hasta aquella fecha tenían,
rehusaron [nuestros abuelos] su cumplimiento cuanto pudieron» hasta «que
los testarudos abrieron los ojos», cuando Santa Cruz se vio azotada por la
epidemia de fiebre amarillap. Ob. cit., 234.
Núm. 41 (1995) 501
44 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
de las carencias padecidas por la población como consecuen-cia
de las prolongadas crisis bélicas 13*.
Por lo que toca a la postura de las órdenes religiosas, dos
documentos, ya utilizados, son altamente esclarecedores: el
memorial de los provinciales al Rey y la extensa carta de fray
José Van der Heede al alcalde, el mismo día 19 de julio. Que-jas
que ponen de manifiesto no una simple marginación, sino
una línea de acción política agresiva contra los regulares. Lo
que no es de extrañar si recordamos con las clarisas como
frailes y monjas de clausura eran considerados como «inúti-les
» para el pragmatismo de los ilustrados. a
Denuncian ambos escritos el haber sido marginados de la
E comisión redactora del Reglamento del Cementerio en contra- O
vención con lo dispuesto en la R.C. de 1787. La no concesión n - m a los conventos de sepulturas privadas, cuando incluso se au- n E
torizan las sepultuvas de distinción 139. Persecusión incluso eco- E
2
nómica al verse los fieles y miembros de V.O.T. a recibir sus E
exequias fúnebres en las iglesias parroquiales en contra del 3
art. 11 del Reglamento para el cementerio de San Ildefonso y -
las circulares de 1804. Si se considera los tiempos duros por 0
m
E
que atraviesan las islas, los conventos al perder el producto de O
los aranceles, están recibiendo un claro «maltratamiento» 140. n
De otro lado, si todo lo anterior se cumple desde el primer E
día en los cementerios de Las Palmas, Santa Cruz y Puerto de a
la Cruz ¿Por qué -se preguntan y pregunto- no se practica n
n
en La Laguna? ¿De qué razón y fuerza disponen aquí el alcal-de
que se permite variar la legislación admitida por el resto 3
O
de las autoridades del Reino? 141
138 A. CIORANESCOUb:. cit. Historia de Santa Cruz IV, 52.
"9 Estas para aquellas familias que tuvieran sepulcros perpetuos en
templos de todo tipo, e incluso para quienes quieran perpetuarse adquirien-do
el espacio mediante desembolso estipulado. Aquellas, las concedidas de
conventos y cofradías, debenan ser gratuitas.
140 Entre los raros casos aue citan de contravenciones en solo la auince-na
de días en que viene funcionando el cementerio, el caso más escandaloso
fue el de una mujer que en el testamento dispuso que fuera en San Agustín.
Amén del prejuicio económico, más grave aún es que se coarten los derechos
y últimas voluntades de los difuntos. Carta citada en ambos expedientes.
j4' Cartas cits.
5 02 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACI~N Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRISTÓBAL ... 45
Una reforma necesaria
Permanentemente el camposanto lagunero hubo de pade-cer
la desidia del Cabildo y más tarde del Ayuntamiento como
reconoce Rodríguez Moure, para quién siempre ofreció un
aspecto lúgubre a causa del perpetuo abandono '42.
El escándalo del 19 de julio puso en claro la imperiosa ne-cesidad
de realizar muchas obras complementarias, así como
dotarlo de un adecuado personal. Pero mientras se esperaba
el fallo del monarca, nadie osó tomar una iniciativa. Todo con-tinuó
lo mismo. Al tomar posesión el nuevo ayuntamiento el
primero de año, ya el 18 de enero, el nuevo personero, el
marqués de Casa Herrnosa, como consecuencia de un nuevo
incidente desagradable, solicitó se tomaran las oportunas me-didas
143.
La víspera al dar sepultura a la madre dominica sor Santa
Mm'a Magdalena, el féretro por falta de fondo quedó casi in-sepulto,
«a flor de tierran. Al tratar el fosero apisonar con
tierra encima, saltaron las tablas «y comenzó a experimentarse
tal fetidez, que hizose separar de allí mucho trecho los que lo
presenciaban» 144.
Como hecho semejante suponía un peligro para la salud
pública y la exigencia de «que los campos de los difuntos se
vean tan indirectamente vulnerados.. . y porque aquellos [los
cuerpos] como depósito del alma y templo que han sido del
Espíritu Santo» 14=, merecedores de todo el respeto, solicita se
'42 «El cementerio de esta ciudad fue muchos años un campo murado,
muy mal atendido por parte de las autoridades tanto civiles como eclesiás-ticas;
sus muros, ennegrecidos por la acción del tiempo, publicaban a lo
lejos el abandono de los que estaban llamados a velar por su conservación
y limpieza, y la malva y otras yerbas que crecían en él, cuando no eran
aprovechadas por los foseros para pasto...)) Ob. cit., 235.
143 Era el marqu��s, don Diego Mesa y Ponte, caballero Calatrava. Se
dirige al ayuntamiento, 18. 1. 815. A.H.M.L.L. Leg. CX-3.
144 DOC. cit.
14= DOC. cit. En efecto, como una parte de la superficie que ocupa, está
colgada en una ladera en la parte superior, «es puro risco, sin encontrar por
lo mismo las profundidades suficientes para sepulturas de hondo regular».
Núm. 41 (1995) 503
46 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
corrijan semejantes deficiencias, se numeren las sepulturas
para evitar el desagradable confusionismo ahora reinante y
permitir «abrirse al cabo de los tres años, contando del día en
que se entierra, anotándose en los libros de colecturía, para
pasar los despojos al osario como está dispuesto)) '46.
Abandono del camposanto y la emita
El relevo del capellán, por fallecimiento de don José Her-nández,
sobrevino el 21 de julio. El ayuntamiento, al margen
del Reglamento, designó a don Cándido Rodríguez Suárez. Al
día siguiente junto con el escribano Albertós se realizó un in-ventario
de lo conservado en la ermita de San Juan. La desi-dia
de su patrono, ei Cabiido, quedó de manifiesto. El cáliz in-servible
con la base de cobre. Un misal inutilizable y el otro
roto en pedazos. Solo un alba, un amito y corporales tan
mugrientos que se podía pensar fueran blancos tiempo atrás 14'.
Como la obligación del capellán en la ermita consistía en
oficiar misa y comentar el evangelio los domingos y días fes-tivos,
y en la cuaresma dar en aquellos catequesis a menores,
si coincidían sus obligaciones con un entierro, se veía obliga-do
a incumplir como capellán de la ermita.
Ambos motivos le sirvieron para plantear su situación y so-licitar
los adecuados remedios. Restaurar y sustituir en la er-mita
lo inservible y duplicar los ornamentos, para enviar un
juego a lavar, o utilizar ambos al tiempo cuando era preciso.
Por lo que se refiere al cementerio señala como imprescindi-ble
edificar las habitaciones previstas en la normativa, aquí
más necesaria dada la inclemencia invernal de La Laguna. El
rápido crecimiento de la hierba y su abundancia impide loca-lizar
las sepulturas. Como solución propone levantar un pla-no,
ajustándolas al mismo y numerarlas. Excavar las fosas se-parándolas
adecuadamente y construir el osario.
Finalmente, entra en el delicado tema de las remuneracio-
'46 LOC. cit.
147 Rodríguez Suárez, capellán, al ayuntamiento. L.L. VIII. 8 1 S.
Leg. CX-3.
SECULARIZACI~NY MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRIST~BAL.. . 47
nes. Los derechos por inhumación, unos 50 pesos al año, los
cobraba una vez al año. Solicita se le abonen por los colecto-res
mensualmente, para evitar privaciones. De otra parte, de-nuncia
el abuso de los beneficiados, pues niegan los oficios fú-nebres
a los menesterosos, con lo que recae sobre él el trabajo,
viéndose obligado a realizarlo gratuitamente, lo que pone de
manifiesto una injusta discriminación por parte del clero
parroquial '48.
Opinión del síndico personeyo
Ante la gravedad de las denuncias, el cabildo requiere que
informe al persnnero. El marqués de Torre Hermosa estima
como imprescindible que el cabildo dotara a la ermita con
«dos recaudosn de ornamentos para permitir su aseo, ya que
es el único patronato de este estilo existente «que se conserva
en las Islas)). De otra parte, muchos de los problemas que
ahora plantea el capellán derivan de hacer recaer las respon-sabilidades
de ermita y cementerio en la misma persona. Con-sidera,
desde luego, intolerables los abusos del clero parroquial
al obrar en contradicción con lo dispuesto el 16 de octubre
pasado con carácter general para la diócesis por el prelado
Verdugo Albitum'a '49.
Por lo que toca a los inconvenientes del cementerio, lamen-ta
no haya puesto el Cabildo remedio a su escrito de 18 de
enero. En consecuencia, los males con el paso del tiempo se
han agravado. Exige en nombre del vecindario que represen-ta,
que se acometan la serie de obras señaladas. En la parte
dta, que pedreros y e-bdqUerus s q i e r ; fina o capas de
piedra y «después, de la [tierra] de afuera, se rehinche o relle-
148 «...los párrocos que han empezado ya a incumplir con esta obliga-ción
propia de su ministerio, cuando tiene ordenado el Ilmo. Sr. Obispo,
convenía con todo ello, porque no es justo que ellos aprovechen lo útil y se
descarguen de lo gravoso sobre ei capeiián de San Juan, que nada percibe
de la causa decimal, derechos de estola...». Doc. cit.
149 Acta del cabildo de 9. VIII. 815 e Informe del marqués de Torre
Hermosa. L.L. 16. VID. 815. Leg. cit.
Núm. 41 (1995) 505
48 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
nen lo que fuere preciso para que los cadáveres queden en la
profundidad correspondienten lS0.
En cuanto a la división de las sepulturas, «que es lo más
que debió haberse ejecutado, formando los cuadros correspon-dientes
y cada uno de los sepulcros numerados», como tarea
imprescindible. En cuanto a la hierba, ahora tan crecida, da
origen a «efectos fatalísimos a causa de los años corruptos»,
o sea las tres anualidades de sepultura para trasladar las mon-das
al osario, sobre todo como falleciera o hubiera que despe-dir
al fosero lS1. Razón que hace imprescindible la construc-ción
del osario conforme a lo dispuesto en el art. IV de la R.O.
de 28 de junio de 1804.
Nueva píanta deí cementerio
a
El Cabildo a la vista de la gravedad del informe, en sesión E
del 18, encargó al regidor don Juan Tabares realizara el co-rrespondiente
proyecto de obras y presupuesto, para a su vis- 3
ta resolver lS2.
-
0m
E Cuatro días más tarde cumplimentaban el regidor su encar- o
go. Consiste en dividir las 3.717 varas cuadradas de la super- g
ficie del camposanto en cuadros, separados por alineamientos n
E de losas. Dentro de cada una de ellas se marcarían los sepul- a
cros, separados mediante ladrillos colocados de canto, «que es n
el modo que se me ocurre más fácil lS3, por no reconocer más
económico». 3
O
De esta manera resultarían 35 cuadros con cabida en total
de 1.281 tumbas, cada una con su respectivo número, distri-buidas
en la siguiente manera:
Is0 Informe cit. del personero.
Is1 «Obsérvese alií que el sepulturero ha puesto unas piedrecitas de
marca para su gobierno; era una cosa ridícula», por lo que urge separar
los sepulcros «por ahora» con ladrillos, como recurso contra las carencias.
Doc. cit.
Is2 Acta de la sesión de 19. VIII. 815. Leg. cit.
'53 Presupuesto y proyecto de Tabares, junto con el pertinente informe.
L.L. 21. VIII. 815. Leg. cit.
506 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
24 cuadros de 36 sepulturas = 864 tumbas
6 de45 n = 270 »
4 )> de28 N = 212 »
1 D de35 N = 35 »
TOTAL .... 35 » 1.281 »
El presupuesto alcanzaría los mil pesos, más o menos, des-compuestos
en las siguientes partidas, añadiendo a lo anterior
la fábrica del osario.
Varas lineales de losas 832 a 4 reales ......... 416 pesos
Ladrillos 11 millares a 30 pesos ................... 330 »
Obra, salarios .................................................. 100 )>
Osario ............................................................... 100 »
TOTAL .............................................................. 996 »
Tabares, además, nos suministra un dato importante. La
cantidad empleada por el Cabildo en la necrópolis, después de
revisar las cuentas había alcanzado los 4.000 pesos, a los que
había que añadir los mil enviados por Verdugo para tal fin, lo
que supondría un monto total de cinco mil pesos 154, sin con-tar
lo que habrá que invertir en las habitaciones para cape-llán
y fosero, amén de la posible capilla, si se abandonara la
ermita de San Juan Bautista.
Enfrentamiento entre cabildo y clero parroquia1
Dada la gravedad de los problemas puestos sobre el tapete,
eii cufiformidad col? !S estipulade '55, e! cahi!d~ accrdS dar
cuenta de la situación especialmente al clero parroquial, lla-mándole
al orden sobre sus desatenciones. Al tiempo se les
rogaba que percibieran como el ayuntamiento había contri-buido
a la erección del camposanto «con más de lo estable-cido
» lS6.
Is4 DOC. cit.
IS5 Certificación del acta de la sesión de 22. VIII. 815. Leg. cit.
Is6 DOC. cit.
Núm. 41 (1995) 507
50 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
Algo de lo tratado alcanzaría el vicario don José de Acosta
y Brito. Se anticipó con un oficio recriminando a la corpora-ción
por el nombramiento como capellán de don Cristóbal
Rodríguez. Nombramiento efectuado en contra de lo estipula-do
en el artículo V del Reglamento. Y más notorio si se tiene
en cuenta que por el mismo quedaba establecido que el cape-llán
en todo lo referente a entemamientos adquiría la consi-deración
de teniente de los párrocos 15'. Si no se .OPUSO en su
momento fue por estar en Las Palmas opositando a uno de
los beneficios curados.
El vicario acusaba el 28 recibo sobre el planteamiento
municipal sobre el cementerio. Elude responder o justificar la
ausencia de los beneficiados en entierros de los inopes. Pero
en cuanto al resto de los problemas planteados por el nuevo
capellán sostiene que la Iglesia se ha ajustado al Reglamento
suscrito y, por lo tanto, a ellos no les afecta el problema de si
un solo presbítero tiene o no capacidad para ejercer la doble
capellanía 158.
Respuesta tajante y sin vuelta de hoja con un doble signi-ficado.
Obligaba momentaneamente a dejar de lado el tema y
suscitaba la ruptura latente de clero secular-municipio.
Nuevas denuncias de abandono
Como el Cabildo no disponía de los mil pesos necesarios y
no deseaba entrar en polémica con el vicario, todo siguió
igual, aumentando naturalmente el deterioro.
Pero el 9 de noviembre, el capellán Rodríguez ante ciertos
incidentes lS9 y urgencias, volvió a la carga, Era muy necesz-lS7
José de Acosta al Ayuntamiento. L.L. T . VID. 815. Leg. cit.
Is8 Id. id. , 28. VIII. 815. Leg. cit.
Is9 Como lloviera el clero de Los Remedios no fue al domicilio de un
fallecido, ni acompañó al féretro al cementerio. Por el contrario, él tiene
que ir a buscar el cadáver de los muertos no feligreses de alguna de las
parroquias. Los párrocos van hasta el cementerio cuando perciben emolu-mentos
y el capellán con los inopes lo realiza gratuitamente. No hay habi-tación
para él en el camposanto y allí pierde mañanas y tardes a la espera
de que aparezca el cortejo, siempre con un retraso imprevisible. Solicita,
508 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACI~N Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRISTOBAL ... 5 1
rio proceder a reparar la calle y el camino que conducía al ce-menterio,
intransitable a causa de las lluvias. No podían espe-rar
más las obras propuestas sobre separación y numeración
de las sepulturas, ni retrasar ya la construcción del osario.
Pero al tiempo, y para obviar incidentes como los que pa-dece,
propone una completa renovación del Reglamento. Debe
establecerse un horario de mañana y tarde, conceder libertad
de elección a finados y familias del templo donde desean re-cibir
las honras fúnebres. Caso de no fijar iglesia alguna, se
celebrarían en la ermita de San Juan. El clero acompañaría
al féretro hasta el cementerio, donde el capellán procedería a
rezar el oficio de difuntos y presidir la inhumación. Este nue-vo
método serviría de «mucho alivio a las casas y mucha co-modidad
a los párrocos y al mismo capellán; bien que en
este caso el capeilan casi serfa escusacio sóio d buen gobier-no
interno del mismo cementerio» lbO.
Si bien el cabildo se comprometió al arreglo de calle y ca-mino,
la carencia de fondos para la reforma interior, le obligó
a exponer la perentoria necesidad «a la autoridad superior));
mientras solicitaba un nuevo informe del síndico personero
por lo que atañe al nuevo modelo de entierros propuesto l b l .
Dos dictámenes del síndico personero
El marqués de Torre Hermosa si en el primero vuelve so-bre
el incumplimiento por parte del cabildo de sus obligacio-nes
como patrono de la emita de San Juan Bautista; lamenta
el poco interés por las reformas interiores del camposanto rei-teradas
el 18 de agosto y denuncia que si se hubiera obrado
con ia necesaria cautela desde ei principio, en vez de realizar
las obras «con festinación)) 162, O más bien de razones de atro-por
último, que se despachen las 6rdenes para que se le libren las fanegas
mensualmente, pero falta la firma del corregidor. Capellán al Ayuntamien-t0,
L.L. 9.XI. 814.Leg. cit.
:m Coc. cit.
Certificación de acta del Cabildo, de 15. XI. 815. Leg. cit.
162 Festinación = celeridad. Casa Hermosa al Cabildo. L.L. 16. XI. 815.
Leg. cit.
Núm. 41 (1995) 509
52 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
pellamiento. Se hubieran obviado tal cúmulo de problemas,
todo previsto en la Circular de 28 de junio de 1804.
En el segundo toca temas más vidriosos, pues podían des-encadenar,
como ocurrió, graves tensiones de la institución
con el clero secular. Para elaborarlo realizó averiguaciones y
una vez contrastada la realidad, se vio impelido, en razón de
su función, a salir en defensa de los intereses del vecindario 163.
Confirma el nuevo plan del capellán como mucho más ra-zonable,
porque permite, tal como está legislado, la participa-ción
de los regulares en los oficios fúnebres, de los que ha-bían
sido marginados de una parte, y de otra por que se
respetará la voluntad de los finados. a N
Pero no queda ahí. Como consecuencia de sus averiguacio- E
nes, da un paso más y entra en el terreno vidrioso. Denuncia O
n
a los be~ieficiados de Los Kemeciios cie exigir do que llaman -
=m
O
derechos por una tarifa formada a su antojo ... por los demás E
E
oficios y ceremonias que no tienen nada que ver en el Cemen- 2
E
terion 164. Hecho que no sólo considera grave, sino gravoso. =
Para probarlo realiza un meticuloso análisis del complejo y 3
ampliado arancel, para concluir que si en toda la Nación ha
- -
0m
tenido gran resonancia la famosa apelación del corregidor de E
la villa de Sisante al Consejo en contra de los abusivos dere- O
chos establecidos por el cura de la villa, la totalidad de los n
E impuestos por el clero de Nuestra Señora de Los Remedios los -
a
triplican. El Síndico, entiende el problema, pero se reduce a 2
n
cumplir con la obligación de su cargo y al concejo compete n
0
restablecer la equidad en beneficio del vecindario. O3
El conflicto quedaba sobre la mesa. El cabildo acordó que
el alcalde mayor enviara las quejas al obispado, al que perte-nece
tomar das disposiciones más oportunas en beneficio del
público», así como al vicario y a los interesados '65.
L63 Id. id. al Cabildo. L.L. 20. XI. 8 1 5 . kg. cit.
164 DOC. cit.
Certificación de acta de sesión, 22. XI.. 815. Leg. cit.
5 1 0 ANUARIO DE ESTUDIOS ATL~~NTICOS
SECULARIZACI6N Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRISTÓBAL ... 53
Conflicto en un doble frente
Una vez el toro en la plaza, la tensión cabildo-iglesia secu-lar
se va a plantear en un triple escenario. El obispado, que
dado el crítico estado de salud del hemipléjico prelado, con el
consiguiente desorden introducido en la secretaría de la cáma-ra
episcopal, permanecería prácticamente inactivo, y amén de
lejano, en Las Palmas. Los otros dos en La Laguna: una dura
y tenaz polémica con el vicario del partido y la otra con el
rector parroquial, que coordinaba al clero y acciones de am-bos
curatos. Ocupaban por entonces estos cargos don José de
Acosta y Brito, beneficiado y juez eclesiástico, y don Antonio
Villanueva y Castro beneficia.d o más antiguo y párroco de , XT - - - - L.- 0-1 IYU~SLaIe-1a1-v- -1- a uAt-: 1- o_____,..__ la LUIILC~LIUII.
Analizar con alguna precisión los puntos de vista de ambos
a lo largo de dos meses resultada farragoso, pues ninguno ob-tuvo
con sus extensos y numerosos escritos los objetivos pro-puestos.
Sin embargo, en tantas páginas hay asertos que nos
revelan la situación del clero, la opinión de los feligreses sobre
los sacerdotes y sentimiento de racionalismo y concepción
agustiniana de los clérigos formados en el Seminario Conciliar.
El esfuerzo del vicario
Una vez más Acosta y Brito se adelanta a los sucesos, pues
le han llegado rumores de lo tratado en la sesión del ayunta-miento.
Solicita del corregidor, don Juan Perceba testimonio
de los documentos, estimando que los rumores lastiman el
honor de los párrocos y carga, por adelantado, culpas y res-ponsabilidad
sobre el capellán don Cándido Rodríguez 166. Le
responde el corregidor brevemente: el expediente ha sido re-mitido
al obsipo, por lo que el clero local debe abstenerse de
tomar iniciativas en tanto no se conozca la decisión del
diocesano; consecuentemente, le niega lo solicitado 167.
Vicario al corregidor. L.L. 21. m. 815. Leg. cit.
Vicario al corregidor. L.L. 26 y 27. XI. 815 y certificación del acta
del cabildo del 26. Leg. cit.
Núm. 41 (1995) 511
54 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
Como Acosta previera la negativa, sometió en su juzgado y
ante el notario eclesiástico a un largo, claro y amenazante in-terrogatorio
al capellán Rodríguez. Este, al comprobar que se
hacía recaer la denuncia sobre aranceles de Torre Hermosa
sobre su persona, solicita se remita con urgencia copia de sus
escritos al obispo para restablecer la verdad. El Cabildo acce-de,
pues peligraba la carrera eclesiástica del capellán 168.
El forcejeo se establece entre el vicario que necesita los
documentos acreditativos que le permitan llevar adelante el
proceso abierto en el juzgado eclesiástico y el corregidor que,
para negarlos, se refugia en la intransigencia de los regidores,
en razón de haber puesto las infracciones en manos de una a
N
autoridad superior. De pronto tendrá una salida imprevista. E
Acosta el 5 de diciembre solicita la destitución fulminante del O
n capeiián don Cándido Rockfguez Suarez. -
m
O
Las razones fueron obvias. Fue designado por el municipio SE sin consultar previamente a los párrocos, meridiana infracción E
del artículo V del vigente Reglamento pactado. Además, ha
sido la persona desencadenante del conflicto. Es imprescindi- 3
ble designar un capellán que se preocupe únicamente del go- -
0
m
E
bierno del cementerio. Y el cese de Rodríguez en razón de la O
imposibilidad material de que lo atienda como es debido, a
causa del complejo pluriempleo que ha logrado reunir, plu- n
E
riempleo que lo incapacita materialmente 169. a
Y aún avanza más cuando insinúa con matiz amenazador n
n
advertir el inconveniente que supone aumentar la cizaña cle-ro-
cabildo, ya que éste debería ocuparse más por la decencia 3
O
El capellán al ayuntamiento. L.L. 27.X. 815 y acuerdo 2. XII. 815.
ieg. cit.
169 «Que Cándido Rodríguez, dígalo en obsequio de la verdad, es Co-lector
General de Capellanías vacantes de todo el partido, encargo salvado
para ocupar al hombre más robusto y activo. Sacristán de la Parroquia de
la Concepción, donde debe estar continuamente, tiene obligación de decir
misa en Los Remedios a una hora fixa todos los días de Fiesta. Todas estas
c i r r u n i t ~ ~ ccipae sé yn q ~ dee ~ ~B!re, k xe i i iricapz de !u Cupdania de!
Cementerio y amén de la de San Juan)). Todo ello le produce sustanciosas
rentas, sin obligaciones de familia. Vicario al corregidor. L.L. 5. XII. 815.
Leg. cit.
512 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACI~N Y MENTALIDADES: EL CEMENTWO DE SAN CRIST6BAL ... 5 5
del camposanto. Y aunque la cita sea larga es necesario tener
presente la visión sobre el mismo del vicario.
«...un cementerio tan retirado de la población y separa-do
de ella por un barranco, sin carro ara conducir los
cadáveres ...; preci itadamente habilita o sin los requisi- P 2
tos prevenidos en as mismas RROO., sin Capellán espe-cialmente
encargado de su custodia ...; porque levantan-do
los fieles el rito de su abandono, nos veremos en la
precisión de vo f' ver a lo mismos modos que antes, resti-tuyendo
los enterramientos a las Iglesias)) ''O.
Ni aún semejante amenaza logró doblegar al Cabildo, que
todo lo más accedió a pasar traslado de dos puntos del infor-me
del personero referentks al aumento de aranceles de Los
Remedim, pero tan rolo a Ins interesadm 171.
Defensa del beneficiado rector: mentalidades
El clero parroquia1 de Los Remedios encontró otro aboga-do
defensor en el rector de las parroquias, don Antonio Villa-nueva
y Castro 172. Al conocer la denuncia del ayuntamiento
170 DOC. cit.
L7L Certificación del acta de 5. XII. 815. Leg. cit. y Perceba a Acosta.
L.L. 3. XII. 815. Leg. cit. A pesar de los posteriores escritos cruzados con
el vicario, sólo encierran cierta curiosidad el juicio de éste al calificar cuan-to
se atribuye a marqués de Torre Hermosa «como una exposición impresa
contra los párrocos de Los Remedios» la inflación de los aranceles. Vicario
a corregidor, 6. XII. 815. Aún se cruzan otras el 9 y 11. XII. 815. Leg. cit.
172 El cargo de rector, que tenía encomendado la coordinación de los
beneficiados enteros y medios beneficiados, asi como del xsto de aiiibas
parroquias, y la actuación de las mismas en festividades y pretensiones
de autoridades y feligreses. Por una R.C. de Carlos 11 a petición de los
beneficiados se obtuvo que fuera el más antiguo entre los medios y
los enteros. Tavira, sin embargo, al elaborar el plan beneficial del término
redujo los dos rectores a uno solo buscando una mayor eficacia, y lógica-mente
impuse que reciyeri P'I e! heneficirrdo d r antiguoj para mantener
el espíritu eclesiástico de la parroquia. A. DE B~THENCOUMRATS SIEU:P o-nencia
a VI Jornadas, ya cit. Villanueva servía en Nuestra Señora de la Con-cepción.
Núm. 41 (1995) 513
56 ANTONIO DE BÉTHENCOURT MASSIEU
sobre aranceles elevada al obispo, negó los hechos en redon-do,
calificándolos de «indecorosos» y vuelve a descargar las
culpas en el capellán, cuando en los escritos quedaba claro que
eran del personero. Tomó en ello pretexto para recabar testi-monio
del expediente. Como es lógico recibió exacta negativa
que el vicario 173. La extensa respuesta, razonadora y bien tra-bada,
carece ahora de interés, pues elude el vidrioso tema de
los aranceles, aunque suministra algún dato curioso 174.
Sin embargo, encierra juicios de inapreciable valor para
conocer la mentalidad del clero en aquellos críticos años y las
convicciones personales de un sacerdote formado en el Semi-nario
Conciliar de Las Palmas.
Cuando, p. ej., ante la afirmación del corregidor sobre la in-capacidad
de los párrocos .para a&nentar ni un maravedí los
rlnrnph-c n..n cn -nrri;L:ni? nn+nc Aa 1-0 --+:---ci ri..-ri..- +..-Gr.
ubr LLLLUJ y u a~b y br brvicur ai i rba ub iva b i i r r ~irv a, auiiyuc b u v i c -
ran que ir a hacerlos hasta la ermita de San Roque de las Mer-cedes~
é, l es partidario de un principio básico de la justicia,
«que dicta que a cada uno se le recompense su trabajo» 175.
O cuando asevera: «Hablo en el estilo del país, donde co-múnmente
se mira con desagrado todo lo que pague a los
ministros de culto, y en que parece excesivo los peque-ños
aumentos y las miserables rentas que tienen».
Y aunque está de acuerdo con el «capellán» en la necesi-dad
«de mejorar al Pueblo y aliviarle en parte de sus males y
de los gravámenes que tienen, no puede por menos de pro-clamar:
173 Villanueva a Perceba, L.L. 28. Xi. 815. Leg. cit. Aprovecha para que-jarse
de no haber recibido respuesta a la solicitud del arreglo del camino
-1 ,-.a-a"+aA* S, ,.+.-o - 4 -..- P--- "..:a-- "..a <".-.<.*<,.,. -1 ,.,.-,.-<A-..
CU b b I I I C I I I L C I IV J V C I a J I I I I I I U b I a J . bVIIIV Y U I G l Y U G 1 1 I J I J L l G l a, G 1 LVII GgIUVL
le explica que las anomalías arancelarias no afectan a su parroquia y como
rector carece de atribuciones para intervenir en el orden interno de la otra.
S610 está capacitado para aclarar la cuestión el prelado diocesano. Acta del
Cabildo de 29. XI. y Perceba a Villanueva, el 30. Leg. cit.
174 Basa, p. ej., la libre elección de templo para recibir las honras fú-nebres
en sólo el caso del presbítero don Pedro Atade; que d46 ordenado
se verificaran en la ermita de San Juan, lo que no era mucho pedir.
Villanueva a Perceba, 30. XI. 815. Leg. cit.
175 DOC. cit.
5 14 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
SECULARIZACI6N Y MENTALIDADES: EL CEMENTERIO DE SAN CRIST~BAL... 57
yo que aunque eclesiástico, como soy y más aman-te
Ka. 2e la razón, que es la lei que debe gobernar y dirigir
todos los estados y condiciones del hombre, estoi conven-cido
con él, en declamar contra los derechos que llaman
de estola, que de radan a los ministros, haciendo conce-bir
malas ideas b. e ellos por ue se pagan con repugnan-cia,
o se adeudan y no pue 2 en cobrarse sin incurrir en
una cruel censura y en la pena que se les trata de avaros
y codiciosos si se empeñan en la cobranza; yo estoi ... en
declarar contra unos emolumentos que nuestros mismos
soberanos no quieren que se computen por congruas a
los párrocos; porque siendo, como son, odiosos, se ha
ensado más de una vez en abordarlos, subrogando de
Es diezmos o de otros arbitrios lo que falta para la con- a
grua» 176.
O
~~~~~i~~ pero desper&;zio +LC-mllL eC"I-Al<l~l;+L ICq.mI~. an : - m
n
merece comentario. Texto clave para tomar conciencia del O
ánimo secularizador de una parte cada vez mayor del pueblo * E
2
E que deseaban y hasta se negaban a continuar abonando los
diezmos. 3
Pero no acaba aquí la diatriba de Villanueva, pues recrimi- Om-na
al síndico que se preocupe de minucias, como los arance- E
les, cuando son otros los problemas de mayor calado, que son O
los que oprimen a los tinerfeños: una ciudad que se desmoro- n
E na, la cada vez más precaria si