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NOTAS PARA EL ESTUDIO DE LOS ORÍGENES DE LA GRAN PROPIEDAD EN TENERIFE A RAÍz DE LA CONQUISTA ANA VINA BRITO JUAN MANUEL BELLO LEÓN Diversas publicaciones y congresos se han ocupado en los últimos años del análisis de la estructura y dinámica de la pro-. piedad de la tierra en España, incluyendo breves referencias al Archipiélago Canario. Casi todos ellos tienen como punto en común el estudio de la economía agraria para en el Antiguo Régimen. Reflejo de esa tendencia son, también, algunas tesis doctorales presentadas en la Universidad de La Laguna en el ultimo quinquenio. Sin embargo, los años inmediatamente posteriores a la conquista de las Islas, permanecen casi en la oscuridad en cuanto a estudios sobre la propiedad de la tierra se refiere; lo que no deja de ser paradójico si tenemos en cuenta que esta etapa delimita los elementos que definen la realidad rural durante el periodo posterior. Las dificultades para un estudio de este tipo no son pocas. A la pérdida y deterioro de la documentación (caso de los Pro-tocolos Notariales) se unen los problemas que genera el análi-sis de los repartimientos canarios, completamente distintos a los modelos castellano-andaluces ya conocidos. Sabemos que el repartimiento constituyó un punto de par-tida, no definitivo, de la propiedad territorial y como tal sufrirá notables cambios a lo largo de las primeras décadas del siglo XVI. Será esta centuria y la siguiente la que conocerá el fenó-meno de amortización de las propiedades en manos de las insti-tuciones eclesiásticas y la progresiva expansión del (da-tifundismon. De este incuestionable fenómeno tenemos noti-cias a través de diversas fuentes, pero quizás sea de excepcio-nal interés su seguimiento a través de los Protocolos Notaria-les. A este fragmentado legado documental, así como a los ciocumenros canarios en ei K.G.S. acudimos para visiumbrar los orígenes de la gran propiedad en Tenerife. 5 70 Ana Viña Brito - Juan Manuel Bello León Introducción Hace ya una década el Dr. González Jiménez publicó un suges-tivo estudio: en tomo a los orígenes de Andalucía, en el que ponía de manifiesto la importancia de la reconquista y repoblación de Andalucía en el siglo Xiii como punto de partida de una nueva etapa, transformada en sus estructuras básicas, como consecuencia de la incorporación de este territorio a la Corona de Castilla. Este hecho, unido a la situación fronteriza del territorio, originó no como se había supuesto el triunfo exclusivo del latifundismo, sino también de una masa de pequeños y medianos propietarios. En Canarias, el repartimiento constituyo el punto de partida, m 0 aunque no definitivo, de los orígenes de la estructura de la propiedad E de la tierra. La gran propiedad apareció ya desde los primeros repar- no tos de tierras, si bien no fue la característica más notable de la nueva -- m situación. Así junto a la gran propiedad tendrá cabida la mediana y O E pequeña, siendo los siglos posteriores los que conoceran el fenó- E 2 meno de amortización de las propiedades en manos de las institucio- -E nes eclesiásticas, de los miembros de la clase dirigente insular o de 3 aquellos individuos que por su actividad pueden ser incluidos dentro - de lo que conocemos como burguesía comercial. - 0 m De este incuestionable fenómeno tenemos noticia a través de varias E fuentes, pero quizá sea de excepcional interés su seguimiento a tra- o 6 vés de las Datas y de los Protocolos Notariales. n -E 1. A diferencia de Castilla o Andalucía donde se conservan numerosos testimonios documentales que reflejan el reparto de bie-nes rústicos o urbanos1, en Canarias los libros de repartimiento, mas conocidos como libros de Datas, sólo se conservan para la isla de Tenerife2. Estos libros de Datas recogen los albalaes en los que se consig-nan una parte de los repartos de bienes inmuebles efectuados por el u &!eg&os, que en e! cusc de &= Cmuria, La Pz!míl y Tenerife fueron los poderes otorgados por los monarcas a sus respec-tivos gobernadores, y que presentan unas características propias que les diferencian claramente de los modelos andaluces. El análisis de las Datas queda por tanto limitado por estas características específicas como son, la ambigüedad en alguno de los conceptos geográficos utiiizaaos, ia mención a distintos tipos de medidas para indicar la superficie de las parcelas, la multitud de Notas para el estudio de los oreenes de la gran propiedad ... 571 datas que no indican si son de regadío o de secano, las dimensiones de la suerte concedida, etc., todo ello sin olvidar la asincronía de los repartos y los continuos cambios de titularidad. El objetivo inicial de este trabajo era el análisis de la transferen-cia de la propiedad entre unos grupos sociales y otros, constatada la movilidad de tierras a través de las datas (véase Apéndice 1) y coinci-dente con el abandono de las suertes tras el reparto, sin olvidar por otra parte las arbitrariedades y usurpaciones de la clase dirigente. Para este propósito parecía que la fuente más idónea era la serie de escrituras de compra-venta de terrenos que aportan los Pro-tocolos. A ningún historiador se le escapa la importancia que tienen los Protocolos Notariales como fuente peculiar de conocimiento de las realidades socioeconómicas en un período determinado. En cual-quier caso el problema no estriba en el manejo de una documenta-ción más o menos abundante, que aún con el estudio de una amplia muestra, constituiría una parte reducida de la realidad a investigar; y ello, no sólo por el volumen que se ha perdido, sino por el fuerte deterioro y pésimo estado de conservación de los mismos3 o porque tampoco podemos olvidar que entre el campesinado la costumbre imponía su ley, de tal forma que es muy probable que en muchos casos los interesados no se acercasen al escribano para registrar las transacciones4. A esto tenemos que unir el hecho de que, seguramente, no fue le recurso a la compraventa el medio más utilizado por determinada clase social para hacerse con la propiedad de la tierra, y sobre todo en unos momentos en que nos planteamos la existencia o no de un mercado de la tierra, donde un fenómeno de demanda puede cubrirse con relativa facilidad, con el beneficio de una nueva data. Otros motivos que pueden ayudarnos a entender la escasa representatividad de las escrituras de compraventa en los legajos consuitados pueden ser, el abandono de la pequeña parcela recibida por aquellos beneficiarios que nunca residieron en la isla o que esta-ban de paso hacia otras latitudes, lo que facilitaría su incorporación al patrimonio de los que se establecieron definitivamente5 y, por otra parte, que esta acumulación de propiedades podía hacerse a costa de amplios terrenos baldíos, montes y dehesas conce_iiles6. Con estas consideraciones documentales, no hace falta insistir en las dificultades que se plantean para una sistematización metodo- 572 Ana Viña Brito - Juan Manuel Bello León lógica aplicada a una serie de datos dispersos, y, por tanto, resulta hasta cierto punto inútil plantearse unas conclusiones generales sobre el proceso de acumulación de tierras que podamos hacer extrapolables al conjunto de las islas de realengo. Por tanto nos ceñiremos al análisis puntual de determinados individuos que nos darán una idea aproximada sobre este proceso en cuanto a su trascendencia. 11. Aunque el interés por los repartos de tierras se da desde el propio siglo XVI', se deben a la centuria actual las valiosas monogra-fías que se dedican a un exámen más completo de los libros de Datas y al análisis de la estructura de la propiedad de la tierra que nace tras la conquista. Quizá fue el profesor Elías Serra el que mejor comprendió que sin una labor de transcripción y estudios de todas las Datas, nuestros conocimientos de la repoblación se limitarían a simples trabajos de genealogía. Fruto de esta labor es la publicación de los mencionados libros de Datas originales, así como el estudio sistemático de las Actas del Cabildo y de los Protocolos Notariales. Ya hemos indicado como la utilización de los Protocolos como fuente para el estudio de la Historia Rural es de obligada consulta para el caso de Canarias, Ha sido, por ello, muy importante la publica-ción de los extractos de distintos legajos correspondíentes a escriba-n í a ~d e Tenerife y Gran Canaria8. Hasta ese momento el tema agrario tuvo escasas aportaciones en lo que al siglo XVI se refiere, y más aun en su 2.a mitad. Sólo los trabajos de E. Aznar, o los desarrollados desde el punto de vista jurí-dico por Peraza de Ayala, merecen destacarseg. La visión para los siglos posteriores presenta mejor panorama, entre los que destacamos los estudios sobre dinámica de la propie-dad de la tierra en Icod de los Vinoslo; sobre la propiedad agraria concejii y e] repanimienio iiusirado en Tenel'ifel1; sobre e! reparti; de tierras realengas en Gran Canaria y sobre la propiedad vincu-lada, eclesiástica y realenga en Gran Canaria12, entre otros trabajos. Antonio M. Berna1 o Manuel Glez. Jiménez han puesto de manifiesto en varios de sus trabajos la debilidad de las teorías defen-didas por Carrión, Malefakis o Vicens-Vives, por ias cuaies situaban a los repartimientos bajomedievales como el origen del latifundismo Notas para el estudio de los orbenes de la gran propiedad ... 573 castellano y básicamente andaluz13. Estos autores veían en la Edad Media la configuración del régimen de la propiedad de la tierra y sus formas de distribución al menos hasta el siglo xix, sin tener en cuenta la diversidad regional o los resultados de los diferentes proce-sos repobladores, de ahí que aún hoy día se sigan manteniendo estos planteamientos para el caso de Canariask4. 111. Antes de adentrarnos en el análisis de la constitución de los grandes patrimonios territoriales, queremos reflejar una serie de matizaciones ya puestas de manifiesto por otros historiadores. Determinar cuando una propiedad corresponde a un ((latifundio)) es tarea harto compleja en las islas. Aplicando las sugerencias que han presentado los nuevos enfoques de análisis en los repartimientos andaluces, tendremos en cuenta no sólo la superficie de la suerte recibida, sino también otros factores como la existencia o no de rega-dío, localización de la tierra, producto cultivado, etc. Tampoco podemos olvidar que los mayores hacendados no lo eran sólo por las tierras que poseían, sino también por los derechos que obtenían de las múltiples parcelas sobre las que tenían el dominio eminente y que la fragmentación orográfica de la isla favorece esta dispersión. El factor determinante para definir y diferenciar a la gran pro-piedad es sin duda la existencia o no del regadío. El mismo supondrá una potenciación de los rendimientos por unidad de superficie. Estos terrenos suelen destinarse a cultivos de huerta o de caña, destinados estos últimos a la comercialización exterior, por lo que serán objeto de importantes inversiones por parte de aquellos hacendados o comerciantes que disponían de la necesaria liquidez. La valoración de ambos aspectos otorga, al menos de forma teórica, un valor real mucho mayor a la tierra de regadío que a la de secano. Las propias fuentes parecen corroborar esta primera impresión teórica. Así en el juicio de residencia de Lope de Sosa se señala que cada fanega de riego equivale a tres de secano, ((sembradurm, dupli-cando las primeras e: i~iidiiiii~lirdue las seg~íidas!'. En e! mismo sentido se expresa la certificación del Cabildo de Gran Canaria expedida en 1574, en la que se indica lo que se entiende por caballe-ría de riego y secano, según los repartimientos efectuados en aquella isla, y por el que estaban obligados a medir todas aquellas datas objeto de merced real16. Uegados a este punto nos resta estabiecer dentro aei mismo bosquejo teórico los límites entre la pequeña y mediana propiedad 574 Ana Viña Brito - Juan Manuel Bello León en relación con las grandes datas. El primer punto a tener en cuenta es que pocos beneficiarios obtienen un lote de tierras que alcance la magnitud de lo que tradicionalmente se entiende por latifundio. Si consideramos que la dimensión que tiene que alcanzar una parcela para que sea considerada latifundio es como mínimo de 250 Ha. (más de 400 fanegas), pocas son las datas concedidas que pueden considerarse de tales dimensiones17. Sin embargo, esta gran propiedad se distingue claramente de lo que podríamos considerar la generalidad de las grandes datas, y que vienen dadas por aquellas parcelas de secano que oscilan entre las 200 y 100 fanegas, de ésta superficie hacia abajo pueden conside-rarse como medianas propiedades. Las inferiores a 20 fanegas las m D consideramos como pequeñas explotaciones. E Por el contrario en las tierras de regadío y atendiendo a las con- o sideraciones ya expuestas sobre su mayor productividad, habría que n - = reducir los baremos propuestos para las de secano; así el límite defi- O E nido para la gran propiedad, pues consideramos este concepto más E 2 apropiado que el de latifundio para Canarias, vendría dado por una =E banda que oscilaría entre las 50 y 75 fanegas, considerando las 3 inferiores a 10 fanegas como pequeñas propiedades 18. - - ,0" IV. En el proceso de acumulación y concentración de tierras creemos se pueden distinguir dos fases coetáneas entre si pero con rasgos que permiten diferenciar una de otra. La primera de ellas estaría representada por aquellos que reci-ben importantes datas en el repartimiento con las que cimentan el núcleo originario de su dominio. Una segunda estaría presidida por la adquisición y por tanto crecimiento de ese núcleo originario. Junto a la compra de los bienes de aquellos beneficiarios del reparto de mercedes reales, que casi nunca se avecindaron en la isla, estará la sucesiva adquisición de tierras enajenadas por el pequeño r.zm-p&nzd~. ~ ~ , - f i & fzle tsi_mhi&n es & d_&ar.ar la vía de los enlaces matrimoniales como fórmula de acrecentar y consolidar la fortuna generada por ambas familias. Para el análisis de la primera de las fases mencionadas conta-mos con el estudio de tres comarcas que pueden considerarse signifi-cativas en el conjunto de la islaLg( véase cuadro adjunto) y con el ..:---1- 2- 2-*--:--2-- L 2- 1- -1: :- 1-- ~ ; JCI I I ~ IUU G U~;LGI I I I I I I~~UUi iSl l e I i i o r u s ue ia oiigarquia insular. En el esquema de distribución general de la propiedad a través de las datas con posible cuantificación, se observa en las tres comar- Notas para el estudio de los oreenes de la gran propiedad ... 57,$ El repartimiento según las proporciones de tierra recibidas por cada beneficiario COMARCA DE DAUTE Regadío Dimensiones fanegas % beneficiarios O/ó De O a 9 fan. De 10 a 49 De 50 a 99 + de 100 Dimensiones De O a 9 fan. De 10 a 49 De 50 a 99 +de 100 Secano fanegas % beneficiarios % COMARCA DE ICOD Regad io Dimensiones fanegas % beneficiarios % De O a 10 fan. De 11 a 24 De 25 a 49 De 50 a 74 De 100 a 149 +de 150 Dimensiones De- O a 10 fan. De 11 a 24 De 25 a 49 De 50 a 74 Ee !K!a 149 +de 150 Secano fanegas % beneficiarios % Ana Viña Brito -Juan Manuel Bello León Dimensiones De O a 6 fan. De 7 a 15 De167 a 50 + de 50 Dimensiones De O a 6 fan. De 7 a 15 De 10 a 50 + de 50 VALLE DE LA OROTAVA Regadío fanegas % beneficiarios % Secano fanegas % Beneficiarios % cas la importancia del área de regadío distribuida, si bien con claras diferencias de un lugar a otro. Así, en el valle de La Orotava el resul-tado más destacado es la aparición de un numeroso grupo de media-nas y pequeñas propiedades, que representan en su conjunto el 98% de los beneficiarios en lo que a las tierras de regadío-se refiere, acu-mulando el 80% de las tierras de regadío repartidas. La zona de regadío repartida en Icod alcanza un total de 375 fanegas, correspondientes al 13% de los beneficiarios, situadas casi todas ellas en lo que las datas definen como las lomadas de Icod, áreas de la Vega, el Amparo, etc. En la comarca de Daute las dife-rencias son un poco más marcadas ya que las parcelas que designa-mos como gran propiedad son acaparadas por cinco beneficiarios con el 83% de la superficie de riego distribuida por la Isla Baja y el w!!e de Mascsi. En cuanto al reparto de tierras de secano se refiere, las diferen-cias son muy acusadas en las tres comarcas. Aquí parece cumplirse aquella idea que expresara Viera y Clavijo del reparto de tierras de secano a centenares20. En los tres casos la mediana y gran propiedad acapara buena parte de las tierras de secano, siendo el caso extremo *--L:.L -1 A- n- - -~A- --A- ---- 3-2 -1 r r n / A- riuiruic;ii ci uc ui lu~cu viiuc; 1a g~iliiy iuyi~uaus upuiit: t:i J J - / O ut: estas tierras. Notas para el estudio de los orlgenes de la gran propiedad ... 577 El destino de estas suertes, dedicadas casi todas ellas a cereales, puede explicar el que la superficie media por parcela sea superior a las tierras de riego, a lo que hay que añadir la localización concreta de las mismas. No es de extrañar que los grandes predios de secano se encuentren en las zonas de medianías o repartidas de forma desi-gual por todos los pagos de cada una de estas jurisdicciones: Erjos, Higa, Tierra del Trigo, Icod el Alto, etc. Un estudio más individualizado de los grandes propietarios sur-gidos del repartimiento choca con varias dificultades hasta el momento insalvables. La más importante es que sabemos que aque-llas datas por las que se entregaron los más importantes predios no suelen especificar las dimensiones de las mismas, limitándose a dar-nos unas vagas referencias de sus respectivos linderos. Quizá uno de los ejemplos más significativos sea la data que el Adelantado se entregó a sí mismo y a Hernando del Hoyo en el Realejo, parte de la cual se conoce como Hacienda de los Príncipes. El entonces lla-mado Campo del Rey y su anejo, el Traslatadere, éste último como prolongación de la misma finca hasta la costa, formaba parte de un predio cuyos limites geográficos y dimensiones son confusos2'. Otro factor a tener en cuenta es que los estudios actuales no nos permiten conocer el grado de disolución o consolidación que pudie-ron tener las grandes propiedades. Es posible que alguna de esas grandes propiedades surgidas del repartimiento fueran divididas en pequeñas parcelas a lo largo de varias generaciones ya sea por la enajenación de las mismas o la simple cesión a censo enfiteutico, lo que a la larga contribuye a hacer confusa la titularidad sobre deter-minadas tierras. Sin embargo, para el período cronológico que hemos escogido, el proceso de disolución de las grandes propiedades no se vislumbra. Por el contrario, se da una clara tendencia a la con-centración de la propiedad, consolidada con la constitución de los primeros mayorazgos. Ya hemos indicado como desde el mismo repartimiento apare-cen numerosos heneficitio~q ce pierden Q vri,de:: sus p:~pie&&s a poco de recibirlas, éstos lo hacen en beneficio de determinados indi-viduos asociados a la Corte o a miembros de la oligarquía local. Destaca el proceso de concentración del Lcdo. Mújica, del Lcdo. de La Fuente y de Luis Polanco, miembros del ((Consejo de su Alteza»22. Asi pies, íjardeh al reparto be tierras, se puso en marcha un movimiento de pérdida de la suerte recibida, usurpaciones y com- 578 Ana Viña Brito -Juan Manuel Bello León praventas que creemos llegó a proporciones significativas en toda la isla, pero que a falta de un estudio más amplio no podemos evaluar en su conjunto. V. Las posibilidades de estudio de lo que hemos definido como la segunda fase del proceso de acumulación de tierras presenta unas dificultades documentales y metodológicas que también hay que valorar si no se quiere dar una visión limitada de la dinámica de la propiedad de la tierra. Ante esta situación nuestra postura ha sido la de constatar algunos de los condicionantes que pudieron actuar sobre un supuesto ((mercado de la tierra)). " a a) El primero, y quizá más importante en estos momentos, es la competencia que la tierra como inversión tiene que hacer con U otras actividades y, básicamente con la urgente necesidad de puesta --8 en cultivo de la parcela recibida. Así el pequeño campesinado o el 0" gran hacendado tienen que hacer frente a la compra de simiente, uti- I i llaje agrícola, instalaciones fabriles, en el caso de los ingenios, con- - ducciones de agua, etc. de las que se carece en la isla. Es seguro que 9 5 el posible comprador tenga que esperar a realizar una serie de bene- -B ficios que le permitan acceder con garantías a la compra de la = 0 parcela. Creemos que ésto explica en parte, el que las primeras enajena- U ciones de las que tenemos noticia sean posteriores a 1505, comen- d 8 zando a partir de esta fecha la compra-venta generalizada de c1 tierras. d b) Otro factor que en los primeros momentos pone trabas a la 8 D 8 enajenación de los bienes recibidos, son la condiciones y limitacio- 9 nes que se imponen al nuevo beneficiario, que estará obligado a no 5 venderlas hasta transcurrido un plazo de cinco años. Ello no fue óbice para que el traspaso de la propiedad se verificara contravi-niendo lo estipulado en el repartimient~~~. E! fefib~efcio~fi kgfi=s e & en 2q2~,!!01k efi&&ri~r n1i-ip- r--~-r i - ben los bienes en ((plena propiedad)), es decir, perfectamente enaje-nable~ desde el mismo momento que reciben la data. Son básicamente aquellos que obtienen mercedes reales y que ante el desinterés o lejanía optan por deshacerse de ellas. c) Otro elemento sobre el que en ningún momento se observo su cumpiimienio era aquei que impedía a i v e~xt iafijeroa poseer piu-piedades en las islas por un valor superior a los 200.000 mrs. Con Notas para el estudio de los oriyenes de la gran propiedad ... 579 este objetivo se pretendía favorecer la enajenación en favor de los vecinos del lugar, aunque los documentos insisten en que tal disposi-ción se vulneró una y otra vez24. d) Una circunstancia cuya incidencia se verá actuar con mayor importancia en las siguientes centurias es el doble fenómeno de la formación de mayorazgos y vinculaciones y por ende, la detracción de la tierra de toda posibilidad de circular libremente en el mercado. En este punto conviene distinguir entre aquellas vinculaciones que permiten perpetuar el linaje familiar a través de los años, y que gene-ralmente son cedidos a destacados renteros, lo que a su vez permite la formación de una incipiente burguesía rural, y aquellos otros pequeños o medianos mayorazgos en los que la situación de sus pro-pietarios no pasa de ser muy distinta a la de cualquier otro labrador, con el agravante de que muchos de ellos no sabran mantener, por mala administración o por la difícil coyuntura económica, el núcleo originario de los bienes amayorazgadosZ5. A este conjunto de factores que aparecen en el contexto de la evolución de las estructuras agrarias, hay que añadir otras como fue la existencia de una importante zona de bosque realengo, o la pervi-vencia, con muchas dificultades de las dehesas concejiles. En torno a ambos se enfrentarán los intereses del campesinado más modesto y los de la clase dirigente que una y otra vez tratan de acceder a la posesión de las citadas tierras. La documentación consultada apenas si nos permite hacer algu-nas consideraciones de lo que tendría que ser el aspecto fundamental de análisis en todo proceso de transmisión de la propiedad, en manos de quién o de qué grupos sociales recaen las tierras enajenadas. VI. Tomamos para ello un total de 15 individuos que conside-ramos representativos de los máximos beneficiarios del reparti-miento y del grupo dirigente del concejo insular (véase cuadro adjunto). NI vamm a hacer rgferencia ayiii a !m antecedentes fa=;- liares de cada uno de ellos, únicamente señalar que por su proceden-cia geográfica o familiar casi todos ellos contaban con el respaldo de los grupos económicos que tenían su base de actuación en la Baja Andalucía. De la documentación que re~opi lamoss~e~ d,e duce que el pro-ceso segiiidu eii la ~~i i~i i tüc idóii il as grandes haciendas fue ia adquisición de importantes datas, casi siempre de secano, siendo su 5 80 Ana Vitia Brito -Juan Manuel Bello León comportamiento como compradores de escasa importancia, ya que se limitan a la compra de pequeñas parcelas de regadío que comple-tarían esa gran propiedad en fase de formación. Relación de algunos de los grandes propietarios tras el repartimiento de Tenertfe GER~NIMO VALDÉS Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadío Secano Regadío Secano - Recibid otras datas de las que se desconocen la superficie. BARTOLOMÉ BENITEZ Datas (fan.) Años Regadío Secano Compras (fan .) Regad io Secano - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. Notas para el estudio de los oreenes de la gran propiedad ... 581 HERNANDO DEL HOYO Datas (fan.) Años Regadío Secano Compras (fan .) Regad ío Secano l . En 1496 recibió, junto con el adelanta1 res datas de la isla. do, el llamado «Campo del rey», una de las mayo- JAIME JOVEN Datas (fan.) Años Regadío Secano 1500 30' 36 1505 150 1515 1 O0 1. Compartidas con Pedro de Campos. Compras (fan .) Regad ío Secano JUAN BENITEZ Datas (fan.) . . Compras (fan .) Años Regadío Secano Regadío Secano 1500 200 1502 450' 1503 9 120 1504 6 1182 1511 6 1 suerte 1513 1 O0 1517 120 - Recibid otras datas de las que se desconocen la superficie. l . Comparte 200 fanegas con Alonso Belmonte. 2. Comparte 8 fanegas con Francisco Jimenez. 582 Ana Vitia Brito - Juan Manuel Bello León ANDRÉS SUÁREZ GALLINATO Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadio Secano Regad io Secano GONZALO YANES Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadio Secano Regad io Secano - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. CRISTÓBAL PONTE Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadío Secano Regad b Secano. - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. 1. Las compró junto con Francisco Riberol Notas para el estudio de los orlpenes de la gran propiedad ... 583 GUILLÉN CASTELLANO Años Re: 1500 1501 1502 1503 1 1512 Datas (fan.) Compras (fan .) gad ío Secano Regadío Secano - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. 1. Compartidas con Anton Viejo. 2. En esta fecha permuta 24 fanegas suyas por 3 fanegas de riego de Fernan Martin. 3. Superficie expresada en aranzadas. DIEGO DE SAN MARTIN Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadío Secano Regadío Secano 1. Compartidas con Pedro Carrasco. LOPE FERNÁNDEZ Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadío Secano Rezad m Secano - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. 584 Ana Viria Brito - Juan Manuel Bello León ALONSO DE LAS HIJAS Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadio Secano Regad io Secano FERNANDO LLERENA Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadio Secano Regad m Secano 1504 300' 1505 4 1506 9 1507 1 O0 2 suertes 1508 6 1513 1 O0 1 . Compariidas con Juan Almasán SANCHO VARGAS Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadío Secano Regad io Secano - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. Notas para el estudio de los orígenes de la gran propiedad ... 585 DIEGO DE FUNES Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadio Secano Regad io Secano - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. Comenzaremos este análisis por el que seguramente fue el mayor terrateniente de la isla en los primeros momentos. Nos referi-mos al conquistador y regidor perpetuo Bartolome Benítez Pereyra de LugoZ7. SUS relaciones con el Adelantado, sobrino del mismo, y su fuerte participación económica en la conquista le situó como uno de los mayores benficiarios de tierras. El núcleo principal de sus propiedades se sitúa en la villa de La Orotava, y por los linderos expresados en las datas parece que el ori-gen de su patrimonio estaba formado por varias suertes colindantes entre sí, con lo que llegaria a constituir un predio de considerable extensiónL8. Las rentas generadas por estas tierras le permitieron desarrollar un proceso de acumulación de pequeñas propiedades, destacando entre ellas por su extensión la efectuada al Ldo. Luis de Polanco de 69,5 fanegas de riego en 15 1229A. Bartolomé Benítez le sucedió como principal heredero Francisco Benítez, quien a su vez contrajo matrimonio con Ana Suárez Gallinato, hija del conquista-dor y también gran propietario Andrés Suárez Gallinato30. Otro de los grandes propietarios establecidos en la isla es el portugués Gonzalo Yanes y su familia, beneficiario de grandes datas en la comarca deDaute. La comunidad lusitana que llegó a las islas ~ s t&gin tqrrri& básicamente por peqde;i,os propiet~fioso &-iesms vinculados a los ingenios situados en las diferentes zonas de la isla. Su no participación directa en la conquista condicionó la entrega de tierras a este colectivo, sin embargo, dos casos se exceptúan de este panorama general. Uno de ellos es el del clérigo Ruy Blas que obtiene varias suer- A-- >:- -- LGS de 1cgdu1u y becano en ia comarca de Icod y fue el fundador de uno de los primeros mayorazgos en la isla. El otro es el citado Gon- 586 Ana Viña Brito - Juan Manuel Bello León zalo Yanes. Esta constituye uno de los mejores ejemplos de la for-mación de una gran propiedad en una comarca concreta, ya que sus más de 500 fanegas las recibió todas en la Isla Baja y junto a sus hijos y sobrinos contribuiría a la acaparación del suelo agrícola en esta Dentro de este reducido grupo hay que señalar a los dos prime-ros beneficiarios del repartimiento, Hernando del Hoyo y el Adelan-tado. Ambos recibieron uno de los principales predios de la isla, el llamado Campo del Rey, y del que como ya indicamos desconoce-mos las dimensiones exactas. Hemando del Hoyo constituye uno de los más claros ejemplos ,, de gran propietario y fundador de un amplio linaje aristocrático en D Canarias. Natural de Santander, fue mozo de espuelas del rey Fer- E nando el Católico y llegó a las islas como participante de la con- o quista de La Palma y Tenerife. Aparte de las tierras que compartió - m O con el Adelantado, recibió 200 fanegas de riego en Icod, donde ya E E tenía otras tierras y más de 500 fanegas de secano en otras partes de 2 E la isla. Estas tierras forman parte de una gran propiedad que permi-tió a Hemando del Hoyo la fundación de una de las casas aristocrá- 3 ticas más importantes, la del Hoyo-Solórzano, originaria de otros - títulos como los de marqueses de La Florida, conde de Sietefuentes, 0 m E marqueses de San Andrés y Vizconde del Buen Paso, et~.~'. o Del Adelantado poco queda que añadir a lo ya conocido por la extensa bibliografía sobre él publicada. Aparte de las importantes datas que se concedió destaca la fundación de su mayorazgo el 18 de febrero de 15 1233. Por este documento sabemos que el goberna-dor adquirió por compra 18 caballerías de riego en La Orotava, de las que 6 fanegas eran del Mo. Mújica, 6 del Mo. Santiago y 6 del Dr. Carvajal. De entre los casos analizados quizás sea el de Diego de San Martín el que presenta el carácter más singular y contradictorio en !a femuci8r? de sc putrimmie. Natilra! be San Martín de Valdeigíe-sias (Madrid), no participó directamente en la conquista de las islas, por lo que las datas que obtuvo no fueron muy importantes. Deci-mos que la actividad de este propietario es contradictoria porque si bien realiza una importante labor de adquisiciones, por otra parte, aparece enajenando, poco tiempo después, parte de esas compras por io que su acUvi&d cuanto 2 1% fomIae,ófi & p:cpie-dad parece estéril. Hay un dato en estas compras que llama la aten- Notas para el estudio de los oríqenes de la gran propiedad ... 587 ción, casi todas ellas las efectúa sobre parcelas puestas en cultivo, casi siempre de caña de azúcar. Quizá le interesara especular con la comercialización de las mismas y con la tenencia de la tierra durante unos anos, mientras que después de la coyuntura favorable en la que adquirió las tierras pasara a enajenar la^^^. VII. No podemos finalizar este trabajo sin esbozar la impor-tancia que las usurpaciones y la apropiación ilegal tuvieron en la for-mación de las grandes propiedades. Contrariamente a lo que se pensaba éstas no se van a producir únicamente cuando la demanda de tierras podría superar a la oferta, es decir bien avanzado el siglo XVI, sino que será frecuente la denuncia ya desde la reforma del repartimiento. En realidad será un mal endémico que ni el Cabildo ni la Corona pudieron corregir. Ya hemos indicado de como en la isla se disponía de una gran superficie de tierras realengas, concejiles y baldíos sobre las que va a actuar el proceso de crecimiento demográfico y la acaparación de tierras por parte de los grandes propietarios. Por otra parte, el cese en el reparto de tierras mediante datas desde la tercera década del siglo condicionan la posibilidad de expansión de las áreas roturadas y, por ende, la satisfacción de alimentos que sólo se pueden conse-guir con nuevas roturaciones. Los testimonios que nos hablan de las usurpaciones de realengos se escalonan a lo largo del siglo, confun-diéndose sus orígenes con los propios repartimient~s~~. Las primeras noticias que tenemos en las que se constata la usurpación de tierras procede de la reforma del repartimiento. En contestación a la 5.a pregunta los diferentes testigos aluden a aque-llos beneficiarios que han ocupado más de lo que les fue concedi-do36. Se trata en este caso de tierras cercanas o colindantes con las que han obtenido en la data. Entre los más denunciados por ocupaciones ilegales se encuen-trnn Ir\" r,,";Ar\,nn p..: r l , - * - l l - .- -- T Liaii iG6iuvir;a uuiWi LdblIX¿inO y wpe Fernández y, una vez más, los familiares del Adelantado o él mismo, aunque el goberna-dor no sólo se limita a usurpar tierras de titularidad pública, sino que actúa con los mismos parámetros respecto a las tierras privadas3'. En cualquier caso los intentos de apropiación clandestina en el reaiengo se muitipiican segun avanza el siglo. A diferencia de las usurpaciones señaladas anteriormente, éstas se van a producir bási- 588 Ana Viña Brito -Juan Manuel Bello León camente sobre montes y baldíos de aprovechamiento comunal. La Tala continua para abastecer a los ingenios azucareros, para la construcción de casas, navíos, utillaje agrícola, etc., favorecen la deforestación por lo que el siguiente paso sera la ocupación de vere-das y caminos limítrofes, la apropiación de las tierras frontera con las grandes heredades y por último la roturación de la zona deforestada. No parece ser privativo de los grandes propietarios la usurpa-ción de tierras, sino que también el pequeño campesinado participa de este fenómeno, aunque seguramente motivado por otras razones. Así en 1543 el Cabildo reclama a distintos vecinos que entreguen los títulos que justificasen las roturaciones y cercados de tierras que están haciendo en el malpaís de A~ e n t e j oD~e~sc. o nocemos como se resolvieron los casos de ocupación ilegal de aquellas tierras de titu-laridad publica. Es razonable pensar que en algunos casos el Con-cejo terminaría por legalizar lo que parecía irremediable, mientras que en otros, después de largos pleitos, lograría expulsar a los usurpadores. APÉNDICE1 Propietarios que pierden tierras según las datas y la reforma del repartimiento de 1506 Primer beneficiario Fecha Aluaro Glez. de las Alas 10-01-1507 Gonzalo Real y Pedro Gonzalo Rodriguez Amoríos Juan Enriquez Juan Cansado Juan Cansado Ortega de Vega Hontiveros Juan Paez Almodóvar Lugar Superficie ((encima de Taoro» 400 fan. Anaga ? ((Rambla del Ahorcadon 300 fan. ? ts. de riego Valle Orotava ts. de riego 7 una suerte Tacorlonte una suerte Tacorlonte 80 fan. Tegueste 700 (?) fan. El Palmar 24 fan. 3 ? Nuevo poseedor Ruy Diaz Cerón y Luis Cerón Baltasar Morales y C. Mej ia Alonso Belmonte Bartolomé Benitez Gonzalo de Córdoba Diego Martúi Ortega de Vega Alonso de las Casas Guillén Castellano Anton Macho Juan Alonso Propietarios que pierden tierras según las datas y la reforma del repartimiento de 1506 (Cont.) Primer beneficiario Fecha Juan Alonso 10-08-1 503 Juan Martin 05-06-1502 Gonzalo Suárez 30- 12- 1504 Anton Martínez Mateo Viña Hernando Tenorio Juan Fernández Perucho Lope de Fuentes Badajoz Alonso Cuadrado Juan Rodriguez Lugar Superficie ? ? Tacoronte 9 Tacoronte 150 fan. Tacoronte Anaga La Laguna Valle Orotava 9 Barranco de Araguygo 100 fan. ts. secano un solar unas aguas 9 1 fan. ts. secano 4 fan. riego Nuevo poseedor Bastián Machado Pedro Picar Alonso Pérez; Rguez . Vares; Juan Prieto; Pe-dro G. Pedro de Vergara Francisco Oñate Hernando de Torres Hernando de Hoyos Francisco Melián Alonso Femández Gallego Juan Rodriguez Pedro de Uncilla Tristán Primer beneficiario Esteban Rodriguez Francisco de Casares Antón Sánchez de Turel Diego Pérez Turel Pedro Munoz Francisco Buxel Mosquera Diego de Badajoz Antonio Estrella y Die-go Lbpez Ruy Blas Ortega de Vega Pedro Vaes Beatriz Guancha Fecha ? 02-04- 1505 08-01-1505 28-06-1507 26-02- 1505 Lugar Acentejo ? ? A W ~€Y9 Valle Orotava Tegueste Icod Tacoronte Tacoronte Valle Orotava Superficie ts. secano 3 3 fan. riego ? ? 16 fan. riego 96 fan. secano ts. secano 60 fan. 3 fan. ? 6 fan. riego una suerte 60 fan. 9 Nuevo poseedor Luis de Evora Juan de Corroqa Diego Pérez Turel Alonso Yanes Diego de San Martin Lope de arceo Luis Alvarez Blasino Romano Maria Cabrera Andrés Suárez Gallinato Hernando de Horna Pedro Alvarez Juan Sánchez Propietarios que pierden tierras según las datas y la refiorma del repartimiento de 1506 (Cont.) Primer beneficiario Anton Martin Castillo AIonso Morales Juan de Evora Pedro de Torres Martin Fernández Gonzalo Martin de Utrera Juan Fonte Fernando Gallego F. Gome de Herrera Bartolome Alonso Mata Muros Gonzalo Vaquero y Pa-drianis Fecha 06-1 1-1501 28-01-1501 27-03- 1506 15-07-1 502 10-12-1507 24-02-1502 ? 26-12-151 1 Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 Lugar Tacoronte ? Daute Icocl Adeje ((camino La Orotava)) ? Dauite Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Vallie Orotava Vallle Orotava Vallle Orotava Superficie una suerte 24 fan. ts. y aguas 80 fan. secano ts. y aguas 160 fan. 40 fan. 50 fan. 1 2 fan. riego 12 fan. riego 3 fan. riego 3 fan. riego 4 fan. riego 6 fan. riego Nuevo poseedor Pedro Negrin Alonso Yanes Gonzalo Díaz Hernán Garcia Francisco de Vargas Alonso Gutierrez Fraile DIego de Funes Gonzalo Yanes ? Ldo. de la Fuente Ldo. Móxica Ldo. Moxica Ldo. Móxica Ldo. Moxica Primer beneficiario Barrera Bruxel Fuan de Berriz Diego Caceres Cañamero Fernando Jaen Fernando de Lugo Pedro de Lugo Diego Maroto Francisco Mayor Francisco Medina Diego Mesa Mexia Diego Mondragon Pedro Morales Fecha Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 23-04- 1504 7 ? 19-03- 1504 11-01-1505 Reform. 1506 Reform. 1506 25-06- 1505 06-07-1 57 06-07-1507 Lugar Valle iOrotava Valle ~Orotava Valle ~Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Superficie 3 fan. riego 3 fan. riego 3 fan. riego 8 fan. riego 3 fan. riego 3 fan. riego 6 fan. riego 6 fan. riego 3 fan. riego 24 fan. secano 9 fan. secano 12 fan. riego 6 fan. riego 4 fan. riego 3 fan. riego Nuevo poseedor Ldo. Moxica Ldo. Moxica ido. Móxica ido. Moxica Ldo. Moxica Fernando de Espinar Antonio Osorio Antonio Osorio Rodrigo León Juan Delgado ? ido. de la Fuente Pedro de Lugo Luis de Polanco Luis de Polanco Propietarios que pierden tierras según las datas y la reforma del repartimiento de 1506 (Cont.) Primer beneficiario Ortega Vega Pedro Santana Fernando Suarez Pedro Valdés Lope de Vallejo Anrique Juan de Berriz Caravallo y el Abad Juan de Fonseca Pero Muñoz Narváez y Varea Juan de Onar Antonio Osorio Fecha 06-07-1507 06-07-1 507 06-07- 1507 06-07-1507 06-07- 1507 06-07- 1507 06-07-1507 06-07-1 507 26-08-1 507 04-04- 1505 06-07-1 503 20-06- 1 502 Reform. 1506 Lugar Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Supertície 6 fan. riego 6 fan. riego 3 fan. riego - 10 fan. riego 9 fan. riego 3 fan. riego 6 fan. riego 3 fan. riego 12 fan. riego 10 fan. riego 9 fan. riego 3 fan. riego 32 fan. riego Nuevo poseedor Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco (10 fm.) Ldo. Santiago (2 fan.) Francisco Serrano Juan Benitez Gonzalo de las Alas ? Primer beneficiario Juan Redondo Diego Sardina Alonso Sariniento Luis Sepulveda Juan de Talavera Gonzalo Vaquero Pero Afonso Lorenzo Alcalá Antono Anriquez Francisco Espinosa Bartolomé Fernández Francisco (maestre) Gonzalo Vasques Pedro Vasques Juan de Vitoria 12-02- 1505 20-01-1504 02-03-1 5 18 02-07-1 507 18-02- 1507 Refonn. 1506 12-02-1 505 25-02-1 505 16-12-1503 03-04-1 505 Reform. 1506 Lugar Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Superficie 6 fan. 3 fan. riego 4 fan. riego 9 3 fan. riego 3 fan. riego 48 fan. secano 55 fan. 5 fan. riego 20 fan. riego 3 fan. riego 9 una suerte 3 fan. riego 10 fan. riego 72 fan. secano Nuevo poseedor Alonso de Córdoba Bartolomé Porcuna Ibone Fernández Francisco Riberol Juan de Lorca Pedro Vergara Juan de Vergara Lope Gallego Rodrigo Beltrán Ldo. Fuente (9 fan.) Juan de Lorca Bautista Escaño Diego Fernández Fernando de Espinar 3 Ana Viña Brito -Juan Manuel Bello León 1. La bibliografía que se ha ocupado de los repartimientos andaluces es muy amplia, tanto en su vertiente de estudios como en la edición de textos. Aparte del ya citado trabajo del Dr. GONZALEZ JIMENEZ, pueden consultarse del mismo autor: La repoblación de la zona de Sevilla durante el siglo XIV. Estudio v Docu-mentación. Sevilla, 1975; «Repartimientos andaluces del siglo XIII. Perspectiva de conjunto y problemas)). En H.Z.D., n 14. Sevilla (1987); ((Población y repartimiento de Ecijan en Homenaje a Juan Torres Fontes, Tomo 1. Murcia, 1987, etc. Funda-mental es también la obra de Julio GONZALEZ: El repartimiento de Sevilla. Madrid, 195 1. Una síntesis de estos trabajos podemos encontrar en el trabajo de Cristina SEGURA: La formación del pueblo andaluz. Los repartimientos medieva-les. Madrid, 1983. 2. Las fuentes que permiten el estudio de los repartimientos canarios son esca-sas. Para Gran Canaria contamos con la edición del llamado Libro Rojo de Gran Canaria, transcnto y estudiado por Pedro Cullén del Castillo (Las Palmas, 1947) y los testimonios de protocolos sevillanos y diversas secciones del are-vo General de Simancas. Sirvan como ejemplo los trabajos de MORALES PADRON, F.: «Cana-rias en el Archivo de Protocolos de Sevilla)), en A.E.A., n VII. Madrid-Las Palmas (1 961) y AZNAR VALLEJO, E.: Documentos Canarios en el R.G.S. (1476-151 7). La Laguna, 1981. Para el caso de La Palma pueden verse algunas referencias en LORENZO RGUEZ., J. B.: Noticias para la Historia de La Palma, Tomo 1. La Laguna, 1975. En cuanto a Tenerife, SERRA RAFOLS, E.: Las Datas de Tenerife (libros I-IV de datas originales), La Laguna, 1978 y MORENO FUENTES, F.: Las Datas de Tenerife (Libro Vde Datas originales). La Laguna, 1988. Para com-pieia estas fueates se i i i i~i i e!a ieiijibii de !os ?res !egojos de dutm wr ?es?imnnin, ya que entre ellas aparecen albalaes que no se encuentran en las originales. 3. Un buen ejemplo de ello son los Protocolos pertenecientes al valle de La Orotav, por sólo citar un caso. 4. Quiza sean los contratos de compraventa de tierras los que teóricamente dejan mayor constancia los Protocolos, motivado por el evidente interés del com-prador por poseer protocolada una escritura que diera fe de su nueva titularidad. Por coiitia, !os co~tratosd e medi= y ~~e~?dmlenetnr rc ~ pe~n ,m z y x medida, a los registros de los escribanos. Notas para el estudio de los orígenes de la gran propiedad ... 597 5. Este fenómeno se constata en la reforma del repartimiento de 1506. 6. No podemos olvidar la documentación que alude a la donación de bienes de unos individuos a otros, es decir los testamentos. En éstos raramente se especifica el valor o superficie de la parcela traspasada. Si tenemos en cuenta que los testamentos constituyen una de las vías de trasmisión patrimonial y que en muchos casos el pequeño campesino no se acerca al escribano para otorgar dicha escritura, podrá entenderse la especulación teórica a la que nos vemos sometidos. 7. El repartimiento fue objeto de atención por parte de los cronistas como ESPINOSA, A.: Historia de Nuestra Señora de Candelaria. S/C. de Tenerife, 1980, vid. libro 111, cap. XII, pp. 121 y SS. Señalar en el siglo XVII la obra de NUNEZ DE LA PENA, J.: Conquista antiguedades de las Islas de la Gran Cana-ria v su descripción. Madrid, 1976, vid. libro 1, cap. XVII, pp. 173. 8. MARRERO RGUEZ., M.: Protocolo del escriban? Juan Ruá de Ber-langa. La Laguna, 1507-1508. La Laguna, 1974; GONZALEZ YANES, E. y MARRERO RGUEZ., M. ((Extractos de los protocolos del escribano Hemán Gue-rra de San Cristóbal de La Laguna (1508-1510)~. La Laguna, 1958; LOBO CABRERA, M.: Protocolo de Alonso Gutiérrez (1 520-21). S/C. de Tenerife, 1979; COELLO, M. I.,R GUEZ., M. y PARRILLA, A.: Protocolo de Alonso Gutiérrez (1 522-25). SIC. de Tenerife, 1980; CLAVIJO HDEZ ., f.: Protocolos de Hernán Guerra (1510-11). SIC. de Tenerife, 1980; LOBO CABRERA, M.: Indices v estractos de los protocolos de Hernán Glez. y de,Luis Fdez. Rasco, escribanos de Las Palmas (1550-52). Valencia, 1980; MARTiNEZ GALINDO, P.: Protocolos de Rodrigo Fernández (1520-26). F.R.C., XXVII. La Laguna, 1988. 9. AZNAR VALLEJO, E.: La integración de las Islas Canarias en la Corona de Castilla (1476-1525). La Laguna-Sevilla, 1983; «Estado y Colonización en la Baja Edad Media. El caso de Castillan, en La España Medieval, n XI. Un Complutense (1988), entre otros y PERAZA DE AYALA, J.: «El contrato agrario y los censos ecCanarias», en A.H.D.E. (1955). 10. NUNEZ PESTANO, J. R.: La dinámica de la propiedad de la tierra en Icod de los Viqos (1 796-1830). La Laguna, 1984. 11. MACIAS HDEZ., A.: «La transformación de la propiedad agraria concejil en el paso del Antiguo al Nuevo Régimen: el repartimiento ilustrado de 1769 en La Laguna», en R.H.C., Anexo 1. La Laguna (1978). 12. SUAREZ GRIMON, V.: La propiedad pública, vinculada v eclesiástica en Gran Canaria en la crisis del Antiguo Régimen. Gran Canaria, 1987. 13. Sima como ejemplo el trabajo de BERNAL, A.: «La propiedad de la tie-rra », en La economb agraria en la Historia de España. Madrid, 1979, pp. 93 y SS. 14. A.A.V.V. Ensavo sobre Historia de Canarias. Tomo 1. Las Palmas, 1978, pp. !O!. FE !S citzda &a se zfi~maq ,ie !es repn,rtimier??ese sbzae:: !:: esLn~c?w:: dela propiedad que se mantiene en líneas generales hasta nuestros dias. 15. ROSA OLIVERA, L. de la y SERRA RAFOLS, E.: El Adelantado don Alonso de Lugo v su residencia por Lope de Sosa. La Laguna, 1949, pp. 120 y SS. 16. La metrologia castellana aplicada en Canarias constituye un serio problema para el estudio de la propiedad de la tierra. De momento no contamos con un estudio serio que nos permita explicar las diferencias existentes, que en ningún caso podemos achacar a los agrimensores, ya que éstos estarían vigilados en sus funciones por el 598 Ana Viña Brito - Juan Manuel Bello León Cabildo. En cualquier caso creemos que la postura más prudente será siempre la de entender a la fanega como lo correspondiente a su definición (superficie en la que se siembra una fanega de cereal), teniendo en cuenta que la unidad variará según la calida de las tierras consideradas. Esa misma prudencia debemos extenderla a la hora de convertir o extrapolar las medidas antiguas al sistema métrico decimalAlgunas referencias al sistema de medición empleado en los repartos de tierras pueden verse en el Libro V de Datas originales (Vid. Doc. n 75 y 88). 17. La excepción viene dada por las tierras entregadas a Gonzalo Yanes, Mateo Viña, Bartolomé Benítez o el propio Adelantado. 18. Creemos que es válida la apreciación de MILLARES CANTERO cuando se pregunta si puede considerarse en Canarias como latifundio a 25 1 Ha. de cereales y arrecifes y no 60 fanegas de regadío con plataneras de regadío totalmente cultivadas. 19. El valle de la Orotava fue estudiado por J. M. BELLO &EÓN en su Memo-ria de Licenciatura (inédita). La comarca de Icod por J. R. NUNEZ PESTANO, y para la comarca de Daute el trabajo de A. GUIMERA. Los baremos que se presen-tan en los diferentes cuadros no son homogéneos, lo que dificulta su comparación. 20. VIERA Y CLAVIJO, J.: Noticias de la Historia General de las Islas Canarias. S/C. de Tenerife, 1967 (6 edic.). Tomo 1, pp. 681. 21. Esta fue la 1 .a data concedida en la isla y que fue publicada por RUMEU DE ARMAS, A.: Alonso de Lugo en la corte de los Reyes Católicos, 1496-97. Madrid. 1954, pp. 207 y SS. Esta data originó un gran litigio cuya sentencia puede verse en A. G. Simancas. R.G.S. de fecha 18 de mayo de 1517. 22. El Adelantado reiteró en varios pregones la obligatoriedad de los beneficia-rios de datas de residir en la isla y en caso contrario podían perder sus tierras. Es evi-dente que la ausencia de muchos de ellos facilitó la usurpación por parte de aquellos que comenzaban a despuntar como grandes hacendados. Usurpaciones que en algu-nos casos son aprobadas por el propio gobernador. (Vid. F. MORENO FUENTES: Las datas ... n 42, 69, 76, 86). 23. En la reformación del repartimiento de 1506 se acusa a Lope Femández por vender sus tierras en La Orotava al duque de Medina Sidonia antes del plazo de cinco años. También el regidor Suárez Gallinato solicitó poder al Adelantado para vender 90 fanegas de riego por estar dentro del citado plazo (Vid. ROSA OLIVERA, L. y SERRA RAFOLS, E.: Reformaciórt del repartimiento de Tenerife de 1506. La Laguna, 1963. pp. 31 y 44 respectivamente). 24. En 1943 ya se ordenaba al gobernador de Gran Canaria que impidiese a los genoveses poseer heredades en una cuantia superior a los 200.000 mrs., aunque tuvieran concedida carta de naturaleza en las islas (Vid. E. AZNAR: Documentos ... n 467, 511 y 512). Esta prohibición se extendió a la isla de Tenerife, pero también aquí se incumplió. 25. No podemos olvidar que muchos de estos pequeños mayorazgos tenían suje-tos sus bienes a censo enfitéutico, y que por tanto el derecho de los titulares del domi-nio directo será prioritario frente a los que constituyeron el mayorazgo sólo sobre el dominio útil. Sobre toda la cuestión de los mayorazgos puede verse el trabajo de CLAVERO, B.: Mayorazgo, propiedad feudal en Castilla (1369-1836). Madrid, 1974. Para el caso de Tenerife el estudio del proceso de vinculación y creación de Notas para el estudio de los orígenes de la gran propiedad ... 599 mayorazgos adolece aún de buenos análisis, excepción hecha de los estudios genealó-gicos imprescindibles. 26. Aparte de la documentación ya publicada (vid. notas 2 y 6), de la-bibliogra-fía existente y de la documentación procedente de Simancas, hemos consultado algu-nos protocolos del A.H.P. de Tenerife, los Leg. n 3, 177, 189, 190-196, 377, 2.782-86, 3.358 y 3.359). Es evidente que cuando ampliemos el número de legajos consultados, se podrá completar la visión parcial que ofrecemos del proceso de acu-mulación de tierras. 27. La biografía de la familia Benitez de Lugo puede seguirse a través de FER-NANDEZ DE BETHENCOURT, F.: Nobiliario de Canarias. Tomo 1. pp. 29-41. 28. En 1502 obtiene 120 fanegas que lindaban con otras que ya tenía; posterior-mente recibirá 20 fanegas de riego limítrofes con otras 20 que ya poseía. En 1503 recibió 40 fanegas de riego igualmente colindantes con otras de su propiedad. Ade-más recibió tierras en Tacoronte, Tegueste y Acentejo y junto a Lope Femández construyó el primero de los seis ingenios azucareros que se establecieron en el valle de La Orotava. 29. La noticia de esta compra la hemos obtenido de un manuscrito del agustino Fray Manuel Pimienta, perteneciente a los fondos del Archivo Sopranis- Montesdeoca (Biblioteca de la Un. de La Laguna). Manuel Pimienta profesó la orden de San Agustín el 21 de enero de 1732 (Vid. Nobiliario de Canarias. Tomo 1. pp. XLVI). Juan Acevedo, apoderado de Luis de Polanco vendió estas tierras a Barto-lomé Benítez ante el escribano Antón Vallejo el 21 de diciembre de 1512. Luis de Polanco había obtenido una merced real de ocho caballerías de riego el 24 de agosto de 1505 (Vid. AZNAR VALLEJO, E.: Documentos ... n.O 647). 30. Andrés Suárez Gallinato era también sobrino del Adelantado y podría ser una claro ejemplo de como la posible fragmentación de la propiedad por la transmi-sión normal de la herencia se ve compenada por la política matrimonial entre los miembros del mismo grupo social. El 15 de abril de 1559 fundó Fco. Benítez de Lugo el mayorazgo de su casa. 31. Las datas entregadas a sus hijos y familiares, muchas de ellas colindantes con las de Gonzalo Yanes, son las siguientes, SERRA RAFOLS, E.: Las Datas ... n.O 370, 511, 5!2, 523, 529, 950, 1.328 y 1822. 32. FERNANDEZ DE BETHENCOURT, F.: Nobiliario ... Tomo 111. pp. 896 y SS. 33. El Adelantado aprobó la fundación del mayorazgo por escritura que pasó ante Antón Vallejo el 19 de mayo de 1515 (vid. Residencia por Lope de Sosa, pp. 166 y SS.). 34. A.H.P. Tenerife. Leg. 177 de 5-XI-1505; Protocolo de Hemán Guerra (1508-1510), n.O 955, 971, 976, 1.177, 1.344, 1.375, 1.386 y 1.501; Protocolo de Henán Guerra (1510-1 l), n.O 1.554. En el citado manuscrito de Fray Manuel Pimienta se indica que Rafael Fonte compró a Diego de San Martin 189 fanegas de riego en La Orotava, el 29 de julio de 1510. 35. De entre los pows trabajos que en Canarias se dedican al análisis de la usuf-pación de t i e ~ a rse alengas como vía de acceso a la propiedad, destaca el de SUA- ?3Z G-NMGX, V.: La prüpiedüd vincuíada ... Tomo i. Vid. cap. iii. 36. Reformación del repartimiento de 1506. pp. 62 a 64. 600 Ana Viña Brito - Juan Manuel Bello León 37. A.G.H. Consejo Real. Leg. 20, n 11 (1523-24). Pleito entre Juan de la Fuente, mercader vecino de la isla, y Alonso de Lugo sobre el despojo y usurpación de un heredamiento en el Realejo. 38. A.M. La Laguna. Libro 8 de Actas del Cabildo. Oficio 1, fol. 188v.
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Calificación | |
Título y subtítulo | Notas para el estudio de los orígenes de la gran propiedad en Tenerife a raíz de la conquista |
Autor principal | Viña Brito, Ana ; Bello León, Juan Manuel |
Publicación fuente | IX Coloquio de historia canario - americano |
Numeración | Coloquio 09. Tomo 2 |
Tipo de documento | Congreso y conferencia |
Lugar de publicación | Las Palmas de Gran Canaria |
Editorial | Cabildo Insular de Gran Canaria |
Fecha | 1990 |
Páginas | P. 0568-0600 |
Materias | Congresos ; Historia ; Canarias ; América |
Copyright | http://biblioteca.ulpgc.es/avisomdc |
Formato digital | |
Tamaño de archivo | 1303252 Bytes |
Texto | NOTAS PARA EL ESTUDIO DE LOS ORÍGENES DE LA GRAN PROPIEDAD EN TENERIFE A RAÍz DE LA CONQUISTA ANA VINA BRITO JUAN MANUEL BELLO LEÓN Diversas publicaciones y congresos se han ocupado en los últimos años del análisis de la estructura y dinámica de la pro-. piedad de la tierra en España, incluyendo breves referencias al Archipiélago Canario. Casi todos ellos tienen como punto en común el estudio de la economía agraria para en el Antiguo Régimen. Reflejo de esa tendencia son, también, algunas tesis doctorales presentadas en la Universidad de La Laguna en el ultimo quinquenio. Sin embargo, los años inmediatamente posteriores a la conquista de las Islas, permanecen casi en la oscuridad en cuanto a estudios sobre la propiedad de la tierra se refiere; lo que no deja de ser paradójico si tenemos en cuenta que esta etapa delimita los elementos que definen la realidad rural durante el periodo posterior. Las dificultades para un estudio de este tipo no son pocas. A la pérdida y deterioro de la documentación (caso de los Pro-tocolos Notariales) se unen los problemas que genera el análi-sis de los repartimientos canarios, completamente distintos a los modelos castellano-andaluces ya conocidos. Sabemos que el repartimiento constituyó un punto de par-tida, no definitivo, de la propiedad territorial y como tal sufrirá notables cambios a lo largo de las primeras décadas del siglo XVI. Será esta centuria y la siguiente la que conocerá el fenó-meno de amortización de las propiedades en manos de las insti-tuciones eclesiásticas y la progresiva expansión del (da-tifundismon. De este incuestionable fenómeno tenemos noti-cias a través de diversas fuentes, pero quizás sea de excepcio-nal interés su seguimiento a través de los Protocolos Notaria-les. A este fragmentado legado documental, así como a los ciocumenros canarios en ei K.G.S. acudimos para visiumbrar los orígenes de la gran propiedad en Tenerife. 5 70 Ana Viña Brito - Juan Manuel Bello León Introducción Hace ya una década el Dr. González Jiménez publicó un suges-tivo estudio: en tomo a los orígenes de Andalucía, en el que ponía de manifiesto la importancia de la reconquista y repoblación de Andalucía en el siglo Xiii como punto de partida de una nueva etapa, transformada en sus estructuras básicas, como consecuencia de la incorporación de este territorio a la Corona de Castilla. Este hecho, unido a la situación fronteriza del territorio, originó no como se había supuesto el triunfo exclusivo del latifundismo, sino también de una masa de pequeños y medianos propietarios. En Canarias, el repartimiento constituyo el punto de partida, m 0 aunque no definitivo, de los orígenes de la estructura de la propiedad E de la tierra. La gran propiedad apareció ya desde los primeros repar- no tos de tierras, si bien no fue la característica más notable de la nueva -- m situación. Así junto a la gran propiedad tendrá cabida la mediana y O E pequeña, siendo los siglos posteriores los que conoceran el fenó- E 2 meno de amortización de las propiedades en manos de las institucio- -E nes eclesiásticas, de los miembros de la clase dirigente insular o de 3 aquellos individuos que por su actividad pueden ser incluidos dentro - de lo que conocemos como burguesía comercial. - 0 m De este incuestionable fenómeno tenemos noticia a través de varias E fuentes, pero quizá sea de excepcional interés su seguimiento a tra- o 6 vés de las Datas y de los Protocolos Notariales. n -E 1. A diferencia de Castilla o Andalucía donde se conservan numerosos testimonios documentales que reflejan el reparto de bie-nes rústicos o urbanos1, en Canarias los libros de repartimiento, mas conocidos como libros de Datas, sólo se conservan para la isla de Tenerife2. Estos libros de Datas recogen los albalaes en los que se consig-nan una parte de los repartos de bienes inmuebles efectuados por el u &!eg&os, que en e! cusc de &= Cmuria, La Pz!míl y Tenerife fueron los poderes otorgados por los monarcas a sus respec-tivos gobernadores, y que presentan unas características propias que les diferencian claramente de los modelos andaluces. El análisis de las Datas queda por tanto limitado por estas características específicas como son, la ambigüedad en alguno de los conceptos geográficos utiiizaaos, ia mención a distintos tipos de medidas para indicar la superficie de las parcelas, la multitud de Notas para el estudio de los oreenes de la gran propiedad ... 571 datas que no indican si son de regadío o de secano, las dimensiones de la suerte concedida, etc., todo ello sin olvidar la asincronía de los repartos y los continuos cambios de titularidad. El objetivo inicial de este trabajo era el análisis de la transferen-cia de la propiedad entre unos grupos sociales y otros, constatada la movilidad de tierras a través de las datas (véase Apéndice 1) y coinci-dente con el abandono de las suertes tras el reparto, sin olvidar por otra parte las arbitrariedades y usurpaciones de la clase dirigente. Para este propósito parecía que la fuente más idónea era la serie de escrituras de compra-venta de terrenos que aportan los Pro-tocolos. A ningún historiador se le escapa la importancia que tienen los Protocolos Notariales como fuente peculiar de conocimiento de las realidades socioeconómicas en un período determinado. En cual-quier caso el problema no estriba en el manejo de una documenta-ción más o menos abundante, que aún con el estudio de una amplia muestra, constituiría una parte reducida de la realidad a investigar; y ello, no sólo por el volumen que se ha perdido, sino por el fuerte deterioro y pésimo estado de conservación de los mismos3 o porque tampoco podemos olvidar que entre el campesinado la costumbre imponía su ley, de tal forma que es muy probable que en muchos casos los interesados no se acercasen al escribano para registrar las transacciones4. A esto tenemos que unir el hecho de que, seguramente, no fue le recurso a la compraventa el medio más utilizado por determinada clase social para hacerse con la propiedad de la tierra, y sobre todo en unos momentos en que nos planteamos la existencia o no de un mercado de la tierra, donde un fenómeno de demanda puede cubrirse con relativa facilidad, con el beneficio de una nueva data. Otros motivos que pueden ayudarnos a entender la escasa representatividad de las escrituras de compraventa en los legajos consuitados pueden ser, el abandono de la pequeña parcela recibida por aquellos beneficiarios que nunca residieron en la isla o que esta-ban de paso hacia otras latitudes, lo que facilitaría su incorporación al patrimonio de los que se establecieron definitivamente5 y, por otra parte, que esta acumulación de propiedades podía hacerse a costa de amplios terrenos baldíos, montes y dehesas conce_iiles6. Con estas consideraciones documentales, no hace falta insistir en las dificultades que se plantean para una sistematización metodo- 572 Ana Viña Brito - Juan Manuel Bello León lógica aplicada a una serie de datos dispersos, y, por tanto, resulta hasta cierto punto inútil plantearse unas conclusiones generales sobre el proceso de acumulación de tierras que podamos hacer extrapolables al conjunto de las islas de realengo. Por tanto nos ceñiremos al análisis puntual de determinados individuos que nos darán una idea aproximada sobre este proceso en cuanto a su trascendencia. 11. Aunque el interés por los repartos de tierras se da desde el propio siglo XVI', se deben a la centuria actual las valiosas monogra-fías que se dedican a un exámen más completo de los libros de Datas y al análisis de la estructura de la propiedad de la tierra que nace tras la conquista. Quizá fue el profesor Elías Serra el que mejor comprendió que sin una labor de transcripción y estudios de todas las Datas, nuestros conocimientos de la repoblación se limitarían a simples trabajos de genealogía. Fruto de esta labor es la publicación de los mencionados libros de Datas originales, así como el estudio sistemático de las Actas del Cabildo y de los Protocolos Notariales. Ya hemos indicado como la utilización de los Protocolos como fuente para el estudio de la Historia Rural es de obligada consulta para el caso de Canarias, Ha sido, por ello, muy importante la publica-ción de los extractos de distintos legajos correspondíentes a escriba-n í a ~d e Tenerife y Gran Canaria8. Hasta ese momento el tema agrario tuvo escasas aportaciones en lo que al siglo XVI se refiere, y más aun en su 2.a mitad. Sólo los trabajos de E. Aznar, o los desarrollados desde el punto de vista jurí-dico por Peraza de Ayala, merecen destacarseg. La visión para los siglos posteriores presenta mejor panorama, entre los que destacamos los estudios sobre dinámica de la propie-dad de la tierra en Icod de los Vinoslo; sobre la propiedad agraria concejii y e] repanimienio iiusirado en Tenel'ifel1; sobre e! reparti; de tierras realengas en Gran Canaria y sobre la propiedad vincu-lada, eclesiástica y realenga en Gran Canaria12, entre otros trabajos. Antonio M. Berna1 o Manuel Glez. Jiménez han puesto de manifiesto en varios de sus trabajos la debilidad de las teorías defen-didas por Carrión, Malefakis o Vicens-Vives, por ias cuaies situaban a los repartimientos bajomedievales como el origen del latifundismo Notas para el estudio de los orbenes de la gran propiedad ... 573 castellano y básicamente andaluz13. Estos autores veían en la Edad Media la configuración del régimen de la propiedad de la tierra y sus formas de distribución al menos hasta el siglo xix, sin tener en cuenta la diversidad regional o los resultados de los diferentes proce-sos repobladores, de ahí que aún hoy día se sigan manteniendo estos planteamientos para el caso de Canariask4. 111. Antes de adentrarnos en el análisis de la constitución de los grandes patrimonios territoriales, queremos reflejar una serie de matizaciones ya puestas de manifiesto por otros historiadores. Determinar cuando una propiedad corresponde a un ((latifundio)) es tarea harto compleja en las islas. Aplicando las sugerencias que han presentado los nuevos enfoques de análisis en los repartimientos andaluces, tendremos en cuenta no sólo la superficie de la suerte recibida, sino también otros factores como la existencia o no de rega-dío, localización de la tierra, producto cultivado, etc. Tampoco podemos olvidar que los mayores hacendados no lo eran sólo por las tierras que poseían, sino también por los derechos que obtenían de las múltiples parcelas sobre las que tenían el dominio eminente y que la fragmentación orográfica de la isla favorece esta dispersión. El factor determinante para definir y diferenciar a la gran pro-piedad es sin duda la existencia o no del regadío. El mismo supondrá una potenciación de los rendimientos por unidad de superficie. Estos terrenos suelen destinarse a cultivos de huerta o de caña, destinados estos últimos a la comercialización exterior, por lo que serán objeto de importantes inversiones por parte de aquellos hacendados o comerciantes que disponían de la necesaria liquidez. La valoración de ambos aspectos otorga, al menos de forma teórica, un valor real mucho mayor a la tierra de regadío que a la de secano. Las propias fuentes parecen corroborar esta primera impresión teórica. Así en el juicio de residencia de Lope de Sosa se señala que cada fanega de riego equivale a tres de secano, ((sembradurm, dupli-cando las primeras e: i~iidiiiii~lirdue las seg~íidas!'. En e! mismo sentido se expresa la certificación del Cabildo de Gran Canaria expedida en 1574, en la que se indica lo que se entiende por caballe-ría de riego y secano, según los repartimientos efectuados en aquella isla, y por el que estaban obligados a medir todas aquellas datas objeto de merced real16. Uegados a este punto nos resta estabiecer dentro aei mismo bosquejo teórico los límites entre la pequeña y mediana propiedad 574 Ana Viña Brito - Juan Manuel Bello León en relación con las grandes datas. El primer punto a tener en cuenta es que pocos beneficiarios obtienen un lote de tierras que alcance la magnitud de lo que tradicionalmente se entiende por latifundio. Si consideramos que la dimensión que tiene que alcanzar una parcela para que sea considerada latifundio es como mínimo de 250 Ha. (más de 400 fanegas), pocas son las datas concedidas que pueden considerarse de tales dimensiones17. Sin embargo, esta gran propiedad se distingue claramente de lo que podríamos considerar la generalidad de las grandes datas, y que vienen dadas por aquellas parcelas de secano que oscilan entre las 200 y 100 fanegas, de ésta superficie hacia abajo pueden conside-rarse como medianas propiedades. Las inferiores a 20 fanegas las m D consideramos como pequeñas explotaciones. E Por el contrario en las tierras de regadío y atendiendo a las con- o sideraciones ya expuestas sobre su mayor productividad, habría que n - = reducir los baremos propuestos para las de secano; así el límite defi- O E nido para la gran propiedad, pues consideramos este concepto más E 2 apropiado que el de latifundio para Canarias, vendría dado por una =E banda que oscilaría entre las 50 y 75 fanegas, considerando las 3 inferiores a 10 fanegas como pequeñas propiedades 18. - - ,0" IV. En el proceso de acumulación y concentración de tierras creemos se pueden distinguir dos fases coetáneas entre si pero con rasgos que permiten diferenciar una de otra. La primera de ellas estaría representada por aquellos que reci-ben importantes datas en el repartimiento con las que cimentan el núcleo originario de su dominio. Una segunda estaría presidida por la adquisición y por tanto crecimiento de ese núcleo originario. Junto a la compra de los bienes de aquellos beneficiarios del reparto de mercedes reales, que casi nunca se avecindaron en la isla, estará la sucesiva adquisición de tierras enajenadas por el pequeño r.zm-p&nzd~. ~ ~ , - f i & fzle tsi_mhi&n es & d_&ar.ar la vía de los enlaces matrimoniales como fórmula de acrecentar y consolidar la fortuna generada por ambas familias. Para el análisis de la primera de las fases mencionadas conta-mos con el estudio de tres comarcas que pueden considerarse signifi-cativas en el conjunto de la islaLg( véase cuadro adjunto) y con el ..:---1- 2- 2-*--:--2-- L 2- 1- -1: :- 1-- ~ ; JCI I I ~ IUU G U~;LGI I I I I I I~~UUi iSl l e I i i o r u s ue ia oiigarquia insular. En el esquema de distribución general de la propiedad a través de las datas con posible cuantificación, se observa en las tres comar- Notas para el estudio de los oreenes de la gran propiedad ... 57,$ El repartimiento según las proporciones de tierra recibidas por cada beneficiario COMARCA DE DAUTE Regadío Dimensiones fanegas % beneficiarios O/ó De O a 9 fan. De 10 a 49 De 50 a 99 + de 100 Dimensiones De O a 9 fan. De 10 a 49 De 50 a 99 +de 100 Secano fanegas % beneficiarios % COMARCA DE ICOD Regad io Dimensiones fanegas % beneficiarios % De O a 10 fan. De 11 a 24 De 25 a 49 De 50 a 74 De 100 a 149 +de 150 Dimensiones De- O a 10 fan. De 11 a 24 De 25 a 49 De 50 a 74 Ee !K!a 149 +de 150 Secano fanegas % beneficiarios % Ana Viña Brito -Juan Manuel Bello León Dimensiones De O a 6 fan. De 7 a 15 De167 a 50 + de 50 Dimensiones De O a 6 fan. De 7 a 15 De 10 a 50 + de 50 VALLE DE LA OROTAVA Regadío fanegas % beneficiarios % Secano fanegas % Beneficiarios % cas la importancia del área de regadío distribuida, si bien con claras diferencias de un lugar a otro. Así, en el valle de La Orotava el resul-tado más destacado es la aparición de un numeroso grupo de media-nas y pequeñas propiedades, que representan en su conjunto el 98% de los beneficiarios en lo que a las tierras de regadío-se refiere, acu-mulando el 80% de las tierras de regadío repartidas. La zona de regadío repartida en Icod alcanza un total de 375 fanegas, correspondientes al 13% de los beneficiarios, situadas casi todas ellas en lo que las datas definen como las lomadas de Icod, áreas de la Vega, el Amparo, etc. En la comarca de Daute las dife-rencias son un poco más marcadas ya que las parcelas que designa-mos como gran propiedad son acaparadas por cinco beneficiarios con el 83% de la superficie de riego distribuida por la Isla Baja y el w!!e de Mascsi. En cuanto al reparto de tierras de secano se refiere, las diferen-cias son muy acusadas en las tres comarcas. Aquí parece cumplirse aquella idea que expresara Viera y Clavijo del reparto de tierras de secano a centenares20. En los tres casos la mediana y gran propiedad acapara buena parte de las tierras de secano, siendo el caso extremo *--L:.L -1 A- n- - -~A- --A- ---- 3-2 -1 r r n / A- riuiruic;ii ci uc ui lu~cu viiuc; 1a g~iliiy iuyi~uaus upuiit: t:i J J - / O ut: estas tierras. Notas para el estudio de los orlgenes de la gran propiedad ... 577 El destino de estas suertes, dedicadas casi todas ellas a cereales, puede explicar el que la superficie media por parcela sea superior a las tierras de riego, a lo que hay que añadir la localización concreta de las mismas. No es de extrañar que los grandes predios de secano se encuentren en las zonas de medianías o repartidas de forma desi-gual por todos los pagos de cada una de estas jurisdicciones: Erjos, Higa, Tierra del Trigo, Icod el Alto, etc. Un estudio más individualizado de los grandes propietarios sur-gidos del repartimiento choca con varias dificultades hasta el momento insalvables. La más importante es que sabemos que aque-llas datas por las que se entregaron los más importantes predios no suelen especificar las dimensiones de las mismas, limitándose a dar-nos unas vagas referencias de sus respectivos linderos. Quizá uno de los ejemplos más significativos sea la data que el Adelantado se entregó a sí mismo y a Hernando del Hoyo en el Realejo, parte de la cual se conoce como Hacienda de los Príncipes. El entonces lla-mado Campo del Rey y su anejo, el Traslatadere, éste último como prolongación de la misma finca hasta la costa, formaba parte de un predio cuyos limites geográficos y dimensiones son confusos2'. Otro factor a tener en cuenta es que los estudios actuales no nos permiten conocer el grado de disolución o consolidación que pudie-ron tener las grandes propiedades. Es posible que alguna de esas grandes propiedades surgidas del repartimiento fueran divididas en pequeñas parcelas a lo largo de varias generaciones ya sea por la enajenación de las mismas o la simple cesión a censo enfiteutico, lo que a la larga contribuye a hacer confusa la titularidad sobre deter-minadas tierras. Sin embargo, para el período cronológico que hemos escogido, el proceso de disolución de las grandes propiedades no se vislumbra. Por el contrario, se da una clara tendencia a la con-centración de la propiedad, consolidada con la constitución de los primeros mayorazgos. Ya hemos indicado como desde el mismo repartimiento apare-cen numerosos heneficitio~q ce pierden Q vri,de:: sus p:~pie&&s a poco de recibirlas, éstos lo hacen en beneficio de determinados indi-viduos asociados a la Corte o a miembros de la oligarquía local. Destaca el proceso de concentración del Lcdo. Mújica, del Lcdo. de La Fuente y de Luis Polanco, miembros del ((Consejo de su Alteza»22. Asi pies, íjardeh al reparto be tierras, se puso en marcha un movimiento de pérdida de la suerte recibida, usurpaciones y com- 578 Ana Viña Brito -Juan Manuel Bello León praventas que creemos llegó a proporciones significativas en toda la isla, pero que a falta de un estudio más amplio no podemos evaluar en su conjunto. V. Las posibilidades de estudio de lo que hemos definido como la segunda fase del proceso de acumulación de tierras presenta unas dificultades documentales y metodológicas que también hay que valorar si no se quiere dar una visión limitada de la dinámica de la propiedad de la tierra. Ante esta situación nuestra postura ha sido la de constatar algunos de los condicionantes que pudieron actuar sobre un supuesto ((mercado de la tierra)). " a a) El primero, y quizá más importante en estos momentos, es la competencia que la tierra como inversión tiene que hacer con U otras actividades y, básicamente con la urgente necesidad de puesta --8 en cultivo de la parcela recibida. Así el pequeño campesinado o el 0" gran hacendado tienen que hacer frente a la compra de simiente, uti- I i llaje agrícola, instalaciones fabriles, en el caso de los ingenios, con- - ducciones de agua, etc. de las que se carece en la isla. Es seguro que 9 5 el posible comprador tenga que esperar a realizar una serie de bene- -B ficios que le permitan acceder con garantías a la compra de la = 0 parcela. Creemos que ésto explica en parte, el que las primeras enajena- U ciones de las que tenemos noticia sean posteriores a 1505, comen- d 8 zando a partir de esta fecha la compra-venta generalizada de c1 tierras. d b) Otro factor que en los primeros momentos pone trabas a la 8 D 8 enajenación de los bienes recibidos, son la condiciones y limitacio- 9 nes que se imponen al nuevo beneficiario, que estará obligado a no 5 venderlas hasta transcurrido un plazo de cinco años. Ello no fue óbice para que el traspaso de la propiedad se verificara contravi-niendo lo estipulado en el repartimient~~~. E! fefib~efcio~fi kgfi=s e & en 2q2~,!!01k efi&&ri~r n1i-ip- r--~-r i - ben los bienes en ((plena propiedad)), es decir, perfectamente enaje-nable~ desde el mismo momento que reciben la data. Son básicamente aquellos que obtienen mercedes reales y que ante el desinterés o lejanía optan por deshacerse de ellas. c) Otro elemento sobre el que en ningún momento se observo su cumpiimienio era aquei que impedía a i v e~xt iafijeroa poseer piu-piedades en las islas por un valor superior a los 200.000 mrs. Con Notas para el estudio de los oriyenes de la gran propiedad ... 579 este objetivo se pretendía favorecer la enajenación en favor de los vecinos del lugar, aunque los documentos insisten en que tal disposi-ción se vulneró una y otra vez24. d) Una circunstancia cuya incidencia se verá actuar con mayor importancia en las siguientes centurias es el doble fenómeno de la formación de mayorazgos y vinculaciones y por ende, la detracción de la tierra de toda posibilidad de circular libremente en el mercado. En este punto conviene distinguir entre aquellas vinculaciones que permiten perpetuar el linaje familiar a través de los años, y que gene-ralmente son cedidos a destacados renteros, lo que a su vez permite la formación de una incipiente burguesía rural, y aquellos otros pequeños o medianos mayorazgos en los que la situación de sus pro-pietarios no pasa de ser muy distinta a la de cualquier otro labrador, con el agravante de que muchos de ellos no sabran mantener, por mala administración o por la difícil coyuntura económica, el núcleo originario de los bienes amayorazgadosZ5. A este conjunto de factores que aparecen en el contexto de la evolución de las estructuras agrarias, hay que añadir otras como fue la existencia de una importante zona de bosque realengo, o la pervi-vencia, con muchas dificultades de las dehesas concejiles. En torno a ambos se enfrentarán los intereses del campesinado más modesto y los de la clase dirigente que una y otra vez tratan de acceder a la posesión de las citadas tierras. La documentación consultada apenas si nos permite hacer algu-nas consideraciones de lo que tendría que ser el aspecto fundamental de análisis en todo proceso de transmisión de la propiedad, en manos de quién o de qué grupos sociales recaen las tierras enajenadas. VI. Tomamos para ello un total de 15 individuos que conside-ramos representativos de los máximos beneficiarios del reparti-miento y del grupo dirigente del concejo insular (véase cuadro adjunto). NI vamm a hacer rgferencia ayiii a !m antecedentes fa=;- liares de cada uno de ellos, únicamente señalar que por su proceden-cia geográfica o familiar casi todos ellos contaban con el respaldo de los grupos económicos que tenían su base de actuación en la Baja Andalucía. De la documentación que re~opi lamoss~e~ d,e duce que el pro-ceso segiiidu eii la ~~i i~i i tüc idóii il as grandes haciendas fue ia adquisición de importantes datas, casi siempre de secano, siendo su 5 80 Ana Vitia Brito -Juan Manuel Bello León comportamiento como compradores de escasa importancia, ya que se limitan a la compra de pequeñas parcelas de regadío que comple-tarían esa gran propiedad en fase de formación. Relación de algunos de los grandes propietarios tras el repartimiento de Tenertfe GER~NIMO VALDÉS Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadío Secano Regadío Secano - Recibid otras datas de las que se desconocen la superficie. BARTOLOMÉ BENITEZ Datas (fan.) Años Regadío Secano Compras (fan .) Regad io Secano - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. Notas para el estudio de los oreenes de la gran propiedad ... 581 HERNANDO DEL HOYO Datas (fan.) Años Regadío Secano Compras (fan .) Regad ío Secano l . En 1496 recibió, junto con el adelanta1 res datas de la isla. do, el llamado «Campo del rey», una de las mayo- JAIME JOVEN Datas (fan.) Años Regadío Secano 1500 30' 36 1505 150 1515 1 O0 1. Compartidas con Pedro de Campos. Compras (fan .) Regad ío Secano JUAN BENITEZ Datas (fan.) . . Compras (fan .) Años Regadío Secano Regadío Secano 1500 200 1502 450' 1503 9 120 1504 6 1182 1511 6 1 suerte 1513 1 O0 1517 120 - Recibid otras datas de las que se desconocen la superficie. l . Comparte 200 fanegas con Alonso Belmonte. 2. Comparte 8 fanegas con Francisco Jimenez. 582 Ana Vitia Brito - Juan Manuel Bello León ANDRÉS SUÁREZ GALLINATO Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadio Secano Regad io Secano GONZALO YANES Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadio Secano Regad io Secano - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. CRISTÓBAL PONTE Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadío Secano Regad b Secano. - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. 1. Las compró junto con Francisco Riberol Notas para el estudio de los orlpenes de la gran propiedad ... 583 GUILLÉN CASTELLANO Años Re: 1500 1501 1502 1503 1 1512 Datas (fan.) Compras (fan .) gad ío Secano Regadío Secano - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. 1. Compartidas con Anton Viejo. 2. En esta fecha permuta 24 fanegas suyas por 3 fanegas de riego de Fernan Martin. 3. Superficie expresada en aranzadas. DIEGO DE SAN MARTIN Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadío Secano Regadío Secano 1. Compartidas con Pedro Carrasco. LOPE FERNÁNDEZ Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadío Secano Rezad m Secano - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. 584 Ana Viria Brito - Juan Manuel Bello León ALONSO DE LAS HIJAS Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadio Secano Regad io Secano FERNANDO LLERENA Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadio Secano Regad m Secano 1504 300' 1505 4 1506 9 1507 1 O0 2 suertes 1508 6 1513 1 O0 1 . Compariidas con Juan Almasán SANCHO VARGAS Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadío Secano Regad io Secano - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. Notas para el estudio de los orígenes de la gran propiedad ... 585 DIEGO DE FUNES Datas (fan.) Compras (fan .) Años Regadio Secano Regad io Secano - Recibió otras datas de las que se desconocen la superficie. Comenzaremos este análisis por el que seguramente fue el mayor terrateniente de la isla en los primeros momentos. Nos referi-mos al conquistador y regidor perpetuo Bartolome Benítez Pereyra de LugoZ7. SUS relaciones con el Adelantado, sobrino del mismo, y su fuerte participación económica en la conquista le situó como uno de los mayores benficiarios de tierras. El núcleo principal de sus propiedades se sitúa en la villa de La Orotava, y por los linderos expresados en las datas parece que el ori-gen de su patrimonio estaba formado por varias suertes colindantes entre sí, con lo que llegaria a constituir un predio de considerable extensiónL8. Las rentas generadas por estas tierras le permitieron desarrollar un proceso de acumulación de pequeñas propiedades, destacando entre ellas por su extensión la efectuada al Ldo. Luis de Polanco de 69,5 fanegas de riego en 15 1229A. Bartolomé Benítez le sucedió como principal heredero Francisco Benítez, quien a su vez contrajo matrimonio con Ana Suárez Gallinato, hija del conquista-dor y también gran propietario Andrés Suárez Gallinato30. Otro de los grandes propietarios establecidos en la isla es el portugués Gonzalo Yanes y su familia, beneficiario de grandes datas en la comarca deDaute. La comunidad lusitana que llegó a las islas ~ s t&gin tqrrri& básicamente por peqde;i,os propiet~fioso &-iesms vinculados a los ingenios situados en las diferentes zonas de la isla. Su no participación directa en la conquista condicionó la entrega de tierras a este colectivo, sin embargo, dos casos se exceptúan de este panorama general. Uno de ellos es el del clérigo Ruy Blas que obtiene varias suer- A-- >:- -- LGS de 1cgdu1u y becano en ia comarca de Icod y fue el fundador de uno de los primeros mayorazgos en la isla. El otro es el citado Gon- 586 Ana Viña Brito - Juan Manuel Bello León zalo Yanes. Esta constituye uno de los mejores ejemplos de la for-mación de una gran propiedad en una comarca concreta, ya que sus más de 500 fanegas las recibió todas en la Isla Baja y junto a sus hijos y sobrinos contribuiría a la acaparación del suelo agrícola en esta Dentro de este reducido grupo hay que señalar a los dos prime-ros beneficiarios del repartimiento, Hernando del Hoyo y el Adelan-tado. Ambos recibieron uno de los principales predios de la isla, el llamado Campo del Rey, y del que como ya indicamos desconoce-mos las dimensiones exactas. Hemando del Hoyo constituye uno de los más claros ejemplos ,, de gran propietario y fundador de un amplio linaje aristocrático en D Canarias. Natural de Santander, fue mozo de espuelas del rey Fer- E nando el Católico y llegó a las islas como participante de la con- o quista de La Palma y Tenerife. Aparte de las tierras que compartió - m O con el Adelantado, recibió 200 fanegas de riego en Icod, donde ya E E tenía otras tierras y más de 500 fanegas de secano en otras partes de 2 E la isla. Estas tierras forman parte de una gran propiedad que permi-tió a Hemando del Hoyo la fundación de una de las casas aristocrá- 3 ticas más importantes, la del Hoyo-Solórzano, originaria de otros - títulos como los de marqueses de La Florida, conde de Sietefuentes, 0 m E marqueses de San Andrés y Vizconde del Buen Paso, et~.~'. o Del Adelantado poco queda que añadir a lo ya conocido por la extensa bibliografía sobre él publicada. Aparte de las importantes datas que se concedió destaca la fundación de su mayorazgo el 18 de febrero de 15 1233. Por este documento sabemos que el goberna-dor adquirió por compra 18 caballerías de riego en La Orotava, de las que 6 fanegas eran del Mo. Mújica, 6 del Mo. Santiago y 6 del Dr. Carvajal. De entre los casos analizados quizás sea el de Diego de San Martín el que presenta el carácter más singular y contradictorio en !a femuci8r? de sc putrimmie. Natilra! be San Martín de Valdeigíe-sias (Madrid), no participó directamente en la conquista de las islas, por lo que las datas que obtuvo no fueron muy importantes. Deci-mos que la actividad de este propietario es contradictoria porque si bien realiza una importante labor de adquisiciones, por otra parte, aparece enajenando, poco tiempo después, parte de esas compras por io que su acUvi&d cuanto 2 1% fomIae,ófi & p:cpie-dad parece estéril. Hay un dato en estas compras que llama la aten- Notas para el estudio de los oríqenes de la gran propiedad ... 587 ción, casi todas ellas las efectúa sobre parcelas puestas en cultivo, casi siempre de caña de azúcar. Quizá le interesara especular con la comercialización de las mismas y con la tenencia de la tierra durante unos anos, mientras que después de la coyuntura favorable en la que adquirió las tierras pasara a enajenar la^^^. VII. No podemos finalizar este trabajo sin esbozar la impor-tancia que las usurpaciones y la apropiación ilegal tuvieron en la for-mación de las grandes propiedades. Contrariamente a lo que se pensaba éstas no se van a producir únicamente cuando la demanda de tierras podría superar a la oferta, es decir bien avanzado el siglo XVI, sino que será frecuente la denuncia ya desde la reforma del repartimiento. En realidad será un mal endémico que ni el Cabildo ni la Corona pudieron corregir. Ya hemos indicado de como en la isla se disponía de una gran superficie de tierras realengas, concejiles y baldíos sobre las que va a actuar el proceso de crecimiento demográfico y la acaparación de tierras por parte de los grandes propietarios. Por otra parte, el cese en el reparto de tierras mediante datas desde la tercera década del siglo condicionan la posibilidad de expansión de las áreas roturadas y, por ende, la satisfacción de alimentos que sólo se pueden conse-guir con nuevas roturaciones. Los testimonios que nos hablan de las usurpaciones de realengos se escalonan a lo largo del siglo, confun-diéndose sus orígenes con los propios repartimient~s~~. Las primeras noticias que tenemos en las que se constata la usurpación de tierras procede de la reforma del repartimiento. En contestación a la 5.a pregunta los diferentes testigos aluden a aque-llos beneficiarios que han ocupado más de lo que les fue concedi-do36. Se trata en este caso de tierras cercanas o colindantes con las que han obtenido en la data. Entre los más denunciados por ocupaciones ilegales se encuen-trnn Ir\" r,,";Ar\,nn p..: r l , - * - l l - .- -- T Liaii iG6iuvir;a uuiWi LdblIX¿inO y wpe Fernández y, una vez más, los familiares del Adelantado o él mismo, aunque el goberna-dor no sólo se limita a usurpar tierras de titularidad pública, sino que actúa con los mismos parámetros respecto a las tierras privadas3'. En cualquier caso los intentos de apropiación clandestina en el reaiengo se muitipiican segun avanza el siglo. A diferencia de las usurpaciones señaladas anteriormente, éstas se van a producir bási- 588 Ana Viña Brito -Juan Manuel Bello León camente sobre montes y baldíos de aprovechamiento comunal. La Tala continua para abastecer a los ingenios azucareros, para la construcción de casas, navíos, utillaje agrícola, etc., favorecen la deforestación por lo que el siguiente paso sera la ocupación de vere-das y caminos limítrofes, la apropiación de las tierras frontera con las grandes heredades y por último la roturación de la zona deforestada. No parece ser privativo de los grandes propietarios la usurpa-ción de tierras, sino que también el pequeño campesinado participa de este fenómeno, aunque seguramente motivado por otras razones. Así en 1543 el Cabildo reclama a distintos vecinos que entreguen los títulos que justificasen las roturaciones y cercados de tierras que están haciendo en el malpaís de A~ e n t e j oD~e~sc. o nocemos como se resolvieron los casos de ocupación ilegal de aquellas tierras de titu-laridad publica. Es razonable pensar que en algunos casos el Con-cejo terminaría por legalizar lo que parecía irremediable, mientras que en otros, después de largos pleitos, lograría expulsar a los usurpadores. APÉNDICE1 Propietarios que pierden tierras según las datas y la reforma del repartimiento de 1506 Primer beneficiario Fecha Aluaro Glez. de las Alas 10-01-1507 Gonzalo Real y Pedro Gonzalo Rodriguez Amoríos Juan Enriquez Juan Cansado Juan Cansado Ortega de Vega Hontiveros Juan Paez Almodóvar Lugar Superficie ((encima de Taoro» 400 fan. Anaga ? ((Rambla del Ahorcadon 300 fan. ? ts. de riego Valle Orotava ts. de riego 7 una suerte Tacorlonte una suerte Tacorlonte 80 fan. Tegueste 700 (?) fan. El Palmar 24 fan. 3 ? Nuevo poseedor Ruy Diaz Cerón y Luis Cerón Baltasar Morales y C. Mej ia Alonso Belmonte Bartolomé Benitez Gonzalo de Córdoba Diego Martúi Ortega de Vega Alonso de las Casas Guillén Castellano Anton Macho Juan Alonso Propietarios que pierden tierras según las datas y la reforma del repartimiento de 1506 (Cont.) Primer beneficiario Fecha Juan Alonso 10-08-1 503 Juan Martin 05-06-1502 Gonzalo Suárez 30- 12- 1504 Anton Martínez Mateo Viña Hernando Tenorio Juan Fernández Perucho Lope de Fuentes Badajoz Alonso Cuadrado Juan Rodriguez Lugar Superficie ? ? Tacoronte 9 Tacoronte 150 fan. Tacoronte Anaga La Laguna Valle Orotava 9 Barranco de Araguygo 100 fan. ts. secano un solar unas aguas 9 1 fan. ts. secano 4 fan. riego Nuevo poseedor Bastián Machado Pedro Picar Alonso Pérez; Rguez . Vares; Juan Prieto; Pe-dro G. Pedro de Vergara Francisco Oñate Hernando de Torres Hernando de Hoyos Francisco Melián Alonso Femández Gallego Juan Rodriguez Pedro de Uncilla Tristán Primer beneficiario Esteban Rodriguez Francisco de Casares Antón Sánchez de Turel Diego Pérez Turel Pedro Munoz Francisco Buxel Mosquera Diego de Badajoz Antonio Estrella y Die-go Lbpez Ruy Blas Ortega de Vega Pedro Vaes Beatriz Guancha Fecha ? 02-04- 1505 08-01-1505 28-06-1507 26-02- 1505 Lugar Acentejo ? ? A W ~€Y9 Valle Orotava Tegueste Icod Tacoronte Tacoronte Valle Orotava Superficie ts. secano 3 3 fan. riego ? ? 16 fan. riego 96 fan. secano ts. secano 60 fan. 3 fan. ? 6 fan. riego una suerte 60 fan. 9 Nuevo poseedor Luis de Evora Juan de Corroqa Diego Pérez Turel Alonso Yanes Diego de San Martin Lope de arceo Luis Alvarez Blasino Romano Maria Cabrera Andrés Suárez Gallinato Hernando de Horna Pedro Alvarez Juan Sánchez Propietarios que pierden tierras según las datas y la refiorma del repartimiento de 1506 (Cont.) Primer beneficiario Anton Martin Castillo AIonso Morales Juan de Evora Pedro de Torres Martin Fernández Gonzalo Martin de Utrera Juan Fonte Fernando Gallego F. Gome de Herrera Bartolome Alonso Mata Muros Gonzalo Vaquero y Pa-drianis Fecha 06-1 1-1501 28-01-1501 27-03- 1506 15-07-1 502 10-12-1507 24-02-1502 ? 26-12-151 1 Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 Lugar Tacoronte ? Daute Icocl Adeje ((camino La Orotava)) ? Dauite Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Vallie Orotava Vallle Orotava Vallle Orotava Superficie una suerte 24 fan. ts. y aguas 80 fan. secano ts. y aguas 160 fan. 40 fan. 50 fan. 1 2 fan. riego 12 fan. riego 3 fan. riego 3 fan. riego 4 fan. riego 6 fan. riego Nuevo poseedor Pedro Negrin Alonso Yanes Gonzalo Díaz Hernán Garcia Francisco de Vargas Alonso Gutierrez Fraile DIego de Funes Gonzalo Yanes ? Ldo. de la Fuente Ldo. Móxica Ldo. Moxica Ldo. Móxica Ldo. Moxica Primer beneficiario Barrera Bruxel Fuan de Berriz Diego Caceres Cañamero Fernando Jaen Fernando de Lugo Pedro de Lugo Diego Maroto Francisco Mayor Francisco Medina Diego Mesa Mexia Diego Mondragon Pedro Morales Fecha Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 Reform. 1506 23-04- 1504 7 ? 19-03- 1504 11-01-1505 Reform. 1506 Reform. 1506 25-06- 1505 06-07-1 57 06-07-1507 Lugar Valle iOrotava Valle ~Orotava Valle ~Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Superficie 3 fan. riego 3 fan. riego 3 fan. riego 8 fan. riego 3 fan. riego 3 fan. riego 6 fan. riego 6 fan. riego 3 fan. riego 24 fan. secano 9 fan. secano 12 fan. riego 6 fan. riego 4 fan. riego 3 fan. riego Nuevo poseedor Ldo. Moxica Ldo. Moxica ido. Móxica ido. Moxica Ldo. Moxica Fernando de Espinar Antonio Osorio Antonio Osorio Rodrigo León Juan Delgado ? ido. de la Fuente Pedro de Lugo Luis de Polanco Luis de Polanco Propietarios que pierden tierras según las datas y la reforma del repartimiento de 1506 (Cont.) Primer beneficiario Ortega Vega Pedro Santana Fernando Suarez Pedro Valdés Lope de Vallejo Anrique Juan de Berriz Caravallo y el Abad Juan de Fonseca Pero Muñoz Narváez y Varea Juan de Onar Antonio Osorio Fecha 06-07-1507 06-07-1 507 06-07- 1507 06-07-1507 06-07- 1507 06-07- 1507 06-07-1507 06-07-1 507 26-08-1 507 04-04- 1505 06-07-1 503 20-06- 1 502 Reform. 1506 Lugar Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Supertície 6 fan. riego 6 fan. riego 3 fan. riego - 10 fan. riego 9 fan. riego 3 fan. riego 6 fan. riego 3 fan. riego 12 fan. riego 10 fan. riego 9 fan. riego 3 fan. riego 32 fan. riego Nuevo poseedor Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco Luis de Polanco (10 fm.) Ldo. Santiago (2 fan.) Francisco Serrano Juan Benitez Gonzalo de las Alas ? Primer beneficiario Juan Redondo Diego Sardina Alonso Sariniento Luis Sepulveda Juan de Talavera Gonzalo Vaquero Pero Afonso Lorenzo Alcalá Antono Anriquez Francisco Espinosa Bartolomé Fernández Francisco (maestre) Gonzalo Vasques Pedro Vasques Juan de Vitoria 12-02- 1505 20-01-1504 02-03-1 5 18 02-07-1 507 18-02- 1507 Refonn. 1506 12-02-1 505 25-02-1 505 16-12-1503 03-04-1 505 Reform. 1506 Lugar Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Valle Orotava Superficie 6 fan. 3 fan. riego 4 fan. riego 9 3 fan. riego 3 fan. riego 48 fan. secano 55 fan. 5 fan. riego 20 fan. riego 3 fan. riego 9 una suerte 3 fan. riego 10 fan. riego 72 fan. secano Nuevo poseedor Alonso de Córdoba Bartolomé Porcuna Ibone Fernández Francisco Riberol Juan de Lorca Pedro Vergara Juan de Vergara Lope Gallego Rodrigo Beltrán Ldo. Fuente (9 fan.) Juan de Lorca Bautista Escaño Diego Fernández Fernando de Espinar 3 Ana Viña Brito -Juan Manuel Bello León 1. La bibliografía que se ha ocupado de los repartimientos andaluces es muy amplia, tanto en su vertiente de estudios como en la edición de textos. Aparte del ya citado trabajo del Dr. GONZALEZ JIMENEZ, pueden consultarse del mismo autor: La repoblación de la zona de Sevilla durante el siglo XIV. Estudio v Docu-mentación. Sevilla, 1975; «Repartimientos andaluces del siglo XIII. Perspectiva de conjunto y problemas)). En H.Z.D., n 14. Sevilla (1987); ((Población y repartimiento de Ecijan en Homenaje a Juan Torres Fontes, Tomo 1. Murcia, 1987, etc. Funda-mental es también la obra de Julio GONZALEZ: El repartimiento de Sevilla. Madrid, 195 1. Una síntesis de estos trabajos podemos encontrar en el trabajo de Cristina SEGURA: La formación del pueblo andaluz. Los repartimientos medieva-les. Madrid, 1983. 2. Las fuentes que permiten el estudio de los repartimientos canarios son esca-sas. Para Gran Canaria contamos con la edición del llamado Libro Rojo de Gran Canaria, transcnto y estudiado por Pedro Cullén del Castillo (Las Palmas, 1947) y los testimonios de protocolos sevillanos y diversas secciones del are-vo General de Simancas. Sirvan como ejemplo los trabajos de MORALES PADRON, F.: «Cana-rias en el Archivo de Protocolos de Sevilla)), en A.E.A., n VII. Madrid-Las Palmas (1 961) y AZNAR VALLEJO, E.: Documentos Canarios en el R.G.S. (1476-151 7). La Laguna, 1981. Para el caso de La Palma pueden verse algunas referencias en LORENZO RGUEZ., J. B.: Noticias para la Historia de La Palma, Tomo 1. La Laguna, 1975. En cuanto a Tenerife, SERRA RAFOLS, E.: Las Datas de Tenerife (libros I-IV de datas originales), La Laguna, 1978 y MORENO FUENTES, F.: Las Datas de Tenerife (Libro Vde Datas originales). La Laguna, 1988. Para com-pieia estas fueates se i i i i~i i e!a ieiijibii de !os ?res !egojos de dutm wr ?es?imnnin, ya que entre ellas aparecen albalaes que no se encuentran en las originales. 3. Un buen ejemplo de ello son los Protocolos pertenecientes al valle de La Orotav, por sólo citar un caso. 4. Quiza sean los contratos de compraventa de tierras los que teóricamente dejan mayor constancia los Protocolos, motivado por el evidente interés del com-prador por poseer protocolada una escritura que diera fe de su nueva titularidad. Por coiitia, !os co~tratosd e medi= y ~~e~?dmlenetnr rc ~ pe~n ,m z y x medida, a los registros de los escribanos. Notas para el estudio de los orígenes de la gran propiedad ... 597 5. Este fenómeno se constata en la reforma del repartimiento de 1506. 6. No podemos olvidar la documentación que alude a la donación de bienes de unos individuos a otros, es decir los testamentos. En éstos raramente se especifica el valor o superficie de la parcela traspasada. Si tenemos en cuenta que los testamentos constituyen una de las vías de trasmisión patrimonial y que en muchos casos el pequeño campesino no se acerca al escribano para otorgar dicha escritura, podrá entenderse la especulación teórica a la que nos vemos sometidos. 7. El repartimiento fue objeto de atención por parte de los cronistas como ESPINOSA, A.: Historia de Nuestra Señora de Candelaria. S/C. de Tenerife, 1980, vid. libro 111, cap. XII, pp. 121 y SS. Señalar en el siglo XVII la obra de NUNEZ DE LA PENA, J.: Conquista antiguedades de las Islas de la Gran Cana-ria v su descripción. Madrid, 1976, vid. libro 1, cap. XVII, pp. 173. 8. MARRERO RGUEZ., M.: Protocolo del escriban? Juan Ruá de Ber-langa. La Laguna, 1507-1508. La Laguna, 1974; GONZALEZ YANES, E. y MARRERO RGUEZ., M. ((Extractos de los protocolos del escribano Hemán Gue-rra de San Cristóbal de La Laguna (1508-1510)~. La Laguna, 1958; LOBO CABRERA, M.: Protocolo de Alonso Gutiérrez (1 520-21). S/C. de Tenerife, 1979; COELLO, M. I.,R GUEZ., M. y PARRILLA, A.: Protocolo de Alonso Gutiérrez (1 522-25). SIC. de Tenerife, 1980; CLAVIJO HDEZ ., f.: Protocolos de Hernán Guerra (1510-11). SIC. de Tenerife, 1980; LOBO CABRERA, M.: Indices v estractos de los protocolos de Hernán Glez. y de,Luis Fdez. Rasco, escribanos de Las Palmas (1550-52). Valencia, 1980; MARTiNEZ GALINDO, P.: Protocolos de Rodrigo Fernández (1520-26). F.R.C., XXVII. La Laguna, 1988. 9. AZNAR VALLEJO, E.: La integración de las Islas Canarias en la Corona de Castilla (1476-1525). La Laguna-Sevilla, 1983; «Estado y Colonización en la Baja Edad Media. El caso de Castillan, en La España Medieval, n XI. Un Complutense (1988), entre otros y PERAZA DE AYALA, J.: «El contrato agrario y los censos ecCanarias», en A.H.D.E. (1955). 10. NUNEZ PESTANO, J. R.: La dinámica de la propiedad de la tierra en Icod de los Viqos (1 796-1830). La Laguna, 1984. 11. MACIAS HDEZ., A.: «La transformación de la propiedad agraria concejil en el paso del Antiguo al Nuevo Régimen: el repartimiento ilustrado de 1769 en La Laguna», en R.H.C., Anexo 1. La Laguna (1978). 12. SUAREZ GRIMON, V.: La propiedad pública, vinculada v eclesiástica en Gran Canaria en la crisis del Antiguo Régimen. Gran Canaria, 1987. 13. Sima como ejemplo el trabajo de BERNAL, A.: «La propiedad de la tie-rra », en La economb agraria en la Historia de España. Madrid, 1979, pp. 93 y SS. 14. A.A.V.V. Ensavo sobre Historia de Canarias. Tomo 1. Las Palmas, 1978, pp. !O!. FE !S citzda &a se zfi~maq ,ie !es repn,rtimier??ese sbzae:: !:: esLn~c?w:: dela propiedad que se mantiene en líneas generales hasta nuestros dias. 15. ROSA OLIVERA, L. de la y SERRA RAFOLS, E.: El Adelantado don Alonso de Lugo v su residencia por Lope de Sosa. La Laguna, 1949, pp. 120 y SS. 16. La metrologia castellana aplicada en Canarias constituye un serio problema para el estudio de la propiedad de la tierra. De momento no contamos con un estudio serio que nos permita explicar las diferencias existentes, que en ningún caso podemos achacar a los agrimensores, ya que éstos estarían vigilados en sus funciones por el 598 Ana Viña Brito - Juan Manuel Bello León Cabildo. En cualquier caso creemos que la postura más prudente será siempre la de entender a la fanega como lo correspondiente a su definición (superficie en la que se siembra una fanega de cereal), teniendo en cuenta que la unidad variará según la calida de las tierras consideradas. Esa misma prudencia debemos extenderla a la hora de convertir o extrapolar las medidas antiguas al sistema métrico decimalAlgunas referencias al sistema de medición empleado en los repartos de tierras pueden verse en el Libro V de Datas originales (Vid. Doc. n 75 y 88). 17. La excepción viene dada por las tierras entregadas a Gonzalo Yanes, Mateo Viña, Bartolomé Benítez o el propio Adelantado. 18. Creemos que es válida la apreciación de MILLARES CANTERO cuando se pregunta si puede considerarse en Canarias como latifundio a 25 1 Ha. de cereales y arrecifes y no 60 fanegas de regadío con plataneras de regadío totalmente cultivadas. 19. El valle de la Orotava fue estudiado por J. M. BELLO &EÓN en su Memo-ria de Licenciatura (inédita). La comarca de Icod por J. R. NUNEZ PESTANO, y para la comarca de Daute el trabajo de A. GUIMERA. Los baremos que se presen-tan en los diferentes cuadros no son homogéneos, lo que dificulta su comparación. 20. VIERA Y CLAVIJO, J.: Noticias de la Historia General de las Islas Canarias. S/C. de Tenerife, 1967 (6 edic.). Tomo 1, pp. 681. 21. Esta fue la 1 .a data concedida en la isla y que fue publicada por RUMEU DE ARMAS, A.: Alonso de Lugo en la corte de los Reyes Católicos, 1496-97. Madrid. 1954, pp. 207 y SS. Esta data originó un gran litigio cuya sentencia puede verse en A. G. Simancas. R.G.S. de fecha 18 de mayo de 1517. 22. El Adelantado reiteró en varios pregones la obligatoriedad de los beneficia-rios de datas de residir en la isla y en caso contrario podían perder sus tierras. Es evi-dente que la ausencia de muchos de ellos facilitó la usurpación por parte de aquellos que comenzaban a despuntar como grandes hacendados. Usurpaciones que en algu-nos casos son aprobadas por el propio gobernador. (Vid. F. MORENO FUENTES: Las datas ... n 42, 69, 76, 86). 23. En la reformación del repartimiento de 1506 se acusa a Lope Femández por vender sus tierras en La Orotava al duque de Medina Sidonia antes del plazo de cinco años. También el regidor Suárez Gallinato solicitó poder al Adelantado para vender 90 fanegas de riego por estar dentro del citado plazo (Vid. ROSA OLIVERA, L. y SERRA RAFOLS, E.: Reformaciórt del repartimiento de Tenerife de 1506. La Laguna, 1963. pp. 31 y 44 respectivamente). 24. En 1943 ya se ordenaba al gobernador de Gran Canaria que impidiese a los genoveses poseer heredades en una cuantia superior a los 200.000 mrs., aunque tuvieran concedida carta de naturaleza en las islas (Vid. E. AZNAR: Documentos ... n 467, 511 y 512). Esta prohibición se extendió a la isla de Tenerife, pero también aquí se incumplió. 25. No podemos olvidar que muchos de estos pequeños mayorazgos tenían suje-tos sus bienes a censo enfitéutico, y que por tanto el derecho de los titulares del domi-nio directo será prioritario frente a los que constituyeron el mayorazgo sólo sobre el dominio útil. Sobre toda la cuestión de los mayorazgos puede verse el trabajo de CLAVERO, B.: Mayorazgo, propiedad feudal en Castilla (1369-1836). Madrid, 1974. Para el caso de Tenerife el estudio del proceso de vinculación y creación de Notas para el estudio de los orígenes de la gran propiedad ... 599 mayorazgos adolece aún de buenos análisis, excepción hecha de los estudios genealó-gicos imprescindibles. 26. Aparte de la documentación ya publicada (vid. notas 2 y 6), de la-bibliogra-fía existente y de la documentación procedente de Simancas, hemos consultado algu-nos protocolos del A.H.P. de Tenerife, los Leg. n 3, 177, 189, 190-196, 377, 2.782-86, 3.358 y 3.359). Es evidente que cuando ampliemos el número de legajos consultados, se podrá completar la visión parcial que ofrecemos del proceso de acu-mulación de tierras. 27. La biografía de la familia Benitez de Lugo puede seguirse a través de FER-NANDEZ DE BETHENCOURT, F.: Nobiliario de Canarias. Tomo 1. pp. 29-41. 28. En 1502 obtiene 120 fanegas que lindaban con otras que ya tenía; posterior-mente recibirá 20 fanegas de riego limítrofes con otras 20 que ya poseía. En 1503 recibió 40 fanegas de riego igualmente colindantes con otras de su propiedad. Ade-más recibió tierras en Tacoronte, Tegueste y Acentejo y junto a Lope Femández construyó el primero de los seis ingenios azucareros que se establecieron en el valle de La Orotava. 29. La noticia de esta compra la hemos obtenido de un manuscrito del agustino Fray Manuel Pimienta, perteneciente a los fondos del Archivo Sopranis- Montesdeoca (Biblioteca de la Un. de La Laguna). Manuel Pimienta profesó la orden de San Agustín el 21 de enero de 1732 (Vid. Nobiliario de Canarias. Tomo 1. pp. XLVI). Juan Acevedo, apoderado de Luis de Polanco vendió estas tierras a Barto-lomé Benítez ante el escribano Antón Vallejo el 21 de diciembre de 1512. Luis de Polanco había obtenido una merced real de ocho caballerías de riego el 24 de agosto de 1505 (Vid. AZNAR VALLEJO, E.: Documentos ... n.O 647). 30. Andrés Suárez Gallinato era también sobrino del Adelantado y podría ser una claro ejemplo de como la posible fragmentación de la propiedad por la transmi-sión normal de la herencia se ve compenada por la política matrimonial entre los miembros del mismo grupo social. El 15 de abril de 1559 fundó Fco. Benítez de Lugo el mayorazgo de su casa. 31. Las datas entregadas a sus hijos y familiares, muchas de ellas colindantes con las de Gonzalo Yanes, son las siguientes, SERRA RAFOLS, E.: Las Datas ... n.O 370, 511, 5!2, 523, 529, 950, 1.328 y 1822. 32. FERNANDEZ DE BETHENCOURT, F.: Nobiliario ... Tomo 111. pp. 896 y SS. 33. El Adelantado aprobó la fundación del mayorazgo por escritura que pasó ante Antón Vallejo el 19 de mayo de 1515 (vid. Residencia por Lope de Sosa, pp. 166 y SS.). 34. A.H.P. Tenerife. Leg. 177 de 5-XI-1505; Protocolo de Hemán Guerra (1508-1510), n.O 955, 971, 976, 1.177, 1.344, 1.375, 1.386 y 1.501; Protocolo de Henán Guerra (1510-1 l), n.O 1.554. En el citado manuscrito de Fray Manuel Pimienta se indica que Rafael Fonte compró a Diego de San Martin 189 fanegas de riego en La Orotava, el 29 de julio de 1510. 35. De entre los pows trabajos que en Canarias se dedican al análisis de la usuf-pación de t i e ~ a rse alengas como vía de acceso a la propiedad, destaca el de SUA- ?3Z G-NMGX, V.: La prüpiedüd vincuíada ... Tomo i. Vid. cap. iii. 36. Reformación del repartimiento de 1506. pp. 62 a 64. 600 Ana Viña Brito - Juan Manuel Bello León 37. A.G.H. Consejo Real. Leg. 20, n 11 (1523-24). Pleito entre Juan de la Fuente, mercader vecino de la isla, y Alonso de Lugo sobre el despojo y usurpación de un heredamiento en el Realejo. 38. A.M. La Laguna. Libro 8 de Actas del Cabildo. Oficio 1, fol. 188v. |
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