H I S T O R I A
TENSIONES Y CONFLICTOS EN LA IGLESIA
DE CANARIAS DURANTE LA SEGUNDA
MITAD DEL SIGLO XVII
POR
LUIS FEIWANDEZ MARTiiU, S. J.
La existencia de tensiones internas y el estallido de conflictos ex-ternos
en la iglesia de nuestra patria no es fenómeno privativo de
nuestros días. Quizá hoy sean estos más conocidos por el gran pú-blico,
dadas las facilidades de información que ahora existen, pero
en todos los tiempos y en todas las regiones la Iglesia católica ha
sobrevivido y llevado a cabo su misión apostólica y evangelizadora
a pesar de las tensiones encontradas que luchaban en su seno y so-brepasando
los conflictos que periódicamente estallaban bien entre
organismos puramente eclesiales, bien -lo que era más frecuente-entre
entidades de la Iglesia y otras del mundo civil.
Hoy vamos a estudiar una serie de dificultades y luchas, unas
encubiertas, otras notorias que agitaron a la iglesia de Canarias du-rante
la segunda mitad del siglo XVII.
Se trata de la época en que fallecido Felipe IV toma la goberna-ción
del reino su viuda, doña Mariana de Austria, que rige la mo-narquía
en nombre de su hijo, Carlos 11, niño a la sazón de poca
edad. Se prolonga luego nuestro estudio por una buena parte del
reinado del último de los Austrias, casi hasta los años finales del
mismo, años que vinieron a ser a la vez colofón de un siglo y de
una época bien característica en la historia de España. Terminaba
con ellos la era de los Austrias.
Es bien sabido que esta etapa finisecular fue de general decaden-cia
en todos los órdenes de la vida nacional. La política exterior, la
gobernación del estado, la hacienda pública, la justicia, todos los
aspectos de la vida nacional vienen marcados por este signo de la
postración, cuyo exponente más caracterizado aparecía a los ojos de
todos en la propia figura de su rey.
No cabe duda que esta decadencia la padeció igualmente la igle-sia
española y cada una de sus diócesis.
En este trabajo vamos a limitarnos al estudio, sobre documenta-ción
de primera mano, de las tensiones internas y los conflictos ex-ternos,
propios de una etapa de clara decadencia, ocurridos en la
iglesia diocesana de Canarias, durante el largo pontificado de su
obispo don Bartolomé García Ximénez (1665-1690), durante los casi
dos años de sede vacante (1690-1691) y los primeros años del ponti-ficado
de su sucesor, dnn Bernardo de Vicuña y Zuazo (1692-1693) l.
Los problemas generales que a la sazón agitaban a los eclesiásticos
en la península, esos mismos hacen acto de presencia en la iglesia
canaria de la segunda mitad del siglo xm. Claro es que con algunos
particulares matices propios del carácter insular de aquella diócesis
y sobre todo del aislamiento que la lentitud e inseguridad de las co-municaciones
imponía a la resolución de los negocios de toda clase,
tanto civiles como eclesiásticos.
El estudio de esta faceta parcial -circunscrita por la autolimi-tación
cronológica y por la premeditada restricción a los conflictos
surgidos dentro del seno de la iglesia canaria- ayudará, sin embar-go,
a entender el género de vida, las costumbres, las ideas, las preo-cupaciones,
los modos de comportarse de los habitantes de estas is-las
en esos años finales de una época y de un siglo, en relación con
la actitud religiosa.
Ya que la mayor parte de nuestro trabajo va a discurrir en el pon-tificado
de don Bartolomé Garcia Ximénez será oportuno traer aquí
los datos biográficos necesarios para explicarnos actitudes futuras
del obispo y de los demás.
Don Bartolomé García Ximénez, que sucedió en la sede canarien-se
a don Fray Juan de Toledo, de la Orden de San Jerónimo, había
nacido en Zalamea la Real, a la sazón diócesis de Sevilla, actual pro-
1 J. de Viera y Clavijo: Noticicss de la Historia Gene~aZ da 2as rslas
Gamrias. 2 vols. Introducción y notas de A. Cioranescu. Santa Cruz de Te-nerife,
1967 y 1971.
.,
522 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N S ' I C O S
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 3
vincia de Huelva. Fue bautizado el 19 de octubre de 1622. Cursó es-tudios
en la universidad de Salamanca, en cuyo tiempo comenzó a
padecer achaques en su salud, achaques que le acompañaron ya toda
SU vida 2.
Siendo canónigo magistral de la Metropolitana de Sevilla, fue pre-conizado
obispo de Canarias en 16 de marzo de 1665 por el papa Ale-jandro
VII a propuesta de la reina gobernadora, doña Mariana de
Austria, de seguro influenciada por su confesor el P. Everardo Ni-thard.
Su mediocre salud padeció extraordinariamente con los avatares.
poco frecuentes de su viaje marítimo de Cádiz a las Canarias en el
que consumió más de cinco meses de navegación por el «propaso»-
o error de ruta que les llevó sin saberlo a la isla de Santo Domingo.
Pero veamos la narración que del mismo nos hace su secretario y
primo Juan García Ximénez, quien le acompañó y sirvió durante
todo su pontificado
d e embarcó en el puerto de Cádiz en 5 de julio de 1665 en una
saetía de ginoveses que fletó para que le tragese a S. 1. y a toda su
familia, entre la C U ~mIe embarque yo como uno de eiia y saiiendo
en prosecución de dicho viaje en compañía de la flota que en dicho
año salía para Nueva España, navegamos cuatro días en su compa-ñía
apartandonos de eiia y tomando la derrota de estas islas fue
Nuestro Señor servido de que nos propasásemos y fuesemos a parar
a las Indias, a la isla de Santo Domingo, en el puerto de cuya ciu-dad
tomamos tierra en 14 de agosto de 1665 y allí estuvimos hasta
29 de Setiembre de dicho año y dicho día nos embarcamos para venir
a estas islas en la caravela del capitán Rodrigo Alonso y habienda
salido a la mar dicho día, al siguiente por la mañana descubrimos
una de que juicio cap&i los demás parecie
sante en cuya consideración fué preciso volver a arribar a dicho-puerto
y ciudad de Santo Domingo de donde volvimos a salir en di-
2 P. Gauchat: Hierarchia Catholica MedzZ. et Recentio&s Aevi Vol 4 ,..
Munster? 1935.
R Ritzler: Hzerarchta CathoZica Medi% et Recentioris Aevi Vol 5 . ~
Padua, 1952.
8 Casi toda la información inedita de este trabajo está sacada del Ar-crivo
General de Simancas. Patronato Eclesiástico. Leg. 219 En adelante
citaremos este legajo con las abreviaturas P. E. 219.
cha caravela a 10 de octubre de 1665 y habiendo pasado muchos tra-bajos
y calamidades de tormentas y otros frangentes que se ofrecen
en el mar Ilegamos a tomar tierra a este lugar y puerto de Santa
Cruz de esta isla de Tenerife a 29 de Diciembre de 1665 y S. 1. llegó
tan postrado y trabajado de tan penoso y dilatado viaje que casi
todo el año de 66 estuvo con muy poca salud.»
Esta quiebra de su salud, acentuada con las inevitables moles-tias
de tan larga navegación, fue la nota dominante de su primera
etapa de gobierno en la diócesis canariense. Ella hizo que el prela-do
no llegara a la capital de la diócesis, la ciudad de Canaria, como
entonces se la denominaba, hasta casi un año después de su arribo
a Santa Cruz.
En la misma saetía en que iba el obispo a Canarias iba una cé-duIa
real nombrandole a la vez Presidente y Capitán General cie las
Islas en sustitución de don Jerónimo de Benavente y Quiñones, ca-ballero
de la Orden de Santiago, quien por haber cumplido el térmi-no
de su mandato había solicitado permiso para regresar a la pe-nínsda
y se le había concedido. El considerable retraso en llegar a
las islas del nuevo obispo le libró de esta enojosa tarea 4.
<&o obstante sus continuos achaques, prosigue el secretario Juan
García Ximénez, pasó a la isla de la Palma a visitarla y confirmar
y por la gravedad de sus achaques en poco menos de cuarenta días
que estuvo en dicha isla no pudo hacer nada de lo referido y que-riendo
ya empezar a confirmar por hallarse con algunas fuerzas tuvo
aviso en un navío que le envió el gobernador y capitán general de
estas islas de cómo era necesaria la presencia de S. S. en esta isla
para sosegar los alborotos y disturbios que hubo en los clérigos de
la villa de la Orotava y se embarcó luego en dicho navío y vino a
ella dejandolo todo con la paz y quietud conveniente pasó a este lu-gar
y puerto de Santa Cruz de donde se embarcó para la isla de
Canaria en veinte y tantos de Noviembre de 1666> 5.
4 Jesús Hernández Perera: Noticias de úG ezempiar vida de e2 i h o
Sr. Dr. D. Bartolomé Garcia Ximénex. 1961. <Revista de Historia». Tomo
m, núm. 101-104 (1953), pág. 194.
5 P. E. 219. Informe redactado por Juan García Ximénez, secretario
del obispo, en 15 de julio de 1670.
524 A N U A R I O DE ESTUDIOS A T L A N T I C O S
Sus dolencias y la vinculación de don Bartolomé García Ximénez
con la isla de Tenerife marcaron el pontificado del nuevo obispo. Su
actividad personal, por lo que se refiere a la falta de visita a su
diócesis repartida en siete islas y su prolongada residencia en el
puerto de Santa Cruz que con cortas estancias en La Laguna va a
ser la morada casi habitual del obispo hasta su muerte en 1690, van
a ser las constantes de su vida en el archipiélago. Hay una poco ex-plicable
justificación para esta ausencia continuada del obispo con
respecto a la capital de su diócesis, Las Palmas, lugar donde ade-más
de la iglesia catedral residía el cabildo catedral y el mayor nú-mero
de eclesiásticos. Esta ausencia dio pie para acerbos ataques
contra las intenciones del obispo en su estancia en Tenerife, ataques
que llegaron hasta la reina gobernadora.
S610 la animadversión mutua del obispo con el cabildo catedral
fue la causa de la prolongada tensión entre ambas potestades ecle-siásticas,
tensión que con algunas alternativas, perdurará hasta la
muerte del obispo. Claramente señala don Bartolome García Kimé-nez
en carta a la reina gobernadora las motivaciones de su aleja-miento
de la capital de su diócesis: «Sea satisfacción de mis muchos
pecados las mortificaciones que sin razón me da el cabildo cada día
y que yo, escarmentado de lo que son pleitos entre obispos y cabil-dos
procuro evitar aunque sea con algún detrimento y desdoro de la
dignidad» En estas líneas vemos que juntamente con sus achaques
que siempre invocó, Ia otra razón quizá más poderosa que la pri-mera
para residir en la isla de Tenerife fue el deseo de vivir aleja-jado
del cabildo catedralicio, seguro que la distancia haría acallar
las voces confiictivas de sus canónigos que por un leve pretexto le
ponían pleito al propio obispo.
Duros fueron para don Bartolomé los primeros años de su ponti-ficado.
Tanto le torturaba su conciencia la inacción a que le reducía
su estado de salud que a los tres años de haber llegado a las islas
soiiciió formaimente a la reina g&erna&-a que aceptase fisz y ]]a-namente
su renuncia al obispado. Por otro lado, para una parte del
6 P. E. 219. Carta del obispo a la Reina Gobernadora. 17 de agosto de
1670.
clero, su ausencia de la capital de la diócesis, su falta de actividad
apostólica personal, su larga residencia en el puerto de Santa Cruz
tan frecuentado por mercaderes extranjeros, sobre todo ingleses y
holandeses, sus tensiones con el cabildo catedral del que se mante-nía
alejado aún físicamente, fueron circunstancias que dieron pie
para que le dirigieran algunos desabridos ataques, que llegaron a
Madrid.
Antes de cumplir tres años de la toma de posesión, el 1 de octubre
de 1668 escribe a la reina diciéndola que por cumplirse en marzo de
1669 el quinquenio preceptivo para hacer la visita canónica ad Apos-tolorum
Eimina y dado que su salud le impide hacerlo personalmente,
envía a Roma a su familiar y visitador general con poderes suficien-tes
para resignar el obispado en manos de Su Santidad, Clemente IX,
en caso que Su Ivia~estad dé iicencia para eiio, en ia forma que man-dase,
con pensión o sin ella, «que mi ánimo es salvarme aunque sea
pidiendo limosna y las justas causas de mis muchos y continuos acha-ques
moverán el católico y piadoso ánimo de V. M. a concederme lo
que con tantas veras suplico». «Siaplico a V. M. provea a este obispa-do
de prelado que tenga más fuerzas in utroque homine que las fla-cas
o ningunas mías», velada alusión a la falta de ánimo para go-bernar
con la oposición activa de su cabildo eclesiástico, que se ve-nía
a sumar a su falta de salud ?.
La persona a qirien dio poder para ir a Roma a suplicar al Papa
la aceptación de la dimisión del obispado fue don Francisco Lean-dro
Maldonado, su confesor y teólogo de cámara, examinador sino-da1
y visitador general del obispado, quien en compañía del licen-ciado
don Matías Martínez de Salazar se habían trasladado antes de
ir a Roma primero a Madrid, para llevar la información ailténtica
para la reina y el Real Consejo de la Cámara de Castilla sobre las
causas de su renuncia «aceptando la pensión o pensiones que S. M.
fue servido de señalarle para su congrua sustentación atento a no-tener
patrimonio alguno ni bienes algunos que le puedan servir para
acabar la vida que Nuestro Señor fuese servido darle en los frutos
y r&:tus &ic& &ispa& & &,re &,res cx&sn,~iera bene-ficios
y rentas eclesiásticas o oficio a que la cortedad de su salud
7 P. E. 219. Carta del obispo a la Reina Gobernadora 1 de octubre de
1670
526 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
y fuerzas puedan extenderse y Su Señoría con seguridad de su con-ciencia
pueda exercer o absolutamente sin reservación de pensión al-guna,
beneficios, renta eclesiástica ni oficio,
En lo referido se manifiesta la rectitud de intención del obispo en
su renuncia y el desprendimiento evangélico y heroico de abandonar
el obispado pasando a ser un obispo sin oficio ni beneficio.
En La Laguna, ante el juez se tomó declaración por orden del
obispo a varios testigos acerca de las causas que impedían al obis-po
trasladarse a Roma y ejercer con normalidad el cargo pastoral,
por lo que solicitaba la resignación del obispado. Dicen los testigos
que «se halla imposibilitado para cumplir enteramente con las obli-gaciones
del gobierno pues los achaques le obligan lo más del tiempo
a estar en la cama, pero por ser el distrito de este obispado tan des-unido
en siete islas y pasarse muchas navegaciones de unas a otras
tlene por imposible que pueda visitarlas> g. El capitán general, don
Gabriel Laso de la Vega, dice que «muchas de las enfermedades que
padece son precedidas de los trabajos e infortunios que pasó en el
propaso que tuvo cuando venía de España a su obispado» lo. Otros
declaran que en la Semana Santa de 1668 no pudo consagrar los san-tos
ÓIeos y fue menester enviar a España por ellos. En Garachico
estuvo sacramentado y aun llegó la noticia falsa al capitán general
residente en La Laguna, a siete leguas del Puerto de la Cruz, que
el señor obispo había muerto. Aumentan las dificultades «por las dis-tancias
de mar y peligros que hay de unas islas a otras que son sie-te
separadas una de otra de a cincuenta y de a cuarenta y la de me-nos
a diez y ocho leguas en que ordinariamente hay corsarios en que
cada día suceden muchos cautiverios y desgracias conocidas y no
8 P. E. 219. Poder del obispo a favor de don Francisco Leandro Mal-donado
y don Mztías Martínez de Salazar. La Laguna, 11 de septiembre
de 1668.
9 P E. 219 Declaración de 10s testigos La Laguna, 29 de agosto de
1668.
10 Don Gabriel Laso de la Vega y Córdoba, caballero de la Orden de
Santiago y conde de Puertollano 2-X-1665 a 8-XI-1670. A. G S. Repstro
General del Sello 10-X-1665,A . H. N. Consejos Suprimidos. Libro de Pla-zas.
Legajo 279, fol. 162. Estos y otros datos referentes a Capitanes Ge-nerales
de Canamas los debo a la atención de don Julio Tauroni Vitalis,
estudioso investigador de la historia de las Islas Canarias.
haber bajeles que les asistan ni armadas en estas islas para resis-tirles
».
Las declaraciones de los testigos, coincidentes en lo sustancial,
terminaron a 19 de septiembre de 1668 con la testificaci6n de! mé-dico
don Bartolomé AIvarez de Acevedo, que afirmó: dontinuarner?-
te padece graves achaques y enfermedades pues con un continuo
gómito que padece muchos años, originado de muchas crudezas y
destemplanza grande del calor natural está tan flaco, tan extenuado
que no parece que tiene más que el pellejo sobre los güesos y el co-lor
tán pálido que parece un difunto, con que ordinariamente está
en la cama sin cobrar fuerza ni podede aplicar remedio por la mu-brsrhroa
PrrlcmrynurLr nAocrn Gnrnr ynul rcn; 0 - hrill.i\\ 11. oc; ilauao
El espíritu del obispo se hallaba agobiada y deprimido por la fal-ta
de salud, por la imposibilidad de atender como se debía a Ias obli-gaciones
de su cargo, por los pleitos y contiendas que sobre él caían,
cuando no eran contra él. Así lo manifiesta en carta íntima a un
compañero y amigo sevillano: <Lo que más deseo es salir de estas
islas libre de tantos cuidados que me afligen o que de una vez Su
Divina Majestad me lleve a su eterna gloria por su divina bondad'
y misericordia. Amigo de mi vida ya no sé adonde suspire. Dios.
haya misericordia de mí y a vuestra merced le libre de semejantes
obispados. A todos los amigos mis memorias que ni tiempo para es-cribir
hay en esta tierra, sobrando procesos y ocupaciones que velis
nolis ha de despachar el obispo porque no hay otro a quien remitirla.
y esto aunque esté oleada» 12.
No solamente llegaban a la mesa del Consejo de la Cámara de
Castilla las informaciones testificales que alegaban con realismo las
enfermedades del obispo que linitaban su actividad pastoral. Tam-bién
llegaban cartas en las que se atacaba sañudamente la con-.
ducta del prelado y se le atribuían ambiciones poco compatibles con
su austeridad. Estas cartas, sin duda firmadas con nombre supues-to,
las manda la reina gobernadora al Consejo «por lo que pueda con-venir
estar advertido de lo que en ellas se contiene ... por lo que las
remite a la Cámara para que secretamente se haga información».
11 Las declaraciones de los teshgos se terminaron el 19 de septiem-bre
de 1668.
12 P. E. 219. Carta del obispo a don Juan de Tejada y Alderete, can&
nigo de Sevilla. 20 de mano de 1669.
528 A Y U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII %
Con orden de 1 de diciembre de 1667 remite S. M. a la Cámara
dos cartas con firma del maestro don Fray Antonio de Guzmán, en
las que se refiere que viven admirados los fieles de haber experi-mentado
tanto olvido, pues no ha venido navío de aquellas islas que
no haya traído memoriales a S. M. pidiendo remedio a tanto escán-dalo.
En cinco aEos que es obispo don Bartolomé García Ximénez ns
han tenido obispo sino para atesorar dineros, no dando limosna a
los pobres, no ha confirmado sino en una o dos islas, no ha ordenado,
no hace visitas de sagrarios ni de monjas, tanto que los vecinos no
le quieren pagar diezmos, pues no les administra los sacramentos;
que por cualquier cosa que no le toca promulga censuras; que vive
con grave dilipendio de su dignidad sin familiar que le asista y en
-- -p--u--e-rA-t ,", a. fin de ve i i c i~a~ m as precie !os fi-uks & su ebisnadn -y--- ,
siendo ser público no tener cabal juicio. Publica el dicho obispo, que
teniendo por valedor al señor conde de Villaumbrosa nada teme, aun-que
apelando a S. M. piden justicia». Otras dos cartas firmadas por
Fray Manuel Chacón repiten iguales cargos ponderando cuán m-
&igna-&e v+<e er, ~ r h,g arci!!~ e & ~p esctari~rerp or los fines que
él sabe a la vista de muchos ingleses y holandeses herejes que sur-can
aquel puerto haciendo ludibrio del estado eclesiástico; que no
duda enviará el obispo testimonios de lo contrario, porque tiene en su
casa un notario llamado Correa que con facilidad se los darán para
desvanecer las quejas que puedan llegar a oídos de V. M.» IS.
A nuestro juicio son imaginarios e infundados los cargos que es-tas
cartas lanzan contra el obispo cuyo desprendimiento se puso bien
de relieve al pedir con gran insistencia a la reina gobernadora la re-signación
del obispado aunque fuera sin señalamiento previo de pen-sión
a!g~iia. M A S zercams a !a realidud svn !as insinti~cienes q r ~
el cabildo eclesiástico hace en 5 de julio de 1668. El deán y cabildo
de Canarias representan la larga ausencia que desde que llegó el -
obispo ha hecho pues sin ocuparse del uso del pontificial ni visitar
personalmente las islas, se ha retirado al puerto y lugar de Santa
Cruz, Umde hu cmi tres afics que aiste, pues demas de ser el dicho
puerto un lugarcillo, habitación sola de pescadores y gente de mar,
es el de menor población de la isla de Tenerife y sólo paso para las
demás islas. Sobre haber dado nombre de sede episcopal al dicho
18 P. E. 219. Dos cartas sin fecha del Maestro Fray Antonio de Guzmkn
Ndm 22 (1976) 524
puerto de Santa Cruz en sus despachos y haber mudado a él toda
SU audiencia ... 14.
Estas observaciones atentas más a la forma de gobernación que
a la integridad de las costumbres del prelado, pueden ser más vero-símiles
que las diatribas contenidas en las cartas firmadas por dos
supuestos frailes. En la información del cabildo eclesiástico se pone
de manifiesto la ojeriza de los canónigos contra el obispo por e! des-acato
que les hace corporativamente al no querer residir en la ca-pital
de la diócesis y en cercana comunicación con su cabildo.
Estas representaciones eclesiásticas tuvieron su efecto y la Cá-mara
de Castilla tomó resolución y acordó que el obispo residiera en
Canaria, en Las Palmas, o en Tenerife, en La Laguna. La reina go- a N
Uernudera, er? carta a! ~hi sped e Canarias de 3 de diciembre de 1670, E
le exhorta a que en todo lo que diera lugar su estado de salud mi- O - viera en Canaria que siempre será lo mejor o en Tenerife como lu- -
m
O
gares de mayor vecindad» ... «que no dudamos de vuestro celo y cris- E
E
tiandad os sacrificareis en cuanto sea posible. Yo la Reina» 15.
2
E
Un nuevo contratiempo proporcionaron al obispo los incidentes
-
ocurridos en la oposición a la canonjía doctoral de la catedral ca- 3
naria. Escribe el obispo a la reina una carta para informarla de los
- -
0
m
incidentes ocurridos en la oposición, sospechando que no es del agra- EE
do de Dios que «esto corra de la mano del cabildo». El accidente O
que hizo naufragar la oposición a uno de los contrincantes le da pie n
para insinuar el ambiente interno del cabildo: «Según andan las co- -E
a
sas dentro del cabildo ni a él ni a su coopositor les está a cuento el nl
ser canónigos doctorales. Y yo digo de mí que según el conocimien- n
n
to que de presente tengo de ellas ni a un hermano mío, aun cuando 3
estuviere en mi mano el dar la canongía doctoral y sin oposición, no O
se la daría». «Dios les dé luz y a mí también me la dé el tiempo que
fuere servido de tenerme debajo de vínculo tan apretado como el de
mi obligación, que a ser de menos fuerza, lo dexara todo y saliera de
esta provincia aunque fuera a pedir limosna» 16.
l o P E 219. Exposición hecha por el deán y cabildo a la Reina Go-bernadora
5 de julio de 1670.
15 P. E 219 Carta de la Reina Gobernadora, doña Mariana de Aus-tria,
al obispo don Bartolomé García Ximénez. 2 de diciembre de 1670.
16 P. E. 219. Carta del obispo a la Rema Gobernadora. 17 de agosto
de 1670
5 30 A N U A R I O DE ESTUDIOS A T L A N l I C O S
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 11
¿Qué había sucedido mientras tanto en el asunto de la resigna-ción
del obispado? Han corrido cuatro años desde la presentación de
la petición. Ha habido informes encontrados en uno y otro sentido.
Pero por fin, el 16 de agosto de 1672, escribe el obispo al secretario
del Real Patronato, don Iñigo Fernández del Campo: «El día de mi
padre santo Domingo llegó a mi mano la noticia de la merced, con-suelo
y gracia que la reina nuestra señora me había hecho admitien-dome
la resignación de este obispado». Pero la noticia no era aún
oficial, sino sólo del secretario del Real Patronato. Según ella, le
dejarían 4.000 ducados anuales de pensión sobre las rentas del obis-pado
de Canarias 17. Piensa ya don Bartolomé -que ciertamente era
un buen administrador y estimaba el valor del dinero- en la situa-dcin
emncimica que va a dejar a SII sucesor en la sede canariense.
«Con tan crecida pensión, paga de subsidio y excusado cada año y los
demás gastos que por sí son anejos al gobierno de cada obispado y
en este mayores por lo que hay menos de penas de cámara o bolsa de
costas para gastos de justicia y con tanto número de pobres como
le sacarán los ojos cada día, bien habrá menester estrecharse por
los años primeros y si fuere amigo de vd. aconséjele que por ahora
no cargue de demasiada familia que esta tierra, aunque allá la pin-tan
barata para un obispo y para los que somos forasteros, es una
venta de Sierra Morena o un Cádiz. Yo vine bien engañado en esto
y después me fue preciso >ingeniarme con que vivir decentemente,
aunque con alguna estrechez los primeros años y apenas he podido
tener todo entero desahogo».
En cuanto a la situación de ánimo de don Bartolomé respecto a la
renuncia del obispado nos parece advertir que según va pasando el
tiempo, sin que las cjrcunstancias cambiaran sustancialmente, se le
van apagando las fuertes moEivaciones que al principio con tanta
vehemencia sentía para abandonar el obispado.
Este cambio gradual se advierte en su correspondencia con la rei-na
gobernadora durante el otoño de 1672. Así como antes sus preo-cupaciones
eran amontonar razones para persuadir la aceptación de
la renuncia y allanar los caminos para un resultado positivo, ahora
todo es exponer los inconvenientes que él adivina van a suceder
17 P. E. 219. Carta del obispo a don Ifiigo Fernández del Campo, se-cretario
del Real Patronato Eclesiástico. 16 de agosto de 1672.
como consecuencia de su renuncia. Por otro lado, utiliza su indife-rencia
de tener o dejar el obispado, pero en sentido contrario. No
quiere oponerse a lo que quizá sea la voluntad de Dios, que continúe
en el cargo. Las razones que va exponiendo, resumidas, son las si-guientes:
En Roma tendrán dificultades para concederle la renun-cia
porque se habrá agotado el plazo y con él los poderes que para
ello él concedió a don Francisco Leandro Maldonado y a don Blas
Canales. Por otro lado, «varias personas importantes ls no quieren
que deje el obispado y dirán misas a las ánimas para que no haya
sede vacante». Los informes de testigos que por orden real recogió
y envió a Madrid, a la vez que manifestaban su poca salud, «se pro-pasaron
en alabanzas de mi persona y trabajo, desautorizando con
ello mi petición. Les debo mi agradecimiento pero me han hecho un
flaco servicio como a quienes por hacerme llegar un día antes a es-tas
islas me apartaron de la flota, me llevaron a las Indias y me
hicieron recorrer medio mundo». No quiere ser tenaz y que Dios le
pida cuentas de ello. Por tanto suspende su dictamen y se aviene a
lo que la reina, bien informada, decida. Para ello responde a las
objeciones que los testigos presentan oponiéndose a la aceptación de
la renuncia. Es tal su estado de salud que «no dexa de tomar cho-colate
todos los días, beber con nieve todo el año y comer gallina y
carnero hasta el mismo viernes santo». Añade que ya desde Sala-manca
salió con achaques y allí los padeció sobrado tiempo y des-pués
acá ha padecido los que refieren mis familiares. Ruego a V. M.
corra el despacho y no se embarace por algunas cartas de comuni-dades
o personas particulares, quedando entendido que en ello me
hace V. M. mayor servicio que si me hiciese Arzobispo de Toledo».
Su limpia intención de hacer en este asunto la voluntad de Dios
queda patente en este párrafo: <(Pero si V. M. hailare que seria de1
18 El ayuntamiento de Tenerife y el Capitán General don Juan de Bal-boa
y Mogrovejo hicieron una larga representación a S M. la Reina Go-bernadora
en la que suplicaban se dignase conservar a don Bartolome en
su obispado. Don Juan de Balboa y Mogrovejo, fue nieto de un homónimo
vecino y aicaiüe de Wiiaión (Vaiiaüoiiüj, señor da Pajares de Campos, se-ñorío
adquirido por compra a los vecinos del lugar en 1600. El Capitán Ge-neral
de Canarias había estado en su juventud de Alferez; en Lombardfa.
El expediente de Hidalgufa de su padre, don Antonio de Balboa y Mo,gro-vejo,
se conserva en el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, Salas
de Hijosdalgo. 280-13.
532 ANUARIO DE ESTUDIOS A T L A N T I C O S
IGLESIA CANARiA EN EL S. XVII 18
mayor servicio de Dios el que yo aquí acabe mi vida, aunque sea con
los trabajos y desconsuelos que he representado, muera yo aquí mil
veces, que no debo anteponer mis conveniencias y descanso al ma-yor
servicio de Dios y de V. M.». Ruega a S. M. que a su sucesor
no le cargue la nueva pensión de 4.000 ducados, aunque a él le ten-ga
que dejar expuesto a entrarse por las puertas de algún prelado
de España a pedirle de limosna la ración de un familiar.
Ante esta nueva situación de ánimo «ruega a S. M. que por sólo
su dictamen no corra la determinación» calificando las causas por él
presentadas «no por ciertas, ni siquiera probables, sino sólo las
dexo en la esfera de dudosas y dignas de que se puedan proponer.
Si mi resignación ha de ser con peligro de que los pobres queden tan
sin remedio, suplico a V. M. mande recoxer su decreto y que no
corra el despacho porque antes quiero perecer aquí que no saliendo
fuera oír decir les falta limosna a los pobres. Cedo a mi súplica y no
renuncio» lg. Esta última razón alegada venía originada por la nue-va
pensión que la reina cargaría sobre las rentas de la diócesis para
sufragar los gastos del obispo retirado. Ante el temor de que esta
nueva carga de 4.000 ducados retrajera a su sucesor de ser largo en
limosnas, retira sus peticiones y se aviene a seguir en la diócesis.
Esta vuelta atrás sorprendió el asunto en su última fase, pues ya
estaba designado como electo para sucederle en la diócesis cana-riense
don Antonio de Ibarra, cura de San Ginés, en Madrid, que
con el tiempo fue obispo de Almería y luego de Cádiz.
Don Bartolomé, a pesar de sus continuos achaques, a pesar de la
tensión manifiesta con el cabildo de su iglesia catedral, continu6
siendo obispo de Canarias por muchos años todavía, hasta su muer-te
en 1690. En virtud de la cédula real más arriba citada sabemos que
en 16'72 residía don Bartoiomé en La Laguna, pero no nos consta que
residiera de asiento en Canaria.
Los problemas que bullían en su diócesis, pasado este paréntesis
de crisis más o menos encubierta, saltaron de nuevo y pusieron de
relieve las diversas tensiones que anidaban en varios estarnentos de
la iglesia canaria.
En las páginas siguientes vamos a esbozar las líneas por las que
19 P. E. 219. Memorial del obispo a la Reina Gobernadora. 14 de sep-tiembre
de 1672.
discurren los conflictos dentro del amblto eclesiástico canario. Unos
son de carácter ordinario y normal como el largo pleito tramitado
en razón de la división dz los beneficios curados de la parroquia de
la Concepción de La Orotava. Otros son característicos de la época
y de la zona, como el enconado pleito entre el cabildo eclesiástico
de Canarias y la Real Audiencia de las islas. De carácter puramente
interno en el medio eclesial fue el pleito seguido por el camblo en la
forma de designar a los curas del Sagrario o parroquia de la Cate-dral.
Igualmente el promovido por un grupo de canónigos contra el
deán intentando recortarle atribuciones y prerrogativas inherentes a
su cargo. Pero el más clamoroso, el que más repercutió en las ciu-dades,
en las villas, en las aldeas y en los campos fue el conflicto
surgido en los Últimos días de la vida de don Bartolomé y que ad-quirió
toda su fuerza durante la sede vacante que siguió a su muer-te
y perduró aún en los primeros años del pontificado de su sucesor,
don Bernardo de Vicuiía y Zuazo. Nos referimos a la manifiesta y
escandalosa hostilidad mutua del cabildo eclesiástico catedral y los
regulares de las órdenes de San Francisco, Santo Domingo y San
Agustín.
Trataremos de aliviar al lector de la indigesta prosa procesal de
estos interminables mamotretos, dando sólo la línea principal de cada
asunto, matizándola aquí y allá con alguna pincelada pintoresca o
iluminándola con algún hecho anecdótico, verdaderamente esclare-cedor.
De carácter local, pero de gran interés para la zona fue el litigio
surgido en La Orotava por razón de la división de los beneficios cu-rados
de su única parroquia, litigio que perduró por más de diecisie-te
años, desde 1669 hasta 1684, aunque en realidad el problema ya se
había plantezdo en el pontificado de don Fray Juan de Toledo, 1659-
1665. &ispc disp~rtg2 ~ Y ~ 1I8 T&~ .r~~i&&? 12 pal;r~qciz
de la Concepción pero no se produjo.ninguna vacante en los bene-ficios
curados de ella y no pudo, por tanto, llevarse a cabo.
Las razones objetivas de la división proyectada eran el creciente
aumento de vecinos en La Orotava que iban edificando sus casas
534 ANUARIO DE E S T U D I O S ATLANl'ZCOS
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 15
siempre hacia la parte alta, en la ladera del cerro, ya que en la
parte baja todo el espacio estaba edificado y la villa limitaba late-ralmente
con terrenos donde no se podía construir. La distancia de
estas nuevas viviendas situadas en lo alto a la antigua parroquia y
sobre todo la aspereza y la dificultad del camino hicieron que los
vecinos del barrio alto de El Farrobo suplicaran la división de la pa-rroquia
y la instalación de una nueva en su propio barrio.
Nos sorprende ver que ya en 1666 los propios beneficiados de la
Concepción que después tan tenazmente se opusieron a la fragmen-tación
de la parroquia, fueron de los primeros en solicitar la divi-sión.
Con ocasión de la vacante producida por el fallecimiento del
beneficiado don Rodrigo Escudero, los otros tres beneficiados, don
mom&cinr. Ar. Cnnq
I.LallLh3LV uvas j: Lüge, do:: Felipe Pkrez Cuhezu y dm ,i?~ti::
de la Rosa, se dirigieron por carta al cabildo de la isla de Tenerife,
en la que pedían se sacara de la Concepción el beneficio vacante, se
dividiera en dos y se instalara un cura propio con medio beneficia
en El Farrobo y el otro con el otro medio en el Puerto de la Cruz 20c
La i& de TeneLife en el cabfido yüe celebró el 21 de febrero de
1668, por ihedio del capitán don Miguel de Franqui Alfaro y otros en
nombre de los vecinos de La Orotava, pide a la reina gobernadora
la división de la parroquia de la Concepción 21. Esta petición queda
dormida entre los papeles de la secretaría del Real Patronato Ecle-siástico
de Madrid, hasta que siete años más tarde el obispo don Bar-tolomé
García Ximénez eleva al rey Carlos 11 el siguiente escrito,
que nos da una visión panorámica del problema, nos informa de la
situación económica de la isla de Tenerife por aquellos años, nos
aclara el litigio de La Orotava y propone una fórmula de división.
da llíLi~~;p~;zaz;(jn de los :Ugares y fieles de este o ~ i s p a d hoa n
motivado a V. M. a ir aumentando el número de párrocos. Así en
los partidos de Taoro y Daute. Taoro, la matriz la Orotava, que al"
principio sólo tuvo uno, ahora tiene ocho; tres en La Orotava y cin-co
en los demás lugares del partido. En Daute que se erigió en Ga-
20 P. E. 219. Carta de los tres beneficiarios de La Orotava al Cabildo,
de Tenerife. 7 de junio de 1766
21 p. E. 219. Petición del Cabildo de la Isla de Tenerife. 22 de febrera
c?e 1668 Viene firmada por Martin de Amaral, 'Melchor Prieto del Hoyo,
Benito Viñas de Vergara y Francisco de la Coba Ocampo.
sachico que es o fui5 la parroquia principal son ya seis, dos en di-cho
lugar, otros dos en Icod, uno en Buenavista y otro en Adeje.
Multiplicasti gentern sed non magnificasti laetitiam. Van aumen-tando
en personas muy considerablemente y verosímilmente y sobra
la mitad de todas las personas que tiene, respecto de los frutos que
la cortedad del terreno de cada isla puede dar y así se necesita en-tre
de fuera del Norte y otras partes considerable aumento de basti-mento~
y granos y en no entrando se experimenta regularmente ham-bre
considerable que si se junta con haber sido estéril la cosecha
propia de todas siete islas, como ha pasado este presente año, es un
vivir de milagro pues sobre ser lo más de todo el número de estos
fieles gente pobrísima y que aun en los ricos o acomodados de pro-yfrdacks
y ruices, !es fultu !u =c!riedu reme es mt~rie; sdxe h ~ b r r
llegado a valer a más de seis reales de a ocho en esta isla de Tene-rife
la fanega de trigo y de arbejas, apenas los ricos han podido sos-tener
y los pobres se han ayudado con algún marisco y yerbas sil-vestres,
habiendo sido pocos o quizá ninguno los que hayan muerto
por razón de hambre. De este más crecido número es la mayor par-t
e mujeres que abunda mucho la generación de este sexo en este
obispado; y si V. M. tuviera disposición en su Real Hacienda y ar-mada
para poder sacar de aquí la gente que sobra, pudiera poblar
con ella las islas de Barlovento en Indias, que son de tan numeroso
y fértil territorio, de muchos frutos perdidos por falta de poblado-res
y no con mucha fuerza de gente para defenderse de exército
que fuere algo numeroso.
Entre los lugares de esta isla que así en población de casas fa-bricadas
como en número de personas que más se han añadido, son
el Puerto de Santa Cruz, el cual tiene hoy largamente una tercera
parte más de casas de nueva fábrica que las que tenía a fines de
año de 665 que yo arribé a él, y a no haberle cautivado tanto núme-ro
de personas, fuera aunque muy lleno de gente no tan necesitado
de pobres, que hoy harto lo es, y sobre su gente propia tiene la fo-rastera,
porque este puerto es en su modo el Cádiz de todas siete
islas y adonde es el más frecuente concurso de todas las embarca-ciones
de fuera parte del obispado y del mismo obispado.
El otro lugar es la villa de La Orotava que también en casas y
personas se ha aumentado mucho por la parte en que se va conti-nuando
el monte o cerro que llaman El Farrobo y sitio mayor aun-
3 36 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N l I C O S
IGLESIA CANARIA EN EL S XVII 11:
que el más áspero y penoso de toda la población de dicha villa aun
antes de este mayor aumento y con la ocasión de haber vacado, re-crén
llegado yo a este obispado uno de sus tres beneficios parroquia-les,
a instancias pienso de los dos beneficiados que quedaron vivos
entonces y algunos otros caballeros, me envió el Regimiento de esta
isla dos regidores para que informase yo a V. M. la conveniencia
de que dicho beneficio entonces vacante se dividiese en dos medios,
uno para el Puerto de la Orotava y el otro en la ermita de san Juan
haciendo división de parroquias. El motivo que me ponderaban era
el sumo trabajo de salir al Farrobo sitio más lleno de más nubes y
destemplanza de humedad, sobre su mucha aspereza, por lo que vi-vían
los beneficiados faltos de salud.
Parecía conveniente que el párroco del Puerto de La Orotava tu-viese
más autoridad que la de un cura amovible respecto del comer-cio
que los ingleses tienen en aquel lugar con el trato de las malva-sías
y también razonable frecuencia de otras embarcaciones.
No me pareció entonces proporcionado este arbitrio ni hoy tam-poco
me lo parece y me parece les convencí porque los dos benefi-ciados
se querían quedar con toda la renta y sin el. trabajo dejando
al tercer beneficiado con media renta y todo lo duro del trabajo.
En La Orotava (puerto) era preferible un cura amovible pues tie-nen
siempre cuidado de poner cura que pueda ser del genio de los
ingleses que estos, aunque sectarios, ni son muy letrados y cuando
lo fueran, tratan más de ganar dinero que de argumentar.
Murió uno de los beneficiados y entonces propuse dividir el bene-ficio
y poner una ayuda de parroquia en San Juan con sagrario y
santos óleos, excepto el bautismo, y que por twno cada semana uno
de los beneficiados atendiera a San Juan; el otro lo de abajo, y el
tercero descanse toda la -semana» 22.
Muy acertadas eran las consideraciones hechas por el obispo a la
reina gobernadora, pero la solución propuesta, de convertir a la er-mita
de San Juan del barrio del Farrobo en ayuda de parroquia no
satisfizo a los vecinos de la parte alta. Durante los meses de septiem-
'bre a noviembre de í676 ios vecinos dei Farrobo se quejan de que
el obispo no haya propuesto división completa de parroquias y que
22 P. E. 219. Informe del obispo al rey Carlos ii La Laguna, 9 de mayo
de 1676.
no haya pila bautismal en San Juan. La fórmula decretada por el
rey Carlos B por una cédula real constituye a la ermita del Farrobo
en eyuda de parroquia», servida por un cura que gozará de medio
beneficio de la parroquia de la Concepción. El otro medio beneficio
será para un cura fijo en el Puerto de la Cruz en lugar del amovible
que hasta ahora había 23.
Esta «ayuda de parroquia» sdjeta al Real Patronato «compren-derá
desde la calle de AIfaro y las correspondientes en derechura
hasta dividir la villa por medio del cerro en lo que es ladera desde
la acera alta de dicha calle y aceras altas de las demás de dicha
derechura y fuera de la villa por los callejones o caminos a las he-redades
que corresponden a dicha derechura hasta fenecer por una a
y otra parte todo el distrito de la parroquia y confines de las otras N
E
parroquias destos lados colaterales a signar por toda la parte alta O
y confines que suben o miran a las cumbres». La habían de servir --n m
por turno los tres beneficiados de la Concepción. Pero los dos be- O
E
neficiados enteros de dicha gran parroquia no aceptaron el ir a ad- E
2
ministrar los sacramentos a aquella ermita tan distante y por sitios -E
tan ásperos. Alegan que su título canónico fue dado con carácter vi- =
talicio para servir en la parroquia1 de abajo. --
0 La cuestión de límites de la futura parroquia va a dar lugar a m
E
numerosas intervenciones de una y otra parte. Por un lado los veci- O
nos del Farrobo y a su frente don Francisco de Messa y Lugo, abo-n
gado de los Reales Consejos, y el capitán don Domingo Bautista Gri- -E
maldo Rizzo de Lugo representan en 1676 que ya desde siete años a
2
antes vienen pidiendo parroquia independiente. Señalan como línea n
n
divisoria entre la parroquia antigua y la nueva «quedando para la
Concepción lo que se divide caminando desde ella hasta la calle que 3
O
se abrió en los sitios de don Luis de Rizzo y corriendo la demarca-ción
por la calle que está por debajo de San Juan que sale a la calle
entre Higa y Los Gomes y población de la dicha villa correspondien-te
a la parte de la cumbre ha de ser jurisdicción y territorio de la
nueva parroquia» 24.
En 3 de abrii de ib80 fue presentado como beneficiado con medio
beneficio para el Puerto de la Cruz el Licenciado don Mateo de
28 p. E. 219. Cédula Real de Carlos 11. 19 de noviembre de 1676.
24 P. E. 219. Escrito de los vecinos de El Farrobo. 1 de julio de 1676..
538 ANUARIO DE ESTUDIOS A T L A N I I C O S
Sosa. En 15 de abril del mismo año de 1680 lo fue para el benefaclo
consiste en la otra mitad el bachiller Juan Ixcrot pa-ra San Juan
del Farrobo. En 20 de enero de 1681 fueron nombrados los dos be-neficiados
con desmembración de la parroquia antigua de la Con-cepción
y creación de la nueva de San Juan del Farrobo. Los lími-tes
de la nueva parroqma de San Juan son: «Por la calle que lla-man
de Alfaro quedando la acera de arriba a la nueva parroquia de
San Juan del Farrobo y la acera de abajo a la antigua parroquia de
la Concepción finalizando los testeros por la parte que mira al na-ciente
las casas del capitán don Pedro Moreno Oramas que fueron
del capitán don Fernando Bazán y por lo que mira al poniente las
casas de Juana Barielos que son los extremos que cojen la población
de dicha vilh de oriente a poniente por los travesías de dicha calle
de Alfaro y las cuales correspondan entre las dichas dos casas men-cionadas
y desde dichos extremos y casas por la parte del campo
han de correr los términos en derechura hacia las parroquias con-finantes
y cortando por la parte de poniente hasta lo que llaman
Higa y por el naciente adonde dicen Los Gomes y 10 que desta línea
que reatraviesa de León comprendiendo ambas aceras en dichas ca-lles
quedando el pago de las montañetas y el que llaman de Rinco-nes
hasta dar con la jurisdicción del puerto de la dicha villa para
dicha iglesia de la Concepción y lo demás con los dos pagos de Higa
y Florida para la parroquia de San Juan» "5.
Con sorpresa recibió el obispo la noticia de que el rey había crea-do
la nueva parroquia: «Ha llegado la cédula real con la división
de San Juan. No sé quien la habrá sacado. No sé cómo Ixcrot se
arreglará para hacer iglesia nueva, digna de parroquia. Mientras
se hace le mando a Ixcrot que siga en la Concepción. Yo no tengs
medios para hacer la nueva iglesia.
El cura que servía en el Puerto es un sacerdote de conocida vir-tud
y ha muchos años trata de oración y de recogimiento interior y
ha peregrinado conmigo estas siete Mas haciendo misión en ellas
con bastante fruto» 26.
¿A cuánto ascendían los ingresos de un beneficiado de la Con-
25 P. E. 219. Cedula Real dwidiendo la parroquia de la Concepción y
señalando límites. 15. de abril de 1680.
26 P. E. 219 Carta del obispo al rey Carlos 1I. 19 de diciembre de 1680.
cepción de la Orotava? Felizmente poseemos la relaclón de los m-gresos
por todos conceptos que percibía el beneficiado Pérez Manuel
el año 1681, y son los siguientes: «Recudimiento de San Juan y Na-vidad:
3.848 reales y lh. Memorias perpetuas, fiestas, salves, proce-siones,
etc.: 953 reales y ?h. Obvenciones: 875 reales y 7/4. Total:
'5.677 reales y ?h. Primicias: 49 Yz fanegas de trigo. Cebada: tres fa-negas.
Diezmo: en todas las cillas: 32 fanegas y 3 celemines y ?h de
trigo; y de centeno: 4 l , . Pagó: subsidio y excusado: 35 ?h reales.
De rentas de tierras propias: 30 fanegas de trigo; 8 de centeno.
Tengo de familia diez personas, que son de edad de 75 años. Yo, tres
sobrinos, hijos de hermano, el mayor va en once años; dos esclavos,
varón y hembra que me sirven y otros dos tan pequeños que el más
y f e j ~ er, tres uses y cnu tji@ a q ~ i e nsg st&e ct_e caridad
y me sirve en lo que puede, con que aún tengo falta de servicio den-tro
de casa y me valgo frecuentemente de gente de fuera. Sustento
un caballo que es preciso tenerlo para cuando se ofrece salir a sa-cramentar
al campo y me cuesta cada semana de paxa caballa1
puesta en casa 18 y 22 reales y un jumento en que me trae leña el
esclavo para el gasto de la casa.
La Orotava es el lugar más caro de todo el obispado en todo gé-nero
de mantenimientos. Una libra de carne de castrado cabrío está
valiendo actualmente a dos reales y a dos reales de plata que es la
moneda corriente de estas islas y a este precio la estoy comprando
y bien flaca; y piden por una hbra de jamón bien malo cuatro rea-les.
Lo mismo pasa con los lienzos, telas y lanas y en todo y los
~ á pasgam entos son en libranzas de ropa que no es posible reducir
a dinero si no es con grandísima pérdlda. Y son tantos los pobres
que hay en dicha villa que desde que amanece hasta después del to-que
de las crrmpanas a la oración de ánimas está^? incesantemente
tocando a las puertas pidiendo limosna fuera de otros muchos que
hay vergcr.zantes» 27.
La razón del interés económico es la que mueve a los benef~cia-dos
remanentes en la Concepción a oponerse a la división y sobre
todo a los nuevos límites.
En 20 de febrero de 1681 el obispo dio licencia para llevar el San-
27 P E 219. Ingresos del beneficio entero de don Buenaventura Pérez
Manuel Año 1681
340 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N r I C O S
IGLESIA CANARIA EN EL S. XViI 21
Sisimo el día de la próxima fiesta de San José, ratificó los límites
señalados «hasta que otra cosa se haga» y anunció que si en algún
tiempo los vecinos del Farrobo no acudiesen con lo necesario al pá-rroco
se suprimiría la parroquia. Anunció también que la procesión
del Corpus saldría sólo de la iglesia de la Concepción, mientras no
s e hiciese en San Juan iglesia nueva.
Los dos beneficiados remanentes en la Concepción siguieron opo-niéndose
a los límites señalados por el obispo y promovieron otra de-marcación
por la cual se reduciría el territorio de la nueva parro-quia
quedando más extenso el de la iglesia matriz.
«Los dos beneficiados antiguos, don Francisco de Sosa y don Bue-naventura
Pérez Manuel protestan de los límites que determinó el
.&ispo purz !U ficpyz purrgygir. 17 prrnpefipfi q ~ p 1 7 d~p ~la -a&
Alfaro arriba sólo convienen en que se haga la división desde la
calle abajo de San Juan que atraviesa de oriente a poniente que es
la calle donde tiene sus casas y vive el Licdo. Lorenzo Patricio Pi-fiero,
presbítero, y la calle nueva que se abrió en los sitios del
T,ir.do, Luir: Grimaldn R.iznj presbíteroj y la calle donde vive de pre-sente
Gil de Sexas derecho al Barranco de la Parrada que ambas
como la primera van de oriente a occidente y de dichas tres calles
las aceras de arriba, con lo que le queda a la parroquia de San Juan
mucho más de un tercio de toda la vecindad y jurisdicción de toda
,esta villa. Protestan que no han sido con<ados para estas cosas.
Ixcrot no admite la proposición de Sosa y Pérez en cuanto a los 1í-mites.
Se queja de que muchos vecinos de la nueva parroquia del
Farrobo tienen sus memorias fundadas en la iglesia de la Concep-ción,
lo que dará ocasión a muchos entierros y carecerá de ellos la
nueva parroquia. Pide Ixcrot les pongan muy graves penas a Sosa
y a Pérez.
En 26 de enero de í681~Ixcrot tomó posesión de la ermita de San
Juan de manos del alguacil de la iglesia Diego Rodríguez. Tomó po-sesión
en la parroquia de la Concepción del tercer beneficio, lo que
protestaron ante escribano Sosa y Pérez, pero admiten que se ca-sen
y bauticen los del Farrobo en la Concepción en el ínterin que se
pone el Santísimo en el Farrobo.
El capitán Doménigo Baptista en nombre del Farrobo contradijo
el que Ixcrot residiera en la parroquia de la Concepción debiendo
hacerlo en el Farrobo.
El obispo don Bartolorné confirmó los límites de la nueva parro-quia
y conminó a Sosa y Pérez a que no se opongan a ellos so pena
de excomunión Latae senteritiae y de 500 ducados a cada uno aplica-dos
por mitad a la Santa Cruzada y de dos meses de cárcel. La se-paración
de la parroquia tendrá lugar cuando de hecho pase Ixcrot
a servir, mientras tanto queda incorporado interinamente a la Con-cepción
28.
La delimitación en el casco de la villa estaba clara; pero era me-nester
dividir los campos anejos a la villa, sobre los cuales también
había opiniones encontradas. «El 4 de febrero de 1681 el P. Fray
AIonso TaIarico y Cabeza de Vaca, dominico, convocó la víspera a
Sosa y a Pérez para que con Ixcrot hiciesen la delimitación; se pasó.
e! dicho di2 EQ a c~d i e rm.E ntonces SI! paternzdad lo hizo así: to-los
los del pago de Higa que usan dicho camino para venir a pedir
los sacramentos a la Concepción estos ocurran a la nueva parroquia;
los que se sirven del camino de esta villa a la montasita, Realexos
y Garachico que es por la ermita de Franchis ocurran a ia Concep-ción.
Los de los campos que pertenecen a la parte de oriente que se
sirven del camino que llaman del cercado que sale del Farrobito de
dicha villa a Nuestra Señora de la Ca-ndelaria, a la nueva parroquia.
Los que se sirven del camino que sale de la villa y Calvario de ella,
estos a Ia Concepción 29.
Los dos beneficiados, Sosa y Pérez. no cesan en su empeño por
ampliar los límites de la parroquia de la Concepc~ón. Dicen que de
la calle de Alfaro hacia arriba hay más de la mitad de la vecindad
de toda la villa y cada vez se aumenta más la vecindad del Farrob~
hacia la parte alta «pues en lo bajo no hay sitio donde extenderse
por estar los contornos plantados de viñas de malvasía y por el na-ciente
la dehesa donde nunca se han fabricado casas». Toda una se-rie
de razones son esgrimidas por los dos beneficiados de la Con-cepción
en razón de una zmpliación de los Iímites de su parroquia.
Quieren que el límite superior sea la calle que dicen de la Guerrita
y la calle nueva y la que llaman de Juan de Viera y las tres por el
poniente dan al Barranco de la Parrada. El limite señalado por
2s P. E. 219.
29 P. E. 219.
Tlarico, O P., el
Carta de los Licenciados Sosa y Pérez. 1680
Acta de la reunión convocada por el padre Fray AIonso
4 de febrero de 1681.
AA'UARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOh
IGLESIA CANARIA EN EZ S. JMI 28
e l obispo, dicen ellos, dejaría a la Concepción 562 vecinos, que son
2.919 personas, y a San Juan 946 vecinos, que son 3.840 personas. El
Farrobo, dicen ellos, tendría dos tercios del total menos cuarenta
vecinos. Aparte del número actual de vecinos, la esperanza de au-mento
va en favor del Farrobo. San Juan tiene donado por el ca-bildo
de la isla «el llano de la ermita de Santa Catalina para que se
divida en sitios en que se fabriquen casas, todas tributarias de San
Juan. Otros argumentos son de carácter puramente económico. En
la Concepción los derechos obvencionales se reparten entre dos; en
'San Juan todos son para uno sólo. La mayor parte de los entierros
principales se hacen en los conventos. Proponen que en San Juan
haya tres beneficiados. Del convento de San Francisco, que según
los límites establecidos quedaría incluido en la nueva parroquia de
San Juan, salen siete procesiones que se dirigen a la parte baja de
l a villa, que es parroquia de la Concepción. Seria indecoroso a la
parroquia matriz permitir en adalante este recorrido»
El obispo, en una cariñosa carta a don Buenaventura Pérez, re-bate
si's argi-~mentos y le dice: «Yo como debo mirarme más cerca-no
a la sepultura que v. m. tiemblo justamente de la estrecha cuen-ta
que he de dar a Dios de las almas que se han perdido por mi flo-jedad
o descuido. Bien creeré yo que el reparo de v. m. no nace de
la codicia temporal, pero cautele v. m. los senos de su corazón no
-sea que tenga alguna codicia espiritual. Pluguiere a Dios y yo pu-
.diese tener con quien hacer turno de esta carga tan pesada y si ha-blara
con v. m. a boca quizás fuera más largo»
No convenció esta delicada misiva del obispo a los dos tenaces
beneficiados que vuelven a la carga solicitando la revisión de los 1í-rnites
con una pretensión muy concreta, que el convento de San
'Francisco, casi en la raya divisoria, no quedase para San Juan sino
para la Concepción. «Nos hallamos defraudados y apenados ... pedi-
-mos se vean nuevamente los padrones. En el convento de San Fran-
.cisco son los más de los entierros de la nobleza ... no nos queda otra
utilidad que las asistencias en los oficios que podrán denegarnos te-
30 P. E. 219. Escrito de Juan de Frías en nombre de los Benefic~arios
Sosa y Pérez.
31 P. E. 219. Carta del obispo al beneficiado don Buenaventura Pérez
Manuel. La Laguna, 6 de enero de 1681.
niendo su sepulcro en territorio ajeno, esto redunda en gran oprobiu
y vergonzosa confusión por presidir los entierros que allí se hagan.
el medio beneficiado de San Juan». Y ahora exponen con toda niti-dez
su pensamiento. «A la nueva parroquia del Farrobo sólo este ba-rrio
debe comprender por ello ni la calle de Alfaro ni la de Salazar
que está arriba de San Francisco ni otras se hallan comprendidas
en lo que es el Far robo~32 .
¿Qué opinaban en esta contienda los mismos frailes del convento
de San Francisco? En pleno definitorio escribieron que en principio
se oponían a la división trazada porque las procesiones de Semana
Santa y Corpus y en las fiestas de Nuestra Señora -de la Caridad y
del Carmen no podrían circular por el Farrobo por no haber en el
barrio calles capaces para ello; la costumbre inmemorial es que las
procesiones que salen de San Francisco vayan hacia abajo, en cuyo
territorio viven la mayor parte de los caballeros y otras personas
que se entierran en este convento. En fin, insinúan los frailes «se
pueden seguir grandes enfados y disturbios en desagrado de Dios
nuestro Señor». La solución que proponen es inteligente. «Que sien-do
el número de religiosos competente puedan partir la comunidad
y asistir a ambas parroquias aun en días que haya fiesta en ambas
en una misma hora; es como lo hacen los del convento de Santa
Lucía de Los Realejos» "3.
Ante esta insistencia de los beneficiados de la Concepción, el
obispo paternalmente les hace unas muy justas reflexiones: «La di-visión
la hicieron los mismos vecinos de esa villa en el verano de
1677 convocados por el teniente unánimes y conformes; la regla más
segura es la conveniencia de los feligreses y no de los párrocos, pues
nuestra carga no es para mirar las propias sino las ajenas utilida-des.
Si San Francisco quedara abajo, serían tres conventos de frai-les
y dos de monjas con todos los heredamientos principales y en el
Farrobo las casas terreras, la gente más pobre y los heredamientos
y casas menos útiles y bien pocos se enterrarán en la ermita antes
de que se haga iglesia nueva. El medio beneficio del Farrobo con-
32 P. E. 219. Carta de los beneficiados Sosa y Pérez al obispo. 22 de
enero de 1681.
8s P. E. 219. Escrito del Definitorio de la Orden Franciscana reunid@
en el convento de San Lorenzo el 30 de enero de 1681.
544 ANUARIO DE E S T U D I O S ATLANTICOS
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 25
mutaría con cualquiera de vds. y aun consentiría una pensión sobre
él si le dieren licencia dejando en cien manos las parroquia1 tal cual
se le da».
El año 66 pidieron los vecinos división de parroquias, a o sé si
concurrieron con ellos los beneficiados que entonces eran. Yo pro-puse
se sirviera desde la Concepción y vds. no lo consintieron, de
que vino la división de la parroquia».
Se acerca la Semana Santa y el obispo manda que por ahora los
beneficiados de la Concepción asistan a las procesiones con la cruz
parroquia1 sin perjuicio del derecho de la parroquia del Farrobo.
«En el Farrobo -dice Ixcrot- hay muchas casas de paxa por la
pobreza de los habitadores que muchos de ellos son forasteros y al--
gunas que hay de piedra y barro están cargadas de tributos. En la
Concepción hay muchos mayorazgos, casas ricas y poderosas de fa-milias
muy crecidas. Se les debe imponer a los beneficiados perpe-tuo
silencio. El Farrobo es un cerro y lo más áspero y penoso de toda
la población. En la Concepción en los entierros habrá muchos que
solo de cera gastan cada uno más de dos mil reales y en el Farrobo
habrá muchos que ni aun una vela tengan con qué enterrarse. El
convento de San Francisco no debe ser "indiferente" pues los de-más
quedan abajo» 34.
Para salir de dudas y cerciorarse del número exacto de vecinos
que cada parroquia contaba en razón de la demarcación formulada
por el obispo se llevó a cabo un nuevo censo. La parroquia de la
Concepción tenía dos curatos con territorio señalado para cada be-neficiado.
En el curato del Licenciado Sosa se hizo un nuevo padrón.
en 1681 con presencia y ayuda de Juan Ixcrot, beneficiado del Fa-rrobo.
El resultado fue que hacia abajo, desde la calle de Alfaro
hacia el naciente habia 307 vecinos, o sea 1.355 habitantes, y en el
campo 54 vecinos, o sea 168 habitantes. Total: 373 vecinos y 1.623
habitantes. Hay un convento de Santo Domingo, otro de San Agus-tín
y un convento de religiosas claras, una ermita de San Roque, otra
de San Sebastián y en los campos una de San Pab10,'otra de San
Barioiomé en la hacienda ciei Tvíarqués de Wlafuerte y otra de ia
Paz 85.
84 P. E. 218. Carta del obispo a Sosa y PBrez. 23 de enero de 1681
$5 P. E 219. Padrón del curato a cargo del beneficiado Sosa. Año 1681.
El curato de don Buenaventura Pérez en la parroquia de la Con-cepción
tenía hacla poniente 155 vecmos, o sea 893 habltontes, y en
el campo, hacia la marina, 88 vecinos, es decir 442 habitantes. En
total: 243 vecinos, que dan 1.315 habitantes. Un convento de monjas
,dominicas, un hospital pobre y una ermita a la entrada del lugar,
que es del capitán don Juan de Franquis, hecha por sus antepasa-dos;
en el campo otra de San Felipe Neri, que es del Licenciado Luis
Rizzo, presEtero, que hizo en una hacienda suya; otra en hacienda
del Marqués del Campo, don Esteban de Llarena; otra de San Nico-lás
de Tolentino en la hacienda del alférez mayor don Francisco de
Valcárcel; otra en el pago de la Montañita, que es de los hermanos
del capitán don Miguel de Alfaro en hacienda suya 36.
E1 padrón de la parroquia nueva de San Juan del Farrobo hecho
-con asistencia de los beneficiados de la Concepción, Sosa y Pérez,
por el cura Juan Ixcrot arrojó como resultado 1.009 vecinos, esto es
3.929 habitantes, que viven en 938 casas de las que 694 están cubier-tas
de teja y 244 de paja.
«May padrón expresivo de cada vecino y moradores casa por casa
*en el territorio de las Heras, de la calle de la Guerrita, calle nueva,
Gil de Sexas, Juan Viera, de Muñoz hasta la acera de arriba de la
calle Alfaro y casa de Juan Barcelos y desde el Barranco de la Fa-rrada
hasta fin de la Cancela de donde comienza el camino para
Higa.
Los testigos dicen que en la Concepción habitan los títulos de
Castilla y caballeros de hábito y hacendados; en San Juan ningún
título ni caballero hzcendado antes mucha pobreza. En el territorio
de la Concepción "no sólo está lo granado y grande de los caballe-ros
sino también todo lo más dicho territorio es gente de muy buenos
caudales y gruesa hacienda, cosa que no tiene el Farrobo ni una
calle por donde se pueda hacer procesión con la decencia que se re-quiere".
En el Farrobo, excepto el capitán don Pedro de Ponte Grimaldo
y Rizo vive cercano al convento de San Francisco, no hay ni vive
caballero aiguno»
36 P. E. 219. Padrón del curato a cargo del beneficiado Pérez Manuel.
Año 1681.
37 P. E 219. Padrón de la parroquia de San Juan Bautista de El Fa-rrobo.
Afío 1681.
346 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
IGWIA CANARIA EN EL S. XVII 27
La situación conflictiva entre el clero de las parroquias vieja y
nueva se va agravando por días. Desde la fiesta de San José, 19 de
marzo de 1681, en que se colocó el Santísimo en San Juan, día en
que la parroquia nueva se podía considerar plenamente constituida
hasta el 7 de octubre del mismo año, en poco más de seis meses,
hubo en la Concepción de obvencionales 921 reales, que divididos en-tre
los dos beneficiados quedaban para cada uno 460 % reales; mien-tras
tanto el cura de la nueva parroquia había percibido 1.195 rea-les.
Aparte del mayor número de parroquianos, compensado por la
inferior categoría económica de los mismos, se explica por el fer-vor
y entusiasmo de los vecinos del Farrobo por tener sú parro-quia
propia y sacarla adelante.
La ermita de San Juan fue en tiempos convento de agustinos 38.
El repecho que hay en la calle de Alfaro a San Juan es de los más
agrios que tiene la villa. No son óbices los cauces de agua, pues unos
se pasan en las procesiones por encima de ellos; otros bajando sus
imágenes de los hombros y pasándolas debajo del canal.
La electricidad acumulada en las relaciones tan tensas de los
clérigos de la Concepción con el cura de la nueva parroquia tenía
que estallar con violencia en la primera ocasión que se presentase.
Y esta fue el 14 de noviembre de 1681, al entrar en la iglesia del
convento de San Lorenzo, de los franciscanos, los beneficiados y ca-pellanes
de la Concepción y San Juan y las comunidades religiosas
que acompañaban al entierro y cuerpo de doña María Benítez de
las Cuevas. Al comenzar la ceremonia el párroco Juan Ixcrot re-quirió
para él la presidencia por estar en territorio de su parroquia,
10 que recusaron los beneficiados de la Concepción, Sosa y Pérez *O.
La disputa se encrespa e Ixcrot, dolido por el resultado de los
padrones de feligreses, pide que se haga certificación notarial de los
entierros de limosna que ha hecho cada parroquia y de las wfren-das
» que ha habido de las procesiones, aniversarios y memorias y de
todo cuanto entra en las colecturías. Hechas estas cuentas, salen
38 J. Viera y Ciav1~1O~p . Oit, p6g. 688. Vol. II. De unos setenta pies
de largo y cuarenta de ancho, fue fundada en 1606 por don Francisco Val-ctlrcel,
alférez mayor de la isla. Posteriormente se ha edificado en su inme-diación
un templo más capaz, concluido en 1747.
39 P. E. 219. Escrito de protesta del beneficiado Juan Ixcrot. 14 de no-viembre
de 1681.
muy beneficiados los de la Concepción y replican todavía al párro-co
de San Juan que no debe ajustarse porque es «medio beneficiado».
Sosa y Pérez insisten en que el límite parroquial debe subir por
la calle que va a la del Castaño hasta la de Farrás, atravesando por
ella de oriente a poniente hacia el Barranco de la Parrada y camino.
de Higa hasta el fin de la jurisdicción. El capitán Baptista con los
vecinos del Farrobo se oponen a toda modificación de Emites.
Sosa y Pérez insisten en sus argumentos añadiendo que también
en su parroquia hay gentes menesterosas -no todos son caballeros,
hidalgos y acaudalados- porque <en sus campos donde son las fá-bricas
de malvada para cuya labor concurren muchos forasteros y
asisten a dichas viñas de día y de noche» 40.
L,a contienda parroquia1 que amargó muchos años la vida del do-liente
obispo canariense terminó por fin el año 1683, en virtud de
una cédula real ordenando que se diera sentencia en el plazo de
treinta días in situ por el tribunal eclesiástico sobre tan asendereada
cuestión de límites en la Orotava entre la antigua parroquia matriz
de la Concepción y la nueva situada en la parte alta, de San Juan
Bautista del Farrobo 41.
Los planos de la villa de la Orotava que publicamos en este ar-tículo,
extraídos del mismo proceso, son de gran interés para conocer
cómo era aquella próspera villa en el siglo XVII e ilustran cumplida-mente
este problema urbano de límites 92.
El 27 de agosto de 1683, don Andrés Romero Suárez y Calderín,
canónigo de la santa iglesia catedral, visitador y vicario general deT
obispado, ministro del Santo Oficio de la Inquisición y su abogado
de presos, Provisor, aprobó por auto de esa fecha la división arriba
propuesta 43.
La nueva división, que favorecía a los beneficiados de la Con-cepción,
aunque no concedía todo lo que por ellos pedido, aceptaba
40 P. E. 219. Carta de los beneficiados Sosa y Perez. 18 de enero de
1683.
41 P. E. 219. Céciuia Real cíe Cariüs E. 25 Ge =ayo de 16m.
42 P. E. 219. Planos de la villa de La Orohva, incluidos en el proceso,
expresivos de la división proyectada en el casco de la villa y en los barrios
extremos de ella.
' 8 P. E. 219. Auto dictado por don Andrés Romero Suárez y Calderín,
27 de agosto de 1683.
548 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANI'ICOS
e--
Fig. l.-Plano de La Orotava en el sigIo ~ I I .
NOMENCLATURA DE LAS CALLES DEL FARROBO
Pqpel que explica por los números todas las c a l h del mapa.
Calle de Alfaro, que corre de oriente a ponlente.
Calle de León, que por e1 naciente sube hasta la calle de la
Guerrita.
La calle de León, que sube consecutivamente desde la dicha ca-lle
de la Guernta hasta la del Peralito, con un callejón que se
señala con dos O0
Zacatín, que está casi al fin de la dicha calle de León y queda
por el naclente de dicha calle.
Calle del Peralito, que por fin de la dicha calle de León corre
por el naciente.
Calexón de los solares de Don Pedro de Molina, que del fin de
dicha calle del Peralito sube para lo alto sin salida
Camino de Nuestra Señora de Candelaria y campos que hay
por 61.
Calle de San FYancisco, que está por el poniente de la calle de
Alfaro y sube por el fm de la dicha calle de Aifaro hasta dicho
convento.
Calle de la Cruz, que sube de la calle de Alfaro hasta dar por el
naciente con el fin de la calle de la Guerrita y por el poniente
con el principio de la calle Nueva.
Calexon del CuchiIlero, que sube de dicha calle de Alfaro hasta
la de Guernta.
Calle de la Guernta, que corre de oriente a poniente desde la
de León hasta el fin de la de la Cruz.
Calle de San Juan, que sube para lo alto por delante de &cha
iglesia, que tiene su principio por la parte de abajo donde acaba
la calle de la Cruz y comienza la caiie Nueva.
Calle de Antonio Luis, que por encima de dicha iglesia corre de
onente a poniente entre la calle de León y de San Juan.
Calle de la Vicha, que corre igualmente con la de Antonio Luis
de oriente a poniente.
Calle del Marques, que corre de oriente a poniente por encima
de la de la Vicha.
Calexón, que por encima de la calle de Antonio Luis corre de la
calle de León esconsado hasta el fui de !a calle de San Juan y
de allí para arriba sube hasta el aserradero que está abajo de
la ermita de Santa Catalma.
Llano que Ilaman de1 aserradero, que está pcr lo alto de1 Fa-rrovo
y por abajo de la ermita de Santa Catalina y el molino
que está en el mapa de la parte de arriba de dicha ermita que
es el que llaman el molino de la sierra, el cual molino queda en
medio de dos caminos que tienen vecinos de los campos.
Lo qüe significa este nfirriero es una calzada que conuenza por
la parte de arriba de San Francisco, desde la esquina de la calle
Salazar hasta la calle Juan Viera por el poniente y por el na-ciente
hasta enfrente de la calle Nueva, en la cual calzada ni
por una acera ni por otra hay vecindad alguna
(Szgue
~~ A N U A R I O DE E S T U D I O S ATLANTICOS
Fig 2.-Plano del barrio de El Farrobo.
32 LUIS FERNÁNDEZ
NOMENCLATURA DE LAS CALLES DEL FARROBO
(Continuación.)
Calle Nueva, que por abajo de San Juan corre hasta el poniente
Calexón primero, que sube de la dicha calle Nueva hasta la de
la Vicha.
Calexón segundo, que sube de dicha calle Nueva hasta la del
Marqués.
Calle de Vides, que por el naciente sube desde el final de la
calle Nueva hasta encontrarse con la del Marqués y por el po-niente
sube desde la calle de Juan Viera hasta encontrarse con
la de Arbexa o Juan del Villar, que todo es uno.
Calle del Castaño, que por el naciente sube desde la calle del
Marques y por el poniente desde la calle de Arbexa y llega has-ta
Santa Catalina, con dos callejones que tiene sin salida ha-cia
e1 p~?xnte.
Calle de Salazar, que por la parte de arriba de San Francisco
corre de oriente a poniente hasta el barranco de la Parrada.
Calle de Juan Hernandes, que tambi6n corre de oriente a ponien-te
hasta dicho barranco.
Calle de Juan de Viera, que corre de oriente a poniente enfrente
de la calle Nueva, y es el primer número 26 contando de abajo
para arriba.
Calle de Julián de Noda, que corre de oriente a pomente entre
la de Vides y la de Pedro Mcnso.
Calle de Arbexa o de Juan del Villar, que corre de oriente a po-niente,
donde da principio la del Castaño y se encuentra por el
poniente con el fin de la de Pedro Afonso.
Calle de la Estopa, que tiene su entrada por la dicha calle de
Arbexa.
Calexón del Sedasero, que tiene su entrada por la calle de la
Estopa.
Calle de Tira la Manga, que tiene su entrada por la calle del
Castaño y corre para el poniente
Calexón de Alonso Viera y solares de D~ego Sanches, que sube
para lo alto y tiene su entrada por la calle de Tira la Manga.
Barrio del Lomo, que comienza al fin de la dicha calle de a r a
la Manga.
Campo de Montijos o barranco de nistán, al cual se entra por
la calle de Tira la Manga y corre el camino por encima del ba-rio
del Lomo.
Calle de Pedro Afonso, que sube de la calle de Salasar para lo
alto y fenece en el de la calle de Arbexa.
Calle de Mufioz, que enfrente de la de Julián de Noda corre de
orlente a poniente, comenzando en la de Pedro Afonso y aca-bando
en el barrio de la Parrada
Barranco de la Parrada a la Cansela
De dicha Cansela a todo el pago de Higa hasta el fin de Ia ju-risdicclón
Calle del Indiano, que por el fin y parte de arnba de ls? calle
de Pedro Afonso tiene su principio y corre para el poniente has-ta
el barranco de la Parrada.
552 A N U A R I O DE E S T U D I O S ATLANTICOS
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 33
l a razón de la notable desproporción de vecinos a favor de San
Juan, que atribuía la primera división y la reformaba de la siguien-te
manera: <Se señalan por parroquianos de la iglesia del Farrobo
dos mil personas, y así se señalan las calles más cercanas, haciendo
que el convento de San Francisco quede para la Concepción, nu-merando
las dos mil personas en la calle que dicen de León, que sube
desde enfrente de la calle de la Guerrita por naciente en el Zaca-tín,
calle del Peralito, con los solares que dicen de don Pedro de Apon-te
y vecinos y personas del campo que corre por aquella parte en la
calle de la Guerrita acera de arriba, calle nueva acera de arriba
que son las primeras que corren de oriente a poniente por baxo de
dicha nueva parroquia en la calle que dicen de Francisco de Vides
yUe comimza desde e! ffr! ck I!a calle nuevo y sube a incorporarse
con la del Castaño contando por la acera del naciente hasta lo alto
del barrio de Santa Catalina y campos que corren por aquella parte
bajando por la acera del poniente de dicha calle hasta la que dicen
de Tira la manga, entrando ésta con el barrio del Lomo y campo
de ?,!bntijou qze timm $2 &rada por dicha calle de Tira la manga
con todas las demás calles que se comprenden dentro de las dichas
del León y del Castaño y las personas que viven en el callejón que
dicen de Alonso Viera y solares de Diego Sánchez: hay 2.124 per-sonas
» 44.
Contra esta medida apelaron Ixcrot y el capitán Baptista en 27
de septiembre de 1683, repitiendo que son pobres todos los vecinos
de arriba y poderosos los de abajo. Los vecinos del Farrobo pro-testan
y amenazan retirar ahora si no llega su parroquia a la calle
de AIfaro toda la ayuda prometida, aceite para las lámparas, etc.
El capitán Baptista y los vecinos del Farrobo, en 25 de octubre
de 1683, dicen que hecha esta tercera división «el sacristán y moni-gotes
y clérigos no asisten en la iglesia de San Juan por razón de no
tener utilidad ni convivencia y lo que más es, las misas cantadas que
se decían en los días señalados de cofradía se han dejado de decir
porque no se saca limosna alguna para ellas».
El capitán pide interrogatorio de testigos. Estos se reciben en el
Puerto de la Cruz el 18 de diciembre de 1683. Los interrogados con-vienen
en que Qodos los vecinos del Farrobo son muy pobres, que
44 P. E. 219. Idem.
Ndm 22 (1976)
sólo viven de su trabajo y las más casas son de paja; en la Con-cepción
todas son grandes y ricas; algunas que hay de paja son fue-ra
de los límites. Las más personas que viven en el Farrobo no son
vecinos porque en los años cortos vienen de las vandas de Abona,
del Hierro, Gomera, Palma, atento haber muchas casillas de paja
y cuando hay buenos años que ilueve, dejan de venir. Muchos ve-cinos
naturales viven pidiendo limosna. El señalamiento de Alfaro
fue muy justo. Ahora hay desánimo entre los parroquianos. En la
primera división se alegró toda la villa porque de la calle de Alfaro
para arriba había muchas personas de caudal, éstas esforzaban a
las de abajo para que socorriesen a San Juan para hacer iglesia de-cente.
De seguir los nuevos límites no podrá conservarse la parro- *::
quia de San .Tuan por su mucha pobreza».
La primera división fue del agrado y gusto de toda la vecindad d U
como de los beneficiados de la Concepción. Estos testigos presenta-
-
8'
dos por el capitán Baptista son todos moradores de abajo. 8
Toda la jurisdicción de arriba no equivale a una casa sola de ma- I
yorazgo de abajo, dice el Maestre de Campo don Lorenzo Valcár- e
cel Suárez, vecino de abajo. Los más que viven arriba son chasne- 5Y
ros, palmeras, herreños, majoreros y gomeros y de Lanzarote y par- E
=n
6
tes de Chasna y Arico, y no naturales ni vecinos.
El capitán de caballos corazas don Diego Alfonso Gallegos, veci- U
E
no de Icod, propone se divida la parroquia por la calle nueva y no i
por la de Alfaro por ser mucho pueblo para un solo beneficiado y 1
a
por dicha caIle nueva se pueden hacer las procesiones muy bien. A
d
Los moradores del Farrobo son personas pobres que viven sola-mente
de un real que ganan de jornal para comer y sutentar a sus
0i
hijos, van a la montaña a buscar un palo de leña o tea para ha-biendo
hallado quien se lo compre, comer y si no padecer muchas
necesidades, y aun vendiendo dicho palo comen mal y andan des-calzos
y malentrajados por su suma pobreza; y de hacer carbón.
Con la división anterior era tanto el gusto de los parroquianos
hasta llegar las mujeres a quitarse las argollas de plata de las ore-jas
para darlas si no tenían otra cosa.
De la calle de Alfaro arriba quede por donde siempre se ha lla-mado
Farrobo, pues hasta los muchachos hacen bandos de dicha calle
arriba y de dicha calle abajo y unos con otros salen a la dehesa a
pelear. El capitán don Andrés García Manos de Oro, vecino de abajo,
554 ANUARIO DE ESTUDIOS A T L A N T I C O S
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 35
fue uno de los testigos que declararon. Los beneficiados Sosa y Pé-rez
rechazan las declaraciones de los anteriores testigos. Uno de
ellos, Ambrosio Rodríguez, tiene una sobrina endemoniada a quien
asiste el cura de San Juan 45.
A pesar de estas reclamaciones de los vecinos del Farrobo, los
límites parroquiales quedaron en la forma que había decretado el
tribunal eclesiástico.
Así terminó este asenderado pleito de la villa de la Qrotava, que
contribuyó a amargar la vida del obispo don Bartolomé García Xi-ménez
durante casi dieciséis años de su pontificado 46 y a fijar con.
la creación de la nueva parroquia la cota de crecimiento de la villa
de la Orotava, trepando por la falda del cerro entre viñas de mal-varia
diirante la segunda mitad del siglo XVII.
El historiador Vicente de la Fuente hace observar, con toda ra-zón,
refiriéndose al siglo XVII, el carácter orgulloso y pleitista de
aquel tiempo, extensivo tanto al mundo eclesiástico como al seglar;
y aduce numerosos casos de litigios enconados por razones de cere-monial
y de protocolo, entre autoridades civiles y eclesiásticas y
aun dentro de la Iglesia, de unos estamentos clericales con otros,
Apenas existió en aquel siglo procesión sin disputas por precedencia
de sus componentes; sobre doseles y asientos hubo pleitos entre los.
obispos y las chancillerías 47.
De estos pleitos, al parecer sin importancia y por motivos fútiles,
entre cabildos y chancillerías o ayuntamientos por leves puntos de
etiqueta surge la imagen de aquellos hombres de la decadencia es-pañola
que no se movían ya por grandes ideales ni en razón de cata-sas
excelsas pero que conservaban en la masa de la sangre la he-rencia
del antiguo honor caballeresco reducido a Ia sazón a vanos
oropeles, signos meramente externos de algo que fue pero que ya
pasó. «En la epidemia de vanidad que desoló a todos los países en
45 P. E. 219. Carta del beneficiado Juan Ixcrot y del capith Baptista-
27 de septiembre de 1683.
46 J. Viera y CIavijo: Op. cit. Vol. 2 0, pag 688.
47 Vicente de la Fuente. Historia Eclesktstica de Espa6a. Barcelona,
1855-1859. Cap. XXIII, pág. 159
Núm 22 (1976) 558
el siglo ~ I I l,a Iglesia de España fue una de las más vejadas por
aque1 azote.»
En este apartado vamos a recoger en resumen las principales
fases de un ruidoso pleito que enfrentó durante largos años al ca-bildo
eclesiástico de la diócesis de Canarias con la Real Audiencia,
órgano supremo de gobierno de la provincia bajo la presidencia del
capitán general, a la vez que tribunal territorial de justicia.
En el recorrido somero de sus diversos avatares pulsaremos el
ritmo de vida de organismos tan principales como la Real Audien-cia,
distanciada y abandonada por su presidente nato, el gobernador
y capitán general de las islas; el notorio poder y peso, aun en la es-fera
civil, del cabildo catedral, aunque a su vez estaba separado y
en muchas ocasiones enfrentado con su propio prelado, que por huir
de sus continuos pleitos, apenas residió estos años en la capital de
su diócesis, sino casi siempre en la isla de Tenerife.
Esta permanente hostilidad del obispo con el cabildo no era óbi-ce
para que el prelado, aunado con el capitán general apoyara las
pretensiones del cabildo eclesiástico tendentes a disminuir las pre-rrogativas,
honores y derechos de la Real Audiencia. Este es el mun-dillo,
compIicado y litigioso, que en las islas llenó esta segunda mi-tad
del siglo ~ I I .
La contienda entre canónigos y audiencia se desarrolló durante
el pontificado de don Bartolomé García Ximénez, pero ya años an-tes,
durante el pontificado de don Rodrigo Gutiérrez de Rozas, ha-bía
conocido el primer chispazo. En esta primera discusión aparecen
los religiosos como aliados naturales de la audiencia, órgano en el
que siempre encontraron apoyo los regulares contra los ataques del
cabildo catedral.
Un padre dominico que predicaba en la catedral un sermón de
tabla con asistencia en cuerpo de la audiencia recibió en la sacris-tía
antes de subir al púlpito un recado del secretario del cabildo para
que al comenzar el sermón no hiciese, como siempre se había hecho,
l a cortesía a la audiencia, sino al dicho cabildo, a lo que respondió
el dominico que él no haría innovación en lo que siempre se había
hecho 48. La audiencia pidió al deán que no hiciese novedad y se
48 P. E 219. Certlflcaclón del escribano Diego Alvarez de Sllva. Cana-ria.
29 de febrero de 1652
056 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 37
conservase la paz. Pocos días después, predicando otro sermón ante
los mismos el citado dominico «después de decir la salutación y re-zar
el Avemaria que se acostumbra de rodillas se levantó e hizo la
cortesía al Santísimo Sacramento y luego a la audiencia no estando
-en el coro el obispo y luego al coro donde estaban sentados el doc-tor
don Francisco Mexia de Salazar, chantre, y a sus lados don Teo-doro
Manrique, racionero, y los licenciados don Pablo Gutiérrez y don
$dan Vele2 de Valdivieso y otros prebendados. Los dichos canóni-gos
"tenían los bonetes puestos en la cabeza y no se los quitaron ni
hicieron cortesía al predicador cuando él la hizo a ellos ni tampoco
3a hicieron los otros canónigos que tenían el bonete en la mano". Y
el predicador antes que comenzase a decir el tema del sermón dixo
estas palabras: "Tradición es que San Pablo dice que a los pre-dicadores
se les debe doblada cortesía" y luego dixo las palabras del
EvangeIio y prosiguió su sermón» 49.
En diferentes domingos de aquella cuaresma hicieron lo mismo
un predicador agustino y el prior del convento de Santo Domingo
aprobó igual conducta de uno de sus súbditos y varios franciscanos
afirman con juramento que aquella costumbre era usada en la ca-tedral
desde hacía catorce años a esta parte.
Había saltado la chispa, se habían definido las parcialidades y no
pasando mucho tiempo volvería a estallar la guerra de las corte-sías,
de los saludos, de los doseles, de los cojines y, por fin, de las
alabardas en la catedral, guerra minúscula pero que servía de vál-vula
de escape a la presión de tensiones silenciadas, de enfrentamien-tos
ocultos, y de comidilla a la ciudad capital de las islas en aque-llos
soñolientos días de finales de siglo.
En el pontificado de don Bartolomé García Ximénez se reprodujo
la cuestión en la ciudad de La Laguna, donde a la sazón residía el
obispo, entre el ayuntamiento de la ciudad y el obispo por la no-vedad
de suprimir el tratamiento de «muy ilustre señor» que hasta
entonces los predicadores siempre habían dirigido al ayuntamiento
lagunense al comienzo de sus sermones.
En el Puerto de Santa Cruz promulgó el obispo un edicto lamen-tando
la no asistencia del ayuntamiento de La Laguna a las fun-ciones
solemnes lo que ha producido tristeza y algo de discordia
49 Idem.
entre los vecinos. Queriendo buscar un acuerdo pacífico con el ayun-tamiento
de La Laguna el obispo ordena que los predicado- e s cum-plan
con las ceremonias eclesiásticas y consiente que cuando el ayun-tamiento
asiste en forma de ciudad con sus maceros a las funciones
religiosas en que hay sermón de pred~cadores acabada la salutación
baxando la cabeza al preste y ministros del altar y después a los-del
choro, dicha una o dos palabras del principio del sermón, hagan
con la cabeza la misma reverencia e inclinación al dicho ayunta-miento
y de palabra junte a ella el llamarle «señor» y después a lo
restante del auditorio con sólo inclinación de cabeza y le haga el
acatamiento acostumbrado, pero a la palabra «señor» no se añadirá
otra de «muy ilustre», etc., aunque si en el cuerpo del sermón ocu-rriese
hablar en particular con dicho ayuntamiento se le tratará en-tonces
con la cortesia verbal occstumbrada llamándole «señoría» 50.
Nos admira hoy ver la minuciosidad con que el obispo determina
sin dejar resquicio lo que sobre aquel punto controvertido habían
de hacer los predicadores. La solución propuesta, a pesar de ir en-vuelta
en palabras de gran aprecio y consideración con el ayunta-miento
lagunero, no satisfizo a sus regidores, quienes en prosecu-ción
de su derecho acudieron al rey, quien dio a la ciudad una real
cédula por la que se descubre que la verdadera causa por la que
«el obispo ... había procurado despojar a esa ciudad de ese honor ...
era el acuerdo que esa ciudad había hecho para que la festividad
y hacimiento de gracias por la victoria del emperador contra el turccr-se
hiciese en el convento de Santo Domingo, habiendo dado a en-tender
que no quería hacer gracia porque había experimentado que
no se la hacíades». Se trata de la fiesta organizada para dar gra-cias
por la liberación de Viena del sitio puesto por los turcos.
Recordaba la cédula real que había habido ejecutoria en el pleits
ante el Consejo Real con el mismo obispo para que en las procesio-nes
el prelado no llevase detrás de sí y antes de la ciudad no más
de dos capellanes y un caudatario, sin embargo de que pretendía
llevar toda su familia y silla.
La céduia reai manda que ios predicadores guarden la costumbre
en dar la venia a la ciudad cuando concurre -es decir que se la
50 P. E. 219 Edicto del obispo. Puerto de Santa Cruz 28 de enera
de 1685
558 A N U A R I O DE ESTUDIOS A T L A N I I C O S
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 39
siga dando el tratamiento de «Muy ilustre»- y en compensación, el
rey manda a la ciudad «que en las ocasiones que se ofreciere alguna
festividad en que la ciudad eligiere iglesia donde se haya de hacer,
no lo execute sin dar cuenta al dicho obispo». Así lo firma el primer
ministro, don Manuel Joaquín Alvarez de Toledo y Portugal, conde
de Oropesa y marqués de Frechilla y Villarramiel 51.
Pero la cuestión de fondo oculta tras los formulismos de la eti-queta
cortesana se puso de manifiesto en 1689, en los Últimos meses
de la vida del obispo don Bartolomé García Ximénez y en los pri-meros
tiempos de la sede vacante.
La audiencia de Canarias, por escrito de su oidor más antiguo,
don Pedro Calderón y Barnuevo, se queja al rey de que el cabildo
.paiedrai «no a la a Uespe& 2 aU&iiei;a;j
siquiera un capellán; ha dado orden a los predicadores que saluden
a la audiencia después del cabildo, por todo ello la audiencia ha de-jado
de ir a los sermones de cuaresma de la catedral y los tiene en
un convento de religiosas descalzas pero en los días de tabla y en el
ob-v-lp-u..u- a- T..-.l.---g uiiua a-=,i.i.ue a uh.-a. ua,..:c..Aj,..a uu de i~ y ha zoxc~rridc,m unte-niendo
el cabildo los dos puntos».
La audiencia en sus pretensiones recuerda al Consejo Real das
repetidas órdenes de V. M. a todas las audiencias de las Indias para
que hayan de salir a recibirles, por acostumbrarse así en Vallado-lid
y Granada y tener mayor obligación los de las Indias por repre-sentar
su Real Persona y ser V. M. patrón de ellas y haberlas dado
las presentaciones de su Real Mano y concurren estas mismas ra-zones
en esta audiencia».
Cuanto a la venia o cortesía propone la misma solución que se
&J 21 c~nf!i& efitrp tr*un2! 12 Iny&ición y p] arl&irp~ ci,p
Santiago, que la venia se haga al obispo, si está presente, y si no
lo está se haga sólo al Santísimo Sacramento 52.
La respuesta del Consejo Real viene anotada al margen: «Escrí-
'base al cabildo que salgan dos canónigos a recibir y dar agua ben-dita
9 despedir a la audiencia. En cuanto a 18 \r&a &&rye$p
de Santiago». Se previene a la audiencia que si el cabildo no obe-
51 P E 219 Cedula Real de Carlos ii. Madrid, 12 de julio de 1685.
52 P. E. 218. Carta de la Audiencia de Canarias al rey Carlos II. 1 de
agosto de 1689.
40 LUIS H!XiNAh?)EZ
deciese a o pase a hacer novedad ni demostración alguna, sino que
den cuenta a S. M. para que provea».
La tensión llegó a su punto culminante cuando el rey reconoció
a la audiencia el honor de ir acompañada por cuatro alabarderos de-
10s doce concedidos al presid-ente y capitán general. Así acud:~ eron.
los señores oidores a la catedral el 5 de octubre de 1689 a las hon-ras
fúnebres de la reina doña María Luisa de Orleáns, en que es-tuvieron
con sus alabardas a espaldas del banco de la audiencia
a vista del tribunal de la Inquisición y del cabildo de la ciudad, sin
que hubiera reparo alguno 53.
Días antes de Navidad recibió la audiencia un papel del cabildo
eclesiástico criticando la asistencia de los cuatro alabarderos, no-tificrinde
que lo mismn decía por carta el obispo y ordenando que
en la próxima fiesta dos alabarderos arrimen las armas fuera de
la iglesia». La audiencia no estaba de acuerdo con esta postura «dado
lo que siguen haciendo en lo de no acompañar y en la venia>>. No*
están dispuestos a ceder pues «si consiguen esto tercero, luego pe-dirán
que el alguacil mayor executor arrime la vara o dejase la es-pada,
pues han intentado otras cosas no menos desproporcionadas».
Como final de esta comunicación al rey, prorrumpe la audiencia
en esta explosión de amargura, comentando la situación de «hosti-lidad
» en que se debate aquel tribunal poco engranado con los otros.
organismos de la administración pública y con las supremas auto-ridades
civiles y eclesiásticas del archipiélago. «Con gran dolor de-cimos
a V. M. que vivimos en estas islas los de la audiencia en la
mayor hostilidad que puede imaginarse, tanto de los capitanes ge-nerales
como de los tribunales de la Inquisición y Cruzada y de los
demás vecinos y naturales, y lo que es más sensible a los mismos
eclesiásticos aborreciendo todos la justicia y aun hasta el nombre
e insignias de ella; pues desde que V. M. concedió los cuatro ala-barderos
hemos reconocido el sentimiento de envidia que hoy ha
explicado el cabildo, no queriendo que las alabardas en que está
grabado el escudo de las Reales Armas de V. M. entren en la iglesia
que no es suya sino de V. M. y no siendo menos notable que el
obispo a cuya crecida edad y nimio celo es fácil conseguir cualquiera
53 P. E 219 Carta de la Audiencia al rey. Canaria, 23 de diciembre
de 7689.
560 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N l I C O F
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 434
impresión, desde el Puerto de Santa Cruz de la isla de Tenerife,
adonde reside (con harto desconsuelo de los demás que tantos años
ha carecen del santo sacramento de la confirmación) haya coinci-dldo
con su cabildo sólo al reparo de las alabardas y nunca Ie haya
hecho en que en el coro de esta catedral a cualquiera de los títulos
de estas islas que quieren entrar en él se les pone delante de la silla,
sitia1 con almohada y el día de las Honras en la parroquia de los
Remedios de La Laguna a 26 de Setiembre asistieron en el coro tres.
titulados con sitiales y cojines negros a vista del túmulo real, s i e n d ~
así que ese día la audiencia quita la silla de su presidente y almo-hadas
y sólo tiene un banco cubierto de bayetas con otra por el sue-lo
y lo mismo hace la Inquisición. E1 capitán general asistió en los.
Re.nedim cm silla y sitial negro cerca del túmulo.
La audiencia ha juzgado mejor excusar la concurrencia en dicha
catedral hasta tener la resolución de V. M.».
Polemiza la audiencia con el cabildo eclesiástico tratando de des-montar
una por una todas sus razones. «En ella da a entender
V. S. que estas insignias y consiguientemente los que por razGn de
sus oficios es preciso las traigan, son irreverentes al sagrado de las
iglesias y en esta suposición V. S. considera esta indecencia por el
motivo de que las alabardas son armas o por razón de inisignias de
ministros de justicia. Si por primero respeto, esta nueva ley y es-tilo
que V. S. quiere introducir parece es preciso se observase con
los sargentos de las compañías de estas islas que traen alabardas,
con los alféreces que usan de venablos, con los cabos de escuadra
que manejan partisanas, con los oficiales de artillería que estilan
traer unos bastones o lancillas con mojarras descubiertas y final-mente
con tocics ios que ciñen espadas y dagas sean ~llilitziesU PO-líticos,
porque la razón de armas ofensivas y defensivas se verifica
en todas las referidas.
Siendo S. M. tan católico en sus operaciones como en el nombre,
no ha tenido por indecoroso, ni los señores reyes sus predecesores,
que los arqueros con sus cuchillas entren en la Capilla Real, nl los
soldados de su guarda que traen alabardas en los demás templos-de
la corte en donde sabemos todos es muy venerado el culto divino.
Con que no debiendo correr la provisión por este primer respeto, es
más clara su insubsistencia por el segundo, pues consideradas las
alabardas como insignias de ministros de justicia (que esta es la
ocupación de los cuatro alabarderos y no otra) no se debe arrimar
a la entrada de la iglesia, las que como tales llevan para representa-ción
porque de lo contrario se siguiera el ser preciso que el corre-gidor
arrimase el bastón, el teniente general la vara, el alguacil ma-yor
de la audiencia y los demás ministros las suyas ... » 54.
En esta contienda el obispo desde Santa Cruz de Tenerife, donde
residía, se coloca al lado del cabildo catedral y aprueba su conducta:
«Ha querido mtroducir en la catedral cuatro alabarderos al modo
como se pudiera tener en su cuerpo de guardia militar.. . todo lo cual
es contrario a la inmunidad fundamental debida a los templos sa-grados
que es la ley natural y divina y consta la universal costum- - e
bre de los reinos de España y de este obispado». Manda el obispo que
el cabildo y el deán <mo permitan semejante novedad y si dichos O
n señores perseveraren en continuarlo, con la quietud debida al estado =m
O eclesiástico y con la urbanidad conveniente al mismo dexen el coro E
E
y el altar, si no se hubiese comenzado ya el ofertorio de la misa, y S
E
vayan a suplir el dicho oficio divino a su aula capitular» 55. Este
mismo mandato se promulgó en días sucesivos a los padres de San 3
Francisco, a las monjas de Santa Clara, al Prior de los religiosos e-de
San Agustín, a la abadesa del convento de San Bernardo, a la m
E
abadesa y monjas de San ndefonso, al Hospital de San Lázaro, al O
mayordomo de la ermita de San Telmo, de San Sebastián, de Nues- n
tra Seniora de los Remedios, Nuestra Señora de los Reyes, al Prior aE
de Santo Domingo, al mayordomo de la ermita de los Santos Justo
n
y Pastor y del Espíritu Santo. n
El provisor y vicario general, don Marcos Sánchez de Orellana. 3
encargado por el prelado de hacer las anteriores notificaciones, hizo O
además información de testigos sobre los hechos ocurnidos, los cua-les
declararon bajo juramento haber visto en dos ocasiones: las exe-quias
de la reina María Luisa y la fiesta del 26 de diciembre «en-trar
en la catedral con las alabardas bordoneando y quedaron en
ella con las alabardas en la mano derecha y las puntas arriba y que
54 P. E. 219. Escrito de la Audiencia al Cabildo catedral. Canaria, 24
de diciembre de 1689.
55 P. E. 219. Referencia de lo procedido por el obispo. Santa Cruz, 26
de enero 16%
562 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 43
aunque alzaron en la misa no inclinaron dichas alabardas. Otro
testigo precisa que al alzar y al incarnatus del credo los cuatro ala-barderos
inclinaron las rodillas quedando con las dichas alabardas
en las manos con las puntas hacia arriba».
A esta información testifical se opone el fiscal de la audiencia
porque el asunto toca a la jurisdicción del Consejo Superior de Cas-tilla.
Los religiosos salen en defensa de esta prerrogativa de la audien-cia
y así el Prior del convento dominicano de San Pedro Mártir, en
nombre de la comunidad, dice que «aunque es verdad que todos los
días festivos y otros muchos asisten a mi convento a oír misa el
oidor más antiguo con otros de ella, asistido de los cuatro alabarde-ros,
también io es no haber sucedido ni dádose ei caso en yue se w-rificase
alguno de los expresados en dicho capítulo del concilio por
no haberse seguido algún rumor, estrépito ni escándalo contra la
sagrada inmunidad, antes de la compostura, modestia y buen exem-plo
con que dichos señores asisten en el templo y del respeto reve-rencia;
con que todos les rnirari vi6ridüles asisiiizi~d~e SUS miili3tr08
se sigue la mayor compostura de todo el pueblo, se evitan las con-versaciones
vanas e indecentes de las mujeres y la descompostura
e indecencia de los mozos, además que la asistencia de los cuatro
alabarderos no parece ser ninguno de los casos asimilados a los con-tenidos
en dicha disposición conciliar ni por la razón de acompaña-miento
porque esto sólo explica la autoridad de la persona, como se
ve cada día en el corregidor y su sargento mayor que entran en las
iglesias acompañados de cuatro o cinco soldados sin ofender en esto
la sagrada inmunidad, ni la de que lleven las alabardas respecto de
qUe 20:: sernejmtes armas ectra:: asi en ~l?f rar?ver,te come e" !as
demás iglesias de esta ciudad todos los militares especialmente en
los días que hay alarde o listas generales. Suplico se declare prime-ro
en contradictorio juicio y con conocimiento de causa para poder
yo echar de mi convento a un tribunal tan católico y reverente a la
s a g r a d ~in rnnnldad .le !es teqles. $e s ~ ~ T J - . repener di& aiAg en
cuanto mira a mi convento o a lo menos participar mi defensa a
dicho señor obispo».
El fiscal Rivero Betancurt afirma que si la audiencia no acude
a los sermones de cuaresma en la iglesia de las bernardas, no se
tendrán estos sermones aespecto que la cortedad de sus medios no
les permite otro recurso» 56.
La unanimidad del cabildo catedral en su pugna contra la audien-cia
corrió peligro de romperse por los íntimos litigios surgidos den-tro
del propio cabildo con ocasión de proveer los curatos del sagra-rio
de la catedral y sus consecuencias contra el deán. Pero estas
disensiones internas se silenciaban al exterior y aparecían unidos
los contrincantes para seguir luchando contra los derechos y privi-legios
de la audiencia.
«<Y estando tan sangrienta entre ellos mismos (entre los canóni-gos)
esta materia y tratándose de embiar por cada parte un capi-tdar
a esa corte con el reparo movido por el obispo contra la audien-cia
sobre la entrada con los cuatro alabarderos, luego que han visto
la real céduIa en cuanto al recibimiento y venia de los predicadores,
en diferentes cabildos y reuniones que han tenido, han ajustado to-dos
sus pleitos y diferencias con el fin que no lleguen a la Real no-ticia
de V. M. y se les prive el uso, que no sabemos con qué título
tienen, de proveer dichos dos curatos, como las contadurías, mayor-domía~
d e fábrica y demás oficios de esta catedral de cuya erección
no parece haber instrumento y en que V. M. tiene fundado el dere-cho
por su Real Patronato» 57.
Con el fin de unirse todos contra la audiencia y resistir lo man-dado
por el rey y lo que recelan se mande también en lo de las ala-bardas,
los canónigos han enviado a Madrid un racionero a preten-der
no se sobrecarte lo que ya estaba mandado. Se opusieron a este
viaje y votaron se cumpliese lo mandado por el rey el arcediano de
Tenerife, don Juan de la Barreda, y el maestrescuela, don Pedro
de Messa.
En esta ocasión se informa al rey por la audiencia que la ReaI
Cédula sobre recibimiento y venia dirigida al cabildo y a la audien-cia
aunca llegó a manos de esta audiencia siendo así que llegó a
las del cabildo y se presume haber tenido inteligencia para recoger
en esa corte lo que expidió a la audiencia un racionero que entonces
58 P. E. 219 Certificación de Fray Andr6s Maldonado, O. P, lector de
Prima y Prior del convento de San Pedro MArtir. Canaria, 6 de febrero
de 1690.
57 P. E. 219. Carta del Oidor don Pedro Calderón y Barnuevo al rey
Carlos ii. Canaria, 6 de abril de 1690.
564 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANZEGOS
S? hallaba en ella, a solicitar por el Cabildo diferentes pleitos con-tra
el obispo que siempre han tenido callada».
Estas y otras maniobras se llevaban a cabo en aquellos tiempos,
como elementos usuales para conseguir los fines por los que se li-tigaba.
El protocolo que se había de guardar en los días de asistencia de
los señores oidores a la catedral era extraordinariamente minucioso.
Veamos lo que el maestro de ceremonias de la catedral, don Juan
Pérez Lucero, informa sobre este ceremonial: «La víspera de los
días de tabla, la audiencia envía con su portero una alfombra y al-mohadas
y la tiende sobre la tarima que está delante del asiento de
dicha Real Audiencia y extiende dicha alfombra media vara fuera
de la tarima y sobre la dicha alfombra se ponen las almohadas y la
Santa Iglesia pone una alfombra sobre el escaño donde se han de
sentar los dichos señores jueces que cubre el espaldar y asiento y
en asistiendo el señor gobernador de dicha Real Audiencia trae asi-mismo
el dicho portero un paño largo de terciopelo el cual pone de-lante
de la silla de terciopelo y almohada sobre un banquillo que
sirve de sitial sobre el cual se pone otra almohada de terciopelo y
sobre ella un tafetán carmesí y no asistiendo dicho señor goberna-dor
se pone por dicho portero para el señor juez de la dicha Real
Audiencia más antiguo sólo la siIIa y almohada de terciopelo car-mesí.
Y el día siguiente se juntan y vienen con sus ministros. Exe-cutor,
Abogados, escribanos, procuradores y otros y algunos días
con su acompañamiento- de la Justicia y Regimiento y los ministros
de la jurisdicción ordinaria. Acabada de cantar la Tercia solemne
y de hacerse la procesión claustral y comenzado el introito de la
misa mayor solemne en el coro estando ya los señores prebendados
caperos en él, entra en la iglesia dicha Real Audiencia y al entrar
en ella por la puerta mayor, el executor de ella da la agua bendita
a dichos Jueces y recibida van a la Capilla Mayor donde están di-chos
asientos y tornan a su lugar» 58.
En los postreros días de su vida el obispo don '~artoloméG arcía
Ximénez intervino decisivamente en el pleito de los alabarderos pro-hibiendo
que éstos entrasen en ninguna de las iglesias ni ermitas
58 P. E. 219. Informe del Maestro de Ceremonias don Juan P&ez Lu-cero.
Canaria, 20 de abril de 1690.
Núrn 22 (1976) 565
de su diócesis. Las maniobras del cabildo, la proliferación de las
cartas y mandatos del prelado, las excusas del provisor, la amenaza
de suprimir a1 obispo las temporalidades, el manifiesto del obispo
que se imprimió en la península y otras consideraciones, todas de
interés, se contienen en la carta que la audiencia escribe al rey:
d3stando esta audiencia en ánimo de no ir (a la catedral) el segundo
día de Pascua, ni otro alguno, fueron tales las instancias de mu-chos
de los capitulares, para que la audiencia no dexare de ir, ase-gurando
no serla del obispo y cabildo que se hiciese novedad, se ven-ció
la audiencia a ir a la catedral a la Misa Mayor. Escribieron al
obispo a Santa Cruz adonde ha tantos años reside de asiento o ya
por su mismo natural genio y que cada día va creciendo con la edad
de escribir mucho y ql.~erer gohernarl~t ~ d o(a mq,ixe se !e cencede
el buen celo, ni se deba presumir otra cosa), escribió segunda carta
de tres pliegos al cabildo quien hizo recado a la audiencia y para
responder mejor pidió la audiencia le mostraran las cartas del obis-po
como también un Manifiesto de diez y nueve pliegos. No puede
comprenderse el motivo del cabildo para ocultarlas. Como tampoco
se comprende el del obispo en no haber escrito a la audiencia cuan-do
sobre otras materias de muy menor porte, son innumerables las
cartas que cada día se reciben suyas y haberse valido en esta oca-sión
del cabildo de quien ha diez y ocho o veinte años está divorciado
y con quien ha tenido siempre los reñidos pleitos y encuentros que
son bien notorios.
En vez de proceder el obispo caritativamente avisando secreta-mente
a la audiencia caso de que se hubiera excedido, promulgó el
obispo el uno de febrero de 1690, víspera de la Candelaria, principal
devoción de estas islas, un auto prohibiendo a la audiencia entrar
con los alabarderos en ninguna iglesia, ni aun de religiosos, ermitas,
etcétera, por un prelado que comúnmente es tenido en opinión de
docto y virtuoso contiene grave y escandalosa injuria contra la au-diencia
y su decano y aunque la audiencia por medio de su Fiscal
se acudió ante el Provisor a hacer por la jurisdicción y regalias
de V. M. y ha presentado diferentes peticiones, a todo se ha negado
el provisor, diciendo ser mero ejecutor. Se intimó al obispo dos ve-ces
y no lo ha querido cumplir; se le envió la tercera sobrecarta con
apercibimiento de las temporalidades y multa de 500 ducados de sus
bienes aplicables a los hospitales de esta ciudad y La Laguna. Esta
566 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTZCOS
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 4'7
audiencia resolvió no se pasase a la execución del apercibimiento de
temporalidades y multas sino que se diese cuenta a V. M.
No excusando decir a V. M. que el obispo más inclinado siempre
a los capitanes generales que a la audiencia en su respuesta a la se-gunda
provisión quiere dar a entender que el conde de Eril no entra
con sus ocho alabardas en las iglesias de Tenerife, siendo así que
no los tiene y dice que no los usará por haberle minorado V. M. el
número de los doce que tenían sus antecesores, habiendo aceptado
con ella y despachándose su título, en cuya virtud tomó la posesión-
Con relación al Manifiesto del obispo damos orden para que se
imprima en España siendo todo su contexto la mayor defensa de
esta audiencia y la más modesta y eficaz expresión del genio de este
prelado. Con esto reconocerá V. M. la conspiración que contra la
Real merced de V. M. a esta audiencia de los cuatro alabarderos se
está manifestando tanto en el mismo conde su presidente como en
el obispo y su cabildo. El obispo condena estos cuatro alabarderos
en la iglesia "como afrentosas higas a su dignidad y a su cabildo",
que así las llama y enviando un racionero a esa corte para que no
se sobrecarte convocando a las demás iglesias de España. Pero esta
práctica de los alabarderos la audiencia tiene a su favor el superior
exemplar de V. M. cuyas Reales Guardas vemos cada día en los
que asiste su Real persona; y la práctica de los visorreyes, Presi-dente
y Audiencias que usan de semejantes ministros alabarderos,
especialmente en los reinos de las Indias, adonde, como en estas
islas, por la larga distancia de su Real influencia de V. M. es tanto
más necesaria la mayor representación de su grandeza y autoridad
en sus Tribunales y Ministros» 59.
Para apoyar y confirmar una vez más esta tesis, la audiencia re-caba
declaraciones de testigos y entre ellas la del alguacil mayor y
regidor perpetuo de la isla de Canaria, don Alonso Huesterlin Sar-miento,
quien dice que «en las Semanas Santas, en la procesión de1
entierro de Cristo, entran dos compañías escuadronadas con sus ar-cabuces
y los capitanes con sus picas por los templos sin que lo
haya prohibido dicho Reverendo in Christo Padre Obispo ni sus mi-nistros
y siendo mozo el testigo vio que cuando marchaban las com-pañfas
en esta ciudad entraban en la iglesia catedral y daban vuelta
59 P. E. 219. Carta de la Audiencia al Rey. Canaria, 2 de mayo de 1690.
en ella disparando sus bocas de fuego, haciendo salva al Santisimo
Sacramento sin que lo embarazase nadie». Otros test~gos,e ntre ellos
varios relig~osos franciscanos y dominicos, atestiguan en idéntico
sentido 60.
Fallecido el obispo don Bartoiomé García Ximénez en Puerto de
Santa Cruz el 14 de mayo de 1690, durante la sede vacante aumen-taron
sensiblemente las tensiones entre el cabildo eclesiástico y la
.audiencia por cuestiones de protocolo.
Un biógrafo del obispo fallecido, comentando los casos de con-troversias
y competencias de jurxsdicción ocurridos durante el largo
pontificado de don Bartolomé García Ximénez, resume así y carac-teriza
este aspecto de su gestión: <<?Noe s fácil hacer perfecta reflexa ::
N de los cassos y sucessos acontezidos en tan dilatado tiempo y lo que
puedo de& es que en todo él fué una bataIla campaI Ia que tuvo que U
u llevar Su Ilma. y solía dezir con mucha gracla que era un Palafo- -
8'
sillo de mala mano, aludiendo a los contratiempos y trabajos del 8
VenerabIe e Ilmo. Sr. Palafox I
Después de la muerte del obispo de estas islas, el cabildo, sede e
vacante, en todas las festividades que ha tenido con sermón ha in- 5
Y
troducido que los predicadores les saluden con la venia verbal de o-ilustrísimo
señor" y suponiendo que esto es contra la Ley que tie- m
ne puesto término en el tratamiento de todo género de personas y U
E
comunidades y que aun cuando la costumbre haya presente a favor u
d e los obispos dentro de sus iglesias y coro por razón de la presi- a1
dencia, con las vestiduras pontificales, bendición que ha de dar al A
pueblo, etc.. que en esto que es honorífico no puede suceder el ca- u
u e
bildo ni se lo debe apropiar con el motivo de estar la sede vacante. 5
-El cabildo sigue con su costumbre a pesar de las Reales Cédulas en
contrario.
Se notificó este auto al deán, don Diego Vázquez Botello, quien
dijo que lo obedecía pero en cuanto a su cumplimiento, él no es
quien para resolver, sino todo el cabildo.
60 P E 219. Deciaración Üei Aiguacii Xayor cion Xionso Ruesteri'm
Sarmiento. Canaria, 8 de mayo de 1690.
61 Jesús Hernández Perera Notimas de la exempíar vida de el Ilmo.
Sr. Dr D. Bartobomé Garcia Xzménex. 1691 «Revista de Historia>> Tomo
-XM, nfim 101-104 (1953). pág 238 ApBndices del P. Fernando de San Jose
Fuentes iii. Controversias y competenczas de jurisdicción.
368 A N U A R I O DE E S T U D I O S ATLANZZCOS
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 49
Responde don Pedro Calderón que mal puede el cabildo hablar de
posesión inmemorial cuando fue Urbano VI11 por bula de 10 de junio
de 1630 quien concedió a los cardenales el tratamiento de Eminen-cia
y que desde ese tiempo los obispos se apropiaron el de Ilustrí-sima
que antes era privativo de la dignidad cardenalicia.
El deán contesta lo mismo y añade que mientras S. M. no mande
atra cosa seguirán esa costumbre.
El fiscal en su réplica ataca la excusa dada por el deán de que
no tiene potestad económica en su iglesia porque en 22 de octubre de
1689 el deán firmó un alegato en el pleito que tuvo con la mayor
parte del cabildo sobre la elección de uno de los curatos del sagrario
en que sin embargo de estar sede plena afirma que es Presidente
cabeza y juez de dicho su cabildo, con jurisdicción por derecho, por
bulas y estatutos» 62.
También el cabildo buscaba testigos a su favor. El capitán don
lllonso de Ayala y Roxas dijo que desde que tiene uso de razón ha
visto que en las sedes vacantes, como fue en la de don Rodrigo Gu-tiérrez
y Roxas y la del Ilmo. señor don Fray Juan de Toledo, y en
esta presente, ha visto que todos los predicadores han dado al ca-
'biido la venia verbal de «Muy ilustres señores», sin que haya oído
cosa en contrario. Lo mismo ha visto hacer a la audiencia con el
mismo titulo de «Muy ilustres señores», en 10s sermones a que asis-ten
en las monjas descalzas las cuaresmas como en Santo Domingo
y San Francisco y la audiencia no lo ha repugnado. Es vecino de esta
ciudad desde hace más de cincuenta años.
Esto mismo atestiguaron el maestro de ceremonias, el organista
de la catedral, un carpintero, el veedor y contador de la gente de
guerra, artillería y obras de navios, fortificaciones y castillos de
estas islas, el alguacil mayor y executor y otros varios vecinos 83.
E1 tiempo que todo lo descubre hizo que al llevar a cabo la jus-ticia
ordinaria el expolio del obispo fallecido encontró entre sus pa-peles
una compulsa autorizada de un edicto despachado en La La-guna
por el obispo fallecido en 6 de mayo de 1677, edicto dirigido al
62 P. E 219. Protesta de la Audiencia en sede vacante Canaria, 23 de
junio de 1690.
6s P. E. 219. Información hecha por el Cabildo. Canaria, 6 de julio
de 1690.
50 LUIS FERNÁNDEZ
deán y cabildo, pero que no se obedeció por aquellos a quienes iba
dirigido.
«Yo, Andrés Aivarez de Silva, escribano, doy fe cómo en el in-ventario
de los papeles del archwo eclesiástico que por ante mí se
está haciendo por la justicia ordinaria secular por muerte del obis-po
don Bartolomé García Ximénez, en el legajo número 3 de Canaria
está una compulsa autorizada de un edicto despachado en La Lagu-na
en 6 de mayo de 1677 dirig~do a los señores Deán y Cabildo, etc.,
para que hiciesen rogativas por la salud del rey nuestro señor, acier-tos
y buenos sucesos de la Monarauía de España en lo militar y en
lo político, y en la narrativa hace mención haber recibido de próxi-mo
tres cartas y cédulas del Rey Nuestro Señor, su data de la pri- a
N
r r i e r ~e l 3 de m ~ r dze 1617 y las otras des de 8 de abril de 1677, fir- E
madas de su real nombre y refrendadas de don Iiíigo Fernández de1 O
n Campo, de su Consejo y Secretaría del Real Patronato, el qual edic- -- m
to no se obedeció ni consintió el deán y cabildo estando juntos en O
E
E su aula capitular se les hiciese notorio ni leyese por no hablarles S
E
con el tratamiento de "Señores" en común y en particular y por di- -
cho obispo se proveyeron otros autos con conminación de penas y 3
censuras para que se les notificase y publicase dicho edicto y ha- - -
0
biéndose hecho notorio a dicho deán y cabildo estando juntos en su m
E
aula capitular en las respuestas que dieron a el edicto y autos no O
trataron a dicho obispo con otro tratamiento que el de "Señoría", sin :
que en lo dilatado de dichas respuestas y repetición de cláusulas en -E
a
que se nombra a dicho señor obispo haya en alguna de ellas trata- l
miento de "Ilustrísima". Apedirnento del fiscal en la audiencia» 'j4.
n
n
Ante estas pruebas, el oidor más antiguo de la audiencia, don Pe-
3 dro Calderón y Barnuevo, muestra su desánimo y amargura por la o
prolongación y ningún resdtado de las gestiones que durante años
viene realizando para defender las prerrogativas del poder civil fren-te
al cabildo eclesiástico de la diócesis. Entra el oidor en el terreno
de las intenciones y achaca a los canónigos la intención de querer
abatir y subordinar el poder civil al eclesiástico, podría probar y
mantener en público esta tesis pero la prudencia le dicta en muchas
ocasiones la retirada y el silencio. <Parece que es heredada desgra-
64 P. E. 219 Edicto episcopal para el Cabildo. La Laguna, 6 de mayo
de 1677.
570 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVII 51
cia de este tribunal o inexcusable calamidad de la constitución de
estas islas, el no poder conseguir una perfecta regularidad en el
buen gobierno y administración de justicia, pues no se encuentra
medio de cuantos ministra la mexor política que nos asegura en la
de excusar repetidas consultas y representaciones que ni a nosotros.
nos pueden librar de poco advertidos (mayormente no tocándose con
la experiencia lo que en la distancia desdora la calumnia) ni en
V. M. del sentimiento de que sus tribunales, destinados para el go-bierno
y quietud de sus dominios, tomen las vezes de litigantes, como
al presente parece esta audiencia con los sucesivos encuentros, que
su mayor templanza no ha podido desapropiar, por no abandonar en
la observancia de los mandatos de V. M. la autoridad que representa
y que totalmente quiere ver ajada el cabildo eclesiástico pareciendo
a la elevacion de sus individuos que de nuestro abatimiento puede
consistir su mayor superioridad, con el fin de hacerse menesterosos
y de que vivamos subordinados a su arbitrio: ojalá, señor, que en
otros tiempos no hubiera tenido grandes visos de verdadero este
achaque que pudiera ser, en los presentes no padeceríamos ni las
persecuciones en que nos haiiamos ni nos atri'luyeran a culpa de
inexorable lo que sólo es un preciso retiro e independencia por pre-servarnos
de inclinaciones y amistades que en estas islas son más
perjudiciales que en otras provincias y siendo la principal máxima
desacreditar, aun las más ajustadas operaciones, nos vemos obliga-dos
a ceder en muchas, teniendo por menor inconveniente, se sus-penda
el efecto, difiriéndolo en la aprobación de V. M. que el dar
lugar a que se tome pretexto de inducir la persuasión de un gobier-no
despótico, que es cuanto intenta lograr para tenernos temerosos
la cavilación de esta tierra, contra cuyas fuerzas son muy inferiores
l-- l.--- -- 3- 2- -7 2:-
l a s 1lWSLraJ Y 11aUa pueut: a ~ ~ a l r ~ViIa T~~ I I I ~ U I L J~ i i it. 1 aiiiiparü
M.» 65.
A pesar de la amargura y el desánimo que invade a los oidores
la audiencia en su contienda con el cabildo prosigue el empeño.
descubrir argumentos y testimonios que avalen la pretensión de
m l - r l ; f i n r > ; m an m o n + a n a r > c i r c r \ r r n v r > n n m t ; r r - n rin rrl nr.ntnnriln n P : r i : n T
UUULGLLLZU X U U U ~ , ~ L L ~ L -UD p a LL* u & u u v a* =LA =a pa U~ULULW u L l L l a 1
sus relaciones con el cabildo eclesiástico. «Se han hallado en uno>
65 P E. 219. Carta del Decano de la Audiencia, don Pedro Calderón y
Barnuevo, al Rey. Canaria, 26 de agosto de 1690
de los oficios de los escribanos de cámara de esta audiencia unos
autos del año 1652 en los que consta que esta audiencia se hallaba
en antigua costumbre de que en la catedral los predicadores le hi-ciesen
siempre la venia primero que al cabildo y se tiene por cierta
que esta costumbre continuó por muchos años».
Terminó el siglo sin que cesasen los conflictos entre las dos po-testades,
sin conseguir d a unión que se debe mantener para que los
dos cuchillos de las dos jurisdicciones se conservasen en recíproca
atención para el mejor gobierno de los súbditos» 66.
-A - -m- -á -s- & iJn siglo de &it.ancia de1 término 4-1 c.~ncilmd e T~ent .0~
algunos criterios por este concilio formulados sobre la manera que
se había de tener para seleccionar a los candidatos para ocupar los
beneficios que llevasen consigo la cura de almas, todavía encontra-ban
oposición en la práctica en determinados medios eclesiást~cos
de la diócesis canariense.
No aludirnos a los beneficios curados sujetos directamente al Real
Patronato cuya provisión se regía por normas particulares. Aquí va-mos
a tratar de otros conflictos intraeclesiales que se desarrollaron
en los últimos años del pontificado del obispo don Bartolomé García
Ximénez entre dos sectores del cabildo catedral con motivo del cam-bio
introducido por acuerdo del cabildo en la manera de hacer la
designación de los beneficiados curas del Sagrario de la catedral
de Canarias.
El cambio se operó en la reunión capitular del 14 de marzo de
1680, presidida por el deán, don Diego Vázquez Botello Romero. En
ella se acordó que vacando un curato del Sagrario se proveyese por
concurso y oposición. Llegado este acuerdo a los curas en general
se oponen a él, pero el cabildo replica que esta manera de seleccio-nar
es más conforme a lo establecido en esta materia por el conci-lio
de Trento
Este acuerdo sobre el papel tardó mucho en verse realizado en
l a práctica. En 11 de agosto de 1689 se convoc6 al cabildo para nom-
Idem
Acta del cabildo catedral de 14 de marzo de 1680
ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTIGOS
IGLESIA CANARIA EN EL S. XVIl 53
brar a los curas del Sagrario, no acudieron todos los capitulares,
pero llevaron a cabo el nombramiento a favor de Miguel Báez, omi-tiendo
las peticiones de coopositores que pretendían oponerse. Estos
piden se dé por nulo el nombramiento de Báez realizado en tal
forma 68.
Pero tomemos el agua de más arriba y veamos los antecedentes
de estos sucesos, los pasos por los que se fue preparando el am-biente,
la introducción lenta pero segura de las ideas tridentinas en
materia de selección de candidatos para cargos pastorales.
Sesenta y cinco anos antes, el 20 de junio de 1614, el cabildo ca-tedral
deliberó si en la provisión de los curas del Sagrario se seguía
como hasta entonces o se hacía por oposición «de personas más dig-nas
y hgbll-r: para mhs satisfacci.h de la cnnciencia del cabildo,
examinando a la persona que se le hubiese de dar, acordó el cabildo
que vacando los curatos se den por examen con que siempre que-den
los nombrados a voluntad del cabildo para que los puedan des-pedir
como hasta aquí se ha acostumbrado» 69.
Cuanto a la mecánica de las votaciones en el seno del cabildo se
acordó, en 18 de junio de 1621, que se guardase la costumbre de to-das
las iglesias de España, a saber, que todos los acuerdos del ca-bildo
se tomen «por bolillas secretas blancas y negras, dando a cada
capitular dos bolillas para que vayan echando en los cántaros y lo
que saliese se escriba en el libro capitular y esto en todos los ne-gocios
y lo que no se votase por las dichas bolilIas sea nulo»
Asi las cosas, el 14 de marzo de 1680, al acordar que los nom-
'bramientos de los tales curas del Sagrario de la catedral se hiciesen
por examen, se acordó igualmente que para estos efectos se fijasen
edictos de convocatoria de oposiciones en Canaria, Tenerife y La
Palma, en las puertas de la catedral, en los Remedios de La La-guna
y en San Salvador de La Palma. Se advertirá que estos bene-ficios
son amovibles ad nutum Episcopi. La reglamentación de1 exa-men
se detalló minuciosamente. El examen u oposición se llevará
a cabo ante todo el cabildo, presidido por el obispo, por un tribunal
de cinco examinadores, todos capitulares, entre los que no podrá
68 P. E 219 Acta del cabildo catedral de 11 de agosto de 1689
69 P. E. 219. Acta del cabildo catedral de 20 de junio de 1614.
70 P. E. 219 Acta del cabildo catedral de 18 de junio de 1621
faltar el Doctoral y el Magistral. Los demás canónigos no pertene-cientes
al tribunal también podrán preguntar después del examina-dor
de turno, el obispo y el presidente, cuando quieran. Durará el
examen dos horas y se tendrá después de vísperas. Se leerá y co-mentará
por el examinando un capítulo del concilio de Trento. Des--
pués el interrogatorio versará sobre materias morales. Terminados
los ejercicios de examen, el tribunal propondrá una terna y el ca-bildo
escogerá por votación el más apto.
En 11 de agosto de 1689 se votó en el cabildo por bolillas que se
revocase el acuerdo tomado en 14 de marzo de 1680. El deán pro-testó
de esta revocación por considerarla notoriamente nula. Lo mis-mo
hizo el arcediano de Canaria por ser el acuerdo de 1680 muy
conforme con el concilio de Trento. Si antes del concilio las seleccio-nes
y nombramiento de los curas del Sagrario se hacían de otra ma-nera,
ello era debido a d a corta vecindad y falta de clérigos idóneos
en los principios de la conquista». El deán anunció que apelaría al
obispo. El canónigo doctoral también se opuso a la revocación. A
ellos se unieron el canónigo don Diego Ortiz y el racionero don Ven-tura
Méndez
El liderazgo de la oposición lo llevaba el tesorero, quien afirmaba
que el acuerdo de revocación del auto de 14 de marzo de 1680 fue
válido porque se cumplieron las cláusulas formales de validez: se
llamó a cabildo en «el águila», como era costumbre, el pertiguero
citó a todos los capitulares, el acuerdo revocado de 1680 no tenía
fuerza pues no estaba confirmado por Su Santidad ni por el obispo,
era sólo un auto capitular económico variable por el cabildo cada
vez y cuando se halle causa para ello. Este es el resumen del dis-curso
del tesorero en el cabildo. Se pasó a nombrar sin examen sólo
por votación cura del Sagrario. El deán y los otros cuatro canónigos
se salieron del aula antes de la votación. Votado por cedulillas se-cretas
salió nombrado por mayoría el Licenciado Miguel Báez Man-cha.
Los clérigos José de Medina y Betancurt, Simón Hernández-
Chirino y otros, pidieron se les admitiera a oposición 72.
Comienza ahora ia lucha de argumentos, razones, conveniencias
y formalidades en un sentido y en otro con la misma tenacidad, cons-
71 P E. 219. Acta del cabildo catedral de marzo de 1680.
72 P. E 219 Acta del cabildo catedral de 11 de agosto de 1689
574 A N U A R I O DE E S T U D I O S A T L A N T I C O S
IGLESIA CANARIA GN EL S. XVII 55
tancia y afán con que el cabildo eclesiástico en aquellos años toma-ba
cuantas posturas por una u otra razón consideraba para él fa-vorables.
El deán y sus compañeros apelan contra lo acordado el 11 de
agosto de 1689 por la mayoría del cabildo y piden que se declare
nulo el nombramiento de cura del Sagrario. Por el contrario, el res-to
del cabildo dice que la postura suya contra el deán es válida por-
<que el acuerdo de 14 de marzo de 1680 no se hizo presente al prela-do,
por lo que carece de especial valor. Porque sólo asistieron a
aquel cabildo 16 capitulares de 33 que había. Porque, aunque el ca-bildo
fuese pleno, era el acuerdo en perjuicio del privilegio y cos-tumbre
inmemorial.
Las razones en que apoya el deán su postiira son que ella es mas
favorable al bien común y al descargo de sus conciencias; que es
más conforme con el espíritu y la letra del concilio de Trento, más
acorde con la costumbre universal de todas las iglesias catedrales,
en especial de la metropolitana de Sevilla, cuyos estatutos y cos-tumbres
tiene adoptadas la iglesia catedral de Canarias.
Las razones en que se apoyaba el cabildo eran: que somos la
mayor parte los que lo hemos decidido; que el concilio de Trento no
habla de los curatos amovibles y ad nutum, sino de los que son in
perpetuum. Este sistema de nombrar a los curas del Sagrario es el
que se usa en los demás curatos de estas islas sujetos al Real Pa-tronato.
La sesión del cabildo, dicen, fue válida porque el estilo de con-vocar
a cabiIdo siempre ha sido llamar a cabildo «en el águila», en
el Beatus y capillas de Nuestra Señora de la Antigua y sacristía de
San Francisco de Paula y otras partes, aunque no esté presente el
deán. En esos sitios se ha reunido el cabildo muchas veces, en el
iiguila, en el coro, en la capilla de Nuestra Señora de la Antigua,
en la sacristía de San Francisco de Paula y en el tránsito de la
ñuerta y en la nave de San Gregorio.
Por constitución ordenada por el obispo don Diego de Muros en
1506 se ordenó que no se cambiasen los estatutos «si no fuese junta-mente
con el prelado».
La tradición observada durante el siglo XVI no avalaba seriamen-
-te los propósitos del cabildo. Es cierto que durante ese siglo los
nombramientos se hacían sólo por votación, sin examen, pero tam-
bién es cierto que no pocas veces los aspirantes no presentaban «re-cados
legítimos», es decir, certificados falsos de haber hecho deter-minados
cursos de Teología que nunca habían cursado ...
El deán convencido de la fuerza de sus razones insiste en que la
ley de la mayoría es sólo para las elecciones canónicas y aun en
és