EL MOTíN DE AGUILMES-LAS PALMAS
( 1718-1719)
POR
ANTONIO DE BÉTHENCOURT RlihSSIEU
Una explicación
El trabajo que hoy publicamos es parte de una aportación
más amplia que en su día proyectamos escribir Vicente Suárez
Grimón y el autor de las presentes páginas. Cuando en su día
estudiamos el contenido del legajo 305 de la sección de Conse-jos
Suprimidos del Archivo Histórico Nacional quedamos sor-prendidos
por la importancia de su riqueza. Se trata del
expediente originado por el célebre motín de los agüimenses
en 1718. Su riqueza consiste en que no sólo conserva el proce-so
contra los revoltosos, sino también gran número de piezas
referentes a las tierras de Sandina, Llano del Polvo y Aldea
Blanca, motivo de la revuelta campesina y de valor inaprecia-ble
para la historia de la propiedad de la tierra.
Como director de su tesis doctoral di a Suárez Grimón no-ticia
de los legajos existentes en Madrid que podían interesar-le.
Fueron magníficamente aprovechados para la redacción de
su brillante e imprescindible trabajo científicoi. Acordamos
V. SUAREZG RIMÓN: La propiedad pública, vinculada y eclesiástica
en Gran Canaria en el tránsito del Antiguo al Nuevo Régimen. Tesis
doctoral, Universidad de La Laguna, 1984, 4 vols. + 1 de apéndice.
Núm. 33 (1957) 51
por entonces realizar un trabajo en colaboracih sobre el mo-tín,
encargándose é1 de1 estudio del Iargo proceso de privatiza-ción
de estas tierras, mientras yo me ocuparía más específica-mente
de los sucesos en Agüimes y Las Palmas. Las muchas
ocupaciones me obligaron a dar de lado tempora1ment.e a mi
comprorxiso, de una parte; mientras, de otra, impensadamen-te
se adelantó la aparición de la tesis en libro. Como quiera
que éste antecederá a mi aportación y el lector puede contem-plar
con amplitud en los capítulos 111 g IV del libro todo lo
referente al proceso de privatización, decidí darle el aspecto
con que hoy lo presento.
El tema: generalidades
Pienso que el tumulto de 1718, que degenera pronto en un
doble motín con dos escenarios diferentes -la Villa episcopal
y la Plaza de Santa Ana de Las Palmas-, merece un estudio
monográfico. Me expongo a ser tachado de historiador de he-chos
superficiales (ccevenementielZes)>) y de narrativo. Sin em-bargo,
la trascendencia de algunos hechos obliga a veces a la
reconstrucción de los mismos mediante métodos adecuados al
tratamiento de la microhistoria. Y pienso que el motín de Agüi-mes
lo exige. Me explico.
Los movimientos emocionales del pueblo han llamado la
atención de 10s historiadores canarios3, casi al tiempo que el
tema preocupó en la historiografia europea. Esto ha permitido
profundizar al menos en los producidos con posterioridad a
Idem.
9. M. MACÍASH E R X ~ E Z«E: l motín de 1777 en Gran Canaria)), en
ANUARIO DE ESTUDIOAST L~TICOS(A .E.A), 23 (1987) 263-345. J. R. SANTXNA
GODOY(:( Crisis económica y conflictos sociales de Canarias (1660-1740)»,
en í V i s f o r h Generíil de ius Islas Cmu,i-jiis, & &?i-;nñ-~ Tunazs, t. f'v',
Las Palmas de Gran Canaria, 1979, pp. 194-210. SUÁREZ GRIMÓN, tesis cit.,
especialmente el capítulo IV, «La conflictividad social en el realengon,
t. 11, pp. 617-723. A. Amn o GARCÍA(:( Contribucidn al estudio de la con-flictividad
social en Tenerife: el motín de 0~i rna.dr e 1818», en VI1 Co-loquio
de Historia Canario Americana (1986). En prensa.
52 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
los inicios del siglo XVIII, muy abundantes y con una variada
gama de desórdenes, tumultos y motines. Tantos, que Vicente
Suárez Grimón ha contabilizado para solo la Gran Canaria 58
entre 1718 y 1847 4, o sea, uno cada 2,18 años. Esta abundancia
es, de una parte, indicio de la profunda y prolongada crisis
socioeconómica que padece el archipiélago 5. Pero de otro, es
prueba de la toma de conciencia del grupo popular de la socie-dad
ante una serie de problemas que no tenían otra salida. Son
conscientes de la discriminación que padecen y de la inutilidad
en el esfuerzo prolongado que representa litigar en dilatados
procesos. Discriminación e injusticia que favorece a la minoría
detentadora del poder.
Del análisis de la abundantísima documentación parece de-rivarse
grm ii-~iiler&u ocasiuíies ieis quea terltafi coil-tra
el orden establecido no están solos. No, porque les acom-pañen
y simpaticen sus compañeros de otras localidades, sino
también, y a veces, instituciones y sectores privilegiados. La
explicación puede ser que éstos tomen partido por algo tan
kiUmzim como cduearse de: lado USbi: e iiichso zoixeiicidus
de la justicia de la causa que defienden. Pero hay más, a veces
son otros poderosos los que alientan y ayudan tratando bene-ficiarse
en la práctica de un comportamiento que facilita pes-car
en río revuelto.
La algarada, la protesta, llega a transformarse en un meca-nismo
de defensa social. De ahí la abundancia y eficacia de las
mismas. También la variedad de sus motivaciones. Van desde
el rechazo a prestaciones fiscales, a la subida de precios en las
crisis carenciales, pasando por los originados para satisfacer
e! hcmbre de tl,erm, !a sed de agüa --?km siempre escaso
las islas-, en defensa de los usos comunales, o simplemente
contra el mal uso y abuso de los empleos públicos6.
Tienen en Canarias los motines otra característica. En ge-
SUÁREZ GRIM~X: Ob. cit.> cuadros LV y LVI, pp. 618 y 620-622 del
t. 11.
A. M. ~ C Í AHSER NÁNDEZ: ((Canarias en el siglo xvm: Una sacie-dad
en crisis)), en España en el siglo XVIII. Homenaje a Pierre Vilar,
Barcelona, 1985, 412-433.
V.SU ÁREZ GRIMÓN: Capítulo IV de su tesis, t. 11, pp. 618 y SS.
4 ANTONIO BÉTHENCOURT MASSIEU
neral son blancos, no aparejan derramamiento de sangre y en
muy alta proporción no implican severos castigos por parte de
la justicia y menos duras represiones, que sirvieran de escar-miento
para el futuro, como era corriente en otras latitudes.
La causa es doble y me parece clara: la repugnancia que sien-te
el isleño por el derramamiento de sangre y la carencia de
fuerzas del orden que repriman a los tumultuados. El hecho
de que las fuerzas estuvieran constituidas por unidades de mi-licias
provinciales, e integradas por campesinos, hace que sus
jefes sepan muy bien que sería contraproducente y peligroso
llegar a un enfrentamiento entre hermanos.
Al margen de nuestro hilo expositivo, si se nos permite, se-ría
conveniente señalar la necesidad de estudiar si este tipo
de tensión social es exclusivo del Setecientos o podemos re-trotraernos
a casos semejantes en el siglo XVI, y si son todos
fenómenos homogéneos, de la misma naturaleza; así como es-tablecer
las imprescindibles matizaciones por lo que toca a la
tipología de los mismos en cuanto a grados de intensidad: aso-nadas,
algaradas, tumultos, motines, rebeliones, etc. '.
El tema: particularidades
Junto a estas reflexiones de tipo general, algunas otras más
específicas referentes al tema que hoy nos ocupa. Fue el pri-mero
en Gran Canaria y el más duradero. Del 3 de noviembre
de 1718 al 9 de enero del siguiente. Es el único que obliga a la
máxima autoridad del archipiélago, ante el fracaso estrepito-so
de la Audiencia, a tratar de dominarlo. No es solo que haya
obiigado a embarcarse a un comandante general, poniendo en
juego el prestigio de su incontrastable autoridad, sino el triste
final del episodio; regreso a Tenerife del general Chaves Oso-rio,
después de haber liberado a los presos y no haber podido
ejecutar la sentencia. Una de las escasísimas de la historia de
A. EETHENCOURMT ASSIEU: «El Antiguo Régimen», ponencia leída
en el I. Congreso de Cultura de Canarias, Santa Cruz de Tenerife, 9.2.1987,
y comunicación de SUÁREZ GRIMÓN al mismo: «El mundo social del An-tiguo
Régimen)), en el coloquio citado.
54 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL MOTÍND E AG~IMES-LASP ALMAS 5
la Audiencia de Canarias, de Real Acuerdo; pues a las firmas
de los oidores se añadió la del capitán general, como presiden-te
del Tribunal en la sentencia.
La primacía de este motín en Gran Canaria y sus peculiari-dades,
así como su dinámica, le transformó en un modelo para
acciones futuras, en cuanto se refiere a métodos de moviliza-ción,
opinión pública, organización, armamento, evanescencia
de responsabilidades, tintes de espontaneidad en el origen, fi-delidad
al monarca y su soberania, y de servicio a sus intere-ses,
prevalencia del sentimiento emocional sobre la razón, la
fuenteovejunixaci6n colectiva, la búsqueda del apoyo de otros
sectores sociales -si es posible de los privilegiados o de las
instituciones (dado que también se da lo contrario: que éstos
ycieru.~ her,eficiwrse de! &corGen,)-, 18 ~jti!izz~iÓn p ~ l & ,
siempre que sea posible, de la vía judicial y la negociación ...
Agüimes a comienzos del siglo XVIII
La necesidad, la falta de tierras para el campesinado de la
comarca de AgÜimes y, si se nos permite, para la comarca del
SE. de Gran Canaria, comienza a manifestarse en las dos últi-mas
décadas del siglo XVII y primera de la siguiente centuria.
Concurren a esto dos fenómenos. De una parte, se ha iniciado
un claro y fuerte despegue de la población. De la otra, la cri-sis
coyuntural producida por la reconversión del cañaveral en
viñedo, a causa de la caída del azúcar. Esta reconversión pro-dujo
movimientos internos de emigración, que favorece insta-
!acicmes en zonas hasta entonces menos favorecidas= wgra2cio-nes
en demanda de nuevas tierras productoras de cereales y
más específicamente del nuevo cereal, el millo, que hace su
irrupción precisamente en la década de los ochenta del qui-nientos
y va a crear unos poderosos hábitos alimentarios es-pecialmente
en las Mas orientales e,
A. M. MACÍAS HERN.~'DEZE:c onomia y Sociedad en Canarias du-rante
el Antiguo Régimen, Universidad Nacional de Educación a Distan-cia.
Tesis doctoral, 1985, 8 vols., t. 111, pp. 512-313.
Núm. 33 (1987) 55
EVOLUCION DE L4 POBLACION DEL S. E. DE GRAN CANARIA
EL ANTIGUO REGIAIEN
Años Agüimes-Ingenio Tasa Tira jana-
Santa Lucia Tasa
Fuentes: Macías. Tesis doctoral, tomo 111, 555.
Del cuadro se desprende una fuerte aceleración en los anos
finales de la centuria decimosexta que se prolongará en la si-guiente
y que tiene reflejo temprano en la demanda de tierra.
Una prueba más la aduce Antonio Macías: en 1590 se segrega
de Agüimes la parroquia de San Bartolomé de Tirajana y de
la del Sagrario de la Catedral, la de Santa Brígida en 1583'.
Otra prueba como veremos en seguida, el pleito de 1610.
La Villa de Agüimes era cabeza del señorío perteneciente a
la Cámara episcopal de Canarias desde 1486. Abarcaba el es-pacio
comprendido entre los barrancos del CharpoZlo al Norte
y ei Baios ai Sur, ei mar y ias Cumbres. Entre Teiae y Tirajana.
Como lugares con cierta vecindad contaba con el Carrizal y
Aguatona, donde se instaló ingenio azucarero, que ha sido el
topónimo predominante. La jurisdicción del señor obispo se
reducía a cobrar los diezmos enteros, facultad para conceder
soiares meaiante ia imposición de una o media g a i i a al año
y la designación de uno de los dos alcaldes, el que se ocupaba
A. M. MAci~s HERNÁNDEZ: Tesis cit., t. 111, p. 511.
56 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
de las causas civiles, pues las penales correspondían al real,
que designaba la Audiencia 'O.
Poco conocemos sobre el régimen de propiedad de la tierra
en el señorío de Agüimes. La aridez del suelo y la necesidad de
riego en invierno para asegurar la cosecha de cereales explica
que al producirse el crecimiento de la población sus habitan-tes
roturaran y pusieran en cultivo las tierras de realengo de
Sardina y Llano del Polvo en un primer momento, y más tarde
roturaran las de Aldea Blanca y otros términos tirajaneros.
El alejamiento de la capital y la dificultad de un control estric-to
por el Cabildo y la Audiencia facilitó la puesta en cultivo
subrepticiamente y las obras de riego para aprovechar las
aguas del barranco de Tirajana.
Proceso continuo a lo largo de los siglos XVII y XVIII. La do-cumentación
permite detectar tres momentos, en los que las
roturaciones ilegales provocaron pleitos prolongados, en las
que son afectados en primer plano los vecinos de la Villa, quie-nes
tratan por todos los medios, si no defender sus derechos,
sí al menos legalizar su situación precaria. Estos tres momen-tos
son: 1615-1619, 163,i-1645 y 1702-1717.
A comienzos de la centuria, y es interesante subrayar lo
temprano de la fecha en conformidad con cuanto llevamos di-cho,
se sustentó un pleito entre Baltasar Pérez, que alegaba
haber resi!izado cierta postura por !a venta concedida gratuita-mente
por el Cabildo de la isla a favor del regidor Pedro Es-pinosa
Castellano, g al tiempo Lope Franco que aseveraba la
pertenencia de parte de las tierras a los vecinos de Agüimes
en virtud de suficientes títulos. Como quiera que el Cabildo no
pcdier- pre~ent~r 1s '~C7,ipfi~ig nti~ril~gim titfi!~y pn
J.-------
virtud de los que repartía tierras del patrimonio regio, la Au-diencia
-conformándose con el dictamen del fiscal para nego-lo
S. CAZORLAL EX~NA: güimes. Real Sefiorio de los obispos de Cana-rias,
Las Palmas, 1984.
8 kVTONIO BETHENCOURT MASSIEU
cios tocante a la Hacienda., Gonzalo Pérez Carvajal- anula las
concesiones, y declara las tierras roturadas como públicas y de
realargo en 31 de agosto de 1619 'l. Los de Agüimes en posesión
de un documento para ellos convincente, apelan, reabren el
proceso que aún no había sido fallado, cuando llega a Gran
Canaria el visitador Luis Henríquez.
En 1635 llega como visitador el alcalde de la Chancillería
de Granada, don Luis Heríquez, con la misión de recuperar
n n r o ln P n r n n o IQC t ; a v v ~ ~&< rec]engc u u ~ ~ ~ a diaEcs!,u s= las puru aui VVA VL-IU LWU L ~ A ~ L L C Y D
repartida.^ por el Cabildo. Las declaró públicas y realengas,
«pero la necesidad de su cultivo y la existencia de dichas datas
permitirá a los usurpadores continuar en su po~esión))'~a,
renglón seguido. Se presentaba una de estas dos soluciones:
o los detentadores acudían al rey en demanda de las mismas
como merced mediante el pago de una coinposición o que el.
Cabildo obtuviera autorización por delegación real para reali-zar
repartimientos.
En 1664 la Audiencia ordena medir las tierras roturadas.
Aunque no las apea de su calidad de realengas, «por entender
la utilidad de su explotación a la Republica y Tercias Rea.les
de S. M.», ordena que se pregonen para ser subastadas 13. Sen-tencia
que es apelada por Lope Franco try consortes de la Vi-lla
» episcopal. Resultan estos condenados por sentencias de
7 de marzo y 10 de mayo de 1645 al pago de multa de un du-x
V. SU~REGZR IMÓN:T esis cit.: t. 1, pp. 216-219. En efecto, se pudo
demostrar que el cabildo venía excediéndose tradicionalmente, ya que
el 30.7.1618 acuerden solicitar del rey como merced autorización para re-partir
tierras baldías de realengo y agv.as de la Isla a cambio de un mó-dico
canon, que abonarían los beneficiarios a favor de los propios mu-nicipales.
Esto es el co~tenido del capítulo X de las instrucciones que
recibió el agente en la Corte, licenciado Luis Vetancourt. Archivo Histó-rico
Nacional (A.H.N.). Consejos suprimidos, leg. 305.
l2 V. SUÁREZG RIMÓN:T esis cit., t. 1, p. 205.
l3 V. SUÁREZG RIMÓTJO: b. cit., 1, p. 214.
58 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLdNTICOS
EL MOTÍNDE AGUIMES-LAS PALMAS 9
cado por fanega desmontada en concepto «de frutos y rentas»
usurpadas. Sin embargo, si los detentadores desearan conti-nuar
explotándolas abonarán «un real de tributo perpetuo por
cada fanega en cada un año», con destino a fortificaciones y
gastos de defensa. Con el fin de realizar las escrituras de censo
fue ordenada una segunda medición.
TIERRAS USURPADAS EN 1644 Y 1645
Aldea Blanca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 212 f. 298 f. 5,5 cels.
Sardina ........................... 230 f. 8 cels. 407 f. 4 cels.
Pozo Izquierdo . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 37 f . 4 cels.
TOTAL. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 472 f . 8 cels. 735 f. 1,5 cels.
Fuentes: Cuadros XVIII y XX de la tesis de Suárez Grimón.
Un total de 753 fanegadas que fueron adjudicadas entre el
28 de octubre y el 3 de noviembre de 1645 entre una treintena
de vecinos. No fue éste un repartimiento homogéneo, pues a
cada uno se le confirmó lo que venía cultivando. Las dimensio-nes
de las suertes variaban y un propietario podía acumular
varias parcelas. Este fraccionamiento favoreció la dispersión
entre nuevos adquirientes por herencia, ventas, etc., tanto que
en sólo dos décadas se duplicó el número de propietarios-cen-salistas
". Es interesante subrayar que tal proliferación de ve-l4
V. SUÁREZG RIM~NO:b . Cit., cuadro XIX, t. I, PP. 216-217. El mon-tante
procedente de los «canon» abonados por las tierras de Sardina y
Aldea Blanca fue empleado en las obras de fortificación de Las Paimas
Núm. 33 (1987) 59
10 ANTONIO BÉTHENCO URT MASSIEU
cinos interesados en las tierras, que continuaran aumentanao
durante el resto de la centuria, les va a permitir convertir su
causa en la de la Villa de Agüimes y de su señor, el obispo; ad-quirir
conciencia ante el peligro de un despojo, y de experiencia
en los dilatados y complejos pleitos, típicos del Antiguo Régi-men,
ante la Audiencia y el Consejo de Castilla, si fuere me-nester.
Como consecuencia de la Real Cédula de 7 de noviembre
de 1702 que disponía el reconociniento de las tierras de realen-
50, se deszübrer, mevas r~tUravimes c!andeutinas en !m ha!-
díos de Sardina y Llano del Polvo. El fenómeno expansivo, pues,
continuaba su avance. Lejos de atenuarse se había agudizado
a causa del agotamiento del modelo de desarrollo económico-social
imperante desde el quinientos. El descubrimiento des-encadena
un !mge precese entre !U Cernm, !% vecines de
Agüimes y don Francisco Amoreto Manrique que no verá fin
hasta 1733, después del dramático motín de 1718-19.
La Audiencia en sus sentencias de 1703 y 1704 reitera la
vieja doctrina: multa de medio ducado por fanega a los usur-padores
-valdría preguntarse ¿multa o composición?- y para
continuar, el abono de un real perpetuo por fanega y año para
los fondos del Cabildo. Esto fue el resultado «ajustado por
mediadores)), «siendo de su obligación llevar dentro de año y
medio título de venta o merced de las expresadas tierras)},
ordenadas por don Alonso Dávi!a en 1656. En total, 18.094 reales cuya
liquidación estuvo ligada con censos sobre las tierras del obispo Torres
que sirvieron para la instalación de 10s jesuitas en Canarias (J. ESCRIBA-NO
GARRIDOLO: S jesuitas y Canarias (1566-í767), Universidad de La Lagu-na.
Tesis doctoral, 1982, 2 vols.). SU~REGZR IM~nXo s explica cómo al re
caer la administración de los censos en Francisco Amoreto, le otorgaba
un eficaz mecanismo que le permite remodelar sus propiedades en el
término de Aldea Blanca.
l5 LOS datos de este apartado, salvo observación en contra, están to-mados
de SCAREZ GRIMÓN: OO. cit., 1, pp. 282 y SS.
60 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTZCOS
pues en caso contrario serían desalojados 15. Pero esto último
no fue cumplimentado.
En 1712 todavía algunos vecinos se estaban comprometien-do
al pago del canon establecido, pero curiosamente sin que
ninguno acudiera a la Cámara de Castilla en solicitud del tí-tulo.
En 1717 adeudaban todavía 7.457 reales de los 23.016 rea-les
de la composición o multa y a fines de 1719, 6.733 reales.
En cuanto a los censos del real por fanega para el Cabildo la
deuda era mucho más escandalosa, pues adeudaban 11.302
reales 1 cuarto de los 13.627 reales 2 cuartos a repartir entre
los 63 usufractuarios de las tierras de Sardina y Pozo Iaquier-do
y los 30 de Aldea Blan~a'~.
Situación anómala que será explotada por el sargento ma-yor
don Francisco Amoreto Manrique. Descubre en ella una
ocasión de oro para continuar y consolidar la rápida expansión
de sus latifundios en el Sur de Gran Canaria, aprovechándose
de la desidia de los vecinos de la Villa. En 1716 acude Amoreto
ante el Consejo y solicita de S. M. que las tierras de Sardina,
con una superficie de 609 fanegadas y cuatro celemines, como
realengas que son, sean sacadas a subasta pública. En R. C. de
24 de diciembre de 1716 se comisiona al oidor decano de la
Audiencia de Canarias para que, como juez privativo, las re-mate.
Diego de Tolosa publica los pregones correspondientes. Arno-reto
sugiere que se «añada otras tierras contiguas: Llano del
Polvo», lo que admite el juez privativo. La oferta inicial de
Amoreto alcanza los 2.500 escudos. La medición y valoración
de las tierras son realizadas por peritos, bajo la supervisión de
los alcaldes de Agüimes y Tirajana. Valoraron las tierras en
2.838 escudos y medio y medio real de plata, o sea, 28.000 reales.
Tolosa las concede en dicha cantidad a don Fmncisco Amore-to
Manrique, único pastor, en 8 de febrero de 1718 18.
l6 Consulta de la Cámara de Castilla, Madrid, 22.6.1718. A.H.N., Con-sejos,
ley 305, y SLÁREZ GRIM~Nl,o c. cit.
l7 Regente a Tomás Melgarejo, secretario del Consejo. Canaria, 28.6.
1721, y {(Certificaciones de las deudas hasta 1719», leg. cit.
l8 «Consulta de la Cámara», ya cit., y SUÁREZ GRIM~NE,O C. cit.
¿Enfrentamiento entre poderosos?
El solo anuncio de la subasta provoca la inmediata reac-ción
de 32 de los vecinos cultivadores. En noviembre de 1717
extienden un amplio poder a favor del teniente coronel don
Cristóbal de la Rocha Bethancourt. Dueño de las Salinas del
Romeral, poseía además 108 fanegas de las tierras en litigio.
El poder era tan amplio que le facultaba a llevar el problema
ante las gradas del trono. Era muy grave despojar a un cen-tenar
de vasallos de sus tierras, caso de efectuarse el remate a
a favor de Arnoreto. El resto de las razones nos son ya cono-
E cidas. O
Pero la acción de Cristóbal de la Rocha sería muy pronto n
=m
interferida por otros doce vecinos que denunciaban el citado O
E
poder por no haber consultado a todos los vecinos, unos qui- E
2
nientos; sin caer en la cuenta que solamente interesaba la cues- E
tión a los que cultivaban las tierras de Sardina y Llano del 3
Polvo. Acusan a Rocha de haberse extralimitado ante la Au- -
0 diencia, al incluir las tierras de Aldea Blanca que pertenecían m
E
a Amoreto, así como la denuncia de que éste fuera usurpador O
de baldíos. Y todo por existir entre Rocha y Amoreto aenemis- n
tad notoria)). Está claro que estos doce fueron empujados por -E
Amoreto, pues el poder de aquéllos coincide con el escrito que a
presenta éste ante la Audiencia, dirigido contra Rocha, el 30 de n
noviembre de 1717 19.
3
Los escritos de Rocha ante Ir, Audiencia provocaron una se- O
rie de diligencias: el deslinde de las tierras del sargento mayor
en Aldea Blanca que relizó el fiscal del Tribunal Román Me-léndez
y otras varias menudencia.^ que pueden ser seguidas en
el libro de Vicente Suárez Grimón.
Creo que es de mayor interés detectar la división del vecin-dario
de la Villa en dos bandos: uno mayoritario diri.gido por
Rocha, frente al minoritario que parece respaldar los intereses
de Amoreto. Enfrentamiento utilizando incluso la vía judicial,
l9 SUÁREZ GRIIM~ITO: b. cit., 1, pp. 235-240.
62 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
entre el alcalde real, Joaquín Gonzalez, que denuncia a su co
lega, el ordinario, Salvador Fernández Alfonso como favorece-dor
del teniente coronel Rocha.
El interés por esta pugna radica, desde mi punto de vista,
en que es una disputa entre dos poderosos, entre los auténti-cos
cabezas de las dos casas que aspiran a la hegemonía en la
isla, y, más particularmente, del Sur de la misma, escenario
inimaginable como fuente de discordia sólo unas décadas an-tes.
Pero a la vez subrayar que los dos bandos que aparecen
manipulados por dos poderosos, van a aglutinarse en un blo-que
monolítico en cuanto se pase de una dinámica de palabra
-vía judicial- a otra de acción -la subversión como salida.
Primeras dificultades
Las diligencias del remate no son aceptadas por los veci-nos
de Agüimes. La razón de la contestación es triple: la an-tigua
posesión y su cultivo, el trabajo y dinero empleado en
desmontarlas y traida de aguas para regarlas, y los muchos
reales abonados por la multa y el canon de real por fanegada.
A estas razones de derecho añaden su deseo de no tener rela-ciones
con un vecino poderoso como Amoreto, pues la expe-riencia
de su trato les ha llevado al convencimiento que es
«hombre de poca prudencia, atropello y codicioso»20.
Tolosa les respondió con una tajante negativa, pues su co-misión
se hallaba ({limitada a la venta)). Negativa mas sorpren-dente
en cuanto en 1709 se había opuesto a una propuesta del
20 Relazion puntual de los sucesos de la Isla de Canarias que tuvie-ron
principio en el mes de noviembre del año 1718. Remitida por el obis-po
don Lucas Conejero al Consejo, Santa Cruz de Tenerife, 7.11.1719,
leg. 305/1. Vid. SUÁREZ GRIMÓN: Ob. cit., 1, p. 235. El desarrollo del pa,
L---^ - c r i u ~ u r i i u de 10s Niiüreiüa eii el Sur Ue ia Isia era para asustar a íos
más templados vecinos y aún hoy nos impresiona. Entre 1696 y 1733,
fechas de la fundación de mayorazgos por Alejandro y Francisco, resul-taron
vinculadas unas 9.MN fanegadas de tierra. La base era Tirajana,
pero también tenían posesiones en Telde y Las Palmas (Jinamar). Para
más detalles véase SUÁREZG RIM~XO: b. cit., 111, pp. 893-895.
Núm. 33 (1987) 63
Cabildo semejante, en razón de la clara preferencia de los agüi-menses.
La Audiencia, ante quien acuden, después de solicitar
pruebas y originar ((trabajos, costos y recurso)), elude una res-puesta
por entender que sería una intromisión en la comisión
ordenada por el monarca a un juez privativo. Naturalmente,
la presencia de Tolosa en la sala explica el resultado. Ambas
apelaciones pasaron al Consejo 21. Para colmo de males, el pre-sidente
de la Audiencia, Martínez de la Fuente, acababa de
desembarcar y no tenía la menor idea del problema2'. Así, la
tensión comenzaba a acumularse hasta explotar.
11. EL MOTÍDNE AGUIMES
Una posesión explosiva
E
2
El expediente del remate fue remitido por el oidor Tolosa E
Ceballos a la Cámara de Castilla. La inexperiencia de los veci-nos
de A,@mes expiica «no pudieran conseguir la defensa de 3
su causa, ni haber persona que representara a ellos», para -
0
m
E algunos contemporáneos 23. Aunque contradicen lo actuado, so-
O licitan oficialmente algún alivio, compensador de los perjui-cios
que sufren, y ofrecen el precio del remate, cantidad que n
E facilitaría el Cabildo eclesiástico «por sosegar sus clamores y a
evitar el desamparo)), ya que vivían de explotar las tierras de d
Sardina y el Polvo 24.
n
Tolosa pide, en caso de ser aprobado el remate, instruccio- O3
nes sobre la manera de remitir el importe al Consejo de Hacien-da,
pues ei giro de las ieti-as cuesta el ocho p 1 cientu; aünqlie
a SUÁREZ GRIM~N1,, p. 237. Relazion puntual, ya cit. Consulta de la
Cámara, 26.6.1718. Es muy c~riosa la frase de Tolosa sobre el poco in-terés
de los protestantes. Dice que solo recibió solicitud de que se viera
!a splsciSn, pern sin pedir testimnnio.
Corregidor al rey, Canaria, 19.1.1719, leg. cit.
23 Reiuzion puntual de los sucesos de la Isla de Canarias que tuvie-ron
principio en el mes de noviembre del aBo 1718, A.H.N., Consejos,
ley 305/1.
24 Cabildo Insular al rey, Canaria, 19.1.1719, leg. cit.
64 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTTCOS
EL MOTÍN DE AGUIMES-LAS PALMAS 15
advierte que Amoreto pagará en moneda corriente en la Penín-sula
y no en la provincial {{que dice - e l licitador- es muy mala
y en ocasiones cuesta dos, y cuatro y seis por cienton El rey, a
propuesta de la Cámara, aprueba la almoneda en 2 de agosto
y se cursan instrucciones al juez privativo para que el valor
sea puesto a disposición del intendente don Juan Antonio Ce-ballos
26. Tan pronto tuvo noticia Francisco Amoreto realizó el
depósito de la cantidad, que fue inmediatamente transferida al
tesorero de la Intendencia ''. La mecha había sido prendida. Los
acontecimientos se precipitan.
En efecto, Amoreto tiene prisa y a los pocos días, fines de
octubre, sin haber recibido el título jurídico, o sea, «la Real
Cédula de Merced, solicita del juez privativo que le autorice
al disfrute de las mismas)), pues de lo contrario perderían ala
sazón para panificarlas y sembrarlas)); y, al tiempo, que pro-hiba
la entrada en ella a los vecinos de Agüimes. A pesar de
semejante carencia, Tolosa resolvió dar paso a las tierras al
licitadorzu. No cabe la menor duda que el oidor, en su papel
de juez privativo, se excedió en sus atribuciones. Tanto, que
este tipo de posesión fue estimada de {{demasiado graciosa)) por
la generalidad. Por esta causa los labradores interesados la
contradijeron ante la Audiencia.
25 Consulta de la Cámara de Castilla, ~Madrid, 22.6.1718. Para evitar
tales inconvenientes propone Tolosa que intervenga en el giro el capitán
general, que obtiene mejores condiciones.
26 Consulta de la Cámara, cit., y Francisco Cartagena a Diego Tolo-
,%, Madrid, 2.6.1718. La Cámara se muestra escéptica en la posibilidad de
cobrar ni un solo ducado de la deuda procedente de la multa, por la
pobreza de los cultivadores. Para obtener la concesión y más tarde la
Real Cédula de merced utilizó procuradores ante el Consejo. Poder dado
en Canaria, 8.2.1718 y legalización en la Corte el 28.4.1718.
2T Auto de Diego Tolosa, Canarias, 24.10.1718. Certificación del depó-sito
en F'rancisco Leal del Castillo, 27.10.1718. Recibo del tesorero de la
Interdenoa, ]La Laguna; 5.11.1718. Por ciertq qle Amnretn a1 fk-11 pag6
en moneda de las islas y por tanto 26.385 reales en vez de los 28.000 del
remate.
28 Amoreto a Tolosa, Canaria, 30.10.1718. Auto de Tolosa y despacho
de la orden 31.10.1718. Tolosa más tarde justifica que sólo autorizó la
entrada en las tierras cultivables por no perder la cosecha, pero no en
las montuosas.
Núm. 33 (1987) 65
Grave exceso y precipitación del oidor, ya que fue la causa
desencadenante de un agudo conflicto social, el motín de Agüi-mes,
y un t~umultuoso problema de orden piíblico, el alboroto
en Las Palmas los días 8 y 9 de enero de 1719; tensiones que
desembocarán en la cpiebra de la autoridad de los máximos
mandos del archipiélago: capitán general y gobernador de las
Islas y Real Audiencia, máximos responsables políticos y ju-diciales.
Precipitación más imperdonable en un magistrado, como
reconoce el general Chaves de Osorio, que no ignoraba «la
postura presecte de estas islas y genio de sus moradores)) 29.
O sea, incapaz de sopesar la difícil situación coyuntural que a N
atravesaba el archipiélago, la idiosincrasia de un campesinado E
5 que aspiraba a labrar directamente sus tierras y un pueblo
n -
reacio a aceptar la reforma fiscal que trataba de aplicar la =m
O
Corte de Madrid. E
E
El acto de posesión tuvo lugar el 3 de noviembre de 171g3'. 2
E
= Don Francisco Amoreto encomienda al alcalde real de Agüi-mes,
Joaquín González, como su apoderado, para que acom- 3
-
pañado del licenciado don Juan Melián, presbítero, hicieran em-efectivo
el acto, con la misión, además, de expulsar de sus nue E
vas tierras a los detentadores. O
Con la designación de un alcalde real y un presbítero 211s- n
E ticia e Iglesia-, por el respeto que inspiraban, facilitaría el acto -
a
de posesión, según los cálculos del flamante propietario. 2
n
Sin embargo, cuando ambos venían del Llano del Polvo, o
acompafiacios por el escribano Sebastián Fuentes Diepa, les sa- 3
O
lieron en el camino de la Mader~?h asta una treintena de hom-bres3',
quienes solicitaron, caso de haber sido concedida la po-
2Q Capitán genera1 a Fernández Drirán, La Laguna, 23.1.1719, Ieg. cit.
F'ublicación del Auto, Agüimes, 2.11.1718. (LO publica el alcalde Joa-quúi
González Lorenzo). Acta de la posesión, Agüimes, 3.11.1717. Llano del
Polvo: Camino abajo de la Nadera al Mar, Barranco de Balos y Barranqui-
Ilo del Polvo. Sardina: de la Paredilla de Abajo al Barranco de Tirajana,
y del Barranquillo del Polvo al Mar. Relaxion puntual, ya cit., leg. 305.
Como cautela impuso Tolosa que Amoreto quedara a lo que deterrnina-ra
el Consejo.
31 El escribano reconocid a ~VIelchor Alvarez, Sebastikn Artiles, Bar-
66 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
sesión de las tierras al sargento mayor, una certificación para
presentar impedimento y contradicción ante la Audiencia. El
papel fue extendido a las diez de la noche en la posada del
escribano 32. Tan ligera escaramuza propició la consiguiente in-quietud.
Baltasar Díaz y Melchor Álvarez quedaron en repre-sentar
el interés de los labradores ante la Audiencia. Anduvie-ron
éstos muy activos, convocando de casa en casa y de barrio
en barrio a los vecinos interesados el día cuatro, mientras las
víspera se despachó un recado por parte del alcalde real a
Arnoreto
Un alcalde apaleado
Se aproximaba el tiempo adecuado para realizar la semen-tera
por las tierras del Sur. Amoreto precipita acontecimien-tos.
Presiona sobre el oidor Tolosa y obtiene autorización para
emprender las necesarias labores. Ordena que el domingo, 30 de
noviembre, después de misa, se procediera en los Llanos de
Sardina y Ei Poivo a iabrar machos para el riego, ressriar el
suelo para la siembre y dividir su nueva propiedad en suertes
para instalar a los nuevos medianeros. Para esto convoca a su
((apoderadon, al licenciado don Juan Melián, y a sus medianeros
de Juan Grande y Aldea Blanca para que con yuntas realiza-ran
la tarea. Instruye al alcalde de aguas del heredamiento de
Aldea Blanca para que tuviera limpia la acequia y almatriches
y así poder realizar la mojada 34. Con el fin de evitar un posi-tolomé
Díaz, Melchor Perera y Gregorio Naranjo. Certificación de Sebas-ti&?
Fuente Yiepu, P,pAL.?es, %??.??!a, A.E.X., C~ n s e jm,le y 305/8.
DOC. cit. y testigo Cristóbal Sánchez, declaración 1.12.1718. Al es-cribano
le piden que extienda la certificación in situ, pero éste prometió
darla en su casa por obviar el escribir en el campo. Testigo Sebastián
León, Telde, 9.12.1718. Certificación, Agüimes, 3.11.1718, y contradicción
ante la Audiencia, Canaria, 5.11.1718, ley 305/7.
33 ReI~ziu?p~m t%l, cit.
s4 Reluzion puntual, cit.; ((debía regar y arar para no perder la sa-zón
», nos dice Amoreto en la querella presentada ante la Audiencia, Ca-naria,
1.12.1718. Sebastián de León, el alcalde de aguas, señala la hora:
después de misa, Telde, 9,12-1718. Arnoreto envía al alcalde «con sus cria-dos
». Capitán generaI, La Laguna, 25.1.1719, leg. cit.
Núm. 33 (1987) 67
ble incidente con los vecinos, como en el caso de la toma de
posesión, pone al frente de la operación al alcalde real, Joaquín
González Lorenzo.
Comenzaron la tarea a buen ritmo. Mientras se concentra-ban
en frente, en el Lomo Fernando el Mozo, muy cerca de la
propiedad de Álvaro Gopar, que estaba sembrando en lo suyo,
un grupo numeroso de vecinos de la Villa. Ante los activos me-dianero~
d e Amoreto se presenta Luis Romero. Lamenta y pro-testa
que estuvieran arando sus tierras. Le recomendaron que
fuera a Telde, se entrevistara con Amoreto. Llegarían, seguro,
a un acuerdo, pues el sargento mayor buscaba medianeros3j.
Cuando finalizaban en este sector, observaron cómo un gru-po
de hombres, reunidos delante de las casas de Salvador Gon-zález.
comenzaban a descender a su encuentro. Para evitar ma-les
mayores, les salió a caballo el alcalde real. Quitándose el
sombrero como saludo, les dijo: ~iCaballeros, aquiétense uste-des!
» Respondieron que ((tenían contradicho el acto de pose-sión
y que se había dado sin título». Iniciada la discusión, pre-guntaron
los campesinos «si traían comisión y cómo venían)).
Respondió que «como compadre y amigo de don Francisco
Amoreton ". Con la discusión Joaquín González Lorenzo se en-contró
rodeado. De pronto, Juan Álvarez Ortiz le soltó un garro-tazo
en la cabeza, seguido de otro se,o;undo que le propinó Loren-zo
Rodríguez. El último derribó al alcalde, sin sentido, de la ye-gua.
El majorero Mateo Suárez, a) EL Ovejero, le tiró una {(dar-dada
» y Melchor Quevedo le disparó, propinándole algún palo
más Juan Lorenzo. Dándole por muerto, lo abandonaron, no
sin antes pasar por encima de su cuerpo, en señal de compro-miso
y solidaridad 37.
Aunque no existe concordancia documental sobre el núme-ro
de agresores, oscilarían entre veinticinco y ochenta. Un aná-lisis
meticuloso de las fuentes permite evaluarlos en algunos
más de los cuarenta
Declaración dei aicaide Joaquín Lorenzo, Canaria, 29.l2.l717, kg. cit.
3 Relazion puntual, cit.
57 Declaración del propio alcalde y de los testigos Miguel Diepa,
Francisco Pérez, José Alemán, etc., en fecha y leg. cit.
38 He localizado 42, que por orden alfabético son: 1, Alemán, Nico-
68 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
Cuando los agresores comenzaron el descenso hacia el llano,
se encontraban en lo alto de la Paredilla Bartolomé Rodríguez
y Baltasar Gutiérrez, quienes se acercaron al teatro por curio-sidad.
Cuando llegaron se encontraron al alcalde tendido, con
un pañuelo atado a la cabeza, de la que manaba sangre. Lo le-vantaron
y montaron en la yegua. Rodríguez le acompañó ha-cia
la villa. A la altura de la casa de Fernando Pérez, se les en-caró
mego Romero, hijo de Luis, quien exigió con amenazas
los despachos del juez privativo Tolosa, pero convencido que
no existían, les franqueó el paso ".
Después de la agresión, el grupo se dividió {{en dos alas».
Unos persiguieron al presbítero y apoderado que escapó, po-nivado
sii yegw a! gwbpe. Les otros fwrm U&r& de !os rtle-dianeros
de Amoreto y sus yuntas, que huían despavoridos. Al
alcalde de aguas, Sebastián de León, lo alcanzaron y tiraron
unos palos que pudo atajar; sólo recibió un bofetón cuando de
rodillas intercedía misericordia. También sufrió el susto con-si,
muie~te& hasti&= M~chade,p ijes i ~ q g& s i~sh i-~e;res sijfR6
«una dardada)) en una de las ancas 40.
Provistos de herramientas adecuadas prosiguieron hasta la
acequia. Destrozaron dos almatriches de argamasa, rompieron
la acequia en varios tramos, así como los machos y treinta y
16s; 2, Alonso Torres; 3, Alvarez, Juan; 4, Alvarez, Melchor; 5, Alvarez
Ortiz; 6, Artiles, Salvador; 7, Blanco, Juan; 8, García, Baltasar; 9, Gu-tiérrez,
Bartolomé; 10, Hernández, Sebastián; 11, Lorenzo, Juan; 12; Lo-renzo,
Luis: 13; Lozano, Juan; 14, Machado, Sebastián 15, Marrero, Die-go;
16, Marrero, Juan; 17, Miguel, Marco; 18, Monroy, Alonso; 19, Mora-les,
Sebastián; 20, Navarro, Germán; 21, Quintana, Francisco; 22, Perera,
Juan; 23, Pérez, Francisco; 24, Pérez, Jorge; 25, Pérez, José; 26, Pérez
Miraba], Francisco; 27, Quevedo, Melchor; 28, Rovira, Luis; 29, Rodrí-guez,
José; 30, Rodríguez, Lorenzo; 31, Romero, Cristdbal; 32, Romero,
Diego; 33, Romero, Luis; 34, Ruiz Quintana, Francisco; 35, Sánchez, Bar-tolomé;
36, Sánchez Moreno, Diego; 37, Suárez, Emilio; 38, Suárez, Fran-cisco;
39, Suárez, Mateo; 40, Torres, José; 41, Vizcaíno, Francisco. Docu-mentos
en el leg. cit.
39 Declaracidn de Bartolomé Rodríguez, en fecha y lugar cit. en
nota 32.
'O Declaraciones de Sebastián Machado, José Alemh y Sebastián
Alemán, loc. cit.
Núm. 33 (1987) 69
siete majanos, con lo que imposibilitaron el riego durante una
temporada 41.
Es curioso cómo la casi totalidad de las autoridades insu-lares
tratan de dejar muy claro que :os palos recibidos por el
alcalde no pueden ser calificados como desacato e insulto a la
autoridad, pues se encontraba fuera de los límites de su juris-dicción
y carecía de a.utoridad delegada del oidor juez priva-tivo.
Actuaba todo lo más como apoderado de un particular,
aunque poseía una carta instrutiva de Tolosa, que no mostró
a los agresores en ningún momentoQ.
Las primeras tensiones
La noticia muy exagerada, incluso con muertes, le llegó al
alcalde ordinario, licenciado Salvador Fernández Alfonso, en
su casa. La traia Sebastián Cerdeña. Ordenó el alcalde que na-die
saliera del pueblo, él se pone en marcha acompañado por
capith de ~ ~ ~doil lAnit-jni~u dei R~ G~-y a~ zrng~r;, -~1 es -
cribano y una veintena de vecinos. A la salida de la villa, en
Los Callejones encuentra a su colega malherido, caballero en
su yegua, con un pañuelo en la cabeza, de la que continuaba
manando sangre. En las tierras de Sardina, escenario del atro-pello,
y alrededores no encontró ni un alma. Tan sólo a Juan
Alfonso Gopar en su casa del lomo de Hernán el Mozo. Regre-saron
al pueblo sobre las nueve de la noche, y pasa a visitar
a su colega a.
Encontró a Joaquín Lorenzo en la cama y dolorido, pero
fUela & pe&pj, ZAYqde e"vieror, &isp;&=~ ~ ~ zia-.t ~ m ~ lios espirituales. Sufría dos heridas, como de tres puntos, en
41 Id. de Sebastián de León y Nicolás Alemán en 1.12.1718, leg. cit.
(c.. . y aunque parece que por dicho don Diego de Tolosa se le ha-bían
conferido para que le diese Y conservase la propiedad al compra-dor,
no uso de elIa, ni Ia manifesth. Capitán general y audiencia al rey,
Las Palmas, 6.1.1719, y corregidor Damián Jacinto Guerrero al rey, Ca-naria,
11.1.1719, leg. 305.
* Salvador Fernández Alfonso a la Audiencia, Agüimes, 30.11.1718,
leg. cit.
70 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
la cabeza: una en la parte superior y la otra «en la comisura
sapital)), así como un piquete a la altura de la séptima costilla
derecha, debajo de la tetilla, y un golpe contuso en la mano
izquierda
Aunque el incidente no provoc6 víctimas mortales el am-biente
fue enrareciéndose y la tensión aumentaba con rapidez.
Al salir de la casa del herido, el alcalde Fernández Alfonso tro-pezó
con cinco o seis hombres en freazte al portillo de Marga-rita
García, que se negaron a identificarse ante la Justicia al
grito de: «¡Viva el Fky de España! »; añadiendo, «no conocían
a nadie, sino al señor Philipe Quinto)) 45.
A lo largo de la noche la violencia va ganando grados. Fue-rcm
juntbchce en los pueb!ns cnm-?rrsimc a !% VilIz !m c~m-pesinos,
convocados a toque de caracolas o bocinas. Se trató
sobre la posibilidad de conducir a Agüimes a los medianeros
de don Francisco Amoreto, pero los disuadió el capitán Roxas.
Los medianeros temerosos se refugiaron en las casas del sar-
~ e n t am ayor, a !a vez que Ias defendian de m pnsihle insulta u-
Esto fue aprovechado por sus contrarios para amenazar con
incendiar sus casas. Efectivamente, arrimaron ahulaga y otras
materias fácilmente inflamables a las puertas del presbítero
don Juan Melián, Juan Ortega, Darnián García y algunos otros;
sin embargo, sólo predieron fuego en la del salinero Ealtasar
Alemán, apagándole su mujer y un vecino 4E.
44 Reconocimiento realizado por e1 cirujano Jacinto Pereyra, Inge-nio,
2.12.1718. Carta del alcalde ordinario y reconocimiento verificado
por el escribano y ordenado por el señor fiscal, Agüimes, 3.12.1718, leg. cit.
45 Fernandez Alfonso a la audiencia y certificación extendida por el
escribano, Agüimes, 30.11.1718, leg. cit.
46 m- -,---.-.-:- - 2- xm: - . - , T.:--.. T--L " 7 - .-2--- - r utxialittirwres ut: ivugual Lilepa, mse merriari, r'ranmsco rerez, Ca-naria,
1.12.1718. No llegaron a prender fuego a Ia casa del presbítero
apoderado por estar sola su hermana y tener en la misma depositada
una partida de trigo Julián García. En la de Damián García, como la-drara
una perrilla, apareció el duefío con m a escopeta, lo que produjo
la huida de los pirónamos.
Agüimes amotinada
Conscientes de que el despojo de las tierras que cultivaban
era irreversible, los vecinos de la Villa van a saltar de la in-tranquilidad
y amenazas a la rebeldía. Pasada la medianoche
se apoderaron con amenazas de la caja de guerra depositada
en casa del alférez don Leonardo Alemán y al toque de la mis-ma
convocaron a los rezagados, al grito tópico de «iViva el
Reyj !Muera el mal Gobierno!)) 47. Al canto del gallo el motín
se había consumado. Los amotinados establecen una guardia
y controlan sa.lidas y entradas de la Villa.
Mientras el alcalde daba cuenta de la situación a la Audien-cia,
los turnultuados extendían poder e instrucciones al procu-rador
Simón Espino. Son entre 300 y 400 los hombres deses-perados
que esperan una respuesta como salida al grave paso
dado hacia adelante. «Vmd. no espere dos horas -escriben-porque
estemos dispuestos a pasar a la Ciudad)) 48. Piden al
procurador consejo sobre la conveniencia de ser acompañados
por el alcalde ordinario a fin de que haga verdadera relación
de !o ocurrido y las motivaciones del desasosiego 49. Reconocen
que la situación es dramática: ((Aunque este negocio está en
esta Villa muy vivo y muy ensangrentada toda esta jurisdic-ción,
uelvo a decir que vamos a estar resueltos, pues este tu-multo
es mucho)) %.
Gracias a la intervención pacificadora del alcalde ordinario,
del capitán Roxas y del sargento Domingo Pablo Falcón y otros,
los ánimos fueron aplacándose con el transcurso del día. Sin
embargo, a la noche llegaron los milicianos de la compañía del
47 Miguel Diepa, Declaración, Canaria, 1.12.1718, loc. cit.
48 Consideran que ((nos ha socorrido mucho)) y es buen conocedor a
que dé las razones de los campesinos. Poder y carta de Bartolomé Diaz.
Juan Quictaca -Miraba1 y Melchor Alvarez, a Espino. Agüimes, 1.12.1718,
ley 305/7. La relaxion habla de 300 hombres, el regente el día 11 entre
400 y 500 y el corregidor en su carta del 13, 500.
49 Poder y carta a Espiro: cit.
Carta a Espino, cit.
72 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL ~IOTÍDNE AGUIMES-LAS PALMAS 23
Ingenio y con ello se produce una nueva efervescencia. Llega
ésta a su ápice cuando exigen del alcalde las llaves de las ca-sas
municipales para sacar las insignias y enseñas militares 51.
Es importante subrayar que, efectivamente, este movimien-to
emocional suscitado contra Amoreto era general en el Sur
de Gran Canaria y no reducible en exclusivo a los vecinos más
interesados de la Villa. ({Habrá en diferentes partidos copioso
niámero de gentes haciendo escolta, no sólo de dicha Villa, sino
de los lugares comarcanos» 52.
El alcalde ordinario trato de abrir una información, como
era su obligación. Apenas logró que depusieran el alcalde real
y un testigo, por lo que hubo de suspenderla, ya que aquella
noche tuvo que soportar junto con ei escribano Francisco -Mo-lina
un desagradable incidente con un grupo de amontinados
frente a la casa de 3uan Pérez de Mirabal. Los insurrectos se
negaron a reconocerle autoridad alguna, ya que ((no conocían
de noche justicia sino la del rey» 53.
En ese mismo día, primero de diciembre, las denuncias y
los papeles llovían sobre la Audiencia. A las dos cartas del al-calde
ordinario Fernández Alfonso, se sumaron las querellas
de Francisco Arnoreto por motín, las d.el alcalde real Joaquín
Lorenzo contra Bartolomé Díaz y Juan Nlelián Álvarez, como
inspiradores del atropello que había sido victima; así corno
del escrito del procurador Espino a favor de los amotinados.
La gravedad de 10s hechos condujo a un rápido acuerdo de la
Sala: nombramiento del Fiscal, don Francisco Román Melén-dez,
como juez especial y las máximas atribuciones, con el fin
de que se hiciera presente en el escenario de las acciones ile-gales
en compañía del escribano José Cabrera Betancourt y
Declzración del sargento don P. Falcón, Telde, 15.12.1718. Otro tes-ti,,.,,
P r : ~ t X k n l c4annL-- rilriii-i-.--..~ :-:-l-- 2- -:Y:-:--
U L ~ V , vrri>*vuar uaiiirbucri, vyirra quc a+,uiiva uuuaias ut: Liuilclab Se uierori
compelidos a unirse a los sublevados, en contra de sus sentimientos.
Por ejemplo: los alféreces Leonardo Almeida y Sebastian Diepa, loc. cit.
* Relaxion puntual, ya ciL.
53 Declaración del alcalde afite el fiscal. Telde, 12.12.1718. No pudo
reconocer a nadie, aunque los amotinados entraron en casa del citado
Mirabal, ley 3318.
24 ANTONIO BÉTHESCOLJRT MASSIEU
restableciera la paz y el sosiego, al paso que instruyera las di-ligencias
del caso ".
El iiscal en Ingenio
El fiscal arriba a Ingenio, pueblo frontero a la villa de Agüi-mes,
al toque de oración. Se alojd en casa de don Agustín Suá-rez.
Enterado por Bartolomé Guedes de que los agiiimenses
continuaban sobre las armas, envió al informador en busca
del alcalde Fernández, del presbítero Sebastián Sánchez y del
capitán Antonio de Roxas. Aparecieron éstos más tarde en com-pañía
del escribano Diepa. Los despachó con la consigna de
que utilizaran su prestigio en serenar los ánimos y asegurar
que Román prometía que, como juez, dos oiría en Justicia y
se les atendería en consideración a su pobreza)) j5.
Cuando la gestión de los mediadores iba por buen camino, SE
la entrada en la Villa de los hombres de Ingenio evanesció las E
buenas intenciones, tan trabajosamente logradas 56. Francisco 3
Herrera denunciaba, además, la presencia del coronel del Regi- -
miento de Telde, suegro de Amoreto, y les animaba con estas 0
m
E
palabras: O
(Camaradas: aqui estamos todos a favorecer a Uds. y dice E nuestro Capitan Gregorio Perez que no uiene porque tiene a
de huesped al Coronel, y que con la resulta que tuuiere, le n
mandaran aviso» 57.
n
n
A las tres de la madrugada el juez especial recibió una des- O
agrada.hle noticia, mediante un billete de sus mensajeros. Cons-cientes
del castigo que implicaba la gravedad de un delito,
Auto de la Sala, Canaria, 1.12.1718. Aceptación de la comisi6n por
el señor fiscal, ley 503/'i-8.
55 Certificación del fiscal, Ingenio, 1.12.1718. El fiscal Román se en-teró
más tzrde que habían realizado el viaje de ida y vuelta escoltados
por una cuarentem de hombres.
Roman a la audiencia, AgÜirnes, 2.12.1718, leg. cit.
u Declaraciones de Miguel Diepa y Francisco Guedes, Telde, 10.12.
1718, leg. cit.
74 AMUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL XOTÍN DE AGUIMES-LAS PALMAS 25
como el de rebelión armada, y el parentesco entre el coronel
y Amoreto, no encontraron otra salida que la huida hacia ade-lante:
reverdecer la algarada
A las seis de la madrugada regresaron a Ingenio el alcalde,
capitán, escribano y cinco oficiales de milicias. La presencia
del coronel había inutilizado el trabajo y las esperanzas. Al
tiempo advirtieron que el solo hecho de acercarse el coronel a
la Villa provocaría una tormenta de alcances imprevisible^^.
Regresaron alcalde y capitán con la consigna de continuar su
labor pacificadora, mientras conseguía el fiscal que el coronel
se retirara a Telde. Por tanto, iniciaJmente el fiscal no trazó un
cambio de táctica, a pesar de ir en la Villa el deterioro en
n r r m n n t n
C I i U & L L G I I U U .
Como la situación no se distendiera, sino que aumentaba
por echar en falta a sus oficiales, (<y siendo la detención de és-tos
demasiada -escribe el fiscal-, y no siendo las novedades
a favor de la dilación, me resolví a todo trance a pasar con al-
-.-fin rnl:-'rrcn60 rrnr c.r;omn- -* rnrl;nn~,., + ; T ; ~ ~=~, e
gLUlU3 I G A I & l U I 3 U D I J . U 5Ga30, U A l V A I C & J G l C L U A b a 1 . U b I I I L I a I UU p L G U -
tigio como argumento convincente.
El fiscal aplaca a los amotinados
Sobre las once se puso en marcha hacia la Villa, acompa-ñado
de los oficiales. En el camino encontraron a fray Juan de
las Vegas y fray José Zarnbrana, prior g regente del convento
de Dominicos, que habían salido a su encuentro. En el barran-co
se les sumb alcal& Fei=iT.iidez,c apit&ii C;regói;ici p&*ez
y el alferez Aleman.
El grupo integrado por lo más granado de la cúpula de la
sociedad estamental -justicia, clero regular, milicia y admi-nistración
local- tuvo que causar un cierto impacto en los
58 Certificación del fiscal, Ingenio, 2.12.1718. EI aIca.lde y sus compa-ñeros
calificaron la intempestiva aparición de los de Ingenio y la pre-sencia
del coronel, como ((obra del diablo)). También R. Román a la
audiencia, Agüimes. 2.12.17 18, ley 305/7.
59 DOCS. cit.
F. Roman de Ingenio, Agüirnes, 2.12.1718, ya cit.
sediciosos. Al llegar a la Acequia observaron gran número de
hombres del cuerpo de guwdia, acompañados de mujeres y
muchachos. La comitiva continuó su camino entre dos filas de
hombres armados y en medio de un enorme vocerío, d.ominado
por los gritos de «¡Viva el rey! y ;Muera el mal gobierno!)). El
fiscal trataba de suavizar tensiones con gestos benévolos. Así
se dirigieron hacia el convento, donde quedaría instalado el
cuartel general
Celebraron una conferencia y Francisco Román despachó a
los asistentes encargándoles la misión de tranquilizar los áni-mos
con el fin de que los sublevados tomaran consciencia de a
que persistir en la resistencia «era grave para ellos y para toda
E la Isla» 62. El fiscal a través de sus emisarios proponía que se O
iievaran, como garantía, ias armas a sus casas y acqkaba le n - m expusieran los puntos de vista de los agraviados, con lo que O E
da algu~a manera evitaban ael horror del delito» 'j3. Un paso E
2
más en esta escalada consistió en la presencia del fiscal entre E
la gente, contestando a sus preguntas y aclarando las dudas. 3
Dei cambio cie impresio~es sacó el juez alguna conclusión -
interesante. El problema era profundo y por ello ((estaban re- 0
m
E
sueltos s morir y no consentir que nadie se llevara la tierra de O
Sardina, porque en ellas pasaban como miserables la vida y
n que a costa de ella tenían aquel estado)). También la impavidez E
ante el miedo, porque los pobres carecen del mismo, según le a
expresó algún interlocutor. A cambio el juez trató de conven- n
n cerles de dos extremos: la inexistencia de inquina por parte de
la Audiencia hacia los vecinos, ya que la causa radicaba en la 3
O
comisión del oidor don Diego José Tolosa; la cuestión no era
soiucionabie por >a fuerza, sino por la vía judiciai ".
En e1 campo de armas hubo divisidn de opiniones entre mo-derados
y radicales. El enfrentamiento alcanzó tal temperatu-ra
que pasaron de las razones a las voces, y de las voces a aco-meterse
con «tajos y reveses de espadas y partisanas)). El fis-
Certificació~? del fiscal, Agüimes, 2.12.1718, leg. cit.
DOC. cit.
LOC. cit.
M LOC. cit.
A?JIíARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL MOTÍNDE AGUXMES-LAS PALMAS 27
cal y otras autoridades se interpusieron con arrojo. El gesto
resultó eficaz, tanto que cesó el alboroto y todos fueron hacia
las casas del Cabildo, donde también estaba el pósito, deposi-tando
ailí las a.rmas, banderas, cajas e insignias militaresa.
El capitán Roxas recibió las picas, mientras dos oficiales re-cibían
las banderas y demás insignias; cerradas las puertas, las
llaves fueron depositadas en manos de don Francisco Román
Meléndez. Acompañaron a éste hasta el convento con muestras
de satisfacción, vítores al rey o expresiones como: «iDios le
pague su merced el trabajo, riesgo y peligro que se expuso! » 66.
De esta manera, al menos en apariencia, se desvanecía el
motín y los planes de los sublevados, como por ejemplo incen-diar
las casas de don Francisco Amoreto que poseía en las Sa-linas
67.
Fracaso del fiscal: Resurge el tumulto
Confiado en su éxito personal, el juez especial piensa en un
segundo golpe de efecto. Arrojar la carreta y hacer caer el peso
de la justicia en los reos de semejante delito, como era el amo-tinamiento
en el Antiguo Régimen. Aunque silencia esta inten-ción
en sus Certificaciones, la Relación puntual expresa el cam-bio
de actitud no sólo con rudeza, sino incluso con un cierto
dejo crítico e irónico.
En efecto, lograda la tranquilidad, promulgó un bando por
el que se prohibían a los vecinos la salida de sus domicilios
bajo la pena de ser declarados los infractores traidores al rey 68,
sin percibir lo difícil que era para campesinos, que tenían ga-nados
y animales en los campos.
Hacia las cuatro de la tarde se produjo la primera altera-
6Q1 fiscal a la Audiencia, Agüimes, 2.12.1718, ya cit.
66 Certificación cit. del 2.12.1718.
{«Lo que tenían determinado es incapaz de referirse, porque ha-biendo
determinado pasar a casa de don Francisco Amoreto en las Sa-linas,
quemándolas, desarretando sus puertas y matando una yegua, se-gún
se ha podido saber de un Religioso.)) F. Román a la audiencia, Agüi-mes,
3.12.1718, leg. 305/7. El subrayado es nuestro.
Relaxion puntual, cit.
Núm. 33 (1987)
28 ANTOXIO BETHENCOURT MASSIED
ción, al llegar los milicianos de Ingenio con su capitán Grego-rio
Pérez al frente. El fiscal recibe recado de que entregara las
llaves de las casas del Cabildo. Una entrevista entre fiscal y
capitán logra restablecer la tranquilidad y la retirada de los
hombres de Ingenio. Francisco Román les prometió una pró-xima
visita para que también levantaran el cuerpo de guardia
que habían constituido en este pueblo, quedando ambas auto-ridades
en permanecer en contact,~".
Como considerara afianzada su autoridad, el fiscal, con
acompañantes y oficiales, realizó una. ronda. Encontró vecinos
desarmados que se dirigían a atender a los animales y en vez
((irles con paciencia, hizo estruendos, comenzo a fulminar Au-tos,
Provisiones, cuando aun no estaban frias las cenizas del
~-mTi -~70~. ~oí )
E1 juez tuvo que regresar al convento. El horno comenzó a
no estar para bo.110~. Los sometidos se sintieron vejados y es-tafados.
En vez de buscar soluciones, la actitud del fiscal ((era
tratar de perderles, cuando ellos solo havian mirado a defen-derse
del poder de don Frmzisco Ammot~, habierido (este)
conseguido unas tierras con tasa de compadrería)). (tliavían
mirado de defenderse para no ser esclavos de don Francisco
Amoreto y que en esta consideración -pues ya experirnenta-ban
que sus oficios no encaminaban a la quietud- les entre-gase
(el fiscal) sus armas y uolviese en paz)) ''. Argumentos san-grantes
que forman parte de un Memorial redactado por los
de la Villa y remitido a la Audiencia, por intermedio de su pro-pio
fiscal '2.
O9 Certificación del fiscal, Agüimes, 2.12-1718.
Relaxion puntual, cit. Es curioso observar cómo estos hechos son
silenciados en las certifzcaciones dictadas por el fiscal.
l1 Relaxion puntual, cit. Comentaban que el canon de un real por
fanegada que abonaban por cultivar las tierras en litigio era tres veces
superior a la rentabilidad del precio en que fueron rematados.
El largo Memorial nos dice en síntesis: el conjunto de las tierras
de Sardina y Llano del Polvo fueron desmontadas y puestas en regadio
por ellos, con el consiguiente sacrificio. Abonaban desde un tiempo in-memorial
un real por fanegada y año. En los cien Últimos años las ha-bían
disfrutado pacíficamente. De esta manera, han generado utilidad
pública (gastos, granos -jam&s exportados- y diezmos). En 1709 fue
78 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
La espesa tranquilidad derivada de una situación muy ten-sa
volvió a ser actividad hacia las nueve de la noche. Departía
en su celda don Francisco Román, cuando fueron sorprendi-dos
por un creciente barullo que procedían del exterior. Entró
el alcalde Fernández con un billete del capitán Pérez de In-genio.
Allí se había procedido un nuevo levantamiento. Caso
de sosegarlos escribe, ((obtendríamos un gran crédito)); pero
de lo contrario, la situación seria sumamente crítica 73.
No había acabado la lectura, sonó una «caxa como bozina»
y llegó la noticia: los de Ingenio, provistos de hachas, estaban
delante de las casas del Cabildo. Irrumpió el capitán Pérez
exigiendo las llaves, pues de lo contrario las puertas serían
quebradas. El fiscal le recriminó por su cambio de actitud,
responsabilizándole, pues mientras no se recibiera respuesta
de la Audiencia al Memorial de los vecinos, cualquier altera-ción
que contribuyera al desorden, era complicar irreversible-mente
la situación 14.
La justificación del capitán fue sencilla. Estaba cenando y
llegaron a su casa milicianos con la notificación difundida por
algunos agüimenses: los milicianos de la Villa al mando del
capitán Roxas tenían cercado al convento y tomadas las boca-precisamente
don Diego Tolosa, a la sazón fiscal, quien rehusó el plan
de la Audiencia de sacarlas a remate. Recuerdan que por conservarlas
se encuentran endeudados al obtener a crédito el dinero necesario del
cabildo catedralicio para depositar en la audiencia la cantidad del tan-teo.
Con respecto a don Francisco Amoreto manifiestan la imposibilidad
de un acuerdo para seguir con el cuItivo pagándole el canon actual, por-que
sur"rirían un exceso de cargas y dependerían de un poderoso que se
ha ((manifestado muchos años (h)a con imperio y agravio en la perso-na
de los pobres)). Finalmente, recuerdan que en la Vega de Sardina
explotan las tierras de la Pareüilla de Arriba que pertenecen a los Pa-des
de la Compañía)), pues Amoreto se ha ofrecido a recaudar el con-junto
de los censos y hace llegar su monto global a los jesuitas. Temen
la apropiaai6ii ya que a 10s «priiiiieros decursvs» aprovechará «para de-jarlos
pobres y a sus familias sin tener remedio alguno)) y «en estado
de impaciencia» a la colectividad. Memorial a la Audiencia, Agüimes,
3.12.1718, Ieg. 30517.
73 Pérez al fiscal, Ingenio, 2.12.1718.
74 Certificación del jiscal, Agüimes, 2.12.1718.
Núm. 33 (1987)
calles. Envió el billete con disimulo y se puso en marcha. Al
llegar al barranco el pueblo de Agüimes denotaba tranquili-dad.
Por tres veces trató de disuadir a sus gentes, pero le ame-nazaron
de muerte ".
Ante tal disyuctiva el fiscal negó las llaves a los de Ingenio
y las entregó a los agüimcnses por medio del alférez Bernardo
López,
«por entender que con las hachas romperian las puertas,
pues este, segun el capitan Perez era el animo, para lo que
havian dejado cuatro hombres junto a las puertas)) 76,
La reiterada presencia de los de Ingenio convenció al fiscal
de que la. c1.1estión dehat,idaj despojo de t.ierras, no estahan
los afectados, precisamente, solos. Tenía noticias fidedignas de
un entramado de solidaridades campesinas: trescientos hom-bres
en Telde dispuestos a acudir, así como otros muchos en
Tirajana y de toda la isla «como interesados)). Sin embargo,
cuando la coyuntura se le complicaba al juez extraordinario,
cuando las cuentas no salían a su gusto, tira por el camino
fácil de las solidaridades manipuladas y urdidas desde Las Pal-mas.
Lo que sí queda más claro es el papel jugado por los de
Ingenio y su capitán Gregorio P6rez al alentar y sostener a los
agüimenses en su contumacia ".
Retirada del juez especial
Recuperadas ias armas los amotinados voivieron a ias an-dadas:
cuerpo de guardia, centinelas, que vigilan los pasos y
reconocen a los viandantes. E1 día tres transcurrió bajo el sín-drome
de negociaciones. Comenzó temprano con la expulsión
por orden del párroco, bajo multa de cincuenta ducados y ex-
DOC. cit.
í6 DOC. cit.
77 Fiscal a la aiidiencia, Agüimes, 2.12.1718.
80 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
comunión, del presbítero don Juan Melián, ((porque desconfia-ba
el pueblo dél, por ser amigo de don Francisco Am~reto))'~.
Sobre las once de la mañana, decidido el juez a retirarse,
salió del convento a despedirse de cuantos le habían asistido.
De vuelta y en la celda del padre prior recibió al alcalde, cura,
Sebastián Sánchez, y capitanes con una comisión en nombre
del pueblo. Dieron satisfacción al fiscal por los incidentes de
la noche anterior y solicitaron retrasara su partida hasta el r e
cibo de la respuesta de la Audiencia a su Memorial. Surge la
tensión cuando el fiscal exija como condición que depusieran
las armas. Los padres prior y regente fueron a negociar con
los vecinos. Éstos, a las dos de la tarde, solicitaron una pró-rroga
de plazo, pues la situación se endurecía. ¿Cómo entregar
las armas si ya había faltado el juez a su palabra? 79. A las cua-tro
y medida de la tarde el padre Zambrana daba cuenta de
que la excitación iba en aumento por instantes, llegando los
vecinos a expresarse con insolencia. Habían de buscar a Amo-reto
por toda la isla «y lo hauian de matar y que hauian de ir
a sus Casas de la Aldea (Blanca) y les habian de pegar fuego))
La ruptura se había producido una vez más.
A las ocho de la mañana siguiente, día cuatro, regresaba de
la ciudad el emisario Juan Rodríguez Hidalgo. Traía una carta
firmada por el regente y oidores y otras por el corregidor y el
coronel. Aconsejaban al fiscal que se saliera de la Villa por
peligrar su vida. No ofrecen una salida a la petición de los
sublevados expuesta en el Memorial, sino más bien todo lo
contrario. Habían entregado el escrito al oidor Tolosa, momo
juez privativo que es del Expediente))
Francisco Román se mostró seguro, pero tal seguridad se
evanesció al carecer de respuesta. En efecto, salió del conven-to,
pero tuvo que regresar antes de media hora: los cien hom-bres
reunidos en el cuerpo de guardia le cerraron el paso. Per-cibió
la sensación de encontrarse bloqueado. Tampoco le deja-
78 Declaración de Miguel Diepa, esclavo del escribano Sebastián Die-pa,
Telde, 10.12.1718, leg. 30.518.
79 Certificación del fiscal, Agüimes, 3.12.1718.
DOC. cit.
Audiencia al fiscal, Canaria, 3.12.1718.
Núm. 33 (1987)
ron pasar a su escribano, ni siquiera el capitán Roxas logró
permiso para despachar un propio a Las Palmasm. Bloqueo
igualmente eficaz en los caminos cercanos
A la vista de tales hechos, decidió cumplimentar las órdenes
recibidas y dirigirse a Telde, pues Ingenio tampoco era segu-ro.
Concurrieron a despedirle los que le habían asistido. A las
cuatro de la tarde salió a caballo por la puerta del convento,
dando buenos consejos. En la plaza encuentra al capitán An-tonio
de ltoxas seguido del pueblo. Por cortesía le acompaña-ron
hasta la Acequia. Anochecido, hacia las siete de la tarde,
entraba Francisco Román en Telde ".
Sus primeras horas en Telde le sirvieron para reflexionar
y justificarse. Abandonó Agüimes por parecerle «indecente»
que todo un fiscal de S. M. permaneciera «en medio de un pue-su.
Dieva&,N, que iil_~erpi>et.lDs-aJS CuiiSejuS
de debilidad 85. Para sacar a los amotinados de su error no
cabe otro lenguaje que el de la fuerza, dado el grado de radi-calismo
que adoptaron 86.
Piensa que al distanciarse del escenario, la perspectiva le
permite alguna esperanza por dos razones: la tensión prolon-gada
en que viven los vecinos de la Villa hace que comience a
Certificación del fiscal, Agüimes, 4.12.1718.
83 Declaración del vecino de GuadaIupe y medianero de Amoreto, Ni-co!&
r hJem&n, qce del si&o se qiledó sin .pet.ito, Telde, 1n.12.1718.
84 Certificación del fiscal, Agüimes, 4.12.1718.
85 {(Me ha parecido -escribe a la audiencia que Ias suplicas y rue-gos
que hasta ahora se han usado les hacia cometer la avilantez y ase-gurar
la simple seguridad de que por tener dos picas y tres banderas
animadas, con muy pocas armas de fuego y algunas lanzas, chuzos y
dardos, tenían a todos siljetos, dependientes a su libertad y su arbitrio.))
Fiscal a la audiencia, Telde, 4.12.1718, leg. 303/7.
86 N,. . y como sea la inquietud tan radicada y la desesperación tan
absoluta, me ha parecido imposible actuar una cosa al,-, pues hauien-do
de ser con los mismos es procurar un gran descalabro: y se necesi-tan
muchos hombres para restablecer el sosiego)). Carta del 3.
82 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTZCOS
cuartearse la unidad monolítica, que él procuraria ahondar 87.
De otro lado, a romper la unanimidad apoya la coyuntura. Ne-cesitan
para sobrevivir acudir a la ciudad, atender a ganados
y animales, y más especialmente al encontrarse en tiempo de
sazón para la sementera, y consiguientes problemas familiares
para el futuro 88.
Convencido como esta de que las cabezas de la operación
Agüimes se encuentran en Las Palmas, pues cada veB que se
avanzaba por la vía de la negociación y el sosiego, el arribo de
un propio desde la capital, introducía una impensable ((muta-ción
» 99. También parece confirmar la hipótesis de la buena
organización, la eficacia contra los viandantes y los servicios
de información de los tumuituarios ", situación que obliga a
pasar a la acción. Para contrarrestar el montaje ha estableci-do
una red de vigilancia y dado parte al coronel del regimien-to
para que conduzca a los detenidos como sospechosos a los
castillos de Las Palmas.
El fiscal en Telde
Estos medios provocaron represalias por parte de los a@-
menses, que bajaron hasta el Carrizal en busca de leñadores u
otros vecinos de Telde, aunque se retiraran sin incidentes 91.
Pero nuestro fiscal parece que tenía el santo de espaldas.
87 ES hora de ir separando gente, «pues estando todo el Pueblo en
un conflicto, muchos vecinos recelosos de experimentar algún atropelia-miento..
.», doc. cit.
K... pues siendo preciso por su pobreza el traficar a la Ciudad y
otros lugares de su jurisdicción, cuidar sus ganados, animales y semen-teras,
estan expuestos a el peligro de que, pudiendo excusarse, haciendo
voluntariamente lo que precisan executar en breve tiempo y con total
ruina de sus casas y familias)), carta cit.
m ({No üudo que ias Influencias son las que mantiene aquello y es
necesario irle apartando los individuos que con capa de él, excitan sus
pasiones o fines particulares», carta cit.
90 N... en un Pueblo Tumultuoso y todos llenos de recelo con espías»,
loc. cit.
91 Testigo Diego Montes de Oca, Telde, 5.12.1718, leg. 305/8.
Num. 33 (1987) 83
Cuando comenzaba a poner en práctica sus planes, se vio sor-prendido
de nuevo por otro altercado popular. Sesenta hom-bres
al mando del alférez Francisco Alemán -«que parece con-tenerlos>>-,
seguidos de mujeres, se situaron frente a su posa-da.
Pretendían acometer al alcalde ordinario, don Juan de Aba-día.
Salió para interponerse y se los encontró «con las armas
del pais, de espadas, palos y otras, reuozadas sus capas)). Pe-dían
la expulsión del alcalde a causa de los muchos agravios
sufridos.
Can la promesa de ser servidos por la Audiencia y atender
sus cuitas, amén de un discurso sobre las bondades de la paz
pública, fue restablecida la calma. Román envió aviso al alcal-de
para que permaneciera encerrado y esa noche tuvo que sa-lir
de =on&, paresce ser que culpas traefi eslab~-
nadas estas fatigas)). No escapó a la perspicacia del fiscal las
conexiones entre los vecinos de Agüimes y Telde, complicidad
que podía acabar complicando en grado sumo la situación. De
ello da cuenta con rapidez a la Audiencia para que exigiera del
coi=i=eg$;llllor qde reclamara 81 alcal& c-jr1~ MzrieTa de
pretextos, al menos hasta que acabara la intranquilidad pú-blica
".
En efecto, también en Telde la calma era aparente. Un ín-dice
de la inquietud reinante se tuvo al amanecer del día siete,
en que aparecieron pasquines amenazadores contra el alcalde
Abadía, lo que obligó a la Audiencia a prohibirle que saliera
de Las Palmas 93. Todo ello ocasionó que el fiscal continuara
con sus rondas nocturnas y que ordenara al nuevo alcalde,
Francisco Alemán, que estuviera muy atento, presenciara la
&istfibci&i y Yellta & a!imey,tos y pso!;.',era. e=n dzigeEzia.
y en estricta justicia hasta la menor de las quejas que le pre-sentaran,
con el fin de evitar pretexto al,ouno que diera motivo
La complicación de Telde cor, Agüies ({puede hazer un monstruo
corpulento)). Fiscal a Audiencial Telde' 4.2.1718.
El pasquín rezaba así: ({Juramos y perjuramos por nuestro Dios
del Altar, / que a don Juan de la Abbadia lo han de llevar a enterrar: /
en la cola de un caualIo si le traen a este lugar / si no lo quieren creer
hagan la prueba y vera / si los diablos tienen bodas este mes de Navi-dad.))
El fiscal de la audiencia, Telde, 7.12.1718, leg. cit.
84 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL MOTÍN DE AGUIMES-LAS PALMAS 35
a nuevas algaradas. Cada vez poseía más pruebas de la inter-conexión
a nivel popular entre los vecindarios de las pobla-ciones
de la banda Este 94.
Reclamada la presencia del general Chaves
Cuando Francisco RomSrn llega a Telde, después de aban-donar
la Villa, se sabe fracasado y estima que los esfuerzos de
la Audiencia resultarán igualmente baldíos. Por ello piensa
que no queda otra solución sino reclamar la presencia del ca-pitán
general como medio de restablecer el ordens5.
La Audiencia en 4 de diciembre ruega encarecidamente a
don José Antonio de Chaves Bssorio que embarque con la ma-yor
urgenciag6. Es curioso señalar que en la misma dirección
venía presionándole don Francisco Amoreto, que se había des-plazado
a Tenerife para recabar de la máxima autoridad jus-ticia
y duro castigo para los sublevados
Chaves deseaba coronar su breve estancia en Canarias con
un éxito político sonado. Esto le conduce a aceptar la invita-ción.
Ordena sobre la marcha que le preparen un barco para
dirigirse con un séquito poco numeroso a Las Palmas. El 5 sabe
la Audiencia su respuesta positiva, y el 7 que estaban lista para
zarpar la embarcación 98.
La Audiencia hasta el momento había jugado un papel me-ramente
pasivo, salvo en el punto de prevenir y solicitar la
94 Fiscal a la audiencia, Telde, 8, 9 y 10.12.1718, leg. 305/7. Los de Tel-
& ir,stiga:ud=s desde &@;r,es par:: qde se wblwar,, ::.,.y I,= fsl-ta
quien las favoresca ..., lo que me tiene bien trabajado para asegurar-les
..., haciendo que el alcalde pase a los repartimientos de los manteni-mientos
y demás actos públicos y que reconozcan que se halla la justi-cia
autorizada y con vigor)), carta del 9.
95 «Viendo que era inutil la tranquilidad de Agüimes, previno en
~ C Z L J U !a~ ~I r, aUdie~ciay üe habjw !!emd3 !a h- de ;W cm+Ax
general.)) Chaves y Audiencia al rey, Canaria, 6.12.1719, y Regenk a Vi-
Ilalpando, Canaria, 11.12.1719.
Audiencia al capitán general, Canaria, 4.12.1719, leg. cit.
m Relazion puntual, cit.
98 Audiencia al fiscal, Canaria, 5 y 7.12.171,9.
presencia de1 general. Sólo el día 5 en que conoce su próxin~o
viaje parece despertar del letargo. Si bien todavía no había
puesto en duda la confianza depositada en el fiscal, a quien
reiteran plena iniciat,iva y autonomia, envían al corregidor y
capitár, a guerra de la isla para reforzas !as acciones de1 juez
especial. De otro lado, provoca la Sala una reunión entre Es-pino,
el apoderado de los levantiscos, y el oidor Tolosa en bus-ca
de una salida al problema de las tierras, y exige 21 comfsio-nado
del expediente una respuesta al Memorial de los sureños 99.
En busca de solución negociada a
N
E
Los días que transcurrieron entre el abandono de AyüXrnes O
n por el fiscal y el arribo del general fueron de una actividad =m
O frenética en busca de una hipotética salida negociada que fa- £E
cilitara el papel pacificador de Chaves Bssorio. Unas fueron S
E
oficiales, otras entre particulares y algunas se quedaron en
simples ofertas Im. 3
El Cabildo catedralicio, por ejemplo, realizó algunas gestio- e-m
nes tendentes a serenar los ánimos y se ofreciC a la Audiencia E
como mediador entre los vecinos g Tolosa. La Sala agradece O
la intención a los canónigos, pero les advierte en tono severo, n
que sería inútil en tanto sus protegidos «no se restituyan a su E a
sosiego)) lo1. n
Aunque desconocenios su contenido, la carta de Sebastián n
Sáncnez Espino a los vecinos, en la que les comunicaba el re- =
sultado de su entrevista con Tolosa, abrió un rayo de esperan- O
Audiencia al fiscal, Canaria, 5.12.1719. Fueron varias las cartas des-pachadas
en ese día y las llevó el corregidor.
loa La audiencia así lo comunica al general, Canaria, 4.12.1719. La rea-
Iizaci6n ctde Diversos partidos al margen de la audiencia para restable-cer
el sosiego)).
'O1 N. .. no dudara el cabildo que en interim los vecinos de Agüimes
continuen con sus movimientos, de ningun tribunal, ni juez podran ser
oydos, ni tampoco atendidos, aunque para su aliuio de qualquiera co-munidad,
ni persona, deuiendo primero persuadirles a que conoscan su
error, y se restituyan a su sosiego)). Audiencia a cabildo-catedral, Cana-ria.
5.12.1718, leg. 305,/7.
86 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL MOTÍN DE AGUIMES-LAS PALMAS 37
za en la mente del fiscal; entrevió en ella la posibilidad de te-ner
el problema resuelto antes del arribo del Capitán general.
Convocó una conferencia a celebrar en Telde. A la misma asis-tieron
el alcalde de Agüimes, el licenciado Suárez Espino y «las
otras personas de la mayor satisfacción de la vecindad, que no
ha querido nombrar, sino que ellos les elijan, para apartar la
más leve sospecha y que se fíen de los mismos)) 'O2, para. nego-ciar
«el fin ... de no perder sus tierras y conseguir la paz públi-ca
y sosiego de los vecinos)) lo3.
Conferencias de Telde
A las diez de la noche del dia 7 llegaron a Telde desde Agui-mes,
junto con el alcalde ordinario, el presbitero Sebastián
Sánchez, el alférez Bernabé López y Juan Rodríguez Ortiz. La
audiencia tuvo lugar en la posada del fiscal, con asistencia del
corregidor Damian Guerrero. Duró hasta la una de la madru-gada
y discurrió en tres fases.
El juez, amén de las consideraciones generales, adelantó
alguna solución. Para el presbítero era condición imprescindi-ble
el que la propiedad de la tierra de Sardina fuera concedida
a sus vecinos, pues éstos conocían bien a Francisco Amoreto,
ya que habían padecido reiteradas vejaciones desde el tiempo
de su padre, don Alejandro. Salvador Fernández centra el tema:
el problema tiene todavía solución si el Cabildo eclesiástico
adelanta una cantidad de dinero equivalente al valor del remate
abonado por el sargento mayor. Así se evitaría perjuicio para
la Real Hacienda. Una vez declaradas libres las tierras serían
adscritas al vecindario. Rendidas las armas, la Audiencia olvi-daba
el proceso iniciado a causa de la sublevación.
Tal planteamiento obligó a que la última parte de la confe.
rencia discurriera bajo el signo de la ambigüedad. Un delito
contra el rey y su justicia no podía quedar impune, explicaba
Fiscal a audiencia, Telde, 6.12.1718, leg. 30517.
lo3 Fiscal al alcalde Fernández Alfonso, Telde, 6.12.1718. Hace la pro-puesta,
(( ... pudiendo yo tener facultad en este punto, lo más util que
siempre he elevado a essos pobres...)), doc. cit.
Núm. 33 12987) 87
el fiscal. Para el corregidor la gravedad radicaba en el mal uso
de las banderas, cajas, etc., sin autorización, pues opinaba
como capitán a guerra. Juan Rodríguez Ortiz pone fin al deba-te,
al señalar la necesidad y conveniencia de hablar con clari-dad
y sin veladas amenazas, pues la postura de los vecinos era
intachable e inocente IM.
Francisco Román, esa misma noche, expuso las conclusio-nes
a don Fernando Castillo Olivares, suegro de Amoreto y co-ronel
del Regimiento de Telde, quien eludió adelantar respues-ta,
porque el tema era grave y de competencia exclusiva de su
yerno.
El juez fiscaI percibió que había caído en una ratonera. In-cluso
había encontrado a los a,oüimenses más altivos y segu-ros,
después de recibir la carta del cabildo eclesi&stlco '" y ai
tiempo con la imposibilidad de obtener de Amoreto una renun-cia
a las tierras que habia rematado. Pero hay más: en caso
de sobrevenir el milagro, quedaba por despejar una incógnita
peliaguda: ({asegurar la justicia, para lo que se precisa el ri-gor
de las armas», y más aún, con la presencia del capitán
general 'O6.
En un esfuerzo supremo el juez especial envió a Las Pal-mas
por Amoreto y a Agüimes por los representantes, por si
en una última conferencia se llegara a un acuerdo. La misma
tuvo lugar el día 9 a las siete de la tarde. No entra en ella el
señor fiscal con demasiado optimismo, ya que Amoreto le ha-bía
adelantado su rotunda negativa a ceder las tierras 'O7. Trans-
103 Certificación del fiscal, Telde, 7.12.1718, loc. cit.
1% (c.. . en que estan mas vigorizados.. ., aanaome que estua ei dine-ro
prompto y que depusieran las armas». Fiscal a audiencia, Telde, 12.12.
1178.
Carta cit. La ausencia de Amoreto del escenario de las conversa-ciones
explica el por qué tratará de suplirla con su suegro. (t. .. me pa-recio
lo pudiera suplir y sin estusar), escribe textualmente, no sin un dejo
de decepción.
10' K... responde que el rey ha de hacer bueno el Remate y que con
este no dara parte de las tierras en corta mucha cantidad a otros que
a los vecinos de Agiümes, pero con las condiciones que ahora disfrutan
y can contratos legitimas. Lo que puede Vd. participar a esos vezinos ... ».
Fiscal a alcalde ordinario, Fernández Alfonso, Telde, 8.12.718' leg. cit.
88 A?iUABIO DE ESTUDIOS ATLAlVTlCOS
currió en medio de una gran tensión. Avanzó el fiscal la solu-ción
propuesta por los vecinos, que éstos confirmaron. Con el
fin de impresionar y sin el abandono de un tomo de altivez,
Amoreto preguntó si tenían algo más que alegar. Acabó afir-mando
que castigar o perdonar a revoltosos no era problema
de su incumbencia. Trata, después, de convencerles de su espe-cial
afecto hacia los vecinos de la Villa episcopal, haciendo re-lación
de los favores que había prestado a cada uno de los allí
presentes 'O8.
En cuanto a las tierras que le disputan reitera su posición.
No podrá ir más allá de asegurarles que conservarían los cul-tivadores
de Agüirnes sus parcelas «por rentas a medias y en
la forma que allí se estila)), por entender que no serían muchos
los que las cultivaran, «unos cincuenta)), y que muchos das
darían a otros que no tenían tierras de medias)). Para ello ha-bía
fijado carteles en las parroquias conforme al uso practi-cado
en Arucas, Telde y otros lugares, «en donde los mas viven
de rentas o medias con los dueños de la propiedad)) 'Og.
Remata finalmente: las tierras de Sardina y Llano del Pol-vo
no estaban dentro de la jurisdicción de la villa episcopal,
sino en San Bartolomé de Tirajana. ¿Por qué el cabildo ecle-siástico
o los vecinos no hicieron postura al remate? En Agüi-mes
quedan terrazos por desmontar, existen baldíos en Ama-gro
y Pico de Viento que pueden obtener del rey en almoneda.
Ante una argumentación tan cerrada y pensada era difícil abrir
brecha en busca de una transación. El fiscal se estrelló en el
intento. A las nueve de la noche levantó la sesión. Tampoco
fueron de mayor utilidad las reflexiones personales que hizo
a don Francisco Amoreto, quien solo y como promesa dijo lo
consultaría con la almohada y dar respuesta al siguiente llO.
1% 7 ---.. m--, -..L.- Juan rcuurígua~ u r ~ i z era su coii¿padre; al aiferez Ilernabé LO-pez,
su medianero, y notoria su amistad con el presbítero Sánchez, amén
de adelanto de panes, etc., a muchos vecinos de la villa. Telde, 9.12.1718,
leg. cit.
lo9 Doc. cit.
110 Certificación cit.
Núm. 33 (1987)
El fiscal sustancia el proceso
Fracasada la solución negociada, al juez especial no le ca-bía
otra vía que «clesmembrar» a los sublevados. Como carecía
de fuerzas armadas seguras, trató de aislarlos, someterlos a
una situación de desasistencia que quebrara el espíritu de re-sistencia.
Ordenó al alcalde ordinario, bajo amenaza de multa
de 200 ducados g a los cinco oficiales de milicias que residían
en la Villa, que la abandonaran y se presentaran en Telde "l.
Conscienks todos de la situación e1 ambiente se enrarecía
tanto en Telde como en Agiiirnes. En la ciudad el fiscal lamen-ta
las dificultades que encuentra para ejercer su trabajo pro-cesal,
pues no acuden los testigos citados, ni lo declarado tiene
excesii~ inte&, 8 cziAsa & encs~trarse 12 p&!aci6~ atsmcri-zada
lU. LOS de Agüimes viven en constante alarma, por el re-pique
de las campanas en Telde, comunicando la prédica de la
bula, o el simple arribo de correos para el alcalde mayor y co-rregidor.
Los cinco oficiales justifican su desobediencia al fis-cal
r i l edi~t ela precentaciSn de cn cer t i f ic~dY~! . LY,ci!rle tim-bién
retrasó en veinticuatro horas la partida, por encontrarse
asistiendo al corregidor que ejercía su visita rutinaria. Pretex-to
és'ce, que aprovechó Cuerrero para reunir información so-bre
planes de acción y estado animico de los revoltosos l13.
Tiempo muerto para nuestro fiscal que aprovechó para sus-tanciar
el proceso incoado a raíz de su nombramiento, con dic-tamen,
calificación de los delitos y propuesta de penas para los
principales encausados "4.
Los amotinados trataron de reforzar el espíritu de rebel-día.
La tarde del domingo, 11 de diciembre, a toque de caja se
(c... porque 120 se admitira pretexto por impedimento, quando
me consta que puede Umd. exmtarlo; por la libertad que tienen. Telde.
10.12-1718, leg. 30513.
Fiscal a la Audiencia, Telde, 9.12.1718.
n"eclaración de Fernández Alfonso. El mensajero Francisco Alonso
a Francisco Alvarez, Telde, 11.12.1718.
?l"iscal a la Audiencia, Telde, 12.12.1718, leg. 305/7.
90 Ah7VARI0 DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL MOTÍN DE AGUIMES-LAS PALMAS 41
reunieron en la villa hombres de Ingenio, Carrizal y Temisas.
Celebraron una especie de cabildo abierto, acordando delegar
en doce hombres para que analizaran la conveniencia o no de
recabar una vez más la presencia del fiscal. Acordaron invitar-le
a través del padre Zambrana y el alcalde. Tomada la deci-sión
y puesta en marcha, quedó en el ánimo de todos perma-necer
con las armas en la mano, ((porque de rendirlas serían
maltratados por la justicia)) '15. ¿Cuál fue el motivo de este nue-vo
viraje ante una decisión tomada? Podemos asegurar, sin de-masiado
margen de error, que parte de la responsabilidad re-cayó,
una vez mas, en el capitán de la compañía de Ingenio,
Gregorio Pérez. ¿Empujado esta vez por el corregidor para
evanescer responsabilidades derivadas de anteriores actuacio-nes?
Lo cierto es que durante el domingo se presentó dos ve-ces
ante el cuerpo de guardia para manifestar lo dolido que
quedaba Román y a pesar de ello continuaba en disposición
de ayudarles, e incluso aseveró que el corregidor tenía un pa-pel
del oidor Tolosa en el que se prometía Ia entrega de las
tierras l16. Esperanzados con la nueva buena, decidieron llamar
al fiscal.
Pero analizado el mensaje con mayor parsimonia y espíritu
crítico, comenzaron a surgir dudas y brotó la negativa a per-der
el único argumento válido que les quedaba: las armas
como garantía. Lo que explica el rechazo violento del padre
Zambrana. Al día siguiente, cansado éste, recriminó la versa-tilidad
de los agüimenses "?.
115 Declaración de Bartolome! Bueno, Telde, 14.12.1718, loc. cit.
Declaración de Juan de Aliaga, Telde, 14.12.1718, loc. czt.
Juan Lozano responde al P. Regente: «que aunque habia salido
del cabildo que lo llamaran a Srnd., despues le hauaian auisado que di-chos
decian que si y otros que no, y le dijo el susodicho que se entrase
en su convenio que sabian io que ies conuenian. Afirmación que rerna-oh6
Juan Avila. Declaración de Juan Alejo Telde, 14.12.1718, kg. cit.),
G... y no obstante que les culpe cuanto debia, adverti de honor y ofreci
en vista de dicha carta quanto podian pretender, nada basto para su
quietud, como si quantas diligencias en los lances que sucedieron .N.
Corregidor al rey, Canaria. 1.1.719, ley 30512.
Núm. 33 (1987) 91
Una úZtima carta: la del oidor Tolosa
Pero ¿cuál era la realidad y contenido de la carta? El corre-gidor
Damián Jacinto Guerrero, ante la gravedad de hechos
que le afectaban como gobernador de las amas de la isla, ofre-ció
desde los inicios sus servicios a la Audiencia. También su
intención de pasar a la Villa revuelta, «desde donde fue llama-do
por sus vecinos?) por la consideración que como hombre de
paz le estimaban en toda la isla. El juez comisionado para el
asunto de las tierras, Tolosa, le hizo entrega de una carta de
espíritu pacificador, por la que ofrecía a los vecinos da con-tinuación
y goze de las tierras hasta que V. M. mandase otra
cosan ll*.
La necesidad de encontrar una solución mediada ante ne-gocio
que se pudría por momentos, hizo que la oferta de To-losa
ofreciera una cierta ga.rantia, aunque la promesa se redu-jera
a una simple dilación temporal, al no quedar asegurada
una resolución del soberano favorable a los intereses de los
vecinos. Si además de esto perdían la fuerza que les propor-cionaba
la posesión de las armas y la colectivización del delito
con la correspondiente volatización de responsabilidades, la
rendición de las armas les dejaría inanes ante el castigo por
uno de los más graves delitos I".
Estvepitoso fracaso del fiscal
Don Francisco Román Meléndez vuelve a equivocarse una
vez más. Acabadas de leer las cartas del alcalde y el padre re-gente,
seis de la tarde del lunes 12, decide el regreso a A@-
118 Cabildo de Las Palmas al rey, Canaria, 19.1.1719, y Corregidor al
rey, ya cit., leg. cit.
:19 Parecieron los agüimeses convencidos y reducidos -comenta el
ayuntaxiento al rey-, «pero h ~ b ola desgracia de no tener efecto, por
el tenor da su causa, que siendo complice toda la vesindad, quieren
que fuere niecos grauosa, conuertidos ya de su delito)). Carta cit. del
corregidor. El subrayad.0 es mío.
92 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
mes. Una hora más tarde se pone en camino, ya con no-che
cerrada. Era como si una Iuz le hubiera iluminado repen-tinamente.
Aunque coincidiera en las apreciaciones con el co-rregidor
en la interpretación de los hechos, es fácil advertir
que ambos realizaron un análisis precipitado '". Una vez más
les engañó la idea de que la sola presencia del fiscal causaría
un enorme impacto pacificador la.
En viaje directo, legaron a la Villa sobre las once de la
noche. En el camino le esperaba fray José Zambrana, quien
en el barranco dio la consigna -«Los Ángeles de la Guardia»-
como respuesta al ;Alto! gritado por los centinelas. Atravesa-ron
varios puestos de vigilancia antes de llegar a la plaza, don-de
permsnedun aler+a&x diez hezihres del cmrpa de
guardia. La comitiva se apeó ante la puerta del convento de
Santo Domingo. En una celda les esperaba el corregidor en
compasa de algunos fraileslZ2.A media noche Francisco Ro-mán
soñaba aún con el éxito, a pesar de recibir información
schre e! &spa&c de prsph en\~iad= p=r relv=!t=s=s a
Las Palmas. Pensaban que éstos sufrían un alto nivel de des-moralización
a causa de los reiterados engaños padecidos123.
lZ0 Antes de las misivas de Fernández Alfonso y el P. Zambrana ha-bía
recibido otra del corregidor desde A m e s , ({enviandome quanto
importaba a mi asistencia en aquella villa». Fiscal a audiencia, Telde,
12.12.1718, leg. 305/8. En carta del siguiente, desde Agüimes, explica que
despreció crel grave riesgo a que me expuse, caminando con temible os-curidad~,
porque la ocasión de prestar un importante servicio al rey no
era producto de la causalidad, sino del acierto de su retirada de Ami--
m- - -e -s e i n- - ~- -t- -~- l- -a- - ~ ii hn n~T & -&, 1% h ~ e n 2p olitic8 ~ ~ y&+- sc~nnfilmn~a ~
hacía personas como el alcaIde ordinario, o hacia e1 P. Zarnbrana y ofi-ciales
de milicias, así como la misión encomendada y realizada por el
corregidor para que jugara el papel de hombre independiente. Leg. 305/7. *: Certificación, Agüimes, 12.12.1718, leg. 303/8. En general la inter-vención
del corregidor no fue del gusto de la audiencia. Opinaba la sala
q72e fur l!arraUc! u !u iil!a !!corilo Gobernador de !us Armas, y nc c=m=
Corregidor que era, en lo que la Audiencia podrá tener intervención».
Después de este velado recelo hacia e: corregidor, viene la primera cen-sura
hacia el seiíor fiscal: «Sentimos que no haya logrado el sosiego.»
Audiencia al fiscal, Canaria, 14.12.1718, leg. 305/7.
Fiscal a audiencia, Agiiimes, 13.12.1718, Eoc. cit.
Certificacidn, Telde, 13.12.1718, leg. 305/8.
A las nueve de la mafiana celebraron un cambio de impre-siones
en ei convento. Asisten el fiscal, corregidor, escribano,
el cura Sánchez, capitán Roxas y alféreces Bernabé López y
Leonardo Alemán. Confiesan que habían reclamado la presen-cia
de1 juez especial ante las expectativas positivas desencade-nadas
entre los amotinados con la oferta del corregidor: en-trar,
disfrutar y cultivar las tierras de Sardina en tanto el rey
determinase lo conveniente y todo ello avalado por el oidor To-losa.
Reconocen, sin embargo, ({que ahora estaban de otro dic-tamen
y no querían deponer las armas)), por lo que las auto-ridades
locales presentes «estaban muy corridos y muy morti-ficados))
*! Ta.nto era el desprestigio de las autoridades que el
capitán Roxas, incapaz de imponer un mínimo de disciplina
e ~ t r sm 3 SV!do&s, «había diocüryido sa!ir de la, TVTi&;; 1%.
El fiscal no se había rehecho del mazazo cuando, una hora
más tarde, entró en la sala el capitán de la compañía de Inge-nio,
Gregorio Pérez, para exponer con toda crudeza que el ve--
c-in-d-a rio no estaba dispuesto a deponer las armas, aunque rei- -.-e A;--+ nr\mArc;Ár, nvitrin lnc. omntinodnc 126, rUrv L I ~ La uria, L r G r &i L u r u u a l u r i GIIVI G IVO LIIAIVUUALI~ vu nn " "" O"-
tendían cómo continuaba sin aparecer la concesión del oidor
Tolosa.
A las dos de la tarde continuaba la tensión ante las puertas
del convento 127. El fracaso se había consumado. El juez espe
cial se encontraba a merced de los inconfonnistas y la justicia
expuesta a desprestigio bochornoso. El escribano recoge los
atestados levantados por los escribanos de la Villa, Sebastián
«. . . no hauia forma de entenderlos, pues decia que los engañaban
y los hauian de castigar: y otras veces decian qUe querian ver la orden
o concesion que el señor don Diego de Tolosa tuvo del rey para hauer
vendicio las tierras)). Certificación, cit.
125 LOC. cit.
IZS Fiscal a Audiencia, Telde, 13.12.1718, loc. cit.
12' Certificaciones, Agiiirnes y Telde, 13.12.1718, leg. 305/8. La tensión
a !as puertas del convento subió de tono al salir el P. Zambrana en un
último y casi heroico esfuerzo, recriminando a los sediciosos por un
cambio de actitud tan radical. Sus aseveraciones fueron contravertidas
con cierto desprecio por Juan de Avila y con voces destempladas por
parte de los cabecillas Francisco de Quintana y Juan Ortega. Declara-ción
de Bartolomé Bueno, Telde, 14.12.1718, kg. 30518.
94 AVUAPIIO DE ESTUDIOS ATLBNTICOS
Fuentes y Sebastián Diepa. Tres horas más tarde parte la co-mitiva
en medio de un silencio espeso. Tres horas más tarde,
empleando las cabalgaduras un paso vivo, arribaban de nuevo
a Telde lZ8.
E1 estrepitoso fracaso del fiscal aparejaba la imposibilidad
de una soldadura. De la gravedad del hecho fueron conscien-tes
los propios vecinos. Aquella misma tarde, los sublevados
reforzaban todos los dispositivos de seguridad, amenazando a
los timoratos, en un esfuerzo por mantener la tan preciada
unidad lZ9.
111. PROCESYO NUEVO MOTÍNE N LAS PALMAS
EL capitán general en Las Palmas
Las gestiones encargadas al fiscal Román, auxiliado por el
nr\rnr\n;r7nw rr nor\;+Xn m r n w r n fl-~rnnronn hnl-\<nn nnnhnrlrr nrr uvs sGt;luvr y uayrmzir E gucs A a UUUA A GI u, u a u l a u a b a u a u w GII ÜE
estrepitoso fracaso. Con los vecinos amotinados había sido
inútil la política ambigua de negociaciones, amenazas y conce-siones.
Tampoco alcanzaron mejores resultados otras misiones
institucionales o privadas, que no han dejado huellas docu-mentales.
Y aun menos las débiles presiones realizadas sobre
don Francisco Amoreto, quien se mostró inflexible a los ruo
gos de abandonar o limitar sus derechos recién adquiridos. De
tal manera, que al sentirse presionado en los inicios de los al-borotos,
sin dudarlo, embarcó para Tenerife para exigir del ge-uer;
1,G C;"laP-es G ~ u v ~sifoi presencia en Gmii C'-raria para
restableciera el orden y la justicia 130.
Pero también el fracaso de las gestiones en Agüimes obligó
a la Audiencia, para salir del atasco, a instar al capitán gene-ral.
El ruego desesperado le llegó a Chaves Ossorio el 10 de
"8 Carta a la audiencia desde Telde, 13.12.1718.
m Testigo Francisco Pérez, Telde, 15.12.1718, leg. 30517. Estuvo en la
villa al toque de oración, después de haber salido el fiscal. Oy6 que ha-bían
colocado palos para castigar cualquier veleidad de sus convecinos.
Relaxion puntual, ya cit.
diciembre, «asegurandome -escribe- que segun el estado de
la dependencia, no discurrfian otro remedio que pasase yo
personalmente a aquella Isla» 13'. La novedad le causó «des-consielo
general», por encontrarse sorprendido con la misma,
ya que desconocía los antecedentes del conflicto, ni sabía si-quiera
que hubiese explotado como tumulto la. También le
produjo ((desánimo» el barco de la Península con la noticia de
que su sucesor, don Juan Mur, se encontraba esperando oca-sión
de embarque en Cádiz. {{No tengo aqui otras fuerzas que
las de la Imaginaria Autoridad; esta fuerza luego que consi-derasen
estos naturales salir en tan breue de mis órdenes)) 133.
En otras palabras, no barruntaba nada bueno al enfrentarse
con una operación compleja, como despedida de su mandato y
sin las fuerzas adecuadas, de improviso y en un escenario ex-traño.
Sin embargo, no dudó un instante en cumplir con su obli-gación
como soldado. Ordenó al intendente aviara un bajel
para el día 12. Los tiempos contrarios impidieron hacerse a la
mar durante dos Gas, El 14 embarcaba acompañado de un cor-to
séquito. Al siguiente, desembarcaba por la caleta al Sur de
San Telmo en Las Palmas.
Los amotinados rinden sus armas
Como los revoltosos continuaran en sus trece, don José An-tonio
de Chaves tomó algunas providencias para infringirles,
en caso necesario, el correspondiente castigo. Como no era ex-cesiva
su confianza en las milicias, despachó a personas de su
entera satisfacción, para que sembraran buenos consejos en-tre
los sediciosos a fin de que rindieran las armas y solicitaran
generoso perdón.
Este camino diplomático le había sido allanado por el obis-po,
don Lucas Conejero, residente a la sazón en el convento
131 Chaves Ossorio a Fernácdez Durán, La Laguna, 25.1.1719, leg. 305/2.
'* DOC. cit.
DOC. cit.
96 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
franciscano de Santa Cruz de Tenerife134E. hterado el obispo
del alboroto suscitado, se dirige a sus vasallos de Agüimes -la
Villa era señorío episcopal 135- mediante una carta recrimina-toria
por semejantes actos levantiscos. Buen conocedor del Ca-pitán
general les recomienda acudan ante el general doce ve-cinos
para solicitar conmiseración y, de paso, explicarle sus
pretensiones y razones 136. Al tiempo encarga al cabildo ecle-siástico
que señalen cuatro diput,ados entre sus miembros para
que patrocinaran y acompañaran a los de Agüimes 137.
La audiencia tuvo lugar el 18 y pareció altamente fructífe-ra.
El general -según su propia confesión 138- les hizo «una
larga, aunque no rigurosa reprehensiónn. A cambio de su cle-mencia
e intercesión ante la vía judicial para lograr una sen-tencia
lo más benévola posible, se someterían a la autoridad
con tres condiciones: rendir las armas, recibir en la Villa un
ministro de la Audiencia que sustanciara la causa incoada y
la entrega en la ciudad de Las Palmas de los estandartes, in-signias
y tambores del Regimiento, ((dándoles por razón que
se habían hecho indignos de tenerlas)), por ({haberlas tomado
sin órdenes, pero con esperanza de que haciendo mérito en la
obediencia y respeto, se las volverian la. Asimismo que no vie-ran
en la entrega otra cosa que «una muestra de arrepenti-miento~
14 0. Según la Relación puntual, las formas suaves y di-
134 J. VIERA Y CLAVIJO: Noticia de la Historia General de las I s h
Canarias, Santa Cruz de Tenerife, 1982 (8." edic.), t. 11, p. 567.
135 S. CAZORLLAEÓ N: Ob. cit., cap. 1.
«. . reprendiendo su atrevimiento, que no tiene disculpa y solo
servia para que sobreuiniera una ruina general)). Relaxion puntual, cit.
Serían 12 vecinos no inculpados y acompañados del cura y el alcalde
ordinario.
'37 LOC. Cit.
Capitán general a Fernández Durán, ya cit. Todas las versiones
que tenemos: Relaxion puntual y cartas del capitán general con la audien-cia,
corregidor, regente, etc., son coincicientes salvo la del Cabildo de
Gran Canaria que califica a los emisarios como ((12 rendidos)) y añade
que ((fueron reprendidos agriamente)).
Capitán general a Fernández Durán, ya cit.
ReZaxion puntual, ya cit., y corregidor al Consejo, Canaria, 15.1.
1719, y cabildo al rey, 19.1.1719.
Núm. 33 (1987) 97
plomáticas del general iban dirigidas a manifestar, de paso,
«algún agrado al cabildo)) ecIesiástico l4I.
Aparentemente parecía que todo marchaba sobre ruedas.
La paz se había restablecido. Al siguiente día los vecinos de la
Villa trajeron sus banderas, insignias y tambores que fueron
depositados en la casa del corregidor, y bajo su custodia.
Sin embargo, la tranquilidad era mas aparente que real,
pues en cuanto se extendió el rumor de que una tartana pro-cedente
de Cádiz había traído un R. C. de la Cámara de Casti-lla
consagrando el título de las tierras en litigio a favor de don
Francisco Amoreto, así como el de la detención de un capitán,
renació el nerviosismo y la tensión a
N
E
O
-
El juez-oidor Gcrnzález Barcia en Agüimes =m
O
E
El 20, .cinco días después de su arribada, delibera el general 2
E
Chaves con la Audiencia sobre la forma de llevar adelante el
prmeso iniciad= Ger e! fisca! Francisco Eorrifin. Deuechmm 12 3
idea de que le prosiguiera éste, «pues era arriesgado en exce- -
0m
son. Un «accidente» en su salud o enfermedad política sirvió E
de pretexto para designar al oidor semanero Alejandro Gonzá- O
5
lez de Barcia, a quien se instruye de cómo debería llevar ade- n
E lante las diligencias judiciales, encareciéndole la máxima cele- -
a
ridad 143. Estuvieron de acuerdo en que, al carecer de fuerzas, n
n la sorpresa era factor imprescindible para el éxito.
A la mañana siguiente el nuevo juez comisionado se puso 3
O en marcha hacia Agüimes en compañía del escribano Cabrera
la Cabildo al rey, ya cit.
Relaxion puntual, cit. El primero que cayó en prisión fue un ca-pitán
del Regimiento de Agüimes, pero ignoramos su nombre. Fue en-cerrado
en el castillo por haber diferido en un día su presentación en
Las Palmas (cabildo al rey, cit.). Permaneció encerrado a la espera del
proxric5amientn de! general y fi'ze puesto en libertad el día de Reyes,
sin que existiera acusación en contra. ((No parece que hubo más cargo
que ser persona sobresaliente de los vecinos)), nos dice Ia Relaxion pun-tuaL
Relaxion, cit., y general y audiencia al rey, Canaria, 6.1.1719, g
audiencia al Consejo, Canaria, 20.1.1719, leg. 305/2.
98 A.VUARI0 DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL MOTÍPD~E AG~IMES-LASP ALMAS 49
Bethancourt. Llegaron a la Villa sobre las cuatro de la tarde.
Inmediatamente y con el auxilio de las autoridades locales co-menzaron
a practicar diligencias.
Al siguiente, González de Barcia comenzó a decretar em-bargo
de bienes'44 y dicta auto de prisión hasta un total de
veinticinco presuntos reos; labor que es coronada el día 22.
Toma declaraciones a procesados y testigos y perfecciona su
comisión. Fue de enorme efectividad y limpieza la labor eje-cutada
por el alcalde Salvador Fernández Alfonso. El éxito pa-recía
rematar su obra, tanto que será felicitado calurosamente
por la Audiencia 14'. El ambiente en la Villa estaba bastante re-iajaáo
y ía tranqtaiiiüaa era absoiuta. NO se produjo ei menor
síntoma de tensión, ni siquiera de nerviosismo por parte del
vecindario. Aquello tenía viso de un juego convenido entre el
General y los del pueblo.
Es preciso señalar que de alguna manera los agüimenses
se habían trazado un plan homogéneo de defensa, mediante el
cual tratan de diluir sus acciones en un delito casual y colec-tivo,
en un Fuenteovejuna. Según van entrando en la cárcel
solicitan del juez les sean tomadas declaraciones, para lo que
necesitan conocer de qué son acusados, pues no tienen concien-cia
de haber cometido falta contra la ley 14$.
144 El mismo 21 embargó a Juan Álvarez una bestia y la plata de la
casa. EI 22 el aIcaIde Ferndndez Alfonso ordena la presentación en la
cárcel de Juan Ávila, Francisco Quintana, Juan Ortega y Juan Mauricio.
Francisco Gutiérrez, que no fue hallado el día 22, se presentó volunta-rio
al siguiente.
145 Audiencia a Gonzalez de Barcia, Canaria, 23.1.1719. Los detenidos
encarcelados fueron: 1, Juan Alvarez Ortega; 2, Francisco Melián; 3, Mel-chor
Quevedo; 4, Juan Perera; 5, Bartolomé Díaz; 6, Melchor Alvarez;
7, Baltasar Guiiérrez; o, Barioiomé Lorenzo Eodríguez; 9, Francisco Pé-rez
Miraval; 10, Matheo Suárez; 11, Manuel Mesa; 12, Jorge Rodríguez;
13, Diego Alvarez mmero; 14, Luis Alvarado; 15, Andrés Rivera; 16, Juan
Avila; 17, Juan Lozano; 18, Francisco Juan de Ortega; 19, Lorenzo Rodrí-guez;
20, Luis Romero; 21, Francisco Vizcaíno; 22, Juan Mauricio; 23, Juan
Rodriguez, a quienes se agregó Francisco Quintana Miraval.
La documentación es abundante y se encuentra conservada en el
leg. 305/4. El 23 extienden poder de apoderamiento a favor del procura-dor
Xiguel Benítez Xuárez en el pleito que sustentan contra Amoreto.
Núm. 33 (1987j 99
González de Barcia, pretextando obligaciones urgentes en
Las Palmas, regresa a la ciudad e1 24, señalando la convenien-cia
de que los detenidos ratifiquen sus declaraciones. A la vez,
responsabiliza de la seguridad de los presos al alcalde ordina-rio
y al capitán Roxas.
Llegan en la Nochebuena al toque de oración el juez y su
escribano y hacen entrega del proceso «con el mayor decoro
de la justicia)) 147, para que sean calificados los delitos por la
Audiencia. La sala recibió el mismo día la protesta de los en-carcelados,
solicitando la libertad por estimar se encontraban
detenidos bajo denuncias dudosas y procesados sin pruebas
suficientes. A esto añaden que «por ser hombres pobres, que
peraemos con ia prisión iaborar ia presente sementera y cui-dado
de nuestros animalesa, no encuentran justo carecer de
libertad «a la vista del nacimiento de Nuestro Señorn. Pero,
en lugar de la ansiada libertad, el oidor Gonzalez de Barcia
manifiesta a la Sala la imperiosa necesidad de trasladar a los
detenidos a la cárcel real de Las Palmas, pues los locales que
los acogen en Asirnos no reúnen ((la entera satisfacción que
se necesitan, así como sufrir otras carencias esenciale .'s41
Los presos a Las Palmas
La Sala, presidida por el general, se reunió en sesión de ur-gencia.
Ante la Audiencia se habían presentado la víspera al-gunas
querellas y peticiones. Opina por escrito Amoreto que,
restablecida la paz, es necesario definir los delitos y castigar
a los culpables. Da la impresión como si el restablecimiento
de la paz aguijoneara su ambición y exigencia de graves penas
y hasta de sangre. En efecto. solicita el traslado de los presos,
el restablecimiento de la justicia, «que es el exe principal, y
Regente Martínez de la mente a José Rodrigo Villalpando, Cana-ria,
11.1.1719, leg. 305/2.
Entre ellas, la dificultad de encontrar en la villa un curador para
José Alonso, menor encausado. Escrito de González de Barcia, Canaria,
25.12.1718, loc. cit.
100 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
el castigo de los delincuentes convictos del crimen de lesa pa-tr
i.a'41))
Los magistrados Martínez mentes y Tolosa decretan con el
general el traslado de los detenidos. Encargan la misión a Fer-nández
Alfonso, con el auxilio del capitán Antonio de Roxas '".
Conscientes, sin embargo, de lo arriesgado de la operación y
el peligro de volver a prender el polvorín, Chaves Ossorio pre-fiere
preparar el terreno. Antes de ejecutar el auto de la Sala,
realiza una serie de operaciones «muy diplomáticas)), tenden-tes
a garantizar la tranquilidad. Como quiera que los canóni-gos
eran tenidos por protectores de los vecinos de A,@iimes, les
garantiza que los detenidos no sufrirían daños de considera-ción
a lo largo del proceso, e incluso promete que serán de-clarados
libres de costa, promesa incumplida como veremos.
Además, envió a la Villa, como emisario tranquilizador, al
sacerdote don Bartolomé Espino Alvarado, natural del pueblo
y hombre de gran prestigio por las dotes que le adornaban.
Misiones que realizaron los designados «sin repugnancia) .)'51
La habilidad del capitán general explica el éxito del pacífi-co
traslado. El 27, de madrugada, se ponen en camino los vein-ticinco
presos hacia Las Palmas. Todos manifestaron previa-mente
su conformidad con las órdenes recibidas, aunque pu-sieron
de manifiesto el perjuicio que les acarreaba abandonar
el pueblo en tiempo de sementera. Mas que una cuerda de pre-sos,
parecía un grupo de amigos y vecinos ,que se dirigían
a la capital bajo la tutela del alcalde y el capitán. Llega-ron
a Las Palmas ya de noche, por lo que ingresaron en la
- --
149 ((Agüimes -dice- carece de cárcel apropiada, ni seguridad algu-na
y la presencia, si no fuera porque ellos mismos asisten a sus casas, a
las horas del dia que les paresce, y de la noche. Y estan haciendo que
todo es solo formalidad.)) También el alcalde apaleado se querella. Am-bos
escritos fueron presentados por mano de González de Barcia, leg. cit.
1.59 Chayi,.e~y a~dieficiaa ! rey, Canaria, fi.?.???a, ya cit.
El sacerdote don Bartolomé Espino y Alvarado desem3eñaba a la
sazón la parroquia del Sagrario. Chaves Ossorio le conoció en el palacio
episcopal, donde residía, por ser, además, familiar del obispo. En seguida
el general ((pudo experimentar sus buenas prendas para reducir a sus
paisanos)). Relazion gmntual, ya cit.
Núm. 33 11987) 101
cárcel real a primeras horas del día de los Santos Inocentes.
A los veinticinco se añadió en este día Juan Quintana Miraval,
a quien se toma declaración a causa de las desavenencias y
querellas presentadas por don Francisco Amoreto. Lo mismo
ocurría con el alcalde Salvador Fernández Alfonso. Veremos
en seguida en qué consistían los deseos del sargento mayor de
complicar más las cosas.
Amoreto toma posesión de las tierras en litigio
La inicial intranquilidad, que no había terminado de eva-nescerse,
va a transformarse en nerviosismo, cuando entre en
circiihción u- rwnnr, d-esgrl?~iadannentPc ierte en este case.
Procedente de Cádiz y a bordo de una tartana había llegado
una R. C. a consulta d.e la Cámara de Castilla con el título de
propiedad de las tierras de Sardina y Llano del Polvo a favor
de don Francisco Amoreto Manriquel=.
pjpclrción de! cgfitenid~& ]a b.é&jla Real p y r dinamita
pura. Una vez que el regente, en virtud del rango de la dispo-sición,
hubiera dado cuenta a Amoreto y al juez privativo, lo
prudente hubiere sido aplazar su ejecución hasta conocer la
decisión definitiva del rey, {(como solución de concordia)), o
que se hubiera sustanciado la causa en curso. Pero el oidor
Diego de Tolosa, comprometido como estaba por sus informes
previos y en virtud de la autonomía que gozaba en el caso como
juez comisionado por !a Cámara, decidió pasar adelante. No
tuvo en cuenta, «corno se le señaló», los inconvenientes y pro-hlemar
cpe de~en~adenariI-a! eje~i -~~iIónnc.~ nvenientesy prn-blemas
que lógicamente ignoraba la Cámara de Castilla en el
momento de elevar el texto de la consulta al rey '53.
15-' Relazion puntual, cit.
153 Relazion puntual, cit. Casi toda la documentación es coincidente
así como las cartas dirigidas al rey y al Consejo. La R. C. es de 18.8.1718.
Por la misma se concede a Amoreto lX,ñ fanegadas y 50 brazos roza-das
y desmontadas en el Llano del Polvo: 309 fanegas, 4 calemines,
ídem en Sardina; y 707 fanegadas, 4,5 celemines montuosas en Pozo Iz-quierdo,
con ((todas sus aguas, montes, dehesas, pastos, parados, hegi-la2
ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
EL MOTÍN DE AGWIMES-LAS PALMAS 53
Es más, Tolosa se encontraba obligado a elevar los recur-sos
de los pretendientes de la villa, y, aún más, después de
haberse encontrado en la Audiencia un instrumento de 1645 en
el que contaba, como vimos, que después de un largo pleito la
Audiencia había vendido las tierras en cuestión declarándolas
((inutiles para el servicio de S.M., concediendo a cada vecino
las fanegas de tierra que hubiesen desmontado y las que en
adelante fuesen desmontando, con la calidad de censo perpe-tuo,
a Real por fanegada, con otras cosas que se propusieron,
mirando a la Paz, y a que los vecinos no se quedasen sin de-f
e n ~ a » l «~P~e.r o, aunque esta proposición se expuso por los
medios mas eficaces ..., como arreglada en todos derechos)), y
tanto el general como el regente ((gastaron su oficio con el
oidor Tolosa)); éste no sóio extendió ei despacho, sino que fue
personalmente al Sur para presidir el acto solemne '%.
En efecto, el día 2 de enero hacían acto de presencia allí,
junto con el oidor, don Francisco Amoreto, su suegro el coro-nel
don Fernando Castillo Olivares, al frente de un séquito ade-cuado.
Camino del Llano del Polvo, tropezaron en Lomo Da-mián
con un grupo de hombres que venían con leña de Arina-ga.
Informaron éstos que en Agüimes la noticia había levanta-do
un respetable revuelo. Dejando atrás a Amoreto y el séqui-to,
se adelantó Tolosa con el coronel y el escribano Antonio
González Losada. Encontraron media docena de campesinos,
quienes, dándoles la espalda, no daban ocasión de ser interro-gado
por el coronel. Los lugareños se dirigieron al encuentro
de otros doscientos camaradas, que se hallaban situados preci-samente
en el Llano del Polvo. Don Fernando, por ser conoci-do
de todos, recibió la comision de explicaries a qué iban, pro-curando
tranquilizarlos de paso.
Los doscientos hombres de la Villa portaban sus armas,
dardos, palos y una escopeta. Tolosa les ordenó rendir las ar-mas,
lo que realizaron depositándolas en tierra. Tenían los
dos y abrevaderos, fuentes corrientes y manantes)). En SUÁREZ GRINI~N:
Ob. cit., 1, p. 233. '" Relaxion puntual, ya cit.
Loc. cit.
Núm. 33 (1987)
54 ANTONIO BÉTHENCOURT MASSIEU
sombreros en la mano, en actitud de dialogar sobre el tema.
Uno del grupo manifestó que si bien el oidor no hacía otra
cosa que obedecer órdenes superiores, ellos contradecían el
contenido de la Real Cédula, una vez leída por el magistrado
((casi a letra)). Apenas si surge un incidente mínimo 156 y de
seguido Amoreto procede a realizar todos y cada uno de los
actos pertinentes a la toma de posesión: coge tierra con las
manos, arranca hierba, muda y junta piedras. Todo ello en
medio de un vocerío ensordecedor y muestras de desaproba-ción.
Según el escribano, Diego Cabrera Negrín, ((calvo de pelo)),
y el viejo alférez Bernabé López, con otros, destruyeron los
mojones, sin dar lugar a que acto tan solemne tuviera remate.
Se tenían que dirigir a continuación a Sardina para repe-t,
ir las pres-rip&nes- pero l~cc;- ,mpes~-os& gian qge a ~ t ee ~
in situ el escribano extendiera certificación de la contradicción.
No aceptaban posponer la redacción a llegar a paraje más có-modo
para escribir, por lo que don Antonio de Quiroga hubo
de extenderla.
En Sardina se repr~dj-ljn una ni-leva versifin d-e lo sixerJidn
en el Llano del Polvo. Aquí destrozaron los ((rnaxanos)) y cuan-do
ya estaba la comitiva a caballo para el regreso, exigieron
otra certificación con el fin de utilizar una y conservar el du-plicado.
Aclarada la posibilidad de obtener del original cuantas
copias fueran necesarias, dejaron libre el paso. Pero instantes
después se contemplaron de nuevo rodeados: exigían ahora
una nueva copia y esto en forma conminatoria. El caballo del
escribano, sujeto por la brida, por lo que Tolosa le ordenó
apearse y extender el documento. Aún hubo otro forcejeo al
exigir los revoltosos que constatara en e1 documento los _os
transcurridos desde que desmontaron las tierras.
Is6 Fue cuando en el acta de contestación solicitaron se incluyera el
nombre de todas y cada uso de las que contradecían la toma de pose-sión
para que quedara constancia de los derechos personales. Cuando
estaba el escribano dispuesto a complacerles, algunos consideraron esta
relación nominal como inconveniente, ya que Diego de Tolosa había ex-plicado
que no era imprescindible para litigar, pues sólo exigía el régi-men
procedimental que fuesen doce y de la localidad. Relazion puntual,
ya cit.
104 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
Considerando don Francisco que había salido victorioso de
tan dura contienda, trata de mostrarse generoso con un triple
objetivo: apaciguar los ánimos de los vecinos, justificar su
actuación ante las autoridades insulares, que en general ya
no le tienen en buen concepto, y dejar clara su vocación de
servicio ante el Consejo de Castilla, donde a la larga desembo-caría
el proceso en marcha.
Para ello, y en conformidad con un plan preestablecido, una
vez terminadas las ceremonias de toma de posesión llama al
escrlhayn,~p ar& y w testirf~mniep nr escritn cSmn, en cnncider-ción
a la pobreza de los vecinos de Agüirnes y muestra de su
generosidad, estaba dispuesto a haeerles entrega de las tierras
libres -por roturar- por un plazo de diez años. El resto las
ofrece a tercio «aunque era estilo que se practicara, a medias)).
Lkgz z a n,fe"?urhs rnedimte el pwgo Ge ?m vmm perpe-tuo
de real y medio por fanegada g año y lanza el proyecto de
rozar las trescientas fanegadas montuosas que habían entrado
en la compra.
Ofertas que no sólo no fueron aceptadas por los campesi-nos,
sino rechazadas con fehacientes muestras de desagrado.
A la oferta de los diez zños libres, «le explicaron que bien daba
a entender la buena compra, cuando ofrecía un partido tan
considerable como diez años)). El ofrecimiento {(a tercio» fue
rechazado con voces destempladas al igual que las dos úIti-
=as, püeu aiites aUu.n&aii a: CraEjiIdu s ó l ~Un real por fmega
«y quedarse (Amoreto) con mas de mil fanegadas montaraces,
siendo voz pública entre aquellos vecinos que, aunque la venta
ha sido por 1.600 fanegadas incultas y labradas, se había tasa-do
este conjunto muy a satisfacción de don Francisco Amore-ton
157. r r--- A-- uegauua a estvs extr-ernus, 10s vediios plantearon su
contrapropuesta: las sembrarían por suyas o nada.
Es más que probable que Francisco Amoreto y el oídor To-losa
se retiraran del Sur con sensación de triunfo en toda la
l" DOC. cit.
línea, ya que acto tan conflictivo se había desarrollado con fa-cilidad
a la vista de los incidentes y tensiones relatados. Es
más, debieron sentirse orgullosos de la maquiavélica oferta al
campesinado, broche de oro de la operación. Y ello fue así
porque valoraron que la presencia del Capitán general, la paz
restablecida y los amotinados en la cárcel eran factores y ar-gumentos
de gran peso en la delicada dinámica desatada.
Si ello fue asi, la verdad es que cometieron un nuevo y craso
error político. Error del que estaban advertidos, porque tanto
los vecinos de la Villa como el campesinado de la isla perci-bieron
que la justicia había fallado, que carecían de ella, por
no haber encontrado las autoridades una salida razonable al a N
conflicto. Es más, habían sido engañados por la Audiencia y E
lilao n- pra>lrbtl;bnu, iralnr rrlml vnrnl uton nr\r 01 n ~ n i f - í nrr nnnral niiinn nct6 o nrinfn O PUL o r bwpruuur S b i A u r u r , yulurr vuvrri CA y - - - v v
n
de despojarse de la careta de hombre flexible y diplomático. -- m
O
El explosivo acumulado había sido percutido por un opulento E
E
y un oidor a su servicio. 2
-E
Las querellas de Amoreto
E
Una vez encerrados en la cárcel real, las cosas no iban a O
discurrir bien para los amotinados. No sólo por la celeridad n
con que llevaba adelante el proceso González de Barcia, sino a-E
también porque se produjo un lapso de indefensión para los l
n procesados. Como dimitiera su abogado don Silvestre Quevedo n
n
el 28 de diciembre, el procuraáor y apoderado intentaron in- 3
fructuosamente buscarles un defensor entre los letrados de la O
ciudad. Al final se propuso a don José Martínez, quien sobre
la marcha dejó el encargo pretextando obligaciones ineludibles
que le forzaban a ausentarse con frecuencia de Las Palmas.
Como la dimisión de don Silvestre no pareció demasiado jus-tificada,
la Sala rechaza sus escinsas, le obliga a continuar con
su papel y pagar la multa ae cincuenta ducados a favor de la
Casa de Expósitos de la ciudad.
Amoreto, que no cesaba de azuzar a los oidores, toda me-dida
preventiva le parecía poca y lamenta que no hubieran
sido procesados cuantos en el Sur no estaban de su parte.
106 AIíUARIO DE ESTUDIOS ATLÁNTICOS
EL MOTÍN DE AG~IMES-PLAALMSA S 57
El 27 presenta demandas, querellas y denuncias de lo m& va-riadas.
Contra Juan Quintana Miraval, por camarada y cabeza
del motín; contra el procurador don Simón Espino Carvajal,
por elaborar escrito a favor de los sediciosos; contra el alcalde
ordinario, licenciado Fernández Alfonso, y los capitanes Anto-nio
de Roxas y Gregorio Pérez, por no haber demostrado la su-ficiente
energía y aparecer en ciertos momentos al frente de
los sublevados; y en el caso del alcalde, como responsable de
la seguridad del cirujano Jacinto Perera, que acudió a cuidar
las heridas del alcalde real 158.
A tal rosario de querellas del sargento mayor habría que
sumar la del alcalde aporreado. El último día del año se que-relló
contra sus agresores, ahora detenidos, por los daños que
le causaron, de los que aián conserva ({labores de pólvora)?, así
como por las vejaciones sufridas y el desprestigio de su auto-ridad
ID.
Amoreto en su ensañamiento y dando muestras de una ac-tividad
sin límites, trata de complicar el proceso al introducir
en el mismo ramificaciones colaterales. Por medio de procura-dor
solicita ampliación del número de encausados, propone
nuevos testigos, ampliación de los plazos, etc ... Tanto que la
Sala le exigirá ponga coto a sus demandas y que explicite las
acusaciones. Hay un momento de enfrentamiento o duelo en-tre
el sargento mayor y el juez comisionado-oidor, deseoso éste
de sustanciar de una vez tan espinoso proceso :". González de
Barcia se niega a procesar aI procurador que no había hecho
DOC. cit. Parece como si el único gesto humano de Amoreto du-r&
7-,c,e d proceso se redUjera a i.econGceí. la &&w,;iiaci&i ce '&Kitea a&
rez como curador del menor José Alonso Tau. El alcalde Salvador Fer-nández
Alfonso al igual que Juan d.e Quintana Miraval tuvieron que in-quirir
la causa de su encarcelamiento. El 1 de enero dirige tres escritos
el alcalde al fiscal solicitando ser declarado inccente de cualquier acu-sación.
Leg. 305/4.
J~aqüflrU unzB!ez Loreiizo a la ~6~s í iciCaa,n aiia, 31.22.i7i9, i ü ~¿.+ t.
De todos los integrantes del grupo de agresores, ahora en la cárcel,
s610 exculpa a Baltasar Gutiérrez, por haberle protegido e impedir que
continuaran dándole de palos.
16@ LOS documentos correspondientes están fechados en Canaria,
31.12.1718 y 2.1.1719, loc. cit.
Núm. 33 (1987) 107
otra cosa sino cumplir con su obligación, o sea, poner por es-crito
el encargo de sus clientes. Tampoco consideró decoroso ir
contra las autoridades locales y, finalmente, niega la amplia-ción
de plazos, presentación de nuevos testigos, etc.. . 16'.
Los argumentos de la defensa
El proceso se encaminaba hacia su final. Presentado el plie-go
de cargos contra los reos, el primero de año el procurador
Benítez Xuares eleva el pliego de descargo, solicitando la abso-lución
de todos los encausados. Éstos no acudieron a la «aso- a N
nada,) «que se dice, sino como unos del Pueblo y precisados de
€1 y we mique (sic) y e ~&, an exefierados & dichn &!itc~. O
n - kreron convocados en nombre del rey, lo que no es extraño 2
en una localidad como Agüimes, donde constantemente hay E
E
moros en la costa. Después se mantuvieron reunidos {{en son E
de defensa natural)). Tras un análisis de lo sucedido, sólo en-
-
c~er i t rae! defemer fidelidad y prmtitud m ucildir en defensa 3
de su rey y su monarquía. Om-
Es más, frente a tanta gallardía, estima poco honorable la E E
actitud de don Francisco Amoreto, quien va contra el espíritu
y la letra de una Real Cédula otorgada por los reyes don Fer- ; E nando. doña Juana y don Felipe para Canarias, {{prohibiendo -
a
vender ingenios y heredamientos a personas poderosas)). Real n
Cédula conservada en el Libro Rojo de la ciudad. Rematar y
tomar posesión de las tierras constituye una infracción a lo 5
dispuesto. Y aún más, una amenaza contra los vecinos de la
Vil!u, J Ue !a isla enter^, el ccnrmt i r cpe c i g ~A mnretn a~ilmu-lando
posesiones en el Sur de la isla, pues ya se exceden a
Aldea Blanca, Maspalomas y Arguiniguín. Tanto que en este
proceso expansivo trata ahora Amoreto de sujetar a sus defen-didos
como medianeros. Si se nos permite la expresión, trata
de medimiuar 11 znna donde estan las tierras en r?isputa.
Documentos citados y los cruzados el 2 y 3.1.1719 entre el procu-rador
Pedro Francisco del Manzano y la Sala, loc. cit.
lQ Benítez Xukrez a la Audiencia. Cacaria, 1.1.1719, loc. cit.
108 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
Item más. Los vecinos de Agüimes venden en el mercado
de la ciudad de Las Palmas sus excedentes cerealeros, mientras
Amoreto especula con los suyos, aun en los momentos en que
por falta de granos la justicia registra los graneros. Entonces
el sargento mayor los sustrae, ((y quaado amenazado de rexis-trar
los suyos, que fue el a.ño diez; por excusarse trajo ciento
diez fanegas de trigo.. . y vendió a diez y nueve reales de plata,
siendo sus cosechas muy largas, pues se llama Señor de Cinco
Leguas de tierras en los terrenos referidos)) la. Algo semejante
ocurre con los pastos de su tierra y las que va (tcomprando,
poco a poco, a. los Padres de la Compañia que tenian los ve-cinos
de la Paredilla para Arriba, a tributo, en dicho pago de
Sardina)) la.
Finalmente, suaviza cuanto puede y entra a rebatir los ar-gumentos
de los demandantes Amoreto y González Lorenzo.
En resumen: Interpreta la algarada como una reunión en
defensa de la tierra, ya que los de Agüimes carecían de fuerza,
como demuestran los hechos, de una parte. Y de otra, presen-ta
como un peligro social el excesivo poder que iba adqui-riendo
Amoreto, al compás del ensanchamiento de sus propie-dades.
Peligro social, sí, pero también peligro para la tranqui-lidad
de la isla, lo que es harina de otro costal.
El punto de vista de Amoreto
El 4 de enero, el juez especial, el oidor González de Barcia,
eleva a :a Sala 1% cmsz mstanziada. Pem ailtes de entm en :a
calificación interesa someter a un análisis un escrito que ha-bía
elevado por medio de procurador, don Francisco Amoreto
Manrique, en el que se nos presenta más como fiscal que como
parte. En el mismo solicita que el castigo de los inculpados
ur<rrjrar. G.-.cui+r&r~~+rb\ b uTy I cn~v+i -rn+m~ rr\r i vu7.7o er+r& í nbfonu Gnrrs\ &r u.ni inu;sXunr d uA-= r1- a umur rr rmr na n5 1vanvs-ü~-r .
dad del delito y a la vez en razón de dejar grabado en la con-
DOC. cit.
164 DOC. cit.
ciencia las consecuencias de velidades sobre la materia. Ex-tremo,
porque no se conforma con pena inferior a la de muerte.
El análisis de su contenido es imprescindible por ser reve-lador
de la compleja profundidad del problema. El sargento
mayor al hacer uso de un derecho, lo aprovecha para teorizar
sobre la naturaleza de unos supuestos crímenes, al tiempo que
trata de desvanecer ;a responsabilidad y la fuerza de los argu-mentos
contenidos en las acusaciones que le hacen objeto sus
enemigos o las que pudieran servir de atenuantes a los encau-sados
ante el dramatismo de su situación.
En primer lugar trata de desvanecer la hipótesis sobre la
espontaneidad del tumulto. ((¿Quién ha dicho -proclama-ny"~'-
i -= ? p ~ e b !c~en j~rac7y,~ A ech~l iga 2 ~ ~ fL2c, 1n~ &he s e ~
castigado? Pero jO pobres desdichados!» '65. ¿Cómo puede ser
calificado de espontáneo un acto de amotinamiento con las ar-mas
en la mano, «en el que los sublevados fueron convocados
de barrio en barrio y de casa en casa, según el contexto de una
qmrel!a?» 166. Tude el!= expreusdo e= ten9 =&Spre pio Ue fiuc~!,
que de parte interesad