SEBASTIAN JIMENEZ SÁNCHEZ
PRIMEROS REPARTIMIENTOS
ATIERRAS r AGUASA
GRAN CANARIA
\
Ediciones en EL FIEL
Con este folleto toma cuerpo una vieja iniciativa dc la Jefatura Provincial
dc Propaganda de publicar bajo la denominación EDICIONES EN EL FIEL,
un grupo de obras de doctrina, historia, literatura, etc., de autores canarios.
Este primer folleto-monografía inicia la sección de investigación canaria,
desarrollando su autor, el conocido escritor camarada Sebastián Jiménez San-ches,
una delicada empresa dc mucho interés regional, que viene a enriquecer
la escasa bibliografía isleña.
La nueva edad española nos entusiasma a unir autores no consagrados
con otros de más recia personalidad, alternando asimismo cl volumen e importancia
de las obras.
Adelantamos una tabla improvisada dc algunas de las obras próximas a
publicar:
Ensayismo: "LA ISLA ARCÁNGEL", ob^-a postuma de Agustin Espinosa.
Política: "EN EL FIEL: LIBRO DE POLÍTICA", por Arturo Sarmiento Valle.
Poesía: "POEMAS DE MOVILIZADO", por Pedro Perdomo Acedo.
Historia: "ICONOGRAFÍA DF NUESTRA SEÑORA DEL PINO", por Jo
sé Miguel Alzóla.
Liíeratma: "TRES MILLONES DE ALMAS", novela, pov Bautista Vclarde.
Teatro: 'LA CASA DEL JAZMÍN", por Vicente Jiménez.
Geografia- "HECHOS DE GEOGRAFÍA HUMANA: LA VIVIENDA.
EVOLUCIÓN H I S T 0 R I C : A DE LA VIVIENDA EN CANAR
I A S " , por Sebastián Jiménez Sánchez.
" OTROS AUTORES: Ignacio Quintana, Néstov Álamo,
Sebastián Manuel de la Nuez, etc.
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P R I M E R O S R E P A R T I M I E N T OS
DE
TIERRAS Y A G U A S
EN
G R A N C A N A R IA
por
SEBASTIAN JIMENEZ SÁNCHEZ
Comisario Provincial de Excovociones Arqueológicas,
Correspondiente de lo
Iteal Sociedad Geográfica, Correspondiente
y Patrono Regional
del Museo del Pueblo Español,
en Las Palmas,*
del Museo Canario.
1 9 4 0
TALLERES TIPOGIÍAFICOS DE "FALANGE"
LAS PALMAS DE ORAN CANARIA
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D E D I C A T O R I A
Al dilecto amigo el Dr. Don
Pedro Hernández Benítez, Párroco
de lo Iglesia Arciprestal
de San Juan Bautista, en la Ciudad
de Teide, con todo afecto.
EL AUTOR,
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Es propiedad
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PRIMEROS REPARTIMIENTOS DE TIERRAS
Y AGUAS EN GRAN CANARIA
Aún estaba la isla de Gran Canaria bajo la acción de la Conquista
por las huestes castellanas, cuando Sus Altezas los Reyes Católicos expidieron
en 4 de Febrero de 1.480, tres años antes de finalizar la acción bélica, a
su bizarro Capitán Pedro de Vera, una Real Cédula para que pudiera hacei
repartimientos de tierras y heredamientos en la dicha isla de Gran Canari.i,
que, en opinión de uno de los Cronistas anónimos, fué "Isla de extrema fertilidad".
Tan interesante documento real, dice, entre otras cosas, lo siguiente:
"A Vos Pedro de Vera, nuestro Gobernador,
é Capitán, é Alcalde de la isla de Gran Canaria. Se-padcs
que Nos habernos sido informados que algunos caballeros,
escuderos, é marineros, é otras personas, ansi
de las que están en dicha isla, como en otras que agora
van o fueren de aquí en adelante quieren vivir é morar
en la isla é fazer su asiento en ella con sus mujeres é hijos,
é sin ellos: é porque la dicha isla mejor se pueda poblar
é pueble, é hayan más ganas las tales personas de
vivir en ellas, según dicho es, é tengan de que se puedan
subsientar é mantener. Por ende Nos vos mandamos que
repartades todos loí exidos, é dehesas, y heredamientos
de la dicha isla entre los caballeros, escuderos é marinero!,
é otras personas que en la dicha isla están y esto-vieren,
y, en ella, quisieren vivir é morar dando a cada
uno aquello que veredes que, según su merecimiento o
Citado, ovieren de menester..."
El primer repartimiento de tierras y aguas llevado a cabo por Pedio
de Vera, Gobernador de la Gran Canaria, una vez organizado el primer
Ayuntamiento de la Isla, puso en posesión y manos de bravos capitanes >
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primates de la Conquista, leales servidores de la real voluntad y del pensamiento
hispánico y religioso de Doña Isabel y Don Fernando, dilatadas fanegadas
de terreno de regadío y potentes heredamientos de aguas, que constituyeron
los primeros mayorazgos y datas, base indiscutible de ias grandes
propiedades de la Isla, algunas de las cuales se conservan aún vincul.idas en
nobles y arraigadas familias de Las Palmas. En este primer repartir..icr.to de
tierras y aguas figuran, entre otros, los hechos a las familias Veras, Guanart?^-
mes, Betancores, Vargas, Jaimes, Quintanas, Figueroas, Guzmanes y Aguila-res;
Cherinos, Herreras, Carvajales, Vegas, Sambranas, Sorias y Godoyes;
Moxicas, Siberios, Lezcanos, Fontanas y Calderones; Zerpas y Padillas; Pc-ñalosas
y Palenzuelas; Matos, Cairascos, Machucas, Soberanis, García del
Castillo, Martín González de Navarra... A todas estas familias, según ¡remos
viendo, se les hizo merced de grandes repartimientos de tierras cultivables y
de ingenios de moler cañas. Esta primera orden de distribución de ticrr.is fué
ratificada Í Pedro de Vera, por Sus Altezas los Reyes Católicos, cn virtud de
Real Cédula de 28 de Enero de 1487.
De más está decir que estos repartos de tierras fueron el fundamento
y más firme puntal de la riqueza agrícola de las Islas, pues permitieron no
sólo el fomento de cultivos nuevos y especiales, como los de la caña de azúcar,
de la vid y otros frutales, íraidos de España y de la isla de la Mtdcra,
sino que al propio tiempo originaron un emporio comercial extraordinario.
Ello sirvió más tarde para convertir a las islas, y, cn particular, a h de Gran
Canaria, en centro de atracción dc diversas familias inglesas, genovesas. francesas,
flamencas, italianas, irlandesas y holandesas, deseosas de establecerse
y afincarse en las Islas junto a nobles caballeros castellanos, vizcaínts, extremeños
y andaluces, y junto a otros pobres aventureros españoles servidores
de aquéllos. Estos nuevos elcm.entos étnicos enlazáronse mediante el vínculo
matrimonial con el elemento autóctono noble y con las propias familins españolas,
especialmente bien entrado el siglo XVI. Es de advertir que muchos
de estos elementos extraños que a nuestras islas arribaron eran católicos perseguidos,
procedentes dc Irlanda, Inglaterra, Paises Bajos, etc. (1).
El sistema de repartimientos en Canarias fué el mismo que el puesio
en práctica en las fértiles vegas valencianas y en las del Guadalquivir. Estt
mismo sistema o régimen de entregar a los conquistadores parte de lo mejor
de ias tierras sometidas, es también el mismo que luego se introdujo en el
continente americano. Canarias fué en ésto un campo de experimentación como
lo fué también en el hecho de la Evangelización.
Cn estas mercedes de tierras se tuvo en cuenta los altos cargos que
(I) Consúltese <la ¡angra con- factor de la Hisponización en Cananas», por parió V.
Dorias y Padrón.
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11) Pedro de Vero, desdo su vc-tindad en Jerez, demostró grande afecto c\ Orden da
Predicado'es, motivo por oi c u i ! trc.io consigo a la conquista o los padres Fray Diego de les
Cañas y I r c y Juan de Labrija. Im cueles fueron sacrificadas a consecuencia de su temeridad,
ostentaron los conquistadores y los hechos de armas realizados por éstos, s¡
bien justo es reconocerlo, que no siempre acompañó a estos repartos !a prudencia
y equidad, razón por la que se desataron en más de una ocisión turbulencias
V agravios que llegaron al conocimiento de los Reyes. Este repart)
de tierras engendró, como era natural, una poderosa nobleza territorial que
al correr el tiempo levantó severas casas señoriales, blasonadas, de arquitect'i-ra
colonial suntuosa, reveladora de poderío económico y alcurnia, c i n i o fueron
los viejos palacios y casas solariegas dc Las Palmas, Tclde, Gáldar, Guí.).
Orotava y La Laguna. No solamente reciben tierras los conquistadores españoles,
sino también aquellos elementos canarios de noble estirpe que se pusieron
incondicionalmente al lado de su Rey Thenesor-Semidan, ya al servicio
de Castilla.
En un principio se adjudican tierras a unos treinta y un conq.i tador
de la Gran Canaria, a los cuales hay que agregar los repartimientos hechos a
favor de la Iglesia, pues, no en vano el Obispo Don Fray Juan de Frias, fué
quien recibió en 1.478 el Real Despacho para conquistar la isla de Gran Canaria.
El ilustre catedrático de Viena e investigador, Dr. Dominick Josef
Wóelfel, después de sus maravilIo.sos hallazgos en el Archivo Nacional de
Simancas, afirmó en su disertación en el Instituto de Estudios Canarios, sobre
"Los indígenas canarios después de la Conquista", que el dicho Obispo
Fray Juan de Frías, "fué el verdadero Capitán de la Conquista, quien daba el
dinero del Obispado, el resto de los dineros concedidos por el Antipapa Benedicto
Xlll y el Papa Eugenio IV para la conversión de Canarias, y los dineros
procedentes de una Bula especial de la conversión y conquista de C a narias.
El Deán Bermiidez está llamado en cédulas reales: Capitán y lugarteniente
del Obispo, y Juan Rejón, una de las figuras más nobles de la Conquista,
fué solamente el práctico militar de la Conquista".
Como era natural sucediese, el General Pedro de Vera, Gobernador
de la Isla, ya en posesión de la Real Cédula de 1.480, por la que se le autoriz:.
hacer repartimientos, se adjudicó extensa zona de terreno en Ir, márííeii
derecha del Guiniguada, comprendiendo cn ella toda la dilatada Veg.i de San
José, en cuyas propiedades construyó un potente ingenio dc caña de azúcar
movido por agua. Su Alférez Mayor, Alonso Jaimes de Sotomayor, recibe ¡io-rras
y aguas a la izquierda del citado riachuelo Guiniguada, y, como su Jefe,
levanta molinos de moler cañas a base de caballos. Junto a estos iagenios se
contruyen luego los monasterios e iglesias de San Pedro Mártir y Santo Do
mingo de Guzmán y el de San Francisco de Asís. (I). En esta raisiua zona
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en una incursión por »l Monta Lentiscol, por una banda de conorios infieles no sometido»
que aún prrmanecían eszocdidcs entre aquellas montañas y cuevas. Aunque la devoción de
Vero por ei Orden de t'redicndrre-, fué g r a n d e en g r a d o extremo, no está priú>odQ que él
fundara el Convento d e San Poaio Mártir, pues esta fund'ación, dentro de; la oscuridad en
que se presenta, es d e b i d a a ÍTI r e l i g i o s i d a d d e los Reyes Católicos, y, singularmer.te, a SL-S
simpatías por la r e l i g i ón del español Santo Domingo de Guzmán. Desde luego dicho C o n
vento e I g l e s i a fueron conslruido; ei, terrenos reservados r-ora e l l o por el propio General
Pedro de V e r a . Destruido este Mciicsterio en 1.599 por fuego d e los holandesas invosores,
fué reedificado en 1.610 por eí noble capitón Rodrigo de León y s\í esposa Doña Susano del
C a s t i l l o , progenitores y ascendientoí de la C o s o Condal de V e g a Grande de G u a d a l u p e .
K l Monasterio d e San Francisco levantóse en los terrenos que el General Juan Rejón s n -
I r e g ó a los v a r i o s frailes menores dc; la observante Orden franciscana que con él vinieron
a lo Conquista.
ni Notas tomadas del Archivo del M. I. señor Canónigo Magistral de lo CutCK-Iral d»
C a n a r i o s , Ldo. D. José Murre'O v ^Áorrero, erudito investigador d e nuestras ontigüedodes.
K s t a s ir.teresontea notas f c c i l i t c d a s por el historiador Magistral Marrero deshacen ias
afirmaciones de los histori idoras Viero y C l a v i j o . en su «Historia General de las I s l as Cana-rios>,
tomo IV, p á g . 328; Fernández Bethencourt en el tomo 2.e p á g . 219 d e si, «Nobiliario
y Blasón de C a n a r i o s » , y o Miiinies Torres en el tomo 4.5 póg. 77 de su «Histoiio General»,
que dicen que el c i t a d o hospital de San Martín fué fundado por el noble Juan de Herrera,
hijo del Conquistador Diego de Herrera.
afincáronse, levantando casas, los nobles conquistadores Fontan.is, Vegas,
Lezcanos, Zerpas, Padillas, Muxicas, Peñalosas, Pellores y Vachicaos, cultivando
todos ellos cañas de azúcar.
Tomás Rodriguez de Falencia recibió tierras y aguas en lo que hoy
es jurisdicción de Arucas, Firgas y Moya, construyendo ingenios, indepcn
diente de otras tierras ya cedidas a su favor en San Bartolomé de Tirij.ina y
Sardina; a su,hermano Alonso se le adjudican tierras en Telde, con inge.iios.
E.ste levanta la primitiva ermita de San Gregorio.
Juan de Ciberio, recibe tierras y aguas en el Real de Las Palmas,
donde labra casa y forma huerta, propiedades que luego permuta por otras
en el valle de Tenoya, con el fin de poderse construir, con la amplitud debida,
la Catedral de Santa Ana y la Plaza de su nombre.
Los hijos de Pedro dc Vera, Fernando, Rodrigo, Martin y Jorge de
Vera Hinojosa, éste. Canónigo Maestrescuela de la Catedral dc Canarias,
fueron también recompensados con tierras y heredamientos. El último testó
su casa blasonada, próxima a la Catedral, ubicada en el lugar que hoy se
conoce por calle de San Marcial, para instalar en ella el primitivo Hospital
de San Martín, fundación de Martín González de Navarra, en virtud de test.n-menio
otorgado a 28 de Octubre de 1.481, ante el escribano Gonzalo de Burgos.
(1).
Un tal Santa Gadea, de procedencia francesa, vino de la isla de
Lanzarote y adquirió la data de Arucas, que más tarde dio orígen ?.l Mayorazgo
del mismo nombre.
En los Llanos de Telde se afincaron con tierras e ingenios de molor
cañas Francisco y Alonso de Matos; cn la ciudad de Telde, Fcrn?.ndo cl Ángel,
conquistador, se posesiona de tierras cedidas a su favor en 12 de septicm-
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III «Bio-Bibliccrofía de escritores notables de los Islas Canarias por Agustin Millares
Carió, página io/¡ y Archivo dol señor Marqués de Aciolcázor.
brc dc 1485, y lo propio hace cn 19 de Septiembre de 1502 Juan Alva, a quien
sc le hizo merced dc varias suertes de tierras de regadío. En Gáldar cl italiano
Soberanís, las familias Guanartcmes, N'crdes, Aguilares, Bcthencourtes y Cayras-cos,
?sí como Juan de Quintana, conocido por Juan de Soria, el cual recibió repartimientos
de tierras y aguas. Este vino a la Conquista de 17 años y casó más
tardi con la isleña María González, instituyendo además. Capellanía con Patronato
cn la Capilla de San Miguel de la Parroquia de Santiago. De la familia
de Juan de Quintana o Juan de Soria, descienden luego las familias hidalgas
Suárez de Quintana y Suárez de Figueroa, dc gran notoriedad en la Isla. Figura
destacadísima de la familia Suárez de Quintana, lo fué Fray Juan Suárez
de Quintana, del Orden de San Francisco, Lector Jubilado, Examinador Sinodal
y Definidor de la Provincia franciscana de San Diego, autor del
notable manuscrito de 1753 intitulado "Relación genealógica de los progenitores
de Cristóbal de Suárez de Medina y Naranjo y doña Juana de Quintana
Carvajal y su relación con otros apellidos" (1). En Guía arraigó la familia
Cibo de Sopranis, oriunda de Genova, que más tarde entroncó con la familia
del Castillo. En la ubérrima zona dc Agaete, Alonso Fernández dc Lugo, el cua!
levantó una torre y entró en posesión de las mejores tierras y más ricos manantiales
de aguas, que luego vendió al genovés Francisco de Palomares, para
poder llevar a cabo la conquista de Tenerife. En este mismo término dc Agaete
o Lagaete se afincó Antón Cerezo, "el Viejo", que, con su mujer Sancha
Díaz de Sorita, se convirtieron en los señores del Heredamiento del expresado
Valle. La potencialidad económica de esta familia y sus frecuentes relaciones
comerciales con Flandes permitiéronle encargar, con dineros de sus riquísimos
ingenios de caña, sus productos de azúcares y remieles, a uno de los
más conspicuos pintores flamencos, el famoso tríptico que actualmente sc
conserva cn la Ermita de Nuestra Señora de las Nieves, del precitado valle
dc Agaete, fundación del mentado Antón "El Viejo". Así,resulta de su testamento
otorgado a 11 de Octubre de 1.535 ante el Escribano Público Alonso
de San Clemente. (Véase artículo "Las tablas flamencas de Agaete" por el
Canónigo Lectoral de Canarias Dr. Don José Feo y Ramos—q. e. p. d.—en
Revista CANARIAS TURISTAS, de 7 de Abril de 1.930, tip. "La Provincia"
Las Palmas. En el Archivo parroquial de la Iglesia de Agacte se conservan
importantes legajos que hablan de este tríptico.
El poeta Antonio de Viana, en el Canto Noveno dc su ponderada
obra "Antigüedades de las Islas Canarias", dice que el Maestre de Campo Lope
Fernández de la Guerra, caballero conquistador, vendió en la Gran Cana-
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- l o ria
dos dilatados ingenios dc azúcares, tierras y aguas, cn dieciseis mil
doblas dc oro, para ayudar a ,Monso Fernández dc Lugo cn la cmp.-csa dc
conquistar Tenerife. Estimando Lugo un tanto escaso el caudal reunido solicitó
y obtuvo de los nobles genoveses, asentados en la Gran Canaria, Francisco
dc Palomares, Mateo Viña, Nicolao Angclate y Juan del Blanco, buena
cantidad cn metálico y en bastimentos.
El Gobernador y Capitán a Guerra, López Sánchez dc Valcnzucla,
obtuvo de los Reyes la merced dc cien fanegadas dc tierra distribuidas en
distintos lugares de Gran Canaria. Al entrar en pleno dominio dc esta mer
ced cl citado López Sánchez de Valenzucla, produjese cierto revuelo entre
la población autóctona y propios conquistadores por considerar que no había
habid-> tal cesión real, sino únicamente un acto de vulgar usurpación y
atrapamiento valiéndose de la categoría dc su autoridad. Este magnate, según
refiere Viera, donó el solar, para levantar la primitiva y ya desaparecida iglesia
dc los Remedios, cn Las Palmas. Murió en esta ciudad en 1.499.
Ei académico dc la Real de la Historia, Marqués de Lozoya, cn su
estudio "Los primeros jalones del Imperio Hispánico", publicado en el rotativo
madrileño "El Debate", número extraordinario de 17 de Mayo dc 1.936,
hace constar que la riqueza era tan grande en la isla de Gran Canaria, recién
conquistada, que en la entonces villa de Gáldar .sólo "en un regocijo, concurrieron
80 caballeros magníficamente ataviados, y otro tanto pasaba en Tcldc.
En Las Palmas—añade—vivían suntuosamente 200 caballeros". Esto mismo que
referimos lo consignó siglos antes, los cronistas Sedeño y Gómez Escudero;
cn 1.686, cl gran observador Padre Sosa, en su "Topografía", Cap- I del Libro
2.-, y (1 mismo Viera y Clavijo en su "Historia General dc Canarias'. leu,'-
Ics datos nos los dá la Crónica anónima "Conquista de la Isla de Gran Cai.a-ria",
conservada cn un Manuscrito de la Biblioteca Provincial dc La Laguna,
publicada en 1933 en cl fascículo 1.2 de "Fontcs Rcrum Canariarum" por los
historiadores don Buenaventura Bonnet y Dr. don Elias Serra Ráfols, (publicaciones
del "Instituto dc Estudios Canarios). El historiador Castillo, cn su
"Descripción geográfica c histórica" hablando dc Gran Canaria manifiesta que
"fué grande su comercio dc azúcares, moliendo cn sólo esta isla 22 in.gcnios,
moliendo al.gunos hasta los años dc 16.50, siendo la concurrencia dc embarcaciones
tal, que llegaron a ser cn los puertos inmediatos a Telde de más de 16
dc todas lr.s naciones del Norte, España c Italia, sin las que venían .il pacrlo
dc esta Ciudad" (1).
Desde los primeros tiempos data también la merced del Señorío dc
Asüimcs .1 favor dc la Mitra, otorgada por los Reyes Católicos cn 10 dc Abril
(1) Cap. I. Libro 3.2 de la obro citada.
© Del documento, los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2010
- II -
H) Kstoa bi'í^'OS fueron testados o favor de ia C a p i l l o de ia Virgen de lo AntiguO' en ia
Catedral d e C a n a n a s , de la que fué fundador, con imposición de Misos por su oima y otras
varios corgós, según resulta del libro «Protocolo del Sr. Deán Ramírez», existemte en el Archivo
d e lo Catedral de Canarios.
(2| Kl tesfinionio original sa custodioi em lo Biblioteca de la S o c i e d o d Científico E L MUS
E O C A N A R I O.
(3) Loa conceios de las v i l l a s y lugares estabon constituidos en virtud de los poderes
dados por la Corona al G o b e r n c d u r Lepe Sánchez d e V a l e n z u e l a , en 24 d e Febroro de 1.497,
por Alcaldes Reoles, Diputados, Pcisonero y E s c r i b a n o Fiel de Fechos.
E l Libro de las «Ordenanzas de Ic Isla Canaria» fué escrito en 1.529 por ei Ldo. Frai -
c i s c o Melgarejo, Visitador de lo A u d i e n c a y Rríormador d e lasi Islas. Su original se custodio
en ©I Archivo del Sr. Marqués de Aciolcózor,' Los Palmas, estando bien conservado.
Contiene una relación d e trlulos dc; profojiones con expresión del régimen cfa su desenvolvimiento:
especieros, conr'lt^)ros, horneros, pedreros, hortela-nos, ingenios de ozijcar, guardes
de gonodos, olcoldes de aguas y d.3 acequias, heredamientos, molineros, ett.
dc 1.491, cn premio a los muy estimables servicios prestados por cstí a la Iglesia
y a la Patria. En virtud de este Señorio feudal tuvo cl Diocesano jurisdicción
temporal y dominio directo en el dicho pueblo, teniendo potestad par.i
nombrar Alcalde ordinario que entendía en los asuntos civiles, mientras que el
pueblo elegía el Alcalde pedáneo para los asuntos criminales. El Señorío dc
Agüimes duró desde el pontificado de D. Diego de Muros hasta 1.837. con el
Obispo Don Judas José Romo, fecha en que cesaron los señoríos.
Otros varios asentamientos de tierras fueron los hechos a la familia,
hidalga Sánchez, descendiente de Alvar Sánchez, de la Corte dc Juan II dr
Castilla; al Deán dc la Catedral de Canarias, Don Zoilo Ramírez, que poseyó
dieciseis suertes y media de agua de la Vega de Aguatona, treinta suertes dr
tierras de regadío y de sequero en la Villa de Agüimes, donde llaman Vega
Castaña, lodas ellas plantadas dc cañas dulces, independientes de otras varias
suertes dc tierras en Angostura, Huertas del Deán y cn la misma ciudad de
Las Palmas (I); a Cristóbal de Zcrpa, vecino de Sevilla, que vino en 1.500 •.•or
el Gobernador Alonso Escudero, dióselc tierras y aguas en la zona de Aigu-mastel.
Este Zerpa fué luego Regidor de la Isla y casó con una hija dc¡ Conquistador
Espino, dejando descendencia; a la familia Riveras sc le dá tierras
cn Santa Brígida, Teror y Moya, y, en otros lugares, a las familias Escobares,
Acedos, Guerras, Suárez, Naranjos y Cabrexas.
Conjuntamente con los repartos de tierras y heredamientos de aguas
se hizo desde la Corte la organización política del Archipiélago, aplicándose
para ello, como dice cl ilustre historiador y catedrático. Marqués de I.ozoya,
cl famoso Fuero Juzgo. A esta sabia legislación del Rey Alfonso X se añadieron
numerosas reales cédulas, privilegios y otros fueros, como el otorgado
a Gran Canaria por Cédula Real, dada en Madrid a 20 de Diciembre de 1.494
(2), dirigida al Gobernador y Capitán a Guerra dc las Islas dc Gran Can.iri.^,
el Bachiller Alonso Fajardo, autorizando a éste para hacer ordenamientos y
formar ayuntamientos cn los pueblos y lugares que estimare con^•;•nie^.tes. (3V
Los primeros repartos de aguas a particulares dieron origen a potcn-
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- 12 -
tes heredamientos o comunidades, l o s cuales subsisten en casi su totalidad,
como son los dc San José (Vegueta), dc Triana, l o s Barrancos, Tafir.-», Angostura,
Satautejo, Pino, Silos, Toronjo, Madroñal, San Mateo, La Lechucilla, La
Lechuza, Utiaca, Hoya del Gamonal, Camaretas, Cueva Grande, Lagunetas,
Ariñcz, Agaete, Tenoya y otros; preñados todos ellos de serias vicisitudes
y pleitos luidosos que aún se suscitan y litigian ante los Tribunales Civiles
dc la Audiencia Territorial de Canarias, con motivo de la construcción de pozos
y galerías y dc la especial y no lógica Ley de Aguas que rige en el Archipiélago.
El Doctor D. Domingo Déniz, en su obra inédita "Estudio histórico
descriptivo de Canarias", que custodian sus herederos los señores d c González
Quesada, dedica un interesante capítulo al estudio de las "dulas" y aní*-
guos heredamientos de cada pueblo del Archipiélago, con expresión dc las
"azadas" de agua de cada uno.
Diversas e importantes reales cédulas dieron los Reyes Católicos p a ra
encauzar cl régimen d c aguas de la Isla, atender sus perentorias necesidades
y demandas dc sus moradores. Entre e s o s reales despachos figura el q u e
autoriza gravar las maderas para "atender cl buen orden y régimen de la
cosa pública", como señala cl Dr. Chil y Naranjo cn el tomo III, página 571
de su obra 'Estudios históricos". Otro despacho real, no menos interesante
que el anterior, es el dado por los dichos Reyes en l a ciudad de Granada a
26 dc Julio dc 1.501, haciendo merced del agua dc Tejeda, con cl mismo fin dc
dar solución a los problemas públicos recrudecidos con el incremento de la
población. He aqui el texto de la Real Cédula:
"Don Fernando y Doña Isabel por la gracia dc Dios, Rey c Reyna
dc Castilla, etc. etc. A v o s el concejo. Gobernador, Alcaldes, Algu.izilcs, Kcji
dores. Caballeros, Escuderos, Oficiales é o m c s buenos d c la Isla de la Gran
Canaria, salud é gracia. Bien sabedes como por vuestra parte nos f u é hecha
relación que esa dicha Isla no tiene propios algunos para las necesidades que
ocurren ni para pagar cl salario de los Regidores ni para nos enviar mensajeros
ni pata otra cosa alguna, por lo cual se hacen muchos repartimientos é
derramas en la dicha isla y era alguna c a u s a para no se poblar bien é q u e en
U dicha Isla habia algunas cosas dc q u e vos podíamos facer merced para los
dichos propios sin perjuicio de nuestras rentas ni dc otro tercero, especialmente
que trayéndose el agua de la Sierra que dicen Tejeda a cierta parte de
la dicha Isla para se aprovechar dclla para riego s e podía facer alf;iina renta
para los dichos propios s i n daño de tercero alguno é q u e dclla vern,-; generalmente
provecho a todos los vecinos de la dicha Isla é que para traer la dicha
Agua al lugar donde tiene dc aprovechar era menester doscientos e cincuenta
mit maravedís é q u e éstos no se podrían pagar s i no se echasen por repartimiento
cn la dicha Isla entre los vezinos c moradores della c por nuestra par-
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- l i te
nos fui suplicado é pedido por merced mandásemos dar licencia para que
la dicha agua se trajese é para repartir los dichos doscientos c cincuenta mil
maravedis para la traer y traída vos ficiésemos merced de lo que rentase para
propios de la dicha Isla. Sobre lo cual mandamos al Licenciado Diego Fernández
de Valera que hobiese información dc la dicha necesidad é si era útil
t provechoso a la dicha Isla, traer la dicha agua é la enviase ante nos: la cual
información hobo é la envío ante nos a nuestro concejo, é fué en el vista donde
por ella asimismo pareció como algunas personas dicen que tomaran a su
cargo de traer la dicha agua a su costa con tanto que les dejen la mitad dellas
con tierras para que se aprovechen é que les dejaran la otra mitad para sus
necesidades; que vos debíamos facer merced de la dicha agua c nos tobimoslo
por bien. E por la presente vos facemos merced de la dicha agua de la dicha
sierra para que la podades traer a las tierras de la dicha Isla que con
ella se,pudiere regar c que lo rentare sea para propios de la Isla é secombier-ta
en ellos, é por esta nuestra carta mandamos á vos el dicho nuestro Gobernador
que juntamente con los rejidores de la dicha Isla hayáis información
si la dicha agua se pueda traer con los dichos doscientos cincuenta mil maravedís
ó si será más provechoso para la dicha Isla por la quita de cosios t repartimientos
que se dé parte de la dicha agua a alguno que la quiera traer a
su costa é aquello que más útil é provechoso fuera a la dicha Isla aquello fagáis
con tanto que non podáis dar más de la mitad de la dicha agua, para 15
cual todo t cada cosa é parte dello vos damos poder cumplido por esla nuestra
carta con todas sus incidencias é dependencias, anexidades o conexidades.
Pero mandamos que si se hobiese de traer la dicha agua a costa de la dicha
Isla sea con los dichos doscientos é cincuenta mil maravedis ó desde abajo.
Las cuales podades echar a repartir por sisa ó por repartimiento cn aquellas
cosas é por aquel tiempo que fuera necesario é que non se pueda repartir ni
cojer más é los unos ni los otros non fagades ni fagan ende al por alguna
manera so pena de la nuestra merced ó de diez mil maravedís para la nuestra
Cámara. Dada en la nombrada é gran Ciudad de Granada a veinte y seis
días del mes de Julio año del nacimiento de nuestro señor Jesuchristo de mil
é quinientos é un ños. Yo el Rey. Yo la Reyna. Yo Gaspar de Grizio secretario
del Rey é de la Reyna nuestros señores la fice escribir por su mandato.
Jo. Episcopus Ovetemis. Jo. Licenciatus. M. Zapata. Francisco Tello Licenciatus.
Licenciatus Mujica, Rejistrada Alonso Pérez. Francisco Díaz chanciller".
Uno de esos primeros repartimientos, como ya dejamos dicho, fué
el hecho al Regidor y Caballero Conquistador, Juan de Siberio, el día 15 de
Junio de 1.485. Por él entra en posesión de fértiles tierras de la entonces villa
de Las Palmas y del frondoso Valle de Tenoya. (1). A esta merced siguieron
ll) Juon de Siberio y fvtoiica (c Muxicol, de poderoso y noble familia de Vizcoya, fijé
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primo-hermono de Miguel de Mujica, con el cual vino a la Isla al regresar éste de su viaj»
o lo Corte de Castillo oaro preser.íor o Sus Altezos el último Rey de Gran Canario. Thene-sort-
Semidan y sus córtanos notcbies. Thenesort fué bautizodo por el Cordenal Arzobi.spo de
Toledo, don Pedro Gonzó'tz de Mci.doza, y fueron sus padrinos los propios Reyes Católicos.
IVéase Descripción Geográfica e fiistórica, de Canarias, por don Pedro Agustín del Castillo,
póg. 117. Edición 1.848. Iivprenta Isleño. Sonto Cruz de Tenerife!.
ID Kste Gonzalo de Burgos fué depuesto de sus cargos y anulados los repartimientos
trechos o su favor, porque hallóndose en Berbería en uno: expedición declaró que lenuncio-rÍQ
o su fé cartólíca y que inglesaría en lo de Mofioma, religión de sus antepasados.
|2l Todas estes mercedes de tierras y aguos de regadío estaban ubicados en el Valle
rio Tenoya o Arucas. (Consúltese tC.olección de documentos canarios», reconidos por A. Milla
res Torras, y extractados de uno certificación presentada en autos seguidos por Do'ningo
López y consorte contra Alberto Mcñero, sobre aguas del Barranquillo del Pino. Año de
1.651. Bibliotecc» Canaria de «Kl Museo Canario»^ Sig. l-C-5.
(3) «Información de Doña Margarita Fernández de Guanarteme, fiijo del Rey de Canarios,
casada con Miguel Trujo Carvajal». (Véase «Documentos pora lo Historia de Canarias»,
lolio 110 al 136 v2. Sig. l-C-5. Bibl. Canaria de «Kl Museo Canario»!.
los repartimientos extendidos a Antonio de Arévalo, Recutor; al propio Juan
de Siberio, a Hernando del Prado, Regidor y Caballero Conquistador; a
Gonzalo dc Burgos, Escribano, Conquistador y Caballero Recutor (1); a ibo
ne de Armas y a Juan de Mayorga, Regidor y Conquistador (2). En 19 dc Octubre
del citado año de 1.485 se dio asiento por el Gobernador Pedro de Vera,
de tierras y heredades, a "Don Fernando de Agáldar, Rey que fué de
Agáidar, canario conquistador", y "el Valle de Guayayeda en su termino ic-dondo
é fué pedido por el dicho Don Fernando de Agáldar" (3). Al conquistador
Alonso de Albaida, en la Vega dc San Ana, media suerte de tierra;
a Diego de Jerez dc Badajoz, en 25 de Agosto de 1.485, en el Barranc.i
de Aguatona y comarca de Agüimes; á Bartolomé Trompeta, en Barranco Seco
(Las Palmas), en 10 de Octubre de 1.485; a Juan Dávila, cn 11 dc Junio del
mismo año, e igualmente a Bartolomé Trompeta, en Telde y a Francisco Yañez.
En L488 obtuvo tierras Diego de Aday. En cl cumbrcño pa^o do Fontanales
estuvo en posesión de un extenso cortijo de doscientas fanegadas el noble cn-ballero
Don Miguel de Muxica Lezcano Ramírez de Baeza y Castillo, Capitán
de Caballos y Corazas, Alférez Mayor hereditario y Regidor Perpetuo dc
Gran Canaria, hijo del bravo Conquistador Don Miguel dc Muxica Lezcino
y Castillo y de doña Ana Ramírez de Baeza, sobrina del famoso Deán dc 1?
Catedral de Canarias, Don Zoilo Ramírez, corazón dadivoso, fund.idor üe la
primitiva capilla de la Virgen dc la Antigua, cn la Catedral, y del mandas pías
para doncellas pobres, que aún subsisten celosamente administradas por cl
Excmo. Cabildo Catedral de Canarias.
En todas las épocas de la historia han existido flaquezas humanas,
debilidades y favoritismos. Así vemos que los repartos realizados por Pedro
de Vera, después de haberse reservado lo mejor, produjo descontento grande
entre sus compañeros y servidores; descontento y protesta que llegó hasta
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tu «Libro Roio», folio 101. Atcliivo del «Museo Canario». Las Palmos.
121 Tomo 1.? «Anales». Millores. ,
las mismas gradas del Trono de Castilla y ocasionó serios disgustos y turbulencias,
que, dc no haber sido sofocadas a tiempo, hubiese empañado y
malogrado la brülante empresa comenzada y terminada felizmente bajo los
auspicios de la Corona.
En Septiembre de 1.489 hizo su entrada en Las Palmas el nuevo Gobernador
de la Isla, Pesquisidor y Repartidor, Francisco Maldonado, natu
ral de Salamanca, quien vino a Gran Canaria a despejar la pesada atmósfera
y a cortar de raiz los abusos de Vera. De Maldonado dice Marin y Cubas
que era "afable, bien quisto, regocijado y se llevó el cariño de muchos".
Maldonado no sólo instruyó expediente a Pedro de Vera por el mal
uso que hizo de las prerrogativas reales y trato con los caballeros conquistadores
y naturales, sino que lo envió preso a Sevilla en unión del Escribano
del Cabildo de la Isla, Gonzalo de Burgos, quien, como otros judíos conversos
llegados de la Península, desacataron las Reales Cédulas y mandatos
supremos de la Corona y Justicias e instaron caprichosamente a realizar los
repartimientos llevados de un favoritismo irritante.
En 12 de octubre de 1.492 cl Consejo de los Reyes Católicos dicta
nueva Provisión ordenando a Francisco Maldonado, Juez Pesquisidor, para
que en unión del Escribano dc Cámara Pedro .Muñoz, oyese las reclamaciones
originadas por los repartimientos de tierras y heredades hechos por Pedro de
Vera. (1).
En este estado de cosas llega en 1.494 a la Gran Canaria, el nuevo
Gobernador Alonso Fajardo, de la Casa de los Marqueses dc los Vélez, recibiendo
;,1 año siguiente, la Real Cédula dada en Madrid a 23 de Febrero
por la que sc le dice repartiese no sólo tierras sino que enmendara especialmente
los agravios en las personas que habían reclamado contra los repartos
injustos y caprichosos de sus antecesores, apartando desde luego todo
lo necesario para Propios y Dehesas del Concejo (2). No parece probable
que el dicho Alonso Fajardo enderezara los entuertos de Vera, en cuanto
por Cédula Real de 24 de Febrero de 1.497, expedida en Alcalá de Henares, y
dirigida al nuevo Gobernador Lope Sánchez de Valenzuela, se ordena a este
que teniendo a la vista las Cartas y Reales Provisiones remitidas a su difunto
antecesor, hiciera cumplir exactamente todo lo que en ellas sc disponía. En ella
se consigna; "E porque nuestra merced é voluntad es que se faga c cuuxpla lo
contenido en las dichas nuestras cartas, é que lo que él comenzó a tazcr, por
virtud de ellas, se acabe; fué acordado que debíamos mandar dar esta nuestia
carta para que vos, cn la razón. E tovimoslo por bien, porque v . i s mandamos
© Del documento, los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2010
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(11 Kl mando de Lope Sórcli?;; de Vole-nzuela fué desde 1.499 a 1.502. Sucediólo Antoi ¡o
de Torres. Desde Octubre Ce 1.50: a Septiembre de 1.503 actuó de Gobernador el Regidor de
la Isla Juan de Ciberio Mugica. i
que luego fagáis traer ante vos todas las dichas nuestras cartas e memoriales
que así mandamos dar e dimos para el dicho Bachiller Alonso Fajardo, é las
guardadas, é cumplades, é ejecutadas, é fagades guardar, é cumplir, é ejecutar,
en todo é por todo..."
En Diciembre de 1.500 el Gobernador de la Isla, Lope Sánchez de
Valenzuela dá una peonía de fierra al ya mencionado Juan de Siberio, que
habia recidido del anterior Gobernador Pedro de Vera y del Adelantado
Alonso Fernandez de Lugo, extensos dominios y buen caudal de agua. El
mando de este Gobernador no estuvo siempre inspirado en un alto espíritu
de ecuanimidad y de moralidad, cuales eran los deseos de la Corona en su
afán de h?ccr justicia y recompensar a los conquistadores y moradores de
Gran Canaria. Esta afirmación que hacemos nos la comprueban las protestas
e increpaciones que con respecto a su actuación se produjeron. Una dc
éllas, la más significativa, formulada cuando la paciencia popular y el disgusto
de varios de los conquistadores habia llegado a su punto álgido, fué
la de Pedro de Santa Ana, en nombre de los que habían servido cn la Conquista
de Gran Canaria. Este hace relación a los Reyes que "siendo voluntad
de Sus Altezas pagar en tierras y heredades los servicios de los dichos conquistadores
valuando los terrenos a precios razonables, el Gobernador Lope
Sánchez de Valenzuela, no había cumplido con este encargo, antes por el
contrario había tomado las cien fanegadas de sembradura y riego del que se
le habia hecho merced en sitios difcntes del que se le había señalado y para
.tcallar r los poderosos descontentos les había favorecido con buenos repartos".
Estas reiteradas y justificadas quejas movieron a la Corona a deponer
a Lope Sánchez de Valenzuela, como antes había sucedido con Gonzalo
de Burgos, y nombrar en su lugar a Antonio de Torres, en virtud de Re.nl
Despacho dado en 1.502, al cual siguió la Real Cédula de 4 de Febrero con
nuevas y severas instrucciones. Tal fué el descontento y malcst,;r aeneral
de isleños y propios conquistadores —que estremeció a la Isla-- ante la codicia
y falta de ecuanimidad de gobernadores poco escrupulosos y llevados
sólo del trato de favor a sus íntimos y allegados. (1)
El 27 de Junio de 1.502 cl Gobernador Antonio de Torres hace ei.-
trega de nuevas tierras al dicho Juan de Siberio, por haberlas este pedido
En la resolución recaída cn esta petición se dice "que por cuanto cl dicho
Juan de Siberio le ha pedido un ejido de un Ingenio p2 moler cañas dulces
en el Valle de Tenoya dentro de la Heredad, por ende, qe por ser en su
heredad lo puede hacer, p2 mayor abundamiento él en nombre de Su AI-
© Del documento, los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2010
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(1) «Documentos paro la Historio de Canarios», tomo I, pág. 28. Biblioteca de «El t^.u
S 8 0 Canario».
teza le hice gracia é donación del dicho ejido tanto en cuanto con derecho
puede é debe, pr. virtud de los poderes qe. tiene, qe. muela con el agua del
dicho Valle de Tenoya". Esta condescendencia y estos reiterados repartimientos
hechos a Siberio, ponen de manifiesto la categoría dc gran señor
de este caballero conquistador. Regidor de la Isla, y el aprecio y premio
que se le dispensa por su lealtad y heroísmo.
A 14 de Mayo de 1.503 se dicta Real Cédula para que el Gobernador
de Gran Canaria hiciese información sobre las tierras de secano v regadío
que restaban por repartir, una vez terminada la primera distribución de aquéllas,
entre los más caracterizados caballeros conquistadores, para así poder enaltecer
y premiar la virtud de lealtad, bravura y buen servicio de otros muchos
nobles caballeros, hijosdalgos e infantes. Estas nuevas tierras libres, llamadas
también del común, de las cuales pide información la Corona, son tierras dilatadas,
eriales y de pastos, pertenecientes a la Realeza, pero que administraban
los gobernadores y regidores de la Isla. Estas tierras del común fueron
reduciéndose considerablemente a medida que los gobernadores hacían nuevos
repartos, según constan en cl "LIBRO DE PROTOCOLOS DE REPAk-
TIMENTOS DE TIERRAS HECHOS A LOS CONQUISTADORES DE
GRAN CANARIA", conservado en la Biblioteca de "El Museo Canario" de
Las Palmas.
A pesar de lo ordenado cn las Reales Cédulas de 14 de Mayo y 30 de
Agosto de 1.503 y en la de 31 de Agosto de 1.505, del Rey Don Fernando, dirigida
al Licenciado Ortiz de Zarate, para que se trasladara a Gran CaT,vi,i,
Tenerife v Palma, y, oyendo a los agraviados, reformara a justo juicio los repartimientos
de tierras y aguas hechos por sus antecesores—verdaderos semdleros
de discortlias— (1) es de presumir que los aludidos gobernadores y icgidoics
no pusieron gran diligencia en cumplimentarlas, en cuanto, fallecidos ya los Reyes
Católicos, su hija, la Reina Doña Juana, interpretando el alto espíritu dc
sus Augustos padres, a la vez que velando por el buen orden y bienestar de
los subditos de sus Reinos, dá en Burgos a 15 de Octubre dc 1.506, una Real
. Cédula dirigida al citado señor Licenciado Juan Ortiz dc Zarate, por la q.ie
le hace presente haber recibido queja del vecino de Tenerife, Alonso Sánchez,
en relación con lo mandado en la Real Cédula de 14 de Mayo de 1.503.
Alonso Sánchez quéjase en su escrito a Doña Juana de la conducta del Ldo.
Ortiz de Zarate, enviado a las Islas Canarias y Tenerife, —como dice la Reina
en su R. C.— "para que entendiese en la reformación de las dichas Islas
o hubiesedes información como en que manera estaban repartidas las tierras
y heredades de ellas, é a que personas é asimismo de las mercedes que esta-
© Del documento, los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2010
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lll «Documentos poro la Histoiio de Canarios». Siflí l-C-5. Bibl. Canaria de «El .Museo
Canario*.
ban fechas asi a los vezinos délas dichas Islas, como a otras personas, ó qne
es lo que tiene tomado é ocupado de más de lo que habian de haber é fecho",
en cuanto el susodicho licenciado Ortiz no cumplió con lo ordenado
por la Real Cédula de 14 de Mayo de 1503, motivo por el cual la Augusta
Reina Doña Juana dictó el Real Despacho de 15 de Octubre dirigido al ya
citado Ortiz de Zarate, por el que le concede una prórroga de un año en la
del tiempo de dos años que le fué concedido para emitir el informe a que
nos venimos refiriendo.
Deseosa la Reina dc hacer justicia y amparar las demandas de sus
súbdhos, señala y determina claramente en el Real Mandato dirigido a Ortiz
de Zarate, cuando ha de comenzar la expresada prórroga. Y, a este efecto dice:
"é cuente desde el dia que esta mi carta os fuere presentada luego en adelante
durante el cual vos mando que hagáis c cumplaise pongáis ei? obra tudas
las co-sas que por mi carta é provisiones os están cometido que para ello
si necesario es os doy el mismo poder é facultad, como en ellas y en cada
una de ellas é con el mismo salario cada día, que para vuestro salario é
mantenimiento vos mandé dar por las personas é según que cn las dichas
mis cartas se contienen é no fagades en deal" (1).
Otra Real Cédula que acusa el incumplimiento de los gobernadores
en los actos de repartos dc tierras es la dada por la Reina Doña luana, a
31 de Agosto, y dirigida al propio Ortiz de Zarate. Lo principal del texto cs
lo siguiente:
"Sepades que a mi ha sido fecha relación que la isla de Gran Canaria
é la de Tenerife é San Miguel de la Palma, no están pobladas como deben,
é poique están dadas muchas tierras é heredades por repartimiento a ex-trangeros
é no naturales destos nuestros reinos, é a personas poderosas; asi-mesmo
las personas que hasta aquí han tomado más de los repartimientos de
las dichas islas, no han guardado la forma é orden de las instrucciones é
poderes que tenian del rey mi señor padre, é de la reina, mi señora madre,
que santa gloria haya, dando cantidades inmensas de tierras é aguas, é dando
por repartimientos algunos sitios de tierras, donde se podían facer poblaciones
de villas é logares é puertos de mar, si las dichas no se dieran é
repartieran a las tales personas. Asimesmo que muchas personas de lo que
les fué dado por repartimientos ó por mercedes que cl rey mi señor padre c
la reina mi señora madre, que santa gloria haya, é que les habemos fecho
ansí en pago de dineros, como en pago dc maravedís de sueldos, que le eran
debidos, han tomado é ocupado por sus propias autoridades, más de aquello
que les fué dado: é asimesmo que algunas personas, que el rey mi señoi
© Del documento, los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2010
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padre é la reina mi señora madre, que santa gloria haya, c que mandamos
cumplir cn ellos, asi por via de mercedes, como en pago de algunas cantidades,
que se les debian por haber sido conquistadores de las dichas islas,
hasta ahora no se han cumplido con ellos é sus sueldos en tierras é aguas,
onde se puede bien cumplir con ellos: é asimesmo algunos gobernadores c
Justicias é otras personas, que hasta aqui han tenido cargo de las dichas islas,
así de las poblaciones, como de la justicia dellas, han tomado para FÍ
é para sus parientes é criados é para otras personas á quien han quitado muchas
cantidades de tierras é aguas de las dichas islas, sin tener poder para
ello; é asimesmo no han cumplido con las personas que fueron a conquist.ir
é ganar las dichas islas, ni con sus hijos y herederos, según la forma é orden
de los poderes e instrucciones Ique les fueron dadas para que se cumpliese
ton los dichos conquistadores é para que las dichas islas se oviesen de
poblar. £ asimesmo otras personas a quien justamente se les había dado tierras
é aguas, se las han quitado sin haber justa causa para ello, lo cual todo
redunda en mi perjuicio é en daño de las dichas islas, é en la buena población
é vezinos dellas é de las otras personas con quien se habian de cumplir,
porque a mi, como Reina y señora me pertenece lo tal proveer é remediar,
de manera que las dichas islas sean bien pobladas c los dannifica
dos c agraviados sean remediados c proveídos con justicia, fué acordado
que debia mandar esta nuestra carta para vos en la idicha razón, é Yo tóvelo
por bien, é ... vos mando, que luego que con este mi mandamiento fue-redes
requerido, vayáis a las dichas islas, é cada una dellas, é conforme auna
instrucción que vos será dada, firmada del Rey, mi señor e padre, administrador
é gobernador destos mis Reinos... fagáis la reformacién o población c
todo aquello que conviene facer... c es mi merced é volutad que estedes en
facer lo susodicho en la isla citada y volváis a esta mi corte un año, é que
hayades é llevades cada un día, del, día que os embarcárades para vuestro salario
é mantenimiento 400 maravedis é para Pedro Fernández Hidalgo, ante
quien pase lo susodicho... e vos sean dados é pagados de buena moneda en
esta manera, de cada suerte de regadío que asi firmásedes 50 mrs. é de cada
suerte de sequero 25 mrs... medida la cantidad de las dichas suertes por la
medida dc la dicha isla de Gran Canaria... é de cada sitio de ingenio que
firmáredes, estando fecho, llevareis una dobla de oro é del que no estoviere
edificado sino señalado... cien mrs."
Esta Cédula que firma el Rey Don Fernando, en su calidad de Gobernador
de los Reinos de Doña Juana la Loca, fué pregonada por el Pregonero
Público en todas las villas y lugares de las precitadas islas, con el fin
de que todos conociesen su contenido y pudieran solicitar el examen, o con-
© Del documento, los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2010
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(11 Historia Generol da les Isloj Canarias. Millares. Libra décimo, tomo 5.5
firmación de los repartimientos hechos, o, en su defecto, formular los reparos
por agraviados. (1)
En el rico Archivo del Sr. Marqués de Acialcázar se custodian varios
notables documentos, fechados en 1.506 y 1.508, en los que constan parte
de las últimas reformas de los repartimientos del Gobernador Ortiz de Zarate.
Al analizar algunos de ellos hemos visto un decreto del propio Ortiz
de Zarate, pregonado en la entonces Villa del Real de Las Palmas, dando un
plazo de 50 dias para que todas l a s personas que tuvieseti "tierras, agujs é ingenios
e cualesquiera heredamientos, así de secano como de riego, presenten
las cartas e donaciones e mercedes e títulos que tienen para tener c poseer
las dichas heredades". Todo ello fué dispuesto para su revisión y mejor proceder.
El pregón aludido fué hecho en la plaza púbUca por el Pregonero
Juan Bernal y fijado en la Casa de la Audiencia cn 26 de Noviembre de 1.506.
Está firmado por Ortiz de Zarate y el Escribano Pedro Fernández.
Cumpliendo lo que antecede comparecen para declarar y exhibir sus
títulos de propiedad, diversos caballeros hidalgos, menestrales, etc. Entre ellos
figuran Diego de Jerez, Bartolomé Trompeta, Alonso de Albaida, Hospital y
Hermanos del Señor San Martín.... y Juan Baxxial, cuya comparecencia la
hace en su calidad de Procurador y a nombre de la mujer de Juan de Ciberio,
en contra de la petición formulada por Pedro Santana a nombre del Hospital
y Hermanos del Señor San Martín para que se le adjudicase a su favor Ins
tierras y heredamientos otorgados a Juan de Ciberio. Fundamenta svis razones
en que las dichas tierras fueron dadas a Miguel de Moxica, Conquistador, y
por su muerte perteneció a los dichos mis parntes. é después por razón que
fué dado el dicho Molino a Martín García de quien el dicho Hospital lo ovo
fué acordado, é se asentó, que los dichos mis parntes. oviesen de la dicha tierra
fasta donde estaba una figuera grande, é fasta allí quedó la dicha tierra
por los dichos mis parntes. é por suia la han tenido, é ^poseído de diez años,
é más tiempo a esta parte, é por tanto no le debe de ser reformada, antes pido
a vuestra merced que reforme a los dichos mis parntes, la dicha tierra hasta
la dicha higuera, é lugar donde la han tenido, é poseído, é para ello ti
noble oficio de vuestra merced imploro e pido cumplimiento de justicii".
En 3 de Enero de 1.508 el Gobernador Ortiz de Zarate, tras largo expediente,
dicta sentencia, confirmando a unos en sus propiedades y rectificar-do
a otros. Así confirma al Hospital del Señor San Martín dos aranzadas de
tierra de riego (equivalente a dos fanegadas) que son en el heredamiento de
Firgas, los cuales fueron del Conquistador Fernando de Orueña; un molino
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(11 Dominik Joset Woltel, «Los indígeinos conorios, problema central de lo ar.tropolc-g
í a » . (Conferencio pronunc:iada en Sonto Cruz de Tenerife y publicado en Rev. «Le Medicina
Canaria», núm. 112, de 31 de Dbre. de 1.932.
dc moler tn Las Palmas, que fué dc Martín García; una suerte dc tierra en
Teide, que fué de Bartolomé Trompeta; idem. en Agüimes, y una media suerte
en la Vega de Santa Ana.
Don José María dc Zuaznávar y Francia, en su "Diario de Teldc",
años 1.80.5 y 1.806, hace constar que cn el pleito sobre las aguas dc la fuente
del "Rincón dc la Higuera", pueblo de San Mateo, en cuyo pleito intervi'^o
dada su calidad de Fiscal de la Real Audiencia de Canarias, presentó p . i r a justificar
apreciaciones legales y hacer valer derechos, las Reales Cédulas despachadas
cn Segovia a 30 de Agosto de 1.505 y en Burgos a 15 de Octubre dc
1.506, a favor del Gobernador Ortiz de Zarate.
Las reales pragmáticas que anteceden muestran claramente cuales
cran los justos fundamentos de desavenencias y rivalidades no solo entre algunas
figuras preeminentes de la Conquista de Gran Canaria, Palma y Tenerife,
sino del malestar y disgusto de los propios naturales y muchos caballeros
y soldados asentados en las dichas islas, con los gobernadores de ellas.
Tales arbitrariedades fueron no solamente censuradas por los Reyes Católicos
sino condenadas y subsanadas. El Dr. "Wólfel, Director del Museo Etnológico
dc Viena, después dc analizar como pocos, diversas reales cédulas,
bulas pontificias, sentencias de justicias, decretos de gobernadores y otros documentos
curiosos e interesantes de la época, existentes en los archivos de
Simancas, Histórico Nacional, dc Indias, Vaticano y de Coimbra, los cuales
le han permitido dar a la Historia de Canarias una nueva orientación al des
cubrir circunstancias, hechos y actitudes desconocidas, le ha llevado a afirmar
que "si es verdad que habian aventureros crueles y perjuros, verdaderos canallas
entre los conquistadores y señores de las Islas, tenemos ahora pruebas
document.'.les de todo lo que relacionaron los antiguos historiadores y de
mucho más. Pero tenemos también la prueba que estas atrocidades y traiciones
jamás fueron autorizadas ni aprobadas por los Reyes y Justicias de Es
paña, que los indígenas encontraron siempre protección eficaz y restitución
en sus derechos. España en vez de merecer la leyenda negra tiene la gloria
de per la patria del derecho de gentes y de haber aplicado como primera y
tínica nación, durante muchos siglos el derecho de gentes y los preceptos cris
tianos también a gentes extra europea y bárbara" (1).
Documentos sobre el repartimiento de tierras cn Gran Canaria se
hallan muy abundantes en el Archivo de Simancas. Asi lo afirmó el ya citado
ilustre historiador y etnólogo Dr. Woélfel en su conferencia pronunciada
en "El Museo Canario", de Las Palmas, el dia 6 de Febrero de 1.933, refirién-
© Del documento, los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2010
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dose al aludido Archivo. Entonces, dijo, que "cn 1.501 hay asientos con los
conquistadores que recibiesen sus sueldos solamente en la quinfa parte en dinero
y las otras partes cn tierras. Los repartimientos cn consecuencia de esc
asienta existen en su totalidad. Se trata —añade-— del Barranco de los Nuc
ve, del pago de Moya y otros sitios". También afirmó que se custodian en
fan importante Archivo nacional quejas y ruidosos procesos que hablan de
heredamientos y de ingenios, como los dc Firgas y de Agaete.
El historiador Don Domingo Déniz en su obra inédita "Estudio histórico
descriptivo de las Islas Canarias", manifiesta en la página 214, 22 paite,
lo siguiente: "Dueño el Cabildo y Regimiento de cincuenta horas de agua,
y de todos los baldios dc la Isla, teniendo con ello más costo que utilidad,
vendió a tributo en 1.527 a Cristóbal Venegas, en la cantidad de cincuenta
doblas, o sea setecientos ochenta y un reales, y ocho y medio maravedís corriente
de vellón con los correspondientes terrenos para su riego, los que
en nuestroi- días componen el heredamiento de Vegueta, reservándose la que
pudiese pasar por los cuatro caños d e l p i l a r de Santa Ana, que estaba en medio
de la plaza mayor de la Catedral, y que se trasladó el 12 de Agosto de
1.792 a la del Espíritu Santo, donde existe hasta ahora; y medio real de agua
para el ex-convento de Santo Domingo. Con el transcurso del tiempo este
tributo ha ido pasando a diferentes censatarios, que, por haber caido en olvido
algunos de ellos, ha quedado reducido a trescientos veinticuatro reales,
y treinta y tres maravedís".
F.l ya referido doctor Déniz hace en la página 217, parte segunda, de
su obra, un interesantísimo estudio sobre la famosa mina de agua de Tejeda,
su división y encausamiento hasta Las Palmas; para lo cual menciona a la Real
Cédula de Felipe II, de 7 de Octubre de 1581, que faculta traer el agua desde
las canales y barranco del Bucio.
A Juan de Ariñez, Escribano Mayor de la Isla, se adjudicó en 5 de
Diciembre, de 1532, la mitad del agua de la citada mina de Tejeda, con terrenos
en el Valle del Dragonal. Ariñez fué el fundador del pago que hoy lleva
su nombre, en el pueblo de San Mateo.
El "Libro de Protocolos de Repartimientos de tierras a los Conquistadores
dc Gran Canaria", que hemos citado anteriormente, se exhibe, comr
preciada reliquia de un pasado histórico glorioso, en una de las vitrinas dc la
Sala número 1 de la Biblioteca General de la Sociedad de Ciencias, Let-as y
Artes EL MUSEO CANARIO, de Las Palmas, entre preciosos libros incumbles
y raros, y entre Reales Cédulas de los Reyes Católicos. Emperador Carlos I,
Bulas Papales, Memoriales de Nobleza y otros libros y documentos de gran
valor histórico.
Se trata de un manuscrito de 30 x 20 centímetros, en papel volumen
folio, con tapas en pergamino. Sus páginas están incompletas, pues empieza en
© Del documento, los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2010
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el folio 26. El primer asiento de este folio lleva el año de 1534. y se refiere
a una resolución recaída en petición de Juan González Amero, sobre ciervas
tierras que pide en cl Palmital, jurisdicción de la Vdla de Gáldar. La líltima
petición que se registra está redactada a once de Septiembre de 1555, y aparece
anotada al folio 348.
Los trazos de las letras de este manuscrito denotan su mucha antigüedad.
Son, sin duda alguna, los trazos propios de la época, si bien al analizarlos
hemos deducido que muchos de los asientos no fueron escritos por mano
docta en estos menesteres curialescos y de escribanía piiblica, sino por simples
amanuences. Unas veces se nos presentan estos escritos con letras de trazos
firmes y ágiles, algunas veces de difícil lectura, que hacen suponer fueran
trazadas por personas entendidas. Ellos son, por lo general, los que más fácilmente
se pueden leer, no así los de los amanuences que, por el contrario, se
nos presentan con escrituras de trazos imperfectos y de redacción poco lógica,
cosa que imposibilita leer y entender correctamente a los no muy versados
en materia paleográfica. Otra dc las circunstancias que impiden la lectura de
varias de las peticiones registradas es el aparecer muchos dc los folios completamente
taladrados por la acción destructora de la polilla y mala calidad de
la tinta empleada. No en vano el trascurso de los años y de siglos ha dejado
bien sensible huella.
Por la forma en que aparecen registradas las peticiones en este Libro
de Protocolos" sacamos la convicción que el receptor de éstas las llevaba al
libro bastante tiempo después de recibirlas, razón por la que encontramos registradas
peticiones de un año y de otro, y, entremezcladas, a veces, las Je uno
y otro mes. Como se vé, la preocupación y diligencia del receptor o encargado
del registro no es muy elogiosa, ni cl orden cronológico de las peticiones y resoluciones
de los Gobernadores y Regidores es todo lo perfecto que debió
ser, si bien en las últimas sc observa un orden más lógico.
El libro que nos ocupa, "Protocolo de Repartimientos de ticras hechos
a los Conquistadores de Gran Canaria. 1534-1545", viene a ser el Libro
Registro en el que se copiaban literalmente el contenido de las peticiones del
vecindario de la Isla, junto a las cuales sc escribían las diligencias y demás resoluciones
dictadas por el Gobernador o Regidores. No cabe duda que este
Libro es, en los actuales tiempos, el Libro Registro de los centros otici.iles, en
los que se hace constar el nombre del peticionario, fecha de ingreso del documento,
fecha del mismo y extracto de su contenido, o fecha de salida y dirección
Je la persona a quien va dirigido y resumen de lo expuesto en cl documento.
Como ya llevamos dicho, el texto de cada uno de los folios del Libro
de "Protocolos dc Repartimientos de tierras" encierra las peticiones oficiales
t^ue el vecindario dirigía a los Gobernadores y Regidores para que se le otor-
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11) Juan de Ariñez disfrutó máxima consideración popular y fundó en Son Mofeo el pag
o da su nombre. Lo propio hizo eri Telde, el E s c r i b a n o Arous.
12) Este tratamiento se debe ertonces al Gobernador de G r a n C a n a n a , .Adelantado de
Tenerife, Tenientes Gobernodore,-, Provisores y Visitadores eclesiásticos. Vó.ise íE-'tLdios
Históricos, etc», del Dr. Ch i, i-^ l l l , póg. 571.
gase la propiedad de tierras de sembradura, para que se le cediese terreno para
levantar casas-viviendas, para que se le extendiese copias de títulos de propiedad
— por haberse extraviado el original—, ddigencias de comparecencias,
títulos de tierras dadas cn Agüimes, Guía, Agaete, Teror, Telde, Moya y Barranco
de Aguatona, entre otros lugares y comarcas, así como sentencias dictadas
por los dichos gobernadores y regidores dc la Isla, después dc haber
sido pregonadas por el Pregonero público, ante la gente dc cada pueblo, después
de la Misa Mayor, en los días de fiestas.
•Las peticiones no sólo las formulan personas de acusada pobreza, si
no tambicn personas acomodadas y de cierto viso o relieve, como son Bachilleres,
doctores, clérigos y prebendados de la Catedral de Canarias; así como
nobles caballeros e hijosdalgos, tales fueron entre otros, Luisa Mayor, Pedro
Ximenez, Martín Míreles, Diego Xara, Juan de Ciberio, García de la C!!oniña,
Miguel Alonso, Francisco Hernández, Pedro Lorenzo, Sebastián Alonso, Diego
de Carbajal, Femando Díaz de Monzón, el Doctor Alonso de k Mata,
Blas de Sandoval, Martin Valerón, Juan Aday, Zoilo Ramírez, (Deán de la
Catedral de Canarias), Bernardino de la Coba, Ignacio de Herrera, Garcías de
Vergaras, Fernández Muñoz, Jerónimo Batista, Hernando de Quintana, Lorenzo
de Palenzuela, Luis de Diepa, Bernardino de Lezcano, Diego de Pineda y
juaiv de Ariñez, Escribano de Cámara de la Reina y Escribano Mayor del Cabildo
de la Isla de Gran Canaria ( 1 ).
El título de Muy Magníficos Señores encabeza casi siempre los escii-tos
y peticiones (2). Estos aparecen redactados con extremada sencillez y claridad
a la par que con notorio laconismo c ingenuidad. Dichas peticiones y
demandas no son como las dc hoy día, ampulosas, fatuas y casuísticas.
Como modelo, de las primeras ofrecemos al lector las siguientes: Año
de 1553. Folio 138 del expresado libro de "Protocolos": "Muy Magcos señores.
Francisco hemández vezino de Arucas besa las manos a V. S. y le suplica
me aga merced de vna casa en cl Cerrillo de Arucas que es junto con otro solar
de que V. S. hizo merced el año pasado a Juana Benites que tenga de cuir-plido
cinquenta pies y treinta y cinco de ancho en lo qual V. S. me .-«ra merced
y Umosna".
Año de 1553. Folio 191. "Muy mags. señores: Pedro Lorenzo \z-. de
la ciudad de Telde beso las manos de V. S. y digo que por otras mis peticiones
que e presentado e suplicado de V. S.í me hizicsscn md. de medav vinas •ierras
en el término de Agüimes que el Señor Governador... y el Sor. hemando
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Espino los quales son de poco valor y están... desmontar para la e aprovechar
y cultivar tengo de hazer muchas obras y gastos y endubda y serme de provecho
pido y sup2 a V. S.2 me hagan med. dellas. Atento las razones yaque
soy hombte casado y tengo muchos hijos para ayudar a substentarlos y son
grandes los gastos y trabajos que con estas guerras c tenemos assi en las yslas
y pagamos como en yzabela...".
Otras peticiones son las siguientes: Al folio 109 vuelto, registrase la
petición de la vecina de Teide, Luisa Mayor, extendida a doce dc lunio de
1536. Esta súplica fué formulada en audiencia especial concedida a la peticionaria
por el Gobernador de la Isla y Justicia Mayor, Bemardino de Ledesma
encontrándose de visita en la referida ciudad de Teide. Luisa Mayor pide sc
le haga donación de un pedazo de tierra que linda "por una parte con el barranco
de Tara y de la otra parte el camino que va a Valsequillo por la seña
vieja por la frontera de la Montañeta que está encima del ingenio de Cristóbal
Garcia y por la banda de abajo con tierras mías".
Año de 1.538, página 32: "Pedro Ximénez de Villatoro suplica al
Regidor de la Isla se le haga "merced de un pedazo de tierra que dicen encima
de los parrales de Alonso..., e de Juan Lorenzo, como en el Barranco de
Agüimes".
Año de 1.539. 10 de Mayo. Folio 36. El doctor Alvaro de la Mata pide
'doce o quince fanegadas de sembradura que son en el barranco de Aumastcl
arriba en la ladera del mismo ingenio que fué de Alonso de la Barrada".
Año de 1.539, folio 37. A diecisiete de Enero. Diego de Zamora interesa
un pedazo de tierra de sequero en el dicho barranco de Aumasrcl o Ar-gumastcl
que va por el camino del ingenio de Gonzalo Ruiz a la Montaña
de Doramas, que mide unas dos fanegadas de sembradura.
Año de 1.539, folio 38. Duarte Cátela, vecino de Teide, manifiesta en
su escrito que hay unas cuevas dentro de las tierras de su propiedad, en el
Valle de la Chocha; que dichas cuevas vienen dedicadas a establos, y suplica
al Regidor se le haga merced de las citadas cuevas para "labrar" cn ellas y
poner en las mismas unas bodegas, toda vez que posee parrales en sus tierras
al lado dc las mentadas cavernas.
Año de 1.545, folio 108. Consignase petición de García dc la Coruña,
dirigida al Gobernador Alonso del Corral, para que sc le h a g a merced
de un pedazo de tierra dc sequero dc diez fanegadas de sembradura en el
barranco de la Villa de Santiago de Gáldar debajo del barranco de ia dicha Villa,
las cuales tienen entre otros linderos, "por el cabezón de arriba el parral
de Martín Báez". Para resolver esta súplica dispuso el Gobernador que sc hiciera
uso de pregón "en día de fiesta, uno cn Gáldar y otro en Guía, cuando
saliere la gente de misa mayor..."
Afto de 1.551, folio 279. Petición dc Miguel Alonso, vecino de Tclde,
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ID Información de N a b l e z o de lo familia Belfiencourt o Betancor. «Docurn^nlos para la
Historia de CANANAS*, folios 59 y 59 v. 2 Sign- l - C - í . Biblioteca Conaria , d a « E l Muíeo C a nario
». Las Palmas.
suplicando se le haga merced de tierras montuosas que están en, cl termino dc
la expresada ciudad, dc unas siete fanegadas en la boca del Barranco dc
Caserones, las cuales tienen por linderos cl parral de Vasco López, par.-.il de
Agustin Inglés, barranco de Caserones y Barranco dc Telde.
Con las precedentes peticiones terminan nuestras referencias al "Libro
dc Protocolos de Repartimientos de tierras en Gran Canaria". Por ellas
vemos apellidos que en la actualidad siguen vinculados en la precitada ciudad
de Tcldc, y, prccisamcntc.-junto a nombres iguales a los que cn cl Libro dc Protocolos
se consignan. Es, pues, una supervivencia dc nombres y apellidos digna
de resaltar, a través de siglos, en la vieja e histórica ciudad dc Tcldc. Tal
sucede con los apellidos Mireles, Jiménez, Mayores y Alonso.
Ahora, por lo que tiene de interés, citaremos y haremos alusión a
algunos de los primeros y principales repartimientos hechos en la isla dc Gran
Canaria, no consignados en el "Libro dc Protocolos", por ser éste más rv;cien-tc.
No nos vamos a referir a los repartimientos llevados a cabo por Pedro d':
Vera cn 1.480-1.485, pues de ellos hemos hablado al comienzo de este trahajo;
nos referimos a los realizados por el dicho Pedro dc Vera, cn 1.485, al Rey
canario Don Fernando dc Guanarteme, cuyas propiedades trasmitidas a favor
de la familia Betancor, se describen cn la declaración dc bienes que en
1.549 hizo Maciot dc Bethencourt o Betancor, con motivo de haber interesado
se le expidiera mandamiento de amparo dc hijodalgo (1).
Entre otras peticiones dc tierras, resueltas favorablemente cn 1.545
por la Justicia y Regimiento dc la Isla figuran, cn cl ubérrimo lugar dc Fontanales,
las tierras concedidas a Pedro Jiménez Casasola y a Diego dc Carvajal,
noble de la villa de Gáldar, descendiente del último Guanarteme dc l.i
Gran Canaria, quien tenía por apellidos Carvajal y Guanarteme, como descendiente
del noble Conquistador Miguel de Trejo Carvajal, de la Casa dc los
señores dc Grimaldo y La Corchada, y dc la Princesa canaria Guayar;uin,i
(Margarifa Guanarteme), hija legítima del último rey dc la Isla, don Fernando
Guanarteme, llamado el Bueno.
Con anterioridad a estos asentamientos que acabamos dc citar se hicieron
merced dc tierras cn cl ya dicho lugar dc Fontanales a Pedro Sánchez
(año dc 1.527), y, cn 1.542, Arríete dc Betancort, de nobilísima estirpe, recibe
important. data con heredamientos, cn Fontanales, lindando con El Palir.i*al.
zona cn h que estuvo emplazada la paradisiaca y deliciosa Selva dc Doramas,
nombre no solo de grato recuerdo y evocador del héroe isleño dc la Conquista,
del mismo nombre, sino famosa por lo que tuvo dc tupida fronda y
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fresca y torrentosas aguas, tan enaltecidas por el Divino Cayarasco dc Figuf
roa en sus versos esdrújulos compuestos para la comedia reprcscnt.idn cn 1.5S1
con motivo dc la llegada a Gran Canaria del Obispo Don Fernando dc Rueda,
y por el P Fray José dc Sosa cn su "Topografía". En Fontanales, I.as Candidas
y Pairaitales crecían entonces cl vinátigo, accbiño y laurel, el tilo, el .•\lmre¡j?o
y barbusano, el palo blanco, follado y el poleo, el drago, mocancras y bayas,
jinjas, codesos y retamas, escobones, pinos y la airosa y bíblica palmera de
cuyos "cohollos" dc palmitos obtenían los canarios el suave y rico "vino blm-co"
de frescura extraordinaria que producía dolor de hijada, cólicos y resfriados,
como afirma en su obra cl citado P. Sosa.
El ya mentado Arríete dc Bethencourt fué hijo dc la agraciada Infanta
isleña Tenesoya-Vidina y de Maciot de Bethencourt o Maciot P'ndomo;
la primera, hija de "príncipes y nieta dc reyes", como dice el erudito Magistral
de la Catedral dc Canarias, Don José Marrero, y, cl segundo, so'.rino
del barón normando y Rey dc las Afortunadas, Juan de Bethencourt.
Estos primeros y extensos asentamientos se fueron dividiendo y traspasando
dc dueño por herencias, donaciones, ventas y enlaces familiares, multiplicándose
así la propiedad en los siglos XVI y XVII a través dc los apellidos
Riverolcs, SoIís, Trujillos, Adurzas, Zerpas, Ossorios, Vergara.s, Calde-rincs.
Vínoles, Almeidas, Sarmientos, Zambranas, Rosales, Guerras, Westher-lines,
Ca.stillo-Olivares, Bravos, y tantos otros que hoy dan nombres a. muchos
dc los cortijos, fincas y caseríos de costas, medianías y cumbres.
Entre estos otros repartimientos aparecen los efectuados a fa'v'or dc
Francisco Carrión, Hernán García del Castillo y Cristóbal García del Castillo,
su bijo; unos de los primeros nobles conquistadores a quienes sc k s hizo
merced de tierras.
Francisco de Carrión, oriundo de Burgos, se nos presenta como el
arquetipo del caballero c hidalgo castellano: de arraigada fc católica, entereza
de ánimo, claro juicio y bizarría. Supo unir a su acusada personalidad espiritual
y de hombría dc bien su probado valor y heroísmo. Recién terminada !a
Conquist.T se asentó cn la Ciudad de Teide al frente de las tierras que le fueron
concedidas por cl Gobernador de la Isla. La magnitud de su opulencia,
fisonomía espiritual, corazón dadivoso y demás acrisoladas virtudes, ornato
de su encopetada personalidad, resplandece a través de su testamento otorgado
cn Laí Palm,-is a 2 2 de Mayo de 1.527, ante el Escribano Hernando de Padilla.
Pruebas evidentes de la arraigada fé que sentía sinceramente y de su
devoción a la Virgen María son los siguientes párrafos del expresado testamento:
"...suplico a la benditísima Virgen María Ntra. Sra. sea rogadora a su
hijo p r e c Í 3 s o por mi pecador para que perdone mis pecados y elli me dé su
gracia para que éste mi testamento y cn todos los días dc mi vida diga e haga
tales cosas perdón dc merezca ir a la Gloria..."
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"Primeramente mando mi ánima a Dios Ntro. Sor. que la crió y redimió
por su preciosa sangre y mando mi cuerpo a la tierra para donde ful
formado".
Este preclaro varón, después de fundar la Capilla dc su ,iombrc en
la Iglesia de San Juan Bautista de Telde, donde había de recibir sepultur.:,
instituye diversas mandas y legados a favor de los monasterios y conventos
de las ciudades de Las Palmas y Telde, Iglesia Catedral, Tribunal de la Santa
Cruzada para redención de cautivos; Hospital de San Lázaro, otras iglesias,
familiares y criados, con el fin de que los religiosos y capellanes, moradores
de dichas Casas, y protegidos en general, apliquen misas y oraciones
por el eterno descanso de su alma y por la de sus padres.
Para que el lector pueda darse perfecta cuenta no sólo de su opulencia,
sino de sus arraigados sentimientos cristianos y dadivoso corazón, transcribimos
estos otros párrafos de su testamento: "...que el dia de mi cnterr.'-
miento y al cabo de nueve días y al cabo dc un año cn cada uno de estos tres
dias se ofrenda a los dichos clérigos media hanega de pan cocido c una jareta
de vino é un par de carneros é dos fanegas de trigo é además de esto mando
que se pague a los dichos clérigos lo que es costumbre de dar por semejantes
exequias..."
"ítem, mando que me sea ofrendado en la dicha Iglesia del Sor. S.
Juan de Telde, cada día, un pan y medio cuartillo de vino y esté encendida
una candela de cera sobre mi sepultura durante que se diga cualesquiera mis^
en la dicha Iglesia del Sor. S. Juan de Telde".
"ítem, más tenía un cañaveral criado que iba para dos años hechos
todos cortos de que lo vendí a Cristóbal García de Moguer para planta que
plantó cn Los Lomos de Juan Mayor y cn la huerta que ahora cs p.'.rr.il dc
Piasco de quien son las dichas tierras de los herederos de Betancor que Dios
haya a veinte y cinco mil maravedises por suerte vendí las dichas cañas de
que fueren flacas, é todas t';cl-,a'. íicrr.if c u t aunque se pusieron dc la dicha
mi caña del dicho cañaveral veinte y tres mil é ciento é setenta é ocho brazas
de que montó el dicho precio setenta y dos mil é trescientos é noventa é cinco
mamvcdiscs é más vendí de este dicho cañaveral a Francisco dc Porras par.i
planta que plantó siete mil é cuatrocientas é diez y siete maravedises é yo Francisco
de Carrión puse media suerte de tierra que es de los herederos de Juan
Rodríguez dc Cubas que cs al respecto que al dicho tiempo valían o se vendían
a doce mil é quinientos maravedises la media suerte, ansí que se montan
en este dicho cañaveral en lo que dc él salió é procedió noventa é dor mil é
trescientos é doce maravedises de estos pague cura é décimos é quedc'> ncio
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(1) «Documentos poro lo Hiítcrici de Canarios», Sig. l-C-5. Museo Canario.
en dineros confados setenta y cuatro mil ochocientos veinte y seis maravedises"
(1)..
Como llevamos dicho, Francisco de Carrión recibió cristiana sepultura
en la Capilla por él levantada en la Iglesia del Sor. San Juan de Teide,
templo empezado a construir por el fervor y munificencia de los colonos dc
la ciudad, enriquecidos con el producto de la caña, mieles y vinos, e.vportados
por los Puertos de Melenara y Gando con rumbo a las Indias y Flandes.
Carrión, que había casado con Doña Elvira Leal, no dejó descendencia.
Por eso vemos que sus propiedades se distribuyen, por expresa voluntad
suya, entre Hospitales, Conventos e Iglesias y en mandas y legados para su
alma. Pero no todas sus propiedades tuvieron este fin, pues, Carrión, cristiano
viejo, práctico en sus creencias e hidalgo castellano, sintió devoción y simpatía
por los suyos y por aquellos que le atendieron en vida. Por este motivo
vemos en su testamento estos y otros legados tan curiosos como emotivos: A
su ahijada Ginesa, hija de Miguel Miñoz, "una vaca parida con su crianza
para ayuda de su casamiento porque ruegue a Dios por mi ánima".
17i. "ítem: mando a Beatriz é Inés é a Lucía, mis primas, hijas de
Diego de Miranda, mi tío, vecino de Burgos, a cada una de ellas diez ducados
de oro y si caso fuere que al tiempo de mi fallecimiento fuere muerta alguna
o algunas de ellas c de cualquiera que en tal caso aunque quedc.i herederos
legítimos de ellas é de cualquiera de ellas, que esta dicha manda de estos
dichos treinta ducados, la que de ellas fuese viva al tiempo de fallecimiento
los lleve c si fueren vivas las dos de ellas los partan por medio, ó si las tres,
partan como arriba digo por iguales partes cada una diez ducados".
182. "ítem: mando que se den a Inés y Juana de Almanza, que sen
dos lías mías hermanas de mi madre, a cada una de ellas, veinte y cinco ducados
dc oro é peso".
Y por último deja por heredera de sus otros bienes a su madre Beatriz
dc Miranda.
Hace relación de bienes que aportó al matrimonio con la Leal y señala
que fueron nueve los bueyes que trajo a su poder.
He aquí ligeramente expuesta la silueta procer y cl corazón magnánimo
del conquistador Francisco de Carrión, modelo de caballero y dc cristiano
viejo, libre de toda mala raza.
Otro de los primeros conquistadores, que recibió merced de tierras
y heredamientos, fué el ya mencionado noble Cristóbal Garcia del Castillo,
hijo de Hernán García del Castillo, natural de Moguer. Padre c hijo vinieron
a la Conquista de Gran Canaria, trayendo a su costa armas, criados y caba-
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(1) Nobiliario y Blosonei, per F. de Bethencourt, t.s 2.5, p á g . 5.
(2) Al rmal doí siglo XVI se e s t a b l e c i ó en Gran C a n a r i a el Maestre d e Compo Don Ate-
•¡andro d e Amoreto y su e s p o s a Doña Tomosino Ariñez, hijos d e Don Juan Bautista de Amo-r
e t o , Co;-dí de Amoreto, de la nobleza do Milán, Capitón d e gnleros, que sirvió al Césor
Ilos. Uno y otro fueron nombrados capitanes a las órdenes de Juan Rejón (1).
Terminadas las jornadas bélicas vivieron en la ciudad de Telde con su familia
asentados en las dUatadas propiedades que en premio a sus servicios se le
concedieron.
Por cl testamento de Hernán García, I de su nombre, celebrado ante
el Escribano de los Reinos de España, Juan de Araus, pasaron a manos de
Cristóbal García del Castillo, su hijo, los extensos dominios, heredamientos y
pingües rentas que habíale hecho merced los ya citados Pedro de Vera, General
de la Conquista, y e¡ Adelantado Alonso dc Lugo; propiedades que vinieron
a aumentar las suyas propias, también dadas con anterioridad por los
expresados Vera y Lugo.
Cristóbal García del Castillo, casó tres veces: con Marina Rodríguez
Inglés, hija de Juan Inglés, el viejo conqui.stador de Gran Canaria; con Ai;a
Gutiérrez v con Catalina Hernández.
Dr estos vínculos matrimoniales dejó descendencia tanto en Moguer
como en a ciudad de Telde, lugar de su residencia, donde hallábase afincado.
Al morir Cristóbal García dejó dc su matrimonio con Catalina Hernández,
hijos menores, los cuales quedaron bajo la tutoría de "Dicgi- de Tara,
vezino de esta Ciudad (Telde) por ser, como es persona mui honrada, é
de mucha confianza, é habilidad para ello..." como así se expresa cn su testamento.
Este Diego de Tara o Jara fué elegido por cl testador como Aibacea
en unión del Arcediano de Tenerife y Racionero de la Catedral de Canarias,
Don Martín Poncc dc León, y de sus hijos Juan Inglés y el Ldo. Hernán García
del Castillo.
Del tronco de Hernán García del Castillo formáronse tres ramas nobilísimas:
la de Castillo-Ruiz de Vergara, hoy Condes de la Vega Grande de
Guadalupe - la de C^astillo Olivares y la de Castillo Cabeza de Vaca Cayrasco,
a las cualct se agregaron por enlace matrimonial otros nobles apellidos de familias
patiicias que aportaron dilatados mayorazgos y propiedades, como fueron
los dc Amoreto (2), Frías, Messías, Muxica, Lezcano, Verde, Aguilar, Me
dina, Soberanis, etc.
El temple varonil y sentimientos del Conquistador y fundador de
Telde, Cristóbal García del Castillo, corren parejos con los del ya relerido
Francisco de Carrión. Su entera fisonomía psíquica, su norma de conducta y
su preocupación por el destino eterno dc su alma queda bien reflejada en su
curioso testamento otorgado cn Telde a 14 de Enero de 1.559 ante cl Escriba-
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de las KspCiños Carlos V, y de la Condesa Doña Blanca de Rapólo y Sooag!, o Azuaie. Ks-ta
familia se asentó en Moya, d o n d e poseía, por porte del apellido Ariñez, muchos tierras,
aguas e ingenios de caños de czúcor. Los propiedades de lo familia Amoroto-Ariñez fué
mucho mayor er> cuanto el D Alejcndro de Amoreto había contraído primeras nuocia: con
la noble dama Doña Isabel Cib-D de Sopronis, viuda del también noble Don Francisco Manri-oue
da Loro, tronco en Gran C a n c M C de lo ¡lustre familia de este oipellido. Lo segunda esposo
del referido D. AleiondfD d e Amoreto, Doña Tomasina Ariñez y Mendoza, d e ! Castilío,
ero hi¡a d e l noble Juan de Ariñez y Mendoza y de Doña Teresa del Castillo y Jaroquertiado,
de la noble Cosa de los Moyorazgos de Castillo, en lo ciudad de Teide.
Consúltese los eruditos trotc¡cs históricos literarios d e l M. Itre, Sr. Canónigo Mogistrol
de la| (iatedrol de Conori-os, Ldo. Don José Marrero y Marrero, intitulados «Desde Moya>,
«Apuntes p o r o la historia da lo Pciioquia de Moyo» y «Siestas Kstivas», publ;codos en el
diario católico de Las Polmas, «El Defensor de Conorios», donde podrá encontrar el aman-la
de estos cosos viejas, muchas y muy interesontes oportaciones geineológicas, religiosas,
económicas y sociales, en otden a primitivos conquistadores y o entronques de íomiiics ex
tronieras asentados en lo isla de Gran Canaria en todo el siglo XVl y aún en el ,\VII.
lU Este testamento fué protocolizado onte Lózoro Figueroa de Vargas a petición do
Don Fernando del Castillo Olivaies, año da 1.690. Véase «Documentos poro la Historia de
Canarias», Sig. l-C-5. Museo Ccnaiic.
(2| Véose interesante monografía «El Retablo del Altor Mayor de Teide», por el erudito
investigador, Dr. D. Pedro Hernández Benítez, Párroco de la Iglesia d« S. Juan Bío. da leída.
Año 1.938.
no Hernán Gutiérrez. Todo él tiene tonalidades expresivas pictórica de fe que
ponen al descubierto su más pura concepción española y cristiana ( 1 ) .
Una de las primeras cláusulas de su testamento es la de que su cuerpo
reciba sepultura en la Iglesia dc San Juan dc Teldc, "donde vive". Entre
otras cláusulas dispone que por su alma se apliquen diversos sufragios, en la
forma que sigue: "otro si mando que mis albaceas hagan decir después de mi
fallecimiento en los Monasterios del Sor. San Frc2. é Sor. Santo Dondngo de
la ciudad Real de Las Palmas, en cada uno de ellos una Vigilia é Misa de Réquiem
cantada... é por ello den en limosna a cada Monasterio cuatro fanegas
de trigo é cada dos arrobas de vino, é cada monasterio un carnero c un castrado
de mi ganado é más les den a ambos monasterios repartido una tianega
ele pan amasado..."
"ítem mando que en la dicha Iglesia del Sr. Sn. Juan desta Ciudad de
Teide se me digan nueve días según se acostumbra é ofrenden sobre mi sepultura
pan é vino é asimesmo hagan el cabo de año ofrendado de pan é vino
é cera la qe compliere é en todos los domingos é fiestas de guardar de un
año después del día de mi enterramiento, ofrenden sobre mi scpultiiia pan
é vino según se acostumbra é discrición de mis albaceas é pongan sobre mi
sepultura los dichos domingos é fiestas del dicho año dos hachas de cera é
que cuando se hiciere el cabo de los nueve días haya sermón porque el pueblo
ruega Dios por mi ánima, é qe den al Predicador en limosna una dobla
de oro..."
También ordena que "el retablo de cincel qe yo tengo cn mi casa e
hice traer de Flandes se coloque en la Capilla Mayor, una vez terminada (?.).
DisDone asimismo diversas mandas y legados, entre ellos, a la Iglesia de Nucb-
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tra Seftora de la Concepción, de Jinamar, "media dobla de oro para las obras
y reparos.. "; a la Catedral de Santa Ana, "una dobla de oro para su obra", y
para el Hospital del Sor. San Martín, otra dobla de oro.
Pero, las cláusulas que ponen de relieve ia magnitud y esplendor de
sus propiedades a la par que señala la potencialidad económica de la época,
la existencia de esclavos y de casas altas y bajas, son las que se refieren a su
ingenio y otros bienes instituyendo vínculo: "...El ingenio de agua de mole;
cañas de azúcar que yo tengo encima del barranco principal del agua de la
dicha Ciudad de Telde con su casa de molienda é casas de aposentar altas é
bajas, é c.isas de calderas é fornallas é troxas é graneles é despensas, é casas
de hacer espumas, é casas de los esclavos, é casas p2 los trabajadores, é corral,
é casa de la leña, cercado é huerto, é molino de pan moler que es junto del
dicho Ingenio con su ejido é sitio é canales é rueda y ejes é prensas é cureñas
6 todas lr:S otras cosas é aparejos del dicho ingenio é de la molienda del, é
con todos los cobres é herramientas grandes é medianas é menudos pertenecientes
a la molienda é fabricación de azúcar é todos los demás aparejos al
dicho ingenio pertenecientes, con las toda la leña qe estoviese al tiempo dc
mi fin p2 el dicho ingenio, é más las casas de purgar qe yo tengo j u n t j y cerca
del Pueblo desta Ciudad de Telde é casas de refinar y de mieles y casas dc pileras
alto é bajo é tejas é hornos de teja é ladrillo c casas de camelleros, é
otros oficiales é tanques de miel, é formallas que son todas junto en él... é sitios
de las dichas casas de purgar y de refinar con todos los cobres grandes é
medianos c pequeños del heredamiento de las dichas casas é fábricas de los
azúcares é con todas las formas é signos é porrones é furos é tinglados é todas
las otras cosas é aparejos a las dichas casa é ingenio anexos é pertenecientes
con sus entradas é salidas é pertenencias usos é costumbres é servidumbres
como a mi pertenencia, é los esclavos siguientes que el dicho ingenio e
heredamiento es a saber = Antoñillo de Moguer, negro; Juan de Moguer, el
negro; Juan Berbea, el negro; ]uan Garita, el negro; Bartolomé, negro; Miguel
Tonle, negro; Gonzalo, negro; Fr9. Gorgojo, negro; Pedro Jalope, negro;....
ítem ocho bestias acemilarcs é tres rema de caballos, cada rema dc
cuatro bestias... con sus aparejos".— "Con este ingenio y otros bienes instituyo
vínculo".
De su testamento fueron revocadas varias de sus cláusulas por dos
codicilos dc fecha 27 de Marzo y 21 de Abril dc 1.539, a favor de sus nietos,
por haber dado en vida lo ya testado; se aumentan otras, especialmente en io
referente al tercio y quinto de mejora a sus hijos Juan Inglés y Ldo. Hernán
García del Castillo, y se establecen nuevos legados.
Entre los otros varios legados figuran los hechos a favor de su última
mujer Catalina Hernández, que dejó hijos menores, y los extendidoc a vecinos
de Tenerife, Gomera, etc. antiguos y leales servidores suyos.
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Las Palmas (Gran Canaria).
Año de 1939. Mes de Octubre.
Las precedentes cláusulas testamentarias que hemos destacado, correspondientes
a los conquistadores Francisco de Carrión y Cristóbal García
del Castillo, muestran toda una recia arquitectura física, moral y religiosa de
dos hombres singularmente representativos de la época en que vivieron, a la
par que constituyen paralelismo con el sustancioso contenido del LIBRO DE
PROTOCOLOS que hemos citado y dado a conocer brevemente. Lo propio
ocurre con las primeras Cédulas Reales de repartimientos de tierras, otros legajos
y libros raros existentes en la Biblioteca y Archivo de EL MUSEO CANARIO,
límpidas y cristalinas fuentes para la Historia Económica del Archipiélago,
que no sólo ofrecen a través de sus viejas y carcomidas páginas centenarias,
toda la lozanía y frescura a la par que virgen, atractiva y sugestiona-d
o n exposición del origen de la propiedad en la Isla dc Gran Canaria, sino
otras facetas y circunstancias interesantísimas para cl estudio de la Economía
del Archipiélago en los siglos XVl y XVII y aún en cl XVIIl, ardua y difícil
tarc.i—superior a mi capacidad—que algún día, con la ayuda de Dios, puede
que ofrezcamos modestamente a la consideración de nuestros lectores.
© Del documento, los autores. Digitalización realizada por ULPGC. Biblioteca universitaria, 2010
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AUTORES Y A R C H I V O S C O N S U L T A D OS
Acialcázar, Archivo del Sr. Marqués de:
Agaete, Archivo Parroquial de la Villa de:
Bonnet, Buenaventura: Comentarios a la Crónica anónima "Conquista dc la
Isla de Gran Canaria" (Archivo Provincial de La Laguna), en "Fontes
Rerum Canariarum".
Cairasco de Figueroa, Bartolomé: Templo Militante y Comedia compuesta con
motivo de la llegada del Obispo don Fernando de Rueda.
Castillo y Ruiz de Vergara, Pedro Agustín del: "Descripción geográfica e histórica".
Catedral, Archivo de la: "Protocolo del legado del Deán Sr. Ramírez".
Darías y Padrón, Dacio V.: "La sangre como factor de la Hispanización cn
Canarias".
Déniz, Dr. Don Domingo: "Estudio Histórico descriptivo de las Islas Canarias".
Fernández Bethencourt, Francisco: "Nobiliario".
Feo y Ramos, José: "Las tablas flamencas de Agaete".
Gómez Escudero: "Crónica de la Conquista de Gran Canaria". (En Fontcs
Rerum Canariarum).
Hernández Benitez, Pedro: "El Retablo del Altar Mayor de Telde".
Chil y Naranjo, Dr. Don Gregorio: "Estudios históricos y Climatológicos".
Lozoya, Sr. Marqués de: "Los primeros jalones del imperio hispánico". "El
Debate", 13-5-1936.
Marrero y Matrero, D. José: Archivo, y colección de artículos "Desde Moya",
"Vagares Veraniegos", "Siestas Estivas", "Primeros pobladores y poseedores
de Fontanales", "Historia de la Parroquia de Moya", etc., publicados en
"El Defensor de Canarias".
Marín y Cubas, Dr. Tomás: "Historia de las Siete Islas de Canarias".
Millares Torres, Agustin: "Historia General de las Islas Canarias", "Documentos
Canarios para la Historia de Canarias". "Anales".
Millares Carió, Dr. D. Agustin: "Bio-Bíbliografía de autores canarios en los
siglos XVI, XVII y XVIII".
Museo Canario. Archivo. Legajos varios.
Sedeño: "Crónica de la Conquista de Gran Canaria".
Serra Ráfols, Elias: Glosario a "Crónica Anónima", en "Fontes Rerum Canariarum"
fascículo I.
Sosa, Padre José de: "Topografía".
Viana, Antonio de: "Antigüedades de las Islas Canarias".
Viera y Clavijo, José: "Noticias históricas de las Islas Canarias".
Wólfel, Dl. Dominick Josef:. "Los indígenas canarios, problema central de la
antropología" y "Los indígenas canarios después de la Conquista"'.
Zuaznávar y Francia, José Maria: "Diario de Telde".
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09RAS DEL AUTOR
"Descripción Geográfica de Canarias y especial del Grupo Oriental" (Provin-vincia
dc Las Palmas). Para las escuelas de primera enseñanza. Obra aprobada
por el Ministerio de Educación Nacional. 3.í Edición. En prensa
"Descripción geográfica de Canarias y especial del Grupo Orienlal" (Provincia
de Las Palmas). Para complemento de la enseñanza geográfica en Institutos,
Escuelas Normales y centros superiores. Con aprobación del Ministerio
de Educación Nacional. 3.- Edición. Próxima a publicarse.
"Breve reseña histórica del Archipiélago canario desde los aborígenes hasta
nuestros dias". Para las escuelas primarias. Obra aprobada por el Ministerio
de Educación Nacional. 3.2 Edición. En prensa.
"Viaje histórico-anecdótico por las islas de Lanzarote y Fuerteventura". Año
1938. Agotada.
"Canarios Ilustres. Fray José de Sosa". (Trabajo premiado en Certamen Literario
Regional. Año 1.929). Editado en 1.939. Agotada.
"Primeros Repartimientos de tierras y aguas en Gran Canaria". Año 1.940.
"Hechos dc Geografía humana. L a vivienda: Evolución histórica de la vivienda
en Canarias". (Próxima a publicarse).
"Crónica de la bajada a Las Palmas y subida a su Santuario de la Villa de
Teror, de la muy venerada y milagrosa Imagen de Nuestra Señora del F i no,
Patrona de la Diócesis de Canarias". (11-25 dc Octubre dc 1.936. Inédita.
"Canarios Ilustres. Don Pedro Agustin del Castillo, Alférez Mayor de Gran
Canaria e historiador". Inédita.
E N P R E P A R A C I ÓN
"Guia histórico-artistica de la Diócesis de Canaria»".
"Estudio histórico-económico del Archipiélago Canarío desde el siglo X V I
al X X " .
"De Floklore Canario".
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K P I T O I t l A L "FALANGE*
ARO I»40
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