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255 1810: ¿CONSPIRACIÓN SEPARATISTA EN LAS PALMAS? Propuesta de reinterpretación sobre el «trienio detonante» del pleito insular decimonónico l^í^ustin Millares Cantero La eclosión de los bisónos nacionalismos era en 1978 una de las notas más singulares de nuestra vida política. Como corresponde a un movimiento caracterizado por una gran dosis de espontaneidad, falto de fuerza dirigente, que irrumpe en una sociedad subdesarrollada y con altos índices de incultura, desde un principio empezaron a manifestarse síntomas de inmadurez que movían la hilaridad de unos e inquietaban a los más comprometidos con la lucha popular. En aquella situación, marcada por el infantilismo y frecuentes reacciones chovinistas, fueron muchos los jóvenes que, de buena o mala fe. imaginaron al historiador profesional escatimándole el estudio real de su pasado. Todo el que no hablase, por ejemplo, de «colonia», era ya sospechoso de mixtificar la verdad y merecedor de los más duros epítetos. Hacía años que conocíamos las páginas del profesor Rumeu de Armas que han dado pie a esta monografía. Su contenido no encajaba en nuestra visión de la historia insular al amanecer del ochocientos. Era como si, de pronto, tropezáramos con una platanera en la Antártida o con un pingüino en el Caribe. Reclamados por otras ocupaciones, no tu- 256 vimos ocasión de profundizar en su análisis hasta que observamos cómo lo utilizaban aquellos que ignoran las clases en la «cuestión nacional». Fue entonces cuando nos decidimos a abordar detenidamente el asunto. En el IV Coloquio de Historia Canario-americana (Las Palmas, octubre de 1980), presentamos un avance de nuestras conclusiones que, por causas que sería ocioso referir, no pudimos ultimar antes de la publicación de sus ponencias. Seguimos entonces reflexionando y esta es la resultante provisional de nuestro esfuerzo. A la hora de presentarla, nos topamos con la dolorosa obligación de tener que suprimir los dos últimos capítulos, que dedicábamos a las Juntas subalternas y a la personalidad de don Domingo Penichet y Fuentes. Los daremos a conocer en una próxima entrega, a la que se incorporarán cuantas críticas y sugerencias nos lleguen. Aquí pretendemos responder a la pregunta que nos sirve de titular, pero no sólo eso. Se trata, como propone el subtítulo, de una oferta para reinterpretar ese período del pleito decimonónico que Guimerá Peraza sorteó con unas pocas líneas, convencido probablemente de que ya había sido agotado por otros autores. En nuestro criterio, tal cosa es más aparente que auténtica y se verá por qué. Cada vez nos resulta menos factible comprender la evolución de las pugnas capitalinas o divisionarias, sin ahondar primero en lo que denominamos «trienio detonante». El calificativo, claro está, presupone la acumulación previa del combustible que posibilitaría la explosión del verano de 1808. Hace algún tiempo, nuestro buen amigo José Ramón Santana Godoy nos alertó sobre las manifestaciones del pleito que aparecen en el primer cuarto del XVIII; fundamentarlas debidamente y explicar su desarrollo posterior, exigiría de esa historia total que posee en la instancia económica su principal apoyatura. Por desgracia, la historiografia isleña no dispone aún del suficiente bagaje teórico-empírico que facilite esta clase de planteamientos metodológicos. Como un primer paso, no es minucia emprender la revisión de la bibliografia y elaborar una periodización de cierta coherencia, presentando un cuadro bastante diferente del que teníamos delante. No toda la compleja materia histórica es susceptible de ser cuantificada, y por mucho que denostemos del positivismo en todas sus versiones y aspiremos a la síntesis, hay viejas reglas de conocimiento y crítica textual que un historiador de hoy y de siempre tendrá que saber al dedillo. Este es, pues, un estudio crítico de algunos acontecimientos que, a nivel de la política insular, discurren durante la fase inicial de la Independencia. Es, por ello mismo, un ensayo acerca de la actuación antagónica de las élites dominantes en Tenerife y Gran Canaria, un intento de redefinir el papel de grupos, instituciones y personajes en polémica con HEMÍROUC^ P. M' 257 cuantos nos han precedido en el empeño. Es también, aunque parezca lo contrario, un modesto homenaje a la llamada Escuela Histórica de La Laguna, a través de quien fuera una de sus figuras más preeminentes, don José Peraza de Ayala. No es preciso recurrir al tópico de que una ciencia avanza con aciertos y desaciertos, con logros y fracasos, para valorar el legado imborrable de su magisterio. De ella aprendimos, (el propio Bonnet nos lo enseñó con Ossuna) a no aceptar los «hechos» como incontrovertibles y a descubrir las miserias del historiador. I. UN TEMA CONFLICTIVO Hace más de siete lustros, merced al erudito y amplio ensayo que sirvió al profesor Rumeu para prologar la monografía de Bonnet sobre la Suprema de Canarias (verdadero epílogo, según el autor lo define), se tuvo noticia de un lance singular hasta entonces ignoto'. Entre los manuscritos insertos en un expediente que la Real Audiencia incoa, se incluyen las testificaciones que utiliza para interpretar los conciliábulos de 1810 en Las Palmas, documentación estimable que descubre y cita con las adecuadas referencias para su consulta^. Luego, en el último epígrafe de ese capítulo y utilizando el grueso de la misma masa documental, perfiló las andanzas y mudanzas subsiguientes del «intrigante y travieso» don Domingo Penichet, que fuera en su criterio uno de los más empecinados trapisondistas de aquella tormentosa coyuntura. El inédito episodio que adiciona y altera nuestros anales, se ciñe a la «obscura conspiración» que al parecer tramaron algunos individuos de un cabildo general contra regente y oidores, pero cuyo móvil apunta hacia «un gobierno autónomo de tendencia casi separatista». Es asi que, tanto por los ideales como por el procedimiento subversivo, la innovadora aportación deviene en hallazgo portentoso que tolera los más dispares usos y abusos^. El año en cuestión, 1810, permite ubicar la efervescencia grancana-ria en el contexto ultramarino: pronunciamiento independentista de Ca- 1. Buenaventura BONNET Y REVERON, La Jimia Suprema de Canarias. La Laguna. 1948. Prólogo de Antonio Rumeu de Armas, pp. CI-CVIL Una reedición de esta obra vio la luz en Santa Cruz de Tenerife en 1981. 2. Archivo Histórico Nacional, Consejos suprimidos, leg. .^.277, exp.45. 3. Contamos con una buena prueba de ello en el enfoque que de la misma han realizado los disidentes cubillistas del fantasmagórico Movimiento Popular para la Autodeterminación y la Independa del Archipiélago Canario. Cf «Las Palmas. 1810: el primer intento independentista de nuestra historia», en Revolueión Canaria. n° I (1979). pp.4-6. 258 racas el 19 de abril, formación de una Junta provisional gubernativa en Buenos Aires (integrada por partidarios de romper con la metrópoli) el 25 de mayo, revuelta en Bogotá el 20 de julio e insurrección del cura Hidalgo en Dolores el 16 de septiembre. De ahí que parezca de ley un ensamblaje de variada índole con esos fenómenos, que Rumeu con buen tino sostiene al argumentar la «semejanza con los movimientos secesionistas e independentistas de las colonias españolas», promovidos al disolverse la Junta Central y sustituirle un Consejo de Regencia el 31 de enero. La alienación de poderosos círculos de la élite política isleña y del funcionariado peninsular ante la España en crisis, con el consiguiente fermento nacionalista en algunos núcleos de las clases dominantes, es otro corolario que resulta de ser incontrovertible el relato que Rumeu nos propone. Entre el cabecilla, miembros relevantes y posibles conjurados, suman un total de veinte individuos, de los cuales once formaron parte del Cabildo general permanente constituido en 1808; siendo notoria la circunstancia de incluirse aquí nueve de los principales promotores y el conceptuado como máximo dirigente, el alcalde mayor don Juan Bayle Obregón. Importa, pues, no tanto la cuantía como la cualificación de la nómina, ya que aparecen en pos de aquel munícipe: don Pedro Gordillo Ramos, cura de la parroquia del Sagrario de la catedral y luego diputado en las Cortes gaditanas; don Juan Nepomuceno Carros y su hermano don Miguel, el primero catedrático de latinidad del Seminario Conciliar, secretario del cabildo y representante grancanario en la Península en 1808, junto al regidor don Agustín Falcón y al abogado don Domingo Suárez Travieso; el palmero don Nicolás Massieu y Soto-mayor, gran propietario agrícola y caballero de la Orden de Alcántara; el capitán de milicias don Juan Antonio Salí Elvira, administrador de Reales Rentas; don José Vázquez de Figueroa, abogado de los Reales Consejos, asesor del gobernador militar y síndico personero de la isla; el comerciante don José Shánahan, el licenciado don Francisco José Peni-chet y Cabrera, don Pedro Zarate y el propio gobernador de las armas, don Simón de Paz y Ascanio, Como probables implicados se citan, además, al presbítero don Antonio Puertas y a don Cristóbal de Múxica, don Francisco de Borjas Flores, don Miguel Cardoso, don José Doreste, don Nicolás del Castillo y don Francisco Ríos, con especial mención del fiscal de la Real Audiencia don Juan Ramón Oses, pues, según Rumeu, «aunque no asistía a las deliberaciones y conciliábulos, estaba informado de sus menores incidencias y daba su beneplácito al intento subversivo en preparación, a cambio como era natural de compensaciones para el futuro» (p. CIII). 259 Una relación de esta índole, obliga a quienes sostengan la validez de la conjura independentista a dar respuesta a una serie de interrogantes sumamente complejos. Ya que un gobierno autónomo en el espíritu de la época implicaba el separatismo , ¿cómo fue posible que algunos sectores de las capas dirigentes, muy vinculados al aparato de poder antiguo-regimental, pudiesen proponer la separación de España, qué conflictivi-dad económica propicia la desespañolización v dónde están las raíces ideológicas de un proyecto de tal envergadura?'* Aparte de reputadas figuras de ascendencia extranjera, ¿qué razones existieron para que distintos funcionarios godos se sumasen o siquiera admitiesen una parodia de 4. En el 111 Coloquio de Historia Social de Canarias, organizado por el SEHIC (Las Palmas, Centro Regional de la U.N.E.D.. octubre de 1977), el profesor Germán Hernández Rodríguez dio a conocer, en su estudio acerca de la sublevación antiseñorial gomera de 1762. una temprana manifestación de antiespañolismo (recensión en l.a Provincia. Las Palmas. 5-X-1977. p.8). Durante las testificaciones que siguieron a aquélla, el teniente capitán don Francisco Manrique Domenigo declaró que un avecindado de Alajeró y otros dos de Chipude habían oído decir que «mexor fuera entregarse a los yn-gleses ». confiando quienes así opinaban en que el comerciante irlandés don Juan Cólo-gan. establecido en el Puerto de la Orotava en 1737. pudiera servir de intermediario con Londres para una hipotética ocupación de la isla (Fondo Adeje. Biblioteca del Museo Canario. Las Palmas). Tras un secular litigio para conseguir la incorporación a la Corona y la abolición de los derechos señoriales, con anteriores levantamientos en 1699 y 1744, no parece que el simple comentario marginal de unos pocos vecinos tenga excesiva significación. Las familias de la incipiente burguesía rural (Padilla. Salazar. Dávila. Fernández, Mora. etc.). optaron siempre por la alternativa realenga, sin salirse de la ortodoxia en este tipo de contenciosos de la España setecentista. El anexionismo que parece animar a unos cuantos gomeros, de cualquier forma, está más en consonancia con la personalidad de las élites isleñas dominantes, cuyos intereses apuntaban hacia los británicos sobre todo; las exportaciones de orchilla. en este caso, tenían a sus mercados como principal destino, importándose desde ellos manufacturas y otros productos. También los dirigentes linerfeños que depondrían a Casa Cagigal en Santa Cruz de Tenerife, fueron acusados después de pretender entregar el Archipiélago a la dominación inglesa. Ni las insinuaciones del fraile portugués Cabral de Noroña, que en su Manifiesto atribuyó a O'Donnell «el proyecto de apoderarse de las islas» para venderlas a Inglaterra, ni el pretendido ánimo del regidor Torres Chirino de someterse a dicha nación, que recoge el Apuntamiento con la versión del comandante general, merecen crédito alguno. (Cf RUMED. pp. Ll-Llll). En La Gomera, en septiembre de 1762. asistimos a un sentir minoritario y anecdótico, sin entrar en lo que tiene de ingenuo y extravagante o en su posible falsedad; en Tenerife, en junio de 1808, estamos sobre el terreno de la difamación y la patraña, puesto que la política de los animadores de la Junta Suprema se inscribe dentro de las coordenadas presentes asimismo en Sevilla, Galicia o Asturias, a propósito de la necesidad de una alianza con la antigua potencia enemiga luego de la invasión napoleónica. Incluso las peticiones de ayuda que el presidente de aquélla al parecer solicitó de los ingleses, cuando la pérdida de Cádiz era más que factible y el abandono del Archipiélago una inquietante eventualidad, fueron torcidamente interpretadas por sus detractores, en el sentido de querer constituir «un estado separado, el cual quedaría bajo la protección inglesa». Cf Juan Primo de la GUERRA, Diario. II. 1808-1810. Madrid, Aula de Cultura de Tenerife, 1976, p. 142. 260 rebelión contra su patria, de ser acaso lícito admitir un esbozo de conciencia nacional en relevantes prohombres de la terratenencia y la burguesía? Esta hipotética conciencia nacional, porque los planes acabaron circunscribiéndose al ámbito grancanario, despunta apenas como simple insularismo; ahora bien, ¿cómo pensaban los promotores de la conmoción fundar y sostener un estado independiente en el exclusivo marco de una isla, teniendo que oponerse al conjunto del Archipiélago y, sobre todo, a las autoridades tinerfeñas y a la representación del poder cen-tral? 5 Por mucho que se argumenten las veleidades conspirativas propias del carácter de varios de los encartados, ¿ contaba la minoría «revolucionaria » con suficientes apoyaturas populares como para garantizar el éxito de tan descabellada empresa? ¿Se produjo una suerte de enajenación colectiva que impulsó tal locura o. en propiedad, las condiciones objetivas y subjetivas para que Las Palmas fuese o llegase a ser Caracas, Bogotá o Buenos Aires se daban en la práctica con evidente paralelis-mo? 6 5. La pregunta no es ociosa, si bien se indica que los cabildos ordinario y general de Gran Canaria oficiaron «por dos veces al Ayuntamiento de la Ciudad de La Laguna, y remitiéndole el plan que habían formado con este objeto. Que por las contestaciones que han recibido se han llegado a persuadir de que aquel Ayuntamiento no conviene con las ideas propuestas, como al declárame se lo manifiestan sugetos del primer carácter de aquel Pueblo, y a consecuencia de esto los mismos individuos del Ayuntamiento de esta Ciudad y del Cabildo permanente, determinaron llebar adelante el Plan de su independencia no sólo de la Península, sino aún de las otras Yslas que componen esta Provincia...» (Declaración del testigo don Felipe Carballo Almeyda; los subrayados son nuestros). Si tenemos en cuenta la lucha política que por entonces se ventilaba entre las capas dirigentes de Gran Canaria y Tenerife, pugnando por la ubicación de la Junta Provincial, es imperativo quitar toda credibilidad a un ofrecimiento de aquella índole. Ya que no había siquiera consenso para organizar de mancomún la administración de las islas, es ridículo suponer que se ofreciese la posibilidad de sumarse en comandita a un plan de semejante envergadura. 6. En nuestra comunicación al I Coloquio de Historia Social (Las Palmas, julio de 1975), informábamos de un enigmático fragmento del doctor Chil relativo a supuestas reuniones y movimiento de tropas en Las Palmas, tendentes a una anexión a la Colombia bo-livariana que podríamos fechar con posterioridad al real decreto de 27 de enero de 1822, donde se consagró la capitalidad provincial en Santa Cruz de Tenerife. La postura inicial de «emanciparse de la madre patria» fue sustituida por el anexionismo hacia aquella república (Venezuela, Nueva Granada y Quito), « en atención a los escasos medios de que los canarios podían disponer para resistir la fuerza armada que podría llegar a subyugarles». Según el autor, las fuerzas militares que intervendrían en tal incidente ignoraban su auténtico objetivo, y «al informarse de lo que se trataba retrocedieron desde las mismas puertas de la ciudad». (Gregorio CHIL Y NARANJO. Estudios históricos, climatológicos y patológicos de las Islas Canarias. Ms. 5, II-A-3, cap. X, fols. 834-835). De ocurrir este evento, remite sin duda a la crispación que el tema capitalino provocó entre algunos liberales palmenses más exaltados. En el transcurso de aquel decenio hay sobradas muestras de un estado de inquietud en Canarias, que tal vez debiéramos entroncar con ese americanismo al que ponemos serios reparos en 1810. CF. A. MILLARES CANTERO y M. de PAZ SÁNCHEZ. El nacionalismo canario. Introducción histórica y antología de textos, en prensa. 261 Todas estas cuestiones y otras muchas están implícitas de un modo u otro en la interpretación de Rumeu, aunque tal vez hayamos desorbitado su alcance con el fin de recoger una síntesis de la problemática que presenta. Con lógica hilaridad, y tras la enumeración de los puntos del «verdadero programa de gobierno» que, siempre según el mentado profesor, singularizaba el plan de los sediciosos, éste se hace una pregunta a la que responde con recato: «¿Se soñaba con establecer una República canaria o -perdónesenos la broma- coronar como guanarteme al Conde de la Vega Grande? No está claro este extremo, aunque la conspiración -con gran semejanza a lo que ocurría entonces en Venezuela. Argentina. Ecuador, etc.- es muy tortuosa y confusa» (p. CIV). Este tono dubitativo, que se resiste a plantear la conjura en su dirección separatista, nos señala que el prestigioso investigador no las tenia todas consigo al querer refrendar lo que en páginas anteriores daba por cierto. Es más, aunque luego persista en su enfoque, avala el componente nebuloso y laberíntico que acepta, a nuestro modo de ver, un lúcido reparo que no debe pasar inadvertido. Hemos consultado la documentación que Rumeu manejara en su día y nuestro análisis no se corresponde con el suyo. Debemos reconocer que, hoy por hoy. no estamos en condiciones de ofertar una paráfrasis definitiva sobre tan enjundioso tema, pero creemos firmemente que las hipótesis aquí recogidas poseen mayor índice de credibilidad, eliminan no pocos contrasentidos y, mejor aún, contribuyen a la clarificación de un dificil periodo de nuestra historia que no debe aparecer desdibujado. Esta réplica se elabora desde la provisionalidad y con el objeto exclusivo de contribuir al avance de los conocimientos históricos. Semejante aspiración, y lo que de positivo haya en nuestras reflexiones, quizás nos exima por anticipado de algunos errores en los que hayamos podido incurrir. II. CLAVES PARA UNA NUEVA LECTURA DE LAS FUENTES Urge en principio cuestionar la validez de las fuentes. Para la sinopsis acerca de «Las conspiraciones y cabildos revolucionarios del año 1810», Rumeu utiliza la sumaria que. por auto de la Audiencia de 29 de mayo y posterior del regente de 5 de junio, reúne lo que nueve testigos revelan a propósito de los ataques contra el tribunal y rumores que circulaban sobre hechos disímiles en vísperas de la convocatoria de un cabildo general el 30 de mayo. De modo preferente, dos de ellos, don José 262 Cristóbal de Quintana y don Felipe Carballo de Almeyda, le proporcionan todos los detalles con los que perfila el amago de rebelión; pues pertenecen a aquél las palabras sobre el resentimiento de algunos revoltosos que, mal transcritas, atribuye a don Miguel Cabrera por un desliz. Tales testificaciones, único sostén documental de tan grave complot, se adjuntan a las copias de varios expedientes que, el Real Acuerdo de una parte y don Domingo Penichet de otra, remiten al Consejo de Castilla a raíz del proceso que a este último se le abre en 1813; esto es, a nuestro juicio constituyen un dossier que se sacó a la luz tres años más tarde y se relaciona con otro asunto distinto, con el tangible empeño de conferir al inculpado pretendidas faltas anteriores y mutilar su defensa. Es útil reseñar sucintamente lo que argumentaron los siete testigos que relega el maestro Rumeu. La imprecisión y la cortedad abundan en algunos, como propias de quienes se hacen eco de murmuraciones a las que no conceden excesiva importancia. Los que inician la serie apuntan la incertidumbre que, en tomo a la aceptación del Consejo de Regencia por peninsulares y americanos, alimentaban indefinibles grupos. También recogen irrespetuosas censuras para con el tribunal, difusos proyectos de remociones y especies anónimas sobre la irreparable pérdida de España^. Nos interesa, entonces, dejar constancia de que un tercio de los declarantes no alude ni a conspiraciones ni a movimientos independen-tistas, limitándose a refiejar un clima político centrado en tres elementos claves: latente animadversión contra el joven ejecutivo y contra la Au- 7. El farmacéutico don Luis Vemetta, por ejemplo, se limitó a referir una frase de doña María Russell previa a la celebración del cónclave, en el sentido de querer tratarse en él «sobre algunas mudanzas», para señalar por último que en sus dependencias se había suscitado posteriormente «una conversación acerca del Tribunal» que interrumpió enseguida. El procurador Abad Báez, tras ocuparse de los rumores contrarios al Consejo de Regencia, no alcanza a especificar quién afirmó «que las Américas nunca se suge-tarían a obedecerle». Después testimonia lo que sigue: «Que unos días antes de la celebración del Cabildo General, estando en las casas donde se hace la Audiencia, oyó decir a José de Torres que el Capitán de Milicias don Gerónimo Betancuri habla asegurado al Señor don José de Oromi que se trataba de quitar a los Señores del Tribunal, que en lugar de dicho Señor hiban a poner al Licenciado don Domingo Penichet, nombraban también al Alcalde mayor por oydor, y por Regente al Señor Fiscal de su Majestad, pero que por no haber fundamento alguno no dio crédito a la especie». (Los subrayados son nuestros). Idénticas vaguedades se repiten en la corta declaración de don Miguel Cabrera, que confirma las palabras atribuidas a Béthencourt, por haberlas pronunciado en su presencia «en uno de los días que se estaban recibiendo los votos para la elección de los vocales del Cabildo General». 263 diencia, comentarios de que iban a producirse deposiciones y nuevos nombramientos públicos y veladas conjeturas relativas a la derrota militar frente a los ejércitos napoleónicos. La expresión «planes de gobierno» se introduce en los interrogatorios cuando, tras las confesiones en que Rumeu se fundamenta, se terminan de pergeñar las preguntas ya sistemáticamente formuladas en adelante. No es que de manera espontánea la enuncien los comparecientes ante el oidor de turno, y este ardid no debe escapársenos por ser un síntoma muy revelador. El licenciado tinerfeño don Saturnino Afonso Martel (o Martel Afonso), como los demás, circunscribe dichos planes a lo siguiente: convertir en oidores a don Juan Bayle, don José Vázquez y don Domingo Penichet; en corregidor a Massieu; en alcalde mayor a don Francisco Penichet; en regente al fiscal y en fiscal al corregidor don Alvaro Pareja. Los otros tres testigos se expresarían en términos similares, agregando a lo sumo algún detalle marginal. Así, lo único que aparece con nitidez en la mayor parte de las declaraciones es que el novel poder central, acatado sin ambages por la Audiencia, no obtuvo las simpatías de la élite política grancanaria y que ésta persistió en la convocatoria de un cabildo general según el modelo del permanente de 1808. A tal fin tenía que enfrentarse con quienes obstaculizaban sus cálculos. Es evidente que, con esta óptica, deponer unas autoridades opuestas a sus designios no necesariamente conduce a la constitución de un gobierno independiente ni cuestiona la fidelidad a España. Tampoco conlleva ningún tipo de maquinaciones antiespañolas la formulación doctrinal en que se sustentó todo el movimiento de las juntas, a saber, la doctrina de la reversión de la soberanía al pueblo, fórmula común por entonces que no era patrimonio de una escuela determinada, presente tanto en la escolástica como en el pensamiento liberal más avanzado. Si en América privó este recurso teorético para llegar hasta la independencia, porque en una colonia adquiere patentes derivaciones revolucionarias, en la Península no fue más que un soporte transitorio. ¿Y en Canarias? Con posterioridad afrontaremos esta pregunta, pero digamos ahora que la campaña francesa en Andalucía, inaugurada en enero de 1810, arrojó para las armas españolas resultados catastróficos. A principios de febrero habían caído Sevilla y Málaga y los patriotas eran acorralados en Cádiz. Quienes conocían esta realidad por aquí, no propalaban ningún embuste para hacer cundir el desaliento. Lo hacían con otras intenciones, encomiables y autorizadas desde el más puro españolismo si se atienden sus auténticas miras. En las intervenciones del cuarto y quinto declarantes basó Rumeu su lectura. Procede, entonces, resumir cuantos rasgos novedosos enriquezcan o radicalmente transformen los hechos ya conocidos. Quintana 264 afirma que la expulsión a Tenerife de don Francisco Díaz Bermudo, otro de los objetivos de la confabulación, se plantea por el escaso auxilio que prestara a los agentes grancanarios que en 1808 acudirían a Sevilla para hacer valer sus derechos contra la Junta lagunera. Rumeu nos dice que este personaje fue valioso elemento de la homónima andaluza y hermano del alcalde mayor de La Orotava, sospechando que la Regencia le había conferido alguna misión de postín en la ciudad. Nuestro predecesor en el tema extrae asimismo del otrora escribiente el «aspecto revolucionario » que a la maquinación atribuye. He aquí, en su contexto, las afirmaciones que hizo: «Que en las mismas conversaciones de quelleba dada razón, oyó también que la España estaba casi perdida, pues era falso cuanto en las gacetas y papeles públicos se decía de sucesos y acciones favorables; que por esto añadían era preciso traer fusiles y cañones, y para adquirirlos hacer el muelle, y las fortificaciones que ellos decían ser necesarias, proponían arbitrios, y entre ellos desmembrar al Reverendo Obispo, Canónigos y Caballeros hascendados mucha parte de sus rentas, con otras cosas a este jaez que el declarante ha olvidado». Observemos cómo el testigo no engarza directamente las medidas de defensa con ninguna conspiración, sino con las victorias de los invasores que exigían arbitrar normas extraordinarias para hacer frente a un eventual ataque. Los fusiles y cañones que se demandaron, a nuestro entender, no iban a ser dirigidos contra la «metrópoli» sino contra los franceses. Son patriotas españoles y no sublevados independentistas quienes desean armarse a toda costa, aiin recurriendo a métodos expeditivos que lesionaban el peculio de los privilegiados. La imposición de circunstanciales contribuciones financieras a eclesiásticos y aristócratas no constituye una «medida revolucionaria» por sí misma, siendo como fue un recurso común en la España de la Independencia^. De esta forma, el cuarto interviniente no se aparta en mucho del espíritu mayoritario. Cuando explica que se quiso establecer una Junta de gobierno de ocho vocales en una de las sesiones del cabildo general, su alocución en apariencia desborda los cauces comunes, pero al punto advierte que se desechó tal propósito. El locuaz Carballo de Almeyda era vecino de La Laguna y a buen 8. J.R, AYMES, La Guerra de Independencia en España. 1808-1814. Madrid. 1974. p. 85. 265 seguro tinerfeño, aunque residía transitoriamente en Las Palmas*^. Es él quien reprocha a los integrantes del cabildo ordinario y del general la aspiración de constituir «un gobierno patriótico independiente del de la Península para velar sobre todos los Tribunales establecidos en esta Provincia, quitar a todos los Españoles que estaban en la actualidad y poner hijos del País en sus lugares». Dificilmente podrían abanderar una exclusión de los «españoles» quienes no eran oriundos de este Archipiélago y estaban enzarzados en la componenda de marras. Mas no paran aquí las acusaciones que el posible comerciante adjudica a los dirigentes grancanarios. Les achaca, como vimos, el ánimo de «llebar adelante el Plan de su independencia», constreñido a una pírrica emancipación insular cuando fracasa la pretendida intentona de que se sumase el cabildo de Tenerife'O. A su vez, él en exclusiva señala que semejante maniobra se truncó con el arribo del nuevo comandante general, don Ramón de Carvajal, amén de otras consideraciones sobre la evolución posterior del enredo y la metamorfosis oportunista de sus promotores''. 9. El 20 de abril de 1805 remitió desde la Ciudad de los Adelantados una epístola al comerciante del Puerto de la Orotava don Domingo Nieves Ravelo. a fin de comunicarle el envió de dos sumas por valor de 958 rvon.. en pago de diversas mercancías. Este último hubo de escribirle el 17 de marzo de 1808. recordándole que una de ellas permanecía sin saldar. (Arch. Austin Baillon. SEHIC, Las Palmas). Por ambas misivas le suponemos dedicado al tráfico comercial, motivo por el que debió visitar la capital gran-canaria con alguna frecuencia. 10. La noticia de la insurrección caraqueña debió llegar a las islas con relativa prontitud, a pesar de que el III vizconde de Buen Paso no la comente hasta el 9 de agosto (Juan Primo de la GUERRA, pp. 222-223). Probablemente el señor Carballo y los propios ministros de la Audiencia la conocían y la utilizaron <'.v profeso para desvirtuar la orientación de los cabildantes. 11. Nos interesa retener la oposición que hacia Carvajal mostraron los vocales del ayuntamiento, oficiando a su antecesor Lujan para asegurarle que no reconocerian «a otro Señor comandante General sino a él». Al verificarse el Cabildo abierto del 30 de mayo al 2 de junio, se plantearon los asistentes la conveniencia de repeler a la nueva autoridad militar, «según los avisos que tenían de su diputado don José Romero». Asimismo, Carballo asegura que la corporación insular se había dirigido al gobernador de las armas con el objeto de que no obedeciera las órdenes del mariscal de Campo don José de Armiaga, nombrado segundo comandante en el mismo decreto que designó a Carvajal. Para el declarante, el alcalde mayor «era el Agente más activo y con cuyo consejo se hacía todo», afirmando que se abandonó el propósito inicial de que los jueces fueran naturales de las islas. Admite, sin embargo, que «personas respetables del Cabildo estaban meditando tomar medidas vigorosas para la conservación del orden y los actuales Magistrados», refiriendo a la postre que el provisor del obispo rechazó las argumentaciones cabildicias e intentó convencer a sus artífices de que «todos se perderían si no mudaban de modo de pensar». Acto seguido, dice: 266 En resumen, un testigo que imputa afanes independentistas sobre un total de nueve, con otra que avizora inclinaciones en esa dirección. Un solo testigo y, para más inri, casi con certeza tinerfeño, muy vinculado a La Laguna en todo caso. No basta esta endeble apoyatura documental para conceder verosimilitud a un episodio de la naturaleza del que nos incumbe, máxime cuando el atestado no sirvió de cabecera al correspondiente proceso y la justicia no pudo seguir su curso pese al interés inequívoco que en ello tenía. Las declaraciones se archivaron hasta sacarse a la luz tres años después, ante el Consejo de Castilla y para desacreditar a un inculpado, mediante esa sinuosa y contradictoria trama que ningún detalle fidedigno presenta y sobre la que existen más que fundadas dudas. Porque, de ser cierta la conspiración con el cariz atribuido, ¿cómo es posible que a don Domingo Penichet se le nombrara alcalde mayor interino poco más tarde, que Carros siga en el ayuntamiento en 1813 y 1814, que continúen Salí de administrador de rentas y de gobernador de las armas el señor De Paz y Ascanio'^, por no mentar el inverosímil pormenor de la simpatía del fiscal Oses? No es lícito elevar a categoría de hecho histórico las afirmaciones, sin duda contaminadas de partidismo, de una o dos personas. Hay que buscar otra explicación a los sucesos grancanarios de 1810. III. BONNET Y RUMEU, DOS OBRAS Y UN HISTORIADOR Para entender correctamente la idiosincrasia de los cabildos abiertos en cuestión, se nos impuso un detenido análisis de la coyuntura política «Sabe igualmente que por último, pensándolo mejor, determinaron en vista de las noticias que vinieron de España, y de la energía de las providencias de la Real Audiencia que apoyaba al Señor Comandante General, remitir una diputación a éste para disculparse sobre la urgencia de la convocación del Cabildo General, manifestándole las causas que habían tenido para no reconocerle y poniendo en su mano su resolución. Mas todo esto, en concepto del testigo, es sólo una mañosidad de los autores del proyecto, para evitar que el Señor Comandante General tome providencias contra ellos, todo lo qual se evidencia por las disposiciones que han dejado tomadas de que, o según el aviso de los comicionados, o a la llegada de ellos, se vuelva a continuar el Cabildo General, prueva clara de la poca sinceridad de esta gestión, como así se lo han dicho uno de los tres comicionados, don José Shánahan, y el diputado del común, que hace de Secretario del mismo Ayuntamiento, don Juan Carros... » Tendremos ocasión de demostrar que el relato del testigo contiene hechos reales, aunque se haya desnaturalizado su significación emparentándoles de mala fe con los pronunciamientos americanos. 12. Bayle falleció en 1811, víctima de la epidemia de fiebre amarilla. 267 en que las islas están inmersas desde el verano de 1808. Esta insoslayable demanda metodológica nos llevaría a emprender un estudio crítico del texto de Bonnet y a compendiar las múltiples correcciones y puntua-lizaciones que Rumeu incluyó en su prólogo. Si se exceptúan los manuscritos inéditos de los Ksnidios del doctor C'hil. con el agregado de aquellas producciones hoy felizmente editadas (el CiuiiJro ¡/i.siórico de Alva-rez Rixo, los Apuntes de Francisco María de León, las Obras Politicas del sexto marqués de Villanueva del Prado o el Diario de .luán Primo de la Guerra), nuestras únicas informaciones proceden de los interesantes repertorios archivíslicos que aquellos investigadores compendian o reproducen' \ No es tarea sencilla ajustarle las cuentas a Bonnet. y sería oportuno abrir un debate más amplio sobre esta espinosa temática. En 1941, cuando la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Tenerife premió su voluminoso trabajo, muy poco se sabía en lomo a los avalares del pleito insular, sobre sus secuelas y derivaciones futuras. El infatigable Cíuimerá vino a ofrecernos a la postre una síntesis impagable acerca de su evolución hasta 1936, narración puntual y objetiva de muchos de los acontecimientos a que dio origen, auténtico hito en nuestra historiografía pese a cuantos reparos quieran señalarse desde un enfoque esta-ciokSgico actual''*. El jurado que fallaría el concurso a favor de I.a Junta Suprema, hizo constar las razones que acreditaban al original para merecer tan prestigioso galardón. Las insuficiencias críticas y las lagunas documentales, se dice en el acta, había predominado entre los eruditos locales hasta ese momento. Las interpretaciones de un Désiré Dugour. de un Millares Torres o de un Ossuna y Van-den- Heede, condicionadas por las polémicas que desataron los incidentes de 1808 y por la falta de solidez instrumental, o no eran ecuánimes o se valían de fuentes poco idóneas. La aportación de Bonnet, con tales precedentes, suponía un giro copernicano que conjugaba la consulla de materiales novedosos con un tratamiento estricto e imparcial'\ A los cuarenta y tres años, por muy indulgente y caballeroso que se quiera ser, no podría compartirse el juicio entusiasta de aquellos entrañables profesores. El aulor galardonado verificó, sin lugar a dudas, una l . \ Hspcclalmcnle nos ccnlraicnios en los capítulos 1 al XII > \ X al XWll del texto de Bonnet. 14. Mareos (¡IIMKRA l»K.RA/.A. El Pleno Insular i ISOS-f^MM. Santa Cruz de Tcncrile. 1976. 15. ()p. ciL. pp. \-?r. 1 ragmentos del aeta del jurado ealit'ieador. I'eehada en La Laguna el 2S de septiembre de 1941 y firmada por los doctores Lahares de Nava (presidente), Sena Rál'ols (vocal ponente) y Alvare/ Delgado (vocal secretario). 268 recopilación documental y bibliográfica ingente. Analizó los fondos del Archivo de la Casa de Tabares, desconocidos hasta esas fechas; en la biblioteca de la Económica, examinó los cinco tomos que reuniera el historiador Rodríguez Moure. ya manejados sin mucho provecho por Ossu-na; pasó revista aquí mismo a las «Obras» de don Alonso de Nava y Gri-món. así como en el Museo Canario de Las Palmas a la «Colección Roja» de Millares Torres o al «Diario» de Romero; hizo incursiones en el Archivo Municipal de La Laguna y en el Histórico Nacional; expurgó los manuscritos de Alvarez o León y extractó atentamente la bibliografía de la época, sefialando sus errores y descuidos. Desde El Correo de Tenerife al controvertido «Manifiesto» del padre Cabral de Noroña, desde la correspondencia entre Murphy y Villanueva del Prado a los numerosos oficios que cursarían instituciones y personalidades, su vastísimo acopio abarcó la mayor parte de los papeles que a escala regional debía constituir la base de una investigación seria y rigurosa. ¿A qué condujo en última instancia esta labor? Lamentablemente, quien tenía acreditada una justa reputación en el dominio de la crítica textual, no hizo gala de sus virtudes y se dejó arrastrar por un tinerfeñis-mo a ultranza, tan absurdo como vergonzoso. Bonnet, que en tantas ocasiones demostraría sus aptitudes para la eurística, dio aquí muestras de una torpeza rayana en lo pueril'^. Su partidismo flagrante le indujo a elaborar algo que no se desprende en demasía del simple libelo, digno de la abundante literatura de los folletistas decimonónicos. Si el picaresco Cabral fue el artífice de la leyenda negra que pesó sobre la Junta, a Bonnet hay que adjudicarle la paternidad de la que sufre ahora el Cabildo permanente. Al cabo del tiempo, el interés de la obra estriba en los copiosos escritos que tan generosamente incluye al hilo del relato, siguiendo la técnica de Ballesteros y otros historiógrafos, gracias a lo cual es más asequible reinterpretar ese período con otra óptica, siquiera ponderada en lo elemental. Claro que, la ausencia de un esquema coherente, rompe la sincronía de la exposición y hace engorrosa la lectura. 16. Cuanto más detenidamente leemos su obra, crece nuestro asombro al ver cómo un hombre de su talla incurre en tantas y tan graves torpezas. En el debate que siguió a la lectura de nuestra comunicación al IV Coloquio de Historia Canario-americana, el profesor Régulo Pérez reveló que gran parte de ella fue escrita por Tabares y que don Buenaventura se avino a aceptar esa redacción como suya. De ser asi. su responsabilidad no es menor por plegarse a una componenda tan penosa, mas el tono apasionado que la caracteriza alcanza a tener una explicación hasta cierto punto convincente. Don Tomás Tabares de Nava, sucesor del capitán don Juan Tabares de Roo, regidor perpetuo de Tenerife y uno de los secretarios de la Junta, vivía anclado en esa época y exalaba el espíritu de sus coetáneos con una vehemencia irreductible. Mal ayudante podría ser en un asunto tan delicado, empeñándose en anteponer la defensa de su ancestro y adláteres por encima de cualquier consideración. 269 Las casi ochocientas páginas del volumen que corresponden a Bon-nel (con un pequeño apéndice testimonial, sacrificado al método elegido), rebosan de un hiriente sectarismo que le inhabilitó para comprender el significado de una materia tan rica y peliaguda. Su maniqueismo flagrante le arrastró incluso a emplear la primera persona de! plural al referirse a la .lunta y la tercera cuando menta al Cabildo; por ello, «nuestros soldados» son en exclusiva las tropas expedicionarias tinerfe-ñas que en los frentes peninsulares combatieron a las órdenes del corone! don José de Armiaga. sin adjudicarnos el Batallón de Ciranaderos de Canarias que mandaría su homónimo don .luán Maria de León (cap, XVIII, pp. 4.^8-454). Al adoptar sistemáticamente una postura exculpa-toria hacia la conducta de los junteros. silencia sus faltas o encubre sus desaciertos del modo más torpe, muchas veces en abierta contradicción con las citas que trae para ilustrar su alegato. Indulgente defensor para unos e implacable fiscal para otros, actúa asimismo como el juc;' que de antemano sabe cuál será su inapelable sentencia, (.Cuántos documentos ocultó o compendió parcialmente para mejor servicio de su burda apología? Lo sabremos desde que se emprenda un cotejo pormenorizado de su aparato erudito, si bien a nosotros nos ha sido íacil descubrir varias de sus manipulaciones. Bonnet practica lo que se ha dado en llamar «visión paranoica de la historia» en más de un pasaje. Sirva de ejemplo su «explicación» de los motines de 1808-1809 en Círan Canaria (Agiiimes. IVIoya. Ciuía. Teror y Aldea de San Nicolás), cuya causa atribuye sin más a la actuación de «agitadores» sobre el «populacho» y, en detlnitiva, al «movimiento subversivo » que originó la resistencia del C abildo a la autoridad de la .lunta (pp, 10.'í-108). Hoy produce hilaridad este tipo de interpretaciones cons-pirativas a propósito de la contlictividad agraria, ya con variopintos antecedentes en esa isla por entonces''. Sin embargo, quizás sean los cap tulos XIV-XVI (pp. .^.'^5-.^9.'í). que dedicó a describir la actividad de las Secciones de Hacienda, Policía Cicnera! y Benetlcio Público y .lusticia del organismo lagunero, los más útiles hoy para el estudioso de aquella etapa. CT. Antonio MACIAS HKRNANDK/,. «i;i motín de 1777. Su signük-acion SCXMOCCO-nómica en la comarca del suroeste de (irán Canaria», en Antiano ¡le l^iutlios Ailmui-cos. n' XXIll (1477). pp, 263-.'<4.S y Antonio BK.l'HKNCOl RT MASSIKi: y Antonio MACIAS HKRNANOKZ. «tíxpansión del cultivo y conflictos sociales en (irán Canaria en el tránsito del Antiguo al Nuevo Régimen: una aproximación histcSrica». en Agustín MII.LARKS TORRKS, Hislona (icncriil de las Islas (.ananas, t" IV. Madrid. r-.dirca. pp. 237-244. 270 Una feliz coincidencia, que los patrocinadores del certamen tuvieron el buen tino de asumir, salvaría un tanto la edición del colosal panfleto de Bonnet. En Madrid, el joven profesor Rumeu de Armas había concebido un propósito análogo al suyo y coetáneamente recogía documentos y anotaciones sobre la famosa Junta. Al materializarse el ofrecimiento de presentar la obra premiada, a través del doctor Serra Ráfols, el prologuista volcó todos sus conocimientos y traspasó el mero formulismo para dejarnos un excepcional estudio, prefacio en la forma y epílogo en el fondo, donde desvela cuestiones ignoradas, rectifica otras y apunta diferencias de apreciación tan enriquecedoras como atinadas. En las ciento treinta y siete páginas impresas que abarcan los siete capítulos de su compendio, Rumeu estuvo en condiciones de ofrecer lo que a Bonnet faltaba: los legados que se custodian en archivos nacionales, a los que éste apenas tendría acceso. El Apuntamiento de Casa Cagigal o el Acta oficial de la primera sesión del Cabildo general de Gran Canaria, junto a distintos expedientes para las biografías del propio marqués y de O'Donnell, son algunas de sus contribuciones más notables. Ahora bien, insistimos en que no es sólo una aportación acumulativa la que alumbra. Incluyó matices, corrigió equívocos y señaló omisiones, ofreciéndonos al cabo una recapitulación mucho más escrupulosa y fértil sobre la problemática de 1808. Es cierto que en el libro hay dos obras y , por ende, dos autores, pero con un solo historiador de por medio: Rumeu. Al margen de que no se compartan todos sus puntos de vista, es él quien único refrenda un talante propocionado al oficio de historiar. Frente al burdo panegírico tinerfeñista, opone el análisis reflexivo y metódico que por norma le ha caracterizado. La de Bonnet fue la primera monografía actual sobre el XIX político canario. Tal vez por ello debiéramos ser algo tolerantes a la hora de enjuiciarla, mas el ejercicio de la benevolencia es en este caso una proeza iniítil que nada contribuye al progreso de la investigación. Aunque resulten duras estas palabras, estamos firmemente convencidos de que la historia de la Junta Suprema ha de ser reescrita, lo cual trae aparejado por cierto escribir la del Cabildo general permanente. Bonnet, y más aiín Rumeu, deben marcar la pauta para superar después sus yerros y deficiencias según las corrientes históricas imperantes. No es ésta la misión que aquí nos propusimos, claro está. Pero si lo que ocurre en Las Palmas en 1810 es fruto de las tensiones precedentes, nos atrevemos a proponer la revisión provisional que sigue como punto de partida para ese nuevo examen. Al fin, podrán apreciarse cuántas cosas permanecen todavía sin explicación o están defectuosamente esclarecidas. 271 IV. LA COYUNTURA POLÍTICA DE LA GUERRA DE INDEPENDENCIA EN CANARIAS (julio de 1808-mayo de 1810) Es preciso comenzar por un breve preámbulo. La crisis estatal de mayo-junio de 1808. con matices peculiares, irrumpe en Canarias de julio a septiembre. ¿Qué tactores condicionaron el cambio interior? Con prioridad, los que surgen del virulento estallido de la pugna capitalina. El concepto de capitalidad no era intrínseco al sistema administrativo del antiguo réf^nmcn. si bien la centralización borbónica y la acumulación de instituciones en Tenerife a lo largo del XVIM, crearon paulatinamente los fundamentos para el choque entre ios dos mayores niícieos poblacionales canarios. La Laguna y Las Palmas sostuvieron un enervante contencioso sobre la ubicación de algunas entidades, que se acentuó en las postrimerías de la centuria. El mismo Bonnet advierte, desde un principio, que es la inexistencia de una capitalidad deilnida lo que subyace en las tensiones que la Junta produjo. Los enfrentamientos no se solventaron a niveles teóricos, de forma nominal, hasta las Cortes del Trienio y a favor de un tercero en discordia, Santa Cruz de Tenerife. Más allá, sus consecuencias subsistirían con singular impronta y enlazan después con el pleito divisionario. El aciago panorama se agudizó incluso al entronizarse el sistema provincial de manos del liberalismo. La secular lucha de las clases dominantes por hegemonizar el aparato de poder interno, tenía por meta el control del circuito comercial y la oportunidad de esgrimir mejores bazas en sus relaciones económicas y administrativas con el exterior, ya se tratase de Madrid o de Londres. Este componente ha generado una de las singularidades más relevantes de la vida política insular. A la hora de reinterpretar el período de la independencia en las islas hasta los cabildos generales de Las Palmas de 1810, a la luz de las elaboraciones de Bonnet y Rumeu, distinguimos tres etapas en donde se e\- plicitan posturas e intereses de instituciones y grupos. Un apretado resumen de ellas se expone a continuación. /" etapa: el predominio tinerfeño y la eontestaeión iiraneanaria tjulio-sepliemhre de ¡SOS) En Las Palmas se tuvo noticia de la abdicación de Bayona desde el 25 de junio, mas los primeros informes fehacientes sobre el levantamiento antinapoleónico fueron traídos el 3 de julio a Santa Cruz por los comisionados .labat y Jáuregui, que la Suprema de Sevilla envió a Ultra- 272 mar. Las directrices que portaban promueven el cabildo abierto que el día 1 i se celebraría en la capital tinerfeña, del que nace una Junta que pasó a abrogarse amplias jurisdicciones en todo el Archipiélago. La inexacta tipificación que Bonnet hace del proceso a escala estatal, le indujo a suponer la presencia de un «Gobierno nacional representado por la Junta Suprema de Sevilla» (p.83). En su opinión, las capas dirigentes de Tenerife se anticiparon o, cuando menos, siguieron sumisas las normas emanadas del mismo, instituyendo esa Junta provincial en La Laguna para ejercer todas las potestades islefias. Fuera de las consignas verbales que cursan los comisionados, por oficio de 8 de julio que dirige al comandante general y abre aquélla tras su arresto'**, Sevilla dispuso la erección de tai órgano gubernativo y con su facultad sancionaba a posteriori un proceder tan patriótico. Este magnífico soporte legitima las atribuciones laguneras y arrincona en el terreno de la sedición cualquier actitud discordante. Ocurre, sin embargo, que hoy no puede suscribirse semejante planteamiento inicial, pues adolece de un peligroso infantilismo reductor. Es el régimen de las juntas, la existencia de una pluralidad de centros decisorios, lo que caracterizó la crisis de Estado, siquiera hasta el 25 de septiembre. La defensa nacional corre a cargo de esos cuerpos de disímil estructura, producto del federalismo instintivo, mientras imperaba una manifiesta atomización política provocada por el vacío de poder al nivel más alto (colaboracionismo de la Junta de gobierno que presidió el infante don Antonio). Mucho se ha escrito sobre la composición y las decisiones de estos poderes resistentes''^. Los alborotos y movimientos subversivos que promocionan a las nuevas autoridades, legitimadas por la voluntad popular, son a la vez patrióticos y revolucionarios, porque a partir de la lucha contra los invasores deshancan o integran con otro cariz a los restos de la antigua administración. De tal forma, audiencias o capitanes generales subsisten o pierden su imperio de acatar o no unos organismos que recortan sus atribuciones y asumen un poder ilimitado, propio de quien ejerce soberanía. Aún integrándose en las nuevas corporaciones, los viejos poderes presentan otra fundamentación, pues ya no actúan en 18. Lo trajo el capitán de artillería don Feliciano del Río y se leyó en la sesión del 30 de julio, ratificándose en él lo que ya habían transmitido don Juan Jabat y el coronel don Tomás de Jáureguí. Estos arribaron a Veracruz en agosto, depusieron al virrey conjurado Iturrigaray y en su lugar designarían a don Pedro Garíbay. (Cf. José ANDRKU GARCÍA, «El comercio veracruzano durante la Etapa Emancipadora, 1808-1821». en Monlalhán. n' 14 [Caracas, 1983], pp. 236-237). Su misión en las islas, con el fnandato de que se instalase una Junta, ha sido probada documental mente por Rumeu (p. LXX). 19. AYVfES, pp.83-88. 273 nombre de la Corona sino como representantes del pueblo. En vano el Consejo de Castilla trató de imponer sus prerrogativas sobre los «hombres de 1808»: propietarios, religiosos, funcionarios y oficiales, unidos a la causa patriótica para hacer derivar la revolución por derroteros de orden y reasumir el dominio de la situación^o. En ocasiones, las juntas se constituyen en poderes territoriales de ámbito provincial o regional que pondrían bajo su dependencia a las autoridades locales. Trece Juntas Supremas provinciales existen ya al término del proceso, en los primeros dias de junio, entre las que destacan las de Sevilla, Valencia, Oviedo, Lérida. Valladolid. Badajoz y Zaragoza, con un número indefinido de otras auxiliares de matiz local o especializado. El esfuerzo bélico contra los invasores forzaría a superar este estado de cosas y a promover la creación de un gobierno nacional, mentor de la conciencia unitaria que presidió la mayor parte de las Juntas. Eos llamamientos a la «unión sagrada», el papel de los agentes británicos y el golpe de fuerza de los portavoces de las Juntas del sur. dieron su fruto tras un trimestre de arduas gestiones^-'. El 25 de septiembre se crea en Aranjuez la Junta Suprema Central Administrativa, que preside el octogenario conde de Floridablanca, llamando a su seno a los representantes ausentes22. Para conjurar la dispersión, sus treinta y cinco miembros, mayoritariamente conservadores, recurren a la soberanía nacional--^ Este fenómeno centrípeto, no obstante, hubo de hacer frente a las tendencias federalistas que abanderaron varias Juntas. Las de Sevilla y Valencia, ante todo, se resistieron a someterse al rol subordinado que se les asignaba, pretendiendo hacer de la Central un mero núcleo coordinador de las resoluciones provinciales-^'*. Más lejos aún se llegó en la capital del Turia. oponiéndose a la convocatoria de Cortes por la Central y reclamando para los entes autónomos facultades legislativas, identificándoles con la nación-^-''. Si los particularismos disgregadores subsisten, es 20. Cf. algunas referencias sobre las actitudes reformistas de varios dirigentes provinciales, reclutados entre los sectores más progresistas de las clases dominantes, en Josep FONTANA, l.a crisis del Antiguo Régimen. l8()fi-l,SJ.i Barcelona. 1979. pp. 71-76. 21. Miguel ARTOLA, Aniiiíuo Régimen yrcmhición liberal. Madrid. 1978. pp. 161-162. 22. Cf J.A. MARTÍNEZ DE VEI.ASCO, I.a Formaeión de la Junta Central. Pamplona. 1972. 23. Cf A. DEROZIER. Manuel Josef Quintana et la naissanee du lihéralisme en Espag-ne. Paris-Besangon. 1968, f I. 2" parte. 24. CF. E. QLESADA MONTERO. «La Actuación de la Suprema Junta de Sevilla a trav��s del Diario de su Presidente», en .Archivo Hispalense, nums. 147-148. Sevilla. 1968. 25. A propósito de los términos «patria» y «nación» en el vcxabulario de la Independencia, cf Pierre VI1,AR. Hidalgos, amotinados y guerrilleros Pueblo v poderes en la historia de España, Barcelona, 1982. pp. 210-252. 274 porque en la práctica el juntismo propicia un embrión de estados soberanos independientes al inicio del período y porque sus sectores dominantes se revelan posteriormente contra la incapacitación de la Central. Los ejércitos se consideraban como fuerzas de corte provincialista que no era necesario sacrificar a las exigencias nacionales. La insolidaria conducta de los proceres sevillanos, disponiéndose a atacar Granada o negándose a remitir un ejército andaluz al crítico frente del Ebro, confirman hasta qué punto operan las determinaciones que el atomismo impuso. La fragmentación del régimen juntista originó múltiples confiic-tos, que irían desde la rivalidad ancestral entre pueblos limítrofes a la sintomática disputa que contrapuso a las corporaciones de La Coruña y Santiago por el título de «Soberana»^^. No podía quedar el Archipiélago libre de esta clase de trastornos. Un falso arranque incapacitó a Bonnet para captar con exactitud las contradicciones que nuestra Junta Suprema provoca desde su génesis. Obsesionado con un ficticio monopolio de la legalidad, prescinde del condicionante capitalino y cae en una auténtica falacia. El problema de la legitimación, tal y como está planteado, se nos antoja un puro sofisma. La convocatoria de cabildos generales abiertos fue práctica común en la administración municipal del antiguo réf^imen. En el ámbito de la normativa imperante, nada hay de sedicioso a priori en el ejercicio de un derecho al que tradicionalmente recurrían las clases privilegiadas. No era preciso ningún aval exterior y es absurdo obsesionarse con él o convertirle en garantía para toda suerte de acciones. La Junta Suprema de España e Indias que el 27 de mayo se instala en la ciudad hispalense, no alcanzó a tener la superioridad que Bonnet le atribuye hasta la erección de la Central. Virtual capital en los primeros meses de la Independencia, fortalecidas sus pretensiones por la victoria de Bailen (21 de julio), terminó reduciéndose a un foco más del juntismo, sin especiales privilegios. Al cumplir las instrucciones sevillanas, los patriotas de Tenerife creen secundar el mandato de un gobierno único, pero su interlocutor es apenas una parodia del mismo al que cuestionan otras capitaies^^. Sevilla se dirigió a la isla picuda porque allí residía el comandante general y porque era imprescindible sumarnos al pronunciamiento de forma institucional, si bien en función de tales razones pudo optarse por Gran Canaria, sede de la Audiencia. ¿ Y de haberse 26. Miguel ARTOLA, Los orígenes de la España contemporánea. II, pp, 295, 382. .199, 445-62 y 556, recoge varios comportamientos provinciales significativos. 27. Los mismos protagonistas de los hechos eran conscientes de que no hablaban con un gobierno nacional cuando se supeditaron a Sevilla. El 1 de octubre de 1810. al dirigirse al Justicia y Regimiento tinerfeño, Villanueva del Prado rememora la instalación de la Junta en estos términos: 275 dado la improbable circunstancia de que Valencia u Oviedo remitiesen comisionados u oficios con órdenes similares a Las Palmas, no habrían bastado para neutralizar los requerimientos de la Junta sevillana? Es obvio que múltiples lazos de Índole económica y administrativa {judicial o religiosa ), nacidos de la mera proximidad o de la ruta con Indias, conferían a la región andaluza una notoria preeminencia en el trato con nosotros, mas no por ello debe inferirse exclusividad alguna desde el punto de vista político en aquellos instantes tan confusos. Dada la situación nacional, parecía lógico preferir la jurisdicción castrense al Real Acuerdo. No hay que extralimitarse en la consideración de un elemento fortuito o coyuntural. Sin ningún tipo de motines o tumultos populares, el cabildo general tinerfeño del 1 I de julio se celebró, al decir de Rumeu, tras «una pacífica cuartelada» (p. CXII), ocurrencia relevante que Bonnet no llegó a conocer. Un militar de ascendencia irlandesa, el teniente de rey don Carlos O'Donnell y Anethan, y un aristócrata de La Laguna, el marqués de Vi-llanueva del Prado, le promoverían con el apoyo de los influyentes regidores insulares. La indecisión del comandante general don Fernando Cagigal de la Vega y Mac Swing, marqués de Casa CagigaP'^. dio alientos a la confabulación de los sectores militares y civiles que acabaron por deponerle con el golpe del 8 de julio. El móvil específico de O'Don-nell para sublevarse contra su superior podría estar, como quiere Rumeu. en sus apetencias de mando o en la reciente enemistad que entre ellos latía^*^. El ambicioso subordinado acaudillaba una facción adversa a Cagigal que, antes del verano de 1808. reúne a oficiales y funcionarios «...la isla de Tenerife, en donde residía la fuerza, en donde urgia por momentos la dificultad y en donde por consiguiente se podia cortar en su raíz un mal que acá o allá ya habían producido algunos síntomas peligrosos, formó, a instancia expresa del mismo jefe de la provincia, una .lunta de gobierno, a que se convidó a las demás islas. Cinco de ellas enviaron sus diputados a la .lunta de Tenerife, que reconocieron con alborozo y que voluntariamente se sujetó desde el principio y siempre a la Junta de Sevilla, para conservar este lazo de dependencia respecto a la Metrópoli, mientras no se establecía una autoridad nacional». Alonso de NAVA Y GRIMON. marqués de Villanueva del Prado. Obras ¡loliucas. Santa Cruz de Tenerife. 1974. pp. 161-162. Edición, introducción v notas por Alejandro CIORANESCH. 28. Cf su biografía y la de O'Donnell en RUlVlKll. pp. XXVIl-XLI.quien plantea que ambos fueron «los dos polos del eje general de los acontecimientos» de 1808 en Santa Cruz. 29. El incidente de la representación de la tragedia Owlo. ya relatado por Millares Torres, es citado por Rumeu a partir del Apunlamicnto y del Manifiesto de Cabral (pp. XLI-XLII). 276 díscolos. Pero si resquemores y discrepancias entre la milicia precipitaron los acontecimientos de Santa Cruz, su verdadera raíz reside en las aspiraciones hegemónicas de los notables laguneros y sus colaboradores portuarios, esto es, de los cahalleritos educados en el ambiente de las tertulias dieciochescas: nobles, clérigos y burgueses influidos por el mundo de la Ilustración, ya afmes a un tradicionalismo moderado de corte jove-llanista o inscritos en la órbita del pensamiento liberal-^0. Los principales dirigentes de la Junta y los primeros beneficiarios de su praxis, serán precisamente individuos de la gran nobleza propietaria (como los marqueses de Villanueva del Prado, de Villafuerte o del Sauzal), junto a poderosos comerciantes de los puertos que representaban el santacrucero don José Murphy y el orotavense don Bernardo Cólogan-^'. Bajo la égida de La Laguna, las clases dominantes de Tenerife utilizaron a los espadones de la guarnición para imponer un absoluto control sobre las islas, pretendiendo esgrimirle a toda costa y consagrarle en menoscabo de Las Palmas. El primer valladar que hubo de vencer la previsora élite tinerfeña lo interpuso el equívoco comportamiento de Cagigal. Si urgía anteponerse a sus contrincantes grancanarios, las vacilaciones del pusilánime marqués, en línea con las de sus colegas de otras latitudes, amenazaban las preces dominadoras antedichas. No vamos a entrar en la polémica sobre su posible afrancesamiento, aunque nos parecen muy atinadas las pun-tualizaciones que Rumeu hace a Bonnet, siempre desde la perspectiva de contemplar la cuestión como «punto vidrioso y discutible», sin pretender asertos conclusivos. Mediante un inteligente expurgo de la correspondencia entre el comandante general y don Gonzalo O'Farril, ministro de la Guerra y miembro de la Junta de gobierno constituida por el rey Fernando al partir hacia Bayona, Rumeu avizoró otra manera de apreciar la conducta del otrora valeroso soldado, sin eximirle por ello de las faltas a las que entonces se hizo acreedor, sin iniciativa ni arrojo-^^. 30. El mismo autor (pp. XLIV-XLVIII). elaboraría unas atinadas apreciaciones a propósito del sustrato ideológico de los componentes de la Junta. Cf. también al respecto Enrique ROMEU PALAZUELOS. La Económica a través de sus acias. Años 1776 a IHOO. La Laguna. 1970. 31. Cf. Marcos GUIMERA PERAZA. José Murphy (1774-1S./'). Su vida, su obra, sus in-cógnitas. Santa Cruz de Tenerife, 1974 y «Bernardo Cólogan y Fallón (1772-1814)», en A.E.A.. núm. 25 (Madrid-Las Palmas. 1979). pp. 307-355. 32. C omo Rumeu indica, Cagigal no fue el afrancesado neto que pretendieron sus enemigos. O'Farril no llegó a ser ministro de la Guerra de José I hasta el 7 de julio, por lo que el comandante general desconocía su postura cuando le escribe las dos cartas del 26 y 30 del mes anterior. El Cagigal de entonces era para Rumeu un «traidor en potencia », un «mal patriota», «acobardado por su propia responsabilidad». He aquí cómo compendia el dilema en el que estuvo inmerso: 277 Pese a todo, importa señalar que. al partir los comisionados de Sevilla el 3 de julio, Cagigal se había adherido sin reparos a su Junta y por ende a la Independencia. Cuando, cinco días más tarde. O'Donnell sublevó a las tropas y se hizo con el mando militar de Canarias, no existían valimientos patrióticos para tal proceder, ni para la cautividad y procesamiento del exonerado-'-'. Según Rumeu. la ambición del teniente de rey condujo a la sublevación contra el general cuando las ambigüedades de éste ya habían desaparecido. Siendo exactos tales juicios, quedan por explicar otros factores en liza. Cagigal. en efecto, no suponía en ese instante «un pcUi^ro en potencia para la causa nacional», mas sí era temible en relación con los mentados afanes dominadores. El comandante general no pretendió nunca reunir un solo cabildo abierto en Tenerife. Antes al contrario, se inclinaba por otro de carácter provincial que habría de convocar la Audiencia en Las Palmas, lo que participó a sus componentes el 20 de junio y al ministro de la Guerra el 26-^**. La embarcación procedente de Cádiz que ancló en la mañana del 5 de junio en Santa Cruz, divulgó el anuncio «Su obsesión era verse aislado entre una España, a lo mejor sumisa, como Holanda, Ñapóles o Westfalia y una America insurrecta o sumisa, teniendo entonces que entregarse en brazos de Inglaterra, como única salida posible ante tal atolladero» (p.LXIlI). Chil. por su parte, ya habia apuntado que Cagigal creyó a O'Farril al servicio del rey Femando (Ms. 4. Ibis. 455-456). ^'S. Cf.los interesantes párrafos del Apuiuamicnlo sobre la inequívoca disposición antinapoleónica del comandante general el .^ de julio, que Rumeu reproduce (p.LXIV). Acto seguido corrige las afirmaciones de Bonnet en cuanto a las misivas de Jabat y Jáuregui. que si llegaron efectivamente a su destino por conducto de Cagigal. Es verdad lo que dice Rumeu: Bonnet no dispuso de la documentación necesaria para caracterizar con la amplitud debida los episodios de Santa Cruz de mayo a julio. Entre otras cuestiones, ignoró el golpe militar de O'Donnell previo al cabildo abierto y retrasó la detención de Cagigal hasta el dia 13. dos después de entronizarse la Junta y como si hubiera sido por acuerdo de ella (pp. 57-58). Lo que en La Laguna se hizo fue darle un ropaje legal a poslerioh. refrendando hechos consumados. Rumeu reflejó el tenso clima que en Santa Cruz se respiraba contra el marqués, a partir del Apuntamiento y del Memorial ác\ vizconde de Buen Paso (p. LXVII). aduciendo taxativamente la simple confirmación de 0"Donnell en el puesto que ya desempeñaba (p.CXII). 34. «Tengo escrito a la Real Audiencia para que se junte un cabildo general, porque estoy cierto de que las gentes sensatas de las islas piensan de otro modo que las que siguen al partido a cuya cabeza ha querido ponerse O'Donnell» (BONNET. p. 29). Digamos asimismo que la tesis de Rumeu sobre este último ya fue escrita por Chil: 278 del levantamiento del 2 de mayo en Madrid. No era posible, sin embargo, hacerse todavía una idea exacta de lo que estaba ocurriendo-*''. El día 14 recaló el bergantín llamado «El Currutaco», de la matrícula de Vigo. con informaciones más concretas sobre el alzamiento antifrancés, ratificadas a la postre por otro buque-^^. Cagigal mandó el 18 a todos los gobernadores de las armas hacer fuego contra cualquier tropa extranjera que se presentase en las islas, enviando en calidad de mensajero al capitán de artillería don Feliciano del Río con una extensa carta para O'Fa-rril^''. Las cosas no estuvieron aclaradas definitivamente hasta el 3 de julio. Resulta muy complicado dilucidar los propósitos que alimentó el comandante general durante la segunda quincena del mes anterior. Es razonable creer que haya pretendido ponerse de acuerdo con el tribunal para una actuación conjunta, fuera del alcance de sus antagonistas. Asediado por la doble presión de O'Donnell y los edecanes capitalinos, aceptó en última instancia la convocatoria de La Laguna a regañadientes, cuando en principio se inclinó por un cónclave común en Las Palmas, al amparo de la institución con potestad para autorizarle y que él mismo presidía. Chil expuso esta actitud, basándose en el extracto de los expedientes de la Audiencia que reproduce Bartolomé Martínez de Es- «Es innegable que el Teniente de Rey O'Donnell, a falta de dotes de gobierno y de un espíritu verdaderamente liberal del que estaba muy lejos, como manifestó después, poseía un atrevimiento y una actividad incansables; que frente al Comandante general. Marqués de Casa-Cagigal, buen hombre pero débil e irresoluto, debía vencer necesariamente, como lo consiguió al fin. La ambición, pues, del uno y la falta de energía del otro fueron causas determinantes de la lucha que se empeñó entre ambos...» (Ms. 4, fol. 454). De la Rosa, más recientemente, señala que O'Donnell «se valió hábilmente tanto de las ambiciones del marqués de Villanueva del Prado como de las pocas simpatías de éste por el de Casa-Cagigal». Leopoldo de la ROSA OLIVERA, Introducción al Diario de Juan Primo de la Guerra, f I, pp. 30-31. 35. «Muy dificíl es hacer juicio de las razones que producen dichos sucesos y las noticias vienen frecuentemente disfrazadas y con apariencia de inciertas», anotó el vizconde de Buen Paso (Diano, 11, p. 31). 36. José DESIRÍ: DLIGOUR, Apuntes para la Historia de Santa Cruz de Tenerife, desde su fundación hasta nuestros tiempos. Santa Cruz de Tenerife, 1875, p. 197. 37. Rumeu, en este punto, insiste a propósito de su conocida opinión (p. LIV); «... para Cagigal no había la menor inquietud o preocupación sobre la independencia de la nación, sobre la fidelidad a la dinastía, sobre los juramentos prestados a su rey; sólo le interesaba conocer quién tenía más visos o probabilidades de consolidar su situación política en la Península, para, de acuerdo con el menor riesgo, tomar una resolución definitiva». 279 cobar-***. Nos inclinamos por suponer, incluso, que fueron estas intenciones las que sembrarían la alarma entre los circuios tinerfeños deseosos de tomar la delantera a los grancanarios. Las entrevistas del regidor Torres Chirino y Villanueva del Prado con Cagigal el 18 de junio, tuvieron en esta cuestión otro de sus motivos capitales, por encima de la biísque-da de una terminante declaración antifrancesa-^'^. Al recibir el pliego que O'Donnell leyó a sus partidarios la noche del 28, el marqués le desautorizó para conminarle a hacer exhibiciones patrióticas de ninguna índole, advírtiéndole su aspiración de oír a las autoridades legítimamente constituidas y el haber cursado instrucciones para celebrar cabildos generales con ese objetivo'^*^. El 29 expresó al Regimiento y .lusticia de Tenerife la conveniencia de acudir a tal medida, nueve días después de su comunicación al tribunal. En el oficio que el .^0 dirige al corregidor tinerfeño, don José María de Valdivia y Legovien. le dice al anunciarle la fecha del 11 de julio para inaugurar la asamblea: «... no espero que este paso influya enteramente en el logro del fin deseado, y creo se conseguirá completamente si ese Real Acuerdo se sirviese convocar a un cabildo o Junta general de toda la Provincia que hubiese de celebrarse en esa Isla como Capital de aquella, presidiéndola el mismo Tribunal»'". El 2 de julio, el marques volvió a plantear a regente y oidores este deseo y dos días después recibió una respuesta favorable. En el Ínterin arriban los comisionados Jabat y Jáurcgui y la posición de Cagigal, inse- .•Í8. CHIL.fols. 456 y 465-466 y Bartolomé MARTÍNEZ DE ESCOBAR. La Oran Canaria. Compilación Je lo.s derecho.', y ¡indos que esta isla posee como capital de las siete a que da nombre: y su Ciudad litoral, el Real de Las Palmas. Por un canario. Las Palmas. 1855. pp. 102-104. La creencia de que Cagigal intentó establecer una junta local en Santa Cruz de Tenerife al margen de su cabildo, asi como erigir otra de ámbito provincial en Gran Canaria presidida por el regente de la Audiencia, fue tomada de Désirc Dugour por Leopoldo de la ROSA OLIVERA, Evolución del Réi;imen Local en las Islas Canarias. Madrid. 1946. cap. VI. .^9. El testimonio posterior de don Alonso de Nava en el expediente incoado a Cagigal. no parece ser muy ecuánime respecto de la postura del marqués o lo suficientemente digno de fe en cuanto al contenido de aquel diálogo. En el .•\puntamiento se lee que el comandante general dio a conocer al noble lagunero su determinación de repeler a los franceses, atribuyéndose éste en sus confesiones el mérito de la misma. RUMEll. p. Lili y BONNET. p. 18, 40, Ignoramos los términos del oficio que redactó el teniente de rey. con el que pretendió «probar hasta qué punto podia contar con las simpatías populares y la debilidad de Cagigal», DESIRE DUGOIIR. p, 200, 41. MARTÍNEZ DE ESCOBAR, p, \QV. subrayado del autor. Cita el expediente de la Audiencia de donde tomó el documento. 280 gura en el asunto de la goleta «La Mosca», se clarifica enteramente. El golpe del 8 de julio se materializó así para impedir que coexistiesen dos cónclaves en Canarias por lo menos, como fórmula inquebrantable para garantizar el exclusivismo de La Laguna. El comandante general no iba a prescindir de la Audiencia, pues por obligaciones de su cargo era renuente a toda marginación de sus ministros. Recurrir a ellos, sustentar el papel que les correpondía dentro del sistema, significaba arrebatar a Tenerife la posibilidad de encabezar el movimiento patriótico sin rivales. Verificar en Las Palmas un cabildo abierto con el plácet de Hermosilla y sus colaboradores, habría reportado la aparición de una Junta defensora de los poderes constituidos tanto como de sus designios de capitalidad, quedando en igualdad de condiciones ante Sevilla y aún con mayores ventajas por tener tras de sí a aquellos magistrados y ningún disenso con la cúpula castrense. O'Donnell fue, pues, el agente que los patricios de la isla picuda precisaron para encarrilar la situación en su único provecho. La sedición del ambicioso coronel esconde la rebeldía de sus clases privilegiadas contra los delegados gubernamentales del antiguo régimen. similar a la que ocurrió en otras provincias. La Suprema sevillana requirió una Junta que dejase incólume la administración jurídico-militar del Archipiélago. Cagigal no se avino a preterir los derechos de la Audiencia, ni los de Gran Canaria a tener paridad con Tenerife en tan grave coyuntura; hasta el último instante trabajó por hacer valer su autoridad y porque del cabildo del 11 de julio surgiera un ente afin a. su persona'*^ Es irrebatible lo que querían los proceres laguneros y sus aliados. El teniente de rey les sirvió de dócil instrumento y obtuvo sustanciales ganancias por su insubordinación. El primer acto de nuestra Suprema fue confirmarle interinamente en el empleo del marqués, cuya deposición se produjo no por sus barruntos afrancesados, sino por oponerse a los cálculos de Nava y los regidores. Al socaire de las protestas exaltadas de patriotismo se ocultan a menudo intereses más bastardos. Cuando la Junta era un órgano de exclusiva factura tinerfeña y O'Donnell su fiel brazo ejecutor, se acometió la tarea de someter a los rectores grancanarios. Por iniciativa del comandante general interino, y con 42. Bonnet apunta las incorrecciones que cometió Désiré Dugour ai narrar los planes de Cagigal (pp. 31-33). Ahora bien, aunque éste contase con el ayuntamiento desde el 29 de junio, aceptara la convocatoria del cabildo tinerfeño en La Laguna y no pretendiese formar una junta en Santa Cruz, sus miras referentes a Las Palmas no deben silenciarse. Además, tanto la reunión que el 7 de julio celebra con sus partidarios como la comunicación que ai dia siguiente remite a los regidores, con una lista de las personas que podrían elegirse, demuestran sus deseos de asegurarse la docilidad del organismo que habría de actuar en la isla. 281 la anuencia de aquella en sesión del 15 de julio, el vocal don Juan Creagh y Plowes, caballero de la Orden de Santiago, teniente coronel de Infantería y sargento mayor del Batallón de Canarias, recibe el cometido de arrestar y sustituir al gobernador de las armas don Juan Verdugo, con el mandato expreso de remitirle a Santa Cruz como encartado en el procedimiento que contra Cagigal se seguía. Portador de oficios para la Audiencia, el obispo y los cabildos secular y eclesiástico, el gallego Creagh aportó a Las Palmas el 21 y cumplió puntualmente su intrépida embajada. Sorprendidos por la rapidez y contundencia de semejante actuación, los timoratos edecanes de la ciudad no pudieron oponer ante el audaz emisario juntista más que pasquines y vagas conminaciones''^ Al recensionar los estudios de Bonnet-Rumeu, el maestro Serra Rá-fols atribuyó a una absoluta ausencia de caudillos el retraimiento con que los oligarcas de la isla redonda acogerían el rumbo vacilante de la revolución^''. Sin un Villanueva del Prado y sin un O'Donnell, no fueron capaces de repeler el posicionamiento conservador de la Audiencia, cuya insensible apatía llegó a ser más flagrante que la de Cagigal porque faltó quien cuestionara su mutismo. Esta pasividad, ya planteada por Millares Torres, oculta no obstante algunos matices que no conviene pasar por alto''-\ Los integrantes del tribunal (el regente don Juan Benito Hermosilla y los oidores don Francisco Alfonso de Tuero, don Tomás de Quevedo Bueno y don José de Oromí), habían cursado providencias el 9 de junio para que se proclamase a Fernando Vil por rey en todo el Archipiélago. La comunicación de Cagigal del día 20, con la sugerencia de un cabildo general de la provincia en Las Palmas, les trazó el camino a seguir y quedaron a la espera de sus orientaciones. El 25 arribó al puerto de La Luz la goleta «La Mosca» y, tan pronto como se supo cuál era el objetivo del Barco de Bayona, el regidor y síndico personero don José de Quintana y Llarena y el doctoral don Gracíliano Afonso reclamaron la inmediata detención de su capitán, el vizcaíno don Mariano Isasvíribil. 43. En el Manifiesto que el 27 de septiembre elaboró Ciordillo en nombre del pcrmancnic. editado en la imprenta de la Económica, se dice que Creagh engañó a una delegación del ayuntamiento que fue a percatarse del objetivo de su comisión, contestándole bajo palabra de honor que era puramente militar. José Agustín ALVAREZ, RIXO, Cuadro histórico de estas Islas Canarias o noticias f>cnerales de su estado y acaecimientos más memorables durante los cuatro años de /WW a IHI2. Las Palmas. 1955, Apéndice IV, p. 208. Prólogo de Simón BKNITEZ PADILLA y epilogo de Francisco de QUINTANA Y LEÓN. 44. Revista de Historia, n* 88 (La Laguna, 1949), pp. 419-423. 45. Historia General, f IV, p. 22.1. 282 El corregidor don Antonio Aguirre hizo abortar un pian para su captura, con el que un grupo de particulares intentó contrarrestar la tolerancia del coronel Verdugo hacia el enviado de José I a Ultramar^^. Llarena mismo demandó cuanto antes el cabildo que Cagigal proponía, para adelantarse a Tenerife'*^. Este insistió en sus propósitos el 2 de julio y el 4 la Sala se mostró totalmente de acuerdo con ellos. La élite política grancanaria se situó en pos de la Audiencia y la Audiencia detrás del comandante general. El modo en que iba Las Palmas a sumarse a la causa patriótica no exigió romper con las autoridades existentes, que se mostraron partidarias de abanderar sus requerimientos capitalinos. A primeros de julio, las perspectivas eran muy halagüeñas y sólo unos pocos demostraban su inquietud ante la confianza de los más en la alternativa de orden que se les había presentado. He aquí el por qué de la inercia que caracterizó a los dirigentes insulares desde la llegada de «La Mosca». 46. A él se hizo referencia en el citado Manifiesto del 27 de septiembre, p. 207. 47. CHIL, fols. 449-450. El regidor perpetuo Quintana anotaría en sus memorias (ALVA-REZ RIXO, Apéndice X, «Vida política del coronel don José de Quintana y Llarena», pp. 267-268): «...conociendo el racional anhelo de las Islas, opiné desde el primer momento por que se instalase en Canaria la Junta que todos apetecían, siguiendo el sistema que para su salvación adoptara la Península, e insté para que en esta isla no se perdiesen momentos, entre otras razones de política, por la poderosísima de prevenir y evitar las escisiones que ya nos amenazaban, teniendo presente que en tales revueltas pierde siempre el que tiene que perder, sí carece del tino necesario para colocarse en el nivel de las circunstancias que le rodean, máxime teniendo enfrente una rival tan poderosa como Tenerife, que no olvida, como tampoco lo olvidaban las otras islas, la acogida que dimos al barco de Bayona y que frecuentemente nos lo lanzaban a la cara. Aparte lo conocidamente público, por casualidades que no son del caso referir, yo me hallaba sobradamente impuesto de cuanto se trató en secreto cuando la acogida que dimos a tal barco y su comandante, el oficial de la Real Armada Izar-viribil. Cúpome la satisfacción de que mi actitud en este particular, y en cuya opinión me siguieron unos cuantos regidores, sirvió a poco de escudo con el que se cubrió el Cabildo Permanente para poder rechazar las justas reconvenciones que nos hizo la Junta Central por la recepción de tal barco». No tenemos constancia de que la Central reconviniera al permanente por el tema de «La Mosca». La de Sevilla sí lo hizo el 18 de agosto de 1808 (BONNET, p. 121), dirigiéndose al cabildo ordinario. Los enfrentamientos de Quintana con el grueso de la dirigencia insular, quizás invalidan un tanto sus puntos de vista, obviamente interesados y parciales. Otra de las materias conflictivas que trata consiste en la utilización de los «bayonistas» por parte de Creagh, halagándoles y engañándoles al unísono hasta dominar la situación. Cf Néstor ÁLAMO, «La Calada de la 'Mosca', una página de la historia de Gran Canaria», en Revista de Historia Canaria, n' XXVI (La Laguna, 1960), pp. 193-244. 283 Probablemente los grancanarios no creyeron a sus antagonistas capaces de ir tan lejos en sus acciones. La deposición de Cagigal el 8 de julio les cogió por sorpresa y la tranquilidad de la víspera se trocó en desconcierto. El precio que pagaron por acomodarse a los poderes constituidos fue el de perder la capacidad de iniciativa. Más grave aún fue su fidelidad a tales principios en las casi dos semanas siguientes. Inmovilizados por su anterior seguridad, no tenian ni el programa ni la organización que poco a poco había tomado cuerpo en La Laguna y Santa Cruz. Sus miradas se dirigieron hacia la Audiencia, que el 21 proclamó a Las Palmas capital provincial y sede de sus órganos gubernativos'***. La resolución de Creagh evitó que pudiera fraguar un temprano foco antitiner-feño. La mayor equivocación de los políticos palmenses fue creer que al amparo del tribunal sus reivindicaciones estaban lo suficientemente seguras, hasta el punto de no ser preciso movilizarse para imponerlas. El Real Acuerdo hizo gala de un ordenancismo similar al de otros sanedrines peninsulares y temió la apertura de un cabildo general del que podían salir recortadas sus atribuciones. Hizo falta una segunda incitación de Cagigal, para que se decidiera a favorecer el camino asambleario. El misoneísmo de Hermosilla y sus compañeros les impidió inclusive adoptar una postura concluyente en el asunto de «La Mosca». Un repudio cerril a toda clase de alteraciones está presente todavía en el bando que publicaron el 23 de julio, para exhortar a la calma ante la intervención expeditiva del vocal lagunero. Pese a todo, la resistencia grancanaria frente a Tenerife alcanzó a tener en la Audiencia su principal bastión. Como Rumeu dice, ésta no podía suscribir el intemperante cese de Cagigal ni la destitución de Verdugo por el «poco diplomático» Creagh'*^. El 1 de agosto aprobó un auto por el que reducía las competencias de la Junta únicamente a Tenerife y, en consonancia con la instrucción del 29 de mayo de la Suprema hispalense, exigió el límite de seis vocales y por exclusiva labor la de contribuir al socorro del reino. Tres semanas tardó el tribunal en decidirse a repeler los atributos que se abrogaron los cabecillas nivarienses. La presión de la opinión pública en Las Palmas, el arrogante proceder del nuevo gobernador militar y el temor de que las restantes islas terminaran por someterse al organismo intruso, determinaron el fin de su excesivo comedimiento. 48. CHII,.fol.462, 4'^. «La Junta Suprema de Canarias preparó con estas dos inhábiles decisiones los carriles por donde se habían de deslizar y precipitar los acontecimientos» (p. LXXXVIll). 284 La rivalidad entre la Audiencia y la Junta no ofrece los mismos matices que en la región asturiana, cuyo ejemplo aduce Bonnet. Es lógico admitir la natural antipatía de aquélla hacia lo que significó el régimen juntista, mas desde finales de julio era el método y no el sistema lo que debía condenarse particularmente. Así lo hizo la Sala, entre otras razones porque era ilícito que una isla se alzase con la representación de todas, eliminando manu militari la propuesta unitaria de Cagigal. No es posible medir con el mismo rasero de otras zonas las actitudes isleñas, en virtud del factor distorsionante que representó el problema capitali-no^ O. Para comprender lo que ocurrió aquí en el verano de 1808, hemos de considerar que dos instituciones comunes del viejo orden tomaron partido por Las Palmas. Quienes debieron sublevarse no podían ser otros que los tinerfeños. De haber sucedido a la inversa, ese papel habría correspondido a los grancanarios. Como veremos, en 1810 sucederá precisamente esto último, sin que se alcanzasen las cotas conflictivas de dos años atrás. La manifiesta falta de objetividad que abunda en la monografía de Bonnet, hizo que ignorase los enormes yerros que presiden los trabajos de La Junta. Rumeu planteó acertadamente el más serio de todos, esto es, el «irritante desequilibrio» que hay en su composición, pues ante dieciocho portavoces de Tenerife se señalarían apenas cinco puestos para sus opositores, reducidos a dos en propiedad porque «el representante reservado para llevar la voz de la Real Audiencia y los dos que ejercerían funciones en nombre del Cabildo eclesiástico, eran miembros, por así decirlo, regionales, que nada tenían in slrictu scnsu que ver con Gran Canaria»". 50. No nos parecen acertadas las opiniones de Bonnet referentes a la sempiterna enemiga del tribunal hacia el régimen de las juntas, ya que varios de los textos que él mismo reproduce demuestran justamente lo contrario. Cf tales valoraciones al reseñar las actitudes de los ministros detenidos en Tenerife y de los que permanecieron libres en Las Palmas (pp. 96-97). 51. ¡hidetn. pp. LXXI-LXXII. Para el autor, la Junta cometería este «error grave y dos regulares desaciertos»; su obsequiosidad en repartir grados y honores y la detención y juicio de Cagigal. Con razón, expresa igualmente: «Si el Cabildo abierto en Tenerife hubiese obrado con la máxima cordura que las circunstancias aconsejaban, debió limitarse, al proceder a constituir la Junta, a elegir los representantes de la Isla y a designar con carácter de interinidad los cargos directivos de la misma, en espera de que fuesen o no confir��mados por la asamblea mancomunada de todas ellas; luego en un plano de igualdad, absoluta y total o por lo menos casi absoluta dirigirse a la isla de Gran Canaria para que en Cabildo abierto designase el mismo número de representantes, y, por último, invitar a las islas menores a enviar también sus representantes, en proporción a su población, importancia y riqueza. Esto hubiese sido obrar con arreglo a una lógica irrefutable». 285 Desde La Laguna jamás se proclamó abiertamente la doctrina de la reversión de la soberanía a! pueblo. La extracción social de la Junta entorpecía a priori cualquier veleidad «revolucionaria». Aparte de los títulos de nobleza ya conocidos, entre sus diecinueve miembros iniciales aparecen cinco religiosos (el vicario Martínez, el beneficiado Bencomo, el prebendado agustino Gonzáles de Soto, el provincial de los dominicos Delgado y Cáceres y el ex provincial de los franciscanos Texera), más otros tres individuos pertenencientes a la nobleza insular (el capitán y regidor perpetuo Tabares de Roo, el capitán Urtusáustegui y el teniente coronel Mesa, caballero de la Orden de Alcántara), a quienes habría que añadir los representantes por «la ciudad», González de Mesa y el regidor Torres Chirino. La presidencia y la secretaría estuvieron en manos de nobles y eclesiásticos que a lo sumo se adscribían al reformismo borbónico dieciochesco. O'Donnell y Creagh, por el «cuerpo militar», fueron básicamente los garantes y ejecutores de los que respaldaban sus ascensos. La única expresión propiamente burguesa se reduce a los delegados del «público», los abogados Pérez de Barrios y Lenard, y los del «comercio », los antedichos Murphy y Cólogan y Fallón. La ideología liberal la encarna el masón don José Murphy y Meade, elegido el 23 de diciembre de 1807 como segundo cónsul del Real Consulado de Canarias'''^. Amén de este componente tan poco «popular», aquellos principios soberanos estaban reñidos con la práctica discriminatoria que desde el primer momento imperó en Tenerife. Reducir la representación de Gran Canaria al nivel de La Gomera en una corporación de naturaleza provincial, era la mejor forma de enardecer los ánimos y fomentar toda suerte de discordias. No se nos malinterprete en este punto. Estando en juego intereses económicos y políticos, no había lugar para la mesura. Los grancanarios, de tener ocasión, se hubieran conducido de idéntica manera, eliminando una distribución equitativa y, por ende, cualquier paridad a la hora de las decisiones. La desautorización que suponia el auto del 1 de agosto, cuando ninguna otra isla se había definido, amenazaba con desarbolar la preponderancia juntista en ciernes. Al recusar los títulos que se esgrimían desde La Laguna, la Audiencia pretendió evitar que todo el Archipiélago la secundase, dejándola arrinconada en un segundo plano. En Las Palmas mismo empezaban a detectarse síntomas de convulsión que inquietaron a Creagh enormemente. Maniobrando con suma inteligencia, consiguió crear una compañía de granaderos, se ganó al corregidor y hasta contó con espías en el cabildo grancanario, militares que le informaban de 52. CIJIMERA VVM\7.\. José Murphy... pp. 10-12. 286 cualquier pormenor^-^ El 5 de agosto alertó a O'Donnell acerca de los temibles contactos entre los capitulares y el tribunal^'*. Nava y sus colaboradores no se atrevieron a dictar las providencias oportunas para reprimir a los ministros, pero sí a sostener cuanto su comandante general ejecutara. Un pelotón al mando de don Juan Megliorini detuvo el 19 al regente Hermosilla y al fiscal Oses, que con el auxilio de Aguirre fueron remitidos de inmediato a Santa Cruz. El ex teniente de rey alentaba así alcanzar un doble designio: abortar una hipotética sublevación en Gran Canaria, sostenida por los jueces, y garantizarse la mansedumbre del Archipiélago. La lección de fuerza no fue inútil, si bien terminó malográndose en uno de sus propósitos. El frente común entre la Audiencia y los privilegiados de la isla redonda, resultó de un episódico consenso entre preteridos que se necesitan mutuamente; aquélla requería una base social para oponerse a la Junta y éstos un sostén legal en aras de lo mismo. Se brindaron por ello la cobertura necesaria cuando la autoridad militar «intrusa» dio muestras de un desenfreno absoluto, indicativo de que no iban a consentirse tentativas adversas a sus patrocinadores^^. La puesta en marcha de tal política represora coexistió con un segundo requerimiento de la Suprema a los cabildos grancanarios, para que la reconociesen sin más demoras. El elemento civil, escudándose en una inexistente sanción sevillana^^, ofrecía una mano abierta mientras 53. ALVAREZ RIXO, p, 18. La existencia de esta especie de «quinta columna» viene avalada por el escrito que «algunos naturales del fiel y leal Tenerife» envían a la Suprema el 12 de septiembre. En el Manifiesto grancanario del 28 se habla de que Creagh hizo uso de su ascendiente sobre el estamento militar, ha existencia de partidarios de la Junta en el cabildo general del día I. confirma que había un reducido sector de tinerfe-ños que trabajaban sin estorbo alguno. Al producirse el motín, diversas personas instaron su detención inmediata. 54. Cf. el cruce de oficios entre el ayuntamiento y el ya conocido por «Tirano» popularmente, a propósito de la proclama y el bando que publicó este último el I de agosto, en BONNET, pp. 78-83. 55. La forma en que se practicó la detención de Hermosilla fue al parecer en extremo vejatoria. Según el acta de la primera sesión del cabildo general, que Rumeu inserta textualmente, se le sacó «de su misma cama y lecho nupcial, sirviéndose de oficiales de un carácter atroz que no le permitieron acabar de vestirse; y que sin sombrero, desmelenado y en calcetas y chinelas, lo llevaron, a vista y consentimiento de este Jefe (Creagh), por las calles más públicas de esta ciudad, hasta el embarcadero, como si fuese un reo facineroso...» (p. XCVII). 56. En pliego de 8 de julio, que como indicábamos trajo a Tenerife el capitán Del Río, el presidente de la Junta sevillana, don Francisco de Saavedra, señalaba a Cagigal: «En Canarias no hay que mudar cabezas, pues que lo es V.E., pero sería oportuno que V.E. crease, a semejanza de lo que se ha hecho en toda España, una Junta Suprema de gobierno que con V.E. velase a todo, atendiese al buen orden, y a la defensa común y conservase el dominio de esas Islas a nuestro Rey y señor don Femando VII». 287 con la otra, el sector castrense, aplicaba un resolutorio tratamiento coercitivo. Los integrantes del tribunal que permanecían libres, no dieron muestras de someterse. En la sesión del 24 de agosto, e! ayuntamiento pareció ceder al elegir en calidad de diputados al teniente don Francisco de Aguilar Romero y al subteniente Quintana y Llarena. Se trataba de una cortina de humo. Nunca hubo realmente voluntad mayoritaria de adherirse a la Junta ni de acatar sus leoninas condiciones''''. La resignación era una simple treta para engañar a Creagh y hacer que O'Donneil permaneciese inactivo. Bajo cuerda se tejían ios hilos de la rebelión. Después del embarque del regente, no contamos con testimonios de agitaciones inmediatas contra el gobernador militar y el «partido tinerfe-iio », aunque León indique lo contrario-''*^. En Las Palmas prosperó, al parecer, una minoría dispuesta a claudicar, pero otros dormían fuera de sus casas por miedo a ser también deportados-'''^. No andaban muy descaminados estos últimos, ya que O'Donneil conminó la expedición de los más significativos desafectos con el patrón de la nave «Tambora»^*'. Aguirre y Creagh, contrariamente, pensaron que todo discurriría sin mayores contratiempos. El 26 se autorizaba la convocación de un cabildo general, a fin de que ratificase o no los dos vocales que el ordinario designara. Sus preparativos y los de la insurrección insular corrieron parejos. Ochenta y tres cabildantes se congregaron el 1 de septiembre en la casa-habitación del arcediano don Luis de la Encina, obispo electo de Arequipa^'. Allí estaba el alférez mayor don Fernando del Castillo, III El aval hispalense, pues, no otorga legitimidad alguna para desobedecer lo que proveyó la Audiencia el 1 de agosto, como Bonnet mantiene. Si el comandante militar había sido desplazado (el escrito se recibió el 30 de julio), los consejos de Sevilla eran letra muerta cuando se les empleó como excusa por los junteros y demás autoridades, para cortar el impacto negativo que el desaire judicial iba a tener, tomo recurso demagógico es comprensible si se conceptúa desde la perspectiva de encubrir una insurrección sediciosa (o más bien, dos. contra Cagigal y contra la Audiencia), bajo el manto protector de un beneplácito externo que no poseía en ese instante las dimensiones apuntadas. -''7. En el tercer oficio que cita C'hil (Ibl. 467), la Junta manifestó estar dispuesta a admitir en su seno «tantos diputados de Canarias cuantos eran los individuos que componían el Cabildo secular». Ni siquiera con este «generoso» ol'recimiento se hubiese equilibrado la composición de aquélla, pues a éste lo conformaban nueve integrantes. 58. Francisco Maria de LEÓN, Apuntes para la histona de las Islas Canarias. 1776-lKhS. Santa Cruz de Tenerife. 1966. p. 88. ALVAREZ RIXO. p 19 CHIL, fol. 486. Llegó al puerto principal grancanario el 4 de septiembre. Las palabras del comandante general interino iban en clave: «Rcmitamc V. a Santa Cruz en primer barco los Colosos de Rodas» (MILLARES TORRES, f. IV. p. 229. n. 15). Cr la Razón eireunstaneiada... que integramente publicó Runieu. pp. LXXXIX-XCII. 59 60 288 conde de la Vega Grande, rodeado de una pléyade de figuras del antiguo régimen local: el tesorero catedralicio, don Lorenzo Montesdeoca; el prebendado y juez de Expolios, don José Romero de Franchy; los nueve regidores y los cuatro diputados del Común; los priores de los conventos de Santo Domingo, San Francisco y San Agustín; los letrados don José Vázquez de Figueroa y don Domingo Suárez Travieso, respectivamente, síndico personero general y abogado del cabildo ordinario; el fraile agustino don Antonio Raymond y el canónigo don Esteban Fernández Isaza, ambos en nombre de la Sociedad Económica; el alguacil mayor, don Miguel Manzano; el cura del Sagrario, don Pedro Gordillo; doce vecinos por el partido de Vegueta e igual cuantía por el de Triana, más dos apoderados por cada uno de los diecisiete pueblos de la isla. La sobresaliente participación de la nobleza emana de la vinculación de funciones rectoras en determinados linajes, como piezas de mayorazgo^^. Las regidurías están casi monopolizadas por familias de abolengo aristocrático (Falcón, Romero, León, Llarena, etc.), con relaciones de parentesco entre ellas y otras de similar alcurnia o más distinguidas, pertenecientes todas al círculo de la terratenencia insular^^. Los grandes propietarios, titulares de diversos vínculos, aportan en Vegueta algunas personalidades, como el palmero don Nicolás Massieu y Soto- 62. José PERAZA DE AVALA, «Introducción» al Nobiliario de Canarias. V. I. La laguna, 1952, pp. XXVIII-XXIX. 63. Los regidores de estirpe nobiliaria serían: en calidad de decano, don Manuel del Río y Ponte, nieto de los condes del Palmar y caballero hijodalgo notorio por auto de 28-V-1777, yerno del coronel don Juan Fernando del Castillo-Olivares y Gutiérrez de Lanzas, ex gobernador de las armas, alcaide del castillo de Santa Ana y castellano principal de La Luz; el capitán don Agustín Falcón y Béthencourt„cuñado político del anterior y una de las principales fortunas del país por virtud de su matrimonio; el capitán y alguacil del Santo Oficio don Baltasar de Llarena y Falcón, primo hermano y cuñado del anterior, jefe de la rama 2" del marquesado de Acialcázar; el subteniente don José de Quintana y Llarena, síndico personero en 1807, sobrino del anterior y casado con una hija del marqués de Acialcázar, ligada por su madre al condado de la Vega Grande; don Isidoro Romero y Ceballos, ex síndico personero y juez subdelegado de Indias y de Marina, futuro suegro del capitán don Juan Antonio Salí, cabildante por Triana; el capitán don Juan María de León y Romero, cuñado de Falcón y Béthen-court y del coronel Verdugo, cuyo padre había sido regidor, alguacil de la Inquisición, gobernador militar, director por dos veces de la Económica y alcaide del castillo de Santa Ana; el teniente don Francisco de Aguilar y Romero, primo del anterior y gobernador del castillo de La Luz, y, por último, el subteniente don Santiago Bravo de Laguna y Muxica. El único que parece quedar al margen de esta élite nepótica es don Francisco Xavier Ximénez, comisionado de la Real Caja de Consolidación. Cf Nobiliario de Canarias, V III. pp. 103-104; f II, pp. 736-737 y 759-760; V I, pp. 428-429. 483-486 y 723-724. n. 1. 289 mayor o el capitán don Pedro Bravo de Laguna^**. Aparte del presbítero don Leonardo Calderín Reyes, los profesionales liberales cuentan en este distrito con una singular presencia, englobando a los médicos don Nicolás Negrín Fons y el genovés don Juan Bautista Bandini^^ ai jurista don Domingo Penichet y al profesor de Bellas Artes don José Pérez Lujan. En cuanto a Triana, sólo el citado Salí figura con la condición de noble. Aquí es la burguesía, lógicamente, la que ocupa un lugar destacado. Los comerciantes descollan con prohombres de ascendencia irlandesa como don José Shánahan o don Patricio Russell, además del de origen italiano don Miguel Sortino y el maltes don Luis Vernetta, boticario y arma-dor^^. También se incluyen el facultativo don José Antonio López Rodríguez y dos multifundistas, don Domingo Gil y don Domingo de Gracia Sánchez^^. Los burgueses dominan igualmente el elenco de portavoces rústicos, muchas veces por vía de los alcaldes reales; aunque el de Arucas, don Mateo de Matos y Quintana^**, era un noble de la rama menor de la casa de Matos. En su mayoría tratábase de agricultores cuya riqueza creció al compás de su actividad pública, hasta extenderse por otras parroquias. Un Pedro Castellano en Arucas, tanto como un Francisco Gil Navarro en San Mateo, un Bernabé de Vega en Santa Brígida o un José Perera en Artenara, podrían constituir algunos de sus principales exponentes^^. El clero rural no tuvo en los prolegómenos sino una presencia de segundo orden, circunscribiéndose a Telde y Teror. 64. Aquél fue caballero de la Orden de Alcántara, regidor perpetuo de Lxi Palma y sargento mayor de sus Milicias desde 1796, familiar del Santo Oficio y síndico personero grancanario en 1778-1784, 1787-1788, 1794-1802 y 1804-1806, además de cofunda-dor en Las Palmas de la Sociedad Económica. Bravo de laguna y Huerta era lio del 1". marqués del Sauzal y hermano político de Falcón y Béthencourt. Ihidcm. t° II. pp, 191 y 760. 65. Juan BOSCH MILLARES, Historia de la medicina en Gran Canaria. I. L^s Palmas. 1967, pp..327-330. 66. Op. eil.. pp. 333-334. 67. Gil se hizo en 1808 con 25,9 fanegadas de tierra en el Monte Lentiscal, pertenecientes al cabildo; Sánchez compró otras 8,4 de la Intendencia de Propios seis años después y usurpó 11,6 en el mismo punto, Cf, BÉTHENCOURT MASSIEU y MACIAS HERNÁNDEZ, p, 248. 68. Nobiliario, f III, p, 809, 69. Castellano sería el primer comprador de bienes de propios en Lentiscal, con sus 72.2 fanegadas de 1811, a las que agregó otras 9,10 usurpadas. Esta misma línea la secundaron el gobernador militar Ascanio, el alcalde mayor Díaz Bermudo y otros tres cabildantes: el regidor Quintana y Llarena, Negrín y Suárez Travieso. Un sector de las clases dominantes locales se aprovechó, así, del vacío de poder en la administración central y de la crisis hacendística para incrementar su patrimonio a costa de las tierras municipales. 290 Al convertirse el cabildo general en permanente y alcanzar su configuración definitiva^" sobre un total de noventa y cinco miembros que aparecen el 12 de octubre figuran diecisiete religiosos, agregándose a los ya conocidos los obispos Verdugo y Encina, el arcediano de Fuerteven-tura don José de Viera y Clavijo, el inquisidor fiscal don Antonio Eche-nove y los beneficiados de Guia y Agaete. La nobleza, grande o pequeña, está localizada en el seno de la oficialidad o suboficialidad de las Milicias Provinciales, pese a no exigirse esa cualidad más que para el coronelato. Tales empleos permanecen adscritos por norma a las jerarquías concejiles y otros cargos honorables, que el elemento nobiliario controlaba en primer término. De los once capitanes, tres tenientes y seis subtenientes recogidos, varios son de extracción burguesa (el capitán don Pedro Russell, secretario de la Económica, el teniente De Vega o los subtenientes Padrón y Gil, capitán de Puerto, al igual que los capitanes Martín de Gáldar y Merino de Guía), quedando casi todos los demás entre los nobles. Estos serían aún reforzados con la inclusión del regidor perpetuo don José de Matos y Azoft"a, emparentado con el propio Verdugo. Clero y nobleza, en suma, proporcionan unos treinta y cinco individuos, más de la tercera parte de la asamblea. Claro está que el número no se corresponde con el poder efectivo que ambos estamentos detentaron. Los portavoces pueblerinos apenas concurrían a las deliberaciones y su participación fue meramente testimonial''', siempre subordinada a la élite capitalina. Los avecindados en Las Palmas a los que puede atribuirse un carácter burgués, son profesionales, comerciantes o funcionarios. Tres de los cuatro diputados del Común eran procuradores: don Rafael Pastrana, don Pedro de Zarate y don Antonio José Pérez^2 ^ quienes se une el catedrático Carros. Idéntica filiación social poseía don Policarpo Padrón, depositario general y administrador de Correos. El presidente del cabildo, el alcalde mayor don Juan Bayle, ejerció asimismo de abogado. Al menos diecisiete de sus integrantes pertenecían a la Sociedad Económica a fines de 1808^^: el capitán Russell, Falcón, Ro- 70. Francisco de QUINTANA Y LEÓN, «Comentarios y notas», en ALVAREZ RIXO, pp. 322-325. 71. La manutención de los diputados rurales se solucionó en la sesión inaugural gracias ai prior dominico, que les franqueó su convento mientras permaneciesen en la ciudad («Relación circunstanciada...», p. 195). No creemos, sin embargo, que de esta forma se haya podido remediar el problema alimentario durante los once meses que duró el cónclave. La falta de fondos para atender dichos gastos, impidió sin duda una participación constante del elemento campesino. Muchos eran alcaldes pedáneos y tenían obligaciones oficiales que cumplir, fuera de las estrictamente personales. 72. Este último fue también notario de la Curia Eclesiástica. 73. Cristóbal GARCÍA DEL ROSARIO. Historia de la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Las Palmas (1776-1900). Las Palmas-Valencia, 1981, pp.218-226. 291 mero Ceballos, Massieu, Bravo de Laguna, Raymond, Del Río, Viera, Montesdeoca, Aguilar, León y Romero, Fernández, Bandini, Pérez Lujan. Oses. Romero de Franchy y Gordiilo; en los años siguientes se incorporarían otros seis más, cuatro de ellos en 1809-1810 (Macías, López, Bayle y Penichet). Esta fue la composición del organismo que desafió al poder tinerfe-ño. alumbrando la disidencia grancanaria. Al abrir sus sesiones, el corregidor Aguirre exhortó a los presentes a no apartarse del marco previsto en un discurso conciliatorio y claudicante, tras el cual dio lectura a un oficio de Creagh redactado en parecidos términos, donde repudiaba «las muchas ideas y determinaciones falsas que algunos inconsideradamente han esparcido»^'^. El síndico personero propuso después solicitar la aprobación de la Real Audiencia, que se obtuvo en seguida. El cabildo eclesiástico informó por boca de sus delegados que restringían sus votos a la nominación de los vocales requerida por O'Donneil, mas era evidente que el espíritu de los asambleístas marchaba por otros derroteros, pasando a la ofensiva inmediatamente. Gordiilo. el predicador Raymond y el prebendado Fernández hicieron uso de la palabra para denunciar las arbitrariedades de Creagh y exigir su destitución, proponiendo que se negara obediencia al comandante general «intruso»^''. La libertad de los votantes, en nombre de sus derechos soberanos, fue enar-bolada para alterar las bases de la convocatoria. El cónclave dispuso advertir al gobernador militar que se considerase cesado en sus funciones. En este punto «intervino» el pueblo. El motín del 1 de septiembre estuvo protagonizado en particular por campesinos de Telde que encabezaban los labradores Matías Zurita, Diego Jiménez y Pedro Henriquez, responsables de las partidas que permanecían apostadas en las inmediaciones de la Plaza de Santa Ana^^. La organización de esta «fuerza de choque» había sido obra de los poderosos e influyentes beneficiados de la localidad, don Adrián de Cubas y 74. RIJMEU. p. XCV. Tí. MILLARES TORRES, f IV. p. 226. En la «Relación circunstanL'iada de las resultas y decretos del Cabildo General Permanente, celebrado en la Ciudad de Canaria el \° de septiembre de 1808. por sus obedientes vasallos y compatriotas de la Suprema Juma de Tenerife», en ALVAREZ RIXO. Apéndice I. pp. 191-192. se extractan los discursos de «estos tres oráculos», señalándose que los demás repitieron sustancialmente lo mismo. 76. «No se oía en la Ciudad ruido, ni se veía gente extraña, sino casi la de siempre. Pero en la esquina S.E. de dicha Plaza estaban dos o tres aldeanos con sus capotes y monteras usuales, equipados de un buen caracol. En la calle de los Reyes lo mismo; y lucra de aquella portada muchísima chusma de Telde y otros Pueblos, con mucho orden y silencio, capitaneados por Manuel Surita, aldeano robusto v resuelto, de la jurisdicción de dicho Telde». ALVAREZ RIXO. p. 19. 292 don Cristóbal de Morales, que «pusieron en campaña a todos sus allegados »^^. En la sombra actuaban el conde de la Vega Grande y el oidor decano Tuero. El grupo de tinerfeños que presenció el desarrollo de los incidentes, contó a la Suprema el día 12 que don Fernando del Castillo fue el auténtico instigador de la presencia campesina^^. La participación popular en el tumulto estuvo, pues, fomentada y dirigida por las clases dominantes y la Audiencia^^. Los campesinos y los grupos urbanos que acabarían sumándoseles, no pasaron de simples comparsas prestos a deponer cualquier actitud demasiado levantisca. Morales dio la señal para que irrumpiesen en escena, haciendo sonar el primer caracol. La designación de Ascanio como gobernador militar interino y el nombramiento de corregidor en la persona de! alcalde mayor Bayle, eran dos decisiones tomadas de antemano por los dirigentes de la asonada. Si las detenciones de Creagh, Megliorini y Aguirre ocasionaron algunos aparentes excesos. el capitán de la guardia don Juan María de León, el conde, el padre Raymond o ios beneficiados de Telde y Agaete, se encargaban al punto de encauzar debidamente la cólera que habían desatado^^ Reunido en la Saleta, el tribunal se limitó a sancionar los acuerdos del cabildo y las mutaciones pactadas con antelación a buen seguro; en la «Relación circunstanciada... » se llega a leer que los oidores contemplaron los hechos 77. CHIL. fols. 468-469. Armados con fusiles, garrotes y demás, se habían reunido en la plaza tóldense de San Juan e hicieron alto en el callejón de los Reyes al llegar a L^s Palmas. 78. «Ya de antemano estaban todos prevenidos y dispuestos a ejecutar lo que posteriormente acaeció, pues el Señor Conde de Vega Grande, individuo de dicho Cabildo, tuvo arte de influir a los Teldcnscs y particularmente a sus dependientes y mayordomos, para que se presentasen en esta Ciudad y fomentasen el motín, siendo las principales cabezas, un tal Sosa y Surita, que animaban al seducido populacho». ALVAREZ RIXO, p. 191. 79. «Entre los que más entusiasmaban al pueblo se veía al Conde de Vega Grande. D. Juan María de León, al Padre Raymond y otro fraile Agustino llamado el Padre Ramos » (CHIL. fol. 471). Zurita recibía órdenes directamente del noble antedicho. Cf Prudencio MORALES, Hace un sinlo. /WW-/.W9. Recuerdos históricos. Las Palmas. 1909. p. 179. Epílogo de Luis MORÓTE. 80. El encarcelamiento de Creagh en el castillo de Mata, sacándole de la casa condal adonde primero se le condujo, parece ser la única exigencia con que los tumultuados transgredieron el plan previsto. No puede excluirse, de cualquier forma, que todo haya sido una farsa con la que se pretendió aquilatar la magnanimidad de los artífices del motín y su prudencia para evitar males mayores. Los testigos tinerfeños comentarían que los teldenses solicitaron la cabeza del corregidor, contentándose luego con pedir su conducción al castillo de Gando. León y Romero fue nombrado jefe de la guarnición de la plaza, confiriéndosele el empleo de comandante del Batallón que Ascanio tenia, y el también capitán don Pedro Ramos ocupó el puesto de Megliorini como gobernador del castillo de San Francisco. RDMELJ. pp. XCVIIl-XCIX. MILLARES TORRES, f IV. p. 227 y ALVAREZ RIXO. pp. I9.-Í-194. 293 con simpatía, ante el entusiasmo general. La muchedumbre se desahogó con «mueras», imprecaciones y silbidos, mientras sus jefes se movían diligentemente. Apoyado por el gentío, el capitán León hizo imposible la resistencia del incauto Creagh con argumentaciones y promesas. Entre vivas al rey Fernando y al Real Acuerdo, Morales felicitó a los alborotadores y les hizo saber que mantendrían preso al vocal de la Junta hasta que fuesen liberados el regente y el fiscal*^'. El «despotismo militar» ni-variense terminó en Las Palmas sin efusión de sangre, al mes y medio de ser instaurado. El premio concedido a las «masas» consistió en el saqueo de la recoba y en la liberación de los reos no condenados a la pena capitales. Tras declararse permanente, el cabildo puso al corregidor a disposición de la Audiencia, formándole causa el oidor Quevedo. El doctor Ne-grín, a continuación, expuso su parecer de que se ofreciera a Tenerife el mantenimiento de relaciones mercantiles, respetando la absoluta independencia de ambas islas y reservándose Gran Canaria el derecho de exportar sus millos a Madera y sus judías a Cádiz con entera libertad, en caso de una contestación negativa. La asfixia económica debía conjurarse fomentando el comercio exterior, ya que los principales efectos importados procedían de los puertos tinerfeños. La falta de numerario circulante quedó sobre la mesa, pendiente de un tratamiento en profundidad^-^. En la segunda sesión se abordó el examen de los documentos incautados a Creagh, eligiéndose a los comisionados que habrían de defender su causa en la Península**"*. El día 5 salieron en un bergantín portugués, que fue atacado en extrañas circunstancias por una fragata mercante inglesa procedente de Gibraltar. Se insinuó que algunos amigos del ex gobernador de las armas habían convencido con dádivas a su capitán, para que capturara el buque fletado; el consignatario Vernetta y los intérpretes don Juan Cambreleng y don Miguel Corvo, supuestos cómplices, tuvieron que esconderse para escapar de la ira del «pueblo». í* I • Kl propósito era canjearle por los detenidos en Tenerife. También se aprehendió al ayudante de plaza. Aguijar Martínez. X2. MILLARKS TORRKS. t" IV. p. 228. t.os productos de esa rapiña se distribuyeron entre los mismos presos y los asilados del Hospital de San Martin, aunque es muy probable que no lodos tuviesen una asignación tan filantrópica. F.l conde y el oidor decano T uero repartirían algunas monedas, hasta persuadir a los más exaltados de que se retirasen a sus hogares respectivos. AI.VARKZ RIXO. p. 19.^. **3. Ihiclcm. *<4. l-.n la sesión del 2 fueron elegidos primeramente el conde, el doctor Negrin y el preben-" dado Romero, que renunciaron a las 48 horas, sustituyéndoles el abogado del cabildo ordinario .Suáre/. el diputado del común Carros y el regidor falcón. 294 El cabildo fue convocado a las doce de la noche y en la mañana entrante tomó declaraciones a los acusados, considerándoles inocentes^^ La peripecia es indicativa del estado de excitación en que vivía el vecindario de Las Palmas. Ascanio ya tenía prescrito el cierre de los puertos insulares (sobre todo los de Gáldar, Agaete y Aldea de San Nicolás), a fin de mantener en secreto las mudanzas políticas y estar al tanto de los planes de O'Donnell. La documentación de Creagh y el mensaje arrebatado al patrón de la «Tambora», fueron suficientes para que tomara cuerpo la sospecha de un ataque. A los tres días fondeó otra nave y la lectura de la correspondencia del ex teniente de rey terminó de perfilar este albur**^. Al momento se publicó un bando para alertar a la población, trazándose un rudimentario sistema defensivo^^. En medio de semejante climax se produjeron algunas detenciones. La oportunidad, según parece, sirvió de excusa a quienes anhelaban proceder contra imaginarios simpatizantes juntistas****. O'Donnell, en todo caso, no llegó tan X5 Al.VARKZ RIXO. pp. 21 22; MILLARES TORRES, f IV. pp. 228-229 y MORALES, p. 222, que destaca la mediación apaciguadora del permanente. La inclusión de Vemctta en las testificaciones de 1810. a lo mejor procede de su enemistad con los cabildantes de 1808. 86. En ella venía el comandante don Francisco de Aguilar, que inmediatamente fue encerrado en el Castillo de La Luz, 87. CHIL (fbl. 488) lo copia literalmente. Las fuentes coinciden al enumerar los aspectos esenciales de esas medidas. En la «Relación circunstanciada...» (ALVAREZ RIXO. p. 198). se manifiesta lo siguiente: «... que al primer tiro de cañón se presentasen en las plazas de Santa Ana y San Bernardo, para impedir la invasión que los de Tenerife tenían premeditado hacer en la Isla, defendidos de los chuzos y demás armas que les suministraría el Cabildo, cuya invasión se corroboraba por la llegada de un barco es-plorador. a esta Isla y cartas del Comandante General encontradas a Creagh = El 11 y el 12 han continuado siempre los Cabildos en los que se ha determinado pasar a tomar confesión al Caballero Creagh y Corregidor, siguiendo siempre el paisanaje el orden del Cabildo en ir armados de chuzos y demás pertrechos ofensivos a rodear la marina para impedir el desembarco de los de Tenerife; también están avisados los campos para que a la primera voz de cañón del Castillo del Rey se presenten en la ciudad». Chil (fol.493) recoge idénticos extremos, aclarando que los chuzos, «lomados de los depósitos del Ayuntamiento», llegaron a distribuirse verdaderamente. 88. «Algunas otras personas visibles fueron arrestadas algunos días después, como adictas a Tenerife, o por que censuraban tal vez tales o cuales procedimientos del Cabildo; pero esto ya fue por orden de las Autoridades» (AI^VAREZ RIXO, p, 20), El alférez del regimiento de Ciuía, el poeta don Rafael Bento y Travieso, fue detenido el 10 y liberado a los dos días, tras tomársele declaración, León (p.89) incluye entre los apresa- 295 lejos como en 1854 su homónimo el general Ortega, que sí consideró la posibilidad de invadir Gran Canaria^^. Pero en Las Palmas no se desvanecieron los rumores relativos a una agresión tinerfeña, que resurgidos a don José y don Diego de Quintana y Llarena y al regidor don Juan Jaques de Mesa y esposa (BONNET. p. 104). El vocal don Patricio Russell intentó en una de las primeras sesiones del permanente que se detuviera al doctoral don Graciliano Afonso, acusado de entrevistarse con Creagh en el castillo de Mata, rompiendo la incomunicación a que se le había sometido, para asi salvarle «del furor de la turba y evitar que fuera asesinado». El subteniente Quintana narró en sus memorias cómo hubo de enfrentarse a tal «arresto embozado», consciente de la hostilidad del proponente hacia Afonso y de la falsedad de los cargos que se le imputaban. El capitán don Pablo Romero y el regidor Romero y Ceballos serian acusados igualmente de connivencia con el ex gobernador. No disponemos de noticias suficientes para calibrar las contradicciones que dieron origen a una facción grancanaria opuesta al Cabildo. Intuimos que los elementos partidarios de adelantarse a Tenerife, aquellos que en el affairc de «La Mosca» habían expresado una posición de firmeza, fueron marginados al fin por «los bayonis-las ». El religioso y el noble eran particularmente incómodos para quienes no habían sido capaces de ponerse a la altura de los acontecimientos y tenían flagrantes errores que ocultar. El subteniente tal vez esperaba alguno de los cargos que recayeron en otras personalidades, quizás el de León y Romero. Es dificil dilucidar cuánto hay en sus palabras de auténtico y hasta dónde le hizo hablar el resquemor. Asegura, por ejemplo, que los cabildantes disolverían al Batallón de granaderos porque sus oficiales conocían la verdad de lo ocurrido con el Barco de Bayona y no les eran adictos. Al reorganizarle para destinarlo a la Península, la selección de la oficialidad provocó un conato de alzamiento para derribar al Cabildo, «restableciéndolo con otras personas de confianza» libres de cualquier sospecha en el asunto «La Mosca». También nos dice Quintana que él mismo abortó este pronunciamiento militar, luego de que soldados y clases formaran frente a su domicilio pidiéndole que tomase el mando y disolviera el permanente, «acompañando aquella petición con muchas increpaciones contra la facción hayonisia». La autoalabanza es bastante desmedida en el escrito, pero no contamos con pruebas que cuestionen su autenticidad. Por otra parte, aquel otro que el marqués de Acialcázar adjudica al doctoral Afonso (ALVAREZ RIXO. pp. 287-293), peca de los mismos defectos. La dialéctica femandistas-afrancesados está aquí forzosamente desnaturalizada, desde el momento en que se dice que «la cuestión de capitalidad no tuvo en Canaria un principio de interés real, sino que fue una cuestión creada por los cómplices en la recepción y auxilios al barco de Bayona, con el fin de encubrir su responsabilidad » (p. 288). Algunas revelaciones de cierto interés suministra acerca de la escala de «La Mosca», tras las cuales el filqjuntismo y el anticabildismo beligerante le restan valor. Al girar todo alrededor de la llamada «confabulación de Isazviribil», ni el pensamiento de la Audiencia sobre las indicaciones de Cagigal se enfoca adecuadamente, ni las aspiraciones capitalinas de La Laguna se consideran como germen de lo ocurrido. Cf Ihidem. pp. 269-272, y sobre el doctoral, Alfonso de ARMAS AVALA, «Graciliano Afonso, un prerromántico español», en Revista de Historia Canaria. nüms. 121-122 (U Laguna, enero-junio de 1958). pp. 72 y 55. 89. Cf Agustín MILLARES CANTERO, «La Junta del Distrito de Gran Canaria de 1854: consideraciones y documentos», en Homenaje a .lllon.so Trujillo. f II. Santa Cruzdc Tenerife, 1982. pp. 109-20.3. 296 rían en marzo de 1809 al embarcar en Santa Cruz una columna con destino a los frentes peninsulares^^ El 9 de septiembre consiguieron por fin embarcar hacia Cádiz los emisarios del Cabildo*^'. Se les había adelantado con creces el comerciante santacrucero Murphy, que nominado vocal de la Junta de Sevilla el 17 de agosto, partió cuatro días después y el 5 de septiembre presentaba sus credenciales en esa ciudad. El día 8 se acercó a Las Palmas la fragata de guerra «Flora» y las comunicaciones que traía dieron a entender que el Consejo de Castilla ejercía todas sus facultades. La delegación grancanaria marchó, pues, con la ilusión de que iba a contar con un seguro patrono, sensible a cuantos denostaran de las Juntas. Esta misma esperanza alienta en el oficio que Bayle pasó a Nava el 9 de septiembre, en contestación al suscrito por el marqués el II de agosto^^. La ruptura entre la Suprema y el permanente se inicia con la declaración expresa de Gran Canaria como «Isla Metrópoli», una vez despejado el camino para recobrar «los preciosos derechos de primacía» provincial. El novísimo corregidor glosa los móviles del levantamiento grancanario con el natural frenesí, refiriéndose a «las inauditas vejaciones » y al «terrorismo» de Creagh. A la espera del dictamen del Gobierno Central, bien sea la Junta de Sevilla o el Consejo de Castilla, ofrece mantener lazos amistosos y comerciales, «cortando únicamente las relaciones de sujeción y dependencia de Tenerife». El enemigo principal era, desde luego, el comandante general interino, y a él se dirige el auto que los regidores redactarían el 20 de septiembre, interpretado por Bon-net como «otro decreto todavía más antipatriótico y más fanático que el (del) r de agosto» (pp. 96-97). Los magistrados, de común acuerdo con 90. «Igualmente corrió muy válida la bravata de que las tropas de Tenerife antes de verificar su viage a España, para donde fueron con alguna posteridad a las de Canaria, vendrían a invadir a esta última isla para sugetarla al dominio de la repugnada Junta. Y el Cabildo Permanente alborotado con tal nueva, pagó por las noches diversas partidas de camponeses que vigilasen y guardasen las playas contra la recelada invasión; que después se ha dicho haberse originado de fanfarronadas proferidas por algunos oficiales ociosos en el vivac de Santa Cruz» (ALVAREZ RIXO, p.3l). Se equivoca el autor en cuanto al anticipo del batallón de 600 voluntarios grancanarios. que no marcharian hasta el 5 de abril, cuando los 1.000 tinerfeños lo hicieron el 29 de marzo. 91. En la «Relación circunstanciada...» (p.l97) se da como fecha del embarque el 8 por la noche, desde la bahía de La Luz. 92. ALVAREZ RIXO, Apéndice III, pp. 203-206. Bonnet (pp. 108-112) reproduce y comenta, con su vehemente favoritismo, poco más de la mitad del documento, ocultándonos la última parte que es la que tiene mayor interés. Como coletilla añade que Millares Torres reconoció «en esos escritos del Cabildo» un estilo «forense y ampuloso», cuando la verdad es que tales calificativos sólo fueron aplicados al texto que vio la luz el 27 de septiembre ( Historia General, f IV. p, 231). 297 los cabildantes, reclamarían ahora de O'Donnell la liberación inmediata de Hermosilla y Oses y el acatamiento de sus providencias, mostrándose intransigentes ante los excesos de la autoridad militar. La segunda declaración antilagunera del Real Acuerdo insistía en el respeto a las leyes y declaraba ilegal a la Junta^^. El contencioso jurisdiccional entre los dos poderes resurgía con mayor virulencia, tras el derribo de Creagh y sus partidarios. La Junta de Sevilla se inclinaba claramente por Tenerife'^'*, por lo que el establecimiento de la Central, del que se tuvo noticia en La Laguna hacia mediados de septiembre'^ fue saludado en Las Palmas con cierto regocijo. La nueva desautorización de la Audiencia era mucho más nociva para la Junta que la del 1 de agosto, pues descansaba en una institución presta a disputar por todos los medios a su alcance la exclusividad capitalina. Frente al gobierno en ciernes, los tinerfeños sabían que la pugna no iba a ser fácil; ante las demás islas, los grancanarios no ignoraban cuan laborioso iba a ser desmontar los mecanismos de O'Donnell y la Suprema, por mucho que enarbolasen el auxilio interesado de los jueces. La «guerra de comunicados» públicos entre el Cabildo y la Junta fue iniciada por aquél el 27 de septiembre, con un prolijo Manifiesto que tenía por norte fomentar la desafección del Archipiélago hacia la organización lagunera'^. Las Palmas no logró disponer de un vehículo tan útil como el Correo para divulgar sus puntos de vista, pese a lo cual la imprenta de la Económica trabajó a pleno rendimiento, editando cuantos papeles minasen la autoridad de sus enemigos. El primero llegó tar- 93. La réplica de O'Donnell, fechada tres días más tarde, consistió en aducir las resoluciones adoptadas por la .lunta de Sevilla el 17
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Calificación | |
Título y subtítulo | 1810 : ¿Conspiración separatista en Las Palmas? : Propuesta de reinterpretación sobre el "trienio detonante" del pleito insular decimonónico |
Autoría principal | Millares Cantero, Agustín |
Publicación fuente | Revista de historia canaria |
Numeración | Tomo 38. Año 52-53. Volumen 1. Número 174 |
Sección | Historia |
Tipo de documento | Artículo |
Lugar de publicación | La Laguna de Tenerife |
Editorial | Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de La Laguna |
Fecha | 1984-1986 |
Páginas | p. 255-375 |
Materias | Pleito insular ; Canarias ; Divisiones administrativas ; Siglo 19 |
Enlaces relacionados | Página web: http://publica.webs.ull.es/publicaciones/lista-volumenes/revista-de-historia-canaria/ |
Notas | 1984 ; 1985 ; 1986 |
Copyright | http://biblioteca.ulpgc.es/avisomdc |
Formato digital | |
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Texto | 255 1810: ¿CONSPIRACIÓN SEPARATISTA EN LAS PALMAS? Propuesta de reinterpretación sobre el «trienio detonante» del pleito insular decimonónico l^í^ustin Millares Cantero La eclosión de los bisónos nacionalismos era en 1978 una de las notas más singulares de nuestra vida política. Como corresponde a un movimiento caracterizado por una gran dosis de espontaneidad, falto de fuerza dirigente, que irrumpe en una sociedad subdesarrollada y con altos índices de incultura, desde un principio empezaron a manifestarse síntomas de inmadurez que movían la hilaridad de unos e inquietaban a los más comprometidos con la lucha popular. En aquella situación, marcada por el infantilismo y frecuentes reacciones chovinistas, fueron muchos los jóvenes que, de buena o mala fe. imaginaron al historiador profesional escatimándole el estudio real de su pasado. Todo el que no hablase, por ejemplo, de «colonia», era ya sospechoso de mixtificar la verdad y merecedor de los más duros epítetos. Hacía años que conocíamos las páginas del profesor Rumeu de Armas que han dado pie a esta monografía. Su contenido no encajaba en nuestra visión de la historia insular al amanecer del ochocientos. Era como si, de pronto, tropezáramos con una platanera en la Antártida o con un pingüino en el Caribe. Reclamados por otras ocupaciones, no tu- 256 vimos ocasión de profundizar en su análisis hasta que observamos cómo lo utilizaban aquellos que ignoran las clases en la «cuestión nacional». Fue entonces cuando nos decidimos a abordar detenidamente el asunto. En el IV Coloquio de Historia Canario-americana (Las Palmas, octubre de 1980), presentamos un avance de nuestras conclusiones que, por causas que sería ocioso referir, no pudimos ultimar antes de la publicación de sus ponencias. Seguimos entonces reflexionando y esta es la resultante provisional de nuestro esfuerzo. A la hora de presentarla, nos topamos con la dolorosa obligación de tener que suprimir los dos últimos capítulos, que dedicábamos a las Juntas subalternas y a la personalidad de don Domingo Penichet y Fuentes. Los daremos a conocer en una próxima entrega, a la que se incorporarán cuantas críticas y sugerencias nos lleguen. Aquí pretendemos responder a la pregunta que nos sirve de titular, pero no sólo eso. Se trata, como propone el subtítulo, de una oferta para reinterpretar ese período del pleito decimonónico que Guimerá Peraza sorteó con unas pocas líneas, convencido probablemente de que ya había sido agotado por otros autores. En nuestro criterio, tal cosa es más aparente que auténtica y se verá por qué. Cada vez nos resulta menos factible comprender la evolución de las pugnas capitalinas o divisionarias, sin ahondar primero en lo que denominamos «trienio detonante». El calificativo, claro está, presupone la acumulación previa del combustible que posibilitaría la explosión del verano de 1808. Hace algún tiempo, nuestro buen amigo José Ramón Santana Godoy nos alertó sobre las manifestaciones del pleito que aparecen en el primer cuarto del XVIII; fundamentarlas debidamente y explicar su desarrollo posterior, exigiría de esa historia total que posee en la instancia económica su principal apoyatura. Por desgracia, la historiografia isleña no dispone aún del suficiente bagaje teórico-empírico que facilite esta clase de planteamientos metodológicos. Como un primer paso, no es minucia emprender la revisión de la bibliografia y elaborar una periodización de cierta coherencia, presentando un cuadro bastante diferente del que teníamos delante. No toda la compleja materia histórica es susceptible de ser cuantificada, y por mucho que denostemos del positivismo en todas sus versiones y aspiremos a la síntesis, hay viejas reglas de conocimiento y crítica textual que un historiador de hoy y de siempre tendrá que saber al dedillo. Este es, pues, un estudio crítico de algunos acontecimientos que, a nivel de la política insular, discurren durante la fase inicial de la Independencia. Es, por ello mismo, un ensayo acerca de la actuación antagónica de las élites dominantes en Tenerife y Gran Canaria, un intento de redefinir el papel de grupos, instituciones y personajes en polémica con HEMÍROUC^ P. M' 257 cuantos nos han precedido en el empeño. Es también, aunque parezca lo contrario, un modesto homenaje a la llamada Escuela Histórica de La Laguna, a través de quien fuera una de sus figuras más preeminentes, don José Peraza de Ayala. No es preciso recurrir al tópico de que una ciencia avanza con aciertos y desaciertos, con logros y fracasos, para valorar el legado imborrable de su magisterio. De ella aprendimos, (el propio Bonnet nos lo enseñó con Ossuna) a no aceptar los «hechos» como incontrovertibles y a descubrir las miserias del historiador. I. UN TEMA CONFLICTIVO Hace más de siete lustros, merced al erudito y amplio ensayo que sirvió al profesor Rumeu para prologar la monografía de Bonnet sobre la Suprema de Canarias (verdadero epílogo, según el autor lo define), se tuvo noticia de un lance singular hasta entonces ignoto'. Entre los manuscritos insertos en un expediente que la Real Audiencia incoa, se incluyen las testificaciones que utiliza para interpretar los conciliábulos de 1810 en Las Palmas, documentación estimable que descubre y cita con las adecuadas referencias para su consulta^. Luego, en el último epígrafe de ese capítulo y utilizando el grueso de la misma masa documental, perfiló las andanzas y mudanzas subsiguientes del «intrigante y travieso» don Domingo Penichet, que fuera en su criterio uno de los más empecinados trapisondistas de aquella tormentosa coyuntura. El inédito episodio que adiciona y altera nuestros anales, se ciñe a la «obscura conspiración» que al parecer tramaron algunos individuos de un cabildo general contra regente y oidores, pero cuyo móvil apunta hacia «un gobierno autónomo de tendencia casi separatista». Es asi que, tanto por los ideales como por el procedimiento subversivo, la innovadora aportación deviene en hallazgo portentoso que tolera los más dispares usos y abusos^. El año en cuestión, 1810, permite ubicar la efervescencia grancana-ria en el contexto ultramarino: pronunciamiento independentista de Ca- 1. Buenaventura BONNET Y REVERON, La Jimia Suprema de Canarias. La Laguna. 1948. Prólogo de Antonio Rumeu de Armas, pp. CI-CVIL Una reedición de esta obra vio la luz en Santa Cruz de Tenerife en 1981. 2. Archivo Histórico Nacional, Consejos suprimidos, leg. .^.277, exp.45. 3. Contamos con una buena prueba de ello en el enfoque que de la misma han realizado los disidentes cubillistas del fantasmagórico Movimiento Popular para la Autodeterminación y la Independa del Archipiélago Canario. Cf «Las Palmas. 1810: el primer intento independentista de nuestra historia», en Revolueión Canaria. n° I (1979). pp.4-6. 258 racas el 19 de abril, formación de una Junta provisional gubernativa en Buenos Aires (integrada por partidarios de romper con la metrópoli) el 25 de mayo, revuelta en Bogotá el 20 de julio e insurrección del cura Hidalgo en Dolores el 16 de septiembre. De ahí que parezca de ley un ensamblaje de variada índole con esos fenómenos, que Rumeu con buen tino sostiene al argumentar la «semejanza con los movimientos secesionistas e independentistas de las colonias españolas», promovidos al disolverse la Junta Central y sustituirle un Consejo de Regencia el 31 de enero. La alienación de poderosos círculos de la élite política isleña y del funcionariado peninsular ante la España en crisis, con el consiguiente fermento nacionalista en algunos núcleos de las clases dominantes, es otro corolario que resulta de ser incontrovertible el relato que Rumeu nos propone. Entre el cabecilla, miembros relevantes y posibles conjurados, suman un total de veinte individuos, de los cuales once formaron parte del Cabildo general permanente constituido en 1808; siendo notoria la circunstancia de incluirse aquí nueve de los principales promotores y el conceptuado como máximo dirigente, el alcalde mayor don Juan Bayle Obregón. Importa, pues, no tanto la cuantía como la cualificación de la nómina, ya que aparecen en pos de aquel munícipe: don Pedro Gordillo Ramos, cura de la parroquia del Sagrario de la catedral y luego diputado en las Cortes gaditanas; don Juan Nepomuceno Carros y su hermano don Miguel, el primero catedrático de latinidad del Seminario Conciliar, secretario del cabildo y representante grancanario en la Península en 1808, junto al regidor don Agustín Falcón y al abogado don Domingo Suárez Travieso; el palmero don Nicolás Massieu y Soto-mayor, gran propietario agrícola y caballero de la Orden de Alcántara; el capitán de milicias don Juan Antonio Salí Elvira, administrador de Reales Rentas; don José Vázquez de Figueroa, abogado de los Reales Consejos, asesor del gobernador militar y síndico personero de la isla; el comerciante don José Shánahan, el licenciado don Francisco José Peni-chet y Cabrera, don Pedro Zarate y el propio gobernador de las armas, don Simón de Paz y Ascanio, Como probables implicados se citan, además, al presbítero don Antonio Puertas y a don Cristóbal de Múxica, don Francisco de Borjas Flores, don Miguel Cardoso, don José Doreste, don Nicolás del Castillo y don Francisco Ríos, con especial mención del fiscal de la Real Audiencia don Juan Ramón Oses, pues, según Rumeu, «aunque no asistía a las deliberaciones y conciliábulos, estaba informado de sus menores incidencias y daba su beneplácito al intento subversivo en preparación, a cambio como era natural de compensaciones para el futuro» (p. CIII). 259 Una relación de esta índole, obliga a quienes sostengan la validez de la conjura independentista a dar respuesta a una serie de interrogantes sumamente complejos. Ya que un gobierno autónomo en el espíritu de la época implicaba el separatismo , ¿cómo fue posible que algunos sectores de las capas dirigentes, muy vinculados al aparato de poder antiguo-regimental, pudiesen proponer la separación de España, qué conflictivi-dad económica propicia la desespañolización v dónde están las raíces ideológicas de un proyecto de tal envergadura?'* Aparte de reputadas figuras de ascendencia extranjera, ¿qué razones existieron para que distintos funcionarios godos se sumasen o siquiera admitiesen una parodia de 4. En el 111 Coloquio de Historia Social de Canarias, organizado por el SEHIC (Las Palmas, Centro Regional de la U.N.E.D.. octubre de 1977), el profesor Germán Hernández Rodríguez dio a conocer, en su estudio acerca de la sublevación antiseñorial gomera de 1762. una temprana manifestación de antiespañolismo (recensión en l.a Provincia. Las Palmas. 5-X-1977. p.8). Durante las testificaciones que siguieron a aquélla, el teniente capitán don Francisco Manrique Domenigo declaró que un avecindado de Alajeró y otros dos de Chipude habían oído decir que «mexor fuera entregarse a los yn-gleses ». confiando quienes así opinaban en que el comerciante irlandés don Juan Cólo-gan. establecido en el Puerto de la Orotava en 1737. pudiera servir de intermediario con Londres para una hipotética ocupación de la isla (Fondo Adeje. Biblioteca del Museo Canario. Las Palmas). Tras un secular litigio para conseguir la incorporación a la Corona y la abolición de los derechos señoriales, con anteriores levantamientos en 1699 y 1744, no parece que el simple comentario marginal de unos pocos vecinos tenga excesiva significación. Las familias de la incipiente burguesía rural (Padilla. Salazar. Dávila. Fernández, Mora. etc.). optaron siempre por la alternativa realenga, sin salirse de la ortodoxia en este tipo de contenciosos de la España setecentista. El anexionismo que parece animar a unos cuantos gomeros, de cualquier forma, está más en consonancia con la personalidad de las élites isleñas dominantes, cuyos intereses apuntaban hacia los británicos sobre todo; las exportaciones de orchilla. en este caso, tenían a sus mercados como principal destino, importándose desde ellos manufacturas y otros productos. También los dirigentes linerfeños que depondrían a Casa Cagigal en Santa Cruz de Tenerife, fueron acusados después de pretender entregar el Archipiélago a la dominación inglesa. Ni las insinuaciones del fraile portugués Cabral de Noroña, que en su Manifiesto atribuyó a O'Donnell «el proyecto de apoderarse de las islas» para venderlas a Inglaterra, ni el pretendido ánimo del regidor Torres Chirino de someterse a dicha nación, que recoge el Apuntamiento con la versión del comandante general, merecen crédito alguno. (Cf RUMED. pp. Ll-Llll). En La Gomera, en septiembre de 1762. asistimos a un sentir minoritario y anecdótico, sin entrar en lo que tiene de ingenuo y extravagante o en su posible falsedad; en Tenerife, en junio de 1808, estamos sobre el terreno de la difamación y la patraña, puesto que la política de los animadores de la Junta Suprema se inscribe dentro de las coordenadas presentes asimismo en Sevilla, Galicia o Asturias, a propósito de la necesidad de una alianza con la antigua potencia enemiga luego de la invasión napoleónica. Incluso las peticiones de ayuda que el presidente de aquélla al parecer solicitó de los ingleses, cuando la pérdida de Cádiz era más que factible y el abandono del Archipiélago una inquietante eventualidad, fueron torcidamente interpretadas por sus detractores, en el sentido de querer constituir «un estado separado, el cual quedaría bajo la protección inglesa». Cf Juan Primo de la GUERRA, Diario. II. 1808-1810. Madrid, Aula de Cultura de Tenerife, 1976, p. 142. 260 rebelión contra su patria, de ser acaso lícito admitir un esbozo de conciencia nacional en relevantes prohombres de la terratenencia y la burguesía? Esta hipotética conciencia nacional, porque los planes acabaron circunscribiéndose al ámbito grancanario, despunta apenas como simple insularismo; ahora bien, ¿cómo pensaban los promotores de la conmoción fundar y sostener un estado independiente en el exclusivo marco de una isla, teniendo que oponerse al conjunto del Archipiélago y, sobre todo, a las autoridades tinerfeñas y a la representación del poder cen-tral? 5 Por mucho que se argumenten las veleidades conspirativas propias del carácter de varios de los encartados, ¿ contaba la minoría «revolucionaria » con suficientes apoyaturas populares como para garantizar el éxito de tan descabellada empresa? ¿Se produjo una suerte de enajenación colectiva que impulsó tal locura o. en propiedad, las condiciones objetivas y subjetivas para que Las Palmas fuese o llegase a ser Caracas, Bogotá o Buenos Aires se daban en la práctica con evidente paralelis-mo? 6 5. La pregunta no es ociosa, si bien se indica que los cabildos ordinario y general de Gran Canaria oficiaron «por dos veces al Ayuntamiento de la Ciudad de La Laguna, y remitiéndole el plan que habían formado con este objeto. Que por las contestaciones que han recibido se han llegado a persuadir de que aquel Ayuntamiento no conviene con las ideas propuestas, como al declárame se lo manifiestan sugetos del primer carácter de aquel Pueblo, y a consecuencia de esto los mismos individuos del Ayuntamiento de esta Ciudad y del Cabildo permanente, determinaron llebar adelante el Plan de su independencia no sólo de la Península, sino aún de las otras Yslas que componen esta Provincia...» (Declaración del testigo don Felipe Carballo Almeyda; los subrayados son nuestros). Si tenemos en cuenta la lucha política que por entonces se ventilaba entre las capas dirigentes de Gran Canaria y Tenerife, pugnando por la ubicación de la Junta Provincial, es imperativo quitar toda credibilidad a un ofrecimiento de aquella índole. Ya que no había siquiera consenso para organizar de mancomún la administración de las islas, es ridículo suponer que se ofreciese la posibilidad de sumarse en comandita a un plan de semejante envergadura. 6. En nuestra comunicación al I Coloquio de Historia Social (Las Palmas, julio de 1975), informábamos de un enigmático fragmento del doctor Chil relativo a supuestas reuniones y movimiento de tropas en Las Palmas, tendentes a una anexión a la Colombia bo-livariana que podríamos fechar con posterioridad al real decreto de 27 de enero de 1822, donde se consagró la capitalidad provincial en Santa Cruz de Tenerife. La postura inicial de «emanciparse de la madre patria» fue sustituida por el anexionismo hacia aquella república (Venezuela, Nueva Granada y Quito), « en atención a los escasos medios de que los canarios podían disponer para resistir la fuerza armada que podría llegar a subyugarles». Según el autor, las fuerzas militares que intervendrían en tal incidente ignoraban su auténtico objetivo, y «al informarse de lo que se trataba retrocedieron desde las mismas puertas de la ciudad». (Gregorio CHIL Y NARANJO. Estudios históricos, climatológicos y patológicos de las Islas Canarias. Ms. 5, II-A-3, cap. X, fols. 834-835). De ocurrir este evento, remite sin duda a la crispación que el tema capitalino provocó entre algunos liberales palmenses más exaltados. En el transcurso de aquel decenio hay sobradas muestras de un estado de inquietud en Canarias, que tal vez debiéramos entroncar con ese americanismo al que ponemos serios reparos en 1810. CF. A. MILLARES CANTERO y M. de PAZ SÁNCHEZ. El nacionalismo canario. Introducción histórica y antología de textos, en prensa. 261 Todas estas cuestiones y otras muchas están implícitas de un modo u otro en la interpretación de Rumeu, aunque tal vez hayamos desorbitado su alcance con el fin de recoger una síntesis de la problemática que presenta. Con lógica hilaridad, y tras la enumeración de los puntos del «verdadero programa de gobierno» que, siempre según el mentado profesor, singularizaba el plan de los sediciosos, éste se hace una pregunta a la que responde con recato: «¿Se soñaba con establecer una República canaria o -perdónesenos la broma- coronar como guanarteme al Conde de la Vega Grande? No está claro este extremo, aunque la conspiración -con gran semejanza a lo que ocurría entonces en Venezuela. Argentina. Ecuador, etc.- es muy tortuosa y confusa» (p. CIV). Este tono dubitativo, que se resiste a plantear la conjura en su dirección separatista, nos señala que el prestigioso investigador no las tenia todas consigo al querer refrendar lo que en páginas anteriores daba por cierto. Es más, aunque luego persista en su enfoque, avala el componente nebuloso y laberíntico que acepta, a nuestro modo de ver, un lúcido reparo que no debe pasar inadvertido. Hemos consultado la documentación que Rumeu manejara en su día y nuestro análisis no se corresponde con el suyo. Debemos reconocer que, hoy por hoy. no estamos en condiciones de ofertar una paráfrasis definitiva sobre tan enjundioso tema, pero creemos firmemente que las hipótesis aquí recogidas poseen mayor índice de credibilidad, eliminan no pocos contrasentidos y, mejor aún, contribuyen a la clarificación de un dificil periodo de nuestra historia que no debe aparecer desdibujado. Esta réplica se elabora desde la provisionalidad y con el objeto exclusivo de contribuir al avance de los conocimientos históricos. Semejante aspiración, y lo que de positivo haya en nuestras reflexiones, quizás nos exima por anticipado de algunos errores en los que hayamos podido incurrir. II. CLAVES PARA UNA NUEVA LECTURA DE LAS FUENTES Urge en principio cuestionar la validez de las fuentes. Para la sinopsis acerca de «Las conspiraciones y cabildos revolucionarios del año 1810», Rumeu utiliza la sumaria que. por auto de la Audiencia de 29 de mayo y posterior del regente de 5 de junio, reúne lo que nueve testigos revelan a propósito de los ataques contra el tribunal y rumores que circulaban sobre hechos disímiles en vísperas de la convocatoria de un cabildo general el 30 de mayo. De modo preferente, dos de ellos, don José 262 Cristóbal de Quintana y don Felipe Carballo de Almeyda, le proporcionan todos los detalles con los que perfila el amago de rebelión; pues pertenecen a aquél las palabras sobre el resentimiento de algunos revoltosos que, mal transcritas, atribuye a don Miguel Cabrera por un desliz. Tales testificaciones, único sostén documental de tan grave complot, se adjuntan a las copias de varios expedientes que, el Real Acuerdo de una parte y don Domingo Penichet de otra, remiten al Consejo de Castilla a raíz del proceso que a este último se le abre en 1813; esto es, a nuestro juicio constituyen un dossier que se sacó a la luz tres años más tarde y se relaciona con otro asunto distinto, con el tangible empeño de conferir al inculpado pretendidas faltas anteriores y mutilar su defensa. Es útil reseñar sucintamente lo que argumentaron los siete testigos que relega el maestro Rumeu. La imprecisión y la cortedad abundan en algunos, como propias de quienes se hacen eco de murmuraciones a las que no conceden excesiva importancia. Los que inician la serie apuntan la incertidumbre que, en tomo a la aceptación del Consejo de Regencia por peninsulares y americanos, alimentaban indefinibles grupos. También recogen irrespetuosas censuras para con el tribunal, difusos proyectos de remociones y especies anónimas sobre la irreparable pérdida de España^. Nos interesa, entonces, dejar constancia de que un tercio de los declarantes no alude ni a conspiraciones ni a movimientos independen-tistas, limitándose a refiejar un clima político centrado en tres elementos claves: latente animadversión contra el joven ejecutivo y contra la Au- 7. El farmacéutico don Luis Vemetta, por ejemplo, se limitó a referir una frase de doña María Russell previa a la celebración del cónclave, en el sentido de querer tratarse en él «sobre algunas mudanzas», para señalar por último que en sus dependencias se había suscitado posteriormente «una conversación acerca del Tribunal» que interrumpió enseguida. El procurador Abad Báez, tras ocuparse de los rumores contrarios al Consejo de Regencia, no alcanza a especificar quién afirmó «que las Américas nunca se suge-tarían a obedecerle». Después testimonia lo que sigue: «Que unos días antes de la celebración del Cabildo General, estando en las casas donde se hace la Audiencia, oyó decir a José de Torres que el Capitán de Milicias don Gerónimo Betancuri habla asegurado al Señor don José de Oromi que se trataba de quitar a los Señores del Tribunal, que en lugar de dicho Señor hiban a poner al Licenciado don Domingo Penichet, nombraban también al Alcalde mayor por oydor, y por Regente al Señor Fiscal de su Majestad, pero que por no haber fundamento alguno no dio crédito a la especie». (Los subrayados son nuestros). Idénticas vaguedades se repiten en la corta declaración de don Miguel Cabrera, que confirma las palabras atribuidas a Béthencourt, por haberlas pronunciado en su presencia «en uno de los días que se estaban recibiendo los votos para la elección de los vocales del Cabildo General». 263 diencia, comentarios de que iban a producirse deposiciones y nuevos nombramientos públicos y veladas conjeturas relativas a la derrota militar frente a los ejércitos napoleónicos. La expresión «planes de gobierno» se introduce en los interrogatorios cuando, tras las confesiones en que Rumeu se fundamenta, se terminan de pergeñar las preguntas ya sistemáticamente formuladas en adelante. No es que de manera espontánea la enuncien los comparecientes ante el oidor de turno, y este ardid no debe escapársenos por ser un síntoma muy revelador. El licenciado tinerfeño don Saturnino Afonso Martel (o Martel Afonso), como los demás, circunscribe dichos planes a lo siguiente: convertir en oidores a don Juan Bayle, don José Vázquez y don Domingo Penichet; en corregidor a Massieu; en alcalde mayor a don Francisco Penichet; en regente al fiscal y en fiscal al corregidor don Alvaro Pareja. Los otros tres testigos se expresarían en términos similares, agregando a lo sumo algún detalle marginal. Así, lo único que aparece con nitidez en la mayor parte de las declaraciones es que el novel poder central, acatado sin ambages por la Audiencia, no obtuvo las simpatías de la élite política grancanaria y que ésta persistió en la convocatoria de un cabildo general según el modelo del permanente de 1808. A tal fin tenía que enfrentarse con quienes obstaculizaban sus cálculos. Es evidente que, con esta óptica, deponer unas autoridades opuestas a sus designios no necesariamente conduce a la constitución de un gobierno independiente ni cuestiona la fidelidad a España. Tampoco conlleva ningún tipo de maquinaciones antiespañolas la formulación doctrinal en que se sustentó todo el movimiento de las juntas, a saber, la doctrina de la reversión de la soberanía al pueblo, fórmula común por entonces que no era patrimonio de una escuela determinada, presente tanto en la escolástica como en el pensamiento liberal más avanzado. Si en América privó este recurso teorético para llegar hasta la independencia, porque en una colonia adquiere patentes derivaciones revolucionarias, en la Península no fue más que un soporte transitorio. ¿Y en Canarias? Con posterioridad afrontaremos esta pregunta, pero digamos ahora que la campaña francesa en Andalucía, inaugurada en enero de 1810, arrojó para las armas españolas resultados catastróficos. A principios de febrero habían caído Sevilla y Málaga y los patriotas eran acorralados en Cádiz. Quienes conocían esta realidad por aquí, no propalaban ningún embuste para hacer cundir el desaliento. Lo hacían con otras intenciones, encomiables y autorizadas desde el más puro españolismo si se atienden sus auténticas miras. En las intervenciones del cuarto y quinto declarantes basó Rumeu su lectura. Procede, entonces, resumir cuantos rasgos novedosos enriquezcan o radicalmente transformen los hechos ya conocidos. Quintana 264 afirma que la expulsión a Tenerife de don Francisco Díaz Bermudo, otro de los objetivos de la confabulación, se plantea por el escaso auxilio que prestara a los agentes grancanarios que en 1808 acudirían a Sevilla para hacer valer sus derechos contra la Junta lagunera. Rumeu nos dice que este personaje fue valioso elemento de la homónima andaluza y hermano del alcalde mayor de La Orotava, sospechando que la Regencia le había conferido alguna misión de postín en la ciudad. Nuestro predecesor en el tema extrae asimismo del otrora escribiente el «aspecto revolucionario » que a la maquinación atribuye. He aquí, en su contexto, las afirmaciones que hizo: «Que en las mismas conversaciones de quelleba dada razón, oyó también que la España estaba casi perdida, pues era falso cuanto en las gacetas y papeles públicos se decía de sucesos y acciones favorables; que por esto añadían era preciso traer fusiles y cañones, y para adquirirlos hacer el muelle, y las fortificaciones que ellos decían ser necesarias, proponían arbitrios, y entre ellos desmembrar al Reverendo Obispo, Canónigos y Caballeros hascendados mucha parte de sus rentas, con otras cosas a este jaez que el declarante ha olvidado». Observemos cómo el testigo no engarza directamente las medidas de defensa con ninguna conspiración, sino con las victorias de los invasores que exigían arbitrar normas extraordinarias para hacer frente a un eventual ataque. Los fusiles y cañones que se demandaron, a nuestro entender, no iban a ser dirigidos contra la «metrópoli» sino contra los franceses. Son patriotas españoles y no sublevados independentistas quienes desean armarse a toda costa, aiin recurriendo a métodos expeditivos que lesionaban el peculio de los privilegiados. La imposición de circunstanciales contribuciones financieras a eclesiásticos y aristócratas no constituye una «medida revolucionaria» por sí misma, siendo como fue un recurso común en la España de la Independencia^. De esta forma, el cuarto interviniente no se aparta en mucho del espíritu mayoritario. Cuando explica que se quiso establecer una Junta de gobierno de ocho vocales en una de las sesiones del cabildo general, su alocución en apariencia desborda los cauces comunes, pero al punto advierte que se desechó tal propósito. El locuaz Carballo de Almeyda era vecino de La Laguna y a buen 8. J.R, AYMES, La Guerra de Independencia en España. 1808-1814. Madrid. 1974. p. 85. 265 seguro tinerfeño, aunque residía transitoriamente en Las Palmas*^. Es él quien reprocha a los integrantes del cabildo ordinario y del general la aspiración de constituir «un gobierno patriótico independiente del de la Península para velar sobre todos los Tribunales establecidos en esta Provincia, quitar a todos los Españoles que estaban en la actualidad y poner hijos del País en sus lugares». Dificilmente podrían abanderar una exclusión de los «españoles» quienes no eran oriundos de este Archipiélago y estaban enzarzados en la componenda de marras. Mas no paran aquí las acusaciones que el posible comerciante adjudica a los dirigentes grancanarios. Les achaca, como vimos, el ánimo de «llebar adelante el Plan de su independencia», constreñido a una pírrica emancipación insular cuando fracasa la pretendida intentona de que se sumase el cabildo de Tenerife'O. A su vez, él en exclusiva señala que semejante maniobra se truncó con el arribo del nuevo comandante general, don Ramón de Carvajal, amén de otras consideraciones sobre la evolución posterior del enredo y la metamorfosis oportunista de sus promotores''. 9. El 20 de abril de 1805 remitió desde la Ciudad de los Adelantados una epístola al comerciante del Puerto de la Orotava don Domingo Nieves Ravelo. a fin de comunicarle el envió de dos sumas por valor de 958 rvon.. en pago de diversas mercancías. Este último hubo de escribirle el 17 de marzo de 1808. recordándole que una de ellas permanecía sin saldar. (Arch. Austin Baillon. SEHIC, Las Palmas). Por ambas misivas le suponemos dedicado al tráfico comercial, motivo por el que debió visitar la capital gran-canaria con alguna frecuencia. 10. La noticia de la insurrección caraqueña debió llegar a las islas con relativa prontitud, a pesar de que el III vizconde de Buen Paso no la comente hasta el 9 de agosto (Juan Primo de la GUERRA, pp. 222-223). Probablemente el señor Carballo y los propios ministros de la Audiencia la conocían y la utilizaron <'.v profeso para desvirtuar la orientación de los cabildantes. 11. Nos interesa retener la oposición que hacia Carvajal mostraron los vocales del ayuntamiento, oficiando a su antecesor Lujan para asegurarle que no reconocerian «a otro Señor comandante General sino a él». Al verificarse el Cabildo abierto del 30 de mayo al 2 de junio, se plantearon los asistentes la conveniencia de repeler a la nueva autoridad militar, «según los avisos que tenían de su diputado don José Romero». Asimismo, Carballo asegura que la corporación insular se había dirigido al gobernador de las armas con el objeto de que no obedeciera las órdenes del mariscal de Campo don José de Armiaga, nombrado segundo comandante en el mismo decreto que designó a Carvajal. Para el declarante, el alcalde mayor «era el Agente más activo y con cuyo consejo se hacía todo», afirmando que se abandonó el propósito inicial de que los jueces fueran naturales de las islas. Admite, sin embargo, que «personas respetables del Cabildo estaban meditando tomar medidas vigorosas para la conservación del orden y los actuales Magistrados», refiriendo a la postre que el provisor del obispo rechazó las argumentaciones cabildicias e intentó convencer a sus artífices de que «todos se perderían si no mudaban de modo de pensar». Acto seguido, dice: 266 En resumen, un testigo que imputa afanes independentistas sobre un total de nueve, con otra que avizora inclinaciones en esa dirección. Un solo testigo y, para más inri, casi con certeza tinerfeño, muy vinculado a La Laguna en todo caso. No basta esta endeble apoyatura documental para conceder verosimilitud a un episodio de la naturaleza del que nos incumbe, máxime cuando el atestado no sirvió de cabecera al correspondiente proceso y la justicia no pudo seguir su curso pese al interés inequívoco que en ello tenía. Las declaraciones se archivaron hasta sacarse a la luz tres años después, ante el Consejo de Castilla y para desacreditar a un inculpado, mediante esa sinuosa y contradictoria trama que ningún detalle fidedigno presenta y sobre la que existen más que fundadas dudas. Porque, de ser cierta la conspiración con el cariz atribuido, ¿cómo es posible que a don Domingo Penichet se le nombrara alcalde mayor interino poco más tarde, que Carros siga en el ayuntamiento en 1813 y 1814, que continúen Salí de administrador de rentas y de gobernador de las armas el señor De Paz y Ascanio'^, por no mentar el inverosímil pormenor de la simpatía del fiscal Oses? No es lícito elevar a categoría de hecho histórico las afirmaciones, sin duda contaminadas de partidismo, de una o dos personas. Hay que buscar otra explicación a los sucesos grancanarios de 1810. III. BONNET Y RUMEU, DOS OBRAS Y UN HISTORIADOR Para entender correctamente la idiosincrasia de los cabildos abiertos en cuestión, se nos impuso un detenido análisis de la coyuntura política «Sabe igualmente que por último, pensándolo mejor, determinaron en vista de las noticias que vinieron de España, y de la energía de las providencias de la Real Audiencia que apoyaba al Señor Comandante General, remitir una diputación a éste para disculparse sobre la urgencia de la convocación del Cabildo General, manifestándole las causas que habían tenido para no reconocerle y poniendo en su mano su resolución. Mas todo esto, en concepto del testigo, es sólo una mañosidad de los autores del proyecto, para evitar que el Señor Comandante General tome providencias contra ellos, todo lo qual se evidencia por las disposiciones que han dejado tomadas de que, o según el aviso de los comicionados, o a la llegada de ellos, se vuelva a continuar el Cabildo General, prueva clara de la poca sinceridad de esta gestión, como así se lo han dicho uno de los tres comicionados, don José Shánahan, y el diputado del común, que hace de Secretario del mismo Ayuntamiento, don Juan Carros... » Tendremos ocasión de demostrar que el relato del testigo contiene hechos reales, aunque se haya desnaturalizado su significación emparentándoles de mala fe con los pronunciamientos americanos. 12. Bayle falleció en 1811, víctima de la epidemia de fiebre amarilla. 267 en que las islas están inmersas desde el verano de 1808. Esta insoslayable demanda metodológica nos llevaría a emprender un estudio crítico del texto de Bonnet y a compendiar las múltiples correcciones y puntua-lizaciones que Rumeu incluyó en su prólogo. Si se exceptúan los manuscritos inéditos de los Ksnidios del doctor C'hil. con el agregado de aquellas producciones hoy felizmente editadas (el CiuiiJro ¡/i.siórico de Alva-rez Rixo, los Apuntes de Francisco María de León, las Obras Politicas del sexto marqués de Villanueva del Prado o el Diario de .luán Primo de la Guerra), nuestras únicas informaciones proceden de los interesantes repertorios archivíslicos que aquellos investigadores compendian o reproducen' \ No es tarea sencilla ajustarle las cuentas a Bonnet. y sería oportuno abrir un debate más amplio sobre esta espinosa temática. En 1941, cuando la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Tenerife premió su voluminoso trabajo, muy poco se sabía en lomo a los avalares del pleito insular, sobre sus secuelas y derivaciones futuras. El infatigable Cíuimerá vino a ofrecernos a la postre una síntesis impagable acerca de su evolución hasta 1936, narración puntual y objetiva de muchos de los acontecimientos a que dio origen, auténtico hito en nuestra historiografía pese a cuantos reparos quieran señalarse desde un enfoque esta-ciokSgico actual''*. El jurado que fallaría el concurso a favor de I.a Junta Suprema, hizo constar las razones que acreditaban al original para merecer tan prestigioso galardón. Las insuficiencias críticas y las lagunas documentales, se dice en el acta, había predominado entre los eruditos locales hasta ese momento. Las interpretaciones de un Désiré Dugour. de un Millares Torres o de un Ossuna y Van-den- Heede, condicionadas por las polémicas que desataron los incidentes de 1808 y por la falta de solidez instrumental, o no eran ecuánimes o se valían de fuentes poco idóneas. La aportación de Bonnet, con tales precedentes, suponía un giro copernicano que conjugaba la consulla de materiales novedosos con un tratamiento estricto e imparcial'\ A los cuarenta y tres años, por muy indulgente y caballeroso que se quiera ser, no podría compartirse el juicio entusiasta de aquellos entrañables profesores. El aulor galardonado verificó, sin lugar a dudas, una l . \ Hspcclalmcnle nos ccnlraicnios en los capítulos 1 al XII > \ X al XWll del texto de Bonnet. 14. Mareos (¡IIMKRA l»K.RA/.A. El Pleno Insular i ISOS-f^MM. Santa Cruz de Tcncrile. 1976. 15. ()p. ciL. pp. \-?r. 1 ragmentos del aeta del jurado ealit'ieador. I'eehada en La Laguna el 2S de septiembre de 1941 y firmada por los doctores Lahares de Nava (presidente), Sena Rál'ols (vocal ponente) y Alvare/ Delgado (vocal secretario). 268 recopilación documental y bibliográfica ingente. Analizó los fondos del Archivo de la Casa de Tabares, desconocidos hasta esas fechas; en la biblioteca de la Económica, examinó los cinco tomos que reuniera el historiador Rodríguez Moure. ya manejados sin mucho provecho por Ossu-na; pasó revista aquí mismo a las «Obras» de don Alonso de Nava y Gri-món. así como en el Museo Canario de Las Palmas a la «Colección Roja» de Millares Torres o al «Diario» de Romero; hizo incursiones en el Archivo Municipal de La Laguna y en el Histórico Nacional; expurgó los manuscritos de Alvarez o León y extractó atentamente la bibliografía de la época, sefialando sus errores y descuidos. Desde El Correo de Tenerife al controvertido «Manifiesto» del padre Cabral de Noroña, desde la correspondencia entre Murphy y Villanueva del Prado a los numerosos oficios que cursarían instituciones y personalidades, su vastísimo acopio abarcó la mayor parte de los papeles que a escala regional debía constituir la base de una investigación seria y rigurosa. ¿A qué condujo en última instancia esta labor? Lamentablemente, quien tenía acreditada una justa reputación en el dominio de la crítica textual, no hizo gala de sus virtudes y se dejó arrastrar por un tinerfeñis-mo a ultranza, tan absurdo como vergonzoso. Bonnet, que en tantas ocasiones demostraría sus aptitudes para la eurística, dio aquí muestras de una torpeza rayana en lo pueril'^. Su partidismo flagrante le indujo a elaborar algo que no se desprende en demasía del simple libelo, digno de la abundante literatura de los folletistas decimonónicos. Si el picaresco Cabral fue el artífice de la leyenda negra que pesó sobre la Junta, a Bonnet hay que adjudicarle la paternidad de la que sufre ahora el Cabildo permanente. Al cabo del tiempo, el interés de la obra estriba en los copiosos escritos que tan generosamente incluye al hilo del relato, siguiendo la técnica de Ballesteros y otros historiógrafos, gracias a lo cual es más asequible reinterpretar ese período con otra óptica, siquiera ponderada en lo elemental. Claro que, la ausencia de un esquema coherente, rompe la sincronía de la exposición y hace engorrosa la lectura. 16. Cuanto más detenidamente leemos su obra, crece nuestro asombro al ver cómo un hombre de su talla incurre en tantas y tan graves torpezas. En el debate que siguió a la lectura de nuestra comunicación al IV Coloquio de Historia Canario-americana, el profesor Régulo Pérez reveló que gran parte de ella fue escrita por Tabares y que don Buenaventura se avino a aceptar esa redacción como suya. De ser asi. su responsabilidad no es menor por plegarse a una componenda tan penosa, mas el tono apasionado que la caracteriza alcanza a tener una explicación hasta cierto punto convincente. Don Tomás Tabares de Nava, sucesor del capitán don Juan Tabares de Roo, regidor perpetuo de Tenerife y uno de los secretarios de la Junta, vivía anclado en esa época y exalaba el espíritu de sus coetáneos con una vehemencia irreductible. Mal ayudante podría ser en un asunto tan delicado, empeñándose en anteponer la defensa de su ancestro y adláteres por encima de cualquier consideración. 269 Las casi ochocientas páginas del volumen que corresponden a Bon-nel (con un pequeño apéndice testimonial, sacrificado al método elegido), rebosan de un hiriente sectarismo que le inhabilitó para comprender el significado de una materia tan rica y peliaguda. Su maniqueismo flagrante le arrastró incluso a emplear la primera persona de! plural al referirse a la .lunta y la tercera cuando menta al Cabildo; por ello, «nuestros soldados» son en exclusiva las tropas expedicionarias tinerfe-ñas que en los frentes peninsulares combatieron a las órdenes del corone! don José de Armiaga. sin adjudicarnos el Batallón de Ciranaderos de Canarias que mandaría su homónimo don .luán Maria de León (cap, XVIII, pp. 4.^8-454). Al adoptar sistemáticamente una postura exculpa-toria hacia la conducta de los junteros. silencia sus faltas o encubre sus desaciertos del modo más torpe, muchas veces en abierta contradicción con las citas que trae para ilustrar su alegato. Indulgente defensor para unos e implacable fiscal para otros, actúa asimismo como el juc;' que de antemano sabe cuál será su inapelable sentencia, (.Cuántos documentos ocultó o compendió parcialmente para mejor servicio de su burda apología? Lo sabremos desde que se emprenda un cotejo pormenorizado de su aparato erudito, si bien a nosotros nos ha sido íacil descubrir varias de sus manipulaciones. Bonnet practica lo que se ha dado en llamar «visión paranoica de la historia» en más de un pasaje. Sirva de ejemplo su «explicación» de los motines de 1808-1809 en Círan Canaria (Agiiimes. IVIoya. Ciuía. Teror y Aldea de San Nicolás), cuya causa atribuye sin más a la actuación de «agitadores» sobre el «populacho» y, en detlnitiva, al «movimiento subversivo » que originó la resistencia del C abildo a la autoridad de la .lunta (pp, 10.'í-108). Hoy produce hilaridad este tipo de interpretaciones cons-pirativas a propósito de la contlictividad agraria, ya con variopintos antecedentes en esa isla por entonces''. Sin embargo, quizás sean los cap tulos XIV-XVI (pp. .^.'^5-.^9.'í). que dedicó a describir la actividad de las Secciones de Hacienda, Policía Cicnera! y Benetlcio Público y .lusticia del organismo lagunero, los más útiles hoy para el estudioso de aquella etapa. CT. Antonio MACIAS HKRNANDK/,. «i;i motín de 1777. Su signük-acion SCXMOCCO-nómica en la comarca del suroeste de (irán Canaria», en Antiano ¡le l^iutlios Ailmui-cos. n' XXIll (1477). pp, 263-.'<4.S y Antonio BK.l'HKNCOl RT MASSIKi: y Antonio MACIAS HKRNANOKZ. «tíxpansión del cultivo y conflictos sociales en (irán Canaria en el tránsito del Antiguo al Nuevo Régimen: una aproximación histcSrica». en Agustín MII.LARKS TORRKS, Hislona (icncriil de las Islas (.ananas, t" IV. Madrid. r-.dirca. pp. 237-244. 270 Una feliz coincidencia, que los patrocinadores del certamen tuvieron el buen tino de asumir, salvaría un tanto la edición del colosal panfleto de Bonnet. En Madrid, el joven profesor Rumeu de Armas había concebido un propósito análogo al suyo y coetáneamente recogía documentos y anotaciones sobre la famosa Junta. Al materializarse el ofrecimiento de presentar la obra premiada, a través del doctor Serra Ráfols, el prologuista volcó todos sus conocimientos y traspasó el mero formulismo para dejarnos un excepcional estudio, prefacio en la forma y epílogo en el fondo, donde desvela cuestiones ignoradas, rectifica otras y apunta diferencias de apreciación tan enriquecedoras como atinadas. En las ciento treinta y siete páginas impresas que abarcan los siete capítulos de su compendio, Rumeu estuvo en condiciones de ofrecer lo que a Bonnet faltaba: los legados que se custodian en archivos nacionales, a los que éste apenas tendría acceso. El Apuntamiento de Casa Cagigal o el Acta oficial de la primera sesión del Cabildo general de Gran Canaria, junto a distintos expedientes para las biografías del propio marqués y de O'Donnell, son algunas de sus contribuciones más notables. Ahora bien, insistimos en que no es sólo una aportación acumulativa la que alumbra. Incluyó matices, corrigió equívocos y señaló omisiones, ofreciéndonos al cabo una recapitulación mucho más escrupulosa y fértil sobre la problemática de 1808. Es cierto que en el libro hay dos obras y , por ende, dos autores, pero con un solo historiador de por medio: Rumeu. Al margen de que no se compartan todos sus puntos de vista, es él quien único refrenda un talante propocionado al oficio de historiar. Frente al burdo panegírico tinerfeñista, opone el análisis reflexivo y metódico que por norma le ha caracterizado. La de Bonnet fue la primera monografía actual sobre el XIX político canario. Tal vez por ello debiéramos ser algo tolerantes a la hora de enjuiciarla, mas el ejercicio de la benevolencia es en este caso una proeza iniítil que nada contribuye al progreso de la investigación. Aunque resulten duras estas palabras, estamos firmemente convencidos de que la historia de la Junta Suprema ha de ser reescrita, lo cual trae aparejado por cierto escribir la del Cabildo general permanente. Bonnet, y más aiín Rumeu, deben marcar la pauta para superar después sus yerros y deficiencias según las corrientes históricas imperantes. No es ésta la misión que aquí nos propusimos, claro está. Pero si lo que ocurre en Las Palmas en 1810 es fruto de las tensiones precedentes, nos atrevemos a proponer la revisión provisional que sigue como punto de partida para ese nuevo examen. Al fin, podrán apreciarse cuántas cosas permanecen todavía sin explicación o están defectuosamente esclarecidas. 271 IV. LA COYUNTURA POLÍTICA DE LA GUERRA DE INDEPENDENCIA EN CANARIAS (julio de 1808-mayo de 1810) Es preciso comenzar por un breve preámbulo. La crisis estatal de mayo-junio de 1808. con matices peculiares, irrumpe en Canarias de julio a septiembre. ¿Qué tactores condicionaron el cambio interior? Con prioridad, los que surgen del virulento estallido de la pugna capitalina. El concepto de capitalidad no era intrínseco al sistema administrativo del antiguo réf^nmcn. si bien la centralización borbónica y la acumulación de instituciones en Tenerife a lo largo del XVIM, crearon paulatinamente los fundamentos para el choque entre ios dos mayores niícieos poblacionales canarios. La Laguna y Las Palmas sostuvieron un enervante contencioso sobre la ubicación de algunas entidades, que se acentuó en las postrimerías de la centuria. El mismo Bonnet advierte, desde un principio, que es la inexistencia de una capitalidad deilnida lo que subyace en las tensiones que la Junta produjo. Los enfrentamientos no se solventaron a niveles teóricos, de forma nominal, hasta las Cortes del Trienio y a favor de un tercero en discordia, Santa Cruz de Tenerife. Más allá, sus consecuencias subsistirían con singular impronta y enlazan después con el pleito divisionario. El aciago panorama se agudizó incluso al entronizarse el sistema provincial de manos del liberalismo. La secular lucha de las clases dominantes por hegemonizar el aparato de poder interno, tenía por meta el control del circuito comercial y la oportunidad de esgrimir mejores bazas en sus relaciones económicas y administrativas con el exterior, ya se tratase de Madrid o de Londres. Este componente ha generado una de las singularidades más relevantes de la vida política insular. A la hora de reinterpretar el período de la independencia en las islas hasta los cabildos generales de Las Palmas de 1810, a la luz de las elaboraciones de Bonnet y Rumeu, distinguimos tres etapas en donde se e\- plicitan posturas e intereses de instituciones y grupos. Un apretado resumen de ellas se expone a continuación. /" etapa: el predominio tinerfeño y la eontestaeión iiraneanaria tjulio-sepliemhre de ¡SOS) En Las Palmas se tuvo noticia de la abdicación de Bayona desde el 25 de junio, mas los primeros informes fehacientes sobre el levantamiento antinapoleónico fueron traídos el 3 de julio a Santa Cruz por los comisionados .labat y Jáuregui, que la Suprema de Sevilla envió a Ultra- 272 mar. Las directrices que portaban promueven el cabildo abierto que el día 1 i se celebraría en la capital tinerfeña, del que nace una Junta que pasó a abrogarse amplias jurisdicciones en todo el Archipiélago. La inexacta tipificación que Bonnet hace del proceso a escala estatal, le indujo a suponer la presencia de un «Gobierno nacional representado por la Junta Suprema de Sevilla» (p.83). En su opinión, las capas dirigentes de Tenerife se anticiparon o, cuando menos, siguieron sumisas las normas emanadas del mismo, instituyendo esa Junta provincial en La Laguna para ejercer todas las potestades islefias. Fuera de las consignas verbales que cursan los comisionados, por oficio de 8 de julio que dirige al comandante general y abre aquélla tras su arresto'**, Sevilla dispuso la erección de tai órgano gubernativo y con su facultad sancionaba a posteriori un proceder tan patriótico. Este magnífico soporte legitima las atribuciones laguneras y arrincona en el terreno de la sedición cualquier actitud discordante. Ocurre, sin embargo, que hoy no puede suscribirse semejante planteamiento inicial, pues adolece de un peligroso infantilismo reductor. Es el régimen de las juntas, la existencia de una pluralidad de centros decisorios, lo que caracterizó la crisis de Estado, siquiera hasta el 25 de septiembre. La defensa nacional corre a cargo de esos cuerpos de disímil estructura, producto del federalismo instintivo, mientras imperaba una manifiesta atomización política provocada por el vacío de poder al nivel más alto (colaboracionismo de la Junta de gobierno que presidió el infante don Antonio). Mucho se ha escrito sobre la composición y las decisiones de estos poderes resistentes''^. Los alborotos y movimientos subversivos que promocionan a las nuevas autoridades, legitimadas por la voluntad popular, son a la vez patrióticos y revolucionarios, porque a partir de la lucha contra los invasores deshancan o integran con otro cariz a los restos de la antigua administración. De tal forma, audiencias o capitanes generales subsisten o pierden su imperio de acatar o no unos organismos que recortan sus atribuciones y asumen un poder ilimitado, propio de quien ejerce soberanía. Aún integrándose en las nuevas corporaciones, los viejos poderes presentan otra fundamentación, pues ya no actúan en 18. Lo trajo el capitán de artillería don Feliciano del Río y se leyó en la sesión del 30 de julio, ratificándose en él lo que ya habían transmitido don Juan Jabat y el coronel don Tomás de Jáureguí. Estos arribaron a Veracruz en agosto, depusieron al virrey conjurado Iturrigaray y en su lugar designarían a don Pedro Garíbay. (Cf. José ANDRKU GARCÍA, «El comercio veracruzano durante la Etapa Emancipadora, 1808-1821». en Monlalhán. n' 14 [Caracas, 1983], pp. 236-237). Su misión en las islas, con el fnandato de que se instalase una Junta, ha sido probada documental mente por Rumeu (p. LXX). 19. AYVfES, pp.83-88. 273 nombre de la Corona sino como representantes del pueblo. En vano el Consejo de Castilla trató de imponer sus prerrogativas sobre los «hombres de 1808»: propietarios, religiosos, funcionarios y oficiales, unidos a la causa patriótica para hacer derivar la revolución por derroteros de orden y reasumir el dominio de la situación^o. En ocasiones, las juntas se constituyen en poderes territoriales de ámbito provincial o regional que pondrían bajo su dependencia a las autoridades locales. Trece Juntas Supremas provinciales existen ya al término del proceso, en los primeros dias de junio, entre las que destacan las de Sevilla, Valencia, Oviedo, Lérida. Valladolid. Badajoz y Zaragoza, con un número indefinido de otras auxiliares de matiz local o especializado. El esfuerzo bélico contra los invasores forzaría a superar este estado de cosas y a promover la creación de un gobierno nacional, mentor de la conciencia unitaria que presidió la mayor parte de las Juntas. Eos llamamientos a la «unión sagrada», el papel de los agentes británicos y el golpe de fuerza de los portavoces de las Juntas del sur. dieron su fruto tras un trimestre de arduas gestiones^-'. El 25 de septiembre se crea en Aranjuez la Junta Suprema Central Administrativa, que preside el octogenario conde de Floridablanca, llamando a su seno a los representantes ausentes22. Para conjurar la dispersión, sus treinta y cinco miembros, mayoritariamente conservadores, recurren a la soberanía nacional--^ Este fenómeno centrípeto, no obstante, hubo de hacer frente a las tendencias federalistas que abanderaron varias Juntas. Las de Sevilla y Valencia, ante todo, se resistieron a someterse al rol subordinado que se les asignaba, pretendiendo hacer de la Central un mero núcleo coordinador de las resoluciones provinciales-^'*. Más lejos aún se llegó en la capital del Turia. oponiéndose a la convocatoria de Cortes por la Central y reclamando para los entes autónomos facultades legislativas, identificándoles con la nación-^-''. Si los particularismos disgregadores subsisten, es 20. Cf. algunas referencias sobre las actitudes reformistas de varios dirigentes provinciales, reclutados entre los sectores más progresistas de las clases dominantes, en Josep FONTANA, l.a crisis del Antiguo Régimen. l8()fi-l,SJ.i Barcelona. 1979. pp. 71-76. 21. Miguel ARTOLA, Aniiiíuo Régimen yrcmhición liberal. Madrid. 1978. pp. 161-162. 22. Cf J.A. MARTÍNEZ DE VEI.ASCO, I.a Formaeión de la Junta Central. Pamplona. 1972. 23. Cf A. DEROZIER. Manuel Josef Quintana et la naissanee du lihéralisme en Espag-ne. Paris-Besangon. 1968, f I. 2" parte. 24. CF. E. QLESADA MONTERO. «La Actuación de la Suprema Junta de Sevilla a trav��s del Diario de su Presidente», en .Archivo Hispalense, nums. 147-148. Sevilla. 1968. 25. A propósito de los términos «patria» y «nación» en el vcxabulario de la Independencia, cf Pierre VI1,AR. Hidalgos, amotinados y guerrilleros Pueblo v poderes en la historia de España, Barcelona, 1982. pp. 210-252. 274 porque en la práctica el juntismo propicia un embrión de estados soberanos independientes al inicio del período y porque sus sectores dominantes se revelan posteriormente contra la incapacitación de la Central. Los ejércitos se consideraban como fuerzas de corte provincialista que no era necesario sacrificar a las exigencias nacionales. La insolidaria conducta de los proceres sevillanos, disponiéndose a atacar Granada o negándose a remitir un ejército andaluz al crítico frente del Ebro, confirman hasta qué punto operan las determinaciones que el atomismo impuso. La fragmentación del régimen juntista originó múltiples confiic-tos, que irían desde la rivalidad ancestral entre pueblos limítrofes a la sintomática disputa que contrapuso a las corporaciones de La Coruña y Santiago por el título de «Soberana»^^. No podía quedar el Archipiélago libre de esta clase de trastornos. Un falso arranque incapacitó a Bonnet para captar con exactitud las contradicciones que nuestra Junta Suprema provoca desde su génesis. Obsesionado con un ficticio monopolio de la legalidad, prescinde del condicionante capitalino y cae en una auténtica falacia. El problema de la legitimación, tal y como está planteado, se nos antoja un puro sofisma. La convocatoria de cabildos generales abiertos fue práctica común en la administración municipal del antiguo réf^imen. En el ámbito de la normativa imperante, nada hay de sedicioso a priori en el ejercicio de un derecho al que tradicionalmente recurrían las clases privilegiadas. No era preciso ningún aval exterior y es absurdo obsesionarse con él o convertirle en garantía para toda suerte de acciones. La Junta Suprema de España e Indias que el 27 de mayo se instala en la ciudad hispalense, no alcanzó a tener la superioridad que Bonnet le atribuye hasta la erección de la Central. Virtual capital en los primeros meses de la Independencia, fortalecidas sus pretensiones por la victoria de Bailen (21 de julio), terminó reduciéndose a un foco más del juntismo, sin especiales privilegios. Al cumplir las instrucciones sevillanas, los patriotas de Tenerife creen secundar el mandato de un gobierno único, pero su interlocutor es apenas una parodia del mismo al que cuestionan otras capitaies^^. Sevilla se dirigió a la isla picuda porque allí residía el comandante general y porque era imprescindible sumarnos al pronunciamiento de forma institucional, si bien en función de tales razones pudo optarse por Gran Canaria, sede de la Audiencia. ¿ Y de haberse 26. Miguel ARTOLA, Los orígenes de la España contemporánea. II, pp, 295, 382. .199, 445-62 y 556, recoge varios comportamientos provinciales significativos. 27. Los mismos protagonistas de los hechos eran conscientes de que no hablaban con un gobierno nacional cuando se supeditaron a Sevilla. El 1 de octubre de 1810. al dirigirse al Justicia y Regimiento tinerfeño, Villanueva del Prado rememora la instalación de la Junta en estos términos: 275 dado la improbable circunstancia de que Valencia u Oviedo remitiesen comisionados u oficios con órdenes similares a Las Palmas, no habrían bastado para neutralizar los requerimientos de la Junta sevillana? Es obvio que múltiples lazos de Índole económica y administrativa {judicial o religiosa ), nacidos de la mera proximidad o de la ruta con Indias, conferían a la región andaluza una notoria preeminencia en el trato con nosotros, mas no por ello debe inferirse exclusividad alguna desde el punto de vista político en aquellos instantes tan confusos. Dada la situación nacional, parecía lógico preferir la jurisdicción castrense al Real Acuerdo. No hay que extralimitarse en la consideración de un elemento fortuito o coyuntural. Sin ningún tipo de motines o tumultos populares, el cabildo general tinerfeño del 1 I de julio se celebró, al decir de Rumeu, tras «una pacífica cuartelada» (p. CXII), ocurrencia relevante que Bonnet no llegó a conocer. Un militar de ascendencia irlandesa, el teniente de rey don Carlos O'Donnell y Anethan, y un aristócrata de La Laguna, el marqués de Vi-llanueva del Prado, le promoverían con el apoyo de los influyentes regidores insulares. La indecisión del comandante general don Fernando Cagigal de la Vega y Mac Swing, marqués de Casa CagigaP'^. dio alientos a la confabulación de los sectores militares y civiles que acabaron por deponerle con el golpe del 8 de julio. El móvil específico de O'Don-nell para sublevarse contra su superior podría estar, como quiere Rumeu. en sus apetencias de mando o en la reciente enemistad que entre ellos latía^*^. El ambicioso subordinado acaudillaba una facción adversa a Cagigal que, antes del verano de 1808. reúne a oficiales y funcionarios «...la isla de Tenerife, en donde residía la fuerza, en donde urgia por momentos la dificultad y en donde por consiguiente se podia cortar en su raíz un mal que acá o allá ya habían producido algunos síntomas peligrosos, formó, a instancia expresa del mismo jefe de la provincia, una .lunta de gobierno, a que se convidó a las demás islas. Cinco de ellas enviaron sus diputados a la .lunta de Tenerife, que reconocieron con alborozo y que voluntariamente se sujetó desde el principio y siempre a la Junta de Sevilla, para conservar este lazo de dependencia respecto a la Metrópoli, mientras no se establecía una autoridad nacional». Alonso de NAVA Y GRIMON. marqués de Villanueva del Prado. Obras ¡loliucas. Santa Cruz de Tenerife. 1974. pp. 161-162. Edición, introducción v notas por Alejandro CIORANESCH. 28. Cf su biografía y la de O'Donnell en RUlVlKll. pp. XXVIl-XLI.quien plantea que ambos fueron «los dos polos del eje general de los acontecimientos» de 1808 en Santa Cruz. 29. El incidente de la representación de la tragedia Owlo. ya relatado por Millares Torres, es citado por Rumeu a partir del Apunlamicnto y del Manifiesto de Cabral (pp. XLI-XLII). 276 díscolos. Pero si resquemores y discrepancias entre la milicia precipitaron los acontecimientos de Santa Cruz, su verdadera raíz reside en las aspiraciones hegemónicas de los notables laguneros y sus colaboradores portuarios, esto es, de los cahalleritos educados en el ambiente de las tertulias dieciochescas: nobles, clérigos y burgueses influidos por el mundo de la Ilustración, ya afmes a un tradicionalismo moderado de corte jove-llanista o inscritos en la órbita del pensamiento liberal-^0. Los principales dirigentes de la Junta y los primeros beneficiarios de su praxis, serán precisamente individuos de la gran nobleza propietaria (como los marqueses de Villanueva del Prado, de Villafuerte o del Sauzal), junto a poderosos comerciantes de los puertos que representaban el santacrucero don José Murphy y el orotavense don Bernardo Cólogan-^'. Bajo la égida de La Laguna, las clases dominantes de Tenerife utilizaron a los espadones de la guarnición para imponer un absoluto control sobre las islas, pretendiendo esgrimirle a toda costa y consagrarle en menoscabo de Las Palmas. El primer valladar que hubo de vencer la previsora élite tinerfeña lo interpuso el equívoco comportamiento de Cagigal. Si urgía anteponerse a sus contrincantes grancanarios, las vacilaciones del pusilánime marqués, en línea con las de sus colegas de otras latitudes, amenazaban las preces dominadoras antedichas. No vamos a entrar en la polémica sobre su posible afrancesamiento, aunque nos parecen muy atinadas las pun-tualizaciones que Rumeu hace a Bonnet, siempre desde la perspectiva de contemplar la cuestión como «punto vidrioso y discutible», sin pretender asertos conclusivos. Mediante un inteligente expurgo de la correspondencia entre el comandante general y don Gonzalo O'Farril, ministro de la Guerra y miembro de la Junta de gobierno constituida por el rey Fernando al partir hacia Bayona, Rumeu avizoró otra manera de apreciar la conducta del otrora valeroso soldado, sin eximirle por ello de las faltas a las que entonces se hizo acreedor, sin iniciativa ni arrojo-^^. 30. El mismo autor (pp. XLIV-XLVIII). elaboraría unas atinadas apreciaciones a propósito del sustrato ideológico de los componentes de la Junta. Cf. también al respecto Enrique ROMEU PALAZUELOS. La Económica a través de sus acias. Años 1776 a IHOO. La Laguna. 1970. 31. Cf. Marcos GUIMERA PERAZA. José Murphy (1774-1S./'). Su vida, su obra, sus in-cógnitas. Santa Cruz de Tenerife, 1974 y «Bernardo Cólogan y Fallón (1772-1814)», en A.E.A.. núm. 25 (Madrid-Las Palmas. 1979). pp. 307-355. 32. C omo Rumeu indica, Cagigal no fue el afrancesado neto que pretendieron sus enemigos. O'Farril no llegó a ser ministro de la Guerra de José I hasta el 7 de julio, por lo que el comandante general desconocía su postura cuando le escribe las dos cartas del 26 y 30 del mes anterior. El Cagigal de entonces era para Rumeu un «traidor en potencia », un «mal patriota», «acobardado por su propia responsabilidad». He aquí cómo compendia el dilema en el que estuvo inmerso: 277 Pese a todo, importa señalar que. al partir los comisionados de Sevilla el 3 de julio, Cagigal se había adherido sin reparos a su Junta y por ende a la Independencia. Cuando, cinco días más tarde. O'Donnell sublevó a las tropas y se hizo con el mando militar de Canarias, no existían valimientos patrióticos para tal proceder, ni para la cautividad y procesamiento del exonerado-'-'. Según Rumeu. la ambición del teniente de rey condujo a la sublevación contra el general cuando las ambigüedades de éste ya habían desaparecido. Siendo exactos tales juicios, quedan por explicar otros factores en liza. Cagigal. en efecto, no suponía en ese instante «un pcUi^ro en potencia para la causa nacional», mas sí era temible en relación con los mentados afanes dominadores. El comandante general no pretendió nunca reunir un solo cabildo abierto en Tenerife. Antes al contrario, se inclinaba por otro de carácter provincial que habría de convocar la Audiencia en Las Palmas, lo que participó a sus componentes el 20 de junio y al ministro de la Guerra el 26-^**. La embarcación procedente de Cádiz que ancló en la mañana del 5 de junio en Santa Cruz, divulgó el anuncio «Su obsesión era verse aislado entre una España, a lo mejor sumisa, como Holanda, Ñapóles o Westfalia y una America insurrecta o sumisa, teniendo entonces que entregarse en brazos de Inglaterra, como única salida posible ante tal atolladero» (p.LXIlI). Chil. por su parte, ya habia apuntado que Cagigal creyó a O'Farril al servicio del rey Femando (Ms. 4. Ibis. 455-456). ^'S. Cf.los interesantes párrafos del Apuiuamicnlo sobre la inequívoca disposición antinapoleónica del comandante general el .^ de julio, que Rumeu reproduce (p.LXIV). Acto seguido corrige las afirmaciones de Bonnet en cuanto a las misivas de Jabat y Jáuregui. que si llegaron efectivamente a su destino por conducto de Cagigal. Es verdad lo que dice Rumeu: Bonnet no dispuso de la documentación necesaria para caracterizar con la amplitud debida los episodios de Santa Cruz de mayo a julio. Entre otras cuestiones, ignoró el golpe militar de O'Donnell previo al cabildo abierto y retrasó la detención de Cagigal hasta el dia 13. dos después de entronizarse la Junta y como si hubiera sido por acuerdo de ella (pp. 57-58). Lo que en La Laguna se hizo fue darle un ropaje legal a poslerioh. refrendando hechos consumados. Rumeu reflejó el tenso clima que en Santa Cruz se respiraba contra el marqués, a partir del Apuntamiento y del Memorial ác\ vizconde de Buen Paso (p. LXVII). aduciendo taxativamente la simple confirmación de 0"Donnell en el puesto que ya desempeñaba (p.CXII). 34. «Tengo escrito a la Real Audiencia para que se junte un cabildo general, porque estoy cierto de que las gentes sensatas de las islas piensan de otro modo que las que siguen al partido a cuya cabeza ha querido ponerse O'Donnell» (BONNET. p. 29). Digamos asimismo que la tesis de Rumeu sobre este último ya fue escrita por Chil: 278 del levantamiento del 2 de mayo en Madrid. No era posible, sin embargo, hacerse todavía una idea exacta de lo que estaba ocurriendo-*''. El día 14 recaló el bergantín llamado «El Currutaco», de la matrícula de Vigo. con informaciones más concretas sobre el alzamiento antifrancés, ratificadas a la postre por otro buque-^^. Cagigal mandó el 18 a todos los gobernadores de las armas hacer fuego contra cualquier tropa extranjera que se presentase en las islas, enviando en calidad de mensajero al capitán de artillería don Feliciano del Río con una extensa carta para O'Fa-rril^''. Las cosas no estuvieron aclaradas definitivamente hasta el 3 de julio. Resulta muy complicado dilucidar los propósitos que alimentó el comandante general durante la segunda quincena del mes anterior. Es razonable creer que haya pretendido ponerse de acuerdo con el tribunal para una actuación conjunta, fuera del alcance de sus antagonistas. Asediado por la doble presión de O'Donnell y los edecanes capitalinos, aceptó en última instancia la convocatoria de La Laguna a regañadientes, cuando en principio se inclinó por un cónclave común en Las Palmas, al amparo de la institución con potestad para autorizarle y que él mismo presidía. Chil expuso esta actitud, basándose en el extracto de los expedientes de la Audiencia que reproduce Bartolomé Martínez de Es- «Es innegable que el Teniente de Rey O'Donnell, a falta de dotes de gobierno y de un espíritu verdaderamente liberal del que estaba muy lejos, como manifestó después, poseía un atrevimiento y una actividad incansables; que frente al Comandante general. Marqués de Casa-Cagigal, buen hombre pero débil e irresoluto, debía vencer necesariamente, como lo consiguió al fin. La ambición, pues, del uno y la falta de energía del otro fueron causas determinantes de la lucha que se empeñó entre ambos...» (Ms. 4, fol. 454). De la Rosa, más recientemente, señala que O'Donnell «se valió hábilmente tanto de las ambiciones del marqués de Villanueva del Prado como de las pocas simpatías de éste por el de Casa-Cagigal». Leopoldo de la ROSA OLIVERA, Introducción al Diario de Juan Primo de la Guerra, f I, pp. 30-31. 35. «Muy dificíl es hacer juicio de las razones que producen dichos sucesos y las noticias vienen frecuentemente disfrazadas y con apariencia de inciertas», anotó el vizconde de Buen Paso (Diano, 11, p. 31). 36. José DESIRÍ: DLIGOUR, Apuntes para la Historia de Santa Cruz de Tenerife, desde su fundación hasta nuestros tiempos. Santa Cruz de Tenerife, 1875, p. 197. 37. Rumeu, en este punto, insiste a propósito de su conocida opinión (p. LIV); «... para Cagigal no había la menor inquietud o preocupación sobre la independencia de la nación, sobre la fidelidad a la dinastía, sobre los juramentos prestados a su rey; sólo le interesaba conocer quién tenía más visos o probabilidades de consolidar su situación política en la Península, para, de acuerdo con el menor riesgo, tomar una resolución definitiva». 279 cobar-***. Nos inclinamos por suponer, incluso, que fueron estas intenciones las que sembrarían la alarma entre los circuios tinerfeños deseosos de tomar la delantera a los grancanarios. Las entrevistas del regidor Torres Chirino y Villanueva del Prado con Cagigal el 18 de junio, tuvieron en esta cuestión otro de sus motivos capitales, por encima de la biísque-da de una terminante declaración antifrancesa-^'^. Al recibir el pliego que O'Donnell leyó a sus partidarios la noche del 28, el marqués le desautorizó para conminarle a hacer exhibiciones patrióticas de ninguna índole, advírtiéndole su aspiración de oír a las autoridades legítimamente constituidas y el haber cursado instrucciones para celebrar cabildos generales con ese objetivo'^*^. El 29 expresó al Regimiento y .lusticia de Tenerife la conveniencia de acudir a tal medida, nueve días después de su comunicación al tribunal. En el oficio que el .^0 dirige al corregidor tinerfeño, don José María de Valdivia y Legovien. le dice al anunciarle la fecha del 11 de julio para inaugurar la asamblea: «... no espero que este paso influya enteramente en el logro del fin deseado, y creo se conseguirá completamente si ese Real Acuerdo se sirviese convocar a un cabildo o Junta general de toda la Provincia que hubiese de celebrarse en esa Isla como Capital de aquella, presidiéndola el mismo Tribunal»'". El 2 de julio, el marques volvió a plantear a regente y oidores este deseo y dos días después recibió una respuesta favorable. En el Ínterin arriban los comisionados Jabat y Jáurcgui y la posición de Cagigal, inse- .•Í8. CHIL.fols. 456 y 465-466 y Bartolomé MARTÍNEZ DE ESCOBAR. La Oran Canaria. Compilación Je lo.s derecho.', y ¡indos que esta isla posee como capital de las siete a que da nombre: y su Ciudad litoral, el Real de Las Palmas. Por un canario. Las Palmas. 1855. pp. 102-104. La creencia de que Cagigal intentó establecer una junta local en Santa Cruz de Tenerife al margen de su cabildo, asi como erigir otra de ámbito provincial en Gran Canaria presidida por el regente de la Audiencia, fue tomada de Désirc Dugour por Leopoldo de la ROSA OLIVERA, Evolución del Réi;imen Local en las Islas Canarias. Madrid. 1946. cap. VI. .^9. El testimonio posterior de don Alonso de Nava en el expediente incoado a Cagigal. no parece ser muy ecuánime respecto de la postura del marqués o lo suficientemente digno de fe en cuanto al contenido de aquel diálogo. En el .•\puntamiento se lee que el comandante general dio a conocer al noble lagunero su determinación de repeler a los franceses, atribuyéndose éste en sus confesiones el mérito de la misma. RUMEll. p. Lili y BONNET. p. 18, 40, Ignoramos los términos del oficio que redactó el teniente de rey. con el que pretendió «probar hasta qué punto podia contar con las simpatías populares y la debilidad de Cagigal», DESIRE DUGOIIR. p, 200, 41. MARTÍNEZ DE ESCOBAR, p, \QV. subrayado del autor. Cita el expediente de la Audiencia de donde tomó el documento. 280 gura en el asunto de la goleta «La Mosca», se clarifica enteramente. El golpe del 8 de julio se materializó así para impedir que coexistiesen dos cónclaves en Canarias por lo menos, como fórmula inquebrantable para garantizar el exclusivismo de La Laguna. El comandante general no iba a prescindir de la Audiencia, pues por obligaciones de su cargo era renuente a toda marginación de sus ministros. Recurrir a ellos, sustentar el papel que les correpondía dentro del sistema, significaba arrebatar a Tenerife la posibilidad de encabezar el movimiento patriótico sin rivales. Verificar en Las Palmas un cabildo abierto con el plácet de Hermosilla y sus colaboradores, habría reportado la aparición de una Junta defensora de los poderes constituidos tanto como de sus designios de capitalidad, quedando en igualdad de condiciones ante Sevilla y aún con mayores ventajas por tener tras de sí a aquellos magistrados y ningún disenso con la cúpula castrense. O'Donnell fue, pues, el agente que los patricios de la isla picuda precisaron para encarrilar la situación en su único provecho. La sedición del ambicioso coronel esconde la rebeldía de sus clases privilegiadas contra los delegados gubernamentales del antiguo régimen. similar a la que ocurrió en otras provincias. La Suprema sevillana requirió una Junta que dejase incólume la administración jurídico-militar del Archipiélago. Cagigal no se avino a preterir los derechos de la Audiencia, ni los de Gran Canaria a tener paridad con Tenerife en tan grave coyuntura; hasta el último instante trabajó por hacer valer su autoridad y porque del cabildo del 11 de julio surgiera un ente afin a. su persona'*^ Es irrebatible lo que querían los proceres laguneros y sus aliados. El teniente de rey les sirvió de dócil instrumento y obtuvo sustanciales ganancias por su insubordinación. El primer acto de nuestra Suprema fue confirmarle interinamente en el empleo del marqués, cuya deposición se produjo no por sus barruntos afrancesados, sino por oponerse a los cálculos de Nava y los regidores. Al socaire de las protestas exaltadas de patriotismo se ocultan a menudo intereses más bastardos. Cuando la Junta era un órgano de exclusiva factura tinerfeña y O'Donnell su fiel brazo ejecutor, se acometió la tarea de someter a los rectores grancanarios. Por iniciativa del comandante general interino, y con 42. Bonnet apunta las incorrecciones que cometió Désiré Dugour ai narrar los planes de Cagigal (pp. 31-33). Ahora bien, aunque éste contase con el ayuntamiento desde el 29 de junio, aceptara la convocatoria del cabildo tinerfeño en La Laguna y no pretendiese formar una junta en Santa Cruz, sus miras referentes a Las Palmas no deben silenciarse. Además, tanto la reunión que el 7 de julio celebra con sus partidarios como la comunicación que ai dia siguiente remite a los regidores, con una lista de las personas que podrían elegirse, demuestran sus deseos de asegurarse la docilidad del organismo que habría de actuar en la isla. 281 la anuencia de aquella en sesión del 15 de julio, el vocal don Juan Creagh y Plowes, caballero de la Orden de Santiago, teniente coronel de Infantería y sargento mayor del Batallón de Canarias, recibe el cometido de arrestar y sustituir al gobernador de las armas don Juan Verdugo, con el mandato expreso de remitirle a Santa Cruz como encartado en el procedimiento que contra Cagigal se seguía. Portador de oficios para la Audiencia, el obispo y los cabildos secular y eclesiástico, el gallego Creagh aportó a Las Palmas el 21 y cumplió puntualmente su intrépida embajada. Sorprendidos por la rapidez y contundencia de semejante actuación, los timoratos edecanes de la ciudad no pudieron oponer ante el audaz emisario juntista más que pasquines y vagas conminaciones''^ Al recensionar los estudios de Bonnet-Rumeu, el maestro Serra Rá-fols atribuyó a una absoluta ausencia de caudillos el retraimiento con que los oligarcas de la isla redonda acogerían el rumbo vacilante de la revolución^''. Sin un Villanueva del Prado y sin un O'Donnell, no fueron capaces de repeler el posicionamiento conservador de la Audiencia, cuya insensible apatía llegó a ser más flagrante que la de Cagigal porque faltó quien cuestionara su mutismo. Esta pasividad, ya planteada por Millares Torres, oculta no obstante algunos matices que no conviene pasar por alto''-\ Los integrantes del tribunal (el regente don Juan Benito Hermosilla y los oidores don Francisco Alfonso de Tuero, don Tomás de Quevedo Bueno y don José de Oromí), habían cursado providencias el 9 de junio para que se proclamase a Fernando Vil por rey en todo el Archipiélago. La comunicación de Cagigal del día 20, con la sugerencia de un cabildo general de la provincia en Las Palmas, les trazó el camino a seguir y quedaron a la espera de sus orientaciones. El 25 arribó al puerto de La Luz la goleta «La Mosca» y, tan pronto como se supo cuál era el objetivo del Barco de Bayona, el regidor y síndico personero don José de Quintana y Llarena y el doctoral don Gracíliano Afonso reclamaron la inmediata detención de su capitán, el vizcaíno don Mariano Isasvíribil. 43. En el Manifiesto que el 27 de septiembre elaboró Ciordillo en nombre del pcrmancnic. editado en la imprenta de la Económica, se dice que Creagh engañó a una delegación del ayuntamiento que fue a percatarse del objetivo de su comisión, contestándole bajo palabra de honor que era puramente militar. José Agustín ALVAREZ, RIXO, Cuadro histórico de estas Islas Canarias o noticias f>cnerales de su estado y acaecimientos más memorables durante los cuatro años de /WW a IHI2. Las Palmas. 1955, Apéndice IV, p. 208. Prólogo de Simón BKNITEZ PADILLA y epilogo de Francisco de QUINTANA Y LEÓN. 44. Revista de Historia, n* 88 (La Laguna, 1949), pp. 419-423. 45. Historia General, f IV, p. 22.1. 282 El corregidor don Antonio Aguirre hizo abortar un pian para su captura, con el que un grupo de particulares intentó contrarrestar la tolerancia del coronel Verdugo hacia el enviado de José I a Ultramar^^. Llarena mismo demandó cuanto antes el cabildo que Cagigal proponía, para adelantarse a Tenerife'*^. Este insistió en sus propósitos el 2 de julio y el 4 la Sala se mostró totalmente de acuerdo con ellos. La élite política grancanaria se situó en pos de la Audiencia y la Audiencia detrás del comandante general. El modo en que iba Las Palmas a sumarse a la causa patriótica no exigió romper con las autoridades existentes, que se mostraron partidarias de abanderar sus requerimientos capitalinos. A primeros de julio, las perspectivas eran muy halagüeñas y sólo unos pocos demostraban su inquietud ante la confianza de los más en la alternativa de orden que se les había presentado. He aquí el por qué de la inercia que caracterizó a los dirigentes insulares desde la llegada de «La Mosca». 46. A él se hizo referencia en el citado Manifiesto del 27 de septiembre, p. 207. 47. CHIL, fols. 449-450. El regidor perpetuo Quintana anotaría en sus memorias (ALVA-REZ RIXO, Apéndice X, «Vida política del coronel don José de Quintana y Llarena», pp. 267-268): «...conociendo el racional anhelo de las Islas, opiné desde el primer momento por que se instalase en Canaria la Junta que todos apetecían, siguiendo el sistema que para su salvación adoptara la Península, e insté para que en esta isla no se perdiesen momentos, entre otras razones de política, por la poderosísima de prevenir y evitar las escisiones que ya nos amenazaban, teniendo presente que en tales revueltas pierde siempre el que tiene que perder, sí carece del tino necesario para colocarse en el nivel de las circunstancias que le rodean, máxime teniendo enfrente una rival tan poderosa como Tenerife, que no olvida, como tampoco lo olvidaban las otras islas, la acogida que dimos al barco de Bayona y que frecuentemente nos lo lanzaban a la cara. Aparte lo conocidamente público, por casualidades que no son del caso referir, yo me hallaba sobradamente impuesto de cuanto se trató en secreto cuando la acogida que dimos a tal barco y su comandante, el oficial de la Real Armada Izar-viribil. Cúpome la satisfacción de que mi actitud en este particular, y en cuya opinión me siguieron unos cuantos regidores, sirvió a poco de escudo con el que se cubrió el Cabildo Permanente para poder rechazar las justas reconvenciones que nos hizo la Junta Central por la recepción de tal barco». No tenemos constancia de que la Central reconviniera al permanente por el tema de «La Mosca». La de Sevilla sí lo hizo el 18 de agosto de 1808 (BONNET, p. 121), dirigiéndose al cabildo ordinario. Los enfrentamientos de Quintana con el grueso de la dirigencia insular, quizás invalidan un tanto sus puntos de vista, obviamente interesados y parciales. Otra de las materias conflictivas que trata consiste en la utilización de los «bayonistas» por parte de Creagh, halagándoles y engañándoles al unísono hasta dominar la situación. Cf Néstor ÁLAMO, «La Calada de la 'Mosca', una página de la historia de Gran Canaria», en Revista de Historia Canaria, n' XXVI (La Laguna, 1960), pp. 193-244. 283 Probablemente los grancanarios no creyeron a sus antagonistas capaces de ir tan lejos en sus acciones. La deposición de Cagigal el 8 de julio les cogió por sorpresa y la tranquilidad de la víspera se trocó en desconcierto. El precio que pagaron por acomodarse a los poderes constituidos fue el de perder la capacidad de iniciativa. Más grave aún fue su fidelidad a tales principios en las casi dos semanas siguientes. Inmovilizados por su anterior seguridad, no tenian ni el programa ni la organización que poco a poco había tomado cuerpo en La Laguna y Santa Cruz. Sus miradas se dirigieron hacia la Audiencia, que el 21 proclamó a Las Palmas capital provincial y sede de sus órganos gubernativos'***. La resolución de Creagh evitó que pudiera fraguar un temprano foco antitiner-feño. La mayor equivocación de los políticos palmenses fue creer que al amparo del tribunal sus reivindicaciones estaban lo suficientemente seguras, hasta el punto de no ser preciso movilizarse para imponerlas. El Real Acuerdo hizo gala de un ordenancismo similar al de otros sanedrines peninsulares y temió la apertura de un cabildo general del que podían salir recortadas sus atribuciones. Hizo falta una segunda incitación de Cagigal, para que se decidiera a favorecer el camino asambleario. El misoneísmo de Hermosilla y sus compañeros les impidió inclusive adoptar una postura concluyente en el asunto de «La Mosca». Un repudio cerril a toda clase de alteraciones está presente todavía en el bando que publicaron el 23 de julio, para exhortar a la calma ante la intervención expeditiva del vocal lagunero. Pese a todo, la resistencia grancanaria frente a Tenerife alcanzó a tener en la Audiencia su principal bastión. Como Rumeu dice, ésta no podía suscribir el intemperante cese de Cagigal ni la destitución de Verdugo por el «poco diplomático» Creagh'*^. El 1 de agosto aprobó un auto por el que reducía las competencias de la Junta únicamente a Tenerife y, en consonancia con la instrucción del 29 de mayo de la Suprema hispalense, exigió el límite de seis vocales y por exclusiva labor la de contribuir al socorro del reino. Tres semanas tardó el tribunal en decidirse a repeler los atributos que se abrogaron los cabecillas nivarienses. La presión de la opinión pública en Las Palmas, el arrogante proceder del nuevo gobernador militar y el temor de que las restantes islas terminaran por someterse al organismo intruso, determinaron el fin de su excesivo comedimiento. 48. CHII,.fol.462, 4'^. «La Junta Suprema de Canarias preparó con estas dos inhábiles decisiones los carriles por donde se habían de deslizar y precipitar los acontecimientos» (p. LXXXVIll). 284 La rivalidad entre la Audiencia y la Junta no ofrece los mismos matices que en la región asturiana, cuyo ejemplo aduce Bonnet. Es lógico admitir la natural antipatía de aquélla hacia lo que significó el régimen juntista, mas desde finales de julio era el método y no el sistema lo que debía condenarse particularmente. Así lo hizo la Sala, entre otras razones porque era ilícito que una isla se alzase con la representación de todas, eliminando manu militari la propuesta unitaria de Cagigal. No es posible medir con el mismo rasero de otras zonas las actitudes isleñas, en virtud del factor distorsionante que representó el problema capitali-no^ O. Para comprender lo que ocurrió aquí en el verano de 1808, hemos de considerar que dos instituciones comunes del viejo orden tomaron partido por Las Palmas. Quienes debieron sublevarse no podían ser otros que los tinerfeños. De haber sucedido a la inversa, ese papel habría correspondido a los grancanarios. Como veremos, en 1810 sucederá precisamente esto último, sin que se alcanzasen las cotas conflictivas de dos años atrás. La manifiesta falta de objetividad que abunda en la monografía de Bonnet, hizo que ignorase los enormes yerros que presiden los trabajos de La Junta. Rumeu planteó acertadamente el más serio de todos, esto es, el «irritante desequilibrio» que hay en su composición, pues ante dieciocho portavoces de Tenerife se señalarían apenas cinco puestos para sus opositores, reducidos a dos en propiedad porque «el representante reservado para llevar la voz de la Real Audiencia y los dos que ejercerían funciones en nombre del Cabildo eclesiástico, eran miembros, por así decirlo, regionales, que nada tenían in slrictu scnsu que ver con Gran Canaria»". 50. No nos parecen acertadas las opiniones de Bonnet referentes a la sempiterna enemiga del tribunal hacia el régimen de las juntas, ya que varios de los textos que él mismo reproduce demuestran justamente lo contrario. Cf tales valoraciones al reseñar las actitudes de los ministros detenidos en Tenerife y de los que permanecieron libres en Las Palmas (pp. 96-97). 51. ¡hidetn. pp. LXXI-LXXII. Para el autor, la Junta cometería este «error grave y dos regulares desaciertos»; su obsequiosidad en repartir grados y honores y la detención y juicio de Cagigal. Con razón, expresa igualmente: «Si el Cabildo abierto en Tenerife hubiese obrado con la máxima cordura que las circunstancias aconsejaban, debió limitarse, al proceder a constituir la Junta, a elegir los representantes de la Isla y a designar con carácter de interinidad los cargos directivos de la misma, en espera de que fuesen o no confir��mados por la asamblea mancomunada de todas ellas; luego en un plano de igualdad, absoluta y total o por lo menos casi absoluta dirigirse a la isla de Gran Canaria para que en Cabildo abierto designase el mismo número de representantes, y, por último, invitar a las islas menores a enviar también sus representantes, en proporción a su población, importancia y riqueza. Esto hubiese sido obrar con arreglo a una lógica irrefutable». 285 Desde La Laguna jamás se proclamó abiertamente la doctrina de la reversión de la soberanía a! pueblo. La extracción social de la Junta entorpecía a priori cualquier veleidad «revolucionaria». Aparte de los títulos de nobleza ya conocidos, entre sus diecinueve miembros iniciales aparecen cinco religiosos (el vicario Martínez, el beneficiado Bencomo, el prebendado agustino Gonzáles de Soto, el provincial de los dominicos Delgado y Cáceres y el ex provincial de los franciscanos Texera), más otros tres individuos pertenencientes a la nobleza insular (el capitán y regidor perpetuo Tabares de Roo, el capitán Urtusáustegui y el teniente coronel Mesa, caballero de la Orden de Alcántara), a quienes habría que añadir los representantes por «la ciudad», González de Mesa y el regidor Torres Chirino. La presidencia y la secretaría estuvieron en manos de nobles y eclesiásticos que a lo sumo se adscribían al reformismo borbónico dieciochesco. O'Donnell y Creagh, por el «cuerpo militar», fueron básicamente los garantes y ejecutores de los que respaldaban sus ascensos. La única expresión propiamente burguesa se reduce a los delegados del «público», los abogados Pérez de Barrios y Lenard, y los del «comercio », los antedichos Murphy y Cólogan y Fallón. La ideología liberal la encarna el masón don José Murphy y Meade, elegido el 23 de diciembre de 1807 como segundo cónsul del Real Consulado de Canarias'''^. Amén de este componente tan poco «popular», aquellos principios soberanos estaban reñidos con la práctica discriminatoria que desde el primer momento imperó en Tenerife. Reducir la representación de Gran Canaria al nivel de La Gomera en una corporación de naturaleza provincial, era la mejor forma de enardecer los ánimos y fomentar toda suerte de discordias. No se nos malinterprete en este punto. Estando en juego intereses económicos y políticos, no había lugar para la mesura. Los grancanarios, de tener ocasión, se hubieran conducido de idéntica manera, eliminando una distribución equitativa y, por ende, cualquier paridad a la hora de las decisiones. La desautorización que suponia el auto del 1 de agosto, cuando ninguna otra isla se había definido, amenazaba con desarbolar la preponderancia juntista en ciernes. Al recusar los títulos que se esgrimían desde La Laguna, la Audiencia pretendió evitar que todo el Archipiélago la secundase, dejándola arrinconada en un segundo plano. En Las Palmas mismo empezaban a detectarse síntomas de convulsión que inquietaron a Creagh enormemente. Maniobrando con suma inteligencia, consiguió crear una compañía de granaderos, se ganó al corregidor y hasta contó con espías en el cabildo grancanario, militares que le informaban de 52. CIJIMERA VVM\7.\. José Murphy... pp. 10-12. 286 cualquier pormenor^-^ El 5 de agosto alertó a O'Donnell acerca de los temibles contactos entre los capitulares y el tribunal^'*. Nava y sus colaboradores no se atrevieron a dictar las providencias oportunas para reprimir a los ministros, pero sí a sostener cuanto su comandante general ejecutara. Un pelotón al mando de don Juan Megliorini detuvo el 19 al regente Hermosilla y al fiscal Oses, que con el auxilio de Aguirre fueron remitidos de inmediato a Santa Cruz. El ex teniente de rey alentaba así alcanzar un doble designio: abortar una hipotética sublevación en Gran Canaria, sostenida por los jueces, y garantizarse la mansedumbre del Archipiélago. La lección de fuerza no fue inútil, si bien terminó malográndose en uno de sus propósitos. El frente común entre la Audiencia y los privilegiados de la isla redonda, resultó de un episódico consenso entre preteridos que se necesitan mutuamente; aquélla requería una base social para oponerse a la Junta y éstos un sostén legal en aras de lo mismo. Se brindaron por ello la cobertura necesaria cuando la autoridad militar «intrusa» dio muestras de un desenfreno absoluto, indicativo de que no iban a consentirse tentativas adversas a sus patrocinadores^^. La puesta en marcha de tal política represora coexistió con un segundo requerimiento de la Suprema a los cabildos grancanarios, para que la reconociesen sin más demoras. El elemento civil, escudándose en una inexistente sanción sevillana^^, ofrecía una mano abierta mientras 53. ALVAREZ RIXO, p, 18. La existencia de esta especie de «quinta columna» viene avalada por el escrito que «algunos naturales del fiel y leal Tenerife» envían a la Suprema el 12 de septiembre. En el Manifiesto grancanario del 28 se habla de que Creagh hizo uso de su ascendiente sobre el estamento militar, ha existencia de partidarios de la Junta en el cabildo general del día I. confirma que había un reducido sector de tinerfe-ños que trabajaban sin estorbo alguno. Al producirse el motín, diversas personas instaron su detención inmediata. 54. Cf. el cruce de oficios entre el ayuntamiento y el ya conocido por «Tirano» popularmente, a propósito de la proclama y el bando que publicó este último el I de agosto, en BONNET, pp. 78-83. 55. La forma en que se practicó la detención de Hermosilla fue al parecer en extremo vejatoria. Según el acta de la primera sesión del cabildo general, que Rumeu inserta textualmente, se le sacó «de su misma cama y lecho nupcial, sirviéndose de oficiales de un carácter atroz que no le permitieron acabar de vestirse; y que sin sombrero, desmelenado y en calcetas y chinelas, lo llevaron, a vista y consentimiento de este Jefe (Creagh), por las calles más públicas de esta ciudad, hasta el embarcadero, como si fuese un reo facineroso...» (p. XCVII). 56. En pliego de 8 de julio, que como indicábamos trajo a Tenerife el capitán Del Río, el presidente de la Junta sevillana, don Francisco de Saavedra, señalaba a Cagigal: «En Canarias no hay que mudar cabezas, pues que lo es V.E., pero sería oportuno que V.E. crease, a semejanza de lo que se ha hecho en toda España, una Junta Suprema de gobierno que con V.E. velase a todo, atendiese al buen orden, y a la defensa común y conservase el dominio de esas Islas a nuestro Rey y señor don Femando VII». 287 con la otra, el sector castrense, aplicaba un resolutorio tratamiento coercitivo. Los integrantes del tribunal que permanecían libres, no dieron muestras de someterse. En la sesión del 24 de agosto, e! ayuntamiento pareció ceder al elegir en calidad de diputados al teniente don Francisco de Aguilar Romero y al subteniente Quintana y Llarena. Se trataba de una cortina de humo. Nunca hubo realmente voluntad mayoritaria de adherirse a la Junta ni de acatar sus leoninas condiciones''''. La resignación era una simple treta para engañar a Creagh y hacer que O'Donneil permaneciese inactivo. Bajo cuerda se tejían ios hilos de la rebelión. Después del embarque del regente, no contamos con testimonios de agitaciones inmediatas contra el gobernador militar y el «partido tinerfe-iio », aunque León indique lo contrario-''*^. En Las Palmas prosperó, al parecer, una minoría dispuesta a claudicar, pero otros dormían fuera de sus casas por miedo a ser también deportados-'''^. No andaban muy descaminados estos últimos, ya que O'Donneil conminó la expedición de los más significativos desafectos con el patrón de la nave «Tambora»^*'. Aguirre y Creagh, contrariamente, pensaron que todo discurriría sin mayores contratiempos. El 26 se autorizaba la convocación de un cabildo general, a fin de que ratificase o no los dos vocales que el ordinario designara. Sus preparativos y los de la insurrección insular corrieron parejos. Ochenta y tres cabildantes se congregaron el 1 de septiembre en la casa-habitación del arcediano don Luis de la Encina, obispo electo de Arequipa^'. Allí estaba el alférez mayor don Fernando del Castillo, III El aval hispalense, pues, no otorga legitimidad alguna para desobedecer lo que proveyó la Audiencia el 1 de agosto, como Bonnet mantiene. Si el comandante militar había sido desplazado (el escrito se recibió el 30 de julio), los consejos de Sevilla eran letra muerta cuando se les empleó como excusa por los junteros y demás autoridades, para cortar el impacto negativo que el desaire judicial iba a tener, tomo recurso demagógico es comprensible si se conceptúa desde la perspectiva de encubrir una insurrección sediciosa (o más bien, dos. contra Cagigal y contra la Audiencia), bajo el manto protector de un beneplácito externo que no poseía en ese instante las dimensiones apuntadas. -''7. En el tercer oficio que cita C'hil (Ibl. 467), la Junta manifestó estar dispuesta a admitir en su seno «tantos diputados de Canarias cuantos eran los individuos que componían el Cabildo secular». Ni siquiera con este «generoso» ol'recimiento se hubiese equilibrado la composición de aquélla, pues a éste lo conformaban nueve integrantes. 58. Francisco Maria de LEÓN, Apuntes para la histona de las Islas Canarias. 1776-lKhS. Santa Cruz de Tenerife. 1966. p. 88. ALVAREZ RIXO. p 19 CHIL, fol. 486. Llegó al puerto principal grancanario el 4 de septiembre. Las palabras del comandante general interino iban en clave: «Rcmitamc V. a Santa Cruz en primer barco los Colosos de Rodas» (MILLARES TORRES, f. IV. p. 229. n. 15). Cr la Razón eireunstaneiada... que integramente publicó Runieu. pp. LXXXIX-XCII. 59 60 288 conde de la Vega Grande, rodeado de una pléyade de figuras del antiguo régimen local: el tesorero catedralicio, don Lorenzo Montesdeoca; el prebendado y juez de Expolios, don José Romero de Franchy; los nueve regidores y los cuatro diputados del Común; los priores de los conventos de Santo Domingo, San Francisco y San Agustín; los letrados don José Vázquez de Figueroa y don Domingo Suárez Travieso, respectivamente, síndico personero general y abogado del cabildo ordinario; el fraile agustino don Antonio Raymond y el canónigo don Esteban Fernández Isaza, ambos en nombre de la Sociedad Económica; el alguacil mayor, don Miguel Manzano; el cura del Sagrario, don Pedro Gordillo; doce vecinos por el partido de Vegueta e igual cuantía por el de Triana, más dos apoderados por cada uno de los diecisiete pueblos de la isla. La sobresaliente participación de la nobleza emana de la vinculación de funciones rectoras en determinados linajes, como piezas de mayorazgo^^. Las regidurías están casi monopolizadas por familias de abolengo aristocrático (Falcón, Romero, León, Llarena, etc.), con relaciones de parentesco entre ellas y otras de similar alcurnia o más distinguidas, pertenecientes todas al círculo de la terratenencia insular^^. Los grandes propietarios, titulares de diversos vínculos, aportan en Vegueta algunas personalidades, como el palmero don Nicolás Massieu y Soto- 62. José PERAZA DE AVALA, «Introducción» al Nobiliario de Canarias. V. I. La laguna, 1952, pp. XXVIII-XXIX. 63. Los regidores de estirpe nobiliaria serían: en calidad de decano, don Manuel del Río y Ponte, nieto de los condes del Palmar y caballero hijodalgo notorio por auto de 28-V-1777, yerno del coronel don Juan Fernando del Castillo-Olivares y Gutiérrez de Lanzas, ex gobernador de las armas, alcaide del castillo de Santa Ana y castellano principal de La Luz; el capitán don Agustín Falcón y Béthencourt„cuñado político del anterior y una de las principales fortunas del país por virtud de su matrimonio; el capitán y alguacil del Santo Oficio don Baltasar de Llarena y Falcón, primo hermano y cuñado del anterior, jefe de la rama 2" del marquesado de Acialcázar; el subteniente don José de Quintana y Llarena, síndico personero en 1807, sobrino del anterior y casado con una hija del marqués de Acialcázar, ligada por su madre al condado de la Vega Grande; don Isidoro Romero y Ceballos, ex síndico personero y juez subdelegado de Indias y de Marina, futuro suegro del capitán don Juan Antonio Salí, cabildante por Triana; el capitán don Juan María de León y Romero, cuñado de Falcón y Béthen-court y del coronel Verdugo, cuyo padre había sido regidor, alguacil de la Inquisición, gobernador militar, director por dos veces de la Económica y alcaide del castillo de Santa Ana; el teniente don Francisco de Aguilar y Romero, primo del anterior y gobernador del castillo de La Luz, y, por último, el subteniente don Santiago Bravo de Laguna y Muxica. El único que parece quedar al margen de esta élite nepótica es don Francisco Xavier Ximénez, comisionado de la Real Caja de Consolidación. Cf Nobiliario de Canarias, V III. pp. 103-104; f II, pp. 736-737 y 759-760; V I, pp. 428-429. 483-486 y 723-724. n. 1. 289 mayor o el capitán don Pedro Bravo de Laguna^**. Aparte del presbítero don Leonardo Calderín Reyes, los profesionales liberales cuentan en este distrito con una singular presencia, englobando a los médicos don Nicolás Negrín Fons y el genovés don Juan Bautista Bandini^^ ai jurista don Domingo Penichet y al profesor de Bellas Artes don José Pérez Lujan. En cuanto a Triana, sólo el citado Salí figura con la condición de noble. Aquí es la burguesía, lógicamente, la que ocupa un lugar destacado. Los comerciantes descollan con prohombres de ascendencia irlandesa como don José Shánahan o don Patricio Russell, además del de origen italiano don Miguel Sortino y el maltes don Luis Vernetta, boticario y arma-dor^^. También se incluyen el facultativo don José Antonio López Rodríguez y dos multifundistas, don Domingo Gil y don Domingo de Gracia Sánchez^^. Los burgueses dominan igualmente el elenco de portavoces rústicos, muchas veces por vía de los alcaldes reales; aunque el de Arucas, don Mateo de Matos y Quintana^**, era un noble de la rama menor de la casa de Matos. En su mayoría tratábase de agricultores cuya riqueza creció al compás de su actividad pública, hasta extenderse por otras parroquias. Un Pedro Castellano en Arucas, tanto como un Francisco Gil Navarro en San Mateo, un Bernabé de Vega en Santa Brígida o un José Perera en Artenara, podrían constituir algunos de sus principales exponentes^^. El clero rural no tuvo en los prolegómenos sino una presencia de segundo orden, circunscribiéndose a Telde y Teror. 64. Aquél fue caballero de la Orden de Alcántara, regidor perpetuo de Lxi Palma y sargento mayor de sus Milicias desde 1796, familiar del Santo Oficio y síndico personero grancanario en 1778-1784, 1787-1788, 1794-1802 y 1804-1806, además de cofunda-dor en Las Palmas de la Sociedad Económica. Bravo de laguna y Huerta era lio del 1". marqués del Sauzal y hermano político de Falcón y Béthencourt. Ihidcm. t° II. pp, 191 y 760. 65. Juan BOSCH MILLARES, Historia de la medicina en Gran Canaria. I. L^s Palmas. 1967, pp..327-330. 66. Op. eil.. pp. 333-334. 67. Gil se hizo en 1808 con 25,9 fanegadas de tierra en el Monte Lentiscal, pertenecientes al cabildo; Sánchez compró otras 8,4 de la Intendencia de Propios seis años después y usurpó 11,6 en el mismo punto, Cf, BÉTHENCOURT MASSIEU y MACIAS HERNÁNDEZ, p, 248. 68. Nobiliario, f III, p, 809, 69. Castellano sería el primer comprador de bienes de propios en Lentiscal, con sus 72.2 fanegadas de 1811, a las que agregó otras 9,10 usurpadas. Esta misma línea la secundaron el gobernador militar Ascanio, el alcalde mayor Díaz Bermudo y otros tres cabildantes: el regidor Quintana y Llarena, Negrín y Suárez Travieso. Un sector de las clases dominantes locales se aprovechó, así, del vacío de poder en la administración central y de la crisis hacendística para incrementar su patrimonio a costa de las tierras municipales. 290 Al convertirse el cabildo general en permanente y alcanzar su configuración definitiva^" sobre un total de noventa y cinco miembros que aparecen el 12 de octubre figuran diecisiete religiosos, agregándose a los ya conocidos los obispos Verdugo y Encina, el arcediano de Fuerteven-tura don José de Viera y Clavijo, el inquisidor fiscal don Antonio Eche-nove y los beneficiados de Guia y Agaete. La nobleza, grande o pequeña, está localizada en el seno de la oficialidad o suboficialidad de las Milicias Provinciales, pese a no exigirse esa cualidad más que para el coronelato. Tales empleos permanecen adscritos por norma a las jerarquías concejiles y otros cargos honorables, que el elemento nobiliario controlaba en primer término. De los once capitanes, tres tenientes y seis subtenientes recogidos, varios son de extracción burguesa (el capitán don Pedro Russell, secretario de la Económica, el teniente De Vega o los subtenientes Padrón y Gil, capitán de Puerto, al igual que los capitanes Martín de Gáldar y Merino de Guía), quedando casi todos los demás entre los nobles. Estos serían aún reforzados con la inclusión del regidor perpetuo don José de Matos y Azoft"a, emparentado con el propio Verdugo. Clero y nobleza, en suma, proporcionan unos treinta y cinco individuos, más de la tercera parte de la asamblea. Claro está que el número no se corresponde con el poder efectivo que ambos estamentos detentaron. Los portavoces pueblerinos apenas concurrían a las deliberaciones y su participación fue meramente testimonial''', siempre subordinada a la élite capitalina. Los avecindados en Las Palmas a los que puede atribuirse un carácter burgués, son profesionales, comerciantes o funcionarios. Tres de los cuatro diputados del Común eran procuradores: don Rafael Pastrana, don Pedro de Zarate y don Antonio José Pérez^2 ^ quienes se une el catedrático Carros. Idéntica filiación social poseía don Policarpo Padrón, depositario general y administrador de Correos. El presidente del cabildo, el alcalde mayor don Juan Bayle, ejerció asimismo de abogado. Al menos diecisiete de sus integrantes pertenecían a la Sociedad Económica a fines de 1808^^: el capitán Russell, Falcón, Ro- 70. Francisco de QUINTANA Y LEÓN, «Comentarios y notas», en ALVAREZ RIXO, pp. 322-325. 71. La manutención de los diputados rurales se solucionó en la sesión inaugural gracias ai prior dominico, que les franqueó su convento mientras permaneciesen en la ciudad («Relación circunstanciada...», p. 195). No creemos, sin embargo, que de esta forma se haya podido remediar el problema alimentario durante los once meses que duró el cónclave. La falta de fondos para atender dichos gastos, impidió sin duda una participación constante del elemento campesino. Muchos eran alcaldes pedáneos y tenían obligaciones oficiales que cumplir, fuera de las estrictamente personales. 72. Este último fue también notario de la Curia Eclesiástica. 73. Cristóbal GARCÍA DEL ROSARIO. Historia de la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Las Palmas (1776-1900). Las Palmas-Valencia, 1981, pp.218-226. 291 mero Ceballos, Massieu, Bravo de Laguna, Raymond, Del Río, Viera, Montesdeoca, Aguilar, León y Romero, Fernández, Bandini, Pérez Lujan. Oses. Romero de Franchy y Gordiilo; en los años siguientes se incorporarían otros seis más, cuatro de ellos en 1809-1810 (Macías, López, Bayle y Penichet). Esta fue la composición del organismo que desafió al poder tinerfe-ño. alumbrando la disidencia grancanaria. Al abrir sus sesiones, el corregidor Aguirre exhortó a los presentes a no apartarse del marco previsto en un discurso conciliatorio y claudicante, tras el cual dio lectura a un oficio de Creagh redactado en parecidos términos, donde repudiaba «las muchas ideas y determinaciones falsas que algunos inconsideradamente han esparcido»^'^. El síndico personero propuso después solicitar la aprobación de la Real Audiencia, que se obtuvo en seguida. El cabildo eclesiástico informó por boca de sus delegados que restringían sus votos a la nominación de los vocales requerida por O'Donneil, mas era evidente que el espíritu de los asambleístas marchaba por otros derroteros, pasando a la ofensiva inmediatamente. Gordiilo. el predicador Raymond y el prebendado Fernández hicieron uso de la palabra para denunciar las arbitrariedades de Creagh y exigir su destitución, proponiendo que se negara obediencia al comandante general «intruso»^''. La libertad de los votantes, en nombre de sus derechos soberanos, fue enar-bolada para alterar las bases de la convocatoria. El cónclave dispuso advertir al gobernador militar que se considerase cesado en sus funciones. En este punto «intervino» el pueblo. El motín del 1 de septiembre estuvo protagonizado en particular por campesinos de Telde que encabezaban los labradores Matías Zurita, Diego Jiménez y Pedro Henriquez, responsables de las partidas que permanecían apostadas en las inmediaciones de la Plaza de Santa Ana^^. La organización de esta «fuerza de choque» había sido obra de los poderosos e influyentes beneficiados de la localidad, don Adrián de Cubas y 74. RIJMEU. p. XCV. Tí. MILLARES TORRES, f IV. p. 226. En la «Relación circunstanL'iada de las resultas y decretos del Cabildo General Permanente, celebrado en la Ciudad de Canaria el \° de septiembre de 1808. por sus obedientes vasallos y compatriotas de la Suprema Juma de Tenerife», en ALVAREZ RIXO. Apéndice I. pp. 191-192. se extractan los discursos de «estos tres oráculos», señalándose que los demás repitieron sustancialmente lo mismo. 76. «No se oía en la Ciudad ruido, ni se veía gente extraña, sino casi la de siempre. Pero en la esquina S.E. de dicha Plaza estaban dos o tres aldeanos con sus capotes y monteras usuales, equipados de un buen caracol. En la calle de los Reyes lo mismo; y lucra de aquella portada muchísima chusma de Telde y otros Pueblos, con mucho orden y silencio, capitaneados por Manuel Surita, aldeano robusto v resuelto, de la jurisdicción de dicho Telde». ALVAREZ RIXO. p. 19. 292 don Cristóbal de Morales, que «pusieron en campaña a todos sus allegados »^^. En la sombra actuaban el conde de la Vega Grande y el oidor decano Tuero. El grupo de tinerfeños que presenció el desarrollo de los incidentes, contó a la Suprema el día 12 que don Fernando del Castillo fue el auténtico instigador de la presencia campesina^^. La participación popular en el tumulto estuvo, pues, fomentada y dirigida por las clases dominantes y la Audiencia^^. Los campesinos y los grupos urbanos que acabarían sumándoseles, no pasaron de simples comparsas prestos a deponer cualquier actitud demasiado levantisca. Morales dio la señal para que irrumpiesen en escena, haciendo sonar el primer caracol. La designación de Ascanio como gobernador militar interino y el nombramiento de corregidor en la persona de! alcalde mayor Bayle, eran dos decisiones tomadas de antemano por los dirigentes de la asonada. Si las detenciones de Creagh, Megliorini y Aguirre ocasionaron algunos aparentes excesos. el capitán de la guardia don Juan María de León, el conde, el padre Raymond o ios beneficiados de Telde y Agaete, se encargaban al punto de encauzar debidamente la cólera que habían desatado^^ Reunido en la Saleta, el tribunal se limitó a sancionar los acuerdos del cabildo y las mutaciones pactadas con antelación a buen seguro; en la «Relación circunstanciada... » se llega a leer que los oidores contemplaron los hechos 77. CHIL. fols. 468-469. Armados con fusiles, garrotes y demás, se habían reunido en la plaza tóldense de San Juan e hicieron alto en el callejón de los Reyes al llegar a L^s Palmas. 78. «Ya de antemano estaban todos prevenidos y dispuestos a ejecutar lo que posteriormente acaeció, pues el Señor Conde de Vega Grande, individuo de dicho Cabildo, tuvo arte de influir a los Teldcnscs y particularmente a sus dependientes y mayordomos, para que se presentasen en esta Ciudad y fomentasen el motín, siendo las principales cabezas, un tal Sosa y Surita, que animaban al seducido populacho». ALVAREZ RIXO, p. 191. 79. «Entre los que más entusiasmaban al pueblo se veía al Conde de Vega Grande. D. Juan María de León, al Padre Raymond y otro fraile Agustino llamado el Padre Ramos » (CHIL. fol. 471). Zurita recibía órdenes directamente del noble antedicho. Cf Prudencio MORALES, Hace un sinlo. /WW-/.W9. Recuerdos históricos. Las Palmas. 1909. p. 179. Epílogo de Luis MORÓTE. 80. El encarcelamiento de Creagh en el castillo de Mata, sacándole de la casa condal adonde primero se le condujo, parece ser la única exigencia con que los tumultuados transgredieron el plan previsto. No puede excluirse, de cualquier forma, que todo haya sido una farsa con la que se pretendió aquilatar la magnanimidad de los artífices del motín y su prudencia para evitar males mayores. Los testigos tinerfeños comentarían que los teldenses solicitaron la cabeza del corregidor, contentándose luego con pedir su conducción al castillo de Gando. León y Romero fue nombrado jefe de la guarnición de la plaza, confiriéndosele el empleo de comandante del Batallón que Ascanio tenia, y el también capitán don Pedro Ramos ocupó el puesto de Megliorini como gobernador del castillo de San Francisco. RDMELJ. pp. XCVIIl-XCIX. MILLARES TORRES, f IV. p. 227 y ALVAREZ RIXO. pp. I9.-Í-194. 293 con simpatía, ante el entusiasmo general. La muchedumbre se desahogó con «mueras», imprecaciones y silbidos, mientras sus jefes se movían diligentemente. Apoyado por el gentío, el capitán León hizo imposible la resistencia del incauto Creagh con argumentaciones y promesas. Entre vivas al rey Fernando y al Real Acuerdo, Morales felicitó a los alborotadores y les hizo saber que mantendrían preso al vocal de la Junta hasta que fuesen liberados el regente y el fiscal*^'. El «despotismo militar» ni-variense terminó en Las Palmas sin efusión de sangre, al mes y medio de ser instaurado. El premio concedido a las «masas» consistió en el saqueo de la recoba y en la liberación de los reos no condenados a la pena capitales. Tras declararse permanente, el cabildo puso al corregidor a disposición de la Audiencia, formándole causa el oidor Quevedo. El doctor Ne-grín, a continuación, expuso su parecer de que se ofreciera a Tenerife el mantenimiento de relaciones mercantiles, respetando la absoluta independencia de ambas islas y reservándose Gran Canaria el derecho de exportar sus millos a Madera y sus judías a Cádiz con entera libertad, en caso de una contestación negativa. La asfixia económica debía conjurarse fomentando el comercio exterior, ya que los principales efectos importados procedían de los puertos tinerfeños. La falta de numerario circulante quedó sobre la mesa, pendiente de un tratamiento en profundidad^-^. En la segunda sesión se abordó el examen de los documentos incautados a Creagh, eligiéndose a los comisionados que habrían de defender su causa en la Península**"*. El día 5 salieron en un bergantín portugués, que fue atacado en extrañas circunstancias por una fragata mercante inglesa procedente de Gibraltar. Se insinuó que algunos amigos del ex gobernador de las armas habían convencido con dádivas a su capitán, para que capturara el buque fletado; el consignatario Vernetta y los intérpretes don Juan Cambreleng y don Miguel Corvo, supuestos cómplices, tuvieron que esconderse para escapar de la ira del «pueblo». í* I • Kl propósito era canjearle por los detenidos en Tenerife. También se aprehendió al ayudante de plaza. Aguijar Martínez. X2. MILLARKS TORRKS. t" IV. p. 228. t.os productos de esa rapiña se distribuyeron entre los mismos presos y los asilados del Hospital de San Martin, aunque es muy probable que no lodos tuviesen una asignación tan filantrópica. F.l conde y el oidor decano T uero repartirían algunas monedas, hasta persuadir a los más exaltados de que se retirasen a sus hogares respectivos. AI.VARKZ RIXO. p. 19.^. **3. Ihiclcm. *<4. l-.n la sesión del 2 fueron elegidos primeramente el conde, el doctor Negrin y el preben-" dado Romero, que renunciaron a las 48 horas, sustituyéndoles el abogado del cabildo ordinario .Suáre/. el diputado del común Carros y el regidor falcón. 294 El cabildo fue convocado a las doce de la noche y en la mañana entrante tomó declaraciones a los acusados, considerándoles inocentes^^ La peripecia es indicativa del estado de excitación en que vivía el vecindario de Las Palmas. Ascanio ya tenía prescrito el cierre de los puertos insulares (sobre todo los de Gáldar, Agaete y Aldea de San Nicolás), a fin de mantener en secreto las mudanzas políticas y estar al tanto de los planes de O'Donnell. La documentación de Creagh y el mensaje arrebatado al patrón de la «Tambora», fueron suficientes para que tomara cuerpo la sospecha de un ataque. A los tres días fondeó otra nave y la lectura de la correspondencia del ex teniente de rey terminó de perfilar este albur**^. Al momento se publicó un bando para alertar a la población, trazándose un rudimentario sistema defensivo^^. En medio de semejante climax se produjeron algunas detenciones. La oportunidad, según parece, sirvió de excusa a quienes anhelaban proceder contra imaginarios simpatizantes juntistas****. O'Donnell, en todo caso, no llegó tan X5 Al.VARKZ RIXO. pp. 21 22; MILLARES TORRES, f IV. pp. 228-229 y MORALES, p. 222, que destaca la mediación apaciguadora del permanente. La inclusión de Vemctta en las testificaciones de 1810. a lo mejor procede de su enemistad con los cabildantes de 1808. 86. En ella venía el comandante don Francisco de Aguilar, que inmediatamente fue encerrado en el Castillo de La Luz, 87. CHIL (fbl. 488) lo copia literalmente. Las fuentes coinciden al enumerar los aspectos esenciales de esas medidas. En la «Relación circunstanciada...» (ALVAREZ RIXO. p. 198). se manifiesta lo siguiente: «... que al primer tiro de cañón se presentasen en las plazas de Santa Ana y San Bernardo, para impedir la invasión que los de Tenerife tenían premeditado hacer en la Isla, defendidos de los chuzos y demás armas que les suministraría el Cabildo, cuya invasión se corroboraba por la llegada de un barco es-plorador. a esta Isla y cartas del Comandante General encontradas a Creagh = El 11 y el 12 han continuado siempre los Cabildos en los que se ha determinado pasar a tomar confesión al Caballero Creagh y Corregidor, siguiendo siempre el paisanaje el orden del Cabildo en ir armados de chuzos y demás pertrechos ofensivos a rodear la marina para impedir el desembarco de los de Tenerife; también están avisados los campos para que a la primera voz de cañón del Castillo del Rey se presenten en la ciudad». Chil (fol.493) recoge idénticos extremos, aclarando que los chuzos, «lomados de los depósitos del Ayuntamiento», llegaron a distribuirse verdaderamente. 88. «Algunas otras personas visibles fueron arrestadas algunos días después, como adictas a Tenerife, o por que censuraban tal vez tales o cuales procedimientos del Cabildo; pero esto ya fue por orden de las Autoridades» (AI^VAREZ RIXO, p, 20), El alférez del regimiento de Ciuía, el poeta don Rafael Bento y Travieso, fue detenido el 10 y liberado a los dos días, tras tomársele declaración, León (p.89) incluye entre los apresa- 295 lejos como en 1854 su homónimo el general Ortega, que sí consideró la posibilidad de invadir Gran Canaria^^. Pero en Las Palmas no se desvanecieron los rumores relativos a una agresión tinerfeña, que resurgidos a don José y don Diego de Quintana y Llarena y al regidor don Juan Jaques de Mesa y esposa (BONNET. p. 104). El vocal don Patricio Russell intentó en una de las primeras sesiones del permanente que se detuviera al doctoral don Graciliano Afonso, acusado de entrevistarse con Creagh en el castillo de Mata, rompiendo la incomunicación a que se le había sometido, para asi salvarle «del furor de la turba y evitar que fuera asesinado». El subteniente Quintana narró en sus memorias cómo hubo de enfrentarse a tal «arresto embozado», consciente de la hostilidad del proponente hacia Afonso y de la falsedad de los cargos que se le imputaban. El capitán don Pablo Romero y el regidor Romero y Ceballos serian acusados igualmente de connivencia con el ex gobernador. No disponemos de noticias suficientes para calibrar las contradicciones que dieron origen a una facción grancanaria opuesta al Cabildo. Intuimos que los elementos partidarios de adelantarse a Tenerife, aquellos que en el affairc de «La Mosca» habían expresado una posición de firmeza, fueron marginados al fin por «los bayonis-las ». El religioso y el noble eran particularmente incómodos para quienes no habían sido capaces de ponerse a la altura de los acontecimientos y tenían flagrantes errores que ocultar. El subteniente tal vez esperaba alguno de los cargos que recayeron en otras personalidades, quizás el de León y Romero. Es dificil dilucidar cuánto hay en sus palabras de auténtico y hasta dónde le hizo hablar el resquemor. Asegura, por ejemplo, que los cabildantes disolverían al Batallón de granaderos porque sus oficiales conocían la verdad de lo ocurrido con el Barco de Bayona y no les eran adictos. Al reorganizarle para destinarlo a la Península, la selección de la oficialidad provocó un conato de alzamiento para derribar al Cabildo, «restableciéndolo con otras personas de confianza» libres de cualquier sospecha en el asunto «La Mosca». También nos dice Quintana que él mismo abortó este pronunciamiento militar, luego de que soldados y clases formaran frente a su domicilio pidiéndole que tomase el mando y disolviera el permanente, «acompañando aquella petición con muchas increpaciones contra la facción hayonisia». La autoalabanza es bastante desmedida en el escrito, pero no contamos con pruebas que cuestionen su autenticidad. Por otra parte, aquel otro que el marqués de Acialcázar adjudica al doctoral Afonso (ALVAREZ RIXO. pp. 287-293), peca de los mismos defectos. La dialéctica femandistas-afrancesados está aquí forzosamente desnaturalizada, desde el momento en que se dice que «la cuestión de capitalidad no tuvo en Canaria un principio de interés real, sino que fue una cuestión creada por los cómplices en la recepción y auxilios al barco de Bayona, con el fin de encubrir su responsabilidad » (p. 288). Algunas revelaciones de cierto interés suministra acerca de la escala de «La Mosca», tras las cuales el filqjuntismo y el anticabildismo beligerante le restan valor. Al girar todo alrededor de la llamada «confabulación de Isazviribil», ni el pensamiento de la Audiencia sobre las indicaciones de Cagigal se enfoca adecuadamente, ni las aspiraciones capitalinas de La Laguna se consideran como germen de lo ocurrido. Cf Ihidem. pp. 269-272, y sobre el doctoral, Alfonso de ARMAS AVALA, «Graciliano Afonso, un prerromántico español», en Revista de Historia Canaria. nüms. 121-122 (U Laguna, enero-junio de 1958). pp. 72 y 55. 89. Cf Agustín MILLARES CANTERO, «La Junta del Distrito de Gran Canaria de 1854: consideraciones y documentos», en Homenaje a .lllon.so Trujillo. f II. Santa Cruzdc Tenerife, 1982. pp. 109-20.3. 296 rían en marzo de 1809 al embarcar en Santa Cruz una columna con destino a los frentes peninsulares^^ El 9 de septiembre consiguieron por fin embarcar hacia Cádiz los emisarios del Cabildo*^'. Se les había adelantado con creces el comerciante santacrucero Murphy, que nominado vocal de la Junta de Sevilla el 17 de agosto, partió cuatro días después y el 5 de septiembre presentaba sus credenciales en esa ciudad. El día 8 se acercó a Las Palmas la fragata de guerra «Flora» y las comunicaciones que traía dieron a entender que el Consejo de Castilla ejercía todas sus facultades. La delegación grancanaria marchó, pues, con la ilusión de que iba a contar con un seguro patrono, sensible a cuantos denostaran de las Juntas. Esta misma esperanza alienta en el oficio que Bayle pasó a Nava el 9 de septiembre, en contestación al suscrito por el marqués el II de agosto^^. La ruptura entre la Suprema y el permanente se inicia con la declaración expresa de Gran Canaria como «Isla Metrópoli», una vez despejado el camino para recobrar «los preciosos derechos de primacía» provincial. El novísimo corregidor glosa los móviles del levantamiento grancanario con el natural frenesí, refiriéndose a «las inauditas vejaciones » y al «terrorismo» de Creagh. A la espera del dictamen del Gobierno Central, bien sea la Junta de Sevilla o el Consejo de Castilla, ofrece mantener lazos amistosos y comerciales, «cortando únicamente las relaciones de sujeción y dependencia de Tenerife». El enemigo principal era, desde luego, el comandante general interino, y a él se dirige el auto que los regidores redactarían el 20 de septiembre, interpretado por Bon-net como «otro decreto todavía más antipatriótico y más fanático que el (del) r de agosto» (pp. 96-97). Los magistrados, de común acuerdo con 90. «Igualmente corrió muy válida la bravata de que las tropas de Tenerife antes de verificar su viage a España, para donde fueron con alguna posteridad a las de Canaria, vendrían a invadir a esta última isla para sugetarla al dominio de la repugnada Junta. Y el Cabildo Permanente alborotado con tal nueva, pagó por las noches diversas partidas de camponeses que vigilasen y guardasen las playas contra la recelada invasión; que después se ha dicho haberse originado de fanfarronadas proferidas por algunos oficiales ociosos en el vivac de Santa Cruz» (ALVAREZ RIXO, p.3l). Se equivoca el autor en cuanto al anticipo del batallón de 600 voluntarios grancanarios. que no marcharian hasta el 5 de abril, cuando los 1.000 tinerfeños lo hicieron el 29 de marzo. 91. En la «Relación circunstanciada...» (p.l97) se da como fecha del embarque el 8 por la noche, desde la bahía de La Luz. 92. ALVAREZ RIXO, Apéndice III, pp. 203-206. Bonnet (pp. 108-112) reproduce y comenta, con su vehemente favoritismo, poco más de la mitad del documento, ocultándonos la última parte que es la que tiene mayor interés. Como coletilla añade que Millares Torres reconoció «en esos escritos del Cabildo» un estilo «forense y ampuloso», cuando la verdad es que tales calificativos sólo fueron aplicados al texto que vio la luz el 27 de septiembre ( Historia General, f IV. p, 231). 297 los cabildantes, reclamarían ahora de O'Donnell la liberación inmediata de Hermosilla y Oses y el acatamiento de sus providencias, mostrándose intransigentes ante los excesos de la autoridad militar. La segunda declaración antilagunera del Real Acuerdo insistía en el respeto a las leyes y declaraba ilegal a la Junta^^. El contencioso jurisdiccional entre los dos poderes resurgía con mayor virulencia, tras el derribo de Creagh y sus partidarios. La Junta de Sevilla se inclinaba claramente por Tenerife'^'*, por lo que el establecimiento de la Central, del que se tuvo noticia en La Laguna hacia mediados de septiembre'^ fue saludado en Las Palmas con cierto regocijo. La nueva desautorización de la Audiencia era mucho más nociva para la Junta que la del 1 de agosto, pues descansaba en una institución presta a disputar por todos los medios a su alcance la exclusividad capitalina. Frente al gobierno en ciernes, los tinerfeños sabían que la pugna no iba a ser fácil; ante las demás islas, los grancanarios no ignoraban cuan laborioso iba a ser desmontar los mecanismos de O'Donnell y la Suprema, por mucho que enarbolasen el auxilio interesado de los jueces. La «guerra de comunicados» públicos entre el Cabildo y la Junta fue iniciada por aquél el 27 de septiembre, con un prolijo Manifiesto que tenía por norte fomentar la desafección del Archipiélago hacia la organización lagunera'^. Las Palmas no logró disponer de un vehículo tan útil como el Correo para divulgar sus puntos de vista, pese a lo cual la imprenta de la Económica trabajó a pleno rendimiento, editando cuantos papeles minasen la autoridad de sus enemigos. El primero llegó tar- 93. La réplica de O'Donnell, fechada tres días más tarde, consistió en aducir las resoluciones adoptadas por la .lunta de Sevilla el 17 |
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