BIOGRAIFIA DE ANTONIO DE VIANA
POR
En su poema épico, al hacer la reseña de los soldados que inter-vinieron
en la conquista de Tenerife, Antonio de Viana menciona
a un Juan de Viana entre los militares que formaban una com-pañia
a las órdenes del capitán Juan de Esquivel. Este Juan de
Viana es totalmente desconocido y hasta ahora sólo tenemos noti-cia
de su nombre por esta breve mención del poema.
Generalmente se viene considerando que nuestro poeta es des-cendiente
del conquistador. Incluso el benemérito investigador
don José Rodríguez Moure publicó un hermoso árbol genealógico
que hace al doctor Viana biznieto del conquistador l. Don Fernando
de la Guerra, a quien seguía el historiador lagunero, era bastante
menos afirmativo, ya que se limitaba a decir: "se cree fuera
descendiente de Juan de Viana" 2. La realidad es que ni lo era,
ni se puede creer tal cosa, si se tienen en cuenta los documentos
hasta ahora conocidos.
En efecto, no consta que Juan de Viana haya fijado su morada
en Tenerife después de terminada la conquista: no figura entre
los conquistadores que, a raíz de su participación en los combates,
&i~+-ernn &&.--S y rqajl..imjent~s& tiarrgs, ni apgrwe nem-bre
en alguno de los muchos documentos que se han conservado
1 Viana: ArztigGedades de h s Islas Afortunadas, ed. J. Rodriguez Moure,
La Laguna, 1905, Ngs. XXIII-XXIV.
2 Fernando de la Guerra: Noticias acerca deZ Bac&iller Alztomio de Viu~uc
(manuscrito), citado por María Rosa Alonso: EG poema de Vmna, Madrid,
1952, pág. 466.
2 ALEJANDRO CIORAIiESCU
de los años siguientes. Es de suponer, pues, que era un aventurero
' ! más, es decir, un soldado que habfa venido a las Islas simple y
íinicamente para ganar un sueldo y que se había marchado des-pués
de terminada la empresa.
Por otra parte, si queremos considerar a Juan de Viana como
antepasado del poeta, tampoco es satisfactorio el cálculo cronoló-gico
a que nos obl~ga.P or joven que Iuese Juan en la época de la
conquista, no podía tener menos de dieciocho o diecinueve años,
lo mal significa que nació antes de 1475, probablemente bastante
antes. Su nieta presuntiva, Maria de Viana, se casaría en 1572, y
esta distancia de un siglo e n h el nacimiento del abuelo y el casa-miento
de la nieta de ningún modo parece convincente.
En fin, la mencián del nombre de juan de Viana en el poema
de las Antigüedades no deja de ser, paradójicamente, un argumen-to
más en contra de la filiación que se ha propuesto. De ser cierto
que Juan de Viana era su antepasado, ¿qué duda cabe que el poeta
lo habria presentado más ventajosamente, le habría atribuido
alguna hazaña o aventura que su imagmación poética podia conse-guir
de barato? Sería un caso único de modestia en un poeta, este
pasar por alto la posibilidad de ensalzar la gloria de su casa; ade-mis,
una modestia incomprensible, ya que la misma realidad le
dab,a pie para alabar a su antepasado. Si nuestro autor se limita
a escribir escuetamente un nombre, "Juan de Viana", sin más, es
la mejor prueba de que sabía que este personaje nada tenía que
ver con su familia. También debían de saberlo sus lectores, con lo
cual quedaba el poeta en la imposibilidad de hermosear el papel
de Juan de Viana en provecho propio.
Además, era fácil que lo supieran. Los contemporáneos de
Antonio de Viana debían de saber que el médico pertenecía a una
familia humilde de imigrantes portugueses, que habían llegado
a Tenerife en época relativamente reciente y cuya posición social
no les permitía hacer alarde de nobleza u ostentar méritos gue-rreros.
Su bisabuelo no se llamaba Juan de Viana, sino Sebastián
de Viana. Era vecino de la isla de Madera, en la villa de Santa
Buz, en donde estaba establecido a partir de 1560, año más o
menos ; pero el lugar de su origen era Ponte de Limia, en Portugal.
Sebastián estuvo casado con María Díaz, de quien tuvo dos
118 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EIOGRAFfA DE ANTONIO DE WANA 3
hijos, Isabel de Viana y Antonio de Viana, abuelo del poeta. En el
verano de 1577, María Díaz habia ya muerto, y los tres miembros
restantes de la familia se hallaban todos, ocasionalmente, en Te-nerife.
Es de suponer que el padre y la hermana habían venido a
vivir con Antonio, quien habia llegado a la isla muchos años antes;
de todos modos, Sebastián consta documentalmente con la calidad
de "estante" en la isla de merife, lo cual significa que no habia
venido a avecindarse en ella.
En 10 de agosto de 1577, el padre y la hermana daban poderes
a Antonio de Viana para cobrar, en nombre de los tres, la renta
de unas casas que habían quedado en Madera por fallecimiento de
María Dfaz y estaban alquiladas en 900 reales al año 3. Es la Unica
noticia que tenemos de su estancia en la isla, en donde no sabemos
si siguieron después de esta fecha.
Antonio de Viana era un trabajador modesto, que vino a Te-nerife,
en 15'60 o poco antes, para ganarse la vida por medio de
su trabajo. Debia de ser bastante joven; al principio quiso entrar
de aprendiz de zapatero, pero las cosas no le salieron bien e incluso
puede ser que haya empezado por perder una parte del poco dinero
que traia consigo. En efecto, en 16 de diciembre de 1560. por pre-sencia
de Juan de Ponte, escribano público de Garaehico, Antonio
de Viana, "estante en esta ysla de Tenerife", daba poder a Baltasslr
González, arráez de un pataje propiedad del conocido mercader
Juan Huch o Uque, para cobrar "de Blas González, zapatero, ve-cino
de la Gomera, tres doblas de oro que el suso dicho me deve,
que se las di en dinero, porque me avia de abesar su oficio, y no
me avezó" 4.
No consta cuál fue su oficio después de este primer fracaso.
pero es cierto que le salieron mejor los negocios a que se dedicaba,
pues vemos cómo mejora su situación económica a lo largo de los
años. En 1575 vendía en L2 Laguna, en donde había ido a residir,
una esclava morisca vieja, por precio de 16 ducados de a once
reales 5 ; el precio no era considerable, pero el mismo hecho de
3 Escritura ante Juan del Castillo, en el Archivo Histórico Provincial de
Santa Cruz de Tenenfe, vol. 134, fols 271-73.
4 Ibid., EscnbanIas de Garahco, Juan de Ponte, 1560, fol. 401 v.
5 Escritura ante Rodrigo Ruiz, 7 de julio de 1575; ibíd., vol. 50, fol. 290.
Núm 13 (1967) 119
4 ALEJAikDRO CIORANESCU
poseer una esclava, aunque vieja, es indicio de cierta prosperidad,
por relativa que sea. Aún más notable es, en este documento y
en los demás que han comervado su autógrafo, el trazado elegante
y firme de su firma, de excelente caligrafía, que se parece bastante
a la de su futuro nieto, e indica por su parte cierta preparación
escolar.
Al año siguiente, el 10 de agosto de 1578 y por escritura ante
Gaspar Navarro, impone al maestro Domingo Hernández, vecino
de La Laguna, como apoderado de su cuñada Ana de Mendieta,
mujer de su hermano Hernán López, una obligación de 90 doblas
"por razón de quatro cavallos de albarda con sus aparejos y barri-les"
6. Por esta fecha debía de ser ya mesonero o dueño de una
fonda en la calle de los Mesones, de La Laguna; y las caballerías
que forman el objeto del contrato deben ser las que aseg~rab~an
el transporte de los caldos desde el lugar de su producción. Casi.
al mismo tiempo impone Antonio de Viana un tributo de 7 doblas
y media sobre unas casas altas en la calle de los Mesones, que
lindan con las de Margarita Trujillo, las de Lucía de Cabrera y
las dos calles reales, que teriía alquiladas de L h r o Hernández,
ausente, y que son probablemente las mismas casas en que pasó
sus primeros años el futuro poeta l . FS1 fin, por otra escritura de
15 de noviembre de 1579, ante Juan NÚYbez Jáimez, Antonio de
Viana, mesonero, vendía en 60 doblas, a Juan Bello, una esclava
negra que, dado el precio, debía de ser joven y, como diríamos
hoy día, de buena calidad s.
Todos estos detalles sin trascendencia tienen por lo menos el
mérito de documentar que la situación económica de Antonio de
Viana no era ahora de las peores. Había hecho su camino en la
vida y había proporcionado a SLI familia, si no la opulencia, por
lo menos una existencia asegurada y tranquila. No hahará sido todo
6 ibíd , vol. 358, fol. 202 De la mlsrna transacción hay fimquito del 22 da
noviembre de 1'578; ibíd , fol 20.3
7 Ibíd., VOL 51, f 0 1 ~33 6-38.
8 Ibíd., vol. 256, sin folio La firma es la que consta en otros documentos,
srn embargo, a 61 lo llaman en éste Antomo D~ana.E n una escritura de 4 de
fehrcro de 1-82 @bid vol, 404, fols. 264-65) aparece Viana como almocrebe o
arriero de mulos, y firma por testigo.
120 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
BIOGRAFfA DE ANTONIO DE 7rlANA 5
ello por su solo mérito, sino más bien porque le había ayudado
mucho, en su carrera ascendente, la buena situación de su mujer,
ya que ésta declaraba en su testamento que, en la fecha del casa-miento,
Antonio de Viana "no traxo nada a el dicho matrimonio,
sino deudas".
Antonio debió de fallecer poco antes de 1590, cuando tenia o
se acercaba a los sesenta años. Estuvo casado con Ana González.
Como su hija casó en 1572, lo más probable es que el casamiento
de los padres se pueda situar antes de 1560, casi seguramente
hacia 1555. No sabemos si en esta fecha estaban ya en Tenerife,
o si casaron en Portugal ; de modo que tampoco se puede asegurar
si Ana González fue portuguesa o isleña. Sin embargo: lo último
parece más probable, porque, de haber casado en Portugal, lo nor-mal
hubiera sido que hiciese mencibn de esta circunstancia en su
testamento, al hablar de su dote y de su marido. Además, ella
misma tenia familia en Tenerife: entre otros, a una hermana, Juana
González, a quien dotaba Antonio de Viana, probab~lemente con
dinero de la mujer, en 1575, otorgándole 32 ducados de oro 9.
Ana González había traído al matrimonio una dote de cien
doblas, "no embargante que la escritura de promesa fue de 500 do-blas,
porque fue por cumplimiento". Es decir que, como se usaba
mucho, los padres se pusieron de acuerdo con el yerno para una
dote efectiva de cien doblas, pero pusieron en la escritura una
cifra mucho mayor, para dar al matrimonio y a ellos mismos mayor
categoría social de la que tenían.
Además de traer a su marido cierta cantidad de dinero, Ana
González debió de ser mujer emprendedora. Declara que "durante
nuestro matrimonio entre mí y el dicho Antonio de Viana no ubo
bienes multiplicados ningunos, sino fue la delantera y sala desta
casa en que al presente vivo, y della se devia trescientas doblas a
Pedro Afonso Ma~uelos, por escritura ante Lucas Rodriguez Sar-miento,
escribano público, y ciento veinte ducados a Pedro Esterlin,
las cuales dichas deudas y otras más, de que no tengo memoria,
que el dicho mi marido me dexó, pagué yo después de sus dias".
9 Ante Juan del Castillo, en 13
recibo del 2.1 de mago de 1575, por
Hernández
de marzo de 1575 (ibíd.) Hay también
el marido de Juana González, Baltasar
6 ALEJAKDRO CIORANESCU
Al quedarse viuda, Ana González volvió a casarse con un Pedro
Oiaz Fldalgo, sin duda otro portugués y tan falto de bienes como
lo había estado su primer marido; en cambio, ella poseía ya tres
casas en La Laguna. El segundo matrimonio no fue muy feliz, ya
que Pedro Díaz "al cavo de dos años se fue a las Indias, en el qual
tiempo que estubo conmigo gastó mucha cantidad de mis bienes" lo,
y desde entonces no hubo más noticias de él.
Ana González parece haber sido mujer particularmente labo-riosa;
de todos modos, a ella se debe el relativo bienestar de la
familia. Según parece poderse deducir del inventario de sus bie-nes,
siguió trabajando en el mesón de La Laguna, que antes había
administrado su primer marido. En combinación con su yerno,
padre del poeta, parece haber traído a la ciudad y vendido vino.
Además, también hacía labores de costura y bordado: al rico mer-cader
portugués Pedro Afonso Mazuelos le había entregado, dos
semanas antes de la fecha de su testamento, tres mesas de manteles,
cuyo importe encargaba cobrar a sus albaceas. En La Laguna la
conocían bien con el nombre de "la de Viana" y ella misma se
hacía nombrar a menudo, en los documentos notariales que otor-gaba,
Ana González de Viana, por el nombre de su primer marido ll.
En 1595, Ana González daba a renta a Manuel de Herrera,
herrero, una casa terrera suya, que lindaba con casas altas suyas
y con las de Melohor Lorenzo, "que son las en que vivía y morava
Francisco Hernández, mi yerno", por espacio de seis años y por
precio de 80 reales de plata al año, con la condición expresa de
10 Todas las citas que preceden están sacadas del testamento de Ana
González, otorgado ante B Cabrejas, el 10 de mayo de 1598 gbíd., vol. 650,
fols 630 V.-636).
11 Tales escrrturas son bastante numerosas y certifican la relativa impor-tancia
de sus negocios. En 17 de octubre de 1591 toma a renta de Alonso de
la Guerra "unas casas bajas de piedra e teja con sus corrales, que son en
esta ciudad, que son las casas e corrales que fueron de Marrero, guarda que
fue de los panes de Heneto" por espacio de nueve años (~bíd.v, ol. 503, fol. 346)
En 1595 da finiquito a Melchor Gomá.lez (ante Juan Gutiérrez Arroyo, fol. 471).
En 13 de marzo de 1597 da a renta a Gonzalo Vélez, labrador, una tierra y
corral en la ciudad, que ella misma había comprado de Juan de Aguirre (ante
m---z- 7- -.-1 re" c-7- < r E~A , n&--- L ..--- IuIuaa racuf iucla, VUI. -%, LUIU. LOL-O%,. V L I ~ c~au LLulac. suya* Se ~ i h % Z i
más abajo.
122 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
BIOGRAFÍA DE ANTONIO DE TirIANA 7
que "me tengo de servir de la mitad de la cosina que la dicha casa
tiene, para en ella echar paja, e para poderla echar e de tener la
puerta de entrar con ella por la puerta de la calle" 12; de donde se
puede comprender que toda la familia vivía más o menos junta,
en casas contiguas que hacían casi una sola y misma casa, y muy
probaMemente mantenihndose todos a expensas de "la de Viana".
Esta Última otorgó testamento dos veces: en 19 de octubre de
1591, probablemente poco después del fallecimiento de su primer
maridoT3, y en 10 de mayo de 1598, ante B. Cabrejas. Debió de
fallecer a los pocos días después de esta úItima fecha. Fue sepul-tada,
según lo había señalado ella misma, en la sepultura que tenia
en la iglesia de la Concepción de La La._aina, en 411- ya descan-saban
su primer marido y su hija. E2 inventario abreviado que
hace de sus bienes en su mismo testamento, indica cierto bienestar.
Tenía una casa alta entre las dos calles reales -las calles actuales
de la Carrera y de Herradores- y otra más arriba de ésta; dos
casas bajas en la calle de Juan de Aguirre; otras casas bajas con
sus corrales en la misma calle de Aguirre, que había tenido de las
hijas de Juan de Aguirre: en total, cinco cuerpos de casas en La
Laguna. Entre sus muebles conviene destacar la presencia de doce
colchones blancos de lana, veinte sábanas de lienzo casero y de
ruán, cinco frazadas, dos cobertores, siete admohadas de gasa,
cinco colgaduras de cama y nueve mesas de manteles: abundancia
poco acostumbrada por aquellos tiempos en una casa particular,
y que parece explicarse como dotación del mesón de su propiedad.
El inventario y la partición de sus bienes s6l0 se hicieron en 1606.
El activo de su herencia se montaba entonces a 560.344 maravedís,
cantidad que, sin representar una verdadera riqueza, no era nada
despreciable para una familia modesta. De esta herencia, la mayor
parte, o sea exactamente 469.582 maravedís, le cupieron a nues-tro
poeta, por haber sido mejorado en el tercio y en el quinto por
el mencionado testamento de su abuela 14.
Del matrimonio de Antonio de Viana con Ana González sólo
12 Ante Alonso Gallegos (ibíd., vol 63, fol. 19).
13 Ante B. de Madrigal, fol. 570.
14 Partición ante Bartolomé Cabrejas, en 17 de enero de 1606 (ibíd ,
vol. 553, fols. 261-71). Volveremos sobre ella más adelante.
8 ALEJANDRO CIORANESCU
nació una hija, María de Viana, que casó en La Laguna, en S de
junio de 1572, con Francisco Hernández de Medina. Actuaron de
padrinos Bartolomé Joven y su esposa, doña Isabel 15. Hubo escri-tura
de dote 16, por la que los padres de la desposada se obligaron
a pagar al yerno la cantidad de 200 doblas l7 ; pero ya sabemos que
estos compromisos solían ser ficticios y que las cantidades se re-dondeaban
muy por encima de la realidad, para dejar mejor sen-tada
en la opinión de sus conciudadanos la calidad y la situación
económica de los contrayentes. El yerno, sin embargo, no parece
haber estado de acuerdo con esta clase de compromisos. Recibi6
efectivamente 120 doblas, por la dote de su mujer, pero exigió que
se le pagase también lo restante, hasta saldar el total previsto de
200 doblas, por lo cual hubo pleito con los suegros, probablemente
sin resultado 18.
Tales pleitos eran moneda corriente y no solían enturbiar dema-siado
la paz familiar. Francisco Hernández vivió al lado de sus
suegros y, por lo visto, en buena armonía con los mismos, si juz-gamos
por los poderes que le otorgaba Antonio de Viana repeti-damente
19.
Francisco Hernández era sastre. En los Últimos años de su vida
llegó a mejorar de categoría hasta ingresar en el cuerpo de los
empleados subalternos de la administración local, con el título de
almotacén o fiel del peso; es decir, que fue nombrado inspector
de los pesos y de las medidas que se usaban en el comercio de
la isla.
En 4 de octubre de 1588 compró de Bartolomé de Villafaña de
Alista "unas casas bajas de piedra e teja, que son en esta ciudad,
en la calle de los Mesones, lindando con casas de Antonio de Viana",
35 Iglesia de los Remedios de La Laguna, Matrimonios, hbro 1, fol 16 v
16 Ante Rodrigo Alvarez, 1574, fol. 450.
17 En su testamento. Ana González declara que había dado en dote a su
h ~ j ala cantidad de 3001 ducados.
1s Resulta del testamento de Francisco Hernández, que se citará más
abajo
19 Poder de Antonio de Viana a Francisco Hernández, ante Gaspar Ka-varro,
en 27 de octubre de 1572 (Archivo IEist6rico Provincial, vol. 353, fo-pb
v.). Qtrc ,eas pbc&-@Je"zm :rnt9 e-, 4 de -w-nfoiv+u, cv Au,r ; irru vs .a7
(vol. 400, fol. 450).
124 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
BIOGRAFfA DE ANTONIO DE VIANA Y
por precio de 130 doblas, es decir, más o menos, por el importe de
la dote que había recibido con su mujer20. Mientras vivió ésta,
moraron los dos en esta misma casa, o en otra pegada a la de los
suegros, según se ha visto por la escritura de venta otorgada por
Ana Gomález en 1595. Pero María de Viana falleció por el año
de 1591 y apenas un año más tarde volvía a casarse el almota-cén
21 : probablemente a su nuevo matrimonio se debe el abandono
de la calle de los Mesones y de la inmediata proximidad de la suegra.
Su segunda mujer se llamaba Esperanza de Mendieta, con quien
no tuvo hijos. Francisco Hernández fallecib a fines de 1604, des-pués
de ihaber otorgado testamento por presencia de Bartolomé
Cabrejas, el 8 de noviembre de dicho año Esperanza, ya viuda,
vivió mediocremente en La Laguna. Sabemos de ella que anduvo
en pleitos con el capitán Pedro de Vergara y con Andrés de Azoca,
probablemente por haber recibido alguna promesa de casamiento,
que después dejaron de cumplir los interesados. Estos fueron con-denados
por el ordinario en 40 ducados aplicados a la viuda, parra
ayuda de su casamiento ; y caso de no casarse, la mitad de aquella
cantidad para su hijo menor, Juan de Viana 23. Así se ejecut6 esta
última cláusula de la sentencia, por no haber casado Esperanza.
Pero en la fecha de la partición, en 1606, el partidor halló que ya
había contraído matrimonio Esperanza de Mendieta, por segunda
vez, con un pedrero de La Orotava cuyo nombre no se menciona,
de modo que tuvo que devolverle los 20 ducados que años antes
había recibido en nombre de su menor.
20 Ibfd , vol. 868, fols. 118-19.
21 Unos apuntes de J Núñez de la Peña citan un testamento de María
Ana de Viana, ante F Mesa, en 1598, fol 630 v., lo cual ha inducido a los
b16grafos de Antonio de Viana a pensar que su madre falleció en 1598 (cfr
M. R. Alonso. El poema be V&M, pág. 468). En realidad es una equivocación
del ilustre cronista tmnerfefio: Francisco de Mesa no escribfa en 1598, y el
A-.,. ----- a- -'.-."-A-L
~DLCL I I ICI I LV U L V I ~ O ~ U eUi i ICTJS, a: f d . 639 V., es e? ibe h~U md ~ r z%"! C k
Viana", antes citado (cfr. la nota 10). En 1591, fecha del primer testamento
de Ana Gomález, su hija había fallecido ya, pues deja por herederos a sus
nietos. La fecha del segundo casamiento de Francisco Herngndez resulta del
testamento que otorg6 en 1604 y en que dice que casó ''hace unos dose años".
22 Ibid., vol 5'52, fols. o(17 V -81.
23 Resulta de la citada partición de los bienes de Ana González, ante
R Cabrejas, en 1606
Núm 13 (1967) 125
10 ALEJANDRO CIORANESCU
Del matrimonio de Francisco Hernández con María de Viana
hubo cinco hijos: Antonio de Viana; Juan de Viana, a quien su
padre llama en su testamento Juan Lorenzo, y tres hijos más que
fallecieron en la infancia, pero después del fallecimiento de su
madre. Por el primer testamento de Ana González sabemos que
uno de estos hijos se llamaba Ana y aún vivía en 1591.
Juan de Viana debió de nacer hacia 1583 o poco después. Du-rante
su minoría de edad tuvo por curador a Rodrigo Hernández
hrdelo, y éste pidió a la justicia se procediese al inventario y a
la partición de los bienes dejados por Ana González entre sus dos
~ietosú, nicos herederos, por agosto de 1605. Fue nombrado par-tidor
Cristóbal Joven, con acuerdo de los dos hermanos. El inven-
& p - ( AL-a -n2o -, s-' -c !-cg u.r. r- ya di&", un de Iinos r&j()~&m-ja -
ravedí~24 . La parte que le cupo a J~l a nd e Viana qued6 adminis-trada
a continuación por Lordelo, prueba de que Juan seguía siendo
por aquellas fechas menor de edad, y en su nombre, su tutor vendió
una casa que haMa cabido en su lote25. Un año más tarde, Juan
de Viana pedía cuentas de su tutela y nombraba por su curador
a su hermano 26. ES de suponer que a los pocos meses era ya mayor
de edad. En todo caso, no lo era aún en 1607, ya que necesita nom-brar
curador.
Juan de Viana era barbero de profesión. Casó en la iglesia de
la Concepción de La Laguna, el 18 de junio de 1610, con Catalina
López, hija de Juan Lorenzo y de Inés López 27, siendo padrinos
Francisco Fiesco y su mujer. No sabemos cuánto tiempo vivió. S610
24 &JS autos, el inventario y la partición pasaron ante Bartolomé Ca-brejas,
y se concluyeron el 17 de enero de 1606 (ibíd., vol 553, fols. 242-71).
25 Por escritura ante Cabrejas, el 22 de agosto de 1606 (ibíd., vol. 558,
fols. 285-95). En realidad, la casa pertenecía por mitades a los dos hermanos
Antonio de Viana, el poeta, había vendido ya su parte a Mariana de Guzmán,
y la mitad de Juan fue comprada por la msma, por esta escritura y por la
cantidad de 2.938 reales de a 48 maravedís
2s Por escritura ante Bartolome: Hernández, el 1 de febrero de 1607 (ibíd ,
vol 496, fols. 258-65).
27 Iglesia de la Concepci6n de La Laguna, Matrimonios, hbro 1, fol. 58 v
Catalina Lrápez tuvo escritura de dote, otorgada por sus padres por presencia
de Tomás Palenzuela, en 17 de jumo de 1610 (Arohivo Histórico Provincial,
voí 570, fols 462-65).
126 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
consta que tuvo de su matrimonio dos hijas: María, bautizada en
la iglesia de los Remedios de La Laguna el 22 de mayo de 1611,
siendo padrinos Cristóbal Salazar de Frías y su esposa, y Nicolosa,
bautizada en la misma iglesia el 17 de mayo del año siguiente ".
Las dos hermanas aún vivían en 1648 en La Lagunaz9. No pa-recen
haberse casado, de modo que con ellas se extinguió la des-cendencia
de los Viana en Tenerife 30.
De todos los datos que hasta aquí hemos venido reseñando
resulta con suficiente claridad que Antonio de Viana pertenecía a
una familia modesta de pobladores portugueses, por el lado de su
madre, de quien le vino su apellido, y quizá también por el lado
paterno. Su parentesco imaginario con el conquistador Juan de
Viana no se halla probado de ningún modo : es una leyenda román-tica,
de valor más bien simbólico, pues pretende, al ir más allá
de los documentos, establecer un puente ideal entre el poeta y su
materia. En cierto modo es como si, tras haber explicado el poema
por la vida del autor, tratáramos de explicar al autor por medio
de su obra. Igual crédito merece la insinuación, que alguna vez se
ha venido haciendo, de una relación de parentesco entre Viana y
los guanches aborígenes: hasta que otros documentos más explí-citos
proporcionen la prueba de lo contrario, no parece fácil de
2s Iglesla de los Remefios de La Laguna, Bautismos, libro VII, fols 186
y 209 v., respectivamente.
29 Hay una escritura de poder otorgada por ellas, ante Mateo de Heredia,
en 1 de diciembre de 1648 (Archivo Histórico Provincial, vol. 892, fol. 2671
30 No consta que haya parentesco alguno entre los Viana de que se trata
aquí y los demás individuos de igual apellido que aparecen documentalmente
en !as Islas eu 6puae diferentes: Vxeute ", XAena, esta.&e eu Te~erife e2
1517; Francisco de Viana, vecino de Las Palmas, casado con María de los
4ngeles y padres entrambos de Francisca. bautizada el 216. de octubre de 1610,
Ana Viana, quien tuvo de padre desconocido una hija, María, bautizada en
la Victoria el 2 de enero de 1661; Pedro de Viana, casado con Catalina de
Cabrera, vecinos de La Laguna y padres de Manuel Pérez de Viana, casado
an ia igiesia de ios Remedios, ei 17 de febrero de 1654, con Marina Lopez de
Vergara, hija de Baltasar Mpez y de Isabel mancisca
12 ALELJAh'DRO CIORANESCU
admitir que corrió alguna sangre guanche por las venas del poeta
tinerfeño
También se ha afirmado que "en las portadas de la primera
edición del poema, su autor tuvo ,buen cuidado de que aparecieran
sus armas, que, según se ve, formábanlas un águila rampante de
patas y alas extendidas" 32. Es cierto que tal escudo de armas
figura en la portada del libro y en el mediocre grabado que sirve
de frontispicio y que muestra a su autor presentando su libro s
don Juan Guerra de Ayala, marcialmente encaramado encima del
Brbol genealbgico de los Guerra: a los pies del poeta yace efecti-vamente
un escudo del águila. Para un autor de veinticinco años,
que acaba de conseguir su título de bachiller, que publica un libro,
que tiene la suerte de hacerse presentar ai pfiblico por ei mismo
Lope de Vega, sería ésta una prueba de orgullo que, en rigor, pa-rece
fácil de comprender. Pero si es cierto que Antonio de Viana
pretende usar ese escudo de armas, no lo ostenta, sino que lo insi-núa,
medio vergonzoso, disimulándolo a los pies de su retrato. De
otro modo su pretensión habría sido ridícula: el poeta era descen-diente
de gente humilde, su ab*uelo sólo había conseguido llegar
de arriero de mulas a mesonero, y su padre, de sastre a almotacén.
Es cierto que la historia de la familia indica una pro'gresión con-tinua
en la jerarquía social; que el mismo poeta hace llamar siem-pre
a su mujer dofía Francisca y que él mismo alcanzó en la vida
situaciones, si no envidiables, por lo menos dignas de la mayor
consideración; pero ni las había alcanzado en 1604, ni le daban
dereoho al águila presuntuosa que yace a sus pies.
Cabe, sin embargo, la hipótesis de que sus biógrafos lo hacen
más aristócrata de lo que presumía él mismo, y que el águila tenga
otra significación que a nosotros se nos escape. De todos modos,
es un problema de modesto alcance. Antonio de Viana no fue des-cendiente
de nobles, ni de conquistadores, ni de aborígenes guan-ches.
1% por deja de seis ejeilip~asr- fia FaRpj6E c o ~ o
como cantor de su "patria ohica". Muy al contrario, el poeta se
nos antoja bastante más representativo así. Lo que representa él
31 Cfr. J. Rodríguez Moure en A. de Viana: Arztigziedaües, La Laguna,
ion* -TT I"V-2, m LY'..-.
32 Ibíd., pág XXV.
128 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
BIOGRAFfA DE ANTONIO DE ViANA 13
no es uno de los elementos heterogéneos que se han fundido con
asombrosa rapidez en el crisol insular, sino la misma idea de sín-tesis
de los distintos elementos en presencia : síntesis inextricable
en que sería inútil buscar la materia de base y las proporciones
de la mezcla, ya que su producto es algo nuevo, como todo pro-ducto
sintético: ni guanche ni castellano, sino tinerfeño; ni aris-tócrata
ni plebeyo, sino poeta; ni conquistador ni conquistado,
sino cantor enamorado de la tierra que codician los unos y defien-den
los otros.
Antonio de Viana fue bautizado en la iglesia de la Concepción
de La Laguna el 21 de abril de 1578 33. Había actuado de padrino
Pedro Momo Mazuelos, un mercader portugués, una de las per-sonas
de mejor posición económica de La Laguna, conocido sobre
todo por el hermoso retablo flamenco que mandó por testamento
se comprase de sus bienes y que existe todavía en la iglesia de los
Remedios.
Naturalmente, nada sabemos de la infancia del poeta; sólo, a
modo de suposición, podemos anticipar que no fue el hijo mayor del
matrimonio, ya que nació a los seis años después del casamiento
de sus padres, y sabemos, por otra parte, que tuvo tres hermanos
nacidos en fechas que ignoramos. Sus primeros años debieron
transcurrir en la casa paterna de la calle de los Mesones. Luego
hizo sus primeros estudios en La Laguna ; probablemente le enseño
el latín, durante aquellos años, el conocido humanista flamenco
Levino Apolonio, profesor apuntado por el Cabildo de la Isla para
preparar a los hijos de los isleños para más altos estudios y que
tuvo a cargo estas enseñanzas de 1584 a 1594 "". También, por vía
de deducción, nos parece licito suponer que fue alumno bastante
aprovechado y que le gustaba estudiar, ya que había decidido dedi-
33 La Laguna, iglesia de la Concepci~Sn, Bautismos, libro 1, fol. 284. Un
facsirnil en la obra de M. R. Alonso: El poema de Vima, frente a la pág. 464
34 Cfr. Al. Cioranescu: Levzozo ApoZonio; va "h.$-stnr?ndni de Ii.d-&_r" e%
Tenerzfe, en ANUARIO DE EST~IAO'JSYA NTICOS, VI (1960), p&gS. 411-33, y
en CooZón, hwmanista, Madrid, 1967, págs. 183-210.
14 ALEJAXDRO CIORANESCU
carse al sacerdocio y, mientras tanto, a los estudios que para esto
le convenía emprender.
Por escritura que otorgaba ante el escribano pfiblico Lucas
Rodríguez Sarmiento, en 22 de agosto de 1594, su abuela Ana
González declaraba que "por quanto yo tengo mucho amor a An-tonio
Viana, mi nyeto, estudiante, hijo legítimo de Francisco Her-nández
y de María de Viana, mi hija legítima y del dicho mi ma-rido,
y e resibido de el dicho mi nyeto e de los dichos sus padres
muchas e buenas obras e servicios dinos de remuneración e galar-dón,
e porque el dicho mi nyeto tyene deseo e inclinación de ser
clérigo sacerdote", para cuyo efecto tenía necesidad de poseer
cierta cantidad de bienes propios, ella le hacía donación de "unas
casas de piedra e texa con sus corrales e pertenencias terreras que
tengo e poseo en esta cibdad, que lindan, de la una parte con las
casas de mi morada, y de la otra parte casa de Melchor Lorenzo,
e por las espaldas casas de Alonso de la Guerra, e por delante la
calle real que dizen de los Mesones", así como "de otras dos mo-radas
de casas de piedra e texa, baxas, que tengo e poseo en esta
dicha cibdad, en la calle que dizen de los Graneles de Juan de
A.guirre, a las espaldas de las casas de mi morada", más dos fane-gadas
de tierra de sembradura en esta ialtima calle ", con el fin de
constituirle los bienes patrimoniales que en tales casos se exigían.
Asegurada de este modo la continuidad material de sus estu-dios,
el joven estudiante se preparó para continuarlos en la Penín-sula.
Antes de marcharse, el 11 de febrero de 1595, y por presencia
del mismo escribano, dio poderes a su misma abuela para admi-nistrar
en su nombre los bienes que por su donación acababa de
adquirir, "para que hubiese bienes patrimoniales a título de los
quales me ordenase de clérigo sacerdote, con cuyo fin y para cuyo
efecto me los dio y donó, e porque al presente yo estoy de biaxe e
partida para España, a acabar mis estudios y ordename, y para
esto estoy nesesitado e ymposibilitado y lo está el dicho FYanclsco
Rernández mi padre, por que la dicha Ana Gonzales, mi abuela,
me quiere hazer bien con que yo consiga y acabe el buen deseo y
fin de ser sacerdote y acudir a mi biaxe y a lo nesesario para el ir
35 Archivo Hist6rico Provincial, vol 416, fols. 373 v.-376
130 APUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
BIOGRAFfA DE ANTONIO DE TUNA 15
y para el fin dicho de acabar mis estudios, y para esto me quiere
proveher de todo lo nesesario y ir provehendo en España, en mis
estudios'' S6.
La idea de hacerse sacerdote no era nueva, sino que había pen-sado
en ello muy temprano; o a lo mejor no fue él, sino la abuela,
por lo que ésta lo mejoraba ya en el quinto de sus bienes, en su
testamento de 1591, "para su patrimonio, siendo clérigo o sacer-dote".
El niño tenía entonces trece años y hacía poco tiempo que
se había quedado huérfano. Esta circunstancia, junto con su apli-cación
al estudio y con la inmediata proximidad de la casa en que
vivía, hizo que Ana González fuera para él una especie de segunda
madre, según se puede deducir del cariño con que mira ella por
sus intereses y de las mejoras que establece en su favor. De todos
modos, ya desde su infancia, Antonio de Viana estaba dedicado
al sacerdocio y para él se fue preparando desde el principio.
Con la misma finalidad emprendió el viaje a Sevilla, a que
antes se ha aludido, a principios de 1595. Durante los tres años
siguientes estudió en la Universidad de Sevilla, en donde, sin em-bargo,
no hay rastro de su presencia en las matrículas de la antigua
Universidad.
Por mayo de 1598, al empeorar la salud de su abuela, o quizás
a raíz de su fallecimiento, Viana volvió a Tenerife, probablemente
en vista de los arreglos familiares que se hacían necesarios des-pués
de la desaparición de la mujer que había sostenido hasta
entonces el peso de la casa y de la familia. No había venido para
quedarse, porque aún no habia terminado sus estudios; además,
lo provisional de su estancia en la Isla se deduce también de una
escritura de esta época, en que se atribuye la calidad de "vecino
de Sevilla, residente en esta ysla de Tenerife" 37, y firmaba con su
nombre real, Antonio Hernández de Viana.
Este regreso a la casa paterna no había sido el primero, en el
período de tiempo que iba de su primera salida en 1595 a 1596.
En esta misma época de su vida se sitúa un episodio notable
que sigue siendo un enigma por falta de una documentación sufi-
36 ibíd., vol. 417, fols. 149-50.
a i Escritura Cie >pporier a Zorge Macecio, procuracior, ante Juan de Anchieta,
en 28 de mayo de 1598 (ibfd., vol. 386, fol. 14).
cientemente segura. Se trata del casamiento del poeta: detemi-nación
importante en este caso, ya que acababa con su esperanza
de llegar al sacerdocio y abría caminos nuevos a sus estudios y a
su vida.
En su testamento, que segiíri queda dicho está fechado en 10
de mayo de 1598, Ana González mejoraba a Antonio de Viana en
el tercio y quinto de sus bienes, pero al mismo tiempo revocaba la
donación de 600 ducados que le había hecho en 1594 para consti-tuirle
una legitima, y justificaba esta decisión por la circunstancia
de hallarse ya casado su nieto en la fecha del testamento. Ya no
existía, pues, la necesidad de constituirle bienes patrimoniales.
Así, pues, en mayo de 1598 el poeta estaba ya casado. Como
su esposa era tinerfeña, lo más lógico es pensar que se había ca-sado
en la Isla, pero no es posible determinar la fecha exacta. Lo
más probable es que fue pocos meses o semanas antes de la fecha
del testamento, ya que a su abuela no le dio tiempo para otorgar
escritura especial de revocación, como parece que hubiera sido
normal. Es posible, pues, que el casamiento se hubiese celebrado
durante esta misma estancia del poeta en Tenerife, aunque todo
ello sea simple hipótesis.
También tenemos que conformarnos con hipótesis en lo refe-rente
a las circunstancias de este matrimonio, que siguen envueltas
en cierto misterio. Lo cierto es que Francisco Hernández, el padre
de Antonio, era curador, nombrado por la justicia, de la joven
Francisca de Vera, hija huérfana de Francisco de Vera, la que
tenía más o menos la edad del poeta -ya que en 1598 consta que
tenía más de doce años y menos de veinticinco-. Esta Francisca
de Vera es la misma esposa de Antonio de Viana, quien la habrá
conocido en casa de su padre. En 16 de junio de 1598, el curador
daba poderes al marido, que era al mismo tiempo su propio hijo,
para administrar los bienes de su joven esposa 38. Esta escritura
proporciona así, no sólo una nueva prueba de que en 1598 el poeta
estaba ya casado, sino la de haber conseguido con anticipación su
propia emancipacibn de la patria potestad, ya que él mismo sólo
tenia entonces veinte años.
*
ss Escritura ante Tomás de Palenzuela (rbid, vol. 564, fols. 507-9)
132 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
Hasta ahora no hay misterio. Lo raro es que entre las partidas
de matrimonio de la iglesia de la Concepción, en La. Laguna, obre
una que dice que Antonio Hernández de Viana casó en aquella
iglesia con Francisca de Vera el 17 de junio de 6599 39. Esta fecha
no es posible, ya que está certificado por dos documentos feha-cientes
que Viana estaba casado ya un año antes. De ahí la con-clusión
a que han llegado, demasiado rápidamente, los antiguos
biógrafos de Viana, de que éste estuvo casado dos veces 40: solu-ci6n
a todas luces imposible, ya que la esposa que consta en los
documentos de 1598 es la misma cuyo nombre figura en la partida
matrimonial de 1599. La explicación de esta anomalía no puede
haiiarse sino en abgún error que habrá internenido en Fa partida:
por una raz6n que no nos es dable conocer, el casamiento no había
sido mencionado en el lugar correspondiente, en el libm de Ma-trimonios,
y la partida fue asentada por el cura un año post factzcm
-cosa no del todo rara en aquella época 41-. También cabe otra
explicación: la de suponer que en la partida la palabra "casé" so-bra,
y que en la realidad lo que se hizo en la iglesia de la Concepción
el 16 de junio de 1599 fue simplemente la velación de los dos despo-sados.
De todos modos, no cabe duda de que Antonio de Viana casó
en 1598 y una sola vez.
L& estancia en Tenerife, durante los años de 1598 y 1599, sirvió
también para poner orden en la herencia que habfa dejado Ana
González y proceder a ciertas liquidaciones. En unión de su padre,
quien actuaba como tut0.r del otro heredero, el menor Juan de
Viana, vendió a Melchor López, mercader, unas casas bajas de pie-
39 Iglesia de la Concepción, Matrimonios, libro 1, fol. 33.
40 Rodríguez Moure, oP cit., págs. XXV-XXVI
41 T n -nnC.An A-+& nnl-.riC-An l-.n+-- -+--m r i - n + i A n r AA - - + n i - - n i n o dn 1KnO
LYQ yQI L I U Q GULQ a U F A I L Q U a G L l b l G V L . A a D p Q l C I U Q U U G I I I L * I I Y I L V I Y V O Urj IUUU>
pero no es cierto que lleve la fecha escn'ta en todas letras "&o de mil e
quinientos noventa e nueve años", como han leido J. Rodríguez Moure, op. cit.,
pág. XXXVI, y M R. Alonso, oP. czt., debajo de la reproducción fotográfica
de la partida. La misma reproducción ofrece la prueba de que la fecha está
escrita en letras (mil) y en guarismos mezclados, contrarianlente al uso, y
de tal modo que resulta prCuAicamente ilegible. La fecña di1599Q0 está
sacada de la lectura de esta part'ida, smo de su cote~o con las demás par-tidas
del mismo folio.
18 ALEJANDRO CIORANESCU
ara y teja en 60 ducados 42, y luego a Francisco Bautista, tesorero
de la Santa Cruzada, "una casa baxa terrera de piedra y texa, con
sus corrales y pertenencias, que son en la calle de Juan de Agui-rre",
procedente de la misma herencia, en 350 reales 43.
Con el dinero así realizado, más mil reales que le tocaron en
parte de la venta de los bienes muebles 44, Viana pudo pensar ya
en el regreso a los estudios que había dejado sin terminar. El mis-mo
día en que había cobrado su dinero daba poder a su padre para
administrar lo que quedaba de su herencia, "por quanto yo estoy
de partida para fuera desta isla" 45. Se fue otra vez a vivir a Se-villa,
sin duda alguna en compañía de su mujer.
Ysta sx ui~,qr,& 'j"m~.ife 1599 2 16Q5 pgeg e
nada sabemos de las circunstancias de su vida sevillana, y todo
cuanto sabemos es más bien por vía de deducción. Como en 1605
se titulaba ya "licenciado, médico cirujano", resulta que se graduó
por los mismos años a que nos referimos. Su casamiento, en efecto,
le había obligado a dar nuevo rumbo a sus estudios y a dedicarse
a la medicina. No sabemos con qué profesores habrá trabajado.
En su única obra medical que se ha conservado habla con evidente
respeto de Bartolomé Hidalgo de Agüero, ilustre médico, "varón
venerado y laureado en esta insigne ciudad de Sevilla, por insti-tuidor
de la vía particular que oy observamos en el hospital ilustre
42 Ante Bernardino de Madri'gal, el 7 de octubre de 1598 (Arohwo His-t6rico
Provincial, vol 457, fols. 715-19).
43 Ante Tomás de Palenzuela, el 24 de nonembre de 1599 (ibid., vol. 56'5,
fols. 225-27). Por escritura de 10 de junio de 1599 se obligaba a pagar al mer-cader
Juan Ramos el precio de una espada que acababa de comprarle en
treinta reales. No pag6 en el plazo previsto y hubo mandamiento de ejecuci6n
en 30 de octubre (Documentos del Archivo de Ossuna, en La Laguna, citados
por M. R. Alonso: El poema de Viuna, pág. 409). Pero la suposición de que
había contraído deudas para lucir espada nueva el día de su boda es gratuita,
ya que, según queda dicho, el poeta había casado el año anterior.
44 Recibo otorgado como heredero de Ana Gom&lez, ante TomZls Palen-zuela,
el 24 de noviembre de 1599 (&&NO Histórico Provincial, vol. 565,
fols. 23032).
4: &-L;Le Tornds de paleme: 2.e; de: anG,-" .iem"u&e (i=id., -"-o; S S ,
f01~. 228-29)
134 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
BIOGRAF~A DE ANTONIO DE VIANA 1Y
del Cardenal, que he curado" 46. Pero no parece posible deducir
de ello que Hidalgo había sido su maestro, ya que había. fallecido
en 1597, en una época en que posiblemente Viana no había empe-zado
a estudiar la medicina.
Durante esta segunda estancia en Sevilla mandó imprimir en
esta ciudad, en 1604, su poema de las Antigüedades de las Zslas
Afortunadas: según consta de la portada del libro, tenía entonces
el grado de Bachiller. El de Licenciado debió de obtenerlo al año
siguiente. Los años sevillanos fueron, pues, años de estudio, no de
práctica medical, y su intención fue probablemente volver a su
Isla después de graduado, como efectivamente lo puso en práctica
a fines del a50 de 1605.
De 1605 a 1610 permaneció Viana en La Laguna ejerciendo la
medicina, administrando los bienes que le habían quedado de la
herencia de su abuela y tratando de asegurarse una situación es&
Me que, sin embargo, no pudo conseguir.
Nos quedan pocas muestras del ejercicio de su saber y oficio
en Tenerife. Sólo halIamos que por escritura ante Tomás de Pa-lenzuela,
el 9 de junio de 1608, un Andrés González, vecino de Acen-tejo,
se obligaba a pagarle 60 reales de contado y cuatro fanegas
de trigo por el día de Nuestra Señora de Agosto, "por rrasón de
que el ssuo dicho me cura de una Pistola que tengo en una mano,
de que me ba curando", y con la misma seriedad el mkdico se obli-gaba
por ante notario "de curar de la dicha mano el apostema que
en ella tiene y darle sano en el plazo por él dicho" 47. No debía com-prometerse
a la ligera, pues las fístulas o postemas eran su verda-dera
especialidad y el tema de sus estudios, recogidos en la única
obra de medicina que llegó a imprimir.
Nás cuidado le costó la administración de sus bienes. Tenía
ahora familia y casa puesta en Ea Laguna, y los negocios de toda
--
46 Viana. Espejo de czrzcgia, Senlla, 1696, pág 22 Sobre este personaje,
cfr Fermín Ara& de Varflora. Hgjos de S&Zh zlustres en santzdad, letras,
armas, artes o dagnidad, voi. 1, seviiia, 1791, pág. 57.
47 Archivo Hist6r1~0 Provincial, vol 569, fol. 774.
20 ALEJANDRO CIORANESCU
clase en que intervino han dejado numerosos rastros en los docu-mentos
laguneros que de aquella época se han conservado4" La
primera transacción que consta haber hecho, tras su regreso a La
Laguna, fue la venta a Mariana de Guzmán, el 4 de diciembre de
1605, de "las dos terceras partes de una casa que yo tengo en la
calle que dizen de los Mezones en la compañía de Juan de Viana,
mi hermano", la cual "linda toda la dicha casa por una parte casas
de Melchor Lorenzo y por la parte solar de la iglesia de Nuestra
Señora de la Concepción y por detrás la calle que dizen de Juan de
Aguirre y por delante la dicha calle de los Mesones" 49.
Con esta Mariana de Gumán, que según parece tenía tienda
puesta en La. Laguna, tuvo más cuentas de dares y tomares, alguna
de ellas baSkante coiiiPiica&. As:, eri 9 do rfiaj--u de I$()T 12 p s o
demanda por la cantidad de 500 reales que ella le debía, pero luego
se concertó con ella a cambio de 200 reales de contado y ocho varas
de rajeta, siendo entendido que de todo ello la tercera parte era
propiedad de su hermano, como todo cuanto procedía de la heren-cia
de la abuela. Este dinero, que parece había sido dejado a Ma-riana
por Francisco Hernández en depósito, fue devuelto efediva-mente
el 13 de marzo del mismo año 50.
Por otra parte, Francisco Hernández, en su calidad de apode-rado
de su hijo mayor y curador del menor, había dado a censo a
48 Una escritura de deuda ante Baltasar Hernández, en 6 de diciembre
de 1605 (ibíd, vol. 494). Poder a Hilarlo Guerra, procurador de causas, ante
Agustín de Escobar, en 8 de marzo de 1606 (ibíd., vol 974, fol. 4). Actúa de
testigo en una escritura de venta, ante Tomás de Palenzuela, en 13 de di-ciembre
de 1606 (ibíd, vol. 569, fol. 318). Obligación de deuda ante B. Ca-brejas,
en 16 de junio de 1607 (ibfd, vol. 554). Junto con "doña Francisca, su
muger" actúa de padrino en la boda de Juan Ramírez, el 19 de nomembre
de 1611 (La Laguna, Iglesia de la Concepcián, Matrimonios, Iibro 1, fol. 48 v ) ,
tamlsién fue testigo en el matrimonio de su hermano, antes mencionado. Se
obliga a pagar a doña Mariana de Armas, vecina de Garaehico, 739 reales que
le debe de resto de una libranza. de 200 ducados que por su orden le dio para
Sevilla el capitán Lucas Martín de Slzola, ante Tomás de Palenzuela, en 14
de agosto de 1609 Poder a Juan de Viana, su hermano, barbero, ante Lo-renzo
Paienzuela, en 22 de noviembre de 1610 (Archivo Eist6rico Provincial,
vol. 570, fol. 629).
49 Ante %artolom@ Cabrejas (ibíd; vol 553, fols. 330-31)
50 Ante Agustíí de Escobar (ibíd , vol. 974, fols. 544-44).
136 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
la misma Mariana de Guzmán un solar en la calIe de los Graneles
de Aguirre, por precio de 70 doblas de censo a redimir. En la par-tición
hecha en 1606 entre los dos hermanos, este censo le tocó
íntegramente al poeta. De las 70 doblas de principal, Mariana re-dimió
los 50 51, y la renta de los restantes fue regalada por el poeta
médico a su hermano con motivo de su casamiento 52.
También tuvo trato con Bernardino de Palenzuela, a quien de-bía
un censo de 200 ducados, que pretendió redimir en 1607, sin
que sepamos si efectivamente lo hizo j3. Este Palenztaela era Lam-bién
amigo del célebre Cairasco; quizá por su mediación entraron
en contacto los dos poetas, que vivían en cada una de las dos islas
principales de Canarias, y a estas relaciones se debe el soneto fir-mado
por Viana, entre las laudes con que empieza El Templo mili-ta?
nte de Cairasco, publicado en 1613. Las demás transacciones que
conocemos de Viana durante estos años tinerfeños -la venta de
"una haca color castaño caiiiprieta" en 311 reales 54, la de un
esclavo negro de dieciooho años en mil reales 55, la de una esclava
negra en cien reales 56- parecen indicar que sus negocios no
andaban del todo mal.
Durante este mismo período se hizo la partición de la herencia
de Ana González entre los dos hermanos, sus herederos. Luego,
Ante Tomás de Palenzuela, el 1.0 de junio de 1607 (ibíd., vol. %9,
fols. 562 V.-@).
52 Rec~boa nte Tomás de Palenmela, en 9 de mayo de 1612 (ibíd., vol. 571,
fols. 423-25). Por escritura ante el mismo, a 8 de junio de 1607, reconocía
Antonio de Viana que debía a Mariana de Guzmán 95 reales nuevos, "por
rras6n y se los debo de resto de las quentas de dares y tomares que hasta @y
emos tenidow (lbid., vol. 569, fol. 383).
53 En la fecha de referencia -16 de enero de 1607- Eernardino de Pa-lenzuela
estaba ausente, por cuya r a z h pedía Viana a la justicia la autori-zacidn
de depositar el dinero de la redenci6n en personas de confianza (ante
Barioiomé Cabrejas, *d., vol. 554, foi. 203.
54 Ante Tomás de Palenzuela, a 21 de noviembre de 1606 (ibíd , vol. 569,
fol. 308).
55 Ante Lope Gal6.n de Rgueroa, en Las Palmas, el 11 de octubre de 1607
(Las Palmas, Archivo Histórico Provincial, vol. 978). A este esclavo lo había
comprado en Tenerife, del capitán LUIS F'ernández Angel, portugu6s, vecino
de Angola.
56 Ante el mlsmo, en 24 de noviembre de 1608 (ibíd , vol. 569, fol. 1144)
Núm 1s (1967) 137
22 ALEJANDRO CIORANESCU
Juan de Viana salió de la tutela de Pedro Hernández Lordelo, que
hasta entonces había sido su curador, y a petición suya, por deci-sión
del Licenciado Estrada, el poeta fue nombrado curador de
su hermano y dio finiquito de las anteriores cuentas de tutela 57.
En el año de 1605 es cuando parece que debió de situarse también
el nacimiento de su hijo mayor, Antonio.
En fin, hemos dicho que nuestro poeta trató igualmente de bus-carse
una posición más confortable o, por lo menos, más segura.
Para un médico como él, la única posibilidad que se le abría en este
sentido era la de hacerse recibir por médico estipendiado del Ca-bildo
insular. Las circunstancias eran favorables -si es que se
puede hablar así-, pues cundía en la Isla una epidemia de peste
o iandre que duraba desde 1601 y haMa hecno estragos sobre todo
en Garachico, en donde el número de los muertos había sido consi-derable
en 1601 y en 1602. Viana consiguió que el personero del
convento de Candelaria y varios alcaldes y vecinos de los lugares
de la Isla dirigieran peticiones al Cabildo, instando "conserven al
dicho Antonio de Viana y le señalen algún salario" para obligarle
a quedarse en la Isla en un momento en que tanta falta de médicos
había en la misma.
Estas peticiones se discutieron en Cabildo, en su sesión de 11
de diciembre de 1606, y al fin se admitió el nombramiento propues-to,
señalándose de salario al médico 30 doblas y un cahiz de trigo
al año, pagaderos de los propios de la Isla, a partir de enero de 1607.
El Licenciado Viana quedaba constituído en la doble obligación
de "curar en el hospital, conventos de monjas e frailes de balde y
a los pobres y gente miserable" y de traer aprobación real de su
nombramiento, que debía suplicar el mismo Cabildo.
Sin embargo, el nombramiento encontró cierta oposición por
parte de algunos regidores, más atentos sin duda a las rentas mu-nicipales
que a la salud pública. Antón Fonte, uno de los regidores
pi-esenta&, darb qCev utaba en corhrad e lo pi^vpye s~loo
hizo constar; mientras Lop de Azoca protestó que "atento a que
esta ciudad tiene siurjano, que es Francisco de Moya, que con mu-cho
cuidado e diligencia acude al hospital e monjas e frailes e po-
57 A&e &rt&m6 c&brej&iw,e",2 50 Y 52 de febrer= & 1sQ: r-;~-
tórico Provincial de Santa Cruz de TeneWe, vol. 554).
138 ANUAEIO DE ESTUDIOS ATLANTZCOS
BIOGRAFfA DE ANTONIO DE NANA Zd
bres de esta isla y tiene salario por este Cabildo, es justo que no
se acreciente salario a otro, y así contradice el salario que se le
señala al Licenciado Viana y pide y requiere a los señores Justicia
e Regimiento no se le señale, con protestación que él hace que sea
a su culpa y cargo de quien fuere en le señalar el dicho salario" 5s.
El Ayuntamiento de La Laguna andaba por aquel entonces
muy falto de recursos, enfermedad endémica de que padeció a lo
largo de casi toda su historia, y rehuía sistemáticanlente cualquier
compromiso susceptible de acarrear nuevos gastos. El de 30 doblas
al año no era nada considerable, y así debió de parecerlo a la ma-yoría
de los regidores reunidos en aquella sesión del 11 de diciem-bre.
Viana lo_Prn obtener aoeran favnral-le a SIUS pretmsinnes;
porque, en resumidas cuentas, tuvo dos votos en contra y doce a
favor. Virtualmente era ya médico de la Isla, y, sin duda, así se
le hizo saber por medio de una copia o tanto autorizado del acta
de aquella sesión. Era una ilusión, que aún le duraba en 1 de junio
de 1607, al otorgar una escritura en que se calificaba a sí mismo
"médico de la isla de Tenerife" 59. Pero para regularizar su situa-ción
faltaban dos cosas, que probablemente no consiguió nunca:
la real cédula de aprobación del acuerdo municipal y el pago efec-tivo
del salario señalado.
Dice un refrán que las cosas de palacio van despacio. Segura-mente
lo saKí el mismo Viana y debió de aguardar con paciencia
a que la decisión del Cabildo se volviese realidad. Incluso puede
ser que haya cobrado alguna parte de lo señalado, a pesar de la
protesta y de las amenazas de Lope de Azoca ; pero no consta que
haya recibido nombramiento oficial, ni figura como médico en las
demás actas y en los numerosos documentos del Cabildo. El acuer-do
de la Corporación se murió de muerte natural, es decir, que
aca;bó sumido en la inercia del olvido. Lo más probable es que
cuando decidió volver a Sevilla, a finales del año de 1610, el Licen-ciado
había comprendido por fin que no podía esperar nada de
parte del Regimiento, e incluso es lícito suponer que este desen-gaño
habrá jugado un papel decisivo en su determinación de ir a
58 Ayuntamiento de La Laguna, Actas, Oficio 1, libro 19, fols 176-77
Publicado por J. Rodríguez Moure, op. cit., págs. XXXVII-;YXXTX.
59 Documento citado en la nota 51.
Núm 13 (1967) 139
24 ALEJANDRO CIORANESCU
ganarse la vida en otro sitio que no fuera la Isla cuyo primer vate
había sido y que tan mal recompensaba su cariño y su labor.
La documentación incompleta de que disponemos nos obliga a
escribir la biografía de nuestro poeta a base de retazos casi inde-pendientes
y difíciles de reunir. Su vida se compone de zonas de
sombra y de luz que se alternan, según transcurre en Tenerife o
fuera de las islas. Resumiendo, podemos decir que debemos distin-guir
en su vida dos series de hechos: los años comprendidos entre
1578 y 1595, 1598 y 1599, 1605 y 1610, 1631 y 1634, durante los
cuales vivió en Canarias y de que podemos formarnos una imagen
más o menos clara, y los años de 1595 a 1598, 1600 a 1605, 1611
a 1631 y de 1634 a la fecha desconocida de su fallecimiento, en
que vivió fuera de las Islas, principalmente en Sevilla, y sobre los
cuales carecemos de modo casi absoluto de indicaciones documen-tales.
De 1611 a 1631 sabemos, o mejor dicho creemos saber, que vivió
en Sevilla. Allí debe de haberle nacido su segundo hijo, Diego, pro-bablemente
en 3615. Durante estos mismos años, en fechas que nos
es imposible precisar, obtuvo el grado de doctor en medicina y los
cargos de médico y cirujano mayor del Hospital del Cardenal, en
Sevilla, y de las galeras de España. En esta última calidad tuvo
sin duda la facilidad de emprender algunos viajes o, si no, la obli-gación
de hacerlos, porque en su obra médica dice que estuvo en
Italia: "Dígolo así por haber peregrinado el mundo, andado las
mejores ciudades no sólo de España, pero de Italia, y visto las
superiores Universidades, los más insignos hospitales y, siendo
cirujano mayor de las galeras de España por el Rey, he comuni-cado
en .d if.e rentes provincias grandes médicos de diferentes nacio- nes y ciz~üjailosf amuaüaJJe . Idoe llo es pcu rl-üesici-.ua-riosidad,
pero es lo único que sabemos de sus andanzas a lo largo
de más de veinte años que duró su alejamiento de las Islas.
Este alejamiento debió de serle sensible, como suele serlo en
3.40 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
BIOGRAFfA DE ANTONIO DE WANA 25
general para todos los isleños. Soñaba sin duda con regresar defi-nitivamente
a sus Afortunadas, ya que, a pesar de la eminente
situación a que haMa llegado en Sevilla, aprovechó en 1631 la invi-tación
que le hizo el Cabildo de Tenerife para venir a servir en esta
Isla, sin esperar las garantías que tenía derecho a exigir.
En la sesión de 7 de julio de 1631 del Cabildo insular, según
reza el acta de la misma, el regidor "Juan de Mesa dijo que por
estar esta isla necesitada de médicos que pudiesen acudir a todos
los enfermos que ubiesse en esta ciudad, como en los demás lu-gares
della, y ansimesmo de sirujano y boticario, cosas tan nese-sarias
para conserbación de la vida umana y, mirando el remedio
desto, este Cabildo cometió a es'ce capitular escribiese al Doctor
Antonio de Viana, que viniese a servir esta república y, aviéndole
escrito, como ya en otras ocasiones tiene dado cuenta, mostró por
sus cartas muy buena voluntad de serbir a este Cabildo, y ansi lo
a ejecutado, pues al presente está en esta isla, con muy buenos
deseos de asertar a servir".
Si acertamos nosotros también a leer por entre los renglones,
parece que debe entenderse que, en su deseo de volver a su casa,
Viana se había valido de sus amistades para insinuar al Cabildo
la disposición con que se hallaba de volver a servirle como en otros
tiempos. La negociación de su regreso y de su nombramiento por
el Cabildo debió de ser más bien laboriosa, por las razones que ya
conocemos y que no se habían modificado -ya que Juan de Mesa
indica que varias veces había referido ya al Ayuntamiento los
deseos del médico, sin que haya quedado constancia de estas pro-posiciones,
ni mucho menos de algún acuerdo referente a las mis-mas-.
Ahora Juan de Mesa sabe sin duda, por haber consultado
previamente con sus colegas, que la situación ha madurado sufi-cientemente
y que ha llegado la hora de las decisiones,
Por lo tanto, asegura a continuación a los patres conscripti de
la república tinerfeña que el doctor Viana "con su persona e sus
mehas letras acudirá a !os cmventos, q$ta!es y pers=r,au mise=
raMes y serán besitados y curados los enfermos que ay en los
26 ALEJANDRO CIORANESCU
demás lugares desta ysla, ospitales y conventos della; porque, aun-que
este Cabildo tiene asalariado al Doctor Jerónimo de Saavedra,
persona de tantas partes y letras y que a costa de muchos estudios
y travaxo ha acudido a todas las obligaciones de su officio, [ha
sido sin] salir de esta ciudad, porque en ella siempre a habido mu-chos
enffermos y de muy grabes enffermedades, y ansi los demás
lugares padesían; y agora con la benida del dicho Doctor Antonio
de Viana se podrá acudir a todo, y este Cabildo de su parte abrá
cumplido con lo que tiene obligación y es a su cargo".
Luego, tras esta presentación del candidato, "se leyó un escrito
del Doctor Viana, con unos papeles y tres títulos de sus grados
de medesina y serujía y pidió que, pues este Cabildo le mandó venir
e lo a hecho por serbirle, dejando en Seviiia muchas comodidades
y dise que serbirá de sirujano y médico y dise trai botica y que
ha hecho muchos gastos en la benida y salió de Sevilla desde pri-mero
de junio deste año y antes mucho tiempo dejó su salario para
disponer su venida y pide se atienda a todo y se le dé el salario y
ayuda de costa que le paressiere a este Cabildo".
Después de haberse examinado la petición y los títulos presen-tados,
los regidores reunidos en cabildo "dixeron que agradecen
y estiman la lbnida y buena resolución del dicho Doctor Viana y
que este Cabildo, por ,hallarse ansí con cortedad y muchas obliga-ciones,
no se alarga a darle la satisfacción que era justo y mos-trar
las voluntades que todos tienen, agradeciéndole su benida y
que antepussiese el serbir a esta ysla las muchas comodidades que
tenía; y ansí acordaban y mandaban se le den por ayuda de costa
tresientos ducados, pagados la mitad este año y la otra mitad el
año que biene. Y porque esta ysla es grande y está muy poblada
y ay muchos lugares apartados, donde, por la necesidad y enfer-medades,
suelen salir los médicos que a avido en esta ciudad, por
lo qual conviene que por agora aya dos, para que quando uno falte
ei o'a=o, coiilo los. a nabi&,, de q-Lie esto
se acude a la salud pública de toda la ysla; y porqu'esto mejor se
haga combiene que el Cabildo dé salario a dos; e porque el Doctor
Viana y el Doctor Saavedra son de mucha satisfacción, expirencia
y letras, se asienta que a los suso dichos como a médicos de esta
ysla se les dé en cada un año por salario fixo ochenta doblas y
142 -4NUAEIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
BIOGRAF~A DE ANTONIO DE V'iANA 27
ochenta fanegas de trigo, el qual se les asiente en la contaduría
y se les notifique lo aceten y se obliguen a curar los conventos,
ospitales y pobres de toda esta ysla, sin premio y con mucha cari-dad;
y que no saldrán data ciudad sin licencia de su gobernador
y no salgan ambos, sino el uno y quedando el otro, y se le asiente
a1 Doctor Saavedra desde oy y al Doctor Viana desde primero de
mayo deste año, que es el tiempo que gastó para su embarcación.
"Y por quanto el Doctor Viana es sirujano de muy grande apro-vación,
y es nesessario que lo exercite en esta ysla como lo offresse,
por tanto por el dicho título se le señala por salario del dicho officio
cinquenta fanegas de trigo, atendiendo a que el suso dicho, sin ser
obligación suya, a traído cantidad de drogas y compusición de bo-tica
y que se esperava que acudirá a lo que en este ministerio a de
acudir, y lo aya en cada un año y este salario lo gane desde el dicho
día primero [de mayo] deste año" G1.
Esta vez el Cabildo había hecho bien las cosas. Con no ser exor-bitante,
el salario que se había fijado para el médico era tres veces
mayor que el que no se le pagaba veinticinco años antes, y de todos
modos era suficiente para asegurarle una existencia holgada, por
encima de las preocupaciones de cada día. A ello se añadía una
ayuda de costa igualmente conspicua. Cuando lo quería, el Ayun-tamiento
podía olvidar la lamentable situación de los fondos pú-blicos
y mostrarse espléndido con quien lo merecía. Pero no es
absolutamente cierto que lo quería de verdad.
En efecto, no debió de durar mucho la satisfacción del médico.
En la sesión del Cabildo de 19 de julio de 1632 se leyó una petición
del doctor Viana solicitando su salario de trigo G2, de lo cual es
fácil deducir que hasta entonces no se le había pagado. Tampoco
debió de pagársele esta vez, sino que el mes siguiente, en 20% de
agosto, se presentó a los regidores una provisión de la Real Audien-cia
que disponía que no se pagasen a los médicos salarios de
trigo 'j3, bajo ciertas penas en que naturalmente no pretendía incu-rrir
el Cabildo.
A los veinticinco años de su primera experiencia como médico
61 Ayuntamento de La Laguna, Actas, libro XXXi, Pols 92-93
63 Ibid., fols. 190-91.
63 md., fol. 200.
28 ALEJANDRO CIORANESCU
asalariado Viana tropezaba con la misma situación inextricable,
con la misma morosidad de la autoridad constituída, con la misma
imposibilidad de valerse de sus derechos. Entonces otra vez pensó
abandonarlo todo y marcharse de la Isla, con cuyo objeto hizo o
quizá escuchó ciertas proposiciones que le venian de Las Palmas
y que tenían por objeto atraerlo a la Isla vecina. Estaba ya en
~~isperades poner en ejecución este proyecto cuando intervino en
su vida, el día de Navidad de 1632, una circunstancia dramática
e inesperada, que conocemos con suficiente detalle y que merece
una más detenida atención.
La noche del 25 de diciembre de 1632, a las cuatro de la madru-gada,
el corregidor de Tenerife Licenciado Cornejo fue despertado
porque acababan de herir con arma blanca al Licenciado Antonio
de Viana, hijo mayor del poeta, en el curso de una pendencia que
había tenido en la plaza del Adelantado. Para hacer las debidas
averiguaciones, el corregidor pasó inmediatamente a la casa del
médico, en donde halló al joven con dos heridas en la cara, la una
en la nariz y la otra en el cuello y la garganta. Respondiendo al
interrogatorio a que fue sometido, Antonio de Viana el joven de-claró
que sus agresores eran un tal Alonso Francisco, hijo de Jorge
Hernández Perera, y don Luis de Mesa, hijo del capitán Diego de
Mesa. No había mediado ninguna riña entre ellos, sino que, al con-trario,
parecían todos muy amigos. Don Luis de Mesa había pro-puesto
a1 joven Viana y a su hermano que fuesen todos, la noche
de Navidad, a maitines al convento de Santa Clara, y para recor-dárselo
había venido a verlo en su casa dos veces, el Jueves y el
Viernes navideños. Viendo que el oficio tardaba demasiado, don An-tonio
y su hermano habían salido de la iglesia del convento y se
ikan en dirección a Santa Catalina, cuando los dos agresores co-rrieron
detrás de ellos y, sin explicación o palabra alguna, le pro-dujeron
con sus espadas las dos heridas antes referidas. Luego se
echaron los dos a correr, metiéndose don Luis en la iglesia de Santa
Catalina y su cómplice en la de Santo Domingo.
Del modo en que está referido el incidente resulta incompren-sible
la causa de la agresión y difícil de calificar su alevosía. Se ve,
144 -4NUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
BIOGRAF~A DE ANTONIO DE W U ' A 29
sin embargo, que debe tratarse de alguna venganza y, dada la edad
de los interesados en el conflicto, es muy natural pensar en que
se trata de alguna riña ocasionada por asuntos de galantería. Ade-más,
se declara en la instrucción que a Alonso Francisco le han
oído decir que los Viana eran sus enemigos, y que habia herido a
don Antonio porque le había afrentado "en casa de la Sagasta",
que no debía ser ningún salón de la alta sociedad lacunense.
En vista de los hechos, el corregidor decretó la prisión de los
dos culpados y se fue él mismo, con los alguaciles, a buscarlos en
sus casas, en donde naturalmente no estaban. Luego el Licenciado
Cornejo declaró que "por un espasio le importa acudir a sierta dili-gencia
de justicia" que, vista la hora muy temprana, no podía ser
sino un rato de descanso del juez en su aposento, y encomendó a
su escribano, Gonzalo Cuello Texera, a proseguir el interrogatorio
de los testigos.
La información no arroja más luz de la que se podía sacar de
la declaración de don Antonio. Los testigos han visto a los cuatro,
antes y después de los hechos, pero ninguno presenció la agresijn.
Todos han visto a don Luis de Mesa, bien entrando en la iglesia de
Santa Catalina mientras envainaba la espada o cediendo su kro-que1
a un amigo, para alejar de sí las sospechas; muchos han oído
a Alonso Francisco alabándose de que él solo habia herido al joven
Viana, que era su enemigo; pero nadie sabe dónde están en este
momento, ni como pasaron exactamente las cosas.
Al día siguiente, el corregidor manda que nadie se atreva a
albergar o a sacar de la Isla a los reos. En los dias siguientes con-tinuaron
las búsquedas por los conventos y por las casas en que
se podía sospechar .que se albergaban los dos compinches, y en
ellas intervino también el doctor Viana, como parte interesada,
pero todo resultó inútil. También se prosiguió la audición de los
testigos, que eran numerosos, pero que sabían poco de 10 si~iedi&,
Si algo se puede sacar en limpio de sus deposiciones, es que
Alonso Francisco no era tan amigo de don Antonio como lo hacía
éste. Parece que ya habia habido choques anteriormente, que
Alonso Francisco iba diciendo a todos que el joven Viana era su
enemigG, y.ue !e bLsmb8 p8ra con 61 y qde don h u n i o bien
sabia que no le quería bien. El papel de don Luis de Mesa es menos
30 ALEJANDRO CIORANESCU
claro. Alonso Francisco pretendía que él sdo había causado las
dos heridas de don Antonio, cosa poco probable. Así y todo, parece
que el principal agresor fue el hijo de Perera, mientras don Luis
sólo sirvió de cebo, para, so color de amistad, inducir a don Antoni~
a que saliese con él, desprevenido, y diese al otro la ocasión que
tanto esperaba. Naturalmente, todo ello es mera suposición, ya
que cada testigo refiere Io poco que ha visto, cuando no lo que
imagina.
Mientras tanto, los dos reos no aparecían -lo cual no significa
que permaneciesen inactivos-. De Alonso Francisco no se habla
más en los autos, de modo que se debe suponer que logró poner
tierra por el medio y salir de la Isla. En cuanto a su compañero
y cómplice, don Luis de Mesa y @astilla, era notario del Santo OIr-cio
y en esta calidad escapaba a la justicia real. Para eludir la per-secución
judicial dio en 31 de diciembre de 1632, por presencia del
escribano Juan Alonso Argüello, poderes a Cristóbal de Valderra-ma,
Francisco de Nis, Francisco Hernández Hidalgo y Juan Lo-renzo
de Betancor para solicitar del Santo Oficio carta inhibitoria
en su favor. Esta escritura de poder no deja de ser muy signifi-cativa:
el reo, perseguido por la justicia y a quien buscaban cada
día por las casas y los conventos de la ciudad, otorgaba escrituras
por presencia de notario público y con testigo, en la misma ciu-dad,
sin que, al parecer, la justicia que le iba buscando se hubiese
enterado de nada.
Más tarde, don Luis estableció contacto con el comisario de la
Inquisición en La Laguna, probablemente por mediación de su
padre, y le pidió que le amparase contra los procedimientos del
corregidor. Así lo notificó el comisario al Licenciado Cornejo, quien
le contestó, en 13 de enero de 1633, que el amparo no le corres-pondía
a él, como comisario, sino al Santo Oñcio, que aún no había
intervenido. Pero en los asuntos de competencia de autoridad todos
se movía rápidamente. Y a 21 de enero, dno Luis de Mesa podía
exhibir ante Daniel Vandama, abogado de la Real Audiencia, la
carta inhibitoria que había solicitado, con provisión de los Seño-res
Inquisidores para que se les mandasen los autos del proceso.
El Licenciado Cornejo se inhibió y sobreseyó en la prosecución de
la causa. Los autos fueron enviados a Las Palmas y en !a audien-
146 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLAhTTICOS
BIOGRAFfA DE ANTONIO DE VIANA 31
cia del 19 de febrero los Inquisidores mandaron que don Luis de
Mesa "sea preso y puesto con dos guardas en las casas del Ayun-tamiento
de la ciudad de La Laguna y se le notifique que no lo
quebrase, pena de la excomunión y de seiscientos ducado aplicados
para gastos deste Santo Oficio". Esta sentencia se notificó a don
Antonio de Viana y a su padre, en Las Palmas, el 3 de marzo y el
2 de abril, respectivamente. En aquella fecha, en efecto, tanto el
padre como el hijo habían abandonado ya la isla de Tenerife, a la
que nunca volverían después b4.
la en los meses anteriores a, este pecoso ifieide~te e! d ~ c t ~ r
Viana se había relacionado con ciertas entidades de Las Palmas
y había tratado con ellas acerca de la posibilidad de trasladarse
con su casa a Gran Canaria, en condiciones mejores y más seguras
que las de Tenerife. El ataque alevoso de que habia sido víctima
su hiyo en la noche del 25 de diciembre, así como otros ataques
personales de que se quejaba haber sufrido 61 mismo -no sabemos
con cuánta razón-, contribuyeron a fortalecer su determinación
de abandonar el servicio, para ir a vivir con su familia en la Isla
vecina: tanto más que allí residía la Real Audiencia, en cuyo tri-bunal
pretenda pedir justicia contra los autores de la agresión,
para cuyo pleito era útil y quizás imprescindible su presencia.
En la sesión del !Cabildo tinerfeño de 15 de enero de 1633 consta
una resolución que manda se avise a los médicos que deben cum-plir
sus visitase5, lo cual parece indicar que Viana había dejado
ya de asistir a los enfermos y de efectuar sus visitas acostumbradas
a! hospital y a los conventos. Pero a él ya no le importaba mucho
aquel acuerdo: a los pocos días, el 18 de enero de 1633, había sido
nombrado médico del Cabildo eclesiástico de Canaria, con salario
de 200 ducados al año, más 1,500 reales que de sus rp.ntas 1- pa-
64 Todos los autos que se citan aquí pertenecen al expediente de la Causu
contra D. h z s de Mesa y CastzZZa, veczno de Tenerzfe, notario del Santo Ofzczo,
por gendencm en Zu noche de Namdad de 1683, procedente del Archivo de la
Inquisición de Las Palmas y conservado en el aruhivo del marqués de Acial-c&
ar en es'& ciu&G
65 Ayuntamiento de La Laguna, Actas, Lbro fol. 229.
garía el obispo por la asistencia de su casa, del convento de monjas
y del hospital de la ciudad 66.
El salario era bastante mejor que el que se le pagaba en Tene-rife
y, de todos modos, Viana estaba ya decidido a marcharse. Al
mes siguiente hizo viaje a Las Palmas para concretar las condi-ciones
de su traslado. Luego, al volver a Tenerife, liquidó sus inte-reses
en La Laguna y pasó con su familia a Santa Cruz, en espera
de la salida del barco que tenía fletado.
El doctor Viana era un hombre libre y podía disponer a su
antojo de si mismo y de su vida, pero hasta la fecha de 3 de marzo
no hay constancia de que hubiese informado oficialmente al ea-hildo
de Tenerife de su deseo de marcharse. Según parece, tenía la
intención de salir de la Isla sin a nadie, pji- i:azonea
de prudencia, para no verse impedido por el Cabildo, como real-mente
se vio, o para significar a los regidores las pocas satisfac-ciones
que de ellos bahía recibido. Lo cierto es que, como acabamos
de verlo, su hijo y sin duda toda su casa se hallaban ya en Las
Palmas el día 3 de marzo, mientras el doctor Viana seguía en Te-nerife
y presentaba en aquel mismo día ma súplica al Cabildo
pidiendo se le exonerase de su empleo y se le revocase el salario
para poderse marchar.
Hay en todo ello, por parte de Viana, un atraso que no tiene
explicación normal. Es lógico pensar que su primera intención
había sido embarcar para Gran Canaria con toda su familia en el
barco que para este objeto tenia fletado; si no lo hizo y si su hijo
llegó antes que él a Las Palmas, debe ser porque algo, o más bien
alguien, estorbó el embarco del doctor Viana y le representó que,
en su calidad de asalariado, tenía obligaciones para con el Cabildo
y que éste aún no le había autorizado la salida.
Entonces fue cuando Viana escribió su petición, para regula-rizar
una ausencia que más bien tenía aspecto de huída. Se llama
an n: m:nrv.r, nnvn An-nn -&a 4 - n r \&o n n i ~ ''mAr7;r.n ~r nimi ionn r n o v n r ,31 ULl,,ILL", yala ualu., u r a m rilryur *aLr.,ru, Illvuib" y bsl uJculrv rr-J UL
del Rey Nuestro Señor en sus Reales Armadas, y al presente de
Vuestra Señoría" y declara su determinación de pasar a vivir con
su familia en Gran Canaria, ya que no tenía firmado con el Cabildo
148 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
contrato alguno que se lo impidiese. Las razones que da para jus-tificar
su decisiún son el haber abandonado sus intereses en Sevilla
-el salario de médico del Hospital del Cardenal, ganado por opo-sición,
y más tres mil ducados de ganancias libres cada año- para
responder a la invitación del Cabildo; el haberle señalado éste un
salario "tan corto y el ordinario que V. S. suele dar a los médicos
que se le offrecen sin ser Ilamados"; la mala situación económica
del vecindario, que no le permitía sustentarse; además de "algunas
causas que por aora me mueben a pasar a vibir con mi casa en la
isla de Canaria".
El Cabildo examinó su peticibn el mismo día 3 de marzo, lo
nr -o1 ;nii;no rar rn nn C v o f o h o rln o n r t n t n a i i rannt~cTI niia nn r@ 0rXISli- uuas sLLur,,a yuv u- L&a,,uwa u- uuun*vv urbvrrrvu y y-- --- -- ------
deraban sin importancia. Uno de los regidores, el Licenciado Ber-nardino
Lercaro, presentó los hechos, el deseo de Viana de ahn-donar
la Isla, su nuevo empleo en Gran Canaria y su presencia
en Santa C m , donde tenía barco fletado. Luego el procurador
del Cabildo, el capitán Francisco de Molina, presentó un escrito
protestando contra lo propuesto por Viana. El médico recibl' a sa-lario
del Cabildo, y a cambio le debía ciertos servicios, que dejaba
de cumplir; además había recibido una ayuda de costa de 4.000
reales para venir a vivir en Tenerife, y ahora quería marcharse sin
haber cumplido siquiera dos años de estancia. Esta misma opinión
fue adoptada por la Justicia de la Isla. El teniente de corregidor,
que lo era don Alonso Llarena Canoasco, mandó al alcaide de Santa
Cruz y a los demás oficiales del puerto que impidieran el embarco
del médico y que notificaran a éste la prohibición de salir de la
Isla que contra él se había decretado.
Así se le notificó el 4 de marzo, y al día siguiente Viana can-testó
al Cabildo con un lango memorial justificativo, bien escrito,
pero en un tono polémico muy subido. Su argumentación está bien
=rgo,FLiaduy, pLe ca-ce 63 cie" cGrLkATsdeEci'ylu R",;,edo,& El pe=
dimiento del capitán don Francisco de Molina oculta una intención
"siniestra", pues, por ser deudo suyo y también del teniente de
Corregidor el acusado en la causa criminal que se perseguía en
la Real Audiencia de Las Palmas, lo que pretende el procurador
dei Cabildo es al '5mpedir mi viaje, que yo no aicance justicia". Ei
decir que debe dinero al Cabildo también le parece "siniestro", por
34 ALEJANDRO CIORANESCU
ser lo contrario mucho más cierto. Tampoco hay asiento hecho
con el Cabildo, para que se le pueda obligar a servir toda la vida.
En cuanto a la tan cacareada ayuda de costa, "debo de estar antes
quexoso de que fuí engañado", por haber sido sacado de Sevilla,
como si lo hubiese sido de su Torre del Oro, en las más "sinies-trasy1
condiciones: "Sólo se me señaló el salario ordinario, y se
me mandó librar trescientos ducados de ayuda de costa por los
gastos de la venida y no se me han pagado, y si algo e recibido,
me a sido pagado en mercaderías baxas a subidos precios, como
si el Cabildo los tuviesse de su cosecha. Y para pagarme la libranca
que e y tengo librada a muchos meses de la dicha ayuda de costa,
no la a querido acetar el mayordomo, y aviendo traydo provisión
de la Real Audiencia para que me pagase y requerido con ella al
Sr. Corregidor y al dicho Cabildo, no sólo no se a cumplido con
su thenor, mas ni se a querido responder a ella, ni librarme el
salario que de lo corrido deste año se me debe".
Además de todas estas razones, que serían muy pertinentes si
fuesen exactas, aduce Viana una serie de argumentos de carácter
personal que tienen menos que ver con la justicia de su caso y
posiblemente mucho más con las causas profundas de su descon-tento.
Una es la enemistad de los regidores, real o sólo sentida
por él como tal ; en ella debe de haber intervenido la circunstancia
"de que muchos de los regidows quieren que, a titulo del dicho
salario, cure sus personas y casas sin pagarme". La otra debe
buscarse en "los agravios que en esta isla e recibido, pues an que-rido
matar alevosamente a dos hijos míos y mal herido a uno sin
causa, y querido matarme a mi mismo en la placa pública". Ea
fin, no cuenta menos para él la actitud de la misma justicia de
la Isla, que ha esperado hasta verle embarcado, para impedirle la
salida, "como si yo fuese algún delinquente facineroso". De todo
lo cual pide se le haga justicia; de lo contrario, hace responsable
al Cabildo de las pérdidas que está sufriendo, por los atrasos que
sufren sus sueldos de Gran Canaria, y que calcula en más de 28 rea-les
cada día.
De todo ello tomó acto el Cabildo y se lo dio por testimonio,
c o m e! &&r T&E ~ ]e h&ia yn-d-*i &; pere EQ 2g~gu.r$?@ -
nas cláusulas de justificación, de cierta utilidad en caso de recla-
150 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTZCOS
BIOGRAFfA DE ANTONIO DE VIANA 35
mación en la Real Audiencia. El Cabildo, declara el teniente de
Corregidor, ha cumplido con su obligación al dar libramiento de
las cantidades estipuladas, y si el mayordomo no ha pagado al
presentársele el libramiento, la culpa es suya, y con ella toda la
responsabilidad. Al doctor Viana no han tratado de retenerle por
!a fuerza, sino con "ánimo de quererle y amarle, sin atender ni
pensar pasión alguna". A su vez, el procurador declaró por escrito
que al doctor Viana se le había señalado "salario tan gran cual nun-ca
se a dado ni señalado a médicos de muy grande consideración que
a avido y ay en esta ysla, aprovados por el protornedicato y qu'estu-diaron
la medicina y la praticaron muy exprofeso", e insiste en
su opinión de que no se de'& autorizar su salida. En fin, el capitán
Miguel Guerra de Quifiones, en su calidad de mayordomo del Ca-bildo,
certifica que desde su llegada a Tenerife el doctor Viana ha
cobrado, en dinero de contado, en trigo y en mercadmías, la can-tidad
de 6.716 reales 67.
Según puede verse, ambas partes parecen tener razón, como
ocurre frecuentemente en todos los pleitos. El Cabildo había pa-gado
a Viana mejor que a los demás médicos, pero aquella mejora
era poca cosa en comparación con lo que podía ganar en Sevilla.
La Corporación había cumplido con su obligación. pero a Viana
de poco le servía saber si la culpa del libramiento sin pagar era
de1 Cabildo o de su mayordomo. Lo más grave de todo era que
Viana no se sentía ya a sus anchas entre sus compatriotas, y con-tra
las impresiones personales nada se puede hacer. Lto más pru-dente
era, pues, dar por nulo el convenio establecido, y es lo que
hicieron las partes: el Cabildo dejó de oponerse a su embarco, y
Viana pudo salir para Gran Canaria, cosa que al parecer hizo el
13 de marzo 68.
67 Todos los documentos aquí citados forman un expediente que se con-ser-
va en &Quritmieiito de Laguiia, ai.c~fivu ;-ist&icu, ;* (;"~~&icus>,
niim. 8. Cfr. también el acta correspondiente del Cabildo de 3 de marzo
citada por M R. Alonso, op. cit, pag. 478.
68 Es hip6tesis que parecen autorizar la fecha de la sesi6n del Cabildo
de Las Palmas en que prácticamente se le da de alta (14 de marzo), la fecha
de su primer l~bramiento (13 de mayo) y la circunstancia de hallarse ya
fuera de la isla de Tenerde en 22 de marzo (Ayuntamiento de ~a Laguna,
Actas, oficio 2, hbro M, fol. 40 v ).
36 ALEJANDRO CIORANESCU
A pesar de todo, en Gran Canaria tampoco le cayó la sopa
en la miel. La profesibn de médico asalariado no le convenía, bien
porque no era suficiente la compensación material en unas Islas
de limitados recursos, en que la clientela particular no resultaba
tan interesante como la de una ciudad tal como Sevilla, o porque
al admitir el sueldo el empleado debía armarse de mucha paciencia
y resignación, a la vez que entrar en toda clase de componendas
y de concesiones, o, en fin, porque el carácter de Viana no era lo
suficientemente ameno y tolerante para soportar la situación
subalterna que había aceptado en un principio.
Las actas del Cabildo eclesiástico que lo había contraído da
cuenta sucinta y claramente de la deterioración de las relaciones
existentes entre el médico y la Corporación. Nombrado en 18 de
enero de 1633, un acuerdo del 14 de marzo indica que se debe esta-blecer
con él un contrato firmado, y otro del 13 de mayo manda
se le libre el primer trimestre de su salario. Pero el contrato pre-visto
no parece haberse firmado, quizá por simple dejadez u olvido,
o más probablemente porque en seguida empezaron las desave-nencias.
El día 3 de diciembre, cuando aún no había cumplido nueve
meses de su llegada, Viana quiere separarse de su empleo, y el
Cabildo acuerda que "si quiere hacer escritura, que el Cabildo lo
estima mucho ; o correr como hasta aquí, de aquí a Navidad". Viana
accede al ruego, pero con título provisional. El 25 de enero de 1634
se discute que si el médico no quiere aceptar las mismas condi-ciones
del contrato de su predecesor, se le paguen ias visitas y la
asistencia a los canónigos: de donde resulta que la causa de la
mala inteligencia, o por lo menos una de las causas, era la preten-sión
que tenían los canónigos, al igual que los regidores de Tene-rife,
de hacerse consultar y cuidar gratuitamente. Co-mo no habda
grandes esperanazs de llegar a un acuerdo, también se acordó en
la misma sesión escribir al obispo don Cristóbal de la Cámara y
Murga para que al venir a Canarias trajese médico y botica.
Esta situación ambigua dur6 hasta el 6 de octubre de 1634, en
cuya fecha se hizo el último libramiento del salario de Viana. Su
separación del Cabildo no debió de hacerse en muy buenas condi-ciones,
y poco halagüeño debió de ser el recuerdo que dejó a los
car,ónigos, ya que meses más tarde, en 4 de julio de 1635, al escribir
152 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
a uno de ellos que se hallaba en la Península que Oruscase un médico
que quisiese establecerse en Las Palmas, le indicaban como con-dición
previa que no fuese el mismo Antonio de Viana 69.
Su compromiso con el Cabildo catedral no había sido el único
empleo de Viana en Gran Canaria. Desde antes de marcharse de
Tenerife, en su petición al Cabildo, señalaba que también iba a
ejercer el cargo de médico de la Real Audiencia; pero la verdad
es que nada sabemos de SUS relaciones con este tribunal. También
había sido nombrado, no sabemos si antes o después de su llegada,
médico del hospital y casa de San Lázaro de Las Palmas y ma-yoral
o mayordomo de la misma. En esta última calidad le vemos
dar poderes para cobrar rentas del hospital en la isla de Tene-rife
o soltar personas traádas al hospital como sospechosas de
enfermedad *l.
Su actuación en el hospital parece haber sido bastante. más
eficaz que sus actividades de médico asalariado; porque al sepa-rarse
de este empleo, el administrador y los enfermos le otor-garon
una escritura de poderes para la Corte, que es al mismo
tiempo una elocuente certificacibn de su celo y de sus méritos
como médico. La escritura, otorgada el 22 de octubre de 1634,
indica que "por quanto está de próximo para la villa de Madrid,
corte de Su Magestad, el Doctor don Antonio de Viana, médico
desta ysla y mayoral del dicho hospital y casa del Sefior San Lá-zaro,
el qual en todo el tiempo que lo a sido siempre a procurado
69 Datos del Archivo Catedral de Las Palmas, recogidos por J. Rodríguez
Moure, op. cit., págs. XXXI-XXXII; cfr. M. R. Alonso: El poema de Vtana,
págs. 487-88.
70 Poder a Alonso Hernández, enfermo de San Lázaro, asistente en Ga-rachico,
ante Juan Garcia Cabeza, en Las Palmas, a 5 de octubre de 1633
(está protocolizado ante Martín de Palenzuela, en Buenavista; Archwo His-tórico
Provmcial de Santa Cruz de Tenerife, año 1633, fols. 282-83) Poder d
Áaán Ximénez, vecino Üe Tenerife, para cobrar ias rentas üei Rospita¡ en
Tenenfe, en 26 de enero de 16% (Archivo Histórico Prmncial de Las Pal-mas,
vol. 1.103, sin folio).
71 Como ''m6dlco desta ysla, como mayoral de la casa y osptal del Señor
Sant maro", en uni6n de fray Lázaro de San Antonio, asesor del Hospital,
suelta a Francisco Martín, por no hallarse "comprehendido enteramente en
la dicha enfermedad", ante Cristóbal Martín Rivero, en 10 de febrero de 1&34
(lbid., vol. 1.103, sin folio) ; otra escritura similar, ibíd., en 21 de abril de 1634
38 ALEJANDRO CIORANESCU
con todo cuydado, solicitud y diligencia en el aumento y conser-vación
de sus rentas y previlegios, procurando se les aga guardar,
y así en esto como en amor y voluntad qw a mostrado en curar
los enfermos y enfermas dé1 se a mostrado y echo todo lo posible,
y de forma que su ausencia se a de echar de menos y azer mucha
falta, por las razones dichas, y considerando el buen celo que a
mostrado" ha parecido persona apropiada para representar y de-fender
los intereses del hospital y de sus enfermos72. En fin, el
título que en este mismo documento se da a Viana, ('mkdico desta
ysla", parece indicar que también tuvo salario del @aS4ildo Insular
de Gran Canaria, pero carecemos de noticias a este respecto.
A partir de este momento ignoramos las demás vicisitudes de
la vida de nuestro poeta. Como cada vez que sale de sus Islas,
para buscar mayores satisfacciones o mejor descanso en España,
lo perdemos de vista del modo más completo y probablemente más
irremediable. Hay quien piensa que esta vez Viana se fue a las
Indias, pero esta hipótesis, lanzada por don Fernando de la Gue-rra
sobre ciertos "indicios" que no menciona, parece sumamente
improbable cuando recordamos que al salir de Las Palmas 11e-vaba
poderes para MadridT3. Hay quien afirma también que el
"doctisimo cirujano" don Antonio de Viana que se distinguió du-rante
la epidemia de peste que asoló Sevilla en 1649, fue nuestro
poeta 74. Pero entonces debería admitirse que en aquella epidemia,
en que murieron todos los mkdicos de la ciudad, menos tres, el
poeta salvó todos los peligros y desarrolló una actividad excep-cional
a los setenta y dos años. Parece más licito suponer que este
médico de 1649 es su hijo mayor, don Antonio de Viana, la víctima
de la agresión lagunera, quien era ya Licenciado en 1631. Tanto
mas que del ultlmo conocemos también una certificación dei 7 de
72 Eserltura ante Cristóbal Martín Rivero (ibíd, vol 1.103). A conti-nuaclón
hay otro pder personal, otorgado a favor de Viana por Iray Lázaro
de San Antonio, asesor del Hospital
7" m. M R. XG~;SE;D P:O Si i iG de ~ G ~ I Gpk,g 489
74 <XI. ibid., págs 490-91.
154 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
BIOGRAFfA DE ANTONIO DE VIANA 89
junio de 1650, en Sevilla, firmada por "Don Antonio de Viana y
Mendieta" 75.
Así, pues, el doctor don Antonio de Viana desaparece en las
tinieblas de nuestra ignorancia a partir de fines de 1634, fecha
de su última salida de las Islas. Es lamentable, sin duda, esta impo-sibilidad
en que nos hallamos de seguir más adelante las últimas
vicisitudes de una vida que, de todos modos, no habrá tardado mu-eho
en extinguirse. Es lamentable, pero, por nuestra parte, no lo
lamentamos. Al contrario, nos parece que esta forma de perderse
en el vacío encierra en sí algo simbólico y ejemplar, que no con-viene
con el hombre ni con el médico, pero que cuadra bien con la
vidz. de 1.m poeta. Más aún, con la vida de un poeta que sólo existe
gracias a su Isla y a través de ella, que ha sufrido y ha sido feliz
en su Isla y cuyo recuerdo mismo se borra en la hora precisa en
que ha dejado de pisar la tierra patria que él ha idealizado y aban-donado,
querido y aborrecido a la vez.
-
75 Ibíd, p e s . 491-92. La firma del documento es dderente de la qm
usaba el poeta El segundo apellido, según el autor que mencionamos, le viene
al poeta de su madrastra, Esperanza de Mendieta; pero, además de ser cosa
~ c usoual , sería una innovación única y tardía, ya que nunca el poeta ha
empleado este apellido. Parece explicarse mejor en el caso de su hijo, pues
la esposa del poeta y madre del segundo Antonio, doña Francisca de Vera,
~ o d ímí uy bien tener derecho al apeilido Menbeta Es verdad que s610 cono-cemos
el primer apellido de su ,padre, Francisco de Vera; pero hemos msto
que Francisca había tenido por tutor a Framsco Hernández, padre del poeta
y esposo de Esperanza de Mendieta, de lo cual es fácil deducir que Espe-ranza
y Francisca tenían alguna relacdn de parentesco, ya que es usual que
el tutor se busque entre los miembros de la familia de los menores.
Núm IS (19671