DON PEDRO FERNANDEZ DE LWCO
PREPARA LA EXPEDICION
A SANTA MARTA
POR
LM)POJAtO DE LA ROSA OLIVERA
Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna.
Conocida es la interesante personalidad de don Pedro Fernán-dez
de Lugo, el segundo Adelantado de las islas de Canaria y go-bernador
de las de Tenerife y La Palma, como también su expedi-ción
a Santa Marta, en la actual República de Colombia, a la que
fue con los títulos de Adelantado, Gobernador y Capitán general.
Nada nuevo vamos a decir sobre sus actividades en el Archipiélago
atlántico ni en tierra americana, pero un relativamente numeroso
conjunto de documentos, más de cincuenta, fechados en la isla de
Tenerife en los meses en que preparaba su viaje hacia allende la
mar, algunos en la víspera de su embarque, quién sabe si en el mis-mo
día de hacerse a la vela en el puerto de Santa Cruz, dan crudo
realismo a los preparativos de la nueva aventura que tentó y rea-lizó,
ya en los albores de su vejez, ei inquieto soiciacio i.
1 Es sabido que don Pedro había intentado antes capitular la conquista de
otras tierras americanas. Sebastián Cabot en carta fechada en Sevilla el 24
de junio de 1533, dice: "Oy día del bienaventurado S. Juan recibí una carta del
LEOPOLDO DE LA ROSA OLNERA
Si don Pedro Fernández de Lugo no había cumplido los sesenta
aiios cuando en 1535 su hijo, don Alonso Luis de Lugo, firmó en
su nombre las capitulaciones para la conquista de Santa Marta,
poco le faltaría para alcanzarlos. Sabemos que cuando su padre,
don Alonso Fernández de Lugo, llegó a Gran Canaria por primera
vez, formando parte de la expedición que mandaba su concuñado
el malogrado Pedro de La Algaba, Gobernador de la Isla, cuya fe-cha
puede fijarse por el otoño del 1478, Lugo era ya casado y de-jaba
en Sevilla a dos de sus hijos, junto con su mujer. Cronista tan
veraz como Abreu y Galindo dice de don Alonso que "era casado,
cuando esta conquista de Canaria, con una señora principal llamada
doña Beatriz de Fonseca, hermana de la mujer de Pedro de La Al-gaba,
la cual truxo luego que se hizo el repartimiento, con dos hijos
que tenía". Como, por otra parte, está probado que don Pedro fue
el primogénito de sus padres, hay que suponerlo nacido por el año
1475 o tal vez con anterioridad, con lo que el cálculo de su edad al
emprender la aventura de Santa Marta no ofrece dudas '.
Adelantado de Canarias por la cual parece que todavía tiene gana de tonlar
la empresa del río Paraná, que tan caro me cuesta. Un criado del dicho Ade-lantado
me dió la carta y me dixo que va allí [a la corte] y lleva la carta del
dicho Adelantado para los señores del Consejo sobre la dicha empresa". Rac-coltc~
c olonzbznm, vol. 111, ~ á r t e2. " pág. 396.
Sobre la fecha de la llegada de Pedro de La Algaba a Gran Canaria,
vid. Miguel Santiago en nota a la Descripción histórica y geoyrá~icu de las
Islns Cmzorias, de don Pedro Agustín del Castillo, Madrid, 1948-1953, pági-nas
311 y 1367. También sobre el nombre de la mujer de don Alonso de Lugo
{op. cit. pág. 1367 y 1370).
Abreu y Galindo, edición de 1955, Santa Cruz de Tenerife, anotada por
Alejandro Cioranescu, págs. 180-181.
Que don Pedro era mayor que su hermano don Fernando de Lugo ha que-dado
definitivamente aclarado -en contra de lo qiie tradicionalmente se de-cía-
en los documentos de la "Residencia" que le tomó a don Alonso, su pa-dre,
el famoso gobernador de Gran Canaria Lope de Sosa. Vid. Don Alomo de
Lugo y8su residenciu por Lope de Sosa, por Elias Serra y Leopoldo de la Rosa,
en la colección "Fontes Rerum Canariarum", La Laguna, 1949, y Miguel San-tisgo,
op. cit., 1953, págs. 1371 y 1375.
400 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
D. PEDRO FERNANDEZ DE LUGO PREPARA LA EXPEDICION A S. MARTA 3
LOS PRIMEROS AÑOS DE D. PEDRODE LuGO.
No vamos a seguir aquí los pasos del joven Pedro Fernández
de Lugo tras su inquieto progenitor. A su llegada a Gran Canaria,
en la penúltima década del siglo xv j, niño aún, no habían acabado
las emboscadas e incursiones de los últimos grupos de indígenas
refugiados en las montañas de la Isla. Pocos años despuks, en 1493,
muerta ya la madre, don Alonso Fernández de Lugo emprende la
conquista de La Palma, que si se presentaba como pacifico remate
de la mediación de una indígena, Francisca "la palmesa", no eran de
descartar resistencias, como en efecto las hubo. Un año después el
,futuro Adelantado desembarca en Tenerife, decidido a rematar la
conquista del Archipiélago, mas sufre la sangrienta derrota de
Acentejo y hubo de regresar, mal herido, a Gran Canaria. Pero
el indomable tesón de don Alonso le hace sobreponerse y hacer
cuestión de honor el vencer a los valientes guanchei. Buscó cuan-tas
ayudas pudo y "quando ya no tovo quien le prestare ni qu6
vender -dicen los que fueron testigos de su hazaña- empeñó sus
hijos, don Pedro e don Fernando, a doña Inés Peraca, para que le
diese sobre ellos bastimentos para la.dicha conquista" Así vemos
a don Pedro, a sus veinte años, conducido junto a doña Inks Peraza
por el jurado de Sevilla Francisco de Espinosa, y entregado en
prenda, a la vez que su hermano, para una aún dudosa aventura.
En esta escuela, sin madre, junto a un padre inaccesible al des-aliento,
y constantemente en peligro, se forjó el espíritu del sevi-llano
don Pedro Fernández de Lugo
Como vimos, Abreu Galindo afirma que don Alonso trajo a su mujer
una vez hecho el repartimiento de Gran Canaria. La merced real para hacerlo
Ic fue dada a Pedro de Vera el 4 de febrero de 1480. El nacimiento en Sevilla
de don Pedro, hecho probable, dada la vecindad de sus padres, es afirmado
también por su nieto, don Silvestre de Guzmán y Lugo, al ingresar en la Orden
de Santiago, en 1595.
4 Vid. Alonso de Lugo y su resulemicc. , cit.
Sobre la muerte de la primera esposa de don Alonso de Lugo, Abreu
añade a las palabras que antes copiamos: "Y de ahí a dos años murió esta
señora en Gáldar y está enterrada en la iglesia de Señor Santiago en la villa
de Gáldar". V. Miguel Santiago, op. cit., pág. 1368.
Núm. 5 (1958)
4 IiEOPOLDO DE LA ROSA OLIVERA
Dominada por fin la isla de Tenerife, don Pedro se casa con doña
Inés de Herrera hacia 1497, al tiempo que su padre lo hace con la
madre de su esposa, la famosa doña Beatriz de Bobadilla. Según
otros documentos no casó hasta 1502 "jS. Pero la boda no torcería
la ya naciente inquietud aventurera de don Pedro, como tampoco
su padre se conformó ni antes ni ahora con ser un rico señor de
ingenios azucareros. Muy fuerte es para ellos la tentación de la
cercana costa continental del Africa en manos de infieles. Don
Alonso capituló con los Reyes ciertas expediciones y obtuvo el tí-tulo
de Capitán general de la Berbería. Sin temor a equivocarnos
podemos afirmar que desde las primeras expediciones de don Alonso
a la costa beréber le acompañaban sus hijos.
El 21 de julio de 1509 don Alonso Fernández de Lugo traspasó
a su hijo Pedro parte de sus derechos y fac-dtades ei? :a casta de!
Africa, adquiridos por las capitulaciones de 1499, y a partir de
aquel momento el nombre de nuestro personaje va constantemente
unido a las numerosas incursiones y "rescates" a la Berbería, así
como en torno a la famosa torre de Santa Cruz de Mar Pequeña,
cuya "tenencia" tuvo, e iguaimenie en ias expediciones de iiyüda
a los portugueses, como la del 1527, particularmente sangrienta,
actividades que, con varia fofluna, siguen a lo largo de su vida y
hasta el momento en que lo vemos decidirse hacia otros hori-zontes
6.
En septiembre de 1506 el Adelantado don Alonso Fernández de
Lug0 hizo un viaje a CGWI:~, i-ec-arir 12 gestiSE &l rr~f~r-mador
licenciado Juan Ortiz de Zárate, que con poder del rey don
Fernando hizo su presentación en la Isla el 8 de marzo anterior;
5 b i s V. Miguel Santiago: Notas a la Descripcih~..., de Castillo, 1953, pá--
zi na 1375.
Para el eqtudio de las actividades de don Pedro Fernández de Lugo
en el Africa, vid. Miguel Santiago en las notas a la Descripción histd~ica y
geográfica ... de Castillo, 1953, págs. 1288 y 1371; y Antonio Rumeu de Armas,
en Espaca en el Africa Atlántica, "Instituto de E:studios Africanos", del C. S.
de 1. C., Madrid, 1956, especialmente los capítulos 18 y 19.
402 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
D. PEDRO FZRNÁNDEZ DE LUGO PREPARA LA'EXPEDICIÓN A S. ~MTA 5
y el 3 de noviembre del mismo año, reunido el cabildo en la casa
del Adelantado, don Pedro, su hijo, presentó un poder dado por
su padre, por el que le encomendaba el gobierno de la Isla, si bien
no con el cargo de "teniente", que lo era y siguió siéndolo Bar.to-lomé
Benitez, su primo hermano. Uno de los miembros del cabildo
dijo "que está presto e aparejado para lo conplir cada e quando le
fuere mandado por el señor don Pedro, conforme a lo que manda
el señor Adelantado, que es a servicio de su Alteza", y en términos
análogos se producen sus compañeros.
Don Pedro asiste a varios cabildos y los preside, hasta que en
el de 23 de abril de 1507, que tuvo lugar en la casa de Bartolomé *
a Benitez, comparece don Pedro y dijo "que por rasón que1 señor N
Adelantado le dió un poder para atender en las cosas d a t a Isla, E
como en el dicho poder se contiene, que él se desistió del dicho po- O
n--
der para no entender ni usar d'él, e que a los señores del cabildo m
O
E
lo remite para que provean e fagan lo que quisieren sobre110 e vie- SE
ren que conviene de se haser". La respuesta de los Regidores es -E
significativa: "dixeron que éllos non heran parte ante quien seme-
2 jante degistimiento se deviere de faser, ni por s u parte le han in- - 9'
pedido cosa que hiziere ni faser quisiere por virtud del dicho poder 0
m
E
por que oviese ocasión de así remotamente quererse isimir de lo O
que1 señor Adelantado le ovo encargado, antes le requeren si ne- 6
cesario es que no se descargue con ellos del cargo qu'él una vez n
-E
acebtó, sino que lo faga e use como por el dicho señor Adelantado a
2
es mandado, e que, en otra manera faziéndolo, fará lo qué1 querrá n
n e no porque por ellos en ninguna cosa aya sido molestado; y que
siempre están prestos de haser lo por el señor Adelantado manda- 3
O
do, en quanto a lo que dellos toca." Don Pedro les responde que
"dixo lo que dicho tiene."
El 7 de mayo siguiente se celebra cabildo en la villa de Santa
Cruz, en las casas que en aquel puerto tenía don Alonso, que lo
preside, ya de regreso de Castilla ¡; y el 26 de este mismo mes el
propio Adelantado, ya en La Laguna, "por rasón que yo estó malo
e enfermo de tan mala e grave enfermedad que por mi al presente
no puedo fazer ni ordenar mi testamento como convenga", le dio
Acuerdos del Cabildo de Tenerife, 1497-1507, en la colección "Fontes
Rerum Canariarum", IV, estudio por Elías Serra Ráfols. La Laguna, 1949.
6 IXOPOLDO DE LA ROSA OLIVERA
poder para hacerlo a su sobrino Bartolomé Benítez, pero sin dejar,
pese a su gravedad, de dictar las siguientes palabras : "E digo que
por quanto mi fijo don Pedro Fernandes de Lugo me ha sido des-obediente
a mis mandamientos, siguiendo sus intereses e non fa-ziéndome
obras de fijo...", y en su consecuencia design6 para suce-derle
en el título de Adelantado a su segundogénito don Fernando,
mejorándolo en el tercio de sus bienes
;Qué habia ocurrido entre padre e hijo? De los documentos
que conocemos no podemos deducirlo. Los caracteres de ambos
debieron ser muy parecidos, impulsivos y violentos, y el choque,
el primero documentado, se produjo con graves consecuencias.
Don Alonso, antes de su regreso, debió recriminarle al conocer su a
proceder en algún asunto, lo que decidió a don Pedro a hacer de- N
jación de ios poderes de su padre, y a la llegada de izéste !as re!=&= O
ciones se agriaron hasta aquel extremo. n-- m
Pero don AIonso Fernández de Lugo no murió entonces g el O
E
rompimiento con su hijo fue pasajero, pues dos años después, el S
E
21 de julio de 1509, como ya dijimos, el Adelantado hace a don -
Pedro 'Capitán generai en ias partes de Verbería, donde ei diciiu 2
señor Adelantado tiene su capitanía" y le traspasa la tenencia de - -
0
m
la torre de Saca o Asaka. E
Más tarde, en 1515, don Alonso Fernández de Lugo fundó ma- O
yorazgo a favor de su hijo don Pedro; en 1519 solicitó la sucesión n
E a su favor del título de Adelantado y el gobierno de Tenerife y La -
a
Palma, y en 1523 le cedió el de esta última isla. 2
n
No pretendemos hacer en este artículo una biografía completa n
de don Pedro Fernández de Lugo, sino apuntar los rasgos más sa- O3
lientes de su carácter. Sabemos de su temprano conocer de guerras
y aventuras; podemos seguir sus expediciones a la costa africana,
por la obra del catedrático de la Universidad de Madrid don An-tonio
Rumeu de Armas Espaha en el Africa Atlántica; su colabo-ración
con el gobernador lusitano de la torre de Santa Cruz del
Cabo de Gué, con la dura y cruel expedición de castigo de 1527, y
su desafortunado encuentro con buques franceses; sabemos de sus
estrecheces económicas, que le llevaron al extremo de que los bie-s
Don AZo~tso de Lzcgo ..., cit., pág. 187.
404 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLA-NTIGOS
nes de su mayorazgo se hallaban en manos de su esposa cuando
ésta muere, seguramente cedidos en pago de deudas.
En cuanto al gobierno de las islas de Tenerife y La Palma, Vie-ra
y Clavijo, como los restantes historiadores, sin regatearle mé-ritos,
se hacen eco de ciertas acusaciones de que fue objeto don Pe-dro
ya en su tiempo, como la de la condena a muerte y ejecución
del caballero sevillano Pedro Hernández de Alfaro, casado con su
deuda doña Leonor Pereira de Lugo, viuda en primeras nupcias de
su tío Francisco de Lugo. Viera dice en su Historia: "Es todavía
memorable en la villa de ]La Orotava el funesto sitio donde se le-vantó
el cadalso y fue degollado por manos. del verdugo. Aún es-taba
el cadáver medio caliente y chorreando sangre, cuando la
triste doña Leonor, deshecha en lágrimas y arrebatada de dolor,
atraviesa como una loca por medio del concurso, llega ai iugar de
la ejecución, se quita las tocas de su cabeza, las empapa en la san-gre
de su marido y protesta que desde allí parte a echarse a los pies
de Carlos V, para pedir venganza de aquella sangre que clamaba
contra el Adelantado, verdadero don Pedro el C~u edl e Tenerife"
Ya un siglo antes el cronista don Juan Núñez de la Peña se había
referido al mismo acontecimiento con estas palabras: "parece que
por ciertos agravios que el gobernador don Pedro Fernández de
Lugo hizo a ciertas personas, o fuessen con justicia o sin ella, dié-ronse
quejas a su Magestad para que mandase poner remedio ..." lo.
No hay duda de que la categoría social del condenado y las
circunstancias que rodearon el caso le dieron una relevancia
extraordinaria, posiblemente excesiva. Nótese cómo ninguno de los
historiadores lo condena basándose en la injusticia del fallo. Nú-ñez
de la Peña, más cercano a los hechos, emplea, como acabamos
de decir, estos términos: "fuessen con justicia o sin ella". Lo que
ocurrió es que la condena a la última pena de un noble y más aún
o Viera y Clavijo, Not icic~s.., . edición Goya, Santa Cruz de Tenerife,
1951, tomo 11, págs. 253-254.
'O NNúñez de la Peña, Co?zqzcista y a*ztigiiedudes de las islas de la Grcm
Cnlzariu, Madrid, 1676, pág. 357. No conocemos el motivo de la condena de
Alfaro, pero en su testamento, otorgado en La Orotava, el 26 de junio de 1528,
ante Miguel Jerónimo, declara que está preso en aquel lugar "por la justicia
e temiendo la muerte de ella ..."
8 LEOPOLDO DE LA ROSA OLIVERB
emparentado con el Gobernador de la Isla era algo inusitado ll.
Por otra parte, la viuda de Alfaro, doña Leonor Pereira de Lugo,
olvidó pronto su dolor, pues a los pocos años la encontramos ca-sada
en Granada, donde con seguridad había ido a seguir sus que- '
jas ante la Real Chancillería, con Juan de Heredia l? Mucho más
cruel e inhumano fue el castigo dado por las huestes de don Pedro
a los beréberes en 1527, pero, claro es, no había posibilidad de
protesta de los familiares de las víctimas.
Se le hace también a don Pedro el cargo de haber querido su-primir
el oficio de Síndico personero de Tenerife, que era elegido
por los vecinos. Es cierto; pero tampoco fue un intento sólo del
segundo Adelantado, ya que insistentemente los gobernadores que
le sucedieron y los propios regidores continúan pidiéndolo a los
Eeyes, hustu qce, en 1710, legrzrin deshacerse de testlg~ta n mn-lesto,
y el sistema es sustituido por otro cuya trama manejaban
a SU antojo 15.
Por otra parte, don Pedro, encajado en corrientes tan de su
tiempo, se nos muestra con sus ribetes de indiferencia religiosa.
f;'=xe~t:tar,dc !a ebra De mnmm bem de Sun IUidnrn de $Pl.7i!!z1 PY-clamó
: "los milagros, de los infieles es pedillos, e no de los fieles";
cuando doña Inés de Herrera, su mujer, le recriminaba por no cum-plir
sus deberes para con la Iglesia, le respondía, que "los onbres
de guerra no an de ir a misa" ; y el canónigo Diego de Herrera, per-sona
por cierto nada virtuosa, afirmaba que don Pedro era de
"costumbres no eróicas e sublimes" 14.
El proceso debió seguirse con las formalidades del caso, sobre cuyo
extremo se guarda silencio. En Tenerife y hasta el siglo XIX, sólo sabemos de
otro caso de condena a muerte y ejecución de un noble, el de don Jerónimo
Grimon, que la motivó ei rapto de una monja.
m Dacio V. Darias y Padrón, en el prólogo a Los Adelantados de Canariccs,
ae José Rodríguez Moure, edición de la Real Sociedad Económica de Amigos
del Pais de Tenerife, La Laguna, 1951.
l3 Leopoldo de la Rosa, Evolución del régimen local en las aslas Canarias,
"Instituto de Estudios de Administración Local", Madrid, 1946, págs. 63-66.
14 Declaración del bachiller Diego de Funes, el 27 de junio de 1528, en
La Laguna, ante el vicario Juan Toscano. Museo Canario, "Inquisición", Co-lección
Marqués de Bute, vol. 111, fo 101 y 120.
De la obra de San Isidoro De summo bono, se habían publicado en su tiem-po
cuatro ediciones, con los siguientes titulos: Speculz~nt Zsidori de si~?nmo
4'36 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTJCOS
Hombre del Renacimiento, gobernante enérgico, curtido en el
manejo de las armas y en la guerra, apasionado, derrochador y
orgulloso, inaccesible al desaliento, colocando sus intereses polí-ticos
por sobre todo otro sentimiento, no olvidemos que en el mis-mo
momento de la muerte de su padre hizo llamar a los Regidores
de la Isla para tomar posesión en el acto del gobierno en que le
sucedía 15; con sus vicios, pero también con sus virtudes, que el
propio Viera y Clavijo reconoce lG. Sin olvidar que estamos estu-diando
la personalidad de un guerrero y gobernante, no la de un
santo, no deja de admirarnos al verlo a sus sesenta años, en vez de
descansar en 1i tra_n_qirilidadd e sizs is!lis, cerrer 11 z~entur ra, me-ricana
y en Santa Marta dejar un recuerdo imborrable de general
organizador del más disciplinado de los ejércitos de aquellas tie-rras,
recto gobernante, desprendido y generoso. Un historiador
colombiano moderno, Esnesto Restrepo, hace así su juicio : "Fue
rlnn P P I OF i.ern&ndez de Lcge fin hiUdg~L , carta eaba! y SU pSr-dida
fue generalmente sentida, pues supo captarse el cariño y la
.estimación de cuantos le rodeaban. No fué menos valiente que sus
heróicos compañeros de conquista ... De corazón bondadoso, com-partía
los sufrimientos de sus soldados y trataba de aliviarlos con
sus dineros y asistiéndolos en sus enfermedades. No fue cruel con
los indígenas, aunque, acosado por tanto enemigo, se vio obligado
a quemarles sus poblaciones para tratar de someterlos, obedecien-bono,
Colonia, 1470; Libri sancti Ysidori, episcopi Hispalensbs, de su?nmo b o ~ o ,
Lovaina, 1486; Isidorzis de summo bono, París, 1493, y la cuarta, con este mismo
iítulo, en Basilea, 1505.
15 Leopoldo de la Rosa y Elías Serra, en Reside?acia ...; Miguel Santiago,
notas a la obra cit., 1953, pág. 1371. " Obra citada, tomo 11, pág. 255, donde comienza un capitulo que tituló
"Bienes del gobierno del segundo adelantado", en el que recoge la fundación
por don Pedro de la iglesia a Nuestra Señora de Candelaria la ermita a la
Magdalena; su donación a los Dominicos de los terrenos en los que levantaron
el convento de aquel lugar; su ayuda a las obras de los que se erigieron cn
La Laguna; la conversión en patrimoniales de los beneficios parroquiales de la
Isla; cómo la villa de La Laguna consiguió bajo su mando el título de ciudad
y el epíteto de noble, y se hicieron ordenanzas muy útiles, etc.
Núm. 5 (1950) 4M
10 LCOPOLDO DE LA EOSA OI,IT.ERb
do a las necesidades de la guerra y a las costumbres de la época,
Desprendido y generoso, gastó casi toda su hacienda en cumplir
con las capitulaciones y engrandecer los dominios de la Corona.
Nada hizo en favor de la población, porque en el poco tiempo que
gobernó apenas alcanzó a despejarla un poco de los muchos enemi-gos
que la rodeaban. Para su gloria bastaría haber sido el inicia-dor
de la conquista del Nuevo Reino" l'.
B) ~ Á L I S I S DE LOS DOCUMENTOS.
Pero pasemos ahora al estudio de los documentos que motivan,
este articulo, otorgados casi en su totalidad ante Diego de Onís, a
escribano de número de la isla de Tenerife, convertido por aquellos. N
E m-eses en verdadero escribano gidicn de. don Pedro, al que sigue, O
ya en su casa de La Laguna, la capital entonces de la Isla, ya en n-- m el puerto de Santa Cruz; pues en los registros de los otros oficios, O
E
que corresponden al mismo año 1535, no hallamos casi ninguno E
2
que firme el segundo Adelantado, aunque su esposa doña Inés de -E
Hpr rpr~rl ictb SE t&zmpntn a ~ t der ell~os, Melchor de Clontre- 2
ras 18. --
0
m
E *' Ernesto Restrepo Tirado, Historia de lo Pr3vhcic& de Santu Marta, O
"Biblioteca de autores colombianos", Ministerio de Educación Nacional, Edi- 5
ciones de la Revista "Bolívar", Bogotá, 1953, tonlo 1, pág. 159. Nota este. n
autor que el mayor error de don Pedro en Santa Marta fue el no haber que-. -E
a
rido escuchar los consejos de los veteranos acerca de la manera de hacer la. l
guerra a los indígenas (pág. 141).-Miguel Santiago: Notas a la Descripción n
n
geográfica ..., de Castillo, 1953, págs. 1373 y 1376-1380.
Is Había en Tenerife entonces cuatro oficios de escribanias públicas: e!. O3
1.- lo ejercía Hernán González, del' que no se conservan registros del 1535;
el 2.1 Bartolome Joven y en ei mismo también actu6 Meichor de Contreras;.
el 3.0 Diego de Onís, y el 4." Juan del Castillo, cuyos registros del 1535 llevan
las signaturas 102 a) y 102 b) en el Archivo Histórico Provincial de Santa
Cruz de Tenerife. En el primero de estos dos a.parece en el índice referencias.
de algunos poderes otorgados pos don Pedro, pero el estado de conservacidn
del protocolo es tan malo, que no nos ha sido posible leerlos.
En notas manuscritas del cronista don Juan Níiñez de la Peña, en el Ar-chivo
de Ossuna, en La Laguna, se afirma que todos los documentos a que
vamos a referirnos se otorgaron ante Hernán González, en lo que sufrió error,.
que se repite por don José Rodríguez Moure en Los Adela?%tndos de Canarias,
seguramente porque este autor se sirvió de aquellas notas.
408, ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
D. PZDRO FERNÁNDEZ DE LUGO PREPARA LA EXPEDICI~N A S. MARTA 11
Dos de los documentos que copiamos o extractamos en el Apén-dice
dan fe del paso por el puerto de Santa Cruz, en septiembre
del 1535, de la armada que al mando de don Pedro de Mendoza se.
dirigía al Río de la Plata. Alonso de Guevara y Hernand Arias de
MansilIa, sus segundos, contratan a soldada a Benito Suárez y
Fernand Muñoz, estantes en la Isla (doc. n.O 6 y 7).
Con los restantes podemos formar cuatro grupos: uno el de los.
que se refieren a la vida e intereses privados de don Pedro; otro
con los que otorgó el segundo Adelantado para atender, en su
ausencia, al gobierno de sus dos Islas; el tercero, que es el que
aquí más nos interesa, el de los que se refieren a la preparación de la
expdición a Santa Marta, y, por último, el de los otorgados por
don Alonso Luis de T,rigo, el hijo y uuceser de dsr, Pedro.
Dentro de los del primer grupo destacan los relativos a doña.
Inés de Herrera, la esposa de den RYre S hija &i malograCi1, Sc-.
ñor de la Gomera, Hernán Peraza, muerto a manos de sus súbditos.
en 1488, y de la famosa doña Beatriz de Bobadilla. Doña Inés mue-re
precisamente en el año 1535, cuando don Pedro preparaba su
expedición a Santa Marta. Hay un documento suyo, fechado el 15
de julio, por el que hace donación a Ana de Betancor de 150 doblas,
de oro, para cuando contrajese matrimonio (n.O 17). Ana de Bc-tancor
era hija de Hernando de Aguilar y de Leonor de Betancor,.
persona de la confianza de doña Inés, en cuya posesión quedaron
a su muerte dos fuentes de plata, de las que más tarde hablaremos..
Leonor, "mi criadrr", corris !r, !!ama doña IiiSs, CUI~ la acepión que
entonces tenía tal palabra, era su vez hija de Juan Camacho, ca-ballero
jerezano de los que vinieron con Diego de Herrera y doña.
Inés Feraza, luego muy afecto a don Alonso Fernández de Lugo,
al que acompañó en su expedición a Fberteventura en 1503 para
tomar rYs-n--n--e--a- iím -- esta Isla y p r ' q ü i e n fue rioiilb3aao escribano.
de la misma 19.
Doña Inés de Herrera otorgó testamento ante Melchor de Con-
'Vo b i l i a r i o de Caw~riasL, a Laguna, 1959, tomo 111, p&g, 677.
12 IiEQPOLDO DE LA ROSA OLIVERA
treras, el 9 de agosto de 1535 20 y debió morir a los pocos días, ya
que el 3 de septiembre siguiente don Pedro dio poder al licenciado
Juan de Santa Cruz y a Francisco Espinosa, para que en su nombre
tomasen posesión de los heredamientos e ingenios de Los Sauces,
en La Palma, que doña Inés le había dejado en usufructo. (n.O 5 ) .
Sabemos que este heredamiento, como también el de Icod de
los Vinos en Tenerife, habían pertenecido al primer Adelantado,
de quien los heredó don Pedro y que éste traspasó a doña Inés de
Herrera, creemos que no sólo por haber ésta dotado en 200.000
maravedís a su hija doña Beatriz de Ayala, como dice Darias y
Padrón 'l, sino también en pago de otras cantidades más que le
había entregado para sus empresas o por deudas de su marido que
se hubiese visto obligada a afrontar, pues ambos heredamientos e
ingenios tenían un vaior i i ~ i ü ~ i ~ ü ~s&üp. ew ior a! de uq.~e!!ud cte.
Otros documentos se refieren también al arreglo de intereses
entre don Pedro y su hijo don Alonso Luis de Lugo, sobre la he-rencia
de doña Inés, como uno del 6 de noviembre (n." 22) por el
que don Pedro renuncia en favor de su hijo a la mitad de los frutos
del ingenio de Los Sauces, y sobre la adiiiiiiistraclón Ue éste y de!
de Icod, que también doña Inés dejó en usufructo a don Pedro;
son varios los que reflejan un apresuramiento en resolver cuestio-nes
pendientes, como en uno de 5 de octubre (n.O 34) por el que
nombró administrador de su ingenio de Icod a Francisco de Lugo,
al que también encargó del cobro de los tributos; otro de 1 de no-viembre,
por el que dio poder a Pedro de Alarcón, para seguir los
pleitos que sostenía con Pedro de Benavente y Gabriel Socarrás;
el de 10 de diciembre (n.O 21) relativo a demandas de los vecinos de
Tcod sobre las aguas, tierras y solares de su heredamiento ; otro
de 13 de noviembre (n.u 521 sobre el cobro de azficares y remides
que le correspondían en el ingenio de Icod; y el arriendo del mismo
el 12 de dicho mes (n." 53) a Francisco Calderón, por renta anual
de 300 doblas de oro y plazo de nueve años, y el de 14 de noviembre
E2 original del testamento de doña Inés no se conserva en e¡ registro
de Joven-Contreras de 1535; una copia contemporánea a su otorgamiento fue
protocolada en el de Simdn Fernández de Villarreal, el 4 de marzo de 1654.
(Arch. Hist. Prol. de S. C. de Tenerife, neo 742).
21 Introducción a Los Adelmhdos ..., p3.g. XCX.
410 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTZCOS
D. PEDRO FERNhNDEZ DE LUGO PREPARA LA EXPEDICIÓN A S. =ARTA 13
{n.o 19) por el que autoriz6 al licenciado Juan de Santa Cruz para
transar en el pleito sobre la hacienda de Los Sauces que se seguía
entre su administrador, Pedro de Alarcón y Marcos Roberto, que
lo era del comendador Pedro de Benavente.
El 11 de noviembre arrendó don Pedro la calera que tenía en
Los Realejos en 20 doblas de oro (n.o 18), y aún hay otros docu-mentos
que se refieren al cumplimiento del testamento de doña
Inés de Hexrera, como el poder que dio a Pedro de Lugo para que
entregase a Hernán Peraza, primo de su esposa, las PO0 doblas de
oro que ésta le había legado (n.O 9) ; y aquel por el cual dota, el 15
de septiembre (n.o 31), la capellania que instituyó en la iglesia y
ermita de Candelaria, para lo que hace entrega de una huerta y
viña en la ciudad de La Laguna, dotación que acepta el capítulo
de 12 Orden dominica remido, el SS U d mismo mes, a campana
tañida, en el convento de la capital de la Isla, con la asistencia de
fray Gil de Santa Cruz, prior, fray Alonso de la Anunciación, vi-cario,
y los religiosos fray Gregorio Calvo, fray Gaspar de Merca-tola,
fray Tomás Castaño y fray Esteban de la Rosa.
Del segundo grupo de documentos, o sea, los que se refieren a la
gobernación de las islas de Tenerife y La Palma, ante la amenaza
bajo la que se hallaba don Pedro de la llegada de un Juez de resi-dencia
nombrado por los Reyes para investigar sus actos, como en
efecto lo encontrarnos en Tenerife, después de hacerse a la vela don
Pedro, el 14 de diciembre de 1535, en la persona del licenciado Ra-món
Estupiñán Cabeza de Vaca, Oidor de la Real Audiencia de
Canarias, el cual, como tal Juez de residencia, nombró a Diego de
Rebolledo, su Alguacil mayor, para oír las causas civiles y crimi-nales
de la isla de Tenerife (n.o 511, tenemos uno por el que, don
Pedro, el 26 de agosto, ya conocedor de la noticia, dio poder al
licenciado Juan de Santa Cruz, persona, a lo que se ve, de su más
absoluta confianza ", para que fuese a la corte, "o a donde fuere",
En el Nobiliario de Canarias, cit. tonlo 11, pág. 862, se afirma que Juán
de Santa Cruz acompañó a don Pedro en la expedición a Santa Marta. No
parece fácil que asi fuera pues el Lcdo. Santa Cruz era de sus amigos de mzís
confianza cuya presencia en las Islas le era necesaria.
14 LEOPOWO DE LA ROSA OLIVERA
y haga por él la residencia que el Rey había ordenado (n.o 4) ; y
Santa Cruz, a su vez, da poder, en nombre de don Pedro, al regidor
Antonio Joven y al jurado Francisco de Alzola, para responder
a la pesquisa (n." 16) ; el 29 de septiembre don Pedro otorgó nue-vo
poder a Santa Cruz, para que le defienda en la residencia de
La Palma (n." 30), y el 6 de octubre, en análogos términos, para
la de Tenerjfe, al licenciado Cristóbal de Valcárcel (n.o 29).
No era la primera vez que el segundo Adelantado se enfrentaba
con jueces de residencia: en los momentos en que se hacía cargo
del gobierno de las islas, a la muerte de su padre, en 1525, llegaba
el licenciado Bartolomé Suárez, que estuvo encargado del gobierno
hasta el siguiente 1526; tres años después los Reyes nombran a a
otro juez de residencia, el licenciado Pedro Fernández de Reina; c.
E
Estupinan es ei tercero con el mismo encargo, en 10s diez años de O
gobierno de Tenerife y La Palma por don Pedro Fernández de n-- m
Lugo. Conociendo, además, sus arrestos, no creemos le preocupase O
E
E
demasiado la actuación del nuevo pesquisidor, p r o no podía dejar S
E
indefensos sus derechos y esta es la razón de aquellos poderes. -
En cuanto al gobierno de las dos islas, don Pedro dio poder, 2
el 17 de febrero, al regidor de La Palma, Francisco de Londoño,
- -
0
m
para ir a la corte a recurrir contra autorización real de saca de E
trigo de aquella Isla, frente el "defendimiento" ordenado por el O
Adelantado y su cabildo (n." 2) ; el 24 de marzo nombró por su te- n
E niente en la misma Isla al licenciado Diego Hernández de Galle- -
a
gos (n." 3) ; el 30 de octubre designó para el mismo cargo en Tene- 2
n
rife al licenciado Santa Cruz y para La Palma al Bach. Alonso de n
Belmonte (n.O 13 y 14). O3
La Corona, como era frecuente, adeudaba a don Pedro su sa-lario
de gobernador de las dos islas y el 26 de octubre le dio poder
a Santa Cruz para que compareciera ante los Reyes e hiciera sen-tar
en los libros de los Contadores mayores el salario que se le da
(n.O 36), y el 1 del mismo mes había autorizado a Francisco de
L u o para el cobro de dicha deuda (n.O 32), aunque en los primeros
meses del año lograba una libranza por 5.0W ducados, sobre las-rentas
de Santa Marta, a cuenta de lo que se le debía y para ayuda
de la expedición (n." 44), libranza que negoció don Alonso Luis, de
orden de su padre y por la que sólo consiguió 1.600 ducados.
412 AhTUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
D. ~ D R OFER NAIWEZ DE LUGO PREPARA I,A E S P ~ I C I ~AN S . MARTA 15
Otro poder dio don Pedro a Juan de santa Cruz, el 1 de noviem-bre,
por el que le iacultaba para nombrar y separar alguaciles
(n." 40). El 1 del anterior octubre autorizó al licenciado Valcárcel
y a Francisco de Lugo para que pudiesen designar y separar te-nientes
de gobernador de Tenerife y La Palma, pero este poder lo
revocó el 7 de noviembre siguiente (n." 33). Es muy dudoso que
pudiese transferir dicha facultad 23.
Se ha afirmado por historiadores locales que don Pedro perdió
el cargo de Gobernador de estas dos islas, a consecuencia del pro-ceso
que le siguiera Estupiñán, hecho que no está probado ni pa-rece
probable. Don Pedro murió en Santa Marta, el 15 de octubre
de 1536 24; la residencia de aquel Oidor había comenzado a fines
del año anterior y generalmente eran expedientes de larga dura-ciSr,.
P Qe~tra pzrte res~ltu &ficil pnsar yüe !a Carte &oíJta-
SE! medida de esta clase con don Pedro, cuando llevaba a cabo em-presa
de tanta importancia para la Corona y, al parecer, había
logrado se retrasase el comienzo de la pesquisa hasta después de
su ,salida 2? También nos faltan los libros de acuerdos de aquellos
.m 77,_L__ .. ~ ~ L UU_VCJ,U. I..I.I C__II-LL_U_S_ U2 .~.I..I.I.U._LB ~S-L. .Ii~~a~~ p reocupación de don Pedro por dejar
prevista cualquier eventualidad.
" Carta de la ciudad de Santa Marta al Rey, publicada en la "Colección
de documentos inéditos", vol. XLI, pág. 421. V. M. Santiago. Notas al Castillo,
1953, págs. 1371, 1373 y 1377.
En las notas manuscritas de Núñez de la Peña del Arch. de Oscuna,
ya citadas, el autor dice: "En el sobredicho año 1534, por cédula de 5 de agos-to,
su Mgd. el Sr. E.mperador don Carlos nombró por Juez de Residencia y
~us t i c i am ayor desta isla de Tenerife i la Palma al Lcdo. Remón Estupiñán
Cabeca de Vaca, para que pasase a estas islas a tomar residencia al Adelan-tado
i sus ministros de justicia; sabido por el dicho Adelantado, su hijo don
Alonso suplicó a su Mgd. suspendiese dicha residencia, por quanto estaba su
padre ievantando gente para ir a la conquista de Santa Marta, lo qual podía
hazer mexor teniendo la vara de la governación que hallándose sin ella, y su
M,gd. fue servido mandar al dicho Lcdo. Remón Estupiñán no pasase a estas
islas i volviese a la corte, i estando en ella, le mandó por su real cédula su
fecha de 30 de mayo del afio 1535 que vini,ese a dichas islas i que la residencia
la tomase al Adelantado i sus oficiales después que la armada que haze el
Adelantado se ubiese embarcado. Y por otra cédula de 23 de dicho mes le
hizo merced de oidor de la audiencia de Canarias, con que salió de la corte
para estas islas." Aunque no conocemos estas reales cédulas, Núñez de la
Peña fue bastante fiel compilador de noticias, por lo que éstas nos merecen
.credito y son prueba de una indiscutible influencia de don Pedro en la corte.
Núm. 5 (.1959) 413
1;EOPOWO DE LA ROSA OLIVERA
años del cabildo de Tenerife, que pudieran arrojar luz sobre el
tema 26. La realidad es que el citado gobierno de ambas islas lo
obtuvo don Alonso Fernández de Eugo para sí y logrO más tarde
que le sucediese su hijo, pero con éste terminaba la merced obte-nida,
como así ocurrió a la muerte de don Pedro 27.
P pasemos ahora al grupo de documentos relativos a su expe-dición
a Santa Marta. Data el de fecha más atrasada del 13 de mayo
de 1535 y hace referencia a un convenio entre don Pedro, siempre
falto de dineros, y dos mercaderes italianos, Juan Alberto Gerar-dini
y miser Cristóbal Francesquini. De este segundo no tenemos
etrz acticic, y o 1 1 nllo nna da aq5pl d c c imn t ~m, f~ntral p'i- Y.-- ---- --
mero sabemos que era natural de Florencia y lo encontramos en
Tenerife desde el 1510 28. Casó en esta isla con Leonor Viña, hija
del genovés Mateo Viña, que contribuyó económicamente a la con-quista
de Tenerife, de la que luego fue regidor y fiel ejecutor. &-
rurdivi ~ t e r@te stame~tvt ir, Lr, Iigglma, mt e e! e s c r i h ~mh a n
del Castillo, el 7 de enero de 1565, cuando debía ser de muy avan-zada
edad, y dejó descendencia de su matrimonio 29.
Pues bien, por aquel documento (n.9 1) sabemos que don Pedro
va al tercio con los dos italianos, "en los resgates e aprovechamien-tos
que se hizieren en la dicha provincia de Santa Marta, por el
tiempo de los tres años, en tal manera que vos y el dicho Xpval
Francisquin pongáis los dos tercios de los gastos e heredeis los dos
tercios del provecho e yo ponga un tercio del gasto y herede un
tercio del provecho, ecebto en las perlas, porque en quanto a las
Inrlas vosoti-os zyeis & pEe;;zr 1% mitad gwto y beredar 1% mi-tad
del provecho y yo tengo de poner la otra mitad del gasto y he-redar
la otra mitad del provecho ..." Para garantía de los italianos,
Faltaban ya desde que Núñez de la Peña escribió sus "Noticias" los
correspondientes a los años 1533 al 1537.
m Elías Serra y Leopoldo de la Rosa, Alonso de Lugo ..., pkg. XLVI.
28 Emma González Yanes y Manuela Marrero, Protocolos deí escribano
Her92á.n Guerra, 1508-1510, Instituto de Estudios Ca.narios, La Laguna, 1958,
docs. 1373, de 26 de marzo de 1510 y 1467, de 27 de junio siguiente. .
m Nobiliario de Canarias, tomo 1, pág. 113.
414 AAV?IUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
D. PEDRO FERNÁNDEZ DE LUGO PREPARA LA EXPEDICION A S. MARTA 17
don Pedro nombró a Gerardini su "mayordomo para en las cosas
de la dicha provincia de Santa Marta por tiempo y espacio de tres
años, que comienzan a correr desde el día que fuéremos y llegáre-mos
a la dicha provincia" y como tal le da poder para cobrar, en su
nombre, "todo el oro e plata e perlas e otras cosas a mí pertenes-cientes
del dozavo que su Magestad me ha hecho merced ... e otros
aprovechamientos e partes que me cupieren e pertenescieren de las
presas, cavalgadas e resgates que se hizieren en la dicha provin-cia...";
y le da, además, de salario 300 castellanos de oro al año.
Por otros documentos resulta que don Pedro convino, con dis-tintas
personas, otras clases de ayuda, como la de contribuir con
una tercera parte de un navío de más de 50 toneladas y los gastos
de 50 hombres, que había contratado con el escribano Mernán Gon-zález
y que éste traspasó a Bartolomé de Fonseca ( n .~4 8;) y otro
que celebró con Alonso Núñez, el que afirma que es "obligado a le
cunplir cierta gente", respecto a la cual sólo ha llegado a nosotros
un curioso borrador de convenio con un tal Vasco Rodríguez, he-rrero,
al que ofrece, si va a Santa Marta, llevar gratis "a vos e a un
cava110 que al presente tenéis de color castaño, que yo conosco, e
más vuestra tienda del oficio de herrería, con todos sus pertrechos
y herramientas necesarias para el dicho oficio de herrero, con una
muela e una caja de seis palmos de cunplido e vuestra (roto) ropa
de cama e vestir e un (roto) de azero e algund hierro que metiére-des
e una bota de vino e un cahiz de harina o biscocho". Alonso
Núñez sigue prometiendo al herrero que " es condición que vos el
dicho Vasco Rodríguez aveis de ser cavallero p r a . i r a la dicha.
guerra con el dicho señor Adelantado, trayendo e llevando balles-ta
e cava110 e lanca, qual vos quisiéredes, por razón de lo qual aveis
de aver de llevar e os será dado e pagado por el dicho señor Ade-lantado
toda la parte que como tal cavallero ballestero o de laiqa
en puño podáis aver e llevar". Si Vasco Rodríguez no quisiere to-mar
parte en la guerra, no podía ser obligado; en cualquier mo-mento
podía dejar la provincia de Santa Marta o marcharse con
otros capitanes, y si era retenido habían de pagarle mil ducados de
oro al año; le autorizaban a comerciar con los indios, salvo vender-les
armas, y le prometía también que no se le pondría tasa a sus
labores. El documento, que se halla en el registro de 1535 de Mel-
chor de Contreras (n.o 55), no se llegó a firmar: ;quién sabe si aun
pretendía más el herrero! 'O, pero 12s condiciones que se le ofrecen
demestran cómo se cotizaban los artesanos para la colonización
de las Indias y en especial los herreros para expediciones de esta
clase.
Es sabido que don Alonso Luis de Lugo logró a favor de su
padre las capitulaciones para Santa Marta a fines de enero de 1535.
Regresa a Tenerife portador de las mercedes reales y para conve-nir
con don Pedro los pormenores de la expedición. Un documento
(n.o 3 bis) demuestra que don Alonso Luis se hallaba en Tenerife
el 10 de mayo de este año, pues si bien no aparece firmado por el
hijo de don Pedro, de sus términos no resulta dudosa su presencia
en la Isla. De nuevo el segundo Adelantado envía a su hijo a Cas-ti!!%
pzrz copsrg-~i rd icere x7 nrrranivar !e pp&e ~ 2 ir~ 2 2
.Y "b-"----
conquista de Santa Marta, fletar los barcos necesarios, adqui-rir
víveres y contratar a los hombres que creía necesitar: un
documento fechado en Santa Cruz el 6 de noviembre (n.o 44) refle-ja
los viajes y andanzas de don Alonao Luis. Don Pedro dice: "Yo
rrivi&2 vos don LETE, mi hije, 2 Cssti!!g xV~ec&ir ? n I~i-branca
que su Magestad me hizo de cinco mill ducados, que se
le libraron en las rentas pertenecientes a su Magestad en la pro-vincia
de Santa Marta, por razón de lo que su Magestad me devía
de ciertos salarios de la governación desta Isla e La Palma e por
ayuda de costa de la armada de la conquista de la dicha provincia
e para fletar navíos en que fuese la gente de guerra ..." Y sigue di-ciendo,
"e vos traxistes [los navíos] para ir conmigo a la dicha
conquista e vos vendistéis las dichas librancas en mill e seiscientos
ducados e fletásteis los dichos navíos a ciertos precios e condicio-
-A- ---.--A -..A A- 1- A--&- AA --ri-+n ,..A -.r.nnl-r<r\ nn-hvn n w\:n
ILCU BC~LUIU quc GIL IU LCCI L a U'C; vxxlLa YUG VI V U C ~ L L W LLUIIIULG L uuu
fezisteis de los dichos navíos para llevar la gente e mantenella por
vuestra ..."
Nótese que la Corona, siempre en apuros económicos, sólo le
da aquellos 5.000 ducados a cobrarlos de los derechos que le co-
r ~bpVIIAu--:e-- I lall si la ení;edicióii triunfaba. Sü "cotizaciSr;" en e! mer-cado
de aquel tiempo vemos cual fuera : 1.600 ducados del valor no-
" probablemente no fue a la expedición, ya que otorgó testamento en La
Laguna, ante Gaspar Justiniano, el 2 de enero de 1546.
4 16 ANUAEIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
D. PEDRO ~ R N A N D E ZDE LUGO PREPARA LA EXPEDICION A S. MARTA 19
mina1 de 5.000. Y aun para ello don Pedro ha de asegurar y obli-garse
a no tomar cosa alguna de las que le pertenecen en aquella
provincia en virtud de las capitulaciones, hasta no pagar al com-prador
de la libranza y a los que debía los fletes y víveres.
La participación de don Alonso Luis en los beneficios de la
conquista de Santa Marta se la otorga don Pedro en un documento
fechado en Santa Cruz la víspera del anterior, o sea el 5 de noviem-bre
(n.O 42). Don Pedro dice "que por quanto vos don Alonso Luis
de Lugo, mi hijo, aveis negociado los negocios de la dicha conquis-ta
de Santa Marta por mi mandado con sus Magestades e aveis
traído la gente de guerra para la dicha armada e conquista e tra-xísteis
una cédula de su Magestad en que me hace merced del
dozavo de todo lo que ganare e conquistare e de todas las rentas,
yuiilios, presas e rescates e cavalgadas, segund se contiene en la
dicha cédula de merced que su Magestad me hace, que vos me
traxísteis, a que me refiero: Por ende, acatando vuestra avilidad
e suficiencia e que sois mi hijo legítimo, vos hago merced, gracia
e donación irrevocable ques hecha entre vivos, de la quinta parte
de lo que a mí me pertenesce del dicho dozavo de la dicha merced
que su Magestad me ha=, el qual dicho quinto del dicho dozavo
os doy e hago merced por el tiempo y espacio de quatro años cun-plidos
primeros siguientes que corren e comienca a correr desde
el día que enpqáremos a hazer entradas en la dicha provincia e
conquista de Santa Marta ..."
Esta fue la participación concedida por don Pedro a su hijo, li-mitada
a cuatro años y sin nombramiento de oficio alguno. De lo
demás se encargó el propio don Alonso Luis y el resto se lo vino
a dar la muerte de su padre, al que había de heredar en sus derechos
a ia conquista y gobierno de Santa Marta.
Varios de los documentos son contratos con los patronos de las
naves que llevó don Pedro. Tres de éllas fueron fletadas en Sevilla
por don Alonso Luis, en nombre de su padre: el galeón "San Cris-tóbal",
cuyo maestre y piloto lo era Men Rodriguez de Valdés, ve-cino
de la capital andaluza; y las naos "Santa María" y "Santi Spi-ritus",
cuyos maestres eran dos italianos, Nicolao de Napoli y
31 V. Miguel Santiago: Notas a la Descripción histórica ..., de Castillo,
1953, pág. 1378-1382.
20- . ... . LWPOLDO DE LA ROSA.OLIVERA
Alesandre Cortese, también avecindados en la ciudad del Betis-
De los términos de estos contratos se comprueba que habían em-J
barcado hombres y mercancías en Sevilla y en San Lúcar y los-terminarían
de cargar en el puerto de Santa Cruz de Tenerife. El.
3 de noviembre firma don Pedro los tres contratos de fletamiento,
convenidos, en principio, en tierra andaluza por don Alonso Luis.
El galeón "San Cristóbal", cargaría hasta 70 toneladas, de las
que ya buena parte traía de Sevilla y San Lúcar. El resto lo sería
en Santa Cruz, en los seis días siguientes. Había ya conducido des-de
Castilla un número de hombres que no precisa y aquí embar-carían
"todos los que vuesa señoría me dixere en este puerto e yo
pudiera llevar".
Nlen Rodríguez de Valdés se compromete a dar a cada hombre
medio azurnbre diario de agua, así como el fuego y la sal necesarios,
más dos calderas de agua al día para cocinar, calderas que debían'
lievar las gentes de don Pedro. Por cada tres hombres se obligaba
a recibir también una carga de siete palmos, más todo el alimento-ne~
eszrbc,o n la condición de que quedase a su favor lo que sobrare
al término del viaje. De igual manera se comprometía a dejar libre'
la cámara de popa para que llevasen lo que quisiesen y además tres
botas de agua para el capitán de la gente que fuese en el galeón,
como también a dar pañol para el pan que precisasen, y previene
Ia conveniencia de que tanto la carne y el pescado, como las habas
y los garbanzos los lleven en barriles o vasijas, para mejor res-guardo.
El flete era de 3.500 mFs. tonelada, más un ducado por avería,
y por cada hombre habrían de pagarle 10 ducados, de a 375 mara-
--- JC- . veuls, siii dzi-les iie cerner. A ciiesta del flete don Alonso Luis le
había anticipado 300 ducados de oro.
Análogos son los términos de los contratos con Nápoli y Corte-se,
salvo que como el primero de éstos se obliga a dar de comer'
a los hombres que llevase, cobraba por cada uno 15 ducados de oro
en vez 6e iV. IYTapli limita. e! nihere de !m hombres a admitir
a 150, mientras Cortese dice que "los que pudiera llevar". (n.os 25,.
26 y 27).
Otro documento fechado el 6 de octubre_(n.O 28) se refiere a
otro contrato de fletamiento de dos navíos, "para llevar vinos e
4l8' ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS-
. e
harinas, por mil ducados", que don Pedro tenía celebrado con Do-ménigo
Rizo y Antonio Joven, y para que c&e de su cumplimiento
y se obligue por él al pago de los fletes, le da poder a Francisco
de Lugo.
El 10 de noviembre contrae nuevo compromiso con Cortese por
el flete y comida de cuatro caballos, en 130 ducados de oro, "e asi-mesmo
por toda la ropa mía que Ileváredes e por cada tonelada
de lo que más Ileváredes" le ha de pagar a 3.500 maravedis. (n.O 49).
De este documento parece deducirse que don Pedro hizo viaje en
la nao de Cortese, llamada, como vimos, "Santi Spíritus".
A otros navíos hacen también referencia estos documentos,,
además de los de Bartolomé de Fonseca, Alonso NÚñez, Valdés, Na-poli
y Cortese, y 10s dos de Eizo y Joven. Lázaro Fonte, que iba de
capitán de la armada y conquista, compró para la expedición la
nao "El Salvador", de la que volveremos a hablar, y otro capitán,:
Francisco Gasco, en compañía con los hermanos Bartolomé y Pedro
de Ponte, llevó también el suyo, llamado "San Nicolás".
El convenio con estos ultimos es particularmente curioso; está
fechado el 12 de noviembre (n.O 46) y dice don Pedro : "por quanto ...-
lieváis vuestro navío abituallado e aparejado para me ayudar a:
llevar la gente e lo demás que yo llevo a la dicha conquista, ... me
obligo e prometo de vos dar e pagar ... todo lo que paresciere por-fe
de escribano que avéis gastado en provisiones para e! dicho via-je
e navío, con más ciento e cinquenta por ciento de 'ganancia, e
más por cada viaje dado- que ellevardes a la dicha provincia diez
ducados de oro bueno de valor-cada uno de trescientos e setenta.
e cinco mrs. de buena moneda'-'. Como se ve, sólo le cobraban a
don Pedro i u ,ducados por viaje, pero también había de pagarle.
dos veces y media el valor de las provisiones que llevaren. ;Módico
interés el que le cobraban el capitán Gasco y los Ponte!
Exaustas las arcas del Adelantado, don Pedro se compromete
con-todos a pagar los fletes en Santa Marta, dentro de los ciiaren-ta
días siguientes a su llegada, en "pesos de oro fundido, marcado
e quilatado". - , ,
No debieron ser sólo de orden económico las dificultades que
a los Lugo se les presentaban para llevar a cabo la expedición. Mu-chos
vecinos que, por grado 6 poE fuerza, se comprometieran a se-
22 LEOPOWO DE LA ROSA OLIVERA
guirles se les resisten ahora, y el 10 de noviembre don Pedro se
ve obligado a dar un poder a su pariente Francisco de Lugo, una de
las personas de su mayor confianza, para "que requiera a todas las
personas, cavalleros e peones, que me an prometido e prometieron
de ir conmigo a la conquista de Santa Marta, en servicio de sus
Magestades, que cunplan lo que me an prometido ... e lo hagáis
cunplir a las dichas personas" (n.o 24).
Le era fundamental para el desarrollo de su nueva provincia
el atraer a ella a los comerciantes de estas Islas, y ante el justo
recelo de éstos de confiscaciones o imposición de tasas, don Pedro
hace solemne promesa de respetar la libertad de comercio. El do-cumento
está fechado en el puerto de Santa Cruz, el 7 de noviembre
(n." 41) v en él el Adelantado dice: "prometo y doy fe y pleitoho-menaje,
como cavallero y hij~dal~goqu, e todas las personas que
fueren a la provincia de Santa Marta con navíos a llevar bastici-mientos
de las islas de Canaria, ansí de Tenerife, como de La Pal-ma
y Gran Canaria, en la dicha provincia de mi governación, ter-nán
toda la libertad que quisieren para descargar las mercancías ...
e no le serán hecho premio ni fueqa que descarguen aiii cosa ai-guna,
salvo la qu'ellos de su voluntad quisieren descargar, e que
lo que descargaren se le dexará vender libremente, pagando los
derechos acostumbrados a su Magestad, e que no se les porná tasas
ni proivisiones. . . " .
Uno de los puntos hasta ahora no resuelto es el de la fecha
de la salida de la expedición de don Pedro del puesto de Santa
Cruz en la isla de Tenerife rumbo a Santa Marta. Restrepo, no sa-bemos
con qué fundamento, fija la del 3 de noviembre 32; Moure
dice que "en la segunda quincena de noviembre" s3. De ios docu-mentos
que en este trabajo mencionamos los de fecha más avan-zada
otorgados por don Pedro son del 14 de noviembre (n.oS 19 y 201,
pero el 17 siguiente estaban aun en Santa Cruz (n." 18 bis) y del 23
de1 mismo mes es el contrato del maestre y marineros de la nao
"El Salvador" o "San Salvador", con su dueño Lázaro Fonte; ai
siguiente día éste reconoce deuda por el importe de la misma, ad-e
Restrepo, op. cit., tomo 1, pág. 138.
m José Rodrfguez Moure, op. cit., pág. 49.
420 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
quirida en su nombre por Alonso de Montiel, y el 28 Francisco Cano
declara el importe de ropa adquirida a un mercader y que se la
adeuda (n.OS 56, 57 y 58). No parece probable que saliesen en dis-tinta
fecha, por lo que nos inclinamos a fijar para después del 28
de noviembre la de salida de la expedición, aunque al menos desde
el día 3 de este mes se hallaban en el puerto de Santa Cruz las tres
naos contratadas por don Alonso Luis en Sevilla. Largo parece el
tiempo para estancia en este puerto haciendo gastos, pero habrían
de esperar los vientos favorables y a terminar las dificultades de
toda índole con las que hubo de luchar don Pedro. Parece que la
llegada a Santa Marta fue el día 2 de enero de 1536 34.
Entre los personajes importantes que figuran en estos docurnen-
L - -
LVS y que ciescie esta isia toman parte en la expedición a Santa Mar-ta,
además del Adelantado y su hijo, están: Lázaro Fonte, al parecer
de los que más destacaban, "capitán de la armada e conquista",
como dicen los documentos, quien era hijo de Rafael Font, mercader
catalán, que había sido regidor de Cádiz y luego lo fue de Tenerife, y
de Pauia Eiernat "; Juan Alberto Gerardini, del que ya hemos hecho
mención ; Bartolomé de Fonseca, que contribyó con los gastos de un
tercio de uno de los navíos, y era hijo de Andrés Xuárez Gallinato,
regidor de Tenerife y primo hermano de don Pedro Fernández de
Lugo 36; Alonso Núñez, que va con su navío, era sevillano, había
ejercido el cargo de teniente de alguacil mayor de Tenerife, y su hijo
Bartolomé, que fue alguacil mayor de Tenerife en 1537, usó el ape-llido
Núñez de Villavicencio, con el que figura al comparecer como
testigo, el 14 de diciembre de 1535, cuando el Licenciado Estupiñán
Cabeza de Vaca nombró a Rebolledo para oír las causas civiles y
criminaies en la isla (a05 1), apellido que continuó su descenden-cia
37; Doménigo Rizo era genovés y fundó la capilla mayor de la
- -
" V. Miguel Santiago: Notas a la Descripciólz.. ., de Castillo, 1953, pagina
1380.
JVobiliario de Cunarias. tomo 1; pLg 320 y -Pretncnlm. gel esclbam
Hwnún Gzcerra, cit.. n.Q 434, etc.-V. José M,' Madure11 Marimón : Los seguros
maritimos el comercio col% las Islas Canari as..., en este mismo niimero del
ANUARIOD E ESTUDIOSA TLÁNTIcoS, varios documentos.
m Nobiliario de Canarias, tomo 1, págs. 17 y 20.
" Nobiliario ..., tomo 111, pág. 690.
24
$ .
LEOWIDO DE LA ROSA OLIVERB
iglesia del convento agustino del Espíritu Santo, en La Laguna
Antonio Joven,. regidor y teniente de gobernador de Tenerife por
.don Pedro, era sobrino de Jaime Jove o JovP,, catalán, conquistador
ac Tenerife, que acompañó al primer Adelantado cuando éste llevó
a los reyes guanches vencidos para presentarlos a don Fernando y
,doña Isabel 3R, y los hermanos Bartolomé y Pedro de Ponte eran hi-jos
del acaudalado mercader genovés Cristóbal de Ponte, que tanto
ayudó económicamente en la conquista de Tenerife a don Alonso
,Fernández de Lugo *O. Los restantes : el maestre de campo Diego de
Urbina, el capitán Francisco Gasco, don Pedro de Portugal, Gómez
del Corral, el capitán Carrnona, el doctor Pedro de la Torre, así
como el que había de hacerse justamente famoso, el licenciado
Gonzalo Ximénez de Quesada, debieron ser de los que vinieron con
.don Nonso Luis ljkE&iiíkz & TU.i:gc, pms SE mrnhre nn aparece
.antes en documentos de esta Isla 41..
, No ,podemos dejar de hacer aquí mención especial del aom- O
8
bramiento dado por don Pedro de Lugo a favor de Ximénez de I
Quesada, en el puerto de Santa Cruz, el 10 de noviembre de 1535 e
4n.O 47), por el que b hace su iugarteniente de io6a la provinci6 j
Y
de Santa Marta, para administrar justicia tanto entre la gente de E
=n
6
E
Nobiliarzo ..., tomo 1, pág. 146. E
i
m Nobiliario ..., tomo 1, pág. 323. 1
'O Nobiliario ..., tomo 111, 19 y sigs., y Antonio Ruméu de Armas, Pirate- a
rias y ataques ~zumlesn las Islas Cannpnas, Madrid, 1947, tomo 1, pág. 352 y
2
i
n
siguientes. ie
" El maestre de campo Diego de Urbina, el capitán Lázaro Fonte y el 5
Capitán Gasco, dieron poder, ante Bartolomé Joven, el 22 de octubre de 1535,
a Lepe de Vallejo, alguacil de La Palma y a CristCuai Ue Zdraie, para c p ?U -
dieran obligarse por cierta deuda con el capitán Carmona, de la misma arma-da
que va'a Santa Marta. En el documento 18 bis, figuran también-dpn-Pedro
de Portugal, Gómez del Corral y el doctor Pedro de la Torre. De ninguno de
éstos, salvo de Fonte, tenemos noticias de su estancia en las islas con anteriori-dad
a esta fecha. Un Francisco Gasco era canónigo de la catedral de Las Pal-mas,
y en el cabildo de esta iglesia, el 26 de febrero de 1534, cuando Gdscü se
hallaba en Roma, como mensajero, se procede en su contra por palabras diso-nades,
y en el de 23 de mayo siguiente le privan por dos-anos de sus ingresos
como capitular. Ignoramos si tiene este canópigo alguna relacion con el capi-tán
de 1.: armada de don Pedfo. - --
4--2 2 AWUAILIO .DE ESTUDIOS ATLANTICOS
Verso del mismo documento, con la firma g rúbrica del Adelantado de Canarias
y Santa Marta. ApEndtce de este trabajo núm. 47.
D. PEDRO FERNANBEZ DE 'LUGOP I~EPARAL AE XPBICIÓX A S. MARTA '2-5
.%uerra como la de paz. ~ s t deo cümento 'desvanece'las~dudaq~u'e
'han podido 'existir sobre su posición y la de. don Alonso LÜ&' de
:Lugo 42; El 'cargo de lugarteniente o teniente de gobernador,. que
llevaba consigo la potestad de administrar justicia, debía ser eiic'o-
'mendado a un letrado y en este caso don Pedro lo dió, como pueae
,verse, al licenciado Gonzalo Ximénez. Don Alonso Luis era un 'ea-pitán
de guerra, el que, con arreglo a' las capitulaciones, sucedería
;a'don Pedro en la gobernación y adelantamient0,de santa Marta;
'pero la tenencia general de la gobernación la tuvo Ximénez de
.Quesada.
Y+ * *
En ei cuarto grupo de ios documentos que comentamos, hemos
incluído los dos otorgados por don Alonso Luis de Lugo: por uno
de ellos, fechado en noviembre, cuyo día no podemos conocer por
rotura del papel (n.O 54), el hijo de don Pedro hace donación
de las dos fuentes de plata heredadas de su madre, doña Inés de
Herrera, que se hallaban en poder de Leonor de Betancor. Una
de ellas la regala a Nuestra Señora de Guía, en la iglesia del con-vento
agustino del Espíritu Santo, en la capital de la Isla; la otra
a la imagen de Santiago, de la Parroquia de Santa María de la
misma ciudad, es decir, Ia que hoy lleva el nombre de Nuestra Se-ñora
de la Concepción, y añade don Alonso Luis: "hago estas
zdoriaciones para que ellos sean mis intercesores e rogadores a
Nuestro Señor Jesu Xpto e me quiera perdonar mis pecados".
Por el otro, de 12 del mismo noviembre (n." 45), don Alonso.dio
p )der general, para que lo representara y administrara sus bienes,
a favor de Doménigo Rizo; pero cosido a este registro se halla,
a continuación, otro documento que don Alonso Luis otorgó en La
Laguna, ante el escribano Juan de Anchieta, el 24 de enero de 1542,
;en el que se titula "Adelantado de las islas de Canaria e de la pro-vincia
de Santa Marta, gobernador e capitán dei Nuevo Reino de
Granada", por el que revocó el anterior.
: - e Restrepo, op. cit., tomo 1, pág. 139. V. Miguel Santiago: Notas a Cas-tillo,
,1953, págs: 1379-1385.
26 IIM)WLDO DE LA ROSA OLIVERA
Tal es en resumen el contenido de los documentos objeto de este
trabajo 43. De aquellos en que fue parte don Pedro Fernández de
Lugo y se relacionan con la expedición a Santa Marta tuvo noticias,
como ya hemos dicho, el cronista don Juan Núñez de la Peña, aun-
.que las suponemos de segunda mano, pues se equivoca en el nombre
del escribano. Su manuscrito del archivo de Ossuna sobre el se-gundo
Adelantado es de un valor relativo, pues contiene otras in-exactitudes,
y por esta razón sólo hemos transcrito en nota algún
particular, que por otra parte no hemos podido comprobar en sus
citas.
F'ragmentarios los datos, no obstante hemos creído que lienarán
un hueco en los acontecimientos a que se refieren, o al menos per-mitirán
ir completando el perfil de figura tan interesante como l e
de don Pedro de Lugo y sobre su aventura americana.
u;? REGISTRO DEL ESCRIBANO DIEGO DE OMS, DE 1535.
(Archivo Histórico Provincial de Santa Cruz de Tenerife, n.* 99.)
l.-Lugar y puerto de Santa Cruz, 13 de mayo de 1535. -
"Don Pedro Fenandes de Lugo, Adelantado de las islas de Canaria,
Governador perpetuo desta isla de Thenerife y la de Sant Miguel de La
Palma e Capitán General e Adelantado e Governador perpetuo de la
provincia de Santa Marta que es en las Indias del Mar Océano por Su
Magestad: otorgo e conosco que tomo recibo de vos Juan Alberto Giral-din,
vezino desta isla de Thenerife, mi mayordomo para en las cosas de
iá dicha ijro-vi~ciad e Santa N~ r t pun r t i~npny espacio de tres años, que
comienzan a correr desde el día que fuéremos y iiegáremos en la dicha
provincia e como a tal mi mayordomo vos doy todo mi poder cunplido,
bastante, segund que yo lo é e tengo, segund que en tal caso se requiere,
para que podáis por mí e en mi nonbre demandar, recebir e cobrar toda
el oro e plata e perlas e otras cosas a mi ,pertenescientes del dozavo de que
Su Magestad me ha hecho merzed, conforme a las provisiones reales que
Quede pfiblica constancia de nuestra gratitud a los profesores Alejan-d?
o Cioranescu y Miguel Tarquis, que nos sefialaron la existencia de estos
documentos en el Archivo Histórico Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
424 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTIGOS
D. PEDRO FERNÁNDEZ DE LUGOCPREPARA'LEAX PEDICIÓN A S . MARTA 27
dello tengo, e otros aprovechamientos e partes que me cupieren e per-tenescieren
de las presas, cavalgadas e resgates que se hizieren en la
dicha provincia de Santa Marta; e me obligo de vos dar de salario en
cada un año trescientos castellanos de buen oro e justo peso, pagados en
fin de cada uno de los dichos tres años. E más, a vos e a miser Xpval
Francisquin, vos hago participantes conmigo, a tercios, en los resgates
e aprovechamientos que se hizieren en la dicha provincia de Santa Mar-ta
por el dicho tienpo de los tres años, en tal manera que vos y el dicho
Xpval Francisquin pongáis los dos tercios de los gastos y heredéis los
dos tercios del provecho, y yo ponga un tercio del gasto y herede un
tercio del provecho, ecebto en las perlas, porque en quanto a las perlas
vosotros avéis de poner la mitad del gasto y heredar la mitad del prove-cho,
y yo tengo de poner la otra mitad del gasto y heredar la otra mitad
del provecho ..."
Testigos: Francisco Eermoso, Aionso Núñez y tionzalo Yames, ve-cinos.-
Firmado : El Adelantado - Juan Alberto Girardini. (f ." 285).
2.-Ciudad de San Cristóbal, 17 de febrero de 1535.
Don Pedro da poder a FYancisco Londoño, regidor de La Palma, para
que vaya a ia Corte sobre io tocante a hacer ia cata, Caia y tamia de
aquella Isla, por haber mandado Su Magestad sacar el trigo de la misma,
en el presente año, contra lo mandado por el Adelantado y el Regimiento.
(f." 313).
3.-Ciudad de San Cristóbal, 24 de marzo de 1535.
Don Pedro da poder al licenciado Diego Hernández de Gallegos, para
que sea su Teniente en la isla de La Palma. (f." 320).
3 bis.-Ciudad de San Cristóbal, 10 de mayo.
"Sepan ... cómo yo el Licenciado Alcola, jurado e vezino desta Isla,
otorgo e conosco por esta presente carta que me obligo a dar e pagar
a vos el señor don Alonso Luis de Lugo, cavaliero de la horden de San-tiago,
e a quien vuestro poder oviere e a Gerónimo Gual, mercader gi-novés,
estante en esta Isla, quatrocientas e ocho fanegas de trigo ... por
iac6n de la renta de üii pedax;ú de tierra a renta que vos ei dicho señor
aon Alonso Luis de Lugo diste a Pedro de Vergara, mi suegro, difunto ..."
"E yo el dicho don Alonso Luis de Lugo me obligo de estar e pasar
por esta escritura que hizo Pedro de Vergara ..." Firmado: - El Licen-ciado
de Alcola-.
28 LEOPOLDO DE LA XOSR OLrVERA
1 -
4.-Ciudad de San Cristóbal, 26 de agosto de 1535. 1
- Don Pedro da poder al licenciado. Juan de Santa Cruz, vecino de La
Palma, para que vaya a la Corte "o a donde {fuere" y haga por él la
"'residenciaJ' que por su Magestad fuere mandada.-No está firmado.
&(.Of 428).
'5.-Ciudad de San Cristóbal, 3 de septiembre.
Don Pedro da poder al licenciado Juan de Santa cruz y a Francisco
de Espinosa, su criado, para que en su nombre tomen posesión de los
ingenios y heredamientos de Los Sauces, en La Palma, y de Pcod de los
Vinos, en Tenerife, "...por quanto doña Inés de Herrera, mi esposa, que
sancta gloria aya, por su testamento, instituyó e hizo mayorazgo de los
dichos heredamientos a. riüii Hiüiisü Luis de Lügo, s~ kiju, reservand~
para mi los frutos de los dichos heredamientos por los días de mi vida
como usufructuario, como así consta de las clábsulas del dicho testa-mento
sinadas de Melchor de Contreras; escribano público desta isla ..."
((f." 434).
6.--Ciudad de San Cristóbal, 6 de septiembre.
Alonso de Guevara, vecino de Granada, estante en la Isla, establece
convenio con Benito Guares, vecino de la ciudad de León, estante, en el
que se dice que "yo me obligo a llevar e llevaré a vos el dicho Benito
Guares, en la presente armada en que voy con don Pedro de Mendo~a,
al Río de la Plata y en el dicho viaje de dar a vos-de comer e de beber,
e pasaje franco, como uno de los soldados que en la dicha armada van;
e que, llevándonos Dios en salvamento al dicho Río de la Plata, ganaréis
e llevaréis la parte que a uno de los soldados sea dada; e asimismo en
el dicho Rio de ia Plata me obiigo a vos a dar de comer e beber e vesiir por
tienpo de un año ..."
Testigos : Hernand Arias de Mansilla, Gerónimo de Gaete y Francisco
Pérez, estantes. (f." 436).
7.-~iudad íie San Cristóaai, 6 de septiembre.
Hernand Arias de Mansilla, vecino de Granada, estante, hace con-cierto,
igual al anterior, con Fernand Muñoz, vecino de Granada, es-tante.
(f." 439).
426 ANUARIO D,E ESTUDIOS A T L A N T I W S -
D. PE~RO FTRNÁNQEZ.DE LUCO PREPARA LA EXPEDICI~N A S. ,MARTA 39
Don Pedro da poder general para pleitos al licenciado de Valcárcel
-y a F'rancisco de Lugo, regidor. Sin firmar. > - 3
3.-Fecha ilegible.
Don Pedro da poder a Francisco de Lugo, Regidor, para que entregue
a Hernand Peraza hasta cien doblas de oro, que doña Inés de Herrera
le dejó en su testamento (f." 441 v.). A continuación otro poder del mis-mo
don Pedro, sin fecha ni firma, a los cogedores del diezmo de ~ u e s t r a
Señora de Guadalupe, para cobrar hasta 10 arrobas de azúcar en el in-genio
de Los Sauces, para pago de manda de doña Inés.
10.-S. f.
Don Pedro da poder a Diego García, regidor de La Palma y a Pedro o
n
de Belmonte, escribano de dicha Isla, para que le abini s t r en los ing'e- =m
O
nios y heredamientos que tiene en ella y para partir con Doménigo Rico E
E
y Antonio Joven, Regidores, las mieles y remieles del heredamiento de 2
E
T.m Sauces.-Sin terminar ni firmar. (f." 443).
ll.-Ciudad de San Cristóbal, 30 de octubre. I . e-m
Declaración de don Pedro en la cual dice que ha dado ciertos poderes E
a! licenciado Cristóbal de Valcárcel y a F'rancisco de Lugo, regidor, ve- o
cinos de esta Isla; y al licenciado Juan de S e t a Cruz, a Francisco Cua- n
drado y a Salvador de Acosta, vecinos de La Palma; a Francisco de E a
Mesa, a F'rancisco de Lucena y a Diego Rodriguez, vecinos de Tenerife;
n
al bachiller Alonso de Belmonte, a Pedro de Alarcón y a Lope de Vallejo; n
al licenciado Avila, a Luis Velázquez y al licenciado Pedro de Zurita,
3
abogado en la Corte de Su Magestad; a Juan Gómez de Anaya,y a otras O
personas ; y ahora, ". . . porque yo voy a la conquista de la provincia de
Santa Marta, e por que los dichos no están intrutos en mis asuntos",
les revoca los poderes. - - . _
Testigos: García de Zorita, el bachiller Alonso de Belmonte y Pedro
de Xerez. A continuación la notificación a cada uno de los citados (f" 465.).
12.-Ciudad de San Cristobal, 30 de octubre.
% \
Don Pedro da de salario a Francisco de Lugo, Regidor, su- primo,
40.000 maravedís al año, por "ciertas cosas que yo le e encargado, en ,que
a de entender". (f." 466). l . ~ , / . - , , t r , ;
13.-Ciudad de San Cristóbal, 30 de octubre de 1535.
Don Pedro da salario al licenciado Juan de Santa Cruz, para que sea
su Teniente en esta isla de Tenerife y para que vaya a la Corte "e ne-gocie
ciertas cosas e negocios que yo le e cometido". (f." 466 v.)
14.-Ciudad de San Cristóbal, 30 de octubre.
Don Pedro nombra Teniente suyo en esta isla al licenciado Juan de
Santa Cruz. (f." 467).
i5.--Ciudad de San Cristóbal, 30 de octubre.
Don Pedro nombra su Teniente para la isla de La Palma al bachiller
Alonso de Belmonte. (f." 467 v.).
16.diudad de San Cristóbal, 30 de octubre.
El licenciado Juan de Santa Cruz, Teniente de esta Isla, da poder a
Antonio Joven, Regidor, y al licenciado Francisco de Alzola, Jurado,
para que hagan la "residencia". (f." 470).
Doña Inés de Herrera hace donación a Ana de Betancor de 150 doblas
de oro para ayuda de su casamiento, las cuales haya en lo mejor de su
ingenio y heredamiento de Icod, "por los muchos e buenos servicios que
me avéis hecho, que valen más que las dichas ciento e cinquenta doblas".
Testigos : Marcos Verde, Alguacil mayor ; Francisco de Escobar, Juan
de Lucena y Juan de O&.-F'irmado - Doña Inés de Herrera. (f." 565)-
18.-Ciudad de San Cristóbal, 11 de noviembre.
Don Pedro arrienda las caleras que tiene en el. Realejo a Simón Afon-so,
por 20 doblas de oro al año. (f." 591).
18 bis.--Ciudad de Santa Cruz, 17 de noviembre.
'Irrwi1 i- -;-a:&yAiL- ar r r o...-.-.-- .-.-.-. -..:-.-.:m-l d.-...d,.- --.-.A A- D-2"- L a r ibi auJ uaubu, buurv p i iALi y a i u~uuv,r e yu uvii r -zur v
de Portugal (testado este nombre) Gómez del Corral, capitán, e el dotor
Pedro de la Torre, vecino de Logroño, estantes en esta isla de Tenerife,
como sus fiadores ... [reconocemos] que debemos a Juan Núñez, mercader,
vecino de Sevilla, estante en esta Isla ... quarenta y dos ducados y medio de
428 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
oro de a trescientos e setenta e cinco maravedis de buena moneda de Cas-tilla
... que le ha entregado al capitán Gasco por fazer plazer e buena obra ...,
los quales nos obligamos e prometemos de vos dar e pagar a quinze días
primeros siguientes después que la nao "María", .que Dios conserve, de
qu'es maestre Nicolao de Nápoles, fuere llegada a la provincia de Santa
Marta o fuere surta en qualquier puerto real de la dicha provincia ...; e,
por que más cierto e seguro seáis vos el dicho Juan Núñez que seréis pa-gado
deste dicho debdo, yo el dicho capitán Gasco vos obligo ... y espe-cialmente
hipoteco un navío mío que al presente está surto en este puer-to
de Santa Cruz, llamado "San Nicolás", que Dios conserve, que está
de viaje para la dicha provincia, con todos los aparejos que dentro e
fuera dé1 penden y están, con los fletes que ganare para la dicha provin-cia
de Santa Marta; e yo el dicho Gómez del Corral una caxa de ropa de
mi vestir que llevo en la dicha nao "María", de ropas de seda e paño, que
- - - - -1 - -- - - - - - IIU iü puuaiiius veidei- iii eriajeiiar ni traspasar a, ijersoco. dgma fastv
tanto que el dicho señor Juan Núñez seáis contento ... Testigos que fueron
presentes: Juan de Villarreal, Juan Fernández, maestre, y Pedro Fer-nández
Montañés, vecinos y estantes".
Firmado: Francisco Gasco, Gómez del Corral, el doctor de la Torre.
( f . O 593).
-
19.-Ciudad de San Cristóbal, 14 de noviembre de 1535. 0
m
E
Don Pedro declara que entre Pedro de Alarcón, administrador de su O
hacienda e ingenio de Los Sauces, y Marcos Ruberte, administrador de n
la hacienda e ingenio del comendador Pedro de Benavente, hay ciertas aE
diferencias sobre un molino, y le da poder al licenciado Juan de Santa
n Cruz para que pueda transar. (f."97). n
3
20.-Ciudad de Santa Cruz, 14 de noviembre. O
Don ~ e d rdoa poder al licenciado Juan de Santa Cruz para que le cobre
cierta cantidad que le adeuda Francisco Calderón.
Testigos: Simón Afonso, Francisco Calderón y el bachiller Alonso
de Belmonte. (f." 600).
21.4iudad de Santa Cruz, 10 de noviembre.
Don Pedro da poder a Francisco de Lugo, Regidor, para seguir las
demandas interpuestas por los vecinos y moradores de Icod sobre las
aguas, tierras y solares de su heredamiento.
Testigos: Simón Afonso, F'rancisco Calderón y el bachiUer Alonsa
de Belmonte. (f." 603).
, .
22.-Ciudad de Santa Cruz, 6 de noviembre de 1535.
.- " .- 7
Don Pedro y su' hijo don Alonso Luis 'declaran que corresponde á
don Pedro por el testamento de doña Inés de Herrera el usufructo del
heredamiento e ingenio de Los Sauces, incluido el mayorazgo que fundó,
y están dados a partido a Doménigo Rizo, Antonio Joven y al licenciado
Juan de Santa Cruz, y el de Icod que lo está a Francisco Calderón. Don
Pedro renuncia, a favor de su hijo, a la mitad de los frutos del ingenio
de Los Sauces.
Testigos: el licenciado Gonzalo Ximénez, el bachiller de Belmonte y a
Bartolomé Joven. Firman don Pedro y don Alonso Luis de Lugo. (f .O 605). N
E
23.4iudad de San Cristóbal, 12 de noviembre.
Notificación a ios que tenían a partido el heredamiento e ingenio de: E
E
Los Sauces, de la anterior cesión. (f." 607). 2
E
24.-Ciud~c! de Smta CY~Z1,0 de iií-jviembre.
-
Don Pedro da poder a Francisco de ~ u g oR, egidor, para ..."q ue re-- 0m
quiera a todas las personas, cavalleros e peones que me an prometido O
e prometieron de ir conmigo a la conquista de Santa Marta, en servicio
de Sus Magestades, que cunplan lo que me an prometido; e fechos los n
E
dichos requerimientos podáis parescer a perescáis, así en esta Isla e a
en otras partes, para que así lo hagáis cunplir a las dichas personas ..." n
n
Testigos: Francisco Calderón, Francisco de Peñalosa y Alonso de
Aguilera. (f .O 608). 3
O
Men Rodriguez de Valdés, vecino de Sevilla, maestre y piloto del
Galeón "San Cristóbal", surto en el puerto de Santa Cruz, para seguir
viaje a Santa Marta, lo fleta a don Pedro, para que pue'da cargar hasta
setenta toneladas de mercaderías y lo demás que será dechado, ...' 'de
!as q ~ a l e ss etenta ioneiadas tengo cargadas desde Seviiia y San Lúcar
mucha parte dellas, que me dió el señor don Alonso Luis de Lugo y lo
demás me an de dar e cargar en este puerto de Santa Cruz dentro de
seis días" ... .
Don Pedro se obliga a pagarle-3.500 maravedis por cada tonelada
430 ' ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTZCOS
y más un ducado de averías, ..."p agaderos en Santa Marta, en pesos de
oro fundido, marcado e quilatado, dentro de los quarenta días siguientes
a la llegada a Santa Marta.. .!'
"Iten me obligo de llevar todos los honbres que yo truxe de Castilla
por mandado del señor don Alonso, vuestro hijo, e más todos los que
vuesa señoría me dixere en este puerto e yo pudiere llevar en el d i c h ~
galeón; e me avéis de dar e pagar por cada un honbre diez ducados de
oro de a trescientos e setenta e cinco maravedis cada uno, sin darles de
comer, así por los honbres que truxe de Castilla como por los demás que
desta Isla lievare".
"Iten-declaro que e recibido del señor don Alonso Luis de Lugo, por
cuenta de lo que se me a de pagar, trescientos ducados de oro, que el
dicha señor don Alonso Luis de Lugo se los dió e pagó a Ginés de Mesa
por mi e en mi nonbre".
IiT'L-- -Ll- l.1:,,.-
I L ~ U SUIV SUY 0u1i~aU0 a dai a cada pasajero medio amiibre de
agua a cada uno en cada día, y el fuego y la sal que fuere menester, e
dos calderas de agua en cada día para cocinar, llevando las dichas perso-nas
las calderas en que an de cocinar".
"Iten me obligo de recibir por cada tres personas una carga de siete
palmos e no más. e me obligo de recibir todos los mantenimientos que
hubieren menester de llevar; e los que sobraren al terminar el viaje an
de quedar para mí el dicho maestre e piloto".
"Iten me obligo de dar francamente la cámara de popa, sin yo llevar
cosa alguna, para que en ella metan todo lo que quisieren, e más tres
botas de agua para el capitán que fuere en el dicho galeón, para que
haga dellas lo que quisiere!'.
"Iten me obligo de dar pañol para el pan de la gente que vaya".
"Iten que la carne e pescado e faba e garbanico que sea menester lo
metáis en barriles o vasijas, para que esté e vaya mejor resguardado".
Testigos: Alonso Gutiérrez, Diego de Urbina, Alonso de Lugo De-nade
(? j y Zuaii Albarraciii. (f." 811).
26.-ciudad de Santa Cruz, '3 de noviembre de 1535.
Nicolao de Nápoles, vecino de Sevilla, maestre de la nao "La María",
qiiieia en este puei-to, para ~ e g ~ai Sra iita &iiJLa, ~ ~ i i t CZUEh UOE P e d r ~
y se obliga a llevar a Santa Marta a todos los hombres que trajo de Cas-tilla
por orden de don Alonso Luis de Lugo, y los demás que don Pedro
le diere en esta Isla, hasta 150 hombres, .;."e más si me diere e los pu-diere
llevar". Por cada persona que llevare ..." e le diere de comer" le há
Núnt. 5 (1059) S . . 43f
34 iiFSPOLD0 DE LA ROSA OLiVERA
de pagar don Pedro quince ducados de oro. También se obliga a llevar
todas las armas que fueren menester.
Testigos: Alonso Gutiérrez y Luis de Mayorga. Firmado - Nicolao
de Napoli. (f." 617).
27.Ziudad de Santa Cruz, 3 de noviembre de 1535.
Alexandre Cortés, vecino de Seviila, maestre de la nao "Santi Spiri-tus",
se compromete a llevar setenta toneladas de mercaderías, sobre
las que trae cargadas de Castilla, que le dió don Alonso Luis de Lugo,
por 3.500 maravedís tonelada, más un ducado de averías. También se
obliga a llevar a los hombres que trajo de Castilla y a los que en este
puerto pudiera tomar, dándole por cada uno diez ducados de oro. Tam-bién
se obliga a dar la cámara de popa.
T&igns: de Z~r i t zp,& -c _&fcñ~Rq ut ~ ! c& L==secs, LUis
de Mayorga, Sebastián Alvarez. Firmado - Alessandre Cortese -
(f.0 620).
¿>&-Ciudad de San Cristóbal, 6 de octubre, en las casas del señor Ade-
% . . - A - J - muwuu.
Don Pedro dice que Doménigo Rico y Antonio Joven, regidores, se
obligaron, ante el escribano Alonso Gutiérrez, "de me dar dos navíos
con gente, en cierta forma e manera para ir a la conquista de Santa
Marta e llevar vinos e harinas, por mil ducados" ; y como está de partida
para Santa Marta da poder a Francisco de Lugo, Regidor, para que
cuide de su cumplimiento y se obligue al pago de los fletes. (f." 629).
29.-Ciudad de San Cristóbal, en las casas del Adelantado, 6 de-octubre.
Don Pedro cieciara que tenienao ia gobernación ae estas Mas y a
punto de partir para la conquista de Santa Marta, por estar sometido a
residencia, da poder al licenciado Cristóbal de Valcárcel, para que le
defienda. (f." 631).
30.4iudaCi de San C~isióoai,e n ias casas üei Ádeiantauo, 29 de sep-tiembre.
Por igual motivo da poder al licenciado Juan de San Juan, para que le
defienda por la gobernación de La Palma. (f." 635).
432 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
31.-Ciudad de San Cristóbal, 15 de septiembre de 1535.
Don Pedro, cumpliendo voluntad de doña Inés de Herrera, funda ca-pellania
en la iglesia y ermita de Candelaria, y para dotarla le da una
huerta y viña en esta ciudad.
El 22 del mismo mes, en el monasterio de Santo Domingo de La La-guna,
juntos en capítulo, a campaña tañida, fray Gil de Santa Cruz,
prior, fray Alonso de la Anuntiation, vicario, fray Gregorio Calvo, fray
Gaspar de Mercatola, fray Tomás Castaño y fray Esteban de la Rosa,
aprueban la fundación. (f." 650).
32.-Ciudad de San Cristóbal, 1 de octubre.
Don Pedro da poder a F'rancisco de Lugo, Regidor, para que le cobre
10 que le corresponda como Gobernador. (f." 653).
33.-Ciudad de San Cristóbal, 1 de octubre. .
Don Pedro da poder al licenciado Valcárcel y a. Francisco de Lugo,
DILA.G-&- UG~, para que en SU nombre puedan nombrar y remover Tenientes
de gobernador de las islas de Tenerife y La Palma. Lo revoca en Santa
Cruz, el 7 de noviembre siguiente. (f." 669).
34.-Ciudad de San Cristóbal, 5 de octubre.
Don Pedro da poder a F'rancisco de Lugo, para que le administre su
ingenio de Icod y le cobre los tributos. (fO 672).
35.-Ciudad de San Cristóbal, 29 de septiembre.
Don Pedro da poder a Pedro de Belmonte, escribano de La Palma, para
que le represente en los asuntos que tiene pendientes con Doménigo R i ~ o
y Antonio Joven. (f .O 685).
36.-Ciudad de San Cristóbal, 26 de octubre.
Don Pedro da poder al licenciado Juan de Santa. Cruz para que en
su nombre comparezca ante Sus Magestades y su Consejo y Chancillerías
y pida se le asiente en los libros de los Contadores mayores el salario
que Su Magestad le da por la gobernación de estas Islas. (f." 693 v.)..
'-1
36 IlEOPOLDO DE LA ROSA OLIVERA
37.-Ciudad de San Cristóbal, 26 de octubre de 1535.
Don Pedro da poder al licenciado Pedro de Corita, abogado en la.
Corte, estante en esta Isla, para que le defienda en los pleitos que pueda
tener. (f." 694).
38.-Ciudad de San Cristóbal, 1 de noviembre.
Don Pedro da poder al licenciado Juan de Santa Cruz para que le
defienda en la "residencia" que el Rey ha mandado se le tome. (f." 698)-
39.-Ciudad de San Cristóbal 1 de noviembre.
Don Pedro da poder a Pedro de Alarcón, estante en La Palma, para.'
seguir los pleitos que tiene con ,Pedro de Benavente y Gabriel Socarrás,.
sobre el ingenio 'de Los Sauces. [f ." 699).
40.4iudad de San Cristóbal, 1 de noviembre.
Don Pedro da poder al licenciado Juan de Santa Cruz para que pueda
nombrar y separar alguaciles. (f." 700).
41.-Ciudad de Santa Cruz, 7 de noviembre.
Prometimiento.
"Don Pero Hernández de Lugo, Adelantado de las islas de Canaria,
Governador perpetuo de Tenerife y Señor Sant Miguel de La Palma y
Adelantado y Capitán general y perpetuo Governador de la provincia
de Santa Marta de mar a mar, por sus Magestades: prometo y doy mi fe
y pleitohomenaje, como cavallero y hijodalgo, que todas las personas que
fueren a la provincia de Santa Marta con navíos a llevar bastecimientos
de las islas de Canaria, así de Tenerife, como de La Palma y Grand Ca-naria,
en la dicha provincia de mi governación, ternán toda la livertad
que quiseieren para descargar sus mercaderías, bastimientos e otras co-sas
que llevaren, e que no les será hecho premio ni fuerca que descargue
allí cosa alguna, salvo lo qu'ellos de su voluntad quisieren descargar, e
que lo que descargaren se le dexará vender libremente pagando los de-rechos
acosiuii"uradüs a Su Xzgestad, e qüe no se !es -,=m&ta sas ni pre-visiones
algunas en las cosas que llevaren e vendieren, salvo que se les
dexará vender libremente como mejor pudieren y más a su provcho, e
que no se les hará fuerca ni toma ni sinrazón ni agravio alguno, ni se les
tomará las cosas que llevan fiadas contra su voluntad, e que en todo
434 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTZCOS
D. PEDRO FERNÁXDEZ DE LUGO PREPARA LA EXPEDICION A S. MARTA 37
se les hará todo buen tratamiento; y para que d' esto sean ciertos todos
los que allá quisieren ir y más se animen a llevar allá mercaderías e ir
a la dicha provincia de Santa Marta: otorgué este prometimiento y plei-tomenaje
ante el escribano e testigos suso escritos, al qual rogué que d' ello
dé testimonio a todas las personas que a la dicha provincia quisieren ir;
e asimismo digo que prometo que si los dichos mercaderes o otras qua-lesquier
personas, después de aver descargado las dichas mercaderías
en la dicha provincia e puerto de Santa Marta, la quisieren toda o parte
dellas tornar a cargar, que lo puedan hazer sin que en ello se ponga
inpedimento alguno.-Fecho en el lugar e puerto de Santa Cruz en la
isla de Tenerife en siete días del mes de noviembre a. del n. de N. S. J. de
mill e quinientos e treinta y cinco años. Testigos que fueron presentes
a lo que dicho es : Francisco de Peñalosa e Francisco Fernández Hermoso
e García de Corita, estantes en esta dicha isla." Firmado: "El Ade-lantado".
(f." 707).
42.-Santa Cruz, 5 de noviembre de 1535.
Ceswn del quinto de las ganancias a D. Alonso Luis de Lugo.
"Don Pedro ... Adelantado e Governador perpetuo e capitán general
de la provincia e conquista de Santa Marta y mar del Sur por Sus Mages-tades,
digo: que por quanto vos don Alonso Luis de Lugo, mi hijo, avbis
negociado los negocios de la dicha conquista de Santa Marta, por mi
mandado, con Sus Mgtdes., e havéis traído la gente de guerra para la
dicha armada e conquistas, e me traxísteis una cédula de Su Mgtad. en
que me hace merced del dozavo de todo lo que ganare e conquistare e
de todas las rentas, quintos, presas e rescates e cavalgadas, segund se
contiene en la dicha cédula de merced que Su Magtad. me hace que vos
me traxísteis, a que me refiero: por ende, acatando vuestra clbilidad e
suficiencia e que sois mi hijo legítimo. vos hago merced. gracia e dona-ción
inrrevocable qu'es hecha entre vivos, de la quinta parte de lo que
a mi me pertenesce del dicho dozavo de la dicha merced que Su Mgtd. me
haze, el 4qual dicho quinto del dicho dozavo os doy e hago merced por
tienpo y espacio de quatro años cunplidos primeros siguientes que corren
e comienzan a correr desde el día que enpeyáremos a hazer entradas
en la dicha provincia e conquista de Santa Marta ... Fecha esta carta en
el puerto de Santa Cruz, qu'es en la isla de Thenerife en cinco días del
mes de noviembre, año del n. de N. S. J. de mill e quinientos e treinta
e cinco años. E lo firmó de su nonbre. Testigos que fueron presentes a
lo que dicho es: el Licenciado Francisco de Alcola, el Licenciado Juan
38 . . IlEOPOLDO DE LA ROSA OLIVERA
de Santa Cruz, Hernán Peraca y el Bachiller Alonso de Belmonte, estan-tes
en esta dicha isla.=El Adelantado=." (f." 708).
43.-Santa Cruz, 6 de noviembre de 1535.
Don Alonso Luis de Lugo autoriza a su padre para que pueda cul-tivar
viñas y parrales en las tierras del heredamiento de Icod, su mayo-razgo.
(f." 709).
. .
44.-Santa Cruz, 6 de noviembre.
Compromiso de pago. '
"Don Pedro ... digo, que por quanto yo enbié a vos don Alonso Luis
de Lugo, mi hijo, a Castilia a vender una libranca que Su Mgd. me hizo
de cinco miii ciucacios que se me ii'urarom en las rentas perteiiescieiites
a Su Mgd. en la provincia de Santa Marta, por razbn de lo que Su Mgd.
me devía de ciertos salarios de la governación desta isla e La Palma e
por ayuda de costa de la armada de la conquista de la dicha provincia
e para fletar navíos en que fuese .la gente de guerra, e vos traxisteis para
ir cnnmign a Ia dicha conqi~iata, e vos vendisteis la dicha libranca en
miil e seiscientos ducados e fletásteis los dichos navíos a ciertos precios
e condiciones, segund que en la,carta de venta que en vuestro nonbre e
mío fezísteis de la dicha libranga y en'los fletamentos que hizisteis de
los dichos navíos para llevar la gente e mantenella por vuestra cuenta;
e por que lo susodicho sea mejor pagado: me obligo que del dozavo que
me pertenesce de todas las presas e rescates que se han (roto) ... de
que Su Mgd. me haze merced en la governación de la dicha provincia
e de las partes 'que como a capitán general me pertenescen de las dichas
provincias, no tomaré rnrs.! ni plata, ni oro, ni perlas, ni piedras, ni cosa
alguna hasta tanto que las dichas personas a quien vos os obligásteis
en mi nombre e por vos, e a quien vendisteis las dichas Iibraiicas e a !as
maestres e personas a quienes se deben los dichos fletes e mantenimien-tos,
conforme (roto) ... la obligación que en mi nonbre y en el vuestro
fezistes a los susodichos, sean contentos e pagados.. ." (f." 713).
45.-S.ant-? Cri?zi 12 de noviembre.
Don Alonso Luis de Lugo da poder general a Doménico Rico, Regidor
de esta Isla, para que le represente.
A continuación está cosido un documento, otorgado ante Juan de
Anchieta, escribano público, el 24 de enero de 1542, por el cual don
ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
Alonso Luis de Lugo, "Adelantado de las islas de Canaria e de la- pro-vincia
de Santa Marta, Governadpr e Capithn ene era l. del Nuevo Reino
de 'Granada.. . ", revoca el anterior poder.-Firmado : ','El Adelantado de
.Santa Marta.'! (f." 715).
46.-Santa Cruz, 12 de noviembre de 1535. . . .
"Don Pedro ... : por quanto vos el capitán Francisco Gasco vais en mi
conpañía a la dicha provincia e conquista de Santa Marta, donde yo voy
por mandado de Sus Magestades, e lleváis vuestro navío abituallado e
aparejado para me ayudar a llevar la gente e lo demás que yo llevo a la
dicha conquista: por ende, por la presente me obligo e prometo de vos
dar e pagar a vos, o a Bartolomé e a Pedro de Aponte vuestros compa-ñeros
o a qualquiera de vos según el concierto entre vosotros paresciere.
todo In que pzrpciere pr fe Ge escribo== yUe ave,.i s gastado en p~l>\ri-siones
para el dicho viaje e navío, con más ciento e cinquenta por ciento
de ganancia; e más, por cada viaje dado que ilevardes a la dicha pro-vincia,
diez ducados de oro bueno de valor cada uno-de trescientos e se'
tenta e cinco mrs. de buena moneda; e todo lo que montare, en la manera
que dicho es, prometo e me obligo de vos lo dar todÓ e pagar en la dicha
provincia de Santa Marta del oro qualesquier que oviere de las pr' :meras
e segundas entradas &e en la dicha provincia se hizieren e de otra qual-quier
cosa que en las dichas entradas se oviere; e que os será bien e
conplidamente pagado, como si lo que dicho es fuese así juzgado e sen-tenciado
por sentencia de juez conpetente ... En el puerto de Santa Cruz,
el 12 de noviembre de 1535. Testigos: Juan Alonso Carrasco, Gil Gu-
tiérrez e Fernando de Perea." (f." '717). - ,
47.-Santa Cruz, 10 de noviembre.
- 1
S "Sepan quantos esta carta vieren cómo yo, don Pedro Hernandes de
Lugo, Adelantado de las islas de Canaria e de la provincia de Santa
Marta e Governador perpetuo de las islas de Thenerife e La Palma e de
la dicha provincia de Santa Marta de mar a mar e Capitán general deiia
por Sus Magestades: otorgo e conosco por esta presente carta que doy
e otorgo todo mi poder conplido, libre, llenero, bastante segund que lo
yo he e tengo e de derecho mejor puede e debe valer, a vos el licdo. G."
Ximenes, qu'estáis presente, especialmente para que seáis mi Lugarte-niente
en la dicha provincia de Santa Marta, así en la ciudad e pueblo
donde yo residiere como en todas las otras partes, poblados e despo:
blados de toda la dicha provincia .de Santa Marta, e para que podáis
40 L'EOPO~O DE LA ROSA OLIVERA
traer e traigáis vara de justicia en toda la dicha provincia y en qual-quier
parte della, e oír e librar todos e qualesquier pleitos e cabsas,
ceviles e criminales, que subcedieren e obieren en la dicha provincia,
así entre las personas de guerra que yo llevo e tuviere para hacer la
dicha conquista como en todas las demás, vecinos e moradores, estantes
e abitantes en la dicha provincia, así gente de guerra como de paz, e
para que en las dichas cabsas e qualquier dellas podáis sentenciar e sen-tenciéis
a todas, e qualesquier sentencias interlucotorias e definitivas
que hallardes por justicia e aquéllas llevar e llevéis a debida execución
con hefeto tanto quanto con fuero e derecho hallardes; e quan conplido
e bastante poder como yo he e tengo para lo que dicho es de Sus Ma-gestades,
todo ello doy e otorgo a vos el dicho licdo. con todas sus inci-dencias
e dependencias, mergencias, anexidades e conexidades; e si es
necesario vos relievo de toda carga de satisdación, fiadoría e cabción
so la clábsola de derecho "Judiciun sub te judicatun solvi", con todas
sus clábsolas para lo aver por fee. E obligo mi persona, bienes raíces e
muebles, avidos e por aver.
Fecha la carta en el lugar e puerto de Santa Cruz, qu'es en la isla
de Thenerife, en diez días del mes de noviembre año del nacimiento de
nuestro Salvador Jesuxpto. de miii e quinientos e treinta y ciiicu años.
E firmó10 de su nonbre. Testigos que fueron presentes a lo que dicho
es: el bachiller Alonso de Belmonte e Diego Santos e Francisco Calde-rón,
vezinos desta dicha Isla."-"El Adelantado". (f." 718).
48.-Santa Cruz, ¡O de noviembre de 1535.
"Don Pedro. .. de una parte, y de la otra Bartolomé de Fonseca, vecino
de esta Isla: decimos, que por quanto Hernán González, escribano pú-hlkn
e voino desta Isla. se obligó a mi el dicho Adelantado de tomar
para la dicha conquista la tercera parte de un navío de cinquenta tone-ladas
para arriba con la tercia parte de cinquenta honbres de guerra,
mantenidos ciertos meses en cierta forma e manera, como más larga-mente
lo susodicho consta en la escritura de obligación que dello me hizo
e otorgó a la qual me refiero, por ende, yo el dicho Bartolomé de Fonseca
me obligo de armar en el lugar del dicho Fernán Gonzáiez ¿o60 ayudo
qu'el dicho Fernán González por la dicha obligación se obligó, por quanto
entre mi el dicho Bartolomé de Fonseca y el dicho Fernán González,
por cierto contrato, yo el dicho Bartolomé de Fonseca quedo obligado de
armar en lugar del dicho Fernán González ..." (f." 719).
438 ANUAEIO .DE ESTUDIOS ATLANTICOS
D. PEDRO FERNÁXDEZ DE LUGO PREPARA LA EXPEDICION A S. MABTA 4i
49.-Santa Cruz, 10 de noviembre de 1535.
Don Alonso Luis de Lugo se obliga a pagar a Alexandre Cortese,
maestre de la nao "Santi Spiritus", ciento treinta ducados de oro, "... por
razón del flete e comida de quatro cavailos hasta Santa Marta e asimismo
por toda la ropa mía que de mí Ileváredes, e por cada tonelada de lo que
más lleváredes tres mil1 e quinientos mrs ..." (f." 720).
-50.-Santa Cruz. 13 de noviembre.
Don Pedro se obliga con Doménigo Rigo por un cuento sesenta y
dos mil setecientos siete mrs., de la moneda corriente en Tenerife, .y
más mil ciento setenta y ocho arrobas y media de azúcar bueno, blanco
y lealdado de dar y recibir, puesto en su ingenio de Los Sauces, por el
-resto de las cuentas y contrataciones que han tenido hasta el día. Fir-mado
por don Pedro y por don Alonso Luis de Lugo. (f." 723).
:Sl.-Ciudad de San Cristóbal, 14 de diciembre.
El licenciado Ramón Estupiñán Cabeza de Vaca, Oidor de la Real
Audiencia que reside en la isla de Gran Canaria, y Juez de "residencia"
de las islas de Tenerife y La Palma, da poder a su Alguacil mayor Diego
de Rebolledo para oír las causas civiles y criminales en esta isla de Te-nerife.
Testigos: Bartolomé Niíñez de Villavicencio, Cristóbal de Mo-rales
y Duarte Fernández. (f." 724).
-52.-Santa Cruz? 13 de noviembre.
Don Pedro da poder al licenciado Juan de Santa Cruz, vecino de La
Palma, para que reciba en su nombre los azúcares y remieles que le han
de entregar Diego García, Regidor de La Palma, y 'Pedro de Belmonte,
Escribano de dicha Isla, a los que tiene dado poder para que los cobren
.de Domenigo Rico y Antonio Joven. (f." 728).
53.-Santa Cruz, 12 de noviembre.
Don Pedro da a renta a Francisco Calderón el ingenio y heredamien-to
de Icod, con todas sus tierras, aguas, casas de moler y purgar, un
molino de pan y casas de morada, por tiempo de nueve años y renta de
300 doblas de oro en cada uno, pagaderas por San Juan de junio, comen-zando
por el de 1537, y en San Juan del 1536 sólo habrá de pagar se-senta
doblas de oro, que don Pedro se halia obligado a abonar a los
herederos de Rafael Ponte. (f." 730).
42 LEOPOWO DE L4 ROSA OLIVERA
54.-Santa Cruz, día ilegible, noviembre de 1535.
Don Alonso Luis de Lugo hace donación a Nuestra Señora de Guía,
en la iglesia del monasterio del Espíritu Santo de esta ciudad, para su
obra, de "... una fuente de plata de las dos que quedaron e fincaron de
doña Inés de Herrera, mi madre, las quales tiene en su poder Leonor
de Betancor, que a mí pertenescen como su heredero mayorazgo; e asi-mismo
hago donación a la imagen de Señor Santiago de la iglesia de
Nuestra Señora Santa María de la ciudad de esta Isla de la otra fuente
de plata. E hago estas donaciones para que ellos sean intercesores e
rogadores a Nuestro Señor JesuXpto e me quiera perdonar mis pecados",
Testigos: Juan Alberto ~e r a r d i nyi Rodrigo de Cañizares. (f." 740).
5) ZXGISTRQ DE LOS ESCRlRANQ>s RkRTOLO_NPE JOVEN
Y MELCHQR DE CONTRERAS, DE 1535 (núm. 78 a).
55.-Sin lugar ni fecha.
E
"Sepan quantos esta carta vieren cómo yo Alonso Núñez, vezino desta
isla cie ienerife, digo: que por yuaniü eiitre vos Vas¿rü Iiüdiigües e iai
a sido capitulado e tratado que ayáis de ir a la provincia e conquista de O-Santa
Marta, donde va el el Iltre. e muy Magco. señor don Pedro Her- m
E
nández de Lugo, Adelantado destas islas de Canaria; Governador per- o
petuo desta Isla e de la isla de La Palma e Adelantado e Capitán general
n
e Governador perpetuo de la conquista e provincia de la dicha Santa E
Marta por Sus Magestades; e por quanto en el dicho concierto e capi- a
tulación hovo ciertas condiciones que yo os he de-cunplir e mantener, n
e quedé de os hazer escritura de todo ello, e agora el dicho señor Ade- n
lantado se anda despachando para el dicho viaje e yo soy obligado a le O3
cunplir cierta gente, me conviene convenir con vos y efetuar lo suso-dicho,
por manera que vais conmigo en mi navío este dicho viaje, e para
ello devo cunplir con vos lo que e quedado e concertado: por ende, por
esta presente carta, otorgo e conosco a vos el dicho Vasco Rodrigues
e otorgo, que me obligj3 de os llevar a vos e a un cavalio que al presente
tenéis de color castaño que yo conosco, e más vuestra tienda del oficio
de herrería, con toaos sus perirechos y herrairiientas necesarias para.
el dicho oficio de herrero, con una muela, e una caxa de seis palmos de
cunplido, e vuestra (roto) ropa de cama e de vestir, e un (roto) de azero
e aIgund hierro que metiéredes, e una bota de vino e un cahiz de harina
o biscocho qual más vos quisiéredes, el qual dicho cahiz de harina o
biscocho a de ser que se a de recibir por peso y se vos a de entregar en
Santa Marta de llegada que liegkremos plaziendo a nuestro Señor; lo
qual os entregaré en poblado donde os podkis aprovechar de la dicha
harina, biscocho e vino, e herramientas e pertrechos de vuestro oficio
e cavallo.
"Tocio lo qual que de susodicho es, yo e¡ dicho Alonso Núñez, prometo
e me obligo de l!evar hasta la dicha Santa Marta, a mi costa e minsión,
en un navío de los que fueren en la dicha armada, sin llevaros por vues-tra
persona ni por el cavaiio ni por Ia dicha herramienta del oficio de
herrería e bota de vino e biscocho e sacón de ropa cosa alguna ni flete
alguno por ello, sino libremente os he de echar y eche en la tierra e po-blado
de ia dicha Santa Marta, sin os hacer registro ni detenencia de
cosa alguna.
"Otrosí, es condición que vos el dicho Vasco Rodrigues, por razón
de lo que dicho es, wéis ae ser cavallero para ir a la dicha guerra con
el dicho señor Adelantado, trayendo e llevando ballesta e cava110 e laiqa
qual más vos q.~isiéredes, por razón de lo qual avéis de aver e llevar,
e os será dado e pagado por el dicho señor Adelantado, toda la parte
que como tal cavallero ballestero. o de !anca en puño podáis aver e llevar
e se os 6e"uere confori~iea como ganaren e ies pertenescicren a ios otros
tales csvalleros semejantes que vos fueren en la dicha guerra; y es con-dición
que si así no fuere e no quisiéredes ir a la dicha guerra, en l*
entradas que1 dicho señor Adelantado e otras personas en su lugar fue;
ren, que no seáis obligado a ello e podáis usar vuestro oficio e hazer
de vos lo que más quisiéredes, sin que por ello os inpidiese el dicho señor
Adelantado ni otra persona a que vais e os quedéis.
"Otrosí, es condición que si dentro de los dos años primeros siguien-tes
vos el dicho Vasco Rodrigues quisiéredes iros de la dicha Santa Marta
a qualquier otra parte, que lo podáis hacer, sin que en los dichos dos
años como en los veniheros (roto) el dicho señor Adelantado ni otra per- sona os haga (roto) ni molestia (roto) dello. . ,
"A más, me obligo de vos dexar e ir libremente sin que se os inpidiere
y estorbare vuestra voluntad e (roto) ... que por el mismo caso, en cada
un año que os detuviere, yo os dé e pague mil1 ducados de oro de salario
en cada un año, que siendo oficial como sois podríades aver e ganar e
perder de vuestra .nazienda, ios quaies os pagare e serán pagados a vues-tra
voluntad en fin de cada un año, el qual año e tienpo dello corra desde
el día que pareciere por fee de escribano ...
"Otrosí, es condición que si.vos el dicho Vasco Rodrigues quisiéreiies
resgatar con los dichos indios algunas herramientas de vuestro oficio,
44 JiEOPOLDO DE .ROSA OLIVERA
con que no sean armas ofensivas ni defensivas, que lo podáis hazer sin
pena alguna, con tanto que paguéis los derechos reales que justamente
se devieren.
"E demás digo, que no se os porná tasa en las cosas de vuestro ofi-cio,
de que vos las podáis vender libremente por los precios que quisie-redes.
"Digo que yo el dicho Alonso Núñez, como principal deudor, e Do-niénigo
Rigo e Antonio Joven, como sus fiadores e principales pagadores
por juntos todos de mancomún ..."
(Sin terminar, ni indicación de lugar ni fecha. Tampoco está foliado
el cuaderno, en cuya cubierta aparece el nombre de Melchor de Con.-
treras.)
a
N
E
c) REGISTRO DEL ESCRIBANO JUAN DEL CASTILLO, 0
d DE 1535 (núm. 102 b). -
Oo>
56.-Ciudad de San Cristóbal, 23 de noviembre.
"Francisco Rodrigues, maestre de la nao "San Salvador", surta en
,el puerto de Santa Cruz, qu'es del señor Lázaro Ponte, capitán de la
armada que va a la provincia de Santa Marta, e Juan de Santa María e
Baltasar Luis e Pérez Inglés, marineros que somos de la dicha nao, por
quanto la dicha nao está de camino para la dicha provincia de Santa
Marta ..." se obligan con Lázaro Fonte como tales maestre y marine-ros.
(f." 1.172 v.).
2
d
57.-Ciudad de San Cristóbal, 24 de noviembre. n
n
"Lázaro Fonte, capitán de la armada e conquista de la provincia de O3
Santa Marta, digo: lque por quanto Alonso de Montiel en mi nonbre
conpro una nao iiamada "Ei saivaaor" e tomó ciento e quince e dos ter-cios
de ducados a ciertos mercaderes de C'alis ...", se compromete al pago.
(f.O 1.176 v.).
%.-Ciudad de San Cristóbal, 28 de noviembre.
"El capitán Francisco Gasco, capitán de ia gente que va a ia provin-cia
e conquista de Santa Marta, digo que debo a vos Francisco Hernan-des,
mercader, estante, treinta ducados de oro, por ropa qu'el dicho mer-cader
me ha vendido...", por lo que se compromete a pagarlo así que
llegue a Santa Marta. (f." 1.177 v.).
442 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
D. PEDRO FERNÁNDEZ DE LUGO PREPARA LA EXPEDICION A S. MARTA 45
INDICE CRONOLOGICO DE LOS DOCUMENTOS TRANSCRITOS
O ENUN4xADOS
Febrero.
Marzo.
Mayo.
Julio.
-4gOst0.
Septiembre.
Octubre
Noviembre.
A l l o
2
3
3 bis.
1
17
4
5
6
7
31
31
"s"n
35
32
33
34
28
29
36
37
11
12
13
14'
15
16
38
39
40
25
26
27
42
22
Don Pedro F. DE LUGO.
Francisco de ALZOLA.
Don Pedro F. DE LUGO.
Doña Inés de HERRERA.
Don Pedro F. DE LUGO.
Alonso DE GUEVARA.
Hernand ARIAS DE MANSILLA.
Don Pedro F. DE Luco.
Fr. Gil DE SANTA CRUZ.
Em Pare F. LVW.
Juan de SANTAC RUZ.
Don Pedro F. DE LUGO.
Men RODRfGIJEZ DE V ~ D E S
Nicolao DE NÁPOLES.
Aleixandre CORTES.
Don Pedro F. DE LUW.
46 LEOPOLDO DZ LA ROSA OLXSTRA
LlES N CM. O T O R G A N T E -
, .
43 , Don Alonso L. DE LUGO.
44 Don ~ e d r 0F . DE LUGO.
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I >'
Diciembre.
33
41
21
24
47
48
49 Don Alonso L. DE Luco.
18 Don Pedro F. DE LUGO.
45 Don Alonso F. DE LUGO.
23 Don Pedro 5%. DE LUGO.
46
53 $7 i
50
52
19
20
18 bis kl-anrirrn GASCO
56 Francisco RODRÍGUEZ.
57 Lázaro FONTE.
58 Francisco GASCO.
54 Don Alonso L. DE LUGO.
55 Alonso NÚRi.z.
51 Ramón ESTIJPIRAN C A B ~DAE VACA.
Aiío 1.542.
24 Enero. 45 Dm Alonso L. DE LUGO.
San fecha, pero de; 15.35.
8 Don Pedro F. DE LUW.
9
ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS