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452 COLONIZACIÓN E INMIGRACIÓN DOS REALIDADES ENFRENTADAS EN LA CUBA DE FIN DE SIGLO Imilcy Balboa Navarro Los conceptos de colonización e inmigración estuvieron mezclados a lo largo del siglo XIX y se usaron indistintamente para definir la misma actividad. Asentar población y procurarse brazos para la agricultura insular se convirtieron en sinónimos. De esta forma colonos fueron los asiáticos que venían en condiciones de semiesclavitud, los indios yucatecos, así como los peninsulares y canarios que a tenor de los diversos planes de inmigración llegaron a la Isla. No fue hasta fines de la década del ochenta que ambas concepciones comenzaron a distinguirse e incluso contraponerse. Las guerras separatistas -1868-1878 y 1879-1880- y la abolición de la esclavitud en 1886 determinaron que los objetivos de los gobiernos de turno y de los dueños de ingenios marcharan por caminos diferentes cuando se planteara el problema de la inmigración y/o colonización. En principio ambos estaban de acuerdo en la necesidad de multiplicar la población y con ella los brazos productores, la diferencia-ción estuvo en la forma de lograrlo y el resultado final que cada uno pensaba obtener. Para las autoridades la prioridad estuvo en asentar población peninsular en las áreas rurales para neutralizar el sentimiento separatista, los dueños de ingenios por su parte, siguieron apostando por la entrada simple y pura de braceros baratos. Salamanca y Polavieja. La colonización militar Tal disensión en la forma de abordar el problema de la inmigración-colonización se observa sobre todo durante los gobiernos de Manuel Salamanca y Negrete (13 de marzo de 1889 - 6 de febrero de 1890) y Camilo Polavieja y del Castillo (24 de agosto de 1890 - 20 de junio de 1892). Ambos Capitanes Generales fueron quienes con más fuerza impul-saron la idea de vincular el asentamiento de población a la defensa del pabellón español mediante la creación de colonias castrenses, conjugando la necesidad de fuerza de trabajo en la agricultura con los intereses político-miliares. Manuel Salamanca apenas cinco meses después de hacerse cargo de la Capitanía General de Cuba, remitió el 30 de agosto de 1889 una Memoria al Ministerio de Ultramar donde se hacía eco de los argumentos de los hacendados isleños en cuanto a la necesidad de brazos: Que la Isla de Cuba necesita imprescindiblemente un aumento de población que duplique por lo menos la existente y multiplique en proporción a sus necesidades de cultivo y desarrollo el número de brazos necesarios a la agricultura, ganadería y sus abundantes minas de hierro y otros metales, es verdad tan eminente recono-cida por propios y extraños que no necesita demostración alguna.1 30 453 Sin embargo situaba la solución en la colonización de terrenos incultos y no en la inmigración indiscriminada de braceros, aún cuando reconocía que la despoblación exis-tente en la colonia era la causa de: a) la abundancia de terrenos incultos, b) el bajo valor de la propiedad de la tierra y de los productos naturales. Situación que se agravaba con el desorden existente en cuanto a la propiedad de la tierra originado en las antiguas sesiones de mercedes. Para el Gobernador con la puesta en explotación de estos terrenos no solo aumen-taría el valor de las propiedades rústicas, sino que también el Estado se vería beneficiado con los recursos que podría obtener en materia de contribuciones a partir de los derechos que se cobrarían a los nuevos arrendatarios. Sin olvidar que las concesiones hechas bajo condición de cultivo inmediato aumentarían a la postre la riqueza agrícola de la Isla. Al propio tiempo que situaba la fórmula de la prosperidad en la colonización, criticaba que hasta esos momentos en los proyectos de inmigración se le diera mayor peso al intento de aumentar los brazos frente al asentamiento de población, circunstancia que había viciado la corriente de inmigración a la Isla pues “no se buscaba inmigrantes sino esclavos de otro color cogidos con las armas de la astucia, el contrato, el notario y el papel sellado”, con requisitos de trabajo que reducían “al blanco a semejantes condiciones de las de los negros”.2 Por lo que al terminar sus contratos unos optaban por regresar a su país natal y los que permanecían en la Isla huían del trabajo agrícola marchando a las ciudades donde terminaban vendiendo billetes o dedicados a la mendicidad, muy pocos, en su ma-yoría de origen canario, habían logrado fomentar pequeños sitios de cultivo. Todo lo cual lo lleva a concluir que “estos medios de aumentar brazos y de colo-nización son completamente diferentes”3 y a apostar por la segunda para dar solución a lo que consideraba el problema fundamental en las áreas rurales: poblar para impulsar la agricultura insular. Conocedor también de que los ensayos efectuados hasta entonces con colonias militares no habían producido los resultados apetecidos,4 y en la creencia de que la coloni-zación puramente militar era incompatible con el objeto de lograr una población estable dedicada al cultivo en tiempos de paz, pues las ordenanzas del Ejército no podían regla-mentar “la conducta doméstica y de hábitos maritales”, y se rebelaban incapaces para “obligar al soldado a lo que no es de su deber”.5 Salamanca propuso como solución una especie de plan mixto que contenía tres aspectos fundamentales: colonias agrícolas, habi-tadas por familias peninsulares y dirigidas por militares. Para el logro de los dos primeros, el Capitán General fiaba el éxito a los atracti-vos derivados del propio proyecto de colonización, suficientes -a su juicio- para atraer al inmigrante y su familia: Es pues absolutamente preciso interesar a los colonos en el trabajo al traerles de su país natal mejorando su situación y la de sus familias, darles seguro porvenir, crearles apego al suelo de la colonia, proporcionarles en el interés que les reten-gan, distraigan y halaguen y en una palabra hacer colonias de familias enteras de la Península, Puerto Rico y Canarias, colocándolas como es fácil, conveniente y 454 justo en condiciones que exciten su codicia, proporcionando bienestar a la fami-lia, atraiga a la madre y decidan al operario o trabajador a arrostrar larga navega-ción y los peligros que tanto exageran en la Península por obtener beneficioso cambio de posición pasando de jornalero a propietario.6 Atractivo que en lo fundamental venía ligado a la cesión de lotes de terrenos, incentivo más que suficiente para que en la Península o Canarias muchos se decidiesen a trocar su suerte de jornaleros por la condición de propietarios. A lo que se sumaban otras facilidades como pasaje gratis, manutención los primeros meses, casas para alojarse, etc. La otra parte del proyecto respondía a una organización básicamente militar. Al frente de las colonias estaría un oficial del ejército que fungiría como jefe de la comandan-cia al tiempo que regiría los destinos del enclave. Contaría además con un puesto de la Guardia Civil y los colonos tendrían que alistarse en el Cuerpo de Voluntarios, cumplien-do con los ejercicios de entrenamiento establecidos. Incluso dispuso el establecimiento en cada poblado de un profesor médico también militar. A diferencia de Salamanca que conjugaba la colonización agrícola con una es-tructura militar, con Camilo Polavieja y del Castillo la concepción puramente castrense adquiere toda su dimensión. Aunque el proyecto de Polavieja contemplaba lograr la diver-sificación agrícola ensayando nuevos cultivos y solucionar el problema del exedente de tropas en la Península, en última instancia estas ventajas económicas y sociales quedaban subordinadas al aspecto político y defensivo. Desde su época de Gobernador en las provincias de Puerto Príncipe primero y Santiago de Cuba después, tras el fin de la Guerra de los Diez Años, Polavieja había llegado al convencimiento de que el espíritu separatista se mantenía latente entre la pobla-ción, por lo que la fuerza que representaba el Ejército era fundamental para mantener el dominio español en la Isla y asegurarlo para el porvenir, pues el estallido de una tercera campaña traería desastrosas consecuencias para España y así se lo hizo saber al Capitán General Ramón Blanco en una misiva que le envió el 9 de abril de 1881: Aquí cuantas más libertades se den, se necesitan más batallones: el disminuir éstas y aumentar aquéllas es preparar una nueva guerra (...) y si la gente se vuelve a ir en armas a estos montes, le aseguro a V. que no hay quien los saque de ellos.7 Sus concepciones no habían variado cuando asumió la Capitanía General en 1890, lo cual condicionó que su plan estuviese encaminado en primer término a evitar la reduc-ción de las fuerzas armadas. Argumentaba que por esta vía el sostenimiento del contingen-te militar costaría una suma de “escasa consideración” y se podría contar con “un ejército acostumbrado al país, que en caso necesario, se batiría cual ninguno, porque cada soldado además de defender su bandera, defenderá la fortuna que su trabajo le está proporcionando”.8 Las colonias miliatres estarían encaminadas a garantizar “el crecimiento rápido del carácter nacional en los campos”,9 de forma tal que se pudiera contar con una fuerza leal a la Metrópoli que sirviera de muro de contención al descontento y propagación de los 455 ideales independentistas. Para el Capitán General esta era la única forma de “crear intere-ses conservadores que restaran elementos a los amigos de revueltas e insurrecciones”.10 Polavieja además hizo énfasis en que las colonias serían una forma de empleo para aquellos soldados licenciados que no encontraban medio de sustento y tenían que volver a los cuarteles “andrajosos y hambrientos”.11 Asegurando medios de trabajo y sub-sistencia a los ex-combatientes éstos estarían dispuestos a tomar las armas para defender no sólo su gobierno sino también “su tierra”. Según su concepción las colonias serían de dos tipos: permanentes y transito-rias. 12 Las primeras estarían encaminadas a contrarrestar cualquier levantamiento separa-tista, perseguir bandoleros y vigilar a la población de los alrededores. Las segundas serían estaciones experimentales, donde se ensayarían los cultivos que luego se desarrollarían en las colonias. La dirección de los poblados estaría a cargo de un oficial y las instrucciones las recibirían de las Juntas constituidas en cada plaza que a su vez se regirían por una central, ambas integradas por directivos del Ejército. Los soldados empleados seguirían militando en sus respectivos batallones, lo cual mantenía la organización y disciplina de la tropa. Ambos Capitanes Generales llevaron a la práctica su pensamiento aunque con resultados dísimiles. Entre los meses de noviembre y diciembre de 1889 Manuel Salamanca y Negrete fundó en los territorios de las antiguas provincias de Camagüey y Oriente tres colonias con familias provenientes de la península, a saber: Reina Cristina (Ciego de Avila), Salamanca (Manzanillo) y Becerra (Santa Cruz del Sur).13 Pero su puesta en práctica constituyó un rotundo fracaso. Los colonos habían sido instalados y los terrenos estaban aún sin desmontar, por lo que no se podía comenzar a sembrar hasta transcurridos unos ocho meses; la carencia de agua potable en los encla-ves; la falta de instrumentos de trabajo, etc., fueron algunos de los elementos que lastraron el proyecto a lo que habría que sumar la propia concepción militar alejada de los usos y costumbres agrícolas, sin olvidar los ejercicios inherentes a los cuerpos armados que res-taban tiempo al trabajo e incluso al descanso dominical.14 Salamanca murió el 6 de febrero de 1890 y sus sucesores no se interesaron dema-siado en continuar el plan colonizador.15 Al asumir la Capitanía General Camilo Polavieja y del Castillo en agosto de 1890 encontró que la situación de los enclaves era desastrosa y los habitantes no tenían recursos para sobrevivir. Como su intención estaba puesta en su proyecto colonizador pactó con los hacendados de la zona, les entregó las colonias funda-das por Salamanca y los inmigrantes fueron redistribuidos como colonos de un ingenio-central que éstos pensaban fomentar. Ya sin trabas se dedicó a poner en práctica sus ideas. Durante el segundo trimes-tre de 1891 Polavieja instaló igual número de enclaves castrenses, Punta Piedra (Nuevi-tas), Cayo Espino (Manzanillo) y La Cabaña (La Habana).16 Los nuevos poblados milita-res a diferencia de los establecidos por su predecesor comenzaron a dar resultados. Punta 456 Piedra por ejemplo a menos de un año de su fundación contaba con una pequeña manu-factura para el procesamiento del henequén y un muelle para exportar sus productos.17 Polavieja renunció a la Capitanía General de Cuba el 20 de junio de 1892, des-pués de esta fecha con excepción de un artículo aparecido en La Lucha, el 24 de agosto de 1893,18 sobre los éxitos de Punta Piedra, no encontramos ninguna alusión a las colonias militares. Todo parece indicar que este tipo de proyecto fue abandonado. La precipitación en poner en práctica estas ideas, y su subordinación a una sola persona, no permitió que las colonias militares sobrevivieran. Ya fuera por la muerte como en el caso de Salamanca o por la renuncia en Polavieja, con la ausencia del promotor se abandona la idea. Ambos Capitanes Generales trataron de plasmar en poco tiempo -duran-te sus respectivos mandatos de 11 y 22 meses- su ideal de colonización, pensado para ellos y no para que perviviera en el futuro. Eran militares acostumbrados a la guerra pero no a las labores agrícolas, por lo que muchas de las disposiciones de corte castrense lastraban el funcionamiento agrícola. El fracaso y abandono de estos proyectos arruinó la posibili-dad de desarrollar planes efectivos de colonización. A partir de aquí las propuestas para la inmigración fueron diseñadas por los dueños de ingenios, quienes ya no volverían a per-der el control de esta actividad. Los dueños de ingenios y la inmigración Frente a la opción colonizadora del gobierno los dueños de ingenios inmersos en la renovación de la industria no sólo desde el punto de vista tecnológico sino también atendiendo a su reestructuración interna a partir de la separación de la fase agrícola de la industrial, necesitados de sustituir las dotaciones de esclavos tras el fin del patronato pro-movieron diversos proyectos de inmigración de trabajadores no sólo en contra de la con-cepción gubernamental sino también en ocasiones enfrentándose a ésta. Oposición que sufrió sobre todo Salamanca pues, como hemos visto, consiguieron pactar con Polavieja. Aún cuando Manuel Salamanca en principio no se oponía a la entrada de braceros, Es evidente que si deseo por base de colonización familias completas de la Pe-nínsula, Canarias o Puerto Rico, esto no excluye en modo alguno que puedan venir braceros solteros peninsulares o chinos para mayor auxilio de la agricultura existente y la de las nuevas colonias y por más que tengo escasa fe en su resultado útil.19 Sólo la aceptaba como un complemento o mal menor, y esperaba que los propios colonos entablaran una doble relación con los ingenios cercanos donde podrían trabajar después de encaminar sus pequeñas parcelas en busca de una mayor holgura económica, y donde a su vez encontrarían compradores para sus cultivos. Esto le granjeó la antipatía de los dueños de ingenios quienes estaban acostumbrados a controlar el potencial laboral de sus fábricas de azúcar, de esta forma continuaron los planes de entrada de braceros tratan-do de aprovechar las ventajas ofrecidas a la inmigración por parte de las autoridades peninsulares, al tiempo que se enfrentaban a la máxima autoridad por el control de la 457 inmigración a la Isla, oposición generada fundamentalmente en el grupo capitaneado por Manuel Calvo como veremos más adelante. En sentido general los hacendados interesados en abastecer de brazos sus fábri-cas de azúcar aprovecharon la coyuntura y también pidieron al gobierno metropolitano la ampliación de los beneficios concedidos a Salamanca, justificados en el “patriótico” de-seo de aumentar los brazos necesarios a la agricultura. Beneficios que obtuvieron por Real Decreto de 21 de octubre de 1889,20 que establecía los términos de la ayuda a las socieda-des de inmigración y los particulares en los términos siguientes: Artículo 1º- El Ministro de Ultramar teniendo en cuenta el precio de los pasajes oficiales, fijará la cuantía del auxilio concedido por el Real Decreto de 3 de diciembre de 1886 para la emigración peninsular en la Isla de Cuba. Artículo 2º- Las instancias solicitando dicho auxilio podrán presentarse en el Ministerio de Ultramar, que resolverá acerca de ellas, aceptando libremente las que consi-dere más beneficiosas. Artículo 3º- No sólo las Sociedades de Emigración sino también los particulares que reúnan garantías suficientes podrán pretender el indicado auxilio para conducir emi-grantes a la Isla de Cuba. Artículo 4º- El Ministro de Ultramar dictará las disposiciones necesarias para la rápida ejecución del presente decreto. El Real Decreto fue completado con una Real Orden21 de la misma fecha, contentiva de cinco artículos donde se especificaban los detalles del plan migratorio: Artículo 1º- Fijaba el auxilio concedido por el artículo 3º del Real Decreto de 3 de diciembre de 1886 para el transporte de emigrantes españoles y sus familias en 140 pesetas por adulto, 70 pesetas para los niños entre dos y siete años de edad y gratis para los menores de dos años. Artículo 2º- Las instancias solicitando dicho auxilio deberían ser presentadas por los aspirantes en un plazo de diez días en el Ministerio de Ultramar. En ellas se debería hacer constar: 1- Nacionalidad de los que se deseaba conducir. 2- Si viajarían solos o acompañados. 3- El número de inmigrantes que se deseaba embarcar entre octubre de 1889 y enero de 1890, y durante este último año. 4- Puertos de la Península donde se efectuaría el embarque. 5- Condiciones ofrecidas a los inmigrantes, consignado los medios con que se contaba para realizarlos. 458 6- Cuantía de los auxilios solicitados. 7- Circunstancias que se desease hacer constar. Artículo 3º- Otorgada la concesión el beneficiario debería consignar antes de cada embarque en el Gobierno Civil por triplicado una relación de los nombres, edad, y grado de parentesco con el cabeza de familia de los inmigrantes. El Gobernador Civil designaría una persona que reconociera a los inmigrantes y autorizara las listas, luego daría su VºBº y entregaría una relación al Capitán del buque, quien a su arribo al lugar de destino la entregaría a las autoridades que la confrontarían con los inmigrantes que desem-barcasen y luego la remitirían al Gobernador General. Artículo 4º- Si las relaciones coinciden servirán de justificante para el pago del auxilio que efectuará la Tesorería General de la Hacienda de la Isla de Cuba. Artículo 5º- Toda Sociedad o particular que obtuviera la concesión contraería la obligación durante un año de dar cuenta al Gobernador General del punto y condiciones en que se encuentran cada uno de los inmigrantes conducidos. Tras la publicación de la Real Orden se sucedieron rápidamente las peticiones para hacerse acreedores de tal ayuda y de esta forma lograr una vieja aspiración: importar braceros para sus fábricas de azúcar por cuenta del Estado. Apenas tres días después de su publicación José Faura Serrano, natural de Málaga y residente en Cárdenas donde poseía un ingenio, recordaba al gobierno que el día 24 había elevado instancia solicitando la autorización del gobierno para introducir en la Isla 300 compatriotas con destino al cultivo de la caña. Justificaba su petición en “la triste situación por la que viene atravesando la agricultura en la isla de Cuba, debido en su mayor parte a la falta de braceros”.22 En su proyecto los inmigrantes podrían venir solos o con sus familias, se les facilitarían los fondos necesarios para proveerse de ropa y en cuanto al salario exponía vagamente que una vez en Cuba disfrutarían del jornal “suficiente” para su mantenimien-to, según lo acordado entre ambas partes. Concluía pidiendo se le incluyera en los benefi-cios concedidos en el Real Decreto de 21 de octubre y el Estado se hiciera cargo del pasaje de los inmigrantes desde Málaga a La Habana, y sin ningún recato dejaban traslucir sus verdaderas intenciones al pedir que fuese lo más rápido posible pues estaba al comenzar la zafra. También Eugenio Amadís, abogado y propietario pedía el auxilio del gobierno para trasladar a Cuba inmigrantes “solteros y casados, dando la preferencia a las familias, o a los cabeza de familia que puedan más tarde, cuando estén instalados llamar a su lado a las personas que habían dejado en la península”23. Pretendía embarcar entre ese mes y fines de enero 1.500 inmigrantes oriundos de toda la Península y Canarias, desde los puer-tos de Barcelona, Valencia, Alicante, Cartagena, Málaga, Cádiz, Vigo, Gijón, Santander, Palma de Mallorca y Santa Cruz de Tenerife. Los recién llegados contarían con colocación inmediata en base a las peticiones que ya existían de varios hacendados, sobre todo de Santiago de Cuba. Trabajarían como 459 braceros en el cultivo de la caña según las condiciones “usuales” en la Isla. Durante la cosecha la jornada laboral se extendería de cinco de la mañana a seis de la tarde y durante el tiempo muerto de seis de la mañana a seis de la tarde, en ambos casos con un cuarto de hora para el desayuno y hora y media de descanso para el almuerzo. El salario se fijaría aproximadamente en $20, con la opción de poder adquirir los productos alimenticios en las “cantinas” existentes en cada ingenio por 20 centavos al día, lo que equivaldría a destinar entre el 25% y 30% del salario -según la época del año- a la alimentación.24 Más vago aún resultaba el ofrecimiento sobre el alojamiento de los trabajadores. Evitando hacer alusión a los barracones símbolo de la esclavitud, sólo se mencionaba que sería “el mismo que tienen los demás braceros en las fincas”25. Por último solicitaba del gobierno el pago de $25 (125 pesetas) por adulto y de $11 (55 pesetas) por cada niño comprendido entre dos y siete años que embarcasen con destino a Cuba. En la misma línea se ubicaba la propuesta de Enrique Sanmartí Legalas,26 comer-ciante de Madrid, quien aprovechó la oportunidad para tratar de embarcar a Cuba 6.000 inmigrantes entre enero y abril de 1990. Se ofrecía a los interesados pasaje gratuito desde los puertos de embarque de la Península (Barcelona, Tarragona, Valencia, Alicante, Cartagena, Almería, Málaga, Cádiz, Santander, Gijón, Vigo y Coruña) hasta La Habana, donde los esperaría un representante que los colocaría. Los inmigrantes tendrían derecho a un adelanto en metálico para adquirir el equipo necesario que luego se le descontaría de su salario durante los dos primeros meses. El Estado le abonaría a los responsables 140 pesetas oro por cada inmigrante adulto y 70 pesetas oro por los niños entre dos y siete años. Iguales concesiones solicitaba Narciso López,27 también de Madrid, quien se pro-ponía en el primer trimestre de 1890 llevar a la Isla 8.000 inmigrantes. La compañía ade-lantaría lo necesario, que luego se le descontaría a los trabajadores en los tres primeros meses de su estancia. Un comerciante y consignatario de varias líneas de vapores y un médico cirujano de Canarias, José Gutiérrez Stévez y Antonio María García y Beltrán, unidos “en el senti-miento patriótico” de encauzar la inmigración isleña hacia Cuba, pedían también autoriza-ción para trasladar entre 1.000 y 1.500 trabajadores solos o con sus familias. Con la ayuda del gobierno, que por su puesto correría con la mayoría de los gastos, se encargarían de proporcionar a los interesados el transporte hacia el punto de embarque (Santa Cruz de Tenerife), el arreglo de la documentación necesaria y pasaje gratuito en tercera clase.28 Así mismo enterados del Real Decreto de 21 de octubre de 1889, Juan Bouré Mole, vecino de Madrid, e Idelfonso Sell Guzmán propietario habanero, solicitaron el auxilio ofrecido por las autoridades para llevar a la Isla entre 80 y 100 familias, en el caso del primero y 200 trabajadores y 50 familias de campo oriundas de Málaga, en el segundo. Sell Guzmán ofrecía además un salario de $15 oro al mes, manutención y asistencia médica.29 Quizás el proyecto más ambicioso para proporcionar brazos suficientes a la agri-cultura insular fuese el de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de 460 Ultramar, no sólo por lo que se proponían lograr sino también por los resultados obtenidos como veremos a continuación. La Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Constituida el 2 de marzo de 1889 en Madrid, aunaba el esfuerzo de peninsulares con intereses mercantiles en la Isla y conocidos dueños de ingenios como el Conde de Casa Moré, José Baró y Manuel Calvo30, interesados en el control del negocio de la emi-gración a la Isla, al tiempo que se procuraban brazos para sus fábricas de azúcar subven-cionados por el gobierno y lucraban con lastrado de los inmigrantes, no en balde la Trasatlántica por intermedio de Calvo estaban en la Directiva: No es el propósito de esta Sociedad lucrarse como una vulgar agencia de recluta-miento de inmigrantes, a quienes se alucina fácilmente con la promesa de rápida fortuna y prosperidades ilusorias. Su objeto no puede ser más honrado ni más patriótico: servir de intermediario entre el hacendado que necesita hombres y el hombre que busca un trabajo equitativamente remunerado (...).31 Aún cuando en la instancia dirigida por el Presidente del Consejo de Administra-ción de la Sociedad Luis M. Pando al Ministro de Ultramar dándole cuenta de la constitu-ción de la corporación se tratara de revestir sus propósitos con el ropaje patriótico y se presentaran como la mejor forma de poner en práctica la idea del gobierno, en realidad lo que estaba en juego era el control de la inmigración. Por eso en nueva instancia de 20 de abril insisten sobre esta idea y dejan claro que el papel del gobierno sería proporcionar los recursos necesarios, mientras que la praxis de la inmigración debía quedar en manos de los particulares: Esta Sociedad como fin principal se propone coadyuvar la acción del Gobierno que con laudable propósito ha iniciado el camino que debe seguirse al consignar en el presupuesto de Cuba la cantidad de $100.000 para proteger la emigración a nuestras provincias de Ultramar. Entre el propietario que ofrece trabajo y el jor-nalero que lo busca se hace precisa una entidad, que no puede ser el Gobierno, que sea conducto fácil por donde uno y otro pueda entenderse, mientras ese ele-mento de inteligencia y comunicación no exista, la cosa será de una imposibili-dad absoluta.32 Aunque el centro de su interés eran los jornaleros, dejaban abiertas las puertas a un acuerdo con el gobierno insular, pues si este cedía terrenos baldíos para la colonización “bajo determinadas condiciones”33 también se podrían importar familias. Los hacendados trataron de aprovechar la coyuntura y propusieron a Madrid la creación de una Junta que ayudara a canalizar hacia la Isla la inmigración de jornaleros. Pretensión a la que se opuso el Gobernador Salamanca pues la propuesta desvirtuaba su proyecto colonizador para convertirlo en un plan destinado a la importación de braceros, el plan migratorio “termina-ría al servicio de los dueños de ingenios, quienes convertirían en esclavos a los desgracia-dos que llegan en demanda de jornal”34. Y así lo hizo saber en comunicación al Ministerio de Ultramar: 461 Visto telegrama de esa respecto gestión del Sr. Calvo para auxilios inmigración ruego a V.E. dé las gracias en mi nombre y en el de este país, si la Junta tiene por objeto economizando sacrificios, presupuestos, y los propietarios allegar recur-sos para ellos, para nada nos es necesario tal Junta, porque tengo familias más que sobradas para ello y donativos de terrenos.35 Este fue el inicio de las desavenencias entre el grupo de Manuel Calvo y el Capi-tán General, que se intensificaría durante el mandato del segundo. Primero trataron de cambiar el domicilio social de la corporación para escapar de su autoridad. En julio la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar elevó una petición para la modificación del artículo 5º del Real Decreto de 3 de diciembre de 1886, que establecía como requisito previo para la aprobación de los proyectos de inmigración el visto bueno de la máxima autoridad de la Isla. Argumentaban que la Sociedad radicaba en la Península y por tanto debían subordinarse directamente al Ministro de Ultramar: sin que para nada sea necesario mermar las atribuciones del Gobernador Superior Civil de la isla de Cuba, en lo que hace al régimen de policía, sanidad a que han de someterse los colonos, el Consejo de Administración, el Consejo de Adminis-tración de esta Sociedad cree que habiendo nacido aquí la primera empresa de esta índole, que como V.E. sabe tiene en La Habana un Comité que la representa con toda autoridad al efecto necesario y compuesta de personas cuyos nombres son garantías de formalidad y honradez, pudiérase a la aprobación del expresado Capitán General sustituir la del Ministro de su cargo.36 La Sociedad aspiraba no sólo al control de los inmigrantes sino también a que el gobierno sufragara un proyecto hecho a la medida de sus deseos. En la citada petición iba más allá y pedía que el artículo 2º comprendiera no sólo a los agricultores sino a todos aquellos aptos para trabajar en las minas de la región oriental. Así mismo solicitaban que la ayuda ofrecida en el artículo 3º para el pasaje de los inmigrantes fuera ampliada para sufragar los gastos de traslado dentro de la Península de los poblados del interior a los puntos de embarque. Las tres peticiones fueron rechazadas. De Madrid se pasó comunicación al Go-bernador General “disponiendo que se considere en toda su fuerza y vigor el Real Decreto de 3 de diciembre de 1886”37. Las diferencias se vieron alimentadas además por la lenta burocracia peninsular, donde no se resolvía el expediente de la Sociedad. El 16 de octubre de 1889 su presidente elevó nueva instancia pidiendo la aprobación de la corporación, pero esta vez las peticio-nes fueron sustituidas por la insistencia en los propósitos “altamente patrióticos” que movían a la corporación. Por un lado “la manera práctica de satisfacer en estos instantes, verdade-ramente preciosos, la necesidad de brazos: para la protección agrícola de las provincias de Cuba”; del otro “el noble deseo de empezar ya a disminuir el terrible mal que a la patria azota, arrebatándola todos los años considerable parte de su población, en la seguridad de que, iniciada una corriente nacional, pronto disminuirá y acaso concluya la emigración al extranjero”.38 462 La necesidad de encauzar la corriente migratoria que se dirigía a Sudamérica hacia Cuba no era un argumento novedoso. Ya en 1878 las autoridades de la Isla habían tratado de variar esta tendencia y repatriar a un buen número de agricultores peninsulares que se encontraban en Costa Rica, Panamá, Venezuela, Uruguay y Argentina, pero aunque los dueños de ingenios no se opusieron a la idea de contar con más jornaleros, dejaron al gobierno solo en esta empresa, pues no estaban dispuestos a correr con los gastos de un proyecto que escapaba a su control.39 Las nuevas condiciones de fines de los ochenta cuando ya no se contaba con los esclavos y se desechaba a los asiáticos como una raza inferior hicieron que se volviera la vista a los peninsulares ponderados ahora no sólo desde el punto de vista económico, sino también político. Lo que determinó que se recurriera a todas las vías posibles para traer inmigrantes de este tipo y asegurarse los brazos necesarios. En la propia instancia de 16 de octubre la Sociedad ofrecía pasaje gratuito a todos los que quisiesen trasladarse a Cuba, siempre y cuando cumpliesen las condiciones si-guientes: 40 1- Los solicitantes debían justificar su aptitud para los trabajos agrícolas e indus-triales. 2- También debían hacer constar si tenían contratos con algún hacendado o pro pietario de la Isla o si su traslado estaba libre de todo compromiso. 3- A su llegada a la Isla la Sociedad se haría cargo de los que no estuviesen comprometidos proporcionándoles buena alimentación, albergue durante ocho días, asistencia médica en caso de enfermedad y colocación en los trabajos agrí-colas. 4- El jornal mínimo sería de $15. 5- La Sociedad se comprometía a proporcionar pasaje gratuito de regreso a los emigrantes llevados por ella y que en plazo de un año manifestaran deseos de regresar a la Península. Por último solicitaban del gobierno con cargo al crédito consignado en el artículo 29 de la Ley de Presupuestos vigente, la cantidad de $30 por cada inmigrantes adulto y de $15 por los comprendidos entre siete y catorce años. Quizás porque las condiciones propuestas no satisfacían las expectativas de las autoridades insulares, o como habíamos apuntado la lenta tramitación de los expedientes fuera la causante de las demoras, lo cierto es que la nueva instancia tampoco recibió res-puesta, y los promoventes buscaron la causa en sus diferencias con el Capitán General Salamanca. Los altercados entre la máxima autoridad de la Isla y Manuel Calvo, dueño del ingenio Portugalete, Vicepresidente de la Compañía Trasatlántica, accionista y vocal en la Isla del Banco Hispano-Colonial, e integrante del Comité habanero de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar, trascendieron a la opinión pública implicaron a los partidos políticos e incluso al gobierno madrileño.41 463 Pero más que un enfrentamiento personal estaba en juego el control de la emigra-ción a la Isla. A pesar de que la Sociedad estaba pendiente de aprobación los dueños de ingenios no abondonaron los proyectos paralelos. Durante estos meses, además de las 250 familias traídas por el Capitán General, arribaron a La Habana, por citar algunos ejem-plos, más de 1.000 trabajadores canarios: unos 500 a cuenta de Calvo y sus socios, otros 300 a través de los Sres Bernal y Sánchez con destino a Puerto Príncipe, y 700 contratados para las faenas agrícolas en Baracoa y Gibara. También se esperaba la llegada de cerca de 200 alemanes que procedentes de los Estados Unidos irían a la región cienfueguera.42 Sin embargo el afán de enriquecimiento de los defensores de la entrada libre de braceros, hacia inaceptables las condiciones en que venían a trabajar esos inmigrantes que recordaban el ya extinguido sistema de la trata, máxime en esta ocasión en que era practi-cada con hombres blancos, lo cual era intolerable para esa sociedad racista, que sí la apoyó con los negros traídos de Africa y la toleró con los asiáticos e indios centroamericanos, pero que no podía concebirla en sus semejantes de la Península o cualquier otro país civilizado. La forma en que fue conducido el contingente de canarios que llegó a la Capital a mediados de noviembre de 1889 provocó un gran escándalo que conmocionó la opinión pública. En el buque Antonio López de la conocida Trasatlántica fueron trasladados más de 500 personas que tuvieron que hacer la travesía hacinados en la cubierta, sin que se le permitiera resguardarse de las inclemencias del tiempo en el interior de la nave. Por las mañanas eran rociados brutalmente con agua por los encargados de la limpieza, quienes además les proporcionaban toda clase de maltratos e incluso golpes. Apenas se le daba comida, el agua no era fresca y al llegar a la Isla fueron obligados a abandonar el barco sin permitírsele asearse ni mudar de ropa.43 Una vez en tierra los inmigrantes presentaron sus quejas ante la Asociación Ca-naria de Beneficencia, quien a su vez las trasladó al Capitán General, lo que añadió aún más tirantez a las relaciones entre el Gobernador y el Vice presidente de la compañía naviera, subiendo de tono los ataques que ambas partes se propinaban. Apenas transcurrido un mes de los hechos antes descritos los desmanes a los jornaleros importados volvían a ser noticia, en esta ocasión a propósito de los alemanes procedentes de Estados Unidos contratados para trabajar en Cienfuegos. Los trabajadores debían recibir $18.90, casa y comida, sin embargo al llegar fueron alojados en los barracones que anteriormente ocupaban los esclavos y chinos, ubicados en terrenos pantanosos lo que provocó la aparición de numerosas enfermedades. La alimentación consistía en dos galle-tas con una taza de café por las mañanas, un plato de carnero en el almuerzo y otro en la comida, incluso se supo que el administrador compraba reses enfermas que eran más bara-tas y se las suministraba a los trabajadores. Tal situación llevó a muchos de los contratados a fugarse para presentarse al cónsul norteamericano en La Habana, produciéndose las consabidas protestas diplomáticas de los representantes de la nación norteña.44 A pesar de los proyectos paralelos de entrada de braceros y de los escándalos que rodearon la mayoría de éstos la Sociedad no cejó en sus propósitos. A principios de 1891, elevó una nueva instancia firmada por su presidente José M. Pando y el vicepresidente 464 Jovino García Tuñón donde reiteraban sus peticiones a nombre sobre todo de los hacenda-dos de la zona oriental con los conocidos argumentos sobre la carencia de brazos y la intención de reconvertir el flujo migratorio de la Península: La necesidad de braceros en Cuba es cada vez mayor: en el presupuesto existen créditos para favorecer la inmigración en aquella Isla. La necesidad de hacer que la emigración al extranjero se dirija a una provincia española, es cada día más apremiante.45 Su espera fue recompensada, ya Salamanca había muerto y Polavieja no estaba interesado en un enfrentamiento con los dueños de ingenios. En junio de 1891 había pedi-do al Círculo de Hacendados se hiciese cargo de la entrada de 10.000 trabajadores, inclui-dos los emigrantes españoles residentes en la Argentina, que se hallaban sin empleo y habían solicitado el auxilio de España para ser trasladados a Cuba. El Círculo en señal de buena voluntad con el Capitán General accedió a su solicitud e incluso se avino a aceptar familias.46 Finalmente por Real Orden de 16 de noviembre de 1891 la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar recibió autorización para llevar a la isla 1.000 braceros y un auxilio abonable con cargo al crédito consignado en el capítulo 21, sección 7ma. del presupuesto de gastos vigentes, con lo cual tras tres años de espera los hacendados recibían su recompensa: el control de la emigración a la Isla. No obstante en esta ocasión las autoridades metropolitanas fueron más exigentes. La Real Orden especificaba, una serie de requisitos que superaban la propuesta inicial de la Sociedad. Las reglas que debían regir la inmigración contemplaban los siguientes as-pectos: 47 1- La cuantía del auxilio que la Real Orden de 21 de octubre de 1889 fijaba en 140 pesetas por inmigrante se redujo a 120 pesetas. 2- El embarque debía efectuarse con anterioridad al 28 de febrero de 1892, y la Sociedad correría con los gastos de transporte de los emigrantes a quienes no podría exigir retribución alguna por el pasaje. 3- El trato abordo no podría ser inferior al recibido por los individuos del Ejército y la Armada transportados a Ultramar por cuenta de la Armada. 4- Los inmigrantes deberían acreditar su condición de braceros por certificación expedida por el secretario del Ayuntamiento y visada por el Alcalde de la locali-dad en que estuviese residiendo. 5- La Sociedad quedaba obligada a proporcionarles colocación a los emigrantes con un salario no menor a $15 oro más la manutención. 6- A su llegada a la Isla debían garantizar a los inmigrantes durante ocho días alojamiento, manutención y asistencia médica. 465 7- El inmigrante que no aceptara las condiciones de salario expresadas, podía buscar libremente colocación sin adeudar nada a la Sociedad. 8- La Sociedad debía facilitar pasaje gratuito de regreso a los que antes de finali-zar el año manifestasen su deseo de regresar, debiendo efectuarse el embarque dentro del plazo de cuarenta días contados a partir de efectuada la petición. 9- Conforme a lo establecido en la Real Orden de 21 de octubre de 1889, en cada embarque se presentaría al Gobernador Civil de la provincia respectiva una rela-ción con el nombre y edad de los emigrantes, acompañada de la certificación especificada en el punto 4. 10- El Gobernador Civil designaría una persona que reconociera a los emigrantes y diera su Visto Bueno en la relación, conservando una copia, otra sería remitida al Ministro de Ultramar y la tercera se le daría al Capitán del buque quien la entregaría a las autoridades gubernamentales del punto de desembarco, para que fuese cotejada con la enviada al Ministerio, lo cual serviría de justificante para el cobro del auxilio en la tesorería de la Hacienda de la Isla. 11- Cada dos meses durante un año la Sociedad debería dar cuenta al Gobernador General del punto y condiciones en que se encontraban los inmigrantes. La Sociedad manifestó su conformidad, eso sí, haciendo constar que aunque su objeto no era el lucro, sino por el contrario “encausar aún a costa de verdaderos sacrifi-cios, la emigración peninsular e insular de las Baleares y Canarias a nuestras provincias de Ultramar, tan necesitadas de brazos para la agricultura”, la ayuda ofrecida por las autori-dades, reducida a 120 pesetas por inmigrante era “notoriamente insignificante”.48 En definitiva su verdadero objetivo obtener fuerza de trabajo barata par sus fábri-cas de azúcar estaba cumplido y con creces. Así que apenas transcurrido poco más de un mes de la autorización para iniciar el traslado de trabajadores a Cuba, pedían al Capitán General que ampliara los auxilios concedidos a un número mayor de inmigrantes, pues las solicitudes recibidas de los hacendados de La Habana y Santiago de Cuba sobrepasaban los 1.000 trabajadores concedidos en un inicio.49 El número de inmigrantes que arribaron a la Isla por cuenta de la Sociedad dupli-có esta cifra el primer año, y aunque continuaron considerando insuficiente la ayuda gu-bernamental, 50 el negocio debió resultar suficientemente lucrativo para que al año siguien-te solicitaran una nueva autorización para trasladar 4.000 inmigrantes. Logrado su primer objetivo -en cuanto a la entrada de los trabajadores necesa-rios- trataron de conseguir que el Estado se hiciera cargo de los gastos de traslado y com-pleta libertad en el manejo de los contratados. En el propio documento -solicitaron al gobierno que elevara el auxilio de 140 pesetas por individuo y que liberara a la Sociedad de la obligación de dar parte cada dos meses del estado de los trabajadores transportados puesto que “eran hombres libres” y cuando “no les acomoda seguir en la hacienda donde fueron colocados buscan trabajo en el sitio que más les guste” .51 Lo que finalmente les fue concedido.52 466 Entre los inmigrantes llegados no arribaron familias, todos eran hombres solteros entre los 20 y 40 años de edad, edad considerada óptima para el trabajo. No contamos con todas las listas de inmigrantes embarcados por cuenta de la corporación pero baste consi-derar esta pequeña muestra: en 1892 la Sociedad trasladó 4.000 inmigrantes y 1.000 entre enero y febrero de 1893.53 Las reglas establecidas pronto dejaron de cumplirse. En un artículo publicado en La Discusión, en junio de 1892 con el sugestivo título “La trata de blancos. ¡Cuba paga! el servicio de inmigración”,54 se denunciaba que se estaba procediendo con los trabajadores blancos como antes se hacía con los asiáticos. Los inmigrantes no eran enterados de que tenían derecho a buscar colocación libremente y en los buques venían más pasajeros de los permitidos, que por demás no siempre eran obreros agrícolas. Pedía finalmente el articulista que el Estado fuese más exigente e implementara los métodos necesarios “por los cuales la inmigración se realice para bien del país en general y no para servir los intereses de unos cuantos capitalistas”.55 Los deseos del articulista quedaron en la nada. La inmigración siguió entendién-dose como la forma de nutrir de brazos las fábricas de azúcar. En resumen, las nuevas condiciones económicas y socio-políticas de la Isla mar-caron los derroteros de la inmigración-colonización en los ochenta. El gobierno optó por la colonización castrense más acorde con sus objetivos de mantener la paz y alejar el peligro de una nueva guerra, mientras que los dueños de ingenios siguieron apostando por la fórmula que conocían, trabajadores baratos en condiciones de semiesclavitud. A la postre esta fue la vía que se impuso. Mientras la opción gubernamental basada en la colonización militar no arrojó los resultados esperados, la inmigración de jornaleros se afianzó como la vía preferente en las postrimerías del siglo. El Estado sufra-gaba los gastos y los dueños de ingenios obtenían los jornaleros que necesitaban para producir azúcar. 467 NOTAS 1 M. Salamanca, “Memoria sobre colonización en la Isla de Cuba para aumento de brazos y de población rural”, 1889, Archivo Histórico Nacional (en lo adelante AHN), Ultramar, Fomento, Leg.174, nº.14. 2 Ibid. 3 Ibid. 4 La idea de la colonización militar tuvo sus antecedentes prácticos en el período posterior a la Guerra de los Diez Años cuando Camilo Polavieja, en su calidad de Gobernador de las provincias de Camagüey primero y Oriente más tarde, estableció en cada una enclaves castrenses que más tarde fueron disueltos. Por esa fecha se promulgó también el Real Decreto de 27 de Octubre de 1877 que establecía entre otros aspectos el reparto de terrenos a los licenciados del Ejército, y que terminó ampliándose a todos los agricultores de la región. En 1881 interesada la metrópoli en llevar adelante la colonización militar encar-gó a una comisión presidida por el General Manuel Fernández Cassola realizar un estudio para su esta-blecimiento en la Isla, pero tampoco se llevó a la práctica. Véanse Camilo Polavieja, Relación documen-tada de mi política en Cuba, Imp. de Emilio Minuesa, Madrid, 1898, p.27; “Expediente promovido por la Junta Protectora del Trabajo de Puerto Príncipe solicitando adquirir por compra la finca Contramaestre para establecer una colonia agrícola”, 1879, Archivo Nacional de Cuba (en lo adelante ANC), Fondo Gobierno General (en lo adelante GG), Leg.42, nº.1765. También Gaceta de La Habana, 28 de noviem-bre de 1877; Informe de la Junta de Socorro y Respuesta del Gobernador General en “Expediente promo-vido por la Junta de Socorro de Manzanillo solicitando autorización para repartir entre los individuos de la clase de paisanos los terrenos del Estado que aún queden en aquella jurisdicción”, 1879, ANC, GG, Leg.41, nº.1687. Y Establecimiento de Colonias militares en Ultramar, Establecimiento Tipográfico, Madrid, 1883, p.IV. 5 M. Salamanca, “Memoria sobre colonización en la Isla de Cuba para aumento de brazos y de población rural”, 1889, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.174, nº.14. 6 Ibid. 7 Camilo Polavieja, Relación documentada de mi política en Cuba, Imp. de Emilio Minuesa, Madrid, 1898, pp.59-60. 8 Carta de Polavieja al Ministro de Ultramar, La Habana, 20 de diciembre de 1891, “Revistas Políticas Decenales desde el 30 de noviembre de 1891 hasta el 10 de febrero de 1892”, Archivo General de Indias (en lo adelante AGI), Fondo Diversos, Leg.10. 9 Diario del Ejército, La Habana, 2 de abril de 1893, ANC, AP, Leg.272, No.3. (Se cita el periódico conjun-tamente con un expediente del Archivo Nacional pues la documentación está contenida en los legajos con recortes de prensa que los censores remitían diariamente a la máxima autoridad). 10 Camilo Polavieja, Relación documentada de mi política en Cuba, p.324. 11 Diario del Ejército, La Habana, 5 de abril de 1893. 12 “Informe de Polavieja al Ministro de la Guerra, La Habana, 20 de marzo de 1881”, AGI, Diversos, Leg.10. 13 Un análisis del proyecto migratorio de Salamanca en Imilcy Balboa “Protesta rural e independencia nacional”, en María del Carmen Barcia y otros, La turbulencia del reposo. Cuba 1878-1895, Ciencias Sociales, La Habana, 1998, pp. 250-254. 14 Sobre la situación de las colonias ver las cartas enviadas por los colonos al Capitán General, publicadas por la prensa habanera, en las que pedían desde cosas tan elementales como asistencia para sus enferme-dades, especias para cocinar, jabón para el baño y camas para dormir hasta instrumentos de trabajo y la autorización para que un labrador del país los asesorara en los cultivos que estaban intentando. Veánse El Comercio, La Habana, 4 de diciembre de 1889, ANC, Fondo Asuntos Políticos (en lo adelante AP), Leg.260, nº.5. La Lucha, La Habana, 5 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.5. La Discusión, La Habana, 6 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.5. El León Español, La Habana, 6 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.5. 468 15 Entre el gobierno de Salamanca y el de Polavieja encontramos los breves períodos de interinaturas de Felipe Fernández Cavada y Espadero (6 - 15 de febrero de 1890) y de José Sánchez Gómez (15 de febrero - 4 de abril de 1890) tras los cuales asumió el gobierno de la Isla José Chinchilla y Diez de Oñate (4 de abril- 20 de agosto de 1890), en todos los casos dichas autoridades se limitaron a mantener lo establecido por su antecesor poniendo, sobre todo en el caso de Chinchilla, más énfasis en las cuestiones burocráticas que en resolver los problemas prácticos derivados de la llegada de los inmigrantes a las colonias militares establecidas por Salamanca. 16 Sobre el proyecto de Polavieja y las colonias fundadas ver Imilcy Balboa “Protesta rural e independencia nacional”, en María del Carmen Barcia y otros, La turbulencia del reposo. Cuba 1878-1895, pp. 255-258. 17 Carta de Polavieja a Garrich, La Habana, 15 de junio de 1892, “Revistas Políticas Decenales desde el 30 de agosto hasta el 20 de noviembre de 1892”, AGI, Diversos, Leg.10. 18 En el referido artículo se especificaba que para esa fecha la colonia contaba con 70 caballerías de tierra y habían adquirido 22 yuntas de bueyes, 12 carretas y todas las herramientas de labor necesarias. Habían construido un andén para el ferrocarril, dos muelles y poseían cinco embarcaciones. Para atender a los gastos de instalación se dedicaban además a la fabricación de cal, carbón y el corte de leña para la vía férrea de Puerto Príncipe a Nuevitas. Los soldados percibían como recompensa la mitad de todo lo que trabajaban y se vendía, obteniendo como término medio una utilidad mensual entre los $8 y $9 cada uno. La Lucha, 24 de agosto de 1893, ANC, AP, Leg.273, nº.5. 19 M. Salamanca, “Memoria sobre colonización en la Isla de Cuba para aumento de brazos y de población rural”, 1889, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.174, nº.14. 20 Ver Gaceta de Madrid, 26 de octubre de 1889. 21 Real Orden de 21 de octubre de 1889, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.12. 22 “Exposición de José Faura Serrano al Ministro de Ultramar, Madrid 29 de octubre de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1. 23 “Instancia de Eugenio Amadís al Ministro de Ultramar, Madrid, 4 de noviembre de 1889”, AHN, Ultra-mar, Fomento, Leg.176, nº.1. 24 Los trabajadores recibirían siete centavos por hora (35 céntimos de peseta) entre el 1º de junio y el 1º de diciembre y ocho centavos la hora entre el 1º de diciembre y el 1º de junio, en caso de laborar horas extras cada una de estas se pagaría a diez centavos (50 céntimos de peseta). Ver “Instancia de Eugenio Amadís al Ministro de Ultramar, Madrid, 4 de noviembre de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1 25 “Instancia de Eugenio Amadís al Ministro de Ultramar, Madrid, 4 de noviembre de 1889”, AHN, Ultra-mar, Fomento, Leg.176, nº.1. 26 “Instancia de Enrique Sanmartí al Ministro de Ultramar, Madrid, 5 e noviembre de 1889”, AHN, Ultra-mar, Fomento, Leg.176, nº.1. 27 “Instancia de Narciso López al Ministro de Ultramar, Madrid, 5 de noviembre de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1. 28 “Propuesta de José Gutiérrez Gómez, Santa Cruz de Tenerife, 11 de noviembre de 1889”, AHN, Ultra-mar, Fomento, Leg.176, nº.1. 29 Véanse “Propuesta de Juan Bouré Mole, Madrid, 4 de noviembre de 1889” y “Propuesta de Idelfonso Sell Guzmán, Madrid, 5 de noviembre de 1889”, en AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1 30 El Consejo de Administración estaba formado como sigue: Presidente, Luis M. Pando; Vice-presidentes, Juvino G. Tuñón y el Conde de Casa Moré; Vocales, Manuel G. Longorea, Diego Suárez, Fray Juan Manuel Díaz González, José Cabezas de Herrera, José del Perojo, Antonio Domínguez, Alfonso y Ber-nardo Portuondo. El Comité de La Habana lo componían Manuel Calvo, Mamerto Pulido, Pablo Gómez, Martín Zozaya, José Bueno, José Gener y José Baró. La Sociedad se constituyó bajo la forma de una compañía anónima con un capital de 100.000 pesetas, divididas en 500 acciones de 200 pesetas. Cada uno de los directivos poseían 20 acciones, con lo cual sus diecisiete miembros controlaban el 68% de la empresa. Ver Estatutos de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar. Cía Anónima, Establecimiento Tipográfico El Correo, Madrid, 1889, pp.1-6. 469 31 “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministro de Ultramar, Madrid, 5 de marzo de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 32 “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministro de Ultramar, Madrid, 20 de abril de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 33 “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministro de Ultramar, Madrid, 5 de marzo de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 34 Telegrama nº.49, de Salamanca al Ministerio de Ultramar, 26 de octubre de 1889, en “Envío de 250 familias a Cuba”, 1880-1890, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.174, nº.13. 35 Ibid. 36 “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministerio de Ultramar, Madrid, julio - agosto de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 37 Para las peticiones ver “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministerio de Ultramar, Madrid, julio - agosto de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. La opinión de las autoridades metro-politanas en “Real Orden nº.718 de 16 de agosto de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 38 “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministro de Ultramar, Madrid, 16 de octubre de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 39 A pesar de los esfuerzos del Gobierno y las propias quejas de los hacendados relativas a la falta de brazos, la propuesta no encontró eco. Transcurrido un año ni el Círculo de Hacendados ni la Comisión Central de Colonización habían respondido a la oferta de las autoridades y cuando finalmente llegaron los primeros 237 inmigrantes no encontraron colocación. Véanse “Consulta del expediente promovido para la trasla-ción a esta Isla de los emigrados españoles residentes en las repúblicas del sur”, 1878, ANC, Fondo Consejo de Administración (en lo adelante CA), Leg.58, nº.6111. “Emigración a Cuba de los españoles residentes en América Central”, 1878-79, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.174, nº.2. 40 “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministro de Ultramar, Madrid, 16 de octubre de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 41 El Partido Liberal se declaró partidario de la inmigración blanca y por familias. Por su parte el Partido Unión Constitucional aunque desde las páginas del diario de igual nombre defendió la postura de Manuel Calvo (quien era uno de sus principales accionistas) no pudo cohesionar su membresía en torno a esta idea. En las Cortes las principales diferencias estuvieron entre el Ministro de Ultramar Manuel Becerra quien defendió la doctrina de Salmanca y el Marqués de Muros partidario de la entrada de jornaleros y que las familias fueran distribuidas por el del Círculo de Hacendados. Sobre las opiniones de los partidos políticos y la prensa ver El País, La Habana, 16 de noviembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.3. La Discusión, La Habana, 29 de noviembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.4. El Español, La Habana, 18 de noviembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.3. El País, La Habana, 4 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.5. La Lucha, La Habana, 7 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.5. La Discusión, La Habana, 7 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.5. El León Español, La Habana, 10 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.6 y La Libertad, La Habana, 10 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.6. 42 La Prensa, La Habana, 27 de septiembre de 1889, ANC, AP, Leg.259, nº.7. 43 Ver La Lucha, La Habana, 18 de noviembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.3 y La Unión Costitucional, La Habana, 19 de noviembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.3. 44 La Discusión, La Habana, 10 de enero de 1890, ANC, AP, Leg.262, nº.2. 470 45 “Instancia firmada por el presidente y el vicepresidente de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar al Ministro de Ultramar, Madrid, 16 de enero de 1891”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1. 46 Los dueños de ingenio convinieron con Polavieja en recoger a los emigrantes en el puerto de la capital y hacerse cargo del traslado a sus haciendas, siempre que fuese “apropiados” para las faenas agrícolas. El jornal se fijó en 3 pesetas diarias durante siete meses y de 4 a 5 pesetas el resto del año. Los productos alimenticios debían obtenerlos en la tienda del ingenio. Ver La Lucha, La Habana, 23 de junio de 1890, ANC,AP, Leg.266, nº.3, También Carta de polavieja al Ministro de Ultramar, La Habana, 20 de junio de 1890, “Revistas Políticas Decenales desde el 20 de mayo al 20 de noviembre de 1890, AGI, Diversos, Leg.10. 47 “Reglas para la emigración a Cuba de jornaleros por cuenta de la Sociedad Protectora del Trabajo Espa-ñol en las Posesiones de Ultramar al Ministro de Ultramar, Madrid, 16 de noviembre de 1891”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1. 48 “Respuesta del presidente de Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar al Ministro de Ultramar, en aprobación de las reglas dispuestas por el Ministro de Ultramar para el traslado a Cuba de emigrantes, Madrid, 25 de noviembre de 1891”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1. 49 “Instancia de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar al Capitán Gene-ral, Madrid, 23 de enero de 1891”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1. 50 La Sociedad se quejaba de que en las 120 pesetas estaban incluidos el pago de los documentos que se les exigía a los inmigrantes: la cédula personal y el certificado que acreditaba su condición de trabajadores del campo, que sumaban unas 9 pesetas. Los gastos de traslado por ferrocarril hasta los puertos de embar-que que importaban alrededor de 30 pesetas, más una comisión de 15 pesetas a cada agente por inmigran-te transportado. Quedaban solamente 75 pesetas, cifra a la cual habían logrado reducir el precio del pasaje gracias a un acuerdo con la Trasatlántica, cuando en realidad el costo establecido era de unas 175 pesetas. Ver “Petición de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar al Ministro de Ultramar, Madrid, 22 de marzo de 1892”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.3. 51 Ibid. 52 La Sociedad también pretendió que se le eximiera del pago del impuesto de 25 centavos que se debía pagar por cada pasajero por concepto de embarque y desembarque, pero esto le fue denegado. Ver “Ins-tancias dirigidas por el Gerente de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar al Ministro de Ultramar, Madrid, septiembre de 1892 - enero de 1893”, AHN, Ultramar, Fomen-to, Leg.175, nº.17. 53 Veánse “Relación de los inmigrantes embarcados por la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar por virtud de las autorizaciones concedidas a la misma, 1º de septiembre de 1892 y 6 de diciembre de 1892”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.12. Copias de las listas de inmigrantes transportados a Cuba por la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar, 1892”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.2. 54 La Discusión, 14 de junio de 1892, ANC, AP. Leg.271, nº.9. 55 Ibid.
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Título y subtítulo | Colonización e inmigración. Dos realidades enfrentadas en la Cuba de fin de siglo |
Autor principal | Balboa Navarro, Imilcy |
Publicación fuente | XIII Coloquio de historia canario - americano |
Numeración | Coloquio 13 |
Tipo de documento | Congreso y conferencia |
Lugar de publicación | Las Palmas de Gran Canaria |
Editorial | Cabildo Insular de Gran Canaria |
Fecha | 1998 |
Páginas | P. 0452-0470 |
Materias | Congresos ; Historia ; Canarias ; América |
Copyright | http://biblioteca.ulpgc.es/avisomdc |
Formato digital | |
Tamaño de archivo | 134473 Bytes |
Texto | 452 COLONIZACIÓN E INMIGRACIÓN DOS REALIDADES ENFRENTADAS EN LA CUBA DE FIN DE SIGLO Imilcy Balboa Navarro Los conceptos de colonización e inmigración estuvieron mezclados a lo largo del siglo XIX y se usaron indistintamente para definir la misma actividad. Asentar población y procurarse brazos para la agricultura insular se convirtieron en sinónimos. De esta forma colonos fueron los asiáticos que venían en condiciones de semiesclavitud, los indios yucatecos, así como los peninsulares y canarios que a tenor de los diversos planes de inmigración llegaron a la Isla. No fue hasta fines de la década del ochenta que ambas concepciones comenzaron a distinguirse e incluso contraponerse. Las guerras separatistas -1868-1878 y 1879-1880- y la abolición de la esclavitud en 1886 determinaron que los objetivos de los gobiernos de turno y de los dueños de ingenios marcharan por caminos diferentes cuando se planteara el problema de la inmigración y/o colonización. En principio ambos estaban de acuerdo en la necesidad de multiplicar la población y con ella los brazos productores, la diferencia-ción estuvo en la forma de lograrlo y el resultado final que cada uno pensaba obtener. Para las autoridades la prioridad estuvo en asentar población peninsular en las áreas rurales para neutralizar el sentimiento separatista, los dueños de ingenios por su parte, siguieron apostando por la entrada simple y pura de braceros baratos. Salamanca y Polavieja. La colonización militar Tal disensión en la forma de abordar el problema de la inmigración-colonización se observa sobre todo durante los gobiernos de Manuel Salamanca y Negrete (13 de marzo de 1889 - 6 de febrero de 1890) y Camilo Polavieja y del Castillo (24 de agosto de 1890 - 20 de junio de 1892). Ambos Capitanes Generales fueron quienes con más fuerza impul-saron la idea de vincular el asentamiento de población a la defensa del pabellón español mediante la creación de colonias castrenses, conjugando la necesidad de fuerza de trabajo en la agricultura con los intereses político-miliares. Manuel Salamanca apenas cinco meses después de hacerse cargo de la Capitanía General de Cuba, remitió el 30 de agosto de 1889 una Memoria al Ministerio de Ultramar donde se hacía eco de los argumentos de los hacendados isleños en cuanto a la necesidad de brazos: Que la Isla de Cuba necesita imprescindiblemente un aumento de población que duplique por lo menos la existente y multiplique en proporción a sus necesidades de cultivo y desarrollo el número de brazos necesarios a la agricultura, ganadería y sus abundantes minas de hierro y otros metales, es verdad tan eminente recono-cida por propios y extraños que no necesita demostración alguna.1 30 453 Sin embargo situaba la solución en la colonización de terrenos incultos y no en la inmigración indiscriminada de braceros, aún cuando reconocía que la despoblación exis-tente en la colonia era la causa de: a) la abundancia de terrenos incultos, b) el bajo valor de la propiedad de la tierra y de los productos naturales. Situación que se agravaba con el desorden existente en cuanto a la propiedad de la tierra originado en las antiguas sesiones de mercedes. Para el Gobernador con la puesta en explotación de estos terrenos no solo aumen-taría el valor de las propiedades rústicas, sino que también el Estado se vería beneficiado con los recursos que podría obtener en materia de contribuciones a partir de los derechos que se cobrarían a los nuevos arrendatarios. Sin olvidar que las concesiones hechas bajo condición de cultivo inmediato aumentarían a la postre la riqueza agrícola de la Isla. Al propio tiempo que situaba la fórmula de la prosperidad en la colonización, criticaba que hasta esos momentos en los proyectos de inmigración se le diera mayor peso al intento de aumentar los brazos frente al asentamiento de población, circunstancia que había viciado la corriente de inmigración a la Isla pues “no se buscaba inmigrantes sino esclavos de otro color cogidos con las armas de la astucia, el contrato, el notario y el papel sellado”, con requisitos de trabajo que reducían “al blanco a semejantes condiciones de las de los negros”.2 Por lo que al terminar sus contratos unos optaban por regresar a su país natal y los que permanecían en la Isla huían del trabajo agrícola marchando a las ciudades donde terminaban vendiendo billetes o dedicados a la mendicidad, muy pocos, en su ma-yoría de origen canario, habían logrado fomentar pequeños sitios de cultivo. Todo lo cual lo lleva a concluir que “estos medios de aumentar brazos y de colo-nización son completamente diferentes”3 y a apostar por la segunda para dar solución a lo que consideraba el problema fundamental en las áreas rurales: poblar para impulsar la agricultura insular. Conocedor también de que los ensayos efectuados hasta entonces con colonias militares no habían producido los resultados apetecidos,4 y en la creencia de que la coloni-zación puramente militar era incompatible con el objeto de lograr una población estable dedicada al cultivo en tiempos de paz, pues las ordenanzas del Ejército no podían regla-mentar “la conducta doméstica y de hábitos maritales”, y se rebelaban incapaces para “obligar al soldado a lo que no es de su deber”.5 Salamanca propuso como solución una especie de plan mixto que contenía tres aspectos fundamentales: colonias agrícolas, habi-tadas por familias peninsulares y dirigidas por militares. Para el logro de los dos primeros, el Capitán General fiaba el éxito a los atracti-vos derivados del propio proyecto de colonización, suficientes -a su juicio- para atraer al inmigrante y su familia: Es pues absolutamente preciso interesar a los colonos en el trabajo al traerles de su país natal mejorando su situación y la de sus familias, darles seguro porvenir, crearles apego al suelo de la colonia, proporcionarles en el interés que les reten-gan, distraigan y halaguen y en una palabra hacer colonias de familias enteras de la Península, Puerto Rico y Canarias, colocándolas como es fácil, conveniente y 454 justo en condiciones que exciten su codicia, proporcionando bienestar a la fami-lia, atraiga a la madre y decidan al operario o trabajador a arrostrar larga navega-ción y los peligros que tanto exageran en la Península por obtener beneficioso cambio de posición pasando de jornalero a propietario.6 Atractivo que en lo fundamental venía ligado a la cesión de lotes de terrenos, incentivo más que suficiente para que en la Península o Canarias muchos se decidiesen a trocar su suerte de jornaleros por la condición de propietarios. A lo que se sumaban otras facilidades como pasaje gratis, manutención los primeros meses, casas para alojarse, etc. La otra parte del proyecto respondía a una organización básicamente militar. Al frente de las colonias estaría un oficial del ejército que fungiría como jefe de la comandan-cia al tiempo que regiría los destinos del enclave. Contaría además con un puesto de la Guardia Civil y los colonos tendrían que alistarse en el Cuerpo de Voluntarios, cumplien-do con los ejercicios de entrenamiento establecidos. Incluso dispuso el establecimiento en cada poblado de un profesor médico también militar. A diferencia de Salamanca que conjugaba la colonización agrícola con una es-tructura militar, con Camilo Polavieja y del Castillo la concepción puramente castrense adquiere toda su dimensión. Aunque el proyecto de Polavieja contemplaba lograr la diver-sificación agrícola ensayando nuevos cultivos y solucionar el problema del exedente de tropas en la Península, en última instancia estas ventajas económicas y sociales quedaban subordinadas al aspecto político y defensivo. Desde su época de Gobernador en las provincias de Puerto Príncipe primero y Santiago de Cuba después, tras el fin de la Guerra de los Diez Años, Polavieja había llegado al convencimiento de que el espíritu separatista se mantenía latente entre la pobla-ción, por lo que la fuerza que representaba el Ejército era fundamental para mantener el dominio español en la Isla y asegurarlo para el porvenir, pues el estallido de una tercera campaña traería desastrosas consecuencias para España y así se lo hizo saber al Capitán General Ramón Blanco en una misiva que le envió el 9 de abril de 1881: Aquí cuantas más libertades se den, se necesitan más batallones: el disminuir éstas y aumentar aquéllas es preparar una nueva guerra (...) y si la gente se vuelve a ir en armas a estos montes, le aseguro a V. que no hay quien los saque de ellos.7 Sus concepciones no habían variado cuando asumió la Capitanía General en 1890, lo cual condicionó que su plan estuviese encaminado en primer término a evitar la reduc-ción de las fuerzas armadas. Argumentaba que por esta vía el sostenimiento del contingen-te militar costaría una suma de “escasa consideración” y se podría contar con “un ejército acostumbrado al país, que en caso necesario, se batiría cual ninguno, porque cada soldado además de defender su bandera, defenderá la fortuna que su trabajo le está proporcionando”.8 Las colonias miliatres estarían encaminadas a garantizar “el crecimiento rápido del carácter nacional en los campos”,9 de forma tal que se pudiera contar con una fuerza leal a la Metrópoli que sirviera de muro de contención al descontento y propagación de los 455 ideales independentistas. Para el Capitán General esta era la única forma de “crear intere-ses conservadores que restaran elementos a los amigos de revueltas e insurrecciones”.10 Polavieja además hizo énfasis en que las colonias serían una forma de empleo para aquellos soldados licenciados que no encontraban medio de sustento y tenían que volver a los cuarteles “andrajosos y hambrientos”.11 Asegurando medios de trabajo y sub-sistencia a los ex-combatientes éstos estarían dispuestos a tomar las armas para defender no sólo su gobierno sino también “su tierra”. Según su concepción las colonias serían de dos tipos: permanentes y transito-rias. 12 Las primeras estarían encaminadas a contrarrestar cualquier levantamiento separa-tista, perseguir bandoleros y vigilar a la población de los alrededores. Las segundas serían estaciones experimentales, donde se ensayarían los cultivos que luego se desarrollarían en las colonias. La dirección de los poblados estaría a cargo de un oficial y las instrucciones las recibirían de las Juntas constituidas en cada plaza que a su vez se regirían por una central, ambas integradas por directivos del Ejército. Los soldados empleados seguirían militando en sus respectivos batallones, lo cual mantenía la organización y disciplina de la tropa. Ambos Capitanes Generales llevaron a la práctica su pensamiento aunque con resultados dísimiles. Entre los meses de noviembre y diciembre de 1889 Manuel Salamanca y Negrete fundó en los territorios de las antiguas provincias de Camagüey y Oriente tres colonias con familias provenientes de la península, a saber: Reina Cristina (Ciego de Avila), Salamanca (Manzanillo) y Becerra (Santa Cruz del Sur).13 Pero su puesta en práctica constituyó un rotundo fracaso. Los colonos habían sido instalados y los terrenos estaban aún sin desmontar, por lo que no se podía comenzar a sembrar hasta transcurridos unos ocho meses; la carencia de agua potable en los encla-ves; la falta de instrumentos de trabajo, etc., fueron algunos de los elementos que lastraron el proyecto a lo que habría que sumar la propia concepción militar alejada de los usos y costumbres agrícolas, sin olvidar los ejercicios inherentes a los cuerpos armados que res-taban tiempo al trabajo e incluso al descanso dominical.14 Salamanca murió el 6 de febrero de 1890 y sus sucesores no se interesaron dema-siado en continuar el plan colonizador.15 Al asumir la Capitanía General Camilo Polavieja y del Castillo en agosto de 1890 encontró que la situación de los enclaves era desastrosa y los habitantes no tenían recursos para sobrevivir. Como su intención estaba puesta en su proyecto colonizador pactó con los hacendados de la zona, les entregó las colonias funda-das por Salamanca y los inmigrantes fueron redistribuidos como colonos de un ingenio-central que éstos pensaban fomentar. Ya sin trabas se dedicó a poner en práctica sus ideas. Durante el segundo trimes-tre de 1891 Polavieja instaló igual número de enclaves castrenses, Punta Piedra (Nuevi-tas), Cayo Espino (Manzanillo) y La Cabaña (La Habana).16 Los nuevos poblados milita-res a diferencia de los establecidos por su predecesor comenzaron a dar resultados. Punta 456 Piedra por ejemplo a menos de un año de su fundación contaba con una pequeña manu-factura para el procesamiento del henequén y un muelle para exportar sus productos.17 Polavieja renunció a la Capitanía General de Cuba el 20 de junio de 1892, des-pués de esta fecha con excepción de un artículo aparecido en La Lucha, el 24 de agosto de 1893,18 sobre los éxitos de Punta Piedra, no encontramos ninguna alusión a las colonias militares. Todo parece indicar que este tipo de proyecto fue abandonado. La precipitación en poner en práctica estas ideas, y su subordinación a una sola persona, no permitió que las colonias militares sobrevivieran. Ya fuera por la muerte como en el caso de Salamanca o por la renuncia en Polavieja, con la ausencia del promotor se abandona la idea. Ambos Capitanes Generales trataron de plasmar en poco tiempo -duran-te sus respectivos mandatos de 11 y 22 meses- su ideal de colonización, pensado para ellos y no para que perviviera en el futuro. Eran militares acostumbrados a la guerra pero no a las labores agrícolas, por lo que muchas de las disposiciones de corte castrense lastraban el funcionamiento agrícola. El fracaso y abandono de estos proyectos arruinó la posibili-dad de desarrollar planes efectivos de colonización. A partir de aquí las propuestas para la inmigración fueron diseñadas por los dueños de ingenios, quienes ya no volverían a per-der el control de esta actividad. Los dueños de ingenios y la inmigración Frente a la opción colonizadora del gobierno los dueños de ingenios inmersos en la renovación de la industria no sólo desde el punto de vista tecnológico sino también atendiendo a su reestructuración interna a partir de la separación de la fase agrícola de la industrial, necesitados de sustituir las dotaciones de esclavos tras el fin del patronato pro-movieron diversos proyectos de inmigración de trabajadores no sólo en contra de la con-cepción gubernamental sino también en ocasiones enfrentándose a ésta. Oposición que sufrió sobre todo Salamanca pues, como hemos visto, consiguieron pactar con Polavieja. Aún cuando Manuel Salamanca en principio no se oponía a la entrada de braceros, Es evidente que si deseo por base de colonización familias completas de la Pe-nínsula, Canarias o Puerto Rico, esto no excluye en modo alguno que puedan venir braceros solteros peninsulares o chinos para mayor auxilio de la agricultura existente y la de las nuevas colonias y por más que tengo escasa fe en su resultado útil.19 Sólo la aceptaba como un complemento o mal menor, y esperaba que los propios colonos entablaran una doble relación con los ingenios cercanos donde podrían trabajar después de encaminar sus pequeñas parcelas en busca de una mayor holgura económica, y donde a su vez encontrarían compradores para sus cultivos. Esto le granjeó la antipatía de los dueños de ingenios quienes estaban acostumbrados a controlar el potencial laboral de sus fábricas de azúcar, de esta forma continuaron los planes de entrada de braceros tratan-do de aprovechar las ventajas ofrecidas a la inmigración por parte de las autoridades peninsulares, al tiempo que se enfrentaban a la máxima autoridad por el control de la 457 inmigración a la Isla, oposición generada fundamentalmente en el grupo capitaneado por Manuel Calvo como veremos más adelante. En sentido general los hacendados interesados en abastecer de brazos sus fábri-cas de azúcar aprovecharon la coyuntura y también pidieron al gobierno metropolitano la ampliación de los beneficios concedidos a Salamanca, justificados en el “patriótico” de-seo de aumentar los brazos necesarios a la agricultura. Beneficios que obtuvieron por Real Decreto de 21 de octubre de 1889,20 que establecía los términos de la ayuda a las socieda-des de inmigración y los particulares en los términos siguientes: Artículo 1º- El Ministro de Ultramar teniendo en cuenta el precio de los pasajes oficiales, fijará la cuantía del auxilio concedido por el Real Decreto de 3 de diciembre de 1886 para la emigración peninsular en la Isla de Cuba. Artículo 2º- Las instancias solicitando dicho auxilio podrán presentarse en el Ministerio de Ultramar, que resolverá acerca de ellas, aceptando libremente las que consi-dere más beneficiosas. Artículo 3º- No sólo las Sociedades de Emigración sino también los particulares que reúnan garantías suficientes podrán pretender el indicado auxilio para conducir emi-grantes a la Isla de Cuba. Artículo 4º- El Ministro de Ultramar dictará las disposiciones necesarias para la rápida ejecución del presente decreto. El Real Decreto fue completado con una Real Orden21 de la misma fecha, contentiva de cinco artículos donde se especificaban los detalles del plan migratorio: Artículo 1º- Fijaba el auxilio concedido por el artículo 3º del Real Decreto de 3 de diciembre de 1886 para el transporte de emigrantes españoles y sus familias en 140 pesetas por adulto, 70 pesetas para los niños entre dos y siete años de edad y gratis para los menores de dos años. Artículo 2º- Las instancias solicitando dicho auxilio deberían ser presentadas por los aspirantes en un plazo de diez días en el Ministerio de Ultramar. En ellas se debería hacer constar: 1- Nacionalidad de los que se deseaba conducir. 2- Si viajarían solos o acompañados. 3- El número de inmigrantes que se deseaba embarcar entre octubre de 1889 y enero de 1890, y durante este último año. 4- Puertos de la Península donde se efectuaría el embarque. 5- Condiciones ofrecidas a los inmigrantes, consignado los medios con que se contaba para realizarlos. 458 6- Cuantía de los auxilios solicitados. 7- Circunstancias que se desease hacer constar. Artículo 3º- Otorgada la concesión el beneficiario debería consignar antes de cada embarque en el Gobierno Civil por triplicado una relación de los nombres, edad, y grado de parentesco con el cabeza de familia de los inmigrantes. El Gobernador Civil designaría una persona que reconociera a los inmigrantes y autorizara las listas, luego daría su VºBº y entregaría una relación al Capitán del buque, quien a su arribo al lugar de destino la entregaría a las autoridades que la confrontarían con los inmigrantes que desem-barcasen y luego la remitirían al Gobernador General. Artículo 4º- Si las relaciones coinciden servirán de justificante para el pago del auxilio que efectuará la Tesorería General de la Hacienda de la Isla de Cuba. Artículo 5º- Toda Sociedad o particular que obtuviera la concesión contraería la obligación durante un año de dar cuenta al Gobernador General del punto y condiciones en que se encuentran cada uno de los inmigrantes conducidos. Tras la publicación de la Real Orden se sucedieron rápidamente las peticiones para hacerse acreedores de tal ayuda y de esta forma lograr una vieja aspiración: importar braceros para sus fábricas de azúcar por cuenta del Estado. Apenas tres días después de su publicación José Faura Serrano, natural de Málaga y residente en Cárdenas donde poseía un ingenio, recordaba al gobierno que el día 24 había elevado instancia solicitando la autorización del gobierno para introducir en la Isla 300 compatriotas con destino al cultivo de la caña. Justificaba su petición en “la triste situación por la que viene atravesando la agricultura en la isla de Cuba, debido en su mayor parte a la falta de braceros”.22 En su proyecto los inmigrantes podrían venir solos o con sus familias, se les facilitarían los fondos necesarios para proveerse de ropa y en cuanto al salario exponía vagamente que una vez en Cuba disfrutarían del jornal “suficiente” para su mantenimien-to, según lo acordado entre ambas partes. Concluía pidiendo se le incluyera en los benefi-cios concedidos en el Real Decreto de 21 de octubre y el Estado se hiciera cargo del pasaje de los inmigrantes desde Málaga a La Habana, y sin ningún recato dejaban traslucir sus verdaderas intenciones al pedir que fuese lo más rápido posible pues estaba al comenzar la zafra. También Eugenio Amadís, abogado y propietario pedía el auxilio del gobierno para trasladar a Cuba inmigrantes “solteros y casados, dando la preferencia a las familias, o a los cabeza de familia que puedan más tarde, cuando estén instalados llamar a su lado a las personas que habían dejado en la península”23. Pretendía embarcar entre ese mes y fines de enero 1.500 inmigrantes oriundos de toda la Península y Canarias, desde los puer-tos de Barcelona, Valencia, Alicante, Cartagena, Málaga, Cádiz, Vigo, Gijón, Santander, Palma de Mallorca y Santa Cruz de Tenerife. Los recién llegados contarían con colocación inmediata en base a las peticiones que ya existían de varios hacendados, sobre todo de Santiago de Cuba. Trabajarían como 459 braceros en el cultivo de la caña según las condiciones “usuales” en la Isla. Durante la cosecha la jornada laboral se extendería de cinco de la mañana a seis de la tarde y durante el tiempo muerto de seis de la mañana a seis de la tarde, en ambos casos con un cuarto de hora para el desayuno y hora y media de descanso para el almuerzo. El salario se fijaría aproximadamente en $20, con la opción de poder adquirir los productos alimenticios en las “cantinas” existentes en cada ingenio por 20 centavos al día, lo que equivaldría a destinar entre el 25% y 30% del salario -según la época del año- a la alimentación.24 Más vago aún resultaba el ofrecimiento sobre el alojamiento de los trabajadores. Evitando hacer alusión a los barracones símbolo de la esclavitud, sólo se mencionaba que sería “el mismo que tienen los demás braceros en las fincas”25. Por último solicitaba del gobierno el pago de $25 (125 pesetas) por adulto y de $11 (55 pesetas) por cada niño comprendido entre dos y siete años que embarcasen con destino a Cuba. En la misma línea se ubicaba la propuesta de Enrique Sanmartí Legalas,26 comer-ciante de Madrid, quien aprovechó la oportunidad para tratar de embarcar a Cuba 6.000 inmigrantes entre enero y abril de 1990. Se ofrecía a los interesados pasaje gratuito desde los puertos de embarque de la Península (Barcelona, Tarragona, Valencia, Alicante, Cartagena, Almería, Málaga, Cádiz, Santander, Gijón, Vigo y Coruña) hasta La Habana, donde los esperaría un representante que los colocaría. Los inmigrantes tendrían derecho a un adelanto en metálico para adquirir el equipo necesario que luego se le descontaría de su salario durante los dos primeros meses. El Estado le abonaría a los responsables 140 pesetas oro por cada inmigrante adulto y 70 pesetas oro por los niños entre dos y siete años. Iguales concesiones solicitaba Narciso López,27 también de Madrid, quien se pro-ponía en el primer trimestre de 1890 llevar a la Isla 8.000 inmigrantes. La compañía ade-lantaría lo necesario, que luego se le descontaría a los trabajadores en los tres primeros meses de su estancia. Un comerciante y consignatario de varias líneas de vapores y un médico cirujano de Canarias, José Gutiérrez Stévez y Antonio María García y Beltrán, unidos “en el senti-miento patriótico” de encauzar la inmigración isleña hacia Cuba, pedían también autoriza-ción para trasladar entre 1.000 y 1.500 trabajadores solos o con sus familias. Con la ayuda del gobierno, que por su puesto correría con la mayoría de los gastos, se encargarían de proporcionar a los interesados el transporte hacia el punto de embarque (Santa Cruz de Tenerife), el arreglo de la documentación necesaria y pasaje gratuito en tercera clase.28 Así mismo enterados del Real Decreto de 21 de octubre de 1889, Juan Bouré Mole, vecino de Madrid, e Idelfonso Sell Guzmán propietario habanero, solicitaron el auxilio ofrecido por las autoridades para llevar a la Isla entre 80 y 100 familias, en el caso del primero y 200 trabajadores y 50 familias de campo oriundas de Málaga, en el segundo. Sell Guzmán ofrecía además un salario de $15 oro al mes, manutención y asistencia médica.29 Quizás el proyecto más ambicioso para proporcionar brazos suficientes a la agri-cultura insular fuese el de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de 460 Ultramar, no sólo por lo que se proponían lograr sino también por los resultados obtenidos como veremos a continuación. La Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Constituida el 2 de marzo de 1889 en Madrid, aunaba el esfuerzo de peninsulares con intereses mercantiles en la Isla y conocidos dueños de ingenios como el Conde de Casa Moré, José Baró y Manuel Calvo30, interesados en el control del negocio de la emi-gración a la Isla, al tiempo que se procuraban brazos para sus fábricas de azúcar subven-cionados por el gobierno y lucraban con lastrado de los inmigrantes, no en balde la Trasatlántica por intermedio de Calvo estaban en la Directiva: No es el propósito de esta Sociedad lucrarse como una vulgar agencia de recluta-miento de inmigrantes, a quienes se alucina fácilmente con la promesa de rápida fortuna y prosperidades ilusorias. Su objeto no puede ser más honrado ni más patriótico: servir de intermediario entre el hacendado que necesita hombres y el hombre que busca un trabajo equitativamente remunerado (...).31 Aún cuando en la instancia dirigida por el Presidente del Consejo de Administra-ción de la Sociedad Luis M. Pando al Ministro de Ultramar dándole cuenta de la constitu-ción de la corporación se tratara de revestir sus propósitos con el ropaje patriótico y se presentaran como la mejor forma de poner en práctica la idea del gobierno, en realidad lo que estaba en juego era el control de la inmigración. Por eso en nueva instancia de 20 de abril insisten sobre esta idea y dejan claro que el papel del gobierno sería proporcionar los recursos necesarios, mientras que la praxis de la inmigración debía quedar en manos de los particulares: Esta Sociedad como fin principal se propone coadyuvar la acción del Gobierno que con laudable propósito ha iniciado el camino que debe seguirse al consignar en el presupuesto de Cuba la cantidad de $100.000 para proteger la emigración a nuestras provincias de Ultramar. Entre el propietario que ofrece trabajo y el jor-nalero que lo busca se hace precisa una entidad, que no puede ser el Gobierno, que sea conducto fácil por donde uno y otro pueda entenderse, mientras ese ele-mento de inteligencia y comunicación no exista, la cosa será de una imposibili-dad absoluta.32 Aunque el centro de su interés eran los jornaleros, dejaban abiertas las puertas a un acuerdo con el gobierno insular, pues si este cedía terrenos baldíos para la colonización “bajo determinadas condiciones”33 también se podrían importar familias. Los hacendados trataron de aprovechar la coyuntura y propusieron a Madrid la creación de una Junta que ayudara a canalizar hacia la Isla la inmigración de jornaleros. Pretensión a la que se opuso el Gobernador Salamanca pues la propuesta desvirtuaba su proyecto colonizador para convertirlo en un plan destinado a la importación de braceros, el plan migratorio “termina-ría al servicio de los dueños de ingenios, quienes convertirían en esclavos a los desgracia-dos que llegan en demanda de jornal”34. Y así lo hizo saber en comunicación al Ministerio de Ultramar: 461 Visto telegrama de esa respecto gestión del Sr. Calvo para auxilios inmigración ruego a V.E. dé las gracias en mi nombre y en el de este país, si la Junta tiene por objeto economizando sacrificios, presupuestos, y los propietarios allegar recur-sos para ellos, para nada nos es necesario tal Junta, porque tengo familias más que sobradas para ello y donativos de terrenos.35 Este fue el inicio de las desavenencias entre el grupo de Manuel Calvo y el Capi-tán General, que se intensificaría durante el mandato del segundo. Primero trataron de cambiar el domicilio social de la corporación para escapar de su autoridad. En julio la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar elevó una petición para la modificación del artículo 5º del Real Decreto de 3 de diciembre de 1886, que establecía como requisito previo para la aprobación de los proyectos de inmigración el visto bueno de la máxima autoridad de la Isla. Argumentaban que la Sociedad radicaba en la Península y por tanto debían subordinarse directamente al Ministro de Ultramar: sin que para nada sea necesario mermar las atribuciones del Gobernador Superior Civil de la isla de Cuba, en lo que hace al régimen de policía, sanidad a que han de someterse los colonos, el Consejo de Administración, el Consejo de Adminis-tración de esta Sociedad cree que habiendo nacido aquí la primera empresa de esta índole, que como V.E. sabe tiene en La Habana un Comité que la representa con toda autoridad al efecto necesario y compuesta de personas cuyos nombres son garantías de formalidad y honradez, pudiérase a la aprobación del expresado Capitán General sustituir la del Ministro de su cargo.36 La Sociedad aspiraba no sólo al control de los inmigrantes sino también a que el gobierno sufragara un proyecto hecho a la medida de sus deseos. En la citada petición iba más allá y pedía que el artículo 2º comprendiera no sólo a los agricultores sino a todos aquellos aptos para trabajar en las minas de la región oriental. Así mismo solicitaban que la ayuda ofrecida en el artículo 3º para el pasaje de los inmigrantes fuera ampliada para sufragar los gastos de traslado dentro de la Península de los poblados del interior a los puntos de embarque. Las tres peticiones fueron rechazadas. De Madrid se pasó comunicación al Go-bernador General “disponiendo que se considere en toda su fuerza y vigor el Real Decreto de 3 de diciembre de 1886”37. Las diferencias se vieron alimentadas además por la lenta burocracia peninsular, donde no se resolvía el expediente de la Sociedad. El 16 de octubre de 1889 su presidente elevó nueva instancia pidiendo la aprobación de la corporación, pero esta vez las peticio-nes fueron sustituidas por la insistencia en los propósitos “altamente patrióticos” que movían a la corporación. Por un lado “la manera práctica de satisfacer en estos instantes, verdade-ramente preciosos, la necesidad de brazos: para la protección agrícola de las provincias de Cuba”; del otro “el noble deseo de empezar ya a disminuir el terrible mal que a la patria azota, arrebatándola todos los años considerable parte de su población, en la seguridad de que, iniciada una corriente nacional, pronto disminuirá y acaso concluya la emigración al extranjero”.38 462 La necesidad de encauzar la corriente migratoria que se dirigía a Sudamérica hacia Cuba no era un argumento novedoso. Ya en 1878 las autoridades de la Isla habían tratado de variar esta tendencia y repatriar a un buen número de agricultores peninsulares que se encontraban en Costa Rica, Panamá, Venezuela, Uruguay y Argentina, pero aunque los dueños de ingenios no se opusieron a la idea de contar con más jornaleros, dejaron al gobierno solo en esta empresa, pues no estaban dispuestos a correr con los gastos de un proyecto que escapaba a su control.39 Las nuevas condiciones de fines de los ochenta cuando ya no se contaba con los esclavos y se desechaba a los asiáticos como una raza inferior hicieron que se volviera la vista a los peninsulares ponderados ahora no sólo desde el punto de vista económico, sino también político. Lo que determinó que se recurriera a todas las vías posibles para traer inmigrantes de este tipo y asegurarse los brazos necesarios. En la propia instancia de 16 de octubre la Sociedad ofrecía pasaje gratuito a todos los que quisiesen trasladarse a Cuba, siempre y cuando cumpliesen las condiciones si-guientes: 40 1- Los solicitantes debían justificar su aptitud para los trabajos agrícolas e indus-triales. 2- También debían hacer constar si tenían contratos con algún hacendado o pro pietario de la Isla o si su traslado estaba libre de todo compromiso. 3- A su llegada a la Isla la Sociedad se haría cargo de los que no estuviesen comprometidos proporcionándoles buena alimentación, albergue durante ocho días, asistencia médica en caso de enfermedad y colocación en los trabajos agrí-colas. 4- El jornal mínimo sería de $15. 5- La Sociedad se comprometía a proporcionar pasaje gratuito de regreso a los emigrantes llevados por ella y que en plazo de un año manifestaran deseos de regresar a la Península. Por último solicitaban del gobierno con cargo al crédito consignado en el artículo 29 de la Ley de Presupuestos vigente, la cantidad de $30 por cada inmigrantes adulto y de $15 por los comprendidos entre siete y catorce años. Quizás porque las condiciones propuestas no satisfacían las expectativas de las autoridades insulares, o como habíamos apuntado la lenta tramitación de los expedientes fuera la causante de las demoras, lo cierto es que la nueva instancia tampoco recibió res-puesta, y los promoventes buscaron la causa en sus diferencias con el Capitán General Salamanca. Los altercados entre la máxima autoridad de la Isla y Manuel Calvo, dueño del ingenio Portugalete, Vicepresidente de la Compañía Trasatlántica, accionista y vocal en la Isla del Banco Hispano-Colonial, e integrante del Comité habanero de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar, trascendieron a la opinión pública implicaron a los partidos políticos e incluso al gobierno madrileño.41 463 Pero más que un enfrentamiento personal estaba en juego el control de la emigra-ción a la Isla. A pesar de que la Sociedad estaba pendiente de aprobación los dueños de ingenios no abondonaron los proyectos paralelos. Durante estos meses, además de las 250 familias traídas por el Capitán General, arribaron a La Habana, por citar algunos ejem-plos, más de 1.000 trabajadores canarios: unos 500 a cuenta de Calvo y sus socios, otros 300 a través de los Sres Bernal y Sánchez con destino a Puerto Príncipe, y 700 contratados para las faenas agrícolas en Baracoa y Gibara. También se esperaba la llegada de cerca de 200 alemanes que procedentes de los Estados Unidos irían a la región cienfueguera.42 Sin embargo el afán de enriquecimiento de los defensores de la entrada libre de braceros, hacia inaceptables las condiciones en que venían a trabajar esos inmigrantes que recordaban el ya extinguido sistema de la trata, máxime en esta ocasión en que era practi-cada con hombres blancos, lo cual era intolerable para esa sociedad racista, que sí la apoyó con los negros traídos de Africa y la toleró con los asiáticos e indios centroamericanos, pero que no podía concebirla en sus semejantes de la Península o cualquier otro país civilizado. La forma en que fue conducido el contingente de canarios que llegó a la Capital a mediados de noviembre de 1889 provocó un gran escándalo que conmocionó la opinión pública. En el buque Antonio López de la conocida Trasatlántica fueron trasladados más de 500 personas que tuvieron que hacer la travesía hacinados en la cubierta, sin que se le permitiera resguardarse de las inclemencias del tiempo en el interior de la nave. Por las mañanas eran rociados brutalmente con agua por los encargados de la limpieza, quienes además les proporcionaban toda clase de maltratos e incluso golpes. Apenas se le daba comida, el agua no era fresca y al llegar a la Isla fueron obligados a abandonar el barco sin permitírsele asearse ni mudar de ropa.43 Una vez en tierra los inmigrantes presentaron sus quejas ante la Asociación Ca-naria de Beneficencia, quien a su vez las trasladó al Capitán General, lo que añadió aún más tirantez a las relaciones entre el Gobernador y el Vice presidente de la compañía naviera, subiendo de tono los ataques que ambas partes se propinaban. Apenas transcurrido un mes de los hechos antes descritos los desmanes a los jornaleros importados volvían a ser noticia, en esta ocasión a propósito de los alemanes procedentes de Estados Unidos contratados para trabajar en Cienfuegos. Los trabajadores debían recibir $18.90, casa y comida, sin embargo al llegar fueron alojados en los barracones que anteriormente ocupaban los esclavos y chinos, ubicados en terrenos pantanosos lo que provocó la aparición de numerosas enfermedades. La alimentación consistía en dos galle-tas con una taza de café por las mañanas, un plato de carnero en el almuerzo y otro en la comida, incluso se supo que el administrador compraba reses enfermas que eran más bara-tas y se las suministraba a los trabajadores. Tal situación llevó a muchos de los contratados a fugarse para presentarse al cónsul norteamericano en La Habana, produciéndose las consabidas protestas diplomáticas de los representantes de la nación norteña.44 A pesar de los proyectos paralelos de entrada de braceros y de los escándalos que rodearon la mayoría de éstos la Sociedad no cejó en sus propósitos. A principios de 1891, elevó una nueva instancia firmada por su presidente José M. Pando y el vicepresidente 464 Jovino García Tuñón donde reiteraban sus peticiones a nombre sobre todo de los hacenda-dos de la zona oriental con los conocidos argumentos sobre la carencia de brazos y la intención de reconvertir el flujo migratorio de la Península: La necesidad de braceros en Cuba es cada vez mayor: en el presupuesto existen créditos para favorecer la inmigración en aquella Isla. La necesidad de hacer que la emigración al extranjero se dirija a una provincia española, es cada día más apremiante.45 Su espera fue recompensada, ya Salamanca había muerto y Polavieja no estaba interesado en un enfrentamiento con los dueños de ingenios. En junio de 1891 había pedi-do al Círculo de Hacendados se hiciese cargo de la entrada de 10.000 trabajadores, inclui-dos los emigrantes españoles residentes en la Argentina, que se hallaban sin empleo y habían solicitado el auxilio de España para ser trasladados a Cuba. El Círculo en señal de buena voluntad con el Capitán General accedió a su solicitud e incluso se avino a aceptar familias.46 Finalmente por Real Orden de 16 de noviembre de 1891 la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar recibió autorización para llevar a la isla 1.000 braceros y un auxilio abonable con cargo al crédito consignado en el capítulo 21, sección 7ma. del presupuesto de gastos vigentes, con lo cual tras tres años de espera los hacendados recibían su recompensa: el control de la emigración a la Isla. No obstante en esta ocasión las autoridades metropolitanas fueron más exigentes. La Real Orden especificaba, una serie de requisitos que superaban la propuesta inicial de la Sociedad. Las reglas que debían regir la inmigración contemplaban los siguientes as-pectos: 47 1- La cuantía del auxilio que la Real Orden de 21 de octubre de 1889 fijaba en 140 pesetas por inmigrante se redujo a 120 pesetas. 2- El embarque debía efectuarse con anterioridad al 28 de febrero de 1892, y la Sociedad correría con los gastos de transporte de los emigrantes a quienes no podría exigir retribución alguna por el pasaje. 3- El trato abordo no podría ser inferior al recibido por los individuos del Ejército y la Armada transportados a Ultramar por cuenta de la Armada. 4- Los inmigrantes deberían acreditar su condición de braceros por certificación expedida por el secretario del Ayuntamiento y visada por el Alcalde de la locali-dad en que estuviese residiendo. 5- La Sociedad quedaba obligada a proporcionarles colocación a los emigrantes con un salario no menor a $15 oro más la manutención. 6- A su llegada a la Isla debían garantizar a los inmigrantes durante ocho días alojamiento, manutención y asistencia médica. 465 7- El inmigrante que no aceptara las condiciones de salario expresadas, podía buscar libremente colocación sin adeudar nada a la Sociedad. 8- La Sociedad debía facilitar pasaje gratuito de regreso a los que antes de finali-zar el año manifestasen su deseo de regresar, debiendo efectuarse el embarque dentro del plazo de cuarenta días contados a partir de efectuada la petición. 9- Conforme a lo establecido en la Real Orden de 21 de octubre de 1889, en cada embarque se presentaría al Gobernador Civil de la provincia respectiva una rela-ción con el nombre y edad de los emigrantes, acompañada de la certificación especificada en el punto 4. 10- El Gobernador Civil designaría una persona que reconociera a los emigrantes y diera su Visto Bueno en la relación, conservando una copia, otra sería remitida al Ministro de Ultramar y la tercera se le daría al Capitán del buque quien la entregaría a las autoridades gubernamentales del punto de desembarco, para que fuese cotejada con la enviada al Ministerio, lo cual serviría de justificante para el cobro del auxilio en la tesorería de la Hacienda de la Isla. 11- Cada dos meses durante un año la Sociedad debería dar cuenta al Gobernador General del punto y condiciones en que se encontraban los inmigrantes. La Sociedad manifestó su conformidad, eso sí, haciendo constar que aunque su objeto no era el lucro, sino por el contrario “encausar aún a costa de verdaderos sacrifi-cios, la emigración peninsular e insular de las Baleares y Canarias a nuestras provincias de Ultramar, tan necesitadas de brazos para la agricultura”, la ayuda ofrecida por las autori-dades, reducida a 120 pesetas por inmigrante era “notoriamente insignificante”.48 En definitiva su verdadero objetivo obtener fuerza de trabajo barata par sus fábri-cas de azúcar estaba cumplido y con creces. Así que apenas transcurrido poco más de un mes de la autorización para iniciar el traslado de trabajadores a Cuba, pedían al Capitán General que ampliara los auxilios concedidos a un número mayor de inmigrantes, pues las solicitudes recibidas de los hacendados de La Habana y Santiago de Cuba sobrepasaban los 1.000 trabajadores concedidos en un inicio.49 El número de inmigrantes que arribaron a la Isla por cuenta de la Sociedad dupli-có esta cifra el primer año, y aunque continuaron considerando insuficiente la ayuda gu-bernamental, 50 el negocio debió resultar suficientemente lucrativo para que al año siguien-te solicitaran una nueva autorización para trasladar 4.000 inmigrantes. Logrado su primer objetivo -en cuanto a la entrada de los trabajadores necesa-rios- trataron de conseguir que el Estado se hiciera cargo de los gastos de traslado y com-pleta libertad en el manejo de los contratados. En el propio documento -solicitaron al gobierno que elevara el auxilio de 140 pesetas por individuo y que liberara a la Sociedad de la obligación de dar parte cada dos meses del estado de los trabajadores transportados puesto que “eran hombres libres” y cuando “no les acomoda seguir en la hacienda donde fueron colocados buscan trabajo en el sitio que más les guste” .51 Lo que finalmente les fue concedido.52 466 Entre los inmigrantes llegados no arribaron familias, todos eran hombres solteros entre los 20 y 40 años de edad, edad considerada óptima para el trabajo. No contamos con todas las listas de inmigrantes embarcados por cuenta de la corporación pero baste consi-derar esta pequeña muestra: en 1892 la Sociedad trasladó 4.000 inmigrantes y 1.000 entre enero y febrero de 1893.53 Las reglas establecidas pronto dejaron de cumplirse. En un artículo publicado en La Discusión, en junio de 1892 con el sugestivo título “La trata de blancos. ¡Cuba paga! el servicio de inmigración”,54 se denunciaba que se estaba procediendo con los trabajadores blancos como antes se hacía con los asiáticos. Los inmigrantes no eran enterados de que tenían derecho a buscar colocación libremente y en los buques venían más pasajeros de los permitidos, que por demás no siempre eran obreros agrícolas. Pedía finalmente el articulista que el Estado fuese más exigente e implementara los métodos necesarios “por los cuales la inmigración se realice para bien del país en general y no para servir los intereses de unos cuantos capitalistas”.55 Los deseos del articulista quedaron en la nada. La inmigración siguió entendién-dose como la forma de nutrir de brazos las fábricas de azúcar. En resumen, las nuevas condiciones económicas y socio-políticas de la Isla mar-caron los derroteros de la inmigración-colonización en los ochenta. El gobierno optó por la colonización castrense más acorde con sus objetivos de mantener la paz y alejar el peligro de una nueva guerra, mientras que los dueños de ingenios siguieron apostando por la fórmula que conocían, trabajadores baratos en condiciones de semiesclavitud. A la postre esta fue la vía que se impuso. Mientras la opción gubernamental basada en la colonización militar no arrojó los resultados esperados, la inmigración de jornaleros se afianzó como la vía preferente en las postrimerías del siglo. El Estado sufra-gaba los gastos y los dueños de ingenios obtenían los jornaleros que necesitaban para producir azúcar. 467 NOTAS 1 M. Salamanca, “Memoria sobre colonización en la Isla de Cuba para aumento de brazos y de población rural”, 1889, Archivo Histórico Nacional (en lo adelante AHN), Ultramar, Fomento, Leg.174, nº.14. 2 Ibid. 3 Ibid. 4 La idea de la colonización militar tuvo sus antecedentes prácticos en el período posterior a la Guerra de los Diez Años cuando Camilo Polavieja, en su calidad de Gobernador de las provincias de Camagüey primero y Oriente más tarde, estableció en cada una enclaves castrenses que más tarde fueron disueltos. Por esa fecha se promulgó también el Real Decreto de 27 de Octubre de 1877 que establecía entre otros aspectos el reparto de terrenos a los licenciados del Ejército, y que terminó ampliándose a todos los agricultores de la región. En 1881 interesada la metrópoli en llevar adelante la colonización militar encar-gó a una comisión presidida por el General Manuel Fernández Cassola realizar un estudio para su esta-blecimiento en la Isla, pero tampoco se llevó a la práctica. Véanse Camilo Polavieja, Relación documen-tada de mi política en Cuba, Imp. de Emilio Minuesa, Madrid, 1898, p.27; “Expediente promovido por la Junta Protectora del Trabajo de Puerto Príncipe solicitando adquirir por compra la finca Contramaestre para establecer una colonia agrícola”, 1879, Archivo Nacional de Cuba (en lo adelante ANC), Fondo Gobierno General (en lo adelante GG), Leg.42, nº.1765. También Gaceta de La Habana, 28 de noviem-bre de 1877; Informe de la Junta de Socorro y Respuesta del Gobernador General en “Expediente promo-vido por la Junta de Socorro de Manzanillo solicitando autorización para repartir entre los individuos de la clase de paisanos los terrenos del Estado que aún queden en aquella jurisdicción”, 1879, ANC, GG, Leg.41, nº.1687. Y Establecimiento de Colonias militares en Ultramar, Establecimiento Tipográfico, Madrid, 1883, p.IV. 5 M. Salamanca, “Memoria sobre colonización en la Isla de Cuba para aumento de brazos y de población rural”, 1889, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.174, nº.14. 6 Ibid. 7 Camilo Polavieja, Relación documentada de mi política en Cuba, Imp. de Emilio Minuesa, Madrid, 1898, pp.59-60. 8 Carta de Polavieja al Ministro de Ultramar, La Habana, 20 de diciembre de 1891, “Revistas Políticas Decenales desde el 30 de noviembre de 1891 hasta el 10 de febrero de 1892”, Archivo General de Indias (en lo adelante AGI), Fondo Diversos, Leg.10. 9 Diario del Ejército, La Habana, 2 de abril de 1893, ANC, AP, Leg.272, No.3. (Se cita el periódico conjun-tamente con un expediente del Archivo Nacional pues la documentación está contenida en los legajos con recortes de prensa que los censores remitían diariamente a la máxima autoridad). 10 Camilo Polavieja, Relación documentada de mi política en Cuba, p.324. 11 Diario del Ejército, La Habana, 5 de abril de 1893. 12 “Informe de Polavieja al Ministro de la Guerra, La Habana, 20 de marzo de 1881”, AGI, Diversos, Leg.10. 13 Un análisis del proyecto migratorio de Salamanca en Imilcy Balboa “Protesta rural e independencia nacional”, en María del Carmen Barcia y otros, La turbulencia del reposo. Cuba 1878-1895, Ciencias Sociales, La Habana, 1998, pp. 250-254. 14 Sobre la situación de las colonias ver las cartas enviadas por los colonos al Capitán General, publicadas por la prensa habanera, en las que pedían desde cosas tan elementales como asistencia para sus enferme-dades, especias para cocinar, jabón para el baño y camas para dormir hasta instrumentos de trabajo y la autorización para que un labrador del país los asesorara en los cultivos que estaban intentando. Veánse El Comercio, La Habana, 4 de diciembre de 1889, ANC, Fondo Asuntos Políticos (en lo adelante AP), Leg.260, nº.5. La Lucha, La Habana, 5 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.5. La Discusión, La Habana, 6 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.5. El León Español, La Habana, 6 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.5. 468 15 Entre el gobierno de Salamanca y el de Polavieja encontramos los breves períodos de interinaturas de Felipe Fernández Cavada y Espadero (6 - 15 de febrero de 1890) y de José Sánchez Gómez (15 de febrero - 4 de abril de 1890) tras los cuales asumió el gobierno de la Isla José Chinchilla y Diez de Oñate (4 de abril- 20 de agosto de 1890), en todos los casos dichas autoridades se limitaron a mantener lo establecido por su antecesor poniendo, sobre todo en el caso de Chinchilla, más énfasis en las cuestiones burocráticas que en resolver los problemas prácticos derivados de la llegada de los inmigrantes a las colonias militares establecidas por Salamanca. 16 Sobre el proyecto de Polavieja y las colonias fundadas ver Imilcy Balboa “Protesta rural e independencia nacional”, en María del Carmen Barcia y otros, La turbulencia del reposo. Cuba 1878-1895, pp. 255-258. 17 Carta de Polavieja a Garrich, La Habana, 15 de junio de 1892, “Revistas Políticas Decenales desde el 30 de agosto hasta el 20 de noviembre de 1892”, AGI, Diversos, Leg.10. 18 En el referido artículo se especificaba que para esa fecha la colonia contaba con 70 caballerías de tierra y habían adquirido 22 yuntas de bueyes, 12 carretas y todas las herramientas de labor necesarias. Habían construido un andén para el ferrocarril, dos muelles y poseían cinco embarcaciones. Para atender a los gastos de instalación se dedicaban además a la fabricación de cal, carbón y el corte de leña para la vía férrea de Puerto Príncipe a Nuevitas. Los soldados percibían como recompensa la mitad de todo lo que trabajaban y se vendía, obteniendo como término medio una utilidad mensual entre los $8 y $9 cada uno. La Lucha, 24 de agosto de 1893, ANC, AP, Leg.273, nº.5. 19 M. Salamanca, “Memoria sobre colonización en la Isla de Cuba para aumento de brazos y de población rural”, 1889, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.174, nº.14. 20 Ver Gaceta de Madrid, 26 de octubre de 1889. 21 Real Orden de 21 de octubre de 1889, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.12. 22 “Exposición de José Faura Serrano al Ministro de Ultramar, Madrid 29 de octubre de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1. 23 “Instancia de Eugenio Amadís al Ministro de Ultramar, Madrid, 4 de noviembre de 1889”, AHN, Ultra-mar, Fomento, Leg.176, nº.1. 24 Los trabajadores recibirían siete centavos por hora (35 céntimos de peseta) entre el 1º de junio y el 1º de diciembre y ocho centavos la hora entre el 1º de diciembre y el 1º de junio, en caso de laborar horas extras cada una de estas se pagaría a diez centavos (50 céntimos de peseta). Ver “Instancia de Eugenio Amadís al Ministro de Ultramar, Madrid, 4 de noviembre de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1 25 “Instancia de Eugenio Amadís al Ministro de Ultramar, Madrid, 4 de noviembre de 1889”, AHN, Ultra-mar, Fomento, Leg.176, nº.1. 26 “Instancia de Enrique Sanmartí al Ministro de Ultramar, Madrid, 5 e noviembre de 1889”, AHN, Ultra-mar, Fomento, Leg.176, nº.1. 27 “Instancia de Narciso López al Ministro de Ultramar, Madrid, 5 de noviembre de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1. 28 “Propuesta de José Gutiérrez Gómez, Santa Cruz de Tenerife, 11 de noviembre de 1889”, AHN, Ultra-mar, Fomento, Leg.176, nº.1. 29 Véanse “Propuesta de Juan Bouré Mole, Madrid, 4 de noviembre de 1889” y “Propuesta de Idelfonso Sell Guzmán, Madrid, 5 de noviembre de 1889”, en AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1 30 El Consejo de Administración estaba formado como sigue: Presidente, Luis M. Pando; Vice-presidentes, Juvino G. Tuñón y el Conde de Casa Moré; Vocales, Manuel G. Longorea, Diego Suárez, Fray Juan Manuel Díaz González, José Cabezas de Herrera, José del Perojo, Antonio Domínguez, Alfonso y Ber-nardo Portuondo. El Comité de La Habana lo componían Manuel Calvo, Mamerto Pulido, Pablo Gómez, Martín Zozaya, José Bueno, José Gener y José Baró. La Sociedad se constituyó bajo la forma de una compañía anónima con un capital de 100.000 pesetas, divididas en 500 acciones de 200 pesetas. Cada uno de los directivos poseían 20 acciones, con lo cual sus diecisiete miembros controlaban el 68% de la empresa. Ver Estatutos de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar. Cía Anónima, Establecimiento Tipográfico El Correo, Madrid, 1889, pp.1-6. 469 31 “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministro de Ultramar, Madrid, 5 de marzo de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 32 “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministro de Ultramar, Madrid, 20 de abril de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 33 “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministro de Ultramar, Madrid, 5 de marzo de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 34 Telegrama nº.49, de Salamanca al Ministerio de Ultramar, 26 de octubre de 1889, en “Envío de 250 familias a Cuba”, 1880-1890, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.174, nº.13. 35 Ibid. 36 “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministerio de Ultramar, Madrid, julio - agosto de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 37 Para las peticiones ver “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministerio de Ultramar, Madrid, julio - agosto de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. La opinión de las autoridades metro-politanas en “Real Orden nº.718 de 16 de agosto de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 38 “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministro de Ultramar, Madrid, 16 de octubre de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 39 A pesar de los esfuerzos del Gobierno y las propias quejas de los hacendados relativas a la falta de brazos, la propuesta no encontró eco. Transcurrido un año ni el Círculo de Hacendados ni la Comisión Central de Colonización habían respondido a la oferta de las autoridades y cuando finalmente llegaron los primeros 237 inmigrantes no encontraron colocación. Véanse “Consulta del expediente promovido para la trasla-ción a esta Isla de los emigrados españoles residentes en las repúblicas del sur”, 1878, ANC, Fondo Consejo de Administración (en lo adelante CA), Leg.58, nº.6111. “Emigración a Cuba de los españoles residentes en América Central”, 1878-79, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.174, nº.2. 40 “Instancia del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar Luis M. Pando al Ministro de Ultramar, Madrid, 16 de octubre de 1889”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.14. 41 El Partido Liberal se declaró partidario de la inmigración blanca y por familias. Por su parte el Partido Unión Constitucional aunque desde las páginas del diario de igual nombre defendió la postura de Manuel Calvo (quien era uno de sus principales accionistas) no pudo cohesionar su membresía en torno a esta idea. En las Cortes las principales diferencias estuvieron entre el Ministro de Ultramar Manuel Becerra quien defendió la doctrina de Salmanca y el Marqués de Muros partidario de la entrada de jornaleros y que las familias fueran distribuidas por el del Círculo de Hacendados. Sobre las opiniones de los partidos políticos y la prensa ver El País, La Habana, 16 de noviembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.3. La Discusión, La Habana, 29 de noviembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.4. El Español, La Habana, 18 de noviembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.3. El País, La Habana, 4 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.5. La Lucha, La Habana, 7 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.5. La Discusión, La Habana, 7 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.5. El León Español, La Habana, 10 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.6 y La Libertad, La Habana, 10 de diciembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.6. 42 La Prensa, La Habana, 27 de septiembre de 1889, ANC, AP, Leg.259, nº.7. 43 Ver La Lucha, La Habana, 18 de noviembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.3 y La Unión Costitucional, La Habana, 19 de noviembre de 1889, ANC, AP, Leg.260, nº.3. 44 La Discusión, La Habana, 10 de enero de 1890, ANC, AP, Leg.262, nº.2. 470 45 “Instancia firmada por el presidente y el vicepresidente de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar al Ministro de Ultramar, Madrid, 16 de enero de 1891”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1. 46 Los dueños de ingenio convinieron con Polavieja en recoger a los emigrantes en el puerto de la capital y hacerse cargo del traslado a sus haciendas, siempre que fuese “apropiados” para las faenas agrícolas. El jornal se fijó en 3 pesetas diarias durante siete meses y de 4 a 5 pesetas el resto del año. Los productos alimenticios debían obtenerlos en la tienda del ingenio. Ver La Lucha, La Habana, 23 de junio de 1890, ANC,AP, Leg.266, nº.3, También Carta de polavieja al Ministro de Ultramar, La Habana, 20 de junio de 1890, “Revistas Políticas Decenales desde el 20 de mayo al 20 de noviembre de 1890, AGI, Diversos, Leg.10. 47 “Reglas para la emigración a Cuba de jornaleros por cuenta de la Sociedad Protectora del Trabajo Espa-ñol en las Posesiones de Ultramar al Ministro de Ultramar, Madrid, 16 de noviembre de 1891”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1. 48 “Respuesta del presidente de Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar al Ministro de Ultramar, en aprobación de las reglas dispuestas por el Ministro de Ultramar para el traslado a Cuba de emigrantes, Madrid, 25 de noviembre de 1891”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1. 49 “Instancia de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar al Capitán Gene-ral, Madrid, 23 de enero de 1891”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.1. 50 La Sociedad se quejaba de que en las 120 pesetas estaban incluidos el pago de los documentos que se les exigía a los inmigrantes: la cédula personal y el certificado que acreditaba su condición de trabajadores del campo, que sumaban unas 9 pesetas. Los gastos de traslado por ferrocarril hasta los puertos de embar-que que importaban alrededor de 30 pesetas, más una comisión de 15 pesetas a cada agente por inmigran-te transportado. Quedaban solamente 75 pesetas, cifra a la cual habían logrado reducir el precio del pasaje gracias a un acuerdo con la Trasatlántica, cuando en realidad el costo establecido era de unas 175 pesetas. Ver “Petición de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar al Ministro de Ultramar, Madrid, 22 de marzo de 1892”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.3. 51 Ibid. 52 La Sociedad también pretendió que se le eximiera del pago del impuesto de 25 centavos que se debía pagar por cada pasajero por concepto de embarque y desembarque, pero esto le fue denegado. Ver “Ins-tancias dirigidas por el Gerente de la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar al Ministro de Ultramar, Madrid, septiembre de 1892 - enero de 1893”, AHN, Ultramar, Fomen-to, Leg.175, nº.17. 53 Veánse “Relación de los inmigrantes embarcados por la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar por virtud de las autorizaciones concedidas a la misma, 1º de septiembre de 1892 y 6 de diciembre de 1892”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.277, nº.12. Copias de las listas de inmigrantes transportados a Cuba por la Sociedad Protectora del Trabajo Español en las Posesiones de Ultramar, 1892”, AHN, Ultramar, Fomento, Leg.176, nº.2. 54 La Discusión, 14 de junio de 1892, ANC, AP. Leg.271, nº.9. 55 Ibid. |
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