CANARIAS EN EL ARCHIVO DE
PROTOCOLOS DE SEVILLA
POB
FKANCISCO MORALES PADRON
Catedrático de la Universidad de Sevilla.
El medio millar de documentos resmidos q-u e siguen, fechados
entre 1472 y 1582, permiten una clasificación por materias trata-das,
que nos va a facilitar esta introducción. Introducción donde,
con cierto sentido orgánico y sin atender al orden cronológico en
que ofrecemos los documentos, vamos a dar una idea del contenido
de ellos.
En cada apartado citaremos como modelos algunos de los do-cumentos
pertinentes a la materia tratada.
Los especialistas quedan emplazados para hacer la auténtica y
total valoración de estos documentos que, gracias a la ayuda eco-nómica
del Cabildo Insular de Gran Canaria, presiOiío entonces
por D. Matías Vega Guerra, fueron analizados y transcritos abre-viadamente
por D. Juan Criado Plaza. Su colaboración es la que ha
permitido reunir este material con el cual se pretende no s6lo con-tribuir
una vez más al esclarecimiento de la historia insular, sino
evidenciar que es necesario y posible integrar un "corvpus" docu-mental
sobre Historia Canaria a base de los archivos peninsulares.
Simancas, Madrid, Sevilla, Barcelona y Valencia, que sepamos,
atesoran amplio material. Lentamente.se podría hacer no s61o un
Núm. 7 (19619 239.
Catálogo, sino una colección en microfilm o copias mecanografia-das
que pudieran completar los fondos custodiados en Canarias.
Estudiosos, y estudiosos canarios, no faltan en las localidades ci-tadas
capaces de ordenar y dirigir la catalogación y recopilación.
Seria una tarea sistemática, orgánica, a cargo de hombres -y mu-jeres-
conscientes, preparados y responsables.
Limitándome al caso sevillano, puedo indicar que en el Archivo
de Indias y en los Archivos Notariales se conservan muchos fon-dos.
Los del Archivo de Indias, aquellos que se presentan en bloque,
fueron ya utilizados en una monografía l. Pero quedan otros, que
se van hallando en diversas Secciones, factibles de reunir poco a
poco. Personalmente tenemos copia de varios de estos papeles que
también pensamos dar a conocer. a N
Imagino que en el Archivo Municipal se podría hallar algo; E
1-e A n l o A~,A;nnn;o C-.nr.nn --o CnomlnAoAno o 0 o n o r r ; o n nn 7 r n a enn- O
IVU ub ILL~ nuu~cubraL UGLVII y a LL am~auauva.~ valia~rc w bu rura g-u n-tión
en que tuvimos algo que ver. E ~ cIu anto a los Archivos Nota- - m
O
riales, la muestra está a la vista. Juan Núñez de la Peña, Enrique E
E
2 Marco Dorta y Alejandro Cioranescu habían patentizado su impor- -E
tancia para la historia insular y ofrecido numerosas piezas 2. Cree-
-no n-rn m n o + - ~ o a mn+XA;no A Q F : ~ Xr\t;mrro f n ~ r t n n E"l infnréa do 3
ULVU YUCl UILI ILiL -U IUbCVUIbC* UUL IC* VyLALuVU .LA. UCV.2. Y1 * A L L . U I V U U- -
estos protocolos es indudable. Charles Verlinden, entre otros ', -
0
m
trazó un plan para aprovecharlos. El autor belga, con clarividencia, E
juzgaba que la colonización americana entronca con la medite- O
rránea y que la anexión y colonización de los archipiélagos atlán- n
E ticos es una proyección de esa colonización medieval-mediterránea -
a
2
n
1 F. Morales Padrón: El comercio canario-americano (siglos XVI, XVZZ n
y XVIII). Sevilla, 1955. 3
2 "Revista de Historia". La Laguna, años 1941, 1942 y 1955. O
Los nombres de E. Serra Ráfols, A. Rurneu de Armas, Leopoldo de la Rosa,
J. Peraza de Ayala, Charles Verlinden, Torres Campos, etc., son hartamente
conocidos para que pretendamos dar una biblio,grafía complementaria, apa-recida,
por lo general o comentada, en "Revista de Historia" (La Laguna), "El
Museo Canario" (Las Paimas) y ANUARIDOE ESTUDIOAST ~ T I C O(MSa drid-
Las Palmas).
3 Précédewts maiévaux üe ir& cobnie en Amériqzce. México, 1954; Rela-tiom
commercides mtre íWtes et Ze PortugaZ CL Zy&oque des gramdes áécou-ve?-
tes, "Bulletin de 1'Institut Historique Belge de Rome", XXXIII, 1961, y
otros trabajos suyos que se relacionan en éstos.
240 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARIAS EN EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA. 3
y un adelanto o experimento del fenómeno americano. Nada más
cierto. Y nada tambihn más cierto que es en Protocolos donde es
posiI.de hallar los testimonios documentales de este nexo o filiación,
aparte de otras noticias.
Las escrituras protocolizadas constituyen un interesante testi-monio,
aunque tengamos que utilizarlas, al igual que los textos le-gislativos,
con gran prudencia Con todo, estos papeles recogen
una actividad económica y social notable, donde el pueblo es perso-naje
principal. Siendo Sevilla el puerto por excelencia en la expan-sión
atlántica, se comprende la importancia que tendrán sus fondos
notariales. Ya años atrás lo señaló Ots Capdequi: al Archivo de
Protocolos es donde hay que acudir para completar la visión que
tengamos de la participación del pueblo en el quehacer coloniza-dor.
Laa, actas notariales recogen miles de nombres y de profe-siones
que, de una u otra manera, participaron en ia tarea coioni-zadora
insular, siendo por tanto considerable el valor que, como
fuentes para la historia económica, tienen.
Por desconocimiento, por menosprecio, por la lejanía para el
estudioso canario, primer interesado, o por lo difícil de la letra de
ios protocoios, no se ha investigado en eiios como se Gebiera. Yá
citamos las excepciones, los que valiente o animosamente se enfren-taron
con este penoso quehacer y facilitaron valiosas muestras.
Pero qeda mucho más.
Según sabemos, estos viejos documentos están clasificados de
acuerdo con las Escribanías de procedencia y, dentro de cada una
-de ellas, por años de redacción. Hay que examinar uno a uno los
libros de cada Escribanía para localizar lo que nos interesa. En
el Catálogo que sigue se registran documentos de la Escribanía de
Francisco de Segura fundamentalmente. Y las fechas hitos van
.de 1472 a 1582, aunque bien es cierto que ei núcieo más numeroso
de documentos lo dan los años 1500 a 1509.
Eos documentos quedan consignados de acuerdo con un criterio
cronolúgico, indicándose: l.", fecha de la escritura; 2.0, resumen
de ella, y 3.0, debajo, la sigla del escribano y el folio. Inmediata-
4 Vid. A. Sapori: Le Marchand ItaZian azc Moyen Age. París, 1952, phgi-nas
1-XIII.
4 FRANCISCO MORALES PADR6N
mente después de esta In;troduc@ión ponemos las siglas de los escri-banos,
junto a los que se indican el año al que corresponde el libro
donde se encuentran los documentos, el número de oficio y el nú-mero
del libro y folio. Al final insertamos cinco valiosos apéndices
que complementan a los documentos números 73, 341, 378, 378 bis
y 388.
El contenido de las escrituras, según dijimos, autoriza a clasi-ficarlas
según materias. Una agrupación caprichosa o personal
nos ha permitido tocar, como pntos o materias más interesantes,
las que siguen:
a LOS CONQUISTADORES DE GRAN CANARIA. N
E
Casi me&o centenar de conqiaistadores de Gran mnaria se aso- O
-n
=
man a nuestros documentos, personalmente o mediante sus here- m
O
E
deros, para exigir el pago de lo que se les debe por su tarea bélica E
2
o para vender sus tierras. Unos siguen viviendo en Gran Canaria, E
otros se han radicado en Sevilla, Jerez o Niebla. No encontramos
esas memorias de "reiación de méritos y servicios" que nos vamos 3
a tropezar en Indias y que tan útiles son. Aquí aparece la fria exi- -
0m
E gencia, la concesión de poder o el recordatorio de lo que se les debe.
O
Por ejemplo: Marcos de PaIma menciona que a él y a sus peo-nes
se les ha de abonar 15.000 maravedíes por parte de Alunso de n
E Lugo y en concepto de servicios prestados en la anexión de Tene- a
rife. Ya luego son todos nombres vinculados a Gran Canaria. Al n
filo del 1500 encontramos la cifra de 101.600 maravedíes librada
por los reyes para abonar a los que intervinieron en la conquista O3
de Gran Canaria, llevada a cabo de 1478 a 1483. De ellos se reparten
55.962 entre Yiione de h a s , vecino de Gran Canaria, Pedro de
Avila Tastarando, Pedro de Salamanca, Perucho de Natra, Gui-llén
Castillo, Pedro el Rey, Rodrigo Carpintero, Simón de Fuentes
Aguilando, Miguel Colmenar, Fernando de Montemayor, Lucas
Martinez, Juan Inglhs, Gonzalo Real, Andrés de Fasnalcázar, los
herederos de Fernando de Praiio, Pascua1 Teiies, Juzi~iluel Sastre,
Pedro de la Hinojosa, Juan Guerra, Diego de Salamanca, Juan
Santrysco, Alonso García, Francisco Cabrejas, Alonso de -ayda,
242 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOB
CANARIAS EN EL ARCHITO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 5
Alonso Barvero, Juan de Burguilbs, Pedro de Argiiello, Sebastián
de Arjona, Rodrigo Preñadao y Esteban de Urueña. A todos, una
treintena de nombres, se les debe miles de maravedies.
De 1501 a 1505 nos encontraremos con diversos ~ombresd e
conquistadores, algunos refugiados en modestos oficios, que otor-gan
poder para que se les cobre lo que aun se les debe por su parti-cipación
en aquella empresa. Tenemos a Miguel Gdván, humilde
zapatero de Sevilla; a Juan Ruiz y Juan García, vecinos de la mis-ma
ciudad, junto con Inés de Limpias, viuda de Alonso Jaymes de
Sotomayor, el Alférez de la conquista, vecina entonces de Niebla,
que otorgan pder a Pedro Santana. Al mismo Santana le conce-derán
poder Diego- de Corita, vecino de Gran Canaria; Alfonso Fer-nández,
correero de la misma Isla; Pedro de Vargas, vecino de Se-villa;
María López, como viuda y en nombre de Alonso López de
Zorita para sí y sus hijos Melchor y Baltasar; los hermanos tria-neros
Juan y asme de Alcalá, como herederos universales de Jum
de Alcalá, su abuelo; Sancho de Escalante, domiciliado en Sevilla;
el escudero Pedro de Villate, que vive en Ecija, y Juan de Herreo,
habitante de Jerez de la Frontera y al cual se le deben nada menos
que 20.000 maravedfes
Otros nombres de milites de la conquista aparecen en el apar-tado
siguiente, íntimamente ligado a éste.
UNAN UESTRA DEL REPARTIMIENTO DE GRANC ANARIAY SUS PRIMERAS
TRANSACCIONES.
Hemos de remitir al estudio que hace mi querido maestro y
amigo don Pedro Cullen, en el Libo Rojo de Gran Cccnaria 6, a quien
szber lG cozccea~ss Gbi=e '''j+,pdi~im~See ~ha.
discutido y dudado de la fecha en que tuvo lugar, pero a juzgar
estas escrituras notariales no cabe duda que se comenzó a efec-tuar
en 14%.
5 Cfr. documentos níuns. .S, 73, 74, 109, 110, 111, 112, 141, 142, 143, 156,
213, 227, 228, 232 y 233.
a Libro Rojo de GYCGC~anZa ria. Introducción y notas de Pedro Cullen del
Castillo. Las Palmas de Gran Canaria, '1947.' . .
Este apartado, más que del "Repartimiento de las tierras y
aguas de Gran Canaria", trata de la "Historia de las tierras que
el genovi% Bautista Riberol poseyó en Gáldar" (en realidad en lo
que hoy es Guía). Porque, en efecto, es la historia de estas tierras
lo que se dilucida en las escrituras halladas, aunque anejas vengan
noticias de suma importancia más general. Ojalá pudiéramos en-contrar
muchos documentos como éste, que nos permitieran poner
luz en el inicial reparto de la Isla. Conoceríamos la totalidad de sus
conquistadores y qué tierras y aguas se le asignó a cada uno.
Sabemos por este expediente que el 4 de febrero de 1480, desde
Toledo, los Reyes Católicos remiten al Gobernador Pedro de Vera,
todavía en la Península, una Real Cédula comisionándolo para que
efectúe el citado reparto a su debido tiempo. El Gobernador, no sa- a
N
bemos la causa, p r o fundamentalmente por los avatares del some- E
timiento de ia isia, no conciuído en reaiidaci hasta 1484, &moró el O
n
mandato, de tal manera que en 19 de mayo de 1485 el Concejo y Mo-
- m
O
E radores del Real de Las Palmas requirieron a Vera en la iglesia de E
2 Santa Ana para que efectuase el reparto. Los demandantes, con jus- -E
tas razones, se consideraban dañados. Habían participado en la ane-xión
de ia isia y ei Wiernarior no les entregaba los premios asasignz- 3
-
dos por la Corona. Pero el requerimiento de 1485 causó efecto, y -
0
m
Vera ordena la constitución de una Comisión que efectúe lo pedido. E
Como representante suyo figuró Pedro García de Santo Domingo ; O
en representación de Las Palmas, los regidores Alonso Jaymes, Die- n
E go de Carrión y Martín de Escalante; en nombre de Gáldar estuvie- -
a
ron Pascua1 Tello, Juan Suárez de Morón y Diego Ramires ; y, final- A
n
mente, de Telde vinieron Juan Vélez de Valdivielso y Alonso de n
Zárate, faltando otro tercero que no se nombra. Oi
Como el asunto a aclarar ahora, en los papeles hallados, gira
en torno a las tierras que Bautista Riberol adquirira en Gaidar
(actualmente jurisdicción de Guía, desgajada en 1526 de la real villa
aborigen), lógicamente sólo se mencionan esas tierras y los conquis-tadores
que las recibieron. Tenemos así a Juan Suárez de Morón,
Pedro del Dotor, Francisco López, Francisco Peña y Ferrando de
Montemayor, como conquistaaores que reciben tierras en GálÜar.
Se señalan los límites y extensiones de ellas, según puede compro-barse
en el Apéndice V de este Catálogo.
244 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARIAS EN EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DZ SEVILLA 7
Así en agosto de 1487 Juan Sánchez Roldán, vecino de Gáldar,
vende tierras a Mcer Bautista Riberol en la villa de Gáldar. Son tie-rras
que lindan con las de Alonso Arauz, Pedro del Dotor y la
acequia y madre del río (Barranco). Ese mismo año, Francisco U-pez
vende al regidor de Las Palmas Francisco de Porras sus tierras
en Gáldar.
En 1490 Pedro del Dotor vende a Riberul -septiembre- una
"huerta de regadío, cercada, con parras y árboles" que posee en
Gáldar lindante con las tierras de Riberol. Este le da por la huerta
cinco mil maravedíes. Al año encontramos a Gonzalo de la Coruña
vendiendo a Francisco de la Peña y a Fernando de Montemayor
unas tierras que lindan con posesiones redengas, a cambio de una
burra y treinta fanegas de trigo.
En 1491 se le dio un trozo de tierra a Gonzalo de la Rojana,
junto a los anteriores. Aquellas tierras iban a parar a manos del
genovés Bautista Riberol, apellido este tan vincuiado a la conquis-ta
de Canarias que hemos optado por incluir todos los documentos
que sobre esta familia hemos hallado, aunque no traten directa-mente
de Canarias. Con ello contribuimos a perfilar la historia de
esta familia o clan de mercaderes vinculados a las Islas mediante
poderosos lazos económicos y unido también a la gesta americana
y al mismo Colón según sabemos. Es el de Riberol un apellido que
suena junto al de Berardi y que encontramos con facilidad en el
Registro General del Sello del Archivo de Simancas ?. Como inciso
indicaremos que lo mismo hacemos con individuos de otros ape-llidos
importantes en la historia de Canarias, aun a sabiendas de
que muchos 'de ellos no pertenezcan a las familias canarias: tales
los ,de Lugo, Casas, Vera, Peraza, etc., en una segunda parte de
ese "Regesto".
En ei trascendental mes de abril de 1492 -se firman las Capi-tulaciones
de Santa Fe- Riberol hace una doble adquisición: por
un lado le compra tierras a Francisco de Forras a cambio de vein-tisiete
arrobas de azúcar, y por otro lado le da a Fernando Mon-temayor,
que ha dejado su nombre a una porción de la vega de Gál-
7 Regbtro &%era2 deZ Sello, años 145+1489, .por don Gonzalo Ortiz de
Montalván, doña Amadia Prieto y doña Concepci6n Alvarez. 6 tomos. Valla-dolid,
19.5@51-53-56-58-59.
dar, unas tierras de regadio y un molino de pan moler a cambio
de unas tierras que éste tiene y que limitan con las suyas. Como
vemos, Riberol ha procurado ir aumentando su predio a base de
comprar o cambiar tirrras en Gáldar, de modo que le permita inte-grar
una sola y gran posesión sita en el Valle de las Garzas, hoy
Barranco de las Garzas, término de 10 que luego fue Guía, hasta el
Ingenio Blanco, que a5n se llama así.
La primera fase ael repartimiento grancanario lo personifica o
llena el reparto hecho por Pedro de Vera. 'LTn segundo momento,
de repartos y reformas, lo representa el Gobernador Alonso Fa-jardo
y arranca del año 1495, diez años después del primero. En
febrero de ese año, a Fajardo, como Contino de la Real Casa, Go- a
bernador y Capitán General de Gran Canaria y Reformador de tie- E
rras. se le faculta para repartir tierras vacantes y hacer justicia O
n
a aquellos pobladores daiiados en el primigenio repartimiento. En -- m
O virtud de estas facultades, -4lonso Fajardo entrega a Bautista Ri- E
E
berol, entre otros, el 15 de junio de 1498, tierras que fueron dadas S
E
primeramente a Bartolomé Muñoz y Martin de Santibañes y, ade-más,
un asiento de tierra para un ingenio en "la tierra blanca" y otro 3
pedazo de tierra en el valle, junto a las anteriores, con el fin de que O-labre
allí una huerta destinada al servicio del ingenio. Esto se le da m
E
en compensación de tres "suertes" de tierras que Riberol compró a O
Fernando Montemayor, Francisco Peña y Francisco Porras. Al año, n
en mayo de 1497, Nomo Fajardo recibía como ~ecinod e Gran @a- £
a
naria a Bautista Riberol y le asignaba una caballería de tierra de
regadío en Gáldar "debajo de la acequia". n
Ya metido en fa centuria décimosexta, efitramos en la tercera
fase o tercer momento del repartimiento de Gran Canaria. Nuevos
hombres y nuevas medidas. La Reina Isabei acaba de morir y Don
Fernando, como Administrador de los reinos de sir hija Juana,
comkiona al Licenciado Juan Crtiz de 'Zárate para que reforme Y
confirme los repartimientos de aguas y tierras grancanarias por
no estar @lada la isla del Real, ni la de Tenerife ni la de La Palma,
como se debiera, alega el documento. Esto ocurre ei ükimo día de
agosto de 1505, fecha también de las Instrucciones con que se dota
al Licenciado.
246 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CMiARIAS N EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 9
El Libro Rojo de Gran Canaria no recoge la Real Chdula datada
el 31 de agosto de 1505 y por la cual se le informa al Licenciado
Ortiz de Zárate que las islas de Gran Canaria y La Palma no están
pobladas como debieran por las siguientes causas:
1) Por darse muchas tierras a extranjeros y personas pode-rosas.
2) Porque los encargados de hacer los repartimientos no han
seguido las instrucciones reales y han concedido inmensas canti-dades
de tierras y aguas, a veces donde se podían alzar poblaciones
y puertos.
3) Porque algunos han ocupado más de lo que se les concedió.
4) Porque a muchos de los que actuaron en la conquista aún
no se les ha hecho mercedes ni dado repartimientos a pesar de que
hay tierras.
5) Porque algunos Gobernadores y otras autoridades han to-mado
para sí y parientes, amigos y criados buenas tierras.
6) Porque a varios de los premiados se les ha arrebatado sus
repartimientos.
Por estas seis razones, y para que las Islas se pueblen y los
damnificados y agraviados reciban justicia, se comisionó la "refor-mación"
a Ortiz de Zárate. A él y al escribano que le acompafie se
les fijan sueldos de acuerdo con los regadíos (50 mrs.), secanos
(20 mrs.) , sitios de ingenios (un doblón de oro) que confirme, o
sitios de ingenios que señale (100 mrs.). (Cfr. Apéndice V.) Un
&o después, en octubre de 1506 y desde Burgos, se le prorroga a
Ortiz de %ate sus facultades.
En noviembre de 1506, después de haber hecho la reformación
de los repartimientos en Tenerife, se está pregonando en el Real de
Las Palmas -1 mandamiento r~lativoa. la r&rmación de 10s repar.
timientos de Gran Canaria. En diciembre Ortiz de Zárate da plazo
de treinta días a los vecinos de Gáldar para que le presenten los títu-los
de sus tierras con el fin de confirmarIes la posesión. El pregón se
lanza en Gáldar y Agaete el 8 de diciembre de 1506 y no se presenta
nadie. En enero de 1507 Ortiz de Zárate prorroga e1 plazoj y e1 día
20 del mismo mes se presenta Bautista Riberol pidiendo con~c' i rma -
ción de la propiedad que time sobre unas tierras, ingenio y fuente
del Valle de las Garzas de Gáldar (Guía). Como no se presentó nadie
10 FRAYCISCO MORALES PADR6K
a oponerse a esta confirmación y sí, en cambio, varios testigos fa-vorables,
el 11 de febrero de 1507 Ortiz de Zárate confirmó a Ri-berol
la posesión de sus tierras. En agosto del mismo año el Go-bernador
Lope de Sosa --el del verso famoso de Baltasar del Al-cázar-
y el Cabildo Insular otorgan a Riberol, tras petición, un
"cayz" de tierra sobre un cercado de cañaverales que tiene en el
arroyo (valle o barranco) de las Garzas. Ortiz de Zárate confirmó
la donación. Vemos cómo el genovés Riberol ha ido acumulando un
predio de importancia en el término de Gáldar (hoy de Guía) y del
que su historia nos ha permitido aclarar algunos puntos del repar-timiento
de Gran Canaria y asomar a nuestras páginas los nom-bres
de algunos de sus conquistadores
También en las operaciones de otras ventas de tierras, que no
hemos citado, suponemos que actuan nombres de conquistadores,
ya que ellos son, sin duda, los primeros poseedores. Si a Riberol10
vemos amasando tierras en Gáldar, tambi��n a Tomás de Palenzuela
lo hemos de encontrar adquiriendo más de posesión. Es un
mercader de Burgos sito en Sevilla. En 1504 le compra a Pedro Ro-driguez
de Carvajal todas las tierras calmas que en ei Barranco
de Firgas pertenecían a Francisco de Sevilla. Este, que recibe diez
mil maravedíes por ellas, debe ser un viejo mílite de la conquista,
ya que se indica que las tierras le fueron dadas por sueldos que se
le debían. En el mismo año, también Palenzuela, compra por 11.700
maravedies al portero Antón Romo, que vive en Sevilla, unas tie-rras
de sequero y regadío pertenecientes a la isla de Gran Canaria.
Al año compra Palenzuela, por 8.300 maravedies, tierras en el valle
de Firgas que eran del cantero Jorge de Orita. Hemos de pensar
que tanto el portero Romo como el cantero @rita fueron soldados
en la conquista que, vueltos a su tierra de origen, se desprendían
ahora de las tierras que como premio les dieron en el reparti-miento
Q.
248 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTZCOB
CANARIAS EN EX ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA U
LOS INGENIOS.
Las tierras canarias, tierras vírgenes casi, conocieron pronto
m cultivo trascendental en la economía universal.
La caña de azúcar marcha, con la civilización occidental, desde
el fondo del Mediterráneo a los archipiélagos atlánticos y, de éstos,
a las Antillas y Nuevo Mundo continental. Los ingenios azucareros,
movidos por corrientes de agua o por bestias, fueron establecidos
prontamente en las Canarias. Hay diversos trabajos sobre el tema
que hacemos la gracia de no citar por su general conocimiento. En
las escrituras notariales figuran los ingenios, sus tierras, aguas,
herramientas, maderas, producción, etc. lo. Diversos ingenios de
Gran Canaria -en Telde o Las Palmas- y de Tenerife -Daute-son
citados para su compra o venta. Jácome de Sopranys, mercader
genovés, da poder a otro mercader, Juan Ortiz, para que en su nom-bre
pueda entrar en posesión de un ingenio en Telde (Gran Cana-ria)
movido por bestias. En el mismo año de 1500 Pedro de Ekca-lona
compra a Juan de Robles un ingenio en el barranco de Aumas-te1
por 80 arrobas de azúcar; herramientas; maderas, calderas, mol-des
y asiento de tierras entran en el trato. Situado en el valle del
Real de Las Palmas arriendan un ingenio (1502) Cowtantín Cai-rasco
y Francisco de Riberol a Bautista de Riberol y Cristóbal de
la Puebla; anejos al molino se mencionan casas y edificios, huertos
y parrales, molino de moler pan, tierras de pan, cañaverales y aguas
que fueron, se indica, de Alfonso Jaymes. El famoso Alférez debib
ser retribuído con unas de las mejores tierras del barranco de Gui-niguada,
bien cerca del Real (Cfr. documento núm. 133).
LOS ESCLAVOS INSULARES.
Los indígenas canarios plantearon nuevos problemas a los pue-blos
ibéricos, obligando a revisionar el concepto de esclavitud. Esta
se aceptaba para los inñeles, moros y turcos, pero jeran los ca-
.....v;.-..-, *?..-.I....A..4-?. :-e'..1,.-9 .m-.. ..- -..-Ll- -..-..-- a---..--.-:a- -..A
L L ~ LLV U I GLCUIIGLLLG LLULGLCU ; ru a UL y u ~ u ~ILUwG vu, u~r;wi~ur;~quuw=,
lo Cfr. documentos núms. 62, 67, 133, 220, 236, 237, 305 y 334. ,V. en,este
mismo número del nudo" el trabajo de Carnacho.
disfrutaba una cultura y "status" primitivo ideal. Sin embargo, se
les sometió en gran cantidad a la esdavitud. Las Islas fueron mer-cados
oficiales o particulares de incursiones, cuyo arranque estaba
en las costas del sur peninsular. Los trabajos de WGlfel, A. de b
Torre, Vicenta Cortés y Madure11 han patentizado cuán abundante
fue este tráfico y el valor que tuvo este comercio humano a fines
del xv
En la documentaci6n notarial sevillana hallamos ventas, decla-raciones
de libertad, pregones de fugas, etc., en torno a esclavos
canarios.
El valor de ellos varía, de acuerdo con el sexo y edad. Una mujer
tinerfeña, blanca, de cuazenta años, se adquiere por 4.600 mara-vedíes,
mientras que por otra de iguales notas, salvo tener dieci- a
N
séis años, se dan 15.600, y 19.000 por una de treinta aiíos, y 11.500
pr. Otra de er;ejii'Laai" los. "d &"u eiripcir, j.,,-LtVCU ii la On-la
posesi6n de hijos o la posibilidad de tenerlos. Una esclava pal-
- m
O
E mera de veinte años, de color "de loro", es comprada por 3.000 ma- E
2 r a v d e s . Los hombres se cotizan a menos precio, e influye también -E
el color y edad. Uno de La Palma de color "loro" y con veinte años
- - - 7 - n nnn J!-- -:--A--- -..- ,.A-- vale o.vuu Irrrtr&vtxun, I U ~ : U U Y~U ~:" LL" tambi&i ~s;d=era ji & 3
-
igual edad se vende por 11.000. Siete y doce mil maravecaíes es un -
0
m
precio corriente en un esclavo de veinte años de calor blanco. E
Si la esclava tiene hijos, el precio sube. Una esclava de origen O
tinerfeño de treinta años y blanca se vende por 11.500 maraveaes, n
E más 4.000 que vale su hijito, nacido en Sevilla, de tres años. El ve- -
a
culo de Zafra Rodrigo de Arocha vende en 1531 al reverendííimo 2
n
y magnífico señor don Luys, Obispo de la ciudad de Orán y Admi- n
n
nistrador Perpetuo del Priorazgo de Canarias, una esclava blanca, 3
O
llamada por lo demás Blanca, de dieciocho años de edad, junto con
-d- a.h i-ji&Gd e a&j y caiUa&Pa,l aTAa, pr 45 +uvades (16.875
maravedíes).
Más de un duefíu "ahorra", libera, a su esclavo "por sus muchos
servicios". Otros lanzan pregones en la Plaza de San Francisco de
-S-e villa prometiendo premios de 1.000 maravedíes a quien le de- v dnd -v7 0a 7 .- nnn n y y r , G- r r nAn C%.nla - ina in~ ~ . cnnin mnrn ai 0 ~ f á T lh ~ ~ ~ i i n q LUI -da v v J. US~UVU. UGL~ I I I - Q - ~ ~ UIeuIyA u ws ----
21 Cfr. "Anuario de Estudios Americanos", vol. VII. Sevilla, 1950, y ANUA-RIO
DE ESTUDIOS ATLÁNTIcos, núm. 1. DILadrid-Las Palmas, 1955.
250 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARIAS m EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEViLLA 13
en las mejillas con unas aspas de la cruz de San Andrés, unas flores
de lis o unas estrellas. Hay individuos que para lograr préstamos
hipotecan a sus esclavos; son empefiados, por ejemplo, una madre
y un hijito, de treinta y de dos años, respectivamente, por 10.080
haravedíes a pagas en seis meses.
Como Procurador de los canarios aparece ian tal Juan de Pe-ñafiel,
a quien más de un isleño, llamados A.lfo~soC anario o Pedro
Canario, nombres que denotan bien a las claras su origen esclavo,
autorizan para que ventilen su libertad. A Alfonso Canario lo en-contramos
radicado en Béjar, casado con Juana Méndez 12. Andando
el tiempo ya no se habla de esclavos canarios, sino de Guinea.
En cierta ocasión la Corona habla de lo poco pobIadas que están
las islas de Gran Canaria, Tenerife y La Palma. Nuchos de sus pri-mitivos
habitantes salieron de manera forzosa, como esciavos o
como soldados de las huestes que conquistaron las islas insumisas;
otros abandonaron su patria y se situaron en la Península más o
menos voluntariamente, como el rey de Telde, que con toda su par-cialidad
se radicó en la Puerta de Mihojar de Sevilla 13. En estos
años iniciales ciel siglo XVI algunos -casi;eilanos y canarios-, ago-tada
la aventura insular, embarcarían hacia las Indias. Conocemos
órdenes reales para que se embarquen nadadores o labradores o téc-nicos
de la industria azucarera camino de las Antillas. Pero también
hallamos órdenes o diligencias para canalizar una emigración pen-insular
hacia las Canarias. En 1505 el Comendador Lope Sánchez
de Valenzuela, capitán real y vecino de Baeza, da poder a Alvaro
l2 Vid. documentos niuns. 2, 4, 7, 8, 35, 38, 41, 46, 50, 54, 79, 83, 84, 85,
95, 104, 107, 117, 118, 125, 126, 132, 137, 188, 150, 153, 165, 172, 180, 187, 189,
;m, i91, 192, 203, 208, 215, 2% z,g1, 247, 248, 249, zm, 253, 2i3, 278, Q2i, a=,
385, 398, 405, 4Q6, 407, 408, 409, 430, 431, 442 y 463.
13 Después de 1483, indica Andrés Bernáldez: 'Quedaron en Canarias las
mujeres e Za gente menuda, las cuales después las enviaron en Castilla, y les
dieron casa en Sevilla, y toda la parcialidad del rey de Telde vino a Sevilla, y
fueron 'allí vecinos a la puerta de Mihojar; e muchos se mudaron donde qui-sieron
iihremente, y muchos se finaron, que no les proM la tierra; y después
los volvieron por su grado en las islas en la misma Gran Canaria, desque
estaba poblada de gente de Castilla, los que quedaron; y muchos llevaron a la
conquista de Tenerife, donde murieron azás de ellos". Historia de íos Reyes
CatóMcos, cap. =Vi.
14 FR~CISCO MORALES PADR~N
Beltrán, su mayordomo y vecino de Moguer, junto con Antón Gar-cia,
vecino de Córdoba, para que en su nombre lleven a Gran Ca-naria
cierta cantidad de hombres. En el poder no se indica ni nú-mero
ni misión, aunque se señala que podrán ser coaccionados a
cumplir "todo aquello que son obligados a hazer en la dicha islayy
(Cfr. doc. 243).
Desde el Puerto de Las Muelas o de las Nueve Fuentes en Sevilla,
Cádiz y Málaga a veces, salían los barcos que iban en general a las
"Pslas de Canaria" o concretamente a los puertos de Las Isletas,
La Caleta, Melenara, Sardina, o San Dimas, en Gran Canaria, o a a
La Torre en Tenerife, o a 'lamarote, o a Fuerteventura. El retorno, N
E
con productos isleños, se efectuaba a "algún puerto de Andalucía", O
Flandes o a otros puertos situados en el Mediterráneo. En Canarias --- m
los navíos demoraban el tiempo necesario para vender y cargar, O
E
siendo corriente hallar que se le fija al maestre de la nao los días E
2
que debe permanecer en cada puerto. De acuerdo con esta perma- -E
nencia cobraba. 3
La documentación se refiere a "contratos de Setamento", "Debe" --
0 o títulos de maestra, y en ella aparecen diversos tipos humanos m
E
financiando los cargamentos que se remiten a comerciar. Agujete- O
ros, cerrajeros, traperos (vendedor de paños), zapateros, barberos, 6
candeleros, cambiadores, labradores, calceteros y especialmente
-
-E
puros mercaderes intervienen en las compañías y negocios, contri- a
2
buyendo con dos, cuatro o diez mil maravedíes para adquirir pro- --
ductos en la Península que se comercian en Canarias, o comprarlos
3 en Canarias para comerciar en la Península. O
Por lo general, las mercancías embarcadas son vinos, aceite,
paños, esclavos negros, "forcas para fazer aziicarYys,o pas, aceitu-nas,
cebada, ajos, garrafas de agua, carne de cerdo salada, trigo,
mantas, lienzos, lana, etc. De las Islas se importaban azúcares, me-hza
y orchilla14. Resulta interesante comprobar el valor de las
mercancías; así, por ejemplo, encontramos que una jarra de vino
14 Orchilia "de la Reina Nuestra Se.ñoral' leemos en el documento 391,
prueba de las propiefiades particulares de los soberanos en las Islas.
252 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CAiiARIAS EN EL ARCHNO DE PROTOCOMS DE SEVILLA 15
.valía un real de plata de cuño de Castilla; una albarda valia lo
mismo; un quintal de pan bizcochado importaba 50 maravedíes de
.Canarias; un vaso de loza menuda costaba 10 maravedíes de Cana-rias
y 30 si era de ladrillo el vaso; seis esclavos negros, 25 arrobas
.de aceite; 1 0 jarras de vino y otras mercancías costaron 150.527
maravedies. En otro documento se indica que cada arroba de azú-car
importa 325 maravedíes de la moneda de Canarias 15.
Siguiendo el modelo de Génova o Venecia, de las famosas ''Com-menda",
"bjocietas maria" y "collegantia", en las relaciones con
Canarias se establecen compañías que veremos desarrollarse tam-bién
al iniciarse los viajes descubridores-comerciales postcolom-binos.
El individuo que aporta el dinero para el "forneeimiento y
despacho y vituallas y mantenimientos", puede remitir también sus
maravedíes a Canarias con el fin de que con ellos se adquieran pro-ductos
de la tierra. Estas mercancías canarias se venden en la Pen-ínsula
y con el dinero obtenido vuélvese a comprar productos pen-insulares
que se remiten al Archipiélago. La compañia dura tres
años, al cabo de los cuales quien prestó el dinero se reparte por
mitad las ganancias y las pérdidas con quien efectuó los viajes y
ei negocio (Vid. documentos núms. U6 y 216 j .
Los navíos, como es lógico, se repiten. Sus nombres, extraídos
por lo común del santoral, son generalmente los de "San Telmo".
"Santa María de la Antigua", "Santa Cruz", "San Cristóbal", "San
Pablo", "La Trinidad", "Espíritu Santo" ... o "La Canóniga", que
debía ser una nao llena de empaque y de buen volumen. Cualquiera
que fuera el navío o nao, su ruta era la indicada, es decir, Península-
Canarias, haciendo a veces alguna escala en puertos africanos o
llegando luego a la Madera. Los maestra llevaban fijados los días
de la estancia: cuarenta sin contar los días de navegación entre
isias, por ejempio, Clebiendo estar, se ie dice a uno, quince dias en
cada puerto. Por cada día de permanencia se le abonaba 500 mara-
-
15 La moneda de Canarias equivalía a:
-U-n real de plata = 34 mrs. un escudo de oro y peso = 316 mrs.
Un castellano de oro y de peso = 485 mrs.
Una dobla de oro castellano y de peso = 365.
Cfr. documento núm. 76.
vedíes. Si al barco le era preciso marchar a Lamarote o Fuerteven-tura,
"donde suelen cargar la mayor parte de los navíos", debia ir.
Al retornar a Cádiz recibiría instrucciones sobre el desembarco,
que podía hacer o no en el puerto gaditano. Si descargaba en Cádiz
se le abonaba al maestre por cada caja de azíacar 10 maravedíes,
y 70 maravedies por cada quintal de orchilla. Pero podía suceder
que al llegar a Gdiz se le indicase que el destino seria Valencia,
Marsella, Génova, Nápoles, CMta Vieja o Venecia, en cuyo caso el
importe por cada caja de azúcar y quintal de orchilla variaba
(Cfr. documento 275) 16. Tan sólo una vez nos encontramos un con-trato
sobre mercancía que se ha de embarcar en Canarias para
llevar a las Indias. Pera este ejemplar único tiene un inmenso valor
por los mínimos testimonios que al respecto tenemos. Tres hom-bres:
el mercader Alonso de Valladolid, vecino de la Gomera, el
-n-;nrr-r\ Wr\--m.dr\ A a Vwiar,nrrsn Tr nl ~ r a r r i n r rA o C~v i 1 1 2T i i ~ nCl í)+ne7 ULaL ULGL W L. GL LILLIIUV Ub L I Ió UbI VU J U1 v UV-LV UU UV I rrr- v -u-- U
se comprometen de mancomún, ante el doctor Sancho de Matienzo,
el Jurado y Fiel Executor Francisco de Pinelo y el Contador de la
Casa de la Contratación Juan Lopez de Recalde, a embarcar seis
camellos que venderán en La Ekpaii.ola. No sabemos si estos ca-m&=
u & Im8 sen , q-25 e! p2&e ,lceut~ xVric p~ PppA 4 s i ~
descendientes-, ya que el fraile habla de camellos importados de
Canarias y multiplicados en Indias "cortamente" 17.
Los nombres de mercaderes genoveses abundan, demostrando
la importancia de su papel -suficientemente resaltado por más de
un autor- en el descubrimiento y anexión de los archipiélagos
atlánticos. Esta intervención se prosigue luego en la empresa ,de
América y posterior organización y disfrute del régimen mercantil.
Las instituciones y los hombres mediterráneos - d e Génuva, Ve-
16 Cfr. además muchos de estos documentos. Véase también en este mismo
nfimero el trabajo de Madura.
17 Cfr. documento núm. 337, y José de Acosta: Historia Generd y NaturuZ
de iras Indias, cap. XXXIII, pág. 318. México, 1940.
En fecha más tardía hallamos la capitulaci6n con Baltasar Muñoz, vecino
de Sevilla, para llevar a Indias cien camellos a cambio de ciertas ventajas
económicsn Ignoramos de dónde se tomarían estos cameIlos. si llegaron a ir
y a qué lugar de Indias se enviaron. Lo que interesa es comprobar cómo el
plan de aclimatar camellos no concluye con los primeros envíos canarios que
registramos en Frotocolos. Biblioteca de Palacio (Madrid), M;s. 2.844, fol. 254.
254 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARUS EN EL ARCHIVO DE PROTOCOMS DE SEVILLA 17
necia, Pisa y Fñorencia- estarári siempre presentes en la vida mer-cantil
atlántica. Apellidos que vienen de la Península itálica se
asientan en Sevilla, se radican en Cádiz, se sitúan en Canarias y
van a América en esas flotas que, como las de Venecia hacia Orien-te,
salen dos veces al año rumbo al gran mercado americano.
Son bastantes, decíamos, los apellidos mediterráneos que figu-ran
en las escrituras notariales. En efecto, un examen de los docu-mentos
presentados nos facilitan los nombres de Batista, Cosme,
Francisco Jácome, Luis y Antonio Riberol, Batista Bornego, Lo-renzo
de Montibres Astea, Jácome y Antonio de Sdbranys o So-pranis,
Gerónimo de Ore, de Ororio o de Osorio, Simón de Forne,
Sebastián Etaja, Francisco Ytaiian, Esteban Buen, Silvestre de
Brine, Bartolomé GuilCln, Julián de Xendoza, Cristóbal de Aponte,
Otterian *Calvo, Valerio y Teodoro Carderina, Cosme de Berrio,
Andrea de Toscana, Jácome Catano, Sebastián Doria, Vicencio Ve-neciano,
Paolo de Espindola, Marcos de Castellón, Piombino Ro-mano,
etc. En su mayoria son genoveses, encontrándose algún mi-lanés,
como Catano. Los Riberol f ~ e r o nlo s más numerosos, y ellos,
como bien sabemos, son personajes principales en la historia in-suiar
Is.
Con los mercaderes -ya lo vimos- aparecen, tratan y contra-tan
los conquistadores, el pueblo y personajes tan sonados como
Pedro de Vera (77), Momo Jaymes (47,52,1PO) , Antonio de Torres
(2071, Fonseca (207), Beatriz de Ebbadilla (183), Alfonso de Lugo
(224), Pedro Fernández de Lugo (234), Guillén Peraza (332, 333,
336, 348, 398), Pedro Fernández de Saavedra (356) y otros más que
llenan ese sugestivo retablo de la vida canaria en los años cru-ciales
del mr a1 XIT.
Es posible que algunos nombres de lugar, de personas y a%-
llidus estén mal transcritos por la dificultad de la letra. Su relación
2s La obra ya citada de A. sapori remita interesante para el conocimiento
del mercader italiano. En concreto, para los genoveses en la colonización de
Tenerife, importa un trabajo de Manuela Marrero en "Revista de Historia".
La Laguna, 1950.
18 FRANCISCO MORALES PADR6N
con otros de distintas fuentes, o los especialistas, deberán recti-ficarlos
y darles su debida forma.
Para completar un poco el "Regesto" de documentos por nos-otros
dados a conocer, colocamos intercalados cronológicamente los
anteriormente señalados por E. Marco Dorta l9 y por Alejandro
CSoraiie~cu~C~o.n todos ellos hacemos dos grupos: uno en que
taxativamente se menciona a Canarias o aparecen en los documen-tos
personajes relevantes de la historia de las Islas, y otro secun-dario,
en que los personajes tambih tuvieron Q pudieron tener re-lación
directa o familiar con otros que sí fueron sobresalientes,
y pueden interesar para completar algún dato biográfico, pero el
documento no se refiere específicamente a Canarias.
A. B.-Oficio 1.-Alonso de la Barrera:
Libros cie 1526. Tomos 1.9 y 2.".
Libros de 1527. Tomo l.?
Libros de 1530. Tomos 1.9 y 2.Q.
A, C.-Oñc~o XV.-Monso Üe Cazaiia:
Libros de 1554. Tomo 1.Q.
A. R. P.4ficio Di.-Arit6n Ruiz de Porras:
Libros de 1517. Tomo 13.
Libros de 1528. Tomo 1.9.
Libros de 1,530. Tomo l.%
B. G. V.-Oacio 1 (¿o XV?).-Berna1 González Valleciilo:
Libros de 1505. Tomo l.?
Libros de 1509. Tomos 1." y 2.".
Libros de 1510. Tomo 1.9.
B. &--Oficio 1.-Bartolomé Quixada:
Iibros de 1505. Tomo 2.0.
19 Van señalados así: *, y figuran en: Marco Dorta, Enrique : Doczcmen-tos
"paral a Histo?*itcd e Canarias. "Revista de Historia". La Laguna, tomo VE,
1940-1941 (1941, núm. 55, ,págs. 306-%S), y tomo VIII, 1942, núm. 58, pági-nas
99-103.
20 Van a su vez indicados por: **, y se contienen en: C"ioranescu, Ale-jandro:
Doozcmmtos del Archivo NotariuZ de SerriZb t-efweentes a CaBzarh.
"Revista de Historia". La Laguna, tomo XXI, núms. 109-112, 1955, pági-nas
159-212.
256 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CAVABIAS EPí EL XRCHI7rO DE PROTOCOLOS DE SEVIU.4
D. T.-Oficio 11.-Diego de Toledo:
Libro íinico de 1531.
F. C.-Oficio V.-Francisco de Castellano :
Libros de 1527. Tomo 4.".
Libros de 1528. Tomo l.".
Libros de 1529. Tomos l.?, 2.9, 3.9 y 5.Q.
Libros de 1530. Tomos l.*, 4.1 y 5.g.
F. R. P.-Oñcio VIL-Fernán Ruiz de Porras:
Libro Siico de 1535.
Libros de 1506. Tonzo 1.".
F. SE.-Oficio IV.-Francisco de Segura:
Libro único de 1495.
Libro único de 1496-1498.
Libros de 1500. Tomos 1.9 2.Q.
Libros de 1501. Tomos l.* y 2.0.
Libro único de 1502.
Libros de 1503. Tomos 1.Q, 2 . 9 3.9.
Libros de 1.334 Tomo' 1:~ y 2.Q.
Libro itnico de 1505.
Libros de 1506. Tomos l.", 2." 4.0 y 5.Q.
F. S. P.-Oficio JX.-F'rancisco Shnchez de Porras:
Libro único de 1472.
G. A. A.-Oficio W . 4 m e z Alvarez de &guilera:
L~broÚ mco de 1513.
G. B. B.-Oficio V.-Gonzalo Bernd de la Barrera:
Libro único de 1497.
J. B.-Oficio m.-Juan Bernal:
Libro único de 1497.
J. G.-Oficio 1V.-Juan García:
Libro único de 1480.
Libro único de 1492.
J. M.0ficio m.-Juan de Muros:
Libro íinico de 1496.
J. R. P.-Oficio m.-Juan Ruiz de Porras:
Libro único de 1489.
Libro itnico de 1497.
Libros de 1501. Tom:, 1.9.
Libro único de 1502.
Libro Szico de 1504.
Libra "uiiico de 15E.
Libro fmico de 1506.
Libros <le 1507. Tomos 1.9 y 2.".
Libro único de 1508.
Libro único cic 1509.
20 FRANCISCO MORALES PADRON
L. F. S.-Oficio XV.-Luis Fernández de Sevilla:
Libro único de 1501.
Libros de 1506. Tomos 1.Q y 2.2.
L. O. C.-Oficio Di (; o IX? ) .-Luis García de Celada :
Libro Unico de 1489.
Libro único de 1491.
Libro único de 1496.
Libro único de 1498.
Libros de 1503. Tomo 1.9.
M. Q.-Oñcio 1.-Mateo de Quadra:
Libro único de L507-1508.
Libro único de 1509 1.
Libro único de 1510.
M, S.-Oficio IV.-Manuel Segura:
Libros de 1507. Tomos l.", 2 . 9 3.".
Libros de 1508. Tomos l.Q, 2." 3.0 y 4.c.
Libros de 1509. Tomo 1.9.
P. A.-Oñcio IV.-Pedro Alvarez :
Libro único de 1441-1494.
Libro único de 1479.
Libro único de 1480.
P. V.-Oñcio iU.-Pedro de Villalta:
Libro Wco de 1504 2.
1 Pero contiene copias de documentos de 1478 a 1509.
2 Pero contiene documentos de 1582.
CANARIAS EN EL ARCHNO DE PROTOCOLOS DE SEVIUA
REGESTO DE DOCUMENTOS
DEL IhR-O DE PROTOCOLOS DE SEVILLA
a) Documentos relacionados con Cana-, o con personajes
directamente t&m&dos a su historia.
SIGLO XV.
1.-6 fehero 1472: Jueves.-Antón Muñoz de Trojillo (vecino de Se-villa
en la cdación de Santa María, en la Carretería, maestre de la nao
nombrada "San Antonio", que está en el río Guadalquivir) debe a Po10
de Espindola (mercader. genovés, estante en la ciudad de Sevilla) y de
mancoraím a Gonzalo Diaz de Rota (mercader, vecino de Sevilla en la
collación de San AJfÓn) 4.900. maravedís de la moneda que se ahora usa,
de un préstamo para fornecimiento y despacho, y vituallas y manteni-mientos,
para la nao y viaje que ahora va a hacer en ella a las Yslas de
Xadera e de Lar~sarvie e 6e E'uerieventura; van a riesgo cie Gonzalo
Diaz desde Barrameda a las Yslas y tornaviaje a Barrameda, hasta las
veinticuatro horas de echar la primera ancla; y a pagar a los ocho días de
la llegada a salvo a Barrameda. (F. S. P., fol. 20).
2 **.-18 ahril 1472.-Diego de Sevilla (mercader, vesyno de Sevylla
en la coliación de Santa Marla) vende a Rodrigo de Andújar (vesyno de
la cibdad de Murcia, qu' está presente) una esclava canaria, natural
de Tenerife, que ha nonbre Ysabel, de hedad de treinta años poco más
o menos; e más otro su esclavo negro, natural de Guynea, de hedad de
quince años poco más o menos, que ha nombre Lancarote ... (F. S. P.,
sin fol. j .
3 **.-9 jzcirh 1472.-E1 bachiller Marcos de la Cuadra (vesyno de
Sevylla en la collación de Sant Miguel) e don Juan Bermúdez (Deán de
Rubicón, vesyno de Sevylla), de mancomún e ambos a uno ..., deben a
Juan de Madrid (fijo de .%cho Mas de Madrid, 17esym de Sevi!!zi en !a
collación de Santa Catalina, qu' está presente ...) 12 quintales de buen
aseyte de olivas.. ., el qual es por maravedís que d'él rescibieron.. . de que
son pagados.. . (F. S. P.,-sin fol.).
22 FRANCISCO MORALES PADR6N
4.-13 abril 1479.-Diego de Cabrera (criado de [. . .. . . 1 Pinelo, mer-cader
ginovés, estante en Sevilla) vende a Juan de Córdoba (hijo de
Ferrand González de Córdoba, vecino de Sevilla) una esclava canaria,
natural de la Grand Canaria, de edad de cuarenta años, de color blanco,
por precio de 4.600 maravedís. .(P. A., 1441-1494, fol. 264).
5.-22 akril 1479: Martes.-El licenciado Alfond González de Gua-dalajara
(recebtor de los quintos pertenecientes al Rey y la Reyna nues-tros
Señores en estos sus reynos y señoríos de Castilla, por virtud de
poderes que tiene de Sus Altezas y por quanto dieron su carta execu-toria)
otorga a Diego de Ferrera, Señor de las Yslas de Canaria, para
yr a executar en los bienes y personas de quantos vecinos y moradores
de la Ysla de Lanzarote, qu'es en Canarias, o de otras personas vecinos
de quier Yslas de Canaria, ciertos pesos de oro (800) que se traen de la
Mina de Oro, y que las dichas personas devían a los Reyes, del !quinto de
una caravela de Portugal que en la Ysla de Lanzarote fue tomada por los
vecinos de la Ysla, segund en dicha carta executoria se contiene; dio
poder a Antón Verde, escrivano de la Ysla de Lanzarote, criado de Diego
de Herrera, para cobrar dichos 800 pesos de oro, y da poder a Fray
Miguel, franciscano, capellán de los Reyes, para cobrar de Antón Verde
lo que tenga cobrado y seguir cobrando, y para pleitos en razón de dicho
6.-4 febrero 1480: Toleda. - Cédula de los Reyes Católicos dando 0
m
E
poder y facultad a Pedro de Vera, Governador, Capitán y Alcalde de la O
Ysla de la Gran Canaria, para que proceda al repartimiento de tierras
y aguas de dicha Ysla, y para nombrar los oficios necesarios en la misma. n
E (Vid. Apéndice V). (M. Q., 1509, fols. 676 v. a 677 v.). a
2
7.-21 agosto 1480.-Pedro de Madrid (mercader, vecino de Sevilla n
n
en la collación de San Nicolás) otorga a Juan de Herrera (vecino de Se-villa,
porque está preso en la cárcel del Concejo de Sevilla Gonzalo de 5
O
Canaria, vecino de la #Ciudad de Medina Sidonia, por deber 22.000 pesos)
que fía a Gonzaio de Canaria para que salga de la Cárcel y que volverá a
ella; y caso de no volver, pagará él los pesos 'que debe, y las costas.
(P. A., 1441-1494, fol. 366 V.).
8.-26 agosto 1480: Sábado.-Obligación de <Pedro de Madrid (mer-cader,
vecino de Sevilla en la co!!ación de San Nicolás) a Juan de Herrera,
vecino de Sevilla, de volver en quatro meses a ia cárcei a Gonzalo de
Canaria, vecino de la Ciudad de Medina Sidonia, salido de ella por fianza
de Pedro de Madrid. (P. A., 1441-1494, fol. 372).
260 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CLVARIAS E% EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 23
9.-19 mayo 1485: Villa Real de Las Palmas.-Autos del Concejo de
la Ysla dela Gran Canaria, ayuntado dentro de la Yglesia de Sra. Sta. Ana,
presente el Gobernador Pedro de Vera, al que req~irierone l Concejo y
moradores de la dicha Ysla de Gran Canaria para que usara de la fa-cultad
que Sus Altezas le habían dado para repartir las tierras de dicha
Ysla, y las repartiera entre ellos; y mandamiento del mismo ordenando
se nombraran nueve hombres, por las villas del Real de Las Palmas,
Agáldar y Telde, para que procedieran a dicho repartimiento, juntos con
el Regidor Pedro García de Santo Domingo, a quien el Gobernador Pedro
de Vera designaba para que asistiera, en su nombre, al dicho reparti-xiento;
y nombramiento y juramento de los tales diputados, que fueron:
por los vecinos y moradores de la villa del Real de Las Palmas: Alonso
Jaymes, Diego de Carrión y Martín de Escalante, Regidores; por los de
la villa de Agáldar: Pasqual Tello, Juan Suárez de Morón y Diego Ra-mírez;
y por la villa de Telde: Juan Vklez de Valdevieso, Alonso de Zá-rate
... (V. copia en doc. de 1 de agosto de 1509. Apéndice V). (M. Q., 1509,
f01~6. 77 V.-679 V.).
10.-21 juZw 1485.-Repartimiento a Juan Suárez de Morón, de una
huerta en la comarca de Agáldar, que linda con huertas de Alonso de
A k c r y~ Crigdc C7,y JTg!&ia, re& e! libre de rqrt:le=ie-,tus &
tierras de regadío para huertas (l) (V. copia en doc. de 1 de agosto de 1509,
en Apéndice V). (M. Q., 1509, fols. 695 v. y 696).
11.-21 julb 1485.-Repartimiento a Pedro del Dotor, de una huerta
en término de Agáldar en la Ysla de la Gran Canaria, lindera con huer-tas
de Juan Criado de Vddibia y de Juan de Badajoz, según asiento en e!
libro de repartimientos de tierras para huertas en la comarca de Agál-dar.
{V. copia en doc. de 1 de agosto de 1509, en Apéndice V). (M. Q., 1509,
fol. 696).
=.-?S c,nt2;hTZ 24g5.a T7Qb A-; Red Las palmm.-nepartimiento
a Francisco Isópez, vecino de la villa del Real de Las Palmas en la Ysla
de la Gran Canaria, de un pedazo de tierra en el camino que va de Agál-dar
a la Villa del Real de Las Palmas y de otras cinco aranzadas de riego,
(1) En todos estos documentos en que se habla de Gáldar o Agáidar, en
realidad se reñere a tierras que más bien 'pertenecen en la actualidad a la
jurisdicción de Guía (entonces no nacida aún), desde el Ingenio Blanco, Ba-rranco
de las Garzas, El Lomo, y entrando ya en la jurisdicción de Gáldar, el
Barranco, La Vega, Montemayor, etc.
24 FRANCISCO MORALES PADRÓN
en cabo de toda La Vega, por los repartidores nombrados por orden del
Gobernador Pedro de Vera, para llevar a cabo tal repartimiento. (V. copia
en doc. de 1 de agosto de 1509, en Apéndice V). (M. Q., 1509, fol. 680).
13.-19 octubre 1485: Vilh del Real de Las Palmas.-Repartimiento
a Francisco Peña, conquistador de la Ysla de la Gran Canaria, por los
repartidores nombrados por orden del Gobernador de dicha Ysla Pedro
de Vera, de un pedazo de tierra de regadío, de cinco aranzadas, junto al
que se había dado a Francisco Zópez. (V. copia en doc. de 1 de agosto de
1509, en Ap6ndice V). (M. Q., 1509, fol. 680 v.).
14.-19 octubre 1485: Villa del Real Las Palmas.-Repartimiento
a Ferrando de Montemayor, conquistador de la Ysla de Gran Canaria,
a
por los repartidores nombrados por orden del Gobernador Pedro de Vera, N
de una suerte de tierra de regadío de cinco aranzadas, qu'es desde donde E
feEeve 18 tierra de ~ ~ c i upceses hs&s &gur a la tierra q ~ see 2 O
n Francisco López en Agáldar. (V. copia en doc. de 1 de agosto de 1509, en -
m
O
Ap6ndice V). (M. Q., 1509, fol. 680 v.). EE
2
15.-25 agosto 1487: Villa del Real de Las Palmas. -Escritura de
venta que hace Juan Sánchez Roldán (vecino de la villa de Agáldar) a
micer Batista de Riberol (mercader ginovés, vecino de la villa del Real
de Las ,Palmas en la Ysla de Gran Canaria) de dos suertes de tierra de
huerta en el término de Agáldar, linderos con huertas de AIonso de Arauz
y de Pedro del Dotor, el acequia y la madre del río, siendo testigos
Diego de Cabrera y Juan de Ceverio, Regidores y vecinos de la villa del
Real de Las Palmas, y Juan Rodríguez de Lucena y Sancho de Vargas,
vecinos de la de Agáldar, ante ~Diegod e San Clemeynte, escribano público
que signa este testimonio. w. copia en doc. de 1 de agosto de 1509, en
Apéndice V). (M. Q., 1509, fols. 701v.-702).
1C,.-25 nwim5m QV7: Dmzinyc. ?7i!b Zd R~vccZ We Lúu Pd~~w.-Ek-critura
de venta otorgada por Francisco LóPez. (albañil, vecino del lugar
de Agáldar en la Ysla de la Gran Canaria) a F'rancisco de Porras (Re-gidor
y vecino de la villa del Real de Las Palmas) de una huerta de tierra
de regadío, lindante con tierra de Fernando de Montemayor y montaña
de Agáldar un pedazo, y otro con tierra de Francisco Peña y la madre
del río, por 6.000 maravedís, siendo testigos Juan de Sanlúcar y Fran-cisco
de Salteras, vecinos de dicha villa, ante Diego de San Clemente,
escribano público de dicha Ysla de la Gran Canaria, que signa este tras-
262 ANLí-4RIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CAXARIAS W EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 25
.lado. (V. copia en doc. de 1d e agosto de 1509, en Apéndice V) . (&Q., 15l0.9,
fols. 681-683).
17.-7 noviembre 2459: Sábado.-Juan Fernández de Alzoba (cómi-tre
del Rey Nuestro Señor, vecino de Sevilla en la collación de Santa
María en la Cestería, maestre de nao que está en el puerto de Las Muelas
de la Torre del Oro en esta Ciudad) debe a Alfonso Martínez (agujetero,
vecino de Sevilla en la collación de San Salvador) 3.000 maravedís que
ha recibido prestados para fornecirniento y despacho del navio, que van
a riesgo de Alfonso Martínez, sobre el navío, en el viaje que va a hacer
a Canarias. (L. G. C., fol. 17 v.).
18.-10 noviembre 1489: Martes.-Pedro García el Mozo (marinero,
marido de Aldonza Díaz, vecino de Triana) debe a Alonso Martínez (agu-jetero,
vecino de Sevilla en la collación de San Salvador) 5.500 maravedís
prestados para comprar mercaderías que iieva en ei navío que está en el
puerto de Las Muelas en la Torre del Oro de esta Ciudad, maestre Juan
Fernández de Alzoba, que van a riesgo, y se obliga a pagar a los ocho
das de llegar al puerto de Las Muelas de tornaviaje del que hace ahora
a las Yslas de Canaria. (L. G. C., fol. 25).
. 19.-20 noukmbre 1489: Viernes.-Alfonso Fernández Almirante
(vecino de Sevilla en la collación de San Salvador) debe a Sancho de Es-calante
(vecino de Sevilla en la collación de Santa Maria Madalena) tres
quintales y siete arrobas de buen aceite de olivas, nuevo, limpio y claro,
los cuales recibió en nombre del Deán de Canaria, de cierta aceituna que
d'él tovo arrendadas, y se obliga a pagarlos en Sevilla, horro de diezmo,
por todo el mes de diciembre de este afio en que estamos. (L. G. C., fol. 265).
20.-12 septiembre 1490: Viwnes. Villa &l Real de Las Palmas en
Ish G. Canaria.-Escritura de venta otorgada por Pedro del Dotor, ve-cino
de ia viiia de Ngáldar en la Ysia cit: Gi-an Canaria, a Batista de ni-berol,
genovés, vecino de dicha Ysla, de una huerta de regadío, cercada,
con parras y árboles, en el término de la villa de Agáldar, ,que linda con
huertas de Batista de Riberol y de Juan de Badajoz, por precio de 5.000
maravedís moneda de Canaria, siendo testigos Juan de Meneses, alcalde
mayor desta villa del Real de Las Palmas, y Ruy González Verde. vecino
de dicha Ysla, ante el escrivano público Diego de San Clemeynte, que
signa este testimonio. (V. copia íntegra en doc. de 1 de agosto de 1509, en
Apéndice V). (N. Q., 1509, fols. 696-699).
Núm. 7 (19611 263
26 FRANCISCO MORALES PADR~N
21.-28 marzo 1491: Vilh de1 Real de Las Palmas.-Repartimiento
a Gonzalo de la Rojana, por el Gobernador Pedro ds Vera, de un pedazo
de tierra, qu'es encima de las suertes de Fernando de Montemayor,
Francisco Peña y Francisco de Porras, de regadío, en la "Tierra Blanca",
en dos pedazos: a un cabo y otro del arroyo, lindando con tierra de San-cho
de Vargas. (V. copia en doc. de 1 de agosto de 1509, en Apéndice V)+
(M. Q., 1509, fol. 680 v.).
22.-14 diciembre 1491: Villa de Safitiago de Ag6ldar.-Escritura de
venta otorgada por Gonzalo de la Coruña (vecino de la villa de Santiago
de Agáldar en la Ysla de la Gran Canaria) a Francisco Peña y Fernando
de Montemayor (vecinos de dicha villa) de un cercado de tierras de re-gadío
que tiene encima de las tierras de los compradores, en término de
a
Agáldar, que linda con tierras realengas y con tierras de Sancho de Var- N
gas, por precio de treynta fanegas de trigo y una burra con su cría, que E
tiene r~rihidos.R ieron testigcs sm~_dhe~ J Tyrgzs, ..A,n,&-& \7eme-j= y O
n Sebastián de Arrona, vecinos de dicha villa, ante Alonso de Herrera, es- -
m
O
cribano público de la dicha villa, que signa este testimonio. (V. copia ín- EE
tegra en doc. de 1 de agosto de 1509, en Apéndice V). (M. Q., 1509, folios 2
E
699-701 V.). -
3
23.-9 abril 1492: Lunes. ViZh del Red de Las Palmas.-Escritura O-de
venta otorgada por F'rancisco de Porras (Regidor y vecino de la Ysla m
E
de la Gran Canaria) a Batista de Riberol (vecino cie la dicha Ysla) de O
una suerte de tierra de regado en término de Agáldar, que linda con
tierra de Fernando de Montemayor y la montaña de Agáldar, tierra de n
E
Francisco de la Peña y el río, por veynte y siete arrobas de azúcar blanco, a
siendo testigos Bartolomk de Cardela, correero, y Alonso de las Predias, n
aserrador, ante Diego de San Clemeynte, escribano público de la Ysla n
de Gran Canaria, que signa este testimonio. (V. copia en doc. de 1 de 3
O
agosto de 1509, en Apéndice V). (M. Q., 1509, fols. 683-685 v.).
24-28 abril 1492: Sábado. Villa del Real de Las Palmas e% la. Ysla
G. Canaria.-Escritura de troque y cambio, por la que Batista de Riberol
(ginovés, vecino de la Ysla de Gran Canaria) da una suerte de regadío
en término de Agáldar (lindera con tierras de Pedro el Rey y de Rodrigo
de Vera, el camino real y el exido) y un molino de pan moler con la tierra
y agua que le pertenece (que compró de Juan Sánchez el Mozo) a Fer-nando
de Montemayor, vecino de dicha Ysla, que le da en cambio una
tierra de regadío en término de Agáldar (que linda con tierras de Batista
264 ANUARIO DE ESTUDIOS ATUNTICOS
CANARIAS EN EL ARCHIVO DE PEOTOCOLOS DE SEVIUA 27
de Riberol y de Francisco Peña, el exido y el Barranco) y otra que com-
2ró de Gonzalo de la Coruña, de secano ésta; siendo testigos Fray Juan
de Agáldar, Lope de Salazar y Pedro de Xerez, vecinos de dicha Ysla,
ante Gonzalo de Burgos, escribano público y del Cabildo de dicha Ysla,
que signa este testimonio. (V. copia integra en doc. de 1 de agosto de 1509,
en Apéndice V). (M. Q., 1509, fols. 689 v.-693).
25 **.-20 agosto 1492.-Pedro de Talavera (trabajador, estante en
Sevilla) otorga que faze pleyto e postura . . . con el Capitán Alonso de
Lugo (vezino desta cibdad en la collación de San Román) en tal manera
que se á obligado . . . de yr a servir por peón o ballestero, con su ballesta
e aljaba e tiros, en la conquista que el Rey e la Reyna .. . han mandado
faser a los canarios de las yslas de La Palma e Tenerife; e que está presto
a faser el dicho servicio ... quando ... fuere I~amado, y 'que esté ...
el dicho servicio . . . f asta un año ; e . . . cumplidos los 4 meses . . . si quisiere
-qeuir, qde rUedu. f u g r pez8 glgma, e &ligade el &&e czpit&z
a le dar navío en que se venga.. . E por razón del servicio, sacado el quinto
e joya e tres caballerías, de todas las cavalgadas e presas que se ovieren
en la dicha conquista, yendo con el dicho Capitán devaxo de su vandera,
[sacado] el tercio de todas las otras cavalgadas, q?le es del Capitán, de
los otros tercios que quedaren de las dichas presas e cavalgadas, aya él
lo que le copiese . . . que se entiende la mitad de la parte que ha de haver
el cavallero, y una parte e media ... que ha de aver el ballestero e el
lancero, e una parte e quarta el dicho Capitán ...; s que si éste se sumare
con otros peones y cavalleros, sin ardid o aviso del dicho Capitán, para
yr a faser las dichas cavalgadas, que el dicho Capitán aya la quinta
parte de las dichas presas e cavalgadas, e los dichos peones e escuderos
que en ellas se fallaren, el restante de todas las dichas presas e cabal-g
a d a ~ ;e que el dicho Capitán sea obligado a le dar desde el día que
partyere desta cibdad a faser el dicho servicio todo el mantenimiento
que oviese menester.. . ; e . . . promete de se no partir del dicho servicio.. .
E el dicho Capitán, seyendo presente, otorgó que rescibía en sy la esti-pulación
deste contrabto ... Otro tal pleito e postura fizo ~Cristóval de
Santa María, barbero, besyno desta cibdad en la collación de Omniurrm
Sanctorum.. . Otro . . . fizo Juhan de Palencia, vesyno desta cibdad en la
collacih de Santa Catalina ... Otro tal pleito e postura fiw Johan del
Baño, trabajador, estante en Sevilla, con el dicho Capitán, segund de
suso. (Z. G., fol. 453 j .
26 **.-20 agosto 1492.-Pedro de Cales e Johan de Medina e Andrés
Sánchez e Pedro de la Gomera e Juan de Sevilla e Marcos e Pedro de
Moguer e Diego López e Rodrigo Alvarez e Juan Garrido e Diego Cherino
e Juan de Jerez e Pedro de Frías e Martín de Rota e Diego Navarrete e
Pedro de Baeca e Fernando de Córdova e Miguel de Córdova e Francisco
de Sevilla e Francisco de Flandes e Pedro de Gibraltar e Pedro de Nar-chena
e Pedro del Alhóndiga e Pedro Fernández e Juan de Castilla e
Pedro Escudero e Bartolomé de Triana e Francisco de Palos, canarios
de la Gomera; e Cristóval Delgado e Pedro García, canarios de la Grand
Canaria: otorgan que fasen pleito e postura ... con el Capitán Alonso
de Lugo . . . que está presente, en tal manera qu'ellos se an obligado . . .
de yr a servir por peones lanceros, con sus dardos c espadas, en la con-quista
que el Rey e la Reyna ... han mandado faser a los canarios de las
yslas de La Palma e Tenerife; e que están prestos a faser el dicho semi-cio
... quando .., por el dicho Capitán fueren llamados, e estén ... en el a
dicho servicio ... un año; e se á obligado el dicho Capitán a les dar man- N
tenimiento desde el día que partyeren al dicho servicio del Puerto de E
Sauta María ... ; e que no se puedan partir dei servicio fasta que sea el
O
n dicho tiempo conplido, salvo si la dicha conquista se acabare antes ... -
m
O
E E por razón del dicho servicio cada uno d'ellos tendrá una parte según . . . E
2 se diere a los otros peones lanceros castellanos e canarios que estovieren E
fasyendo el dicho servicio; e que el dicho Capitán se á obligado a poner los
-
dicha c-narinr, n,inndn se nvieren p d i r de1 dicho s ~ r v i r kc,o mnl ih 3
el dicho tiempo o syendo acabada la dicha conquista, en tierra del Rey - -
0
m
Nuestro Señor; e otorgan e prometen de se no partir ... E el dicho Ca- E
pitán, seyendo presente, otorgó e rescibió en sí la estipulación deste O
contrabto.. . Otro tal pleito e postura otorgó por .ballestero Pedro de To- n
ledo, criado de Pedro Coronado, estante en Sevilla, con el dicho Capitán -E
Alonso de Lugo, por el dicho tiempo e prescio e ccndiciones e penas e a
2
postur as... (J. C., Sol. 454). n
n
3
27 *+.-do agosto 1492.-Leonor Suárez [Gallinato] (muger de Pedro O
del Algaba, Governador que fue de las Islas de Canaria, difunto que Dios
aya, vezina de Sevilla en la collación de Santa María) otorga que da todo
su libre e llenero e conplido poder, según 'que lo ella ha de derecho e más
deve valer, al Jurado Martín Fernández, camarero que fue del . . . señor
Adelantado Don Pedro Enríquez . . . especialmente para que por ella e en
su nombre pueda pedir e sacar libramiento . . . del Rey e de la Reina . . .
o de los sus Contadores mayores, de los 20.000 maravedis qu'eila tiene
de Sus Altezas de juro en cada un aiío, situados señaladamente en las
rentas del almojarifazgo desta cibdad de Sevilla. .. (J. G., fol. 456 v.).
266 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARIAS EN EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 29
28.-27 agosto 1494: Martes. Villa del EeaZ de Las Palmas en G. Ca-naria.-
Escritura de troque y cambio, por la que Francisco Peña da una
suerte de tierra de regadío en término de la villa de Santiago de Agáldar
(de la que es vecino) (que linda con tierra de Batista de Riberol, el camino
real y el Barranco) y otra tierra que compró de Gonzalo de la Coruña
(con cuevas donde Gonzalo, difunto, vivía), a Batista de Riberol, que le
da en cambio una suerte de tierra, puesta de cañas, en término de dicha
villa de Santiago, lindante con tierra de Juan Rodriguez de la Caña y de
Christóval Rodríguez, el camino real y el Barranco, siendo testigos Fran-cisco
de Miranda, Regidor y vecino de la villa del Real de Las Palmas,
y Francisco Padilla, estante en la Ysla de Gran Canaria, ante el escri-bano
público Diego de San Clemente, que signa este testimonio. (V. copia
íntegra en doc. de 1 de agosto de 1509, en Apéndice V). (M. Q., 1509, fo-lios
685 v.-689 v.).
29.-%O febrero 1495: Madrid.4édula de los Reyes Católicos al Ba-chiller
Alonso Fajardo, Contino de la Real Casa y Gobernador y Capitán
de la Ysla de Gran Canaria, dándole poder y facultad para repartir las
tierras de dicha Ysla que estuvieren sin repartir, y para hacer a los ve-cinos
de la misma cumplimiento de justicia For los agravios que hubieren
recibido en anteriores repartimientos. (V. Apéndice V: B, 10 a). (M. Q.,
1509, Iois. 693 v.-694 v. j.
30.-26 agosto 1495: MiércoZes.-Alonso Salvago (mercader, vecino
de la villa de Palos) debe a Jácome de Sopranys (mercader, ginovés, es-tante
en Sevilla) mil1 arrovas de azúcar blanco de pilones, tal que sea
"de dar e de tomar entre mercaderes", las quales son por valor de los
paños que dé1 recibió, los quales son en su poder; a pag& en la Ysla de la
Gran Canaria, en los yngenios en que se suele moler e fazer azúcar; la
mitad fasta fin de abril próximo que verná de 1496, y la otra mitad en
el mes de mayo de dicho año de 1496, so pena del doblo en cada paga;
y a dicho pago obliga sus bienes, en especial miil cinquenta arrovas de
=5car qire le dew en dicha Pda de C-and Canaria Pd-m de 0-mas,
vecino de dicha Ysla, e 450 arrovas Diego de Cabrera, Regidor y vecino
de dicha Ysla, y la muger de Alonso Jaymes, difunto, vecino de dicha
Ysla, doscientas, por escrituras públicas de debdo, las quales entrega a
Sopranys, con poder, para cobrarlas; y Jácome de Sopranys las recibe.
(F. SE., fol. 214).
31 *'X'.-lB septiembre 1@5.-Crist0val Gutiérrez (marinero, vesyno
de Triana, guarda e collación desta cibdad de Sevilla, maestre del navío ... que se nombra "Santyago", ,que ... está en el puerto de Las Nuelas
30 FRANCISCO NOBALeS PADRÓN
del río de Guadalquivir ...) debe a Alonso Diaz (escribano de letra de
obra, vesyno desta dicha cibdad en la collación de Sanct Martin, qu'está
presente ...) 6.000 maravedís desta moneda que agora se usa, los quales
son de préstamo, que le prestó por le faser amor e buena obra, e para
fornescimiento e despacho del dicho su navyo, para este viaje que ago-ra
ha de faser a la vela ... a las Yslas de Canaria, entrada e salida ...
(F. SE., fol. 307).
32 **.-5 enero 1@6.-Pablo Mateos (vesyno de Fuerteventura) deve
a Juan de Soto (clérigo de la diócesis de Burgos, estante en Sevilla, que
está presente) 4.000 maravedís desta moneda que se agora usa, 10s qus-les
son de préstamo que le prestó por le faser amor e buena obra ... (F.
SE., fol. 7 v.).
a
N
33.-16 marzo 2496.-Francisco de Riberol (mercader genovés estan-
+c. a- Qn~7:ll'. *. m:.-....- \ A+?...,".-. bG u s v i l i a , rrlaila, uLvrsa a Aiidi-6s Matres (hijo de Miguel de Vi-llacis
Matres, difunto) que por deberle éste 100.000 maravedís (por escri-tura
que otorgó a Marcos de Castellón, mercader genovés, vecino de Se-villa,
ante Bartolomé Sánchez de Paz, escribano público de Sevilla, en
27 de agosto de 1490) le hace donación, cesión y traspaso dello. (F. SE.,
folio 87 v.).
34 **.-26 mamo 1496.-Marco de la Palma (vesyno del lirgar de Tri-gueros,
lugar del Duque de Medina), por sy e en nombre e en voz de todos
los peones que con él quedaron e murieron en la conquista de Tenerife
(fasta ser ganada la Ysla, por los quales fase bos e cabción ...), otorga
que ha res~ibidoe, rescibió en su poder, de Alonso de Lugo (Governador
de la dicha ysla de Tenerife, que estava ausente.. .), 15.000 maravedís
d'esta moneda que se agora usa, los quales son de todo el servicio que él
e los dichos peones que llevó a la dicha Ysla fizieron en la dicha con-quista,
desde todos 10s tiempos Ique estovieron en la dicha Ysla fasta que
de ella vinieron e la ganaron ; los qn&r dichos 1.5.QQQ maravedir . . . m
en su poder.. . Por ende, otorga que da por libre e por quito al Gobernador
e al señor Duque de Medina Sydonya, e les fase fin e quitamiento e libra-miento,
agora e para siempre jamás, de guisa e de manera que contra
el dicho Duque ni contra el dicho Governador . .. ni contra sus bienes ni
herederos les non quedó ... debda ni demanda ni derecho ni bos ni rasón
ni abción ni otra cosa alguna que se aya de dar . . . ni complir sobre rasón
de lo que se aya de dar . . . ni complir sobre rasón de lo que dicho es; e
otorga e promete qu'él ni los dichos peones qu'él asy llevó a la dicha
268 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARIAS EN E& ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 31
conquista . . . farán demanda . . . sobre esta dicha razón, e sy . . . la fizieren ... o a pleyto o a contienda de justicia los troxeren, que les non valan
en esta razón ...; sobre lo qual dio poder complido n la Justicia ... (J. M.,
fol. 64 v.).
35 -x".-28 mmo 1496.-Alonso de Lugo (Governador de la ysla de
Tenerife . . ., vezino de Sevilla en la collación de Sant Andrés) otorga que
da su poder . . . a Luys Carrasco (vezino desta cibdad en la dicha collación,
qu'está presente) para que por él e en su nombre pueda demandar e
recabdar . . . e cobrar . . . de Pedro de Castellanos (vezino de la cibdad de
Baca) ... o de sus bienes, treynta e dos esclavos canarios de la dicha
Ysla de Tenerife, los quales 61 le ovo dado para que los llevase a la Corte .. . para dar a Sus Altezas e a otros cavalleros de la dicha su casa e corte;
e para que . . . los pueda rescebir en su poder, e otorgar carta . . . de pago ... las ... que complieren; e para que ... pueda parescer ... ante quales-quier
alcaldes e juezes ... (J. Bf., fois. 71-71 v.j.
36.-11 abril 1496: Lunes.-Francisco de Riberol {mercader genovés,
estante en Sevilla, habitante en Triana) otorga que ha recibido de la
Señora Doña Violante de Cervantes, muger de Sancho de Herrera, ve-cino
de Sevilla, 18.000 maravedís, que le debía por escritura pública que
pasó ante Francisco de Segura en 12 de agosto de 1495. (F. SE., fol. 120).
37.-5 mayo 1496: Miércoles.-Juan de Lugo (-vecino de SevilIa en
la collación de Omnium Santorum) debe a Rodrigo Baeza (trapero, ve-cino
de la Ciudad de Sevilla en la collación de Santa María) nueve mili e
dosyentos maravedís, que son los que le debe pagar como fiador del Go-vernador
Alfón de Lugo. (F. SE., fol. 163 v.).
38.-7 junio 1696: Uartes.-Alfonso González de Santolalla (escri-vano
de1 Rey, vecino de Sevilla en la collación de Santa María), en nonbre
y voz de Marina López, su muger (por virtud del poder que della tiene
que fue otorgado ante Bernai Gnzáiez, escrivano píi'aiico de Seviiia, en
8 de agosto de 1493), otorga y da poder a Cristóbal Gómez (vecino de
Sevilla en dicha collación) para cobrar de Ynés de Pera, muger del
mundo, estante en Gran Canaria, treynta y ocho reales y medio y dos
maravedís, que debe a la dicha Marina López, y para otorgar los docu-mentos
necesarios en razón de dicho cobro. (F. SE., fol. 234 v.).
39.-7 junio 1496: Martes.-Juan de la Mezquita (hijo de Luis no-driguez
de la Mezquita, vecino de Triana, maestre del navío "Santi Spi-
32 FRANCISCO MOR4lZS PADRbN
ritus", que está agora surto en el puerto de Las Muelas del Río de Gua-dalquivir)
afieta a Pedro Sánchez de Arévalo (barbero, vecino de Sevilla
en la collación de San Andrés) y a Rodrigo Aifón (cerrajero, vecino de
Seviila en la coliación de Santa María Madalena) dicho navío para car-gar
todas las mercaderías que quisieren para las Yslas de Canaria, de-biendo
estar cargado el navío en ocho días, y se obliga a salir en los tres
siguientes en el primer buen tiempo, e yr derechamente a la Ysla de Lan-zarote:
e estar allí de demora quatro días; e de aiií que vaya a Pozo
Negro en Fuerteventura, y esté ende otros cinco días; e de allí que vaya
a la Gran Canaria, al Puerto de Las Ysletas, y esté ende quatro días; e
sy quisieren que con las dichas mercaderías vaya el dicho maestre a La
Caleta (l), que sea obligado de yr allá, e esté ende, dando la dicha carga
que asy lievare, hasta cinco días; e sy estando en el Puerto de Las Ysletas
a
no fyziere tienpo para yr al dicho puerto de La Caleta, que no sea obli- N
gado a yr. E deve aber de fletes los precios siguientes: por cada una jarra E
llnns Ar. .,;nn rr nrir ..no alhoriln ..m r a n l An ..lo+- A,-. ,,..FA A, n.l,,+;11n. O
-..--U uv v UV, v FUI -U CIILICWUCUY*, J-. uc YA-CCII U= b u " U- u a m b ~ ~ ~ a , n -
e por un quintal de pan viscocho, cinquenta maravedis de la moneda de =m
O
Canaria; e por cada vaso de loza menuda, diez maravedis de la dicha EE
moneda; e por cada vaso de ladrillos, treynta maravedís de la dicha mo- 2
E
neda; e todas las otras mercaderías que cargare, que las pague de flete =
a la costunbre de Canaria; e que de las cosas de mercaderías, que el dicho 3
maestre les faze gracia del quarto del flete dello; e que los maravedís -- 0
que montare el dicho flete, le debe ser pagado en qualquier de las dichas m
E
YsIas que descargare, dentro de los quinze días de la descarga, so pena O
del doblo. (F. SE., fol. 235).
40.-15 juab 1496: Villa del Real & Las Palmas.-Asiento del re-partimiento
de tierras hecho por Alonso Fajardo, Gobernador y Capi-tán
general y Reformador de los repartimientos de tierras de la Ysla de
Gran Canaria, dando a Batista de Riberol, en compensación de tres suer-tes
de tierra que tiene en término de Agáldar (en el Valle de las Garzas,
que había comprado de Fernando de Montemayor, de Francisco Peña y
de Francisco de Porras), otras que fueron dadas primeramente a Bar-tolomé
Muñoz y a Martín de Santibáñez, y además un asiento de tierra
para un ingenio en el otro cabo, en la "Tierra Blanca", y otro pedazo de
tierra en el valle, junto con la dicha "Tierra Blanca", para hacer una
huerta para servicio de dicho yngenio. (V. copia en documento de 1 de
agosto de 1509, en Ap6ndice V). (M. Q., fol. 695).
(1) Junto a Gáldar.
270 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARIAS EN EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVIUA 33
41 **.-16 &nw 1496.-Andrés Suárez [Gallinato] (fijo de Pedro del
Algava, difunto que Dios aya, e de Leonor Suárez [Gallinato] su muger,
vezino de Sevilla en la collación de Sant Andrés) deve a Ruy Pérez d7Es-quivel
(vesyno de Sevilla en la collación de Sant Juan, qu'está presente)
6.365 maravedis desta moneda que se agora usa, los quales son de resto
de una mula de color prieta que d'él rescibió e conpró ... la qual dicha
mula está en su poder ; los quales dichos . . . maravedís . . . le ha de dar e
pagar desde oy día de la fecha ... fasta 15 días ... primeros siguientes,
so pena del doblo ... E porque más seguro sea de ser mejor pagado . .,
dale por ellos en enpeños . . . un esclavo canario de Tenerife, que ha nom-bre
Juan, de hedad de 17 años poco más o menos, en tal manera . .. que
sy al dicho plaso no le diere e pagare estos dichos maravedis . . . se quedará
con él ... (J. M., fols. 197 v.-198).
42 **.-26 junio 1396.-Pedro Canario (vesino de Sevilla en la colla-ción
de Santa ivíaría la =ancaj hace su poder a Diego r"i=iiAiidez (escri-vano
de Sevilla, vesino desta dicha Ciudad) . . . para los pleitos movidos
o por mover... (J. M., fol. 221 v.).
43.-9 julio 1496: Sábado.-Mayor Micer (vecina de Sevilla en la co-
!!sicih de S= A_rk) dehe E la Jurada Ynés Qiixads (virida ri-l Jurado
Juan de Lugo, vecina de Sevilia en la collación de Santa María) tres mil
quinientos maravedis, de seis mil quinietos que era obligada a dar y
pagar al Tesorero García de Castillo por auto público que Diego Micer,
su hermano, le hizo al Tesorero por ella; y se obliga a pagarlos antes de
fin de diciembre próximo; y le da en prenda unas casas junto a las del
hospital del Amor de Dios. (L. G. C., fol. 258).
44.-9 juZw 1496: Sáhada-Poder del Tesorero García de Castillo a
la Jurada Ynk Quixada (mujer del Jurado Juan de Lugo, difunto, vecina
de Sevilla en la collación de Santa María) para cobrar de Antón Reyna
y de Diego Wiiiio, su hijo, vecinos de Xerez de ki Ffüiitem,, tres mil
rnaravedis, de tres mil quinientos que le debían a cumplimiento de seis
mil quinientos ... (L. C. C., fol. 259 v.).
45 "*.-2 agosto 1496.-Leonor Suárez [~Gallinato] (muger de Pedro
&AJgay~&, finte v e E inr =ya, yegna de Seviga en 1% c~ilariiri_d e
Sant Andrés) otorga que da su poder ... a Jerónimo de Valdés (su fijo,
mostrador desta carta) especialmente para que por ella e en su nombre
pueda sacar . . . de los Señores Contadores mayores del Rey e de la Reyna
Núm. 7 (1961) 27%
34 FRANCISCO JIOR.U&S PADR6N
... un libramiento de 20.000 maravedís que la Reyn2 ... le mandava dar
cada un año en la renta del almojarifazgo desta cibdad ... (J. M., fol. 309).
46.-9 noviembe 1496: Miércoles.-Constanza Espinosa (vecina de
Sevilla en la collación de Santa María) vende al Bachiller Luis de He-rrera,
vecino de Sevilla, una esclava canaria de color lora, de nombre
Beatriz, de edad de veynte años y natural de la Ysla de La Palma, por
precio de tres mil maravedís, que declara haber recibido ... (L. G. C.,
fol. 542 v.).
47.-28 septiembiie 2496: ~iartes.-Ynés de Limpias (mujer de Al-fonso
Jayme, Regidor y vecino que fue de la villa del Real de Las Palmas
en la Ysla de Grand Canaria, difunto, vecina de Sevilla en la collación a
de Santa Catalina) debe a los herederos de Alonso López (vecino que fue N
E de la Higuera, lugar de Sevilla cerca de Frexenal) orice mil setecientos
O
cincuenta y cuatro maravedis, que son los que el dicho Alonso López n -
=
dio en ,warda a ella y al dicho su marido, y se obIiga a pagarlos donde m
O
E se los pidan hasta en fin del mes de mayo próximo que viene, so pena E
2
del doblo.. . (L. G. C., fol. 482 v.). E
=
3 4%-4 ii"u-íil 2497: U.IÜ,rie~.-Pocier &e j u h de Poriiiio (armero de
Coraceros, estante en Sevilla) a Antón Martinez Castellano (vecino de -
0m
Tenerife en las Yslas de Canaria) especialmente para cobrar de Juan Mar- E
tínez (ortelano, vecino de la Ysla de Gran Canaria) dos mil1 maravedís O
que le debe de préstamo, de que tiene albalá firmado E su nombre; y para n
parecer ante las Justicias en razón de esta cobranza.. . (J. B., fol. 126 v.). E a
49.-14 mayo 1497.-E1 Gobernador Alonso Fajardo, en la villa del n
Real de Las Palmas, de la YsIa de la Gran Canaria, recibió por vecino 3
desta Ysla a Batista de Riberol, y le señaló por su vecindad una cavalle- O
ría de tierra de regadío en el lugar de Agáldar, debaxo de la acequia,
se* consta en el libro de repartimientos de la Ysla hecho por los Gober-nadores.
(V. copia en doc. de 1 de agosto de 1509, en Apéndice V). (M. Q.,
6509, fols. 695 y v.).
50 *.-20 mayo 1497.-Juana de Morales (mujer de Andrés de Yéve-nes,
vecina de Sevilla) vende a Alfonso Martínez de Arroya y a María
Ruiz (su mujer, ambos vecinos de esta ciudad) ur,a esclava canaria, de
nombre .. . y edad . . ., natural de Tenerife. (G. B. B., sin fol.).
272 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTZCOS
CANARIAS W EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 35
51.-27 mayo 1497: Sábado.-Gonzalo de Ocaña (hijo de Gonzalo de
Ocaiia, difunto, vecino de Sevilla en la collación de San Vicente) debe a
Ruy García (mercader, vecino de Sevilla en la collación de Santa María)
dos mil seiscientos veinte maravedís, de préstamo para fornecimiento,
abastecimiento y despacho del navio de Alonso Martín de la Gordia,
vecino de la villa de Palos, en que lleva sus mercadurias para el próximo
viaje que van a hacer a las Yslas de Canaria; van a riesgo y ventura de
Ruy Garcia, sobre el dicho navio, y fletes y aparejos, desde el puerto en
que está a las dichas Yslas y cada una de ellas, y tornaviaje al puerto
de Las Muelas del río de Guadalquivir, hasta 24 horas de echar la primer
ancla, y a pagar dentro de los ocho días primeros de la llegada aquí a
salvamento.. . (J. R. P., fol. 255).
52.-27 julio 1497: Jueves.-Poder de Ynés de Linpias (muger de AI-fonso
Jayme, difunto, vecina que fue de la Ysla de Gran Canaria, y que
ahora lo es de la villa de Niebla, villa del Sr. Duque de Medina Sydonia),
por sí y en nombre de Marina, Diego y Francisco, su hija e hijos legí-timos
y herederos de su marido (como tutora y curadora por oficio de
Juez competente), a Juan Diaz (zapatero, vecino de la dicha Ysla de Gran
Canaria, en el lugar de Las Palmas) especialmente para que en nombre
de sus hijos pu&a cobrar de cuaiquier personas, &os pedazos de tierras
cañaverales de azúcares, que ella y el dicho su marido han y tienen en
término del dicho Real de Las Palmas, enfrente del ingenio de Constan-tino
[Cairasco], vecino de dicha Ysla; que ha por linderos, de la una
parte, dicho ingenio; que pueden haber en los dichos dos cañaverales
cuatro aranzadas, poco más o menos, los cuales están hoy rematados en
el dicho Costantín por mandamiento de cierto Juez; y poder para pleitos
en razón de el10 ... (J. R. P., fol. 423).
53 **.-3 octubre 1497.-Tomás de Palencuela (mercader burgalés,
estante en esta cibdad de Sevilla) otorga que da su poder conplido ... a
Rodrigo . de Castro (mercader burgalés, estante en la cibdad de Sevilla,
mostrador desta presente carta de poder) especialmente para que por él
o en su nombre pueda protestar e proteste a Pedro Martines (clérigo e
vezino de .la villa de Almonte) qualquier cantidades de axeyte que me
deve.. . (J. R. P., fol. 594).
54.-14 octubre 1497: Sábado.---Carta de quito de Teresa Fernández
{mujer de Diego Fernández, difunto, vecina de Sevilla en la collación de
Santiago) a Gómez de Córdoba (vecino de Sevilla en la collación de San
36 FRANCISCO MORALES PADR6N
Estevan) en razón de una esclava canaria, que deiia ovo comprado por
seis mil maravedís ... (J. R. P., fol. 623 v.).
55.-4 noviembre 1497: Mi&coles. - Gonzalo de Segura (zapatero,
marido de Leonor González, vecino de Sevilla en la collación de San
Ysidro) debe a Martín Alimán y a Juan Alimán, trapero, su hermano
(vecinos de Sevilla en la collación de San Bartolomé), tres mil seiscientos
veinte maravedís de la moneda que corre en las Yslas Canarias, de prés-tamo,
que va a riesgo de las mercaderías que iieva Gonzalo de Segura en
el navío de Alfonso García el Viejo, que va a las dichas Yslas de Canaria,
y se obliga a pagar en la Ysla de Gran Canaria, a los veinte días de la
llegada en salvo a dicha Ysla ... (J. R. P., fol. 695 v.).
56.-22 nmiekbre 1497: Mi&coZes.-Poder de Juan de Guarzanaro
(hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, su mujer, difuntos),
natural de la Ysla de nerteventura, que ahora está en la Ciudad de Se-vilia,
a Lope de Salazar, vecino de la Ysla de Gran Canaria, para cobrar,
en juicio y fuera de él de cualesquier personas, todos los bienes suyos,
y como heredero de su padre y de su madre y de Francisco de Guarzanaro,
su hermano, vecino de la Ysla de Lanzarote, difunto; y todos los frutos
v r- ~- -n- -t -s- c d:- - ~ - -c - : -1d -s ~ m- -r -i -~ - -r t ~ -l o-c -: t-r- p- -q . . . ( J - R. p-,f ~ l -'7 14.)-
57.-22 noviembre 1497: Mi&coles.-Testamento de Juan de Guar-zanaro
(hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, naturales de
Tenerife y vecinos que fueron de Fuerteventura) estando enfermo de
bubas y queriendo yr sobre las Yndias de Antilla.=Debe a la Sra. D." Ynés
de Peraza, señora de las Yslas de Canaria, un ducado de oro que hoy día
vale 575 maravedís, de préstamo que le prestó por le hacer merced y
buena obra; manda que lo paguen sus albaceas, de sus bienes.=Débele
Guillén Francis ochocientos maravedís desta moneda que se agora usa,
de préstamo que le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer amor y buena
obra; manda a sus albaceas lo cobren déi y de sus bienes.=lEancia SU
ánima a Dios, y que lo entierren en Santa María la Mayor, en la sepoltura
que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de requiem:
una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus albaceas
quieran.=A las mandas forzosas, cinco maravedís. H si fdeciere en las
Yndias, donde va. que Lope de Salazar y su mujer Beatriz de Párraga,
su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren en la villa o lugar de la isla
donde fuere vecino.=Manda a Ntra. Sra. del Mal Paso, qu'es en las dichas
Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda
274 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARIAS EN EL ARCHNO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA s.
a Santa Catalina, de la Ysla de Gran Canaria, dos libras de cera. Y manda
a sus albaceas compren, de sus bienes, cinco mil mravedís de ropas de
axuar y atavíos de casa, y, así comprados, se les dé a una moza huérfana
que más lo haya menester, para que ruegue a Dios por su ánima; y con
otros cinco mil mrs. saquen un cautivo de los de tierra de moros, enemigos
de la Sta. Fe Católica, para que ruegue a Dios por su ánima.=Y manda
a sus albaceas que le paguen a toda persona que jure que le debe hasta
cien maravedís abaxo, para descargo de su ánima e conciencia; y que le
digan desde que falleciere una remembranza con su misa de requiem can-tada,
con su vigilia, cumpliendo según se suele hacer a un hombre llano 11),
Nombra heredera en el remanente de sus bienes a Beatriz de Párraga,
su tía, mujer de h p e de Salazar, vecinos de la Ysla de Gran Canaria,
con cargo de cubrir la sepultura de sus padres y hermano todos los días
de su vida, según es uso y costumbre. Nombra alsbaceas a Lope de Salazar
y Beatriz de Párraga, a los que da el poder necesario. .. (J. R. P., folios
715 v.-716 V.).
58.-8 enero 1498.-Batista de Riberol (mercader ginovés, vecino de
la Gran Canaria) face su perisonero, para pleitos, a Juan Ortega, vecino
de Sevilla. (F. SE., fol. 267 v.).
59.-26 julio- 1498: Jueves.-En Triana, Y,sabel de las Casas (mujer
del Jurado Pedro de 'lugo, difunto, vecino de Triana, guarda y collación
de Sevilla) hace su perso&ro a Garcia de Castilla (procurador, vecino
de Sevilla) para todos los pleitos movidos y por mover. (L. G. C., fol. 85 v.).
60.-28 diciembre 1499: Sábado.-Poder de Fernando Portocarrero
(vecino de Sevilla en la collación de San Miguel) a Juan de Arévalo (bar-bero,
vecino de Sevilla en la collación de San Andrks) especialmente para
demandar de Juan de Melo, ferrero, e de Diego Amarillo, su suegro, ve-cino
de la Gran Cfanaria, cinco mil1 maravedis (que le deve por recabdo
público que pasó ante Diego de San Clemente, escrivano público de Gran
Canaria), e asimismo de Gonzalo de Córdova (estante en dicha Ysla)
dos albalaes de %quinientoms aravedís que le debe; y para cobrar, y para
hacer toda clase de diligencias, y pleitos, en razón de tales cobranzas:
(F. SE., 1500, l.*, fol. 11).
(1) Els extra50 que sus padres sean naturales de Tenerife ;Proceden de
los cautivados por Diego de Herrera ? El es natural de Fuerteventura y rico.
FRANCISCO MORALES PADR~N
61.-16 enero 1500: Juewe.s.-iPoder de Jácome de Sopranys (merca-der
genovés estante en Sevilla), por sy y en nombre de Diego Cabrera
(vecino y Regidor de la Gran Canaria, de quien tiene poder), a Juan Ortiz
(vecino de Sevilla, mercader, en la collación de Santa Cruz) y a Gerónimo
de Orerio (mercader genovés, vecino de la Ysla de Gran Canaria) para
demandar, aver e cobrar de Juan de Salazar, vecino de la Gran Canaria,
doscientas arrobas de azúcar blanco de las 400 arrobas contenidas en
sentencia dada por el (Presidente y Oydores de la Audiencia y Chancillería
Real de Ciudad Real, según executoria de Sus Altezas; y para otorgar
los documentos necesarios y cobrarlas. (F. SE., LP,fo l. 304).
62.-16 enero 1500: Jueves.-poder de Jácome de Sopranys (merca-der
genoves, estante en Sevilla) a Juan Ortiz (mercader, vecino de Sevilla
en la collación de Santa Cruz) para que en su nombre pueda entrar en
la tenencia y posesión de un "yngenio" de fazer azúcar qu'es en la Ysla
de la Gran Canaria, en la villa de Telde, el qual yngenio muele con bes-tias,
con todos los aparejos de madera e fierro, c con todas las otras
ccuur, ~yue el ; z g&~ e&&= p~1 1 p&~nps&ntps; rYim--a f--i--~- e-nn- ~
linde el dicho yngenio, por una parte, con el camino que va de la villa
de Telde a la villa de Las Palmas, e de otra parte, con casas de Valdespino,
e con casas de Diego de Cabrera; e asymismo la tenencia e posesyón de
las dichas casas del dicho Diego de Cabrera, con sus sobrados e corrales,
que son en la dicha villa de Telde, que tienen su linde con el dicho yngenio
e con casas de Lope Fernández Ferrero, e con la plaza e calle del Rey
por delante; e más pueda entrar en posesyón de ocho suertes de tierras
de regadío, de cañaverales, que son en término de la dicha villa de Telde,
que están puestas de cañas las cinco suertes dellas; que son: las quatro
e media suertes en la Vega de la Fuente, de la dicha villa de Telde, que
junta -mas caii q-ae "&eaeii eii Ende con tierrdse los here-deros
de Juan de Avila que Dios aya, e con tierras de Rodrigo de la
Fuente, e con tierras de Isabel Montero, e con el río de la dicha villa de
Telde; e las otras tres suertes e media son en la Vega Mayor, en término
de la dicha villa: las dos suertes en un pedazo que se tienen en linde con
tierras de Christóval de Valdespino, e con tierras de Juan de Avila, e
con tierras de Fernando de Porras, e de la parte de abaxo el camino; e la
una suerte en un pedazo, qu'es en la dicha Vega, lindando con tierras del
dicho Juan de Avila; e la otra media suerte, qu'es en otro pedazo en la
276 AXUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARUS EN EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 39
dicha Vega, que se tiene en linde con tierras de los herederos de Jum
Alemán, e con tierras de [en blanco]; e con las aguas e otras cosas que
las dichas ocho suertes de tierra e cañaverales tienen anexas e perte-necientes;
y las pueda tener por razón que dicho Diego de Cabrera (ma-rido
de F'rancisca de Betancor, vecino y Regidor de la dicha Yda de
Gran Canaria) me ovo vendido todo ello, e cada cosa deilo, por tributo
e censo perpetuo de 200 arrobas de azúcar blanco, por contrato público
que pasó ante Francisco Ruiz de Porras, escrivano público de Seviiia; y
da poder para administrarlo al dicho Juan Ortiz. (F. SE., l.gf,o l. 304 v.).
63.-16 enero 1500: Jueves.-Carta de pago de Teresa López (mujer
de Martin Sánchez de Nayracotra, maestre de la caravela que fue de
Cabrera, vecina de Triana), en nombre y voz del dicho Martín Sánchez;
su marido (por virtud de poder que pasó ante Antón Gutiérrez, escrivano
público de Xeviila en 16 de enero de 1496), por haber recibido de Doña El- ..,..... \T-..L..-- ,'------ Ald?L-'m-:--J- n -L.--- v i la Ue iw a r uaca \ l u u b ~U~e fiirvri o a j au u, u u ~ : r ~&doer I CL Y&, Ue CZ-naria
que Dios aya, vecina de Sevilla en la collación de San Vicente, au-sente)
e de Juan de <Llanos (vecino de Seviiia), presente, en su nombre,
1.400 maravedis, a cumplimiento de todos los maravedis que ganó su ma-rido
del servicio que ñzo en la Torre de Santa Cruz, qu'es en la Mar Peque-ña,
dependiente de la Ysla de Canaria, de todo el tiempo que estovo en el
dicho servicio; y le da carta de fin y quitamiento. {F. SE., l.", fol. 310).
64.-23 enero 1500: Jueves.-Poder de Jácomo de Sovranys (merca-der
genovés estante en Sevilla) a Johan Ortiz (mercader, vecino de Se-villa
en la collación de Santa Cruz) y a ~Gerónimod e Orerio (mercader gea
novés, vecino de la Ysla de Gran Canaria) y a cada uno dellos, general
para cobrar y otorgar los documentos necesarios, y para pleitos, en razón
de dicha cobranza. (F. SE., 1.5 fol. 334 v.).
65.-2 febrero 1500: Lunes.-Gonzalo de Burgos (escribano mayos
y vecino de la Ysla de Gran Canaria en la villa del Real de Las Palmas)
debe a Jácome de Itiberol (hijo de Micer Antonio, mercader genovés, es-tante
en Sevilla, presente) ciento setenta y cinco arrobas de buen azúcar,
seco, limgio y bien purgado, por razón de quatro paños y un sobreestrado
de corte de seda de figuras, que son en todo 123 anas que dé1 reci'aió
comprados; y se obliga a pagar en la Gran Canaria hasta fin del mes de
abm'_Id e1 ziio que de 1501. (F.S E., 12, fe!. 33).
66.-18 febrero 1500: Martes.-Obligación que otorga Diego de Ave-iianeda
(escudero, vecino de Sevilla en la collación de San Miguel), que
40 FRANCISCO MORALES P.4DRÓN
hace pacto con F'raneisco de Riberol (mercader genovés estante en Se-villa)
y con Batista de Riberol (vecino de la Gran Canaria, presentes),
para ir a servir por cavallero e tener cavallo e armas suficientes, o a dar
otra persona con cavallo .e armas, e más un onbre con espingarda, en este
llamamiento que Sus Altezas mandan fazer contra los enemigos de nues-tra
Santa Fée Catholica: el un cavailo por Francisco Riberol, y el otro
con espingarda por Batista Riberol, por tiempo de 25 días .que se quenten
desde el día que llegare a Alhendín, por precio de 90 maravedís cada día
e1 cavailero, y de 50 el espingardero. (F. SE., 1.5 fol. 166 v.).
67.-20 febrero 1500: Jueves.-Pedro de Escalona (mercader, vecino
de la Ysla de Gran Canaria en la villa del Real de Las Paimas) otorga
a Gonzalo de Segura (mercader, vecino de Sevilla en la collación de Santa
María, por razón de lo que Pedro de Escalona conpró de Juan de Robles,
vecino de dicha Ysla) todo el ación e derecho qu'él tenia en un "yngenio"
de moier cañas para azúcar, qu'es en la dicha Ysia de ia Gran Canaria
en el Barranco de Amastel, que alinda con otro del dicho Pedro de
Escalona, e más todas las ferramientas e calderas e maderas pertenecien-tes
al dicho yngenio, e más el asyento de tierras pertenescientes al dicho
yngenio; lo qual todo el dicho Robles le cedió e traspasó por razón de
80 arrobas de azúcar que dé1 recibió, según se contiene en escritura pú-bIica
de traspaso que pasó ante Diego de San Clemente, escrivano público
de Gran Canaria, y por lo que al dicho Segura ha de pagar 40 arrobas
de azúcar, mitad del costo, le cede y traspasa la mitad de la acción y del
derecho sobre el dicho yngenio y cosas dichas arriba. (F. SE., 1." folio
145 v.).
68.-20 febrero 1500: Jueves.-Carta de quito otorgada por Gonzalo
de Segura (mercader, vecino de Sevilla en la collación de Santa María),
en nombre y voz de Francisco Boniel y Antón Boniel, sus hermanos, ve-cinos
de la Gran Canaria, por los cuales hace voz y cabción a Pedro de
por i-=uii de 4s arrabm de aY-&-= éste haía de dar y pgrr
a los hermanos Boniel, por escritura que pasó ante cierto escribano de
la Gran Canaria, p r haberlas pagado con la acci6n y derecho que tiene
de Juan de Robles sobre un yngenio de moler caña para azúcar en dicha
Ysla; y por ello le otorga esta carta de pago y quito. (F. SE., 1.; fol. 106).
69-20 febrero 1500: Jueves.-Pedro de Escalona (mercader, vecino
de la $Gran Canaria en la villa del Real de Las Palmas) debe a Gonzalo
Segura y a Francisco Boniel, su hermano, o a ,qualquier dellos, veynte e
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CANARIAS EN EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SE- 41
dos arrovas de azúcar blanco, bien purgado, a precio de 300 maravedís
cada arrova, y se obliga a pagarlos en la Gran Canaria, en el Real de Las
Palmas, en qualquier yngenio de dicha villa: diez arrovas en fin de jullio
primero venidero, y el otro azúcar en el año siguiente de 1501. (F. SE., l.*,
fol. 146).
70.-21 febrero 1500: Viernes.-Poder de Fernando de Covarruvyas
(Contino del Rey e de la Reyna nuestros Señores, vecino de Madrid) al
Bachiller Johan de Prado (Relator en el Consejo de Sus Altezas) espe-cialmente
para demandar, e aver, e cobrar del Receptor de las Rentas
de 10s tres por ciento pertenescientes a Sus Altezas en la Ysla de Gran
Canaria los años que pasaron de 98 y 99, y de Lope Sánchez de Valen-zuela,
Gobernador de dicha Ysla, veynte mill maravedís, que ha de aver
por una carta de libramiento a cobrar. (F. SE., 1.9, fol. 150 v.).
71.-22 fe-kero 1500: Sábcu¿o.-Pedro de Escalona [mercader, vecino
de la Ysla de Gran Canaria) debe a Alfonso de Sevilla (mercader, vecino
de Sevilla) y a Francisco Boniel, vecino de la Gran Canaria, mill ma-ravedís,
precio de cierto paño que recibió conprado de Aionso de Sevilla,
y se obliga a pagarlos en la Ysla de Gran Canaria de oy al día de San
'can primero qige yema dp& SLñ_o en qi~'&amos. (p. BE.; 1.": fol. 153).
72.-26 febrero 1500: Miér0oZes.-Pedro Sánchez (marino, vecino de
Sevilla en la collación de Santa María en la Cesteria, maestre de la nao
"San Pablo" surta en el puerto de Las Muelas del río Guadalquivir) afleta
a Johan de Castilia ,(vecino de Sevilla en la collación de San Salvador) Y
a Diego Cabrejas {vecino de la Ysla de Gran Canaria, presentes) el dicho
navío, para cargar en él todas las toneladas de vinos, aceites y otras mer-caderías
que puedan llevar cargadas en los veynte días primeros siguien-tes;
y se obliga el maestre a yr a cargar paños a Cádiz estando un día,
y partir luego derechamente a las Yslas de Lanzarote y Fuerteventura,
ací Zas, y lue;oirg a Qoan Cmai-ia puerto de La
e dende al puerto de Sardina, qu'es en thrmino de Gáldar, y estar a cum-plimiento
de 20 días de demoras, y unas sirvan a las otras; y ha de aver
de flete 750 maravedís de moneda canaria por cada tonelada, a pagar
en las Yslas de Canaria, cumplidos los 20 días de las demoras, a usanza
de Canarias. (F. SE., l.", fol. 165).
73.-8 marzo 1500.-Gonzalo de Burgos (escrivano público y vecino
de la Gran Canaria) e Jácome de Riberol (hijo de Micer Antonio, mer-
42 FRANCISCO MORALES PADR6N
cader ginovés estante en Sevilla, ambos de mancomún y cada uno por
el todo, renunciando el abténtica y el beneficio de la división) otorgan
que han recibido de Francisco Fernández de Arévalo (escrivano y ve-cino
de la dicha Ysla de Gran Canaria, Procurador de los peones que ayu-daron
a conquistar la dicha Ysla, que está presente) 55.962 maravedís
de la moneda que oy corre en estos Reynos de Castilla, según relación ...
(Vid. doc 76 y Apéndice 1). (F. SE., 1P, fol. 71 v.).
74.-8 mamo 1500: Miércoles.-Gonzalo de Burgos (escribano pú-blico,
vecino de la Ysla de Gran Canaria) otorga a Jácome de Riberol
(hijo de Micer Antonio, mercader genovés estante en Sevilla, presente)
que por cuanto el dicho Gonzalo de Burgos y el dicho Jácome de Riberol,
de mancomfin, recibieron de Francisco Fernández de Arévalo (escribano
y vecino de la Ysla de Gran Canaria) 55.962 maravedis de la moneda a
que hoy día corre en Castilla, para repartir a ciertas personas que fueron N
E
en la conquista de la dicha Ysla, según se contiene en un conocimiento O
que sobre ello pasó ante Francisco Segura, escribano público de Sevilla, n -
=
hoy día de la fecha desta carta; y por cuanto el dicho Jácome de RiberoI m
O
E
ha pagado de toda la dicha suma 31.962 mslravedis en esta manera: a E
2
Lope Sánchez de Valenzuela, Gobernador de la dicha Ysla, 24.000 mara-
=E vedís, y los restantes al dicho Gonzalo de Burgos; por ende se obliga
que -1 dicho Cab-rnadnr 37 41 p - g z á ~ 103 &&os 31.962 mmzve& la-. 3
personas contenidas en la copia del dicho Francisco Fernández de Arévalo
- -
0m
antes de cinco meses, y traerá o enviará carta de pago signada de escri- E
bano de las personas que los hubieren de haber; y si no, que de llano en O
llano, pagará los dichos 31.962 maravedís en Sevilla, luego que sea cum- n
plido el dicho plazo de los dichos cinco meses, so pena del doblo; y en -E
esta manera se obliga a sí y a sus bienes, y se somete al fuera y juris- a
2
dicción de Sevilla. (F. SE., 1." fol. 75). n
0
75.-14 wrxo 1500: Síibado.-Pedro Sánchez (marino, vecino de 3
O Sevilla en la collación de Santa María en la Cestería, maestre de la nao
nonbrada "San Pablo", surta en la banda de Triana en el Río de Guadal-quivir)
debe a Marcos de Castellón (vecino de Sevilla en la collación de
San Vicente) doce mil quinientos maravedís, desta moneda de Castilla,
prestados para fornecimiento y despacho del dicho navío, y van a riesgo
de Marcos de Castellón hasta llegar a Gran Canaria al Puerto de Las
Ysletas, o al de Sardina; y, corrido el riesgo, se obliga a lpagarlos en la
Gran Canaria, en moneda de Castiua, a Johan de Castellon, o a quien
su poder oviere, a los seys días de la llegada a qualquiera de los dichos
dos puertos. (F. SE., 1.5 55 v.).
280 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARUS EN EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS m SEVILLA 43
76.-17 mamo 1500: Martes.-Gonzalo de Burgos (escribano público
y vecino de la Gran Canaria) e Jácome de Riberol (hijo de Micer Antonio,
mercader ginovés estante en Sevilla, ambos de mancomún, etc., renun-ciando
al abténtico y al beneficio de la división) otorgan que han recibido
de Francisco Fernández de Arévalo (escribano e vecino de la dicha Ysla
de la Gran Canaria, Procurador de las personas que ayudaron a con-quistar
la dicha Ysla, presente) 55.962 mrs. de la moneda que oy corre
en estos Reynos de (Jastilla, conviene a saver: un real de plata = 34 mrs.;
un escudo de oro y de peso = 375 mrs. ; un castellano de oro y de peso =
485 mrs.; una dobla de oro castellano de peso = 365 mrs. Los quales
dichos 55.862 mrs., en las dichas monedas, recibieron realmente e con
efecto ante el escribano público de Sevilla e testigos que son firmante8
de esta carta, e son en su poder, de que son pagados; e los quaies dichos
55.962 mrs. son los que el dicho Francisco Fernández, como Procurador
de las dichas personas. recibió y cobró del Rey y de la Reyna nuestros
Señores, de la libranza de los 101.600 mrs. que por mandado de Sus Al-tezas
fueron librados para pagar a las personas de la dicha conquista; e
los lquales dichos 55.962 mrs. se han de pagar e repartir a las personas
segund e en la manera que en esta copia dize, en esta guisa: (Aqui la
copia del cmcimierzto, corz lo que a cada cmqu2stadkv taoa) (Ap. 1).
Ansí que son conplidos los dichos 55.962 mrs. los quales se obligan de dar
e pagar en dineros contados, de la dicha moneda de Castilla, a los dichos
precios a las dichas personas contenidas en la dicha copia, a cada uno la
contía sobredicha desde el dia qu'esta carta es fecha fasta cinco meses
conplidos primeros siguientes; y a más, que dentro del dicho término de
los dichos cinco meses, le trayrán o enbiarán a esta Ciudad carta de pago,
signada de escribano público, de las ,personas e de las contías contenidas
en la dicha copia, si fueren vivos, e si fueren fallescidos de sus herederos,
e si no tuvieren herederos, que sean obligados a le bolver las sumas de
maravedís de las personas tales que no tovieren herederos, para que el
A;nhrr Wt.onnionn liLirni;nAnn lnn fnnma nn A ~ n A a i f n n n r l f a v o r AD ellnf !e urbrrv r L*riurur" r urrruuuru rvu ruvau u* uryuuiru, yu-u iwiivii ri-r "u-.-
que Sus Altezas mandaren; e sy dentro en el dicho término de los dicho5
cinco meses no le enviaren las dichas cartas de pago de las dichas per-sonas,
como dicho es, que de llano en llano darán e pagarán al dicho
Francisco Fernández los dichos 55.962 mrs. que asy d'él recibieron en
las dichas monedas aquí en Sevilla en paz y en salvo, cunplido el dicho
plazo de los dichos cinco meses, so pena del doblo; y en esta manera
obligan a sy y sus bienes como por mrs. e aver de Sus Altezas y se some-ten
al fuero de Sevilla con renuncia del ,propio. (F. SE., LQ,fo l. 71 V.).
44 FRANCISCO MORALES FADR6N
(17.-21 marxo 1500.-Poder de Fk-ancisco Pinzón, vecino de la villa
de Veas, al Bachiller F'rancisco Martínez de Veas, abitante en la Ciudad
de Sevilla, especialmente para demandar de Pedro de Vera, Gobernador
que fue de Canaria, vecino de Xerez de la F'rontera, todo lo que se le devz,
sobre lo qual se trata pleito ante el Licenciado Luys de Polanco, Alcalde
de Casa y Corte del Rey y de la Reyna, y para hacer pacto, conveniencia,
o transacción con Pedro de Vera, y cualquier otra persona, sobre la. razón
de dicha deuda, y para cobrarla. (F. SE, l." fol. 37).
78.-21 mamo 1500.-Pedro de Escalona (hijo de Francisco Sánchez
de Escalona, vecino de Gran Canaria) y W c í a de Segura {mercader,
marido de Ynés Alemán, vecino de Seviila en la coilaci6n de Santa María)
deben a Jácome de Riberol (hijo de Micer Antonio, mercader ginovés es- a
tante en Sevilla) 150.537 maravedís, de la moneda que corre en la dicha
E
Ysla de Gran Canaria, por razón de seis esclavcls negros bozales, e cien O
jarras llenas de vino, e 25 arrovas de azeyte, e otros fornecimientos e n -
=m
cosas menudas que d'él recibieron compradas en la dicha Ysla, en la que O
E
se obligan a pagarlos: un tercio en San Juan de junio deste año, otro E
2
en San Juan del mes de junio de 1501, y el tercio restante en fin de agosto E
de 1501, so pena del doblo en cada paga; pagando el primero en azúcar
& 1~ de 12 dicha y c l ~~, E ~ EeC b)ie n p r g & ~ ,p ze&s e! ; zge z i~d e 3
Aumastel, a vista de omes que delio sepan, al precio que valiere cada -
0m
arroba en dicha Ysla; y los otros dos tercios en azúcar buena a 325 mara- E
vedís, de la moneda de Canaria, cada arroba. (F. SE., 1.; fol. 37).
79.-21 marxo 1500.-Jácome de Riberol (mercader genovés) otorga
a Pedro de Escalona y a García de Segura, vecinos de Gran Canaria y
Seviila, que por no haberles entregado seis esclavos negros bozales que
les tiene vendidos, se obliga a entregarlos antes del día de San Juan pri-mero
que viene, que sean naturales de Guinea, de 20 a 30 aiíos de edad
cada esclavo, sanos de sus miembros y bien dispuestos, que no sean do-lientes;
y los vinos buenos de dar y tomar, y el azeyte en jarras o botijas,
de la cosecha de este año; y que envíe todo a .Canarias a riesgo de RiberoI
hasta la Ysla de Gran Canaria, o los pague Gonzalo de Burgos de otros
vinos que lleva; y más le envían 300 libras de carne de cerdo salado, que
ha de pagar aquí Gonzalo de Segura, e ir en el navío en que vayan los
vinos; y más 60 ristras de ajos; y se ios entreguen a ellos o a FYancisco
de Boniel, mercader estante en dicha Ysla; y si el navío se perdiere, es
obligado a lo tornar a enviar. (F. SE., 1.5 fol. 37 v.).
282 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARIAS EN EZ ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 45
80.-21 marzo 1500: S6bado.-Poder de Pedro Mexía, vecino de la
Ysla de Gran Canaria, a Alfón de Sevilla y a Francisco Boniel, mercaderes
estantes en dicha Ysla, para demandar y cobrar de Alfón de Niebla,
vecino de dicha Ysla, mil ochocientos maravedís, en moneda de Canaria,
que le deve de un albalá firmado de su nonbre; y para pleito y otorgar
documentos sobre ello. (F. SE., 1.5 fol. 39 v.).
81.-81 marzo 1500: Sábado.-Pedro Mexía (vecino de la Ysla de
Gran Canaria) otorga a Alfón de Sevilla y a Francisco Boniel (mercaderes
estantes en la dicha Ysla) que si Alfón de Niebla no les diese e pagase
los mil ochocientos maravedís, para cobrar los quales les ha dado poder,
que hechas las diligencias se los dará y pagará en la Gran Canaria, el dia
que le mostraren testimonio de las diligencias, y se obliga de lo tener por
parte de cinco mil maravedís que le deven. (F. SE., LQ,fo l. 39 v.).
82.-10 aW1 1500: Viernes.-El Governador Pedro de Vera, vecino
de Ia Ciudad de Xerez de la Frontera, hace su personero, para pleitos, a
Alfón Fernández Barrero, Procurador vecino de Sevilla. (F. SE., 1."
fol. 440 v.).
83.-35 ZJ'QO; $ , $ j - c o l~~. -~~a l y&zez &fót, "rta& e r c i ~ ede
Sevilla en la collación de San Marcos) y Diego Furtado {vecino de Sevilla
en la collación de San Lloreynte), de mancomún, a Roso de Sevilla, al-cayde
de la cárcel del Concejo de la Ciudad, para que permita a Joban
Canario, de edad de 18 años, preso en la cárcel, que ande suelto por lo
alto y por lo bajo de dicha cárcel, otorgando que no se fugará, y de ha-cerlo
se obligan a pagar los maravedís en que fuere condenado y debiere
el Juan Canario( y las costas, con más mil reales de plata, mitad para
costas y alcayde, y mitad para los roperos de Sevilla. (F. SE., 2P, folio
174 v.).
84-7 julio 1500: i@artes.-Gómez iie la Puebla, (carpiiiterü, marido
de Ana Manuel, vecino de Sevilla en la collación de Santa María) vende
a Alfón Lobo (Capellán de la Reyna Nuestra Señora, vecino de Carmona)
un esclavo canario que ha nombre Christóbd, naturd de La Palma, de
20 años de edad, por precio de onze mil1 maravedís. (F. SE., 2.Q, folio
112 v..).
85.-8 julio 1500: Hiércoles.-il)oder de Antón Martínez (mercader,
vecino de Sevilla) a Pedro Lozano (marinero, vecino de Sevilla en la
46 FRANCISCO MORALES PADRdN
coilación de San Vicente) para demandar un su esclavo canario, que ha
nombre Sebastián, de 20 años de edad, natural de Tenerife, ferrado en
ambos carrillos, en el uno una £ior de lis y en el otro una estrella, fugado
ha nueve meses; y le da poder para recibirlo, otorgar documentos y pa-recer
ante Justicias en razón de ello. (F. SE., 2.", fol. 33).
86.-10 julio 1500: Viernes.-Poder para pleitos de Doña Elvira Nar-váez,
viuda de aIrfón Fajardo, Gobernador que fue de Gran Canaria, a
Juan de Wanos, vecino de Sevilla. (F. SE., 22, fol. 44 v.).
87 **.-11 julw 1500.-Gerónimo de Ororio [u Orerio] (mercader gi-novés,
vezino de la Gran Canaria en la villa del Real de Las Palmas) e
Cosme de Riberol (mercader ginovés, estante en Sevilla), ambos manco-munadamente..
. , deven a Antonio e Jácome de Sovranys (mercaderes
a ginoveses, estantes en Sevilla, presentes, o a cualquier d'ellos, o a quien
su poder ovyere) 600 arrovas de acúcar blanco, en panes pequeños, que E
se 6 de dar e [entregar! reg~ntf!12 -% e ~&iimbre & C-rzd P:_nia; O
n las quales dichas 600 arrovas de acúcar son las que han de pagar como -
m
O
fiadores, debdores e principales pagadores por Diego de Cabrera, vezino EE
de la Gran Canaria, las qu'el dicho Diego de Cabrera . . . devia al dicho 2
e
Jácome de Sovranys, del tributo qu'el dicho Jácome de Sovranys tenia
sobre su "Yngenio" e casas e tierras que son en la (Grand Canaria, de tres 3
años pasados.. . , a pagar en la dicha ysla de Grand Canaria, en la villa -
0 de TeIde . . . de oy . .. fasta tres años primeros siguientes, en fin del mes de m
E
Marco, cada un año 200 arrovas de acúcar ... (F. SE., fol. 50 v.). O
g
88 **.-11 julio 1500.-Jerónimo de Ororio e Cosme de [Riberol], n
ambos de mancomún ..., deven a ... Antonio de [Sovranys], presente. .., E a
520 ducados [de oro] e de peso, los quales son que le salen de pagar como
[Tiadolres, debdores e principales pagadores de Diego de [Cabrera], n
n
vezino de la Gran Canaria, e son los qu'el dicho Diego de Cabrera d[evia
dar e pagar] al dicho Antonio de Sovranys como compa[ñero] de Jácome 3
O
de Sovranys (mercader ginovés, estante [en Sevilla]) e en nombre del
dicho Jácome de Sovranys, por ei t r i i ~ u t ode ] 2OO arrovas de a~ú c a ren
cada un año que hera obligado a pagar al dicho Jácome de Sobranys; el
qual dicho tributo el dicho Diego de Cabrera lo ovo vendido e vendió en
su "Yngenio" e casas e tierras que tiene en la dicha ysla de Grand Ca-naria
... (F. SE., fol. 51).
89 **.-11 julio 1500.-Jacome de Sobranys (mercader ginovés, es-tante
en Sevilla) otorga a Diego de Cabrera (marido de Francisca de
Betancor, vezino de la ysla de la Gran Canaria, presente) que por razón
284 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARIAS EN EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 47
que el dicho Diego de Cabrera ovo vendido e vendió al dicho Jácome de
Sobranys 200 arrovas de acúcar de tributo e censo perpetuo de cada un
año. .., las quales dichas 200 arrovas de a~ú c a rd e tributo le vendió en
un "yngenio" de moler cañas [de a&ca]r que es en la villa de Telde, e
'en unas casas [con sus] tierras e cañaverales que el dicho Diego de Ca-brera
[tenía] en la dicha villa de Telde ... ; e asimismo sobre ciertos
@sclavos; el qual dicho tributo se obligó de le pagar a ciertos plasos e so
cierta pena; e vendióselo por prescio de 520 ducados de oro largos que
d'61 recibió; e para seguridad de la paga del dicho tributo dio por fiador
a Cosme de RiberoI ..., sobre el quaI dicho tributo; el dicho Jácome de
Sobranys ha tenido ciertos !pleitos e debates con los dichos Diego de
Cabrera e Cosme de Riberol; e por iquanto agora el dicho Cosme de Ri-berol
e ~Gerónimo de Ororio (mercaderes ginoveses, estantes en la dicha
Ysla), de mancomún, se obligan de pagar a Antonio de Sovranys (her-mano
del dicho Jácome de Sovranys) por el dicho Diego de Cabrera, cierta
contía de a~ú c a rq ue ei dicho Diego de Wr e r a íe devía de ia renta áei
dicho tributo de tres años pasados, e asimismo se obligaron de pagar por
el dicho Diego de Cabrera los dichos 520 ducados del costo de dicho
tributo, todo esto a cierto placo ... : por ende otorga que [da por libres]
e por quitos e fase fin e quitamiento e libramiento . . . a los dichos Diego
de Cabrera e Cosrne de Biherol..- (PP BE., fol. 51 v.).
90.-13 1500: Lunes.-Poder de Pedro Vanegas (trapero, ve-cino
de Sevilla en la collación de Santa María) a Juan Alemán (hijo de
García de Córdoba, estante en Gran Canaria) especialmente para cobrar
de la muger de Qchoa López, difunto, vecina de dicha YsIa de Gran Ca-naria,
y de los herederos del dicho Ochoa López, 5.800 maravedís que le
debe por recabdo público y alvalá firmado del dicho (4choa López; y para
que los pueda recibir, y otorgar documentos en razón dello. (F. SE., Zag,
fol. 55 v.).
91 **.-13 julio 15010.-Jácome de Sobranys (mercader ginovés,
est [ante en Sevilla] ) otorga que da su ,poder complido . . . a Gerónimo de
Ororio (mercader ginovés, estante en la ysla de Gran Canaria ...) espe-cialmente
para que por él e en su nombre pueda pedir . . . a Johan Ortis,
estante en la Gran Canaria, de qualesquier maravedís e a~úcarese otras
m a s c gqe pm 61 ha resibid9 e cebr~dcex !U dichrt Yslu.. . (P.S E,,f d. 58),
92 **.-14 julio 2500.-Doña Violante de Servantes (muger de San-cho
de Ferrera, vesyna de Sevilla en la collaci6n de Sant Lloreynte, con
48 FRANCISCO MORALES PADRON
licencia del dicho Sancho de Berrera su marido, quyestá presente ... )
otorga que deve a Cosme de Riberol e a Johan Batista Cereso (mercaderes
ginoveses, estantes en Sevilla.. . , o a ,qualquier dellos.. .) 212.000 mara*
vedís desta moneda . . . que son los que se le salen como debdora e princi-pal
pagadora a ge los dar e pagar por El.ancisco de Riberol (mercader
ginovés, estante en esta cibdad), a quien ella los devya por ciertas pro-misiones
qu'el dicho Francisco de Riberol ha fecho por ella a plasos
pagados.. . (F. SE., fol. 61 v.).
93 **.-l4 julio 1500.-Doña Violante de Cervantes (con licencia de
Sancho de Ferrera, su marido, qu'es presente.. .) otorga a Francisco de
Riberol, presente, que por rasón que la dicha Doña Violante se obliga
de pagar a Marcos Catano (mercader ginovés, estante en esta dicha
cibdad) 66.000 maravedis a pagar a 23 días deste mes de Jullio en qu'es- a
tamos; e a Juan Batista Adorno (mercader ginovés, estante en esta dicha E
cibdad) 203.750 maravedís, a pagar en fin de Desyembre próximo que O
viene.. . ; e por quanto el dicho Francisco de Riberol aseguró a los dichos n -
=m
Marcos Catano e Juan Batista Adorno !que le serían pagadas las dichas O
E
contías de maravedís a los [plazos dichos], por ende: otorga e se obliga E
2
que sy el dicho Francisco de Riberol pagare los dichos maravedis . .. que E
[de] llano en llano ge los dará e pag ará... (F. SE., fol. 62).
3
94.-16 juZw 1500: Jueves.-Poder de Juan de Haro (Comendador e-m
de San Antón, de Sevilla e Cadahalso) a Alfón de Haro (vecino de Sevilla E
en la collación de San Lloreynte), su hermano, especialmente para de- O
mandar de Lope Sánchez de Valemuela, Gobernador de la Ysla de la
n
Gran Canaria, los maravedises que le deve por razón de quarenta y dos E
arrobas de azúcar e 2.566 maravedís que el Governador ovo depositado en a
Gonzalo de Burgos, escrivano público de dicha Ysla, de las limosnas que n
en dicha Ysla se ovieron de las bullas e yndulgencias de San Antón; y
para que los pueda cobrar, y para otorgar documentos y para juicios y O3
pleitos en razón de dicha cobranza. (F. SE., 2.", fol. 83).
95.-5 septiermbre 1500: Sábado.-Poder de Andrés Martinez (cor-tidor,
vecino de Sevilla en la collación de San Lloreynte) a Diego Pérez
(ferrador, vecino de Sevilla en la collación de San Miguel) para demandar
un su esclavo canario que ha nombre Sebastián y hedad de veynte años,
ferrado en anbos carrillos con una flor de lis el uno, e una estrella en el
otro, el qual se le fue e absentó puede aver onze meses, poco más o menos;
y para !que lo pueda recibir, y parecer ante las Justicias en razón de ello.
(F. SE.,IP, fol. 448 v.).
286 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARIAS EN EL ARCHNO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 49
96.-9 septiembre 1500: Miércoles.-Pedro de Escalona (hijo de Fran-cisco
Sánchez de Escalona, vecino de la Gran Canaria) debe a Gonzalo
de Sigura (mercader, vecino de Sevilla en la collación de Santa María)
9.608 maravedís de la moneda de Canaria, en razón de la mitad de 1.500
forcas de fazer azúcar, qu'el dicho Gonzalo de Sigura conpró de Alfón
Gallegos, vecino de la villa de Palos, la qual dicha mitad pertenesce aI
dicho Pedro de Escalona; e asymismo de ciertos paños e seda e dineros
que d'él recibió; y se obliga a pagar en la Ysla de Gran Canaria por todo
el mes de abril primero venidero deste año. (F. SE., fol. 469 v.).
97 **.-22 septiemke 1500.-Alfonso de Polvorana (veho de la ysla
de la Gran Canaria.. .) otorga al Monasterio e Guardián e Frayles e Con-vento
del Monasterio de Sant Francisco de la ysla de la Gran Canaria, a
e a don Antón Martinez (Arcediano de Tenerife, qu'es presente), en su
nombre: que por quanto el Governador Alfonso Fajardo, que Dios aya, O
en su testamento mandó al dicho Aifonso de Polvorana, demás de pagado n - m su enterramiento, 8.000 maravedis.. . : por ende, otorga que para ayuda O
E
al reparo e obra del dicho Monesterio fase donación pura e perfecta, fecha E
2
entre byvos, al dicho Monesterio, de los dichos 8.000 maravedís e de toda E
el ación e derecho que a los bienes del dicho Governador por razón d'ello
!S pel,euesce ... (F. SE., fe!. 1% v.). 3
-
0
98.-5 octubre 1500: Lunes. -Batista Bornego (mercader genovés, m
E
estante en la Ysla de la Gran Canaria, ratificando y aprobando lo hecho) O
hace su personero a Sebastián Doria (mercader ginovés, estante en Se-n
villa) en el pleito que tiene él de una parte y Cristúbal Rodriguez, estante E
en la Ysla de la 'Gran Canaria, de otra, sobre lo que consta en el dicho a
pleito (quedando en vigor el poder que tiene otorgado a Juan Batista, n
mercader genovés estante en la Chancilleria de Ciudad Real), para que n
pueda seguir y fenecer el dicho pleito ante la Reyna y los Señores del O3
Consejo. (F. SE., 2.; fol. 273).
99.-5 octubre 1500: Lwnes.-Poder de Batista Bornego, en nombre
y voz de Lorenzo de Montibres de Astea (mercader genovés, vecino de la
Ysla de Gran Canaria, en virtud de poder que pasó ante Gutierre de Oca-
Ea, escribano público de la dicha Ysla, en 10 de mayo de 1500, para plei-tos),
a Pedro de Mayorga, Procurador general. (F. SE., 2.*, fol. 96).
PO0 %".-84 octubre 1500. -Perucho de Aguirre [;Juan Pérez de
Aguirre?] (vePno de Gran Canaria en la villa del Real de Las Palmas)
otorga que da su poder complido ... a Ymgo de Aspeitia (vezino de la
N4m. 7 (1961) 287
50 FRANCISCO MORALES PADRON
dicha Ysla) especialmente para que por él e en su nombre pueda deman-dar
... de Pedro de Almonte (vezino de la dicha ysla de la Gran Canaria,
en la villa de Telde, e de sus bienes) 60 arrobas de acúcar que le deve
por una obligación; e asymismo de otras qualesquier personas todos los
maravedís e a~úcarese otras cosas qualesquier que le deven en la dicha
ysla de la Gran Canaria.. . (F. SE ., Lo, fol. 344).
101 **.-24 octubre 1500.-Yñigo de Aspeitia (mercader, vezino de
la Gran Canaria) deve a Perucho de Aguirre (vezino de la dicha Ysla,
presente) 20 ducados de oro largos e de justo peso, que son de préstamo
que le prestó por le faser amor e buena obra ... (F. SE., 1." fol. 344).
[¿Es iííigo Martínez de Azpeitia?]
102.-22 diciembre 1500 : Martes (l) .-Requerimiento hecho en la es- a
cribanía de Francisco Segura a García de Córdoba (escribano que fue de
E las cosas tocantes a la Torre de Santa Cruz de la Mar Pequeña por el
O WiernaCior Aifonso Fajardo), vecino de ia Gran Canaria, a pedimiento
=
de Pedro de Vargas .(vecino de Sevilla en la collación de San Vicente), en m
O
E nombre de los peones y marineros que vinieron en la dicha Torre; y fe E
2 dada por el dicho García de Córdoba de los que trabajaron en la dicha E
Torre, y asistieron en ella, desde que se acabó de hacer hasta que se entre-
9.6 al Gobernador Lope Sánche~d e Valenzuela. (P; BE.; 1:" fol- - v.). 3
.d
-
103.-31 diciembre 1500 (1499) : Zartes.-Laudo dado a hora de vís-peras
(ante la tienda escrivania pública de Francisco Segura, en la colla-ción
de Santa María en la plaza de San Francisco), presente el honrrado
Pedro de la Fuente, Arcediano de Canaria, Juez árbitro arbitrador, amigo
e amigable componedor entre partes: de la una Doña Ynés Peraza, Se-ñora
de las Yslas de Canaria, en nonbre de la fábrica e obras de la
Yglesia de San Salvador de FLierteventura, e de la otra Ysabel de C...],
vecina de la villa de Sanlúcar la Mayor, sobre las razones e cabsas con-tenidas
en la carta de compromiso que pasó ante mí el dicho Francisco de
Segura; y en su presencia luego el dicho Arcediano Pedro de la Fuente
dio su laudo, cuyo tenor es este que se sigue: [no está]; y el escribano
da fe de haberla notikado a las partes. (F. SE., 1.5 fol. 266).
104 "".-11 enero 1501.-Juan Bautista de Negro (ginovés, vesino
de Sevilla en la collación de Sant Andrés) vende a Vice-io d'Espíndola
(mercader ginovés, en esta dicha cibdad de Sevilla., que est& pr~senf-e);
conviene a saber: una su esclava caaria, natural de Tenerife. que ha
(1) Publicado por A. Rumeu: España en el Af&a AtZántica, T. 11.
288 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS
CANARIAS EN EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 51
nonbre Leonor, de hedad de 12 &os poco más o menos; e véndesela par
de buena guerra e no por de pas, por sana e syn ninguna tacha, por
prescio de 12.000 maravedís desta moneda que se agora usa.. . (L. P. S.,
fol. 50 v.).
105.--16 marzo 1501.-Pedro Fernández Gaetán el Mozo (vecino de
Sevilla en la collación de Santa María, maestre de la nao nombrada la
"Santa Trinidad", surta en el puerto de Las Muelas del Río Guadalquivir)
e Juan Fernández (c6mitre del Rey nuestro Señor, señor de dicho navío,
vecino de Sevilla en la collación de Santa María) deben a Pedro de Alcán.
tara e Fernando de Lugo, vecinos de Sevilla, trece mill maravedís, pres-tados
para despacho del dicho navío. Van a riesgo en el viaje que van
a hacer de entrada e salida a las Yslas de 'Canária, y hasta vdver al
'dicho puerto de Las Muelas del Guadalquivir hasta 24 horas de la llegada.
.(P. SSE., 1.5 fol. 130 v.).
106.-19 abril 1501: Lunes.-Don Pedro de la Fuente, Arcediano de
la Yglesia de Canaria, en nombre y vos de Pedro de Salamanca, vecino
de la Ysla de Gran Canaria, en virtud de poder, otorga que por cuanto
Pedro de Salamanca recibió de Francisco Fernández de Arenas, vecino
de Sevilla en la collación de Santa María en la Carretería, 4.118 mara-vedís
(2.565 que a Alfonso de Salamanca le cupieron en la renta de
101.650 maravedís que Arenas cobró en la villa de Frexenal de la Sierra
de ~ h r i ~ Puaeso , Recebtor del Rey y de la Reyna, y 1.553 que asimismo
le cupieron al mismo y cobró también Arenas; y porque los de Alfonso
de Salamanca le pertenecen, por haber fallecido, a su hermano y here-dero
Pedro de Salamanca), se obliga a llevarlos a la Ysla de (Gran Ca-naria,
al dicho Pedro. Testigos Diego Díaz y Juan de la Rentería, escri-banos
de Sevilla. #(J. R. P., $01. 266 v.).
107 **.-21 abril 1501.-honor Bocanegra (muger de Gerónimo Ra-fael
de ..., vezino de Sevilla en la collación de Sant Andrés) otorga que
da su poder complido . , . a Afonso Martínez de Casarrauvya (vezino desta . . . cibdad en la collación de Sant Marcos), especialmente para que por él
re en su nombre pueda vender e venda una su esclava canaria, que ha
nombre Ana, natural de La Palma, de edad de 20 años ... (P. SE., Lo,
sin fol.).
108.-26 abril 1501.-Johan de Salamanca (mercader, marido de Leo-nor
de Salamanca, vecino de Gran Canaria en la villa de Telde) debe a
Antonio de Sopranys e a Francisco Ytalian (mercaderes ginoveses estan-
52 FRANCISCO MORALES PADRdN
tes en Sevilla, presentes, o a qualquier dellos) 180 arrobas de buen azúcar
blanco en pilones enteros, bien purgado, enpapelado e encaxado e pesado
al peso de Cádiz; en las quales 180 arrobas de azúcar fue condenado
Johan Marroqui (su criado, que Dios aya, vecino desta Cibdad) que diese
e pagase al dicho Antonio Sopranys e a su hermano Jácome, según más
largo se contiene en la sentencia arbitraria [que Luys de Riberol (mer-cader
genovés, Juez árbitro entre el dicho Johan Marroqui e el dicho
Antonio de Sopranys, en nombre del dicho Jácome de Sopranys) dio e
pronunció (que pasó ante Fernand Ruyz de Porras, escrivam público de
Sevilla, en 28 de enero deste año en qu'estamos de la fecha data carta) ;
e el dicho Juan de Salamanca sale a pagar, e se constituyó por debdor e
principal pagador de las dichas 180 arrobas de azúcar, a pagar en la Cib-dad
de Cádiz (enpapelado e encaxado como dicho es, dándole 70 maravedis
para ayuda de flete por cada caxa de azúcar) : la una quarta parte de a N
todo el dicho azúcar en todo el mes de junio próximo que viene deste año, E
&ra qur,rta pw'rte E fin de1 mes de agnsto del año que viene de 1502, e la O
n
otra a fin de agosto de 1503, y el resto en fin de agosto de 1504 años, -
=m
so pena del doble; se entiende no perjudicando la dicha sentencia arbi- O
E
traria; y si Juan de Salamanca no paga, que Sopranis e Ytalian cobren E
2
de los Vienes y herederos de Juan Marroqui, o de quien con derecho E
=
devan. Además se obliga Juan de Salamanca a #que en llegando a la Ysla 3
de la Gran Canaria deste viaje que agora va, Dios queriendo, dentro --
de un mes primero siguiente, el dicho Juan de Salamanca sea obligado 0m
E que, a contento, dé fianzas en razón de la dicha debda a Gerónimo de
O
Ororio, mercader genovés estante en dicha Ysla; e sy no diere fianzas
en término, sea obligado de pagar por nombre de ynterese 50 castellanos n
E de oro; e más qu'el dicho Gerónimo de Ororio le pueda constreñir que -
a
dé dichas fianzas; e esto se entiende que las diohas 180 arrobas de azúcar 2
n
son por razón de la dicha sentencia e por convenencia de todas las debdas n
0
de maravedís e azúcar qu'el dicho Juan de Salamanca e el dicho Juan 3
Marroqui, su criado, o qualquier dellos, devía al dicho Jácome Sopranys, O
zsy pr rwabctns piliblirns e albaiaes e sentencias e cartas e escrituras
qu'el dicho Jácome de Sopranys e el dicho Antonio de Sopranys tienen
contra el dicho Juan Marroqui e contra el dicho Juan de Salamanca en
qualquier manera. (F. SE., 1.5 fol. 63 v.).
109.-29 abril 1501: Jueves.-Pedro de Vargas, vecino de Sevilla, en
nombre y voz de Fernando de Bisperas, vecino de la Gran Canaria (de
quien tiene poder que pasó ante Martín Rodríguez, escribano público
de Sevilia, en 2 de marzo de 1490), otorga poder (sustituyendo en el ante-
290 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOB
CkUARIAS EX EL ARCHIVO DE PROTOCOLOS DE SEVILLA 53
rior en su lugar y nombre) a Pedro de Santana, vecino de Triana, para
cobrar en juicio y fuera dél, del Rey y de la Reyna, todo lo que Fernando
de Bísperas ha de haber del servicio que hizo en la conquista de la Ysla
de Gran Canaria; y para hacer los pedimientos y requerimientos nece-sarios
en razón de dicha cobranza ... (J. R. P., fol. 311).
110 *.-4 mayo 1501.-Miquel Galvk (zapatero, vecino de Sevilla en
la collación de Omnium Sanctorum), Juan Ruiz (marido de Isabel Ruiz,
vecino de Sevilla en la collación de San Salvador), Juan Garcia