H I S T O R I A ECOMOMICA
EL CONVERSO DUARTE ENRIQUEZ, ARRENDADOR
DE LAS RENTAS REALES DE CANARIAS (*)
POB
Desde sc ixirpraciSn a Castilla? Canarias; debido a su pri-vilegiada
situación geográfica, ha constituido un foco de atrac-ción
para gentes de distintos lugares. Evidentemente, la mayor
aportación sería la castellana, pero, además de ésta, de forma
forzosa unas veces, como los esclavos negros o moros, o volunta-riamente
otras, como es el caso de franceses, portugueses, geno-veses,
flamencos, ingleses, etc., se instalaron en las islas una se-rie
de comunidades extranjeras que han dejado su huella en las
costumbres, vocabulario, toponimia y otros aspectos culturales
isleños, Siwa como ejemplo el hecho de que muchos apellidos
canarios hoy en uso tienen origen extranjero: apellidos portu-gueses,
como Yáñez, Acosta, Cardoso.. . ; franceses, como Betan-cor
o Perdomo; flamencos, tales como: Artiles, Febles y Van
(') Queremos expresar nuestro agrcadecimiento sl Excmo. Cabiido In-sular
de Gran Canaria, sin cuya ayuda econbmica no hubiera sido posible
la realizacibn de este trabajo.
Al doctar don Antonio Rumeu de Armas, director de esta Memoria de
Licenciatura, por su asesoramiento y consejos. que han permitido cubrir
muchas de las lagunas iniciaies.
Por último, agradecer ol Aurina Rodrfguez Galindo, del Museo Canario,
por haberme sugerido el tema, asf como por la ayuda prestada.
a LUIS A. MAYA B~RNÁNDE
de Walle ; genoveses : Ponte, Ascanio.. ., o anglo-irlandeses:
O'Shanahan, Wood, etc.
Entre estas minorías no podía faltar la judía, que llega a las
islas incluso antes de acabar la conquista, aunque su número cre-ció,
sobre todo, a partir de la expulsión de 1492. Las islas les
ofrecían un refugio más seguro que sus lugares de origen, puesto
que, como indica el profesor Régulo l, el archipiélago recién con-quistado
estaba poblado por gentes de distintos orígenes, cuyas
actividades bordeaban en muchas ocasiones la ilegalidad, y los
contactos con contrabandistas, piratas y gentes similares no eran
infrecuentes. Debido a esto, no había ningún interés en que los
organismos centrales, entre ellos la Inquisición, controlaran la a
vida de las islas, lo que ofreció a los conversos mayor seguridad N
E
que ia Penínsuia. Este hecho no impiicó, sin embargo, la ausen- O
cia de persecuciones contra ellos, especialmente a partir de la se- n-- m gunda década del siglo m, cuando fueron relajados varios ju- O
E
dos. Los restantes se fueron mezclando con la poblaci6n, ya que, E
2
pasada esta etapa de persecuciones, disminuyen las actividades -E
del S. O. contra ellas. 3
La segunda inmigración de esta minoría corresponde a las --
primeras décadas del siglo XVII, y los llegados son conversos por- 0
m
E
tugueses o marranos, que, aprovechando los permisos legales, se O
instalan en las islas, al igual que en otros muchos lugares de Cas-tilla.
Su venida a Canarias estuvo estimulada por el. activo co- n
-E
mercio que hasta 1640 se realiza con los navíos portugueses, que a
2 se aprovisionaban de vino en las islas para cambiarlo por escla- n
vos en sus colonias portuguesas, desde donde los llevaban a Bra- n
sil o incluso, de forma fraudulenta, a las Indias españolas. En 3
O
este tráfico los conversos portugueses jugaron un importante pa-pel
de intermediarios z, aunque no será ésta su actividad exclusi-va,
ya que en gran parte, gracias a su origen, mantendrán impor-tantes
relaciones económicas con sus correligionarios de la Penín-
1 RÉ c r n n P&?Ez, :NAJ'. Con.trih?t&- de Is f r d l ~n lg fc??mn,&& ñp
la sociedad de las Islas Camrias, Miscelánea de Estudios Arabes y He-braicos.
Universidad de Granada, XIV-XV, 1965-1966, facs. 2, págs. 63-75.
2 VILAV ILARE, NRIQUETLAas: Canarias como base de aprmfsionamBen-to
de mv8os pOTt~gueSeS. 11 Coloquio de Historia Canario-Americana, 11,
Ediciones del Cabiido Insular, 1977, pág. 287.
346 ANUARIO DE ESTUDlOS ATLANTYCOS
sula, Francia, Inglaterra, Holanda y Hamburgo. Su llegada y sus
actividades no pasarán desapercibidas al S. O., que desde muy
pronto les hará objeto de especial vigilancia, como lo demuestra
el censo que ordena hacer a los comisarios de los portugueses
afincados en las islas. Sergio F. Bonnet reproduce el de La La-
*na l, realizado en 1626, y que arroja un total de 2'7 portugue-ses.
Aunque, salvo en un caso, no se indica su origen, a través
de la documentación posterior del S. 0. hemos comprobado que
al menos siete eran conversos y que uno de ellos, Tomas Perera,
trajo consigo de Portugal a otros cuatro. entre empleados y cria-dos,
que podrían haber tenido también el mmismo origen. De los
restantes dieciséis, excepto eyi un caso que se especifica que es
cristiano viejo, ignoramos su ascendencia.
n1 ------A-:- 2- --Ll-..:z- --...-A- -..- L.*-*- --:A-r
i ~pw carlwjt: UC: ~ ~ W ~ L I U I~ Ic i ~ ~ dqu~ ei LdU V V ~ ~ V G L W D
es dificil, por no decir imposible, poderlo determinar. Al igual
que en la Península, es posible averiguarlo entre las clases altas,
cuya genealogía es más fácil de indagar. El profesor Régulo, en
su trabajo antes indicado, manifiesta que a través del libro de
irEnm;l;or< nntorlrrcin n-in nlrrhrr~orinn Ir\" innr~i&dr\rne rr r r r i a ea ,-fin-
\ L a I u L u a o IIVI~UQI~U ~ U LGl a w L a ~V LI IVU I I ~ U L I U I U V I -, J yub U- UVLI~
serva en el Museo Canario, investigó cerca de doscientas desta-cadas
familias isleñas, comprobando que son muy escasas las
que no tuvieron mezcla judeoconversa, y hace suya para Cana-rias
la afirmación del Marqués de Lozoya, que únicamente no
descienden de conversos las personas que no tienen genealogía
conocida.
Efectivamente, parece lógico que en unas islas cuya población
en 3587 era de 38.705 habitantes, y que un siglo más tarde ape-nas
lIegaba a los 100.00O4, un grupo reducido pudiera dejar a lo
largo del tiempo una descendencia importante, especialmente en-tre
las capas urbanas medias y altas, ya que en las rurales, al
igual que en Castilla, la mezcla fue mucho menor. Esta conjetu-
3 BONNES'~E,R GIFO. : FarnUkzs portuguesas en La Lwum del S. XVI I .
.«Revista de Historia)), Universidad de La Laguna, 1951, págs. 111-118.
4 Para la primera cifra ver: CARANDER,A MÓN:C arlos V y sus banque-ros.
Madrid, Sociedad de Estudios y Publicaciones, 1965, Vol. 1, pág. 67.
Para ia segunda: SANcRn HERRERJ.:O (,19 75) La pblacidn de las Islas
CcMtdrias en la segunda Mtad dd s. XVII (1676-1688), {{Anuario de Estu-dios
Atlánticos», 21, pág. 247.
4 ZVIS A. ANAYA WNÁNDEZ
ra puede ser reforzada con la opinión del inquisidor Garcia Ce-nicero,
quien en 1605, citando un informe realizado en 1528 por
el inquisidor Luis de Padilla, escribe: «y con esto a tantos años
y al qae se ciieron las dichas genealogías en las dichas yslas
habia poca gente y despues aca se han augmentado mucho ay
muy pocas casas de consideracion. en especial en la isla de Ten.c
que no esten maculadas con esta descendencia, y tan mudados
los nombres y apellidos que todos los tienen de los mas nobles
de Vizcaya y otras piesy an probado que lo son.. .D
Por nuestra parte hemos realizado un pequeiío muestre0 con
las fichas de las peticiones de genealogía del siglo xm, conser-vadas
en el Museo Canario, resultando que de un total de 360
peticiones conservadas fueron rechazadas 37 por descender, en
e,, -,,m %,,.T,m..ío ,-?o ,-.*T,77*v.'.r." J.-. r.,.;".-.- ;,,A:,. ...~IT,,, .,m,.- ...,.r.mm u u SLCUL luajvlla UL ~ v ~ s v r ; r u uuuc VLISCI I JUULV, u a 1 v V ~ J M D
excepciones que lo eran de moros. Esto arroja un porcentaje aIgo
inferior al 10 por 100 (deduciendo los pocos de origen morisco),
que podría incrementarse si tenemos en cuenta las certificacio-nes
que se concedieron gracias a falsos testimonios (lo que fue
bastante frecuente) y los descendientes de conversos que, cono-ciendo
su origen, no se atrevieron a solicitarlo. Habría que tener
en cuenta que, por lo general, los solicitantes suelen ser de ex-tracción
social media o alta, no sólo por el coste de las averigua-ciones,
simio porque las genealogías tenían como fin ocupar pues-tos
o empleos a los que, por lo general, no podían acceder las
clases humildes. Hecho que puede explicar que el porcentaje
de conversos sea tan alto, toda vez que éstos solían pertenecer
a capas medias o altas.
En definitiva, aunque, como expresamos antes, es irnpusible
conocer el porcentaje total de judeoconversos o de sus descen-dientes
en las islas, sí podemos afirmar que tuvieron una nota-ble
presencia, comparable y seguramente superior al de otras
minorías.
A esta comunidad perteneció Duarte Enríquez Alvarez, ob-jeto
del presente trabajo. Vivió en Tenerife desde 1640 a 1652,
años que no fisran entre los mejores de la historia de Canaiias-
5 DARIASPm &, DACIOV. : LOS hebreos en Canarias. Periddico «ET
Dfan. Santa C m de Tenerife. 25-11-1948.
M8 ANUAR,IO DE ESTUDIOS ATLANTICGS
EL CONVERSO DUARTE E N R ~ Q ~ 5
Las repercusiones de las guerras con Holanda, Francia e Ingla-terra,
y las sublevaciones internas del Imperio, especialmente
la portuguesa. afectaron gravemente al Archipiélago, no sólo
por el deterioro económico que estos conflictos supusieron, sino
parque además de tener que contribuir con dinero y hombres
a las guerras europeas, debieron defenderse de los frecuentes
ataques de piratas y corsarios y de las amenazas de invasiones
extranjeras.
El estudio de la vida y actividades de Duarte está contenido
en el presente trabajo; Ynicamente queremos señalar en esta
introducción los problemas que liemos encontrado al investi-garlo.
LQS estudi~e cdxe e! tema de !es cmrrewx p~rtngwses en
el siglo x n r en Canarias y el decisivo papel de algunos, entre
ellos Duarte, en la fundación de la comunidad judía en Ingla-terra
son mínimos. Realmente, y aparte de menciones aisladas
en algunas obras, sólo conocemos sobre este tema lo que trata
don Agustín Millares en su obra sobre la Inquisición canaria6
y el trabajo, interesante, pero reducido, del profesor Régulo an-tes
meneionado.
En cambio, sí =isten estudios de autores extranjeros sobre
este tema. entre los que destacaríamos los de origen hebreo
Lucien Wolf, precursor de los mismos, con una obra publicada
en 1926, y el profesor de la Universidad de Jerusalén Haim Bei-nart,
de sobra conocido por sus numerosos trabajos sobre los ju-deoconversos
peninsulares. Lucien Wolf basó su obra en los ma-nuscritos
de la Inquisición canaria que el marqués de Bute había
adquirido en Las Palmas y llevado a Inglaterra, donde fueron
catalogados por Gray Birch. El profesor Beinart, a su vez, tra-bajó
sobre la obra de Wolf, mejorándola y ampliándola con la
documentación de la Inquisición canaria conservada en el Ar-chivo
Histórico Nacional. Sin embargo, ambos autores descono-cieron
!a existencia del resto de los fondo- inqi~isitnM&-, con-servados
en el Museo Canario, que son más ricos en datos que
la propia coleccíón Bute. Incluso el profesor Beinart piensa que
5 MILLAREST ORRES, AGUST~N:H istoria de la InquWcidn ea Eas islas
Canarias, Las Palmas de Gran Canaria, 1874.
la citada colección desapareció después de ser subastada en Lon-dres,
cuando en realidad, tras una segunda subasta, fue adqui-rida
por el Gobierno español para el Museo Canario, donde se
encuentra en la actualidad.
Este hecho justifica algunas omisiones e hipótesis erróneas
en la obra de ambos, aspecto que por otra parte no disminuye
la gran calidad de sus traba~os, que, especialmente en el caso
del profesor Beinart, nos ha sido de gran utilidad.
Otro de los aspectos que m& interés podrían tener para 1st
historia de las Islas es el tema de la Hacienda, apenas presente
en la bibliografia específica sobre Canarias y poco mencionada
en las obras generales sobre la Hacienda española. Desgracia-damente,
en este caso hemos tropezado con la dificultad de que.
por una u otra circunstancia, los libros de Duarte de las rentas
fueron destruidos o desaparecieron, lo que ha imposibilitado
una investigación seria sobre esta materia.
Finalmente, y respecto a sus actividades mercantiles, hernors
observado, tanto en las obras de carácter general como en trakm-jos
más concretos, que los datos sobre estos años referentes a aa-
Iidas de barcos, operaciones mercantiles, etc,, son escasos, q M
por las circunstancias bélicas antes aludidas.
l. Insbalacdo'n en Canarias.
Waci6 en Portugal, en la villa de Fundao, en 1613 '. Ignorarnos
las circunstancias de su vida anteriores a 1640, que es el año en
que aparece en Madrid concertando el arrendamiento de las Ren-tas
Reales de las Islas. Es uno de los numerosos cristianos nue-vos
que a principios del siglo xvn comienzan a entrar en Cas-tilla,
centrando sus actividades en el comercio, arrendamiento
de rentas y concertación cie asientos con ia Corona, forman60
una amplia red unida por vínculos económicos y, en muchas oca-siones,
familiares, que controlará gran parte de las finanzas cas-
7 BEINARHT,A IM: The J m s in the Camrg Islmds: A ReeoalWkm.
Londres, 1977; pág. 63 y figura 1P
350 ANUARIO BE ESTUDIOS ATLAh1T1CaS
tellanas en este siglo. Este hecho es evidente en su caso, en el
que, a través de la documentación para el arrendamiento de las
rentas, vernos que tanto los fiadores como los testigos que apa-recen
en la misma son, en su gran mayoría, conocidos hombres
de negocios conversos, tales como Diego Gómez de Salazar, Luis
Fernández Pato, Francisco Rodriguez Cardoso, Manuel Díaz En-rique~,
etc.
DeM6 de llegar a Tenerife a finales de 1641, pues en octubre.
de este año es cuando presenta al. Cabildo de esta isla el recu-dimiento
para poder administrar las rentas9. Vivirá en La La-r
A. M. C.: I s ~ o t b i d h ,le g. LXVIII-%.
Los conversos citados aparecen en la obra de CARO BAWA, JULIO: LOS
jlsdlos en Ea EspMa Yodensa y Cmtempordnea. BiiadriB, Ediciones Ist-mo,
1978.
De Diego G6ma de Wazar dice Can, (11, págs. 93-10'0, que fue uno
de los más importantes hombres de negocios Be la época, dedicándose a
financiar arrenaamientos de rentas g a concertar asientos con la Coronih.
Destaca entre estos liltirnos uno que reaiiz4 entre wnyersos s peticidn
be don Luis de H6m, por valor de 7 u & millones de ducacios. Procesado
y reconciliado con el S. O., huirfa a Bayora, donde murió en 1671.
Liuis Femández Pato (CABO1, 1, gBg6.4.5.103) sería el mayor acreedor de
Dusrte y fue arrendador de alcabalehs de Córdoba. En el tomo 111, @g. 382,
aparece una reidón de sospechosos que realid el S. O., donde figura
mi nombre, habitando en la calle Carretas. En 1663 sería denunciado al
Tribunal.
Francisco Rodrfguc~ Cardoso (CABOtu, rno 11, &. 93) aparece rela-
&nado con el estanco de tabaco g en 1851 con el arrendamiento de la.
sai de Castiila. A. M. C.: Inq!hbfCQh, kg. LXIII-5, fol. 162.
3% abril de 1643 llega a Tenerffe en compa?ifa de don Pedro de Val-aeSglno,
apoderado de Diego G ó m de Salazar. A. M. C.: Inqub@&
CLXXVIII-75. Serfa aimojarife de La Palma en 1644, y arrendador y ad-ministrador
del estanw de azogue y soiimán de las islas, al menos desde
1645 a 1647, &o en que partió para Uladrid. A. H. P. de Santa C m de
Tenerife, prot. 91, fol. 77, y prot. 57, fol. M.
abanuel M% Enrfquez (Cm, tomo 11, pág. 93) fue tesorero de millo-nes
en Cádiz. Era primo de Duarte y taznbien apoderado suyo en M.adria
según un poder otorgado por éste en 1645. A. M. C.: Inquisici&n, leg,
XMNTI-1.
9 Archivo del Ayuntamiento de La Laguna, XIV, libro 11 de las Reslec
CMulas.
El arrendamiento se concertó por diez años, pero cada dos habf8 que
presentar recudfrniento al Cabildo.
,guna, en unas casas altas que construirá en la calle Real (actual
calle de San Agustín), que tenían bodega y cuadra, y que debió
ser una de las casas principales de la ciudad, como lo demuestra
el que, alquiladas por el S. O. en 1663. sirvieran de vivienda al
Capitán General de Canarias don Gerónimo de Benavente Qui-ñones
lo. Del inventario de los muebles y bienes de la casa que
realizó el S. O. se deduce que estaba bien acondicionada l1. Ade-más
en 1648 alquiló unas casas altas con bodega a María de Sa-las
Alarcón, por dos años y medio, a razón de 1.050 reales anua-les,
y un ano después, otra al licenciado don Luis Román por
tres arios, a 1.500 reales cada uno 12.
A lo largo de los once años que permaneció en la isla no sólo
dedicó su tiempo a la administración de las rentas, sino que, a
N
aprovechando su situación privilegiada de almojarife, se dedicó E
a un activo comercio entre las islas y con la Península, Holanda, O
n Inglaterra e Indias, principalmente, granjeándose fama de hom-
-
m
O
E bre acaudalado además de honrado en sus negocios 13. Para sus E
2 actividades y servicios tuvo un numero considerable de esclavos -E
y empleados: al menos seis entre los primeros, a dos de los cua-les
llevó a Inglaterra. Entre sus empleados podemos citar a An- 3
-
tonio de Borges Docabo, Francisco Rodríguez Cardoso, su sobri- -
0
m
no Antonio Rodríguez Robles, su primo Manuel López Suárez, E
así como su cuñado Enrique Fernández Ibarra, todos ellos em- O
pleados en los almojarifazgos de las islas y conversos portugue- n
-E
r-l
2
10 A. M. C.: Inquisicih, leg. WIlMVIl-20. Residió en Tenerife.de 1661 n
a 1665, siendo el primer Capitán General que tuvo licencia p m ello. n
Rmm DE ARMAS, ANTONIO: PZrat.mía y ataques navaes contra Eas Islas 3
O
CcMulrias. Madrid, Instituto Jerónimo de Zurita, C.. S. 1. C., ZII, pág..694,
1950.
11 A. M. C.: Inquisic26q leg. CLXXVI-27; CXXXV-8; CLI-9; CXVI-2.
Destaca su afición por la pintura, ya que aparecen jnventariados no me-nos
de 50 cuadros entre paisajes, santos, sibil as..., además de un retrato
.suyo que serviría para confeccionar la efigie que sería quemada.
12 A. H. P. de S. C. de Tenerife, prot. 499, fol. 258, y prot. 500, fol. 294.
13 Esta opinión la corroboran distintos testigos; por ejempio, el ca-pitán
Diego Benítez de Lugo, familisr del S. O., declaro que era un hom-bre
de mucho caudal y que no necesitaba escrituras ni obligaciones, ya
que bastaba su palabra o un papel simple. A. M. C.: Inqulsi&te, leg. CIXX-
27. También citado por BEIWT, H.: op. d., p6g. 60.
352 ANUARIO DE ESTUDIOS ATCANTICOS
ses, por lo que algunos de ellos tendrían problemas con el S. 0. l4
Otros, en cambio, no parecen haber tenido este origen: dos de
ellos, Lorenzo de Iragorri y Elías de Bulasia, eran de San Se-bastián.
Convivió extramaritalmente con doña Magdalena de Rojas y
Guzmán, natural de La Laguna, y que no parece haber sido de
origen converso. Tuvo con ella tres hijos: Antonio (nacido el
28-2-1643), Diego (27-8-1644) y Tomás (7-3-1647) 15. A partir de
estas últimas fechas no conocemos nada más de sus relaciones,
y Beinart cree que doña Magdalena murio lb. Sin embargo, a tra-vés
de documentación consultada en el Museo Canario sabemos
que debieron de separarse antes de la partida de Duarte a In-glaterra,
toda vez que doña Magdalena casó en Las Pal.mas con
Francisco de Pineda, hijo del portero de la Inquisición y aspi-rante
a dicho puesto, pero que tropezaría con problemas en sus
pretensiones, pues la Suprema tenía dudas sobre la genealogía
14 Antonio Borges Docabo fue almojarife de Las Palmas y arrendador
del estanco de solimán y azogue de la isla, además de importante co-merciante.
En 1643 fue reprendido en compañía de otros procesados por
escandalizar en el convento de Santo Domingo durante la misa haciendo
buria al sacerdote. A. M. C.: Inquisic.f&, leg. CXXXVIII-16.
Francisco Rodríguez Cardoso (ves nota 2) aparece relacionado en una
declaración contra un primo suyo, Baltasar Cardoso, denunciado como
judío público en Ggnova y que en 1647 estuvo en Tenerife, pasando a
Indias y residiendo finalmente en Madrid. A. M. C.: Inqzisición, LXiII-5.
Sobre Antonio Rodríguez Ferrerin y Robles hablaremos en otro lugar.
Unicamente indicar que aunque en varias escrituras firma de esta ma-nera,
por lo general, siempre que se le menciona aparece suprimido el
apellido Ferrerín.
En el mismo documento aparece una denuncia contra Enrique Fer-
*uAcnrrli.-i.u- ca Tkn-ro n r r r - ~ A n t i r i n n i i r r loinon+nci n ~ q o n r l nn r o o lmn i o r i f n ,301 hiov- s w a s r a yvr yr-uru- juuur-u-u, uuurruv urca wi i rv~ur r~-vu. r u v s
to de la Cm, en 1646, que llevará a la apertura de un proceso, cuando
residía de nuevo en Madrid, cuyo resultado no conocemos.
15 A. M. C.: Inqu~s~c.%nl,e g. CLXV-63. Son las partidas de nacimiento
pedidas por el S. O. a las iglesia de b Concepción y en las cuales figuran
como hijos de padres desconocidos.
16 BEINARToHp. cit., pág. 62.
10 LUIS A. ANSYA K E R N ~ E Z
de su esposa, aunque el Tribunal canario informaría que ambos
eran de lo más calificado de las islas, y abogaría por que se le
concediera el puesto a don Francisco, como debió de suceder, ya
que en 1656 aparece como tal i7. Antes de esta fecha, en 1663,
dona Magdalena había denunciado al S. O. a una tal doña Ana,
a quien había recurrido años antes para poder casarse con un
hombre de La Laguna que, según ella, le debía obligaciones.
Doña Ana le proporcionó un agua sacada de la hierba de garda-lobo
que remitió a La Laguna a una hermana suya, la cual, a
través de un criado, roció con ella una almendrada y la cama
del hombre (que sin duda debió de ser Duarte, aunque no se
menciona su nombre). El remedio no debió resultar demasiado
efectivo, toda vez que éste casaría en Eolanda con otra mujer Is.
Otros miembros de su familia, además de los ya citados, fue-ron
sus hermanos Daniel y Beatriz y su primo Manuel Díaz En-ríquez,
residentes todos ellos en Madrid.
1.2. Otros conversos canarios.
Entre las personas con las que mantuvo relaciones económi-cas
en Tenerife había también varios cristianos nuevos portu-gueses
como Diego Rodríguez Arias, Gonzalo Rodríguez Báez,
Antonio de Acosta Heredia y otros más 19. Mención aparte mere-ce
sus relaciones, no siempre cordiales, con Tomás y Diego Pe-rera
de Castro, hermanos y cristianos nuevos portugueses, de-bido
a la importancia que ambos tuvieron en la vida socia1 y eco-nómica
de las islas. Al parecer, sus padres vivieron en Holanda ",
y ambos se establecieron en La Laguna en 1612 y 1618, respec-tivamente,
debiendo de ser ya por entonces personas acomoda-das,
pues Tomás trae consigo al. menos cuatro personas, entre
17 A. M. C.: Inquisición, libro 4? de Cartas, leg. LXXVIII-2, Pols. 26
y 57.
18 A. M. C.: Inq~iSici6n, leg. CXIV-24.
19 Sobre Diego Rodríguez Arias trataremos m6s adelante.
VILAV ILARE, ~~IQUETLAas: Canarias como base de aprouisionamien-fn
de ?zd?,i0~p ort~peses,1 1, Las Palmas, 11 Coloquio de Historia Canario-
Americana, pág. 295, 1979.
354 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
criados y empleadosz1. Pertenecían a una importante familia
conversa instalada en Burdeos, Holanda, Dublín y Londres, mu-chos
de los cuales judaizaban púbjlicamente. Entre sus miem-bros
podemos citar a Francisco López Perera, administrador de
millones en Granada y que fue procesado por el S. O. en 1658 22;
David López Perera, que moriría en Burdeos y uno de cuyos
tres hijos, Gaspar López Perera o Gaspar de Vitoria, llegaría a
Tenerife desde Rouen, para ser detenido por la Inquisición el 1
de marzo de 1662. Sometido a tormento, denunciaría a muchos
judaizantes instalados en Europa. Fue sentenciado a prisión per-petua
y trasladado a la cárcel de La Penitencia en Sevilla, ya que
el S. O. canario pensaba que la prisión de las islas ofrecía poca
garantía. El Tribunal canario informaría negativamente en 1664
sobre una petición de libertad del condenado que le consultó la
Suprema 23. El miembro más conocido de la familia sería, sin
duda, Diego López Perera, partidario en la guerra de Sucesión
del Archiduque Carlos, con quien pasó a Viena, donde sería nom-brado
administrador general del estanco del. tabaco del Imperio,
y posteriormente, en 1726, barón de Aguilar y consejero de Ma-ría
Teresa. En Viena practicó abiertamente la religión judía, fun-dando
una sinagoga; posteriormente, quizá para evitar una po-sible
extradición por parte de España, se trasladó a Londres,
donde moriría en 1759. Descendientes suyos serían la escritora
Grace Aguilar 24, el general barón d'Aguilar y el almirante Keith
Steward 25.
En Tenerife, Tomás y Diego Perera se convertirán en impor-tantes
personajes de la vida económica y política de la isla, ya
que ambos llegaron a ser regidores. A través de sus matrimonios
enlazaron con familias notabies de ia isia, casando Tomás con
doña Porciola Carrasco y Ayala (quien también aparece como
doña Porciola de la Coba Ocampo), y Diego, con Joana Guerra
- 21 F. BONETS, ERGIO:F amilias portuguesas en La Laguna en el s. XVIP,
pcevista de Historia, La Laguna, i95i.
Para la familia Perera o Pereira, ver CARO,0 ~ ) c. it., págs. 91-93, y 111,
págs. 31-33.
u A. M. C.: libro 4.O de las Cartas, EXXXUIII-2, fols. 238, 244, 267-276.
24 CARO: OI), C%., 111, phg. 33.
2s WOLF,L UCIEN:T he jews in the CU'IUIry bslands, JHS, London, 1926.
Núm. 27 11981) 855
de Ocampo 26. El heredero del primero sería el regidor don To-más
Perera de Castro y Ayala", quien en 1654 sería alcaide del
castillo de San Juan Bautista, por nombramiento del Cabildo 28.
Respecto al segundo, sabemos que tuvo al menos tres hijas, dos
de los cuales ingresaron en el convento de Santa Catalina de
SienaZ9. En 1621 construyeron una casa en Santa Cruz, en la
plaza de la Candelaria, que sus herederos, los Castro Ayaia, man-tuvieron
hasta el siglo XVIII 30. Sus actividades económicas no se
redujeron únicamente al comercio, sino que ya antes del arren-damiento
de Duarte estuvieron relacionados con las Rentas Rea-les
31, y después que este último cesó como arrendador, en 1650,
pasaron las rentas a manos de la familia Perera por más de vein- a
te años. Diego tuvo también a su cargo el arrendamiento y ad- N
ininisiración de las rentas dei señorío de Lanzarote y Fuerte-
O ventura y, además, el estanco de azogue y solimán del Archi- n-- m piélago 3*. Según Lucien Wolf, Diego huyó de Canarias con oca- O
E
si6n del arresto de Gaspar Perera, su sobrino, aunque esto es SE
-E
2s Ambos apellidos de la esposa de Tomás aparecen en distintas es-crituras,
véase, p. ej., A. H. P. de S. C. de Tenerife, prot. 93, fol. 94, y 3
-
prot. 501, fol. 188. O-m
n Tomás Perera de Castro y Ayala casaría con su prima hermana E
doña Elvira de Ocampo y Guerra, hija de su tío Diego, para lo cual obten- O
üría dispensa papal, y qua aportó una considerable dote al matrimonio:
una viña con su lagar, 1.000 ducados en plata y esclavos, 8.000 redes de n
E
contado, etc. A. H. P. de S. C. de Tenerife, prot. 501, fol. 188. Debió de
-
a
morir mtes de 1686, ya que en este año se menciona a su viuda en un 2
n
pleito sobre la administración de un barco. Ver: El Juxgado de Indias n
n
en Canarias, Las Palmas, 1, Coloquio de Historia Canario-Americano, pá-gula
122, 1977. 3
O
a RUMEUDE ARMASo, p. cit., 111, pág. 102. Por comisión del Cabildo,
en 1654 reparó el castillo de San Cristóbal. Ver CIORANESCA.U: , Historia
de Santa Crux de TmerZfe, 11, S. C. de Tenerife, Servicio de Publicaciones
de la Caja General de Ahorros, pág. 54, 1977.
29 Sus nombres eran Isabel y Francisca y la dote fue de 1.000 duca-dos
por cada una. A. B. P. de S. C. de Tenerife, prot. 503, fol. 567.
En 165- pa&y nhten&& p ~ r m i spa~r z int r~&& e! ~ ~ n - g pgn t ~
Maria, esclava muiata de nueve años, nacida en su casa, para que sirviera
a sus hijas de por vida. A. H. P. de S. C. de Tenerife, port. 822, fol. 112,
30 CIORANESCOUp., &t., I , pág. 137.
31 Tomás de Castro vendió una parte de las rentas a Duarte en 1640.
32 Ver Cap. 11.
356 ANUARlO DE ESTUDlOS ATLANTICOS
inexacto, ya que después de la fecha de la detención de Gaspar,
Diego seguía en Tenerife, donde, según Cioranescu, moriría en
1670. El origen converso de la familia era bien conocido del
S. O., que también tenía en cuenta su posición social y econó-mica
en las islas Al parecer continuaron manteniendo relacio-nes
con la comunidad hebreo-holandesa, al menos eso denuncia
don Esteban Gamarra, embajador español en La Haya, quien le
acusa de mantener correspondencia con Francisco de Medina,
importante mercader judío de Amberes y cuñado de Gaspar Pe-rera
35. También el Capitán General. de Canarias, don Gerónimo
de Benavente y Quiñones, acusa a Diego en 1663 de enviar su
dinero a Holanda%. Este posible criptojudaísmo no concuerda,
sin ~mhargq con aparente catolirismn, ya que patrocinaron u---
diversas obras religiosas, tales como la capilla que funda Tomás
Perera de Castro en la iglesia parroquia1 de Santa Cruz, o la
ermita de Santiago, que construye Diego en Taganana, quien
además ayuda a levantar el convento de Tacoronte; precisa-mente
Tomás tendría problemas con el S. O. por una imagen
de Cristo que trae de !a Península para este convento y que el
Tribunal juzga irreverente 37. Es cierto que esta actitud aparen-temente
católica podía servir para encubrir un posible judaísmo,
pero parece excesivo disimulo el hecho de que Diego permitiera
que dos de sus hijas profesaran de monjas.
El mismo problema se plantea en el caso de Duarte durante
su estancia en las islas. Nunca suscitó sospechas, que nosotros
sepamos; aunque sí, en cambio, su cuñado, como ya hemos vis-to.
La opinión pública parecía considerarle un buen católico 38.
33 CIORANESCOPU. , cit., 1, pág. 144.
34 En carta del 20 de octubre de 1668, la Inquisicidn canaria escribe a
la Suprema que antes de colgar el sambenito de Gaspar Perera quieren
advertir que su tío Diego y su primo Tomás están casados con mujeres de
toda calidad y muy emparentadas en las islas. Libro 4.0 de Cartas, LXXVIII-Y,
fd. 36?.
35 WOLF, op. cit., pág. XXXIII.
36 MORALEPSA DR~FNR,A NCISCDoOc:u mentos sobre emigración canaria
ai Nuevo Mzzdo (inédito), Biblioteca Museo Canario.
37 CIORANESCopU. , cit., 1, pág. 144, y 11, pág. 265.
38 Diego García, que vio en 1656, junto con Matía de Sosa, a Duarte en
la sinagoga de Amsterdam, relata al Tribunal que este último le había
Núm. 27 (1081) 357
y dos días antes de su viaje a Inglaterra hará un donativo de te-jidos
al Santo Cristo del Convento de San Francisco en La La-guna
33. ES probable que, como tantos otros conversos, fluctuara
entre la tradición de sus antepasados y la religión imperante,
volviendo al judaísmo cuando encontraban en el exterior un am-biente
propicio entre la gente de su raza.
2. Instalación en Inglaterra.
Hacia este país salió el 4 de agosto de 1652 llevando consigo
a Tomás, su hijo menor, y dejando a los otros dos a cargo de
don Luis Pérez de Vitoria, quien también quedaría encargado
de sus negocios en la is1.a. Los detaIles de su estancia en Lon- a
N
dres los conocemos fundamentalmente a través de las denuncias E
de su proceso y por ellas vemos cómo siguió viviendo aparen- O
n -
temente como católico, al igual que otros conversos canarios, =m
O
E asistiendo a la misa con la comunidad española en la casa del E
2 embajador don Alonso de Cárdenas y Portales. al menos hasta E
=
1656, cuando, al cerrarse la embajada por la guerra hispano-inglesa
y pasar la comunidad española a oír misa a la veneciana, 3
-
dejaran los conversos de asistir a la misma. Ignoramos si esta -
0m
aparente actitud catóIica durante los primeros cuatro años fue E
sincera u obedeció al deseo de evitarse un proceso inquisitorial, O
con la consiguiente confiscación de sus bienes en Canarias. En n
E abril de 1654 viaja a Amsterdam a casarse con una rica viuda -
a
judía venida de Madrid un año antes y que aport,ó al matrimo- 2
n
nio una importante dote que osciló entre los 15 y 20.000 florines. o
Ya en esta ciudad. visita abiertamente la sinagoga y uno de sus 3
O denunciantes, fray Joseph Franco, declararía que tuvo que re-trasar
su boda porque enfermó al. circuncidarse @. Beinart repro-duce
su certificado civil de matrimonio, donde declara vivir en
!a Breestraat y da como nombre de su mujer el de Beatriz de
Vega, aunque el mismo autor señala con razón que su hijo To-más,
al retornar a Tenerife, dari'a como nombre de su madrastra
comentado que en La Laguna se hwía pasar por buen cristiano, haciendo
fiestas al Cristo de San kancisco. A. M. C.: InquisiciSn, leg. CXX-11.
39 A. H. P. de S. C. de Tmerife, prot. 503, fol. 539.
40 A. H. R., leg. 1823; también citado en Beinart.
358 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTlCOS
el de Leila Enríquez 41. Seguramente la diferencia estaría en que
adoptó el. apellido de su marido, aunque de todos modos el cam-bio
de nombre y apellidos entre los cristianos nuevos era fre-cuente,
tanto por motivos de seguridad como religiosos: el mis-mo
Duarte pasó a llamarse Daniel Cohen Enríquez ". El nuevo
matrimonio, aunque vivió un tiempo en Amsterdam, donde ins-taló
una casa, retornaría a Londres, donde viviría en Duke's
Place, en una casa comprada por 500 libras. El 9 de febrero de
1656 partirían hacia Londres, en un buque de su sobrino Anto-nio
Rodríguez Robles, sus otros dos hijos, que hasta entonces
habían permanecido en Tenerife 43.
La fe religiosa del matrimonio parece haber sido profunda,
sobre todo en el caso de la mujer, que, como el de muchas con-versas,
fueron frecuentemente las más firmes mantenedoras de
sus creencias tradicionales. Esta apreciación podemos constatar-la
en el relato que varios canarios estantes en Londres hicieron
a la Inquisición sobre la huida de Marcos, un esclavo mulato
que Duarte trajo de Tenerife y que escapó de su casa buscando
refugio entre sus paisanos, alegando que lo hacía para evitar los
intentos proselitistas de sus amos. Capturado de nuevo y ame-nazado
con ser vendido en las Barbados, consigue volver a huir
y ser protegido por un fraile canario que lo Ilevaría consigo a
Roma44. Otro testimonio en este sentido lo constituye la decla-ración
de su hijo Tomás de Rojas ante e1 comisario de Garachico,
a donde ]le@ en 1665, manifestando que hacía tres a5os habh
abandonado su casa en Londres para huir de los intentos de su
madrastra de convertirlo al judaísmo, que llegaron al extremo
de intentar que Duarte convirtiera a su hijo por la fuerza45.
Sabemos también que pusieron a un rabino llamado Shelomo
Dormido como profesor de sus hijos
El retorno de Tomás es citado tanto por Wdf como por Bei-
41 A. M. C.: Marquds de Bute? vol. XXVI-2.a serie; asimismo BEINART:
op. cit., p6g. 63, y WOLF, op. cit., p@. 210-211. " LUCIEN WOLF: Op. cit., p&. 181.
43 A, M. C.: InquZsMón, leg. XXXVII-f.
44 A. H. N.: Inquisici&n de CU?U¿rias, leg. 1823, n.O 14.
45 Ver nota 35.
HAIMB EINARTo:p . cit., pág. 61.
16 LUXS A. ANAYA HERNÁNDEZ
nart, pero además hemos encontrado pruebas de que el hijo ma-yor,
Antonio de Rojas, retornó también a las islas. Su nombre
aparece citado en una denuncia que presenta en 1664 don Juan
Bautista de Ponte ante el comisario de Garachico contra Salva-dor
Martínez, por adeudar a Duarte, y por tanto al Tribunal.,
2.000 reales. Al parecer, Antonio, apoyado por don Luis Pérez de
Vitoria, intentó cobrar la deuda en 1662 amenazando con de-nunciarle
a la Inquisición. Según uno de los interrogados, don
Luis justificó el hecho diciendo que el comisario de La Laguna
estaba de acuerdo, ya que era una especie de limosna para ayu-dar
a vestirlo. El intento tuvo poco éxito, toda vez que Antonio
apenas consiguió cobrar una pequeña parte47. La vuelta de sus
hijos e-jnfirma la 0@~cd~e (Bj2el =art y de ctrus a~tores,w e se-ñalan
la dificu1.tad que tenían los hijos de los conversos en adap-tarse
a nuevas formas de vida, lo que motivó en ocasiones el
retorno al. lugar de origen 48. El propio Duarte, según algunos tes-tigos,
mostró interés por las islas y por la opinión que en ellas
se tenía acerca de él. También socorrió con limosnas a canarios
necesitados, lo que puede indicar un cierto aprecio por las islas.
3. Reasentamiento judz'o en Inglaterra.
Los judíos fueron expulsados de Inglaterra en 1290, y aun-que
en el siglo XVI llegó a establecerse una nueva comunidad, su
suerte estuvo sujeta a distintos avatares que no les permitieron
una residencia estable, hasta que finalmente, en 1609, fueron de
nuevo expulsados. Retornarían a partir de la tercera década del
siglo, debido en gran parte al recrudecimiento de la persecución
inquisitorial en España y Portugal y al auge de las comunidades
judías en Amsterdam y Hamburgo, que establecieron en Londres
sus corresponsales. La progresiva instalación judía, o ({Reasen-tamiento)),
como lo denominan sus historiadores, se vio favore-cid2
durante el Protectorado por motivos religiosos y políticos.
Entre los primeros destaca la importancia que el Antiguo Tes-tamento
tenía para los puritanos, quienes por consiguiente man-tenían
una actitud más favorable hacia los hebreos, existiendo
47 A. M. C.: Inquisición, CLXXVIII-197.
48 HAIMB EINARTop:. cit., pág. 56.
360 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL CONVERSO DUARTE ENRÍQU~ 17
incluso en al.gunos sectores puritanos la esperanza de que, atraí-dos
por una forma de cristianismo más puro, terminarían adop-tando
su religión. Entre los móviles políticos, tanto a Cromwell
como a su secretario de Estado, John Thurloe, no se les escapa-ba
la importancia económica que suponía la instalación en Lon-dres
de una comunidad que, aparte de su riqueza, ofrecía el ali-ciente
de sus conocimientos y contactos con el Imperio español,
lo que abría amplias posibilidades económicas e incluso políti-cas.
Además, su instalación en Inglaterra contribuiría a debili-tar
a Holanda, la gran rival de estos años y sede de la mayor
comunidad judía europea 49.
El promotor del intento de conseguir permiso para el reasen-tamiento
oficial de los judíos en Inglaterra sería Menasseh Ben
Israel, alias Manuel Díaz Soeiro, un rabino de Amsterdam muy
conocido y respetado entre las comunidades judías. Este, a tra-vés
de un viajero de origen marrano, Antonio de Montesinos,
se enteró de la pretendida existencia de unas tribus indias en
Ecuador descendientes de tribus judías y que practicaban aún
ceremonias propias de esta religión. ivienasseh enlazó esta noti-cia
con la profecía de Daniel de que la redención final comen-zaría
solamente cuando la diáspora judía fuera total, y como se-gún
estas noticias estaban ya instalados en América, sólo faltaba
que se asentaran en Gran Bretaña para consumar la dispersión
y que pudiera Ilegar así la gran liberación mesiánica. Con esta
idea se presentaron dos peticiones a Cromwell que no pmspe-raron,
debido a prejuicios religiosos y, sobre todo, a la oposición
de comerciantes ingleses temerosos de la posible competencia.
La guerra hispano-inglesa de 1655 va a sacar a relucir de nuevo
e: tema, pies el &nsejo & Es t d d~in g& deeretai.5 12 cofifisca-ción
de los bienes de los súbditos españoles; y como consecuen-cia
de una denuncia de un tinerfeño, Felipe del Hoyo, Antonio
Rodríguez Robles, sobrino de Duarte, verá confiscados 40.000
ducados, 120 pipas de vino y dos barcos que tenía anclados en
ROTH, C~~CILL:O S jzdíos secretos. Historia de los mrranos, Madrid,
Edit. Altalena, 1979. También del mismo autor: A history o! the jews i%
Engüanü, Oxford, 1978.
CIORAN'BSCU: 0P. &f., 1, pág. 376
el Támesis El resto de la comunidad, ante esta situación, de-cidió
salir a la luz pública y el 24 de marzo de 1655 presentaron
a Cromwell una petición en la cual declaraban ser judíos y pe-dían
permiso para poder celebrar sus ceremonias en casas par-ticulares
y poder establecer un cementerio. Paralelamente, Ro-bles
basaba su defensa en el hecho de que no era súbdito español,
sino hebreo de nación y religión, y que había venido a Inglaterra
huyendo de la Inquisición, lo que corroboraron varios testigos
de su proceso, entre ellos Duarte. La sentencia resultó favora-ble
a Robles, que vio devueltas sus propiedades, y poco después
la comunidad ve atendidas sus peticiones. A fines de 1656 alqui-larán
una casa en Cree Church Lane para utilizarla como sina-goga,
y dos meses después, un terreno para usarlo como cemen-
L - .,: - CT Le1 lU -'-.
3.31. Conversos de procedencia canaria en E~ndres.
2
La petición que permitió alcanzar esta situación estaba fir- E
mada por judíos procedentes de Canarias: Antonio Fernández
Carvajal, Diego Rodríguez Arias y el propio Duarte. El primero 3
había nacido también en Fundao y había residido en Tenerife -
0m
E y más tarde en Rouen, de donde salió en 1632 a raíz de una serie
O de problemas entre la comunidad judía de la ciudad. Trasladado
a Londres, llegaría a ser conocido como el más importante co- n
E merciante da la ciudad, traficando con Oriente y América con a
su propia flota; ayudó al Gobierno inglés suministrándole in- n
formaciones pol4ticas a través de sus agentes establecidos en el
Imperio español, y en recompensa, sus bienes fueron exceptua- O3
dos de incautación y se facilitaron sus actividades. En 1655 ob-tendría,
junto con sus dos hijos, la nacionalidad inglesas3. Aun-que
Duarte y Carvajal no coincidieron en las islas, sí mantuvie-ron
relaciones económicas. Recién llegado Duarte a las islas, en
1642, libra sobre Carvajal en Londres una letra de 20.000 reales
a abonar a Luis Fernández Patos4; POCOS días antes de su par-
51 CECILR OTH:A history ..., pág. 165.
52 CECILR OTH:A hZstory ..., pág. 166.
53 CECIL ROTH: &os judios secretos ..., pág. 177.
54 A. M. C.: Inquisición, leg. LXVIII-25.
362 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTlCOS
$ida libra otras tres letras, también a pagar por Carvajal en Lon-dres,
las dos primeras por valor de 20.650 y 15.000 reales, res-pectivamente,
a pagar a Diego Perera de Castro, y la tercera,
de 14.333 reales, a pagar a don Simón de Herrera y EeybaS5.
Salvo en el caso de este último, los otros dos acreedores eran
conversos y es probable que Carvajal sirviera como agente de los
cristianos nuevos para evadir capital. De hecho, en 1655 infor-maba
Carvajal que había introducido en Inglaterra, en el plazo
de dos años, 200.000 libras en plata desde Canariass6, y sabemos
que estaba considerado como un destacado importador dé meta-les
preciosos.
Diego Rodríguez Arias, según Beinart había nacido en Mar-chena,
perteneciendo a una importante familia conversa. Juzga-do
en México por el S. O., fue reconciliado en 1648, partiendo
seguidamente hacia Inglaterra y Holanda; viajó asimismo a An-gola,
probablemente para traficar con esclavos. En 1653 llegó a
Canarias desde Londres como capitán del navío «San Pedro», y
estando en Tenerife fue detenido por la Inquisición acusado de
judaizante y de haber azotado una imagen de Cristo. El autos
critica la opinión de Lucien Wolf de que consiguió huir de Ca-narias,
argumentando que pudo embarcar públicamente hacia
Inglaterra, por lo que se inclina a pensar que fue liberado. Po-demos
afirmar que Beinart está en lo cierto y que efectivamente
el Tribunal anuló su proceso, ya que comprobó que el denuncian-te,
un indio cubano llamado Francisco Vicente, que había venido
desde Londres con Arias, lo había delatado falsamente, por lo que
fue condenado a 200 azotes y cinco años de galeras 58. Sin em-bargo,
aunque esta testificación fuera falsa, era cierto que Arias
era judío, ya que posteriormente nuevas denuncias, así como el
proceso en ausencia de su mujer, así lo demuestran. Desde Lon-dres,
Diego Arias continuaría comerciando con Tenerife e inclu-so,
como expondremos en otro capítulo, tendría una participación
indirecta en acontecimientos políticos isleños. Un hermano suyo
55 A. H. P. de S. C. de Tenerife, prot. 503, fol. 537.
56 CIORANESCOUP:. cit., 1, pág. 439. El autor cree que seguramente exa-geró
la cantidad.
fl HA- BEINARTo:p . &t., pág. 56.
58 A. M. C.: Inquisicidn, leg. IXXVII-l.
llamado Antonio Rodríguez Arias y nacido también en Marche-na
sería corresponsal de Duarte en Sevilla 59.
3.2. Relaciones desde Londres con Canarias.
A pesar de que ya no residían en Canarias y de que sus acti-vidades
religiosas eran bien conocidas por el S. O., estos hom-bres
continuarían comerciando con las islas a través de corres-ponsales,
algunos de los cuales pertenecían a lo más encumbrado
de la sociedad isleña. Beinart cita entre éstos a don Tomás de
Nava y Grimón, maestre de campo, regidor y marqués; a don
Simón de Herrera y Leyba y a Lorenzo Rodríguez Lindo60. Asi- a
miqmn, en la cnrreryi~ndencia con la Suprema el Tribunal ca- N ----- --- - E
nario menciona además, entre éstos, a don Baltasar de Vergara, O
regidor £amiliar del S. O. y marqués de Acialcazar, así como su n-- m
sobrino, también regidor, Benito de Vergara. En su respuesta el O
E
Tribunal central ordenará que no se intervenga contra los ca- E
2
narios que comercian con judíos, sino únicamente se vigile la -E
posible llegada de estos últimos 61. En la citada correspondencia 3
se menciona a los hermanos Jorge y Domingo Francia, huidos --
desde Málaga a Londres, y que según las declaraciones del hijo 0
m
E
de Duarte, Tomás de Rojas, eran amigos de su padre. Aunque O
no se relaciona a Duarte en este tráfico, es l6gico pensar que
n tanto él como los demás judíos canarios estaban implicados en -E
el mismo, ya que había tenido negocios durante su estancia en a
2
Tenerife con todos los agentes que aparecen citados, y uno de n
n ellos, don Simón, fue empleado suyo 62. A través de otros auto-
3
O
59 A. H. P. de S. C. de Tenerife, prot. 499, fol. 87.
60 BEINARTop: . CZt., págs. 65, 67.
61 A. M. C.: Inquisici&, libro 4.O de las Cartas, LXXXVIII-2, fsls,
311.320.
62 Don Simdn de Herrera y Leyba fue hombre de confianza de Duarte,
asistiéndok durante su estancia en La La-arna en la administración de
las rentas y ocupando el almojarifazgo de Santa Cruz desde el 1 de junio
de 1646 hasta el 26 de marzo de 1649. A. H. P. de S. C. de Tenerife, prst.
501, fol. 41.
Viajó con éste a Inglaterra, desde donde pasó por orden suya a Ma-drid,
para arreglar cuentas del arrendamiento con el Consejo de Racien-da.
Vuelto a Tenerife, tanto él como sus descendientes alcanzarán m
364 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTlCOS
EL CONVERSO DUARTE ENR~QUEZ 21
res nos consta además el activo papel que jugaría en el comer-cio
del vino canario, así como en la reexportación desde las islas
a Inglaterra de productos de las Indias entrados de contraban-do63.
Prueba de la importancia que tenía en este tráfico es que
en la creación de la Compañía de Canarias, efímero intento del
monopolio del comercio de vino que provocó graves conflictos
en Tenerife, intenvendrían Antonio Fernández Carvajal y An-tonio
Rodríguez Robles @. Entre los opositores a la Compañía fi-guró
Diego Rodríguez Arias 65.
1. Arrendamiento de las rentas reales.
En Canarias devengaban rentas reales las islas de Tenerife,
Gran Canaria y La Palma, ya que las cuatro restantes eran de
señorío. Las rentas que Duarte tuvo a su cargo fueron las ter-cias,
la orchilla y el almojarifazgo, de los cuales este último era,
sin duda, la más importante, debido al. modelo de economía is-leña66.
En la década que estudiamos, Ia tarifa era de un 6 por
100, tanto para el tráfico exterior como para el interior, excepto
el comercio indiano, cuyas mercancías pagaban un 2,5 por 100
en Canarias y un 5 por 100 a la llegada a Indias 67. -
importante posición económica y social en las islas. En 1650 arrendó por
9 años el haber del peso de los puertos de Tenerife, por 5.800 Reales anua-les;
en 1671 fue arrendador del estanco de los Naipes, y en 1689 mandó
traer de FIandes máquinas y operarios para instalar una industria de con-feccibn.
CI~IRANESCiOUp., cit., 1, pág. 348, y 11, pág. 525. También tuvo a su
cargo las rentas señoriales de Lanzarote.
63 A. E. P. de C. C. 6e Tenerifv, pat. 495; citadu pm- C:u~;n;l~scü,
op. cit., 11, págs. 54 y 454.
CIORANESCoUp.: cit., 1, pág. 100.
65 MORALELSE ZCANVOÍ,C TORR: elaciones mercantiles entre Inglaterra y
los Archtpiélagos del Atlántico Ibérico, C. S. 1. C., La Laguna, pág. 83, 1970.
66 Por concesión real no se pagaban alcabalas, pechos ni otros tribu-tos
gentes en C~sti!!a. AIemtis C1,s !m y2 C ~ ~ U ~exGistSie,r~ :: utrc;~i ~ -
puestos menores, como la moneda forera (que en Tenerife, a partir del
s. XVII pagará el Cabildo), la bula de la Santa Cruzada, y productos
estancados como el tabaco, el azogue y solimán.
67 RUMEUD E ARMAASN, TONIO: Piratería y ataques navales contra las
Islas Canarias, Madrid, Instituto Jerónimo de Zurita, C. S. 1. C., 1950; Mo-
22 LUIS A. ANAYA HERNÁNDEZ
El arrendamiento se hacía por diez años, debiéndose sacar
recudimiento cada dos. La década anterior a la de Duarte estuvo
a cargo del capitán Luis Lorenzoa, quien, según un despacho
de Felipe IV, de 1640, no había cumplido con los pagos del año
anterior, adeudando a la corona más de 25 cuentos de maravedís.
Por esta causa, el rey comisiona a Francisco Vázquez Rico para
que vaya a Tenerife provisto de plenos poderes, encarcele al ca-pitán,
embargue las rentas y sus bienes para pagar salarios y
juros y envíe a la corte lo que debía de las anatas y cobre su
propio sueldo. El Cabildo de Tenerife, que debido a esta situación
había tomado en fieldad las rentas de la isla en 1640, entregará
al juez real lo recaudado en dicho año, que ascendía en metálico
a 175.438 reales. más recibos por otros 57.577 que se habían to-mado
para pagar los sueldos del Capitán General y de las gentes
de guerra; asimismo, entrega también numerosas joyas y obje-tos
de plata y oro cuya descripción ocupa dos folios. En total,
pues, y según el Cabildo, la renta del almojarifazgo de Tenerife
de 1640 ascendió a 233.015 reales, más una cantidad muy consi-derable
de objetos preciosos, en su mayoría sin evaluar ".
La documentación conservada sobre los diez años de arrenda-miento
de Duarte es bastante amplia, pues, a pesar de que se
R ~ PASDR~ NF, RANCISCEOl: comercio canario-americano (siglos XVI, XVII
y XVIII), Sevilla, Escuela de Estudios Hispano-Americanos, 1951; PERAZA
DE AYALAJos,É : El régimen comercial de Canarias con las Indias en los
siglos XVI, XVII y XVIII, SevilIa, Servicio de Publicaciones de Ia Uni-versidad
de Sevilla, 1977.
68 El capitán Luis Lorenzo era regidor y había tenido a su cargo la
administración de las rentas desde 1611 a 1620. CIORANESCA.U: , Historia
de Santa Cruz de Tenenfe, 1, Santa Cruz de Tenerife, Servicio de Publi-caciones
de la Caja General de Ahorros, p. 402, 1977.
69 Por ejemplo:
2 candelabros de plata que pesan 7 marcos y 4 onzas.
2 >> >? )> 5 >> y 5 »
1 f~ent eC' P plata s~b~edtd'iadqau e pesa 10 marcos. 3 onzas y 4 adarmes.
1 joya de oro con figura de pescado con 15 esmeraldas.
1 sierpe de oro con una figura, en elia escrita Margarita, con 22 esmeral-das
y 2 perlas.
1 rosa de oro esmaltada cubierta de perlas y una grande en medio, que
pesa 1 onza y 4 adarmes, etc.
Archivo Ayuntamiento de La Laguna. Cédulas Reales.-R. 111.
366 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTlCOS
llevó consigo a Inglaterra sus libros y papeles y de que otros
fueron quemados 707 el S. O. se preocupó de indagar entre escri-banos,
Cabildos y en el Consejo de Hacienda en Madrid con ob-jeto
de averiguar si había terminado de pagar lo acordado con
Hacienda y, por consiguiente, podía embargar sus bienes. A tra-vés
de esta documentación, vemos que Duarte ganó la puja del
arrendamiento por 18 cuentos, 540.000 mrs. anuales, de los cua-les
nueve cuentos 565.352 correspondían a Tenerife, cinco cuen-tos
945.598 a Gran Canaria y dos cuentos 575.939 a La Palma,
más 453.000 mrs. por la orchilla, aparte de los derechos de 10
y 11 el millar, y el del 1 por 100 y descontando 337.700 mrs. que
ganó de prometido 'l. Desconocemos los detalles de la puja, aun-que
en ella debió de intervenir de algún forma Tomás Perera
de Castro, ya que Duarte se comprometió en una escritura a pa-garle
8.000 ducados por una parte de las rentas que aquél tenía,
más otros 500 ducados anuales de salario, por administrarle la
aduana del Puerto de Santa Cruz 72. El dinero para costear la
fianza del arrendamiento y hacer frente a otros gastos lo obten-dria
de dos hombres de negocios portugueses ya mencionados:
Diego Gómez de Salazar y Luis Fernández PatoT3. Después de
arreglos internos entre estos dos últimos, quedará Pato como prin-cipal
acreedor por 310.100 reales, que Duarte se compromete a
70 En 1653 la corona envió a petición de la Casa de Contratación de
Sevilla al oidor de la Audiencia de esta ciudad, don Pedro Gómez del
Rivero, para que como juez pesquisidor informara sobre los posibles
fraudes en el tráfico con Indias, lo que provocó temor en las islas, hststa
el punto que el 27 de julio de 1655, un grupo de enmascarados asaltó su
casa de La Laguna y quemo los papeles y libros que allí tenia para sus
investigaciones. Ver EUMEDUE ARMASA,N TONIO: 0p. cii., 111, 2, p. 640;
tmnbi6n PEXAZDAE AYALAJo,s É: Op. cit., p. 63.
El S. O. de Canarias informará a la Suprema de este su'ceso en una
carta del 25 de septiembre de 1655, A. H. N.: Inquisición de Canarias,
2372 (1). En ocasiones posteriores se referirá a que entre los libros que-mados
estaban los del alrnojarifazgo de Duarte; A. M. C.: Inquisición,
:egclJ'o M=íviT-i.
71 Recudimiento del almojarifazgo para 1641-42 que presentó Duarta
Enríqiaez Alvarez. A. M. de La Laguna; XIV, libro 2? de las Reales Cé-dulas.
n A. H. P. de Santa Cruz de Tenerife, protocolo 93, folio 94.
73 Ver Cap. 1, nota 2.
pagar en nueve meses. Otros 65.000 reales que le entregó Gómez
de Salazar son traspasados entre diversos acreedores, hasta que
Duarte, el 8 de junio de 1641, abona esta cantidad. Para el pago
de la deuda, Pato enviará a Tenerife a un apoderado suyo, Gon-zalo
Sánchez, a quien Duarte debía de emplear en la administra-ción
de las rentas. Debió de existir asimismo otra deuda, cuya
escritura no conocemos, con Diego Gómez de Salazar, puesto que
el 15 de septiembre de 1643 don Pedro de Valdespino, apoderado
de este último, otorga carta de pago a Duarte por 59.018 reales.
Los pagos de las deudas se realizaron en metálico, en letras so-bre
Londres y Madrid, y en distintos productos, tales como or-chilla
y vino, entre otros ".
El hecho de que Duarte no tuviera dinero propio para con-certar
el arrendamiento, hasta ei. punto de que inciuso los 6.000
reales para el viaje a Tenerife le fueron prestados, hace sospe-char
el posible interés de los hombres de negocios conversos en
mantener a uno de los suyos en un puesto clave en las islas,
que podía permitir el contrabando con América y la evasión de
dinero hacia Holanda e Inglaterra, países con los cuales las islas
mantenían un activo tráfico y en los que existían importantes
comunidades conversas. Incluso cuando en 1650 Duarte cesa en
su puesto, le sustituirán conversos portugueses por más de vein-te
años.
Sin duda, Duarte, después de pagadas las deudas, fue el be-neficiario
de las rentas, aunque en una escritura fechada en Ma-drid
el 17 de marzo de 1641 Duarte reconoce a un tal Manuel
Rodríguez y Doña como dueño delas 516 partes de los benefi-cios
de las rentas, comprometiéndose ambos de mancomún a ha-cer
frente a las deudas contraídas por el primero 75. La escritura
debió ser hecha como garantía de un préstamo, pues en el in-ventario
de los papeles que se confiscaron a Duarte en 1645 apa-rece
una carta de pago sin fechar del citado Manuel Rodríguez,
74 A. >.E. C..: _Tnq?&ici&., kg. LXVIII-25. -1 ~ s ~ r i h mqom ~&&6 la
documentación no debía de tener grandes conocimientos geográficos, ya
que en dos de los documentos incluye la orchilla como si fuera una isla
más: «y enviar desta viIla una persona a las dhas islas de Canaria, Te-nerife,
La Palma y Orchillas u a otras partes...))
IbZdem.
368 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTlCOS
a favor de Duarte y de don Pedro de Valdespino, por 52.224 rea-les
76. Sin embargo, debió. de haber desacuerdo entre ambos, ya
que en un poder que otorga Duarte a sus parientes Manuel Díaz
Enríquez y Enrique Fernández, fechado el 7 de febrero de 1643,
les ordena seguir con el pleito que tenía puesto en la Contaduría
Mayor de Rentas contra Manuel Rodríguez para que reconocie-ra
que las rentas 1.e pertenecían a él en su totalidad 77. Aunque no
hemos encontrado documentación sobre el resultado del pleito,
debió serle favorabIe o llegar a algún acuerdo, toda vez que no
vuelve más a haber referencias al otro personaje7=.
2. Pago del arrendamiento.
2.8. Sueldos.
El arrendador pagaba lo acordado con la Corona, abonando los
sueldos de los funcionarios reales en las islas, los situados de los
juros cargados sobre las rentas y remitiendo lo que sobrara a Ma-drid.
El primer concepto importaba cuatro cuentos 829.226 mrs.
anuales, y a través de las cartas de pago de este apartado pode-mos
ver que el número de funcionarios era bastante reducido,
lo que era lógico, dado que los Cabildos tenían en el antiguo ré-gimen
amplias facultades que posteriormente pasarían al Gobier-no
central. El salario más elevado era el del Capitán General, que
cobraba 28.676 reales anuales. Los cuatro oidores de la Real Au-diencia
cobraban 5.280 reales cada uno (aparte de 1.320 más que
les pagaban las islas por la cuarta plaza de oidor que habían pe-dido
y se les había concedido con esta condicionj, y ei fiscal per
cibía 1.103 reales. Los corregidores, 8.824; el tesorero de las ren-
76 A. H. N.: Inquisicidn de Canarias, leg. 5141.
n A. H. P. de S. C. de Tfe. protocolo 499, fols. 227-237. El poder está
fechado el la de febrero ae 165-3.
78 La Real Orden que en 1645 ordena encarcelar a Duarte especifica
que no había en la península a quien pedir satisfacci6n. A. M. N.: Inqui-sición
de Canarias, leg. 5141. Además, el S. O. que conocía este docu-mento,
en ningún momento tiene dudas de que las rentas pertenecían a
marte en su totalidad.
Núm. 27 (1981)
2 4
tas reales, 5.000, y el escribano, 3.154. Los sargentos mayores de
las siete islas, 3.300 reales cada uno. La guarnición de La Palma,
720 reales para el cabo y 480 a cada uno de los 11 soldados que
la componían; la de Gran Canaria, situada en el Castillo del
Risco y que estaba compuesta por un ingeniero, dos capitanes,
dos sargentos, dos cabos y 44 soldados, cobraban en total 48.148
reales". Rumeu de Armas cita además los salarios del veedor:
5.088 reales ; pagador : 2.400, e ingeniero, 3.000
Los juros estaban cargados sobre el almojarifazgo y7 como in-dica
Domínguez Urtiz, sus poseedores eran con frecuencia insti-tuciones
eclesiásticas, viudas y caballeros Tuvieron juros los
conventos de monjas de Icod, el de Santo Domingo en Garachico
y el de San Ildefonso de Gran Canaria, la capellanía fundada por
Martín de Ongay Navarro y el. S. O. Entre los miembros de las
clases altas locales que recibían cantidades importantes por este
concepto podemos citar a doña Luisa Díaz Pimienta, con 8.823
reales anuales; don Cristóbal de Ponte, con 25.618, y don Fer-nando
de Arias y Saavedra, señor de Lanzarote y Fuerteventu-ra,
con 64.924 reales de 11 juros. Entre los aristócratas peninsu-lares
que tenían juros en Gran Canaria destacan el duque de
Veragua y la marquesa de Fuente 82. A partir del reinado de Fe-
79 A. H. N.: Inquisición de Canarim, leg. 5141.
so RUNIEUD E ARIKASA,N TONIO: Op. cit., 111, P. 694.
81 DOM~NGUOERTZI ZA,N TONIO: Politiea y Hacienda de Felipe IV. Ma-
&id, Editorial de Derecho Financiero, p. 317, 1960.
82 Ambos habían cedido sus juros. El duque de Veragua, marqués
de Jamaica y Gelbes, cedíó el suyo, que rentaba 11.164 reales anuales, a
don Jerónimo Hurtado de la Fuente, a quien heredó su hermano Juan
de la Fuente Hurtado, capellán de Su Majestad.
La marquesa de Fuente, doña Francisca de Fuente Guzmán y Lugo,
y su hijo don 3ua;n Alonso de Guzmán, arrendaron el adelantmiento
de Canarias con juros, tierras, viñas, etc ..., a don Juan de Urtusauztegui
y a don Baltasar de Vergara y Grimón en 1649, durante ocho años, por
6.500 ducados de velldn y 12.552 reales anuales. A la muerte de Urtusauz-tesi*
su viuda doña María de Acuña y Soler cedió su parte en el arren-damiento
a Marmaduke Rawdon. A. H. P. de S. C. de Tfe., protocolo 503.
370 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL CONVERSO DUARTE ENRÍQUEZ 27
lipe IV, la compra de juros dej6 de ser una inversión rentable,
ya que con frecuencia no se pagaban por no caber en l,as rentas;
además, se disminuyó el interés y se hicieron periódicos des-cuentos
por anatas, medias anatas y otros conceptos 83. En Ca-narias
se debió producir también esta situación, pues en un pro-ceso
que Duarte mantiene con la corona en 1647 alegó que no
podía pagar el sueldo a un oidor jubilado, puesto que incluso
había juros que no tenían cabida en las rentas a.
2.3. Medias anatas.
El pago de las medias anatas, frecuente en estos años, provo-
&, del,ido a la disiaacia7 pi,o~ei~ias a mar-e. As:, eri 1643, Id
demora en recibir la cédula real ordenando el. descuento origin6
que pagara los juros íntegros, por lo que el rey, ante su recla-mación,
le concedió que descontara lo perdido de la paga de los
juros del año siguientes5. No sabemos la cuantía de este concep-
+F. +CITnnnIIT\ LnmnO nnnnntVmrl,-1. " nqn+irlerl tntnl niln
LU, pucu~ vq uc La l l l p vLv i ~ c ~ l l ucoi r Lv r r u auv r a L a l r i r u a u c v i u ~y u-devengaban
los juros; sólo tenemos datos insuficientes, como,
por ejemplo, en la carta real, por la que se manda a encarcelar
al anterior arrendador, al especificar las deudas se citan cinco
cuentos por las medias anatas, pero sin indicar por cuántos
años a. También conocemos una escritura de obligación fechada
folios 174-193. Los dos juros de esta última importaban 31.934 reales
y uno de ellos había sido pasado por orden de Felipe IV, de la Casa
de la Moneda de Toledo, donde no cabía, al almojarifazgo de La Palma.
A. H. P. de S. C. de Tfe., protocolo 502, fols. 158-162.
A'A- -+-A- AA- molCnrinr & T7mwmn,n knk<n o v r n n A n A n .rrn n1 nrlalom.
ZILZV~ a1i~a0,U ULL U ~ L U CWL I I u GA a i-uia ol r ~ ~ r u a uJ ua =A ~ubrci r r
tamiento a don Antonio Luis de Leyva Alfonso Femández de Lugo, prín-cipe
de Asculi. A. H. P. de S. C. de Tfe., protocolo 498, fol. 114.
sJ DOM~NGUORETZI Z,A .: Op. Cit., págs. 318-325.
84 A. H. N.: Inquisicz'&n de Canarias, leg. 5141.
85 DOM~NGUORETZI Z,A .: Op. Cit., pág. 321, indica que de 1641 a 1650
06h dej6 Ue ccbrwrue !a =edia Ckzrmte &S ZE~S.
86 A. M. de La Laguna, Cédulas Reales-R. 111. En el embargo que
se hizo de sus papeles en 1645 se cita un legajo con 123 pliegos donde se
da la razón de los juros que se pagan en las islas, pero no hemos encon-trado
más datos sobre é!, por lo que posiblemente se 1s llev6 a Ingla-terra
o ardid junto con los demás papeles.
28 LUIS A. ANAYA HERNÁNDEz
en 1647 en Sevilla, en la cual vemos que Duarte recibió dos prés-tamos
por un total de 33.000 reales para pagar las medias anatas
de ese año, aunque es evidente que ésta no era la cantidad to-
Cioranescu indica que en ocho años, de 1696 a 1703, se
pagaron 46 cuentos 241.581 maravedís por los juros
La posibilidad que una vez pagados sueldos y juros sobrara
dinero para remitir a Madrid no parece probable, al menos a par-tir
de 1647, fecha del documento que citábamos antes, donde
Duarte afirmaba que entre sueldos y juristas estaba consignado
íntegramente el valor de las rentas, habiendo juros que no se
pagaban 89. En algunos documentos aparecen datos sobre expor-taciones
que realiza Duarte con objeto de hacer frente a las ob&
a gaciones de las rentas, y aunque es cierto que habían juros que N
se pagabzn m !a Penínuda, !as zar,tidades enviadas parzzen ex- E
cesivas. Así vemos que en 1642 envía a Inglaterra un cargamen- o
n -
= to con distintos géneros y letras a cargo de don Pedro de Val- m
O
E despino, por valor de 60.000 ducados, con orden de que el dinero E
2
obtenido por su venta lo Hevara a Madrid para hacer frente a los =E
pagos de las rentasg0. En 1645 envía a Inglaterra, Hamburgo y
Vizcaya vinos y otros productos por valor de más de 30.000 du- 3
-
cados, con el. mismo objeto 91. Podría ser que estas cantidades no -
0m
E se hubieran empleado sólo en pagar las rentas, sino en otros ne-o
gocios particulares e incluso que dejara parte del dinero para
hacer frente a las necesidades de otros años,habida cuenta de las n
E dificultades existentes en en este período para girar letras. Pero -
a
también podría ser posible que en estos años los juros no hubie- 2
n
ran crecido tanto y que, en consecuencia, quedara un remanente 0
de las rentas que se enviaran a Madrid ". O3
87 A. H. P. de S. C. de Tfe., protocolos 499, folios 226-327, y 500, fol. 25.
88 CIORANESCUA,. : Op. cit., 1, p. 304.
139 Ver nota 19.
90 A. H. P. de S. C. de Tfe., protocolo 499, folios 227-237.
91 A. H. N-: Inquisición de Canarias, leg. 5141.
92 DOMÍNGUEOZR TIZ,A .: '0p.c it., p. 323, habla que en 1646 se hizo un
reparto general y forzoso de juros más grande que nunca.
372 ANUARIO DE ESTUDIOS ATZANTZCOS
3. Las rentas y su administración.
3.1. El almojarif azgo.
El sistema utilizado por el. arrendador para el cobro de esta
renta era encargar a un almojarife de cada puerto. Había uno
para Gran Canaria, otro en La Palma y tres en Tenerife, para
los puertos de Santa Cruz, Puerto de la Cruz y Garachico, res-pectivamente.
Conocemos el contrato realizado entre Francisco
Rodríguez Cardoso, en nombre de Duarte, y el capitán Diego de
Guisla y Vandebal, notario del S. O. y almojarife de La Palma
desde 1645 a 1650, y por él vemos que el. almojarife recibía una
ru\Ln tcra\ ~vrar \ rn ra\ws + n rln Ir, w n n t r , ~ o n w A ~ in4nn~ l n Pnrnnq min LC uc s a ~ ~ s arbv~~uac*u cr ser vv~vr -u,y ub
caso suponían unos 9.398 reales anuales 93. Varios de los almo-jarife~
fueron conversos, y algunos familiares de DuarteS4.
93 A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 499, fol. 186.
94 A través de la documentación examinada hemos obtenido una
lista de almojarifes en las islas para esta década, incompleta en el caso
de Tenerife:
Gran Cdnaria Año
Luis Espinosa 1641 a 1643
Capitán Diego Pérez Machado 1644
Antonio Rodríguez Fonseca 1645 a 1646
Antonio Borges Docavo 1647 S 1650
La Palma AEo
Pedro de Valdespino 1641
Marcos de Urtusauztegiai 1642 a 1643
La l~17i i t - i tAl =l^( .U
Francisco Rodríguez Cardoso 1644
Melchor Monteverde 1645
Mego de Guisla Vandebal 1646 a 1650
Tenerife A60
Do.-frr rJn Qr.mf.-. r(wn.r.
4 W I I Y V UC UIU#**U U, W k
Capitán Bartolomé de Cabrejas 1-1-1641 a 13-1-1641
Capitán Diego Pérez de Castro 141-1641 a 30-6-1641
Capitán Gonzalo de Estrada 1644
Simón de Herrera Leyva 1-6-1646 a 26-3-1649
Antonio Rodríguez Robles 26-3-1649 a 1650
El personal necesario para el funcionamiento de la aduana
corría a cargo del almojarife; en 1643, el del Puerto de la Cruz,
don Juan del Corral, tenía a su servicio dos guardias que solían
ganar entre 600 y 1.000 reales anuales 95. Los maestres y pilotos
de los barcos que arribaban debían presentar bajo juramento
una lista con las mercancías que traían y las que posteriormente
se descargaban eran depositadas en el edificio de la aduana a dis-posición
del almojarife, quien podía inspeccionarla si lo estima-ba
conveniente, sellándoles posteriormente con las armas rea-les".
El- encargado de velar para que se cumplieran las normas
legales en el comercio exterior y ante quien se dirimían los plei-tos
aduaneros era el juez de contrabando; Cioranescu cita entre
éstos a Gaspar Martín de Castro (1633), Cristóbal de Salazar Frías
{1646), Carlos de Briones Samaniego (1648), de nuevo Cristóbal
de Salazar (1651), etc. 97. Pero también en varios documentos he-mos
visto citado como tal a Domingo de Cambrana; uno de
éstos es un proceso que, por su posible interés cara al funciona-miento
del alrnojarifazgo, vamos a resumir. Comienza con la de-nuncia
que el capitán don Juan del Corral y Duarte presentan
Garachico
Joan de Arango 1645
Antonio de Acosta Heredia 1646
ITernando Yánez Machado 26-8-1646 a 30-4-1648
Pedro de Contreras 1648 a 1650
Puerto de la C m
Luis de Interián 1-1-1641 a 4-8-1641
Juan del Corral 1643
Antonio Rodríguez Robles 21-8-1643 a 29-12-1643
Antonio de Acosta Heredia 1645
Enrique Fernández Ibarra Diciembre 1645 a febrero 1647
Gonzalo Sánchez 23-3-1647 a 20-11-1648
Manuel López Suárez 1649 a 1650
Al menos siete de los almojarifes son conversos de origen portugués,
y varios de ellos parientes de Duarte: como Antonio Rndrílez R,ohfesi
sobrino; Enrique Fernández Ibarra, cuñado, y Manuel López Suárez,
primo.
95 A. M. C.: InquiSiCZÓn, leg. CXV-17.
% A. M. C.: Itquisici67t, leg. CXXXIII-14.
97 CIORANESCAU.: , o p . mt., 1, p. 403.
374 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
contra el mercader inglés Juan Campión, el 8 de enero de 1643,
ante Juan de Alduna, alcaide del Puerto de la Cruz, quien al poco
tiempo traspasa las diligencias al juez de contrabando, Domingo
Cambrana. La parte denunciante intenta demostrar a través de
los testigos que presenta que Juan Campión había desembarcado
una pipa con 48 bombasines y dos cuartos de tabaco en polvo 98,
y en lugar de lIevarlo a la aduana lo metió en la bodega de Mar-maduke
Rawdon (conocido mercader inglés) a fin de no pagar
el 6 por 100 correspondiente. En el interrogatorio al que fue so-metido
el acusado declara tener veintiséis años y ser natural de
Londres y, aunque reconoce que descargó las mercancías cita-das
del navío de Diego Sánchez y las ordenó depositar en la bo-de-,
se justifica alegando que lo hizo por estar cerrada la adua-na,
y que informó al guardia de la misma, Matías Madera. En
su defensa cita como testigos a Thomas Bretton, Enrique Ishan,
Thomas Mondson y Francisco Lorenzo, todos ellos mercaderes
ingleses, salvo el último. Estos corroboraron su versión y el 17
de julio de 1643 el. juez lo absuelve de la acusación y ordena
desembargar las mercancías, previo pago de los derechos del al-mojarifazgo
99.
No sería éste el único pleito que mantendría Duarte por cues-tiones
aduaneras. Con el anterior arrendador, capitán Luis Lo-renzo,
comenzó uno en 1638 que heredó Duarte y que duró, al
menos, hasta 1648. Aunque incompleto, es ilustrativo de los con-flictos
entre mercaderes y aduaneros, así como de los problemas
de competencia de atribuciones entre la Real Audiencia y los
98 El tabaco soiía traerse de Cuba a cambio de los vinos que se lleva
ban de Canarias. Campion pudo desembarcarlos sin problemas porque
en 1643 todavía era libre su venta, pero tres años más tarde se estancó
convirtiéndose en rentas reales. CIORANESCAU.: , 02).c it., 11, págs. 61-62.
El ya citado Marmaduke Rawdon fue administrador de la renta del
mismo por poder que le dio el arrendador don Baltasar de Vergara y
Grimón: quien había pagado 55.000 ducados por la renta durante se%
años, a partir del 1 de marzo de 1649. Como ejemplo de su funciona-miento
podemos ver que en 1650 se arrendó por un zíío el estanco de
tabaco de Lanzarote a Gaspar Morera, quien se obligó a gastar 700 libras
de tabaco en polvo y 600 libras del de «humo», que compraba a 12 y
10 reales respectivamente. A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 501, folios 9 y 295.
99 A. M. C.: Inquksición, leg. CXXXVIII-15.
Núm. n (19811 375
32 LUIS A. ANAYA HERNÁNDEZ
organismos centrales. El motivo del proceso fue la pretensión de
los almojarifes de cobrar el 6 por 100 sobre las mismas mercan-cías,
tanto a la salida de una isla como a la entrada de otra, lo
que originó que un grupo de vecinos de Gran Canaria, que Ile-vaba
frutos y géneros lab,rados desde esta isla a la feria de Can-delaria
en Tenerife, protestaran ante la Real Audiencia, la cual
dictó una orden el 12 de enero de 1639 prohibiendo a los almo-jarife~
cobrar dos veces por la misma mercancía bajo multa de
10.000 mrs. lW. Sin embargo, el asunto no acabó ahí, ya que el
capitán Luis Lorenzo recurrió en Madrid ante el Consejo de Ha-cienda,
que dio una provisión ordenando a la Real. Audiencia
que informara más detalladamente y recordándole que ésta no
a podía alterar la costumbre ni innovar 12s leyes. Al parecer, los N
a c f~ane r~c~s r l,ir,üarxc dxando dos V ~ E S p or !a misma mercan- E
cía y los querellantes, oficiales laneros de profesión, vuelven a O
n -
= recurrir ante la Audiencia a través de su procurador, Andrés m
O
E Sánchez de León. El procurador de Duarte, Isidro González, ex- £
2 pondrá en su defensa que la costumbre era cobrar dos veces y
=E
que, por tanto, según los criterios del Consejo de Hacienda, la
Audiencia no podía intervenir. Andrés Sánchez de León, en un 3
-
escrito de contrarréplica, el 20 de abril de 1648, argumenta que -
0m
E esa costumbre no ha existido en muchos años, por lo que la Real
O Audiencia es competente en el tema y pide a la misma que in-forme
al Consejo de Hacienda de que las islas constituían un úni- n
E co almojarifazgo y no varios; el 15 de mayo de 1648, la Audien- -
a
cia publica un auto ordenando a los comerciantes que una de las 2
n
dos cantidades que pretendían cobrar los aduaneros la deposita- 0
sen como fianza, y que en el caso de que el Consejo de Hacienda O3
sentencie a favor de la otra parte, entregue este dinero. Asimis-mo
afirma que hará entrega del informe solicitado por el Con-sejo
de Hacienda a la parte de Duarte para que lo envíe a Ma-drid,
y si el 2 de febrero de 1649 no se ha contestado se entiende
que la Real Audiencia es competente en el tema.
Teniendo en cuenta que la Audiencia tenía todavía que pre-parar
el informe y que la correspondencia, debido a la fal.ta de
barcos, tardaba a veces hasta cuatro meses para llegar a Ma-
-- -
l* A. M. de La Laguna, P-XVI, n." 51.
376 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
drid, donde tendrían que estudiar y sentenciar el caso, resulta
bastante difícil que la contestaci6n del Consejo de Hacienda pu-diera
estar de vuelta en Canarias en el tiempo fijado, por lo que
parece que el plazo fue puesto con esta intención, lo que no se-ría
de extrañar, pues los organismos insulares luchaban celosa-mente
por conservar y ampliar sus atribuciones. El procurador
de Duarte protesta por el auto, argumentando que no se deben
poner plazos al Tribunal Supremo, y repite que la costumbre era
pagar dos veces, por lo que las pretensiones de la parte contraria
suponían una innovación. El procurador de los mercaderes, en
su escrito de réplica, explica que según el. arancel de Sevilla, en
el que se basan las condiciones del arrendamiento, sólo se debe
cobrar en un puerto y que la postura contraria no es costumbre,
sino corruptela. Finalmente, la Audiencia confirmará, el 6 de
junio de 1648, el auto que había emitido anteriormente lol.
En definitiva, e2 conflicto se basa en que los al.mojarifes con-sideran
de forma aibusiva (a nuestro entender) que los almojari-fazgos
eran tres y nó uno, como pretendían los comerciantes.
3.2. Tercias reales.
En Tenerife, las tercias se arrendaban al por menor y eran
con frecuencia los encargados de su cobro y los fiadores perso-nas
de posición social elevada, que seguramente poseían tierras
en los lugares donde se encargaban de cobrarlas, participando
también en la subasta mercaderes extranjeros 'O2. Los pagos se
efectuaban en Navidad y en San Juan, y los mayores ingresos
procedíaii iógicaaierite de parrales, aunque también se cobraban
tercias por cabritos, corderos, cochinos, huertas, azúcar, seda y
algodón, etc. En un recudimiento expedido por los contadores
de la Catedral de Canarias a favor de Duarte para el cobro de las
tercias de la isla de Tenerife, para la paga de Navidad de 1641
101 A. M. C.: Inquisiciün, leg. CXXXIII-14.
Aparecen citados entre otros, Diego y Tomás Pereira de Castro,
Francisco Martín de Llarena, Juan Tomás Baulén, don Pedro Agustfn
Hnterián, etc. Entre los mercaderes ingleses destacan Enrique Ishan y
Juan Chicley.
Núm. 27 (1081) 377
y la de San Juan de 1642, se evalúan las mismas en 37.417 y
36.911 reales, respectivamenet, lo que supone un total anual. de
74.028 reales lW. En La Palma y en Gran Canaria, los encargados
de las tercias eran los almojarifes; en esta última isla lo cobra-ban
directamente del Cabildo catedralicio 'O4.
3.3. La orchilla.
Este liquen constituía un monopolio real que se explotaba des-de
la conquista y era usado como colorante en la industria tex-til.
En 1532, el arrendatario pagaba 800.000 maravedís anuales
,a .la Corona por esta renta, aunque a finales del mismo siglo ha- Isla bajado a 303.600 l". Duarie pagaba a ia Corona por este con-cepto
453.451 mrs., y en la década siguiente, Diego Perera pa-gará
544.216l&. Ignoramos la cantidad de orchilla que se reco-gía,
aunque como dato indicativo, en un proceso que un merca-der
sevilLano entabla contra Duarte en 1643, los testigos decla-ran
que tenía almacenado más de 800 quintales en el Puerto de
la Cruz 'O7. Un año después, Gonzalo Sánchez, apoderado de Luis
Fernández Pato, le otorga carta de pago por 205 quintales, a cin-co
ducados cada uno la.
103 A. M. C.: Inquisición, leg. CLV48.
A. H. P. de S. C. de Tfe.: prot. 503, fol. 32.
105 ULLOAM, ODESTOL:a Hacienda real de Cmtilla en el reinado de
Felipe IZ. Madrid, Fundación Universitaria Española, p. 365, 1977.
1% CIORANESCU, A.: Op. Cit., 1, pág. 458.
1" El pleito estaba motivado por no haber enviado 300 quintales
en el plazo fijado y los argumentos de la defensa se basaban en que
no había habido barco para la península en muchos meses. A. M. C.:
Inquisición, leg. CLXXVIII-75.
los A. M. C.: Inquisidón, leg. LXVIII-25.
Un siglo antes, el precio por quintal era de cuatro ducados. Ver MI-L
~ E TSO RRESA, GUSTÍNH: istoria general de las Islas Camrias. Las Pal-mas,
Edirca, 111, p. 366, 1977.
Sin embargo, en las rentas del Obispado de 1583 se da como precio
del quintal 18 reales únicamente. Ver FERNÁNDEZ MARTÍN, LUIS (1975):
Aspectos económicas, administrativos y humanos de la diócesis de Cana-das
en la segunda mjtad del siglo XVI, Anuario de Estudios Atlánti-cos,
n.O 21, p. 102.
378 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
Además de estas rentas, nos consta que Duarte, de forma in-directa,
controló al menos el haber del peso del puerto de Santa
Cruz, toda vez que en una escritura su cajero, Lorenzo de Ira-gorri,
reconoce que subarrendó a Pedro de Soria Pimentel, arren-dador
al por mayor del haber del. peso de los puertos de Teneri-fk,
el de Santa Cruz, durante tres años a 300 reales cada uno,
pero que en realidad las rentas correspondían a Duarte 10g.
4. Conftictos durante, el arrendamiento
y a fines del mismo.
I-. qijp tratami-, &IJT.TQ preñada de iri_cidencia- qil-afectaron
a los ingresos de las rentas, al romperse las relaciones
comerciales con otros países por la guerra y al incrementarse las
actividades de corso y piratería que afectaron a la navegación 'lo.
Especialmente grave para Canarias fue la sublevación portugue-sa
de 1640, y que las islas servían como lugar de aprovisiona-miento
a los navíos de este país en ruta hacia Brasil o a las co-lonias
portuguesas africanas en busca de esclavos "l. Prueba de
la importancia que este tráfico comercial representaba para Ca-narias
es que en el citado año Dziarte, después d-e hecha la pos-tura
para el arrendamiento y antes de que se le remataran las
rentas, enterado de la subIevaciÓn, solicitó se le anulara su ofer-ta,
ya que las rentas valdrían mucho menos. El Consejo de Ha-cienda
no aceptó y ordenó se le remataran aunque indicó que
tendría en cuenta sus argumentos para hacer un descuento. Una
vez en las idas, Duarte realizó una información sobre la merma
que la guerra con Portugal había supuesto para las rentas y so-licitó
seis cuentos de maravedís anuales de rebaja, lo que equi-valía
a una tercera parte. Posteriormente descuidó este asunto,
debido, al parecer, a sus ocupaciones en las islas, y sólo cuando
U C I ~ U su srrrendamientn ec 1650 se OCII~Sd e _evo del tema,
109 A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 499, fol. 401.
Para este tema, ver la obra ya citada de R m u DE ARMAS.
111 VILA VILAR,E NRIQUETAC: anarias como base üe aprouisionamiento
de mvíos portugueses, 11, Las PaLmas, 11 Coloquio de Historia Canario-
Americana, p. 295, 1979.
36 LUIS A. ANAYA HERNÁNDEZ
ofreciendo al Consejo de Hacienda una transacción, mediante la
cual cedía a la Corona las pérdidas, que evaluaba en diez cuen-tos,
si ésta le adjudicaba las rentas sin sacarlas a pregón. Sólo
en caso de que hubiera puja y se las quitasen debería Hacienda
satisfacerle la cantidad estipulada u2. La falta de interés mos-trada
a lo largo de estos diez años por conseguir la rebaja pa-rece
indicar que aun con las pérdidas que las rentas experimen-taron
por estos conflictos seguían siendo un negocio rentable.
Estos problemas y su incidencia en la navegación y comer-cio
motivaron también, según la versión de Duarte, su encarce-lamiento
y el embargo de las rentas y de sus bienes, al estimar
la Corona que había incumplido con las condiciones del arren-damiento.
Según una carta de Felipe IV fechada el 10 de junio
de 1645, Duarte no había presentado justificación de los pagos,
ni señalado casa o persona en Madrid o Sevilla donde abonar los
juros y las libranzas. Además, al parecer, las fianzas que había
dado no eran seguras. De hecho, otra orden de arresto había
sido dada el año anterior, pero Duarte satisfizo lo incumplido,
por lo que se ordenó liberarle y se le expedió recudimiento para
para 31645-1646. Pero poco después el fiscal del Consejo de Ha-cienda
estimó que las fianzas no eran seguras y que las otras
cláusulas tampoco habían sido cumplidas; de ahí la carta real
antes mencionada. En su defensa, Duarte alegará que el incum-plimiento
se debía a la imposibilidad de transportar dinero a
Sevilla por la guerra y citará como testigos a numerosas perso-nas,
la mayoría miembros destacados de la sociedad tinerfeña Il3,
que declararán en su favor, argumentando que Duarte era el me-jor
arrendador que habían conocido y que había puesto en orden
las rentas, pagando los juros y sueldos con puntualidad. Corro-borarán,
asimismo, las dificultades existentes para enviar fon-dos
a la Península, ya que las letras de cambio no se aceptaban
112 A. M. C.: Inquisición, leg. XXXVII-1.
113 Declaran entre otros: el capitán Diega Lorenzo, regidor y alcalde
mayor de La Orotava; el licenciado Diego Rodríguez de la Paz, vicario
y comisario del S. O.; licenciado don Alonso de Molina y Lugo; el ca-pitán
Domingo Cambrana, juez veedor del comercio y contrabmdo; el
n ~ e s t r eH e c z z n y regidor P&ez de Wemermr!~;e ! rnspltrp de
campo don Pedro de Vergara Alzola, etc ...
380 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTlCOS
sin un interés del 16 por 100 y, en ocasiones, ni siquiera así.
Varios de los testigos informan, además, que saben que ha en-viado
mercancía en varios buques por valor de más de 30.000
ducados, a vender en Londres, Kamburgo y Vizcaya, pasa con
su importe hacer frente a los pagos de las rentas. Finalmente,
la Corona en septiembre del mismo año, satisfecha por las nue-vas
fianzas y por las cartas de pago que llegaron a Madrid, or-dena
y darle la carta de recudimiento l14.
E1 resto de la década no parece haber vuelto a tener proble-mas
de esta índole.
5. Fin del arrendamiento.
En 1650 comisionará a su primo y apoderado en Madrid,
Manuel Díaz Enríquez, para que intentara renovar por otros
diez años el arrendamiento, con las condiciones que antes expu-simos.
En un principio, el Consejo de Hacienda aceptó la tran-saccicín
y 10 renov6 c m las mismas c~ndidnnesq ije e! ~n l e r i o r~
en un documento fechado el 1 de junio de 1650. Pero, cuando
todo parecía solucionado, intervino Diego Perera de Castro, que
se había trasladado a Madrid, y ofreció al. Consejo mejores con-diciones
que las de Dziarte para que se sacaran las rentas a pre-gón
y así poder pujar. De momento Hacienda no aceptó, ya que,
en el caso de haber10 hecho, tendría que devolver a Duarte los
diez cuentos de maravedís, según el acuerdo firmado entre am-bas
partes; pero Perera aumentó tres cuentos sobre la oferta
primitiva, anticipando además otros siete y exponiendo, por ú1-
timo, que el arrendamiento había sido provechoso, como él pro-baría,
y que, por lo tanto, no cabía hacer descuento; compro-metiéndose,
finalmente, si así no sucediera, a pagar los diez cuen-tos
de su propio bolsillo l15. Ante esta última oferta, el Consejo
de Hacienda aceptó y concedió el arrendamiento a Diego Perera,
lo que deblió de suceder en febrero de 1651, pues, desde el pri-mero
de enero hasta esta fecha, estuvieron en los puertos fieles
114 A. H. N.: Inquisicih de Canarias, leg. 5141.
11s A. M. C.: Inquisición, leg. XXXVII-1; y A. M. de La Laguna,
A-XI-32.
38 LUIS A. ANAYA HERNÁNDEZ
nombrados por el Cabildo, ya que no había llegado el recudi-miento
H6. Antes de tomar esta decisión, el Cabildo, en diciem-bre
de 1650, había hecho pregonar el arrendamiento al por me-nor
del almojarifazgo y las orchillas de Tenerife para el año
de 1651. Enterado Duarte, presentó el documento que primiti-vamente
había firmado con Hacienda concediéndole el arrenda-miento,
antes de la intervención de Diego Perera, y solicitando,
conforme a él, que no se sacaran las rentas a pregón, sino que
se le concedieran, pues estaba a la espera del recudimiento. La
mala fe de Duarte es evidente, pues no sólo él, sino también los
regidores del Cabildo y otras personas sabían que Perera había
recurrido ante Hacienda y que el asiento que había presentado
estaba anulado. Pocos días después, un tal Antonio Díaz, res-pondiendo
ai pregón, ofertó ZO.0Uü ducados de piata en una pri-mera
postura, que luego elevó hasta 24.000 (o 36.000 de vellón),
puestos en Sevilla. Al hacer la segunda oferta, explica que el
intento de Duarte se debía al deseo de defraudar en las rentas
a Perera, manteniendo en los puestos almojarifes de su confian-za,
movido por el odio que sentía hacia éste. De hecho lo consi-guió
parcialmente, pues el Cabildo optó por poner fieles en los
puertos, y junto a personas nombradas por éste se mantuvo a
empleados de Duarte; por ejemplo, en la Orotava, a Manuel
López Suárez, primo y empleado de Duarte, y en Garachico, a
Pedro de Contreras, que también estaba a su servicio "7. En esta
reunión del Cabildo hubo dos regidores, don Tomás de Nava y
Grimón y don Carlos de Briones Samaniego, quo apoyaron e1
conceder las rentas por un año a Antonio Díaz. Al menos la pos-tura
del último no fue nada desinteresada, ya que en fechas
anteriores (24 de abril de 1650), junto con don Miguel Gerónimo
de Interián de Ayala, había prestado a Diego Perera 90.000 rea-les
de vellón para que arrendara las rentas, recibiendo cada uno
a cambio una doceava parte de las mismas. Dos años después,
Perera se las volvería a comprar a cambio de 100.0000 reales, a
pagar eri uñe, y de etmu X!.GK!, u pugur e2 tres "s.
116 A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 502, fol. 285.
A. M. de La Laguna, A-XI-32.
118 A, H. P. de S. C. de Tfe., prot. 503, folios 13-19.
382 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
Los problemas entre Duarte y Perera no acabarían aquí, ya
que en 1652 Duarte reconoce en una escritura que estaba preso
por orden del Consejo de Hacienda hasta que mostrara a Diego
Perera los libros y cuentas de las rentas, con objeto de que este
último pudiera probar que sus ganancias habian sido importan-tes
y, por lo tanto, no procedía hacerle descuento. Duarte alega
en su defensa que ha enviado esta documentación a Madrid para
presentarla ante el Consejo de Hacienda, por lo que no puede
entregarla, y termina llegando a un acuerdo con Perera por el
cual se compromete a mostrarle los libros en el plazo de un año,
y en caso contrario se obliga a desistir de su demanda ante el.
Consejo de Hacienda 'lg.
Como Duarte partió hacia Inglaterra poco tiempo después de
firmada esta escritura y la documentación pedida quedó en Ma-drid
en casa de un tal Pedro de la Torre, a quien la había dejado
Simón de Herrera y Leyba, es seguro que Diego Perera no pudo
verla y, por lo tanto, entró en vigor el acuerdo antes citado,
por el cual Duarte desistía de su pretensióriIM. Beinart repro-duce
una carta de este úitimo que escribe desde Londres a su
corresponsal en La Habana, don Pedro de Valdespino, y que nos
produce cierta perplejidad. Está fechada el 20 de agosto de 1653,
y en ella Duarte le pide a don Pedro que le remita el dinero de
unas mercancías que había enviado a La Habana, así como otras
cantidades que le debía otro agente suyo en Veracruz, pues 1s
necesitaba para tomar de nuevo las rentas de Canarias, ya que,
según él, el Consejo de Hacienda le estaba rogando que lo hiciera
por la misma cantidad que la tomó Diego Perera lZ1. Ignoramos
si este hecho era cierto o bien fue una argucia de comerciante
coiiseg-üir don Pedro, se 'na'oia retrasado e, eii-vío
del dinero adeudado, se tomara interés en remitirlo, estimu-lado
por la perspectiva de ver a Duarte de nuevo como arren-dador
de Canarias. que mantenía un intenso comercio con Cuba.
De cualquier modo, esto no sucedió, y la familia Perera, directa
o indirectamente, zdminiuirzrá las reiiias redes &üldIitt: más de
119 ibídem, fol. 464.
A. M. C.: Inqutsicich, LXXVIII-2, libro 4.0 de las Cartas.
BEINARTE~, AIMO: p. cit., p. 79.
Núm. 27 (10813
veinte años. Además de éstas, Diego Perera conseguirá el mismo
año las del Señorío de Lanzarote y Fuerteventura y, además, el
estanco de azogue y solimán de las siete islas, lo que da una
idea de ia importancia económica que tendría la familia lZ. Su
gestión al frente de las rentas reales fue más criticada que la de
Duarte. como podemos apreciar a través de la protesta que un
grupo de comerciantes ingleses dirige a su cónsul en Tenerife;
a través de las críticas que el regidor don Juan de Franquis hace
en el Cabildo, y de las cartas que el Capitán General don Geró-nimo
de Benavente y Quiñones dirige a la Corona l3. El males-tar
está originado por los derechos abusivos que están cobrando
en los embarques de vino, manifestando los perjudicados que,
mientras con Duarte se pagaban 18 reales por pipa, trece años
después se pagan 36. Ei Capitán Generai, por otra parte, insiste
en varias ocasiones en e1 gran fraude que están cometiendo en
el almojarifazgo, y propone que si la Corona pudiera adminis-trarlo
se obtendrían fondos suficientes para fortificar las islas,
122 Las rentas del ((estado de Lanzarote y Fuerteventura)) las arrendó
de doña Luisa Isabel Bravo de Guzmán y Ayala Rojas, condesa-marquesa
de estas dos islas, a través de don Juan de Betancur y Barga, por escri-tura
firmada en Carabanchel el 29 de junio de 1651, durante seis arios.
El 23 de enero de1 año siguiente cede por los mismos años la mitad de
los quintos, dehesas, orchillas, ganados y demás derechos de la isla de
Fuerteventura a Joan JimP,nez de Aday por 10.000 reales anuales, dando
la otra mitad a Juan de Aday por 200 ducados, un cahiz de trigo y otro
de ceba& al aiio. A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 503, fol. 23. En 1651
arrienda por 9 aíios el estanco de azogue y solimán de Gran Canaria
a Antonio Borges Docavo. A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 502, fol. 836.
Aunque desconocemos la cantidad de estos productos que consumía el
archipiélago, sabemos que el arrendador de este estanco en 1645, Fran-cisco
Roüriguez Cardoso, cedió el de La Laguna a Ursula Ramos y a su
hija, con la condición de que gastaran 20 libras de solimán y 5 de azo-gue
ese aiío, a 90 reales cada libra. A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 91,
folio 77.
También intervino en el arrendamiento del estanco del tabaco. A. H. P.
de S. C. de Tfr., pret. 5'3, fe?. 65.
13 MORALEPSA DRÓNF, RANCISDCoOcu: mentos sobre emigracidn canaria
al Nuevo Mundo (inédito), Biblioteca Museo Canario.
Entre 1660 y 1670 el arrendador fue Antonio Rodrípez de Fonseca y
Pina, también converso portugués, y que en realidad era testaferro de
los Pereras.
384 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
costear el viaje de 800 familias canarias a Santo Domingo y le-vantar
una leva de soldados canarios para Indias. Aunque no
obtiene respuesta, aprovechando que el arrendador no había
presentado a tiempo las cartas de pago de juros y salarios, bajo su
propia iniciativa le embarga las rentas y pone fieles en ella.
Poco después quitará el empleo de capitán al sobrino de Diego,
don Tomás de Castro y Ayala, y aunque la Corona le ordenó
reponerlo, no obedeció, por lo que fue sustituido en 1655m.
Las ganancias que obtenían los arrendadores, especialmente
con el almojarifazgo, que era la renta más importante, son difí-ciles
de estimar, pues para ello habría que tener una relación
de los barcos y mercancías que pasaron durante los diez anos que
duraba el arrendamiento por los puertos canarios. Antonio Díaz
estima, en el caso de Duarte, que durante sus diez años obtuvo
140.000 ducados de beneficio 125. En el caso de los Perera la can-tidad
es mucho mayor, ya que el Capitán General indica que o b
tenían de 30 a 40.000 pesos anuales de beneficio, y que en los
trece años que llevaban con el arrendamiento habían ganado unos
400.000 ducados, que, según su versión, enviaban a Holanda.
l. Circunstancias faviorecedoras del mismo.
Podemos conocer este importante aspecto de sus actividades
económicas a través de las obligaciones de sus deudores, de los
procesos del S. O. contra éstos y por los protocolos del Archivo
Histórico Provincial de Santa Cruz de Tenerife. Desgraciadamen-te,
en este último caso la documentación es incompleta, ya que
faltan los protocolos de su escribano para las causas de las ren-tas
reales, Martín de Náveda Romero, desde los años 1640 a
1643 ; y los de Juan Alonso Argüello, otro escribano al que tam-bién
recurrió con frecuencia, desde 1635 a 1644 iz.
124 MILLARETSO RRES, AGUSTÍN: Op. Cit., 111, pQ. 264. El embargo de
lws rentas debió por tanto durar poco.
125 Archivo Municipal de La Laguna, A-XI.
126 Martín de Náveda Romero, obligado a comparecer en 1658 ante
el comisario de La Laguna, fray Joan de San Francisco, por unas deudas
Num. P (1081)
25
El comercio debió de producirle grandes beneficios, pues el
arrendamiento de las rentas reales le proporcionó evidentes ven-tajas
cara a esta actividad, sobre todo gracias a su control (!el
almojarifazgo, que le permitió evitar gravar sus mercancías, con
las consiguientes ventajas competitivas; asimismo el poder con-seguir
fletes con mayor facilidad que otros comerciantes en unos
años en que esto era difícil 12', y finalmente, disponer de mayo-res
facilidades que otros para conseguir negocios, ya que era de
los primeros en tratar con los navíos qur llegaban. Por otra par-te,
su posición oficial le permitía realizar irregularidades con
cierta facilidad, tales como: importar de Indias mercancías pro-hibidas
y metales preciosos para su posterior venta en Europa ""
y exportar a cambio vino y mercancías fuera del cupo autorizado
por la Corona. Otra de las rentas, las tercias, le facilitaba la ob-tención
de productos agrícolas para la exportación. especialmen-te
el vino; y respecto a la última renta, la orchiIla, tenía el mo-nopolio
de !a misma en las islas de realengo. A estas ventajas
a Duarte, declaró que había sido escribano para las causas de las rentas
reales, con un sueldo de 100 ducados anuales, y aunque posteriormente
dejó este puesto por no poder salir de la isla, continuó asistiendo a
Duarte dentro de Tenerife. A. M. C.: Inquisici6n, leg. IXXIV-9. Juan
Tabares, empleado de Duarte durante más de nueve años, declara en
1656 ante el mismo comisario, refiriéndose a Juan Alonso Argüello:
«porque de ordinario ante él pasaba lo que obraba en virtud de instru-mento
público al dicho Duarten. A. M. C.: Inquisición, leg. CV-16. Sin
embargo, de este último escribano sí se conservan los protocolos a par-tir
de 1645.
Las dificultades para conseguir navíos en unos años en los que
la guerra y la piratería, además de la crisis económica, obstaculizaban
la navegación, eran considerables. Tomás Perera de Castro, el 19 de oc-tubre
de 1643 declara, junto con otros testigos, que desde abril hasta
el dia en que testifica no ha habido barco para la Península. A. M. C.:
Inquisición, leg. CLXXVIII-75.
1% «Eh 1647 se mandan a Londres artículos prohibidos en tres na-
~ferer&s.¿ * iTierc6ersi cpiroap +&.~ áe Dtlarie Enríquez Alvarez,
recaudador de las reales rentas y por consiguiente por encima de los
inconvenientes que comúnmente puede tener el contrabando...)), tomado
de CIORANESCAU.: , Historia de Santa Cruz de Tenerife, 11, Santa C m
de Tenerife, Servicio de Publicaciones de la Caja General de Ahorros,
página 54, 1977.
385 AXUhRiO Di' ESTL'DiOS ATLASSICOS
comereiaies que le proporcionaba su cargo oficial había que ana-dir
las que le brindaba su ascendencia conversa, que le permitía
contactar con la gente de su raza, no sólo en la Península o Iii-dias,
sino también en Holanda e Inglaterra, donde existían im-portantes
enciaves conversos y eran además los principales mer-cados
europeos de Canarias.
Para el transporte de las mercancias no stjlo fletará barcos
ajenos, sino que dispondrá de los suyos propios. Así vemos cómo
el 15 de abril de 1646 contrata a Domingo Díaz Virtudes como
piloto del navío de su propiedad, aSan Francisco», para que lo
llevara desde Santa Cruz a Cádiz, Sanlúcar o Vizcaya, por un
salario de 450 ducados de plata 12g; el 6 de marzo de 1649 con?-
pra, junto con Manuel López Suárez, vecino de Santa Cruz, al
mercader inglés Ricardo Baque1 un barco denominado ((El, Sur-quillo)).
de 70 toneladas, junto con 49 pipas de vino, en 41.000
reales de ~ l c t a .E l barco. rebautizado ((La Victoria y Kuestra
Señora de Candelaria», será enviado a Maracaibo IN. En defini-tiva,
que tanto los medios de transporte como !os circuitos cie
comercialización y las mercancías de exportación los tenía con
mayor seguridad que el comerciante normal.
2. Mercados.
Podemos distinguir en sus actividades comerciales los siguien-tes
mercados.:
2.1. Archipiélago.
Las mercancías que vende para el consumo isleño son varia-das,
aunque sobresalen los tejidos. En general, la mayor parte
de las ventas están localizadas en Tenerife, y de las otras islas
sólo hemos visto una venta en la Gomera de higos 3' pasas 13',
una cuenca ccn Antonio Docabo. almojarife de Gran Canaria, por
tejidos l". y una nutorizacióv que 6a a don Siinh de Herrera
129 A. H. P. de Santa Cruz de Tenerife, prot. 91, fol. 31.
1 3 Ibidem. prot. 499, fol. 159.
1% A. C.: z;i~~d&S"I~kl$ez$,. -U' T VI L-O4Cd.
132 Ibídem, Ieg. CIX-25.
. .
Núm. 27 (198i)
44 LUIS A. ANAYA ~RNÁNDEZ
para que pueda vender una mercancia que nene en La Paima
y comprar lo que le parezca conveniente 133. En Tenerife, como
ya hemos dicho, predominaron en sus negocios las ventas de te-jidos;
así, por ejemplo, en 1648 vence cinco varas de bayetas al
capitán Francisco del Hoyo, en 60 reales 13; ocho varas de raso
encarnado a don Andrés de Acoca y Ponte, en 288 reales en
1652, Gabriel Duarte y su mujer reconocen haber recibido de
Duarte 10.854 reales en tejidos para su tienda 13; 270 reales por
nueve varas de paño colorado a don Tomás de Xava ; siete y nue-ve
varas del mismo a don Carlos Briones y don Luis de Vitoria,
re~pect ivamente'~2~8;0 reales por cuatro varas de tela parda
y oro, etc ... El S. O. confiscará a don Luis las siguientes mer- a
caricias: dos piezas de bayetas, una de paño colorado, otra de ca- E
rneilo azul, así como 116 sombreros blancos Otra mercancía O
que aparece con frecuencia en sus cuentas son pipas de vino o n
=m
materiales relacionados con ellas: en su casa dejó al irse 200 O
E
pipas nuevas vacías, de las cuales don Luis pudo vender 120, em- E
2
bargando el Consejo de Hacienda las 80 restante^"^. Salvador E
García, tonelero, reconoce deberle, en 1652, 14.725 arcos de palo 3
y 217 pipas abatidas la; Simón Merino, 315 f!ejes de arcos de - 0 palo y 42 de hierro de 54 arcos cada uno i4L. Entre los productos m
E
alimenticios con los que comercia destaca el aceite. Así, el 2'7 de O
octubre de 1641 entrega 729 arrobas. que !mportan 22.285 rea- n les. a cuenta de la deuda que tiene con Luis Fernández Pato l"; -E
en 1649 vende a Gonzalo Rodríguez Báez 880 arrobas. a 25 rea- a
!es cada una143. Por último. entre otras rnorcancías vendidas en n
Tenerife podemos citar 60 cueros de vacuno. a 13 reales cada
3
O
A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 502, fol. 521.
A. M. C.: Inquisicidn, leg. CLXV-64.
Ibídem, leg. CIX-25.
A. X. P. de S. C. de Tfe., prot. 503, fol. 86.
A. M. C.: Inquisición, leg. XXXVII-1.
Ihi :d~~!p-a, . CIX-25.
Ibídem.
A. R. P. de S. C. de Tfe., prot. 503, fol. 488.
A. M. C.: Inquisiciíh, leg. CIV-30.
Ibidem, leg. LXVIII-25.
Ibidem, leg. G1.
ANUARlO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
uno lM; 109 libras de azofar en bacinillas. por un precio de 381
reales, a Gabriel Duarte 135; 33 cuerdas de lino para orchillero 14;
a Lázaro Estévez, su herrero, le paga sus trabajos en herradu-ras,
tejidos e hierro platinado L47.
A la luz de estos datos, el consumo interno de las islas apa-rece
como bastante pobre, lo que sin duda es comprensible, ya
que su población no llegaba a los 100.000 habitantes 148, 10 que,
unido a la fuerte crisis que atravesaba el Archipiélago en estos
años: expIica la escasa demanda.
Entre ios puertos peninsulares con ios que traÍicCi, Seviiia
aparece únicamente como centro financiero para abono de letras
o recibos de préstamos para hacer frente al pago de las renias.
Este hecho no sólo se debía a que la ciudad fuera la receptora
oficial de la plata americana, sino a que, por las normas de
airefidarr?ieilio, e,4~Lab a' u-1-u" lig--a u-' u- a I~ -e--l -i--e rm- -~ -+ .- aiií pasa poder sa-tisfacer
los pagos de las mismas 149. En 1648, Duarte da poder a
14 A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 499, foIs. 378-383.
145 A. M. C.: Znquisicidn, leg. CIX-25.
'6 Ibídem.
147 Ibfdem, leg. XLI-28.
14 Un
piélago:
censo episcopal de 1676 da la siguiente población del archi-
Tenerif e . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gran Canaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
La Palma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gomera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Lanzarote . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Hierro ....................................
Fuertevent,ura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Citado por SANCWEZ HERRERJO.:, (1975) Lu población de las Islas Cam-rias
en la segzmda mitad del siglo XVII (1676-1688), {{Anuario de Estu-dios
Atlfhticos, 21, pág. 247.
149 u. ,. y señalado en Sevilla casa en que al presente vive Tomás da
Ascensio que son en la czlle del Agua de ella e la colación de la S.ta Criiñ
Antonio Rodríguez Arias. vecino de Sevilla, para que pueda co-brar
una letra de cambio de 6.000 reales de plata a Ricardo
Blonde, rnercader inglés. dada por su hermano Guillermo Blon-de
ls0. Peor suerte tendrá con otra de 8.000 reales que le había
dado Felipe Grande, también mercader inglés, sobre un compa-triota
suyo, Kicolás Quin, quien se negara a pagarla alegando
que no tenía dinero lS1El. pago de estas letras, así como el de
los préstamos que recibió, parecen destinados a pagar juros y
medias matas, al menos esto dedara en las escrituras de los
préstamos que recibe, como, por ejemplo, el de 9.000 reales que
le dejó don Joan Manrique y que paga en Tenerife a don Ro-drigo
ArgomedoIV. o los 24.800 que don Carlos de Bargas deja
a su primo Manuel Díaz Enríquez 'j3, o los 9.120 que le presta
don Juan de Taxoror lS4. En cambio, la única actividad comercial
que hemos encontrado es la venta de 197 quintales de palo cam-peche
que tenía almacenados en Sevilla doña María de Escobar
y Aranda en casa de Juan Flanie1 'j5, 10 que no deja de ser normal,
ya que Sevilla, debido al monopolio de Indias, recibía las mer-cancías
que él podía ofertar, y además la existencia en la ciudad
de la Casa de Contratación y su recelo hacia la competencia ca-naria
podía hacer peligrar el cargamento, en e! caso de que la
licitud de! mismo no estuviera clara.
Sobre Cádiz giró también letras, exclusivamente sobre mer-caderes
ingleses. Así, en 1650, Joseph Landell, mercader inglés
residente en Tenerife, reconoce tener dadas dos por 3.000 y 12.000
reales de plata sobre su compatriota Guillermo Lante; el mismo
año, otro inglés, Tomás Manser, reconoce otra letra de 7.000 rea-para
en ella haser los pagos de las dhas rentas conforme a las c o n ~ o -
nes qe dellos trata.}) A. M. C.: Zaquisición. leg. 111-12.
Una de las causas por las que en 1645 la Corona embargó las rentas y
prendió a Duarte fue: «el no tener casa en Sevilla o Madrid donde pagar
los juros y libranzas». A. H. N.: Inquisición de Canarias, 5141.
19 A.H.P.deS.C.deTfe.,prot.499,fol.59.
1st Ibidem, fols. 86 y 87.
152 Ibidem, fol. 226.
153 Ibídem, prot. 500, fol. 16.
1% Ibídem, fol 51.
155 Ibídem, prot. 499, fols. 250 y 259.
390 ANUARIO DE ESTUD~OS ATLANTICOS
les sobre Roberto Heims, todas ellas a pagar a Manuel Díaz En-ríquez
lSb.
Respecto al comercio con esta ciudad, ya hemos citado ante-riormente
la orden que da al piloto de su barco «San Francisco»
para que, entre otros puertos. pudiera escoger el de Cádiz lS7;
en 1648 llega a un arreglo con Alonko de Villalobos por un barco
que había fletado Duarte el año anterior, denominado «El Dra-gón
», de Londres, que había Ilevado un cargamento de orchilla
y trigo y cebada de Lanzarote, y que había motivado un pleito
con el consignatario de Duarte que llegó hasta la Chancillería
de Granada lS.
El mayor volumen comercial parece mantenerlo con los puer-tos
vascos, lo que es lógico. ya que en este siglo sus habitantes
,juegas ün papel impurtailte en !a zzmomia espafida eii geiiera!
y en la isleña en particular. corno lo demuestra el hecho de que
un número considerable de los barcos que llegan a Canarias
tienen este origen. Además, al estar lejos de Sevilla, y por tanto
de la distribución de productos coloniales, y en cambio cerca de
Ec r~p u ,u dende pediun dirigirse parte de !m curgu=er,tw, fa-vorecerá
el tráfico de los mismos. Así lo podemos comprobar
en 1645 con motivo del proceso que le abre la Corona, donde
varios testigos declaran que ha enviado vino y otros productos
por valor de más de 30.000 ducados a Vizcaya, Inglaterra y Ham-burgo
lS9. En 1646, junto con su apoderado, Francisco Rodríguez
Cardoso, comisiona a su primo Manuel Díaz Enríquez para que
cobre al vecino de Bilbao Antonio Lorenzi 211 pipas de vino,
168 cueros de vacuno, 100 quintales de palo campeche y 68 arro-bas
y 16 libras de azúcar de La Palma, y una vez descontados
los gastos, guarde Io restante 5 nnmbe de Diiarte 160. Un 259
después firma una escritura con Pedro Asonabir y Enrique Cor-ne
y Sisis, vecinos de Hamburgo y Dunkerque, y capitán y maes-tre,
respectivamente, del navío «San Pedro)), en la cual estos ú1-
timos manifiestan que habían sido fletados en Sevilla por orden
1% Ibidem, prot. 501, sin foliar.
1 9 Ver nota 4.
158 A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 499 ,fol. 429.
159 A. H. N.: Inquisición de Canarias, leg. 5141.
A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 497, fols. 55 y 58.
48 LUIS k ANAYA HERNÁ;XDEZ
de Duarte para ir a Londres, pagando cuatro libras esterlinas
por tonelada (1 libra = 38 reales), pero que posteriormente se
les hizo volver a las islas indemnizándoles con 600 pesos para
emprender viaje más tarde a Bilbao o Pasajes I6l. En 1647, Alon-so
de Chaves decIara en escritura haber dejado en Bilbao 20 pi-pas
de vino blanco a Manuel Enríquez, que éste ha vendido en
500 ducados, que pertenecen a Duarte la. Por último, estando ya
en Inglaterra, don Luis de Vitoria, en su nombre, envía a Viz-caya
100 arrobas y 13 libras de azúcar, que importan 6.219 rea-les
la.
2.3. Europa.
a) H~!-?nda: Respecte a! cxnerci~q! ce maritiei?e c m Eure-pa,
sólo aparece una referencia, ya citada, con Hamburgo, y el
resto de los documentos se refieren a Inglaterra y Holanda. Para
este último país da poderes a Diego Rodríguez Arias el 26 de
junio de 1649 con objeto de que ponga pleito a Luis Unquerque
y Jermán Jan, dueño y maestre del navío ((Los Cuatro Cardena-
!es», y les exija el dinero y el interés de los géneros que lleva-ban
]@; e1 10 de febrero de 1650, su sobrino Antonio Rodríguez
Ferrerín y Robles reconoce en escritura que libró varias letras
de cambio por las mercancías que había llevado a Inglaterra, dos
de las mismas sobre Amberes 165.
b) Inglaterra: Siguiendo la tónica general de1 comercio is-leño,
será el país europeo con el que mantenga relaciones eco-nómicas
más estrechas. Ya en 1652 envía un cargamento valo-rado
en 60.000 ducados. lo que da idea de la importancia del
mismo la; cinco años más tarde fleta el navío «La Confidencia»,
cuyo maestre es Carlos Tarragut, para que su sobrino Antonio
Rodríguez Robles le lleve a Londres un cargamento de 2.958 cue-ros
vacunos. 1.317 quintales de palo campeche, 11 quintales de
161 Ibfdem, prot. 498, fol. 67.
Ibídem, fol. 211.
163 A. M. C.: Inquisicich, leg. CIX-25.
16) A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 500, fol. 540.
145 Ibídem, prot. 501, fol. 41.
166 Ver capítulo 11.
392 ANUARIO DE ESTUDlOS ATLANTlCOS
EL CONVERSO DUARTE ENRÍQuEz 49
palo brasilete, 47 cajones de azúcar de La Palma y 15 de Indias,
16 arrobas y 15 libras de grana campechana, 3.520 de añil de
Guatemala, 16 de jenjibre y 80 de zarzaparrilla. En otros dos
navíos, también ingleses, «El Diego)) y «La Providencia)), envía
además otros 80 quintales de palo campeche y 220 de cueros
vacunos Aunque en esta escritura no aparecen sino estos tres
barcos, en otra posterior de 1680, al dar la carta de pago a Ro-bles
por este cargamento, menciona otro buque, «El Cisne)), cuyo
maestre era Guillermo Piley 168.
Librará también varias letras sobre Londres: en 1642, una
de 20.000 reales a pagar por Ricardo Heims, o en su ausencia,
por Antonio Fernández Carvajal '@E. ste último pagará en 1652
a Diego Perera de Castro otras dos por valor de 516 y 375 libras
es terhas (20.650 y 15.000 rzaks) 170, y el misme afiq ~ t r a!S ra
por 14.433 reales a pagar a don Simón de Herrera y Leyba "'.
2.4. Indias.
Las referencias documentales al comercio indiano son las más
abundantes, lo que es lógico, ya que las Indias constituían un
buen mercado para los caldos canarios y para productos europeos
y, por otra parte, sus productos servían para exportar a Europa
junto con los vinos canarios. No siempre le acompañó la suerte
en este tráfico, y así en 1645 un barco cuyo maestre era Agustín
Hernández, y en el cual se remitían a Duarte 12 cajas de azú-car,
160 cueros de vacuno y 12 sacas de jenjibre naufragó en la
Gomera. Es probable que no lo perdiera todo. pues el 8 de enero
de 1646 dio poder al Sargento Mayor de la isla, don José de Ore-jón,
para que recuperara lo que se hubiera salvado del mismo "*-
A En 1647, Manuel Lopez Suárez, vecino de Madrid, reconoce de-berle
13.255 reales de 24 pipas de vino y una de vinagre que 1Iev6
167 A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 498, fols. 583-584. También CIORANES--
m, A.: Op. cit., 11, pág. 464.
168 A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 501, fol. 39.
169 A. M. C.: I n q u i s i ~ i l~eg, . LXVIII-25.
170 A. H. P. de S. C. de Tfe. prot. 503, fol. 534.
771 Ibídem.
1" Ibidem, prot. 497, fol. 41.
a Indias en el navío «San Bartolomén 173. Un año después, Manuel
de Segura recibe de Duarte seis pipas de vino y 500 reales en
mercadurías para llevar a Indias en el navío ((Nuestra Señora
de la Regla» 174. El mismo aiío da poder a Antonio Rodríguez de
las Pasillas, vecino de Sevilla y administrador de la parte que le
toca en el navío «La Victoria y Nuestra Señora de Candelaria)),
para que cobre en Indias el valor de 50 pipas de vino que llevó
allí el capitán Baltasar de Medinillas lis. La gestión, por lo visto,
no debió de tener éxito, seguramente por muerte de don Balta-sar,
puesto que el 22 de enero de 1650 vuelve a dar soderes a
un tal Acosta para que cobre de los bienes del difunto, en Cam-peche,
enviando además con éste 48 pipas de vino para vender
en Maracaibo 176E. n 1649 el capitán Elías de Bulasia, dueño del
nuxVrie !!>]uestra sefiera ci,e !a MisericnrYia~, qce viajr 2 HnnYu-ras,
reconoce deberle 10.000 reales de 20 pipas de vino bueno ln,
2si como 51 quintales de acero y 191 escopetas En 1650 da po-deres
a don Pedro de Valdespino para que cobre en La Habana
ia cantidad anterior lig. El mismo año, Fernando Rodríguez Mon-tecer
reconoce deberle 21.303 reales que ie había prestado para
avituallar su navío «San Antonio de Padua)), de viaje a Indias,
cantidad que le devuelve dos años despuéslm junto con otros
4.000 que también le había dejado lB1A. simismo, en 1652 compra
al capitán don Joseph de Olivares Llarenas, caballero de Santia-go,
40 pipas de malvasía bueno para llevar a Indias, en 22.000
reaIes lS2; e1 mismo año, don Fernando y don Antonio Rodríguez
Monteser reconocen deberle 37.150 reales, que sabemos no co-brará
lB; también se ve obligado a pagar 200 pesos a Juan Ro-
173 Ibídem, prot. 498, fol. 259.
174 Ibídem, prot. 499, fol. 43.
175 Ibídem, fol. 159.
176 Ibídem, prot. 501, fol. 75.
17-1 Ibídem, prot. 500, fol. 482.
178 A. M. C.: Inquisici67t, kg. CIX-25.
179 A. H. P. de S. C. de Tfe., prot. 501, fol. 124.
Ibídem, fol. 606.
181 Ibídem, prot. 93, fol. 131.
18-2 Ibídem, prot. 503, fol. 74.
183 Ibídem, págs. 197, 219. EZ dinero terminará cobrándolo el S. 0.:
Ver Cap. V.
394 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL CONVERSO DUARTE ENR~QUEZ 51
dríguez, vecino de Daute, como fiador de don Fernando, que los
había traído de Indias y no los entregó la. En octubre de 1652,
don Luis de Vitoria abona en su cuenta 2.402 reales por cuatro
cajones y un frangotillo que había remitido a La Habana con
Francisco Bustrín; y posteriormente entregará al S. 0. dos es-crituras
que no había podido cobrar, de 395 varas de sergueta,
10 pipas de vino, 44 espejos y 16 sombreros que habían sido en-viados
a La Habana en el navío de Salvador Alonso, a cargo de
Ignacio de Acosta y del maestro del mismo, don Luis Beltrán la5.
IV. SU PROCESO
l. Las denuncias.
La primera testificación contra Duarte la presenta de forma
voluntaria Pedro de Arechabala, vizcaíno, casado y residente en
la Orotava, el 29 de abril de 1656 ante el comisario de esta villa
fray Juan García del Castillo, aproximadamente cuatro años des-pués
de la ida de Duarte a Inglaterra '%. En ella informa que es-tando
en el Puerto de la Cruz Ilegó un barco del Norte en el cual
venía don Alonso de Molina, y oyó comentar a varias personas
que Duarte y sus tres hijos se habían vuelto judíos. Al día si-guiente
es llamado a declarar don Alonso y a las preguntas del
comisario responde que hacía tres años que había llegado a Lon-dres,
donde había oído decir que los judíos habían pedido a
Cromwell una sinagoga y que entre éstos se encontraba Duarte,
quien junto con sus hijos se había circuncidado y puesto al hijo
mayor como alumno de un tal fulano c<Dorrnido»q, ue era un gran
judío, para que le enseñara el idioma y religión hebreasIs7. Da
l@ A. H. P. de S. C. de Tfe.,prot. 822. fol. 105.
la A. M. C.: Inquisición, leg. CIX-25.
186 SU proceso se encuentra íntegro en el A. H. N.: Inquisición de Ca-vai-
ia.3, leg. 1823, núm. 14.
l* Su verdadero nombre era Shelorno Dormido, y según Beinart, mu-ri6
en 1697. Ver BEINARHT,A IM:T he jews in the Canary Islands: A re-eva-
Zuation. Londres, 1977, pág. 62 y nota 111.
varios nombres de testigos y entre ellos el de Marcos, un esclavo
mulato que Duarte se había traído de Tenerife y que había huido
de su casa para no hacerse judío la. Este último dato lo aclarará
mejor otro testimonio, el de Juan Rodríguez Riverol, escribano
del Puerto de Santa Cruz, quien declara que había llegado a
Londres «robado», junto con un marino tinerfefio, Francisco Díaz,
con quien vivió en una pensión a la que llegó el citado Marcos
pidiendo que lo sacaran del país, pues su amo era judío, ya que
no comía tocino, degollaba las gallinas y !os sábados no encendía
iumbre. Riverol continúa informando que posteriormente pasó
a Amsterdam, donde conoció a un tal Paz, al cual preguntó si era
judío, y éste le respondió: ({que sí, por la gracia de Dios)) ; inte-resándose
luego ante Riverol por si éste sabia si Duarte iba a a
N
venir desde Londres, toda vez que se casaba con una hija suya E
a la cual había dotado con 20.000 fbrines. Termina su declara- O
n -
ción informando que nunca vio a Duarte en la misa de la em- =m
O
E bajada veneciana, a donde iba la comunidad española por e1 E 2 cierre de la suya debido a la guerra, y que en cierta ocasión. E
=
preguntándole el testigo a Duarte si venía con él a misa, le res-pondió
que no podía por estar ocupado. 3
-
Francisco Díaz, e! marinero secuestrado, sólo añade a !a an- -
0m
E terior declaración el que Duarte !e dio limosnas en algunas oca-
O siones, lo que también testifica Matías de Sosa, oficial tonelero
de Tenerife, que había ido a Flandes con una leva canaria y afir- n
E mó haber visto entrar a Duarte en la sinagoga de Amsterdam y -
a
Londres, además de fijarse que los sábados no iba a la Bolsa de 2
n
esta última ciudad. El testimonio más claro sobre su judaísmo lo 0
da otro so!dado, Antonio González, mulato natural de Ei Farro- =O
bo, barrio de La Orotava, quien lo vio orando en la sinagoga de
Amsterdam con la cabeza cubierta con un trapo blanco y dicien-do
«Adorna». Informó asimismo que supo se compró una casa
vieja en el barrio judío de San Antonio, que arregló con mucho
lucimiento para su boda, hecho que refieren otros testigos, como,
por ejemplo. Marcos Hernández Barroso. La declaración más in-teresante
por las noticias que aporta sobre la situación europea
es una carta que el comisario de La Orotava recibió de un fraile
18s Ver Capítulo 1.
396 ANUARIO DE ESTUDIOS ATI.Ah?T:COS
EL CONVERSO DUARTE J~NEÍQuEz 53
de su orden, fray Joseph Franco, quien la complementaría a su
vueita a Tenerife con una declaración personal. A través de la
carta, que está fechada en Amsterdam el 28 de agosto de 1656,
y de la declaración hecha un año después, fray Joseph explica
que fue a Europa de acompañante de un cabdlero mayorazgo
de La Laguna llamado don Joseph Guerra, quien por consejo mé-dico
iba a intentar curarse una enfermedad que tenía llamada
«epidemia o lázaro~, ya que en Tenerife no !e encontraban re-medio.
Este caballero iio sólo debía de ser un hombre adinerado,
sino también culto y cuya tolerancia (aunque no lo dice) debió
escandalizar al fraile, a juzgar por lo que escribe Poliakov, quien
menciona a un caballero de las Canarias, enfermo de lepra, del
mismo nomb're, que había formado una tertulia en Amsterdam,
en 1656, a la cual asistían españoles y judíos libertinos, entre los
que se encontraba el famoso filósofo Spinoza, y que sin duda
era el mismo 189. En realidad, la enfermedad del caballero no era
ninguna de las mencionadas, ya que según el fraile una junta
de médicos fe informó que lo que tenían eran «bubas» y de mu-cho
tiempo, enfermedad que don Joseph había padecido ya en La
Laguna Iw, por lo que creyó el dictamen y se concertó con un
médico, comprometiéndose a que en caso de curarse le daría 200
pesos. Continúa en su carta contando la gran mortandad que ha-bía
causado la peste en Nápoles y Roma, y sobre la victoria de
don Juan de Austria en Valenciennes, donde explica que cogie-ron
a los franceses mucho armamento, caballos y prisioneros, ade-más
de matarle un general lgl, siendo esta batalla, según él, la
mayor victoria en muchos años. Acaba las noticias políticas in-formando
que en Dunquerque se habían capturado a los ingleses
siete u ocho navíos de guerra. Respecto a los judíos, explica que
la POLIAKOLVE,Z N: De Mahoma a los marranos. Muchnik Editores,
1980, Barcelona, pág. 280.
'90 Había sido tratado en La Laguna por el doctor César de Bmciier,
quien testificará en el proceso de Duarte, el 18 de enero de 1658, decla-rando
que cuando estuvo en Amsterdam quiso conocerlo, ya que había
amüo a SUS hijos en La Laguna, aunque no lo consiguió. En las cuentas
entre don Luis y Duarte aparece, efectivamente, una entrega de 100 redes
a este ,m6dico por curar a los niños de viruela. A. M. C.: Inquisición,
leg. XXXVII-1.
191 Seguramente se refiere a la captura del mariscal De la Ferté.
Núm. 2: (1981) 39'7
5.1 LUIS A. ANAYA HERNÁKDEZ
sus padres enviaban a los niños desde Lisboa a Amsterdam para
qu? asistan a la sinagoga, y que Duarte era el mayor judío de
todos. En su declaración (28 de diciembre de 1657) cuenta de este
último que sus suegros y su novia habían venido desde hkdrid
y que Duarte, al llegar desde Londres para casarse, se circilnci-dó,
enfermando a consecuencia de la operación, por lo que tuvo
que guardar cama y posponer la boda. Denuncia también a un
médico judío sevillano, el doctor Reinoso, y a Juan López Chi-tón,
emparentado con otros conversos portugueses en Tenerife.
En las restantes declaraciones se repiten las mismas acusa-ciones,
salvo algunas anécdotas, como la del clérigo Joan Correa
Amado, quien declara que oyó decir a Duarte en la Bolsa de
Londres: «aquella perra Inqq.On de !as yslas de Canaria)); o la
de don Antonio de Lima, capitán de infantería, quien pregunta-do
por Euarte sobre la opinión que se tenia de él en Canarias le
respondió que se decía que era un grandísimo judío, a lo que
Duarte se rió y no dijo nada.
2. La sentencia I/ auto de fe.
El 12 de octubre de 1636, el fiscal don Joseph de Espínola Ca-nino
presentó sus denuncias ante e! Tribunal, exponiendo cómo
Duarte, habiendo sido bautizado y habiendo vivido en la fe ca-tólica,
se quedó en Inglaterra voluntariamente, casándose con
una judía y adoptando esta fe, por lo que solicita que se proceda
contra él y se le embarguen sus bienes. El mismo día, los inqui-sidores
promulgan un auto accediendo a la petición del fiscal y
publicando un edicto por el cual se da un año de plazo al pro-cesado
para que se presente, mandando fijarlo en la iglesia de
Nuestra Señora de los Remedios de La Laguna y en la catedra1
de Gran Canaria. En el mismo auto ordenan el embargo inme-diato
de sus propiedades sin haber informado previamente a la
Suprema, lo que justifican debido a que la flota inglesa o6stacu-
Iizs !as comunicaciones con !a Península, y además porque se
corría el riesqo de que Duarte terminara de sacar sus bienes, de
lo quo dw5n cuenta a la Suprema el 24 de enero de 1657192.
m A. M. C.: Inquisicibn, libro 4.O de las Cartas, LXXVIII-2, fo!. 203..
398 ANUAEIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS'
Después de concedérseles treinta últimos días de gracia, es
declarado rebelde y el fiscal, don Miguel Alvarez Miranda, pre-senta
el 11 de diciembre de 1657 la acusación, que consta de
14 puntos y recogen literalmente las acusaciones de los testigos:
judaizar, circuncidarse, educar a sus hijos con un rabino, hablar
mal del S. O., etc., y termina pidiendo que se le declare hereje
y apóstata y se le excomulgue como tal. embargándose sus bie-nes
y relajándole en efigie al no poder hallarle en persona.
En enero del año siguiente se recogen las ratificaciones de los
29 testigos. excepto dos: Salvador Martínez, que estaba en In-dias,
y el otro un mercador holandés llamado Antonio Tasarte,
que había sido capturado por los moros. Posteriormente se pu-hlican
los testimonios. aunque sin citar los nombres de los de-clarante~
y, el 11 de marzo de 1658, el Tribunal formado por los
dos inquisidores: don Francisco Messía de Frías Salazar y don
Joceph de Badarán Osinalde, por los canónigos y consultores:
doctor Mateos Andrés González y el licenciado don Narco de León
y por el oidor de la Real Audiencia doctor don Miguel de Angu-lo,
acuerda por unanimidad acceder a la petición fiscal. La sen-tencia
es comunicada a la Suprema. la cual, el 27 de febrero de
1659, da su aprobación lg3, y pocos días después de recibida la mis-ma,
el 9 de junio de 1659, día de la Santísima Trinidad. según
informe del Tribunal, se celebra un auto de fe privado en la ca-tedral,
entregándose la estatua al poder civil, quien la lleva al
quemadero, donde se cumplirá ia sentencia de muerte que dicta
el Tribunal canariolg4. La información del auto que recibe la
Suprema no es del agrado de la misma, ya que la juzga insu-ficiente
y exige un informe más extenso. A través de éste 195, ve-mos
que la estatua, de medio cuerpo, vestida con ropillas, jubón
y calzón, de forma que parecía de cuerpo entero y con la cara
muy parecida, ya que se utilizó un retrato suyo para confeccio-narla
con el sambenito puesto y una coroza con llamas en la
193 Ibídem, fol. 168.
194 MILLARETS ORREASG, UST~N:H istoria General de las islas Canarias,.
Las Palmas, 1977, tomo 111. pág. 261.
295 A. M. C.: Inquisición, libro 4.O, L;KXVIII-2, fol. 203.
196 En 1670, en un inventario de los bienes que quedaban de Dxarte,
Núm. 27' (1981) 399'
56 LUIS A. MAYA HERNÁNDE
cabeza, fue lIevada por el alcaide del S. O. y cuatro familiares
-desde las cárceles secretas hasta la Catedral,, donde, después de
leído el evangelio, el notario leyó la sentencia, estando presente
en efigie. Acabada la misa, el alguacil y un notario del Tribunal
entregaron la misma al corregidor y regidores de la isla, los cua-les,
a su vez, la dieron a la justicia para llevarla al quemadero l".
La Suprema entendió que la ceremonia no había sido todo lo
.ortodoxa que debiera, y en una carta posterior criticará el que
la estatua estuviera en la misma después de haber sido excomul-gada
y el que se entregara a la justicia seglar en sagrado, advir-tiendo
que se tuviera en cuenta en e! futuro 198.
3. Problemas posteriores.
Las pruebas de que Duarte judaizaba eran abrumadoras y no
dan lugar a dudas; sin embargo, en una sorprendente carta di-rigida
al comisario de La Laguna, fray Joan de San Francisco,
Duarte rechaza las acusaciones. Está fechada en Londres el 15
de febrero de 1658, y aunque admite que trata con judíos, argu-menta
que este hecho no es un motivo válido para acusarle y
hace una encendida profesión de fe católica. Explica que por don
Luis de Vitoria se ha enterado de que le llaman por edictos y
que le han embargado sus bienes, por lo que piensa recurrir al
Tribunal y a la Suprema por escrito. estando incluso dispuesto,
una vez resuelva sus asuntos, a comparecer personalmente para
limpiar su honra y su alma, escarmentando a los «malsines» que
le acusaron; acaba pidiendo al comisario que le escriba para ayu-darle
l9.
Sus argumentos acusando a supuestos enemigos de denun-se
menciona un cuadro con guarnición: «que parece ser retrato de Duar-te
». A. M. C.: Inquisicidn, CXXVI-8.
- 1" Estaba situado debajo de la ermita de Nuestra Señora de los Keyes.
A. M. C.: Inquisk+5n, libro 9.O de las Cartas, VIII-5, fol. 5.
1 9 La carta está incluida en «Ilustraciones, Documentos y Autógra-fos
», coleccionada por don Agustín Millares Torres, en 1892, y que fue
hallada el verano de 1980 en la Casa de Colón, donde se devolvió al Archi-vo
de la Inquisición del Museo Canario.
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ciarik falsamente son a todas luces poco sólidos, ya que resulta
difícil imaginar que se pudieran falsear testimonios tan diversos,
entre los que habría que incluir el de su propio hijo, pero, ade-más,
es uno de los firmantes de la carta que en 1655 presenta
la comunidad judía londinense a Cromwell, identificándose como
talesm. Sólo podemos conjeturar que fue un intento de poder
anular el proceso y evitar así el embargo de sus bienes, fiándose
de que